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EXTRACTO DE LA SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 3 DE JUNIO DE 2016 -------------------------------- 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 27 de mayo de 2016, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes. 2.- EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.- 2.1.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas formuladas por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior que cuentan con los informes favorables, con observaciones, de la Intervención Municipal de fecha 23 de mayo de 2016, con los contenidos siguientes: 2.1.1.- APROBAR la autorización y disposición del gasto, a favor de GAS NATURAL SERVICIOS SDG, S.A. con NIF: A-08431090 correspondiente a las facturas de consumos de gas natural del mes de abril, para varios Edificios Municipales, por un importe de 113.488,27 €, según siguiente desglose: Referencia Texto Explicativo Importe (€) 220160008359 Consumo gas natural 113.488,27 2.1.2.- APROBAR la autorización y disposición del gasto, a favor de TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A. con NIF: A-78923125 correspondiente a las facturas de consumos de telefonía móvil del mes de mayo, por un importe de 6.901,09 €, según siguiente desglose: Referencia Texto Explicativo Importe (€) 220160008360 Consumo telefonía móvil 6.901,09 2.1.3.- APROBAR la autorización y disposición del gasto, a favor de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. con NIF: A-82018474 correspondiente a las facturas de consumos de telefonía fija de los meses de abril, por un importe de 23.258,60 €, según siguiente desglose:

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EXTRACTO DE LA SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

DEL DIA 3 DE JUNIO DE 2016

-------------------------------- 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 27 de mayo de 2016, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes. 2.- EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.-

2.1.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas formuladas por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior que cuentan con los informes favorables, con observaciones, de la Intervención Municipal de fecha 23 de mayo de 2016, con los contenidos siguientes:

2.1.1.- APROBAR la autorización y disposición del gasto, a favor de GAS NATURAL SERVICIOS SDG, S.A. con NIF: A-08431090 correspondiente a las facturas de consumos de gas natural del mes de abril, para varios Edificios Municipales, por un importe de 113.488,27 €, según siguiente desglose:

Referencia Texto Explicativo Importe (€)

220160008359 Consumo gas natural 113.488,27

2.1.2.- APROBAR la autorización y disposición del gasto, a favor de TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A. con NIF: A-78923125 correspondiente a las facturas de consumos de telefonía móvil del mes de mayo, por un importe de 6.901,09 €, según siguiente desglose: Referencia Texto Explicativo Importe (€)

220160008360 Consumo telefonía móvil 6.901,09

2.1.3.- APROBAR la autorización y disposición del gasto, a favor de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. con NIF: A-82018474 correspondiente a las facturas de consumos de telefonía fija de los meses de abril, por un importe de 23.258,60 €, según siguiente desglose:

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Referencia Texto Explicativo Importe (€)

220160008361 Consumo telefonía fija 23.258,60 2.1.4.- “PRIMERO.- Autorizar y Disponer los siguientes gastos:

a) Gasto por importe total de 7.293,72 euros (cuota exenta de IVA), con cargo a la aplicación presupuestaria 02.92000.22618 del Estado de Gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento de León del Ejercicio 2016, en favor de la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS (FEMP), con C.I.F. nº G-28783991, correspondiente a la cuota del año 2016 por la pertenencia del Ayuntamiento de León a la citada Federación. b) Gasto por importe total de 5.117,68 euros (cuota exenta de IVA), con cargo a la aplicación presupuestaria 02.92000.22618 del Estado de Gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento de León del Ejercicio 2016, en favor de la FEDERACIÓN REGIONAL DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE CASTILLA Y LEÓN (FRMPCyL), con C.I.F. nº V-34041046, correspondiente a la cuota del año 2016 por la pertenencia del Ayuntamiento de León a la citada Federación. SEGUNDO.- Notificar el anterior acuerdo al Servicio de Asuntos Económicos y a la Intervención Municipal, a los efectos consiguientes.” 3.- PRÓRROGA DEL SERVICIO CONSISTENTE EN LA GESTIÓN DE UN SISTEMA DE CONTROL Y DISCIPLINA DE TRÁFICO EN LA CIUDAD DE LEÓN.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación del Servicio de Asuntos Generales, así como la tramitación previa efectuada, con incorporación de informe técnico emitido por la Sra. Responsable del expediente, Técnico Municipal de Tráfico, Dª. Leticia Rodríguez de Robles Salvador, en fecha 06-05-2016, y fiscalización de la Intervención Municipal de Fondos, así como conformidad del adjudicatario, en relación con la primera prórroga del contrato suscrito con la entidad “Telvent Tráfico y Transporte, S.A.”, con CIF A- 78107349 mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 07-03-2014, adoptado en sesión ordinaria, suscribiéndose contrato administrativo en fecha 24-03-2014 y Acta de Inicio del citado servicio con fecha 27-05-2014. ACUERDO:

Primero.- Prorrogar por primera vez el contrato del “Servicio consistente en la gestión de un sistema de control y disciplina de tráfico en la ciudad de León” suscrito con la entidad “Telvent Tráfico y Transporte, S.A.”, cuya finalización se producirá en fecha 27-05-2016, por un periodo que abarca desde el día 28 de mayo de 2016 al día 27 de mayo de 2017, haciendo constar la posibilidad, expresada en el informe técnico, así como aceptada por la adjudicataria, de que dicha duración no se agote, ya que , existe la posibilidad de que se convoque nuevamente el presente contrato, uniéndolo al contrato de “Servicios consistente

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en el mantenimiento, instalación y reparación de las instalaciones semafóricas, sistema de control de accesos, explotación de la sala de control de tráfico y sistema de videovigilancia de la ciudad de León”, antes de la finalización de la presente prórroga y la misma no agote su duración.

