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Gobierno de Chile- Ministerio de Educación Departamento de Educación Municipal Cabildo Escuela G-45 La Vega RBD 1180-0 Camino a Alicahue KM. 13 s/n fono: 2761935 [email protected] Reglamento Interno Comité de Sana Convivencia Escolar Escuela G 45 La Vega “Sembrando Conocimiento, para Cosechar Sabiduría” La Vega Cabildo 2018

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Gobierno de Chile- Ministerio de Educación Departamento de Educación Municipal Cabildo Escuela G-45 La Vega

RBD 1180-0

Camino a Alicahue KM. 13 s/n – fono: 2761935 [email protected]

Reglamento Interno

Comité de Sana Convivencia Escolar

Escuela G – 45 La Vega “Sembrando Conocimiento, para

Cosechar Sabiduría”

La Vega – Cabildo 2018

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Índice

I. PRESENTACIÓN .................................................................................................................................... 3

II. IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO ................................................................................. 3

III.MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS DEL ESTABLECIMEINTO .......................................................... 4

IV.OBJETIVOS GENERALES ................................................................................................................... 4

V. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS ............................................................................................................. 5

VI. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO. ................................................................................. 5

VII. ASPECTOS GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO .................................................................. 6

VIII. DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DE ESTABLECIMIENTO: ..................................... 9

1. Directivos y docentes en general ...................................................................................................... 9

2. Asistentes de la Educación ................................................................................................................. 13

3. Estudiantes ...................................................................................................................................... 14

4. Apoderados/as .................................................................................................................................... 18

IX. CONVIVENCIA ESCOLAR: MARCO CONCEPTUAL (DEFINICIONES), TIPIFICACIÓN DE

FALTAS, FACTORES, TIPO DE MEDIDA Y APELACIÓN. ............................................................... 19

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y MEDIDAS SEGÚN LA FALTA. ............................................ 22

POLÍTICAS DE PREVENCIÓN ........................................................................................................... 29

X. Protocolo de Actuación frente a diferentes situaciones que pueden acontecer en el Establecimiento . 30

PROTOCOLO EN CASO DE VULNERACIÓN DE DERECHOS..................................................... 32

PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR Y BULLYING ...................... 39

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL PORTE Y USO DE ARMAS..................................... 43

PROTOCOLO PREVENCIÓN Y SEGURIDAD ESCOLAR ASIGNATURA DE EDUCACIÓN

FÍSICA – Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAPROGRAMÁTICAS ...................................... 46

PROTOCOLO DE ACCIÓN DEPRESIÓN, INTENTO SUICIDA Y CONDUCTAS AUTOLESIVAS

................................................................................................................................................................ 47

PROTOCOLO DE RETENCIÓN A ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES

ADOLESCENTES. ................................................................................................................................ 50

PROTOCOLO DE ACCIÓN PARA GIRAS O VIAJES DE ESTUDIO .............................................. 52

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASOS DE CONSUMO Y TRÁFICO DE

DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO ............................................................................................. 53

XI. DISPOSICIONES GENERALES. ...................................................................................................... 56

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I. PRESENTACIÓN

El Establecimiento depende técnicamente de la Dirección Provincial de Educación Quillota – Petorca, de la Secretaría Ministerial de Educación, Región de Valparaíso. La población escolar es mixta.

Nuestra Escuela como unidad formadora de una población rural, debe al tiempo educar, instruir,

salvaguardar y rescatar los valores trascendentales propios de nuestra tradición como país, como

sociedad, como familia, como persona, con valores culturales, éticos y morales. En la misma forma,

encausar la formación y reforzamiento de hábitos y actitudes de comportamiento que preparen al

escolar a la interacción permanente que se da con sus semejantes, dentro y fuera del establecimiento,

en un plan de respeto mutuo, con un espacio de armonía, en una palabra, una educación para la paz,

donde todos sus integrantes se relacionen en este proceso con iniciativa, creatividad, participación,

equidad y respeto.

La Escuela G-45 La Vega, de reconocimiento oficial, adopta el presente Reglamento de Convivencia, para la regulación de su Régimen Interior. Con estos criterios, el presente Reglamento recoge el conjunto de normas y orientaciones que regulan el funcionamiento ordinario de los establecimientos en los aspectos más importantes.

II. IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

Nombre : Escuela Básica La Vega

Letra y número : G – 45

Ubicación : Camino a Alicahue Km. 13 s/n La Vega, Cabildo.

F0NO : 33-2761935

RUT : 7.066.759-2

RUE : 00.934.140 – 4

RBD : 1180 – 0

E-mail: [email protected]

Decretos Decreto cooperador Decreto de Evaluación y

promoción Decreto 281 del 2001:

Decreto 2960 del 2012: Decreto 169 del 2014:

: 10.834 – 0

: 511 de 1997

Educación Preescolar

1° a 6° año básico.

7° y 8° año básico.

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III.MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS DEL ESTABLECIMEINTO

VISIÓN

La Unidad Educativa pretende que todos los niños y niñas del Establecimiento logren los

objetivos de aprendizaje explicitados en las Bases Curriculares, tanto de pre básica como

enseñanza básica, basados en sus capacidades personales y ritmos de aprendizajes,

desarrollando en ellos las destrezas, habilidades y actitudes para lograr las competencias

necesarias que le permitan enfrentar de la mejor manera posible, la sociedad dinámica,

cambiante y globalizada que les corresponda vivir.

MISIÓN

Nuestra Unidad Educativa pretende desarrollar a los y las estudiantes de manera integral,

entregando las herramientas necesarias y aprendizajes fundamentales que le permitan

desenvolverse de manera eficaz, eficiente y efectiva en el próximo ciclo que le corresponda

enfrentar, asegurándose que hayan adquirido las habilidades y competencias necesarias para

enfrentar nuevos desafíos tanto personales como colectivos. Pretendemos además, entregar a

los alumnos y alumnas valores positivos sólidos y permanentes que les permitan convertirse

en personas de bien, plenamente incorporadas

y útiles a la sociedad, reforzando actitudes de comportamiento que lo preparen para la

participación e interacción social.

IV.OBJETIVOS GENERALES

o Desarrollar a los y las estudiantes en forma integral, con el fin de potenciar en ellos las habilidades, competencias y actitudes necesarias, que le permitan enfrentar la sociedad en que le corresponda vivir y ser ciudadanos/as activos/as en la sociedad.

o Incorporar a toda la comunidad educativa, en un trabajo cooperativo y conjunto, que

permita mejorar los aprendizajes desarrollo integral de todos los/as estudiantes

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V. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Potenciar en los estudiantes del establecimiento el desarrollo de los diversos ejes de la

comunicación, en los diferentes subsectores, graduando el nivel de dificultad, dependiendo

de la etapa de desarrollo en que se encuentren los alumnos y alumnas.

Desarrollar en los y las estudiantes del establecimiento, el razonamiento lógico en los

diferentes subsectores, que le permita resolver problemas prácticos, utilizando los procedimientos adecuados.

Incentivar en los y las estudiantes valores estéticos, tanto plásticos como musicales de la

cultura universal.

Elevar los puntajes del resultado SIMCE del establecimiento.

Desarrollar en los niños y niñas habilidades y destrezas físicas a través del deporte para

propiciar la vida saludable.

Fomentar la articulación entre los diferentes niveles y asignaturas en el establecimiento.

Incorporar a la familia y comunidad en la labor educativa del establecimiento.

Inculcar en los y las estudiantes el respeto entre los miembros de la comunidad

educativa, propiciando el diálogo en la resolución de conflictos.

Fomentar en los y las estudiantes del Establecimiento, el uso del computador en

los diferentes niveles y subsectores de aprendizajes.

VI. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO.

1.- El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la

comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con

especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión,

como también la prohibición de todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el

aprendizaje y la participación de los/as estudiantes (Art. 1°, n°1, letra e). 2.- Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.

3.- Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio – afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el Proyecto Educativo Institucional.

4.- Procurar un ambiente de paz y armonía social, con el esfuerzo y colaboración de todos los integrantes de la comunidad educativa, que garantice el correcto desarrollo de todas las actividades educativas y sociales. 5.- Procurar una disciplina educativa en un clima de orden, respeto, tolerancia, en que toda la

comunidad educativa sienta el compromiso y la responsabilidad de perfeccionar las diversas manifestaciones de su conducta individual y colectiva que nos habilite para una sana convivencia

estudiantil.

6.- Comprometer a todo el personal en procura del estricto cumplimiento de las normativas vigentes.

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7.- Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la Unidad

Educativa, en nuestro proyecto educativo.

8.- Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar,

promoviendo su desarrollo personal y social.

9.- Contribuir a crear las condiciones técnico - pedagógicas y administrativa que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.

10.- Propiciar y regular las relaciones entre la escuela y la comunidad, organizada, en función del logro de los propósitos educativos.

VII. ASPECTOS GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO

Prestaciones de Servicio Educacional: Enseñanza Pre-Básica: primer y segundo nivel de transición.

Enseñanza General Básica: primero a octavo año básico. Horario de Funcionamiento de la Jornada Escolar Completa: Horario del establecimiento:* lunes a jueves de 08:00 a19:00 horas.

*Viernes de 08:00 a 16:30 horas. El horario de estudiantes : lunes a jueves 08:30 a 16:00 horas

Viernes: de 8:30 a 13:30 horas

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Estructura Horario Semanal de Estudiantes:

Las puertas de entrada para los y las estudiantes se abrirán 30 minutos antes del inicio de la jornada escolar. Es obligación de los y las estudiantes llegar puntualmente a clases:

Entrada: 08:30 hrs. (lunes a viernes) Salida: 16:00 hrs. (lunes a jueves) Salida: día viernes 13:35 hrs. Los recreos son de 15 minutos en la jornada de la mañana y 1 hora de colación.

Día Hora Hora Nº de Tiempo Tiempo

Inicio Termino Horas Recreos Almuerzo

Lunes 08: 30 16:00 7 horas, 30 min. 60 min.

30 min.

Martes 08: 30 16:00 7 horas. 30 min. 60 min.

30 min.

Miércoles 08: 30 16:00 7 horas, 30 min. 60 min.

30 min.

Jueves 08: 30 16:00 7 horas, 30 min. 60 min.

30 min.

Viernes 08: 30 13:30 5 horas 30 min. 60 min.

Jornada diaria (lunes a jueves)

08:00 a 08:30 horas = desayuno. 08:30 a 10:00 horas = primer período. 10:00 a 10:15 horas = recreo.

10:15 a 11:45 horas = segundo período. 11:45 a 12:00 horas = recreo.

12:00 a 13:30 horas = tercer período. 13:30 a 14:30 horas = almuerzo.

14:30 a 16:00 horas = cuarto período.

El día viernes se mantiene el mismo horario hasta las 14:30 horas que es el término de la jornada. Funcionamiento Administrativo y Académico.

El año escolar docente es el período desde el último día del mes inmediatamente anterior a

aquel en que se inicie el año escolar siguiente.

El año escolar es el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de cada año

o el que determine calendario escolar.

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El año lectivo abarca 38 semanas de clases comprendido dentro del año escolar. El año escolar

comprende períodos marcados, que son los siguientes: organización, realización y finalización.

Año Lectivo.

Este año comprende 38 semanas de clases con los y las estudiantes y se divide en dos períodos,

la fecha de las divisiones es la del calendario Escolar de la Región de Valparaíso y comprende las siguientes tareas:

Realización de clases sistemáticas. Evaluación del alumno.

Conmemoración de efemérides. Actividades enunciadas en el calendario escolar.

Vacaciones de invierno.

Finalización del año escolar.

VIII. DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DE ESTABLECIMIENTO:

1. Directivos y docentes en general

1.1 Derechos de los Directivos y Docentes en general

DECLARACIÓN DE DERECHOS DE PROFESORES Y PROFESORAS

1.- Su autonomía en el ejercicio de la función docente sujeta a las disposiciones legales, al Proyecto Educativo y a los programas del Establecimiento. Dicha autonomía se ejercerá en. - Planeamiento del proceso Aprendizaje-Enseñanza.

- Evaluación de los procesos de enseñanza. - Aplicación de textos. - Relación con la familia y apoderados de los Alumnos.

2.- Desempeñar libremente la función docente, de acuerdo con las características del puesto que ocupa.

3.- Ejercer libremente su acción evaluadora de acuerdo con los criterios establecidos por el

establecimiento. 4.- Utilizar los medios instrumentales y materiales e instalaciones del Establecimiento para los

fines educativos con arreglos a las normas de uso.

5.- Gozar del respeto y consideración a su persona y a la función que desempeñan.

6.- Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En el caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos

1.2 Deberes y obligaciones de los Directivos, Docentes en general y comunidad educativa.

De la comunidad educativa:

1.- Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.

2.- A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o

maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento del mismo.

Del Director:

1.- Controlar diariamente la hora de llegada y salida del personal, dejando constancia en el libro de asistencia de los atrasos e inasistencia diaria, con especificaciones de causal, aviso o no aviso de ellas.

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2.- Supervisar personalmente la presentación del local escolar. 3.- Formular normas sobre presentación personal de los alumnos y vigilancia de su cumplimiento. 4.-Formular la sugerencia que estime conveniente sobre la presentación personal de los docentes, administrativos y auxiliar de servicio. 5.- Disponer los medios para que la estadística se encuentra actualizada, datos reales y no ficticios. 6.- Entregar al Departamento de Educación, el primer día hábil de cada mes, el cuadro estadístico. 7.- Controlar el programa de alimentación escolar (PAE). 8.- Asesorar al Centro General de Padres y Apoderados con el carácter de vicepresidente del mismo, evitando el manejo personal del dinero. 9.- Mantener información permanente sobre actividades deportivas, culturales, comunitarias, etc. del establecimiento y profesores a cargo. 10.- Participar junto a la UTP en la distribución de los cursos, horas en jornada escolar completa, considerando, prioritariamente las necesidades y beneficios de la educación y de la escuela. 11.- Determinar el calendario de turno de los profesores. 12.- Consultar las opiniones y sugerencia de los profesores en lo que se refiere a la buena marcha del

establecimiento. Al no haber acuerdo de mayoría en esta y otras materias, el director es la última

instancia responsable de las determinaciones. 13.- Solicitar el material didáctico o de otra naturaleza que el establecimiento no pueda adquirir. 14.- Distribuir las responsabilidades del personal en actividades extraescolares. 15.- Dejar constancia en el libro de vida del personal de las observaciones positivas o negativas formuladas, en cada caso el interesado deberá firmar la observación. 16.- Aprobar permisos al personal, siempre que los considere justificados. El permiso se solicitará con 24 horas de anticipación, salvo imposibilidad comprobada. 17.- El director debe encontrarse en el establecimiento 15 minutos antes del comienzo de clases. 18.- Preparar el envío de actas, estadísticas y otros documentos exigidos por la legislación vigente para su despacho a los organismos educacionales pertinentes. 19.- Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo. 20.- Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización. 21.- Presidir los diversos consejos técnicos y delegar funciones cuando corresponda. 22.- Determinar las líneas pedagógicas de la Escuela así como la organización, planificación, seguimiento y control de cualquier programa que requiera la intervención docente. 23.- Controlar las actividades propias del Establecimiento que estructuran la rutina escolar, en especial:

cumplimiento del plan operativo anual, de los programas de chequeos de criterios de evaluación.

Del Sub-Director: Es nombrado y removido por el Director.

COMPETENCIA DEL SUB-DIRECTOR 1.- Sustituir al Director en caso de ausencias, enfermedad o cese. 2.- En cualquier otra que encomiende el Director.

Del/a Jefe Unidad Técnica Pedagógica: Es el Docente responsable de coordinar el desarrollo de las actividades curriculares del Establecimiento, del Personal Docente, en materia de Evaluación y currículo. COMPETENCIAS DE LOS/AS JEFES U.T.P. 1.- Revisar mensualmente los leccionarios libro de clase, cuidando que estén al día todas las anotaciones, dejando constancia en el leccionario, como en el libro personal. 2.- Revisar y aprobar mensualmente las planificaciones diarias de los docentes. 3.- Remitir al departamento de educación los resultados de las evaluaciones de los alumnos de las diversas áreas del plan de estudio, al final de cada periodo. 4.- Coordinar las distintas funciones que contemplan en la Unidad Técnico Pedagógica como son: Planificación, Evaluación, Orientación.

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5.- Velar por la calidad de la enseñanza del Establecimiento, así como por la formación de los/as

Profesores/as en las áreas comprometidas con la U.T.P. 6.- Asesorar, Coordinar, Supervisar y Evaluar la realización de las actividades curriculares del Plan de Estudio. 7.- Verificar la correcta confección de Certificados de Estudios, Actas de Evaluación, Documentos, Pruebas, Sistema de Evaluación. 8.- Guiados por el Proyecto Educativo de la Escuela, cuidar la adecuada interpretación y aplicación de los Planes y Programas que emanan del Ministerio de Educación.

De los/as profesores/as:

1. Asistir puntualmente y con regularidad a sus clases y dar término de ellas a la hora indicada. 2. El/la profesora deberá encontrarse en el establecimiento a lo menos cinco minutos antes del comienzo

de clases. En caso de ausencia del/a funcionario/a al inicio de cada jornada, éste quedará sujeto a registrar firma bajo la línea roja correspondiente. 3. Solicitar por escrito, con 24 horas de anticipación los permiso con goce de sueldo, excepto en situaciones de imposibilidad comprobada. 4. Asistir puntualmente a reuniones técnicas. 5. Participar en la organización y realización de todos los actos internos y externos que la autoridad de educación determine. 6. Colaborar con el/a profesor/a de turno en la tarea que este solicite, dentro del horario de funcionamiento del establecimiento. 7. Mantener una presentación personal concordante con el cargo que desempeña y con los deberes que debe formar en sus alumnos. 8. Cumplir las indicaciones de observaciones formuladas por el Director.

