FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD - ADEGI de crecimiento económico y, por lo tanto, disponer de más...

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD En los países avanzados la empresa es el elemento fundamental sobre el que pivota la creación de riqueza, la generación de renta y, en definitiva, del bienestar de las sociedades. En el Territorio Histórico de Gipuzkoa más del 85% de las personas empleadas lo hacen en el sector privado 1 y de estas el 82% son asalariados y empleadores, un 13% autónomos y un 5% cooperativistas. En estos momentos en los que aún se sufren en buena parte los efectos de una profunda crisis económica en la que los diversos gobiernos han puesto en funcionamiento fuertes paquetes de medidas que han supuesto déficits fiscales y endeudamiento, el mundo empresarial no puede ser ajeno a participar en los ajustes fiscales necesarios. Pero, la fiscalidad es también un elemento de competitividad. Hoy no basta con ser competitivos ahora ni podemos vivir de las rentas generadas anteriormente, sino que las ventajas competitivas son dinámicas y han de transformarse en permanentes. En todo el mundo, los paises, regiones, comarcas y ciudades intentan crear un marco favorable para el desarrollo de empresas competitivas y para atraer y retener la inversión, el talento científico y la iniciativa empresarial. Las empresas guipuzcoanas están realizando un importante esfuerzo para salir de la crisis y mantener el empleo en base a cuatro pilares básicos: la industria, la internacionalización, la innovación y el compromiso de las personas. Pero los efectos de la globalización y la dura competencia internacional imponen a nuestras empresas la necesidad de ser competitivos para sobrevivir. Sólo siendo competitivos internacionalmente, podremos sostener y acrecentar nuestros niveles de crecimiento económico y, por lo tanto, disponer de más ingresos públicos con los que poder sostener nuestro actual bienestar. La única vía eficaz para crear empleo es estimular el crecimiento económico y para ello es precisa una política fiscal que incentive y favorezca la inversión y la competitividad empresarial. Para ello, es preciso contar, entre otras cuestiones, con un entorno legal y fiscal favorable y estable, que permita seguir adaptando nuestro modelo de crecimiento a los retos actuales para ser una de las economías más dinámicas de Europa y el mundo, en un momento en el que las empresas guipuzcoanas tienen la necesidad de una presencia creciente en los mercados internacionales. Por ello, las empresas necesitan un marco fiscal que sea Estable Que promueva la competitividad y el emprendizaje Alineado con Europa Armonizado entre los tres territorios históricos 1 Cerca de 270.000 personas, excluidas las AAPP, los servicios domésticos y buena parte de la Educación, Sanidad y Servicios sociales (Eustat, PRA). Las empresas guipuzcoanas están realizando un importante esfuerzo para salir de la crisis y mantener el empleo en base a cuatro pilares básicos: la industria, la internacionalización, la innovación y el compromiso de las personas Sólo siendo competitivos internacionalmente, podremos sostener y acrecentar nuestros niveles de crecimiento económico y disponer de más ingresos públicos con los que poder sostener nuestro actual bienestar

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 

FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD En los países avanzados la empresa es el elemento fundamental sobre el que pivota la creación de riqueza, la generación de renta y, en definitiva, del bienestar de las sociedades.

En el Territorio Histórico de Gipuzkoa más del 85% de las personas empleadas lo hacen en el sector privado1 y de estas el 82% son asalariados y empleadores, un 13% autónomos y un 5% cooperativistas.

En estos momentos en los que aún se sufren en buena parte los efectos de una profunda crisis económica en la que los diversos gobiernos han puesto en funcionamiento fuertes paquetes de medidas que han supuesto déficits fiscales y endeudamiento, el mundo empresarial no puede ser ajeno a participar en los ajustes fiscales necesarios.

Pero, la fiscalidad es también un elemento de competitividad. Hoy no basta con ser competitivos ahora ni podemos vivir de las rentas generadas anteriormente, sino que las

ventajas competitivas son dinámicas y han de transformarse en permanentes. En todo el mundo, los paises, regiones, comarcas y ciudades intentan crear un marco favorable para el desarrollo de empresas competitivas y para atraer y retener la inversión, el talento científico y la iniciativa empresarial.

Las empresas guipuzcoanas están realizando un importante esfuerzo para salir de la crisis y mantener el empleo en base a cuatro pilares básicos: la industria, la internacionalización, la innovación y el compromiso de las personas. Pero los efectos de la globalización y la dura competencia internacional imponen a nuestras empresas la necesidad de ser competitivos para sobrevivir.

Sólo siendo competitivos internacionalmente, podremos sostener y acrecentar nuestros niveles de crecimiento económico y, por lo tanto, disponer de más ingresos públicos con los que poder sostener nuestro actual bienestar. La única vía eficaz para crear empleo es estimular el crecimiento económico y para ello es precisa una política fiscal que incentive y favorezca la inversión y la competitividad empresarial.

Para ello, es preciso contar, entre otras cuestiones, con un entorno legal y fiscal favorable y estable, que permita seguir adaptando nuestro modelo de crecimiento a los retos actuales para ser una de las economías más dinámicas de Europa y el mundo, en un momento en el que las empresas guipuzcoanas tienen la necesidad de una presencia creciente en los mercados internacionales.

Por ello, las empresas necesitan un marco fiscal que sea • Estable • Que promueva la competitividad y el emprendizaje • Alineado con Europa • Armonizado entre los tres territorios históricos

                                                            1 Cerca de 270.000 personas, excluidas las AAPP, los servicios domésticos y buena parte de la Educación, Sanidad y Servicios sociales (Eustat, PRA).

Las empresas guipuzcoanas están realizando un importante esfuerzo para salir de la crisis y mantener el empleo en base a 

cuatro pilares básicos: la industria, la 

internacionalización, la innovación y el compromiso de 

las personas 

Sólo siendo competitivos internacionalmente, podremos sostener y acrecentar nuestros 

niveles de crecimiento económico y disponer de más ingresos públicos con los que poder sostener nuestro actual 

bienestar 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 

1. Un marco fiscal estable

El desarrollo empresarial, la producción industrial y de servicios o la realización de inversiones son proyectos de una elevada maduración, que requieren de tiempo para proyectar, elaborar, gestionar y llevar a cabo.

Por ello, los agentes implicados en estas actividades necesitan contar con un marco regulatorio estable que permita prever los retornos que se pueden obtener, pues de otra forma no se pueden llevar a cabo.

Si no existe un alto grado de certidumbre sobre el marco regulatorio y fiscal, si en cada ejercicio se presentan cambios fiscales que alteran las previsiones de ahorradores e inversores, se generan incertidumbre y no se realizan las inversiones.

Así, debemos de contar con un marco legislativo de referencia que facilite una estabilidad en el sistema tributario como factor de atracción de inversiones y de nuevos proyectos empresariales que precisan de periodos de maduración largos.