La cuantificación de la primera prórroga del presente contrato se establece en 119.712,90 € IVA incluido. Consta fiscalizado conforme por la Intervención Municipal de Fondos en fecha 01-06-2016 en el propio borrador de propuesta del Negociado de Contratación faltando la incorporación del documento contable de consignación presupuestaria RC, por importe de 119.712,90 € IVA incluido.

Segundo.- La entidad adjudicataria no deberá depositar fianza complementaria, ya que la fianza definitiva existente en el expediente, por importe de 19.787,25 €, corresponde al 5% del importe de las dos anualidades iniciales y las dos prórrogas de dos anualidades. Deberá aportar copia del último recibo del seguro de responsabilidad civil concertado en relación con el presente contrato. Todo ello en los diez días siguientes a la notificación del presente acuerdo y de forma previa a la adenda al contrato inicial, en que se documentará la prórroga.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la entidad adjudicataria, a la Sra. Técnico Municipal de Tráfico, y a la Intervención Municipal de Fondos.”

4.- CONTRATO DE OBRAS CONSISTENTE EN LA ADECUACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS COLINDANTES A LAS CALLES CAPILLA Y MERCADO, FASES 1 Y 2”.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación, en relación con la contratación de las “Obras consistentes en la adecuación de los espacios públicos colindantes a las calles Capilla y Mercado, Fases 1 y 2”, cumplidos los trámites previos en el expediente de contratación, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 177, 229 y siguientes del TRLCSP en ejercicio de las competencias delegadas por la Alcaldía mediante Decreto de fecha 15-06-2015, se acuerda: 1º.- Revisado el Proyecto aprobado en Junta de Gobierno Local de fecha 13-05-2016, se comprueba la existencia de varios errores que deben ser corregidos, la presente obra no está sujeta a Clasificación Profesional (modificar apartado I.12 de la Memoria Valorada), el plazo de ejecución es de ocho meses (modificar apartado VI.11 de la Memoria Valorada), y el plazo de garantía es de dos años (modificar apartado VI.11 de la Memoria Valorada). 2º.- Aprobar el expediente de contratación de las obras de referencia, utilizando el procedimiento negociado con publicidad con tramitación ordinaria en función de su cuantía. Consta aprobado el Proyecto de Ejecución en Junta de Gobierno Local en fecha 31 de octubre de 2014 la Fase 2 y en Junta de Gobierno Local de fecha 13 de mayo de 2016 la Fase 1. Ambas fases se han informado favorablemente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de León. Figuran como Directores de obra, Dª: Begoña Gonzalo Orden, Responsable Municipal del Proyecto, D. Ramón Cañas Aparicio, arquitecto ganador del Concurso de ideas,

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Dª. Enery Acevedo González, Mª Angeles Gavela Merino y Mónica Prada Corral, arquitectas del ILRUV, como Coordinador de Seguridad y Salud figura D. Pedro García Fierro, arquitecto técnico del Ayuntamiento de León. 3º.- Aprobar el Cuadro de Características Particulares rector de la presente contratación. Será de aplicación al presente contrato el Pliego de Cláusulas Administrativas aprobado como Modelo por el Pleno Municipal en sesión de fecha 27 de septiembre de 2010 del cual se adjunta copia con Certificación original del acuerdo antedicho, así como copia del correspondiente informe jurídico que lo acompaña. Dicho Pliego deberá modificarse en su aplicación, para adaptarlo al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDL 3/2011 de 14 de noviembre) y demás legislación posterior. El Proyecto de Ejecución aprobado en Junta de Gobierno Local y corregido en lo determinado en el apartado 1º del presente acuerdo sustituye al Pliego de Prescripciones Técnicas. 4º.- Aprobar el gasto a que asciende la presente contratación, que importa 236.695,40 euros, más IVA al 21%, lo que totaliza el importe de 286.401,44 euros. Consta incorporado informe del Sr. Interventor Municipal de Fondos emitido sin reparos en fecha 26-05-2016, asi como documento contable RC correspondiente por importe de 220.804,89 euros de fecha 18-05.2016 con cargo a la Partida Presupuestaria 2016/06.15130.60903 (Proyectos de urbanización) con nº de operación 220160008347, y dos documentos A de fecha 16-10-2015 por importes de 36.982,67 euros y 28.613,88 euros con cargo a la misma Partida , entendiéndose cumplido el trámite de fiscalización del expediente de contratación por parte de la Intervención Municipal, señalado en el art. 214 del TRLHL. 5º.- Continuar con los trámites que sean necesarios hasta la definitiva conclusión del expediente administrativo, utilizando el trámite ordinario y efectuando las publicaciones que resulten necesarias.” 5.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO DE BETÚN REGENERADOR DEL MATERIAL DE FRESADO PARA EL SERVICIO DE OBRAS, 2016.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Arquitecto Municipal de la Oficina de Proyectos, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Infraestructuras y Deportes, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 1 de junio de 2016, ACUERDO: ÚNICO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en Suministro de betún regenerador de material de fresado para el Servicio de Obras, a favor de la oferta económicamente más ventajosa RECUPERACIONES ASFÁLTICAS, S.L. -RECUASFALT- con identificación fiscal B45788882, por importe de 4.356,00 euros.

