Evaluación del impacto financiero y tributario de la NIIF ...
Transcript of Evaluación del impacto financiero y tributario de la NIIF ...
Evaluación del impacto financiero y tributariode la NIIF 16 en el sector aerocomercial local
Item Type info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Authors Rodriguez Ugaz, Alexandra Estefania; Tejada Sandoval, JohanaMirella
Citation Ugaz, R., Estefania, A., Sandoval, T., & Mirella, J. (2018).Evaluación del impacto financiero y tributario de la NIIF 16en el sector aerocomercial local. Universidad Peruana deCiencias Aplicadas (UPC), Lima, Perú. Retrieved from http://hdl.handle.net/10757/623537
Publisher Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)
Rights info:eu-repo/semantics/embargoedAccess; Attribution-NonCommercial-ShareAlike 3.0 United States
Download date 28/07/2022 00:06:03
Item License http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/us/
Link to Item http://hdl.handle.net/10757/623537
1
UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS
FACULTAD DE NEGOCIOS
CARRERA DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN
Evaluación del impacto financiero y tributario de la NIIF 16 en el
sector aerocomercial local
TESIS
para optar al Título de Licenciado en Contabilidad
AUTOR
Rodriguez Ugaz, Alexandra Estefania (0000-0002-8115-7557)
Tejada Sandoval, Johana Mirella (0000-0003-0071-0080)
ASESOR DE TESIS
Herrera Guillén, David (0000-0002-5503-6348)
Lima, 27 de Febrero de 2018
2
Tabla de contenidos
INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................... 7
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO ........................................................................................................... 9
1.1 Base teórica ................................................................................................................................ 9
1.1.1 Aspectos contables ................................................................................................................. 9
1.1.2 Otros aspectos ......................................................................................................................... 23
1.2 Antecedentes ............................................................................................................................ 24
1.2.1 Investigación realizada a nivel local .................................................................................... 24
1.2.2 Investigación realizada a nivel extranjero ............................................................................... 28
CAPÍTULO II. PLAN DE INVESTIGACIÓN ....................................................................................... 39
2.1 El problema .............................................................................................................................. 39
2.1.1 Problema general .................................................................................................................. 40
2.1.2 Problemas específicos .......................................................................................................... 40
2.2 La hipótesis .............................................................................................................................. 40
2.2.1 Hipótesis general .................................................................................................................. 42
2.2.2 Hipótesis específicas ............................................................................................................ 42
2.3 Los objetivos ............................................................................................................................ 42
2.3.1 Objetivo general ................................................................................................................... 43
2.3.2 Objetivos específicos ........................................................................................................... 43
CAPÍTULO III. METODOLOGÍA ......................................................................................................... 45
3.1 Metodología de investigación .................................................................................................. 45
3.1.1 Desarrollo cualitativo ........................................................................................................... 46
3.1.2 Desarrollo cuantitativo ......................................................................................................... 47
CAPÍTULO IV. DESARROLLO ............................................................................................................ 50
4.1 Análisis cualitativo ................................................................................................................... 50
4.1.1 Alineación del marco teórico con los objetivos ................................................................... 50
4.1.2 Elaboración de casos prácticos ............................................................................................ 55
4.1.3 Entrevistas a profundidad ..................................................................................................... 63
4.1.4 Resultados de entrevistas a profundidad ................................................................................. 64
4.2 Análisis cuantitativo ................................................................................................................. 72
4.2.1 Determinación de variables .................................................................................................. 73
3
4.2.2 Determinación de universo y muestra .................................................................................. 75
4.2.3 Recolección de data: variables vs hipótesis ......................................................................... 80
4.2.4 Análisis de resultados ........................................................................................................... 83
CAPÍTULO V. ANÁLISIS ...................................................................................................................... 93
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ....................................................................................... 96
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ..................................................................................................... 99
ANEXOS ............................................................................................................................................... 101
Anexo 01: Formulario de entrevista a experto financiero .................................................................. 101
Anexo 02: Formulario de entrevista a experto tributario ................................................................... 103
Anexo 03: Formulario de entrevista a experto del sector .................................................................. 104
Anexo 04: Comparación entre las normas ......................................................................................... 105
Anexo 05: Entrevista a experto financiero 1 ...................................................................................... 108
Anexo 06: Entrevista a experto del sector ......................................................................................... 111
Anexo 07: Entrevista a experto financiero 2 ...................................................................................... 114
Anexo 08: Entrevista a experto tributario .......................................................................................... 119
Anexo 09: Matriz de consistencia ...................................................................................................... 122
4
Ïndice de Tablas
Tabla 1 : Resumen de los principales ratios afectados ............................................................................. 29
Tabla 2 : Estimación de deuda no registrada “Pegasus Airlines” (en dólares) ........................................ 33
Tabla 3: Resumen del Estado de Situación Financiera “Pegasus Airlines” (en dólares) ......................... 34
Tabla 4: Factores para la determinación de la tasa incremental de endeudamiento ................................ 36
Tabla 5: Objetivos alineados a la base teórica ......................................................................................... 51
Tabla 6: Constructos de la hipótesis principal ......................................................................................... 51
Tabla 7: Constructos de la hipótesis específica 1 .................................................................................... 52
Tabla 8: Constructos de la hipótesis específica 2 .................................................................................... 53
Tabla 9 :Preguntas alineadas a objetivos ................................................................................................. 63
Tabla 10: Resumen de entrevista a Jim Yauri .......................................................................................... 66
Tabla 11: Resumen de entrevista a Carlos Chirinos ................................................................................ 67
Tabla 12: Resumen de entrevista a Vanessa Flores ................................................................................. 68
Tabla 13: Resumen de entrevista a Juvenal Bautista ............................................................................... 69
Tabla 14: Variables financieras ................................................................................................................ 73
Tabla 15: Cálculo de la materialidad ....................................................................................................... 75
Tabla 16: Líneas aéreas en el Perú ........................................................................................................... 75
Tabla 17: Principales puntos de comparación .......................................................................................... 77
Tabla 18: Monto anual por tipo de aeronave ........................................................................................... 82
Tabla 19: Valor presente de los arrendamientos ...................................................................................... 83
Tabla 20: Detalle de depreciación ............................................................................................................ 85
Tabla 21 : Impuesto a la renta diferido .................................................................................................... 85
Tabla 22 : Materialidad ............................................................................................................................ 87
Tabla 23 : Pasivo por arrendamiento y su impacto .................................................................................. 88
Tabla 24 : Cálculo de los ratios ................................................................................................................ 88
Tabla 25 : Impacto en los ratios ............................................................................................................... 88
Tabla 26: Impuesto a la renta diferido y su impacto ................................................................................ 89
Tabla 27 : Valor de mercado .................................................................................................................... 90
5
RESUMEN
El presente trabajo de investigación denominado “Evaluación del impacto financiero y tributario
de la NIIF 16 en el sector aerocomercial local”, tiene como objetivo principal explicar las
consecuencias que generará la implementación de la NIIF 16 sobre los contratos de arrendamientos
operativos en las empresas del sector aerocomercial peruano. El estudio se encuentra dividido en
cinco capítulos. En el primer capítulo, se describirá el impacto financiero y tributario de la NIIF
16 en el sector que será el más afectado, según el IASB, por la implementación, así como sus
potenciales efectos económicos. En el segundo capítulo, se identifican los problemas, las hipótesis
a comprobar y los objetivos propuestos. En el tercer capítulo se describe la metodología utilizada,
en este caso la mixta por lo que se utilizan datos estadísticos y entrevistas a profundidad con la
finalidad de probar cada una de nuestras hipótesis propuestas. En el cuarto capítulo se presentan
los resultados del análisis cualitativo y cuantitativo, y se presenta un caso práctico con el que se
pretende explicar los principales cambios de la nueva norma en los estados financieros. En el
quinto capítulo se analizan los resultados del estudio y se describe la evolución de los
arrendamientos desde la NIC 17 hasta su posterior derogación con la emisión de la NIIF 16 en el
año 2016. Finalmente se presentan las conclusiones y recomendaciones sobre la implementación
de esta nueva norma, que entrará en vigor a partir del 01 de enero del 2019, en las empresas del
sector aerocomercial peruano.
Palabras clave: Impacto Financiero, Impacto Tributario, Arrendamientos, NIC 17, NIIF 16, Sector
Aerocomercial.
6
ABSTRACT
The main objective of this research work called "Evaluation of the financial and tax impact of
IFRS 16 in the local aviation sector" is to explain the consequences of implementing IFRS 16 on
operating lease contracts in companies in the Peruvian commercial air sector. The study is divided
into five chapters. In the first chapter, the financial and tax impact of IFRS 16 will be described in
the sector that is the most affected, according to the IASB, by the implementation, as well as the
economic effects. In the second chapter, the problems, the hypotheses under test and the proposed
objectives are identified. The third chapter describes the methodology used, in this case the mixed
methodology for what is used as historical data and in-depth interviews in order to test each of the
proposed hypotheses. In the fourth chapter the results of the qualitative and quantitative analysis
are presented, and a practical case is presented with which it is intended to explain the main
changes of the new norm in the financial statements. The fifth chapter analyzes the results of the
study and describes the evolution of leases from IAS 17 until its subsequent repeal with the
issuance of IFRS 16 in 2016. Finally, the conclusions and recommendations on the implementation
of this new norm, that will come into effective date from January 1, 2019, in the companies of the
Peruvian commercial air sector.
Keywords: Financial Impact, Tax Impact, Leases, IAS 17, IFRS 16, Aero-commercial Sector.
7
INTRODUCCIÓN
En el año 2009, el IASB en conjunto con el emisor de normas de los EE.UU y el Consejo
de Normas de Contabilidad (FASB) iniciaron un proyecto ambicioso que tenía como finalidad
mejorar la información financiera de las actividades de arrendamiento de las empresas, debido a
que consideraban que el anterior modelo de contabilización no brindaba la información suficiente
requerida por los usuarios de información financiera. Las principales críticas se dieron porque el
modelo de contabilización de la NIC 17 carecía de transparencia y los usuarios debían realizar
ajustes a los estados financieros de los arrendatarios para tomar decisiones de inversión, creando
asimetrías de información. Por otro lado, el hecho de no reconocer activos y pasivos para los
arrendamientos operativos y hacerlo para los arrendamientos financieros, reducía la
comparabilidad. Asimismo, el modelo anterior no proporcionaba información suficiente acerca de
la exposición del riesgo por parte del arrendador a los arrendamientos operativos. Por ello, el IASB
decidió desarrollar un nuevo modelo de contabilización para los arrendatarios en el que
reconocieran los activos y pasivos creados por los arrendamientos.
Debido a ello, en el año 2016, el IASB publicó la NIIF 16 “Arrendamientos”, con la que se
pretende aportar la transparencia sobre los activos y pasivos de las empresas, así como, mejorar la
comparabilidad entre las empresas que arriendan y aquellas que solicitan préstamos para sus
compras. Esta nueva norma entrará en vigor para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de
2019 sustituyendo a la NIC 17; el cambio más significativo será el nuevo tratamiento contable de
los arrendamientos en la contabilidad del arrendatario debido a que se desarrollará un modelo único
dentro del estado de situación financiera el cual es muy similar al de arrendamiento financiero
actual, por lo que traerá como consecuencia que se reconozcan nuevos activos y el nivel de
endeudamiento aumente. Estos cambios se reflejarán principalmente en el Estado de Situación
Financiera, Estado de resultados y Estado de Flujo de Efectivo.
Esta nueva norma aplica a todos los tipos de arrendamientos, incluidos los arrendamientos
del derecho de uso de activos subarrendados por lo que uno de los objetivos secundarios del
presente trabajo será medir el impacto de la norma en las operaciones de arrendamiento y
8
subarrendamiento entre empresas vinculadas. En el sector peruano de aerolíneas existe una gran
cantidad de empresas que provienen de inversiones extranjeras, por lo que el modelo de
subarrendamiento de aeronaves es una práctica común entre ellas. Las aeronaves poseen un gran
valor económico, por ese motivo las compañías al tener poca capacidad de liquidez optan por el
arrendamiento operativo, principalmente con sus matrices las cuales a su vez también actúan como
arrendatarios de aeronaves con terceros (en su mayoría son bancos internacionales) lo que genera
el sub-arrendamiento. Asimismo, resulta importante mencionar que con la implementación de esta
nueva norma las operaciones entre compañías vinculadas se podrán ver afectadas como la vigencia
del contrato de arrendamiento, modificaciones a los contratos de arrendamiento vigentes, los costes
de la implementación, los nuevos procedimientos y controles a implementar, entre otros.
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal evaluar el impacto
financiero de la aplicación de la NIIF 16 en la contabilidad de los arrendatarios del sector
aerocomercial local. Se basará en el sector aerocomercial, puesto que, según el Análisis de los
Efectos presentado por el IASB, el sector de aerolíneas será el más afectado con el cambio, al
poseer un gran porcentaje de su flota bajo la modalidad de arrendamientos operativos. Además,
los objetivos secundarios planteados serán el determinar el impacto tributario de la implementación
de la NIIF 16, así como evaluar la aplicación de dicha norma en los arrendamientos entre empresas
vinculadas.
9
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
En el primer capítulo de la presente tesis nos centraremos en exponer la base teórica y las
principales definiciones a tratarse a lo largo del trabajo. Asimismo, detallaremos los principales
antecedentes e investigaciones que anteceden a la presente tesis.
1.1 Base teórica
1.1.1 Aspectos contables
1.1.1.1 Definiciones del Marco Conceptual para la Información Financiera
En la presente tesis, realizaremos investigaciones sobre el efecto de la implementación de
la NIIF 16 en el sector aerocomercial, por lo cual efectuaremos la definición de términos que
resultan importantes para la absoluta comprensión del contenido contable:
Importancia relativa
La materialidad o la importancia relativa es un aspecto específico de la relevancia de una
entidad, basado en la naturaleza o magnitud, o ambas, de las partidas a las que se refiere la
información en el contexto del informe financiero de una entidad individual (IFRS Foundation,
2017).
Comparabilidad
La comparabilidad es la característica cualitativa que permite a los usuarios identificar y
comprender similitudes y diferencias entre partidas. A diferencia de otras características
cualitativas, la comparabilidad no está relacionada con una única partida. Una comparación
requiere al menos dos partidas (IFRS Foundation, 2017).
10
1.1.1.2 Conceptos de la NIC 8: Aplicación retroactiva
La NIC 8 indica que la aplicación retroactiva consiste en aplicar una nueva política contable
a transacciones, otros sucesos y condiciones, como si ésta se hubiera aplicado siempre (IFRS
Foundation, 2016).
Además, esta norma detalla que la entidad cambiará una política contable si tal cambio se
requiere por una NIIF o esta lleva a que los estados financieros suministren información fiable y
más relevante sobre los efectos de distintas transacciones. En la NIC 8, también se especifica que
se contabilizará un cambio en una política contable derivado de la aplicación inicial de una NIIF
de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas de tales NIIF y dicho cambio será aplicado
retroactivamente (IFRS Foundation, 2016).
1.1.1.3 Conceptos de la NIC 12: Diferencias temporarias y activos por impuestos diferidos
La NIC 12, exige a las entidades contabilizar las consecuencias fiscales de sus sucesos
económicos. Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los montos contabilizados
de lugar a pagos fiscales futuros mayores o menores, se exige que la entidad reconozca un pasivo
o activo por el impuesto diferido (IFRS Foundation, 2017).
Los activos por impuestos diferidos se definen como las ganancias que se esperan
recuperar en periodos futuro derivados de: diferencias temporarias deducibles, compensación de
pérdidas de ejercicios anteriores que aún no hayan sido objeto de deducción fiscal y la
compensación de créditos no utilizados de ejercicios anteriores. Mientras que los pasivos por
impuestos diferidos se definen como las cantidades de impuestos a pagar en ejercicios futuros,
relacionadas con las diferencias temporarias imponibles (IFRS Foundation, 2017).
Las diferencias temporarias son las que existen entre el importe en libros de un activo o
pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal. Su clasificación será la siguiente:
(a) diferencias temporarias imponibles, producen cantidades imponibles al determinar
la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando el importe en libros
del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado; o
(b) diferencias temporarias deducibles, producen cantidades que son deducibles al
determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando el
importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado (IFRS Foundation,
2017).
11
Las diferencias temporarias pueden surgir cuando los gastos o ingresos se registran
contablemente en un periodo diferente al que se computan fiscalmente, éstas son conocidas
también con el nombre de diferencias temporales (IFRS Foundation, 2017).
1.1.1.4 Conceptos de la NIC 24: Partes relacionadas
La NIC 24 menciona que las relaciones entre partes vinculadas son una característica
común del comercio y de los negocios, debido a que las empresas llevan parte de sus actividades
a través de subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas. Este tipo de relación genera que se den
ciertas transacciones que no se podrían realizar entre otros clientes como, por ejemplo, vender
bienes al costo. Por ello, los resultados y la situación financiera de una entidad pueden verse
afectado por una relación entre partes vinculadas (IFRS Foundation, 2017).
La NIC 24 menciona que una parte relacionada es "una persona o entidad que está
relacionada con la entidad que prepara sus estados financieros"; además si la entidad ha tenido
transacciones con partes vinculadas se deberá revelar la naturaleza de la transacción y saldos
pendientes, con el fin de que los usuarios comprendan el efecto de dichas transacciones en los
estados financieros. Algunos ejemplos de transacciones que señala la norma son:
(a) compras o ventas de bienes (terminados o no);
(b) compras o ventas de inmuebles y otros activos;
(c) prestación o recepción de servicios;
(d) arrendamientos;
(e) transferencias de investigación y desarrollo;
(f) transferencias en función de acuerdos sobre licencias;
(g) transferencias realizadas en función de acuerdos de financiación;
(h) otorgamiento de garantías colaterales y avales;
(i) compromisos de hacer algo si ocurre o no un suceso concreto en el futuro, incluyendo
contratos por ejecutar; y
(j) la liquidación de pasivos en nombre de la entidad, o por la entidad en nombre de esa parte
relacionada.
12
Se debe tomar en cuenta que las transacciones entre partes vinculadas pueden ser utilizadas
como instrumentos para ocultar situaciones engañosas en los estados financieros o para generar
ventajas que distorsionan las condiciones de un mercado de libre competencia. Por ello, la NIC 24
establece información que las empresas deben revelar, como la relación que existe entre una
controladora y sus subsidiarias, aunque no hayan existido transacciones entre ellas. Además, entre
los principales requerimientos de revelación se encuentran:
(a) el importe de las transacciones;
(b) el importe de los saldos pendientes, incluyendo compromisos, y:
(i) sus plazos y condiciones, incluyendo si están garantizados, así como la
naturaleza de la contraprestación fijada para su liquidación; y
(ii) detalles de cualquier garantía otorgada o recibida;
(c) estimaciones por deudas de dudoso cobro relativas a importes incluidos en los saldos
pendientes; y
(d) el gasto reconocido durante el periodo con respecto a las deudas incobrables y de
dudoso cobro, procedentes de partes relacionadas (IFRS Foundation, 2017).
Adicionalmente, a la revelación indicada por la NIC 24, se debe tomar en cuenta la
información requerida por la NIIF 16, como el cargo por depreciación, los gastos por intereses,
ingresos por subarrendamientos, salidas de efectivo totales por arrendamientos, incorporaciones
de activos por derecho de uso, entre otros (IFRS Foundation, 2017).
1.1.1.5 NIIF 16: Definiciones, arrendatario y arrendador
Definiciones
El IASB se ha pronunciado sobre los arrendamientos a corto plazo y los arrendamientos de
activos de bajo valor, permitiendo contabilizarlos como gasto de forma lineal durante la vigencia
del arrendamiento. Se considera como “arrendamiento a corto plazo” aquel que posee una duración
menor a los 12 meses y que no incluye la opción de compra. La aplicación de esta exclusión debe
de hacerse por cada clase de activos arrendados (Deloitte, 2016).
Las entidades al inicio de un contrato deberán identificar si existe arrendamiento. Se podrá
determinar que existe arrendamiento si se transmite el derecho a controlar un activo identificado
por un periodo de tiempo determinado a cambio de una contraprestación. Un activo puede
13
especificarse de forma explícita en el contrato o implícita en el momento que se pone a disposición
del arrendatario para su uso. El periodo de tiempo también puede describirse en términos de la
cantidad de uso del activo (IFRS Foundation, 2017).
El plazo del arrendamiento se determinará como el periodo no cancelable del
arrendamiento, junto con los periodos que se tengan certeza de ampliar el arrendamiento; y los
periodos que se tengan certeza de terminar el arrendamiento (IFRS Foundation, 2017).
Arrendatario
La NIIF 16 cambiará el modelo de contabilización de los arrendatarios debido a que los
arrendamientos financieros y operativos seguirán un mismo modelo.
El arrendatario reconocerá, al inicio del arrendamiento, un activo por derecho de uso y un
pasivo por arrendamiento (IFRS Foundation, 2017).
El derecho de uso deberá ser medido al costo, el cual comprenderá: el importe del cálculo
del pasivo por arrendamiento; los pagos por arrendamiento antes o desde la fecha de comienzo,
descontando los incentivos de arrendamiento recibidos; los costos directos iniciales incurridos por
arrendatario; y una estimación de los costos en los que incurrirá el arrendatario al desmantelar y
eliminar el activo subyacente, restablecer el lugar en el que el activo se encuentra localizado o
restablecer el activo subyacente al nivel exigido por los términos y condiciones del arrendamiento
(IFRS Foundation, 2017).
Posteriormente, la medición del activo por derecho de uso se aplicará usando el modelo del
costo menos la depreciación acumulada y las pérdidas acumuladas por deterioro de valor; y
ajustado por cualquier nueva valoración del pasivo por arrendamiento (IFRS Foundation, 2017).
El pasivo por arrendamiento se valorará al valor presente de las cuotas por arrendamiento
los cuales se descontarán usando una tasa de interés implícita en el arrendamiento, si dicha tasa
puede determinarse fácilmente. En caso el arrendatario no pueda determinar la tasa fácilmente,
podrá utilizar la tasa incremental de sus préstamos (IFRS Foundation, 2017).
Los pasivos por arrendamiento deberán incluir las siguientes partidas: pagos fijos menos
los incentivos de arrendamiento por cobrar; pagos de arrendamiento variables; los importes que el
arrendatario espera pagar como garantías de valor residual; el precio de ejercicio de la opción de
compra si el arrendatario posee certeza razonable de ejercer esa opción; y las penalidades por
14
terminar el arrendamiento, si el plazo del arrendamiento incluye la opción de finalizar el contrato
(IFRS Foundation, 2017).
Posteriormente, el arrendamiento deberá incrementar el pasivo por arrendamiento para
reflejar el interés devengado; reducir los pagos que se van abonando del pasivo; y revalorar el valor
contable para reflejar las modificaciones del arrendamiento y revelar los pagos por arrendamiento
en esencia que han sido revisados (IFRS Foundation, 2017).
Arrendador
En el caso del arrendador, se mantendrá el modelo dual similar al de la NIC 17 para la
contabilización de sus arrendamientos por lo que seguirán distinguiendo entre arrendamientos
financieros y operativos.
Un arrendamiento financiero se clasificará como tal si se transfieren sustancialmente todos
los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo. En contrario, si no se transfieren
sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo se clasificará
como arrendamiento operativo (IFRS Foundation, 2017).
El arrendador tendrá que presentar los activos subyacentes sujetos a arrendamientos
operativos en el estado de situación financiera de acuerdo con la esencia del activo subyacente con
la finalidad de que los usuarios de los estados financieros puedan evaluar el efecto que los
arrendamientos producen en la contabilidad (Deloitte, 2016).
En el caso de transacciones de venta con arrendamiento posterior, las entidades deberán
identificar si la transferencia del activo cumple con los criterios de la NIIF 15 Ingresos procedentes
de contratos con clientes, para el reconocimiento como una venta. Para la NIIF 16, incluso cuando
se concluya que existe venta, el resultado se encuentra limitado, por el valor del derecho de uso
que conserve el arrendador comprador y que se reconocerá, junto con la transacción de venta
(Deloitte, 2016).
1.1.1.6 Beneficios y costos de la norma
1.1.1.6.1 Beneficios
El IASB espera que la NIIF 16 mejore significativamente la calidad de los estados
financieros, por lo que ha publicado un análisis de las principales consecuencias que generará la
implementación de esta nueva norma.
15
La implementación de esta nueva norma tiene como finalidad eliminar el modelo dual en
la contabilidad de los arrendatarios, por lo que el reconocimiento de todos los arrendamientos como
activos y pasivos proporcionará una representación fiel de la posición financiera de una empresa y
una mayor transparencia de sus ratios de apalancamiento financiero y capital empleado (IFRS
Foundation, 2016).
Mejoras de la calidad de la información financiera
Aplicando la NIC 17, los arrendamientos no se ven reflejados en el estado de situación
financiera de los arrendatarios; dado que no se identifican los activos que controla y utiliza para
sus operaciones asimismo los pagos relacionados a los arrendamientos que, económicamente, no
podría evitar (IFRS Foundation, 2016).
Los inversores y analistas de la información financiera de empresas arrendatarias, que
aplicaban la NIC 17, tuvieron que estimar pasivos de arrendamientos en el estado de situación
financiera para que la información sea comparable con otras empresas que arriendan
financieramente. Otros motivos para que algunas empresas presenten estos ajustes en sus estados
financieros son la importante fuente de financiamiento que generan los arrendamientos y las
solicitudes de información de inversores, analistas y otros usuarios de los Estados Financieros
acerca de estas transacciones. Los ajustes mencionados, ocasionaron estimaciones distorsionadas
y en cantidades más altas de lo que sería en realidad, si es medido precisamente (IFRS Foundation,
2016).
El IASB espera que, con este nuevo modelo de contabilización, las empresas con
importantes montos de arrendamiento se beneficien de la gestión de todos sus arrendamientos y de
los informes financieros. Este organismo también tiene en cuenta que algunas de estas empresas
prestarán menor atención a la eficiencia de sus transacciones de arrendamiento debido a que
muchas de las decisiones son descentralizadas (IFRS Foundation, 2016).
La implementación de esta nueva norma permitirá a los inversores y analistas de la
información financiera mejorar la evaluación de la posición financiera y el desempeño financiero
de las empresas. Otro beneficio es que la norma permitirá que las empresas identifiquen sus puntos
16
de mejora en la forma de que se financian, operan sus negocios y disminuir los costos generados
por la identificación del tipo de arrendamiento utilizado (IFRS Foundation, 2016).
Mejoras de la comparabilidad
Se espera que la NIIF 16 mejore significativamente la comparabilidad de la información
financiera de las empresas. Esto se debe a que las empresas: reconocerán activos y pasivos, en
esencia, por sus arrendamientos; medirán uniformemente todos los activos de arrendamientos y los
pasivos por arrendamiento; y reconocerán solo los derechos que se obtienen, y los pasivos que se
incurren, a través de un arrendamiento (IFRS Foundation, 2016).
La NIC 17 genera una diferencia en la contabilidad de los arrendatarios entre los que poseen
arrendamientos financieros (reportados en el estado de situación financiera) y los que poseen
arrendamientos operativos (reportados en el estado de ganancias y pérdidas). Esto significaba que
estos dos tipos de arrendamientos que eran muy similares, según su esencia económica, eran
tratados totalmente diferentes. Esta diferencia en los términos y condiciones de arrendamiento,
reducen la comparabilidad entre empresas por lo que brindó oportunidades de estructurar las
transacciones para lograr un resultado uniforme (IFRS Foundation, 2016).
El IASB espera que la NIIF 16 proporcione mejor información sobre los cambios en la
flexibilidad financiera de una empresa con arrendamientos de corta o larga duración y los cambios
en el contrato de arrendamiento, los cuales serán reflejados en el estado de situación financiera.
Esto significará cambio en la posición económica y los compromisos de la empresa los cuales son
reflejados en el estado de situación financiera, que fluye a través del estado de ganancias y pérdidas
y el estado de flujo de efectivo (IFRS Foundation, 2016).