Esto no significa que la fiscalidad no deba evolucionar conforme surgen nuevas necesidades, sino que cualquier cambio debe ser convenientemente analizado, madurado, debatido y contar con todas las evidencias y soporte que sean relevantes para los objetivos establecidos.

En este sentido, una cuestíon cada vez más importante es acordar una fiscalidad que favorezca el aumento del ahorro a largo plazo, tanto por motivos económicos coyunturales y estructurales como para afrontar el profundo cambio demográfico al que se enfrenta nuestra sociedad a medio plazo.

2. Un marco fiscal que promueva la competitividad y el emprendizaje

Mantener las altas cotas de bienestar económico y social que hoy día tenemos en Gipuzkoa precisa del desarrollo y crecimiento de los proyectos empresariales existentes y la constante generación de nuevos proyectos y, sobre todo, “necesita que todas las personas que hacemos Gipuzkoa tomemos conciencia de que el espíritu empresarial es el motor principal de la innovación y de la competitividad.

Emprender, crear, innovar, impulsar y dar a luz a nuevos desarrollos empresariales resulta una tarea compleja y apasionante, tan noble como trabajosa, que necesita no solamente de un tejido socio-económico propicio sino que, además, exige de la existencia de un clima social que entienda a la persona emprendedora, la apoye y la estimule desde sus primeros pasos en el mundo del emprendizaje2”.

En este sentido es preciso comprender que la fiscalidad influye en:

                                                            2 www.gipuzkoaemprendedora.net  

Debemos de contar con un marco legislativo de referencia que facilite una estabilidad en el sistema tributario como factor de atracción de inversiones y de nuevos 

proyectos empresariales que precisan de periodos de maduración largos 

Mantener las altas cotas de bienestar económico y social que hoy día tenemos necesita que todas las personas que hacemos Gipuzkoa tomemos conciencia de que el espíritu empresarial es el motor 

principal de la innovación y de la competitividad 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 • Los incentivos a emprender y crear empresas • El comportamiento inversor de las empresas del territorio. • El atractivo para atraer flujos de inversión externa.

La recaudación fiscal en un territorio depende de una serie de factores, entre los que se encuentran grosso modo los tipos impositivos normativos, la base imponible que depende del volumen de actividad generado y las deducciones-bonificaciones aplicadas:

Existe una relación entre los tipos impositivos y la recaudación (la discutida curva de Laffer) que indica que el incremento de los tipos impositivos no siempre conlleva un aumento de la recaudación fiscal. Cuando el tipo impositivo es suficientemente alto (t2* en la gráfica adjunta), si éstos se elevan aún más, los ingresos recaudados pueden terminar disminuyendo. La disminución de la oferta del bien reduce hasta tal punto los ingresos fiscales que la subida del tipo impositivo no compensa la disminución de la oferta3. Por ello, hay que estar atentos al elemento desincentivador de unos impuestos excesivamente elevados que pueden retraer la actividad económica y conducir a una menor recaudación. Esto es particularmente importante cuando existe una “competencia fiscal” en los territorios y países vecinos donde resulta relativamente fácil trasladar la actividad.

Un ejemplo de esta situación la ha presentado, por ejemplo, Islandia: entre 1991 y 2001, redujo el tipo impositivo gradualmente desde el 45% hasta el 18%, mientras que los ingresos fiscales se triplicaron.

El análisis realizado por Trabandt y Uhlig4 demuestra que la fiscalidad europea se encuentra muy próxima al tipo impositivo de máxima recaudación, de forma que la recaudación sería la misma con un recorte de 54% en los impuestos sobre el trabajo y 85% en los impuestos sobre el capital.

                                                            3 En ese recorrido de la curva juegan dos fuerzas en sentido contrario: el efecto renta (las consecuencias de la disminución de la capacidad adquisitiva por mayores impuestos) y efecto sustitución (los cambios en las decisiones que toman empresarios y consumidores como consecuencia de los impuestos). 4 How Far Are We From The Slippery Slope? The Laffer Curve Revisited (SFB 649 Discussion Paper 2006-023; http://sfb649.wiwi.hu-berlin.de/papers/pdf/SFB649DP2006-023.pdf)

ACTIVIDAD ECONÓMICA

BaseImponible

Tipos impositivos

Cuota IntegraDeduccionesCuota Liquida

RECAUDACIÓN

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3. Un marco fiscal alineado con Europa

Las empresas necesitan un marco fiscal similar al de las economías con las que competimos más directamente y que no desincentive la inversión. Pero también la administración necesita una regulación fiscal que no estimule la deslocalización de empresas y personas, pues de otra forma significaría una pérdida de actividad económica y consiguientemente de recuadación.

Es por ello, que el marco más sensato es aquel que converja con la media europea, incluso partiendo del hecho de que Europa es un área económica de una muy alta fiscalidad5.

En 2008, la presión fiscal total (la suma de impuestos y contribuciones a la seguridad social) en los 27 Estados miembros ascendieron al 39.3 % del PIB, más de un tercio por encima de los niveles registrados en los Estados Unidos y Japón. El nivel fiscal en Unión Europea es alto no sólo comparado con estos países sino también comparado a otras economías en general; entre los miembros de OCDE no europeos, sólo Nueva Zelanda tiene una proporción fiscal que excede el 34.5 % de PIB. Desde

luego los paises menos desarrollados se caracterizan por presiones fiscales mucho más bajas.

Por otra parte, la tendencia general dentro de la propia Unión Europea es hacia una convergencia fiscal “a la baja”, esto es, • La presión fiscal media en la UE

evoluciona a la baja (incluso ajustando los cambios ciclicos)

• Dentro de esta tendencia descendente los países con mayor presión fiscal se encuentran reduciéndola mientras que los países con una menor presión la están aumentando.

• Las tendencias impositivas de los países más avanzados muestran un aumento de la carga fiscal sobre el consumo y una reducción de las cargas sobre el trabajo y el capital.

                                                            5 Ver también el indice BAK Taxation Index en anexo 1. 

2008 tax and social contributions revenue as % of GDP

Evolución de la Presión fiscal en la UE27

Average change in total tax-to-GDP between 2000 and 2008 (%)

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

39,3

26,9 28,3

0

10

20

30

40

EU-27 US JP

37

38

39

40

41

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

EU-27

EU-27 projection

%

-1,7

-0,5

1,6

-2

-1

0

1

2

Medium tax countries

Low tax countries

High tax countries

Europa es un área económica de una muy 

alta fiscalidad 

La presión fiscal media en la UE evoluciona a 

la baja 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 

Estructura fiscal y principales tendencias en Europa

Los últimos datos homogéneos y disponibles sobre la fiscalildad europea muestran que el marco fiscal español, donde se inserta el marco fiscal vasco sin grandes diferencias, presenta una mayor presión sobre los impuestos directos que sobre los indirectos y sobre las contribuciones a la seguridad social (gráficos en Anexo 2). Así, • Los impuestos indirectos suponen el

30,8% de la carga fiscal en España frente a una media del 37,6% en la EU27. España es el país número 25 de los 27 por su cuota en este tipo de impuestos.