9. Mantener un trato amable con sus estudiantes, profesores/as y otros. 10. Procurar mantener una actitud ética en el ámbito personal como en lo Profesional. 11. Planificar adecuaciones curriculares a unidades de aprendizaje, de

acuerdo a los casos estipulados.

12. Efectuar reuniones de sub-centro una vez al mes, fuera de las horas de clases. 13. Mantener al día sus planificaciones las cuales deben permanecer en el establecimiento.

14. Aceptar las observaciones de cualquiera de sus clases por parte de la UTP, sin previo aviso. 15. Preocuparse de formar hábitos de orden, aseo, lenguaje y actitudes éticas, en sus alumnos, en todo momento de las actividades escolares. 16. Firmar el libro de asistencia, inmediatamente después de ingresar establecimiento. 17. Formar su curso en la primera formación de la mañana, cuidando la correcta actitud de los/as

estudiantes. 18. Pasar lista de asistencia al inicio de cada jornada de trabajo u horas de clases. 19. Firmar inmediatamente de recibidas, las comunicaciones, circulares, disposiciones, etc. provenientes de sus superiores. 20. Atender la totalidad del curso durante las horas de clase. Está prohibido enviar estudiantes al patio u otro lugar, para continuar con una parte del curso.

21. No enviar a los/ a s e s t u d i a n t e s fuera del local escolar a efectuar compras, diligencias, etc.

Tampoco se autorizará solicitudes de salida por parte de los/as estudiantes. 22. Estudiantes enfermos deben ser enviados a un lugar donde pueda ser atendido, o su casa, si es factible acompañarlo o enviar al funcionario correspondiente. 1.3 Deberes específicos

OBLIGACIONES DE LOS/AS PROFESORES/AS Los/as Profesores/as están obligados a:

1.- Secundar las directrices establecidas por la Dirección,

en cuanto a las programaciones

de

l Establecimient

o

sobr

e

objetivos,

contenidos, metodología y criterios de evaluación.

2.- Elaborar por escrito la planificación de la materia que imparte.

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3.- Orientar a los/as estudiantes en las técnicas de trabajo y de estudio y analizar y comentar las pruebas realizadas. 4.- Cumplir puntualmente con el calendario y horario escolar, así como las fechas de entrega de calificaciones y otros requisitos exigidos. 5.- Asistir a los Consejos y Reuniones convocadas emitiendo con objetividad su juicio y guardado secreto de lo tratado y deliberado.

6.- Lograr un trato correcto con los/as, profesores/as y demás miembros de la Comunidad Educativa.

7.- Colaborar en mantener el orden y la disciplina dentro del ejercicio de sus funciones. 8.- Cooperar al logro de los objetivos fundamentales del Establecimiento.

9.- Participar en exámenes, desfiles y actos oficiales que programe el establecimiento.

10.- Profundizar en la puesta en marcha del Proyecto Educativo y Reglamento Interno en toda la

comunidad Educativa. 11.- Actualizar su perfeccionamiento profesional. 12.- Abstenerse en su labor educativa y docente de toda manifestación que implique propaganda política o sindical. 13.- Proyectar valores e inculcarlos en el/a estudiante dentro del marco de los Objetivos Transversales.

PROFESOR/A JEFE. El/a profesor/a Jefe es el/a responsable inmediato de la vida escolar de los y las estudiantes que conforman un grupo o clase y de la formación personal de cada uno de ellos, como también agente

clave en la revisión y ejecución de protocolos de acción conforme a lo estipulado en el reglamento de

convivencia y proyecto educativo.

Es nombrado por el Director y Jefe de UTP para cada año escolar.

FUNCIONES DEL/A PROFESOR/A JEFE. Le corresponde como Profesor/a Jefe:

1.- Conocer la situación real de cada estudiante, así como su entorno familiar y social.

2.- Mantener una relación personal con los / a s e s t u d i a n t e s y sus Padres o Apoderados a través

de la oportuna entrevista, comunicaciones y reuniones periódicas. 3.- Orientar a los/as estudiantes en proceso de aprendizaje y ayudarles a descubrir y potenciar

sus posibilidades intelectuales, físicas y afectivas y aceptar sus limitaciones. 4.- Colaborar en la creación de un clima de convivencia y disciplina. 5.- Dar la información oportuna de los resultados de las evaluaciones a los/as interesados/as y a los Padres, Madres y Apoderados/as. 6.- Mantener una relación frecuente con los/as profesores/as de los/as Estudiantes de su curso, con el fin de asegurar la adecuada convergencia en sus intervenciones como educadores.

7.- Asistir al/a Presidente de Curso y a su Directiva en su gestión y ayudarle en la promoción de

actividades sociales, culturales y recreativas y en la participación en todo el conjunto del

establecimiento. 8.- Confeccionar Libretas de Notas, Informes de Personalidad, Certificados de Estudios, Actas de

Evaluación y otros documentos propios de su función. 9.- Informar al Director y a la U.T.P. sobre las incidencias y situaciones que puedan perturbar el

proces

o

formativ

o

d

e

los/ a

s

e s t u d i a n t

e s

y la

aplicación

de

l

Proyecto

Educativ

o

del

Establecimiento.

10.-

Promove

r

y apoyar

l

a

integración

d

e

los/ a s

e s t u d i a n t e s

e

n

lo

s

grupo

s

de

trabajo.

2. Asistentes de la Educación

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2.1 Derechos generales de los/as Asistentes de la Educación

Ser tratados/as con respeto, tanto por estudiantes, como por los/as docentes y directivos del establecimiento y a la vez por padres, madres y apoderados/as.

Realizar labores que no menoscaben la dignidad de su persona. Tener a disposición los útiles y herramientas necesarias para desarrollar su labor

diaria. 2.2 Deberes y obligaciones específicas de los/as Asistentes de la

Educación Cumplir con el horario de trabajo asignado a sus funciones.

Realizar con eficiencia las labores encomendadas. Respetar a cada uno/a de los miembros de la comunidad educativa.

Mantener especialmente relaciones de respeto con los y las estudiantes del establecimiento.

3. Estudiantes

De los/as estudiantes y apoderados/as

Con el propósito que en la Escuela exista un ambiente lo más propicio posible para que la labor

educativa se realice en las mejores condiciones, deben existir ciertas normas que orienten al/a

estudiante en un marco de orden, respeto y sana convivencia.

Para lograr esto, necesitamos contar con amplios espacios de comunicación entre la Escuela y el

Hogar contando con la colaboración y apoyo efectivo de los Padres, Madres y Apoderados/as , en función de las actividades académicas como extra programáticas del

establecimiento. Debe ser preocupación primordial del estudiantado, el cumplimiento de sus

compromisos y la preparación de las tareas y evaluaciones.

Será obligación de los/as estudiantes velar por el cuidado de sus útiles y por el mantenimiento del

aseo y ornato del local, el mobiliario y material escolar. Los/as apoderados/as se responsabilizaran de

los deterioros causados por sus pupilos, intencionalmente o por negligencia.

Será obligación de los/ a s apoderados/as concurrir a la reuniones del curso que cite profesor/a jefe,

por lo general una vez al mes, igualmente cuando sea citado por reuniones generales de centro de

padres y apoderados/as o por otro asunto relacionado con su pupilo/a si el/a profesor/a jefe lo

requiere.

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3.1 Derechos de los/as Estudiantes Los Derechos del/a Estudiante son:

1. Recibir una formación que asegure el pleno desarrolle de su personalidad, de acuerdo con el

Proyecto Educativo del Establecimiento.

2. Que su rendimiento escolar sea valorado con objetividad. 3. Que se respeten su integridad y dignidad personales y siendo reconocido cada uno con sus peculiaridades personales, siendo escuchado cuando haya lugar conveniente.

4. Participar en el funcionamiento general del establecimiento de acuerdo a lo establecido en el

presente Reglamento Interno.

5. Recibir orientación escolar. 6. Recibir información relacionada con sus actividades escolares: sistemas y procedimientos de

evaluación y corrección de pruebas; tener acceso a las pruebas ya realizadas y corregidas.

7. Pedir la revisión de sus pruebas en caso de no conformidad con las calificaciones. 8. Conformar centro de estudiantes, el cual propiciará un espacio de participación y gestión activa

dentro del establecimiento conforme al PIE, como a las solicitudes de los/as mismos/as. 9. Recibir del Establecimiento oportunidades y servicios educativos para que puedan desarrollarse

física, mental, moral, espiritual y socialmente en condiciones de libertad

y dignidad. 10. Recibir atención del Seguro Escolar de Accidente.

11. Contar con un espacio físico adecuado 12. Recibir un trato cordial.

13. No ser castigado física ni verbalmente. 14. No ser devuelto su hogar por atrasos o inasistencia.

3.2 Deberes y obligaciones de los Estudiantes

1. Llegar puntualmente a clases. 2. Cumplir con sus obligaciones escolares.

3. Respetar a los/as profesores/as, auxiliares, manipuladoras y a la comunidad Educativa general.

4. Participar en actividades extraescolares. 5. Mantener el orden y disciplina en el colegio.

6. Cuidar el mobiliario y material didáctico del establecimiento.

7. Mantener una excelente presentación personal, cuidando su aseo Personal, su ropa y calzado.

8. Entrar y salir del establecimiento ordenadamente. 9. No salir de la sala de clases sin autorización de su profesor/a.

10. Mantener un buen vocabulario. 11. Adoptar un comportamiento de acuerdo con el modelo educativo que ofrece el

establecimiento y con el Proyecto Educativo y el presente Reglamento de convivencia. 12. Respetar a los/as Compañeros/as, Profesores/as y demás personal del Establecimiento

colaborando con ellos en la creación de un clima de convivencia escolar positivo y

solidaridad que favorezca la integración y el trabajo escolar. 13. Aceptar las responsabilidades que los/as compañeros/as y que los/as profesores/as crean convenientes confiarles como aceptación personal en la construcción de la comunidad escolar. 14. Respetar las normas éticas, legales y reglamentarias que constituyan el ordenamiento del Colegio. 15. Observar conductas de estudio, respeto, tolerancia, propias de personas de buena voluntad. 16. Contribuir al desarrollo y prestigio de la Escuela.

17. Preservar el patrimonio moral y material de la Escuela. 18. Dedicar responsablemente su mayor esfuerzo, en beneficio de su propia formación integral. 19. Cumplir con sus deberes escolares como tareas, trabajos, etc., cuando el/a Profesor/a lo solicite.

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PRESENTACIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES ATRASOS

1.- Los/as estudiantes que lleguen atrasados/as, deberán pasar a la oficina con el fin de solicitar autorización del director y deben ser justificados a través de una comunicación escrita en su libreta de comunicaciones. Sin perjuicio de lo anterior los atrasos serán sancionados de la siguiente forma:

1.1.- El primer atraso será motivo de amonestación verbal. 1.2.- El segundo, tercer y cuarto atraso deberán ser justificados por el apoderado. 1.3.- La reincidencia, (cada tres nuevos atrasos) deberán ser justificadas personalmente por los

apoderados y además, obligará a los/as estudiantes a permanecer en horarios extraordinarios después de finalizada la jornada, poniéndose a disposición del Director para labores de Biblioteca (lectura, tareas, completación de guías, etc.), previa notificación al Apoderado/a.

ASISTENCIA E INASISTENCIA A CLASES.

1.- De acuerdo al decreto de Evaluación vigente, para ser promovido e l / l a e s t u d i a n t e debe cumplir a lo menos con un 85% de Asistencia a clases.

2.- Toda inasistencia deberá ser justificada por el/a Apoderado/ a mediante la Agenda Escolar y/o

presentación de certificado médico. Toda inasistencia a la jornada de la tarde o a una prueba fijada con antelación deberá ser justificada

personalmente por el apoderado. La justificación telefónica de atraso o inasistencia sólo será

considerada como referente.

PRESENTACIÓN PERSONAL.

a).- El Uniforme DEBE USARSE COMPLETO Y ORDENADAMENTE y su uso es obligatorio

para todos los/as estudiantes. Consta de:

1.- VARONES: Pantalón Plomo Camisa Blanca Cotona

Zapatos negros

Corbata del Colegio

Insignia del Colegio

Chaleco verde. Polera del Colegio de Martes a Viernes Polera Blanca Educación Física

Buzo oficial del colegio con su respectivo polerón.

2.- DAMAS: Falda

Tableada Blusa

Blanca Chaleco

verde Corbata del colegio

Medias plomas Delantal

Zapatos Negros Polera Blanca Educación Física

Buzo oficial del colegio con su respectivo polerón. *los/ a s e s t u d i a n t e s deben asistir al establecimiento con uniforme completo todos los días,

salvo cuando les corresponde Educación Física, en el que deben venir con buzo del colegio.

b).- Los Varones deben usar el pelo corto (el que deberá ser mantenido de ese modo, en forma regular

o periódica y peinado), no se aceptaran cortes extravagantes como rapado parcial, mechones, colitas o

patillas. Les queda prohibido el uso de aros, colgantes, piercing o similares.

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c) Las Damas deben tener un peinado sencillo, y si su pelo es largo, éste deberá ser tomado con trabas

o cintas. No se aceptaran mechones teñidos, ni agregados (extensiones, colitas o trenzas). Además les

queda prohibido el uso de uñas pintadas, cosméticos, anillos, pulseras, prendedores, aros colgantes,

etc. d) El uso de Reloj no está prohibido, pero en caso de pérdida o deterioro el Colegio no se hace

responsable. e) La tenencia y el uso de aparatos para escuchar música, como reproductores de sonidos (MP 3) u otros queda prohibida (principalmente por razones de seguridad y sociabilidad) El Colegio no se responsabilizará de pérdida. f) Celular: Esta permitido, pero este deberá permanecer apagado en horas de clases. Al uso indebido este será retirado, entregado al Director, para su devolución personalmente al apoderado. El colegio no se hace responsable de pérdidas del mismo.

FORMACION E INICIACIÓN DE LA JORNADA DE CLASES.

1.- Una vez que los/as estudiantes ingresen al establecimiento deberán permanecer en los patios hasta

el inicio de las clases.

2.- Al toque de campana los/as estudiantes deben formarse en el lugar asignado para ello, cuando sea motivo de Actos Cívicos o de otra índole. En caso contrario, deben de ingresar de inmediato a las salas de clases. 3.- Se considerara falta leve la permanencia de los/as estudiantes en la sala de clases, después del toque

de campana para salir a los recreos en situaciones que las condiciones meteorológicas e infraestructura

lo posibiliten.

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LIBRETA DE COMUNICACIONES O AGENDA ESCOLAR.

1.- La Libreta de Comunicaciones o agenda escolar será el medio de Comunicación Oficial entre Apoderado/a y el Colegio. Su uso es diario y obligatorio.

ENTRADA Y SALIDA DEL COLEGIO.

1.- Los/as estudiantes deben ingresar de inmediato al Colegio con su respectivo uniforme. Si para realizar un trabajo en el establecimiento o representar al Colegio fuera de él podrán usar la salida de

cancha, previa autorización expresa al respecto emanada del Profesor/a Jefe o Director. 2.- Los/ a s e s t u d i a n t e s no pueden salir del establecimiento una vez ingresado a éste; ni mucho menos en horario de clases. 3.- Toda salida de estudiante debe ser con autorización del Director. En caso de retiro del/a estudiante se tomará en consideración que:

3.1.- El/a Apoderado/a concurra personalmente a retirar el/a estudiante 3.2.- Que el/a estudiante no tenga prueba, control y otros deberes escolares que cumplir. 3.3.- La salida del Colegio sin autorización correspondiente será considerada Falta Grave, y para que el/a estudiante pueda integrarse a clases será obligación la presencia de su Apoderado/a. 3.4.- No se autorizan salidas de estudiantes, solicitadas por teléfono.

4. Apoderados/as 4.1 Derechos de los Apoderados/as

DERECHOS

Los/as Padres/Madres, Apoderados/as o Responsables de los/as Estudiantes tendrán los siguientes derechos: 1.- Que el Establecimiento le imparta el tipo de educación definido por el ideario o carácter propio del Establecimiento, dentro del marco de las leyes vigentes. 2.- Conocer el funcionamiento de la Escuela y el modo como se aplica el Proyecto Educativo. 3.- Ser recibidos por los/as Profesores/as de la escuela en los horarios establecidos, y recibir información periódica sobre la situación de sus pupilos/as. 4.- Formar parte del Centro de Padres y Apoderados y participar en las reuniones que estos organicen. 5.- Recibir un trato deferente y respetuoso de todos y todas los/as miembros de la comunidad escolar. 6. Ser atendido por profesores/as, inspectores/as, directivos/as y demás personal de la escuela en horarios establecidos. 7.- Conocer el desempeño académico de su pupilo/a durante todo el año escolar en las reuniones de apoderados/as o instancias que lo requieran, asimismo hoja de vida del/a mismo/a. 8.- Acceder y solicitar en forma oportuna a Inspectoría General el documento de Seguro Escolar si lo considera necesario. 9.- Participar en las actividades organizadas por la escuela. 10.- Ser informado/a de la conducta y de las sanciones que se le apliquen a su pupilo/a, a través de entrevista y /o de forma escrita en la agenda escolar, libro de clases, etc.

