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GENERALI HOGAR Manual de Producto

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GENERALI HOGARManual de Producto

cubierta G10351 Generali Hogar.indd 3 13/05/13 14:42

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Índice

Las diez respuestas de GeneraLi HoGar

1. ¿Qué es Generali Hogar? 5

2. ¿a quién se dirige? 5

3. ¿Qué cubre Generali Hogar? 5

3.1. Los bienes que forman parte la vivienda 5

3.2. La responsabilidad Civil 9

3.3. Capitales mínimos y máximos 10

4. ¿Cuáles son las garantías y límites de Generali Hogar? 11

5. ¿Qué servicios al asegurado incorporan los productos? 11

5.1. defensa jurídica 11

5.2. asistencia en el hogar 12

5.3. servicios para mascotas y plantas 12

5.4. protección para su teléfono móvil 12

5.5. servicios tecnológicos integrales 13

6. ¿Cómo se estructura Generali Hogar? 13

6.1. agrupaciones de garantías 13

6.2. Modalidades de contratación 15

7. ¿Cómo se calculan los capitales asegurados? 16

7.1. Valoración del continente 16

7.2. Valoración del contenido: Mobiliario y enseres 17

Generali HoGar

Manual de Producto

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7.3. La revalorización de capitales 17

7.4. infraseguro y regla proporcional 17

8. ¿Cómo se obtiene la prima? 17

9. ¿Hay recargos por siniestralidad? 19

10. ¿Cuáles son los puntos fuertes de Generali Hogar? 19

anexos 22

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1. ¿Qué es Generali Hogar?Es un seguro multirriesgo para vivienda, concebido como respuesta única y flexible a las necesidades de distintos segmentos de mercado. Viene a sustituir a la gama de cuatro productos creada en julio de 2010 con el nacimiento de Generali Seguros, tras la fusión de Estrella y Vitalicio, y que ha funcionado con éxito en este tiempo de transición y consolidación de la compañía. Heredero de todos, Generali Hogar recoge lo mejor de cada uno y armoniza y supera las diferencias entre ellos.

Generali Hogar hace de la actividad de la vivienda su núcleo central. De los usos Vivienda principal, Vivien-da secundaria, Vivienda arrendada a un inquilino y Vivienda sin ocupación, se despliegan de una forma sencilla las garantías más adecuadas a cada actividad que pueden ser contratadas.

2. ¿A quién se dirige?Generali Hogar se dirige a todas las clases de vivienda:

• Principales o secundarias, cedidas en arrendamiento e incluso desocupadas (estas últimas bajo determinadas condiciones).

• Pisos en altura o en planta baja, casas urbanas o rurales adosadas, chalés adosados o pareados, chalés independientes, casas de campo y hasta modelos menos convencionales, como las casas móviles (con instalación permanente).

• En régimen de propiedad o alquiler.• Ubicadas dentro de casco urbano o fuera de él.• De cualquier tamaño y calidad de construcción.

Y de personas:

• A los que tienen un concepto práctico y funcional de la vivienda, y a los que la conciben como un espacio de exclusividad.

• Desde los que quieren coberturas básicas pero suficientes a un precio ajustado, hasta quienes buscan altas prestaciones, mayor protección y más servicios, dispuestos a pagar más por ello.

En definitiva, el mercado potencial de Generali Hogar comprende todos los segmentos de clientela y la práctica totalidad del parque de viviendas en España: 25,8 millones*, según datos del Ministerio de Fomento, a diciembre de 2010.

3. ¿Qué protege Generali Hogar?

3.1. Los bienes que forman parte de la vivienda

El continente

Es el edificio o parte del edificio destinado a vivienda que se describe en las condi ciones particulares. Se incluyen en este concepto los siguientes elementos priva tivos de la vivienda asegurada:

(*) El 68% de éstas corresponde a viviendas principales y el 31% a secundarias; el 86% tienen régimen de propiedad y el 14% de arrendamiento u otro tipo de cesión.

LAS DIEZ RESPUESTAS DE GENERALI HOGAR

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a) Las unidades de construcción, tanto de la propia vivienda como de sus anexos, tales como ci-mientos, estructura, paredes, techos, suelos, cubiertas, fachadas, aparatos sanitarios, puertas, ventanas y claraboyas y sus cristales fijos.

b) Instalaciones fijas de agua, gas, electricidad, telefonía, domótica, seguridad, calefacción y refri-geración, así como los aparatos y elementos fijos necesa rios para su funcionamiento (calderas, calentadores, acumuladores, radiadores, aparatos de aire acondicionado, bombas de calor y similares, siempre que es tén colocados de forma fija en el inmueble).

c) Armarios empotrados, persianas y toldos, así como revestimientos de ornato adheridos perma-nentemente a los paramentos de la vivienda y sus anexos: escayola, incluida la de falsos techos, pintura, papel decorado, tela, moqueta, madera y similares, salvo los tapices y murales.

d) Antenas de radio y televisión, placas de energía solar para producción propia y los elementos fijos necesarios para su funcionamiento, farolas, postes y simi lares instalados de manera fija en el inmueble o finca.

e) Muros, vallas y cercas dependientes o independientes del edificio asegurado de cerramiento o de contención de tierras, caminos y otras superficies asfalta das, embaldosadas o empedradas, que sean parte integrante del inmueble y se utilicen para acceder al mismo.

f) Piscinas, estanques, pozos y sus correspondientes equipos fijos; frontones, pistas de tenis y otras instalaciones deportivas y de recreo fijas y que no sean de hierba.

g) En general, todos aquellos bienes que no puedan separarse del edificio sin quebrantamiento o menoscabo del mismo.

h) En caso de copropiedad, los elementos comunes de acuerdo con el coeficiente de participación de la vivienda y sus anexos.

No se considera Continente:

• Los muebles y sus elementos, incluidos los de cocina, aún cuando se ha llen instalados permanentemente.

• El terreno donde se asienta la edificación.• Los edificios en curso de construcción.• Árboles, plantas y césped, salvo contratación expresa de la garantía opta tiva Reconstruc-

ción del jardín.

Formas de contratación del continente:

• A valor total: El capital asegurado debe ser igual al precio de reconstrucción del in-mueble. En caso de resultar insuficiente, se produce infraseguro y puede dar lugar a la aplicación de la regla proporcional en la liquidación de los siniestros.

• A primer riesgo: Los daños al inmueble quedan garantizados hasta el capital asegu-rado, sin tener en cuenta el precio de reconstrucción. En este forma de contratación no se produce infraseguro.

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El contenido

Es el conjunto de bienes muebles para uso privado y doméstico propiedad del asegurado, de los miembros de su unidad familiar y del personal doméstico a su servicio, cuando convivan de forma permanente en el domicilio asegurado, siempre que estos bienes se encuentren en el interior de la vivienda o en sus dependencias anexas cerradas con llave, excepto para lo expresamente indicado en la cobertura de Robo y expoliación de contenido en jardines, patios y terrazas.

