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Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca FACULTAD DE TECNOLOGÍA REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y USO DE LOS LABORATORIOS DE COMPUTACION Sucre - 2017

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Universidad Mayor, Real y Pontificia de San

Francisco Xavier de Chuquisaca

FACULTAD DE TECNOLOGÍA

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y USO DE LOS

LABORATORIOS DE COMPUTACION

Sucre - 2017

CONTENIDO

CONSIDERACIONES GENERALES ...................................................................................... 1

CAPÍTULO I NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES ............................................... 2

CAPÍTULO II DE LAS FUNCIONES DEL RESPONSABLE Y AUXILIARES DE

LABORATORIO ...................................................................................................................... 3

CAPÍTULO III DEL USO DE LOS LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN ............................. 5

CAPÍTULO IV DE LOS USUARIOS DE LOS LABORATORIOS ............................................. 9

CAPITULO V DEL LAS SANCIONES .................................................................................. 12

CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES ........................................................................... 13

ANEXOS ............................................................................................................................... 14

1

CONSIDERACIONES GENERALES

El presente reglamento establece el conjunto de normas generales y específicas que

regularán las diferentes actividades en lo que concierne al funcionamiento y uso de los

laboratorios de computación de las Carreras de la Facultad de Tecnología, los deberes y

derechos de los docentes y estudiantes, así como las correspondientes funciones de los

Responsables de su Administración.

El uso y la asistencia a los laboratorios, forma parte del avance curricular de las diferentes

asignaturas, en la cual los estudiantes desempeñan actividades prácticas en base a los

sustentos teóricos aprendidos, los cuales son guiados, supervisados y evaluados por el

docente encargado de la asignatura de laboratorio.

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CAPÍTULO I

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES

Artículo 1. Definición de Laboratorios de Computación

Se denomina laboratorio de computación a los diferentes espacios o ambientes físicos al

interior de la Facultad de Tecnología dependientes de las Carreras, los cuales se encuentran

equipados con la infraestructura necesaria en lo concerniente a equipos de computación,

herramientas multimedia, mobiliario, así como la respectiva instalación de red, dichos

ambientes están exclusivamente destinados a prestar servicios y apoyo a los docentes en

las actividades académicas, de investigación o interacción.

Artículo 2. Ambientes e Instalación de los Laboratorios de Computación

Las instalaciones de los laboratorios de computación, comprenden un espacio destinado

exclusivamente para albergar y proteger el uso de los distintos equipos de computación, las

herramientas multimedia, el mobiliario y las respectivas instalaciones de red, por lo cual

queda totalmente restringido el uso de dichos ambientes por personas ajenas a los

responsables de los laboratorios.

Artículo 3. Responsable de las Instalaciones de los Laboratorios de Computación

Las distintas instalaciones de los laboratorios de computación, tendrán como directo

responsable de su administración, mantenimiento, correcto uso y funcionamiento al

Responsable del laboratorio de hardware de la Facultad de Tecnología.

Artículo 4. Ubicación del equipamiento de Laboratorios de Computación

El equipamiento de los diferentes laboratorios de computación, concerniente a equipos y

muebles de computación, proyectoras y material didáctico, no podrán ser trasladados o

transferidos de un ambiente en específico a otros ambientes o laboratorios, para fines a los

cuales no fueron destinados. En este sentido la regla también es aplicada para los diferentes

componentes de hardware que forman parte de los equipos de computación, los mismos no

pueden ser llevados o transferidos a otros equipos al interior del mismo u otros laboratorios.

Artículo 5. Excepciones por Mantenimiento

En ciertos casos donde por exigencias de mantenimiento preventivo o correctivo sea

menester desplazar los equipos de computación o alguno de sus componentes de hardware

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fuera de los laboratorios, la salida será únicamente autorizada y estará directamente bajo la

responsabilidad del Responsable del laboratorio de hardware de la Facultad de Tecnología.