1.1.1.6.2 Costos
Costos de implementación
Los posibles costos de implementación que se generarán, según el IASB, serán: la
instalación de sistemas y procesos, determinar la tasa de descuento a utilizar, y la comunicación y
educación (IFRS Foundation, 2016).
Las empresas pueden necesitar adaptar sus sistemas para reunir información frecuente de
lo que se requería cuando era necesaria solo para fines de revelación. El IASB espera que las
17
empresas que reconocen los arrendamientos en el estado de situación financiera usarán sus sistemas
existentes para cuando todos los arrendamientos se contabilicen de acuerdo con la NIIF 16, esto
debido a que la información necesaria para las revelaciones de las notas de la NIC 17 es muy
similar a la requerida para aplicar la NIIF 16, excepto para determinar la tasa de descuento a aplicar
por cada tipo de tasa de descuento. En cambio, las empresas que posean menor sofisticación en sus
sistemas en vez de administrar y realizar un seguimiento de sus arrendamientos incurrirán en
mayores costos que los sistemas sofisticados o tendrán que actualizar sus sistemas de IT (IFRS
Foundation, 2016).
Cuando se aplica por primera vez la NIIF 16, las empresas no se encuentran obligadas a
reevaluar sus contratos para determinar si contienen arrendamiento. En consecuencia, solo se
espera que se generen costos de identificación de contratos cuando la empresa decida reevaluar sus
contratos porque considera que los beneficios de la reevaluación superarán a los costos incurridos;
asimismo para los contratos concertados después de la implementación de la NIIF 16, se espera
que se incurran en costos para evaluar si los contratos contienen arrendamiento. Adicional a la
evaluación del contrato, las empresas incurrirán en costos para identificar las cantidades de
arrendamiento y los servicios (IFRS Foundation, 2016).
La necesidad de determinar la tasa de descuento para cada arrendamiento (excepto
arrendamientos de corto plazo y activos de bajo valor) se debe a que las empresas deben determinar
los pasivos de arrendamiento al valor presente de los pagos futuros de arrendamiento asumiendo
que los efectos de la determinación de la tasa de descuento son materiales para la empresa. Es por
ello, que las empresas deben tener identificados los arrendamientos que poseen, los plazos de los
contratos de arrendamiento y los pagos futuros por cada arrendamiento; con la finalidad de que la
empresa no incurra en costos adicionales para la identificación. En caso de que las empresas
apliquen por primera vez la NIIF 16, la norma les permite utilizar una tasa incremental de
endeudamiento en la fecha de inicio para cada aplicación de arrendamientos (IFRS Foundation,
2016).
Otros costos en los que se incurrirán serán la educación por brindar al personal y la
actualización de los procedimientos internos. Las comunicaciones también deben realizarse a las
partes externas, como los analistas e inversores. Se espera que estos costos sean menos
significativos para las empresas que poseen arrendamientos financieros que aplican la NIC 17, y
18
más significativos para aquellos que no lo hacen, dado que los tratamientos contables de ambas
normas son muy similares (IFRS Foundation, 2016).
Como en toda nueva implementación, habrá un periodo de educación y ajuste en los cuales
se podrán incluir costos para modificar sus procesos y realizar análisis. El IASB considera que la
mayor comparabilidad y coherencia sobre el tratamiento de los arrendamientos que aplican la NIIF
16 justifican los costos que los usuarios de los Estados Financieros puedan incurrir inicialmente
(IFRS Foundation, 2016).
Se espera que los reguladores y autoridades fiscales de cada país incurran en costos
relacionados a la NIIF 16 si sus respectivos reglamentos dependen del tratamiento de la NIC 17.
Estos pueden variar según la jurisdicción basados en los requerimientos locales (IFRS Foundation,
2016).
Costos continuos
El IASB espera que los principales costos continuos provengan de la recolección de la
información necesaria para que los activos y pasivos de arrendamiento sean reportados en cada
fecha de presentación de informes (IFRS Foundation, 2016).
La NIIF 16, a diferencia de la NIC 17, no requiere que una empresa arrendataria clasifique
sus arrendamientos. Con este cambio, el IASB espera reducir los costos de clasificación de los
contratos de arrendamientos, los cuales eran complicados y requerían la aplicación de juicios
profesionales. En cambio, se espera aumentar los costos de identificación respecto a las tasas de
descuento a utilizar para traer a valor presente los pagos futuros de cada uno de los arrendamientos
que poseen las empresas asumiendo que los efectos de la determinación de la tasa de descuento
son materiales para la empresa (IFRS Foundation, 2016).
La norma requiere la revaluación del contrato de arrendamiento después de su
determinación inicial solo cuando las empresas deseen tomar acciones que podrían ocasionar un
importante efecto sobre el plazo de arrendamiento. En consecuencia, se espera que los cambios en
el plazo del arrendamiento, la revaluación de la tasa de descuento y pagos de arrendamiento;
generen solo un pequeño número de casos (IFRS Foundation, 2016).
Mitigación de costos claves
El IASB espera que una empresa aplique la metodología de materialidad para los
arrendamientos de forma similar a los utilizados para sus artículos de propiedad, maquinaria y
19
equipo, dado que algunas empresas no capitalizan los costos de comprar artículos de inmuebles,
maquinaria y equipo cuando el monto es menor a una cantidad determinada. Se espera también
que algunas empresas puedan medir sus activos de arrendamientos y pasivos por pagos futuros de
arrendamiento, en vez del valor presente de aquellos pagos, siempre que la tasa de descuento no
sea material en los Estados Financieros de la empresa (IFRS Foundation, 2016).
Se proponen algunas exenciones de reconocimiento en el balance general, para evitar
generar grandes costos de aplicar los requisitos para grandes volúmenes de artículos pequeños, las
exenciones aplican principalmente a arrendamientos de corto plazo, arrendamientos que terminan
dentro de los 12 meses de la fecha de primera aplicación de la NIIF 16 y arrendamientos de bajo
valor. Con estas excepciones, se siguen reconociendo los arrendamientos bajo la NIC 17, es decir,
se sigue reconociendo los pagos del arrendamiento como gastos en el estado de ganancias y
pérdidas asimismo deberán revelar los gastos de arrendamientos, si es material (IFRS Foundation,
2016).
1.1.1.7 Ratios financieros
La RAE define ratio como la razón o relación entre dos cantidades o magnitudes (RAE,
2005). Asimismo, los ratios financieros son indicadores calculados en base a información conocida
de los valores de las diversas cuentas señaladas en los Estados Financieros (Caballero Bustamante,
2009).
La aplicación de los ratios requiere que se encuentren en una misma línea de tiempo y es
necesario conocer la especialidad del giro y ciclo del negocio que desarrolla la empresa. Además,
la eficiencia de aplicar los ratios se apoya en comparaciones con ratios pasados, ratios y estándares
de la industria y ratios de la competencia (Caballero Bustamante, 2009).
Por ello, en el informe de Caballero Bustamante detallan que existen diversos ratios que
miden distintos aspectos financieros:
• Ratios de liquidez: Miden la capacidad de la empresa para hacer frente a sus obligaciones
de corto plazo.
• Ratios de solvencia: Permiten analizar las deudas de la empresa a corto y largo plazo,
mostrando el respaldo económico con el que cuentan para enfrentar sus obligaciones.
• Ratios de gestión: Miden la productividad y eficiencia con que la empresa emplea sus
activos y se usa para evaluar el desempeño de áreas específicas.
20
• Ratios de rentabilidad: Miden la rentabilidad sobre inversiones, concentrándose en el
análisis de los beneficios.
1.1.1.8 Sector aerocomercial
1.1.1.8.1 Definición
Según la Ley de Aeronáutica se define a la aeronáutica civil como el conjunto de
actividades al empleo de aeronaves civiles, incluyendo las aeronaves de propiedad del Estado (Ley
Nº 27261). Además, de acuerdo con la Real Academia Española (RAE), la aeronáutica es el
“conjunto de medios, como las aeronaves, las instalaciones, los servicios y el personal, destinado
al transporte aéreo”.
1.1.2.2.2 Antecedentes
La industria aerocomercial ha sufrido a lo largo de los años, tanto los ciclos económicos,
como las amenazas del terrorismo. Después de siete años de buena rentabilidad entre 1994 y 2000,
esta sufrió una caída en el año 2000 con la recesión y los efectos del 11 de setiembre (Morrell,
2007). Los primeros cinco años del siglo XXI, no fueron tiempos fáciles para las aerolíneas del
mundo, debido a la recesión del año 2000, que se convirtió en una crisis para el año 2001. Luego
se dieron otros eventos externos como el ataque en Estados Unidos, la invasión de Irak en el 2003,
seguido por el aumento del combustible en el 2004; todo ello convirtió la recesión en la más larga
y profunda crisis que la industria aerocomercial haya enfrentado. Muchas aerolíneas perdieron
millones de dólares y para otras fueron incluso billones de pérdidas (Doganis, 2005).
A pesar de todo, la industria aerocomercial ha madurado a un extenso y complejo sistema de
componentes técnicos, económicos y organizacionales interrelacionados, que deben trabajar en
armonía para garantizar una operación segura y confiable de los servicios de transporte aéreo.
Además, resulta importante mencionar que a nivel global la industria cuenta con 1,400 aerolíneas
comerciales operando 25,000 aeronaves a más de 3,800 aeropuertos, realizando 36 millones de
vuelos y llevando a 3 billones de pasajeros anualmente, por ello, esta industria se considera un
jugador clave en el mundo comercial.
21
Este sector, es una fuerza económica importante, no solo en términos de su propia
operación, sino también por su impacto en industrias relacionadas como la fabricación de
aeronaves y el turismo (Belobaba, Odoni, & Barnhart, 2015).
1.1.2.2.3 Sector aerocomercial en el Perú
Según el “Anuario Estadístico 2015” del Ministerio de Transporte y Comunicaciones
(MTC), el servicio de pasajeros en los últimos diez años ha registrado un crecimiento continuo,
pasando de transportar a 6,1 millones de pasajeros en el 2006 a 18,2 millones durante el 2015. En
dicho año, en el servicio regular, se movilizó a más de 9,5 millones de pasajeros, con un
crecimiento anual del 13% respecto al año 2014; el servicio no regular tiene un comportamiento
irregular durante los últimos diez años, debido a que este tipo de servicio no tiene una frecuencia
periódica; por último, el servicio turístico está asociado principalmente al sobrevuelo de avionetas
en las Líneas de Nazca. Respecto a las rutas nacionales del servicio regular, la empresa LAN PERÚ
S.A. lidera el mercado con una participación del 62.1% en el 2015, registrando una tasa de
crecimiento promedio anual de 14,8%; le siguen las compañías PERUVIAN AIR LINE S.A. y
TACA PERÚ, las cuales participaron con un 13,1% y 12,6% respectivamente.
Por otro lado, el transporte aéreo nacional de pasajeros creció 6.4% entre enero y julio del
presente año, respecto al año 2016. Durante el mes de julio del 2017, las ciudades con mayor tráfico
fueron Cusco, Arequipa, Iquitos y Piura. Asimismo, entre los meses de enero a julio del 2017,
LAN Perú tuvo la más alta participación en el tráfico aéreo nacional, lo cual representó el
57.7% del mercado nacional; seguido por Peruvian Airlines (14.1%), Taca Perú (11.7%), LC Perú
(9.8%) y Star Perú (3.6%) (DGAC, 2017).
La aviación en el Perú genera alrededor de 280,000 empleos y tiene una contribución de
US$ 4,4 mil millones en Valor Agregado Bruto (VAB) a la economía peruana, distribuidos en los
empleos directos que genera, la cadena de abastecimiento, gastos en empleados y turismo.
Asimismo, el 2,1% del PBI está sustentado por el transporte aéreo y por los turistas que llegan por
vía aérea. Además, se espera que para el año 2035 el aporte para el PBI sea de US$ 17,2 mil
millones y que genere alrededor de 810,000 empleos (IATA, 2016).
1.1.2.2.4 Relación del sector aerocomercial y la NIIF 16
22
De acuerdo con la Federación Internacional de Contadores (IFAC), los arrendamientos son
un método común de financiación para una gran cantidad de empresas, sobre todo en sectores como
el aerocomercial, la venta al por menor y el transporte. Menciona además que, las compañías que
cotizan en bolsa en todo el mundo tienen arrendamientos por aproximadamente US$ 3,3 billones
y el 85 % de este monto corresponde a arrendamientos operativos que no figuran en el balance;
generando que la contabilidad no refleje la realidad económica, debido a que una aerolínea que
arrienda la mayoría de su flota es diferente a una que adquiere préstamos para la compra de su
flota, a pesar de que sus obligaciones financieras puedan ser similares.
El IASB ha evaluado el efecto de los cambios en la contabilidad de los arrendatarios,
analizando información disponible sobre la clasificación de los arrendamientos. En este sentido,
en el análisis sobre los efectos de la implementación de la NIIF 16, realizado por el IASB, se
menciona que, los pagos futuros de sus arrendamientos fuera de balance representa el 28.8% del
total de activos, asimismo el valor presente de los pagos futuros de arrendamientos fuera del
balance sobre el total de activos representa el 22.7%, porcentaje que resulta superior en
comparación con otros sectores como el de retail, transporte, comunicaciones, energía, entre otros
(IFRS Foundation, 2016).
Los estados financieros reflejarán las diferencias sobre las decisiones que las compañías
toman respecto a realizar un arrendamiento o una compra. Cuando un arrendamiento es
económicamente diferente al endeudamiento realizado para comprar un activo, los montos
reportados aplicando la NIIF 16 reflejarán las diferentes decisiones económicas de las empresas.
Además, el reporte menciona que en promedio la industria aerocomercial reporta bajo la NIC 17
alrededor US$ 51,624 millones, mientras que aplicando la NIIF 16 este monto variaría a US$ 73,
849 millones (IFRS Foundation, 2016).
Además, en dicho informe se menciona que las aerolíneas reportan aproximadamente el
80% de su flota de aeronaves en el Estado de Situación Financiera aplicando la NIC 17, es decir,
que el 80% es de su propiedad o arrendada bajo arrendamientos financieros, mientras que el 20%
corresponden a arrendamientos operativos.
1.1.2.2.5 Empresas relacionadas en el sector aerocomercial
En el sector aerocomercial suelen presentarse este tipo de transacciones entre vinculadas,
dado que las aerolíneas locales pertenecen a capital extranjero, siendo en el país subsidiarias de
una matriz, motivo por el cual las matrices les arriendan las aeronaves a las subsidiarias. Por
23
décadas, los modelos de arrendamiento fuera del balance han sido una práctica común en la
industria aerocomercial (PwC, 2016); por ello, aplicando la NIC 17, las empresas vinculadas deben
realizar la contabilización de arrendamientos como un gasto y cuenta por pagar, en el caso de los
arrendatarios y como una cuenta por cobrar y un ingreso, en el caso de los arrendadores. Con la
implementación de la NIIF 16, la contabilización de arrendamientos entre empresas vinculadas
cambiará totalmente, la empresa subsidiaria tendrá que reconocer en su balance tanto el activo
como la deuda del arrendamiento; mientras que la matriz deberá hacer lo mismo con los
arrendamientos operativos que tiene con terceros.
1.1.2 Otros aspectos
1.1.2.1 Entidades regulatorias del sector
Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC)
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es un órgano del Poder Ejecutivo,
responsable del desarrollo de los sistemas de transporte, la infraestructura de las comunicaciones
y telecomunicaciones del país. Su labor es crucial para el desarrollo socioeconómico porque
permite la integración nacional, regional e internacional, la facilitación del comercio, la reducción
de la pobreza y el bienestar del ciudadano (MTC, 2017).
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) es un órgano de línea de ámbito
nacional que ejerce la Autoridad Aeronáutica Civil en el Perú y se encarga de fomentar, regular y
administrar el desarrollo de las actividades del transporte aéreo así la navegación aérea civil dentro
de nuestro territorio (MTC, 2017).
1.1.2.2 Normativa relativa al sector
El mercado de transporte aéreo se encuentra regulado principalmente por la Ley de
Aeronáutica Civil (LAC), la cual fue aprobada por la Ley 27261, su reglamento (RLAC), las
Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y por la Ley 28525 de Promoción de los Servicios de
Transporte Aéreo.
24
1.2 Antecedentes
1.2.1 Investigación realizada a nivel local
La implementación de la NIIF 16, tiene como finalidad unificar la contabilización de todos
los tipos de arrendamientos. Con el nuevo modelo se reconocerá un derecho de uso y un pasivo
derivado por el arrendamiento, sin embargo, este nuevo modelo de contabilización no contempla
las exigencias fiscales de cada país que deberá aplicarlo.
Hasta el momento la Administración Tributaria local (SUNAT) no se ha pronunciado
acerca de la implementación de esta nueva norma, no obstante, en el presente trabajo trataremos
de medir el impacto tributario en la contabilidad del arrendatario cuando se trate de un
arrendamiento operativo.
1.2.1.1 Las NIIF y la interpretación de las normas tributarias por SUNAT (Durán & Mejía, 2011)
La SUNAT es el autor calificado para el cumplimiento y fiscalización de las obligaciones
tributarias ya que sus opiniones institucionales son de cumplimiento obligatorio para todos los
administrados. Asimismo, en el artículo 95° del Código Tributario se establece que en caso
existiera falta de precisión en la norma tributaria, corresponde a SUNAT proceder a la elaboración
del proyecto de ley o disposición reglamentaria correspondiente (Durán & Mejía, 2011).
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son el conjunto de
estándares internacionales de contabilidad promulgadas por el IASB con la finalidad de regular y
uniformizar la contabilidad de las empresas, sin embargo, el reconocimiento de las NIIF a través
del artículo 223° de la Ley General de Sociedades como elementos centrales para elaborar Estados
Financieros, no necesariamente establecen su inclusión como normas jurídicas (Durán & Mejía,
2011).
El proceso de utilización de las NIIF en materia tributaria no ha sido uniforme entre las
autoridades tributarias (SUNAT, Tribunal Fiscal y Poder Judicial) respecto al tipo de fuente
jurídica de que se trata (norma jurídica, doctrina, entre otras), sino también de sus reglas de uso, si
es que la norma fuese sustituida y/o oficializada para su aplicación en el Perú. Un ejemplo claro es
la SUNAT, la cual no mantiene un patrón constante del uso de las normas contables como base de
interpretación de las normas tributarias y llegando al límite de que no se tenga claro el tipo de
25
fuente de que se trata, e incluso existen casos en los que las normas contables no son utilizadas por
la SUNAT pese a tratarse de disposiciones tributarias con evidente contenido contable (Durán &
Mejía, 2011).
1.2.1.2 Arrendamientos: NIIF 16 y Problemática Tributaria (Esquivel, 2017)
Desde la emisión de la NIIF 16 en el 2016, se tiene incertidumbre sobre el tratamiento
tributario que propondrá la SUNAT con respecto a la deducción de los nuevos gastos por
depreciación e intereses. El experto tributario, Elard Esquivel en su artículo “Arrendamientos:
NIIF 16 y problemática tributaria” de la revista Análisis Tributario, indicó que se pueden analizar
algunas Resoluciones del TF (RTF) sobre la NIC 17 para presumir la postura que mantendrá
SUNAT con respecto a este nuevo modelo de contabilización para los arrendatarios.
El Tribunal Fiscal (TF) ha tomado ciertas posturas, a través de las RTF, respecto a la NIC
17 Arrendamientos (reemplazada por la NIIF 16) para resolver discrepancias entre el contribuyente
tributario y la SUNAT. En la RTF N° 10577-8-2010 se puede apreciar una discrepancia en la
contabilización de un arrendamiento, entre la SUNAT y el Contribuyente, debido a que el
contribuyente alude que debe respetarse el aspecto legal del contrato mientras que la SUNAT
indica que se deben seguir las normas contables. Al respecto el TF determinó que los hechos y
transacciones deben contabilizarse, en principio, de acuerdo con las normas contables y si no hay
contradicción con la norma tributaria debe ser la que debe primar y no tener efectos en la
determinación del Impuesto a la Renta. Es importante mencionar que, el TF podría cambiar su
posición respecto a la NIIF 16 y generar diferencias con las posturas antes mencionadas (Esquivel,
2017).
Con respecto a la deducción del gasto por depreciación del bien en arrendamiento, se deben
tener en cuenta los artículos 37°, 38°, 41° y 44° de la LIR para determinar los posibles efectos en
el Impuesto a la Renta. Los artículos mencionados, admiten la deducción de la depreciación de los
bienes reconocidos como activo fijo, en tanto, estos hayan sido adquiridos o producidos por los
contribuyentes, en pocas palaras que se muestre la propiedad de estos y que sean utilizados para
generar rentas gravadas para la compañía. El autor concluye que el derecho de uso proveniente del
arrendamiento con NIIF 16 no genera ninguna adquisición, por lo tanto, la depreciación o
amortización originada del derecho de uso no sería deducible para la determinación del Impuesto
a la Renta (Esquivel, 2017).
26
Los intereses originados por el pasivo por arrendamiento al igual que las demás
estimaciones no serían deducibles para la determinación de la renta neta (Esquivel, 2017), dado
que no están previstas como deducibles en el artículo 37° de la LIR.
1.2.1.3 Definición de “Activo Fijo” (SUNAT, 2007)
La NIIF 16 indica que los arrendatarios deberán reconocer el derecho de uso proveniente
de los arrendamientos como parte de su activo fijo asimismo la depreciación proveniente de la
misma. Es por ello, que se debe identificar que comprende el término “activo fijo” desde una
perspectiva tributaria.
El Informe N° 035-2007-SUNAT brinda diversas definiciones de “activo fijo” basándose
en el párrafo 6 (Definiciones) de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 16 – Inmuebles,
Maquinaria y Equipo, el cual señala que son activos tangibles que:
“(a) posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para
arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y
(b) se espera usar durante más de un periodo”
Asimismo, indica que el PCGA los define como "propiedad, planta y equipo o activos de
planta, los utilizan las empresas para la producción y distribución de los productos y servicios.
Cabe citar como ejemplos el terreno, los bienes inmuebles, el mobiliario, los accesorios e
instalaciones, la maquinaria, el equipo y los vehículos. La naturaleza de los activos que emplea
una empresa en concreto viene determinada por la naturaleza de sus actividades" (SUNAT, 2007).
Además, el Diccionario para Contadores de Kohler define al "activo fijo" como "activo
tangible que se tiene por los servicios que presta en la producción de bienes y servicios; cualquier
elemento de una planta" (SUNAT, 2007).
La SUNAT, basada en los aspectos contables expuestos, concluye que el concepto de
“activo fijo” no comprende a los activos intangibles, sino únicamente a activos de carácter tangible
(SUNAT, 2007).
27
1.2.1.4 Asamblea académica sobre la "Aproximación a la Incidencia Tributaria de las NIIF 15 y
16” (IPIDET, 2016)
El artículo 33° del Reglamente de la Ley del Impuesto a la Renta, indica que las operaciones
contabilizadas bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados pueden determinar, por
aplicación de las normas locales, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la
renta neta y obligarán al ajuste del resultado según el cálculo contable, en la declaración jurada
(SUNAT, s.f.).
La implementación de la NIIF 16, traerá consecuencias principalmente para las empresas
arrendatarias ya que en vez de reconocer las cuotas de los arrendamientos en el estado de resultados
deberán reconocer dos nuevos gastos que son los de intereses y depreciación provenientes del
reconocimiento de los pasivos y derecho de uso del arrendamiento, respectivamente (KPMG,
2016). Las cuotas de arrendamiento operativo, derivados de la NIC 17, son aceptados por la
administración tributaria, sin embargo, existe incertidumbre por si los nuevos gastos reconocidos
serán aceptados, ya que como se mencionó anteriormente son gastos que difieren de las normas
del impuesto a la renta.
Los expertos tributarios, durante una asamblea académica sobre la "Aproximación a la
Incidencia Tributaria de las NIIF 15 y 16” organizado por el Instituto Peruano de Investigación y
Desarrollo (IPIDET), indican que la nueva norma no ha definido la categoría del nuevo activo a
reconocer, sin embargo, se establece que se debe reconocer un derecho de uso, el cual tiene
naturaleza de recurso controlado para ser explotado, es decir cumple con la definición de activo.
El nuevo activo se agotará mediante las reglas de la NIC 16, es decir, coge el modelo de la
depreciación, sin embargo, esto no determina que su categoría sea el de un “activo fijo”, por lo que
se debe tener en cuenta las definiciones de “activo fijo” del Informe N° 035-2007-SUNAT.
Adicional a ello, en la LIR los artículos relacionados con la depreciación mencionan a la propiedad
e indican que el valor a depreciar será el valor pagado como costo de adquisición por lo que se
presume que debe existir una transferencia de propiedad o enajenación, lo que no ocurre con el
reconocimiento del derecho de uso del bien arrendado (IPIDET, 2016).
Por las razones mencionadas, los expertos presumen que para los arrendamientos
operativos se mantendrá el mismo criterio de la NIC 17, es decir, aceptará como deducción las
cuotas pagadas por arrendamiento operativo mientras que se adicionará los gastos por depreciación
e intereses, derivados del reconocimiento de la NIIF 16, debido a que discrepan de las definiciones
28
establecidas en la ley del impuesto a la renta (IPIDET, 2016). En pocas palabras, durante los
primeros años del arrendamiento habrá un monto mayor por adicionar debido a que los gastos por
depreciación e intereses serán mayores a las cuotas pagadas mientras que en ejercicios posteriores
se generarán mayores deducciones debido a que los gastos por depreciación e intereses serán
menores a las cuotas pagadas, generándose durante los primeros años el activo diferido que la
empresa arrendataria deberá reconocer.
1.2.2 Investigación realizada a nivel extranjero
1.2.2.1 Effects Analysis (IFRS Foundation, 2016)
De acuerdo con el informe presentado por el IASB, a nivel del Estado de Situación
Financiera los principales efectos serán: el aumento de los activos arrendados, aumento de la deuda
financiera y la disminución de capital. Respecto al último punto, para los arrendamientos fuera de
balance, aplicando la NIC 17, el capital se reduce cada periodo por el monto de los pagos de
arrendamiento, sin embargo, la IASB espera que la NIIF 16 afecte el reporte del capital, dado que
el monto de los activos arrendados se reducirá más rápido que el cargo por la deuda del
arrendamiento. Esto sucede porque el activo es depreciado en línea recta y la deuda por
arrendamiento se reduce por el monto del pago del arrendamiento realizado y aumenta por los
intereses. Por ello, aunque el activo y el pasivo del arrendamiento son el mismo al inicio, al final
del arrendamiento la cantidad del activo será menor que el pasivo. Se espera que este efecto se de
en cada arrendamiento individual, por ello, es importante considerar el efecto en todo un portafolio
de arrendamientos de una compañía.
A nivel del Estado de Resultados los principales impactos serán: el reconocimiento de los
gastos relacionados con los arrendamientos y la presentación de los gastos relacionados con los
arrendamientos. Con la NIC 17, los gastos eran los mismos cada periodo, sin embargo, el patrón
de reconocimiento de gastos para los arrendamientos que aplican la NIIF 16 dependen de la
duración del plazo del arrendamiento, el calendario de los pagos del arrendamiento y la tasa que
se cobra en el arrendamiento.
Por otro lado, de acuerdo con el IASB no se espera tener algún efecto en el monto total del
flujo reportado, solo un cambio en la presentación del flujo de caja.
La NIIF 16 requiere que una compañía reporte en el Estado de Situación Financiera, los
activos arrendados y la deuda por arrendamiento de todos los arrendamientos, por ello, se espera
29
que este nuevo reconocimiento genere cambios en los principales ratios financieros, dado que se
reconocerá un activo que antes no era reconocido, por lo que se tendrá una base más alta de activo,
lo que afectará ratios como la rotación de activos. Por otro lado, reconocer una deuda que antes no
era reconocida, generará mayores pasivos financieros, que afectarán el apalancamiento financiero.