4.2 Deberes y obligaciones de los Apoderados/as OBLIGACIONES DE LOS/AS PADRES/MADRES Y APODERADOS/AS

Los/as Padres/Madres, Apoderados/as tienen las siguientes obligaciones:

1.- Respetar el ideario o carácter propio y las normas de funcionamiento del

Colegio. 2.- Respetar el ejercicio de las competencias profesionales del personal del

Establecimiento. 3.- Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el Colegio, a fin de alcanzar una mayor

efectividad en la tarea educativa. A tal efecto:

3.1.- Asistirán a las entrevistas y reuniones convocadas por la dirección, o los/as Profesores/as para tratar asuntos relacionados con la educación y conductas de sus pupilos/as.

3.2.- Propiciaran las circunstancias que, fuera el Establecimiento puedan hacer más efectiva la acción

educativa del mismo.

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3.3.- Informarán a los/as educadores de aquellos aspectos de la personalidad y circunstancias de sus pupilos/as que estimen conveniente para ayudar a su formación.

3.4.- Justificarán o solicitarán por escrito y/o personalmente en cada caso, las ausencias de sus

pupilos/as a clases u otras actividades docentes. 3.5.- Responderán adecuadamente a las comunicaciones suscritas por el Colegio por medio de

sus docentes. 4.- Asistir a reuniones de curso.

5.- Asistir a reuniones del centro general 6.- Preocuparse de la tarea de sus hijos/as.

7.- Preocuparse de la presentación personal de su hijo/a o pupilo/a 8.- Respetar a los integrantes de la comunidad educativa y general.

9.- Cumplir oportunamente con los compromisos contraídos. 10.- Dar un buen ejemplo de puntualidad y respeto por las normas establecidas.

11.- Velar por el cumplimiento de las normas establecidas por parte de su pupilo/a

IX. CONVIVENCIA ESCOLAR: MARCO CONCEPTUAL (DEFINICIONES), TIPIFICACIÓN

DE FALTAS, FACTORES, TIPO DE MEDIDA Y APELACIÓN.

Definición conceptual: Convivencia escolar: La convivencia escolar es entendida como la interrelación entre los/as

diferentes miembros del establecimiento, las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa, por lo que significa una construcción colectiva y dinámica, la cual es responsable de todos/as los/as miembros y actores educativos sin excepción, por lo que se adscriben a derechos y obligaciones para la gestión de la convivencia escolar. La convivencia escolar tiene directa relación con la calidad de los aprendizajes de los/as estudiantes, por lo que una buena calidad de la misma va a favorecer las instancias de aprendizaje cognitivo, mejorando logros y resultados

Sana Convivencia Escolar: La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen

todos/as los/as miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno/a de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

Consejo Escolar: Entidad participativa dentro de la comunidad escolar, en el que todos los

estamentos de la misma están representados y que permite entre otras atribuciones opinar, tomar acuerdos, ver y aportar soluciones a problemáticas.

Comunidad educativa: Se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un

propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a estudiantes, padres, madres y apoderados/as, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

Bullyng: El bullyng como fenómeno se define como una relación de abuso entre pares. Las principales definiciones de bullyng implican a lo menos la presencia de cuatro elementos para calificarlo como tal: (a) que se da entre pares; (b) que implica una situación de desequilibrio de poder; (c) que es sostenido en el tiempo y por tanto constituye una relación—no una situación aislada—de abuso; y (d) que la víctima o víctimas no tienen posibilidades de salirse de esta situación.

Maltrato Escolar: Un alumno es agredido o se convierte en víctima cuando está expuesto de forma

repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que lleva a cabo otro alumno o varios de ellos" (Olwedus, 1998) Existen tres factores básicos para que se considere que existe acoso o maltrato entre alumnos:

1. Ha de existir una víctima (indefensa) atacada por un abusón, o grupo de abusones. Es una relación de poder desigual. 2. Debe suceder durante un periodo de tiempo prolongado y de forma repetida.

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3. La naturaleza de la agresión puede ser física, verbal y/o psicológica.

Debo sospechar que un/a estudiante sufre maltrato cuando:

- Observo cambios de actitud: tristeza, sintomatología depresiva, disminución o baja autoestima, aislamiento, poco comunicativo/a, cambio abrupto de conducta. - No quiere mantener relaciones con compañeros/as, o éstas son escasas o nulas. - Con frecuencia sufren la desaparición de materiales escolares y/o robo de los mismos.

- Manifiesta ser insultado/a, burlado, agredido/a. - Rehúye encontrarse por la calle con personas del entorno escolar.

- Recibe abucheos en situaciones de exposición. - Mantiene una actitud de sumisión e incondicionalidad frente a compañeros/as, frente a conductas y/o actividades de los/as mismos/as, llegando a efectuar acciones sin su consentimiento.

- Absentismo escolar. - No participa en salidas del grupo en actividades extraescolares. - Se producen manifestaciones públicas de rechazo, humillaciones hacia el/la estudiante en las dependencias del establecimiento (baños, puertas, paredes, etc)

- Muestra evidencias físicas de violencia y de difícil explicación.

Comité de Sana Convivencia Escolar.

1.- Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar u otro organismo similar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos:

a) La Dirección

b) Encargado/a de convivencia escolar. c) Los profesores

d) Los y las estudiantes

e) Los padres y apoderados f) Los asistentes de la educación

2.- El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

* Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar

sano.

* Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento. * Informar y capacitar a todos los/as integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.

* Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar.

* Requerir a la Dirección, a los/as profesores o a quien corresponda, informes, reportes o

antecedentes relativos a la convivencia escolar.

* Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia

y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades

del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso. * Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

Encargado/a de Convivencia Escolar.

Encargada de Convivencia Escolar: Psicóloga Paulina Bernal Morales.

La encargada de convivencia escolar es quien deberá ejecutar de manera permanente los

acuerdos, decisiones y planes del Comité de Sana Convivencia Escolar, gestionar planes de acción para la prevención de violencia escolar y promoción de la convivencia escolar, como también de hábitos

saludables y buen trato. Tendrá un carácter de mediador/a en la resolución de conflictos, no punitivo, ni debe llevar a cabo las medidas de acción frente a las diversas faltas.

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Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La

autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las

conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser

pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones.

Definición de maltrato escolar.

Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo;

• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un Estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un/a estudiante u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, características físicas o cualquier otra circunstancia.

• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un/a estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chat, blogs, redes sociales, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios web, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar,

como también cualquier material audiovisual sin el o los consentimientos de quienes

protagonicen el mismo, como también de contenido que humille la dignidad de la persona.

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes,

ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

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TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y MEDIDAS SEGÚN LA FALTA.

Criterios de aplicación. 1. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos/as los/as involucrados/as y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la

conducta, respetando la dignidad de los/as involucrados/as, y procurando la mayor protección y

reparación del/a afectado/a y la formación del responsable, por parte del Director del establecimiento, asimismo bajo el principio de debido proceso, se garantizará el derechos de los y las

involucrados e involucradas a opinar y defensa, asimismo la posibilidad de impugnarla ante una autoridad superior.

2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes

criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas, como también el nivel educacional en que se encuentra ya sea 1° ciclo o 2° ciclo de educación.

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado; c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;

• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;

• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; • Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento;

d) La conducta anterior del responsable;

e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;

f) La discapacidad o indefensión del afectado.

g) Si existe algún diagnóstico asociado a la conducta del o la estudiante.

h) Las faltas no se acumulan.

*No se debe aplicar más de una sanción disciplinaria por el mismo hecho, asimismo la falta como

la medida llevada a cabo debe quedar registrada en la hoja de vida del o la estudiante.

*La Superintendencia de Educación exige que se deje registro escrito en la hoja de vida del

estudiante, tanto de la falta cometida como de la medida o sanción adoptada (único registro

válido)

FALTAS LEVES : Se consideran todas aquellas situaciones que alteren el patrimonio común y

la buena convivencia establecido en el Reglamento. Sin ocasionar mayores trastornos.

Se consideran faltas leves:

1. No cumplir con sus tareas, trabajos y obligaciones inherentes a su rol de estudiante, como es el

uso de útiles escolares y de uniforme apropiado sin presentar justificación del apoderado.

2. Llegar atrasado al establecimiento, a sala de clases o a cualquier actividad oficial.

3. Ausentarse del salón de clases o talleres sin previa autorización o causa justificada.

4. Uso de lenguaje grosero y ofensivo sin la intencionalidad de agredir a otro.

5. Generar desorden y distracción en el aula durante el horario de clases.

6. No colaborar con el orden, la mantención y el cuidado de los materiales del establecimiento.

8. Mala presentación personal (desaseados, ropas sucias, uso de piercing, aretes en hombres, tintes

de cabello inadecuados con el uniforme, etc.)

9. Efectuar ventas en el establecimiento, sin la autorización de Dirección.

10. Utilizar dentro de clases cualquier aparato eléctrico o electrónico (MP3, MP4, Pendrive, teléfonos,

radios portátiles o similares), además de joyas o gafas no ópticas que constituyan un distractor en

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clases. De usarlos, los estudiantes se exponen su requisamiento y posterior entrega a apoderados. La

Escuela no se responsabilizará por el deterioro o pérdida de los mismos.

11. No traer sus materiales académicos sin justificación, así también no conseguirse de manera

previa a la clase en el CRA de la Escuela.

12. No asistir cuando corresponda a la hora de colación (desayuno y almuerzo).

MEDIDAS QUE SE CONTEMPLAN:

PRIMER CICLO SEGUNDO CICLO RESPONSABLE DE

APLICACIÓN

Medidas de Pedagógicas VER MODELO DE SANCIONES

I. Explicación de la falta, sus

consecuencias y búsqueda de

soluciones.

II. Si se reitera la falta, se les

asignará a los estudiantes una

tarea escolar que exprese la

intención de la normativa, como

por ejemplo disertaciones, diarios

murales, participación en actos,

etc. Lo cual quedará registrado en

su hoja de vida.

Medidas Inclusivas: a través de

afiche de historia social y rueda

decisiones se buscará explicar la

falta cometida y posibles formas

de resolución. (EN

CONSTRUCCIÓN)

Medidas de Pedagógicas VER MODELO DE SANCIONES

I. Explicación de la falta, sus

consecuencias y búsqueda de

soluciones.

II. Si se reitera la falta, se les

asignará a los estudiantes una

tarea escolar que exprese la

intención de la normativa, como

por ejemplo disertaciones, diarios

murales, participación en actos,

etc. Lo cual quedará registrado en

su hoja de vida.

Profesor Jefe o de Asignatura

Medidas de Reparación y/o

Formativas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Reparar el daño causado,

acorde de la situación

Medidas de Reparación y/o

Formativas VER MODELO DE SANCIONES

I. Reparar el daño causado, acorde

de la situación.

Profesor Jefe o de Asignatura

Medidas Disciplinarias

I. Al incurrir en la tercera falta

leve, el profesor jefe se entrevistará

con el apoderado del estudiante,

para informar sobre las faltas

cometidas por el pupilo.

En esta instancia de deberá

pesquisar si existe alguna situación

de gravedad que estuviese

afectando al estudiante quedando

constancia en su hoja de vida. La

reunión también tiene la finalidad

de que estudiante y apoderado

generen compromisos.

Medidas Disciplinarias

I. Al incurrir en la tercera falta

leve, el profesor jefe se

entrevistará con el apoderado del

estudiante, para informar sobre

las faltas cometidas por su pupilo.

En esta instancia de deberá

pesquisar si existe alguna

situación de gravedad que

estuviese afectando al estudiante

quedando constancia en su hoja

de vida. La reunión también tiene

la finalidad de que estudiante y

apoderado generen compromisos.

Profesor Jefe o de Asignatura

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FALTAS GRAVES: Se consideran todos aquellos hechos o actitudes que lesionan seriamente la

convivencia interna, comprometen negativamente el desempeño escolar o dañan el patrimonio

individual o colectivo.

** Recuerde que se debe aplicar una medida disciplinaria y al menos una de carácter

formativo/pedagógico o reparación.

1. Cimarra, fuga de clases o salir del establecimiento sin autorización.

2. Copiar en pruebas.

3. Engañar entregando trabajos de otra persona.

4. Destruir material del establecimiento como: material didáctico, libros de estudio, instrumentos,

infraestructura, equipamiento, otros.

5. Hacer gestos impropios o expresarse con lenguaje inadecuado y ofensivo, agrediendo de palabra a

compañeros o funcionarios de la comunidad educativa.

6. Uso de teléfono celular dentro de la sala de clases.

7. Manifestaciones amorosas de connotaciones sexuales e inapropiadas (Límites)

8. Destrucción intencional de muebles, equipos, y bienes de la Escuela o un tercero que se encuentre

en sus recintos.

9. El falso testimonio prestado en declaraciones, cuando fuere presentado como testigo en las

investigaciones que se realicen y presentar testigos falsos para acreditar algún hecho ante las

autoridades del Escuela.

10. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un/a estudiante u otro

miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de

características físicas, etc).

11. Sustracción y/o comercialización de instrumentos de evaluación

utilizados en pruebas.

12. Adulterar el libro de clases, cambiar, corregir y/o borrar las calificaciones como también registros

en la hoja de vida.

13. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un/a estudiante o a cualquier otro integrante de la

comunidad educativa a través de chat, blogs, redes sociales, mensajes de texto, correos

electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios web, teléfonos o cualquier

otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

14. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación

económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,

orientación sexual, discapacidad, características físicas o cualquier otra circunstancia, solo se debe

implementar en el caso de que la falta constituya un delito como también atente contra la integridad en

cualquier integrante de la comunidad escolar.

MEDIDAS QUE SE CONTEMPLAN:

PRIMER CICLO SEGUNDO CICLO RESPONSABLE DE

APLICACIÓN

Medidas Pedagógicas *VER MODELO DE

SANCIONES

I. Profesor a cargo

solicita servicio pedagógico,

con enfoque reflexivo.

Medidas Inclusiva: con apoyo

de Equipo psicosocial (PIE y

Programa Psicosocial) se

explicará la falta cometida a

través de pictogramas y sus

posibles formas de resolución

(EN CONSTRUCCIÓN)

Medidas Pedagógicas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Profesor a cargo solicita servicio pedagógico, con

enfoque reflexivo.

Inspector/ Director

En caso de ausencia de ambos

Encargada de Convivencia

Escolar.

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Medidas de Reparación y/o

Formativas *VER MODELO DE

SANCIONES

I. Pedir disculpas a los

afectados.

II. Mediación; instancia en que

los involucrados se

comprometen a no incurrir en la

falta.

III. Acciones que restituyan el

daño, que surjan de la toma de

conciencia a través del dialogo.

Sin imposiciones externas.

IV. Derivación al encargado de

Convivencia y/o dupla

psicosocial para su intervención.

Medidas de Reparación y/o

Formativas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Pedir disculpas a los afectados.

II. Mediación; instancia en que

los involucrados se comprometen

a no incurrir en la falta.

III. Trabajo comunitario dentro

del establecimiento (aseo,

ordenar, etc)

IV. Acciones que restituyan el

daño, que surjan de la toma de

conciencia a través del dialogo.

Sin imposiciones externas.

V. Derivación al encargado de

Convivencia y/o dupla psicosocial

para su intervención.

Inspector/ Director

En caso de ausencia de ambos

Encargada de Convivencia

Escolar.

Medidas Disciplinarias

I. Sanción educativa, descuento

de 1.5 décimas por copiar en

pruebas y en trabajos con nota.

II. Reiteración de la falta

suspensión de clases por 1 día.

Se le asignará una tarea

académica a los estudiantes para

su hogar, bajo responsabilidad

de apoderado.

Medidas Disciplinarias

I. Sanción educativa, nota mínima

por copiar en pruebas y en

trabajos con nota.

II. Reiteración de la falta

suspensión de clases por 1 o 3

días dependiendo los agravantes

de la falta. Se le asignará una

tarea académica a los estudiantes

para su hogar, bajo

responsabilidad de apoderado.

Inspector/ Director

En caso de ausencia de ambos

Encargada de Convivencia

Escolar.

FALTAS GRAVÍSIMAS: Se consideran todas aquellas situaciones que atentan a la dignidad de

la persona, lesionan el prestigio del Establecimiento, alteran el normal desarrollo escolar.

Cuando lo amerite deberá reunirse a la brevedad el consejo de profesores y/o consejo escolar

para resolver la situación.

Se consideran faltas gravísimas:

1. Falsificación o firma de apoderado o algún funcionario del establecimiento.

2. Ingerir bebidas alcohólicas en la escuela o en la vía pública vistiendo uniforme o buzo del

establecimiento, o fumar dentro o fuera del establecimiento. Consumo de drogas dentro del

establecimiento.

3. Agresión y hostigamiento físico, psicológico o sexual de palabra o de hecho de manera

personal a compañeros o funcionarios, cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o

fuera de la escuela. (Bullying)

4. Porte de material pornográfico.

5. Fotografiar, grabar archivos de audio y/o filmar a través de cualquier dispositivo dentro o fuera

del establecimiento para hacer mal uso de estos registros, compartiendo o viralizando en redes

sociales (Peleas, memes).

6. Abuso sexual, conducta de agresión sexual entre pares o un adulto hacia un niño o niña.

(límites)

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7. Amenazas de muerte o en general de hacer daño.