Artículo 6. Mantenimiento e Instalación de los Equipos de Computación

El Responsable del laboratorio de hardware de la Facultad de Tecnología, conjuntamente

sus auxiliares, son los únicos autorizados para proceder a borrar o reinstalar las diferentes

aplicaciones instaladas, así como el formateo o cambio de sistema operativo, dichas tareas

serán llevadas adelante durante los periodos vacacionales, salvo de ciertas excepciones

cuando lo amerite o sea de suma urgencia.

Artículo 7. Uso de los Laboratorios de Computación

a) Uso Académico

Los laboratorios de computación serán utilizados a lo largo de los semestres con el

propósito que los estudiantes puedan realizar prácticas para ir profundizando los

distintos aspectos teóricos aprendidos, dichas prácticas serán guiadas por el docente de

la asignatura de laboratorio, el cual se constituye en directo responsable del ambiente y

el equipamiento mientras dure su clase.

b) Uso Extracurricular

Los laboratorios de informática podrán ser utilizados para fines extracurriculares con

previa autorización del Decano y Director de Carrera correspondiente, en el caso de

cursos de capacitación durante el semestre o en periodos vacacionales, siempre y

cuando no altere la ejecución de las labores académicas planificadas en dichos

ambientes.

CAPÍTULO II

DE LAS FUNCIONES DEL RESPONSABLE Y AUXILIARES DE LABORATORIO

Artículo 8. Obligaciones del Responsable de los Laboratorios de Computación

Los deberes del Responsable de los laboratorios de computación son detallados a

continuación:

a) Dirigir el buen funcionamiento de los Laboratorios de Computación de la Facultad de

Tecnología, así como cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.

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b) Proponer a las Autoridades Facultativas la adquisición de los sistemas de Software,

Hardware y materiales necesarios para el buen funcionamiento de los Laboratorios.

c) Mantener la relación del inventario de todo el equipo de los Laboratorios de

Computación.

d) Realizar el mantenimiento de los sistemas y equipos de los Laboratorios de

Computación en condiciones óptimas de trabajo.

e) Instalar el cableado, equipo y lo necesario para que las distintas áreas queden

integradas a la Red informática.

f) Coordinar la configuración, instalación, manejo y control de sistemas de información.

g) Delegar tareas o actividades a sus auxiliares en pro de la mejora y el correcto

funcionamiento de los laboratorios de computación para su posterior uso académico.

h) Solicitar a sus auxiliares, la presentación de informes cuando sea necesario o cuando

así lo amerite, en el cual se debe especificar de manera clara y concisa las

condiciones actuales en las que se encuentran las instalaciones de los laboratorios y

sus respectivos equipos. Bajo esta misma línea el Responsable también puede solicitar

informes sobre el inventario, material existente, estado de las herramientas multimedia,

etc., dicho informe también debe reflejar la carencia de insumos si es el caso.

i) Informar de manera clara y detallada al Decano y Director de Carrera Correspondiente,

sobre la situación actual de los laboratorios de computación cuando vea conveniente o

cuando exista alguna situación de suma importancia como ser infracciones

relacionadas con la seguridad y bienestar de los mismos, para tomar las medidas de

seguridad o aplicar las sanciones correspondientes, según sea el caso.

j) Presentar un informe a la finalización de cada semestre al Decano y Director de

Carrera correspondiente, que reúna todos los aspectos concernientes sobre el

equipamiento y todos los elementos involucrados al interior de los laboratorios.

k) Proponer y llevar a cabo cursos de instrucción y capacitación a la comunidad

facultativa del uso de los recursos de los Laboratorios de Computación

Artículo 9. Auxiliar de los Laboratorio de Computación

Los laboratorios de computación cuentan con auxiliares que coadyuvan en el trabajo de

mantenimiento de los mismos, dichos auxiliares son alumnos regulares de la Carrera de

Ingeniería de Sistemas e Informática (Para ser considerando auxiliar de laboratorio, el

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estudiante debe presentarse al examen de competencia y méritos para auxiliatura de

docencia según convocatoria emitida).

