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INFORME FINAL DE GESTIÓN En cumplimiento a los dispuesto en la circular N°DAF-007-2009, conforme a lo que establece la Contraloría General de la República, en el inciso e) del artículo 12 de la Ley de Control Interno 8292 del 31-07-202, me permito rendir informe final de mi gestión a mi superior inmediato dirigido al Señor Ministro de Hacienda, D. Helio Fallas V, con copia al Señor Vice-Ministro de Ingresos, D. Fernando Rodriguez G, al Señor Wilson Cespedes Sibaja; Director General de Aduanas, al Señor Wilberth Cordero Fernandez Jefe del Departamento de Gestión del Potencial Humano de la Dirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Hacienda y a la Señora Rosaura Bermudez Bermudez, Jefe del Departamento de Comunicaciones del Despacho del Ministro de Hacienda a cargo de la página web del Ministerio de Hacienda. 1. INFORMACIÓN DEL FUNCIONARIO Nombre de quien deja el cargo: Coghi Morales ___ Benito 1º Apellido Apellido Nombre Número de cédula: 03-0281-0595 Puesto ocupado: Director General de Aduanas Cargo ocupado: Director Ubicación: Dirección General de Aduanas Fecha de inicio de la labor: 8 setiembre de 2015 Fecha de fin de la labor: 15 de marzo de 2017 Motivo de separación del cargo: Cese del nombramiento por las razones expuestas por el Señor Ministro Helio Fallas V. 2. CONTENIDO Página 1 de 493

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INFORME FINAL DE GESTIÓN

En cumplimiento a los dispuesto en la circular N°DAF-007-2009, conforme a lo que establece la Contraloría General de la República, en el inciso e) del artículo 12 de la Ley de Control Interno 8292 del 31-07-202, me permito rendir informe final de mi gestión a mi superior inmediato dirigido al Señor Ministro de Hacienda, D. Helio Fallas V, con copia al Señor Vice-Ministro de Ingresos, D. Fernando Rodriguez G, al Señor Wilson Cespedes Sibaja; Director General de Aduanas, al Señor Wilberth Cordero Fernandez Jefe del Departamento de Gestión del Potencial Humano de la Dirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Hacienda y a la Señora Rosaura Bermudez Bermudez, Jefe del Departamento de Comunicaciones del Despacho del Ministro de Hacienda a cargo de la página web del Ministerio de Hacienda.

1. INFORMACIÓN DEL FUNCIONARIO

Nombre de quien deja el cargo:

Coghi Morales ___ Benito 1º Apellido 2º Apellido Nombre

Número de cédula: 03-0281-0595 Puesto ocupado: Director General de Aduanas

Cargo ocupado: Director Ubicación: Dirección General de Aduanas

Fecha de inicio de la labor: 8 setiembre de 2015

Fecha de fin de la labor: 15 de marzo de 2017

Motivo de separación del cargo: Cese del nombramiento por las razones expuestas por el Señor Ministro Helio Fallas V.

2. CONTENIDO

A. PRESENTACIÓN

La modernización de la aduana costarricense mantiene un constante proceso de reforma y ajuste desde la década de los noventas, tanto en el nivel directivo del Servicio de Aduanas como operativo. El proyecto de modernización enfoca sus actividades en pilares estratégicos, que tienden a la mejora permanente de los procesos aduaneros mediante el uso intenso de la tecnología de la información y comunicación; fortalecer la cultura organizacional; promover la cultura tributaria aduanera de los ciudadanos, controlar las operaciones aduaneras y las actividades de los agentes económicos, mediante la gestión

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de riesgo y modificar la infraestructura física de sus instalaciones para adecuar los centros de trabajo a las necesidades de los servidos públicos.

Por ello en este periodo de gestión, en cumplimiento de los 3 objetivos estratégicos, se impulsaron ajustes profundos en la organización y funciones, así como, cambios sustantivos en la legislación.

Igualmente se cumplió con la estandarización – simplificación de procedimientos aduaneros informatizados, considerando los aportes y criterios de los usuarios del sistema en todo el territorio aduanero. También se incrementó la relación y alianza con el Sector Público y Privado, relacionado con el comercio exterior y la actividad aduanera propiamente dicha, así como la generación de reportes y estadísticas requeridas por el Banco Central y Procomer para sus análisis de competencia.

A nivel de la aduana se impulsó el proceso de planificación y seguimiento de resultados, con ciertos indicadores de desempeño, no solo para medir el grado de cumplimiento de los planes, sino para dotar a los funcionarios aduaneros de información oportuna para la toma de decisiones en aspectos operativos y de control. Se cambió la misión y visión de la institución de la siguiente forma:

MISIÓN: “Facilitar el flujo lícito de personas y mercancías, mediante un control eficiente que favorezca los intereses de la sociedad y contribuya al desarrollo socio económico del país.”

VISIÔN: “Ser reconocida como una administración aduanera moderna y transparente con un capital humano profesional t ético que brinda servicios de calidad.”

Actualmente el comportamiento de la recaudación reporta que la Aduana Santamaría, representa el 33.2% del total de impuestos cobrados por el programa de aduanas; la de Limón el 33.2%; Central el 16.8%; Caldera el 9.0%; Peñas Blancas el 7.0%. Con lo cual las estrategias de control de gestión integral y administración de riesgos se diseña y concentra atendiendo aspectos tributarios (carga tributaria y otros riesgos propios de la actividad económica- comercial) en esas cuatro aduanas del país. Diseñando otras estrategias de control en las otras tres aduanas, las fronterizas y la de Anexión, atendiendo razones de seguridad y servicio.

El aporte de la recaudación aduanera al total de impuestos recaudados por el Ministerio de Hacienda actualmente representa 36.0%

La gestión también se dedicó, además de los esfuerzos a la recaudación tributaria, hacia capacitar y formar el potencial humano.Con lo cual se hace frente a un requerimiento de la sociedad costarricense y recomendaciones de la Organización Mundial de Aduanas, quienes por mucho tiempo solicitaron la profesionalización del Servicio Aduanero, para atender con otros criterios, metodologías y planificación sus competencias y las demandas crecientes de servicio público por el incremento de operaciones ingresando y saliendo del territorio aduanero. Puesto que las intervenciones de la aduana al promover control inteligente sobre operaciones, operadores, o mercancías de alto riesgo, debe ir en consecuente con los

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flujos de comercio exterior y la propia actividad aduanera, entendiendo por tal la supervisión de la correcta declaración y percepción de los tributos.

Con mi competencia directiva y desarrollo profesional y ético que ello implicó y con el acompañamiento los colaboradores se desarrollaron las acciones que de seguido de exponen. Así como en esa gestión se realizaron 4 artículos especializados en temas aduaneros. Adjunto el cuarto y final de ellos, que reviste una importancia para los operadores de comercio internacional y que los resultados ahí explicados forman parte de este informe de mi gestión.

A la vez, se retoma y se incluye y forma parte del presente informe lo antes remitido a su persona mediante documento de uso confidencial, DUC-DGA-004-2016, con DGA-175-2016 del 05 de abril de 2016. En el que se puso en conocimiento de labores realizadas en mi gestión en la lucha contra la corrupción.

Para realizar la gestión de direccionamiento del Servicio Nacional de Aduanas se tuvo la siguiente estructura organizativa:

En cada una de las Direcciones, Áreas, Gerencias de Aduana, Programas; Planes y Proyectos se logró en este periodo de mi gestión lo siguiente:

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Programas, Proyectos y Planes Piloto.Los abajo citados e incluyendo el Programa PROFAC, más adelante expuesto, fueron por mi intervención incluidos en la Agenda Prioritaria para el aumento de la eficiencia y la competitividad de los pasos de frontera de Costa Rica, aprobada en el Consejo de facilitación de puestos fronterizos terrestres.

PROGRAMA DE CONTROLES COMPLEMENTARIOS (P.Con.Com)

Cronograma del Programa

En estos archivos adjuntos, se pueden visualizar los cronogramas con los estimados de realización para cada uno de los proyectos del P.Con.Com.

Generalidades del Programa

Modelo Conceptual del Programa de Controles ComplementariosInicialmente se planteó un esquema de procedimiento de control integrado de la zona primaria aduanera abreviado como: CIZPA, que consideraba herramientas tecnológicas, tales como: cámaras de seguridad, barreras de control de paso para medios de transporte y la interfaz con el sistema informático Tica; siendo lo anterior parte de los antecedentes que ha permitido a la administración aduanera indagar sobre diversas herramientas tecnológicas que pudieran complementarse entre sí. En este proceso de investigación en el año 2015, se generaron varias reuniones con empresas proveedoras de servicios tecnológicos, de las cuales se obtuvo valiosa información la cual se orientó a control aduanero a través del uso de tecnología RFID, cámaras de vigilancia, escáner, agujas electrónicas y otros dispositivos que concordaban con el modelo de controles complementarios. La información obtenida permitió el desarrollo de la Propuesta de Modelo de Controles Complementarios, que fortalecería los controles existentes y permitiría ampliar el escenario inicial de CIZPA. Dicha propuesta fue presentada como el modelo conceptual para mejorar los procesos de control de los tránsitos en las aduanas fronterizas, mediante la automatización de los procesos con el uso de la tecnología, con el fin de maximizar, los procedimientos de control aduanero de entrada o salida de vehículos y unidades de transporte, en la zona primaria aduanera; y posteriormente se amplió el uso de los “Controles Complementarios” en otras zonas habilitadas para el resguardo, carga o descarga de mercancías bajo control aduanero, como por ejemplo puertos marítimos y aéreos, Depósitos, Zonas Francas, entre otros.

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Este marco conceptual ha sido uno de los principales insumos para la coordinación con las empresas y otras instituciones con el fin coordinar una serie de iniciativas relacionadas para el mejoramiento del control aduanero.Presentación del Caso de Negocio Iniciativa de Programa de Controles ComplementariosDurante el primer semestre del 2016 se trabajó en el documento del Caso de Negocio con apoyo de los compañeros de la Dirección de Tecnología Informática (DTIC) en lo que respecta a la utilización de la metodología de Administración de Proyectos, utilizados por dicha dependencia que es un marco de trabajo ya validado; para plantear formalmente la Iniciativa de Controles Complementarios; siendo importante los insumos que las empresas interesadas brindaron; ya que dicha información permitió llevar a cabo el estudio de mercado general de los servicios que comprendería el programa. Posteriormente se materializó la iniciativa del proyecto Controles Complementarios, el cual fue expuesto y aprobado por el Consejo Institucional de Tecnologías de Información según el acuerdo en firme No. 6, del Acta 54-2016 del 30 de junio de 2016.  Una vez recibida la aprobación de la iniciativa, ésta Dirección General se avocó a conformar el Programa de Controles Complementarios, que en primera instancia alberga las iniciativas aprobadas por el CITI y adicionalmente comprenderá todas las iniciativas que vengan a fortalecer los controles aduaneros, tales como donaciones o compras de equipos para el ejercicio del control en aduanas, promovidas por organismos nacionales o Internacionales.En el ámbito administrativo cabe mencionar que el programa es dirigido y coordinado por el Lic. José Joaquín Montero Zúñiga, bajo la supervisión inmediata de la Dirección General, la cual con la aprobación del Despacho del Señor Ministro y del Departamento de Gestión de Potencial Humano, lo nombró desde el 16 de setiembre de 2016, hasta el 16 de setiembre de 2017. La estructura operativa del Programa es tipo “Matricial”, con aporte de recurso humano de cada una de las direcciones que se vean impactadas por los proyectos.Seguidamente me permito detallar cada uno de los componentes que conforman el Programa de Controles Complementarios:Servicio de Colocación, Retiro y Monitoreo de Marchamo ElectrónicoLa Dirección General de Aduanas tomando en consideración los informes No. DFOE-SAF-IF-08-2011 y DFOE-SAF-IF-06-2016 emitidos por la Contraloría General de la República, las necesidades institucionales y el presupuesto disponible para el Programa, definió como prioridad, implementar el uso del marchamo electrónico para el control en los tránsitos internacionales terrestres, por lo que se ha trabajado en una serie de acciones necesarias para llevar a cabo el proceso de contratación y ejecución del presupuesto asignado para el período 2017, de las cuales detallo las más relevantes.

Elaboración del documento de “Especificaciones Técnicas e Información General para la Contratación del Servicio de Marchamo Electrónico y Centro de Monitoreo”.

Remisión del documento de especificaciones técnicas a posibles proveedores públicos y privados en el mercado nacional con el propósito de que nos aportaran información y cotizaciones para realizar el estudio de mercado.

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Elaboración del Informe del estudio de mercado sobre el servicio de marchamo electrónico y centro de monitoreo, atendiendo la metodología de Administración de Proyectos para la evaluación de las propuestas.

Elaboración y aprobación del documento de Cartel de Licitación, denominado “Contratación de Servicios de Gestión y Apoyo para Controles Aduaneros Complementarios”, el cual mediante oficio DGA-446-2016 de fecha 15 de diciembre de 2016, el suscrito, remitió a la Gestoría Administrativa y Financiera de la DGA, con el propósito de que se realicen los trámites correspondientes de publicación.

La GAF con oficio GAF-SNA-SRF-0091-2017 de fecha 31 de enero del año en curso, remitió a la Proveeduría Institucional la solicitud para que se inicie el trámite por medio de Licitación Pública, para la contratación del servicio, presentándoseles la justificación respectiva de la Solicitud de Pedido. Actualmente se encuentran finalizando la presentación de los requisitos a la Proveeduría Institucional con el fin de que se proceda a la publicación del Cartel de Licitación Pública.

Implementación de las cámaras de vigilancia y Centros de Monitoreo donados por la Embajada de los EUAEl Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica a través del programa de Seguridad Fronteriza y su embajada en Costa Rica, sostuvieron reuniones con el Señor Ministro de Hacienda para valorar necesidades institucionales en materia de fortalecimiento del control aduanero; producto de lo anterior se preparó el documento DM-1875-2016 de fecha 10 de setiembre de 2016.En dicho documento se detallan los requerimientos técnicos para la dotación a la Aduana de Paso Canoas de un sistema de Circuito Cerrado de Cámaras, con su respectivo software para el almacenamiento de imágenes e intercambio de información con el Tica, las cuales deben ser colocadas en sitios estratégicos de la zona de Corredores, que incluya instalación, garantía de funcionamiento y mantenimiento por los plazos de contratación, así como la habilitación y dotación de equipo para un Centro de Monitoreo, ubicado a nivel central, con acceso a funcionarios estratégicos en la Aduana de Paso Canoas.Con éstos antecedentes la Embajada contrató a un consultor quien efectuó una visita a la Aduana de Paso Canoas para la verificación in situ de las necesidades planteadas por las autoridades de Costa Rica y preparar sus recomendaciones técnicas acerca de los equipos idóneos así como su distribución de acuerdo con las necesidades planteadas.Se sostuvo una reunión técnica entre el consultor y funcionarios de la Dirección General de Aduanas, Gestoría Administrativa y Dirección de Tecnologías, para conocer los resultados y recomendaciones que el consultor consideró oportunas y necesarias cuyos resultados se plasmaron en la minuta del 13 de diciembre del 2016. En el ámbito interno se mantiene una coordinación y seguimiento con los departamentos correspondientes para avanzar y acondicionar lo necesario para que el proceso de preparación e instalación sea lo más fluido posible.

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Actualmente y según lo comentado por el señor Iván Rodríguez, funcionario de la Embajada de los Estados Unidos, la propuesta de donación está siendo revisada por ellos y se espera que en los próximos días se nos haga entrega formal de la propuesta definitiva de donación.

Una vez recibida la misma, ésta debe ser avalada y aceptada por el Despacho del Señor Ministro, y continuar con los procesos internos para la recepción, nacionalización, traslado de los equipos, instalación, pruebas y puesta en operación.

Implementación de los equipos donados por parte de SIECA-BID al amparo de las cinco medidas de facilitación en los pasos fronterizos terrestresDesde el año 2016 producto del acuerdo de presidentes en Punta Cana, los Viceministros de la Región Centroamericana, desarrollaron el programa denominado cinco medidas de corto plazo para la facilitación del comercio en los pasos fronterizos terrestres, para lo cual a través de la SIECA y financiado por el BID, se ha promovido la donación de equipos tecnológicos para ser instalados en los pasos de frontera terrestre.

Como resultado de la 1° Ronda de Unión Aduanera Centroamericana realizada a finales de febrero del 2017, la SIECA y el BID, ajustaron la propuesta inicial de donación de equipo, debido al incremento de los costos por encima del presupuesto disponible quedando la donación para Costa Rica en: 300 tarjetas de RFID, 4 lectores de RFID (2 para la Aduana de Paso Canoas y 2 para la Aduana de Peñas Blancas) y 4 cámaras (2 para la Aduana de Paso Canoas y 2 para la Aduana de Peñas Blancas), bajo la condición de “llave en mano”.

En el ámbito interno se ha venido dando seguimiento y coordinando acciones con el Departamento de Arquitectura, Gestoría Administrativa y Dirección de Tecnologías de Información con el fin de validar las ubicaciones de los dispositivos e ir tomando las medidas correspondientes para cumplir con los compromisos para tramitar la nacionalización del equipo.

Actualmente se está en el proceso de validación de la información técnica de los dispositivos y de los requerimientos de cable eléctrico y de fibra óptica requeridos para la instalación de las antenas de RFID y cámaras.

Proyecto de control de peso en carretera de las unidades de transporte bajo control aduanero, CONAVI-RACSA-DGA piloto estación del tránsito en Búfalo de Limón.El desarrollo de éste proyecto se encuentra bajo el control de la Dirección de Riesgo Aduanero, dado que en principio la información será utilizada para información de Riesgo y la respectiva coordinación de las alertas hacia las aduanas, no obstante el Programa de Controles Complementarios brinda seguimiento y soporte a las acciones emprendidas.Cabe destacar que se recibió por parte de CONAVI-RACSA la información que se podría brindar para efectos del desarrollo de nuestro aplicativo.La Dirección de Riesgo desarrolló el requerimiento de operación el cual fue revisado y aprobado por la Dirección de Gestión Técnica mismo que le fuera remitido a la DTIC para su desarrollo.

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Actualmente se está desarrollando en la Unidad de Sistemas Aduaneros, DTIC, para que una vez que se tengan los ajustes en el sistema se realicen las pruebas de la nueva herramienta disponible en el TICA.En relación con el Convenio, se remitió un borrador al CONAVI y a la Dirección Normativa de la DGA, encontrándose el mismo en el proceso de revisión por parte de CONAVI, los cuales han indicado que el mismo se valorará una vez que se haya finiquitado las pruebas de la herramienta y se confirme por nuestra parte que el sistema podrá manejar, procesar y enviar información de los pesos de contenedores en carretera.

Iniciativa de control de cámaras en carretera con COSEVI

En cuanto a la gestión relacionada con las cámaras en carretera, el 06 de febrero del año en curso se realizó una reunión con la Directora Ejecutiva del COSEVI Cindy Coto, en la que se le explicó la iniciativa de Aduanas y el interés de aprovechar la plataforma tecnológica con que cuenta el COSEVI.

En ese mismo sentido se nos explicó por parte de la funcionaria que el proyecto de cámaras en carretera va a cambiar radicalmente y actualmente se encuentran en proceso de definición de las especificaciones técnicas de los equipos; sin embargo existe anuencia de validar las necesidades de la Aduana e incorporarlas en ese proyecto para aprovechar el momento de levantamiento de requerimientos técnicos.

Como resultado de la reunión se acordó que una vez conformada la comisión técnica se nos invitaría a formar parte de la misma.

Proyecto Control cámaras de vigilancia y sistemas de pesaje de la Sociedad Portuaria de CalderaLa Dirección General de Aduanas ha realizado dos reuniones con la Sociedad Portuaria Caldera para coordinar y explicar el alcance del proyecto así como para hacer entrega del Modelo Conceptual.Aunado a lo anterior y de manera complementaria a través de la misión de Asistencia Técnica del Fondo Monetario Internacional y un equipo de colaboradores de varias direcciones del Servicio Nacional de Aduanas, se está desarrollando un Plan Piloto para el Control de Contenedores, el cual va a ser ejecutado en el puerto de Caldera, mismo que dentro de sus alcances contiene los aspectos contemplados en el proyecto de la DGA.En virtud de lo anterior el Programa de Controles Complementarios ha venido brindando apoyo y seguimiento de las actividades del equipo de colaboradores a los efectos de acelerar el cumplimento de los objetivos de la misión y lograr implementar el plan piloto lo antes posible en dicho puerto.En la actualidad se presentó el oficio DGA-DGR-055-2017 de fecha 31 de enero del año en curso, mediante el cual se solicitó acceso a través de conexión IP, para la Aduana de Caldera al Circuito de Cámaras del Puerto de Caldera, gestión pendiente de respuesta.En relación con la obtención de información del pesaje de las unidades de transporte el requerimiento se encuentra pendiente dado que en principio se utilizaría los formatos y sistema establecido en el Proyecto de Control de Pesaje con el CONAVI, por lo que una vez finiquitado el modelo, se aplicaría en éste proyecto.

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Implementación de Controles Complementarios de Seguridad Aduanera en APM TerminalsDe conformidad con el Contrato de Concesión de la nueva terminal de contenedores en Moín, a la empresa APM TERMINALS, la Dirección de Gestión Técnica y la DTIC han estado coordinando el modelo de operación a seguir por parte del Concesionario en las operaciones normales de ingreso y salidas de unidades de transporte, proceso dentro del cual se insertan los procesos de intercambio de información de los pesos de los contenedores y el escaneado de los mismos.Dentro de los controles que el Concesionario llevará a cabo, se encuentran el control de peso, escáner, cámaras y agujas, que se van a operar en dicho puerto y se ha solicitado la incorporación de otro escáner adicional para incrementar el porcentaje de revisión de los contenedores en importación.El Modelo de Operación de Controles Complementarios será entregado en los próximos días, a la Dirección de Gestión Técnica con el propósito que sean incorporados en los protocolos de actuación del concesionario.Proyecto de intercambio de información entre el Ministerio de Hacienda (MH) y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) producto del control de escáner.En relación con éste proyecto es importante mencionar que en un principio la Dirección General de Aduanas lideraba el desarrollo del mismo, no obstante a través de la Directriz Presidencial No. 029-MP de fecha 23 de junio del 2015, el Ministerio de Hacienda debió hacer entrega de los equipos al Servicio Fitosanitario del Estado quien sería el responsable de poner en funcionamiento los mismos. En ese sentido, en fecha 29 de junio del 2015 se trasladaron los equipos para administración del SFE (MAG) y se coordinó un Plan Piloto para la revisión de contenedores en la Aduana de Limón en conjunto con el Servicio Fitosanitario, sin embargo el proyecto fue suspendido dado que los equipos presentaron problemas mecánicos y el MAG se encontraba renovando los permisos sanitarios para poder continuar utilizando el escáner.Aunado a lo anterior se elaboró un proyecto de Convenio para el Intercambio de Información con el MAG, el cual se encuentra pendiente de revisión por dicha dependencia.

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PLAN PILOTO OPERADOR CONFIABLE (PPOC)

En diciembre de 2013, los Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) concluyeron, en la Conferencia Ministerial de Bali, las negociaciones en torno al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (en adelante AFC). En concordancia con la decisión adoptada en Bali, los Miembros de la OMC adoptaron el 27 de noviembre de 2014 un Protocolo de Enmienda para insertar el nuevo Acuerdo en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC. Dicho acuerdo entró en vigor el 22 de febrero de 2017, después de que la Organización recibiese la aceptación de los dos tercios de sus 164 Miembros que se requería para que el Acuerdo entrara en vigor. El AFC tiene por objeto agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías a través de las fronteras y supone un estímulo importante para el sistema multilateral de comercio.

La implementación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, de la Organización Mundial del Comercio, lo que exige implementar mejoras urgentes en temas como simplificación de trámites, disponibilidad de la información, gestión de riesgo y coordinación interinstitucional.

Es por lo anterior que se crea el PPOC, el cual busca fortalecer las estrategias de facilitación a los operadores del comercio internacional mediante la aplicación de mecanismos de gestión de riesgos permitiendo con esto, un acercamiento voluntario entre el sector privado y la administración aduanera, incentivando a empresas a continuar con las buenas prácticas y la correcta declaración aduanera.

A) ACCIONES REALIZADAS DURANTE LA GESTIÓN

1. Agenda Prioritaria para el aumento de la eficiencia y competitividad de los pasos de frontera de Costa Rica.

En el mes de setiembre de 2016, se realizaron una serie de reuniones con funcionarios del Ministerio de Comercio Exterior para la definición de la agenda prioritaria, en la cual se establecieron diferentes acuerdos para el mejoramiento de la eficiencia y competitividad de los pasos de frontera de Costa Rica. Se acordó establecer el PPOC como parte de la agenda, comprometiéndose la Dirección General de Aduanas en un periodo de 3 meses invitar 20 empresas al plan.

2. Invitación de empresas a través de Cámaras Empresariales

Desde inicios del año 2016 se iniciaron una serie de invitaciones y reuniones con las diferentes cámaras empresariales con el fin de dar a conocer el Plan Piloto de Operador Confiable, entre ellas se pueden citar, Cámara de Comercio Exterior (CADEXCO), Cámara de Industrias, Cámara Costarricense de Importadores, Distribuidores y Representantes (CRECEX), Asociación de Importadores de Vehículos y Maquinaria (AIVEMA), PROCHILE, entre otros.

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Estas charlas han servido para dar a conocer el PPOC, pero principalmente evacuar todas las dudas que las diferentes cámaras y empresas han externado al respecto.

3. Incorporación de empresas al PPOCHasta la fecha se han logrado incorporar al plan piloto un total de nueve empresas importadoras, y se han rechazado un total de 12 empresas. Se encuentran en proceso de análisis 6 empresas. Asimismo, se han recibido 13 solicitudes de Depósitos Fiscales, 2 de consolidador de carga, 1 de transportista de carga y 5 empresas de Courier.

4. De las empresas rechazadas al PPOC

Una de las principales acciones que se ha desarrollado, es la comunicación de resultados a las empresas que no han calificado como parte del plan. Lo anterior ha permitido tener un acercamiento directo con los representantes legales de las empresas, se muestran los datos específicos del porque no están siendo aceptados, lo cual genera una actitud de mejora por parte de los responsables de cada empresa con el fin de ser tomados en cuenta en el plan, obteniendo en algunos casos cartas de compromisos de mejora por parte de las empresas para que puedan ser valoradas posteriormente.

5. Establecimiento de procedimientos

La Dirección de Gestión de Riesgo, mediante oficio DGA-DGR-676-2016, fue informada sobre la creación del PPOC, la cual por la competencia establecida en la Ley General de Aduanas es la encargada de determinar y planificar las estrategias, disposiciones  y criterios de riesgo, basados en un modelo de administración de riesgo e inteligencia aduanera que permita orientar las acciones de control permanente, inmediato y posterior de sujetos, mercancías y operaciones aduaneras.

Dado lo anterior, se estableció un procedimiento para el respectivo análisis de cada solicitud, tomando en cuenta datos objetivos y cuantificables que permitan eliminar la subjetividad en la toma de decisiones. Asimismo, se tomó como parte del análisis la ponderación de riesgo de importadores elaborada por el Departamento de Inteligencia Aduanera, la cual incluye datos de fuentes externas que permiten conocer con detalle la empresa que realiza la solicitud.

El Departamento de Análisis de Riesgo es el encargado de realizar el estudio, luego genera una recomendación al director general el cual es el que da la aprobación final para la incorporación de la empresa al PPOC.

B) RESULTADOS OBTENIDOS

Reducción de los controles aplicados en las Aduanas

Al realizar una comparación de los meses diciembre 2015, enero 2016 y febrero 2016 con respecto a los meses de diciembre 2016, enero 2017 y febrero 2017, se puede observar que la cantidad de DUAS declarados aumentó, pasando de 2696 Duas a 3009 Duas en el 2017, sin embargo a pesar del aumento de la cantidad de Duas, las revisiones se

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disminuyeron pasando de 2568 Duas verdes a 2906, lo que representan 338 revisiones menos en solamente nueve empresas que se encuentran en el plan piloto en un periodo de 3 meses. (Ver tabla I y II)

Acercamiento Voluntario de las empresas

El PPOC, ha permitido un acercamiento voluntario del sector privado con la Administración, logrando con esto mejorar la percepción de riesgo de los importadores, así como la correcta declaración aduanera y pago de casos determinados por las Aduanas y demás órganos fiscalizadores de la Dirección General de Aduanas.

Cumplimiento del Acuerdo de Facilitación de la OMC

Las acciones realizadas en el PPOC se encuentran acorde lo establecido el Acuerdo de Facilitación recientemente aprobado, lo cual exige en el artículo 7, apartado 4 de gestión de riesgo que cada miembro concentre el control aduanero y, en la medida de lo posible, otros controles en frontera pertinentes, en los envíos de alto riesgo y agilizar el levante de los de bajo riesgo en el marco de su gestión de riesgo.

C) ACCIONES PENDIENTES DE EJECUTAR

Se encuentra pendiente la valoración de las solicitudes presentadas por depósitos aduaneros, consolidadores de carga y transportistas de carga. Con respecto a los depósitos aduaneros está en proceso las visitas a cada uno de los depósitos así como la definición de otros beneficios que se pueden brindar a través de esta figura.

Tabla ICantidad de revisiones de empresas antes de ser parte del PPOC,Diciembre 15, enero 2016, febrero2016

Empresa

Tipo de Revisión

A - Amarillo R - Rojo V - VerdeTotal Cnt de DUAS

Total Cnt de DUAS2

Cnt de DUAS %

Cnt de DUAS

% Cnt de DUAS %

J-310100574424 - PURDY MOTOR SOCIEDAD ANONIMA

15 0,65% 67 2,89% 2.239 96,47% 2.321 100,00%

J-310216910132 - SABRITAS DE COSTA RICA SOCIEDAD DE

6 3,97% 7 4,64% 138 91,39% 151 100,00%

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RESPONSABILIDAD LIMITADAJ-310108155401 - AUTO REPUESTOS AV DIEZ SOCIEDAD ANONIMA

6 6,45% 12 12,90% 75 80,65% 93 100,00%

J-310137880330 - EUROTIENDAS SOCIEDAD ANONIMA

0,00% 12 14,81% 69 85,19% 81 100,00%

J-310102475904 - AROMAS Y SABORES TECNICOS SA 0,00% 0,00% 22 100,00

% 22 100,00%

J-310111215116 - SABO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA

0,00% 1 6,67% 14 93,33% 15 100,00%

J-310119234002 - AMERICAN BRANDS SOCIEDAD ANONIMA

0,00% 0,00% 10 100,00% 10 100,00%

J-310169011619 - SINOCEM COSTA RICA

2 66,67% 0,00% 1 33,33% 3 100,00%

Total general 29 1,08% 99 3,67% 2.568 95,25% 2.696 100,00%

Datos obtenidos del DATAMART ADUANERO

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Tabla IICantidad de revisiones de empresas que forman parte del PPOC,Diciembre 2016, enero 2017, febrero2017

Empresas PPOC

Tipo de Revisión Cnt de DUASA - Amarillo R - Rojo V - Verde

Cnt de DUAS %

Cnt de DUAS

% Cnt de DUAS % Total %

J-310100574424 - PURDY MOTOR SOCIEDAD ANONIMA

33 1,27% 66 2,54% 2.495 96,18% 2.594 100,00%

J-310216910132 - SABRITAS DECOSTA RICA S.A

0,00 3 1,63% 181 98,37% 184 100,00%

J-310108155401 - AUTO REPUESTOSAV DIEZ S.A

0,00% 0,00% 95 100,00

% 95 100,00%

J-310137880330 - EUROTIENDAS SA

0,00% 0,00% 74 100,00

% 74 100,00%

J-310102475904 - AROMAS Y SABORESTECNICOS S.A.

0,00% 0,00% 23 100,00

% 23 100,00%

J-310169011619 - SINOCEM COSTA RICA

0,00% 1 6,67% 14 93,33% 15 100,00%

J-310119234002 - AMERICAN BRANDS S.A.

0,00% 0,00% 12 100,00

% 12 100,00%

J-310111215116 - SABO INTERNACIONAL S.A.

0,00% 0,00% 12 100,00

% 12 100,00%

Total general 33 1,10% 70 2,33% 2.906 96,58% 3.009 100,00%

Datos obtenidos del DATAMART ADUANERO

PROGRAMA DE CONTROL DE CONTENEDORES

Este programa es promovido por la oficina de las Naciones Unidas Contra La Droga y el Delito (UNODC) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA). El mismo tiene como propósito establecer un marco de cooperación y entendimiento para facilitar la colaboración entre instituciones de un país, con el fin de lograr sus propósitos y objetivos comunes con respecto al Programa de Control de Contenedores.Estuvo vigente en Costa Rica desde el año 2009 al 2013, operando en los puertos de Sociedad Portuaria de Caldera SPC, S.A. y Complejo Portuario de Limón. Sin embargo,

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dejo de operar debido a que con el cambio de Gobierno se desarticuló unilateralmente y se perdió la comunicación formal entre los participantes. Durante el periodo que el programa se mantuvo vigente, se logró incautar 2917 kilogramos de drogas y se detectaron 8 casos por falsificaciones.Desde el año 2015, la Dirección General de Aduanas ha buscado re-activar el programa en el país buscando fomentar alianzas estratégicas entre instituciones como la Policía de Control de Fiscal, Instituto Costarricense sobre Drogas y la Dirección de Inteligencia y Seguridad. Entre estas instituciones se logró consensuar un Memorando de Entendimiento, sin embargo a solicitud de la UNODC se recomendó volver a negociar los términos del Memorando, en cuanto a la designación exclusiva de personal dedicado a las labores de análisis del Programa de Control Contenedores.En noviembre del 2016, la Dirección General de Aduanas participó en la reunión Regional del PCC para Latinoamérica y el Caribe, la cual fue de gran enriquecimiento para el país por el acercamiento con los Organismos Patrocinadores del CCP, y también se logró coordinar la visita de los representantes del programa a Costa Rica, para motivar a otras instituciones del país a participar y designar personal al programa. Estas reuniones se realizaron el pasado 28 y 29 de febrero, en las cuales participación del Asesor Regional de la UNODC, el Embajador de Canadá en Costa Rica, el Asesor del INL de la Embajada de los EUA y la Dirección General de Aduanas con las autoridades del Ministerio de Seguridad, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Presidencia, Ministerio de Hacienda, ICD y DIS. Se logró acordar la firma por parte de todas estas autoridades de una carta de interés y posteriormente la firma de un nuevo memorando de entendimiento, para así poner en marcha el programa en Costa Rica.Dicha carta de interés fue firmada por los Ministros de Hacienda, Comercio Exterior, Seguridad, Agricultura y Presidencia (oficio DM-0451-2017 de fecha 13 de marzo del 2017) y fue remitida al señor Bob Van Den Berghe, asesor de la UNODC mediante correo electrónico del día 15 de marzo del 2017. Actualmente, se trabaja en un nuevo Memorando de Entendimiento que incorpora las nuevas instituciones interesadas en participar en el programa y se espera que el mismo sea firmado para el mes de abril.

Informe Preliminar sobre el estudio para la creación de dos puestos de Coordinadores ubicados en la Dirección General de la Dirección General de Aduanas.

Sobre realizar un estudio para la creación de dos puestos de Coordinadores ubicados en la Dirección General de la Dirección General de Aduanas, sean: Coordinador de las Aduanas en temas de Aduanas y Coordinador de las Direcciones rectoras; con el objetivo apoyar la labor del Director y Subdirector General en sus múltiples funciones, se copia informe remitido por D. Maribel Abarca, profesional a cargo del estudio: “…Informe Preliminar denominado:

“Estudios para la creación de dos puestos permanentes de Coordinadores en la Dirección General de la Dirección General de Aduanas.”

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Para la ejecución del estudio solicitado, se atendió las instrucciones indicadas por sus Autoridades y que consta en la Minuta enviada por correo electrónico a ustedes en fecha 20 de febrero del presente (se adjunta). Por lo anterior, el Informe Preliminar se conforma de cuatro apartados:

I. Justificación de la necesidad de los puestos de Coordinadores.II. Características de los puestos de Coordinadores.

III. Dos perfiles de los puestos de Coordinadores: Perfil de Coordinador de las Aduanas. Perfil de Coordinador de las Direcciones rectoras de la DGA. Cada Perfil de Coordinador se conforma de los siguientes apartados: Naturaleza del Puesto, Actividades, Supervisión Recibida, Supervisión Ejercida y Comportamientos Esperados.

IV. Requisitos legales para el establecimiento de los puestos de Coordinadores.

El documento adjunto sobre el estudio, se categoriza como Informe Preliminar, por cuanto respetuosamente se recomienda que sus Autoridades lo revisen e indiquen las correspondientes observaciones que estimen pertinentes, para perfeccionarlo y ajustarlo según las necesidades y expectativas de la Dirección General de Aduanas. Además, porque también queda pendiente el tema de la clase a asignar a los puestos de Coordinadores.

Como se indica en los apartados III y IV del Informe Preliminar, un tema importante a decidir para la continuación del estudio, es sobre la clase que se asignará a esos puestos de Coordinadores, sea de Profesional de Ingresos 3 según el Manual de Clases actual o una clase de mayor rango, esto último implicaría modificaciones a ese Manual y otros trámites legales. Por lo que es importante en el seguimiento del estudio, la integración de la Unidad de Análisis Ocupacional del Ministerio de Hacienda.

A la fecha de presentación del Informe Preliminar, para la ejecución del estudio se han realizado las siguientes actividades:

Investigar sobre el concepto de coordinación, sinergia y comunicación asertiva: se realizó una búsqueda en diferentes páginas en internet sobre esos temas, se analizó su contenido y se integró un documento final. Lo anterior, como insumo para fundamentar la necesidad de crear los dos puestos de Coordinadores ubicados en la Dirección General de la Dirección General de Aduanas y desarrollar los perfiles de los mismos.

Revisar y estudiar el Manual Institucional de Clases del Ministerio de Hacienda (RESOLUCION DG-217-2007), como el instrumento clasificador de los puestos de trabajo pertenecientes a las Dependencias que conforman las Áreas de Ingresos y Egresos. Se revisaron las clases oficiales desde Técnico de Ingresos hasta Gerente de Ingresos de ese Manual y se complementó el análisis con las entrevistas que se realizaron a la Coordinadora de Potencial Humano de la Gestoría Administrativa y Financiera y a funcionarios de la Unidad de Análisis Ocupacional del Ministerio de Hacienda.

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Realizar consulta a Luis Javier Rivera Jefe del Puesto Postal, sobre la figura de la delegación en el marco del artículo 12 de la Ley General de Aduanas.

Entrevistar a la señora Ileana Portilla, Coordinadora de Potencial Humano de la Gestoría Administrativa y Financiera de Aduanas y PCF, sobre el Manual de Clases y los puestos de Coordinadores.

Revisar el Manual de Evaluación de Desempeño vigente, sobre los indicadores aplicados para la evaluación gerencial, con el objetivo de tomar elementos esenciales para el perfil.

Buscar en Internet documentos para desarrollar el perfil de los Coordinadores: se investigó en Internet perfiles de puestos que tuvieran como naturaleza esencial la coordinación.

Revisar la estructura formal del Servicio Nacional de Aduanas formalizada mediante Decreto Ejecutivo Nº 34475-H, atendiendo las funciones de las diferentes dependencias, con el objetivo de verificar que no se presenten duplicidad de funciones o conflictos de competencias, entre la creación de los puestos de Coordinadores y las dependencias de la estructura formal.

Desarrollar un documento preliminar que contenga el estudio sobre los perfiles de puestos: Coordinador de las Aduanas y Coordinador de las Direcciones rectoras de la Dirección General de Aduanas.

Entrevistar a la señora Ivette Barrantes Lobo, Coordinadora de la Unidad de Análisis Ocupacional del Ministerio de Hacienda para consultar aspectos del Manual de Clases actual y los puestos de Coordinadores.

Elaborar Informe Preliminar para presentar al Director y Subdirector General de Aduana los proyectos de los perfiles de puestos de Coordinadores, como primer borrador, para obtener retroalimentación de los altos jerarcas de la Dirección General de Aduanas.

Por último, se recomienda respetuosamente que en la continuación del presente estudio se involucre al Área de Planificación y Control de la Gestión de la Dirección General de Aduanas que ha trabajado también sobre el tema de los puestos de Coordinadores.

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1.- DIRECCIÓN DE RIESGO

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento a la Ley General de Aduanas reformado mediante Decreto Ejecutivo 34475-H publicado en La Gaceta 83 del 30 de abril de 2008, en el artículo 14, le compete a la Dirección de Riesgo, determinar y planificar las estrategias, disposiciones y criterios de riesgo, basados en un modelo de administración de riesgo e inteligencia aduanera, que permita orientar las acciones de control permanente, previo, inmediato y posterior de sujetos, mercancías y operaciones aduaneras.

Para lograr su cometido la Dirección de Gestión de Riesgo cuenta con tres Departamentos:

Departamento de Análisis de Riesgo Departamento de Planificación de la Fiscalización Departamento de Inteligencia Aduanera.

B.2 CAMBIOS HABIDOS EN EL ENTORNO

No se tienen cambios en el ordenamiento jurídico que afectan el quehacer institucional o de la Dirección de Gestión de Riesgo. No obstante, se debe mencionar que en la Dirección de Gestión de Riesgo se han tenido algunas particularidades, puesto que se informó de parte del Ministerio de Planificación, que su estructura organizacional no se encuentra formalmente avalada por ellos, su creación se debe a lo establecido en el Reglamento a la Ley General de Aduanas, lo cual se encuentra en estudio por parte del Área de Planificación y Control de la Gestión.

B.4 ACCIONES EMPRENDIDAS PARA ESTABLECER, MANTENER, PERFECCIONAR Y EVALUAR EL CONTROL INTERNO

Como política general de la DGR todos los años se establece el Plan de Control Interno, asimismo, se encuentra instaurado un comité de Control Interno representado por funcionarios de los tres Departamentos que conforman esta Dirección, mismo que se encarga de darle seguimiento de la ejecución de las actividades programadas.

Se participó en la Autoevaluación del Ministerio de Hacienda donde para el año 2015-2016 la DGR obtuvo una nota de 94,62, ubicándola en un porcentaje mayor al 80% y por ende ESTABLE, no obstante, se elabora el plan de acción DGR-582-2016 con la finalidad de mantener los porcentajes y fortalecer los componentes, del cual se han venido dando cumplimiento a las actividades programadas.

Dentro de las actividades desarrolladas se puede indicar: exposición de resultados de Autoevaluación de Control Interno, plan de acción, seguimiento a metodología SEVRI, creación de carpeta en el servidor DGR, capacitación en Sistema TICA, capacitación en Sistema TIM, actividad de clima organizacional, actividad relacionada con el tema de Uniformidad en la conformación de expedientes administrativos en el SNA, propuesta de Misión, Visión y Valores de la DGR.

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B.5 PRINCIPALES LOGROS ALCANZADOS

Se han efectuado importantes esfuerzos en aras de lograr una mejora continua en la aplicación de la metodología de riesgo, inspirada en las mejores prácticas internacionales que promueve la Organización Mundial de Aduanas, así como considerar recomendaciones de Organismos Internacionales como el Banco Mundial y CAPTAC-FMI, entre los cuales destacan los siguientes:

Rendimiento Económico PAF 2014, 2015 y 2016

De acuerdo a la evaluación y seguimiento dado a los planes anuales de fiscalización y como producto de las asignaciones de auditorías realizadas por el Departamento de Planificación de la Fiscalización en el marco del PAF 2014, 2015 y 2016, a los órganos fiscalizadores, hubo un incremento en la determinación de impuestos en el control posterior tomando como fuente los resultados de los hallazgos reportados por los órganos fiscalizadores a través de las fichas informativas , tal y como se muestra a continuación.

2014 2015 20160

1000000000

2000000000

3000000000

4000000000

5000000000

6000000000

0%

20%

40%

60%

80%

100%

120%

140%

160%

180%

Impu

esto

s det

erm

inad

os

Elaboración de estudios e investigaciones de inteligencia

Se ha continuado con la elaboración de estudios tanto documentales como de campo sobre sub sectores y operadores, con el fin de identificar la posible ocurrencia de eventos que representen potenciales riesgos.

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Ponderaciones de riesgo de operadores

Con el objetivo de continuar con la determinación de niveles de riesgo para los distintos operadores del comercio internacional y que los mismos sean utilizados como herramienta en los diferentes trabajos que se realizan en la Dirección de Riesgo, se realiza actualización de la ponderación de riesgo de importadores periodo fiscal 2011–2015; actualización de la ponderación de riesgo de Agencias y Agentes Independientes de Aduana periodo fiscal 2011 – 2015 y actualización de la Ponderación de Depositarios Aduaneros periodo fiscal 2011 – 2016.

Cada una de las actualizaciones incluye la revisión y ajuste de las variables e indicadores que lo componen, con el objetivo de que las mismas se acoplen a la realidad.

Perfiles de riesgo

Del 15 Octubre del 2015 al 08 de marzo del 2017 se han realizado un total de 192 perfiles, de los cuales 153 corresponden a perfiles de personas físicas o jurídicas, 9 a perfiles de sectores y 30 a redes sociales.

Valoración de denuncias

Se recibieron un total de 82 denuncias, durante el periodo octubre 2015 a febrero 2017, de las cuales se tiene el detalle por año:

AÑO 2015, de Octubre a Diciembre

Asignadas a: Absoluto RelativoONVVA 3 23%Dirección Fiscalización 3 23%Aduanas y Gestoría Administrativa 2 15,4%Policía de Control Fiscal 1 7,7%Archivo DGR 3 23%Ministerio de Salud 1 7,7%Total 13 100,0% AÑO 2016

Asignadas a: Absoluto RelativoONVVA 9 15%Dirección Fiscalización 15 25%Inteligencia Tributaria y PCF 4 6,7%Otras Entidades 1 1,7%Dirección Normativa 1 1,7%Archivo DGR 10 16,7%

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Pendiente 20 33,3%Total 60 100,0 % AÑO 2017 de Enero a Febrero

Asignadas a: Absoluto RelativoPendientes DGR 8 11,1%Inteligencia Tributaria y PCF 1 88,9%Total 9 100,0%

Participación en operativos a nivel internacional

Se ha participado en 5 operativos internacionales, donde el Departamento de Inteligencia debe realizar el análisis de información histórica para solicitud de reglas, elaboración de plan a seguir durante la operación, coordinación con los participantes, solicitud y monitoreo de reglas de riesgo, recopilación de hallazgos y elaboración de informe final. Operación Pegasus, Operación Chimera, Operación Gryphon II, Operación No al Ilícito y Operación Sky-Net II.

Segmentación

Se realizó la actualización anual de los datos para la segmentación de importadores (Tipo A, B y C), con el objetivo de contar con la división respectiva del total de importadores, que efectuaron operaciones en un período determinado, en grupos o segmentos más pequeños e internamente homogéneos, para ser posteriormente tratados de acuerdo a sus características.

Requerimientos de ajuste al TICA

Automatización de Perfiles de Riesgo: se aprueba la primera etapa de la "Automatización de Perfiles de Riesgo" y se da inicio a la segunda etapa la cual abarca una serie de ajustes y mejoras en el sistema, actualmente se encuentra en proceso.

Módulo de denuncias en Tica: se elaboró y se envió para su desarrollo el requerimiento para la creación de un nuevo módulo en el sistema TICA denominado "Modulo de Denuncias" para el registro, control y seguimiento de las mismas.

Incorporación del Cálculo y Consulta de la Ponderación de Importadores en el Sistema TICA: se elaboró requerimiento en adición al de la creación de las bases de datos de Ponderación Riesgo y Segmentación-Importadores para corregir la estructura de las bases de datos, modificando los campos llave de las mismas para poder cargar y manejar los datos de forma que no se crearan duplicaciones o inconsistencias.

Se elaboró y envió para su desarrollo el requerimiento para la creación de un nuevo mensaje en formato XML para el intercambio de información de las

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declaraciones de oficio tramitadas directamente por los funcionarios aduaneros, entre el Sistema TICA y el Banco Central de Costa Rica.

Se trabaja en conjunto con la Dirección de Gestión Técnica en la elaboración de los siguientes requerimientos: restricción del uso del pasaporte en DUAs de importación; implementación del Registro y uso del Documento de Identificación para Diplomáticos "DIDI" en el Sistema TICA; implementación del uso del Documento de Identificación para Extranjeros (DIMEX) en el Sistema TICA; modificación a Consultas Web y Win del Sistema TICA para incorporar el uso del DIDI y DIMEX.

Selección automática de manifiestos para supervisión de la descarga (Req. DGT-012-2014): de acuerdo al correo de fecha 31 de enero 2017, la Dirección de Gestión Técnica remitió borrador de requerimiento donde replantea el aplicativo que roza la legalidad de lo solicitado en el Req. DGR-012-2014, según dictamen de la Dirección Normativa N°DN-1398-2015 del 28 de octubre 2015, y mediante correo de fecha 21 de febrero 2017, se realizó una observación a la propuesta presentada, por lo que se encuentra a la espera de las acciones que solicite la Dirección de Gestión Técnica.

Establecer semáforo para descarga en depósito (Req. DGT-036-2014): se encuentra en proceso de pruebas. La Dirección de Gestión de Riesgo como parte del equipo contraparte ha apoyado el seguimiento del mismo, implementando los controles solicitados a efectos de correr los escenarios de pruebas.

Solicitud Digital 003-2017: inclusión de Nuevos Criterios de Riesgo en el Espacio “DUA” y “Posterior” que permitan la selección de DUAS por criterios de riesgo para su control inmediato y posterior. Se encuentra en Proceso por parte de Informática de Aduanas.

Registro en el TICA del peso de unidades de transporte en carretera: actualmente el requerimiento se encuentra detenido, esperando a que la Dirección de Gestión Técnica resuelva la problemática que encontró la Unidad de Sistemas Aduaneros, relacionado a que el declarante en el TICA actualmente no tiene la obligación de colocar el tipo de contenedor correcto, es decir, están buscando que el sistema de las opciones de 20’, 40’, 45’ con el objetivo de asegurar cual es el tipo de contenedor que trae la mercancía.

Mejora Operativa del Precinto Electrónico (Req. DGT-001-2014): se iniciaron las pruebas en el mes de octubre 2014, cuyos resultados no fueron los esperados. A la fecha se encuentra en espera las acciones a seguir por parte de la Dirección de Gestión Técnica.

Mejoras en la elaboración de los Planes Anuales de Fiscalización

La Elaboración de los Planes de Fiscalización 2015, 2016 y 2017 con la incorporación de mejoras en su contenido considerando:

Nuevas Estrategias para la detección de riesgos aduaneros Nuevas Metodologías de Trabajo (materia valoración de mercancías,

clasificación arancelaria, origen) para la detección de riesgos aduaneros Innovación en el tema de Sectorización de mercancías

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Determinación de sectores de mercancías de mayor riesgo, según ámbitos de control

Presentación de Estadísticas de importación por sector de mercancías Adición de nuevos indicadores de la gestión Nuevo enfoque de la Auditoría Aduanera Incorporación del tema de Actuaciones Conjuntas Incorporación del tema de Registro de Riesgos del Servicio Nacional de

Aduanas

Los mismos tienen por objetivos delimitar el marco de acción a partir del cual se deben ajustar las actuaciones fiscalizadoras, formular los lineamientos de carácter general para la ejecución eficiente y eficaz de las auditorías por parte de los Órganos Fiscalizadores y dar seguimiento y evaluar las mismas, mediante el uso de indicadores de gestión establecidos.

Mejoras en la Selección de Sujetos de riesgo en el Control Posterior

Con el propósito mejorar la selección de sujetos con riesgos potenciales que permitan aumentar la recaudación, combatir el fraude y la corrupción en concordancia con los objetivos del Plan Estratégico del Ministerio de Hacienda y del SNA 2015-2018, se tienen las siguientes mejoras:

Elaboración de Propuesta de plan de trabajo "SECTORIZACIÓN Y FICHAS INFORMATIVAS". Informe DGR-DPF-INF-018-2016.

Elaboración de la Propuesta de Sectorización con la definición de los Sectores y Subsectores por tipo de mercancías, que constituye una herramienta que permite clasificar los importadores según el sector económico-comercial al que pertenece, estudiar su comportamiento y direccionar el control hacia aquellos importadores de riesgo, con el fin incrementar la recaudación y optimizar la percepción de riesgo. Informe DGR-DPF-INF-022-2016.

Sectorización de las bases de datos de las Fichas Informativas del periodo 2015. Informe DGR-DPF-INF-35-2016.

Elaboración de una Metodología de trabajo para la identificación de riesgos en materia de origen, que constituye una guía para la selección y asignación de verificaciones de origen y sobre el cumplimiento de los deberes formales, que establecen los Acuerdos Comerciales suscritos por Costa Rica. Informe DGR-DPF-INF-26-2016.

Elaboración de una Metodología de trabajo para la identificación de sujetos de riesgo en materia de clasificación arancelaria, que constituye una guía para la selección y asignación de sujetos de riesgo por incorrecta clasificación arancelaria. Informe DGR-DPF-INF-28-2016

Elaboración de una estrategia para la selección de empresas en el ámbito de control del Valor Aduanero, específicamente relacionado con cánones. Informe DGR-DPF-INF-006-2016.

Elaboración de una estrategia para la selección de empresas en el ámbito de control del Valor Aduanero, específicamente relacionado con importaciones de electrodomésticos procedentes de Zona Libre Colón, Panamá. Informe DGR-DPF-INF-005-2016.

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Elaboración de Propuesta de metodología de selección de empresas para PACAI (cánones). Informe DGR-DPF-INF-031-2016.

Elaboración de una Metodología para seleccionar importadores sin revisión, con despacho anticipado y permanencia a bordo que no han sido fiscalizados en el control posterior para su asignación en el PAF 2016. Informes DGR-DPF-INF-008-2015 y DGR-DPF-INF-010-2016.

Actualización del Manual de Procedimientos “Asignación de DUAs, Auditorías e Inspecciones para el control posterior”. Oficio DGR-DPF-72-2016 del 01.07.2016.

Recomendación de auditorías por su nivel de riesgo a empresas OEA en el control posterior por parte de los órganos fiscalizadores.

Plan Piloto para la implementación de reglas automáticas para la selección de DUAs en materia de valor en el control inmediato y control posterior

Este Proyecto surge como parte de las actividades del Proyecto de implementación de “Reglas Automáticas en Materia de Valor”, producto de la Asistencia Técnica recibida por la Aduana de Costa Rica en el periodo 2016 por parte de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), a través del señor Alberto Chehébar- Consultor CEPAL.

Su objetivo es poder aplicar una metodología y desarrollar habilidades y destrezas para aplicar reglas de riesgo en el control inmediato como en el control posterior, basadas en valores indicativos de mercancías sensibles, a través del análisis de la información contenida en el sistema TICA.

El Departamento de Planificación de la Fiscalización, lidera este proyecto con la participación de un grupo de trabajo conformado por funcionarios de la DGR y ONVVA y coordinación con la DTIC y Dirección de Gestión Técnica, en el tema de requerimientos y desarrollo de pruebas, respectivamente. El proyecto se encuentra entre la fase pre-piloto y piloto simultáneamente ya que se está trabajando en el desarrollo de los requerimientos necesarios para la implementación de la herramienta en Tic@.

Automatización de la Ficha Electrónica sobre hallazgos de Órganos Fiscalizadores

En la actualidad se lleva una base de datos de forma manual donde se registran los resultados de hallazgos de todas las actuaciones fiscalizadoras por parte de los órganos fiscalizadores. Dada la necesidad de que dicha información se efectúe de forma automatizada y de contar con una herramienta sistemática, se remitió a la DTIC mediante oficio DGA-DGR-742-2016, un requerimiento informático “Actuaciones posterior al levante”.

Cánones y Derechos de Licencia para Auditorías

El Departamento de Planificación de la Fiscalización inició con la elaboración de un Plan Estratégico en el tema de “Cánones y Derechos de Licencia”, Informe DGR-DPF-INF-006-2016, cuyo objetivo se centralizaba sobre aquellas empresas que están condicionadas al pago de cánones (royalties o regalías) por el uso de marcas, procesos

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patentados y derechos de autor, extranjeros, con la finalidad de obtener sujetos de riesgos para la asignación de auditorías en el control posterior a los Órganos Fiscalizadores, según los lineamientos de los Planes Anuales de Fiscalización.

Lo anterior, se concretó obteniendo y cruzando información contenida en las bases de datos del Registro Nacional, Dirección de Tributación y Dirección General de Aduanas.

Importación de Electrodomésticos procedentes de Zona Libre, Colón, Panamá para Auditorías

El Departamento de Planificación de la Fiscalización inició con la elaboración de un Plan Estratégico en el tema de “Importación de Electrodomésticos procedentes de zona Libre Colón, Panamá”, Informe DGR-DPF-INF-005-2016, cuyo objetivo se centralizaba sobre aquellas empresas que están importando electrodomésticos procedentes de Zona Libre Colón, Panamá, con la finalidad de obtener sujetos de riesgo para la asignación de auditorías en el control posterior a los Órganos Fiscalizadores, según los lineamientos de los Planes Anuales de Fiscalización.

Lo anterior, se concretó analizando y complementando información suministrada por el ONVVA, así como depurando información a través de la herramienta informática “R”, permitiendo estandarizar, ordenar, filtrar y analizar la información con las variables requeridas, con la finalidad de obtener sujetos de riesgo para la asignación de auditorías en el control posterior a los Órganos Fiscalizadores, según los lineamientos de los Planes Anuales de Fiscalización.

Mejoras en la metodología aplicada la creación y medición de la efectividad de las reglas en el régimen de importación definitiva, Revisión integral de las reglas

De conformidad con el Compendio de Gestión de Riesgo, emitido por la OMA, la aplicación de la administración de riesgos y el uso de la selectividad basada en el riesgo permite a las aduanas asignar sus escasos recursos a áreas de alto riesgo, al tiempo que incrementa la eficacia de sus procesos de despacho para los envíos de bajo riesgo; por lo que tomando en consideración este principio y los resultados del informe DGR-DAR-INF-054-2016, se consideró la necesidad de continuar con la implementación de mejoras en la metodología aplicada para la creación y medición de la efectividad de las reglas en el régimen de importación definitiva; de manera que se promuevan acciones para aumentar la efectividad por DUA revisado en aduanas, se considere la capacidad operativa de las aduanas para la designación de los porcentajes de revisión asignados, se orienten reglas de control y facilitación conforme al nivel de riesgo de los operadores, entre otras.

Adicionalmente, como parte del proceso de mejora se llevaron a cabo, entre otras acciones las siguientes, las cuales aportaron valor agregado a la gestión propia del departamento de Análisis de Riesgo:

Modificación de la metodología utilizada para realizar estudios de efectividad de reglas: definición de Indicadores para mantener o no una regla en el Sistema TICA; optimización del uso del Datamart Aduanero como fuente de información.

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Revisión integral de todas las reglas del control inmediato para el régimen de importación definitiva todas las modalidades.

Integración de herramientas de Inteligencia Aduanera para la implementación de reglas de control y facilitación.

Categorización de importadores para la definición de reglas de control aduanero y facilitación del comercio

Se realizó una categorización de importadores conforme su nivel de riesgo (alto, medio, bajo), con el propósito de dar tratamiento a cada una de ellas mediante la definición de reglas de facilitación del comercio legítimo y de control aduanero, que permitan atender los riesgos de manera eficiente y promover con esta estrategia el cumplimiento de los objetivos estratégicos del SNA 2015-2018 y de los compromisos adquiridos en el marco del Consejo Consultivo de Comercio Exterior establecidos en el documento denominado “Agenda Prioritaria Gestión Coordinada en Fronteras”. Dicha categorización de importadores se oficializó mediante el informe DGR-DAR-INF-192-2016 del 16/09/2016, la cual surge de la atención del informe DFOE-SAF-IF-06-2016 del 15 de enero del 2016, así como de las recomendaciones derivadas del informe DGR-DAR-INF-054-2016 y el oficio DGR-DATA-002-2016.

A partir de las características propias de cada importador fue posible identificar siete categorías distintas y para las cuales es necesario establecer mecanismos que promuevan el establecimiento de reglas de facilitación y de control específicas para cada una de ellas, con el propósito de atender los riesgos eficientemente y contribuir al logro de los objetivos estratégicos del Servicio Nacional de Aduanas (SNA); a saber:

1. Operador Económico Autorizado (OEA).2. Plan Piloto de Operador Confiable (OC).3. Importadores de nivel de riesgo bajo. 4. Importadores de nivel de riesgo medio.5. Importadores de nivel de riesgo alto.6. Importadores no habituales (“nuevos”). 7. Importadores de vehículos usados.

A partir de dicha categorización fue posible obtener, mediante el modelo creado por mi persona, denominado PIRAMIDE DE LA MEJORA:

Tipo de Importador

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Plan Piloto de Operador Confiable

Por su parte, el Servicio Nacional de Aduanas en sus objetivos estratégicos ha planteado la necesidad de facilitar el ingreso y salida de mercancías, vehículos y personas, así como ejercer un control oportuno y eficaz que permita la justa recaudación. Es por ello que la Dirección General ha impulsado las figuras del Operador Económico Autorizado (OEA) (mejor práctica a nivel internacional, dentro de la Aduana Moderna) en el marco del PROFAC y adicionalmente ha creado el “Plan Piloto de Operador Confiable”, como una estrategia de control y facilitación aplicando las mejores prácticas recomendadas por la OMA, basándose en un modelo de gestión de riesgos para conseguir  resultados con un uso óptimo de los recursos, permitiendo enfocar los esfuerzos de control en aquellas empresas de mayor riesgo, lo que presume una mejora en la predicción. De igual manera, esta última iniciativa promueve un incremento de la percepción de riesgo, dado que los operadores de comercio internacional se dan cuenta de que la administración les ha asignado un nivel de riesgo conforme a su historial aduanero y tributario, sea alto, medio o bajo riesgo y esto indirectamente suscita el cumplimiento voluntario y por ende existe la posibilidad de que sea vea materializado en una mejora de las declaraciones aduaneras y el pago de impuestos correspondientes a la importación.

Este plan ha sido liderado por el coordinador designado por la Dirección General de Aduanas con el apoyo del Despacho, el funcionario del Departamento de Análisis de Riesgo, Gabriel Godínez.

Incorporación de las ponderaciones de riesgo de operadores a los análisis de contexto

En los últimos meses se realizaron estudios de contextos por aduana incorporando aspectos relacionados con el nivel de riesgo de los operadores de comercio que participaron en las importaciones definitivas, con el fin de identificar elementos particulares de cada una de ellas y orientar acciones de control inmediato acordes a su realidad actual, iniciando con las Aduanas La Anexión y Santamaría. Asimismo, se llevó a

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cabo el análisis de contexto, aplicando esta nueva metodología sobre las operaciones presentadas bajo el régimen de importación definitiva (01) modalidad envíos postales (10) y se recomienda continuar con la elaboración de análisis de contexto que incorporen niveles de riesgo de operadores para el régimen importación definitiva y cada modalidad, así como de otros regímenes con el fin de fortalecer el proceso de gestión de riesgo e inteligencia aduanera que lleva a cabo el departamento de Análisis de Riesgo y tomar las acciones necesarias.

Apoyo en la adopción del Modelo de Gestión Integral de Riesgos del SNA

La administración aduanera costarricense creó el Comité Directivo sobre Gestión de Riesgo del Servicio Nacional de Aduanas (SNA), con el apoyo de la Dirección General de Aduanas y el Ministerio de Hacienda, mediante Resoluciones No. 0113-2016 y RES-DGA-103-2016, así mismo generó el Registro de Riesgos del Servicio Nacional de Aduanas (SNA) 2015-2018 y por último en setiembre del 2016 oficializó el Marco de Gestión de Riesgo Servicio Nacional de Aduanas (SNA) 2015-2018; con lo que se atiende la totalidad de las recomendaciones emitidas por la OMA.

Es así como el 27 de enero del año en curso, con el apoyo logístico del CIFH y la coordinación y preparación de dicha sesión de parte de la jefatura del DAR, en calidad de Secretaría del Comité, se llevó a cabo la I Sesión del Comité Directivo sobre Gestión de Riesgos del SNA, en el aula Volcán Arenal y en horario de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.

Dicho comité tiene como fin primordial velar por el desarrollo e implementación de la gestión de riesgo integral a nivel del Servicio Nacional de Aduanas y es presidido por el Director General de Aduanas y está integrado en forma permanente y exclusiva por el Subdirector, la Jefatura del Área de Relaciones y Asuntos Externos y del Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión, Director de la Dirección de Gestión de Riesgo en calidad de especialista en la materia y demás Directores de las distintas direcciones que conforman la Dirección General de Aduanas, así como los Gerentes de todas las aduanas del país. Asimismo, podrán participar en carácter de invitados, aquellas autoridades aduaneras que tengan relación con los temas a abordar. En el caso de ser necesario, podrán participar representantes de organismos públicos y del sector privado por expresa invitación de la Dirección General, teniendo en cuenta las respectivas agendas de reunión.

Costa Rica es uno de los pocos países de la Región que ha implementado este nuevo modelo de gestión integral del riesgo aduanero; lo que constituye un elemento de gran trascendencia para la gestión de riesgos de Costa Rica, a su vez que promueve el fortalecimiento del grado de madurez de la gestión de riesgo del Servicio Nacional de Aduanas; por lo que se recomienda continuar apoyando y promoviendo acciones que permitan fortalecer la adopción de dicho modelo.

Participación en el equipo de coordinadores del primer objetivo estratégico regional de la Planificación Estratégica para la Región, conformado por las administraciones de Aduanas de Colombia, Costa Rica, los Estados Unidos, y México

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Participación en las acciones realizadas por las distintas administraciones de Aduanas de Colombia, Estados Unidos, México y Costa Rica como coordinadores del objetivo estratégico regional “Fortalecer la gestión coordinada y eficiente de fronteras que considere medidas de facilitación y de seguridad”, dar seguimiento y remitir la información requerida por este grupo de trabajo y encargados de otros objetivos.

Participación en la reunión de directores generales de aduana, en el marco de la presidencia pro tempere y apoyo en la elaboración y presentación de la propuesta

En conjunto con la Dirección General de Aduanas de Centroamérica correspondió participar en la I Ronda de Unión Aduanera Centroamericana, realizada el 24/02/2017. Para ello se realizó de previo una propuesta estratégica para presentar en dicha ronda, con el fin de que los directores dieran su aprobación para continuar trabajando en las siguientes agendas la propuesta planteada por Costa Rica, en el tema de riesgo.

La propuesta realizada, siguiendo instrucciones del Director General, fue el “desarrollo e implementación de metodología para la identificación y calificación de operadores de riesgo de comercio exterior a nivel de la región”, cuyo antecedente correspondió a la metodología presentada por los consultores Azael Pérez y Rossana San Juan, durante el Taller Regional “Cómo establecer una gestión integral de riesgos en aduanas”, organizado por el CAPTAC-DR del 17 al 19 de octubre de 2016 en la Ciudad de Guatemala, en donde hubo participación de los directores de aduanas de la región y jefaturas de departamentos vinculados a la gestión de riesgo, fiscalización e inteligencia aduanera.

Dicha propuesta fue aceptada por los señores directores de aduanas de Centroamérica e incorporada en la minuta de acuerdos correspondientes, lo cual significó un logro para Costa Rica.

Propuesta de Reformas a la LGA y RLGA

Con el fin de atender solicitud de la Dirección Normativa relacionada con necesidad de información adicional a la remitida por la DGR para la propuesta de reformas a la Ley General de Aduanas y al Reglamento a dicha Ley, se conformó un equipo de trabajo de funcionarias del departamento de Análisis de Riesgo, con el fin de elaborar lo correspondiente.

El pasado viernes 03 de marzo del 2017 se remitió a la Dirección Normativa una versión preliminar de los cambios sugeridos al LGA y RLGA. Actualmente, se está trabajando en uno de los artículos que se propone modificar y posteriormente una vez esté listo se estará revisando a lo interno de la DGR para discutir estas reformas con los compañeros de Gestión Técnica y remitir a las jefaturas de la DGR para su aprobación y posteriormente remitir a la Dirección Normativa para su consideración.

Control en Ingreso marítimo para la colocación de Marchamo electrónico

Sobre este tema se aplicó la mejora en el sistema para que se logre declarar de manera correcta el ingreso de la mercancía marítima y que el sistema pueda de manera selectiva

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asignar marchamo electrónico, estas reglas deben estar en constante monitoreo, y se han estado programando reuniones con las empresas marchameras para conocer detalles de sus capacidades, el tema lo tiene asignado la señora Anabelle Araya.

El pasado mes de julio 2016 se solicitó a la Dirección de Gestión Técnica, específicamente al Departamento de Procesos Aduaneros, una reunión de coordinación para tratar el tema de DUTs que salen desde los puertos de Limón únicamente con el registro de la DUT contra manifiesto, sin que se exija la presentación del DUA de Reexportación. Se considera que primero se debe abarcar el tema procedimental, para analizar el tema y valorar el  implementar las recomendaciones del informe del Departamento de Inteligencia referente a lo actuado durante la realización del operativo internacional denominado “OPERACIÓN GRYPHON”, las cuales se encuentran enfocadas a que se pueda seleccionar automáticamente las mercancías para asignar supervisión al inicio de Tránsito o para colocar el precinto electrónico. Sobre este tema está pendiente la reunión con Roberto Acuña para presentar el tema, el seguimiento respectivo por parte del Departamento de Gestión de Riesgo lo realiza Anabelle Araya.

Datamart Aduanero

El Datamart Aduanero es una base de datos multidimensional, optimizada para efectuar consultas agrupadas o agregadas sobre datos históricos de procesos aduaneros registrados en las bases de datos del Sistema Tica, dirigida a satisfacer las necesidades de información de directores, gerentes, jefaturas de departamento y analistas de información del negocio aduanero y tributario; es una herramienta para el apoyo de la toma de decisiones, no una interface para consultas específicas de transacciones aduaneras.

La base de datos multidimensional denominada “Datamart Aduanero”, optimizada para efectuar consultas agrupadas o agregadas sobre datos históricos de procesos aduaneros registrados en las bases de datos del Sistema Tica, está conformada por ocho cubos, a saber: Importación Definitiva, Origen, Tránsitos, Vehículos, Valor, Cambios, Ingresos y Reglas. Conforme a la planificación conjunta de implementación, a través de la definición de actividades a ejecutar por las contrapartes funcional e informática, de la Dirección General de Aduanas (DGA) y la Dirección de Tecnología e Información (DTIC) respectivamente, se ha completado la puesta en producción de siete de estos ocho cubos que han sido en su mayor parte rediseñados, de manera que se ajusten a las necesidades de los usuarios finales, encontrándose actualmente en proceso de evaluación y pruebas finales el Cubo de Tránsitos. Es decir que el 88% de la herramienta se encuentra en uso en las distintas Áreas de Ingresos del Ministerio. Actualmente, existen alrededor de 195 funcionarios de las distintas Áreas de Ingresos del Ministerio que cuentan con accesos a los diferentes cubos que conforman la herramienta.

Implementación del uso de equipo no intrusivo en revisión de operaciones seleccionadas por parte de la DGR

De acuerdo al Informe DGR-DAR-INF-163-2016, notificado en el oficio DGR-476-2016 al Director Benito Coghi Morales, se resumen las acciones y resultados del Plan Piloto Operativo del Escáner, donde se indica que la Dirección de Gestión de Riesgo en

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conjunto con el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) y la Aduana de Limón, han realizado labores para llevar a cabo este Plan.

En el año 2016 se seleccionaron dos unidades de transporte, las cuales fueron debidamente escaneadas por el SFE, previa coordinación de la Dirección de Gestión de Riesgo y la Aduana de Limón. Posteriormente, se intentaron escanear dos unidades adicionales, no obstante por problemas técnicos en el escáner (hecho confirmado por el SFE en su momento), se decidió suspender el proceso de escaneo de dichos contenedores hasta que el SFE confirmara el correcto funcionamiento del o los escáner. Por lo que temporalmente el Plan piloto que se había puesto en marcha fue suspendido hasta tener seguridad del buen funcionamiento de las unidades de escáner disponibles. Finalmente, se contactó al SFE para verificar el estado del escáner, obteniendo como respuesta de esta entidad, de que se tienen las dos unidades disponibles y en buen funcionamiento, sin embargo no es posible reiniciar el Plan Piloto debido a que SFE no cuenta con el permiso de operación que debe otorgar el Ministerio de Salud.

Comisión de Coordinación del Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda – Comité de Inteligencia del Ministerio de Hacienda

En el año 2016 según el Decreto Ejecutivo N°39696-H1, se creó la Comisión de Coordinación del Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda, otorgándole competencias a esta Comisión para integrar y coordinar las labores de las Direcciones que conforman el Área de Ingresos del Ministerio de Hacienda.

Según Directriz DVMI-D-002-2016, de fecha 13 de diciembre del 2016, se emite el Plan de Acciones Conjuntas del Área de Ingresos (PACAI-2017) y Formulación del PACAI-2018. En esa línea el Depto. de Planificación de la Fiscalización ha participado en reuniones a efectos de coordinar acciones conjuntas, proponiendo temas de interés mediante informe DGR-DPF-INF-031-2016, a efectos de que sean analizados y valorados para realizar las actuaciones conjuntas y asignaciones para las auditorías en el posterior.

Cigarrillos

Mediante oficio DGA-629-2014 de fecha 30/09/2014, el Director General de Aduanas de turno, nombra a la funcionaria del Depto. de Planificación de la Fiscalización Karla Cisneros Cubero, como representante oficial de la DGA en el grupo de trabajo a conformar, en el Programa de Control de Comercio Ilícito de Tabaco. La funcionaria Cisneros participó activamente en dicha comisión. Con oficio DGA-DGR-529-2016 de fecha 26/08/16 el señor Director General de Aduanas, informa al Doctor Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud, el retiro de la DGA de la Comisión sobre el Comercio Ilícito de Productos de Tabaco, a través de la representación de la funcionaria Cisneros.

Equipo interdepartamental de fortalecimiento de la Gestión de Riesgos

Con el objetivo de fortalecer la  Gestión de Riesgos, la Dirección ha nombrado un grupo interdepartamental con el propósito de valorar posibles ajustes en la estructuración de la Dirección de Gestión de Riesgo que responda a las mejores prácticas internacionales dentro de su gestión en beneficio del logro de los objetivos estratégicos del Servicio

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Nacional de Aduanas. En representación del Departamento de Planificación de la Fiscalización, participó la funcionaria María Jesús Sánchez Mora. El grupo de trabajó realizó una revisión de las funciones y la competencia de cada departamento de la Dirección de Gestión de Riesgos y recomendó en el documento “Propuesta de Ajuste a la Estructura Administrativa de la Dirección de Gestión de Riesgo” una reestructuración que se ajuste a las actuales funciones realizadas por la Dirección.

Adicionalmente, considerando el oficio DGA-PC-015-2017 de fecha 11 de enero del 2017 remitido por el Director General de Aduanas, se elaboró una “Propuesta de implementación de la figura de Coordinadores en la Dirección de Gestión de Riesgo” recomendando los coordinadores necesarios para cumplir con las funciones encomendadas dentro de los departamentos de Inteligencia Aduanera y Análisis de Riesgo.

Políticas y Lineamientos para el manejo de Información Confidencial de la Dirección de Gestión de Riesgo”

Se realizó la revisión general del documento “Políticas y Lineamientos para el manejo de Información Confidencial de la Dirección de Gestión de Riesgo”, dando como resultado su actualización, el cual es de conocimiento y acatamiento obligatorio de los funcionarios de DGR.

B.6 ESTADO DE LOS PROYECTOS MÁS RELEVANTES

Proyecto TILU-CR

Proyecto relacionado con mejoras al módulo de riesgo con respecto a sistema que utilizan en Uruguay, en el cual participan varios funcionarios de la DGR, por lo tanto se lleva a cabo reuniones con DTIC y Uruguayos, se realiza revisión del requerimiento, se recibe prototipo muestra de mejoras al módulo de riesgo. Actualmente se encuentra en coordinación la DTIC con informáticos uruguayos para determinar cambios y ajustes que se le deben realizar a la propuesta.

Proyecto Uranio

La resolución 1540 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU), obliga a todos los estados miembros de las Naciones Unidas a que, en acuerdo a la legalidad de sus autoridades nacionales, a su legislación y en armonía con las leyes internacionales, a tomar acción y cooperar para prevenir el tráfico ilícito de armas nucleares, químicas o biológicas, sus medios de traslado y materias relacionadas. Debido a lo anterior y por ser Costa Rica un miembro de la ONU, se deben implementar estrategias de control, identificación y seguimiento a temas que estén relacionados con el objetivo de la resolución 1540. El control de mercancías de uso dual, prohibición y restricción de mercancías, identificación de sujetos o grupos de peligro, sectores comerciales sensibles u otras variables, son parte de las acciones a tomar para cumplir con dicha resolución.

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Para un efectivo cumplimiento de los objetivos de la resolución, es importante tener claro que debe existir un la legislación nacional que respalde a las instituciones reguladoras actuar en pro de los objetivos de control y regulación de estas mercancías. Además, debe existir una estructura que permita una coordinación y comunicación entre las instituciones para así velar por que se cumpla las distintas legislaciones que regulan estos temas. Costa Rica enfrenta un reto al controlar e identificar armas de destrucción masiva y mercancías de uso dual, ya que en la región Centroamericana es un tema reciente, el cual requiere capacitación, asignación de recursos y otras variables necesarias para afrontar el problema.

Siendo Costa Rica uno de los más de 60 países que ha participado en las capacitaciones del programa EXBS, se ve la necesidad de concientizar, actuar y ejecutar acciones prontas en este tema, ya que al tener una ubicación estratégica, la cual favorece el flujo comercial, se convierte en un posible paso para el tráfico de mercancías de este tipo en la región, lo que podría representar una amenaza a la paz y seguridad tanto nacional como internacional.

Dicho proyecto cuenta con 5 fases, la DGR conformó un equipo de trabajo para encargarse del mismo, en el cual existe participación de cuatro funcionarias del DAR, actualmente se encuentra desarrollando la primera fase, la cual corresponde al desarrollo del marco teórico legal con la normativa nacional e internacional existente en torno al tema, así como las acciones realizadas en el país. La elaboración del marco teórico comprenderá la revisión de la literatura correspondiente por medio de la investigación, identificación y consulta bibliográfica, así como otros materiales que pueden ser útiles para los propósitos del estudio. Esta revisión debe ser selectiva, ya que comprende el ámbito internacional y nacional.

Proyecto Institucional Modelo Predictivo del Ministerio de Hacienda

El Modelo Predictivo es un Proyecto Institucional, cuya coordinación es llevada a cabo por la Dirección de Inteligencia Tributaria, el cual tiene como objetivo crear una herramienta tecnológica que apoye la gestión de las áreas de ingresos del Ministerio de Hacienda de forma integrada.

Este Modelo vendría a coadyuvar en la detección de posibles patrones de sujetos de riesgo, que vendrían a generar un insumo a considerar para la selección de sujetos de riesgo en el control posterior.

La funcionaria participante por parte de la DGR es Karla Cisneros Cubero, quien está en representación de la DGA, conjuntamente con otra compañera de la DGA.

Programa Control de Contenedores

Después de la participación en la reunión Regional del PCC para Latinoamérica y el Caribe, la cual fue de gran enriquecimiento para el país por el acercamiento con los Organismos Patrocinadores del CCP, se logró coordinar la visita de los representantes del programa a Costa Rica, para motivar a otras instituciones a participar.  Estas reuniones se realizaron el pasado 28 y 29 de febrero del 2017 en compañía del asesor regional de la

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UNODC, el embajador de Canadá en Costa Rica y el asesor del INL de la Embajada de los EUA, con las autoridades del Ministerio de Seguridad, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Presidencia, Ministerio de Hacienda, ICD y DIS. Se logró acordar la firma por parte de todas estas autoridades de una carta de interés y posteriormente la firma de un memorando de entendimiento, para así poner en marcha el programa en Costa Rica.

Por último, dicho plan fue incorporado por la Administración en la “Agenda prioritaria para el aumento de la eficiencia y competitividad de los pasos de frontera de Costa Rica”, que promueve el establecimiento de iniciativas para mejorar la facilitación del comercio y la competitividad. Mediante oficio CPFT-COR-CAE-0007-2017 del 30/01/2017 el Viceministro de Comercio Exterior remite a la Dirección General de Aduanas dicha agenda con el detalle de compromisos adquiridos para su debido cumplimiento en tiempo y forma; dentro de los cuales se encuentran tareas específicas que deben llevarse a cabo a través del Programa de Control de Contenedores. Por su parte, mediante oficio DGA-DGT-DPA-035-2017 del 15/02/2017, la DGA remite dicha agenda con la indicación del funcionario responsable de dar seguimiento a cada actividad, siendo en este caso la funcionaria Carolina Zúñiga en calidad de representante del proyecto por parte de la DGA.

Datamart Aduanero

El equipo funcional conjuntamente con el equipo informático continúa con el proceso de implementación del cubo de tránsito, acciones de mejora del producto desarrollado y procura la creación de otros cubos que lo complementen y que sean de interés de la administración, especialmente de la DGR.

Plan Piloto Operador Confiable (P.P.O.C.)

El Servicio Nacional de Aduanas en sus objetivos estratégicos ha planteado la necesidad de facilitar el ingreso y salida de mercancías, vehículos y personas, así como ejercer un control oportuno y eficaz que permita la justa recaudación. Es por ello que la Dirección General ha impulsado las figuras del Operador Económico Autorizado (OEA) (mejor práctica a nivel internacional, dentro de la Aduana Moderna) en el marco del PROFAC y adicionalmente ha creado el “Plan Piloto de Operador Confiable”, como una estrategia de control y facilitación aplicando las mejores prácticas recomendadas por la OMA, basándose en un modelo de gestión de riesgos para conseguir  resultados con un uso óptimo de los recursos, permitiendo enfocar los esfuerzos de control en aquellas empresas de mayor riesgo, lo que presume una mejora en la predicción. De igual manera, esta última iniciativa promueve un incremento de la percepción de riesgo, dado que los operadores de comercio internacional se dan cuenta de que la administración les ha asignado un nivel de riesgo conforme a su historial aduanero y tributario, sea alto, medio o bajo riesgo y esto indirectamente suscita el cumplimiento voluntario y por ende existe la posibilidad de que sea vea materializado en una mejora de las declaraciones aduaneras y el pago de impuestos correspondientes a la importación.

