ESCUELA SUPERIOR POLITECNICA DEL LITORAL Instituto de ... · Principio de Legalidad..... 13...

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  • ESCUELA SUPERIOR POLITECNICA DEL LITORAL

    Instituto de Ciencias Matemhticas

    MODELO MATEMATICO PARA LA VALORACION DEL SUELO

    QUE OPTIMICE EL IMPUESTO PRfjDIAL: UNA APLICACION

    (PARTE A)

    T E S I S D E G R A D O

    Previa a la obtencin del Ttulo de:

    INGENIERO EN ESTADISTICA INFORMATICA

    P r e s e n t a d a p o r :

    Marco Vinicio @u~co Maldonado

    UE- l 1111111 III 111111 III ll111 11111 lllll llll l*D-20557*

    GUAYAQUIL - ECUADOR

    A O

    2 0 0 0

  • AGRADECIMIENTO

    A Dios, por darme la fuerza y la

    capacidad de desarrollar este

    trabajo. A mis padres, que da a

    da me dan su amor, su

    comprensin y han sabido guiarme

    por la senda correcta. A mi aa

    Narcisa, por su constante cario y

    el apoyo brindado en una

    importante etapa de mi vida. A mi

    director de tesis, el Mat. John

    Ramrez, por la ayuda ofrecida en

    el transcurso de esta investigacin.

    A mi familia, por la confianza que

    depositaron en m. A mis amigos,

    Por brindarme su amistad

    incondicional.

  • BEl3ICATORIA

    A mis padres, Marco y Mariana,

    por el constante apoyo brindado

    para salir adelante. A mis

    hermanas, Yomaira y Lisbeth, por

    todo lo que representan para m. A

    la memoria de mis abuelitos y de

    mi hermano Oscar.

  • TRIBUNAL DE GRADUACION

    GIng. Flix Ramrez

    DIRECTOR DEL INSTITUTO DECIENCIAS MATEMATICAS

    Mat. John Ramrez FigueroaDIRECTOR DE TESIS

    Ing. Jorge Fernndez Ing. Julio RodrguezVOCAL VOCAL

  • DECLARACION EXPRESA

    La responsabilidad del contenido de esta

    Tesis de Grado, me corresponde

    exclusivamente; y el patrimonio intelectual

    de la misma a la ESCUElA SUPERIOR

    POLITECNICA DEL LITORAL

    (Reglamento de Graduacin de la ESPOL).

  • RESUMEN

    El presente trabajo muestra la construccin de un modelo de regresin lineal

    mltiple basado en las caractersticas de los solares del Cantdn Durn, con la

    finalidad de optimkar la recaudacin del impuesto predial, desarrollada

    actualmente por el sistema de tablas de precios del Municipio de Durn, el

    estudio explora desde los antecedentes hstrkos del catastro en el Ecuador

    y en el mundo, el sstema de recaudacin utilizado por esta entidad, el censo

    catastral organizado por su departamento de avalos y catastros de este

    municipio, la construccin del modelo, una comparacin entre los resultados

    obtenidos por nuestra metodologa y el sistema de Durn y una aplicacin

    por medio de un paquete computacional desarrollado especialmente para el

    efecto.

  • INDICE GENERAL

    Pg.

    RESUMEN...................................................................................... II

    INDICE GENERAL,., ...................................................................... .-ll 1

    ABREVIATURAS............................................................................. IV

    INDICE DE FIGURAS.......................................................................V

    INDICE DE TABLAS........................................................................ VI

    INTRODUCCIN .............................................................................. .

    1. LOS CATASTROS EN EL ECUADOR: ANTECEDENTES............... .2

    1.1. Antecedentes histricos........................................................... 2

    1.2. Desarrollo histrico en el Ecuador.............................................. 5

    1.3. Definicin de Catastro............................................................. 8

    1.4. Importancia del catastro en la Administracin del territorio .............. 9

    1.5. Ventajas del catastro en la Administracin del territorio .................. l l

    1.6. Base Legal de la Administracin Urbana .................................... 12

    1.6.1. Normas Constitucionales................................................ 13

    1.6.1.1. Principio de Legalidad.................................. 13

    1.6.1.2. Principio de Generalidad ............................... 14

    1.6.1.3. Principio de Igualdad.................................... 14

    1.6.2. Ley y reglamento de la propiedad horizontal ....................... .14

    1.6.2.1. Ley de la propiedad horizontal....................... -14

  • 1.6.3. Ley de Patrimonio Cultural y reglamento........................... .15

    1.6.4. Ley de Defensa contra incendios...................................... 16

    1.65 Ley del Anciano y reglamento general ................................ 16

    1.6.6. Clases de personas y bienes........................................... 16

    1.6.6.1. Clases de personas...................................... 17

    1.6.6.2. Bienes....................................................... 17

    1.6.7. La Ley de Rgimen Municipal ......................................... .19

    1.6.7.1. Ley del municipio en general .......................... 19

    l-6.7.2. Ley de fines Municipales............................... 20

    1.6.7.3. Ley de la Autonoma Municipal ..................... ..2 2

    1.6.8. Impuestos: Predial y Adicionales....................................... 24

    1.6.8.1. Naturaleza de los tributos............................. .24

    1.6.9.Determinact1, liquidacin y recaudacin de impuesto predial y

    adicionales ................................................................... 28

    1.6.10. Exenciones ......................................................... .29

    1.6.11. Descuentos y recargos.......................................... .30

    1.6.12. Impuestos adicionales ............................................ 32

    1.6.12.1. Bonificacin de profesores............................. 33

    1.6.12.2. Educacin elemental y bsica........................ .33

    1.6.12.3. Fondo nacional de medicina rural .................... .

    1.6.12.4. Cuerpo de bomberos., ................................. -34

    1.6.12.5. Vivienda rural de inters social ..................... -34

  • 1.7. Polticas de catastro y resultados buscados.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..35

    1.7.1. Conceptuaiizacin general.. . . . . . . . . ,. _ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . _. . . . . ..35

    1.72. Resultados que se deben obtener.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .41

    1.7.3. Condiciones que se deben cumplir.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42

    1.7.3.1. Legalidad.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42

    l-7.3.2. Aprovechamiento de informacin.. . . . . . . . . . . . . . . . . . .42

    1.7.3.3. Multifinalidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42

    1.7.3.4. Desarrollo progresivo y activa participacin

    municipal.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..43

    1.7.3.5. Sistemas transparentes.. . . _ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..44

    .7.3.6. Procedimientos sistemticos de actualizacin.. . .44

    1.7.3.7. Adecuacin del sistema a la realidad local.. . . . . . . .45

    1.7.3.8. Separacin del avalo del suelo y de la

    construccin.. . . . . _ . . . . . . . . . . . . . _ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .45

    l-7.4. Aspectos generales vinculados al catastro.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .46

    1.7.4.1. La credibilidad del Municipio.. . . . . . . . . . . . . . . . . _ . . . . . ..46

    1.7.4.2. Aspectos legales.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .47

    1.7.4.3. Eficiencia Administrativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . - . . . . . . . . . 48

    1.7.5.Asistencia Tcnica del Programa de Desarrollo Municipal

    (PDM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . _ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .48

    1.7.5-l. Modalidades.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .48

  • II. ANLISIS Y DIAGN6STICO DEL CATASTRO UTILIZADO EN EL

    CANTN DURAN .................................................................. .52

    2.1. Cantn Durn: Informacin general .......................................... .52

    2.1.1. Infraestructura existente en el Cantn Durn ....................... .

    2.1.1.1. Agua Potable.. .......................................... -54

    2.1.1.2. Alcantarillado Sanitario................................ .55

    2.1.1.3. Alcantarillado Pluvial .................................... 55

    2.1.1.4. Pavimentacin ........................................... .55

    2.1.1.5. Servicio Telefnico...................................... .55

    2.1.1.6. Servicio Elctrico....................................... .56

    2.1.1.7. Servicio de Recoleccin de Basura............... ..5 6

    2.2. Estructura de la realizacin del censo catastral del Cantn Durn .. .58

    2.2.1. Objetivos del censo catastral del Cantn Durn.................. .59

    2.2.2. Plan de trabajo del censo catastral del Cantn Durn......... ..6 1

    2.2.2.1. Sondeo del lugar de trabajo........................... 61

    2.2.2.2. Capacitacin del personal ............................ .62

    2.2.2.3. El catastro................................................ .62

    2.2.2.4. Estudios para la aplicacin de la nueva Ordenanza

    Municipal .................................................. .62

    2.2.2.5. Reajuste del programa y del departamento...... .63

    2.2.2.6. Censo Industrial .......................................... .63

    2.2.2.7. Digitacin y reinspeccin del trabajo final ......... .64

  • 2.2.3. Principales problemas del censo catastral ......................... .65

    2.2.3.1. Problemas actuales del censo catastral. .......... .66

    2.2.4. Convenciones o definiciones........................................... .67

    2.2.4.1. Avalo Catastral ......................................... .67

    2.2.4.2. Avalo o valor comercial .............................. .68

    2.2.4.3. Monto o valor imponible.............................. ..6 8

    2.2.4.4. Clave catastral .......................................... ..6 8

    2.2.4.5. Empadronamiento ...................................... .68

    2.2.4.6. Deslinde predial ......................................... .69

    2.2.4.7. Lote......................................................... .69

    2.2.4.8. Planos Manzaneras ..................................... 69

    2.2.4.9. Personera Jurdica.................................... ..6 9

    2.2.5. Descripcin de la ficha catastral utilizada en el censo.......... .70

    2.251. Identificacin del predio............................... .71

    2.2.5.2. Datos de la escritura.. ................................. .72

    2.2.5.3. Caractersticas del solar.............................. .72

    2.2.5.4.

    2.2.5.5.

    2.2.5.6.

    2.2.5.7.

    2.2.5.8.

    2.2.5.9.