Artículo 10. Deberes y Responsabilidades del Auxiliar de Laboratorio de Computación

a) Deberes del auxiliar de Laboratorio

Los deberes de los auxiliares de laboratorio son detallados a continuación:

i. El auxiliar de laboratorio de computación iniciará sus funciones una vez conocido

los resultados del examen de competencia y méritos para auxiliatura de docencia,

a partir de ello debe cumplir sus funciones durante un periodo de dos semestres

cumpliendo 20 horas académicas por mes.

ii. El auxiliar de laboratorio debe tomar las medidas necesarias para evitar que los

diferentes usuarios instalen copias no autorizadas de software o alguna versión

de software malicioso en los equipos de los laboratorios.

iii. Asimismo el auxiliar de laboratorio debe contar con copias de seguridad y

respaldos de todo el software instalado en los laboratorios, con el objetivo de

restaurarlo de manera rápida en caso de urgencias.

b) Responsabilidades del Auxiliar Laboratorio

Las responsabilidades del auxiliar de laboratorio son:

i. Instalación y configuración de Sistemas Operativos.

ii. Instalación y configuración de aplicaciones de software a ser utilizados en las

diferentes Asignaturas.

iii. Instalación y configuración de redes.

iv. Realizar mantenimiento preventivo y correctivo a nivel de software.

v. Realizar mantenimiento preventivo y correctivo a nivel de hardware.

CAPÍTULO III

DEL USO DE LOS LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN

Artículo 11. Función Principal de los Laboratorios de Computación

La función de los laboratorios de computación se detalla en el Artículo 7 en sus incisos a) y

b), a partir de ello se tiene las prioridades para los diferentes usos.

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Artículo 12. Uso de la infraestructura y el equipamiento

El uso de los diferentes servicios en cuanto a infraestructura y equipamiento que ofrecen los

laboratorios de computación, será de uso exclusivamente para el desarrollo de actividades

de carácter académico, bajo la supervisión del docente guía de la Asignatura de laboratorio.

En caso de existir alguna situación extracurricular que requiera del uso de los ambientes y su

equipamiento se debe seguir lo que establece el inciso b) del Artículo 7.

Artículo 13. Solicitud Herramientas de Software por parte del Sector Docente

En base a las necesidades y demandas por parte de los docentes de laboratorio y con el

objetivo de contar con las herramientas adecuadas e instaladas de manera correcta para la

enseñanza académica se debe considerar lo siguiente:

a) Los docentes deben realizar la solicitud de sus requerimientos mediante el llenado del

“Formulario Solicitud de Software”, en el cual se indica las asignaturas, horarios,

laboratorios y herramientas necesarias que hará uso a lo largo del semestre (Anexo 1).

b) El llenado del “Formulario Solicitud de Software”, (Anexo 1) debe realizarse de manera

escrita y con 5 días hábiles de anticipación. La solicitud debe ser entregada al

Responsable del laboratorio de hardware, para que el mismo con ayuda de sus

auxiliares proceda con la instalación de lo solicitado, en caso de ser necesario el

docente de la asignatura debe proveer el software requerido para su posterior

instalación. Finalmente el docente de la asignatura debe verificar que lo instalado en

los laboratorios sea lo que solicitó y de esta manera concluir con el proceso de solicitud

de software.

c) El Responsable del laboratorio de hardware conjuntamente con alguno de los

auxiliares, verificarán con el docente de la asignatura que hizo la solicitud, que todo lo

instalado se encuentre funcionando de manera correcta, así como el funcionamiento

de los equipos asignados.

d) Una vez realizada la entrega con su respectiva verificación por parte del Responsable

de hardware y el docente solicitante, cualquier otra nueva instalación de software, será

mediante solicitud formal al Director de Carrera correspondiente, instancia en la cual se

dará el visto bueno y se delegará la tarea al Responsable del laboratorio de hardware.

e) De ser necesario la instalación de programas o equipos especiales para la realización

de una actividad extraordinaria, el montaje e instalación de los mismos lo realizarán los

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auxiliares de laboratorio, bajo la supervisión del Responsable del laboratorio de

hardware.