El contenido está formado por tres grupos de bienes u objetos:

Mobiliario y enseres:

a) Muebles de la propia vivienda, incluyendo muebles fijos, como los de coci na.

b) Ajuar doméstico, como ropa de cama, mantelería y toallas.

c) Menaje del hogar, como baterías de cocina, cristalerías, cuberterías y vaji llas, y víveres.

d) Elementos y objetos decorativos no fijos.

e) Ajuar y objetos de uso personal, como vestuario y sus complementos, bisutería, relojes, libros, discos e instrumentos musicales.

f) Electrodomésticos, incluyendo estufas y aparatos de aire acondicionado sin instalación fija, apa-ratos de imagen y sonido, teléfonos, ordenadores y otros equipos electrónicos de uso personal.

g) Herramientas, pequeña maquinaria y materiales para reparaciones domés ticas, bricolaje, jardi-nería y horticultura de autoconsumo.

h) Bicicletas, patines, sillas de ruedas, aún con motor, y vehículos a motor eléctrico considerados juguetes, tablas de esquí, surf y similares.

i) Joyas, hasta un máximo en conjunto de 3.000 euros en primer riesgo.

j) Cuando en la vivienda, usada principalmente para habitación, el asegurado o los miembros de su unidad familiar, ejerzan una actividad profesional en des pacho, consultorio o estudio artístico o artesanal, el mobiliario y enseres propios de dicha actividad, hasta un límite del 25% del capital asegu rado de Mobiliario y enseres, máximo 25.000 euros en total y 3.000 euros por objeto.

k) Bienes personales de terceros que ocasionalmente ocupen la vivienda, hasta un límite de 1.000 euros a primer riesgo.

I) Muebles de exterior en jardines, patios y terrazas de la vivienda. Estos bienes se garantizan únicamente para las siguientes coberturas de Garantías básicas para la vivienda (Art. 2º): Incendio, Explosión e implosión y Caída del rayo, Daños por humo, Impactos desde el exterior, Rotura de elementos del mobiliario y Robo y expoliación del contenido, con los límites indicados en cada una de ellas.

No se considera Mobiliario y enseres:

• Joyas, cuando su valor en conjunto exceda de 3.000 Euros.• Lingotes o piezas de oro u otros materiales preciosos y piedras precio sas o perlas sin

engarzar, cualquiera que sea su uso o valor.• Obras de arte y objetos especiales con valor unitario superior a 3.000 euros y que se en-

cuentren comprendidos en el apartado obras de arte y objetos especiales.

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• Vehículos a motor, remolques, caravanas y embarcaciones de recreo.• Escrituras, títulos, manuscritos, planos, billetes de lotería, sellos de co rreos, timbres y, en

general, documentos o recibos que representen su valor o garantía en dinero.• Dinero en efectivo y cheques, salvo en los supuestos expresamente previstos en esta póliza. • Muestrarios comerciales, software y programas informáticos de cual quier clase.• Animales vivos.

Joyas:

Objetos de mero ornato personal en cuya composición intervenga oro, platino o cualquier otro metal precioso, piedras preciosas o perlas.

Si el valor conjunto de estos bienes supera la cantidad de 3.000 euros, debe contratarse capital para ellos en exceso de esta cantidad, para estar conside rados incluidos en las coberturas de esta póliza. Además, no se considera incluida en el seguro cualquier pieza de valor unitario superior a 6.000 euros que no haya sido declarada de forma separada y con imputación de su valor en las condiciones particulares.

El capital de joyas se contrata en alguna de estas dos situaciones:

• Fuera de caja fuerte• En caja fuerte (más de 100 Kg de peso o empotrada en la pared).

Importante: Cuando una joya tenga atribuido un valor superior a 20.000 euros, se deberá aportar documentación que lo acredite (factura o tasación por especialista reconocido, cer-tificado de autenticidad y fotografías).

El capital asegurado para estos bienes se considera a valor total.

No se consideran Joyas:

• Relojes, aún de oro u otros metales preciosos.• Muestrarios de joyería con fines comerciales.• Lingotes o piezas de oro u otros metales preciosos sin función orna mental.• Piedras preciosas o perlas sin engarzar o destinadas a usos profesiona les.

JOYAS

Contratar capital en exceso de cobertura básica 3.000 7

Declarar piezas de valor unitario superior a: 6.000 7

Documentar piezas de valor unitario superior a: 20.000 7

Obras de arte y objetos especiales:

Bienes con un valor unitario, individual o del conjunto de objetos que constitu yan una colección o juego, superior a 3.000 euros. En concreto:

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a) Cuadros, dibujos, obras gráficas, esculturas y, en general, objetos con un valor específico y reconocido en el mercado del arte.

b) Antigüedades.c) Alfombras y tapices.d) Colecciones filatélicas y numismáticas.e) Cuberterías u objetos de plata.f) Abrigos de piel.g) Relojes, estilográficas y mecheros, aún de metales y/o piedras preciosos.h) Objetos decorativos de metales y/o piedras preciosos.i) Instrumentos musicales.

No se considera incluido en el seguro cualquier objeto de valor unitario superior a 6.000 euros que no haya sido declarado de forma separada y con imputación de su valor en las condiciones particulares.

Importante: Cuando una obra de arte u objeto especial tenga atribuido un valor superior a 20.000 euros, se deberá aportar documentación que lo acredite (factura o tasación por especialista reconocido, certificado de autenticidad y fotografías).

El capital asegurado para estos bienes se considera a valor total.

No tienen consideración de Obras de arte y objetos especiales:

• Lingotes o piezas de oro u otros metales preciosos sin función orna mental.• Piedras preciosas o perlas sin engarzar o destinadas a usos profesionales.

OBRAS DE ARTE Y OBJETOS ESPECIALES

Valor unitario superior a: 3.000 7

Declarar obras/objetos de valor unitario superior a: 6.000 7

Documentar obras/objetos de valor unitario superior a: 20.000 7

Por valores unitarios entre 3.000 y 6.000 7 se hará un declaración conjunta.

3.2. La responsabilidad civil

Generali Hogar contempla también la cobertura de daños a terceros por responsabilidad civil atribuible al asegurado, de acuerdo con la regulación del Código Civil. Su alcance depende del uso de la vivienda y las ampliaciones contratadas, en su caso.

De la vivienda: Derivada de la propiedad y uso de la vivienda. Incluye los daños con origen en ele-mentos comunes del edificio, en ausencia de seguro comunitario y en la proporción que corresponda al asegurado en la copropiedad del mismo.

Privada (personal y familiar): Por actos u omisiones involuntarios, atribuibles al asegurado, los miembros de la unidad familiar y las personas que del asegurado dependan, en el ámbito de la vida privada, con arreglo a la responsabilidad civil extracontractual definida en los artículos 1.902, 1.903 y 1.910 del Código Civil.

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Animales domésticos (perros y gatos de compañía): Dentro de la responsabilidad civil privada, se incluye la derivada de por la propiedad y tenencia de animales de perros y gatos, con la excepción de los perros considerados peligrosos.

Perros peligrosos: Por la propiedad y tenencia de perros de guarda y defensa y los considerados potencialmente peligrosos por la legislación vigente (RD 287/2002): Razas o cruces de razas tales como Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo argen-tino, Fila brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu; perros de razas o cruces de razas distintas, pero que reúnan determinadas características de tamaño, musculatura, fuerza, vigor y agresividad.

