Guía para el control y optimización de la gestión …...de una empresa. Mediante esta Guía...

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GUÍA PARA EL CONTROL Y OPTIMIZACIÓN DE LA GESTIÓN FISCAL, LABORAL Y MERCANTIL 2020

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  • Guía para el control

    y optimización de la Gestión

    fiscal, laboral y mercantil

    2020

  • Guía para el control y optimización de la

    gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio

    2020

  • Equipo dE autorEs

    » Sra. Ana M. Fernández Benítez. Abogada

    » Sr. Andrés Pérez Subirana. Abogado. Socio de Despatx Casares Advocats Associats. Profesor de

    Seguridad Social en ESADE

    » Sr. Antonio Salleras Lluís. Abogado. Colaborador de Amado Consultores

    » Sr. Carlos Marín Lama. Abogado. Colaborador de Amado Consultores

    » Sr. Javier Sánchez Icart. Magistrado Juez de lo Social

    » Sr. José Manuel Aguilar. AsesorfiscalenGCEGROUP

    » Sr. Lluís M. Garrido Gómez. Abogado-Economista en Centre Administratiu CADE, S.L.P.

    » Sra. María Alba Sugrañes. Abogada

    » Sr. Víctor Jerónimo Martín Aguilera. Socio de Manchón, López, Martín. Abogados

    ISBN: 978-84-120989-1-4

    AMADO ConsultoresC/ Trafalgar, 70, 1ª planta 08010 Barcelona

    Telf. 93 319 58 20www.amadoconsultores.com

    ESTE INFORME HA SIDO ELABORADO POR EL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE PLANIFICACIÓN JURÍDICA. RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS DE EDICIÓN. SE PROHÍBE LA REPRODUCCIÓN O TRANSMISIÓN TOTAL O PARCIAL DEL CONTENIDO DE ESTE INFORME, YA SEA POR MEDIO ELEC-TRÓNICO, MECÁNICO, DE FOTOCOPIA, GRABACIÓN U OTRO SISTEMA DE REPRODUCCIÓN, SIN LA UTORIZACIÓN EXPRESA DEL EDITOR. PLANIFICACIÓN JURÍDICA NO ACEPTA RESPONSABILIDA-DES POR LAS PÉRDIDAS OCASIONADAS A LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE ACTÚEN O DEJEN DE ACTUAR COMO RESULTADO DE ALGUNA INFORMACIÓN DE ESTE INFORME.

    Actualizado en Barcelona,

    a 24 de febrero de 2020

  • Capítulo 1

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 15

    Introducción

    Lepresentamosenestemanualla“Guíaparaelcontrolyoptimizacióndelagestiónfiscal,la-boralymercantildelejercicio2020”.Unaextraordinariaherramientadeayudaysoporteparaprofesionales(asesores,contables,directoresadministrativos,abogadosdeempresayjefesdepersonal)quedebengestionar,asesorarointervenirenlasoperacionesjurídicasyeconómicasde una empresa.

    MedianteestaGuíatrataremosdeanalizarycomentardeunaformaresumidaunbuennúmerodeaspectosdenuestroordenamientojurídico,enelámbitofiscal-contables,laboralymercan-til,queafectanalamayoríadeprofesionalesydeempresas,seanpequeñasograndesparaesteejercicio 2020.

    Actualmente, conocer y prever las implicaciones y riesgos derivados de la aplicación de la nor-mativa vigente, es fundamental en el buen gobierno de una empresa y en la toma de las deci-sionesempresarialesresponsablesysostenibles.Bastaconfijarseenlacantidaddenormasycambioslegislativosqueanualmenteseaprueban,siendoestefinaldelaño2019yprincipiosdel2020unañoconmuchasnovedadeslegislativasimportantesaprobadas.

    El 2020 viene cargado de cambios fiscales, algunos de los cuales ya han sido aprobados, otros se encuentran en proyecto y algunos dependerán del cumplimiento del acuerdo programático al que ha llegado el nuevo Gobierno de coalición.

    Nocabedudaquecobraespecialimportanciaconocerlasnovedades,cambiosyaspectosmássignificativosqueafectaenlagestiónfiscal,laboralymercantilparalosautónomosylaspymesdecaraalejercicio2020,cuyoconocimientopuedeofrecernosoportunidadesdeplanificaciónen algunos casos.

    MedianteestaGUíA2020leayudamosaconocerlosprincipalescambiosquedeberátenerencuentadecaraunabuenagestiónyplanificaciónfiscal, laboraly jurídicamediantesencillosconsejos, cuadros de ayuda y sugerencias.

    • Además,unavezqueseapruebeporelCongresoelProyecto de Ley de Presupuestos Ge-nerales del Estado para 2020,leenviaremosdeformagratuitaenformatoPDFunnuevoinformeconloscambiosnormativosaprobadosytextodefinitivodelanorma.

  • Introducción

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    • También se incluye un ANEXOconunaseriedepreguntasyrespuestasconlosaspectosmásrelevantesyqueunprofesionaldebeconocerparaesteiniciodeaño2020,yunarchivo de AUDIO con los“Consejosrelevantesparaafrontaryoptimizarelejerciciofiscal, laboralymercantildel2020”.

    Enconcreto,enestaGuíahemosdiferenciadolapartefiscal, laboralymercantilendiversoscapítulos,paraunamejorbúsquedaycompresiónporpartede losdiferentesespecialistasyprofesionales en la materia.

    LaGuíaestádivididaenvarioscapítulos,ademásdeestaIntroducción(Capítulo1):

    • En el Capítulo 2, destacamos las principales normas aprobadas que tiene repercusión para esteejercicio2020,yqueconformanelllamado“paquetenormativo”,queporsuinterésyaplicaciónprácticasonnecesariasconocer(sinolvidarnosdequehayungrupodeproyectosydeproposicionesdeleypendientesdeaprobaciónporelGobiernoolasCortes,comoporejemplolaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadopara2020olaLeydeMedidasdePreven-ciónyLuchacontraelFraudeFiscalylosnuevosImpuestosobreTransaccionesFinancierasysobreDeterminadosServiciosDigitales,asícomoProyectodeRealDecretodemodificacióndelPlanGeneralContableolamodificacionesprevistasdelImpuestosobreelIncrementodelvalordelosterrenosdenaturalezaurbana“PlusvalíaMunicipal”),sinperjuiciodelapropianormativa aprobada por las distintas Comunidades Autónomas.

    • En el Capítulo 3 “Gestión Fiscal”, trataremos de analizar y comentar de una forma resumida unbuennúmerodeaspectosdenuestroordenamientojurídicofiscalqueafectanalamayoríadeprofesionalesydeempresas,seanpequeñasograndesparaesteejercicio2020.

    Enmateriafiscal,antelafaltadeaprobacióndelaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadopara2020,debemosdestacarenprimerlugarlaaprobacióndelRealDecreto-Ley18/2019,porel que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y seguridad social, paraelejercicio2020(entreotrasmedidas,seestablecelanuevaprórrogadelavigenciadelImpuesto sobre el Patrimonio y los límites cuantitativos de aplicación de la tributación por módulosIRPF/IVA.Además,seincluyelarelacióndeactividadesprioritariasdemecenazgoyseapruebanloscoeficientesdeactualizacióndelosvalorescatastralesde inmueblesur-banos),ylaOrdenHAC/1164/2019quedesarrollaparaelaño2020elmétododeestimaciónobjetivadel IRPFy el régimenespecial simplificadodel IVA (“módulos”),manteniendo laestructuradelaOrdenHAC/1264/2018,de27denoviembre,quefuelaaplicableparaelaño2019.

    En segundo lugar, también podemos destacar las novedades en las declaraciones informati-vaspara2019(adeclararen2020)ylapublicacióndelaOrdenHAC/773/2019,de28dejunioqueactualizaelcontenidodelasobligacionesdellevanzadeloslibrosregistroenelIRPF,sustituyendoalanormativaanterior,paraadecuarlaalasúltimasmodificacionesproducidasenelIRPF.Entreotrasnovedades,seintroducelanecesidaddeque,enlasanotacionesenloslibrosregistrodeventaseingresosydecomprasygastossehagaconstarelNIFdelacontra-parte de la operación.

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    Por otro lado, el pasado 1 de octubre el Ministerio de Hacienda publicó el Anteproyecto de la LeydelIVAyelProyectodelReglamentodelIVAmediantelosquesepretendeincorporaralordenamientointernoespañolunaseriedemedidasdesimplificaciónenlasoperacionesintracomunitariasconocidascomo“VATQuickFixes2020”,quetienencomofinalidadgaran-tizar que todos los Estados miembros apliquen de forma armonizada el mismo tratamiento tributarioadeterminadasoperacionesdelcomerciointracomunitarias(comoporejemplo,las ventas en consigna y ventas en cadenas; la prueba del transporte en las entregas intraco-munitarias,olosnuevosrequisitosmaterialesparaquedichasentregasgocendeexención).

    Tambiénpodemosdestacar,laaprobacióndelalaResoluciónde21deenerode2020,delaDirecciónGeneraldelaAgenciaEstataldeAdministraciónTributaria,porlaqueseapruebanlas directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020. Para este ejercicio,laAgenciaTributariapondráelfocoenlosnuevosmodelosdenegocioaltamentedigitalizados,lanzaráelborradordelIVAylaasistenciavirtual,inspeccionaráaunmayornúmerodegrandespatrimonios,lasvisitasypersonacioneseincorporaráamáscolectivosenelámbitodelaluchacontralaeconomíasumergida,altiempoqueprestaráatenciónalposible acceso a la información cruzada disponible en las plataformas de venta por internet debienesyservicios.Ademásseprevéunplanespecialdecomprobacióndecontribuyen-tes que en sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades presenten reiteradamente bases imponibles negativas pendientes de compensar en el futuro por el riesgo a una minoración indebida de tributación.

    También podemos destacar el Plan Estratégico que ha presentado la Agencia Tributaria con unaseriedenovedadesfiscalesparaelperiodo2020-2023queseiránimplantadoprogresiva-menteparafacilitar,segúnlaAgenciaTributaria,lasrelacionesentrelaAdministración,au-tónomosyempresas.Tressonlasmedidasadestacar:NuevoBorradordeIVA,DatosfiscalesparalasSociedadesyAsistenciaDigitalIntegral(ADI).

    Además,sehaaprobadootrasnormasdediversoíndolefiscalquedebemostenerpresentepara este ejercicio 2020, como:

    - LaOrdenHAC/1273/2019,de16dediciembre,porlaqueseapruebalospreciosmediosdeventa para 2020 aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Espe-cial sobre Determinados Medios de Transporte.

    - LaResoluciónde16dediciembrede2019,delaSecretaríaGeneraldelTesoroyFinancia-ción Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el primer tri-mestrenaturaldelaño2020,aefectosdecalificartributariamenteadeterminadosactivosfinancieros.

    - El Protocolo y su Memorando de entendimiento, hechos en Madrid el 14 de enero de 2013, quemodificanelConvenioentreelReinodeEspañaylosEstadosUnidosdeAméricaparaevitarladobleimposiciónyprevenirlaevasiónfiscalrespectodelosimpuestossobrelarenta,ysuProtocolo,firmadoenMadridel22defebrerode1990.

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    - ElRealDecreto595/2019,de18deoctubre,porelquesemodificaelReglamentodelIm-puestosobrelaRentadenoResidentes,aprobadoporelRealDecreto1776/2004,de30dejulio, con relación a la acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones.