8. Porte, consumo, distribución y tráfico de elementos nocivos para la salud, como drogas;

marihuana, estimulantes, otros. (Se procederá con denuncia a Carabineros o PDI)

9. Hurto de objetos o bienes que sean propiedad particular o comunitaria.

10. Porte de elementos corto punzantes, arma blanca o de fuego.

11. Conductas que atenten contra la moral y las buenas costumbres dentro del Colegio

como fuera de él, portando su uniforme del Establecimiento detalladas a continuación: fumar

(drogas lícitas e ílictas), pelear, beber bebidas alcohólicas, maltrato de obra a la propiedad pública

y privada, evidenciar conductas de connotación sexual inadecuadas como abuso o acoso sexual.

MEDIDAS QUE SE CONTEMPLAN:

PRIMER CICLO SEGUNDO CICLO RESPONSABLE DE

APLICACIÓN

Medidas Pedagógicas

Medidas Pedagógicas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Profesor a cargo

solicita servicio pedagógico,

con enfoque reflexivo.

Medidas Inclusivas: con apoyo

de Equipo psicosocial (PIE y

Programa Psicosocial) se

explicará la falta cometida a

través de pictogramas y sus

posibles formas de resolución.

(EN CONSTRUCCIÓN)

Medidas Pedagógicas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Profesor a cargo solicita servicio pedagógico, con

enfoque reflexivo.

Inspector, Dirección y /o

Comité de Convivencia

(Profesor/a jefe/a, especialista

PIE o dupla psicosocial si el niño

o niña pertenece a un programa,

Encargada de Convivencia

Escolar)

Medidas de Reparación y/o

Formativas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Pedir disculpas a los

afectados.

II. Trabajo comunitario

dentro del establecimiento (aseo,

ordenar, etc)

III. Acciones que restituyan

el daño, que surjan de la toma de

conciencia a través del dialogo.

Sin imposiciones externas.

IV. Derivación al estudiante a

dupla psicosocial para evaluar

derivación y seguimiento.

Medidas de Reparación y/o

Formativas *VER MODELO DE SANCIONES

I. Pedir disculpas a los

afectados.

II. Trabajo comunitario

dentro del establecimiento (aseo,

ordenar, etc)

III. Acciones que restituyan

el daño, que surjan de la toma de

conciencia a través del dialogo.

Sin imposiciones externas.

IV. Derivación al estudiante a

dupla psicosocial para evaluar

derivación y seguimiento.

Inspector, Dirección y /o

Comité de Convivencia

(Profesor/a jefe/a, especialista

PIE o dupla psicosocial si el niño

o niña pertenece a un programa,

Encargada de Convivencia

Escolar)

Medidas Disciplinarias

I. Suspensión de clases de 1 a

3 días, dependiendo de los

agravantes de la falta.

Se le asignará una tarea

académica a los estudiantes para

su hogar, bajo responsabilidad

de apoderado.

Medidas Disciplinarias

I. Suspensión de clases de 3 a

5 días, dependiendo de los

agravantes de la falta. Se le

asignará una tarea académica a

los estudiantes para su hogar,

bajo responsabilidad de

apoderado.

II . Condicionalidad de

matrícula.

Inspector, Dirección y /o

Comité de Convivencia

(Profesor/a jefe/a, especialista

PIE o dupla psicosocial si el niño

o niña pertenece a un programa,

Encargada de Convivencia

Escolar)

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III. Cancelación de matrícula.

IV. Expulsión.

Ante la situación de DELITO o PELIGRO DE LA INTEGRIDAD FÍSICA Y PSICOLÓGICA

DE UN O UNA INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA se reunirá el Equipo de

Convivencia, con objeto que decida una de las siguientes medidas, ajustándose al debido proceso:

1. Condicionalidad de la Matrícula. (Reiteración de faltas gravísimas).

2. Cancelación de la Matricula, establecido por Comité de convivencia escolar. Se informa a

estudiante y apoderado/a de no continuidad de matrícula para el año siguiente.

3. Expulsión, en caso de que exista un riesgo real a la integridad física o psicológica de algún

miembro de nuestra comunidad educativa, debe ser establecido por Comité de Convivencia

Escolar.

PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EXCEPCIONALES:

1. Director adopta medida y notifica por escrito a estudiante y padre, madre o apoderado/a,

consultando previamente a Comité de Convivencia Escolar.

2. Estudiante o apoderado/a pueden solicitar reconsiderar la medida al Director dentro de 15 días

hábiles siguientes a la notificación. Se debe esperar que pasen los días señalados y luego se

notifica a la Superintendencia de la educación.

3. Director en conjunto con el comité resuelve reconsiderar o no la apelación y notifica al

estudiante ay apoderado/a.

4. Si se rechaza la reconsideración se debe informar a Superintendencia en un plazo de 5 días

posteriores a la resolución, adjuntando informe descriptivo ya sea de la situación puntual que

motivo la medida excepcional o en caso de que sea una medida tomada por todos los

antecedentes del o la estudiante, se deben especificar las medidas tomadas con anterioridad.

En caso de que corresponda se hará la denuncia a Carabineros y/o Policía de Investigaciones.

ATENUANTES Y AGRAVANTES

ATENUANTES: Se aplica a la circunstancia que hace que disminuya la gravedad de una falta o hecho

que minimiza la responsabilidad de esta.

Tipos de atenuantes:

Arrepentimiento y capacidad de pedir disculpas.

Diagnóstico médico.

Intervención en red Sename.

Primera vez de la falta.

Rendimiento académico sobresaliente.

Se debe considerar nivel educacional en que se encuentra

AGRAVANTES: Que agrava o hace más grave algo negativo o perjudicial.

Tipos de agravantes:

Reiteración de la falta.

Intencionalidad de la falta.

No mostrar arrepentimiento frente al hecho.

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Modelo de Sanciones y Medidas con sentido formativo

Acciones pedagógicas: Contempla una

acción en tiempo libre del o la estudiante que,

asesorado por el docente, realiza actividades de

investigación y reflexión sobre algún tema

referido directamente a la falta cometida. Son

especialmente útiles para corregir actitudes y

comportamientos que atentan contra el normal

funcionamiento y desarrollo de las clases.

a. Recolectar o elaborar material para estudiantes de

cursos inferiores al suyo.

b. Ser ayudante de un profesor en la realización de una

o más clases, según sus aptitudes.

c. Clasificar textos en biblioteca según su contenido.

d. Apoyar a estudiantes menores en sus tareas.

e. Presentaciones o disertaciones sobre algún tema en

su curso o en otros cursos

f. Realizar trabajos de investigación o expresión

artística relacionados con la temática de la falta, etc.

g. Confección de afiches o diarios murales sobre algún

tema.

h. Cooperar con las actividades lectivas o no lectivas

de algún/a docente.

Acciones Reparatorias: Es el acto de

restituir el daño causado a terceros, o al mismo

establecimiento. A través de la instancia de

diálogo, mediada por un adulto de la

comunidad educativa, en el cual él o la

responsable se haga cargo de las consecuencias

de sus actos, así como también de la reparación

de los mismos. El acto de restitución debe estar

relacionado y ser proporcional con el daño

causado.

a. Pedir disculpas públicas si el daño fue causado por

un rumor o comentario mal intencionado (voluntario)

b. Reponer el bien personal o material dañado.

c. Arreglar o reponer mobiliario, infraestructura o

material dañado del establecimiento.

d. Limpiar o hermosear algún espacio del

establecimiento: patio, pasillos, gimnasio, su sala,

diario mural; mantener el jardín.

e. Ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de

menor de edad,

f. Ordenar materiales en la biblioteca o en la sala de

recursos, etc.

g. Cooperar con el trabajo administrativo de algún/a

directivo o asistente de la educación.

h. Dirigir durante los recreos actividades recreativas

con otros/as estudiantes.

i. Elaborar y aplicar actividades (cuenta cuentos,

poesías, teatros, debates) de acuerdo a la falta

Acciones inclusivas: Son todas aquellas

acciones que facilitan a estudiantes con

alguna dificultad o que no logran

comprender y reflexionar a cabalidad sus

comportamientos en la falta cometida.

(EN CONSTRUCCIÓN)

a. Explicar la conducta deseada o no deseada a

través de historias sociales. (Prevención y

regulación de conducta)

b. Utilizar ruleta de decisiones dispuesta en cada sala

para guiar por medio de la reflexión la

comprensión de la conducta como las posibles

soluciones. (Prevención y regulación de conducta)

c. Utilizar pictogramas para conocer y comprender

la falta cometida y la resolución del conflicto.

(Medida inclusiva)

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RECONOCIMIENTO O REFUERZOS POSITIVOS POR CUMPLIR

DESTACADAMENTE CON LAS NORMAS.

Aquellos/as estudiantes que destaquen en cuanto a su conducta, seguimiento de normas de

convivencia serán reconocidos por medio de una anotación positiva por medio del/la profesor/a jefe,

asimismo quienes destaquen en cuanto a propiciar la sana convivencia escolar, como conductas

proactivas, promoción de la misma, será reconocida de manera pública en el acto del colegio por

medio de un diploma, en el último acto de cada mes. Asimismo al finalizar el año escolar, cada

profesor/a jefe en conjunto con el cuerpo docente elegirá un/a estudiante integral, quien será

reconocido/o con un diploma y medalla por parte del Director en un acto púbico, asimismo deberá ser

registrado en su informe personal, quien debe cumplir con los siguientes requerimientos:

1.- Ser generoso/a con compañeros/as ya sea con materia académicas, como de relaciones personales. 2.- Debe propiciar el ambiente de sana convivencia en el establecimiento educacional.

3.- Debe contar con una asistencia al menos de un 85%. 4.- Debe participar en actividades extracurriculares, como también talleres del establecimiento.

5.- Mantener un rendimiento académico por sobre de la nota 6,0 promedio.

Asimismo el/a apoderado/a del/a estudiante será reconocido en reunión de apoderados/as del

curso, por parte del/a profesor/a jefe.

POLÍTICAS DE PREVENCIÓN

Talleres mensuales por cada curso referente a distintos valores contextualizados a las características y necesidades de cada curso.

MES VALORES A DESTACAR

MARZO Autoestima (motivación escolar)

ABRIL Respeto (No a la violencia escolar)

MAYO Inclusión

JUNIO Afectividad, sexualidad y género

JULIO Vacaciones invierno

AGOSTO Vida saludable

SEPTIEMBRE Trabajo en equipo

OCTUBRE Resiliencia

NOVIEMBRE Discapacidad

*Cada valor trabajado será considerado en el taller siguiente.

Asimismo en el mes de Abril se llevará a cabo la semana de la Convivencia escolar, con diversas actividades, durante los recreos, asimismo se considerará un día como el Día de la convivencia escolar,

en el cual se llevarán a cabo diferentes actividades durante todo el día, en donde participarán todos/as los/as miembros de la comunidad escolar, con el de promocionar la buena convivencia escolar, como

hábitos saludables.

Durante el transcurso del año se llevarán a cabo charlas reflexivas en torno a cada valor designado

en reuniones de apoderados/as, con entrega de trípticos informativos, así también al cuerpo docente y

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asistentes de la educación. Por otro lado se llevarán a cabo dos jornadas de autocuidado para el cuerpo docente, uno por semestre en consejo escolar.

Se mantienen buzones de sana convivencia escolar en los cursos del segundo semestre con el fin de

que los/as estudiantes puedan dar a conocer sugerencias comentarios y/o reclamos sobre la convivencia escolar.

Publicar y dar a conocer el Reglamento de Convivencia escolar a todos/as los/as miembros de la

comunidad escolar, por medio de diario mural, reuniones de apoderados/as, consejo escolar, estudiantes por medio de orientación por cada profesor/a jefe y asistentes de la educación por medio de informativos

escritos, con el fin de que cada estamento se encuentre en conocimiento del mismo y sus partes.

1. Medidas de prevención del abuso de alcohol o drogas:

Charlas preventivas con dupla psicosocial del colegio; charlas de los profesores jefes; visita al

colegio de funcionarios de la PDI.

2. Medidas de prevención del acoso escolar o bullyng:

Charlas preventivas de la dupla psicosocial del colegio; actividades de participación grupal;

Actividades de promoción de buena convivencia escolar y prevención de violencia escolar,

talleres artístico deportivas de que participen estudiantes de diversos niveles.

3. Medidas de prevención del embarazo adolescente:

Charlas preventivas con matrona de centro de salud; Talleres en horarios de orientación a cargo

de cada profesor jefe.

4. Medidas de prevención del abuso sexual:

1. Dar a conocer a la comunidad educativa las redes de apoyo con los que se cuenta, tales como: posta

médico rural, OPD, Habilidades para la Vida, PPF, Carabineros de Cabildo, PDI La Ligua, entre otros.

2. Aumentar el control de los adultos /as durante los recreos. 3. Supervisar recurrentemente los baños y espacio que quedan sin control por parte de los/as docentes. 4. En relación a lo anterior, el uso de baños de estudiantes es de uso exclusivo de ellos/as. Así mismo

los baños de adultos solo deben ser usados por los/as estudiantes posterior a la clase de educación física.

5. Restringir el acceso a personas que no forman parte de la comunidad educativa (mayor control en portería)

6. Realizar al inicio del año escolar 1 charla para funcionarios/as y apoderados/as sobre el abuso sexual.

7. Realizar talleres de sexualidad responsable y autocuidado a los/as estudiantes por parte de la dupla psicosocial.

8. Propiciar un trato adecuado entre adultos/as, ya sea profesor y/u otros integrante de la comunidad educativa y estudiantes, manteniendo normas de respeto.

9. Propiciar espacio adecuados para la atención en caso de necesidad de trabajo con estudiantes de forma individual y/o pares. (entrevistas, evaluaciones, psicóloga, psicopedagoga, funcionario PIE, etc.), en un ambiente que permita la vista de forma libre.

10. Mantener en las salas un listado con los nombres de los funcionarios/as que pueden retirar a estudiantes de las aulas en horarios de clases, horario de retiro y estudiante retirado/a.

11. Mantener en la ficha de matrícula de cada estudiante los nombres de los/as adultos/as autorizados/as por el/la apoderado/a a retirar del establecimiento a los niños y niñas.

12. Evitar el uso de redes sociales para mantener amistad con estudiantes y apoderados/as del establecimiento por parte de los/as docentes.

13. Evitar reuniones de carácter social con estudiantes y apoderados/as fuera del establecimiento que no tengan un fin pedagógico. En caso de realizar estos encuentros, estos deben estar autorizados por el director del colegio.

X. Protocolo de Actuación frente a diferentes situaciones que pueden acontecer en el Establecimiento

Según la normativa vigente para todas las instituciones escolares del país, ―cualquier miembro de la comunidad educativa deberá denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de

delito y que afecte a otro miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos,

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hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio

Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho.

De acuerdo con esto, dentro del establecimiento, cualquier miembro de la comunidad escolar,

frente a alguna situación de maltrato y/o abandono infantil, maltrato físico y/o psicológico entre

alumnos y/o abuso sexual, deberá comunicarla a la persona designada por la escuela para tales efectos,

que en este caso corresponde al encargado de Convivencia Escolar, quien activará los respectivos

protocolos.

Obligación de denuncia de delitos.

El Director, profesores y e n c a r g a d o / a d e c o n v i v e n c i a e s c o l a r , deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la

Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los

artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

Reclamos. 1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma

verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso, asimismo este último es

quien aplicará las medidas pertinentes en conjunto con el p la encargado/a de convivencia escolar, para

así dar respuestas al reclamo por parte del Director de la escuela. 2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo sin una previa investigación.

Protocolo de actuación. 1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener

acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

3. En el procedimiento se garantizará la protección del/a afectado/a y de todos/as los/as involucrados/as, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

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PROTOCOLO EN CASO DE VULNERACIÓN DE DERECHOS

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

Como comunidad escolar se debe saber detectar y proceder, en caso de enfrentarse a cualquier

tipo de maltrato, ya sea psicológico o físico, poniendo especial interés en lo que se relaciona con el

abuso sexual. Es frente a estas situaciones que tanto docentes como asistentes de la educación presentan

una responsabilidad en términos legales, al ser garantes de derechos, ya que de no seguir el conducto

regular, nos convertimos en cómplices entorpeciendo así procedimientos legales cuando se ha

quebrantado la ley.

Es así como se disponen cursos de acción específicos a tomar en caso de que algún miembro de

la educativa se vea expuesto a hechos de esta naturaleza.

Formalidad de la Denuncia.

• Toda denuncia de actos que afecten la integridad de los/as estudiantes docentes u otro miembro de la

comunidad educativa, debe ser efectuada por escrito y ser tramitada bajo reserva.

Tramitación Interna.

Una vez recibida la denuncia por parte del/a encargado/a de Convivencia Escolar e informado al

director del establecimiento, este deberá proceder de la siguiente manera:

• Darla a conocer al afectado, quien tendrá un plazo de 24 hrs. para presentar sus descargos

• Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior haya o no descargos, hacer la denuncia en la

Fiscalía correspondiente.

Oficialización de la denuncia.

Importante: Tratándose de este tipo de delitos, no es necesario, legalmente hablando, pedir autorización

a los padres del menor para efectuar la denuncia. De hecho, el Código Procesal Penal, en caso de

cualquier delito que afecte a menores de edad, hay acción penal pública para denunciarlos, es decir, no

se requiere consentimiento de nadie para hacerlo.

