este trabajo constituye una inspección detallada de una obra en ejecución,

8
2.1.- INSPECCION DE OBRAS Definición adoptada en las Primeras Jornadas Venezolanas sobre Inspección de Obras: “Inspección de Obras es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realización de la obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales derivados del interés colectivo y objetivos específicos derivados de los variados intereses que intervienen en el proceso total de la obra”. i) Descripción: Actividad profesional realizada en forma permanente en relación al lapso de ejecución de una obra, que se requiere para garantizar que se desarrolle de conformidad con las normas técnicas, los planos, especificaciones, presupuesto y demás documentos que constituyen el proyecto correspondiente. Abarca el control sobre la totalidad de la calidad en una obra, vista ésta como un todo, así como también el control de la calidad de los materiales empleados, verificando que los equipos, la mano de obra y servicios se empleen con la suficiente racionalidad, cumpliendo las especificaciones técnicas pertinentes y las normas de seguridad industrial. El desarrollo de esta actividad puede requerir de un grupo de profesionales y técnicos que sirven de soporte para las distintas actividades que contemple una obra, dependiendo de su complejidad o magnitud, estando coordinado por la figura central del Profesional encargado de la inspección o de la persona jurídica que cumple tal función. ii) Alcance: Al desempeñarse como Inspector, el profesional actúa como representante del Ente Contratante ante el Contratista y ante los beneficiarios de la obra. Este tipo de servicio involucra: 1) La inspección técnica, cuyo objeto es garantizar que la obra se ejecute de acuerdo con los planos y especificaciones, requiriéndose en la mayoría de los casos servicios de apoyo, como la ejecución de ensayos de control de calidad, mediciones o levantamientos topográficos, etc. 2) La inspección administrativa, la cual implica mediciones de obra, verificación del presupuesto, trámite de actas, control de programas de trabajo y autorizaciones de pago o valuaciones al Contratista: firma de valuaciones Las actividades necesarias para inspeccionar una obra deben responder a un proceso previo de

Transcript of este trabajo constituye una inspección detallada de una obra en ejecución,

2.1.- INSPECCION DE OBRAS Definicin adoptada en las Primeras Jornadas Venezolanas sobre Inspeccin de Obras: Inspeccin de Obras es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realizacin de la obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales derivados del inters colectivo y objetivos especficos derivados de los variados intereses que intervienen en el proceso total de la obra. i) Descripcin: Actividad profesional realizada en forma permanente en relacin al lapso de ejecucin de una obra, que se requiere para garantizar que se desarrolle de conformidad con las normas tcnicas, los planos, especificaciones, presupuesto y dems documentos que constituyen el proyecto correspondiente. Abarca el control sobre la totalidad de la calidad en una obra, vista sta como un todo, as como tambin el control de la calidad de los materiales empleados, verificando que los equipos, la mano de obra y servicios se empleen con la suficiente racionalidad, cumpliendo las especificaciones tcnicas pertinentes y las normas de seguridad industrial. El desarrollo de esta actividad puede requerir de un grupo de profesionales y tcnicos que sirven de soporte para las distintas actividades que contemple una obra, dependiendo de su complejidad o magnitud, estando coordinado por la figura central del Profesional encargado de la inspeccin o de la persona jurdica que cumple tal funcin. ii) Alcance: Al desempearse como Inspector, el profesional acta como representante del Ente Contratante ante el Contratista y ante los beneficiarios de la obra. Este tipo de servicio involucra: 1) La inspeccin tcnica, cuyo objeto es garantizar que la obra se ejecute de acuerdo con los planos y especificaciones, requirindose en la mayora de los casos servicios de apoyo, como la ejecucin de ensayos de control de calidad, mediciones o levantamientos topogrficos, etc. 2) La inspeccin administrativa, la cual implica mediciones de obra, verificacin del presupuesto, trmite de actas, control de programas de trabajo y autorizaciones de pago o valuaciones al Contratista: firma de valuaciones Las actividades necesarias para inspeccionar una obra deben responder a un proceso previo de estudio, donde se debern determinar los factores incidentes para lograr una inspeccin eficiente y eficaz de acuerdo con la obra que se va ejecutar. Una vez definido en trminos generales lo que debe realizarse, corresponde organizar las actividades especficas, y disponer los elementos requeridos en unidades operativas adecuadas, estableciendo las lneas de mando y sistemas para su ptima utilizacin. Inspecciones Municipales: Existe una modalidad aplicada por las alcaldas, relativa a la Inspeccin de edificaciones o urbanismos, con alcance referido nicamente a la verificacin del cumplimiento de las variables urbanas fundamentales. Esta supervisin es contratada por los municipios, de acuerdo a la Ley Orgnica de Ordenacin Urbanstica y generalmente se aplica a las obras de carcter privado.INGENIERO INSPECTOR Profesional de la Ingeniera (Colegiado) especializado en el campo de la naturaleza del proyecto a ejecutar, con experiencia suficiente para ser el responsable de la Inspeccin de la obra y de controlar que la construccin se realiza cumpliendo cada una de sus requerimientos y etapas, de acuerdo con los planos, las especificaciones y dems documentos del proyecto. El Ingeniero Inspector es el representante del Ente Contratante y generalmente es el nico autorizado para comunicar al contratista, las posibles modificaciones (Autorizadas por el contratante) o nuevas propuestas tcnicas que modifiquen el proyecto o el presupuesto. Todos los supervisores o superiores jerrquicos deberan comunicar estos cambios a travs del Ingeniero inspector. Un Ingeniero Inspector necesita dominar dos aspectos fundamentales: i.