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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete
horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos mil dieciséis, se
reunieron en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para celebrar
sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento, el Presidente Municipal,
Héctor Germán René López Santillana y los integrantes del mismo.
Iniciada la sesión por el Presidente pasa lista de presentes el
Secretario del H. Ayuntamiento, Felipe de Jesús López Gómez;
asistiendo las siguientes personas: Síndicos: Carlos Medina
Plascencia y Luis Ernesto Ayala Torres; y los Regidores: Salvador
Sánchez Romero, Ana María Esquivel Arrona, Federico Zermeño
Padilla, Ana María Carpio Mendoza, Beatriz Eugenia Yamamoto
Cázares, Alejandro Alaniz Rosales, José de Jesús Vázquez García,
Norma Patricia López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote, Sergio
Alejandro Contreras Guerrero y Jorge Arturo Cabrera González;
declarando que hay quórum. En uso de la voz, el Secretario manifiesta
que el Regidor José Luis Manrique Hernández, aviso previamente su
inasistencia quedando justificada su ausencia. En seguida, el
Secretario da lectura al Orden del Día: I.- Lista de presentes y
declaración de quórum. II.- Orden del Día y aprobación. III.-
Aprobación del acta de la sesión ordinaria celebrada en fecha 11 de
abril del año en curso. IV.- Presentación de los Estados Financieros
del mes de marzo de 2016. V.- Modificación al Presupuesto de
Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, en el mes de abril; y aprobación
en su caso. VI.- Modificación al Programa de Inversión Pública del
Municipio de León, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2016, en el
mes de abril; y aprobación en su caso. VII.- Presentación del informe
anual de resultados de la Feria Estatal de León, Guanajuato. VIII.-
Respuesta a la circular número 33 enviada por la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado a los
Integrantes de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la
Iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
para el Estado de Guanajuato, y de reformas a la Ley de Protección de
Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato; y
aprobación en su caso. IX.- Respuesta a la circular número 39 enviada
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por la Comisión de Fomento Agropecuario del Congreso del Estado a
los Integrantes de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la
Iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato; y
aprobación en su caso. X.- Reformas al Reglamento de Deporte y
Cultura Física para el Municipio de León, Guanajuato; y aprobación en
su caso. XI.- Reformas al Reglamento del Consejo de Participación
Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato; y
aprobación en su caso. XII.- Reglamento del Sistema de Protección
Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de León,
Guanajuato; y aprobación en su caso. XIII.- Informe de Comisiones.
XIV.- Asuntos Generales. Acto seguido, el Presidente somete a la
consideración del Honorable Ayuntamiento, el Orden del Día al que
fue dado lectura, mismo que es aprobado por unanimidad. Habiendo
pasado lista de presentes, con la declaración de quórum y aprobado
por unanimidad que fue el Orden del Día, se tienen por desahogados
los puntos I y II del mismo.
En el punto III del Orden del Día, el Presidente somete a la
consideración del Honorable Ayuntamiento la aprobación del acta de
la sesión ordinaria celebrada el día 11 de abril de 2016, la cual queda
aprobada por unanimidad.
Antes de continuar con el desahogo del Orden del Día, el Presidente
solicita al Cuerpo Edilicio que en los términos previstos por los
artículos 37 y 55 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León,
Guanajuato, se sirva autorizar la comparecencia del Contador Público
Gilberto Enríquez Sánchez, Tesorero Municipal, para que realice una
breve exposición de los puntos IV y V, posterior a la lectura del informe
y dictamen correspondiente; misma que es aprobada por unanimidad.
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En el punto IV del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Carlos
Medina Plascencia, da lectura al Informe de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública y Desarrollo Institucional, relativo a los
Estados Financieros del mes de marzo de 2016 (se agrega al
apéndice del acta), que comprende los renglones de Ingresos,
Impuestos, Derechos, Aprovechamientos, Participaciones y otros
Ingresos, así como los rubros de Egresos; todos del mes y año en
comento, mismos que a continuación se insertan:
H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN
ESTADO DE ACTIVIDADES
PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2016
MARZO SALDO ACUMULADO
INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS
IMPUESTOS
52,559,400 610,572,658
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
264,401
273,981
DERECHOS
28,270,450 63,378,253
PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE
4,911,747 12,804,247
APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE
10,439,191 33,686,015
PARTICIPACIONES
117,767,440 398,673,037
APORTACIONES
85,917,171 257,446,567
CONVENIOS
29,060,031 29,671,409
Total de Ingresos
329,189,831 1,406,506,167
GASTOS Y OTRAS PERDIDAS
SERVICIOS PERSONALES
140,314,158 376,462,737
MATERIALES Y SUMINISTROS
15,860,579 39,071,057
SERVICIOS GENERALES
73,766,070 165,077,332
TRANSFERENCIAS, ASIG, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
47,351,335 133,615,773
INTERESES, COMIS Y OTS GTOS DE DEUDA PUBLICA
5,493,318 15,608,474
OTROS GASTOS Y PERDIDAS EXTRAORDINARIAS
36,055 1,792,530
Total de Egresos y Otras Pérdidas
282,821,515 731,627,903
Ahorro/desahorro Neto del Ejercicio
46,368,316 674,878,264
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H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
AL 31 DE MARZO DEL 2016
ACTIVO MARZO
CIRCULANTE 1,420,110,810
FONDO FIJO 652,000
BANCOS 527,275,437
INVERSIONES 775,090,480
DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES 9,483,663
ANTICIPO A PROVEEDORES 3,885,272
ANTICIPO A CONTRATISTAS POR OBRA PÚBLICA 58,713,097
ALMACÉN 45,010,861
NO CIRCULANTE 14,952,688,717
INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO 331,292,601
(Estimación para cuentas incobrables) - 17,429,136
OBRA EN PROCESO EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO 3,035,977,902
OBRA EN PROCESO EN BIENES PROPIOS 147,820,949
ACTIVOS FIJOS 11,352,977,240
ACTIVOS INTANGIBLES 52,926,695
OTROS DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 46,535,165
VALORES EN GARANTÍA 2,587,301
TOTAL ACTIVO 16,372,799,527
PASIVO
A CORTO PLAZO 318,170,986
CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO 222,540,339
RET Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO 55,291,692
PORCIÓN A CORTO PLAZO DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA 40,338,955
A LARGO PLAZO 1,354,932,907
CUENTAS POR PAGAR A LARGO PLAZO 18,922,306
PORCIÓN A LARGO PLAZO DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA 1,336,010,601
TOTAL DE PASIVO 1,673,103,893
PATRIMONIO
PATRIMONIO DEL EJERCICIO 674,878,265
PATRIMONO EJERCICIOS ANTERIORES 2,032,308,024
PATRIMONIO BIENES MUEBLES E INMUEBLES 11,992,509,348
TOTAL DE PATRIMONIO 14,699,695,637
TOTAL DE PASIVO Y PATRIMONIO 16,372,799,527
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H AYUNTAMIENTO DE LEÓN
ESTADO DE USO DE EFECTIVO
PERIODO COMPRENDIDO DEL 01/03/2016 AL 31/03/2016
SALDO INICIAL EN BANCOS E INVERSIONES
1,282,889,530
ORIGEN DE EFECTIVO: INGRESOS:
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS 232,744,642
IMPUESTOS 52,559,400 DERECHOS 28,270,450 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 10,439,191 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 4,911,747 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 264,402
INGRESOS:
329,189,830
MOVIMIENTOS ACREEDORES
DONACIONES DE CAPITAL 17,259,289 PROVEEDORES POR PAGAR 10,795,351 IMP S NOM Y Q DERV D REL LAB P PAG A
CP 7,519,442 CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS
POR PAGAR 4,818,446 INVENTARIOS 2,336,863 SERV PERSONALES POR PAGAR A CORTO
PLAZO 2,246,553 RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR
CP 53,352
45,029,296 374,219,126 TOTAL DE INGRESOS:
1,657,108,656
Uso de efectivo: SERVICIOS PERSONALES 140,314,158
TRANS ASIG SUBSIDIOS Y OTS AYUDAS 47,351,335 SERVICIOS GENERALES 73,766,069 MATERIALES Y SUMINISTROS 15,860,579 DEUDA PUBLICA 5,493,318 OTROS GASTOS Y PERDIDAS
EXTRAORDINARIAS 36,055
Total de egresos:
282,821,515 MOVIMIENTOS DEUDORES
ACTIVO NO CIRCULANTE RET DEL SIST DE SEG SOCIAL P PAGAR A CP
26,283,034 23,214,218
CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR PAGA 11,239,576
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RESULTADO DEL EJER AHORRO/DESAHORRO 5,850,321
PORCIÓN A CORTO PLAZO D LA DEUDA PUB INT 2,740,363
CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO 1,059,700 DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 779,968 DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A
CORTO PLA 68,322 OTS DER A RECIBIR EFE O EQUIVA A CP 33,722
71,269,223
TOTAL DE EGRESOS:
354,090,738
SALDO FINAL EN BANCOS E INVERSIONES:
1,303,017,918
H AYUNTAMIENTO DE LEÓN
ESTADO DE USO DE EFECTIVO
PERIODO COMPRENDIDO DEL 01/01/2016 AL 31/03/2016
SALDO INICIAL EN BANCOS E INVERSIONES
712,209,960
ORIGEN DE EFECTIVO: INGRESOS:
IMPUESTOS 610,572,658 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,
SUBSIDIOS 685,791,013 DERECHOS 63,378,253 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 33,686,015 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 12,804,247 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 273,981
INGRESOS:
1,406,506,167
MOVIMIENTOS ACREEDORES
SERV PERSONALES POR PAGAR A CORTO PLAZO 33,429,808
CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR PAGA 29,641,376
DONACIONES DE CAPITAL 29,571,060 INVENTARIOS 12,872,431 IMP S NOM Y Q DERV D REL LAB P PAG A
CP 6,600,085 RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR
A CP 110,696
112,288,457 1,518,794,624 TOTAL DE INGRESOS:
2,231,004,583
Uso de efectivo: SERVICIOS PERSONALES 376,462,738
SERVICIOS GENERALES 165,077,331
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TRANS ASIG SUBSIDIOS Y OTS AYUDAS 133,615,773 MATERIALES Y SUMINISTROS 39,071,058 DEUDA PUBLICA 15,608,473 OTROS GASTOS Y PERDIDAS
EXTRAORDINARIAS 1,792,530
Total de egresos:
731,627,903 MOVIMIENTOS DEUDORES
PROVEEDORES POR PAGAR A CORTO PLAZO 44,308,442
DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 44,782,494 CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR
PAGA 29,760,438 ACTIVO NO CIRCULANTE 44,106,286 RET DEL SIST DE SEG SOCIAL P PAGAR A CP 19,501,524 PROCIÓN A CORTO PLAZO D LA DEUDA
PUB INT 8,170,016 RESULTADO DEL EJER
AHORRO/DESAHORRO 4,763,500 CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO 635,515 DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A
CORTO PLA 206,562
OTS DER A RECIBIR EFE O EQUIVA A CP 123,985
196,358,762
TOTAL DE EGRESOS:
927,986,665
SALDO FINAL EN BANCOS E INVERSIONES:
1,303,017,918
En consecuencia, comparece el Contador Público Gilberto Enríquez
Sánchez, Tesorero Municipal quien da una breve explicación al Pleno
del Honorable Ayuntamiento de la situación financiera que guarda la
Administración Municipal, manifestando entre otros aspectos, que el
total de ingresos ascendió a la cantidad de $329´189,831 y por
concepto de egresos y otras pérdidas a la cantidad de $282´821,515.
En el punto V del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Carlos
Medina Plascencia, da lectura al dictamen de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y Desarrollo Institucional (se
agrega al apéndice del acta), que contiene lo siguiente: PRIMERO.-
Con fundamento en los artículos 115 fracción IV de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción VII de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76 fracción IV
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incisos a) y b) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato; 23, 24, 25, 28, 36 y 38 de la Ley para el Ejercicio y
Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de
Guanajuato se autoriza la tercera modificación al Presupuesto de
Egresos del Municipio de León, Guanajuato para el ejercicio 2016, en
el mes de abril, en los términos, conceptos y cantidades que se
detallan en el documento que como anexo forma parte integral del
presente acuerdo y que a continuación se insertan:
GOBIERNO MUNICIPAL DE LEÓN
TESORERÍA MUNICIPAL
MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL AL 18 DE ABRIL DE 2016
CONCEPTO Presupuesto
autorizado el 07 de Abril 2016
Presupuesto modificado
Diferencia
INGRESOS
Impuestos 905,792,312 905,792,312 -
Contribuciones de mejoras 29,020 29,020 -
Derechos 199,746,210 199,746,210 -
Productos de tipo corriente 46,818,983 46,818,983 -
Aprovechamientos de tipo corriente 147,819,284 147,819,284 -
Participaciones y Aportaciones 2,916,206,996 2,973,577,701 57,370,705
SUBTOTAL DE INGRESOS 4,216,412,805 4,273,783,510 57,370,705
Entradas:
Refrendos y remanentes 2015 782,060,230 782,060,230 -
SUBTOTAL ENTRADAS 782,060,230 782,060,230 -
-
TOTAL DE INGRESOS MAS ENTRADAS 4,998,473,035 5,055,843,740 57,370,705
EGRESOS -
Servicios Personales 1,717,373,579 1,717,373,579 -
Materiales y Suministros 219,526,583 219,608,583 82,000
Servicios Generales 637,256,784 637,116,784 (140,000)
Ayudas y transferencias 353,910,961 353,910,961 (0)
Bienes Muebles e Inmuebles 31,981,735 32,039,735 58,000
Obra Pública y Proyectos Estratégicos 1,795,751,145 1,853,121,849 57,370,704
Deuda Pública (intereses) 72,763,277 72,763,277 0
Deuda Pública(Capital) 48,508,970 48,508,970 0
TOTAL EGRESOS 4,877,073,035 4,934,443,740 57,370,705
SALIDAS:
Anticipo de participaciones 121,400,000 121,400,000 -
TOTAL SALIDAS 121,400,000 121,400,000 -
TOTAL DE EGRESOS MAS SALIDAS 4,998,473,035 5,055,843,740 57,370,705
EXCESO DE INGRESOS/EGRESOS 0 0 (0)
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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R Nombre Capítulo Nombre de Capítulo Presupuesto Autorizado.
Presupuesto Modificado.
Diferencia.
1009 PRESIDENTE MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,384,336.78 2,384,336.78 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 84,937.58 84,937.58 0.00
Total 1009
2,469,274.36 2,469,274.36 0.00
1010 SÍNDICOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,530,529.01 2,530,529.01 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,372.12 3,372.12 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 336,720.78 336,720.78 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
Total 1010
2,870,621.91 2,870,621.91 0.00
1011 REGIDORES 1000 SERVICIOS PERSONALES 13,809,488.18 13,809,488.18 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 538,462.09 538,462.09 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 798,808.07 798,808.07 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 750,000.00 750,000.00 0.00
Total 1011
15,896,758.34 15,896,758.34 0.00
1012
DELEGADOS Y SUBDELEGADOS MUNICIPALES 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,069,064.00 2,069,064.00 0.00
Total 1012
2,069,064.00 2,069,064.00 0.00
1195
DESPACHO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 9,812,527.29 9,812,527.29 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,115,912.41 1,115,912.41 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 2,514,292.20 2,514,292.20 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1195
13,442,731.90 13,442,731.90 0.00
1196
DIRECCION DE AGENDA Y EVENTOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 5,575,352.25 5,575,352.25 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 389,987.14 389,987.14 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 3,826,934.73 3,826,934.73 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1196
9,792,274.12 9,792,274.12 0.00
1197
DIRECCION ADMINISTRATIVA Y GESTIÓN SOCIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 0.00 0.00 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 21,024.70 21,024.70 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 58,349.64 58,349.64 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1197
79,374.34 79,374.34 0.00
1198
DIRECCION DE ATENCION CIUDADANA 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,296,133.44 4,296,133.44 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 193,706.88 193,706.88 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 1,783,324.66 1,783,324.66 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 16,499,999.96 16,499,999.96 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 4,000.00 4,000.00 0.00
Total 1198
22,777,164.94 22,777,164.94 0.00
1199
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 87,263.96 87,263.96 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 190,017.48 190,017.48 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1199
277,281.44 277,281.44 0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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1210 SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO
1000 SERVICIOS PERSONALES 6,088,550.82 6,088,550.82 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 546,370.15 546,370.15 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 61,036,128.00 61,036,128.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 63,000.00 63,000.00 0.00
Total 1210
67,734,048.97 67,734,048.97 0.00
1211
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,936,666.42 10,936,666.42 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 494,470.16 494,470.16 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 771,292.26 771,292.26 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 85,000.00 85,000.00 0.00
Total 1211
12,287,428.84 12,287,428.84 0.00
1212
DIRECCION GENERAL DE GOBIERNO 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,278,771.87 6,278,771.87 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 92,855.85 92,855.85 0.00
Total 1212
6,371,627.72 6,371,627.72 0.00
1213
DIRECCION DE ASUNTOS INTERNOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,747,549.89 4,747,549.89 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 339,930.07 339,930.07 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 534,597.59 534,597.59 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 23,500.00 23,500.00 0.00
Total 1213
5,645,577.55 5,645,577.55 0.00
1214
DIRECCION DE FUNCION EDILICIA Y NORMATIV 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,316,508.47 10,316,508.47 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 126,742.42 126,742.42 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 468,498.69 468,498.69 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 3,000.00 3,000.00 0.00
Total 1214
10,914,749.58 10,914,749.58 0.00
1215
DIRECCION GENERAL DE VERIFICACION NORMAT 1000 SERVICIOS PERSONALES 13,955,530.99 13,955,530.99 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,516,065.62 1,516,065.62 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 1,157,347.54 1,157,347.54 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 30,000.00 30,000.00 0.00
Total 1215
16,658,944.15 16,658,944.15 0.00
1216
DIRECCION DEL ARCHIVO HISTORICO 1000 SERVICIOS PERSONALES 5,014,404.72 5,014,404.72 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 131,896.21 131,896.21 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 656,521.43 656,521.43 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1216
5,802,822.36 5,802,822.36 0.00
1217 DIRECCIÓN DE MEDIACIÓN 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,318,888.80 6,318,888.80 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 442,749.00 442,749.00 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 393,911.38 393,911.38 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 45,000.00 45,000.00 0.00
Total 1217
7,200,549.18 7,200,549.18 0.00
1310 TESORERIA MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,795,923.95 4,795,923.95 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 358,831.52 358,831.52 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 6,196,114.31 6,196,114.31 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 622,587.42 622,587.42 0.00
Total 1310
11,973,457.20 11,973,457.20 0.00
1311
DIRECCION GENERAL DE EGRESOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,742,457.80 10,742,457.80 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 310,678.11 310,678.11 0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
11
3000 SERVICIOS GENERALES 4,924,947.89 4,924,947.89 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 397,000.00 397,000.00 0.00
Total 1311
16,375,083.80 16,375,083.80 0.00
1312
DIRECCION GENERAL DE GESTION ADMINISTRA 1000 SERVICIOS PERSONALES 11,166,999.85 11,166,999.85 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 5,508,493.68 5,508,493.68 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 5,646,076.34 5,646,076.34 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 570,766.00 570,766.00 0.00
Total 1312
22,892,335.87 22,892,335.87 0.00
1313
DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INMOBILIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 0.00 0.00 0.00
Total 1313
0.00 0.00 0.00
1314
DIRECCION GENERAL DE INGRESOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 53,588,702.91 53,588,702.91 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,365,807.19 2,365,807.19 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 27,151,866.37 27,151,866.37 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 300,000.00 300,000.00 0.00
Total 1314
83,406,376.47 83,406,376.47 0.00
1315
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES 1000 SERVICIOS PERSONALES 36,013,088.56 36,013,088.56 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,755,015.81 1,755,015.81 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 7,762,071.47 7,762,071.47 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 100,000.00 100,000.00 0.00
Total 1315
45,630,175.84 45,630,175.84 0.00
1316
DIRECCION GENERAL DE INVERSION FINANCIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,857,080.42 6,857,080.42 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 203,361.51 203,361.51 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 968,578.77 968,578.77 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 86,400.00 86,400.00 0.00
Total 1316
8,115,420.70 8,115,420.70 0.00
1410 CONTRALORIA MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 27,091,506.99 27,091,506.99 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 751,739.49 751,739.49 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 2,583,138.39 2,583,138.39 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 150,000.00 150,000.00 0.00
Total 1410
30,576,384.87 30,576,384.87 0.00
1510
SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA 1000 SERVICIOS PERSONALES 14,586,385.41 14,586,385.41 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,073,936.80 1,073,936.80 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 5,191,679.72 5,191,679.72 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1510
20,852,001.93 20,852,001.93 0.00
1512 DIRECCION DE POLICIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 504,554,536.97 504,554,536.97 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 100,698,285.25 100,698,285.25 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 41,527,775.10 41,527,775.10 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 8,219,427.00 8,219,427.00 0.00
Total 1512
655,000,024.32 655,000,024.32 0.00
1513
DIRECCION GENERAL DE TRANSITO 1000 SERVICIOS PERSONALES 231,889,792.05 231,889,792.05 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 37,746,716.27 37,746,716.27 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 15,847,625.11 15,847,625.11 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 8,140,400.07 8,140,400.07 0.00
Total 1513
293,624,533.50 293,624,533.50 0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
12
1514
DIRECCION DE PROTECCION CIVIL 1000 SERVICIOS PERSONALES 17,530,666.80 17,530,666.80 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,397,301.73 3,397,301.73 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 1,709,799.66 1,709,799.66 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 155,000.00 155,000.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 150,000.00 150,000.00 0.00
Total 1514
22,942,768.19 22,942,768.19 0.00
1515
DIRECCION DE ARBITROS CALIFICADORES 1000 SERVICIOS PERSONALES 37,461,952.41 37,461,952.41 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,491,366.37 1,491,366.37 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 949,361.79 949,361.79 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 160,000.00 160,000.00 0.00
Total 1515
40,062,680.57 40,062,680.57 0.00
1516
SUBSECRETARIA DE PREVENCION SOCIAL 3000 SERVICIOS GENERALES 0.00 0.00 0.00
Total 1516
0.00 0.00 0.00
1517
DIRECCION GENERAL DE PREVENCION DEL DELI 1000 SERVICIOS PERSONALES 16,555,536.49 16,555,536.49 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,682,038.76 1,682,038.76 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 1,005,361.99 1,005,361.99 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1517
19,242,937.24 19,242,937.24 0.00
1519
DIRECCION DE CENTRO DE FORMACIÓN POLICIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 14,088,245.73 14,088,245.73 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 0.00 0.00 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 241,562.39 241,562.39 0.00
Total 1519
14,329,808.12 14,329,808.12 0.00
1520
DIRECCION DE SISTEMA DE COMPUTO COMANDO 1000 SERVICIOS PERSONALES 38,313,232.61 38,313,232.61 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 650,379.46 650,379.46 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 7,564,657.16 7,564,657.16 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 2,296,199.95 2,296,199.95 0.00
Total 1520
48,824,469.18 48,824,469.18 0.00
1610
DIRECCION GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,397,024.82 10,397,024.82 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 392,563.38 392,563.38 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 60,934,047.24 60,934,047.24 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 200,000.00 200,000.00 0.00
Total 1610
71,923,635.44 71,923,635.44 0.00
1710
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO INSTITUC 1000 SERVICIOS PERSONALES 62,883,267.42 62,883,267.42 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,123,890.76 1,273,890.76 150,000.00
3000 SERVICIOS GENERALES 12,091,177.89 11,941,177.89 -150,000.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 5,500,000.00 5,500,000.00 0.00
Total 1710
81,598,336.07 81,598,336.07 0.00
1810
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO RURAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 11,726,484.03 11,726,484.03 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,714,499.63 2,714,499.63 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 3,145,889.16 3,145,889.16 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 3,700,000.04 3,700,000.04 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 100,000.00 100,000.00 0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
13
Total 1810
21,386,872.86 21,386,872.86 0.00
1815
DIR. GRAL. DE DESARROLLO HUMANO 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,457,020.67 4,457,020.67 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 70,877.05 70,877.05 0.00
Total 1815
4,527,897.72 4,527,897.72 0.00
1910
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 49,477,543.55 49,477,543.55 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 7,661,382.59 7,661,382.59 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 12,526,896.01 12,526,896.01 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 6,997,216.00 6,997,216.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 1910
76,663,038.15 76,663,038.15 0.00
2010
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO 1000 SERVICIOS PERSONALES 46,536,717.88 46,536,717.88 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,331,368.36 2,331,368.36 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 3,283,263.50 3,283,263.50 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 215,000.00 215,000.00 0.00
Total 2010
52,366,349.74 52,366,349.74 0.00
2110
DIRECCION GENERAL DE ECONOMIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 13,226,751.65 13,226,751.65 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 485,220.35 485,220.35 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 5,913,740.14 5,913,740.14 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 55,230.00 55,230.00 0.00
Total 2110
19,680,942.14 19,680,942.14 0.00
2111
DIRECCION DE COMERCIO Y CONSUMO 1000 SERVICIOS PERSONALES 18,324,517.23 18,324,517.23 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,195,503.61 2,195,503.61 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 2,106,861.88 2,106,861.88 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 26,000.00 26,000.00 0.00
Total 2111
22,652,882.72 22,652,882.72 0.00
2210
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION 1000 SERVICIOS PERSONALES 21,973,677.58 21,973,677.58 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 941,988.15 941,988.15 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 7,451,030.76 7,451,030.76 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 5,754,864.76 5,754,864.76 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 48,000.00 48,000.00 0.00
Total 2210
36,169,561.25 36,169,561.25 0.00
2310
DIRECCION GENERAL DE MEDIO AMBIENTE SUST 1000 SERVICIOS PERSONALES 38,177,753.21 38,177,753.21 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 4,037,555.84 3,969,555.84 -68,000.00
3000 SERVICIOS GENERALES 41,572,999.30 41,572,999.30 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 186,225.00 254,225.00 68,000.00
Total 2310
83,974,533.35 83,974,533.35 0.00
2410
DIRECCION GENERAL DE MOVILIDAD 1000 SERVICIOS PERSONALES 42,849,944.75 42,849,944.75 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 4,879,542.77 4,879,542.77 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 31,624,329.03 31,624,329.03 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 130,000.00 130,000.00 0.00
Total 2410
79,483,816.55 79,483,816.55 0.00
2510
DIRECCION GENERAL DE OBRA PUBLICA 1000 SERVICIOS PERSONALES 64,421,493.59 64,421,493.59 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 15,978,715.69 15,978,715.69 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 220,646,796.94 220,646,796.94 0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
14
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 775,000.00 775,000.00 0.00
Total 2510
301,822,006.22 301,822,006.22 0.00
2610
DIRECCION GENERAL DE SALUD 1000 SERVICIOS PERSONALES 42,528,395.40 42,528,395.40 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,969,886.61 3,969,886.61 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 5,726,666.51 5,726,666.51 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 122,500.00 122,500.00 0.00
Total 2610
52,347,448.52 52,347,448.52 0.00
2615
SERV DE LIMPIA RECO TRAS DISP Y APRO DE 1000 SERVICIOS PERSONALES 34,302,040.07 34,302,040.07 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 464,976.30 464,976.30 0.00
Total 2615
34,767,016.37 34,767,016.37 0.00
2810
EGRESO APLICABLE A DIVERSAS DEPENDENCIAS 1000 SERVICIOS PERSONALES 87,850,000.00 87,850,000.00 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 8,323,327.21 8,323,327.21 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 19,439,676.06 19,439,676.06 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 1,314,637.41 1,314,637.41 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 3,000,000.00 3,000,000.00 0.00
Total 2810
119,927,640.68 119,927,640.68 0.00
3010 DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL 9000 DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL 121,272,246.98 121,272,246.98 0.00
Total 3010
121,272,246.98 121,272,246.98 0.00
3110
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO 1000 SERVICIOS PERSONALES 9,097,247.02 9,097,247.02 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 174,441.99 174,441.99 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 4,623,488.33 4,623,488.33 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 550,000.00 550,000.00 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 57,500.00 57,500.00 0.00
Total 3110
14,502,677.34 14,502,677.34 0.00
4010
UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLIC 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,365,466.35 2,365,466.35 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 126,901.46 126,901.46 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 615,737.82 625,737.82 10,000.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 50,000.00 40,000.00 -10,000.00
Total 4010
3,158,105.63 3,158,105.63 0.00