    Caractersticas de las edificaciones ............... .73

    Informacin complementaria .......................... 73

    Participantes de las actividades catastrales..... .74

    Especificaciones de las edificaciones............. .74

    Linderos y mensuras del terreno................... .76

    Ubicacin de la manzana............................ .76

  • 2.25 10. Croquis del predio ....................................... .76

    2.2511. Observaciones............................................ .76

    2.2.6. Implementacin de paquetes de software para el

    almacenamiento de los datos recogidos............................ .77

    2.2.7.Modelo utilizado por el Municipio de Durn para el clculo del

    Avalo Catastral ........................................................... -78

    2.2.7.1. Valoracin del suelo .................................... .79

    2.2.7.2. Valoracin de la construccin ........................ .81

    2.2.7.2.1. Valuacin de edificaciones por tipos ................... ..8 2

    2.3. Anlisis de la ordenanza de avalos y catastro del cantn Durn . . -34

    2.4. Anlisis estadstico del censo catastral ..................................... .88

    2.4.1. Muestreo Estratificado.................................................. -90

    2.4.2. Determinacin del tamao de la muestra.......................... .93

    2.4.2.1. Poblacin .................................................. .93

    2.4.2.2. Estratos .................................................... .93

    2.4.2.3. Variable de inters....................................... 94

    2.4.2.4. Estimador .................................................. .94

    2.4.2.5. Error mximo admisible............................... ..9 4

    2.4.2.6. Nivel de confianza....................................... .94

    2.4.2.7. Tamao de la muestra................................. .95

    2.4.3. Caractersticas de las viviendas....................................... .96

    2.4.4. Caractersticas del solar................................................ 101

  • 2.4.5.Uso de la edificacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 102

    III. PROPUESTA DE UN MODELO MATEMTICO PARA EL SISTEMA

    CATASTRAL DEL CANTN DURiiN ....................................... -104

    3.1. Justiicacin del Modelo Matemtico....................................... .104

    3.2. Anlisis de Regresin.......................................................... .105

    3.2-l. Regresin Lineal Simple............................................... -106

    3.2.2. Regresin Lineal Mltiple.............................................. 108

    3.2.3. Mtodo de Mnimos Cuadrados..................................... .109

    3.2.4.Prueba para la significacin de la relacin entre la variable

    dependiente y las variables explicatorias......................... .114

    3.2.5.Medicn de la asociacin en el modelo de regresin

    mltiple ..................................................................... .116

    3.2.6. Inferencias con respecto a los coeficientes de Regresin de la

    Poblacin.................................................................. .117

    3.2.6.1. Pruebas de Hiptesis................................. .118

    3.2.7. Multicolinearidad......................................................... 119

    3.2.8.Anlisis de influencias en regresin mltiple..................... .120

    3.2.8.1. Elementos de la matriz sombrero h.z ........................ 121

    3.2.8.2. Residuales de Student eliminados t., ....................... 121

    3.2.8.3. Estadstico de distancia oj de Cook....................... .122

    3.3. Variables utilizadas en el modelo matemtico............................ 122

  • 3.3.1 -Avalo Comercial Municipal .......................................... .123

    3.3.2.Sector ....................................................................... .123

    3.3.3.Uso de la edificacin.. .................................................. -124

    3.3.4.Construccin .............................................................. .125

    3.3.5.Ubicacin del lote.. ...................................................... .126

    3.3.6.Accesbilidad al lote.. .................................................... 126

    3.3.7.Infraestructura.. .......................................................... .128

    3.4. Matriz de datos.. ................................................................. -129

    3.5. Definicin del modelo matemtico.......................................... .13 1

    3.6. Estimacin de los parmetros.. .............................................. .132

    IV. APLICACl6N Y RESULTADOS.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..142

    4.1. Introduccin ..................................................................... .142

    4.2. Sector de Aplicacin .......................................................... .142

    4.3. Herramienta de Aplicacin.................................................. .143

    CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .154

    APENDICES

    BIBLIOGRAFIA

  • AJAAl-t.BEDECONSTECAPAG

    EMELGURgdl.INECINFRAMSR.MSEm*PDMR.O.R.U.C.SSRSSESSTUBICVlF

    Aire acondicionadoArtculoBanco del EstadoConstruccinEmpresa Cantonal de Agua Potable y Alcantarillado deGuayaquilEmpresa Elctrica Regional Guayas-Los RosGrados de libertadInstituto Nacional de Estadsticas yCensos.InfraestructuraMedia cuadrtica de regresinMedia cuadrtica del errorMetro cuadradoPrograma de Desarrollo MunicipalRegistro oficialRegistro nico de contribuyentesSuma cuadrtica de regresinSuma cuadrtica del errorSuma cuadrtica totalUbicacinVarianza inflacionaria

  • Pag.

    Figura 1.1Figura 1.2Figura 2.1Figura 2.2Figura 2.3Figura 2.4Figura 2.5Figura 2.6Figura 3.1

    Figura 3.2

    Figura 3.3Figura 3.4

    Figura 3.5Figura 3.6

    Figura 4.1Figura 4.2Figura 4.3Figura 4.4

    Importancia del catastro para el desarrollo nacional .........Diferencia entre catastro, ley e impuesto.......................Composicin de los tipos de viviendas en el estrato I ......Composicin de los tipos de viviendas en el estrato 2......Composicin de los tipos de viviendas en el estrato 3......Composicin de los tipos de viviendas en el cantn DurnCaractersticas del solar.............................................Utilizac& de las edificaciones....................................Representacin de la variable Y a travs de la variable deregresin X..............................................................Representacih de la variable Y a travks de dos vafiablesde regresin XI y X2 ..................................................Comportamiento de la variable AVALUO .......................Comparacin entre los valores observados y las estima-ciones del modelo.. ...................................................Anlisis de intluencias en el modelo de regresin. ...........Comparacin entre los valores observados y las estma-ciones del nuevo modelo...........................................Ventana de presentacQn del programa.........................Ingreso de datos del solar..........................................Especificaciones acerca de; la construccin de los pisos...Ventana de resultados ....... *. ................... . ..................

    1037979899

    100101102

    106

    108129

    135137

    140144148149152

  • INDICE DE TABLAS

    Pag.

    Tabla ITabla IITabla III

    Tabla IV

    Tabla V

    Tabla VITabla VII

    Tabla VIII

    Tabla IXTabla XTabla XITabla XII

    Tabla XIII

    Tabla XIV

    Tabla XV

    Tabla XVITabla XVII

    Gua para el clculo del impuesto predial urbano... . . . . . . . . .Impuestos adicionales generales para aplicar en catastro.Valor del inmueble en equivalente de salarios mnimosvitales del trabajador en general . ..- . . . . * . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Ciudad de Eloy Alfaro (Durn): Cobertura de servicios bsicos . . . . . . . . . . . . . . . . * . . . . . . . . . . . . . . . . . ...* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Ciudad de Durn: Poblacin econmicamente activa se-gn ramas de actividad econmica. _. _. . _ __ . __ __ _ __. . _ _ _. . _. . ._.Tipos de materiales de las partes de la construccin.. . . , . .Cuadro simplificado de los valores por metro cuadrado desuelo . . . . . . , . . _ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , . . . . . . . . . . . . . . . . . , . .Cuadro simplificado de los valores por metro cuadrado dela construccin.. . _ _ _ . _ _ _ . _ _ _ _ _ _ _ _ ._ _- _ _. _ . . _ _. . . . _ . +. . . . ._. _ _ - _. _ _ . . . . .Anlisis de varianza para la regresin lineal mltiple.. . . . . . .Ponderadores de la variable SECTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , . . . . . .Uso de la edificacin y su respectiva calificacin.. . . . . . . . . . . .Ponderackjn de las caractehticasde la. variable CONS-TRUCCION.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Ponderacin de los servicios para la variable INFRAES-TRUCTURA.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Anlisis del modelo propuesto utilizando la matriz dedatos original.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . -. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , . . . . . . . . . . . . .Anlisis del modelo propuesto utilizando la matriz dedatos modificada.. . . . . . . . . . _ . . . . . . . . . . _ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . _Caractersticas del modelo matemtico.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Caractersticas del solar del Sr. Benavides. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    3132

    35

    56

    5775

    87

    89115124125

    127

    128

    133

    138141145

  • INTROOUCCION

    En el Ecuador, a travs de la historia se ha utilizado de distintas maneras el

    concepto de catastro, pero an no se le acaba de dar la importancia que

    tiene para el desarrollo de la administracin del territorio, en nuestro medio

    todava se confunde el trmino catastro con impuesto predial y se los usa

    indistintamente para referirse a lo mismo, cuando estas definiciones tienen

    marcadas diferencias y se las debe tratar como entidades diferentes.

    El modelo utilizado por el Municipio del cantn Durn para el cobro del

    impuesto predial consta de dos partes, el avalo del suelo y el avalo de la

    construccin, el calculo del valor a pagar se basa en tablas de precios

    previamente establecidas por investigadores del Municipio y sustentadas en

    encuestas de oferta y demanda del mercado, estos precios tienden a ser

    subjetivos, ya que varan de acuerdo al criterio del investigador.

    En busca de un mejoramiento en la recaudacin generada por este sistema,

    se decidi la construccin de un modelo matemtico basado en las

    caractersticas del terreno as como de la construccin de la edificacin, con

    la finalidad de encontrar una aproximacin ms real del verdadero valor del

    impuesto predial, a travs de mtodos estadsticos, tales como el anlisis de

    regresin lineal mltiple. /

  • CAPITULO 1

    1. LOS CATASTROS EN EL ECUADOR:

    ANTECEDENTES.

    1.1. Antecedentes histricos

    Para comprender de mejor manera la evolucin del Catastro en

    forma particular, la administracin del territorio en general, y su

    relacin directa con, el desarrollo de los pueblos y civilizaciones, es

    conveniente conocer la evolucin que a travs de los siglos, los

    conceptos de catastro y la admihstracin de la tierra o territorio han

    tenido; conceptos que han ido paralelos al desarrollo de las

    diferentes civilizaciones y culturas de la humanidad, por lo que es

    conveniente hacer una retrospectiva que nos permita vsualizar al

    catastro en el tiempo. Las primeras manifestaciones las

    encontramos en documentos tan antiguos como la Biblia o el cdigo

  • 3

    de Hammurabi en el imperio Babilnico, adems, existen claras

    evidencias de que en la civilizacin egipcia, a fa administracin de

    las propiedades, corresponda mantener los registros de las

    mismas, en el denominado Registro Real, informacin que

    corresponde a 3000 aos A.C. y cuya evidencia se encuentra en las

    tumbas reales, estos registros se basaban en el levantamiento de

    planos de las propiedades y que adems, servan como base para

    el establecimiento de los registros de impuestos.

    Dado el carcter de un gobierno centralizado, se encontr

    ckunstancias similares en el Imperio Romano y en especial con el

    Emperador Diocleciano (ao 300 D.C.), quien orden el

    levantamiento topogrfico de las tierras del imperio en forma

    extensiva, cuyos planos y registros fueron utilzados con fines

    impostvos.

