ESTUDIOS DEL SECTOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ...

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| Avenida Calle 26No. 69-76 Bogotá, Colombia Edificio Elemento Torre 4 - Pisos 12,13,14 Teléfono: (57) (1) 4864130 www.uspec.gov.co Código: G1-S1-FO-02 Vigencia: 18/ 12/2018 Pagina: 1 de 28 Versión: 10 ESTUDIOS DEL SECTOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA LA POBLACION PRIVADA DE LA LIBERTAD RECLUIDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL, EN LOS CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR Y/O EN LAS ESTACIONES DE POLICÍA A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC, mediante el presente documento deja constancia sobre el contenido del Estudio del Sector para el proceso de contratación que tiene por objeto LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA LA POBLACION PRIVADA DE LA LIBERTAD (PPL) RECLUIDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS Y DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL, CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR, ESTACIONES DE POLICÍA, UNIDADES TÁCTICAS MILITARES Y CUALQUIER OTRO ESTABLECIMIENTO QUE ALBERGUE PPL A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC (exceptuando los PPL en detención domiciliaria) - con cargo a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC.”, de manera que los proponentes, puedan conocer los lineamientos utilizados para la definición de los criterios financieros y organizacionales, que regirán el proceso de selección que promueve la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC. Las definiciones para los indicadores de Capacidad Financiera y Organizacional son las siguientes: Índice de Liquidez. Activo Corriente / Pasivo Corriente, el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. Índice de Endeudamiento. Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos. Razón de Cobertura de Intereses. Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. Prueba Ácida: (Activo Corriente – Inventarios)/Pasivo Corriente, el cual mide la liquidez del proponente de manera más estricta que el índice de liquidez, pues no tiene en cuenta su inventario. El inventario es excluido teniendo en cuenta que es la cuenta menos líquida del activo corriente y no debe ser usada para pagar las obligaciones de corto plazo. Patrimonio: Activo Total – Pasivo Total. Mide la cantidad de recursos propios del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar la cantidad de recursos propios en términos absolutos cuando el presupuesto del Proceso de Contratación es muy alto y la Entidad Estatal debe asegurar la continuidad del proponente en el tiempo. Rentabilidad del Patrimonio. Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente. Rentabilidad del Activo. Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente.

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ESTUDIOS DEL SECTOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA LA POBLACION PRIVADA DE LA LIBERTAD

RECLUIDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL, EN LOS CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR Y/O EN LAS ESTACIONES DE POLICÍA A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL

PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC, mediante el presente documento deja constancia sobre el contenido del Estudio del Sector para el proceso de contratación que tiene por objeto “LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA LA POBLACION PRIVADA DE LA LIBERTAD (PPL) RECLUIDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS Y DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL, CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR, ESTACIONES DE POLICÍA, UNIDADES TÁCTICAS MILITARES Y CUALQUIER OTRO ESTABLECIMIENTO QUE ALBERGUE PPL A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC (exceptuando los PPL en detención domiciliaria) - con cargo a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC.”, de manera que los proponentes, puedan conocer los lineamientos utilizados para la definición de los criterios financieros y organizacionales, que regirán el proceso de selección que promueve la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC. Las definiciones para los indicadores de Capacidad Financiera y Organizacional son las siguientes: Índice de Liquidez. Activo Corriente / Pasivo Corriente, el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. Índice de Endeudamiento. Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y patrimonio) del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos. Razón de Cobertura de Intereses. Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. Prueba Ácida: (Activo Corriente – Inventarios)/Pasivo Corriente, el cual mide la liquidez del proponente de manera más estricta que el índice de liquidez, pues no tiene en cuenta su inventario. El inventario es excluido teniendo en cuenta que es la cuenta menos líquida del activo corriente y no debe ser usada para pagar las obligaciones de corto plazo. Patrimonio: Activo Total – Pasivo Total. Mide la cantidad de recursos propios del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar la cantidad de recursos propios en términos absolutos cuando el presupuesto del Proceso de Contratación es muy alto y la Entidad Estatal debe asegurar la continuidad del proponente en el tiempo. Rentabilidad del Patrimonio. Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente. Rentabilidad del Activo. Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente.

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Capital de Trabajo. Este indicador representa la liquidez operativa del proponente, es decir el remanente del proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar el nivel de liquidez en términos absolutos. Inicialmente, para entender el contexto mundial en cuanto a la problemática del hambre y los esfuerzos conjuntos por erradicarla, se hace necesario para el presente estudio hacer un diagnóstico en cifras de la situación actual y toda la serie de acuerdos y objetivos que los países miembros de la ONU, se han trazado en materia de alimentación; en relación con lo anterior es vital revisar la situación de la población privada de la libertad PPL y los lineamientos en materia de derecho internacional humanitario, en aras de garantizar una alimentación digna y saludable para esta parte de la población. Por lo anterior, se tuvo en cuenta el marco normativo de la ONU en cuanto a las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos1, La Convención Americana sobre Derechos Humanos2 de 1969 del cual Colombia e miembro. En contraste con la evolución carcelaria, normativa y humanitaria para la PPL en Colombia, también se tuvo en cuenta la publicación realizada en 2014 por el Instituto Penitenciario y Carcelario INPEC “DE LA ANTIGUA DIRECCIÓN GENERAL DE PRISIONES AL INPEC”3. Finalmente y con el objetivo de mirar el comportamiento del sectorial, se referenció la información presentada en el Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno bruto – PIB, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE correspondiente al IV trimestre del año 20184 ; así mismo, se revisó el Informe de Desempeño del Sector de Alimentos y Bebidas 2012 – 2014 de la Superintendencia de Sociedades5, en el cual, se describe el sector y los aspectos macroeconómicos en general del Sector alimenticio. ANÁLISIS DEL SECTOR Contexto Internacional A nivel mundial, la alimentación para las personas privadas de la libertad ha sido uno de los puntos más importantes a tratar entre naciones; de hecho a partir del Primer Congreso de las Naciones Unidad sobre la Prevención del Delito y del Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955 se adoptaron las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos y se aprobaron por el Consejo Económico y Social en sus Resoluciones 663C del 31 de Julio de 1957 y 2076 del 13 de Mayo de 19776. En su primera parte, éstas Reglas cuentan con un componente de aplicación general dentro de las cuales en su numeral 20.1, se encuentra el componente de alimentación y el cual dice lo siguiente:

1 Tomado de la Oficina del alto Comisionado de Derechos Humanos ONU: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/TreatmentOfPrisoners.aspx 2 Tomado de Organización de los Estados Americanos: http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf 3Tomado de http://www.inpec.gov.co/portal/page/portal/Inpec/Institucion/ResenaHistorica/Rese%F1a%20Hist%F3rica/RESE%D1A%20HISTORICA%20DOCUMENTAL%20100%20A%D1OS%20%20PRISIONES%20(1).pdf 4 Tomado: Del Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto – PIB, Tercer Trimestre 2018. Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE 5 Fuente de Consulta: http://www.supersociedades.gov.co/noticias/Documents/2015/Septiembre/EE-%20Estudio%20alimentos%20y%20bebidas-%202015%20IX%207.pdf 6 Tomado de la Oficina del alto Comisionado de Derechos Humanos ONU: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/TreatmentOfPrisoners.aspx

