ETAPA PREPARATORIA

12
“SOBRE LA INVESTIGACION PREPARATORIA” Pablo Walter Carpio Medina Profesor

Transcript of ETAPA PREPARATORIA

Page 1: ETAPA PREPARATORIA

“SOBRE LA INVESTIGACION PREPARATORIA”

Pablo Walter Carpio MedinaProfesor

Page 2: ETAPA PREPARATORIA

II. NORMAS GENERALES :

RESERVA DE LA

INVESTIGAC. PREPARAT.:

CARÁCTER DE ACTUACIONES DE INVESTIG

PREPARAT.

INVESTIGACION ES DE CARÁCTER RESERVADO: • Solo acceden partes y abogados acreditados, • Y en cualq. momento obtienen copias simples de actuaciones, solo para la

defensa, y abogado lo hace con la reserva de la ley, bajo responsabilidad.• Si abog. reincide se notifica a patrocinado para sustituirlo en 2 días de

notificado; si no lo hace se le nombra uno de oficio.

SECRETO DE INVESTIG: • Fiscal puede ordenar que alguna actuación o documento se mantenga en secreto,

si su conocimiento pueda dificultar éxito de investigación:-------------Fiscal hasta X 20 días prorrogables por Juez Prepar. hasta X 20 días

De la investig Preparat; y• Solo sirven para emitir resoluciones propias De la Etapa Intermedia.

• No son prueba para el Juzgam, salvo: Prueba anticipada: art. 242 y ss

Actuaciones objetivas e irreproducibles. Prueba preconstituida.

Page 3: ETAPA PREPARATORIA

DE LA DENUNCIA

QUIENES

DENUNCIAN

PUEDEN: Cualquier persona ante autoridad, siempre sea de acción publica.

DEBERAN: A) Los obligados por ley: médicos en funciones B) Educadores por delitos en C. Educativo.

1. Nadie contra: cónyuge, parientes 4to. consang, y 2do afinidad.2. Si se ampara en el secreto profesional. (Ejem: abogados, curas…etc)

a) Identidad denunciante; B) Narración detallada hechos; c) Si es posible, individualización del responsable. d) Firma, en su defecto huella digital. Por cualquier medio: ESCRITA o VERBAL (acta) Firma, en su defecto huella digital.

LA DENUNCIA 326 a 328

Los obligados por mandato

de la ley

NO OBLIGS. A DENUNCIAR

CONTENIDO

CONTENIDO

Page 4: ETAPA PREPARATORIA

ACTUACION POLICIAL

FORMAS DE INICIAR LA INVESTIG.

POR FISCAL

DE OFICIO: Si conoce o sospecha comisión de un hecho que revista caracteres de delito, de acción

pública. DE PARTE: Si hay impulso por medio de denunciante

a) Policía que conoce delito de inmediato da cuenta al Fiscal por vía más rápida y por escrito del hecho, elementos recogidos, actividad cumplida, y de la documentación toda que existiere. b) Luego de comunicar a Fiscal, continúa investigando, c) Realizará investigaciones que le delegue fiscal. d) Citaciones que hace PNP a personas para investigar puede hacerse hasta por 03 veces.

- Contiene antecedentes, diligencias y análisis de hechos, anexos, actas, pericias, declaraciones, domicilio nombres. - SIN calificación jurídica, SIN imputar responsabilidades. Entre PNP y el Min Pub.

ACTOS INICIALES DE INVESTIGACION 329 a 333

Fiscal inicia actos de

investigación

Actuación

policial

Informe policial

COORDINACION INTERINSTITUCIONAL

Page 5: ETAPA PREPARATORIA

1) Realizar actos urgentes o inaplazables para determinar si han tenido lugar o no los hechos delictuosos; y 2) Asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar personas (involucradas y agraviados). 1) Plazo es de 20 días, salvo se produzca detención de alguna persona. 2) Otro plazo distinto (mayor) que Fiscal podrá fijar, atendiendo a las características complejidad y circunstancias de los hechos a investigar.