• Los impuestos directos suponen el 33,9% de la carga fiscal en España frente a una media del 32,4% en la EU27. España es el país número 10 de los 27 por su cuota en este tipo de impuestos.

• Las contribuciones a la seguridad social suponen el 37,1% de la carga fiscal en España frente a una media del 30,2% en la EU27. España es el país número 7 de los 27 por su cuota en este tipo de impueto. Hay que tener en cuenta que las contribuciones a la seguridad social se consideran también imposición, de hecho, un impuesto al empleo.

Distribución de la Recaudación % del PIB % del total Recaudación Impositiva

España UE27 Dif. España UE27 Dif. Total 33.1 37.0 -3.9 100 100 0.0

Imp.Indirectos 10.2 13.8 -3.6 30.8 37.6 -6.8 Imp. Directos 11.2 12.2 -1.0 33.9 32.4 1.5 Contribución Seg.Social 12.3 11.0 1.3 37.1 30.2 6.9

Nota: por alguna razón que no conocemos los datos de España no suman 100. Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

Evolución de tipos máximos del IRPF en UE27

Tipo “normal” del IVA en UE27

Evolución de tipos impositivos de I.Sociedades en UE27

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

35

40

45

50

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

18,5

19,0

19,5

20,0

20,5

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

20

25

30

35

40

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

El marco fiscal español y vasco presenta una mayor presión sobre los impuestos directos que sobre los indirectos y sobre las contribuciones a la seguridad social 

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 Además, la imposición según función económica sobre la que recae indica que en España y Euskadi, la carga recae en mayor medida sobre las rentas del capital (por encima de la media EU) que sobre el trabajo y principalmente sobre el consumo:

• La imposición sobre el consumo supone el 25% de la carga fiscal en España frente a una media del 33% en la EU27. España es el país número 24 de los 27 por su cuota en este tipo de impuestos. Además, la imposición sobre el consumo crece en Europa, especialmente entre 2001 y 20076. Los tipos en España son menores que la media europea, tanto del IVA como de los impuestos especiales. De hecho, la tasa implicita sobre el consumo (ITR7) en España es la menor de toda la UE27 (14,1% frente a una media del 21,5% en 2008), seguido de Grecia (15.1 %), Italia (16.4 %), Latvia y Lithuania (ambos 17.5 %). Entre los países con mayor fiscalidad sobre el consumo se sencuentran Dinamarca (32.4 %), Suecia, Luxembourg, Hungría y Holanda.

• Los impuestos sobre el empleo (impuestos sobre la renta personal y contribuciones a la seguridad social) suponen el 50% de la carga fiscal en España ligeramente por encima de la media del 48% en la EU27. España es el país número 13 de los 27 por su cuota en este tipo de impuestos. Sin embargo, la tasa implicita sobre el trabajo en España está claramente por debajo de la media de la UE27 (30,5% frente a una media del 34,2%) y sólo 8 países tienen unos tipos menores. En su descomposición se observa una menor contribución del IRPF y de las contribuciones sociales de los empleados, pero una mayor contribución social de los empleadores. La baja contribución del IRPF se produce a pesar de que los tipos máximos del IRPF son en España superiores a la media UE27 (43% frente a una media del 37,5%; España es el páis nº 10 por sus mayores tipos máximos).

                                                            6 El descenso observado en 2008 se explicaría por un cambio en el modelo de consumo hacia bienes gravados con un menor IVA provocado por la crisis. Además, los inventarios involuntarios acumulados por las empresas, también debido a la crisis, pueden haber producido unas devoluciones significativas de las administraciones que causarían el descenso en la recaudación por este impuesto (“Taxation trends in the European Union”, Eurostat). 7  La Tasa Impositiva Implicita (Implicit Tax Rate) es una medida del tipo medio efectivamente aplicado sobre cada una de las funciones económicas (esto es, el consumo, el trabajo o el capital). Se calculan como el ratio entre la recaudación de cada una de las categorías y un denominador que trata de aproximar la base imponible de esa categoría (por ejemplo, el consumo total del paíse que es objeto de la imposición), normalmente recogidos de las Cuentas Económicas. Quiere ser una medida más exacta de la presión fiscal del país que otros inidcadores utilizados como el porcentaje del PIB.

Implicit tax rate sobre consumo

Implicit tax rate sobre empleo

En España y Euskadi  la carga fiscal recae en mayor medida sobre las rentas del capital (por encima de la media EU) que sobre el trabajo y principalmente sobre 

el consumo 

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 • Los impuestos sobre el capital suponen el 28% de la carga fiscal en España frente a una

media del 20% en la EU27. España es el país número 6 de los 27 por su cuota en estos impuestos. Desde mediados de los 90 se produce una rebaja sustancial en los tipos impositivos sobre el capital en la mayoría de los países y especialmente en el Impuesto de Sociedades: los tipos han descendido en 12 puntos en la EU27, desde el 35,3% en 1995 al 23,2% en 2010. Este descenso ha sido generalizado en todos los países8. España es el cuarto país por sus mayores tipos normativos del I.Sociedades (30% frente al 23,2% de la media de la UE27). De hecho, el estudio de la Comisión incluye a España entre una serie de países donde se han producido aumentos en el ITR sobre el capital debido a mayores impuestos recaudados sobre una base imponible de capital estable o decreciente (junto con Dinamarca, Estonia, Italia, Chipre y Latvia).

Distribución de la Recaudación según función % del PIB % del total Recaudación Impositiva

España UE27 Dif. España UE27 Dif. Total 33.1 37.0 -3.9 100 100 0.0

Consumo 8.4 12.0 -3.7 25.2 33.1 -7.9 Trabajo 16.7 17.5 -0.8 50.5 46.7 3.9 Capital 8.6 7.5 1.1 26.1 20.4 5.7

Nota: por alguna razón que no conocemos los datos de España no suman 100 Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

Tasas impositivas implicitas (ITR) % España UE27 Dif.

Consumo 14.1 21.5 -7.4 Trabajo 30.5 34.2 -3.7 Capital 32.8 27.2 5.6 Energía 148.8 161.8 -12.9

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010” Tasas impositivas implicitas (ITR) %

                                                            8 Con la excepción de Malta, Hungría y Finlandia.

Development of adjusted statutory tax rate on corporate income

1995-2010, EU-27 and euro area averages; in %

España es el cuarto país por sus mayores tipos 

normativos del I.Sociedades (30% frente al 23,2% de la 

media de la UE27). 