    - LaOrdenHAC/998/2019,de23deseptiembre,porlaqueseregulaelcumplimientodelaobligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especia-lesdeFabricación.

    - LaResoluciónde2deseptiembrede2019,delDepartamentodeAduanaseImpuestosEspe-cialesdelaAgenciaEstataldeAdministraciónTributaria,porlaquesemodificalade11dejulio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento únicoadministrativo(DUA).

    OtramateriaqueseabordaenesteCapítulosonlasimplicacionesfiscalesdel“Brexit”paralasempresasyautónomos.NoobstantehayquetenerencuentaquecuandoelReinoUnidoabandone laUniónEuropeael31deenerode2020, tras laplenaratificacióndelAcuerdodeRetirada,entraremosenunperíododetransición.EseperíodotemporalseacordócomopartedelAcuerdodeRetiradayduraráhastaalmenosel31dediciembrede2020.Hastaentonces,lasituaciónpermanecerásincambiosparalosciudadanos,losconsumidores,lasempresas,losinversores,losestudiantesylosinvestigadores,tantoenlaUEcomoenelReinoUnido.Perohabráqueestarpreparadospuesunavezqueseproduzcalasalidadefinitiva,ReinoUnidoabandonaráelmercadoúnicoylauniónaduanera,pasandoaconsiderarseex-portacionesoimportacionesloqueanteseranoperacionesintracomunitariasentreelReinoUnidoyelrestodelospaísespertenecientesalaUE.

    Porúltimo,sibienesciertoque,conlaentradadelnuevoaño,losPresupuestosGeneralesdelEstadosehanprorrogadoautomáticamente,noobstante,laMinistraMonteroyahaconfir-mado que su intención es aprobar unas nuevas cuentas lo antes posible.

    AunquetodavíanosehapresentadoningúnProyectodePresupuestosparaestenuevoañosíquepodemosver,eneldocumentodeacuerdofirmadoporPSOEyUnidasPodemos,suslíneaseconómicasenmateriafiscal,delasqueanalizaremossusnovedades.

    Todo ello, sin perjuicio de Principales novedades autonómicas en materia de tributos cedidos para 2020. Desde el punto de vista contable, hay que destacar un apreciable esfuerzo extra porpartedelICAC,quehaemitidoungrannúmerodeconsultasdirigidasaaclararalgunasdelascuestionesmáscomplejasenlaaplicacióndelosPlanesGeneralesdeContabilidadysehanaprobadodeterminadasResolucionesporelICAC,entrelasquedestacalaaprobacióndelaResoluciónde5demarzode2019delICAC,quedesarrollaloscriteriosdepresentacióndelosinstrumentosfinancierosensintoníaconlanormativainternacional(NIC-UE32),yquetambién aclara numerosas implicaciones contables de la regulación mercantil de las socie-dadesdecapital,algunasdeellasdispersasendiferentesnormasoconsultas,yqueserádeaplicación a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020. Aun así,selespermitiráalassociedadeslaaplicacióndeestaResolucióndeformaretroactiva,de

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    conformidad con lo dispuesto en la norma de registro y valoración sobre cambios en criterios contables,erroresyestimacionescontablesdelP.G.C.yP.G.C.PYMES.

    El principal objetivo es desarrollar los criterios de presentación en el balance de los instru-mentos financieros (acciones, participaciones, obligaciones, etcétera) siguiendo la NormaInternacionaldeContabilidad(NIC-UE32).Aclarandoimplicacionescomo:aportacionesso-ciales, operaciones con acciones y participaciones propias, aplicación del resultado, aumento yreduccióndelcapital,emisióndeobligaciones,disoluciónyliquidación,modificacioneses-tructuralesycambiodedomicilio,asícomootrasmodificaciones.

    Entremuchosdeloscambiosqueestaránporvenir,concertezanosencontraremoselPro-yectodeRealDecretoporelquesemodificanelPlanGeneraldeContabilidad,conelobjetivodeintroducirloscambiosnecesariosparaadaptarlanormaderegistroyvaloración9ª.“Ins-trumentosfinancieros”ylanormaderegistroyvaloración14ª.“Ingresosporventasypres-tacióndeservicios”alaNIIF-UE9yalaNIIF-UE15,respectivamente,pendientedetrámitelegislativo,ylaResolucióndelasnormasderegistrosyvaloracióndelosingresosordinariospublicadosafinalesdelejercicio2018.TambiénsehapublicadoenelICACelProyectodeRealDecretopara laaprobacióndelReglamentoquedesarrolla laLeydeAuditoríadeCuentas(LAC).

    Porúltimo,todasestanovedadesycambiossecompletanconcuestionesprácticas,cuadrosdeayuda,“listasdecontrol”o,“listasdechequeo”(“check-lits”),comoherramientasdeayu-daqueestaGUIAcontienecomosoporteparaprofesionales(asesores,contables,directoresadministrativos,abogadosdeempresayjefesdepersonal)quedebengestionar,asesorarointervenir en las operaciones jurídicas y económicas de una empresa.

    • En el Capítulo 4 “Gestión laboral”,aligualqueenelapartadofiscal,recopilamosyanali-zamosunagranvariedadesdenovedadesyaspectossignificativosquesehanidoaprobadoalolargodelaño2019yprincipiosdel2020quecualquiergestor,empresariooprofesionaldebe tener en cuenta para una buena gestión laboral de este ejercicio 2020. En este sentido cabedestacar,enprimerlugar,quealcierredeestaedicióndelaGuíanosehaaprobadolaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadoparaelaño2020(estosignificaquelosPresupues-tosGeneralesdelEstadode2019seconsideranprorrogadosdurante2020,deacuerdoconelartículo134.4delaConstitución).

    Como consecuencia de ello, se han aprobado una serie de novedades en materia de cotización, SalarioMínimoypensiones,).Laactualsituacióndeprórrogapresupuestaria,unidaaladeci-sióndeposponerlarevalorizacióndelaspensionesrecogidaenelrecienteRealDecreto-ley18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tribu-taria,catastralydeseguridadsocial,hanterminadoconlaaprobacióndelRealDecreto-ley1/2020,de14deenero,conelfindeevitarelperjuicioqueparaelcolectivodepensionis-tas supondría, en términos de pérdida de poder adquisitivo, que la revalorización no fuera efectivahasta laaprobaciónde laLeydePresupuestosGeneralesdelEstadopara2020.Deesta forma, las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad

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    contributiva,asícomodeClasesPasivasdelEstado,seincrementaránun0,9%yconefectosretroactivos desde el 1 de enero de 2020.

    Otrasnovedadesquetambiénsepuedendestacarsonlassiguientes:

    - Cuantíasdelsalariomínimointerprofesional(SMI):Sehaprevistoparaelaño2020unin-crementodelimportedelSMIqueunavezaplicadofijaráelSMIenlassiguientescuantías:SMIdiario31,66€;SMImensual950,00€;SMIanual13.300,00€(14pagas).

    - Novedades en la cotización del autónomo en 2020:

    » Cuotadeautónomos2020:Aumentodel tipogeneraldecotizacióndel30%de2019al30,3%.Esteaumentosedebealincrementodeltipoespecíficodelascontingenciasprofe-sionalesyelcesedeactividad.Alaesperaaúndeconocersitambiénhabrásubidadelabase de cotización, el incremento del tipo dejaría una cuota mínima de 286,15 euros, 2,75 eurosmásqueen2019(incidimos,siemprequenoseoptetambiénporunincrementodelabasedecotización).

    » Cuotadeautónomossocietarios2020:Estafigura,quepagaenconceptodecuota80eurosmásqueelautónomopersonafísica,tambiénexperimentarálasubidadesucuotadebidoalincrementodeltipogeneraldecotización.Serautónomosocietarioen2020costarácomo mínimo 369,7 euros.

    » Nuevaprestaciónporcontingenciasprofesionales:“Adaptacióndellocaldondeeltraba-jadorautónomodesarrollasuactividad”.Eseeselnombredelaayudaalaquepuedenacogerse los autónomos que hayan sufrido accidente laboral. La entidad gestora de la prestación, que sufraga los gastos de adaptación del lugar de trabajo del autónomo acci-dentado, es la Mutua.

    - Cambian los requisitos para acceder a la jubilación: En 2020 aumenta la edad legal de jubi-laciónpasandodelos65añosy8mesesde2019alos65añosy10meses.Tambiénseincre-menta el periodo de cómputo de cotización que se eleva de los 264 meses a los 276 meses.

    - Aumentodelpermisodepaternidad:SibienlamedidaseaprobóporelRD-Ley6/2019de1demarzo,yprevéqueenelaño2021seacabenequiparandolospermisosdeambosproge-nitores, sean padres o madres en las 16 semanas, dicha medida tiene un régimen transito-rio y progresivo de aplicación, mediante el cual el permiso del padre se va incrementando, y en base ello, a partir del 01/01/2020 el permiso de paternidad en caso de nacimiento de hijo, pasa a ser de 4 semanas obligatorias e ininterrumpidas posteriores al parto, y ocho semanasvoluntariasquepodránser,enestecasocontinuadasointerrumpidasenperío-dossemanales,yatiempocompletooparcial,perodisfrutablescomomáximohastalos12meses del menor.

    - Obligatoriedaddelosplanesdeigualdadparaempresasdeentre150y250trabajadores:ElRD-Ley6/2019de1demarzo,ampliólaobligatoriedaddeelaborarunPlandeIgualdad

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    para empresas de menos de 250 trabajadores, si bien, estableció un período transitorio paralaexigibilidaddedichaobligación,aplicableenfuncióndelnúmerodetrabajadoresdelaempresa.Deacuerdocondicharegulación,enelplazodeunañodesdelaentradaenvigor de la norma -que se produjo el 07/03/2019-, esto es, a partir del 7 de marzo de 2020, resultaráexigibleelPlandeIgualdadaempresasdeentre150y250trabajadores,mientrasqueseráapartirdel7demarzode2021queresultaráobligatorioparalasempresasdeen-tre100y150trabajadores,yseráapartirdel7demarzode2022queresultaráobligatoriopara empresa de entre 50 y 100 trabajadores. Debe tenerse en cuenta que al mismo tiempo, elRD-Ley6/2019,modificólaregulacióndelaLeydeInfraccionesySancionesdelOrdenSocial,parafijarsancionesdehasta6.250.-eurosencasodeincumplimientodedichaobli-gación empresarial.

    - RealDecreto-ley2/2020,de21deenerode2020,porelqueseapruebanmedidasurgentesenmateriaderetribucionesenelámbitodelsectorpúblico,querecogelasubidasalarialqueseaplica,conefectosde1deenerode2020,alasempleadasyempleadospúblicosdelasadministracionesestatal,autonómicaylocal,ytambiénalsectorpúblicoempresarial.

    - OrdenTMS/1277/2019,de23dediciembre,porlaqueseregulalagestióncolectivadecon-trataciones en origen para 2020.

    - Resoluciónde3deoctubrede2019,delaDirecciónGeneraldeTrabajo,porlaquesepublicalarelacióndefiestaslaboralesparaelaño2020.

    Además,abordaremostambiénlasúltimasnovedadesenelsistemadeliquidacióndirectadecotizacionesySistemaReddelaSeguridadSocial.

