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    Formacin de Operarios de Demolicin

    Escrito por Fueyo Editores en 24 Julio 2014. Publicado en : Artculos / Demolicin

    La actividad de demolicin es un trabajo altamente especializado, que existedesde que existe la construccin, ya que son actividades muy relacionadasentre s, aunque completamente distintas en su finalidad.

    En construccin se busca erigir un edificio o estructura, conociendo los pasosque se van dando y las caractersticas de los materiales con los que se trabaja.

    Por el contrario, en demolicin se busca recuperar espacios, mediante la retirada parcial o integral de

    un edificio o estructura.

    Para ello, las empresas especializadas deben enfrentarse a materiales antiguos, o que no siempre estnen su mejor estado, o incluso con condicionantes de espacio muy limitados, ejecutando su trabajo conseguridad y con eficacia.

    Debido a que el ejercicio de la demolicin es especialmente complejo, conlleva una necesidadespecfica de ejecutarse con precisin, mediante la actuacin de empresas especializadas, conoperarios que conozcan bien su profesin y equipos adaptados al trabajo a realizar, segn cada casoespecfico.

    Es importante destacar que las empresas y trabajadores de este gremio realizan su labor dentro delmarco general del sector de construccin, aunque su labor profesional se desarrolla en multitud dembitos: edificacin, obra civil, industria,

    Para el desarrollo de la actividad y del gremio, desde AEDED se trabaja para fomentar una formacinsuficiente y adecuada de todos los profesionales que intervienen en los trabajos de demolicin.

    El marco de referencia para el sector de construccin, tanto a nivel laboral como formativo, es el VConvenio colectivo del sector de la construccin, publicado en el BoE el 15 de marzo de 2012.

    El convenio establece las disposiciones de formacin, por puestos de trabajo y por oficios, en materia

    de prevencin para los trabajadores del sector de construccin.

    El artculo 138 del Convenio especifica los dos tipos de ciclos formativos en materia de prevencin:

    a) El primer ciclo, denominado Aula Permanente, comprender formacin inicial sobre losriesgos del sector y contendrn los principios bsicos y conceptos generales sobre la materiaigualmente debern conseguir una actitud de inters por la seguridad y salud que incentive alalumnado para iniciar los cursos de segundo ciclo. Esta formacin inicial impartida en el primerciclo no exime al empresario de su obligacin de informar al trabajador de los riesgos especficosen el centro y en el puesto de trabajo.

    b) El segundo ciclo deber transmitir adems de la formacin inicial, conocimientos y normasespecficas en relacin con el puesto de tra bajo o el oficio.

    Posteriormente, el artculo 141 del convenio explica:

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    El segundo ciclo de formacin en prevencin de riesgos laborales del sector de la construccin seconfigura por puesto de trabajo o por oficios.

    El convenio general del sector de construccinespecifica el itinerario formativo en material dePRL de algunos oficios, los ms comunes.

    El contenido formativo en prevencin sigue

    siempre una estructura similar: 14 horas comunes alos diferentes oficios y 6 horas especficas.

    En la actualidad, el convenio general del sector deconstruccin especifica (en su artculo 151) elcontenido formativo para trabajos de demolicin yrehabilitacin.

    Sin embargo, desde AEDED se considera que lademolicin y la rehabilitacin son actividades muydiferenciadas, teniendo la demolicin entidadsuficiente y propia para que sea considerada comoun oficio claramente identificado.

    AEDED, en su funcin de asociacin empresarialrepresentativa de la actividad, informa a travs deeste documento del itinerario formativo para lostrabajadores de este campo y su consideracincomo un oficio propio, llamado especialista en demolicin, cuyos contenidos sern especficos deesta actividad.

    Atencin

    En el caso de los trabajadores que reciban formacin de segundo ciclo, para un oficio recogido en elconvenio, la formacin de prevencin de 20 horas del oficio ya incluye la de 8 del primer ciclo.

    Sin embargo, para los oficios que no estn recogidos en el convenio, se requerir siempre laformacin de primer ciclo.

    Dado que desde AEDED se propone un oficio propio, llamado especialista en demolicin, lostrabajadores de dicho oficio debern recibir al menos 8 horas de formacin en prevencin del primerciclo, y 20 horas de formacin en prevencin correspondientes al segundo ciclo propio de este nuevo

    oficio.

    Adems de establecer el marco general del sector en cuanto a la organizacin por puestos y oficios, yla formacin de cada uno de ellos, el convenio general del sector de construccin define el proceso deacreditacin de la formacin requerida.

    El artculo 168 del convenio, titulado Acreditacin de la formacin indica lo siguiente:

    La fundacin Laboral de la Construccin establecer un sistema de acreditacin de la formacin enmateria de prevencin de riesgos laborales recibida por los trabajadores del sector. Dicho sistema

    deber permitir al trabajador el acceso telemtico a sus datos y la obtencin de certificaciones de losmismos.

    Asimismo, a los efectos previstos en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, Reguladora de lasubcontratacin en el sector de la construccin, el sistema permitir a las empresas acceder a los datos

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    de sus trabajadores que resulten necesarios para la acreditacin de su formacin en materia deprevencin de riesgos laborales.

    La fundacin Laboral de la Construccin garantizar, de acuerdo con la legislacin vigente, laproteccin de los datos de carcter personal de los trabajadores que se incluyan en el sistema.

    Teniendo en cuenta el tamao del sector y la obligacin establecida en la Ley 32/2006, de 18 deoctubre, Reguladora de la subcontratacin en el sector de la construccin (artculo 10.3), las partes

    consideran la TPC como una forma de acreditacin de la formacin en prevencin de riesgoslaborales por el trabajador y que queda a su disposicin.