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Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

Medidas para una convergencia fiscal con Europa A la vista de la estructura fiscal europea y las principales tendencias impositivas que se observan, un sistema fiscal alineado con Europa condiciría a una propuesta de líneas potenciales de reforma, que se deben analizar para Gipuzkoa, pasaría por las siguientes:

1.-Una elevación de la imposición sobre el consumo (IVA, Imptos. Especiales sobre alcohol, tabaco e hidrocarburos). No sólo la carga fiscal sobre el consumo es superior en Europa (los tipos en España son menores que la media europea, tanto del IVA como de los impuestos especiales), sino que además la tendencia general es hacia su aumento y crecen en Europa, especialmente entre 2001 y 2007. La recaudación de los impuestos indirectos supone el 10,2% del PIB, 3,6 puntos menos que en EU27, un 70% debido a la menor presión por el IVA (el tipo medio del IVA en España es de un 18% frente a una media europea que supera el 20%) y un 25% por la menor fiscalidad de los impuestos especiales. Un aumento del tipo medio del IVA de 2 puntos en Gipuzkoa supone un aumento de la recaudación de al menos 475 millones de euros al año. Una recaudación por impuestos sobre el consumo (IVA e Impuestos especiales) alineada con la UE27 supondría elevar la recuadación en más de 700 millones de euros al año en Gipuzkoa9.

                                                            9 “La subida del IVA es quizás la menos mala de las opciones en un abanico de medidas desagradables. Primero, porque nuestra imposición al consumo es baja en comparación con nuestros socios Europeos. Segundo, porque es un impuesto menos distorsionante que las alternativas (IRPF, Sociedades o cotizaciones sociales). Sin embargo, las subidas del IVA de los últimos tiempos han perdido mucho fuelle por el alto porcentaje de la cesta de consumo de los españoles que está sometida a tipos reducidos. Los economistas son reacios, en general, a tener tipos reducidos para unos bienes y no para otros, ya que esto introduce distorsiones innecesarias en los precios relativos. Además, los posibles problemas de equidad que un tipo único podría crear se resuelven de mejor manera a través del gasto. Una reforma importante sería, en consecuencia, ir eliminando progresivamente más y más bienes del tipo reducido y moverlos a la categoría del tipo general.” Jesús Fernández-Villaverde y Juan F. Rubio Ramírez “La ley de economía sostenible y las reformas estructurales: 25 propuestas” (Fedea http://www.reformasestructurales.es/)

14,1

30,532,8

21,5

34,2

27,2

0

5

10

15

20

25

30

35

40

Consumo Trabajo Capital

EspañaEU27

Una recaudación por impuestos sobre el consumo (IVA e 

Impuestos especiales) alineada con la UE27 supondría elevar la recuadación en unos 800 millones de euros al año en Gipuzkoa 

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 Imposición sobre el consumo en Europa

ITR s/

consumo (1)

IVA tipo estándar

(2)

Impuestos Indirectos % PIB (1)

Total IVA Imptos.

especiales consumo

Otros Imptos. s/

consumo (3)

Otros Imptos. s/ productos

ES 14.1 18.0 10.2 5.3 2.1 1.7 1.1 EL 15.1 23.0 12.4 7.1 2.3 2.5 0.4 IT 16.4 20.0 14.0 5.9 1.9 3.0 3.2 LV 17.5 21.0 11.1 6.6 3.2 0.6 0.6 LT 17.5 21.0 11.9 8.1 3.1 0.4 0.4 UK 17.6 17.5 12.3 6.3 3.2 1.2 1.6 RO 17.7 19.0 12.0 7.9 2.7 0.6 0.8 SK 18.4 19.0 10.8 6.9 2.7 0.4 0.8 FR 19.1 19.6 15.0 7.0 2.0 1.8 4.3 PT 19.1 20.0 14.9 8.7 2.8 2.5 0.9 DE 19.8 19.0 12.8 7.0 2.5 0.9 2.3 MT 20.0 18.0 15.0 8.0 3.1 3.4 0.5 CY 20.6 15.0 18.6 11.3 3.3 1.6 2.4 EE 20.9 20.0 12.5 8.0 3.3 0.4 0.7 PL 21.0 22.0 14.4 8.0 4.4 0.4 1.6 CZ 21.1 20.0 11.3 7.1 3.4 0.5 0.4 BE 21.2 21.0 13.1 7.0 2.1 2.3 1.8 EU-27* 21.5 20.2 13.8 7.8 3.0 1.5 1.5 AT 22.1 20.0 14.4 7.8 2.5 1.1 3.1 IE 22.9 21.0 12.4 7.1 2.4 1.8 1.1 SI 23.9 20.0 14.3 8.4 3.4 1.0 1.6 FI 26.0 23.0 13.2 8.4 3.4 1.2 0.2 BG 26.4 20.0 18.6 11.5 6.1 0.5 0.5 NL 26.7 19.0 12.7 7.3 2.4 2.0 1.0 HU 26.9 25.0 16.0 7.8 3.4 4.2 0.7 LU 27.1 15.0 12.0 6.0 3.5 0.9 1.6 SE 28.4 25.0 18.4 9.4 2.8 0.8 5.5 DK 32.4 25.0 17.4 10.1 3.2 2.2 1.9 (1) 2008 (2) 2010 (3) incluido importación (*)media aritmética Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

2.-Una menor imposición sobre el trabajo y una diferente distribución de las cargas, que penalizan el empleo (principalmente de baja cualificación), con un aumento de la tributación por renta personal. Los tipos efectivos sobre el trabajo en España son 3,6 puntos inferiores que en la UE27, aún cuando las contribuciones sociales son bastante superiores (las contribuciones a la Seguridad Social son en España 1,3 puntos sobre el PIB superiores a la UE27). Esto indica que el problema subyace en los impuestos sobre la renta personal, incluso a pesar de mantener unos tipos marginales máximos en el IRPF entre los 12 más elevados de Europa (43% en España, por encima del 37,5% en EU27). Tal como se señala en el informe de Eurostat “Labour taxes rose so forcefully10 because they were the only ones that could provide the volume of funds necessary to finance the additional government expenditure”, y por tanto, la racionalidad de tales aumentos se explica sólo por razones recaudatorias. Dentro del conjunto de cargas que recaen sobre el trabajo y las rentas que genera este factor podemos distinguir dos elementos en los que existe margen de maniobra para realizar una convergencia fiscal con Europa:

