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En esta Guía usted encontrará información relacionada al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como

la orientación vinculada a la determinación del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, cronograma de

vencimiento, medios y lugares de pago. Así mismo se muestran los servicios adicionales que le brindamos.

HOJA DE RESUMEN: Consolida la cantidad de predios con losque cuenta en el distrito acompañado del valor de autovalúode cada uno de ellos, el domicilio fiscal, base imponible ymonto del impuesto predial.

HOJA DE PREDIO URBANO: Contienen en detalle lascaracteristicas fisicas de su predio, uso del mismo,estado de conservacion, áreas construidas,instalaciones fijas y permanentes; otros datosrelevantes.

HOJA DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL:Contiene el MONTO ANUAL y/o TRIMESTRAL APAGAR por dicho concepto.

HOJA DE LIQUIDACION DE ARBITRIOS MUNICIPALES:Contiene el MONTO MENSUAL A PAGAR por esteconcepto, asi como los Beneficios de Descuento porPronto Pago, segun sea el caso.

FORMULARIO DE ACTUALIZACION DE DATOS: Es importanteactualizar sus números telefónicos, correos electrónicos ydomicilio fiscal; esto te evitará contratiempos o molestiasinnecesarias.

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Si la municipalidad lo detecta en un proceso de fiscalización posterior, será objeto de una multa tributaria y la

determinación de diferenciales del impuesto con los intereses de ley.

Si, por no efectuar su declaración jurada tributaria en los plazos establecidos puede ser sujeto a las siguientes

multas, de ser el caso.

Base Legal Motivo de Infracción

Tipo de Persona

Persona Jurídica

Persona Natural

Art. 176°, numeral 1 del Código Tributario

DJ - Determinativa

Por no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria

1 UIT 50% UIT

Art. 176°, numeral 2 del Código Tributario

DJ - Informativa

Por no presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. Por ejemplo, la adquisición de un

predio, entre otros

30% UIT 15% UIT

Si, usted se podrá acoger al régimen de gradualidad y sanciones vigentes y rebajar significativamente la multa

tributaria.

Se utiliza los valores arancelarios de terrenos urbanos, otras

instalaciones y valores unitarios oficiales de edificación vigentes para el

ejercicio fiscal 2021 (R.M. 270-2020-VIVIENDA.

Se calcula aplicando una alícuota al valor total de los predios del contribuyente ubicados en el distrito de

Abancay, conforme a la escala acumulativa progresiva siguiente:

Base Legal: Decreto Supremo N°156-2004-EF y modificatorias (Texto Único Ordenado de la ley de Tributación

Municipal).

TRAMO DE AUTOVALUO

Hasta 15 UIT

Más de 15 UIT y hasta 60 UIT

Más de 60 UIT

EQUIVALENCIA EN S/

Hasta s/64,500.00

Más de S/64,500.00 hasta S/258,000.00

Más de S/258,000.00

ALÍCUOTA

0.2%

0.6%

1.0%

- Cuenta Corriente:

N° 00-181-065648

- Código de Cuenta Interbancaria (CCI)

N° 018-181-000181065648-86

- Cuenta Corriente:

N° 00-181-000236

- Código de Cuenta Interbancaria (CCI)

N° 018-181-000181000236-88

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Señor Contribuyente cuando usted no cancela sus tributos sea por concepto de ARBITRIOS MUNICIPALES y/o

IMPUESTO PREDIAL en los plazos que establece el” CALENDARIO TRIBUTARIO ANUAL” se inicia la cobranza

por parte de la Administración Municipal por medio de la emisión de valores de cobranza, tales como:

Ante el incumplimiento de los pagos en las fechas que se describen en el calendario tributario anual, la

administración tributaria procederá a la emisión y notificación de valores (Resolución de Determinación, Orden

de pago y Re4solucion de multa tributaria), la deuda contenida en los documentos referenciados podrán ser

pagados dentro del plazo de 20 días hábiles, vencido el plazo, los valores serán remitidos a la subgerencia de

ejecución coactiva, para el inicio del procedimiento de ejecución coactiva.