    Se conoce evidencias, de que ms tarde en China, alrededor de los

    aos 700 D.C., existi un sistema impositivo basado en la

    productividad agrcola y tenendo como base de registro, planos de

    levantamientos topogrficos de las propiedades. En el sur de la

    India, alrededor del ao 1000 D.C. el fundador del. imperio Chol,

    Raj el Grande, dispuso la realzacn del levantamiento topogrfico

  • del Imperio, cuya finalidad era la de establecer un adecuado registro

    de las tierras.

    Posteriormente, se estableci en Inglaterra, mediante el conocido

    Doomsday EBook, cuando Guillermo el conquistador, dispuso el

    levantamiento de la informacin de las propiedades de Inglaterra,

    levantamiento que fue ejecutado en varios aos hasta 1086.

    Los datos que se obtenan en estos levantamientos, estaban

    constituidos entre otros por: nombre del propietario, tipo de

    tenencia, cantidad de tierra arable, pasturas, prados o forestales,

    uso de la tierra, nmero de habitantes en la propiedad, as como

    cantidad y tipo de ganadera.

    En los diferentes pases europeos, existen antiguos levantamientos

    topogrficos. As por ejemplo, en Suecia, el Rey Gustavo 1, en 1540,

    dispuso la elaboracin de un registro de las haciendas que deban

    pagar impuestos. La importancia del establecimiento del catastro

    Sueco, se comienza a tomar en cuenta en el siglo 17, cuando se

    efecta el levantamiento de mapas con fines impostvos, en los que

    no se tom nicamente en cuenta la extensin de la tierra, sino

    tambin su productividad.

  • 5

    Espordicos intentos para establecer el registro de tierras, se dieron

    en el continente europeo, durante los siglos 17 y 18, pero el real

    impulso se dio en 1807, cuando Napolen I instituy el catastro

    francs, catastro que estableci el registro con nmero de la

    propiedad, rea, uso de la tierra, avalo de cada una de las

    propiedades, basado en el levantamiento topogrfico

    sistemticamente efectuado, parroquia por parroquia.

    En la Amrica prehispnica, tambin se estableci un sistema de

    registro y control de la tierra, ejemplo de lo cual, encontramos en las

    civilizaciones Azteca, Maya , Inca y en la confederacin Quitu-Cara,

    en nuestro pas.

    En la civilzacn Qutu-Cara, la tierra era admnstrada por el

    Cacicazgo, quieri la distribua para su trabajo, a los miembros de la

    comunidad, dando como consecuencia, un manejo colectivo del

    territorio.

    1.2. Desarrollo Histrico en el Ecuador.

    El catastro en el Ecuador se orgina desde la poca de la conquista

    espaola, se dio en los primeros instantes de la colonia, con la

    institucin de la Encomienda, en la que la reparticin del ttulo de

  • 6

    la misma en base a la prestacin de servicios y la generacin de

    tributos, aseguraba un importante rendimiento econmico.

    Para 1540, se produce un cambio en la evolucin del sistema de

    encomiendas, que condujo a la expedicin de la Leyes Nuevas

    constituyendo un cuerpo legal, que favoreci a la corona de Espaa

    y fortific su presencia, en las colonias.

    En los primeros aos de la conquista, fueron los Mrreyes y los

    cabildos, los encargados de la repattcn de las tierras, as como

    corresponda al cabldo, el mantener el registro y control de las

    mismas.

    Por lo general, la reparticin de las encomiendas y las mercedes de

    tierras, fue para un pequeo grupo de personas, generalmente

    conquistadores y primeros pobladores que ejercan funciones en los

    cabildos.

    Esta situacin de control del territorio, contnu en iguales

    condiciones, durante toda la poca de la colonia y la repblica en la

    que, los municipios, eran los encargados de mantener el control de

    las propiedades en el territorio de pas.

  • 7

    No es sino hasta el Congreso Nacional de 1948-49, que con el

    deseo de incentivar fa gestin municpaf del pas, se expide un

    decreto el 5 de noviembre de 1949, y se lo promulga en igual fecha;

    con este cuerpo legal, se inicia un trabajo sistemtico en el catastro,

    que por naturaleza de su expedicin, es nicamente con fines

    impositivos.

    El impuesto predial, que en l se establece, pretende generar rentas

    para fortalecer la autonoma de la gestin municipal, aunque en la

    parte tcnica del manejo del catastro, no se dio el impulso y el

    respaldo legal suficiente para lograr un mejoramiento de la tcnica

    catastral, por tal motivo, el registro municipal de propiedades sigui

    manejndose en forma manual y rudimentaria. Es hasta 1960, que

    el Estado intervene en asuntos catastrales, al establecer medante

    decreto legislativo, la participacin de funcionarios del Ministerio del

    Tesoro en la conformacin de !os avalos de las propiedades, en

    coordinacin con las municipalidades.

    En base a lo anteriormente sealado, nos.podemos dar cuenta que

    el Ecuador ha descuidado la administracin de su territorio o la

    administracin de su tierra, al no desarrollar un sistema adecuado y

    tcnico de catastro.

  • 8

    1.3. Definicin de catastro

    P. Lpez (l), define el trmino catastro dentro de la administracin

    del territorio o administracin de la tierra y tomando en cuenta

    nuestra realidad socioeconmica y poltica como:

    La base de informacin de un Estado, a partir de la cualpuede establecer sus objetivos, polticas y estrategias degestin, partiendo de un conocimiento cierto de su realidad;informacin que es resultado de la investigacin enventaracn de los recursos naturales renovables ysuperfcaros de su territorio.

    Esta definicin engloba los diferentes aspectos que forman parte del

    catastro, la tierra que es la base, los diferentes elementos que se

    han adherido a ella, y su situacin con relacin a la realidad

    socioeconmica en la que se encuentra inmersa. Sin embargo, en

    el Ecuador no se ha dado al catastro la suficiente importancia ya

    que se desconoce su concepto filosfico y los beneficios que puede

    producir la implantacin de un adecuado sistema catastral, ya que

    los antecedentes histricos se han desarrollado en el mbito

    exclusivo de la imposicin, sin el respaldo legal necesario que

    permita el mejoramiento de la tcnica catastral.

    CATASTRO, el camino al desarrollo por una buena administracin delterritorio

  • 9

    1.4. Importancia del catastro en la administracin del territorio.

    El establecimiento de un sistema de catastro dentro de lo que

    hemos denominado administracin del territorio, es de vital

    importancia para el desarrollo del pas en diferentes mbitos (ver

    Figura l.l), porque viene a constituirse en la base de datos

    nacional, que permite el establecimiento de planes y programas de

    desarrollo basados en la realidad geogrfica, econmica y cultural

    de los pueblos, ya que a partir de los datos que se pueden obtener

    de un catastro, se puede establecer una adecuada planificacin

    urbana, rural y regional.

    El Catastro se inscribe dentro del marco poltico de generacin de

    informacin bsica, para los planes de desarrollo locales y

    regionales, as como para la generacin de recursos econmicos,

    que permitan a las municpaldades del pas lograr un mayor

    porcentaje de autogestin. .,

    En pases de bajo desarrollo, como Ecuador, donde el elevado

    ndce de crecimiento poblaconal ha creado una presin creciente,

    en el sector rural, y la migracn masiva de la poblacin campesina,

    a las ciudades y pueblos ha llevado a un crecimiento incontrolable

    de los centros urbanos, factores que comprometen a las

  • Figura 1.1

    IMPORTANCIA DEL CATASTRO PARA EL DESARROLLO NACIONAL

    1. PLANlFlCACldNDeterminacin del verdadero potencial econmicodel pas en base al conocimiento en detalles detodo el territorio del Estado.

    2. GOBIERNO SECCIONALESEstablecimiento de un justo y equitativovalor impositivo mediante la elaboracint6cnica de tablas de precios de la tierra.

    3SECTOR AGROPECUARIOInfromacin sobre :- Uso actual y potencial del suelo.

    4. CONTRIBUYENTEInstrumento jurdico que protege el dominio yla posesin de la propiedad inmobiliria, al fijaccon claridad los linderos, extensin cabida yubicacin.

    S.INFRAESZRlJCTlJRA FISICAMapas temticos sobre vas de comunicacin,Sistema de abastecimiento de Agua, EnergaEIBctrica, Centros de Salud, Centros deEducacin.

    SECTOR BANCARIOCanalizacin adecuada de crddito,proporcionando un diagnstico de la Situacinsocloeconmica del sector rural.

    lN$TlWClONES SECTOR~~BLFo?RNADO.Universiades, Consejos Provinciales, Cmara deAgricutura, INEC, etc.

  • ll

    instituciones para atender las necesidades del pas, para lo cual,

    deben tener como base, un adecuado sistema de catastro.

    Un catastro tecnifkado comprende una identificacin inequvoca de

    los predios y sus caractersticas, clase de tierra, modo de

    produccin, destino econmico actual y potencial, accesibilidad,

    entre otros y obliga a una verdadera aplicacin de conocimientos

    socioeconmicos, en la posibilidad de que un pas encuentre, por s

    solo, el diagnstico de su situacin y, oriente la adopcin de

    polticas de ordenamiento, para lograr un desarrollo sistemtico y

    unforme.

    1.5. Ventajas del catastro en fa Administracin del territorio.

    Varias son las ventajas que una adecuada administracin del

    territorio y el Catastro ofrece, tales como:

    J Facilidad, bajo costo y seguridad para la comercializacin de la

    tierra.

    J La consecuente estimulacin del mercado de la tierra y la

    inversin en la misma, a travs de crdito a largo plazo.

    J Las instituciones bancarias, orientan sus prstamos e hpotecas

    en base a los datos que proporciona el catastro.

  • 12

    J Disminucin de los litigios por la tenencia de tierra.

    J Inventario pormenorizado de todos y cada uno de los elementos

    constitutivos de la propiedad rural y urbana.

    J Orientacin para una mejor utilizacin y distribucin de los

    recursos naturales.

    J Redistribucin de las tierras y concesin de ttulos de propiedad.

    J Aseguramiento del cumplimiento de los requerimientos de

    planificacin en la transaccin de tierras que se asignan a los

    agricultores.

    J Instrumento jurdico para la definicin y proteccin del dominio y

    posesin de la propiedad inmobiliaria.

    J Planificacin pblca de todo tipo.

    J Instrumento de trabajo para determinar y agrupar a una poblacin

    por referencia a sus stos de resdenca.

    J Automatizacin de los registros para las operaciones de

    nvestgacn y planificacin.