Arrendador frente al inquilino: Daños al inquilino en su persona y bienes como consecuencia de in-cendio, explosión o escapes de agua con origen en instalaciones del propietario de la vivienda arrendada.

Inquilino frente al arrendador (locativa): Daños causados en la vivienda ocupada en régimen de alquiler por el asegurado como consecuencia de incendio, explosión o escapes de agua con origen en los bienes muebles de su propiedad o en el uso involuntariamente indebido de las instalaciones de la vivienda.

RESPONSABILIDAD CIVILUsos de la vivienda

Principal Secundaria Arrendada Sin ocupación

De la vivienda Sí Sí Sí Sí

Privada Sí No No No

Animales domésticos (perros y gatos) Sí No No No

Perros peligrosos Optativa No No No

Arrendador frente a inquilino No No Sí No

Inquilino frente al arrendador (Locativa) Sí Sí No No

3.3. Capitales mínimos y máximos

CAPITALES CONTRATABLES Mínimo Máximo*

Continente a valor total 25.000 7 —

Continente a primer riesgo** 10.000 7 30.000 7

Contenido: Mobiliario y Enseres 2.500 7 —

Joyas (en exceso de 3.000 7) 1.000 7 —

Joyas en caja fuerte 1.000 7 —

Obras de arte y objetos especiales 3.000 7 —

Responsabilidad civil** 150.000 7 1.000.000 7

Reconstrucción del jardín — 50.000 7

Vehículos en garaje cerrado — 50.000 7

Robo de dinero caja fuerte — 6.000 7

(*) Los capitales máximos dependen del tipo de riesgo y están sujetos a reglas de nego-cio, normas de selección y límites de reaseguro.

(**) Contratación de opciones de capital

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4. ¿Cuáles son las garantías y límites de Generali Hogar?(En el Anexo III se presenta un esquema con las garantías y límites del producto).

5. ¿Qué servicios al asegurado incorpora el producto?

DEFENSA JURÍDICAUsos de la vivienda

Principal Secundaria Arrendada Sin ocupación

Defensa jurídica y reclamación Sí Sí Sí Sí

Defensa ampliada Optativo Optativo No No

Defensa ampliada exclusiva Optativo Optativo No No

Defensa jurídica del arrendador No No Optativo No

SERVICIOSUsos de la vivienda

Principal Secundaria Arrendada Sin ocupación

Asistencia en el hogar Sí Sí Sí Sí

Servicios para mascotas y plantas Optativo No No No

Protección teléfono móvil Optativo No No No

Servicios tecnológicos integrales Optativo No No No

5.1. Defensa jurídica

Defensa jurídica y reclamación de daños

• Asesoramiento jurídico y ayuda legal.• Reclamación de derechos relativos a la vivienda.• Reclamación de derechos relativos a la persona.

Defensa ampliada

• Incumplimiento de contratos de servicios, suministros y cosas muebles.• Infracciones administrativas relacionadas con la vivienda.• Impugnación del valor catastral.• Defensa del consumidor.• Defensa del contribuyente.• Acceso a red de abogados y gestorías.

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Defensa ampliada exclusiva:

Además de lo comprendido en Defensa ampliada, lo siguiente:

• Reclamaciones del servicio doméstico.• Contratos laborales.• Incumplimiento de obligaciones en casos de separación o divorcio.• Gestión del proceso sucesorio.• Asesoramiento en gestión administrativa.• Asesoramiento fiscal.

Defensa jurídica del arrendador

• Asesoramiento jurídico.• Reclamación de derechos relativos a la vivienda arrendada.• Defensa de responsabilidad penal del arrendador.• Reclamaciones al inquilino (impagos, daños, obras no consentidas).

5.2. Asistencia en el hogar

• Envío de reparadores en caso de siniestro.• Cerrajero urgente cuando no se pueda acceder a la vivienda por cualquier causa accidental que

impida la apertura de la cerradura. • Electricista urgente en caso de ausencia total de suministro eléctrico en la vivienda con origen ac-

cidental en el interior de la misma. • Envío de un “manitas” para pequeños trabajos de mantenimiento y bricolaje en la vivienda. • Conexión con un profesional cuando el asegurado quiere realizar reparaciones o reformas no cu-

biertas por la póliza.

5.3. Servicios para mascotas y plantas

• Asistencia al propietario de mascotas y plantas.• Veterinario urgente.• Reserva de hora para consulta en centro veterinario.• Hospitalización de la mascota por enfermedad o accidente.• Segunda opinión veterinaria.• Consejo veterinario de medicina preventiva y tratamientos alter nativos.• Guardería de animales.• Recogida y transporte.• Comida a domicilio.• Búsqueda del animal perdido.• Organización de entierro e incineración.

5.4. Protección para su teléfono móvil

• Daños accidentales.• Uso fraudulento por robo.

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5.5. Servicios tecnológicos integrales

• Asistencia informática y tecnológica.• Copia de seguridad on-line.• Recuperación de datos.• Indemnización por acceso fraudulento a cuentas bancarias.• Gestión del suministro de acceso a Internet.• Rastreo de ordenadores robados.• Gestión del final de la vida digital.• Descargas de software.• Protección legal por uso de nuevas tecnologías.

La anterior relación de servicios es meramente enunciativa. Para conocer límites y exclusio-nes, consultar las Condiciones Generales del producto.

6. ¿Cómo se estructura Generali Hogar?

6.1. Agrupaciones de garantías

Generali Hogar se compone de las siguientes agrupaciones de garantías:

• Garantías básicas de la vivienda.• Garantías de daños consecuenciales.• Garantías fuera de la vivienda.• Garantías optativas.• Garantías optativas de la vivienda arrendada.• Responsabilidad civil.• Defensa jurídica.• Servicios.

El uso de la vivienda determina cuáles se pueden contratar o no para cada uno. (Ver cuadro página siguiente).

Las garantías pueden ser obligatorias, recomendadas u optativas.

Obligatorias: Nunca son excluibles y son las mínimas con que debe contar cualquier póliza de Ge-nerali Hogar.

Recomendadas: Son las que consideramos indispensables en cualquier póliza de Generali Hogar para disponer de un seguro multirriesgo básico, pero suficiente. Las incluimos por defecto, pero al no ser obligatorias se pueden excluir de contratación si el tomador/asegurado lo solicita.

Optativas: El tomador/asegurado debe solicitarlas para su inclusión en la póliza. Sin embargo, si se elige la contratación por paquetes, algunas optativas pueden estar incluidas en ellos, por considerarlas adecuadas para el perfil de cliente.

