Formas de Gobierno en Roma

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INTRODUCCIÓN La civilización romana fue la gran protagonista del último tramo de la historia antigua, además de ser uno de los pilares de la civilización cristiano occidental, a Roma le debemos entre otros aportes el Derecho, la ley positivada racional y sistemáticamente, los conceptos de administración pública de un estado supranacional, mediante el consolidación de la Res Publicae y/o entidad pública , también en Roma están las bases de los actuales idiomas romances o latinos, y un sinfín de adelantos materiales centrales en la marcha y devenir de las sociedades que le preceden hasta el presente. Sin embargo reducir la obra de Roma, solamente al aspecto político no nos da una panorámica completa de su realidad y su importancia, de allí prevenir al lector que esta interpretación solo aborda una arista, la política, ya que gracias a ella Roma, se hace dueña del mundo, la internalización de su poderío político, de la supremacía de sus instituciones, y de la potencia de sus ideales cívicos, los lleva a la cima del poder. Esa es la óptica de este ensayo. De allí que para una visón más comprensiva de Roma y su cultura, esta información debe ser complementada, contrastada y cruzada con otros elementos de la superestructura, como: El derecho, la religión, las artes, la literatura, la vida cotidiana, su economía y su capacidad comercial, sus juegos, como el circo, donde conviven gladiadores, carreras de caballo, o necesariamente conocer como era sus legiones (o ejercito), sus clases sociales, etc. Así se podría tener una relación más exacta de lo que fue Roma y el mundo que surgió bajo su signo. Al día de hoy incluso muchas historia en teoría, y reconozcámoslo, con una clara visión democrática y progresista, no dan respuestas al pueblo que dicen interpretar por haber dejado de lado lo temporal, elemento central para la comprensión real de la historia por parte de todos los públicos, en especial el popular, al que a lo menos desde nuestra óptica, está destinada la acción pedagógica de la historia. DEFINICIÓN DEL SISTEMA DE GOBIERNO EN ROMA: El Gobierno Romano fue la más poderosa potencia militar y política del mundo antiguo la cual tuvo diversas formas de gobierno bien diferenciadas, la monarquía, la república y el imperio. Creo

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FORMAS DE GOBIERNO EN ROMAMONARQUÍA.La forma del gobierno del primero periodo de Roma fue la monarquía, pero no una monarquía absoluta. Y, estaba conformada por: a. El rey: era el jefe de una especie de república aristocrática, donde la soberanía pertenecía a los patricios, que componían las curias. El rey ejercía su poder en las asambleas o comicios, los llamados comitia curiata. El rey era elegido de forma vitalicia por los comicios, que le conferían la autoridad suprema. El rey era a su vez: (i) jefe del ejército y mandaba en tiempo de guerra; (ii) magistrado judicial, tanto en lo civil como en lo criminal; y, (iii) era el alto sacerdote encargado de velar por el regular cumplimiento de las ceremonias del culto público.A la muerte del rey y mientras era elegído otro, el poder lo ejercía un inter rex tomado del senado.b. El senado: El rey era asistido del senado, que parece haber sido compuesto desde luego de los patres o seniores, es decir, de los más viejos entre los jefes de las familias patricias. Es probable que en su origen hubiese 100 senadores. Bajo Tarquino el Antiguo, el número alcanzó a 300. El senado forma un consejo que el rey debe consultar sobre todas las cuestiones que interesan al Estado.c. Los comitia curiata comprendían los miembros de las treinta curias, patricios y clientes. Esta asamblea constituía, entre los romanos, la forma más antigua del poder legislativo. Sus decisiones se convertían en leyes, leges curiate.OLIGARQUIAEl carácter distintivo de la primera especie de oligarquía es la fijación de un censo bastante alto, para que los pobres, aunque estén en mayoría, no puedan aspirar al poder, abierto sólo a los que poseen la renta fijada por la ley. En una segunda especie, el censo exigido para tomar parte en el gobierno es de consideración, y el cuerpo de magistrados tiene el derecho de elegir sus propios miembros. Sin embargo, es preciso decir que si la elección ha de recaer entre todos los incluidos en el censo, la institución parece más bien aristocrática; y sólo es oligárquica cuando el círculo de la elección es limitado. Una tercera especie de oligarquía se funda en la sucesión, a manera de herencia, en los empleos que pasan de padre a hijo. En otra, la cuarta, se une a este principio hereditario el de la soberanía de los magistrados, la cual sustituye al reinado de la ley. Esta última forma corresponde perfectamente a la tiranía en los gobiernos monárquicos; y en las democracias, a la especie de que últimamente hemos hablado. Esta especie de oligarquía se llama dinastía o gobierno de la fuerza.Tales son las formas diversas de oligarquía y de democracia. Es preciso, sin embargo, añadir aquí una observación importante, y es que muchas veces, aunque la Constitución no sea democrática, el gobierno, efecto de la tendencia de las costumbres y de los espíritus, es popular; y recíprocamente en otros casos, aunque la Constitución legal sea más bien democrática, la tendencia de las costumbres y de los espíritus es oligárquica. Pero esta discordancia es casi siempre el resultado de una revolución, y nace que se evita hacer innovaciones bruscas; y prefiriendo contentarse con usurpaciones progresivas y de poca consideración, se dejan en pie las leyes anteriores; pero los jefes de la revolución no son por eso menos dueños del Estado.Es una consecuencia evidente de los principios antes sentados que no hay otras especies de democracias y de oligarquías que las que hemos dicho. En efecto, necesariamente, los derechos políticos han de pertenecer a todas las partes del pueblo enumeradas más arriba, o sólo a algunas de ellas con exclusión de las demás.