4011
JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,266,106.39 6,266,106.39 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 177,053.80 177,053.80 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 518,098.83 518,098.83 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 70,000.00 70,000.00 0.00
Total 4011
7,031,259.02 7,031,259.02 0.00
4012
DEFENSORIA DE OFICIO EN MATERIA ADMINIST 1000 SERVICIOS PERSONALES 974,342.20 974,342.20 0.00
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 70,836.50 70,836.50 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 232,997.90 232,997.90 0.00
5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00
Total 4012
1,278,176.60 1,278,176.60 0.00
4013
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 21,165,788.31 21,165,788.31 0.00
Total 4013
21,165,788.31 21,165,788.31 0.00
5010 PATRONATO DE BOMBEROS 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 45,022,629.19 45,022,629.19 0.00
Total 5010
45,022,629.19 45,022,629.19 0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
15
5011
COMISIÓN MUNICIPAL DE DEPORTE Y CULTURA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 16,407,773.31 16,407,773.31 0.00
Total 5011
16,407,773.31 16,407,773.31 0.00
5012 DIF - LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 76,056,256.74 76,056,256.74 0.00
Total 5012
76,056,256.74 76,056,256.74 0.00
5013 PATRONATO EXPLORA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 12,565,213.08 12,565,213.08 0.00
Total 5013
12,565,213.08 12,565,213.08 0.00
5017
INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 50,672,771.94 50,672,771.94 0.00
Total 5017
50,672,771.94 50,672,771.94 0.00
5018
INSTITUTO CULTURAL DE LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 40,513,173.42 40,513,173.42 0.00
Total 5018
40,513,173.42 40,513,173.42 0.00
5019
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 6,430,676.92 6,430,676.92 0.00
Total 5019
6,430,676.92 6,430,676.92 0.00
5021
PATRONATO DEL PARQUE ZOOLÓGICO DE LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 11,922,801.09 11,922,801.09 0.00
Total 5021
11,922,801.09 11,922,801.09 0.00
5050 PROMOTURÍSTICA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 3,447,356.40 3,447,356.40 0.00
Total 5050
3,447,356.40 3,447,356.40 0.00
5051 FIDOC 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,648,567.81 10,648,567.81 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 154,644.44 154,644.44 0.00
4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
Total 5051
10,803,212.25 10,803,212.25 0.00
5052 FIDEICOMISO CONVIVE 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 14,223,192.75 14,223,192.75 0.00
Total 5052
14,223,192.75 14,223,192.75 0.00
5053
PATRONATO DEL PARQUE ECOLÓGICO METROPOLI 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 4,985,039.44 4,985,039.44 0.00
Total 5053
4,985,039.44 4,985,039.44 0.00
5054 FIDAPIM 1000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 9,518,805.60 9,518,805.60 0.00
3000 SERVICIOS GENERALES 137,435.90 137,435.90 0.00
Total 5054
9,656,241.50 9,656,241.50 0.00
5056
MUSEO DE LA CIUDAD DE LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 2,969,483.82 2,969,483.82 0.00
Total 5056
2,969,483.82 2,969,483.82 0.00
5057
SISTEMA INTEGRAL ASEO PUBLICO 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 11,807,086.77 11,807,086.77 0.00
Total 5057
11,807,086.77 11,807,086.77 0.00
5058
ACADEMIA METROPOLITANA DE LEON 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
Total 5058
0.00 0.00 0.00
5059
FIDEICOMISO CIUDAD INDUSTRIAL 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00
Total 5059
0.00 0.00 0.00
PPTO INV
Obra Pública y Proyectos Estratégicos
Obra Pública y Proyectos Estratégicos 1,795,751,144.81 1,853,121,849.74 57,370,704.93
Total PPTO INV
1,795,751,144.81 1,853,121,849.74 57,370,704.93
Total general
4,877,073,036.60 4,934,443,741.53 57,370,704.93
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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RAMO 33 EJERCICIO 2016
TECHOS FINANCIEROS RAMO 33
Concepto Fondo I Fondo II Total
Recursos Ramo 33 209,686,488 725,644,920 935,331,408
Reducción x disminución de aportaciones -4,819,062
-4,819,062
Diferencia por monto asignado 2016 49,037,439 49,037,439
Autorizado 2016 POF 204,867,426 774,682,359 979,549,785
Mas:
Remanente no comprometido
11,678,459
4,383,048
16,061,507
Remanente comprometido
184,866,680
3,137,188
188,003,869
productos financieros 2015
1,531,278 -
1,496,812
34,466
Productos financieros 2016 4,912,818 1,139,078 6,051,896
Total recursos Ramo 33 202,989,236 7,162,502 210,151,738
Total 407,856,662 781,844,861 1,189,701,523
RAMO 33 FONDO I FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL
CONCEPTO PRESUPUESTO AUTORIZADO
OBRA PÚBLICA Y PROY. ESTRATÉGICOS 407,856,662
RAMO 33 FONDO II FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL
CONCEPTO PRESUPUESTO
INICIAL INCREMENTO
PRESUPUESTO AUTORIZADO
SERVICIOS PERSONALES: 348,098,664 0 348,098,664
Policía Municipal
346,959,586 346,959,586
productos financieros 2013 0 0
productos financieros 2015 0 0
Productos financieros 2016 1,139,078 1,139,078
Remanente 2014 0
DEUDA PÚBLICA 121,272,247 0 121,272,247
DEUDA PÚBLICA CAPITAL
48,508,970.00 48,508,970
DEUDA PÚBLICA INTERESES
72,420,449.00 72,420,449
REMANENTES COMPROMETIDOS
342,828.00 342,828
INVERSIÓN FÍSICA:
6,520,400.00
-
6,520,400.00
Tránsito
5,500,000.00 5,500,000
REMANENTE SIN COMPROMETER
1,020,400.00 1,020,400
OBRA PUBLICA:
305,953,550.89 0 305,953,551
SIAP Recolección de Basura
183,812,225.89 183,812,226
SIAP Barrido de Calles 27,706,388
27,706,388
SIAP Remanente COMP. 224 224
Gestión Ambiental Mantto. Y conserv espacios 88,277,928 88,277,928
Gestión Ambiental REM COMP. Mantto. Y conserv espacios 2,794,137 2,794,137
Gestión Ambiental REM NO COMP. Mantto. Y conserv espacios
715,068 715,068
Gestión Ambiental REM NO COMP. Servicio Limpieza 2,647,580 2,647,580
TOTAL 781,844,862 0 781,844,862
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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INTEGRACIÓN OBRA PÚBLICA AUTORIZADO
INICIAL MODIFICACION PRESUPUESTAL
TOTAL
MUNICIPAL
717,087,704.58 717,087,704.58
RAMO 33 F I
407,856,660.94 407,856,660.94
RAMO 33 F II
305,953,551.00 305,953,551.00
ESTATAL
62,729,354.57 57,370,704.93 120,100,059.50
FEDERAL
302,123,873.59 302,123,873.59
TOTAL
1,795,751,144.68 57,370,704.93 1,853,121,849.61
ENTIDADES PRESUPUESTO AUTORIZADO
INGRESOS EGRESOS
SAPAL 1,893,517,955 1,893,517,955
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACION 20,829,309 20,829,309
INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 140,070,088 140,070,088
INSTITUTO CULTURAL DE LEON 50,097,029 50,097,029
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 10,699,226 10,699,226
COMISION MUNICIPAL DEL DEPORTE DE LEÓN Y 69,500,724 69,500,724
PARQUE ZOOLOGICO DE LEON 45,062,644 45,062,644
PATRONATO DE BOMBEROS 50,121,432 50,121,432
PATRONATO EXPLORA 35,030,265 35,030,265
D.I.F. LEON 87,587,541 87,587,541
PATRONATO DE LA FERIA Y PARQUE ECOLÓGICO 119,508,806 119,508,806
SAPAL RURAL 43,692,612 43,692,612
SISTEMA INTEGRAL DE ASEO PUBLICO 28,755,666 28,755,666
PARQUE ECOLÓGICO METROPOLITANO 42,072,827 42,072,827
ACADEMIA METROPOLITANA DE LEON 14,340,960 14,340,960
FIDEICOMISOS:
PROMOCION JUVENIL (CONVIVE) 13,808,925 13,808,925
FIDEICOMISO DE OBRAS POR COOPERACIÓN 13,527,999 13,527,999
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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MUSEO DE LA CIUDAD 2,914,094 2,914,094
PROMOTURISTICA 3,346,948 3,346,948
FIDEICOMISO CIUDAD INDUSTRIAL DE LEON 4,152,573 4,152,573
SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal para que realice todos
los ajustes necesarios a la estructura programática, resultado de la
modificación presupuestal, con base en la información que las
Entidades y Dependencias proporcionen para tal efecto; asimismo con
fundamento en el artículo 38 de la Ley para el Ejercicio y Control de
los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato,
para que remita copia certificada de la presente modificación al
Congreso del Estado, para los efectos de su competencia.
TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Guanajuato de conformidad al artículo 36 de
la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el
Estado y los Municipios de Guanajuato. En seguida, el Contador
Público Gilberto Enríquez Sánchez, Tesorero Municipal, realiza una
breve exposición sobre el punto en mención. En uso de la voz, el
Presidente manifiesta que conforme a derecho, la modificación
requiere para su aprobación mayoría absoluta, asimismo, someterse a
consideración primeramente en lo general y seguido de ello en lo
particular, en el entendido que las áreas o partidas presupuestales que
no sean reservadas se tendrán por aprobadas en lo particular. Por lo
anterior, el Presidente somete a la consideración del Cuerpo Edilicio,
en lo general, la modificación al Presupuesto de Egresos del Municipio
de León, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2016 en el mes de abril, la
cual es aprobada por unanimidad y al no haber reservas en lo
particular se tiene por aprobada en dicho sentido.
En el punto VI del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Carlos
Medina Plascencia, da lectura al dictamen de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y Desarrollo Institucional (se
agrega al apéndice del acta), que contiene lo siguiente: PRIMERO.-
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Con fundamento en los artículos 115 fracción IV de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción VII de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76 fracción II
inciso g) y IV inciso a) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato; 1 fracción II, 3, 5, 15, 18 y 21 de la Ley de
Obra Pública y Servicios Relacionados con la misma para el Estado y
los Municipios de Guanajuato se aprueba la tercera modificación del
Programa de Inversión Pública para el Municipio de León, Guanajuato,
para el ejercicio fiscal 2016 en el mes de abril, en los términos del
documento que como anexo forma parte integral del presente acuerdo
y que a continuación se insertan:
PRESUPUESTO AUTORIZADO, PROGRAMA DE INVERSIÓN, TERCERA MODIFICACIÓN, ABRIL 25, 2016.
FEDERAL
Ramo 33 OTROS
RAMOS DATOS
DEPENDENCIA INFORMACIÓN DEL
PROYECTO MODIFICACIÓN
UR
NOMBRE DE LA
DEPENDENCIA
NÚMERO DE
PROYECTO 2016
NOMBRE DEL PROYECTO
(ACORDE AL PROGRAMA DE
GOBIERNO)
TECERA MODIFICACIÓN ABRIL 25,
2016
TOTAL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN A LA TERCERA MODIFICACIÓ
N
MUNICIPAL ESTATAL FISM FAFM OTROS RAMOS
1 Seguridad Ciudadana
5058
Academia Metropolitana de Seguridad Pública de León
5058
Academia Metropolit
ana de Seguridad Pública de
León
405
Capacitación Institucional para Futuros Elementos de Seguridad Pública
$21,000,000.00 $21,000,000.
00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5058
Academia Metropolit
ana de Seguridad Pública de
León
406
Programa de Fortalecimiento de la Academia Metropolitana de Seguridad Pública de León
$0.00 $1,800,000.00 $1,800,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5058
TOTAL Academia Metropolitana de Seguridad Pública de León
$0.00 $22,800,000.00 $22,800,000.
00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5010
Patronato de Bomberos de León
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
20
5010
Patronato de
Bomberos de León
516
Fortalecimiento de protección civil en materia de incendios (Bomberos)
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5010
TOTAL Patronato de Bomberos de León
$0.00 $500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1217
Dirección de Mediación- Dirección General de Gobierno
1217
Dirección de
Mediación- Dirección
General de Gobierno
464 Mediación, una Enseñanza para la Vida
$112,500.00 $112,500.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1217
TOTAL Dirección de Mediación- Dirección General de Gobierno
$0.00 $112,500.00 $112,500.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de Seguridad Pública
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
320
Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. (Seguridad Pública)
$154,527.53 $154,527.53 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
465
Actualización de Padrón Vehicular de la Secretaria de Seguridad
$300,000.00 $300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
466
Equipamiento de Equipo Tecnológico a la Secretaría de Seguridad Pública (Combate a la Inseguridad)
$21,000,000.00 $21,000,000.
00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
467
GPS Para Unidades Operativas de la SSP
$1,250,000.00 $1,250,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
478 SUBSEMUN 2015
$4,000.00 $4,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
21
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
508
Programa de Certificación Internacional en Calidad (Comisión de Acreditación para Corporaciones de Seguridad Pública, Triple arco e Iso 9001:2008). SSP
$700,000.00 $700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
509
Programa "Homologación de instrumentos normativos"
$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
903 SUBSEMUN (Remanente 2014)
$3,335.65 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $3,335.65
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
950 SUBSEMUN (Remanente 2015)
$2,013,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,013,000.0
0
1510
Secretaría de
Seguridad Pública
955 FORTASEG 2016
$103,687,274.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
$103,687,274.00
1510
TOTAL DE Secretaría de Seguridad Pública
$0.00 $129,312,137.1
8 $23,608,527.
53 $0.00 $0.00 $0.00
$105,703,609.65
1520
Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando, Comunicaciones y Control
1520
Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando,
Comunicaciones y Control
468
Programa de respuesta inmediata a emergencias.
$6,650,000.00 $6,650,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1520
Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando,
Comunicaciones y Control
526
Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. C4
$3,539,999.87 $3,539,999.8
7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1520
Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando,
Comunicaciones y Control
507
Programa de Certificación Internacional en Calidad (Comisión de Acreditación para Corporaciones de Seguridad Pública, Triple arco e Iso 9001:2008). C4
$1,700,000.00 $1,700,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1520
TOTAL Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando, Comunicaciones y Control
$0.00 $11,889,999.87 $11,889,999.
87 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
22
1515
Dirección General de Oficiales Calificadores
1515
Dirección General de
Oficiales Calificadore
s
469
Programa de Dignificación y Equipamiento de las Dependencias de la SSP (Oficiales Calificadores)
$1,820,000.00 $1,820,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1515
TOTAL General de Oficiales Calificadores
$0.00 $1,820,000.00 $1,820,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1517
Dirección de Prevención del Delito, Combate a las Adicciones y Participación Civil
1517
Dirección de
Prevención del Delito, Combate a
las Adicciones
y Participació
n Civil
470 1,2,3 Por mi Colonia
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1517
Dirección de
Prevención del Delito, Combate a
las Adicciones
y Participació
n Civil
471
Programa Integral de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
$2,731,803.28 $2,731,803.2
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1517
TOTAL Dirección de Prevención del Delito, Combate a las Adicciones y Participación Civil
$0.00 $2,731,803.28 $2,731,803.2
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1514
Dirección General de Protección Civil
1514
Dirección General de Protección
Civil
472 Cultura en Materia de Protección Civil
$72,702.61 $72,702.61 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1514
Dirección General de Protección
Civil
473
Fortalecimiento de las operaciones de Protección Civil
$1,836,691.84 $1,836,691.8
4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1514
TOTAL Dirección General de Protección Civil
$0.00 $1,909,394.45 $1,909,394.4
5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1513
Dirección General de Tránsito Municipal
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
23
1513
Dirección General de
Tránsito Municipal
474 Programa Integral de Semaforización
$1,540,000.00 $1,540,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1513
Dirección General de
Tránsito Municipal
502 Señalamiento Vial
$5,460,000.00 $5,460,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1513
Dirección General de
Tránsito Municipal
503 Seguridad Vial (Alcoholímetro)
$700,000.00 $700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1513
Dirección General de
Tránsito Municipal
504 Vigilancia vial digital
$1,400,000.00 $1,400,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1513
TOTAL Dirección General de Tránsito Municipal
$0.00 $9,100,000.00 $9,100,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1512
Dirección General de Policía Municipal
1512
Dirección General de
Policía Municipal
366
Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. (Policía)
$905,000.10 $905,000.10 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1512
Dirección General de
Policía Municipal
525
Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. (Policía)
$1,500,000.00 $1,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1512
Dirección General de
Policía Municipal
506
Programa de inteligencia, coordinación y fuerza contra delitos de alto impacto.
$2,000,000.00 $2,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1512
TOTAL Dirección General de Policía Municipal
$0.00 $4,405,000.10 $4,405,000.1
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1510-1512-1513-1514-1515-1517-1520
TOTAL GLOBAL Secretaría de Seguridad Pública
$0.00 $161,168,334.8
8 $55,464,725.
23 $0.00 $0.00 $0.00
$105,703,609.65
1 Total Seguridad Ciudadana
$0.00 $184,580,834.8
8 $78,877,225.
23 $0.00 $0.00 $0.00
$105,703,609.65
2 Inclusión al Desarrollo
5011
Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León (COMUDE)
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
24
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
322
Programa de fomento a la infraestructura deportiva (FOPADEM)
$1,268,902.88 $1,268,902.8
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
401
Fortalecimiento del deporte de alto rendimiento (Becas)
$1,500,000.00 $1,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
402 Programa de deporte y activación física
$300,000.00 $300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
403
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva
$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
367
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva
$492,767.04 $492,767.04 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
360
Construcción, Rehabilitación y Equipamiento de Instalaciones Deportivas
$615,343.45 $615,343.45 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
361
Rescate, Reactivación y Modernización de Canchas Deportivas
$535,844.87 $535,844.87 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
404
Fortalecimiento del deporte de alto rendimiento (Competencias Deportivas)
$700,000.00 $700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
25
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
491
Programa de atracción de grandes eventos deportivos
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
492
Programa de Deporte y Activación Física(Servidores Públicos)
$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
814
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" (Remanente 2015) (Canchas Deportivas)
$527,379.54 $0.00 $527,379.54 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
815
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" (Remanente 2014)
$15,739.64 $0.00 $15,739.64 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
816
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" (Remanente 2015) Instalaciones Deportivas)
$949,876.26 $0.00 $949,876.26 $0.00 $0.00 $0.00
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
918
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva "Luis Rodríguez y Remodelación Auditorio Fernández Martínez (Remanente 2014)
$1,264.90 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,264.90
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
919
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva Centro Comunitario San Nicolás de los González en León (FOPEDEP) (Remanente 2014)
$568,036.45 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $568,036.45
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
920
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" Infraestructura del Centro Comunitario San Nicolás de los González en el Municipio de León (FID) (Remanente 2014)
$583,093.58 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $583,093.58
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
26
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
921
Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva (FOPADEM) (Remanente 2015)
$3,251,959.69 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $3,251,959.6
9
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
925
FORTALECE 2016 (Parques de la Salud, San Sebastian)
$2,013,003.26
$2,013,003.26 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,013,003.2
6
5011
Comisión Municipal
de Deporte y Cultura Física de
León (COMUDE)
926
FORTALECE 2016 (Parques de la Salud, Santo Domingo)
$2,638,585.95
$2,638,585.95 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,638,585.9
5
5011
TOTAL Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León (COMUDE)
$4,651,589.2
1 $17,361,797.51
$6,812,858.24
$1,492,995.44
$0.00 $0.00 $9,055,943.8
3
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León Gto.
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
412
Asistencia social a personas en situación de vulnerabilidad: entrega auxiliares auditivos y hemodiálisis
$280,000.00 $280,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
302 Espacios de calidad en la vivienda
$1,500,000.00 $1,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
362
Capillas de velación y Servicios Funerarios las Joyas
$1,993.81 $1,993.81 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
27
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
622
Comedores comunitarios (Remanente 2015)
$3,464,119.73 $0.00 $0.00 $3,464,119.7
3 $0.00 $0.00
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
651 Programas Varios del DIF
$4,924,147.01 $0.00 $0.00 $4,924,147.0
1 $0.00 $0.00
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
655
Comedores comunitarios(Rendimientos Financieros de Ramo 33 FISM por $ 42,531.14) (Remanente 2015)
$160,840.96 $0.00 $0.00 $160,840.96 $0.00 $0.00
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
413
Remodelación y Equipamiento del centro Especializado de Estimulación Múltiple
$140,000.00 $140,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5012
Sistema de Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de León,
Gto.
414 Taller de Lengua de Señas
$80,000.00 $80,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5012
TOTAL DEL Sistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Gto.
$0.00 $10,551,101.51 $2,001,993.8
1 $0.00
$8,549,107.70
$0.00 $0.00
1810-1816-1910
Dirección General de Desarrollo Humano
1810
Dirección de Desarrollo Rural, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Humano
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
331
Programa de infraestructura y servicios básicos
$308,908.76 $308,908.76 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
28
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
332
Conectividad y Accesibilidad en comunidades rurales
$104,216.57 $104,216.57 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
333 Apoyo al campo
$267,412.71 $267,412.71 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
416 Agroecología y Reconversión Productiva
$1,000,000.00 $1,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
417 Apoyo al Campo
$1,500,000.00 $1,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
513 3x1 Migrantes Rural
$1,500,000.00 $1,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
514 Empleo Temporal
$1,000,000.00 $1,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
6001
Programas Rural (Remanente 2012)
$1,096,616.64 $0.00 $0.00 $1,096,616.6
4 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
607
Apoyos a la vivienda (Techo Digno, Piso Firme y Baño Digno) (Incluye $ 5´331,579.62 de Rendimientos financieros del Ramo 33)(Remanente 2014)
$512,490.96 $0.00 $0.00 $512,490.96 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
625
Redes de Agua Potable (Remanente 2013)
$657,184.07 $0.00 $0.00 $657,184.07 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
626
Redes de Alcantarillado (Remanente 2013)
$148,080.61 $0.00 $0.00 $148,080.61 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
627
Construcción de Redes de Agua y Alcantarillado (Remanente 2014)
$8,205,177.46 $0.00 $0.00 $8,205,177.4
6 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
656 3x1 Migrantes R-33
$3,000,000.00
$3,000,000.00 $0.00 $0.00 $3,000,000.0
0 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
802
Fider (Electrificaciones y otros) (Remanente 2013)
$16,324.80 $0.00 $16,324.80 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
803
Apoyos al campo con programas federales (Remanente 2014)
$125,252.09 $0.00 $125,252.09 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
804
Fider (Electrificaciones y Otros) (Remanente 2014)
$866,132.67 $0.00 $866,132.67 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
850
Apoyos al campo con programas federales (Remanente 2014)
$421,006.55 $0.00 $421,006.55 $0.00 $0.00 $0.00
1810
Dirección de
Desarrollo Rural
951
Apoyos al campo con programas federales (Remanente 2014)
$546,774.67 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $546,774.67
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
29
1810 TOTAL DESARROLLO RURAL
$3,000,000.0
0 $21,275,578.56
$5,680,538.04
$1,428,716.11
$13,619,549.74
$0.00 $546,774.67
1816
Dirección de Programas Estratégicos, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Humano
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
304 3x1 Migrantes $4,026,093.46 $4,026,093.4
6 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
328 Empleo Temporal
$2,000,000.00 $2,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
334
Programa de Infraestructura (Hábitat, PDZP, PREP)
$18,943,444.55 $18,943,444.
55 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
335 Pavimentación de Calles PEF 2015
$1,229,649.00 $1,229,649.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
505
Programa de infraestructura y servicios básicos (Plantas de Tratamiento)
$1,975,000.00 $1,975,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
529
Programa de Construcción y Rehabilitación de Bordería
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
601 Fider ( Electrificaciones y Otros) R-33
$5,000,000.00 $0.00 $0.00 $5,000,000.0
0 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
602 Adrenel y electrificaciones R-33
$29,200,000.00 $0.00 $0.00 $29,200,000.
00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
603
Programa de Infraestructura (HABITAT, PDZP, PREP) R-33
$10,000,000.00 $0.00 $0.00 $10,000,000.
00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
604 Techo Digno R-33
$55,079,981.01 $0.00 $0.00 $55,079,981.
01 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
30
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
605 3x1 Migrantes R-33
-$3,000,000.0
0 $5,000,000.00 $0.00 $0.00
$5,000,000.00
$0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
628 Vivienda MEVI (Remanente 2015)
$7,998,422.39 $0.00 $0.00 $7,998,422.3
9 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
629
Adrenel Municipal (antes Fider Urbano)(Incluye $ 747,023.71 de rendimientos Financieros de ramo 33) (Remanente 2015)
$59,141,368.54 $0.00 $0.00 $59,141,368.
54 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
630 FIDER Rural (Remanente 2015)
$6,124,422.00 $0.00 $0.00 $6,124,422.0
0 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
631
Adrenel Municipal (antes Fider Urbano) (Remanente 2013)
$3,114,575.98 $0.00 $0.00 $3,114,575.9
8 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
632
Adrenel Municipal (antes Fider Urbano) (Remanente 2014)
$2,815,964.39 $0.00 $0.00 $2,815,964.3
9 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
633
Adrenel Municipal (antes Fider Urbano) (Remanente 2011)
$305,894.31 $0.00 $0.00 $305,894.31 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
635
Rehabilitación de la Red de Agua Potable de la Colonia Las Huertas (Remanente 2014)
$4,354,812.63 $0.00 $0.00 $4,354,812.6
3 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
636
Rehabilitación de la Red de agua potable (Remanentes 2013)
$2,862,971.14 $0.00 $0.00 $2,862,971.1
4 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
6003 Caminos (Rehabilitación)
$2,800,000.00 $0.00 $0.00 $2,800,000.0
0 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
801
Programa de impulso al desarrollo del hogar (Remanente 2015)
$1,525,049.96 $0.00 $1,525,049.9
6 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
805
3X1 Migrantes (Calle Madre Ángela tramo oriente-poniente Col. 10 de mayo) (Remanente 2015)
$204,142.79 $0.00 $204,142.79 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
806
Impulso al desarrollo para la sana convivencia (PIECIS) (Remanente 2015)
$6,679,490.55 $0.00 $6,679,490.5
5 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
31
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
807
Programa impulso al desarrollo de mi comunidad (Remanente 2015)
$4,500,000.00 $0.00 $4,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
808
Programa impulso a los servicios básicos en mi colonia y mi comunidad (Remanente 2015)
$23,207,868.31 $0.00 $23,207,868.
31 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
809
Programa impulso a los espacios para la sana convivencia en mi colonia (Remanente 2015)
$1,789,829.16 $0.00 $1,789,829.1
6 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
851
Impulso al desarrollo para la sana convivencia (PIECIS) (Remanente 2015)
$1,182,005.52 $0.00 $1,182,005.5
2 $0.00 $0.00 $0.00
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
905
3x1 Migrantes (calle Antera tramo Estambre- Madre Madrina, col. Arboledas de San Hilarión) (Remanente 2015)
$505,223.89 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $505,223.89
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
906
Pavimentación de Calles PEF 2015 (FOPADEM)
$4,225,464.79 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $4,225,464.7
9
1816
Dirección de
Programas Estratégico
s
907
Programa de Desarrollo Regional (Remanente 2015)
$299,694.41 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $299,694.41
1816
TOTAL Dirección de Programas Estratégicos
-
$3,000,000.00
$266,591,368.78
$28,674,187.01
$39,088,386.29
$193,798,412.39
$0.00 $5,030,383.0
9
1910
Dirección de Desarrollo Social, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Humano
1910
Dirección de
Desarrollo Social
305
Programa de Infraestructura (HABITAT, PDZP, PREP) (ramo 33)
$697,092.00 $697,092.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
336 Adrenel $3,332,794.20 $3,332,794.2
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
337 Proyectos de Desarrollo Social
$89,813.48 $89,813.48 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
338
Desarrollo y espacios de expresión para los jóvenes
$216,809.23 $216,809.23 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
520 Desarrollo integral de la persona
$3,255,813.73 $3,255,813.7
3 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
32
1910
Dirección de
Desarrollo Social
521
Desarrollo y espacios de expresión para los jóvenes
$71,512.20 $71,512.20 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
522
Programa de infraestructura y servicios básicos
$160,000.00 $160,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
613
Mejoramiento de vivienda Municipal (Remanente 2014)
$606,932.80 $0.00 $0.00 $606,932.80 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
614
Adrenel infraestructura Básica (Remanente 2012)
$3,676,271.47 $0.00 $0.00 $3,676,271.4
7 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
615
PDZP (Piso Firme) (Remanente 2014)
$1,368,188.83 $0.00 $0.00 $1,368,188.8
3 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
637
Adrenel y Electrificaciones (Remanente 2014)
$2,557,096.56 $0.00 $0.00 $2,557,096.5
6 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
638
Adrenel Municipal (Remanente 2014)
$5,771,184.16 $0.00 $0.00 $5,771,184.1
6 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
639
Adrenel Municipal (Remanente 2013)
$14,217,607.76 $0.00 $0.00 $14,217,607.
