FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE...
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHIMBORAZO INSTITUTO DE CIENCIAS, INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y SABERES
FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE PUBLICACIONES CIENTIFICAS Por favor sírvase leer detenidamente y llenar los campos del siguiente formulario con la información especificada.
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AUTORES DE LA
UNACH:
DOCENTES A TIEMPO
COMPLETO:
Dr. Vinicio Mejía Chávez
OTROS DOCENTES: Sírvase especificar en este espacio los autores que sean docentes de la
UNACH que no laboren a tiempo completo, separados con ";"
ADMINISTRATIVOS: Sírvase especificar en este espacio los autores de la UNACH que laboren como
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ESTUDIANTES: Sírvase especificar en este espacio los autores que sean estudiante de la UNACH,
separados con ";"
AUTORES EXTERNOS: "Dr. Mario Zavala Hoyos" "Dr. Ulices Barragán Vinueza"
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TÍTULO DEL ARTÍCULO: Sírvase especificar en este espacio el título del artículo
PROYECTO: Sírvase especificar en este espacio el nombre del proyecto al que pertenezca el artículo en caso de
que pertenecer a uno
AÑO DE PUBLICACIÓN: Sírvase especificar en este espacio el año de publicación del artículo
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NOMBRE DE LA REVISTA,
CONGRESO O
SEMINARIO:
LA ANTROPOLOGÍA EN EL PROCESO FORMATIVO PROFESIONALIZANTE: UNA ALTERNATIVA EN EL
FORTALECIMIENTO DEL PLURALISMO JURÍDICO
ISSN: Sírvase especificar en este espacio el Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas,
SI APLICA
ISBN: Sírvase especificar en este espacio el código ISBN de la publicación, SI APLICA
INDEXACIÓN DE LA
REVISTA:
LATINDEX O ISI WEB O SCIMAGO O
SCOPUS O OTRA O NINGUNA O
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SE ADJUNTA:
ARTÍCULO x
CARTA DE ACEPTACIÓN x
CERTIFICADO DE PONENCIA (En caso de haberse efectuado la ponencia)
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NO CORRESPONDEN O SON PARTE DE
SU PROGRAMA DOCTORAL.
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DOCUMENTACIÓN PARA
EL PAGO
CORRESPONDIENTE (En caso de ponencia)
INVITACIÓN A LA PONENCIA: x
NÚMERO DE LA RESOLUCIÓN DEL H.
CONSEJO DIRECTIVO DE FACULTAD: x
VALOR DE LOS PASAJES: x
VALOR DE LA INSCRIPCIÓN.' Sírvase especificar en este espacio el valor de la
inscripción
Entregado por:
Recibido por:
Observatorio de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico
Fecha:
Haga clic aquí para escribir una fecha.
Ambato, 3 de septiembre del 2014
Doctor
Vinicio Mejía Chávez
DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS
Y ADMINISTRATIVAS DE LA UNACH.
Riobamba.-
De mi consideración:
La Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUAL) y la Asociación de
Facultades, Escuelas e Institutos de Derecho de América Latina AFEIDAL, ha organizado el
Décimo Quinto Congreso Latinoamericano de Derecho los días 18, 19 y 20 del 2014 en la
ciudad de Lima Perú, en la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, de acuerdo a los
parámetros que adjuntamos.
Bajo estos antecedentes invitamos a la Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas de
la UNACH y su Carrera de Derecho, a fin de que se integre a la Asociación de Facultades,
Escuelas e Institutos de Derecho de América Latina AFEIDAL.
Así mismo extendemos la invitación a que presente la ponencia: "La Antropología en el
proceso formativo profesionalizante: una alternativa para el fortalecimiento del
pluralismo jurídico", sustentada por lo Decanos de las Instituciones de Educación Superior
que conforman la Red de Derecho del Universidades del Centro del País.
