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    CrditosArq. Mara Angelina Prez Gutirrez

    Consultora- Documento nal

    Arq. Ana Grettel Molina GonzlezDirectora Ejecutiva CACR- Documento marco borrador

    Arq. Stella FleitasColegio de Cordoba - Argentina - Documentos de Referencia

    Junta Directiva 2010 - 2011

    Arq. Carlos lvarez Guzmn

    Presidente

    Arq. Luis Araya PadillaVicepresidente

    Arq. Edwin Gonzlez HernndezSecretario

    Arq. Marianela Jimnez CaldernTesorera

    Arq. Jos Luis Huertas AlpzarFiscal

    Arq. Emily Vargas SotoVocal I

    Arq. Carlos Laborda CantissaniVocal II

    Personal Administrativo

    Sra. Maybell Quesada - Asistente Ejecutva

    Licda. Karen Fernndez Castro - Relacionista Pblica

    Sra. Kathya Sols Chaves - Diseo y diagramacinSra. Katia Leiva Vargas - Secretaria Ejecutiva

    Sra. Lidiette Solano Rodrguez - Secretaria Ejecutiva

    Tel: [email protected]

    www.coarqcr.com

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    ndice

    IntroduccinMarco General de los Concursos de Anteproyectos Arquitectnicos

    Artculo 1: De los tipos de concursos de anteproyectos arquitectnicosArtculo 2: De los gestoresArtculo 3: Del papel del Colegio de Arquitectos de Costa RicaArtculo 4: De los promotoresArtculo 5: De los participantesArtculo 6: De la inhabilitacin a participar

    Artculo 7: Del proceso de organizacinArtculo 8: De los costos a cubrir

    Artculo 9: Del nombramiento de los integrantes del cuerpo asesorArtculo 10: De las funciones de los AsesoresArtculo 11: De las bases del concursoArtculo 12: Del nombramiento de los miembros del juradoArtculo 13: De las funciones de los miembros del juradoArtculo 14: De los resultados del concursoArtculo 15: De la declaracin de ganador de concurso desierta

    Artculo 16: De las normas de recepcin de los trabajosArtculo 17: Del procedimiento de apertura de los trabajos premiadosArtculo 18: De la exposicin de los trabajos

    Artculo 19: Del costo de la gestin del concurso de anteproyectoArtculo 20: De los premiosArtculo 21: De la no asignacin de la obra

    Artculo 22: Del derecho de propiedadArtculo 23: Del anteproyecto ganador

    Artculo 24: Por principios de ticaArtculo 25: Por reclamos indebidos

    Artculo 26: Del reclamo por irregularidades en el procedimiento

    CAP. 6- Penalidades de los Concursos de Anteproyectos Arquitectnicos

    CAP. 7- Reclamacin por Irregularidades

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    Introduccin

    Esta propuesta de Gua de Concursos de Anteproyectos Arquitectnicos tiene como base el documentoelaborado por la Arq. Ana Grettel Molina, a partir de la informacin de la Unin Internacional de Arquitectos(UIA) y del Reglamento Nacional de Concursos de la Federacin Argentina de Entidades de Arquitectos (FA-DEA). Los documentos adicionales consultados se enumeran en la bibliografa.

    El objetivo del trabajo es brindar un marco de referencia debidamente avalado por el Colegio de Arquitec-tos de Costa Rica, en adelante CACR, a las instancias interesadas en promover concursos de anteproyectosarquitectnicos, precisando sus alcances.

    Es por consiguiente el captulo correspondiente al ejercicio de la Arquitectura en el marco del CFIA, el cual,ejerciendo la debida supervisin y regulacin de las actividades del inters profesional de sus aliado(a)s

    emiti la GUA DE CONCURSOS DE ANTEPROYECTOS PROFESIONALES- (CFIA). Dicha gua tiene por objetivogarantizar las mismas condiciones de participacin a todos los profesionales aliados al CFIA, que se inscriban

    en certmenes convocados para adjudicar la ejecucin de obras signicativas al mejor proyecto que se

    presente.En el marco de los lineamientos generales de la GUA DE ANTEPROYECTOS PROFESIONALES del CFIA, elColegio de Arquitectos de Costa Rica, CACR, emite la gua correspondiente a su campo de trabajo, la cualse titula.

