Ensayo del uso de las TICs en el control de contribuyentes ante el SAT.
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El uso de las TICS en el control de contribuyentes ante el Sistema Administración Tributario
(SAT)
Conocer el uso de la firma, factura y contabilidad electrónica.
30 DE OCTUBRE DE 2014
SECC 107
Contenido
Introducción..............................................................................................................2
Datos generales.......................................................................................................3
¿Qué son las TICS?..........................................................................................................3
¿Qué es la SHCP y el SAT?.............................................................................................3
Leyes y reglamentos aplicables para contribuir al gasto público......................................3
Contribuyentes sujetos......................................................................................................4
Corrupción y evasión fiscal................................................................................................5
Controles tributarios.................................................................................................6
Firma electrónica...............................................................................................................6
Bases legales.................................................................................................................6
Procedimientos y requerimientos de TICS....................................................................6
Sanciones......................................................................................................................7
Factura electrónica............................................................................................................7
Bases legales.................................................................................................................7
Procedimientos y requerimientos de TICS....................................................................7
Sanciones......................................................................................................................9
Contabilidad electrónica....................................................................................................9
Bases legales.................................................................................................................9
Procedimientos y requerimientos de TICS..................................................................10
Sanciones....................................................................................................................12
Conclusión..............................................................................................................13
Bibliografía.............................................................................................................14
Citas textuales........................................................................................................15
1
Introducción
La investigación realizada y plasmada en este ensayo se refiere a como el SAT en
adelante el Servicio Administración Tributaria controla a los contribuyentes, a la
fecha con tres tipos de procedimientos, la firma electrónica, la factura electrónica y
la contabilidad electrónica, llegar a conocer las bases del cumplimiento de estas
obligaciones y las sanciones que puede llegar a generar el no cumplimiento de
dichos controles. Desde mi punto de vista personal el uso de herramientas
relacionadas con las TICS es bueno para evitar parte de la corrupción que se
genera por el uso de papel y pluma, a la antigua.
2
Datos generales
¿Qué son las TICS?
Podrían definirse como herramientas que forman parte integrante de nuestra vida
cotidiana que están representados o soportadas por productos tecnológicos o
mecanizados.
¿Qué es la SHCP y el SAT?
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es una secretaría del gobierno
federal de México encargada de la recaudación tributaria, la administración
financiera y fiscalización de recursos del gasto público, además de regular y vigilar
al sistema financiero y de valores del país.
El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la SHCP,
que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin
de que personas físicas y morales contribuyan de forma proporcional y equitativa
al gasto público, así como de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con
las disposiciones tributarias y aduanera, facilitando e incentivando el cumplimiento
voluntario, además de generar y proporcionar información necesaria para el
diseño y la evaluación de la política tributaria.
Leyes y reglamentos aplicables para contribuir al gasto público.
Dentro de las leyes que actualmente rigen el sistema tributario se encuentran en
orden jerárquico las siguientes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Donde se determinan quienes son los que contribuyen al gasto público de
acuerdo al Artículo 31 en su facción IV.
3
“Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
…
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del
Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan
las leyes.“
Ley de Firma Electrónica Avanzada
Esta ley determina y regula el uso de la Firma Electrónica Avanzada.
Código Fiscal de la Federación
El artículo 28 establece la obligación de llevar contabilidad.
En el artículo 33 de su reglamento se define todo lo que integra una
contabilidad para los contribuyentes, así mismo en que tiempo y forma
tienen que estar registrados para poder ser identificados por la autoridad en
caso de revisiones espontaneas u obligatorias.
En su artículo 34 establece la obligación de los contribuyentes de conservar
y almacenar como parte integrante de la contabilidad todo lo relativo al
diseño y funcionamiento de los sistemas electrónicos donde almacene y
procese su datos contables y cuando sea sujeto de revisión por parte de la
autoridad tributaria el contribuyente ponga a disposición de la Autoridad
todo lo referente a su uso y auxilio.
En su artículo 29 se estipula la obligación de emitir Factura Electrónica
Avanzada por todos los contribuyentes.
Quinta resolución de modificaciones a la resolución de miscelánea fiscal
para 2014 y sus anexos.
Establece la información que requiere la autoridad en cuanto a la
contabilidad electrónica, así como fechas de presentación y sujetos
obligados.
4
Contribuyentes sujetos
En contribuyentes sujetos son todos los que se encuentran registrados ante el
SAT. Cada uno de ellos identificado por un RFC (Registro Federal de
Contribuyentes), generado en base al nombre, fecha de nacimiento o constitución
de la empresa y un algoritmo de identificación.