    ConunEjecutivomuyreciente,sonmuchaslasincógnitassobrequénosdepararáel2020enmateria de reformas laborales y de Seguridad Social. No obstante, ya sabemos con seguridad ciertasnovedadesparaelcitadoaño,muchasdeellasprovenientesdenormativaaprobadaenañosanteriores.Otrasseesperanconciertaprobabilidad,puestoqueestánincluidasenlosprogramaselectoralesdelosdospartidosquefinalmentehanformadoGobierno,comocomoladerogacióndelareformadelEstatutodelosTrabajadoresdelaño2012,dandopriori-dad al convenio colectivo sectorial sobre el convenio de empresa o la eliminación del supues-todeextinciónobjetivadelartículo52.d)ET.

    Porúltimo,todasestasnovedadesycambiossecompletanconcuestionesprácticasyrecor-datorios, y cuadros de ayuda, como herramientas de ayuda.

    • En el Capítulo 5 “Gestión Mercantil”:Sindudaquelanormativafiscalylaboralessiemprelaqueestámássujetaacambiosy,por lo tanto, suele ser laquemásnospreocupa.Peroademásdelasobligacionesfiscalesylaborales,existenotrasnormativasqueincidendirecta-menteenelámbitodelaempresa.Nosreferimos,nosoloalasobligacionesdecaráctermásformal,comolasqueatañenaloslibrosyalacontabilidad;sinotambiénotrasobligacionesmercantiles, algunas de ellas derivadas de normas muy recientes, como la protección de da-

  • Introducción

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    tos,elblanqueodecapitalesolossistemasdelCORPORATECOMPLIANCEcomomedidanece-saria para preservar la posible responsabilidad penal de la empresa.

    En este sentido, en el capítulo mercantil, y después de analizar aquellas obligaciones de ca-ráctermásformal(libros,cuantasanuales,actas,estatutos,contratos,comercioelectrónicoydemás)hemosqueridoreferirnosa lasobligacionesquenos imponenestasnuevasnor-mativas,enconcreto,laLeyOrgánicadeProteccióndedatosysureglamentodedesarrollo(teniendoencuentalanuevaLeyOrgánica3/2018,de5dediciembre,deProteccióndeDatosPersonalesygarantíadelosderechosdigitales),laLeydeprevencióndelblanqueodecapi-talesysureglamentodedesarrollo(teniendoencuentaaaprobacióndelRealDecretoLey11/2018,quetransponelaDirectiva2015/849delaUniónEuropeaparaprevenirelblanqueodecapitales)yelCódigoPenalqueintroducelossistemasdeCOMPLIANCEcomocausaexpre-sa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica.

    Asimismo, incluimos en este capítulo, una sección referida a los consumidores y usuarios debido a que su normativa protectora, impone importantes obligaciones de transparencia yclaridaden loscontratosquetengancomodestinatariofinalunconsumidor.Delmismomodo,yporsuimportanciapráctica,seincluyeigualmenteunaseccióndedicadaalcomercioelectrónico.

    Además,abordaremosunaseriedenovedades,algunasdeellaspendientesdeaprobaciónalolargodelejercicio2020,queporsuimportanciaprácticamerececonocer,comoporejemplo:

    - ProblemáticadelainscripciónenelRegistroMercantildeprofesionalesqueprestanser-vicios a sociedades

    - Implicación a largo plazo de los accionistas: Anteproyecto de Ley para la transposición de la Directiva 2017/828

    - Novedades en la regulación de las Marcas

    - PSD2: las claves sobre la nueva norma en los pagos electrónicos

    - Cuestionesactualesenlasreclamacionessobreproductosfinancierosyoperacionesban-carias

    - (…)

    Porúltimo,queremosagradecerlesatodosnuestrosclientesyusuariossufidelidadqueañoaañodepositansuconfianzaennuestrosInformesyotraspublicacionescomoesteGuía“paraelcontrolyoptimizacióndelagestiónfiscal,laboralymercantildelejercicio2020”,quedeseamossea de su agrado.

  • Capítulo 2

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    Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    No cabe duda de que conocer las principales novedades jurídicas constituye siempre una venta-jacompetitivaencualquieractividadempresarialquevayaaacometerse.Enelámbitojurídicoy,especialmenteeneltributarioylaboral,queestánsujetosaunaconstanteevoluciónymodi-ficación,estapremisacobraunaespecialimportanciayaquepermiteconoceracertadamentelas decisiones empresariales que tengan que adoptarse.

    Elfinaldelaño2019yprincipiosdel2020havenidomarcadoporunaintensalaborlegislativa,conmuchasnovedadesimportantesaprobadas,yotraspendientesdeaprobarseenelámbitojurídico,conespecialincidenciaenlagestiónfiscal,laboralymercantilocivil.

    Lasprincipalesnormasqueconformanelmencionado“paquetenormativo”,queporsuinterésyaplicaciónprácticasonnecesariasdecaraaesteejercicio2020(sinolvidarnosdequehayungrupo de proyectos y de proposiciones de ley pendientes de aprobación por las Cortes, como porejemplolaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadopara2020),sinperjuiciodelapropianormativa aprobada por las distintas Comunidades Autónomas, son las siguientes:

    Ámbito fiscal

    • Resoluciónde21deenerode2020,delaDirecciónGeneraldelaAgenciaEstataldeAdminis-tración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.(BOE,28-01-2020)

    • Resoluciónde18dediciembrede2019,delaDirecciónGeneraldelaAgenciaEstataldeAd-ministración Tributaria, por la que se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación en el procedimiento para el suministro electrónico de los asientos de la con-tabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.(BOE,08-01-2020)

  • Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 26

    • OrdenHAC/1276/2019,de19dediciembre,por laquesemodificanlaOrdende18deno-viembre de 1999, por la que se aprueban los modelos 123, en pesetas y en euros, de declara-ción-documento de ingreso y los modelos 193, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del ImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasysobredeterminadasrentasdelImpuestosobreSociedadesydelImpuestosobrelaRentadenoResidentes,correspondienteaestable-cimientos permanentes, y los modelos 124, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso y los modelos 194, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingre-sos a cuenta de los citados Impuestos derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización decapitalesajenos,laOrdenEHA/3895/2004,de23denoviembre,porlaqueseapruebaelmodelo198,dedeclaraciónanualdeoperacionesconactivosfinancierosyotrosvaloresmo-biliarios,laOrdenEHA/3300/2008,de7denoviembre,porlaqueseapruebaelmodelo196,sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación deri-vadadecuentasentodaclasedeinstitucionesfinancieras,laOrdenEHA/3377/2011,de1dediciembre, por la que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuentasobredeterminadosrendimientosdelcapitalmobiliario,laOrdenHAP/2118/2015,de9deoctubre,porlaqueseapruebaelmodelo280,“DeclaracióninformativaanualdePlanesdeAhorroaLargoPlazo”,laOrdenHAP/2250/2015,de23deoctubre,porlaqueseapruebael modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribuciónderentas,ylaOrdenHAP/1695/2016,de25deoctubre,porlaqueseapruebaelmodelo289,dedeclaracióninformativaanualdecuentasfinancierasenelámbitodelaasis-tencia mutua.(BOE,31-12-2019)

    • OrdenHAC/1275/2019,de18dediciembre,porlaquesemodificalaOrdenEHA/3316/2010,de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 delImpuestosobrelaRentadenoResidentes,quedebenutilizarseparadeclararlasrentasobtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adqui-sición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes.(BOE,31-12-2019)

    • OrdenHAC/1274/2019,de18dediciembre,porlaquesemodificanlaOrdenEHA/3111/2009,de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del ImpuestosobreelValorAñadidoylaOrdenHAP/2194/2013,de22denoviembre,porlaquese regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determina-das autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.(BOE,31-12-2019)

    • OrdenHAC/1273/2019,de16dediciembre,porlaqueseapruebanlospreciosmediosdeven-ta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos

  • Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 27

    Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determi-nados Medios de Transporte.(BOE,31-12-2019)

    • OrdenHAC/1271/2019,de9dediciembre,porlaqueseapruebanlasnormasdedesarrollodelodispuestoenelartículo26delReglamentodelosImpuestosEspeciales,aprobadoporRealDecreto1165/1995,de7dejulio,sobremarcasfiscalesprevistasparabebidasderivadas.(BOE,31-12-2019)

    • OrdenHAC/1270/2019,de5denoviembre,porlaqueseapruebaelmodelo318,“ImpuestosobreelValorAñadido.Regularizacióndelasproporcionesdetributacióndelosperiodosdeliquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones deservicios”ysedeterminanellugar,forma,plazoyelprocedimientoparasupresentación.(BOE,31-12-2019)

    • RealDecreto-ley18/2019,de27dediciembre,porelqueseadoptandeterminadasmedidasenmateria tributaria, catastral y de seguridad social.(BOE,28-12-2019)

    • OrdenHAC/1257/2019,de17dediciembre,porlaqueseestablecelarelacióndemunicipiosalosqueresultarándeaplicaciónloscoeficientesdeactualizacióndelosvalorescatastralesqueestablezcalaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadoparaelaño2020.(BOE,28-12-2019)

    • Resoluciónde16dediciembrede2019,delaSecretaríaGeneraldelTesoroyFinanciaciónIn-ternacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el primer trimestre na-turaldelaño2020,aefectosdecalificartributariamenteadeterminadosactivosfinancieros.(BOE,26-12-2019)

    • OrdenHAC/1164/2019,de22denoviembre,porlaquesedesarrollanparaelaño2020elmé-tododeestimaciónobjetivadelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasyelrégimenespecialsimplificadodelImpuestosobreelValorAñadido.(BOE,30-11-2019)

    • Protocolo y su Memorando de entendimiento, hechos en Madrid el 14 de enero de 2013, que modificanelConvenioentreelReinodeEspañaylosEstadosUnidosdeAméricaparaevitarladobleimposiciónyprevenirlaevasiónfiscalrespectodelosimpuestossobrelarenta,ysuProtocolo,firmadoenMadridel22defebrerode1990.(BOE,23-10-2019)

    • RealDecreto595/2019,de18deoctubre,porelquesemodificaelReglamentodelImpuestosobrelaRentadenoResidentes,aprobadoporelRealDecreto1776/2004,de30dejulio.(BOE,19-10-2019)

  • Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 28

    • OrdenHAC/998/2019,de23deseptiembre,porlaqueseregulaelcumplimientodelaobli-gación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.(BOE,05-10-2019)

    • Resoluciónde2deseptiembrede2019,delDepartamentodeAduanaseImpuestosEspecialesdelaAgenciaEstataldeAdministraciónTributaria,porlaquesemodificalade11dejuliode2014,enlaqueserecogenlasinstruccionesparalaformalizacióndeldocumentoúnicoadministrativo(DUA).(BOE,12-09-2019)

    Además,estánpendientesdeaprobarseunaseriedenormasdeciertocaladoenelámbitofiscal:

    • Proyecto de Orden de modificación de las órdenes EHA/3111/2009, de 5 de noviembre;EHA/769/2010, de 18 de marzo, HAC/3625/2003, de 23 de diciembre y HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, que introduce cambios en los modelos 390, 349, 347 y 190.

    • ProyectodeResoluciónsobreelconceptodeentidadesenrégimenseatribuciónderentasconstituidas en el extranjero.