    GUA PARA CONCURSOS DE ANTEPROYECTOS ARQUITECTNICOS

    Los concursos de anteproyectos arquitectnicos sern promovidos por el CACR como un procedimientoidneo para adjudicar la ejecucin de proyectos de Arquitectura relevantes, ya sea por su escala o por susignicado, garantizando la igualdad de oportunidades a todos los arquitectos y urbanistas que participen.

    Los concursos de anteproyectos suponen una honesta, objetiva e imparcial confrontacin de calidades; unajerarquizacin de los temas a desarrollar y deben asegurar un fallo justo, brindando a la instancia promotoradel concurso, un mejor producto como resultado de la libre competencia.Con la publicacin de la Gua para Concursos de Anteproyectos Arquitectnicos, el CACR de Costa Ricaaspira a estimular la produccin de mejores obras arquitectnicas, urbanas y paisajsticas acordes con lossignicados culturales del entorno y su contexto tecnolgico, socioeconmico, esttico y ecolgico,

    La gua regula: a) quines pueden convocar a un concurso de anteproyectos profesionales, especicando

    los requisitos y procedimientos para hacerlo; b) quines pueden participar en el concurso de anteproyectosprofesionales, especicando los requisitos y las normas a cumplir; c) los procedimientos para el lanzamiento, or-ganizacin y nanciamiento de concursos; d) los cuerpos responsables, aclarando proceso de nombramiento,

    calidades, funciones, procedimientos a denir y restricciones en su funcin; e) las especicaciones necesarias

    para las bases de los concurso de anteproyectos profesionales; f) el cronograma del proceso; g) los premiosy procedimiento de premiacin; h) los acuerdos sobre derechos de autor.

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    Marco general de los Concursos de AnteproyectosArquitectnicos.

    El reglamento del CFIA especica que el anteproyecto es la propuesta espacial, tcnica y

    funcional, que dene el carcter e identidad de un proyecto . Los concursos de anteproyec-tos arquitectnicos reeren a la dimensin arquitectnica por excelencia de los proyectos, a

    saber, su propuesta espacial. La propuesta espacial, enmarca e integra a su vez los aspectosfuncionales y tcnicos del proyecto, en cuya denicin nal concurren otros profesionales.

    Este nfasis en la propuesta espacial implica un nfasis en el anlisis de la calidad de laobra en trminos de su impacto en el signicado cultural del entorno y en las condiciones

    ambientales de vida de los usuarios en particular y de la poblacin costarricense en general.

    1 Reglamento para la contratacin de servicios de consultora en Ingeniera y Arquitectura del CFIA, Captulo III, Artculo 17

    inciso a). La defnicin se completa con las siguientes especifcaciones: Debe cumplir con las necesidades establecidas

    y con las regulaciones y reglamentos vigentes; adems incluye una estimacin del costo del proyecto. Su representacin

    se har mediante los elementos grfcos e iconogrfcos necesarios para expresar claramente los aspectos conceptuales

    tcnico-funcionales del proyecto.

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    Normas de Concursos de los Anteproyectos

    Arquitectnicos.

    Artculo 1: De los tipos de concursos de anteproyectos arquitectnicosLos tipos de concursos podrn variar:

    a. Segn el tipo de convocatoria (si pblica o por invitacin, nacional o internacional)b. Segn la escala de la intervencin que requiera el proyecto por su dimensin fsico espacial (obra

    individual, conjunto edilicio, intervencin en un sector de un asentamiento consolidado, transformacin

    de una aglomeracin urbana mayor, etc.).c. Segn la naturaleza del problema espacial a resolver con el proyecto,: pblico o privado, edilicio y/opaisajstico.

    d. Segn el tipo de proyecto planteado: institucional, habitacional, comercial, industrial, educativo,recreativo, cultural, etc.