                                                            10 Desde 1970 hasta 1995.

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 • Una distribución de las contribuciones a la Seguridad Social entre empleadores y

empleados en línea con las pautas europeas y que evite las barreras a la contratación, especialmente de empleos con menor cualificación. Las contribuciones sociales de los empleadores en España superan a la UE27 en 2,2 puntos mientras que las de los empleados es 1,4 puntos inferior. No es algo nuevo, ya en 2006 Adegi11 advertía de que “Las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social son, en sus actuales niveles además de un diferencial negativo de competitividad, un “impuesto contra el empleo” que incide negativamente en las empresas más intensivas en mano de obra y en los puestos de trabajo de más baja cualificación, y representan un obstáculo para la incorporación de los jóvenes al mercado de trabajo. La contribución de las Empresas guipuzcoanas a la Seguridad Social sobre el coste laboral total es la segunda más alta de los países de la UE-15 y diez puntos superiores a su media. Representa un 27,4% del total de los ingresos fiscales, doce puntos superior a la media de

la UE-15.” Recientemente la Comisión Europea pedía a España que reduzca las cotizaciones sociales de los trabajadores para disminuir los costes salariales, y que compense la reducción de ingresos con aumentos del IVA y de los impuestos sobre la energía. Esto ha sido entendido claramente en algunos países que han realizado reformas al respecto. Así por ejemplo, Alemania elevó el IVA en 2007 en 3 puntos (del 16% al 19%) y redujo las cotizaciones sociales de los empleadores para fomentar el

aumento de las contrataciones en un momento en que la tasa de paro era del 11%, la más alta desde la segunda postguerra, y el número de desempleados rondaba los cinco millones. El éxito de esta reforma está a la vista, incluso en el periodo de crisis padecido.

• Un aumento de la recaudación por impuestos sobre la renta personal en base a una reducción de deducciones, pero que no desincentive la atracción de talento. A pesar de la mayor fiscalidad directa sobre las nóminas existente en España, la imposición directa sobre la renta de las personas es menor que en la UE27 (un 7,5% sobre el PIB frente a un 8,1%) por lo que para un alineamiento con Europa es necesario actuar sobre el IRPF. Sin embargo, dado que los tipos máximos son más elevados en España (43% y 45% en Gipuzkoa frente al 37,5% en EU27), los análisis sugieren que el problema procede de las mayores deducciones y bonificaciones. Por ejemplo, la deducción por adquisición de vivienda y la deducción de 400€ suponen casi el 30% de las deducciones, reduciendo el tipo medio del 25,6% al 17,9% y la recaudación en unos 290 millones de euros en Gipuzkoa. Así, en 2008 con unos rendimientos brutos de las actividades económicas de 10.820 millones de euros se obtuvo una recaudación de 1.379 millones de euros, el 6,2% del PIB del territorio. La desaparición de las mencionadas deducciones supondría una recaudación sobre el PIB del 7,5%, es decir, 1,3 puntos más. En este sentido, consideramos que las deducciones deben orientarse prioritariamente como instrumentos de política económica y fomentar el crecimiento económico y el conocimiento. Así, es importante:

• Mantener los incentivos a los sistemas de previsión complementarios (EPSV) y facilitar la canalización de dichos fondos hacia actividades productivas de largo plazo.

                                                            11 Argumenta 02/2006 

Las contribuciones sociales de los empleadores en España superan a la 

UE27 en 2,2 puntos. Alemania elevó el IVA en 2007 en 3 puntos (del 16% al 19%) y redujo las 

cotizaciones sociales de los empleadores para fomentar el  aumento de las contrataciones

La deducción por adquisición de vivienda y la deducción de 400€ 

suponen casi el 30% de las deducciones, reduciendo el tipo medio del 25,6% al 17,9% y la 

recaudación en unos 290 millones de euros en Gipuzkoa 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 • Incentivar la inversión en acciones de empresas no cotizadas, mediante una deducción

en la base imponible para las aportaciones individuales a la adquisición de acciones. Por otra parte, también hemos de ser conscientes de que una economía competitiva internacionalmente se basa en el desarrollo, retención y atracción de talento y conocimiento, un bien escaso en Euskadi, y que una fiscalidad excesiva en materia de renta puede desincentivar su establecimiento y trabajo en nuestro territorio. Además, el mayor desarrollo de los procesos de internacionalización requieren cada vez más del desplazamiento de trabajadores al extranjero, por lo que es preciso prestar atención al tratamiento fiscal de estos trabajadores y favorecer su movilidad.

Imposición sobre el empleo en Europa

ITR s/

empleo (1)

Imp.Renta Personal -Tipo marginal máximo (2)

Impuestos % PIB (1) Imp. Renta Personal

Cotiz.Seg.Social TOTAL

Cotiz.S.Soc. Empleadores

Cotiz.S.Soc Empleados

Cotiz.S.Soc. Autónomos

MT 20.2 35.0 5.8 6.2 2.8 2.8 0.6 CY 24.5 30.0 5.0 7.7 5.3 2.1 0.3 IE 24.6 41.0 8.2 5.3 3.3 1.8 0.2 UK 26.1 50.0 10.7 6.8 3.9 2.7 0.2 BG 27.6 10.0 3.0 8.1 5.0 2.6 0.4 LV 28.2 26.0 6.3 8.2 5.9 2.2 0.1 RO 29.5 16.0 3.4 9.3 6.0 3.2 0.1 PT 29.6 42.0 5.8 11.9 7.8 3.6 0.6 ES 30.5 43.0 (3) 7.5 12.3 8.9 2.0 1.5 LU 31.5 39.0 7.7 10.1 4.3 4.6 1.1 PL 32.8 32.0 5.4 11.4 4.8 4.6 2.0 LT 33.0 15.0 6.6 9.0 8.0 0.9 0.1 SK 33.5 19.0 2.8 12.0 6.7 2.9 2.4 EE 33.7 21.0 6.3 11.8 11.4 0.2 0.1 EU-27 * 34.2 37.5 8.1 11.0 6.6 3.3 1.0 NL 35.4 52.0 7.2 14.5 4.9 6.8 2.8 SI 35.7 41.0 5.9 14.1 5.5 7.4 1.1 DK 36.4 51.5 25.3 1.0 0.0 1.0 0.0 EL 37.0 45.0 4.7 12.2 5.7 4.7 1.8 DE 39.2 47.5 9.6 15.1 6.5 6.1 2.5 CZ 39.5 15.0 4.0 16.2 10.3 3.6 2.3 FI 41.3 48.6 13.3 12.1 9.0 2.2 0.9 AT 41.3 50.0 10.4 14.4 6.7 5.9 1.8 FR 41.4 45.8 7.7 16.1 11.0 4.0 1.2 SE 42.1 56.4 14.2 11.3 8.3 2.7 0.2 HU 42.4 40.6 7.7 13.8 9.8 3.3 0.7 BE 42.6 53.7 12.6 13.9 8.4 4.2 1.3 IT 42.8 45.2 11.7 13.4 9.1 2.4 1.9 (1) 2008 (2) 2010 (3) 45% de tipo máximo en Gipuzkoa para rentas mayores de 62.440 € (*)media aritmética Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

IRPF en Gipuzkoa

Declaración consolidada por cada 1.000 euros de Rendimientos (2008) RENDIMIENTOS 1.000

Bonificaciones y Reducciones 180 BASE IMPONIBLE 820

tipo impositivo medio 25,6 % CUOTA ÍNTEGRA 210

Deducciones 90 o Deducción adquisición vivienda y 400€ 27 o Resto deducciones 63

CUOTA LÍQUIDA RECAUDADA 120 tipo efectivo medio 14,6 %

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 3.-Rebaja en los tipos impositivos del Impuesto de Sociedades para acercarlos a la media europea del 24%.