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… “Todo recluso recibirá de la administración, a las horas acostumbradas, una alimentación de buena calidad, bien preparada y servida, cuyo valor nutritivo sea suficiente para el mantenimiento de su salud y de sus fuerzas. 2) Todo recluso deberá tener la posibilidad de proveerse de agua potable cuando la necesite”…7 En relación con lo anterior y de acuerdo con La Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 (Pacto de San José), las Naciones signatarias (Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad & Tobago, Uruguay y Venezuela) acuerdan de manera unánime, el velar y respetar los derechos esenciales del ser humano y en virtud de los atributos propios de la Persona Humana; por lo cual toda persona es sujeto de protección internacional y convencional conforme al derecho interno de los Estados Americanos. Dentro de esta Convención, el Artículo 5 “Derecho a la Integridad Personal” contiene de manera taxativa en sus dos primeros numerales, los lineamientos primordiales para el trato digno a las Personas Privadas de la Libertad Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal8 Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de la libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Las Normas Internacionales de Derechos Humanos Para Funcionarios de Instituciones Penitenciarias, es el resultado de un compendio realizado por la “Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)” y que dentro de su contenido se hace claro énfasis en la alimentación como parte fundamental de la dignidad humana, a continuación, se hace relación de los apartes reiterativos en materia alimentaria: De acuerdo con el Capítulo III “Derecho a un Nivel de Vida Adecuado”9:

…Toda persona privada de su libertad tendrá derecho a un nivel de vida adecuado, lo que abarcará la alimentación, el agua potable, el alojamiento, el vestido y la ropa de cama…

…El derecho a la alimentación y el agua potable suficientes es un derecho humano…

…Todo recluso recibirá, a las horas acostumbradas, una alimentación de buena calidad y en cantidad suficiente y tendrá la posibilidad de proveerse de agua potable cuando la necesite…

Contexto Nacional Para dar comienzo bajo el contexto de nuestra región “Colombia”, es fundamental hacer un breve recorrido de momentos claves en la evolución de nuestro país en materia penitenciaria y que en nuestro caso se remonta al siglo XIX, que por ese entonces y después que la corona Española dejara el continente americano, se mantuvieron regímenes coloniales los cuales operaban como sistema administrativo de juntas y en materia de política criminal, de acuerdo con lo citado en la publicación realizada en 2014 por el Instituto Penitenciario y Carcelario INPEC “DE LA ANTIGUA DIRECCIÓN GENERAL DE PRISIONES AL INPEC”: (…Las disposiciones penitenciarias iniciales después de la Independencia, se encuentran entre los años 1828 y 1837. Desde este período hasta 1934, nos volvimos a acordar de la materia penitenciaria porque es cuando se dio en el país un Código Penitenciario, en concordancia con las doctrinas de la penología y de la criminología. A pesar de todo, aquel

7 Tomado de la Oficina del alto Comisionado de Derechos Humanos ONU: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/TreatmentOfPrisoners.aspx 8 Tomado de Organización de los Estados Americanos: http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-

32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf - 9 Fuente de consulta Normas Internacionales de Derechos Humanos Para Funcionarios de Instituciones Penitenciarias: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/training11Add3sp.pdf

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Código tampoco tuvo cabal aplicación “por impreparación de la burocracia carcelaria, por negligencia de la Rama Jurisdiccional y porque en las Facultades de Derecho nunca se enseñó la materia. Tomado de: Echeverri Ossa, Bernardo. Temas penitenciarios, Bogotá, 1971, 211…)10 En contraste con lo anteriormente citado, en los inicios de la primera República y con lo dispuesto en el Decreto del Libertador expedido en 188211, se ordenó que en las capitales de provincia se crearan presidios correccionales y casas correccionales para mujeres; Bolívar fue quién por primera vez dispuso Centros de Reclusión en los que se apartaron las mujeres y hombres, concibiendo la cárcel como un sitio de castigo que no sólo incluía la privación de la libertad sino que también trabajos forzados para el Estado. Posteriormente y una vez que la Gran Colombia fue disuelta en 1830, bajo las ordenanzas de Francisco de Paula Santander surge la Ley 30 de 1836 que trata sobre “presidios urbanos y sus decretos reglamentarios”. Para el 28 de Mayo del año 1838 se establece una Ley reglamentaria mucho más extensa en materia penitenciaria para lo que en ese entonces fue la Nueva Granada, creándose nuevos establecimientos y determinando una serie de ejes de competencia. Con el mandato del Presidente Ignacio Márquez durante 1838, se retoma y oficializa la categorización de establecimientos para presos y sus consecuentes aspectos administrativos en temas de alimentación, vestuario y aseo entre otros. Adicionalmente, con el mismo mandato se dio paso a: construcciones de espacios individuales en virtud de la Ley de Presidios Urbanos que concierne a la clasificación de los detenidos, ya que el problema de hacinamiento impedía dicha tarea. También se impuso nuevas sanciones de acuerdo con el tipo de establecimiento de reclusión, encontrándose castigos como: encierro solitario, confinamiento en oscuridad, disminución de la ración o determinado número azotes al día12. Décadas más tarde, en 1864 la Asamblea del Estado de Cundinamarca expidió la Ley 11 de 1864 por medio de la cual se ordenó fundar la Casa Penitenciaria de Bogotá, dentro de un área del Edificio San Francisco dado por la Nación. Cuatro años más tarde, en 1868 se construyó una Casa para Mujeres aledaña a la casa destinada para los hombres. A partir del año 1914 surgió la Dirección General de Prisiones a cargo del Ministerio de Gobierno de ese entonces, dicha dirección se origina en función de la Ley 35 de 1914 y mediante el Decreto Orgánico 1547 del año 1914 y el decreto 354 de 1922, se reguló la administración Carcelaria y Penitenciaria. Sin embargo, en materia alimentaria para los reclusos de esa época, existían aún ciertas discrepancias interpretativas respecto de la Ley 35 de 1914 tal y como se cita a continuación: (…La interpretación del inciso b) del artículo 1° de dicha Ley ha sido objeto de discusión entre el Despacho y los representantes del algunos Municipios, apoyados éstos generalmente por los Gobernadores Departamentales. Sostuvo esta Dirección que el gasto de alimentos a los detenidos pobres en las cárceles de Circuito no correspondía a la Nación sino desde que dichos presos quedaban a disposición de los Jueces de Circuito, y no antes; en los Municipios se sostuvo que dicho costo debía corresponder a la nación desde que el detenido iba a la cárcel, si era por delito o falta de que

