Estudios previos mantenimiento de aires acondicionado

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SECRETARIA GENERAL ESTUDIOS PREVIOS MANTENIMIENTO DE AIRES ACONDICIONADOS Fecha 13 de junio de 2013. ____________________________________________________________ “Equidad para todos, Primero los niños y las niñasCalle 14 No. 2-49 Conmutador: +57 (5) 4382777 Fax 57 (5) 4382993 www.santamarta-magdalena.gov.co De conformidad con lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, y Decreto 1510 de 2013 articulo 20 ., se adelanta la presente diligencia para determinar los estudios y documentos previos que soporten el presente proceso para contratar el mantenimiento de los equipos de aire acondicionados de las instalaciones de la alcaldía Distrital de Santa Marta. 1. NECESIDAD, CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD: el presente estudio de conveniencia y oportunidad se desarrolla de acuerdo con lo dispuesto en el régimen jurídico vigente para la contratación estatal, teniendo en cuenta la normatividad establecida en artículo 20 del decreto 1510 2012 . 2. y la ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios sobre contratación. Que el Artículo 311 de la Constitución Política de Colombia señala que: “Al municipio, como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la Ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes”. Que el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta tiene entre sus fines satisfacer las necesidades de la población residente en su territorio determinando con claridad la misión, propósito y metas de cada una de sus dependencias o entidades; dando cumplimiento al principio de eficacia; optimizando el uso de los recursos financieros, humanos y técnicos; y, definiendo una organización administrativa racional que le permita cumplir de manera adecuada las funciones y servicios a su cargo aplicando el principio de eficiencia. Que los Alcaldes de acuerdo al artículo 315 de la norma ibídem, tienen atribuciones para dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo, y a su vez, para ordenar los gastos y celebrar contratos y convenios Que EL DISTRITO, puede contratar, ejecutar y liquidar todos aquellos bienes o servicios necesarios para el cumplimiento de sus fines. Que el Alcalde Distrital en cumplimiento a las funciones y atribuciones establecidas en la Constitución y en la Ley 1551 de 2012, artículo 29, literal D) numeral 5, puede: “Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el plan de desarrollo económico, social y con el presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables”. Que el Artículo 3 de la Ley 80 de 1993preceptúa:“Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines”. La Secretaria General de la Alcaldía Distrital de Santa Marta es la dependencia encargada de administrar y proveer a los funcionarios, empleados y contratistas del Distrito de Santa Marta las condiciones de trabajo dignas y unos buenos servicios en materia de espacios infraestructura física y el entorno laboral, por tal razón consideramos que el funcionamiento de una entidad administrativa se centra en las instalaciones para desarrollar sus actividades con la finalidad de ejecutar las labores encomendadas a ellos, destinadas a servir a la comunidad. Es por eso que se hace indispensable el buen funcionamiento y adecuación de los ambientes y lugares de trabajo, logrando así condiciones cómodas tanto para los empleados de la entidad territorial como para las personas que acceden a las mismas. Teniendo en cuenta las condiciones climáticas y las altas temperaturas de la zona es menester que se mejore el entorno laboral de los empleados del ente territorial; es así como en este punto se requiere el suministro de

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SECRETARIA GENERAL

ESTUDIOS PREVIOS MANTENIMIENTO DE AIRES ACONDICIONADOS Fecha 13 de junio de 2013.

____________________________________________________________ “Equidad para todos, Primero los niños y las niñas”

Calle 14 No. 2-49 Conmutador: +57 (5) 4382777 Fax 57 (5) 4382993 www.santamarta-magdalena.gov.co

De conformidad con lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, Ley 1150 de 2007, la

Ley 1474 de 2011, y Decreto 1510 de 2013 articulo 20 ., se adelanta la presente diligencia para determinar

los estudios y documentos previos que soporten el presente proceso para contratar el mantenimiento de los

equipos de aire acondicionados de las instalaciones de la alcaldía Distrital de Santa Marta.

1. NECESIDAD, CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD: el presente estudio de conveniencia y oportunidad se desarrolla de acuerdo con lo dispuesto en el régimen jurídico vigente para la contratación estatal, teniendo en cuenta la normatividad establecida en artículo 20 del decreto 1510 2012 .

2. y la ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios sobre contratación.

