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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación Superior
I.U.T. “Antonio José de Sucre”5º semestre: Relaciones Industriales
Puerto Ordaz, EDO. Bolívar
Bachiller:Barreto GlidysV-21250135
Ciudad Guayana, Julio 2014
Incidencias de la reforma de la LEY ORGANICA DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
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INTRODUCCION
Nuestra principal fuente de ingresos es el trabajo, lugar donde podemos
pasar, prácticamente, un cuarto de nuestra vida. Entre un trabajador y su
empleador se establece un nexo generador de derechos y obligaciones
para ambas partes en tanto el primero se encuentra en la entidad laboral
dentro de la jornada de trabajo, tiempo y espacio en el que se estará
sujeto a la jurisdicción y competencia del empleador. No obstante el
trabajador conserva el vínculo fuera del ámbito laboral de la entidad,
nexo que genera para él derechos aunque no obligaciones, al no
encontrarse dentro de la esfera de competencia del empleador.
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REFORMA DE LA LOTTT
Mediante la incidencia de la renovación de la reforma hubieron muchos
cambios beneficios y polémicos en Venezuela ya que el beneficiado
principal eran los trabajadores, hoy en día dicha reforma sigue vigente y
de total ayuda al trabajador colectivo.
Dichos cambios cambiaron de tal manera el antiguo y largo ejercimiento
laboral, Los únicos horarios que deben ser homologados por la Inspectoría
son los horarios convenidos, Cómo se solicitará en adelante el permiso
para trabajar horas extraordinarias, también Jornada sometida a
oscilaciones de temporada, también consideran las hora de descanso y
alimentación, Interrupción colectiva del trabajo, el descanso semanal,
muchos cambios que hacen que el trabajador cumpla de manera
adecuada sus labores.
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Queda claro para el legislador que en nuestro derecho positivo se
reconoce como términos diferentes la relación jurídica laboral y el vínculo
laboral, incluso ofrece la relación causal entre ambos, admitiendo que,
primeramente, debe existir un vínculo laboral que da origen a la relación
jurídica laboral, o dicho de otra manera, no debe existir esa relación si no
existe un vínculo laboral que la origine.
En común encontrar en la doctrina referencias a conceptos o definiciones
de la relación jurídica laboral, diferenciada de la relación laboral o de
trabajo por algunos autores, pero muy pocos la distinguen del vínculo
laboral, es así que, en ocasiones, confunden ambos términos o los usan
indistintamente dejando implícita la idea de que se trata de dos conceptos
diferentes.
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LEY ORGÁNICA
Una ley orgánica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular
ciertas materias. Se oponen o distinguen de la ley ordinaria a nivel de
competencias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son
necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoría absoluta o
cualificada. El fundamento de esta limitación es doble:
-Obligar a la regulación con amplia mayoría parlamentaria de ciertas materias
muy sensibles.
-Evitar esa regulación, que es mucho más difícil de modificar, en otro tipo de
materias más cambiantes y que necesitan de mayor flexibilidad en su
regulación.
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CONCLUSIÓN
Teniendo en consideración que la estabilidad laboral es de naturaleza
económico social, en este trabajo trataré de ilustrar el cambio de
concepción de la estabilidad laboral que se viene desarrollando en estos
tiempos teniendo como base el análisis de la globalización.
Considero que todo trabajo de investigación de carácter jurídico no debe
desligarse de la realidad presente, de los cambios sociales y económicos
que están sucediendo para poder contrastar y relacionar la teoría con la
práctica. Si bien el Derecho influye en la sociedad, ésta también influye en
el Derecho. Simplemente no soy capaz de concebir que pueda existir una
ciencia jurídica indiferente a los retos, que pueda existir ser humano
indiferente a los problemas de su tiempo.
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Anexos
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Las organizaciones
LOTTT
SE REGIRAN MEDIANTE LA LEY ORGANICA DE
TRABAJO
CONSTITUCION
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BIBLIOGRAFIA
LECTURA DE INTERNET PARA LA ELABORACION DE ESTE TRABAJO.
http://www.monografias.com/trabajos97/estabilidad-
laboral/estabilidad-lottt