En el conjunto de la UE27 los tipos medios del Impuesto de Sociedades han descendido en 12 puntos en los últimos quince años, desde el 35,3% en 1995 al 23,2% en 2010. Este descenso ha sido generalizado en todos los países12. Incluso los países nórdicos (Suecia, Filnadia, Noruega, Dinamarca) han rebajado sustancialmente la fiscalidad sobre los ingresos de las empresas, lo que no se ha traducido en un descenso de la recaudación por estos impuestos. Por otra parte, también es cierto que se ha producido un movimiento en los países europeos hacia una reducción en la escala de las deducciones y exenciones. Tal como se señala en el estudio de Eurostat:

“Hay un amplio interés en la evolución de los impuestos sobre el capital por diversas razones. El aumento de la movilidad del capital, especialmente durante las dos décadas pasadas aumenta la preocupación de los responsables de formular la política fiscal de que unos niveles excesivos de impuestos podrían ahuyentar al capital y movilizar las ganancias a jurisdicciones con baja imposición. Al mismo tiempo, se realizan esfuerzos para atraer capital e inversiones extranjeras ofreciendo un tratamiento fiscal atractivo (la denominada “competencia fiscal”. Como la mayor parte de la fiscalidad, los impuestos sobre el capital pueden tener efectos distorsionadores sobre el mercado, particularmente en áreas sumamente integradas como la Unión Europea. Estas distorsiones también pueden afectar a los impuestos sobre la renta personal porque los impuestos sobre el capital reducen la acumulación de capital y por lo tanto afectan negativamente a los niveles de productividad, que a su vez reducen los salarios.”

Para un análisis más profundo y comparable del impacto de la imposición general sobre el capital o sobre el ingreso de las empresas, es necesario pasar de los indicadores simples basados en el empleo de métricas como tasas impositivas normativas o los porcentajes de recuadación sobre el PIB, a las tasas impositivas implícitas (ITRs), que pone en relación cada impuesto con su base tributaria respectiva. En este sentido, destacan los muy elevados niveles de ITR que presentan España, Francia, Eslovenia, Chequia y Chipre y los muy bajos de las repúblicas bálticas, Irlanda y Holanda.

Por ello, es necesaria una rebaja del tipo general del Impuesto de Sociedades en Gipuzkoa del actual 28% al 24% en que se encuentra la media de la Unión Europea. Además, sigue siendo importante dotar de un tratamiento fiscal diferencial a las Pymes, tanto mediante la aplicación de un tipo de gravamen más reducido que el aplicado con carácter general (mantenimiento del actual tipo del 24%), como mediante medidas que permitan la exención por reinversión. Este descenso del tipo general también tiene que venir acompañado de una revisión de las deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales, orientándolos prioritariamente, como se ha mencionado en el caso del IRPF, como instrumentos de política económica para fomentar el crecimiento económico, la inversión, el empleo y el conocimiento. En el caso de las Pymes, se observa un menor uso de algunos de los incentivos fiscales por lo que es preciso analizar y revisar las actuales condiciones de acceso a estos incentivos menos utilizados, para flexibilizarlos y adaptarlos a las posibilidades de las Pymes.

                                                            12 Con la excepción de Malta, Hungría y Finlandia.

En el conjunto de la UE27 los tipos medios del 

Impuesto de Sociedades han descendido en 12 puntos en los últimos 

quince años 

Los impuestos sobre el capital reducen la 

acumulación de capital y por lo tanto afectan 

negativamente a los niveles de productividad, que a su vez reducen los salarios 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 Implicit tax rate on capital and business income 2008

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

Imposición sobre el capital13 en Europa

Implicit tax rates (%) (1) Corporate income tax

(% del PIB) (1)

Top statutory tax rate on corporate

income (4) Capital Capital and

business incomeCorporate

income EE 10,7 8,2 8,3 1,7 21,0 LT 12,4 10,8 11,1 2,8 15,0 IE 15,7 11,0 7,6 2,9 12,5 LV 16,3 13,2 15,2 3,1 15,0 SK 16,7 14,9 20,7 3,1 19,0 NL 17,2 12,4 11,9 3,4 25,5 HU 19,2 14,1 19,9 2,6 20,6 CZ 21,5 19,3 25,7 4,4 19,0 SI 21,6 17,7 27,4 2,5 20,0 PL 22,5 17,6 20,0 2,7 19,0 DE 23,1 19,7 : 1,1 29,8 EU-25 average 26,5 19,3 21,8 3,4 24,0 AT 27,3 23,7 26,1 2,6 25,0 SE 27,9 21,1 23,2 3,0 26,3 FI 28,1 23,0 19,3 3,5 26,0 BE 32,7 20,6 21,4 3,3 34,0 ES 32,8 22,5 34,0 2,9 30,0 IT 35,3 27,6 31,5 3,2 31,4 CY 36,4 28,7 37,3 7,1 10,0 PT 38,6 26,5 : 3,7 26,5 FR 38,8 21,0 29,1 2,8 34,4 DK 43,1 25,7 24,9 3,4 25,0 UK 45,9 25,7 22,2 3,6 28,0 BG 16,9 (2) : : 3,3 10,0 EL 15,8 (3) : : 2,5 24,0

(1) 2008 (2) 2007 (3) 2006 (4) 2010 Ajustado.Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the EU-2010”

                                                            13 El capital se define de forma amplia, incluyendo el capital físico, intangibles y la inversión financiera y el ahorro. Los impuestos sobre el capital incluyen los impuestos sobre los ingresos de las empresas, negocio en sentido amplio: no sólo los impuestos sobre los beneficios sino también los impuestos y cargas que puedan considerarse como un prerequisito para obtener el beneficio (como el impuesto de bienes inmuebles o el impuesto sobre vehículos pagados por las empresas). Tambien se incluyen los impuestos pagados por los hogares por las transacciones inmobiliarias o su posesión. Por ello se distingue entre la fiscalidad sobre el Stock de Capital y la del ingreso de las empresas.