Que el Artículo 311 de la Constitución Política de Colombia señala que: “Al municipio, como entidad

fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que

determine la Ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio,

promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás

funciones que le asignen la Constitución y las leyes”.

Que el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta tiene entre sus fines satisfacer las necesidades de

la población residente en su territorio determinando con claridad la misión, propósito y metas de cada una de

sus dependencias o entidades; dando cumplimiento al principio de eficacia; optimizando el uso de los recursos

financieros, humanos y técnicos; y, definiendo una organización administrativa racional que le permita cumplir

de manera adecuada las funciones y servicios a su cargo aplicando el principio de eficiencia.

Que los Alcaldes de acuerdo al artículo 315 de la norma ibídem, tienen atribuciones para dirigir la acción

administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su

cargo, y a su vez, para ordenar los gastos y celebrar contratos y convenios

Que EL DISTRITO, puede contratar, ejecutar y liquidar todos aquellos bienes o servicios necesarios para el

cumplimiento de sus fines.

Que el Alcalde Distrital en cumplimiento a las funciones y atribuciones establecidas en la Constitución y en la

Ley 1551 de 2012, artículo 29, literal D) numeral 5, puede: “Ordenar los gastos y celebrar los contratos y

convenios municipales de acuerdo con el plan de desarrollo económico, social y con el presupuesto,

observando las normas jurídicas aplicables”.

Que el Artículo 3 de la Ley 80 de 1993preceptúa:“Los servidores públicos tendrán en consideración que al

celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines

estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e

intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines”.

La Secretaria General de la Alcaldía Distrital de Santa Marta es la dependencia encargada de administrar y proveer a los funcionarios, empleados y contratistas del Distrito de Santa Marta las condiciones de trabajo dignas y unos buenos servicios en materia de espacios infraestructura física y el entorno laboral, por tal razón consideramos que el funcionamiento de una entidad administrativa se centra en las instalaciones para desarrollar sus actividades con la finalidad de ejecutar las labores encomendadas a ellos, destinadas a servir a la comunidad. Es por eso que se hace indispensable el buen funcionamiento y adecuación de los ambientes y lugares de trabajo, logrando así condiciones cómodas tanto para los empleados de la entidad territorial como para las personas que acceden a las mismas. Teniendo en cuenta las condiciones climáticas y las altas temperaturas de la zona es menester que se mejore el entorno laboral de los empleados del ente territorial; es así como en este punto se requiere el suministro de

SECRETARIA GENERAL

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____________________________________________________________ “Equidad para todos, Primero los niños y las niñas”

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los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo el de suministro de repuestos de los equipos de aire acondicionados. La Administración le asiste tener personas capacitadas y que garanticen la manipulación adecuada para el mantenimiento de los acondicionadores de aire de las oficinas de la Alcaldía Distrital y las dependencias que funcionan en otros puntos de la Ciudad que conforman la Administración Central, Salud Distrital, Secretaria de Educación Distrital y la Unidad de Transito. De acuerdo con la necesidad expuesta, es oportuno y conveniente para la Alcaldía Distrital de Santa Marta, contratar el Mantenimiento de los aires acondicionados para el normal funcionamiento de la Administración y el cumplimiento de los servicios a su cargo.

2. DEFINICION TÉCNICA DE LA FORMA EN QUE SE PUEDE SATISFACER LA NECESIDAD.

En virtud de lo anterior el DISTRITO DE SANTA MARTA requiere celebrar mediante contrato “el Mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos de aires acondicionados y sus dependencias para el normal funcionamiento de la Administración, el cumplimiento de los servicios a su cargo y adecuación de los ambientes y lugares de trabajo.

3. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:

El presente proceso se realizará bajo el Régimen de la Contratación Estatal Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007

y el Decreto 1510 del 2013.

La presente modalidad de selección y el contrato que se celebre estará regulado por las disposiciones

contenidas en el artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el artículo 94 de la Ley 1474 del 12 de Julio

de 2011, y el Decreto 1510 de 2013 - Artículo 85. “Procedimiento para la contratación de mínima cuantía. Las

siguientes reglas son aplicables a la contratación cuyo valor no excede del 10% de la menor cuantía de la

Entidad Estatal, independientemente de su objeto”

La Ley 1474 de 2011, en su artículo 94 dispone: “ARTÍCULO 94.TRANSPARENCIA EN

CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA. Adiciónese al artículo 2 de la ley 1150 de 2007

el siguiente numeral.

