Fuente del derecho tributario, tributo
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Universidad Fermín ToroVice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídica y PolíticaEscuela de Derecho
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Y
EL TRIBUTO
Estudiante:
Fernanda Guedez: 22.269.492
Facilitadora: Emily Ramírez SAIA - C
Fuentes del Derecho:
Son las formas o actos a través de los cuales se
manifiesta la vigencia del Derecho o también las
manifestaciones externas
mediante las cuales se expresa la
realidad de un ordenamiento
jurídico.
Fuentes materiales:Son fuentes
materiales del Derecho aquellas
instituciones o grupos sociales con capacidad
para crear normas jurídicas, que son como veremos: el
poder legislativo, el poder ejecutivo, e incluso el propio
pueblo, a través de la creación de
costumbres y usos obligatorios.
Fuentes del Derecho Tributario
Principios
Principio de la no retroactividad:
Conforme a este principio la ley de carácter tributaria no
tiene efectos hacia el pasado.
La prohibición del pago con servicio personal
como principio:Ratifica el imperio de los
derechos individuales sobre los intereses financieros del
estado.
El principio de la justicia tributaria
Conlleva la aplicación de la norma con la misma
intensidad y eficacia a los contribuyentes. La
distribución de las cargas, en consecuencia, debe ser
equitativa y justa.
Principio de estipulaciónSe trata de un término para la de la entrada de vigencia de la ley fiscal, es necesario cuando la dicha ley por su
naturaleza exige condiciones especiales para hacerse obligatoria ante las personas. Conforme a los
artículos 316 CRBV y 8 del COT. (60 Días después que
se publique en Gaceta Oficial).
Principio de no confiscatoriedad
La no confiscatoriedad se orienta a la protección del
derecho a la propiedad privada, por lo que un
tributo no debe trasladar al patrimonio público un alto
porcentaje de la propiedad o renta privada, de lo contrario se estaría
confiscando la propiedad de los contribuyentes. Artículos
115 y 317 CRBV.
Principio de igualdad: Conforme a lo establecido
en el artículo 21 CRBV, todas las personas son
iguales ante la ley, por tanto nadie puede ser
discriminado por razones de raza, credo, condición social
o aquellas que pretendan menoscabar el goce o
ejercicio igualitario de los derechos humanos.
Principios del Derecho Tributario
Ámbito e interpretación de Leyes Tributarias
Ámbito espacial de las leyes tributarias • Las normas tributarias tienen vigencia en el
ámbito espacial sometido a la potestad del órgano competente para crearlas. Las leyes
tributarias podrán crear tributos sobre hechos imponibles ocurridos total o parcialmente fuera del territorio nacional, cuando el contribuyente
tenga la nacionalidad venezolana o este domiciliado en Venezuela.
• Art. 11 del COT "Las normas tributarias tienen vigencia en el ámbito espacial sometido a la potestad del órgano competente para
crearlas".
Interpretación y alcance de las leyes tributarias• Interpretar la ley es descubrir su sentido y alcance
correspondiéndole al interprete determinar qué quiso decir el legislador con esa norma y en qué caso es aplicable.
• Parafraseando lo expresado en el Art 4 del CCV, las leyes deben ser interpretadas siguiendo el objeto e intención
por la cual fue creada y en cuyo caso no se pueda comparar, se utilizara la analogía y los principios
generales del derecho.• En esta materia, se rige igual manera a lo establecido en
el artículo anteriormente explicado, sin embargo no se utiliza la analogía como fuente del derecho para la
creación de tributos, sanciones o establecer ilícitos, es decir, las normas tributarias se deben interpretar en el
sentido literal, sin que se recurra a la interpretación analógica.
El Tributo
Definición
• Son las prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su
poder de imperio (poder del Estado) en
virtud de una ley y para cubrir los gastos
que le demanda el cumplimiento de sus
fines
Obligación
• Artículo 133 de la CRBV: “Toda persona
tiene el deber de coadyuvar a los gastos
públicos mediante el pago de impuestos
tasas y contribuciones que
establezca la ley".
Finalidad• El tributo posee una
finalidad fiscal (recaudar ingresos
públicos para atender los gastos de la
nación) y una finalidad extra fiscal (puede ser
instrumento de la política económica, ambiental, social o
similar, por ejemplo el desarrollo de una
política de viviendas populares).