76 $0.00 $0.00
1910
Dirección de
Desarrollo Social
811
Adrenel y Electrificaciones (Remanente 2014)
$5,133,736.71 $0.00 $5,133,736.7
1 $0.00 $0.00 $0.00
1910
TOTAL Dirección de Desarrollo Social
$0.00 $41,154,853.13 $7,823,834.8
4 $5,133,736.7
1 $28,197,281.
58 $0.00 $0.00
1810-1816-1910
TOTAL Dirección General de Desarrollo Humano
$0.00 $329,021,800.4
7 $42,178,559.
89 $45,650,839.
11 $235,615,243
.71 $0.00
$5,577,157.76
2210
Dirección General de Educación
2210 Dirección
General de Educación
426
Programa de Fortalecimiento a la Educación (Becas y Útiles Escolares)
$4,231,766.60 $4,231,766.6
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
427
Cruzada Municipal por la Alfabetización y Atención al rezago educativo
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
428
Equipamiento Plazas de la Ciudadanía Biblioteca Digital
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
306
Programa de Espacios Educativos Dignos
$3,168,689.78 $3,168,689.7
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
307
Programa de Espacios Educativos Dignos
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
429
Programa de Fortalecimiento a la Educación
$1,677,291.09 $1,677,291.0
9 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
33
2210 Dirección
General de Educación
480
Implementación de circuitos de servicios integrales en el ámbito Rural (Campo verde y Educado)
$400,000.00 $400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
481
Vinculación con instituciones de nivel medio superior y superior (Fórum Educativo)
$1,300,000.00 $1,300,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
606
Programa de Espacios Educativos Dignos R-33
$18,328,568.20 $0.00 $0.00 $18,328,568.
20 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
606
Programa de Espacios Educativos Dignos R-33
$6,330,319.82 $0.00 $0.00 $6,330,319.8
2 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
616
Mantenimiento, Rehabilitación y Construcción de Nuevos Espacios Educativos (Remanente 2015)
$18,342,776.46 $0.00 $0.00 $18,342,776.
46 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
640
Escuelas de Vanguardia (Rendimientos Financieros R-33 FISM por $ 4´106,181.09)(Remanente 2015)
$6,330,319.82 $0.00 $0.00 $6,330,319.8
2 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
6004
Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)
$616,334.34 $0.00 $0.00 $616,334.34 $0.00 $0.00
2210 Dirección
General de Educación
908
Programa de espacios educativos dignos (EscuelaN°62 “General Francisco Villa” Colonia San Francisco de Asís PEF) (Remanente 2015)
$418,410.11 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $418,410.11
2210 Dirección
General de Educación
909
Programa de espacios educativos dignos (Construcción de Aulas) (Remanente 2014)
$277,656.80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $277,656.80
2210 TOTAL EDUCACION
$0.00 $61,422,133.02 $10,777,747.
47 $0.00
$49,948,318.64
$0.00 $696,066.91
5018 Instituto Cultural de León
5018 Instituto
Cultural de León
446 León: Centro de encuentros Culturales
$2,000,000.00 $2,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5018 Instituto
Cultural de León
359
Actualización y mejora del patrimonio cultural tangible
$756,726.18 $756,726.18 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
34
5018 Instituto
Cultural de León
363
Rehabilitación y Equipamiento del Teatro Maria Grever.
$2,547,537.07 $2,547,537.0
7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5018 Instituto
Cultural de León
922
Accesibilidad al Teatro Manuel Doblado (Remanente 2014)
$168.74 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $168.74
5018 Instituto
Cultural de León
904
Rehabilitación y equipamiento del teatro Maria Grever. (remanente 2015)
$2,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,000,000.0
0
5018 Instituto
Cultural de León
924
Remodelación del Centro Cultural Plaza de Gallos PEF 2016 (ICL)
$13,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $13,000,000.
00
5018 Instituto
Cultural de León
930 FORTALECE 2016 (Plaza de Gallos)
$15,000,000.00
$15,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $15,000,000.
00
5018
TOTAL Instituto Cultural de León
$15,000,000.
00 $35,304,431.99
$5,304,263.25
$0.00 $0.00 $0.00 $30,000,168.
74
5056 Museo de la Ciudad
5056 Museo de la Ciudad
365
3a etapa de remodelación del inmueble del Museo de la Ciudad de León
$822,204.84 $822,204.84 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5056 Museo de la Ciudad
$0.00 $822,204.84 $822,204.84 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5052
Instituto Municipal de la Juventud
5052
Instituto Municipal
de la Juventud
447 Pandillas con Causa
$280,000.00 $280,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5052
TOTAL Instituto Municipal de la Juventud
$0.00 $280,000.00 $280,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5019
Instituto Municipal de las Mujeres
5019
Instituto Municipal
de las Mujeres
448
Redes de Mujeres sin Violencia Urbano y Rural
$1,511,355.03 $1,511,355.0
3 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5019
Instituto Municipal
de las Mujeres
449
Programa de Integración económica para las mujeres del medio Rural
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5019
Instituto Municipal
de las Mujeres
490 Nuevas Masculinidades
$359,120.00 $359,120.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
35
5019
Instituto Municipal
de las Mujeres
450
Proyecto de vida: Prevención de embarazo en adolescentes
$359,120.00 $359,120.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5019
TOTAL Instituto Municipal de las Mujeres
$0.00 $2,229,595.03 $2,229,595.0
3 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5013
Patronato del Parque Explora
5013 Patronato del Parque
Explora 456
Mantenimiento mayor a los Centros del Saber
$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5013 Patronato del Parque
Explora 457
Remodelación y/o Equipamiento de los Espacios Educativos-Museográficos del Centro de Ciencias Explora: Sala de Innovación
$300,000.00 $300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5013
TOTAL Patronato del Parque Explora
$0.00 $500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5021
Patronato del Parque Zoológico de León
5021
Patronato del Parque Zoológico de León
364 Barda perimetral
$7,749.39 $7,749.39 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5021
TOTAL Patronato del Parque Zoológico de León
$0.00 $7,749.39 $7,749.39 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610
Dirección General de Salud
2610 Dirección
General de Salud
459
Seguimiento al proyecto agua con calidad bacteriológica para uso y consumo humano en comunidades rurales del municipio.
$600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
460
Salud Comunitaria (Captura, Rescate y Esterilización de Mascotas, Dengue)
$1,600,000.00 $1,600,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
461
Salud Comunitaria (Compra y Equipamiento con Unidades Móviles para la Captura y Rescate de Mascotas en la Vía Pública)
$410,180.90 $410,180.90 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
36
2610 Dirección
General de Salud
316 Mejoramiento Servicio Público de Panteones
$2,330,990.86 $2,330,990.8
6 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
358
Certificación de rastro de aves tipo inspección federal (TIF)
$105,061.81 $105,061.81 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
483 Atención a las adicciones y salud mental
$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
484 Apoyo a las y los adultos mayores
$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
462 Detección oportuna de enfermedades
$1,555,057.88 $1,555,057.8
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610 Dirección
General de Salud
463 Estilos de vida saludable
$1,300,000.00 $1,300,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2610
TOTAL Dirección General de Salud
$0.00 $8,101,291.45 $8,101,291.4
5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2 Total Inclusión al Desarrollo
$19,651,589.21
$465,602,105.21
$79,016,263.37
$47,143,834.55
$294,112,670.05
$0.00 $45,329,337.
24
3 Desarrollo Económico y Competitividad
3110
Dirección General de Hospitalidad y Turismo
3110
Dirección General de Hospitalidad y Turismo
415
Programa de Fortalecimiento de la Oferta Turística
$0.00 $12,700,100.01 $12,700,100.
01 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
3110
Dirección General de Hospitalidad y Turismo
510 Programa de Profesionalización
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
3110
Dirección General de Hospitalidad y Turismo
511 Programa de Competitividad
$600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
3110
Dirección General de Hospitalidad y Turismo
512
Programa de diversificación de la oferta turística
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
37
3110
Dirección General de Hospitalidad y Turismo
303 Ruta del Peatón
$6,062,865.61 $6,062,865.6
1 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
3110
TOTAL Dirección General de Hospitalidad y Turismo
$0.00 $20,362,965.62 $20,362,965.
62 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110
Dirección General de Economía
2110 Dirección
General de Economía
329 León ciudad estratégica
$3,000,000.00 $3,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110 Dirección
General de Economía
341 Modernízate $516.70 $516.70 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110 Dirección
General de Economía
418
Impulso a MIPYMES (Apoyo a Eventos e Instituciones que Fomenten la Cultura Empresarial)
-$84,000.00 $4,400,000.00 $4,400,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110
Dirección General de Economía
419 Empléate $84,000.00 $1,700,000.00 $1,700,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110 Dirección
General de Economía
420 Conectividad Virtual
-$492,703.05 $161,607.10 $161,607.10 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110 Dirección
General de Economía
421
Impulso a MIPYMES (Impulso a PYMES)
$900,000.00 $900,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110
Dirección General de Economía
422
Modernízate ("programa de Reactivación de Zonas Específicas")
$900,000.00 $900,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
38
2110 Dirección
General de Economía
423 León ciudad estratégica
$1,400,000.00 $1,400,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110 Dirección
General de Economía
524 León Global $3,000,000.00 $3,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110 Dirección
General de Economía
530
Fortalecimiento a la Ventanilla Virtual
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2110
TOTAL Dirección General de Economía
-$492,703.05 $15,962,123.80 $15,962,123.
80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2111
Dirección de Comercio y Consumo
2111
Dirección de
Comercio y Consumo
424
Modernízate (Comercio y Consumo Imagen y Mantenimiento Preventivo en Mercados, Tianguis y Zona Urbana)
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2111
Dirección de
Comercio y Consumo
425
Modernízate (Comercio y Consumo Obra, Comercialización y Capacitación en Mercados)
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2111
Dirección de
Comercio y Consumo
330 Modernízate $1,883,070.04 $1,883,070.0
4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2111
TOTAL Dirección de Comercio y Consumo
$0.00 $2,383,070.04 $2,383,070.0
4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
3
Total Desarrollo Económico y Competitividad
-$492,703.05 $38,708,159.46 $38,708,159.
46 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4 Desarrollo Ordenado y Sustentable
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
39
2010
Dirección General de Desarrollo Urbano
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
301
Mejoramiento de la imagen urbana de la Ciudad Histórica
$1,649,242.14 $1,649,242.1
4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
339 Rescate de la Plaza de Gallos
$4,040,357.00 $4,040,357.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
493 Mejora de placas de nomenclatura
$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
494 Regularización de anuncios publicitarios
$2,022,399.89 $2,022,399.8
9 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
495
Mantenimiento a esculturas y monumentos históricos de la ciudad
$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
496
Programa de fortalecimiento a la Ventanilla Virtual
$400,000.00 $400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
497 Conoce tus sitios arqueológicos
$250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
498 Fraccionamientos Web Siterra
$2,350,000.00 $2,350,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
499
Tu fraccionamiento, nuestra prioridad
$1,000,000.00 $1,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
326
Mantenimiento a esculturas y monumentos históricos de la ciudad
$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
411 Verificación $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
523 Fortalecimiento del Catastro Multifinalitario
$1,097,377.77 $1,097,377.7
7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
40
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
527 Rescate de la Plaza de Gallos
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
528 Infraestructura tecnológica y de servicios
$1,000,000.00 $1,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
Dirección General de Desarrollo
Urbano
901
Remodelación del Centro Cultural Plaza de Gallos PEF 2016
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2010
TOTAL Dirección General de Desarrollo Urbano
$0.00 $15,609,376.80 $15,609,376.
80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de Gestión Ambiental
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
430
Eficiencia Administrativa en Trámites de Gestión Ambiental
$336,000.00 $336,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
531 Mejora de Calidad del Aire
$420,000.00 $420,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
431
Programa Integral de Eficiencia Energética
-$400,000.00 $100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
432 Programa de Fondo Ambiental
$164,571.04 $164,571.04 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
433
Manejo integral de micro cuencas y preservación forestal
$400,000.00 $3,635,000.00 $3,635,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
532 Tecnologías sustentables en viviendas
$360,000.00 $360,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
434
Programa de Áreas Verdes y Espacios Naturales (Planeación)
$0.00 $250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
435
Programa de Áreas Verdes y Espacios Naturales
$3,049,443.77 $3,049,443.7
7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
436
Programa de Gestión Integral de Residuos sólidos urbanos y fomento al manejo integral de residuos
-$400,000.00 $3,650,000.00 $3,650,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
41
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
482
Programa de educación ambiental ciudadana
$400,000.00 $400,000.00 $400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
500
Programa de atención a la Industria Ladrillera.
$235,000.00 $235,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
342
Programa de áreas verdes y espacios naturales
$5,886,149.40 $5,886,149.4
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
343 Proyectos Medio Ambiente
$102,196.81 $102,196.81 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
700
Programa de Áreas Verdes y espacios naturales (Incluye $32,561.78 2011, $262,462.72 -2012) ($3´309,372.33.Remanente 2015)
$3,604,396.83 $0.00 $0.00 $0.00 $3,604,396.8
3 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
701
Programa de áreas verdes y espacios naturales (Remanente 2013)
$206,248.59 $0.00 $0.00 $0.00 $206,248.59 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
703
Programa de áreas verdes y espacios naturales (Remanente 2014)
$2,341,131.25 $0.00 $0.00 $0.00 $2,341,131.2
5 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
750
Programa de Áreas Verdes y Espacios Naturales (Ramo 33)
$58,877,841.01 $0.00 $0.00 $0.00 $58,877,841.
01 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
754
Programa de áreas verdes y espacios naturales (Remanente 2014)
$5,008.00 $0.00 $0.00 $0.00 $5,008.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
437
Programa de Adopción y Vinculación de Fuentes Renovables de Energía
$1,171,425.31 $1,171,425.3
1 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2310
Dirección General de
Gestión Ambiental
931 FORTALECE 2016 (Parque Hidalgo)
$20,000,000.00
$20,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $20,000,000.
00
2310
TOTAL Dirección General de Gestión Ambiental
$20,000,000.
00 $104,794,412.0
1 $19,759,786.
33 $0.00 $0.00
$65,034,625.68
$20,000,000.00
4013
Instituto Municipal de Planeación
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
42
4013
Instituto Municipal
de Planeación
438
Anteproyectos geométricos de intersecciones conflictivas.
$1,000,000.00 $1,000,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
439
Elaboración de los programas para los polos de desarrollo rural de la comunidad de Duarte y Loza de los Padres
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
440 Plan maestro de la zona piel
$406,000.00 $406,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
441
Elaboración del programa para el polo de desarrollo rural de la comunidad de San Rosa Plan de Ayala
$250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
442
Elaboración del programa para el polo de desarrollo rural de la comunidad de Santa Ana del Conde
$250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
443
Anteproyecto Parque Lineal Arroyo del Muerto (Av. Antonio de Silva, en dos tramos, el primer: Blvd. Juan Alonso de Torres a Blvd. Congreso de Chilpancingo, y el segundo: Blvd. Guanajuato a Blvd. Vicente Valtierra)
$450,000.00 $450,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
444
Campaña para el posicionamiento y difusión del IMPLAN
$269,000.00 $269,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
43
4013
Instituto Municipal
de Planeación
445
Publicaciones de Estudios e Instrumentos de Planeación
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
517
Comisión para la Generación de información para la planeación y seguimiento de indicadores
$528,800.00 $528,800.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
518
Anteproyectos para el desarrollo de la primera etapa de parques lineales en los polígonos de Medina y San Francisco
$600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
Instituto Municipal
de Planeación
519
Estudio para la definición de criterios del sistema vial secundario en zona oriente (definir polígono)
$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4013
TOTAL Instituto Municipal de Planeación
$0.00 $5,053,800.00 $5,053,800.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal de Vivienda de León
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
608
Programa de Certeza Jurídica, Regularización y Acceso a Servicios Básicos (Agua Potable y Alcantarillado)
$22,080,000.00 $0.00 $0.00 $22,080,000.
00 $0.00 $0.00
5017 IMUVI 609
Programa de Certeza Jurídica, Regularización y Acceso a Servicios Básicos (Electrificación)
$5,400,000.00 $0.00 $0.00 $5,400,000.0
0 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
308
Pago de Derechos de Servicios de Agua Potable y Drenaje
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
309
Programa de Fomento a la Vivienda: Vivienda Vertical
$7,419,942.61 $7,419,942.6
1 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
610
Proyectos Ejecutivos de Agua Potable y Alcantarillado (gastos indirectos R-33)
$2,400,000.00 $0.00 $0.00 $2,400,000.0
0 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
44
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
623
Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza (Incluye $1´531,278.02 de Rendimientos Financieros) (Remanente 2015)
$4,165,863.52 $0.00 $0.00 $4,165,863.5
2 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
624
Proyectos Ejecutivos de Alcantarillado y Agua Potable (Gastos Indirectos R-33) (Remanente 2015)
$1,185,472.28 $0.00 $0.00 $1,185,472.2
8 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
649
Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza (Remanente 2014)
$13,879,287.01 $0.00 $0.00 $13,879,287.
01 $0.00 $0.00
5017
Instituto Municipal
de Vivienda de León
6002
Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza (Remanente 2013)
$63,729.00 $0.00 $0.00 $63,729.00 $0.00 $0.00
5017
TOTAL Instituto Municipal de Vivienda de León
$0.00 $56,594,294.42 $7,419,942.6
1 $0.00
$49,174,351.81
$0.00 $0.00
2410
Dirección General de Movilidad
2410 Dirección
General de Movilidad
451
Consolidación del Sistema Integrado de Transporte, Fortalecimiento SIT 3ª y 4ª Etapa
$76,298.95 $76,298.95 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
310
Consolidación del Sistema Integrado de Transporte, Fortalecimiento SIT 3ª y 4ª Etapa
$11,446,296.17 $11,446,296.
17 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
344
Impulso a la movilidad sustentable (Los Gómez)
$102,311.52 $102,311.52 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
452
Proyecto de Ampliación de Transporte de León (SIT-OPTIBUS) 3a y 4a Etapa
$900,250.26 $900,250.26 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
45
2410 Dirección
General de Movilidad
321
Proyecto de Ampliación de Transporte de León (SIT-Optibús) 3a y 4a Etapa
$500,408.02 $120,941,708.0
1 $120,941,708
.01 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
453
Consolidación del Sistema Integrado de Transporte, Fortalecimiento SIT 3ª y 4ª etapa (PARABUS)
$1,898,573.04 $1,898,573.0
4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
501 Seguridad en Transporte Público
$8,107,176.78 $8,107,176.7
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
533
(Deuda) Sistema de Monitoreo y Prepago
-$500,408.02 $21,499,591.98 $21,499,591.
98 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
534
Programa de Comunicación Social para Fase III y IV
$45,841.37 $45,841.37 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
454
Programa del Sistema de Bicicleta Pública
$3,009,106.92 $3,009,106.9
2 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2410 Dirección
General de Movilidad
927 FORTALECE 2016 (Ciclovía Juárez Norte)
$7,348,410.79
$7,348,410.79 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $7,348,410.7
9
2410 Dirección
General de Movilidad
928
FORTALECE 2016 (Ciclovía Vicente Valtierra)
$9,000,000.00
$9,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $9,000,000.0
0
2410
TOTAL Dirección General de Movilidad
$16,348,410.
79 $184,375,565.7
9 $168,027,155
.00 $0.00 $0.00 $0.00
$16,348,410.79
2510
Dirección General de Obra Pública
2510
Dirección General de
Obra Pública
311 Ampliaciones y escalatorias
$23,588,563.53 $23,588,563.
53 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
312 Obra institucional
$45,786,243.32 $45,786,243.
32 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
313 Pro Obra $500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
314 Programa de Alumbrado Público
$3,155,322.98 $3,155,322.9
8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
46
2510
Dirección General de
Obra Pública
455 Programa de desazolve de arroyos
$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
315 Proyectos ejecutivos diversos
$34,967,815.75 $34,967,815.
75 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
317 Proyectos de Presupuesto Participativo
$325,591.47 $325,591.47 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
323 Afectaciones $87,949,474.31 $87,949,474.
31 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
324 Remediaciones $5,081,000.00 $5,081,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
325 Mantenimiento Vial
$10,366,264.31 $10,366,264.
31 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
327
Obras varias crédito comprometido 2010
$6,166,683.74 $6,166,683.7
4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
345
Colector Timoteo Lozano (Recurso proporcionado por SAPAL)
$17,380,889.70 $17,380,889.
70 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
346 Plazas de la Ciudadanía
$5,188,530.50 $5,188,530.5
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
347
Mantenimiento y Rehabilitación. Malecón
$486,968.08 $486,968.08 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
348
Mejoramiento de la Imagen de la Ciudad de León
$1,854,415.67 $1,854,415.6
7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
349
Obra Av. Patria-Madre Tierra-Blvd Atotonilco
$789,359.41 $789,359.41 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
350 Obra Menor $175,969.22 $175,969.22 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
352 Proyecto Ejecutivo Súper Escuela
$525,208.67 $525,208.67 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
47
2510
Dirección General de
Obra Pública
353
Reacondicionamiento de áreas y Eficiencia Administrativa
$20,932.09 $20,932.09 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
357 Supervisión externa
$15,509,420.54 $15,509,420.
54 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
356
Supervisión de pavimentación programa mi calle
$245,633.80 $245,633.80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
355
Ruta del Peatón Calzada, Progreso-Malecón
$524,014.79 $524,014.79 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
351 Obras de pavimentación
$11,929,990.67 $11,929,990.
67 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
354
Rehabilitación del Blvd. Juan José Torres Landa
$198,728.88 $198,728.88 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
535 Programa de Alumbrado Público
$6,400,000.00 $6,400,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
536 Ampliaciones y escalatorias
$12,012.08 $12,012.08 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
537 Obra Institucional
$1,485,741.60 $1,485,741.6
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
902
Proyectos de Desarrollo Regional PEF 2016
-$64,000,000.
00 $64,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
$64,000,000.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
611
Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )
$1,916,066.74 $0.00 $0.00 $1,916,066.7
4 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
617
Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)
$616,334.34 $782,995.85 $0.00 $0.00 $166,661.51 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
619
Mantenimiento Vial 2013 (Incluye $ 54,317.48 de recurso 2014)
$54,317.48 $0.00 $0.00 $54,317.48 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
620
Programa Mi Calle (Remanente 2012)
$161,349.32 $0.00 $0.00 $161,349.32 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
48
2510
Dirección General de
Obra Pública
621
Supervisión R.RAMO 33 F I 2013 (incluye $28,817.64 recurso 2014 y $ 117,113.03 de 2012 ) (Remanente 2012 y 2013)
$146,000.23 $0.00 $0.00 $146,000.23 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
641
Supervisión externa (Remanente 2014)
$82,283.88 $0.00 $0.00 $82,283.88 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
642
Programa Mi Calle (Remanente 2014)
$2,880,896.99 $0.00 $0.00 $2,880,896.9
9 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
643
Programa Mi Calle 2013 (Incluye recurso 2012 por $ 228,295.17)(Remanente 2012 y 2013)
$1,295,052.78 $0.00 $0.00 $1,295,052.7
8 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
644
Pavimentación de Vialidades 2012 por $ 205.32 y recurso 2011 por $ 22,554 (Remanente 2012 y 2011)
$22,759.32 $0.00 $0.00 $22,759.32 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
645
R.Ramo 33 FI comprometido 2010 (Incluye $62,596.89 de recurso 2012) (Remanente 2010 y 2012)
$167,667.63 $0.00 $0.00 $167,667.63 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
646
Provisiones económicas ramo 33 FI (Remanente 2014)
$149,277.65 $0.00 $0.00 $149,277.65 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
647
Av. Madre Patria (Remanente 2013)
$3,127,008.61 $0.00 $0.00 $3,127,008.6
1 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
648
Indirectos Ramo 33 2013 (incluye recurso por $ 42,684.55 de 2014) (Remanente 2013 y 2014)
$90,994.86 $0.00 $0.00 $90,994.86 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
812
Remanente Comprometido Convenio Estado Obra (Remanente 2011)
$500,774.40 $0.00 $500,774.40 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
813
Rehabilitación. Sanitarios CECYTEG (Remanente 2012)
$84,745.41 $0.00 $84,745.41 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
817 Afectaciones $15,000,000.00 $0.00 $15,000,000.
00 $0.00 $0.00 $0.00
2510
Dirección General de
Obra Pública
910
Proyecto Ejecutivo Tajo de Santa Ana (Remanente 2014)
$1,480,515.44 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,480,515.4
4
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
49
2510
Dirección General de
Obra Pública
911 Varios Fimetro (Remanente 2009)
$890,592.08 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $890,592.08
2510
Dirección General de
Obra Pública
912
Blvd. Timoteo Lozano y Vasco Quiroga (Remanente 2013)
$10,130,508.28 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $10,130,508.
28
2510
Dirección General de
Obra Pública
913
Fideicomiso del Fondo para la Zona Metropolitana de León (Remanente 2014)
$1,726,092.74 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,726,092.7
4
2510
Dirección General de
Obra Pública
914
Obra Institucional (Remanente 2012)
$2,671,719.28 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,671,719.2
8
2510
Dirección General de
Obra Pública
915
Pavimentación de Calles (Remanente 2011)
$391,784.19 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $391,784.19
2510
Dirección General de
Obra Pública
916
Fideicomiso Fondo de Apoyo en Infraestructura y Productividad (FAIP) (Remanente 2015)
$14,911,853.90 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $14,911,853.
90
2510
Dirección General de
Obra Pública
917
Proyecto ejecutivo del Blvd. Siglo XXI (Tajo de Santa Ana) tramo de Blvd. Aeropuerto a Blvd. Vicente Valtierra (Pavimento existente) y (Tajo de Santa Ana) tramo de Blvd. Guanajuato - Juan Alonso de Torres (Pavimento existente), FIMETRO (Remanente 2015)
$4,895,100.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $4,895,100.0
0
2510
Dirección General de
Obra Pública
923
Liberación derecho de vía Tajo de Santa Ana (Blvd. Siglo XXI) tramo de Blvd. Timoteo Lozano a Blvd. Aeropuerto (primera etapa)(Fimetro 2015)
$5,644,350.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $5,644,350.0
0
2510
TOTAL Dirección General de Obra Pública
-
$63,383,665.66
$413,819,482.17
$280,614,775.11
$15,585,519.81
$10,260,337.00
$0.00 $106,742,515
.91
5053
Patronato del Parque Ecológico Metropolitano
5053
Patronato del Parque Ecológico
Metropolitano
515
Modernización de procesos y Equipamiento del Parque Metropolitano
$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
50
5053
TOTAL Patronato del Parque Ecológico Metropolitano
$0.00 $800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5051
Fideicomiso de Obras por Cooperación (FIDOC)
5051
Fideicomiso de Obras
por Cooperación (FIDOC)
612 FIDOC -Programa mi calle
$29,477,949.90 $0.00 $0.00 $29,477,949.
90 $0.00 $0.00
5051
Fideicomiso de Obras
por Cooperación (FIDOC)
6005
Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)
-$616,334.34 $482,718.86 $0.00 $0.00 $1,099,053.2
0 $0.00 $0.00
5051
Fideicomiso de Obras
por Cooperación (FIDOC)
618
Programa mi calle (Remanente 2015)
$10,811,520.50 $0.00 $0.00 $10,811,520.
50 $0.00 $0.00
5051
Fideicomiso de Obras
por Cooperación (FIDOC)
818 Pavimentación de calles (ITS Estatal)
$57,370,704.93
$57,370,704.93 $0.00 $57,370,704.