    1.6. Base legal de la Administracin urbana.

    En esta seccin resummos los lneamentos consttucionales en los

    que se basan los muncpos para ejecutar el cobro del impuesto

    predal, ya que en el ejercicio de la accin se pueden presentar

  • 13

    situaciones especiales, siempre ser bueno establecer

    especificaciones para conocer la decisin ms adecuada a tomar.

    1.6.1. Normas Constitucionales.

    En la codificacin de la Constitucin Poltica de la Repblica del

    Ecuador, publicada en el R.O. 763 del 12 de junio de 1964, en el

    ttulo III que trata de la ECONOMA, tiene inters la seccin IV del

    sistema tributario, arts. 52 y 53, que textualmente dicen:

    Art. 52.- El rgimen tributario se rige por los principiosbsicos de igualdad, proporcionalidad y generalidad. Lostributos, adems de ser medios para la obtencion de recursospresupuestarios, servirn como instrumentos de polticaeconmica general. Las leyes Tributarias estimularn lainversin, la reinversin, el ahorro y su empleo para eldesarrollo nacional. Procuraran una justa tributacin de lasrentas y de la riqueza entre todos los habitantes del Pas.

    Art 53.- Solo se pueden establecer, modificar o extinguirtributos por acto legislativo de rgano competente. No sedictan Leyes tributarias con efecto retroactivo en perjuicio delos contribuyentes. Las Tasas y las Contribuciones Especialesse crearan y regularn de acuerdo con la ley.

    1.6.1 .l. Principio de Legalidad.

    Se tiene que conocer que no hay impuesto sin Ley, que la obligacin

    tributaria tiene carcter; as como en materia de Exenciones, estas

    no pueden existir, sino en virtud de Ley expresa.

  • 14

    1.6.1.2. Principio de Generalidad.

    Se tiene que saber que todos los sujetos, sin distincin, estn

    obligados a satisfacer las cargas pblicas, siempre que se hallen

    incursos en los presupuestos sealados en la Ley (para el caso

    sera derecho de dominio), y siempre que no les asista una exencin

    expresa.

    1.6.1.3. Principio de Igualdad.

    Se tiene que todos los sujetos de imposicin sean tratados con la

    misma medida o de igual manera por el rgimen tributario.

    1.6.2. Ley y reglamento de la propiedad horizontal.

    1.6.2.1. Ley de la propiedad horizoWal.

    La ley de la propiedad horizontal determina que las diferentes

    secciones de un edificio pueden tener diferentes propietarios, es

    decir se puede otorgar un ttulo de propiedad por un departamento,

    un piso, un local, etc.. del mismo edificio a personas distintas sin

    ningn tipo de inconvenientes, esta ley establece tambin la

    proporcionalidad de los derechos a las reas comunes, y el deber

    de cada propietario de tributar por la seccn que le corresponde

    como si fuera un predio aislado, conforme lo indique el catastro

    municipal.

  • 15

    Se denomina planta del subsuelo la que queda inmediatamente

    debajo de la planta baja. Si hay ms de una planta en el subsuelo,

    tomar el nmero ordinal, conforme se alejan de la planta baja.

    Se denomina primer piso al que queda encima de la planta baja;

    segundo piso al que queda inmediatamente superior al primero y,

    as en adelante.

    Los entrepisos formarn parte de la planta a la que estn adscritos y

    no podrn considerarse como pisos independientes.

    1.6.3. Ley de patrimonio cultural y reglamento.

    Sern exonerados del 50% de los impuestos prediales y sus

    anexos los edificios y construcciones declarados bienes

    pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacin que tengan un

    correcto mantenmento y se encuentran nventariados .

    Cuando estos edificios hayan sido restaurados con los respectivos

    permisos del Instituto Cultural y de las municipalidades, y siempre

    que el valor de las obras de restauracn llegaren por lo menos al

    30%. del avalo catastral del inmueble, las exoneraciones de los

    impuestos ser total por el lapso de cinco aos a contarse desde la

  • 16

    terminacin de al obra. Si se comprobare que el correcto

    mantenimiento ha sido descuidado, estas exoneraciones se darn

    por terminadas.

    1.6.4. Ley de defensa contra incendios.

    Unifquese la contribucin predial a favor de todos los cuerpos de

    bomberos de la Repblica en el uno y medio por mil, tanto en las

    parroquias urbanas como en las parroquias rurales, a las cuales se

    les hace extensivo.

    1.6.5. Ley del anciano y reglamento general.

    Segn el artculo 14 de la Ley del Anciano, toda persona mayor de

    65 aos y con renta mensual estimada de un mximo de diez

    salarios mnimos vitales 0 que tuvieren patrimonio que no exceda e

    los mil salarios mnimos vitales, estar exonerado del pago de toda

    clase de impuestos fiscales, provinciales y municipales.

    1.6.6. Clases de personas y bienes.

    Debido a que la ley de rgimen municipal apenas hace referencia a

    las personas jurdicas o naturales, hemos credo conveniente definir

    las caractersticas de estos entes para un mejor entendimiento de

    las leyes de tributacin catastral.

  • 17

    .6.6.1. Clases de personas.

    Segn el cdigo civil ecuatoriano , Art. 40 al 44 y 583 al 601, en

    trminos generales subdividen a las personas en naturales y

    jurdicas.

    PERSONAS NATURALES: Son los individuos de la especie

    humana, cualquiera sea su edad, sexo o condicin, dividindole a su

    vez en ecuatorianos y extranjeros, en domiciliados y transentes.

    PERSONAS JURDICAS: Son personas ficticias capaces de ejercer

    derechos y contraer obligaciones civiles, de ser representadas

    judiciales y extrajudiciales siendo de dos especies: corporaciones y

    fundaciones de Beneficencia, pudiendo existir otras que participen

    de una y otra caracterstica.

    1.6.6.2. Bienes.

    Desde el punto de vista catastral y tributario , interesa conocer los

    bienes, ya sea a estos como la esencia de la nventariacin, ya sea

    tambin por ser hechos u objetos tributarios. En base al Cdigo

    civil, los bienes corporales, Que son fcilmente perceptibles a

    nuestros sentidos del tacto y la vista, se subdividen en: Muebles e

    Inmuebles.

  • 18

    INMUEBLES: Son las cosas que no pueden transportarse de un

    lugar a otro, como fas fincas, solares y en general los bienes races.

    MUEBLES: Son las cosas de comodidad y ornato, accesorios, son

    los enseres y objetos de arte, que no afectan al bien principal del

    cual forma parte.

    A los bienes tambin se los clasifica en:

    NACIONALES (Bienes pblicos): Cuando su dominio y su uso

    pertenezcan a los habitantes de una nacin toda, como las calles,

    plazas, lagunas, etc., los que se llaman de uso pblico o bienes

    p blcos.

    FISCALES: Son aquellos que se registran y dedican para fines

    especficos, como los edificios pblicos, los aeropuertos, etc.

    Los bienes municipales segn la Ley de Rgimen Muncpal se

    subdivide segn dominio en :

    DOMINIO PRIVADO: Son los que no estn destinados a la

    prestacin directa de un servicio pblico, sino a la produccin de,

  • 19

    recursos o bienes para la financiacin de los servicios municipales

    que son administrados en condiciones econmicos de mercado.

    DOMINIO PUBLICO: Son aquellos cuya funcin inmediata es la

    prestacin de servicios pblicos a los que estn directamente

    destinados.

    1.6.7. La ley de Rgimen Municipal.

    1.6.7.1. Ley del municipio en general.-

    At-t. l.- El municipio es la sociedad poltica autnoma subordinada al

    orden jurdico constitucional del Estado, cuya finalidad es el bien

    comn y, dentro de ste y en forma primordial, la atencin de las

    necesidades de la ciudad, del rea metropolitana y de las parroquias

    rurales de la respectiva jurisdiccin.

    El territorio de cada cantn @emprende parroquias urbanas cuyo

    conjunto constituye una ciudad, y parroquias rurales.

    Art. 2.- Cada Municipio constituye una persona jurdica de derecho

    pblico, con patrimonio propio y con capacidad para realizar los

    actos jurdicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus

  • 20

    fines, en la forma y condiciones que determinan la Constitucin y la

    Ley.

    At-t. 3.- Son vecinos o moradores de un Municipio los ecuatorianos y

    extranjeros que tengan su domicilio civil en la jurisdiccin cantonal, o

    los que mantengan en ste el asiento principal de sus negocios.

    Los ecuatorianos y extranjeros como vecinos de un Municipio tienen

    iguales deberes y derechos, con las excepciones determinadas por

    la Ley.

    l.6.7.2. Ley de fines Municpales.-

    At-t. 12.- Al Municipio le corresponde, cumpliendo con los fines que

    le son esenciales, satisfacer las necesidades colectivas del

    vecindario, especialmente de las derivadas de la convivencia urbana

    cuya atencin no competa 8 otros organismos gubernativos.

    Los fines esenciales del municipio, de conformidad con esta Ley,

    son los siguientes:

    J Procurar el bienestar material de la colectividad y contribuir al

    fomento y proteccin de los intereses locales;

    J Planificar e impulsar el desarrollo fsico del cantn y sus reas

    urbanas y rurales; y,

  • 21

    J Acrecentar el espritu de nacionalidad, el civismo y la

    confraternidad de los asocados, para lograr el creciente progreso

    y la indisoluble unidad de la Nacin.

    Art. 13.- En forma complementaria y slo en la medida que lo

    permita sus recursos, el Municipio podr cooperar con otros niveles

    gubernatvos en el desarrollo y mejoramiento de la cultura, la

    educacin y la asstenca social.

    Art. 14.- Para el logro de sus fines, el Muncpo cumplr las

    funciones que le asigna esta Ley, preferentemente en forma directa,

    y por contrato o concesin cuando ello fuere ms convenente.

    Art 15.- Son funciones primordiales del Municipio, sin perjuicio de

    las dems que le atribuye esta Ley, las siguientes:

    J Dotacin de sistemas de agua potable y alcantarillado;

    J Construccin, mantenmento, aseo, embellecimiento y

    reglamentacin del uso de caminos, calles, parques, plazas y

    dems espacios p blcos;

    J Recoleccin, procesamiento o utilizacin de residuos;

    J Dotacin y mantenmento del alumbrado pblico;

  • 22

    J Control de alimentos: forma de elaboracin, manipuleo y expendio

    de vveres;

    J Ejercicio de la polica de moralidad y costumbres;

    J Control de construcciones;

    J Autorizacin para el funcionamiento de locales industriales,

    comerciales y profesionales;

    J Servicio de cementerios;

    J Fomento del turismo; y,

    J Servicio de mataderos y plazas de mercado.

