Etapas Del Proceso

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ETAPAS DEL PROCESO Proceso.- Conjunto de Actos mediante los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas que en ella intervienen, y que tiene como finalidad dar solución al litigio planteado a las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados en el derecho aplicable. Entonces, el objeto del proceso es único: el litigio planteado por las partes. Etapas procesales: En estos procesos puede tener lugar una etapa preliminar o previa, durante la cual se pueden llevar a cabo medios preparatorios a juicio o medidas cautelares, sin embargo, sólo son para algunos casos. Etapa Preliminar.- En los procesos puede existir eventualmente esta etapa, la cual puede consistir en la realización de: a).- Medios preparatorios del proceso.- Ésta se da cuando se pretende despejar alguna duda, remover un obstáculo o subsanar una deficiencia antes de iniciar un proceso. Puede promoverse para lograr la confesión del futuro demandado acerca de algún hecho relativo a su personalidad o a la calidad de la posesión de algún objeto; la exhibición de algún documento; el examen anticipado de testigos, cuando sean de edad avanzada o se hallen en peligro inminente de perder la vida. Finalmente, al promoverse debe señalarse el motivo del mismo y el proceso que se pretenda instar. b) Medidas cautelares.- Nace de la relación entre dos términos: por una parte, de la necesidad de que, para ser prácticamente eficaz, se dicte sin retardo; y, por otra, de la falta de aptitud del proceso ordinario para

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desarrollo breve de las etapas en el proceso civil

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ETAPAS DEL PROCESOProceso.- Conjunto de Actos mediante los cuales se constituye, desarrolla y termina la relacin jurdica que se establece entre el juzgador, las partes y las dems personas que en ella intervienen, y que tiene como finalidad dar solucin al litigio planteado a las partes, a travs de una decisin del juzgador basada en los hechos afirmados y probados en el derecho aplicable. Entonces, el objeto del proceso es nico: el litigio planteado por las partes. Etapas procesales: En estos procesos puede tener lugar una etapa preliminar o previa, durante la cual se pueden llevar a cabo medios preparatorios a juicio o medidas cautelares, sin embargo, slo son para algunos casos. Etapa Preliminar.- En los procesos puede existir eventualmente esta etapa, la cual puede consistir en la realizacin de:

a).- Medios preparatorios del proceso.- sta se da cuando se pretende despejar alguna duda, remover un obstculo o subsanar una deficiencia antes de iniciar un proceso. Puede promoverse para lograr la confesin del futuro demandado acerca de algn hecho relativo a su personalidad o a la calidad de la posesin de algn objeto; la exhibicin de algn documento; el examen anticipado de testigos, cuando sean de edad avanzada o se hallen en peligro inminente de perder la vida. Finalmente, al promoverse debe sealarse el motivo del mismo y el proceso que se pretenda instar.

b) Medidas cautelares.- Nace de la relacin entre dos trminos: por una parte, de la necesidad de que, para ser prcticamente eficaz, se dicte sin retardo; y, por otra, de la falta de aptitud del proceso ordinario para crear, sin retardo, la providencia definitiva. Estas se clasifican en personales o reales, conservativas o innovativas, segn tiendan a modificar el estado de las cosas anterior al proceso principal; y nominadas e innominadas, segn signifiquen una medida especfica que el juzgador puede decretar o un poder genrico del juzgador para decretar las medidas pertinentes con el fin de asegurar las condiciones necesarias para la ejecucin de la futura y probable sentencia del proceso principal. Slo se decretan antes o durante el proceso principal. Slo en el primer caso sern parte de la etapa preliminar. Entre ellas tenemos el arraigo, el secuestro provisional de bienes, stos se dan para el caso de que exista peligro de que el demandado se ausente u oculte, o los bienes sean ocultados o dilapidados. Al solicitar las providencias precautorias debe acreditar el derecho o la apariencia de su existencia. Debe otorgarse garanta para responder de los daos y perjuicios. stas se decretan sin audiencia de la contraparte, pero una vez decretada la medida, aqulla puede formular su oposicin.

c) Medios provocatorios.- Aqu se encuentran las diligencias de consignacin, mediante las cuales, el deudor puede entregar al juzgador el bien adeudado, cuando su acreedor se rehse a recibirlo y otorgarle el documento justificativo de pago, o sea persona incierta incapaz de recibir dicho bien.Etapa Expositiva, postulatoria o demostrativa: Las partes expresan en sus demandas, contestaciones y reconvenciones, sus pretensiones y excepciones, as como los hechos y el respectivo fundamento de derecho en que fundan aqullas.

Etapa probatoria o demostrativa.- Las partes y el juzgador realizan los actos tendientes a probar los hechos controvertidos. Aqu se ofrecen los medios de prueba enunciados, se admiten o desechan, se realiza la preparacin de los medios probatorios admitidos y finalmente, se desahogan una vez preparados.

Etapa conclusiva.- En esta las partes expresan sus alegatos o conclusiones respecto de la actividad procesal precedente y el juzgador expones sus propias conclusiones en la sentencia, poniendo trmino al proceso en su primera instancia.

Etapa impugnativa.- En contra de la sentencia dictada en primera instancia, usualmente procede el recurso de apelacin, que es con el cual se inicia la segunda instancia. Sin embargo, en algunos procesos, como los mercantiles, se excluye el recurso de apelacin en contra de las sentencias dictadas en juicio de menor cuanta. Etapa de ejecucin procesal.- Tiene lugar cuando la parte vencedora solicita al juzgador que dicte las medidas pertinentes para lograr la ejecucin forzosa de la sentencia, ante el incumplimiento de sta por parte de la parte vencida.

(OVALLE FAVELA PGINAS 199 -199)