La contratación cuyo valor no excede del 10 por ciento de la menor cuantía de la entidad

independientemente de su objeto, se efectuará de conformidad con las siguientes reglas:

a. Se publicará una invitación, por un término no inferior a un día hábil, en la cual se señalará el

objeto a contratar, el presupuesto destinado para tal fin, así como las condiciones técnicas

exigidas.

b. El término previsto en la invitación para presentar la oferta no podrá ser inferior a un día hábil.

c. La entidad seleccionará, mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el

menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas.

d. La comunicación de aceptación junto con la oferta constituyen para todos los efectos el contrato

celebrado, con base en lo cual se efectuará el respectivo registro presupuestal.

Parágrafo 1°. Las particularidades del procedimiento aquí previsto, así como la posibilidad que

tengan las entidades de realizar estas adquisiciones en establecimientos que correspondan a la

definición de "gran almacén" señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, se

determinarán en el reglamento que para el efecto expida el Gobierno Nacional.

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Parágrafo 2°. La contratación a que se refiere el presente artículo se realizará exclusivamente con

las reglas en él contempladas y en su reglamentación. En particular no se aplicará lo previsto en la

Ley 816 de 2003, ni en el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007.”

Que el Distrito de Santa Marta, para la vigencia 2014 cuenta con un presupuesto de CUATROCIENTOS

TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL

SETECIENTOS DIECISEIS PESOS CON 02/100 ($433.346.191.716,02), y su menor cuantía es desde los

$40.040.001 hasta los $400.400.000 de acuerdo a lo regulado por la ley 1150 de 2007 artículo 2 numeral 2

literal b). En consonancia la MINIMA CUANTÍA en el Distrito de Santa Marta es hasta los CUARENTA

MILLONES CUARENTA MIL PESOS ($40.040.000)

4. INCLUSIONES EN PLANES DE LA ENTIDAD:

El contrato que se pretende celebrar esta incluido dentro del Plan Anual de Adquisición de la Alcaldía Distrital

de Santa Marta.

5. OBJETO.

El Distrito de Santa Marta, está interesado en contratar mediante la modalidad de mínima Cuantía, MANTENIMENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO DE LOS EQUIPOS DE AIRES ACONDICIONADOS DE LA ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA Y SUS DEPENDENCIAS.

5.2 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR:

La entidad para la ejecución del presente contrato, prevé celebrar un Contrato de suministro, el cual está definido en el artículo 968 del Código de Comercio así: "El suministro es el contrato por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios".

5.3 ASPECTOS GENERALES DEL CONTRATO: La descripción del objeto a contratar, con sus

especificaciones, e identificación del contrato a celebrar (, Artículo 20 del Decreto 1510 de 2013).

OBJETO: MANTENIMENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO DE LOS EQUIPOS DE CONDICIONADORES DE AIRES DE LA ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA Y SUS DEPENDENCIAS. Tomando en consideración que los costos del mantenimiento preventivo se pueden determinar, más no los que corresponden al mantenimiento correctivo, se ha determinado necesario clasificar las especificaciones de los bienes y servicios a contratar, así:

DESCRIPCION

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 5 Toneladas

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 3 Toneladas

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 2 Caballos

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 1 Caballo

Mantenimiento Correctivo Mini Split de 2 Caballos

Mantenimiento Correctivo Mini Split de 1 Caballos

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Mantenimiento de ducteria por metro metálica uso exterior

Mantenimiento de ducteria acometidas internas por metro

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 5 Toneladas

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 3 Toneladas

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 2 Caballos

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 1 Caballo

Mantenimiento Preventivo Mini Split de 2 Caballos

Mantenimiento Preventivo Mini Split de 1 Caballos

Mantenimiento de ducteria por metro metálica uso exterior

Mantenimiento de ducteria acometidas internas por metro

El oferente debe proyectar su propuesta de acuerdo a lo consignado en este cuadro teniendo en cuenta que dentro del valor están considerados todos los gastos en que incurrirá para la presentación de la propuesta, la mano de obra, los materiales utilizados y los impuestos de ley.