    Art. 16.- Para la consecucin de sus fines esenciales el Municipio

    cumplir las funciones que esta Ley seala, teniendo en cuenta las

    orientaciones emanadas de los planes nacionales y regionales de

    desarrollo econmico y social que adopte el Estado.

    En el caso de que alguna de las funciones sealadas en el artculo

    precedente corresponda por Ley tambin a otros organismos, se

    procurar la debida coordinacin de las actividades.

    1.6.7.3. Ley de la Autonoma Municipal.-

    Att 17.- Las Municipalidades son autnomas. Salvo lo prescrito por

    la constitucin de la Repblica y esta Ley, ninguna Funcin del

  • 23

    Estado ni autoridad extraa a la Municipalidad podr inferir su

    admnstracn propa, estndoles especialmente prohibido:

    J Suspender o separar de sus cargos a los miembros del gobierno

    o de la Administracin Municipal.

    J Derogar, reformar, suspender la ejecucin de las ordenanzas,

    reglamentos, resoluciones o acuerdos de las autoridades

    Municipales;

    J Impedir, de cualquier modo, la ejecucin de obras o de los planes

    de desarrollo fsico cantonal y planes reguladores de desarrollo

    urbano o mposbltar su adopcin y financiacin;

    J Privar al Municipio de alguno o parte de su ingresos, as como

    hacer participar de ellos a otra entidad, sn resarcirle con otra

    renta equivalente en su cuanta, duracin y rendimiento que

    razonablemente puede esperarse en el futuro;

    J Tomar bienes muebles o inmuebles de un muncpo, sino de

    acuerdo con el concejo cantonal y previo pago del justo precio de

    los bienes de los que se les prive;

    J Exonerar o exmr, total o parcialmente, de los tributos

    municipales a persona alguna, natural o jurdica;

  • 24

    J Obligar a ta Municipalidad a recaudar impuestos, tasas o

    contribuciones que no le pertenezcan. En caso de que fo hagan

    tendrn derecho a retener hasta un 10% de los recaudado;

    J Obligar a un municipio a prestar o sostener servicios que no sean

    de estricto carcter municipal o que sindolo, no los administre o

    no estn en condiciones de administrar;

    J Impedir de cualquier manera que un municipio recaude

    directamente sus propios recursos.

    .6.8. Impuestos: predial y adicionales.

    1.6.8.. Naturaleza de los tributos.-

    El modelo del Cdigo Tributado de Amrica Latina, indica que el

    trmino tributo se lo puede definir a travs del siguiente concepto:

    Las prestaciones de dinero que el Estado, en ejercicio de su poder

    de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el

    cumplimiento de sus fines.

    La finalidad del tributo est dada por el cumplimiento por parte del

    Estado en funcin de dotar a la comunidad de ios bienes y servicios

    pblicos comunes que no pueden ser satisfechos individualmente

    como salud, educacin, etc. que son indispensables para el

    desarrollo social.

  • 25

    En el mbito provincial o municipal, la Direccin de la Administracin

    Tributaria corresponde al Prefecto Provincial, al Alcalde, o al

    Presidente del Municipio, segn se diere el caso; quienes lo

    ejercern a travs de las dependencias, direcciones u rganos

    administrativos que la ley determine.

    Segn la cabida de nuestras leyes se hace referencia a tres grandes

    clase de tributos: Impuestos, tasas y contribuciones especiales de

    mejoras, las mismas que son indicadas el en Cdigo Tributario para

    la aplicacin de la Ley Tributaria.

    Los impuestos son las cuotas de riqueza privada, renta o capital

    que el Estado rige obligatoriamente o coactivamente a los

    particulares para cubrir el costo de los servicios pblicos generales

    o indivisibles, siendo las caractersticas del impuesto:

    4 Obligacin de dar dinero o cosas.

    4 Es emanada del poder estatal, lo que supone su obligatoriedad y

    la compulsin para hacer efectivo su cobro o cumplimiento.

    J Es establecido por la ley.

    J Aplicable a personas individuales o colectivas, naturales o

    jurdicas, y

  • 26

    J Que se encuentre en las ms variadas situaciones previsibles,

    como puede ser: capacidad econmca, realzacn de ciertos

    actos, etc.

    Las Tasas, en cambio son: fa prestacn pecuniara exgda

    compulsivamente por el Estado y relacionada con la prestacin

    efectiva o potencal de una actvdad o servicio de inters pblco

    que afecta al obligado.

    En otras palabras, las Tasas son las cuotas o precios que el Estado

    exige por el beneficio individual que provienen del consumo de

    ciertos servicios pblicos o determinadas concesiones, con el objeto

    de cubrir una parte ms o menos grande del costo de tales

    servicios ejemplo: agua, correo, etc.

    Las contribuciones especial~ por su fisonoma jurdica particular,

    se ubican en una posicin intermedia entre los impuestos y las

    tasas, y comprende varios gravmenes, definindose como la

    prestacin obligatoria debida en razn de beneficios ndivduales o

    de grupos sociales derivados de la realizacin de obras pblcas o

    de especiales actividades del Estado, con el precio que el Estado

    exige por el provecho particular mesurable que los propietarios

  • 27

    obtienen indirectamente por la ejecucin de ciertos servicios,

    especialmente obras pblicas.

    Sujetos de la relacin juridico-tributaria: Esta relacin jurdico-

    tributaria entraa la existencia de dos sujetos:

    J El sujeto activo, que es el ente acreedor del tributo y,

    J El sujeto pasivo; que es la persona natural o jurdica que segn la

    ley, esta obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias,

    sea como contribuyente o como responsable.

    El contribuyente es La persona natural o jurdica a quin la ley

    mpone las prestacin tributaria por la verificacin del hecho

    generador, que consiste en el presupuesto establecido por la ley,

    para configurar el o cada tributo.

    Existen tres clases de responsables de los tributos:

    J Responsables por representacin

    J Responsables como adquiriente o sucesor y

    J Otros responsables.

  • 28

    1.6.9. Determinacin, liquidacin y recaudacin de impuesto

    predial urbano y adicionales.

    Uno de los problemas ms crticos para la liquidacin del impuesto 8

    la propiedad urbana en los Muncipos del pas es la aplicacin de

    disposiciones legales no actualizadas, que han llevado a cometer

    muchos errores en la administracin del Catastro, especialmente

    graves perjuicios de tipo econmico para los Municipios.

    El Artculo 315 del Ttulo VI del Captulo II del Impuesto a los

    predos urbanos dice: Las propiedades ubicadas dentro de los

    lmites de las zonas urbanas pagarn un impuesto anual, cuyo

    sujeto activo es la Municipalidad respectiva, en la forma establecida

    por la ley, este impuesto se lo calcula al avalo general de la

    propiedad urbana y tiene una duracin de cinco aos.

    Para la demarcacn de los sectores urbanos se tendr en cuenta,

    preferentemente, el radio de servicios municipales como los de agua

    potable, luz elctrica, aseo de calles y otros de naturaleza

    semejante.

    El valor comercial, es el que corresponde al valor real del predio y

    practicado por la oficina de Avalos Municipales.

  • 29

    Por avalo imponible (valor catastral imponible), se comprende el

    que sirve de base para el cmputo o liquidacin del impuesto a la

    propiedad urbana, o sus adicionales, y corresponde al valor

    comercial menos el 40% de rebaja general y las dems deducciones

    que deban considerarse de conformidad con la Ley de Rgimen

    Municipal (Art. 318).

    El Art. 333 de la Ley de Rgimen Municipal dice: Las

    municipalidades emitirn los catastros hasta el 1 de enero de cada

    ao, con todos los cambios que hubieren ocurrido hasta el 30 de

    noviembre del ao prximo anterior.

    .6.O. Exenciones.

    No se pagar el impuesto predial en los siguientes casos

    especiales:

    J Las propiedades cuyo avalo comercial sea inferior a 25 salarios

    mnimos vitales mensuales por trabajador en general. Esta misma

    cantidad se considera como rebaja general para la liquidacin del

    impuesto de aquellos predios cuyo valor comercial no sea mayor

    de 50 salarios mnimos vitales mensuales del trabajador en

    general.

  • 30

    4. Los predios de propiedades del Fisco y dems entidades del

    Sector Pblico.

    J Los templos de todo culto religioso, los conventos y las casas

    parroquiales, las propiedades urbanas de las misiones religiosas,

    establecidas o que se establecieren en la Regin Oriental

    siempre que estn situadas en el asiento misional.

    J Los predios que pertenecen a instituciones benficas o de

    asistencia social o de educacin de carcter particular, siempre

    que sean personas jurdicas y los edificios y sus rentas estn

    destinadas exclusivamente a estas funciones.0!

    J Las propiedades que pertenecen a naciones extranjeras o a

    organismos internacionales de funcin pblica siempre que est?2

    destinados a dichas funciones. Ex3

    Una vez establecido el valor o base imponible O/alor catastral

    imponible), se debe aplicar el cuadro progresivo mostrado en la

    Tabla 1.

    1.6.11. Descuentos y recargos.

    La Ley de Rgimen Municipal establece un descuento en el pago del

    impuesto predial urbano que va desde el 10% en la primera

    quincena de Enero, hasta el 1% en la segunda quincena del mes de

  • 31

    Tabla I

    Gua para el Clculo del Impuesto Predial Urbano

    -l-

    Fraccin Hasta Impuesto Sobre fraccin

    bsica desde b&sicoI

    excedente

    1

    10.000

    20.000

    30.000

    50.000

    100.000

    200.000

    400.000

    800.000 1'300.000

    1'300.000

    2'000.000

    3'000.000

    4'000.000

    5000.000

    10.000

    20.000

    30.000

    s0.000

    100.000

    200.000

    400.000

    800.000

    2'000.000

    3'000.000

    4'000.000

    -5000.000

    en

    adelante

    70 5 por mil

    6 por mil

    6 21.090I

    13 por mil

    34.090 14 por mil

    48.090 15 por mil

    -m-ya-

  • 32

    Junio. A partir del mes de Julio existe el 10% de recargo por mora

    en que incurren los contribuyentes.

    El recargo anual del 10% que se cobra a los solares no edificadas

    establece que el lmite para no pagar es de un avalo comercial

    menor a trescientos mil sucres.

