Las Formas de Religion Occidental en la sociedad moderna de Celso Sanchez Capdequi. Capdequi
Formas de estado venezolano. florimar sanchez
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Universidad Fermín ToroVice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y PolíticasEscuela de Derecho
FORMAS DE ESTADO VENEZOLANO
Alumna:Florimar Sánchez
C.I. 26.370.346
Barquisimeto, mayo 2015
Expresión actual del Estado Federal Venezolano y su constitución en Estado Democrático y Social de Derecho
Desde 1811 la existencia del estado Venezolano ha
sido Federal
En 1901 la federación sufre un colapso y se convierte en federación centralizada
Hasta que en 1999 surgió la Constitución Bolivariana de
Venezuela
Se fue desarrollando, a pesar de los cambios políticos, en
forma democrática de federación centralizada
Por tal razón la Constitución Bolivariana de Venezuela es
un estado Federal Descentralizado, con el fin de
realizar un cambio en la estructura Centralizada
En los Art. 2 y 4 de la Constitución la Republica se
consagra como estado federal descentralizado
Los procesos de descentralización, centralización y concentración.
Descentralización Centralización
Es la forma organizada en la que un ente publico transfiere competencias a otro ente publico, puede ser:
Territorial
Territorial
Territorial
institucional
Se refiere a la exclusión territorial y concentración en órganos centrales de la función legislativa. Existen 2 tipos:
Perfecta: cuando un órgano ejerce todas las funciones estatales
Imperfecta: cuando la actividad estatal, se realiza por una pluralidad de órganos
Evolución Histórica de la Centralización
Surge en el año 1800, poniéndole fin a la descentralización que tienen inicios de la Revolución Francesa, con el fin de eliminar al Estado Absoluto, mediante los “Intendentes”. Cambiando totalmente la estructura organizativa
Se instituyen a los órganos colegiados al prefecto, subprefecto y al alcalde, en departamentos, el distrito y municipios. Se suprime la elección de los titulares de estos órganos, nombrados por el poder central
Se elimina totalmente la descentralización que había caído en anarquía. En ese momento Napoleón baso la nueva estructura organizativa en un modelo militar, creando un régimen centralizado.
Concentración:
Es una concentración organizativa cuyo centro son competencias entre si, sin mover la titularidad y ejercicio a otro órgano de inferior jerarquía. La contraposición de lo antes mencionado, se refiere a trasladar de un órgano superior a inferior.
El Estado
Competencia de los Estados. Su organización política. Sus órganos. Atribuciones y deberes. Ley de elección y remoción de los gobernadores de Estado y Distrito Capital. Organización política
“Se trata de una entidad con poder soberano para gobernar una nación dentro de una zona geográfica delimitada.” Art. 159 de la Constitución Bolivariana de Venezuela
Sin embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia Nº 1395 “…Los entes políticos-territoriales como los Estados o Municipios, sólo han de acudir al amparo para defender los
derechos o libertades de los que puedan ser titulares, como el derecho al debido proceso, o el derecho a la igualdad, o a la irretroactividad de la ley…”
Competencia de los Estados: cuando al órgano se le atribuye, la solución de uno o varios casos
Competencia Concurrente: es exclusiva, de manera simultanea y no excluyente a varios órganos
Competencia Residual: No pertenece a la Republica, ni municipios, pertenece a los Estados
Sus órganos. Atribuciones y Deberes
Poder Ejecutivo Estadal: El Poder Legislativo Estadal lo ejerce el Consejo Legislativo quién ejerce las funciones legislativas regionales y sancionará la ley de presupuesto del Estado. Poder Legislativo Estadal: El Poder Ejecutivo Estadal lo ejerce el Gobernador de Estado, éste debe ser mayor de veinticinco (25) años de edad y tener cinco (5) años de residencia ininterrumpida en el Estado. Contraloría Estadal: El estado tiene una contraloría y goza de autonomía orgánica y funcional en el ejercicio de atribuciones.
El Municipio: Organización. Competencia. Atribuciones y deberes. Base Constitucional.
Municipio es el conjunto de los habitantes que viven en un mismo término jurisdiccional, goza de autonomía y personalidad jurídica propia. La autonomía comprende:
a) La elección de sus autoridades
b) La gestión de las materias de su competencia
c) La creación, recaudación e inversión de sus ingresos
La organización municipal prevé que la constitución se regirá por lo do dispuesto a la ley que dicte la Asamblea Nacional, la referida normal es la ley Orgánica del poder publico Municipal
Bibliografía
http://definicion.de/municipio/