Artículo 14. Solicitud Revisiones Técnicas

Con el fin que los docentes que dictan asignaturas de laboratorio puedan realizar una

valoración de las herramientas de software instaladas y el rendimiento de los equipos se

tiene el “Formulario Revisión Técnica” (Anexo 2), formulario destinado a la descripción de

problemas tanto a nivel de software como de hardware, dicho formulario considera los

siguientes aspectos:

a) El llenado del “Formulario Revisión Técnica”, (Anexo 2) debe realizarse de manera

escrita por parte del docente de laboratorio, mencionando los aspectos o problemas

identificados tanto a nivel de software y hardware en los laboratorios de computación,

según la(s) asignatura(s) que regenta.

b) La solicitud debe ser entregada al Responsable del laboratorio de hardware, para que

el mismo con ayuda de sus auxiliares y el docente que reporta el problema técnico,

puedan detectar y verificar lo más antes posible dicho problema, con el fin que pueda

ser subsanado en un tiempo no mayor a 2 días hábiles.

c) Una vez realizada la inspección y posterior corrección, a los problemas que fueron

reportados en el “Formulario Revisión Técnica” (Anexo 2), el Responsable del

laboratorio de hardware debe comunicar al docente que realizó el reporte, la solución

del mismo y hacer la correspondiente verificación de manera conjunta, demostrando

que todo esté funcionando nuevamente de manera correcta.

Artículo 15. Entrega de Ambientes y equipamiento

Una vez concluida la etapa de solicitud de software, el Responsable de laboratorio de

hardware hará el llenado del “Formulario Entrega de Laboratorio” (Anexo 3), en el cual

detalla todos los elementos que está haciendo entrega al docente de laboratorio, elementos

referidos a la cantidad de equipos, cantidad de periféricos, software instalado, herramientas

multimedia, etc., el Responsable del laboratorio de hardware conjuntamente con sus

auxiliares si así lo amerita, harán la entrega y verificación de manera conjunta con el docente

de la asignatura de laboratorio, al momento de la firma del formulario, dicha actividad será

llevada adelante al iniciar el semestre.

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Artículo 16. Informe de Pérdidas o Falta de Equipamiento

Es responsabilidad del docente de la asignatura de laboratorio, verificar al inicio de cada

clase que el laboratorio se encuentre completo en lo concerniente a equipamiento, material

multimedia, mobiliario, etc. En caso que falte algún elemento que fue detallado en el

“Formulario Entrega de Laboratorio” (Anexo 3), el docente debe realizar inmediatamente el

llenado del “Formulario Informe de Pérdidas” (Anexo 4), en el cual debe detallar de manera

clara el o los elementos faltantes en el laboratorio y hacer entrega al Responsable del

laboratorio de hardware dicho formulario, para que proceda con la verificación e

identificación de los elementos faltantes y pueda proceder a contactar al docente y

asignatura que precedió a la clase en la cual se hizo el “Informe de pérdida”, en caso que el

docente no realice dicho informe se constituirá en directo responsable de la pérdida y deberá

proceder con la reposición en su totalidad del ítem o los ítems faltantes.

Artículo 17. Consideraciones de Usabilidad y Acceso a los Laboratorios de

Computación

a) La capacidad máxima de estudiantes por actividad, según las diferentes asignaturas,

serán fijadas de acuerdo al número de equipos disponibles al interior de las

instalaciones de los laboratorios, con el fin de brindar las mejores condiciones al

docente de la asignatura y a los estudiantes.

b) Las llaves de acceso a las instalaciones de los laboratorios de computación se

encuentran a cargo del Responsable del Laboratorio de hardware, para lo cual el

docente de laboratorio debe solicitar al Responsable momentos antes de iniciar su

clase y ser devuelta una vez finalizada la misma, durante este periodo el laboratorio se

encuentra bajo responsabilidad del docente de la asignatura.

c) Se recomienda al docente de la asignatura de laboratorio poder dejar libre el ambiente

faltando 15 minutos a la finalización de su periodo de clase, de tal manera que permita

la correcta ventilación del mismo, para que el docente del siguiente periodo tenga un

ambiente apto para proceder con su clase.

