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DECLARACIÓN ANUAL DE ENVASES Es la información relativa a los envases de los productos puestos en el mercado nacional, que toda empresa adherida a ECOEMBES deberá presentar anualmente. Esta declaración recoge el cálculo de la contribución económica al Sistema, respecto a los productos envasados comercializados por la empresa adherida en el territorio nacional. Dicha contribución dependerá tanto del número de envases puestos en el mercado como del peso de los mismos y del tipo de material. Con independencia de la fecha de comienzo de la participación de la empresa en el SIG, deberá entregar una declaración de envases por cada uno de los cuatro últimos años y del año en curso, a no ser que demuestre que no ha tenido actividad comercial. ENVASE INDUSTRIAL Se considera envase industrial el destinado al uso y consumo propio del ejercicio de la actividad económica de las industrias, explotaciones agrícolas o ganaderas. Debe incluirse en el apartado No Sig de la declaración, si su empresa está adherida a los Planes Empresariales de Prevención, o desea que Ecoembes informe a las Administraciones Públicas a 31 de marzo. FORMATO DE ENVASE Es cada uno de los tipos de envases o agrupación de los mismos, que cada empresa elegirá como unidad para realizar la declaración de envases. Por tanto, cada formato constará de uno o varios elementos de ENVASE Es todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza, que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Se considerarán envases los artículos que se ajusten a la definición anterior, sin perjuicio de otras funciones que el envase también pueda desempeñar, salvo que el artículo forme parte integrante de un producto y sea necesario para contener, sustentar o preservar dicho producto durante toda su vida útil y todos sus elementos estén destinados a ser usados, consumidos o eliminados conjuntamente. Véase: Disposición final quinta, Ley 9/2006. EJEMPLOS · Blister de bombillas. · Bandeja de 6 botellas de agua mineral. · Caja con 12 cartones de leche. · Paleta con 48 bandejas de 24 latas de refresco. · Películas o lámina de envoltura de cajas de CD. · Se consideran envases, si han sido diseñados y destinados a ser llenados en el punto de venta (bolsas entregadas en los comercios, láminas para envolver, platos y vasos desechables…). · Etiquetas adhesivas, colgadas o atadas al producto. Por el contrario, no se consideran envases: · Las macetas previstas para que las plantas permanezcan en ellas durante su vida. · Cajas de herramientas. · Bolsas de té. · Capas de cera que envuelven el queso. · Pieles de salchichas o embutidos. · Removedores. · Cubiertos. FORMATOS SIG Y NO SIG Se considerarán Formatos SIG y por tanto serán objeto de contribución los: · Envases de consumo por particulares. · Envases comerciales adheridos voluntariamente al SIG que gestiona Ecoembes. Por el contrario, todos los envases o formatos de envases por los que la empresa no contribuya al SIG, se considerarán Formatos No SIG: · Envases comerciales no adheridos voluntariamente y envases industriales. · Envases reutilizables.

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24/12/2014 Ecoembes | Guía para la declaración de Envases

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DECLARACIÓN ANUAL DE ENVASES

Es  la  información  relativa  a  los  envases  de  losproductos  puestos  en  el mercado  nacional,  que  todaempresa  adherida  a  ECOEMBES  deberá  presentaranualmente.  Esta  declaración  recoge  el  cálculo  de  lacontribución  económica  al  Sistema,  respecto  a  losproductos  envasados  comercializados  por  la  empresaadherida  en  el  territorio  nacional.  Dicha  contribucióndependerá tanto del número de envases puestos en elmercado  como del  peso de  los mismos y del  tipo dematerial.

Con  independencia  de  la  fecha  de  comienzo  de  laparticipación  de  la  empresa  en  el  SIG,  deberáentregar una declaración de envases por cada uno delos cuatro últimos años y del año en curso, a no serque demuestre que no ha tenido actividad comercial.

ENVASE INDUSTRIAL

Se  considera  envase  industrial  el  destinado  al  uso  yconsumo  propio  del  ejercicio  de  la  actividadeconómica de las industrias, explotaciones agrícolas oganaderas. Debe  incluirse  en  el  apartado No Sigde la declaración, si su empresa está adherida a losPlanes  Empresariales  de  Prevención,  o  desea  queEcoembes  informe  a  las  Administraciones  Públicas  a31 de marzo.