93 $0.00 $0.00 $0.00
5051
Fideicomiso de Obras
por Cooperación (FIDOC)
929
FORTALECE 2016 (Pavimentación en Balcones de la Joya)
$8,000,000.00
$8,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $8,000,000.0
0
5051
TOTAL Fideicomiso de Obras por Cooperación (FIDOC)
$64,754,370.
59 $106,142,894.1
9 $0.00
$57,370,704.93
$41,388,523.60
$0.00 $8,000,000.0
0
5057
Sistema Integral de Aseo Público (SIAP)
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
475
Gestión integral de residuos sólidos urbanos y fomento al manejo integral de residuos (Lixiviados y Papeleras)
$2,302,689.17 $2,302,689.1
7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
751
Recolección de Basura (concesionadas, contratadas y cuadrillas)
$15,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $15,000,000.
00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
51
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
751
Recolección de Basura (concesionadas, contratadas y cuadrillas)
$187,576,832.6
6 $0.00 $0.00 $0.00
$187,576,832.66
$0.00
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
479
Recolección de Basura (concesionadas, contratadas y cuadrillas)
$5,970,864.62 $5,970,864.6
2 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
476 Recolección de Basura en rutas comerciales
$311,005.41 $311,005.41 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
753 Zonas de Barrido
$38,341,868.33 $0.00 $0.00 $0.00 $38,341,868.
33 $0.00
5057
Sistema Integral de
Aseo Público (SIAP)
756
Zonas de barrido (Remanente 2015)
$223.68 $0.00 $0.00 $0.00 $223.68 $0.00
5057
TOTAL Sistema Integral de Aseo Público (SIAP)
$0.00 $249,503,483.8
7 $8,584,559.2
0 $0.00 $0.00
$240,918,924.67
$0.00
1198
Dirección de Atención Ciudadana
1198
Dirección de
Atención Ciudadana
317 Proyectos de Presupuesto Participativo
$777,019.94 $777,019.94 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1198
TOTAL Dirección de Atención Ciudadana
$0.00 $777,019.94 $777,019.94 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
4
Total Desarrollo Ordenado y Sustentable
$37,719,115.72
$1,137,470,329.19
$506,646,414.99
$72,956,224.74
$100,823,212.41
$305,953,550.35
$151,090,926.70
5 Innovación y buena Gobernanza
1410 Contraloría Municipal
1410 Contraloría Municipal
407
Modelo Integral para la administración pública municipal
$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
52
1410 Contraloría Municipal
408 Programa anticorrupción
$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1410 Contraloría Municipal
409
Programa Con ética para la administración pública
$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1410 Contraloría Municipal
410
Programa de supervisión, evaluación y control de obra pública
$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1410 TOTAL Contraloría Municipal
$0.00 $600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo Institucional
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
650
Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (PRODIMDF)
$3,930,393.32 $0.00 $0.00 $3,930,393.3
2 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
653
Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (PRODIM ) (Remanente 2015)
$3,930,393.33 $0.00 $0.00 $3,930,393.3
3 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
654
Programa de Desarrollo Institucional Municipal (Remanente 2014)
$147,174.43 $0.00 $0.00 $147,174.43 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
485
Programa de Conectividad Virtual (SMART CITY, INTERNET PLAZAS PÚBLICAS)
$492,703.05 $2,000,703.05 $2,000,703.0
5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
486 Programa León Digital
$3,500,000.00 $3,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
487
Programa de profesionalización y permanencia en el servicio público municipal
$300,000.00 $1,500,000.00 $1,500,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
488
Programa municipal para mejorar la atención y servicio de León
$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
53
1710
Dirección General de Desarrollo
Institucional
489
Programa León Gobierno Abierto y transparente, evaluación, seguimiento y gestión de resultados al Programa de Gobierno.
-$300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1710
TOTAL Dirección General de Desarrollo Institucional
$492,703.05 $15,508,664.13 $7,500,703.0
5 $0.00
$8,007,961.08
$0.00 $0.00
1315
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
1315
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales
458
Programa de dignificación, equipamiento y modernización de las dependencias de Tesorería (RMySG)
$1,680,000.00 $1,680,000.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1315
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales
477
Digitalización de documentos para entrega recepción
$3,484,600.00 $3,484,600.0
0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1315
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales
319
Proyecto Ejecutivo para Almacenes de Servicios Generales
$493,940.25 $493,940.25 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1315
TOTAL Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
$0.00 $5,658,540.25 $5,658,540.2
5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1312
Dirección General de Gestión, Administración y Enlace Gubernamental
1312
Dirección General de
Gestión, Administra
ción y Enlace
Gubernamental
318 Adecuaciones en Plazas de la Ciudadanía
$80,398.75 $80,398.75 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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1312
TOTAL Dirección General de Gestión, Administración y Enlace Gubernamental
$0.00 $80,398.75 $80,398.75 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
1310 Tesorería Municipal
1310 Tesorería Municipal
652 Provisiones económicas
$4,912,817.62 $0.00 $0.00 $4,912,817.6
2 $0.00 $0.00
1310 TOTAL Tesorería Municipal
$0.00 $4,912,817.62 $0.00 $0.00 $4,912,817.6
2 $0.00 $0.00
5
Total Innovación y buena Gobernanza
$492,703.05 $26,760,420.75 $13,839,642.
05 $0.00
$12,920,778.70
$0.00 $0.00
TOTAL GENERAL a 3RA. Modificación
$57,370,704.93
$1,853,121,849.50
$717,087,705.10
$120,100,059.29
$407,856,661.17
$305,953,550.35
$302,123,873.59
TECHOS FINANCIEROS PRESUPUESTO DE INVERSIÓN, 3RA. MODIFICACIÓN, ABRIL 25, 2016.
INTEGRACIÓN PRESUPUESTO DE
INVERSIÓN
AUTORIZADO A 2DA. MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL
AUTORIZADO A 3RA. MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL
3RA. MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL
DIFERENCIA
MUNICIPAL $717,087,705.07 $717,087,705.07 $0.00
FAIS $407,856,661.17 $407,856,661.17 $0.00
FAFM $305,953,550.24 $305,953,550.24 $0.00
ESTATAL $62,729,354.36 $120,100,059.29 $57,370,704.93
FEDERAL $302,123,873.59 $302,123,873.59 $0.00
TOTAL GENERAL $1,795,751,144.43 $1,853,121,849.36 $57,370,704.93
CAPÍTULO DEL GASTO
NOMBRE DEL CAPÍTULO
Autorizado a Segunda
Modificación Presupuestal
Autorizado a Tercera
Modificación Presupuestal
Diferencia
1000 SERVICIOS PERSONALES $22,667,735.20 $22,667,735.20 $0
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS $57,238,634.88 $57,501,634.88 $263,000.00
3000 SERVICIOS GENERALES $404,682,965.89 $376,532,965.89 -$28,150,000.00
4000
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $307,017,651.68 $337,517,243.66
$30,499,591.98
5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $107,026,896.37 $106,913,896.37
-$113,000.00
6000 INVERSION PUBLICA $771,763,142.93 $826,634,255.88 $54,871,112.95
7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES $125,354,117.61 $125,354,117.61 $0
Total general
$1,795,751,144.56 $1,853,121,849.49 $57,370,704.93
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Corrección de UR
UR/ ENTIDAD CORRECTA UR/ DEPENDENCIA PLASMADA EN SÁBANA NÚMERO DE PROYECTO NOMBRE DEL PROYECTO
MONTO QUE SE TRASPASÓ EN 2DA.
5051 Fideicomiso de
Obras por Cooperación (FIDOC)
2510 Dirección General de Obra
Pública 617
Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)
-$616,334.34
Cambio de número de Proyecto
UR Dependencia/Entidad Número anterior
Número nuevo
Nombre del Proyecto
5051 Fideicomiso de Obras por Cooperación
(FIDOC) 617 6005
Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)
SEGUNDO.- Se autoriza la ejecución de las obras públicas y la
realización de las acciones y proyectos que forman parte del Programa
de Inversión; así como la expedición de licencias y permisos que se
requieran para tal efecto. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la
Dirección General de Inversión Pública para que realice el desglose de
capítulos del gasto y la incorporación de los movimientos materia de la
presente modificación al Programa de Inversión Pública para el
Municipio de León, Guanajuato, que deberán certificarse para efectos
de dar cumplimiento a la normativa aplicable en materia de
contabilidad gubernamental, en el ejercicio fiscal 2016, ello en el
marco del documento que como anexo forma parte de este dictamen.
CUARTO.- Se autorizan todos aquellos actos jurídicos, administrativos
y contables que resulten necesarios para el cumplimiento del presente
acuerdo; además de instruirse al Tesorero Municipal para que realice
los movimientos presupuestales que se requieren para el mismo fin.
En uso de la voz, el Presidente manifiesta que conforme a derecho, la
modificación requiere para su aprobación mayoría simple, asimismo
someterse a consideración primeramente en lo general y seguido de
ello en lo particular, en el entendido que las áreas o partidas que no
sean reservadas se tendrán por aprobadas en lo particular. Por lo
anterior, el Presidente somete a la consideración del Cuerpo Edilicio,
en lo general, la modificación al Programa de Inversión Pública del
Municipio de León, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2016 en el mes
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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de abril, misma que queda aprobada por unanimidad y al no haber
reservas en lo particular se tiene por aprobada en dicho sentido.
En el punto VII del Orden del Día, el Presidente conforme a lo
establecido en los artículos 153 de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato y Noveno párrafo segundo del Reglamento del
Patronato de la Feria Estatal de León y Parque Ecológico, y en
cumplimiento a lo señalado en el Acuerdo del H. Ayuntamiento de
fecha 30 de junio del año 2011, solicita al Licenciado José de Jesús
Padilla Moreno, Presidente del Consejo Directivo del Patronato de la
Feria Estatal de León y Parque Ecológico, comparezca ante el Pleno
para presentar el informe anual de resultados de la Feria Estatal de
León, Guanajuato. A continuación, el Licenciado José de Jesús Padilla
Moreno realiza la presentación del informe (se agrega al apéndice del
acta), que a continuación se inserta:
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
59
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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En seguida, el Presidente agradece y reconoce al Licenciado José de
Jesús Padilla Moreno, Presidente del Consejo Directivo del Patronato
de la Feria Estatal de León y Parque Ecológico, así como a todos los
integrantes del mismo, por los resultados obtenidos y por ser
ciudadanos comprometidos que trabajan de manera desinteresada por
la construcción del Municipio, de nuestra Feria y obviamente de todas
las familias; comentando además que pueden contar con el apoyo
indiscutible de todos. Asimismo, en uso de la voz el Regidor Alejandro
Alaniz Rosales agradece a Jesús Padilla Moreno, pues al formar parte
desde el inicio de su Consejo le consta la forma como se manejó como
Presidente, su manera honorable y su forma de hacer equipo con todo
el Consejo del Patronato, siempre viendo por el bien de la Feria y de
los leoneses. De igual manera, la Regidor Beatriz Yamamoto Cázares
se suma a la felicitación del gran equipo encabezado por un hombre
justo, honesto, respetable y activo que mostro un perfil muy proactivo y
que hizo un gran equipo, quedándose con una grata impresión con lo
poco que le toco estar en el Consejo estos 6 meses; asimismo felicita
a Esthela y a todo el equipo de trabajo que básicamente son los que
hacen la Feria posible. A continuación, el Regidor Salvador Ramírez
Argote felicita al Consejo Directivo de la Feria y en particular a su
Presidente, con quien le tocó trabajar en la anterior administración, así
como a la Directora Esthela, agradeciéndoles por el trabajo y entrega
que manifestaron durante estos 3 años; asimismo comenta que en la
exposición realizada se manifiesta un remanente de $38’000,000.00
de pesos, la diferencia entre los ingresos y los egresos, por lo que
pregunta ¿Qué ocurre con esos remanentes que va teniendo la Feria
año con año? Sobre el particular, en uso de la voz el C. José de Jesús
Padilla Moreno señala que en esos remanentes una parte se va a la
operación del Patronato, de la oficina y de todo lo que se lleva donde
se trabaja todo el año, ya que muchas veces piensan que en la Feria
se trabaja durante unos poquitos meses pero en realidad es un trabajo
de todo un año; agregando que le faltó comentar por ejemplo el
ingreso durante la no Feria el cual crecieron de $4.5 millones a casi
cerca de $9’000,000.00 pesos, es decir que duplicaron ese ingreso,
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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pues están trabajando durante todo el año, teniendo 110 personas de
base donde también le invierte al Parque Explora, que es parte de la
labor social que se lleva en la Feria y en donde todo el año están
otorgando y gastando o invirtiendo, ya que es un parque totalmente
gratuito y financiado al 100% por el Patronato de la Feria; agregando
que otro gasto que tienen es que mensualmente hacen una
transferencia de alrededor de $670,000.00 pesos al Museo de Ciencia
Explora, donde se hacen mejoras en las instalaciones. Manifestando
por último que hicieron una aportación a la Escuela anexa a la Normal
donde invirtieron $4’000,000.00 pesos, siendo en lo que generalmente
se invierte todo el remanente. A continuación, sobre este mismo
asunto, en uso de la voz el Regidor José de Jesús Vázquez García
felicita al Señor José de Jesús Padilla, pues a todos les consta su
entrega y su dedicación.
En el punto VIII del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se
presenta la respuesta a la circular número 33 enviada por la Comisión
de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado a
los Integrantes del Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la
Iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
para el Estado de Guanajuato, y de reformas a la Ley de Protección de
Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato; por
lo que solicita al Presidente de la Comisión de Gobierno, Seguridad
Pública y Tránsito se sirva dar lectura al dictamen respectivo. En uso
de la voz, el Síndico Luis Ernesto Ayala Torres da lectura al dictamen
(se agrega al apéndice del acta), que contiene lo siguiente:
PRIMERO.- Para efectos del último párrafo del artículo 56 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, envíese la
respuesta correspondiente al oficio circular número 33, suscrito por
Ricardo Torres Origel y Jorge Eduardo de la Cruz Nieto, Diputado
Presidente y Diputado Secretario respectivamente de la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales, a través del cual se remite a
este Ayuntamiento la iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Información Pública para el Estado de Guanajuato y de reformas a la
Ley de Protección de Datos Personales para el Estado y los
Municipios de Guanajuato suscrita por el Gobernador del Estado, la
Diputada Presidenta del Congreso del Estado, la Diputada y los
Diputados integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política
y Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado. Lo anterior, a fin de manifestar las
observaciones y aportaciones que se señalan en el anexo que forma
parte del presente acuerdo, las cuales contribuirán a enriquecer el
contenido de la iniciativa de referencia y que a continuación se
insertan:
OBSERVACIONES Y APORTACIONES TÉCNICO JURÍDICAS A LA INICIATIVA DE LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO.
a) Relativo a las fracciones II y XXXIII del artículo 7:
La fracción II del referido artículo define “áreas” como las instancias que cuentan o puedan contar con la información y la fracción XXXIII define “unidades administrativas” como las áreas de los sujetos obligados, lo cual puede dar a entender que el concepto de área y de unidad administrativa es el mismo, esa similitud en ambos conceptos puede llegar a causar confusión en la aplicación de la ley, por lo cual se sugiere reconsiderar la necesidad de conservar ambos conceptos, o en su defecto clarificar las definiciones.
b) En lo que respecta a la fracción X del artículo 7:
La definición de “formatos abiertos” se encuentra contenida en la fracción a que se refiere el presente inciso, así también se contiene en el inciso i) de la fracción VI del mismo artículo en la cual se habla de los “datos abiertos” por lo cual se sugiere conservar únicamente una de dichas definiciones.
c) Tocante a la fracción X del artículo 24:
El artículo 24 establece los sujetos que se encuentran obligados al cumplimiento de la ley y en su fracción X hace referencia a los fondos públicos, sin embargo por fondos públicos se puede entender como el patrimonio público, el cual se ejerce a través de figuras como el fideicomiso público, por ello queda duda acerca de la intención de incluir el concepto de “fondo público” dentro del listado de los sujetos obligados.
d) Referente a la fracción III del artículo 26:
El principio de legalidad implica la conformidad de cualquier acto de autoridad con el ordenamiento jurídico que le da fundamentación, es decir que la ley es el único mecanismo que atribuye facultades u obligaciones a la autoridad, en este sentido en la fracción de referencia se establece como parte de la información que tienen que
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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publicar los sujetos obligados las facultades de cada área, pero dado que el concepto facultad implica potestad de hacer o no hacer se sugiere modificar la fracción para que se refiera a las atribuciones de las áreas, con lo que quedarían incluidas las facultades y las obligaciones, no sólo las primeras.
e) En cuanto al inciso q) de la fracción XV del artículo 26:
Dicho dispositivo hace referencia a la obligación de poner oficiosamente a disposición de la autoridad la información referente a los programas, subsidios, estímulos y apoyos, siendo parte de esta información el padrón de beneficiarios incluyendo en este, nombre, edad y sexo de los beneficiarios, datos que conforme a la ley debe tener tratamiento especial por su calidad de confidencialidad, por ello se sugiere reconsiderar la necesidad de incluir dichos datos en la información pública de oficio. Adicionalmente, en el mismo inciso se indica como parte de la información del padrón de beneficiarios, la unidad territorial, al respecto se sugiere clarificar dicha referencia, a efecto de facilitar la aplicación de la norma.
f) Respecto a la fracción XVIII del artículo 26:
Continuando con la información que los sujetos obligados deben hacer pública de oficio, en dicha fracción se incluye el listado de las personas servidoras públicas con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición, sin que quede claro a qué información se refiere el término “disposición”.
g) En cuanto a la fracción XXXVII del artículo 26:
Dicha fracción se refiere a la información de los programas que los sujetos obligados ofrecen como parte de la información pública de oficio, se sugiere eliminar esa fracción en razón de que en la fracción XV del mismo artículo ya se contiene dicha obligación, detallando de mejor manera la forma de dar cumplimiento a la misma.
h) Tocante al inciso a) de la fracción I del artículo 28:
El artículo hace referencia a obligaciones específicas del Poder Ejecutivo y los municipios, estableciendo en su inciso a) “los planes estatales de desarrollo, según corresponda”, al respecto se sugiere modificar dicha redacción para establecer la obligación a los municipios de publicar sus planes y programas, adicionalmente a la obligatoriedad de los Estados de publicar su plan estatal de desarrollo.
i) En cuanto al inciso b) de la fracción I del artículo 28:
Otra de las obligaciones de publicidad de información específicas para el Estado y los municipios es la relativa al presupuesto de egresos y a las fórmulas de distribución, quedando duda sobre cuáles son las fórmulas de distribución que se deben publicar, por lo que se sugiere clarificar el dispositivo de referencia para facilitar a la autoridad el cumplimiento de dicha obligación.
j) Referente al inciso a) de la fracción II del artículo 28:
El inciso se refiere a la obligación de los municipios de publicar el contenido de las gacetas municipales, al respecto se sugiere considerar que diversos municipios han optado por hacer pública su información a través de medios electrónicos, mediante el uso de sus respectivos portales.
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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k) En lo que hace a la fracción VIII del artículo 49:
Se establece como atribución de la unidad de transparencia el proponer al personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información, respecto a dicha atribución se sugiere clarificar a quien se presentará dicha propuesta y qué autoridad es la facultada para tomar la determinación, además de especificar si dicha disposición se refiere al personal que forma parte de la estructura asignada de la unidad o a personal adicional.
l) Tocante al artículo 52:
Con la intención de facilitar la aplicación de la norma se sugiere reconsiderar la redacción del artículo, a efecto de dar mayor claridad al mismo.
m) Respecto a las fracciones II y III del artículo 73:
En cuanto a esas fracciones se sugiere modificar su redacción a efecto de hacer en ellas una acotación que permita la interpretación de los mismos de manera que facilite su aplicación a nivel municipal.
n) Referente a la fracción IV del artículo 73:
En dicha fracción se califica como reservada la información que pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física, al respecto se sugiere incluir como parte de esa clasificación la información que pueda poner en riesgo la honra y reputación de las personas, obligación que el Estado Mexicano ha adoptado al adherirse al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
o) En lo que respecta a la fracción II del artículo 81:
La fracción de referencia establece la forma en que los sujetos obligados deben tratar la información personal, sin embargo consideramos que al darle una redacción distinta se facilita a la autoridad la interpretación de dicho dispositivo y por ende asegura su mejor aplicación.
p) Relacionado al artículo 82 en relación con el 197:
Dicho artículo establece la prohibición de la difusión de los datos personales salvo que exista consentimiento expreso, y dada la relevancia de dicho dispositivo se sugiere contemplar dentro de las sanciones aquella a que se haga acreedor el sujeto obligado en caso de no observar dicha prohibición.
q) Concerniente a la fracción IV del artículo 83:
La prohibición de la difusión de los datos personales tiene determinadas excepciones, las cuales se consagran en dicho artículo, siendo una de ellas las razones de salud pública o para proteger los derechos de terceros caso en el cual se requiere una prueba de daño, sin embargo tomando en consideración que la divulgación de dicha información puede lesionar los derechos de las personas a las cuales pertenecen se sugiere especificar en qué consiste la prueba de daño.
SEGUNDO.- Tomando en consideración el plazo establecido por la
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para dar respuesta
al Oficio Circular No. 33 y en atención a que por las fechas establecidas
en el calendario aprobado de sesiones ordinarias del H. Ayuntamiento,
no es posible agotar el procedimiento municipal dentro de dicho plazo,
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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se acuerda solicitar al H. Congreso del Estado que a efecto de dar
cumplimiento al artículo 56 constitucional, se tome como opinión el
presente dictamen, enviando con posterioridad la certificación que al
efecto emita el H. Ayuntamiento. En seguida, el Presidente somete a la
consideración del Honorable Ayuntamiento la respuesta a la circular
número 33 en los términos del dictamen al que se dio lectura, misma
que queda aprobada por unanimidad.
En el punto IX del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se
presenta la respuesta a la circular número 39 enviada por la Comisión
de Fomento Agropecuario del Congreso del Estado a los Integrantes
de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la Iniciativa por la
que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Ganadera para el Estado de Guanajuato; por lo que solicita a la
Presidenta de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, Educación,
Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud Pública y de
Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito se sirva dar lectura al
dictamen respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana María Esquivel
Arrona da lectura al dictamen (se agrega al apéndice del acta), que
contiene lo siguiente: PRIMERO.- Para efectos del último párrafo del
artículo 56 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,
envíese la respuesta correspondiente al oficio circular número 39,
suscrito por Jesús Gerardo Silva Campos y Alejandro Flores Razo,
Diputados Presidente y Secretario respectivamente de la Comisión de
Fomento Agropecuario, mediante el cual se remite a este
Ayuntamiento la iniciativa formulada por el Gobernador del Estado, por
la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato. Lo anterior, a fin de
manifestar las observaciones y aportaciones que se señalan en el
anexo que forma parte del presente acuerdo, las cuales contribuirán a
enriquecer el contenido de la iniciativa de referencia y que a
continuación se insertan:
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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OBSERVACIONES Y APORTACIONES TÉCNICO JURÍDICAS A LA INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GANADERA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO.
a) Relativo al artículo 13 fracción XVI:
Se sugiere regular dicha atribución de forma más concreta con la finalidad de no incurrir en actos violatorios al proceso penal o transgredir el principio del debido proceso, así como las garantías en materia de legalidad consagradas en el artículo 14 y 16 de la CPEUM. Sin perjuicio de lo anterior y con la intención de dar claridad al texto, se propone la siguiente redacción: “Poner a disposición del Ministerio Público en calidad de presentado a las personas que movilicen especies pecuarias sobre las cuales no se acredite su propiedad”.
b) Relativo al artículo 13 fracción XVII: Para dar mayor claridad al texto normativo se sugiere la siguiente redacción:
“Retener y poner a disposición de las autoridades competentes a las especies pecuarias y sus productos que sean movilizados con documentos oficiales mal elaborados, sin sello, firmas, tachaduras o enmendaduras”.
c) Relativo al artículo 46 fracción V:
Se sugiere considerar que al realizar la cancelación de la patente que tenga el titular por el simple hecho de que haya una investigación en su contra por la presumible imputación que se le hace por el posible delito de robo de ganado, se da a lugar a que por una acusación no acreditada reciba una sanción. El gobernado no está obligado a probar la licitud de su conducta cuando se le imputa la comisión de un delito, en tanto que el acusado no tiene la carga de probar su inocencia. Si se parte de esa premisa, la presunción de inocencia es un derecho que surge para disciplinar distintos aspectos del proceso penal, empero, debe trasladarse al ámbito administrativo sancionador, en tanto ambos son manifestaciones de la potestad punitiva del Estado.
d) Relativo al artículo 85 en relación con el artículo 87: Se sugiere considerar dentro del catálogo de infracciones a la Ley, el uso de guías de tránsito o de certificados zoosanitarios falsificados.
SEGUNDO.- Tomando en consideración el plazo establecido por la
Comisión de Fomento Agropecuario para dar respuesta al Oficio
Circular No. 39 y las fechas establecidas en el calendario aprobado de
sesiones ordinarias del H. Ayuntamiento, no es posible agotar el
procedimiento municipal dentro del plazo otorgado, por este motivo se
acuerda solicitar al H. Congreso del Estado que a efecto de dar
cumplimiento al artículo 56 constitucional, se tome como opinión el
presente dictamen, enviando con posterioridad la certificación que al
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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efecto emita el H. Ayuntamiento. A continuación, el Presidente somete
a la consideración del Honorable Ayuntamiento la respuesta a la
circular número 39 en los términos del dictamen al que se dio lectura,
misma que queda aprobada por unanimidad.
En el punto X del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se
presentan las reformas al Reglamento de Deporte y Cultura Física
para el Municipio de León, Guanajuato; por lo que solicita a la
Presidenta de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, Educación,
Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud Pública y de
Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito, se sirva dar lectura al
dictamen respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana María Esquivel
Arrona da lectura al dictamen (se agrega al apéndice del acta), que
contiene lo siguiente: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos
115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 117 fracción I de la Constitución Política para el Estado de
Guanajuato; 76 fracción I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato; y 16, 62, 67, 79, 81 y 89 del
Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León, Guanajuato; se
aprueban diversas reformas al Reglamento de Deporte y Cultura
Física para el Municipio de León, Guanajuato, con el objeto de
fortalecer la estructura administrativa de la Entidad, así como
armonizar el texto legal con las disposiciones jurídicas aplicables, en
los términos del documento que como anexo forma parte del presente
acuerdo y que a continuación se insertan:
ANEXO ÚNICO QUE FORMA PARTE DEL DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN DIVERSAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE DEPORTE Y CULTURA FÍSICA PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Diversos sociólogos han reconocido el valor del deporte como medio de desarrollo social, pues reporta grandes beneficios a nivel individual y social, por ello es de vital importancia en la formación educativa de los individuos, en este sentido, la política deportiva se convierte en una herramienta invaluable de intervención social.