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INTRODUCCIN

La civilizacin romana fue la gran protagonista del ltimo tramo de la historia antigua, adems de ser uno de los pilares de la civilizacin cristiano occidental, a Roma le debemos entre otros aportes el Derecho, la ley positivada racional y sistemticamente, los conceptos de administracin pblica de un estado supranacional, mediante el consolidacin de la Res Publicae y/o entidad pblica , tambin en Roma estn las bases de los actuales idiomas romances o latinos, y un sinfn de adelantos materiales centrales en la marcha y devenir de las sociedades que le preceden hasta el presente.

Sin embargo reducir la obra de Roma, solamente al aspecto poltico no nos da una panormica completa de su realidad y su importancia, de all prevenir al lector que esta interpretacin solo aborda una arista, la poltica, ya que gracias a ella Roma, se hace duea del mundo, la internalizacin de su podero poltico, de la supremaca de sus instituciones, y de la potencia de sus ideales cvicos, los lleva a la cima del poder. Esa es la ptica de este ensayo.

De all que para una visn ms comprensiva de Roma y su cultura, esta informacin debe ser complementada, contrastada y cruzada con otros elementos de la superestructura, como: El derecho, la religin, las artes, la literatura, la vida cotidiana, su economa y su capacidad comercial, sus juegos, como el circo, donde conviven gladiadores, carreras de caballo, o necesariamente conocer como era sus legiones (o ejercito), sus clases sociales, etc. As se podra tener una relacin ms exacta de lo que fue Roma y el mundo que surgi bajo su signo.

Al da de hoy incluso muchas historia en teora, y reconozcmoslo, con una clara visin democrtica y progresista, no dan respuestas al pueblo que dicen interpretar por haber dejado de lado lo temporal, elemento central para la comprensin real de la historia por parte de todos los pblicos, en especial el popular, al que a lo menos desde nuestra ptica, est destinada la accin pedaggica de la historia.

DEFINICIN DEL SISTEMA DE GOBIERNO EN ROMA:

El Gobierno Romano fue la ms poderosa potencia militar y poltica del mundo antiguo la cual tuvo diversas formas de gobierno bien diferenciadas, la monarqua, la repblica y el imperio. Creo un modelo de sociedad basado en la desigualdad donde existan hombres y mujeres libres y hombres y mujeres esclavos.

El gobierno romano comprende un conjunto de instituciones atreves de las cuales los antiguos romanos ejercan el ejercicio del poder poltico primero en la ciudad y luego en imperio.

La antigua roma presento cuatro formas de gobierno.

* La monarqua: es la que comprenda el rey, el pueblo y el senador.

* La repblica: integrado por las magistraturas, el tribuno de la plebe, el Senador y el pueblo.

* El principado: integrado por el prncipe, las instituciones republicanas durante el principado (las magistraturas, el senador y la asamblea), la administracin provincial.

* El dominado: integrado por el dominus.

Existe una divisin en cuatro pocas que corresponden a las distintas formas de gobierno que se dio en el pueblo romano.

FORMAS DE GOBIERNO EN ROMA

MONARQUA.