 

FORMATO DE ENVASE

Es cada uno de los tipos de envases o agrupación delos  mismos,  que  cada  empresa  elegirá  como  unidadpara  realizar  la  declaración  de  envases.  Por  tanto,cada  formato constará de uno o varios elementos de

ENVASE

Es  todo  producto  fabricado  con  materiales  decualquier  naturaleza,  que  se  utilice  para  contener,proteger,  manipular,  distribuir  y  presentarmercancías,  desde  materias  primas  hasta  artículosacabados,  en  cualquier  fase  de  la  cadena  defabricación, distribución y consumo.

Se considerarán envases los artículos que se ajusten ala definición anterior, sin perjuicio de otras  funcionesque el envase también pueda desempeñar, salvo queel  artículo  forme  parte  integrante  de  un  producto  ysea  necesario  para  contener,  sustentar  o  preservardicho producto  durante  toda  su  vida útil  y  todos  suselementos estén destinados a ser usados, consumidoso eliminados conjuntamente. Véase: Disposición final quinta, Ley 9/2006.

EJEMPLOS

· Blister de bombillas.· Bandeja de 6 botellas de agua mineral.· Caja con 12 cartones de leche.· Paleta con 48 bandejas de 24 latas de refresco.· Películas o lámina de envoltura de cajas de CD.· Se consideran envases, si han sido diseñados y destinados aser llenados en el punto de venta (bolsas entregadas en loscomercios, láminas para envolver, platos y vasosdesechables…).· Etiquetas adhesivas, colgadas o atadas al producto.

Por el contrario, no se consideran envases:

· Las macetas previstas para que las plantas permanezcan enellas durante su vida.· Cajas de herramientas.· Bolsas de té.· Capas de cera que envuelven el queso.· Pieles de salchichas o embutidos.· Removedores.· Cubiertos.

FORMATOS SIG Y NO SIG

Se  considerarán  Formatos  SIG  y  por  tanto  seránobjeto de contribución los:

· Envases de consumo por particulares.

·  Envases  comerciales  adheridos  voluntariamente  alSIG que gestiona Ecoembes.

 

Por  el  contrario,  todos  los  envases  o  formatos  deenvases por los que la empresa no contribuya al SIG,se considerarán Formatos No SIG:

· Envases comerciales no adheridos voluntariamente yenvases industriales.

· Envases reutilizables.

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24/12/2014 Ecoembes | Guía para la declaración de Envases

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envase  debiendo  detallarse  y  especificar  el  tipo  dematerial y peso de cada uno de ellos en Composición.

 

EJEMPLOS

· Bandeja de 6 botellas de agua mineral, consta de lossiguientes elementos: bandeja, botella, tapón y etiqueta.· Brick de leche 1 litro, consta de dos elementos: el brick y eltapón.

· Envases puestos en el mercado a través del sistemade depósito, devolución y retorno.

 

Dicha  información,  NO  SIG  podrán  facilitarlavoluntariamente  todas  las  empresas  adheridas  sidesean que Ecoembes informe de ella a su Comunidadautónoma y, obligatoriamente aquellas empresas queparticipen  en  los  Planes  empresariales  de  Prevención(PEP) de Ecoembes, realizados gratuitamente.Véase: Planes empresariales de prevención (apdo. 7)

ENVASE REUTILIZABLE

Todo  envase  concebido  y  diseñado  para  cumplirdurante su ciclo de vida, un número mínimo de usos orotaciones,  de  forma  que  una  vez  consumido  elproducto  que  contenía,  sea  susceptible  de  serreintegrado  por  el  poseedor,  en  el  mismo  procesoeconómico para el que fue concebido o diseñado.

En  el  momento  en  que  estos  envases  dejan  de  serreutilizables, se convierten en residuo.

 

 

MARCAS

Anualmente a través de la declaración de envases lasempresas adheridas deberán facilitar todas las marcaspor las que cotizan, ya sean marcas de su propiedad,marcas  importadas  o  marcas  de  distribución  en  lasque  se  identifiquen  inequívocamente  comoenvasadores.