CRITERIOS A CONSIDERAR SOBRE LOS BIENES

1 ITEM

Devolución y Reposición: El Distrito se reserva el derecho de rechazar directamente a través del supervisor,

los bienes objeto del contrato que estén defectuosos, presenten mala calidad, no correspondan con las

especificaciones técnicas o se encuentren deteriorados por mal empaque por responsabilidad del contratista,

evento en el cual, el contratista queda obligado a reemplazarlos por otros que se ajusten exactamente a lo

requerido y ofrecido. Los bienes objeto de reposición deberán ser de características iguales, o superiores a los

contratados, sin que ello implique costo adicional para el DISTRITO.

2 ITEM

Verificación Técnica: El proponente deberá ajustarse a los requerimientos técnicos mínimos incluidos en el

presente documento. Deberá adjuntar con su propuesta, una ficha técnica de los bienes ofertados con un

catálogo o fotografías, donde se establezcan las especificaciones, de tal forma que los bienes adquiridos

correspondan específicamente a los anotados en la oferta.

3 ITEM

Si los bienes resultaren defectuosos, el contratista deberá reemplazarlos por su cuenta y riesgo a satisfacción

del Distrito, dentro del lapso máximo de 24 horas. En este caso corresponderá al Distrito notificar por escrito al

contratista al día hábil siguiente a la fecha en que se presente la novedad. Si la falla resulta de la mala

operación o del uso indebido por parte del Distrito debidamente comprobado, la corrección será a cargo de la

entidad.

4 ITEM

Sistema de Precios Unitarios Fijos: El proponente se comprometerá a conservar los precios unitarios fijos,

sin lugar a reajuste durante la ejecución del contrato.

5 ITEM

Los proponentes deben garantizar que los bienes al momento de la entrega deben ser nuevos y sellados de

fábrica y contar con los debidos permisos y licencias, según el caso.

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6 ITEM

El personal que apoye la ejecución del objeto del contrato será contratado por el Contratista de acuerdo con las

disposiciones legales vigentes y no adquirirá vinculación laboral, administrativa, ni de ninguna índole con el

Distrito de Santa Marta; por lo tanto, el pago de salarios, indemnizaciones, bonificaciones, prestaciones

sociales, u honorarios a que tenga derecho, son de su absoluta responsabilidad. El Contratista se obliga a

emplear personal idóneo, capacitado y suficiente para que los servicios se ejecuten en forma técnica y

eficiente.

7 ITEM

Si alguno de los elementos que forman parte de una remisión incumple con algunas de las características de

cantidad o especificación ello será causal de devolución.

8 ITEM

El contratista deberá hacer entrega de la totalidad de los elementos, previa confirmación por parte del

supervisor del contrato del sitio, día, hora y datos del funcionario de la Dependencia respectiva que lo

atenderá.

6. CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR.

6.1. OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

6.1.2. POR PARTE DEL CONTRATISTA: Se comprometerá a:

1) el contratista deberá ejecutar las labores contratadas con el personal experimentado especializado para

intervenir que se relacionan en este estudio, dentro del plazo pactado y sitios convenidos. El personal del

contratista no adquiere ningún vínculo laboral con la entidad.

2) El contratista deberá con las herramientas equipos especializados y elementos de protección industrial

que se requiere para cada una de las labores a realizar para el trabajo en el sitio se deberá tener en cuenta

que se debe contar con equipos y demás herramientas propias de la labor.

3) el contratista asumirá los gastos directo que implique la puesta en marcha y el sostenimiento de la etapa del

mantenimiento de los equipos de aire acondicionado denominada “mantenimiento preventivo”.

5) el proponente se obligara a suministrara materiales de la calidad adecuada y necesaria para este tipo de

servicios, de lo cual dejara constancia expresamente en la carta de presentación de la oferta .Así como

también certificara la calidad de los elementos requeridos para satisfacción de la necesidad demandada en

esta contratación.

5) Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le imparta por parte del supervisor del

contrato.

6) Constituir las pólizas que requiera la entidad a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las

obligaciones señaladas en el respectivo contrato.

7) Cumplir con el objeto contratado, en el término establecido.