Tipos de vulneración de derechos

Maltrato Infantil

El maltrato infantil se entiende como todos aquellos actos de violencia fisica, sexual o

emocional, sea en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas y

adolescente, de manera habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por omisión ( entendida

como falta de atención y apoyo de parte de un adulto a las necesidades y requerimientos del NNA, sea

en alimento, salud protección física, estimulación interacción social u otro), supresión (que son las

diversas formas en que se le niega al niño el ejercicio y goce de sus derechos: por ejemplo impedirle

que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela, etc)o transgresión (atendida como todas

aquellas acciones o conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el NNA, tales como malos

tratos físicos, agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos e incluye el

abandono completo y parcial. (UNICEF)

Dentro del concepto maltrato infantil se establecen distintas categorías, en función de diversas

variables:

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1. Maltrato físico

Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madre o padres, que provoque daño físico o

enfermedad a un NNA o signifique un grave riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o

repetido y su magnitud es variable. (Grave; causan enfermedad o incapacidad de 31 días o más, menos

grave; causa enfermedad o incapacidad de más de 15 días y menos de 31, o leve).

2. Maltrato emocional o Psicológico

Se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos,

ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia un NNA. Se incluye

también en esta categoría, aterrorizarlo ignorarlo corromperlo. Ser testigo de violencia entre los

miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o psicológico.

3. Negligencia

Se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber de hacerlo.

Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de los niños y niñas y adolescentes

no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas sean éstas físicas, sociales, psicológicas o

intelectuales.

4. Abandono emocional

Es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisas), expresiones emocionales y/o

conductas de los niños/as y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como la falta

de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura adulta estable.

5. Abuso Sexual infantil

Es un tipo de maltrato que se refiere a la imposición a un niño, niña o adolescente, de una actividad

sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación, es decir, es una imposición intencional basada

en una relación de poder. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la

amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquiera

otra forma de presión o manipulación psicológica.

Ante la Ley, los delitos sexuales contra menores se clasifican del siguiente modo:

1. Violación:

Acto por el cual un adulto accede carnalmente a una persona mayor de catorce años, ya sea por vía

vaginal, anal o bucal, sin su consentimiento (por medio de fuerza o intimidación; privación de sentido;

incapacidad para oponer resistencia; o abuso de enajenación/trastorno mental de la víctima)

2. Violación de menores de catorce años:

Acto por el que un adulto accede carnalmente a un menor de catorce años, ya sea por vía vaginal,

anal o bucal, sin importar su consentimiento.

3. Estupro:

Acto por el que un adulto accede carnalmente a un mayor de catorce años pero menor de dieciocho,

ya sea por vía vaginal, anal o bucal, quién presta su consentimiento, sin embargo, dicho consentimiento

se encuentra viciado pues se abusa de una anomalía o existe una relación de dependencia como en los

casos que el agresor está encargado de su custodia, educación cuidado o tiene una relación laboral con

la víctima; o bien se aprovecha de grave desamparo; o de la ignorancia sexual de ésta.

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4. Abuso Deshonestos:

Acción sexual que no implica acceso carnal, realizado mediante contacto corporal con la víctima o

que haya afectado los genitales, ano o boca de ella, aun cuando no existiere contacto corporal.

5. Abuso Sexual Impropio:

Comprende acciones diversas con menores de edad: Realizar acciones sexuales ante un menor.

Hacer que un menor vea o escuche pornografía. Forzar a un menor a realizar acciones de significación

sexual.

6. Producción de Explotación Sexual Comercial Infantil:

Participar en la elaboración de material pornográfico en el que participen menores de 18 años,

cualquiera que sea su soporte.

7. Facilitación de Explotación Sexual Comercial Infantil:

Promover o facilitar la prostitución de menores de dieciocho años.

8. Cliente de Explotación Sexual Comercial Infantil:

Obtener servicios sexuales voluntarios de menores de edad, pero mayores de catorce años a cambio

de dinero u otras prestaciones.

9. Almacenamiento de Material Pornográfico:

Almacenamiento de material pornográfico en el que hayan sido utilizados menores de dieciocho años,

cualquiera sea su soporte.

Protocolo de acción:

1. Recibir la información y anotarla en el cuaderno llamado ―Registro de denuncias, información

de accidentes, abusos o violencia, asimismo el adulto o adulta que reciba la develación deberá escribir

un informe descriptivo de la situación e informar a Dirección o Encargado/a de convivencia escolar.

En este, se deberá señalar claramente quién o quiénes serían los implicados, la fecha, el lugar y si el

hecho ocurrió dentro o fuera del establecimiento.

2. Si el/la denunciante declara que el hecho se produjo fuera del establecimiento, se deberá

especificar si se hizo una denuncia previa en Fiscalía, en Carabineros o en otra autoridad, y registrarla

en el documento.

2.1 Si hay sospecha de los hechos, se debe informar de manera reservada al equipo psicosocial del

establecimiento, por parte de dirección quien deberá derivar la situación a algún organismo de la red

(SENAME) que investigue y corrobore o refute los antecedentes entregados.

Si el maltrato o abuso se trata de una certeza:

1.- Se escucha el relato y se realiza contención. No se indaga, no se induce el relato, no se

duda y se le explica el protocolo. Se informa a dirección o encargada/o de convivencia escolar.

2.- Dirección y/o encargada/o de convivencia escolar debe lograr identificar a algún adulto

protector que pueda apoyar al estudiante en el proceso de reparación. (algún familiar). Se

informará al equipo Psicosocial.

3.- Se deberá llamar de inmediato a la figura protectora, se le informa de manera privada la

situación ocurrida y se le explicará el protocolo, donde debe denunciar los hechos a Carabineros o PDI.

Si se niega a denunciar, el Establecimiento hará el procedimiento, el responsable será la persona

quien reciba el relato más un miembro del equipo psicosocial, a Carabineros o PDI y Tribunal de

familia.(antes de 24 hrs)

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4.- La persona que reciba el relato debe elaborar un informe descriptivo de la situación

conocida que sirva como apoyo al proceso de investigación y al proceso reparatorio realizado por los

organismos e instituciones competentes.

Si existen lesiones:

1.- Se le informa al equipo psicosocial, quien se comunicara dando aviso a la familia.

2.- Un miembro del equipo Psicosocial, trasladará al estudiante al Hospital de Cabildo. Actuar como si

fue accidente escolar. No es necesario la autorización del apoderado.

3.- Posteriormente se continúa el proceso de denuncia, antes mencionado.

4.- En el caso que los informes evidencien delito de maltrato intrafamiliar, cual es el ejercicio habitual,

esto es, constante y reiterado de violencia psíquica o física en contra de un integrante del grupo

familiar, es decir, todos aquellos malos tratos constitutivos de delito se deberá denunciar en la Fiscalía

correspondiente ( Ley Nº20.066de Violencia Intrafamiliar del Código Penal).

En todo momento del procedimiento, el/la encargado de Convivencia Escolar mantendrá informado al

Director del establecimiento, propiciando además que se resguarde la confidencialidad de los

involucrados, con la finalidad de proteger su integridad física y psicológica.

En caso de conflictos entre terceros, se resguardará la identidad del denunciante.

En Situaciones en que algún o alguna funcionario/a maltrate a algún/a estudiante se debe

aplicar el mismo protocolo de maltrato, sumado a las siguientes medidas:

1. Se dispondrán medidas para alejar a la víctima de su agresor/a de manera tal de evitar la

mantención del maltrato y el consecuente agravamiento del daño.

2. Si el presunto agresor/a es parte de la comunidad educativa, Dirección tomará las medidas

correspondientes para resguardar a la víctima, siendo en primera instancia el retiro inmediato del

trabajador de sus funciones laborales, mientras dure el proceso de la investigación.

3. Dirección deberá informar de inmediato al Director DEM, y se realizara una investigación

sumaria.

Si se tiene certeza de los hechos cometidos se debe:

1. Informar de manera inmediata al apoderado del estudiante, de manera privada la situación

ocurrida y se le explicará el protocolo, donde debe denunciar los hechos a Carabineros o PDI. Si se

niega a denunciar, el Establecimiento hará el procedimiento, el responsable será el Director y/encargada

de convivencia a Carabineros o PDI

Si existen lesiones:

1.- Se comunicara dando aviso a la familia.

2.- El apoderado y/o el encargado de convivencia, trasladará al estudiante al Hospital de Cabildo.

Actuar como si fue accidente escolar.

3.- Posteriormente se continúa el proceso de denuncia, antes mencionado.

Situación laboral del denunciado en caso de ser docente, asistente de la educación o no docente.

En vista de la presunción de inocencia de la cual goza todo ciudadano como parte de sus

derechos humanos, la sola denuncia no es argumento suficiente para terminar la relación laboral. No

obstante lo anterior, y debido a las probables diligencias que realice el Ministerio Público o uno de los

agentes investigadores, el afectado deberá entender que es preferible, mientras dure el proceso, al

menos ausentarse para preparar su defensa, así como para evitar la estigmatización social. Por lo

mismo, se puede acordar contractualmente, de manera temporal, un permiso con o sin goce de

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remuneraciones, o un cambio temporal de actividad, que permita evitar el contacto entre la víctima y el

presunto agresor.

El establecimiento educacional deberá evaluar, si no es posible solucionar la estadía del

supuesto agresor dentro del establecimiento, según el párrafo anterior, la posibilidad económica de

terminar el contrato, siempre que las causales de terminación o caducidad contractual existan.

CUANDO EL HECHO (VULNERACION GRAVE O ABUSOS SEXUAL) OCURRE AL

INTERIOR DE ESTABLECIMIENTO Y EL AGRESOR SE DESEMPEÑA EN ESTE.

1. Se dispondrán medidas para alejar a la víctima de su agresor/a de manera tal de evitar la

mantención del abuso o maltrato y el consecuente agravamiento del daño.

2. Si el presunto agresor es parte de la comunidad educativa, Dirección tomará las medidas

correspondientes para resguardar a la víctima, siendo en primera instancia el retiro inmediato del

trabajador de sus funciones laborales, mientras dure el proceso de la investigación.

3. Deberá informar de inmediato al Director DEM, y se realizara una investigación sumaria.

Al igual que en el caso anterior si se tiene certeza de los hechos cometidos se debe:

1. Informar de manera inmediata al apoderado del estudiante, de manera privada la situación

ocurrida y se le explicará el protocolo, donde debe denunciar los hechos a Carabineros o PDI. Si se

niega a denunciar, el Establecimiento hará el procedimiento, el responsable será la persona quien reciba

el relato más Director y/o un miembro del equipo psicosocial, a Carabineros o PDI y Tribunal de

familia.

Si existe lesiones:

1.- Se comunicara dando aviso a la familia.

2.- El apoderado y/o Un miembro del equipo Psicosocial, trasladará al estudiante al Hospital de

Cabildo. Actuar como si fue accidente escolar.

3.- Posteriormente se continúa el proceso de denuncia, antes mencionado.

El establecimiento debe velar por resguardar la dignidad e intimidad del niño/a agredido, de su familia

y de los demás involucrados. Ello no implica minimizar u ocultar la situación, sino por el contrario,

reforzar el rol fundamental del establecimiento de contemplar acciones formativas que involucren

conocimientos, habilidades y actitudes en el ámbito del autocuidado, la prevención, la educación de la

sexualidad y afectividad, involucrando a todos los miembros de la comunidad educativa según sus

roles, con especial participación de la familia.

CUANDO EL HECHO (VULNERACION GRAVE O ABUSO SEXUAL) OCURRE FUERA

DEL ESTABLECIMIENTO.

Si hay sospecha de los hechos, se debe informar de manera reservada al equipo psicosocial del

establecimiento, quien deberá derivar la situación a algún organismo de la red (SENAME) que

investigue y corrobore o refute los antecedentes entregados.

Si el maltrato o abuso se trata de una certeza:

1.- Se escucha el relato y se realiza contención. No se indaga, no se induce el relato, no se duda y se le

explica el protocolo.

2.- Quien reciba la develación de maltrato o abuso debe informar al equipo Psicosocial y Dirección la

situación, estos deben lograr identificar a algún adulto protector que pueda apoyar al estudiante en el

proceso de reparación

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3.- Se deberá llamar de inmediato a la figura protectora, se le informa de manera privada la situación

ocurrida y se le explicará el protocolo, donde debe denunciar los hechos a Carabineros o PDI. Si se

niega a denunciar, el Establecimiento hará el procedimiento, el responsable será la persona quien reciba

el relato más un miembro del equipo psicosocial, a Carabineros o PDI y Tribunal de familia. (antes de

24 hrs)

4.- La persona que reciba el relato debe elaborar un informe descriptivo de la situación conocida que

sirva como apoyo al proceso de investigación y al proceso reparatorio realizado por los organismos e

instituciones competentes.

Si existen lesiones:

1.- Se le informa al equipo psicosocial, quien se comunicara dando aviso a la familia.

2.- Un miembro del equipo Psicosocial, trasladará al estudiante al Hospital de Cabildo. Actuar como si

fue accidente escolar. No es necesaria la autorización del apoderado.

3.- Posteriormente se continúa el proceso de denuncia, antes mencionado.

CUANDO EL HECHO (VULNERACION GRAVE O ABUSO SEXUAL) OCURRE ENTRE

ESTUDIANTES.

Respecto del abuso sexual infantil, un estudiante también puede constituirse en agresor de un

niño/a, pero se diferencia del ofensor adulto dado que aún se encuentra en proceso de formación, por lo

que la intervención profesional oportuna y especializada tiene una alta probabilidad de interrumpir sus

prácticas sexuales abusivas a corto plazo.

Es importante tener presente que la ley de responsabilidad penal adolescente sanciona a los

adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años que son declarados culpables de agresión sexual; los

menores de 14 años son inimputables, es decir, no son sancionados penalmente, pero su situación es

abordada por los tribunales de familia, que pueden decretar su derivación a algún centro de intervención

especializada, dependiente del SENAME.

Protocolo de acción si agresor/a tiene menos de 14 años:

1. Se debe informar de forma inmediata a Dirección, en el caso de que no se encontrará a

encargado/a de convivencia escolar.

2. Dirección debe citar a los padres de la víctima y del victimario por separado para comunicarle la

situación ocurrida con sus hijos.

3. Se explicará a los padres que si se está frente a la presencia de una sospecha o certeza de un

delito, existe la obligación de denunciar a Tribunal de Familia, quien dispondrá de medidas

reparatorias.

4. Para ello, se debe describir claramente la situación que genera la denuncia e informar los datos

de contacto del niño/a (nombre completo, RUT, domicilio, teléfono, celulares, nombre apoderado, etc.

5. En el caso de que el/la agresor/a es menor de 14 años, Dupla psicosocial debe derivar a redes

institucionales o centros de intervención dependientes del SENAME.

6. En caso de querer ir ellos solos, se les da un plazo máximo hasta las 13:00hrs del día siguiente

para demostrar que se realizó la denuncia. Se le explica al adulto que en caso de no querer proceder o

de no certificar la denuncia, el establecimiento procederá a realizarla.

7. Se deja constancia de la entrevista y las medidas a adoptar en Consentimiento Informado

firmado por el apoderado.

8. En caso de Abuso Sexual, paralelo a ello se debe denunciar en la Policía de Investigaciones,

Carabineros o Fiscalía el hecho, sospechando que el niño señalado como ofensor podría estar siendo o

haber sido víctima de abuso sexual y por este motivo presentaría conductas sexualizadas inapropiadas

para su edad.

9. Seguimiento y acompañamiento a o los niños/as: Se debe entregar al niño apoyo, protección y

contención, al interior de la comunidad educativa cuidando de no estigmatizarlo como ―víctima‖ así

también como ―victimario/a‖.

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10. El Director o profesional encargado del protocolo de Actuación, deberá brindar las condiciones

necesarias para dar cumplimiento, desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que

fuera informado y apoyar pedagógicamente a los niños/as para que su participación en el proceso de

investigación y/o reparación no afecte su desempeño escolar.

11. Director o profesional encargado del protocolo de Actuación debe estar dispuesto a colaborar la

justicia (Tribunales, Fiscalía, Policías) durante el proceso de investigación, facilitando información,

declarando como testigo, etc.

12. El Director debe informar al profesor jefe del niño afectado y convocar a un Consejo de

Profesores de su curso, a fin de acordar estrategias formativas, didácticas a seguir y de información a

los compañeros, además de definir fechas de evaluación del seguimiento.

Protocolo de acción si agresor/a tiene más de 14 años:

1. Informar a la Dirección del establecimiento, en el caso de que no se encontrará a encargado/a

de convivencia escolar.

2. Se debe informar a ambas familias por separado en forma clara y reservada lo ocurrido y los

pasos que se seguirán.

3. Se debe aplicar el Reglamento de Convivencia Escolar, considerando que este tipo de faltas

(abuso sexual o maltrato físico) constituye una falta grave, debe proceder la suspensión de clases.

4. Considerando que un niño/a mayor de 14 años es imputable ante la justicia, el Director del

establecimiento debe denunciar los hechos, en forma personal o a través de un oficio (dependiendo de

la gravedad de la situación) en la Policía de Investigaciones (PDI), Carabineros, o la Fiscalía o llevar al

niño/a o adolescente víctima a constatar lesiones si corresponde, en un plazo de 24 horas desde que se

toma conocimiento de lo ocurrido.