Es importante continuar en el proceso de fortalecimiento de esta figura, especialmente en el caso de importadores, dado que promueve el aumento de la percepción de riesgo y con ello indirectamente el efecto que debería presentarse es el cumplimiento voluntario y con ello la correcta percepción de los tributos. Asimismo, constituye un apoyo a la gestión de

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riesgo y la orientación del control y la facilitación, por cuanto permite designar los pocos recursos de las aduanas en los procesos de revisión de operaciones u operadores de mayor riesgo.

Por último, dicho plan fue incorporado por la Administración en la “Agenda prioritaria para el aumento de la eficiencia y competitividad de los pasos de frontera de Costa Rica”, que promueve el establecimiento de iniciativas para mejorar la facilitación del comercio y la competitividad. Mediante oficio CPFT-COR-CAE-0007-2017 del 30/01/2017 el Viceministro de Comercio Exterior remite a la Dirección General de Aduanas dicha agenda con el detalle de compromisos adquiridos para su debido cumplimiento en tiempo y forma; dentro de los cuales se encuentran tareas específicas que deben llevarse a cabo a través del Plan Piloto Operador Confiable. Por su parte, mediante oficio DGA-DGT-DPA-035-2017 del 15/02/2017, la DGA remite dicha agenda con la indicación del funcionario responsable de dar seguimiento a cada actividad, siendo en este caso el funcionario Gabriel Godinez en calidad de coordinador del P.P.O.C.

Plan Piloto para la implementación de reglas automáticas para la selección de DUA’s en materia de valor en el control inmediato y control posterior

Se continúa con las acciones programadas.

Proyecto Intranet Riesgo

Se está trabajando actualmente en el levantado de la intranet de Riesgo. Se cuenta con una estructura base y la misma se está implementando en función de las reuniones de seguimiento de este proyecto. Se ha coordinado adicionalmente, trabajo conjunto con Catalina Soto, encargada del sitio de la Intranet de la DGA, para implementar elementos avanzados en el contenido de la Intranet DGR, tales como páginas de links, configuración de permisos, etc. Actualmente dicho proyecto tiene aproximadamente un 20%-25% de avance.

Proyecto “Envíos postales procedentes de Canadá / CDS de la Unión Postal  Universal”

A partir del II semestre del año 2016 esta Dirección en conjunto con la Dirección Gestión Técnica, el Puesto Postal y Correos de Costa Rica, se encuentra en proceso de implementación del uso de la herramienta internacional “Sistema de Declaración Aduanera (CDS) de la Unión Postal Universal”, correspondiente al proyecto de interfaces del sistema de automatización de la transmisión de la información electrónica de los envíos postales procedentes de Canadá, quien es el primer y único participante por el momento. Se encuentra en proceso de pruebas para su utilización como herramienta para la selección de paquetería que ingresa al país a través de Correos de Costa Rica S.A., para su respectiva revisión física por parte de los funcionarios del Puesto Postal.

En el marco de dicho proyecto se han llevado a cabo una serie de sesiones de trabajo conjuntas entre esta Dirección, la Dirección Gestión Técnica, el Puesto Postal y Correos de Costa Rica e inclusive la funcionaria del departamento de Análisis de Riesgo que tiene a cargo el proyecto, denominada “gestora de riesgo en envíos postales”, realizó visita de

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campo durante tres días consecutivos en jornada continua de 8:00 a 4:00 al Puesto Postal, con el propósito de conocer y entender la operativa para fortalecer las acciones de control que se vayan a orientar, conforme a las competencias.

Proyecto “Análisis de riesgo a nivel de Manifiestos”

Se ha dado continuidad a las acciones derivadas del proyecto de análisis de riesgo a nivel de manifiestos, que permita el establecimiento del control previo en las distintas aduanas del país.

Conforme a lo establecido en el PAO 2017 para el DAR, se tiene programado implementar el control previo en la Aduana Peñas Blancas y La Anexión. En enero del año en curso se realizó visita a la Aduana Santamaría con el fin de presentar a las jefaturas de dicha aduana el Plan de Manifiestos y lo que se espera de la aduana en el marco de este proyecto, a pesar de que dicha aduana durante el año 2016 ya venía atendiendo alertas derivadas de las acciones del monitoreo que realiza el equipo de control previo a nivel de manifiestos.

Proyecto Controles Complementarios y Pesaje de Contenedores en Carretera-CONAVI

De conformidad con el procedimiento establecido se le informa que se ha presentado al Departamento de Procesos Aduaneros mediante el oficio DGR-496-2016 del 22 de agosto de 2016, el Requerimiento sobre el uso de peso de contenedores en carretera que realiza el CONAVI para ajustar el sistema Informático Tica y que pueda recibir la información externa generada y sirva para el análisis de riesgo en tránsito aduanero, trabajo que ha venido realizando la Dirección de Gestión de Riesgo con el apoyo de los Compañeros de la Unidad de Sistemas Aduaneros y Ronny Berrocal.

Participación en programa institucional COLMENA

Existe participación de la Jefatura del Dpto. de Inteligencia Aduanera, en carácter de líder funcional en algunos de los proyectos que conforman el programa Colmena.

B.8 ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS FINANCIEROS ASIGNADOS

Esta unidad no administra los recursos financieros.

B.9 SUGERENCIAS PARA LA BUENA MARCHA DE LA UNIDAD

Entre los temas importantes a considerar se pueden mencionar:

Dar seguimiento a los proyectos en que la Dirección de Gestión de Riesgo tiene participación.

Promover acciones para que sea autorizada la carrera profesional de los funcionarios de la Dirección.

Continuar solicitando la dotación de talento humano con conocimientos en materia aduanera y tributaria.

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Continuar con la promoción de solicitudes de fortalecimiento de capacidades del personal, a nivel internacional y nacional, en temas relevantes para la gestión de riesgo.

Continuar con la atención y seguimiento de requerimientos pendientes. Continuar con el fortalecimiento de la metodología aplicada para la ponderación de

niveles de riesgo de los operadores. Fortalecimiento continúo de los Planes Anuales de Fiscalización. Fortalecimiento en temas de los elementos que conforman la obligación tributaria para

la identificación de sujetos de riesgo. Fortalecimiento en las metodologías de trabajo para mejorar las acciones de control y

fiscalización. Mejoramiento continuo de las metodologías de trabajo de los tres departamentos que

conforman la DGR. Continuar con la actualización de los procedimientos existentes en la DGR. Continuidad del Plan de Análisis de Riesgo a Nivel de Manifiestos en las aduanas, así

como el fortalecimiento de su aplicación en las aduanas que se están desarrollando. Continuidad en la constante revisión integral de las reglas de riesgo, ampliando esta

estrategia de mejora sobre las reglas que controlan los demás regímenes distintos a importación definitiva.

Continuidad a las acciones necesarias a fin de revisar la totalidad de las sintaxis de las reglas que se encuentran vigentes en el sistema TICA; de manera que se promueva la mejora continua en las acciones de control inmediato.

Continuidad del plan piloto operador confiable y cumplimiento de compromisos derivados de la “Agenda prioritaria para el aumento de la eficiencia y competitividad de los pasos de frontera de Costa Rica”, que promueve el establecimiento de iniciativas para mejorar la facilitación del comercio y la competitividad.

Continuidad de la integración de las herramientas de inteligencia aduanera, ponderaciones de niveles de riesgo de operadores a la sectorización elaborada por el Departamento Planificación de la Fiscalización, a la metodología de riesgo para la implementación de reglas de control y facilitación conforme a los niveles de riesgo del operador y sectores de interés.

Fortalecer el nuevo enfoque de los análisis de contexto y realizarlos para todos los regímenes y modalidades.

Continuar con el proceso de acercamiento a las aduanas para fortalecer el control previo e inmediato, de ser posible crear la figura del “gestor de riesgo en aduanas” con el fin de contar con una extensión de riesgo en las aduanas.

Continuar tomando en consideración de la capacidad operativa de las aduanas para el establecimiento de los % de revisión asignados.

Continuar con las sesiones de trabajo conjuntas del departamento, de manera que se presenten las principales acciones que llevan a cabo en el equipo de control previo e inmediato, que exista retroalimentación de oportunidades de mejora identificadas por los funcionarios que conforman el departamento y mayor comunicación entre todos los funcionarios respecto de la línea de trabajo y los resultados obtenidos de la gestión que se realiza en el departamento.

Generar mayor conocimiento de los funcionarios con menor experiencia en el uso del módulo de reglas, del Datamart Aduanero, etc., a través de la transmisión de conocimiento de funcionarios de mayor experiencia en el manejo del módulo de

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riesgo, del Datamart, etc.; con el fin de auto capacitar a los funcionarios en labores propias del departamento.

Continuar llevando a cabo las acciones que han permitido incrementar la percepción de riesgo, a través de estrategias como el P.P.O.C. en el marco de los importadores, cuando se reciben quejas de operadores por la cantidad de DUAS en canal rojo y los tiempos de revisión en las aduanas para autorizar levantes.

Continuar con el proceso de revisar integralmente las reglas, de manera que se incluyan otros regímenes, revisar la sintaxis de todas las reglas y los perfiles en general.

Valorar la creación de reglas multivariables que tomen en consideración los niveles de riesgo de los distintos operadores que se encuentran con nivel de riesgo identificado (agencia + depósito + importador de alto, medio o bajo riesgo).

Generar una guía de material importante para la gestión de riesgo, con el fin de que toda vez que se dé un nuevo ingreso de funcionario al departamento reciba al menos durante una semana este seguimiento.

Levantar un manual y oficializarlo, actualizarlo cada vez que sea necesario de todos los campos que conforman el módulo de riesgo, que sea de conocimiento de todo el DAR.

Fomentar la elaboración de contextos para el régimen de ingreso, a partir de la información obtenida del cubo de ingresos del Datamart Aduanero; de manera que las alertas remitidas a las aduanas para control previo no tengan como únicamente fuente el monitoreo diario de manifiestos.

Que se conforme un equipo de trabajo encargado de realizar estudios que permitan generar nuevas reglas, en los distintos regímenes.

Que se implementen reglas a partir de hallazgos determinados por los Órganos Fiscalizadores, que permitan dar seguimiento particular a posibles riesgos y generar oportunidades de mejora para la ejecución del control, presentando resultados obtenidos en sesiones de trabajo con las aduanas, para aumentar la percepción de riesgo en las aduanas.

B.10 ESTADO ACTUAL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES GIRADAS POR LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

SACRRI (Sistema de Actividades de Control de Riesgos Asociados a la Corrupción, conflicto de intereses e idoneidad técnica en el SNA)

De conformidad con lo indicado en el oficio DGA-PC-058-2016 de fecha 04/03/2016, y según actividades a realizar por esta Dirección de conformidad con el Plan de Acciones de SACRCCI, se elaboró, entre otros, los siguientes oficios DGR-201-2016, DGR-DPF-32-2016, DGR-200-2016, DGR-199-2016, DGR-198-2016, DGR-202-2016, DGR-197-2016, DGR-196-2016, DGR-195-2016, que daban inicio a las acciones a realizar por parte de la DGR, asimismo, mediante oficio DGR-682-2016 se da cumplimiento al último requerimiento del Área de Planificación y Control de la Gestión.

Informe DFOE-SAF-IF-06-2016 del 15 de enero del 2016

En atención a la disposición 4.6 del informe DFOE-SAF-IF-06-2016 del 15 de enero del 2016, mediante la cual se solicitó analizar las reglas de riesgo en su conjunto, y ajustarlas

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en lo que corresponda, con el fin de lograr una mayor efectividad en el control del fraude fiscal y en la recaudación de los impuestos aduaneros, y un volumen de revisiones físicas en cada mes, acorde con las cargas de trabajo del personal y la capacidad instalada de las diferentes aduanas; este departamento mediante oficio DGR-754-2016 del 16/12/2016, informó del cumplimiento de las siguientes acciones.

1. Mediante correo electrónico de fecha 05/01/2016, la Dirección de Gestión de Riesgo (DGR) recibió “Borrador del Informe de Auditoría Operativa sobre la Eficacia de la Gestión de las Aduanas”, con el fin de referirse a la disposición 4.6 de dicho documento emitido por la Contraloría General de la República.

2. Dado que en noviembre del 2015, la DGR conformó un equipo de trabajo interdepartamental, denominado Equipo de Riesgo Aduanero (ERA), cuyo propósito fundamental fue identificar oportunidades de mejora para aplicar sobre aquellos procesos que lo ameritaran en cualquiera de los tres departamentos que conforman dicha Dirección; una vez que se recibió el borrador del informe citado en el punto n° 1, se consideró oportuno aprovechar este recurso humano para apoyar al Departamento de Análisis de Riesgo en la definición de mejoras que permitieran atender la disposición 4.6 emitida por la Contraloría.

3. Mediante oficios DGR-566-2015 del 13/11/2015, DGR-567-2015 del 16/11/2015 y DGR-568-2015 del 13/11/2015, la Directora de Gestión de Riesgo notificó a los funcionarios de los distintos departamentos de esta Dirección que formarían parte de dicho equipo de trabajo.

4. Mediante oficio DGR-DAR-045-2016 del 01/03/2016, el equipo citado anteriormente remitió el Informe DGR-DAR-INF-054-2016 denominado “Posibles Oportunidades de Mejora”, con el fin de definir estrategias de mejora que contribuyan al fortalecimiento del desempeño de las principales labores de la DGR, destacándose como área prioritaria recomendada para iniciar el proceso de implementación de mejoras, en el corto plazo, los estudios de efectividad de reglas del control inmediato, establecidas en el Módulo de Riesgo para el régimen de importación definitiva, realizados en el Departamento de Análisis de Riesgo y la metodología aplicada.

5. La aplicación de la administración de riesgos y el uso de la selectividad basada en el riesgo, permite a las aduanas asignar sus escasos recursos a áreas de alto riesgo, al tiempo que incrementa la eficacia de sus procesos de despacho para los envíos de bajo riesgo; por lo que a partir de dicho estudio se consideró la necesidad de implementar mejoras en la metodología aplicada para la medición de la efectividad de las reglas.

6. Otro elemento destacado en dicho informe correspondió a la información, la cual debe ser fiable a fin de poder predecir un posible riesgo, de no ser así el análisis de la información será inexacto y como consecuencia la toma de decisiones con base en dicho análisis no será adecuada ni oportuna. En este sentido, el Datamart Aduanero se convirtió en una fuente de información que permite al analista de riesgo obtener de manera rápida y ágil los datos que requiere para la toma de decisiones y con ello dedicar la mayor parte de su tiempo al análisis de la información y no a la espera de la misma para su respectivo estudio; en razón de ello se implementó una nueva metodología, en el Departamento de Análisis de Riesgo, para la evaluación de la efectividad de las reglas de riesgo, de manera que las reglas sean evaluadas tomando como indicador la incidencia fiscal determinada (en aquellos casos en que se espera

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que el riesgo que se presume pueda generar incidencia fiscal) y a su vez sea posible analizar las reglas de forma integral y efectuar los ajustes necesarios con el fin de lograr una mayor efectividad.

7. Dicho equipo elaboró una propuesta de informe de efectividad de reglas en el control inmediato para el régimen de importación en todas las modalidades, con indicadores para definir la efectividad de una regla que permitiera al analista recomendar la continuidad o no de una regla y propuso llevar a cabo un Plan Piloto que permitiera ajustar, de ser necesario, este nuevo formato de informe y la metodología propuesta. Este plan se llevó a cabo durante febrero y marzo del 2016, con el apoyo de miembros del equipo ERA.

8. Se realizó sesión de trabajo con los funcionarios del Departamento de Análisis de Riesgo y parte del equipo denominado ERA, con el fin de presentar el Plan Piloto de estudios de efectividad de reglas para el control inmediato en el régimen de importación y la metodología a seguir para realizar dichos estudios; de la cual surge la minuta DGR-M-02-2016 del 23/02/2016.

9. Mediante oficio DGR-205-2016 del 07/04/2016, se solicitó al Departamento de Análisis de Riesgo informar sobre los resultados obtenidos en el citado Plan Piloto, con el fin de valorar su formalización dentro de los procedimientos establecidos en la DGR.

10.Otra recomendación establecida en el informe DGR-DAR-INF-054-2016 denominado “Posibles Oportunidades de Mejora”, correspondió a la revisión integral de las reglas vigentes para el control inmediato del régimen de importación definitiva en todas las modalidades; a partir de la nueva metodología propuesta haciendo uso principalmente de la información obtenida del Datamart Aduanero. Para lo cual fue necesario obtener del TICA los perfiles de todas las reglas vigentes, información que fue suministrada, bajo principio de confidencialidad, mediante oficio DGR-DAR-053-2016 del 03/03/2016 y a partir de ellos se elaboró una propuesta de inventario de reglas vigentes, la cual fue remitida mediante oficio DGR-DATA-002-2016 del 06/04/2016, incluyendo recomendaciones adicionales para el fortalecimiento de las reglas de riesgo, entre ellas tomar en cuenta la capacidad operativa de las aduanas y el volumen de las operaciones, los niveles de riesgo de los operadores, revisar la sintaxis de las reglas vrs la acción recomendada de las reglas, valorar la necesidad de modificar las prioridad designadas a cada una de ellas, entre otras.

11.Dado que la Administración Aduanera cuenta con el Registro de Riesgos del Servicio Nacional de Aduanas, basado en los objetivos del Plan Estratégico 2015-2018, el cual constituye un instrumento en la planificación estratégica para gestionar los riesgos de manera integral, se identificó la cobertura de las reglas de riesgo para el control inmediato de operaciones declaradas bajo el régimen de importación, respecto a los riesgos y factores de riesgo determinados en dicho registro. Dicha información fue remitida mediante oficio DGR-DATA-002-2016 del 06/04/2016.

12.En atención a la recomendación derivada del oficio DGR-DATA-002-2016, se procedió a revisar lo dispuesto mediante oficio DGR-DAR-63-2013 del 12/04/2013, correspondiente a las prioridades establecidas para las reglas de riesgo. Dicha revisión, se finiquitó con una sesión de trabajo efectuada el 26/04/2016 con la participación de todos los funcionarios del Departamento de Análisis de Riesgo.

13.Con relación a la revisión de las prioridades contenidas en las reglas vigentes, se determinó la necesidad de modificar lo dispuesto en oficio DGR-DAR-63-2013. En razón de lo cual, se generó el informe DGR-DAR-INF-079-2015 del 26/04/2016

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denominado “Nivel de Prioridades para las Reglas de Riesgo”, siendo que mediante oficio DGR-280-2016 del 06/05/2016 se ajustaron dichas prioridades, dejando sin efecto el oficio DGR-DAR-63-2013. Posteriormente, en atención a recomendación derivada del informe DGR-DAR-INF-192-2016 del 16/09/2016 denominado “Categoría de Importadores y definición de reglas de facilitación y de control para cada una de ellas”, se llevó a cabo una nueva modificación a las prioridades de las reglas mediante oficio DGR-605-2016 del 28/09/2016, dejando sin efecto oficio DGR-280-2016.

14.En atención a los compromisos adquiridos para atender el plan de acción del informe No. DFOE-SAF-IF-06-2016, mediante oficio DGR-DAR-146-2016 del 30/06/2016 se remitió el informe DGR-DAR-INF-153-2016 denominado “Resultados de la Depuración de Reglas del Departamento de Análisis de Riesgo-Manifiestos e Importación”. Adicionalmente, las reglas relacionadas con los regímenes de Zona Franca, Perfeccionamiento Activo, Tránsito y la designación de marchamo electrónico han sido objeto de revisiones integrales y tomando en consideración elementos como la capacidad operativa de las aduanas, principalmente, se han generado las modificaciones necesarias.

15.Mediante oficio DGR-DAR-159-2016 del 29/07/2016 se oficializó una nueva versión del Procedimiento de Control Inmediato relacionado con la elaboración de estudios de mercancías, regímenes, operadores y operaciones de comercio y de estudios de evaluación de la efectividad de las reglas de riesgo vigentes en el control inmediato en el Sistema Tica; dentro del cual se formalizó el nuevo formato de informe o estudio de medición de efectividad de las reglas de riesgo para el régimen de importación definitiva en todas las modalidades y con ello se dio por atendida una de las oportunidades de mejora recomendadas en informe DGR-DAR-INF-054-2016.

16.Por su parte, el Servicio Nacional de Aduanas en sus objetivos estratégicos ha planteado la necesidad de facilitar el ingreso y salida de mercancías, vehículos y personas, así como ejercer un control oportuno y eficaz que permita la justa recaudación. Es por ello, que una de las acciones que se han venido fortaleciendo son las figuras del OEA en el marco del PROFAC y adicionalmente se ha creado el “Plan Piloto de Operador Confiable”, como una estrategia de control y facilitación aplicando las mejores prácticas recomendadas por la OMA, basándose en un modelo de gestión de riesgos para conseguir  resultados con un uso óptimo de los recursos. Este plan está dirigido a todas las empresas importadoras y exportadoras de este país, así como a los diferentes auxiliares de la función pública que no representan un riesgo para la administración, permitiendo enfocar los esfuerzos de control en aquellas empresas que así lo requieran.

17.Adicionalmente, en atención del informe DFOE-SAF-IF-06-2016, así como de las recomendaciones derivadas del informe DGR-DAR-INF-054-2016 y del oficio DGR-DATA-002-2016 y ante la necesidad de actualizar las distintas categorías de importadores y dar tratamiento a cada una de ellas, mediante la definición de reglas de facilitación del comercio legítimo y de control aduanero, que permitan atender los riesgos de manera eficiente se realizó el informe DGR-DAR-INF-192-2016 del 16/09/2016 denominado “Categoría de Importadores y definición de reglas de facilitación y de control para cada una de ellas”, estableciéndose una especie de pirámide de importadores sobre los cuales implementar controles según su nivel de riesgo. Niveles de riesgo que han sido establecidos bajo aplicación de la metodología

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de riesgo definida por el Departamento de Inteligencia Aduanera, con la asistencia de Organismos Internacionales y que son debidamente actualizados.

18.Ante la necesidad de continuar en ese proceso de mejora se han venido aplicando ajustes integrales sobre las reglas de riesgo, tomando en consideración principalmente la capacidad operativa de las aduanas para la ejecución de las acciones de control orientadas por la Dirección de Gestión de Riesgo, los niveles de riesgo de los operadores, entre otros elementos.

19.Con respecto al “volumen de revisiones físicas en cada mes, acorde con las cargas de trabajo del personal y la capacidad instalada de las diferentes aduanas”, se procedió con las siguientes acciones:

a. Derivado de la disposición 4.5 del Informe DFOE-SAF-IF-06-2016, relacionada con el “estudio de disparidad de las cargas de trabajo de los aforadores”, se solicitó a Gestión de Potencial Humano remitir a la Dirección de Gestión de Riesgo la estructura ocupacional de cada uno de los Departamentos Técnicos de las aduanas, mediante oficios DGR-DAR-194-2016 y DGR-DAR-195-2016 del 01 y 02 de septiembre del 2016 respectivamente. A partir de la información suministrada mediante oficios de respuesta GAF-SNA-SGPH-693-2016, GAF-SNA-SGPH-704-2016 del 02 y 06 de septiembre, se realizaron los primeros estudios sobre la viabilidad de ajustar los porcentajes de revisión asignados a las reglas vigentes.

b. Con oficio DGR-DAR-210-2016 del 23/09/2016 se solicitó nuevamente la información a Gestión de Potencial Humano, especificada por cantidad de funcionarios con el detalle de nombre y clase; información que se recibió el 28/09/2016 mediante oficio GAF-SNA-SGPH-751-2016.

c. Con la información generada por Gestión de Potencial Humano y por algunas aduanas, fue posible, a partir de octubre del año en curso, realizar el ejercicio de la revisión de los porcentajes asignados en canales amarillo y rojo y modificar lo correspondiente en las reglas vigentes.

d. Mediante oficio DGR-DAR-237-2016 del 11/10/2016 se solicitó a las diferentes aduanas remitir en los primeros tres días de cada mes, el detalle por nombre de los funcionarios en la atención de DUA's revisión documental y/o física y la ubicación o ubicaciones asignadas, con la finalidad de conocer el total de funcionarios disponibles para las labores de aforo.

e. En virtud de que la disponibilidad del recurso humano es cambiante, por factores como disfrute de vacaciones, incapacidades, licencias, entre otros, la información suministrada por las aduanas de manera mensual se ha convertido en un elemento fundamental para la toma de decisiones.

f. La Dirección de Gestión de Riesgo ha venido efectuando los ajustes necesarios a los porcentajes asignados a las reglas, tomando en consideración la capacidad operativa de las aduanas.

20.Con el fin de continuar con el proceso de analizar las reglas de riesgo en su conjunto y ajustarlas en lo que corresponda, de manera que ello promueva una mayor efectividad en el control aduanero, se realizó el informe DGR-DAR-INF-274-2016 remitido mediante oficio DGR-DAR-301-2016 del 14/012/2016, correspondiente a una segunda revisión integral de las reglas vigentes que controlan las importaciones definitivas en el inmediato; del cual se derivan una serie de recomendaciones, entre ellas:

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a. Reorientar las reglas, en tanto sea posible, hacia los importadores de mayor riesgo conforme a lo establecido por el Departamento de Inteligencia Aduanera en la ponderación de niveles de riesgo vigente.

b. Desactivar las reglas cuya efectividad en términos de incidencia fiscal ha sido inferior al monto exiguo y que no corresponden a reglas cuya efectividad no necesariamente debe medirse en términos de incidencia fiscal.

c. Implementar la metodología utilizada para realizar futuras revisiones integrales de las reglas de riesgo que orientan controles en el régimen de importación definitiva.

d. Realizar estudios de cada régimen aduanero, que incorpore el mapeo de todas las reglas vigentes en cada uno de ellos y determinar su efectividad y las acciones que correspondan para fortalecer el control aduanero.

Con oficio DGA-PC-405-2016 de fecha 20 de diciembre de 2016, se remite la fotocopia certificada del oficio DGR-754-2016, por parte del Sub-Director licenciado Roy Chacón Mata, cumpliendo así lo solicitado en la disposición 4.6 del informe DFO-SAF-IF-06-2016.

Mediante oficio número 01218 de fecha 31 de enero de 2017 numeración interna DFOE-SD-0312, de la Contraloría General de la República, recibido en la Dirección Gestión de Riesgo el día 01 de febrero del 2017, solicitan en referencia a la disposición 4.6 del informe DFO-SAF-IF-06-2016, se indique “si se tomó alguna medida adicional considerando las recomendaciones contenidas en el informe DGR-DAR-INF-274-2016 citado”; a lo que este departamento respondió con oficio DGR-074-2017 de fecha 10 de febrero del 2017 al Lic. José Raúl Vargas del Área de Planificación y Control de la Gestión, que “La atención de las recomendaciones derivadas de dicho informe es parte de un proceso permanente que se está realizando en esta Dirección con el fin de fortalecer las reglas del control inmediato en el régimen de importación definitiva. Adicionalmente, a dichas recomendaciones se están gestionando las acciones necesarias a fin de revisar la totalidad de las sintaxis de las reglas que se encuentran vigentes en el sistema TICA; de manera que se promueva la mejora continua en las acciones de control inmediato.” Dicha respuesta fue tramitada ante la Contraloría General de la Republica de parte del Área de Planificación y Control de la Gestión, mediante oficio DGA-PC-56-2016 del 15/01/2017 y recibida por la Contraloría General de la República a las doce horas con dieciséis minutos del día 20 de febrero del año 2017.

B.11 ESTADO ACTUAL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES GIRADAS POR OTRO ÓRGANO DE CONTROL

Esta Dirección no tiene a la fecha, bajo su responsabilidad, acciones derivadas de informes generados por parte de otros órganos de control.

B.12 ESTADO ACTUAL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA INTERNA

Esta Dirección no tiene a la fecha, bajo su responsabilidad, acciones derivadas de informes generados por parte de la Auditoría Interna. No obstante, se han recibido consultas del señor Moisés Mejías Cubero, relacionadas con las Dirección de Gestión de Riesgo.

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2.- Órgano Nacional de Valoración Aduanera

De conformidad con lo indicado en el artículo 244 de la Ley General de Aduanas, el Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera “Será el encargado de verificar, controlar, investigar, recuperar y recopilar la información, y de los demás asuntos relacionados con la valoración aduanera de las mercancías.”

Sobre la Prestación de Servicios:

1. Departamento de Control Inmediato del Valor en Aduanas: a) Ejecución Proyecto Bases de Datos de Valor:

Durante el año 2015, se continuo con la implementación en las Aduanas del país de las bases de datos de valor para mercancías como: “Llantas, Celulares, Electrodomésticos y Televisores”, estrategia para aplicar instrumentos de control sobre el valor declarado en las importaciones de mercancías tramitadas en las Aduanas. Lo anterior, con fundamento en el Acuerdo de Valor en Aduana de la OMC, Reglamento Centroamericano sobre la Valoración aduanera de las Mercancías, disposiciones de la Organización Mundial de Aduanas, los artículos 243 y 244 de la Ley General de Aduanas, artículos 23 inciso i) y 24 bis inciso g) de su Reglamento.

En el siguiente cuadro se detalla las bases de datos de valores que se han enviado a las Aduanas para el control del valor y en las que se está trabajando:

Bases de Datos de Valor Oficializadas a partir del 01/11/2015 al 28/02/2017

Número Consecutivo

Base de Datos de Valor

Indique (N= nueva , A= Actualización)

Fecha de Oficialización Cantidad

De líneas

ONVVA-DCI-BDV-0012-2015

Celulares Nuevos A 19/11/2015 61

ONVVA-DCI-BDV-008-2015

Electrodomésticos A 09/12/2015 149

ONVVA-DCI-BDV-001-2016

Electrodomésticos A 14/01/2016 245

ONVVA-DCI-BDV-XXX-2016

Televisores A 12/02/2016 58

ONVVA-DCI-BDV-001-2016

Electrodomésticos A 10/03/2016

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169

ONVVA-DCI-BDV-001-2014

Llantas Nuevas A 21/07/2016 26

ONVVA-DCI-BDV-003-2016

Televisores A 22/07/2016 67

Un efecto importante obtenido con la aplicación y uso en las aduanas de las bases de datos de valor, es el elemento de “inducción”, por cuanto se genera un control a los declarantes en el sentido que se les dificulta la posibilidad de declarar valores por debajo de los reales, ante la expectativa de que existen bases de datos de valor al efecto, fomentando el cumplimiento voluntario de las obligaciones de Ley y la correcta descripción de las mercancías; se incrementa la recaudación fiscal, y consecuentemente se tienen reglas claras en el comercio lícito y competencia de sector privado, combatiendo la evasión fiscal y prácticas irregulares. Además, en coordinación con el sector importador se han conformado grupos de trabajo conjunto para analizar la viabilidad de implementar nuevas bases de datos de valor en otras mercancías que puedan estar presentando un nivel de riesgo importante al momento de ingreso al país, ejemplo de anterior en lo gestionado en relación con la importación de “partes y accesorios de vehículos”.

La funcionalidad de las bases de datos de valor para la posible aplicación del procedimiento de duda razonable en las aduanas, depende de la implementación de Reglas de Riesgo en el Sistema Informático TICA en el control inmediato del despacho de las mercancías, En consecuencia, estas son necesarias para que el sistema informático TICA asigne de manera automática los DUAs de importación definitiva sujetos a verificación inmediata en las Aduanas.

Así conforme lo anterior, de noviembre 2015 a la fecha se han implementado 12 versiones de reglas de riesgo, 1 para las bases de datos de valor de “Partes y Accesorios (Nuevos) de Vehículos Automóviles)”, 3 para las bases de datos de valor de “Teléfonos Celulares (nuevos)”, 3 para las bases de datos de valor de Televisores, 1 para las bases de datos de valor “Llantas (nuevas)” y 4 para las bases de datos de “Electrodomésticos (nuevos)” estas versiones se han actualizado y modificado considerando los resultados de los estudios antes citados y de los plazos de vigencia de la mismas.

En complemento a la implementación de reglas de riesgo, está en su etapa de elaboración el “Proyecto Reglas de Riesgo Automáticas de Valor en Aduana”, el cual comenzó en el mes de junio del 2016 y se encuentra a cargo de la Dirección de Gestión del Riesgo. Hasta el momento, funcionarios del ONVVA han realizado varias sesiones de trabajo con los funcionarios de la Dirección de Gestión de Riesgo, en las cuales en algunas oportunidades ha participado también el consultor de la CEPAL Sr. Alberto Chehebar. Dicho Proyecto pretende que el sistema TICA asigne automáticamente la revisión, documental o física, de mercancía seleccionada amparada a DUAs con valores

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promedio bajos, en comparación con valores indicativos generados automáticamente por dicho Sistema. Sobre este tema, es opinión del ONVVA que lo recomendable es basarse en valores promedio de mercancía idéntica o similar, en lugar de valores promedio generales, condición que conforme los datos que almacena el Sistema Informático Tica en la actualidad no es factible obtener, ya que no se pueden extraer valores promedio sobre mercancía idéntica o similar para elaborar reglas de riesgo automáticas de valor. Se está laborando en un proceso informático que permita realizar ese proceso.

b) Criterios Técnicos de Valoración y criterios determinativos:

Como parte de la función normativa de la valoración aduanera, de Noviembre 2015 a l 28 de febrero 2017 se han emitido 15 criterios técnicos normativos y 47 criterios técnicos determinativos del valor sobre valoración aduanera, estos en atención a los requerimientos que efectúan usuarios tanto internos y externos. En materia de criterios determinativos, estos son estudios de valor de mercancías decomisadas que se realizan por solicitud, en la mayoría de los casos, por parte de las Fiscalías y la Policía de Control Fiscal, con el afán de fundamentar las causas judiciales contra el fraude fiscal, el contrabando y defraudación fiscal. Al respecto, se ha determinado una recaudación diferida por un monto del ₡ 1.893.300.021,29.El Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera debe promover la transferencia de conocimiento mediante la asistencia personalizada a sus usuarios, por lo que es su responsabilidad emitir directrices, resoluciones o circulares que sirven como instrucciones y/o herramientas de control que permiten uniformar la aplicación de la valoración aduanera. Así, en materia de criterios técnicos, de Noviembre 2015 al 28 de febrero 2017, se han emitido 5 directrices e instrucciones para la correcta aplicación de las normas vigentes en materia de valoración aduanera, las cuales se enumeran a continuación: 1) para el uso y aplicación de Base de Datos de Valor del grupo denominado "TELEFONOS CELULARES"; 2) para el uso y aplicación de Base de Datos de Valor de grupo denominado "ELECTRODOMESTICOS"; 3) Directriz sobre “Resoluciones Anticipas de Valor al amparo del AFC-OMC., para la facilitación del comercio”; 4), una Instrucción referente a la regla de riesgo llantas y, 5) una directriz e instrucción para la correcta aplicación de las normas vigentes en materia de valoración aduanera, denominada “Manual de Registro de Marcas de Vehículos Automotores”.

c) Registro de Importadores Habituales, Registro Fiscal de Bebidas Alcohólicas y Registro de Marcas de Vehículos:

Conforme la normativa vigente, es responsabilidad del Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera registrar, mantener actualizadas las gestiones que se realicen relacionadas con los registros de Importadores Habituales, el Registro Fiscal de Bebidas Alcohólicas y el registro de Marcas de Vehículos automotores importados, aprobando entre noviembre de 2015 y febrero de 2017 523 registros . Además, se resalta que todos los meses se debe de publicar en la página WEB de Hacienda, dos bases de datos relacionadas 1) con los sujetos del Registro Fiscal de Bebidas Alcohólicas vigentes y no vigentes y, 2) de los productos registrados, debiendo también hacer una publicación anual en La Gaceta.d) Asesoría en línea:

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Una función de alta importancia para que el control del valor funcione efectivamente en las Aduanas, es la atención de consultas telefónicas de las Aduanas y usuarios, por lo que para el presente año se han atendido 182 consultas.

2. Departamento de Control Posterior del Valor: a) Coordinación con Ministerio Público:

Dentro del proceso de las investigaciones que realiza el Departamento de Control Posterior del Valor del Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera, durante el periodo del presente informe se dio continuidad al acercamiento y coordinación con el Fiscal Adjunto Don Wagner Molina de la Fiscalía adjunta de Delitos Económicos Tributarios y Aduaneros, en temas tales como: presentación de denuncias al Ministerio Público, el análisis que conlleva para configurar una denuncia penal y que la misma sea elevada a juicio, y la revisión de las diferentes formalidades en el marco de la legislación aduanera.

Asimismo en el periodo que comprende de Noviembre 2015 a Marzo 2017 el Departamento de Control Posterior ha interpuesto 15 denuncias ante el Ministerio Público por uso de documento falso y falsedad ideológica.

b) Apoyo a la Dirección Normativa en Respuesta a Alegatos:

Aunado a lo anterior, el Órgano Nacional de Valoración se mantiene brindando soporte técnico a la Dirección Normativa; atendiendo las respuestas de los alegatos presentados por las empresas que no aceptaron regularizar su situación ante el Órgano Fiscalizador encargado de la investigación y a las cuales se le inició un procedimiento ordinario de cobro, en el periodo que comprende de Noviembre 2015 a Marzo 2017 se han respondido y finalizado 14 alegatos presentados por las empresas ante la Dirección Normativa..

c) Planteamiento de Lesividades a Sentencias del TAN:

En materia de cánones el Órgano Nacional de Valoración ha liderado el proceso de la declaratoria de lesividad sobre las sentencia números 107-2015 y 110-2015, del Tribunal Aduanero Nacional, ambas de la empresa AVON DE COSTA RICA S.A presentadas ante el señor Subdirector de Aduanas Roy Chacon Mata por medio de los oficios ONVVA-075-2016 y ONVVA-076-2016 respectivamente, ambos de fecha 31 de marzo del 2016. Adicionalmente durante el año 2016 funcionarios del Órgano Nacional de Valoración han participado en reuniones brindando soporte técnico a la Procuraduría General de la República sobre la Declaratoria de Lesividad relacionada a la sentencia número 419-201, del Tribunal Aduanero Nacional, empresa Centro Industrial Manufacturero El Roble Cimer S.A., caso que es atendido por ésta instancia por medio de la resolución Res. N°0889-2015, así como con la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda.Con el objetivo de trasladar conocimientos acumulados por los fiscalizadores especializados en el tema de Cánones y Derechos de Licencia, durante el año 2016 se realizaron capacitaciones a funcionarios de los Departamentos Normativos y Técnicos

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de las Aduanas, sobre los ajustes del artículo 8 del Acuerdo de Valor de la OMC con énfasis en el tema de cánones y derechos de licencia.

a) Asistencia Técnica Recibida:

Del 28 de abril al 05 mayo del 2016 se recibió la Asistencia Técnica sobre el tema de Cánones y Derechos de Licencia en el marco del Acuerdo de Valor en Aduana de la OMC, impartida por el señor Miguel Ángel Galeano experto en materia de valoración aduanera de la Aduana de Argentina y Representante ante el Comité Técnico de Valoración en Aduana de la OMA. La primera parte de la Asistencia realizada del 28 al 29 de abril de 2016, participaron funcionarios del Departamento de Control Posterior y Control Inmediato del ONVVA y de la Dirección de Gestión de Riesgo, en la cual se realizó un análisis de la Sentencia emitida por el Tribunal Aduanero Nacional (TAN) en el caso de la empresa Reckitt sobre cánones y derechos de licencia y posición del Comité Técnico de Valoración sobre este tema. También se desarrolló una capacitación en materia de Vinculación conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de Valoración de la OMC y la posición del Comité técnico sobre las empresas vinculadas, sobre la experiencia Argentina en materia de Auditorias a empresas vinculadas, resultados obtenidos y los ajustes realizados a nivel de Aduanas y la posición de los Tribunales Argentinos y a nivel internacional sobre las fiscalizaciones realizadas a empresas vinculadas (jurisprudencia).

En la segunda parte del Taller realizado del 2 al 4 de mayo de 2016, el señor Galeano se reunió con miembros del Tribunal Aduanero Nacional para tratar el tema de cánones y derechos de licencia. Adicionalmente se concretaron sesiones de trabajo en las que participaron funcionarios del Departamento de Control Inmediato durante las que fueron tratados temas tales como: Valoración de mercancías en regímenes especiales (Zonas Francas), Leasing e importación temporal y sobre la conformación de bases de datos de valores de transacción. Y con los funcionarios del Departamento de Control Posterior sesiones en las cuales se analizaron: Casos prácticos relacionados con empresas vinculadas, tratamiento de precios de transferencia a nivel de aduanas y la experiencia Argentina en el tema del método deductivo.

b) Montos Determinados y Efectivamente Recaudados:

En general puede aseverarse que se ha experimentado todo un proceso de madurez en las investigaciones realizadas por el Órgano Nacional de Valoración en materia de cánones y derechos de licencia, y con la puesta en marcha de un nuevo planteamiento de investigación a las empresas que deberían ser sujetas de verificación en materia de Cánones y Derechos de Licencia, percibiéndose para el año 2016 la obtención de resultados , tales como: el crecimiento de los montos de recaudación determinada y efectiva, los cuales para el año 2016 ascendieron a ¢ 1.283.093.234,42 por recaudación determinada y ¢ 542.504.429,37 por recaudación efectiva.

De igual forma, es importante resaltar el acercamiento a la Autoridad Aduanera de una importante empresa importadora, con el fin de que fueran revisadas sus operaciones de comercio en materia de cánones y derechos de licencia y de ser necesario regularizar su situación tributaria. Producto de la revisión y análisis de la

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documentación e información aportada por la empresa se definió un ajuste al valor declarado por la empresa para las declaraciones del periodo que abarca de enero 2013 a setiembre 2014. Adicionalmente la empresa decidió realizar el pago voluntario de los adeudos tributarios aduaneros del período de octubre 2014.

a) Atención de Investigaciones en sus diferentes categorías: auditorías, verificación de declaraciones aduaneras y denuncias presentadas por usuarios del servicio:

La ejecución de investigaciones sobre valoración aduanera en sus diferentes categorías: auditorías, verificación de declaraciones aduaneras y denuncias presentadas por usuarios del servicio, han generado resultados positivos a partir de redefinición de metodologías de investigación y revisión de tiempos de ejecución, se atendieron denuncias presentadas por cámaras de empresarios tales como las del sector de llantas y electrodomésticos. De igual forma se ha generado un efecto multiplicador en las empresas que hasta la fecha declaraban no pagar licencias por el uso de marcas extranjeras, observándose en algunas de ellas un cambio de conducta y se ha logado verificar la declaración y adición al valor declarado, correspondiente a los ajustes por cánones y derechos de licencia, tanto durante el despacho como posterior a él.

Respecto a lo anterior, es importante indicar que la ejecución de las investigaciones generó como resultado la determinación de un monto ₡1.676.321.613,67 de impuestos dejados de percibir por el Estado de noviembre 2015 a marzo de 2017 y en los procesos de regularización el pago voluntario de tributos ascendió a un monto de ₡682.430.381,04.

b) Participación en Comisiones:

Actualmente, una funcionaria del Departamento de Control Posterior es parte de la Comisión de Trabajo que a nivel de la DGA atiende el Proyecto Informático del Historial del DUA conjuntamente con la Dirección de Fiscalización, del que ya fue remitido el requerimiento pertinente a Informática de Aduanas con la finalidad de que sea atendido y están a la espera del proyecto en el que puedan hacer las pruebas pertinentes.

3.- DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN

Informes en el Ministerio Público.

En anexo 1 se detalla los casos remitidos al Ministerio Público.

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Referencia sobre la labor sustantiva de la Dirección de Fiscalización

De conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 34475-H del 30 de abril de 2008 es competencia de la Dirección de Fiscalización el supervisar, fiscalizar, verificar y evaluar el cumplimiento de las disposiciones aduaneras y de comercio exterior, en lo que corresponda, antes, durante y con posterioridad al despacho aduanero de las mercancías, según lo establecido en el Plan Anual de Fiscalización.

La Dirección de Fiscalización estará a cargo de un Director y para el ejercicio de las funciones, se divide en cinco departamentos:

a. Departamento de Fiscalización Interna.

b. Departamento de Fiscalización Externa.

c. Departamento de Denuncias y Operativos Especiales.

d. Departamento de Laboratorio Aduanero y Estudios Especiales.

e. Departamento de Verificación de Origen.

Son funciones sustantivas de la Dirección de Fiscalización las siguientes:

a. Dirigir la fiscalización de las operaciones aduaneras realizadas por las empresas de comercio exterior, con el fin de constatar la veracidad, suficiencia y exactitud de la información consignada en los registros aduaneros, así como la veracidad de los elementos determinantes de la obligación tributaria aduanera, a partir de los criterios de riesgo determinados por la Dirección de Gestión de Riesgo.

b. Dirigir la fiscalización de aquellos casos que por su complejidad, requieran del desarrollo de actuaciones fiscalizadoras especiales, impulsando las actuaciones de investigación del fraude complejo.

c. Dirigir la fiscalización del cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidas en la normativa aduanera, así como los trámites y operaciones que realizan los Auxiliares de la Función Pública Aduanera, de acuerdo con lo establecido en el Plan Anual de Fiscalización.

d. Guiar la fiscalización del cumplimiento por parte de los funcionarios aduaneros de las disposiciones legales, procedimientos y demás directrices establecidas en el régimen jurídico aduanero.

e. Informar a la Dirección General el incumplimiento por parte de los funcionarios del Servicio, de las directrices e instrucciones emitidas, a efectos de que se proceda como corresponda.

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f. Dirigir la fiscalización de las condiciones de permanencia, uso o destino de las mercancías que, con posterioridad a su levante o retiro, se encuentran sometidas a alguno de los regímenes aduaneros no definitivos, de conformidad con lo establecido en el Plan Anual de Fiscalización.

. Dirigir la realización de estudios físico químicos, técnicos y merceológicos de las mercancías importadas o exportadas por los operadores de comercio exterior, los ingresos y salidas de materia prima y productos, mermas y desperdicios de las mercancías ingresadas a regímenes de perfeccionamiento y liberatorios de pago de tributos.

h. Conducir la realización de estudios específicos originados por denuncias que le sean trasladas por la Dirección de Gestión de Riesgo, así como retroalimentar periódicamente a esa Dirección sobre los resultados obtenidos.

i. Ejecutar actuaciones de fiscalización en todo el territorio aduanero nacional, en coordinación con otras autoridades, cuando corresponda.

j. Presentar ante la autoridad judicial competente, la denuncia originada por la investigación de la comisión de delitos aduaneros, infracciones administrativas y tributarias aduaneras.

k. Coordinar con instituciones públicas o privadas, en el territorio nacional o extranjero, la obtención de información de interés para sus fiscalizaciones.

l. Colaborar con la Dirección Normativa en la actualización de intereses de los informes que haya remitido a esa Dirección.

m. Dirigir la verificación de la aplicación de los convenios internacionales que incidan en los elementos que conforman la obligación tributaria aduanera.

n. Planificar, organizar y ejecutar las actuaciones de la Dirección de Fiscalización.

o. Certificar la documentación o información que se custodie en esta Dirección y sus Departamentos.

p. Brindar información detallada a la Dirección de Gestión de Riesgo, así como recomendar, con la debida justificación, la inclusión o exclusión de sujetos o mercancías a fiscalizar.

q. Colaborar con las actividades de capacitación de la Dirección General.

r. Otras que de acuerdo con su competencia, le encomiende el Director General de Aduanas.

Sobre la Prestación de Servicios:

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De conformidad con las funciones asignadas en el Decreto Ejecutivo Nº 34475-H, los principales servicios y sus resultados alcanzados por la Dirección de Fiscalización del 14/09/2015 al 28/02/2017, se plasman en los Planes Anuales Operativos 2015 y 2016 y lo ejecutado hasta febrero 2017, según se detalla a continuación:

En el marco de la ejecución de las fiscalizaciones internas, los principales servicios fueron:

Verificar la correcta aplicación de los procedimientos y disposiciones aduaneras vigentes por parte de las aduanas del país:

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Verificaciones a procedimientos. 18

Fiscalización del cumplimiento de deberes formales y obligaciones vigentes por parte de los auxiliares de la función pública:

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Fiscalizaciones de deberes formales.

23

Fiscalización del cumplimiento de deberes formales y obligaciones por parte de las empresas acogidas a Regímenes Especiales.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Fiscalizaciones de deberes formales.

5

En el marco del seguimiento a unidades contenedoras que porten un dispositivo electrónico bajo control aduanero por parte del Centro Nacional de Monitoreo, los principales servicios fueron:

Monitorear las alertas generadas por los precintos electrónicos instalados en las unidades de transporte. (Alertas-Alarmas)

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Alertas atendidas. 58

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En el marco de la ejecución de las fiscalizaciones externa, los principales servicios fueron:Realizar fiscalizaciones a empresas (auditorías) para verificar la exactitud de los elementos declarados en aduana.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Auditorías. 28

Efectuar las revisiones de control posterior a importadores relacionados con los DUAS que asigne la Dirección de Gestión de Riesgo mediante perfiles o mediante análisis de laboratorio.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

DUAs revisados. 1205

En el marco de la ejecución de las verificaciones de origen y estudios de deberes formales sobre el origen de las mercancías, los principales servicios fueron:Preparar y concluir las verificaciones de origen iniciadas en el año (s) anterior (es).

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Verificaciones de origen finalizadas.

14

Efectuar estudios asignados por la Dirección de Gestión de Riesgo sobre deberes formales, tránsito y triangulación relacionados con importaciones bajo trato preferencial.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Estudios finalizados. 20

En el marco de lo ejecutado por el Laboratorio Aduanero, los principales servicios fueron:Emisión de análisis fisicoquímicos de muestras de mercancías ingresadas al Laboratorio.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Análisis físico químicos. 4177

En el marco de la ejecución de la atención de denuncias y operativos especiales, los principales servicios brindados fueron:Atender las denuncias por presuntos incumplimientos de los procedimientos aduaneros, de los requisitos arancelarios y no arancelarios.

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Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Denuncias atendidas. 22

Efectuar estudios especiales para determinar posibles delitos aduaneros e infracciones administrativas o tributarias aduaneras.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Estudios especiales. 39

Ejecutar operativos producto de la planificación previa, que sobre las operaciones aduaneras, se requiera fiscalizar.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Operativos Ejecutados 6

En el marco de lo ejecutado en aspectos legales, los servicios brindados fueron:Elaborar informes de denuncias para Ministerio Público y otras instancias, derivados de las actuaciones fiscalizadoras.

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Denuncias presentadas al Ministerio Público. 32

Ejecutar los procedimientos de regularización (audiencias).

Indicador Real ejecutado del 14/09/2015 al 28/02/2017

Audiencias de regularización. 165

Asimismo, es importante señalar, que se han remitido 327 expedientes a la Dirección Normativa y 34 casos para ser analizados en el ámbito Jurídico Laboral.

En el marco de lo ejecutado en aspectos administrativos, los servicios brindados fueron:La Dirección de Fiscalización, logró obtener en préstamo bienes en custodia del ICD, con el objetivo de fortalecer y asignar más herramientas, a los funcionarios en el desarrollo de sus funciones de monitoreo, investigación y actividades de campo para la constatación en sitio de DUAs de Importación.

Asimismo, se obtuvo la asignación de tiempo extraordinario para la ejecución de labores fiscalizadoras, principalmente para la atención de los operativos efectuados en el último

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trimestre del 2015, en el último cuatrimestre 2016 y para atender el primer trimestre de 2017.

De igual forma, desde setiembre 2015 y hasta la fecha, se ha mantenido comunicación constante de la Dirección de Fiscalización con el Despacho del Director General de Aduanas y del Viceministro de Ingresos, referente a la realización de investigaciones y actividades fiscalizadoras en materia de ingreso de carga e importación.

Cambios habidos en el entorno durante el periodo de gestión, incluyendo los principales cambios en el ordenamiento jurídico que afectan el quehacer institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

Los cambios más representativos en este periodo de gestión y que han afectado el quehacer institucional, radican en la emisión de la Ley para mejorar la lucha contra el Contrabando N° 9328, donde se reformaron los artículos 211, 212, 213, 214, 215, 216, 231, el inciso 25) del artículo 236, y 242 bis de la Ley General de Aduanas; asimismo, se adicionó un inciso k), al artículo 239 de dicha ley.

Estado de la autoevaluación del sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado al inicio y al final de la gestión.

Con respecto al tema de Control Interno, la Dirección de Fiscalización obtuvo resultados muy satisfactorios en la Autoevaluación de Control Interno 2014-2015, obteniendo una nota de 83.40%, que la ubica en un rango estable. Para el periodo 2015-2016, la nota obtenida fue de 82.43%, manteniéndose en la misma condición de rango estable. Actualmente, del 06 al 10 de marzo del 2017, se está ejecutando la Autoevaluación de Control Interno del periodo 2016-2017.

Los resultados favorables en este tema, se deben al grado de compromiso adquirido, al desarrollar todas las actividades programadas en nuestros Planes Anuales de Control Interno 2015 y 2016, mismos que fueron reportados al Área de Planificación y Control de la Gestión.

Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, al menos durante el último año.

En el ámbito administrativo, se han ejecutado 78 actividades de Control Interno, 3 actividades SEVRI y se mantiene un promedio anual de 64 funcionarios enviados diferentes actividades de capacitación.

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Los resultados favorables en este tema, se deben al grado de compromiso adquirido, al desarrollar todas las actividades programadas en nuestros Planes Anuales de Control Interno 2015 y 2016, mismos que fueron reportados al Área de Planificación y Control de la Gestión.

Principales logros alcanzados durante su gestión de conformidad con la planificación institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

Los principales logros que se detallan en el siguiente apartado, abarcan el período del 14/09/2015 al 28/02/2017:

I. Sobre el control posterior. En el marco de las competencias de control posterior, la Dirección de Fiscalización a través de cuatro de sus Departamentos (Externa, Interna, Origen y Denuncias) ejecutó para el periodo de este informe 1380 actuaciones fiscalizadoras, las cuales son de diferente naturaleza: fiscalizaciones internas (aduanas, auxiliares de la función pública y regímenes especiales), auditorías a importadores, verificación de DUAs de importadores, investigaciones por denuncias, estudios especiales y verificaciones de origen.

Como resultado directo generado de la ejecución de esas actuaciones fiscalizadoras en términos totales, se tiene una recaudación determinada de ¢5.440 millones (cinco mil cuatrocientos cuarenta millones) de recaudación indirecta en aduanas de ¢168 millones (ciento sesenta y ocho millones) y una recaudación efectiva producto del pago voluntario de tributos de ¢ 992 millones (novecientos noventa y dos millones).

También las actuaciones fiscalizadoras ejecutadas llevaron, a importantes resultados tendientes a la detección de incumplimientos en la normativa aduanera de muy variada naturaleza con la correspondiente vulneración del control aduanero, por lo que es importante intensificar las potestades fiscalizadoras. Dentro de los incumplimientos detectados se encuentran: incumplimientos en ingreso, tránsito, depósito, faltantes y sobrantes, irregularidades por concepto de incorrecta clasificación arancelaria, mercancías y valores no declarados para aquellas mercancías con respaldo documental aduanero, la importación de mercancías sin respaldo documental aduanero (Contrabando) previa identificación de la trazabilidad del registro contable y basados en los documentos físicos, clases tributarias y valor de vehículos automotores, notas técnicas no presentadas, mercancías ingresadas en contrabando, procedimientos aduaneros en importaciones temporales para turistas (Certificado de Importación Temporal de Vehículos Para Fines No Lucrativos), incorrectos usos y aplicación del TIM en DUT`s (declaraciones aduaneras de tránsito internacional), mercancías sustraídas en depósitos fiscales, fraude complejo en uso de exoneraciones de mercancías al amparo de pequeños envíos sin carácter comercial; falsificación y/o alteración de conocimientos de

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embarque y facturas comerciales, subfacturación y mercancía nacionalizadas bajo la figura de mercancías no comerciales.

Adicionalmente, se presentaron denuncias ante el Ministerio Público, previa coordinación con la Fiscalía, en razón de que se evidenció una actividad presuntamente delictiva y una conducta que podría encuadrarse en los delitos de contrabando, falsedad ideológica, falsificación de documento privado y uso de documento falso.

Sobre el control Inmediato.

a. Ejecución de operativos y otras actuaciones

En el marco de las competencias de control inmediato y permanente, la Dirección de Fiscalización a través del Área de Operativos del Departamento de Denuncias y Operativos, ha ejecutado para el periodo de este informe 6 operativos y simultáneamente se atendieron 12 actuaciones todos ejecutados en zonas de control aduanero.

Aunado a lo anterior, se realizaron 2 actuaciones tendientes a verificar las mercancías ingresadas a territorio nacional por viajeros que arriban al Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, por parte del Departamento de Fiscalización Interna.

Los respaldos documentales que apoyan el estado indicado, corresponden a los informes mensuales de casos finalizados y casos en trámite que son de uso interno de la Dirección de Fiscalización tal como se indicó en el Plan de Acción de Control Interno 2015 y Plan de Acción de Control Interno 2016. A su vez, se respaldan en los Comunicados emitidos por el Ministerio de Hacienda y Noticias en medios de comunicación masiva:

ADUANAS DETIENE IMPORTACIÓN DE 116 MIL LATAS DE CERVEZAS POR DEFRAUDACIÓN AL FISCO

ADUANAS RETIENE 15 BULTOS CON DIFERENTES ARTÍCULOS POR FALSIFICACIÓN DE MARCAS

ADUANAS DETIENE COMPRAS POR INTERNET NO DECLARADAS AL MOMENTO DE SU IMPORTACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS RETIENE MÁS DE UNA TONELADA DE MERCANCÍA VALORADA EN UNOS $ 120 MIL

ADUANAS DETIENE CONTRABANDO DE CUATRO MILLONES DE CIGARROS ADUANAS FISCALIZA POR DEFRAUDACIÓN FISCAL IMPORTACIONES

TRAMITADAS POR AGENCIA ADUANAL ADUANAS INTENSIFICA ACCIONES CONTRA EMPRESAS NO AUTORIZADAS

PARA IMPORTACIÓN DE PAQUETERÍA ADUANAS RETIENE MÁS DE MIL KILOS DE MERCANCÍAS NO DECLARADAS

POR VIAJEROS E INGRESADAS PRESUNTAMENTE PARA ACTIVIDAD COMERCIAL

ADUANAS RETIENE MÁS DE MIL KILOS (NOTICIAS NC ONCE, 4 DE NOVIEMBRE DE 2016)

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Apoyo sustantivo al control posterior e inmediato.

Para el periodo del presente informe, el Laboratorio Aduanero realizó un total de 4177 análisis fisicoquímicos de muestras provenientes del Sistema Nacional de Aduanas y otras dependencias del Estado, así como por consultas particulares. Lo anterior se ejecuta, con el objetivo de determinar si se ha realizado una correcta clasificación arancelaria y en el caso de muestras mal clasificadas, determinar la incidencia fiscal originada por el cambio de clasificación.

En el Área de Investigación y Desarrollo del Laboratorio Aduanero se han desarrollado técnicas de análisis de información utilizando herramientas informáticas de inteligencia de negocios y minería de datos, para agilizar la detección de mercancías, importadores y agencias de aduanas sujetas de riesgo fiscal, utilizando como insumo la base de datos del Laboratorio e informes estadísticos de Tica. Lo anterior, permite determinar posibles evasiones aún en mercancías que no fueron muestreadas por las Aduanas (semáforo verde) generando un efecto multiplicador del proceso de fiscalización.

Lo anterior se ha logrado utilizando una herramienta informática de software libre llamada Pentaho, que ha permitido el análisis automatizado de archivos masivos, en el orden del medio millón de registros.

Se realizan reuniones de coordinación con el Departamento de Técnica Aduanera para homologar los criterios de clasificación arancelaria de muestras de difícil clasificación.

A solicitud de la Dirección de Gestión de Riesgo se realiza un estudio mensual de la base de datos del Laboratorio para determinar la coincidencia entre la clasificación arancelaria declarada por la Agencia de Aduanas y la asignada por el Laboratorio, el cual genera un informe del tipo de mercancías, importadores, Agencias de Aduanas, coincidencia y grado de incidencia fiscal.

Estado de los proyectos más relevantes en el ámbito institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, existentes al inicio de su gestión y de los que dejó pendientes de concluir y se recomienda continuar.

Como parte de los proyectos de la Dirección de Fiscalización, se incluyó la actualización de los manuales que se utilizan en la Dirección, siendo que en el periodo del presente informe, se logró actualizar y oficializar el manual general y a fecha 31/03/2017, se espera contar con la actualización de todos los procedimientos de nuestra dependencia.

Asimismo, en cuanto a los proyectos más relevantes de la Dirección, se están realizando las siguientes acciones:

Actualización del procedimiento vigente para las empresas que quieran homologarse, para brindar el servicio del Marchamo Electrónico (en coordinación con la Dirección de Gestión Técnica) Participa en este Proyecto por parte de la Dirección de Fiscalización la compañera María Suros.

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Datamart Aduanero (en coordinación con la Dirección de Riesgo): Participa en este Proyecto por parte de la Dirección de Fiscalización la compañera Rebeca Oreamuno.

Historial del DUA: (coordinan los órganos fiscalizadores): Actualmente este proyecto se encuentra en el desarrollo de su primer requerimiento, denominado Actuaciones posteriores al levante y simultáneamente se trabaja en la elaboración del segundo requerimiento denominado Ingreso y Trazabilidad. Participa en este Proyecto por parte de la Dirección de Fiscalización el compañero Julio Moya Oreamuno.

3.- Área de Relaciones y Asuntos Externos

Donación de equiposDurante el 2016 y lo que va del 2017 ARAE se han realizado las coordinaciones y gestiones correspondientes para el recibimiento de la donación de equipos ofrecida para el SNA de los diferentes organismos, PRAIAA, SEFRO, EXBS.La donación de EXBS comprende 2 identificadores de isótopos, 20 detectores personales de radiación gamma y 10 kits básicos de inspección, el equipo enlistado ayudarán a las aduanas en la implementación de un sistema de control estratégico mejorado, con el objetivo de que el territorio de Costa Rica resulte inadecuado para la posible proliferación de mercancías ilícitas.SEFROPor parte de SEFRO, y con el objetivo de mejorar la conectividad de los puestos fronterizos de Peñas Blancas, Paso Canoas y la Aduana Santamaría se recibirán los siguientes equipos:

·        Dos dispositivos VPN para ubicaciones remotas·        Tres computadoras PC para escritorio fija·        Tres Sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS) + estabilizador y protector

de tensión para PC de escritorio y gabinete·        Tres lectores de pasaporte·        Tres escritorios de computadora y tres sillas secretariales.

PRAIAAPor parte de PRAIAA se estará recibiendo, con el fin de apoyar el proceso de integración económica centroamericana y la facilitación de comercio, los siguientes equipos:

Equipo Uso que se dará al equipoEquipo de Videoconferencia y canal de comunicación (incluye TV y UPS)

Reuniones con equipos de trabajo del área centroamericana para definir prácticas y/o lineamiento en materias propias de la integración, así como acordar políticas y mejoras de la normativa comunitaria existente.

Servidor principal y servidor Redundante

Dotar al Servicio Nacional de Aduanas de un foro de información en el cual dar a conocer los actores privados sobre los trámites y requisitos

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Equipo Uso que se dará al equipo

(Servidor de Aplicaciones)

para incorporarse al sistema PROFAC. Así como dotar al Servicio Nacional de Aduanas de una plataforma que le permita ofrecer a los operadores de comercio la posibilidad de presentar la solicitud de certificación OEA electrónicamente y al grupo OEA tener electrónicamente los expedientes y lo realizado en la atención de las solicitudes.  Así como poner a disposición de los usuarios toda la información del programa y formularios.

Servidor de archivosHP ProLiant ML350e Generation 8 (Gen8) v2

Desarrollo de la capacidad de análisis en los enormes bancos de datos de los sistemas transaccionales, mediante la utilización de bodegas de datos y la aplicación de metodologías y algoritmos de minería de datos, en pro de la direccionalidad eficaz de los sistemas de riesgo.

Estaciones de trabajoHP Z620 Workstation

Desarrollo de la capacidad de análisis en los enormes bancos de datos de los sistemas transaccionales, mediante la utilización de bodegas de datos y la aplicación de metodologías y algoritmos de minería de datos, en pro de la direccionalidad eficaz de los sistemas de riesgo.

Computadores Portátiles

Dotar al Servicio Nacional de Aduanas de equipo de cómputo liviano para consulta y trabajo de campo, en los casos en los cuales resulta inadmisible el traslado del equipo de escritorio.

Participación en ComisionesEl SNA mediante ARAE participa en las siguientes comisiones: Comisión de Comercio e Inversión, Comisión Interinstitucional de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, liderada por el Ministerio de Justicia, Comisión Pathways ahora identificada como Grupo de Facilitación de Comercio de la Embajada Americana, Comisión Interministerial Consultiva de la DAACI y por indicación de la Dirección General, a partir de enero 2017 se le da seguimiento a 30 comisiones en las que participan diferentes colaboradores del SNA.

Ronda de Negociación de Unión Aduanera CentroamericanaDurante el 2016 ARAE trabajó en la coordinación, seguimiento y atención de la participación del SNA en las Rondas de Negociación.

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La atención de esta área se centra en la atención de lo siguiente:

1. En el plan anual de la Presidencia Protémpore del I y II semestre 2016 se contemplen los temas que el SNA considera deben trabajarse durante el año

2. Se cumpla con los compromisos que se adquieren en la negociación de la UAC durante el 2016 o se estén atendiendo.

3. Se definan anterior a cada ronda de negociación, las posiciones DGA en cada uno de los temas que se negocian en la UAC.

4. Durante el 2016 se trabajó en los siguientes temas: Reglamento de Tránsito Internacional Terrestre Declaración Única Centroamericana Envíos de Socorro ( en proceso de finiquito) Declaración de Viajero Regional 5 medidas de facilitación del comercio (implementación de la resolución del

COMIECO No. 376-2015 y su anexo) Planes de Contingencia ( en proceso de finiquito) Plataforma Digital Centroamericana Tránsito Multimodal Coordinación de trabajo de Unidades de Riesgo regional Cabotaje Plan de Trabajo para el I Semestre del 2017

A marzo de 2017Costa Rica ostenta la Presidencia Protémpore durante el I Semestre 2017, por tanto la primera Ronda de Negociaciones del 2017 fue llevada a cabo en San José del 20 al 24 de febrero, con la participación de representantes de Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Panamá, Costa Rica y de SIECA. Durante esta 1era ronda ARAE coordinó los siguientes puntos

1. En el plan anual de la Presidencia Protémpore del I semestre 2017 se contemplen los temas que el SNA considera deben trabajarse durante el año, el cual quedó conformado de la siguiente manera:

TEMA METAS PRIMER SEMESTRE 2017 PRIORIDAD

Metodología de Identificación y Calificación de Operadores de Riesgo de Comercio Exterior a nivel de la Región

Desarrollo e implementación de la metodología desarrollada por el FMI y presentada a nivel centroamericano por el programa CAPTAC-DR.

1

Acuerdo de reconocimiento mutuo multilateral de los programas

Promoción de una normativa para la negociación de un acuerdo de reconocimiento mutuo multilateral de los

1

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OEA entre cuatro países de la Región

programas OEA

Declaración Única Centroamericana

Actividades de perfeccionamiento sobre la implementación de la DUCA. 1

Planes de Contingencia Regional

Finalizar las propuestas de los Planes. 2

Procedimiento de envíos de Socorro

Aprobar el procedimiento de envíos de Socorro. 2

Plataforma Digital Centroamericana de Comercio

Transmisión electrónica en la Plataforma de Interoperabilidad funcionando correctamente.

2

Base de datos regional de transportistas

Realizar pruebas del mecanismo de transmisión electrónica de conductores centroamericanos en la base de datos regional de transportistas.Mejora continua al proceso.

3

Gestión de Riesgo Regional

Aprobar el documento “Diseño conceptual de la base datos de riesgo”. 3

Tránsito Internacional de Mercancías (TIM)

Seguimiento a las actividades prioritarias para el óptimo funcionamiento del Sistema.

Aprobación del proyecto de Reglamento de Tránsito Aduanero Internacional

3

Declaración de Viajero Regional

Implementación de la declaración del viajero homologada.

4

Homologación de normativa y procedimientos aduaneros regionales, según compromiso del AdA.

Seguimiento a los trabajos para la armonización de normas y procedimientos aduaneros según lo establecido en el artículo 304.4 del AdA.

4

Normativa regional para transporte

Propuesta presentada. 4

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multimodal

2. Se cumpla con los compromisos que se adquieren en la negociación de la UAC durante el 2017. En la primera ronda de negociación bajo la cual se realizó la primera reunión de Directores Generales de Aduanas. Los acuerdos alcanzados en la I Ronda de Negociaciones en San José Costa Rica corresponden a los siguientes 15 puntos enumerados:

1) Aprobar la celebración de las reuniones virtuales siguientes:

a) Reunión Virtual del Grupo Técnico Normativo y el Grupo Técnico Informático el 10 de marzo a partir de las 09:00 horas CA, para la discusión de los temas siguientes:

i. Discusión de observaciones al plan de contingencia regional.ii. Solicitud de El Salvador para hacer opcional el campo que corresponde al

chasis de las unidades de transporte.iii. Propuesta de desarrollos informáticos para tránsitos consolidados y

agrupados.iv. Revisión conjunta con la Dirección Jurídica de la SIECA de la redacción del

proyecto de Resolución de la DUCA (DUCA Resumida).

b) Reunión virtual conjunta entre el Grupo Técnico Normativo y el Grupo Técnico Informático el miércoles 22 de marzo del 2017, a partir de las 09:00 horas CA, para el seguimiento de los temas siguientes:

i. Presentación de observaciones y propuestas al Proyecto de Reglamento de Transporte multimodal.

ii. Compromisos adquiridos en la revisión del Proyecto de Reglamento de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, de conformidad con el presente acuerdo.

iii. Informe de avances de los trabajos realizados para la implementación de la DUCA.

iv. Informe de las consultas nacionales de cada país sobre la declaración regional de viajero.

v. Revisión del cronograma de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana.

vi. Otros temas que los Grupos Técnicos soliciten.

2) Sobre la Declaración Regional de Viajero:

a. Dar por recibida la propuesta consensuada por los países participantes de la declaración de viajero regional adecuada al artículo 580 del RECAUCA de conformidad con la instrucción girada en el acuerdo 8, literal b de los acuerdos de la Reunión de Directores Generales de Aduana del 24 y 25 de noviembre de 2016 (ANEXO I).

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b. Los países presentarán dicha propuesta a las instituciones relacionadas con este proyecto de declaración para su pronunciamiento e informarán en la reunión virtual de seguimiento de acuerdos del 22 de marzo.

c. Se acuerda que los Servicios Aduaneros deben avanzar hacia la buena práctica internacional de la Declaración de Viajero electrónica regional.

3) En relación a la DUCA:

a. Solicitar a la SIECA enviar comunicación a la Presidencia Pro Témpore para que en la próxima reunión virtual del COMIECO, se suscriba la resolución que aprueba la DUCA con la finalidad de avanzar en los procesos de normativas internas y de capacitación en cada Servicio Aduanero.

b. Sobre los lineamientos para garantizar las operaciones amparadas en la DUT y el FAUCA previo a la implementación de la DUCA:

i. Dar por recibida la propuesta de los lineamientos (ANEXO II).

ii. Trasladar dichos lineamientos al Grupo Técnico Informático para realizar los ajustes informáticos que sean necesarios.

iii. Socializar los lineamientos a los usuarios, por lo menos treinta días previos a la implementación de la DUCA.

iv. En relación a la propuesta para la fecha máxima de presentación de una declaración de tránsito -DUT- debidamente aceptada, ante la autoridad aduanera, Guatemala revisará el aspecto legal para determinar si debe considerarse si es a partir de la aceptación de la declaración o con el inicio del tránsito internacional terrestre registrado en los sistemas informáticos. Este análisis se hace necesario dado los problemas operativos que pudieran ocasionarse al realizarse anulaciones de las DUT validadas en el sistema informático antes de la fecha de implementación de la DUCA.  Esta comunicación deberá trasladarse a más tardar el 3 de marzo de 2017 a la SIECA para que a su vez sea compartida a los demás países.

c. Sobre el estado actual de las actividades para la implementación de la DUCA, en materia normativa y técnica:

i. Dar por recibida la hoja de ruta integral para la implementación de la DUCA (ANEXO III).

ii. Los países deberán brindar un informe de avance de la hoja de ruta integral en la reunión virtual de seguimiento de acuerdos del 22 de marzo.

4) Solicitar a la SIECA enviar comunicación a la Directora Adjunta de Rentas Aduaneras de Honduras, con copia a los Directores de Integración Económica y a los señores

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Viceministros de la Integración Económica Centroamericana, a efectos de compartir los acuerdos de este Foro en materia de la DUCA, especialmente los contenidos en la hoja de ruta integral, y que dicha autoridad haga sus mejores esfuerzos para dar cumplimiento con los compromisos regionales, e informe al respecto a más tardar el 3 de marzo del presente año.

5) Solicitar a la SIECA enviar comunicación a la Presidencia Pro Témpore para que en la próxima reunión virtual del COMIECO, se suscriba la resolución que aprueba el Procedimiento para los Envíos de Socorro, con la finalidad de avanzar en los procesos de capacitación en dicha materia por cada Servicio Aduanero.

6) En relación a la reunión conjunta sostenida entre el Grupo Técnico Normativo y Grupo Técnico Informático:

a. Sobre el informe sobre los avances informáticos y realización de pruebas realizadas con la SIECA:

i. Dar por recibido el informe realizado por el Grupo Técnico Informático que contiene la calendarización de pruebas de transmisión electrónica de datos de la DUCA que se realizarán entre la SIECA y los países (ANEXO IV).

ii. Dar por recibido el informe de los países y de la SIECA sobre el estado de los desarrollos internos realizados en los sistemas informáticos sobre la transmisión electrónica de la DUCA (ANEXO V)

iii. Aprobar el cronograma para la certificación de los ambientes de pruebas de la DUCA por componente, para el envío y recepción hacia la SIECA (ANEXO VI).

iv. Instruir a los técnicos informáticos de cada país y de la SIECA para que, al finalizar cada prueba se genere un informe que contenga al menos los elementos siguientes: el componente probado, el estado de la prueba, elementos por resolver, y el responsable de atender los elementos por resolver.

v. Aprobar la “Propuesta plan de pruebas DUCA.xslx” generada por el Grupo Técnico Informático (ANEXO VII).

vi. Los errores que resulten de las pruebas de conectividad, serán atendidos durante las fechas programadas para las mismas, en cada uno de los países.

vii. Solicitar a la SIECA consolide en un informe general del resultado de las pruebas de conectividad y lo comparta con los integrantes del Grupo Técnico Normativo y Grupo Técnico Informático el 16 de marzo del año en curso, para que los países envíen sus observaciones a la SIECA a más tardar el 17 de marzo del año en curso para su envío a este Foro.

viii. Solicitar a la SIECA realizar comunicación oficial a la Directora General de Aduanas de Honduras informando la calendarización de pruebas de conectividad y desarrollo de la DUCA, para que sea designado, el personal técnico normativo e

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informático necesario para el cumplimiento de la calendarización antes indicada, a más tardar el 28 de febrero del año en curso.

b. Solicitar a la SIECA presentar informe sobre las mejoras realizadas a la plataforma de captura de la DUCA-Tránsito a más tardar el 28 de febrero del año en curso.

c. El Salvador somete a consideración de los países, analizar si el campo “chasis” de la guía de transmisión de datos versión 1.7 para DUCA-T, debe establecerse como opcional, debido a que se han verificado 52 unidades de transporte que no cuentan con dicha información en el registro público de vehículos de El Salvador, ante lo cual expone que el dato que identifica a cada vehículo fabricado a nivel internacional, es el código VIN (Vehicle Identification Number), por lo que sugiere que este dato sea el que se transmita de manera obligatoria en las operaciones regionales.

d. En relación al punto anterior, los demás países se comprometen a trasladar su posición al respecto el 10 de marzo del 2017 durante la reunión virtual programada para dicha fecha.

e. En materia a los planes de Contingencia, se instruye al Grupo Técnico Normativo a establecer los tiempos de recuperación indicados en el plan de contingencia informático elaborado y revisado por el Grupo Técnico Informático, para presentar sus observaciones en la reunión virtual conjunta de seguimiento de acuerdos del día 22 de marzo del año en curso.

f. En materia a la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana, los Directores Generales de Aduana estarán remitiendo a la SIECA a más tardar el 3 de marzo del año en curso la respuesta a la propuesta contenida en el informe de los mecanismos alternos de comunicaciones, la cual fue remitida el día 5 de diciembre de 2016 a los países. Se exceptúa Panamá, quien ya remitió la comunicación respectiva. Lo anterior, con la intención que la SIECA continúe con los procesos de contrataciones que sean necesarias sobre este tema.

7) Aprobar el contenido de la propuesta conceptual del video informativo de la DUCA (ANEXO VIII) y solicitar a la SIECA su traslado al PRAIAA para el inicio de la producción del mismo.

Algunos lineamientos que debe incluir dicho material son:

a) Recalcar el compromiso del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.

b) Estadísticas del comercio intrarregional y de Centroamérica con la Unión Europea.

c) Beneficio de la implementación DUCA.

Se solicita a la SIECA que en el momento que se cuente con las propuestas del video se comparta con el Grupo Técnico Normativo para su aprobación técnica.

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De igual forma, se solicita al PRAIAA el apoyo financiero para el desarrollo una herramienta tutorial a nivel documental “paso a paso”, que detalle todo el proceso de implementación de la DUCA en sus diferentes modalidades (DUCA-T, DUCA-D y DUCA-F).

8) Relacionado a la comunicación realizada por FECATRANS:

a) Dar por recibida la propuesta de respuesta a las consultas planteadas en la carta de FECATRANS (ANEXO IX) realizadas por el Grupo Técnico Normativo.

b) Trasladar la propuesta de respuesta a la SIECA para que la Secretaría proceda a responder a dicha Federación.

c) Solicitar a la SIECA presente en el foro del Grupo Técnico Normativo las distintas versiones que tiene el sistema TIM conforme a las particularidades que fueron requeridas por cada país.

d) Solicitar a la SIECA que el nuevo sistema WEB de la DUCA mantenga los sistemas actuales de gestión de captura, autorización y cierre de la DUT.

e) Solicitar a la SIECA la remisión del acuerdo de Directores Generales de Aduana en el que se estableció el plazo de vigencia para las DUT, al Grupo Técnico Normativo.

f) Dar por recibida la solicitud realizada por FECATRANS en la presente reunión (ANEXO X) y trasladar al Grupo Técnico Normativo para presentar respuesta a la misma en la siguiente reunión de este Foro.

9) Referente al Proyecto Reglamento de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre:

a. Dar por recibida la propuesta de actualización del Proyecto de Reglamento de Tránsito que incluye las recomendaciones realizadas por Panamá y la SIECA sobre la actualización del Reglamento para que sea compatible con la DUCA-T (ANEXO XI).

b. Las Unidades Legales de los países analizarán internamente el contenido del capítulo VIII del Proyecto de Reglamento, con el propósito de verificar los principios de legalidad y debido proceso del mismo y presentarán su análisis en la reunión virtual del 22 de marzo.

c. Nicaragua trasladará a los países una nueva propuesta de redacción al artículo 59 del Proyecto de Reglamento referente al principio de legalidad de las actuaciones en la reunión virtual de seguimiento de acuerdos del 22 de marzo, a efectos de determinar la redacción final que tendrán los artículos 2 y 3 del mencionado Proyecto.

10) Sobre la ruta a seguir para la actualización de la normativa aduanera regional:

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a) Se da por recibido el documento que contiene las acciones estratégicas propuestas por la Intendencia de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria de Guatemala (ANEXO XII).

b) La SIECA realizará una matriz similar a la presentada por Guatemala con información que envíen los países para la siguiente Ronda de Unión Aduanera, con el objetivo de realizar un ejercicio de estado de situación a nivel regional.

11) Sobre los temas para capacitaciones, la SIECA comparte el listado de temas aduaneros proporcionados por cada Servicio Aduanero, con la finalidad que sean sometidos a consideración de las diferentes entidades de cooperación internacional (ANEXO XIII).

12) Sobre el informe del Grupo Técnico de Facilitación del Comercio (ANEXO XIV).

a) Dar por recibido el informe realizado por el grupo sobre el estado actual de la cooperación para implementar las medidas 4 y 5 de corto plazo de la Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio; al cual se deberán de atender las fechas críticas expuestas en el informe, para apoyar el cumplimiento de las medidas.

b) Los países trasladarán a la SIECA a más tardar el 3 de marzo la confirmación de la propuesta de ubicación específica de las cámaras y equipo RFID propuestas por el BID.

c) Conforme a la ubicación que se indique en el punto anterior, informar sobre el aproximado del cableado que se necesite tomando en cuenta la ubicación de los equipos que serán instalados.

13) En relación al informe realizado por el Coordinador Técnico del PRAIAA (ANEXO XV):

a) Instruir a la SIECA gestionar ante la Unión Europea, la ampliación hasta por 6 meses del plazo de los contratos relacionados a capacitación y asistencia técnica para aprovechar la totalidad de estos recursos ya asignados al Proyecto en beneficio de los Servicios Aduaneros.

b) Dar por recibido el informe del estado actual de la adquisición del equipo solicitado por los Servicios Aduaneros.

14) Sobre las presentaciones realizadas por Costa Rica:

a) Dar por recibida la presentación del desarrollo e implementación de metodología para la identificación y calificación de operadores de riesgo de comercio exterior a nivel de la región (ANEXO XVII) a efectos de que se incluya en la agenda de trabajo del Grupo Técnico Normativo, con el acompañamiento de los encargados de la unidad de riesgo de cada país.

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b) Aprobar la propuesta de la iniciativa de plan de Acción con miras a la negociación de un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de la figura del Operador Económico Autorizado entre 4 de los 6 países de la región que actualmente tienen un programa de Operador Económico Autorizado (ANEXO XVI).

c) Solicitar a Costa Rica trasladar al BID la nota (ANEXO XVIII) que contiene la solicitud de apoyo financiero y técnico para el desarrollo de la iniciativa de negociación del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre los 4 países.

d) Trasladar la propuesta del Plan de acción para negociar el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo a los coordinadores de los programas Operador Económico Autorizado de los 4 países para que el mismo sea analizado legalmente.

e) Trabajar entre los coordinadores de los programas OEA de los 4 países por vía electrónica la propuesta de Plan de Acción para la negociación del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con el fin de que se acuerde una versión técnica final y pueda ser firmado el Plan de Acción por los 4 países en la segunda Ronda de negociaciones de Unión Aduanera Centroamericana del presente semestre.

f) Compartir el plan aprobado con Nicaragua y Honduras para su conocimiento.

g) Considerar ampliar el plan de acción para ofrecer la posibilidad a la República Dominicana de incorporación a la negociación del posible Acuerdo de Reconocimiento Mutuo.