    Artculo 2: De los gestores de los concursos de anteproyectos arquitectnicosUn concurso de anteproyecto arquitectnico, para ser auspiciado por el CACR.

    a. Debe ser propuesto ocialmente al CACR, por la Entidad Interesada en la construccin de la obraobjeto del concurso y ser endosado ocialmente por su Junta Directiva.

    b. Debe ser dirigido por un(a) arquitecto(a), incorporado al CFIA, quien asume el papel de promotory responde ante la Entidad Interesada y ante el CACR por su debida implementacin.

    c. Requiere bases claras, las cuales deben ser elaboradas por un cuerpo asesor integrado por personasdebidamente acreditadas ante el CACR y cuya coordinacin debe recaer en un(a) de sus integrantes,que sea arquitecto(a) incorporado al CFIA.

    d. Debe garantizar la evaluacin por un jurado de profesionales reconocido(a)s, nombrado(a)s para talefecto y debidamente acreditado(a)s ante el CACR, presididos por uno(a) de lo(as) miembros, quiendeber ser profesional en Arquitectura incorporado al CFIA.

    Artculo 3: Del papel del CACR en concursos de anteproyectos arquitectnicosEl CACR auspiciar los concursos de anteproyecto cuando le sea requerido y se ajusten al presentereglamento.El CACR podr asumir una de dos funciones:

    a) Como coordinador de la Entidad Interesada, siendo el responsable de la organizacin y desarrollodel concurso. En este caso asumir el nombramiento del cuerpo asesor, la aprobacin de las basesy su difusin, el establecimiento e implementacin del procedimiento para aclaraciones y respuesta aconsultas, el nombramiento de lo(a)s integrantes del jurado, la recepcin y exposicin de los trabajosde los concursantes y el arbitraje de las diferencias.

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    b) Como patrocinador, orientando al promotor(a) en la implementacin del concurso. En este casoslo aprobar las bases y asumir el papel que le asigna este reglamento en el nombramiento deljurado y del cuerpo asesor y en la difusin.

    Artculo 4: De los promotores de los concursos de anteproyectos arquitectnicos

    Podr fungir como promotor (a) de un concurso de anteproyecto arquitectnico, los profesionales acti-vos en Arquitectura inscritos y debidamente vinculados con la Entidad Interesada en la obra objeto deconcurso y que sean asignado(a) por esta.

    El(la) promotor(a) deber declarar por escrito que conoce y acepta la Gua General de AnteproyectosProfesionales del CFIA y esta Gua Especca para el rea de Arquitectura y Urbanismo, y que la EntidadInteresada dispone de los fondos necesarios para el concurso.

    Artculo 5: De los participantes en los concursos de anteproyectos arquitectnicos auspiciados por eCACR

    El auspicio del CACR supone que el concurso promueve, en primera instancia, la participacin de losprofesionales en Arquitectura incorporados al CFIA. Segn el tipo de concurso se permite tambin laparticipacin de otro(a)s profesionales incorporado(a)s a entidades profesionales aliadas a alguna

    Federacin, nacional o internacional, de la cual el CACR sea tambin miembro, siempre y cuando lohagan bajo la coordinacin de un profesional en Arquitectura incorporado al CFIA. En condicionesimilares se permite la participacin de personas ajenas a la disciplina arquitectnica.

    Cuando el concurso no ofrezca sucientes garantas, el CACR aconsejar la no participacin en emismo y rechazar aquellos que contravienen los principios de tica o el libre ejercicio profesional.