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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En este reconocimiento a la importancia social de la práctica deportiva, la administración municipal 2015-2018, en su programa de gobierno ha incluido en el eje “Inclusión al desarrollo” el tema del deporte como formación de ciudadanos, a través del cual se busca promover y fortalecer la activación física de la población. Para poder lograr los objetivos plasmados en dicho programa, resulta necesario que el organismo encargado de conducir la política municipal en materia de educación física, deporte y recreación, cuente con una base normativa, que le permita, en coordinación con la administración centralizada cumplir con mayor alcance sus objetivos. Por ello, y en reconocimiento a la naturaleza heterónoma de los reglamentos, bajo la cual, estos siempre deben encontrar fundamento y soporte en las leyes estatales y federales, se modifica el Reglamento de Deporte y Cultura Física para el Municipio de León, Guanajuato a fin de que las relaciones laborales de la COMUDE-León, se rijan por la Ley Federal del Trabajo. La modificación antedicha encuentra su sustento en el pronunciamiento que ha realizado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante jurisprudencia por contradicción de tesis, en el sentido de que las relaciones laborales de los organismos descentralizados de carácter municipal, como lo es la COMUDE-León, se rigen por el apartado A del artículo 123 Constitucional, apartado que hace referencia a los contratos de trabajo en general, ello al considerar que “si bien es cierto que los organismos descentralizados de carácter municipal integran la administración pública paramunicipal, y por ello pertenecen al Municipio, también lo es que no forman parte del Ayuntamiento, en tanto que no tienen por objeto despachar los negocios del orden administrativo, sino prestar auxilio para la ejecución de cuestiones atinentes al desarrollo económico y social, como es la atención de los servicios públicos”. (160673. 2a./J. 169/2011 (9a.). Segunda Sala. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro II, Noviembre de 2011, Pág. 328). En otro orden de ideas se modifican las atribuciones que al H. Ayuntamiento confiere el reglamento, reforzando con ello la transversalidad de las acciones al hacer hincapié en la coordinación entre éste y la paramunicipal. Con la misma intención se faculta al titular de la Presidencia Municipal para proponer acciones de mejora en cuanto al funcionamiento e integración del organismo, no se omite hacer mención que con dicha modificación no se transgrede en forma alguna la autonomía de la COMUDE-León, sino al contrario, se robustecen los lazos entre la administración centralizada y la paramunicipal lo que indudablemente deriva en una mejora en el servicio recibido por la ciudadanía. A fin de privilegiar la libertad de la paramunicipal en cuanto a su organización administrativa, se modifica el artículo que regula su estructura orgánica, eso le permitirá a la paramunicipal determinar libremente la denominación y el número de las unidades administrativas que requiera para dar cumplimiento a su objeto, siempre que se atiendan las áreas de Cultura física, Recreación, Deporte selectivo, Deporte de alto rendimiento, Infraestructura deportiva, Eventos y Administración, con este cambio la organización de la COMUDE-León se podrá adecuar, más fácilmente, a las necesidades actuales de la ciudadanía y por ende, podrá responder con mayor alcance a las mismas. No obstante lo anterior y en apego al principio de legalidad permanece la disposición que establece que las funciones y atribuciones de las unidades administrativas de la COMUDE-León, serán las que se establezcan en su reglamento interior y las que determine el Consejo.
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Por último, y con la intención de dar mayor claridad al texto normativo, se modifican las atribuciones del Consejo y de quien ocupe la titularidad de la Dirección General, a efecto de plasmar de manera específica la intervención de cada uno en cuanto al nombramiento y remoción de los servidores públicos de la COMUDE-León. Por lo anteriormente expuesto se ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
Único. Se reforman los artículos 6 fracción IV; 7 fracción IV; 11 fracción
XVIII; 33 fracción VII; 34 y 35 todos del Reglamento de Deporte y Cultura Física para el Municipio de León, Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 164, tercera parte, de fecha 13 de Octubre de 2015, en los términos siguientes:
“Atribuciones del…
Artículo 6. El Ayuntamiento tiene…
I. a III. …
IV. En coordinación con la COMUDE-León, gestionar y promover ante
organismos públicos o privados, recursos y financiamiento para los
programas y proyectos en materia de deporte, cultura física y
recreación;
V. a VIII. …
Atribuciones de la…
Artículo 7. La persona titular…
I. a III. …
IV. Vigilar la correcta integración y el adecuado funcionamiento de la
COMUDE-León y, en su caso, sugerir acciones de mejora; y,
V. …
Atribuciones del Consejo
Artículo 11. Son atribuciones del…
I. a XVII. …
XVIII. Aprobar, a propuesta de la Dirección General, la designación de
quienes sean responsables de las unidades administrativas de la
COMUDE-León;
XIX. y XX …
Atribuciones de la…
Artículo 33. La persona titular…
I. a VI. …
VII. Nombrar y remover de su cargo a los servidores públicos de la
COMUDE-León, a excepción del nombramiento de los responsables
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de las unidades administrativas, el cual se realizará conforme a la
fracción XVIII del artículo 11;
VIII. a XI. …
Estructura orgánica de la COMUDE-León
Artículo 34. La COMUDE-León contará con la estructura orgánica que autorice el Consejo, debiendo contar, como mínimo, con las unidades administrativas que atiendan las siguientes funciones:
I. Cultura física;
II. Recreación;
III. Deporte selectivo;
IV. Deporte de alto rendimiento;
V. Infraestructura deportiva;
VI. Eventos; y
VII. Administración.
Las funciones y atribuciones de las unidades administrativas de la COMUDE-León, serán las que se establezcan en su reglamento interior y las que determine el Consejo.
Relación laboral
Artículo 35. Las relaciones laborales entre la COMUDE-León y sus trabajadores, se regirán por la Ley Federal del Trabajo.”
Artículo transitorio
Único. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo
240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En
consecuencia, el Presidente manifiesta que conforme a derecho, las
reformas al reglamento mencionado requieren para su aprobación
mayoría calificada, asimismo someterse a consideración primeramente
en lo general y seguido de ello en lo particular, en el entendido que el
artículo o artículos que no sean reservados se tendrán por aprobados
en lo particular. Por lo anterior, el Presidente somete a la
consideración del Cuerpo Edilicio en lo general, las reformas al
Reglamento de Deporte y Cultura Física para el Municipio de León,
Guanajuato, mismas que quedan aprobadas por unanimidad y en lo
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particular se deriva la reserva del Regidor Salvador Ramírez Argote al
artículo 35 manifestando que entre las reformas que se proponen al
reglamento, está la del artículo 35 que consiste en que las relaciones
de trabajo de los empleados de la COMUDE, de acuerdo con esta
reforma, se regirían por la Ley Federal del Trabajo y actualmente se
rigen por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del
Estado y los Municipios, por lo que entonces lo que se intenta con la
reforma es que ya se rijan por la Ley Federal del Trabajo, y como
todos saben la Ley Estatal de Servidores Públicos es más benéfica
desde el punto de vista de las prestaciones para los trabajadores que
la Ley Federal del Trabajo, de tal manera que al hacer este cambio
estarían perjudicando a los trabajadores de la COMUDE al disponer
que ya sus relaciones de trabajo se rijan por la Ley Federal, siendo su
propuesta concreta no tocar el artículo 35, es decir que lo dejen como
esta y se sigan rigiendo por la Ley del Trabajo de los Servidores
Públicos al Servicio del Estado y los Municipios, pues se parte del
artículo 132 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato que
dice: “Artículo 132...Las relaciones de trabajo entre el Estado, Municipios y sus
trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del
Estado y de los Municipios...”, que es una disposición general de la
Constitución del Estado, y luego viene la propia Ley del Trabajo de los
Servidores Públicos al Servicio del Estado y los Municipios, que en su
artículo 1 empieza a clarificar y dice: “ARTÍCULO 1. La presente ley rige las
relaciones de trabajo entre el Estado y sus trabajadores y entre los municipios y
sus trabajadores...”. Asimismo, menciona que saben perfectamente que
la administración pública municipal se divide en administración
centralizada y paramunicipal, considerando que en la centralizada no
hay duda de que rige esta ley, pero donde puede haber duda es en la
paramunicipal, pues el segundo párrafo dice: “ARTÍCULO 1....Cuando las
empresas u organismos paraestatales, municipales o descentralizadas (que es el
caso de la COMUDE) del estado o de los municipios se encarguen de la atención
de los servicios públicos o de actividades sociales que las leyes encomiendan al
Estado o a los municipios, las relaciones con sus trabajadores se regirán también
por esta ley”, es decir que aquí ponen una condición para que
tratándose de paramunicipales se rijan por esta ley, y la condición es
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que se encarguen estos organismos de la atención de servicios
públicos o actividades sociales que las leyes le encomienden al
municipio, pareciéndole que el asunto del deporte sí es una actividad
social que las leyes le encomiendan al municipio desde el momento
que existe una Ley General de Deporte y Cultura Física, que le da
atribuciones a los municipios en esta materia, y luego se deriva una
Ley Estatal que en el mismo sentido le da las atribuciones al municipio
y este se las encomienda a la COMUDE, siendo ese el silogismo y
argumento para concluir que sí se deben regir por la Ley del Trabajo
de los Servidores Públicos; siendo esa la razón por la que pide se
quede como está el artículo 35. Sobre el particular, en uso de la voz el
Secretario del Ayuntamiento manifiesta que si bien es cierto son claros
los preceptos en materia de la jurisdicción estatal hacia las propias
paramunicipales y descentralizados del estado y en consecuencia del
municipio, le informan que tratándose de la interpretación en casos
concretos que se han estado ventilando hacia los Tribunales Labores,
el criterio con el que se ha adoptado es la aplicación de la Ley Federal
del Trabajo, que en reiteradas ocasiones han sido puestos incluso por
la benevolencia que en algunos casos la propia Ley Estatal establece,
pero que sin embargo ha sido criterio de los Tribunales Federales la
aplicación de la Ley Federal, siendo por ello que se incluye en la
modificación que la vigencia de la relación laboral sea por la propia
Ley Federal. En ese tenor, el Regidor Ramírez Argote pregunta
¿quiénes han determinado esto, el Tribunal Burocrático, las Julcas, en
amparo los Tribunales Federales o quiénes?. Respondiendo al efecto
el Secretario del Ayuntamiento tener entendido que cuando se ha
instado al Tribunal Burocrático se ha declarado incompetente, y son
las Juntas de Conciliación y Arbitraje las que han entrado a sostener
esa competencia. En seguida, el presidente manifiesta que
aprovechando la presencia del Licenciado José Luis Sánchez Castillo,
Director de Relaciones Laborales, somete a la consideración del
Cuerpo Edilicio su comparecencia a fin de que profundice sobre el
tema, la cual es aprobada por unanimidad. En uso de la voz, el
Licenciado José Luis Sánchez Castillo menciona que efectivamente
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como dice el Secretario en el tema de los descentralizados, aunque
efectivamente está contemplado que su relación laboral se rige a
través de la Ley Burocrática-Ley del Trabajo de los Servidores
Públicos al Servicio del Estado y los Municipios, pues existe una
jurisprudencia en contradicción de tesis que interpreta la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, si mal no recuerda del año 1992, y en
ese sentido ha determinado que el tema de los organismos públicos
descentralizados tanto de la federación, los estados y los municipios,
por ser entes que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio, sus
relaciones de trabajo se rige por el apartado A) del artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en todo caso
por su reglamentaria Ley Federal del Trabajo, es decir que los trata
como trabajadores de empresa privada y que en este caso la
competencia para conocer de los asuntos laborales se llevan ante las
Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje o Juntas Federales en su
caso de organismos públicos descentralizados de Gobierno Federal,
como es el caso de Petróleos Mexicanos o el Instituto Mexicano del
Seguro Social, por decir algún ejemplo; en el caso de los organismos
públicos descentralizados tanto del gobierno del estado y de los
municipios se rigen por el apartado A) y se tratan en las Juntas
Locales de Conciliación y Arbitraje, siendo la razón que consideró la
Suprema Corte de Justicia de la Nación que sí bien es cierto forman
parte de la administración pública, es decir no son entes aislados, no
son independientes pero finalmente tienen su propio régimen de
administración y su propio patrimonio, y en ese sentido se considera
que no forman parte de la administración centralizada tanto de los
municipios como de Gobierno del Estado. En ese mismo tenor, el
Regidor Ramírez Argote manifiesta que la jurisprudencia que
menciona el Director es anterior a la promulgación de la ley de la que
hablaban hace un momento, entendiendo bien que el Tribunal
Burocrático se declara incompetente cuando se dan este tipo de
situaciones porque es quitarse trabajo y que otros atiendan esos
asuntos en lugar de atenderlos ellos. Agregando que hay un principio
en todas la leyes laborales, incluyendo esta, en el cual se debe estar
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siempre a la norma que le resulte más favorable al trabajador en caso
de duda, por lo que entonces, agradeciendo los comentarios del
Director de Relaciones Laborales, mantendría la propuesta de que se
quede tal como está, y finalmente que sean los trabajadores los que
lleven a cabo sus asuntos donde les corresponde, y que es a donde a
ellos más les beneficia, pues ellos estarán en posibilidad de litigarlo
más arriba si es que se declara incompetente el Tribunal Burocrático,
pero de entrada pide que se quede como está por ser lo más benéfico
para el trabajador. Asimismo sobre este asunto, en uso de la voz el
Regidor Salvador Sánchez Romero comenta que estuvo presente en
esa comisión y precisamente la Regidora Norma hizo la pregunta al
abogado de COMUDE, quien les hizo referencia a esa jurisprudencia y
que estaban en lo correcto al aprobarlo; recordando además que se
recomendó que quedara asentado que los trabajadores que están
actualmente trabajando conservaran sus beneficios anteriores y esto
aplicaría solamente a las nuevas contrataciones, siendo en ese
sentido como lo aprobaron en Comisiones. Después, nuevamente en
uso de la voz el Licenciado José Luis Sánchez Castillo comenta que
en ese sentido también la Corte, derivando esto de un mandato
constitucional, quien tiene la facultad únicamente para legislar en
materia laboral es a nivel Federal el Congreso de la Unión tratándose
de leyes reglamentarias de la Constitución como la Ley Federal del
Trabajo y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; y
que en el caso de la competencia para emitir leyes laborales por parte
de los estados que regulen las relaciones del trabajo de los propios
servidores públicos de los estados y de los municipios no deriva del
123 sino de la facultad que otorga el artículo 115 Constitucional que es
el que refiere a la autonomía de los municipios y el 116 que refiere a la
autonomía de los estados, pero que sin embargo en este sentido
afirma que la Corte ha determinado que el único que tiene facultad
para legislar son estos órganos: a nivel federal el Congreso de la
Unión y a nivel local las legislaturas de los estados; pareciéndole que
en un reglamento de carácter municipal o estatal, tanto un Poder
Ejecutivo como un Ayuntamiento no tienen la facultad para determinar.
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Agregando que estas relaciones de trabajo tienen que acordar a lo que
dice la ley y por excepción lo que dijo la jurisprudencia en esta
interpretación de la ley, y en el caso de los derechos de los
trabajadores que pasan de un organismo público descentralizado y
que ahora si se determina que haya como parte de la administración
centralizada, tiene que haber un reconocimiento de derechos de sus
trabajadores, sobre todo en el tema de la antigüedad, pareciéndole
que en ese sentido tienen que regirse primero por lo que dice la ley y
la jurisprudencia, reiterando que serían los órganos competentes,
tanto en este caso, tratándose de las leyes, el Congreso del Estado
tratándose de la Ley Burocrática y a nivel Federal el Congreso de la
Unión o bien la Suprema Corte de Justicia en interpretación de estas
leyes, siempre respetando los derechos de los trabajadores, pues no
pueden pasar por encima de los derechos además de que también ya
está en texto constitucional en la reforma que se hizo en cuanto al
respeto de los derechos humanos y la interpretación sobre la norma
que sea más favorable, pero que en este sentido el que tiene la última
palabra y la única interpretación es la Suprema Corte de Justicia de la
Nación que ha establecido el caso de las competencias y si tienen un
organismo público descentralizado definitivamente la competencia
para conocer de su conflicto será ante una Junta Local y la ley
aplicable será la Ley Federal del Trabajo. Por último, en relación con
este tema, el Regidor Salvador Ramírez Argote menciona que en
materia laboral la ley no es el límite, la ley es apenas el piso, lo
mínimo, y a partir de ahí lo que determinen entre el patrón y el
trabajador hacía arriba es lo que rige, de tal manera que si en su
reglamento ponen con base en la ley, que en este caso las relaciones
se rigen por una ley más benéfica para el trabajador, entonces es a lo
que habría que estar. En seguida, El Presidente somete a la
Consideración del Honorable Ayuntamiento la propuesta presentada
por el Regidor Salvado Ramírez Argote para que el artículo 35 se
conserve tal cual está en el Reglamento de la COMUDE, la cual no es
aprobada por contar únicamente con tres votos a favor emitidos por
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los Regidores Norma Patricia López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote
y Sergio Alejandro Contreras Guerrero.
En el punto XI del orden del Día, el Presidente manifiesta que se
presentan las reformas al Reglamento del Consejo de Participación
Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato; por lo que
solicita a la Presidenta de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social,
Educación, Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud
Pública y de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito, se sirva dar
lectura al dictamen respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana
María Esquivel Arrona da lectura al dictamen (se agrega al apéndice
del acta), que contiene lo siguiente: PRIMERO.- Con fundamento en
los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 117 fracción I de la Constitución Política para el
Estado de Guanajuato; 76 fracción I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; y 16, 62, 67, 79, 81
y 89 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León,
Guanajuato; se aprueban diversas reformas y adiciones al Reglamento
del Consejo de Participación Social en la Educación del Municipio de
León, Guanajuato, con el objeto de plantear una política educativa
amplia de carácter transversal, incluyendo en ella las diferentes
modalidades de educación, en los términos del documento que como
anexo forma parte del presente acuerdo y que a continuación se
insertan:
ANEXO ÚNICO QUE FORMA PARTE DEL DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN DIVERSAS REFORMAS Y ADICIONES AL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN DEL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Programa de Gobierno 2015-2018 contempla en su eje número 2 “Inclusión al desarrollo” el reducir las desigualdades sociales como una de las principales responsabilidades para ampliar las oportunidades de desarrollo para todos, así también señala que la justicia social implica que todas las personas tengan acceso a los beneficios del desarrollo social en materia de educación. Por ello, como uno de los objetivos dentro de dicho eje se encuentra el relativo a la educación para la vida y el trabajo, en el cual se visualiza la importancia de promover la formación integral en la población.
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La formación integral, implica entonces un proceso que se refiere a todas las facetas del individuo, en este sentido, la educación no puede sólo entenderse como la educación escolarizada, sino que debe referirse a los diferentes aspectos en los que se desenvuelve la persona en sociedad, Montesquieu citaba la existencia de tres formas de educación, la de los padres, la de los maestros y la del mundo, esta concepción de educación pone de manifiesto la relevancia de contemplar la educación no escolarizada en el proceso formativo, y por ende, la necesidad de nuevas y diferentes formas de educación. Para transformar el proceso educativo de la sociedad leonesa, se deben reconocer los diferentes modelos de educación existentes, de manera que las acciones del gobierno se planifiquen con una visión que vaya más allá de los sistemas tradicionales. En este contexto, resulta de vital importancia considerar en el quehacer municipal que la educación debe ser formal, no formal e informal, entendida la educación formal como la impartida por el tradicional sistema escolarizado, la informal como la obtenida mediante enseñanzas no escolares a través de actividades extracurriculares y la informal como aquella que deriva de la experiencia cotidiana de las personas. El municipio de León forma parte de la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras, cuyos principios básicos se recogen en la carta de ciudades educadoras, conforme a la cual las ciudades que son parte se comprometen, entre otros aspectos, a plantear una política educativa amplia de carácter transversal e innovador, incluyendo en ella todas las modalidades de educación formal, no formal e informal y las diversas manifestaciones culturales, fuentes de información y vías de descubrimiento de la realidad que se produzcan en la ciudad. Para el municipio de León, representa entonces un doble compromiso el transformar la visión educativa de la ciudad, pues además de dar cumplimiento al pacto que aceptó al formar parte de la Asociación, tiene el de proteger el derecho fundamental a la educación de sus gobernados. Cabe mencionar, que el Consejo que se regula con el ordenamiento que en este acto se modifica, encuentra su origen en la Ley General de Educación, y para su organización la Secretaría de Educación Pública Municipal emitió el acuerdo número 716 que contiene los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación. En atención a todo lo anteriormente planteado, se ajusta el texto normativo a los lineamientos mencionados en supra líneas, reduciendo el tiempo que duran los consejeros en su encargo de tres a dos años. En ese mismo tenor se reduce el número de consejeros para quedar en veinticinco. Con dicho ajuste, se modificó la integración del Consejo, a efecto de lograr, la participación de los actores cuya intervención resulta prioritaria para lograr los objetivos del mismo, incluyendo a representantes de los consejos escolares y representantes del nivel medio superior y superior, en atención a la obligación constitucional en materia de educación conforme a la cual el Estado, entendido como federación, estado y municipio impartirá educación preescolar, primaria y secundaria, por lo que en este enfoque integral del proceso formativo, no se puede dejar de lado, como parte de la educación formal, la necesidad de contemplar los diferentes niveles educativos. Con la intención de fortalecer la participación de la ciudadanía en los trabajos del Consejo y lograr la transversalidad y la visión integral que se busca, se modifica el esquema de funcionamiento del Consejo, al efecto, se organizará en mesas temáticas, las cuales sesionarán bimestralmente y tienen por objeto el ejecutar las
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acciones necesarias para el funcionamiento del Consejo, informando permanentemente al Presidente de las mismas. Con este esquema se facilita y agiliza el funcionamiento y la toma de decisiones. Así también, con la intención de crear en la ciudad un proceso formativo integral, se amplían las atribuciones del Consejo, a efecto de que tenga las herramientas necesarias para coadyuvar con la Dirección General de Educación del Municipio, en el fortalecimiento de los procesos no formales e informales de la educación. Por lo anteriormente expuesto se ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
Artículo único. Se reforman los artículos 5; 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV; 9; 13; 16 fracción XXV; 19 fracción V; 22; 23; y 27; y se adicionan la fracción XVI al artículo 6; las fracciones XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX y XXX al artículo 16 y un artículo 27-A; todos del Reglamento del Consejo de Participación Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 55, segunda parte de fecha 06 de abril del 2010, para quedar en los términos siguientes: “Artículo 5. El Consejo se integrará con un presidente, un secretario técnico y veintitrés vocales con sus respectivos suplentes quienes ocuparan el cargo en el supuesto del artículo 13 del presente reglamento.
Artículo 6. El Consejo estará…
I. El Presidente de la Comisión de Educación del Ayuntamiento o su
equivalente;
II. El titular de la Dirección General de Educación Municipal;
III. Tres representantes de los niveles educativos de educación básica, que
comprende preescolar, primaria y secundaria;
IV. El Delegado de la Secretaría de Educación de Guanajuato en el
Municipio;
V. Un representante de la Delegación Federal de la Secretaría de
Educación Pública en el Estado de Guanajuato;
VI. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de
Participación Social de Educación Especial;
VII. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de
Participación Social de Educación Preescolar;
VIII. Dos representantes de los Presidentes de los Consejos Escolares de
Participación Social de Educación Primaria;
IX. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de
Participación Social de Educación Secundaria modalidad general;
X. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de
Participación Social de Educación Secundaria modalidad técnica;
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XI. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de
Participación Social de Educación Secundaria en modalidad
Telesecundaria;
XII. Un representante del Consejo Nacional de Fomento Educativo
(CONAFE);
XIII. Dos representantes sindicales:
a) Un representante de la Sección 13 del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación; y
b) Un representante de la Sección 45 del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación;
XIV. Dos representantes del Nivel Medio Superior;
XV. Tres representantes del Nivel Superior; y
XVI. Tres representantes de la Sociedad Civil Organizada, interesados en el
mejoramiento de la educación.
El Consejo, en…
El Consejo tendrá… Todos los miembros… Artículo 9. Los consejeros durarán en su encargo dos años, pudiendo ser reelectos por otro periodo igual, en los cuales establecerán mecanismos de autoevaluación, referidos a las actividades desempeñadas con la finalidad de observar el alcance de los objetivos y acciones propuestas, verificando que los resultados sean acordes con lo establecido o bien sugerir los ajustes necesarios, así mismo deberá informar de forma anual, por conducto de sus representantes los resultados obtenidos durante el período de su gestión al Ayuntamiento. Artículo 13. La falta injustificada de cualquiera de los consejeros a más de dos sesiones de manera continua o de cuatro de manera discontinua sin causa justificada dentro de un año calendario, tendrá el carácter de abandono definitivo del cargo. Para tal efecto el Secretario Técnico realizará el cómputo respectivo y lo notificará al Presidente del Consejo y al integrante en cuestión, llamando en forma inmediata al Consejero Suplente para su integración. Los suplentes ocuparán el cargo de los propietarios únicamente en caso de abandono definitivo de éstos. Artículo 16. Son atribuciones del…
I. a XXIV. …
XXV. Impulsar el servicio social de alumnos de nivel medio superior y superior,
en las comunidades y localidades que demanden mayor atención y
participación colaborativa;
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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XXVI. Propiciar el diálogo intergeneracional en espacios públicos,
considerándolos como puntos de encuentro social bajo la vertiente de la
educación en su sentido más amplio;
XXVII. Impulsar la certificación de ciudadanos como promotores para la gestión
de buenas prácticas comunitarias;
XXVIII. Coadyuvar con la Dirección General de Educación en el desarrollo e
implementación de proyectos educativos de ciudad;
XXIX. Establecer convenios con instancias federales, estatales y municipales
para el impulso de la educación comunitaria; y
XXX. Las demás que le confiere el presente ordenamiento y otras
disposiciones jurídicas vigentes.
Artículo 19. Los vocales tendrán…
I. a IV…
V. Asumir y tomar parte de las mesas temáticas que integren; y
VI. …
Artículo 22. El Consejo debe elaborar dentro de los primeros cinco meses posteriores a su instalación, el plan de trabajo anual, estableciendo acciones a desarrollar, metas, calendarización de sesiones y la conformación de mesas temáticas; en este plan se deberá de prever la coordinación de las instancias municipales, estatales y de la sociedad civil, de la misma forma coadyuvarán en la elaboración e instrumentación del proyecto educativo municipal. Artículo 23. El Consejo deberá sesionar en forma ordinaria cuando menos una vez al año y de manera extraordinaria cuando haya asuntos que así lo ameriten, este último a solicitud del presidente o de la mayoría de los integrantes del Consejo. Artículo 27. Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo se organiza a través de mesas temáticas, las cuales serán conformadas de entre sus integrantes. Las mesas temáticas tienen como objeto ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de las atribuciones del Consejo informando de los acuerdos generados al Presidente y Secretario Técnico del Consejo a través de las actas respectivas. Artículo 27-A. Las mesas temáticas se integran por un coordinador, un secretario técnico y los vocales que el Consejo determine. Sesionarán bimestralmente, o de manera extraordinaria, cuando haya asuntos que así lo requieran y su funcionamiento se sujetará a las disposiciones que regulan el funcionamiento del Consejo, contando el coordinador y el secretario técnico con las atribuciones que respecto a las sesiones se confieren en el presente reglamento al Presidente del Consejo y al Secretario Técnico respectivamente”.
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Artículos transitorios
Primero. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Segundo. Por única ocasión, dentro de los siguientes tres meses a la entrada en vigor de las presentes modificaciones se deberá realizar la designación de los integrantes del Consejo Municipal de Participación Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato, los cuales durarán en su encargo hasta que conforme al presente Reglamento deba renovarse.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo
240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En
seguida, el Presidente manifiesta que Conforme a derecho, las
reformas al reglamento mencionado requieren para su aprobación
mayoría calificada, asimismo someterse a consideración primeramente
en lo general y seguido de ello en lo particular, en el entendido que el
artículo o artículos que no sean reservados se tendrán por aprobados
en lo particular. Por lo anterior, el Presidente somete a la
consideración del Cuerpo Edilicio, en lo general, las reformas al
Reglamento del Consejo de Participación Social en la Educación del
Municipio de León, Guanajuato, mismas que son aprobadas por
unanimidad y al no haber reservas en lo particular se tienen por
aprobadas en el mismo sentido.
En el punto XII del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se
presenta el Reglamento del Sistema de Protección Integral de las
Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de León, Guanajuato; por lo
que solicita a la Presidenta de las Comisiones Unidas de Protección
de los Derechos de los Niños y Adolescentes y de Gobierno,
Seguridad Pública y Tránsito, se sirva dar lectura al dictamen
respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana María Esquivel Arrona
da lectura al dictamen (se agrega al apéndice del acta), que contiene
lo siguiente: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 115 fracción
II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117
fracción I de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76
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fracción I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley Orgánica Municipal para
el Estado de Guanajuato; y 16, 62, 67, 79, 81 y 89 del Reglamento
Interior del H. Ayuntamiento de León, Guanajuato; se aprueba el
Reglamento del Sistema de Protección Integral de las Niñas, Niños y
Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato, con el objeto de
facilitar la coordinación y el trabajo intersectorial entre dependencias y
entidades municipales responsables de respetar, promover, proteger y
garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia, en los términos
del documento que como anexo único forma parte del presente
acuerdo y que a continuación se insertan:
ANEXO ÚNICO QUE FORMA PARTE DEL DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE
APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN,
GUANAJUATO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los derechos humanos se aplican a todos los grupos de edad; las niñas, niños y adolescentes tienen los mismos derechos humanos en general que los adultos. Pero como son especialmente vulnerables, es necesario que tengan derechos concretos que reconozcan su necesidad de recibir una protección especial.