15) Solicitar a la SIECA el traslado oficial de los presentes acuerdos a Honduras para su conocimiento, aprobación y aplicación. Asimismo, solicitar al Servicio Aduanero de dicho país para que se pronuncie por escrito sobre la aceptación de los mismos, a más tardar el 10 de marzo del presente año.

3. Se definan previamente a las reuniones las posiciones DGA en cada uno de los temas que se negocian en la UAC.

4. Coordinación logística del desarrollo de dicho evento.

Acuerdo de Facilitación de ComercioSe ha trabajado en la coordinación y seguimiento de las solicitudes para el cumplimiento de los requerimientos para la implementación del AFC, lo cual se calcula tiene un avance del 65%. De conformidad con la notificación que hiciera el Ministerio de Comercio Exterior a la OMC, las disposiciones clasificadas en las categorías B y C son:Articulo 10 Formalidades y requisitos de documentación1.1.  Con miras a reducir al mínimo los efectos y la complejidad de las formalidades de importación, exportación y tránsito y a reducir y simplificar los requisitos de documentación para la importación, la exportación y el tránsito y teniendo en cuenta los objetivos legítimos de política y otros factores como el cambio de las circunstancias, las nuevas informaciones pertinentes, las prácticas comerciales, la disponibilidad de técnicas

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y tecnologías, las mejores prácticas internacionales y las contribuciones de las partes interesadas, cada Miembro examinará tales formalidades y requisitos de documentación y, sobre la base de los resultados del examen, se asegurará, según proceda, de que esas formalidades y requisitos de documentación:a)       se adopten y/o apliquen con miras al rápido levante y despacho de las mercancías, en particular de las mercancías perecederas;

b)      se adopten y/o apliquen de manera que se trate de reducir el tiempo y el costo que supone el cumplimiento para los comerciantes y operadores;

c)       sean la medida menos restrictiva del comercio elegida, cuando se disponga razonablemente de dos o más medidas alternativas para cumplir el objetivo o los objetivos de política en cuestión; y

d)      no se mantengan, total o parcialmente, si ya no son necesarios.

1.2.  El Comité elaborará procedimientos para el intercambio por los Miembros de información pertinente y de las mejores prácticas, según proceda.

Articulo 10 Aceptación de copias  2.2       Cuando un organismo gubernamental de un Miembro ya posea el original de un documento de ese tipo, cualquier otro organismo de ese Miembro aceptará, cuando proceda, en lugar del documento original una copia impresa o electrónica facilitada por el organismo en cuyo poder obre el original.

Con respecto al tema de modificaciones a la página web, se solicitó colaboración de entes internacionales a pesar de haber sido este tema incorporado en categoría A

A nivel centroamericano se trabaja en las actividades necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto sobre 5 medidas de facilitación en el corto plazo, lo cual se coordina dentro del Grupo Técnico de Facilitación de Comercio, en el marco de la Unión Aduanera Centroamericana, a este grupo se designó un representante de la Dirección General de Aduanas. Las 5 medidas de facilitación en el corto plazo incluyen:-Declaración Anticipada de Mercancías-Agilización y Coordinación de Controles Migratorios-Certificación Fito y Zoo sanitaros electrónicos-Registro por medio de dispositivos de radio frecuencia (RFID)-Utilización de sistemas de cámaras en pasos de frontera

OCDESe da seguimiento y atención de las solicitudes para el cumplimiento de los requisitos de Costa Rica para la incorporación a la OCDE, en éste trimestre se atendió un cuestionario que solicitaba información sobre temas de orden normativo, datos estadísticos sobre importación, exportación y tránsito aduanero; porcentajes de verificación según régimen aduanero, entre otros.Con anterioridad a ello el 22 de setiembre del 2016 se atendió a cuestionario relacionado con comercio de servicios.

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Acuerdos de Intercambio de InformaciónCosta Rica - Estados Unidos

Debido a criterio de la Cancillería se debió realizar un nuevo trámite para la puesta en vigencia del Acuerdo, lo cual ha implicado realizar un nuevo Decreto en el que se incluya para su firma no sólo el Ministerio de Hacienda, sino además el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Se continúa con las gestiones correspondientes para la publicación del decreto de la firma del acuerdo, el cual está en proceso

ConveniosNegociar convenios de intercambio de información a nivel de los datos contenidos en los sistemas informáticos de ambas instituciones, con CORBANA, INEC, REGISTRO NACIONAL, BANCO CENTRAL y PROCOMER y ponerlos en vigencia.Se ha trabajado en las negociaciones con las 5 instituciones para la formalización de intercambio de información con cada una de las citadas instituciones, que permitan realizar la transferencia de la información contenida en la base de datos del Sistema TICA, para que ésta sea utilizada exclusivamente para uso interno en la actividad propia de competencia de cada institución, siempre y cuando dicha información sea de carácter confidencial y para uso interno de la entidad autorizada, lo que se llevará a cabo en estricto apego a las condiciones y términos que se estipulen en el convenio.Actualmente se ha solicitado a las diferentes instituciones, tanto la justificación del uso de la información que se les comparte del TICA como el listado de variables de información que manejan en sus bases de datos, con el objetivo de que se  pueda evaluar cuáles de estas variables serian de utilidad para el desarrollo de las labores propias del SNA y así contemplar el intercambio de información en ambas vías.

Convenios entre el Servicio Nacional de Aduanas y la Cámaras de nuestro paísARAE ha trabajado durante el 2016 y lo que va del año 2017 en la administración de los Convenios entre el Servicio Nacional de Aduanas y la Cámaras de nuestro país, el objetivo principal es que dichos convenios sean una herramienta que coadyuve en el control y el combate al fraude aduanero. El SNA tiene firmados convenios de intercambio de información con las siguientes Cámaras: Cámara de Industrias, Cámara de Textiles, Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, Cámara de Comercio, AMCHAM, BASC.

Bajo el marco de estos convenios se han realizado una serie de actividades a saber: Las Cámaras de Industrias y de Comercio han facilitado la asistencia de

funcionarios de la DGA a talleres brindados por ellos, en temas para el desarrollo de capacidades de los mismos, a saber Excel, Tablas dinámicas, Como hablar en público, paquete office, técnicas de importación, por mencionar algunos.

La Dirección General de Aduanas ha realizado una serie de Talleres y Charlas informativas en algunos temas como el Programa PROFAC, Valoración Aduanera, la interpretación del TICA, Cánones y Derechos de Licencia, Procedimientos Aduaneros entre otros.

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Se remitieron notas a todas las Cámaras con el fin de dar a conocer el Plan Estratégico del SNA, asimismo se les invitaba a formar parte del Programa PROFAC y del Plan Piloto de Operadores Confiables.

Se han llevado a cabo reuniones entre representantes de las diferentes Cámaras y la Dirección General en donde dichos representantes exponen consultas o dudas, o bien informes que ayudan a la DGA en el quehacer aduanero.

Como resultado de las reuniones con las Cámaras se les brindó apoyo en la guía de presentación de denuncias, tal es el caso de BASC y AMCHAM, dándoles el respectivo trámite, una de estas denuncias fue remitida al Ministerio Público por parte de la Dirección de Fiscalización.

Ministerio de Hacienda y el Registro de Propiedad IndustrialSe realizó requerimiento en el cual se solicita gestionar el acceso a la base de datos del Registro de Marcas de Propiedad Industrial del Registro Nacional la cual fue aprobada por esta institución mediante documento SUB-DGRN-0374-2014 del 13 de octubre del 2014. Actualmente la Dirección de Informática DTIC está realizando las pruebas del uso correspondientes, lo que representa un trabajo previo al acceso que estará disponible en el Sistema TICA.

Propiedad Intelectual

1. Durante el 2016 ARAE se ha dado seguimiento y atención al tema de Propiedad Intelectual mediante las siguientes acciones:

Divulgación y motivación al uso de base de datos IPM de la OMA, Costa Rica cuenta con 37 perfiles o accesos con usuarios de las diferentes direcciones y aduanas del SNA.

Compilación de información de las acciones en protección de los derechos de propiedad intelectual del Servicio Nacional de Aduanas durante el año 2015 y 2016 para el informe 301

Comunicación y actualización de lista de representantes de marca en nuestro país que se han acercado a la DGA a entregar sus datos de contacto y respaldos legales.

Capacitaciones:Charla capacitación Marcas y Patentes y Derechos de AutorCharla Virtual Propiedad Intelectual: Reconocimiento de marcas. Relojes:

SWATCHGROUP, Michael Kors, Tory Burch, Louis Vuitton, Speck, Coach, Hermes.Tres Charlas Propiedad Intelectual: Reconocimiento de marcas.volcom,  lacoste,  crocs,    louis vuitton, caterpillar,  victoria’s secret (incluye

pink y bathand body works),   procter and gamble2. De enero a marzo 2017 se ha realizado las siguientes acciones:

Correo de recordatorio y motivación al uso de base de datos IPM de la OMA. Propuesta de corto sobre le base de datos del IPM para su publicación. Charla de reconocimiento de marcas: Puma y Tiffany´s & co (joyería fina) impartido por el Bufette de abogados Pragma Legal.

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OEA-PROFACFortalecimiento y divulgación del OEA-PROFAC:

De setiembre a diciembre 2015 se realizaron 18 charlas. En el año 2016 se realizaron 95 charlas OEA-PROFAC a empresas interesadas en

el programa. En el año 2016 se inició con un acercamiento a las empresas certificadas con el fin

de fortalecer el programa PROFAC para lo cual se programaron 3 reuniones con las empresas certificadas, lo que permitió escuchar por parte de los representantes de las empresas la experiencia con la certificación y establecer una mejor aplicación de beneficios, en una de las reuniones tuvieron participación funcionarios y funcionarias de las diferentes aduanas.

En el 2016 se elaboraron 3 boletines con información de PROFAC dirigido a las empresas certificadas y funcionarios aduaneros, en el boletín PROFAC-001-2016 se divulgó los contactos de los ejecutivos PROFAC en las diferentes aduanas con el fin de que las empresas certificadas puedan acceder más fácilmente a ellos, en el Boletín PROFAC-002-2016 se comunicó a los ejecutivos PROFAC de las diferentes aduanas los contactos de las empresas certificadas esto para brindar un servicio mejor y más personalizado a las empresas que cuentan con la certificación PROFAC, en el Boletín PROFACC-003-2016 se comunicó a las empresas sobre el Procedimiento para prioridad en paso fronterizo de Peñas Blancas con el fin de que las empresas certificadas PROFAC puedan disponer del beneficio de prioridad en Paso de frontera Peñas Blancas.

Se ejecutó el programa de sensibilización e información dirigido al Servicio Nacional de Aduanas para el fortalecimiento de los conocimientos de los funcionarios aduaneros sobre el PROFAC en el cual se brindaron 13 capacitaciones PROFAC en la DGA y en las aduanas de país.

Se realizó y se divulgó material publicitario OEA- PROFAC, con el siguiente contenido: qué es PROFAC, cuáles son sus beneficios, y preguntas frecuentes acerca del programa.

Se realizó y aplicó encuesta con el objetivo de obtener retroalimentación sobre el programa a las empresas certificadas PROFAC. Los resultados de dicha encuesta fueron divulgados y presentados en reunión con las empresas certificadas los principales resultados obtenidos de dicha encuesta se muestran a continuación:

Variable RespuestaTiempo Promedio para obtener la certificación

Entre 4 y 6 meses

Inversión económica para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el PROFAC

La mayoría indicó un 57% que no requirió inversión

Variable en la tuvieron que invertir algunas empresas

Medidas de Protección y seguridad

Facilitación en las gestiones que realizan las empresas en el SNA

Un 79% contestó que si percibió mayor facilitación con la certificación

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Reducción de tiempo en las revisiones físicas realizadas por la Aduana

Un 80% si ha percibido una reducción del tiempo

Atención Prioritaria por parte de la Aduana Un 54% ha percibido que debido a la certificación ha recibido atención Prioritaria por parte del SNA

Percepción del Programa PROFAC por parte de las empresas

Buena

En el 2017 se realizaron 8 charlas OEA – PROFAC a empresas interesadas en el proceso de certificación.

Se ha conversado con la Cámara de Industrias y con CRECEX para conjuntamente con cada una de esas cámaras mercadear el programa, donde se nos ofreció espacios para comunicar el tema PROFAC a los asociados de la Cámara.

Plan de Acción de Alianzas Estratégicas (PROCOMER –PROFAC), en el cual, se coordinó lo siguiente:1- Ciclo de charlas sobre proceso de certificación y los beneficios de OEA, se definieron 3 charlas, las cuales se programaron para el martes 4 de abril, jueves 8 de junio y lunes 28 de agosto (de 9am a 11am en PROCOMER). Para las invitaciones a las charlas el grupo OEA envió los logos del Ministerio de Hacienda y de PROFAC y una breve explicación sobre PROFAC.2- Capacitación y asesoría personalizada a empresas de RZF. PROCOMER contantemente envía datos de las empresas interesadas en el programa. El grupo OEA se encarga de contactar a las empresas, ofrecerles charlas e información del programa PROFAC. 3- Identificación de beneficios adicionales para las empresas. La idea es organizar dos focus groups, uno con las empresas certificadas y otro con las empresas pymes (martes 2 de mayo de 9am a 11am) con el fin de que se propongan beneficios para las empresas PROFAC. El jueves 9 de marzo de 2017 se realizó charla PROFAC en Procomer, para los colaboradores de la Dirección de Regímenes Especiales e Inteligencia Comercial de Procomer. En mayo se realizará reunión en PROCOMER, para conocer los avances del Plan de Acción de Alianzas Estratégicas.

Se está realizando un seguimiento y coordinación de charlas a las empresas recomendadas por PROCOMER.

Visitas y charlas realizadas a empresasPeriodo

Desde Setiembre del 2015 hasta marzo del 2017

Desarrollo del OEA-PROFAC:

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Periodo Cantidad de visitas y charlas a empresas

2015 182016 952017 8

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Para finales del 2015 se habilitó la certificación OEA- PROFAC para el Operador Portuario Marítimo.

En el 2016 se realizó plan piloto con 7 Agencias de Aduanas, se elaboró el procedimiento para el análisis de antecedentes aduaneros para agencias y agentes solicitantes de la certificación PROFAC, en el cual se establece la conformación de un comité evaluador que analizará los antecedentes de las agencias de aduanas y finalmente tomarán la decisión si estas ingresarán o no al programa. Actualmente se realizan los trámites para poner vigencia esta etapa, que incluye notificar a los interesados los documentos y concluir con el resultado que establecerá el Comité Evaluador sobre las empresas que formaron parte del plan piloto en relación al requisito del historial de cumplimiento.

En el 2016 se trabajó en la documentación OEA- PROFAC para transportistas y depositarios aduaneros, elaborando los documentos de requisitos mínimos de cumplimiento y cuestionario de autoevaluación.

Se realizaron reuniones con el sector representativo de los Courier y Consolidadores de Carga para analizar la probabilidad de ingreso de estos sectores en el programa, donde se concluyó que posteriormente se estarán ingresando.

Se retoma la elaboración del convenio de cooperación con el MAG, en donde se trabajó en la modificación de los artículos según las observaciones que tuvo el MAG y el MH sobre lo negociado. Se modificó el fondo y forma del texto, en temas puntuales como el firmante por parte del MH; el orden cronológico de los considerandos; la redacción de los considerandos y texto de los artículos (objeto, ámbito de aplicación, obligaciones de las partes, procedimiento de ejecución, confidencialidad de la información, las cláusulas de terminación del convenio y la eficacia). Al día de hoy este acuerdo ya fue firmado por el Ministerio de Hacienda y está pendiente la firma por parte del MAG

Se realizó actualización de la información PROFAC en la página del Ministerio de Hacienda, relacionada a cuáles son las empresas certificadas, preguntas frecuentes, requisitos de solvencia financiera, aplicación de beneficios, guía para la construcción de procedimientos, guía para la gestión de riesgo, así como los formularios para la certificación para la exportación, importación, operador portuario y terminales de exportación.

Se emitió Circular C-DGA-ARAE-003-2016 sobre el uso del beneficio de desalmacenaje en las instalaciones por medio de la Declaración Aduanera Anticipada para empresas importadoras certificadas PROFAC.

Se creó una guía para la elaboración de procedimientos PROFAC con el fin de que los operadores de comercio tengan una herramienta para crear procedimientos correspondientes a sus procesos internos conforme a lo requerido por el PROFAC.

Se creó una guía para gestión y matriz de riesgos para dotar a los operadores de comercio de una herramienta para la valoración del riesgo comercial y aduanero correspondiente a sus procesos internos conforme a lo requerido en el PROFAC.

Se actualizó la resolución RES-DGA-124-2016 sobre la aplicación de beneficios empresas PROFAC, creándose la resolución RES-DGA-ARAE-004-2016 vigente desde el 14/11/2016.

Se realizaron reuniones del grupo OEA para la revisión y actualización de la documentación PROFAC.

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Se realizaron reuniones con la Dirección General de Aduanas para la revisión del procedimiento aplicable a las Agencias y Agentes de Aduanas del plan piloto OEA-PROFAC, entre otros temas como: promover entre las empresas certificadas OEA la realización de DUAs anticipados, estadísticas de los DUAS tramitados por las empresas certificadas OEA-PROFAC, Seguimiento a la firma del Acuerdo de Cooperación con el MAG, Plan Piloto de Operador Confiable.

Actualmente se están atendiendo 24 expedientes de solicitudes de empresas interesadas en la certificación OEA- PROFAC los cuales se dividen de la siguiente manera:

Tipo de Certificación Importación Exportación Importación y

ExportaciónCantidad de Expedientes 11 1 12

Cantidad de empresas certificadas OEA por SectorPeriodoDesde Setiembre del 2015 hasta marzo del 2017Periodo Empresas

Sector Importación

Empresas Sector Exportador

Empresas SectorTerminal de Carga de Exportación

Empresas SectorOperador Portuarios Marítimos

2015 1 2 1 -2016 4 3 - 22017 1 - 2 -

Sectores puestos en vigenciaPeriodoDesde Setiembre del 2015 hasta marzo del 2017

Periodo Sector puesto en vigencia2015 Operador Portuario Marítimo2016 Plan Piloto con Agencias de Aduanas2017 -

Capacitación Del 2 al 5 de noviembre 2015, dos especialistas PROFAC participaron del Primer

Taller Técnico Subregional sobre los Programas Aduaneros del Operador Económico Autorizado OEA en República Dominicana.

Participación de dos especialistas PROFAC en el seminario Mejoramiento de la Seguridad y Protección Portuaria que se llevó a cabo el 02 de marzo del 2016.

19 de mayo 2016 participación en el Webinar Cómo mantener la certificación OEA".

Del 24 al 27 de octubre del 2016 participación por parte de la coordinadora del programa PROFAC y de un especialista PROFAC en el Taller Regional: El

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Operador Económico Autorizado y los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo organizado por PRAIAA.

4 de octubre del 2016 participación en Webinar: Programa CTPAT 2016 y las Mejores Prácticas de Seguridad

En el periodo de Octubre a Diciembre del 2016 se organizó y se participó en el curso Operador Económico Autorizado I Edición el cual tuvo una duración de 60 horas en el cual participaron 38 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas.

15 de febrero 2017 participación en Webinar: El Programa OEA-Perú / Nuevas Guías de Validación de la Organización Mundial de Aduanas (OMA)

Del 20 al 24 de febrero 2017, dos especialistas PROFAC participaron del Segundo Taller Técnico Subregional sobre los Programas Aduaneros del Operador Económico Autorizado OEA en República Dominicana, con el fin de capacitarse en las mejores prácticas realizadas por el programa dominicano.

Desarrollo e Inclusión del tema OEA- PROFAC en el programa de inducción al Servicio Nacional de Aduanas (el curso sobre OEA se impartirá del 21 al 27 de Marzo).

Principales logros alcanzados durante su gestión de conformidad con la planificación institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

Acuerdos de Intercambio de Información

Costa Rica - MéxicoCoordinación y seguimiento de la firma entre Costa Rica y México del Acuerdo de Cooperación en Asuntos Aduaneros firmado en México en febrero del 2016, de acuerdo con las disposiciones legales, administrativas y recursos, en los límites de su competencia, cooperarán en la búsqueda, desarrollo y estudio de nuevos procedimientos aduaneros, formación de personal, intercambio de especialistas así como cuestiones que requieran acciones conjuntas en materia aduanera. Se continúa con las gestiones correspondientes para la publicación del decreto de dicha firma lo cual está en proceso.

Costa Rica – Países Bajos

En los primeros meses del 2017 se inició Negociaciones con la Aduana de Holanda de un Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros entre el Reino de los Países Bajos y la República de Costa Rica, el cual al 7 de marzo se encuentra negociado en un 90% faltando dos puntos y un anexo que se estará negociando por vía conferencia el 21 de abril.

Capacitaciones SNA

Internacionales Tercer cuatrimestre 2015

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A nivel internacional se capacitaron 23 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas en eventos organizados y patrocinados por organismos como PRAIAA, BID, CICTEC, OMA, EXBS entre otros, en diferentes temas tales como: Curso de interdicción de armas de destrucción masiva, Comercio de Armas, Operador Económico Autorizado, Aspectos Técnicos del Régimen de Transferencias de la Convención sobre Armas Químicas para Autoridades Aduaneras entre otros.

Para la participación en las capacitaciones internacionales ARAE gestionó 17 permisos ante el CIFH y acuerdos de viaje ante la Gestoría Administrativa para los funcionarios participantes.

Nacionales Tercer cuatrimestre 2015A nivel nacional se capacitaron 74 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas distribuidas en 6 eventos organizadas por ICD, SNA, Embajada de Estados Unidos y CIFH Entre los temas desarrollados se encuentran los siguientes: Nociones Generales Sobre Gestión de Riesgo Aduanero, Cite, Movimiento de Capitales, Gestión de riesgo, Propiedad Intelectual.

Internacionales 2016A nivel internacional se capacitaron 56 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas en eventos organizados y patrocinados por organismos como PRAIAA, BID, CAPTAC, OMA, Naciones Unidas entre otros, en diferentes temas tales como: El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC, Curso de interdicción de armas de destrucción masiva, alcance de la VI Enmienda del Sistema Armonizado, Operador Económico Autorizado, El Acuerdo de Valoración de la OMC, Lucha contra el tráfico de medicamentos ilícitos, Gestión de Riesgo entre otros.Para la participación en las capacitaciones internacionales ARAE se gestionaron 36 permisos ante el CIFH y acuerdos de viaje ante la Gestoría Administrativa para los funcionarios participantes.

Nacionales 2016A nivel nacional se capacitaron 258 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas distribuidos en 11 eventos, de los cuales 5 capacitaciones fueron desarrolladas de forma virtual con la colaboración del BID y con una participación de 118 funcionarios, 6 eventos fueron desarrollados de manera presencial organizados por organismos como BID, Amcham, PRAIAA entre otros y participaron 140 funcionarios.Entre los temas desarrollados en ambas modalidades de capacitación se encuentran los siguientes: Mejoramiento de la Seguridad y Protección Portuaria”, Gestión Coordinada en Fronteras, Gestión y Liderazgo en Aduanas y Operador Económico Autorizado, Acuerdo de Facilitación de Comercio, Compromisos adquiridos con el Acuerdo de Asociación con la UE, Procedimientos y la verificación de Origen en el Acuerdo de Asociación con la UE, entre otros.

CIFH

Durante el 2016 se coordinó y gestionó la participación de 130 funcionarios del SNA en 8 cursos desarrollados por esta área con la colaboración logística del CIFH. No se omite

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indicar que la participación de colaboradores del SNA en capacitaciones en el CIFH es mucho mayor pero debido a que la mayoría de las veces se gestiona la participación directa con el CIFH se cuenta con una estadística incompleta.

Internacionales 2017A la fecha, marzo de 2017, se han capacitado 6 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas en eventos organizados y patrocinadas por la OMA y CICTE, en diferentes temas tales como: Directrices de Tránsitos Aduaneros, Programas Aduaneros del Operador Económico Autorizado, Intercambio de experiencias y promoción de la implementación del Tratado sobre el Comercio de Armas. Para la participación en las capacitaciones internacionales ARAE se han gestionado 5 acuerdos de viaje para los funcionarios participantes

Nacionales 2017A nivel nacional se han capacitado 25 funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas distribuidas en 2 eventos organizadas por COMEX Y PRAIAA.Entre los temas desarrollados se encuentran los siguientes: Gestión Coordinada en Fronteras, Modernización de los laboratorios aduaneros, homologación de procedimientos y técnicas para el análisis químico de las   mercancías”

CIFHPara el mes de marzo se coordinó la participación de 3 funcionarios del SNA en 1 charla desarrollada por el CIFH denominada Rompiendo Esquemas.

Periodo

Participación de funcionarios en capacitaciones Internacionales

Ente patrocinador

Participación de funcionarios en capacitaciones Nacionales

Ente patrocinador

Participaciones de funcionarios contabilizadas en cursos desarrollados por el CIFH

Setiembre-diciembre 2015

23

PRAIAA, BID, CICTEC, OMA, EXBS

54

ICD, SNA, Embajada de Estados Unidos

20

2016 56

PRAIAA, BID, CAPTAC, OMA, Naciones Unidas

258

BID, Amcham, PRAIAA,Embajada Britanica

130

2017 6OMA y CICTE, EXBS

25 COMEX Y PRAIAA 3

Total 85 337 153

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Atención de MisionesDurante el 2015, 2016 y 2017 ARAE se ha trabajo en la coordinación y atención de las siguientes misiones:Gestión por Procesos: Sres. Oscar Nieto y Selvin Lemus, Tema de Cánones y Derechos de Licencia, Sr Miguel Angel GaleanoModelo de Control en el ingreso permanencia y salida de contenedores en Puerto Caldera, Sr. Antonio de la Ossa,La atención de esta área se centra en la atención de estos tres pilares

1. Atender la logística de las Misiones CAPTAC que se programen.2. Seguimiento al cumplimiento de los compromisos que se adquieren en cada una

de las misiones. A saber los siguientes:

MISIONES CAPTAC-DR

Misión de Control de ContenedoresEl modelo se consolida.El grupo concluye el modelo con un plan piloto que obtuvo información estadística sobre determinados procesos, que contribuyen a un mejor control aduanero. Los movimientos sobre puertos y estacionamientos transitorios se han reducido y los despachos de importación y exportación en puerto se han incrementado.Porcentaje total de contenedores despachados en puerto:

• En Importación sube de un 54% a un 78%• En exportación sube de un 73.07% a un 84%

Reducción de viajes:• De puerto a Estacionamiento Transitorio de: 41% • De Estacionamiento Transitorio a almacén fiscal: 40.54%

Incremento de tránsitos de puerto a Almacén Fiscal de un 89.24%Incremento sostenido en la recaudación porcentualmente por encima de otras aduanasEn el corto plazo se implementarán:

• Inclusión voluntaria de partida arancelaria de 6 dígitos en manifiestos.• Acceso a Circuito Cerrado de Televisión de la Sociedad Portuaria de Caldera , en coordinación con el programa de controles complementarios.• Comunicación de automatizada de pesajes y entrada y salida de contenedores.• Nuevo sistema de control de inventarios en depósitos fiscales.

Misión de Gestión por ProcesosSe definió que para llevar a cabo es misión se formará un equipo del Proyecto dividido en:

-Comité Directivo, integrado por el Subdirector General , los 5 Directores de las direcciones centrales (Dirección de Gestión Técnica, ONVVA, Dirección de Riesgo, Dirección de Fiscalización y Dirección Normativa), el Jefe del Área de Planificación y Control de la Gestión y el Jefe del Área de Relaciones y Asuntos Externos..

El Comité Directivo quedó conformado de la siguiente manera:• Roy Chacón, Subdirector General, • Yonder Alvarado, Director Gestión Técnica,• Ingrid Ramón Directora ONVVA,

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• Karla Guillen Directora Riesgo,• Ana Margarita Villalobos, Directora Fiscalización• José Ramón Arce, Director Normativa. • José Raúl Vargas, Jefe Planificación• María Iris Céspedes, Jefe ARAE.

-El equipo de ejecución sea conformado por 3 a 5 personas tomando como base al Departamento de Procesos Aduaneros de la Dirección de Gestión Técnica Este equipo se irá integrando conforme se van desarrollando los procesos.

Con base al informe remitido por el Captac-Dr, se realizó una matriz de seguimiento elaborada por el Área de Relaciones y Asuntos Externos, en la que se detallan las actividades, fechas de cumplimiento y responsables, a la cual se le dio seguimiento.

Sobre la dinámica de trabajo del Comité Directivo se acuerda, que los miembros propietarios deben participar en las reuniones convocadas de manera obligatoria, y deberán nombrar una persona suplente, que asista a las reuniones en ausencia debidamente justificada (incapacidad por enfermedad o en disfrute de vacaciones legales). Sobre las decisiones se tomarán por mayoría simple y se establecerá quórum con la mitad más unoTareas concluidas de la primera etapa

• Establecer el documento de visión del proyecto• Crear mapa de procesos de la aduana• Definir y capacitar al equipo• Diseñar la primera versión mejorada del proceso de Gestión del Registro

Tareas planeadas 2017• Implementar primera versión mejorada del proceso de Registro• Relevamiento de los procesos de Arribo, Importación y Tránsito• Preparación de mejoras para la segunda versión del Proceso de Registro• Completar el diseño de la segunda versión mejorada del proceso de Registro• Diseñar la primera versión mejorada de los procesos de Arribo, Importación y Tránsito

Plan de mejorasJulio 2017 – Aproximadamente 5 mejoras orientadas a:

Facilitar la entrega de documentosReducir carga de trabajo y mejorar tiempos de respuestaDepurar el registroMejorar el control y aumentar la sensación de riesgo

Marzo 2018Mejorar la validación temprana de datosDescentralización de entrega de documentosExpediente electrónicoPerfilamiento de riesgo e incremento del control

Misión Metodología de Identificación de Operadores de RiesgoEsta misión está aprobada por CAPTAC-DR, programada para iniciar a partir de mayo del 2017 y la liderará la Dirección de Gestión de Riesgo

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3. Contar con un nuevo plan de trabajo bajo la asistencia CAPTAC.4. Participación directa en la Misión de Gestión por Procesos al estar la jefatura

integrando el Comité Directivo y una colaboradora en Analista de Procesos

OEA-PROFACCertificación de Empresas OEA:

De setiembre a diciembre 2015 se otorgaron 4 certificaciones (2-exportador, 1- Importador 1- Terminal de Carga de Exportación).

En el 2016 se otorgaron 9 certificaciones (3-exportador, 4- Importador 2- Operador Portuario Marítimo).

En el 2017 como PROFAC (2-Terminal de Carga de Exportación, 1-Importación).

Estado de los proyectos más relevantes en el ámbito institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, existentes al inicio de su gestión y de los que dejó pendientes de concluir.

OEA-PROFACAcuerdos de Reconocimiento Mutuo:

En el 2016, se planteó a la Aduana de Colombia la posibilidad de negociación de una ARM por parte de los programas OEA de ambos países, planteamiento sobre el cual Colombia reacciona positivamente mediante las reuniones de seguimiento por medio de COMEX al Tratado de libre comercio Costa Rica y Colombia, negociación que se ha planteado se traslade el inicio para 2018.

En proceso de firma del plan de acción de México y Costa Rica. (Se está en la coordinación de fecha entre ambos países para la firma del plan). El plan de acción contempla realizar un estudio de los programas de ambos países para revisar los requisitos y condiciones establecidos en cada programa, realizar visitas conjuntas de validación donde se revise cómo se realizan las validaciones y el cumplimiento de los requisitos y condiciones. Desarrollar procedimientos de operación de reconocimiento mutuo para crear de manera conjunta y por escrito los procedimientos de operación incluyendo los asociados al intercambio de información, además, la consideración de los resultados para determinar si es posible firmar un ARM entre los países.

En proceso de firma el Acuerdo de Cooperación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Actualmente se le envió el Convenio al MAG ya firmado por el Ministro de Hacienda, con el fin de que ellos procedan con el trámite de firmas de las dependencias que forman dicho Ministerio (SENASA y SFE)

Iniciativa sobre la realización de un Plan de trabajo de ARM con Centroamérica donde participa Costa Rica, Guatemala, El Salvador y Panamá. Este plan de trabajo contempla el realizar un estudio de los programas de cada país para conocer los requisitos y condiciones establecidos por cada uno de ellos, realizar visitas conjuntas de validación para evaluar la forma en cómo se realizan las

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validaciones y el cumplimiento de los requisitos y condiciones. Además, el desarrollar procedimientos para la implementación del reconocimiento mutuo donde se acordará conjuntamente los procedimientos y criterios mínimos necesarios para la implementación del Acuerdo considerando el intercambio de información para la aplicación de los beneficios, así como la consideración de los resultados donde se elaborará un texto detallado de un ARM.

Realización del Plan de Acción del ARM con Guatemala. Este contempla el estudio de los programas para conocer los requisitos y condiciones establecidos por ambos países, realizar las visitas conjuntas donde se evaluará la forma en que se realizan las validaciones y el cumplimiento de los requisitos y condiciones. Se contempla también el desarrollo de los procedimientos de operación de reconocimiento mutuo para desarrollar de manera conjunta y por escrito los procedimientos de operación de Reconocimiento Mutuo necesarios, incluyendo aquellos asociados con el intercambio de información y beneficios, así como la consideración de los resultados para valorar si es posible la firma de un ARM.

Colaboración de información OEA-PROFAC requerida por otros departamentos de la Dirección General de Aduanas y Organismos Internacionales:

Se realiza colaboración de información de otras aduanas, como la realizada a Guatemala sobre una encuesta para establecer algunas de las oportunidades y desafíos que conlleva para una empresa el obtener la certificación que lo acredita como Operador Económico Autorizado.

Información PROFAC para Matrices de información: El Cumplimiento de los Indicadores de la Estrategia Regional OEA, Estrategia Regional para las Américas y el Caribe y Matriz de indicadores OEA. (Solicitud del BID y OMA)

Información PROFAC para actualizar información de las Empresas y Certificaciones OEA en América Latina y Caribe (Solicitud del BID).

Información de la Normativa PROFAC para completar matrices; Tabla comparativa de los programas OEA México y PROFAC, Tabla comparativa de los beneficios OEA México y PROFAC y Tabla comparativa de los estándares de Seguridad OEA México y PROFAC (Solicitud de la Administradora Central de Certificación y Asuntos Internacionales de Auditoría de Comercio Exterior de México).

Información general de PROFAC (requisitos, beneficios, etc.) (Solicitud de Procomer para compartir con las empresas y solicitud de COMEX para el grupo técnico de facilitación (Tratado de Libre Comercio con México).

Información OEA para completar el cuadro para la Agenda prioritaria para el aumento de la eficiencia y competitividad de los paso de frontera de Costa Rica con respecto al PROFAC (Solicitud del Departamento de Gestión Técnica).

Información para completar el cuadro para las acciones realizadas y resultados obtenidos para el período 2015-2016 sobre OEA-PROFAC (Solicitud del Área de Planificación y Control de la Gestión).

Información de las empresas certificadas OEA al Departamento de Estadística y Registro para su inclusión en el sistema TIC@ y al Departamento de Gestión de Riesgo para la asignación de parámetros de riesgos específicos a las empresas certificadas OEA.

Coordinación con la Dirección de Gestión de Riesgo para los parámetros de riesgo de las empresas certificadas OEA-PROFAC.

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4.- DIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA

Cambios habidos en el entorno durante el periodo de su gestión, incluyendo los principales cambios en el ordenamiento jurídico que afectan el quehacer institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.Cambio constante del Director de la Dirección de Gestión Técnica, en donde transcurrió casi un año en donde la Dirección se encontró sin Director

Principales logros alcanzados durante su gestión de conformidad con la planificación institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

Suministro de información estadística

Una de las principales actividades del Depto. Estadística y Registro es suministrar información estadística a diferentes instancias públicas y privadas, con las que se tienen convenios de intercambio y con los demás usuarios de información.

Actualmente se colabora con el Área de Relaciones y Asuntos Externos ARAE y la Direccion Normativa, en la elaboración de convenios de intercambio de información, por parte de la Dirección General de Aduanas con al Banco Central de Costa Rica, PROCOMER e INEC, con el fin de formalizar la entrega de información que actualmente se realiza.

Cumplimiento del PAO 2015

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Cumplimiento del PAO 2016

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Registro de Auxiliares de la Función Pública

El mantener el registro de los auxiliares de la función pública, es una labor permanente que se realiza en el Depto. Estadística y Registro, por lo que a continuación se detalla la cantidad de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y otras empresas usuarias del Servicio Nacional de Aduanas que actualmente se encuentran registrados y activos:

Tipo de Auxiliar/Empresa CantidadAgencias de Aduanas y Agentes Independientes 220Agentes de aduana subalternos 323Asistentes de agente de aduanas 423Consolidadores de carga 182Empresas de Entrega rápida 45Transportistas Aéreos 35Transportistas Navieros 72Transportistas Internacionales Terrestres 1.566Transportistas Nacionales Terrestres 93Representante de Transportistas 82Marinas 5Tiendas Libres 1Terminales de carga 11Despachos domiciliarios 9Depositarios Aduaneros 59Estacionamientos Transitorios 23Empresas de Perfeccionamiento Activo 60Empresas de Zona Franca 425Parques Industriales 43Régimen Devolutivo de Derechos 50Gestores Portuarios 3Concesionarios Depósito Libre Comercial de Golfito 34Exportadores 1/ 12.748Exportadores Habituales 39Importadores (personas jurídicas) 2/ 14.973

Total 31.524Expedientes Administrativos en movimiento 7.000

Auxiliares de la Función Publica Aduanera y Operadores de Comercio activos

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La cantidad de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y otras empresas actualmente registradas y que se encuentran inactivas es:

AÑO INHAB. SUSPENSIÓN TOTAL CAMBIO %

2010 51 10 612011 120 29 149 144,3%2012 214 12 226 51,7%2013 128 10 138 -38,9%2014 305 7 312 126,1%2015 146 21 167 -46,5%2016 301 15 316 89,2%

TOTAL 1265 104 1369

AUXILIARES DE LA FUNCION PUBLICA ADUANERA, POR TIPO SANCION REGISTRADA, AÑOS 2010-2016

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Año CATEGORIA INHABILITACIÓN SUSPENSIÓN TOTAL

2010 Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 33 33Depos itario Adua nero 1 1 2Empresa s de Perfecc. Activo 2 2Transp. Maritimo 8 8Transp. Terrestre Intnal 1 1Transp. Terrs tre Nal . 6 9 15

Total 2010 51 10 612011 Agente Persona Fis i ca 1 1

Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 109 2 111Consol idador de Carga 1 1Depos itario Adua nero 8 8Esta c. Trans i torio 3 3Empresa s de Perfecc. Activo 2 2Transp. Maritimo 7 1 8Transp. Terrestre Intnal 5 5Transp. Terrs tre Nal . 1 4 5Transp. Terrestre Nal . e Intnal . 5 5

Total 2011 120 29 1492012 Agente Persona Fis i ca 1 1

Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 203 1 204Depos itario Adua nero 4 4Esta c. Trans i torio 1 1Empresa s de Perfecc. Activo 1 1Transp. Maritimo 9 9Transp. Terrestre Intnal 3 3Transp. Terrs tre Nal . 1 1 2Empresa s de Zona Fra nca 1 1

Total 2012 214 12 2262013 Agente Persona Fis i ca 14 14

Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 91 2 93Depos itario Adua nero 3 3Esta c. Trans i torio 1 2 3Transp. Maritimo 7 7Transp. Terrestre Intnal 4 1 5Transp. Terrs tre Nal . 11 2 13

Total 2013 128 10 1382014 Agente Persona Fis i ca 15 15

Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 253 253Consol idador de Carga 1 1Depos itario Adua nero 4 1 5Empresa Entrega Rápida 1 1Esta c. Trans i torio 1 1Transp. Aéreo 1 1Transp. Maritimo 13 13Transp. Terrestre Intnal 1 1 2Transp. Terrs tre Nal . 19 19Empresa s de Zona Fra nca 1 1

Total 2014 306 6 3122015 Agente Persona Fis i ca 17 17

Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 109 4 113Depos itario Adua nero 2 3 5Empresa Entrega Rápida 1 1Esta c. Trans i torio 1 3 4Transp. Maritimo 4 1 5Transp. Terrestre Intnal 5 1 6Transp. Terrs tre Nal . 6 3 9Empresa s de Zona Fra nca 1 3 4

Total 2015 146 18 1642016 Agente Persona Fis i ca 16 1 17

Agencia de Aduanas (Agente Indep.) 4 4Transp. Maritimo 1 1Transp. Terrs tre Nal . 2 2Empresa s de Zona Fra nca 1 1

Total 2016 24 1 25TOTAL 989 86 1075

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS: AUXILIARES DE LA FUNCION PUBLICA ADUANERA SEGÚN CATEGORIA POR TIPO DE SANCION REGISTRADA, AÑOS 2010-2016 (al 31 de julio de 2016)

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Se continúa con los ajustes a los formularios para los trámites de gestiones de autorización, inscripción, desinscripción y actualización de los auxiliares de la función pública que se presentan ante el Departamento de Estadística y Registros de la Dirección de Gestión Técnica, mismos que se había formalizado mediante Resolución RES-SUB-DGA-054-2015 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°69 del día 10 de abril del año 2015.

Se concluyó en coordinación con la Dirección de Tecnología y Comunicaciones (DITEC), el traslado de la entrega de la firma digital a los puntos de atención al público adscritos a la plataforma de servicios de SINPE, Autoridad Certificadora del Banco Central de Costa Rica; entrega formalizada mediante el comunicado DGA-DGT-011-2016 del 30 de mayo de 2016 y en relación a las acciones según Directriz DGA-DGT-001-2015 del 24 de marzo del año 2015, con fecha rige a partir del primero de junio del año 2015 y Comunicado DGA-DGT-013-2015 del primero de junio del año 2015.

Para el año 2016 se realizan los cuatro inventarios de garantías programados para los Auxiliares de la Función Pública Aduanera, es decir se realiza la verificación de la documentación física contra lo que indica el sistema, realizando la labor de actualización de los datos registrados en el Sistema TICA. De igual manera se realizan los dos informes que se rinden a la Contabilidad Nacional. Adjunto la tabla con las garantías actualizadas:

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Se efectuó una actualización a la Circular y Formularios que estaban relacionados con la tema de las Garantías para el periodo del 2016, lo anterior mediante circular DGA-DGT-017-2016 de fecha 18 de mayo del 2016.

Estado de los proyectos más relevantes en el ámbito institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, existentes al inicio de su gestión y de los que dejó pendientes de concluir.

Requerimientos informáticos para mejorar registro de auxiliares:

Requerimiento para actualizar la Información de Transportistas Aduaneros Nacionales e Internacionales, los Representantes de Transportistas y empresas de Zona Franca, en forma electrónica y remota. El requerimiento fue enviado a desarrollo y se encuentra en la fase de pruebas.

Requerimiento para la Mejora en el Registro de Sanciones, ya fue probado y se encuentra en la fase de incorporación de correcciones por parte de la Unidad de Sistemas Aduaneros (DITEC).

Sugerencias para la buena marcha de la institución o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, si el funcionario que rinde el Informe lo estima necesario

Se recomienda para el Departamento de Estadística y Registros:

Dotar de mayor Recurso Humano el Departamento, ya que han aumentado considerablemente los tramites de autorización de los Auxiliares de la Función Pública, además de que mayor personal contribuye a mejorar el Servicio al Cliente, entre las necesidades detectadas se tiene:

1. 01 Estadístico2. 04 Funcionarios (Profesionales Ingresos 3) 3. 01 Secretaria

Realizar las gestiones necesarias con el fin de tratar de automatizar algunos de los procedimientos del Departamento, por ejemplo un Sistema en Línea que permita la recepción de la Documentación para las autorizaciones por primera vez de los Auxiliares de la Función Pública.

Estado actual de cumplimiento de las recomendaciones que durante su gestión le hubiera formulado la respectiva Auditoría Interna.

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Mediante Oficio DGA-PC-077-2017 de fecha 17 de febrero del 2017, se indica por el área de Planificación de la Gestión, las actividades pendientes del Informe DGAI-INF-013-2012, entre las que se encuentran:

Actividad 4.3: Ordenar a la Dirección de Gestión Técnica establecer en los Departamentos de Procesos Aduaneros y al Departamento de Estadística y registro un mecanismo para informar formalmente a la Dirección de Gestión de Riesgo sobre aspectos derivados de sus funciones, tales como información aduanera codificada de rutas y trayectos de tránsitos, regímenes y modalidades aduaneras, tipos de ubicación de mercancías, documentos obligatorios y otros necesarios para la implantación de los procesos aduaneros, entre otros aspectos.

Actividad 4.6: Ordenar a la Dirección de Gestión Técnica para que el Departamento de Registro y Estadística en coordinación con el Departamento de Procesos, realice un procedimiento formal con las practicas establecidas para la inspección física de los depositarios que resguardan la mercancía bajo control aduanero, que contenga al menos, como determinar lo referente a cantidad de metros de construcción, infraestructura en buenas condiciones, iluminación, y ventilación adecuada, accesos y salidas funcionales, rotulación, medidas de seguridad, tapias, mayas, ubicación de extintores , entre otros aspectos.

GESTIÓN TÉCNICA PROCESOS ADUANEROS

Referencia sobre la labor sustantiva institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.Mantener el avance tecnológico y dotar de herramientas tecnológicas al Servicio Nacional de Aduanas, es fundamental para la buena gestión aduanera. Es por esto que en coordinación con la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación (DTIC) se realizó una fuerte  inversión en para modernizar la plataforma tecnológica del sistema,  que consistió en la renovación de servidores de última tecnología,  con la finalidad de dar mayor capacidad de procesamiento, redundancia a los componentes de todo el sistema; así como mejoras en las comunicaciones, la seguridad y el monitoreo del sistema con la finalidad de prevenir posibles fallas.

En el año 2015 se realizó la migración del sistema completo a la nueva versión del software base “Genexus Evolution 2”, lo cual permitirá desarrollar y aprovechar a futuro mejoras tecnológicas como un sistema totalmente en ambiente web, compatible con todos los navegadores, desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles, mejoras de seguridad entre otros.

El Desarrollo de nuevos módulos o funcionalidades para dar respuesta a los nuevos desafíos del comercio internacional en el equilibrio de la facilitación y el control aduanero, es parte del proceso de mejora continua al Sistema TICA. Es por esto que cada año se prioriza en un plan de trabajo los ajustes y mejoras que se deben hacer a dicho sistema.

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Muchas de los esfuerzos de mejora incluyen disposiciones y recomendaciones de los órganos fiscalizadores internos y externos al Ministerio de los cuales esta Dirección General siempre ha sido respetuosa.

Entre esas mejoras implementadas o en proceso destacan el intercambio de información desde otras entidades públicas hacia los sistemas del Servicio Nacional de Aduanas para mejorar el control aduanero.

Establecer normativa y procedimientos aduaneros que sean acordes con las necesidades del comercio internacional y sobre todo velar por su adecuado cumplimiento y aplicación fue una acción decidida de esta administración. Es por eso que se participó activamente en coordinación con COMEX en la reforma integral a los Reglamentos de los Regímenes de Perfeccionamiento Activo y Zona Franca, reforma a la normativa que regula el Depósito Libre Comercial de Golfito en conjunto con la Dirección General de Hacienda, reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas para dotar de un marco jurídico al transporte multimodal para que pueda operar el Ferry de Contenedores entre El Salvador y Costa Rica.

La emisión de Directrices diversas y recordatorios a todo el Sistema Nacional de Aduanas, que incluye tanto a los funcionarios aduaneros como a los operadores logísticos, importadores y exportadores para orientarles en el adecuado cumplimiento y aplicación de la normativa aduanera fue constante durante mi gestión: Poner las reglas claras es parte de la transparencia del accionar de la gestión aduanera y hacia eso apuntamos.

Por delegación suyo señor Ministro hemos dado seguimiento a la participación de nuestros representantes en el Consejo de Ventanilla Única de Comercio Exterior. En dicho Consejo hemos sido críticos e impulsores de acciones que vengan a mejorar la facilitación y el control aduanero, especialmente en lo referente a actualizar los requisitos no arancelarios y a que los competentes por emitir dichos permisos también hagan su labor en materia del control que les compete.

En el Marco de la Unión Aduanera Centroamericana, hemos participado activamente de este foro, aunque sea en forma virtual, dadas las limitaciones presupuestarias impuestas por el Ministerio. Sin embargo, dichas limitaciones no nos ha impedido participar y cumplir con los acuerdos emanados de dicho foro, tales como avanzar en el Reglamento de Tránsito Internacional de Mercancías, avanzar en materia de Declaración de Viajeros, envíos de socorro, planes de contingencias regionales y avanzar en la implementación a nivel procedimental e informático del Documento Único Aduanero Centroamericano (DUCA). Importante es destacar que nuestro país en este primer semestre del año ejerce la Presidencia Pro Tempore del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) y hemos organizado y participado con éxito en la primer ronda de negociación de la unión aduanera centroamericana.

Estado de los proyectos más relevantes en el ámbito institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a

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su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, existentes al inicio de su gestión y de los que dejó pendientes de concluir.

Proyecto Implementación de la Gestión por Procesos en el Servicio Nacional de Aduanas. Este proyecto es una asistencia técnica por medio del Fondo Monetario Internacional (FMI) a través del Centro Regional de Asistencia Técnica de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (CAPTAC-DR). El objetivo de este proyecto es implantar la Gestión por Procesos de Negocio en el Servicio Nacional de Aduanas, como herramienta para la consecución de los objetivos estratégicos organizacionales y la toma de decisiones, mediante el análisis, rediseño, control y monitoreo de los procesos de negocio en un ciclo de mejora continua e incremental, de acuerdo al mapa de procesos aduaneros del SNA. Luego de tres misiones de apoyo, se ha avanzado en el modelamiento preliminar del proceso de la Gestión del Registro y se han determinado las oportunidades de mejoras que deberán implementarse en los próximos meses para lograr una primera optimización de la Gestión del Registro. El siguiente proceso a optimizar de acuerdo al mapa de procesos establecido por esta Dirección General es el Proceso de Arribo de la Mercancía. Dados los buenos resultados y avance obtenido el CAPTAC-DR ha conseguido fondos de asistencia para seguir apoyando al Servicio Nacional de Aduanas en este proyecto.

GESTIÓN TÉCNICA, TÉCNICA ADUANERA

Cambios habidos en el entorno durante el periodo de su gestión, incluyendo los principales cambios en el ordenamiento jurídico que afectan el quehacer institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

Se han presentado cambios en el entorno entre los que cabe destacar:

La entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio entre el gobierno de la República de Costa Rica y el gobierno de la República de Colombia; que entró en vigencia el 1° de agosto de 2016, con la Ley No. 9238 del 5 de mayo de 2014, publicada en el Alcance No. 16 de La Gaceta No. 93 del 16 de mayo de 2014.

La migración a la plataforma Genexus del sistema TICA lo que insidió en la revisión de la liquidación de todos los tributos que se cobran vía sistema.

Y la ampliación a 12 dígitos del Arancel de Importación Nacional producto de la ampliación del Sistema Arancelario Centroamericano a 10 dígitos.

Estado de la autoevaluación del sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de

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trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado al inicio y al final de la gestión.

En agosto del 2016 se reciben los resultados de la Autoevaluación de Control Interno 2016, donde la DGT obtiene una nota global de 87.76% muy superior a los resultados obtenidos en años anteriores y manteniendo la tendencia de mejora año con año, no obstante y para continuar con la mejora de aquellos componentes en los cuales se determinó alguna debilidad, así como para darle sostenibilidad en el tiempo a aquellos componentes cuyo resultado fue exitoso se remite mediante oficio al Área de Planificación y Control de la Gestión el plan de acción, según lo indicado en oficio DGA-DGT-DPA-169-2016.

La actual Comisión de Control Interno y SEVRI está conformada desde el 18 de Marzo de 2016 según consta en el oficio DGA-DGT-025-2016 integrada por Rebeca Garro Vargas del Departamento de Estadísticas y Registro, Gustavo Mora Solano del Departamento de Procesos Aduaneros y Anthony Soto Guzmán del Departamento Técnica Aduanera.

Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, al menos durante el último año.

Mediante oficio DGA-DGT-CCI-001-2016 del 05 de abril de 2016 se remite el plan de trabajo de la comisión al Director de Gestión Técnica, mismo que se ha ejecutado conforme a lo planificado.

Acciones emprendidas para mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno

A la fecha, para el seguimiento y cumplimiento del Plan de Control Interno vigente se ha venido generando una serie de informes con las tareas realizadas para el cumplimiento de lo programado. Por lo que a Diciembre del 2016 se tiene que se han realizado las siguientes acciones del plan 2016:

Capsulas informativas referente a los distintos componentes del control interno.

Coordinar con la Dirección Normativa una charla referente a la Circular que regula las formalidades de la constitución de los expedientes.

Revisión de archivos de los diferentes Departamentos.

Respecto a la actividad “Realizar actividades conjuntas con todos los funcionarios” en lo que respecta a capacitación o charlas relacionadas al control interno, se realizaron las coordinaciones con el Área de Planificación y Control de la Gestión para la charla relacionada sobre el documento “Sistema de actividades de control de riesgos de

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corrupción, conflicto de intereses e idoneidad técnica”. También se coordinó con la Contraloría de la República para que brindaran una charla sobre la Ley de Enriquecimiento Ilícito y por último se coordinó con el CIFH para que se impartiera el curso de Principios Éticos en la función pública.

Principales logros alcanzados durante su gestión de conformidad con la planificación institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

De Setiembre a Diciembre del 2015 se logró:

La inclusión en el sistema TICA de la Salvaguardia Especial Agrícola, los desabastos de frijol y de maíz, y la Nota Técnica de Textiles del Tratado de Libre Comercio con Canadá.

La publicación de la Resolución RES-DGA-376-2015, del 02 de Octubre del 2015 referente a la creación en el Sistema Tica del documento obligatorio denominado "Certificado Sanitario de Exportación (Formulario FSIS 9060-5)”, emitido por el Servicio de Inspección e Inocuidad de Alimentos del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (FSIS); dicho documento es transmitido con el DUA como una imagen, con el código de documento 0384 y código de excepción 0017, el cual será utilizado para la importación de carne de bovino de grado "Prime & Choice".

La conclusión del Proyecto de Desgravación de los Tratados de Libre Comercio Negociados por Costa Rica 2016, con una ventaja de tres semanas respecto al tiempo requerido para la desgravación 2015.

Presentación del cronograma de trabajo, para la implementación de la VI Enmienda en el año 2016.

El avance en el tiempo de respuestas en la atención de Solicitudes de Criterios y Oficios sobre las consultas de Clasificación y Origen de Mercancías. Durante el año 2015 se recibieron 496 solicitudes de Criterios, atendiéndose el 96% de los casos presentados al cierre del año. En este mismo sentido de los oficios relacionados a las solicitudes de clasificación de mercancías se recibieron un total de 129 oficios de los cuales se atendieron el 94% de los oficios presentados al cierre del año. Quedando en proceso solamente lo presentado últimos días del cierre de año o casos especiales que implican mayor análisis. Y por último, el cambio en la “Atención de solicitudes sobre criterios técnicos relacionados con el origen de las mercancías” reflejo un aumento sustancial al recibirse 102 solicitudes en el año 2015, lo que implica un incremento del 50% en la atención de estas solicitudes.

Se concluye el año sin quedar ajustes al sistema pendientes.

Durante el año 2016:

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Llego al fin la vigencia de la medida antidumping del inciso 3209.90.10.00, por lo que se cerró la misma en el sistema.

Se publicó la resolución RES-DGA-034-2016, de fecha 09 de Febrero de 2016, donde se aplica la Nota Técnica 0269 a los incisos arancelarios relacionados con llantas neumáticas nuevas.

Se realizaron las pruebas para la migración del sistema TICA a la plataforma de Genexus, las cuales fueron remitidas al Departamento de Procesos Aduaneros.

Se publica en el Diario Oficial La Gaceta la resolución de alcance general RES-DGA-137-2016 para implementar el Procedimiento para la solicitud y emisión de Resoluciones Anticipadas, previstas en los Tratados de Libre Comercio suscritos por Costa Rica en el Alcance digital N° 107 del martes 28 de junio del 2016, siendo esto un gran logro dado que el proceso se había iniciado hace varios años, mismo que se retomó exitosamente.

Se implementó en el sistema TICA, en muy corto tiempo, la nueva fórmula de cálculo en la liquidación de las mercancías para la venta en el Depósito Libre Comercial de Golfito.

Se actualizó la desgravación arancelaria del Tratado de Libre Comercio con Colombia, producto de la entrada en vigencia de dicho acuerdo comercial.

Asistencia y participación en las reuniones de la Dirección y Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior, Ventanilla Única de Comercio Exterior, las Rondas de Negociación de la Unión Aduanera Centroamericana, reuniones del Grupo Técnico Arancelario, Comité Iberoamericano de Nomenclatura (CIN) (VUESA y VUENESA), así como las reuniones y grupos de trabajo durante la negociación y coordinación de los Tratados de Libre Comercio en materia de Origen de las mercancías.

Se concluye el Proyecto de Desgravación de los Tratados de Libre Comercio Negociados por Costa Rica para el año 2017, lo que implicó la actualización del archivo de la desgravación, la elaboración de la planilla en formato Excel, el envío a la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación para el pase a preproducción. Es grato comunicar que la actualización de la desgravación de los Tratados de Libre Comercio negociados por Costa Rica se llevó a cabo satisfactoriamente para que entrase a regir a partir del 01 de enero de 2017. El cumplimiento de la meta anual programada es del 100%, lo que consiste en un gran logro para el Departamento de Técnica Aduanera, dado que este año también se llevaba de forma simultanea la implementación de la VI Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y la ampliación a 12 dígitos del Arancel Nacional de Importación

Se concluye exitosamente y 2 semanas antes de lo previsto, la implementación de la VI Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de

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Mercancías y la ampliación a 12 dígitos del Arancel Nacional de Importación producto de la ampliación a 10 dígitos del Sistema Arancelario Centroamericano, lo que conllevó la revisión en el ambiente de pre producción del sistema TICA.

La revisión de los incisos de contingentes arancelarios, respecto al número de dígitos, Tratados de Libre Comercio asociados, texto de partida, lo cual fue coordinado con el Ministerio de Comercio Exterior.

Actualización por parte de DTA de todas las tablas en el sistema Tica relacionadas con el arancel que no fueron actualizadas en forma automática.

Revisión y ajuste del 100% del Arancel Nacional, y remisión de la versión final del archivo con la planilla de la VI Enmienda, el envío a la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación DTIC de la planilla final de VI Enmienda y los 12 dígitos del arancel de importación nacional.

Se realizaron pruebas de la consulta Web en los ambientes de preproducción y producción del sistema TICA. Se actualizaron los códigos de exoneración ligados a incisos arancelarios a 12 dígitos y por último se realizó la corrección de casos en el sistema TICA que fueron detectados en la planilla del arancel a 12 dígitos.

Reuniones de coordinación con el Ministerio de Salud, Ministerio de Ambiente y Energía, Ministerio de Agricultura y Ganadería a través del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y la Oficina Nacional de Semillas, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Seguridad Pública, Ministerio de Economía Industria y Comercio, el Ente Costarricense de Acreditación ECA, Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER), Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), Corporación Ganadera (CORFOGA), Instituto del Café de Costa Rica (ICAFE), Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), Dirección General de Hacienda, División de Incentivos Fiscales y el Departamento de Exenciones del Ministerio de Hacienda.

Reuniones de coordinación con la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación del Ministerio de Hacienda.

Actualización en el sistema TICA para el año 2017 de los documentos relacionados a la Salvaguardia Especial Agrícola del CAFTA posteriormente de la puesta en producción de los cambios en el arancel a 12 dígitos.

Es grato comunicar que la implementación de la VI Enmienda y el pase del arancel nacional a 12 dígitos se llevaron a cabo en tiempo y sin demoras, para que entrara en vigencia el 01 de enero de 2017. El cumplimiento de la meta anual programada es del 100%, lo que consiste en un gran logro para el Departamento de Técnica Aduanera, dado que la actualización realizada en el arancel para el 2016, constituye uno de los ajustes de mayor dimensiones en la operativa desde que se implementó el Sistema vigente ya que el impacto era a nivel de todos aquellos procesos donde fuera necesario validar para efectos de control la partida arancelaria.

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Cumplimiento del Plan Anual Operativo

Se ha venido dando cumplimiento a según lo programado en el Plan Anual Operativo para el Departamento Técnica Aduanera, así reportado en los oficio de remisión al Área de Planificación y Control de la Gestión con las respectivas matrices de avance por meta.

Durante el año 2015, del total de actividades que conforman el PAO del Departamento de Técnica Aduanera las actividades 9.1, 9.2, 9.3, 11.1 y 11.2, superan en más de un 100% la meta programada para el año. Las actividades 10.1, 11.3, 11.4, 11.5, 12.1, 14.1 y 14.2 se cumplen satisfactoriamente en un 100% de la programación. Y por último, las actividades 10.2, 10.3, 12.2 y 13.1 tienen un alcance deficiente pero su cumplimento no depende directamente del Departamento.

Durante el año 2016, del total de actividades que conforman el PAO del Departamento de Técnica Aduanera las actividades 10.1, 10.2, 10.3, 11.2, 14.1, 14.2 y 14.3, superan en más de un 100% la meta programada para el año. Las actividades 11.3, 11.4, 12.1, 12.4 y 13.1, se cumplen satisfactoriamente en un 100% de la programación. Y por último, las actividades 11.1 y 12.3, tienen un alcance deficiente pero su cumplimento no depende directamente del Departamento.

Sugerencias para la buena marcha de la institución o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, si el funcionario que rinde el Informe lo estima necesario.Se recomienda dar seguimiento especial a los siguientes temas:

1. Es prioritario para el año 2017 atender las consultas referentes al nuevo arancel informático.

2. La actualización en el sistema TICA de la desgravación para el año 2018 de los Tratados de Libre Comercio negociados por Costa Rica.

3. Una de las situaciones que enfrenta el Departamento Técnica Aduanera es la disminución de funcionarios debido a la movilización a otras áreas y por la pronta jubilación de cuatro compañeros a más tardar a inicios de 2018, dejando vulnerable la capacidad de atención de las gestiones.

4. Participación en las reuniones de la DAACI y VUCE para la revisión de las propuestas sobre Proyectos y Reglamentos que emitan los Ministerios e Instituciones involucradas en el comercio internacional en materia técnica aduanera.

5. Participación en las Rondas de Negociación de la Unión Aduanera Centroamericana, reuniones del Grupo Técnico Arancelario, Origen de las mercancías, Comité Iberoamericano de Nomenclatura (CIN) y VUENESA.

6. Participación en las reuniones y grupos de trabajo durante la negociación y coordinación de los Tratados de Libre Comercio en materia de Origen de las mercancías que se establezcan.

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7. Promover la participación en el Grupo Técnico Arancelario cuando las rondas de trabajo para la atención de temas técnicos se realizan en otros países de Centroamérica. Debido a lo anterior hay una deficiente posición del país y la información que se dispone es de fuentes secundarias ya que Costa Rica no ha tenido presencia de Aduanas en el Grupo Técnico Arancelario. Esta situación se demuestra en la reunión del Grupo Técnico Centroamericano que se llevó a cabo en Ciudad de Guatemala, del 15 al 19 de junio de 2015, a la que no se pudo asistir dado que se pidió en último momento que el funcionario debía sufragar los gastos por concepto de viáticos y luego la administración los reembolsaba, siendo que el funcionario no contaba con recursos para sufragar dicho gasto. Si se participó de la reunión previa de coordinación interna entre la DGA y COMEX, el día jueves 11 de junio del 2015 realizada en las instalaciones de COMEX para coordinar los detalles de la Sexta Enmienda y SAC a 10 dígitos. Es importante destacar la importancia que tiene para este departamento el asistir a la reunión presencial de la GRUTECA, dado que es competencia la implementación y cumplimiento de convenios internacionales, así como mantener actualizado el arancel y durante la actualización para la implementación de la sexta enmienda prevista para enero del 2017, no fue posible participar.

8. Seguimiento al proyecto de certificado electrónico con Colombia, así como los temas sobre reglamentaciones uniformes con México, China y Colombia.

9. Seguimiento y ejecución adecuada del PAO.

Estado actual de cumplimiento de las recomendaciones que durante su gestión le hubiera formulado la respectiva Auditoría Interna.

Mediante oficio DGA-PC-040-2017 del 03 de febrero de 2017, el Área de Planificación y Control de la Gestión como parte de la labor de seguimiento y control respecto del informe INF-DGAI-024-2009, solicita el estado de los pendientes asociados específicamente a la recomendación 4.2 de dicho informe y remiten el Anexo 1 sobre “Plan de Acción Recomendación 4.2”. Razón por la cual, mediante oficio DGA-DGT-DTA-052-2017 del 24 de febrero de 2017 este Departamento plantea a la Unidad de Sistemas Aduaneros de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación realizar los ajustes pendientes en el sistema informático TICA según lo solicitado. Al respecto, se está a la espera de que la Unidad de Sistemas Aduaneros realice los ajustes.

5.- AREA DE PLANIFICACION Y CONTROL DE LA GESTIÓN

Uno de los énfasis de mi gestión fue la medición de la misma, fui el promotor y colaborador de la los índices de la gestión aduanera. Fue como con la ayuda de BID-COMALEP fueron definidos éstos y se convirtieron en una política de gestión su construcción, uso y análisis. Los que con la ayuda de la DTIC se traducen, por solicitud de mi gestión en datos que sean de extracción automática del TICA y del DATAMAR. En el archivo adjunto la DTIC nos informa del avance de la automatización de esa extracción para, que la entrega de los indicadores sea simplificada.

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El Reglamento a la Ley General de Aduanas, Artículo 7, ter, indica la competencia del Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión (APECG), siendo la siguiente:

“Es competencia de esta Área diseñar, implementar y evaluar el Modelo de Planificación Estratégica y Operativa en el Servicio que garantice la sostenibilidad del Modelo de Gestión Aduanero, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Hacienda, en concordancia con la Ley General de Control Interno y demás normativa relacionada”.

En el ejercicio de su competencia le corresponde:  

a.   Diseñar y coordinar el Plan Estratégico del Servicio.  

b.  Elaborar el diagnóstico del Modelo de Gestión Aduanera para determinar las áreas críticas y factores de éxito.  

c.   Formular estrategias en concordancia con las políticas, metas y programas institucionales.  

d.  Proponer la organización de la Dirección General que permita llevar a cabo las estrategias en forma eficaz y eficiente.  

e.   Definir la misión y visión institucional de la Dirección General.  

f.   Estandarizar los formatos de los Planes Operativos Institucionales, al interior de la Dirección General.  

g.   Realizar los estudios de clima y cultura organizacional que garanticen el dinamismo de la institución y la motivación del talento humano del Servicio.  

h.  Proponer para la aprobación del Director General los lineamientos generales de la Planificación Estratégica del Servicio de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo y en coordinación con la Dirección de Planificación Institucional.  

i.   Coordinar las acciones necesarias para el efectivo cumplimiento del Sistema de Control Interno en el Servicio.  

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j.   Dar seguimiento al cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones de los informes de Auditoría Interna y de la Contraloría General de la República.  

k.  Alinear el Plan Estratégico del Servicio Nacional de Aduanas al Plan Estratégico Institucional, con el objeto de que éste coadyuve al logro de los objetivos institucionales, de acuerdo al presupuesto y metas establecidas, en virtud de las matrices Matriz de Desempeño Programático y la Matriz de Desempeño Programático Específico.  

l.   Diseñar e implementar un modelo de imagen corporativa, participativo y oportuno del quehacer de la gestión aduanera.  

m. Diseñar e implementar modelos de comunicación institucional que refuercen positivamente la percepción de la gestión.  

n.  Realizar estudios económicos, valorando sus efectos en la recaudación y gestión aduanera.  

o.  Coordinar la correcta implementación en el Servicio del Plan de Control Tributario.  

p.  Apoyar y coordinar con los niveles gerenciales la implementación del Plan Anual de Capacitación de acuerdo con la detección de necesidades realizada y con fundamento en el conocimiento del resultado de las evaluaciones.  

q.  Promover el Programa para el rediseño de procesos.  

r.   Evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en los planes funcionales operativos anuales y en los planes de acción o de apoyo.  

s.   Evaluar y proponer los cambios que considere oportunos para adaptar la estructura organizativa y ocupacional del Servicio.  

t.   Coordinar el diseño e implementar el Sistema de Indicadores de Gestión.  

u.  Planificar, diseñar e implantar el Sistema de Información Gerencial.  

v.  Generar un enfoque práctico de gerencia participativa, sustentado en el trabajo en equipo, administración por valores y liderazgo.  

w. Dar seguimiento y monitoreo a los informes de gestión que presentan las aduanas.  

x.   Promover el intercambio de experiencias en el ámbito nacional e internacional, de mejores prácticas en el campo de la Planificación Estratégica.  

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y.  Propiciar la creación del Consejo de Gerentes de Aduanas como instancia de retroalimentación y seguimiento a los informes de gestión mensual.  

z.  Generar un modelo evaluativo de la aplicación de la Ley General de Control Interno en la Dirección General.  

aa. Promover el Control y evaluación de la gestión aduanera de tal manera que se determine el logro y cumplimiento de los planes operativos y estratégicos.  

bb. Otras que le designe el Director General.  

Asignación de gestiones

Durante el periodo setiembre 2015 a febrero 2017, el Área de Planificación y Control de la Gestión ha tenido una participación activa en diferentes actividades, que son de gran relevancia para la gestión del Servicio Nacional de Aduanas.

El APECG distribuye entre los funcionarios las diversas tareas, sustantivas y complementarias, propias de su gestión. Se presenta el detalle de las tareas asignadas, el estado y el funcionario responsable, entre otras variables.

2.2. RESULTADOS DE LA GESTIÓN

1) Estado de la autoevaluación del Sistema de Control Interno del APECG

Los resultados del proceso de autoevaluación obtenidos por el APECG para el período 2014-2015, muestran una leve mejoría respecto al promedio general de la DGA como un todo. El APECG obtuvo un 77,49% y la DGA como promedio general de 76,44%.

A lo interno del APECG se han realizado diversas actividades con el fin de mejorar la calificación obtenida en la autoevaluación, entre estas actividades se puede mencionar las siguientes:

a) Reunión de trabajo con el equipo del SCI del APECG, Minuta-APECG-01-2016, 21/09/2016.

b) Divulgación del Manual de Procedimientos del APECG. Oficio DGA-PC-310-2016, 26/10/2016.

c) Elaboración de presentación para exponer a los funcionarios del APECG, los resultados obtenidos en la autoevaluación del periodo 2014-2015. En la actividad

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realizada se presenta la siguiente información, y el detalle de la calificación y otros aspectos por cada componente del SCI.

Fuente: DIPI, Ministerio de Hacienda

d) Entrega a la DIPI de la Matriz de Seguimiento de mejora de SCI del SNA. Oficio DGA-PC-091-2017, 23/02/2017.

Reclutamiento y selección de personal de la DGA

En cumplimiento a las disposiciones giradas por la Contraloría General de la República mediante “Informe de Auditoría de Carácter Especial sobre el Proceso de Reclutamiento y Selección de Personal de la Dirección General de Aduanas”,  DFOE-SAF-IF-02-2015, se realizaron las siguientes actividades:

1. Programa de Inducción al Servicio Nacional de Aduanas: Directriz -001-2016 “Obligatoriedad de los Programas de Inducción y Formación Inicial e Inducción Específica para los Funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas”: El Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión participó en la elaboración de la Directriz 001-2016 “Directriz de obligatoriedad de los programas de inducción y formación inicial e inducción específica, para los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas”, firmada por el señor Ministro de Hacienda el 25 de febrero de 2016. Adicionalmente y en cumplimiento a lo indicado en la Directriz mencionada, se elaboró en coordinación con funcionarios del CIFH, el Programa de Inducción al SNA, mismo que se implementó el pasado 27 de febrero, y se encuentra constituido por temas generales asociados al Ministerio de Hacienda, así como temas específicos relativos al quehacer aduanero.

2. Manual Descriptivo de Especialidades: El día 25 de febrero 2016 se remitió al señor Francisco Chang Vargas, Director del Área de Salarios e Incentivos de la Dirección General del Servicio Civil el informe DGPH-I-AO-18-2016, respecto a la propuesta del “Estudio de Modificación de la Especialidad Gestión Aduanera”, elaborado por el Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión en coordinación con el Departamento de Gestión de Potencial Humano. El objeto del estudio fue reducir la amplitud y variedad de atinencias asociadas a la especialidad Gestión Aduanera de manera tal que se reclute y seleccione personal con los conocimientos y competencias

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requeridas en el Servicio Nacional de Aduanas. El 16 de mayo de 2016, el señor Francisco Chang aprobó el Dictamen Técnico 004-2016 “Especialidad Gestión Aduanera”, aprobando los ajustes solicitados en informe DGPH-I-AO-18-2016, por lo que el Departamento de Gestión de Potencial Humano procedió a emitir resolución asignando a cada puesto del SNA la subespecialidad correspondiente. La Sra. Grace Madrigal Castro, Gerente de Área de Seguimiento de Disposiciones, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, comunicó la conclusión del proceso de seguimiento de la disposición asociada a la actividad mencionada, mediante oficio DFOE-SD-1623 del 22 de setiembre de 2016.

3. Sistema de Actividades de Control de Riesgos de Corrupción, Conflicto de Intereses e Idoneidad Técnica: Este Sistema fue elaborado por el Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión y formalizado mediante oficio DGA-PC-058-2016 del 04 de marzo de 2016, aplica para todo el Servicio Nacional de Aduanas y considera los procesos sustantivos pero de índole estratégico para la gestión aduanera; su objetivo es identificar y administrar los riesgos de corrupción, conflicto de intereses e idoneidad técnica del Servicio Nacional de Aduanas, con el objeto de llevarlos a un nivel aceptable mediante una sana gestión administrativa y técnica. Cabe destacar que con oficio DFOE-SD-2279 de fecha 22 de diciembre de 2016, la Sra. Grace Madrigal Castro, Gerente de Área de Seguimiento de Disposiciones, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, comunicó la conclusión del proceso de seguimiento de la disposición asociada a la actividad descrita.

2) Indicadores Nacionales de Aduanas

Se ingresó los datos en la Matriz de Evaluación de los Indicadores Nacionales de Aduanas, correspondiente al I Semestre del 2016 y se elaboró el correspondiente “Informe de Resultados de los Indicadores Nacionales para la Medición Periódica de la Gestión Aduanera”. Actualmente se tiene completada la Matriz correspondiente al II Semestre 2016.

3) Seguimiento a los Planes Anuales Operativos (PAOs)

Se tramitaron las aprobaciones correspondientes al Plan Anual Operativo (PAO) 2016 y 2017 de las Aduanas y Direcciones. En total, 14 documentos durante 2016 e igual número al inicio del 2017.

Respecto al seguimiento trimestral de PAOs e Informes de Gestión, se inició revisión de gestión del 2017 con la proyección de finalizar en el mes de marzo, y en proceso de cierre del 2016.

En cuanto al seguimiento de PAOs del 2016 y 2017, se elaboraron los “Manuales de PAOs y Políticas Institucionales” en los tiempos establecidos y se recibió dichos documentos, donde se generó la revisión y observaciones respectivas. En cuanto a la aprobación los PAOs 2016 se invirtió un tiempo prudencial para su aprobación, debido principalmente a la espera del desarrollo del Proyecto Timón.

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4) Evaluación al PE 2015-2018

La evaluación del Plan Estratégico del Servicio Nacional de Aduanas 2015-2018 inició el 20 de febrero del 2017, actualmente se está finalizando la recopilación de la información y se está elaborando el informe de evaluación, en el cual se estaría incorporando la medición de los indicadores estratégicos y el seguimiento a la matriz de programación para los años 2015 y 2016, con un análisis de perspectivas 2017-2018.

5) Información en página web del Ministerio de Hacienda

Se sube y actualiza información a la página web del Ministerio de Hacienda, relacionada con normativa, comunicados, registros, subastas, estadísticas, y otros. Durante el período Setiembre 2015 a Marzo 2017 se contabiliza un total de 587 registros.

Cuadro No. 2Información subida a página Web del Ministerio de HaciendaÁrea de Planificación Estratégica y Control de la Gestión

Año Cantidad2015* 1272016 3762017** 84TOTAL 587Fuente: Registros del APECG* Setiembre-Diciembre** Enero-Marzo

6) Información a medios de comunicación

También es parte de la labor del APECG la creación de artículos para medios de comunicación, así como el seguimiento a estos medios, en cuanto a información atinente al Servicio Nacional de Aduanas. Los artículos de mayor interés público se publican en la página web del Ministerio de Hacienda, en el link: http://www.hacienda.go.cr/contenido/13602-estudios-sobre-los-auxiliares-de-la-funcion-publica-y-el-control-aduanero, donde se encuentran los siguientes artículos:

Incumplimientos de los Auxiliares de la Función Pública a la Ley General de Aduanas (2015)

El Control Aduanero como Herramienta Efectiva contra la Evasión Fiscal (2016)

Contribución del Servicio Nacional de Aduanas a la Facilitación del Comercio (setiembre 2016)

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7) Comunicación e información a usuarios internos y externos

Edición, impresión y divulgación de material impreso para usuarios internos y externos.

Actualizaciones de información en la página web del Ministerio de Hacienda, en forma continua, con el fin de que tanto usuarios internos como externos tengan acceso a información importante y reciente.

8) Activos y Pasivos Contingentes

Los Activos contingentes son los casos tanto Ordinarios como sancionatorios que llevan los Departamentos Normativos de las Aduanas, y que requieren de plazos y trámites legales para su cobro. Además, se toman en cuenta los Pasivos, que son montos a devolver a importadores por diversas causas, como incorrecta clasificación arancelaria, DUAS no tramitados y exoneraciones.

9) Sistema de Actividades de Control de Riesgos de Corrupción, Conflicto de Intereses e Idoneidad Técnica (SACRCCI)

En el Ministerio de Hacienda se cuenta con la siguiente información relacionada con la ética y los valores:

Normativa y demás disposiciones aplicables por parte del funcionario del Servicio Nacional de Aduanas en el marco de la ética 2014

Manual de Principios Éticos y Valores Compartidos 2015

Código de Ética y Conducta de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas 2016

En alineamiento a lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto por la Contraloría General de la República, en el informe DFOE-SAF-IF-02-2015, el APECG elaboró el documento denominado “Sistema de Actividades de Control de Riesgos de Corrupción, Conflicto de Intereses e Idoneidad Técnica (SACRCCI)” 2016, con el fin de que sea considerado tanto en el proceso de reclutamiento y selección del personal, como en los procesos sustantivos de la gestión aduanera.

10) Mapeo SNA: Componentes claves de la Gestión Aduanera 2016-2017

Producto de diversas sesiones de trabajo con las distintas Direcciones y Jefaturas que integran la Dirección General de Aduanas, además de otras actividades de análisis y organización de la información, se diseñó el Mapeo del Servicio Nacional de Aduanas,

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conteniendo los proyectos medulares del SNA, algunos en desarrollo y otros por desarrollar.

Con el fin de lograr este objetivo, la Dirección General de Aduanas, con la participación activa de las jefaturas y jefes de área, ha realizado el Mapeo un Servicio Nacional de Aduanas.

Un mapeo es el proceso de “localizar y representar gráficamente la distribución relativa de las partes de un todo”, y a partir de este concepto se exponen los elementos que integran el plan global de trabajo del Servicio Nacional de Aduanas.

Para efectos del diagrama se establece como punto central, el Servicio Nacional de Aduanas, y a partir de éste se desarrollan los demás componentes, sin embargo, el SNA es el conjunto de los componentes.

El Mapeo SNA como un todo, apunta al Triángulo de mejora, donde el objetivo final es que se tenga un impacto positivo en el triángulo de mejora, provocando un movimiento de abajo hacia arriba, en el sentido de que los operadores (importadores y auxiliares) se trasladen progresivamente a estratos superiores del triángulo.

11) Contraloría General de la República

En cumplimiento a las disposiciones giradas por la Contraloría General de la República mediante “Informe de Auditoría de Carácter Especial sobre el Proceso de Reclutamiento y Selección de Personal de la Dirección General de Aduanas”,  DFOE-SAF-IF-02-2015, se realizaron las siguientes actividades:

1. Programa de Inducción al Servicio Nacional de Aduanas: Directriz -001-2016 “Obligatoriedad de los Programas de Inducción y Formación Inicial e Inducción Específica para los Funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas”: El Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión participó en la elaboración de la Directriz 001-2016 “Directriz de obligatoriedad de los programas de inducción y formación inicial e inducción específica, para los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas”, firmada por el señor Ministro de Hacienda el 25 de febrero de 2016. Adicionalmente y en cumplimiento a lo indicado en la Directriz mencionada, se elaboró en coordinación con funcionarios del CIFH, el Programa de Inducción al SNA, mismo que se implementó el pasado 27 de febrero, y se encuentra constituido por temas generales asociados al Ministerio de Hacienda, así como temas específicos relativos al quehacer aduanero.

2. Manual Descriptivo de Especialidades: El día 25 de febrero 2016 se remitió al señor Francisco Chang Vargas, Director del Área de Salarios e Incentivos de la Dirección General del Servicio Civil el informe DGPH-I-AO-18-2016, respecto a la propuesta del “Estudio de Modificación de la Especialidad Gestión Aduanera”, elaborado por el Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión en coordinación con el Departamento de Gestión de Potencial Humano. El objeto del estudio fue reducir la amplitud y variedad de atinencias asociadas a la especialidad Gestión Aduanera de

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manera tal que se reclute y seleccione personal con los conocimientos y competencias requeridas en el Servicio Nacional de Aduanas. El 16 de mayo de 2016, el señor Francisco Chang aprobó el Dictamen Técnico 004-2016 “Especialidad Gestión Aduanera”, aprobando los ajustes solicitados en informe DGPH-I-AO-18-2016, por lo que el Departamento de Gestión de Potencial Humano procedió a emitir resolución asignando a cada puesto del SNA la subespecialidad correspondiente. La Sra. Grace Madrigal Castro, Gerente de Área de Seguimiento de Disposiciones, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, comunicó la conclusión del proceso de seguimiento de la disposición asociada a la actividad mencionada, mediante oficio DFOE-SD-1623 del 22 de setiembre de 2016.