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 TIPO IMPOSITIVO GENERAL DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES EN EUROPA 2010

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010” y elaboración propia

Impuesto de Sociedades en Gipuzkoa Declaración consolidada por tipo de forma jurídica (2008 millones de euros)

SA SL COOP Otras TOTALBASE LIQUIDABLE 1.168 1.159 124 464 2.916

tipo impositivo medio 27,9 26,6 20,4 20,9 26,0CUOTA ÍNTEGRA 326 308 25 97 757

Deducciones 107 124 22 63 316 o Incentivos fiscales actividad economica 71 37 8 19 135 o Resto deducciones 37 86 15 44 181

CUOTA EFECTIVA RECAUDADA 219 184 3 34 441tipo efectivo medio 18,7 15,9 2,4 7,4 15,1

Impuesto de Sociedades en Gipuzkoa según forma jurídica (2008)

Tipo nominal y tipo efectivo

Fuente: Hacienda Foral de Gipuzkoa “Informe anual 2009”

23,224,0

28,0

30,0

0,0 5,0 10,0 15,0 20,0 25,0 30,0 35,0 40,0

CYBGIELTLVROSKCZPLSI

HUEE

EU-27EU-25

ELATDKNLFI

SEPTUK

GIPUZKOALUDEESIT

BEFR

MT

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

  En relación con los incentivos fiscales, en 2008 un total de 5.054 empresas se acogieron a estos incentivos (el 21,9% de las 23.039 empresas que presentan declaración en ese ejercicio por el Impuesto sobre Sociedades), por las que les correspondían unas deducciones de 222 millones de euros para la realización de unas inveriones/gastos de 1.385 millones de euros (una inversión media por empresa de 274.000 €). La cuota integra del Impuesto de Sociedades en este año fue de 757 millones de euros, por lo que los incentivos fiscales realmente aplicados (135 M€) supusieron el 17,8% de dicha recaudación. Del conjunto de deducciones, el 38% lo son por inversiones en “activos materiales fijos”, el 53% corresponde a “otras inversiones (gastos e inversión en I+D, exportaciones, formación...)” y un 9% por “creación de empleo” (téngase en cuenta que la coyuntura económica de este años fue especialmente adversa para el empleo y la inversión), lo que ha permitido que el personal contratado con contrato laboral indefinido se incremente en 4.314 personas. Desglosando las deducciones por “otras inversiones” por conceptos, el mayor importe corresponde a las Inversiones en I+D e innovación (el 53% y una deducción de 62M€ por inversiones de 169 millones de euros), seguido de las aportaciones dinerarias a AIEs y Sociedades y Fondos de Capital Riesgo (26% y 30M€), las actividades de exportación (5%).

Incentivos fiscales a al inversión en Gipuzkoa 2008

EMPRESAS INVERSIÓN DEDUCCIÓN

TOTAL 5.054 1.385 222INVERSIONES I+D+i, Mambiente, Formación, Exportación,EPSV… 4.195 522 117

I+D+i 276 169 62 Actividades de exportación 242 68 6 Medio ambiente (conservación y mejora,tecnologías limpias) 103 43 7 Aportaciones dinerarias AIEs y Sociedades y Fondos Capital Riesgo 94 145 30 Formación del personal 1.124 22 2 Previsión social empresarial, Contribución PP empleo, mutuas o EPSV 3.412 61 6 Resto (1) 363 14 2

INVERSIONES EN ACTIVOSFIJOSMATERIALES 1.364 863 84CREACIÓN DE EMPLEO 1.316 21(1) Bienes interés cultural, Planes de igualdad, Protocolo empresa familiar, Actividades o programas prioritarios) Fuente: Hacienda Foral de Gipuzkoa “Informe anual 2009” 4.-Mayor fiscalidad sobre el medio ambiente.

Por último, no podemos olvidar que los impuestos medioambientales han sido objeto de una creciente atención tanto por su potencial recaudatorio como sobre todo por los efectos incentivadores que poseen para la correción de los desequilibrios existentes en esta área.  La idea básica era sustituir la carga fiscal sobre el trabajo por una fiscalidad que promocione el menor empleo de recursos naturales y las actividades ecológicamente menos dañosas.

Como explica el estudio de Eurostat, el desarrollo de la fiscalidad sobre el medio ambiente está sujeto a dos fuerzas opuestas: por un lado, se concede una alta prioridad a la protección del medio ambiente, una tendencia creciente dada la amenaza por el calentamiento global, aunque se está otorgando una mayor presencia a otros instrumentos de intervención distintos

Del conjunto de deducciones por incentivos fiscales, el 38% lo son por inversiones en “activos materiales fijos”, el 53% corresponde a “otras inversiones (I+D+i, exportaciones, formación, 

medio ambiente, EPSV,...)” y un 9% por “creación de empleo”, lo que ha permitido que el personal contratado con contrato laboral indefinido se 

incremente en 4.314 personas 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 de los impuestos, tales como el comercio de emisiones, junto con una creciente presión política para acomodar los fuertes incrementos del precio del petróleo registrado en los últimos años.

Los impuestos mediambientales se pueden dividir en cuatro categorías: energía, transporte e impuestos sobre la polución y el uso de recursos. Actualmente, estos impuestos suponen aproximadamente el 7% de la recaudación y el 2,6% de media sobre el PIB en la UE27, aunque los datos muestran que como porcentaje de PIB han estado disminuyendo desde 2004, en particular en el euro área, a pesar de haber mostrado una clara progresión clara en los años anteriores.

Sin embargo existen diferencias importantes entre los países, en particular en los impuestos sobre la energía, que suponen ¾ de la imposición sobre el medio ambiente.  La tasa impositiva implícita sobre la energía muestra amplias diferencias en la recaudación por unidad de energía consumida (el país con una fiscalidad más elevada obtiene cuatro veces más de ingreso por unidad de energía que el país con menor fiscalidad), e indica que el promedio ponderado de impuestos sobre la energía, una vez ajustado para la inflación, han estado disminuyendo gradualmente.

Entre los miembros de la UE, la fiscalidad ambiental se encuentra en los límites del 2- 3% del PIB. Sólo cuatro estados miembros muestran niveles debajo del 2 % de PIB (Letonia, Lituania, España y Rumania), mientras en otros cuatro países los ingresos ambientales exceden o son iguales al 3,5 % de PIB (Dinamarca encabeza este grupo con el 5,7% seguido Holanda, Bulgaria y Malta). Así, España es el país con menor fiscalidad medioambiental y se encuentra un punto del PIB por debajo de la media europea, con una imposición más baja en cada una de las categorías de este tipo de impuestos.