8) Las demás que acuerden las partes

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6.1.3. POR PARTE DEL CONTRATANTE: Se comprometerá a:

1. Pagar oportunamente al contratista según lo establecido en el contrato.

2. asumir el costo de los repuestos y refacciones establecidos en el acápite 5.1 de este contrato, en la etapa

de nominada “mantenimiento correctivo”.

3. Resolver las peticiones presentadas por el contratista en los términos consagrados por la ley.

4. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte

5. supervisar la debida, adecuada y oportuna ejecución del contrato cual será efectuado por la Secretaria

General del Distrito.

7. PLAZOS

7.1. PLAZO PARA LA EJECUCION: Expedido el registro presupuestal correspondiente, además de la

cancelación de los Impuestos y demás erogaciones que por concepto de tributos se generen, el contrato a

adjudicar tendrá un plazo máximo de ejecución hasta el día 31 diciembre del año 2014 y/o hasta agotamiento

de los recursos.

7.2. PLAZO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El término de que disponen las partes para liquidar el

contrato de mutuo acuerdo, será de cuatro (4) meses, contados a partir de la finalización del plazo de ejecución

señalado en el mismo, de no realizarse dentro del término previsto se aplicará lo dispuesto en el artículo 11 de

la Ley 1150 de 2007.

8. VALOR Y FORMA DE PAGO.

8.1. VALOR: Valor del objeto a contratar: Teniendo en cuenta el estudio de mercado, se determina que el

presupuesto para este proceso es hasta la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS M/L (30.000.000.oo).

No obstante resulta oportuno señalar el rubro inicial determinado en el Plan Anual de Adquisición para

dicha contratación se encontraba estipulado en el valor de $80.000.000 , el cual fue objeto de

modificación y se determino que el valor a contratar seria por el ahora consignado en el Certificado de

Disponibilidad Presupuestal.

8.2. FORMA DE PAGO.

FORMA DE PAGO: El pago se realizará por parte de la ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA, de

conformidad con la presentación mensual de la respectiva factura, precedido de la certificación de

cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor, y verificación por parte del mismo de los pagos al

sistema general de Seguridad Social Integral y anexar el informe y demás documentos exigidos dentro del

procedimiento para el pago a terceros. El valor final de la suma de todos los pagos no podrá ser superior al

presupuesto oficial establecido para el contrato.

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Una vez perfeccionado el contrato y cumplidos los requisitos para su ejecución, EL DISTRITO de SANTA MARTA, realizara El pago de conformidad con la presentación mensual de la respectiva factura, precedido de la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor,a la respectiva cuenta de cobro deberá anexársele las pertinentes facturas de venta y/o servicio con la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA).PARÁGRAFO: Para efectos del pago de cada una de las Cuentas de Cobro deberán estar acompañadas de la documentación que exige la Secretaria de Hacienda Distrital como lo son: 1) Sus respectivas Certificaciones de Recibido a Satisfacción del objeto contratado, expedida por el Supervisor del contrato; previo Informe de las Actividades desarrolladas; 2) Sus respectivos soportes de pago mensual al día, de los aportes al sistema integral de seguridad social (Salud, Pensión y ARL); 3) Recibo de Pago, debidamente cancelado de los impuestos de estampilla departamental a que tenga lugar el presente contrato.

9. PRESUPUESTO PARA EL CONTRATO

El Distrito de Santa Marta, para adelantar el proceso de contratación de menor cuantía, conforme a la

exposición en el estudio previo determina, que el monto del proceso contractual de la referencia es por valor de

TREINTA MILLONES DE PESOS M.L. ($30.000.000), correspondientes a la vigencia fiscal del año 2014, valor

fundamentado en el estudio de mercado realizado por la Entidad Distrital, y sustentado en el rubro de

mantenimiento de aires acondicionados contenido en el plan anual de adquisición y soportado con Certificado

de Disponibilidad Presupuestal No.636 de fecha 22/05/2014.

Que el análisis de precios determinado por el Distrito para este objeto contractual se elaboró tomando como

bases el estudio de mercado que se hizo con distintas personas naturales y/o jurídicas que prestan este tipo de

servicios.

9.1 COSTOS DIRECTOS:

El contratista asumirá todos los costos directos e indirectos que genere la ejecución del contrato en su fase de

mantenimiento.

10. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

La disponibilidad presupuestal hace parte del principio de legalidad del gasto público, por lo tanto, todos los

contratos que afecten las apropiaciones presupuéstales deberán contar con certificados de disponibilidad que

garanticen la existencia de la apropiación suficiente para atender el gasto.

En consecuencia, el Distrito de Santa Marta tiene previsto, el presupuesto estimable para el pago de la

presente contratación. Por lo tanto, la obligación pecuniaria que se adquiere, con la ejecución del objeto

contractual, se encuentra subordinada a la apropiación presupuestal que con tal fin se ordene con cargo al

presupuesto de la presente vigencia fiscal. Apropiación/ Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.636 de

fecha 22/05/2014.

9. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La ejecución del objeto contractual, será en el Distrito de Santa Marta.

10. JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN.

El Distrito verificará la capacidad jurídica, la experiencia, capacidad financiera y de organización que de certeza

que los proponentes cuentan con la organización e infraestructura que permita el cumplimiento de las

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obligaciones surgidas del contrato, no obstante por la modalidad de selección y de conformidad con lo

establecido en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007 (numerales 1° y 3°) y en el numeral 1° del artículo 20 del

Decreto 1510 de 2013, el único factor de evaluación Será el menor precio ofrecido, en concordancia con lo

planteado por el 84 en adelante del Decreto 1510 de 2013, este proceso se adjudicará por Subasta Inversa

presencial, el único factor de evaluación será el menor precio ofrecido.

11. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES

Teniendo en cuenta las modificaciones en la ley 80 de 1993, se dictaron otras disposiciones generales aplicables a toda contratación con recursos públicos. Con la Ley 1150 de 16 de Julio de 2007 se introdujeron medidas para la eficiencia y la transparencia; en el Artículo 4 de la ley 1150/07 se contempla la distribución del riesgo en los Contratos Estatales: Los pliegos de condiciones o sus equivalentes deberán incluir la estimación, la tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación. Para el contrato a celebrar, los riesgos previsibles involucrados son los siguientes: En consideración al objeto del contrato, los riesgos que pueden presentarse en el curso de la ejecución

del mismo son:

TIPIFICACIÓN DEL

RIESGO

DEFINICIÓN ASIGNACIÓN

CUANTIFICACIÓN

CONTRATANTE

CONTRATISTA

Calidad del servicio

Son los efectos

derivados del

incumplimiento de las

especificaciones del

servicio necesarios

para la ejecución del

contrato

X 100%

Calidad del bien

Son los efectos

derivados del

incumplimiento de las

especificaciones del

bien necesarios para

la ejecución del

contrato

X 100%

El manejo indebido

de la información a

la que puede tener

acceso el Contratista

El contratista asumirá

en su totalidad las

consecuencias

patrimoniales y

penales que se

deriven del manejo

indebido de la

información que

obtenga por causa

y/u ocasión de la

ejecución del contrato

a celebrar.

X 100%

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Incumplimiento de

obligaciones

Ocurre cuando no se

cumplen

oportunamente las

obligaciones de

relacionadas con la

ejecución del

contrato.

X 100%

Fuerza mayor o caso

fortuito

Son aquellas

condiciones que

impiden la correcta y

oportuna ejecución

del contrato. Estos

deben ser asumidos

por el contratista

X 100%

12. INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACION ESTA COBIJADO POR UN

ACUERDO COMERCIAL.

Los Acuerdos Comerciales según el decreto 1510 de 2013-artìculo 3 párrafo 2, son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales existe como mínimo el compromiso de trato nacional para: (i) los bienes y servicios de origen colombiano y (ii) los proveedores colombianos. Colombia a su vez, tiene suscritos y vigentes los acuerdos que se mencionarán a continuación. Cabe decir que el Manual de Colombia Compra de manejo de Acuerdos Comerciales en procesos de contratación, indica algunas reglas consecutivas que la Entidad Estatal debe tener en cuenta a la hora de determinar si un Acuerdo Comercial es aplicable. Regla 1. Si la Entidad Estatal no hace parte de las Entidades Estatales incluidas en el Acuerdo Comercial, el Proceso de Contratación no está cubierto por este y en consecuencia, no es necesario hacer análisis adicional alguno. Regla 2. Si la Entidad Estatal está incluida en el Acuerdo Comercial y el presupuesto oficial del Proceso de Contratación es inferior al valor a partir del cual el Acuerdo Comercial es aplicable, el Proceso de Contratación no está cubierto y en consecuencia, no es necesario hacer análisis adicional alguno. Regla 3. Si la Entidad Estatal está incluida en el Acuerdo Comercial y el presupuesto oficial del Proceso de Contratación es superior al valor a partir del cual el Acuerdo Comercial es aplicable, la Entidad Estatal debe determinar si hay excepciones aplicables al Proceso de Contratación. Si no hay excepciones, el Acuerdo Comercial es aplicable al Proceso de Contratación.