3. Sistema de Actividades de Control de Riesgos de Corrupción, Conflicto de Intereses e Idoneidad Técnica: Este Sistema fue elaborado por el Área de Planificación Estratégica y Control de la Gestión y formalizado mediante oficio DGA-PC-058-2016 del 04 de marzo de 2016, aplica para todo el Servicio Nacional de Aduanas y considera los procesos sustantivos pero de índole estratégico para la gestión aduanera; su objetivo es identificar y administrar los riesgos de corrupción, conflicto de intereses e idoneidad técnica del Servicio Nacional de Aduanas, con el objeto de llevarlos a un nivel aceptable mediante una sana gestión administrativa y técnica. Cabe destacar que con oficio DFOE-SD-2279 de fecha 22 de diciembre de 2016, la Sra. Grace Madrigal Castro, Gerente de Área de Seguimiento de Disposiciones, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, comunicó la conclusión del proceso de seguimiento de la disposición asociada a la actividad descrita.

12) Auditoria Interna

Seguimiento informes emitidos por Dirección General de Auditoría Interna: A la fecha se encuentran en proceso los informes que a continuación se detallan:

No Informe Tema

Última actualización

Recomendaciones cumplidas

Recomendaciones en proceso

DGAI-INF-024-2009

Sobre algunos controles que tiene establecidos la Dirección General de Aduanas para el cobro efectivo de la obligación aduanera.

DGA-PC-106 (06-03-17)

1 1

DGAI-INF-027-2009

Servicio preventivo sobre instalaciones físicas del Laboratorio Aduanero

DGA-PC-96 (28-02-17) 24 8

DGAI-INF-030-2009

Servicio preventivo sobre instalaciones físicas del Puesto Aduanal de Golfito

DGA-PC-74 (17-02-17) 0 1

DGAI-INF-01-2011

Informe sobre la evaluación del proceso de asignación y reasignación de las declaraciones

Análisis de cumplimiento al 18-03-

3 0

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No Informe Tema

Última actualización

Recomendaciones cumplidas

Recomendaciones en proceso

únicas aduaneras 16DGAI-INF-012-2011

Informe sobre la evaluación del proceso de subastas de la Dirección General de Aduanas

DGA-PC-72 (17-02-17) 5 1

DGAI-INF-025-2011

Informe sobre la evaluación de algunos aspectos de control en la gestión de la Aduana de Limón

Análisis de cumplimiento al 18-11-16

3 4

DGAI-INF-02-2012

Informe sobre la evaluación del proceso de depósitos en el Sistema Tica y la Aduana Santamaría

Análisis de cumplimiento al 20-09-16

5 5

DGAI-INF-04-2012

Informe sobre la evaluación de la gestión de la Dirección Normativa de la Dirección General de Aduanas

DGA-PC-106 (24-02-17)

1 3

DGAI-INF-05-2012

Evaluación del proceso de rendición de garantías por los auxiliares de la función pública

Análisis de cumplimiento al 18-11-16

3 2

DGAI-INF-06-2012

Servicio preventivo sobre instalaciones físicas de la Dirección de Gestión Técnica.

Análisis de cumplimiento al 18-11-16

0 1

DGAI-INF-013-2012

Funcionamiento de la Dirección de Gestión Técnica de la DGA

DGA-PC-109 (07-03-17)

4 3

DGAI-INF-04-2013

Evaluación del control de vehículos en abandono en los depositarios aduaneros adscritos a la Aduana Santamaría

Análisis de cumplimiento al 21-11-16

1 4

DGAI-INF-035-2013

Informe sobre los recursos de reconsideración y apelación presentados ante el Servicio Nacional de Aduanas y remitidos al Tribunal Aduanero Nacional.

Análisis de cumplimiento al 21-11-16

2 2

DGAI-INF-036-2013

Sobre la gestión del Área de Relaciones y Asuntos Externos de la Dirección General de Aduanas.

DGA-PC-88-2017 (28-02-17)

3 1

DGAI-INF-037-2013

Servicio preventivo sobre el proceso de tránsito internacional de mercancía en el Sistema Tica

Análisis de cumplimiento al 19-12-16

0 3

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No Informe Tema

Última actualización

Recomendaciones cumplidas

Recomendaciones en proceso

DGAI-INF-016-2014

Informe sobre evaluación de gestión en la Aduana la Anexión

DGA-PC-94-2017 (27-02-17)

2 6

DGAI-INF-029-2014

Evaluación de la gestión de la seguridad del Sistema Tica.

DGA-PC-99-2017 (01-03-17)

0 7

DGAI-INF-012-2015

Informe de evaluación del proceso de tránsito aduanero de mercancías

Análisis de cumplimiento al 04-11-16

0 7

DGAI-INF-016-2015

Informe sobre la revisión del Departamento Normativo de las aduanas

Análisis de cumplimiento al 23-11-16

0 6

DGAI-INF-027-2015

Evaluación del proceso de anulación de declaraciones únicas aduaneras

Análisis de cumplimiento al 20-10-16

0 4

DGAI-INF-006-2016

Informe evaluación del proceso registro y control de garantías por adeudos fiscales en las aduanas

DGA-PC-93 (27-02-17) 0 7

DGAI-INF-010-2016

Informe evaluación de la gestión del departamento de denuncias y operativos especiales de la Dirección de Fiscalización de la Dirección General de Aduanas

DGA-PC-98 (01-03-17) 0 6

DGAI-INF-017-2016

Informe de control interno sobre la evaluación del proceso de depósitos de la Aduana de Limón

Análisis de cumplimiento al 29-11-16

0 6

DGAI-INF-022-2016

Informe de control interno sobre la evaluación de los procesos administrativos en la en la Aduana de Caldera

Fecha de cumplimiento a partir de marzo 2017

0 5

DGAI-INF-025-2016

Informe sobre la evaluación de la gestión del Departamento de Fiscalización Externa de la DGA

Plan de acción en proceso

0 6

DGAI-INF-027-2016

Informe evaluación de la gestión de la Aduana Paso Canoas

DGA-PC-73 (17-02-17) 0 10

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No Informe Tema

Última actualización

Recomendaciones cumplidas

Recomendaciones en proceso

DGAI-INF-028-2016

Informe sobre la evaluación de la gestión del Área de Planificación y Control de la Gestión de la DGA.

DGA-PC-55 (14-02-17) 0 7

DGAI-INF-045-2016

Informe sobre la evaluación de los procesos administrativos en la Aduana Limón

Plan de acción DGA-PC-104-2017

0 5

Cabe destacar que durante febrero 2017 al 08 de marzo de 2017 se presentaron avances para 14 informes, destacando que, tal y como se señaló a la Dirección General de Auditoría Interna mediante oficio DGA-PC-99-2017, en el último análisis de cumplimiento realizado por dicha Dirección al cierre del año 2016, no se tomó en consideración la última información de avance incluida en intranet por DGA para 4 informes, razón por la cual en febrero 2017 no se solicitó información adicional a los responsables de dichos informes, hasta tanto conocer cuál es el estado de situación de los mismos. Adicionalmente es importante considerar que se identificaron 2 informes que a febrero de 2017 no tienen actividades pendientes, mientras que un total de 8 informes se encuentran aún en proceso de actualización de información.

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6.- Dirección Normativa

Propuesta de reformas a la Ley General de Aduanas y a reglamentos vinculados con la normativa aduanera en proyecto o ya reformados.

Durante la gestión de mi función como Director se trabajó con el equipo de

colaboradores analistas jurídicos en propuesta de reforma a la Ley General de

Aduanas y en decretos que fueron reformados y otros están en proceso de ser

reformados. En archivo abajo adjunto se anexan los documentos trabajados.

De seguido se exponen ese trabajo:

PROPUESTAS DE REFORMAS PUNTUALES A LA LEY GENERAL DE ADUANAS FECHA 3 DE MARZO DEL 2017

Artículo propuesto Fundamentación

Artículo 5 ter :Créase un tributo único por el uso de servicios aduaneros del Sistema Informático que se encuentra a disposición del Servicio Nacional de Aduanas mismo que corresponde al pago de cinco dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$5,00), por cada declaración aduanera en cualquiera de los regímenes aduaneros y sus modalidades, por parte de las personas físicas o jurídicas declarantes.El hecho generador del tributo creado en esta Ley ocurre en el momento de la aceptación de la declaración aduanera en cualquiera de los regímenes aduaneros y

Esta reforma surge a partir de la necesidad de contar ingresos que nos permita fortalecer las actividades de control aduanero.La actividad administrativa debe estar enfocada en la búsqueda de las formas apropiadas que logren las metas u objetivos en el caso de la función aduanera corresponde a la sana y justa recaudación de tributos, se considera que al afianzar el control aduanero este fortalecimiento va estar reflejado en una adecuada administración de los recursos públicos y el correcto funcionamiento administrativo de los departamentos involucrados, con el objeto de buscar la

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Artículo propuesto Fundamentaciónsus modalidades.El control y la fiscalización del tributo corresponderán a la Dirección General de Aduanas. El Ministerio de Hacienda deberá establecer y mantener por separado un registro contable del tributo percibido y reintegrado por el Estado por concepto de la utilización, según las disposiciones de esta Ley y sus Reglamentos.Estos recursos serán utilizados por el Servicio Nacional de Aduanas para financiar gastos de gestión y fiscalización con el objeto de fortalecer el control aduanero en todas sus formas de aplicación.

efectividad, eficiencia y economía en la gestión institucional; asimismo de forma directa va a permitir una incremento en la recaudación en un campo tan vital para el desarrollo nacional.

Artículo 24.- Atribuciones aduanerasLa autoridad aduanera, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden como administración tributaria previstas en la legislación tributaria, tendrá las siguientes atribuciones:

(…)m) Otorgar y suspender, cuando le corresponda, las autorizaciones de los auxiliares de la función pública aduanera y otros operadores que participan en la operativa aduanera.

Se amplían las atribuciones aduaneras para cubrir a las empresas que no son auxiliares de la función pública, pero que su participación es obligatoria para ejercer control sobre las mercancías bajo control aduanero, tal es el caso de las empresas autorizadas por la Dirección General de Aduanas para colocar precintos electrónicos.

Artículo 24 bis.- RegularizaciónCuando el órgano fiscalizador de la Dirección General de Aduanas, en el ejercicio de sus atribuciones aduaneras, establezca que no se cancelaron los tributos debidos, deberá proponer al sujeto pasivo la regularización de su situación, de conformidad con los procedimientos definidos por el reglamento de esta ley y el Servicio Aduanero.Los casos excepcionales para los cuales no será obligatoria la propuesta de regularización se establecerán mediante el reglamento de esta ley.

Es importante indicar que esta propuesta va de la mano con el decreto de “Procedimiento de Regularización Tributaria Aduanera” que está actualmente en Mejora Regulatoria, y que ha sido una iniciativa de esta administración con el afán de otorgar mayores la posibilidades a los administrados regularizar su situación ante el estado y de esta forma incrementar la recaudación efectiva, motivación que va de la mano con la externada por la Direccion de Fiscalización al indicar la posibilidad de incluir el fraccionamiento y arreglo de pago dentro

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Artículo propuesto FundamentaciónLa conformidad total o parcial del sujeto pasivo, con la propuesta de regularización, constituye una manifestación voluntaria de aceptación de los adeudos tributarios y sus intereses, determinados por el órgano fiscalizador.En caso de que el sujeto pasivo manifieste su conformidad con la propuesta, él mismo deberá realizar el pago por la totalidad del monto adeudado, por los medios acordados en la audiencia de regularización y en el plazo de cinco días hábiles posteriores a la realización de dicha audiencia. Caso contrario, por tratarse de una obligación líquida y exigible, la autoridad aduanera procederá a la ejecución del cobro correspondiente, sin necesidad de ulterior procedimiento.En el supuesto de que el sujeto pasivo no acepte regularizar su situación, la autoridad aduanera seguirá el procedimiento administrativo ordinario establecido en esta ley.

El Órgano Fiscalizador a solicitud del sujeto pasivo podrá otorgar alguna de las Facilidades de Pago en los casos y forma que determine el reglamento, la Autoridad aduanera podrá aplazar o fraccionar el pago de las obligaciones tributarias aduaneras pendientes de pago, incluso por impuestos trasladables que no hayan sido cobrados al consumidor final, y siempre que la situación económico-financiera del deudor, debidamente comprobada ante aquella, le impida, de manera transitoria hacer frente al pago en tiempo.

(Así adicionado por el artículo 5° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012, "Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria")

de la regularización, podría incidir de forma positiva en los niveles de aceptación de los adeudos tributarios, es reiterado el interés que muestran los sujetos pasivos de acogerse a dichas figuras, pues resulta poco práctico que independientemente del monto sujeto a cobro este debe cancelarse en un plazo de cinco días hábiles.

.

Artículo 29.- Requisitos generales Se incorpora con mayor precisión la

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Artículo propuesto FundamentaciónPara poder operar como auxiliares, las personas deberán tener capacidad legal para actuar; estar anotadas en el registro de auxiliares que establezca la autoridad aduanera; estar inscrito ante la Dirección General de Tributación como contribuyente y de acuerdo con la actividad económica que realiza, estar inscritos ante la Caja Costarricense del Seguro Social como patronos, mantenerse al día en el pago de sus obligaciones tributarias, y con la seguridad social en cuanto a sus cuotas obrero patronales sus intereses, las multas y los recargos de cualquier naturaleza, mantenerse al día en el pago de sus obligaciones financieras con el colegio profesional respectivo; cumplir los requisitos estipulados en esta ley, sus reglamentos y los que disponga la resolución administrativa que las autorice como auxiliares. Deberá aportar la dirección de sus oficinas principales, dirección o domicilio fiscal para notificaciones y dirección de las instalaciones en donde realizara sus operaciones aduaneras y productivas.

Adicionalmente se requiere presentar Certificación Registro de Delincuentes en el que conste no tener antecedentes en los últimos tres años.

El auxiliar que, luego de haber sido autorizados deje de cumplir algún requisito general o específico, no podrá operar como tal hasta que demuestre haber subsanado el incumplimiento.

obligación de estar inscritos y al día con la dirección General de Tributación y con la Caja Costarricense del Seguro Social.

Dentro de las obligaciones particulares de un profesional, se encuentra el estar al día con sus obligaciones profesionales con su colegio profesional respectivo. Por ejemplo, si un abogado o notario ha sido inhabilitado por el colegio no puede ejercer, por lo que no tendría capacidad legal para actuar. Esta aclaración permitirá que se puedan pedir constancias al profesional de que su colegio profesional avala su actuación y no está deshabilitado por alguna razón procedente

Se incorpora la obligación de aportar la dirección de sus oficinas principales, dirección o domicilio fiscal para notificaciones y dirección de las instalaciones en donde realizará sus operaciones aduaneras y productivas.

La Direccion de Gestión Técnica propone adicional como párrafo penúltimo:

Adicionalmente se requiere no tener antecedentes en los últimos tres años de irregularidades con la autoridad aduanera, para tales efectos se harán las consultas del caso.

Según DGT esta recomendación incorpora el tema de los antecedentes pensando en el caso de un importador que tiene antecedentes de riesgo y luego solicita autorizarse como un auxiliar ya sea de despacho domiciliario comercial. Sobre este particular se considera por la DN que no es un tema de reforma de Ley es un tema de criterio de gestión de riesgo, ya que no se le puede negar a habilitarse como auxiliar de la función pública a menos de que los procedimientos administrativos se encuentren en firme.

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Artículo propuesto Fundamentación

Lo que si se debe incorporar como requisito la que certificación de la hoja de Delincuentes se encuentre sin antecedentes, esto en concordancia con el artículo 78 inc. H) del Reglamento a la LGA

Artículo 29 ter. Prohibición para ejercer función pública sin requisitos. Está prohibido fingir o ejercer actividades de auxiliares de la función pública, a las personas físicas o jurídicas que no hayan cumplido con los requisitos establecidos en esta Ley

La reforma se presenta para responder a la actividad de los llamados “paqueteros o encomenderos” ya que se ha demostrado que dichas personas realizan actividades de empresas de entrega rápida sin estar debidamente autorizados o inscritos como tales ante la Dirección General de Aduanas, ni tampoco cumpliendo con la obligación de rendir la garantía ante el Servicio General de Aduanas de conformidad con lo establecido en la legislación aduanera vigente.Ante esta situación se genera inseguridad a los usuarios e incluso se exponen a otro tipo de delitos tanto aduaneros como comunes (estafas, engaños o ardides).

Para ello la Autoridad Aduanera necesita de un instrumento legal que le permita ejercer un mejor control con el propósito de establecer las responsabilidades administrativas, civiles y penales, correspondientes.No obstante lo anterior, actualmente no existe ningún tipo de sanción administrativa ni penal para este tipo de conductas.

Articulo 29 Quater: Causales de cancelación de autorización de Auxiliar de la función pública :

La Direccion General de Aduanas podrá cancelar la autorización conferida al Auxiliar de la Función Pública, independientemente de las sanciones que procedan por las infracciones cometidas por las siguientes causales:a) Por imposibilidad declarada por

Esta propuesta de artículo viene a uniformar las normas nacionales con la regional.

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Artículo propuesto Fundamentaciónautoridad judicial o administrativa competente para el cumplimiento de las obligaciones del Auxiliar de la Función Pública.b) Por ser condenado en sentencia definitiva por haber participado en la comisión de: delitos aduaneros, o por delitos que at ente contra los derechos de propiedad intelectual e industrial o, cualquier otro delito que lo inhabilite como Auxiliar de la Función Pública.c) Por reincidencia en el incumplimiento de las obligaciones contraídas como Auxiliar de la Función Pública, por haber sido sancionado con suspensión mediante resolución en firme en dos o más ocasiones conforme a los artículos 237, 238, 239, 240, 241 de esta Ley, en un periodo de tres años; contados a partir de la fecha de comisión de la acción sancionable.d) Por consignar en la declaración aduanera el nombre, domicilio fiscal o el número de identificación de alguna persona que no sea el consignatario de las mercancías, o cuando estos datos resulten falsos o inexistentes, con el fin de obtener lucro o beneficio personal o para terceros.

ARTICULO 30.- ObligacionesSon obligaciones básicas de los auxiliares:(…)b) Conservar, durante un plazo de cinco años, los documentos y la información fijados reglamentariamente para los regímenes en que intervengan, salvo que exista regulación especial en contrario que exija un plazo mayor. Los documentos y la información deberán conservarse aún después de ese plazo, hasta la finalización del proceso judicial o administrativo cuando exista algún asunto pendiente de resolución. Para determinar el destino final de la documentación, el auxiliar deberá solicitar al Archivo Nacional el respectivo

Para la administración el tema de qué hacer con la documentación asociada a la DUA o las mismas declaraciones aduaneras originales (DAIM) que no hayan entregado. Con esto el auxiliar podría solicitar directamente un estudio, criterio y autorización al Archivo Nacional, sin presionar a la autoridad aduanera (DGA, Aduanas) con que va a venir a dejar 4 contenedores llenos de documentos frente a las oficinas, como hace un tiempo lo hizo DHL. Y la autoridad aduanera se evita tener que decidir sobre un tema que no es realmente de su competencia, y el auxiliar podría tener una respuesta más ágil y

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Artículo propuesto Fundamentacióncriterio y autorización.

o) Acatar las medidas cautelares dispuestas por las autoridades aduaneras.

p) o) Evitar que, al amparo de su autorización, terceros sean personas físicas o jurídicas o auxiliares de la función pública que estén suspendidos de su ejercicio actúen directa o indirectamente realizando actividades aduaneras.

apegada al derecho. En definitiva una solución ganar-ganar para el SNA y Auxiliares.

Esta reforma numero o) encuentra su motivación en la necesidad de establecer la obligación de que los auxiliares de la función pública aduanera acaten las medidas cautelares que disponga la autoridad aduanera, asimismo contar con la posibilidad legal de sancionar los incumplimientos que se den. La experiencia en esta materia, permite afirmar que existe un alto grado de incumplimiento de las disposiciones de este tipo, por lo que es necesario establecer una específica para esa situación, esta reforma va de la mano con la reforma del artículo 239 de la LGA.

El inciso p) está fundamentado en que en la actualidad es una práctica común que personas físicas y jurídicas que no poseen la condición de auxiliares de la función pública aduanera realicen actividades aduaneras, con las consecuencias que ello genera para usuarios, auxiliares debidamente inscritos y autoridades aduaneras. La prestación de esos servicios se da en ocasiones al amparo del consentimiento de auxiliares, por lo que es necesario contar con sanciones para el tercero y para el auxiliar que lo permite, autoriza o facilita.

AGENTE ADUANEROArtículo 33.-Concepto. El agente aduanero es el profesional auxiliar de la función pública aduanera autorizado por el Ministerio de Hacienda por la Direccion General de Aduanas para actuar, en su carácter de persona natural, con las condiciones y los requisitos establecidos en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y en esta Ley, en la

Esta reforma tiene su sustento en el objeto de estandarizar la figura competente para otorgar las autorizaciones de los Auxiliares de la Función Pública, actualmente la Ley General de Aduanas hace la distinción entre los Agentes aduaneros que son autorizados mediante decreto ejecutivo firmado por el Ministro de Hacienda y los demás auxiliares que son autorizados mediante resolución emitida por el Director

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Artículo propuesto Fundamentaciónpresentación habitual de servicios a terceros, en los trámites, los regímenes y las operaciones aduaneras.El agente aduanero rendirá la declaración aduanera bajo fe de juramento y, en consecuencia, los datos consignados en las declaraciones aduaneras que formule de acuerdo con esta Ley, incluidos los relacionados con el cálculo aritmético de los gravámenes que guarden conformidad con los antecedentes que legalmente le sirven de base, podrán tenerse como ciertos por parte de la aduana, sin perjuicio de las verificaciones y los controles que deberá practicar la autoridad aduanera dentro de sus potestades de control y fiscalización.El agente aduanero será el representante legal de su mandante para las actuaciones y notificaciones del despacho aduanero de los actos y procedimiento administrativos que se deriven de él. En ese carácter, será el responsable civil ante su mandante por las lesiones patrimoniales que surjan como consecuencia del cumplimiento de su mandato.

General de Aduanas.

Esta reforma tiene su motivación en que muchas ocasiones se dificulta la notificación que debe hacerse al importador, por lo que resulta importante efectuar la mimas por medio del agente aduanero, como se ha realizado hasta la fecha, sin embargo existe una sentencia reciente del TCA donde declara la nulidad del procedimiento llevado a cabo por esa situación , por lo que se considera necesario establecer esa posibilidad aclarando el texto de este articulo

Artículo 34.-Requisitos. Además de los requisitos establecidos en el artículo 29 de esta Ley, para ser autorizadas como agentes aduaneros, las personas físicas requerirán haber obtenido al menos el grado universitario de licenciatura en Administración Aduanera y contar con experiencia mínima de dos años en materia aduanera; y estar incorporado al Colegio Profesional y mantenerse al día en sus cuotas. Igualmente, podrán ser autorizadas personas con el grado de licenciatura en Comercio Internacional, Derecho o Administración Pública, previa aprobación de un examen de competencia en el área aduanera, que el Ministerio de Hacienda deberá aplicar anualmente en

Se incorpora la obligación de estar colegiados con el Colegio respectivo.

Se actualiza términos y nombre de las Entidades.

Se introducen los seguros de caución, como instrumentos o títulos financieros aceptados como caución de las operaciones aduaneras.

Se sugiere estandarizar el monto de la caución a 10 mil pesos centroamericanos por cada aduana que se desee trabajar, para esto se elimina el inciso b) y unificarlo en el a).

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Artículo propuesto Fundamentacióncoordinación con la Dirección General de Aduanas. (Así reformado el párrafo anterior por artículo 1° de la ley N° 8373 de 18 de agosto de 2003)

Ninguna persona física será autorizada, reconocida ni podrá ejercer la correduría aduanera ante el Servicio Nacional de Aduanas, si no ha caucionado su responsabilidad con el fisco. La Dirección General de Aduanas fijará el monto global de la caución, de acuerdo con la siguiente base de cálculo:

a) Por cada una de las aduanas en las que se preste servicio o se vaya a prestar el mayor servicio, diez mil pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional.

b) Por las demás aduanas ante las cuales actúe o vaya a actuar, no menos de cinco mil ni más de ocho mil pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional. En este caso, la fijación deberá contar con la aprobación o el refrendo del Ministerio de Hacienda.

c) (Derogado por el inciso b) del artículo 4° de la ley N° 8373 de 18 de agosto de 2003)

El monto de la caución o el seguro será actualizado anualmente o bien por un periodo mayor. Las cauciones deberán rendirse mediante los siguientes instrumentos: cheque certificado, garantía de cumplimiento otorgada por cualquiera de las entidades financieras registradas y controladas por la Superintendencia Auditoría General de Entidades Financieras, fondos de fideicomiso autorizados por la Comisión Nacional de Valores, bono de garantía otorgado por el Instituto Nacional de Seguros, seguros

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Artículo propuesto Fundamentaciónde caución otorgado por entidades aseguradoras controlados por la Superintendencia de Seguros u otros medios que fije el reglamento de esta ley, siempre que aseguren el pago inmediato del monto garantizado.

Artículo 37.-Intervención.La intervención de los agentes aduaneros será necesaria en todos los regímenes aduaneros y será optativa en los siguientes regímenes o modalidades aduaneras: zonas francas, exportación, depósito fiscal, provisiones de a bordo y perfeccionamiento pasivo, así como en las siguientes modalidades: equipaje, importaciones hasta mil pesos centroamericanos, envíos de socorro, muestras sin valor comercial, envíos urgentes o "courier", envíos postales, tiendas libres, importaciones no comerciales, envíos de carácter familiar, despacho domiciliario industrial y comercial, e importaciones efectuadas por el Estado y sus instituciones y, en general, en los despachos de mercancías sujetas a regímenes o procedimientos sin intervención del agente aduanero que esta Ley autoriza.

Es de conocimiento de las autoridades las diversas formas de contrabando que se realiza en las fronteras. Los decomisos constantes que realizan las autoridades de policía, especialmente tratándose de mercancía como licos, zapatos, electrodomésticos entre otros; en la mayoría de las ocasiones se presume que existe la intención de no querer cancelas los impuestos de ley. No obstante la falta de divulgación de las obligaciones y las consecuencias legales de no realizar la declaración, el costo del servicio de agencia aduanal y la falta de mayores facilidades de las aduana para cobrar impuestos y del Estado en general para autorizar los permisos de importación, bien puede ser otras de las razones que explican el actuar de estos ciudadanos.Realizando esta reforma se presentaría a despacho de manera voluntaria. Y así constituye un incentivo para aquellos que actúen de buena fe.

Nota: es importante tener presente de que al aceptar este cambio se debe valorar modificar el art. 136 de LGA.

ARTICULO 47.- RequisitosAdemás de los requisitos establecidos en el artículo 29 de esta ley, para operar como depositario aduanero se exigirán los siguientes:

a) Contar con instalaciones adecuadas para realizar operaciones de recepción, depósito, inspección y despacho de

Se considera necesaria a nivel de ley, tanto en el apartado de requisitos como el de obligaciones, la necesidad de que los depositarios tengan en sus instalaciones cámaras de vigilancia en todas las áreas, y que suministren la información contenida en las mismas a las autoridades

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Artículo propuesto Fundamentaciónmercancías, con un área mínima de diez mil metros cuadrados destinada a la actividad de depósito aduanero de mercancías, provistas de cámaras de vigilancia instaladas en cada una de esas áreas, según condiciones o requerimientos técnicos que será especificados en el Reglamento a esta Ley, la cual incluya una sección mínima de construcción de tres mil metros cuadrados. Cuando se cumplan las medidas de control y las condiciones que establezca el Reglamento de esta Ley, la Dirección General de Aduanas podrá autorizar la prestación, en esas instalaciones, de servicios complementarios al despacho y el depósito de mercancías, siempre que el prestador cuente con las autorizaciones o concesiones necesarias. En los mismos términos, los depositarios aduaneros que posean a la vez la concesión de almacén general de depósito, podrán prestar ambos servicios, con la condición de mantener bodegas separadas para cada actividad, según el régimen bajo el cual se encuentren almacenadas las mercancías. (…)

aduaneras, cuando así le sea requerido. Adicionalmente debería desarrollarse más detalladamente este tema en la resolución de estiba. 47.C

ARTICULO 48.- Obligaciones específicas

Además de las obligaciones establecidas en el Capítulo I de este Título, son deberes específicos del depositario aduanero:

a) Mantener y enviar, a la autoridad aduanera competente, registros de mercancías admitidas, depositadas, retiradas, abandonadas u objeto de otros movimientos, según los formatos y las condiciones que establezca la Dirección General de Aduanas, cuando dicha información no se encuentre disponible en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduanas.

La reforma del inciso a) se realiza ya que existen muchos reportes que no se necesita pedir mensualmente a los Auxiliares o no se requieren del todo porque el TICA ya genera esos reportes al SNA. La propuesta es modificar la redacción, pero también se podría eliminar del todo el inciso a). De hecho hay otros artículos que se podrían revisar, incluso sanciones que actualmente no deberían aplicarse.

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Artículo propuesto Fundamentación(…)

g) Cumplir las disposiciones técnico-administrativas referentes a seguridad, ubicación, estiba, depósito e identificación de las mercancías bajo su custodia.

m) Realizar semestralmente una conciliación de inventarios mediante auditoria externa contratada para los efectos, la cual no debe estar vinculada con el Auxiliar de la Función Pública(…)

Esta reforma del inciso g) va de la mano con la propuesta en el artículo 47 por lo que se considera conveniente establecer a nivel de ley, tanto en el apartado de requisitos como el de obligaciones, la necesidad de que los depositarios tengan en sus instalaciones cámaras de vigilancia en todas las áreas, y que suministren la información contenida en las mismas a las autoridades aduaneras, cuando así le sea requerido. Adicionalmente debería desarrollarse más detalladamente este tema en la resolución de estiba. 47.C

Con respecto al inciso m) la Aduana ha verificado que el inventario que se encuentra físicamente en las instalaciones de los depositarios, se encuentra alejado de los registros del TICA, así se ha verificado también por la Dirección de Fiscalización. En aras de garantizar coincidencia de los registros y las mercancías que efectivamente se encuentran en los depositarios aduaneros y dada la limitación de recursos con que cuenta la Aduana para efectuar estas verificaciones, se considera conveniente que los depositarios contraten una firma privada para que semestralmente realice dicha verificación y una copia del informe de resultados se remita a la Aduana de jurisdicción. (en caso de incumplimiento se sanciona según lo dispuesto en el artículo 237b).

ARTICULO 56.- AbandonoLas mercancías serán consideradas legalmente en abandono en los siguientes casos:(…)j) cuando transcurrido un año después del decomiso de las mercancías, éstas no hayan sido destinadas por su titular; siempre y cuando no sean objeto de un proceso judicial pendiente de resolver.

Respecto del nuevo inciso j), han sido manifiestas las dificultades asociadas a declarar el abandono de mercancías decomisadas, las cuales después del proceso judicial, si el obligado no se presenta a pagar los tributos, tampoco se pueden subastar porque no hay una causal de abandono específica y clara. Esta nueva causal también evita que las aduanas tengan que declarar la prenda

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Artículo propuesto Fundamentación

k) Cuando transcurrido un mes luego de finalizada la descarga en el Depositario Aduanero u otra ubicación habilitada para tal efecto y no se hubiere justificado el sobrante de mercancías conforme la normativa aduanera.

l) Cuando transcurrido un mes después del ingreso de mercancía cuya naturaleza no coincide entre lo descargado y lo declarado, en los términos del artículo 82 de esta ley, o bien hayan sido descubiertas durante el despacho de mercancías asociadas a una declaración aduanera de importación o exportación, y en ambos casos no se hubiere demostrado titularidad o derecho legítimo sobre ellas.

m) Cuando transcurrido un mes después del ingreso de la mercancía al depositario Aduanero cuya autorización se encuentra supeditada al cumplimiento de requisitos no arancelarios y el consignatario o quien tenga el derecho de disponer no cumpliera con lo requerido

aduanera del art. 71 LGA, y seguir el procedimiento ordinario, pues con la causal simplemente se espera el plazo y se pasa a remate.

En relación con el nuevo inciso k), si bien el artículo 81 LGA establece que si no se justifican los sobrantes, la mercancía cae en abandono, no se establece claramente el momento, por lo que se propone incluir esta causal de manera clara en el artículo 56.

Para el caso del nuevo inciso l), es necesario poder tomar acciones que impidan que inescrupulosos que quieran burlar los controles aduaneros, traigan mercancías no declaradas y luego puedan

Respecto a este inciso m) se considera necesario por la gran cantidad de importaciones que requiere permisos del Ministerio de Salud, donde el cumplimiento de requisitos no arancelarios no se pueden solicitar después de realizadas de efectuado el arribo de las mercancías al país; lo anterior basado en lo indicado en oficio DAC-UPS-2849-11-2015 de fecha 18 de noviembre del 2015 emitido por la Unidad de Plataforma de Servicios del Ministerio de Salud; concatenado con la sentencia del TAN 183-2016 del 19 de mayo del 2016.

Además, a solicitud de la Aduana Paso Canoas se puede establecer como un nuevo inciso del artículo 56 lo siguiente “abandono voluntario” estipulado en el artículo 94 del CAUCA III: El abandono de mercancías podrá ser voluntario cuando el

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Artículo propuesto Fundamentaciónconsignatario o quien tenga el derecho de disponer de las mercancías, manifieste expresamente su voluntad de cederlas a favor del fisco.

Artículo 59 bis ...- Suministro de información y documentaciónLas personas físicas o jurídicas sujetas a fiscalización se encuentran obligadas a suministrar la información y documentación de trascendencia tributaria aduanera, en los plazos y en las condiciones que le sea requerida por los órganos fiscalizadores. Asimismo les asiste esa obligación a las personas físicas o jurídicas sobre hechos o actuaciones de terceros, que le consten por mantener relaciones económicas y financieras con ellos. En caso contrario, se iniciarán los procedimientos legales que correspondan.

Con esta propuesta se pretende establecer sanción a los terceros a los cuales la Autoridad Aduanera ha requerido información y la misma no se ha suministrado sin que medie una justificación. Cabe indicar que en la actualidad existe sanción en el artículo 238 inciso h de la Ley General de Aduanas, pero la misma se limita a las personas que ostentan la condición de auxiliares de la función pública aduanera. Para el correcto ejercicio de las funciones fiscalizadoras, es indispensable contar con información que se encuentra en poder de terceros, los cuales ocasionalmente se niegan a entregarla o ni siquiera responden el requerimiento efectuado, con lo cual el órgano fiscalizador se ve imposibilitado a continuar con sus actuaciones. Establecer la obligación del suministro de información para las personas sujetas a fiscalización y la sanción ante el incumplimiento. Se proponen dos posibles sanciones, una podría ser la multa más gravosa que contempla la LGA o bien una nueva consistente en el cierre del negocio para lo que sería necesario establecer un procedimiento especial como lo tiene Tributación para su correcta aplicación

ARTICULO 65.- Garantías: El cumplimiento de la obligación tributaria aduanera podrá ser garantizado por quien esté obligado a su pago, en los casos que establece esta ley y su reglamento. Las garantías podrán consistir en dinero efectivo, póliza o bonos de garantía bancaria o emitidos por alguna

Esta reforma surge a raíz de dos situaciones:Se elimina la forma de garantía por medio de cheque certificado en razón de que contraviene el artículo 805 del Código de Comercio, en razón de que el Estado al ser persona jurídica, no puede transmitir la propiedad del cheque mediante endoso, lo

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Artículo propuesto Fundamentaciónaseguradora del mercado y valores de comercio, siempre que, en este último caso, se demuestre mediante constancia de un corredor de bolsa que la garantía cubre el monto garantizado u otros medios que fije el reglamento de esta ley, siempre que aseguren el pago inmediato del monto garantizado.

que deviene en la imposibilidad de hacer efectivo este título valor al momento de ejecutar la garantía, ya que al no poderse endosar, no es posible realizar su cobro. Situación que hace parcialmente inoperante el artículo 65 de la Ley General de Aduanas.A partir de la apertura del Mercado de los Seguros no se debe restringir las posibilidades de los administrados al constituir solamente con el Instituto Nacional de Seguros bonos de garantía; en razón de la Libertad de elección aplicable a los seguros de caución; motivo suficiente para considerar conveniente permitir a los usuarios constituir bonos de garantía emitidos por alguna aseguradora del mercado; lo anterior en concordancia con lo indicado por la Procuraduría General de la República mediante oficio C-007-2015 de fecha 02 de febrero 2015.

Artículo 70 bis. Medidas cautelaresEn cualquier momento en el desarrollo de las actuaciones de control., los funcionarios encargados de las actuaciones de control de la Administración Tributaria podrán adoptar medidas cautelares debidamente motivadas, para asegurar el resultado final de la actuación de control que se desarrolla, con el fin de impedir que desaparezcan, se destruyan o alteren las pruebas determinantes de obligaciones tributarias aduaneras o que se niegue posteriormente su existencia o exhibición. Las medidas podrán consistir, en su caso, en el precintado, encintado de las mercancías que permanezcan en los recintos aduaneros, así como ordenar la permanencia de tales mercancías en dichos recintos, con el fin de asegurar las actuaciones de control. Las medidas cautelares serán proporcionadas y limitadas temporalmente a los fines

El objetivo de esta modificación es que las medidas cautelares no solo las puedan adoptar los Órganos Fiscalizadores, sino que la Aduana en el ejercicio del control puedan realizar medidas cautelares

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Artículo propuesto Fundamentaciónanteriores sin que puedan adoptarse las que puedan producir un perjuicio de difícil o imposible reparación, y estas se levantarán si desaparecen las circunstancias que las motivaron. Tales acciones no acarrearán, a las entidades o a los funcionarios que las realicen, responsabilidades administrativas, civiles penales ni de ninguna otra índole, si se ha actuado de buena fe.

Artículo 70 ter.- Información en poder de entidades financieras.Las entidades financieras deberán proporcionar a la Administración Aduanera información sobre sus clientes, incluyendo información sobre transacciones, operaciones y balances, así como toda clase de información sobre movimiento de cuentas corrientes y de ahorro, depósitos, certificados a plazo, cuentas de préstamos y créditos, fideicomisos, inversiones individuales, inversiones en carteras mancomunadas, transacciones bursátiles y demás operaciones, ya sean activas o pasivas, en el tanto la información sea previsiblemente pertinente para efectos tributarios y aduaneros:a) Para la administración, determinación, cobro o verificación de cualquier impuesto, exención, remesa, tasa o gravamen, que se requiera dentro de un proceso concreto de fiscalización con base en criterios objetivos determinados por la Dirección General de Aduanas.b) Para efectos de cumplir con una solicitud de información conforme a un convenio internacional que contemple el intercambio de información en materia aduanera.El término "entidad financiera" incluirá todas aquellas entidades que sean reguladas, supervisadas o fiscalizadas por los siguientes órganos, según corresponda: la Superintendencia General de Entidades Financieras, la

LEVANTAMIENTO SECRETO BANCARIO: en el ejercicio de las funciones fiscalizadoras, resulta indispensable contar con la posibilidad legal de requerir información y documentación que se encuentra en poder de entidades financieras, por cuanto es habitual el no suministro de esta por parte de los importadores. Si bien a nivel del CNPT, existe disposición en ese sentido, autoridades judiciales han interpretado que no resulta extensible esa posibilidad para el Director General de Aduanas, por lo que debe regularse expresamente en nuestra LGA

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Artículo propuesto FundamentaciónSuperintendencia General de Valores, la Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia General de Seguros o cualquier otra superintendencia o dependencia que sea creada en el futuro y que esté a cargo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero. La anterior definición incluye a todas aquellas entidades o empresas costarricenses integrantes de los grupos financieros supervisados por los órganos mencionados.La información solicitada se considerará previsiblemente pertinente cuando se requiera para la administración, determinación, cobro o verificación de cualquier impuesto, exención, remesa, tasa o gravamen, cuando pueda ser útil para el proceso de fiscalización o para la determinación de un eventual incumplimiento en materia aduanera de naturaleza penal o administrativa, incluyendo, entre otros, delitos aduaneros, incumplimientos en el pago de impuestos e infracciones por incumplimientos formales o substanciales que puedan resultar en multas. No se requerirá de evidencias concretas, directas ni determinantes de un incumplimiento de naturaleza penal o administrativa.

Artículo 70 quater.- Procedimiento para requerir información a las entidades financierasEn el caso del artículo anterior, la solicitud que realice la Administración Aduanera será por medio del Director General de Aduanas y deberá cumplir con el siguiente procedimiento:1) Presentar una solicitud por escrito ante el juzgado de lo contencioso administrativo, de conformidad con el inciso 5) del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual, para estos efectos, se ha de regir por lo

LEVANTAMIENTO SECRETO BANCARIO: en el ejercicio de las funciones fiscalizadoras, resulta indispensable contar con la posibilidad legal de requerir información y documentación que se encuentra en poder de entidades financieras, por cuanto es habitual el no suministro de esta por parte de los importadores. Si bien a nivel del CNPT, existe disposición en ese sentido, autoridades judiciales han interpretado que no resulta extensible esa posibilidad para el Director General de Aduanas, por lo que debe regularse expresamente en

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Artículo propuesto Fundamentacióndispuesto en este artículo.2) La solicitud que realice el Director General de Aduanas deberá indicar lo siguiente:a) Identidad de la persona bajo proceso de auditoría o investigación.b) En la medida que se conozca, cualquier otra información, tal como domicilio, fecha de nacimiento y otros.c) Detalle sobre la información requerida, incluyendo el período sobre el cual se solicita, su naturaleza y la forma en que la Administración Aduanera desea recibirla.d) Especificar si la información es requerida para efectos de un proceso de fiscalización que esté siendo realizado por parte de la Administración Aduanera.e) Detalle sobre los hechos o las circunstancias que motivan el proceso de fiscalización, así como por qué la información es previsiblemente pertinente para efectos aduaneros.3) El juez revisará que la solicitud cumpla con todos los requisitos establecidos en el numeral 2 anterior y deberá resolver dentro del plazo de cinco días hábiles, contado a partir del momento en que se recibe la respectiva solicitud. En el caso de que la solicitud cumpla con todos los requisitos, el juez emitirá una resolución en la que autoriza a la Administración Aduanera a remitir el requerimiento de información directamente a la entidad financiera, adjuntando copia certificada de la resolución. La resolución del juez deberá contener una valoración sobre si la información es previsiblemente pertinente para efectos aduaneros.La entidad financiera deberá suministrar la información solicitada por la Administración Aduanera en un plazo no mayor de diez días hábiles. Tanto el requerimiento de información como la copia de resolución que se presente a la entidad financiera deberán omitir cualquier detalle sobre los hechos o las

nuestra LGA

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Artículo propuesto Fundamentacióncircunstancias que originen la investigación o del proceso de fiscalización y que pudieran violentar la confidencialidad de la persona sobre quien se requiera la información frente a la entidad financiera.Si el juez considera que la solicitud no cumple con los requisitos del numeral 2 anterior, emitirá una resolución en la que así lo hará saber a la Administración Aduanera, en donde concederá un plazo de tres días hábiles para que subsane los defectos. Este plazo podrá ser prorrogado hasta por diez días hábiles, previa solicitud de la Administración Aduanera cuando la complejidad de los defectos a subsanar así lo justifique.4) Las entidades financieras deberán cumplir con todos los requerimientos de información que sean presentados por la Administración Aduanera, siempre y cuando vengan acompañados de la copia certificada de la resolución judicial que lo autoriza. En caso que las entidades financieras incumplan con el suministro de información se aplicará una sanción equivalente a multa pecuniaria proporcional del dos por ciento (2%) de la cifra de ingresos brutos del sujeto infractor, en el período del impuesto sobre las utilidades, anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo de diez salarios base y un máximo de cien salarios base.Toda la información tributaria recabada mediante los procedimientos establecidos en este artículo será manejada de manera confidencial. Reglamentariamente se establecerán los mecanismos necesarios para garantizar el correcto manejo de la información recibida, con el objeto de asegurar su adecuado archivo,

Artículo 70 quinter.- SecuestroLa Administración Aduanera podrá

Se considera conveniente contar con norma expresa que regule la posibilidad

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Artículo propuesto Fundamentaciónsolicitar, mediante resolución fundada, a la autoridad judicial competente, autorización para el secuestro de documentos o bienes cuya preservación se requiera para determinar la obligación tributaria o, en su caso, para asegurar las pruebas de la comisión de una infracción o un acto ilícito tributario.Esta medida tiene el propósito de garantizar la conservación de tales documentos o bienes y no podrá exceder de ciento veinte días hábiles. En caso de requerir mayor plazo, deberá solicitarse autorización de la autoridad judicial competente, la cual podrá prorrogarlo hasta por un plazo igual al anteriormente indicado.Al practicarse esta diligencia deberán levantarse un acta y un inventario de los bienes secuestrados y nombrarse un depositario judicial. El secuestro de bienes estará sujeto a las formalidades establecidas en el Código de Procedimientos Penales.

de solicitar a la autoridad judicial el secuestro, y no mediante disposición reglamentaria y que remite a lo dispuesto en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios

Artículo 81.-Bultos faltantes y sobrantes. Cuando al finalizar la descarga del medio de transporte, resulten más o menos bultos o mercancía de igual o distinta naturaleza respecto de la cantidad declarada en el manifiesto o documento equivalente y así lo verifique y transmita el auxiliar receptor de la mercancía, el transportista deberá justificar ante la aduana de control el faltante o el sobrante de bultos, dentro del plazo máximo de un mes contado a partir de finalizada la descarga momento que fue sometido a control aduanero.

Si faltan bultos o mercancía de igual o distinta naturaleza, la aduana aceptará la justificación solo cuando se demuestre fehacientemente que las mercancías:

a) No fueron cargadas.

El objetivo es que las regulaciones de faltantes y sobrantes no se den solo en bultos sino que también se aplique faltante y sobrante en las mercancías (unidades comerciales) y en cualquier momento del control. Es importante resaltar que el CAUCA refiere únicamente al término de “mercancías” y no lo limita a bultos.Y cuando se refiere a mercancías de diferente naturaleza como por ejemplo las que se citan en el artículo 82, queda incluido que se debe justificar, las causas admisibles para justificar y el plazo

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Artículo propuesto Fundamentaciónb) Se perdieron en accidente.c) Fueron descargadas en lugar distinto.d) Quedaron a bordo del medio de transporte, por error.e) La falta de las mercancías se produjo por caso fortuito o fuerza mayor.De sobrar bultos o mercancía de igual o distinta naturaleza, se aceptará la justificación cuando el transportista demuestre que las mercancías estaban destinadas a otro puerto o aeropuerto. En caso contrario, las mercancías causarán abandono a favor del Fisco; en tal situación, el consignatario no podrá disponer de las mercancías.Cuando el transportista no pueda justificar ninguna de las situaciones anteriores, incurrirá en las sanciones correspondientes, sin perjuicio de la responsabilidad por los delitos o las infracciones previstos en esta Ley.Cuando el transportista haya recibido los contenedores cerrados con los dispositivos de seguridad, la responsabilidad de justificar los bultos sobrantes o faltantes recaerá en el exportador o embarcador.Para los efectos de este artículo, la justificación correspondiente deberá ser emitida por el representante legal del transportista en el puerto de embarque, mediante documento otorgado ante notario público del lugar y debidamente legalizado, por medio del procedimiento consular o del representante legal en el país, acreditado ante la Dirección General de Aduanas.

Artículo 82.-Irregularidades en la recepción.Los bultos con señales de daño, saqueo o deterioro se colocarán en sitio aparte para ser inspeccionados y reconocidos de inmediato, se ordenará su reembalaje y se efectuarán las anotaciones de rigor en los

Se está proponiendo un inciso adicional en el artículo 56 LGA para que se pueda declarar en abandono mercancías

.

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Artículo propuesto Fundamentacióndocumentos respectivos. En este caso o cuando la naturaleza de las mercancías difiera entre lo descargado y lo declarado, o bien cuando existan signos de violencia o daño en la unidad o el elemento de transporte, en los precintos, sellos, marchamos o dispositivos de seguridad, se estará a lo dispuesto en materia de delitos aduaneros e infracciones administrativas.

Cuando la naturaleza de las mercancías difiera entre lo descargado y lo declarado, éstas caerán en abandono conforme lo dispuesto en el artículo 56 de esta ley.

Artículo 86.-Declaración aduanera. Las mercancías internadas o dispuestas para su salida del territorio aduanero, cualquiera que sea el régimen al cual se sometan, serán declaradas conforme a los procedimientos y requisitos de esta Ley y sus Reglamentos, mediante los formatos autorizados por la Dirección General de Aduanas.

Con la declaración se expresa, libre y voluntariamente, el régimen al cual serán sometidas las mercancías; además, se aceptan las obligaciones que el régimen impone.

Para todos los efectos legales, la declaración aduanera efectuada por un agente aduanero se entenderá realizada bajo la fe del juramento. El agente aduanero Quien realice la declaración será responsable de suministrar la información y los datos necesarios para determinar la obligación tributaria aduanera, especialmente respecto de la descripción de la mercancía, su clasificación arancelaria, el valor aduanero de las mercancías, la cantidad, los tributos aplicables y el cumplimiento de las regulaciones arancelarias y no

Como se desprendía del texto original el artículo la gira en torno a la Declaración de Importación Temporal Definitiva y por ende, en la figura del “agente aduanero”.

Por lo que se ha dejado de lado, al resto de declaraciones aduaneras, que revisten de la misma importancia en cuanto al control aduanero se refiere de conformidad con el artículo 5 bis de la propia LGA, tales como Declaraciones de Tránsito, Declaraciones de Zonas Francas, entre otras.

Toda declaración aduanera debería estar hecha bajo fe de juramento, no solo por los agentes aduaneros, sino también de otros actores, como el exportador. No se utiliza la palabra declarante, porque dentro de las definiciones del artículo 543 RLGA, se establece que en estos casos el declarante sería el importador u obligado a pagar tributos; de esta forma la reforma cobija a todos los que pueden intervenir en las operaciones aduaneras, y con esto establecer las responsabilidades futuras en que puedan incurrir en caso de declarar bajo fe de juramento de manera errónea.

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Artículo propuesto Fundamentaciónarancelarias que rigen para las mercancías, según lo previsto en esta Ley, en otras leyes y en las disposiciones aplicables.

Asimismo, el agente aduanero quien realice la declaración aduanera deberá consignar, bajo fe de juramento, el nombre, la dirección exacta del domicilio y la cédula de identidad del consignatario, del importador o consignante y del exportador, en su caso. Si se trata de personas jurídicas, dará fe de su existencia, de la dirección exacta del domicilio de sus oficinas principales y de su cédula jurídica. Para los efectos anteriores, quien realice la declaración aduanera deberá tomar todas las previsiones necesarias, a fin de realizar correctamente la declaración aduanera, incluso la revisión física de las mercancías, cuando las normas aduaneras lo permitan.(*)La declaración aduanera deberá venir acompañada por los siguientes documentos:

a) El original de la factura comercial, salvo en casos de excepción debidamente reglamentados.

b) Un certificado de origen de las mercancías, emitido por la autoridad competente al efecto, cuando proceda.

c) El conocimiento de embarque.

d) Una copia o fotocopia de la declaración aduanera o del documento de salida de las mercancías exportadas, emitido por el exportador o expedidor, que incluya el valor real de la mercancía, el nombre del importador, el peso bruto y neto, así como el número del contenedor, cuando proceda.

En relación a la propuesta del indico e) se considera que la inclusión de esta palabra puede dar solución a diferentes situaciones es reiterado el incumplimiento por parte de los agentes aduaneros, de brindar la información sobre las mercancías que se exige por medio de circulares (por ejemplo: ropa, calzado, celulares), la cual es fundamental a efectos de determinar la obligación tributaria aduanera. Por eso se considera importante incorporar la obligación de cumplir con dichas circulares, posteriormente vía reglamento especificarlo en el artículo 314

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Artículo propuesto Fundamentacióne) La demás documentación e información establecida legal y reglamentariamente.

(…)

Artículo 90.-Rectificación de la declaración.En cualquier momento en que el declarante tenga razones para considerar que una declaración contiene información incorrecta o con omisiones, deberá presentar de inmediato una solicitud de corrección y si procede, rectificación, y cuando sea procedente, la autorización para que las diferencias en la obligación tributaria aduanera declarada sean rebajadas al momento que se ejecute en el sistema informático la rectificación respectiva, y en los casos en que dicho rebajo no fuere posible, deberá acompañarla del comprobante de pago de los tributos más el pago de los intereses correspondientes, calculados según el artículo 61 de esta Ley, así como de la multa correspondiente.

Si en el momento de presentarse la solicitud de rectificación se ha iniciado las actuaciones fiscalizadoras, automáticamente dicha solicitud formará parte del procedimiento, siempre que éste no haya concluido. Para estos efectos, el sujeto fiscalizado deberá poner en conocimiento de los funcionarios actuantes la existencia de la solicitud, la cual será considerada para la liquidación definitiva de la obligación tributaria aduanera. En todo caso, la solicitud de rectificación se resolverá cuando finalice el procedimiento fiscalizador. Los sujetos fiscalizados podrán rectificar las declaraciones de mercancías, teniendo en cuenta los aspectos siguientes: a) La rectificación tendrá el carácter de petición sujeta a aprobación por parte de la Autoridad Aduanera. b) En los casos de

En la actualidad las rectificaciones representan un gran problema para las Aduanas, pues consumen muchas horas-hombre en la atención de errores que al final de cuentas son ocasionados por los auxiliares y declarantes. Lo ideal es que dichas rectificaciones fueran realizadas directamente por los auxiliares o quien haya firmado digitalmente, puesto que así como pueden auto determinar los datos de la DUA y autoliquidarse los tributos, de igual forma lo podrían hacer con una rectificación, y que esas rectificaciones fueran verificadas (con criterios de riesgo) por la autoridad aduanera. De esta forma, si hay un error habrá multa, y si hay un nuevo error en la rectificación, una nueva multa, por ser errores distintos con hechos generadores diferentes.Pero mientras eso se logra (Ya había sido planteado previamente a la DGA), dado que todo rebajo de tributos se debería realizar por SINPE, se sugiere esta reforma del artículo para incluir en la solicitud de rectificación la autorización para efectuar el rebajo de la diferencia en la obligación tributaria aduanera al momento en que el Depto. Técnico realice el cambio en el TICA, y solo para casos de excepción se autorice el pago de los tributos mediante entero o transferencia, pues cuando se hace por alguno de estos medios de pago, previo al cambio en el TICA, cuando el cambio se realice se vuelve a rebajar el monto de la diferencia en la obligación tributaria aduanera, y tanto el interesado como la aduana deben entrar en un proceso de reclamo (devolución) de sumas pagadas de más, que representa más horas-hombre de trabajo innecesario.

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Artículo propuesto Fundamentacióndeterminaciones por parte de la Autoridad Aduanera, el sujeto fiscalizado podrá rectificar la declaración de mercancías después de comunicada la conclusión de la actuación fiscalizadora y hasta que la resolución que determine la obligación tributaria quede firme. c) La rectificación de la declaración de mercancías podrá abarcar además cualquier rubro o elemento que incida en la base imponible del tributo.

La presentación de la solicitud, o la declaración de mercancías de rectificación no impedirán que la autoridad aduanera ejercite las atribuciones aduaneras que permita determinar las responsabilidades que correspondan.

Presentar la corrección no impedirá que la autoridad aduanera ejercite las acciones de responsabilidad correspondientes.

Artículo 97.- Extracción de muestrasLa autoridad aduanera podrá extraer muestras de acuerdo con las condiciones y los procedimientos establecidos por la Dirección General de Aduanas. Cualquier muestra extraída por la autoridad aduanera constituirá muestra certificada para todos los efectos legales. El acto de extracción deberá consignarse en la declaración o en el medio que se establezca. La muestra será devuelta al interesado sin menoscabo de ella, salvo en lo resultante del análisis a que fuera sometida.El valor de las muestras destruidas en el proceso de examen se deducirá de la base imponible de la obligación tributaria aduanera resultante.La autoridad aduanera mantendrá la muestra en su poder por el plazo necesario para realizar su análisis.La muestra se considerará en abandono en el plazo de un mes a partir de que se

La motivación de esta reforma surge con el fin de eliminar los problemas que genera tanto para las Aduanas, como para el Laboratorio Aduanero, la custodia de muestras (la mayoría sin ningún valor comercial), y en aras de respetar la normativa ambiental, se recomienda modificar el art 97 LGA, permitiendo la destrucción directa de muestras sin valor comercial, y de aquellas que a pesar de tenerlo no han sido retiradas dentro del plazo legal establecido. Esta modificación quiere reformar también art 328 RLGA.

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Artículo propuesto Fundamentacióncomunique al interesado que está a su disposición, procediéndose a la destrucción de las mismas. Tratándose de muestras sin valor comercial se procederá directamente con la destrucción sin que medie comunicación al interesado.

ARTICULO 133.- Definición de envíos postalesSe entienden por envíos postales, los envíos de correspondencia y paquetes postales pequeños, designados así por la Unión Postal Universal, y se sujetarán a lo dispuesto en los convenios internacionales en materia postal.Las autoridades postales son responsables del transporte, depósito y presentación de los envíos postales a las autoridades aduaneras.

Se divide el artículo 133 y en la primera parte se dejan incólumes los párrafos primero y último.

ARTICULO 133 bis.- No intervención de agente de aduanas.Tratándose en envíos postales, no se requerirá la intervención de un agente de aduanas cuando se cumplan obligatoriamente todos los siguientes requisitos:a) Que el valor aduanero de las mercancías no supere los quinientos pesos centroamericanos.b) Que el destinatario de las mercancías sea una persona física.c) Que las mercancías sean únicamente para uso o consumo personal o familiar.d) Que no exista evidencia de que las mercancías serán utilizadas para ejercer alguna actividad lucrativa.

Se define expresamente los casos en donde no se requerirá intervención de un agente de aduanas, incluyendo la disposición relativa a los 500 dólares que no se encuentra en la Ley.

ARTICULO 133 ter.- Procedimiento especial de importación.Tratándose de mercancías que no requieran de intervención de un agente de aduanas, se seguirán los procedimientos simplificados que al respecto establezca el

Se adiciona el tema de las clasificaciones de los envíos postales y la diferenciación de los procedimientos que serán establecidos en el Reglamento.Adicionalmente se adiciona por ley la posibilidad de establecer tarifas fijas a

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Artículo propuesto FundamentaciónReglamento a la presente ley. En este sentido, dicho Reglamento establecerá las clasificaciones de los paquetes postales según las dimensiones, el valor aduanero de las mercancías y el trámite a seguir.Aquellos paquetes que sean sometidos a revisión de aduanas, serán despachados a través de una declaración aduanera de oficio, determinando el adeudo tributario aduanero; mientras que los paquetes liberados por la autoridad aduanera cancelarán las tasas fijas que al efecto establezca el Poder Ejecutivo mediante Decreto.

través de un Decreto Ejecutivo.

ARTICULO 133 quater.- Atribuciones aduaneras de control.Además de las atribuciones que la ley establece, la autoridad aduanera podrá ejercer cualquier tipo de control aduanero sobre las mercancías que se encuentren en las instalaciones postales, incluyendo la apertura de los envíos postales; en cuyo caso bastará la presencia de un funcionario de aduanas y un empleado del servicio postal.

Se adiciona expresamente la atribución de abrir paquetes sin la presencia del destinatario, pero con la presencia de un empleado de servicio postal.

ARTICULO 136.- Importaciones no comerciales

Constituyen importaciones no comerciales las realizadas en forma ocasional, en las que el valor aduanero de las mercancías no exceda del equivalente en moneda nacional a mil pesos centroamericanos, y estarán sujetas al pago de los impuestos correspondientes. Las mercancías importadas por comerciantes no se reputarán, en ningún caso, como importación no comercial, si corresponden al ramo del comercio a que se dedican.

La declaración aduanera presentada requerida directamente por el declarante, sin representación de un agente aduanero,

El aumento del comercio, así como la posibilidad de cancelar mediante formas de pago más ágiles (por ejemplo el datafono instalado en aduanas), buscan fomentar en el importador que cancele directamente ante la Aduana aquellas mercancías que ha adquirido fuera del país, pero para las que no tiene derecho por no cumplir con los requisitos del Equipaje o de la bonificación asociada a esta modalidad de importación.El aumentar el monto permitido permitirá que más mercancías sean declaradas y canceladas directamente ante la Aduana, sin los riesgos de una mala declaración por parte del agente aduanero.Actualmente estos $1000 representan poco más de 500 mil colones en el precio

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Artículo propuesto Fundamentaciónserá tramitada de oficio por la aduana respectiva.

de las mercancías, lo cual no es necesariamente tan representativo y es solo un poco superior al monto exiguo establecido por la Dirección General de Hacienda (cuyo monto sube cada año), y que quede relativamente actualizado por un número importante de años, por lo que se promueve este pago en lugar de que intenten burlarlo, será más beneficioso para el Estado.

Artículo 140.- Declaración del tránsito y régimen aduaneroSi no se ha solicitado un régimen aduanero procedente, el transportista deberá presentar una declaración para solicitar el tránsito aduanero y su régimen aduanero inmediato, con los requisitos que establezcan los reglamentos de esta ley. Para presentar dicha declaración de tránsito es necesario que no existan tránsitos y registros pendientes de finalizar, correspondiente a DUA´S transmitidos con más de 1 mes. Una vez aceptada la declaración, el transportista será responsable de iniciar el tránsito dentro del término de las setenta y dos horas naturales siguientes; la aduana señalará el plazo y la ruta para la realización del tránsito y transmitirá a la aduana competente la información que corresponda. De no iniciarse el tránsito en el plazo indicado, procede la multa establecida en el artículo 236 de esta ley.

Esta reforma se solicita con la finalidad de disminuir la gran cantidad de tránsitos pendientes, que tienen en sus bases de datos las aduanas, se considera necesario que sea un impedimento automático en el sistema informático TICA para que permita transmitir nuevas declaraciones cuando se encuentren pendientes de finiquitar declaración de transito con una antigüedad superior a 1 mes.

Artículo 141 bis.- Precinto electrónico.(…)El régimen de responsabilidad de estas empresas o autoridades estará definido en la presente ley, su reglamento y en las respectivas resoluciones administrativas, y será sancionado en los términos establecidos en esta ley.A las empresas privadas, a las que se les haya emitido un certificado de

Se considera que esta norma es ineficaz, por cuanto al determinar un incumplimiento de los referidos en la norma actual no surte los efectos deseados, siendo jurídicamente imposible sancionar con la suspensión inmediata sin contar con un procedimiento administrativo previo, por lo que para el momento en que se termine un procedimiento de este tipo posiblemente ya la empresa esté

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Artículo propuesto Fundamentaciónhomologación para la colocación de precintos electrónicos, se les suspenderá quince días dicha homologación, en los siguientes casos:(…)3. Cualquier otro incumplimiento, por parte de estas empresas, de las obligaciones establecidas en el reglamento y en los respectivos certificados de homologación de precintos electrónicos.Lo anterior sin perjuicio de otro tipo de responsabilidades patrimoniales o penales en que pueda incurrir.

funcionando correctamente y no se logre realizar la suspensión.Por lo que se propone suspender la homologación a la empresa por cada incumplimiento que se determine, sin importar el momento en el que se vaya a aplicar la suspensión.

ARTÍCULO 166.- Categorías de mercancíasPodrán importarse, temporalmente, las mercancías incluidas en forma indicativa en alguna de las siguientes categorías:

a) Industriales: Las que se utilizan para el conocimiento de tecnología, apoyo a los procesos industriales, experimentación y exhibición, siempre que no formen parte, temporal o definitivamente, de un proceso de manufactura o fabricación.

b) Comerciales: Las que se utilizan para la demostración de productos y sus características, pruebas de calidad, exhibición, publicidad, propaganda y otros, siempre que no produzcan lucro por su comercialización.

Según la Aduana de Peña propone que se elimine las frases indicadas debido a que en muchas ocasiones las mercancías que se someten a esta modalidad forman parte de un proceso de manufactura y se lucran.

Nota: considero que no es necesario este tipo de reforma.

ARTICULO 170.- Exportación temporalLa exportación temporal es el régimen aduanero que permite la salida, por un plazo determinado, de mercancías del territorio aduanero con suspensión de los tributos a la exportación. Las mercancías deberán ser reimportadas sin transformación o modificación alguna dentro del plazo que se establezca por vía reglamentaria de acuerdo con la finalidad de la exportación. Este plazo no podrá

Existe una aparente incongruencia con las fecha, pues el artículo 170 establece un año para realizar la reimportación en el mismo estado, pero el numeral 177 estipula que son 3 años. Se propone estandarizar las fechas a 3 años.

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Artículo propuesto Fundamentaciónexceder de tres años.Artículo 178.- ReexportaciónLa reexportación es el régimen que permite la salida del territorio aduanero de mercancías extranjeras llegadas al país y no importadas definitivamente.No se permitirá la reexportación de mercancías caídas en abandono, o respecto de las cuales se haya configurado presunción fundada de delito penal aduanero, o en aquellos casos en que se han iniciado actuaciones fiscalizadoras.La autoridad aduanera podrá autorizar la reexportación a solicitud del interesado, siempre que este no haya solicitado con anterioridad un régimen definitivo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 91 de esta Ley.

Esta propuesta tiene su motivación con ocasión del ejercicio de las funciones otorgadas a esta Dirección, se ha convertido en una práctica la reexportación de mercancías como un mecanismo de evadir el control aduanero, por ello debería establecer limitaciones más expresas, como una causal de imposibilidad que se reexporte cuando se ha iniciado una actuación fiscalizadora, o bien ajustar la figura siguiendo lo señalado en el art 490 del RLGA.

Artículo 198.- Impugnación de actos

Notificado un acto final dictado por la aduana, incluso el resultado de la determinación tributaria, el agente aduanero, el consignatario o la persona destinataria del acto podrá interponer los recursos de reconsideración y de apelación para ante el Tribunal Aduanero Nacional, dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes a la notificación. Será potestativo usar ambos recursos ordinarios o solo uno de ellos.El recurrente presentará las alegaciones técnicas, de hecho y de derecho, las pruebas en que fundamente su recurso y la petición o pretensión de fondo.El recurrente podrá aportar, en su beneficio, toda clase de pruebas, incluso exámenes técnicos, catálogos, literatura o dictámenes.(Así reformado por el artículo 4° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012, "Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria")

Se propone esta reforma para adecuarla con lo que establece el artículo 346 de la LGAP, indica “los recursos ordinarios deberán interponerse dentro del término de tres días tratándose del acto final y de veinticuatro horas en los demás casos, ambos plazos son contados a partir de la última comunicación del acto el plazo para recurrir “

Se indica que en las aduanas se encuentran muchos procedimientos finales, en los cuales los administrados utilizan este tipo de herramientas para dilatar los procesos. De esta forma de aceptarse la propuesta de reforma para la impugnación de actos de 03 días, le da a la Administración aduanera la facultad de terminar en menor tiempo los procesos, lo que sería de mayor beneficio para la Administración en la ejecución de sus funciones en forma eficiente y ayudaría a la economía de tiempo y recursos

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Artículo propuesto Fundamentación

Artículo 211.- ContrabandoSerá sancionado con una multa de dos veces el monto del valor aduanero de las mercancías objeto de contrabando y con pena de prisión de tres a cinco años, cuando el valor aduanero de la mercancía exceda los cincuenta mil pesos centroamericanos, aunque con ello no cause perjuicio fiscal, quien:

(…)

e) Sustituya mercancías que se encuentran en depositarios aduaneros, estacionamientos transitorios o de las zonas portuarias o primarias. El valor aduanero de las mercancías será fijado en sede judicial, mediante ayuda pericial y de conformidad con la normativa aplicable.

f) Declare ante la autoridad aduanera, mercancías de distinta naturaleza a las consignadas en el manifiesto de carga y sean detectadas al momento del ingreso al régimen de depósito fiscal.

(…)

Se considera importante ampliar las causales de contrabando, con el fin de poder denunciar situaciones que a la fecha no se enmarcan dentro de las que se encuentran expresamente reguladas.

“Artículo 220 bis. El que ejerciere actividades propias de auxiliar de la función pública aduanera, sin haber obtenido la autorización correspondiente, será reprimido con la sanción establecida en el artículo 315 del Código Penal.

La reforma se presenta para responder a la actividad de los llamados “paqueteros o encomenderos” ya que se ha demostrado que dichas personas realizan actividades de empresas de entrega rápida sin estar debidamente autorizados o inscritos como tales ante la Dirección General de Aduanas, ni tampoco cumpliendo con la obligación de rendir la garantía ante el Servicio General de Aduanas de conformidad con lo establecido en la legislación aduanera vigente.Ante esta situación se genera inseguridad a los usuarios e incluso se exponen a otro tipo de delitos tanto aduaneros como comunes (estafas, engaños o ardides).

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Artículo propuesto Fundamentación

Para ello la Autoridad Aduanera necesita de un instrumento legal que le permita ejercer un mejor control con el propósito de establecer las responsabilidades administrativas, civiles y penales, correspondientes.No obstante lo anterior, actualmente no existe ningún tipo de sanción administrativa ni penal para este tipo de conductas.

Artículo 232 bis. La reincidencia se considera una conducta agravada, y ocurre cuando habiendo quedado en firme el acto que sanciona una infracción administrativa o tributaria aduanera, vuelve a incurrir en la misma falta en operaciones aduaneras tramitadas con posterioridad a la firmeza de dicho acto, haciéndose acreedor de una sanción de un 50% más de la sanción original.

Esta propuesta se motiva en REINCIDENCIA: el incumplimiento reiterado de los auxiliares de la función pública aduanera a los deberes y obligaciones establecidos en la normativa, deberían conllevar sanciones mayores, con el fin que ello sea un factor disuasivo.

Nota: recordemos que actualmente se está proponiendo un articulo 29 Quater en el que se le cancela la autorización otorgada como Auxiliar de la Función Pública por reincidencia. Por otro lado es importante valorar de que estas sanciones no puede ser aplicadas para toda la vida.

Artículo 233.- Rebaja de la sanción de multaLas sanciones de multa previstas en esta ley se reducirán cuando se cumplan los supuestos y las condiciones que se enumeran a continuación:

a) Cuando el infractor repare voluntariamente los incumplimientos, las omisiones o las insuficiencias en que haya incurrido, respecto de la obligación tributaria aduanera declarada, sin mediar ninguna acción de la autoridad aduanera para obtener esta reparación, la sanción de multa se le rebajará en un setenta y cinco por ciento (75%).

La aplicación de las rebajas a partir del 2012 ha demostrado no ser tan claro como se pretendía, dado que solo se copió el modelo de Tributación, cuando en Aduanas existen muchas particularidades que requieren de un análisis más pormenorizado de cada caso, lo cual incluso derivó en la necesidad de que la Dirección Normativa en el año 2014 tuviera que emitir criterio legal para aclarar algunos puntos que no estaban claros.Se está promoviendo darle a cada posible rebaja un número de inciso (del a. al i), y 3 párrafos finales, lo cual además le daría más congruencia con el formulario de autoliquidación de multas establecido

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Artículo propuesto Fundamentación

b) Para la multa del inciso a), el infractor podrá autoliquidar y pagar la sanción en el momento de subsanar el incumplimiento, en cuyo caso la reducción será del ochenta por ciento (80%).

c) b) Cuando el infractor repare su incumplimiento después de la actuación de la autoridad aduanera, pero antes de la notificación del acto de apertura del procedimiento determinativo de ajuste de la obligación tributaria, la sanción se reducirá en un cincuenta por ciento (50%).

d) Para la multa del inciso c), el infractor podrá autoliquidar y pagar la sanción en el momento de subsanar su incumplimiento, en cuyo caso la reducción será del cincuenta y cinco por ciento (55%).

e) c)  Cuando, notificado el acto de apertura del procedimiento determinativo de ajuste de la obligación tributaria y dentro del plazo establecido para presentar alegatos y pruebas, el infractor acepte los hechos planteados en el acto de apertura y subsane el incumplimiento, la sanción se reducirá en un veinticinco por ciento (25%).

f) Para la multa del inciso e), el infractor podrá autoliquidar y pagar la sanción en el momento de subsanar su incumplimiento, en cuyo caso la reducción será del treinta por ciento (30%).

g) También, se reducirá la sanción cuando en el ejercicio del control inmediato se haya notificado un acto de ajuste de la obligación tributaria aduanera y el infractor acepte los hechos planteados y subsane el incumplimiento dentro del plazo previsto para su impugnación. En este caso, la sanción se reducirá en un cincuenta por ciento (50%).

mediante RES-DGA-073-2016, pues ya muchos usuarios han manifestado su confusión, pues el art. 233 actual solo tiene incisos a., b. y c., mientras el formulario en su apartado II se refiere a 9 posibles rebajas.De igual forma se aclaran en los nuevos párrafos finales algunos puntos que se aclaraban en el criterio legal antes mencionado, y otros que aún generan confusión, como en los casos de decomisos o lo que debe entenderse por actuación de la administración.

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Artículo propuesto Fundamentación

h) Para la multa del inciso g), el infractor podrá autoliquidar y pagar la sanción en el momento de subsanar su incumplimiento, en cuyo caso la reducción será del cincuenta y cinco por ciento (55%).

i) En el caso de incumplimientos sancionables con multa que no conlleven un ajuste en la obligación tributaria aduanera, la sanción se reducirá en un cincuenta y cinco por ciento (55%), cuando el infractor autoliquide y pague la multa, previo a la notificación del inicio del procedimiento sancionatorio.

Los casos de los incisos a), b), c), d), e) y f), se entenderán relacionados con el control posterior. Además, se tendrá como actuación de  la Administración toda acción notificada al infractor, conducente a verificar el cumplimiento de la obligación tributaria aduanera, así como aquellas que adviertan al infractor del incumplimiento de las demás normas aduaneras.

En todos los casos, el infractor deberá comunicar a la autoridad aduanera los hechos aceptados y adjuntará las pruebas de pago, respecto de los ajustes en la obligación tributaria como del pago de la sanción, según corresponda.

No se rebajará la sanción cuando las mercancías hayan sido decomisadas o retenidas por la Administración, con motivo de las conductas establecidas en el artículo 211 de esta ley, independientemente de su valor aduanero.Artículo 236.-Multa de quinientos pesos centroamericanos.Será sancionada con multa de quinientos pesos centroamericanos, o su equivalente

El inciso 1 está redactado de una forma que genera confusiones con el plazo de 8 días, y no indica que son hábiles. En vista que se están proponiendo nuevos incisos

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Artículo propuesto Fundamentaciónen moneda nacional, la persona física o jurídica, auxiliar o no de la función pública aduanera, que:

1) No reexporte o reimporte mercancías o las reexporte o reimporte hasta luego de pasados ocho días hábiles después del posteriores al vencimiento del plazo legal, cuando sea obligatorio de conformidad con el régimen o la modalidad aduanera aplicado. Si se ha rendido garantía y procede su ejecución, la multa será de cien pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional, salvo si no está tipificado con una sanción mayor.(…)

(…)10. No transmita, antes del arribo de la unidad de transporte, electrónicamente ni por otros medios autorizados, los datos relativos a las mercancías, los vehículos y las unidades de transporte, si se trata de un transportista aduanero, o los transmita incompletos o con errores; o transmita fuera de los plazos fijados por esta Ley o sus Reglamentos, lo anterior con las salvedades que se establezcan reglamentariamente…”.

15. Omita transmitir, transmita en forma incompleta o transmita con errores que causen perjuicio fiscal a la aduana de

en este artículo, incluyendo algunos específicos sobre importación temporal, este inciso dejaría de causar confusión en cuanto a su actual aplicación a dicho régimen temporal.

En relación a la modificación al inciso 10 en la actualidad no se encuentra regulado legalmente el “tipo” para sancionar a los transportistas aduaneros que transmitan electrónicamente los datos relativos a las mercancías, vehículos y unidades de transporte, incumpliendo los plazos establecidos en el artículo 220 del RLGA.

Siendo que el elemento temporal del artículo 236 10) de la LGA no contempla como conducta sujeta a sanción la transmisión fuera del plazo no existe norma legal que sancione dichas conductas.

Además de que, tanto el Reglamento a la Ley General de Aduanas, como el Manual de Procedimientos Aduaneros establecen como obligación para el transportista aduanero, en su condición de munera publica, ajustar su actuación al cumplimiento de dichas normas.

Algunas aduanas del país han tratado de sancionar estos incumplimientos, por medio de una interpretación armoniosa del ordenamiento jurídico, a partir de lo que expresamente indica el artículo 236 10) LGA Sin embargo, visto el reciente criterio en el tema emanado de nuestra Jerarquía Impropia, por medio de la sentencia 315-2012 del 22-11-2012, en donde al analizar el tipo infraccional de la norma, se concluye que se puede sancionar solo “la no transmisión”, o “la transmisión incompleta o con errores”; no la transmisión tardía; razón suficiente para proponer una reforma en esta línea.

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Artículo propuesto Fundamentacióncontrol, por vía electrónica, en el plazo y la forma señalados por esta Ley o sus Reglamentos, el reporte del ingreso a sus instalaciones y la salida de ellas de vehículos, unidades de transporte y sus cargas, si se trata de un estacionamiento transitorio.

21) En su calidad de depositario, no ingrese los movimientos de inventario conforme los bultos efectivamente ingresados debidamente pesados y fraccionados o no concluya la descarga de la unidad de transporte en el plazo fijado por esta Ley y sus Reglamentos.

27. Viole o rompa sellos, precintos o marchamos u otras medidas de seguridad colocadas o que la autoridad aduanera haya dispuesto colocar, en tanto no exista sustracción de mercancías.

31) Como beneficiario del régimen de importación temporal, incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas en esta ley y su reglamento.

La reforma del inciso 15) encuentra su justificación en aras de eliminar la cantidad de viajes en estado INI o Sal sin finiquitar; por lo que es necesario desmotivar las prácticas que conllevan a ello. Por tanto, es necesario se incluya además a otros auxiliares de la función pública aduanera, como por ejemplo al Depositario Aduanero, y no se limite únicamente al Establecimiento Transitorio.

Con respecto al inciso 21) esta reforma va de la mano con la propuesta de incorporación del inciso n) del artículo 48 ya se considera necesaria para cumplir finalidad de mejorar la gestión aduanera, y se declare de manera precisa y exacta los bultos recibidos, se propone adicionar como obligación de los depositarios aduaneros el registrar los movimientos de inventario conforme con la cantidad de los bultos efectivamente ingresados y pesados, no siendo aceptable el registro de paletas o similares. Además, crear una sanción ante su eventual incumplimiento

Con respecto a la eliminación del inciso 27 se considera que la experiencia permite afirmar que es común la violación de sellos, cintas y dispositivos colocados por la autoridad aduanera, por eso se estima conveniente sancionar con mayor rigurosidad esa falta, se sugiere cambiar la sanción actual, pasando de la multa del artículo 236 inciso 27 al artículo 237.

El nuevo inciso 31 ocurren con mucha frecuencia incumplimientos de los beneficiarios del régimen de importación temporal, no solo de turistas, sino en general, quienes por mucho tiempo solo han tenido que pagar multas por incumplimiento de plazos, pero no por

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Artículo propuesto Fundamentación

32) Extraiga del territorio nacional mercancías de importación temporal sin cumplir con los requisitos y formalidades aduaneras para la salida o reexportación de dichas mercancías.

33) Como concesionario del Depósito Libre Comercial de Golfito incumpla con los plazos y las condiciones que le requiera expresamente la autoridad aduanera en las solicitudes de información y documentación de trascendencia tributaria y aduanera.

34) Como concesionario del Depósito Libre Comercial de Golfito, exhiba para su venta o venda mercancías para las cuales la autoridad aduanera todavía no ha autorizado el correspondiente precio. De igual forma será sancionado quien realice venta de mercancías entre concesionarios sin contar previamente con la autorización de la autoridad aduanera.

35) Como responsable de justificar las mercancías sobrantes o faltantes, no pueda justificar ninguna de estas situaciones conforme la normativa aduanera.

vender los carros, maquinaria u otras mercancías sin avisar a la autoridad aduanera, o no denunciar el hurto, robo o accidente. O porque no portaban el certificado original o lo habían perdido y no avisaron a la Aduana, o conducía el vehículo persona no autorizada, o por salir del país sin ponerlo a la orden de la autoridad aduanera, o darle un fin distinto a los bienes, o no destinar las partes y piezas sustituidas conforme el 457 RLGA, entre otros.

El nuevo inciso 32 se justifica porque en el caso de Paso Canoas, Sabalito y posiblemente Sixaola, los beneficiarios ven más fácil pasar la frontera sin Finalizar oficialmente el certificado de importación temporal y luego presentan gestiones para que se les finalice, por lo que se genera un trámite adicional, la verificación de pruebas, emisión de resoluciones, procesos de revisión relacionados, y modificación en el TICA, cuando se pudo haber realizado solo el último paso en ventanilla si hubieran pasado previamente a la Aduana.

Los nuevos incisos 33 y 34 propuestos, corresponden a sanciones que se pretendieron incluir en la Ley 9356 LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS (JUDESUR), pero que no fueron incluidas por falta de tiempo. Se busca evitar abusos por parte de los concesionarios como hasta ahora ha sucedido, sin que se les haya podido sancionar.

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Artículo propuesto Fundamentación36) En su calidad de transportista aduanero nacional o internacional, transporte mercancías cuya naturaleza difiera entre lo descargado y lo declarado al momento de la recepción del medio de transporte. También cuando en el proceso de reconocimiento físico de mercancías de importación o exportación se determinen diferencias de naturaleza entre lo declarado y lo verificado, en el caso del agente aduanero.

37. Cuando exportador o su representante incumpla con la obligación de transmitir dentro del plazo de 05 días, la confirmación o rectificación de los datos contenidos en la declaración de exportación.Cuando el exportador o su representante se encuentren imposibilitado para cumplir con dicha obligación por demostrarse que su incumplimiento se encuentra supeditado a la rectificación del manifiesto por parte del transportista aduanero, este último será el sujeto sancionado con dicha multa.

Para el caso del nuevo inciso 35), desde siempre los responsables que no justificaron fehacientemente los sobrante o faltantes no han tenido una sanción específica, por lo que siguen sucediendo estos errores, y la autoridad aduanera debe atender las solicitudes y gastar tiempo-hombre en determinar si procede la justificación o no y emitir resoluciones, pero no tiene forma de castigar el error.