Asimismo, al reconocer la depreciación y los intereses en vez del gasto operativo del
arrendamiento, se tendrá una utilidad operativa más alta, debido a que, los intereses están excluidos
de los gastos operativos.
Tabla 1 : Resumen de los principales ratios afectados
RATIO
QUÉ MIDE MÉTODO EFECTO DE LA
NIIF 16
EXPLICACIÓN
Apalancamiento
Solvencia a largo
plazo
Pasivo/Patrimonio
AUMENTA
Aumenta porque
la deuda financiera
aumenta (y se
espera que el
capital
disminuya).
Ratios
corrientes
Liquidez
Activos
corrientes/Pasivos
corrientes
DISMINUYE
Disminuye porque
los pasivos
corrientes de
arrendamientos
aumentan,
mientras que los
activos corrientes
no lo hacen.
30
Rotación
activos
de Rentabilidad
Ventas/total de
activos
DISMINUYE
Disminuye porque
los activos
arrendados serán
reconocidos como
parte del total de
activos.
Cobertura de
interés
Solvencia a largo
plazo
EBITDA/gastos
de intereses
DEPENDE
El EBITDA
aumentará, así
como lo harán los
gastos por
intereses. El
cambio en el ratio
dependerá de las
características del
portafolio de
arrendamientos.
EBIT/Utilidad
operativa
Rentabilidad
Existen
varios
métodos
AUMENTA
Aumenta porque
el cargo de
depreciación
agregado es menor
que el gasto de los
arrendamientos
fuera de balance
que han
sido
excluidos.
31
EBITDA
Rentabilidad
Utilidad antes de
intereses,
impuestos,
depreciación y
amortización
AUMENTA
Aumenta porque
los gastos de los
arrendamientos
fuera de balance
son excluidos.
EBITDAR
Rentabilidad
Utilidad antes de
intereses,
impuestos,
depreciación,
amortización y
renta
SIN CAMBIO
No hay ningún
cambio porque
todos los gastos
relacionados a los
arrendamientos
están excluidos.
Utilidad o pérdida
Rentabilidad
Como se informó
aplicando las NIIF
DEPENDE
Depende de las
características del
portafolio de
arrendamientos y
la tasa de
impuesto.
EPS
Rentabilidad
Utilidad o pérdida
/ Número de
acciones en
cuestión
DEPENDE
Depende del
efecto en la
ganancia o
pérdida, que
depende de las
características de
la cartera de
arrendamiento y
los efectos sobre el
impuesto.
32
ROCE
Rentabilidad
EBIT/Capital más
pasivo financiero
DEPENDE
El EBIT
aumentará al igual
que los pasivos
financieros. El
cambio en la
relación dependerá
de las
características de
la cartera de
arrendamiento.
ROE
Rentabilidad
Utilidad o pérdida
/ Capital
DEPENDE
Depende del
efecto en la
ganancia o
pérdida; si no hay
ningún efecto,
entonces la
proporción será
mayor porque el
capital informado
disminuirá.
Flujo de
operativo
caja Rentabilidad
El flujo de efectivo
de las actividades
operativas no
incluye efectivo
relacionado con el
capital y los
préstamos.
AUMENTA
Aumenta porque
al menos parte de
los pagos de
arrendamiento se
moverán a la
sección de
financiación del
estado de flujo de
efectivo.
33
Flujo de caja neto
Rentabilidad
liquidez
y Diferencia entre
las entradas de
efectivo y las
salidas de efectivo.
NO CAMBIA
No cambia porque
el efectivo no se
verá afectado.
Nota: Tomado de IASB (2016)
1.2.2.2 Impact of new standard "IFRS 16 leases" on statement of financial position and key
ratios: A case study on an airline company in turkey (Öztürk & Serçemeli, 2016)
De acuerdo con un estudio realizado por Meryem Öztürk y Murat Serçemeli (2016), sobre
el estudio del impacto de la NIIF 16 en una compañía aérea de Turquía, se espera que esta
implementación tenga un alto impacto. La compañía evaluada “Pegasus Airlines”, realiza vuelos
tanto con aviones propios, arrendados bajo arrendamiento financiero y operativo; al 31 de
diciembre del 2015 los arrendamientos operativos de esta compañía representaban el 58% del total
de aviones que posee; siendo solo 3 aviones propios. Con el fin de evaluar el efecto de la NIIF 16,
se estimaron los pasivos por arrendamientos no registrados y posteriormente se calculó el valor
presente de los arrendamientos operativos, como se muestra en la siguiente tabla:
Tabla 2 : Estimación de deuda no registrada “Pegasus Airlines” (en dólares)
Años Pago mínimo de
arrendamiento
Tasa de
descuento (10%)
Valor presente
2016 400.006.430 0,9091 363.645.846
2017 262.291.406 0,8264 216.757.618
2018 262.291.406 0,7513 197.059.533
2019 262.291.406 0,6830 179.145.030
2020 262.291.406 0,6209 162.856.734
2021 262.291.406 0,5645 148.063.499
2022 163.654.707 0,5132 83.987.596
2023 163.654.707 0,4665 76.344.921
Estimación de deuda no registrada 1.427.860.777
34
Nota: Tomada de Öztürk & Serçemeli (2016)
El estudio realizado por Meryem Öztürk y Murat Serçemeli (2016) estimó el impacto en el
Estado de Situación Financiera de la empresa, sin embargo, el impacto en el Estado de Resultado
no fue considerado porque no estaba incluido en el enfoque del estudio. Como resultado de la
capitalización de los arrendamientos no registrados, se produjo un incremento del 52,2% en los
pasivos de la empresa, una disminución del 12,5% en el patrimonio de la empresa y un aumento
del 29,3% en los activos totales. Cabe resaltar que el valor en libros de los activos netos fue
calculado como el 84.15% de los pasivos por arrendamientos fuera del balance, tomando en cuenta
un periodo de arrendamiento de 8 años, la tasa de interés de 10 años y que se había consumido el
50% del ciclo de vida de los activos de arrendamiento. Los resultados finales del estudio (Öztürk
& Serçemeli) se detallan a continuación en la siguiente tabla:
Tabla 3: Resumen del Estado de Situación Financiera “Pegasus Airlines” (en dólares)
Reportado en
2015
Después de la
Diferencia capitalización
Cambio
(%)
Total de activos 4.098.097.252
1.201.544.844 5.299.642.096
29,30%
Total de pasivos 2.645.365.623 1.382.597.590 4.027.963.213
52,20%
Capital 1.452.731.629 (181.052.746) 1.271.678.883 12,50%
Nota: Tomada de Öztürk & Serçemeli (2016)
Los índices mencionados no tienen un significado por si solos en el tema de posición
financiera, por ello, se tomaron en cuenta los ratios financieros para el análisis y medición del
desempeño de la compañía.
35
1.2.2.3 Where are these hidden liabilities? IFRS 16–A case of operating lease (Yücel & Adiloğlu,
2016)
Yücel & Adiloglu (2016) examinaron el caso de los arrendamientos de “Delta Airlines”,
compañía aérea de Estados Unidos aplicando la NIIF 16. Para evaluar el impacto se detalló la flota
de la empresa, concluyendo que se tenía el 11.59% de la flota bajo arrendamientos operativo y
7.76% bajo arrendamiento financiero. Esta compañía presentó a finales del 2015 un monto de
$12.7 billones en obligaciones por arrendamiento operativo, que no figuran en el balance; por ello
después de la aplicación de la NIIF 16 se espera un aumento significativo de sus pasivos y activos,
causando el cambio en ciertos índices financieros. Delta Airlines revela sus arrendamientos
operativos en las notas, pero no figuran en el Estado de Situación Financiera en donde inversores
prestan mayor atención, lo cual implica un problema dado que las notas son solo explicatorias y
no una data financiera; sin embargo, con la implementación de la norma estos arrendamientos
tomarán lugar en los estados financieros. Asimismo, se menciona que aplicando la NIIF 16 la
contabilidad de los arrendamientos y préstamos para comprar activos serán más comparables y que
en un futuro habrá una representación más fiable de los activos y deuda, así como una mayor
transparencia.
1.2.2.4 Una guía para la tasa incremental de endeudamiento (Deloitte, 2017)
En el párrafo 26 de la NIIF 16 se menciona que el arrendatario medirá el pasivo por
arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa
fecha, por ello, estos pagos se descontarán usando la tasa de interés implícita en el arrendamiento,
siempre y cuando esta tasa se pudiera determinar fácilmente. Si la tasa no pudiera ser determinada
fácilmente, el arrendatario deberá usar la tasa incremental por préstamos del arrendatario (IFRS
Foundation, 2017). La emisión de esta nueva norma implicará cambios materiales para las
empresas, y en este aspecto, la tasa de descuento es uno de los juicios más importantes que las
empresas deberán realizar, sin embargo, es probable que un número importante de organizaciones
no cuenten con datos históricos necesarios para determinar la tasa de interés implícita del
arrendamiento, por ello se espera que el uso de la tasa incremental de endeudamiento sea
generalizado (Deloitte, 2017). Al implementar la NIIF 16, las empresas deberán realizar una
consideración completa de sus acuerdos de deuda y los tipos de arrendamientos que posee con el
fin de determinar la tasa de descuento adecuada.
36
Teniendo en cuenta que la tasa incremental de descuento será la más utilizada, resulta
importante tener en consideración seis factores, los cuales se detallan en la Tabla 4:
Tabla 4: Factores para la determinación de la tasa incremental de endeudamiento
Factores
Entidad arrendataria
Moneda
Entorno económico
Término
Tipo de activo
Nivel de endeudamiento
Nota: Tomado de Deloitte (2017)
La guía presentada por Deloitte (Setiembre 2017), menciona que se debe determinar una
tasa de referencia mediante el uso de tasas libres de riesgo como los bonos del gobierno, curvas de
rendimiento de intereses, o las tasas de moneda LIBOR, sin embargo, es importante tener en cuenta
la moneda, el entorno económico y el término. En el caso del entorno económico, es importante
mencionar que se debe tener precaución con los países donde la moneda usada no sea la propia o
países con economías hiper-inflacionarias; respecto al término se debe tener en cuenta que las tasas
libres de riesgo existen para diferentes duraciones y dicha tasa debe coincidir con el término del
arrendamiento.
1.2.2.5 Revenues from related Parties Transactions and UEFA Financial Fair Play. The Search for
an Alternative Solution to Fair Value Measurement for the Breakeven Result Assessment
(Cincimino, 2014)
Este artículo menciona que las relaciones comerciales con partes relacionadas son
numerosas, diferentes y frecuentes en los negocios de las compañías, dado que suele ser natural
que las compañías prefieran hacer negocios con un proveedor con quien tiene una relación de
participación en el capital social o un acuerdo. Sin embargo, este tipo de transacciones entre partes
vinculadas podría realizarse en condiciones diferentes de un mercado abierto con las consecuencias
37
de influenciar o interferir en los resultados financieros, por ello resulta necesario regular estas
transacciones y la información que se presenta mediante la NIC 24.
1.2.2.6 Particularidades de la auditoria de transacciones con empresas vinculadas, partes
relacionadas y similares (Pastor, Ilha, & Mandía, 2011)
Pastor, Ilha & Mandía mencionan que se deben tomar ciertas consideraciones que podrían
dar lugar a partes relacionadas, como, por ejemplo: préstamos sin intereses o tasas de interés bajas
con respecto al mercado, venta de propiedades a precios que difieren del valor de mercado,
intercambio de propiedades en transacciones no monetarias o préstamos sin condiciones de
vencimiento. Asimismo, se menciona que para empresas que dependen de una casa matriz, las
transacciones entre partes vinculadas son fijadas por esta, es decir, que la casa matriz se encarga
de establecer las condiciones y términos de las transacciones. Estos acuerdos pueden tener
modificaciones a través de los años, dependiendo de las circunstancias.
38
39
CAPÍTULO II. PLAN DE INVESTIGACIÓN
2.1 El problema
Hace nueve años, el expresidente del IASB, Sir David Tweedie expresó su deseo de volar
en un avión que se encuentre dentro del estado de situación financiera de las compañías aéreas al
menos una vez antes de morir (PwC, 2016). Este deseo se volvió realidad en el año 2016, cuando
el IASB emitió la NIIF 16 la cual introduce un nuevo tratamiento contable para los arrendatarios
y permite dar un tratamiento uniforme a los arrendamientos evitando ajustes que a menudo
terminan en una sobreestimación de los pasivos por arrendamiento.
En el informe emitido por el IASB (2016) acerca de la NIIF 16, señala que las compañías
alrededor del mundo poseen más de 3 billones de dólares por transacciones de arrendamientos de
los cuales solo una cantidad limitada de ellos se muestran en el estado de situación financiera y la
otra gran parte dado que se tratan de arrendamientos operativos son presentados fuera del estado.
En este mismo informe se indica que uno de los sectores más afectados por la implementación de
esta norma será el aerocomercial debido a que gran parte de su flota de aviones se encuentran
arrendados bajo leasing operativo, asimismo se menciona que los arrendatarios al reconocer estos
contratos de arrendamiento dentro del estado de situación financiera, su nivel de pasivos se
incremente en un 28,8% respecto al actual.
En el sector aerocomercial, por el modelo de negocio, la gran parte de los aviones son
arrendados mediante leasing operativo debido al alto nivel adquisitivo y corta vida útil de los
bienes. Los principales impactos financieros y económicos se darán en el estado de situación
financiera y el estado de resultados integrales de los arrendatarios. El estado de situación financiera
se verá afectado, significativamente, debido a que el nivel de activos y pasivos aumentarán como
resultado del reconocimiento del derecho de uso del bien y de las cuotas futuras a pagar,
respectivamente. En el estado de resultados integrales de los arrendatarios, ya no se reconocerán
las cuotas de arrendamiento para cada periodo del plazo de arrendamiento, a cambio de ello, se
reconocerán los gastos por intereses derivados del pasivo por arrendamiento y la depreciación del
activo de derecho de uso.
En el aspecto tributario existe un estándar, debido a que el tratamiento fiscal de las
transacciones de arrendamiento a menudo es similar a los principios contables, sin embargo, con
40
la implementación de la NIIF 16 estas transacciones pueden verse afectadas debido a que se
implementan nuevas definiciones que discrepan de la legislación tributaria local. La administración
tributaria (SUNAT) aún no se pronuncia sobre la emisión de esta norma, sin embargo, los
especialistas tributarios infieren que se pueden generar ciertas diferencias debido a que el nuevo
tratamiento discrepa, en ciertos aspectos, de la ley del impuesto a la renta.
Las transacciones entre vinculas, se producen con la finalidad de brindarse mutuos
beneficios como acuerdos en los precios, plazos, términos y condiciones de los contratos que se
suscriben entre ellas. En el sector aerocomercial, las transacciones de arrendamiento y
subarrendamiento de los aviones son comunes debido a que estos bienes poseen gran nivel
adquisitivo y la renovación de la flota es constante. La implementación de la NIIF 16 originará
posibles cambios en los términos y condiciones de los contratos de arrendamientos actuales y en
las futuras negociaciones a la hora de contratar nuevos arrendamientos, así como cambios en la
presentación de sus estados financieros consolidados.
En el presente trabajo de investigación, se planea abordar los siguientes problemas que las
empresas enfrentarán al momento de la implementación de la NIIF 16:
2.1.1 Problema general
¿Cuál será el impacto financiero de la aplicación de la NIIF 16 en la contabilidad de los
arrendatarios del sector aerocomercial local?
2.1.2 Problemas específicos
¿Qué implicancias traería el cambio de condiciones contractuales en los arrendamientos entre
partes relacionadas del sector aerocomercial?
¿Qué implicancias tributarias tendrá el cambio de NIC 17 a NIIF 16 en la contabilidad de los
arrendatarios del sector aerocomercial local, considerando que la Administración Tributaria puede
tomar la base contable o no?
2.2 La hipótesis
41
El cambio significativo se originará para el arrendatario debido a que reconocerán nuevos
activos y pasivos en el estado de situación financiera, además el gasto por arrendamiento, que antes
se reconocía en el estado de resultados, será sustituido por el reconocimiento de gastos de
depreciación e intereses derivados de los activos y pasivos por arrendamientos.
Como se mencionó anteriormente una práctica habitual en el sector aerocomercial es
arrendar la mayor parte de su flota de aviones, es por ello, que los arrendatarios deberán evaluar la
magnitud de la implementación de la norma en sus estados financieros. El principal impacto
financiero se dará al determinar el importe inicial del pasivo a reconocer por el arrendatario, el cual
se determina descontando los pagos futuros del arrendamiento a través de un tipo de interés. La
determinación del tipo de interés que se utilice afectará el importe a reconocer como activo y
pasivo, y por lo tanto en el reconocimiento de gastos relacionados.
Las empresas arrendatarias podrán utilizar como unidad de medición, para determinar el
impacto de la implementación de la NIIF 16, los ratios financieros los cuales provienen de la
división de dos datos financieros directos que permiten analizar la realidad financiera de una
organización y realizar comparaciones entre diversos periodos. El ratio financiero más relevante
para determinar el impacto en el sector de aerolíneas será el EBITDAR dado que añade a los gastos
de intereses, amortizaciones, depreciaciones e impuestos, los de arrendamientos operativos ya que
representan gran parte de los gastos de la empresa.
Las empresas peruanas poseen incertidumbre con respecto a la implementación de esta
nueva norma y las posibles contingencias tributarias que se podrían generar debido a que no existe
un pronunciamiento por parte de la SUNAT acerca de la deducibilidad del reconocimiento de los
nuevos gastos por depreciación e intereses. Se tiene como antecedentes que la SUNAT para
deliberar ciertos casos relacionados con arrendamientos se basa en el aspecto contable, siempre y
cuando, no discrepen de las normas tributarias peruanas. En el caso de la NIIF 16, se tiene duda
con respecto a que, si SUNAT aceptará la deducibilidad de los gastos por depreciación e intereses
derivados del pasivo por arrendamiento o si solo aceptará el precio pagado de las cuotas de
arrendamiento.
La NIIF 16 traerá diversos cambios en la contabilidad de las empresas arrendatarias del
sector aeronáutico, esto quiere decir que también se verán afectadas las transacciones entre
empresas relacionadas ya que es una práctica común en el sector que la empresa matriz subarriende
los aviones a sus sucursales en diferentes países. Con el reconocimiento de los nuevos activos y
42
pasivos, se espera que este tipo de empresas realicen ajustes en sus contratos de arrendamientos
con la finalidad de verse perjudicadas sin embargo no se tiene certeza si esos ajustes impactarán
de forma favorable o desfavorable para ambas empresas.
De acuerdo con la incertidumbre sobre las posibles consecuencias que generará la
implementación de la NIIF 16, se han planteado las siguientes hipótesis:
2.2.1 Hipótesis general
Al ser el sector aerocomercial el más afectado por el cambio de la norma, se tendrá un impacto
muy significativo, principalmente en la generación de los pasivos que se encontraban fuera del
balance, así como de ciertos ratios financieros: apalancamiento, ROA y EBITDA.
2.2.2 Hipótesis específicas
- Las relaciones entre empresas del mismo grupo, en el sector aerocomercial, con
operaciones de arrendamientos pueden verse modificadas a través de ciertas condiciones,
como: plazos, precio y modalidades de arrendamiento.
- La SUNAT no mantiene un patrón constante del uso de las normas contables como base
de interpretación de las normas tributarias por lo que no considerará como un activo fijo el
derecho de uso, así como su depreciación y las estimaciones por intereses. Es por ello, que
se mantendrá la posición de tomar como gasto deducible las cuotas de arrendamiento, en
base al criterio del devengado, generando un impuesto a la renta diferido no significativo.
2.3 Los objetivos
La próxima aplicación de la NIIF 16, revolucionará la contabilidad de los arrendatarios del
sector aeronáutico ya que se eliminará el tratamiento dual de los arrendamientos el cual distingue
entre arrendamientos financieros y operativos. Los arrendatarios reconocerán una sola forma de
arrendamientos que es muy similar a la que actualmente se desarrolla en la NIC 17 para los
arrendamientos financieros.
43
En el presente trabajo de investigación se espera determinar el impacto de la aplicación de
la norma en la contabilidad de los arrendatarios del sector aeronáutico. El nuevo modelo considera
un arrendamiento cuando se transmita el derecho a controlar el uso del activo a cambio de un pago.
Por lo tanto, las compañías del sector aerocomercial cambiarán su forma de contabilización de los
arrendamientos operativos en el estado de situación financiera y el estado de resultados.
En el ámbito tributario aún existe incertidumbre de los nuevos cambios para los
arrendatarios ya que la SUNAT no se pronuncia sobre la deducibilidad de los nuevos gastos, por
lo que se deberá analizar la NIIF 16 y determinar posibles contingencias tributarias al momento de
su implementación.
Las transacciones de arrendamiento entre empresas relacionadas son muy comunes en el
sector aerocomercial, aunque con la implementación de la NIIF 16 no existen guías especificas se
presume que los acuerdos podrían modificarse a nivel de estados financieros consolidados debido
a que se reconocerán nuevos pasivos para las sucursales mientras que para las matrices se
mantendrá la misma dinámica de la NIC 17.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, en el presente trabajo de investigación se
plantean los siguientes objetivos:
2.3.1 Objetivo general
Determinar el impacto de la implementación de la NIIF 16 en los pasivos y en el apalancamiento;
así como en los ratios del sector aerocomercial.
2.3.2 Objetivos específicos
- Determinar el impacto de la NIIF 16 entre partes vinculadas y las condiciones y términos
que puede fijar la controladora, así como las condiciones diferentes de valor de mercado.
- Determinar el impacto de la NIIF 16 en la admisión del derecho de uso como un activo fijo
y la consideración de la depreciación y las estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la renta diferido.
44
45
CAPÍTULO III. METODOLOGÍA
3.1 Metodología de investigación
Diseño de la investigación
Para el presente trabajo, el término diseño de la investigación se refiere al plan o estrategia
que se realiza para obtener la información que se desea con el fin de responder al planteamiento
del problema (Hernández, Fernández, & Baptista, 2014). En el libro “Metodología de la
Investigación” se habla de dos tipos de diseños de investigación: investigación experimental e
investigación no experimental. En nuestro caso, utilizaremos el diseño experimental con el fin de
analizar si una variable independiente X (causa) afecta a una o más variables dependientes Y
(efectos). Para el presente trabajo de Tesis nuestra variable independiente es la NIIF 16, con la cual
analizaremos su impacto en el rubro financiero, tributario y de vinculadas.
La manipulación o variación de una o más variables independientes puede realizarse en dos
o más grados. El nivel mínimo de manipulación es de presencia y ausencia de la variable
independiente (Hernández, Fernández, & Baptista, 2014). Para nuestro trabajo utilizaremos dicho
grado de manipulación, con lo cual buscaremos comparar el efecto de la aplicación de la NIIF 16
cuando esta es implementada por una empresa y cuando no.
Tipos de alcance
Una investigación puede tener cuatro tipos de alcances: exploratorio, descriptivo,
correlacional y explicativo. Por ello, de acuerdo con la estrategia de la investigación que estamos
realizando, nuestra investigación tendrá los cuatro tipos de alcances mencionados anteriormente.
Los estudios exploratorios comúnmente, anteceden a investigaciones con alcances
descriptivos, correlacionales o explicativos. Por lo general, los estudios descriptivos son la base de
las investigaciones correlacionales, las cuales a su vez proporcionan información para llevar a cabo
estudios explicativos que generan un sentido de entendimiento y están muy estructurados
46
(Hernández, Fernández, & Baptista, 2014). Para la presente investigación, se considerará un
estudio exploratorio, ya que la NIIF 16 es un tema poco estudiado hasta el momento, del cual aún
se tienen dudas sobre su aplicación. Será un estudio descriptivo porque este pretende recoger
información sobre los conceptos o variables, por ello pretendemos recoger información sobre
nuestras variables de estudio, describiendo las características sobre el impacto financiero y
tributario, así como características de las empresas vinculadas. Respecto al estudio correlacional
este asocia las variables y pretende conocer la relación que existe entre estas; para nuestra
investigación buscaremos conocer la relación que existe entre la NIIF 16 y su efecto financiero,
tributario y de relación entre vinculadas. Finalmente, el estudio explicativo pretende establecer las
causas de los sucesos que se estudian, es decir, explicar por qué ocurre un fenómeno; por ello se
buscará explicar por qué se da el impacto de la NIIF 16.
Tipo de metodología
Por otro lado, la metodología empleada será la mixta, con el fin de obtener una mejor
perspectiva de los resultados. Optar por una metodología mixta agrega valor al estudio, en
comparación a utilizar un solo enfoque. Además, el enfoque mixto ofrece diversas ventajas como
la complementación, ya que de esta forma se puede tener una visión más comprensiva sobre el
planteamiento del problema, y un mayor entendimiento de los resultados; explicación, existe una
mayor capacidad de explicar por medio de la recolección y análisis de datos y realizar una
interpretación conjunta; credibilidad, al utilizar ambos métodos se logra reforzar la credibilidad de
los resultados obtenidos y los procedimientos; y contextualización, al utilizar un enfoque mixto el
estudio tiene un contexto más completo y profundo (Hernández, Fernández, & Baptista, 2014).
3.1.1 Desarrollo cualitativo
Para el enfoque cualitativo se utilizará la técnica de entrevistas a profundidad y revisión de
la literatura (artículos, ensayos e informes) que se ha realizado tanto a nivel local como
internacional. En este caso no se busca medir las variables, lo que se busca es obtener datos que se
convertirá en información. La entrevista se define como la reunión para conversar e intercambiar
información entre el entrevistador y el entrevistado; además, la literatura es útil para detectar
conceptos claves y nutrirnos de ideas (Hernández, Fernández, & Baptista, 2014).
47
Respecto a las entrevistas, estas se realizarán a un experto financiero, un experto tributario
y un experto del sector; con el objetivo de conocer su opinión sobre la implementación de la NIIF
16 y la posición que ellos tienes frente a esta (Ver Anexo 01, 02 y 03). Con la información que se
obtenga de las entrevistas, contrastaremos las respuestas de los expertos con las hipótesis
planteadas.
3.1.2 Desarrollo cuantitativo
Para este enfoque se aplicará el estudio de un caso basado en data real de una compañía
local aérea, con el fin de evaluar el efecto cuantitativo de la aplicación de la NIIF 16.
Antes de realizar el caso será necesario definir la muestra con la cual trabajaremos, por ello
previamente a identificar la población es importante especificar la unidad de muestreo de la
investigación. En nuestra investigación se ha definido como la unidad de muestreo el sector
aerocomercial, sin embargo, esto podría significar el estudio de todas las aerolíneas del mundo;
por ello resulta fundamental delimitar la población que se va a estudiar.
La población está conformada por todas las empresas del sector aerocomercial del Perú del
periodo 2016. Posteriormente, procederemos a seleccionar nuestra muestra. La muestra es un
subgrupo de la población, es decir, un subgrupo de elementos que pertenecen a la población.
Existen dos tipos de muestras: las muestras no probabilísticas y las muestras probabilísticas
(Hernández, Fernández, & Baptista, 2014). Para el presente trabajo se utilizará una muestra no
probabilística, dado que esta se define como la elección de elementos que depende de causas
relacionadas con las características de la investigación o los propósitos del investigador. Una vez
seleccionada la muestra, procederemos a recolectar información en base a nuestro instrumento de
medición que son los Estados Financieros auditados. Por medio de este instrumento podemos
obtener información que a nuestro entender cumple con los requisitos de confiabilidad, validez y
objetividad, con lo cual los resultados obtenidos son coherentes, la variable se mide
verdaderamente y no está influenciado por sesgos.