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AGRUPACIONES DE GARANTIAS GARANTIAS

USOS DE LA VIVIENDA

PRINCIPAL SECUNDARIA ARRENDADA SIN OCUPACIÓN

GARANTIAS BÁSICAS PARA LA VIVIENDA

Incendio y otros daños Obligatoria Obligatoria Obligatoria Obligatoria

Fenómenos meteorológicos Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

Daños por agua Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

Roturas Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

Robo y vandalismo Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

GARANTÍAS DE DAÑOS CONSECUENCIALES

Demolición, salvamento y otros gastos Obligatoria Obligatoria Obligatoria Obligatoria

Inhabitabilidad temporal Recomendada Recomendada

Pérdida de alquileres Recomendada

Restauración estética continente Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

GARANTÍAS FUERA DE LA VIVIENDA

Atraco/Tarjetas Recomendada

Desplazamientos temporales Optativa

GARANTÍAS OPTATIVAS

Ampliación Hogar Confortable Optativa Optativa Optativa

Ampliación Hogar Exclusivo Optativa Optativa

Todo riesgo accidental Optativa Optativa

Reconstrucción del jardín Optativa Optativa

Vehículos en garaje cerrado Optativa Optativa

Dinero en caja fuerte Optativa Optativa

GARANTÍAS OPTATIVAS DE LA VIVIENDA ARRENDADA

Daños malintencionados inquilino

Optativa

Impago de alquileres Optativa

RESPONSABILIDAD CIVIL

De la vivienda (propietario o inquilino) Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

Del arrendador frente al inquilino Recomendada

De la vida privada Recomendada

De perros peligros Optativa

DEFENSA JURÍDICA

Defensa jurídica y reclamación Recomendada Recomendada Recomendada Recomendada

Defensa ampliada Optativa Optativa

Defensa ampliada exclusiva Optativa Optativa

Defensa jurídica del arrendador Optativa

SERVICIOS

Asistencia en el hogar Obligatoria Obligatoria Obligatoria Obligatoria

Servicios para mascotas y plantas Optativa

Protección de su teléfono móvil Optativa

Servicios tecnológicos integrales Optativa

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6.2. Modalidades de contratación

Como facilidad para la contratación, Generali Hogar puede presentar para cada solicitud de seguro hasta un máximo de tres modalidades o paquetes prediseñados, según las características de la vivienda informadas en el cuestionario de captación de datos. Sólo es necesario elegir la modalidad más adecuada entre las propuestas.

• Modalidad Hogar práctico: Destinada a viviendas sencillas y funcionales, de pequeño o me-diano tamaño.

• Modalidad Hogar confortable: Más garantías y límites más elevados para una mayor protección del confort del hogar. Adecuada para segmentos de vivienda de calidad media y alta.

• Modalidad Hogar exclusivo: Dirigido a viviendas de calidad medio-alta, alta y lujo y a clientes más exigentes. Se incorporan ampliaciones de garantías y servicios y se incrementan los límites de cobertura.

(Ver comparativo de estas modalidades en el Anexo IV).

Pero también es posible una configuración libre o “a la carta” del seguro eligiendo entre las garantías y límites disponibles para cada uso de la vivienda, siempre que se cumplan unos requisitos mínimos de capital y/o prima.

GARANTíA OpciónCapitales mínimos

(contratación independiente) Prima neta

mínimaContinente Cte. P. Riesgo Mobiliario

Restauración estética del continente

1.500 Mínimo 10.000 7 • •

3.000 50.000 7 20.000 7 • •

4.500 100.000 7 30.000 7 • •

6.000 300.000 7 • • •

Atraco fuera del hogar

500 • • Mínimo •

1.000 • • 40.000 7 •

1.500 • • 50.000 7 •

Ampliaciones

Hogar50.000 7 20.000 7 20.000 7 100 7

Confortable

Hogar100.000 7 30.000 7 40.000 7 175 7

Exclusivo

Responsabilidad Civil

150.000 Mínimo 10.000 7 Mínimo •

300.000 50.000 7 20.000 7 20.000 7 •

450.000 100.000 7 30.000 7 40.000 7 •

600.000 Continente + Contenido = 300.000 7 •

1.000.000 Continente + Contenido = 500.000 7 •

REqUISITOS MÍNIMOS DE CAPITAL/PRIMA

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7. ¿Cómo se calculan los capitales asegurados?

7.1. Valoración del continente

Módulos de construcción

Para el cálculo del capital asegurado de continente, se deben tener en cuenta cuatro factores:

• Tipo de vivienda• Superficie total construida (1)

• Calidad de la construcción: sencilla, media, alta y lujo (2)

• Zona geográfica: tres zonas según provincias (3)

Al cruzar la calidad con la zona geográfica, se obtiene un módulo de construcción que, multiplicado por la superficie total construida (m²), proporciona el capital recomendado como asegurado para cada tipo de vivienda.

MÓDULOS DE CONSTRUCCIÓN ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3

PISO EN EDIFICIO DE VIVIENDAS

CALIDAD SENCILLA 800 680 620

CALIDAD MEDIA 900 800 725

CALIDAD ALTA 1.100 920 835

CALIDAD LUJO 1.400 1.040 945

VIVIENDA UNIFAMILIAR ADOSADA O PAREADA

CALIDAD SENCILLA 850 765 645

CALIDAD MEDIA 1.000 900 800

CALIDAD ALTA 1.300 1.035 900

CALIDAD LUJO 1.500 1.170 1.000

VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA

CALIDAD SENCILLA 935 845 710

CALIDAD MEDIA 1.100 990 880

CALIDAD ALTA 1.430 1.140 990

CALIDAD LUJO 1.650 1.290 1.100

(1) La superficie construida queda definida por el suelo de la vivienda dentro de los límites determinados por la líneas perimetrales de las fachadas, más los espacios exteriores de uso privativo (terraza, porches, tendederos...) y las dependencias o construcciones accesorias que cumplan función de anexo de la vivienda (trasteros, garajes…). Incluye también la parte de la propiedad indivisa en caso de copropiedad del edificio (las llamadas zonas comunes). Toda esta información está recogida en el Catastro (www.sedecatastro.gob.es).

(2) Ver cuadro orientativo en el apartado Anexos de este Manual de producto.

(3) Zonas geográficas (provincias):• Zona 1: Comprende las provincias de Álava, Baleares, Barcelona, Gerona, Guipúzcoa, Madrid y Vizcaya. También

las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.• Zona 2: Comprende las provincias de Asturias, Burgos, Cantabria, Castellón, Lérida, Málaga, Navarra, Las

Palmas, Salamanca, Sevilla, Tarragona, Teruel y Valencia.• Zona 3: Resto de provincias no incluidas anteriormente.

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7.2. Valoración del contenido: Mobiliario y enseres

El contenido de una casa depende de muchos factores (tipo de vivienda, tamaño y uso, número de miembros de la unidad familiar, poder de compra, gusto personal del cliente…), por lo que no se puede fijar un criterio objetivo de valoración.

Únicamente, a título orientativo se puede establecer la siguiente recomendación:

• Para vivienda principal: 35% de la suma asegurada para continente.• Para vivienda secundaria: 20% de la suma asegurada para continente.

7.3. La revalorización de capitales

Con el fin de mantener actualizados los capitales de Continente y de Contenido, éstos se revalorizan cada año, según un sistema variable con referencia al índice de Precios al Consumo (IPC).

7.4. Infraseguro y regla proporcional

En el caso de existir infraseguro en el momento de producirse un siniestro, se reduce la indemnización en la misma proporción que el capital resulta insuficiente (regla proporcional).

No obstante, en Generali Hogar se renuncia a aplicar esta regla proporcional en siniestros cuyos daños producidos (cubiertos o no) sean inferiores a 1.500 euros.

Una vez detectado un infraseguro, se debe proceder a la adecuación de los capitales a la realidad del riesgo.