- ASPECTO TCNICO: - El conjunto de normas y especificaciones para la construccin.Las pruebas, sistemas de muestreo, ensayos y verificaciones. ii.- ASPECTO METODOLGICO. Constituido por la forma y sistema de realizar el trabajo de inspeccin con la debida eficacia desde el punto de vista econmico- administrativo e informativo. La firma de las valuaciones es una de las principales acciones que identifica al ingeniero Inspector, por lo que ste debe luchar toda su vida profesional para no terminar siendo un simple firmador tarifado en la nmina de algn contratista o un ingenuo (Tonto til) que firma todo cuanto le ponen por delante, sin tener conciencia de su alta responsabilidad. Esto aplica, tanto para el ingeniero inspector como para el residente.2.2.- RESIDENCIA DE OBRAS i) Descripcin: Actividad ejecutada para una empresa o contratista, por un profesional de la ingeniera Colegiado o grupo de profesionales y tcnicos, coordinados igualmente por un profesional de la ingeniera responsable de dirigir la ejecucin de una obra y cuya misin primordial consiste en ejecutar la construccin de la obra tal como se previ en los planos, especificaciones y dems documentos del proyecto, salvo las adaptaciones aprobadas que sean necesarias en campo; de conformidad con el Presupuesto y el proyecto de la Obra, las normas tcnicas y de seguridad, la tica y dentro de los lmites presupuestarios y contractuales programados. ii) Alcance: El profesional residente suele tener simultneamente la responsabilidad tcnica y administrativa de la obra, no obstante, de acuerdo a la magnitud de la obra, las funciones administrativas pueden compartirse o asignarse a personal de apoyo al residente. El ejercicio de las funciones del profesional residente reviste obligatoriedad legal para efectuar construcciones, detentando adems como persona natural o jurdica responsabilidad civil y penal de la construccin, compartida con el Contratista.INGENIERO RESIDENTE Profesional de la Ingeniera especializado en el campo de la naturaleza de la obra, encargado de dirigir por parte del Contratista, la ejecucin, conforme a los planos y especificaciones tcnicas establecidas en el proyecto, velando por el mejor aprovechamiento de los equipos, herramientas, recursos humanos adecuados y necesarios; cumpliendo las Normas de Seguridad e Higiene Industrial y de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato suscrito por el Contratista. El Ingeniero Residente es el representante tcnico del Contratista en la obra y es el encargado de la planificacin, ejecucin de la obra y de las actividades de control, tales como calidad, organizacin del personal, actas, mediciones, valuaciones y dems actos administrativos similares. En pocas palabras, el Ingeniero Residente es el representante tcnico del contratista en la obra, encargado de su Planificacin y Ejecucin con la calidad esperada. El Ingeniero Inspector es el encargado de la Supervisin Tcnica, certificacin de calidad y cantidades de obra ejecutada y es el medio de comunicacin oficial entre el Contratista y el Contratante. LA RESIDENCIA DE OBRAS DE ACUERDO AL COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA (Manual de Contratacin de Servicios de Consultora de Ingeniera, Arquitectura y Prof. Afines - ST-09) Descripcin: se entiende por residencia, el servicio prestado por un profesional que acta como representante tcnico y profesional del contratista, durante la ejecucin de una obra. Su misin tiene como fin primordial el que ella sea ejecutada eficientemente, de conformidad con las mejores normas tcnicas y de seguridad, segn los planos, especificaciones y dems documentos del proyecto. Alcance: e l profesional residente suele tener simultneamente la responsabilidad tcnica y administrativa de la obra; sin embargo de acuerdo a la magnitud de la misma se le puede desligar de la responsabilidad administrativa. En cualquier caso sin embargo, las funciones del profesional residente son de obligatoriedad legal, detentando adems como persona jurdica individual y en primera instancia, la responsabilidad civil y penal de la construccin. Producto del Servicio: Consiste en llevar adelante la obra en la forma tal como se previ en el proyecto, salvo los ajustes que sea necesario efectuar en campo, para desarrollar de una mejor manera la obra dentro de los lmites presupuestarios programados. Sustituye en muchos casos las actividades y alcances indicados en la gerencia de construccin (SI-10), incluye el asiento de informacin (Libro de Obra-CIV). Nota: Normalmente la residencia es llevada a cabo por un slo profesional responsable en el sitio de la obra, pudindose acordar con el cliente la coordinacin