En cuanto al nuevo inciso 36) propuesto se ha dado igualmente durante mucho tiempo que las mercancías al momento de la recepción o bien cuando se declara una mercancía en una DUA, las cantidades son correctas, pero la naturaleza de éstas no lo es (mercancía no declarada), por lo que el artículo 82 señala que se debe estar a la materia penal o infraccional, pero no se ha definido un tipo infraccional específico que permita cobrar al transportista o agente, según corresponda, pues técnicamente no son sobrantes y menos faltantes.

En cuanto a la inciso 37) surge con vista en la problemática que actualmente representa la gran cantidad de DUAs de Exportación sin confirmar y teniendo claro el tema de las obligaciones específicas para los declarantes del DUA de exportación,Una vez revisada la normativa vigente no existe en forma expresa una regulación de infracción específica de multa, aplicable a los declarantes por la conducta en concreto. Sin embargo, el Tribunal Aduanero Nacional ha confirmado por varios años la posibilidad de aplicar el artículo 236 inciso 24) de la Ley General de Aduanas, al considerar que la omisión en la transmisión del mensaje de confirmación encuadra en dicho tipo infraccional al referirse que el numeral indica “Omitir la

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Artículo propuesto Fundamentación

38. Como depositario aduanero, no ingrese los movimientos de inventario conforme los bultos efectivamente ingresados debidamente pesados y fraccionados.

presentación o la transmisión de la información requerida por esta Ley o sus Reglamentos, para determinar la obligación tributaria aduanera o demostrar el cumplimiento de otros requisitos reguladores de la salida de las mercancías del territorio aduanero” Toda vez que tratándose de mercancías sometidas al Régimen de Exportación Definitiva, se dispone la obligación del declarante de efectuar la debida confirmación de los datos e información contenida en la declaración presentada al efecto, puesto que lo ahí declarado ha sido considerado como “provisional”En el mes de febrero de presente año el Tribunal Contencioso Administrativo emitió sentencia en la que sostiene una posición contraria a la que se ha trabajado por el TAN al indicar que la obligación de confirmar la información presentada en la declaración de exportación no se encuentra regulado ni en la Ley ni en el Reglamento.Es a partir de lo expuesto que se considera oportuno incluir una norma en la LGA que regule a omisión en la transmisión del mensaje de la declaración de exportación.

Con respecto al inciso 38) esta sanción estaría concatenada con la reforma que se propone del artículo 48 sobre obligaciones específicas del Depositario Aduanero

Artículo 236 bis.-Multa de mil pesos centroamericanos.Será sancionado con una multa de mil pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional:(…)d) Quien venda fuera del horario establecido por la administración del Depósito Libre Comercial de Golfito.e) Quien realice ventas como

Los nuevos incisos d) y e) propuestos, corresponden a sanciones que se pretendieron incluir en la Ley 9356 LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS (JUDESUR), pero que no fueron incluidas por falta de tiempo. Se busca evitar abusos por parte de los concesionarios como hasta ahora ha sucedido, sin que se les haya podido

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Artículo propuesto Fundamentaciónconcesionario del Depósito Libre Comercial de Golfito, sin contar con la presencia física del comprador o sin el documento de identificación vigente de dicho comprador autorizado.

f) Las personas físicas o jurídicas que incumplan la obligación de aportar, en las condiciones y los plazos que la autoridad aduanera requiera expresamente, la documentación e información de trascendencia tributaria y aduanera que se le solicite.

sancionar.

La propuesta de reforma de inciso f) va de la mano con la obligación propone en el artículo 59 bis el cual pretende establecer sanción a los terceros a los cuales la Autoridad Aduanera ha requerido información y la misma no se ha suministrado sin que medie una justificación. Cabe indicar que en la actualidad existe sanción en el artículo 238 inciso h de la Ley General de Aduanas, pero la misma se limita a las personas que ostentan la condición de auxiliares de la función pública aduanera. Para el correcto ejercicio de las funciones fiscalizadoras, es indispensable contar con información que se encuentra en poder de terceros, los cuales ocasionalmente se niegan a entregarla o ni siquiera responden el requerimiento efectuado, con lo cual el órgano fiscalizador se ve imposibilitado a continuar con sus actuaciones. Establecer la obligación del suministro de información para las personas sujetas a fiscalización y la sanción ante el incumplimiento.

Artículo 236 ter.-Multa de doscientos pesos centroamericanos.Será sancionado con una multa de doscientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional la persona física o jurídica, auxiliar o no de la función pública aduanera :a) Para las conductas descritas en los incisos 12, 14, 15, 16, 17, 19, del inciso

En la actualidad el artículo 236 sanciona un conjunto de irregularidades en el tanto se encuentren asociadas a un perjuicio fiscal. No obstante la Aduana asigna una cantidad importante de recursos para la atención y emisión de una vasta cantidad de resoluciones para corregir y anular DUA´s, que se originan en falta de debido cuidado del declarante, y tienen otro tipo

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Artículo propuesto Fundamentación236 de la Ley General de Aduanas cuando se demuestre que no hubo perjuicio fiscal, la multa será de 200 pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional”.

b) Estando obligado, incumpla las disposiciones otorgadas para el uso de las mercancías importadas, o que se ejecute un uso distinto del solicitado a las mercancías cuando sea obligatorio de conformidad con el régimen o la modalidad aduanera aplicado. Si se ha rendido garantía y procede su ejecución, salvo si no está tipificado con una sanción mayor.

c) Como beneficiario del régimen de importación temporal, incumpla el plazo otorgado por la autoridad aduanera; si reexporta la mercancía dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores al vencimiento del plazo otorgado para la importación temporal.

de efectos tales como el estadístico, pero que no conllevan Perjuicio Fiscal. En estos casos, estas rectificaciones no conllevan ningún tipo de sanción administrativa que desmotive y obligue al declarante a tomar medidas internas correctivas. Esta práctica conlleva a la Aduana a asignar recursos importantes a su atención, adicional al hecho de que se genera una presión del administrado para que se resuelva con prontitud. En aras de solventar dicha situación se propone adicionar un inciso al artículo 236 que posibilite sancionar lo errores formales que no causen perjuicio fiscal con una multa diferenciada 200 pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional.

Con respecto al inciso b) se considera necesario establecer una sanción para el uso indebido de las mercancías sometidas a regímenes temporales o suspensivos, siguiendo la línea de razonamiento del artículo 440 del RLGA inciso e).Con el nuevo inciso c) se estaría creando una sanción específica totalmente para la importación temporal, por lo que la sanción del art. 236 inciso 1. LGA, podría dejar de aplicarse a este régimen, y dejar el inciso 1. para otros regímenes y modalidades, como el caso de los plazos de zona franca o perfeccionamiento activo.

ARTICULO 237.- Suspensión de dos díasSerá suspendido por dos días hábiles del ejercicio de su actividad ante la autoridad aduanera, el auxiliar de la función pública aduanera que:

b) Estando obligado, incumpla las disposiciones de procedimiento y control emitidas por las autoridades aduaneras, así como las obligaciones establecidas en la normativa aduanera o no mantenga a disposición de esas autoridades los

Es necesario establecer una sanción genérica para el incumplimiento de las obligaciones de los Auxiliares de la Función Pública que a la fecha no se encuentran tipificadas en una sanción específica, entre ellas las contempladas en los incisos k) y n) del artículo 30 de la LGA.

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Artículo propuesto Fundamentaciónmedios de control de ingreso, permanencia y salida de las mercancías, los vehículos y las unidades de transporte.

h) Como agente aduanero no mantenga abierta oficina en la jurisdicción de la Aduana en la que está autorizado para prestar sus servicios.

i) Viole o rompa sellos, precintos o marchamos u otras medidas de seguridad colocadas o que la autoridad aduanera haya dispuesto colocar, en tanto no exista sustracción de mercancías.

En los casos de los incisos b), c), d), f), y g) y h) de este artículo, la suspensión se extenderá hasta que cumpla las respectivas obligaciones.

En relación al inciso h) Se considera que tanto la LGA en su artículo 35 incisos c) como su Reglamento en el numeral 113, establecen la obligación de los agentes aduaneros de mantener oficinas abiertas en la jurisdicción de la Aduana en que presten sus servicios, sin embargo no está definida una sanción para ese incumplimiento.

Respecto al inciso i) la experiencia permite afirmar que es común la violación de sellos, cintas y dispositivos colocados por la autoridad aduanera, por eso se estima conveniente sancionar con mayor rigurosidad esa falta, se sugiere cambiar la sanción actual, pasando de la multa del artículo 236 inciso 27 al artículo 237.

ARTICULO 239.- Suspensión de un mesSerá suspendido por un mes del ejercicio de su actividad ante la autoridad aduanera, el auxiliar de la función pública aduanera que:(…)k) En su calidad de auxiliar de la función pública aduanera incumpla las medidas cautelares dispuestas por la autoridad aduanera.

Esta reforma encuentra su motivación en la necesidad de establecer la obligación de que los auxiliares de la función pública aduanera acaten las medidas cautelares que disponga la autoridad aduanera, asimismo contar con la posibilidad legal de sancionar los incumplimientos que se den. La experiencia en esta materia, permite afirmar que existe un alto grado de incumplimiento de las disposiciones de este tipo, por lo que es necesario establecer una específica para esa situación, esta reforma va de la mano con la reforma del artículo 30 inc. o) de la LGA.

Artículo 240.- Suspensión de tres mesesSerá suspendido por tres meses del ejercicio de su actividad aduanera ante la

Se considera que incluir el concepto “evada” con el fin de que se sancione tanto al agente aduanero que haga constar el cumplimiento de una regulación

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Artículo propuesto Fundamentaciónautoridad aduanera, el agente aduanero que:(…)

d) Haga constar o evada el cumplimiento de una regulación no arancelaria que dé lugar al despacho de las mercancías sin haberse cumplido realmente el requisito

no arancelaria, como aquel que evade la misma.

ARTICULO 241.- Suspensión de un año

Será suspendido por un año del ejercicio de su actividad aduanera ante la autoridad aduanera, el auxiliar de la función pública aduanera que:

a) Permita que, al amparo de su autorización, actúe, directa o indirectamente realizando actividades aduaneras, un auxiliar de la función público agente aduanero que esté suspendido de su ejercicio o un tercero, cualquiera sea su carácter, si se trata de un agente aduanero.

Esta reforma va de la mano con la propuesta del 30 inc. p) ya que en la actualidad es una práctica común que personas físicas y jurídicas que no poseen la condición de auxiliares de la función pública aduanera realicen actividades aduaneras, con las consecuencias que ello genera para usuarios, auxiliares debidamente inscritos y autoridades aduaneras. La prestación de esos servicios se da en ocasiones al amparo del consentimiento de auxiliares, por lo que es necesario contar con sanciones para el tercero y para el auxiliar que lo permite, autoriza o facilita. La redacción del actual artículo 241LGA, resulta insuficiente porque solo cubre al agente aduanero, siendo que es habitual que empresas ofrezcan servicios de consolidación y desconsolidación, entrega rápida, entre otros.

ARTÍCULO 271.- Modificación. Modificase el inciso d) del artículo 1º de la Ley N° 6106, del 7 de noviembre de 1977. El texto dirá:"Artículo 1º-[.]

e) Cuando se trate de efectos rematados en las aduanas del país y que no fueron adjudicados, así como de mercancías o vehículos caídos en comiso por las autoridades de investigación criminal o de tránsito, la donación o

No existe ninguna norma que impida que la autoridad aduanera done al IMAS mercancías que son sujetas a requisitos no arancelarios y que quedaron en abandono porque presuntamente sus propietarios no pudieron cumplir con dichos requisitos para su importación

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Artículo propuesto Fundamentaciónentrega se efectuará por medio del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), en coordinación con las dependencias depositarias de esos bienes.

Las mercancías que no fueron adjudicadas en remate y que son sujetas a requisitos no arancelarios no se donaran al IMAS y se procederá con la destrucción de las mismas

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Cambios habidos en el entorno durante el periodo de su gestión

La falta de nombramiento de personal por causa del congelamiento de plazas y el traslado

de funcionarios a otras dependencias, ha afectado directamente en la consecución de las

metas establecidas y ha generado una acumulación importante en la carga de trabajo de

los funcionarios.

Sentencias administrativas del Tribunal Aduanero Nacional, que implican variaciones

sustantivas de criterio de línea de resolución., que no permiten sustentar bajo una línea

uniforme de precedentes (jurisprudencia administrativa), la concreción de fondo para

casos determinativos del cobro de tributos o de procedimientos sancionatorios, como lo

son los casos de cobros por conceptos de cánones y la aplicación de la teoría del delito

en los procedimientos sancionatorios.

Inconstitucionalidad declarada del numeral 242 vigente al 2012, por la Sala Constitucional

de la Corte Suprema de Justicia, misma que generó controversia con lo interpretado por el

Tribunal Aduanero con tema de reviviscencia del Derecho y las resueltas en el tema por

los Tribunales Contenciosos Administrativos, ambigüedad que genera un importante

cúmulo de expedientes ya los que les transcurre negativamente a los intereses fiscales el

tiempo.

Por otra parte, se ha tenido que sacar de su línea de trabajo, a varios funcionarios para

que procedan con la atención de los casos con montos altos o de trascendencia tributaria,

inicio de expedientes derivados de actividades fiscalizadoras con fechas muy próximas a

prescripción los DUAs de sus estudios, así como otros tipos de casos solicitados de

prioridad por ser denominados “ejemplarizantes” a los usuarios aduaneros, por

disposición administrativa de la Dirección General de Aduanas, que desvían las

planificaciones operativas de la Dirección, para redirigirlas en prioridad a actuaciones

derivadas de órganos fiscalizadores; provocando así un retraso en los expedientes del

flujo normal de producción de la Dirección Normativa, que tienen asignados los

funcionarios y sobre los cuales existen disposiciones de la Contraloría General de la

República para su pronta conclusión.

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Como variable más relevante del entorno se debe contemplar el desmejoramiento

progresivo de las finanzas públicas, lo que ha demandado importantes reducciones

presupuestarias, que generan la imposibilidad de contar con mayor disposición de

elemento humano que coadyuven a soportar la carga de trabajo creciente que

experimenta la Dirección Normativa de la Dirección de Aduanas y los Departamentos

Normativos de las aduanas.

Estado de la autoevaluación del sistema de control interno institucional

En los resultados de la última autoevaluación del sistema de control interno de la

Dirección Normativa 2015-2016 comunicadas mediante oficio DGA-PC-234-2016 del 19

de agosto de 2016, reflejan el trabajo que se ha venido realizando para la mejora continua

del Control Interno, así como aspectos que deben de dársele una atención prioritaria, es

decir, hay aspectos a mejorar respecto de los criterios tomados en cuenta para la

evaluación, y la percepción del funcionario al respecto.

Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional

Con el fin de optimizar el trabajo de la Dirección Normativa, y poder lograr la mejor

eficiencia y eficacia en las actuaciones, así como del control interno en sí mismo, se

emitieron importantes lineamientos a lo interno de los Departamentos, de acatamiento

obligatorio y según las necesidades de la Dirección.

El uso adecuado de las herramientas tecnológicas, informes con plazo de cumplimiento,

asignación de labores según prioridades, entre otras acciones en cada departamento. Así

como la calidad en el control del manejo de la base de datos de expedientes asignados en

esta Dirección, por medio de la implementación del Sitio en la Intranet Corporativa

(SharePoint), para el manejo de la correspondencia, expedientes, y consecutivos, que

permite distribución de la información entre los funcionarios, sistema de comunicación

eficiente, construye una cultura de colaboración, estandarización, facilidad de uso, motor

de búsqueda, localización de la información de forma más eficiente, mayor control y

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seguimiento de los expedientes, se puede accesar en todas las aduanas y dependencias

del Ministerio de Hacienda. Además a partir de 2017, se comenzó con la implementación

del sitio en los departamentos normativos de las Aduanas.

Como resultado de la autoevaluación de control interno y según las recomendaciones

establecidas, se implementó en la Dirección Normativa, un buzón de sugerencias con el

objetivo de poder contar con un mecanismo para conocer y retroalimentarnos de los

usuarios ya sea externos como internos, se trabajó en sesiones de trabajo a lo interno de

cada departamento, a manera de recordatorio y retroalimentación se remitieron a todos

los funcionarios, los manuales de procedimientos, el código de ética, el manual de

puestos, la visión, misión y valores de la institución.

Principales logros alcanzados durante su gestión de conformidad con la planificación institucional

a) Recaudación

Cuadro N° 1Recaudación Efectiva periodo setiembre de 2015 a 06 de marzo de 2017

Tipo de procedimiento 2015 2016 2017 Total

Sancionatorio ₡38.585.635,43 ₡70.400.422,84 ₡470.385.117,71 ₡579.371.175,98

Determinativo ₡105.547.834,27 ₡731.498.263,85 ₡11.387.181,37 ₡848.433.279,49

Totales ₡144.133.469,70 ₡801.898.686,69 ₡481.772.299,08 ₡1.427.804.455,47Fuente: Dirección Normativa

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Grafico N° 1 Recaudación Efectiva periodo setiembre de 2015 a 06 de marzo de 2017

2015 2016 2017₡.00000

₡100000000.00000

₡200000000.00000

₡300000000.00000

₡400000000.00000

₡500000000.00000

₡600000000.00000

₡700000000.00000

₡800000000.00000

SancionatorioDeterminativo

Fuente: Dirección Normativa

b) Cobro Judicial

Cuadro N° 2Expedientes enviados a Cobro Judicial periodo setiembre de 2015 a 06 de marzo de 2017Tipo de procedimiento 2015 2016 2017 Total

Sancionatorio ₡3.781.376,54 ₡128.372.584,21 ₡1.982.652,00 ₡134.136.612,75Determinativo ₡296.019.417,41 ₡110.170.919,97 ₡6.626.540,37 ₡412.816.877,75Totales ₡299.800.793,95 ₡238.543.504,18 ₡8.609.192,37 ₡546.953.490,50Fuente: Dirección Normativa

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Gráfico N° 2Expedientes enviados a Cobro Judicial periodo setiembre de 2015 a 06 de marzo de 2017

2015 2016 2017₡.00000

₡50000000.00000

₡100000000.00000

₡150000000.00000

₡200000000.00000

₡250000000.00000

₡300000000.00000

₡350000000.00000

SancionatorioDeterminativo

Fuente: Dirección Normativa

c) Inhabilitaciones y Suspensiones de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera

Cuadro N° 3Inhabilitaciones y Suspensiones dictadas durante el periodo setiembre de 2015 a 06 de marzo de 2017

2015 2016 2017 TotalInhabilitaciones 56 341 75 472Suspensiones 4 23 19 46Totales 60 364 94 518Fuente: Dirección Normativa

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2015

2016

2017

.000 50.000 100.000 150.000 200.000 250.000 300.000 350.000

Gráfico N° 3Inhabilitaciones y Suspensiones dictadas durante el periodo

setiembre de 2015 a 06 de marzo de 2017

Suspensiones Inhabilitaciones

Fuente: Dirección Normativa

d) Expedientes concluidos

Cuadro N° 4Expedientes concluidos en el periodo setiembre 2015 a 06 de marzo de 2017

2015 2016 2017 TotalSancionatorios 121 511 102 734Determinativos 51 132 20 203Totales 172 643 122 937Fuente: Dirección Normativa

De los datos anteriores, queda demostrado el compromiso realizado en este periodo, en

cuanto a la importante sumatoria de ingresos efectivos por concepto de tributos, la

cantidad de expedientes y suma en deberle al Estado remitidos para su cobro judicial, así

como la cuantificación elevada de inhabilitaciones y suspensiones a diversos Auxiliares de

la Función Pública Aduanera, que en buena medida han permitido reducir el circulante de

expedientes, habiéndose mejorado en consecuencia la exigencia del pago de las

obligaciones contraídas por los Auxiliares de la Función Pública Aduanera que se

encuentran en firme y hasta ratificadas por el Tribunal Aduanero Nacional y otras

instancias, logrando demostrar la eficiencia de la Administración en la ejecutoriedad de los

actos administrativos firmes, en un período corto de tiempo, permitiendo con ello a la

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autoridad aduanera generar un ambiente de riesgo y de control efectivos hacia el infractor

a través de la imposición oportuna de sanciones y los cobros derivados de los

procedimientos ordinarios.

La Dirección Normativa, a través del Departamento de Asesoría, emitió 547 criterios

legales, de gran trascendencia para la gestión del Servicio Nacional de Aduanas. De igual

forma ha laborado en el desarrollo de Proyectos de reforma tanto legales como

reglamentarios, así como en la emisión de otras disposiciones de carácter normativo de

gran impacto para el país; dentro de los cuales se destacan los siguientes:

Criterios Relevantes. Criterio Legal sobre la trascendencia jurídica de que una empresa no beneficiara

se localice dentro del Parque de Zonas Francas y sobre la omisión del plazo en

cuanto a la fórmula para la disminución de las exoneraciones, contenida en el

artículo 27 del Reglamento a la Ley de Zonas Francas.

Informe al despacho del Ministro sobre tratamiento fiscal, controles y normativa del

Régimen de Zonas Francas.

Criterio Legal sobre la aplicación de Trato Arancelario Preferencial a las

mercancías provenientes de Zonas Francas, a la luz de los Tratados de Libre

Comercio suscritos en Costa Rica.

Criterio Legal sobre las ventas de servicios entre empresas de Zonas Francas y

empresas de Perfeccionamiento Activo y su tratamiento como venta locales.

Criterio Legal sobre la posibilidad jurídica de que una empresa autorizada como

auxiliar de la función pública aduanera pueda ofrecer los servicios de garantía a

los contenedores que han sido reparados, mismos que se encuentran en proceso

de exportación cargados de mercancías y que ingresan nuevamente a las

instalaciones de la empresa de Zonas Francas para su reparación por desperfecto

sufrido durante el tránsito para la exportación.

Criterio legal sobre Conocimiento de Embarque: Endoso y cesión de derechos

para la importación de mercancías desde una empresa de Servicios de Logística

del Régimen de Zonas Francas.

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Informe al Despacho del Director General de Aduanas sobre las acciones para

coadyuvar con las aduanas en la disminución de nulidades decretadas por el

Tribunal Aduanero Nacional.

Criterios enviados a Ministerio de Comercio Exterior en materia de Tránsito y

transbordo a la luz de los Tratados de Libre Comercio. Se emitieron varios criterios

dirigidos al Ministerio de Comercio Exterior, en los cuales se plasma la posición del

Servicio Nacional de Aduanas con respecto a los lineamientos contenidas en la

resolución RES-DMR-00048-15 DGCE-COR-CAE-0398-2015 referidas a la

aplicación de las disposiciones de “Tránsito y Transbordo” al amparo de los

Tratados de Libre Comercio vigentes.

Criterio sobre el Artículo 106 ter del Código de Normas y Procedimientos

Tributarios, respecto de la información que las entidades financieras deberán

proporcionar a la Administración Tributaria información sobre sus clientes.

Criterio respecto de la aplicación de las sanciones de suspensión conforme con el

artículo 232 de la Ley General de Aduanas, y su ejecución en el sistema

informático Tecnología de Información para el Control Aduanero (TICA).

Criterio sobre las observaciones efectuadas al Formulario de autoliquidación de

multas, puesto en vigencia con la resolución RES-DGA-073-2016 del 04 de marzo

de 2016.

Criterio sobre importación temporal categoría industrial, mediante el cual se dirime

sobre la no transformación o modificación de las mercancías, y no formar parte de

procesos de manufactura o fabricación.

Criterio sobre Inhabilitación y Revocatoria de Operador Económico Autorizado, a la

luz de las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. 38998-H del 24 de

febrero de 2015 denominado “Reglamento del Programa de Facilitación Aduanera

para el Comercio Confiable en Costa Rica”, y la Ley General de Aduanas.

Criterio sobre la solicitud de préstamo de bienes al Instituto Costarricense sobre

Drogas y la vinculación de Servicio Nacional de Aduanas con Ley No. 8204 y No.

8754.

Revisión de “Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Hacienda, el

Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Servicio Fitosanitario del Estado y el

Servicio Nacional de Salud Animal”. Este convenio tiene por objeto la

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incorporación del Ministerio de Agricultura y Ganadería al Programa de Facilitación

Aduanera para el Comercio Confiable en Costa Rica (en adelante PROFAC),

establecido con el Decreto Ejecutivo No. 38998-H del 24/02/2015, publicado en la

Gaceta No. 91 del 13 de mayo de 2015.

Elaboración y revisión del “Convenio de Cooperación entre Ministerio de Hacienda

y el Ministerio de Agricultura y Ganadería para el escaneo de unidades de

transporte y mercancías, así como la facilitación y transmisión de envío de las

imágenes detectadas con los escáneres.

Elaboración de resoluciones de devolución de tributos por aplicación de Tratado

de Libre Comercio entre México y Costa Rica, en virtud de lo dispuesto en la

circular CIR-DGA-DGT-007-2015 del 12 de marzo de 2015.

Se emitió resolución de alcance general sobre la custodia en Aduana Caldera de

mercancías decomisadas en jurisdicción de Aduana de Paso Canoas, en virtud de

la imposibilidad de almacenar y custodiar mercancías en la Aduana de Paso

Canoas, y a efecto de salvaguardar la seguridad de las mismas.

Criterios varios y seguimiento efectivo a causa judicial tramitada contra la señora

Ann Maxinne Patton por el delito de contrabando, expediente judicial número 10-

000003-1042-PE.

Criterios varios a fin de realizar cálculos por medidas alternas (conciliación), por

causas judiciales correspondientes a delitos tributarios aduaneros.

Criterio sobre custodia certificados de origen, mediante el cual se indicó que el

Agente Aduanero se encuentra en la obligación de conservar bajo su

responsabilidad y custodia directa o por medio de terceros, un respaldo de los

documentos que amparan la declaración aduanera, en este caso se recomienda

otorgar ya sea a la autoridad aduanera que lo solicite o al importador que lo

requiera, una copia certificada por notario público amparada al certificado de

origen original.

Criterio respecto a consulta realizada respecto a artículo 213 LGA,

correspondiente a contrabando fraccionado, por parte del señor Irving Malespín

Muñoz, Director de la Policía de Control Fiscal.

Criterio sobre la solicitud de información para efectos judiciales al amparo de

COMALEP, en el cual se concluye que se considera factible la solicitud de

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información por parte del Servicio Nacional de Aduanas de Costa Rica a otra

Administración aduanera parte del Convenio, para efectos de aportar la misma

como prueba en un proceso judicial en el cual la Administración Aduanera sea

parte o promueva el mismo, según los términos estipulados en dicho cuerpo

normativo.

Criterio de presentación de denuncias Ministerio Público en caso de delitos

penales aduaneros, consultas varias respecto a delito fraccionado.

Criterio sobre artículo 65 de la Ley General de Aduanas, respecto a la posibilidad

de utilización del cheque certificado para garantizar la obligación tributaria

aduanera. Se concluye que existe una imposibilidad material de que el cheque

certificado u otro tipo de cheque, pueda ser utilizado como medio de garantía en

operaciones aduaneras, lo cual hace parcialmente inoperante el artículo 65 de la

Ley General de Aduanas.

Vigencia de criterio DN-135-2012, referente a procedencia de inscripción de

choferes y unidades de transporte con varios Transportistas Aduaneros.

Criterio sobre Confidencialidad de la información en el TICA. Regulación de

información dada a otras instituciones estatales.

Atención de mandamientos varios solicitados por las distintas dependencias del

Poder Judicial.

Criterio sobre la procedencia de que una Empresa de Servicios Logísticos,

custodie en sus instalaciones sobrantes que resultan al finalizar de la descarga del

medio de transporte, respecto de la cantidad declarada en el manifiesto. Se señaló

que esto desvirtúa la naturaleza del Régimen de Zonas Francas, siendo los

competentes para la custodia temporal los Depositarios Aduaneros, que permiten

la custodia y conservación temporal de mercancías que aún no han sido

sometidas a un régimen definitivo hasta tanto se justifique o no el sobrante.

Criterio sobre utilización por parte del Instituto Mixto de Ayuda Social de

mercancías sobrantes en los pedidos y no declaradas, en el sistema de inventario

de reexportación y que fueron entregadas como premios a los participantes de

una capacitación. Se indicó que al haber salido estas mercancías de la Modalidad

de Tiendas Libres, han perdido su condición de exentas, por lo que lo que procede

es el pago de los impuestos correspondientes, por lo que deben ponerse en forma

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inmediata bajo el control aduanero, de lo contrario, se estarían violentado las

disposiciones contenidas en los artículos 26, 28, 30 inciso a), d), h), i), 31, 134 y

135 de la Ley General de Aduanas en concordancia con los artículos 176 inciso e)

y 178 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

Criterio sobre Exportaciones de una empresa de Perfeccionamiento Activo desde

una empresa de Servicios de Logística. No es procedente, pues se desvirtuaría la

naturaleza del régimen de Perfeccionamiento Activo, así lo ha considerado la

Procuraduría General de la República.

Solicitud de criterio a la Procuraduría General de la República sobre delegación de

funciones, emitiéndose la posición del a Dirección general de Aduanas. .

Criterio sobre procedencia de que se permita el acceso a oficios que llevan las

dependencias y lo indicado en el artículo 117 del Código de Normas y

Procedimientos. Ante solicitud de información solicitada por los usuarios, cada

dependencia debe valorar que la información sea de interés público, y que la

información no sea de trascendencia tributaria, esto es, que no sea información

obtenida de los contribuyentes, responsables y terceros, donde se evidencie la

cuantía u origen de las rentas, ni cualquier otro dado que figure en las

declaraciones, como tampoco libros o documentos que contengan extractos o

referencia de ellas.

Criterio sobre Gravamen prendario legal sobre las materias primas, amparadas al

Régimen de Perfeccionamiento Activo. Existe una contradicción entre el artículo

185 de la Ley General de Aduanas y el Reglamento N° 34165-COMEX-H del

Régimen de Perfeccionamiento Activo, circunstancia que debe ser saldada por la

preeminencia de la aplicación de la ley.

Criterio sobre Endoso y Cesión de Derechos para la Importación de mercancías

desde una Empresa de Servicios de Logística del Régimen de Zonas Francas. Se

requiere la figura del endoso o la cesión de derechos de las mercancías

consignadas a esas empresas, para su posterior importación al territorio nacional,

toda vez que al efectuarse ésta, debe de utilizarse la declaración aduanera que a

su vez debe ser acompañada por el conocimiento de embarque que es el título

representativo de las mercancías, cuyo traslado a un tercero es mediante el

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endoso cesión de derechos que establece el artículo 40 de la Ley General de

Aduanas.

Criterio sobre Legalidad de que una persona que esté autorizada como asistente

de agente de aduanas, pueda simultáneamente, tener un contrato de servicios

profesionales o contrato laboral con un agente de aduanas y con otro empleador

(no en calidad de asistente). La normativa aduanera no establece ninguna

prohibición en ese sentido, el artículo 121 del Reglamento a la Ley General de

Aduanas, que versa sobre la exclusividad de la representación, lo que regula es la

de los servicios de asistente, en el sentido de que los mismos deben ser prestados

solamente para un único agente aduanero.

Criterio sobre Revocatoria de la condición de auxiliar de la función pública

aduanera a empresa beneficiaria del Régimen de Zonas Francas que se encuentra

en proceso de cobro. No es posible emitir resolución de revocatoria de la condición

de Auxiliar de la Función Pública Aduanera, hasta tanto se dé alcance a los

montos adeudados por dicho auxiliar.

Criterio sobre la figura de permanencia a bordo de “permanencia a bordo. La

permanencia a bordo de mercancías es una figura propia del Régimen de

Depósito Fiscal y el momento de hacer uso de ella es cuando se ingresa la

mercancía a ese Régimen.

Criterio sobre presentación asociada a un DUA de una única factura que a su vez

detalla otras facturas y la posibilidad de dictar medidas cautelares en dichos casos

(Caso paqueteros encomenderos)

Criterio sobre el plazo de seis horas para finiquitar el trámite en despacho de las

mercancías para las empresas de entrega rápida

Criterio sobre anulación de DUAS.

Criterio sobre Ampliación de Horario Permanente para Depositarios Aduaneros en

Aduana Santamaría. Se resolvió que toda solicitud de ampliación de horario sea

de forma permanente o temporal, obedece a criterios de planificación,

razonabilidad y proporcionalidad de las operaciones y servicios, distribución y

disponibilidad de los recursos administrativos y humanos con los que cuentan las

aduanas de jurisdicción para ejercer las facultades y atribuciones de control

requeridas durante la recepción, descarga o verificación de las unidades de

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transporte y sus mercancías en los Depositarios Aduaneros, a fin de garantizar

una adecuada percepción de los tributos aduaneros y la represión de las

conductas ilícitas que atenten contra la gestión y control de carácter aduanero y de

comercio exterior, según lo dispuesto en el artículo 6 inciso c) de la LGA.

Criterio sobre la vigencia de la Circular DNP-06-97-FAUCA. El Reglamento

Centroamericano contempla únicamente la omisión o la corrección de errores en la

Certificación de Origen contenida en el FAUCA. Sin embargo, en ninguna forma

viene a dejar sin efecto lo dispuesto mediante la Circular DNP-06-97 del 17 de

enero de 1997. Si bien es cierto que el Reglamento Centroamericano es un cuerpo

normativo de rango jerárquico y grado de especialidad superior a la Circular,

obsérvese también que las disposiciones de la Circular no son contrarias a las

normas del Reglamento. En síntesis, aquellas mercancías originarias

centroamericanas amparadas a un FAUCA, gozarán de Libre Comercio, sin

importar que la posición arancelaria indicada en dicho FAUCA, sea o no

coincidente con la posición arancelaria consignada por la Aduana al momento de

la importación, en el DUA asociado a tales mercancías.

Criterio sobre Importación Temporal de equipo por parte de empresa que contrata

con RECOPE. El ordenamiento jurídico costarricense concede la facultad de

escoger entre la importación temporal que ofrece la Ley General de Aduanas y el

régimen jurídico definido por la Ley General de Concesión de Obra Pública, una

vez que se hayan analizado los aspectos legales que diferencian ambos

regímenes, así como la conveniencia y oportunidad de acogerse específicamente

a uno de ellos, previo cumplimiento de los deberes y obligaciones que cada

régimen imponga.

Circular Aplicación del artículo 242 de la Ley General de Aduanas para el Cálculo

de multas en Conciliaciones Penales: En aquellos casos en que la Procuraduría

General de la República le informe a esta Dirección General sobre el interés de

aplicar para determinado asunto, una medida alterna de solución de conflictos que

contemple una reparación integral del daño, se deberán calcular la multas que

fueren procedentes conforme lo dispuesto en el numeral 242 la LGA.

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Elaboración Resolución de Monto Exiguo. Actualización del monto límite para el

archivo de presuntas deudas tributarias aduaneras pendientes de pago y futuras

en el Servicio Nacional de Aduanas, fijando el límite de monto exiguo en la suma

de doscientos treinta y siete mil cuatrocientos ocho colones con veintitrés céntimos

(¢237.408,23), dejando sin efecto el monto establecido en la resolución número

RES-DGA-040-2011.

Emisión de diversos criterios en materia de origen de las mercancías a luz de los

Tratados de Libre Comercio suscritos por Costa Rica.

Criterio Legal sobre quién es el expedidor de mercancías establecido en el

numeral 316bis del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

Actualización del Catálogo Nacional de Trámites en la Dirección Normativa.

Emisión de diversos criterios en materia de conocimiento de embarque, su endoso

y cesión.

Criterio legal sobre la notificación de una persona jurídica acéfala.

Emisión de diversos criterios en relación con vehículos decomisados en la zona

fronteriza con Panamá.

Criterio que autoriza como servicio complementario al despacho de mercancías en

las instalaciones de los depositarios aduaneros, la prestación de los servicios de

precinto electrónico, siempre y cuando se cumplan medidas de control ciertas

condiciones establecidas en el ordenamiento jurídico.

Criterio que establece como obligatoria la matrícula en las cureñas y carretas para

trasladar contenedores o mercancías.

Emisión de diversos criterios sobre aplicación de multas y rebajos establecidos en

la Ley General de Aduanas.

Criterio sobre aplicación de exención tributaria a bienes importados por el Banco

Nacional, en su condición de Fiduciario del Fideicomiso de Gestión de los

Proyectos y Programas de FONATEL.

Criterio sobre limitación en el plazo que tiene el transportista de efectuar la

inclusión o eliminación de la información del manifiesto de ingreso marítimo que no

se encuentra contenida en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

Estudios a Proyectos de la Asamblea Legislativa u otras Instituciones.

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Observaciones al Proyecto de Ley No. 18.895 “Ley Orgánica de JUDESUR”,

dentro de las que destacan la inclusión de los concesionarios como auxiliares de la

función pública aduanera, así como las sanciones aplicables.

Observaciones al Proyecto de reforma al artículo 35 de la Ley No. 8204 “Ley sobre

estupefacientes, sustancias sicotrópicas. drogas de uso no autorizado, actividades

conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, a solicitud de

Instituto Costarricense sobre Drogas.

Observaciones al “Proyecto de Ley para bajar el precio del gas”, mediante el cual

se pretende reformar el artículo 1 de la Ley N° 7356, del 24 de agosto de 1993,

excluyendo del monopolio Estatal el gas licuado de petróleo (GLP).

Observaciones al Proyecto de Ley Nº 19.716 “Ley de Armas y Explosivos”

Criterio institucional sobre el Proyecto de Ley Expediente N° 19591. Modificación

de la Ley 5395, Ley General de Salud y adición de la Sección IV al Título de la Ley

XVI de la Ley 4573, Código Penal. Ante la importación o exportación de las

mercancías que regula el Proyecto de referencia y ante la existencia de

regulaciones “No Arancelarias”, la competencia de la Autoridad Aduanera es la

aplicación de tal regulación; pues la Autorización es emitida por la Autoridad

competente. Lo anterior con sustento en el artículo 9 inciso f) y 53 de la Ley

General de Aduanas.

Coadyuvancia en la elaboración del Proyecto de Ley N° 19.711. Se coordinó con

el Ministerio de Comercio Exterior la redacción, emisión de observaciones y

finiquito del Proyecto de Ley N° 19.711 “Aprobación del Protocolo de Enmienda del

Acuerdo de Marrakech por el que se establece la organización mundial del

Comercio “Hecho en Ginebra el 27 de noviembre de 2014; y su anexo (Acuerdo

Sobre Facilitación del Comercio)”. El mismo actualmente se encuentra en trámite

ante la Asamblea Legislativa.

Coadyuvancia en la elaboración del Proyecto de Ley N° 20.012. Se coordinó con

el Ministerio de Comercio Exterior y Crédito Público del Ministerio de Hacienda en

la redacción, emisión de observaciones y finiquito del Proyecto de Ley N° 20.012

correspondiente a “Aprobación del Contrato de Préstamo N°3488/OC-CR suscrito

entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para

financiar el programa de Integración Fronteriza de Costa Rica”.

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Observaciones al Proyecto Adición al Artículo 30 bis de la Ley del IFAM: El

artículo 69 del CNPT dispone: “Concepto de Administración Tributaria. Para

efectos del presente título III, la frase Administración Tributaria debe entenderse

como los órganos de la Administración Tributaria adscritos al Ministerio de

Hacienda.” Así las cosas, considera esta Dirección General que el presente

proyecto presenta roces con el CNPT, en virtud de que el IFAM no es un órgano

adscrito al Ministerio de Hacienda, quedando excluido del concepto de

Administración Tributaria y por consiguiente, de la posibilidad de que el Título III

del CNPT le sea de aplicación en materia sancionatoria administrativa.

Observaciones al Proyecto de Ley del Colegio de Dentistas. Timbre Odontológico:

La legislación vigente referente al Timbre Odontológico, establece su destinación a

favor del Colegio. El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de

Aduanas (DGA), contribuye a brindar el servicio de recaudación a dicho Colegio y

proporciona a éste información sobre la recaudación a efectos de facilitar el

seguimiento.

Observaciones al Proyecto "Adición de un artículo 68 bis al Código Municipal" /

Ley N° 7794 del 30 de Abril de 1998 y sus reformas: El presente proyecto

presenta roces con el Código de Normas y procedimientos Tributarios (CNPT), en

virtud de que las municipalidades no son un órgano adscrito al Ministerio de

Hacienda, quedando excluido del concepto de Administración Tributaria y por

consiguiente, de la posibilidad de que el Título III del CNPT le sea de aplicación en

materia sancionatoria administrativa.

Observaciones a Proyecto de Ley "Modificación al Art. 69 de la Ley sobre

estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y

actividades conexas. Ley N° 8204":

Proyectos de Reformas Legales, Reglamentarias y otras Disposiciones Normativas.

Decreto Ejecutivo N°40198 “Reforma Integral al Régimen de Perfeccionamiento Activo” publicado en el Alcance N°37 al Diario Oficial La Gaceta N° 36 del 20 de febrero de 2017.

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El cual en virtud de los compromisos asumidos por Costa Rica en el marco de la

Organización Mundial del Comercio (OMC), es necesario ajustar las disposiciones del

Régimen de Perfeccionamiento Activo a las disciplinas del Acuerdo sobre Subvenciones y

Medidas Compensatorias (“ASMC”) que forma parte del Acta final en que se incorporan

los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales,

aprobada mediante la Ley N° 7475, de 20 de diciembre de 1994, las cuales exigen la

eliminación de aquellos beneficios considerados como subvenciones a la exportación.

En el contexto anterior, el Centro de Asesoría Legal de la OMC, mediante opinión jurídica,

identificó elementos dentro del Régimen de Perfeccionamiento Activo que podrían

considerarse incompatibles con los compromisos de Costa Rica en el ASMC. En términos

generales, la opinión del Centro es que aquellos productos que no han sido incorporados

o consumidos en la fabricación del producto exportado no podrían estar sujetos a las

exenciones o beneficios tributarios del Régimen, entre los cuales estarían la maquinaria y

equipo. En este sentido se adaptan las normas para la eliminación de las subvenciones

prohibidas.

Otra de las grandes reformas es que se ajusta la norma de conformidad con el artículo

185 de la Ley general de Aduanas a efectos de que sea conteste con la Ley en cuanto a

la rendición de prenda aduanera a la materia prima.

Decreto Ejecutivo N° 40141-COMEX-H “Reformas a los artículos 4, 6, 10, 11, 12, 14, 25, 26, 29, 31, 35, 38, 39, 41, 45, 50, 51, 52, 53 bis, 62, 67, 68 y 76; así como la adición de los artículos 67 bis y 122 bis al Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008” publicado en el Alcance N°17 al Diario Oficial La Gaceta N° 18 del 25 de enero de 2017.

El cual nace dado que para la Administración es prioritario la mejora de la competitividad

del país, por lo que se definen reglas claras, coherentes y simples; evitando que se

multiplique o dupliquen requisitos que no agregan valor significativo e implican costos

directos e indirectos que restan eficiencia a las operaciones de las empresas, reduciendo

en definitiva su capacidad de producción y el bienestar del país. Todo lo anterior en

observancia y respeto de los principios contemplados en los numerales 15 y 16 de la Ley

General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas, y

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la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos,

Ley Nº 8220 del 4 de marzo de 2002 y sus reformas, y dentro de los límites que imponen

la eficiencia, razonabilidad, proporcionalidad y el mismo ordenamiento jurídico. Se dejan

en forma más clara las obligaciones de ingreso al régimen.

Decreto Ejecutivo No. 39267-H “Reformas al Reglamento a la Ley General de Aduanas” Publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 212 del 02 de noviembre de 2015.

Se incluyeron en el Reglamento a la Ley General de Aduanas las disposiciones relativas

al transporte Multimodal Internacional Marítimo Terrestre, con lo cual se estableció el

marco normativo que permite responder las necesidades de modernizar y agilizar las

operaciones de comercio internacional; particularmente la inclusión de una nueva

modalidad en el transporte de mercancías.

Decreto Ejecutivo N° 40119-H “Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas.” Publicado en el Alcance N°25 al Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 02 de febrero de 2017

Se reformaron los artículos 544 y 550 del Reglamento a la Ley General de Aduanas,

específicamente las disposiciones relativas al transporte multimodal marítimo-terrestre, a

efecto de mejorar la normativa que sustenta la operación del ferry entre Costa Rica y El

Salvador.

Decreto Ejecutivo No. 39490-MINAE-MH-MAG “Establecimiento del procedimiento para la verificación in situ de los especímenes de fauna y flora silvestre, sus productos y derivados, protegidos por la Convención CITES, que son comercializados a través de los puntos autorizados de entrada y salida del país”, Publicado en La Gaceta N°48 del 9 de marzo del 2016.

Tiene como finalidad el cumplimiento del informe de la Contraloría de General de la

República número, DFOE-AE-0775 del 19 de diciembre de 2013, el cual fue emitido con el

cometido de que se dé una correcta aplicación a la Convención sobre el Comercio

Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres‖, la cual fue firmada

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por Costa Rica en Washington el 3 de marzo de 1973, ratificada mediante Ley N° 5605

del 30 de octubre de 1974.

Decreto Ejecutivo No. 39544-H de fecha 20 de noviembre de 2015, publicado en Alcance N° 40 a la Gaceta N° 50 del 11 de marzo de 2016 “Establece disposiciones para regular los vehículo altamente deteriorados”.

Se regula lo concerniente a los vehículos calificados como altamente deteriorados. El

mismo pretende donar a una institución que vele por el bienestar social todos aquellos

vehículos que se encuentren en las instalaciones aduaneras, portuarias y de los

depositarios aduaneros en estado altamente deteriorados, que están en mal estado o

inservible, que carecen de valor comercial o cuya importación es prohibida.

Decreto Ejecutivo N° 39941-H publicado en el Alcance No. 233 a La Gaceta No. 205 del 26 de octubre de 2016 “Reforma Cobro del Impuesto General sobre las Ventas en el caso de la comercialización de autos nuevos y usados para garantizar su fiscalización y recaudación”.

El Decreto limita la importación de vehículos nuevos cuyo año corresponda al año

siguiente del año calendario vigente a partir del 1° de setiembre de cada año. Dicho

Decreto fue liderado por la Dirección de Tributación. No obstante, la Dirección Normativa

ha coadyuvado enviado observaciones al Decreto y en la atención del Recurso de

Amparo y la Acción de Inconstitucionalidad interpuestos contra el mismo

Decreto Ejecutivo N° 39724-MOPT-MINAE-S “Reglamento para el control de las emisiones contaminantes producidas por los vehículos automotores con motor de combustión interna” publicado en el alcance No. 87 a la Gaceta No.103 del 30 de mayo de 2016.

Se reguló la importación de vehículos de acuerdo a la emisión de contaminantes. Dado

que dicho Decreto contiene aspectos aduaneros, se trabajó en una propuesta de reforma

con funcionarios del MOPT, del Ministerio de Salud y del MINAE. Asimismo, se abogó por

que se modificara la entrada en vigencia de los artículos 5, 6 y 7 del citado Decreto, toda

vez que no se ha coordinado la implementación de la respectiva nota técnica contenida en

el artículo 8 del citado Decreto. Es por ello que mediante Decreto 40.108 MOPT-MINAE-S

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del 22 de diciembre de 2016 se modificó el Decreto N° 39724-MOPT-MINAE-S. A la fecha

se debe continuar con la coordinación entre las instituciones involucradas para establecer

la aplicación del Decreto, en forma efectiva.

Proyecto de reformas puntuales en la Ley General de Aduanas: Ley General de Aduanas debe estar construida de manera tal que estimulen en los

contribuyentes al cumplimiento voluntario por lo que se requiere cambios puntuales para

contar con herramientas para mejorar la administración y recaudación de impuestos. De

esta forma dotar a la Administración con instrumentos que presenten claramente las

facultades de requerir información y luchar contra el incumplimiento de las obligaciones,

donde el sistema sancionador debe ser capaz de desestimular conductas infractoras y ser

realmente aplicable. Con esta reforma se pretende la creación de tributo $5 por el uso de

servicios aduaneros del Sistema Informático; delimitación de obligaciones y Sanciones al

Auxiliar de la Función Pública: ejemplo reincidencia, modificación de la declaratoria de

Abandono de mercancía; reforma a las garantías; Modificación a la normativa referente a

envíos postales, entre otros temas de relevancia aduanera.

Proyecto Acuerdo Marco para implementar Sistemas de control integrado binacional en los pasos de frontera Costa Rica y Panamá.

La gestión actual en los pasos fronterizos constituye uno de los factores que afecta de

manera más significativa el desempeño logístico del país. Asimismo, la utilización de

procedimientos de control e infraestructura inadecuados incrementa los costos y tiempos

de espera. Razón por la cual la Organización Mundial de Aduanas insta a los países a

modernizar sus aduanas con el objetivo de alcanzar la facilitación del tránsito de las

personas y mercancías mediante procedimientos que controlen los sistemas de seguridad

que el país estableció en sus leyes, así como sus procesos ágiles, confiables y eficientes

Por ello, la discusión de tal tema se torna un aspecto de competencia de la Direccion

General de Aduanas ya que conforme a la Ley General de Aduanas (en adelante LGA) es

el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, la Direccion General de

Aduanas apuesta por una integración fronteriza binacional de los controles, con doble

cabecera donde cada país en forma separada utiliza sus sistemas informáticos y ejerce el

control según las potestades establecida en la normativa. En este proyecto trabaja un

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grupo interinstitucional compuesto por todas las instituciones involucradas en el control en

fronteras, actualmente se encuentra en la Director General de Política Exterior

recopilando las ultimas observaciones de las diferentes instituciones involucradas para ser

enviado a la Asamblea Legislativa para su respectivo tramite.

Proyecto Acuerdo Marco para la implementación de Controles Bilaterales de Facilitación Virtual en los Puestos de Control de Frontera habilitados entre las Repúblicas de Nicaragua y Costa Rica.

En aras de modernizar sus aduanas las autoridades de ambos países han manifestado la

necesidad de remozar los controles existentes con el objetivo de alcanzar la facilitación

del tránsito de las personas y mercancías mediante procedimientos que controlen los

sistemas de seguridad, así como sus procesos ágiles, confiables y eficientes, el primer

paso para llevar a cabalidad esta intención es la negociación de un Acuerdo marco para la

coordinación virtual de todas las autoridades involucradas en el control de fronteras.

Proyecto de Reglamento de Regularización. Reglamenta el procedimiento de regularización, procura poner en operación normas y

procedimientos del instituto de regularización, regulado en el artículo 24 bis de la Ley

General de Aduanas, haciéndolo conteste con el Código de Normas y Procedimientos

Tributarios, así como su reglamento de gestión. Proyecto detenido debido a que deben

valorarse mejor los efectos que su implantación tendrá en la fluidez del proceso de

regularización.

Proyecto de Decreto sobre Factura Electrónica. Se pretende implementar el uso de la representación gráfica de la factura electrónica,

como documento electrónico a presentar con las declaraciones aduaneras en los

diferentes regímenes aduaneros y modalidades. En esa tesitura la Dirección Normativa ha

procedido a la elaboración de un Proyecto de reforma al Reglamento a la Ley General de

Aduanas, mismo que se encuentra dentro de un grupo de Proyectos de Reforma al citado

Reglamento y que al concluir la presente gestión se encuentra en estado de revisión.

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Proyecto de Decreto de modificación al artículo 457 del Reglamento a la Ley General de Aduanas para reducir el plazo de permanencia de las unidades de transporte en el territorio nacional.

En el marco de diálogo entre el Ministerio de la Presidencia en diálogo ciudadano con el

sector transportista se logró el acuerdo de reducir el plazo de permanencia de los

transportistas en el territorio nacional de seis meses a tres meses. Esto de conformidad

con las negociaciones a nivel regional contestes con CAUCA IV y demás disposiciones

jurídico-aduaneras.

Proyecto de Decreto al artículo 5 de la Ley de Tránsito. Se ha negociado y se han realizado varias reuniones con el MOPT con el propósito de

reglamentar el artículo 5 de la Ley de Tránsito sobre la prohibición en la importación para

la inscripción de vehículos que se encuentren en pérdida total u otros supuestos

señalados en esa misma norma; por medio del cual se implementan las medidas

necesarias para verificar el cumplimiento de dicha disposición, antes de la nacionalización

correspondiente. Se envió una propuesta de Reglamento al MOPT y actualmente se está

a la espera de una respuesta del Ministro del MOPT para determinar lo procedente y

negociar la forma en que se va a regular.

Proyecto de Decreto de Asistencia Mutua entre Costa Rica-México. Revisión y coordinación para la firma del Decreto "Acuerdo entre el Gobierno de la

República de Costa Rica y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos relativo a la

Asistencia Mutua entre sus Administraciones Aduaneras".

Convenio "La Asistencia Mutua Administrativa para la Aplicación Apropiada de la Legislación Aduanera entre los países de Costa Rica y Países Bajos".

Se brinda coadyuvancia jurídica al Área de Relaciones y Asuntos Externos para negociar

y confeccionar convenio de intercambio de información con el objeto de que ambos

países se preste asistencia administrativa mutua a través de sus administraciones

aduaneras, para la correcta aplicación de la legislación aduanera у para prevenir,

investigar у combatir las infracciones aduaneras, у para garantizar la seguridad de la

cadena logística del comercio internacional.

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Convenio de Intercambio de Información con 05 Instituciones Públicas (CORBANA, INEC, REGISTRO NACIONAL, BCCR, PROCOMER).

Se brinda coadyuvancia jurídica al Área de Relaciones y Asuntos Externos para fortalecer

las relaciones entre la Dirección General de Aduanas y dichas entidades, con el

establecimiento de mecanismos permanentes de asistencia mutua; actualmente se

encuentra en negociación los parámetros de dichos convenios.

Convenio de Cooperación entre el Banco de Costa Rica, el Instituto Costarricense sobre Drogas y el Ministerio de Hacienda.

Convenio cuyo objetivo es la custodia y traslado de dinero decomisado en las Aduanas de

conformidad con el artículo 35 de la Ley de Estupefacientes. Se encuentra en proceso de

firmas por parte del Ministro y ya cuenta con Visto Bueno de la Dirección.

Convenio de Cooperación entre la Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Migración y Extranjería.

Convenio para el intercambio de información entre ambas instituciones, mediante el que

se consultará a la base de datos de la Dirección General de Migración y Extranjería, los

datos relacionados a un número de identificación de la persona que aparece en la

Declaración Única de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre como

conductor del medio de transporte. Este convenio se encuentra en etapa de revisión por

parte de la Dirección General de Migración y Extranjería y ya cuenta con el aval de la

Dirección General de Aduanas.

Proyecto Reglamento de Tránsito Internacional Terrestre Centroamericano. Con este proyecto se pretende uniformar el procedimiento a nivel de la región

centroamericana en materia de tránsito internacional terrestre de mercancías, contestes

con CAUCA IV y demás disposiciones jurídico-aduaneras.

Proyecto Reglamento a la Ley de Depósito Libre Comercial de Golfito. Con la Ley No. 9356 del 24/05/2016 denominada “Ley Orgánica de la Junta de

Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas (JUDESUR)”, publicada

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en el Alcance No.96 a La Gaceta No. 113 del 13 de junio de 2016, se derogó parcialmente

la Ley No. 7012 “Creación del Depósito Libre Comercial de Golfito”; con lo cual se hizo

necesario coadyuvar con la Dirección General de Hacienda, quien lidera este asunto, en

la elaboración del Reglamento para desarrollar las nuevas disposiciones legales.

Reformas varias al Reglamento a la Ley General de Aduanas. Modificación a las normas aduaneras para hacer más eficiente el análisis de riesgo desde

el ingreso de las mercancías al territorio aduanero nacional. Se crean campos en el

manifiesto de carga, relacionados con el flete de las mercancías, así como una eventual

reforma a los artículos relativos a la supervisión de la descarga de mercancías.

Manual de Conflicto de Intereses para el Servicio Nacional de Aduanas. Manual de acatamiento obligatorio, cuyo objetivo primordial es brindar una guía uniforme

en el marco de la ética en el cual deben desenvolverse los funcionarios del Servicio

Nacional de Aduanas, haciendo alusión a la normativa aplicable en dicho tema, tanto a

nivel nacional como internacional.

Directriz sobre “Uniformidad en la conformación de los expedientes del Servicio Nacional de Aduanas.”

Mediante la directriz se establece un criterio uniforme para la conformación de los

expedientes administrativos generados por el Servicio Nacional de Aduanas, con el fin de

evitar irregularidades que puedan acarrear responsabilidades para el funcionario público.

Directriz denominada “Valoración preliminar de mercancías consistentes en licores y cigarrillos objeto de un posible delito de Contrabando”

Esta Directriz se emite debido a la necesidad de regular el procedimiento de valoración

preliminar de mercancías solicitadas por la Policía de Control Fiscal u otra autoridad

policial a la Autoridad Aduanera, en aquellos casos en los que se haya realizado el

apremio corporal de un presunto sujeto responsable de la comisión del delito de

Contrabando en días y horas no hábiles, mismo que, según lo estipulado en el artículo 37

de la Constitución Política, deberá ser puesto a disposición de juez competente dentro del

término perentorio de 24 (veinticuatro) horas posteriores a su apremio.

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DIR-DN-010-2016, de fecha 23 de noviembre de 2016, denominada, Control de sujetos sancionados para la configuración de los delitos de contrabando fraccionado y defraudación fiscal fraccionada.

Pretende Uniformar la implementación de un control de la información necesaria para la

configuración de los delitos de contrabando fraccionado y defraudación fiscal fraccionada,

por medio de una base de datos institucional y sienta las pautas para la interposición de

denuncias ante el Ministerios públicos por dichos delitos, además de regular la

implementación de un sistema de Registros para todo el Servicio Nacional de Aduanas.

Directriz “Control de sujetos sancionados para la configuración de los delitos de Contrabando fraccionado y Defraudación Fiscal fraccionada”.

En virtud de reforma a la Ley General de Aduanas, mediante Ley N°9328, denominada

“Ley para mejorar la lucha contra el contrabando”, se modifican los artículos 213 y 216 de

la LGA, correspondientes a las figuras del contrabando y la defraudación fiscal

fraccionados, respectivamente. Con dichos artículos, se pretende restringir el denominado

contrabando “hormiga” y la práctica de la defraudación aduanera continua, por lo que esta

Directriz pretende implementar una base de datos para el Servicio Nacional de Aduanas y

regular la presentación de la posible denuncia judicial.

• CIR-DN-0057-2015 de fecha 03 de diciembre de 2015Con el propósito de recordar la prohibición de utilizar los vehículos y las unidades de

transporte en transportes internos en el territorio aduanero nacional y la posibilidad de

cancelar el régimen de importación temporal, el decomiso de la unidad de transporte y el

cobro de la obligación tributaria.

Proyecto de elaboración de las Tablas de plazos de destrucción de documentos.

Pretende que el Archivo Nacional, establezca los plazos de destrucción de los

documentos custodiados por los sujetos del Servicio Nacional de Aduanas, como

resultado del procedimiento que debe seguirse y la información que se recabe en poder

de las Aduanas, la Dirección General de Aduanas y los auxiliares de la función pública.

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Procedimiento de Eliminación de Documentos Aduaneros. Implementa el procedimiento para la destrucción de las Declaraciones Aduaneras y sus

documentos de respaldo custodiados tanto por la Administración Aduanera como los

Auxiliares de la Función Pública Aduanera de conformidad con el artículo 30 incisos b) y

m) de la Ley General de Aduanas y el plazo de vigencia administrativa y legal establecido

por el CISED.

Directriz sobre Control de plazos de prescripción de expedientes administrativos determinativos y sancionatorios en las Aduanas.

Implementa un control de plazos de prescripción para los expedientes administrativos

sancionatorios y determinativos que se tramitan en los Departamentos Normativos de las

Aduanas.

Directriz Proscripción de presentación de copia de la cédula de identidad o cédula jurídica.

Establece los lineamientos para la atención de las distintas gestiones de los administrados

en el Servicio Nacional de Aduanas, que impliquen la verificación de la identidad física o

jurídica del usuario.

Directriz sobre el correcto registro del consignatario de las mercancías en la Declaración Única de Tránsito (DUT) y en los movimientos de inventario en Depósito Aduanero.

Clarifica a los Depositarios Aduaneros y Transportistas Aduaneros, el correcto registro del

consignatario de las mercancías declarado en la Declaración Única de Tránsito (DUT) y

en el movimiento de inventario correspondiente, de acuerdo con lo indicado en el

Reglamento de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre (Formulario e Instructivo)

Resolución 65-2001 (COMRIEDRE), modificado mediante Resolución 66-2013

(COMRIEDRE), y la Ley General de Aduanas.

Directriz Tratamiento de las mercancías decomisadas custodiadas en los Depositarios Aduaneros y en bodegas de las Aduanas.

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Establece los lineamientos para que las Aduanas ejerzan debido control y supervisión

sobre las mercancías decomisadas, y las sometan al tratamiento correspondiente de

manera inmediata conforme al ordenamiento jurídico, según sea objeto de proceso

judicial, procedimiento administrativo, no exista titular conocido o destrucción.

Circular para determinar los documentos aduaneros conservados por los Auxiliares de la Función Pública Aduanera para la elaboración de la Tabla de Plazos de Conservación de Documentos, generados por el Servicio Nacional de Aduanas.

Pretende el acopio de la información sobre la cantidad y las fechas extremas de los

documentos custodiados por los auxiliares de la función pública aduanera.

Circular sobre Aplicación del artículo 242 de la Ley General de Aduanas, según reforma realizada mediante Ley N°8373, a la luz de la resolución N°2015-011079 de la Sala Constitucional.

Uniforma la aplicación de la infracción tributaria aduanera establecida en el artículo 242

de la Ley General de Aduanas, según reforma realizada mediante Ley N°8373, a la luz de

la resolución N°2015-011079 de la Sala Constitucional.

Resolución de implementación del formulario único de autoliquidación de la sanciones de multa por la comisión de infracciones administrativas y/o tributarias aduaneras y su rebaja efectiva.

Pone en vigencia el Formulario Único de Autoliquidación de Sanciones por Infracciones

Administrativas y Tributarias Aduaneras, identificado con las siglas F-A-DGA-001 y su

instructivo de llenado, adjunto a la presente resolución.

Circular CIR-DN-0055-2016 “Recordatorio de la normativa y demás disposiciones que se han girado respecto a la obligatoriedad que tiene el Auxiliar de la Función Pública de trasmitir copia fiel de los documentos originales en el Despacho Aduanero.”.

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Circular CIR-DN-0057-2016 “Casos relacionados con viajes pendientes en el servicio nacional de aduanas”.

Comisiones: Comisión de Reforma del Régimen de Zonas Francas y del Régimen de

Perfeccionamiento Activo.

Comisión Implementación del Tratado de Armas (Ley 9164). En dicha Comisión se

estudia lo procedente a temas tales como el procedimiento de importación,

exportación y tránsito de armas y municiones componentes y materiales

relacionados. Actualmente se está elaborando una lista de mercancías que deben

ser controladas a su ingreso y estudio de la autoridad nacional. Se efectúan

acciones combinadas de forma interinstitucional sobre el tema.

Comisión para la elaboración de una Directriz en materia de Sobrantes y Faltantes

de Mercancías. La Directriz pretende uniformar la correcta aplicación de la

normativa aduanera en materia de sobrantes, faltantes, mercancías y aplicar

integralmente el marco jurídico que regula la materia de sobrantes, faltantes,

cuando la cantidad de bultos difiera entre lo descargado y lo declarado y; cuando

resulten unidades de más, sin efectuar valoraciones e interpretaciones subjetivas.

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y

Flora Silvestres (CITES). Coadyuvancia con varias dependencias en relaciones a

emisión de instrumentos tendientes a dar aplicación a dicha convención.

Comisión contingentes activos y pasivos del Ministerio de Hacienda. Envío

periódico de base de datos de Contingentes del Servicio Nacional de Aduanas a la

Dirección de Contabilidad Nacional, con la finalidad de cumplir requerimiento de la

Contraloría General de la República.

Comisión Gestión por procesos en el Servicio Nacional de Aduanas. Comisión

realizada con el objetivo de que la gestión realizada por el Servicio Nacional de

Aduanas sea más eficiente y eficaz, la comisión tiene como una de sus funciones

principales, la revisión de cada uno de los procesos que se realizan, con la

asistencia técnica del Programa del Centro Regional de Asistencia Técnica de

Centroamérica, Panamá y República Dominicana (CAPTAC-DR).

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Comisión para la implementación del Modelo de Control en el Ingreso,

Permanencia y Salida de Contenedores de Recintos Aduaneros con Énfasis en

Caldera.

Participación activa en la Comisión para la implementación del Modelo de Control

en el Ingreso, Permanencia y Salida de Contenedores de Recintos Aduaneros con

Énfasis en Caldera, teniendo como base la asistencia técnica de CAPTAC-DR al

Servicio Nacional de Aduanas de Costa Rica, por el señor Antonio de la Ossa.

Comisión de trato recíproco con Panamá y uso del Carné a nivel Centroamericano.

En el marco de dialogo entre el Ministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y

Diálogo ciudadano con el sector de transportistas de carga pesada de Costa Rica,

específicamente con los transportistas del Frente Común de la Zona Sur, se

participó en comisiones para determinar la procedencia de ingreso de

contenedores vacíos a Panamá aplicando trato recíproco.

Taller Ventanilla Única de Inversión: El clima de inversión en Costa Rica tiene

muchas fortalezas pero uno de los problemas que actualmente enfrentamos se

encuentra en que la gran tramitomanía se ha convertido en un desestímulo a la

Inversión en nuestro país, lo cual genera pérdidas económicas muy importantes.

Uno de los principales objetivos que persigue el nuevo sistema es reducir la

cantidad de días que le toma a un inversionista interesado en establecer una

empresa dentro del Régimen de Zona Franca, empezar a operar. Los expositores

explicaron que en Dubai se dura 1 día en realizar todos los trámites, en Colombia

y en China 3 días, en Panamá 1 semana, en Nicaragua 31 días y en Costa Rica

182 días. Obsérvese que la importancia de VUI es que permitirá mejorar la

competitividad del país y por lo tanto, la generación de empleos. Por tal razón,

con el VUI se busca centralizar, agilizar y simplificar trámites, centralizar

información y fomentar las Zonas Francas fuera del Gran Área Metropolitana

(GAMA). Para ello, las instituciones públicas que intervengan en tales trámites

estarán obligadas a prestar su colaboración a PROCOMER.

Defensa Jurídica en Sede Judicial Expediente Judicial N° 16-8389-1027-CA: Informe para atender proceso de

conocimiento interpuesto por la Cámara de Almacenes Fiscales (CAMALFI),

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contra el Estado por la supuesta ilegalidad y disconformidad con el ordenamiento

jurídico y consecuente nulidad o anulación del Decreto Ejecutivo Nº36000 de 28 de

abril de 2010, Decreto Ejecutivo Nº36725-COMEX-H del 26 de julio de 2011 y

RES-DGA-021-2016 del 29 de enero de 2016.

Informe ante la Sala Constitucional atendiendo acción de inconstitucionalidad

presentada por el señor Freddy Matías Rojas Conejo contra el artículo 35 de la

Ley No. 8204 “Ley sobre estupefacientes, sustancias sicotrópicas. drogas de uso

no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al

terrorismo”. Esta acción fue declarada sin lugar por la Sala Constitucional, y se

está a la espera de la notificación del texto íntegro de la Sentencia.

Demanda Ordinaria Contenciosa Administrativa interpuesta ante el Tribunal

Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del II Circuito Judicial de San José

por parte del Depositario Aduanero DHL (COSTA RICA) S.A. contra la Dirección

General de Aduanas (El Estado). Proceso de Conocimiento tramitado bajo el

Expediente Judicial N° 16-011673-1027-CA cuyo objeto consiste en la

disconformidad con el Ordenamiento Jurídico del oficio número DN-0126-2016 del

día 09 de febrero del 2016, dictado por la Dirección General de Aduanas, mediante

el cual se denegó la petición del horario extendido para la operación de la empresa

DHL COSTA RICA S.A. en la Aduana Santamaría, entre otras pretensiones.

Capacitaciones Impartidas y Recibidas:Impartidas

Capacitación a la Aduana de Peñas Blancas y la Anexión en materia de propiedad

intelectual y medidas en frontera de conformidad con la Directriz sobre los

“Lineamientos Generales al amparo de la Ley de procedimientos de Observancia

de los Derechos de propiedad intelectual ”

Capacitación Aduana Central sobre los errores más comunes causantes de

nulidades decretadas por el Tribunal Aduanero Nacional.

Capacitación Aduana Santamaría sobre los errores más comunes causantes de

nulidades decretadas por el Tribunal Aduanero Nacional.

Capacitación Aduana Limón sobre los errores más comunes causantes de

nulidades decretadas por el Tribunal Aduanero Nacional.

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Capacitación Aduana Caldera sobre los errores más comunes causantes de

nulidades decretadas por el Tribunal Aduanero Nacional.

Aduana Paso Canoas, Aduana La Anexión y Aduana Peñas Blancas, se están

coordinando las fechas para la Capacitación sobre los errores más comunes

causantes de nulidades decretadas por el Tribunal Aduanero Nacional.

Capacitación a Funcionarios de reciente ingreso sobre Uso del Sistema

Costarricense de Información Jurídica.

Capacitación la Dirección de Gestión de Riesgo sobre el Manual de Conflicto de

Intereses para el Servicio Nacional de Aduanas

Capacitación la Dirección de Gestión de Riesgo respecto de la Directriz

denominada “Uniformidad en la conformación de los expedientes del Servicio

Nacional de Aduanas.”

Capacitación la Dirección de Gestión de Gestión Técnica respecto a la Directriz

denominada “Uniformidad en la conformación de los expedientes del Servicio

Nacional de Aduanas.”

Uso del sistema digital del Sistema de Control Previo de Mejora Regulatoria para

funcionarios de la Dirección Normativa.

Recibidas Curso de Importación y Exportación, impartido por el Centro de Información y

Formación Hacendaria.

Curso de Formación de Formadores, impartido por el Centro de Información y

Formación Hacendaria.

Seminario Operacional "No al Ilícito" "Lucha contra el Tráfico de medicamentos

ilícitos" 11 y 12 de abril de 2016, y Gira Operación "No al ilícito".

Curso de “Formación de Instructores de Interdicción de AMD”. e “Interdicción de

Armas de Destrucción Masiva” el contenido de la misma tuvo un contenido de 22

módulos. Recibida en la ciudad de Panamá.

Seminario Implementación del Tratado sobre el Comercio de Armas, se lleva a

cabo con representantes de las diferentes aduanas del país y expertos de BAFA,

organizado por la Cancillería de la República.

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"Curso Regional de capacitación de identificación de bienes de uso dual y

componentes de armas de destrucción masiva (ADM CIT)”. Realizado en Panamá

en setiembre del 2015.

Programa para Investigadores del Tráfico de Animales Silvestres. Realizado en El

Salvador en octubre del 2016.

Taller de identificación macroscópica de maderas. Organizado por la Secretaría

Ejecutiva (SE) del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC),

efectuada en mayo del 2016.

Quinta Reunión Regional de la ROAVIS. Realizada el 27 y 28 de Enero del 2015

en Panamá.

Formulación de denuncia por delitos de índole aduanero, fiscal y tributario”, I

Edición, llevada a cabo 08, 15 y 22 de febrero del 2017.

Gestión Coordinada de fronteras, impartido por el Banco Interamericano de

Desarrollo. I Edición, 23 de mayo al 26 de junio de 2016.

Operador económico autorizado, impartido por el Banco Interamericano de

Desarrollo. I Edición, de fecha 10 de octubre al 11 de diciembre de 2016.

El Manejo de la Prueba en Hechos Ilícitos Tributarios y Aduaneros, III Edición.

CIFH.

Curso Gestión y Liderazgo en Aduanas I Edición. BID

Uso del sistema digital del Sistema de Control Previo de Mejora Regulatoria.

Charla Reforma Fiscal

Charla PROFAC

Charla Sistema Control Previo Mejora Regulatoria

Charla Bloque de legalidad de la Unidad de Administración del Software

Charla DATAMART ADUANERO

Charla Aduana Postal

Charla sobre Marcas y Patentes y Derechos de Autor

Encuentro Nacional de Brigadas (Comité Institucional de Emergencias La

Llacuna).

Curso Básico de RCP (Comité Institucional de Emergencias La Llacuna).

Charla sobre Zonas Francas

Charla “Rompiendo Esquemas”

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Curso “Programa de inducción al Servicio Nacional de Aduanas, I Edición”:

Otros asuntos de actualidad y relevancia para el país. 1. Dialogo con el sector transportista de Costa Rica.

En el marco de dialogo entre el Ministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo

ciudadano con el sector de transportistas de carga pesada de Costa Rica, tanto la

Dirección General de Aduanas, como el Departamento de Asesoría Legal de la Dirección

Normativa, han participado activamente en las mesas de negociación, comisiones y en el

desarrollo e implementación de las acciones administrativas, en aras de buscar beneficios

y acuerdos para el sector transportista de nuestro país.

Algunas de las acciones más relevantes son:

a) Acuerdo para modificar el plazo de permanencia de los transportistas extranjeros

en nuestro territorio por un plazo de 3 meses. Proyecto de decreto se encuentra en

trámite.

b) Directriz de prohibición del Cabotaje. Ya publicada, ver apartado de circulares y

directrices.

c) Propuesta ante la SIECA para eliminar el uso del carné como requisito para

ingresar a los países de la región. En etapa de aprobación por el Comité Técnico

de la SIECA.

d) Modificación al Certificado de Importación Temporal, para que contenga la

advertencia de prohibición del cabotaje. Ya se encuentra en todos los certificados

de importación temporal de vehículos comerciales.

e) Presentación de propuesta ante la SIECA para universalización de Seguro a nivel

Centroamericano. Presentado ante la SIECA y se invitó al sector transportista para

que presentara propuesta en otra instancia.

2. Cumplimiento de Oficio DGA-PC-336-2016.En cumplimiento a oficio DGA-PC-336-2016 de fecha 01 de noviembre del 2016,

mediante el cual se hace de conocimiento las observaciones realizadas en torno al

“Sistema de Actividades de Control de Riesgos Asociados a la Corrupción, Conflicto de

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Intereses e idoneidad Técnica”, se adiciona al Manual de Procedimientos de la Dirección

Normativa, el punto h) a las Políticas Generales del Manual del Procedimiento de la

Dirección Normativa relacionado con la política de ética mediante Circular DN-052-2016.

Digesto Aduanero.Además cabe destacar la labor del el Digesto Aduanero en el período comprendido, que

se anexa al presente informe.

Informe detallado de laboresDIGESTO ADUANERO(Setiembre 2015 al 06 de marzo 2017)

Año 2015

(Meses setiembre, octubre, noviembre y diciembre)

1. Boletines Jurídicos Informativos1

Se emitieron 4 boletines en total para este período, uno por mes, donde se publicaron los criterios legales, circulares, dictámenes, directrices y resoluciones emitidas por la Dirección Normativa y así también las publicaciones del Diario Oficial La Gaceta directamente e indirectamente relacionadas con el ámbito y la materia aduanera, con el fin de dar a conocer de una forma más expedita y amigable con el usuario dicha información.

Los Boletines publicados para el periodo indicado son los siguientes:

1.1. Boletín del mes de agosto 2015 - Edición N° 78: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Nacionalización de los bienes producidos por las empresas categoría f) del artículo 17 de la Ley de Zonas Francas, debe ser realizado por la misma empresa beneficiaria de dicho Régimen (Criterio Legal DN-1158-2015).

ii. Asamblea Legislativa aprueba en primer debate Ley para mejorar la lucha contra el contrabando, expediente legislativo N° 19.407 (Proyecto Ley. Expediente N°19.407).

1 Los Boletines son elaborados con los criterios y publicaciones emitidos en el mes inmediato anterior, es decir el Boletín de Agosto por ejemplo, es elaborado y publicado en el mes de setiembre. Debe realizarse de esta forma por la disponibilidad de la información , correspondiente al mes del que trate.

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iii. Notificación electrónica dentro de los procedimientos administrativos (Circular CIR-DN-045-2015).

iv. Multa y suspensión por más de dos mes en el ejercicio de su actividad a transportista aduanero internacional (Sentencia del Tribunal Aduanero Nacional N° 109 - 2015).

v. Infracción a los plazos que establece el artículo 220 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, debe ser sancionado acorde al artículo 237 inciso b) de la Ley General de Aduanas (Criterio Legal DN-1162-2015).

vi. Modificación del valor aduanero al establecerse que no fue incorporado el monto de cánones cancelado por la empresa importadora (Sentencia 110-2015)

vii. Criterio Legal DN-1201-2015: Caso que se refiere a la consulta sobre la posibilidad legal, de que un extranjero salga del país y su vehículo continúe disfrutando de la importación temporal en la categoría de turismo.

viii. Proyectos a conocimiento público: La Dirección General de Aduanas pone en conocimiento la propuesta sobre el Proyecto de “Reforma a los artículos 217, 218, 293 y 295 del Reglamento a la Ley General de Aduanas” y Proyecto de “Reglamento sobre Régimen de Transporte Internacional Multimodal Marítimo – terrestre”.

ix. Decreto N°39131-COMEX: Se ponen en vigencia nuevas aperturas arancelarias en el Arancel Centroamericano de Importación, así mismo se aplica un arancel determinado a incisos específicos que se señalan en este Decreto.

x. Resolución RES-DGA-139-2015: Inclusión dentro del Arancel Nacional de Aduanas, en la aplicación informática TICA, de la apertura nacional 2202.90.90.15. Bebidas energéticas (enlatadas y no enlatadas).

xi. Resolución RES-DGA-131-2015: Se establece la Incorporación de aperturas nacionales y modificaciones arancelarias, en el Arancel automatizado del Servicio Nacional de Aduanas en la aplicación informática TICA.

xii. Resolución RES-DGA-141-2015: Se crea en la tabla de “Ingreso de Notas Técnicas” del Sistema Tica, la nueva Nota Técnica denominada “Tratamiento arancelario preferencial para mercancías textiles. TLC Costa Rica-Canadá”, código 0375.

1.2. Boletín del mes de setiembre 2015 - Edición N° 78: El mismo incluyó los siguientes temas:

xiii. Aplicación del artículo 242 de la LGA según reforma realizada mediante ley N° 8373, a la luz Resolución N° 2015011079 de la Sala Constitucional (Circular CIR-DN-048-2015).

xiv. Régimen de Zonas Francas, consultas varias:

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Ventas de Servicios entre empresas de Zonas Francas y empresas de Perfeccionamiento Activo.

Aplicación de Trato Arancelario Preferencial a las mercancías provenientes de Zonas Francas.

Exportaciones de una empresa de Perfeccionamiento Activo desde una empresa de Servicios de Logística de Zonas Francas.

Mercancías sobrantes en instalaciones de una empresa de Zonas Francas bajo la categoría Servicios de Logística: (Criterios Legales varios)

xv. Notificación a persona jurídica acéfala (Criterio legal DN-1246-2015).xvi. Certificado de origen por mercancía idéntica pero expedido en favor de un tercero

(Sentencia del Tribunal Aduanero Nacional N° 59 - 2015).xvii. Resolución RES-DGH-042-2015 y DGA-269-2015: Se establece en 13.38% la

tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.

xviii. Decreto Ejecutivo Nº 39165-COMEX-MEIC-MAG: Autoriza la importación de veintisiete mil seiscientas setenta y seis toneladas métricas de maíz blanco (27.676 TM), con una tarifa de cero por ciento (0%) de Derechos Arancelarios a la Importación.

xix. Decreto Ejecutivo Nº 39211-COMEX-MEIC-MAG: Autoriza la importación de un volumen de cuatro mil ochocientas veintinueve toneladas métricas de frijol (4.829 TM) con arancel preferencial, para que ingrese a partir del 09 de julio del 2015 hasta el 30 de noviembre del 2015, con el propósito de asegurar el abastecimiento del grano.

xx. Resolución RES-DGA-251-2015: “Lista del registro fiscal de importadores, fabricantes y distribuidores o vendedores de bebidas alcohólicas al por mayor, así como las bebidas alcohólicas autorizadas para su comercialización y la fecha de vencimiento del Registro.”

xxi. Resolución DGT-R-27-2015: Resolución para el cambio del periodo fiscal del Impuesto sobre la Renta.

xxii. Resolución RES-DGH-045-2015: Requisitos para que un solicitante con derecho legal a una exención que haya pagado tributos de importación, solicite la autorización del Dpto. de Gestión de Exenciones como insumo para la Gestión de Devolución de Tributos ante la Administración Aduanera.

xxiii. Se pone en conocimiento la Propuesta Proyecto de Decreto “Procedimiento de Regularización Tributaria Aduanera”.

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1.3. Boletín del mes de octubre 2015 - Edición N° 79: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Disposiciones legales y de procedimientos en los tránsitos aduaneros internacionales terrestres. (Criterio Legal DN-1376-2015).

ii. Consultas varias acerca del Régimen de Exportación (Criterio Legal DN-1350-2015).

iii. Plazo para la modificación de la información transmitida del manifiesto de ingreso marítimo (Criterio Legal DN-1398-2015).

iv. Expedidor de las Mercancías (Criterio Legal DN-1393-2015).v. Confidencialidad de la Información (Criterio Legal DN-1408-2015).vi. Justificación de sobrante realizado por sujeto no legitimado (Sentencia del

Tribunal Aduanero Nacional N° 137 - 2015).vii. Resolución RES-DMR-00048-15. DGCE-COR-CAE-0398-2015: Emisión de los

lineamientos sobre la aplicación de las disposiciones de tránsito y transbordo, en las importaciones de mercancías para las cuales se solicita trato arancelario preferencial al amparo de los tratados de libre comercio vigentes en Costa Rica.

viii. Propuesta; Proyecto de Decreto: Se pone en conocimiento la propuesta del Proyecto de Decreto para regular Vehículos altamente deteriorados. Donde se concedió a las distintas entidades con algún interés, un plazo de diez días hábiles, para exponer sus observaciones respecto del Proyecto.

ix. Decreto Ejecutivo N° 39235: Mediante este decreto se pone en conocimiento la Decisión de la Comisión de Libre Comercio relativas a Reglas de Origen especiales del apéndice 3.3.6, de fecha 26 de marzo de 2015 y su Anexo, relativos al Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana – Centroamérica – Estados Unidos.

x. Decretos Ejecutivos N°39238 – N°39241: Se publican los Decretos:

a. N° 39238-COMEX, relativo a la Decisión de la Comisión de Libre Comercio relativa a las reglas de origen especificadas en el Anexo 4.1 y sus Anexos: A B y C. Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana – Centroamérica – Estados Unidos.

b. N° 39241-COMEX, relativo a la Decisión N°5-2014 del Consejo de Asociación UE-Centroamérica y su Anexo Inclusión de Indicadores geográficos en el Anexo XV111, Parte A y Parte B.

xi. Decreto Ejecutivo N° 39175-H: Se pone en vigencia el Reglamento para la Asignación, uso y Control de Alojamientos del Ministerio de Hacienda, Donde se establecen los procedimientos a los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, Policía de Control Fiscal y Personal de la Dirección Administrativa y

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Financiera, que utilizan los servicios de alojamiento y los deberes, obligaciones y prohibiciones que deben cumplir los funcionarios.

xii. Decreto Ejecutivo N° 39272-H: Actualización del monto del impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, establecido en el artículo 1° de la Ley número 8114 de fecha 4 de julio de 2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, publicada en el Alcance número 53 a La Gaceta número 131 del 9 de julio de 2001, mediante un ajuste del menos cero coma setenta y ocho por ciento (-0,78%).

xiii. Proyecto de Ley - Expediente N°19711: Proyecto de Ley que se encuentra en la Comisión Permanente de Asuntos Internacionales y Comercio Exterior, relativo a la aprobación del “Protocolo de enmienda del acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial de Comercio, y su Anexo (Acuerdo sobre facilitación del comercio).”

xiv. Ley N°9308: Se pone en vigencia la Ley N°9308, acerca de la Aprobación del Convenio sobre protección y restitución de bienes culturales entre la República del Perú y la República de Costa Rica.