8. ¿Cómo se obtiene la prima?La prima neta es el resultado de un cálculo en el que intervienen los capitales y garantías contratados, sus tasas o primas y los coeficientes correctores de aplicación, según las siguientes variables con influencia estadística en la siniestralidad:

a) En relación con la vivienda:

• Uso • Tipo • Régimen • Ubicación• Materiales de construcción en estructura y cerramientos• Año de construcción del inmueble• Reformas realizadas durante los últimos 15 años• Número de personas que residen en la vivienda o la utilizan• Ocupación del edificio o urbanización (sólo para Vivienda sin ocupación)• Superficie• Calidad de los materiales• Protecciones contra el robo

b) En relación con el asegurado:

• Edad• Nacionalidad

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c) En relación con la zona geográfica:

• Provincia y comarca• Tamaño de la población• Entorno rural o urbano• Código postal

La falta de precisión en cualquiera de estos datos, detectada en un siniestro, puede dar lugar a la aplicación de la regla de equidad en la indemnización de los daños.

Otros factores que influyen en la prima neta:

• Contratación de franquicia general• Fraccionamiento del pago

La prima neta nunca puede ser inferior a la mínima del producto establecida en 85 euros.

Para obtener la prima total o precio del recibo que pagará el tomador, se suman los impuestos (TLEA, IPS, Arbitrio de bomberos*) y las tasas del Consorcio de Compensación de Seguros, éstas para la cober-tura de los riesgos extraordinarios.

Formas de pago de la prima

La prima de seguro es anual y el tomador está obligado al pago en su integridad, si bien para facilitarlo se establecen las siguientes fórmulas:

• Pago financiado: La prima total se divide en un máximo de cuatro plazos que se presentan al cobro en meses consecutivos. En el pago financiado no se aplica recargo alguno y la domiciliación bancaria es obligatoria.

• Fraccionamiento: Semestral o trimestral. En el pago fraccionado se aplica un recargo del 6% para recibos semestrales y del 8% para recibos trimestrales. La prima neta mínima de cada recibo frac-cionado será de 100 euros. En esta fórmula la domiciliación bancaria es obligatoria.

FORMAS DE PAGO RecargoPrima neta mínima de

póliza

Prima neta mínima de

recibo

Anual —

85 7

85 7

Financiado — —

Fraccionamiento semestral 6% 100 7

Fraccionamiento trimestral 8% 100 7

(*) El impuesto de Arbitrio se presenta en el recibo incluido en la prima neta.

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9. ¿Hay recargos por siniestralidad?Antes de su vencimiento anual, cada póliza es sometida a la Tarificación a Posteriori (TaP), un sistema de recargos que tiene en cuenta el número de siniestros declarados y su coste en relación con la prima neta. Cuanto peor es la siniestralidad de una póliza, mayor es el recargo que se aplica, pudiendo llegar a la anulación del contrato para los casos más graves.

10. ¿Cuáles son los puntos fuertes de Generali Hogar?Un sólo producto con vocación total: Generali Hogar reúne en un producto todas las virtudes de una gama, de modo que el mismo seguro vale para dar respuesta a todos los segmentos de mercado. Pero ser un único producto aporta simplicidad a la comercialización: una solicitud, una entrada de datos en la aplicación informática, un condicionado general.

Paquetes de contratación: Con sólo indicar los datos de la vivienda y del cliente y los capitales so-licitados, Generali Hogar oferta hasta un máximo de tres modalidades o paquetes (Hogar Práctico, Hogar Confortable y Hogar Exclusivo). La emisión de la póliza es más sencilla, pues sólo hace falta elegir uno de ellos.

O contratación a la carta: También es posible una configuración libre y flexible del seguro. A partir de un estándar recomendado, que no olvida lo más importante, se pueden contratar garantías optati-vas y distintos límites, dentro de las reglas de negocio, para hacer un seguro que puede satisfacer al cliente más exigente. También es posible excluir determinadas garantías básicas si lo que se busca es una cobertura mínima.

Completas garantías básicas para la vivienda: Además de las tradicionales (incendio, explosión, impactos de vehículos, daños por agua, roturas, robo…), otras muy interesantes como:

• Ruina total por obras de terceros.• Caída de árboles e instalaciones de terceros sobre la vivienda, por cualquier causa.• Viento y lluvia, aunque no se superen los registros mínimos, siempre que haya daños genera-

lizados en un radio de 5 Km.• Goteras y filtraciones accidentales.• Gastos de fontanería urgente y desatascos, aún sin daños por agua, hasta 200 y 400 euros

(1.000 euros en la Ampliación Hogar exclusivo).• Hotel o vivienda provisional si la vivienda asegurada resulta inhabitable por un siniestro.• Restauración estética del continente: 1.500, 3.000 y 4.500 euros. Y hasta 6.000 euros para las

viviendas de más lujo.

También fuera del hogar (principal): Atraco, uso fraudulento de tarjetas y cheques, viajes y estancias temporales en apartamentos y hoteles.

Mobiliario profesional: Cuando en la vivienda, además de vivir, el asegurado desarrolle su actividad profesional o artística, el mobiliario e instrumental propio de la misma queda cubierto sin tener que declararlo, hasta un límite a primer riesgo.

Bienes de terceros: Para proteger los enseres de amigos o familiares si ocurre un siniestro cuando se alojan en la vivienda.

Cobertura automática de joyas: Aunque no se haya contratado un capital para joyas, éstas quedan garantizadas hasta 3.000 euros, dentro del capital de Mobiliario y enseres.

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Daños a terceros: Responsabilidad civil derivada de la propiedad y uso de la vivienda, también del inquilino frente al arrendador y de éste frente al inquilino. Responsabilidad por hechos de la vida pri-vada, en viviendas principales, incluso por la propiedad de perros y gatos. Posibilidad de ampliación de la responsabilidad civil por la propiedad de perros potencialmente peligros.

Defensa jurídica: Asesoramiento, ayuda legal y reclamación de daños materiales y personales a sus causantes o de incumplimientos de normas de sus vecinos. Posibilidad de ampliar la defensa a reclamaciones por incumplimiento de contratos de servicios, impugnación de valor catastral, dere-chos del consumidor y el contribuyente, incumplimiento de obligaciones en separación o divorcio y proceso sucesorio (herencias).

Asistencia en el hogar: Reparaciones por siniestro, cerrajería y electricidad de urgencia, y la nove-dad: Trabajos de “manitas” para tareas de bricolaje. Y si el asegurado quiere hacer reformas en su vivienda y no encuentra un profesional, le ponemos en contacto con uno de nuestra confianza.

Atención permanente: 24 horas al día y todos los días del año.

Y para quien quiere más

Joyas, obras de arte y objetos especiales: Fácil inclusión, contratación a partir de 3.000 euros, sin obligación de declarar joyas u objetos de menos de 6.000 euros. Y si están valorados en menos de 20.000 euros basta con una descripción detallada.

Ampliación Hogar Confortable: Daños por helada (2.000 euros), daños por calor y roturas de sani-tarios de cualquier material, vidrieras y jardineras.

Ampliación Hogar Exclusivo: Localización y reparación de fugas de agua aunque no causen daños, exceso de consumo de agua, restauración estética de aparatos sanitarios y mobiliario, uso fraudu-lento de tarjetas extraviadas o duplicadas, robo en taquillas de centros deportivos e infidelidad de empleados domésticos.