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CAPÍTULO IV

DE LOS USUARIOS DE LOS LABORATORIOS

Artículo 18. Usuario de los Laboratorios de Computación

Se entiende por usuario de los laboratorios de computación a los docentes que imparten

asignaturas de laboratorio y estudiantes universitarios de las distintas asignaturas que hacen

uso tanto de la infraestructura física, como del equipamiento que albergan los mismos

Artículo 19. Derechos de los Usuarios

Son derechos de los Usuarios, los siguientes:

a) Tener acceso al uso de equipo en el Laboratorio de Computación.

b) Demandar todos los servicios que proporcionan los Laboratorios, así como recibir

información, orientación y asesoría sobre el uso de los mismos.

c) Manifestar por escrito sugerencias en relación a los servicios que se ofrecen, así como

para la adquisición de material de cómputo, audiovisual y documental, haciéndoselas

llegar al Responsable del Laboratorio.

Artículo 20. Normas de Uso de los Laboratorios de Computación

Las normas de uso de los laboratorios de computación son las siguientes:

a) Los usuarios durante su permanencia en el laboratorio, son responsables del buen uso

de las instalaciones y de los equipos de computación, para lo cual el docente de la

asignatura debe supervisar estos aspectos, mientras dura su clase.

b) Cuando algún auxiliar de docencia de alguna asignatura tenga la necesidad de utilizar

alguno de los laboratorios, debe previamente solicitar e informar sobre el uso del

ambiente al Responsable del laboratorio de hardware, el cual otorgará o denegará el

permiso, según la disponibilidad de ambientes. Posteriormente el auxiliar de docencia

se hace responsable sobre el buen uso de las instalaciones y de los equipos de

computación durante el tiempo que dure su clase, habiendo finalizado la misma, el

auxiliar de docencia debe comunicar al Responsable del laboratorio de hardware que

está abandonando el ambiente, para que se proceda a verificar que todo se encuentre

en orden como al momento de su entrega.

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c) La permanencia de los usuarios al interior de las instalaciones de los laboratorios de

computación, estará en función al tiempo asignado a la respectiva asignatura de

laboratorio durante el semestre.

d) Los usuarios y docentes se comprometen a respetar estrictamente el horario asignado

para la utilización de los laboratorios de computación. En caso que algún docente

necesite utilizar algún laboratorio, debe solicitar permiso del mismo al Responsable del

laboratorio de hardware, el cual otorgará o denegará en función a la disponibilidad de

ambientes.

e) Los usuarios no podrán utilizar las instalaciones y equipos de laboratorio de

computación para realizar trabajos particulares o extracurriculares, sin previo permiso

del Responsable del laboratorio de hardware.

f) Los usuarios conjuntamente con el docente de la asignatura se comprometen a dejar

las instalaciones y equipos de computación de los laboratorios de computación, en las

mismas condiciones de limpieza y orden en las que recibió al inicio de su jornada.

g) Los usuarios deben ajustar sus requerimientos a las necesidades de todos los

beneficiarios y por tanto deben hacer uso de los equipos de computación de manera

razonable, así como de los demás recursos con los que cuentan los laboratorios de

informática.

h) Queda totalmente prohibido que estudiantes o docentes peguen anuncios o letreros en

las ventanas, paredes, pizarrones, pantallas de proyección y puertas internas de los

laboratorios.

i) Los usuarios no deben instalar, desinstalar, eliminar, modificar o alterar en cualquier

forma, ninguno de los programas, aplicaciones o contenidos en los discos duros de los

equipos de computación o en el sistema de red. Estas actividades son exclusivas de

los auxiliares del laboratorio y son realizadas bajo la supervisión del Responsable de

laboratorio de hardware.

j) Los usuarios no deben desconectar o intercambiar computadoras, teclados, mouse o

periféricos entre los distintos equipos de computación al interior de los laboratorios de

computación.

k) Queda totalmente prohibido la utilización de DVD´s, flash memory o cualquier otro

dispositivo de almacenamiento con juegos y cualquier otro programa no autorizado por

el personal responsable de los laboratorios.

