Ensayo del Libro El Jurista y El Simulador Del Derecho

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    Es deber de todo profesionista evidenciar a todo aquel que ostente, finja como tal

    y esté muy lejano de serlo, ya sea por si comportamiento poco ético o por su poca

    preparación académica. Quien omita la reacción a tales acontecimientos incurre

    en el detrimento de la actividad misma e impide el desarrollo del conocimiento

    humano. En el ejercicio de la profesión nos toparemos con quieres de una forma

    menoscaba trate de incurrir en actividades mal vistas por la ética profesional y por

    la moral externa provista.

    Ante la necesidad de definir la obtusa en el conocimiento y en los actos que deben

    ser el autor I nacio !ur oa "rihuela da ori en a la obra El jurista y el simulador

    del derecho.

    #isma obra condena los actos del simulador para su oportuna identificación. Adem$s advierte de los perjuicios que trae el simulador a la sociedad y al ejercicio

    y desarrollo propio de la %iencia &ur'dica.

    Al ser El &urista y el (imulador del )erecho una obra que prote e, de los vicios del

    supuesto profesionista, la actividad del abo ado es de esperar que !ur o "rihuela

    de una idea propia de lo que debe ser un abo ado. *as primeras p$ inas

    coinciden en que el abo ado debe ser un individuo libre, auténtico, ver$s, con

    valor civil, honesto, con profundo sentido de la justicia y conocedor del )erecho.

    +ablando de libertad en términos de ejercicio da respuesta a la misma que el

    abo ado debe tener al ele ir a qué clientes representar$ ante los ór anos

    p blicos. En cambio, cuando el abo ado se encuentra laborando en el sector

    p blico o privado se ver$ obli ado a defender los intereses del or anismo donde

    trabaje. En dicha situación, el abo ado deja de serlo por que no tiene la libertad de

    ele ir dónde se ubicar$ su patrocinio y si puede o no hacerlo. -asa a ser parte del

    rupo asalariado, manipulando el )erecho, con el fin de acatar las indicaciones del

    patrón.

    Adem$s el jurista deber ser auténtico, defendiendo y siendo fiel a sus ideas.

    unca ser$ abo ado aquel que valla en contra de lo que siente o piensa. -or

    tanto, sus acciones no deben ser contra de sus pensamientos. *a autenticidad se

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    revela en un comportamiento acorde a lo que piensa y se siente, dicho por el

    autor.

    (in dejar pasar la veracidad, confirmamos su existencia en las caracter'sticas del

    jurista cuando se llevan a cabo la reali/ación del pensamiento que se tiene comocorrecto. El abo ado que cree firmemente en el pensamiento como verdad jur'dica

    intenta darle vida a ese pensamiento, por tanto, es di no portador de la virtud de la

    veracidad.

    "tra de las caracter'sticas expresadas por el autor !ur oa "rihuela dadas al

    abo ado es el valor civil. Entiéndase por valor civil a la disposición constante de la

    lucha contra la justicia. El abo ado real, es defensor de la lucha por el valor civil.

    Quien care/ca de valor civil, sin importar el conocimiento que ten a no pasar$ deser un cobarde erudito0 pero nunca abo ado.

    *a corrupción es uno de los vicios caracter'sticos del simulador y nunca del

    abo ado. *a corrupción es una corriente constante en las actividades del

    simulador, el abo ado es auténtico, la corrupción no tiene cabida. *a honestidad

    debe ser la que impulse el accionar del abo ado.

    %omo complemento de las bien dichas virtudes del abo ado, m$s no del

    simulador se encuentra como ltimo el amplio sentido de la justicia. Aquel que

    entienda la responsabilidad que esto implica debe verse no como el defensor de

    los intereses de un particular, si no como un individuo que contribuye al correcto

    dinamismo de la sociedad. -or tanto, es muy pertinente por parte de !ur oa

    "rihuela afirmar que 1El cultor del )erecho no sólo tiene que atender a la

    problem$tica individual, sino abocarse a las cuestiones sociales, ya que es un

    servidor de la sociedad.2

    Quién podr'a ne ar que el individuo que no posee la libertad, la autenticidad, la

    veracidad, el valor civil y la honestidad, no merece la distinción de abo ado0 sino

    m$s bien la deshonra del calificativo de simulador. (in embar o, existe una ltima

    caracter'stica y no por ello menos importante0 el conocimiento y constante estudio

    de la %iencia del )erecho. Aquel que no tiene los conocimientos suficientes y

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    pertinentes del )erecho le ser$ imposible ejercer, de manera responsable y con un

    alto sentido ético, la profesión de abo ado. *ue o entonces, resulta m$s que

    evidente que el simulador es un tipo inmerso en su e o y en su profunda

    i norancia, tanto del )erecho como de cualquier otra disciplina. El *icenciado en

    derecho que desempe3e la profesión de abo ado deber$ tener por lo tanto la

    vocación y habilidad para ello, que es equivalente al atesoramiento de las virtudes

    ya mencionadas del )erecho perpetuamente.

