Hira

10

Transcript of Hira

Page 1: Hira
Page 2: Hira

H.I.R.A (HOSPITAL DE INFECCIONES  RESPIRATORIAS AGUDAS)

JUSTIFICACON

Dada la mala atención de salud que recibimos los habitantes de la ciudad de Medellín, en los múltiples hospitales y partiendo del precepto de que la salud es un derecho de todos los humanos, nació el hospital IRA, el cual estará dedicado a brindar una atención, humana, y de calidad a todos nuestros pacientes. Este hospital será integrado al sistema nacional de seguridad social colombiano IPS (institución prestadora del servicio), tanto para el régimen contributivo, como para el régimen subsidiado; pero ante todo garantiza una atención de excelente calidad a todos nuestros pacientes, para lo cual contara con sala de urgencias, servicio de maternidad, ginecología y pediatra (para atender a las maternas y alos bebes), quirófanos, servicio de neurología, Epidemiologia, medicina interna, cardiología, psicología, endocrinología, neumología, e implementaremos los programas de crecimiento y desarrollo, de vacunación, y planificación familiar, aparte de lo anterior todos nuestros profesionales serán entrenados para que puedan brindar la atención integral e interdisciplinaria de nuestros pacientes, sin importar la etapa del ciclo vital en la que se encuentren.

 

MISIÓN

Nuestra empresa está destinada a la prevención y tratamiento de infecciones respiratorias agudas, y a la pediatría, por eso con nuestra más alta tecnología y las personas tan eficientes, excelentes y expertas en neumología, pediatría e infecto-logia, como lo son nuestros doctores y enfermeras, vamos a satisfacer, complacer y ayudar a mejorar la calidad de vida de muchas personas que a diario vienen a nuestro hospital, personas que valen la pena seguir luchando así padezcan alguna enfermedad, personas como tú, TE VAMOS A AYUDAR.

VISIÓN

H.I.R.A Sueña con expandirse en pocos años por varias ciudades importantes de Colombia, y del mundo, y también en las ciudades que carecen de este beneficiario servicio que otorga este hospital, también desea tener los mejores doctores en neumología, pediatría infecto-logia a nivel nacional e internacional en cada una de sus instalaciones, con tu aporte LO VAMOS A LOGRAR. LEMA

Trabajamos para brindarte el servicio que te mereces.

Page 3: Hira

LOGOTIPO

Page 4: Hira

COLORES

VERDE: Servicio, neutralidad e inmediatez.VERDE AGUA: Vida, salud y confianza.

NARANJADO: Pureza, seguridad y transparencia.

VALORES

SERVICIO: te brindaremos el mejor servicio para que te sientas cómodo y feliz, y tengas muchas ganas de volver.

TRANSPARENCIA: seremos transparentes contigo, así que no desconfíes de nosotros, siéntete seguro.

SEGURIDAD: no tengas miedo si te van a operar, somos los mejores y no vamos a permitir que te suceda algo malo

Page 5: Hira

UNIFORMES

BLANCO: enfermería y urgencias.

ROSADO: pediatría y maternidad.

AZUL OSCURO: doctores y cirujanos.

AZUL CLARO: doctoras y cirujanas.

VERDE: anestesiólogos(as) GRIS: auxiliares y auxiliares de cirugía

Page 6: Hira

Principios

Con el Alma:

Estamos siempre a tu lado dándote siempre amor.

Convertimos las tormentas, en un sol que despierta.

Comienzan las esperanzas y las ilusiones metas.

Hacemos que tu mundo se la mejor vida de todas.

Queremos que te sientas cada día mejor.

Damos todo por ti.

Nos esforzamos para siempre llegar a un lugar nuevo que nos haga soñar.

Hacemos que la esperanza sea una realidad.

Movemos al mundo que nos da la Razón.

Damos lo mejor con amor Y por todo estovamos a hacer que te sientas mucho mejor.

Queremos que veas el futuro con más ganas que hoy.

Te brindaremos confianza y fe.

Page 7: Hira

LOS COMERCIANTES

"Se denominan comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona". (Art. 10 C. de Co). Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se consideran comerciantes, pero estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones. (Art. 11 C. de Co).

¿Quiénes son Comerciantes?

Se presume que una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:· Cuando se halla inscrita en el Registro Mercantil.· Cuando tenga un establecimiento de comercio abierto y· Cuando se anuncia al público como comerciante por cualquier medio. (Art. 13C. de Co).

Obligaciones de los Comerciantes · Matricularse en el Registro Mercantil.· Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exige esa formalidad.· Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.· Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.· Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles.· Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal. (Art. 19 C. de Co). · Licencia de funcionamiento. Los comerciantes legalmente establecidos, o sea matriculados en la Cámara de Comercio, deben adquirir la licencia de funcionamiento a través de la Alcaldía Municipal.  La licencia de funcionamiento es el documento que permite a un comerciante ejercer el comercio de acuerdo con las normas del municipio. Cada municipio tiene facultades (Acuerdo No. 42 del 31 de agosto de 1984) para determinar los trámites y requisitos que puede exigir para otorgar la licencia de funcionamiento en su jurisdicción municipal. Para obtener la licencia de funcionamiento, los comerciantes deben presentarlos siguientes documentos, expedidos por la entidad correspondiente al domicilio de la empresa: Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio. Paz y salvo de la Tesorería Municipal por el pago de impuestos de industria y comercio. Patente de sanidad expedida por el Servicio de Salud Pública. Certificado del Cuerpo de Bomberos y Certificados expedidos por las Oficinas de Planeación Municipal y de Obras Públicas, de acuerdo con la actividad u objeto social del comerciante. Paz y salvo de Sayco y Acinpro.

REGISTRO MERCANTIL

Page 8: Hira

El registro mercantil es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio, consistente en llevar una matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio, así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos que sean de carácter mercantil, o que afecten a la persona del comerciante, con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala. Dicha publicidad supone que cualquier persona podrá examinar los libros y archivos en que se lleva el registro, tomar anotaciones y obtener copias de los mismos. Así mismo, cualquier persona puede obtener prueba de la inscripción de un acto en el Registro Mercantil, mediante la solicitud del respectivo certificado a la Cámara de Comercio.

¿Quiénes deben inscribirse en el registro mercantil?

De manera expresa, la ley señala que deben inscribirse en el registro mercantillas personas que ejerzan el comercio profesionalmente y sus auxiliares, tales como comisionistas, corredores y agentes. Las personas naturales deberán inscribirse dentro del mes siguiente a la fecha en que inicien actividades y las personas jurídicas, dentro del mes siguiente a su fecha de constitución.