En consideración de que la trascendencia del Congreso sobre "La formación
interdisciplinaria en la formación jurídica y sus subtemas: Derecho y Economía; Derecho y
Sociología; Derecho, Antropología e Historia; y Derecho y Política viene trabajando la Red
de Carreras de Derecho de Universidades del Centro del País en su reforma curricular.
Por la atención que se digne dar a la presente le anticipo mis agradecimientos.
Atentamente,
Dr. Mario Zavala Hoy t
DECANO UNIANDES VOCAL AFEIDAL
CONGRESO DE LA ASOCIACIÓN DE FACULTADES Y ESCUELAS DE
DERECHO DE AMÉRICA LATINA (AFEIDAL)
SEDE: UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA
Lima - Perú
PONENCIA DE LA RED DE DERECHO DE UNIVERSIDADES DEL CENTRO
DEL ECUADOR: UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
(UNIANDES), UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR (UEB), UNIVERSIDAD
NACIONAL DE CHIMBORAZO (UNACH).
TEMA: "Formación Interdisciplinaria en la Educación Jurídica"
SUBTEMA: Derecho y Antropología e Historia
TÍTULO
LA ANTROPOLOGÍA EN EL PROCESO FORMATIVO PROFESIONALIZANTE:
UNA ALTERNATIVA EN EL FORTALECIMIENTO DEL PLURALISMO
JURÍDICO
PONENTES:
Dr. Vinicio Mejía Chávez, Mgs. DOCENTE TÍTULAR A TIEMPO COMPLETO DE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO Y DECANO DE LA FACULTAD
DE CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS DE LA UNACH
Dr. Mario Zavala Hoyos, Mgs. DOCENTE TÍTULAR A TIEMPO COMPLETO
DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LOS ANDES, DECANO DE LA
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA-UNIANDES
Dr. Ulices Barragán Vinueza, Mgs DOCENTE TÍTULAR A TIEMPO COMPLETO
DE LA UNIVERSIDAD DE BOLIVAR, DECANO DE LA FACULTAD DE
JURISPRUDENCIA-UB.
En el mundo existen fenómenos que condicionan todos los procesos de actuación
humana, siendo la globalización uno de ellos, donde incide directamente en los
procesos económicos, políticos, sociales y específicamente los procesos de tipo
universitario. Es por ello que los Centros de Educación Superior, en este marco se
adhieren a modelos que necesitan legitimarse en sus contextos propios, y es la
pertinencia la vía mediante la cual los Centros de Educación Superior concretan
sus actividades.
La Carrera de Derecho debe concebir a los procesos sustantivos de las
Instituciones de la Educación Superior de docencia, investigación y extensión
universitaria como "Procesos de Pertinencia e Impacto Social de las
Universidades". Tal consideración, permite expresar el hecho de que las tareas y
procesos que se llevan a cabo en el marco de esta forma organizativa están
concebidos coherentemente con las demandas del contexto externo más cercano
y el de niveles macros-contextuales, así como con el Plan Nacional del Buen Vivir
2013-2017, preceptuado en el Título VII de la Constitución de la República del
Ecuador.
Así mismo la Carrera de Derecho garantiza un proceso formativo profesionalizante
signado por una identidad propia que legitima sus objetivos y misiones en función
de la sociedad, de manera que al proyectarse, se sustenta en el principio de
pertinencia previsto en el artículo 107 de la Ley Orgánica de la Educación
Superior del Ecuador, consistente en que "....la educación superior responda a las
expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al
régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y
tecnológico mundial, y a la diversidad cultural. Para ello, las instituciones de
educación superior articularán su oferta docente, de investigación y actividades de
vinculación con la sociedad, a la demanda académica, a las necesidades de
desarrollo local, regional y nacional, a la innovación y diversificación de
profesiones y grados académicos, a las tendencias del mercado ocupacional local,
regional y nacional, a las tendencias demográficas locales, provinciales y
regionales; a la vinculación con la estructura productiva actual y potencial de la
provincia y la región, y a las políticas nacionales de ciencia y tecnología..."