10 Fuente de Consulta: http://www.inpec.gov.co/portal/page/portal/Inpec/Institucion/ResenaHistorica/Rese%F1a%20Hist%F3rica/RESE%D1A%20HISTORICA%20DOCUMENTAL%20100%20A%D1OS%20%20PRISIONES%20(1).pdf 11 Fuente de Consulta: http://www.inpec.gov.co/portal/page/portal/Inpec/Institucion/ResenaHistorica/Rese%F1a%20Hist%F3rica/RESE%D1A%20HISTORICA%20DOCUMENTAL%20100%20A%D1OS%20%20PRISIONES%20(1).pdf 12 Fuente de Consulta: http://www.inpec.gov.co/portal/page/portal/Inpec/Institucion/ResenaHistorica/Rese%F1a%20Hist%F3rica/RESE%D1A%20HISTORICA%20DOCUMENTAL%20100%20A%D1OS%20%20PRISIONES%20(1).pdf

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habían de conocer dichos Jueces (….) sería conveniente que el Congreso interpretara de manera precisa esta dificultad, si es que la Nación ha de continuar con la carga que echó sobre ella la citada Ley 35, en materia de cárceles…)13 En ese sentido es evidente que para la época no se contaba con un esquema o plan alimenticio básico y generalizado para los reclusos y que se colocara en práctica dentro del sistema carcelario a nivel nacional. Posteriormente y durante el mismo año, surge el decreto 1547 el cual estructura el funcionamiento de los establecimientos y estableciendo las siguientes funciones, dentro de las cuales se delega al Director General de Prisiones la responsabilidad para gestionar los Contratos de Licitación Pública para el Suministro de Alimentos

Adicionalmente, con la expedición del Decreto 190 de 1934, la antigua Sección Sexta del Ministerio de Gobierno, fue reemplazada por el Departamento de Prisiones y además de ellos la misma Ley, transformó el Régimen Penitenciario Nacional al haber creado la Comisión para Asuntos Penales y Penitenciarios; de lo anterior de derivó un compendio de funciones propias para el Departamento de Prisiones donde se incluyen dos actividades respecto de la alimentación de los presos: “FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE PRISIONES”14

Formular de conformidad con las disposiciones legales los contratos sobre alimentación de presos.

Estudiar los nuevos sistemas sobre alimentación de presos. Tomando como base el Decreto anterior, se crea el Decreto Ley 1405 de 1934 donde se sigue dando un desarrollo funcional en cuanto a la alimentación carcelaria, estableciendo un control semanal en respecto de la calidad de los alimentos que eran proporcionados a los reclusos y que estaba cargo de la dependencia de Médicos y Especialistas.

Esta estructura de funciones continuó ratificándose para la misma área médica y un nuevo componente de salubridad durante los siguientes 30 años Durante el año 1991 con la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991, en el Sistema Carcelario y Penitenciario de Colombia tuvo un cambio significativo, puesto que se fundó la inquietud de modernizar la Dirección General de Prisiones, con el propósito descentralizarla mediante la creación de un Instituto y cuya consecuencia fue la expedición del Decreto 2160 de 1992 que fusionó la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia, con su Fondo Rotatorio y el de la Imprenta Nacional. De dicha fusión nace el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, que fue concebido como una entidad pública adscrita al Ministerio de Justicia. Bajo esta nueva Entidad “INPEC”, surge una nueva estructura orgánica con la expedición del Decreto 2160 y consecuentemente la contratación alimentaria pasó de ser de responsabilidad la Dirección General de Prisiones, para estar en manos de la Nueva Oficina Asesora Jurídica. Finalmente, ocurre un último cambio que sigue operando hasta la fecha y es a partir de la Ley 1444 del año 2011 se decide cambiar la estructura inicial del Ministerio del Interior y de Justicia, escindiéndolas y reasignando las respectivas funciones de competencia para cada una de ellas. Por consiguiente, mediante el Artículo 4 de la mencionada Ley se procede a crear El Ministerio de Justicia y del Derecho.15

13 Fuente de Consulta: http://www.inpec.gov.co/portal/page/portal/Inpec/Institucion/ResenaHistorica/Rese%F1a%20Hist%F3rica/RESE%D1A%20HISTORICA%20DOCUMENTAL%20100%20A%D1OS%20%20PRISIONES%20(1).pdf 14 Fuente de Consulta: http://www.inpec.gov.co/portal/page/portal/Inpec/Institucion/ResenaHistorica/Rese%F1a%20Hist%F3rica/RESE%D1A%20HISTORICA%20DOCUMENTAL%20100%20A%D1OS%20%20PRISIONES%20(1).pdf 15 Fuente de Consulta: http://www.senado.gov.co/images/stories/pdfs/Leyes_sancionadas_2011/ley144404052011.pdf

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A partir de la creación Ministerio de Justicia y del Derecho, se dio paso a un nuevo organismo del Estado, dentro del Sistema Penitenciario y Carcelario, La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC), creada por el Decreto 4150 de 2011, por el cual se establece su estructura y objeto. La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC), como en la actualidad se conoce la antigua “SPC” conforme a lo dispuesto por el Decreto 4150 de 2011(… ARTÍCULO 1o. ESCISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO - INPEC. Escíndanse del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario las funciones administrativas y de ejecución de actividades que soportan al INPEC para el cumplimiento de sus objetivos, las que se asignan en este decreto a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC y a las dependencias a su cargo…)16, entre otros asuntos es ahora la Entidad que está encargada de los procesos de Licitación para la contratación del suministro de alimentos para la población privada de la libertad en todo el territorio Colombiano. Población privada de la libertad (PPL) en cifras17: Al término de octubre del año 2018, en nuestro país 187.758 personas se encontraban privadas de la libertad a nivel nacional y distribuido de la siguiente forma:

El 98.2% (184.420) están bajo custodia y vigilancia del INPEC.

De los cuales el 63.7% (119.522) en ERON (intramuros); 31.9% (59.846) en detención domiciliaria y 2.7% (5.052) en Vigilancia Electrónica.

El 1.4% (2550) en establecimientos municipales.

El 0.4% (788) en establecimientos de la Fuerza Pública.

De lo anterior, las 184.420 PPL que están bajo custodia y vigilancia del INPEC se encuentran bajo las siguientes medidas de aseguramiento:

En establecimiento de reclusión de orden Nacional ERON o intramuros, el 63.7% (119.522) internos(as).

Detención o prisión domiciliaria, 31.9% (59.846) personas.

Con control y vigilancia electrónica, 2.7% (5.052) individuos.