    • ProyectodeOrdenporlaquesedesarrollaladisposiciónfinaldécimadelaLey34/2015,de21deseptiembre,demodificaciónparcialdelaLey58/2003,de17dediciembre,GeneralTribu-taria, se aprueban cuantas medidas resultan necesarias para su aplicación, así como el mode-lo770,“Autoliquidacióndeinteresesdedemorayrecargosparalaregularizaciónvoluntariaprevistaenelartículo252delaLeyGeneralTributaria”yelmodelo771“Autoliquidacióndecuotas de conceptos y ejercicios sin modelo disponible en la Sede electrónica de la AEAT para laregularizaciónvoluntariaprevistaenelartículo252de laLeyGeneralTributaria”,yseestablecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

    • ProyectodeRealDecretoporelquesemodificaelReglamentodeprocedimientosamistososenmateriadeimposicióndirecta,aprobadoporRealDecreto1794/2008,de3denoviembre.

    • ProyectodeOrdenporlaqueseapruebanlosmodelosdedeclaracióndelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicasydelImpuestosobreelPatrimonio,ejercicio2019,sedetermi-nan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimien-tosdeobtención,modificación,confirmaciónypresentacióndelborradordedeclaracióndelImpuestosobrelaRentadelasPersonasFísicas,sedeterminanlascondicionesgeneralesyelprocedimientoparalapresentacióndeambospormediostelemáticosotelefónicos.

    • ProyectodeOrdenporlaqueapruebaelmodelo234de“Declaracióndeinformacióndede-terminadosmecanismosdeplanificaciónfiscal”,elmodelo235de“Declaracióndeinforma-cióndeactualizacióndedeterminadosmecanismostransfronterizoscomercializables”yelmodelo236de“Declaracióndeinformacióndelautilizacióndedeterminadosmecanismostransfronterizosdeplanificación”.

  • Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 29

    Tambiénnopodemosolvidarqueelpasado30dediciembresefirmóentreelPSOEyUnidasPodemosundocumentodeintencionesdenominado“CoaliciónProgresista”,cuyoalcancede-finitivoestodavíaunaincógnita.Entrelasmedidasfiscalesclavesquecontieneesteacuerdo,destacamos el incrementodel IRPFpara las rentasmás altas, revisióndel régimenfiscaldedeterminadassociedadesolímitesmásrigurososparalospagosenefectivo,ademásdelaimple-mentacióndelasTasasGoogleyTobin,ydelaumentodelafiscalidadmedioambiental.

    Ámbito contable

    • Resoluciónde5demarzode2019,delInstitutodeContabilidadyAuditoríadeCuentas,porlaque se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos y otros aspectos conta-bles relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.(BOE,11-03-2019)

    Además,estánpendientesdeaprobarseunaseriedenormasdeciertocaladoenelámbitocon-table y de auditoría:

    • ProyectodeRealDecretodemodificacióndelPlanGeneralContable

    • ProyectodeResolucióndelICACsobrenormasparaelreconocimientodeingresosporentre-ga de bienes y prestación de servicios

    • ProyectodeRealDecretoparalaaprobacióndelReglamentoquedesarrollalaLeydeAudi-toría de Cuentas

    Atodoesto,hayqueañadirdesdeelpuntodevistacontable,unapreciableesfuerzoextraporpartedelICAC,quehaemitidoungrannúmerodeconsultasdirigidasaaclararalgunasdelascuestionesmáscomplejasenlaaplicacióndelosPlanesGeneralesdeContabilidad.

    Ámbito laboral

    • RealDecreto-ley2/2020,de21deenerode2020,porelqueseapruebanmedidasurgentesenmateriaderetribucionesenelámbitodelsectorpúblico.(BOE,22-01-2020)

    • Resoluciónde8deenerode2020,de laDirecciónGeneraldeOrdenaciónde laSeguridadSocial,porlaquesemodificalade2deagostode2019,porlaqueseestablecenlostérminosparalaaplicaciónalasmutuascolaboradorasconlaSeguridadSocialdeloscoeficientesparala gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.(BOE,21-01-2020)

  • Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 30

    • RealDecreto-ley1/2020,de14deenero,porelqueseestablecelarevalorizaciónymanteni-mientodelaspensionesyprestacionespúblicasdelsistemadeSeguridadSocial.(BOE,15-01-2020)

    • OrdenTMS/1277/2019,de23dediciembre,porlaqueseregulalagestióncolectivadecon-trataciones en origen para 2020.(BOE,31-12-2019)

    • RealDecreto-ley18/2019,de27dediciembre,porelqueseadoptandeterminadasmedidasenmateria tributaria, catastral y de seguridad social.(BOE,28-12-2019)

    • Resoluciónde28deoctubrede2019,delaDirecciónGeneraldeOrdenacióndelaSeguridadSocial, por la que se establece el régimen de aplicación de las prestaciones complementarias delartículo96.1b),delTextoRefundidodelaLeyGeneraldelaSeguridadSocial,aprobadoporRealDecretoLegislativo8/2015,de30deoctubre.(BOE,13-12-2019)

    • Resoluciónde3deoctubrede2019,delaDirecciónGeneraldeTrabajo,porlaquesepublicalarelacióndefiestaslaboralesparaelaño2020.(BOE,11-10-2019)

    Tambiénnopodemosolvidarqueelpasado30dediciembresefirmóentreelPSOEyUnidasPodemosundocumentodeintencionesdenominado“CoaliciónProgresista”,cuyoalcancede-finitivoestodavíaunaincógnita.Entrelasmedidaslaboralesclavesquecontieneesteacuerdo,destacamos la reforma del Estatuto de los Trabajadores, la propuesta de eliminación del despido objetivo por absentismo derivado de bajas por enfermedad y la revisión de la delimitación de las causas económicas técnicas, organizativas y de producción y la reinstauración de la deno-minadaultraactividaddelosconvenioscolectivosparaquemantenganyperpetúensuvigenciadeformaindefinidahastaqueunanuevanormacolectivaposteriorseanegociadayacordada.También derogar la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sec-torialesomodificarelETenmateriadecontrataciónysubcontrataciónlaboralylasubidadelSMIhastaalcanzarprogresivamenteel60%delsalariomedioenEspañatalycomorecomiendala Carta Social Europea.

    Ámbito mercantil/civil/administrativo

    • Resoluciónde27dediciembrede2019,delaSecretaríaGeneraldelTesoroyFinanciaciónInternacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las opera-cionescomercialesduranteelprimersemestrenaturaldelaño2020.(BOE,30-12-2019)

  • Principales normas aprobadas con efectos para el ejercicio 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 31

    • Resoluciónde16dediciembrede2019,delaSecretaríadeEstadodeComercio,porlaqueseapruebaelcalendariooficialdeferiascomercialesinternacionalesdelaño2020.(BOE,30-12-2019)

    • OrdenJUS/1256/2019,de26dediciembre,sobrelainscripciónenelRegistroMercantildelas personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional prestan los servicios descritosenelartículo2.1.0)delaLey10/2010,de28deabril,deprevencióndelblanqueodecapitalesyfinanciacióndelterrorismo.(BOE,28-12-2019)

    • RealDecreto736/2019,de20dediciembre,derégimenjurídicodelosserviciosdepagoydelasentidadesdepagoyporelquesemodificanelRealDecreto778/2012,de4demayo,derégimenjurídicodelasentidadesdedineroelectrónico,yelRealDecreto84/2015,de13defebrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.(BOE,24-12-2019)

    • RealDecreto716/2019,de5dediciembre,porelquesemodificanelRealDecreto773/2015,de28deagosto,porelquesemodificandeterminadospreceptosdelReglamentoGeneraldelaLeydeContratosdelasAdministracionesPúblicas,aprobadoporelRealDecreto1098/2001,de12deoctubre,yelRealDecreto700/1988,de1dejulio,sobreexpedientesadministrativosderesponsabilidadcontablederivadosdelasinfraccionesprevistaseneltítuloVIIdelaLeyGeneralPresupuestaria.(BOE,06-12-2019)

    • Resoluciónde27denoviembrede2019,delaSecretaríadeEstadodeFunciónPública,porlaqueseestableceaefectosdecómputodeplazos,elcalendariodedíasinhábilesenelámbitodelaAdministraciónGeneraldelEstadoparaelaño2020.(BOE,04-12-2019)

    • Instrucciónde30deagostode2019,laDirecciónGeneraldelosRegistrosydelNotariado,sobrelainscripciónenelRegistroMercantildelaspersonasfísicasprofesionalesqueprestanserviciosdescritosenelartículo2.1.o)delaLey10/2010,de28deabril,deprevencióndelblanqueodecapitalesyfinanciacióndelterrorismo.(BOE,04-09-2019)

    • RealDecreto306/2019,de26deabril,porelquesemodificaelReglamentoparalaejecucióndelaLey17/2001,de7dediciembre,deMarcas,aprobadoporRealDecreto687/2002,de12de julio.(BOE,30-04-2019)

    • RealDecreto-Ley19/2018,de23denoviembre,deserviciosdepagoyotrasmedidasurgentesenmateriafinanciera(BOE,24-11-2018)

  • Capítulo 3

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 33

    Gestión fiscal 2020

    Acontinuación,enesteCapítulodeGestiónFiscal,trataremosdeanalizarycomentardeunaformaresumidaunbuennúmerodeaspectosdenuestroordenamientojurídicofiscalqueafec-tanalamayoríadeprofesionalesydeempresas,seanpequeñasograndesparaesteejercicio2020. Actualmente, conocer y prever las implicaciones y riesgos derivados de la aplicación de la normativa vigente, es fundamental en el buen gobierno de una empresa y en la toma de las decisionesempresarialesresponsablesysostenibles.Bastaconfijarseenlacantidaddenormasycambioslegislativosqueanualmenteseaprueban.Además,paraesteaño2020sehaaprobadooestánpendientesdeaprobare,grancantidaddenormasdeciertocaladoenelámbitofiscal.NosremitimosalaIntroducciónyCapítulo2deestaGuíadondehemosexpuestolasnormasqueconformanel“paquete”legislativoquenosafectaráparaesteejercicio2020.

    Nocabedudaquecobraespecialimportanciaconocerlasnovedades,cambiosyaspectosmássignificativosqueafectaenlagestiónfiscalparalosautónomosylaspymesdecaraalejercicio2020,cuyoconocimientopuedeofrecernosoportunidadesdeplanificaciónenalgunoscasos.

    Todo ello, sin perjuicio de otras novedades propias aprobadas por las Comunidades Autónomas enlosImpuestoscedidosparaelejercicio2020.ConvieneseñalarquevariasComunidadesAu-tónomasestántramitandosusPresupuestospara2020y/olaLeydeMedidasFiscalesquevanaaplicarenesteejercicioeconómico,porloquehabráquetenerloencuentadecaraapróximosmeses.

    Porúltimo,todasestanovedadesycambiosse deben completar con cuestiones prácticas, cuadros de ayuda, “listas de control” o, “listas de chequeo” (“check-list”), como herra-mientas de ayuda que esta GUIA contienecomosoporteparaprofesionales(asesores,conta-bles,directoresadministrativos,abogadosdeempresayjefesdepersonal)quedebengestionar,asesorar o intervenir en las operaciones jurídicas y económicas de una empresa.

    3.1. Medidas tributarias y catastrales 2020

    DebemosseñalarquealcierredeestaedicióndelaGuíanoseproducidolaaprobacióndelaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadoparaelaño2020.EstosignificaquelosPresupuestosGeneralesdelEstadode2019seconsideranprorrogadosdurante2020deacuerdoconelartículo134.4 de la Constitución.

  • Gestión fiscal 2020

    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 34

    Deacuerdoconloestablecidoenelartículo134.4delaConstituciónEspañola,“Si la Ley de Pre-supuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos”.