A partir de la socialización de este concepto con los actores universitarios
pertenecientes a la carrera de Derecho, se determinó y llegó a consenso de que la
"Pertinencia" es la adecuación a demandas económicas o sociales concretas,
además de las exigencias de profesionalización planteadas desde el mercado
laboral o de los requerimientos de la investigación estrictamente asociada a la
solución de problemas locales y regionales. También la pertinencia refiere al
cumplimiento de objetivos más amplios como la generación de conocimientos
científicos y tecnológicos, y la formación científica y tecnológica, en cuanto
condiciones fundamentales del desarrollo económico y social, la creación de
bienes culturales y simbólicos, los valores consustanciales al ejercicio de
ciudadanía en su diversidad multiétnica y cultural, y a la profundización de la
democracia.
Tanto en el Ecuador como en el resto de América Latina, existe un nuevo
escenario político en la cual la multi-pluri-inter-culturalidad está ganando espacio y
legitimidad. Esta nueva coyuntura incluye el reconocimiento por parte de los
Estados de la diversidad étnica y cultural, derivándose de esto la necesidad de
reconocer derechos específicos, lo que algunos autores llaman el nuevo
"constitucionalismo multicultural" (Van Cott 2000) y su relación con la ciudadanía
"étnica" o "cultural" (Montoya 1996; Pérez-Bustillo 2001).
Como bien sabemos, y a diferencia de otros países de la región, en el Ecuador
este reconocimiento oficial es en mayor parte, reflejo y resultado de las luchas y
demandas del movimiento indígena, de sus procesos de fortalecimiento identitario
como actores sociales, políticos y culturales y de su cuestionamiento de los
modelos existentes de ciudadanía, democracia, estado y nación.
Las demandas de reconocimiento cultural de los pueblos indígenas han puesto en
duda la vigencia de un sistema jurídico monocultural, aun teniendo en cuenta el
escenario del multiculturalismo constitucional que recorrió las reformas
constitucionales latinoamericanas desde la aprobación del Convenio No. 169 por
parte de la Organización Internacional de Trabajo en 1989.
En el Ecuador éste proceso hace cúspide con la aprobación por referéndum de la
Nueva Constitución en 2008, en la cual se define como Estado Plurinacional de
Derechos, reconociendo la coexistencia de dos sistemas jurídicos en su seno: el
de la Justicia Ordinaria Positivada y el de la Justicia Indígena Ordinaria. Los
países de la región, como Bolivia, han transitado procesos similares, cuestionando
la permanencia del denominado "monismo jurídico". En éste sentido, el
denominado "derecho positivo formal", vigente desde el siglo XVIII, vive
actualmente una crisis de paradigmas en los términos de Thomas S. Khun (1971),
quien plantea que las crisis son una precondición para el surgimiento de nuevas
teorías y referentes.
El reconocimiento por parte del Estado de los sistemas jurídicos, la jurisdicción y
las autoridades de los pueblos y nacionalidades no implica la creación de algo
nuevo, sino el reconocimiento de una realidad histórica de ejercicio de derechos
cosuetudinarios, que en el marco de la construcción colonial de la dominación
estatal fueron invisibilizados, negados y perseguidos, como prácticas al margen de
la ley.
Por ello no consideramos al pluralismo jurídico como un uso "alternativo" del
Derecho sino como un proceso de construcción de otras formas jurídicas que
identifiquen a éste con los sectores mayoritarios de la sociedad y de respuestas
institucionales a procesos de transición de una sociedad marcada por la
colonialidad hacia una construcción social y estatal de carácter intercultural y
plurinacional. Tal como lo plantea Coutinho (1990), "un pluralismo de sujetos
colectivos fundado en un nuevo desafío: construir una nueva hegemonía que
contemple el equilibrio entre el predominio de la voluntad general sin negar el
pluralismo de los intereses particulares".