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l) Los usuarios no pueden agregar ningún dispositivo o periférico a los equipos de

computación de los distintos laboratorios, así como tampoco podrán desarmar los

equipos, aun cuando estos pudieran estar averiados. Cabe recalcar que estas tareas

son exclusivamente tareas del personal Responsable de los laboratorios de hardware.

m) El Responsable del laboratorio de hardware podrá crear y asignar cuentas temporales

a estudiantes de intercambio, docentes visitantes, personal invitado y a cualquier otra

persona, siempre y cuando se haga una solicitud al Responsable del laboratorio de

hardware con su respectiva justificación.

n) Cualquier usuario que encuentre una falla de seguridad o anomalía en los equipos de

computación o en el sistema de red, se encuentra obligado a reportarlo de manera

inmediata al Responsable del laboratorio de hardware o los auxiliares de laboratorio,

dicho personal se apersonará para inspeccionar el problema y dar una solución

posteriormente, el usuario no debe tratar de solucionar el problema, en caso de daños

se constituye en el directo responsable a sanciones.

o) Queda terminantemente prohibido consumir o ingerir alimentos y bebidas de cualquier

índole al interior de los laboratorios de computación, así como fumar y hacer ruido

perturbante dentro de las instalaciones de los mismos, lo cual se encuentra sujeto a

sanciones.

p) Queda totalmente prohibido interrumpir el trabajo de otros usuarios, así como maltratar

y dañar las instalaciones y equipos de computación, en caso que un usuario dañe

irreversiblemente algún componente de hardware o de la infraestructura, se procederá

a la reposición del ítem en su totalidad por parte del usuario.

q) Es obligación de todo el personal docente, administrativo y estudiantes hacer conocer

al Responsable del laboratorio de hardware cuando se observe conductas

sospechosas por parte de cualquier individuo al interior de los laboratorios, con el

objetivo de preservar las instalaciones y el correcto funcionamiento de los equipos.

Artículo 21. Deberes y Obligaciones de los Docentes

Los deberes y obligaciones de los Docentes asignados para impartir las clases y/o prácticas

en el Laboratorio son los siguientes:

a) Realizar las prácticas según el manual y/o guía de prácticas y en el horario asignado

oficialmente.

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b) Vigilar el buen uso del Laboratorio, materiales y equipo, así como la limpieza de los

mismos durante y después de hacer uso de las instalaciones.

c) Notificar al Responsable del Laboratorio o al Auxiliar de Laboratorios cualquier daño,

mal uso de las instalaciones y/o equipo.

d) Supervisar la seguridad de los Estudiantes dentro de las prácticas de Laboratorio.

e) Proporcionar la información en el formato solicitado por el Responsable del Laboratorio

f) Notificar al Responsable del Laboratorio las necesidades de material, equipo y/o

servicio para el Laboratorio.

Artículo 22. Solicitud de laboratorios extras

En caso que algún docente se vea en la necesidad ya sea por etapa de exámenes finales o

cualquier otro motivo, de utilizar más ambientes de los asignados, deberá hacer dicha

solicitud al Responsable del laboratorio de hardware, para la asignación extra de los mismos,

previa justificación, cabe recalcar que la asignación momentánea de nuevos ambientes

también se encuentra bajo responsabilidad directa del docente solicitante.

CAPITULO V

DEL LAS SANCIONES

Artículo 23. Sanciones a los Usuarios

El incumplimiento del presente Reglamento por parte de los usuarios, será reportado al

Director de Carrera correspondiente, quien determinará la sanción de acuerdo a la gravedad

de las faltas cometidas:

a) Se castigará según la normativa de la Universidad, los atentados a la seguridad de los

equipos y servidores, la sanción por este hecho puede ir desde matricula condicional

hasta la expulsión de la Carrera.

b) En caso de que algún usuario extraiga material y/o equipo sin autorización, se hará

acreedor a una multa establecida por el Responsable de Laboratorios y el Director de

Carrera.

c) El usuario que dañe o extravíe un equipo o parte del mismo, deberá repararlo o

reponerlo al menos por uno equivalente

d) Cuando el equipo se deteriore por mal uso comprobado, el usuario deberá pagar su

reparación y/o reponer la parte dañada inmediatamente.