    Artculo 6: De la inhabilitacin a participar en un concurso de anteproyectoQuedarn inhabilitados para intervenir en el Concurso:

    a. Lo(a)s integrantes de la Junta Directiva y Administrativa del CFIA y sus Colegios aliadosb. Lo(a)s profesionales que tengan algn nexo laboral formal con el CFIA.c. Los profesionales en Arquitectura que no se inscriban en el plazo estipulado en las bases del concursod. Los profesionales en Arquitectura, gerentes, directore(a)s o empleado(a)s de la Entidad Interesada

    en la obrae. Los profesionales en Arquitectura y dems personas que hubieren intervenido en la confeccin de lasbases o hayan tenido acceso a las mismas con anterioridad a su presentacin ocial

    f. Lo(a)s miembros del juradog. Lo(a)s parientes hasta segundo grado de consaguinidad y primero de anidad con la Entidad

    Interesada, el(la) promotor(a) del concurso o con lo(a)s(las) miembros del cuerpo asesor o deljurado.

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    h. La inhabilidad indicada en este artculo se extiende a lo(a)s socios(a) y empleado(a)s de lo(a)safectado(a)s.

    Artculo 7: Del proceso de organizacin de un concurso de anteproyecto

    Para promover un concurso de anteproyecto arquitectnico en el marco de este reglamento, el(la)promotor(a) deber acordar y rmar un Convenio y/o contrato con el CACR, en el cual se especique:

    a) El tipo de concurso, la relacin que se establece con el CACR segn el Artculo 3, el objetivo del

    concurso, el presupuesto previsto para su implementacin y el compromiso de cubrirlo.

    b) La integracin del jurado, la designacin de asesores (uno(a) de lo(a)s cuales ser representantedel CACR.c) La convocatoria pblica del concurso.

    Artculo 8: De los costos a cubrir

    El(la) promotor(a) deber indicar que dispone de los fondos necesarios para hacerse cargo de loshonorarios, gastos de traslado y estada de lo(a)s asesores y miembros del jurado, de los gastos de laorganizacin o patrocinio, de los premios que se otorguen y, cuando fuere necesario, levantamientos,mensuras, fotografas, dibujos y estudios tcnicos para la preparacin de las bases.

    En todos los casos los importes deben ser justos y compensatorios, estimados por el cuerpo deAsesore(a)s, convenidos con el(la) promotor(a) y aprobados por la Entidad organizadora o patroci-nadora y en ningn caso podrn ser inferiores a las tarifas mnimas estipuladas en los reglamentos delCFIA.

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    Gestin del Concurso de Anteproyectos

    Arquitectnicos.

    Artculo 9: Del nombramiento de lo(a)s integrantes del cuerpo asesor

    Este cuerpo se integra por lo menos con tres profesionales en Arquitectura: un(a) representante del CACRy otro(a) de la Entidad interesada. Cada una de estas instancias designar dos suplentes ademsdel(a) asesor(a) titular. El(la) promotor(a) podr proponer el tercer miembro requerido o bien serseleccionado(a) por la Entidad Interesada.

    Es recomendable que la designacin de los miembros del cuerpo asesor sea previa a la confeccin delpresupuesto del concurso.

    Esto(a)s tres asesores debern tener ttulo de profesionales en Arquitectura, con cinco aos de antige-dad en el ttulo y dos como miembro del colegio profesional.

    Dependiendo de la naturaleza del proyecto a someter a concurso, estos tres miembros pueden sugerirampliar el cuerpo asesor con especialistas de otras disciplinas que se consideren indispensables. Estosnuevos integrantes debern ser debidamente refrendados por el(la) promotor(a), el CACR y la EntidadInteresada.

    Artculo 10: De las funciones de lo(a)s Asesore(a)s

    Lo(a)s asesores sern lo(a) profesionales responsables de:a. Redactar el programa y las bases del concursob. Hacer aprobar las bases por la Entidad Interesada y el CACRc. Hacer aprobar las bases y el programa por el promotord. Organizar el llamado a concurso y remitir el juego de bases y anexos a todos los colegios miembros

    del CFIA.e. Establecer el procedimiento para consultas y aclaraciones ocial del concurso.f. Evacuar, segn el procedimiento que se establezca en las bases, las preguntas o aclaraciones que