Todo riesgo accidental: Extiende la cobertura de daños materiales que, dentro de la vivienda, sufran los bienes asegurado como consecuencia de causas accidentales no previstas en el resto de garantías.

Reconstrucción del jardín: Si el asegurado tiene uno del que disfrutar, puede garantizarlo de incendio, explosión, rayo, viento y vandalismo.

Vehículos en garaje: Posibilidad de incluir los vehículos a motor, caravanas y embarcaciones, para determinados riesgos, cuando estén guardados en el garaje.

Protección para su teléfono móvil: Por daños accidentales y uso fraudulento tras un robo.

Servicios tecnológicos integrales: Asistencia remota y a domicilio para los problemas del asegurado como usuario de equipos informáticos y tecnología doméstica, copias de seguridad, recuperación de datos, gestión del suministro de Internet, protección legal relacionada con las nuevas tecnologías y otras prestaciones.

Protección específica para el arrendador

Pérdida de alquileres por inhabitabilidad: Cuando, como consecuencia de los daños en un siniestro garantizado, la vivienda no puede ser habitada por el inquilino, se suspende el contrato y se dejan de cobrar las rentas.

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Responsabilidad civil del arrendador: Daños personales y materiales causados al inquilino e impu-tables al asegurado-arrendador como consecuencia de incendio o explosión.

Defensa jurídica del arrendador: Una garantía para asesorar al propietario arrendador en cuestiones jurídicas y gestionar la reclamación al inquilino por daños causados a la vivienda, obras no consen-tidas e impago de rentas, así como a prestadores de contratos de servicios y mantenimiento por incumplimiento de sus obligaciones.

Daños malintencionados del inquilino: Causados a la vivienda con intención de destruir e imputa-bles al arrendatario tras su desalojo o abandono de la misma.

Impago de alquileres: Prevé la compensación económica hasta la cantidad y el periodo asegurados por el impago del alquiler hasta el desahucio del inquilino moroso.

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Anexos

I. Definiciones

Actividades o usos de la vivienda

Vivienda principal: Es la residencia habitual y permanente del asegurado, con periodos de desocupación no superiores a 30 días consecutivos ni a seis meses discontinuos o en la que se encuentra empadronado. El asegurado puede ser tanto propietario como inquilino de la vivienda, siempre que sea su residencia habitual.

Vivienda secundaria: Es la residencia de ocupación ocasional o de tempo rada y que tiene periodos de deshabitación. El asegurado puede ser tanto propietario como inquilino de la vivienda. En el caso del propietario, se admite que, como complemento del uso ocasional por éste, la vivienda pueda estar cedida en alquiler a terceros por periodos cuya suma no supere 90 días al año. En el caso del inquilino-asegurado, debe haber un contrato de alquiler anual, aunque el disfrute de la vivienda sea ocasional.

Vivienda arrendada a un inquilino: Es la residencia en propiedad que se cede mediante contrato de arrendamiento a un inquilino. Sólo el propietario puede ser asegurado.

Vivienda sin ocupación: Es la vivienda que, formando parte de un inmueble o urbanización habitados, no se utiliza para residir ni siquiera de forma oca sional.

Tipos de vivienda

Piso en altura: Vivienda situada en un edificio de varias plantas y cuyas ven tanas, balcones, terrazas y otros huecos al exterior están situados a más de tres metros de altura desde el nivel del suelo.

Piso bajo o entresuelo: Vivienda situada en un edificio de varias plantas cu yas ventanas, balcones y otros huecos al exterior están situados a menos de tres metros de altura desde el nivel del suelo.

Casa urbana o rural adosada: Edificio familiar, dentro de casco de población en medio urbano o rural, adosado a otro edificio por al menos uno de sus la terales. Puede estar formado por una o dos viviendas o por una vivienda y un local comercial, siempre del mismo propietario. En el caso del local comercial sólo se garantiza el continente y su superficie no puede superar el 25% de total de la edificación.

Chalet adosado (en hilera o pareado): Edificio unifamiliar, unido a otro u otros con los que suele formar parte de una misma promoción de viviendas en hilera o pareadas.

Chalet independiente: Edificio unifamiliar y exento (sin contacto con otra vivienda), con todas sus fachadas al exterior.

Casa de campo: Edificio unifamiliar y exento, de tipología tradicional, enclava do en parcela rústica, dentro o fuera de poblado.

Casa móvil con instalación permanente: Vivienda modular prefabricada, con capacidad de ser remolcada o transportada entera sobre un remolque, pero que se encuentra instalada de forma per-manente sobre el terreno de una parcela.

Ubicación

Casco urbano: Núcleo de población que dispone de servicios de agua, al cantarillado, alumbrado y teléfono, con ayuntamiento propio. Se consideran como casco urbano las urbanizaciones integradas dentro de él.

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Urbanización: Conjunto de edificios de distintos propietarios que se encuen tra fuera de un núcleo urbano, en una misma zona con servicios públicos de agua, alumbrado y saneamiento, dependiente de un municipio que la recono ce como urbanización o que se compone de un mínimo de 25 edificaciones y/o 200 habitantes.

Despoblado: Situación de un edificio o conjunto de edificios a más de 1 Km. del límite de un casco urbano y que no reúne las condiciones y características de una urbanización.

Materiales de la construcción

Incombustibles (hormigón, ladrillo, piedra): La construcción del edificio donde se encuentran situados los bienes objeto del seguro, dispone como mínimo de:

a) Estructura totalmente de hormigón, metal, ladrillo o cantería. b) Cubiertas con más del 90% de tejas, pizarra, chapa metálica, ladrillo, fibro cemento y otras

materias incombustibles.c) Cerramientos o muros exteriores con más del 90% de ladrillo, piedra o cemento u otros ma-

teriales incombustibles.

Incombustibles con vigas de madera: La construcción del edificio donde se encuentran situados los bienes objeto del seguro, se compone de materiales incombustibles, pero cuenta con vigas de madera y/o entramados de pisos de madera.

Prefabricados sin madera o corcho: La construcción del edificio donde se encuentran situados los bienes objeto del seguro está formada por módulos prefabricados o paneles multicapa (sándwich) de materiales distintos de la madera y el corcho en su composición o en la estructura, cubierta y/o cerra mientos.

Madera: La construcción del edificio donde se encuentran situados los bie nes objeto del seguro está compuesta en su mayor parte por madera en la estructura, cubierta y/o cerramientos, aunque disponga de revestimientos ornamentales de materiales sólidos. Tienen esta consideración las construc ciones con paneles en cuya composición se incluye madera o corcho.

Medidas de seguridad

Alarma: Sistema electrónico homologado capaz de detectar la intrusión de extraños en la vivienda. Debe disponer de sensores de presencia interior o de apertura o forzamiento en puertas de entrada, ventanas y otros huecos de acceso y de dispositivos de señalización acústica y óptica con autonomía mínima de 24 horas. Debe estar conectada a una central de seguridad (alarma con conexión).