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8.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO POR LA ADQUISICIÓN DE FONDO BIBLIOGRÁFICO PARA LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES 2016.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Adjunto a Jefe de Servicio de Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Empleo, Promoción Económica y Educación, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 1 de junio de 2016, ACUERDO: ÚNICO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en ADQUISICIÓN FONDO BIBLIOGRÁFICO BIBLIOTECAS, a favor de las siguientes empresas, por el importe que se especifica en cada caso: Denominación de la empresa IMPORTE

1ª José R. Puente Fernández ( Librería Iguazú) 882,35 €

2ª Bulevar Azul Libros, S.L.L. (Librería Artemis) 882,35 €

3ª Eduardo Álvarez Aller (Librería Leopoldo) 882,35 €

4ª Letras y Tinta, C.B.(Librería Letras y Tinta) 882,35 €

5ª Librería Universitaria León 1980,SLL 882,35 €

6ª Librería Casla, S.L. 882,35 €

7ª Virginia Navarro Escudero (Librería Valderas) 882,35 €

8ª Librería Pastor, S.A. 882,35 €

9.- APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN LEONESA 7º ARTE PARA REALIZACIÓN DE LA III EDICIÓN DEL FESTIVAL DE CINE Y TELEVISIÓN REINO DE LEÓN.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Adjunto a Jefe de Servicio de Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 24 de mayo de 2016, ACUERDOS: PRIMERO.- Aprobar el otorgamiento de una subvención directa y nominativa a favor de la Asociación Leonesa Séptimo Arte (ASLE), CIF.: G24581308, por importe de 25.000,00 euros, cuya finalidad es la realización del III Festival de Cine y Televisión ‘Reino de León’, en los términos que se recogen en el ‘Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de León y la Asociación Leonesa Séptimo Arte (ASLE)’. SEGUNDO.- Aprobar el texto del Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de León y la la Asociación Leonesa Séptimo Arte (ASLE), que tiene por finalidad la celebración y organización del III Festival de Cine y Televisión

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‘Reino de León’, que tendrá lugar en la ciudad de León del 18 al 26 de mayo del presente año.

TERCERO.- Autorizar y Disponer el gasto correspondiente a la subvención nominativa a favor de la ASOCIACIÓN LEONESA SÉPTIMO ARTE, con identificación fiscal G24581308, por importe de 25.000,00 €, para la celebración y organización de la III EDICIÓN DEL FESTIVAL DE CINE Y TELEVISIÓN ‘REINO DE LEÓN’. CUARTO.- Conforme establece la cláusula CUARTA del Convenio, procede el libramiento de fondos anticipados correspondientes al 75% de la subvención prevista, en concepto de anticipo y, en consecuencia, reconocer la Obligación y ordenar el Pago por importe de 18.750,00 €.” 10.- APROBACION DE LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO 2016.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Familia y Servicios Sociales, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 31 de mayo de 2016,

A C U E R D O:

Primero Aprobar las Bases de Subvenciones a Entidades para Proyectos de Cooperación internacional al Desarrollo 2016, unidas al presente Acuerdo como Anexo.

Segundo Acordar la Convocatoria para el presente año 2015 de las

Subvenciones a Entidades para Proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo, autorizando un gasto 18.000 € con aplicación a la Partida Presupuestaria 04.23100.49000 de presupuesto del ejercicio 2016

Tercero Disponer la publicación de las citadas Bases y la

Convocatoria aprobada en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.”

11.- EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.- Se acordó aprobar los informes propuestas emitidas por la Técnico de la Unidad de Responsabilidad Patrimonial, que cuentan con el visto bueno del Jefe del Servicio de Asuntos Económicos, con los contenidos siguientes:

11.1.- Visto el escrito presentado por Dña. representada por el letrado D. y con

domicilio a efectos de notificaciones en el despacho profesional de éste último, sito

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en Plaza de la Inmaculada, 5, 3º dcha., León, en cuya virtud se inicia procedimiento de responsabilidad patrimonial de esta administración municipal, en reclamación de indemnización de daños y perjuicios sufridos a consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos de aquella dependientes, la Técnico que suscribe, tiene el honor de emitir el siguiente informe:

1º.-Que según datos manifestados por la parte interesada, sobre las 13,10

horas del día 01/06/15, D. circulaba con la motocicleta SUZUKI, matrícula , propiedad de Dña. , por la C/Cardenal Cisneros de esta Ciudad, procedente de la C/Malpaso y con dirección a la C/Relojera Losada, haciéndolo despacio y detrás de un turismo, cuando encontrándose a la altura de su núm. 6 la rueda delantera se hundió en un bache rellenado de arena sin pisar, volcando y cayendo a la calzada, ocasionando desperfectos materiales en su lateral derecho.

2º.-Que mediante escrito que tuvo entrada en el registro general de este Excmo. Ayuntamiento en fecha 28/09/15, por la dicente se inicia procedimiento de responsabilidad patrimonial de esta administración municipal derivada de los hechos antes descritos solicitando la indemnización de los daños y perjuicios irrogados valorados en 511,79 €.

