EVALUACIÓN Y PARLAMENTO · Parlamento Vasco Leyes 1/2007 y 5/2008, de cooperación y Agencia para...
Transcript of EVALUACIÓN Y PARLAMENTO · Parlamento Vasco Leyes 1/2007 y 5/2008, de cooperación y Agencia para...
LA CULTURA DE LA PLANIFICACIÓN
Y EVALUACIÓN EN LA GESTIÓN PÚBLICA
Bilbao, 26 marzo 2014
EVALUACIÓN Y PARLAMENTO
Josu Osés Abando
Eusko Legebiltzarra - Parlamento Vasco
MENSAJE - RESUMEN
Crisis de legitimación del Estado social
Crisis de la representación política parlamentaria
Crisis de la ley como instrumento ordenador
EVALUACIÓN COMO HERRAMIENTA DE
CALIDAD DEMOCRÁTICA
G U I Ó N
- Qué es y qué se evalúa: la Evaluación legislativa
-- Quién y dónde se evalúa: la Evaluación institucional
Ejemplos comparados
-- Cómo se evalúan las leyes en Euskadi
- Conclusiones-propuestas
Anexo: Referencias
QUÉ ES LA EVALUACIÓN LEGISLATIVA
Definición: estudio de una decisión política plasmada en una acción o política pública contenida en una ley
Ubicación de la evaluación parlamentaria en el ciclo de la función legislativa
CICLO DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA
• Programa político
• Factibilidad ex-ante
• --------------- Proyecto de ley
Fase prelegislativa
• Antecedentes - Consultas
• Enmiendas, debates y votaciones
• --------------------------------- Ley Fase legislativa
• Análisis normativo: efectividad.
• Análisis económico: eficiencia.
• Análisis material: eficacia.
• ------- Informe evaluación: feedback
FASE EVALUATORIA
QUIÉN EVALÚA
Institucionalización de la Evaluación. El papel
del Parlamento.
- USA: la “madre de las evaluaciones” (GAO).
- Europa:
- Unión Europea: better law-making.
- GB: NAO en Gob. y PAC en Parlamento
QUIÉN EVALÚA
- Francia:
- Constitución, art. 24 (Julio 2008):
el Parlamento evaluará las políticas públicas.
- Ley 2011-140 “para el refuerzo de los medios
del Parlamento en materia de control de la acción
del Gobierno y de evaluación de las políticas
publicas.”
- Comité de evaluación y control de las
políticas públicas.
QUIÉN EVALÚA
España:
Andalucía, Estatuto, art. 138. “Evaluación de políticas
públicas: La ley regulará la organización y funcionamiento de
un sistema de evaluación de las políticas públicas.”
Navarra: Ley 2 /2005, de 29.12., de evaluación de las
políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos
(capítulo III)
LA EVALUACIÓN EN EUSKADI
Gipuzkoa: N.F. 6/2005 de org. institucional; art 5: las
JJ.GG. ejercen la potestad normativa y evalúan los resultados de
dicha potestad.
Parlamento Vasco
a) Intento fallido RPV 1998, art. 178: 2 GGPP o 1/5 de
parlamentarios, podrían pedir que una comisión evaluara el
cumplimiento y ejecución de las políticas públicas contenidas
en una ley o respecto a determinada materia.”
b) Informe del cumplimiento de mandatos políticos
(proposiciones no de ley y mociones).
c) Cláusulas legales de evaluación: 11 leyes.
Parlamento Vasco
Ley 2/1988, Instituto Emakunde
Art. 4:
Ex-ante: Plan de actuación (al comienzo de
legislatura)
Ex-post: Informe de evaluación de la situación de la
mujer y Memoria sobre actuación de los poderes
públicos (comunicación anual).
Parlamento Vasco
Ley 16/1994, conservación de la naturaleza
Dispos. Adic. 8ª: a los cinco años de la entrada en
vigor, el Gobierno la evaluará y dará traslado al
Parlamento para su análisis y valoración.
Parlamento Vasco
Ley 4/1995, espectáculos y actividades
recreativas
Disp. Adic. 4ª:
Ex-ante: El Gobierno remitirá al Parlamento el plan
general de inspecciones y comprobaciones.
Ex-post: Informará de su cumplimiento y
efectividad.
Parlamento Vasco
Ley 8/1997, ordenación sanitaria
Art. 13.3.: Informe anual al Parlamento con la
evaluación del Plan de Salud.
Parlamento Vasco
Ley 20/1997, promoción de la accesibilidad
Art. 26: El Consejo para la Promoción de la
Accesibilidad remitirá un informe anual sobre el grado
de cumplimiento de la ley con remisión al Parlamento
Parlamento Vasco
Ley 3/1998, general de protección del medio
ambiente
Art. 6.1.: Programa marco ambiental cuatrianual
elevado al Parlamento Vasco.