1) Quien se considere afectado por exceso de plazos, PEDIRA AL FISCAL le dé termino. 2) Si Fiscal no acepta o fija un plazo irrazonable, afectado PEDIRÁ AL JUEZInvPreparat., instando su pronunciamiento en control de plazos. Juez resolverá en cinco días, previa audiencia con el fiscal y solicitante. 1) Afectado insta a pronunciamiento ante fiscal Superior, quien en 5to día se pronuncia: confirmando archivo, o ordena su formalización. 2) PROHIBICIÓN DE NUEVA DENUNCIA, salvo nuevos elementos convicción, y ante el 1er fiscal que previno.

DILIGENCIAS PRELIMINARES 330Forma parte de la Investigación preparatoria 337.2

Finalidad 330

Plazo 334.2

Control en excesos de

plazos 334.2

Si fiscal archiva

denuncia 334

Page 6: ETAPA PREPARATORIA

Fiscal formalizará ante Juez la investigación preparatoria y su continuación: 1) Si hay indicios reveladores de existencia de un delito; 2) acción penal no ha

prescrito; 3) Individualizado el imputado; 4) Está satisfecho requisito de procedibilidad si fuere el caso.

a) Nombre completo de imputado; b) Hechos y tipificación específica. Puede hacer tipificaciones alternativas. c) Nombre de agraviado si fuere posible. d) Diligencias que de inmediato deban actuarse.

a) Notificación al imputado. b) Dirige comunicación de formalización al JuezInvestigPreparatoria. c) Adjunta para el Juez, copia de disposición fiscal de formalización.

a) Si fiscal considera q´ diligs actuadas preliminarmente PUEDE directo b) establecen la realidad del delito; FORMULAR c) e intervención del imputado en su comisión ACUSACION

INVESTIGACION PREPARATORIA 336

Procedencia de formalizac.

336

InvestigPrelim

directo a hacer acusación 336.4

Requisitos de Formalización:

Contendrá:

Formalidad de Formalización

Page 7: ETAPA PREPARATORIA

FISCAL fija hasta 120 días naturales 1. PLAZO SIMPLE (04 meses) FISCAL puede prorrogar por única vez hasta 60 días. ( 2 meses) FISCAL fija hasta 08 meses 2 PLAZO COMPLEJO JUEZ , puede prorrogar hasta 08 meses más. a pedido fiscal

1. Requiera actuación de cantidad significativa de actos de investigación. 2. Comprenda investigar de numerosos delitos. 3. Involucra cantidad importante de imputados o agraviados. SERÁ 4. Se investiga delitos de imputados de bandas u org. criminales. COMPLEJO 5. demanda se realicen pericias de nutrida documentación o UN complicados análisis técnicos. PROCESO 6. Necesita realizar gestiones procesales fuera del pais. 7. Deba revisar la gestión de Ps. Jurídicas o entidades del Estado.

PLAZOS DE INVESTIG. PREPARATORIA 342

PLAZOS DE LA INVESTIG.

PREPARATORIA:

Page 8: ETAPA PREPARATORIA

DILIGENCIAS DE LA INVESTIG PREPARATORIA 337

Fiscal realiza investigaciones:

Fiscal puede :

1) Fiscal realiza diligencias de investig. que considere pertinentes y útiles.

2) Dilig. Preliminares NO se repiten luego de formalizada. SI en ampliación.

3) Disponer la concurrencia de imputado, agraviado y otras personas, peritos, que puedan informar sobre circunstancias útiles para fines de investigación.

4) Ante inasistencia injustificada determina su conducción compulsiva.

5) Exigir informaciones de particulares o funcionarios públicos.

1. Solicitar a Fiscal las diligencias q´ consideren pertinentes y útiles.

2. Fiscal ordenará se realice aquellos que considere conducentes.

3. Si Fiscal rechaza solicitud, instará JuezInvPrep a fin de obtener pronunciamiento judicial, y el juez resuelve de inmediato.

1. Suspende el curso de la prescripción de acción penal. Y

2. Fiscal pierde facultad de archivar investig., sin intervención del Juez.

Las partes pueden:

Efectos de la formalización:

Page 9: ETAPA PREPARATORIA

1) Fiscal puede permitir asistencia de sujetos procesales en diligencia a realizar, salvo excepción de ley; lo que estará condicionada a su utilidad para esclarecer hechos, que no ocasionen perjuicio a la investigación

o que no impidan una pronta y regular actuación.