La forma del gobierno del primero periodo de Roma fue la monarqua, pero no una monarqua absoluta. Y, estaba conformada por:

a. El rey: era el jefe de una especie de repblica aristocrtica, donde la soberana perteneca a los patricios, que componan las curias. El rey ejerca su poder en las asambleas o comicios, los llamados comitia curiata. El rey era elegido de forma vitalicia por los comicios, que le conferan la autoridad suprema. El rey era a su vez: (i) jefe del ejrcito y mandaba en tiempo de guerra; (ii) magistrado judicial, tanto en lo civil como en lo criminal; y, (iii) era el alto sacerdote encargado de velar por el regular cumplimiento de las ceremonias del culto pblico.

A la muerte del rey y mientras era elegdo otro, el poder lo ejerca un inter rex tomado del senado.

b. El senado: El rey era asistido del senado, que parece haber sido compuesto desde luego de los patres o seniores, es decir, de los ms viejos entre los jefes de las familias patricias. Es probable que en su origen hubiese 100 senadores. Bajo Tarquino el Antiguo, el nmero alcanz a 300. El senado forma un consejo que el rey debe consultar sobre todas las cuestiones que interesan al Estado.

c. Los comitia curiata comprendan los miembros de las treinta curias, patricios y clientes. Esta asamblea constitua, entre los romanos, la forma ms antigua del poder legislativo. Sus decisiones se convertan en leyes, leges curiate.

OLIGARQUIA

El carcter distintivo de la primera especie de oligarqua es la fijacin de un censo bastante alto, para que los pobres, aunque estn en mayora, no puedan aspirar al poder, abierto slo a los que poseen la renta fijada por la ley. En una segunda especie, el censo exigido para tomar parte en el gobierno es de consideracin, y el cuerpo de magistrados tiene el derecho de elegir sus propios miembros.

Sin embargo, es preciso decir que si la eleccin ha de recaer entre todos los incluidos en el censo, la institucin parece ms bien aristocrtica; y slo es oligrquica cuando el crculo de la eleccin es limitado. Una tercera especie de oligarqua se funda en la sucesin, a manera de herencia, en los empleos que pasan de padre a hijo. En otra, la cuarta, se une a este principio hereditario el de la soberana de los magistrados, la cual sustituye al reinado de la ley. Esta ltima forma corresponde perfectamente a la tirana en los gobiernos monrquicos; y en las democracias, a la especie de que ltimamente hemos hablado. Esta especie de oligarqua se llama dinasta o gobierno de la fuerza.

Tales son las formas diversas de oligarqua y de democracia. Es preciso, sin embargo, aadir aqu una observacin importante, y es que muchas veces, aunque la Constitucin no sea democrtica, el gobierno, efecto de la tendencia de las costumbres y de los espritus, es popular; y recprocamente en otros casos, aunque la Constitucin legal sea ms bien democrtica, la tendencia de las costumbres y de los espritus es oligrquica. Pero esta discordancia es casi siempre el resultado de una revolucin, y nace que se evita hacer innovaciones bruscas; y prefiriendo contentarse con usurpaciones progresivas y de poca consideracin, se dejan en pie las leyes anteriores; pero los jefes de la revolucin no son por eso menos dueos del Estado.

Es una consecuencia evidente de los principios antes sentados que no hay otras especies de democracias y de oligarquas que las que hemos dicho. En efecto, necesariamente, los derechos polticos han de pertenecer a todas las partes del pueblo enumeradas ms arriba, o slo a algunas de ellas con exclusin de las dems.

Cuando los agricultores y los hombres de mediana fortuna son soberanos en el Estado, ste debe ser regido por la ley, puesto que los ciudadanos ocupados en los trabajos a que deben su subsistencia no tienen el tiempo de sobra necesario para dedicarse a los negocios pblicos; ellos se remiten para esto a la ley, y no se renen en la asamblea poltica sino en los casos absolutamente indispensables.

Por lo dems, los derechos pertenecen, sin ninguna distincin, a todos los empadronados en el censo legal; porque si no se hiciera esta prerrogativa completamente general, se constituira una oligarqua. Pero como la mayor parte de los ciudadanos no tiene una renta segura, les falta tiempo para ocuparse de los asuntos generales; y he aqu cmo se establece esta primera especie de democracia.

La especie que viene en segundo lugar en el orden que hemos trazado es aquella en la que todos los ciudadanos de cuyo origen no se duda tienen derechos polticos, aunque realmente slo los gozan los que pueden vivir sin trabajar. En esta democracia, las leyes son todava soberanas, porque los ciudadanos, en general, no son bastante ricos, ni tienen bastantes rentas propias.