    Noobstante,enelBOEdeldía28-12-2019sepublicóelRealDecreto-ley18/2019,de27dedi-ciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de se-guridadsocial,queentróenvigorconcaráctergeneraleldía29-12-2019.

    AntelafaltadeaprobacióndelaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadopara2020,porlaslimitacionesqueenelnormaldesempeñodelaactividadlegislativasederivandelhechodequedesdefinalesdeabrildeesteañoelGobiernosehallaraenfuncioneshanimpedidolatramita-ción de diversas normas por el cauce parlamentario ordinario.

    La prolongación de dicha situación hace ineludible la aprobación de determinadas medidas, básicamenteparaprorrogaralgunascuyavigenciafinalizaría,deotromodo,coneliniciodelnuevoaño.

    A continuación, recogemos las principales medidas de índole tributaria y catastral que se re-cogenenelcitadoRDL18/2019,comolanuevaprórrogadelavigenciadelImpuestosobreelPatrimonioydeloslímitescuantitativosdeaplicacióndelatributaciónpormódulosIRPF/IVA.Además,seincluyelarelacióndeactividadesprioritariasdemecenazgoyseapruebanloscoefi-cientes de actualización de los valores catastrales de inmuebles urbanos

    3.1.1. IRPF/IVA. Tributación por módulos

    Seestablecenloslímitesparalaaplicaciónen2020delmétododeestimaciónobjetivadelIRPFydelosregímenesespecialessimplificadoydelaagricultura,ganaderíaypescadelIVA,asícomoplazosderenunciasyrevocacionesalosmismos(arts.2y4ydisposicióntransitoriaprimeradelRDL).

    A.Límites para la aplicación del método de estimación objetiva del IRPF en el ejercicio 2020

    Se prorrogan para 2020 los límites establecidos por la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Pre-supuestosGeneralesdelEstadoparaelaño2016,paralosejercicios2016y2017yprorrogadosparaelejercicio2018porelRealDecreto-ley20/2017,de29dediciembreyparaelejercicio2019porelRealDecreto-ley27/2018,de28dediciembre.

    En los referidos ejercicios, la magnitud que determinaba la exclusión del método de estimación objetiva, relativa a los rendimientos íntegros obtenidos en el conjunto de actividades económi-cas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales, y el límite relativo a las operaciones por las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesio-nalqueactúecomotalenaplicacióndelReglamentoporelqueseregulanlasobligacionesdefacturación,sefijanen250.000yen125.000euros,respectivamente,frentealasmagnitudesinicialmente establecidas a partir de 2016 por la Ley 26/2014 de 150.000 euros y 75.000 euros.

  • Gestión fiscal 2020

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    Asimismo,yconelmismoámbitotemporaldeaplicación,lamagnitudreferidaalvolumendecompras, inicialmentefijadaapartirde2016en150.000euros,quedóestablecidaen250.000para 2016, 2017, 2018 y 2019.

    Para llevar a cabo esta medida se ha dado nueva redacción, con efectos desde 1 de enero de 2020, aladisposicióntransitoriatrigésimasegundadelaLeydelIRPF,paracontinuarmanteniendoeste régimen transitorio en 2020.

    B. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2020

    En consonancia con el régimen transitorio referente a los límites para la aplicación del método deestimaciónobjetivaenel IRPFen losejercicios2016a2020queacabamosdereferenciar,se dispone, igualmente, una prórroga para 2020 del régimen transitorio establecido para los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 relativo a los límites que determinan la exclusión del régimen simplificadoydelrégimenespecialdelaagricultura,ganaderíaypescadelIVA,dondeseelevóla magnitud de 150.000 euros a 250.0000 euros.

    Para llevar a cabo esta medida se ha dado nueva redacción, con efectos desde 1 de enero de 2020, aladisposicióntransitoriadecimoterceradelaLeydelIVA.

    C. Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del IRPF y a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA para el año 2020

    EnladisposicióntransitoriaprimeradelRDLqueestamosreseñandoseregulaelplazodere-nunciasyrevocacionesquedebensurtirefectosparaelaño2020,yseestablecequeseráhastael29deenerode2020(unmesapartirdeldíasiguientealafechadepublicaciónenelBOEdelRDL).

    3.1.2. Prórroga del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2020

    Semantieneparaelejercicio2020 lavigenciadelmismo,eliminándose,portanto,paraesteañolareimplantacióndelabonificacióndel100%sobrelacuotaíntegradelimpuestoquesehabíaprevistoenelRealDecreto-ley13/2011,de16deseptiembre,porelqueserestableceelImpuestosobreelPatrimonio,modificandoparaelloconefectosdesdeel1deenerode2020elapartadosegundodelartículoúnicodelcitadoRealDecreto-ley(art.3delRDL).

    3.1.3. Relación de actividades prioritarias de mecenazgo para el año 2020

    Se establece que durante el año 2020 se considerarán actividades prioritarias demecenaz-go las enumeradas en la disposición adicional septuagésima primera de la Ley de Presupuestos GeneralesdelEstadoparaelaño2018-Ley6/2018-,yenrelaciónaesasactividadesseelevanen cinco puntos porcentuales los porcentajes y límites de las deducciones establecidas en los

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    artículos19,20y21delaLey49/2002,de23dediciembre,derégimenfiscaldelasentidadessinfineslucrativosydelosincentivosfiscalesalmecenazgo(art.5delRDL).

    3.1.4. Actualización de los valores catastrales

    A. Coeficientes de actualización de valores catastrales del art. 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario

    ElRDLrecogeensuartículo5laactualizacióndelosvalorescatastralesmedianteaplicacióndecoeficientes,cumpliendoloestablecidoenelartículo32.2delRealDecretoLegislativo1/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

    Enelmencionadoartículoseestablecenpara2020diferentescoeficientesenfuncióndelañode entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de un procedimiento de valoración colectiva,queseránaplicadosaaquellosmunicipiosquehanacreditadoelcumplimientodelosrequisitoslegalmenteestablecidos(quehayantranscurridoalmenos5añosdesdelaentradaenvigordelúltimoprocedimientodevaloracióncolectiva,queexistandiferenciassustancialesyhomogéneas dentro del municipio entre los valores del mercado y los valores catastrales vigen-tes,yquelasolicitudmunicipalseformuledentrodelplazoestablecido)yqueestánincluidosen la Orden HAC/1257/2019, de 17 de diciembre(BOEde28dediciembrede2019),queprevélaaplicacióndecoeficientesdeactualizacióndevalorescatastralesa1.092municipio,queentróenvigoreldíasiguientealdesupublicaciónenBOEysurtiráefectosdesdeel1deenerode2020.

    Hay que tener en cuenta que el apartado 2 del artículo 32 del texto refundido de la Ley del Ca-tastroInmobiliario,aprobadoporRealDecretoLegislativo1/2004,de5demarzo,disponequelasleyesdepresupuestosgeneralesdelEstadopodránactualizarlosvalorescatastralesdelosinmueblesurbanosdeunmismomunicipioporaplicacióndecoeficientesenfuncióndelañodeentrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores del municipio.

    AfindeatenderlasolicituddelosAyuntamientosparalaaplicacióndedichoscoeficientesenelaño2020esnecesarioquesecumplanlossiguientesrequisitos:

    a) Quehayantranscurridoalmenoscincoañosdesdelaentradaenvigordelosvalorescatas-tralesderivadosdelanteriorprocedimientodevaloracióncolectivadecaráctergeneral.Esdecir,laaplicacióndecoeficientesdeactualizaciónparaelaño2020requierequeelañodeentradaenvigordelaponenciadevaloresdecaráctergeneralseaanteriora2015.

    b)Quesepongandemanifiestodiferenciassustancialesentrelosvaloresdemercadoylosquesirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, siempre que afec-tendemodohomogéneoalconjuntodeusos,polígonos,áreasozonasexistentesenelmu-nicipio.

    c) QuelasolicitudsecomuniquealaDirecciónGeneraldelCatastroantesdel31demayo,pla-zoqueparaelaño2019hasidoprorrogadohastael31dejulioenvirtuddelaDisposición

    https://www.fiscal-impuestos.com/sites/fiscal-impuestos.com/files/NFL019788.pdf

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    transitoriasegundadelRealDecreto-ley27/2018,de28dediciembre,porelqueseadoptandeterminadas medidas en materia tributaria y catastral.

    HastadichafechalosAyuntamientoshanpodidocomunicaralaDirecciónGeneraldelCatastrolasolicituddeaplicacióndetalescoeficientesoeldesistimientodelasolicitudquehubiesenformulado.

    DentrodelmencionadoplazosehanrecibidoporlaDirecciónGeneraldelCatastrolassolicitu-desdeaplicacióndecoeficientesrealizadasporlosAyuntamientos.Sehacomprobadolaconcu-rrencia de los requisitos exigidos por la Ley en los municipios que han solicitado la aplicación decoeficientes:solicitudenplazo,antigüedadde laponenciay,enespecial, laexistenciadediferencias sustanciales entre los valores actuales de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes en cada municipio. Por ello, en estos casos resultaoportunalaaplicacióndeloscoeficientesdeactualizaciónquesedeterminenporlaLeydePresupuestosGeneralesdelEstadopara2020.

    Porúltimo,hayquetenerencuentaquesedebenaplicardeoficioloscoeficientesprevistosenel apartado 2 del artículo 32 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario a los muni-cipiosqueresultenbeneficiariosdelasmedidasrelativasasusdeudasconacreedorespúblicosprevistasenel artículo23delRealDecreto-ley8/2013,de28de junio,demedidasurgentescontralamorosidaddelasadministracionespúblicasydeapoyoaentidadeslocalesconpro-blemasfinancieros, por así disponerlo su artículo 30.1.d). Igualmente, el artículo 45.3.c) delRealDecreto-ley17/2014,de26dediciembre,demedidasdesostenibilidadfinancieradelascomunidadesautónomasyentidadeslocalesyotrasdecaráctereconómico,prevéqueseapli-quenlosmismoscoeficientesdeactualizaciónalosvalorescatastralesdelosmunicipiosqueseacojanalcompartimentoFondodeOrdenaciónyqueseencuentrenenlasituacióndescritaenelartículo39.1.a).Enamboscasosdebedetratarsedemunicipiosquehayansidoobjetodeunprocedimientodevaloracióncolectivadecaráctergeneralparalosbienesinmueblesurbanoscomoconsecuenciadeunaponenciadevalorestotalaprobadaconanterioridadalaño2003.Dadoque, endichosmunicipiosdebenaplicarse los coeficientesde actualizacióndevalorescatastrales aunque no lo hubiesen solicitado expresamente los Ayuntamientos, es necesario incluirlos en la citada relación.

    Loscoeficientesdeactualizaciónquedanfijadospara2020conarregloalsiguientecuadro:

    Año de entrada en vigor ponencia de valores Coeficiente de actualización

    1984, 1985, 1986, 1987 y 1988. 1,05

    1989, 1990, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.