Como parte de nuestro trabajo de investigación, una vez obtenida la muestra, analizaremos
el impacto de implementar la NIIF 16, el cual mediremos en base a la materialidad. Con el fin de
evaluar el nivel de impacto de la aplicación de la NIIF 16 en la empresa seleccionada, será
necesario establecer un nivel de significancia. Para ello, tomaremos como referencia la NIA 320,
48
la cual indica que se aplica un porcentaje a una referencia elegida como los activos, pasivos,
patrimonio neto, ingresos o gastos. Asimismo, se debe tener en cuenta la naturaleza de la entidad,
su ciclo vital y su entorno sectorial y económico (ICAC, 2013).
Con la materialidad calculada, evaluaremos las hipótesis propuestas. En el caso del objetivo
general, se tomará en cuenta la materialidad para corroborar si el impacto del pasivo es muy
significativo o solo significativo. Asimismo, adicional a la evaluación de la materialidad se tomará
en cuenta el análisis de las variables financieras como el EBITDA, ROA y ratio de apalancamiento.
Además, con respecto al objetivo específico 1, evaluaremos el impacto de las distintas condiciones
que las empresas vinculadas pueden modificar y su efecto en la aplicación de la NIIF 16; y el
objetivo específico 2 será medido tomando en consideración la importancia relativa para evaluar
si el impacto del cálculo del impuesto a la renta diferido será significativo o no.
Con el fin de evaluar el impacto de la NIIF 16 en los objetivos determinados, se detallarán las
variables con las cuales se medirá dicho impacto, tanto a nivel financiero, tributario y de
vinculadas.
49
50
CAPÍTULO IV. DESARROLLO
4.1 Análisis cualitativo
Para el desarrollo cualitativo, como se mencionó en el capítulo anterior, se tomará en cuenta
tanto la revisión de la literatura como las entrevistas a profundidad realizada a los expertos; con el
fin de corroborar si estas validan nuestras hipótesis.
4.1.1 Alineación del marco teórico con los objetivos
A continuación, se muestra la matriz por base teórica alineada a los objetivos propuestos.
Con esto se pretende demostrar que los objetivos cuentan con sustentos de distintos artículos,
papers, informes y normas contables.
51
Tabla 5: Objetivos alineados a la base teórica
Objetivos Detalle Referencias bibliográficas
Objetivo general Impacto financiero
-Effects analysis IFRS 16 (IASB) -Impacto de la NIIF 16. El caso de una compañía aérea
en Turquía (Öztürk & Serçemeli) -¿Dónde están ocultos los pasivos? Un caso de
arrendamiento operativo (Yücel & Adiloglu)
Objetivo específico 1 Arrendamientos entre vinculadas
-Particularidades de la auditoría de transacciones entre empresas vinculadas, partes relacionadas y similares
(Pastor, Ilha & Mandía). -NIC 24 (MEF)
-Ingresos de transacciones de partes relacionadas
(Salvatore Cincimo)
Objetivo específico 2 Impacto tributario
- Las NIIF y la interpretación de las normas tributarias por SUNAT (Durán & Mejía, 2011) - Arrendamientos: NIIF 16 y Problemática
Tributaria (Esquivel, 2017).
- Definición de “Activo Fijo” (Informe N° 035-
2007- SUNAT)
- Asamblea académica sobre la "Aproximación a la
Incidencia Tributaria de las NIIF 15 y 16” (IPIDET,
2016)
Nota: Elaboración propia
Asimismo, para la elaboración de las hipótesis se tomó como sustento las fuentes utilizadas
en el marco teórico detallado en el primer capítulo, el cual las valida. A continuación, se detallará
las fuentes o referencias que sustentan las hipótesis:
Hipótesis Principal:
Tabla 6: Constructos de la hipótesis principal
Documento Título de la fuente Extracto literal de fuente
I 1.1 Effects analysis IFRS 16 (IASB) El sector más afectado por el cambio
de la norma será el sector
aerocomercial.
52
I 1.2 Effects analysis IFRS 16 (IASB)
Efecto en el aumento de los activos
arrendados, aumento de la deuda
financiera y la disminución de
capital.
I 1.3 Effects analysis IFRS 16 (IASB) Ratios afectados: apalancamiento,
ROA, EBITDA.
P 1.1 Impacto de la NIIF 16. El caso de una compañía aérea en
Turquía (Öztürk & Serçemeli) Se espera que esta implementación
tenga un alto impacto.
P 1.2 Impacto de la NIIF 16. El caso de una compañía aérea en
Turquía (Öztürk & Serçemeli) Produjo un incremento del 52,2 % en
los pasivos de la empresa.
P 1.3 Impacto de la NIIF 16. El caso de una compañía aérea en
Turquía (Öztürk & Serçemeli)
Se obtuvo que el ratio de
endeudamiento aumenta en un 75.3
%; el ratio pasivo total/activo total
aumenta en un 16.9%; el ROA
disminuye en 34.4%.
P 2.1 Where are these hidden liabilities? IFRS 16–A case of
operating lease (Yücel & Adiloglu)
Presentó a finales del 2015 un monto
de $12.7 billones en obligaciones por
arrendamiento operativo, que no
figuran en el balance.
Hipótesis
General
Constructo 1: Al ser el sector aerocomercial [I 1.1] el más afectado por el cambio de la norma, se
tendrá un impacto significativo [P 1.1]
Constructo 2: El impacto se dará principalmente en la generación de los pasivos que se encontraban
fuera del balance [P 1.2 y P 2.1.], así como de ciertos ratios financieros: apalancamiento [I 1.2 y P 1.3], ROA y EBITDA [I 1.3 y P 1.3]
Hipótesis: Al ser el sector aerocomercial, el más afectado por el cambio de la norma, se tendrá un
impacto significativo, principalmente en la generación de los pasivos que se encontraban fuera del
balance, así como de ciertos ratios financieros: apalancamiento, ROA y EBITDA.
Nota: I=Informe; P=Paper. Elaboración propia
Hipótesis específica 1:
Tabla 7: Constructos de la hipótesis específica 1
Documento Título de la fuente Extracto literal de fuente
N 1.1 NIC 24 - Párrafo 5
Las relaciones entre partes
vinculadas son una característica
común del comercio y de los
negocios.
N 1.2 NIC 24 - Párrafo 7 La situación financiera de una
entidad puede verse afectada por una
relación entre partes vinculadas.
53
N 1.3 NIC 24 - Párrafo 21 Algunos ejemplos de transacciones
que señala la norma son los
arrendamientos.
P 1.1
Revenues from related Parties Transactions and UEFA
Financial Fair Play. The Search for an Alternative Solution
to Fair Value Measurement for the Break-even Result
Assessment (Cincimino)
Este tipo de transacciones podrían
realizarse en condiciones diferentes
de un mercado abierto con las
consecuencias de influenciar o
interferir en los resultados
financieros.
P 2.2 Particularidades de la auditoria de transacciones con
empresas vinculadas, partes relacionadas y similares
(Pastor, Ilha & Mandía)
Para empresas que dependen de una
casa matriz, las transacciones entre
partes vinculadas son fijadas por
esta, es decir, que la casa matriz se
encarga de establecer las condiciones
y términos de las transacciones.
Hipótesis
Específica 1
Constructo 1: Las relaciones entre empresas del mismo grupo [N 1.1], en el sector aerocomercial,
con operaciones de arrendamientos [N 1.3] pueden verse modificadas.
Constructo 2: Se darán cambios en ciertas condiciones [P 2.2], como: plazos, precio y modalidades
de arrendamiento [N 1.2 y P 1.1].
Hipótesis: Las relaciones entre empresas del mismo grupo, en el sector aerocomercial, con
operaciones de arrendamientos pueden verse modificadas a través de ciertas condiciones, como:
plazos, precio y modalidades de arrendamiento.
Nota: N=Norma; P=Paper. Elaboración propia
Hipótesis específica 2:
Tabla 8: Constructos de la hipótesis específica 2
Documento Título de la fuente Extracto literal de fuente
54
P 1.1 Las NIIF y la interpretación de las normas tributarias por SUNAT (Durán & Mejía)
La SUNAT no mantiene un patrón
constante del uso de las normas
contables como base de
interpretación de las normas
tributarias y llegando al límite de que
no se tenga claro el tipo de fuente de
que se trata, e incluso existen casos
en los que las normas contables no
son utilizadas por la SUNAT pese a
tratarse de disposiciones tributarias
con evidente contenido contable.
P 1.2 Informe N° 035-2007-SUNAT Definiciones de “activos fijos”, los
cuales no comprenden activos
intangibles.
A 1.1 Artículos 37°, 38°, 41° y 44° de la LIR Se admite la deducción de la
depreciación de los bienes
reconocidos como activo fijo, en
tanto que estos hayan sido adquiridos
o producidos por los contribuyentes.
P 1.3 Arrendamientos: NIIF 16 y Problemática Tributaria
(Esquivel)
A 1.2 Artículos 37° de la LIR Los intereses originados por el
pasivo por arrendamiento al igual
que las demás estimaciones no serían
deducibles para la determinación de
la renta neta.
P 1.4 Arrendamientos: NIIF 16 y Problemática Tributaria
(Esquivel)
V 1.1 Vídeo del Instituto Peruano de Investigación y Desarrollo
Los artículos relacionados con la
depreciación, en la LIR, mencionan a
la propiedad e indican que el valor a
depreciar es el valor pagado como
costo de adquisición por lo que se
presume que debe existir una
transferencia de propiedad o
enajenación, lo que no ocurre con el
reconocimiento del derecho de uso
del bien arrendado.
N 1.1 NIC 12
Cuando sea probable que la
recuperación o liquidación de los
valores contabilizados vaya a dar
lugar a pagos fiscales futuros
mayores (menores) de los que se
tendrían si tal recuperación o
liquidación no tuviera consecuencias
fiscales, la presente Norma exige que
la entidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido.
55
Hipótesis Específica 2
Constructo 1: La SUNAT no mantiene un patrón constante del uso de las normas contables como base
de interpretación de las normas tributarias [P 1.1] por lo que no considerará como un activo fijo el derecho de uso [P 1.2], así como su depreciación y las estimaciones por intereses [A 1.1, A 1.2, P 1.2, P 1.3 y V 1.1]
Constructo 2: Se mantendrá la posición de tomar como gasto deducible las cuotas de arrendamiento,
en base al criterio del devengado, generando un impuesto a la renta diferido [N 1.1].
Hipótesis: La SUNAT no mantiene un patrón constante del uso de las normas contables como base de
interpretación de las normas tributarias, por lo que no considerará como un activo fijo el derecho de
uso, así como su depreciación y las estimaciones por intereses. Es por ello, que se mantendrá la
posición de tomar como gasto deducible las cuotas de arrendamiento, en base al criterio del
devengado, generando un impuesto a la renta diferido.
Nota: P=Paper; A=Artículo; V=Video; N=Norma. Elaboración propia
4.1.2 Elaboración de casos prácticos
Para generar expectativas a nivel de las variables indicadas en el Capítulo III, se mostrarán
los siguientes casos prácticos:
4.1.2.1 Caso práctico para hipótesis general e hipótesis específica 2:
Resulta importante entender el impacto de implementar la NIIF 16, por lo cual es necesario
realizar un caso práctico que permita explicar la contabilización de un arrendamiento bajo la NIC
17 y la transición a NIIF 16. El presente caso demostrará las principales diferencias del nuevo
tratamiento contable de los arrendamientos. Asimismo, el objetivo es identificar los principales
rubros afectados, con el fin de generar expectativas sobre el posible impacto de implementar la
NIIF 16 y si se podría considerar como significativo.
Cabe señalar que, para el presente caso, se ha tomado como referencia solo un contrato de
arrendamiento para la compañía aérea, con el fin de hacer el caso didáctico. Además, se asumirá una
tasa de descuento del 5%, la cual es tomada en el informe presentado por el IASB y una tasa de
impuesto a la renta del 30%.
Caso Empresa “Transporte Aéreo S.A.”
56
La empresa “Transporte Aéreo S.A.”, se ha constituido con un capital de USD 9,000,000.
En efecto esta empresa se dedica al transporte aéreo de pasajeros para lo cual ha iniciado sus
actividades con una aeronave modelo A-320, la cual se encuentra bajo un arrendamiento operativo
por el que paga el monto de USD 177,990 mensuales. El monto total anual por el arrendamiento
de la aeronave es de USD 2,134,882.
Por ello, la empresa realiza el siguiente registro por el primer año de gasto por
arrendamiento, de acuerdo con la NIC 17:
Año 1 Cargo Abono
Efectivo 9,000,000
Capital 9,000,000
Por el aporte de capital
Gasto alquiler 2,134,882
Pasivo por arrendamiento operativo 2,134,882
Por el reconocimiento del gasto de alquiler
Pasivo por arrendamiento operativo 2,134,882
Efectivo 2,134,882
Por el pago del arrendamiento
Para el Año 2, la empresa debe presentar sus Estados Financieros bajo la NIIF 16, por ello
primero debe realizar la reestructuración del Año 1, dado que la NIIF 16 requiere que se realice
una presentación retrospectiva de la información; por ello la empresa ha optado por presentar las
cifras comparativas, como si la NIIF 16 se hubiera aplicado siempre. Para este procedimiento es
necesario traer a valor presente el flujo futuro de los arrendamientos; en este caso práctico la
duración del contrato es por 4 años.
A continuación, se muestra el detalle de los flujos traídos a valor presente:
Año Desembolsos Valor presente Gasto financiero
1 2,134,882 1,756,373 378,509
2 2,134,882 1,844,191 290,691
3 2,134,882 1,936,401 198,481
57
4 2,134,882 2,033,221 101,661
Total 8,539,528 7,570,186 969,342
VPN 7,570,186
Tasa de descuento 5.00%
Depreciación anual 1,892,546
En el cuadro anterior también se muestran, tanto la depreciación como los gastos por
intereses, que serán reconocidos en los próximos 4 años del contrato.
Para la reestructuración del Año 1, se realizará el reconocimiento del activo por derecho de
uso y del pasivo por arrendamiento; además se reconocerán los gastos por depreciación y de
intereses, y, respecto al gasto por alquiler este será abonado para retirarlo de la contabilidad para
fines de presentación. La NIIF 16 menciona que el arrendatario reconocerá al inicio del
arrendamiento un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento (Párrafo 22).
Posteriormente, detallan que el pasivo se medirá al valor presente de los pagos por arrendamiento
que no se hayan pagado en esa fecha y se descontará usando una tasa de interés implícita o la tasa
incremental de sus préstamos (Párrafo 26), en nuestro caso, como se mencionó estaremos usando
la tasa de referencia del IASB. Por otro lado, la medición del activo se aplicará utilizado el modelo
del costo menos la depreciación acumulada y pérdidas acumuladas (Párrafo 29 y 30), en el presente
caso no hay pérdidas acumuladas. Finalmente, el arrendamiento incrementará el pasivo por
arrendamiento para reflejar el interés devengado y se reducirá el importe para reflejar los pagos
realizados (Párrafo 36). Los asientos mencionados, se detallan a continuación:
Año 1 – Reestructuración Cargo Abono
Cesión de uso 7,570,186
Pasivo por arrendamiento operativo 5,813,813
Depreciación cesión uso 1,892,546
Gasto por alquiler 2,134,882
Gasto por depreciación 1,892,546
Gasto financiero 378,509
Por la reestructuración del año 1
58
Los movimientos de cargo y abono en el estado financiero se detallan a continuación:
Año 1 Cargos Abonos
Año 1
(reestructurado)
Efectivo 6,865,118 6,865,118
Cesión de uso - 7,570,186 7,570,186
Depreciación cesión uso - 1,892,546 -1,892,546
Impuesto a la renta diferido activo -
Pasivo por arrendamiento operativo - 5,813,813 5,813,813
Capital 9,000,000 9,000,000
Resultados acumulados - -
Impuesto a la renta diferido -
Gasto alquiler -2,134,882 2,134,882 -
Gasto por depreciación - 1,892,546 -1,892,546
Gasto financiero - 378,509 -378,509
- 9,841,242 9,841,242 -
Como se aprecia en el cuadro anterior, se reconoce un activo por derecho de uso de USD
7,570,186 y un pasivo por arrendamiento por el valor presente de los flujos de los próximos 3 años
(1,844,191 + 1,936,401 + 2,033,221). Además, se reconoce la depreciación del primer año por
USD 1,892,546 y los gastos de depreciación y financieros por USD 1,892,546 y USD 378,509,
respectivamente. Finalmente, el gasto de alquiler por USD 2,134,882 es abonado porque bajo la
NIIF 16 dicho gasto pasará a ser gasto por depreciación e intereses.
Para los años restantes será necesario reconocer los gastos por depreciación, gastos
financieros y el impuesto a la renta diferido. Este último concepto se genera debido a que se
produce una diferencia entre la base contable y tributaria, porque para fines tributarios solo será
aceptado el gasto por alquiler. A continuación, se presenta un cuadro con las diferencias y el
cálculo del impuesto a la renta diferido para los próximos 4 años:
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Total
Gasto por alquiler 2,134,882 2,134,882 2,134,882 2,134,882 8,539,528
Gasto por depreciación 1,892,546 1,892,546 1,892,546 1,892,546 7,570,186
59
Gasto financiero 378,509 290,691 198,481 101,661 969,342
Base Contable 2,271,056 2,183,237 2,091,028 1,994,208 8,539,528
Base Tributaria 2,134,882 2,134,882 2,134,882 2,134,882 8,539,528
Diferencia 136,174 48,355 -43,854 -140,674
IR Diferido 30% 40,852 14,507 -13,156 -42,202
Para los próximos 3 años, se procederá a realizar los asientos contables reconociendo los
gastos por depreciación e intereses, así como el impuesto a la renta diferido. Cabe mencionar que,
además de los reconocimientos mencionados, para el año 2 se debe realizar un asiento adicional
por la reestructuración:
Año 2 Cargo Abono
Cesión de uso 7,570,186
Pasivo por arrendamiento operativo 5,813,813
Depreciación cesión uso 1,892,546
Resultados acumulados 136,174
Por la reestructuración del año 2
Año 2
Gasto por depreciación 1,892,546
Depreciación cesión uso 1,892,546
Por el reconocimiento del gasto de depreciación
Gasto financiero 290,691
Pasivo por arrendamiento operativo 1,844,191
Efectivo 2,134,882
Por el pago de los intereses y del arrendamiento
Impuesto a la renta diferido 14,507
Ingreso Impuesto Renta Diferido 14,507
Por el reconocimiento del impuesto a la renta diferido
60
Año 3
Gasto por depreciación 1,892,546
Depreciación cesión uso 1,892,546
Por el reconocimiento del gasto de depreciación
Gasto financiero 198,481
Pasivo por arrendamiento operativo 1,936,401
Efectivo 2,134,882
Por el pago de los intereses y del arrendamiento
Gasto Impuesto Renta Diferido 13,156
Impuesto a la renta diferido 13,156
Por el reconocimiento del impuesto a la renta diferido
Año 4
Gasto por depreciación 1,892,546
Depreciación cesión uso 1,892,546
Por el reconocimiento del gasto de depreciación
Gasto financiero 101,661
Pasivo por arrendamiento operativo 2,033,221
Efectivo 2,134,882
Por el pago de los intereses y del arrendamiento
Gasto Impuesto Renta Diferido 1,350
Impuesto a la renta diferido 1,350
Por el reconocimiento del impuesto a la renta diferido
Con los asientos contables registrados, procedemos a presentarlos en el Estado de Situación
Financiera:
Año 1
(Reestructurado) Año 2 Año 3 Año 4
Efectivo 6,865,118 4,730,236 2,595,354 460,472
Cesión de uso 7,570,186 7,570,186 7,570,186 7,570,186
61
Depreciación cesión uso - 1,892,546 -3,785,093 -5,677,639 -7,570,186
Impuesto a la renta diferido activo 14,507 1,350 -
Pasivo por arrendamiento operativo 5,813,813 3,969,622 2,033,221 -
Capital 9,000,000 9,000,000 9,000,000 9,000,000
Resultados acumulados - -2,271,056 -4,439,786 -6,543,970
Impuesto a la renta diferido 14,507 -13,156 -1,350
Gasto alquiler - - - -
Gasto por depreciación - 1,892,546 -1,892,546 -1,892,546 -1,892,546
Gasto financiero - 378,509 -290,691 -198,481 -101,661
- - - -
Para el año 4, se puede observar que la diferencia por la base contable y tributaria que
generaba el impuesto a la renta diferido ya se ha eliminado y que el pasivo por arrendamiento ha
sido cancelado. Lo mismo sucede con el activo por derecho de uso que se ha depreciado en su
totalidad.
Luego de observar este caso, se puede determinar que existe un impacto en los Estados
Financieros por el reconocimiento del nuevo activo en el Estado de Situación Financiera, así como
los nuevos gastos que se generan. En base al caso desarrollado podemos notar que en el año 1 no
se tiene pasivo por lo cual el ratio de apalancamiento es de 0, mientras que cuando se realiza la
reestructuración considerando el nuevo pasivo este ratio es de 0.86; por otro lado, el ROA al inicio
es de -31.1 % y después es de -18.11 % y, finalmente el EBITDA era -2,134,882 y luego de la
implementación es 136,174. Por ello, se busca evaluar como variable general si existe un efecto
financiero de la implementación de la NIIF 16 (Objetivo General), y como variables específicas el
impacto tributario producido por las diferencias entre la base contable y tributaria (Objetivo
Específico 2), las cuales generan un impuesto a la renta diferido. Asimismo, la aplicación de esta
nueva norma podría afectar los arrendamientos entre vinculadas (Objetivo Específico 1),
principalmente por el valor de mercado, lo cual debe ser tomado en cuenta, ya que podría afectar
la comparabilidad y fiabilidad de los Estados Financieros.
68
4.1.2.2 Análisis de sensibilidad para hipótesis específica 1:
Con la finalidad de probar nuestra hipótesis específica 1, se muestra el siguiente análisis de sensibilidad, teniendo en cuenta las variables
de precio, plazo, modalidades de arrendamiento y tasa de descuento:
Variables Variación
Precio
original Valor
modificado Tasa IR
(Perú 28%) Tasa de IR
(Chile 24%) Impuesto a la
renta Análisis
Precio
Original 0%
10,000
2,800
2,400
400
Aumento 5%
10,500
2,940
2,520
420 Ahorro tributario para el consolidado, dado
que la tasa del IR es menor en Chile.
Disminución 5%
9,500
2,660
2,280
380 Pérdida tributaria para el consolidado, dado
que la tasa del IR es menor en Chile.
Plazo Original 7 años Se aplica la NIIF 16.
Modificado Anual No se aplicará la NIIF 16 porque cumpliría con la definición de un arrendamiento a corto plazo (12 meses o menos).
Modalidades de
arrendamiento
Fijo La empresa arrendataria tiene el control de las
aeronaves. Se aplica la NIIF 16 porque se transmite el derecho a controlar el uso del
activo.
Variable La empresa arrendataria no tiene el control de las
aeronaves. No se aplicará la NIIF 16 porque no se transmite el derecho a controlar el uso
del activo.
Tasa de
descuento
Original 5%
2,134,882
Aumento a 10% 1,458,153 Nivel de activos y pasivos disminuye.
Disminución a 3% 1,896,815 Nivel de activos y pasivos aumenta.
4.1.3 Entrevistas a profundidad
Como se detalló en el capítulo 3, para la investigación cualitativa se utilizará como
herramienta las entrevistas a profundidad a expertos del tema, con la finalidad de que nos brinden
su perspectiva sobre el impacto de implementar la NIIF 16. A continuación, se detallará el
formulario de preguntas alineadas a los objetivos propuestos:
Tabla 9 :Preguntas alineadas a objetivos
Objetivo Preguntas
Introducción Pregunta Introductoria ¿Qué opina sobre la nueva norma contable de
arrendamientos “NIIF 16” ?, ¿considera que es
adecuado el nuevo modelo contable que propone?
Objetivo Principal
Determinar el impacto de la implementación de la
NIIF 16 en los pasivos y en el apalancamiento;
así como en los ratios del sector aerocomercial.
¿Cuál considera que será el ratio financiero más
afectado por la nueva norma? ¿Por qué?
Determinar el impacto de la implementación de la
NIIF 16 en los pasivos y en el apalancamiento;
así como en los ratios del sector aerocomercial.
¿Considera que su ratio de endeudamiento se verá
afectado? ¿Afectará la percepción de la empresa
ante inversores y prestamistas?
Determinar el impacto de la implementación de la
NIIF 16 en los pasivos y en el apalancamiento;
así como en los ratios del sector aerocomercial.
Considerando que en el sector aeronáutico local
la flota que poseen está registrada en su totalidad
bajo arrendamientos operativos. ¿Cuál será el
impacto en la transición a la nueva norma
contable en el sector mencionado?
Determinar el impacto de la implementación de la
NIIF 16 en los pasivos y en el apalancamiento;
así como en los ratios del sector aerocomercial.
La norma menciona que se deberá traer a valor
presente el valor de los arrendamientos con una
tasa de descuento. ¿Cómo se hallará la tasa de
descuento?
Objetivo Específico 1
Determinar el impacto de la NIIF 16 entre partes
vinculadas y las condiciones y términos que puede
fijar la controladora, así como las condiciones
diferentes de valor de mercado.
¿Cuál cree que será el impacto del nuevo modelo
de contabilización en arrendamientos entre
empresas vinculadas?
Determinar el impacto de la NIIF 16 entre partes
vinculadas y las condiciones y términos que puede
fijar la controladora, así como las condiciones
diferentes de valor de mercado.
Se tiene conocimiento que la mayor parte de sus
arrendamientos son con empresas vinculas
¿Considera que este nuevo modelo de
contabilización afectará los términos y
condiciones sobre arrendamientos?
Objetivo Específico 2
Determinar el impacto de la NIIF 16 en la
admisión del derecho de uso como un activo fijo
y la consideración de la depreciación y las
estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la
renta diferido.
A nivel tributario ¿Cuál considera que será el
mayor impacto de la implementación de la NIIF
16?
Determinar el impacto de la NIIF 16 en la
admisión del derecho de uso como un activo fijo y
la consideración de la depreciación y las
estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la
renta diferido.
La NIIF 16 menciona que se reconocerá un activo
por derecho de uso ¿Usted considera que
tributariamente el gasto por depreciación
generado por el activo será aceptado?
Determinar el impacto de la NIIF 16 en la
admisión del derecho de uso como un activo fijo y
la consideración de la depreciación y las
estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la
renta diferido.
Respecto al pasivo por arrendamiento, ¿se
aceptarán los gastos por intereses generados por
dicho pasivo?
Determinar el impacto de la NIIF 16 en la
admisión del derecho de uso como un activo fijo y
la consideración de la depreciación y las
estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la
renta diferido.
Considera que el reconocimiento de los nuevos
activos en el balance ¿afectará la base de cálculo
del ITAN?
Determinar el impacto de la NIIF 16 en la
admisión del derecho de uso como un activo fijo y
la consideración de la depreciación y las
estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la
renta diferido.
¿Qué medidas considera que deben tomar las
empresas respecto al efecto tributario de la
implementación de la NIIF 16?
Determinar el impacto de la NIIF 16 en la
admisión del derecho de uso como un activo fijo y
la consideración de la depreciación y las
estimaciones por intereses por parte de la
SUNAT, así como el cálculo del impuesto a la
renta diferido.
¿Cuál cree que será el impacto tributario del
nuevo modelo de contabilización en
arrendamientos entre empresas vinculadas?
Nota: Elaboración propia
4.1.4 Resultados de entrevistas a profundidad
A continuación, se presentará a cada uno de los expertos a quienes se realizó las entrevistas:
- Jim Yauri: Contador público certificado y auditor independiente. Responsable de los
servicios de auditoría y consultoría en NIIF en la firma PRAGOT, anteriormente auditor
financiero en KPMG. Actualmente catedrático en la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos, asimismo ha dictado cursos de especialización en NIIF en la Universidad ESAN,
Universidad Piloto de Colombia, en Ecuador, expositor en la Convención Nacional de
Finanzas 2016 (CONAFIN 2016), expositor invitado en la Convención Nacional de NIIF
2017 (CONANIIF), conferencista en el IX Foro Internacional en Gestión Contable y
Financiera Internacional bajo Estándares Internacionales Colombia 2017.