2) Fiscal velará porq´ la concurrencia de personas autorizadas no interfieran en normal desarrollo del acto e impartirá instrucciones obligatorias a los asistentes para conducir adecuadamente diligencias. Está facultado para excluirlos en cualquier momento si vulneran el orden y disciplina.

3) El fiscal, en su función de investigación, puede solicitar intervención de policia, y si es necesario, de la fuerza pública, ordenando todo aquello necesario sea para el seguro y ordenado cumplimiento de las actuaciones que desarrolla.

4) Si fiscal quiera requerir la intervención judicial para practicar determinadas diligencias, prueba anticipada o imposición de medidas coercitivas, ESTARA OBLIGADO a formalizar la investigación, a menos que ya lo hubiera realizado previamente.

c) Nombre de agraviado si fuere posible. d) Diligencias que de inmediato deban actuarse.

a) Notificación al imputado. b) Dirige comunicación de formalización al JuezInvestigPreparatoria. c) Adjunta para el Juez, copia de disposición fiscal de formalización.

a) Si fiscal considera q´ diligs actuadas preliminarmente PUEDE directo b) establecen la realidad del delito; FORMULAR c) e intervención del imputado en su comisión ACUSACION

DILIGENCIAS DE INVESTIG. PREPARATORIA 338

Condiciones de las actuaciones

de investigación preparatoria:

Page 10: ETAPA PREPARATORIA

1) Fiscal podrá autorizar la circulación o entrega vigilada de bienes delictivos,

- mediante Disposición, determinando en lo posible el objeto, características; - atendiendo a necesidad a fines de investigación, importancia del delito, y las posibilidades de vigilancia. 1.1) Se entiende por circulación o entrega vigilada: la técnica de permitir que

remesas ilicitas o sospechosas circulen dentro del Perú y fuera de él sin interferencia para descubrir o identificar a personas involucradas en el delito; con auxilio de autoridades extrajeras, y en extranjero conforme a tratados.

1.2) La interceptación y apertura de envíos postales sospechosos de contener bienes delictivos. EJEM Drogas o cualquier sustancia prohibida o sus materias primas o insumos, bienes y ganancias de lavado de activos; bienes relativos a delitos aduaneros, de bienes culturales, o de recuros naturales de flora y fauna silvestre protegida, de delitos monetarios, y de tenencia ilegal de armas y explosivos., y en su caso, la SUSTITUCION posterior, previo autorización judicial. Y estará en secreto hasta culminar dilig preliminares y hasta 15 días luego de formalizada.

2) Agente encubierto de efectivos PNP o agente especial cualquier ciudadano, en Investig. Preliminar, con identidad supuesta. PLAZO: 3 meses prorrogables por plazos iguales mientras dure condiciones.

DILIGENCIAS DE INVESTIG. PREPARATORIA 340 a 341

Actos especiales de investigación

en la preparatoria:

Page 11: ETAPA PREPARATORIA

a) POR FISCAL: - por vencimiento de plazos; da por concluida - Antes de vencer plazos, si lo investig cumple su objeto. b) POR JUEZ - Si ordena conclusión de Investig. Preparatoria en control de plazos. NOTA: tiene 15 días para entrar a etapa intermedia, para acusar o pedir sobreseer.

a) Si vencidos de plazos para investigar, Fiscal no da por concluida la investigac, las partes pueden solicitar su conclusión al JuezInvPreparat.

b) El Juez citará a una audiencia de control de plazo, oirá, revisará actuaciones y

escuchará a las partes y dictará en audiencia la resolución que corresponda. c) Si Juez ordena la conclusión de Investig. Preparatoria, Fiscal bajo responsab. Disciplinaria: NOTA: tiene 10 días para entrar a etapa intermedia,

para acusar o pedir sobreseer.

CONCLUSION DE LA INVESTIG. PREPARATORIA 343

CONCLUSION DE LA

INVESTIG. PREPARATORIA

SI JUEZ HACE CONTROL DE

PLAZOS DE LA INVESTIG.

PREPARATORIA:

Page 12: ETAPA PREPARATORIA

FIN