Evolución del Turismo

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Legislación Turística Elaborado por: Eliaxis Rodríguez.

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Legislación Turística

Elaborado por:Eliaxis Rodríguez.

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Evolución legal e Institucional del Turismo en Venezuela

En Venezuela, los fundamentos legales de las actividades dirigidas al desarrollo del turismo, están dados en primer lugar por la Constitución Nacional, cuando en el Ordinal 22 del Artículo 156, reserva al Poder Nacional la facultad de legislar en materia de turismo, facultad ésta que ha sido cumplida cuando se han sancionado y promulgado las Leyes de Turismo; y cuando el Ejecutivo Nacional, haciendo uso de sus facultades, ha reglamentado dichas Leyes, e igualmente cuando ha dictado Decretos y Resoluciones en materia de turismo. De la misma manera, la Constitución Nacional en su artículo 310 establece que: "El turismo es una actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en su estrategia dediversificación y desarrollo sustentable. Dentro de las fundamentaciones del régimen socioeconómico previsto en esta Constitución, el estado dictará las medidas que garanticen su desarrollo: El Estado velará por la creación y fortalecimiento del sector turístico nacional“. Lo cual indica que el turismo está considerado entre las actividades económicas prioritariaspara el Estado venezolano. Ahora bien, si pretendemos realizar una cronología de las diversas leyes que sobre turismo han sido dictadas en el país, encontramos que: La primera regulación jurídica de la actividad turística en Venezuela fue el Decreto Ejecutivo sobre Turismo, dictado el 16 de noviembre de 1937. Este Decreto fue derogado por la Ley de Turismo sancionada el 20 de agosto de 1938 y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 19.660 del 31 de agosto de 1938.

El turismo como tal nace en el siglo XIX.

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Los aspectos más resaltantes de esta Ley son:

1. El Ejecutivo Federal podrá organizar todo lo relativo a los servicios turísticos.2. Todos los servicios relacionados con el turismo dependerán del Ministerio de Fomento.3. Se crea la Oficina Nacional de Turismo.4. El Ejecutivo Federal podrá exonerar del pago de los derechos previstos en las LeyesFiscales a los buques que transportan turistas.5. El Ejecutivo Federal determinará los sitios, lugares o regiones del país, destinadas a zonasde turismo.6. El Ministerio de Fomento deberá aprobar previamente todos los proyectos de construcciónde edificaciones turísticas.7. El Ejecutivo Federal designará a los integrantes de la Comisión Consultiva de Turismo,que tendrá como funciones:- Asesorar los servicios turísticos y sugerir y gestionar los medios para su mejoramiento.- Actuar como autoridad policial en materia de turismo. 8. El Ejecutivo Federal fijará y fiscalizará la aplicación exacta y uniforme de las tarifas ycondiciones de prestación del servicio de alojamiento turístico, de organización y realizaciónde viajes para turistas y en general, toda actividad o comercio relacionada con el turismo.9. El Ejecutivo Federal con el objeto de fomentar el turismo en el territorio nacional. podrá:a. Organizar y propiciar congresos, ferias, exposiciones, convenciones y olimpiadas.b. Establecer y mantener relaciones con organismos extranjeros de turismo. c. Propender, mediante una adecuada divulgación, al conocimiento del país.d. Establecer medidas para la seguridad, protección, comodidad y beneficios del turista.10. Se reconocen como empresas turísticas a aquellas que dispongan de medios suficientespara el éxito de sus actividades en materia de labor de transportación, de guías de turismo,organización de viajes y servicios de alojamiento. Estas empresas están obligadas a solicitarante el Ministerio de Fomento los permisos para construcciones turísticas, oficinas deturismo, programas e itinerarios de excursiones, etc..11. A los fines de esta ley son turistas los extranjeros no residenciados en Venezuela quevisiten el país con propósitos exclusivos de esparcimiento por un lapso no mayor de seismeses; como deportistas para participar en concursos y certámenes; y cuando ingresen concarta de turismo, expedidas por el respectivo agente consular de la República.12. Los turistas están exentos del depósito prescrito en la ley de Extranjeros y del pago de losimpuestos a que se refiere el artículo 23 del Reglamento de la Ley de Extranjeros; igualmenteestán exentos del pago de derechos por introducir al país objetos o útiles que sean de usoevidentemente personal.13. Quedan obligados a cumplir con las Leyes Sanitarias del país.