5. Dupla psicosocial debe informar a instituciones y/o centros dependientes del SENAME.

6. Seguimiento y acompañamiento al niño/a: Se debe entregar al niño apoyo, protección y

contención, al interior de la comunidad educativa cuidando de no estigmatizarlo como ―víctima‖ o

―victimario/a).

7. El Director o profesional encargado del protocolo de Actuación, deberá brindar las condiciones

necesarias para dar cumplimiento, desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que

fuera informado y apoyar pedagógicamente al o los niños/as para que su participación en el proceso de

investigación y/o reparación no afecte su desempeño escolar.

8. El Director o profesional encargado del protocolo de Actuación debe estar dispuesto a colaborar

la justicia (Tribunales, Fiscalía, Policías) durante el proceso de investigación, facilitando información,

declarando como testigo, etc.

9. El Director debe informar al profesor jefe del niño afectado y convocar a un Consejo de

Profesores de su curso, a fin de acordar estrategias formativas, didácticas a seguir y de información a

los compañeros, además de definir fechas de evaluación del seguimiento. No es necesario que los

docentes conozcan la identidad del niño/a afectado/a ni detalles de los hechos. El énfasis debe estar

puesto en evitar rumores, morbosidad y acciones discriminadoras por parte tanto de docentes como de

apoderados.

Si existen lesiones:

1.- Se le informa al equipo psicosocial, quien se comunicara dando aviso a la familia.

2.- Un miembro del equipo Psicosocial, trasladará al estudiante al Hospital de Cabildo. No es necesaria

la autorización del apoderado.

3.- Posteriormente se continúa el proceso de denuncia, antes mencionado

LO QUE DEBE Y NO DEBE REALIZAR EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL EN

CASO DE VULNERACION GRAVE Y/O ABUSO SEXUAL.

DEBE:

1. Dar inmediata credibilidad cuando el niño/a relata que es víctima de una situación de abuso o

maltrato. Es preferible actuar frente sospecha antes que no realizar acciones y convertirse en

cómplice de una vulneración de derechos.

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2. Acoger y escuchar al niño/a o adolescente, haciéndole sentir seguro y protegido.

3. Aplicar de manera inmediata el protocolo de actuación frente a situaciones vulneradoras de

derechos, contenido en el reglamento de convivencia escolar.

4. Resguardar la intimidad e identidad del niño/a en todo momento, sin exponer su experiencia

frente al resto de la comunidad educativa.

5. Derivar a las instituciones y organismos especializados.

6. Aclarar al niño/a que no es el culpable o responsable de la situación que lo afecta.

7. Promover la prevención y el autocuidado, propiciar la comunicación permanente con los padres,

madres y apoderados y favorecer la confianza y acogida a los niños/as para pedir ayuda.

8. Asegurarse de que el hecho sea denunciado. Toda persona adulta que tome conocimiento de una

situación de vulneración de derechos tiene la responsabilidad ética frente a la protección del

niño/a, por lo que debe asegurarse de qu e efectivamente se adoptaron las medidas para

protegerlo/a y detener la situación de abuso.

NO DEBE:

1. Actuar de manera precipitada e improvisada.

2. Interrogar al niño/a.

3. Investigar los hechos, esto último no es función del establecimiento, sino de los organismos

policiales y judiciales.

4. Minimizar ni ignorar las situaciones de maltrato y abuso.

PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR Y BULLYING

En el quehacer cotidiano, pueden surgir diversos problemas de convivencia y/o de violencia que

afectan las relaciones interpersonales y el clima escolar.

Por ello, es necesario que todos los estamentos de la comunidad educativa sepan los pasos a

seguir frente a la ocurrencia de comportamientos que vulneran la buena convivencia, a fin de que

conozcan los mecanismos de resolución y evitar arbitrariedades en la aplicación de las sanciones. 1. Tanto el reporte, como el procesamiento del hecho informado deben realizarse conforme a los

requerimientos del justo procedimiento: a) presunción de inocencia del/a estudiante acusado/a.

b) derecho a conocer por qué se le acusa.

c) derecho de hacer sus descargos y realizar su defensa, derecho de apelación.

Ello también es válido en cuanto a garantizar en estos procedimientos los derechos del/a afectado/a, como el de la protección frente a supuestas agresiones y apoyo para reparar el daño sufrido.

2. La denuncia inicial de algún conflicto puede realizarse por cualquier miembro de la comunidad

ante el Profesor Jefe, Directivo del establecimiento, Inspector.

3. El proceso de recopilación de información asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por la dignidad y honra del o los afectados, por parte de la encargado/a de

convivencia escolar.

4. De cada actuación y hechos ocurridos se debe dejar registro escrito en la ficha escolar.

5. Se debe brindar protección en todo el proceso al/a o los/as afectados/as, sean estos estudiantes, profesores/as o funcionarios/as, y se tomarán todas las medidas para que se puedan desempeñar normalmente.

6. Toda sanción o medida será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, en función del

reglamento interno y se respetará en todo momento la dignidad de los involucrados. Se podrán disponer de las siguientes medidas, según la situación lo requiera: • Medidas de resolución pacífica de conflictos: consisten en la aplicación de estrategias de diálogo, mediación y negociación como forma resolver situaciones constitutivas de faltas a la buena

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convivencia, realizado por encargado/a de convivencia escolar, cuerpo docente y/o estudiantes

mediadores/as Ejemplo: mediación en conflictos menores, negociación para lograr acuerdos y compromisos ante una falta reiterada, etc.

• Medidas Formativas: son medidas que permiten a los estudiantes tomar conciencia de sus actos,

aprender a responsabilizarse de ellos y desarrollar compromisos genuinos de reparación del daño,

como también ser derivados/as a la dupla psicosocial Ejemplo: limpiar algún espacio del establecimiento, ordenar su sala de clases, servicio a la comunidad educativa, etc.

• Medidas reparativas: consideran gestos de amabilidad y atención que un/a estudiante arrepentido/a

por agresión (es) cometido (s), puede tener con la persona agredida y que acompañan el

reconocimiento de haber infringido un daño. Ejemplo: enriquecer las relaciones, cerrar los conflictos, por lo tanto, liberar a las partes involucradas, reparar el vínculo, reforzar la capacidad de los/as

involucrados/as para resolver conflictos, etc.

Una vez adoptadas todas las medidas descritas en los protocolos de acción, el/a profesor/a jefe en conjunto e l / l a encargado/a de Convivencia Escolar se reunirá con los profesionales del

establecimiento involucrados: profesor/a jefe, dupla psicosocial, jefa UTP, la sub-directora y director respectivo del establecimiento llevarán a cabo un seguimiento de la situación, hasta que las conductas

y actitudes que gatillaron esta dinámica de hostigamiento estén completamente controladas.

Se deberá definir en primera instancia, a qué tipo de violencia escolar corresponde:

1. Acoso Escolar o Bullying: Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de

agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por

estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro/a estudiante, valiéndose

para ello de una situación de superioridad o de indefensión del/a estudiante afectado, que provoque

en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter

grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y

condición.

2. Violencia aislada: Se entenderá como situaciones puntuales entre estudiantes implicados o

implicadas en agresiones física como golpes ya sea con el cuerpo como objetos materiales,

asimismo agresiones verbales como injurias, garabatos, etc, es importante señalar que debe ser

especifico o poco frecuente.

3. Clima escolar negativo: Estudiante involucrado/a de manera constante en problemas

interpersonales o genera un ambiente escolar hostil a partir de burlas, insultos, golpes, rechazo

hacia uno o más compañeros/as.

PROTOCOLO EN CASO DE BULLYING Y/O HOSTIGAMIENTO ESCOLAR

1. Intervenir inmediatamente por parte de cualquier adulto/a del establecimiento en caso de que

observe alguna situación de hostigamiento y/o bullying. 2. Identificar con claridad a los y las implicadas, dejar constancia el relato en el Cuaderno de

Denuncias de Convivencia Escolar, así también notificar los hechos al encargado/a para llevar a

cabo investigación de lo sucedido.

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3. Ayudar y acompañar a quien fue agredido/a por parte de encargado/a de convivencia escolar,

como también a agresores/as. 4. Cautelar la privacidad y confidencialidad de los participantes en el hecho.

5. Se deberán aplicar las medidas correspondientes a la falta por parte de Director del

establecimiento.

6. Aplicar medidas formativas en el grupo de curso sobre el bullying, como también medias

pedagógicas, así también charlas preventivas a los cursos del ciclo que correspondan los y las

involucrados/as. 7. ¿? 8. Informar las medidas correspondientes según la falta cometida por parte de profesor/a jefe y/o

Director/a a los/as involucrados como a los/as apoderados de los/as estudiantes involucrados/as

por parte de encargado/a de convivencia escolar.

9. Derivación a equipo Psicosocial, si existe una conducta reiterativa, así también serán quienes

evaluarán posible derivación en caso de vulneración de derechos de cualquiera de los/as

involucrados/as.

10. Adopción de medidas de urgencia, en el caso de que existan lesiones: o Informar a las familias de la situación y de las medidas según la falta. o Derivar atención médica por parte de la dupla psicosocial, informándole previamente a

apoderado/a. o Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento. o Informar según corresponda la gravedad del hecho: Carabineros, PDI, Programa de la

red SENAME y otros.

PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR (VIOLENCIA AISLADA)

ENTRE ESTUDIANTES DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO 1. Intervenir inmediatamente por parte de cualquier adulto/a del establecimiento 2. Identificar con claridad a los y las implicadas. 3. Ayudar y acompañar a quien fue agredido 4. Ayudar y acompañar a quien cometió la agresión 5. Apoyar y recopilar, en forma prudente, información de quienes presenciaron el hecho por parte de

Dirección y/o Encargado/a de Convivencia Escolar. 6. Cautelar la privacidad y confidencialidad de los participantes en el hecho. 7. Un tercero que actúe de mediador; si es necesario adoptar medidas administrativas para evitar que el

hecho se repita. Este debe ser un estudiante mediador/a de conflicto o inspector, en el caso de que el

hecho sea grave o se presenten lesiones debe interferir Director del establecimiento y aplicar las

medidas correspondientes. ¿? 8. Informar las medidas correspondientes según la falta cometida por parte de profesor/a jefe y/o

Director/a a los/as involucrados.

9. Citar apoderado/a para darle a conocer los hechos y las medidas llevadas a cabo por parte de Inspector

o profesor/a jefe. 10. Derivación a equipo Psicosocial, si existe una conducta reiterativa. 11. Adopción de medidas de urgencia, en el caso de que existan lesiones:

Informar a las familias de la situación y de las medidas según la falta. Derivar atención médica por parte de la dupla psicosocial, informándole previamente a apoderado/a. Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento. Informar según corresponda la gravedad del hecho: Carabineros, PDI, Programa de la red

SENAME y otros. PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE ESTUDIANTES FUERA

DEL ESTABLECIMIENTO

1. Intervenir inmediatamente por parte de cualquier adulto/a del establecimiento, quien debe

informar a Director del establecimiento, asimismo si existe la certeza de los hechos y ocurrieron fuera del establecimiento se deben identificar los/as involucrados/as.

2. Se debe registrar en el Cuaderno de Denuncias de Convivencia Escolar por parte de Encargado/a de Convivencia Escolar y/o Director/a.

3. Ayudar y acompañar a quien fue agredido. 4. Ayudar y acompañar a quien cometió la agresión. 5. Apoyar y recopilar, en forma prudente, información de quienes presenciaron el hecho

por parte de Dirección y/o Encargado/a de Convivencia Escolar. 6. Cautelar la privacidad y confidencialidad de los participantes en el hecho.

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7. Informar las medidas correspondientes según la falta cometida por parte de profesor/a jefe y/o Director/a a los/as involucrados.

8. Citar apoderado/a para darle a conocer los hechos y las medidas llevadas a cabo. 9. Derivación a equipo Psicosocial, si existe una conducta reiterativa.

Adopción de medidas de urgencia o si se conforma un delito:

Informar a las familias de la situación y de las medidas según la falta. Asimismo se les informa para

que lleven a cabo Denuncia de los hechos y/o informarles sobre procedimiento en la Escuela. Derivar atención médica por parte de la dupla psicosocial, informándole previamente a apoderado/a. Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento. Informar según corresponda la gravedad del hecho: Carabineros, PDI, Programa de la red

SENAME y otros.

PROTOCOLO DE ACCIÓN PARA CLIMA ESCOLAR NEGATIVO

En el caso de existir clima escolar negativo, las medidas a seguir son:

1. Anotación en libro de clases de los/as agresores y/o agresor/a.

2. Si es de forma reiterativa la falta se cita a apoderado/a y si es necesario citación al apoderado, con

el fin de notificar, como también tomar medidas en conjunto con el fin de disminuir las conductas

disruptivas como también aminorar las consecuencias psicológicas en el caso de la víctima.

3. Se debe intervenir al curso con las siguientes medidas: 3.1 Jornadas de reflexión. 3.2 Asesoría a la profesora jefe. 3.3 Sensibilización y entrevista con algunos alumnos que puedan ayudar a mejorar el problema. 3.4 Medidas de protección al/a afectado/a 3.5 Medidas formativas para el/la agresor y/o agresores/as. 3.6 Medidas reparativas por parte del agresor o los agresores.

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PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE ADULTOS/AS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

1. En caso de que la violencia física entre adultos/as, que sea pesquisada de forma flagrante, el

colegio a través del Director solicitará la presencia policía en el establecimiento y se prestará

todo el apoyo investigativo del suceso, para el procedimiento legal.

2. Para estos casos se conformará una comisión integrada por Director, subdirectora, encargada de

convivencia y profesor/a jefe del/a estudiante (apoderado).

3. En el caso de que sean apoderados/as en conflicto entre sí, se mediará el conflicto y se les indicará salir del establecimiento, en el caso de que las agresiones sean graves y provoquen lesiones se denunciará de forma inmediata a Carabineros o PDI.

4. En el caso de que sea un apoderado hacia algún funcionario/a del establecimiento, Director mediara el conflicto y se tomarán acuerdos bilaterales. En el caso de que apoderado/a continúe con la conducta de forma reiterada e implique una amenaza para el/la funcionario/a se solicitará cambio de apoderado/a y prohibición de entrada al establecimiento.

5. A partir de las consecuencias investigación y sanción legal por un hecho de violencia y agresión, se procederá a la desvinculación del funcionario involucrado poniéndolo a disposición del Departamento de educación Municipal.

6. Se informará vía oficio los hechos acontecidos al Departamento de Educación Municipal.

7. En caso de un acto de violencia física, se solicitará la constatación de lesiones en el Servicio de salud correspondiente, siempre sea la agresión en el interior del establecimiento y se existe funcionario/a involucrado/a. En caso de que sean apoderados/as involucrados/as, serán estos que deberán proceder a llevar a cabo la denuncia.

PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE UN ESTUDIANTE A UN

ADULTOS/AS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1. Intervenir inmediatamente por parte de cualquier adulto/a del establecimiento 2. Identificar con claridad a los y las implicadas. 3. Ayudar y acompañar a quien fue agredido. 4. Ayudar y acompañar a quien cometió la agresión y aplicar las medidas correspondientes a la

falta, tanto como disciplinarias como reparatorias y formativas. 5. Cautelar la privacidad y confidencialidad de los participantes en el hecho. 6. ¿? 7. Informar las medidas correspondientes según la falta cometida por parte de profesor/a jefe y/o

Director/a a los/as apoderados/as. 8. Derivación a equipo Psicosocial, si existe una conducta reiterativa. 9. Adopción de medidas de urgencia, en el caso de que existan lesiones:

o Informar a las familias de la situación y de las medidas según la falta. o Derivar atención médica por parte de la dupla psicosocial, informándole previamente a

apoderado/a. o Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento. o Informar según corresponda la gravedad del hecho: Carabineros, PDI, Programa de la

red SENAME y otros. PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL PORTE Y USO DE ARMAS

De acuerdo a la normativa legal. El uso de las armas está tratado en el Código penal y en la ley

de control de armas cuyo texto refundido está en el Decreto Supremo 400 del Ministerio de defensa del

año 1978. En todo establecimiento educacional está prohibido portar todo tipo de armas (blancas y/o de

fuego), instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con

apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

DEFINICIÓN DE “ARMA”

1. Arma ―blanca‖ o ―corto punzante‖: Arma o herramienta que se caracteriza por su capacidad de cortar,

herir o punzar mediante bordes afilados o puntiagudos.

2. Arma de ―fuego‖: Dispositivo destinado a propulsar uno o múltiples proyectiles mediante la presión

generada por la combustión de un propelente. Dentro de esta definición también se incluyen las armas

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hechizas así como las de fantasía, como fogueo, u otras similares. También abarca a las municiones y

balas no percutadas.

PROCEDIMIENTO POR PORTE DE ARMA BLANCA O CORTO-PUNZANTE DENTRO DEL

ESTABLECIMIENTO

a) Todo mayor de 14 años que porte arma blanca corto-punzante

1. Quien sorprenda al alumno-a debe llevarlo a Inspectoría o Dirección.

2. Se escribe el relato de los hechos en el cuaderno de denuncia de Convivencia Escolar por parte de

Encargada/o Dirección, que luego debe firmar.

3. El Director debe realizar la denuncia en el organismo competente y llevar a cabo procedimiento como

falta gravísima.

4. Inspectoría debe dar aviso al apoderado para informar el hecho ocurrido y los procedimientos que el

colegio llevará a cabo.