Personas físicas son individuos con capacidad de contraer derechos y
obligaciones, ejemplo:
Juanito Pérez Pérez con fecha de nacimiento 1 de abril de 1990:
RFC: PEPJ-900401-RJ1
Personas Morales son la unión de dos o más personas físicas o morales que
tienen un fin y duración determinado, ejemplo:
Teléfonos de México SAB de CV con fecha de constitución 15 de marzo de 1984:
RFC: TME-840315-KT6
Ambos contribuyentes tramitan su RFC ante las oficinas de atención del SAT.
Corrupción y evasión fiscal
A medida que pasa el tiempo el uso de las TICS tienden a ser una característica
de nuestro tiempo, pensando en unos años atrás el control de los contribuyentes
era un poco arcaico por así decirlo, ya que la elaboración de facturas era
simplemente tomar un papel y una pluma, generando errores ya sea de manera
intencional o sin querer y solo en caso de revisión de parte de la Autoridad
Fiscalizadora se podía encontrar el error, dándose situaciones de diferente índole,
entre las cuales se podría mencionar que si las personas que ejecutaban la
revisión imponían multas de acuerdo a las leyes vigentes y el contribuyente veía la
forma de que esas sanciones se pasaran por alto dándole gratificaciones a los
revisores y si estos la aceptaban se generaba lo que es la corrupción.
5
6
Controles tributarios
Firma electrónicaBases legales
La base legal de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) fue publicada por el
Expresidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa el 11 de enero de 2012
denominándose Ley de Firma Electrónica Avanzada, esta ley estipula el uso de la
FIEL que personas deberán tramitarla, que servicios estarán disponibles para
aceptarla, una FIEL es como una firma con pluma, la diferencia de ella es que la
FIEL incorpora tecnología y datos adicionales de la persona quien es dueña.
Procedimientos y requerimientos de TICS
El procedimiento para obtener la FIEL es el siguiente:
1. Se acude a la oficina de atención del SAT con documentos en original o
copia certificada.
2. Presentar una identificación oficial vigente.
3. Presentar CURP certificada en el RENAPO (Registro Nacional de
Población) o en caso de no tenerla el acta de nacimiento.
4. Comprobantes de domicilio que no tengan antigüedad mayor a 4 meses.
5. En caso de asalariados o contribuyentes sin actividad económica solo
deberán presentar su IFE como comprobante de domicilio.
Una vez presentada toda la documentación se pasaran a través de varios módulos
donde registraran la firma autógrafa, las huellas dactilares, el iris de los ojos y una
contraseña, estos mismos serán parte integrante de la FIEL.
Una vez realizados todos estos procedimientos se obtendrán los archivos de la
FIEL en un dispositivo de almacenamiento USB y la solicitud sellada.
La obtención de la FIEL es un trámite gratuito y tendrá un año de vigencia de 4
años.
7
Sanciones
De momento no hay sanciones por no tener la FIEL, ya que como se menciona
esta tiene una vigencia y al querer utilizarla fuera de su vigencia la aplicación que
la requiera solo negara el acceso a sus servicios. Las sanciones estarán derivadas
solo por no presentar declaraciones que requieran la FIEL.
Factura electrónicaBases legales
Las bases legales de la Factura Electrónica provienen del artículo 29 del Código
Fiscal de la Federación, Regla II.2.20.10 y II.2.20.11 de la Resolución de la
Miscelánea Fiscal para el 2008 y Anexo 20 del Diario Oficial de la Federación del
21 de diciembre de 2009.
En estas bases se mencionan los sujetos obligados y los requisitos para poder
emitir facturas electrónicas.
Procedimientos y requerimientos de TICS
Los requerimientos para emitir factura electrónica son:
Contar con la FIEL
Solicitar Certificado de Sello Digital con la FIEL
Utilizar la aplicación gratuita del SAT o la de algún proveedor o contratar
con un proveedor de facturas electrónicas ya sea a través de su portal o
una conexión o desarrollo al sistema de la empresa.