Prestaciones
en dinero
• Es una característica de nuestra economía monetaria que las prestaciones sean en dinero.
Exigidas en
ejercicio del poder de imp
erio
• Elemento esencial del tributo es la coacción, es decir, la facultad de "compeler" al pago de la prestación requerida y que el Estado ejerce en virtud de su poder de imperio.
En virtud de una
ley
• No hay tributos sin ley previa que lo establezca. El hecho de estar contenido el tributo en ley significa someterlo a al principio de legalidad enunciado en el aforismo latino " nullum tributum sine lege" (Art. 317 de la CRBV).
Fuente de
Ingresos
• El tributo compone el más típico exponente de los ingresos de Derecho Público, para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus fines.
Características del Tributo
Atendiendo a la dimensión temporal del hecho que se grava:
Impuestos periódicos:Son aquellos en los que el hecho que se grava
se extiende en el tiempo.
Impuestos instantáneos:
Son aquellos que el hecho que se grava es
aislado, sin continuidad.
Clasificación de los TributosAtendiendo a la influencia que tengan las circunstancias personales al cuantificar la
deuda se distingue
Impuestos subjetivos: Tienen en cuenta las
circunstancias personales que influyen en la capacidad
económica del contribuyente.
Impuestos objetivos: No tienen en cuenta las
circunstancias personales, sólo atienden a las características
del hecho que se grava.
Atendiendo a la forma en que se grava la capacidad económica se distingue:
Impuestos directos: Son aquellos que extraen el impuesto en forma inmediata del patrimonio, tomando
en cuenta la capacidad contributiva favorecida en su formación por la contraprestación de los servicios
públicos.
Se dividen en:Impuestos
Reales: Son aquellos no
toman en cuenta la capacidad contributiva o
elementos personales del contribuyente,
sexo, edad, nacionalidad).
Impuestos Personales: son aquellos
que se determinan en la
participación directa del
contribuyente, ejemplo:
impuesto sobre la renta,
Impuestos indirectos: Son aquellos que se pueden trasladar, por cuanto gravan actos o situaciones
accidentales como los gastos y consumos o bien la transferencia de
riqueza (el gasto, el consumo).
Clasificación de impuestos según Mankiw
Impuestos proporcionales:
Es el que mantiene una relación constante entre su cuantía y el valor de la riqueza gravada; hay
una sola alícuota.
Impuestos progresivos:
Es aquel en que la relación de cuantía del impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a
medida que aumenta el monto gravado.
Impuestos regresivos: Son aquellos que se cobran a todos por
igual, es decir la tarifa pagada no guarda
relación con la capacidad económica
de un individuo.
Efectos económicos de los impuestos
Los impuestos crean una obligación tributaria a
cargo de quienes aparecen señalados como
destinatario en la Ley respectiva. Por su parte,
el Fisco adquiere el derecho de exigir su
importe y de tomar las medidas que juzgue adecuadas para su
eficiente recaudación. Es a partir de ese momento
cuando el impuesto empieza a surtir sus
efectos.Estos efectos son:
Difusión: Es un fenómeno general que se manifiesta por las
lentas, sucesivas y fluctuantes modificaciones
en los precios, en el consumo y en el ahorro.
Amortización:Uno de los efectos de los impuestos, que no es de
carácter general sino peculiar de los impuestos
reales que gravan permanentemente el rédito de los capitales
durablemente invertidos y que, en cierto modo,
distinto de la incidencia, se denomina amortización
del impuesto.
Incidencia:Se denomina así al
fenómeno por el cual ciertos sujetos, que han sufrido la
traslación del impuesto y que no pueden trasladarlo a otros, razón por la cual
soportan la carga del mismo o sea que desembolsan la
suma correspondiente conjuntamente con el precio
de las mercaderías y los servicios que adquieren o
ven disminuido el precio que han de recibir por sus ventas
de los factores o bienes intermedios.
Percusión:Es el acto por el cual el impuesto recae sobre el
“contribuyente de jure”, es decir, aquel que debe
pagar por designación y coacción legislativa.
Traslación: Cuando el contribuyente
de derecho logra transferir el impuesto a otros
sujetos- contribuyente de hecho- se denomina
traslación del impuesto. Este proceso puede
reproducirse en etapas sucesivas si cada
contribuyente de hecho logra a su vez trasladarlo.