La Convención sobre los Derechos del Niño establece los derechos que es preciso convertir en realidad para que las niñas, niños y adolescentes desarrollen su pleno potencial y no sufran a causa del hambre, la necesidad, el abandono, los malos tratos, la desigualdad, la discriminación, entre otras. Refleja una nueva visión sobre la infancia. Una visión del niño como un individuo y como miembro de una familia y una comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados para su edad y su etapa de desarrollo.
La Convención y su aceptación en tantos países ha servido para defender la dignidad humana fundamental de todas las niñas, niños y adolescentes, necesidad urgente de asegurar su bienestar y su desarrollo. La Convención deja muy clara la idea de que una calidad básica de vida debe ser el derecho de todos los menores, en lugar de un privilegio que disfrutan solamente unos cuantos.
El papel de los gobiernos.
Los gobiernos están obligados a reconocer la gama completa de los derechos humanos de todas las niñas, niños y adolescentes; a tenerlos en cuenta en la agenda legislativa y en sus políticas. Aunque muchos Estados han comenzado escuchar seriamente los puntos de vista de la infancia acerca de numerosas cuestiones importantes, el proceso de cambio se encuentra todavía en sus primeras etapas.
Cumplimiento a la convención.
Bajo la Convención referida, los Estados parte tienen la obligación de enmendar y promulgar leyes y políticas destinadas a poner plenamente en práctica la protección de los derechos de los menores. Como resultado, este documento ha inspirado un proceso de implementación jurídica y de cambio social en todas las regiones del mundo. Los gobiernos locales y nacionales han enmendado leyes
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para tener en cuenta el interés superior del niño y han adoptado políticas sociales que promueven la puesta en vigor de los derechos de la infancia. Tanto las comunidades como los individuos, entre ellos niños y niñas, han participado activamente ofreciendo sus puntos de vista y pidiendo cambios.
Para ello El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha llevado a cabo labores de promoción, ha cooperado con los gobiernos y las organizaciones y ha proporcionado asistencia técnica para la aplicación de la Convención en todo el mundo. Otros organismos de las Naciones Unidas, como la Agencia de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR); la Organización Mundial de la Salud (OMS); y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, promueven activamente los derechos consagrados en la Convención. Y muchas organizaciones no gubernamentales trabajan para implementar mejor la Convención, procurando con ello una mejor aplicación en defensa de los derechos de los menores.
Marco Normativo.
En diciembre de 2014 y noviembre de 2015 se publicaron la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato respectivamente, mismas que tienen por objeto garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos, tomando como principio rector el interés superior de la niñez, la corresponsabilidad de los miembros de la familia, la sociedad y las autoridades y la transversalidad en la legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales que fortalecen y complementan al referido principio rector.
La publicación de ambas leyes posiciona a los derechos de la infancia y la adolescencia como un asunto prioritario en la agenda pública. Además, establece los criterios que deben orientar la política en materia de la niñez creando mecanismos institucionales que permitan facilitar la comunicación, coordinación y toma de decisiones entre los sectores público, privado y social, a fin de garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Mediante ellas se reconoce la importancia de asignar recursos en los términos de las disposiciones aplicables para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, estableciendo con ello un sistema de rendición de cuentas, que incluye el monitoreo y la evaluación de las políticas, programas y acciones que impactan a la minoría.
Además, ambas leyes señalan que los gobiernos municipales serán responsables de conformar un Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, como modelo de organización de las dependencias y entidades municipales responsables de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia, que será responsable de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Sistemas de protección integral.
Un sistema de protección integral es un diseño organizacional y operativo concebido para la implementación de las políticas públicas enfocadas en la niñez y adolescencia, que tiene como objetivo fundamental el cumplimiento de la Convención Sobre los Derechos del Niño así como, en el caso de México, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a todas las demás leyes que se encuentren relacionadas para hacer efectivos sus derechos.
Así un sistema de protección integral puede definirse como el conjunto de órganos, entidades, mecanismos, instancias, leyes, normas, políticas, servicios y presupuestos a nivel nacional, estatal y municipal orientados a respetar, promover, proteger, restituir y restablecer los derechos de los niñas niños y adolescentes y reparar el daño ante la vulneración de los mismos.
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Necesidad de la implementación de los Sistemas de Protección en sus distintos niveles.
Actualmente todos los esfuerzos para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes están focalizados y divididos según las problemáticas o situaciones más usuales a las que se enfrentan la niñez y adolescencia en el país. Esto lleva a que existan múltiples programas o, incluso, subsistemas (relacionados principalmente con la violencia, el trabajo infantil, la niñez en situación de calle, los adolescentes en conflicto con la ley, entre otros), que difícilmente pueden atender de forma integral las causas de tales situaciones.
Respecto a ello, es necesario crear un Sistema de Protección de carácter municipal que deje atrás este conjunto de esfuerzos y programas aislados a nivel municipal, que junto con los sistemas nacional y estatal de lugar a un conjunto de instituciones organizadas y relacionadas entre sí, conformado por los distintos órdenes de gobierno, que formen un todo al servicio de un solo objetivo, que es la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, ello con la intención de asegurar la efectividad de las disposiciones reglamentarias, en coordinación entre los diferentes sectores y niveles de gobierno responsables de garantizar tales derechos.
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO
Capítulo I Disposiciones generales
Sección única
Objeto del Reglamento Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, interés social y observancia general en el Municipio. Tiene por objeto definir la organización, estructura y funcionamiento del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato.
Glosario Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, además de los conceptos contenidos en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, se entenderá por:
I. Adolescentes: Las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad;
II. Ayuntamiento: El H. Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato; III. Dependencias: Órganos de la administración pública municipal
centralizada, encargados del estudio, planeación, programación, ejecución y despacho de las funciones y atribuciones que las normas legales o reglamentarias le confieren al municipio;
IV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación
municipal, fideicomisos públicos municipales, comisiones, patronatos y comités, creados por el Ayuntamiento bajo la naturaleza jurídica de un ente paramunicipal;
V. Municipio: El Municipio de León, Guanajuato;
VI. Niñas y niños: Las personas menores de doce años;
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VII. Reglamento: El Reglamento del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato;
VIII. Procuraduría Estatal de Protección: La Procuraduría Estatal de
Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; IX. Programa Estatal de Protección: El Programa de Protección de Niñas,
Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato;
X. Programa Municipal de Protección: El Programa Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes;
XI. Sistema Estatal de Protección: Sistema de Protección Integral de Niñas,
Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; y XII. Sistema Municipal de Protección: El Sistema de Protección Integral de
Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato.
Naturaleza Artículo 3. El Sistema Municipal de Protección es la instancia rectora encargada de establecer e implementar instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones encaminadas al diseño de la política municipal de infancia y adolescencia, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato y las demás disposiciones legales aplicables.
Principios rectores Artículo 4. Las dependencias y entidades que tengan la responsabilidad de aplicar el presente Reglamento; así como los encargados de la ejecución de los programas y acciones en favor de las niñas, niños y adolescentes deberán en todo momento atender a los principios rectores establecidos en el artículo 6 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el artículo 4 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato.
Derechos de las niñas, niños y adolescentes Artículo 5. Para efectos del presente Reglamento son derechos de las niñas, niños y adolescentes aquellos reconocidos en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forme parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato.
Capítulo II Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el
Municipio de León, Guanajuato
Sección Primera Objeto y facultades
Objeto del Sistema
Artículo 6. Se crea el Sistema Municipal de Protección como la instancia encargada de establecer e implementar instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones que permitan una adecuada protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
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Integrantes del Sistema Artículo 7. El Sistema Municipal de Protección estará integrado por:
I. El Presidente Municipal;
II. El Titular de la Secretaría del H. Ayuntamiento; III. El Titular de la Tesorería;
IV. El Titular de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal;
V. El Titular de la Dirección General de Desarrollo Humano;
VI. El Titular de la Dirección General de Educación;
VII. El Titular de la Dirección de Prevención del Delito, Combate a las
Adicciones y Participación Civil;
VIII. El Titular de la Dirección General de Salud; IX. El Titular del Órgano Administrativo encargado de la política de juventud
en el municipio;
X. El Titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato;
XI. El Titular de la Dirección General del Instituto Municipal de las Mujeres;
XII. Un representante de la Procuraduría Estatal de Protección;
XIII. El Procurador del Menor del Sistema para el Desarrollo Integral de la
Familia en el Municipio de León, Guanajuato;
XIV. Un representante del H. Ayuntamiento, presidente de la Comisión de Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes; y
XV. Tres representantes de la sociedad civil.
Para el mejor desarrollo de sus funciones, el Sistema Municipal de Protección contará con una Secretaría Ejecutiva.
Facultades del Sistema Municipal de Protección Artículo 8. El Sistema Municipal de Protección tendrá, además de las facultades contenidas en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, las siguientes:
I. Diseñar, articular e instrumentar las políticas municipales de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en concordancia con la política nacional y la política estatal;
II. Colaborar con el Estado y la Federación en la formulación, instrumentación
y ejecución de políticas, programas, estrategias y acciones en materia de protección y ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes con la participación de los sectores público, social y privado, así como de niñas, niños y adolescentes;
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III. Elaborar, y ejecutar el Programa Municipal de Protección, con la participación de los sectores público, social y privado, así como de niñas, niños y adolescentes;
IV. Monitorear y evaluar, el Programa Municipal de Protección, en el marco del
Programa de Gobierno Municipal.
V. Hacer efectiva la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas
y acciones de las dependencias y entidades, con los objetivos, estrategias y prioridades de la política pública nacional y estatal de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
VI. Proponer, promover e impulsar reformas, en el ámbito de su competencia,
para el cumplimiento de los objetivos del presente Reglamento;
VII. Difundir el marco jurídico municipal, estatal, nacional e internacional de
protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes;
VIII. Generar los mecanismos necesarios para garantizar la participación directa
y efectiva de niñas, niños y adolescentes en los procesos de elaboración de programas y políticas para la garantía y protección integral de sus derechos;
IX. Promover y ejecutar el establecimiento de presupuestos destinados a la
protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
X. Impulsar la incorporación de la perspectiva de derechos de niñas, niños y
adolescentes en la planeación municipal de desarrollo;
XI. Promover la celebración de instrumentos de colaboración y coordinación,
así como acciones de concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales, que contribuyan al cumplimiento del Reglamento;
XII. Establecer mecanismos de coordinación y colaboración con otros sistemas
municipales de protección de niñas, niños y adolescentes;
XIII. Realizar acciones encaminadas a la formación y capacitación de manera
sistémica y continua sobre el conocimiento y respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
XIV. Coadyuvar por medio de actividades enfocadas en la coordinación y
colaboración para la consolidación del Sistema Estatal de Protección;
XV. Participar mediante propuestas en la elaboración del Programa Estatal de
Protección en coordinación con el Sistema Estatal de Protección; y
XVI. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables.
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Presidencia Artículo 9. El Sistema Municipal de Protección será presidido por el Presidente Municipal de León, Guanajuato, quien podrá ser suplido por el funcionario que este designe de las dependencias o entidades que integran al Sistema Municipal de Protección.
Facultades del Presidente Artículo 10. El Presidente del Sistema Municipal de Protección tendrá las facultes siguientes:
I. Representar al Sistema Municipal de Protección;
II. Suscribir convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales;
III. Presidir y dirigir las sesiones del Sistema Municipal de Protección;
IV. Supervisar la ejecución de los lineamientos que el Sistema Municipal de Protección acuerde;
V. Emitir el voto de calidad, en el caso de empate;
VI. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Sistema Municipal
de Protección;
VII. Autorizar el orden del día para las sesiones del Sistema Municipal de Protección;
VIII. Instruir a la Secretaría Ejecutiva para convocar a las sesiones del Sistema Municipal de Protección;
IX. Invitar a las sesiones del Sistema Municipal de Protección a otras dependencias o entidades, así como a personas o instituciones, nacionales o internacionales, especializadas en la materia;
X. Informar cada seis meses al Ayuntamiento sobre las actividades y acuerdos que genere el Sistema Municipal de Protección; y
XI. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras disposiciones legales aplicables.
Facultades de los integrantes
Artículo 11. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección tendrán las siguientes facultades:
I. Compilar y facilitar la información necesaria para el adecuado
funcionamiento del Sistema Municipal de Protección;
II. Participar en la elaboración del Programa Municipal de Protección;
III. Votar y participar en las sesiones del Sistema Municipal de Protección
solicitando y haciendo uso de la palabra;
IV. Presentar propuestas de temas de trabajo, para su estudio y dictaminación;
V. Sugerir a la Secretaría Ejecutiva asuntos que deban tratarse en las
sesiones del Sistema Municipal de Protección, para incluirlos en la orden del día;
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VI. Cumplir y ejecutar los acuerdos del Sistema Municipal de Protección;
VII. Solicitar al Presidente del Sistema Municipal de Protección se convoque a
sesión extraordinaria si hubiere necesidad; y
VIII. Las demás que le señale el presente Reglamento y otras disposiciones
legales aplicables.
Suplencia de los integrantes
Artículo 12. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección, deberán nombrar a un suplente que deberá tener el nivel inmediato inferior al que le corresponda a su titular, el nombramiento deberá ser informado por escrito a la Secretaría Ejecutiva. Tanto los titulares como los suplentes que integren el Sistema Municipal de Protección, desempeñarán el cargo en forma honorífica por lo que no recibirán retribución, emolumento ni compensación alguna por su labor.
Sección Segunda Secretaría Ejecutiva
Naturaleza y adscripción
Artículo 13. La coordinación operativa del Sistema Municipal de Protección recaerá en una Secretaría Ejecutiva.
Facultades de la Secretaría Ejecutiva
Artículo 14. La Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes facultades:
I. Coordinar las acciones entre las dependencias y las entidades competentes de la Administración Pública Municipal que deriven del presente Reglamento;
II. Elaborar el anteproyecto del Programa Municipal de Protección para someterlo a consideración de los miembros del Sistema Municipal de Protección;
III. Llevar a cabo el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Programa Municipal de Protección;
IV. Compilar los acuerdos que se tomen en el Sistema Municipal de Protección, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de los mismos;
V. Apoyar al Sistema Municipal de Protección en la ejecución y seguimiento de los acuerdos y resoluciones emitidos;
VI. Promover la celebración de convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales;
VII. Realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones en favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes con el fin de difundirlos a las autoridades competentes y a los sectores social y privado para su incorporación en los programas respectivos;
VIII. Difundir entre las autoridades correspondientes y la población en general los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella
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información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de perspectiva en la materia, desagregada por lo menos, en razón de edad, sexo, entidad federativa, escolaridad y discapacidad;
IX. Asesorar y apoyar a las dependencias y entidades que lo requieran para el ejercicio de sus atribuciones en la materia;
X. Informar cada tres meses al Sistema Municipal de Protección y a su Presidente, sobre sus actividades;
XI. Fungir como instancia de interlocución con organizaciones de la sociedad civil, academia y demás instituciones de los sectores social y privado;
XII. Coordinarse con las Secretarías Ejecutivas del Sistema Estatal y de los municipios del Estado para la articulación del Programa Estatal de Protección, así como el intercambio de información necesaria a efecto de dar cumplimiento con el objeto del presente Reglamento, y
XIII. Las demás que le encomiende el Presidente o el Sistema Municipal de Protección.
Designación del Titular de la Secretaría Ejecutiva
Artículo 15. La figura de la Secretaría Ejecutiva recaerá para tales efectos en el titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato.
Sección Tercera Sesiones del Sistema Municipal de Protección
Sesiones y quórum
Artículo 16. El Sistema Municipal de Protección sesionará de manera ordinaria cada tres meses, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias en cualquier tiempo, previa convocatoria de la Secretaría Ejecutiva.
Para sesionar válidamente será indispensable la asistencia de la mayoría de los integrantes del Sistema Municipal de Protección.
La Secretaría Ejecutiva notificará la convocatoria de las sesiones ordinarias a los integrantes del Sistema Municipal de Protección, por lo menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración; por su parte, las sesiones extraordinarias se podrán convocar en cualquier momento cuando la importancia o urgencia del asunto que se trate así lo requiera.
La convocatoria a que se refiere el párrafo anterior podrá realizarse por escrito o a través de medios electrónicos, y contendrá como elementos mínimos el lugar, día y hora de la sesión, así como el orden del día.
Sesiones en segunda convocatoria Artículo 17. De no integrarse el quórum a que se refiere el artículo anterior, se convocará a una segunda sesión dentro de los cinco días naturales siguientes para el caso de las sesiones ordinarias y de un día natural para las extraordinarias, las cuales podrán celebrarse con el número de miembros que se encuentren presentes. Invariablemente se deberá contar con la asistencia del Presidente o su suplente, y de la Secretaría Ejecutiva.
Calendario de sesiones Artículo 18. La Secretaría Ejecutiva elaborará la propuesta de calendario anual de sesiones ordinarias para su aprobación.
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Del orden del día Artículo 19. El orden del día para las sesiones del Sistema Municipal de Protección, sean ordinarias o extraordinarias, deberá contener al menos:
I. Lista de asistencia y declaración de quórum legal;
II. Lectura y aprobación en su caso, del orden del día;
III. Dar cuenta del acta de la sesión anterior y, en su caso, aprobación de la
misma;
IV. Informe de la Secretaría Ejecutiva, quién dará cuenta de los acuerdos pendientes por solucionar y de las actividades realizadas;
V. Acuerdos; y
VI. Asuntos generales, tratándose de sesiones ordinarias.
Inicio y desarrollo de las sesiones Artículo 20. Una vez reunidos, la Secretaría Ejecutiva iniciará la sesión dando cuenta del orden del día. Éste podrá ser adicionado o modificado si la mayoría de los integrantes presentes así lo acuerdan, tratándose de sesiones ordinarias; de no modificarse se dará por aprobado y a éste se sujetará la sesión.
Invitados permanentes Artículo 21. Serán invitados permanentes a las sesiones del Sistema Municipal de Protección los integrantes del Ayuntamiento en turno, un representante de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato, un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, así como un representante del Poder Judicial del Estado de Guanajuato; quienes intervendrán con voz pero sin voto. Con relación al párrafo anterior el integrante del H. Ayuntamiento, presidente de la Comisión de Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes por efectos de su integración al Sistema Municipal de Protección contará con voz y voto.
Invitados especiales Artículo 22. El Presidente podrá invitar a las sesiones del Sistema Municipal de Protección a representantes de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal y Estatal, así como personas o instituciones nacionales o internacionales especializadas en la materia, según la naturaleza de los asuntos a tratar, quienes intervendrán con voz pero sin voto.
Participación de niñas, niños y adolescentes Artículo 23. En las sesiones del Sistema Municipal de Protección participarán de forma permanente, sólo con voz, niñas, niños y adolescentes, que serán seleccionados por el propio Sistema Municipal de Protección previa convocatoria la cual marcará las bases para efectos de llevar a cabo la selección correspondiente.
Acuerdos Artículo 24. Los acuerdos que determine el Sistema Municipal de Protección en sesión ya sea ordinaria o extraordinaria, se tomarán por mayoría de votos de los integrantes presentes y en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.
Los acuerdos que tome el Sistema Municipal de Protección serán de carácter obligatorio para los titulares de las Dependencias y Entidades que conforman la Administración Pública Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias,
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salvo aquellos que para su validez, previamente tengan que ser aprobados por el Ayuntamiento de conformidad con la legislación vigente.
De cada sesión deberá levantarse acta debidamente circunstanciada, la cual contendrá los acuerdos aprobados por el Sistema Municipal de Protección y será firmada por cada uno de los asistentes, cuya copia deberá remitirse a los integrantes del Sistema Municipal de Protección dentro de los siete días hábiles posteriores a su firma.
Sección Cuarta
Comisiones Conformación
Artículo 25. Para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Sistema Municipal de Protección podrá constituir comisiones encargadas de atender asuntos o materias específicas.
Integración Artículo 26. Las comisiones se integrarán con el número de miembros que determine el Sistema Municipal de Protección, pudiendo ser integrantes o no del mismo y serán dirigidas por un coordinador electo de entre quienes formen parte de ellas.
Facultades de las comisiones Artículo 27. Las comisiones tendrán las siguientes facultades:
I. Elaborar los análisis, diagnósticos y propuestas de los asuntos que les
encomiende el Sistema Municipal de Protección así como llevar a cabo las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de sus objetivos;
II. Invitar a participar en las comisiones, por conducto del Presidente, a los
especialistas que consideren convenientes para el cumplimiento de los objetivos de los mismos;
III. Rendir informes de los resultados de los trabajos encomendados
cuando le sean solicitados por el Presidente; y
IV. Las demás que le confiera el Sistema Municipal de Protección y las
demás disposiciones legales aplicables.
Acuerdos de las comisiones
Artículo 28. Los acuerdos de las comisiones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el coordinador de las mismas tendrá voto de calidad.
Las comisiones no tendrán facultades ejecutivas, debiendo en todo caso someter a consideración del Sistema Municipal de Protección los acuerdos relacionados a las áreas a que correspondan.
Sección Quinta Elección de los representantes de la sociedad civil
Artículo 29. En la integración del Sistema Municipal de Protección habrá tres representantes de la sociedad civil, los cuales deberán contar con sus respectivos suplentes, serán nombrados por el Ayuntamiento, a propuesta generada por el Presidente Municipal, los cuales durarán tres años en el cargo y no recibirán
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emolumento o contraprestación económica alguna por su desempeño como miembros del Sistema Municipal de Protección. Para el nombramiento de los representantes de la sociedad civil, se requerirá mayoría simple del Ayuntamiento. Artículo 30. Para ser representante de la sociedad civil deberán acreditar el cumplimento de los requisitos siguientes:
I. Tener la ciudadanía mexicana y gozar plenamente de sus derechos civiles y políticos;
II. No haber sido condenado por la comisión de un delito culposo o doloso
en el que el sujeto pasivo o víctima del mismo haya sido una niña, niño o adolescente;
III. Experiencia mínima de tres años comprobada en la defensa o
promoción de los derechos de la infancia o derechos humanos; IV. No haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de
dirección estatal o municipal en algún partido político, por lo menos dos años antes de su postulación; y
V. Acompañar a su solicitud escrito mediante el cual se expongan las
razones por las cuales considera su inclusión en el Sistema Municipal de Protección.
Artículo 31. La calidad de representante de la sociedad civil en el Sistema Municipal de Protección se pierde por renuncia expresa o tácita, entendiendo como renuncia expresa la que el representante emita por escrito ante el Presidente, y como renuncia tácita la inasistencia injustificada por parte de un representante a tres sesiones del Sistema Municipal de Protección, ya sean continuas o discontinuas, sin causa justificada. Para el caso de los supuestos contemplados en el párrafo anterior, cubrirán la ausencia de los titulares, los suplentes respectivos.
Capítulo III Programa Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
Sección Única
Elaboración del Programa
Naturaleza del Programa Municipal de Protección Artículo 32. El Programa Municipal de Protección es la herramienta de planeación estratégica de la Administración Pública Municipal que organiza las acciones de gobierno de forma sistemática y coordinada con el fin de orientar el trabajo del Sistema Municipal de Protección y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Elaboración del Programa Municipal de Protección Artículo 33. Las Dependencias y Entidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través del Sistema Municipal de Protección, así como los sectores privado y social, participarán en la elaboración y ejecución del Programa Municipal de Protección.
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Congruencia del Programa Municipal de Protección Artículo 34. El Programa Municipal de Protección deberá alinearse con los objetivos, estrategias, líneas de acción prioritarias e indicadores de los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo y los Programas Nacional y Estatal de Protección a las niñas, niños y adolescentes.
Contenido del Programa Municipal de Protección Artículo 35. El Programa Municipal de Protección deberá contener:
I. Objetivos;
II. Estrategias prioritarias;
III. Líneas de acción; IV. Plazos concretos;
V. Indicadores de desempeño; y
VI. Dependencia y Entidad responsable de la implementación de cada una de
las acciones.
Características del Programa Municipal de Protección Artículo 36. El Programa Municipal de Protección deberá:
I. Garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos para el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno;
II. Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los
aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez;
III. Contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural,
ambiental y cívica de niñas, niños y adolescentes; y
IV. Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de implementación de políticas, programas gubernamentales y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.
Diseño y Aplicación del Programa Municipal de Protección Artículo 37. En el diseño y aplicación del Programa se tomarán en cuenta las condiciones particulares de niñas, niños y adolescentes en los diferentes grupos de población, a fin de proteger el ejercicio igualitario de todos sus derechos.
Aprobación del Programa Municipal de Protección
Artículo 38. Una vez concluida la elaboración del Programa Municipal de Protección, deberá ser puesto a consideración del pleno del Ayuntamiento para su aprobación. El Programa Municipal de Protección, deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.
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TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Artículo segundo. El Sistema Municipal de Protección deberá quedar instalado en un plazo no mayor a los sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. Con motivo de la integración de los representantes de la sociedad civil, los cuales se sumarán de manera posterior a la instalación del Sistema Municipal de Protección, una vez realizado el procedimiento que para tales efectos establece el presente reglamento y en el plazo señalado en el párrafo anterior. Artículo tercero. El Presidente del Sistema Municipal de Protección realizará las acciones necesarias para que el Programa Municipal de Protección se elabore y apruebe dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a la instalación del Sistema Municipal de Protección. Artículo cuarto. Las dependencias y entidades que actualmente ya implementan políticas para niñas, niños y adolescentes, seguirán a cargo de su ejecución y tendrán su propio presupuesto para ello. Artículo quinto. El Procurador del Menor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato., tendrá las atribuciones que le establezca para tal efecto el Reglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato.
SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo
240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En
seguida, el Presidente manifiesta que conforme a derecho, el
reglamento mencionado requiere para su aprobación mayoría
calificada, asimismo someterse a consideración primeramente en lo
general y seguido de ello en lo particular, en el entendido que el
artículo o artículos que no sean reservados se tendrán por aprobados
en lo particular. Por lo anterior, el Presidente somete a la
consideración del Cuerpo Edilicio, en lo general, el Reglamento del
Sistema de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes del
Municipio de León, Guanajuato, el cual queda aprobado por
unanimidad y una vez analizado en lo particular se deriva la reserva
presentada por el Regidor José de Jesús Vázquez García respecto del
Artículo Segundo Transitorio, quien manifiesta que el objeto de su
propuesta es en virtud de que el Sistema de Protección Integral de las
Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de León, Guanajuato será
instalado el próximo 30 de abril, día en que a nivel nacional se festeja
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el Día del Niño, siendo lo mejor que esta Administración Municipal
instale este organismo que definirá la política pública de la niñez en
este municipio, el cual no solo es el que cuenta con la mayor población
infantil del Estado sino del país, con la población menor de 18 años
que asciende a poco más de 540,000 niñas, niños y adolescentes;
razón por la que se considera es urgente la instalación del Sistema,
pues con ello seríamos el primero a nivel estatal. Siendo la propuesta
siguiente:
Dice: Artículo segundo. El Sistema Municipal de Protección deberá quedar instalado en un plazo no mayor a los sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. Con motivo de la integración de los representantes de la sociedad civil, los cuales se sumarán de manera posterior a la instalación del Sistema Municipal de Protección, una vez realizado el procedimiento que para tales efectos establece el presente reglamento y en el plazo señalado en el párrafo anterior. Debe decir: Artículo segundo. El Sistema Municipal de Protección deberá quedar instalado dentro de los cinco días siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento. A efecto de lo anterior, el Presidente Municipal, por única ocasión, realizará la designación directa de los Representantes de la Sociedad Civil.