5. Se deberá dejar registro de la fecha y hora de cada uno de los puntos enumerados anteriormente, así

como también un relato de los hechos.

b) Todo menor de 14 años que porte un arma blanca corto-punzante

1. Cualquier miembro del establecimiento que observe a algún menor de 14 años que este portando un

arma blanca corto-punzante deberá solicitar al alumno que haga entrega del arma y se requisa

inmediatamente.

2. Se comunicará al Encargado de Convivencia Escolar y/o Director, quien entrevistará al estudiante.

3. Se pide al/a estudiante que relate los hechos, los cuales serán escritos y leídos al estudiante para que

luego lo firme en cuaderno de Denuncias de Convivencia Escolar.

4. Se llamará al Apoderado para informar el hecho ocurrido y solicitar que asista de inmediato al

establecimiento.

5. Se deberá dejar registro de la fecha y hora de cada uno de los puntos enumerados anteriormente, así

como también un relato de los hechos.

PROCEDIMIENTO POR PORTE DE ARMA DE FUEGO DENTRO DEL

ESTABLECIMIENTO

a) Todo mayor de 14 años que porte arma de fuego dentro del establecimiento

1. Quien sorprenda al/a estudiante debe llevarlo a Dirección.

2. Se pide al/a estudiante que relate los hechos y deben ser escritos en el cuaderno de denuncias de

Convivencia Escolar ya sea por encargada/o de Convivencia Escolar o Director.

3. Director/a será el encargado de realizar la denuncia en el organismo competente.

4. Inspectoría debe dar aviso al apoderado para informar el hecho ocurrido y los procedimientos que el

colegio llevará a cabo.

5. Se deberá dejar registro de la fecha y hora de cada uno de los puntos enumerados anteriormente, así

como también un relato de los hechos.

6. Se denunciará el hecho a Carabineros, solicitando apoyo policial, y según el caso, de existir algún

lesionado o herido, el apoyo de un paramédico o técnico en enfermería, bomberos o apoyo de cualquier

otra índole pertinente más cercano al establecimiento.

7. La evacuación parcial o total si fuera necesario, en el entendido de que lo más importante es la

protección e integridad de las personas, seguido por la custodia del arma si ésta fuera entregada. La

requisa del arma y toda acción de esa naturaleza, ante situaciones de violencia por uso de armas,

la debe realizar la autoridad policial.

8. Se deberá dejar registro de la fecha y hora de cada uno de los puntos enumerados anteriormente, así

como también un relato de los hechos.

9. Se aplicará la sanción correspondiente de acuerdo al Manual de Convivencia como falta gravísima.

c) Todo menor de 14 años que porte arma de fuego dentro del establecimiento

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1. Cualquier miembro del establecimiento que observe a algún menor de 14 años que este portando un

arma de fuego deberá solicitar al/a estudiante que haga entrega del arma y si es menor de 10 años se le

quitara inmediatamente.

2. Se comunicará al Encargado de Convivencia Escolar y/o Director, quien entrevistará al estudiante y

se registrará en el Cuaderno de Denuncias de Convivencia Escolar.

3. Se llamara al Apoderado para informar el hecho ocurrido y solicitar que asista de inmediato al

establecimiento.

5. Se denunciará el hecho a Carabineros, solicitando apoyo policial, y según el caso, de existir algún

lesionado o herido, el apoyo de un paramédico o técnico en enfermería, bomberos o apoyo de cualquier

otra índole pertinente más cercano al establecimiento.

6. La evacuación parcial o total si fuera necesario, en el entendido de que lo más importante es la

protección e integridad de las personas, seguido por la custodia del arma si ésta fuera entregada. La

requisa del arma y toda acción de esa naturaleza, ante situaciones de violencia por uso de armas,

la debe realizar la autoridad policial.

7. Se deberá dejar registro de la fecha y hora de cada uno de los puntos enumerados anteriormente, así

como también un registro de los hechos.

8. Se realizará la denuncia del hecho en la OPD (Oficina de Protección de Derechos) por parte de Dupla

Psicosocial o Dirección.

9. Se aplicarán las sanciones de acuerdo al Manual de Convivencia como falta gravísima.

En estos casos la Escuela procederá a realizar la denuncia respectiva, sin perjuicio de que el hechor

entregue las armas a la Dirección General de Movilización

12. En todos estos casos la Escuela realizará la denuncia ante fiscalía y coordinará la investigación a

requerimiento de la autoridad.

Cuadro resumen:

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PROTOCOLO PREVENCIÓN Y SEGURIDAD ESCOLAR ASIGNATURA DE EDUCACIÓN FÍSICA –

Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAPROGRAMÁTICAS

Procedimientos para estudiantes desde pre-kinder a Octavo Básico

1. Las clases de Educación Física Y Salud, Educación Física y/o Talleres deportivos extra programáticos

como cualquier otra clase, están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos del colegio. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del profesor(a) o Monitor(a) a cargo del

curso.

El Establecimiento Educacional define e implementa prácticas que ayuden a prevenir el riesgo o dañ de los

estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas y/o deportivas. En el inicio de la clase se conversará sobre el uso responsable de materiales, auto cuidado y prevención de accidentes para

estudiantes. Se evitarán las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento.

3. El docente de Educación Física o Monitor/a del taller extra programático es el/la encargado/a del inventario de implementos deportivos (balones, conos, redes, colchonetas, etc.) que se mantienen en bodegas destinadas a ese uso.

4. Existirá una supervisión eficiente y eficaz del/la docente, Monitor/a o asistente de la educación dirigida hacia el adecuado comportamiento de los estudiantes, el uso de los materiales deportivos en clases de Educación Física, Talleres Extra-programáticos y recreativos.

5. Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún/a estudiante, el/la docente o Monitor/a encargado/a deberá informar al encargado/a de salud del colegio y director del establecimiento.

6. En caso de accidente escolar en la clase de educación física y/o actividades extra programática, se procederá según protocolo de accidente escolar.

7. Cuando el/la estudiante se exima de participar de la clase de Educación Física, Taller o actividad

deportiva, ya sea por enfermedad circunstancial o permanente deberá presentar la certificado médico y/o

comunicación escrita del padre/madre o apoderado/a, o verificar que se encuentre informado en la ficha de

matrícula o en Dirección de su eximición en la asignatura. Mientras, el/la estudiante no realice clases

prácticas de Educación Física o actividad deportiva deberá permanecer resguardado en la Biblioteca junto

al encargado/a realizando una actividad pedagógica designada por el profesor de Educación Física.

8. El/la profesor/a de Educación Física o Monitor de Talleres deportivos deberá revisar antes de cada actividad, el estado de los implementos deportivos. Frente a cualquier anomalía, deberá avisar

inmediatamente al Director del establecimiento para posteriormente reparar o reemplazar los insumos defectuosos.

9. El/la docente o monitor/a por lo tanto, tiene la responsabilidad de descartar aquellos implementos deportivos en mal estado, preocuparse por su mantención y buen uso y solicitar su reposición cuando sea necesario.

10. Durante el año escolar se entregará un díptico informativo promoviendo sobre el uso responsable y correcto del material deportivo y de los riesgos que corren los alumnos frente a su mala utilización.

11. Está estrictamente prohibido que los/as estudiantes del establecimiento muevan o trasladen, por sí solos, los implementos deportivos, sólo bajo la supervisión del/a docente o monitor/a a cargo (Ej.: mesas de ping-pong, cajón de gimnasia, bancas suecas, etc.)

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PROTOCOLO DE ACCIÓN DEPRESIÓN, INTENTO SUICIDA Y CONDUCTAS AUTOLESIVAS

1. Definición de intento suicida, depresión y conceptos asociados

a. Suicidio: Se considera suicidio el resultado fatal de una conducta autodestructiva que puede ser determinada por investigación forense, toxicológica, criminal, evidencia psicológica y declaración de familiares y/o testigos.

b. Intento suicida: Llamado también suicidio frustrado y no exitoso, es el acto que elige una persona para terminar con su vida, en donde esta tiene plena confianza que la muerte ocurrirá y fracasa en dicho intento.

c. Ideación suicida: Es la idea, pensamiento o deseo de quitarse la vida sin que esto se haya

intentado. Dichos pensamientos pueden ir desde creer que el resto quiere que muera, pensamientos transitorios y planes de como cometer suicidio. Cuando existen planes el riesgo es más alto de que el suicidio se realice.

d. Lesiones autolesivas: conductas autolesivas de una persona que no necesariamente

tienen como fin producir la muerte. Suelen producir en situaciones de conflictos en personas con alguna dificultad emocional, psicológica. Tienen un alto riesgo de cometer actos suicidas.

e. Depresión: La depresión es un trastorno del estado de ánimo, que puede ser transitorio o

permanente. Se pueden o no apreciar cualquiera de los siguientes signos o estados

conductuales: estado de ánimo triste, irritabilidad general, bajo interés por las actividades

habituales, insomnio o hipersomnia (trastorno del sueño), enlentecimiento o agitación

psicomotriz, sensación de debilidad física, sentimiento recurrente de culpa o inutilidad,

disminución de la capacidad intelectual, anhedonia, parasuicidio y pensamientos

recurrentes de muerte o suicidio. *Cualquiera de estos criterios, activara el plan de acción (punto 4).

2. Objetivo de este protocolo El objetivo de éste protocolo es definir las acciones necesarias a realizar durante una ideación suicida en los/as estudiantes del establecimiento.

Además de coordinar respuestas y retroalimentación de los organismos de salud competentes en dicha situación. Por otro lado, debe servir como guía para las acciones de prevención de conductas suicidas.

3. Prevención a. Acciones: Para la prevención se realizaran al menos un taller para estudiantes y

apoderados/as. Los cuales podrán ser impartidos, por el psicólogo y/o trabajadora social, en ocasiones extraordinarias éstos talleres pueden ser realizados por organismos o

personas externas acordes a la relevancia del tema que hayan sido coordinados para realizar dicha intervención.

b. Encargados: Director, dupla psicosocial y encargado de convivencia

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4. Plan de acción

Fase Encargado del proceso Acción

1- Detección de: Cualquier miembro de la Se informa al director.

intento de suicidio, comunidad educativa.

ideaciónsuicida,

parasuicidio y

sintomatología

depresiva,

conductas

autolesivas –

primeras 24 horas

2- Evaluación de la Psicólogo/a psicosocial. Evaluar Según los instrumentos

situación – Psicólogo/a PIE (solo si vigentes del servicio médico Viña

primeras 24 horas. corresponde al programa o el

del Mar-Quillota.

psicólogo/a psicopsocial no se Realizar entrevista psicológica.

encuentra). Realizar informe de derivación

Trabajadora Social (realizara la con los resultados de los

derivación). Instrumentos y entrevista psicológica. Exponiendo una

hipótesis diagnostica en dicho

informe.

Derivación a posta o servicio de

urgencia, según la gravedad del

asunto.

Aviso de la situación al

apoderado/a o adulto/a

responsable.

3- Seguimiento – Dupla psicosocial Se realizará monitoreo durante el

según el primer mes, el/la estudiante,

requerimiento. apoderado e institución en la que

fue derivado.

Intervención psicosocial

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monitoreo, seguimiento y

contención. Después del primer mes, cada 30

días máximo, se coordinará con la

institución en la que fue derivado

o con el profesional responsable,

para obtener retroalimentación de

la situación. Se repetirá esta

acción hasta que el alumno haya

egresado de la institución.

5. En caso de la ausencia de psicólogo a. Debe existir algunos de los criterios descrito del punto 1. b. Debe ser trasladado/a a un servicio de urgencia ya sea posta rural o urbana.

c. Se debe dar aviso a los padres/madres o apoderados/as del niño, niña o adolescente. d. Debe ser realizado seguimiento en los días posteriores, dando inicio a la fase 3 del punto

4.

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PROTOCOLO DE RETENCIÓN A ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES

ADOLESCENTES.

El embarazo en la adolescencia es uno de los factores que genera mayor impacto negativo sobre las trayectorias socioeducativas y laborales presentes y futuras de quienes se ven enfrentados a él, en particular las mujeres. En efecto sus determinantes obedecen a la naturaleza muy diversa, en el ámbito escolar está llamado a intervenir tanto de manera preventiva como remedial. La ley N° 19.688 que en el año 2000, modifica la ley N° 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza

en lo relativo al derecho de las estudiantes que se encuentran embarazadas o que sean madres lactantes,

señala que ―el embarazo y la maternidad no constituyen impedimento para ingresar y permanecer en

los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán garantizar facilidades

académicas del caso. Los principios base en que se inspira tienen plena vigencia y deben ser conocidos

por todos los actores de la comunidad educativa incluyendo los y las estudiantes y sus familias:

1. La constitución garantiza a todos los niños, niñas y jóvenes el ejercicio del derecho a la

educación. 2. El Estado tiene el deber de garantizar a todas las personas la igualdad ante la ley y la no

discriminación. Esto incluye el deber de velar porque los establecimientos educacionales de cualquier nivel no comentan discriminaciones o actos arbitrarios en contra de las estudiantes en situación de embarazo o maternidad y paternidad.

3. El Estado debe resguardar en los establecimientos educacionales de cualquier nivel , el ingreso y permanencia de las estudiantes que se encuentren en situación de embarazo o maternidad y paternidad

En tanto la ley N° 19.688 modifica la ley N° 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza, sobre la permanencia de estudiantes embarazadas y madres en el sistema escolar:

Los establecimientos, no pueden negar la matricula a una estudiante por estar embarazada o ser madre, lo que es resumen no es impedimento para ingresar y permanecer en un establecimiento educacional. Por lo contrario, deben otorgar facilidades para la reinserción y la permanecía escolar.

Los establecimientos que incumplan la normativa relacionada con la no discriminación de las estudiantes embarazadas y madres en el sistema escolar estarán incurriendo en la infracción a la normativa. Ante esa situación la Superintendencia de Educación o quien se delegue tiene la facultad de sancionar de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la infracción.

Los establecimientos deben entregar las facilidades académicas a las estudiantes embarazadas y

madres / padres para asistir regularmente al control prenatal, post parto y los que requiera el lactante. Esto implica brindar facilidades en la evaluación, apoyos pedagógicos especiales y un

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calendario flexible que les permita rendir todas la pruebas, facilidades en la exigencia de asistencia y facilidades para que las estudiantes puedan amantar a sus hijos(as).

Los Establecimientos no pueden impedir que una estudiante embarazada asista a clases. La asistencia regular a clases solo puede ocurrir si hay razones médicas que lo avalen. Además, la estudiante tiene derecho asistir regularmente a clases, dentro de la jornada misma y curso y cualquier cambio de naturaleza debe ocurrir en función de un informe del médico tratante.

Los Establecimientos no pueden establecer discrecionalmente un periodo prenatal y posnatal para las estudiantes madres y embarazadas. Ellas tienen derecho a asistir a clases durante todo su embarazo y a retomar a sus estudios después del parto. La decisión de no asistir durante los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta clases después del parto dependerá exclusivamente de las indicaciones médicas.

Los Establecimientos no pueden impedir la participación de las estudiantes embarazadas o

madres a eventos escolares, ceremonias de graduación o cualquier instancia de participación en la comunidad escolar.

En relación a la asistencia:

1. No se hará exigible el 85% de asistencia a clases durante el año escolar a las estudiantes en estado de embarazo o maternidad. Las inasistencias que tengan como causa directa por situaciones derivadas

del embarazo, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor a un año se consideran validas cuando se presenta certificado médico, carne de salud, tarjeta de control u otro documento

que indique las razones médicas de la inasistencia.

2. En el caso de que la o el estudiante tenga una asistencia a clases menor a un 50% durante el año

escolar, el director del establecimiento educacional tiene la facultad de resolver su promoción. Lo

anterior en conformidad con las normas establecidas en los decretos exentos de educación N°s 511 de 1997, 112 y 158, ambos de 1999 y 83 de 2001 o los que se dictaren en su reemplazo, sin perjuicio

del derecho de apelación de la estudiante ante la Secretaría Regional ministerial de Educación respectiva.

3. Se deberá elaborar un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación del/la estudiante, brindándoles el apoyo pedagógico necesario mediante un sistema de tutorías.

4. Nombrar a un Docente o Dupla Psicosocial como responsable para que supervise su realización.

Indicar la asistencia, permisos, y horarios de ingreso y salida, diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad.

5. Señalar que el estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico cada vez que falte

a clases por razones asociadas a embarazo, maternidad o paternidad.

ACCIONES SEGÚN LA ETAPA DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y CRIANZA

Respecto al periodo de embarazo:

1. Establecer, dentro de los derechos de la estudiante embarazada o progenitor adolescente, el permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona.

2. En el caso de la estudiante, velar por el derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producción una infección urinaria.

3. Facilitar durante los recreos, que las alumnas embarazadas puedan utilizar dependencias de la biblioteca u otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles accidentes.

1.1.Protocolo de actuación para estudiantes en proceso de embarazo

PROBLEMÁTICA CARACTERISTICAS DE ACCIONES

LA PROBLEMÁTICA

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Embarazo 1. Bajo cualquier 1. Dependiendo de quien reciba la

adolescente sospecha o dato información, existe un plazo de 24

concreto horas para devolver los antecedentes a

:

a). Director

b) Encargado/a de Convivencia Escolar o

Profesor Jefe.

c) Dupla Psicosocial.

2. El director debe Entrevistar la

estudiante con el fin de recabar antecedentes y confirmar la sospecha.