Es bueno tener presente: El incumplimiento de pago genera intereses, los cuales está establecido en el Art. 33°

del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante decreto supremo n°133-2013-ef y

modificatorias.

Brindar un sistema de seguridad efectivo a los

ciudadanos es una prioridad en el plan de gobierno

de la presente gestión 2019-2022 por lo que hemos

implementado un equipo de patrullaje integrado y

entrenado para atender las emergencias en

seguridad de nuestros vecinos en cooperación con

la policía nacional del Perú, para reducir los niveles

de inseguridad en nuestra querida provincia.

TIPO DE VALORES

SUSTENTO LEGAL PARA SU EMISIÓN

TRIBUTO/INFRACCIÓN

Resolución de determinación

Artículo 76º del Código

Tributario

Arbitrios Municipales y/o diferencial por impuesto Predial

Órdenes de Pago

Artículo 78º del Código

Tributario

Impuesto Predial

Resoluciones de Multa

Artículo 77º del Código

Tributario

Infracciones Tributarias

Sr. Contribuyente: debe recordar siempre los

plazos señalados en el calendario tributario, que

se encuentra en la pagina web de la

municipalidad: muniabancay.gob.pe

Para cualquier consulta o

información puede

comunicarte con nosotros a:

Llámanos

925-322925 943-100681

083 - 322603

Es bueno recordar:

Que si no declara las

modificaciones y/o cambios de

su propiedad dentro de los

plazos, le será impuesta una

Resolución de Multa

RESOLUCIONES DE DETERMINACIÓN, RESOLUCIONES DE MULTA Y ORDENES DE PAGO

(ART. 76° Y 78° - D.S.133-2013-EF)

SERENAZGO925-853961

LIMPIEZA PÚBLICA

927-375102

ADMIN. TRIBUTARIA 983-907801 945-989312

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RETENCION DE CUENTAS BANCARIAS + COMISION DEL BANCO

DE S/. 200.00

REPORTE A LAS CENTRALES DE

RIESGO

La recolección, transporte y disposición final se realiza

diariamente cubriendo el 100% el distrito. Contamos con 3

diferentes horarios de recolección de restos, que permiten

una eficiente gestión de los residuos sólidos municipales.

Contamos con un equipamiento capacitado y entrenado que

trabaja incansablemente desinfectando las diferentes

instalaciones de mercados, parques, banco y calles de nuestra

ciudad para garantizar la seguridad de nuestra ciudad para

garantiza la seguridad de nuestra sociedad, esto se debe a la

incansable gestión que viene realizando la municipalidad.

El 100% de nuestros parques cuenta con sistemas de riego,

así como dos camiones cisterna y maquinaria especializada

para el mantenimiento de las áreas verdes públicas del

Señor contribuyente recibida la orden de pago y/o resolución de determinación de la subgerencia de recaudación

sobre las deudas vencidas según calendario tributario 2021, se emitirá la resolución de ejecución coactiva

“iniciando el procedimiento de ejecución coactiva”, con la deuda que incluye intereses, más gastos

administrativos y costas procesales de ley, otorgándole un plazo de 7 días hábiles de notificada la misma para

realizar el pago.

Vencido el plazo y de persistir con la deuda impaga, se procederá a ejecutar las medidas cautelares de embargo

sobre los bienes muebles o inmuebles y/o retención bancaria, hasta llegar a afectar su capacidad crediticia al ser

reportado a las centrales de riesgo como Infocorp y Sentinel según art. 33° del T.U.O de la ley de procedimiento

de ejecución coactiva – ley N° 26979, toda vez que de acuerdo a ley citada nos encontramos en la facultad de

realizar cobranza de manera coercitiva. “evita intereses diarios, gastos administrativos y costas procesales

cumpliendo con tus pagos según calendario tributario”.