de personal supervisor adicional, puesto a disposicin por el cliente para la obra. - OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENCIA DEL INGENIERO RESIDENTE EN LAS OBRAS PBLICAS. DECRETO N 1.417- CGCO-GACETA N 5096 DEL 16/09/96 (Importante para la defensa del Ejercicio Profesional) Artculo 21 CGCO: El contratista deber mantener al frente de la obra un Ingeniero en legal y libre ejercicio de la profesin, quin ejercer las funciones de Ingeniero Residente, con experiencia y especialidad en el rea de la obra objeto del contrato, certificado como tal por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, y participar por escrito al Ente Contratante la designacin de ste, acompaada de la constancia de su aceptacin, de copia de la solvencia y la certificacin emitida por el Colegio de Ingeniero de Venezuela. El Ingeniero Residente tendr poder suficiente para actuar por el Contratista durante la ejecucin de los trabajos.El contratista deber notificar al ente contratante cuando por cualquier causa deba sustituir al Ingeniero Residente designado. Mientras el contratista no d cumplimiento a lo previsto en este artculo, no podr iniciar o continuar segn el caso la ejecucin de la obra. El ente contratante podr ordenar la paralizacin de los trabajos en cualquier momento cuando compruebe que no se cumple lo previsto en este artculo, sin perjuicio de declarar la rescisin del contrato si el incumplimiento de este requisito se prolonga por ms de una semana. En caso de que el Ingeniero Residente se retire de la obra sin dar previo aviso al contratista o cuando se compruebe debidamente que ha sufrido un accidente, alguna enfermedad u otra causa que lo justifique, el Contratista no podr continuar las obras sin la presencia de un Ingeniero Residente. El ente contratante tendr el derecho de rechazar al Ingeniero Residente designado por el contratista cuando, a su juicio, existan causas que lo justifiquen. Cuando la naturaleza de la obra lo requiera, el ente contratante podr exigir al contratista la designacin de varios Ingenieros en ejercicio legal de la profesin. En tal caso, uno de ellos deber ser designado Ingeniero Residente de la Obra. NOTA: la figura del Ingeniero Residente al frente de cualquier obra, es obligatoria desde el punto de vista legal y profesional (adems de lgica y por sentido comn), por estar prevista en la Ley de Ejercicio de la Ingeniera, como en las condiciones Generales de Contrataciones Nacionales y Regionales, en el Cdigo Civil y en la Ley de Orgnica de Ordenacin Urbanstica, tanto para Obras Pblicas como Privadas. 2.3.- ENTE CONTRATANTE Organismo Pblico, Persona Natural o Jurdica, de carcter Pblico o Privado, encargado de ejecutar una obra de ingeniera, Contratar un servicio o adquirir bienes, bien sea para uso colectivo o particular, mediante el aporte de los recursos financieros y la contratacin de una o varias empresas contratistas, segn la magnitud o complejidad del proyecto. Ente que origina la contratacin y la avala un Contrato mediante la firma de su representante legal, efectuando los pagos correspondientes. 2.4.- ENTE EJECUTOR Entidad encargada de llevar adelante una determinada obra con la aplicacin de las medidas de control e inspeccin. Ejemplo: el ente contratante puede ser una Gobernacin de Estado y el ejecutor podra ser una Direccin de un Ministerio, o tambin un Instituto Estadal y una dependencia regional adscrita a un Ministerio, respectivamente. Generalmente el Contratante y el Ejecutor son la misma persona jurdica.

2.6.- CONTRALORIA O UNIDAD DE FISCALIZACION En los Organismos Pblicos y en algunos entes privados existe un rgano que se encarga por velar que efectivamente los recursos se estn invirtiendo de acuerdo con las previsiones presupuestarias y al marco tcnico y administrativo. Dicho Ente Contralor, generalmente representa una instancia administrativa superior al Inspector y al Contratante. Tambin vela que las valuaciones tramitadas, efectivamente fueron ejecutadas y que corresponden a la obra contratada. Dicho control puede ser perceptivo, posterior a la obra o efectuarse durante la obra, segn cada ente. Dependiendo de sus atribuciones, el ente contralor puede enviar a la obra supervisores para constatar las cantidades de las valuaciones ya tramitadas. El Inspector debe procurar guardar las mejores relaciones con estos Supervisores, manteniendo disponible la informacin que requieran dentro de sus funciones, para as evitar el retraso de pagos o que la obra se vea afectada por carencia de requisitos al ser de fiscalizada.2.7.- GERENCIA DE PROYECTOS Con el transcurrir del tiempo las obras se hacen ms sofisticadas. La especializacin se diversifica. Surge un nuevo elemento adicional a la Inspeccin: La Gerencia de Proyectos, dentro del proceso total de la obra, conforma un sistema o manejo integral de coordinacin, control, evaluacin y retroalimentacin de todo el proceso de la obra desde el momento mismo de su concepcin, donde la Inspeccin es una fase de apoyo dentro de ese sistema. 2.8.-CONTRATISTA Empresa Calificada que asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligacin y responsabilidad de realizar una obra a travs de una relacin contractual en un lapso establecido y por un monto acordado. Segn el tipo de contrato, aporta elementos de trabajo, materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares necesarios y previstos en el presupuesto contratado.