En la tercera especie, basta ser libre para poseer derechos polticos. Pero aqu tambin la necesidad de trabajar impide a casi todos los ciudadanos el ejercerlos: y la soberana de la ley no es menos indispensable que en las dos primeras especies.

La cuarta es la ms moderna, cronolgicamente hablando. Habiendo alcanzado ms extensin los Estados, que la tenan escasa en un principio, y aumentado su bienestar con el crecimiento de las rentas pblicas, la multitud adquiri, a causa de su importancia, todos los derechos polticos; y los ciudadanos pudieron entonces consagrarse en comn a la direccin de los negocios generales, porque tenan tiempo de sobra, y se procur a los menos acomodados, por medio de indemnizaciones, el tiempo necesario para consagrarse tambin a la cosa pblica. Estos mismos ciudadanos pobres son los ms desocupados, puesto que no tienen intereses particulares de que cuidar, circunstancia que con tanta frecuencia no permita a los ricos concurrir a las asambleas del pueblo y a los tribunales de que son miembros, y as la multitud se hace soberana, ocupando el lugar de las leyes.

Tales son las causas necesarias que determinan el nmero y las diversidades de las democracias.

La primera especie de oligarqua es aquella en la que la mayora de los ciudadanos posee riquezas inferiores a las de que acabamos de hablar, y que son de poca consideracin. El poder se atribuye a todos aquellos que tienen la renta legal; y el ser tantos los ciudadanos que adquieren de esta manera los derechos polticos ha sido causa de que se haya atribuido la soberana a la ley y no a los hombres. Estando muy distantes a causa de su nmero de la unidad monrquica, y siendo muy poco ricos para vivir en un ocio absoluto, y no bastante pobres para deber vivir a expensas del Estado, tienen necesidad de proclamar la ley soberana, en vez de hacerse ellos mismos soberanos. Si suponemos que los poseedores de renta son menos numerosos que en la primera hiptesis, y las fortunas ms pinges, tendremos la segunda especie de oligarqua. La ambicin entonces se aviva con el poder, y los ricos nombran ellos mismos entre los dems ciudadanos a los que habrn de desempear los empleos del gobierno. Poco poderosos an para reinar sobre la ley, lo son bastante, sin embargo, para hacer dictar la que les concede estas inmensas prerrogativas.

Concentrando en un nmero de manos todava menor las fortunas que han llegado ya a ser demasiado grandes, se llega al tercer grado de la oligarqua, en el cual los miembros de la minora desempean personalmente las funciones, pero conforme a la ley que las hace hereditarias. Suponiendo en los miembros de la oligarqua un nuevo aumento de riquezas y de partidarios, este gobierno hereditario se aproxima mucho a la monarqua. Los hombres, no la ley, reinan en l. Esta cuarta forma de oligarqua corresponde a la ltima forma de democracia.

REPBLICA.

En el ao 509 a. C. el rey Tarquinio el Soberbio fue expulsado de Roma, y con l acab el sistema monrquico en Roma. Desde el 509 al 27 a. C. Roma se constituy en Repblica, sistema de gobierno en el que el pueblo ejerca el poder directamente.

La constitucin de la Repblica Romana se basaba en el equilibrio de tres rganos que se controlaban mutuamente: Magistrados, Comicios y Senado. La unin entre ellos se plasma en la expresin SENATUS POPULUSQUE ROMANUS (SPQR).

El Senado representa el poder consultivo. En un principio estaba integrado slo por patricios, pero luego se incorporaron tambin los plebeyos. Las competencias del Senado son:

1. Controlar los ingresos y los gastos del Estado.

2. Juzgar los delitos cometidos en Italia que exigen una intervencin del Estado, como traiciones, perjurios, envenenamientos, asesinatos.

3. Enviar embajadas fuera de Roma y recibir las que vengan de otros pases.

Los Comicios son asambleas que representan el poder legislativo. Los componentes de los comicios son los ciudadanos libres de pleno derecho, varones y mayores de edad. Estos ciudadanos estaban divididos en clases sociales segn la capacidad econmica. Pero siempre en estas asambleas dominaban los intereses de los ricos: en primer lugar, siempre se votaba y se haca el recuento de votos empezando por la primera clase, que era la ms numerosa en las asambleas; en segundo lugar, cuando se llegaba a la mayora absoluta cesaba el recuento, con lo que los pobres no votaban nunca.