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ACUERDOS COMERCIALES VIGENTES EN COLOMBIA Y VERIFICACION DE APLICABILIDAD PARA EL

PROCESO DE CONTRATACIÒN

ACUERDO

COMERCIAL

ENTIDA

ESTATAL

INCLUIDA

SI/NO

PRESUPUESTO DEL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

SUPERIOR AL VALOR

DEL ACUERDO

COMERCIAL

SI/NO

EXCEPCIÓN

APLICABLE AL

PROCESO

DE CONTRATACIÓN

SI/NO

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

CUBIERTO

POR EL ACUERDO

COMERCIAL

SI/NO

CANADA NO - - NO

CHILE SI - - NO

ESTADOS UNIDOS NO - - NO

EL SALVADOR NO - - NO

GUATEMALA SI El Acuerdo Comercial con

Guatemala es aplicable a

todos

Los Procesos de

Contratación de las

Entidades Estatales de

nivel municipal,

independientemente del

valor del Proceso de

Contratación.

SI NO

HONDURAS NO - - -

LIECHTENSTEIN SI - - -

SUIZA SI - - -

MEXICO NO - - -

UNION EUROPEA SI - - -

DECISION 439 de 1998

DE LA CAN

SI La Decisión 439 de 1998

de la Secretaría de la

CAN es aplicable a todos

los Procesos de

Contratación de las

Entidades Estatales de

nivel municipal,

SECRETARIA GENERAL

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CONCLUSION: Una vez verificado el texto de cada acuerdo comercial y de sus anexos se pudo corroborar

de acuerdo a cada regla, que la presente contratación deben tener en cuenta la Decisión 439 de 1998 de la

Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones –CAN–, la cual incluye algunas obligaciones en materia de

trato nacional,

En este sentido, la Entidad Estatal debe dar a los servicios prestados por proponentes de la CAN el mismo

trato que da a los servicios colombianos. La Entidad Estatal debe conceder a dichos bienes y servicios el

puntaje adicional de que trata la Ley 816 de 2003 y las preferencias en caso de empates de acuerdo con el

artículo 33 del Decreto 1510 de 2013.

13. NIVELES DE CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS:

El contrato a celebrarse se encuentra ubicado de conformidad a lo consagrado en el

Decreto 1510 de 2013 dentro del siguiente clasificador de bienes y servicios:

Segmentos

Familia Clase Producto Nombre

40000000

40100000

40101700

40101701

Aires acondicionados

72000000

72100000

72101500

72101511

Servicio de instalación o mantenimiento o

reparación de aires acondicionados

independientemente del

valor del Proceso de

Contratación.

10. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.

La Supervisión del presente contrato será a cargo de la Secretaria General.

ORIGINAL FIRMADO

ALEJANDRA MILENA PERTUZ BRITO Secretaria General.

ORIGINAL FIRMADO

Proyectó: Jader Martínez López –Asesor Jurídico Externo. Anexo No.1 Ficha técnica.

