Gacetilla campañas electorales anticipadas y publicidad oficial

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CAMPAÑAS ELECTORALES ANTICIPADAS Y PUBLICIDAD OFICIAL La Cámara Nacional Electoral volvió a tratar la cuestión de las campañas anticipadas y le requirió al Congreso una legislación sobre la publicidad oficial durante los procesos electorales La Cámara Nacional Electoral ordenó que se adopten las medidas necesarias para dar operatividad a las normas relativas a los límites, prohibiciones y responsabilidades por realizar campañas electorales antes de término. Además, abordó la cuestión de la publicidad oficial requiriendo nuevamente al Congreso de la Nación que revise la legislación a efectos de impedir que la propaganda estatal sea utilizada como herramientas de captación del sufragio y evitar “’transgresiones a los principios de neutralidad gubernamental y equidad en los procesos electorales’”. En este sentido, recordó que “la legislación nacional no regula especialmente la pauta publicitaria estatal para épocas de elecciones ni prohíbe cualquier publicidad oficial - institucional o de actos gubernamentales- durante el período de campañas electorales. Solo existe una limitación al tipo de mensaje que puede darse a publicidad”. Por ello, se dirigió al Poder Legislativo -como lo hizo con motivo del último proceso electoral nacional- dado que el requerimiento efectuado no fue receptado. En el caso, la Cámara Nacional Electoral -al revocar la decisión de primera instancia que no hizo lugar a la solicitud efectuada por el Partido Socialista O.N en relación a la suspensión de toda la cartelería referida a las campañas anticipadas- reiteró lo resuelto en su sentencia del 31 de marzo del corriente año. En este sentido, volvió a instar a los jueces federales con competencia electoral de todo el país a “hacer cesar o inutilizar con la colocación de una faja que indique ‘Publicidad en infracción. Justicia Nacional Electoral’, la publicación de anuncios fuera de plazo, dirigidos a captar la voluntad política del electorado para las próximas elecciones primarias de candidaturas nacionales”. Así como también, la formación de causas penales para determinar las responsabilidades y sanciones que correspondan a quienes realizan los anuncios en infracción. A su vez, advirtió en el caso que “la evidencia de la realidad política actual, muestra que la limitación temporal de la campañas electorales no representa una valla efectiva para la promoción de muchos que aspiran a ocupar cargos electivos a renovarse en los próximos comicios, por ejemplo, con publicidad en la vía pública”. Por ello, el Tribunal ha impulsado acciones al efecto, como el requerimiento -que vuelve a realizar- a las agencias y empresas de publicidad en la vía pública, por intermedio

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CAMPAÑAS ELECTORALES ANTICIPADAS Y PUBLICIDAD OFICIAL

La Cámara Nacional Electoral volvió a tratar la cuestión de las campañas anticipadas

y le requirió al Congreso una legislación sobre la publicidad oficial durante los

procesos electorales

La Cámara Nacional Electoral ordenó que se adopten las medidas necesarias para

dar operatividad a las normas relativas a los límites, prohibiciones y responsabilidades por

realizar campañas electorales antes de término. Además, abordó la cuestión de la

publicidad oficial requiriendo nuevamente al Congreso de la Nación que revise la

legislación a efectos de impedir que la propaganda estatal sea utilizada como

herramientas de captación del sufragio y evitar “’transgresiones a los principios de

neutralidad gubernamental y equidad en los procesos electorales’”.

En este sentido, recordó que “la legislación nacional no regula especialmente la

pauta publicitaria estatal para épocas de elecciones ni prohíbe cualquier publicidad oficial -

institucional o de actos gubernamentales- durante el período de campañas electorales. Solo

existe una limitación al tipo de mensaje que puede darse a publicidad”. Por ello, se dirigió al

Poder Legislativo -como lo hizo con motivo del último proceso electoral nacional- dado

que el requerimiento efectuado no fue receptado.

En el caso, la Cámara Nacional Electoral -al revocar la decisión de primera

instancia que no hizo lugar a la solicitud efectuada por el Partido Socialista O.N en relación

a la suspensión de toda la cartelería referida a las campañas anticipadas- reiteró lo resuelto

en su sentencia del 31 de marzo del corriente año. En este sentido, volvió a instar a los

jueces federales con competencia electoral de todo el país a “hacer cesar o inutilizar con la

colocación de una faja que indique ‘Publicidad en infracción. Justicia Nacional Electoral’, la

publicación de anuncios fuera de plazo, dirigidos a captar la voluntad política del electorado

para las próximas elecciones primarias de candidaturas nacionales”. Así como también, la

formación de causas penales para determinar las responsabilidades y sanciones que

correspondan a quienes realizan los anuncios en infracción.

A su vez, advirtió en el caso que “la evidencia de la realidad política actual,

muestra que la limitación temporal de la campañas electorales no representa una valla

efectiva para la promoción de muchos que aspiran a ocupar cargos electivos a renovarse en

los próximos comicios, por ejemplo, con publicidad en la vía pública”.

Por ello, el Tribunal ha impulsado acciones al efecto, como el requerimiento -que

vuelve a realizar- a las agencias y empresas de publicidad en la vía pública, por intermedio

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de las asociaciones de profesionales que las agrupan, de hacer cesar la difusión de avisos y

recordar la absoluta prohibición de difundir nuevos avisos fuera de los plazos que

establece la ley.

Martes 9 de junio de 2015