Las anteriores cifras se presentan de manera resumida en el cuadro que a continuación se presenta:

16 Fuente de consulta: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/decreto_4150_2011.html 17 Tomado de: Informe Estadístico octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

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Cuadro. Población con medida de aseguramiento en Colombia, octubre 2018

Fuente de Consulta: Informe Estadístico Octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

La población reclusa a cargo del Instituto en todas las modalidades de privación de la libertad (184.420), registra incremento de 3.4% (6.026 personas) con respecto al año anterior. La participación a nivel nacional de esta población es 0,4% y la tasa de reclusos(as) por cada 100 mil habitantes, 370. Es de anotar que, en el último sexenio, la tasa de población reclusa por cada 100 habitantes se ha ido incrementando.

Cuadro. Población reclusa intramural en Colombia en los años 2013 – 2018: Tasa Por 100 mil habitantes.

Fuente de Consulta: Informe Estadístico Octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

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Para el caso particular del presente estudio es importante detallar el segmento de PPL para la cual se encaminarán los esfuerzos y recursos en aras de garantizar su alimentación diaria, que para este caso son más de 119.522 personas de acuerdo con las siguientes cifras proporcionadas en el informe de octubre de 2018 del INPEC y que se muestran a continuación:

Grafica. Población reclusa intramural en Colombia en los años 2013 – 2018: Tasa Por 100 mil habitantes.

Fuente de Consulta: Informe Estadístico octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

En el contexto del objeto del presente estudio es importante regionalizar la población privada de la libertad en consideración a la relevancia que puede presentarse en cuanto a las costumbres y preferencias alimenticias, las cuales no deben pasar desapercibidas puesto que contribuyen un valor agregado al trato digno y del respeto por la pluralidad cultural existente en nuestro país.

Tabla. Infraestructura regional, octubre 2018.

Fuente de Consulta: Informe Estadístico octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

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La infraestructura del INPEC está conformada por 133 establecimientos, instalados en 123 municipios distribuidos así: 127 Establecimientos Penitenciarios y/o Carcelarios, 5 Complejos Penitenciarios y Carcelarios, y una (1) Colonia Penal Agrícola, todos ellos agrupados en 6 Regionales.

Grafica. Infraestructura Regionales, octubre 2018

Fuente de Consulta: Informe Estadístico octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

Si bien es cierto las anteriores cifras permiten dimensionar la necesidad y magnitud que representa “LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA LA POBLACION PRIVADA DE LA LIBERTAD (PPL) RECLUIDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS Y DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL, CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR, ESTACIONES DE POLICÍA, UNIDADES TÁCTICAS MILITARES Y CUALQUIER OTRO ESTABLECIMIENTO QUE ALBERGUE PPL A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC (exceptuando los PPL en detención domiciliaria) - con cargo a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC”, se hace necesario hacer un desglose poblacional en cuanto a género, edades y casos especiales en razón de garantizar una alimentación que esté pensada y adecuada a los requerimientos nutricionales de cada grupo dentro de la PPL.

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Cuadro. Población intramural por sexo, octubre 2018.

Fuente de Consulta: Informe Estadístico Octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC La población reclusa intramural registrada al culminar el mes de octubre (119.552) corresponde a: 93,1% (111.289) hombres y 6.9% (8.233) mujeres.

Cuadro. Población reclusa por rango de edad, octubre 2018.

Fuente de Consulta: Informe Estadístico Octubre 2018– Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC En términos generales la caracterización de la población reclusa según su edad, refleja que en la medida en que los grupos son conformados por personas de mayor edad, se hacen menos numerosos. Se destaca que el 4.1% (4.896) de la población carcelaria tiene más de 60 años. Igualmente, el 0,9% (1.104) supera los 70 años, entre los que se encuentran 29 mujeres. En cada una de estas categorías, los hombres superaron el 93% de participación con respecto a las mujeres. Dentro de la PPL existe una parte de esta población la cual se considera DE ENFOQUE DIFERENCIAL. Esta población se caracteriza por presentar particularidades asociadas a condiciones de sexo, edad, nacionalidad, discapacidad física, etc., y que son factores que diferencian a este grupo de personas del resto de los internos.

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“Cada Establecimiento está en la obligación de identificar y proteger, más allá del cuidado y el respeto por los derechos de la población reclusa en su totalidad, a aquellos(as) internos(as) que por pertenecer a grupos poblacionales identificados como minoritarios, por presentar condiciones físicas desventajosas o por haber sido objeto de exclusión social, necesiten de un acompañamiento especial”18 Para la fecha de corte del informe se estableció que 9.616 internos(as) presentaban alguna condición excepcional. Dentro de este grupo se distinguen: etnias 11,3% (1.084); afrocolombianos(as) autoreconocidos(as) 38.8% (3.734); extranjeros(as) 12.3% (1.184); internos(as) de la tercera edad 25.4% (2.445); madres lactantes 0,1% (13), madres gestantes 0,9% (82) y, finalmente discapacitados(as) 11.2% (1.074). - La Regional Oriente acoge la mayor población de extranjeros(as) (336), tercera edad (272), y discapacitados(as) (112). - En la Regional Occidente se ubica el mayor número de indígenas (407) y de afrocolombianos(as) (2.100) y madres lactantes (9)

Cuadro. Población ERON con enfoque diferencial, octubre 2018

Fuente de Consulta: Informe Estadístico Octubre 2018– Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC De igual manera al interior de los ERON se encontraban 62 infantes menores de tres años (niños y niñas), conviviendo con sus madres, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1709 de 2014, artículo 88. ARTÍCULO 88. Modifícase el artículo 153 de la Ley 65 de 1993, el cual quedará así: Artículo 153. Permanencia de niños y niñas en establecimientos de reclusión. Los niños y niñas menores de 3 años podrán permanecer con sus madres en los establecimientos de reclusión, salvo que un juez de la República ordene lo contrario. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar prestará, en coordinación con el servicio social penitenciario y carcelario, la atención especial a los niños y niñas que se encuentran en los centros…19.

18 Tomado de: Informe Estadístico Octubre 2018 – Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC 19 Fuente de consulta: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1709_2014_pr001.html#88

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Finalmente y con base a las cifras expuestas por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de personas privadas de la libertad intramuros, se realiza estimado del total de raciones diarias y anuales y se deben garantizar a la PPL en pro de su bienestar y conforme a las disposiciones ya mencionadas en el presente estudio, tanto de carácter internacional como también del orden nacional, en materia de derechos humanos y trato digno a las personas privadas de su libertad con la información a diciembre de 2018, y las proyecciones realizadas para la vigencia 2019, así como la normatividad incluida en la resolución 3803 de agosto 16 de 2016 (con fecha de entrada en vigencia Febrero 22 de 2018), que indica las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrición (RIEN) para la población intramural. Cabe anotar que, en razón a varios pronunciamientos de la Corte Constitucional y otros Entes, se estima una ración adicional con el fin de evitar el ayuno prolongado (4:00 p.m. – hora de recogimiento de los reclusos – hasta las 6:30 a.m. – hora promedio de su desayuno).

Cuadro. Estimación de raciones para la Población Privada de la Libertad - Intramuros.