    formulen lo(a)s participantes (en forma annima).g. Elaborar una nmina a ser utilizada para la eleccin o sorteo de los miembros del Jurado y el proce-

    dimiento para su seleccin.h. Remitir al CACR un informe con los nombres del juradoi. Encargarse del proceso de recepcin de los documentos de lo(a)s participantes el da del cierre

    del concurso. Para ello seguir el protocolo de comprobacin de entrega de los documentos que seestablezca en las bases y asignar la clave que asegure el anonimato de lo(a)s participantes frentea los miembros del jurado. Tambin redactar el acta dando cuenta de los trabajos recibidos, losrechazados y los observados.

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    j. Convocar al jurado, entregarle los trabajos y el informe aludido del inciso anterior y participar de la re-unin en que se evalen los anteproyectos, con facultades para emitir opinin sobre la interpretacin quese haga de las bases.

    k. Suscribir con los miembros del jurado el Acta del Fallo, sealando las discrepancias que pudiera tener ycomunicar el resultado del concurso al Promotor, al CACR , a la Entidad Interesada, a lo(a)s ganadores ya los medios de comunicacin que se designen.

    Artculo 11: De las bases del concurso

    a. Las bases las formulan lo(a)s asesore(a)s y debern establecer una distincin rigurosa entre las condi-ciones obligatorias y las que permiten a lo(a)s concursantes una libertad de interpretacin. Adems, lasexigencias funcionales consideradas imprescindibles debern denirse en forma clara. Cuando se je un

    lmite en las supercies cubiertas deber establecerse, en las bases, el margen de tolerancia de las mismas.

    b. En las bases debern tambin, quedar claramente establecidas las obligaciones recprocas entre laEntidad Interesada del Concurso y lo(a)s Ganadore(a)s del mismo, ya que tienen la condicin de ser uncontrato previo entre la Entidad Interesada y el(la) participante.

    c. Asimismo se deben establecer los procedimientos de inscripcin y entrega de documentos para partici-par en el concurso. Por ejemplo: la obligacin de lo(a)s participantes de comprar las bases y entregarel recibo que lo(a)s acredita como tales en un sobre que se adjunte a la propuesta que se entregue alconcurso. Este recibo tiene carcter annimo.

    d. Las bases debern especicar como mnimo:

    i. Antecedentes del concurso (el por qu de la convocatoria).ii. Objetivo: el problema fsico espacial a solucionar, los usuarios previstos y poblacin impactada, carac

    tersticas del contexto en que se ubicar (natural y construido).iii. Interesado en la construccin del proyecto (persona jurdica o institucin)iv. Plazos establecidos para las siguientes actividades:

    o Convocatoria a concursoo Inicio de consultaso Fin de consultaso Entrega de propuestaso Constitucin del jurado

    o Fallo del juradoo Comunicacin del falloo Exposicin de los proyectoso Premiacin

    v. Formato de presentacin- Ejemplo: nmero de lminas (mnimo y mximo), dimensiones, montaje,informacin mnima (Ejemplo: lmina 1: Planta (esc), lmina 2: Imgenes, croquis, renders y/o foto montajes,lmina 3: Cortes, elevaciones isomtricas., lmina 4: fundamentos, esquemas, ubicacin, otros).

    vi. Procedimientos de consultas y aclaraciones.

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    vii. Entrega nal:

    o Fecha, lugar y hora.

    o Especicaciones de qu se entrega, cmo se entrega y procedimiento de entrega (quin recibe,comprobantes de recepcin)o Protocolo para la conservacin del anonimato y procedimiento (otorgamiento de cdigos

    secretos que identican al participante frente al jurado)

    o Publicacin de acta de la recepcin del concursoviii. Premiacin

    o Procedimiento de comunicacino Premios que sern otorgados

    Artculo 12: Del nombramiento de lo(a)s miembros del jurado

    a. El cuerpo asesor propondr al promotor(a) del concurso, el nmero y calidades de los integrantes deljurado (siempre que sea impar), la nmina que servir de base para su seleccin y el procedimiento parahacerlo.