Acto seguido, el Presidente comenta que dada la relevancia del tema
en el ámbito internacional, nacional, estatal y municipal es conveniente
poder adelantar estos procesos, estableciendo una serie de diálogos
con diferentes organismos de la sociedad especializados en el tema
de la atención a niñas, niños y adolescentes, por lo que si dan su voto
de confianza propone para su consideración tres instituciones, la
primera de ellas es el Centro de Promoción de los Derechos Humanos
de Niñas, Niños y Adolescentes A.C., quien propone al Doctor en
Ciencias Raymundo Sandoval Bautista, la segunda es la propuesta de
un consultor independiente experto en infancia el Maestro en
Psicoterapia Gaudencio Rodríguez Juárez, y la tercera es la
Confederación Nacional Niños de México A.C. CONANIMAC, que
propone a la Hermana María del Socorro Pulido Pérez. Asimismo
señala que en el caso de Raymundo Sandoval Bautista es Doctor en
Ciencias Políticas y Sociales por la UNAM, Maestro en Derechos
Humanos y Democracia por la Facultad Iberoamericana de Ciencias
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Sociales y Licenciado en Psicología, además de contar con más de 15
años de trabajo en Derechos Humanos con reconocimientos a nivel
nacional e internacional, y actualmente es profesor de asignatura en la
Universidad Iberoamericana y coordina el Centro de Promoción de los
Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes de Guanajuato,
proyecto de la Universidad de La Salle Bajío y de la Casa Hogar
Loyola. En el caso de Gaudencio Rodríguez Juárez es Maestro en
Psicoterapia Analítica de Grupo por el Centro de Estudios Superiores
de Análisis Grupal y Psicólogo Clínico por la Universidad de
Guanajuato, entre 1997 y 2007 se desempeñó como Psicólogo y
Director de la Casa Cuna Niño Daniel A.C., y es fundador y miembro
de la Red Estatal de Organismos a favor de la infancia y miembro de
la Red Pro Niñez León; también es autor de los libros “Cero Golpes” y
“Cien Ideas para la Erradicación del Maltrato Infantil”, y actualmente es
asesor, consultor y ejecutor de proyectos en instituciones que atienden
a niñas, niños y adolescentes en situaciones de violencia y desventaja
social. Por último, la Hermana María del Socorro Pulido Pérez es
Licenciada en Educación Primaria por el Instituto América, y desde
hace 10 años es Directora de Casa Hogar San Antonio; asimismo
colabora desde hace 9 años en la Confederación Nacional Niños de
México, en donde se desempeña como Presidenta desde el año 2013.
De igual manera, el Presidente manifiesta que cada una de las
Instituciones propuso a sus respectivos suplentes, tal como lo prevé el
reglamento, por lo que en el caso del Doctor Raymundo Sandoval se
propone como suplente a Paulina Villanueva, quien está al frente de la
Biblioteca Imagina; en el caso del Maestro Gaudencio Rodríguez se
propone a la Licenciada Liz Esparza de la Casa Amigo Daniel A.C.; y
en el caso de la Hermana Socorro se propone como suplente a
Virginia Becerra de VIFAC. En seguida, el Presidente somete a
consideración la propuesta del Regidor Jesús Vázquez García para
que por esta única ocasión, de acuerdo al segundo transitorio del
citado reglamento, se le faculte para designar a los representantes de
la sociedad ante el Consejo a favor de Niñas, Niños y Adolescentes,
misma que es aprobada por unanimidad. Después, sobre este mismo
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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asunto, en uso de la voz el Regidor Salvador Ramírez Argote felicita a
la Presidenta de la Comisión y a la Directora del DIF, Alma Cristina
Rodríguez, por haber impulsado el establecimiento de este sistema
que se deriva de una obligación legal a nivel federal, siendo este
municipio de los primeros, si no es que el primero del Estado de
Guanajuato en establecerlo; asimismo menciona que el respetar y
garantizar los derechos humanos es una obligación de toda autoridad,
pero el promover los derechos humanos de los niños y las niñas es
algo que enaltece a cualquier gobierno, y en este caso al
Ayuntamiento, por lo que reitera su felicitación a la Presidenta de la
Comisión, a toda la Comisión y a la Directora del DIF.
En el punto XIII del Orden del Día, relativo a Informe de Comisiones.
Una vez que el Síndico Luis Ernesto Ayala Torres da lectura a unos
dictámenes de la Comisión de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito
(se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman los
siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 76 fracción III inciso c) y 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato; 1 fracción III, 16 fracción VI,
177, 179, 180, 183, 185, 186 y 187 de la Ley del Sistema de
Seguridad Pública del Estado de Guanajuato; 38 del Reglamento en
Materia de Servicios de Seguridad Privada para el Estado de
Guanajuato y sus Municipios; se otorga la conformidad municipal a las
personas morales enunciadas en la siguiente tabla, para que presten
los servicios de seguridad privada en este municipio, con una vigencia
al 25 de abril del 2017, en los términos siguientes:
SOLICITANTE
Modalidades autorizadas conforme al artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato y 62 del Reglamento de Policía para el Municipio de León, Guanajuato
“PROTECCIÓN INTEGRAL AMBAR, S. DE R.L. DE C.V.”.
Fracción III.- Transporte, custodia y protección de fondos y valores.
“INTEGRACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN KÖSMOS, S.A. DE C. V.”.
Fracción I.- Protección y vigilancia de bienes.
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Fracción II.- Protección y vigilancia de personas.
“RASTREO TERRITORIAL S.A. de C.V.”
Fracción III.- Transporte, custodia y protección de fondos y valores.
SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 37 fracción V del
Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León,
Guanajuato, se instruye a la Dirección Técnica de la Secretaría del H.
Ayuntamiento para que elabore las certificaciones del presente
acuerdo de manera individual para cada una de las personas
mencionadas en el punto de acuerdo anterior. TERCERO.- Se instruye
y se faculta a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que
supervise y verifique que las personas mencionadas en el punto
primero de acuerdo, obtengan las autorizaciones correspondientes por
parte de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal y presten los
servicios de seguridad privada en el Municipio bajo las condiciones y
términos de la normativa vigente. CUARTO.- Se instruye y se faculta a
la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que vigile y
supervise el cumplimiento de las obligaciones de los prestadores de
servicios y notifique a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las
anomalías y contravenciones así como la imposición de medidas de
seguridad o determinación de sanciones, inmediatamente después de
tomar conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos
y condiciones del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 76 fracción I inciso n) y 81
de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 2, 9, 10,
10-A, 11, 12 y 18 de la Ley de Alcoholes para el Estado de Guanajuato
y 15, 16 y 17 del Reglamento para el Funcionamiento de
Establecimientos Comerciales y de Servicios en el Municipio de León,
Guanajuato; se otorga la conformidad municipal al C. Alfonso Muñoz
de la Torre, para que realice el trámite de cambio de domicilio del
establecimiento, que ampara la licencia de funcionamiento de alto
impacto en su modalidad de discoteca con venta de bebidas
alcohólicas, ante la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración
de Gobierno del Estado de Guanajuato para funcionar ahora en el
domicilio ubicado en la calle Blvd. Campestre número 59 interior 23 de
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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la colonia La Florida de este municipio. SEGUNDO.- Se instruye y se
faculta a la Dirección General de Fiscalización y Control para que ésta
supervise y verifique el cabal cumplimiento de la normativa aplicable
para el correcto funcionamiento del citado establecimiento.
Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen
respectivo. En seguida, en uso de la voz el Regidor Jorge Arturo
Cabrera González, menciona que en la comisión su voto fue en contra
porque no tenía un documento solicitado respecto al cumplimiento del
Reglamento de Desarrollo Urbano, pero que sin embargo dicho
documento se lo hicieron llegar cumpliendo con lo que estaba
buscando, razón por la que ahora su voto es a favor. Después, el
Síndico Luis Ernesto Ayala Torres da lectura a otro dictamen de la
Comisión de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito (se agrega al
apéndice del acta), por unanimidad se toman los siguientes acuerdos:
3.- PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 20 y 228 tercer
párrafo del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el
Estado y los Municipios de Guanajuato, se aprueba la regularización
del procedimiento del recurso de inconformidad SHA/001/2015-RI-
DGAJ para que sea el propio ayuntamiento el que instaure, substancie
y resuelva. SEGUNDO.- Se aprueba emitir un acuerdo que contenga
los puntos siguientes: 1. Se tenga por recibido y se registre el Recurso
de Inconformidad presentado por el C. Bulmaro Regalado Cedillo, en
su calidad de representante legal del Fideicomiso denominado
“Colinas de León II”, en contra de las autoridades y actos señalados
en el recurso. 2. Se prevenga al recurrente para que exhiba las
documentales de los actos que impugna, consistentes en el Acuerdo
de Ayuntamiento de fecha 13 de agosto de 2015, del oficio de
notificación y de la constancia de la misma y se le aperciba para que
en caso de no dar cumplimiento al requerimiento se le tenga por no
presentado su escrito de recurso de inconformidad. 3. Se realice el
requerimiento al recurrente para que señale domicilio en la ciudad de
León, Guanajuato para recibir notificaciones. 4. Se ordene notificar al
el C. Bulmaro Regalado Cedillo, en su calidad de representante legal
del Fideicomiso denominado “Colinas de León II”, mediante correo
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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certificado con acuse de recibo en el domicilio que señaló en el
Municipio de Silao, Guanajuato. En los términos que a continuación se
insertan:
EXPEDIENTE NÚMERO: SHA/001/2015-RI-DGAJ.
En la ciudad de León Guanajuato, a los 19 diecinueve días del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis.-------------------------------------------------------------------------------------------------
VISTO el estado que guarda las constancias del presente Recurso de Inconformidad; y conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, así como para el efecto de no violentar la Garantía de Legalidad contenida en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cumplimiento, además, de la garantía de debido acceso a la justicia previsto por el artículo 17 Constitucional el gobernado impetrante del recurso se le respete el derecho de acudir a las instancias materialmente jurisdiccionales a fin de someter dicho recurso a la consideración de la autoridad competente, siendo este Órgano de Gobierno; en tal razón resulta necesario regularizar de oficio el procedimiento administrativo en cuestión, por lo que este H. Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato, ACUERDA: -------------------------------------
PRIMERO.- Se regulariza el procedimiento administrativo para el efecto que
el mismo sea sustanciado y resuelto por la Autoridad Competente, que en el caso que nos ocupa los es este H. Ayuntamiento; lo anterior, toda vez que de las constancias que obran en el mismo, se aprecia que el Auto de Radicación de fecha 21 veintiuno de septiembre de 2015 dos mil quince, lo acordó y firmó el Licenciado Leonel Charnichart Célis, en su carácter de Representante Legal del Ayuntamiento en los litigios en que este sea parte, conforme lo señala el artículo 20 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León Guanajuato, del mismo numeral se desprende que carece de competencia Jurisdiccional para dictar las resoluciones que competen a este Órgano Colegiado de Gobierno; por lo que en este acto el H. Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 165 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa, ordena la recepción del escrito que contiene el Recurso de Inconformidad, quedando a disposición de esta Autoridad el expediente respectivo, para el efecto de determinar lo procedente en cuanto al fondo de la inconformidad planteada por el promovente respecto de los actos administrativos impugnados.-----------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- De igual forma, hágasele saber al promovente, que todas y
cada una de las documentales que agregó posteriormente al escrito de Presentación del Recurso de Inconformidad, quedan a su disposición en la Secretaría del H. Ayuntamiento, para el efecto de que, previa razón que se deje en el expediente respectivo, se le realice la entrega de las mismas.-----------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto PRIMERO de este
acuerdo y visto el escrito presentado por el C. BULMARO REGALADO CEDILLO, el día 08 ocho de septiembre de 2015 dos mil quince, a través del cual interpone RECURSO DE INCONFORMIDAD en contra del Acto Administrativo consistente en el acuerdo de fecha 13 trece de agosto de 2015 dos mil quince, emitido por el
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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H. Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato; así como contra el oficio de fecha 17 diecisiete de agosto de 2015 dos mil quince emitido por la Dirección General del Instituto Municipal de Planeación de León, Guanajuato; primeramente reconózcasele su carácter de Representante Legal del Fideicomiso denominado COLINAS DE LEÒN II, identificado administrativamente bajo el número 16732-15-097, lo cual acredita en términos del PODER ESPECIAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS LIMITADO EN CUANTO A SU OBJETO, contenido en la escritura pública número 10,504 diez mil quinientos cuatro, otorgado ante la fe del Licenciado Jesús César Santos del Muro Amador, titular de la Notaría Pública número 15 quince, con residencia y ejercicio en el Partido Judicial de esta ciudad; y consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 188 ciento ochenta y ocho del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, REGÍSTRESE EL CITADO RECURSO DE INCONFORMIDAD EN EL LIBRO RESPECTIVO Y HÁGASE SABER QUE LE CORRESPONDE EL NÚMERO DE EXPEDIENTE: SHA/001/2015-RI-DGAJ.------------------------------------------------------------------
CUARTO.- A efecto de acordar lo conducente acerca de la admisión del RECURSO DE INCONFORMIDAD, con fundamento en los artículos 230 doscientos treinta fracción III tercera y 231 doscientos treinta y uno, párrafo primero del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, se requiere al recurrente C. BULMARO REGALADO CEDILLO para que en el término de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente día hábil al que surta efectos la notificación del presente acuerdo, aclare y complete su escrito de inconformidad, en el sentido de que:-----
A) Exhiba el documento a que se refiere en el Recurso de marras, como el
que sirvió de notificación, consistente en el oficio emitido el día 19
diecinueve de agosto de 2015 dos mil quince, por la Directora General
del Instituto municipal de Planeación de León, Guanajuato a través del
cual se hace del conocimiento de su poderdante el acto administrativo
que recurre.--------------------------------------
B) Exhiba el original de la constancia de notificación del acto o resolución
impugnado de la fecha que señala; o bien en su defecto, justifique
suficientemente la imposibilidad de dar cumplimiento a dicho
requerimiento;-------
Lo anterior, en el entendido que de no dar cumplimiento a los
requerimientos señalados en supralíneas, se le tendrá por no presentado su escrito de recurso de inconformidad.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- Requiriéndole además, para que en el término de tres días
contados a partir de la presente notificación, señale domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en esta ciudad, apercibiéndole que para el caso de no dar cumplimiento a dicho requerimiento, las subsecuentes notificaciones se le harán mediante publicación en los estrados del edificio de Presidencia Municipal.------------------------------------------------------
De la misma, manera se hace del conocimiento del promovente, que de acuerdo al artículo 243 de la ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el acto del que se duele puede impugnarlo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ya que este numeral literalmente establece:-------------------------------------------------------------------------------
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“Artículo 243. Los actos y resoluciones administrativas dictadas por el Ayuntamiento, podrán ser impugnados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo cuando afecten intereses de los particulares.
Los actos y resoluciones administrativas dictadas por el presidente municipal y por las
dependencias y entidades de la administración pública municipal podrán ser impugnados optativamente ante los juzgados administrativos municipales o ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, cuando afecten intereses de los particulares. Ejercida la acción ante cualquiera de ellos, no se podrá impugnar ante el otro el mismo acto.
Las resoluciones de los Juzgados Administrativos Municipales que pongan fin al proceso administrativo podrán ser impugnados por las partes, mediante el recurso de revisión ante las Salas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.”
Asimismo, se hace saber al promovente, que toda vez que el H.
Ayuntamiento de León, Guanajuato no tiene Superior Jerárquico que deba
resolver el presente recurso de Inconformidad, será éste quien resolverá el mismo
en caso de dársele cause conforme a Derecho; lo anterior de acuerdo a lo que
establece el artículo 228 doscientos veintiocho del Código de Procedimiento y
Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mismo que
a la letra dice:---------------------------------------------------------------------
“ARTÍCULO 228. El escrito de interposición del recurso deberá presentarse ante el
superior jerárquico de la autoridad administrativa que emitió, ejecutó o trate de ejecutar el acto impugnado, dentro de los quince días siguientes al en que surta efectos su notificación o de que el recurrente tenga conocimiento del mismo. También podrá enviarse el recurso por correo
certificado con acuse de recibo, caso en que se tendrá como fecha de presentación del escrito la del día en que se deposite en la oficina de correos.
La presentación por los medios electrónicos se sujetará a la conformidad del particular y a lo dispuesto por la Ley de la materia.
En caso de que el acto o resolución que origine la inconformidad lo hubiese emitido un
órgano que no se encuentre sujeto a relación de jerarquía, el recurso se tramitará y resolverá por él mismo.
Es indelegable la facultad de resolver los recursos.”
Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por los artículos 20, 41, 42, 43 fracción I, 164, 165 y 228 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato y en observancia a lo dispuesto en los numerales 14, 16, 17, 115 fracciones II y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 117 fracciones I y II incisos a) y d) de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76 fracción VI de la vigente Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; y en uso de la facultad concedida a este H. Ayuntamiento en los artículos 16 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León Guanajuato. ------------------------------------------------------
SEXTO.- Notifíquese en el domicilio que tiene señalado en autos, por esta
única ocasión por correo certificado, asentándose razón en el expediente de dicha notificación y agregando las piezas de la certificación en el orden respectivo al expediente en que se actúa, de conformidad a lo dispuesto en los artículos ordenan artículos 41, 42 y 43 fracción I del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
Así lo acordó y firma el H. Ayuntamiento de León, Guanajuato. - - - - - -
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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TERCERO.- Se faculta al Presidente Municipal Lic. Héctor Germán
René López Santillana y al Secretario del H. Ayuntamiento Lic. Felipe
de Jesús López Gómez, para que suscriban el acuerdo citado en el
punto que antecede. CUARTO.- Se instruye y se faculta a la Dirección
General de Asuntos Jurídicos para que proceda a realizar todo el
trámite del recurso de inconformidad, y una vez hecho lo anterior de
cuenta al H. Ayuntamiento para su resolución. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. En
seguida, en uso de la voz el Regidor Salvador Ramírez Argote
manifiesta que solicitó al Secretario del Ayuntamiento el expediente
del Recurso de Inconformidad, agradeciéndole por habérselo hecho
llegar, teniendo la oportunidad de leerlo y quedarle claro de qué se
trata el tema, en el mes de agosto el Ayuntamiento aprobó dar la
asignación de uso de suelo, estableciendo para esto una serie de
condicionantes que el particular en este caso el Fideicomiso considera
excesivas, pudiendo inconformarse el particular directamente en el
Contencioso Administrativo o bien ante el Ayuntamiento, que es lo que
hizo en este procedimiento que se llama “recurso de inconformidad”,
correspondiéndole por lo tanto al Ayuntamiento resolverlo, y en este
momento van a votar una cuestión que le parece meramente de forma.
Asimismo señala que hubo algún error de cómo se empezó a tramitar
y hay que corregirlo, pero que en el futuro tendrán que llegar al fondo,
y este mismo Ayuntamiento tendrá que emitir la resolución en cuanto a
si considera que el particular tiene o no razón, estando de acuerdo que
sea la Dirección General de Asuntos Jurídicos quien lleve a cabo la
sustanciación de todo el procedimiento para que luego lo ponga a
consideración del Ayuntamiento y lo resuelvan en su momento, pero
que le gustaría que para ese procedimiento pongan a disposición de
todos los miembros del Ayuntamiento y primero de la Comisión en la
que pase, todo el expediente para poder en su momento emitir un voto
razonado con conocimiento pleno de lo que van a votar. Asimismo
sugiere que la Directora del IMPLAN les de la información suficiente,
pues afortunadamente quien dirigía al IMPLAN en ese momento, que
es el Órgano Técnico que provee de todos los elementos al
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Ayuntamiento a través de su Comisión, es la misma persona que
actualmente es Directora del IMPLAN, por lo que entonces de entrada
le parecen excesivas todas esas condicionantes que le pusieron al
particular, y le gustaría escuchar la versión de la Directora del IMPLAN
para que les diga porqué le impusieron al particular todas esas
condicionantes, y si en realidad ella estaba proponiendo otra cosa y
fue el Ayuntamiento el que cambio va a ser fundamental clarificarlo;
razón por la que desde ahora solicita tengan esa reunión con la
Directora para tener un conocimiento amplio del tema. En uso de la
voz, el Síndico Luis Ernesto Ayala Torres previo a la lectura del
dictamen que corresponde al presente punto del orden del día, señala
que en respeto a la confidencialidad de los datos personales y la
afectación que por su divulgación pudiera darse a la vida privada del
ex servidor público correspondiente, se omitirá el nombre y cargo
público; a continuación, da lectura al dictamen de la Comisión de
Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito (se agrega al apéndice del
acta), que contiene los siguientes acuerdos: 4.- PRIMERO.- De
conformidad con los artículos 76 fracción VI de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato y 8 párrafo segundo de la Ley
de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del
Estado de Guanajuato y sus Municipios, este H. Ayuntamiento es
competente para resolver el procedimiento de responsabilidad
administrativa CM/PRA/04/2015, y sus acumulados instaurados y
sustanciados en contra al exfuncionario público C. Fidel García
Granados, quien ocupó el cargo de Director General de Gestión
Ambiental durante la administración 2012 – 2015 del Municipio de
León, Guanajuato. SEGUNDO.- Se acredita de manera fehaciente las
faltas administrativas motivo del procedimiento y la plena
responsabilidad administrativa del ex funcionario público C. Fidel
García Granados, en virtud de estar probado que omitió contestar
oportunamente los requerimientos del Órgano de Control Municipal
dentro de los plazos establecidos por éste. TERCERO.- Se aprueba
imponer al ex funcionario público referido, la sanción de inhabilitación
por un término de 8 meses, consistentes en el impedimento absoluto
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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para ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público,
durante dicho periodo. CUARTO.- Se faculta al Presidente Municipal
para que en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 77
fracción I de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
dé cumplimiento al presente acuerdo firmando la resolución anexa al
presente dictamen con la autenticación del Secretario del H.
Ayuntamiento, ordenando además a la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, que en auxilio a sus funciones, realice la notificación
correspondiente al ex servidor público. En seguida, en uso de la voz el
Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero manifiesta que
efectivamente abandonaron la sesión, en particular por este tema en
razón de que solicitaron la comparecencia del Contralor para realizarle
una serie de cuestionamientos referentes a dudas sobre este asunto,
ya que lamentablemente una vez más se les citó a una comisión
extraordinaria en la que únicamente tenían una sinopsis a través de
fichas respecto a los motivos por los cuales se llegaba a esa
conclusión, pero no se puso a consideración de los integrantes de la
Comisión el expediente para su revisión y análisis, razón por lo que en
sentido de la revisión se pidió la comparecencia del Contralor, y sin
someterlo a votación únicamente les señalaron que no sería en ese
momento porque existía precisamente esta sesión de Ayuntamiento y
que aquí pudiera estar presente, estando en audio a expreso del
Presidente de la Comisión, por lo que entonces pide al Honorable
Ayuntamiento pudiera comparecer el Contralor para realizarle varias
preguntas respecto a la sustanciación del procedimiento, pues sin ello
difícilmente se puede llegar a un juicio de valor para este asunto. En
ese tenor, en uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento manifiesta
que el Contralor Municipal no se encuentra presente, ya que le
informan se encuentra en una cita médica y no le es posible
comparecer en este momento. A continuación, nuevamente en uso de
la voz el Regidor Sergio Contreras Guerrero menciona que esa parte
es importante ponerla a consideración del conocimiento de los que no
estuvieron en la Comisión de Gobierno, esto es que el proceso de
sustanciación del procedimiento de sanción adolece de
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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inconsistencias e irregularidades, y que lamentablemente el Contralor
no está aquí para hacerle las preguntas correspondientes ya que fue
la autoridad competente para la revisión del procedimiento, y ante ello
y ante la existencia de muchas dudas pide remitir de nueva cuenta el
expediente y que el Presidente lo turne a las Comisiones Unidas de
Contraloría y de Gobierno para que el Contralor lo exponga por ser la
autoridad municipal correspondiente y realicen un análisis exhaustivo
del procedimiento tomando la decisión apegada a derecho; agregando
que esta cuestión es importante por ser un derecho humano a lo que
ya todos se han expresado en diversos momentos al estar sujetos a
un procedimiento con los principios de seguridad y certeza jurídica,
razón por la que pide se someta a consideración que el expediente se
reenvíe o turne de nueva cuenta a la Comisión de Contraloría y de
Gobierno. En seguida, el Presidente somete a la consideración del
Cuerpo Edilicio la propuesta presentada por el Regidor Sergio
Contreras en el sentido de volver a turnar a las Comisiones Unidas el
expediente, la cual no es aprobada por contar únicamente con cuatro
votos a favor emitidos por los Regidores José de Jesús Vázquez
García, Norma Patricia López Zuñiga, Salvador Ramírez Argote y
Sergio Alejandro Contreras Guerrero. Después, nuevamente en uso
de la voz el Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero manifiesta
que dentro del expediente se notan inconsistencias en las
notificaciones de los procedimientos, ya que se contrarían los artículos
40 y 41 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, no
habiendo certeza jurídica, violándose el derecho al debido proceso del
implicado, lo que demuestra que el expediente número
CM/PRA/04/2015 y sus acumulados fue llevado de manera irregular
desde el inicio hasta el cierre de instrucción, tanto que llegó al
Ayuntamiento 6 meses después, contrariando el artículo 60 de la Ley
de Responsabilidades, que dice: “Artículo 60.- Desahogadas las pruebas, la
autoridad dictará auto de cierre de instrucción, otorgando diez días hábiles al
sujeto a procedimiento para que rinda alegatos y concluido dicho término la
autoridad dictará, dentro de los diez días hábiles siguientes, la resolución
respectiva...”; comentando al respecto que esto fue en el mes de
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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octubre, razón por la cual se debió haber dado el cierre y la resolución
diez días posteriores, si mal no recuerda, a la fecha del 14 de octubre
de 2015, no existiendo dentro del expediente un oficio donde se turne
a los miembros del Ayuntamiento para que se resuelva tal y como lo
manifiesta la Ley de Responsabilidades en su artículo 8 que dice:
“Artículo 8.-...Tratándose de los titulares de las dependencias o entidades de la
administración pública municipal, la contraloría municipal instaurará y sustanciará
el procedimiento de responsabilidad administrativa y turnará el expediente al
ayuntamiento para que éste resuelva lo procedente....”. Asimismo señala que
como ha leído se viola el artículo 73 fracción XII del reglamento de
esta administración, que dice que se van a remitir los expedientes
integrados con motivo de la sustanciación del procedimiento al
Ayuntamiento, haciendo mención que el procedimiento se remitió por
parte de Contraloría al Secretario del Ayuntamiento como consta en el
oficio CM/DCSS/64/2016, donde el Contralor responde que turnó el
mencionado expediente al Secretario de Ayuntamiento para que en los
términos del artículo 8 segundo párrafo de la Ley de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del
Estado de Guanajuato y sus Municipios se emitiera la resolución
correspondiente, y que lamentablemente la Secretaría del
Ayuntamiento, que le es turnado de manera indebida por la
Contraloría, lo turna también de manera indebida a la Comisión de
Gobierno cuando realmente no tuvo que haber sido este el
procedimiento, sino que tuvo que haber sido en la Comisión de
Contraloría o en su defecto de Contraloría y de Gobierno en donde el
Contralor tenía la obligación de exponer todas y cada una de las
inquietudes y observaciones que se dieron durante este
procedimiento. Agregando que de igual manera si se entra a resolver
la situación del procedimiento de responsabilidad administrativa y se
llegara a sancionar al implicado, estarían todos en una conducta
violatoria a la ley y al procedimiento marcado en la Ley de
Responsabilidades Administrativas, pues siempre están en pro de la
legalidad y en que las autoridades cumplan lo que la ley les señala en
el principio del estado de derecho, pero que también como autoridad,
deben cerciorarse de que se cumpla el debido proceso, lo que
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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lamentablemente no se dio en este acto y que por lo cual y debido a
los errores del procedimiento es que su voto será en contra porque
existen violaciones reiteradas por parte de la Contraloría y por parte
del actuar de todo el proceso sustanciado, y que de aprobarse esta
resolución sería totalmente violatoria de los derechos humanos de
sujeción a un procedimiento correcto. Por último, en relación al tema,
en uso de la voz el Regidor Salvador Ramírez Argote da lectura a un
documento en los términos que a continuación se insertan:
“Sr. Presidente: Para argumentar mí voto en contra de la resolución que se somete a la aprobación de este Ayuntamiento. Primero he de decir que lo normal hubiera sido que a cada miembro de la comisión y luego a cada miembro del Ayuntamiento nos entregaran una copia del expediente a fin de estudiarlo y después de contar con todos los elementos de convicción emitiéramos un voto responsable y apegado a la legalidad. No fue así, de tal manera que mis compañeros del PAN que voten esto a favor, votarán a ciegas sin contar con los elementos para sancionar a un ciudadano. Por mi parte, hube de solicitar copia de todo el expediente. Agradezco al secretario del Ayuntamiento que se me haya hecho llegar dicho expediente el fin de semana. Al analizarlo, ya que antes no hubo oportunidad en la comisión, ni antes de ella, me percaté de que ese legajo de hojas no es lo que se espera de un órgano técnico y profesional. Desafortunadamente la Contraloría no hizo un trabajo pulcro sino que sus actuaciones dejaron mucho qué desear. Por ejemplo, hay una serie de notificaciones de los oficios, que no están correctamente realizadas. De la lectura simple de esos documentos, no se produce en mí la certeza de que el imputado haya sido realmente notificado del inicio de los procedimientos de responsabilidad, porque las supuestas actas de notificación sólo contienen las manifestaciones hechas por los supuestos notificadores, pero no hay firmas, sellos ni ningún otro elemento que nos produzca certidumbre de que el servidor público fue notificado. Además, se violó la Ley de Responsabilidades al no notificar al Ayuntamiento del inicio de cada uno de los procedimientos de responsabilidad. En efecto, el artículo 47 prevé esta formalidad de notificar al superior jerárquico del servidor público sujeto al
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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procedimiento, y en este caso, como todos sabemos, se trata del Ayuntamiento, como superior jerárquico del servidor público, cosa que no ocurrió o, por lo menos, no consta en autos. Finalmente, se vulnera la garantía de certeza jurídica y de legalidad en perjuicio del ciudadano. En efecto, el artículo 60 de la Ley de Responsabilidades ordena que se emita la resolución dentro de los 10 días hábiles siguientes al término del plazo de 10 días para rendir alegatos, mismo que a su vez corre a partir del cierre de la instrucción. Todo esto ocurrió desde el mes de octubre. En consecuencia, más de 6 meses después, estamos evidentemente fuera del término de esos diez días hábiles para emitir la sanción. Compañeros síndicos, regidores, presidente: el Ius Puniendi, esto es, la facultad sancionadora del Estado nuca debe ser utilizada con ligereza, ni en el ámbito penal ni en el administrativo. La ley nos ha dado esa facultad y tenemos que ser sumamente responsables, porque podemos afectar derechos fundamentales de las personas. Por eso yo los invito a que votemos en contra de este dictamen pues se trata de un procedimiento que está mal de principio a fin, viciado de origen y que viola los derechos del imputado. Demostremos que somos un órgano Edilicio responsable y que no actuamos con arbitrariedad, gracias Presidente”.