POBLACIÓN

PRIVADA DE LA LIBERTAD (PPL) -

INTRAMUROS

RACIONES MÍNIMAS DIARIAS POR

PERSONA

TOTAL RACIONES DIARIAS PARA TODA

LA PPL - INTRAMUROS

TOTAL RACIONES AL AÑO PARA TODA LA PPL -

INTRAMUROS AÑO

2017 114.750 3 344.250 125.651.250

2018 118.998 4 475.992 173.737.080

2019* 122.993 4 491.972 179.569.780

FUENTE: Oficina Asesora de Planeación INPEC - Cálculos realizados: USPEC-INPEC * PROYECTADA a 2019 CONTEXTO ECONOMICO NACIONAL Al realizar el análisis del sector, inicialmente se toma como referencia la información presentada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE20, en el Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto – PIB; en el cual se presentan la variación en el corto plazo (trimestral) del Producto Interno Bruto (PIB), como en el largo plazo, con series anuales desde el 2010 al 2016.

20 Tomado: Del Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto – PIB, Tercer trimestre 2018. Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE

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Grafico Tasa de crecimiento anual del PIB 2010 - 2018 – Tercer Trimestre.

Fuente: Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto (PIB) Tercer Trimestre de 2018 – DANE.

De acuerdo con el informe, durante el año 2018 en el tercer trimestre el PIB creció 2.7% respecto al mismo periodo del año 2017. Las actividades que más contribuyeron a esta dinámica fueron: Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; educación; actividades de atención de la salud humana y servicios sociales; Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y almacenamiento;

alojamiento y servicios de comida e Industrias manufactureras.

Tabla. Tasas de crecimiento en volumen del PIB y el valor agregado por actividad económica 2018Pr – Tercer Trimestre.

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Fuente: Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto (PIB) tercer Trimestre de 2018 – DANE.

Durante lo corrido de 2018, el crecimiento del Producto Interno Bruto fue de 2,5%, respecto al mismo periodo del año anterior. Las actividades que explican este comportamiento son: Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; educación; actividades de atención de la salud humana y servicios sociales creció 5,2%; Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y almacenamiento; alojamiento y servicios de comida creció 3,1%; Industrias manufactureras que creció 1,5%. Respecto al trimestre inmediatamente anterior, el Producto Interno Bruto, en su serie corregida de efecto estacional y calendario, creció 0,2%. Esta variación se explica por la siguiente dinámica: Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; educación; actividades de atención de la salud humana y servicios sociales creció 1,2%; Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y almacenamiento; alojamiento y servicios de comida creció 0,7%; Industrias manufactureras que creció 1,1%. .

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Tabla. Tasas de crecimiento en volumen de los componentes del gasto 2018Pr – Tercer Trimestre.

Fuente: Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto (PIB) Tercer Trimestre de 2018 –

DANE.

Los resultados generales de las series encadenadas de volumen con año de referencia 2015 indican que en el tercer trimestre de 2018, el Producto Interno Bruto en su serie original creció 2,7% respecto al mismo periodo de 2017. Esta dinámica se explica por los siguientes crecimientos del componente del gasto: Gasto en consumo final creció 3,5%; Formación bruta de capital creció 2,6%; Exportaciones crecieron 1,2%; Importaciones crecieron 5,1%. Durante lo corrido de 2018, el crecimiento del Producto Interno Bruto fue de 2,5%, respecto al mismo periodo del año anterior. Los componentes del gasto que explican este comportamiento son: Gasto en consumo final creció 3,2%; Formación bruta de capital creció 1,5%; Exportaciones crecieron 1,2%; Importaciones crecieron 3,2%.

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En relación con el informe del DANE, son relevantes también para el presente estudio los siguientes sectores de la economía Nacional: AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA, SILVICULTURA Y PESCA

Fuente: Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto (PIB) Tercer Trimestre de 2018 –

DANE. En el tercer trimestre de 2018, el valor agregado de la agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca creció 0,1% en su serie original, respecto al mismo periodo de 2017. Esta dinámica se explica por los siguientes comportamientos: Pesca y acuicultura creció 7,5%; Ganadería creció 3,6%; Silvicultura y extracción de madera decreció 5,6%; Cultivos agrícolas transitorios; cultivos agrícolas permanentes; propagación de plantas (actividades de viveros, excepto viveros forestales); actividades de apoyo a la agricultura y la ganadería y posteriores a la cosecha; explotación mixta (agrícola y pecuaria) y caza ordinaria y mediante trampas; y actividades de servicios conexas decreció 1,1%. Respecto al trimestre inmediatamente anterior, el valor agregado de la agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca decreció 1,6% en su serie corregida de efecto estacional y calendario. Esta dinámica se explica por: Silvicultura y extracción de madera decreció 2,6%; Cultivos agrícolas transitorios; cultivos agrícolas permanentes; propagación de plantas (actividades de viveros, excepto viveros forestales); actividades de apoyo a la agricultura y la ganadería y posteriores a la cosecha; explotación mixta (agrícola y pecuaria) y caza ordinaria y mediante trampas; y actividades de servicios conexas decreció 1,8%; Pesca y acuicultura decreció 0,5%; Ganadería no presentó variación Para éste segmento de la economía colombiana y en relación con el objeto a contratar del presente estudio, los siete (7) primeros productos juegan un factor vital para entender las fluctuaciones que ha venido presentando la producción en materia de alimentos y que puede influir considerablemente en el suministro de las raciones para la Población Privada de la Libertad.

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COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR21:

En el tercer trimestre de 2018, el valor agregado de comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos, transporte y almacenamiento, y alojamiento y servicios de comida creció 2,6% en su serie original, respecto al mismo periodo de 2017. Esta dinámica se explica por: Alojamiento y servicios de comida creció 3,3; Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas creció 2,8%; Transporte y almacenamiento creció 1,9%. Para la serie corregida de efecto estacional y calendario, la actividad comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos, transporte y almacenamiento, y alojamiento y servicios de comida creció 0,7% comparada con el trimestre inmediatamente anterior. Este crecimiento se explica por: Alojamiento y servicios de comida creció 0,8%; Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas creció 0,6%; Transporte y almacenamiento decreció 0,3%. En contraste con la información del sector productivo en materia de alimentos, es necesario consultar los estudios en cuanto a las cifras de desempeño del sector alimenticio y de bebidas, el cual se expone a continuación: ANALISIS COMPARATIVO DE LA DEMANDA EN ASPECTOS FINANCIEROS Consultada la base de datos de Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – UPSEC y se encontró dos procesos de selección en el 2014, correspondientes a actividades relacionadas “CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN”. Con esta información se evaluaron los indicadores financieros propuestos para los procesos de selección relacionados, no mayores a 9 meses en su ejecución, como se observa a continuación:

21 Tomado: Del Boletín Técnico – Cuentas Trimestrales – Colombia Producto Interno Bruto – PIB, Tercer Trimestre 2018. Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE

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Tabla. Procesos de Contratación de la USPEC Relacionados con “CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN”– 2014.