    1.6.12. Impuestos adicionales.

    Los impuestos adicionales generales para aplicar en los Municipios

    del Pas se muestran en la Tabla II, en la que se detalla el nombre

    respectivo, el nmero de Registro 0fical en que s pblco, la fecha,

    ao y nmero pgnas en donde se insert.

    Tabla II

    Impuestos adicionales generales para aplicar en catastro

    IMPUESTOSADICIONALESBonificacin de

    REGISTRO $KlClAL FECHA Y AO PAGINA

    R.O. #168 20-0381 1841,1844profesores

    Educacin elementaly bsica

    Fondo Nacional deMedicina Rural.

    Cuerpo de Bomberos

    vvienda Rural de

    R.O. #34 18-10-68 288

    R.O. #72 8-0589 3

    R.O. # 747 O-01-79 l-5

    R.O. #183 10-0585 1-2

    Fuente: Instituto Nacional de Estadistkas y Censos.

  • 33

    A continuacin, se detalla las formas de cobro y ubicacin en las

    leyes de cada uno de los impuestos mencionados en la Tabla II.

    1.6.12-l. Bonificacin de profesores.

    El Art. 4 dice Establzcase un impuesto adicional sobre los predios

    urbanos cuyo avalo sea superior a cien mil sucres, conforme la

    siguiente escala:

    De 100.000 a 200.000 2% (por mil)

    De 200.000 a 500.000 3% (por mil)

    Mayor de 500.000 6% (por mil)

    1.6.12.2. Educacin elemental y bsica.

    El congreso de la Repblica, expidi la Ley de Presupuesto general

    del Estado, en 1969, en la cual, se establece que en el Captulo del

    Ministerio de Educacin constar una partida para atender la

    educacin elemental y bsica, el Art.2 de la mencionada ley dice lo

    siguiente:

    Los fondos destinados a financiar este egresoprovendrn del impuesto adicional del uno por mil, queanualmente pagarn en las tesoreras municipales al tiempo decancelar el impuesto a la propiedad urbana, todos lospropietarios de predos urbanos (edificios-terrenos) cuyoavalo catastral sea de 200.000 sucres en adelante.

  • 34

    1.6.12.3. Fondo nacionai de medicina rural.

    El Senado de la Repblica, expidi la ley que crea un nuevo

    impuesto adicional, cuyo texto dice lo siguiente:

    El Fondo Nacional de Medicina Rural y de construccin yequipamiento de hospitales, que estaran constituidos portodos los ingresos nacionales y extranjeros que se destinenparar taies fines, especialmente el impuesto adicional del unopor mil que pagadn los propietarios de inmuebles urbanos,edificios o terrenos, cuyo avalo catastral sea de doscientosmil sucres en adelante que se cancelar anualmente en lasrespectivas tesoreras municipales al tiempo de pago delimpuesto a la propiedad.

    1.6.12.4. Cuerpo de bomberos.

    En la codificacin de la Ley de Defensa Contra Incendios, que se

    mostr anteriormente dice textualmente lo que se debe cobrar, esta

    contribucin no ser susceptible de exoneracin interpretndose

    como si fuera tasa de servicio y no en forma de adicional al

    impuesto predial municipal.

    1.6.12.5. Vivienda rural de nterk social.

    El Congreso nacional y el plenario de las Comisiones Legislativas,

    expidieron la Ley de la Creacin del impuesto para la vivienda rural

    de inters social, cuyo cobro se desarrollar en la manera como se

    indica en la Tabla III.

  • 35

    Tabla ll1

    1.7.

    Valor del inmueble en equivalente de salarios mnimos vitales

    del trabajador en general

    Los propietarios que tengan ms de un inmueble cuyos valores sean

    menores a 200 salarios mnimos vitales del trabajador en general,

    gozarn nicamente de uno de ellos y por los dems gozarn del

    0.5 por mil del avalo comercial municipal.

    El impuesto que se establece en .la presente Ley, se refiere

    exclusivamente a inmuebles urbanos.

    Polticas de catastro y resultados buscados.

    1.7.1. Conceptualizacin General.

    De acuerdo a la relacin con la instancia tributaria y a la

    administracin municipal anacrnica en la que no tiene cabida la

    informacin como instrumento de la gestin pblica, se ha llegado a

    construir un concepto muy generalzado aunque desfigurado del

  • 36

    Catastro. Se otorga al catastro el sinnimo de impuesto predial. Es

    muy conocido que los avalos de los catastros municipal son

    equivocados, poco confiables es decir desprestigiados como

    informacin. Lo que es peor an, se considera que as deben ser

    por su consecuencia tributaria. Esto sucede incluso en el interior

    mismo de la administracin municipal, en donde se ha llegado a

    considerar legtimo el adulterara loa avalos con el propsito de

    producir un efecto predeterminado en los impuestos, a veces incluso

    con intencin de beneficiar a personas a las que particularmente se

    las quiere favorecer.

    Existe una relacin importante entre el Catastro y los impuestos,

    puede afirmarse incluso que es esa la aplicacin primordial para el

    catastro, sin embargo catastro, ley e mpuesto son entdades

    diferentes. Cada una de ellas tiene una naturaleza diferente y debe

    contar con atributos diferentes,, la diferencia entre ellas se muestra

    en la figura 1.2, cada entidad tiene su propia naturaleza y cuenta

    con distintos atributos. El catastro urbano y los impuestos al predio

    urbano son entidades diferentes, pero estrechamente relacionadas

    entre s por medio de la Ley. La confusn entre catastros e

    impuestos tene como consecuencia que para rebajar los impuestos

    se manipulen los avalos, es decir que se deforme la informacin.

  • Figura 1.2

    DIFERENCIA ENTRE CATASTRO, LEY E IMPUESTO

    v v. v

    NATURALEZAInventario de Convencibn Contribucin

    Predios Urbanos obligatria

    ATRIBUTOS

    +

    UniversalPreciso

    Actualizado

  • 38

    Debido a la situacin descrita, resulta indispensable volver a

    describir el concepto de catastro urbano de modo que constituya la

    base de la accin del PDM (Programa de Desarrollo Municipal)

    especialmente en lo que respecta a la Asistencia Tcnica en

    Catastro y de la concesin de crditos para tal propsito.

    Como se establece en el Manual de Catastros del Banco del Estado,

    la intervencin del PDM en el campo de los catastros est vinculada

    al fortalecimiento institucional. Enfatza su incidencia en los

    aspectos financieros, en cuanto pretende corregir los defectos de

    los sistemas existentes, que se traducen en recaudaciones de baja

    significacin frente a los potenciales ingresos que los Municipios

    deben tener, segn las disposiciones legales en cuanto a la

    aplicacin de tributos sobre los predios urbanos. En consecuencia,

    las metodologas seleccionadas para el desarrollo de los sistemas

    catastrales tienen como principal objetivo proveer de las tecnologas

    que maximicen la relacin entre el total de los ingresos tributarios

    derivados del mejoramiento catastral y el costo total de este

    mejoramiento. Cabe resaltar una vez ms, que la determinacin

    tributaria es la aplicacin ms importante del catastro pero que es

    indispensable considerarlo como una fuente de informacin para el

    impuesto predial y otras contribuciones, mas no como parte de ellas.

  • 39

    Sin perjuicio a lo anteriormente mencionado, el Manual reconoce al

    catastro como fuente de informacin para otros fines rio tributarios

    como la planificacin y el control urbano. Este se reduce en la

    condicin de multifinalitaro que se comentar mas adelante. Esta

    condicin implica que se espera no un sistema de informacin de

    mltiple naturaleza sino de mltiple finalidad.

    El catastro urbano municipal debe ser comprendido como un

    inventario de los predios ubicados en el interior del permetro urbano

    de las ciudades, cabeceras cantonales o parroquiales, conforme las

    disposiciones de la Ley de Rgimen Municipal. En el catastro deben

    examinarse dos instancias: la de formulacin del sistema y la de

    aplicacin.

    Ambas son fundamentales para el cumplimiento de los objetivos.

    Por bueno que se un sistema, no se obtendrn los resultados

    esperados si es que no se le otorga la misma importancia a su

    aplicacin. Es muy conveniente que el proceso de formulacin y el

    de aplicacin se realicen interactivamente.

    Los componentes involucrados en la formacin y mantenimiento del

    catastro estarn articulados de modo tal que constituyan un sistema,

  • 40

    el mismo que ser completo, transparente y susceptible de que el

    municipio introduzca, cuando sea oportuno, fas modiftcaciones para

    mejorarlo 0 para actualizarlo.

    El Catastro ser de aplicacin universal, es decir, que deber

    considerar todas las propiedades incluidas en su mbito territorial de

    aplicacin. Ser un sistema de inventario de bienes inmuebles con

    sus ms importantes caractersticas fsicas, reales.

    No es permisible que la informacin de catastro y de manera

    particular que la valoracin de los predios se haga en funcin del

    destino de la propiedad o de las condiciones sociales o econmicas

    de sus propietarios o de otros factores diferentes a los atributos

    materales de los predios y a sus valores comerciales.

    El sistema de Catastro debe ser sencillo y apropiado a las

    condiciones reales de cada Municipio, adems, a sus recursos, a las

    caractersticas especficas de su ciudad y a la capacidad tcnica

    institucional, pero siempre deber responder a criterios de eficiencia

    y economa de informacin. Los nuevos catastros o la renovacin de

    los que ya existen debern realizarse estrictamente con la

  • 41

    participacin activa de la Municipalidad tanto en la fase de

    formulacin del sistema como en la aplicacin.

    En sntesis se trata de contar con una base de datos de cobertura

    universal, que nos permitira tener una adecuada administracin del

    territorio, permanentemente actualizada en las caractersticas fsicas

    de los predios como tambin en su valoracin, que constituya un

    instrumento gil, confiable y eficiente para las instancias financieras,

    de planificacin y de control urbano.

    1.7.2. Resultados que se deben obtener.-

    La adecuada mplantacn de un sstema catastral tene como

    meta, el cumplimiento de los sguentes objetivos:

    4 Mejoramiento de los ingresos municipales provenientes,

    especialmente, de las recaudaciones del impuesto al predio

    urbano y una distribucin mas justa de la Contribucin Especial

    de Mejoras.

    4 Actualizacin permanente de la informacin respecto a los

    predos urbanos.

    J Capacitacin del personal municipal en el mantenimiento y

    utilizacin del Catastro.

  • 42

    J Modernizacin de los procedimientos administrativos.