Si no cancela la deuda en el

plazo de 7 días hábiles, se

afectarán tus bienes muebles

e inmuebles con embargo

RETENCION BANCARIA

EXTRACCION DE BIENES INMUEBLES

CAPTURA VEHICULAR

EMBARGO DE ARRIENDOS

INSCRIPCION PARA POSTERIOR REMATE

Medidas de Embargo

Art. 33° D.S. 018-2008-J.U.S. Ley

N° 26979

GASTOS Y COSTAS PROCESALES

Ordenanza N°013-2010-CM Intereses

diarios Art.N°33 del Código

Tributario

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La subgerencia de Fiscalización Tributaria, tiene como función velar por la veracidad de los datos consignados

en la Declaración Jurada de autovalúo, presentado por los contribuyentes de Abancay, tales como los usos del

predio, área de terreno, áreas construidas y obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes, así como

de la actualización en las modificaciones por aumento y/o disminución de valor, siempre vigilante del crecimiento

urbanístico en la ciudad.

Para ello se realizan fiscalizaciones de manera aleatoria, emitiendo valores tributarios (RD) de existir diferencias;

además de la infracción tributaria (MULTA) de incurrir en ellas. Es importante mantener actualizada tu declaración

jurada de autovalúo (artículo 14° de la ley de tributación municipal, DS. 156-2004-EF). De existir cambios o

modificaciones, estas deberán ser comunicadas a través de la gerencia de administración tributaria de la

municipalidad provincial de Abancay.

Recuerda que la BASE IMPONIBLE TOTAL utilizada para la determinación del

impuesto predial, está constituida por el valor total de cada uno de los predios que

el contribuyente declare dentro de la jurisdicción del distrito; por tanto, la aplicación

del IMPUESTO PREDIAL se establece con todas las unidades prediales que posea

cada contribuyente.

Abancay se ha convertido en una ciudad de gran crecimiento urbano,

económico y social; por ello cuando usted efectúe modificaciones en sus

predios cuyo valor superen las 5 UIT vigentes, deberán presentar la declaración

jurada por aumento de valor y/o disminución de valor (de ser el caso).

Para los casos de cambio de uso y/o independización de unidades (para la

apertura de nuevos comercios), así como la actualización de información

técnica de los predios en el distrito, el propietario podrá solicitar la rectificación

de ficha catastral, con la finalidad de mantener ordenado y actualizado el

inventario de predios en el distrito, así como la información tributaria de los

contribuyentes.

Teniendo en cuenta que el uso del predio constituye un elemento

importante para loa determinación de los arbitrios municipales, deberás

verificar que el rubro referido al uso delo predio, se encuentre

debidamente consignado y corresponda en equivalencia a la licencia de

funcionamiento.

Son tasas que se pagan por la contraprestación o mantenimiento

de un servicio público. En amparo de los dispuesto por el D.S.

N°156-2004-EF y modificatoria del texto único ordenado de la ley de

tributación municipal, siendo el pago de vencimiento mensual.

1. En calidad de contribuyente: los propietarios de los

predios ubicados en la provincia de Abancay incluyendo

los desocupados.

2. En calidad de responsable solidario: el poseedor o

conductor del predio que realice actividades

económicas y en el caso de condominios la

responsabilidad recaerá sobre uno de los estos según

sea el caso.

Para sostener los servicios de limpieza pública (barrido de calles

y recolección de residuos sólidos), mantenimiento de parques y

jardines, así como servicio de serenazgo.

Cuyo costo de prestación, es distribuido entre todos los

contribuyentes del distrito.

Dichas tasas son anualmente aprobadas en una ordenanza

municipal que regule el cobro de las tasas de los arbitrios

municipales.

Siendo que para el ejercicio 2021 a la ordenanza n°01-2020-CM-

MPA ratifica esta información.

IMPORTANTE

Cuando el predio es destinado por los

propietarios o poseedores a más de

un uso diferente se cobrarán los

arbitrios municipales de forma

independiente, considerándose el uso

destinado a cada uno de ellos.

(Capitulo II, Articulo 61°del TUO del Código Tributario, D.S.133-2013-EF y Modificatorias)