Parlamento Vasco
Ley 18/1998, de Prevención
Drogodependencias
Art. 37.1 (modif. Ley 7/2004):
Ex-ante: aprobación parlamentaria del Plan
quinquenal.
Ex-post: remisión anual al Parlamento de memoria
de evaluación
Parlamento Vasco
Ley 8/2004, de Industria
Art. 20:
Ex-ante: Planes estratégicos cuatrienales de actividad
industrial remitidos al Parlamento Vasco para su
debate.
Ex-post: Evaluación periódica de su grado de
ejecución
Parlamento Vasco
Ley 4/2005, igualdad de mujeres y hombres
Art. 51.3: Emakunde da cuenta al Parlamento Vasco
de la evaluación periódica de recursos y programas en
materia de violencia contra las mujeres.
Disp. adic. 1ª: informe quinquenal de evaluación de la
ley.
Parlamento Vasco
Leyes 1/2007 y 5/2008, de cooperación y
Agencia para el desarrollo
Ex-ante: Remisión y aprobación por el Parlamento
de las orientaciones generales del plan director
cuatrienal (art. 11 Ley 1/2007).
Ex-post: Información anual al Parlamento de su
grado de cumplimiento. Idem planes anuales (art. 8.
d. Ley 5/2008).
Parlamento Vasco
Ley 12/2008, de servicios sociales
Ex-ante: art. 35: debate parlamentario del Plan
estratégico
Ex-post: arts. 37 y 38: remisión, a efectos
informativos, de los planes sectirales y especiales.
Parlamento Vasco
Ley 18/2008, garantía de ingresos e inclusión
social
Art. 86 (modificado por Ley 4/2011):
Ex-ante: elevación al Parlamento del Plan para la
inclusión social para su debate.
Ex-post: Informe quinquenal de evaluación al
Parlamento Vasco.
CONCLUSIONES
1.- Creciente actividad evaluatoria:
a) Contexto de las políticas públicas vascas:
Fuerte actividad prestacional en Euskadi vs. crisis.
Entramado institucional peculiar: ¿Consejo Vasco
de Políticas Públicas?
CONCLUSIONES
b) Perspectivas institucional-competenciales: Minoración
del margen parlamentario de innovación legislativa "ex
novo“. Necesidades de revisión y mejora del corpus
legislativo vigente.
c) Generalización de las cláusulas formales de evaluación y
de la introducción de indicadores de eficacia.
CONCLUSIONES
2.- Alineamiento parlamentario: hacia una red
interinstitucional de evaluación.
a) Estructura administración PV:
- Oficina control presupuestario: Catalunya art.
203 RPC. Andalucía: art. 62 RPA.
- Replanteamiento asesoramiento
documental.
CONCLUSIONES
b) Tribunal de Cuentas: Francia, art. 47-2 Const.;
Navarra: Cámara Comptos, “auditoría operativas”
desde 1992. Esfuerzos del TVCP-HKEE.
c) UPV, sociedad civil: Think-tanks,
asociacionismo, participación ciudadana.
CONCLUSIONES
Y, por último, lo primero:
VOLUNTAD
POLÍTICA
Referencias
El control del cumplimiento de las normas, en AA.VV. La técnica
legislativa a debate, Madrid: Tecnos, 1994.
La evaluación normativa en el Derecho Comparado, en Alberto
Figueroa (coord.) Los procesos de implementación de las normas
jurídicas, Oñate: Instituto Vasco de Administración Pública, 1995.
Referencias (2)
Parlamento, Tribunal de Cuentas y evaluación. Auditoría Pública,
nº 11 (1997).
http://www.auditoriapublica.com/hemeroteca/199710_11_57.p
df
La evaluación legislativa como control parlamentario (en
colaboración con Alberto Figueroa) en Francesc
Pau (coord.), Parlamento y control del gobierno. Madrid:
Tecnos, 1998.
Referencias (3)
Evaluación legislativa: ¿Para qué sirven las leyes? El País, 30 de
septiembre de 2005.
http://elpais.com/diario/2005/09/30/paisvasco/1128109203_8
50215.html
Evaluación legislativa y Parlamento. Asamblea nº 15 (2008).
http://www.asamblea.gob.pa/debate/REVISTA_15/05-
Evaluacion_legislativa_Parlamento.pdf
Referencias (4)
Parlamento y sociedad civil en la función legislativa. Quaderni
regionali, 3 (2012).
http://www.regione.liguria.it/argomenti/consiglio/quaderni-
regionali/quaderni-regionali-anno-2012/numero-3-2012.html
Por un Parlamento útil. El País, 23.4.2013 (edición digital)
http://elpais.com/elpais/2013/04/10/opinion/1365589424_65
9846.html