3º.-Que junto con el escrito de reclamación se presenta por la parte interesada la siguiente documentación:

a) Copia de Poder General para Pleitos. b) Parte de daños de Policía Local de fecha 01/06/15, a las 13,10 horas. En su apartado “MANIFESTACIONES” se indica “Que anteriormente a

producirse el vuelco circulaba por la C/Cardenal Cisneros procedente de la C/Malpaso y con dirección hacia la C/Relojero Losada, que lo hacía despacio y detrás de un turismo, al llegar a la altura del número 6 de dicha calle la rueda delantera de su motocicleta se hunde en un bache rellanado de arena sin pisar y posteriormente vuelca cayéndose a la calzada. Continúa manifestando que no pudo hacer nada para evitar caerse de la motocicleta y que no vio ningún tipo de señalización de obras o desperfectos en la calzada.“

En el apartado IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR se indica: “Observaciones:

Zanja de 17,50 metros de larga por 1 ,00 metro de ancha, rellena de arena suelta y sin pisar. Situada la 0,5 metros del margen derecho del ancho útil de la calzada siendo éste de 3,50 metros) según el sentido de la vía. Se informa que al estar la arena suelta la calzada está cubierta prácticamente de arena siendo peligroso para el tránsito rodado y en especial motocicletas y bicicletas.

Finalmente, en el apartado “INFORME DE POLICÌA LOCAL” se pone de

manifiesto que “esta fuerza actuante informa que al llegar al lugar de los hechos observan in situ que la motocicleta SUZUKI matrícula tiene desperfectos recientes en el lateral derecho ocasionados por el vuelco, provocado

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éster el mal estado de la vía, (habiendo unza zanja de 17,50 metros de larga y con arena suelta en toda la calada). Se informa que no hay ningún tipo de señalización de obras ni de los desperfectos que existen en la calzada, siendo éstos realizados por el servicio de aguas del Ayuntamiento de León para la reparación de un colector.”

c) Factura de reparación de fecha 10/08/15 por importe de 511,79 € d) informe pericial de valoración de fecha 10/08/15 por importe de 506,97 €

y documentación fotográfica. e) Permiso de circulación f) Póliza de seguro 4º.-Que en instrucción del procedimiento al objeto de la comprobación y

constatación de los hechos alegados por la parte solicitante, como fundamentación del derecho esgrimido por la misma, por esta Unidad Administrativa de Responsabilidad Patrimonial y en aplicación de lo preceptuado en el art. 10 del R. D. 429/93, de 26 de marzo, se solicita informe del Servicio de Obras Municipal.

5º.-Que con fecha 03/02/16 se emite informe por el Servicio de Obras Municipal señalando que:

“(…) Por parte del Servicio de Obras Municipal no se ha ejecutado ninguna obra de reparación de baches en el lugar indicado, ni en la fecha del incidente. Pero no se descarta que por parte de alguna empresa externa de instalaciones, como pueden ser aguas, alumbrado, telecomunicaciones… pueda haber ejecutado alguna zanja de reparación de la calzada.

6.-Que siguiendo con la instrucción del procedimiento, por esta unidad administrativa de responsabilidad patrimonial, y en aplicación de lo preceptuado en el artículo 214 del RD Legislativo 3/11, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se pone en conocimiento de “Aguas de León, SL”, empresa que asumió la gestión del Servicio de Alcantarillado en el Término Municipal de León en virtud de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 29/06/10, la apertura de trámite de audiencia al objeto de, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al recibo de dicha comunicación, formular las alegaciones y/o presentar los documentos y justificaciones estimados pertinentes, poniéndose asimismo el expediente a la vista con relación de los documentos obrantes en el mismo.

7º.-Que con fecha 05/04/16 se presenta por “Aguas de León, SL” escrito de contestación al trámite de audiencia señalando que:

“El día 26/05/154 esta Sociedad Mixta Aguas de León realizó la apertura de una zanja en la calle Cardenal Cisneros de esta ciudad para la sustitución de un tramo de colector general de la misma. La zanja abierta fue rellenada con zahorra compactada hasta su pavimentación el día 12/06/15.

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En ningún momento se tuvo conocimiento en esta Sociedad Mixta Aguas de León de ninguna queja porque la zahorra utilizada en la zanja hubiese repisado, ni que produjera ninguna dificultad en el tráfico rodado. En estos casos de forma inmediata la Policía Local nos lo comunica. Además nuestro personal revisa diariamente el estado de la zanja en cuestión y en este caso no se observó ninguna anomalía.

Con relación a la caída de la reclámate nada podemos manifestar, pero sí conviene resaltar que la velocidad de la moto accidentada probablemente no fuera la adecuada ni la exigida en la calle Cardenal Cisneros (30km/h) pues por el lugar circularían más motocicletas y en ningún momento hubo queja alguna como ya henos dicho.”

8º.-Que en aplicación de lo preceptuado en el Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con fecha 28/04/16 se pone en conocimiento de la parte reclamante la apertura del trámite de audiencia al objeto de, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al recibo de dicha comunicación, formular las alegaciones y/o presentar los documentos y justificaciones estimados pertinentes, poniéndose asimismo el expediente a la vista a con relación de los documentos obrantes en el mismo, no presentándose por dicha interesada escrito de contestación alguno.