    b. Para ser coordinador(a) del jurado es condicin ser profesional en Arquitectura con al menos dos aosde ser miembro activo del CFIA y mnimo cinco aos con el ttulo reconocido de profesional en Arquitectura.

    c. El jurado se integrar idealmente, con:i. Un(a) representante del CACR, elegido(a) por sorteo entre los profesionales en arquitectura integrantesdel jurado.ii. Representantes de la Entidad Interesadaiii. Cuando el tema lo requiera, podrn ser parte del jurado especialistas en determinadas materias.

    Entre los miembros del jurado, lo(a)s participantes elegirn por votacin, el da de la entrega del proyectopara concursar, un(a) representante, segn el procedimiento descrito en el Artculo 16 inciso c.

    Artculo 13: De las funciones de lo(a)s miembros del jurado

    Son deberes y atribuciones de lo(a)s miembros del Jurado:a. Aceptar las condiciones de este reglamento, Bases y Programa del Concurso, as como tambin respetar

    las disposiciones obligatorias a que hace referencia el cartel del concurso.

    b. Recibir de lo(a)s Asesores los trabajos presentados y su informec. Visitar el terreno o el sitio donde se realizar la obra motivo del concurso.d. Estudiar en reunin plenaria las bases, programa, consultas, respuestas, aclaraciones, dictando las nor

    mas a que se ajustar su tarea, de manera que se asegure una valoracin imparcial de los trabajos.e. Interpretar, en consulta con lo(a)s Asesores, las posibles imprecisiones contenidas en las bases, programa

    y anexos, as como las respuestas o aclaraciones emitidas por la asesora en respuesta a las consultasde lo(a)s participantes.

    f. Declarar fuera de concurso los trabajos en los que no se hayan respetado las condiciones obligatorias

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    de las bases y programa y los no admitidos.g. Formular un juicio crtico de todos los trabajos premiados y mencionados, siendo optativo para elresto de los trabajos presentados.h. Adjudicar los premios y dems distinciones previstas en las bases y otorgar menciones honorcas

    cuando lo considere conveniente.i. Labrar un acta donde se deje constancia del resultado del concurso.

    Artculo 14: De los resultados del concursoEl jurado deber pronunciar el fallo, que ser inapelable, dentro del plazo jado en las bases. La vo-tacin ser nominal, constar en actas y se publicar en los diferentes medios de comunicacin que seestablezcan.

    Artculo 15: Declaracin de ganador de concurso desiertaPara declarar desierto cualquiera de los premios de un concurso, debern fundamentarse los motivos quedeterminaron tal medida. No podr ser declarado desierto un concurso si los defectos en los trabajospresentados provienen de fallas de las bases.

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    De las Formalidades

    Artculo 16: De las normas de recepcin de los trabajos

    a. Tanto los trabajos como los sobres o envolturas que los contengan no podrn tener ninguna indicacinque los identique.

    b. Los participantes no podrn revelar la identidad de sus trabajos ni mantener comunicacionesreferentes al Concurso con miembros del Jurado, el cuerpo de asesores o el(la) Promotor(a), salvo enla forma establecida en las bases.

    c. Con cada trabajo lo(a)s participantes entregarn un sobre cerrado, en cuyo exterior escribir elnombre del(a) profesional por el (la) que vota para que le represente en el Jurado. En su interior llevarotro sobre, sin inscripcin alguna, conteniendo una declaracin jurada en la cual establezca que eltrabajo presentado es su obra personal, concebida por l(ella) y dibujada bajo su direccin. Tambingurar el nombre y domicilio del(a) autor(a), ttulo, nmero de agremiado(a) y dems cualidades.

    d. Al recibir los trabajos la Asesora entregar un recibo numerado y preparar una clave secreta paraidenticar los trabajos, por medio de otro nmero o letra, desconocido para el (la) participante, con el

    que se sealar el trabajo y el sobre. Esta clave ser conservada en un sobre cerrado por la Asesorahasta el momento de la adjudicacin de los premios.