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El Reglamento de esta Ley de Turismo fue publicado el 10 de marzo de 1939 y sus aspectos más resaltantes son:

1.Establecer la conformación y funcionamiento de la Oficina Nacional de Turismo.2.Establecer todo lo relativo a las listas, tarjetas y cartas de turismo, como instrumentos para el ingreso de los turistas al país.3.Establecer el funcionamiento y atribuciones de la Comisión Consultiva de Turismo.4.Señalar los requisitos y obligaciones de los guías de turismo.En 1953 se crea la Dirección de Turismo del Ministerio de Fomento, que sustituye a la Oficina Nacional de Turismo.En 1958, por Resolución del Ministerio de Fomento, se nombra la Comisión para la elaboración de un anteproyecto de Ley de Turismo.En 1961 la nueva Constitución Nacional, en su artículo 30, establece que el turismo es de competencia municipal, pero atribuye en el Ordinal 24 del artículo 136 la competencia para legislar en materia de turismo al Poder Nacional.En 1962, mediante el Decreto No. 689, se declara al turismo como una actividad de interés público.En 1973, el 22 de junio se publica una nueva Ley de Turismo, que deroga la de 1938, ley que fue reglamentada el 9 de marzo de 1974.

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AntecedentesEl turismo es tan antiguo como el hombre y nace con él mismo. Cuando estudiábamos el origen de nuestra raza en la escuela primaria, hablábamos de indios nómadas y de indios sedentarios; estábamos hablando inconscientemente de turistas y de receptores de turismo. El turismo viene a través de la historia desarrollándose lenta y espontáneamente. Hay muchas causas que hacen que el turismo haya tomado mundialmente importancia. En los países Europeos y en Estados Unidos el turismo, como movimiento más o menos interesante de volumen de personas, toma fuerza al establecerse el ferrocarril como medio de transporte.

Históricamente hablando, el turismo constituyó un privilegio de la clases adineradas, es decir, de la clase social constituida por los grupos o estratos de gran poder económico. Muchas de estas personas practicaban los viajes, esto es, practicaban turismo, además del placer que de ello derivaba, como un acto expreso de sobresalir notoriamente como persona importante.

Hoy en día todo ha cambiado a través de la historia y el turismo se ha convertido en una necesidad y en un placer accesible a mayor número de personas y estratos sociales. El turismo en su historia pasa de haber sido privilegio elitesco a ser disfrute de las mayorías y el correr del tiempo ha cimentado al turismo como una gran actividad económica al alcance de grandes masas hoy con derecho a participar en el consumo del "producto industrial" del turismo que es la recreación y el descanso.

Lo interesante en la historia del turismo no es la secuencia cronológica de su desarrollo sino el provecho que podamos obtener, quienes ahora tratamos de desarrollar la actividad, de la experiencia de los países ya desarrollados.

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Estructura Organizativa

Ministra

Despacho del Vicepresidente de Proyectos y Obras Turísticas

Despacho de la Vicepresidentade Turismo Nacional

Despacho del Vicepresidente de Turismo Internacional

VENTEL

VENETUR

INATUR

SOGATUR

MUNDO DE LOS NIÑOS

BOSQUE MACUTO

FLOR DE VENEZUELA

CORPOTULIPA

CUHELAV

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El turismo como actividad de interés público

El turismo social se considera, como una actividad propia de la sociedad industrial, la cual genera una variedad de recursos y beneficios. La automatización del aparato productivo, hace que el hombre disponga de un mayor tiempo libre, el cual puede dedicarlo a la práctica del turismo y la recreación. Debe destacarse el turismo social,  como fenómeno de la redistribución de la riqueza, ya que su desarrollo exige una determinada oferta de acuerdo a la realidad económica y social de la población.

Muchos países han considerado al turismo social de gran importancia política y económica para sus naciones, hasta el punto de que, algunos de ellos han concebido una legislación, concentrada en un órgano exclusivo del propio estado. Ejemplo de ello, puede mencionarse a Bélgica, país de gran tradición del turismo social. También merecen ser mencionados países como Suiza y Dinamarca que mayormente ha fomentado el sistema de turismo social, pues lo desarrollan en forma descentralizadas.

Con respecto a los países de América latina, especialmente los subdesarrollados, el turismo social no ha tenido los suficientes estímulos por parte de las autoridades tanto laborales como oficiales para impulsar su desarrollo.

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Atribuciones de los órganos que rigen la actividad turística Nacional

• Elaborar, aprobar y difundir el Plan Estratégico Nacional de Turismo en atención a los planes de desarrollo aprobados conforme a la planificación centralizada, previa consulta con los demás integrantes del Sistema Turístico Nacional.

• Dictar las resoluciones y demás actos administrativos de efectos o generales a que haya lugar en la materia turística.

• Fijar conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular con competencia en la materia de control de precios, las tarifas de los servicios turísticos cuando las circunstancias sociales y económicas así lo requieran, a fin de evitar distorsiones en la economía.

•Efectuar las inspecciones correspondientes al Sistema Turístico Nacional, pudiendo delegar o encomendar esa función en otros órganos o entes.

•Fomentar la creación de Hoteles Escuelas en las distintas regiones del territorio nacional.

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• Dictar las normas para la evaluación de proyectos de inversión turística que se propongan realizar y desarrollar en le territorio nacional, prestando atención especial a los proyectos turísticos presentados por las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.