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FICHA TÉCNICA

Items

DEPENDENCIA U

OFICINA

Cantidad Aire

Actual Capacidad Clase Regular No Hay Malo

Tipo de

Mantenimiento

1 Despacho Alcalde 2 5 Ton. Integral x

Correctivo y

preventivo

2

Despacho Primera

Dama 1 5 Ton. Integral x

Correctivo y

preventivo

3 Secretaria de Hacienda 2 5 Ton. Integral x

Correctivo y

preventivo

4 Secretaría de Gobierno 2 5 Ton. Integral

x

Correctivo y

preventivo

5

Infraestrcutura +Control

Interno +Bienestar

Social 1

5 Ton. Integral

x

Correctivo y

preventivo

6 Salón Amarillo 4 5 Ton Integral

X

Correctivo y

preventivo

7 Salón Amarillo 2 24btu MiniSplit

Correctivo y

preventivo

7 Recursos Físicos 2 1 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

8 Recursos Técnicos 0 2 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

9

Archivo y

Correspondencia 2 2 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

9 Recursos Humanos 2 2 Hp MiniSplit

Correctivo y

preventivo

10

Secretaría General +

Prensa 5 2 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

11

Hacienda :Ingresos y

Pagos 1 2 Hp MiniSplit

Correctivo y

preventivo

12 Hacienda : SGP 0 2 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

14 Hacienda : Impuestos 1 2 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

15

Hacienda : Secretaria/

Recepción 0 2Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

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16

Hacienda : Acuerdo

pasivo Ley 550 3 2Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

16 Contratación 1 1 HP. MiniSplit

Correctivo y

preventivo

17

Despacho Oficina

Juridica 0 2 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

18 Gobierno : Discapacidad 1 1,5 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

19

Gobierno : Adulto

Mayor 1 1,5 Hp MiniSplit

x

Correctivo y

preventivo

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Anexo No. 2 Estudios de Mercado.

ESTUDIO DE MERCADO PROCESOS CONTRACTUAL ACONDICIONADORES DE AIRES –ALCALDÍA

DISTRITAL DE SANTA MARTA.

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 5 Toneladas $80.000

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 3 Toneladas $60.000

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 2 Caballos $60.000

Mantenimiento correctivo a Aire Acondicionado de 1 Caballo $60.000

Mantenimiento Correctivo Mini Split de 2 Caballos $60.000

Mantenimiento Correctivo Mini Split de 1 Caballos $60.000

Mantenimiento de Ducterìa por metro metálica uso exterior $ 80.000

Mantenimiento de Ducterì acometidas internas por metro $ 40.000

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 5 Toneladas $ 60.000

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 3 Toneladas $ 60.000

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 2 Caballos - $ 60.000

Mantenimiento preventivo a Aire Acondicionado de 1 Caballo- $ 60.000

Mantenimiento Preventivo Mini Split de 2 Caballos - $ 60.000

Mantenimiento Preventivo Mini Split de 1 Caballos - $ 60.000

Mantenimiento de Ducterìa por metro metálica uso exterior - $ 60.000

Mantenimiento de Ducterìa acometidas internas por metro - $ 40.000

Suministro y cambio de compresor de 5 hp, 220 volt - $ 1.600.000

Suministro y cambio de compresor de 3 hp, 220 volt - $ 1.300.000

Suministro y cambio de compresor de 2 hp, 220 volt - $ 600.000

Suministro y cambio de compresor de 1 hp, 220 volt - $ 400.000

Suministro y cambio de motor de 3/4 HP - $ 340.000

Suministro y cambio de motor de 1/2 HP - $ 280.000

Suministro y cambio de motor de 1/10 HP - $ 150.000

Suministro y cambio de filtro secador 1/2" - $ 35.000

Suministro y cambio de secador de 3/8" - $ 30.000

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Suministro y cambio de tarjeta electrónica - $ 250.000

Suministro y cambio de presostato de alta - $ 45.000

Suministro y cambio de presostato de baja - $ 45.000

Suministro y cambio de control remoto universal para aires acondicionados $ 80.000

Suministro y cambio de transformadores de 220 a 24 volt $ 50.000

Suministro y cambio de blower 10x10x1/2 $ 130.000

Suministro y cambio de aspa para equipo de central de 5 tr. $ 75.000

Suministro y cambio de aspa para equipo de central de 3 tr. $ 60.000

Suministro y cambio de aspa para equipo minisplit hasta 3 tr. $ 90.000

Contactores de 40 AMP Bipolares $ 60.000

Capacitores de 60 AMP MFD $ 60.000

Superrancadores 5HP $ 45.000

Terminales eléctricos $ 1.000

Capacitores de 80 AMP ventilador 80MFD 370-440V $ 80.000

Contactores de 80 AMP bipolar $ 70.000

Gas por kilo $ 150.000

Temporizador $ 25.000

Tubería de cobre por royo $ 150.000

Rollo de rubatex $ 5.000