El pueblo, reunido en los comicios, es quien elige a los magistrados, es el nico que puede condenar a muerte, es quien delibera sobre la paz y la guerra y quien ratifica las alianzas y tratados de paz.

Las Magistraturas representan el poder ejecutivo temporal. Eran elegidos por el pueblo anualmente (salvo el censor, que era quinquenal), y eran cargos gratuitos y colegiados. Para poder ser elegido, se deba ser ciudadano, no estar condenado por sentencia judicial y haber cumplido el servicio militar. El desempeo sucesivo de las magistraturas desde la ms baja, la cuestura, hasta la ms alta, el consulado, se denominaba carrera poltica (cursus honorum):

Cuestores: inicialmente dos, llegaron a cuarenta bajo Julio Csar. Hubo cuestores urbanos, que, con residencia en Roma, estuvieron encargados de la administracin del tesoro del Estado; y cuestores provinciales, que administraban el tesoro de las provincias y pagaban los estipendios del ejrcito.

Ediles: dos plebeyos y dos curules. Los curules, en un principio, se eligieron entre los patricios, pero los plebeyos obtuvieron pronto el acceso al cargo de edil curul. Los ediles eran los encargados de la administracin municipal (polica, mercado, juegos pblicos, etc.).

Pretores: al principio hubo slo un pretor. Era la magistratura con la funcin de administrar justicia. A partir de 241 a. de C. se eligieron dos pretores: urbanus, encargado de dirimir los pleitos entre ciudadanos; y peregrinus, encargado de los pleitos entre extranjeros o entre un ciudadano y un extranjero. Al aumentar el nmero de provincias tambin aument el nmero de pretores, hasta diecisis en tiempos de Julio Csar.

Cnsules: fueron los magistrados con ms poder de la repblica romana. Poseyeron poderes civiles y militares: reclutaban y dirigan el ejrcito, convocaban y presidan el Senado y las Asambleas, eran los principales ejecutores de las decisiones del Senado y del pueblo. Al salir del cargo, iban a gobernar una provincia como procnsules.

Censores: en un principio fueron solamente patricios, pero a partir del 367 a. de C. uno de ellos pudo ser plebeyo. Se elegan cada cinco aos entre los que haban sido cnsules, y permanecan en su cargo el tiempo necesario para cumplir su misin, sin poder sobrepasar los dieciocho meses. Sus funciones fueron: confeccin del censo de los ciudadanos, vigilancia de las costumbres y redaccin de la lista de los senadores.

Las funciones de los magistrados que no formaban parte del cursus honorum fueron las siguientes:

- Tribunos de la plebe: su misin principal fue la defensa de la plebe frente a los abusos de los magistrados, sirvindose del ius intercessionis o derecho de vetar las decisiones de los magistrados.

- Dictador: en casos de extrema gravedad se designaba un dictador con plenos poderes civiles y militares por un perodo de seis meses. En la ltima poca de la repblica no se nombraron ya dictadores, sino que se otorgaba a los cnsules el poder supremo.

IMPERIO.

El imperio comienza en Roma con Octavio en el 27 a. C. La palabra imperium designaba el mando supremo, el poder de los ms altos cargos pblicos, que Octavio fue acumulando poco a poco.

Durante el imperio se conservaron la mayora de las magistraturas, pero progresivamente fueron perdiendo importancia. La dictadura y la censura desaparecieron a principios del imperio. Las dems magistraturas se convirtieron en simples ttulos honorficos. El emperador ser el jefe supremo civil, militar y religioso.

Los emperadores romanos asociaron a su nombre los ttulos de:

Princeps, primero entre iguales, supona el poder poltico.

Imperator, comandante, supona el poder militar.

Augustus, venerable, alude a la superioridada personal del emperador.

PRINCIPADO

El Principado, es la primera de las dos formas de gobierno que presenta el Imperio romano. Abarca el perodo comprendido entre la restauracin nominal de la Repblica, por parte de Csar Octaviano, en el ao 27 a. C., y el inicio de las reformas del emperador Diocleciano, a partir del ao 284.