    e. La recepcin de los trabajos se efectuar en la sede central del Colegio de Arquitectos de CostaRica. Incluye:

    i.La confeccin de un recibo por triplicado en el que consten todos los componentes del trabajo, enumerados a partir del nmero 1. El original ser para el participante, el duplicado serpara la Asesora y se adjuntar al sobre correspondiente y el triplicado ser para la EntidadReceptora.

    ii. El nmero del recibo se escribir con lpiz sobre los componentes del proyecto.f. Vencido el plazo de presentacin, se har un acta por duplicado, indicando la cantidad detrabajos, los componentes de cada uno y los votos emitidos para elegir al jurado. El original se enviara la Asesora.

    g. Los trabajos recibidos se enviarn de inmediato a la Asesora, con los duplicados de los recibos y delActa de recepcin, debidamente embalados.

    h. Con todos los trabajos, la Asesora preparar la clave secreta para su identicacin y efectuartambin el escrutinio del Jurado que representar a los participantes.

    Artculo 17: Del procedimiento de apertura de los trabajos premiadosLos sobres correspondientes a los trabajos premiados sern abiertos por la Asesora una vez se adju-

    diquen los premios y en presencia del Jurado, el (la) promotor(a), y representantes de la Entidad Intere-sada y del CACR. Si el contenido de algn sobre no corresponde a lo establecido en las bases, eltrabajos ser declarado fuera de concurso, y el jurado proceder a realizar una nueva adjudicacin,conservando el orden establecido en el fallo.

    Artculo 18: De la exposicin de los trabajosTodos los trabajos admitidos al concurso sern expuestos pblicamente. Los trabajos premiados y losque a criterio del Jurado sean de inters se expondrn con el juicio crtico correspondiente, emitido porel jurado.

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    De las RetribucionesArtculo 19: Del costo de la gestin del concurso de anteproyecto

    El costo global de un concurso corresponde al importe de los honorarios del(a) promotor (a), de lo(a)smiembros del Jurado, asesores y gastos de organizacin y divulgacin del concurso y premios.

    El(a) promotor(a) deber elaborar un presupuesto estimando los rubros correspondientes. El pago dehonorarios de miembros del cuerpo asesor y del Jurado tendr como referencia mnima las tarifas profe-sionales del CFIA.

    En general, se estiman los costos de gestin del concurso alrededor del 1.5% del costo de la obra objetodel concurso.

    Artculo 20: De los premios

    El objetivo de un concurso de anteproyecto es contar con la mejor solucin posible al problema espacialplanteado. Como consecuencia, el premio fundamental es la asignacin de la ejecucin de la obra.

    El importe del primer premio se considerar como pago a cuenta de los honorarios que pudieran cor-

    responder, jados por el CFIA de acuerdo a sus leyes arancelarias.

    Se excepta de esta disposicin el caso en que el(la) promotor(a) establezca de antemano un montojo para los premios, lo cual sea aceptado de antemano por lo(a)s participantes.

    Artculo 21: De la no asignacin de la obra

    En el caso en que el contrato no se formalizara dentro de los seis meses de fallado el concurso, o quela tarea no se realizara dentro del plazo establecido en las bases, el (la) ganador(a) tendr derecho apercibir los honorarios correspondientes al nivel de estudio del concurso del que habra recibido comopago el importe del Primer Premio, cuando se establezca esta modalidad de premiacin.

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    De la Propiedad Intelectual

    De las Penalidades

    Artculo 22: Del derecho de propiedad

    Los autores de los trabajos presentados conservan los derechos de propiedad intelectual conforme alas garantas previstas por las leyes y reglamentos vigentes. Los trabajos no sufrirn alteracin alguna sinel consentimiento del autor.