Fuente: Portal de Contratación Estatal – SECOP

Para el año 2015, se identificó un proceso de selección, correspondientes a actividades asociadas con a “CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN”. Con esta información se evaluaron los indicadores financieros propuestos para los procesos de selección relacionados, no mayores a 12 meses en su ejecución, como se observa a continuación:

Tabla. Procesos de Contratación de la USPEC Relacionados con “CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN”– 2015.

Fuente: Portal de Contratación Estatal – SECOP

En la vigencia 2017 el proceso de CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, se llevó a cabo a través de la Bolsa Mercantil de Colombia, los indicadores financieros del mismo se desarrollan en la siguiente tabla.

ENTIDAD

CONTRATANTECONTRATISTA OBJETO VALOR PLAZO

CAPITAL

DE

TRABAJO

*

LIQUIDEZENDEUDAMI

ENTO

COBERTUR

A DE

INTERESES

RENTABILIDA

D

PATRIMONIO

RENTABILIDA

D ACTIVOLINK

UNIDAD DE

SERVICIOS

PENITENCIARIOS Y

CARCELARIOS

2013

CONSORCIO

ALIMESA

FRANCISCO

JAVIER SANDOVAL

BUITRAGO

ARDIKO A&S LTDA

CONSTRUCCIONE

S SUMINISTROS Y

SERVICIOS

Suministrar y prestar el servicio de alimentación por

el sistema de ración, para la atención de los internos

de los centros de reclusión del orden nacional del

Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC

para los grupos que mediante resolución 662 del

cuatro (4) de Octubre de 2013, fueron declarados

desiertos de la licitación pública SPC-LP-003-2013.

$14.013.691.699 6 Meses≥ 40% del

PO≥ 2 ≤ 50% ≥ 5 ≥ 8% ≥ 6%

https://www.contratos.gov.co/consultas/detallePr

oceso.do?numConstancia=14-1-115678

UNIDAD DE

SERVICIOS

PENITENCIARIOS Y

CARCELARIOS

ESTRADA

NAVARRO S.A.S.

Suministrar el servicio de alimentacion, por el sistema

de racion, para la atencion de los internos que se

encuentran a cargo del Instituto Nacional

Penitenciario y Carcelario - INPEC, en los

establecimientos de reclusion del orden nacional en

los centros de reclusion militar y/o en las estaciones

de policia.

Grupo 4: BAS 10 Valledupar, Cienaga, El Banco,

Valledupar Alta.

$235.323.578.534 9 Meses≥ 30% del

PO≥ 1,4 ≤ 60% ≥ 2 ≥ 8% ≥ 6%

https://www.contratos.gov.co/consultas/detallePr

oceso.do?numConstancia=14-1-128218

PROCESOS CONTRATACIÓN AÑO 2014

Entidad Contratante CONTRATISTA Objeto VALOR Plazo

CAPITAL

DE

TRABAJO

*

LIQUIDEZENDEUDAMI

ENTO

COBERTUR

A DE

INTERESES

RENTABILIDA

D

PATRIMONIO

RENTABILIDA

D ACTIVOLINK

UNIDAD DE

SERVICIOS

PENITENCIARIOS Y

CARCELARIOS

DUFLO S.A.

SERVICIOS

PETROLEROS

Suministrar el servicio de alimentacion, por el sistema

de racion, para la atencion de los internos que se

encuentran a cargo del Instituto Nacional

Penitenciario y Carcelario - INPEC, en los

establecimientos de reclusion del orden nacional, en

los centros de reclusion militar y/o en las estaciones

de policia.

$340.058.591.644 12 Meses≥ 25% del

PO≥ 1,5 ≤ 60% ≥ 2 ≥ 5% ≥ 3%

https://www.contratos.gov.co/consultas/detallePr

oceso.do?numConstancia=15-1-151133

PROCESOS CONTRATACIÓN AÑO 2015

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Tabla. Procesos de Contratación de la USPEC Relacionados con “CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN”– 2017

Fuente: Bolsa Mercantil de Colombia

En el portal de Contratación Estatal - SECOP, se identificaron los siguientes procesos de contratación con actividades relacionadas o similares, desarrolladas por Entidades Públicas diferentes a la USPEC y al INPEC, en estas, se evaluaron los indicadores financieros y de capacidad organizacional:

Tabla. Procesos de Contratación de la USPEC Relacionados con “CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL

SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA INTERNOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN”– 2018

Entidad Contratante CONTRATISTA Objeto VALOR Plazo

CAPITAL

DE

TRABAJO

*

LIQUIDEZENDEUDAMI

ENTO

COBERTUR

A DE

INTERESES

RENTABILIDA

D

PATRIMONIO

RENTABILIDA

D ACTIVOLINK

UNIDAD DE

SERVICIOS

PENITENCIARIOS Y

CARCELARIOS

BOLSA MERCANTIL

DE COLOMBIA

Prestación del servicio de alimentación, mediante el

suministro de alimentos por el sistema de ración,

para la población privada de la libertad recluida en los

establecimientos de reclusión del orden nacional, en

los centros de reclusión militar y/o en las estaciones

de policía a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y

carcelario –INPEC

$455.012.432.203 14 Meses≥ 15% del

PO≥ 2,4 ≤ 45% ≥ 2 ≥ 4% ≥ 2,4%

http://www.bolsamercantil.com.co/Productos/Mer

cadodeComprasP%C3%BAblicas/EntidadesComprad

orasActuales.aspx

PROCESOS CONTRATACIÓN AÑO 2017

ENTIDAD CONTRATANTE CONTRATISTA VALOR PlazoCapital de

trabajoliquidez

Endeudami

ento

Cobertura de

interes

Rentabilidad

Patrimonio

Rentabilidad

ActivoLink

UNIDAD DE SERVICIOS

PENITENCIARIOS Y

CARCELARIOS

BOLSA MERCANTIL DE

COLOMBIA 186.357.438.742,78$ 145 DÍAS ≥ 20% del PO ≥ 2 ≤ 60% ≥ 2 ≥ 5% ≥ 3%

https://mcp.bolsamercantil.com.co

/ArchivosPublicados//PDF/PubId=4

593_FTN%20DEFINITIVA%20-

%203%20DE%20JULIO%20(1)%20(1)

.pdf

PROCESOS CONTRATACIÓN AÑO 2018

Objeto

LA PRESENTE NEGOCIACIÓN TIENE COMO OBJETO LA

PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL

SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA

LA POBLACIÓN PRIVADA DE LA LIBERTAD (PPL) RECLUIDA EN

LOS ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL,

CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR, ESTACIONES DE POLICÍA,

UNIDADES TÁCTICAS MILITARES Y CUALQUIER OTRO

ESTABLECIMIENTO QUE ALBERGUE PPL A CARGO DEL INSTITUTO

NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC

(EXCEPTUANDO LAS PPL EN DETENCIÓN DOMICILIARIA) - CON

CARGO A LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y

CARCELARIOS -USPEC.