Este tipo de gobierno es el resultado de la evolucin de las instituciones republicanas, adaptndolas a las provincias imperiales y su propio tesoro (Fiscus), y los antiguos organismos con las provincias senatoriales y el Aerarium o tesoro pblico. Pero en la prctica el gobierno es un protectorado, donde el Prncipe ostenta todos los poderes (Auctoritas, Maiestas y Potestas) y vigila a las autoridades clsicas.

El Principado fue una monarqua colegiada, a la cual sucede el Dominado (cuarto perodo) que se va a caracterizar por ser una monarqua absoluta, sin asociados al gobierno, a diferencia del principado, que es una democracia autoritaria. El Principado evolucion notoriamente hacia una autocracia fundada en el poder militar desde Augusto hasta Diocleciano.

El principado naci a partir de la acumulacin de cargos realizada por el heredero de Julio Csar: Csar Augusto, que tras la batalla de Actium, (ao 31 a. C.); acumul los poderes de: tribuno de la plebe (inmunidad tribunicia y derecho a veto de las decisiones senatoriales), cnsul (gobernante supremo de Roma, comandante en jefe del ejrcito y promulgador de leyes) y princeps senatus (primer hombre del senado). Estos cargos fueron los mismos que acumul el propio Julio Csar, padre adoptivo de Augusto, durante su mandato como dictador vitalicio, y que provocaron que fuera asesinado por una faccin conservadora, que le acusaba de querer proclarmarse rey de Roma.

La razn de que Augusto no fuera asesinado de igual forma se debi a la manera en que adquiri esos cargos, y el ttulo que se dio a s mismo, como nuevo autcrata de Roma.

El prncipe

En rigor jurdico, el prncipe (princeps) no era un rey ni un dictador, sino un simple ciudadano al que se le reconoca una mayor auctoritas, en razn de la cual, el senado y el pueblo romano, le concedan una serie de honores, que invariablemente incluan los ttulos republicanos de primer ciudadano (princeps civium), presidente del senado (princeps senatus) y general victorioso (emperador, en latn: imperator), adems, de un conjunto de poderes que lo ubicaban en una posicin privilegiada en el contexto institucional.

Los poderes del prncipe incluan, bsicamente, la potestad tribunicia (tribunicia potestas) y el imperio proconsular mayor e infinito (imperium proconsulare infinitum et maius).

La tribunicia potestas le confera los poderes de un tribuno de la plebe sin necesidad de ejercer el cargo. Aparte de volver inviolable su persona, lo facultaba para proponer leyes y plebiscitos; paralizar mediante veto la actividad de las otras instituciones del gobierno, sin que nadie pudiera vetarlo a l, e imponer multas, castigos y la pena capital, sumariamente, a cualquiera que interfiriera en el desempeo de sus deberes.

El imperium proconsulare, por su parte, otorgaba al prncipe los poderes de un procnsul, sin estar restringido a una provincia especfica (infinitu

Toda vez que su fundamento ltimo consista en una cualidad moral, cual era la auctoritas, el ttulo de prncipe (as como sus poderes asociados) no era hereditario. Jurdicamente, todo nuevo prncipe deba recibir sus poderes del senado y del pueblo romano, a travs de la lex de imperio. En los hechos, era habitual que fuera el prncipe anterior quien designara a su sucesor. El procedimiento consista en adoptar al elegido y otorgarle gradualmente el ejercicio de los poderes imperiales, especialmente el mando militar, para que as, llegado el momento, el senado y el pueblo no tuvieran otra alternativa que nombrarlo como nuevo emperador.

Las instituciones republicanas durante el Principado

Luego de los avatares del ltimo perodo de la Repblica, el Principado signific formalmente una restauracin de la dignidad y atribuciones las instituciones republicanas. Si bien, en la prctica, los irresistibles poderes del prncipe, las redujeron a la inutilidad poltica.

Las magistraturas

El presentar conflicto de competencia con los poderes del prncipe, signific para algunas magistraturas desparecer; tal fue el caso de la censura, que se hizo incompatible con el hecho de que el prncipe ostentara la censoria protestas; otras, como el consulado, se vieron reducidas a mismo con l, ya que no ostentaba el cargo de tribuno.

El Senado

El Senado fue restituido formalmente en su auctoritas. Sin embargo, en la prctica, perdi toda influencia poltica. El prncipe estaba moralmente obligado a acatar el senado consulta, pero los contenido de stos nunca contradeca la voluntad del emperador. Ello porque el prncipe nombraba a los senadores (en virtud de la censoria potestas); presida el senado (princeps senatus), cargo que lo facultaba para convocar las reuniones y dictar la pauta de los temas a tratar; adems, antes de cada resolucin de los senadores, les enviaba una espistola voratio, en la cual sealaba de forma respetuosa lo que espera que resolvieran. Al poco tiempo los senados consulta dejaron de tener carcter poltico, centrndose en materias administrativas y de derecho privado.