    1.73. Condiciones que se deben cumplir.

    Los catastros urbanos desarrollados ya sea por los propios

    municipios o por intervencin de personas o instituciones externas

    debern cumplir con ciertas condiciones que aseguren los

    resultados que se deben obtener anteriormente mencionados.

    1.7.3.1. Legalidad.

    Los procedimientos establecidos en el sistema Catastral debern

    estar regidos a las disposiciones de la Ley de Rgimen Municipal.

    1.7.3.2. Aprovechamiento de informacin.

    En el caso de que se quiera realizar un nuevo sistema de catastro

    se deber procurar el aprovechamiento de la mayor parte de la

    informacin existente, siempre .que no se afecten los atributos de

    agilidad, precisin y eficiencia que se persigue.

    1.7.3.3. Multifinaldad.

    Una adecuada zonificacin y el uso de la clave catastral como

    cdigo de dreccionamiento espacial, permitir agregaciones con el

    propsito de verificar y combinar con otras bases de datos y por lo

  • 43

    tanto obtener la multifinalidad enunciada como atributo. Esto no

    quiere decir que el catastro urbano deja de ser un inventario de

    propiedades urbanas y que se deba constituir en una base de

    informacin mltiple a la que concurran datos sociales,

    demogrficos, de salud, etc. El concepto de multifinalidad, como su

    nombre lo seala, esta dirigido a una mayor utilizacin de la

    informacin estrictamente perteneciente a un inventario fsico de

    predios.

    1.7.3.4. Desarrollo progresivo y activa participacin municipal.

    En la concepcin de los catastros urbanos deber contemplarse un

    diseo modular que permita ir aplicando los diferentes componentes

    del sistema conforme la priorkacin de las necesidades

    municipales.

    En aquellos casos en que !CXS municipios deban contratar la

    participacin de especialistas para la actualizacin de los catastros,

    esta participacin deber limitarse a aquellas tareas para las cuales

    la institucin no est capacitada para realizarla. En todo caso se

    deber contar con la activa participacin del personal municipal en

    especial en aquellas actividades que constituyen las rutinas

    permanentes de sus funciones.

  • 44

    1.7.3.5. Sistemas transpwsntes.

    Los sistemas de catastro deben ser diseados de tal modo que las

    partes del proceso pueden ser revisadas por el personal del

    Municipio y de ser el caso modificar sus valores y factores o

    coeficientes.

    Esto no significa que no se cuente con un riguroso plan de

    autorizaciones y contraseas segn la funcin y responsabilidad de

    cada usuario, pero esta debe ser una opcin del cual el municipio

    maneje.

    Debe asegurarse que no sean recursos reservados por los

    diseadores del sistema. Esto es especialmente importante cuando

    el diseo del sistema lo realiza otra institucin del sector pblico o

    consultores privados.

    .7.3.6. Procedimientos sistemticos de actualzacn.

    Uno de los atributos bsicos de los catastros es el de mantener

    permanentemente actualizada su informacin. Una base de datos de

    catastro es til cuando cubre la totalidad de la poblacin urbana y

    cuando sus datos son correctos. Este concepto no est ligado

  • 45

    Solamente a la precisin en la obtencin de esos datos sino tambin

    a la actuakkdquetengan

    1.7.3.7. Adecuacin del sistema a la realidad local.

    Un sistema que es bueno para un municipio no necesariamente lo

    es para todos los dems. Los sistemas catastrales de diferentes

    municipios, a pesar de que cumplan con la concepcin bsica que

    se ha postulado, pueden tener detalles metodolgicos que deben

    ser diferentes y adecuados a la realidad de su respectiva ciudad y la

    institucional.

    La primera se refiere a su forma, a su grado de desarrollo, a su

    funciones, a su dinmica, a su mercado inmobiliario, etc. La

    realidad institucional en cambio, est relacionada con la experiencia

    y preparacin tcnica de sus funcionarios, a la realidad tecnolgica

    que sea mas directamente accesible, a sus recursos reales y

    potenciales.

    .7.3.8. Separacin del avalo del suelo y de la construccin

    Conforme a las disposiciones de la Ley, deben de considerarse

    separadamente los dos componentes del precio de la propiedad

    urbana: el suelo y la construccin.

  • 46

    1.7.4. Aspectos generales vinculados al catastro.

    Para cumplir con el objetivo principal, que es el de incrementar las

    rentas propias del municipio, no es suficiente contar con tan solo un

    adecuado sistema de catastro.

    Es preciso que su vigencia y la emisin de los impuestos prediales

    se encuentren articuladas con otras accones indispensables, las

    que a continuacin se explican.

    1.7.4.1. La credibilidad del municipio.

    .La aplicacin del catastro para emitir los impuestos al predio urbano

    depende de la relacin que exista entre el muncpo y su

    comunidad.

    La aceptacin que sta brinde de un incremento substancial de las

    contribuciones a su gobierno cantonal est en funcin del

    conocimiento de que el mpuesto es legal, equtatvo y que su

    aportacin contribuir al mejoramiento de las condiciones de

    habitabilidad de su ciudad.

    Para ello requiere una adecuada y oportuna informacin respecto a

    la forma de realizar la valoracn de sus propiedades y respecto al

  • 47

    plan de obras de la administracin municipal. Pero en cuanto a ese

    plan no solo que se debe conocer sino que la comundad debe

    sentirse identificada con l, es decir debe convencerse de que el

    plan est adecuado a sus necesidades y prioridades. Adems, la

    comunidad debe tener la certeza de que ese plan ser

    efectivamente cumplido, en sntesis el Alcalde y su consejo deben

    inspirar credibildad.

    l.7.4.2. Aspectos legales.

    El municipo deber sancionar una Ordenanza de catastro en la que

    se sealen los prncipales procedmentos, pero es urgente que la

    propia Ley de Rgimen Municipal sea modificada al menos en lo que

    corresponde a las disposiciones referentes al catastro y los

    Impuestos al predio urbano, se sugieren las siguientes

    modificacones:

    J Se requiere cambiar la facultad de reevaluar quinquenalmente, en

    lugar de hacerlo anualmente.

    J Se debe cambiar la tabla impositiva para que no se vuelva

    obsoleta.

    J Modificar el rgmen de rebajas y exoneraciones y unificar en uno

    solo los diferentes impuestos de beneficio municipal.

  • 48

    Hay otras modificaciones que siendo necesarias no son tan

    urgentes como fas anotadas, stas, crearan enormes facilidades

    para la accin de los municipios.

    1.7.4.3. Eficiencia administrativa.

    Bajo el marco general de la estructura administrativa municipal, se

    efectuar un diagnstico particular de ta unidad de catastro y de

    dicho estudio se deducir una propuesta de reajustes y

    ordenamiento administrativo. Se debern mejorar los sistemas de

    recaudacin tanto de los impuestos correspondientes al ao de

    recaudacin como de la cartera vencida.

    Para brindar facilidades al contribuyente deber ofrecrsele la

    opcin que la Ley permite distribuir, en el transcurso del ao, el

    pago del impuesto en partes.

    4.7.5. Asistencia Thcnca del Programa de Desarrollo

    Municipal (PDM).

    1.7.5.1. Modalidades

    Para la realizacin de actividades de asistencia tcnica a los

    municipios en relacin a la actualizacin que deben tener los

    Catastros Urbanos, el Programa de Desarrollo Municipal (PDM),

    contempla tres alternativas operativas:

  • 49

    Modalidad 1: Consiste en que la municipalidad respectiva dsea y

    aplica su propio sistema, contando para ello con la Asistencia

    Tcnica del PDM conducida por el personal tcnico permanente. En

    este caso el POM, en conjunto con el personal municipal, preparan

    peridicamente planes de trabajo en lo que se establezcan metas,

    actividades, tareas responsabilidades y plazos. Cada Plan de

    trabajo es evaluado peridicamente y su resultado constituye la

    base para un nuevo plan de trabajo.

    La formulacin del sistema, en base a la informacin que el personal

    municipal se encarga de obtenerla, se realiza mediante la

    realizacin de talleres en los cuales los resultados son obtenidos por

    los tcncos muncipales bajo la orientacin tcnica del PDM.

    Modalidad II: Bsicamente es similar a la anterior pero con la

    diferencia de que la asistencia ,@xka del Pblkl, es conducida por

    un consultor contratado ocasionalmente para un municipio en

    particular o para un conjunto de municipios.

    Modalidad 111: Consiste en que el municipio interesado, solicita un

    crdito al PDM para la contratacin de consultores. La funcin de

    stos es disear e implantar el sistema, bajo los criterios del PDM.

  • A ta Municipalidad te corresponde ir aplicando et sistema, utilizando

    para et efecto, su propio personal, et mismo que ser capacitado

    durante et proceso, y tambin personal auxiliar contratado

    ocasionalmente de acuerdo a tos requerimientos especficos.

    Et crdito cubrir, adems de tas contrataciones mencionadas, ta

    adquisicin de equipos y vehculos necesarios para ta aplicacin del

    catastro.

    En esta modalidad ta participacin del PDM, a travs de ta

    asistencia tcnica, consistir en colaborar con et Municipio en ta

    identificacin de sus necesidades, en et dimensionamiento,

    configuracin y seguimiento del proyecto, ajustndose a tos

    requisitos desarrollados en el presente documento.

    En esta ltima modalidad, ta responsabilidad de tos Consultores

    contratados por ta Municipalidad no concluye mientras et sistema se

    encuentre funcionando satisfactoriamente, comprobndose tal

    condicin mediante ta verificacin de resultados. En este caso no se

    contrata a profesionales externos, en aquellas actividades que

    pueden ser realizadas por et propio personal municipal ms an

  • 51

    cuando ta mayor parte d etlas sotf las rutinas habituales de dicho

    personal.

    Modalidades combinadas, se pueden combinar modalidades,

    incluso en la prctica se ha debido, con alguna frecuencia coordinar

    dos modalidades. Como es el caso de municipios en donde el

    diseo del sistema se lo ha hecho mediante la modalidad 1, y la

    aplicacin mediante la modalidad 111, es decir los trabajos prcticos

    de cartografa, deslinde, empadronamiento y otros.

  • CA llTUL 2

    2. ANUSIS Y i3AGNSTKXI DEL CATASTRO

    UTILC~DO EN EL CANTQN DURN.