3. Citación al apoderado, entrevista que

se debe hacer Docente y Encargado de Convivencia Escolar.

4. Calendario de pruebas o

recalendarización de horarios

a).En el caso de la mujer al 5 o 6to mes de

embarazo, o dificultad antes del 5 mes debe presentar carnet de control o certificado

médico, durante el amamantamiento y el

primer año del bebe, se le entregara

flexibilidad de horario incluyendo o no el

calendario de pruebas. No obstante el/la

profesor/a jefe quien debe tener el registro

tanto de las asistencias como de las

evaluaciones de la estudiante.

b). En el caso del hombre: Se le entrega

flexibilidad de horario para poder acompañar

en el proceso.

4. Realzar Ficha de Derivación para la

Dupla Psicosocial.

1. Dificultades 1. La Dupla Recepciona la ficha de

Psicoeductivas o derivación

Psicosociales 2. Entrevista de Contextualización

familiar

3. intervención Psicológica/ Social

a) Intervención psicoeducativa Se realiza

una sesión al mes durante el proceso de embarazo.

4. Intervención Social

a). Visita domiciliaria / evaluación de ayuda

social

b) Seguimiento de la asistencia y notas.

c) Devolución del proceso

PROTOCOLO DE ACCIÓN PARA GIRAS O VIAJES DE ESTUDIO

Se envía las autorizaciones correspondientes a los apoderados para el viaje o gira de estudios, previamente coordinado. El Director solicita al Departamento de Educación Municipal un bus para el viaje, se envía un oficio a la Departamento Provincial de Educación Quillota- Petorca con los siguientes antecedentes:

1. Ficha de Patrocinio

2. Autorizaciones de los Apoderados

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3. Autorización del Director

4. Autorización del Centro General de Padres

5. Documentos del Conductor 6. Documentos del Bus

Cabe señalar, que este procedimiento se realiza con 15 días de antelación para ser enviado a la Dirección Provincial de Educación Quillota- Petorca, una vez que los antecedentes son acogidos. La Dirección Provincial envía una resolución autorizando el viaje.

Autorizada la actividad el estudiante debe presentar autorización escrita y formada por el/la apoderado/a para participar en la actividad, asimismo en caso de accidentes en la misma, el seguro escolar responde frente a los/as estudiantes.

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASOS DE CONSUMO Y TRÁFICO DE

DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO

Tráfico de drogas: El tráfico de drogas es un delito tipificado y sancionado en la Ley 20.000, a través

del cual se prohíbe el comercio ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas. En un

sentido estricto, el tráfico implica el desplazamiento de la droga de una mano a otra, a cualquier título,

esto es, a través de una venta, donación, préstamo, etc. En un sentido amplio, se entiende que trafica

todo aquel que importa, exporta, transporta, adquiere, transfiere, posee, suministra, guarda o porta

consigo tales sustancias o las materias primas que sirven para obtenerlas, sin la debida autorización.

Uso de drogas: Por uso de una droga se entiende el consumo de una sustancia que no produce

consecuencias negativas en el individuo. Este tipo de consumo es el más habitual cuando se usa una

droga de forma esporádica. El abuso se da cuando hay un uso continuado a pesar de las consecuencias negativas derivadas del mismo. No obstante que el uso de drogas siempre contribuye en el aumento del

riesgo de la salud de la persona. (Becoña, pg 47).

Uso indebido de drogas: El término Uso Indebido de Drogas ha sido cuestionado debido a que

involucra juicios de valor e inserta un componente moral a la conducta que para efectos de los estudios

epidemiológicos resulta problemático. Sin perjuicio de lo anterior, es una expresión ampliamente usada

que sirve para designar un conjunto de conductas relacionadas con el uso de drogas que puede ser útil

distinguir para analizar el problema desde otras perspectivas. De acuerdo a lo anterior, se distinguen las

siguientes categorías de uso indebido:

Uso excesivo: se refiere a la ingesta de cantidades grandes de droga en un momento dado

(consumo frecuente o intoxicaciones). Uso inoportuno: tiene relación con el contexto de la ingestión: lugar de trabajo, lugares

públicos, escuelas y actos sociales. Uso por Personas no Autorizadas Socialmente: por ejemplo, niños/as. Uso por Personas Especialmente Vulnerables: es decir, por personas propensas a sufrir

consecuencias adversas, por ejemplo, personas con predisposición genética, con trastornos de la personalidad, o enfermedades mentales propiamente tales. Uso Regular: por personas que hayan

sufrido consecuencias adversas, físicas, sociales o psicológicas. Consumo abusivo y consumo dependiente: Se refiere a consumo problemático de la droga,

provocando disfuncionalidad en la persona haciéndose consciente de este problema, así también síntomas de abstinencia e intolerancia a la droga manifestándose a través de sintomatología

física, psíquica y emocional.

El consumo antes de los 18 años de edad, en donde los riesgos son mucho mayores, haciendo más

probable el desarrollo del policonsumo (uso de más de una droga) y de la dependencia, como también problemáticas neurobiológicas en el desarrollo. Según los datos nacionales sobre consumo de drogas, en

promedio, la edad de inicio en el uso de drogas ilícitas es alrededor de los 20 años, sin embargo, existe un porcentaje mínimo de la población que se inicia a los 15 años o antes. Este último grupo es el

considerado de inicio precoz.

Drogas legales e ilegales: Son legales, en cuanto drogas, todas las sustancias cuyo uso no está

penalizado por la ley, entre estas, el tabaco y el alcohol; también caben dentro de esta categoría todos los

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medicamentos y fármacos que tienen efectos sicotrópicos, pero que pueden ser usados ilegalmente,

cuando se los emplea fuera de un contexto terapéutico. Existe otro grupo de sustancias legales de uso

casero o industrial, que también pueden ser empleados para obtener efectos sicotrópicos, tal es el caso de

los solventes volátiles o inhalables, como la acetona, el tolueno. Ilegales son todas las sustancias que

producen efectos sicotrópicos cuya comercialización y uso no está permitido por la ley, tal es el caso de

la cocaína y la marihuana entre muchas otras.

Frente al consumo de drogas como la sospecha de consumo se deben considerar los siguientes

aspectos:

1. Persona: Variables asociadas a las conductas del/a estudiante si esta se vuelve extraña o cambia de

forma repentina, las prácticas llevadas a cabo que se pueda inferir conductas sospechosas y de

consumo, como también el leguaje que utiliza, pueden dar atisbos del algún tipo de consumo en el/la

estudiante. 2. Entorno: Siempre se debe considerar en el entono socio-cultural en que se desenvuelve el o la

estudiante, asimismo si posee figuras significativas de contención, protección y resguardo. 3. Droga: El consumo de ciertas drogas evidencia sintomatologías específicas que pueden dar signos

de algún tipo de consumo:

3.1 Marihuana: Ojos rojos y más pequeños, olor evidente en las uñas de la manipulación de la droga, en una fase inicial euforia (locuacidad o risa fácil), incoordinación motora, sequedad en la boca, aumento de percepción luego a pasa a una fase de somnolencia, sedación y apetito exacerbado.

3.2 Pasta base: A parte de olor similar al fierro, rigidez muscular, dientes amarillos y estropeados, quemaduras en la boca, deseos con algo similar al pegamento, los efectos se dividen en cuatro etapas:

3.2.1 Etapa de euforia: Euforia. disminución de inhibiciones, sensación de placer, éxtasis, intensificación

del estado de ánimo, cambios en los niveles de atención, hiperexcitabilidad, sensación de ser muy

competente y capaz, aceleración de los procesos de pensamiento, disminución del hambre, el sueño

y la fatiga, aumento de la presión sanguínea, la temperatura corporal y el ritmo respiratorio.

3.2.2 Etapa de disforia: Sensación de angustia, depresión e inseguridad, deseo incontenible de seguir

fumando, tristeza, apatía, indiferencia sexual. 3.2.3 Etapa en que la persona empieza a consumir ininterrumpidamente cuando aún tiene dosis en la

sangre para evitar la disforia. 3.2.4 Etapa de psicosis y alucinaciones Otros efectos físicos: Pérdida de peso, palidez, taquicardia, insomnio,verborrea, midriasis (dilatación de

las pupilas), náuseas y/o vómitos, sequedad de la boca, temblor, hipertensión arterial, falta de coordinación, dolor de cabeza, mareos, picazón.

3.3 Cocaína: Movimientos de mentón como cajón, se mojan constantemente los labios con la lengua, en algunos casos aparecen tics como por ejemplo tocarse la nariz constantemente.

Efectos inmediatos (con dosis moderadas): ausencia de fatiga, sueño y hambre, exaltación del estado

de ánimo, mayor seguridad en sí mismo, la persona se percibe como alguien sumamente competente y

capaz, disminuyen las inhibiciones, aceleración del ritmo cardiaco y aumento de la presión arterial, aumento de la temperatura corporal y la sudoración, reacción general de euforia e intenso bienestar. Con dosis altas, algunos efectos pueden ser: Ansiedad intensa y agresividad., ilusiones y

alucinaciones, temblores y movimientos convulsivos, la sensación de bienestar inicial suele ir seguida por una bajada que se caracteriza por cansancio, apatía, irritabilidad y conducta impulsiva.

3.4 Alcohol: Depende de la dosis de consumo, por lo que los efectos inmediatos son: Desinhibición y

excitación, afecta la frecuencia cardiaca, dilata los vasos sanguíneos, irrita el sistema

gastrointestinal, estimula la secreción de jugos gástricos y la producción de orina, los centros

nerviosos superiores del cerebro se deprimen, afectando primero el habla, el pensamiento, el

entendimiento y el juicio, merma el equilibrio, la coordinación motora fina, la visión y el audio.

También se ven afectados los centros inferiores, alterando la respiración y los reflejos espinales

(respuesta involuntaria a nivel de la médula espinal. Entre ellas, el movimiento que hace que la

extremidad se acerque al cuerpo y se aleje del suelo, los que provocan un aumento de tensión en los

músculos exteriores para evitar la caída del cuerpo o la reacción de una extremidad). Al llegar a la

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intoxicación alcohólica, puede provocarse un estado de coma y alcanzar la muerte por depresión respiratoria (disminución de la función pulmonar).

A largo plazo: En términos acumulativos, su consumo puede irritar el estómago y producir gastritis,

daña el corazón, al producir trastornos del ritmo cardiaco e incluso insuficiencia cardiaca, daña el hígado, pudiendo derivar en una cirrosis. Su abuso puede generar trastornos mentales, como pérdida de

la memoria, deterioro del aprendizaje, inflamación de los nervios, e incluso el llamado síndrome de Korsakoff.

CONSUMO DE DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO.

Se prohíbe todo consumo de drogas, ya sea legales e ilegales, dentro del establecimiento, sólo se

autorizará aquellas con prescripción médica, en estudiantes quienes hayan presentado la documentación médica necesaria y que resguarde el uso, asimismo para los/as demás integrantes de la comunidad

educativa.

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL CONSUMO Y PORTE DE DROGAS DENTRO DEL

ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL POR PARTE DE ESTUDIANTES Sí el alumno es sorprendido portando drogas licitas e ilícitas:

1. Se retirarála evidencia.

2. El alumno es trasladado a dirección.

3. Se llama a encargado de convivencia escolar.

4. Se denuncia a PDI o Carabineros.

5. Se llama y se informa al apoderado, quien debe concurrir en forma inmediata al establecimiento

y tomar conocimiento de las medidas disciplinarias según el reglamento interno, y

entrevistarse con PDI o Carabineros. 6. Comunicación inmediata a las autoridades del centro educativo. Entrevista en profundidad con el

estudiante. (Encargado/a de convivencia). 7. Comunicación y solicitud inmediata a los padres-madres-encargados para que se presenten al centro

educativo. 8. Entrevista con los padres. (Se establecen compromisos), Como también derivación a la OPD, ya

que de si el niño o niña se encuentra con alguna droga se estan vulnerando sus derechos. 9. Levantar acta sobre la situación y lo actuado. En caso de consumo dentro del establecimiento o

porte, el detalle de toda decisión u acuerdo con el estudiante y los padres-madres- encargados. También se deben registrar las referencias del caso.

10. En casos del delito de tráfico de drogas: Denuncia ante los organismlegales correspondientes de acuerdo la ley 20000.

11. Informar al DEM del hecho ocurrido

12. Seguimiento del caso, por parte del equipo de convivencia y/o equipo psicosocial

13. Resguardo de la confidencialida

SI EL O LA ESTUDIANTE SE ENCUENTRA BAJO LOS EFECTOS EVIDENTES DE

1. El o la estudiante se retira de forma inmediata de la sala de clases, en el caso de que se encuentre en

otro lugar del establecimiento debe ser llevado a dirección. 2. Solo se acoge, no se le interroga ni tampoco dialogo reflexivo, ya que bajo algún tipo de drogas este

proceso no se podrá llevar a cabo de forma asertiva. 3. Se llama de forma inmediata al apoderado/a quien debe retirar al estudiante, en el caso de que el

apoderado/a no represente una figura de protección real se contacta a otra figura significativa, manteniendo al niño o niña en dirección bajo supervision de algún professional de establecimiento.

4. Se realiza reunion con apoderado/a con Director/a, Encargada/o de convivencia escolar y profesor/a jefe notificando lo sucedido, asimismo asumiendo compromisos.

5. Derivación a dupla psicosocial del/a estudiante quienes deben definer en que tipo de consumo en que se encuentra (experimental, occasional, habitual, abusive, depdndiente), quienes deben derivar a red co garantes de derechos, como también llevar a cabo un proceso de contención y monitoreo del caso.

6. En caso de que se deba intervener de forma clínica al niño o niña debido al consumo, se lleva a cabo Plan de recuperación e inclusion en la escuela, ya que se considera como una Necesidad Educativa Especial por lo que se debe gestionar adaptación curricular.

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FRENTE A SOSPECHAS DE CONSUMO Y/O TRÁFICO.

Si existe sospecha de consume de drogas como tráfico de la misma la/el encargada/o de convivencia

escolar llevará a cabo un proceso de investigación entre los/as involucrados/as de forma confidencial,

realizando entrevistas individuales las cuales debe registrar el en cuanderno de ―registros de

denuncias, violencia y/o abuso‖ para indagar los hechos. En caso de que se confirme la sospecha se

lleva a cabo el Protocolo de acción frente al consumo y porte de drogas dentro del

establecimiento educacional por parte de estudiantes, en caso de que las sospechas no sean

confirmadas se lleva a cabo dialogo reflexivo con los/as estudiantes, toma de acuerdos y entrevistas

con apoderado/a para darles a conocer el proceso y la implicación de sus pupilos/as en los hechos

investigados

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE AL CONSUMO DE DROGAS FUERA DEL

ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL POR PARTE DE ESTUDIANTES.

En el caso de sospecha y/o confirmación de consumo o tráfico de drogas de algún/a estudiante en

las afueras del colegio o situaciones privadas, la escuela pondrá en conocimiento al apoderado/a de la

situación en entrevista formal entregando información sobre centros de salud en cuales puede solicitar

ayuda, por parte del inspector y/o Director del establecimiento, asimismo por parte de la escuela se

deriva a OPD por vulneración de derechos, por lo que el o la estudiante ingresa a dupla psicosocial,

quienes llevarán a cabo proceso de contención y monitoreo.

TRÁFICO DE DROGAS.

En el caso de consumo o tráfico dentro del establecimiento detectado in fraganti, por parte de

los/as estudiantes la escuela procederá de acuerdo a lo indicado en la Ley Nº 20.000.- denunciando en

forma directa a carabineros o PDI. No obstante lo anterior, el/la inspector/a y/o dirección procederá a

implementar las medidas de acción para faltas gravísimas.

Por otro lado, en el caso de cualquier otro/a miembro de la comunidad educativa, se procederá de acuerdo a lo indicado en la Ley Nº 20.000.- denunciando en forma directa a carabineros o PDI, asimismo se finalizará de forma inmediata el contrato con el establecimiento.

La escuela favorecerá siempre la protección del/a estudiante en situación de riesgo por consumo

de drogas, por lo que se entiende que un niño, niña involucrado/a en tráfico de drogas es una víctima, por lo que se otorgará todas las facilidades para su permanencia en el establecimiento educacional o en

el sistema escolar y para la derivación en instituciones especializadas.

XI. DISPOSICIONES GENERALES.

CONSEJO DE CURSO. 1.- Es el órgano de representación y participación de los/as estudiantes de una clase. 2.- Está integrado por todos los/as estudiantes respectivos.

3.- El Consejo de Curso se realizará semanalmente y será asesorado por el Profesor del Curso dentro del horario de clases. Elegirán una Directiva que los represente. 4.- La directiva se elegirá por votación popular, pudiendo ser candidato todo/a estudiante que no haya incurrido en alguna falta gravísima. Las elecciones serán al inicio del año escolar.

RECURSOS. Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.

MEDIACIÓN. El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia

escolar. Este sistema incluirá la intervención de estudiantes, docentes, orientadores/as, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.

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PUBLICIDAD.

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

DOCUMENTACIÓN DEL COLEGIO

En el establecimiento deben permanecer al día los siguientes documentos:

Libro de asistencia de docentes y no docentes.

Cuaderno de correspondencia.

Cuaderno de excursiones, visitas y salidas. Libro de actas Consejo de Profesores.

Libro de actas Consejo Escolar. Libro de registro escolar.

Calendario de Reuniones de Apoderados y listado de firmas de apoderados asistentes.

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