Durante el Principado, el Senado dej de comandar el ejrcito y de manejar la poltica exterior del Imperio. Ambas funciones pasaron al prncipe, quien ejerca la primera en su calidad de princeps senatus, y la segunda, en virtud del imperium proconsular. En cuanto a la administracin provincial, el gobierno senatorial tambin se vio mermado, quedando restringido a las provincias pacificadas. En mnima compensacin, se le otorg al Senado el derecho formal de designar al prncipe, adems de funciones judiciales y legislativas que se apartaban de la tradicin republicana. Pero en lo relevante, el Senado pas de gravitante ente poltico a convertirse en una oficina administrativa, cuya principal importancia consista en el hecho de constituir peldao insalvable para el acceso a cargos superiores en el gobierno imperial; los gobernadores y algunos jefes de prefecturas deban necesariamente pertenecer al orden senatorial.

Las asambleas

Augusto restableci el funcionamiento regular de las asambleas, sometiendo a su votacin una importante serie de leyes y plebiscitos; pero sus sucesores gradualmente dejaron de convocarlas. Las ltima de las leyes comiciales data de tiempos del emperador Nerva (ao 96). Durante el Principado la funcin ms relevante de las asambleas, en razn de sus atribuciones electorales, fue la ratificacin de la designacin de prncipe, la que mut con el tiempo en una simple aclamacin en el pleno del Senado.

La administracin provincial

El Principado dividi las provincias del Imperio en senatoriales e imperiales. Las primeras, que se entendan pacificadas, mantuvieron, en lneas generales, el sistema establecido durante la Repblica. Eran administradas por el Senado y gobernadas por promagistados (ex cnsules o ex pretores). Sin perjuicio de ello, el prncipe ejerca sobre los sealados gobernadores un derecho de control y vigilancia, toda vez, que su propia calidad de procnsul tena las caractersticas extraordinarias de ser maius et infinitus (mayor e infinito). Las provincias imperiales, por su parte, pasaron a la administracin directa del prncipe, quien las gobernada a travs de legados. Tenan tal administracin extraordinaria, en razn de que se consideraba que no estaban totalmente pacificadas, requiriendo de la presencia permanente de efectivos militares.

La Monarqua posee un solo gobernante, que es el monarca o rey, obviamente acompaados por un conjunto de funcionarios que lo ayudan a desempear su funcin de gobierno, pero el rey es el nico responsable en las decisiones de gobierno, que toma de acuerdo a las leyes, y para el bien de todos.

Las monarquas pueden ser electivas, cuando el rey saliente elige su sucesor, como suceda en las monarquas romanas, o hereditarias, cuando a la muerte de un rey le sucede su descendiente, como los faraones en Egipto.

ARISTOCRACIA

Es definida como el gobierno en el que el poder es detentado por los mejores, los ms virtuosos de la comunidad. La aristocracia es un concepto poltico cuya acepcin ms inmediata se refiere a aquellas personas en cuyo nombre recae el poder poltico y econmico de un pas, transmutado por derecho hereditario. A la clase de los aristcratas se les llama tambin los nobles o la nobleza. En los pases europeos, por ejemplo, los aristcratas o nobles son los reyes, prncipes, duques, condes, barones, o los que traen causa por nobleza marcadamente militar como adelantados, almirantes, marqueses pero tambin, en ocasiones, algunos emperadores. En tiempos pasados la Antigua Roma tuvo a los patricios como clase aristocrtica y en otros pases, como Japn, los nobles del pasado fueron primero los daimy de alto rango y ms tarde los kazoku, en la India eran los chatras, etc. Una segunda acepcin del trmino aristocracia considera que este no se refiere a alto nivel econmico, sea tambin un criterio para identificar a las personas que deben gobernar; otros criterios tradicionalmente relacionados con esta segunda acepcin de la aristocracia son la plutocracia (gobierno de los ricos) o la democracia (gobierno del pueblo).