El pluralismo jurídico como uno de los avances que trae el neoconstitucionalismo
ecuatoriano, exige a todos los operadores de justicia, funcionarios públicos, la
sociedad en general y especialmente a las Facultades de Jurisprudencia y
Carreras de Derecho asimilar estos cambios que dejan atrás el monismo jurídico e
incorporar la propuesta que realiza el presente Congreso sobre la formación
interdisciplinaria en el área Jurídica y el Subtema Derecho y Antropología e
Historia; estando por tanto "...el Ecuador está obligado a enfrentar a un
proceso de transición paradigmática".'
Esto se evidencia con la realidad del entorno de aprendizaje de las Carreras del
Derecho del Centro del Ecuador como lo establece la Agenda Zonal 3 (2013-2017)
de la Secretaría Nacional de Planificación SENPLADES, que es coincidente con la
situación provincial de Bolívar por sus similares características. Del referido
documento se evidencia esta realidad:
Población
La zona está habitada por 1 456 302 personas, de las cuales 705 069 son
hombres, lo que equivale al 48% del total de la población, y 751 233 mujeres, que
equivalen a 52%. La población indígena corresponde al 24,8% del total de la zona,
representada en ocho nacionalidades, siete de ellas presentes en la provincia de
Pastaza (Achuar, Andwa, Woaorani, Shiwiar, Shuar, Zápara y Kichwa). Son parte
de esta población los pueblos Panzaleos en Cotopaxi, Puruhá en Chimborazo;
Chibuleo, Quisapincha y Salasaca en Tungurahua.
Sousa De Santos, Boaventura. Op.Cit, 2013 pg. 16, 17
La población total registra un crecimiento del 16,0% con relación al censo del año
2001. La proporción entre hombres y mujeres se ha mantenido desde el año 2001,
con un 52% de mujeres y un 48% de hombres, y se ratifica que la mayor parte de
la población sigue siendo joven.
Gráfico N° 1: Pirámide poblacional 2001-2010
2,00 0.00 2,00 4,00
6.00 194.509475 4501 ‘450.51755 2910 051540.7.15/01 C105.475757915
sawnee:momec—c7v roco—ris_ elabwade:Se~des
• Si se compara la población entre 2001 y 2010, el grupo de edad de O a 5
años se ha reducido del 14% al 12%.
• Se incrementa el segmento de la población comprendido entre O y 20 años.
• El porcentaje de población a partir de los 65 años se ha mantenido en el
8%.
Tabla 1. Densidad poblacional en la Zona 3
Nombre de
provincia
Total de la
población
Superficie
provincial, km2
Densidad
poblacional, hab/km2
Cotopaxi 409 205 6108,2 67
Chimborazo 458 581 6499,7 70,6
Pastaza 83 933 29 641,3 2,8
Tungurahua 504 583 3386,3 149
Zonal 1 456 302 45 635,6 31,9 Fuente: INEC— CPV, 2010.
Elaboración: Senplades.
Nacional que es de 57hab/km2, mientras que Pastaza apenas registra
2,8hab/km2, debido a su extensa superficie. En cuanto a la ubicación de la
población, el 37,8% de sus habitantes viven en el área urbana y el 62,2% en el
área rural, contrastando con el total nacional donde sucede lo contrario 63% y
37% respectivamente; Cotopaxi porcentualmente es la provincia que concentra la
mayor cantidad de su población en el área rural con un porcentaje de 70,4%,
seguida de Tungurahua y Chimborazo (59,4%) y Pastaza (56%).
La evolución de la población muestra una ligera tendencia hacia la urbanización
del territorio a excepción de Tungurahua en donde la población rural crece
pasando de 58,1% en 1990 a 59,3% en 2010.
Tabla 2. Evolución de la población urbana de la zona 3
Provincias Población intercensal
1990 2001 2010
Urbana
Rural Urbana Rural Urbana Rural
Cotopaxi 23,7 76,3 26,8 73,2 29,6 70,4
Chimborazo 32,9 67,1 39,1 60,9 40,8 59,2
Pastaza 36,2 63,8 43,5 56,5 44,0 56,0
Tungurahua 41,9 58,1 42,7 57,3 40,7 59,3
Zona 3 33,7 66,3 37,1 62,9 37,8 62,2
Fuente: NEC-I CPV, 2010.