Caja fuerte: Compartimento de seguridad fabricado en metal resistente, como hierro o acero, de peso superior a 100 kg o empotrado en una pared de materiales sólidos, destinado a la protección de joyas u otros bienes valiosos y dinero, dotado de un sistema de cierre que sólo puede abrirse mediante contraseña o método biométrico.

Protección de ventanas y huecos accesibles: Entendemos por ventanas accesibles, huecos de ventana propiamente dichos, balcones, terrazas clara boyas y similares de fácil acceso o que se en-cuentren a menos de 3 metros sobre el nivel inferior. Se considera protección:

a) Rejas: Barras de metal con diámetro mínimo de 14 mm, entrelazadas de modo que el hueco máximo se de 15x20 cm, y sólidamente ancladas al muro.

b) Cristal antirrobo: Compuesto por tres capas de 6 mm cada una con dos capas intercaladas de butiral de polivinilo.

c) Contraventanas con cierre interior: Puerta de ventana en madera maciza o metal con un cierre de seguridad interior. Se equipara a contraventana, las mallorquinas y las persianas enrollables o de tijera en madera maciza o metal, siempre que cuenten con pasadores o cierres de seguridad

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inte riores. Los cierres o pasadores interiores deben estar aplicados durante la ausencia de la vivienda de sus habitantes legítimos.

Puerta de seguridad: La que, como mínimo, está completamente revestida con una plancha de acero de 2 Mm de espesor en su parte interior o fabricada en madera maciza de 45 Mm de grosor, cuenta con perfiles metálicos y dis pone de cerradura de seguridad con tres puntos de anclaje. Si no reúne todas estas características mínimas no se considera puerta de seguridad.

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II. Calidad de la construcción

La determinación de la calidad de construcción se realizará de acuerdo con la siguiente tabla orientativa.

En las columnas se reflejan los elementos diferenciadores de las distintas calidades en añadidura a los existentes en las calidades inferiores.

A mayor calidad se entiende que la construcción puede incluir parte o todo el equipamiento de construc-ciones de calidad inferior.

SENCILLA MEDIA ALTA LUJO

Portero Automático Videoportero Videoportero y conserje

Videoportero y conserje

Revestimiento Fachada Enfoscado monocapa Ladrillo visto Piedra caliza,

ladrillo oscuro Mármol, granito

Vigilancia No Muro perimetralMuro y/o Cámaras con circuito cerrado

Muro y cámaras con circuito cerrado y vigilante en acceso

Instalaciones de ocio No Piscina, gimnasio Zonas infantiles,

saunaPistas deportivas: Tenis, etc

Garaje No Una plaza por vivienda Una o dos plazas por vivienda.

Dos ó más plazas por vivienda

Superficie por vivienda Menos de 120 m2 Menos de 120 m2 Más de 120 m2 Más de 120 m2

Superficie conjunta cocinas/baños por vivienda

Menos de 30 m2 Menos de 30 m2 Más de 30 m2 Más de 30 m2

Número de baños Uno Baño y aseo Dos baños Más de dos

Ascensores No Uno por escalera Dos por escalera Dos por escalera

Equipos de climatización No Mediante split

Mediante conductos empotrados

Conductos empotrados y calefacción por suelo radiante

CarpinteríaHueca, chapado simple, puertas interiores huecas

Madera maciza chapada, puertas interiores macizas, armarios empotrados forrados

Madera maciza barnizada o lacada

Madera maciza barnizada o lacada

Cerrajería Laminado de hierro, aluminio anodizado Aluminio anodizado Aluminio anodizado Aluminio con rotura

de puente térmico

Acabado de paramentos

Pinturas simples: temples, gotelé

Pinturas simples acabado plástico.

Pinturas lisas, esmaltes Estucos, lacas

Fontanería Hierro Cobre - Polipropileno Cobre - Polipropileno Cobre - Polipropileno

Sanitarios Segundas marcas Primera marca nacional De diseño nacional De diseño

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III. Esquemas informativos de garantías contratables

Para Vivienda principal y Vivienda secundaria

GENERALI HOGAR VIVIENDA PRINCIPAL VIVIENDA SECUNDARIALímites de cobertura Límites de cobertura

GARANTIAS BÁSICAS PARA LA VIVIENDA Continente Contenido Continente Contenido

INCENDIO Y OTROS DAÑOS

Incendio, Explosión e implosión y Caída del rayo 100% 100% 100% 100%

Daños por humo 100% 100% 100% 100%

Impactos desde el exterior 100% 100% 100% 100%

Ruina total por obras de terceros 100% 100% 100% 100%

Daños eléctricos 100% 100% 100% 100%

Derrame o escape de instalaciones de extinción 100% 100% 100% 100%

Derrame de líquidos distintos al agua 100% 100% 100% 100%

Alimentos refrigerados • 1% (máx. 1.000 7) • 1% (máx. 1.000 7)*

FENÓMENOS METEOROLÓGICOS

Lluvia, viento, pedrisco y nieve 100% 100% 100% 100%

Goteras y filtraciones 100% 100% 100% 100%

Inundación 100% 100% 100% 100%

DAÑOS POR AGUA

Escapes de agua 100% 100% 100% 100%

Localización y reparación 100% • 100% •

Fontanería urgente sin daños 200 7 • 200 7 •

Desatasco urgente de conducciones de aguas residuales 400 7 • 400 7 •

ROTURAS

Cristales, lunas y espejos 100% 100% 100% 100%

Metacrilato y similares 100% 100% 100% 100%

Loza de aparatos sanitarios y fregaderos 100% • 100% •

Encimeras y tapas de piedra natural o artificial 100% 100% 100% 100%

Placa vítrea de vitrocerámica • 100% • 100%

Cristales de placas solares 100% • 100% •

ROBO EN LA VIVIENDA Y VANDALISMO

Robo de continente y daños 100% • 100% •

Robo y expoliación de Mobiliario y enseres • 100% • 100%

Robo y expoliación de efectivo fuera de caja • 1% Mob. (max. 500 7) • 1% Mob. (max. 500 7)

Robo y exp. joyas fuera caja fuerte [en exceso de 3.000 7] • 100% capital propio • 100% capital propio

Robo y expoliación de joyas en caja fuerte • 100% capital propio • 100% capital propio

Robo y expoliación de bienes especiales • 100% capital propio • 100% capital propio

Robo y expoliación en anexos • 10% (1.5007/objeto) • 10% (1.5007/objeto)

Robo y expoliación en jardines, patios y terrazas privados • 10% (5007/objeto) • 10% (5007/objeto)

Hurto en la vivienda • 5% Mobiliario • 5% Mobiliario

Actos de vandalismo 100% 100% 100% 100%

Reposicion de llaves y cerraduras (también por extravío) • 1% Mob. (máx. 500 7) • 1% Mob. (máx. 500 7)

GARANTIAS DE DAÑOS CONSECUENCIALES Continente Contenido Continente Contenido

DEMOLICIÓN, SALVAMENTO Y OTROS GASTOS 10% 10% 10% 10%

INHABITABILIDAD TEMPORAL

Alquiler de vivienda provisional • 25% (máx. 2 años) • 25% (máx. 2 años)

Mudanza y guardamuebles • 10% (máx. 6 meses) • 10% (máx. 6 meses)

Hotel • 5% (max. 3.000 7) • 5% (max. 3.000 7)

RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE Opciones: 1.500/3.000/4.500/6.000 7

•Opciones:

1.500/3.000/4.500 7•

(*) En Vivienda Secundaria, sólo en periodos de ocupación efectiva.