    1,03

    2011, 2012 y 2013. 0,97

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    3.1.5. Regulación de la prestación patrimonial de carácter público no tributaria por la prestación del servicio de generación y emisión de identificadores únicos para los productos del tabaco

    Cumpliendoconlanormativacomunitaria(Directiva2014/40/UEdelParlamentoydelConsejo,de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CEyReglamentodeEjecución(UE)2018/574,delaComisión,de15dediciembrede2017,relati-vo a las normas técnicas para el establecimiento y el funcionamiento de un sistema de trazabi-lidadparalosproductosdeltabaco),enladisposiciónadicionalprimeradelrealdecreto-ley,seregulalaprestaciónpatrimonialdecarácterpúbliconotributariaporlaprestacióndelserviciodegeneraciónyemisióndeidentificadoresúnicosparalosproductosdeltabaco.Estapresta-ciónseexigirárespectoatodasaquellasgeneracionesoemisionesdeidentificadoresúnicosquesehayanefectuadoapartirdel20demayode2019(DT2ªdelRDL)yelimportedelamismaseráde1,97eurosporcadamilidentificadoresúnicosemitidosogeneradosporlaentidaddesignadaenEspañacomoEmisordeIdentificación.

    3.2. Orden de módulos IRPF/IVA para el año 2020

    Comotodoslosaños,sehaaprobadolaOrdenHAC/1164/2019,de22denoviembre,conentradaenvigorel1dediciembrede2019yconefectosparaelaño2020,quedesarrollaparaelaño2020elmétododeestimaciónobjetivadelIRPFyelrégimenespecialsimplificadodelIVA(“mó-dulos”),manteniendolaestructuradelaOrdenHAC/1264/2018,de27denoviembre,quefuelaaplicableparaelaño2019.

    EnrelaciónconelmétododeestimaciónobjetivadelIRPF:

    • Enprimerlugar,señalar quesemantienenparaelejercicio2020lacuantíadelossignos,índicesomódulos,asícomolasinstruccionesdeaplicaciónaplicablesenelaño2019..

    • Conservalareduccióngeneraldel5%delrendimientonetodemódulosparatodosloscon-tribuyentes(tantoparaactividadesagrícolas,ganaderasyforestalescomoparaelrestodeactividades)quedeterminenelmismoporelmétododeestimaciónobjetivaen2020,señalán-dose,asimismo,queestareducciónsetendráencuentaparacuantificarelrendimientonetoaefectosdelospagosfraccionados(disp.adic.1ªdelaOrden).

    • Mantiene la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estima-ciónobjetivadelIRPFparalassiguientesactividadesagrícolas:uvademesa(0,32),floresyplantasornamentales(0,32)ytabaco(0,26)(disp.adic.2ªdelaOrden).

    Actividad Índice de rendimiento neto

    Uvademesa 0,32

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    Actividad Índice de rendimiento neto

    Floresyplantasornamentales 0,32

    Tabaco 0,26

    Porloqueserefierealrégimen simplificado del IVA:

    • Mantiene para 2020 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en elrégimenespecialsimplificadoenelaño2019.

    • Reduce,comoenañosanteriores,elporcentajeaplicableen2020paraelcálculodelacuotadevengadaporoperacionescorrientesenelrégimensimplificadodelIVAparadeterminadasactividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales, en concreto para las actividades de apicultura(0,070)ydeserviciosdecría,guardayengordedeaves(0,06625)(disp.adic.3ªdelaOrden).

    En el término municipal de Lorca,sereducenen2020enun20%elrendimientonetocalcula-doporelmétododeestimaciónobjetivadelIRPFytambiénenun20%lacuotadevengadaporoperacionescorrientesdelrégimenespecialsimplificadodelIVA.Ambasreduccionessedebentenerencuentatambiénparacuantificarelrendimientonetoaefectosdelospagosfracciona-doscorrespondientesa2020enelIRPF,yparaelcálculotantodelacuotatrimestralcomodelacuotaanualdelrégimenespecialsimplificadodelIVAcorrespondientealaño2020(disp.adic.4ªdelaOrden).

    3.2.1. Prórroga de los límites de exclusión para la aplicación de los módulos IRPF/IVA 2020

    Comoyahemoscomentado,el28-12-2019sepublicóenelBOEelRealDecreto-ley18/2019,de27de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral que entreotrasmedidas,modificaconefectosdesde1deenerode2019laDT32ªdelaLIRPF,paraampliar a 2020 la aplicación de determinadas magnitudes cuya superación implica la exclusión del método de estimación objetiva de rendimientos para determinadas actividades económicas (quefueronintroducidasinicialmentesolopara2016y2017porlaLeydePresupuestosGene-ralesdelEstadopara2016yprorrogadostambiénconposterioridadparapara2018porelRealDecreto-ley20/2018,de29dediciembreypara2019porelRealDecreto-ley27/2018,de28dediciembre).Enconcreto:

    a) El límite relativo a los rendimientos íntegros obtenidos en el conjunto de actividades se eleva de 150.000 euros a 250.000 euros en general; y de 75.000 euros a 125.000 euros para el supues-toenqueelvolumendelosrendimientosíntegrosdelañoinmediatoanteriorsecorrespondacon operaciones por las que se esté obligado a expedir factura cuando el destinatario sea un empresariooprofesionalqueactúecomotal.

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    b)El límite relativo al volumen de las compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, pasa de 150.000 euros a 250.000 euros.

    Paralelamente, se prorrogan para el período impositivo 2020 los límites cuantitativos que de-limitanelámbitodeaplicacióndelrégimensimplificadoydelrégimenespecialdeagricultura,ganaderíaypesca(semodificalaDT13ªLIVA).

    Magnitudesexcluyentesdecaráctergeneral:

    • Volumendeingresosenelañoinmediatoanteriorsuperiora250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales.

    • Volumendeingresosparaelconjuntodeactividadesagrícolas,forestalesyganaderassupe-rior a 250.000 euros.

    • Volumendecomprase importacionesenbienesyserviciosenelaño inmediatoanterior,excluidas las adquisiciones del inmovilizado, superior a 250.000 euros.

    Endefinitiva,sehaprorrogadopara2020,losmismoslímitesexcluyentesqueseaplicaronen2016-2019, quedando de la siguiente manera:

    Límites máximos 2015 2016 a 2018 2019-2020

    Volumenrendimientosíntegrosenañoanterior.General

    450.000 € 250.000 € 250.000 €

    Volumenrendimientosíntegrosenañoanterior.Actividades agrícolas, forestales y ganaderas

    300.000 € 250.000 € 250.000 €

    Facturaciónaempresasyprofesionales 225.000 € 125.000 € 125.000 €

    Volumendecompras(sinincluirinversiones) 300.000 € 250.000 € 250.000 €

    Retenciónfacturasautónomos 1% 1% 1%

    • Magnitudesexcluyentesdecaráctergeneral:

    - Ellímitegeneraldelvolumenderendimientosíntegrosdelañoanteriornopuedesuperarlos250.000€igualándoloallímiteespecialestablecidoparaactividadesagrícolas,ganade-ras y forestales.

    - Ellímitedelvolumenderendimientosíntegrosdelañoanteriorcorrespondienteaopera-cionesporlasqueesténobligadosaexpedirfacturalosempresariosenmódulos,nopodrásuperar los 125.000€.

    - Asimismo, el límite en el volumen de compras y servicios en el ejercicio anterior, que no puedensuperarlosempresariosenmódulosprevistoparacontinuarenelrégimenseráde250.000€.

    • Magnitudesexcluyentesespecíficas:

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    - Paralasactividadesdetransportedemercancíasporcarretera(epígrafe722)ylosserviciosdemudanzas(epígrafe757)semantienenidénticoslosimportesdelosmódulosquehanaplicadoen2019,asícomoellímitemáximodevehículosdetransporteparaseguiracogidoadichorégimen(4vehículoscualquierdíadelaño).Enelcasodetransportedeviajeros,ellímitedevehículosmáximoesde5.

    - Se excluyen de los módulos a las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sec-ción primera de las Tarifas del IAE sujetas a retención del 1%(esdecir,lasactividadesrelacionadas con fabricación y construcción fundamentalmente: albañilería, fontanería,instaladores,carpintería,cerrajería,pintura…).

    3.2.2. Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del IRPF y a los regímenes especiales simplificados y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA para el año 2020

    Porúltimo,deacuerdoconelRealDecreto-Ley18/2019,de27dediciembre,comoconsecuenciade la prórroga de los límites vigentes en 2019, se establece un nuevo plazo de renuncia o revo-caciónparaelaño2020almétododeestimaciónobjetivadelIRPF.DichoplazoserádeunmesapartirdeldíasiguientealafechadepublicaciónenelBOEdelRealDecreto-ley18/2019,estoes, hasta el 29 de enero de 2020.

    Lasrenunciasyrevocacionespresentadas,paraelaño2020,alosregímenesespecialessimplifi-cadoydelaagricultura,ganaderíaypescadelIVAoalmétododeestimaciónobjetivadelIRPF,duranteelmesdediciembrede2019,seentenderánpresentadasenperíodohábil.

    Noobstante,lossujetospasivosafectadosporlodispuestoenelpárrafoanterior,podránmodi-ficarsuopciónhastael29deenerode2020.

    3.3. Principales medidas fiscales recogidas en el acuerdo programático del nuevo gobierno

    Elpasado30dediciembresefirmóentreelPSOEyUnidasPodemosundocumentodeintencio-nesdenominado“Coalición Progresista. Un nuevo acuerdo para España”.Talycomoseexponeensuintroducción,estedocumentoylospuntosqueenélserecogensonAcuerdosdeGobiernoparatodalalegislatura.LosPresupuestosGeneralesdelEstadoquesedesarrollaránalolargodelamismaseelaborarántomandocomobaseestedocumentoylosconsensosadquiridosenlosúltimostiempos,adaptándolosalnuevocontextomacroeconómico.

    Eldocumentoabordatemasnuclearesenmateriafiscal,derechossociales,políticasfeministas,luchacontraelcambioclimático,actualizacióndelestadoautonómico,memoriademocráticaocultura y deportes, entre otros.

    Acontinuación,leinformamosdemanerasintética,delasmedidasfiscalesclavesquecontieneeste acuerdo, cuyo alcance definitivo es todavía una incógnita.

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    Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

    • Incremento en dos puntos sobre la base general de rentas superiores a 130.000 euros y a cua-tro puntos para la parte de base imponible que exceda de 300.000 euros.

    • Incrementoencuatropuntos(hastael27por100)sobrelasrentasdecapitalsuperioresa140.000 euros.

    • Seestudiarálafiscalidaddelasgrandesfortunasalobjetodequecontribuyanaunsistemafiscalmásjustoyprogresivo.

    Impuesto sobre Sociedades

    • Régimendetributaciónmínimadel15por100encasodecifradenegociossuperiora20mi-llonesdeeurosoenRégimendeConsolidaciónFiscal.

    • Tributación mínima del 18 por 100 para las entidades de crédito/hidrocarburos.

    • Tipo de gravamen reducido del 23 por 100 para las empresas con cifra de negocios inferior 1 un millón de euros.

    • Gravamendel5por100delosdividendosdefuenteextranjeraynacional.

    • Revisióndelrégimenfiscaldecooperativasysociedadeslaboralespararecuperarlaeficaciatributaria en el fomento de este tipo de empresas.

    Impuesto sobre el Patrimonio

    • Aumentode1por100delúltimotramoparamásde10millonesdeeuros(enescalaestatalparalasComunidadesAutónomasquenotengansupropiaescaladegravamen).

    Impuesto sobre el Valor Añadido

    • ReduccióndeltipodegravamendeIVAdelosserviciosveterinariosydelosproductosdehigienefemenina.Serevisarálafiscalidaddelosalimentosultraprocesadosoricosengrasasyazúcares.

    SOCIMIS (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario)

    • Gravamenespecialdel15por100sobrebeneficiosnodistribuidos.