- Carlos Chirinos: Graduado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor
de San Marcos. Especialista en tributación internacional, a cargo de esquemas de ahorro
tributario en empresas multinacionales. Miembro de la Asociación Fiscal Internacional
(IFA – Grupo Peruano), Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) y del Instituto de
Investigación y Desarrollo Tributario (IPIDET). Autor de artículos en Derecho Tributario
y Tributación Internacional en diferentes revistas publicadas por universidades en Lima.
Expositor en diferentes conferencias nacionales organizadas por el IPDT y el IPIDET.
Actualmente es Gerente del área de Tax & Legal de Grant Thornton.
- Vanessa Del Rosario Flores Chavez: Contador público. Egresó de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos, tiene una Diplomatura en Normas Internacionales de Contabilidad
IFRS, por la Universidad Pacífico y cuenta con una Diplomatura en Tributación
Internacional y Precios de Transferencia, por la Universidad Peruana de Ciencias
Aplicadas. Supervisora de Estados Financieros del grupo LATAM Airlines desde el año
2008 hasta la actualidad, cuyas funciones principales son el de revisión de la información
contable para efectos locales y consolidación de casa matriz, presentaciones de Estados
Financieros para el directorio y gerencia, y encargada cumplimiento tributario y análisis
financiero de los Precios de Transferencia de las empresas del grupo en Perú.
- Juvenal Estanislao Bautista: Egresó de la Pontificia Universidad Católica del Perú, posee
un Diplomado en Normas Internacionales de Contabilidad por la Universidad de Lima y
cuenta con un Master’s Degree en Derecho financiero y tributario, por la Universidad de
Lima. Fue el Jefe de Contabilidad e Impuestos de LAN Airlines desde el año 1999 hasta el
año 2009, cuyas funciones principales fueron ser responsable de la contabilidad y
tributación de la compañía en el Perú. Fue el Gerente de Contabilidad y Tributación del
grupo LATAM Airlines desde el año 2010 hasta el año 2016, cuyas funciones principales
fueron ser responsable de la Contabilidad en la consolidación de la operación en Perú con
las sucursales del exterior y de la Tributación Internacional de la empresa mediante la
aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición y Precios de Transferencia.
Los expertos mencionados en el apartado anterior nos dieron su opinión sobre los
principales efectos de la próxima implementación de la NIIF 16. En las siguientes tablas de detallan
los principales puntos que los expertos dieron como respuesta. Las entrevistas en su totalidad se
encuentran adjuntas en los anexos 5, 6, 7 y 8:
Tabla 10: Resumen de entrevista a Jim Yauri
Entrevistado 1: Jim Yauri - Experto Financiero
¿Qué opina sobre la nueva norma contable de
arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que es
adecuado el nuevo modelo contable que propone?
- El reconocimiento del derecho de uso es un tratamiento
similar a la NIC 40. - La NIIF 16 se enfoca en la simetría contable y busca que solo
uno de los participantes reconozca el activo. - Si las compañias arrendatarias tienen derecho a usar el activo,
deben presentarlo dentro de estado de situación financiera. - Las empresas arrendatarias tendrán que decidir si adquieren o
no el activo del arrendamiento.
¿Cuál considera que será el ratio financiero más
afectado por la nueva norma? ¿Por qué?
- Los ratios financieros más afectados serán: el activo sobre
deuda, utilidad por acción, cobertura de deuda. - El más importante es el EBITDA, que se verá mejorado no
por la gestión de la empresa sino por una norma contable.
Considerando que en el sector aeronáutico local
la flota que poseen está registrada en su totalidad
bajo arrendamientos operativos. ¿Cuál será el
impacto en la transición a la nueva norma
contable en el sector mencionado?
-Tener un modelo de control y revisar los contratos. - Se debe analizar la esencia económica del contrato. - Las empresas arrendatarias deberán realizar un inventario de
contratos.
La norma menciona que se deberá traer a valor
presente el valor de los arrendamientos con una
tasa de descuento. ¿Cómo se hallará la tasa de
descuento?
- Las compañías no pueden determinar la tasa implícita porque
no pueden determinar el valor razonable de los activos. - Se tendría que usar una tasa de acuerdo al tipo de empresa.
Una referencia podría obtenerse de la SBS.
¿Cuál cree que será el impacto del nuevo modelo
de contabilización en arrendamientos entre
empresas vinculadas?
- Se deberá determinar si se está alquilando a valor de mercado. -
Se debe establecer un plazo determinado, porque estas empresas
suelen tener un plazo indeterminado.
A nivel tributario ¿Cuál considera que será el
mayor impacto de la implementación de la NIIF
16?
- Podría existir gran impacto en la determinación y posterior
pago del ITAN ya que el cálculo se realiza sobre el total de activos. - En la ley del impuesto a la renta no existe el concepto por
derecho de uso. - El tratamiento tributario será igual al de la NIC 17, por lo que
se seguirá contabilizando como gasto por arrendamiento. - Se generará una diferencia temporal porque en los primeros
años habrá un mayor gasto.
Nota: Elaboración propia
Tabla 11: Resumen de entrevista a Carlos Chirinos
Entrevistado 2: Carlos Chirinos - Experto Tributario
¿Qué opina sobre la nueva norma contable de
arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que es
adecuado el nuevo modelo contable que propone?
- Las empresas arrendatarias van a sincerar su contabilidad y
mostrar el activo que debió aparecer. - Definitivamente habrá un impacto porque se reconocerá un
activo de un momento a otro.
La NIIF 16 menciona que se reconocerá un activo
por derecho de uso ¿Usted considera que
tributariamente el gasto por depreciación
generado por el activo será aceptado?
- Es posible que la SUNAT no acepte el nuevo modelo
de contabilización de los arrendamientos para los arrendatarios. - La depreciación por derecho de uso no existe
en la legislación tributaria. - Una opción podría ser deducir los gastos por alquiler
y adicionar los gastos por depreciación.
Respecto al pasivo por arrendamiento, ¿se
aceptarán los gastos por intereses generados por
dicho pasivo?
- Bajo la lógica del contrato solo se tendría el derecho de deducir las
cuotas de alquiler mas no los gastos por intereses.
Considera que el reconocimiento de los nuevos
activos en el balance ¿afectará la base de cálculo
del ITAN?
- Se producirá impacto en el ITAN así como en el Impuesto a la renta y dependiendo de la situación en el IGV. - Tendrá un impacto importante porque en la ley del ITAN no
hay una excepción para excluir dicho activo.
¿Qué medidas considera que deben tomar las
empresas respecto al efecto tributario de la
implementación de la NIIF 16? -Se debe tener una posición ya sea legalista o económica.
¿Cuál cree que será el impacto tributario del
nuevo modelo de contabilización en
arrendamientos entre empresas vinculadas?
- Existen reglas de precios de transferencia. - Las operaciones deben realizarse a valor de mercado.
Nota: Elaboración propia
Tabla 12: Resumen de entrevista a Vanessa Flores
Entrevistado 3: Vanessa Flores - Experta Financiera del Sector Aerocomercial
¿Qué opina sobre la nueva norma contable de
arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que es
adecuado el nuevo modelo contable que propone?
- Las empresas del sector aerocomercial estarán obligadas a contabilizar
un activo y un pasivo por sus arrendamientos, por lo que se producirá un
cambio importante en el estado de resultados.
¿Cuál considera que será el ratio financiero más
afectado por la nueva norma? ¿Por qué? - Se mejorará el ratio de EBITDA, el cual es visualizado por los
inversores, prestamistas y accionistas.
¿Considera que su ratio de endeudamiento se verá
afectado? ¿Afectará la percepción de la empresa
ante inversores y prestamistas?
- La cuenta por pagar con relacionadas es corriente, sin embargo,
con la NIIF 16 se presentará como no corriente por lo que se verá
afectado el nivel de endeudamiento. La compañía solo posee
endeudamiento con su matriz, por lo que no se verá afectada. - El endeudamiento solo se posee con su empresa matriz, por lo
que el nuevo reconocimiento de la deuda no afectará a la compañía.
Considerando que en el sector aeronáutico local la
flota que poseen está registrada en su totalidad bajo
arrendamientos operativos. ¿Cuál será el impacto
en la transición a la nueva norma contable en el
sector mencionado?
- Se tienen dos tipos arrendamientos: fijos, por el que se tiene
control sobre el bien, y el variable, en el que el periodo de uso que es por
horas y por el que no se tiene el control del bien. Es por ello, que se debe
analizar el contrato de los arrendamientos variables para determinar si
aplica la NIIF 16. - El uso de la aeronave, para arrendamientos variables, es menor
al 50% por lo que no se podría activar el bien.
La norma menciona que se deberá traer a valor
presente el valor de los arrendamientos con una
tasa de descuento. ¿Cómo se hallará la tasa de
descuento?
- Se espera hallarla con indicadores financieros.
Se tiene conocimiento que la mayor parte de sus
arrendamientos son con empresas vinculas
¿Considera que este nuevo modelo de
contabilización afectará los términos y condiciones
sobre arrendamientos?
- Se tienen que modificar los contratos mediante adendas, por
ejemplo, para plazos de los arrendamientos fijos. - Se debe analizar el contrato de arrendamientos variables para
determinar si aplica la NIIF 16. - En caso existan modificaciones, se tiene que realizar bajo el
análisis de Precios de Transferencia. - A nivel de grupo no se verá afectado porque las operaciones de
arrendamiento se realizan entre relacionadas.
A nivel tributario ¿Cuál considera que será el
mayor impacto de la implementación de la NIIF
16?
- Se encuentra pendiente determinar el impacto tributario, sin embargo,
se estima que si habrá debido a que los gastos por arrendamientos son
superiores a los 10MM de dólares al mes.
Nota: Elaboración propia
Tabla 13: Resumen de entrevista a Juvenal Bautista
Entrevistado 4: Juvenal Bautista - Experto Financiero y Tributario
del Sector Aerocomercial
¿Qué opina sobre la nueva norma contable de
arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que es
adecuado el nuevo modelo contable que propone?
- La aplicación de la NIIF 16, se dará para bienes cuyo uso es
exclusivo de las empresas arrendatarias. - La norma complementa el análisis que realizaban los bancos
con respecto a la proyección de la deuda.
¿Considera que su ratio de endeudamiento se verá
afectado? ¿Afectará la percepción de la empresa
ante inversores y prestamistas?
- Los covenants se verán afectados, sin embargo, los bancos ya
realizaban el análisis del servicio de arrendamiento antes de la emisión
de la NIIF 16.
Considerando que en el sector aeronáutico local
la flota que poseen está registrada en su totalidad
bajo arrendamientos operativos. ¿Cuál será el
impacto en la transición a la nueva norma
contable en el sector mencionado?
- Se deberá identificar quien será el usuario que debe contabilizar el activo, puesto que en una de las empresas del sector se
tiene la modalidad de arrendamiento por horas a varias sucursales de diferentes países, sin embargo, no entrega la posibilidad de
exclusividad. - Se tienen diferentes modalidades de arrendamientos.
La norma menciona que se deberá traer a valor
presente el valor de los arrendamientos con una
tasa de descuento. ¿Cómo se hallará la tasa de
descuento?
- Las empresas transnacionales pueden utilizar indicadores como Bloomberg, los bancos. En el caso de las empresas locales,
deberán utilizar por ejemplo la referencia del BCR. - La tasa de interés implícita puede ser proporcionada, por un
proveedor internacional, de forma exclusiva para aplicación de la
empresa.
Se tiene conocimiento que la mayor parte de sus
arrendamientos son con empresas vinculas
¿Considera que este nuevo modelo de
contabilización afectará los términos y
condiciones sobre arrendamientos?
- No se tendrá gran impacto debido a que una empresa tendrá el ingreso mientras que el otro tendrá la deuda, por lo que el efecto en
el consolidado se netea. - A nivel individual se deberá reflejar este nuevo activo, sin
embargo, a nivel consolidado se deberá eliminar porque se cometería
duplicidad. - No se tendrá impacto con prestamistas, ya que las
operaciones de arrendamiento son con sus vinculadas.
A nivel tributario ¿Cuál considera que será el
mayor impacto de la implementación de la NIIF
16?
- No se podrá discutir que el gasto para el arrendatario es la factura que recibe todos los meses por el arrendamiento. - La norma indica que la depreciación está relacionado a bienes propios. - Tendrá impacto en el ITAN debido a que esta se determina en
función al estado de situación financiera que es la determinación
contable.
Nota: Elaboración propia
En base a las respuestas dadas por los expertos podemos concluir que estas validan nuestras
hipótesis. Respecto a la hipótesis principal relacionada al impacto financiero, Jim Yauri menciona
que los ratios financieros más afectados serán el ratio de activo sobre deuda, utilidad por acción y
sobretodo el EBITDA porque ya no se tendrá un gasto operativo por alquiler, ya que ahora se
tendrá un gasto por amortización e intereses, por lo cual el EBITDA aumentará, sin embargo esto
se dará por una norma contable y no por la gestión de la empresa. Además, para poder realizar el
cálculo de dichos ratios, será necesario traer a valor presente las cuotas de arrendamiento a una
tasa de descuento, la cual de acuerdo a la opinión de Jim las empresas utilizarán la tasa incremental,
debido a que si una empresa quiere utilizar la tasa de interés implícita resultará complicado obtener
el valor razonable. Por ello, considera que a nivel local se puede utilizar una tasa de la SBS de
acuerdo a la clase de compañía que sea. Ambos entrevistados financieros del sector aeronáutico,
Vanessa Flores y Juvenal Bautista, coincidieron que el impacto de la implementación de la NIIF
16 será significativo debido a que los arrendamientos de las aeronaves representan gran valor
monetario, asimismo indican que se debe tener una buena lectura de la norma debido a que en el
grupo LATAM se tienen dos formas de arrendamiento: el fijo, por el cual el arrendatario sí tiene
control sobre la nave y se encuentra a disposición al 100% del mismo, y el variable, el cual es un
arrendamiento por horas sobre el cual el arrendatario no tiene el control de la aeronave ya que solo
se puede elegir el modelo mas no la matricula a utilizar que está supeditada por disposiciones del
arrendador (la matriz). Los expertos indicaron que se debe tener una buena lectura de cada uno de
los contratos que posee la empresa para determinar qué tipo de arrendamientos se deben reconocer
bajo la NIIF 16, sin embargo, su conclusión de la lectura de la NIIF 16 es que el tipo de
arrendamiento variable no debe ser reconocido mediante bajo la nueva norma, debido a que no se
tiene control sobre el bien porque una misma aeronave puede estar arrendada a 11 sucursales de
diferentes países o el arrendador puede pedir que la aeronave se le sea devuelta, que es algo que
estipula su contrato. Entre los ratios más afectados consideran que será el EBITDA pero que será
de forma positiva, ya que no se reconocerán el importante monto por gasto de arrendamiento
operativo que se reflejaba en el estado de resultados y será visualizado de forma positiva por los
inversores, prestamistas y accionistas; otro ratio que puede ser afectado de forma individual será
el de endeudamiento pero no afectará su percepción ante los prestamistas ya que no se tienen
obligaciones financieras con terceros sino solo con sus relacionadas. Para determinar la tasa de
descuento, se podrá utilizar una tasa internacional exclusiva para operaciones de líneas aéreas que
puede ser determinada por su proveedor IATA.
Respecto a la hipótesis específica relacionada a los arrendamientos entre empresas
vinculadas Jim menciona que, en los Estados Financieros separados, una de ellas tendrá que
reconocer el activo por derecho de uso, pero en el consolidado no. Asimismo, detalla que el
principal punto a evaluar en las empresas vinculadas será determinar si se está alquilando con una
renta de mercado, ya que es posible que las operaciones se estén realizando solo al costo. De igual
manera, Carlos tiene la misma opinión al coincidir que el principal punto a tratar entre vinculadas
son las reglas de precio de transferencia, por lo cual considera que lo ideal sería establecer una
metodología para determinar el valor de mercado de las cuotas de arrendamiento. Los expertos del
sector indicaron que no esperan gran impacto en la empresa LAN PERU debido a que las
operaciones de arrendamiento se realizan entre partes relacionadas por lo que solo a nivel
individual se podrá ver el impacto de la NIIF 16 mientras que en el consolidado se la
implementación no se verá reflejada debido a que el arrendador mostrará el ingreso mientras que
el arrendatario presenta un pasivo. La implementación de la NIIF 16 en la empresa se pronostica
para el 2018, por lo que se debe tener una lectura a profundidad de los contratos de arrendamiento
que posee la empresa, involucrar a las diversas áreas para la implementación e identificar si es
aplicable la NIIF 16 para todos los tipos de arrendamientos que posee la empresa.
A nivel tributario, Jim Yauri y Carlos Chirinos coinciden al mencionar que en el mundo
tributario no existe el concepto por derecho de uso, y que las empresas seguirán contabilizando un
gasto por arrendamiento. Por este motivo se generará una diferencia temporal, ya que como
menciona Jim, se reconocerá más gasto en los primeros años, pero tributariamente el gasto será
lineal. Asimismo, Carlos menciona que la SUNAT debería aceptar la deducción de los gastos por
alquiler, por ello considera que una salida razonable sería deducir dichos gastos y adicionar los
gastos de depreciación. Respecto, a los gastos por intereses, Carlos considera que esos gastos no
serían aceptados, dado que para efectos legales se trata de un arrendamiento simple. Por otro lado,
Carlos menciona como un impacto tributario adicional el cálculo del ITAN, ya que ahora las
empresas deberán decidir si adquieren o no un activo, dado que dicha decisión determinará si se
paga más o menos ITAN; coincidiendo con la opinión de Carlos, quien considera que se tendrá un
impacto importante independientemente de que se trate de un derecho de uso porque no existe una
excepción en la Ley del ITAN para excluirlo. Los expertos del sector no esperan mayor impacto
en la determinación del Impuesto a la Renta debido a que la administración tributaria no podrá
discutir la deducción de la factura por arrendamiento que recibe todos los meses, asimismo indican
que no esperan que los gastos de depreciación sean aceptados tributariamente debido a que estos
están relacionados a bienes propios de la empresa. Al igual que lo que indican los demás
entrevistados, los expertos del sector esperan tener un mayor monto del pago de ITAN ya que la
base de cálculo es el estado de situación financiera y este se verá aumentado considerablemente
por el reconocimiento del derecho de uso.
4.2 Análisis cuantitativo
4.2.1 Determinación de variables
En base a la investigación realizada, se detallarán las variables que han sido identificadas, con el
fin de evaluar su efecto en los objetivos planteados.
Objetivo General
A nivel del objetivo financiero se tendrá en cuenta las siguientes variables:
Tabla 14: Variables financieras
Variable Variación Magnitud
EBITDA
Hasta 15% Impacto leve
16% a 30% Impacto significativo
31% a más Impacto muy significativo
ROA
Hasta 15% Impacto leve
16% a 30% Impacto significativo
31% a más Impacto muy significativo
Apalancamiento
Hasta 15% Impacto leve
16% a 30% Impacto significativo
31% a más Impacto muy significativo
Con el cuadro anterior se pretende analizar cuál será el impacto de las variables con
respecto a la aplicación de la NIIF 16. Con ello, se considerará que si el EBITDA, ROA y el ratio
de apalancamiento tienen una variación hasta el 15% el impacto será leve, si es de 16% a 30%
tendrá un impacto significativo y si es superior al 31% el impacto será muy significativo.
Asimismo, en concordancia a la materialidad e importancia relativa para validar nuestra
hipótesis financiera se tomará en cuenta lo siguiente:
• Si la variación del pasivo del año de transición supera la materialidad global se considerará
que el impacto es muy significativo y, por ende, la hipótesis es verdadera.
• Si la variación del pasivo del año de transición no supera la materialidad global se
considerará que el impacto no es muy significativo y, por ende, la hipótesis es falsa.
Objetivo Específico 1
A nivel de vinculadas, se tomarán en cuenta variables propias de este tipo de relación, con el fin
de determinar cómo influyen en sus operaciones de arrendamiento. Para ello, se evaluarán estas
variables por medio de un análisis de sensibilidad, que permite analizar el comportamiento de un
resultado bajo distintos supuestos. A continuación, se detallan las siguientes variables:
• Precio
- Si el precio aumenta, se considerará que se tendrá un ahorro tributario a nivel
consolidado.
- Si el precio disminuye, se considerará que se tendrá una pérdida tributaria a nivel
consolidado.
• Plazo
- Si se tiene un plazo mayor a 1 año, se considerará que la empresa aplicará la NIIF 16.
- Si se tiene un plazo anual, se considerará que no será necesaria la aplicación de la NIIF
16.
• Modalidades de arrendamientos (fijos y variables)
- Si la empresa tiene arrendamientos fijos, se considerará que estos serán incluidos para
la aplicación de la NIIF 16.
- Si la empresa tiene arrendamientos variables, se considerará que estos no serán
incluidos para la aplicación de la NIIF 16.
• Tasa de descuento
- Si la tasa de descuento aumenta, se considerará un reconocimiento menor de activos y
pasivos.
- Si la tasa de descuento disminuye, se considerará un reconocimiento mayor de activos
y pasivos.
Con la identificación de estas variables, se espera determinar las posibles modificaciones
de las transacciones entre empresas vinculadas.
Objetivo Específico 2
A nivel tributario, se evaluará si la aplicación de la NIIF 16 genera un impuesto a la renta diferido,
y si este es material o no. Por ello, en concordancia con la materialidad e importancia relativa para
validar nuestra hipótesis específica 2 se tomará en cuenta lo siguiente:
• Si el impuesto a la renta diferido supera la importancia relativa se considerará que el
impacto es significativo y, por ende, la hipótesis es falsa.
• Si el impuesto a la renta diferido no supera la importancia relativa se considerará que el
impacto no es significativo y, por ende, la hipótesis es verdadera.
De acuerdo con lo mencionado en el capítulo anterior, se tomará como referencia los
ingresos totales de la compañía en relación con sus estados financieros del 2015 y 2016. A
continuación, se presenta un cuadro detallando las materialidades que se usaran para los años
mencionados:
Tabla 15: Cálculo de la materialidad
Porcentaje 2015 (USD) 2016 (USD)
Total Ingresos Ordinarios 100% 1,143,797,000 1,025,533,000
Materialidad global 1% 11,437,970 10,255,330
Importancia relativa de
revisión 50%
5,718,985 5,127,665
Nota: Elaboración propia
4.2.2 Determinación de universo y muestra
De acuerdo con lo mencionado en el capítulo 3, se tomará como muestra la empresa que
tiene mayor participación en el mercado. La empresa seleccionada se constituyó en el año 1997, y
se dedica a la prestación de servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, a nivel
nacional e internacional. Esta compañía es una subsidiaria de otra compañía domiciliada en Chile.
La población identificada se define como: El sector aerocomercial en el Perú;
específicamente la población se detalla a continuación:
Tabla 16: Líneas aéreas en el Perú
N° Líneas Aéreas Participación
1 LAN PERÚ S.A. 61,40%
2 PERUVIAN AIR LINE S.A. 12,45%
3 TACA PERU 11,90%
4 LC PERÚ S.A.C. 8,39%
5 STAR PERÚ 4,51%
6 OTROS 1,35%
TOTAL GENERAL 100,00%
Nota: Tomado de DGAC Perú
Más allá de que resulte obvia la selección de la línea aérea más representativa como parte
significativa de la muestra y que las conclusiones resultarían aplicables al resto del universo,
hemos realizado dos cuadros comparativos, a efectos de reafirmar nuestra representatividad y
comparabilidad con el resto de las aerolíneas locales. Los principales puntos de comparación serán:
la forma de gestión, rutas, destinos órganos reguladores, tipos de aeronaves, entre otros factores
que se detallan en los cuadros.
Como principal similitud, se encuentra que todas las empresas poseen arrendamientos
operativos de sus aeronaves ya sean con sus matrices o con terceros, lo cual es característico en el
sector aerocomercial. Asimismo, los modelos de las aeronaves son muy similares (Airbus y
Boeing) ya que el sector aéreo se encuentra en constante cambio y modernización de la flota. Por
otro lado, las operaciones aeronáuticas se encuentran reguladas por la DGAC (Dirección General
de Aeronáutica Civil), el cual conduce el proceso de gestión integral de la Aviación Civil a través
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Además, es importante mencionar que las empresas de este sector tienen una visión muy
parecida del futuro de sus negocios, enfocándose principalmente en el cliente y el servicio de
calidad que brindan, así como, ofrecer beneficios (promociones y campañas) como parte de sus
procesos de fidelización. Por otro lado, se puede notar que tienen una conducta constante de
crecimiento al reducir tarifas e iniciar nuevas rutas de vuelo. Resulta importante mencionar que
casi todas las aerolíneas cuentan con un alcance tanto nacional como internacional, y otras están
en proceso de implementar rutas internacionales, con lo cual se evidencia que todo el universo de
empresas tienen los mismos objetivos de crecimiento e internacionalización. Finalmente, todas las
aerolíneas realizan vuelos a los principales departamentos del Perú.
77
Tabla 17: Principales puntos de comparación
Aerolíneas Organización Formas de gestión Vinculación Arrendamiento Conductas Tipo de actividad
Empresa con
mayor
participación en el
sector
-Lograr la preferencia de
los clientes y mejorar la
conectividad. -Promociones y campañas.
Programa de Pass Matriz en Chile Arrendamientos
operativos con la
matriz.
Cambio en su modelo
de negocio, al reducir
sus tarifas en un 20%.
Transporte de pasajeros
y Carga internacional
2° Empresa con
mayor
participación en el
sector
- Brindar un servicio
cálido y personalizado,
mejorando
continuamente.
- Promociones.
-No hay cobro de
penalidades y las
mismas tarifas para
peruanos y extranjeros.
-Programa Pass (por la
fidelidad de los viajeros)
Sede Perú Arrendamientos
operativos con Aergo
Capital Limited.
Iniciará vuelos a Quito, Bogotá,
Santiago y Buenos
aires.
Transporte de pasajeros
3° Empresa con
mayor
participación en el
sector
- Brindar una
experiencia
excepcional.
- Promociones.
-Programa de lealtad: Lifemiles -Conformado por CEO,
CRO, CFO, Junta
directiva, Asamblea
General de Accionistas -Responsabilidad social.
Matriz en Colombia Arrendamientos
operativos con la
matriz. -
Transporte de pasajeros
y Carga internacional
4° Empresa con
mayor
participación en el
sector
- Brindar el mejor
servicio y lograr la
lealtad de los usuarios.
- Campañas,
promociones (medio pasaje para universitarios)
Programa pasajero
frecuente.
-Sede Perú -Alianza con Copa
Airlines (conexiones
bajo un sistema de
código compartido)
Arrendamientos
operativos con
Aircraft Solution.
Mayor comercialización en el
canal digital, y nueva
ruta a Chachapoyas en
abril 2018.
Transporte de pasajeros
78
5° Empresa con
mayor
participación en el
sector
- Brindar un servicio
cálido y personalizado. -
Promociones -
Sede Perú (capitales
peruanos y ucranianos) Arrendamientos
operativos
En el 2017 se anunció
su alianza con la
aerolínea LAW, pero
se canceló debido a un
incumplimiento de
compromisos por parte
de esta última.