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e) Quien sea sorprendido mutilando algún material, reproduciendo medios en los

laboratorios o realizando una práctica no autorizada, entiéndase por esto un trabajo

que no corresponde a una asignatura, se le retiene el material y automáticamente le

será suspendido todo servicio en el laboratorio. Además se enviará un informe a la

Dirección de Carrera correspondiente para que tome las medidas disciplinarias

correspondientes.

f) Todo usuario que intente violar la seguridad de la red, será expulsado definitivamente

del Laboratorio, además de ser remitido a las autoridades competentes.

CAPÍTULO VI

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 24. Cumplimiento del Reglamento General

Tanto el Responsable de los laboratorios de computación, auxiliares de docencia, auxiliares

de laboratorio, en trabajo conjunto con los docentes que regentan asignaturas de laboratorio,

Directores de Carrera y el Decano son los encargados de hacer cumplir todo lo estipulado en

el presente reglamento.

Artículo 25. Cualquier situación relacionada con los Laboratorios de Computación que no se

contemple dentro de este reglamento, será resuelto por las autoridades competentes.

Artículo 26. El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su Aprobación en

el Honorable Consejo Facultativo.

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ANEXOS

Facultad de Tecnología Laboratorio de Hardware y Soporte Técnico

Regimiento Campos 180 Tel. 55328 Casilla 981 e-mail: [email protected]

________________________________________________________________________

Anexo 1

FORMULARIO SOLICITUD DE SOFTWARE

1.- Datos Personales

DOCENTE

TELF/

CELULAR

FECHA

SOLICITUD

2.- Requerimientos de Software

a) Tipo Sistema Operativo

WINDOWS LINUX OTRO:

b) Software Necesario

Asignatura Lab. Día Hora Software Necesario Versión

¿Podría

proporcionar

el Software?

c) Observaciones

…………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………

Firma Docente Solicitante

d) Fecha de atención a solicitud:

e) En caso que la solicitud no haya sido atendida indicar el por qué:

…………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………

Firma Responsable Lab. Hardware

Facultad de Tecnología Laboratorio de Hardware y Soporte Técnico

Regimiento Campos 180 Tel. 55328 Casilla 981 e-mail: [email protected]

_________________________________________________________________________

Anexo 2

FORMULARIO REVISIÓN TÉCNICA

1.- Datos Personales

DOCENTE

ASIGNATURA FECHA

SOLICITUD

2.- Detalle Revisión

Lab. Equipo - PC Descripción del Problema

3.- Observaciones

…………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………

Firma Docente Solicitante

4.- Fecha de revisión de la solicitud:

5.- En caso que la revisión no haya sido atendida indicar el por qué:

…………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………

Firma Responsable Lab. Hardware

Facultad de Tecnología Laboratorio de Hardware y Soporte Técnico

Regimiento Campos 180 Tel. 55328 Casilla 981 e-mail: [email protected]

_________________________________________________________________________

Anexo 3

FORMULARIO ENTREGA DE LABORATORIO

1.- Datos de Entrega

DOCENTE

LABORATORIO

RES. LAB.

HARDWARE ASIGNATURA

2.- Detalle de Entrega

Lab. Cant.

CPU

Cant.

Monitores Cant.

Teclados

Cant.

Mouse

Cant.

Muebles

Computadora

Cant.

Sillas

Descripción

Herramientas

Multimedia

3.- Observaciones

…………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………

Firma Responsable Lab. Hardware

4.- Fecha de entrega de laboratorio:

5.- Observaciones por parte del docente de laboratorio:

……………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………

Firma Docente Laboratorio

Facultad de Tecnología Laboratorio de Hardware y Soporte Técnico

Regimiento Campos 180 Tel. 55328 Casilla 981 e-mail: [email protected]

_________________________________________________________________________

Anexo 4

FORMULARIO INFORME DE PÉRDIDAS

1.- Datos de Personales

DOCENTE

LABORATORIO

FECHA

INFORME

ASIGNATURA LABORATORIO

2.- Detalle de Pérdida

Ítem Cantidad Descripción - Observaciones

3.- Observaciones

…………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………

Firma Docente Laboratorio

4.- Fecha respuesta informe de pérdida:

5.- Observaciones responsable laboratorio de hardware:

……………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………

Firma Responsable Lab. Hardware