    Es obligatoria la TPC?

    AEDED hace constar que la TPC no es un documento obligatorio, de hecho existen sentenciasjudiciales al respecto.

    Estrictamente hablando, los trabajadores pueden acreditar su formacin mediante los certificadosrecibidos tras los cursos en los que hayan participado satisfactoriamente.

    Sin embargo, la TPC se ha convertido, de hecho, en la herramienta voluntaria del sector deconstruccin para la acreditacin de la formacin en la mayora de las obras en Espaa.

    Desde AEDED se recomienda que todos los trabajadores del gremio de demolicin,independientemente de su oficio y puesto, acrediten su formacin mediante su propia TPC.

    Itinerario formativo

    AEDED, a partir de la experiencia del gremio y de las referencias de asociaciones similares de otrospases, ha elaborado el siguiente itinerario formativo para los trabajadores especializados en

    demolicin: formacin en PRL (prevencin 44 de riesgos laborales):

    Primer ciclo: formacin bsica en prevencin, para todos los trabajadores del sector.

    Segundo ciclo: formacin especfica en prevencin, para los operarios de cada oficio o puestode trabajo.

    Formacin en uso y manejo (capacitacin para personal de obra):

    Trabajos de demolicin manual.

    Trabajos de demolicin mecnica.

    Trabajos de desmantelamiento y desguace industrial.

    Trabajos de valorizacin y gestin de residuos en obra.

    Formacin en PRL

    El artculo 19 (sobre formacin de los trabajadores) de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, deprevencin de Riesgos Laborales indica lo siguiente:

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    En cumplimiento del deber de proteccin, elempresario deber garantizar que cada trabajadorreciba una formacin terica y prctica, suficientey adecuada, en materia preventiva, tanto en elmomento de su contratacin, cualquiera que sea lamodalidad o duracin de sta, como cuando se

    produzcan cambios en las funciones quedesempee o se introduzcan nuevas tecnologas o

    cambios en los equipos de trabajo.

    La formacin deber estar centradaespecficamente en el puesto de trabajo o funcin

    de cada trabajador, adaptarse a la evolucin de los riesgos y a la aparicin de otros nuevos y repetirseperidicamente, si fuera necesario.

    A la luz de este requisito general, el sector de construccin y las actividades gremiales asimiladas almismo han creado un marco de referencia bsico para la formacin en PRL de los trabajadores, que serefleja en el convenio general del sector de construccin.

    Dicha formacin en PRL consta de dos partes bsicas, que podrn complementarse con formacinms especializada, en prevencin o en uso y manejo:

    Primer ciclo: formacin bsica en prevencin, para todos los trabajadores del sector.

    Segundo ciclo: formacin especfica en prevencin, para los trabajadores de cada oficio opuesto de trabajo.

    La formacin en PRL de construccin es principalmente terica, y se basa en materiales formativosestandarizados.

    Adems de la formacin mnima en PRL (primer y segundo ciclo), puede darse el caso de que paradeterminados trabajos la formacin en prevencin deba complementarse con contenidoscomplementarios (por ejemplo, para realizar trabajos en determinados entornos o con cierto tipo deequipos).

    Quin debe impartirla?

    PRL del Convenio

    En el sector de construccin, la formacin que est claramente identificada en el texto del convenio

    general debe de ser impartida por el servicio de prevencin de la empresa (propio, mancomunado,ajeno,), por la fundacin Laboral de la Construccin, fLC, o por una entidad autorizada por la fLC,

    para que pueda ser acreditada en la TPC.

    Es frecuente que se den incidencias sobre la formacin en PRL y la acreditacin de la misma, pordiversas razones.

    Por ejemplo, no es suficiente con que la formacin en PRL se imparta conforme a un temario delconvenio si quien ha impartido la formacin no estaba autorizado por la fLC o el curso no ha sidocorrectamente informado, luego no puede acreditarse en la TPC como formacin del trabajador.

    Tambin son habituales las incidencias relacionadas con el formador que imparte esta formacin enPRL.

    Desde AEDED se recomienda que el formador en materia de prevencin sea siempre un tcnicosuperior en prevencin de riesgos laborales, con conocimientos especializados del oficio que imparte

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    y formacin acreditada como monitor de oficios.

    PRL que no consta en el Convenio En el caso de la formacin que no consta especficamente en eltexto del convenio general, como es el caso del oficio de demolicin como se describe en estas

    pginas, la interpretacin ms aceptada (de la inspeccin de Trabajo, la fiscala de SiniestralidadLaboral,) es que dicha formacin debe ser impartida slo por quin disponga de autorizacin de laAutoridad Laboral.

    Es decir, mientras no est estandarizada y comnmente aceptada la formacin que AEDED definepara los especialistas en demolicin (por ej. homologada por la fLC), desde la asociacin serecomienda que dicha formacin slo sea impartida a travs de servicios de prevencin o entidadesformativas autorizadas para esta labor, conforme al temario propuesto en estas pginas y siempre porun formador acreditado.

    Acreditacin de formadores

    El formador que imparta la PRL de segundo ciclo del oficio de demolicin deber contar con latitulacin de tcnico superior en prevencin de riesgos laborales, poseer conocimientos especializadosdel oficio y formacin acreditada como monitor de oficios.

    AEDED dispone de un protocolo para la acreditacin de formadores para impartir la PRL del oficiode demolicin.

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