Transporte de pasajeros
y Transporte de carga
79
Aerolíneas Alcance Total de
destinos Destinos Nacionales
Cantidad
de aeronaves
Tipo de aeronave Normativa Regulación
Empresa con
mayor
participación en
el sector
Nacional e
internacional 63 (nacionales e
internacionales)
Arequipa, Tacna, Ayacucho, Puerto Maldonado, Cajamarca, Chiclayo, Talara, Cuzco, Tarapoto, Iquitos, Trujillo, Juliaca, Tumbes, Lima, Jaén, Piura y Pucallpa
42
Airbus A319-100 Airbus A320-200 Airbus A321-200 Boing 767-300ER
Ley de Aeronáutica
Civil del Perú y
su Reglamento
Regulado por la DGAC (Dirección
General de Aeronáutica Civil)
2° Empresa con
mayor
participación en
el sector
Nacional e
internacional
(La Paz)
10 (nacionales e
internacional)
Arequipa, Tacna, Lima, Cuzco, Tarapoto, Pucallpa, Piura, Jauja,
Iquitos 11
Boeing 737-200 Boeing 737-300 Boeing 737-500 Boeing 737-400
Ley de Aeronáutica
Civil del Perú y
su Reglamento
Regulado por la DGAC (Dirección
General de Aeronáutica Civil)
3° Empresa con
mayor
participación en
el sector
Nacional e
internacional 29 (nacionales e
internacionales)
Cuzco, Iquitos, Juliaca, Lima, Piura, Puerto Maldonado,
Trujillo. 17
Airbus A319-100 Airbus A320-200 Airbus A321 Airbus A330-200 Embraer 190
Ley de Aeronáutica
Civil del Perú y
su Reglamento
Regulado por la DGAC (Dirección
General de Aeronáutica Civil)
4° Empresa con
mayor
participación en
el sector
Nacional 15 (nacionales)
Andahuaylas, Arequipa, Ayacucho, Trujillo, Cajamarca, Chachapoyas, Chiclayo, Cuzco, Iquitos, Jauja, Satipo, Tacna, Tarapoto, Tingo María y Huánuco
17
Dash 8Q-202 Bombardier Q400 Boeing 737-500 Boeing 737-400 Boeing 737-900
Ley de Aeronáutica
Civil del Perú y
su Reglamento
Regulado por la DGAC (Dirección
General de Aeronáutica Civil)
5° Empresa con
mayor
participación en
el sector
Nacional
(próximamente
internacional a
Bogotá, Chile, Punta Cana y Miami)
8 (destinos
nacionales)
Cuzco, Huánuco, Iquitos, Lima,
Pucallpa, Puerto Maldonado,
Tarapoto. 9
BAE 146-100 BAE 146-200 BAE 146-200QT BAE 146-300 CRJ-200
Ley de Aeronáutica
Civil del Perú y
su Reglamento
Regulado por la DGAC (Dirección
General de Aeronáutica Civil)
80
4.2.3 Recolección de data: variables vs hipótesis
Hipótesis General e Hipótesis Específica 2:
Con el fin de probar el impacto de la implementación de la NIIF 16, se tomará la data
de la empresa “Líneas Aéreas S.A.” y se realizará un contraste del registro de los
arrendamientos bajo la NIC 17 y la NIIF 16 con el fin de medir el impacto de implementar la
NIIF 16 en las empresas del sector aerocomercial. Cabe resaltar que la empresa “Líneas Aéreas
S.A” es subsidiaria de “Líneas Aéreas XY”, y que esta subsidiaria es la líder del mercado local,
contando con una participación mayor al 60%. La empresa local realiza sus arrendamientos
únicamente con su matriz y estos son en su totalidad operativos. Dichos arrendamientos
operativos se subdividen en arrendamientos fijos y variables; los primeros son arrendamientos
donde la empresa tiene el control de las aeronaves y puede disponer de estas para realizar el
transporte de pasajeros; en el segundo tipo de arrendamiento la empresa no posee control de
las aeronaves y solo la matriz posee el control de estas.
A continuación, mostraremos la data de los años 2015 y 2016 de la empresa
seleccionada:
Líneas Aéreas S.A Estado de Resultados
Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre del 2015 y 2016
2016 2015
USD $000 USD $000
Ingresos por prestación de servicios 1,025,533 1,143,797
Costos de prestación de servicios - 821,554 - 909,930
Utilidad Bruta 203,979 233,867
Gastos de ventas - 178,609 - 193,732
Gastos de administración - 17,936 - 17,708
Utilidad de operación 7,434 22,427
Ingresos financieros 487 278
Gastos financieros - 3,959 - 10,478
Diferencia en cambio, neta - 2,914 - 5,342
Utilidad antes del Impuesto a la renta 1,048 6,885
Impuesto a la renta - 3,453 - 2,125
Utilidad del año - 2,405 4,760
81
Líneas Aéreas S.A
Estado de Situación Financiera
Al 31 de diciembre del 2015 y 2016
2016 2015 2016 2015
USD $000 USD $000 USD $000 USD $000
Activo Pasivo y Patrimonio
Activo corriente Pasivo corriente
Efectivo 65,237
117,898
Cuentas por pagar
comerciales 82,882 78,681
Cuentas por cobrar comerciales 33,755
28,621
Cuentas por pagar
relacionadas 108,835 74,371
Cuentas por cobrar relacionadas 139,478
55,679 Pasajes vendidos y no volados 54,195 53,997
Otras cuentas por cobrar 32,346
26,995 Otras cuentas por pagar 36,150 30,340
Existencias 830
592 Total pasivo corriente 282,062 237,389
Gastos contratados por anticipado 816
935
Total activo corriente 272,462
230,720 Pasivo no corriente
Otras cuentas por pagar 1,309 1,417
Activo no corriente
Impuesto a la renta diferido
pasivo 4,092 2,578
Otras cuentas por cobrar 7,534
6,674 Total pasivo no corriente 5,401 3,995
Inmueble, Maquinaria y Equipo 34,944
35,612 Total pasivo 287,463 241,384
Activos intangibles 212
101
Total activo no corriente 42,690
42,387 Patrimonio
Capital 4,341 4,341
Reserva Legal 868 868
Otras reservas 16,356 16,595
Resultados acumulados 6,124 9,919
Total patrimonio 27,689 31,723
Total activo 315,152
273,107 Total pasivo y patrimonio 315,152 273,107
82
De acuerdo con los tipos de arrendamientos que posee la empresa, se detallará el monto
anual que se paga por tipo de aeronave:
Tabla 18: Monto anual por tipo de aeronave
Arrendamiento Total
Tipo de aeronave Fijo (USD) Variable (USD)
Arriendo Fijo de aeronaves A-319 2,105,278 31,086,491 33,191,769
Arriendo Fijo de aeronaves A-320 2,134,882 31,523,611 33,658,493
Arriendo Fijo de aeronaves B-767 2,599,479 38,383,846 40,983,325
Total 6,839,639 100,993,948 107,833,587
Porcentajes de representación del total 6% 94% 100%
Nota: Elaboración propia
La NIIF 16 menciona que, al inicio de un contrato, una entidad evaluará si el contrato
es, o contiene, un arrendamiento. Para ello, la norma define que un contrato es, o contiene, un
arrendamiento si transmite el derecho a controlar el uso de un activo identificado por un periodo
de tiempo a cambio de una contraprestación. En nuestro caso, los arrendamientos variables que
posee la empresa no cumplirían con la definición de arrendamiento, debido a que en los
párrafos B9 y B24 del Apéndice B de la NIIF 16 se indica que existirá arrendamiento cuando
se posea el derecho a decidir el uso del activo identificado, por lo que este modelo de
arrendamiento no cumple con lo indicado ya que el arrendador puede solicitar en cualquier
momento la devolución de la aeronave brindada en arrendamiento (por cláusulas del contrato),
por lo que el arrendatario no posee control exclusivo sobre el bien, motivo por el cual no serán
considerados como parte del cálculo del impacto de la implementación, a pesar de que estos
representan el 93% de sus arrendamientos totales.
Como se ha detallado la empresa posee 3 tipos de aeronaves en arrendamientos fijos
que son la A-319, A-320 y B-767. Para el año 2015, la A-319 y la B-767, han iniciado su
contrato de arrendamiento en el año 2010, por lo cual tiene restantes 2 años de contrato; y la
A-320, inició su contrato en el año 2012, quedándole 4 años de contrato. Para los
arrendamientos iniciados en el 2010 se tomará una tasa de descuento de 5.473 %, y para el
iniciado en el 2012 la tasa será de 4.033 %. Para determinar dichas tasas de descuento hemos
tomado como referencia lo mencionado por la guía presentada por Deloitte (Deloitte, 2017),
donde indican que se puede tomar como referencia las tasas libre de riesgo como los bonos de
gobierno de EE.UU, sin embargo teniendo en cuenta el entorno económico, se ha agregado el
riesgo país para utilizarla como tasa de descuento.
83
Como primer requisito es necesario traer a valor presente el flujo futuro de los
arrendamientos, por lo cual presentamos el siguiente cuadro expresado en dólares:
Tabla 19: Valor presente de los arrendamientos
Tipo de aeronave Año Desembolsos Valor presente Gastos financieros
Arriendo Fijo de aeronaves A-319
1
2,105,278 1,892,461 212,817
2 2,105,278 1,996,035 109,243
Arriendo Fijo de aeronaves A-320
1
2
2,134,882
2,134,882
1,822,591
1,896,096
312,290
238,785
3 2,134,882 1,972,566 162,316
4 2,134,882 2,052,120 82,762
Arriendo Fijo de aeronaves B-767 1 2,599,479 2,336,704 262,775
2 2,599,479 2,464,592 134,887
Total 17,949,041 16,433,166 1,515,875
Nota: Elaboración propia
Valor Presente Neto (USD) 16,433,166
Tasa de descuento (A-319 y B-767) 5.473%
Tasa de descuento (A-320) 4.033%
4.2.4 Análisis de resultados
Para el año 2015 es necesario realizar una presentación retrospectiva de la información,
como si la NIIF 16 se hubiera aplicado en dicho periodo; por ello incluimos el activo por
derecho de uso, la depreciación, el pasivo por arrendamiento y los gastos por depreciación e
intereses. Además, el gasto por alquiler lo abonamos porque ya no debemos considerarlo. A
continuación, se presenta el asiento por la reestructuración del año 2015, así como su
presentación retrospectiva:
84
Asiento contable
Año 2015 Cargo Abono
Cesión de uso 16,433
Pasivo por arrendamiento operativo 10,381
Depreciación cesión uso 6,281
Gasto por alquiler 6,840
Gasto por depreciación 6,281
Gasto financiero 788
Por la reestructuración del 2015
Año 2015
USD $000 Cargos Abonos
Retrospectivo
USD $000
Efectivo 117,898 117,898
Cuentas por cobrar comerciales 28,621 28,621
Cuentas por cobrar relacionadas 55,679 55,679
Otras cuentas por cobrar 26,995 26,995
Existencias 592 592
Gastos contratados por anticipado 935 935
Otras cuentas por cobrar no corrientes 6,674 6,674
IME 35,612 35,612
Activo por derecho de uso 16,433 16,433
Activos intangibles 101 101
Depreciación acumulada -
Depreciación por derecho de uso 6,281 -6,281
Impuesto a la renta diferido activo -
Cuentas por pagar comerciales 78,681 78,681
Cuentas por pagar relacionadas 74,371 74,371
Pasajes vendidos y no volados 53,997 53,997
Otras cuentas por pagar 30,340 30,340
Otras cuentas por pagar no corrientes 1,417 1,417
Pasivo por arrendamiento operativo 10,381 10,381
Impuesto a la renta diferido pasivo 2,578 2,578
Capital 4,341 4,341
Reserva Legal 868 868
Otras reservas 16,595 16,595
Resultados Acumulados 9,919 7,069 6,840 9,690
- 23,502 23,502 -
85
Cabe precisar que el cargo de los Resultados Acumulados está incluido el gasto por
depreciación e intereses (6,281+788) y se abona el gasto por alquiler. A continuación, se
muestra el detalle de la depreciación:
Tabla 20: Detalle de depreciación
Depreciación por aeronave USD $000
Depreciación anual A-319 1,944
Depreciación anual A-320 1,936
Depreciación anual B-767 2,401
Total 6,281
Nota: Elaboración propia
Para el año 2016 se generará un impuesto a la renta diferido, debido a la diferencia entre
la base contable y tributaria, la cual se detalla a continuación:
Tabla 21 : Impuesto a la renta diferido
2015 (USD
$000)
2016 (USD
$000)
Gasto por alquiler 6,840 6,840
Gasto por depreciación 6,281 6,281
Gasto financiero 788 483
Base contable 7,069 6,764
Base tributaria 6,840 6,840
Diferencia 229 -76
IR Diferido 28% 64 -21
Nota: Elaboración propia
Debido a que, en el año 2016, la empresa deberá registrar los arrendamientos bajo la
NIIF 16, será necesario realizar un asiento de reestructuración, así como los asientos propios
de reconocimiento como son la depreciación, intereses, el pago y el impuesto diferido.
Asientos contables
Cesión de uso 16,433
Pasivo por arrendamiento operativo 10,381
86
Depreciación cesión uso 6,281
Resultados acumulados 229
Por la reestructuración del año 2016
Gasto por depreciación 6,281
Depreciación cesión uso 6,281
Por el gasto de depreciación
Gasto financiero 483
Pasivo por arrendamiento operativo 6,357
Efectivo 6,840
Por el pago del pasivo por arrendamiento
Gasto Impuesto Renta Diferido 21
Impuesto a la renta diferido 21
Por el impuesto a la renta diferido
Con los asientos contables realizados, obtenemos el siguiente estado financiero:
Año 2016 Cargos Abonos Año 2016
Efectivo 65,237 6,840 58,397
Cuentas por cobrar comerciales 33,755 33,755
Cuentas por cobrar relacionadas 139,478 139,478
Otras cuentas por cobrar 32,346 32,346
Existencias 830 830
Gastos contratados por anticipado 816 816
Otras cuentas por cobrar no corrientes 7,534 7,534
IME 34,944 34,944
Activo por derecho de uso 16,433 16,433
Activos intangibles 212 212
Depreciación acumulada 0
Depreciación por derecho de uso 12,561 -12,561
Impuesto a la renta diferido activo
Cuentas por pagar comerciales
82,882
82,882
Cuentas por pagar relacionadas 108,835 108,835
Pasajes vendidos y no volados 54,195 54,195
Otras cuentas por pagar 36,150 36,150
Otras cuentas por pagar no corrientes 1,309 1,309
Pasivo por arrendamiento operativo 6,357 10,381 4,025
Impuesto a la renta diferido pasivo 4,092 21 4,113
Capital 4,341 4,341
Reserva Legal 868 868
87
Otras reservas 16,356 16,356
Resultados Acumulados 6,124 7,014 -890
- 29,804 29,804 -
Análisis de significancia
Con el fin de evaluar el impacto de implementar la NIIF 16 en nuestro análisis
cuantitativo, determinaremos la materialidad, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III.
Cabe resaltar que el benchmark utilizado serán los ingresos totales, dado que la empresa está
afrontando pérdidas.
La NIA 320, indica que dependiendo de las circunstancias de la entidad se pueden tomar
distintas categorías como el beneficio antes de impuestos de las operaciones, el cual suele
usarse para entidades con fines de lucro. Sin embargo, cuando dicho beneficio antes de
impuesto es volátil, se puede tomar otras referencias como margen bruto o los ingresos
ordinarios totales. Además, se debe tener en cuenta que existe una relación entre el porcentaje
y la referencia elegida, por ello el porcentaje aplicado a los beneficios antes de impuestos será
mayor al porcentaje aplicado a los ingresos (ICAC, 2013).
La norma propone un 5 % para los beneficios antes de impuestos y 1 % para los ingresos
totales como referencia a tomarse. Por ello, para el caso de la empresa a evaluar, tomaremos
como referencia sus ingresos totales, ya que la empresa actualmente presenta pérdidas.
A continuación, presentamos un cuadro con la materialidad calculada en miles de dólares:
Tabla 22 : Materialidad
USD $000
Concepto % 2015
Total Ingresos ordinarios 100% 1,143,797
Materialidad global 1% 11,438
Importancia relativa de
revisión 50% 5,719
Nota: Elaboración propia
A continuación, se mostrará un cuadro resumen del pasivo reconocido en el 2015,
comparándolo con la materialidad calculada; y se realizará una explicación de los resultados.
88
Tabla 23 : Pasivo por arrendamiento y su impacto
Empresa
"Líneas Aéreas
S.A"
Resultado
USD $000
Materialidad
Global
USD $000
Importancia
Relativa
USD $000 Conclusión Impacto
Pasivo por
arrendamiento
10,381 11,438 5,719 Mayor a la IR Significativo
Nota: Elaboración propia
De acuerdo con la información evaluada, podemos observar que la empresa posee en
su mayoría arrendamientos variables (93%), por lo cual la totalidad de estos seguirían
contabilizándose como un gasto por alquiler y no sería necesario activarlo. Solo el 7% de sus
arrendamientos serían registrados de acuerdo con la NIIF 16, por lo cual el impacto no resultará
muy significativo para esta empresa en particular. Además, en el capítulo III se estableció que
el impacto se definiría si el pasivo generado superaba la materialidad global, y de acuerdo con
el cuadro realizado se puede determinar que el pasivo no supera la materialidad, por lo cual se
concluye que la hipótesis general es falsa. Sin embargo, podemos notar que se supera la
importancia relativa, por ello el impacto sería significativo, pero no llega a ser muy
significativo.
Por otro lado, si bien la hipótesis general resulta falsa, debemos evaluar el impacto de
los principales ratios financieros que se determinaron en el Capítulo III. A continuación, se
muestra un cuadro resumen con el impacto de los ratios:
Tabla 24 : Cálculo de los ratios
Ratio 2015 2015 con
NIIF 16 Variación 2016
2016 con
NIIF 16 Variación
Apalancamiento 7.61 7.99 5.06% 10.38 14.10 35.81%
ROA 1.74% 1.68% -3.58% -0.76% -0.77% -0.95%
EBITDA 22,427 29,496 31.52% 7,434 14,198 90.98%
Nota: Elaboración propia
A pesar de que la hipótesis resulta falsa, podemos afirmar que existe un impacto muy
significativo en la variación del EBITDA tanto en el 2015 como en el 2016. Respecto al ROA
el impacto es leve en ambos años; y el ratio de apalancamiento tiene un impacto leve para el
año 2015 y un impacto muy significativo para el año 2016.
Tabla 25 : Impacto en los ratios
89
Variable 2015
Variación
2016
Variación Variación Magnitud
EBITDA
Hasta 15% Impacto leve
16% a 30% Impacto significativo
31.52% 90.98% 31% a más Impacto muy significativo
ROA
-3.58% -0.95% Hasta 15% Impacto leve
16% a 30% Impacto significativo
31% a más Impacto muy significativo
Apalancamiento
5.06% Hasta 15% Impacto leve
16% a 30% Impacto significativo
35.81% 31% a más Impacto muy significativo
Nota: Elaboración propia
Respecto a la validación de la hipótesis específica 2, podemos concluir que esta es verdadera,
dado que el importe no supera la importancia relativa. Además, se puede ver que el importe es
sumamente inferior a la importancia relativa y nuestra hipótesis ha sido confirmada, al ser un
monto no significativo.
Tabla 26: Impuesto a la renta diferido y su impacto
Empresa
"Líneas Aéreas
S.A"
Resultado
USD $000
Materialidad
Global
USD $000
Importancia
Relativa
USD $000 Conclusión Impacto
Impuesto a la
renta diferido 21 11,438 5,719 Menor a la IR No significativo
Nota: Elaboración propia
Hipótesis Específica 1:
Plazo del arrendamiento:
Al igual para el caso anterior, se tomará en cuenta la data de la empresa “Líneas Aéreas S.A.”
cuya empresa matriz es “Líneas Aéreas XY”. Se debe tener en cuenta que el tiempo de uso de
las aeronaves (dentro del contrato de arrendamiento) varían de 5 a 7 años y que el valor de las
aeronaves son montos elevados de dinero. Es por ello, que no se pueden aplicar las exenciones
del párrafo 5 de la NIIF 16 debido a que el tipo de arrendamiento fijo no se encuentra dentro
de la aplicación de arrendamientos a corto plazo (plazo de arrendamiento de 12 meses o menos)
o arrendamientos de bajo valor. Asimismo, se puede indicar que en caso se determinen que los
90
plazos de arrendamiento sean menores al periodo de 1 año o los costos del arrendamiento
posean un bajo valor, el arrendatario podría aplicar la exención antes mencionada, por lo que
no se aplicaría la NIIF 16.
Precio del arrendamiento:
Al igual que para el caso anterior, se tomará en cuenta la data de la empresa “Líneas
Aéreas S.A.” cuya empresa matriz es “Líneas Aéreas XY”. Se usarán los datos del caso general
y como base para determinar si se encuentra dentro del rango (valor de mercado) se usará datos
proporcionados por la revista (Airline Fleet Management) donde se menciona la lista de precios
de los arrendamientos en el mercado de aerolíneas:
Tabla 27 : Valor de mercado
Arrendamiento
Fijo (USD)
Mensual
Cuartil
Inferior Mediana
Cuartil
Superior Resultado Tipo de
aeronave
Arriendo Fijo de
aeronaves A-319 175,440 120,000 220,000 320,000 Dentro del rango
Arriendo Fijo de
aeronaves A-320 177,907 60,000 225,000 390,000 Dentro del rango
Arriendo Fijo de
aeronaves B-767 216,623 150,000 300,000 450,000 Dentro del rango
Total 569,970
Nota: Elaboración propia
Del caso presentado, se puede concluir que los precios de arrendamiento fijo de aeronaves,
entre las empresas “Líneas Aéreas XY” y “Líneas Aéreas S.A.”, se encuentran a valor de
mercado. Asimismo, como se mostró en el punto 4.1.2.2 en caso la empresa “Líneas Aéreas
XY” decida modificar el monto de facturación del arrendamiento fijo a “Líneas Aéreas S.A.”,
para obtener beneficios tributarios, lo podrá hacer debido a que aún no se encuentra dentro del
cuartil superior.
Modalidades de arrendamientos (fijos y variables):
91
Con el fin de determinar las posibles modificaciones en las transacciones de arrendamientos
derivadas de la implementación de la NIIF 16, se tomará la data de la empresa
“Líneas Aéreas S.A.”. Cabe resaltar que la empresa “Líneas Aéreas S.A” es subsidiaria de
“Líneas Aéreas XY”, y que esta subsidiaria es la líder del mercado local, contando con una
participación mayor al 60%. La empresa local realiza transacciones de arrendamientos
únicamente con su matriz y estos son en su totalidad operativos. Las modalidades de
arrendamientos operativos se subdividen en arrendamientos fijos y variables.
Los arrendamientos fijos, son arriendos de aeronaves en los cuales el arrendatario posee
el derecho a controlar una aeronave en específico para realizar sus habituales actividades de
transporte aéreo, a cambio de una contraprestación mensual. En este tipo de arrendamientos la
empresa arrendataria posee el control de la aeronave mientras dure el contrato por lo que se
puede confirmar que se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la NIIF 16.
Los arrendamientos variables, son arriendos de aeronaves por horas, es decir el tiempo
calculado a partir de que los automotores de la aeronave se encienden para despegar hasta la
hora efectiva en que se apagan después del aterrizaje al término de cada vuelo. Durante el
periodo de vigencia del contrato, la empresa “Líneas Aéreas S.A” podrá solicitar a “Líneas
Aéreas XY” que se le entregue la aeronave para la realización de sus actividades de transporte
aéreo (“vuelos por horas”). En caso de que la empresa “Líneas Aéreas XY” determine que
existe una aeronave disponible para el referido pedido y no será requerida por “Líneas Aéreas
XY”, se procederá la entrega del bien. “Líneas Aéreas S.A” se encuentra obligada a devolver
y restituir de inmediato la aeronave cuando “Líneas Aéreas XY” lo solicite. Durante cada vuelo
por hora, “Líneas Aéreas S.A” tendrá el control operativo y conducción técnica de la aeronave
y la operará usando sus propios derechos de tráfico, sin embargo, dentro de las cláusulas del
contrato existe la posibilidad de que “Líneas Aéreas XY” pida la devolución de la aeronave
brindada en arrendamiento por horas a “Líneas Aéreas S.A” o de que no exista aeronaves
disponibles para brindarlas en arrendamiento. Para determinar si existe un contrato de
arrendamiento, con respecto a los arrendamientos por horas, se tendrán en cuenta los párrafos
B9 y B24 del Apéndice B de la NIIF 16. Los párrafos mencionados, indican que existirá
arrendamiento cuando se posea el derecho a decidir el uso del activo identificado, es decir que
el arrendatario posee el derecho a decidir para que propósito se usa el activo a lo largo de todo
el periodo de uso. Se puede concluir que el modelo de arrendamiento por horas no se encuentra
dentro del ámbito de aplicación de la NIIF 16 debido a que la empresa matriz puede solicitar
en cualquier momento la devolución de la aeronave brindada en arrendamiento (por cláusulas
92
del contrato), por lo que la empresa subsidiaria no posee control exclusivo sobre el uso de la
aeronave.
De lo mencionado anteriormente, se puede concluir que si la empresa subsidiaria realiza
todos sus arrendamientos bajo la modalidad de arrendamientos variables no cumpliría con la
aplicación de la NIIF 16, por lo que, al no encontrarse dentro del ámbito de aplicación de la
nueva norma, la empresa arrendataria no tendrá efecto alguno.
Tasas:
Con respecto a la tasa de descuento para determinar los activos y pasivos, se tomará en cuenta
a la empresa “Líneas Aéreas S.A” y su matriz “Líneas Aéreas XY”, nuestra hipótesis será que
la matriz le proporcionará a la subsidiaria una tasa mayor, obteniendo menores niveles de
activos y pasivos, esto con la finalidad de que la empresa peruana no se vea perjudicada por la
determinación anual del ITAN ya que el reconocimiento de las aeronaves dentro del estado de
situación financiera serán montos significativos por el gran valor económico que poseen.
93
CAPÍTULO V. ANÁLISIS
Luego de realizar el análisis cualitativo y cuantitativo de los objetivos e hipótesis
formuladas, los resultados de las pruebas fueron diferentes a los esperados, sin embargo, esto no
significa que nuestras hipótesis estuvieron mal formuladas o que las fuentes utilizadas se
encuentren erróneas. Nuestras hipótesis se encuentran orientadas al análisis previo realizado en el
marco teórico, como ensayos, papers, informes, entre otros; sin embargo, la información que
contienen proviene de estudios a nivel general no considerando las particularidades de cada sector
o empresa. Es por ello, que al realizar nuestras validaciones identificamos que el sector estudiado
posee particularidades que no contempla la NIIF 16 por lo que determinamos que su
implementación no generará un gran impacto como los expertos indicaban.
Hipótesis General:
El informe emitido por el IASB, determinó que uno de los sectores más afectados por la
implementación de la NIIF 16, sería el aerocomercial. Esto se debió a que los costos del
arrendamiento de las aeronaves son elevados, y que debido a la implementación de la nueva norma
causaría gran impacto en los pasivos y ciertos ratios financieros. En base a la evaluación
cualitativa, los expertos financieros, indicaron que esperaban un impacto de la norma en los
principales ratios de la empresa, sobre todo en el EBITDA ya que este se verá mejorado por el
nuevo reconocimiento de los gastos, y en el ratio de apalancamiento. Sin embargo, la experta
financiera del sector mencionó en la entrevista que la empresa tenía dos modalidades de
arrendamientos: fijo y variable, pero en este último se tenía menos del 50% de uso de la aeronave,
por lo cual no se podría activar dicho bien. Por ello, si bien al realizar el caso práctico se espera
un impacto financiero del pasivo en el Estado de Situación Financiera, porque se toma como
referencia el arrendamiento fijo, luego de realizar las pruebas a la muestra seleccionada, se
determinó que no se generará el impacto indicado debido a que sus transacciones de arrendamiento
y endeudamiento los posee con su empresa matriz (relacionada), por lo que no generará el impacto
esperado en sus pasivos ya que se eliminarán al momento de presentar los estados financieros
consolidados. De igual forma, se descubrió que en el sector aerocomercial peruano existen
diferentes modalidades de arrendamientos, los cuales luego de realizar las pruebas necesarias para
determinar si se encuentran dentro del ámbito de la NIIF 16, se concluyó que el tipo de
94
arrendamiento por horas no se encuentra dentro del ámbito de aplicación, por lo que, al ser gran
parte del gasto mensual para la empresa, y al no aplicarse la NIIF 16 no se producirá el gran
impacto mencionado por los expertos.