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Tabla. Procesos de Contratación de Procesos similares en otras Entidades Públicas

Fuente: Portal de Contratación Estatal - SECOP Del estudio de la demanda basada en muestreo de contratación en los últimos años, se concluye que esta clase de actividades son adquiridas por entidades del Estado a proveedores seleccionados a través de licitaciones públicas. Para ello se suscriben contratos prestación de servicios o suministro de bienes y servicios. El número de oferentes es variado, en estos participan personas naturales, firmas societarias y sociedades de promesas futuras. El año inmediatamente anterior y lo corrido de la presente vigencia, el proceso se realizó a través de la Bolsa Mercantil de Colombia.

ENTIDAD

CONTRATANTECONTRATISTA OBJETO VALOR PLAZO

CAPITAL DE

TRABAJO*LIQUIDEZ ENDEUDAMIENTO

COBERTURA

DE

INTERESES

RENTABILIDAD

PATRIMONIO

RENTABILIDAD

ACTIVOLINK

ANTIOQUIA - ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

MEDELLÍN

MARIA MERCEDES

RICO CARDENAS

PRESTACION DEL SERVICIO DE ATENCIÓN

ALIMENTARIA PARA EL PROGRAMA DE

ALIMENTACIÓN ESCOLAR - PAE

$ 42.502.113.164 74 dias ≥ 30% del PO ≥ 1,5 ≤ 60% ≥ 4 ≥ 0,08 ≥ 0,04

https://www.contratos.gov.co/consultas/d

etalleProceso.do?numConstancia=16-1-

159363

CESAR -

GOBERNACIÓN

MAYKEL DAYANA

DAZA BLANCO

PRESTACION DEL SERVICIO DE ALIMENTACION

ESCOLAR A LOS NIÑOS, NIÑAS Y

ADOLESCENTES ESCOLARIZADOS EN LAS

AREAS RURAL Y URBANA DEL DEPARTAMENTO

DEL CESAR, ACORDE A LOS LINEAMIENTOS

TÉCNICO ADMINISTRATIVOS Y ESTÁNDARES DEL

PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR ¿ PAE,

SEGUNDO SEMESTRE DE LA VIGENCIA 2016

$ 22.912.479.300 85 dias ≥ 40% del PO ≥ 2,5 ≤ 45% ≥ 2 ≥ 0,15 ≥ 0,075

https://www.contratos.gov.co/consultas/d

etalleProceso.do?numConstancia=16-1-

158902

ANTIOQUIA - ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

MEDELLÍN

CORPORACION

HACIA UN VALLE

SOLIDARIO

Prestación de servicios para la atención alimentaria a

población escolar$ 37.068.809.011 58 dias No Reporta ≥ 1,4 ≤ 0,6 ≥ 2 ≥ 8% ≥ 6%

https://www.contratos.gov.co/consultas/d

etalleProceso.do?numConstancia=16-1-

154091

CESAR -

GOBERNACIÓN

PIERALNGEL

VARGAS VANEGAS

PRESTACION DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN

ESCOLAR A LOS NIÑOS, NIÑAS Y

ADOLESCENTES ESCOLARIZADOS EN LAS

ÁREAS RURAL Y URBANA DEL DEPARTAMENTO

DEL CESAR, ACORDE A LOS LINEAMIENTOS

TÉCNICO ADMINISTRATIVOS Y ESTÁNDARES DEL

PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR ¿ PAE.

VIGENCIA 2017

$ 12.292.769.268 36 dias ≥ 40% del PO ≥ 2,5 ≤ 45% ≥ 2 ≥ 0,15 ≥ 0,075

https://www.contratos.gov.co/consultas/d

etalleProceso.do?numConstancia=16-1-

167313

CUNDINAMARCA -

GOBERNACIÓN

PROALIMENTOS

LIBER SAS

DESARROLLAR EL PROGRAMA DE

ALIMENTACIÓN ESCOLAR, A TRAVÉS DEL CUAL

SE BRINDA UN COMPLEMENTO ALIMENTARIO A

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES REGISTRADOS

EN EL SISTEMA INTEGRADO DE MATRICULA

¿SIMAT

$ 15.001.517.571 75 dias ≥ 30% del PO ≥ 1,2 ≤ 65% ≥ 2 ≥ 7% ≥ 5%

https://www.contratos.gov.co/consultas/d

etalleProceso.do?numConstancia=16-1-

166737

META -

GOBERNACIÓN

UNION TEMPORAL

NUTRIVIDA

PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN

ESCOLAR EN LOS ESTABLECIMIENTOS

EDUCATIVOS OFICIALES FOCALIZADOS DEL

DEPARTAMENTO DEL META, MEDIANTE LA

ENTREGA DE COMPLEMENTOS ALIMENTARIOS

EN LAS DIFERENTES MODALIDADES, ASÍ:

6.275.332 COMPLEMENTOS ALIMENTARIOS

MODALIDAD RACIÓN INDUSTRIALIZADA PARA

62.132 ESTUDIANTES, DURANTE 101 DÍAS

CALENDARIO DEL AÑO 2017, 391.476

COMPLEMENTOS ALIMENTARIOS MODALIDAD

ALMUERZO (PREPARADA EN SITIO) A 3.876

ESTUDIANTES EXTERNOS DE LOS

RESTAURANTES ESCOLARES

FOCALIZADOS,DURANTE 101 DÍAS CALENDARIO

DEL AÑO 2017, 386.448 COMPLEMENTOS

ALIMENTARIOS MODALIDAD ALMUERZO

(PREPARADA EN SITIO) A 3.648 ESTUDIANTES DE

JORNADA ÚNICA, DURANTE 101 DÍAS

CALENDARIO DEL AÑO 2017, Y 3.816.400

COMPLEMENTOS ALIMENTARIOS MODALIDAD

DESAYUNO, REFRIGERIO A.M., ALMUERZO,

REFRIGERIO P.M., Y CENA (PREPARADA EN

SITIO) A 5.452 ESTUDIANTES INTERNOS DE LOS

ESTABLECIMIENTOS CON SERVICIO DE

INTERNADO, A RAZÓN DE 5 COMPLEMENTOS

ALIMENTARIOS DIARIOS POR ESTUDIANTE,

DURANTE 140 DÍAS CALENDARIO DEL AÑO 2017.