1.4. Boletín del mes de noviembre 2015- Edición N° 80: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Reformas al reglamento a la ley general de aduanas Transporte Multimodal Internacional Marítimo-Terrestre (Decreto ejecutivo Nº 39267-h).

ii. Ley para mejorar la lucha contra el contrabando (Ley Nº 9328):iii. Carreras universitarias avaladas para optar por el examen de agente aduanero

(Criterio legal N° 1483-2015).iv. Sala constitucional declara sin lugar recurso de amparo - importador estima que

no fue notificado (Resolución n° 2015017434).v. Datos que debe contener la hoja informativa de los expedientes dirigidos a la

dirección normativa (Directriz DIR-DN-004-2015).vi. Resolución RES-DGA-378-2015:Se adiciona al Manual de Procedimientos

Aduaneros de Importación Definitiva, Capítulo III- Procedimientos Especiales apartado XIV- De las Nacionalizaciones de Mercancías del Régimen de Zonas Francas.

vii. Resolución RES-SUB-DGA-389-2015: Se incorporan aperturas nacionales al Arancel del S.N.A en la aplicación informática TICA, y se mantienen modificaciones arancelarias contenidas en la Resolución N°367-2015 (COMIECO – LXXII).

viii. Resolución RES-SUB-DGA-390-2015: Aperturas nacionales con la inclusión de la Nota Técnica 0038, para las fracciones arancelarias solicitadas por el Ministerio de Ambiente y Energía, serán incorporadas en el Arancel automatizado del Servicio Nacional de Aduanas contenido en la aplicación informática TICA.

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ix. Resolución RES-SUB-DGA-392-2015: Se comunica que se continúa en proceso de ajuste requerido en la aplicación informática TICA, para realizar la autoliquidación de la imposición de la medida de salvaguardia definitiva de un 24.88%, de todas las importaciones de arroz pilado.

2. Cápsulas Informativas: Se publicaron 35 cápsulas para el período de setiembre a diciembre 2015, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO, las cuales se detallan a continuación:

SETIEMBRE 2015Número Publicación Fecha Fuente

43

Ley para mejorar la lucha contra el contrabando - Aprobación en primer debate. 07/09/2015 Gaceta N°174

44

Decreto Nº 39165-COMEX-MEIC-MAG Autorización para la importación de maíz blanco 08/09/2015 Gaceta N°175

45

Autorizar al señor Manfred Chacón Wong, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero. 10/09/2015 Gaceta N°177

46

RES-DGA-251-2015 Registro fiscal de importadores, fabricantes y distribuidores o vendedores de bebidas alcohólicas al por mayor. 14/09/2015 Gaceta N°179

47RES-DGT-R-27-2015 Cambio de periodo fiscal 18/09/2015 Gaceta N°182

48

Decreto Ejecutivo Nº 39211-COMEX-MEIC-MAG - Autorización para la importación de frijol por desabastecimiento en el mercado nacional 23/09/2015 Gaceta N°185

49

Resolución DGA-251-2015 Lista actualizada del registro fiscal de importadores, fabricantes y distribuidores o vendedores de bebidas alcohólicas al por mayor, así como las bebidas alcohólicas autorizadas para su comercialización 23/09/2015 Gaceta N°185

50Res. N° DGH-042-2015 y DGA-269-2015. Actualización de Tasa de Interés 24/09/2015 Gaceta N°186

51Propuesta Proyecto de Decreto Reglamento Regularización. 24/09/2015 Gaceta N°186

52Res. N° DGH-045-2015 Gestión Devolución de Tributos. 24/09/2015 Gaceta N°186

53 Cuenta de correo oficial de la Dirección 25/09/2015 Acuerdo con la Jefatura

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NormativaOCTUBRE 2015Número Publicación Fecha Fuente

54

Decreto N°39175-2015 Reglamento sobre Asignación, Uso, Control de Alojamientos en el Ministerio de Hacienda. 01/10/2015 Gaceta N°191

55Propuesta Proyecto de Decreto que regula “Vehículos altamente deteriorados” 07/10/2015 Gaceta N°195

56

Ley N°9308 Aprobación del Convenio sobre protección y restitución de bienes culturales entre Perú y Costa Rica. 08/10/2015 Gaceta N°196

57Autorizar al señor Mario Montero para actuar como Agente Aduanero 09/10/2015 Gaceta N°197

58

Procedimiento Administrativo para la atención de solicitudes del criterio institucional sobre Proyectos de Ley relativos a la Hacienda Pública. 09/10/2015 Acuerdo con la Jefatura

59Lineamientos sobre la aplicación de las disposiciones de tránsito y transbordo. 14/10/2015 Gaceta N°199

60Proyecto de Ley. Expediente N°19.711. Facilitación del Comercio 15/10/2015 Gaceta N°200

61

Decreto Ejecutivo N°39238-COMEX “Decisión de la Comisión de Libre Comercio relativa a las reglas de origen” / 39241-COMEX “Decisión N°5-2014 del Consejo de Asociación UE - Centroamérica.” 22/10/2015 Gaceta N°205

62

Decreto Ejecutivo N°39236 Decisión de la Comisión de Libre Comercio relativas a Reglas de Origen 23/10/2015 Gaceta N°206

63

Decreto Ejecutivo N°39272-H Actualización del monto del impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado. 30/10/2015 GacetaN°211

NOVIEMBRE 2015Número Publicación Fecha Fuente

64Decreto N° 39267 Transporte Multimodal Internacional Marítimo-Terrestre 02/11/2015 Gaceta N°212

65Ley N°9328 Ley para mejorar la lucha contra el contrabando 12/11/2015 Gaceta N°220

66 Se adiciona al Manual de Procedimientos Aduaneros de Importación Definitiva, Capítulo III- Procedimientos Aduaneros de Importación Definitiva, Capítulo III-Procedimientos Especiales apartado XIV-De las Nacionalizaciones de Mercancías

13/11/2015 Gaceta N°221

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del Régimen de Zonas Francas.

67

RES-SUB-DGA-389-2015 Incorporación de aperturas nacionales y se mantienen modificaciones arancelarias 17/11/2015 Gaceta N°223

68RES-SUB-DGA-390-2015 Aperturas nacionales con la inclusión de la NT 0038 17/11/2015 Gaceta N°223

69

RES-SUB-DGA-392-2015 Proceso de ajuste, salvaguardia definitiva para el arroz pilado. 17/11/2015 Gaceta N°223

DICIEMBRE 2015Número Publicación Fecha Fuente70 Decreto Ejecutivo N°39340-H-COMEX 02/12/2015 Gaceta N°233

71Autorizar al señor Edgar Navarro para actuar como Agente Aduanero 03/12/2015 Gaceta N°235

72Autorizar al señor Kenner Arrieta para actuar como Agente Aduanero 03/12/2015 Gaceta N°235

73

Aviso sobre Proyecto de Directriz denominado, Características de las partes y accesorios nuevos, usados. 07/12/2015 Gaceta N°237

74

RES-DGA-376-2015, Se crea en el Sistema TICA el documento obligatorio denominado “Certificado Sanitario de Exportación (Formulario FSIS 9060-5). 08/12/2015 Gaceta N°238

75RES-SUB-DGA-390-2015, Se deja sin efecto la Resolución RES-DGA-239-2015. 08/12/2015 Gaceta N°238

76

Decreto Ejecutivo N° 39335-COMEX “Decisión N°3/2014 del Consejo de Asociación UE-Centroamérica y su Anexo: Adopción de la “Lista de panelistas” de conformidad con el artículo 325.1 del “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otro”. 09/12/2015 Gaceta N°239

77 Decreto Ejecutivo N°39322-MAG 16/12/2015 Gaceta N°244

3. Administración del Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ):

3.1. Plantillas de Registro de Nueva Jurisprudencia (RNJ): Se crearon 173 plantillas para el período indicado, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO. Las plantillas incluyen sentencias del Tribunal Aduanero Nacional, criterios de la Dirección Normativa y otras publicaciones relevantes, ya sea directrices, circulares y comunicados de otras direcciones de la DGA.

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3.2. Sistematización de Sentencias del Tribunal Aduanero Nacional: Se sistematizaron y fueron publicadas en el Sitio WEB del Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) 132 sentencias del Tribunal Aduanero Nacional, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO. meta cumplida en un 100%.

3.3. Sistematización de criterios legales, circulares, directrices, resoluciones de alcance general entre otros: Se sistematizaron y fueron publicadas en el Sitio WEB del Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) 123 criterios de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO, meta cumplida en un 100%.

4. Compendio Aduanero: Acorde con el cumplimiento de la meta de PAO, el compendio Aduanero se entregó actualizado a las Aduanas y otras Direcciones, en el mes de agosto 2015.

5. Consultas atendidas: Para el periodo indicado se atendieron 26 consultas, recibidas mediante diferentes medios: correo electrónico, consulta formal o vía telefónica, tanto de usuarios internos como de usuarios externos.

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Año 2016

(Meses de enero a Diciembre 2016)

1. Boletines Jurídicos Informativos:

Se emitieron 12 boletines en total para este período, uno por mes, donde se publicaron los criterios legales, circulares, dictámenes, directrices y resoluciones emitidas por la Dirección Normativa y así también las publicaciones del Diario Oficial La Gaceta directamente e indirectamente relacionadas con el ámbito y la materia aduanera, con el fin de dar a conocer de una forma más expedita y amigable con el usuario dicha información.

Los Boletines publicados para el período indicado son los siguientes:

1.1. Boletín2 del mes de diciembre 2015 – Edición N° 81: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Aplicación del artículo 27 del Reglamento a la Ley de Zonas Francas (Criterio Legal DN-1519-2015).

ii. Inscripción de personal subalterno para los Auxiliares de la función pública aduanera (Criterio Legal N° 1543-2015).

iii. Circular CIR-DN-057-2015iv. Sentencia del TAN relacionada con el artículo 242 de la LGA (Sentencia

N°401-2015): recordatorio al Sistema Aduanero Nacional e igualmente al Servicio Aduanero Nacional, acerca de la prohibición de utilizar los vehículos y las unidades de transporte en transportes internos en el territorio aduanero nacional, y de la posibilidad de la cancelación del Régimen de importación temporal y por ende el decomiso de la unidad de transporte y por consiguiente el cobro de la obligación tributaria aduanera.

v. Criterio DN-1550-2015: El departamento de Técnica Aduanera solicita criterio técnico por parte de la Dirección Normativa, respecto a si se debe o no permitir el ingreso de los cigarrillos, cigarros y puros al Depósito Comercial Libre de Golfito.

vi. Decreto Ejecutivo N°39340-H-COMEX:Se pone en conocimiento mecanismo para el reembolso de los Derechos Arancelarios a la Importación pagados sobre mercancías originarias de la Unión Europea al amparo del Acuerdo de Asociación y que posteriormente son exportadas a otra República de la Parte Centroamericana” y “Formulario e instructivo de llenado para solicitud de

2 Se elabora y publica en enero con los contenidos emitidos en diciembre y así sucesivamente con los demás meses.

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reembolso de los DAI pagados sobre mercancías originarias de la Unión Europea al amparo del Acuerdo de Asociación y que posteriormente son exportadas a otra República de la Parte Centroamericana.

vii. Aviso: Proyecto de Directriz: Se pone en conocimiento el Proyecto de Directriz relacionado con las Características de las partes y accesorios nuevos, usados, reconstruidos, genuinos y genéricos, para vehículos y motores de ciertas partidas arancelarias y subpartidas arancelarias específicas, que deben consignarse en la declaración aduanera de importación. Donde se concedió a las distintas entidades con algún interés, el plazo de diez días hábiles, para hacer llegar sus observaciones para dicho Proyecto.

viii. Resolución RES-DGA-376-2015: Se crea en el Sistema TICA el documento obligatorio denominado “Certificado Sanitario de Exportación (Formulario FSIS 9060-5), para la aplicación de la preferencia arancelaria bajo el Tratado de Libre Comercio Centroamérica - República Dominicana - Estados Unidos.

ix. Se realizan las modificaciones en el arancel automatizado. x. Resolución RES-SUB-DGA-390-2015: Se deja sin efecto la Resolución RES-

DGA-239-2015. Las modificaciones en el Arancel del Servicio Nacional de Aduanas, sobre las aperturas nacionales con la inclusión de la Nota Técnica 0038, para las fracciones arancelarias solicitadas por el Ministerio de Ambiente y Energía, serán incorporadas en el Arancel automatizado del Servicio Nacional de Aduanas contenido en la aplicación informática TICA.

xi. Decreto Ejecutivo N° 39335-COMEX: Mediante este decreto se pone en conocimiento la Decisión N°3/2014 del Consejo de Asociación UE-Centroamérica y su Anexo: Adopción de la “Lista de panelistas” de conformidad con el artículo 325.1 del “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otro”.

xii. Decreto Ejecutivo N° 39332-MAG: Con este Decreto se establece reforma de los artículos 10, 11, 15 y 18 del Reglamento de gestión, fiscalización y recaudación del tributo de la corporación ganadera emitido mediante Decreto Ejecutivo N°34572-MAG y derogatorias del inciso “f” del artículo 138 y el artículo 138 bis del Decreto Ejecutivo N° 21858-MAG del 28 de setiembre de 1992 y sus reformas, denominado Reglamento para la evaluación y aprobación de productos y/o subproductos de origen animal importados por Costa Rica.

1.2. Boletín del mes de enero 2016 – Edición N° 82: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Se deja sin efecto Circular DN-048-2015 relacionada con la aplicación del artículo 242 de la LGA (Oficio N° DGA-0170-2016).

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ii. Suspensión de Directrices para Empresas de Servicios de Logística (Circular CIR-DGA-008-2016)

iii. Destrucción de declaraciones aduaneras de importación (Criterio Legal DN-107-2016)

iv. Disposiciones en materia de importación de armas, transporte y almacenamiento de materiales peligrosos (Circular DN-0001-2016

v. Rectificación del nombre y el número de cédula de persona jurídica en la Declaración Aduanera de Importación de Zona Franca (Sentencia-422-2015).

vi. Acuerdo Nº 0026-2015-H: Autoriza al señor Walker Fernández Sanjuanelo, para actuar como Agente Aduanero en la Aduana Santamaría.

vii. Acuerdo Nº 0030-2015-H: Autoriza al señor Gabriel Chaves Carvajal, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero Independiente en las Aduanas Santamaría y Limón.

1.3. Boletín del mes de febrero 2016 – Edición N° 83: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Control de plazos de prescripción en expedientes administrativos determinativos y sancionatorios en las Aduanas (Directriz DIR-DN-001-2016).

ii. Auxiliar de la función pública aduanera solicita ampliación del horario de manera permanente (Criterio Legal DN-126-2016).

iii. Ámbito de competencia del Departamento Normativo en las Aduanas (Oficio DN-137-2016).

iv. Irregularidad en notificación del acto final (Sentencia N°244-2015).v. Solicitud de corrección del manifiesto de carga (Sentencia-261-2015).vi. Resolución RES-SUB-DGA-477-2015: Se adiciona al Capítulo III de

“Procedimientos Especiales”, del Procedimiento de Importación Definitiva y Temporal, según resolución RES-DGA-203-2005, del 22 de junio del 2005 y sus modificaciones, una Sección XV que contendrá el “Procedimiento para la Autorización del Perfeccionamiento Pasivo de mercancías”.

vii. Resolución RES-DGA-001-2016: Se emite criterio vinculante de clasificación arancelaria para la mercancía identificada como piñones para motocicleta (engranajes).

viii. Resolución N° DGT-R-003-2016: La Dirección General de Tributación establece los requisitos generales de las solicitudes de devolución de créditos fiscales.

ix. Resolución RES-0113-2016: Mediante resolución del Ministerio de Hacienda, se crea el Comité Directivo sobre Gestión de Riesgo del Servicio Nacional de Aduanas, que tendrá a su cargo la responsabilidad de velar por el desarrollo e implementación de la gestión de riesgo integral a nivel del Servicio Nacional de Aduanas.

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1.4. Boletín del mes de marzo 2016 – Edición N° 84: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Condición de precariedad de los Estacionamientos Transitorios (Criterio Legal DN-0250-2016).

ii. Director General de Aduanas puede solicitar información a las entidades financieras (Criterio Legal DN-0218-2016).

iii. Depositario Aduanero solicita aplicación de Silencio Positivo para realizar las actividades autorizadas en artículo 32 del RECAUCA (Sentencia-006-2016).

iv. Resolución RES-SUB-DGA-456-2015: Se actualizan los horarios de atención de las Aduanas y Puestos Aduaneros, desglosados por proceso conforme se detalla en el anexo único denominado “Horario de las Aduanas por tipo de proceso”.

v. Resolución RES-DGA-049-2016: Se recuerda lo relacionado a las autorizaciones de permanencia a bordo, así como la recepción, descarga y almacenamiento de las mercancías congeladas y refrigeradas en los depositarios aduaneros.

vi. Resolución RES-DGH-008-2016 y DGA-033-2016: Se establece en 12.92% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.

vii. Resolución RES-DGA-002-2016: Modifica el documento titulado: “Mensaje de Ingresos y Salidas versión 1.59” para agregar la nueva condición de ingreso o salida del país (Multimodal, código 5).

viii. Resolución RES-SUB-DGA-472-2015: Deroga la RES-SUB-DGA-457-2015 de las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día 19 de noviembre del 2015.

ix. Resolución RES-SUB-DGA-495-2015: Sustituir la Política de Operación Nº 10 del Manual de Procedimientos del Régimen Devolutivo de Derechos. Suprimir la Política de Operación Nº 15 del Manual de Procedimientos del Régimen Devolutivo de Derechos.

x. Decreto Ejecutivo N° 39544-H: Se publica el Decreto Ejecutivo que regula lo concerniente a los Vehículos altamente deteriorados.

xi. RES-DGA-029-2016: Se adiciona al Manual de Procedimientos Aduaneros, específicamente al Manual de Procedimiento de ingreso y salida de mercancías, vehículos y unidades de transporte el CAPITULO XIV “Procedimiento de ingreso y salida de mercancías, vehículos y unidades de transporte bajo la modalidad de multimodal”.

xii. Decreto Ejecutivo N° 39490-MINAE-MH-MAG: Establecimiento del procedimiento para la verificación in situ de los especímenes de fauna y flora silvestre, sus productos y derivados, protegidos por la convención CITES, que

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son comercializados a través de los puntos autorizados de entrada y salida del país”.

xiii. Resolución de Alcance General N° RES-DGA-034-2016: Modifica el texto de la descripción de la Nota Técnica 0269 e incluye en el Arancel Automatizado del Servicio Nacional de Aduanas la Nota Técnica 0269, a los incisos arancelarios relacionados con llantas neumáticas.

1.5. Boletín del mes de abril 2016 – Edición N° 85: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Valoración preliminar de mercancías consistentes en licores y cigarrillos objeto de un posible delito de Contrabando (Directriz D-DN-003-2016).

ii. Implementación de Controles Complementarios en la operativa aduanera (Criterio Legal DN-0370-2016).

iii. Importación Temporal de equipo por parte de empresa que contrata con RECOPE (Criterio Legal DN-0318-2016).

iv. Criterio sobre las inconsistencias en kilometraje al amparo del artículo 5 de la Ley de Tránsito (Criterio Legal DN-0302-2016).

v. Criterio sobre factura consolidada (Criterio Legal DN-310-2016).vi. Aplicación de nota de exoneración posterior al levante (Sentencia N°208-

2015).vii. Directriz DGA-DGT-001-2016: Aplicación de las Autorizaciones de Exención en

los despachos aduaneros. viii. Decreto Ejecutivo N° 39586-H-GOB: Reglamento a los impuestos de salida del

territorio nacional por vía terrestre creados por Ley número 9154. ix. Acuerdo Nº 0083-2016: Se otorga el Régimen de Zonas Francas a la empresa

Uber Costa Rica Center Of Excellence (COE) Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-703047 (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

1.6. Boletín del mes de mayo 2016 – Edición N° 86: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Aplicación del artículo 242 de la Ley General de Aduanas (Sentencia-014-2016).

ii. Valoración preliminar de mercancías consistentes en licores y cigarrillos objeto de un posible delito de contrabando (Directriz D-DN-003-2016).

iii. Confidencialidad de la información y solicitud de Acceso a TICA. (Criterio Legal DN-446- 2016).

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iv. Vigencia de la Circular DNP-06-97: Llenado correcto de las casillas 25 y 40 del FAUCA (Criterio Legal DN-480- 2016).

v. Resolución RES-DGA-073-2016: Se comunica a los usuarios del Servicio Aduanero Nacional que se están realizando los ajustes en TIC@ para la autoliquidación de sanciones de multa y su rebaja efectiva y la puesta en vigencia del Formulario Único de Autoliquidación de Sanciones por Infracciones Administrativas y Tributarias Aduaneras.

vi. Resolución RES-SUB-DGA-003-2016: Se modifica el documento titulado: “Formato de Mensaje de DUA, Declaración Única Aduanera Versión 3.8” para agregar la codificación referente a la nueva modalidad de tránsito multimodal.

vii. Resolución RES-DGA-077-2016: Disposiciones para la aplicación del Decreto Ejecutivo N° 39544-H, del 20 de noviembre de 2015, en el que se indican los lineamientos para determinar todos aquellos vehículos que se encuentran en estado de abandono y que sean considerados como altamente deteriorados.

viii. Directriz: DGT-002-2016: Correcto registro del consignatario de las mercancías en la Declaración Única de Tránsito (DUT) y en los movimientos de inventario en depósito aduanero.

ix. Criterio DN-435-2016: Se refiere a la ejecución de sanciones correspondientes a la suspensión del Agente Aduanero en TIC@ e imposibilidad de generar nuevas operaciones entre las fechas de sanción.

x. Criterio DN-470-2016: Se refiere a la clasificación arancelaria de la mercancía denominada “toallitas húmedas”, afecta al impuesto específico por gramo de jabón establecido en el artículo 9 de la Ley No. 8114 “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”.

xi. Decretos Relevantes del Alcance N° 85 del Diario Oficial La Gaceta N°102 del 27 de mayo del 2016:

a. Decreto N° 39676 – COMEX –MEIC-MAG-S-MINAE: Resolución Nº 365~2015 (COMIECO-LXXIl) y su Anexo: Reglamento Técnico Centroamericano RT CA 65.05.67:13 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos.

b. Decreto 39679– COMEX: Resolución Nº 370-2015 (COMIECO-LXXIII) y sus Anexos I (Modificación de tres Reglas de Origen Específicas del Anexo al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías) y II (Modificación por corrección técnica del texto de la Regla de Origen Específica contenida en el Anexo al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías).

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c. Decreto 39678–COMEX –MEIC-MAG-S: Resolución Nº 366-2015 (COMIECO-LXXII) y su Anexo: Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.70:14 Productos Lácteos. Quesos. Especificaciones.

d. Decreto 39668– COMEX: Resolución Nº 369-2015 (COMIECO-LXXIII) y su Anexo: “Adopción por la República de Panamá, de las Reglas de Origen Especificas de/Anexo al Reglamento Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías que fueron exceptuadas en el Anexo 6 (a) del Protocolo de incorporación de la República de Panamá al Subsistema de Integración Ec0116mica del Sistema de integración Centroamericana” (sic).

xii. Decreto 39675– COMEX: Acuerdo Nº 01-2015 (COMIECO-LXXIII) y su Anexo: “Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras”.

1.7. Boletín del mes de junio 2016 – Edición N° 87: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Rectificación de la transmisión electrónica del manifiesto de carga para que se incluyan los conocimientos de embarque en aplicación del artículo 79 de la Ley General de Aduanas. (Sentencia TAN-349-2015)

ii. Tratamiento de las mercancías decomisadas custodiadas en los Depositarios Aduaneros y en bodegas de las Aduanas (Directriz DIR-DN-0005-2016).

iii. Agente Aduanero Persona Física y Persona Jurídica. (Criterio DN-0576-2016).iv. Aplicación del artículo 236 inciso 25 LGA (Criterio DN-581-2º16).v. Solicitud de información para efectos judiciales al amparo de COMALEP

(Criterio DN-617-2016).vi. Resolución RES-DGA-137-2016: Procedimiento para la solicitud y emisión de

resoluciones anticipadas, previstas en los Tratados de Libre Comercio suscritos por Costa Rica.

vii. Resolución RES-SUB-018-2016: Habilita de manera temporal, por razones de urgencia, la ruta entre el Puesto Aduanero Las Tablillas – y la Aduana Santamaría, para el tránsito internacional de materia prima naranja fresca para el proceso industrial, hasta el 31 de mayo del 2016.

viii. Resolución RES-DGA-090-2016: Criterio Vinculante de Clasificación Arancelaria para la mercancía identificada como “Cilindro de Rueda, también conocido corno Bombín, Bomba auxiliar de freno, o Actuador Hidráulico.

ix. Resolución RES-DGA-103-2016: Estructura, funciones y metodología del Comité Directivo sobre Gestión de Riesgo, cuyo fin primordial es velar por el desarrollo e implementación de la gestión de riesgo integral a nivel del Servicio Nacional de Aduanas.

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x. Ley N° 9356: Ley Orgánica de la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas (JUDESUR).

xi. Comunicado DGA-DGT-014-2016: Comunica el monto máximo autorizado para compras en el Depósito Libre Comercial de Golfito, el cual será de cuatro salarios base por año calendario.

xii. Decreto N° 39724 -MOPT-MINAE-S: Reglamento para el control de las emisiones contaminantes Producidas por los vehículos con motor de combustión interna.

xiii. Decreto Ejecutivo 39771-H: Actualización de los impuestos específicos sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico, excepto la leche y sobre los jabones de tocador.

xiv. Criterio DN-0492-2016: Trata sobre la exclusividad de la representación del asistente de agente aduanero, regulada en artículo 121 del RLGA y aclara que un asistente puede tener un contrato de servicios profesionales con un agente aduanero ejerciendo sus funciones como tal, y a la vez con otro empleador, pero prestando servicios en otro tipo de labores.

1.8. Boletín Julio 2016 – Edición N° 88: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Hecho Generador de la Obligación Tributaria Aduanera (Criterio Legal N° DN-623-2016).

ii. Utilización de Equipo de Dragado ingresado bajo Importación Temporal – Concesión de Obra Pública (Criterio Legal N° DN-629-2016).

iii. Criterio legal sobre importación de vehículo propiedad de funcionario del BID (Criterio Legal N° DN-666-2016).

iv. Recusación, Órgano Director y Órgano Juzgador (Criterio Legal N° DN-705-2016).

v. Procedimiento para el control y evaluación fiscal del Régimen de Zonas Francas (Decreto Ejecutivo No. 39698 –H).

vi. Convenio de Cooperación para el Desarrollo entre la República de Costa Rica y los Estados Unidos Mexicanos (Ley N° 9365).

vii. Preparaciones alimenticias del tipo complemento vitamínico clasificadas como medicamento para consumo humano (Sentencia TAN N° 029-2016).

viii. Resolución RES-DGA-136-2016: Se habilita de manera temporal, para el período entre el 01 de junio hasta el mes de diciembre de 2016, por razones de urgencia, la ruta 1.1. para el tránsito internacional de plátano verde, entre el Puesto Aduanero Las Tablillas– y la Aduana Santamaría.

ix. Resolución RES-DGH-031-2016: Actualización de los montos del impuesto específico por cada mililitro de alcohol absoluto, establecido en el artículo 1° de la Ley N° 7972 de fecha 22 de diciembre de 1999.

x. Criterio DN-0620-2016: Aclara que para el caso del contrabando fraccionado, los 12 meses estipulados en el artículo 213 de la LGA, deben contarse a la

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partir de la fecha del hecho generador de la primera infracción administrativa, de acuerdo a lo indicado en el inciso c) del artículo 55 de la LGA.

1.9. Boletín Agosto 2016 – Edición N° 89: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Plazo de seis horas para finiquitar el trámite de despacho de las mercancías en la modalidad Courier o Entrega Rápida (SUB-DGA-122-2016).

ii. Importación temporal de vehículos y unidades de transporte. (Criterio Legal DN-0711 -2016).

iii. Validez de documentos apostillados (Criterio Legal N° DN-0713-2016).iv. Subasta de Mercancías (Criterio Legal N° DN-0733-2016).v. Inscripción de choferes y unidades de transporte con varios Transportistas

Aduaneros - Vigencia de DN-135-2012 (Criterio Legal N° DN-0808-2016).vi. Facultad de la autoridad aduanera en las investigaciones de marcas -

Propiedad Intelectual (Criterio Legal N° DN-0751-2016).vii. Nulidad de Circular número EPAG-19-2015 Puesto Aduanero de Golfito

(Sentencia del TAN 213-2016).viii. Reforma Ley N°9387: Reforma de los artículos 25, 33, 33 bis, 69 bis y 86 de la

Ley N.° 7786: “Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación De Capitales y Financiamiento al Terrorismo”, publicada en el Alcance N°134 al Diario Oficial La Gaceta N° 147 01 de Agosto del 2016.

ix. Criterio Legal DN-716-2016: Requisitos para la inscripción como auxiliar de la función pública aduanera en la modalidad de Despacho Domiciliario Comercial.

x. Acuerdo N° 0027-2016-H: Autorización del señor Fabián Quesada Carvajal, para actuar como Agente Aduanero Independiente, en Aduanas de Caldera, Central, Peñas Blancas, Santamaría y Limón.

xi. Resolución DGH-DGT-R-42-2016: La Dirección General de Hacienda en conjunto con la Dirección General de Tributación, publican el Procedimiento para verificar la liquidación y pago del impuesto general sobre las ventas y del impuesto selectivo de consumo, sobre Bienes exonerados adquiridos en el mercado nacional.

xii. Aviso Gaceta N°155 del 12 de Agosto del 2016: El Ministerio de Comercio Exterior informa sobre el anteproyecto: “Reglamento General sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación”, e invita a los interesados a exponer sus comentarios y observaciones.

xiii. Aviso: Gaceta N°162 del 24 de Agosto del 2016xiv. Los Ministerios de la Presidencia, Hacienda y Economía, Industria y Comercio,

informan sobre la consulta pública del proyecto de Decreto Ejecutivo referente al Reglamento a la Ley del Depósito Libre Comercial de Golfito.

xv. Resolución MEIC: N° 010-2016

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xvi. Se amplía el plazo de la Investigación sobre la aplicación de una medida antidumping a las importaciones de azúcar blanco.

1.10. Boletín Setiembre 2016 – Edición N° 90: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Endoso de Tiquete de Retención de Mercancías - Equipajes (Criterio Legal DN-0807-2016).

ii. Auto-rectificación de DUAS para Empresas Certificadas PROFAC iii. (Criterio Legal DN-0862-2016).iv. Entrada en Vigencia del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la

República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia (RES-SUB-DGA-040-2016).

v. Aplicación de las Autorizaciones de Exención (DIR-DGA-DGT-008-2016).vi. Reforma del artículo 55 de la Ley N. º 8422, Ley contra la Corrupción y el

Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley 9389).vii. “Nulidad por Violación al Debido Proceso” (Sentencia 218-2016).viii. Nuevos Agentes Aduaneros Autorizados ( ACUERDOS VARIOS): En el mes

de setiembre se autorizaron las siguientes Auxiliares de la Función Pública Aduanera, en condición de Agente Aduanero:

a. Sra. Olga de los Ángeles Fernández Núñez. Acuerdo N° 0028-2016-H.b. Sr. José Adonai Vega Fernández. Acuerdo N° 0033-2016-H.c. Sr. José Blanco Musmanni. Acuerdo N° 0040-2016-H.d. Sra. Karla María Orias Chacón. Acuerdo N° 0041-2016-H.e. Sr. Didier Ahías Quirós Rodríguez. Acuerdo Nº 0036-2016-H.f. Sra. Carolina Rojas Vega. Acuerdo N° 0037-2016. (Ver Acuerdos).

ix. DECRETO N° 39867-RREE: Se ratifica la Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto, adoptada en Doha, Estado de Catar.

x. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 004-2016: Se actualiza los impuestos específicos a las bebidas carbonatadas, jarabes de bebidas gaseosas tipo “Post Mix”, vinos y cerveza, creados por la Ley Nº 9036.

xi. DECRETO N° 39855-MAG: Se reforma parcialmente el Decreto Ejecutivo N° 36999-MAG del 25 de enero de 2012, mismo que creó el Registro de Importadores de productos de origen vegetal y establece el control de unidades de transportación y bodegas como medida de trazabilidad de productos agrícolas importados.

xii. DECRETO EJECUTIVO N° 39857-COMEX: Se ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Popular de China para la Promoción y Protección de Inversiones, suscrito en la ciudad

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de Beijing, República Popular de China, aprobado mediante la Ley N º 9352 del 28 de marzo de 2016.”

xiii. DECRETO EJECUTIVO N° 39888-COMEX-MEIC-MAG: Se autoriza para la importación una cuota de 9.432,46 TM de frijol por desabastecimiento en el mercado nacional, con una tarifa de cero por ciento (0%) de Derechos Arancelarios a la Importación.

xiv. RESOLUCIÓN DGH-044-2016 y DGA-DGT-002-2016: Se establece en 12.37% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.

xv. DECRETO EJECUTIVO N° 39878-COMEX-MEIC-MAG: Se autoriza la importación 15.444 TM de maíz blanco, con una tarifa de cero por ciento (0%) de Derechos Arancelarios a la Importación, para que ingrese a partir del 06 de julio de 2016 hasta el 30 de junio de 2017, con el propósito de asegurar el abastecimiento del grano. (Ver Decreto).

xvi. DECRETO EJECUTIVO N° 39927-H: Se actualizan los montos de los impuestos específicos, tanto para las mercancías de producción nacional como importadas, establecidos en el artículo 9 de la Ley N° 8114 de fecha 4 de julio de 2001, denominada “Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias”, mediante un ajuste de cero coma noventa y cuatro por ciento (0,94 %).

1.11. Boletín Octubre 2016 – Edición N° 91: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Prevenciones de pago y rebaja en la sanción de multa (Criterio Legal DN-0921-2016).

ii. Retención de mercancía por violación de Propiedad Intelectual (Criterio Legal DN-0933-2016).

iii. Sanción de Suspensión del Auxiliar de la Función Pública (Criterio Legal DN-0993-2016).

iv. Destrucción de Declaraciones Aduaneras de Importación (Criterio Legal DN-1019-2016).

v. Aplicación del artículo 242 de la Ley General de Aduanas para el cálculo de multas en Conciliación Penales. (Circular CIR-DN-0032-2016).

vi. “Criterio Vinculante de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada comercialmente como “Resorte Neumático o Bolsas de Aire.” (RESOLUCION RES-DGA-DGT-001-2016).

vii. Reforma del artículo 55 de la Ley N. º 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley N° 9389).

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viii. Reforma al Decreto Ejecutivo Nº 32458-H del 6 de junio del 2005 - Cobro del Impuesto General sobre las Ventas en el caso de la comercialización de autos nuevos y usados para garantizar su fiscalización y recaudación. (Decreto N° 39941-H).

ix. Ley N°9359: Mediante Ley N°9359 se aprueba el Convenio Internacional del Cacao 2010, publicada en el Alcance N°204 al Diario Oficial La Gaceta N° 189.

x. Ley N° 9398: Se publica en el Alcance N°210 al Diario Oficial La Gaceta N° 192 del 06 de octubre del 2016, la Ley para Perfeccionar la Rendición de Cuentas, como parte de la obligación constitucional que tienen los funcionarios públicos de rendir cuentas por su labor y en aras de que dicho ejercicio contribuya al mejoramiento continuo en la calidad del accionar estatal.

xi. Proyecto de Ley N° 19.245 “Ley para mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal.”: publicado en el Alcance 220 al Diario Oficial La Gaceta N° 198 del 14 de octubre del 2016.

xii. DECRETO EJECUTIVO N° 39927-H: Actualización de los impuestos específicos sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico, excepto la leche y sobre los jabones de tocador.

xiii. DECRETO N° 39930-MAG-MEIC-COMEX: Se autoriza la importación de sesenta y tres mil toneladas métricas de arroz en granza (63.000 T.M.), con una tarifa de cero por ciento (0%) de Derechos Arancelarios a la Importación, para el período comprendido entre los meses de enero a junio del 2017.

xiv. DECRETO EJECUTIVO N° 39903-COMEX: Reglamento para la emisión de Cartas del Ministerio de Comercio Exterior para inscribirse en el Registro de Empresas de la Dirección General de Migración y Extranjería.

xv. DECRETO N° 39938-COMEX: Se publica en el Alcance 211 al Diario Oficial La Gaceta N° 192 del 06 de octubre del 2016, el Reglamento General sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación.

xvi. DECRETO EJECUTIVO N° 39920-S: Modifica el Decreto Ejecutivo N° 39471-S “Procedimiento para Registro Simplificado de Productos Cosméticos y Alimentos de Bajo Riesgo, Requisitos, Control y Vigilancia”.

xvii. DECRETO EJECUTIVO N° 39937-COMEX: Se publica en el Alcance 224 al Diario Oficial La Gaceta N° 201, el Reglamento para la Administración de los Contingentes Arancelarios de Importación Contemplados en el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia.

xviii. DECRETO EJECUTIVO No 39966 – RREE: Se publica en el Alcance 236 al Diario Oficial La Gaceta N° 207, el Decreto Creación y Funcionamiento de la Comisión interinstitucional del Sistema de la Integración Centroamericana.”

xix. AVISO: Se publica aviso en el Alcance 232 al Diario Oficial La Gaceta N° 205, para dar a conocer Proyecto de Decreto denominado, “Adición a los artículos 544 y 550 Reglamento a la Ley General de Aduanas”, el mismo otorga un

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plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación del mismo, con el objeto de que expongan sus observaciones.

xx. Directriz N° 057- MP-MTSS-MIDEPLAN-S-MSP-RREE-MDHIS-MCM: Se publica en el Publicado en el Alcance 238 al Diario Oficial La Gaceta N° 208, la Directriz “Sobre la atención de las personas en tránsito y en condición irregular, personas objeto del tráfico ilícito de migrantes y víctimas de trata de personas, pertenecientes a los flujos migratorios mixtos que se encuentran en el territorio nacional.”

xxi. RESOLUCIÓN DG-144-09-2016: Emisión de permiso de ingreso y permanencia transitoria para atención humanitaria para las personas extranjeras provenientes de África y/o Asia del Sur.

xxii. ACUERDO N° 0043-2016-H: Autorización del señor Greivin Needam Cedeño, para actuar como Agente Aduanero, de la Agencia de Aduanas Servicios Internacionales de Carga Sociedad Anónima (SICSA).

1.12. Boletín Noviembre 2016 – Edición N° 92: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Obligación de Traducción de la Factura Comercial. (Criterio Legal DN-1030-2016).

ii. Menaje de Casa y Equipaje del Viajero (Criterio Legal DN-1059-2016).

iii. Inhabilitación y Revocatoria de Operador Económico Autorizado. (Criterio Legal DN-1066-2016).

iv. Régimen de Importación Temporal - Categoría Industrial (Criterio Legal DN-1113-2016).

v. Custodia Certificados de Origen (Criterio Legal DN-1120-2016).

vi. Control de sujetos sancionados para la configuración de los delitos de contrabando fraccionado y defraudación fiscal fraccionada. (Directriz DIR-DN-01 0-2016).

vii. Nulidad por violación a formalidades sustanciales del procedimiento (Sentencia del TAN 0174-2016).

viii. Criterio Legal N°1029-2016: Se les insta a las Aduanas, según su jurisdicción para que realicen y activen los mecanismos necesarios a fin de que se lleve a

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cabo de manera expedita y las subastas de aquellas mercancías abandonadas, en apego a las funciones otorgadas mediante Ley.

ix. DECRETO N°. 39914-RE: “Acuerdo entre el gobierno de la República de Costa Rica y el gobierno de los Emiratos Árabes Unidos sobre la exención del requisito de visa para portadores de pasaportes diplomáticos o pasaportes especiales.”. Publicado en el alcance n°256 al diario oficial la gaceta n° 217 del 11 de noviembre del 2016.

x. DECRETO N° 40018-MP-SP-JP-H-S-RREE: “Reglamento sobre el reportes de operaciones sospechosas sanciones financieras dirigidas sobre las personas o entidades vinculadas al terrorismo, financiamiento al terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva conforme a las resoluciones del consejo de seguridad de las Naciones Unidas”. Publicado en el Alcance N°261 al Diario Oficial La Gaceta N° 220 del 16 de noviembre del 2016.

xi. RES-DGA-DGT-003-2016: Se habilita ruta de manera temporal para el Tránsito Internacional de unidades de transporte con plátanos, por el período entre el 16 de setiembre del 2016 hasta el 31 de diciembre del 2017.

xii. Acuerdo Nº 0051-2016-H: Autorización del señor Joksan Granados Rodríguez, para actuar como Agente Aduanero, bajo la caución de la Agencia de Aduanas Correduría Aduanera y Grupo YOCASA S.A. Publicado en el Alcance N° 265 Diario Oficial La Gaceta N° 223 del 21 de noviembre del 2016.

xiii. AVISO MH: Aviso de consulta pública del proyecto “Modificación del artículo 457 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.” Publicado en el Alcance 246 al Diario Oficial La Gaceta N° 212 del 03 de noviembre del 2016

xiv. AVISO COMEX-MH: Aviso de consulta pública del proyecto “Reformas a los artículos 4, 6, 10, 11, 12, 14, 25, 26, 29, 31, 35, 38, 39, 41, 45, 50, 51, 52, 53 bis, 62, 67, 68 y 76; así como la adición de los artículos 67 bis y 122 bis al Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739- COMEX-H del 29 de agosto de 2008”. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 10 de noviembre del 2016.

xv. AVISO COMEX-MH: Aviso de consulta pública del proyecto “Reforma al capítulo XXIII del Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas: Empresas de Servicios de Logística.” Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 10 de noviembre del 2016.

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xvi. AVISO – SALUD AJ-CB-2330-2016: Aviso de consulta pública del proyecto ”Reforma y Adición al Decreto Ejecutivo Nº 31331-S que Prohíbe la Importación, Distribución y Comercialización de Minigelatinas que contengan el Aditivo Alimentario conocido como Konjac Fluor INS.” Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 223 del 21 de noviembre del 2016.

xvii. AVISO – SALUD DAJ-CB-2329-2016: Aviso de consulta pública del proyecto “Prohibición de Importación, Distribución, Venta y Publicidad de Andaderas en Edad Pediátrica.” Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 223 del 21 de noviembre del 2016.

2. Cápsulas informativas: Se publicaron 114 cápsulas, para el año 2016, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO, las cuales se detallan a continuación:

ENERO 2016Número Publicación Fecha Fuente

1

Acuerdo Nº 0026-2015-H Autoriza al señor Walker Fernández Sanjuanelo, para actuar como Agente Aduanero en la Aduana Santamaría

15/01/2016 Gaceta N°10 del 15 de enero

2

Acuerdo Nº 0030-2015-H Autoriza al señor Gabriel Chaves Carvajal, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero Independiente en las Aduanas Santamaría y Limón

15/01/2016 Gaceta N°10 del 15 de enero

FEBRERO 2016Número Publicación Fecha Fuente

3

CAPSULA Nº 03-2016-Creación del Comité Directivo sobre Gestión de Riesgo del Servicio Nacional de Aduanas

16/02/2016 Gaceta N°32, martes 16

4

CAPSULA Nº 04-2016-Requisitos generales de las solicitudes de devolución de créditos fiscales.

16/02/2016 Gaceta N°32, martes 16

5

CAPSULA Nº 05-2016-RES-SUB-DGA-477-2015 Procedimiento para la Autorización del Perfeccionamiento Pasivo de mercancías.

16/02/2016 Gaceta N°32, martes 16

6

CAPSULA Nº 06-2016-RES-DGA-001-2016 Criterio vinculante de clasificación arancelaria, piñones para motocicleta.

17/02/2016 Gaceta N°33, miércoles 17

MARZO 2016Número Publicación Fecha Fuente

7CAPSULA Nº 07-2016-RES-SUB-DGA-456-2015 Actualización de horarios de atención 01/03/2016 Gaceta N°42,

Alcance N°29,

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de las Aduanas y Puestos Aduaneros. martes 1

8

CAPSULA Nº 08-2016-RES-DGA-049-2016 Permanencia abordo de mercancías y descarga de mercancías congeladas y refrigeradas en depositarios aduaneros

01/03/2016Gaceta N°42, Alcance N°29, martes 1

9CAPSULA Nº 09-2016-Resolución DGH-008-2015 y DGA-033-2015. TASA DE INTERES 01/03/2016

Gaceta N°42, Alcance N°30, martes 1

10

Resolución RES-DGA-002-2016 Modifica el documento titulado: “Mensaje de Ingresos y Salidas versión 1.59” para agregar la nueva condición de ingreso o salida del país (Multimodal, código 5).

04/03/2016 Gaceta N°45 del 4 de marzo del 2016

11

Resolución N° RES-SUB-DGA-472-2015 Deroga la RES-SUB-DGA-457-2015 de las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día 19 de noviembre del 2015

04/03/2016 Gaceta N°45 del 4 de marzo del 2016

12

Resolución N° RES-SUB-DGA-495-2015 Sustituir la Política de Operación Nº 10 del Manual de Procedimientos del Régimen Devolutivo de Derechos. Suprimir la Política de Operación Nº 15 del Manual de Procedimientos del Régimen Devolutivo de Derechos.

04/03/2016 Gaceta N°45 del 4 de marzo del 2016

13

CAPSULA Nº 13-2016 Decreto N° 39544-H Regular los Vehículos altamente deteriorados.

11/03/2016Gaceta N°50, Alcance N°40, Viernes 11

14

CAPSULA Nº 14-2016-RES-DGA-029-2016 Procedimiento de ingreso y salida de mercancías, vehículos y unidades de transporte bajo la modalidad de multimodal.

11/03/2016Gaceta N°50, Alcance N°40, Viernes 11

15CAPSULA Nº 15-2016 Decreto N° 39490-MINAE-MH-MAG 09/03/2016

Gaceta N°48, Alcance N°37, Vienes 11

16

Resolución de Alcance General N° RES-DGA-034-2016 1-Modifica el texto de la descripción de la Nota Técnica 0269. 2- Incluye en el Arancel Automatizado del Servicio Nacional de Aduanas la Nota Técnica 0269, a los incisos arancelarios relacionados con llantas neumáticas.

15/03/2016 Gaceta N° 52 del 15 de marzo del 2016.

ABRIL 2016Número Publicación Fecha Fuente

17

Directriz DGA-DGT-001-2016 Se emite la correcta aplicación de las autorizaciones de exención en los despachos aduaneros.

06/04/2016 Gaceta N° 66 del 06 de abril del 2016.

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18Decreto N° 39586-H-GOB Reglamento a los impuestos de salida del territorio nacional 15/04/2016 Gaceta N° 72 del 15

de abril del 2016.

19

Acuerdo N°0083-2016 Se otorga el Régimen de Zonas Francas a la empresa Uber Costa Rica

22/04/2016 Gaceta N°77 del 22 de abril del 2016,

MAYO 2016Número Publicación Fecha Fuente

20

RES-SUB-DGA-003-2016 Se agrega la codificación referente a la nueva modalidad de tránsito Multimodal.

02/05/2016 Gaceta N°82 del 29 de abril del 2016

21

Formulario Único de Autoliquidación de Sanciones por Infracciones Administrativas y Tributarias Aduaneras

02/05/2016 Gaceta N°82 del 29 de abril del 2016

22

Directriz N° DGT-002-2016 “Correcto registro del consignatario de las mercancías en la declaración única de tránsito (DUT) y en los movimientos de inventario en depósito aduanero”.

16/05/2016 Gaceta N°93 del 16 de mayo del 2017

23

Resolución RES-DGA-077-2016: los lineamientos para determinar todos aquellos vehículos que se encuentran en estado de abandono y que sean considerados como altamente deteriorados.

27/05/2016Gaceta N°102 del 27 de mayo del 2018

24Varios Decretos COMEX- MEIC- S-MAG - Resoluciones de COMIECO. 27/05/2016

Gaceta N° 102, Alcance N° 85, 27 de mayo del 2016

JUNIO 2016Número Publicación Fecha Fuente

25Decreto N° 39724 -MOPT-MINAE-S: Reglamento para el control de las emisiones contaminantes producidas por los vehículos con motor de combustión interna.

01/06/2016Gaceta N° 103, Alcance N° 87, 30 de mayo del 2016

26Ley N° 9356 Ley Orgánica de La Junta de Desarrollo Regional de La Zona Sur de La Provincia de Puntarenas (JUDESUR) - Golfito

13/06/2016 Gaceta N°113 del 13 de junio del 2016

27Directriz DIR-DN-0005-2016 - “Tratamiento de las mercancías decomisadas custodiadas en los Depositarios Aduaneros y en bodegas de las Aduanas”.

17/06/2016Alcance N°100 a La Gaceta N°117 del 17 de junio

28

Resolución RES-SUB-018-2016 “Habilitar de manera temporal por razones de urgencia hasta el 31 de mayo del 2016, a efectos de importar materia prima, naranja fresca para el proceso industrial”.

21/06/2016La Gaceta N°119 del 21 de junio del 2016

29 Cápsula 29 - Resolución RES-DGA-090-2016 - “Criterio Vinculante de Clasificación 27/06/2016 Alcance N°104 a La

Gaceta N°123 del

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Arancelaria para la mercancía identificada como “Cilindro de Rueda, también conocido corno Bombín, Bomba auxiliar de freno, o Actuador Hidráulico””.

27 de junio del 2016

30Cápsula 30 -Resolución RES-DGA-103-2016 - “Comité Directivo sobre Gestión de Riesgo”.

27/06/2016Alcance N°104 a La Gaceta N°123 del 27 de junio del 2016

31

Cápsula 31 -Resolución RES-DGA-137-2016 “Procedimiento para la solicitud y emisión de resoluciones anticipadas, previstas en los Tratados de Libre Comercio suscritos por Costa Rica”.

29/06/2016Alcance N°107 a La Gaceta N° 124 del 28 de junio del 2016

32

Cápsula 32 -Decreto Ejecutivo 39771-H“Actualización de los impuestos específicos sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico, excepto la leche y sobre los jabones de tocador”.

26/06/2016Alcance N°108 a La Gaceta N° 125 del 29 de junio del 2016

JULIO 2016Número Publicación Fecha Fuente

33Cápsula 33: Decreto Ejecutivo Nº 39698-H“Procedimiento para el control y evaluación fiscal del Régimen de Zonas Francas”.

04/07/2016La Gaceta N°128 del 04 de julio del 2016

34

Cápsula 34: “Habilitar de manera temporal por razones de urgencia por el período entre el día 01 de junio hasta el mes de diciembre ambos del año 2016, la ruta: 1.1. Entre el Puesto Aduanero Las Tablillas – y la Aduana Santamaría”.

04/07/2016Alcance N° 113 a la Gaceta N°128 del 04 de julio del 2016

35

Cápsula 35: DECRETO EJECUTIVO N° 39793-MTSS-MOPT “Implementación de los Horarios Escalonados y la Jornada Acumulativa Voluntaria en la Administración Central”

36

Cápsula 36: Comunicación interna - Solo Normativa: Habilitar de manera temporal por razones de urgencia y durante los meses de febrero, marzo y abril del 2016, a efectos de importar materia prima, naranja fresca para el proceso industrial, la siguiente ruta

19/07/2016La Gaceta Digital Nº 139 del 19 de Julio del 2016

37

Cápsula 37: Comunicación interna - Solo Normativa. Reseña: Inconstitucionalidad en contra del párrafo primero del artículo 242 de la Ley General de Aduanas, según la reforma realizada mediante la ley Nº 8373, publicada en La Gaceta Nº 171 del 5 de setiembre de 2003

19/07/2016La Gaceta Digital Nº 139 del 19 de Julio del 2016

38 Cápsula 38: Decreto Ejecutivo No. 39698 –H 20/07/2016 Alcance Digital Nº

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“Procedimiento Para El Control y Evaluación Fiscal del Régimen de Zonas Francas “

126 a La Gaceta Nº 140 20 de Julio del 2016

39Cápsula 39: Ley N° 9365Aprobación del Convenio de Cooperación para el Desarrollo entre la República de Costa Rica Y los Estados Unidos Mexicanos

22/07/2016

Alcance N°127 al Diario Oficial La Gaceta N°141 del 21 de Julio del 2016

40Cápsula 40: Comunicación interna - Solo Normativa: RES-AC-1445-2016 Delegación de Competencias de la Gerencia de la Aduana Central

22/07/2016

Alcance N°128 al Diario Oficial La Gaceta N°142 del 22 de Julio del 2016

41

Cápsula 41: Actualización de los montos del impuesto específico por cada mililitro de alcohol absoluto, establecido en el artículo 1° de la Ley N° 7972 de fecha 22 de diciembre de 1999

28/07/2016

Diario Oficial La Gaceta N°145 del 28 de Julio del 2016

42

Cápsula 42: Comunicación interna - Solo Normativa. PROYECTO DE LEY N° 19.978 “Ley que elimina la vinculancia de los dictámenes de la Procuraduría General de la República”

29/07/2016

Alcance N°127 al Diario Oficial La Gaceta N°141 del 21 de Julio del 2016

AGOSTO 2016Número Publicación Fecha Fuente

43

Cápsula N°43 Comunicación interna - Solo Normativa. AVISO DGT “Protocolo al Procedimiento para un Acuerdo Amistoso previsto en Convenios para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio”

01/08/2016Gaceta N°146 del 29 de Julio del 2016

44

Cápsula N° 44 - Resolución N° 010-2016“Prórroga por 4 meses al plazo de la investigación para determinar la aplicación o no, de una medida antidumping sobre las importaciones de azúcar blanco cristal sin refinar “

04/08/2016Gaceta N°149 del 04 de agosto del 2016

45

Cápsula N° 45-2016Acuerdo N° 0027-2016-H “Autorización del señor Fabián Quesada Carvajal, para actuar como Agente Aduanero Independiente en Aduanas de Caldera, Central, Peñas Blancas, Santamaría y Limón.”

05/08/2016Gaceta N°150 del 05 de agosto del 2016

46 Cápsula N° 46-2016LEY 9387 “Reforma de los artículos 25, 33, 05/08/2016 Alcance N°134 al

Diario Oficial La

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33 bis, 69 bis y 86 de la ley N.° 7786, Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación De Capitales y Financiamiento al Terrorismo.”

Gaceta N° 147 01 de Agosto del 2016

47

Cápsula N° 47-2016 DGH-DGT-R-42-2016 “Procedimiento para verificar la liquidación y pago del impuesto general sobre las ventas y del impuesto selectivo de consumo, sobre Bienes exonerados adquiridos en el mercado nacional”

12/08/2016

Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 12 de Agosto del 2016

48

Cápsula N° 48-2016ANTEPROYECTO DE DECRETO EJECUTIVO “Reglamento General Sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación”

12/08/2016

Diario Oficial La Gaceta N° 155 del 12 de Agosto del 2016

49Cápsula N° 49-2016CONSULTA PÚBLICA: “Reglamento a la Ley del Depósito Libre Comercial de Golfito”

24/08/2016 Diario Oficial La Gaceta N° 162 24 de Agosto del 2016

50Cápsula N° 50-2016 “Sistema Control Previo de Mejora Regulatoria “

31/08/2016Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC)

51CÁPSULA Nº 51 - PRESENTACIÓN “Impacto y tendencias del Régimen de Zonas Francas 2011-2015” - PROCOMER

24/08/2016 PROCOMER - Presencial

SETIEMBRE 2016Número Publicación Fecha Fuente

52

Cápsula N° 52-2016N° 0028-2016-H: “Autorización de la señora Olga de los Ángeles Fernández Núñez para actuar como Agente Aduanera “

06/09/2016

Diario Oficial La Gaceta N° 171 del 06 de setiembre del 2016

53

Cápsula N° 53-2016N° 0033-2016-H: “Autorización del señor José Adonai Vega Fernández para actuar como Agente Aduanero Independiente”

08/09/2016

Diario Oficial La Gaceta N° 173 del 08 de setiembre del 2016

54

Cápsula N° 54-2016N° 0040-2016-H: “Autorización del señor José Blanco Musmanni para actuar como Agente Aduanero de la Agencia Aduanal Agencia de Logística en Correduría Aduanera S. A. (ALCA S. A.) “

08/09/2016 Diario Oficial La Gaceta N° 173 del 08 de setiembre del 2016

55

Cápsula N° 55-2016DECRETO N° 39867-RREE “Ratificación de la República de Costa Rica a la Enmienda de Doha al Protocolo de Kyoto, adoptada en Doha, Estado de Catar “.

13/09/2016 Diario Oficial La Gaceta N°176 del 13 de setiembre del 2016

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56

Cápsula N° 56-2016Resolución General Nº 004-2016: “Actualización de los impuestos específicos a las bebidas carbonatadas, jarabes de bebidas gaseosas tipo “Post Mix”, vinos y cerveza, creados por la Ley Nº 9036”

13/09/2016 Diario Oficial La Gaceta N°176 del 13 de setiembre del 2016

57

Cápsula N° 57-2016DIR-DGA-DGT-008-2016“Aplicación de las Autorizaciones de Exención.”Rige a partir de su comunicación.

19/09/2016Directriz DIR-DGA-DGT-008-2016

58

Cápsula N° 58-2016CIRCULAR-DGA-DGT-033-2016 “Cálculo del Impuesto Único de Golfito en Licores, según Ley 9356, del 05 de abril 2016.”

19/09/2016CIRCULAR-DGA-DGT-033-2016

59

Cápsula N° 59-2016N° 39855-MAG: “Reforma parcial al Decreto Ejecutivo N° 36999-MAG del 25 de enero de 2012: Crea Registro de Importadores de productos de origen vegetal, y el establecimiento de controles de unidades de transportación y bodegas corno medida de trazabilidad de productos agrícolas importados.”

19/09/2016 Alcance N° 185 al Diario Oficial La Gaceta N° 178 del 16 de setiembre del 2016

60

Cápsula N° 59-2016“Ratificación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Popular de China para la Promoción y Protección de Inversiones, suscrito en la ciudad de Beijing, República Popular de China, el 24 de octubre de 2007, aprobado mediante la Ley N º 9352 del 28 de marzo de 2016.”

19/09/2016 Alcance N° 186 al Diario Oficial La Gaceta N° 179 del 19 de setiembre del 2016

61

Cápsula N° 61-2016DECRETO EJECUTIVO N° 39878-COMEX-MEIC-MAG: “Autorización para la importación de maíz blanco por desabastecimiento en el mercado Nacional.”

19/09/2016

Alcance N° 186 al Diario Oficial La Gaceta N° 179 del 19 de setiembre del 2016

62

Cápsula N° 62-2016RES-SUB-DGA-040-2016: “Entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia.”

19/09/2016

Alcance N° 187 al Diario Oficial La Gaceta N° 179 del 19 de setiembre del 2016

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63

Cápsula N° 62-2016DECRETO EJECUTIVO N° 39888-COMEX-MEIC-MAG: “Autorización para la importación de frijol por desabastecimiento en el mercado nacional.”

19/09/2016

Alcance N° 186 al Diario Oficial La Gaceta N° 179 del 19 de setiembre del 2016

64

Cápsula N° 62-2016DECRETO N° 39904-MOPT-MICIT: “Reglamento para la Verificación de la masa bruta de los contenedores con carga.”

19/09/2016

Alcance N° 186 al Diario Oficial La Gaceta N° 179 del 19 de setiembre del 2016

65

Cápsula N° 65-2016RESOLUCIÓN DGH-044-2016 y DGA-DGT-002-2016: “Actualización de la tasa de interés.”

20/09/2016

Alcance N° 187 al Diario Oficial La Gaceta N° 179 del 19 de setiembre del 2016

66

Cápsula N° 66-2016Acuerdo N° 0041-2016-H: “Autorización de la señora Karla María Orias Chacón para actuar como Agente Aduanero, de la Agencia de Aduanas Despachos Rápidos Costa Rica Derco Sociedad Anónima.”

21/09/2016 La Gaceta N° 181 del 21 de setiembre del 2016

67

Cápsula N° 67-2016Acuerdo Nº 0036-2016-H: “Autorización del señor Didier Ahías Quirós Rodríguez para actuar como Agente Aduanero en la agencia de Aduanas Grupo Aduanero Tropical sociedad Anónima.”

23/09/2016La Gaceta N° 183 del 23 de setiembre del 2016

68

Cápsula N° 68-2016Acuerdo N° 0037-2016-H: “Autorización de la señora Carolina Rojas Vega para actuar como Agente Aduanera, de la Agencia de Aduanas denominada Del Monte Fresh roduce Internacional Inc.”

28/09/2016 La Gaceta N° 186 del 28 de setiembre del 2016

OCTUBRE 2016Número Publicación Fecha Fuente

69

Cápsula N° 69-2016Ley 9389: “Reforma del artículo 55 de la Ley N. º 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.”

03/10/2016

Alcance N°202F al Diario Oficial La Gaceta N° 187 del 29 de setiembre del 2016

Página 225 de 340

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70

Cápsula N° 70-2016Decreto Ejecutivo N° 39927-H: “Actualización de los impuestos específicos sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico, excepto la leche y sobre los jabones de tocador.”

03/10/2016

Alcance N°202F al Diario Oficial La Gaceta N° 187 del 29 de setiembre del 2016

71

Cápsula N° 71-2016Ley 9359: “Aprobación del Convenio Internacional del cacao 2010.”

03/10/2016

Alcance 204 al Diario Oficial La Gaceta N° 189 del 03 de octubre del 2016

72

Cápsula N° 72-2016DECRETO MAG-034-2016: N° 39930-MAG-MEIC-COMEX “Autorización de importación de cuota de arroz en granza por desabastecimiento en el mercado nacional.”

05/10/2016

Alcance 207 al Diario Oficial La Gaceta N° 191 del 05 de octubre del 2016

73

Cápsula N° 73-2016DECRETO EJECUTIVO N° 39903-COMEX: “Reglamento para la emisión de Cartas del Ministerio de comercio Exterior para inscribirse en el Registro de Empresas de la Dirección General de Migración y Extranjería.”

05/10/2016

Alcance 207 al Diario Oficial La Gaceta N° 191 del 05 de octubre del 2016

74

Cápsula N° 74-2016RESOLUCIÓNDG-144-09-2016: “Emisión de permiso de ingreso y permanencia transitoria para atención humanitaria para las personas extranjeras provenientes de África y/o Asia del Sur.”

05/10/2016

el Alcance 208 al Diario Oficial La Gaceta N° 191 del 05 de octubre del 2016

75

Cápsula N° 75-2016Ley N° 9398: “Ley para Perfeccionar la Rendición de Cuentas.”

06/10/2016

Alcance 210 al Diario Oficial La Gaceta N° 192 del 06 de octubre del 2016

76

Cápsula N° 76-2016N° 39938-COMEX: “Reglamento General sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación.”

06/10/2016

Alcance 211 al Diario Oficial La Gaceta N° 192 del 06 de octubre del 2016

77 Cápsula N° 77-2016DECRETO EJECUTIVO No. 39920-S: “Modificación Al Decreto Ejecutivo no. 39471-S Procedimiento para Registro Simplificado de Productos Cosméticos y Alimentos de

06/10/2016 Alcance 211 al Diario Oficial La Gaceta N° 192 del 06 de octubre del 2016

Página 226 de 340

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Bajo Riesgo, Requisitos, Control y Vigilancia.”

78

Cápsula N° 78-2016Proyecto de Ley N° 19.245: “Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal.”

18/10/2016

Alcance 220 al Diario Oficial La Gaceta N° 198 del 14 de octubre del 2016

79

Cápsula N° 79-2016Nº DGT-R-48-2016: “comprobantes electrónicos.”

18/10/2016

Alcance 221 al Diario Oficial La Gaceta N° 198 del 14 de octubre del 2016

80

Cápsula N° 80-2016DECRETO EJECUTIVO N° 39937-COMEX: “Reglamento para la Administración de los Contingentes Arancelarios de Importación Contemplados en el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia.”

20/10/2016

Alcance 224 al Diario Oficial La Gaceta N° 201 del 20 de octubre del 2016

81

Cápsula N° 81-2016DECRETO N° 39941-H: “Reforma al Decreto Ejecutivo Nº 32458-H del 6 de junio del 2005, Cobro del Impuesto General sobre las Ventas en el caso de la comercialización de autos nuevos y usados para garantizar su fiscalización y recaudación.”

21/10/2016

Alcance 226 al Diario Oficial La Gaceta N° 202 del 21 de octubre del 2016

82

Cápsula N° 82-2016AVISO: “Observaciones al Proyecto de Adición a los artículos 544 y 550 Reglamento a la Ley General de Aduanas.”

26/10/2016

Alcance 232 al Diario Oficial La Gaceta N° 205 del 26 de octubre del 2016

83

Cápsula N° 83-2016RESOLUCION RES-DGA-DGT-001-2016: “Criterio Vinculante de Clasificación arancelaria para la mercancía denominada comercialmente como “Resorte Neumático o Bolsas de Aire.”

26/10/2016

Alcance 233 al Diario Oficial La Gaceta N° 205 del 26 de octubre del 2016

84

Cápsula N° 84-2016DECRETO EJECUTIVO No 39966 - RREE: “Creación y Funcionamiento de la Comisión lnterinstitucional del Sistema de la Integración Centroamericana.”

28/10/2016

Alcance 236 al Diario Oficial La Gaceta N° 207 del 28 de octubre del 2016

85 Cápsula N° 85-2016ACUERDO N° 0043-2016-H: “Autorización del señor Greivin Needam Cedeño, de calidades indicadas, para actuar como

31/10/2016 La Gaceta N° 208 del 31 de octubre del 2016

Página 227 de 340

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Agente Aduanero, de la Agencia de Aduanas Servicios Internacionales de Carga Sociedad Anónima (SICSA).”

86

Cápsula N° 86-2016N° 057 MP-MTSS-MIDEPLAN-S-MSP-RREE-MDHIS-MCM: “Sobre la atención de las personas en tránsito y en condición irregular, personas objeto del tráfico ilícito de migrantes y víctimas de trata de personas, pertenecientes a los flujos migratorios mixtos que se encuentran en el territorio nacional.”

31/10/2016

Alcance 238 al Diario Oficial La Gaceta N° 208 del 31 de octubre del 2016

NOVIEMBRE 2016Número Publicación Fecha Fuente

87

Cápsula N° 87-2016Decreto Ejecutivo N° 39940-H: “Reforma al artículo 108 del Reglamento de Procedimiento Tributario, Decreto Ejecutivo N° 38277-H del 7 de marzo de 2014.”

01/11/2016

Alcance 239 al Diario Oficial La Gaceta N° 209 del 01 de noviembre del 2016

88

Cápsula N° 88-2016DGT-R-50-2016: “Interpretación y aplicación de la infracción administrativa por el incumplimiento en el suministro de información, tipificada en los artículos 83 y 106 ter del código de normas y procedimientos tributarios.”

02/11/2016

Alcance 241 al Diario Oficial La Gaceta N° 210 del 02 de noviembre del 2016

89

Cápsula N° 89-2016RES-DGA-DGT-003-2016: “Habilitación de ruta temporal para el Tránsito Internacional de unidades de transporte con plátanos, por el período entre el día 16 de setiembre del año 2016 hasta el 31 de diciembre del año 2017.

03/11/2016Alcance 243 al Diario Oficial La Gaceta N° 211 del 03 de noviembre del 2016

90

Cápsula N° 90-2016AVISO: Proyecto: Modificación del artículo 457 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.”

04/11/2016

Alcance 246 al Diario Oficial La Gaceta N° 212 del 03 de noviembre del 2016

91

Cápsula N° 91-2016AVISO COMEX-MH: “Reformas a los artículos 4, 6, 10, 11, 12, 14, 25, 26, 29, 31, 35, 38, 39, 41, 45, 50, 51, 52, 53 bis, 62, 67, 68 y 76; así como la adición de los artículos 67 bis y 122 bis al Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739- COMEX-H del 29 de agosto de 2008”.

10/11/2016 Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 10 de noviembre del 2016

Página 228 de 340

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92

Cápsula N° 92-2016AVISO COMEX-MH: “Reforma al capítulo XXIII del Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas: Empresas de Servicios de Logística.”

10/11/2016 Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 10 de noviembre del 2016

93

Cápsula N° 93-2016DECRETO No. 39914-RE: “Acuerdo entre el gobierno de la República de Costa Rica y el gobierno de los Emiratos Árabes Unidos sobre la exención del requisito de visa para portadores de pasaportes diplomáticos o pasaportes especiales.”

11/11/2016Alcance N°256 al Diario Oficial La Gaceta N° 217 del 11 de noviembre del 2016

94

Cápsula N° 94-2016 DECRETO N° 40018-MP-SP-JP-H-S-RREE: “Reglamento sobre el reportes de operaciones sospechosas sanciones f1nancjeras dirigidas sobre las personas o entidades vinculadas al terrorismo, financiamiento al terrorismo financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva conforme a las resoluciones del consejo de seguridad de las naciones unidas”.

17/11/2016

Alcance N°261 al Diario Oficial La Gaceta N° 220 del 16 de noviembre del 2016

95

Cápsula N° 95-2016AVISO: “Proyecto: Reforma y Adición al Decreto Ejecutivo Nº 31331-S que Prohíbe la Importación, Distribución y Comercialización de Minigelatinas que contengan el Aditivo Alimentario conocido como Konjac Fluor INS.”

21/11/2016Diario Oficial La Gaceta N° 223 del 21 de noviembre del 2016

96

Cápsula N° 96-2016AVISO DAJ-CB-2329-2016: “Proyecto: Prohibición de Importación, Distribución, Venta y Publicidad de Andaderas en Edad Pediátrica.”

21/11/2016

Diario Oficial La Gaceta N° 223 del 21 de noviembre del 2016

97

Cápsula N° 97-2016Acuerdo Nº 0051-2016-H: Autorización del señor Joksan Granados Rodríguez, para actuar como Agente Aduanero, bajo la caución de la Agencia de Aduanas Correduría Aduanera y Grupo YOCASA S.A.

22/11/2016

Alcance N° 265 Diario Oficial La Gaceta N° 223 del 21 de noviembre del 2016

DICIEMBRE 2016Número Publicación Fecha Fuente98 Cápsula N° 98-2016

Resolución General N° 005-2016: Actualizan los impuestos específicos creados por la Ley 9036: Bebidas carbonatadas, Cerveza y

01/12/2016 Diario Oficial La Gaceta N° 231 del 01 de diciembre del 2016

Página 229 de 340

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Vinos

99

Cápsula N° 99-2016Ley N° 9403: “Aprobación del protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco”

01/12/2016

Alcance N° 281 Diario Oficial La Gaceta N° 231 del 01 de diciembre del 2016

100

Cápsula N° 100-2016DECRETO N°40049-MEIC: Reglamento técnico “RTCR 483:2016. Textiles y productos textiles. Ropa usada. Etiquetado.”

12/12/2016

Alcance N° 296 Diario Oficial La Gaceta N° 237 del 09 de diciembre del 2016

101

Cápsula N° 101-2016DECRETO N° 40052- MEIC: “Reformas y adiciones al Decreto Ejecutivo N° 37341-meic, “RTCR 452: 2011 barras y alambres de acero de refuerzo para concreto. Especificaciones”.

12/12/2016

Alcance N° 296 Diario Oficial La Gaceta N° 237 del 09 de diciembre del 2016

102

Cápsula N° 102-2016DECRETO N° 39960 - COMEX: RESOLUCIÓN Nº 372-2015 (COMIECO-LXXIV9 y su anexo: modificaciones al arancel centroamericano de importación

13/12/2016

Publicado en el Alcance N° 301 al Diario Oficial La Gaceta N° 239 del 13 de diciembre del 2016

103

Cápsula N° 103-2016DIRECTRIZ DGT-R-60-2016: Sujetos pasivos que podrá seleccionar La Dirección de Fiscalización de la Dirección General de Tributación, para fiscalizar, con el fin de ejecutar sus planes anuales de fiscalización.

14-dic

Publicado en el Alcance N° 305 Diario Oficial La Gaceta N° 239 del 14 de diciembre del 2016

104

Cápsula N° 104-2016Resolución Administrativa N° 28-2016: “Se actualiza el impuesto específico creado por la Ley N° 9036 y otorgado a favor del IFAM”

14-dicDiario Oficial La Gaceta N° 240 del 14 de diciembre del 2016

105

Cápsula N° 105-2016RES-DGA-DGT-007-2016:Habilitar ruta temporal para el tránsito internacional, por razones de urgencia, entre el 16 de setiembre del 2016 hasta el 31 de diciembre del 2017, a efectos de movilizar unidades de transporte con carga de Banano, Piña, Aguacate y Mango, de la empresa Banapiña Nicaragua, S.A para ser exportada por Puerto Limón.

14-dic

Diario Oficial La Gaceta N° 240 del 14 de diciembre del 2016

Página 230 de 340

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106

Cápsula N° 106-2016RES-DGA-DGT-008-2016: Habilitar ruta temporal por razones de urgencia entre el Puesto Aduanero Las Tablillas – y la Aduana Santamaría, para el tránsito internacional de materia prima, naranja fresca para el proceso industrial, durante diciembre del 2016 hasta el 31 de mayo del año 2017.

14-dic

Diario Oficial La Gaceta N° 240 del 14 de diciembre del 2016

107

Cápsula N° 107-2016AVISO -MEIC: Se informa que se prorroga el plazo para dar por concluida la investigación por dumping promovida por la Liga de la Caña (LAICA), contra las importaciones de azúcar originaria de Brasil, por los dos meses Adicionales que establece la normativa, la referida prórroga se dará por culminada hasta el 30 de enero del 2017.

14-dic

Diario Oficial La Gaceta N° 240 del 14 de diciembre del 2016

108

Cápsula N° 108-2016N° 0050-2016-H: Autorización de la señora Diana Carolina Obando Vargas, para actuar como Agente Aduanero Independiente, en las Aduanas Central, Caldera, Peñas Blancas. Santamaría, Limón y Paso Canoas.

15-dic

Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 241 del 15 de diciembre del 2016

109

Cápsula N° 109-2016DECRETO EJECUTIVO N° 40003-S: “Modificación y Adición al Decreto Ejecutivo N° 36134-S del 10 de mayo del 2010 “RTCR 436:2009 Suplementos a la Dieta. Requisitos de Registro Sanitario, Importación, Desalmacenaje, Etiquetado y Verificación”, publicado en La Gaceta N° 186 del 24 de setiembre del 2010.”

16-dic

Publicado en el Alcance N°309 el Diario Oficial La Gaceta N° 241 del 15 de diciembre del 2016

110

Cápsula N° 110-2016DECRETO EJECUTIVO N° 40073-MGP: “Posposición de fecha de inicio para cobro de multa establecida en artículo 33 inciso 3) de la Ley General de Migración y Extranjería.”

19-dic

Alcance N°311 el Diario Oficial La Gaceta N° 242 del 16 de diciembre del 2016

111

Cápsula N° 111-2016DECRETO EJECUTIVO N° 40046-S: “Normas para autorización de profesionales, distribución de tejido ocular y membrana amniótica para uso ocular, en trasplante”, e “importación y exportación de tejido ocular”

20-dic

Alcance N°312 el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 19 de diciembre del 2016

112

Cápsula N° 112-2016Ley N°9416: “Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal”.

20-dicAlcance N°313 el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del

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20 de diciembre del 2016

113

Cápsula N° 113-2016DECRETO EJECUTIVO N° 39961-MAG-MEIC-COMEX: “Modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación”

22-dic

Alcance N°314 el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciembre del 2016

114

Cápsula N° 114-2016: RES-DGH-0068-2016“Requisitos de admisibilidad y procedimiento para remisión de expedientes al departamento de cobro judicial”.

22-dicDiario Oficial La Gaceta N° 245 del 21 de diciembre del 2016

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3. Administración del Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ):

3.1. Plantillas de Registro de Nueva Jurisprudencia (RNJ): Se Crearon 424 plantillas para el periodo indicado, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO. Las plantillas incluyen sentencias del Tribunal Aduanero Nacional, criterios de la Dirección Normativa y otras publicaciones relevantes, ya sea directrices, circulares y comunicados de otras direcciones de la DGA.

3.2. Sentencias Sistematización de Sentencias del Tribunal Aduanero Nacional: Se sistematizaron y fueron publicadas en el Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) 274 sentencias del Tribunal Aduanero Nacional, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO.

3.3. Criterios: Sistematización de criterios legales, circulares, directrices, resoluciones de alcance general entre otros: Se sistematizaron y fueron publicadas en el Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) 137 criterios de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO.

6. Compendio Aduanero: Acorde con el cumplimiento de la meta de PAO, el compendio Aduanero se entregó actualizado a las Aduanas y otras Direcciones, en el mes de agosto 2015.

4. Consultas atendidas: Para el período indicado se atendieron 99 consultas, recibidas mediante diferentes medios: correo electrónico, consulta formal o vía telefónica, tanto de usuarios internos como de usuarios externos.

Año 2017

(Meses enero, febrero y marzo3)

1. Boletines Jurídicos informativos: Se han emitido 2 boletines para este periodo, uno por mes, donde se publicaron los criterios emitidos por la dirección Normativa y las publicaciones de la Gaceta directamente e indirectamente relacionadas con el ámbito y la materia aduanera, con el fin de dar a conocer de una forma más amigable con el usuario dicha información.

Los Boletines publicados para el periodo indicado son los siguientes:

3 Para marzo se debe tomar en cuenta únicamente hasta el día 06.

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1.1. Boletín del mes de diciembre 2016 - Edición N° 93: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Lugar y Medio para recibir Notificaciones (Criterio Legal DN-1180-2016).ii. Plazo de Importación Temporal y período de gracia del artículo 236 inciso 1 de la

LGA (Criterio Legal DN-1204-2016).iii. Gastos por concepto de destrucción de mercancías que se encuentran bajo

custodia del depositario (Criterio Legal DN-1241-2016).iv. Sobre el “Permiso vecinal de ingreso” y el “permiso de tránsito vecinal” (Criterio

Legal DN-1246-2016).v. Nulidades decretadas por el TAN (Directriz DIR-DN-009-2016).vi. Documentos que sustentan la Declaración Aduanera (Circular DN-0055-2016).vii. Modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, que amplía los

códigos arancelarios a diez dígitos - Resolución Nº 372-2015 (COMIECO-LXXIV) (Decreto 39960-COMEX)

viii. Modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación (Decreto Ejecutivo N° 39961-MAG-MEIC-COMEX).

ix. Tribunal Contencioso declara improcedente la demanda contra el Estado interpuesta por Sociedad Apícola Costarricense, S.A. (Expediente: N° 13-7443-1027-CA-Sentencia N° 45-2016-VI)

x. Sala Primera declara sin lugar la demanda contra el Estado interpuesta por Procasa S.A. (Resolución N° 000992-F-S1-2016 de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia).

xi. Tribunal Contencioso declara sin lugar la demanda contra el Estado interpuesta por PRISMAR DE COSTA RICA S.A. (Expediente: 14-002685-1027-CA-Sentencia N° 137-2016-VI)

xii. Ley N°9416: Se publica en el Alcance N°313 el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciembre del 2016 la “Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal”.

xiii. Ley N° 9403: Se publica en el Alcance N° 281 Diario Oficial La Gaceta N° 231 del 01 de diciembre del 2016 la “Aprobación del protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco”. Misma que tiene vigencia a partir de su publicación.

xiv. DECRETO N°40049-MEIC: Se publica el reglamento técnico “RTCR 483:2016. Textiles y productos textiles. ropa usada. etiquetado.”

xv. DECRETO N° 40052- MEIC: Se publica el reglamento “Reformas y adiciones al decreto ejecutivo no. 37341-meic, “RTCR 452: 2011 barras y alambres de acero de refuerzo para concreto. especificaciones.” este reglamento se aplica a las barras y alambres de acero utilizados como refuerzo para concreto en construcciones, que se fabriquen en el país o se importen para su uso o comercialización en el territorio nacional

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xvi. DECRETO EJECUTIVO N° 40003-S: “Modificación y Adición al Decreto Ejecutivo N° 36134-S del 10 de mayo del 2010 “RTCR 436:2009 Suplementos a la Dieta. Requisitos de Registro Sanitario, Importación, Desalmacenaje, Etiquetado y Verificación”, publicado en La Gaceta N° 186 del 24 de setiembre del 2010.”

xvii. DECRETO EJECUTIVO N° 40046-S: Se publica en el Alcance N° 312 el Diario Oficial La Gaceta N° 243 del 19 de diciembre del 2016, las “Normas para autorización de profesionales, distribución de tejido ocular y membrana amniótica para uso ocular, en trasplante”, e “importación y exportación de tejido ocular”.

xviii. RESOLUCIÓN RES-DGA-DGT-007-2016: Se habilitar ruta temporal para el tránsito internacional, por razones de urgencia, entre el 16 de setiembre del 2016 hasta el 31 de diciembre del 2017, a efectos de movilizar unidades de transporte con carga de Banano, Piña, Aguacate y Mango, de la empresa Banapiña Nicaragua, S.A para ser exportada por Puerto Limón.

xix. RESOLUCIÓN RES-DGA-DGT-008-2016: Se habilita ruta temporal por razones de urgencia entre el Puesto Aduanero Las Tablillas – y la Aduana Santamaría, para el tránsito internacional de materia prima, naranja fresca para el proceso industrial, durante diciembre del 2016 hasta el 31 de mayo del año 2017.

xx. RESOLUCIÓN RES-DGH-0068-2016: Se publica en el Diario Oficial La Gaceta N° 245 del 21 de diciembre del 2016 los “Requisitos de admisibilidad y procedimiento para remisión de expedientes al departamento de cobro judicial”.

xxi. RESOLUCIÓN N° 005-2016: Con el propósito de cumplir con lo establecido por los artículos 6 y 10 de la Ley N° 5792 del 01 de setiembre de 1975, se actualizan los impuestos específicos a las bebidas carbonatadas, cerveza y vinos, creados por la Ley 9036.

xxii. DIRECTRIZ DGT-R-60-2016: Se publican los sujetos pasivos que podrá seleccionar La Dirección de Fiscalización de la DGT, con el fin de ejecutar sus planes anuales de fiscalización, en tres los cuales se encuentran los acogidos al Régimen de Zonas Francas.

xxiii. ACUERDO N° 0050-2016-H: Se autoriza a la señora Diana Carolina Obando Vargas, para actuar como Agente Aduanero Independiente, en las Aduanas Central, Caldera, Peñas Blancas. Santamaría, Limón y Paso Canoas.

xxiv. AVISO –MEIC: Se informa de la prórroga por los dos meses adicionales que establece la normativa, en el plazo para dar por concluida la investigación por dumping, promovida por la Liga de la Caña (LAICA) contra las importaciones de azúcar originaria de Brasil. La referida prórroga se dará por culminada hasta el 30 de enero del 2017.