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GARANTIAS FUERA DE LA VIVIENDA Continente Contenido Continente Contenido

ATRACO FUERA DEL HOGAR

Atraco • Opciones: 500/1.000/1.500 7

Uso fraudulento de tarjetas y cheques por atraco •

DESPLAZAMIENTOS TEMPORALES

Daños y robo de equipajes • 1% Mob. (Máx. 1.000 7)

Estancias temporales en hoteles y apartamentos • 10% Mobiliario

GARANTIAS OPTATIVAS Continente Contenido Continente Contenido

AMPLIACION HOGAR CONFORTABLE

Daños por helada 2.000 7 2.000 7

Daños por calor • 100% • 100%

Otras roturas (sanitarios cualquier material, vidrieras, jardineras) 100% 100% 100% 100%

AMPLIACION HOGAR EXCLUSIVO

(Incluye Ampliación Hogar confortable) +

Loc. y rep. fugas agua sin daños (en exceso de 200 7) 1.000 7 • 1.000 7 •

Exceso de consumo de agua 1.000 7 • 1.000 7 •

Restauración estética de aparatos sanitarios Cap. Aseg. Estética Cte.

•Cap. Aseg. Estética

Cte.•

Restauración estética del mobiliario • 1.500 7 • 1.500 7

Uso fraud. tarjetas/cheques (hurto, extravío o duplicado) • 1.000 7 • 1.000 7

Robo en taquillas de centros deportivos • 1% Mob. (Máx. 1.000 7) • 1% Mob. (Máx. 1.000 7)

Infidelidad de empleados domésticos • 1% (máx. 3.000 7) • 1% (máx. 3.000 7)

TODO RIESGO ACCIDENTAL 100% 100% 100% 100%

RECONSTRUCCION DEL JARDÍN 100% capital propio • 100% capital propio •

VEHÍCULOS EN GARAJE • 100% capital propio • 100% capital propio

DINERO EN CAJA FUERTE • 100% capital propio • 100% capital propio

RESPONSABILIDAD CIVIL

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA VIVIENDA

Opciones de capital: 150.000/300.000/450.000/600.000 7

(Límite por víctima: 150.000 7 Límite Defensa y fianzas: 150.000 7)

Opciones de capital: 150.000/300.000/450.000/600.000 7

(Límite por víctima: 150.000 7 Límite Defensa y fianzas: 150.000 7)

Como propietario

Como inquilino frente al arrendador

RESPONSABILIDAD CIVIL AMPLIADA VIDA PRIVADA

Personal y familiar

Propietario de animales de compañía

RESPONSABILIDAD CIVIL PERROS PELIGROSOS Optativa

DEFENSA JURÍDICA

DEFENSA JURÍDICA Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS 6.000 7 6.000 7

DEFENSA AMPLIADA Optativa Optativa

DEFENSA AMPLIADA EXCLUSIVA Optativa Optativa

SERVICIOS

ASISTENCIA EN EL HOGAR Incluida Incluida

SERVICIOS PARA MASCOTAS Y PLANTAS Optativa

PROTECCIÓN DE SU TELÉFONO MÓVIL Optativa

SERVICIOS TECNOLÓGICOS INTEGRALES Optativa

Garantía no contratable

GENERALI HOGAR VIVIENDA PRINCIPAL VIVIENDA SECUNDARIALímites de cobertura Límites de cobertura

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Para Vivienda arrendada a un inquilino y Vivienda sin ocupación

GENERALI HOGARVIVIENDA ARRENDADA A UN INqUILINO VIVIENDA SIN OCUPACIÓN*

Límites de cobertura Límites de cobertura

GARANTIAS BÁSICAS PARA LA VIVIENDA Continente Contenido Continente Contenido

INCENDIO Y OTROS DAÑOS

Incendio, Explosión e implosión y Caída del rayo 100% 100% 100% 100%

Daños por humo 100% 100% 100% 100%

Impactos desde el exterior 100% 100% 100% 100%

Ruina total por obras de terceros 100% 100% 100% 100%

Daños eléctricos 100% 100% 100% 100%

Derrame o escape de instalaciones de extinción 100% 100% 100% 100%

Derrame de líquidos distintos al agua 100% 100% 100% 100%

FENÓMENOS METEOROLÓGICOS

Lluvia, viento, pedrisco y nieve 100% 100% 100% 100%

Goteras y filtraciones 100% 100% 100% 100%

Inundación 100% 100% 100% 100%

DAÑOS POR AGUA

Escapes de agua 100% 100% 100% 100%

Localización y reparación 100% • 100% •

Fontanería urgente sin daños 200 7 • 200 7 •

Desatasco urgente de conducciones de aguas residuales 400 7 • 400 7 •

ROTURAS

Cristales, lunas y espejos 100% 100% 100% 100%

Metacrilato y similares 100% 100% 100% 100%

Loza de aparatos sanitarios y fregaderos 100% • 100% •

Encimeras y tapas de piedra natural o artificial 100% 100% 100% 100%

Placa vítrea de vitrocerámica • 100% • 100%

Cristales de placas solares 100% • 100% •

ROBO EN LA VIVIENDA Y VANDALISMO

Robo de continente y daños 100% • 100% •

Robo y expoliación de Mobiliario y enseres • 100% • 100%

Actos de vandalismo 100% 100% 100% 100%

Reposicion de llaves y cerraduras (también por extravío) • 1% Mob. (máx. 500 7) • 1% Mob. (máx. 500 7)

GARANTIAS DE DAÑOS CONSECUENCIALES Continente Contenido Continente Contenido

DEMOLICIÓN, SALVAMENTO Y OTROS GASTOS 10% 10% 10% 10%

INHABITABILIDAD TEMPORAL Pérdida de alquileres 15% (máx. 1 año) •

RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE Opciones: 1.500/3.000 7 • Opciones: 1.500/3.000 7 •

GARANTIAS OPTATIVAS Continente Contenido

AMPLIACION HOGAR CONFORTABLE

Daños por helada 2.000 7

Daños por calor • 100%

Otras roturas (sanitarios otros materiales, vidrieras, jardineras) 100% •

DAÑOS MALINTENCIONADOS DEL INqUILINO 3.000 7

IMPAGO DE RENTAS

Opciones hasta 6, 9 o 12 meses Capital asegurado (máx. 2.000 7)

RESPONSABILIDAD CIVIL

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA VIVIENDA Opciones de capital: 150.000/300.000 7 Opciones de capital: 150.000/300.000 7

Límite por víctima 150.000 7 150.000 7

Límite Defensa judicial y fianzas 150.000 7 150.000 7

DEFENSA JURÍDICA

DEFENSA JURÍDICA Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS 6.000 7 6.000 7

DEFENSA JURÍDICA DEL ARRENDADOR Optativa

SERVICIOS

ASISTENCIA EN EL HOGAR Incluida Incluida

Garantía no contratable(*) Riesgo de contratación reservada, según normas establecidas por la Compañía.

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29

IV. Comparativo de modalidades de contrataciónG

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