Environmental tax revenues by Member States and type of tax

2008, in % of GDP

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

España es el país con menor fiscalidad medioambiental de la UE27 y se encuentra un 

punto del PIB por debajo de la media europea, con una 

imposición más baja en cada una de las categorías de este 

tipo de impuestos 

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ARGUMENTA 03/2011 FISCALIDAD Y COMPETITIVIDAD

 Fiscalidad sobre el medio ambiente y la energía en Europa

Implicit tax rates s/

Energía (1)

Environmental taxes as % of GDP (2)

TOTAL Energía Transporte y fuel Polución/ Recursos

DK 272,6 5,7 2,1 1,0 1,8 UK 218,0 2,4 1,8 1,7 0,1 DE 203,5 2,2 1,8 1,4 0,0 IT 200,2 2,4 1,9 1,5 0,0 MT 197,0 3,5 1,5 1,4 0,3 SE 196,6 2,7 2,2 1,3 0,0 NL 177,5 3,9 1,9 1,2 0,6 LU 167,6 2,5 2,3 2,3 0,0 FR 160,7 2,1 1,4 1,2 0,1 IE 153,2 2,4 1,3 1,2 0,0 AT 150,2 2,4 1,6 1,3 0,0 PT 149,1 2,6 1,9 1,8 0,0 EU-27 media 133,6 2,6 1,8 1,6 0,2 SI 123,9 3,0 2,4 2,2 0,2 CY 122,6 3,1 1,6 1,3 0,0 ES 117,7 1,6 1,3 1,1 0,0 BE 112,3 2,0 1,2 1,1 0,1 CZ 108,5 2,5 2,3 2,1 0,0 FI 102,7 2,7 1,8 1,3 0,1 EL 102,0 2,0 1,2 1,1 0,0 PL 101,3 2,6 2,3 1,9 0,1 HU 97,8 2,7 2,0 1,9 0,2 LT 77,4 1,7 1,5 1,5 0,1 SK 77,3 2,0 1,8 1,7 0,0 EE 70,5 2,4 2,0 1,7 0,3 BG 65,2 3,5 3,1 3,0 0,1 LV 49,8 1,9 1,7 1,6 0,1 RO 32,2 1,8 1,4 1,1 0,0 (1) 2007; Energy taxes in Euro per tons of oil equivalent (TOE), base year: 2000 (2) 2008 Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the EU-2010”

4. Un marco fiscal armonizado entre los tres territorios históricos

Parece claro que lo señalado en cuanto a la convergencia fiscal con el resto de los países europeos debe ser más contudentemente aplicado en cuanto al resto de territorios forales como Araba, Bizkaia o Nafarroa por la evidente facilidad de deslocalización hacia estas áreas de los contribuyentes guipuzcoanos.

En este sentido, debemos evitar el precedente de Gipuzkoa al decidir en 2009 mantener el Impuesto de Patrimonio, suprimido en Araba y Bizkaia, que finalmente ha concluido con un trasvase de 18 millones de euros (el 40% de los 45 millones recaudados) de los contribuyentes guipuzcoanos a las arcas de los otros territorios, a lo que hay que unir la pérdida de contribuyentes en los tramos altos (casi 800 declaraciones menos) que tampoco habrán tributado en el IRPF.

Debemos evitar el precedente de Gipuzkoa al decidir en 2009 mantener el Impuesto de Patrimonio, suprimido en Araba y Bizkaia, que finalmente ha 

concluido con un trasvase de 18 millones de euros (el 40% de los 45 millones recaudados) de los contribuyentes 

guipuzcoanos a las arcas de los otros territorios 

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 Así, el Órgano de Coordinación Tributaria tiene la misión de armonizar la normativa tributaria mediante la coordinación y colaboración fiscal entre las Diputaciones Forales en el ejercicio de sus competencias tributarias en aras a lograr una mayor eficacia en la gestión tributaria, aunque sus decisiones no son vinculantes para los territorios históricos, cuyas Juntas Generales poseen la capacidad normativa en materia fiscal.

Sin embargo, cualquier medida que suponga desarmonización entre los territorios presenta claros riesgos de, por una parte, deslocalización hacia los territorios con menor presión fiscal, y por otra, de que los recursos “extras” recaudados tan sólo sirvan para elevar el gasto y la inversión en otros territorios.

Cualquier medida que suponga desarmonización entre los territorios presenta claros riesgos de, por una parte, deslocalización hacia los territorios con menor 

presión fiscal, y por otra, de que los recursos “extras” recaudados tan sólo sirvan para elevar el gasto y la 

inversión en otros territorios 

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ANEXOS 1.BAK TAXATION INDEX

The BAK Taxation Index is an indicator for the effective tax level of companies and on highly skilled manpower. Taxation of companies constitutes a widely accepted location factor. Companies pay taxes on profits and capital. Also, under competitive labour markets for highly skilled employees, companies have to compensate these highly skilled employees for international differences in labour tax levels. Both elements constitute a tax burden on companies and have an impact on a location’s attractiveness for investment decisions.

The research is commissioned by BAK Basel Economics on behalf of the International Benchmarking Programme (IBP) and is carried out by the Centre for European Economic Research (ZEW) in Mannheim. The IBP evaluates and compares economic performance and location factors across European regions and selected “benchmark” regions worldwide. The BAK Taxation Index represents the headline figures of the IBP’s Taxation Module. It is regularly updated and illustrates trends in the effective tax levels of companies and on highly skilled manpower. The study covers regions in 18 EU Member States and Norway. Outside Europe, several locations in the US and – for the first time – in Asia are considered.

BAK Taxation Index for companies 2009-EATR%

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 BAK Taxation Index 2009 on highly qualified manpower, in %

Correlation of the two indicators representing the BAK Taxation Index on companies and highly skilled manpower (2009)

Fuente: ZEW/BAKBASEL (www.bakbasel.ch)

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2- ESTRUCTURA DE LA RECAUDACIÓN IMPOSITIVA POR TIPO DE IMPUESTOS.

Structure of tax revenues by major type of taxes-2008 (% of the total tax burden) Share of indirect taxes

Share of direct taxes

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 Share of social security contributions

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

3- ESTRUCTURA DE LA RECAUDACIÓN IMPOSITIVA POR FUNCIÓN ECONOMICA.

Distribution of the total tax burden according to economic function-2008 (% of the total tax burden)

Share of consumption tax revenue

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 Share of labour tax revenue

Share of capital tax revenue

Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

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4- ESTRUCTURA DE LA RECAUDACIÓN IMPOSITIVA POR FUNCIÓN ECONOMICA.

Decomposition of the ITR on consumption-2008

Composition of the implicit tax rate on labour

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 Implicit tax rate on capital14

Implicit tax rate on capital and business income

ITR: Implicit tax rate Fuente: Comisión Europea “Taxation trends in the European Union-2010”

                                                            14 The implicit tax rate on capital and business income differs from the ITR on capital as it excludes the taxes on the stock of wealth. It can be broken down further into corporate income or capital and business income of households and the self-employed (in the form of rents, dividends, interest, insurance income, etc.)