El procedimiento para emitir una factura electrónica dependerá de la opción
elegida del tercer punto mencionado anteriormente, sin embargo la generación
final tendrá como resultado un archivo XLM por sus siglas en inglés (Lenguaje de
Marcas Extensible), este archivo contendrá toda la información que tenía una
factura tradicional, como son los datos generales de la empresa que emita la
8
factura, los datos generales de quien recibe la factura, los datos de la operación
que realizan ambas personas, datos de identificación del documento como folio
fiscal, fecha de certificación con el SAT y en algunos casos información adicional
que requieran grandes empresas, un ejemplo de este archivo sería el siguiente
XML:
<cfdi:Comprobante xmlns:cfdi="http://www.sat.gob.mx/cfd/3" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://www.sat.gob.mx/
cfd/3 cfdv3.xsd"version="3.0" fecha="2010-03-06T20:38:12"sello="tOSe+Ex/
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1cYES/
PD+LQRM1Vb1g7VLE3hR4S5NNBv0bMwwWAr0WfL9lRRj0PMKLorO8y4TJjRU8MiYXfzSuKYL5Z16kW8zlVHw7CtmjhfjoIMwjQo3prifWxFv7VpfIBstKKShU0qB6KzU
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qlhTgwPNAPrKIXCmOWtqjlDhho/lhkHJMzuTn8AoVapbBUn"formaDePago="PAGO EN UNA SOLA
EXHIBICION" noCertificado="30001000000100000800" tipoDeComprobante="ingreso">
<cfdi:Emisor rfc="PPL961114GZ1" nombre="PHARMA PLUS SA DE CV">
<cfdi:DomicilioFiscal pais="Mexico" calle="AV. RIO MIXCOAC" estado="MEXICO, D.F." colonia="ACACIAS" municipio="BENITO JUAREZ" noExterior="No.
140" codigoPostal="03240"/>
<cfdi:ExpedidoEn pais="Mexico" calle="AV. UNIVERSIDAD" estado="DISTRITO FEDERAL" colonia="OXTOPULCO" noExterior="1858" codigoPostal="03910"/>
</cfdi:Emisor>
<cfdi:Receptor rfc="PEPJ8001019Q8" nombre="JUAN PEREZ PEREZ">
<cfdi:Domicilio pais="Mexico" calle="AV UNIVERSIDAD" estado="DISTRITO FEDERAL" colonia="COPILCO
UNIVERSIDAD" municipio="COYOACAN" noExterior="16 EDF 3" noInterior="DPTO 101"codigoPostal="04360"/>
</cfdi:Receptor>
<cfdi:Conceptos>
<cfdi:Concepto unidad="CAPSULAS" importe="244.00" cantidad="1.0" descripcion="VIBRAMICINA 100MG 10" valorUnitario="244.00"/>
<cfdi:Concepto unidad="BOTELLA" importe="137.93" cantidad="1.0" descripcion="CLORUTO 500M" valorUnitario="137.93"/>
<cfdi:Concepto unidad="TABLETAS" importe="84.50" cantidad="1.0" descripcion="SEDEPRON 250MG 10" valorUnitario="84.50"/>
</cfdi:Conceptos>
<cfdi:Impuestos totalImpuestosTrasladados="22.07">
<cfdi:Traslados>
<cfdi:Traslado tasa="0.00" importe="0.00" impuesto="IVA"/>
<cfdi:Traslado tasa="16.00" importe="22.07" impuesto="IVA"/>
</cfdi:Traslados>
</cfdi:Impuestos>
<cfdi:Complemento>
<tfd:TimbreFiscalDigital xmlns:tfd="http://www.sat.gob.mx/TimbreFiscalDigital" xsi:schemaLocation="http://www.sat.gob.mx/TimbreFiscalDigital
TimbreFiscalDigital.xsd"selloCFD="tOSe+Ex/wvn33YlGwtfmrJwQ31Crd7lI9VcH63TGjHfxk5vfb3q9uSbDUGk9TXvo70ydOpikRVw+9B2Six0mbu3PjoPpO909oAYITrRy
omdeUGJ4vmA2/12L86EJLWpU7vIt4cL8HpkEw7TOFhSdpzb/890+jP+C1adBsHU1VHc="FechaTimbrado="2010-03-06T20:40:10" UUID="ad662d33-6934-459c-
a128-bdf0393e0f44" noCertificadoSAT="30001000000100000801" version="1.0"selloSAT="j5bSpqM3w0+shGtImqOwqqy6+d659O78ckfstu5vTSFa+2CVMj6Awfr18x4
yMLGBwk6ruYbjBlVURodEIl6nJIhTTUtYQV1cbRDG9kvvhaNAakxqaSOnOx79nHxqFPRVoqh10CsjocS9PZkSM2jz1uwLgaF0knf1g8pjDkLYwlk="/>
</cfdi:Complemento>
<cfdi:Addenda/>
</cfdi:Comprobante>
9
Sanciones
Las sanciones por generar facturas electrónicas de forma incorrecta pueden ser
aplicables como delitos de defraudación fiscal, esto es prisión dependiendo del
monto de lo defraudado.