    SICAV (Sociedades de Inversión de Capital Variable)

    • ControlporpartedelaAdministraciónTributariadelnúmerodeaccionistas.ComunicaciónalaCNMV.

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    Impuesto para operaciones de la economía digital

    • Implementaciónde las TasasGoogle y Tobin:Aprobarán el Impuesto sobre determinadosserviciosdigitalesconelfindegravaraquellasoperacionesdelaEconomíadigitalqueac-tualmentenotributan,enlíneaconlasrecomendacionesdelaUniónEuropea,yelImpuestosobrelastransaccionesfinancierasconsistenteengravarlasoperacionesdecompradeaccio-nesespañolasejecutadasporoperadoresdelsectorfinanciero.

    Impuestos medioambientales

    • Aumentodelafiscalidadmedioambiental.

    • La intencióndelprevisiblementepróximogobiernoesvalersede lafiscalidadpara lucharcontraelcambioclimático.Laequiparacióndelostiposimpositivosdegasolinaydiéselpo-dríallegardefinitivamenteen2020atravésdeestafiscalidadverdeprevistaqueafectaríaalos autónomos y pymes del sector transporte o que empleen su vehículo para desplazamien-tos relacionados con el desarrollo de la actividad.

    Lucha contra el fraude fiscal

    • Reducirellímitedelospagosenefectivodelos2.500eurosactualesa1.000euros.

    • Paracontrolarelfraudefiscaltambiénsepretendeprohibirelusodesoftwarededoblecon-tabilidad para evitar la economía en B.

    • Sereforzaránlosmediosdedicadosalaluchacontraelfraude,seactualizarálalistadeparaí-sosfiscales,sepotenciarálaprevencióndelfraudemediantelalistademorososdelaAEATyseprohibiránlasamnistíasfiscales.

    • Enellinkadjuntoencontraráneltextoíntegrodelacuerdoprogramático: https://ep00.epimg.net/descargables/2019/12/30/87348523b35b92d92f5702e3cc84d950.pdf

    3.4. Implicaciones fiscales del Brexit para las empresas

    El31deenerode2020sehizoefectivalasalidadelReinoUnidodelaUniónEuropea(UE)ydacomienzounperíodotransitorio,hastael31dediciembredeesteaño,duranteelcualsesegui-ráaplicandoelDerechodelaUEenlasrelacionesconelReinoUnido,alaesperadeunfuturoacuerdoqueconcretelascondicionesqueregiránlasrelacionesbilateralesapartirdeentonces.Mientras esto sucede, resulta esencial que las empresas preparen un plan de contingencia que lespermitaanticiparseycomenzaraprepararaquellostrámitesquerequieranmástiempoyqueseannecesariosparaseguircomerciandoconelReinoUnidoapartirde2021.

    https://ep00.epimg.net/descargables/2019/12/30/87348523b35b92d92f5702e3cc84d950.pdf

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    Hayquerecordarqueel29demarzode2017,elReinoUnidonotificóalConsejoEuropeosuin-tenciónderetirarsedelaUniónEuropeaydelaComunidadEuropeadelaEnergíaAtómica,deconformidadconelartículo50delTratadodelaUniónEuropea.

    El 14 denoviembre losnegociadores de laUniónEuropea y delReinoUnido alcanzaronunAcuerdosobrelaretiradadelReinoUnidodelaUniónEuropea(BREXIT).Tambiénseelaboróuna Declaración Política que expone el marco de las relaciones futuras.

    Conarregloalartículo50apartado3delTUE,losTratadosdejarándeaplicarsealEstadoqueseretiraapartirdelafechadeentradaenvigordelAcuerdodeRetiradao,ensudefecto,alosdosañosdelanotificación,salvosielConsejoEuropeo,deacuerdocondichoEstado,decideporunanimidad prorrogar dicho plazo.

    El 29 de octubre de 2019 el Consejo Europeo ha prorrogado de nuevo el plazo inicialmente pre-vistoenelartículo50delTratadodelaUniónEuropeahastael31deenerode2020parapermi-tirqueconcluyalaratificacióndelAcuerdoderetirada.

    ElAcuerdodeRetirada contempla unperíodo transitoriohasta el 31 de diciembrede 2020,duranteelqueseseguiráaplicandolalegislacióncomunitariaenelReinoUnidoenrelaciónalmercadointerior,uniónaduaneraylaspolíticascomunitarias.LaUniónEuropeatrataráalReinoUnidocomosifueseunEstadomiembro,exceptoenloreferenteasuparticipaciónenlasinstitucionesdelaUEyenlasestructurasdegobernanza.Enparticular,duranteeseperiodolasempresasnotendránquerealizarformalidadesaduaneras.

    Elperiodotransitoriopuedeserextendidounavezhastaunoodosaños.TaldecisióndebesertomadaconjuntamenteporlaUEyelReinoUnidoantesdel1dejuliode2020.

    En este complejo escenario político, las empresas y profesionales tienen que estar preparados paracualquiercontingenciafiscalunavezqueseproduzcaunasalidadefinitivadeReinoUnidodelaUniónEuropea.

    3.4.1. ¿Cuáles son los principales efectos fiscales del Brexit?

    Desdeelpuntodevistafiscal,elimpactodelBrexitserátantoenlaimposicióndirectacomoindirecta.Porunlado,encuantoaimposicióndirecta,ensociedades,noseaplicaránlasdirec-tivasEUquetendráunefectosobretodoenlasfusionestransfronterizasyaplicacióndenormasantiabuso.Enpersonasfísicas,puedehaberunposibleimpactoenregímenesfiscalesdelIRPF(aportacionesafondosdepensionesenelReinoUnido)eincertidumbreenelrégimencotiza-cionesalaSeguridadSocialenelReinoUnido.

    El periodo transitorioimplica,básicamente,elmantenimientodelasituaciónactualhastaqueestefinalice(enprincipio,el31dediciembrede2020,aunqueambaspartespuedendecidir–an-tesdel1dejuliode2020-extenderloporunoodosañosmás).Duranteelperiodotransitorio,elReinoUnidoseráyaunpaístercero,peroelDerechodelaUEleseguirásiendodeaplicación.Semantienen,portanto,losderechosdelosciudadanosytrabajadoresdelaUEresidentesen

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    elReinoUnido(3millonesdepersonas)yviceversa(1millóndebritánicosvivenenlosEstadosmiembros),salvorestriccionesenelderechodesufragioactivoypasivo.TambiénlasempresasespañolasqueposeaninteresesenelReinoUnido(oviceversa)seguiránestandosometidasalasmismasreglasqueahora(mercadoúnico,uniónaduanera,aplicacióndedirectivasyreglamen-tos,etc.),almenoshastaquetermineelperiodotransitorio.

    Enparticular,enelperíodotransitorioeltratamientoaefectosdefiscalidadindirectadelasoperacionesconelReinoUnidoserásimilaralexistenteactualmente,loqueconllevaque:

    • Eneltráficodebienes,lasoperacionesseguiránconsiderándosecomooperacionesintraco-munitarias sin controles en frontera.

    • Eneltráficodeservicios,latributaciónenelIVAserálamismaqueahora.

    Enmateriadefiscalidaddirecta(IRPF,ImpuestosobreSociedadeseImpuestosobrelaRentadeNoResidentes),laexistenciadelperiodotransitoriosignificaquelosefectosdelaconsideracióndelReinoUnidocomopaístercero(alosefectos,porejemplo,delaaplicacióndelasexenciones,deduccionesyreglasespecialesasociadasalaresidenciaenlaUEoalaaplicacióndedirectivaseuropeas)sedifierena1deenerode2021,momentoapartirdelcualdichasreglasespecíficasrespectodeinversionesrealizadasen(oprocedentesdelaUE)dejarándeseraplicablesalReinoUnido.

    LafinalizacióndelperiodotransitoriosignificaráelfindelaaplicacióndelDerechodelaUEenelReinoUnido,porloquehabráqueestaralfuturoacuerdoqueestablezcalarelaciónentreelReinoUnidoylaUE(atodoslosefectos,incluyendoeladuanero).

    Enmateriatributaria(fiscalidaddirecta),tantoelReinoUnidocomoEspañaseguiránvincula-dos por el tratado bilateral para evitar la doble imposición, así como por los acuerdos interna-cionalesalcanzadosenelsenodelaOCDEparafomentarlatransparenciayevitarlacompeten-ciafiscalentreEstados.

    Encuantoa la tributación indirecta,el tráficodebienesdejarádetener laconsideracióndemovimientosintracomunitariospasandoaconfigurarsecomountráficodeexportacióneim-portación, comosucedeconcualquierotropaísquenopertenezcaa laUniónEuropea.Estetratamientoconllevará lapresentacióndedeclaracionesaduanerasyel sometimientode lastransacciones a controles aduaneros, así como, mientras no se alcancen acuerdos al respecto, el pagodearancelesyotrosgravámenesylaobtencióndelicenciasycertificacionesparaimpor-taroexportar.Enrelaciónconlosservicios,latributaciónserásimilar,aunqueseránecesarioprestar especial atención a posibles implicaciones en cuanto a su lugar de realización, en fun-ción de su utilización o consumo.

    A. Retenciones por dividendos

    SientrelossociosdelaempresahayresidentesenelReinoUnido,cuandosatisfagadividendosdebe practicar, en general, las siguientes retenciones:

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    Guía para el control y optimización de la gestión fiscal, laboral y mercantil del ejercicio 2020. © Amado Consultores 46

    • Sisetratadesociedadesconunaparticipacióndealmenosel5%delcapitaldesdehacemásde un año, dichos dividendos están exentos en el Impuesto de laRenta denoResidentes(IRNR)ylaempresanodebepracticarlesretenciónalguna.

    • Encambio,sisetratadeparticulares,odesociedadesconunaparticipacióninferioral5%,laempresadeberetenerlesun10%(segúnelconvenioparaevitarladobleimposiciónconelReinoUnido).

    Puesbien,sinoexisteningúnacuerdosobreestamateria,traselBrexitlaexenciónindicadaenelprimerpuntoanterioryanoseráaplicable,sinoqueseaplicarándirectamentelasreglasprevistasenelconveniodedobleimposición.Encualquiercaso,elconvenioconelReinoUnidoesmuypocogravoso,porloquelatributaciónapenasseveráafectada:

    • Encasodesociedadesconmenosdel10%departicipación,odeparticulares,laempresade-beráaplicarlesunaretencióndel10%.

    • Ysisonsociedadesconunaparticipaciónapartirdel10%,losdividendosestaránexentos.Asípues,elBrexitsólosupondrácambiosparasociosqueseansociedadesyquetenganunaparticipacióndeentreel5%yel10%.

    B. IVA. Entrega de bienes

    Porelmomento,dadoqueelReinoUnidotodavíaformapartedelaUE,lascompraventasdeproductos realizadas a empresas de dicho país tienen el siguiente tratamiento:

    • Entregas.SisetratadeventasdebienestransportadoshastaelReinoUnido,debeconside-rarlascomoentregasintracomunitarias.EnesecasonodeberepercutirIVA,portratarsedeuna operación exenta.

    • Adquisiciones.SisetratadeadquisicionesdebienestransportadoshastaEspaña,debeconsi-derarlasadquisicionesintracomunitarias.ElvendedorbritániconolerepercuteningúnIVA,siendosuempresalaquedebeautorrepercutirelIVAespañolydeclararloensudeclaraciónperiódica.