RESULTANDO que instruido el expediente en los términos expuestos y a la

vista del mismo entendemos que, en el caso que nos ocupa,

1.- No podemos considerar suficientemente probada la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio y el daño irrogado a la parte interesada, y ello por cuanto:

En primer lugar, y según manifestó D. , conductor de la motocicleta, a los agentes de Policía Local que se personaron en el lugar del suceso el día 01/06/15, C/Cardenal Cisneros de León, a la altura de su núm. 6, éste circulaba despacio, detrás de un turismo, y no pudo hacer nada para evitar toparse con el bache rellenado de arena porque no había ninguna señalización, ni de obras ni de desperfectos en la calzada.

ACUERDO en los términos siguientes:

“DESESTIMAR la pretensión aducida por Dña. representada por el letrado D. con

domicilio a efectos de notificaciones en el despacho profesional de éste último, sito en ., León, en orden a la declaración de responsabilidad patrimonial de esta Administración Municipal, y la subsiguiente indemnización por los daños y perjuicios irrogados en el patrimonio de dicha interesada, concretamente en la motocicleta SUZUKI 125, matrícula , propiedad de Dña. , y valorados en 511,79 €, cuando circulando su conductor sobre las 13,10 horas del día 01/06/15, por la C/Cardenal Cisneros de

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esta Ciudad, procedente de la C/Malpaso y con dirección a la C/Relojero Losada, y encontrándose a la altura de su núm. 6, la rueda delantera se hundió en un bache rellenado de arena sin pisar, volcando y cayendo a la calzada, ocasionando desperfectos materiales en su lateral derecho, y ello al no poder entenderse suficientemente acreditada la relación de causalidad entre el hecho imputado a esta Administración, esto es, entre el funcionamiento del servicio, y el daño irrogado, siendo dicha prueba condición sine qua non para el reconocimiento de toda responsabilidad patrimonial al ser un elemento configurador de la misma.

11.2.- Visto el escrito presentado por “LIBERTY SEGUROS, SA”, con CIF:A-48.037.642, representado por el letrado D. y con domicilio a efectos de notificaciones en el despacho profesional de éste último, sito en (León), en cuya virtud se inicia procedimiento de responsabilidad patrimonial de esta administración municipal, en reclamación de indemnización de daños y perjuicios sufridos en la vivienda de su asegurado, D. , a consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos de aquella dependientes,

ACUERDO:

Declarar INADMISIBLE, POR EXTEMPORÁNEA, la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada aducida por “LIBERTY SEGUROS, SA”, con CIF:A-48.037.642, representada por el letrado D. y con domicilio a efectos de notificaciones en el despacho profesional de éste último, sito en . (León),en orden a la obtención indemnización por los daños y perjuicios sufridos en la vivienda de su asegurado, D. de León, cuando siendo el día 24/04/13 se produjo la rotura de una tubería que discurre entre la arqueta de desagüe de la referida vivienda y el colector general de dicha calle, provocando un atasco que dio lugar al retroceso del agua residual hacia la referida vivienda, inundando la sala de calderas y afectando a los paramentos verticales de otra estancia destinada a despensa.

Y ello por cuanto habiéndose producido los hechos causantes del daño el día 24/04/13, no obstante, el escrito de reclamación patrimonial no tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento de León sino hasta el siguiente 05/09/14, esto es, después de transcurrido más de un año de haber tenido lugar aquéllos.”

12- CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA A FAVOR DEL CLUB DEPORTIVO INDUSTRIAS QUIMICAS PARA CELEBRACIÓN DEL XV TORNEO INTERNACIONAL DE FÚTBOL REINO DE LEÓN, CATEGORIA INFANTIL.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Infraestructuras y Deportes, que

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cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 31 de mayo de 2016, con el contenido siguiente:

“La Concejalía de Deportes dentro de la programación deportiva prevista para el ejercicio económico del 2016, tiene previsto la realización del XV TORNEO INTERNACIONAL DE FÚTBOL EN CATEGORÍA INFANTIL.

Dicho evento se realiza por la Concejalía de Deportes en colaboración con

el Club Deportivo Industrias Químicas en el Área Deportiva de Puente Castro los días 17 al 19 de Junio contando con la participación de los Clubes deportivos de Fútbol del Real Madrid, Barcelona, Sevilla, Bilbao, Villareal , Atlético de Madrid, además de equipos internacionales de diversos países en la categoría infantil, así como a la Selección de León, proponiéndose a favor del Club deportivo Industrias Químicas una subvención deportiva por importe de 13.000,00 € a cargo de la partida presupuestaria 09.34100.48920 del presupuesto para el ejercicio del 2016.

Debido al carácter internacional del evento deportivo, se hace necesario

para su preparación y correcta organización, anticipar el pago de los gastos de alojamiento y desplazamiento de los equipos internacionales participantes, debiéndose librar anticipadamente el 75% de la propuesta subvención deportiva a favor del club deportivo Industrias Químicas por importe de 9.750,00 €.

En base a lo anterior se solicita, 1.-La autorización y disposición del gasto por importe total de 13.000,00 €

con cargo a la partida presupuestaria 09.34100.48920 del presupuesto vigente a favor del Club deportivo Industrias Químicas con CIF. G-24407066 para la organización del XV TORNEO INTERNACIONAL DE FÚTBOL REINO DE LEÓN CATEGORÍA INFANTIL.