Prisión de 3 meses a 2 años cuando el monto de lo defraudado no exceda de
$1,221,950.00
Prisión de 2 a 5 años cuando el monto de lo defraudado este entre $1,221,950.00
y $1,832,920.00
Prisión de 3 a 9 años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,832,920.00
Cuando no se pueda determinar el monto de lo defraudado, la sanción será de 3
meses a 6 años de prisión. Si el monto de lo defraudado es restituido en una sola
exhibición, la pena aplicable podrá reducirse hasta en un 50%.
Contabilidad electrónicaBases legales
Las bases legales de la contabilidad electrónica provienen del artículo 28 del
Código Fiscal de la Federación, en resumen el contenido de las cuatro facciones
del artículos describe que se considera contabilidad para efectos fiscales, que es
lo que integra la contabilidad, los requisitos que deberán cumplir los registros
contables, la documentación física y digital que integra la contabilidad y en qué
tiempo se deberá presentar la información.
En el artículo 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación con respecto
al artículo 28 de CFF menciona específicamente cuales son los documentos e
información que integran la contabilidad, además de especificar como deberán de
ser los registros o asientos contables.
10
Dentro del artículo 34 menciona que para efectos del artículo 28 del CFF, el
contribuyente obligado a llevar contabilidad deberá conservar y almacenar como
parte integrante de la contabilidad todo lo relacionado al diseño del sistema
electrónico donde procese sus datos contables y en caso de que la autoridad
ejerza sus facultades de revisión, el contribuyente deberá poner a disposición el
equipo y auxiliar en el funcionamiento del mismo todo esto con base a las normas
oficiales mexicanas correspondientes a la generación y conservación de
información electrónica.
Procedimientos y requerimientos de TICS
El procedimiento para generar la información respecto a la contabilidad electrónica
de acuerdo a las bases legales mencionadas anteriormente son:
A. Catálogo de cuentas utilizado en el periodo.
B. Código agrupador de cuentas del SAT.
C. Balanza de comprobación que incluya saldos iniciales, movimientos y
saldos finales respecto del punto A.
D. La información por cada transacción generada en la póliza y sus auxiliares.
Catálogo de Cuentas
En lo que es el catálogo de cuentas se generara un archivo XML con los
siguientes atributos:
Versión: Requerido para la expresión de la versión del formato.
RFC: Para identificar que contribuyente envía los datos.
TotalCtas: Número de cuentas que se expresan en el catálogo.
Mes: Mes en que inicia la vigencia del catálogo de la balanza.
Año: Año en que inicia la vigencia del catálogo de la balanza.
Nodo obligatorio: Catalogo de Cuentas
Dentro de lo que es Catálogo de Cuentas como nodo adicional, este contendrá los
siguientes atributos:
11
CodAgrup: Que vendría siendo el punto B de acuerdo al catálogo de cuentas
publicado por el SAT.
NumCta: Es la clave con la que se distingue la cuenta en la contabilidad.
Desc: Descripción de la cuenta.
SubCtaDe: Opcional en caso de subcuentas.
Nivel: El nivel en que se encuentra la cuenta dentro del catálogo de contabilidad.
Natur: Naturaleza de la cuenta (D – Deudora, A – Acreedora).
