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eru pe ro "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD" GGRL-SUPC-GFST-01210-2019 San Borja, 27 de noviembre de 2019 Señor Julian Rojas Tovar Gerente General SAVIA PERU S.A. Av. Rivera Navarrete Nº 501, Piso 11 Lima 27.- Asunto : Pronunciamiento de PERUPETRO S. A. respecto a la rev1s1on de las instalaciones y pozos del Lote Z-28 que deben abandonarse en el marco del D.S. Nº 039-2014-EM, modificado por el D.S. Nº 023-2018-EM Referencia: Carta Nº SP-CE0-041-2018, recibida el 14 .11 .2018 De nuestra consideración: Nos dirigimos a usted con relación a la carta de la referencia, mediante la cual su representada remitió a PERUPETRO S. A. (en adelante, PERUPETRO) el Plan de Abandono en función al vencimiento del Contrato de Operaciones de Exploración y Explotación por Hidrocarburos en el Zócalo Continental en el Lote Z-28 , en virtud del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado mediante D.S. Nº 039-2014-EM, modificado por el D.S. Nº 023-2018-EM (en adelante, Reglamento para la Protección Ambiental) . Al respecto, producto de la revisión a la información presentada y a las reuniones técnicas sostenidas con el personal de SAVIA PERU S.A. (en adelante, SAVIA), le manifestamos lo siguiente: Pozos en el Lote Z-28: o PERUPETRO aprobó el Plan de Abandono permanente de sesenta y seis (66) pozos y, a la fecha, nos encontramos revisando el Plan de Abandono permanente de nueve (9) pozos adicionales, cuyos planes fueron remitidos por su representada a través de la carta Nº SP-CE0-00060-2019. En el Anexo 1 se describen los pozos que se deben abandonar permanentemente y las cartas a través de las cuales PERUPETRO aprobó dicho abandono 1 . Por lo tanto, SAVIA, en el marco del Reglamento para la Protección Ambiental, debe incluir en el Plan de Abandono a que se refiere el artículo 99.1 de dicho Reglamento, setenta y cinco (75) pozos ubicados en el Lote Z-28. 1 Es i mportante indicar que SAVIA propuso abandonar permanenteme nte sesenta y seis (66) po zos. Ad icionalmente a ello, producto de la evaluación a la potencialidad de los pozos inactivos en el Lote Z-2 B, PERUPETRO S.A., con carta NQ GGRL-S UPC- GF ST-01038-2019 recibida por S AVI A el 22.10.2019, concl uyó lo siguie nte: SAVIA debe prese ntar el Pla n de Ab andono permanent e de 9 po zos. SAVIA debe intervenir o abrir en producción 62 pozos o demos tr ar su pot encia lidad más allá del 2023. - Existe n 15 pozo s que se encue nt ran asoc i ado s al desa r ro ll o del Proyecto de Gas Natur al No Asocia d o y 55 pozos que tienen pot encia lidad, razón por la cua l no deben abandonarse de forma permanente. Av. Luis Aldana 320 - San Borja Lima 15034 - Perú T: (5 11\2061800 F: (5 11 \206 1801

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    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD"

    GGRL-SUPC-GFST-01210-2019

    San Borja, 27 de noviembre de 2019

    Señor Julian Rojas Tovar Gerente General SAVIA PERU S.A. Av. Rivera Navarrete Nº 501, Piso 11 Lima 27.-

    Asunto : Pronunciamiento de PERUPETRO S.A. respecto a la rev1s1on de las instalaciones y pozos del Lote Z-28 que deben abandonarse en el marco del D.S. Nº 039-2014-EM, modificado por el D.S. Nº 023-2018-EM

    Referencia: Carta Nº SP-CE0-041-2018, recibida el 14.11 .2018

    De nuestra consideración:

    Nos dirigimos a usted con relación a la carta de la referencia , mediante la cual su representada remitió a PERUPETRO S.A. (en adelante, PERUPETRO) el Plan de Abandono en función al vencimiento del Contrato de Operaciones de Exploración y Explotación por Hidrocarburos en el Zócalo Continental en el Lote Z-28, en virtud del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado mediante D.S. Nº 039-2014-EM, modificado por el D.S. Nº 023-2018-EM (en adelante, Reglamento para la Protección Ambiental) .

    Al respecto , producto de la revisión a la información presentada y a las reuniones técnicas sostenidas con el personal de SAVIA PERU S.A. (en adelante, SAVIA), le manifestamos lo siguiente:

    Pozos en el Lote Z-28:

    o PERUPETRO aprobó el Plan de Abandono permanente de sesenta y seis (66) pozos y, a la fecha , nos encontramos revisando el Plan de Abandono permanente de nueve (9) pozos adicionales, cuyos planes fueron remitidos por su representada a través de la carta Nº SP-CE0-00060-2019. En el Anexo 1 se describen los pozos que se deben abandonar permanentemente y las cartas a través de las cuales PERUPETRO aprobó dicho abandono1 .

    Por lo tanto, SAVIA, en el marco del Reglamento para la Protección Ambiental , debe incluir en el Plan de Abandono a que se refiere el artículo 99.1 de dicho Reglamento, setenta y cinco (75) pozos ubicados en el Lote Z-28.

    1 Es importante indicar que SAVIA propuso abandonar permanentemente sesenta y seis (66) pozos. Ad icionalmente a ello,

    producto de la evaluación a la potencialidad de los pozos inactivos en el Lote Z-2B, PERUPETRO S.A., con carta NQ GGRL-SUPC-GFST-01038-2019 recibida por SAVIA el 22.10.2019, concluyó lo siguiente:

    SAVIA debe presentar el Plan de Abandono permanente de 9 pozos. SAVIA debe intervenir o abrir en producción 62 pozos o demostrar su potencia lidad más allá del 2023.

    - Existen 15 pozos que se encuentran asociados a l desar rollo del Proyecto de Gas Natura l No Asocia d o y 55 pozos que

    t ienen potencia lidad, razón por la cua l no deben abandonarse de forma permanente.

    Av. Luis Aldana 320 - San Borja Lima 15034 - Perú T: (511\2061800 F: (5 11 \206 1801