DEMOCRACIA

Es el gobierno del pueblo, que en la poca aristotlica era ejercida en forma de Democracia Directa, tomando las decisiones ms importantes el pueblo (los ciudadanos atenienses, varones y libres) reunidos en la plaza pblica. Luego de la Revolucin Francesa, surgi la forma indirecta de la Democracia, donde el pueblo ejerce el poder, a travs de sus representantes. Es el gobierno de la vigencia de los derechos y de la libertad, con el lmite del respeto a las leyes.

Luego de distinguir estas formas, Aristteles escoge una forma no enumerada, que rene las caractersticas combinadas de la Democracia y la Aristocracia. A esta forma la llama Politeia, cuya traduccin es Constitucin, pero que fue interpretada como Repblica.

DICTADURA

Dictadura, sistema de gobierno cuya primera definicin fue dada por el filsofo griego Aristteles, que la calific como una de las formas puras de gobierno, junto con la monarqua y la aristocracia, en oposicin a la impura demagogia.

En Roma, se consideraba una magistratura suprema, decidida por los cnsules de acuerdo con el Senado, que, en tiempos de peligro para la Repblica, permita al dictador que la ostentara gobernar como soberano.

En la actualidad, la dictadura es una modalidad de gobierno que, invocando un pretendido inters pblico, identificado en la realidad con intereses de grupo, prescinde, para conseguirlo, de la voluntad de los gobernados.

Es un poder ejercido por una persona o grupo al margen o por encima de las leyes, sin sometimiento a fiscalizacin ni control democrtico alguno.

La dictadura excluye u obvia, cuando no la elimina, una divisin de los poderes del Estado legislativo, ejecutivo y judicial , implicando la restriccin o supresin de las libertades de expresin, reunin y asociacin. Por regla general, viene impuesta mediante golpes de Estado militares respaldados a su vez por sectores civiles que profesan una ideologa concreta, con aspiraciones hegemnicas y programas autoritarios, en particular en situaciones de crisis econmicas o polticas.

DESPOTISMO.-

El despotismo fue una forma de gobierno que tenan algunas monarquas europeas del siglo XVIII, en las que los reyes, que seguan teniendo poder absoluto, trataron de aplicar medidas ilustradas, es decir, trataron de educar al pueblo. La frase que sintetiza al despotismo ilustrado es todo por el pueblo, pero sin el pueblo.

El despotismo prevaleci en las realizas que exista antes de los griegos, cretenses, micnicos, imperios orientales, etc. La autoridad personal y arbitraria era el patriarca de una comunidad. Con el crecimiento de la poblacin a travs del matrimonio, la expansin territorial provocada por la conquista militar y la divisin del trabajo por funciones internas ejercido por la mujer y el trabajo esclavo realizado por los prisioneros de guerra, se entr a la necesidad de repartir funciones. Los delegados del patriarca y sus consejeros lo ayudaban a ejercer control cerrado sobre sus subordinados y sobre aquellos que se aprovechaban de sus tierras.

El despotismo es, sin duda, la ms simple forma de gobierno. Se basa en un concepto simple: el poder tiene la razn y es incuestionable. En una sociedad desptica, los poderes son, sin duda, gestionados por quienes detentan el poder sobre los militares y por lo tanto, pueden aumentar sus pedidos y reclamos. Debido a la opresin experimentada en este tipo de rgimen, los dspotas a menudo encuentran que su capacidad para controlar a la poblacin es proporcional a la utilizacin de tropas armadas en las ciudades donde vive la gente.

PARLAMENTARISMO

El Parlamentarismo, tambin conocido como sistema parlamentario, es un mecanismo en el que la eleccin del gobierno (poder ejecutivo) emana del parlamento (poder legislativo) y es responsable polticamente ante ste. A esto se le conoce como principio de confianza poltica, en el sentido de que los poderes legislativo y ejecutivo estn estrechamente vinculados, dependiendo el ejecutivo de la confianza del parlamento para subsistir. En sistemas parlamentarios el jefe de estado es diferente que el jefe de gobierno.

Deriva de la monarqua limitada, conservando el monarca su status de Jefe de Estado y mantenindose las cmaras, aristocrtica y censitaria, con algunas atenuaciones. El sistema es dualista porque existe una doble responsabilidad ministerial, pues el rey puede revocar a los ministros y disolver la cmara que les otorgue confianza. Por otro lado, la Cmara Alta le da su apoyo, pues le es adherente por tradicin y por necesidad, pues los pares designados permiten modificar su composicin.

Este sistema fue aplicado en Italia a fines del siglo XIX y comienzos del siglo XX.