En seguida, el Presidente somete a la consideración del Honorable
Ayuntamiento el dictamen en los términos al que se dio lectura, mismo
que queda aprobado por mayoría con cuatro votos en contra emitidos
por los Regidores: José de Jesús Vázquez García, Norma Patricia
López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote y Sergio Alejandro Contreras
Guerrero. Autorización que se otorga en los términos y condiciones del
dictamen respectivo. De la misma manera, la Regidora Ana María
Esquivel Arrona da lectura a un dictamen de la Comisión de Desarrollo
Social, Educación, Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y
Salud Pública (se agrega al apéndice del acta), por unanimidad se
toman los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Con fundamento en los
artículos 76, fracciones I inciso k), IV, inciso a) y V, inciso a) de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; se autoriza la
suscripción de un convenio así como de los respectivos anexos de
ejecución AE-20-ITS-2016-Q1606-002 y AE-20-ITS-2016-Q1606-0012,
con motivo de la asignación y participación concurrente de recursos
para el programa Impulso a la Infraestructura para la Reconstrucción
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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del Tejido Social para el Ejercicio fiscal 2016, con una aportación de la
Secretaría de Desarrollo Social y Humano del Gobierno del Estado de
Guanajuato, por la cantidad de $57,370,704.93 millones de pesos y de
$28,685,352.47 millones de pesos por parte del municipio, con la
finalidad de llevar a cabo la ejecución de 31 obras de pavimentación
de calles y vialidades de zonas urbanas, suburbanas y rurales que
presentan marginación, rezago social o deterioro en la seguridad
comunitaria; instrumentos jurídicos que habrán de celebrarse en los
términos y condiciones de los documentos que como anexos, forman
parte del presente acuerdo. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta al
Tesorería Municipal para que realice los movimientos presupuestales,
contables y financieros que se requieran para dar cumplimiento al
presente acuerdo, sujetándose en todo momento a la suficiencia
presupuestal disponible en el presupuesto de egresos autorizado para
el ejercicio fiscal correspondiente. TERCERO.- Se instruye y se faculta
a las Direcciones y Entidades de la Administración Pública Municipal
para que en el ámbito de su respectiva competencia y en los términos
del convenio aprobado en el punto primero del presente acuerdo,
realicen las gestiones y acciones necesarias para dar cumplimiento al
mismo. Autorización que se otorga en los términos y condiciones del
dictamen respectivo. En uso de la voz, el Regidor Salvador Sánchez
Romero solicita autorización al Pleno del Honorable Ayuntamiento
para presentar en bloque tres dictámenes relativos a asignaciones de
uso de suelo. Lo anterior con el fin de que puedan ser sometidos a
votación del Cuerpo Edilicio en un solo acto; propuesta que queda
aprobada por unanimidad una vez sometida a la consideración del
Honorable Ayuntamiento por el Presidente. A continuación, el Regidor
Salvador Sánchez Romero da lectura a los tres dictámenes de la
Comisión de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Ecológico y Territorial
e IMPLAN (se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman
los siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Con fundamento en los
artículos 76 fracción II, incisos a) y h) y 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato; 33 fracción IV del Código
Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato; 14 fracción
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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IV, 78, 128-C, 128-D, 128-E, 128-F y 128-G del Código Reglamentario
de Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato, se
aprueba la asignación de uso de suelo, para el lote de terreno ubicado
en Blvd. Vicente Valtierra, de la colonia “Fracciones de Cañada de
Alfaro”, de este Municipio, con una superficie de 3,969.026 M². (Tres
mil novecientos sesenta y nueve punto veintiséis metros cuadrados),
de ser una Zona de Consolidación Urbana (ZCU) a ser Habitacional de
densidad alta con usos mixtos de comercio y servicio de intensidad
media e industria ligera y mediana (H8), cuyo croquis de localización,
medidas y colindancias se detallan en el documento que como anexo
uno forma parte del presente acuerdo y que a continuación se
insertan:
Al noreste en línea quebrada que parte de noroeste a sureste en 25.419
metros, continúa en 12.70 metros, con fusión 1, quiebra al noreste en
56.31 metros, con fusión 2 quiebra al sureste en 19.06 metros, continua
en 3.92 metros, con Blvd. Vicente Valtierra; al sureste en línea en dos
tramos qua parte en 55.94 metros y finaliza en 42.93 metros, con División
8 ocho; al suroeste en línea en tres tramos que parte en 25.32 metros,
continúan en 25.40 metros y final en 11.47 metros, con calle Doctor
Baldomero Sánchez; y, al noroeste en línea en dos tramos que parte en
32.69 metros y finaliza en 9.18 metros, con propiedad privada. La
superficie, medidas y colindancias quedan sujetas al deslinde en campo
que para tal efecto realicen las autoridades competentes. Esta
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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asignación queda sujeta al cumplimiento de las condicionantes
señaladas en el anexo dos de este acuerdo y que a continuación se
insertan: I. La presente autorización queda condicionada al cumplimiento de las
restricciones señaladas en la Constancia de Factibilidad con número de control
DU/DEU-33-44207/2016 emitida por la Dirección General de Desarrollo Urbano de
fecha 16 de marzo de 2016. II. En caso de existir diferencias entre superficies,
medidas, invasiones o problemas en linderos, así como de daños a terceros será
única y exclusivamente responsabilidad del propietario. III. El propietario deberá
urbanizar con la sección y especificaciones constructivas que le determine la
Dirección General de Desarrollo Urbano lo siguiente: a) La banqueta del Blvd.
Vicente Valtierra dentro de su predio. IV. Cumplir con las especificaciones que
determinó el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, en el
oficio de factibilidad de servicios con la referencia PLAN/253/’16 de fecha 13 de
abril de 2016. V. Cumplir con lo señalado en el Código Reglamentario de
Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato. Las condicionantes
antes señaladas no podrán ser modificadas sin la autorización del Ayuntamiento
previo análisis del Instituto Municipal de Planeación. SEGUNDO.- Publíquese
este acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, ello a
efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 128-G del
Código Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de
León, Guanajuato, por lo que se instruye al Instituto Municipal de
Planeación para que realice las gestiones necesarias a fin de que el
solicitante de mérito, realice el pago de los derechos de publicación.
TERCERO.- Se instruye al instituto Municipal de Planeación para que
realice los trámites necesarios, a efecto de que se inscriba el presente
acuerdo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ello de
conformidad con el artículo 128-G del Código Reglamentario de
Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato.
Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen
respectivo. 2.- PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 76
fracción II, incisos a) y h) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato; 33 fracción IV del Código Territorial para el
Estado y los Municipios de Guanajuato; 14 fracción IV, 78, 128-C, 128-
D, 128-E, 128-F y 128-G del Código Reglamentario de Desarrollo
Urbano para el Municipio de León, Guanajuato, se aprueba la
asignación de uso de suelo para la fusión de 2 predios de la parcela
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
116
47 del Ejido de San Carlos de este Municipio, con una superficie de
6,456.86 M². (Seis mil cuatrocientos cincuenta y seis punto ochenta y
seis metros cuadrados), de ser una Zona de Reserva para el
Crecimiento (ZRC) a ser Habitacional de densidad Alta (H7), cuyo
croquis de localización, medidas y colindancias se detallan en el
documento que como anexo uno forma parte del presente acuerdo y
que a continuación se insertan:
Al noreste en 111.50 metros, con la parcela 38; al sureste en 98.97
metros, con Circuito Siglo XXI Oriente; al suroeste línea que va de
sureste a noreste en 45.00 metros, quiebra al noreste en 71.41
metros, quiebra al noroeste en 20.00 metros, quiebra al noreste en
4.00 metros, y finalmente quiebra al noroeste en 26.00 metros, linda
con resto de la parcela 47; y, al poniente en 21.50 metros, con resto
de la parcela. La superficie, medidas y colindancias quedan sujetas al
deslinde en campo que para tal efecto realicen las autoridades
competentes. Esta asignación queda sujeta al cumplimiento de las
condicionantes señaladas en el anexo dos de este acuerdo y que a
continuación se insertan: I. La presente autorización queda condicionada al
cumplimiento de las restricciones señaladas en la Constancia de Factibilidad con
número de control DU/DEU-33-44590/2016 emitida por la Dirección General de
Desarrollo Urbano de fecha 1 de abril de 2016. II. En caso de existir diferencias
entre superficies, medidas, invasiones o problemas en linderos, así como de
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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daños a terceros será única y exclusivamente responsabilidad del propietario. III.
El propietario deberá urbanizar con la sección y especificaciones constructivas que
le determine la Dirección General de Desarrollo Urbano lo siguiente: a) El cuerpo
poniente del Blvd. Circuito Siglo XXI OTE. dentro de su predio. IV. El propietario
deberá realizar el mejoramiento del Blvd. La Laborcita en el tramo comprendido
del Blvd. Aeropuerto hasta el límite sur de su predio con las especificaciones que
le determine la Dirección General de Desarrollo Urbano. V. Cumplir con las
especificaciones que determinó el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de
León, Guanajuato, en el oficio de factibilidad de servicios con la referencia
PLAN/259/’16 de fecha 11 de abril de 2016. VI. Cumplir con lo señalado en el
Código Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de León,
Guanajuato. Las condicionantes antes señaladas no podrán ser modificadas sin la
autorización del Ayuntamiento previo análisis del Instituto Municipal de Planeación.
De acuerdo a la Constancia de Factibilidad con número de control
DU/DEU-33-44590/2016, emitida por la Dirección General de
Desarrollo Urbano, la superficie que se encuentra dentro del inmueble
materia de esta asignación y que corresponde al trazo del Blvd.
Circuito Siglo XXI oriente, se le otorga el destino de vialidad pública.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado, ello a efecto de dar cumplimiento con lo
dispuesto por el artículo 128-G del Código Reglamentario de
Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato, por lo que
se instruye al Instituto Municipal de Planeación para que realice las
gestiones necesarias a fin de que el solicitante de mérito, realice el
pago de los derechos de publicación. TERCERO.- Se instruye al
instituto Municipal de Planeación para que realice los trámites
necesarios, a efecto de que se inscriba el presente acuerdo en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ello de conformidad
con el artículo 128-G del Código Reglamentario de Desarrollo Urbano
para el Municipio de León, Guanajuato. Autorización que se otorga en
los términos y condiciones del dictamen respectivo. 3.- PRIMERO.-
Con fundamento en los artículos 76 fracción II, incisos a) y h) y 81 de
la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 33 fracción
IV del Código Territorial para el Estado y los Municipios de
Guanajuato; 14 fracción IV, 78, 128-C, 128-D, 128-E, 128-F y 128-G
del Código Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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León, Guanajuato, se aprueba la asignación de uso de suelo para la
parcela 229 Z-1 P1/2 del Ejido La Loza de los Padres, de este
Municipio, con una superficie de 28,826.49 M² (Veintiocho mil
ochocientos veintiséis punto cuarenta y nueve metros cuadrados), de
ser una Zona de Reserva para el Crecimiento (ZRC) a ser Servicio de
Intensidad Alta (S3), cuyo croquis de localización, medidas y
colindancias se detallan en el documento que como anexo uno forma
parte del presente acuerdo y que a continuación se insertan:
Al noreste 138.42 metros, linda con brecha; al sureste 173.56
metros, linda con terracería a entronque Carretera Federal León -
Silao, a la Loza de los Padres; al suroeste 201.30 metros, linda con
brecha; y, al noroeste 171.67 metros, linda con parcela 228. La
superficie, medidas y colindancias quedan sujetas al deslinde en
campo que para tal efecto realicen las autoridades competentes. Esta
asignación queda sujeta al cumplimiento de las condicionantes
señaladas en el anexo dos de este acuerdo y que a continuación se
insertan: I. La presente autorización queda condicionada al cumplimiento de las
restricciones señaladas en la Constancia de Factibilidad con número de control
DU/DEU-33-41665/16 emitida por la Dirección General de Desarrollo Urbano de
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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fecha 13 de enero de 2016. II. En caso de existir diferencias entre superficies,
medidas, invasiones o problemas en linderos, así como de daños a terceros será
única y exclusivamente responsabilidad del propietario. III. El propietario deberá
urbanizar con la sección y especificaciones constructivas que le determine la
Dirección General de Desarrollo Urbano lo siguiente: a) El cuerpo norte del Blvd.
Puente Milenio dentro de su predio. IV. Cumplir con las especificaciones que
determinó el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, en el
oficio de factibilidad de servicios con la referencia PLAN/215/’16 de fecha 01 de
abril de 2016. V. Cumplir con lo señalado en el Código Reglamentario de
Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato. Las condicionantes
antes señaladas no podrán ser modificadas sin la autorización del Ayuntamiento
previo análisis del Instituto Municipal de Planeación. De acuerdo a la
Constancia de Factibilidad con número de control DU/DEU-33-
41665/16, emitida por la Dirección General de Desarrollo Urbano, la
superficie que se encuentra dentro del inmueble materia de esta
asignación y que corresponde al trazo del Blvd. Puente Milenio, se le
otorga el destino de vialidad pública. SEGUNDO.- Publíquese este
acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, ello a efecto
de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 128-G del Código
Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de León,
Guanajuato, por lo que se instruye al Instituto Municipal de Planeación
para que realice las gestiones necesarias a fin de que el solicitante de
mérito, realice el pago de los derechos de publicación. TERCERO.- Se
instruye al instituto Municipal de Planeación para que realice los
trámites necesarios, a efecto de que se inscriba el presente acuerdo
en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ello de
conformidad con el artículo 128-G del Código Reglamentario de
Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato.
Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen
respectivo. Igualmente, el Regidor Salvador Sánchez Romero da
lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo
Económico y Rural y Obra Pública, Servicios Públicos y Vivienda (se
agrega al apéndice del acta), por mayoría con un voto en contra
emitido por el Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero se toman
los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 76 fracciones IV inciso a) y V inciso a) de la Ley
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; se reconoce y
ratifica el compromiso adquirido por el Municipio sobre la obra
correspondiente a la Construcción de la Línea de Transmisión de
115kV en el convenio de colaboración celebrado con el objeto de
impulsar el desarrollo del proyecto Parque Industrial “Las Colinas de
León” autorizado por acuerdo tomado por el Ayuntamiento en sesión
ordinaria de fecha 16 de enero del 2014. SEGUNDO.- Ante la falta de
suficiencia presupuestal y con el propósito de que se concluyan lo
antes posible las obras referidas (eléctricas y civiles), se autoriza
convenir con el Desarrollador, mediante su colaboración a través de
aportaciones económicas y/o la ejecución de las mismas; definiendo al
efecto entre ambas partes un esquema para que éste recupere su
inversión. TERCERO.- Se autoriza la celebración de los instrumentos
jurídicos necesarios para lograr la conclusión de las obras antes
señaladas, instruyéndose a las Direcciones Generales de Economía,
Obra Pública y Desarrollo Urbano para que definan los alcances y
términos de los mismos, poniendo en conocimiento de ello a estas
Comisiones Unidas. CUARTO.- Se autoriza a la Dirección General de
Economía y a la Dirección General de Obra Pública, para que realicen
las gestiones necesarias ante la empresa concesionaria de la
autopista de cuota León-Aguascalientes a efecto de lograr la
modificación en favor del Municipio, de las condiciones establecidas
en los instrumentos jurídicos suscritos para el cumplimiento de las
obligaciones relacionadas con la construcción de los accesos, gazas y
vialidades que conecten al Parque con la autopista de cuota León-
Aguascalientes. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo.
En el punto XIV del Orden del Día. Asuntos Generales. En uso de la
voz, el Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero manifiesta que
presenta dos asuntos, el primero relativo a la Contraloría Social, en
relación al expediente sancionador que se votó en esta sesión de
Ayuntamiento, poniendo a consideración un cuestionario al Contralor
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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del Municipio, del cual solicita dé contestación por escrito fundando y
motivando cada una de las preguntas; solicitando además que la
respuesta se externe en copia a cada uno de los integrantes del
Ayuntamiento; siendo las preguntas que a continuación se enlistan (se
transcribe cuestionario proporcionado):
“1.- ¿Conoce usted el trámite para la instauración y sustanciación de los procedimientos de responsabilidad administrativa marcado en la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios? 2.- ¿Revisó usted el expediente (se omite el nombre completo) que contiene el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa que se instauró y sustanció? 3.- ¿Qué puede usted fundamentar acerca de la sustanciación de ese Procedimiento de Responsabilidades Administrativas? 4.- ¿Tiene usted o notó alguna inconsistencia o irregularidad sustancial en ese Procedimiento de Responsabilidades Administrativas? 5.- ¿Puede usted decir si las notificaciones de los procedimientos se realizaron conforme a la Ley? 6.- ¿Por qué el implicado dentro del expediente manifiesta la indebida notificación de los procedimientos de responsabilidad administrativa? 7.- ¿Usted como Contralor Municipal verificó, constató que las notificaciones del procedimiento de responsabilidad administrativa se hubieran realizado en forma debida al implicado?, y en caso afirmativo demuestre o explique cómo constató tal situación fáctica y jurídica. 8.- ¿Por qué se acumularon 16 procedimientos?, si estos ya se encontraban en periodo probatorio, y conforme al artículo 46 quinquies de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Público del Estado de Guanajuato y sus Municipios plasma que no podrá decretarse la acumulación una vez que se hubieren desahogado todas la pruebas, explique por qué no subsano su dependencia tal irregularidad sustancial. 9.- ¿Cumplió la Contraloría Municipal con su deber legal de turnar a los miembros de este Ayuntamiento el expediente respectivo que hoy nos convoca? 10.- Explique si se cumplió con ese requisito de procedibilidad, y ¿a quién fue dirigido y entregado? 11.- Podría usted decir ¿por qué fue turnado el expediente al Secretario del Ayuntamiento si no es su competencia y no a los miembros del Ayuntamiento? ya que estaríamos ante una regularidad sustancial y un desconocimiento de la Contraloría de su deber legal frente a este Ayuntamiento. 12.- ¿Sabe usted si esos presuntos objetivos de ordenar el turno del expediente respectivo no se cumplen a cabalidad, se genera un vicio sustancial en el trámite para que este Ayuntamiento pueda resolver conforme a los parámetros legales? 13.- ¿Por qué la Contraloría actuó contraria a la ley sobrepasando los términos de procedimiento que contempla el artículo 60 de la Ley?
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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14.- ¿Por qué solo hasta el 19 de abril de 2016 se presenta ante la Comisión de Gobierno el expediente para que sea resuelto por este Ayuntamiento sobrepasando los 6 meses donde el deber legal eran 10 días hábiles siguientes a la conclusión del término de la presentación de alegatos?”
Asimismo manifiesta el Regidor Sergio Contreras que formula las
preguntas ante la ausencia del Contralor tanto en comisión como en la
sesión de Ayuntamiento sabiendo que este tema sería tocado en esta
sesión, por lo que tuvo que comparecer, pues es un tema muy
sensible porque se violan los derechos de un ex servidor público y que
todo mundo está sujeto a un debido procedimiento, por lo que
entonces pide que en un breve término el Contralor pueda dar
contestación debidamente fundando y motivando la respuesta al
cuestionamiento, ya que de lo contrario tendrá que solicitar que se
instaure un procedimiento de sanción. Sobre el particular, en uso de la
voz el Regidor Salvador Ramírez Argote indica que se suma a la
petición del Regidor Contreras, aunque sabe que muchas de esas
preguntas el Contralor tendrá que preguntárselas a la anterior
Contraloría, porque realmente fue Beto Padilla quien llevó acabo todo
este procedimiento tan desaseado, y ya no está aquí, pero sí está el
anterior Director de Asuntos Jurídicos de la Contraloría, Cuauhtémoc
Lizaola, que ahora lo tienen trabajando en Función Edilicia, por lo que
cree que el Contralor se puede asesorar muy bien con él para dar
respuesta a esta serie de interrogantes. En seguida, el Presidente
somete a la consideración del Cuerpo Edilicio la propuesta del Regidor
Sergio Contreras en el sentido de turnar el cuestionario al que ha dado
lectura a la Contraloría para que sea atendido y contestado a la
brevedad, remitiendo copia a todos y cada uno de los integrantes de
este Honorable Ayuntamiento, misma que es aprobada por
unanimidad. Después, nuevamente en uso de la voz el Regidor Sergio
Alejandro Contreras Guerrero manifiesta que el segundo asunto que
presenta es relativo al evento denominado “PiroMusic Fest”, pidiendo
al Cuerpo Edilicio puedan solicitar a la Dirección de Gestión Ambiental
realice una revisión a la organización del tema, ya que desconoce si
existe alguna revisión respecto a la realización del festival que tiene
juegos pirotécnicos y se da en el Foro del Lago, en donde existe una
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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cantidad considerable de especies animales, debiendo tener una
regulación conforme lo marcan ciertas disposiciones, y que si como
municipio están tomando las medidas pertinentes en la celebración del
festival para no dañar o generar un impacto negativo a la biodiversidad
de la zona del Foro del Lago varias veces han comentado integrantes
del Ayuntamiento la probidad y precaución que deben tomar respecto
a los festivales o acciones que se realicen en el municipio, ello para
tomar las medidas precautorias que se pueda antes de que digan
“híjole lo hubiera previsto antes”. Sobre el particular, el Presidente
pregunta al Regidor Contreras Guerrero si estaría esperando que la
respuesta se presente ante el Honorable Ayuntamiento o ante la
comisión correspondiente, ello dado que está presente el Director de
Gestión Ambiental. En ese tenor, el Regidor Sergio Contreras
responde que no, ello en virtud de que el festival arranca el 28 de abril,
por lo que propondría que de una manera de obvia resolución se
solicite a la Dirección de Gestión Ambiental revisé el tema de
inmediato, y entonces el Ayuntamiento pueda tomar las medidas
precautorias y de provisiones necesarias para no generar una cuestión
nociva en la fauna que existe en el Foro del Lago de Explora. Sobre
este mismo tema, en uso de la voz el Regidor José de Jesús Vázquez
García señala que como es un evento que inclusive toca a la Comisión
de Turismo, se debe tener mucho cuidado, pues ya se promocionó, y
en lo personal considera trae muchos beneficios para la ciudad y se
debe ver el cómo sí, no el cómo no. Asimismo sobre este asunto, en
uso de la voz la Regidora Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares
agradece la preocupación del Regidor Contreras, comentando al
respecto que durante la Feria también hay pirotecnia día a día, no
habiendo problema ni impacto negativo hacia las aves, entendiendo la
parte del Foro de Lago donde se concentran, pero que son 4 días del
festival, tiene entendido que la comisión encargada de eventos y
espectáculos solicitó los estudios pertinentes a la Dirección de Gestión
Ambiental, debiendo contar ya con un estudio del famoso MIR de
impacto ambiental, considerando que a este respecto, hasta donde
sabe, no hay legislación en materia de pirotecnia dentro de Gestión
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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Ambiental y aun así se emitieron algunas recomendaciones. Después,
nuevamente en uso de la voz el Regidor Sergio Contreras Guerrero
manifiesta que no está diciendo que se quite o se prohíba el evento, lo
único que pide al Cuerpo Edilicio es que tomen las precauciones y
medidas pertinentes para evitar que posteriormente pueda darse un
daño, pues en diversas ocasiones ya ha pasado que por generar un
evento padre, impactante, bonito o económico se dan daños a las
instalaciones, como ocurrió en el Foro del Lago, concretamente con un
concierto hace varios años, siendo lo importante que como
Administración puedan revisar que un evento destinado únicamente a
juegos pirotécnicos, que se da de manera constante y reiterada en un
lugar donde tienen muchas especies vivas, no se vaya a generar un
daño al entorno, siendo eso lo que pide al Cuerpo Edilicio, que se
genere esa recomendación, porque hasta donde tiene entendido el día
viernes no se había realizado por parte de la Dirección ninguna
inspección, porque no es su obligación, y precisamente por eso pide
que como no está contemplado dentro de sus atribuciones directas o
establecidas se realice una revisión por parte de la Administración
correspondiente para tomar las medidas que se puedan dar en el
ámbito de sus facultades. A continuación, respecto de este mismo
asunto, nuevamente en uso de la voz la Regidora Beatriz Yamamoto
menciona que ya está emitida la recomendación por parte de Medio
Ambiente, pues en su oportunidad lo hizo el Comité Ejecutivo del
festival, durando 25 minutos la pirotecnia, por lo que considera hay
tranquilidad en el tema, asimismo agradece la preocupación por cuidar
tanto del entorno como del medio ambiente y por generar la seguridad
para todos los que están ahí, como en cualquier otro evento, pero que
hasta el momento sí se contó con todas las previsiones. Después,
nuevamente en uso de la voz el Regidor Sergio Contreras Guerrero
pide le puedan compartir a la brevedad ese documento porque ha
habido mucha inquietud por parte de los ambientalistas y poderles
entregar una copia al respecto. Por último, sobre este mismo asunto el
Presidente pide al Director de Gestión Ambiental que junto con los
organizadores del festival y del propio Patronato de la Feria, tome las
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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medidas preventivas a efecto de asegurar que el evento no dañe el
entorno y la fauna, y si ya se han tomado algunas de estas medidas
preventivas las comparta a todos los integrantes del Ayuntamiento
para su conocimiento.
Sin otro asunto que tratar, se da por terminada la sesión a las 19:35
diecinueve horas y treinta y cinco minutos, del día de su fecha. Se
levanta la presente acta para constancia. Damos fe.
PRESIDENTE MUNICIPAL
C. Héctor Germán René López Santillana
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
C. Felipe de Jesús López Gómez
SÍNDICOS:
C. Carlos Medina Plascencia
C. Luis Ernesto Ayala Torres
REGIDORES:
C. Salvador Sánchez Romero
C. Ana María Esquivel Arrona
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.
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REGIDORES:
C. Federico Zermeño Padilla
C. Ana María Carpio Mendoza
C. Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares
C. Alejandro Alaniz Rosales
C. José de Jesús Vázquez García
C. Norma Patricia López Zúñiga
C. Salvador Ramírez Argote
C. Sergio Alejandro Contreras Guerrero
C. Jorge Arturo Cabrera González