2.-Aprobación del Convenio de colaboración entre la Concejalía de

Deportes y el Club deportivo Industrias Químicas con CIF. G-24407066 por importe de 13.000,00 €, para atender los gastos del XV TORNEO INTERNACIONAL DE FÚTBOL REINO DE LEÓN CATEGORÍA INFANTIL y que se desarrollará durante los días 19 AL 21 de Junio en el Área Deportiva de Puente Castro, y todo ello según lo establecido en el convenio regulador antes dicho.

3- Librar el 75% de la subvención referida de forma anticipada, ya que se cumplen los requisitos establecidos en la base nonagésima del Título V- “Subvenciones” de las Bases de Ejecución del Presupuesto del ejercicio del 2016 y en base a los motivos antes referidos.

4.- Facultar al Concejal delegado de Deportes para la firma del Convenio

regulador del presente evento y de cuantos documentos sean necesarios para la efectividad del mismo.”

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13.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO DE MEDALLAS, PINS Y OBSEQUIOS PARA LAS FIESTAS DEPORTIVAS EN COLEGIOS 2016.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Infraestructuras y Deportes, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 24 de mayo de 2016,:

ACUERDO:

1.-Adjudicación a favor de Roberto Gonzalez Villa el suministro de medallas, pins y diversos obsequios para las fiestas deportivas en colegios, por importe de 13.900,00 € € ya que esta entidad comercial ha presentado la oferta económica dentro de las condiciones establecidas por la Concejalía de Deportes.

2.-Autorización y disposición del citado gasto a favor de Roberto Gonzalez Villa con identificación fiscal número 09.766.272- M el suministro de medallas, pins y diversos obsequios para las fiestas deportivas en colegios de trofeos, por importe de 13.900,00 € y todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 09.34100.22610 correspondiente a la Concejalía de deportes del presupuesto del ejercicio del 2016.”

14.- APROBACIÓN DEL PROYECTO DE OBRAS PARA LA RESTAURACIÓN DE CATORCE MEDIANERAS EN EL CORREDOR DE FEVE, ENTRE LA PZ. JUAN DE AUSTRIA Y EL PARQUE DE SAN MAMÉS, ZONA SUR DE LA TRAZA.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico Adjunta al Jefe de Servicio de Urbanismo y Patrimonio, SE ACORDÓ: Aprobar el proyecto denominado “Obras de restauración de medianeras en el corredor de FEVE, comprendidas entre la Plaza Juan de Austria y el Parque de San Mamés, en la zona sur de la traza”, redactado por la Arquitecta del ILRUV, Dª Mª Ángeles Gabela Merino.

El presupuesto de ejecución de las obras a las que se refiere este proyecto se estima en la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (65.727,66 €) IVA incluido, cantidad subvencionada en su totalidad con fondos de la entidad FEVE, de acuerdo con los términos del convenio suscrito con este Ayuntamiento el día 19 de septiembre de 2011.”

15.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE OBRAS.- Se acordó aprobar el Dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 1 de junio de 2016, cuyo contenido es el siguiente:

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“A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios

Técnicos y Jurídicos Municipales, se acuerda: - Conceder a RETEVISIÓN I, S.A., licencia de obras para Instalación de

una unidad de suministro a vehículos propios en la Avda. Alcalde Miguel Castaño nº 115, cuyo expediente fue iniciado mediante solicitud de la interesada presentada el 27 de abril de 2016. Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud.

Teniendo en cuenta que la instalación modifica las condiciones de

desarrollo de la actividad con licencia en vigor, deberá presentarse la correspondiente comunicación de inicio, teniendo en cuenta que la actividad está contenida en el Anexo III, punto “I” del Decreto Legislativo 1/15 de 12 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

- Conceder a C.P. REPÚBLICA ARGENTINA 31, licencia de obras para

mejora de accesibilidad en portal con ascensor, en el edificio situado en la Avda. República Argentina nº 31, cuyo expediente fue iniciado mediante solicitud de los interesados presentado el 28 de abril de 2016. Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud.

Al finalizar las obras, se deberá presentar certificado Final de Obras firmado

por el director de las mismas, con el fin de que los Servicios Técnicos Municipales puedan proceder a su revisión. - Conceder a VODAFONE ONO, S.A.U, representada por D. José Ignacio García González relativo a solicitud de licencia de obras para II ESTUDIO DE OBRA CIVIL DE TELECOMUNICACIONES POR CABLE en la ciudad de León para 2016 - calle Fernando González Regueral s/n (Armunia) y cuya solicitud fue formulada con fecha 29 de febrero de 2016.

Con anterioridad al inicio de las obras se precisa una visita previa y el replanteo de las obras a realizar por parte de la Empresa solicitante y Técnicos Municipales de este Servicio Técnico.

Asimismo, a la finalización de las obras se presentará en este Ayuntamiento un plano de detalle de las mismas para completar el expediente conforme a la realidad geométrica final. - Conceder a C.P. VELÁZQUEZ Nº 2 Y CALLE LAS FUENTES Nº 22, licencia de obras para reforma de portal en el edificio situado en la calle Las Fuentes nº 22, cuyo expediente fue iniciado mediante solicitud de los interesados presentado el 5 de mayo de 2016. Las obras mencionadas deberán realizarse

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conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud. - Conceder a ASCENSORES BURGASDIHER, S.L., licencia de obras para instalación de ascensor en el edificio situado en la Avda. Mariano Andrés nº 118, cuyo expediente fue iniciado mediante solicitud de la interesada presentada el 18 de abril de 2016. Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud.