• Fomentar la inversión turística, con especial atención a aquellas dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.

•Elaborar y mantener actualizado, conjuntamente con las autoridades del Distrito Capital, los Estados, los Municipios, los territorios insulares, las Dependencias Federales y con el resto de integrantes del Sistema Turístico Nacional, el Catálogo Turístico Nacional y cualquier otro instrumento de difusión conformado por atractivos naturales, culturales, prestadores de servicios turísticos y los servicios complementados a la actividad turística.

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•Ejecutar las políticas relacionadas con el Plan de Promoción Nacional e Internacional de la República Bolivariana de Venezuela como destino turístico en concordancia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.

•Desarrollar los planes diseñados en materia de capacitación y sensibilización turística dirigidos a las comunidades y a los integrantes del sistema turístico nacional, con especial atención a aquellas dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.

•Ejecutar los Programas y Proyectos elaborados por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo, en materia de mejoramiento y recuperación de la infraestructura turística pública.

•Suscribir los convenios, contratos o cualquier otro tipo de acuerdo con integrantes del Sistema Turístico Nacional o con entes públicos e instituciones privadas; nacionales e internacionales, previa autorización del órgano rector, en concordancia con las políticas fijadas en el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.

•Elaborar el reglamento interno para su funcionamiento.

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•Ejercer la fiscalización, verificación, supervisión, control y recaudación de la contribución especial establecida en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, mediante los procedimientos previstos en el Código Orgánico Tributario vigente.

•Determinar las obligaciones tributarias y sus accesorios, y adelantar las gestiones de cobro, pudiendo solicitar a los Tribunales de la jurisdicción contenciosa tributaria el decreto de las medidas cautelares; demandar judicialmente siguiendo el procedimiento previsto en el Código Orgánico Tributario, todo ello a fin de garantizar los créditos a favor del Instituto Nacional de Turismo (INATUR).

•Imponer las sanciones previstas en el Código Orgánico Tributario a los contribuyentes que incumplan con los deberes materiales o formales de carácter tributario previstos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo.

•Conocer, sustanciar y decidir solicitudes, reclamaciones y recursos interpuestos por los interesados de acuerdo con las previsiones del ordenamiento jurídico aplicable; así como evacuar las consultas que sean sometidas a su consideración sobre las obligaciones tributarias de las cuales es sujeto activo el Instituto Nacional de Turismo (INATUR).

•Ejercer las demás atribuciones que le sean conferidas en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo y sus Reglamentos.

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• Diseñar y ejecutar el plan estratégico de tecnología de la información y la comunicación.

• Generar mecanismos que permitan medir el impacto de la institución en los ámbitos sociales, económicos, políticos y territoriales.

• Elaborar e implementar el Plan Estratégico de centralización de la administración por VENTEL C.A de los dos Sistemas Teleféricos.

• Iniciar en lo inmediato las asambleas y consejos de trabajadores y trabajadoras para validar la propuesta de cambio.

• Diseñar y poner en ejecución todas las modificaciones estatutarias pertinentes a las propuesta de cambio.

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•Desarrollar todas aquellas actividades relacionadas con la comercialización y mercadeo de los productos turísticos.

• Facilitar mecanismos para reimpulsar una nueva cultura turística.

• Satisfacer y beneficiar a toda la población a escala nacional e internacional, garantizando servicios de recreación, esparcimiento y negocio.

• Otorgar Finanzas Técnicas y Financieras al sector turismo.

• Contribuir en el desarrollo socio productivo de una actividad económica prioritaria para el interés nacional.

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MISIÓN: Contribuir con el posicionamiento de Venezuela como producto turístico altamente competitivo a través de eficientes mecanismos promocionales, oportuna formación del talento humano vinculado a la actividad, apoyados en una óptima gestión de recaudación, de manera integrada y coordinada con todos los actores relacionados al sector.

VISIÓN: Liderar los cambios que permitirán alcanzar una penetración efectiva y consecuente del producto Venezuela en los mercados emisores y meta, consolidándonos como uno de los principales destinos turísticos en el mundo, apoyados en el talento humano con excelentes niveles de calidad en la prestación del servicio turístico, que en su conjunto generen bienestar y riqueza a la población.

OBJETIVOS: Capacitar y formar a las ciudadanas y ciudadanos para el desarrollo del turismo, atendiendo especialmente aquellas actividades educativas que procuren el desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas, consejos comunales y demás formas de participación popular, así como la promoción nacional e internacional de la República Bolivariana de Venezuela como destino turístico, de acuerdo a los lineamientos que dicte el Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo, mediante la administración de los recursos obtenidos conforme al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo, con especial atención en aquellas actividades dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas, consejos comunales y demás formas de participación popular.

INATUR

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Zonas de interés turístico de Venezuela