 

 

MARCAS DE DISTRIBUCIÓN

Marca  de  distribución  es  la  marca  propia  cuyacomercialización  se  realiza  en  exclusiva  en  losestablecimientos  de  la  cadena  de  distribuciónpropietaria  de  dicha  marca,  o  cadenas  asociadas  algrupo.

 

¿Quién  debe  pagar  el  punto  verde  de  losproductos de Marca Blanca o de Distribución?

 

ENVASE COMPUESTO

Envase  fabricado  con  diferentes  materiales,  nosusceptibles de ser separados a mano.

EJEMPLO· Aerosol que contiene envase de metal y válvula de plástico.

 

El total del peso del envase compuesto, cotizará por latarifa del material cuyo peso sea mayoritario.

 

 

ENVASES DE PLÁSTICO HDPE (Cuerporígido)

Son aquellos envases en  los que el cuerpo del propioenvase, o bien la parte mayoritaria del mismo, poseey  conserva  su  forma  rígida  y/o hueca  en  su  interior,durante su llenado, distribución y consumo.

 

 

CENTROS OPERATIVOS

Se  consideran  Centros  Operativos,  todos  aquelloscentros propios de la empresa ubicados en el territorionacional,  que  participan  en  el  proceso  de  fabricacióny/o  comercialización  de  sus  productos  y  que  sonsusceptibles de generar residuos de envases.

Podemos catalogarlos en:· Plantas de producción o de envasado.

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ENVASE DE PLÁSTICO BIODEGRADABLE

Envase  de  plástico  que  puede  ser  designado  comoorgánicamente  recuperable  al  cumplir  los  requisitosestablecidos  en  la  Norma  UNE  13432  de  envases  yembalajes  valorizables  mediante  compostaje  ybiodegradación. Algunos ejemplos de plásticos que seutilizan para la fabricación de este tipo de envases sonel  almidón,  el  PLA  (Ácido  Poliláctico)  así  como  otrostipos de poliésteres y co­polímeros biodegradables. Nose  incluyen, por  tanto, en esta categoría  los envasesfabricados  con  plásticos  aditivados  con  oxo­degradantes.

IMPORTACIONES

Los envases puestos en el mercado que procedan deimportaciones  o  sean  adquiridos  de  otros  estadosmiembros de la Unión Europea deberán declararse conidéntico criterio que el resto de envases.

 

 

BOLSA REUTILIZABLE ‐ NORMA UNE

Bolsa  de  Polietileno  (PE)  entregada  en  los  comerciosque  cumple  los  requisitos  técnicos  de  volumen,espesor  y  marcado  establecidos  en  la  NORMA  UNE53942  de  AENOR,  para  garantizar  un mínimo  de  15usos.

 

BOLSAS ENTREGADAS EN COMERCIOS

De  acuerdo  con  la  Ley,  es  responsabilidad  de  lostitulares  de  los  comercios  el  cumplimiento  de  laobligación  de  adherirse  al  SIG  y  contribuir  por  lasbolsas que se suministren al consumidor. Sin perjuiciode  lo  anterior,  la  normativa  vigente  permite  quevoluntariamente  pueda  acordarse  que  sean  losfabricantes los que contribuyan al SIG previo acuerdocon sus clientes, los comercios.

En  este  sentido,  existe  un  Acuerdo  voluntario  entrefabricantes, comercios y ECOEMBES, en virtud del cualse  establece  que  serán  los  fabricantes  los  quedeclararen  y  contribuyan  al  SIG  por  las  bolsas  quevendan  a  sus  clientes,  los  comercios,  a  quienes  lesrepercutirán  el  coste  del  punto  verde  de  la  bolsa  enfactura.  El  hecho  de  que  sea  el  fabricante  quiénacceda  a  gestionar  la  declaración  de  las  bolsas  noexime al comercio de realizar su propia adhesión.

Como  consecuencia  de  lo  anterior,  los  comerciosdeberán  incluir  en  las  declaraciones  que  puedancorresponder, todas las bolsas puestas en el mercado,por  las  que  no  hubieran  contribuido  a  través  delfabricante.

El  Acuerdo  será  únicamente  válido  para  bolsas  y  enningún caso será aplicable a otro tipo de envases.

 

· Centros de distribución o almacenes. · Otros.

Los  puntos  de  venta  al  consumidor  no  tendrían  laconsideración de centro operativo.