Al finalizar las obras, se deberá presentar certificado Final de Obras firmado por el director de las mismas, con el fin de que los Servicios Técnicos Municipales puedan proceder a su revisión. - Conceder a D. , licencia de obras para derribo de edificio situado en la calle .Las obras se realizarán conforme al proyecto presentado el 4 de mayo de 2016 y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia, haciéndose constar, asimismo, que la demolición se efectuará de acuerdo con las siguientes condiciones:

1.- Se regarán con abundancia las fábricas y demás elementos de construcción, a fin de que se produzca el menor polvo posible.

2.- Los escombros y materiales, procedentes del derribo se bajarán de la obra haciendo uso de maromas, poleas, espuertas y otros aparatos ó máquinas que faciliten su descenso, prohibiéndose arrojarlos desde lo alto, así como el empleo en fachada de tolvas y canaletas.

3.- Los materiales procedentes del derribo, se transportarán en vehículos convenientemente protegidos y cubiertos, para evitar el desprendimiento de escombros y polvo en el trayecto.

4.- Se prohíbe la utilización de explosivos en las demoliciones, salvo autorización expresa del Ayuntamiento.

5.- Será obligatoria la instalación de una valla de características adecuadas, para evitar que los materiales procedentes del derribo puedan causar daños o molestias a quienes transiten por la vía pública.

6.- No se interceptará el tránsito por la vía pública con materiales y escombros, que deberán estar situados en el espacio delimitado por la valla.

Una vez terminadas las obras, deberá aportarse al expediente un Certificado Final de las mismas, redactado y visado por Técnico competente a efectos de la baja definitiva del edificio en el Registro de Edificios sujetos a la ITE. - Conceder a D , relativo a solicitud de licencia de obras para derribo de edificio situado en la calle

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de Armunia. Las obras se realizarán de conformidad con el proyecto presentado el 19 de abril de 2016 y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia, haciéndose constar, asimismo, que la demolición se efectuará de acuerdo con las siguientes condiciones:

1.- Se regarán con abundancia las fábricas y demás elementos de construcción, a fin de que se produzca el menor polvo posible.

2.- Los escombros y materiales, procedentes del derribo se bajarán de la obra haciendo uso de maromas, poleas, espuertas y otros aparatos ó máquinas que faciliten su descenso, prohibiéndose arrojarlos desde lo alto, así como el empleo en fachada de tolvas y canaletas.

3.- Los materiales procedentes del derribo, se transportarán en vehículos convenientemente protegidos y cubiertos, para evitar el desprendimiento de escombros y polvo en el trayecto.

4.- Se prohíbe la utilización de explosivos en las demoliciones, salvo autorización expresa del Ayuntamiento.

5.- Será obligatoria la instalación de una valla de características adecuadas, para evitar que los materiales procedentes del derribo puedan causar daños o molestias a quienes transiten por la vía pública.

6.- No se interceptará el tránsito por la vía pública con materiales y escombros, que deberán estar situados en el espacio delimitado por la valla.

Una vez terminadas las obras, deberá aportarse al expediente un Certificado Final de las mismas, redactado y visado por Técnico competente a efectos de la baja definitiva del edificio en el Registro de Edificios sujetos a la ITE.”

16.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN.- Se acordó aprobar el Dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 1 de junio de 2016, cuyo contenido es el siguiente:

“A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios Técnicos y Jurídicos Municipales, se acuerda:

- Conceder a , licencia de primera

ocupación para vivienda unifamiliar situada en la

El presente acuerdo deberá ser notificado a la Sociedad Mixta Aguas de León, S.L., y previa petición por el interesado, se proceda a la concesión de los distintos suministros de agua, electricidad, gas y telefonía.

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- Conceder a D. licencia de

primera ocupación para vivienda unifamiliar situada en la Avda. de

El presente acuerdo deberá ser notificado a la Sociedad Mixta Aguas de

León, S.L., y previa petición por el interesado, se proceda a la concesión de los distintos suministros de agua, electricidad, gas y telefonía.

Del presente acuerdo será traslado a Gestión Tributaria a los efectos de

que se practiquen las liquidaciones que procedan, por cuanto que, de conformidad con el certificado-liquidación aportado por el Arquitecto-Director de las obras, el presupuesto ha sido modificado con respecto al recogido en el proyecto, con un aumento de 2.512,35 euros.”