Hipótesis Específica 1:
Las transacciones entre empresas del mismo grupo son muy comunes en el sector aerocomercial.
Es por ello, que se presumió que debido a la implementación de la NIIF 16 las relaciones entre
partes vinculadas podrían verse modificadas como: plazos, precio y modalidades de
arrendamientos. Realizadas las entrevistas a nuestros expertos y complementándolas con
información, se determinó que los cambios solo se producirán a nivel de precio, ya que estos se
encuentran debajo de su cuartil superior, con la finalidad de obtener beneficios tributarios para el
consolidado. Sin embargo, resulta importante mencionar que con la investigación cualitativa se
pudo conocer que existen empresas del sector que poseen modalidades de arrendamiento que
podrían implicar no tener el control de las aeronaves, motivo por el cual no sería considerado para
la implementación de la NIIF 16, y seguiría tratándose como un gasto de alquiler. Por ello, resulta
necesario revisar con detenimiento los contratos de cada empresa y evaluar las distintas
condiciones que pueden verse modificadas por tener una relación de vinculadas, dado que se puede
manipular condiciones no solo de precio, sino de plazo, tasa de descuento y modalidades de
arrendamiento, con el fin de buscar los mejores beneficios como grupo empresarial.
Hipótesis Específica 2:
Se encuentra pendiente el pronunciamiento de la SUNAT con respecto a la NIIF 16, sin embargo,
nuestra hipótesis tributaria se encuentra alineada a las reglamentaciones peruanas con respecto a
la deducibilidad de los nuevos gastos reconocidos. Hemos tomado como base, diferentes
posiciones que han tomado las autoridades tributarias, anteriormente, con respecto a casos
similares, así como las posiciones de especialistas tributarios referentes a la nueva norma. Además,
en base a la investigación cualitativa, los expertos coincidieron en indicar que al no ser considerada
la cesión de uso como un activo fijo, la administración tributaria no aceptaría los gastos generados
por esta, aceptando solo la deducción de los gastos del alquiler, por lo cual se generaría un
impuesto a la renta diferido, por tener una base tributaria distinta a la contable, hecho que se puede
comprobar en el caso práctico donde se genera un activo por impuesto a la renta diferido, el cual
no resulta material. Por otro lado, al realizar el caso real se generó un pasivo por impuesto a la
95
renta diferido, por un monto no material. Por ello, considerando ambas fuentes, se determinó que
el impuesto diferido que la empresa reconocerá no será de gran impacto dado que será solo de
aplicación para los arrendamientos fijos, el cual es el tipo de arrendamiento con menor inversión
de dinero para la empresa.
96
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
A continuación, detallaremos las principales conclusiones y recomendaciones que se han
logrado establecer en base al trabajo realizado:
CONCLUSIONES:
- Se logró determinar que no se tendrá un gran impacto financiero en la empresa (muestra)
debido a que el tipo de arrendamiento con mayor movimiento económico no se encuentra
dentro del ámbito de aplicación de la NIIF 16, ya que corresponde a un arrendamiento
donde el arrendatario no posee el control sobre el bien. Además, al ser la muestra muy
similar en distintos aspectos al resto del universo, se espera que la misma situación suceda
en las demás compañías aéreas locales.
- Se logró concluir que la implementación de la NIIF 16, no tendrá mayor impacto para los
arrendamientos entre partes relacionadas ya que al consolidar la información en los estados
financieros las variaciones se eliminan. Asimismo, al poseer operaciones de arrendamiento
y de endeudamiento con sus relacionadas, la empresa no se verá afectada por el aumento
de su nivel de pasivos por lo que no se existirá dificultad al financiarse. Además, se tiene
conocimiento que entre empresas vinculadas se pueden dar situaciones específicas como
la renovación automática de un contrato, modalidades de arrendamiento y el
subarrendamiento de activos, por lo que la empresa debe realizar un análisis de sus
transacciones para determinar si se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la NIIF
16.
- Se logró deducir la posible postura que tomará la administración tributaria con respecto al
reconocimiento de estos nuevos gastos, llegando a la conclusión que solo se aceptará los
gastos de alquiler, por lo cual los gastos de depreciación e intereses serían adicionados,
generándose una diferencia temporaria. Asimismo, se determinó que el impuesto diferido
generado de la diferencia tributaria y contable no tendrá gran impacto ya que solo es
aplicable para un tipo de arrendamiento que posee la empresa y proviene del menor valor
económico.
RECOMENDACIONES:
97
- Se recomienda a la empresa (muestra) realizar una buena lectura de sus contratos de
arrendamientos, para determinar si se encuentran dentro del ámbito de la aplicación de la
NIIF 16, principalmente de los arrendamientos variables puesto que existe la incertidumbre
de cuál será el tratamiento a seguir ya que, el arrendatario al no tener control sobre las
aeronaves no cumple con la definición de arrendamiento indicada el párrafo 9 de la NIIF
16.
- Las empresas deben involucrar a todas las áreas relacionadas, como legal, impuestos,
estados financieros, entre otros; y sus stakeholders, con la finalidad de realizar una correcta
capacitación sobre la implementación de la nueva norma y sus posibles efectos, antes de
su aplicación en enero de 2019. Debido a que, el principal problema que existe es la falta
de capacitación y del manejo de la NIC 12. Además, resultará importante tener un modelo
de control para identificar los detalles de los contratos como las penalidades, obligaciones
o arrendamientos implícitos, con el fin de realizar una correcta aplicación de la NIIF 16.
- Se recomienda que las empresas realicen un análisis de sus contratos con el fin de
determinar si les resulta conveniente adquirir o no el activo, teniendo en cuenta los
impactos financieros y tributarios que se generarían con la decisión tomada. Por ello,
resulta conveniente realizar una evaluación de costo-beneficio teniendo en cuenta que el
sector aerocomercial será el más afectado por la implementación de la norma.
- La administración tributaria debe pronunciarse con respecto a la deducibilidad de los
nuevos gastos reconocidos contablemente provenientes de la aplicación de la NIIF 16, ya
que hasta el momento se tiene incertidumbre de cuál será la postura que se tome y teniendo
como fecha de aplicación menos de 1 año.
- La administración tributaria debe pronunciarse con respecto a la implementación de la NIIF
16, para determinar si el reconocimiento del nuevo activo formará parte del cálculo del
ITAN, ya que al poseer las aeronaves gran valor económico podrían afectar la liquidez de
las empresas en el sector aerocomercial provenientes del gran desembolso de dinero que
realizarían al pagar este impuesto.
- El IASB debería realizar un análisis más profundo de las normas que emite debido a que,
como se pudo comprobar en este trabajo de tesis, sus emisiones no van de acorde a la
realidad de las transacciones económicas que realiza cada empresa por lo que no podrían
98
encontrarse dentro del ámbito de aplicación de la norma emitida ocasionando que no se
uniformice el registro de las transacciones de las entidades.
- Al igual que la NIIF 15, es muy probable que el Consejo Normativo de Contabilidad
postergue la implementación de la NIIF 16 del periodo inicial previsto (1 de enero de 2019)
debido a que el Consejo debe realizar un análisis a mayor profundidad del reconocimiento
de estos dos nuevos gastos que no cumplen con los artículos del Impuesto a la Renta, y a
los procesos de implementación que deben realizar las empresas que implementarán esta
nueva norma.
99
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Airline Fleet Management. (n.d.). AFM Magazine. Retrieved from
https://issuu.com/afmmagazine/docs/afm-95
Belobaba, P., Odoni, A., & Barnhart, C. (2015). The global airline industry. Retrieved from
https://ebookcentral.proquest.com
Caballero Bustamante. (Setiembre de 2009). Definición y aplicación de los Ratios Financieros.
Revista de Asesoría Especializada, E1-E3. Obtenido de
http://www.uap.edu.pe/intranet/fac/material/25/20102C3250125311250106011/20102C3
25012531125010601120023.pdf
Cincimino, S. (2014, June). Revenues from related Parties Transactions and. Journal of Sports,
103-118. Retrieved from https://www.atiner.gr/journals/sports/2014-1-2-3-Cincimino.pdf
Deloitte. (Febrero de 2016). NIIF 16 Lo que hay que saber sobre cómo van a cambiar los
arrendamientos. Obtenido de
https://www2.deloitte.com/content/dam/Deloitte/cr/Documents/audit/documentos/auditne
ws/160817-audit-NIIF16-Arrendameintos--Lo-que-hay-que%20saber-sobre-como-van-
acambiar.pdf
Deloitte. (2017). Una guía para la tasa incremental de endeudamiento. Obtenido de
https://www2.deloitte.com/content/dam/Deloitte/pe/Documents/audit/IFRS%2016%20Ta
sas%20de%20descuento%2090663.pdf
DGAC. (Julio de 2017). Análisis del comportamiento del tráfico de pasajeros en el ámbito
nacional e internacional. Obtenido de
http://www.mtc.gob.pe/transportes/aeronautica_civil/estadistica/documentos/2017_septie
mbre/WEB%201%20An%C3%A1lisis%20del%20Flujo%20de%20pasajeros%20%20juli
o%202017.pdf
Doganis, R. (2005). The airline business. Retrieved from https://ebookcentral.proquest.com
Durán, L., & Mejía, M. (Mayo de 2011). Las NIIF y la interpretación de las normas tributarias por
SUNAT. Análisis Tributario, 50-55. Obtenido de
http://www.aele.com/sites/default/files/archivos/banner_public/DURAN%20Y%20MEJI
A(50-55).pdf
Esquivel, E. (2017, Mayo). NIIF 16 y Problemática Tributaria. Análisis Tributario, 19-23.
Hernández, R., Fernández, C., & Baptista, P. (2014). Metodología de la Investigación. México
D.F: McGraw-Hill/Interamericana Editores S.A. de C.V.
IATA. (2016). Beneficios económicos de la aviación en el Perú. Obtenido de
https://www.iata.org/policy/Documents/benefits-of-aviation-peru-2017.pdf
ICAC. (2013). ICAC - NIA 320. Retrieved from ICAC:
http://www.icac.meh.es/NIAS/NIA%20320%20p%20def.pdf
IFAC. (2016). Aclarando el concepto de arrendamientos. Obtenido de
https://www.ifac.org/global-knowledge-gateway/businessreporting/discussion/aclarando-
el-concepto-de-arrendamientos
IFRS Foundation. (2016). IFRS 16 Arrendamientos. Retrieved from http://www.ifrs.org/-
100
/media/project/leases/ifrs/published-documents/ifrs16-effects-analysis.pdf
IFRS Foundation. (2016). Norma Internacional de Contabilidad 8 Políticas Contables, Cambios
en las Estimaciones Contables y Errores. Obtenido de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/no_oficializ/nic/ES_GVT_R
edBV2016_IAS08.pdf
IFRS Foundation. (2017). El Marco Conceptual para la Información Financiera. Obtenido de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/ES_GVT_BV2
017_conceptual.pdf
IFRS Foundation. (2017). Norma Internacional de Contabilidad 12 Impuesto a las Ganancias.
Obtenido de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/ES_GVT_BV2
017_IAS12.pdf
IFRS Foundation. (2017). Norma Internacional de Contabilidad 24 Información a Revelar sobre
Partes Relacionadas. Obtenido de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/ES_GVT_BV2
017_IAS24.pdf
IFRS Foundation. (2017). Norma Internacional de Información Financiera 16 Arrendamientos.
Obtenido de
https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/niif/ES_GVT_BV2
017_IFRS16.pdf
IPIDET (Dirección). (2016). IPIDET NIIF 15 Y 16 Comentarios Tributarios [Archivo de video]
[Película]. Obtenido de https://www.youtube.com/watch?v=DtQheZqUU4k&t=
KPMG. (13 de Enero de 2016). NIIF 16 – Nueva norma sobre arrendamientos. Obtenido de
https://home.kpmg.com/es/es/home/tendencias/2016/01/niif-16-nueva-norma-
sobrearrendamientos.html
LATAM AIRLINES. (2018). LATAM AIRLINES. Retrieved from https://www.latam.com/es_pe/
MEF. (s.f). Convenio para evitar la doble Imposición. Retrieved from
https://www.mef.gob.pe/es/convenio-para-evitar-la-doble-imposicion
Morrell, P. S. (2007). Airline finance. Retrieved from https://ebookcentral.proquest.com
MTC. (2015). Anuario Estadístico. Obtenido de
http://www.mtc.gob.pe/estadisticas/publicaciones/anuarios/ANUARIO_ESTADISTICO_
2015.pdf
MTC. (2017). MTC. Retrieved from MTC - Nosotros:
http://www.mtc.gob.pe/nosotros/index.html
Öztürk, M., & Serçemeli, M. (2016). Impact of New Standard “IFRS 16 Leases” on Statement of
Financial Position and Key Ratios: A Case Study on an Airline Company in Turkey.
Business and Economics Research Journal, 7(4), 143-157.
doi:10.20409/berj.2016422344
Pastor, J., Ilha, L., & Mandía, R. (2011). Particularidades de la auditoria de transacciones con
empresas vinculadas, partes relacionadas y similares (trabajo monográfico). Obtenido
101
de Universidad de la República, Montevideo, Uruguay:
https://www.colibri.udelar.edu.uy/bitstream/123456789/507/1/M-CD4238.pdf
PwC. (2016). Noticias NIIF. Obtenido de https://www.pwc.com/cl/es/Boletin-
ifrs/2016/NoticiasNIIF-Febrero-2016.pdf
RAE. (2005). Ratio. Diccionario de la Real Academia Española. Obtenido de
http://lema.rae.es/dpd/srv/search?key=ratio
RAE. (s.f.). Aeronáutico. Retrieved from http://dle.rae.es/?id=0ubm1K5
SUNAT. (2007). Informe N° 035-2007. Obtenido de
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2007/oficios/i0352007.htm
SUNAT. (s.f.). CAPITULO II - Del ámbito de aplicación del impuesto y del nacimiento de la
obligación tributaria. Retrieved from
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/igv/regla/index.html
SUNAT. (s.f.). Capítulo IX - Del régimen para determinar la renta. Obtenido de
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/regla/cap9.htm
Yücel, G., & Adiloğlu, B. (2016). WHERE ARE THESE HIDDEN LIABILITIES? IFRS 16–A
CASE OF OPERATING LEASE. (P. D. Yücel, Ed.) Retrieved from
http://muhasebe.istanbul.edu.tr/wp-
content/uploads/2014/01/Secmeler2016.pdf#page=121
ANEXOS
Anexo 01: Formulario de entrevista a experto financiero
Cuestionario para experto financiero
Nombre:……………………………………………………………………………..
102
Cargo:……………………………….. Fecha:………………………………….
La presente entrevista tiene como objetivo conocer su opinión sobre la próxima implementación
de la NIIF 16, así como sus efectos en los Estados Financieros. La información que nos brinde se
mantendrá de manera confidencial. A continuación, realizaremos las siguientes preguntas:
1. ¿Qué opina sobre la nueva norma contable de arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que
es adecuado el nuevo modelo contable que propone?
2. ¿Qué medidas considera necesarias que se deben tomar para la implementación de la norma
y cuáles considera que serán las principales dificultades?
3. ¿Cuál considera que será el ratio financiero más afectado por la nueva norma? ¿Por qué?
4. Considerando que en el sector aeronáutico local la flota que poseen está registrada en su
totalidad bajo arrendamientos operativos. ¿Cuál será el impacto en la transición a la nueva
norma contable en el sector mencionado?
5. ¿Tiene conocimiento acerca de una compañía que haya aplicado NIIF 16? ¿Cuáles fueron
los principales cambios?
6. ¿Cuál cree que será el impacto del nuevo modelo de contabilización en arrendamientos
entre empresas vinculadas?
7. La norma menciona que se deberá traer a valor presente el valor de los arrendamientos con
una tasa de descuento. ¿Cómo se hallará la tasa de descuento?
8. A nivel tributario ¿Cuál considera que será el mayor impacto de la implementación de la
NIIF 16?
103
Anexo 02: Formulario de entrevista a experto tributario
Cuestionario para experto tributario
Nombre:…………………………………………………………………………………..
Cargo:……………………………….. Fecha:………………………………………
La presente entrevista tiene como objetivo conocer su opinión sobre la próxima implementación
de la NIIF 16 en el aspecto tributario. La información que nos brinde se mantendrá de manera
confidencial. A continuación, realizaremos las siguientes preguntas:
1. ¿Qué opina sobre la nueva norma contable de arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que
es adecuado el nuevo modelo contable que propone?
2. La NIIF 16 menciona que se reconocerá un activo por derecho de uso ¿Usted considera
que tributariamente el gasto por depreciación generado por el activo será aceptado?
3. Respecto al pasivo por arrendamiento, ¿se aceptarán los gastos por intereses generados por
dicho pasivo?
4. De ser aceptados los gastos por depreciación e intereses ¿resultará beneficioso para el
arrendatario? ¿Por qué?
5. Considera que el reconocimiento de los nuevos activos en el balance ¿afectará la base de
cálculo del ITAN?
6. ¿Qué otro impacto tributario, considera que se generarán por la adopción de la NIIF 16?
7. ¿Qué medidas considera que deben tomar las empresas respecto al efecto tributario de la
implementación de la NIIF 16?
8. Considerando que en el sector aeronáutico local la flota que poseen está registrada en su
totalidad bajo arrendamientos operativos ¿Cuál será el impacto tributario en la transición a
la nueva norma contable en el sector mencionado?
9. ¿Cuál cree que será el impacto tributario del nuevo modelo de contabilización en
arrendamientos entre empresas vinculadas?
104
Anexo 03: Formulario de entrevista a experto del sector
Cuestionario para experto del sector
Nombre:……………………………………………………………………………..
Cargo:……………………………….. Fecha:………………………………….
La presente entrevista tiene como objetivo conocer su opinión sobre la próxima implementación
de la NIIF 16, así como sus efectos en los Estados Financieros. La información que nos brinde se
mantendrá de manera confidencial. A continuación, realizaremos las siguientes preguntas:
1. ¿Qué opina sobre la nueva norma contable de arrendamientos “NIIF 16”?, ¿considera que
es adecuado el nuevo modelo contable que propone?
2. ¿Cuándo se implementará la NIIF 16 en la compañía?
3. ¿Qué medidas considera necesarias que se deben tomar para la implementación de la norma
y cuáles considera que serán las principales dificultades?
4. ¿Cuál considera que será el ratio financiero más afectado por la nueva norma? ¿Por qué?
5. ¿Considera que su ratio de endeudamiento se verá afectado? ¿Afectará la percepción de la
empresa ante inversores y prestamistas?
6. ¿Considera que, con la implementación de esta nueva norma, los Estados Financieros se
mostrarán más uniformes y comprensibles? ¿Por qué?
7. ¿Cómo se tiene planeado determinar la tasa de descuento para establecer el pasivo por
arrendamiento? ¿Se utilizará una tasa de interés implícita en el arrendamiento o una tasa
incremental por préstamos? ¿Por qué?
8. Se tiene conocimiento que la mayor parte de sus arrendamientos son con empresas vinculas
¿Considera que este nuevo modelo de contabilización afectará los términos y condiciones
sobre arrendamientos?
9. ¿Cuál considera que serán los impactos tributarios?
105
Anexo 04: Comparación entre las normas
El tratamiento de los arrendamientos con NIC 17 y NIIF 16 son diferentes en diversos
aspectos, las cuales se mostrarán a través del siguiente cuadro comparativo:
Cuadro comparativo entre la NIC 17 y la NIIF 16
NIC 17 NIIF 16
Clasificación de
los
arrendamientos
Los arrendamientos se clasificarán
como arrendamientos financieros
u operativos dependiendo la
transferencia o no de riesgos y
beneficios asociados al activo.
Arrendadores: Se mantiene la necesidad
de distinguir entre arrendamientos
financieros y operativos.
Arrendatarios: Se reconoce el bien
arrendado, en el estado de situación
financiera, como un activo (derecho de
uso del bien) y un pasivo (pagos futuros
a pagar).
Definición de
arrendamiento
Acuerdo por el que el arrendador
cede al arrendatario, a cambio de
percibir una contraprestación, el
derecho de utilizar un bien durante
un periodo de tiempo
determinado.
Arrendamiento financiero: se
transfieren sustancialmente todos
los riesgos y beneficios inherentes
a la propiedad del activo.
Arrendamiento operativo: es
cualquier arrendamiento distinto
al arrendamiento financiero.
El arrendamiento se identifica cuando
una de las partes tiene el derecho de uso,
es decir, controla el uso de un activo
identificado, explícita o implícitamente,
en el acuerdo durante un periodo de
tiempo.
Existe control de uso cuando se tenga
capacidad para dirigir el uso del activo y
se tenga uso exclusivo del activo.
106
Estado de
situación
financiera de
los
arrendatarios
Los arrendamientos financieros se
contabilizan como un activo y un
pasivo por el mismo importe.
Los arrendamientos operativos no
generan partidas dentro del estado
de situación financiera.
Los arrendatarios reconocerán un activo
por derecho de uso (amortización
normalmente lineal) y un pasivo por
arrendamiento (valor presente de los
pagos por arrendamiento utilizando una
tasa de interés implícita).
Estado de
resultados de
los
arrendatarios
Los arrendamientos financieros
generan amortizaciones
provenientes de los activos en
arrendamiento y gastos
financieros en cada periodo.
Los arrendamientos operativos se
reconocen como gasto de forma
lineal durante el plazo de
arrendamiento.
Los arrendamientos generarán un
aumento de gastos por amortizaciones de
los bienes amortizados en arrendamiento
y gastos financieros por intereses.
Estado de flujo
de efectivo de
los
arrendatarios
Los pagos del arrendamiento
operativo ya no se mostrarán
completamente dentro de los
flujos de efectivo por actividades
operativas.
Las cuotas de arrendamiento que reflejan
la disminución del pasivo se incluirán en
las actividades de financiamiento. Los
pagos por intereses dependerán de la
política de la compañía (actividades de
financiamiento u operación).
Los pagos de arrendamientos a corto
plazo, activos de bajo valor, y
arrendamientos variables que no se
encuentren dentro de la medición del
pasivo por arrendamiento, serán
consideradas como actividades de
operación.
Arrendador La NIC 17 no considera exigible la
desagregación de los
Mayor nivel de información de la gestión
de su riesgo relacionado con la
participación residual en el activo
107
arrendamientos operativos dentro
del estado de situación financiera.
subyacente. Asimismo, se tendrá que
desagregar las revelaciones en la NIC 16
para cada clase de propiedad, planta y
equipo que se encuentren o no bajo
arredramiento operativo.
Transacciones
de venta con
arrendamiento
posterior
El arrendatario vendedor, cuando
concluya que el arrendamiento
posterior es operativo y se ha
realizado a valor de mercado, dará
de baja el activo, registrando una
diferencia entre el importe
recibido y su valor contable.
Cuando exista una transacción de venta
de acuerdo con NIIF 15, el resultado es
limitado por el valor del derecho de uso
que retenga el arrendador comprador y
que se reconocerá junto con la venta.
Nota: Elaboración propia en base a la NIIF 16 y la NIC 17
108
Anexo 05: Entrevista a experto financiero 1
Lo que pasa con la NIIF 16, es a nivel de estructura, o sea, tanto a nivel de aerolíneas como para
cualquier otro negocio. No es que en aerolíneas todo sea vía leasing, por ejemplo, la empresa
matriz de una aerolínea en Perú no es la dueña de las aeronaves, el dueño de las aeronaves es una
empresa que está en otro país que la adquirió vía leasing a un banco, por lo que se da el
subsubarrendamiento a la empresa en el Perú. Entonces, la pregunta es a nivel de NIIF, ¿quién es
el que tiene que contabilizar el impacto realmente? Desde mi perspectiva debe ser el usuario final
que sería la aerolínea en Perú por lo menos para aquellas aeronaves que son direccionadas de uso
casi perpetuo. La norma no tiene la intención de que cinco diferentes empresas tengan el
reconocimiento del bien, tiene que haber una sola, o sea, tiene que existir un cargo y un abono.
Existen algunos arrendamientos que son por horas, no es que ellos arrienden la totalidad de la
aeronave, sino que son solo por las horas que se planea volar. Entonces, la discusión va qué pasa
si del 100% de horas, 90% para una empresa y 10% para otra empresa, las dos tienen aplicación
de la NIIF la pregunta va: ¿quién de ellas registrarán el bien? Los dos pagan la misma cantidad de
horas, supongamos, un mes uno, y once meses la otra. ¿A qué valor se contabiliza eso? Yo creo
que no hay forma porque la norma establece que el bien se usará por siempre, es como un alquiler
permanente. Cuando el arrendamiento es total aplica la norma pero que pasa si son por horas
porque si bien puede ser permanente no se sabe qué porcentaje lo va a tener la empresa ahí se
tendría que dar un foco. En el arrendamiento por horas pueden existir hasta cinco actores y no se
puede establecer a quien le pertenece el uso de la aeronave, obviamente existe una matriz histórica
de cuál va a ser el porcentaje de tiempo que va a tener asignado, el tiempo es indefinido y a la sola
pedida de ellos, entonces es complejo porque no brinda la exclusividad, por lo que este tipo de
arrendamientos no entrarán en la norma. Entonces, ¿cómo se asigna? porque se tiene que proyectar
el mejor estimado, ¿cómo se estima? en el sector aéreo, por ejemplo, una empresa arrienda una
aeronave (exclusivo) pero el contrato establece que la empresa en algún momento puede usar la
aeronave en arriendo, es decir que el arrendatario después se vuelve subarrendador, ¿cómo se hace
con esta figura? El arrendatario lo proyecta, porque hay un contrato en que la aeronave es de su
posesión, sin embargo, existe otro que dice que lo puede ceder por horas, en esta segunda parte
nunca existiría la norma porque potencialmente se la puedes alquilar.
Una aeronave la puede usar 5 compañías o puede ser que una aeronave que fue subarrendada
después se vuelva a subarrendar al propietario, esta parte estaría fuera del campo de aplicación,
109
porque si no es el propietario y la subarrienda su misma aeronave, no tiene sentido contable, no
creo que sea el sentido de la norma. Aún queda un tema más, las aeronaves tienen dos partes, la
parte de pasajeros y la panza, por ejemplo, una empresa aérea arrienda las dos partes, pero la
pancita se la subarrienda a un tercero. Entonces, la empresa matriz se la arrienda a su empresa en
Perú hace su proyección después este se vuelve arrendador entonces en estricto bajo lo que dijimos
en algún momento la proyección de lo que sería la aplicación de la NIIF solamente tendría que ser
en la parte de pasajeros y la otra parte hay que tendría que aplicar el tercero. Se podría asumir algo,
qué pasa si se arrienda una aeronave y después se puede subarrendar totalmente a un tercero (al
propietario), en esa segunda parte no se generaría la aplicación de la NIIF por lo que, así como se
paga se tendrá un ingreso que se netearán, por lo tanto, solo se debe contabilizar la deuda es decir
la parte de arriba.
Las dificultades para el sector aeronáutico son que poseen una gama de arriendos, aquellos que no
son de exclusividad total y subarrendamientos. Del punto de vista financiero, hay dos discusiones
porque normalmente al hacer esta contabilización del activo versus el pasivo, los covenants se van
a ver perjudicados, pero tengo entendido que el banco ya hace una interiorización de ese efecto,
ya lo habían hecho, lo que hace hoy día esta norma es complementar algo que los bancos ya hacían
cuando analizaban la proyección de la deuda.