$ 26.934.881.980 140 dias ≥ 30% del PO ≥ 2,9 ≤ 0,30 ≥ 2,5 ≥ 0,15 ≥ 0,11

https://www.contratos.gov.co/consultas/d

etalleProceso.do?numConstancia=16-1-

167370

PROCESOS CONTRATACIÓN

ENTIDAD

CONTRATANTECONTRATISTA OBJETO VALOR PLAZO CAPITAL DE TRABAJO LIQUIDEZ ENDEUDAMIENTO

COBERTURA DE

INTERESES

RENTABILIDAD

PATRIMONIO

RENTABILIDAD

ACTIVOLINK

ICBFINGREDION

COLOMBIA S.A

“Producción de

Alimentos de Alto Valor

Nutricional en las

Plantas de Producción

del ICBF, desarrollo de

nuevos productos y

distribución mensual a

los puntos de entrega

primarios

$ 478.809.001.986 1.446 dias >= 3% del PO >= 1.2 <= 60% >= 2 >= 5% >= 3%

https://www.contratos.gov

.co/consultas/detalleProce

so.do?numConstancia=15-1-

150071

PROCESOS CONTRATACION

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Avenida Calle 26No. 69-76 Bogotá, Colombia Edificio Elemento Torre 4 - Pisos 12,13,14 Teléfono: (57) (1) 4864130 www.uspec.gov.co Código: G1-S1-FO-02 Vigencia: 18/ 12/2018 Pagina: 21 de 28 Versión: 10

En relación con el presente estudio, es importante hacer un comparativo adicional en cuanto a los indicadores establecidos por la Entidad para este tipo de proceso en años anteriores y que a continuación se detalla:

Tabla. Comparativo Indicadores financieros procesos de alimentación USPEC

* PO presupuesto Oficial - G/GO grupo o grupos ofertados Fuente: SECOP – Bolsa Mercantil de Colombia ESTUDIO DE LA OFERTA La verificación del comportamiento financiero de los sectores de las empresas que ofrecen los bienes objeto del contrato, busca establecer los indicadores financieros con el fin de permitir el mayor número de participantes, y que ofrezcan la menor probabilidad de riesgo de incumplimiento por razones financieras. Para el análisis de la oferta, se realizó un análisis financiero de los proveedores del sector, donde se consultaron 371 empresas en la base del Sistema de Información y Reporte Empresarial - SIREM, las cuales ejecutan actividades relacionadas con el objeto de este proceso. El mercado de empresas que se filtró, fue teniendo en cuenta la CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL UNIFORME DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, Revisión 4 adaptada para Colombia CIIU Rev. 4 A.C:

Tabla: Sectores Consultados en SIREM:

CODIGO SECTOR

C 1084 Elaboración de comidas y platos preparados

G 4631 Comercio al por mayor de productos alimenticios

I 5611 Expendio de comidas preparadas

I 5613 Expendio de comidas preparadas en cafeterías

I 5619 Otros tipo de expendio de comidas preparadas

INDICADORES FINANCIEROS 2013-LP 03 2014-LP 01 2014-LP 22 2015 -LP 50 2017 - BMC 2018 - BMC

Liquidez (>) ó (=) I a 1 (>) ó (=) I a 2 (>) ó (=) I a 1,4 (>) ó (=) I a 1,5 (>) ó (=) I a 2,4 (>) ó (=) I a 2

Endeudamiento (<) ó (=) al 60% (<) ó (=) al 50% (<) ó (=) al 60% (<) ó (=) al 60% (<) ó (=) al 45% (<) ó (=) al 60%

Prueba Acida N/A (>) Ó (=) a 1,3 (>) Ó (=) a 1,1 (>) Ó (=) a 1,1 N/A (>) Ó (=) a 1,7

Razon de cobertura de intereses N/A (>) ó (=) a 5 (>) ó (=) a 2 (>) ó (=) a 2 (>) ó (=) a 2 (>) ó (=) a 2

Capital Real

(>) ó (=) al 20=

del valor de PO

del G/GO

N/A N/A N/A N/A N/A

Capital de trabajo

(>) ó (=) al 20%

del valor de PO

del G/GO

(>) ó (=) al 40%

del valor de PO

del G/GO

(>) ó (=) al 30%

del valor de PO

del G/GO

(>) ó (=) al 25%

del valor de PO

del G/GO

(>) ó (=) al 15%

del valor de PO

del G/GO

(>) ó (=) al 20%

del valor de PO

del G/GO

CAPACIDAD ORGANIZACIONAL 2013-LP 03 2014-LP 01 2014-LP 22 2015 -LP 50 2017 - BMC 2018 - BMC

Rentabilidad del patrimonio N/A (>) ó (=) al 8% (>) ó (=) al 8% (>) ó (=) al 5% (>) ó (=) al 4% (>) ó (=) al 5%

Rentabilidad del activo N/A (>) ó (=) al 6% (>) ó (=) al 6% (>) ó (=) al 3% (>) ó (=) al 2,4% (>) ó (=) al 3%

COMPARATIVO INDICADORES FINANCIEROS PROCESOS DE ALIMENTACIÓN

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Avenida Calle 26No. 69-76 Bogotá, Colombia Edificio Elemento Torre 4 - Pisos 12,13,14 Teléfono: (57) (1) 4864130 www.uspec.gov.co Código: G1-S1-FO-02 Vigencia: 18/ 12/2018 Pagina: 22 de 28 Versión: 10

I 5621 Catering para eventos

Fuente: Encuestas del DANE - Sistema de Información y Reporte Empresarial - SIREM Fecha de Consulta: 19 de marzo de 2018,

El presente estudio, relaciona la información tenida en cuenta en el proceso realizado por la USPEC en el primer semestre de la presente vigencia, dado que la base de datos del SIREM, muestra los estados financieros del año inmediatamente anterior, debido a que los mismos se actualizan una vez al año. (En este caso para la vigencia 2018 los datos se actualizarán en abril de 2019). Para determinar el comportamiento del sector se tomaron las 372 empresas filtradas por la base de del Sistema de Información y Reporte Empresarial - SIREM. Con corte a diciembre de 2016, A estas empresas se les calcularon los indicadores de Capital de Trabajo, Índice de Liquidez, Endeudamiento, Cobertura de Interés, Rentabilidad del Patrimonio y Rentabilidad del Activo; según Anexo. Cálculo de indicadores por Grupo de acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas Revisión adaptada para Colombia, CIIU Rev. 4 A.C.

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Avenida Calle 26No. 69-76 Bogotá, Colombia Edificio Elemento Torre 4 - Pisos 12,13,14 Teléfono: (57) (1) 4864130 www.uspec.gov.co Código: G1-S1-FO-02 Vigencia: 18/ 12/2018 Pagina: 23 de 28 Versión: 10

De acuerdo a las estadísticas anteriores se sugieren los siguientes indicadores para el proceso de ESTUDIOS DEL SECTOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN, MEDIANTE EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS POR EL SISTEMA DE RACIÓN, PARA LA POBLACION PRIVADA DE LA LIBERTAD RECLUIDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN DEL ORDEN NACIONAL, EN LOS CENTROS DE RECLUSIÓN MILITAR Y/O EN LAS ESTACIONES DE POLICÍA A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO –INPEC

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