    Artculo 23: Del anteproyecto ganador

    El trabajo clasicado en primer lugar pasa a ser propiedad de la Entidad Interesada, la cual no podr

    utilizar otro anteproyecto que haya concursado sin expreso convenio con su autor. En todos los casos elautor conserva el derecho de repeticin, salvo que las bases estipulen lo contrario.

    Artculo 24: Por principios de tica

    El CACR rechazar aquellos concursos en los que se contravienen los principios de la tica.

    Artculo 25: Por reclamos indebidos

    Ningn(a) participante podr reclamar ante el(la) Promotor(a), ni recurrir a propaganda alguna, que tratede desvirtuar el fallo, desprestigiar a lo(a)s miembros del Jurado o de Asesores o a lo(a)s dems partici-pantes. Quienes transgredieren lo establecidos podrn ser denunciados ante el Tribunal Disciplinario delCFIA y ser sancionados segn corresponda por faltas a la tica.

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    De la Reclamacin por Irregularidades

    Artculo 26: Del reclamo por irregularidades en el procedimiento

    Cuando un participante pretenda demostrar irregularidad en el procedimiento seguido por el Jurado ola Asesora, deber seguir el siguiente procedimiento:

    a. Someter el caso al cuerpo de jurados o asesores dentro de los quince das a partir de conocido elfallo

    y expuestos los trabajos.b. Ambas instancias, excluyendo a los miembros que participan en la irregularidad sealada, sortearnentre sus integrantes un mnimo de tres titulares y un suplente, quienes constituirn un comit evaluador.Este comit se conformar dentro de los diez das de recibida la presentacin del recurrente y en diezdas ms, determinar si es improcedente o no.

    c. Si procede la irregularidad, el Comit abrir un expediente, trasladando a los Asesores o jurados en elconcurso, copia de la presentacin y estos tendrn diez das para realizar las aclaraciones ydescargos correspondientes.

    d. Con base a las presentaciones de las partes, el comit elaborar un informe con su opinin, en unplazo de quince das y lo elevar a travs del promotor(a) a ala Junta Directiva del CACR para queest elabore el dictamen nal en un plazo no mayor de treinta das.

    e. Siendo el fallo del jurado inapelable, an cuando se demostrara irregularidad en el procedimiento,este quedar rme.

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    Bibliografa

    Documentos consultados

    CFIA (feb, 2011) Plantilla para uniformar la Nomenclatura de los Perles Profesionales de Ingeniera y de

    Arquitectura. Documento de trabajo no publicado

    FPAA- Federacin Panamericana de Asociaciones de Arquitectura- Estatutos y Propuesta de ReglamentoConcursos - enero 2010

    Molina, Ana Grettel (2011) Gua especca para concursos de anteproyectos arquitectnicos y otros

    concursos referentes al Colegio de Arquitectos de Costa Rica. Documento de trabajo no publicado

    Concursos revisados:

    Chile, Santiago:Trminos de referencia APRA Concurso de Anteproyecto Restauracin y rehabilitacin de la Casa Cen-tral de la Universidad de Chile

    China, Taipei:Taichung Gateway Park Competition en TaipeiColombia, Bogot

    Concurso pblico de Anteproyecto de Arquitectura interior para el Edicio Murillo Toro, patrocinado porel Fondo de comunicaciones de Colombia y la Sociedad Colombiana de arquitectos.Espaa, Madrid:Bases del Concurso para la contratacin de redaccin del proyecto de recuperacin, rehabilitacin yreforma del edicio en la calle lmite 1, de San Fernando de Henares (Madrid) como sede del centro de

    colecciones de Museos Estatales y ampliacin del Archivo Histrico Nacional y del servicio de direccinfacultativa y coordinacin de seguridad y salud de las obras.Paraguay, Asuncin:Concurso de Anteproyecto de Arquitectura para la restauracin y puesta en valor de los edicios del

    Ministerio de Agricultura y Ganadera, ubicado en el Centro Histrico de la ciudad.Suiza, Los Alpes:

    Concurso privado para un complejo turstico de Andematt Swiss Alps en Los Alpes.

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