    Adem$s de abo ado aquel que ejerce el )erecho puede postularse como jue/ o

    docente, no obstante y pese a la responsabilidad que esto implica dichos car os

    no est$n exentos de la presencia del simulador, lo que da3a ravemente la

    epistemolo 'a de la %iencia &ur'dica, adem$s de la se uridad social que emana de

    la correcta y pulcra aplicación del )erecho.

    Aquel simulador jue/ es un tipo con un e o elevado que se cree capa/ de resolver

    todo tipo de controversias sin siquiera anali/ar los fundamentos y ar umentos

    dados, cree pues que ya lo tiene todo resuelto desde un principio.

    En dicho camino corrupto nos topamos con el docente, peor a n cuando éste

    pretende esclavi/ar su corrupta procreación del )erecho, puesto que no se puede

    ense3ar lo que no se sabe. El alumnado siempre considerar$ al profesor comoaquel que da ejemplo del ejercicio correcto de la actividad profesional, por tanto,

    envenena mentes que a futuro desembocar$n en la actividad profesional. El

    simulador aqu' aver 4en/a a cualquier universidad y se limita a cumplir con su

    horario y pro ramas establecidos que ni él mismo entiende.

    -or tanto, el abo ado, el jue/ y el maestro del )erecho deben tener vocación de

    jurista. Aquel que care/ca de ellos o que su amor a la profesión no lo lleve a la

    obtención o aplicación del conocimiento.

    -ropiamente, coincido hasta este punto con el autor, en tanto hace referencia a

    que el abo ado, el jue/ y el maestro deben uiarse a través del camino del buen

    ejercer y deben ejercer como buenos juristas. %oincido adem$s que la ética

    profesional va li ada directamente con las virtudes del abo ado, mismo que debe

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    aprender que obrar bien no es una elección y que por ende, quien no lo ha a debe

    quedar como anta ónico.

    (i bien es cierto que cualquier profesionista defender$ su profesión por sobre toda

    las cosas, es preciso entender que pueden existir ciertas l'neas adyacentes al noatender entender las proveniencias del conocimiento multidisciplinar, dichos actos

    no son parte del simulador, ya que éste carece de conocimiento y ape o a la

    disciplina, puede entonces, pertenecer al profesionista auténtico, que inquirir$ en

    un error a nivel espistémico.

    )icha obra es muy buena, nos habla de la ética por sobre todas las cosas, nos

    define lo que 1debe ser2 y lo divide de lo que 1puede ser pero no debe ser5 para

    centrarnos en lo primero. Al o que sin duda yo y al unos autores que anali/anésta obra se han dado cuenta es que propone a la %iencia del )erecho a un

    estatus epistémico que no le corresponde ce ado por su e o profesional

    simplemente, cuando en el libro se establece que6

    “…la cultura del Derecho abarca el ámbito más extenso en el amplio campo de las

    humanidades. Ninguna otra disciplina del saber tiene mayor latitud…”

    o sólo eso, si no que define adem$s a la ley como “una obra de arte y quizás la

    más trascendental del espíritu humano. Su elaboraci n debe obedecer a un

    concienzudo estudio sobre la materia que debe normar y a la estructuraci n l gica

    de sus disposiciones.” 7 o ser'a entonces la ló ica a n m$s extensa que el

    )erecho8 *a ley debe tener una estructuración ló ica y debe obedecer a los

    principios ló icos, entonces obviamente, la ló ica diri e al )erecho.

    %oncilia al )erecho afirmando que 9 in una otra disciplina del saber tiene mayor

    latitud , lo cu$l puede parecer erróneo para cualquier otro profesionista.‟

    Al punto si uiente, tenemos la afirmación de que6 1el cultor del )erecho, el :homo

    juridicus; como tipo paradi m$tico envuelve al hombre m$s sabio, en atención a su

    vinculación estrecha e indispensable que el )erecho uarda con todas las ramas

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    de las ciencias especiali/adas . -ero si se pretendiera no sólo conocer si no saber ‟

    todo ser'a al o meramente imposible si se propusiera tal proe/a.

    -ara concluir, ésta obra nos propone buenos postulados de ética, no obstante y

    paradójicamente dispone de la epistemolo 'a jur'dica como la m$s amplia,estratificada y extensa a comparación de otras ciencias, cosa que muy

    posiblemente cie ue a al unos juristas en el uso de su profesión y pretenda

    jerarqui/ar a todas las ciencias, incluso cuando al unas crecen, al i ual que el

    )erecho constantemente y necesitan, de i ual manera, una ran aportación de

    otras ciencias. %ualquier ciencia si se limita a s' misma incurre en un error, ya que

    se convierte en in til y estéril y deja de lado su fin primario0 enerar de

    conocimiento universal e indeterminado.