Ejemplo de código fuente del archivo XML
<xs:element name="Catalogo"> <xs:annotation> <xs:documentation>Formato de archivo de catálogo de cuentas que se entrega como parte de la Contabilidad
electrónica.</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:complexType> <xs:sequence> <xs:element name="Ctas" maxOccurs="unbounded">
<xs:annotation> <xs:documentation>Nodo obligatorio para expresar el detalle da cada cuenta del catálogo </xs:documentation> </xs:annotation>
<xs:complexType> <xs:attribute name="CodAgrup" use="required"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para expresar el
código agrupador de cuentas conforme al catálogo publicado por el SAT en la página de internet. Se debe agrupar cada cuenta en el concepto que
corresponda</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:pattern value="[0.-9]
{1,12}"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute name="NumCta" use="required"> <xs:annotation>
<xs:documentation>Atributo requerido, es la clave con que se distingue la cuenta en la contabilidad</xs:documentation> </xs:annotation>
<xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:maxLength value="100"/> <xs:minLength value="1"/> </xs:restriction>
</xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute name="Desc" use="required"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para
expresar el nombre de la cuenta</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="1"/> <xs:maxLength value="200"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute
name="SubCtaDe">
<xs:annotation> <xs:documentation>Atributo opcional en el caso de subcuentas. Sirve para expresar la clave de la cuenta a la que pertenece dicha
subcuenta</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:minLength value="1"/>
<xs:maxLength value="100"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute name="Nivel" use="required">
<xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para expresar el nivel al que se encuentra la cuenta en el catálogo</xs:documentation>
</xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:int"> <xs:minInclusive value="1"/> </xs:restriction>
</xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute name="Natur" use="required"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido
para expresar la naturaleza de la cuenta, (D – Deudora, A – Acreedora)</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction
base="xs:string"> <xs:pattern value="[DA]"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute> </xs:complexType>
</xs:element> </xs:sequence> <xs:attribute name="Version" type="xs:string" use="required" fixed="1.0"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo
requerido para la expresión de la versión del formato</xs:documentation> </xs:annotation> </xs:attribute> <xs:attribute name="RFC" use="required">
<xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para expresar el RFC del contribuyente que envía los datos</xs:documentation> </xs:annotation>
<xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:string"> <xs:minLength value="12"/> <xs:maxLength value="13"/> <xs:pattern value="[A-ZÑ&]
{3,4}[0-9]{2}[0-1][0-9][0-3][0-9][A-Z0-9]?[A-Z0-9]?[0-9A-Z]?"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute name="TotalCtas"
use="required"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para expresar el número cuentas que se relacionan en el
catálogo</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:int"> <xs:minInclusive value="2"/> </xs:restriction>
</xs:simpleType> </xs:attribute> <xs:attribute name="Mes" use="required"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para expresar el
mes en que inicia la vigencia del catálogo para la balanza</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:string">
<xs:enumeration value="01"/> <xs:enumeration value="02"/> <xs:enumeration value="03"/> <xs:enumeration value="04"/> <xs:enumeration
value="05"/> <xs:enumeration value="06"/> <xs:enumeration value="07"/> <xs:enumeration value="08"/> <xs:enumeration value="09"/>
<xs:enumeration value="10"/> <xs:enumeration value="11"/> <xs:enumeration value="12"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute>
<xs:attribute name="Ano" use="required"> <xs:annotation> <xs:documentation>Atributo requerido para expresar el año en que inicia la vigencia del catálogo
para la balanza</xs:documentation> </xs:annotation> <xs:simpleType> <xs:restriction base="xs:int"> <xs:minInclusive value="2014"/>
<xs:maxInclusive value="2099"/> </xs:restriction> </xs:simpleType> </xs:attribute> </xs:complexType> </xs:element>
El envío del catálogo de cuentas se enviara por primera vez en enero de 2015 y
tres días después cada vez que sea modificado.
12
Balanza de comprobación
Los atributos del archivo XML en cuanto a la Balanza de comprobación son los
mismos que para el Catálogo de Cuentas en cuanto a Versión, RFC, TotalCtas,
Mes, Año y a diferencia del último el nodo obligatorio es BCE:Cts y este se integra
por los siguientes atributos:
NumCta: Número de cuenta asignada por el contribuyente.
SaldoIni: Saldo inicial de la cuenta.
Debe: Monto de los movimientos deudores de la cuenta.
Haber: Monto de los movimientos acreedores de la cuenta.
SaldoFin: Saldo final de la cuenta.
El XML de la Balanza de Comprobación es similar al del Catálogo de Cuentas de
acuerdo a los atributos requeridos por el SAT. El envío del archivo XML se enviara
de forma mensual, en el mes siguiente al que correspondan los datos.
Formato Pólizas del Periodo.
Los atributos del archivo XML al igual que en los dos anteriores son: Versión,
RFC, Mes, Año y nodo obligatorio, este último corresponde a PLZ:Poliza y los
atributos del nodo serían los siguientes:
Tipo: Tipo de póliza (1 – Ingresos, 2 – Egresos o 3 – Diario)
Num: Número de póliza.
Fecha: Fecha de la póliza.
Concepto: Concepto de la operación.
Nodo obligatorio: Transacción.
El envío del archivo XML del formato de las Pólizas del Periodo se enviara a
petición del SAT cuando ejerza sus facultades de revisión.
13
Sanciones
Las infracciones serían de $ 27,680 hasta $48,440 en caso de no presentar los
XML cuando se esté obligado a ello y de $ 260 a $5,980 cuando no se tenga
contabilidad.