Elaboración: Senplades.
Autoidentificación
En la Zona de Planificación 3, según el censo de población y vivienda del año
2010, la población se autoidentifica como se muestra en el gráfico siguiente:
Gráfico 2.Autoidentificación según cultura y costumbres
I7C
24,8%
2,7% 0.9%
0.4% 0„1% 03%
Fuente: IN EC - CYV. 2010.
flaboracion. Senpia0cs.
Para la concreción efectiva del Pluralismo Jurídico del Ecuador es necesario que
dentro del proceso formativo profesionalizante se emprendan estrategias
metodológicas dentro de las que podemos destacar las propuestas formuladas por
el Dr. Raúl Ilaquiche, docentes de UNIANDES asesor de la RED de Carreras de
Derecho de Universidades del Centro del País:
1. Porque en las Carreras de Derecho del Ecuador, no existe implementada la
catedra de Derecho y Antropología e Historia que entre otros contenidos
aborde el Pluralismo Jurídico, se hace necesario la creación de la
asignatura, que se deberá reflejar en el Macro, Meso y Micro Currículum
(S ílabo).
2. A su vez la investigación formativa se verá reflejada en la creación de un
centro de estudio y de investigación Jurídico -Antropológico, que coadyuve
a la plena implementación, aplicación y vigencia de los derechos
constitucionales y el Pluralismo Jurídico del Ecuador.
3. Las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas del
Ecuador, tienen derechos colectivos reconocidos en la Constitución de la
Republica, el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones
Unidas sobre los Derechos de los Pueblos indígenas, el Código Orgánico
de la Función Judicial, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y de
Control Constitucional, el Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, la Ley Orgánica de Participación ciudadana
y necesitan que la Academia genere acciones concretas para la plena
vigencia de estos derechos.
4. Porque, de acuerdo a los artículos 11, 424, 425 y 426 de la Constitución de
la República del Ecuador, los derechos constitucionales se debe ejercerlos,
aplicarlos de manera directa e inmediata y por cualquier medio o garantías
constitucionales y jurisdiccionales estatuidas, en virtud de lo cual los perfiles
de los nuevos profesionales deben estar dados como una competencia
especifica en esta área.
5. De acuerdo a la Constitución y la Ley es necesario la cooperación y
coordinación entre las autoridades de las funciones jurisdiccionales
indígenas y ordinarias, las mismas que hasta la fecha no existen, y los
estudios desde la praxis impulsada desde el centro de la Academia, pueden
coadyuvarlo a ello.
6. Es necesario conocer, investigar, analizar, debatir, estudiar, teorizar,
proponer, publicar y adoptar decisiones respecto a las sentencias,
resoluciones sobre las funciones jurisdiccionales dictadas por los jueces
ordinarios y jueces de la Corte Constitucional, como mecanismo que
fortalezca la interculturalidad necesaria para la convivencia de un Estado
diverso.
7. Es necesario conocer, analizar, debatir, sistematizar y socializar las
distintas formas de resoluciones de justicia indígenas y los derechos
constitucionales existentes en el Ecuador y contribuir al debate teórico
dentro de la academia.
8. Porque, a través de este centro de estudios y de investigación, la
Universidad en su proceso de Vinculación con la Sociedad puede aportar a
la construcción de las políticas públicas sobre el pluralismo jurídico y los
derechos constitucionales en el Ecuador.
En consecuencia esta ponencia tiene por objetivo proponer al Congreso de la
AFEIDAL la incorporación de la cátedra de Derecho y Antropología, e Historia, en
el marco de la formación interdisciplinaria en Educación Jurídica, que permita,
entre otros temas, la concreción del Pluralismo Jurídico.
Gracias