1.2. Boletín del mes de enero 2017 - Edición N° 94: El mismo incluyó los siguientes temas:

i. Rebaja de multa amparada artículo 233 de la LGA cuando se da un ingreso ilegal de mercancía sin DUA de importación (Criterio Legal DN-0014-2017).

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ii. Certificado de Procedencia y Declaración Aduanera de Exportación Zona Libre de Panamá (Criterio Legal DN-0017-2017).

iii. Obligatoriedad de la matrícula en las cureñas y carretas para trasladar contenedores o mercancías (Criterio Legal DN-0027-2017).

iv. Colaboración entre el SNA y el ICD (Criterio Legal DN-038-2017).v. Competencia para presentar Denuncias Penales. (Criterio Legal DN-065-2017).vi. Nulidad por falta de motivación (Sentencia del TAN N° 222-2016).vii. Recurso declarado sin lugar por el TAN respecto a la presentación de certificados

de origen inválidos (Sentencia del TAN N° 392-2016)viii. LEY N° 9413: Se publica en el Alcance N°21 al Diario Oficial La Gaceta N° 21, del

30 de enero de 2017, la Ley N° 9413 “Aprobación del acuerdo entre el gobierno de la república de costa rica y el gobierno de la República de Sudáfrica para el intercambio de información en materia tributaria.”

ix. DECRETO N° 40108-MOPT-MINAE-S: Se publica en el Alcance N°321 al Diario Oficial La Gaceta N° 247, del 23 de diciembre del 2016, la reforma el Artículo 5, del “Reglamento para el Control de las Emisiones Contaminantes Producidas por los Vehículos con Motor de Combustión Interna”, contenido en el Decreto Ejecutivo N° 39724 -MOPT-MINAE-S.

x. DECRETO N°40105-H: Se publica en el Alcance N°320 al Diario Oficial La Gaceta N° 247, del 23 de diciembre del 2016 la “Actualización de los impuestos específicos sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico. excepto la leche y sobre los jabones de tocador.”

xi. DECRETO N° 40141-COMEX-H: Se publica en el Alcance N°17 al Diario Oficial La Gaceta N° 18, del 25 de enero de 2017, las “Reformas a los artículos 4, 6, 10, 11, 12, 14, 25, 26, 29, 31, 35, 38, 39, 41, 45, 50, 51, 52, 53bis, 62,67,68 y 76, así como la adición de los artículos 67 bis, 76 bis y 122 bis al Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas.

xii. DECRETO EJECUTIVO N° 40059-MAG-MINAE-S: Se publica en el Alcance N°8 al Diario Oficial La Gaceta N° 9, del 12 de enero de 2017 el “Reglamento Técnico: “RTCR 484:2016. Insumos Agrícolas. Plaguicidas Sintéticos Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico, Coadyuvantes y Sustancias Afines de uso Agrícola. Registro, Uso y Control.”

xiii. Acuerdo N° 6644-16-17: Se publica en el Diario Oficial La Gaceta N° 3, del 04 de enero de 2017 el Acuerdo sobre el Permiso de atraque, permanencia en puerto y desembarque de las tripulaciones de las embarcaciones del Guardacostas de los Estados Unidos de América, que estarán desarrollando operaciones antinarcóticos en apoyo al Servicio Nacional de Guardacostas y demás autoridades del país, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio del 2017.

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1.3. Boletín del mes de febrero 2017 - Edición N° 95: El mismo se encuentra en proceso de redacción. Es importante recordar la anotación indicada al inicio de este informe, respecto a que la elaboración de los boletines mensuales, corresponden al mes inmediato anterior.

2. Cápsulas informativas: Se han publicado 21 cápsulas, para el periodo indicado, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO, las cuales se detallan a continuación:

ENERO 2017Número Publicación Fecha Fuente

1

Cápsula N° 1-2017Decreto N° 4.0108-MOPT-MINAE-S: Reforma el Artículo 5, del “Reglamento para el Control de las Emisiones Contaminantes Producidas por los Vehículos con Motor de Combustión Interna”, contenido en el Decreto Ejecutivo N° 39724 -MOPT-MINAE-S, publicado en el Alcance digital N° 87, del lunes 30 de mayo del 2016.

02/01/2017Alcance N°321 el Diario Oficial La Gaceta N° 247 del 23 de diciembre del 2016

2

Cápsula N° 2-2017Decreto N° N°40105-H: “Actualización de los impuestos específicos sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico. Excepto la leche y sobre los jabones de tocador.”

03/01/2017 el Alcance N°320 el Diario Oficial La Gaceta N° 247 del 23 de diciembre del 2016

3

Cápsula N° 3-2017Acuerdo N° 6644-16-17: Permiso de atraque, permanencia en puerto y desembarque de las tripulaciones de las embarcaciones del Guardacostas de los Estados Unidos de América, que estarán desarrollando operaciones antinarcóticos en apoyo al Servicio Nacional de Guardacostas y demás autoridades del país, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio del 2017.

04/01/2017 Diario Oficial La Gaceta N° 3 del 04 de enero de 2017

4Cápsula N° 4-2017DECRETO EJECUTIVO N° 40059- 13/01/2017 Alcance N°8 al Diario Oficial La

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MAG-MINAE-S: Reglamento Técnico: “RTCR 484:2016. Insumos Agrícolas. Plaguicidas Sintéticos Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico, Coadyuvantes y Sustancias Afines de uso Agrícola. Registro, Uso y Control.”

Gaceta N° 9 del 12 de enero de 2017

5

Cápsula N° 5-2017DECRETO N° 40141-COMEX-H: “Reformas a los artículos 4,6,10,11,12,14,25,26,29,31,35,38,39,41,45,50,51,52,53 bis, 62,67,68 y 76, así como la adición de los artículos 67 bis, 76 bis y 122 bis al Reglamento a la Ley del Régimen de Zonas Francas.”

25/01/2017 Alcance N°17 al Diario Oficial La Gaceta N° 18 del 25 de enero de 2017

6

Cápsula N° 6-2017Ley N° 9413: “Aprobación del acuerdo entre el gobierno de la República de Costa Rica y el gobierno de la República de Sudáfrica para el intercambio de información en materia tributaria.”

31/01/2017 Publicado en el Alcance N°21 al Diario Oficial La Gaceta N° 21 del 30 de enero de 2017

FEBRERO 2017Número Publicación Fecha Fuente

7

Cápsula N° 7-2017Decreto Ejecutivo N° 40119-H: “Reforma al Reglamento a la Ley General de Aduanas.”

02/02/2017Alcance N°25 al Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 02 de febrero de 2017

8

Cápsula N° 8-2017RES-DGA-DGT-006-2016: Actualización de los horarios de atención de las Aduanas, desglosados por proceso conforme se detalla en el anexo único denominado “Horario de las Aduanas por tipo de proceso.

02/02/2017Alcance N°25 al Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 02 de febrero de 2017

9

Cápsula N° 9-2017RES-DGA-DGT-DPA-001 -2017: Adiciona una política de operación número 36°) a las Políticas Generales del Capítulo II - Procedimiento Común, del Procedimiento de Importación Definitiva y Temporal.

02/02/2017 Alcance N°25 al Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 02 de febrero de 2017

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10

Cápsula N° 10-2017RES-DGA-DGT-002-2017: Modifica el Procedimiento para el Ingreso de Viajeros y sus Mercancías que forma parte del Manual de Procedimientos Aduaneros (RES-DGA-203-2005 del 22 de junio de 2005).

03/02/2017 Publicado en el Alcance N°25 al Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 02 de febrero de 2017

11

Cápsula N° 11-2017DECRETO N° 40152-RE: Ratificación de la República de Costa Rica al Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco, adoptado en Seúl, República de Corea.

03/02/2017 Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 25 del 03 de febrero de 2017

12

Cápsula N° 12-2017DECRETO N° 40072-MEIC-MAG-S: “RTCR 473: 2014 Reglamento técnico para el queso cottage.”

03/02/2017Publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 25 del 03 de febrero de 2017

13

Cápsula N° 13-2017AVISO-DGA: “Proyecto de Resolución “Modificación al Procedimiento de Depósito”.”

08/02/2017 Alcance N°31 al Diario Oficial La Gaceta N° 28 del 08 de febrero de 2017

14

Cápsula N° 14-2017DECRETO EJECUTIVO N°40198-COMEX-H: “Reglamento del régimen de perfeccionamiento activo.”

21/02/2017 Alcance N°37 al Diario Oficial La Gaceta N° 36 del 20 de febrero de 2017

15

Cápsula N° 15-2017Acuerdo N° 0065-2016-H: Autorización de la señora Dayan Pamela López Molina, para actuar como Agente Aduanero Independiente en la Aduana Santamaría.

22/02/2017 Diario Oficial La Gaceta N° 38 del 22 de febrero de 2017

16

Cápsula N° 16-2017Aviso de consulta pública: “Proyecto de decreto ejecutivo transparencia y acceso a la información pública en el estado”

23/02/2017 Alcance Digital Nº 40 a la Gaceta Nº 38 del 22 de Febrero del 2017

17

Cápsula N° 17-2017Aviso de consulta pública: “Proyecto de decreto ejecutivo apertura de datos públicos”

23/02/2017Publicado en el Alcance Digital Nº 40 a la Gaceta Nº 38 del 22 de Febrero del 2017

18

Cápsula N° 18-2017Proyecto de Ley: “Reforma al artículo 62 de la ley contra la

28/02/2017Publicado en el Alcance Digital

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corrupción”. Nº 44 a la Gaceta Nº 41 del 27 de Febrero del 2017

MARZO 2017Número Publicación Fecha Fuente

19

Cápsula N° 19-2017Reforma: “Reforma al reglamento interior de servicio postal”

06/03/2017 Gaceta Nº 45 del 03 de marzo del 2017

20

Cápsula N° 20-2017Ley N° 9421: “Aprobación de la adhesión a la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercancías”

06/03/2017 Alcance N° 49 a la Gaceta Nº 45 del 03 de marzo del 2017

21

Cápsula N° 20-2017Resolución N° DGT-R-13-2017:“Formatos y especificaciones técnicas de los comprobantes electrónicos.”

06/03/2017 Publicado en la Gaceta Nº 46 del 06 de marzo del 2017

3. Administración del Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ):

3.1. Plantillas de Registro de Nueva Jurisprudencia (RNJ): Se Crearon 92 plantillas para el periodo indicado, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO. Las plantillas incluyen sentencias del Tribunal Aduanero Nacional, criterios de la Dirección Normativa y otras publicaciones relevantes, ya sea directrices, circulares y comunicados de otras direcciones de la DGA.

3.2. Sentencias Sistematización de Sentencias del Tribunal Aduanero Nacional: Se sistematizaron y fueron publicadas en el Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) 50 sentencias del Tribunal Aduanero Nacional, de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO.

3.3. Criterios: Sistematización de criterios legales, circulares, directrices, resoluciones de alcance general entre otros: Se sistematizaron y fueron publicadas en el Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) 25 criterios de acuerdo con el cumplimiento de las metas PAO.

7. Cápsula de Ética: Publicación de la primera edición de la Cápsula de Ética, de acuerdo con el cumplimiento de la nueva meta PAO, con el fin de promover la Ética y la transparencia en el SNA.

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4. Consultas atendidas: Para el periodo indicado se atendieron 25 consultas, recibidas mediante diferentes medios: correo electrónico, consulta formal o vía telefónica, tanto de usuarios internos como de usuarios externos.

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5. Resumen de labores y logros para el período de setiembre 2015 al 06 de marzo 2016:

Boletines

Jurídico

Cápsulas

Plantillas

SCIJ

Senten

cias S

CIJ

Criteri

os SCIJ

Compendio Aduan

ero

Consulta

s

Cápsulas

de ética

18

170

689

456

285

2104

1

Labores realizadas por el Digesto Aduanero para el periódo setiembre 2015 a marzo 2017

Fuente: Elaboración Propia.

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Labores individuales de María Grace Gutiérrez Arias (Ingreso el 16/06/16 al Ministerio de Hacienda, propiamente a la Dirección Normativa de la DGA.)

4.1. Criterios emitidos: Se elaboraron los siguientes documentos:

4.1.1. Criterio Legal DN-0807-2016 “Consulta Endoso de tiquete”.

4.1.2. Oficio DN-1201-2016 “Solicitud de Colaboración al Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera sobre La práctica incorrecta que se viene dando con la omisión de declarar los datos mencionados, en los campos correspondientes del DUA”.

4.1.3. Circular CIR-DN-0055-2016 “Recordatorio de la normativa y demás disposiciones que se han girado respecto a la obligatoriedad que tiene el Auxiliar de la Función Pública de trasmitir copia fiel de los documentos originales en el Despacho Aduanero.”.

4.1.4. Circular CIR-DN-0057-2016 “CASOS RELACIONADOS CON VIAJES PENDIENTES EN EL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS”.

4.1.5. Oficio DN-0048-2017”Solicitud de Colaboración al Departamento de Procesos Aduaneros sobre La práctica incorrecta que se viene dando con la omisión de declarar los datos mencionados, en los campos correspondientes del DUA”.

4.2. Capacitaciones impartidas:

4.2.1. Aduana Central: Capacitación sobre el uso de las herramientas de procesamiento y recopilación de Jurisprudencia Aduanera: Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) y el Compendio Aduanero.

4.2.2. Aduana Santamaría: Capacitación sobre el uso de las herramientas de procesamiento y recopilación de Jurisprudencia Aduanera: Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) y el Compendio Aduanero.

4.2.3. Aduana Limón: Capacitación sobre el uso de las herramientas de procesamiento y recopilación de Jurisprudencia Aduanera: Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) y el Compendio Aduanero.

4.2.4. Aduana Caldera: Capacitación sobre el uso de las herramientas de procesamiento y recopilación de Jurisprudencia Aduanera: Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) y el Compendio Aduanero.

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4.2.5. Aduana Paso Canoas, Aduana La Anexión y Aduana Peñas Blancas, se están coordinando las fechas para la Capacitación sobre el uso de las herramientas de procesamiento y recopilación de Jurisprudencia Aduanera: Sistema de Información Jurídica Costarricense (SCIJ) y el Compendio Aduanero.

4.3. Capacitaciones recibidas

4.3.1. Charla PROFAC4.3.2. Charla sobre Marcas y Patentes y Derechos de Autor4.3.3. Encuentro Nacional de Brigadas (Comité Institucional de Emergencias La

Llacuna).4.3.4. Curso Básico de RCP (Comité Institucional de Emergencias La Llacuna).4.3.5. Charla sobre Zonas Francas4.3.6. Charla “Rompiendo Esquemas”4.3.7. Curso “Programa de inducción al Servicio Nacional de Aduanas, I Edición”:

Cursándolo actualmente.

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ADUANAS DEL SERVICIO NACIONAL

ADUANA SANTAMARIA

2.1 Presentación

La gestión desarrollada en la Aduana Santamaría se realizó durante un período corto (09-mayo 2016 al 28 de febrero 2016), inicié con el conocimiento de los aspectos generales de la situación de la Aduana para ir determinando las acciones correspondientes para atender cada uno de ellos, sin dejar de lado el control interno, la participación de los funcionarios, el logro de los objetivos planteados por la Institución y el cumplimiento de la metas establecidas en el PAO, siempre con una visión proactiva, eficiente, oportuna y en apego a la normativa que nos regula. A pesar de no contar con todas las jefaturas nombradas se logró, entre otras cosas, iniciar con el proceso de comunicación con los funcionarios tratando de mejorar la motivación del personal y coordinación entre los departamentos y secciones de esta aduana, así como optimizar los controles y seguimiento de las actividades encomendadas, lo cual no fue posible concretar al 100% dadas las suspensiones de funcionarios, gestiones de despido de los funcionarios y falta de nombramiento de jefaturas y la inestabilidad en las mismas . Adicionalmente, durante el período que tuve a cargo de la Gerencia de la Aduana Santamaría, se dio una disminución significativa en la cantidad de funcionarios, en relación a las plazas asignadas, principalmente a partir de los traslados realizados por la Dirección General, además de otros funcionarios que se acogieron a su pensión o renunciaron; no obstante, se realizaron todos los esfuerzos posibles para cumplir las metas trazadas tanto en el Plan Estratégico Institucional como en el Plan Anual Operativo 2016.

Destaco a continuación algunas labores efectuadas tendientes a fortalecer la gestión como ha sido, el trabajo de manera coordinada entre los Departamentos Técnico y Normativo para la atención ágil de gestiones. Se inició con la revisión de los manuales de procedimientos internos de la Aduana para que sirvan como referencia a la capacitación y consulta de todos los funcionarios destacados en la Aduana y con el fin de cumplir con el control aduanero en forma inmediata y permanente.

Para la realización de sus funciones la Aduana Santamaría cuenta con un total de 82 funcionarios, distribuidos en los diferentes Departamentos y Secciones de la Aduana de la siguiente manera:

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2.2 Resultados de la gestión.

Labor Sustantiva Institucional y principales logros Como instrumento base para conocer sobre los logros alcanzados durante estos meses de gestión en la Aduana Santamaría y de conformidad con las prioridades planteadas en el plan estratégico del SNA, en el Plan Anual Operativo con cierre al año 2016 (del cual se adjunta copia), se puede observar los logros más representativos. La información correspondiente al año 2016 se encuentra en los informes de seguimiento trimestrales que se remiten a la Dirección General, de los cuales quedan debidamente respaldados en el archivo físico de esta Aduana. Se adjunta a este informe el seguimiento con corte al mes de febrero 2017.

A continuación se presenta un extracto de los principales resultados de los meses de Mayo 2016 a Febrero 2017:

Labor Sustantiva Institucional y principales logros

Como instrumento base para conocer sobre los logros alcanzados durante estos meses de gestión en la Aduana Santamaría y de conformidad con las prioridades planteadas en el plan estratégico del SNA, en el Plan Anual Operativo con cierre a Diciembre 2016 (del cual se adjunta copia), se puede observar los logros más representativos. La información correspondiente al año 2016 se puede observar en los informes de seguimiento trimestrales que se remiten a la Dirección General, de los cuales quedan debidamente respaldados en el archivo físico de la Aduana Santamaría. Se adjunta a este informe el seguimiento con corte al mes de febrero 2017.

A continuación se presenta un extracto de los principales resultados de los meses de mayo 2016 a febrero 2017.

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Depuración de los tránsitos pendientes

En el siguiente cuadro se muestran las cantidades de tránsitos pendientes del período 2008 al 2016 que han sido depurados, esto gracias al esfuerzo y colaboración realizada por los funcionarios de la Sección de Depósito, pues se está en constante coordinación con las aduanas para poder cancelar los tránsitos pendientes, así como también se la da un mayor seguimiento a las gestiones que presentan los auxiliares o a las prevenciones que emite la Aduana.

El último informe de seguimiento se remitió a la Dirección General de Aduanas con el oficio AC-SG-002-2017 de fecha 27 de febrero 2017.

Atención de usuarios

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Se realizaron reuniones con las comisiones de usuarios de CAMALFI y de AERIS en las cuales se coordinaron labores para mejorar el servicio y el control aduanero. Las minutas de las reuniones se encuentran en el expediente en el archivo de la Gerencia y de la funcionaria de Apoyo Gerencia, respectivamente.

Con el fin de promover la retroalimentación entre los actores del quehacer aduanero y la aduana, es importante mencionar que esta Gerencia y las Jefaturas también realizan otras reuniones con los usuarios cuando requieren algún tipo de información sobre trámites específicos.

Situación del Departamento Normativo

Según informe del señor Gianni Baldi, anterior Jefe Depto. Normativo de la Aduana Santamaría, para el cierre del periodo 2015 se ubicaban en el Departamento Normativo un total de 6092 expedientes. Sin embargo, se informa por parte de la Jefatura actual la existencia de un promedio de 580 expedientes que se encuentran en un “archivador” sin registrar en la base de datos Access correspondientes a declaraciones aduaneras que van del año 2013 al 2016 y que aparentemente fueron trasladados al Depto. Normativo para realizar posibles procedimientos sancionatorios por infracciones tipificadas en los artículos 236 y 242 de la Ley General de Aduanas. Estos expedientes serán incluidos en la Base de datos Intranet, implementada en enero de 2017, en forma paulatina conforme corresponda según la fecha del hecho generador.

De igual forma, se ubicaron resoluciones que se emitieron y que no fueron notificadas aun cuando ya contenían las firmas de los gerentes de la Aduana, que van desde el año 2012 al 2016, información que fue proporciona al señor Sub Gerente, en ese entonces, Miguel Vega Sub Gerente. Por orden del subgerente se notificaron todas las resoluciones, los recibidos constan en el Departamento Normativo. De los expedientes notificados a los que ya le había acaecido la prescripción, los auxiliares interpusieron la excepción de prescripción por lo que se tuvieron que archivar, adicionalmente de esas notificaciones existen 53 expedientes más que prescribieron.

En conclusión, se determinó la existencia de un Total 178 expedientes nuevos prescritos. Además de los ya reportados a la Dirección General de Aduanas por esta Aduana. Los expedientes que fueron reportados como prescriptos así como los nuevos localizados se han archivado casi en un 60% siendo que los auxiliares presentaron escritos alegando prescripción, otros Nulidad por el acto de Notificación y/o Falta de Motivación del acto. Estas situaciones fueron del conocimiento de la Dirección General, Subdirector General y demás Gerentes y Directores de nivel central en la comunicación de resultados del año 2016, expuestos por la suscrita en la reunión de Gerentes y Directores el día 16 de enero 2017; a la vez se hizo del conocimiento de la Dirección General mediante oficio AS-G-017-2017 el desorden en el manejo de expedientes, gran cantidad de gestiones pendientes de asignar y atender, expedientes pendientes de notificar firmados por otras gerencias anteriores, desde el año 2012; así como las acciones tomadas por las Jefaturas correspondientes.

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Con la nueva Directriz DIR-DN-001-2016 del 15/02/2016 se comunicó la implementación de la Base de Datos para controlar los plazos de prescripción no existiendo a partir de la implementación expedientes nuevos prescritos a la fecha.

Actualmente, las resoluciones conforme se emiten son notificadas a los auxiliares de la función pública, no existe en la oficina del señor Jorge Luis Guevara, pensionado a partir del mes de febrero 2017, resoluciones pendientes de notificar, así mismo los expedientes se están registrando conforme la fecha de ingreso al Departamento.

Actualmente existe en el Departamento Normativo un total de 5262 expedientes activos.

Estado actual de los expedientes relacionados con los decomisos (PCF)

Existe actualmente un total de 317 expedientes relacionados con los decomisos realizados por la Policía Control Fiscal (PCF), la base de datos que mantiene el Departamento Normativo lleva un seguimiento continuo y oportuno a cada uno de los expedientes de acuerdo al proceso en que se encuentran. Sin embargo por la limitada cantidad de funcionarios y el volumen de expedientes que ingresan diariamente resulta imposible llevar un seguimiento adecuado, otro factor que afecta es la tardía remisión de expedientes originales así como las inconsistencias u omisiones en cuanto a descripción de mercancía, cantidades, valor determinado, marca, tipo, entre otros; que puedan presentar los informes remitidos por la PCF. Se adjunta a este informe el detalle de los expedientes activos. (Anexo 1)

Estado actual de los expedientes relacionados con las denuncias interpuestas ante el Ministerio Público

Los expedientes correspondientes a las denuncias interpuestas por la Aduana Santamaría se mantienen en el Departamento Normativo y constan de 75 casos, de los cuales se lleva una Base de Datos con información relevante para el control y correspondiente comunicación cuando es requerida. En el Anexo 2 de este informe, se muestran los datos relevantes como son número de expediente en instancia judicial, número de expediente en la Aduana e información respectiva en el caso de la columna de Estado actual.

Estado de los Empresas de Zona Franca y Perfeccionamiento Activo

De acuerdo a la información remitida por parte de la Sección Técnica Operativa, en el Anexo 3 se detalla el estado actual de las gestiones recibidas.

Estado actual de estudios especiales en los depositarios aduaneros

Durante el período de mi gestión en la Aduana Santamaría se realizaron los siguientes inventarios de mercancías en los depositarios aduaneros

Humberto Alvarez; se elaboró el informe 001-2016 del 29 de septiembre de 2016, con oficio AS-DT-SD-186-2016 se remitió al Departamento Normativo para las acciones correspondientes.

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Sandal, el informe respectivo se emitió con el oficio AS-DT-SD-200-2016 del 24 de agosto de 2016, donde se tiene que de la toma física parcial del inventario, solamente un bulto no se localizó. Con el oficio AS-DT-SD-086-2017 se solicita a la Sección Técnica Operativa la valoración, una vez se obtenga esa información se remitirá al Depto. Normativa para que se inicien las acciones correspondientes.

Neutral A-264 no se encontraron diferencias de inventario según informe INF-001-2016 del 20 de junio de 2016 y sus anexos.

Los informes se encuentran en la Sección Depósito del Depto. Técnico.

Vehículos altamente deteriorados

Para los vehículos altamente deteriorados se dio inicio a las labores bajo la aplicación de la RES-DGA-077-2016 y Decreto 39544-H, a la fecha de este informe se han inspeccionado 91 vehículos:

En lo que se refiere a la aplicación de la metodología de SEVRI, se remitió a las Jefaturas de los Departamentos y Secciones las matrices y el plan de trabajo elaborado con el fin de que se realizará la valoración de procedimientos internos; no obstante, por la inestabilidad laboral ocasionada por los nombramientos temporales y ausencia de nombramientos de las jefaturas de Departamento y Sección a la fecha de este informe no se había finalizado el cumplimiento al plan propuesto.

Como parte del plan de trabajo de la Comisión de Control Interno conformada, se cumplieron la mayoría de actividades propuestas y se encuentra cumplida parcialmente lo que corresponde a la revisión, análisis y propuestas integrales al procedimiento de manejo de correspondencia, ya que solo se habían tomado medidas puntuales en el Depto. Técnico, quedando pendiente lo que corresponde al Depto. Normativo y Gerencia.

Mediante oficio AS-G-017-2017 de fecha, las jefaturas de la Aduana informan a la Dirección General con detalle el estado actual de la gestión de la Aduana, así como las medidas tomadas para cada uno de los aspectos que fueron cuestionados por el Director General mediante correo electrónico del 20 de febrero 2017, sobre una supuesta

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evaluación de gestión realizada por el Director General de Aduanas. Se adjunta copia del oficio indicado.

Proyectos para mejorar la gestión

Los proyectos en los cuales se iniciaron acciones para continuar fortaleciendo la gestión y con ello el servicio y control aduanero, es a través del uso de las herramientas informáticas con las que se cuenta, se destacan los siguientes:

Implementación de la base de datos que se utiliza en el Depto. Normativo para registrar los expedientes activos en coordinación con la Dirección Normativa de la DGA. Registro de expedientes para llevar el control de las prescripciones en coordinación con la Dirección Normativa de la DGA Registro sobre capacitaciones recibidas por funcionario que se lleva por parte de la funcionarias de Apoyo Gerencial

Fortalecimiento de la Gestión Administrativa

Se promovieron iniciativas para fortalecer la comunicación y el clima organizacional como son:

Reuniones con los funcionarios de la Aduana, por Departamentos, con el fin de estandarizar procedimientos aplicados en la ejecución del control aduanero. Reuniones con las Jefaturas orientadas al logro de objetivos y trabajo en equipo. Control, seguimiento y retroalimentación oportuna sobre el cumplimiento del Plan Anual Operativo que se entrega a las diferentes instancias de la Dirección General de Aduanas. Atención de incidentes administrativos para la atención de reparaciones de los recintos de la Aduana.

Capacitación

Se ha promovido la capacitación de los funcionarios. Se inició con una base de datos para el registro de las capacitaciones por funcionario y se asignaron funcionarios a las capacitaciones promovidas por la Dirección General y el CIFH, como fue el Código de Ética, entre otros. Además se requirió a las Direcciones de Gestión Técnica y Valor que se brindarán capacitaciones a los funcionarios que fueron ubicados en labores para las cuales no tenían ninguno o poco conocimiento técnico aduanero.

Cumplimiento de las disposiciones giradas por la Auditoría Interna

En este período, de los estudios relacionados con la Aduana Central a la fecha las recomendaciones realizadas en algunos casos ya fueron atendidas y en otros se encuentran en proceso de atención.

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De los informes de la Auditoria en proceso de finalizar el detalle se comunicó a la Dirección General de Aduanas mediante oficio AS-G-018-2017 de febrero 2017, se adjunta copia del oficio.

Los expedientes correspondientes a cada una de estas auditorías realizadas por la Auditoría Interna del Ministerio de Hacienda, se encuentran en custodia de la funcionaria de Apoyo a la Gerencia.

Gestiones recibidas

La cantidad de gestiones ingresadas a esta Aduana en el período del 09 de mayo de 2016 al 24 de febrero de 2017 a las 14:04 horas fueron en total 11521 gestiones. De estas gestiones se remitió al Sección Técnico Operativa 6455 gestiones, Sección Depósito 2448, Departamento Normativo 2585 gestiones y otros 33 gestiones.

ADUANA DE PASO CANOAS

Acciones y logros desarrollados por la Aduana de Paso Canoas y Puesto de Golfito. Gestión Benito Coghi Morales

Entorno de la Aduana de Paso Canoas.

El horario de la Aduana de Paso Canoas es de las 06:00 am, a las 22 pm, de lunes a domingo para operaciones de Tránsito Aduanero, Exportaciones y Turismo; y en relación con las importaciones en sus distintas modalidades es de lunes a sábado de las 08:00 am a las 16:00 pm.

En relación con el entorno de la zona de Paso Canoas, periódicamente se ve afectada por la presencia masiva de migrantes afrocaribeños quienes buscan ser atendidos por las autoridades de migración para efectos de que se les autorice su paso por el territorio nacional. No obstante y dados los procedimientos que deben aplicar las autoridades migratorias, existe una presencia masiva todos los días en los alrededores de la Aduana, lo que exige mantener coordinaciones con las demás autoridades en frontera para mitigar los efectos e impacto que estas personas ocasionan en la prestación de los servicios usuales de la aduana.

La Aduana al estar ubicada en la zona fronteriza y colindar con la carretera interamericana es frecuentada por fuerzas vivas de la comunidad, ya que éstas buscan una solución a los problemas viales generados por la aglomeración de camiones en la carretera interamericana, situación que pese a no ser un tema aduanero es de interés del Área Gerencial colaborar con la comunidad para ser un organizador de las distintas autoridades y sentar la bases para una búsqueda de soluciones ante tales problemas.

En nuestra calidad de coordinador de la Comisión Fronteriza, se han realizado esfuerzos importantes para fortalecerla. Se han mantenido reuniones periódicas,

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agendadas, con el seguimiento de los temas interés, no solo de la aduana, sino del Puesto fronterizo, de las instituciones que ejercemos control en frontera y de la misma comunidad. Ello ha permitido fortalecer los nexos y relaciones con las diferentes autoridades. Se mantienen coordinaciones permanentes con distintas autoridades gubernamentales, tales como Ministerio de Salud, la Alcaldía de Corredores, Ministerio de la Presidencia, La Dirección de Tránsito, la Dirección de Seguridad Vial, CONAVI, MAG, Salud, la DIS, la PCD, la PCF, Policía de Fronteras, y el Consulado de CR en Panamá, para hacerle frente a los problemas comunes, a las mejoras de infraestructura, mejora de la coordinación para aplicar controles, y mejora de los servicios a la comunidad..

A continuación, un detalle de las acciones relevantes desarrolladas en el periodo.

1. Elaboración de un proyecto de Instructivo para Aplicar Multas, para guiar de manera suficiente en el desarrollo de esos procedimientos administrativos.

2. Con la vigencia de la RES-DGA-073-2016, comunicada al SNA el 02 de mayo pasado, se ha incrementado el pago de multas autoliquidadas, así como en el uso del formulario normalizado, puesto que se facilita la labor de cobro de estas sanciones.

3. Se acondicionó un espacio fuera del Depto. Normativo para la mejora de la atención de los usuarios, y además restringir acceso al área física donde están ubicados los expedientes en trámite.

4. La bodega de la aduana I-013, ubicada dentro de las instalaciones de la aduana, después de encontrarse en condiciones lamentables de suciedad, mercancías en condiciones insalubres y con una orden sanitaria detrás, hoy se encuentra limpia en un 95%. Las mercancías ahí ubicadas fueron destruidas o rematadas, según correspondiera legalmente. Se coordinó y contó con el apoyo de la municipalidad de Corredores. Esta estructura física queda disponible para que el Ministerio de Hacienda realice las remodelaciones más convenientes al interés público; en lugar del basurero que había sido.

5. Se realizó acomodo de los vehículos en inventario en el patio I-022, identificando cada uno (motocicleta, cuadra ciclo o vehículo), con el respectivo movimiento de inventario visible. Además se realizan constantes chequeos de inventarios tanto en los patios como en bodega. Para el primer trimestre de 2017 se tiene previsto delimitar el espacio de los vehículos decomisados para garantizar de mejor manera su seguridad y control interno

6. Se mantiene un servicio expedito a los transportistas que realizan trámites en ventanilla para tránsitos nacionales e internacionales, exportaciones e importaciones, trabajando en una sola ubicación. Ello ha permitido no recibir denuncias por los gremios, en referencia al servicio prestado por la aduana, tal y como sucedía con anterioridad

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7. Se realizó revisión del proceso de control de garantías, mismo que se llevaba de forma manual en un libro de actas, que presentaba inconsistencias, era poco legible y poco entendible, y no reunía los requisitos mínimos necesarios, para identificar el vencimiento y relacionar las prórrogas de garantías, con las garantías iniciales. Por ello, se creó una base de datos, que permite el registro diario de las garantías, como medida de control interno. El control permite identificar de forma inmediata el vencimiento de las garantías, y a su vez relaciona las garantías iniciales con las garantías con solicitud de prórroga. Además al momento de ingresar la información a la base de datos, se genera un formulario que contiene todos los datos de la garantía, del importador, del DUA asociado, y que la jefatura responsable debe adicionar al expediente.

8. Se cambió el lugar en que los funcionarios llevaban a cabo la revisión de equipajes a turistas con vehículos, a un lugar más seguro y controlable por la aduana dentro de la zona primaria, en lugar de la carretera como se hacía antes. Se reubicó el área de revisión dentro de la zona primaria de la Aduana, justo detrás de la oficina de la Sección de Depósitos, ofreciendo una mayor seguridad tanto al usuario como al funcionario y la vez facilitar a los funcionarios el proceso de revisión física de los vehículos y sus mercancías (Circular N° APC-G-015-2016).

9. Se estableció una ubicación para los funcionarios destacados en la verificación física de DUAS canal rojo, para fomentar un ambiente de mayor seguridad. Se dispuso acondicionar una oficina con el equipo de cómputo, con una ventanilla para la atención de los usuarios (agentes o asistentes de aduanas), evitando que éstos tengan que ingresar a las oficinas de la Aduana, para hacer entrega de documentos solicitados y/o consultas, que en ciertos momentos por la aglomeración, provocan atrasos en el proceso de revisión.

10. Aplicación de la Directriz 003-DGA, determinación del valor de licores y cigarrillos en el plazo de las 12 horas contadas a partir de su solicitud. Se han implementado acciones de

11. Coordinación para que las solicitudes provenientes de la PCF y de la Fiscalía sean atendidas con la prontitud del caso, brindando una atención expedita de los casos que se presentan ante este Departamento, utilizando las herramientas limitadas con que contamos. (Circular APC-G-011-2016)

12. Se implementó el pago de impuestos (envíos postales y DUAS de oficio), y multas, por medio del datafono, como medio para la facilitación de trámites. La necesidad de agilizar trámites a los usuarios para el pago de impuestos, propició la dotación de un datafono, ubicado en el Área de Ventanillas de la Sección Técnica Operativa, con el cual el usuario puede pagar, con su tarjeta de débito o crédito, tanto las multas como los impuestos, de mercancías que ingresan al País, ya sea por la vía de la Oficina de Correos de Costa Rica, las declaradas por el usuario para trámites mediante DUAs de oficio o por retenciones realizadas por parte de los funcionarios encargados del chequeo de equipajes a viajeros y a turistas, con un valor declarado menor o equivalente a $100.00. Esta herramienta tecnológica evita que el usuario tenga que hacer largas filas en el único banco localizado en

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Paso Canoas, ya que el usuario realiza el trámite de forma más ágil y expedita. (Circulares número APC-G-012-2016 y APC-G-013-2016).

13. Se dictaron Circulares Internas para la realización de los diferentes trámites en la Sección Técnica Operativa y fomento del control interno. Con el objetivo de uniformar los diferentes

14. trámites que se realizan en la Aduana, se emitieron circulares de acatamiento obligatorio para todos los usuarios, tanto internos como externos, de las cuales están vigentes y en aplicación en la Sección Técnica Operativa de las siguientes: Circulares APC-G-001-2016, APC-G-003-2016, APC-G-004-2016, APC-G-005-2016, APC-G-006-2016, APC-G-007-2016, APC-G-011-2016, APC-G-012-2016, APC-G-013-2016, APC-G-014-2016, APC-G-015-2016 y APC-G-017-2016.

15. En el Puesto Aduanero de Golfito se logró realizar el traslado de documentos que se encontraban en bodega, del periodo 2007-2011, hacia San José para su destrucción, logrando así obtener un espacio en la bodega que se encuentra cerca del muelle.

16. Se participó de manera activa en el aporte de observaciones al proyecto de reglamento a la Ley 9356 de JUDESUR y se remitió a la DGA.

17. Se presentó requerimiento para que los menores de edad sean incluidos en el sistema informático TICA, para que puedan realizar compras en el Depósito Golfito de acuerdo con la nueva Ley (esto por no estar en el padrón electoral).

18. Se tiene en revisión una propuesta de actualización del manual de procedimientos internos del Puesto Aduanero de Golfito (guía de actuaciones).

19. Se tiene previsto en el primer semestre de 2017, como parte de las remodelaciones de la aduana de Paso Canoas, , el acondicionamiento de un área específica, cerrada, acondicionada e iluminada para la custodia de los vehículos decomisados

20. Se cuenta con una propuesta arquitectónica concreta en cuanto a su perspectiva y flujo de proceso, para desarrollar en el área de la actual bodega, un área que permita desarrollar las actuaciones de atención a los viajeros, en el que todas las instituciones involucradas puedan realizar sus tareas, en un ambiente controlado y adecuado para el usuario. Queda previsto la valoración de la viabilidad asignación de contenido presupuestario. Se debe continuar con la formalización del proyecto. El proyecto busca dar una nueva utilidad a la bodega antigua de la aduana, redistribuyendo espacios para que la atención de los viajeros, que se presentan en transporte comercial o excursiones, se pueda efectuar en mejores condiciones y a en una zona estéril de operación.

21. Se emitió mediante circular APC-G-17-2016 del 13/06/2016 el Manual de Operación de Viajeros para la Aduana de Paso Canoas; que permita aplicar a la realidad de la aduana el procedimiento de viajeros dictado por la DGA

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22. Se procedió con la limpieza integral de la bodega ubicada en P-013, la que contaba con una orden sanitaria dada la situación insalubre que mantenía desde hacía muchos años. Se procedió con las subastas y las destrucciones del caso. A la fecha son escasas las destrucciones pendientes con vista a órdenes judiciales en curso y destrucciones de papelería sujetas a la autorización de la Comisión respectiva del Ministerio de Hacienda.

23. Se tiene previsto para el mes de abril próximo contar con la Instalación de Sistema de vigilancia del Puesto fronterizo, en virtud del apoyo brindado por la Embajada Norteamericana, lo que viene a suplir una necesidad de control urgente en la zona.

24. La aduana se ha preocupado por identificar de manera permanente oportunidades de mejora en el sistema de control interno. Dichas mejoras se encuentran manifiestas en un total de 37 documentos internos dictados en el periodo setiembre 2015 a la fecha

25. El ambiente laboral vigente en la aduana es satisfactorio y propicia la generación de iniciativas y la implementación de proyectos de mejora.

26. Se han generado al menos 1500 expedientes de inicio de procedimientos sancionatorios, tendentes a la Aplicación de la legislación, para desmotivar la práctica de tardías en la llegada de los viajes a sus destinos.

27. Se realizan esfuerzos importantes para dotar a la aduana de los Manuales o instructivos asociados a los procesos relevantes que se desarrollan en la aduana. A fecha ya se encuentran en operación un total de 5 manuales.

28. Se amplió el horario de servicios vigente en el Puesto Aduanero de Sabalito, pasando de lunes a viernes de 8 a 4 pm a de lunes a domingo de 8 a 4 pm. Ello con los mismos recursos disponibles en la aduana.

29. Se han remitido varias propuestas de mejoras al sistema, mejoras reglamentarias y legales, propuestas de mejoras de infraestructura. Todo ello en aras de hacer más eficientes y eficaces la operativa en la atención de los usuarios y el control

30. Se ha mantenido coordinación mediante reuniones de seguimiento con personeros de Judesur, la Dirección Administrativa, el Departamento de Arquitectura del Ministerio de Hacienda, así como la Gestoría Administrativa y Financiera de la Dirección de Aduanas, para tratar en las mejoras en la infraestructura del puesto aduanero, el Depósito Libre en General y las modificaciones en torno a la dotación de espacios dentro del depósito para las UT que trasladen compras,

Estado de los proyectos recibidos al inicio y finalización de la gestión

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31. Se debe dar seguimiento al proyecto de remodelación de la Aduana, el cual lleva a cabo el Departamento de Arquitectura del Ministerio, con el propósito de validar que las recomendaciones de remodelación de áreas internas de la aduana sean al menos analizadas en los diseños de la remodelación.

32. Se procedió con la demolición de la bodega consumida por el incendio. Corresponde ahora la definición de los recursos y la construcción de un andén nuevo. El área de arquitectura ha definido el presupuesto que debe analizarse para la toma de decisiones.

33. Existe en proyecto por parte del MAG, la previsión de ubicar un equipo de Rayos X para la revisión de Unidades de Transporte, en la Aduana de Paso Canoas, si bien no corresponde a un proyecto de la Aduana, es necesario brindar seguimiento dado que el mismo impactará las operaciones dentro de los patios de ésta.

34. Proyecto Gestión Integrada Fronteriza. Mediante el Consejo Permanente de Puestos Fronterizos se trabaja un proyecto de implementación de 5 medidas de facilitación en puestos fronterizos terrestres. Sobre el mismo el Área Gerencial participó en una reunión con el consultor del BID, quien recopiló información pertinente sobre alcances y limitaciones de la zona para la materialización de una unificación de procesos entre las autoridades de ambos países, al cual se le debe dar seguimiento para ver los respectivos avances.

35. Donación embajada de Estados Unidos, para la colocación de cámaras en circuito cerrado en la zona de Paso Canoas. Se efectuó la visita de campo por parte del señor Iván Rodríguez funcionario de la Embajada Americana quien levantó información sobre los requerimientos de equipos y características. Se debe esperar coordinaciones con las autoridades de la Dirección de Aduanas, para ejecución y avance del proyecto.

36. Proyecto de Cooperación Técnica No reembolsable BID-SIECA, para la donación de equipos varios para el control de unidades de transporte. Se debe dar seguimiento con la DGA, para efectos de coordinación, capacitación, logística de la colocación de los equipos donados.

ADUANA CENTRAL

En el presente informe, se incluyen aspectos relevantes de la gestión durante el periodo indicado a cargo de la Aduana Central, a saber: competencia de la Gerencia de la Aduana y delegación de funciones, estructura de la Aduana, potencial humano, asignación de gestiones, contexto actual de la Aduana y cambios habidos en el entorno, resultados de la gestión, gestiones u acciones en proceso y recomendaciones.

La Aduana Central por ubicación, es una Aduana situada en el centro de la capital, no es un puerto de ingreso, en su jurisdicción mantiene los cantones de Central, Escazú, Desamparados, Tarraza, Aserró, Goicoechea, Alajuelita, Coronado, Acosta, Tibás,

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Moravia, Montes de Oca, Dota, Curridabat, Pérez Zeledón y León Cortés. De la provincia de Heredia, los cantones Santo Domingo, San Rafael, San Isidro y San Pablo. Adicionalmente el Puesto de Aduana Postal, instalado en la oficina central de Correos de Costa Rica en Zapote.

De conformidad con los datos del sistema informático TICA a diciembre de 2016, la Aduana Central atiende de forma directa o indirecta acerca de 6862 usuarios entre ellos: importadores, agentes, agencias, zona franca, empresas de perfeccionamiento activo. Además, cuenta con la particularidad de un Puesto Postal ubicado en las oficinas de Correos de Costa Rica mismo que genera una gran cantidad de trámites producto del aumento de compras por Internet durante los últimos años. Lo anterior se detalla en la siguiente tabla:

Auxiliares de la Función Pública Cantidad %Importadores 6411 94%Agentes Aduaneros 208 3%Agencias de Aduanas 168 2%Empresas de Zona Franca 34 1%Depositarios Aduaneros 19 1%Empresas perfeccionamiento activo

7 1%

Empresas PROFAC 15 1%Total General 6862 100%

Fuente: Sistema TICA, Ministerio de Hacienda, 2016 –Departamento Técnico AC.

Durante la gestión del periodo junio del 2016 al 15 de febrero de 2017, se ha propiciado mantener el control interno, agilizar el servicio, mejorar el trabajo en equipo, seguimiento a los trámites y tiempos de servicio, aumento en la recaudación, seguimiento a los requerimientos de la Dirección General de Aduanas y otros entes contralores, siempre bajo los parámetros establecidos en la normativa que nos regula.

A. Potencial Humano

Para la realización de sus funciones la Aduana Central cuenta con los siguientes funcionarios, distribuidos de la siguiente forma:

Dependencia/ cargo

Gerencia

Puesto Postal

Departamento Normativo (1)

Departamento Técnico

Sección Técnica Operativa

Sección Depósito

Funcionarios de la Gestoría que laboran en la Aduana Central

Total funcionarios Aduana Central

Gerencia 1 1

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Subgerencia

1 1

Jefe 0 1 1 1 1 1 5Oficinista 1 0 1 1 0 0 3Profesionales

1 3 14 17* 1 36

Técnicos 0 1 3 12 16Operadores de equipo móvil

2 2

Total de colaboradores.

4 5 16 2 21 14 2 64

* De este personal se tiene una persona en periodo de incapacidad y otra con permiso sin goce de salario.

Correspondientes de cada Departamento involucrado y remitiendo el correspondiente informe de seguimiento al Área de Planificación y Control de la Gestión de la Dirección General de Aduanas. Todos los informes de auditoría, cuentan con su respectivo expediente que están a cargo de la funcionaria de Apoyo a Gerencia señora Indelia Ureña Duran.

2.2 Resultados de la gestión.

2.2.1 PAO

Dada la importancia que tiene el cumplimiento de la metas para esta Gerencia y Subgerencia se considera como base para conocer sobre los logros alcanzados durante el periodo de mi gestión en la Aduana Central las planteadas en el Plan Estratégico del SNA, en el Plan Anual Operativo a diciembre 2016, donde se puede observar los logros a la fecha. Así mismo se presenta el planteamiento del PAO para el año 2017. (Anexo 1)

La información correspondiente a la gestión del PAO del año 2016 se presentó a la Dirección General de Aduanas mediante oficio AC-G-011-2017 del 12 de enero de 2017, en los informes de seguimiento que se remiten a la Dirección General, de los cuales quedan debidamente respaldados en el archivo físico de la Aduana Central. Así también, queda debidamente confeccionado y aprobado el Plan Anual Operativo del año 2017 presentado a la Dirección General de Aduanas mediante oficio AC-G-244-2016 del 29 de noviembre de 2016 y que a la fecha fue aprobado por el Área de Planificación y Control de la Gestión de la Dirección General de Aduanas.

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Como se puede observar del informe cumplimiento del PAO 2016 en su mayoría se logró cumplir con metas de excelencia, impulsando temas de recaudación, control y gestión aduanera. Con el PAO 2017 y para su eficiente ejecución, se planificaron desde inicio del presente año reuniones con las Jefaturas de Departamento y principalmente con los funcionarios y se estableció una metodología de Grupos de Trabajo donde se involucraron a los funcionarios que eran comunes en algunas actividades del PAO. El objetivo de estas reuniones era crear un ambiente participativo con los funcionarios y de identificación con las diferentes actividades que se relacionan con su trabajo. Buscando este elemento de integración se pretendía impulsar sustancialmente las metas del PAO y concientizar que ese Plan es responsabilidad tanto de Jefaturas como de los colaboradores.

2.2.1.1 Recaudación Aduana Central distribución comparativa para los periodos 2015 y 2016

Es importante mencionar que la recaudación de la Aduana Central se obtiene de varias fuentes sean Fuera de Tica Dpto Normativo, Fuera de Tica Dpto Técnico, Puesto Postal, Subastas, reliquidaciones y recaudación TICA; cuyas metas para el año 2016 fueron cumplidos satisfactoriamente como se indica en apartado de PAO del presente informe. Sin embargo, si es importante analizar comparativamente el comportamiento de esos rubros de recaudación del año 2015 y 2016 para establecer futuras metas concordantes con la realidad de la Aduana, como se observa en el siguiente cuadro:

Recaudación Efectiva Año 2015 Año 2016 Variación

Variación porcentual

Recaudación TICA ₡168,008,975,821.76

₡186,390,359,651.64

₡18,381,383,829.88 11%

Recaudación por Reliquidación ₡328,296,493.16 ₡201,306,281.74 ₡ (126,990,211.42) -39%

Recaudación fuera de Tica Departamento Normativo

₡322,109,687.45 ₡305,614,854.74 ₡ (16,494,832.71) -5%

Recaudación Fuera de Tica Departamento Técnico

₡301,550,198.13 ₡247,109,849.73 ₡ (54,440,348.40) -18%

Recaudación por Subastas ₡24,073,211.81 ₡26,020,692.70 ₡1,947,480.89 8%

Recaudación Puesto Postal ₡273,586,428.09 ₡415,421,571.98 ₡141,835,143.89 52%

Total general ₡169,258,591,840.40

₡187,585,832,902.53

₡18,327,241,062.13 11%

Fuente: Plan Anual Operativo, Aduana Central, Ministerio de Hacienda, 2016.

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2.2.1.2 Recaudación en Tica

Los resultados de esta actividad dependen de elementos macroeconómicos, de la estrategia comercial y de la inversión de los sectores comerciales y productivos del país, sin que las aduanas puedan interferir para modificar esos factores, excepto los esfuerzos a nivel de grupo para brindar un mejor servicio y control aduanero que generan una atracción voluntaria para depositar las mercancías en la jurisdicción de esta Aduana y la mejora en la recaudación.

Sin embargo, es importante resaltar que la meta establecida para el año 2016 con la conjunción de los elementos anteriormente señalados se alcanzó la meta anual de un 93%. y comprando el año 2015 y 2016 se puede determinar que la recaudación TICA aumento en un 11 %

Mes 2015 2016 Porcentaje de Variación

Enero ₡ 10,822,929,273.91

₡13,953,527,077.28 29%

Febrero ₡ 11,600,354,408.84

₡13,929,896,643.42 20%

Marzo ₡13,903,155,208.58

₡16,712,931,119.04 20%

Abril ₡ 16,230,849,384.32

₡15,466,226,324.22 -5%

Mayo ₡11,442,410,703.68

₡15,020,356,432.16 31%

Junio ₡ 13,890,666,660.85

₡16,747,295,411.31 21%

Julio ₡ 12,785,001,106.08

₡13,706,310,721.05 7%

Agosto ₡11,549,947,066.24

₡15,112,943,436.87 31%

Septiembre

₡ 13,845,511,780.73

₡14,175,284,615.50 2%

Octubre ₡ 17,270,651,505.85

₡17,226,669,530.34 0%

Noviembre ₡ 20,500,546,237.69

₡19,139,994,741.93 -7%

Diciembre ₡ 14,172,969,338.46

₡15,216,873,598.52 7%

Total ₡ 168,014,994,690.23

₡186,408,311,667.64

11%

Fuente: Sistema Tica, Ministerio de Hacienda, 2016

o 2.2.2 Depuración de los tránsitos pendientes

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Mediante oficio AC-DT-SD-26-2017 de fecha 26 de enero de 2017, la jefatura del Departamento Técnico remite informe sobre el estado de la depuración de viajes realizada por la Sección de Depósito, donde se indica la cantidad de viajes pendientes, los controles que se ejercen para la depuración de los viajes y algunas recomendaciones para la disminución de viajes. Este mismo oficio se remite al Área de Planificación y Control de la Gestión de la Dirección General de Aduanas mediante oficio AC-G-0017-2017 de fecha 30 de enero de 2017.

En el siguiente cuadro se muestran las cantidades de tránsitos pendientes para la Aduana Central desde el año 2008 al 2016. Como se puede observar quedan pendientes de depurar en total 467 viajes, (237 viajes y 230 con pre llegada) a diciembre 2016, distribuidos en los diferentes periodos.

Es importante destacar el esfuerzo y colaboración que realizan los funcionarios de la Sección de Depósito, que se mantienen en constante coordinación con las aduanas para poder cancelar los tránsitos pendientes y llevar un estricto seguimiento todos los viajes, a las gestiones que presentan los auxiliares y a las prevenciones que emite la Aduana.

Viajes pendientes para la Aduana Central

Central Caldera Peñas Blancas Santamaría Limón Paso

Canoas Golfito Anexión

Sixaola

Totales

2008 2 22009 7 72010 1 1 22011 2 2 8 122012 1 1 3 1 4 1 112013 1 7 1 2 112014 1 2 5 13 7 2 302015 4 4 10 14 7 3 422016 18 7 15 34 35 10 1 120Totales 23 14 32 73 56 37 2 0 0 237

Viajes con pre llegadas*

56 174 230

Totales 23 14 88 73 56 211 2 0 0 467 Fuente: Sección Depósitos Aduana Central: Oficio AC-DT-SD-26-2017 del 26 de enero de 2017.

o 2.2.3. Estado actual de los expedientes relacionados con los decomisos (PCF)

Se realizó una reunión entre el Departamento Técnico, el Departamento Normativo y la Gerencia para uniformar el tratamiento de casos remitidos por la Policía de Control Fiscal que están en el Departamento Técnico, lo cual se respalda con la minuta 006-2016 de

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fecha 15 de noviembre de 2016. A partir de esta reunión, se conformó un equipo de trabajo para la revisión de los expedientes y en coordinación que los Departamentos Normativo y Técnico. El grupo de trabajo a la fecha se encuentra conformado por los funcionarios Luis Blandon y Karol Morales por parte del Departamento Técnico y por el Departamento Normativo le da seguimiento a los casos el Sr. Minor Burgos, desde el punto de vista legal.

Esta labor del trámite de expedientes PCF es una labor significativa y no se dispone de suficiente personal, sin embargo el equipo asignado ha realizado un importante esfuerzo por acelerar el trámite de estos expedientes con los siguientes procesos, por lo que se adjunta cuadro del estado actual de los expedientes de la PCF, según informe del Departamento Técnico de la Aduana Central:

Detalle Cantidad Expedientes

Expedientes Remitidos a Normativa para resolución de archivo 19Expedientes archivados por oficio 39Expedientes remitidos a otras aduanas 3Expedientes pasados a subasta 7Expedientes remitido a Normativa para trámite administrativo que corresponda 28

Expedientes sometidos a destrucciones 13Expedientes en proceso de tramitar 331Total Expedientes en Base de Datos 440

Fuente: Sección Técnica Operativa Aduana Central

o 2.2.4 Estado actual de los inventarios a los Depositarios Aduaneros y destrucciones

A continuación se presenta un detalle de la proyección de ejecución de destrucciones y realización de inventarios para este año 2017:

Programación de Ejecución

I Trimestre II Trimestre III Trimestre IV Trimestre

Ener

oFe

brer

oM

arzo

Prog

ram

aci

ón Abr

ilM

ayo

Juni

o

Prog

ram

aci

ón Julio

Ago

sto

Setie

mbr

e

Prog

ram

aci

ón Oct

ubre

Nov

iem

bre

Dic

iem

bre

Prog

ram

aci

ón

Controlar los diferentes

3 Las Brisas: 17 febrero

3 Alfisa: 18 abril

3 Castro Fallas: 26 julio

3 Carossi: 9 octubre

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procesos de destrucción en los Depositarios Aduaneros

Carossi: 28 febrero

Bancrédito: 28 abril

Alfidepa: 1 agosto

Mudanzas 1: 7 noviembre

DHL: 12 marzo

Mudanzas 1: 5 mayo

Mudanzas 2: 16 agosto

Las Brisas: 14 noviembre

Realizar inventarios de mercancías en los Depositarios Aduaneros

5

Alfidepa: 20 febrero

5

Degenfis: 19 abril

5

Bancrédito: 27 julio

5

Castro Fallas: 10 octubre

Castro Fallas: 23 febrero

ILG: 20 abril

Alfisa: 28 julio

DHL: 11 octubre

Algefissa: 23 febrero

ICE: 26 abril

Cladisa: 4 agosto

Aldefisco: 2 noviembre

Aldefisco: 9 marzo

Mudanzas 2: mayo

Mudanzas 3: 7 agosto

Alm. de Equipos: 13 nov

Carossi: 14 marzo

Mudanzas 1: 3 mayo

Las Brisas: 11 agosto

Algefissa: 5 diciembre

1

DHL Costa Rica

1

Alfidepa

1

Carossi:

1

ICE:

inicio estimado: 22  febrero

inicio estimado: 3 abril

inicio estimado: 3 julio

inicio estimado: 2 octubre

final estimado: 8  marzo

final estimado: 17 abril

final estimado: 24 julio

final estimado: 6 octubre

Fuente: Sección Depósito Aduana Central

Del trabajo realizado sobre inventarios en el año 2016, se tiene que se realizaron todos los inventarios parciales programados en el año. Por su parte, de los inventarios totales se encuentra el finiquito de los siguientes dado la cantidad de líneas inventariadas:

Nº Tema Fecha  de Estado de avance

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Tarea del PAO

Inicio

2.22Inventario Total Las Brisas A224

Del 15/06/2016 a la fecha

Acta 1064-2016; Inicio del Inventario con Edward Cambronero y Roberto Navarro.

Oficio AC-DT-SD-326-2016  (Prevención de Inconsistencias de Vehículos 29/07/2016); responden con Gestión 4574-2016 (08/08/2016) donde se coteja documental y físicamente sin presentar diferencias.

Oficio AC-DT-SD-381-2016  (Prevención de Inconsistencias en Mercancías 05/09/2016); responden con Gestión 4574-2016 (08/08/2016) donde se coteja documental y físicamente sin presentar diferencias; responden con Gestión 5557-2016 (14/09/2016) donde se coteja documental y se verifican los rebajos realizados, las mercancías en estado PEN y los saldos en tica, los cuales están pendientes.

Oficio AC-DT-SD-385-2016  (Prevención de Inconsistencias en Mercancías  sin Identificación 07/09/2016); responden con Gestión 5557-2016 (14/09/2016) donde se coteja documental y físicamente presentando un pendiente.

Manual de estiba AC-SD-1537-2016 (25/10/2016), se obtiene como resultado un exceso de mercancías obstaculizando los pasillos, exceso de tarimas vacías y mercancías en el área de aforo y colapso del único punto de ingreso y salida del Depositario.

Oficio AC-DT-SD-513-2016  (Prevención de Inconsistencias en Mercancías  sin Identificación 05/12/2016); responden con Gestión 4574-2016 (08/08/2016) donde se coteja documental y físicamente sin presentar diferencias. No han respondido y no han solicitado prórroga, sigue pendiente.

Acta Destrucción AC-SD-011-2017, destrucción de 130 bultos de Vino Clos de Pirqué: Blanco, Cabernet Savignon y Carmenere de 1 Litro. Junto con el Acta de Destrucción del Relleno Sanitario AD-2017-225.

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2.22

Inventario Total en Almacén Mudanzas del Oeste A247

Del 27/12/2016 a la fecha

Acta 0160-2017; Inicio del Inventario con Sergio Solís y Roberto Navarro.

Se realizó Oficio de Rebajo de Salidas (adjunto en el correo desde el 13/02/2017) donde fue sometido a valoración por Beatriz Méndez y fue devuelto por falta de fundamento jurídico. Se vuelve a pasar el oficio corregido (adjunto en el correo desde el 23/02/2017) que a la fecha sigue pendiente por parte de la Jefatura; lo anterior refiere a que el Depositario no ha realizado las salidas de 858 casos.

Fuente: Sección Depósito Aduana Central

Cada uno de los inventarios cuenta con su respectivo expediente que se mantienen en la Sección Depósito de la Aduana.

2.2.5 Conformación de comisiones, Sector Público- Sector Privado –Aduana correspondiente.

Se realizan reuniones periódicas con las comisiones de usuarios; CAMALFI y Correos de Costa Rica, en las cuales se coordinaron labores para mejorar el servicio y el control aduanero. Las minutas de las reuniones se encuentran en el expediente correspondiente para cada uno y a cargo de los funcionarios de Apoyo a la Gerencia y Jefe del Puesto Postal.

1. CAMALFI: Se mantuvieron reuniones continuas, la última reunión se llevó a cabo el día 25 de agosto a las 2:00 p.m. en la Aduana Central donde se retomaron temas importantes para cada una de las partes.Las minutas de cada una de las reuniones sostenidas se pueden consultar en el expediente de CAMALFI que se mantiene en la Aduana, con la funcionaria de Apoyo a Gerencia.

2. CORREOS DE COSTA RICA: Se han mantenido varias reuniones por parte de la Jefatura del Puesto Postal tendientes a mejorar la gestión del Puesto Postal ubicado en Correos de Costa Rica en Zapote.

2.2.6 Garantías

Las garantías que se mantienen custodiadas en la Aduana Central a febrero 2017, son las siguientes:

TRÁMITE CANTIDADESImportación temporal 11Impugnación 72Exoneración 0

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Total de Garantías Activas 83Total de Garantías Inactivas 16Total de Garantías en custodía 99Fuente: Sección Técnico Operativo

El reporte de garantías se envía trimestralmente a la Contabilidad Nacional, los primeros días del mes, vía correo electrónico. El último reporte fue realizado mediante oficio AC-G-004-2017, de fecha 03 de enero de 2017, donde se remite el informe rendido por parte de la Jefatura del Departamento Técnico de la Aduana. (Anexo 3)

2.2.7 Estado de tiempos en DUAS:

Según el estudio efectuado por el Departamento Técnico y remitido a la Gerencia mediante oficio AC-DT-STO-104-2017 de fecha 08 de febrero 2017, sobre los DUAS rojos y amarillos se tiene que para el mes de enero 2017 el 95% de estos se finiquitaron en un plazo no mayor a 48 horas. Según se indica, para el estudio se tomó como base el total de DUAS de importación en canal rojo y amarillo del periodo comprendido entre el 01 al 31 de enero de 2017, para un total de 825 DUAS. Del estudio se determinó que 687 DUAS corresponden a mercancías varias a las cuales se les dio levante dentro de las 48 horas, por ende, cumplen con el plazo (83.27%) y 138 DUAS sobrepasan el tiempo establecido de 48 horas, por lo tanto no cumplen con el plazo (16.73%), esto para un promedio de tiempo de 37.81 horas (1.57días).

Esto se debe, según indica el informe al tiempo de respuesta por parte de los Agentes Aduaneros a las notificaciones u observaciones enviadas por el vista solicitando documentos originales, corrección de documentos tales como presentar el original de la justificación del tránsito indirecto, declaración valor, título de propiedad, cambios de partidas, desaplicación de TLC, cambios de clase tributaria, coordinar la revisión física, que los auxiliares no se presenten a la revisión o superen la mercancía sujeta a revisión, además se deben considerar factores como vacaciones, incapacidades, reasignación de DUAS, (amarillo-rojo).

2.2.8 Estado actual de los expedientes relacionados con las denuncias interpuestas ante el Ministerio Público

Los expedientes correspondientes a las denuncias interpuestas de la Aduana Central se mantienen en el Departamento Normativo y constan de 19 casos, de los cuales se lleva una base de datos con información relevante para el control y correspondiente comunicación cuando es requerida. En el siguiente cuadro se muestra los algunos datos relevantes como lo son número de expedientes en instancia judicial, número de expediente en la Aduana e información respectiva a cada caso en la columna de observaciones.

No. de oficio con el que se interpone la denuncia y fecha de presentación de

No. Expediente Instancia Judicial

Última actuación

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la misma

AC-DN-0010-2014 14-000003-0618-PE

La Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros solicitó documentos originales de la Declaración Jurada y Salvage Certificate

AC-DN-0556-2013 13-000348-0619-PE La Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial ordena el Archivo Fiscal

AC-DN-0545-2013Se presentó la Denuncia, no ha habido movimiento en el expediente

AC-DN-0498-2013 13-000301-0619-PESe presentó la Denuncia, no ha habido movimiento en el expediente

AC-DN-0685-2013 13-003325-0175-PESe presentó la Denuncia, no ha habido movimiento en el expediente

AC-DN-0509-2013 13-000317-0619-PESe presentó la Denuncia, no ha habido movimiento en el expediente

AC-DN-0331-2014 14-001498-0175-PESe presentó la Denuncia, no ha habido movimiento en el expediente

05-000313-0161-CA y otras

El Juez Instructor del Tribunal Contencioso Administrativo solicitó las Declaraciones Aduaneras que dan origen a los expedientes administrativos.

AC-DT-SS-1422-2002 02-020091-0042-PE

Desestimada Sentencia del Juzgado Penal del II Circuito Judicial Resolución de las 10:00 del 29/07/2005

07-000281-0219-PESolicitud de Inventario detallado y la valoración de la mercancía, de las 419 cajas.

03-200368-0413-PEDesestimación del Juzgado Penal de Cañas Guanacaste resolución de las 07:20 horas del 31/0520106

04-022985-0042-PEEl Juzgado Penal del II Circuito Judicial ordena el Desistimiento.

03-001461-0042-PE

La Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros solicitó informe acerca del vehículo para determinar si ha cumplido con las obligaciones aduaneras.

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05-000042-0618-PE

La Fiscalía de Delitos Económicos, Corrupción y Tributarios deja a la orden de la Aduana el Vehículo de marras, en custodia.

02-201417-345-PE-2

La Aduana realizaría estudio para determinar el valor aduanero de las mercancías y lo remitiría a la Fiscalía de Cartago según oficio AC-DT-SS-427-2005

02-011932-0042-PE

El Juzgado Penal del II Circuito Judicial ordena que la Aduana envíe el monto exacto del tributo a cancelar.

06-000030-0618-PE

El Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, hace entrega de una copia certificada de la pólizas originales de importación temporal números 106252 del 01/09/2003 , 106284 del 02/09/2003 y 106443 del 06/09/2003

01-000430-0163-CA

El Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del II Circuito Judicial de San José declara inadmisible la interposición del ordinario de lesividades

02-018204-0042-PEDevolución de Documentos a la Aduana que no es de utilidad a las investigaciones que se realizan.

Fuente: Departamento Normativo Aduana Central.

Complementariamente, durante mi gestión y en los últimos meses de año se interpusieron dos denuncias al Ministerio Público, una sobre propiedad intelectual y otra sobre documento falso. Por lo anterior, es importante el seguimiento integral a las denuncias en el Ministerio Público por parte del Departamento Normativo.

2.2.9 Casos prescritos

En seguimiento de las directrices emitidas por la Dirección General de Aduanas sobre el tema de prescripciones se han realizado las siguientes actividades:

Se emite la circular AC-G-003-2016 del 17 de junio de 2016 sobre la entrega de los expedientes para la firma de la Gerencia los cuales se encuentran cercanos a prescribir.

Se realizan reuniones de seguimiento con la Jefatura del Departamento Normativo para dar continuidad al tema de las prescripciones y evitar que se presente algún

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caso, según minutas Nº 1-2016 del 17 de junio de 2016 y Nº 005-2016 del 14 y 30 de setiembre de 2016.

Se han girado instrucciones al Departamento Normativo para que mantengan actualizadas las bases de datos que custodian, entre ellas la base de datos de prescritos y se realizan arqueos por parte de la funcionaria de Apoyo a la Gerencia para verificar la actualización del instrumento según minutas Nº 1-2016 del 17 de junio de 2016 y Nº 005-2016 del 14 y 30 de setiembre de 2016.

La Gerencia, para contar con una herramienta de control sobre las prescripciones, se le ha estado solicitando al Departamento Normativo un informe sobre los casos que están con fecha próxima a que le sobrevenga la prescripción y darle una atención prioritaria. Esta información fue recibida mediante oficio AC-DN-539-2016, donde se indica los expedientes que tienen fecha de prescripción en los meses de octubre a diciembre de 2016. Faltaría que el Departamento Normativo presente el informe del primer trimestre del 2017.

2.2.10 Estado actual de estudios especiales en los depositarios aduaneros

DHL

En este Depositario la Dirección General de Aduanas emitió una resolución para el cierre definitivo de operaciones, sin embargo en la Aduana Central se encuentra pendiente para su cierre definitivo las siguientes actividades:

Conciliar las justificaciones presentadas en la gestión 3694-2016 contra el inventario.

Elaborar un oficio para la que se realicen la valoración de mercancías faltantes y aquellas que no hayan sido justificadas por el Depositario.

Confeccionar una resolución para DTIC con el fin de depurar los inventarios de los movimientos debidamente justificados.

TLA:En este Depositario se encuentra pendiente para su cierre definitivo las siguientes actividades:

Confeccionar la resolución para DTIC con el fin de depurar el inventario de los movimientos debidamente justificados

Hacer el informe de cese de operaciones y dictamen sobre el mismo.

LOS LEONES (inventario ejecutado en años 2014/2015):Se mantiene el estado del cierre de los Leones:

En oficio AC-DT-251-2015, de fecha 04 de diciembre de 2015, la Jefatura del Departamento Técnico, informa que mediante oficio AC-DT-SD-512-2015 de fecha 19 de noviembre de 2015, la Sección Depósito remite informe del cierre técnico de las operaciones del Depositario Aduanero Los Leones que se utilizó el código a-115, en

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donde se hace el traslado al Departamento Normativo de los casos de mercancías en abandono, asociadas a registros de sobrantes y rebajos del inventario sin respaldo, para que procedan con el cobro de los tributos adeudados o con el inicio del proceso sancionatorio que corresponda. Adicionalmente, se indica sobre los casos relacionados a siete vehículos que corresponden a importaciones, pero que en el proceso del control inmediato se determinó que se incumple con lo dispuesto en el artículo 05 de la Ley de Tránsito, que también están pendientes en el Departamento Normativo.

El Departamento Técnico indica en dicho informe que concluye con las acciones pendientes de ejecutar, relacionadas con el cierre técnico de este auxiliar.

El seguimiento de este cierre está a cargo de la Jefatura de la Sección de Depósitos.

ALMAFISA (Inventarios ejecutados en el 2014)

Falta finiquitar la confección de la resolución para solicitar a informática el rebajo de los bultos asociados a movimientos de inventario correspondientes a vehículos que según consulta a Registro Nacional ya están inscritos y por tanto asociados a declaraciones de importación o boletas de remates adjudicados.

Se debe confeccionar el oficio de remisión al Departamento Normativo de esta Aduana con el detalle de los movimientos de inventario con mercancías faltantes de ubicar y que se detectaron como resultado de la conciliación física realizada de previo a la autorización de cierre.

Se debe de confeccionar el informe de cierre técnico de operaciones. El expediente se encuentra en la Sección Depósitos a cargo de la funcionaria Yerlin Jiménez.

ALMACEN GENERAL DE DEPOSITO JL S.A (Inventarios Ejecutados en el año 2014/2015)

Se mantiene el siguiente resumen de actividades referente al cierre del Almacén General de Depósito JL S.A.

1. Constatar la salida de los 4 vehículos de importación temporal con documentación de respaldo y posteriormente el Departamento técnico elaborar una resolución para proceder con el rebajo.

2. El Departamento técnico debe elaborar una resolución que autorice el rebajo de 118 movimientos en abandono, que no pudieron ser descargados por el Almacén JL depositario N.Aa228.

3. El Departamento Técnico debe elabora una resolución que autorice el rebajo de 116 movimientos de DUT, que no pudieron ser descargados por el Almacén JL depositario N.A228.

4. Constatar la permanencia de los 89 decomisos con documentación de respaldo o verificándolo físicamente y posteriormente el Departamento Técnico elaborar una resolución

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para proceder con el rebajo.

El expediente se mantiene en la Sección de Depósito de la Aduana Central.

2.2.11 Sobre los certificados de importación temporal vencidos

Mediante oficio AC-DT-STO-1476-2016 de fecha 16 de diciembre del 2016, el Departamento Técnico de la Aduana Central remitió a la Policía de Control Fiscal informe sobre los Vehitur vencidos, a continuación se presenta tabla con que se remitió adjunto a dicho oficio: (Anexo 3)

Número Vehitur VIN/SERIE/CHASIS Marca Año Beneficiario

Tipo Permiso Placa

189741-2015

5NPDH4AE3DH155582 HYUNDAI 2013

GARCIA ALVAREZ CARLOS LUIS Turista DMED28

194298-2015 1B4GP74L7XB563940 DODGE 1999 LEVIN MICHAEL N Turista EMDK41197467-2015

JT3HM84R5W0030106 TOYOTA 1998

GUEVARA GONZALEZ GREIVIN ANTONIO Turista P82FDV

198092-2015 JT3HN86R8V0077154 TOYOTA 1997

CALDERON CORDERO ERICK FABIAN Turista XCLA21

957-2016JN8AZ08W67W610497 NISSAN 2007

MORENO CASTRO WILBERT GERARDO Turista

GLG7102

1998-2016 1HFSC550X4A012099 HONDA 2004 MENA ALEX STEVEN Turista 2VXA9

2008-2016 1FTNX21P13EB53177 FORD 2003MENA KEVIN FRANKLING Turista XZ174F

2008-2016 JSAAL41A262110484SUZUKI Cuadriciclo 2006

MENA KEVIN FRANKLING Turista -

10489-2016 JN8AS58V58W407286 NISSAN 2008REYNOSO FRANKLING NOEMY Turista 653RPQ

10532-20161C6RR6GT9FS534893 RAM 2015

ROCA VASQUEZ DE VELASCO ROBERTO MARTI Turista EQWC17

23803-2016WBAVB13526PT14520 BMW 2006

LA ROCCA MAZZA NICODEMO Turista 023WLF

29933-2016 1GBFH15T231159312CHEVROLET 2003 CANAIY BRIAN PETER Turista HBB105

50997-20163WKDD09XX1F604939 KENWORTH 2001

JULIO CESAR FLORES RUIZ

Transporte Comercial GL11370

51039-20163WKDD09X61F604940 KENWORTH 2001

LUIS ENRIQUE ALARCON FLORES RUIZ

Transporte Comercial GL11372

51211-2016 35035554 KENWORTH 2002 ALDAIR PORTUGAL CARRILLO

Transporte

GL11371

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Comercial53937-2016

1C4GP54L0XB554262 CHRYSLER 1999GEGORIO RODRIGUEZ SOLER Turista M4165X

65031-2016SCALA61E8XCX01490

ROLLS-ROYCE 1999

SABORIO ZUÑIGA FRANCISCO Turista CBRC41

93943-2016 SALTW12491A706826LAND ROVER 2001 LEVIN NISIN AHARON Turista 54DDV

106747-2016

3WKDD09X91F604933 KENWORTH 2002

CARLOS ROMAN PORTUGAL GRIJALVA

Transporte Comercial GL11364

130729-2016 JT3HJ85J9T0118136 TOYOTA 1996

MC KNIGHT STEVEN DAVID Turista 3PAK140

140454-2016 JTDBT123XY0061798 TOYOTA 2000

RIVERA YERALD JESUS Turista

RDG8527

171007-2016

WBAGL63484DP70823 B.M.W. 2004

MORA VENEGAS JASON Turista Y83NRR

Fuente: Departamento Técnico Aduana Central

2.2.12 Estado de la autoevaluación del sistema de control interno institucional

En aras de mantener un adecuado control interno de acuerdo a lo establecido en la Ley N.8292, desde el inicio de mi gestión en la Aduana Central, se ha venido ejecutando las acciones necesarias. Las funciones de cada uno de los funcionarios de la Aduana Central, ya estaban definidas por las Gerencias anteriores por lo cual se mantuvo, se llevó a cabo un Plan de Control Interno que abarcaba actividades para maximizar el control. El Plan se remitió al Área de Planificación y Control de la Gestión mediante oficio AC-G-187-2016 de fecha 05 de setiembre de 2016.

En actividades propias del control interno, se mantuvo siempre una comunicación efectiva de todas las directrices para hacerlas del conocimiento de todos.

Se inició con el sistema de intranet para todos los Departamentos de la Aduana Central, donde se lleva el control de los diferentes consecutivos que se utilizan en la Aduana, como lo son números de oficio, números de actas, números de resoluciones, números de expedientes, número de circulares, entre otras.

En lo que se refiere a la aplicación de la metodología de SEVRI, fue aplicada en el Departamento Normativo, sin embargo las cargas de trabajo que se mantuvo y la confección de bases de datos, no permitió su cumplimiento al 100%.

El plan de trabajo, minutas, oficios, correos y demás documentos relacionados con este tema quedan en el expediente denominado “Control Interno” bajo la custodia de la funcionaria de Apoyo a la Gerencia señora Indelia Ureña Duran.

Adicionalmente y con el fin de tener una herramienta de apoyo en cuanto a protocolo de actuación en procesos los cuales no se encuentran debidamente establecidos a nivel del

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Manual de Procedimientos del Servicio Nacional de Aduanas y en cumplimiento con las normas de Control Interno y de la implementación del Sistema Especial de Valoración de Riesgo (SEVRI), mediante oficios AC-G-151-2016 de fecha 04 de julio de 2016 y AC-G-272-2016 de fecha 30 de diciembre 2016, se procedió al establecimiento y formalización de procedimientos en la Aduana, por lo que se elaboró un compendio de procedimientos internos que fueron confeccionados por los funcionarios y debidamente aprobados por sus Jefaturas a cargo y comprende los siguientes procesos: (Anexo 3)

Procedimiento Sancionatorio del Departamento Normativo de la Aduana Central. Procedimiento de Levante con Garantía Por Impugnación de la Obligación

Tributaria. Importación temporal con Rendición de Garantía: Categoría: comercial, industrial,

ferial, educativa y cultural, recreativa y deportiva. Importación temporal sin rendición de garantía modalidades: Estatal, Concesión

de Obra Pública y sus Subcontrataciones y Contrato Administrativo. Levante con Garantía por Exoneración Inspección del cumplimiento de Normas de Importación Temporal. Traslado de Lugar de Exhibición de las mercancías dentro del Régimen de

Importación Temporal, Categoría Comercial.

Queda pendiente de formalizar por las nuevas Autoridades de la Aduana Central, los procedimientos internos del Puesto Postal, los cuales fueron elaborados por la Jefatura.

2.2.13 SEVRI

Durante el año 2016 se le aplicó la metodología SEVRI al proceso: Proceso Administrativo del Departamento Normativo de la Aduana Central, sin embargo queda pendiente el informe final en razón que los funcionarios de dicho Departamento se avocaron en el cumplimiento de la actualización de bases de Datos de Prescritos, de Riesgo y Access.

2.2.14 Proyectos para mejorar la gestión

En aras de generar una mejora continua, mantener el control interno, así como mejorar la gestión tanto en servicio como en control aduanero y recaudación, se iniciaron varios proyectos a fin de tener una herramienta adecuada para el seguimiento continuo. Por lo cual se implementaron los siguientes proyectos:

1. Reuniones de seguimiento con los Departamento de la Aduana Central y el Puesto Postal en el año 2016: Con el Departamento Técnico durante el año 2016 se realizaron tres reuniones de trabajo: la primera con la señora Rosa Iris Rojas Jefe de ese Departamento, con el objetivo de realizar un diagnóstico de la situación a junio de 2016 y lo acordado en esa reunión se plasma en la minuta 003-2016 de fecha 24 de junio 2016. La segunda reunión se realizó con la señora Xinia Villalobos Orozco Jefe del Departamento Técnico sobre el seguimiento de la minuta 003-2016 y lo acordado quedo en minuta 06-2016 de fecha 07 de octubre de 2016. La tercera reunión se realizó con la señora Xinia Villalobos Jefe del Dpto. Técnico y los

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compañeros que llevan la labor de aforo, que quedo acordado mediante minuta del mismo número 006-2016 de fecha 26 de octubre de 2016 y esta reunión se realizaron recomendaciones a los compañeros para mejorar su trabajo en las verificaciones en el control inmediato en lo relacionado a los hallazgos y la recaudación; así como se remitieron oficios de retroalimentación a la Dirección General de Aduanas con el objetivo de informar de situaciones de control detectadas, el contenido de esta reunión se plasma en la minuta Nº 6 del 26 de octubre de 2016 y oficio AC-G-0266-2016 del 20 de diciembre de 2016.