17.- EXPEDIENTE CONTRADICTORIO PARA LA DECLARACIÓN EN

ESTADO DE RUINA DEL INMUEBLE Nº 11 DE LA PLAZA DEL CONDE LUNA: DECLARACIÓN EN ESTADO DE RUINA.- Se acordó aprobar el Dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 1 de junio de 2016,

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACORDÓ LO SIGUIENTE: 1º.- Declarar ESTADO DE RUINA el inmueble sito en el nº 11 de la plaza

del Conde Luna, si bien al tratarse de un edificio con un nivel de protección III dentro del ámbito de aplicación del Plan Especial de la Ciudad Antigua, en el edificio deberá procederse a realizar las obras a las que se refiere el art. 4.17 del citado Plan Especial, debiéndose tener en cuenta lo indicado en los apartados 3 y 4 del artículo mencionado, a saber:

“Las obras permitidas son las de restauración, conservación, consolidación

y rehabilitación, admitiéndose también las obras de reestructuración en casos justificados de cambio de uso, mejora de las condiciones de habitabilidad del edificio o patio de manzana y deterioro u obsolescencia manifiesta de la estructura interior, que se acreditará mediante pruebas y dictámenes a estos efectos. Las obras de reestructuración serán proporcionadas a la graduación en que se produzcan las circunstancias anteriores y deberán restituir las características genéricas de la tipología estructural con mantenimiento en todo caso de fachadas así como aquellos elementos internos en buen estado estructural que presenten interés arquitectónico o espacial, como podrían ser escaleras generales, portales o patio.

En obras de reestructuración, el edificio deberá adecuarse a la volumetría

señalada en el plano de alineaciones y alturas de la edificación, bien sea con aumento o disminución, todo ello en la medida que lo permita el grado de reestructuración que afecte al edificio. En cualquier caso será obligatorio respetar

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las “alineaciones condicionadas” a los distintos tipos de intervención de los edificios que señalan en dicho plano.”

2º.- Comunicar a los interesados que a tenor de lo dispuesto en el

expositivo anterior el edificio no podrá ser objeto de derribo, sino que deberá solicitar licencia con un proyecto de ejecución que contemple las obras a realizar, considerando lo indicado en el artículo 4.17 del P.E.C.A., en sus apartados 3 y 4.

3º.- En cuanto a las medidas de seguridad a adoptar, se deberá mantener

el edificio cerrado como en la actualidad, impidiéndose el paso, además de seguir manteniendo el lienzo provisional de la fachada.

4º.- Apercibir a la propiedad de que de no dar cumplimiento a lo ordenado

en los plazos que al efecto se indican, y a tenor de lo establecido en el art. 107.4 de la Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, así como en el art. 327 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León , el Ayuntamiento podrá proceder a la ejecución subsidiaria de las medidas dispuestas en ella, o bien resolver la sujeción del inmueble al régimen de venta forzosa, salvo si la demora implicase peligro en cuyo caso se aplicará lo dispuesto en el artículo 108, relativo a la ruina inminente, todo ello, sin perjuicio, de las responsabilidades que pudieran serle exigidas por razón de los daños que a consecuencia del mal estado de conservación del inmueble pudieran originarse para personas o bienes.

5º.- Asimismo, al estar emplazado el edificio dentro del Entorno

Monumental, deberá comunicarse al a Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León la resolución del expediente.”

18.- EXPEDIENTE DE AUTORIZACIÓN PARA AGRUPACIÓN.- Se acordó aprobar el Dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 1 de junio de 2016, cuyo contenido es el siguiente:

“A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios Técnicos y Jurídicos Municipales, se acuerda conceder a D.

, autorización administrativa a los efectos de realizar la agrupación de dos inmuebles, una vivienda y dos locales, situados en la Avda. de Quevedo nº 4-1º Izquierda, cuya solicitud fue formulada por el interesado el 4 de marzo de 2015.

19.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE PANTALONES DE VERANO, PARA LA PLANTILLA DE LA POLICÍA LOCAL, 2016.- Se acordó aprobar el informe propuesta formulado por el Técnico de la Policía

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Local , que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 1 de junio de 2016, ACUERDO: ÚNICO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en ADQUISICIÓN DE PANTALONES DE VERANO PARA LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA LOCAL, a favor de la oferta económicamente más ventajosa EL CORTE INGLÉS S.L. con identificación fiscal A-28017895, por importe de 21.538,24 € (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS DE EURO). URGENCIA.- Fuera del Orden del Día y previa declaración de urgencia, se acordó incluir el siguiente asunto: 20.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO DE PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO CONTRA LA LEGIONELLA EN VARIOS EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Arquitecto Municipal de la Oficina de Proyectos que cuenta con el vistyo bueno del Concejal Delegado de Infraestructuras y Deportes, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 17 de mayo de 2016, ACUERDO: ÚNICO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en Suministro de productos para el tratamiento contra la Legionella en varios edificios e instalaciones Municipales para el año 2016, a favor de la mercantil QUÍMICA INDUSTRIAL MEDITERRÁNEA, S.L.U. con identificación fiscal B29225687, por importe de 6.331,33€, por ser la única que cumple con las especificaciones solicitadas para los productos de la licitación.”

21.- CONTRATO MENOR DE SEGURO DE CONTINGENCIAS PARA LAS FIESTAS DE SAN JUAN Y SAN PEDRO 2016.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Coordinador de Fiestas que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Comercio, Consumo y Fiestas, así como con el fiscalizado y conforme del Sr. Interventor Municipal que figura al margen derecho del informe propuesta, de fecha 2 de junio de 2016, ACUERDO: ÚNICO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en 3944,00 €, a favor de la oferta económicamente más ventajosa FIATC MUTUA DE SEGUROS Y

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REASEGUROS A PRIMA FIJA con identificación fiscal G-08171407, por importe de 3.944,00€.”

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por finalizada esta sesión, siendo las diez horas y cincuenta minutos, de la que se extiende la presente acta, que firma el Sr. Alcalde, conmigo, la Secretaria, que doy fe.