Folleto prevencion de consumo
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¿CUÁLES SON LAS SUSTANCIAS PSICOACTIVAS?
Las sustancias psicoactivas (SPA) son todas las
sustancias que actúan, alteran el sistema nervioso y el
estado de ánimo de quien las consume.
- Marihuana - Alcohol - Éxtasis - Cocaína
- Metanfetaminas - Inhalantes - Heroína
- LSD – Entre otras.
¿POR QUÉ PREVENIR EL CONSUMO DE ESTAS
SUSTANCIAS EN EL COLEGIO?
En el mundo se habla mucho acerca de las drogas; en
las calles, en la escuela, en internet y en la tv.
Mucho de lo que se escucha acerca de las drogas en
realidad proviene de aquellos que las venden o
combaten.
La prevención del consumo de sustancias es un deber
de los niños, niñas, jóvenes, adultos, padres de familia,
comunidad educativa y sociedad en general. Se hace
importante la prevención del consumo de sustancias
psicoactivas debido a que se estanca un proyecto de
vida.
¿POR QUÉ LA GENTE CONSUME DROGAS?
La gente consume drogas porque quiere cambiar algo
acerca de su vida. A continuación se encuentran
algunas de las razones por las que la gente joven se ha
dado a consumir drogas:
Para encajar en el entorno
Para evadirse o relajarse
Para disipar el aburrimiento
Para parecer mayor
Para rebelarse
Para experimentar
Piensan que las drogas son una solución. Pero con el
tiempo, las drogas se convierten en el problema.
Aunque los problemas que uno tenga que enfrentar
sean difíciles, las consecuencias del uso de drogas
siempre serán peores que el problema que uno está
tratando de resolver con ellas.
¿CÓMO ACTÚAN LAS DROGAS?
Las drogas son esencialmente venenos. La cantidad
que se consume determina su efecto.
Una pequeña cantidad actúa como estimulante
(te acelera). Una cantidad mayor, actúa como un
sedante (te entorpece). Una cantidad aún mayor
puede envenenar y matar a la persona.
Esto es cierto para cualquier droga. Sólo la cantidad
requerida para alcanzar el efecto varía. Pero muchas
drogas tienen otro riesgo: afectan directamente a la
mente. Pueden distorsionar la percepción del
consumidor de lo que está ocurriendo alrededor de él
o de ella. Como resultado, las acciones de la persona
pueden ser extrañas, irracionales, inapropiadas y hasta
destructivas.
SIGNOS Y SINTOMAS
El presente cuadro muestra los síntomas y la sustancia posible que ha ingerido la persona:
Cambios Posible
sustancia
Movimientos lentos, tendencia a la risa, hambre y excesiva calma.
Marihuana.
Dilatación de las pupilas, inquietud y aceleración psicomotora.
Cocaína.
Pérdida del equilibrio y de la coordinación motora, habla arrastrada o enredada.
Alcohol.
Somnolencia. Tranquilizantes.
Temblor, incoordinación motriz, habla arrastrada y visión borrosa.
Inhalantes.
Existen diferentes etapas que se van convirtiendo en
problema a medida que aumenta la presencia de
ciertos comportamientos: Cambio en el
comportamiento habitual, la frecuencia del consumo,
la relación con redes sociales de consumidores,
asistencia a sitios de riesgo para consumo,
permisividad social y familiar para el consumo. No
basta una sola variable, se necesita identificar por lo
menos tres de las anteriores.
DISPOSICIONES LEGALES FRENTE AL USO Y EL ABUSO DE
SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
La Ley 124 de 1994 prohíbe el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad y se dictan otras disposiciones. Sobre el tema de la prevención, dice:
Artículo 2. El menor que sea hallado consumiendo bebidas
embriagantes o en estado de beodez, deberá asistir con sus
padres o acudientes a un curso sobre prevención del
alcoholismo al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
ICBF o a la entidad que haga sus veces.
Un evento jurídico importante se da con la
promulgación de la Ley 1566 de 31 de julio de 2012,
por la cual:
Artículo 1°. Reconocimientos. Reconózcase que el consumo,
abuso y adicción a sustancias psicoactivas, lícitas o ilícitas es
un asunto de salud pública y bienestar de la familia, la
comunidad y los individuos. Por lo tanto, el abuso y la
adicción deberán ser tratados como una enfermedad que
requiere atención integral por parte del Estado, conforme a
la normatividad vigente y las Políticas Públicas Nacionales en
Salud Mental y para la Reducción del Consumo de Sustancias
Psicoactivas y su Impacto, adoptadas por el Ministerio de
Salud y Protección Social.
El Acuerdo 079 de 2003 donde se define el Nuevo
Código de Policía de Bogotá:
Artículo 38º. Prohibición a los adultos. En ningún caso se deberá incurrir en alguno de los siguientes comportamientos contrarios a la protección especial de las niñas y los niños:
5. Permitir, inducir y propiciar por cualquier medio a los menores de edad a consumir tabaco y sus derivados, ingerir bebidas embriagantes, estupefacientes y sustancias Psicotrópicas o tóxicas;
13. Propiciar o permitir el ingreso de menores de 18 años a fiestas o eventos similares en sitios abiertos al público con ambientes no aptos para menores tales como discotecas, tabernas, bares, whiskerías, clubes diurnos o nocturnos, casas de juego de suerte o de azar o en aquellos habilitados para usos similares a los de tales establecimientos así sea de manera transitoria, donde se expendan bebidas embriagantes y/o energizantes o demás sustancias estimulantes que afecten la salud de los menores.
Artículo 39º. Prohibición a los menores de edad. Se prohíbe a los menores de edad realizar los siguientes comportamientos:
3. Portar o consumir tabaco y sus derivados, bebidas embriagantes, estupefacientes o tóxicas.
La ley 1696 del 19 de diciembre de 2013 que sanciona la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
El Código de Infancia y Adolescencia 1098/06, artículos 7 y 20 y el Decreto 120 del 2010, Artículo 12 y Artículo 14 que prohíbe el consumo y el expendio de bebidas alcohólicas y otras sustancias psicoactivas a menores de 18 años.
El Manual de Convivencia del Colegio, modificado bajo los lineamientos de la Ley 1620 de Marzo de 2013 ,que define como falta grave ingresar en estado de embriaguez o bajo el influjo de alguna sustancia psicoactiva; adicionalmente, ingresar o suministrar dentro del Colegio cigarrillos, bebidas alcohólicas y/o otras sustancias psicoactivas,
El Código de Infancia y Adolescencia 1098/06, Artículo 17 que establece que todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano (incluido el ambiente escolar) en condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos de manera prevalente.
COLEGIO LAS AMÉRICAS IED JORNADA TARDE
PREVENCIÓN DEL USO Y ABUSO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
2015