    2.1. Cantn Dutn: InformaNn General.

    El cantn Durn pertenece a la provincia del Guayas. Est ubicada

    a 4 Km. de Guayaquil y se desarrolla en el margen oriental del ro

    Guayas, fue parroquia rural, luego parroquia urbana del cantn

    Guayaquil y el 27 de diciembre de 1985 se cre6 como cantn, cuya

    cabecera cantonal es la parroquia Eloy Alfaro (Durn).

    La Jurisdiccin poltico-administrativa comprende las parroquias

    Eloy Alfaro e Isla Santay. Este cantn se encuentra limitado al Norte

    por el ro Babahoyo, al Sur del mismo se encuentra la localidad de

    Naranjal, al Este podemos encontrar el cantn Yaguachi y al oeste

    el ro Babahoyo.

  • 53

    El rea total del cantn Durn, ncluyendo la isla Santay es de 324

    Km, y su rea urbana tiene una extensin de 58,4 Km. con una

    densidad de 248.8 habitantes por Km2.

    La poblacin registrada en 1990 fue de 85.196 habitantes, los

    cuales 42.503 corresponden a los habitantes del sexo masculino y

    42.693 pertenecientes al sexo femenino (Fuente: V Censo de

    Poblacin y IV Censo de Vivienda).

    Actualmente la poblacn de Durn ha crecdo aproximadamente a

    360.000 habitantes, informacin dada segn los clculos estimados

    por el Municipio del Cantn Durn de 6 personas por promedio que

    ocupan una vivienda.

    De igual manera segn el censo de 1990, el total de vvendas fue

    de 20.653, desglosadas de la siguiente manera: 20.647 viviendas

    particulares y 6 viviendas colectivas.

    De las viviendas particulares se encontr que 18.005 estaban

    ocupadas por personas presentes en el momento del

    empadronamiento, 846 ocupadas con personas ausentes, y 1796

    viviendas desocupadas.

  • El Municipio del cantn est conformado por: El Alcalde, cargo

    ostentado actualmenta por el k. Oswaldo Pekhe~er~Loaiza- y II

    Concejales Municipales con sus suplentes, todos ellos e-idos

    segn eleccin popular.

    2.1.1. Infraestructura existente en el Cantn Durdn.

    El cantn Durn cuenta con los siguientes servcios pblcos:

    2.1.1.1. Agua Potable.

    El sistema de abastecmiento de agua potable de Durn, est

    integrado por los siguientes elementos:

    J Pozos perforados.

    J Tres lneas de conduccin, desde la captacin haca la ciudad.

    J Un tanque de reserva de 10.000 m3.

    J Una estacin de bombeo, equipada con cuatro bombas.

    J Red de distribucin.

    Segn la Empresa cantonal de Agua potable y alcantarillado de

    Guayaquil, ECAPAG, se entrega a la ciudad 30.000 m3 por da, de

    la misma fuente se conoce que existen alrededor de 22.900

    conexiones.

  • 55

    2.1.1.2. Alcantarillado Sanitario.

    Segn informacin del Plan Maestro de Alcantarillado, el casco

    central de Durn, posee un sistema combinado que descarga al ro.

    Todas las urbanizaciones de la parte sur de Durn, cuentan con

    sistemas propios de recoleccin y tratamiento, tal es el caso de las

    ciudadelas: Panorama, Brisas de Santay, Centro Vial, El Recreo,

    Abel Gilbert, etc.

    2.1 ,I .3- Alcantarillado PCuval.

    Hay un sistema troncal de canales en tierra, que drenan la norte de

    Durn, desde los cerros hasta el ro Babahoyo y estero Matanzas.

    2.1.1.4. Pavimentacin.

    El casco central de la cudad y la urbanizacin La Primavera 1,

    tienen pavimento rgido. Existe? algunas calles asfaltadas, y la gran

    mayora de la ciudad no est pavimentada

    2.1.1.5. Servicio Telefnico.

    En Durn existen 8.563 abonados hasta el ao de 1998, segn el

    censo de 1990 existan 4.851, lo anterior significa un crecimiento del

    73% en 8 aos.

  • 2;l .l., &2wici@ Mctrco.

    El servicio de Energa f3ctrica es proporcionado por EMELGUR,

    quien cubre toda la ciudad con el sistema de distribucin de energa.

    2.1.1.7. Servicio de Recoleccn de Basura.

    El servicio de recoleccin de basura cuenta con los carros

    recolectores y otros tipos de transporte.

    A continuacin se

    cobertura de los

    puede observar un cuadro donde se resume la

    servicos bsicos del Cantn Durn, donde el

    servicio que mayor cobertura tiene es la Luz Elctrica con 95.77 y la

    que tiene menor cobertura es el Telfiwo con un valor de 24.45.

    Tabla IV

    Ciudad de Eloy Alfaro (Durn): Cobertura de servicios bsicos

    Fuente: INEC

  • 57

    Todos estos servicios pblicos son el sustento, segn el Art. 315 de

    la Ley de R&imen Municipal qwe si un territorio se encuentra dotado

    de estas redes de infraestructura bsica indispensables y que

    tengan permanencia frecuente en el servicio, determinan la zona o

    sector como urbano.

    La ciudad de Eloy

    econmicamente activa

    Alfaro (Durn) tiene una poblacin

    distribuidas segn ramas de actividad

    econmica tal como se muestra en la Tabla V.

    Tabla V

    Ciudad de Durhn: Poblacin econmicamente activa segn

    ramas de actividad econmica.

    .-. 1. 842-.- . ..-... .

  • 58

    Como se aprecia, las actividades que mayor porcentaje representan

    son la de servicios con 35.71%, el comercia con 20.56% y la

    industra manufacturera con el 13.08%.

    Con esto podemos decir que existe todo tipo de comercio en la

    ciudad y que no hay sectores comerciales as como la ciudad de

    Guayaquil, sino que existen fo que se denomina franjas comerciales.

    Segn el V Censo de poblacidn y IV censo de vivienda, los tipos de

    vivienda segn las caractersticas particulares son: casa o villa,

    departamento, cuarto de casa de inquilinato, mediagua, rancho,

    covacha, choza y otros tipos.

    2.2. Estructura de la realizacin del censo catastral del cantn

    Durh

    La admnstracicin Municipal del .,Cantin Durn a cargo de4 alcalde y

    el departamento de Avalos y Catastro, viendo la necesidad de

    actualizar el catastro de la ciudad de Durn para el cumplimiento del

    mandato legal contenido en la Ley de Rgimen Municipal y debido a

    que el cobro del mpuesta predal era muy bajo, porque se segua

    cobrando de acuerdo a la informacin suministrada por el Municipio

    de Guayaqul, al separarse Durn como cantn.

  • 59

    Tuvo como objeto realizar los levantamientos y actuakzaci~n de la

    Cartografa, desfinde predial y empadronamiento de la ciudad de

    Rurn para facilitar, orientar y administrar eficientemente el

    crecimiento y desarrollo del territorio urbano de su jurisdicc&, as

    como tambin para fortalecer la capacidad financiera institucional.

    Entonces debido a estos antecedentes por el mes de octubre de

    1997, se comenz la planificacin para el nuevo censo catastral del

    cantn Durn. Este censo catastral fue dirigido por el Jefe del

    Qepartamento de Avalos y Catastro Arq. Luis Ollao Zapata y el

    personal a su cargo.

    El censo catastral se lo realizc5 desde el mes de marzo de 1998 con

    la contratacin del personal, esto es los encuestadores. Pero el

    trabajo de campo, es decir, la recopilacin de datos comer@ en el

    mes de abril, hasta el mes de qctubre de 1998. Y en los meses de

    noviembre a diciembre se real& el procesamiento de datos.

    22.1, Qbjetlvos del censo catastral del cantn Outin.

    Los trminos de referencia o la propuesta para la elaboracin del

    Catastro de Durn sealan los objetivos, metodologa y los

    resultados que pretenden obtener. Lsrs trabajos a realizarse en este

  • 6CI

    estudio solo abarcar el rea urbana aproximadamente de .58.4

    Km., estimndose un nmero de predios de 44.985.

    Cabe mencionar que para realizar este censo, la municipalidad se

    financii con sus propios recursos, pero cont6 con el debido

    asesoramiento del Banco del Estado (BEDE) por parte del Ing.

    Ernesto Plit, cuya instituciin tiene como objetivo o meta principal el

    fortalecimiento y de!WTQllQ municipal.

    Los objetvos presentados en la propuesta que la Municpafdad

    aspraba a canseguir mediante ei censo fueron:

    4 Dspaner de informacin fsica espacial de todos los pr&dQs con

    el fin de establecer los avalos y generar una base tcnica de

    tributacibn justa y equtativa que incluya t o d o s los predios

    urbanos, de manera que la aplicacin tributaria permitir

    robustecer la econama municipal, mediante la recaudacin del

    mandato legal establecido en la Ley de Rgimen Municipal.

    4 Inventariar los bienes inmuebles detallandc, sus caractersticas.

    J Obtener informacin para actividades de planificacin el control

    urbano y administracin, en los dversos sectores de la gestkh

    municipal.

  • 61

    J Racionalizar el cobro de otros impuestos relacionados con las

    propiedades urbanas Afcabalas, utilidad en la compra de benes

    inmuebles, solares no edificados contribucin especial de

    mejoras.

    4 Mejorar sustancialmente los recursus propios, a travs del

    incremento de las recaudaciones correspondientes al impuesto

    predial.

    J Contar con una carbgrafa actualizada y coMable de toda el rea

    comprendida dentro del permetro urbano para mltiples usos.

    2.2.2. Plan d8 trabajo del censo cAastral del canth Durn

    El plan de trabajo del censo consisti en siete fases, las cuales se

    resumen a continuacin:

    2.2.2.1. Sondeo del tugar de trabajo.

    Se realiz un sondeo de la ciudad de Durn para la verificacn del

    tipo de construccin que predominaba en la misma, este anlisis

    permtii establecer un dseiio inicial de la ficha catastral que se

    utilizara en el censo.

    Una vez hecho esto, las coordinadores del censo procedieron a la

    planeacin y organizacin del censo catastral, la fase concluye con

  • 2.2.2.2. Gapa&acibn del personal.

    Despus de la contratadn del personal reqwido los coordirwbres

    realizaron un curso de capacitacin, la organizacin y exposicin del

    mismo estuvo a cargo de ellos.

    2.2.2.3. El catastro.

    Esta fase comprende de la realizacin de una prktka inicial con un

    muestreo en campo, mediante el cual se obtuvo los valores del

    suela urbana, para el ekcto se eiabor una fcha modelo, as como

    tambin los planos manzaneras de la ciudad, con estas

    conskie