Las aerolíneas realizan los arrendamientos por horas para utilizar la aeronave en la mayor cantidad
de horas. Se puede hacer una simulación, la norma dice que el arrendamiento debe ser exclusivo
pero que pasa con aquellos arriendos que van de ida y vuelta, es decir, que se arrienda a una
empresa y después la misma arrienda al arrendador. Qué pasa si tengo dos partes y el segundo
compartimento se arrienda a un tercero, porque bajo la intención de la norma, lo que quisiera es
ver reflejado en el estado financiero de la compañía quien tenga el uso y disfrute del arriendo.
En el sector aéreo se tienen complejidades, por lo que se tendrá que discutir si esto aplica o no
aplica a la norma, o en todo caso si aplicara como se haría con la proporcionalidad debido a que
lo que hace la norma es proyectar y después aplicarle una tasa de descuento. Ahora, el tema de la
tasa de descuento es bastante discutible, normalmente uno utiliza datos internacionales o locales,
dependiendo de cómo se quiera ver. Las empresas trasnacionales normalmente utilizan un
indicador, por ejemplo, bloomberg, una tasa de descuento de los bancos debido a que es algo del
plano internacional, pero si fuera una compañía local se usaría de repente el término de referencia
del Banco Central de Reserva (BCR). En el caso de las aerolíneas tendrían que utilizar una tasa
110
internacional, bloomberg o una tasa internacional exclusiva para líneas aéreas, que de repente lo
puede dar brindar un proveedor y que sea aplicable para empresas aerolíneas, que determine una
tasa que está referida exclusivamente a las operaciones con las aerolíneas.
A nivel tributario se puede concluir que esto es una visión contable, es decir, nadie va a discutir
que el gasto para la empresa va a ser su factura que recibe todos los meses. Aunque, en algún lado
escuche que la norma contable lo que un poco estaría estableciendo bajo esta metodología es,
obviamente, aplicar la lógica de un activo. Y en algunos casos, dependiendo de las industrias, la
depreciación va a ser mucho menor que el cargo del gasto, obviamente, que a la SUNAT le
convendría eso, pero también es verdad que la misma norma tributaria establece que existen casos
en las cuales las normas contables difiere de la norma tributaria y que, por lo tanto, va a generarse
las famosas partidas temporales o permanentes, que es lo que determina el cálculo del impuesto
diferido, si es que no hubiera diferencias, no habría NIC 12 y el cálculo del impuesto diferido.
La misma norma te establece que puede haber diferencias entre tratamiento contable y el
tratamiento tributario, y referente al tema de la depreciación tiene que ser al menos propia, o sea,
en sí esto es una aplicación de una norma contable que no tiene incidencia. Sí debería haber un
impacto en el tema del ITAN, porque normalmente el ITAN se basa de razón del balance y de
acuerdo con las normas de contabilidad. Entonces, si debe haber un impacto el ITAN se debe
pagar, es como un pago contable por lo que se tendrá un costo tributario, que en realidad es un
costo financiero producto de un impacto tributario, el cual se desembolsará y esperar un año para
recuperar ese dinero.
111
Anexo 06: Entrevista a experto del sector
Hoy en día la industria aeronáutica, en general, se prefiere arrendar aviones por un tema de
liquidez, inclusive es más fácil pagar algo mensual que desembolsar tanto dinero, hasta por un
tema de control de riesgo y “x” cosas (por ejemplo, que se destruya el avión). Tiene muchos
beneficios para una aerolínea arrendar que comprar. En ese sentido, hay muchas aerolíneas que
arriendan y nuestra empresa es un caso particular porque la empresa es una aerolínea que pertenece
a un holding y quien es dueño es la matriz, que es quien arrienda a la empresa, y nosotros tenemos
un arriendo operativo y contabilizamos el gasto.
Para la industria en general se viene un cambio fuerte porque las empresas aeronáuticas se van a
ver obligadas a contabilizar como un activo las aeronaves y un pasivo por la especie de leasing y
los intereses, pero también existirá un cambio importante en su estado de resultados porque el
arrendamiento ya no va a ser gasto por arrendamiento sino va a ser gasto por depreciación.
Probablemente como margen de explotación siga siendo el mismo, pero, por ejemplo, mejoran
otros indicadores como es el EBITDA, el cual es bueno ante la voz de los inversores accionistas.
Puntualmente, en nuestra empresa no afectará mucho dentro del arrendamiento operativo se tiene
dos modalidades el: fijo y variable. Uno de los principales cambios es que mientras en la NIC 17
se tenía que asumir los riesgos y los beneficios asociados al activo, en la NIIF 16 se habla mucho
sobre quién va a controlar ese activo fijo. Basándonos en esa premisa, se puede decir cómo impacta
si poseemos dos tipos de arrendamiento. El fijo consta de tener cierta cantidad de aeronaves en su
poder, que la empresa hace y deshace sus roles, sus horarios, a dónde va, a dónde viene, entonces
sobre este tipo de arrendamiento de aeronaves la empresa tiene el control, sin embargo, por el
arriendo de aeronaves variables el tiempo de uso de las aeronaves son horas, que es normalmente
lo que dura un vuelo, por lo que no se tiene esa aeronave a disposición, no se controla, es más se
tiene que estar coordinando con la empresa matriz para decirle que poseemos una programación
de vuelos. Es por ello, que en el arrendamiento variable no se tiene control, es decir, no se decide
por las aeronaves que se vuelan.
En el arrendamiento fijo se tendrá que empezar a activar y reconocer un pasivo, asimismo cambiar
la estructura del estado de resultados. En el arrendamiento variable todavía existe el
cuestionamiento si las debería activar o no, en un porcentaje en función al uso, esa parte todavía
112
la estamos evaluando porque creemos que, si va a tener impacto ya que el arriendo de aeronaves
es un gasto muy fuerte. Lo que se determine en este análisis es importante porque va a golpear al
balance o al estado de resultados de manera importante. Todavía tenemos ese tema pendiente que
aún lo venimos analizando, ya que la aplicabilidad empieza en el 2019, y en el 2018, lo debemos
aplicar, en teoría, para estar comparables.
Mi posición es que no las debería activar, lo único que me pone en duda ahí es el tiempo de uso
que puedo tener de la aeronave. Una aeronave que la uso menos del 50%, no debe ser activada
porque es una aeronave que no se controla y por el otro 50% tampoco se controla. Hay que darles
una buena lectura a los contratos, ver que te incluye y ver bien la interpretación de la norma, porque
la norma tiene sus “cositas”. Ya estamos avanzando algo y ya hemos llegado a esta conclusión de
ver si activamos el variable o no, y ese es el análisis que estamos viendo los distintos países, porque
el grupo empresarial está en IFRS, el cual es global. Nuestra matriz es dueña, por lo que nos aplica
a las demás filiales también por lo que debe ser parejo.
Una de las cosas que hay que hacer, primero, y que todavía no se ha empezado a hacer es empezar
con la revisión de contratos, hay que separar bien que comprende todo ese servicio de
arrendamiento, asimismo con la activación de todos los stakeholders del negocio, tenemos que
activar a las diferentes áreas que puedan interceder en este proceso como compras, legal, los
mismos accionistas, contabilidad. El área de legal por la revisión de contrato, los accionistas
porque de la rentabilidad que obtengamos depende para ellos también su rentabilidad, y el nuevo
modelo de la NIIF 16 va a hacer que la empresa sea más rentable porque se tendrá un mayor capital
de trabajo. El área de contabilidad que tiene que estar ahí, porque es quien va a hacer el
procesamiento y recibirá mucha información de las diferentes áreas, asimismo definir si se
cumplen los precios de mercado, o sea, ya viene una serie de pautas que supongo que habría que
meterle fuerza.
La liquidez no me impacta, porque no tenemos endeudamiento con terceros y la cuenta por pagar
que poseemos con las relacionadas es corriente, entonces, dependiendo como lo veas, esto sí va a
formar parte del pasivo no corriente, entonces si lo ves por ese lado, el indicador de endeudamiento
sí me podría pegar en contra.
Los contratos de hecho van a cambiar por la duración del arrendamiento, ya que tenemos que
contabilizar en base a un plazo determinado de arrendamiento. El plazo puede cambiar, pero se
debe hacer un análisis previo y determinar cuántos años tiene de antigüedad tiene la aeronave. Se
113
pueden dar cambios en los contratos, por el tema de precio de transferencia, que también se tiene
que hacer un análisis de la operación porque hoy en día los arrendamientos ya están a valor de
mercado, debido a que estamos regulados por precios de transferencia.
Como grupo empresarial, no hay gran impacto; como empresa sola, nos volvemos atractivos igual,
porque voy a tener un activo que, hoy en día, yo no tengo activos fijos por arriendos de aeronaves.
Entonces, de por sí, yo voy a tener un crecimiento ahí en el arriendo de aeronaves, cualquier tema
de préstamos, operación que quiera hacer, las garantías pueden ser mis aeronaves; entonces si bien
voy a tener un pasivo por endeudamiento, también voy a tener un activo y mi estado de resultados
probablemente sea más rentable, porque un costo de depreciación probablemente sea menor a un
costo de arrendamiento.
El gasto financiero también que me va a afectar en mi estado de resultados; yo voy a activar, y a
la vez voy a reconocer un pasivo por pagar, pero ese por pagar tiene que tener sus intereses a valor
presente. La implementación si va a pegar porque el importe de las aeronaves es fuerte; entonces,
así le saques un 1%, te pega en el gasto financiero, pero creo que podría verse amortizado con el
ahorro que vas a tener en el costo de depreciación versus el costo de arrendamiento. Entonces, a
nivel de margen de explotación, la empresa mejora; pero a nivel de margen neto, podría ser que se
mantenga el mismo, porque voy a contrarrestar el gasto financiero con el ahorro en el costo de
depreciación. En general, el estado de resultados mejora indicadores de rentabilidad y EBITDA,
pero como utilidad neta no va a haber mucha variación, porque se reemplazará un costo por otro;
entonces, la variación como neta, no va a hacer mucho, mientras que cuando se vean los
indicadores abiertos ahí sí, y hará a la empresa más atractiva.
114
Anexo 07: Entrevista a experto financiero 2
1. ¿Qué opina sobre la nueva norma contable de arrendamientos “NIIF 16” ?,
¿considera que es adecuado el nuevo modelo contable que propone?
El reconocer un activo por derecho de uso no es tan nuevo, contablemente ya se venían
reconociendo los activos por derecho de uso. Un caso es el activo por derecho de superficie,
que la NIC 40 en el párrafo 6 te permitía reconocer si tú tienes un activo que está vía
arrendamiento operativo y lo vas a clasificar como una propiedad de inversión a valor
razonable, reconócelo como una propiedad de inversión, es decir como activo y pasivo. Se
puede ver esto en los EEFF del Jockey Plaza, ellos contabilizan el derecho de superficie
del terreno como una propiedad de inversión y como un pasivo. La NIIF 16 corrige ese
tratamiento que se viene manejando en la NIC 17, la cual se enfoca en el concepto de
simetría contable, y busca que solamente uno de los participantes del arrendamiento tenga
el activo, por eso existe el modelo de arrendamiento financiero y arrendamiento operativo.
Las compañías manejaban el activo fuera de balance, como un gasto por alquiler. ¿Las
compañías tienen derecho a usar el activo por ese plazo, entonces por qué no lo presenta
en su balance?, por ejemplo, LAN y otras aerolíneas no tienen los aviones. No era fiable la
presentación de los EEFF, por eso la NIIF 16 corrige este escenario y da las pautas para
que los usuarios pueden ver cuáles son los activos que tiene derecho a usar y las
obligaciones.
2. ¿Qué medidas considera que deben tomar las empresas para la implementación de la
NIIF 16 y cuáles considera que serán las principales dificultades?
Bastantes dificultades. Por eso la primera medida: estamos actualmente en el modelo de
control y para identificar control tienes que revisar los contratos. A uno como contador no
le gusta leer, no lee temas tributarios ni contables. Ahora imagínate leer contratos de un
calibre fuerte, contratos diseñados por abogados. El reto es saber entender e identificar
penalidades, obligaciones, identificar si hay arrendamientos implícitos en los contratos. El
contador de ahora no está preparado, por ejemplo, no solo hay arrendamientos financieros
si es exclusivamente con un banco. Se tiene que analizar la esencia económica del contrato,
115
por eso el primer paso es revisar todos los contratos con clientes y con proveedores. En los
que son con clientes identificar si en la compañía hay arrendamiento y si la compañía es
arrendadora, si es arrendador los requisitos de revelación de la NIC 17 se mantienen para
el arrendador, pero desaparece para el arrendatario. Si hay un arrendamiento financiero
doy de baja mis activos, si es un arrendamiento operativo reconozco parte de venta de
bienes y una parte de ingreso por alquiler. Y si reviso mis contratos con mis proveedores,
puede darse que en un contrato de prestación de servicios que se contabilizaba como
servicio prestado por terceros esté implícito un arrendamiento y tenga que reconocer el
activo por derecho de uso y un pasivo. Por eso el primer paso es realizar un inventario de
contratos.
3. ¿Cuál considera que será el ratio financiero más afectado por la nueva norma? ¿Por
qué?
El ratio activo/deuda; utilidad por acción los primeros años porque los primeros años se va
a inyectar mayor gasto porque el pasivo que se está presentando lo vas a medir a costo
amortizado y en el costo amortizado los intereses son mayores al inicio. También el ratio
de cobertura de deuda. Sin embargo, considero que uno de los más importantes es el
EBITDA, es uno de las ratios que más que verse afectado, se verá mejorado porque la
gerencia dirá que ya no tiene un gasto operativo por alquiler, ahora ese gasto operativo es
amortización e intereses, por ello el EBITDA mejora, incrementa. Pero hay que tener en
cuenta que el EBITDA está mejorando no por la gestión de la empresa sino por una norma
contable.
4. Considerando que en el sector aeronáutico local la flota que poseen está registrada en
su totalidad bajo arrendamientos operativos ¿Cuál será el impacto en la transición a
la nueva norma contable en el sector mencionado?
Ahora van a tener que decidir, si adquieren o no adquieren el activo. Por ejemplo, en el
impacto tributario si quiero pagar menos ITAN en base a los activos determinados en el
balance, si quiero mantenerlo como gasto por alquiler, no lo presento en el balance y mi
116
pago de ITAN disminuye. Si contablemente ya no tengo esa escapatoria, vas a tener que
reconocer el activo y el pasivo, entonces ahí viene la decisión de la compañía: ¿me
conviene pagarlo en plazos o adquirirlo todo? Se tiene que evaluar si adquirir el activo o
no, teniendo en cuenta el impacto tributario que se recauda sobre la base total de activos.
5. ¿Tiene conocimiento acerca de una compañía que haya aplicado NIIF 16? De ser
afirmativa la respuesta, indicar los principales cambios en su contabilidad.
No puedo comentarlo por un tema de confidencial, pero fue dificultoso para ellos porque
no tienen un control interno al respecto sobre los contratos. Si la casa no está bien ordenada,
cualquier proceso de implementación le va a chocar. Primero se le solicitó un inventario
de todos los contratos que tenía. En el control interno de los contratos el principal problema
que se manejaba era que en algunos contratos con los proveedores estos no querían firmar
contratos, no querían establecer contratos, por eso es importante regularizar esos temas con
los proveedores. Paso uno identificar los contratos y la regularización, también esta
empresa ha tenido que mejora el control interno. Otra dificultad es que los contadores no
estaban bien capacitados, por ello la capacitación resulta vital en el día a día, porque con
la capitación tú ya puedes entender que es lo que vas a hacer y la otra dificultad que ellos
han manejado es determinar la tasa de interés implícita porque la NIIF 16 te dice que los
pagos que vas a realizar de un arrendamiento debes traerlos a valor presente con una tasa
implícita, y para ello se debe tener conocimiento del valor razonable del activo, pero como
no tienen acceso al mismo, se preguntan ¿cómo lo descuenta, a qué tasa, tasa wacc, tasa
libre de riesgo?. También otra dificultad es que el contador siempre ve el tema tributario,
siempre se pregunta qué es lo que dirá SUNAT y no dominan NIC 12, por eso hay
dificultades en tema de capacitación sobre todo y la dificultad del control interno de los
contratos.
6. ¿Sabe usted como calcularán las empresas la tasa de descuento para sus diferentes
arrendamientos?
117
La norma te indica la tasa implícita si se puede determinar, sino la tasa incremental, y la
tasa incremental es la tasa de crédito, es decir, cuánto a mí me costaría adquirir este activo
vía arrendamiento financiero, qué tasa me cobrarían. Yo considero que las compañías no
pueden determinar la tasa implícita porque no pueden determinar el valor razonable de los
activos. La tasa implícita es si tú tienes el valor razonable del activo que vienes alquilando
y cuáles son los pagos de alquiler, tienes que encontrar aquella tasa que te iguale el valor
razonable con los pagos, que vendría a ser la TIR, pero para poder calcular la TIR, los
pagos y el tiempo lo conoces, pero lo que te pude dificultar es el valor razonable y ese valor
razonable normalmente lo tiene el arrendador y el arrendatario a veces no puede acceder
al mismo. En este caso, la compañía tendría que usar la tasa incremental que es una tasa
distinta a la tasa de bonos americanos porque esta última es una tasa libre de riesgo. La
tasa incremental es que si yo quisiera adquirir este activo cuánto me cobrarían en el
mercado a mí por adquirir este activo en arrendamiento en cuotas. A nivel Perú qué tasa
tendría que usar, qué tipo de empresa soy mediana, grande, chica; porque es distinto y en
la SBS tenemos tasas de crédito que se puede tomar según la clase de compañía que seas.
7. ¿Cuál cree que será el impacto del nuevo modelo de contabilización en
arrendamientos entre empresas vinculadas?
En el tema de los EEFF separados, una de ellas va a tener que reconocer el activo por
derecho de uso, pero en el consolidado no. El punto que puede vincularse al tema de las
relacionadas es saber si se está alquilando con una renta de mercado y también es
importante establecer un plazo, ya que con las vinculadas se tiene un plazo indeterminado,
y por ello se tiene que establecer el mejor estimado de ese plazo. Respecto a los pagos, ver
si están solo al costo, ya que quizá no hay ningún margen. La NIIF 16 indica que, si estás
realizando un pago de alquiler, tú tienes que separar lo que es el activo por derecho de uso
y lo que es mantenimiento u otro gasto.
8. ¿A nivel tributario cual será el mayor impacto de la NIIF 16?
A nivel tributario no existe concepto por derecho de uso, tributariamente se va a seguir
contabilizando como gasto por arrendamiento, cada cuota que se pague será un gasto, y
118
por los gastos de depreciación e intereses se va a generar una diferencia temporal porque
se está mandando más gasto en los primeros años, pero tributariamente va a ser lineal. Si
tú comparas los gastos de depreciación y los gastos de alquiler al final son iguales, el efecto
que se va a realizar es que se cargará más gasto en los primeros años, es decir, un impuesto
a la renta diferido que se va a compensar con gastos posteriores. Desde mi punto de vista
se debe seguir manejando linealmente pagando el gasto por alquiler y cumplir con todos
los requisitos formales para hacer deducible ese gasto.
119
Anexo 08: Entrevista a experto tributario
1. ¿Qué opina sobre la nueva norma contable de arrendamientos “NIIF 16”?,
¿considera que es adecuado el nuevo modelo contable que propone?
Tributariamente me parece razonable, entiendo que el objetivo de la norma es traducir en
la contabilidad lo que ocurre en la realidad. Si la empresa tiene el control de los bienes, se
asume que debes registrarlo dentro de tu activo y eso normalmente no ocurre bajo las
normas contables que tenemos hoy como la NIC 17. Bajo la NIIF 16 tienes la obligación
de regístralo como parte de tu activo porque se entiende que lo estas controlando. Mi
perspectiva como abogado es positiva, pero definitivamente habrá un impacto porque haré
que aparezca un activo de un momento a otro.
2. La NIIF 16 menciona que se reconocerá un activo por derecho de uso ¿Usted
considera que tributariamente el gasto por depreciación generado por el activo será
aceptado?
Es incierto, porque con la SUNAT nunca se sabe. SUNAT lo que ha asumido hasta ahora
son posiciones de acuerdo a conveniencia; hay casos en donde la SUNAT se ha ido a las
normas contables para reparar el gasto por arrendamiento, es decir, las cuotas por
arrendamiento bajo la lógica de la contabilidad, sin la más mínima apreciación del contrato.
Yo como abogado lo que te puedo decir es que sea la NIC 17 o NIIF16, lo que SUNAT
debería aceptar es que esas cuotas de arrendamiento sean deducibles. La depreciación por
derecho de uso no existe en el mundo tributario, solo es una creación de la contabilidad
entonces me da la impresión de que la SUNAT no lo va a aceptar. Una salida razonable
me parece que sería deducir los gastos de alquiler y adicionar los gastos de depreciación.
3. Respecto al pasivo por arrendamiento, ¿se aceptarán los gastos por intereses
generados por dicho pasivo?
120
Para fines tributarios, bajo la lógica de un contrato por arrendamiento, yo debería hacerle
caso a lo que dice el contrato; por ello entendería que lo que debe ser aceptado para fines
tributario es lo que está en el contrato. Bajo esa lógica yo no tendría derecho a deducir los
intereses porque para efecto legales eso es un arrendamiento puro y simple, no se tendría
derecho a deducir interés ni depreciación o amortización, solo derecho a deducir las cuotas
de arrendamiento, ese debería ser el escenario.
4. De ser aceptados los gastos por depreciación e intereses ¿resultará beneficioso para
el arrendatario? ¿Por qué?
Depende. Se deberían hacer números en cada caso, por ejemplo, me da la impresión de
que, en activos de depreciación con varios años, a la empresa le conviene deducir los gastos
por las cuotas, sin embargo, dependerá de cada empresa, de hacer una evaluación de los
gastos de depreciación más interésese versus las cuotas de arrendamiento y dependiendo
de eso hacer mi planeamiento.
5. Considera que el reconocimiento de los nuevos activos en el balance ¿afectará la base
de cálculo del ITAN?
Definitivamente, eso generará un impacto bastante importante en las empresas, porque,
aunque se llame derecho de uso o tenga otro nombre, igual estará en tu activo porque no
hay una excepción en la ley de ITAN para excluirlo.
6. ¿Qué otro impacto tributario, considera que se generarán por la adopción de la NIIF
16?
Los impactos están en el ITAN, en el Impuesto a la Renta y dependiendo de la situación
podría existir un impacto en el IGV porque el Tribunal Fiscal, por ejemplo, lo que ha hecho
hasta ahora, cuando han reclasificado un arrendamiento con operación de opción de
compra a un arrendamiento con venta, la obligación tributaria se origina en el momento
121
uno cuando transferiste supuestamente la propiedad, entonces en ese caso existe un efecto
en el IGV.
7. ¿Qué medidas considera que deben tomar las empresas respecto al efecto tributario
de la implementación de la NIIF 16?
Definitivamente lo que deben hacer es tomar una posición. Actualmente existen dos
posiciones: posición legalista y posición económica, lo que debería hacer el contribuyente
y las empresas es tomar una posición y ser consistente en el tiempo. Asumir una posición
de acuerdo a lo que dice el contrato y que la SUNAT no tiene la capacidad para cuestionar
lo que dice el contrato y el tratamiento que las partes acuerdan. La otra posición económica
o de la SUNAT es que dicen: no me interesa el contrato, me interesa el tratamiento contable
que tú debiste aplicar y eso es lo que voy a reconocer.
8. Considerando que en el sector aeronáutico local la flota que poseen está registrada en
su totalidad bajo arrendamientos operativos ¿Cuál será el impacto tributario en la
transición a la nueva norma contable en el sector mencionado?
La NIIF16 se originó precisamente con el objetivo de las empresas aéreas porque todos sus
aviones no están en el activo de las empresas, entonces estas empresas van a sincerar su
contabilidad y que aparezca el activo como de verdad debió aparecer.
9. ¿Cuál cree que será el impacto tributario del nuevo modelo de contabilización en
arrendamientos entre empresas vinculadas?
En el caso de operaciones entre partes vinculadas hay reglas de precio de transferencia, es
decir que las operaciones deben estar siempre a valor de mercado. Lo más importante sería
establecer una metodología para determinar el valor de mercado de las cuotas de
arrendamiento de acuerdo con el precio de transferencia
Anexo 09: Matriz de consistencia
MATRIZ DE CONSISTENCIA
“EVALUACIÓN DEL IMPACTO FINANCIERO Y TRIBUTARIO DE LA NIIF 16 EN EL SECTOR AEROCOMERCIAL
LOCAL”
PROBLEMAS OBJETIVOS HIPÓTESIS VARIABLE METODOLOGÍA
Problema principal
¿Cuál será el impacto financiero de la aplicación de la NIIF 16 en la contabilidad de los arrendatarios del sector aerocomercial local?
Problemas específicos
a. ¿Qué implicancias traería el cambio
de condiciones contractuales en los
arrendamientos entre partes relacionadas
del sector aerocomercial?
Objetivo general
Determinar el impacto de la implementación de la NIIF 16 en los pasivos y en el apalancamiento; as como en los ratios del sector aerocomercial.
Objetivos específicos
a. Determinar el impacto de la NIIF 16 entre partes vinculadas y las condiciones y términos que puede fijar la controladora, así como las condiciones diferentes de valor de mercado.
Hipótesis general
Al ser el sector aerocomercial el más afectado por el cambio de la norma, se
í tendrá un impacto muy significativo principalmente en la generación de los pasivos que se encontraban fuera de balance, así como de ciertos ratios financieros: apalancamiento, ROA y EBITDA.
Hipótesis especificas
a. Las relaciones entre empresas de mismo grupo, en el sector aerocomercial con operaciones de arrendamientos pueden verse modificadas a través de ciertas condiciones, como: plazos, precio y modalidades de arrendamiento.
Variable independiente
X = Norma Internacional de
Información Financiera
, “Arrendamientos”(NIIF 16)
Variables dependientes
Y1 = Impacto Financiero
Y2 = Impacto Tributario
Y3 = Impacto en vinculadas
,
1. Tipo y diseño de la investigación
El tipo de investigación tendrá un enfoque mixto (cuantitativo y cualitativo). El alcance de la investigación a realizar será exploratoria, descriptiva, correlacional y explicativa.
- Exploratoria: es un tema poco estudiado y existen ideas vagamente relacionadas.
- Descriptiva: se recogerá información sobre las variables de estudio.
- Correlacionales: conocer la relación que existen entre las variables.
- Explicativa: se explicará por qué ocurre el impacto de la NIIF en la contabilidad. Diseño de la investigación:
- Experimental:
El nivel mínimo de manipulación es de presencia y ausencia de la variable independiente.
2. Unidad de análisis
• Aerolíneas locales.
3. Población de estudio
La población estará constituida por las
empresas del sector aerocomercial del Perú.
PROBLEMAS OBJETIVOS HIPÓTESIS VARIABLE METODOLOGÍA
b. ¿Qué implicancias tributarias
tendrá el cambio de NIC 17 a NIIF
16 en la contabilidad de los
arrendatarios del sector
aerocomercial local, considerando
que la Administración Tributaria
puede tomar la base contable o no?
b. Determinar el impacto de la NIIF 16
en la admisión del derecho de uso como un activo fijo y la consideración de la
depreciación y las estimaciones por intereses por parte de la SUNAT, así
como el cálculo del impuesto a la renta diferido.
b. La SUNAT no mantiene un
patrón constante del uso de las normas contables como base de
interpretación de las normas tributarias por lo que no
considerará como un activo fijo el derecho de uso, así como su
depreciación y las estimaciones por intereses. Es por ello, que se
mantendrá la posición de tomar
como gasto deducible las cuotas
de arrendamiento, en base al criterio del devengado,
generando un impuesto a la renta diferido no significativo.
4. Muestra
La muestra en la presente
investigación es una muestra no probabilística, dado que esta se define como la elección de elementos que depende de causas relacionadas con las características de la investigación.
5. Técnicas de recolección de datos
Las principales técnicas de análisis de datos serán: - Entrevistas. - Caso real. - Revisión de literatura.