Conclusión
La conclusión de esta investigación fue para llegar a conocer el uso de las TICS y
características de los archivos necesarios para poder cumplir con los
requerimientos de información que necesita el SAT de cualquier contribuyente que
se encuentre registrado y obligado por los tres conceptos de nuestra investigación.
De acuerdo a lo investigado y en base a las entrevistas realizadas durante el
proceso de la investigación me he podido percatar de la necesidad de
herramientas que puedan facilitar más el proceso de generación de los XML
pedido por el SAT, así como poder hacer uso de los datos que posee el XML en
case de recibirlo y así poder evitar capturar nuevamente la información del mismo,
esto en caso de facturas electrónicas.
Así también es correcto que las dependencias de gobierno, en este caso el SAT
adapten TICS en sus procesos, quizás evitando un poco la corrupción que genera
la intervención de personas, suena algo incorrecto porque habrá personas que
pierdan trabajo por así decirlo pero sin duda los errores de revisión serán más
precisos y fáciles de encontrar que si se hicieran de forma manual, aunado a esto
el costo maquina sería más barato que el costo hombre.
14
Bibliografía
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entorno jurídico, fiscal e informático. México: IMCP, CCPM.
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http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/fiel/Paginas/default.aspx
SAT. (2014). Factura Electrónica. Octubre 23, 2014, de SAT-SHCP Sitio web:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/default.aspx
SAT. (2014). Contabilidad Electrónica. Octubre 16, 2014, de SAT-SHCP Sitio
web:http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Paginas/
contabilidad_electronica.aspx
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Citas textuales
SAT. (2014). Que es el SAT. Octubre 29, 2014, de SAT-SHCP Sitio web:
http://www.sat.gob.mx/que_sat/Paginas/default.aspx
“El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano desconcentrado
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene la responsabilidad de
aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y
morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público; de fiscalizar a
los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras;
de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la
información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.
Su misión: Recaudar los recursos tributarios y aduaneros que la Ley prevé,
dotando al contribuyente de las herramientas necesarias que faciliten el
cumplimiento voluntario.
Su visión: Ser una institución moderna que promueva el cumplimiento voluntario
de los contribuyentes a través de procesos simples.”
SAT. (2014). Firma Electrónica Avanzada. Junio 3, 2014, de SAT-SHCP Sitio web:
http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/fiel/Paginas/default.aspx
“La Firma Electrónica Avanzada (Fiel) es un archivo digital que te identifica al
realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del
Gobierno de la República.
Tu Fiel es única, es un archivo seguro y cifrado que incluye tu firma caligráfica.
Por sus características, es segura y garantiza tu identidad.”
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SAT. (2014). Contabilidad Electrónica. Octubre 16, 2014, de SAT-SHCP Sitio
web:http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Paginas/
contabilidad_electronica.aspx
“CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica y
enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas
morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad empresarial.
Sólo quedan exentas de la obligación los siguientes: los sindicatos obreros y los
organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los
municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno
federal el importe íntegro de su remante de operación, y las personas físicas con
actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de
dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de
Incorporación Fiscal.
Cómo se genera la contabilidad electrónica
Genera los archivos xml con el detalle de la contabilidad electrónica conforme a lo
establecido en el (1.12 mb)Anexo 24 de la Segunda resolución de modificaciones
a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, comprime cada archivo en zip y cumple
con la nomenclatura establecida.
Cómo se envía la información
La entrega de la información es a través del Buzón Tributario, en el apartado
Contabilidad electrónica; el envío debe hacerse con firma electrónica.
El envío de la información se hace conforme lo siguiente:
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El catálogo de cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2) por única vez
en el primer envío (en enero 2015), y tres días después cada vez que sea
modificado.
Las balanzas de comprobación y el sistema financiero de forma mensual, en el
mes siguiente al que correspondan los datos, de acuerdo con lo siguiente:
Las personas físicas comienzan a enviar su información a partir de enero
2015.
Para el envío, ingresa al Buzón Tributario:
1. Selecciona Contabilidad electrónica.
2. Selecciona el tipo de información y archivo que vas a enviar junto con los
datos generales relacionados.
3. Envía con la firma electrónica.
Si el envío es exitoso recibes un acuse de recepción.
En cambio, cuando los archivos tienen errores informáticos, recibes un aviso a
través del Buzón Tributario para que, dentro de los tres días hábiles siguientes,
corrijas esa situación y los envíes nuevamente.”
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