Con el Departamento Normativo de la Aduana Central se realizaron en el año 2016 tres reuniones de seguimiento en la que se tocaron temas de prescripciones de casos, notificaciones de casos, actualización de las bases de datos, arqueos a las bases de datos, cantidad de casos en trámite global y por funcionario y temas de recaudación. Estos temas se integran en las minutas 002-2016 de fecha 17 de junio de 2016 y en la minuta 005-2016 del 14 y 30 de setiembre de 2016.Con el Puesto Postal se realizaron reuniones de trabajo sobre temas puntuales de su funcionamiento como mejoras de infraestructura, necesidad de personal, proyectos de mejora y se realizó una reunión con el Sindicato. Para el seguimiento respectivo, los acuerdos quedan en la minuta 004-2016 de fecha 29 de junio de 2017.

Las minutas de estas reuniones están bajo custodia de la funcionaria de Apoyo a la Gerencia señora Indelia Ureña Duran.

2. Planes de grupos de trabajo para ejecución del PAO 2017: Con el fin de cumplir con las metas establecidas en el PAO 2017, se establecieron Grupos de Trabajo, para lo cual se ejecutarían reuniones con cada uno de los funcionarios que los integraban con el fin de llevar un seguimiento en cada uno de las actividades del PAO 2017. Se conformaron los grupos de trabajo en el Departamento Técnico: Garantías, Regímenes Especiales (Zona Franca y Perfeccionamiento Activo), Grupo PCF, Subastas, Destrucciones, Donaciones e Inventarios, Tránsitos, Aforadores, Atención de inspecciones de instalaciones, Grupo Supervisión de Descargas. Sin embargo, a la fecha de este informe se realizó una reunión con el grupo de subastas, destrucciones, donaciones e inventarios. En el Departamento Normativa se implementaron dos Grupos de Trabajo: El Grupo de Devolutivos, Rectificaciones y Anulaciones, liquidaciones de tributos y el Grupo de actividad de expedientes ordinarios, sancionatorios, elaboración de dictámenes (actividades, 2.7, 2,8, 2,9 y 2.11 del PAO 2017). Lo anterior queda en las minutas 001-2017 y 002-2017, respectivamente.

3. Reuniones bimensuales con jefaturas para seguimiento del PAO 2017: Este plan se inició con la finalidad de darle atención prioritaria y preventiva al cumplimiento de las actividades del PAO 2017, con el fin de tomar las acciones necesarias para evitar que alguna no alcance el objetivo planteado. Las reuniones se programaron bimensualmente en los meses de marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre.

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4. Seguimiento constante de la actualización de las bases de datos del Departamento Normativo: El Departamento Normativo de la Aduana Central actualmente tiene bajo su responsabilidad la actualización de las siguientes bases de datos: Acces, Prescritos, Denuncias, Directriz de Delito Fraccionado y Nueva base de Datos de Intranet. Desde junio del año pasado se han realizado acciones por parte del Departamento Normativo para dar seguimiento a las actualizaciones de las bases de datos de Acces y Prescritos, para lo cual se han realizado roles de trabajo con los funcionarios para la actualización de casos, reuniones con funcionarios de la DTIC para explicarles la problemática de la dispersión de las bases de datos del Dpto. Normativo y arqueos de las bases de datos por parte de la funcionaria de Apoyo a la Gerencia para garantizar su actualización.

5. En atención al oficio DGR-680-2016 del 30 de setiembre de 2016 suscrito por la señora Karla Guillen Vega Directora de la Dirección de Gestión de Riesgo, sobre “el Marco de Gestión de Riesgo del SNA”; la Aduana Central mediante AC-G-024-2017 de fecha 07 de febrero de 2017 se presenta la matriz completa sobre las actividades para mitigar los riesgos, indicados en el registros de riesgos del Servicio Nacional de Aduanas para el año 2017. (Anexo 3)

6. Directriz de Nulidades de la Dirección General de Aduanas de ejecución del Departamento Normativo: La Dirección General de Aduanas emite la directriz DIR-DN-009-2016 de fecha 02 de diciembre de 2016 sobre acciones a efecto de corregir las situaciones causantes de nulidades decretadas por el Tribunal Aduanero Nacional; por lo que la Gerencia de la Aduana Central emitió la directriz AC-G-DN-2016 del 15 de diciembre de 2016 sobre la necesidad de notificar la directriz D-DN-005-2009, Creación de la Comisión Interna para el estudio de las nulidades y sobre la implementación de charlas a los aforadores por parte del Departamento Normativo. En la reunión del 15 de febrero de 2016 con la Jefatura del Departamento Normativo se planificó la metodología para el funcionamiento de la Comisión de Nulidades y futuras charlas a los aforadores. (Anexo 3)

7. Directriz de Delito Fraccionado: Sobre el particular se encuentra la Directriz DGA DIR-DN-010-2016 de fecha 23 de noviembre de 2016, sobre Control de sujetos sancionados para la configuración de los delitos de contrabando fraccionado y defraudación fiscal fraccionada, miso que fue trasladado al Departamento Normativo, los cuales se comunicó mediante oficio AC-G-261-2016 de fecha 15 de diciembre 2016 que los señores Minor Burgos y Johana Victor funcionarios del Departamento Normativo estaban encargado de recopilar, mantener y actualizar la información sobre este tipo delito en el Departamento Normativo de la Aduana Central.

8. Se emitió la directriz AC-G-002-2016 del 17 de junio de 2016 con el objetivo de reiterar los lineamientos que deben cumplir los colaboradores acerca de la jornada de trabajo, permisos, licencias, incapacidades, marca de asistencia, llegadas tardías, ausencias, deber de justificación, periodos de alimentación, entre otros; en atención a las disposiciones del Ministerio de Hacienda que rigen la materia .

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2.2.18 Capacitación

Durante mi gestión se ha procurado que cada funcionario reciba al menos una capacitación al año, lo cual se sobrepasó el año pasado y se ha iniciado capacitaciones ya en este año, como la de que se llevó a cabo sobre Valoración de Vehículos. De igual forma se ha instado a las capacitaciones continuas a lo interno de la Aduana, donde un funcionario experto realice una charla de capacitación para los demás compañeros. Todo esto consta en los de seguimiento del Plan Anual Operativo enviados mensualmente a la Dirección General.

Dentro de algunas capacitaciones que se han impartido se encuentran:

1. Basilea y Cites2. Control Interno3. Derecho procesal Aduanero4. Medidas de seguridad en contenedores5. Sentencias de Nulidades del TAN, sobre esto se creó la comisión interna para el

estudio de nulidades de acuerdo a la directriz DIR-DN-009-2016.6. Propiedad Intelectual7. Seguridad e inteligencia Aduanera8. Procedimientos archivístico9. Cursos sobre valor, clasificación y origen.

2.2.19 Cumplimiento de las disposiciones giradas por la Auditoría Interna.

De los estudios requeridos por la Auditoria Interna y relacionados con la Aduana Central, se han realizado las recomendaciones solicitadas, se han realizado los planes de trabajo o bien están en proceso de atención o cierre. Dentro de las auditorías pendientes se encuentran las siguientes:

AUDITORIA INSTITUCIONAL:

INF-DGAI-035-2013: Auditoría realizada al Departamento Normativo sobre recursos de reconsideración y apelación ante el Servicio Nacional de Aduanas. Se tiene el pendiente los puntos 4.2.2, 4.2.3 y 4.2.4. El último informe remitido se realizó mediante oficio AC-G-218-2016, de fecha 19 de octubre de 2016, al Área de Planificación y Control de la Gestión. (Anexo 3)

DGAI-AD-005-2015: Auditoría referente al resguardo de los expedientes que se encuentran dentro de la Aduana Central. Para el finiquito de esta auditoría se tiene pendiente el reacomodo de cajas que se encuentran al final del archivo. Durante el año pasado, se llevó a cabo una destrucción de documentación que ya tenía más de los 5 años de archivo. Esta actividad la tenía a cargo el Enlace Administrativo, sin embargo al no contar con este funcionario se le recargo al funcionario de apoyo a Gerencia señora Indelia Umaña Duran

DGAI-0365-2015: Auditoría sobre la evaluación del proceso de anulación de Declaraciones Únicas Aduaneras, a la fecha no existe una solicitud para la Aduana.

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DGAI-607-2014: Auditoría sobre estudios de los Departamentos Normativos de las Aduanas. Se remitió el último informe mediante oficio AC-G-233-2016 de fecha 28 de octubre de 2016 al Área de Planificación y Control de la Gestión, se debe continuar su seguimiento.

DGAI-INF-0112-2011: Auditoría sobre remates. Es una auditoria del 2011, que no se tenía conocimiento de que se encontrara pendiente. Se trató de localizar información básica y se contestó la solicitud DGA-PC-046-2017 del 07 de febrero de 2017, mediante oficio AC-G-31-2017 de fecha 10 de febrero del 2017.

DGAI-570-2015: Auditoría sobre Evaluación de proceso de registro y control de garantías: Esta auditoria se le ha llevado un contante seguimiento. Se solicitó a la señora Nery Mata Encargada de Garantías del Departamento Técnico mediante correo electrónico de la funcionaria de Apoyo a Gerencia, un informe del estado de esta Auditoría para ser presentado al Área de Planificacion y Control de la Gestión. Está pendiente finalizar la actividad 4.2 dado que se está solicitando realizando un estudio para solicitar un requerimiento a la Dirección Gestión Técnica de la DGA.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA:

DFOE-SAF-0039-2015: Auditoría Financiera sobre la información Financiera del Gobierno Central del ejercicio 2014, enviada por parte de la Contraloría General de la República. A la fecha no existen solicitudes enviadas a la Aduana sobre el particular.

DFOE-SAF-0120: Auditoría a realizar por parte de la Contraloría sobre la eficacia de la gestión de las Aduanas. Después de la información remitida en octubre del 2015, no se ha solicitado información adicional.

DFOE-SAF-0263-2015: Requerimiento de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. Después de la información remitida en octubre del 2015, no se ha solicitado información adicional.

DFOE-SAF-0196: Auditoría referente a informe DFOE-SAF-IF-02-2015, de carácter Especial sobre el Proceso de Reclutamiento y Selección de Personal de la Dirección General de Aduanas. Se dio respuesta a la solicitud enviada sobre perfiles de los funcionarios mediante AC-G-282-2015, de fecha 31 de julio de 2015. A la fecha no se ha solicitado ningún requerimiento adicional.

Los expedientes correspondientes a cada una de estas auditorías, tanto de la Contraloría General de la República, como de la Auditoría Interna, se encuentran a cargo de los funcionarios de Apoyo a la Gerencia.

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2.2.20 Informes

Hay una serie de informes que deben remitirse ya sea de forma mensual, bimensual o trimestralmente a la Dirección General de Aduanas u otras dependencias, se adjunta cuadro con el detalle de cada uno de ellos:

Informe Fecha en que debe remitirse

PAO, justificaciones y resumen del mes 5 primeros días del mes a lo interno de la Aduana y trimestralmente a la DGA

Recaudación fuera de Tica 3 primeros días del mes

Indicadores de gestión de la ContraloríaCuando sean requeridos por parte del Área de Planificación y Control de la Gestión.

Informe de garantías para Contabilidad Nacional Trimestral, primer día del mes

Informe de Casos Contingentes activos y pasivos/ antes Contingentes de la Contabilidad Nacional

Trimestral

Informe de casos en Sede Judicial Mensual

Solicitud de DGR/sujetos de riesgo, incluir al consignatario en descargas Trimestral / Mensual

Informe sobre depuración de Viajes Informe mensual para Gerencia y Trimestral para Planificación

Roll de AforadoresInforme mensual tanto a Departamento de Riesgo como al Departamento de Fiscalización

Informe de multas Informe mensual

Fuente: Grupo de Apoyo a Gerencia 2.2.21 Subastas.

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Durante el año 2016 se llevaron a cabo 19 subastas y se ha definido el siguiente plan estratégico para el año 2017:

1) Efectuar un trabajo coordinado entre los compañeros responsables del seguimiento de los inventarios totales y parciales, el desarrollo de las subastas y del proceso de destrucción de mercancías, a efecto de que responda a criterios de oportunidad y recaudación. 2) Revisar la información remitida mensualmente por cada depositario aduanero y la contenida en el sistema TICA y confeccionar la programación de las subastas en función de la cantidad de bultos con mercancía en estado de abandono.3) Priorizar la ejecución de la subasta pública de mercancías que por su descripción posibiliten el aumento de la recaudación de impuestos por este proceso. 4) Realizar en forma integral tanto el proceso de subasta de las mercancías caídas en abandono como el de la destrucción de las que no sea factible someterlas a remate (vencidas o en mal estado), a efectos de mantener depurados los inventarios y lograr que los depositarios puedan disponer del espacio físico que quede disponible.5) Dar prioridad a la destrucción de las mercancías consistentes en licores, cigarrillos, perfumes y alimentos, decomisadas por la Policía de Control Fiscal y que se encuentren a la orden de esta Aduana.6) Continuar con la revisión de los expedientes remitidos por la Policía de Control Fiscal relacionados con mercancías decomisadas y depositadas en las bodegas de los depositarios aduaneros que operan en nuestra jurisdicción, a efectos de brindar el debido proceso y si es procedente posibilitar la nacionalización de la mercancía o el sometimiento al proceso de remate.7) Incorporar a otro funcionario de la Sección de Depósito para que el proceso de boleteo y determinación de la obligación tributaria aduanera, sea ejecutado por dos grupos de funcionarios.8) En la confección de las boletas de remate, iniciar con las mercancías que tengan más días en estado de abandono y de esta forma disminuir la cantidad de días transcurridos entre la fecha de caída en abandono y la venta en subasta pública (indicador del PAO)9) Coordinar con los funcionarios del IMAS para que retiren las mercancías no vendidas en subasta pública, en forma oportuna, toda vez que tardan varios meses en retirarlas de las bodegas de los depositarios aduaneros.

Con respecto al boleteo de mercancías para el año 2017, se definió el siguiente plan para su seguimiento:

Nombre Depósito Cantidad Cantidad Cantidad de

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Movimientos Inventario de Bultos

Subastas y Destrucciones

1 ALFIDEPA 166 37.666 2

2 DHL CAIL 210 27.408 2

3 MM3 143 14.488 2

4 CLADISA 105 14.008 2MUDANZAS 2 258 11.168 1

5 CASTRO FALLAS 531 10.218 1

6 ALDEFISCO 374 9.365 1

7 LAS BRISAS 419 6.872 1MUDANZAS 1 220 4.788 1

8 BANCREDITO 141 2.091 1

9 ILG 50 1.946 110

DEGENFIS 17 1.134 1

11

ALGEFISSA 153 1.047 1

12

ICE 58 466 1

13

ALFISA 38 132 1

14

CAROSSI 15 18 1

15

ALMACENADORA DE EQUIPOS

0 0 0

El PAO 2017 contempla 20 subastas, cinco por trimestre, cuya cantidad mensual se muestra en la siguiente tabla: 

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PROGRAMACION DE SUBASTA PARA EL AÑO 2017 ADUANA CENTRALAduana En

eroFebrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio Julio

Agosto

Setiembre

octubre

Noviembre

Diciembre

Total

Central 3 2 2 2 1 2 2 1 3 2 20

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2.2.22 Estado de las empresas de Zona Franca y Perfeccionamiento Activo.

De acuerdo a la información remitida por parte de la Sección Técnica Operativa, se mantiene en el siguiente cuadro las empresas en proceso de cierre y/o renuncia a los regímenes de Zona Franca Y Perfeccionamiento Activo:

Código

Régimen

Cédula Jurídica Empresa Estado de Proceso al 28/02/2017

G-018 PA 3-101-17256233

Ati del Norte, S.A.

Mantiene procedimiento en el Departamento Normativo, con el expediente AC-DN-PA-0414-2008 pendiente de dictar acto final.

G-129 PA 3-101-03986609

EF Hehl de Costa Rica, S.A.

Se encuentra pendiente de revisión el tema de mermas autorizadas, para que se rebajen de los inventarios vencidos. Con la gestión 03656 del 24/06/2016, la empresa aporta información sobre el oficio G.O. 4241-99 de Procomer, pero no presenta el documento. Se solicitó el mismo, pero no ha sido presentado.

G-016 PA 3-101-10793108

Confecciones Jinete, S.A.

Se encuentra en proceso de liquidación de Títulos de Prenda Aduanera.

G-188 PA 3-101-10275625

Rincón Grande, S.A.

Mantiene procedimiento de Títulos de Prenda Aduanera en el Departamento Normativo, con el expediente AC-DN-PA-0229-2013 y se dictó Acto Final con la Resolución RES-AC-DN-0670-2016, del 06/04/2016,

H-632 ZF 3-102-21813604

Babyliss Costa Rica, Ltda.

Revocatoria de Régimen por parte de PROCOMER. El 19 de agosto del 2014, se realizó el levantamiento del acta de inspección No. 149-2014, en la cual se detallan los activos que aún están en poder de la empresa. Así mismo, existe

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un grupo de bienes de los cuales la empresa presentó una solicitud de abandono expreso, para que Ministerio de Hacienda dispusiera de ellos. Este procedimiento está siendo instruido en el Departamento Normativo por la compañera Ileana López Aguilar, con el expediente 949-2013. Con el oficio AC-DN-0656-2015, del 14 de octubre del 2015; el Departamento Normativo regresa a la Sección Técnica Operativa, el expediente del caso; ya que las mercancías deben ser “boleteadas” para su respectivo remate; este proceso será efectuado por los compañeros de la Sección de Depósito. El día 19 de enero del 2017, con la gestión 00275, presentaron un estudio efectuado por la Ingeniera Industrial Florita Leiva Piedra, en la cual se indica que las mercancías declaradas en abandono, se encuentran en mal estado, incompletas, obsoletas y en desuso por más de 10 años, con lo que pretenden que la Aduana se pronuncie para darle destino dichas mercancías.

2.2.23 Puesto Postal

El Puesto Postal ubicado en Correos de Costa Rica en Zapote, mantiene como Jefatura al señor Luis Javier Rivera Montoya a quien se le asignaron tres funcionarios fijos y dos funcionarios que se mantiene rotando. En razón que uno de los funcionarios fijos fue ascendido se está pendiente enviar una plaza.

En el Puesto Postal se ha trabajado arduamente en coordinación con Correos de Costa Rica para mejorar en aspectos tales como infraestructura, atención al usuario y trámites para clareo de los paquetes que llegan al Puesto. Las mejoras han sido evidentes, se han mejorado controles e infraestructura, se logró colocar un vidrio que evita el contacto directo con los usuarios.

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Por su parte la Jefatura del Puesto Postal ha planteado una serie de necesidades del Puesto Postal mediante oficio AC-PP-0013-2016 de fecha 11 de mayo de 2016 y oficio AC-PP-017-2016 de fecha 31 de mayo del 2016.

Logros:

Se ha logrado consolidar un golpe contra organizaciones criminales al identificar paquetes con sustancias ilícitas, tanto en ventanilla como al momento de revisar selección de paquetes para revisión.

Colocación de un vidrio de seguridad en el mostrador del Puesto de Aduana Postal. Colocación de un arco de detección de metales al ingreso del Puesto de Aduana Postal. Se logró presencia de soporte canino para la detección de paquetes postales. Anteriormente solo se revisaban paquetes que

iban con destino a penitenciaría. Hoy están participando perros de la Policía de Control de Drogas y del Equipo canino de la Municipalidad de San José.

Se logró instaurar la revisión por Rayos X de todas las Encomiendas y EMS seleccionadas para revisión de aduanas. Se logró instaurar un protocolo de atención de situaciones especiales con el Departamento de Inspección de Correos de

Costa Rica. Se logró promover la cultura tributaria aduanera a través de la información brindada al usuario personalmente,

telefónicamente, y a través de boletines informativos; incluso situado en la web del Ministerio de Hacienda. Se logró promover un equipo de trabajo consolidado y establece con experiencia. Se activó la relación entre Aduanas y Correos de Costa Rica para la coordinación de trabajos de mejora. Aumentó la recaudación significativamente; inclusive superando la recaudación 2014 y 2015 juntas. Aumentó la cantidad de declaraciones aduaneras tramitadas por Agencias de Aduanas. Se implementó por primera vez el ejercicio de control permanente respecto a cajas de alto interés fiscal. Se han detectado diferencias entre lo declarado por los agentes de aduanas y los valores consignados en las facturas o

documentos anexos; implicando rectificaciones por parte de los declarantes. Se logró suprimir la emisión de formularios de solicitud de permisos de importación ante PROCOMER. Aplicación rígida en la verificación del cumplimiento de los requisitos no arancelarios. Con anterioridad se utilizaban criterios

muy subjetivos y permisivos debido a la ausencia de normativa clara, y tratándose muchas veces de envíos familiares en donde históricamente ha sido muy usual la remisión de chocolates, galletas y alimentos variados.

Implementación de un Pre – Plan Piloto para descentralización de paquetes postales, para reducir la presencia de usuarios en las instalaciones.

Se logró que Correos de Costa Rica diera un paso al frente y expresar su deseo en ser auxiliares de la función pública aduanera. Así lo comunicaron en Consejo de Gobierno.

Se logró elaborar un borrador de Manual de Procedimientos Interno del Puesto de Aduana Postal. Se logró un cumplimiento global excelente en el cumplimiento de las metas establecidas en el PAO 2016.

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HISTORICO DE RECAUDACIÓN EN EL PUESTO DE ADUANA POSTALAños 2014 - 2017

Enero

Febrer

oMarz

oAbril

Mayo

JunioJulio

Agosto

Setiem

bre

Octubre

Noviembre

Diciembre

₡.000

₡10000000.000

₡20000000.000

₡30000000.000

₡40000000.000

₡50000000.000

₡60000000.000

2014201520162017

2014 2015 2016 2017

Enero₡5.887.314,09

₡21.854.074,20

₡35.068.154,01

Febrero₡5.698.334,89

₡13.440.555,20

₡29.423.646,56

Marzo₡7.277.000,45

₡15.007.687,65

₡29.666.458,08

Abril ₡6.001.095,4 ₡30.590.739,

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2 03

Mayo₡9.406.147,08

₡35.597.554,80

Junio₡7.416.126,44

₡37.156.812,88

Julio₡9.714.729,49

₡20.931.310,11

₡32.641.957,38

Agosto₡8.300.000,00

₡25.122.803,60

₡38.018.300,81

Setiembre

₡9.600.000,00

₡22.672.101,05

₡37.412.503,33

Octubre₡11.136.263,20

₡25.649.192,46

₡36.522.756,24

Noviembre

₡11.152.980,87

₡28.227.547,89

₡38.417.211,76

Diciembre

₡9.229.660,34

₡36.724.538,88

₡48.119.556,69

Fuente: Informe del Puesto Postal

Actuaciones actuales:

Actualmente se trabaja en la implementación de un plan piloto para el uso del sistema informático CDS con Canadá y próximamente con Estados Unidos, referente a la transmisión anticipada al arribo, de información relativa a paquetes postales.

Actualmente se valora en la Dirección General de Aduanas una propuesta de Reforma a la Ley General de Aduanas remitida por la Aduana Central a la Dirección Normativa.

Actualmente el Puesto de Aduana Postal se reúne periódicamente con Correos de Costa Rica para la implementación de mejoras en el Servicio.

Cuatro funcionarios del Puesto de Aduana Postal están en capacitación para detección de armas de fuego y punzo cortantes. Actualmente se trabaja en propuestas para sugerir un Acuerdo de Entendimiento entre Correos de Costa Rica y la Dirección

General de Aduanas. Actualmente se trabaja en la implementación de un Plan Piloto para idear la descentralización del Puesto de Aduana Postal

en la atención de usuarios.

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Actuaciones pendientes:

Está pendiente la compra o alquiler de nuevos equipos de Rayos X para aumentar la capacidad de detección. Está pendiente un eventual traslado de instalaciones a un lugar con mayores facilidades y oportunidades de ejercer controles. Está pendiente una reforma integral sobre la normativa legal, y reglamentaria de los envíos postales en Costa Rica. Está pendiente la coordinación con Correos de Costa Rica para iniciar procesos de informatización e inventario de

expedientes. La propuesta iría más allá de una simple reforma.

Se requiere que el Servicio de Paquetería Postal se preste bajo regulaciones estrictas, con obligaciones y requisitos de un auxiliar de la función pública.

Se debe fortalecer la posibilidad de apertura de paquetes postales en presencia de una autoridad de Correos de Costa Rica como representante del destinatario, al tener en custodia sus mercancías.

Se debe informatizar el proceso de selección de paquetes, sin detrimento de la posibilidad de seleccionar paquetes de forma manual.

Se debe establecer una tasa fija según categorías, para todos aquellos paquetes que no serán sometidos a una revisión física.

Se deben valorar la creación de declaraciones aduaneras de oficio simplificadas. 2.2.24 Sobre temas pendientes relacionados con la Gestoría Administrativa y Financiera.

Iniciando mis labores en la Gerencia de la Aduana Central se disponía de un funcionario de la Gestoría Administrativa y Financiera que coordinada funciones de suma importancia para el funcionamiento Administrativo de esa Aduana, sin embargo a partir de octubre del 2016 ese funcionario recibió un ascenso en la Gestoría y a la fecha de este informe no se ha repuesto la plaza, consecuentemente se ha tenido que recargar las labores realizadas por la compañera de Enlace a la Gerencia y a la Secretaria del Departamento Técnico con las tareas que realizada el funcionario de la Gestoría. Se han realizado desde octubre 2016 varias gestiones para solicitar la devolución de esa plaza a la Aduana Central, según se citan oficios AC-G-201-2016 de fecha 28 de setiembre de 2016 y AC-G-022-2017 de fecha 06 de febrero de 2017.

Complementariamente, esta Gerencia ha remitido a la Gestoría Administrativa y Financiera de Aduanas una serie de temas administrativos que se encuentran pendientes en la Aduana Central y que requieren sean abordados por la Gestoría Administrativa y Financiera para el bienestar de los funcionarios de la Aduana, entre ellos que esta Aduana no dispone de reloj marcador para los funcionarios. De conformidad con el oficio AC-G-0197-2016 del 29 de junio de 2016 remitido a la Gestoría Administrativa y Financiera, se citan en el siguiente cuadro los pendientes administrativos de esta Aduana y los oficios que los respaldan:

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SOLICITUD SOLICITADO MEDIANTE OFICIOS

URGENCIA ESTADO

Instalación Reloj marcador (Sistema Biométrico)

AC-GAF-0114-2015 del 27 de julio de 2015

AC-GAF-0158-2015 del 23 de noviembre de 2015

AC-GAF-045-2016 del 19 de mayo de 2016

AC-GAF-064-2016 del 09 de agosto de 2016

AC-GAF-083-2016 del 13 de septiembre de 2016

Después de concluida la remodelación no se volvió a instalar, dado que requiere una reubicación y adaptación del software en dos máquinas, así como el mantenimiento y limpieza del mismo. Inicialmente se adjudicó la reparación sin embargo no dio resultados positivos.

No resuelto

Reparación Hornos Microondas

AC-GAF-070-2016 del 18 de agosto de 2016

AC-GAF-149-2015 del 29 de octubre de 2015

AC-GAF-52-2016 del 16 de junio de 2016

AC-GAF-047-2016 del 19 de mayo de 2016

Tres hornos microondas sufrieron desperfectos. Actualmente existe un solo microondas en el comedor de la Aduana Central.

No resuelto

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SOLICITUD SOLICITADO MEDIANTE OFICIOS

URGENCIA ESTADO

Donación de Vehículo AC-GAF-069-2016 del 17 de agosto de 2016

Se solicita la donación de un vehículo marca Toyota placa PE09-633 ubicada en la Dirección de Bienes y Contratación Administrativa. Dicha solicitud obedece al estado de desuso en que se encuentra el vehículo y a la gran necesidad que tiene esta aduana de contar con vehículos.

No resuelto

Compra material para el recubrimiento de fisuras y goteras en el techo de la Aduana Central.

AC-GAF-062-2016 del 05 de agosto de 2016

AC-G-137-2016 (incidente goteras) del 07 de junio de 2016

Esta solicitud se realiza dado que no se ha aprobado un presupuesto para el cambio de techo en la Aduana. Con la remodelación solo se cubrió una pequeña parte y el área restante sufre de huecos.

Resuelto

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SOLICITUD SOLICITADO MEDIANTE OFICIOS

URGENCIA ESTADO

Inicialmente se realizó una compra de 12 unidades de Duretan, sin embargo no alcanzó para cubrir demás zonas.

Reconstrucción sistema pluvial.

AC-G-136-2016 del 07 de junio de 2016

Respuesta mediante oficio GAF-SNA-189-2016 suscrito por la licenciada Ana Cecilia Madrigal Chaves.

En época de lluvias e inundaciones el sistema de alcantarillado pluvial de la Aduana Central no da abasto, suele bloquearse y en ocasiones hemos tenido que mover equipo y mobiliario para sacar el agua a lo interno, esto sumado a que el piso laminado sufre afectaciones directamente y es irreparable.

En proceso debido a que se espera que la contratación esté lista para el 2017.

Confección contraseña Caja de Seguridad

AC-GAF-027-2016 del 28 de marzo de 2016

AC-GAF-047-

La sección de Garantías de esta Aduana, requiere la confección de

No resuelto

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SOLICITUD SOLICITADO MEDIANTE OFICIOS

URGENCIA ESTADO

2016 del 19 de mayo de 2016

contraseña de una caja de seguridad, así como el llavín respectivo para resguardar los tipos documentales generados en dicha oficina.

Cumplimiento Garantía empresa Bgroup, remodelación Aduana Central

AC-GAF-041-2016 del 16 de mayo de 2016

Aún no hemos recibido la visita de dicha empresa para la ejecución de la garantía. El Departamento de Arquitectura del Ministerio de Hacienda realizó una valoración total del daño y lo trasladó a la proveeduría institucional para el seguimiento del proceso

No resuelto

Faltante suministros Puesto Postal

AC-GAF-046-2016 del 19 de mayo de 2016

Se solicitan suministros de uso diario para el puesto postal. En el caso de las cintas, la proveeduría nos

No resuelto

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SOLICITUD SOLICITADO MEDIANTE OFICIOS

URGENCIA ESTADO

ha facilitado cintas impresas, la Aduana de Peñas Blancas y Limón también facilitaron cintas trasparentes. El resto de los suministros no hansido adquiridos a la fecha del presente oficio.

Reparación sillas ergonómicas|

AC-GAF-096-2015 del 29 de junio de 2015

Son sillas ergonómicas que presentan desperfecto.

No resuelto

Sellos Departamento Normativo

Correo 03 de agosto de 2016 suscrito por Teófilo Alberto Masis Torres Enlace Administrativo

Se solicita sello para el Departamento Normativo

No resuelto

Pintura y demarcación del parqueo

AC-GAF-0105-2015

Se solicita la pintura y demarcación del parqueo del recinto

No resuelto

Reparación Vehículo Placas PE09-720

AC-GAF-0127-2015.

El vehículo presenta problemas de funcionamiento.

No resuelto

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Fuente: Oficio AC-G-197-2016

ADUANA DE CALDERA

Sobre la Prestación de Servicios.

Se presentan algunas de las actividades relevantes, durante mi gestión a fin de garantizar la prestación eficiente de los servicios:

Aprobación y seguimiento de rotaciones de los funcionarios del Departamento Técnico en las diferentes instalaciones de auxiliares de la función pública y en la propia aduana, con el fin del cumplimiento de directrices y normas de control interno.

Reuniones con representantes de los diferentes auxiliares de la función pública, con importadores y representantes de otras entidades dando seguimiento a las acciones de mejora previstas, tanto desde la perspectiva de la facilitación como del control.

DEPARTAMENTO NORMATIVO

En el tema de procedimientos y rectificaciones se tiene al mes de enero de 2017 un total de 1027 expedientes pendientes, desglosados en lo siguiente:

Procedimiento CantidadActos de Inicio 60Actos Finales 80Atención de Recursos 51Atención de Impugns en control inmediato 21

Expedientes Enviados al TAN 41Demás resoluciones (anulaciones, correcciones) 203

Devoluciones 36TOTAL 492

INGRESO DE MERCANCÍAS

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En lo relativo a ingreso de mercancías de julio 2016 y al 30 de enero del 2017, se supervisaron 616 descargas, obteniéndose un total de 120 hallazgos cuyos expedientes fueron remitidos al Departamento Normativo (118 faltantes de mercancía, y sobrantes de mercancía y 2 de otros).

Se tienen al mes de enero 2017 un total de 547 tránsitos pendientes, en este momento objeto de estudio para su finiquito.

Proceso de subasta pública: Se procedió con la valoración y clasificación de gran cantidad de boletas de remate que se encontraban acumuladas. Por otro lado, se asignaron recursos para el incremento en la cantidad de intervenciones para la realización de boletas de remate. Ambas actividades contribuyeron a liberar a los depositarios aduaneros de mercancía bajo control fiscal, así como propiciar el recaudo fiscal. Se realizaron 3 subastas con un monto recaudado de ¢19.178.899.52.

DESPACHO DE MERCANCÍAS

Para el periodo de junio 2016 a enero 2017se asigna vía parámetros de revisión en canal rojo y amarillo un total de 4006 Duas, de las cuales en 269 hubo hallazgos por un total de ¢199.479.962.07

En lo exportación tenemos para ese mismo periodo un total de 5.659 DUAS de exportación y 158 revisiones.

Estado de la autoevaluación del sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado al inicio y al final de la gestión.

En la última evaluación recibida en agosto del 2016 mediante oficio DGA-PC-231-2016, la calificación obtenida por la Aduana Santamaría fue de un 87.51%, ubicándonos en un rango de estable. En respuesta a dicho oficio se remitió el plan de acción de control interno mediante oficio AC-GER-063-2016.

Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, al menos durante el último año.

- El día 28 de octubre de 2.016 y el 14 de diciembre de 2.016 se le envío vía correo electrónico cápsulas a todos los funcionarios relativos a Control Interno.

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.- Respecto al tema de Ambiente de Control, en el Departamento Técnico realizamos una rotación de todos los técnicos todos los meses, cumpliendo así esta importante acción. Igualmente hemos sido respetuosos de la separación y delegación de funciones en cada funcionario con base en el perfil y puesto de cada uno.Igual en la Sección de Depósito, pero este rol es notificado por vía electrónica y por vía escrita a cada uno de los funcionarios colaboradores.En cuanto a la notificación del rol operativo, este se envía vía correo electrónico a cada uno de los funcionarios de la Sección Técnico Operativa, el cual ha sido previamente firmado y sellado por la Gerencia de la Aduana. Ambos roles se notifican a fiscalización por medio del correo [email protected]. Por la estructura misma del Depto. la Jefatura es unipersonal. Todos los funcionarios realizan funciones variadas y previamente asignadas.

- Se procedió a publicar en un lugar estratégico de ingreso a la Aduana , documentación relativa a valores institucionales, la Misión y la Visión.

- Se han enviado a funcionarios de distintas áreas de la Aduana, a las distintas capacitaciones tomando en cuenta el programa de capacitación del CIF, en el mes de febrero se enviaron dos funcionarias de Sección Técnica Operativa a Seminario Nacional sobre el Sistema Armonizado y la Gestión Tarifaria, Fecha de realización 1, 2 y 3 de febrero 2016, funcionarias Iriam Guerrero Micó y Lindy Picado Zeledón capacitación recibida en el CIFH. Mes de junio: Actualización en criterios merceológicos para clasificación de aparatos / equipos electrónicos, maquinaria, aparatos tecnológicos complejos (multifuncionales, tecnologías de transmisión de datos), I edición. Fecha de realización: Del 14 al 17 de junio del 2016. Funcionarias: Lindy Picado Zeledón, y Maribel Arias Sandoval. Mes de agosto: Charla sobre Reforma Fiscal, Fecha de realización 23 y 24 de agosto, lugar: Tributación Puntarenas, funcionario Abraham Villareal Ortiz. Mes de Setiembre- Noviembre, “Gestión y liderazgo en aduanas, I Edición”, patrocinado por CIFH, Fecha de realización: del 26 de setiembre al 26 de noviembre, funcionarios: Manuel Enrique Picado, Iván Cubero Rodríguez, mes de Noviembre “Taller: Manual de Principios Éticos y Valores Compartidos del Ministerio de Hacienda”, Fecha de realización: del 15 al 17 de noviembre, patrocinado por el CIFH, lugar Aduana de Caldera, participantes: personal de Aduana Caldera. Los períodos y temas de capacitación dependen de las disposiciones de la DGA y las programaciones del CIF.

- El día 20 de enero de 2.017 se le envía vía correo electrónico 01 cápsula a todos los funcionarios relativos a la Ética.

- El día 20 de enero de 2.017 se le envía 01 cápsula vía correo electrónico a todos los funcionarios relativos al Manual Institucional de Puestos del Ministerio de Hacienda.

- Con fecha del 29 de noviembre de 2016 y 25 de enero de 2017, la Comisión SEVRI de la Aduana les solicito a las jefaturas vía correo electrónico un proceso que pudiese ser susceptible de la aplicación de la metodología SEVRI

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-El 23 de noviembre de 2016, en reunión con todo el personal en la Sala de Reuniones de la Aduana, el compañero Abraham Villarreal expone el proceso 02 terminado. El proceso 03 no se pudo realizar porque la coordinación del mismo estaba a cargo de una compañera que fue trasladada a la DGA a partir de diciembre de 2016 y otros compañeros de la comisión fueron enviados a vacaciones forzosamente.

-El día 16 de enero de 2017 se les envió vía correo a las jefaturas el PAO-2017 y el 26 de enero se les vuelve enviar indicándoles que lo deben pasar a sus colaboradores, el cual será expuesto a todos los funcionarios por las jefaturas el día 08 de febrero de 2017 en la Sala de Reuniones.

-Se emitieron las respectivas Evaluaciones del Desempeño mediante oficio AC-DT-027-2016.

- Se continua con la costumbre de cada quince o veintidós días o cuando lo requiera el caso, de convocar a todos los colaboradores de las Secciones y Jefatura Departamento Técnico a reunirse a fin de comunicar cambios, estrategias e intercambiar criterios (basados la mayoría de las ocasiones en una reunión previa de la Gerencia con todas las jefaturas), buscando estar todos aplicando un mismo procedimiento y sobre todo en forma oportuna y clara de cada una de las labores por ejemplo el 01/03/2017 se realizó un conversatorio sobre nulidades del Tribunal Aduanero Nacional en conjunto con el Departamento Normativo de Aduanas, Normativa de Caldera y Sección Técnica Operativa de Caldera(Fecha de Comunicado a funcionarios 19/01/2017). Ejemplos: Mandatos Judiciales, cierre de fronteras para Mercancías o Vehículos(se envían escaneado por correo todas las semanas durante el 2016-2017); 20/01/2017 se envió mediante correo electrónico compendio de circulares a acatar para la correcta descripción de mercancías como celulares, electrodomésticos, llantas, zapatos; se envían durante todo el año 2016 y ya en el 2017 circulares por correo de temas como: firmas de TLC, enmiendas Arancel, Valores de referencia llantas, TV; Salvaguarda del arroz, resultados de laboratorio Aduanero, notificaciones de Sentencias; Instrucción sobre expedientes de sancionatorio se comunicó vía correo electrónico los días 05/01/2017 y 19/01/2017. Con fecha 17/01/2017 se remitió formato del PAO 2017

- Se tiene un programa anual de vacaciones para cada uno de los funcionarios, principalmente para aquellos que tienen vacaciones acumuladas producto de periodos anteriores al actual. Se han realizado oficios AC-DT-SD-058-2016 y AC-DT-016-2016(vacaciones 2016); respuesta de circular DGPH-007-2016 oficio 14/12/2016 AC-DT-STO-0621-2016(Vacaciones 2017). Se envió el oficio AC-SUB-GER-090-2016 del 20 de diciembre de 2016 dirigido a Wilberth Cordero con el plan de vacaciones para el año 2017.

- Existe un control mediante registro en un libro de asistencia para efecto de mantener un registro de ingreso y salida de funcionarios. También para aquellos funcionarios que tienen el beneficio de no registrarse y que sus labores son directamente en el edificio de la aduana, el control de ingreso y salida es monitoreado de forma visual. Los registros en el libro de asistencia de los funcionarios que deben de registrar la misma está a cargo de la parte Administrativa.

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Por otro lado aquellos funcionarios que tienen el beneficio de no marcar (registro en el libro), se les monitorea por medio de llamadas. Para los funcionarios que ingresan directamente a los Almacenes Fiscales, se lleva el registro de asistencia mediante la bitácora en los portones de ingreso de cada Almacén Fiscal (en donde se anota tanto el nombre como la fecha, hora e institución a que pertenece); también para aquellos funcionarios que tienen el beneficio de no marcar y que sus labores son directamente en el edificio de la aduana, el control de ingreso y salida es monitoreado de forma visual.

- Las acciones que realiza la Sección Técnica Operativa quedan respaldadas en el TICA por ejemplo aplicación de resoluciones, notificaciones de Dúas; también se lleva el registro de oficios documentalmente en un ampo y libros de asignación expedientes(para el 2017 se implementó vía web de hacienda asignación de oficios), estos oficios son criterios técnicos, envío de documentación al Departamento Normativa, otros Departamentos de la Aduana de Caldera (Técnico, Gerencia, apoyo a la Gerencia), auxiliares de Función Pública(prevenciones, solicitudes de información), respuestas de oficios DGA y departamentos DGA, documentos de respaldo: ubicados en Ampos en Sección Técnica Operativa año 206-2017, libros de apuntes de asignación de oficios 2016, Sistema TICA bases de datos.

- Se mantiene la práctica permanente de registro único de ingreso de documentos a la Aduana.

- Con el ingreso de documentos y gestiones a la Aduana, se hace un oficio ya sea de entrada o salida del bien de la aduana de caldera, para establecer donde está ubicado ese bien.

- Este mismo informe se les remitió a las jefaturas y a todo el personal, así como los logros del PAO-2016

VALORACION DE RIESGOS

Se valoraron los riesgos en los procesos de

1- Proceso de destrucción de las mercancías que se encuentran en Depósito Fiscal.: Mediante AC-SUBGER-036-2016 se le solicita realizar acciones a la Jefatura Técnica, y mediante AC-SUBGER-037-2016 se le envía el proceso terminado a Área de Planificación y Control de la Gestión de la DGA.

2- Cumplimiento de la Normativa vigente de las empresas acogidas al Régimen de Zona Francas y Perfeccionamiento Activo en la jurisdicción de la Aduana de Caldera, mediante AC-SUBGER-080-2016 se le envía el proceso terminado al Área de Planificación y Control de la Gestión de la DGA y mediante oficio AC-SUBGER-CI-001-2016 a la jefatura para que se tomen las acciones correspondientes.

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Principales logros alcanzados durante su gestión de conformidad con la planificación institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado.

Diseño y aprobación del Plan Anual Operativo 2017, con participación activa de todo el equipo gerencial y de los funcionarios aduaneros que hicieron aportes. Es un instrumento simple y sustentado en indicadores, que posibilita su seguimiento. Por medio del Grupo de Apoyo, la Gerencia mantiene su seguimiento sistemático mensual, se analizan los logros de cada una de las actividades, y muestra los datos de manera gráfica, lo que permite una mejor apreciación de los resultados de cara a los ajustes y/o mejoras que se consideren pertinentes.

La Aduana de Caldera, de acuerdo a recaudación general TICA, para el periodo junio 2016 a enero 2017, reporta como recaudación un total de ₡110.724.777.154.06

Paralelamente, la gestión de la aduana en el periodo permitió el recaudo de los siguientes rubros:

Reliquidación de DUAs ₡199.479.962.07

Subasta ₡19.178.899.52

Recaudación Normativa ₡22.564.834.52

Recaudación Fuera TICA ₡311.132.667.83

Estado de los proyectos más relevantes en el ámbito institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, existentes al inicio de su gestión y de los que dejó pendientes de concluir.

Actualmente se tiene bajo la coordinación de la DGA el proyecto del Ferry Puerto la Unión El Salvador – Caldera Costa Rica.

Sugerencias para la buena marcha de la institución o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado, si el funcionario que rinde el Informe lo estima necesario.

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Mantener seguimiento estricto al contenido de la Base de datos de los expedientes de Normativo, que ha mostrado datos diferentes a los expedientes que físicamente mantienen bajo su custodia los funcionarios.

Mantener seguimiento a los expedientes en trámite en el Departamento Normativo, que garantice su trámite en el plazo máximo del artículo 62 LGA. Dar seguimiento a los expedientes del Departamento Normativo, identificados por la gerencia como prioritarios por su importancia fiscal y estado de avance, para asegurar su finiquito lo antes posible.

Dar seguimiento a las funciones realizadas en cada uno de los departamentos, para que sean conformes con el Manual de Puestos vigentes.

Valorar los recursos disponibles que permita separar los funcionarios encargados de la notificación respecto a los encargados de la movilización de personas.

Considerar las limitaciones legales y funcionales que significa reasignar funcionarios de profesional 1b a profesional 2

Dotar de más personal a los al Departamento Normativo, principalmente de Abogados y al Departamento Técnico de Profesionales en Aduanas.

Continuar la coordinación con las demás Aduanas, para que la Sección Deposito de la Aduana Caldera, pueda reducir la cantidad de viajes pendientes de cancelar.

Continuar el esfuerzo realizado por la aduana por identificar y dar seguimiento a los expedientes remitidos por la Policía de Control Fiscal.

Brindar seguimiento a los requerimientos informáticos remitidos por la Aduana para mejora del TICA, y que a su vez constituyen elementos para facilitar el quehacer aduanero.

Estado actual de cumplimiento de las recomendaciones que durante su gestión le hubiera formulado la respectiva Auditoría Interna.

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Mediante AC-SUB-GER-087-2016 la Aduana contesta el DGA-PC-357-2016 que se refiere al Informe de Control Interno sobre la evolución de los procesos administrativos de la Aduana de Caldera en donde remiten el informe DGAI-INF-022-2016

ADUANA LA ANEXIÓN

A continuación procedo a mencionar los principales resultados de Aduana La Anexión:

Suministrar información detallada a la Dirección de Gestión de riesgo, que permita la definición o actualización de criterios de riesgo para la inspección de mercancías.

Supervisiones aleatorias de las labores en los controles de ingreso y salida de la Aduanas para corroborar el cumplimiento de los procedimientos.

Aplicar las medidas de control correspondientes para velar por el cumplimiento de las normas de seguridad y de la propiedad intelectual.

Estado de la autoevaluación del sistema de control interno institucional o de la Dirección General, Dirección, División, Departamento, Unidad, Área o Procesos de trabajo, a su cargo, según corresponda al Jerarca o Titular Subordinado al inicio y al final de la gestión.

El resultado de participación en el ejercicio de autoevaluación es de 65.50%

Ambiente de control …………….76.60%

Valoración del Riesgo……………64.00%

Actividades de control……………75.00%

Sistemas de información…………73.91%

El resultado de la autoevaluación de control interno en forma general, ubican esta Aduana en una condición de aceptable.

Por lo que se establece un plan para la mejora de la autoevaluación de control Interno.

ACTIVIDADES DE CONTROL

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Revisión de los manuales de procedimientos.

Mediante oficio ANEX-054-2016, se notifica al Jefe del Departamento Técnico verificar la existencia y actualización de los manuales de procedimientos.

El día 03-05-2016, se remite a todos los funcionarios de Aduana La Anexión, por correo electrónico el archivo digital actualizado del Manual de procedimiento y se notifica la ubicación donde permanece impreso en caso de consulta.

Se remite Propuesta a la Dirección de Gestión Técnica para establecer procedimiento para el Control de mercancías u objetos olvidados en los aviones comerciales y privados,

Actualización de los registros de los roles de trabajo en cada departamento, previniendo la ausencia de funcionarios.

La reducida nómina de personal no permite establecer de previo una contingencia por la ausencia de un funcionario. Por lo que de presentarse se comunica en forma inmediata con el Jefe del Departamento, quien coordina para que no se afecte la atención de usuarios de esta Aduana.

Reuniones mensuales con todo el personal de la Aduana.

Evaluación de los espacios y medios de custodia de los bienes.

AMBIENTE DE CONTROL

Divulgar por parte de los encargados de control Interno de los manuales de ética, actividades de control a la corrupción y control Interno.

El 20-04-2016 en reunión con todo el personal, se divulga el sistema de actividades de control de riesgo asociados a la corrupción, conflicto de intereses e idoneidad técnica en el SNA.

Se realiza un plan y registro de capacitación con información suministrada por los funcionarios y por el Centro de Investigación y Formación Hacendaria mediante oficio CIFH-DFC-204-2016.

SISTEMAS DE INFORMACION

Diagnósticos de los archivos y espacios destinados para este rubro.

Desde el año 2014 se están haciendo remisiones de documentación en coordinación con la Gestoría Administrativa y Financiera de la Dirección General de Aduanas, ya que esta Aduana no cuenta con instalaciones ni espacio para este rubro.

Principales logros alcanzados durante la gestión de conformidad con la planificación institucional o de la Dirección General,

1. Facilitar el ingreso y salida de mercancías, vehículos y personas del territorio nacional que utilizan producto del comercio.

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El 90% del personal recibió capacitación para ejercer mejores prácticas de comercio internacional que propicien una mayor recaudación de impuestos y seguridad jurídica al usuario.

2. Ejercer el control Aduanero Oportuno y Eficaz y la justa recaudación.

Incremento en la recaudación en un 35% respecto al año 2015.

Recaudación 2015 387 millones

Recaudación 2016 434 millones

Control y seguimiento de mercancías en condición de abandono

Se realizan dos subastas: 15-03-2016 y 07-11-2016

3. Fortalecer las capacidades de detección en operaciones de comercio exterior que atentan contra la seguridad y protección del país.

Declaraciones voluntarias de viajeros que portaban más de $10.000, según lo establecido en el artículo 35 de la Ley N°8204.

Acta N°01-2016 del 30-03-2016 Declaración #005014, por $15,806.00

Acta N°02-2016 del 11-05-2016 Declaración #005015, por $10.326.00

Acta N°01-2017 del 17-01-2017 Declaración #005016, por $32.000.00

Acta N°02-2017 del 30-01-2017 Declaración #005017, por $30.000.00

Retención de dinero por incumplimiento a lo establecido en el artículo 35 de la Ley 8402

Acta N°03-01-2017, monto retenido $19,900.00

Información que se remite al Instituto Costarricense sobre Droga

Participación activa en el Ejercicio Regional "Control Intensificado de Trasiego de dinero e Instrumentos financieros"; que se llevó a cabo durante los días 13 y 14 de octubre del 2016. Se verificó que los Totems estuvieran bien ubicados y que se diera un constante voceo durante la operativa de los vuelos tanto ingresando como saliendo del país. Es importante indicar

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que esta Aduana revisa el 100% del equipaje que ingresa al país a través de los 3 scanner que se encuentran en el área de equipajes.

4. Sistemas de actividades de control de Riesgo de Corrupción, Conflicto de Intereses e Idoneidad Técnica.

Se Programaron supervisiones aleatorias de las labores en los controles de ingreso y salida de las Aduanas para corroborar el cumplimiento de los procedimientos, realizando un total de 12 actas de supervisión.

El 04-08-2016, se realiza la primera reunión de coordinación entre los representantes de las instituciones del Estado del Aeropuerto internacional Daniel Oduber Quirós. Liderada por el Gerente de Aduana La Anexión, para tratar temas de interés institucional como por ejemplo, control, seguridad y transparencia en las acciones, legislación y coordinación ante eventuales operativos. Representante que participaron en esta primer reunión:

Otto Arrieta –Policía Aeroportuaria –Ministerio de seguridad Pública

Wilson Céspedes Sibaja – Dirección General de Aduanas –Ministerio de Hacienda.

Julio Pizarro G- MAG/SFE- Ministerio de Agricultura y Ganadería

Luis Obando –DIS- Ministerio de la Presidencia

Edwin Serrano – MAG-SFE- Ministerio de Agricultura y Ganadería

Limberg Murillo – PCD Ministerio de Seguridad Pública.

Comentarios y observaciones

Es importante indicar que tanto la Gerencia como la jefatura del Departamento Técnico han estado realizando labores de supervisión y acompañamiento en los distintos puestos de control de la Aduana, obteniendo con ello mejores hallazgos en el área de equipajes, reliquidaciones de Duas, mejores controles en supervisiones de descarga.

La Aduana ha tomado liderazgo y coordinación institucional a nivel del Comité de Seguridad del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós.

Se han solicitado cámaras a CORIPORT para mejorar los controles en el área de Aduanas del Aeropuerto.

Se ha hecho énfasis en todas las reuniones con las jefaturas el tema de la ética y honestidad.

CORIPORT tiene como proyecto brindar mejores condiciones dentro del Aeropuerto en relación a la infraestructura para los funcionarios de la Aduana la Anexión.

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ADUANA LIMON

Denuncias ante el Ministerio Público (MP) Desde el 2015 a la fecha, se han puesto 4 denuncias relacionadas con los Derechos de Propiedad Intelectual, actualmente en trámite en los Tribunales de Justicia en Limón.

Procesos relacionados con denuncias por robo de contenedores con mercancías Años 2015 y 2016 - 4 Procedimientos Ordinarios iniciados por un monto global de ¢148106783,50 - 4 casos pendientes de iniciar. - 1 caso archivado por monto exiguo

Años anteriores - 3 Procedimientos Ordinarios finiquitados y pagados en el año 2016 por un monto global de ¢135461778,21

Recaudación Recaudación Año 2015: ¢345.242.340.761,00 Recaudación Año 2016: ¢344.134.251.381,29 Recaudación Enero 2017: ¢ 61.080.280.860,42 (acumulado a febrero)

Reliquidaciones Año 2015: ¢134.713.118,31 Año 2016: ¢ 61.488.310,86 Año 2017: ¢ 2.337.919,59 (acumulado a febrero)

Autoevaluación de la Aduana. Fortalezas

Oportunidades Debilidades Amenazas

Ubicación geográfica.Recurso Humano

Oferta de cursos de capacitación y formación del

Necesidad de recursos materiales que sirvan de apoyo

Incumplimiento de las obligaciones por parte de la autoridad

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profesionalizado y capacitado.Conformación de varias comisiones, donde se destaca la

personal aduanero impartidos por el CIFH y organismos internacionales como el BID, OMA, entre otros.

a los diferentes procesos que se realizan.

portuaria.Conflictos que surjan en la

Comisión deUsuarios de Limón y las mesas de trabajo de JAPDEVA.Proximidad de los auxiliares de la Función Pública aduanera.Implementación de directrices que tienden a incrementar control sobre las operaciones aduanerasConsolidación de la actividad comercial en el Puesto Aduanero de Sixaola.

Aplicación del SEVRI a los procesos seleccionados, a efectos de lograr un servicio de calidad.Establecimientos de auxiliares de la función pública aduanera que ofrecen la prestación de más servicios aduaneros generando más opciones de comercio.La construcción en el puerto de Moín de la terminal especializada en contenedores por la empresa APM Terminals.

Necesidad de más recurso humano que permita fiscalizar las zonas de operación aduanera y a los auxiliares de la función pública.La ausencia de filtros como herramienta informática, que permita a nivel de la Aduana, obtener estadísticas que coadyuven a la toma de decisiones.

Provincia o en el país y que repercuten en los procesos aduaneros.La reducción de aranceles de importación producto de las políticas internacionales que afecta la recaudación.Desastres naturales que afectan la operatividad de la Aduana.Falta de carreteras en buen estado y más seguras, lo que hace que el traslado de mercancías sea mucho más lento de lo normal.

Principales cambios realizados - Modificación de los horarios y modificación de roles de trabajo como consecuencia de falta de presupuesto para el pago de tiempo extraordinario. Resolución RES-DGA-DGT-006-2016 vigente desde el 02-02-2017 para todas las aduanas.

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Dentro de las acciones importantes ejecutadas, podrían indicarse las siguientes: - Análisis de Manifiesto, Acompañamientos y Supervisión de DUAs de Importación Definitivas con revisión física o documental, puesta en práctica mediante oficio AL-G-697-2015 del 26 marzo 2015 de la Gerencia Aduana Limón. - Puesta en práctica del Protocolo de Coordinación, Alertas Análisis de Manifiesto de la Dirección de Riesgo a partir del 10 abril 2015. - Depuración de inventarios en depositarios, con la realización de subastas públicas de mercancías en abandono. Asignación de ejecutivos de cuenta y atención oportuna e inmediata de las operaciones de comercio de Operadores Económicos Autorizados PROFAC. - Atención de solicitudes de importaciones temporales de equipo para ser utilizado en la construcción de la Ruta 257, puente a cuatro carriles desde la Ruta 32 hasta la TCM de APM. - Integración de la Comisión de Seguridad para la atención del Robo de Contenedores, encabezada JAPDEVA. - Integración de la Comisión de Robo de Café, encabezada del MAG.

Entre los logros más sobresalientes están: - Atención inmediata de los expedientes recibidos de la PCF - Atención inmediata de las denuncias recibidas. - Atención satisfactoria de huelgas en los Puertos Hernán Garrón de Limón y Gastón Kogan de Moín (2014 y 2015). - Coordinación y atención exitosa de cruceros que han hecho de Puerto Limón un destino de embarque y desembarque de turistas. - Atención inmediata de operaciones de las empresas en Zona Franca y Perfeccionamiento Activo que lo requieran. - Supervisión y Mantenimiento de expedientes activos en la Aduana, impulso que se le dio a los expedientes activos prescritos o prontos a prescribir.

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ANEXO 1

EXPEDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN REMITIDOS AL MINISTERIO PÚBLICO.

No. de oficio con el que se interpone la denuncia y fecha de presentación de la misma

No. Expediente Instancia Judicial

Número de Expediente de la Aduana

Despacho Judicial

No. y fecha Declaración Aduanera

Imputado

Delito perseguido

Estado Actual con corte a (fecha)

Monto de los tributos dejados de percibir

DF-03-2014 del 07/01/2014

14-000079-305-PE

DF-DEN: 001-2013

Fiscalía de Alajuela

005-2010-001216

Falsedad ideológica, falsificación de documentos privados, uso de documento falso

Desestimación el 13/05/2014 (corte a nov 2015)

₡681.263,70

DF-40-2014 del 28/02/2014

14-000777-305-PE

DF-DEN: 46-2012

Fiscalía de Alajuela

006-2012-120226, 005-2012-316103

Falsedad ideológica, falsificación de documentos privados, uso de documento falso

Sobreseimiento definitivo del 25/02/2015. (corte a nov 2015)

₡943.899,18

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DF-089-2014 del 07/04/2014

14-000012-618-PE

DF-FE-AE-028-2013

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2010-129172, 005-2010-398274, 005-2010-214990

Falsedad ideológica, falsificación de documentos privados, uso de documento falso y ocultamiento o destrucción de información

En trámite a cargo de Lic Jose Pablo Venegas (corte a nov 2014). / Suspensión del proceso a prueba el 01/07/2015 del Juzgado Penal del II circuito (corte a ene 2016). igual (corte jun 2016)

₡6.338.062,21

DF-116-2014 del 05/05/2014

14-000847-472-PE

DF-DEN-002-2012

Fiscalía Limón / Económicos Tributarios y Aduaneros

006-2011-055206/ 055218/055225/055226 /064045 /064046/064187/086025, 006-2012-006750 /006767 /006779/006793/006716/006734/006743/027282/157168

Falsedad ideológica, falsificación de documentos privados, uso de documento falso.

En trámite (corte a ene 2016) / en trámite (corte jun 2016)

₡29.272.358,52

DF-174-2014 del 27/06/2014

14-001194-472-PE14-

DF-FE-AE-029-2012

Fiscalía Limón / Económicos

006-2012-063072

Falsedad ideológica, falsificación de documentos

Recepción de denuncia / El 22/07/2014

₡4.910.223,55

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000001-0618-PE

Tributarios y Aduaneros

privados, uso de documento falso y ocultamiento o destrucción de información

se remite expediente por incompetencia a Económicos. / Acumulada a la causa N° 14-000001-0618-PE, la cual tiene auto de apertura a juicio desde el 05-10-2015 (corte a feb 2016) / igual (corte jun 2016)

DF-225-2014 del 13/08/2014

14-003042-305-PE

DF-DEN-OP: 16-2014

Fiscalía de Alajuela

005-2014-247409

Falsedad ideológica, falsificación de documentos privados, uso de documento falso.

En trámite Lic. Ada Rut Perez (corte a ene 2015) / Sobreseimiento definitivo el 28/07/2015 (corte a nov 2015)

DF-371-2014 del 08/12/2014

14-004571-305-PE

DF-DEN-003-2013

Fiscalía de Alajuela

005-2011-79450, 005-2011-124459, 005-2011-

Uso de documento falso

Cancelan adeudo y autoliquidan multa en

₡11.044.057,15

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148215, 005-2011-199331, 005-2011-227864, 005-2011-355515, 005-2012-033536, 005-2012-224552, 005-2012-258905, 005-2012-276409, 005-2012-298580, 005-2013-055645, 005-2013-070340

regularización. Recepción de denuncia / En trámite Lic. Isabel Ugalde (corte a ene 2015) / En trámite con Lic. Angelita Valerio (corte a nov 2015) / Fiscalía solicita expediente y se entrega el 16/03/2016 (corte a mar 2016) / En trámite Lic. Isabel Ugalde (corte a oct 2016)

DF-365-2014 del 04/12/2014

14-000053-618-PE

DF-FE-AE-004-2013

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaner

003-2011-049178, 003-2011-75295, 003-2011-96733, 003-2012-014142, 003-2012-014143, 003-

Contrabando, falsedad ideológica, Falsificación de documento público y auténtico y uso de documento

Lic. Andrina Guillén solicita información a esta Dirección el 03/06/2015 corte a junio

₡47.288.689,53

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os 2012-24426, 003-2012-37224, 003-2012-41462, 003-2012-48903, 003-2012-71738, 003-2012-79514, 003-2012-83525, 003-2012-87851 y 003-2012-96195

falso 2015. / en trámite (corte a ene 2016) / en trámite (corte jun 2016)

DF-375-2014 del 11/12/2014

15-000048-472-PE

DF-FE-AE-033-2013

Fiscalía Limón / Económicos Tributarios y Aduaneros

006-2012-011149, 006-2012-059493, 006-2012-104083, 006-2012-104083, 006-2012-151243, 006-2013-004462, 006-2013-036043, 006-2013-067023, 006-2013-080375, 006-2013-114867, 006-2013-148494, 006-2013-184148, 006-2014-012830, 006-2014-033246 y 006-2014-

Falsedad ideológica, Falsificación de documento público y auténtico y uso de documento falso

Entrega de denuncia / Traslada a económicos el 25/06/2015 por incompetencia. / El 24/11/2015 se recibe llamada de Procuraduría indicando que en audiencia preliminar del 09/11/2015 el imputado solicitó Medida

₡15.522.127,72

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049539 Alterna (plan reparador es cancelar un 30% más del adeudo y obra comunitaria), por lo que enviarán el plan reparador para que Hacienda se pronuncie corte a nov 2015. / Se dictó una suspensión del proceso a prueba el día 01/02/2016 (corte a feb 2016) Suspensión de proceso a prueba (corte a jun 2016)

DF-93-2015 del 17/03/2015

15-000024-618-PE

DF-FE-AE-003-2013

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributari

N/A Contrabando Entrega de denuncia el 24/03/2015 / En trámite (corte a ene 2016) / En

₡80.968.873,69

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os y Aduaneros

trámite (corte a ene 2016) / Procuraduría valora aplicar medida alterna se da respuesta con oficio DF-FE-AE-027-2017 indicando el 30% de daño social. (corte a ene 2017)

DF-95-2015 del 19/03/2015

15-000023-618-PE

DF-FE-AE-016-2014

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2014-193176, 005-2014-207454, 005-2014-208417, 005-2014-210895, 005-2014-214332.

Defraudación fiscal

Entrega de denuncia el 24/03/2015. / En trámite (corte a ene 2016) / En trámite (corte e jun 2016)

₡31.517.932,68

DF-125-2015 del 14/04/2015

15-000039-618-PE

DF-DEN-OP: 28/36-2012

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2011-148690, 005-2011-396562, 005-2011-312312, 005-2011-316615, 005-2011-354308, 005-2011-255918,

Uso documento falso

Entrega de denuncia el 15/04/2015. / En trámite (corte a ene 2016) / En trámite (corte jun 2016)

₡1.268.705,33

Edificio la Llacuna, Avenida Central y Avenida 1, calle 5 San José, Costa Rica - Tel:(506)2522-9329 www.hacienda.go.cr

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005-2011-241197, 005-2011-104605, 005-2011-185650, 005-2011-447988, 005-2011-433108.

DF-137-2015 del 23/04/2015

15-001755-305-PE

DF-FE-AE-026-2014

Fiscalía de Alajuela

005-2014-004007

Falsedad ideológica, Falsificación de documento privado y uso de documento falso

Imputado fue indagado, Lic Randall González, corte a mayo 2015. / Sobreseimiento definitivo el 25/06/2015 (corte a nov 2015)

₡367.141,02

DF-181-2015 21/05/2015

15-001932-305-PE

DF-DEN-OP: 015-2012

Fiscalía de Alajuela / Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduanero

005-2011-345929

Uso de documento falso

Se remite a Fiscalía de delitos Económicos el 08/06/2015 (corte a nov 2015). / En trámite (corte a ene 2016) / En trámite (corte jun 2016)

₡5.360.252,18

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DF-255-2015 17/07/2015

15-000068-618-PE

No indica Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

Varios Duas Defraudación fiscal

En trámite (corte a ene 2016) / en trámite (corte jun 2016)

₡473.397.016,05

DF-252-2015 del 21/07/2015

15-000063-618-PE14-000055-618-PE

DF-DEN-OP: 012-2014DF-DEN-OP: 019-2014DF-DEN-OP: 020-2014

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2014-000623, 005-2014-001828, 005-2014-006635, 005-2013-051994, 005-2013-249932.

Uso de documento falso.

Entrega de denuncia el 23/07/2015, acumulada a la 14-000055-618-PE el 28/08/2015 Lic. Rolando Brenes. / En trámite corte a ene 2016. / En trámite (corte jun 2016)

₡52.903.791,73

DF-279-2015 del 17/08/2015

15-00069-618-PE

DF-DEN-EE: 03-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2014-167054, 005-2014-186057, 005-2014-154929, 005-2014-151373, 005-2014-131434, 005-2014-145165, 005-2014-

Contrabando, falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

Entrega de denuncia de 18/08/2015. / En trámite corte a ene 2016. / En trámite (corte jun 2016)

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120866, 005-2014-106497, 005-2014-086172, 005-2014-089411, 005-2014-082046, 005-2014-062539, 005-2014-051137, 001-2014-005711, 001-2014-004782, 001-2014-006368, 001-2014-007767, 001-2014-008594, 001-2014-009575, 001-2014-004927, 001-2014-009729, 001-2013-087267, 001-2013-085634, 001-2013-086512, 001-2013-087266, 001-2013-085407, 001-2013-084037, 001-2013-084955, 001-2013-083104, 001-2013-082948,

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001-2013-082526, 001-2013-080812, 001-2013-084414, 001-2013-078578, 001-2013-078427, 001-2013-071207, 001-2013-070174, 001-2013-045926.

DF-284-2015 del 26/08/2015

15-000073-618-PE

DF-DEN: 23-2013

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduanero / Fiscalía de Alajuela

001-2013-064876

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

En trámite Lic. Andrina Guillén. / Remitido a la Fiscalía de Alajuela. 29-09-2015 (corte a ene 2016) / En investigación Lic. Lilliana Solórzano (corte a oct 2016)

₡199.438,16

DF-285-2015 del 26/08/2015

15-003337-305-PE

DF-DEN: 23-2013

Fiscalía de Alajuela

005-2013-421798, 005-2013-134962, 005-2013-178419, 005-2013-204500, 005-2013-320378.

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

Entrega denuncia el 03-09-2015 / En trámite Lic. Ana Mercedez Morera (corte a nov 2015) / Para

₡2.512.728,53

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comunicar a partes sobreseimiento definitivo del 12/10/2016 (corte a oct 2016)

DF-309-2015 del 14/09/2015

15-000076-618-PE

DF-DEN: 050-2012

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

Defraudación fiscal

En trámite (corte a ene 2016) / en trámite (corte jun 2016)

₡34.276.366,37

DF-333-2015 del 07/10/2015

15-003975-305-PE

DF-DEN: 007-2014

Fiscalía de Alajuela / Fiscalía de Fraudes I Circuito SJ

005-2013-91191

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

Se remite a Fiscalía de Fraudes el 29/10/2015 (corte nov 2015) / Se traslada por incompetencia a Fiscalía I Circuito de SJ el 29/10/2015 (corte a oct 2016)

₡4.955.410,00

DF-376-2015 del 06/11/2015

15-000091-0618-PE

DF-FE-AE-019-2013

Fiscalía de Delitos

006-2012-043826, 006-2012-099615,

Defraudación fiscal

En trámite (corte a ene 2016) / en

₡61.000.837,82

Edificio la Llacuna, Avenida Central y Avenida 1, calle 5 San José, Costa Rica - Tel:(506)2522-9329 www.hacienda.go.cr

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Económicos, Tributarios y Aduaneros

006-2012-144347, 006-2012-193181, 005-2013-112182, 006-2013-017382, 006-2013-061771, 006-2013-072109, 006-2013-119671, 006-2013-164936.

trámite (corte jun 2016)

DF-09-2016 del 14/01/2016

16-000295-305-PE

DF-DEN: 002-2015

Fiscalía de Alajuela

005-2013-015471

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

Entrega el 15/01/2016 / En trámite por Lic. Ana Mercedez (corte feb 2016) / Para comunicar a partes sobreseimiento definitivo del 12/10/2016 (corte a oct 2016)

₡2.104.252,19

DF-057-2016 del 07/03/2016

16-000010-621-PE

DF-FI-EXP-004-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y

N/A Contrabando En trámite (corte a jun 2016)

₡191.473.874,81

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Aduaneros

DF-071-2016 del 17/03/2016

16-000018-621-PE

DF-FE-AE-018-2014

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

006-2013-130048, 006-2013-141453, 006-2013-141457, 006-2013-188297

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica, uso de documento falso y Ocultamiento o destrucción de información

En trámite (corte a jun 2016)

₡2.685.947,70

DF-073-2016 del 28/03/2016

16-001351-305-PE

DF-DEN: 048-2012

Fiscalía de Alajuela

vehitur 562-2010, 38035-2010, 34124-2010, 27867-2011, 66470-2010, 19223-2011.

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

En trámite Lic Isabel Ugalde (corte oct 2016)

DF-104-2016 del 29/04/2016

16-000024-621-PE

DF-DEN-OP: 002-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

006-2016-037340 ***

Contrabando En trámite (corte jun 2016)

₡100.677.421,76

DF-105-2016 del 29/04/2016

16-000025-621-PE

DF-DEN-OP: 003-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributari

006-2016-054162 y 006-2016-054166 ***

Contrabando En trámite (corte jun 2016)

₡44.589.505,03

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os y Aduaneros

DF-131-2016 del 17/05/2016

16-000029-621-PE

DF-DEN-OP: 004-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2016-198018

Defraudación Fiscal

En trámite (corte jun 2016)

₡17.250.706,50

DF-134-2016 17/05/2016

16-000030-621-PE

DF-FE-AE-012-2013

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2012-275164, 005-2012-275207,005-2012-289966, 005-2012-290043, 005-2012-290114, 005-2012-299296 , 005-2012-299308, 005-2012-299318, 005-2012-299997, 005-2012-300008, 005-2012-317268, 005-2012-317305, 005-2012-317367, 005-2012-317457, 005-2012-348051,

Defraudación Fiscal

En trámite (corte jun 2016)

₡787.101.595,48

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005-2012-348073, 005-2012-348104, 005-2012-361733, 005-2012-361787, 005-2012-361875, 005-2012-373657, 005-2012-386471, 005-2013-386527, 005-2012-386781,005-2012-386840, 005-2012-389141, 005-2012-409165, 005-2012-409299, 005-2012-409629, 005-2012-409664, 005-2012-409849, 005-2012-413647, 005-2012-433232, 005-2012-433292, 005-2012-433347005-2012-433410,005-2012-433545,005-

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2012-448644, 005-2012-450093, 005-2012-450107, 005-2012-462448, 005-2012-462501, 005-2012-462630, 005-2012-465630, 005-2012-465127, 005-2012-465201, 005-2012-465237005-2012-467388, 005-2012-487713, 005-2012-487755, 005-2012-487808, 005-2012-507340, 005-2012-507369, 005-2012-512216, 005-2012-512308, 005-513393

DF-140-2016 del 23/05/2016

16-000035-621-PE

31-DCP-AI-2013

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y

005-2013-116206, 005-2013-130812, 005-2013-144310, 005-2013-194931, 005-2013-

Defraudación Fiscal

En trámite (corte jun 2016)

₡89.419.834,48

Edificio la Llacuna, Avenida Central y Avenida 1, calle 5 San José, Costa Rica - Tel:(506)2522-9329 www.hacienda.go.cr

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Aduaneros

227547, 005-2013-244379, 005-2013-248872, 005-2013-258885, 005-2013-270409, 005-2013-380426, 005-2013-365463, 005-2013-384192, 005-2013-489082, 005-2013-495371

DF-141-2016 del 24/05/2016

16-002235-305-PE

DF-DEN: 034-2012

Fiscalía de Alajuela

Falsificación de documentos públicos y auténticos y uso de documento falso

En trámite Lic Isabel Ugalde (corte oct 2016)

DF-153-2016 01/06/2016

16-000038-621-PE

DF-DEN-OP-005-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

Defraudación Fiscal

En trámite (corte jun 2016) / Se presenta ampliación con DF-47-2017 el 02/02/2017 /

₡5.440.932,92

DF-164-2016 del 06/06/2016

16-000042-621-PE

DF-DEN-OP-006-2016

Fiscalía de Delitos Económi

005-2016-229114

Falsificación de marcas

En trámite (corte jun 2016)

Edificio la Llacuna, Avenida Central y Avenida 1, calle 5 San José, Costa Rica - Tel:(506)2522-9329 www.hacienda.go.cr

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cos, Tributarios y Aduaneros

DF-167-2016 del 08/06/2016

16-000041-621-PE

DF-DEN-OP-007-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2016-233380

Falsificación de marcas

En trámite (corte jun 2016)

DF-172-2016 del 14/06/2016

16-000047-621-PE

DF-DEN-OP-083-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2016-244677

Falsificación de marcas

Se traslada al juzgado Alajuela solicitud de desestimación el 06/08/2016 (corte dic 2016)

DF-213-2016 del 13/07/2016

16-000056-621-PE

DF-DEN-EE-09-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

Ocultamiento o destrucción de información

En trámite / (corte dic 2016)

DF-228-2016 del 27-07-2016

16-000061-621-PE

DF-DEN-EE-013-2015

Fiscalía de Delitos

001-2013-859, 001-2013-860, 001-2013-

Defraudación Fiscal

En trámite / (corte dic 2016)

₡64.091.324,17

Edificio la Llacuna, Avenida Central y Avenida 1, calle 5 San José, Costa Rica - Tel:(506)2522-9329 www.hacienda.go.cr

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Económicos, Tributarios y Aduaneros

15962, 001-2013-15963, 001-2013-24087, 001-2013-24088, 001-2013-31055, 001-2013-31057, 001-2013-36126, 001-2013-36091, 001-2013-36092, 001-2013-36127, 001-2013-40577, 001-2013-40578, 001-2013-40579, 001-2013-40580, 001-2013-45496, 001-2013-45497, 001-2013-45512, 001-2013-76988, 001-2013-76990, 001-2013-76993, 001-2013-77002, 001-2013-77892, 005-2014-83566, 001-2014-15423,

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001-2014-15426, 001-2014-15427, 001-2013-15430, 001-2014-5433, 001-2014-15424, 001-2014-15425, 001-2014-12428, 001-2014-15429, 001-2014-15431, 001-2014-15432, 001-2014-18445, 001-2014-18446, 001-2015-11496, 001-2015-11497, 001-2015-11499, 001-2015-11501, 001-2015-11502, 001-2015-11503, 001-2015-11504, 001-2015-11498, 001-2015-11500, 001-2015-11810, 001-2015-11812, 001-

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2015-12830, 001-2015-12843, 001-2015-12840, 001-2015-12482, 001-2015-13800, 001-2015-13799, 001-2015-16411, 001-2015-41314, 001-2015-41320, 001-2015-41322, 001-2015-46544, 001-2015-46545, 001-2015-46540, 001-2015-46876, 001-2015-47504, 001-2015-47557, 001-2015-48038, 001-2015-54420, 001-2015-54421, 005-2015-364451.

DF-229-2016 de 28/07/2016

DF-FE-AE-001-2015

Fiscalía de Delitos Económicos,

005-2013-529087, 005-2014-024275, 005-2014-040051, 005-

Contrabando ₡19.905.994,70

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Tributarios y Aduaneros

2014-068276, 005-2014-105394, 005-2014-126511, 005-2014-128754, 005-2014-206041, 005-2014-206100, 005-2014-207578, 005-2014-232626, 005-2014-313362, 005-2014-318440, 005-2014-331594, 005-2014-334341, 005-2014-396987, 005-2014-419852, 005-2014-436838, 005-2014-440812, 005-2014-452159, 005-2014-469997, 005-2014-496746.

DF-234-2016 de 01/08/2016

16-000062-621-2016

DF-DEN: 008-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y

005-2015-223819

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento

En trámite / (corte dic 2016)

₡1.360.615,19

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Aduaneros

falso

DF-260-2016 de 22/08/2016

16-000067-621-PE

no hay Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2013-363147

Por definir ₡0,00

DF-269-2016 de 29/08/2016

16-000078-621-PE

DF-DEN-EE: 004-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2014-550921, 005-2014-539591, 005-2014-540748, 005-2014-535808, 005-2014-535267, 005-2014-531169, 005-2014-531130, 005-2014-52882, 005-2014-521069, 005-2014-512832, 005-2014-510984, 005-2014-490802, 005-2014-457881, 005-2014-327037

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

Se traslada al Juzg Penal de Pavas con solicitud de desestimación el 16/10/2016

₡0,00

DF-270-2016 de 30/08/2016

16-000074-621-PE

DF-DEN-OP: 011-2016

Fiscalía de Delitos

005-2016-293023

Falsificación de documento privado,

En trámite / (corte dic 2016)

₡0,00

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Económicos, Tributarios y Aduaneros

falsedad ideológica y uso de documento falso

DF-278-2016 de 05/09/2016

16-000077-621-PE

DF-DEN-OP: 009-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

006-2016-051416

Contrabando En trámite / (corte dic 2016)

₡10.277.549,26

DF-343-2016 de 28/09/2016

16-000088-621-PE

DF-DEN-EE: 12-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2013-095068

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

En trámite / (corte dic 2016)

₡6.478.471,97

DF-339-2016 del 27/09/2016

16-000091-621-PE

DF-DEN-016-2014

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

001-2013-075726

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

En trámite / (corte dic 2016)

₡2.229.563,85

DF-438-2016 del

16-000098-

DF-DEN-OP: 012-

Fiscalía de

005-2016-478310

Falsificación de marcas

₡0,00

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01/11/2016 621-PE 2016 Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

DF-440-2016 del 01/11/2016

16-000099-621-PE

DF-DEN-OP: 003-2016

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2016-022332

Defraudación Fiscal Aduanera

₡37.507.917,56

DF-468-2016 del 06/12/2016

16-000115-621-PE

DF-DEN-15-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2014-28821, 005-2014-33087, 005-2014-78677, 005-2014-397577, 005-2014-64281, 005-2015-91633, 005-2015-177564, 005-2015-183087, 005-2015-200639

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y uso de documento falso

En trámite / (corte dic 2016)

₡0,00

DF-477-2016 del 05/12/2016

16-000114-621-PE

DF-FE-AE-025-2014

Fiscalía de Delitos Económicos,

005-2013-013285, 005-2013-101557, 005-2013-115733, 005-

Falsificación de documento privado, falsedad ideológica y

En trámite / (corte dic 2016)

₡7.761.033,81

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Tributarios y Aduaneros

2013-132537, 005-2013-215021, 005-2013-241891, 005-2013-254257, 005-2013-318407, 005-2013-339109, 005-2013-379062, 005-2013-400385, 005-2013-447843, 005-2011-424879, 005-2011-435879, 005-2011-521831, 005-2011-521959, 005-2012-026860, 005-2012-049755, 005-2012-116456, 005-2012-152122, 005-2012-154317, 005-2012-198522, 005-2012-209850, 005-2012-223747, 005-2012-224161, 005-2012-258648, 005-2012-

uso de documento falso

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258395, 005-2012-294401, 005-2012-404903, 005-2012-503793, 005-2012-511968, 005-2012-515150.

DF-035-2017 del 20/01/2017

17-000003-621-PE

DF-FE-AE-004-2015

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2013-61795, 002-2013-11246, 002-2013-11250, 002-2013-11255, 002-2013-18892, 002-2013-22779, 002-2013-31729, 002-2013-31730, 002-2013-31731, 002-2013-31736, 002-2013-36991, 002-2013-36992, 002-2013-36993, 002-2013-36997, 002-2013-43599, 002-2013-51566, 002-2013-51567, 002-2013-51568,

Defraudación Fiscal Aduanera

₡36.901.718,47

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002-2013-59748, 002-2013-59751, 002-2013-59776, 002-2013-59782, 002-2013-65262, 002-2013-65487, 002-2013-65489, 002-2013-67782, 002-2013-73179, 002-2013-73408, 002-2013-83421, 002-2013-83495, 002-2014-16471, 002-2014-16473, 002-2014-16475, 002-2014-16476, 002-2014-23521, 002-2014-23525, 002-2014-23528, 002-2014-29269, 002-20014-29271, 002-2014-29275, 002-2014-3031, 002-

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2014-3035, 002-2014-3038, 002-2014-39268, 002-2014-39272, 002-2014-39274, 002-2014-46408, 002-2014-46415, 002-2014-46421, 002-2014-52819, 002-2014-52822, 002-2014-52823, 002-2014-54983, 002-2014-60885, 002-2014-60889, 002-2014-60891, 002-2014-60892, 002-2014-63233, 002-2014-68282, 002-2014-68289, 002-2014-68291, 002-2014-69044, 002-2014-69070, 002-2014-75588, 002-2014-

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75589, 002-2014-75592, 002-2014-75594, 002-2014-8803, 002-2014-8806, 002-2014-8811

DF-096-2017 del 10/03/2017

17-000018-621-PE

DF-FEN-OP-003-2017

Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros

005-2016-364533, 005-2016-364539, 005-2016-364508, 005-2016-392277.

Defraudación fiscal fraccionada

En trámite ₡3.556.000,28

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