    Puesbien,lasalidadeReinoUnidodelaUEunavezfinalizadoelperíodotransitorio(1deene-rode2021)supone,entreotrascuestiones,quelosflujosdemercancíasentreEspañayReinoUnidodejarándetenerlaconsideracióndeoperacionesintracomunitariasparapasaraestarsujetos a formalidades aduaneras.

    Esto implica, en el caso de la entrada de mercancíasenelterritoriodeaplicacióndelIVAes-pañol(PenínsulayBaleares)procedentesdeReinoUnido,laliquidacióndelIVAenelmomentodelaimportaciónporlaAduana,salvoquelaempresaopteporelpagodelIVAdiferido.ParaellodeberápresentarelIVAmensualmente.Enelcasodequeelperiododedeclaraciónfueratrimestral,podrácambiarseamensualmediante la inscripciónenelRegistrodedevolución

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    mensual(REDEME).Enestecaso,laempresaquedaráobligadaalSuministroInmediatodeIn-formación(SII).

    ATENCIóN Para poder optar por el pago del IVA diferido se deberá presentar el IVA men-sualmente. En el caso de que su periodo de declaración fuera trimestral, se podrá cambiar a mensual mediante la inscripción en el Registro de Devolución Mensual (REDEME). En este sentido, es importante tener en cuenta que entonces se estará obligado al Suministro Inmediato de Información (SII).

    LaventajadequelasoperacionesconelReinoUnidodejendeconsiderarseintracomunitariasesqueyanodeberáincluirlasenelmodelo349nienelIntrastat.

    La base imponible del IVA en la importacióneselValorenAduanaañadiendolossiguientesconceptos en cuanto no estén comprendidos en el mismo:

    a) Losimpuestos,derechos,exaccionesydemásgravámenesquesedevenguenconmotivodelaimportación,salvoelIVA

    b)Los gastos accesorios, como las comisiones y los gastos de embalaje, transporte y seguro que se produzcan hasta el primer lugar de destino de los bienes en el interior de la Comunidad.

    LasmercancíasqueseantransportadasdesdeelterritoriodeaplicacióndelIVAespañol(Penín-sulayBaleares)alReinoUnidoserán exportaciones y estarán exentas de IVA.

    Enelcasodequeelempresarioespañolefectúeentregasdebienesaparticularesinglesesnoserádeaplicaciónelrégimendeventasadistancia.

    Recordemosque,eneltratamientoactualdelasventasaparticularesdeproductostranspor-tadosalReinoUnido,laempresadeberepercutirIVAespañolpordichasventas.Noobstante,sisuperaundeterminadovolumendeventasanual(queparaelReinoUnidoesde70.000librasesterlinas)seaplicaelRégimendeVentasaDistancia,encuyocasolaempresadebedarsedealtaendichoterritorio,repercutirIVAbritánicoydespuésingresarloenelReinoUnido.

    Movimientos de mercancías desde el Reino Unido a los 27 Estados miembros en el momento de la retirada

    Para evitar una doble tributación, las adquisiciones intracomunitarias cuyo transporte desde ReinoUnidoaunodelos27Estadosmiembrosseiniciaantesdel1deenerode2021noserántenidas en cuenta si la llegada de las mercancías al lugar de destino se produce a partir de la fecha de retirada dando lugar a una importación.

    C. IVA. Prestaciones de servicios

    Enlorelativoalasprestacionesdeservicios,seaplicaránlasreglasdelocalizaciónprevistasenlosartículos69y70delaLIVA,teniendoencuentaqueelReinoUnidodejadepertenecera

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    laUEy,enparticular,laregladeusoefectivorecogidaenelartículo70.dosdelaLIVA.DetalformaqueestaránsujetosalIVAespañollosserviciosenumeradosendichoartículocuandoselocalicenenelReinoUnido,perosuutilizaciónoexplotaciónefectivaserealiceenelterritoriodeaplicacióndelIVAespañol.

    Paradeterminardónde se localizaun servicioprestadoaun cliente establecidoenelReinoUnidoorecibidodeempresariosdedichoPaísseencuentradisponiblelaherramientadeayuda“Localizadordeprestacionesdeservicios”enlaWebdelaAEAT.

    D. Modelo 349

    DesaparecelaobligacióndedeclararlasoperacionesconelReinoUnidoenladeclaraciónin-formativadeoperacionesintracomunitarias(modelo349),aldejardeserestasoperacionesin-tracomunitarias.

    E. NIF-IVA

    LasempresasespañolasquerealicenoperacionesconelReinoUnidoyanotendránlaobliga-cióndeidentificarsemedianteNIF-IVA.

    F. Número EORI

    Enelcasoderealizaroperacionesaduaneras(importacionesoexportaciones),deberándispo-nerdeunnúmeroEORI.Lasempresasquedebanfigurarcomoexportadoresoimportadoresenundespachoaduanerorelativoaunenvíoatravésdeunpuertooaeropuertoespañolnecesita-ránunnúmeroEORI,yaquedelocontrarionosepodrárealizareldespachoenlasaduanas.ElEORIesunnúmeroúnicoentodalaUE,queasignalaautoridadaduaneradeunEstadomiembroa los agentes económicos, bien sean empresas o personas.

    G. Representante fiscal

    UnasociedadestablecidaenelReinoUnidoquerealiceoperacionesimponiblesenunEstadomiembrodelaUEpodráserobligadapordichoEstadomiembroadesignaraunrepresentantefiscalcomodeudordelIVA.

    ATENCIóN Los empresarios establecidos en Reino Unido que realicen operaciones sujetas al IVA en Península y Baleares, deben nombrar un representante a efectos del cumplimien-to de las obligaciones impuestas en la Ley 37/1992, del impuesto sobre el Valor Añadido, salvo que existan con Reino Unido instrumentos de asistencia mutua análogos a los insti-tuidos en la Comunidad (art. 164.Uno.7º LIVA).

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    H. Régimen especial de prestación de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión o electrónicos (MOSS)

    LosempresariosestablecidosenelReinoUnidoqueapliquenelrégimendeMiniOne-StopShop(MOSS)paralasprestacionesdeserviciosdetelecomunicaciones,radiodifusiónyelectrónicosaparticularesresidentesenlaUniónEuropea,deberáncambiarsuidentificaciónMOSSyregis-trarseenunEstadomiembroenelrégimendenoestablecidosenlaUnión.

    Losempresariosidentificadosenalgunodelos27Estadosmiembrosincluiránenlasdeclara-cionesdeIVAMOSSparaelprimertrimestrede2019losserviciosprestadosenelReinoUnidohastalafechaenquefinalizaelperíodotransitorio(31dediciembrede2020),aunquedebanpresentar esas declaraciones después de la citada fecha.

    I. Devolución IVA no establecidos

    LosempresariosestablecidosenelReinoUnidoqueadquieranmercancíasyserviciosenelte-rritoriodeaplicacióndelIVAespañol(PenínsulayBaleares)ydeseensolicitarladevolucióndelIVAsoportado,yanopodránpresentarsusolicitudporvíaelectrónica,deconformidadconlaDirectiva2008/9/CEdelConsejo,ytendránquehacerloconarregloalaDirectiva86/560/CEEdel Consejo.

    Seránecesarioqueelsolicitantenombreunrepresentanteresidenteenelterritoriodeaplica-cióndelIVAespañolyqueexistareciprocidad de trato en reino Unido respecto a las em-presas españolas, salvo en los siguientes casos:

    a) Plantillas, moldes y equipos adquiridos o importados para ser utilizados en la fabricación de bienes que sean exportados con destino al empresario o profesional no establecidos o destruidos.

    b)Servicios de acceso, hostelería, restauración y transporte vinculados con la asistencia a fe-rias,congresosyexposicionesdecaráctercomercialoprofesionalquesecelebrenenelte-rritoriodeaplicacióndelImpuesto(PenínsulaeIslasBaleares).

    c) Bienes y servicios destinados a la prestación de los servicios de telecomunicaciones, de radio-difusiónodetelevisiónyelectrónicosporempresariosqueapliquenlaMOSS.

    No obstante, en el caso del IVA soportado antes del 1 de enero de 2021noserádeaplicaciónla exigencia de reciprocidad, la obligación de nombrar representante, ni determinadas limita-cionesycondicionesadicionales.Sinembargo,laAdministraciónpodrárequeriralsolicitanteque pruebe su condición de sujeto pasivo del impuesto y aporte las facturas.

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    3.4.2. Guía práctica de la UE sobre el BREXIT: Preguntas y respuestas sobre la retirada del Reino Unido de la Unión Europea el 31 de enero de 2020

    Comoyahemoscomentado,elReinoUnidoabandonarálaUniónEuropeael31deenerode2020amedianoche(horadeBruselas).DejarádeserunEstadomiembrodelaUniónEuropea.

    ¿Quéocurriráapartirdel1defebreroconlosciudadanoseuropeosenReinoUnido?¿Quéeselperiodotransitorio?¿Quéocurrirácondenominacionescomo“vinodeJerez”enterritoriobritánico?SonalgunasdelaspreguntasquelaComisiónEuropeahaqueridoresponderantesdeejecutardeformadefinitivaelBrexit.ElórganoejecutivodelaUniónEuropeahapublicadoundocumento titulado “Preguntas y respuestas sobre la retirada del Reino Unido de la Unión Europea el 31 de enero de 2020”.Conél,pretenderesolverlasdudasqueaúnquedanrespectoalaseparacióndefinitivadelosbritánicos.

    Estas son algunas de las cuestiones que trata:

    A. ¿Qué ocurrirá el 1 de febrero de 2020?

    CuandoelReinoUnidoabandonelaUniónEuropeael31deenerode2020,traslaplenaratifica-cióndelAcuerdodeRetirada,entraremosenunperíododetransición.EseperíodotemporalseacordócomopartedelAcuerdodeRetiradayduraráhastaalmenosel31dediciembrede2020.Hastaentonces,lasituaciónpermanecerásincambiosparalosciudadanos,losconsumidores,lasempresas,losinversores,losestudiantesylosinvestigadores,tantoenlaUEcomoenelRei-noUnido.ElReinoUnidodejarádeestarrepresentadoenlasinstituciones,agencias,órganosyoficinasdelaUE,peroelDerechodelaUEseguiráaplicándoseenelReinoUnidohastaelfinaldel período transitorio.

    LaUEyelReinoUnidoutilizaránesosmesesparaacordarunanuevaasociaciónlealparaelfu-turobasadaenladeclaraciónpolíticaacordadaentrelaUEyelReinoUnidoenoctubrede2019.

    El3defebrero,laComisiónadoptaráunproyectodedirectricesdenegociaciónglobales.Co-rresponderáentoncesalConsejodeAsuntosGeneralesadoptaresemandato.EnesemomentopodráncomenzarlasnegociacionesformalesconelReinoUnido.

    LaestructuradelasnegociacionesseráacordadaentrelaUEyelReinoUnido.

    B. ¿Qué es el período transitorio?

    El período de transición es un período limitado en el tiempo y empieza el 1 de febrero de 2020. LascondicionesexactasdelperíodotransitoriofiguranenlacuartapartedelAcuerdodeReti-rada.Actualmenteestáprevistoqueeseperíodotransitoriofinaliceel31dediciembrede2020.Eseperíodoesprorrogableunasolavez,unoodosañosmás.TaldecisióndeberáseradoptadaconjuntamenteporlaUEyelReinoUnidoantesdel1dejuliode2020.

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    C. ¿Qué estatus ten