EMERGENCIAS MUNICIPALES, DEPARTAMENTALES Y NACIONAL Y DECLARACION DE UNA ZONA DE DESASTRE O ESTADO...

download EMERGENCIAS MUNICIPALES, DEPARTAMENTALES Y NACIONAL Y DECLARACION DE UNA ZONA DE DESASTRE O ESTADO DE EMERGENCIA.

of 5

description

INVESTIGACIÓN ACERCA DE CUANDO SE PRESENTA UNA EMERGENCIA MUNICIPAL, DEPARTAMENTAL Y CUANDO SE TIENE UNA EMERGENCIA NACIONAL. ADEMAS TAMBIÉN CUANDO SE DECLARA ZONA DE DESASTRE O ESTADO DE EMERGENCIA EN EL BOLIVIA Y LOS PASOS A SEGUIR Y LA NORMA CON LA QUE SE DEBE REGIR PARA SOLICITAR UNA ZONA DE DESASTRE Y/O ESTADO DE EMERGENCIA.

Transcript of EMERGENCIAS MUNICIPALES, DEPARTAMENTALES Y NACIONAL Y DECLARACION DE UNA ZONA DE DESASTRE O ESTADO...

PRACTICA 1 FORMULACION Y EVALUACION DE OBRAS

AVERIGUAR SOBRE LAS EMERGENCIAS MUNICIPALES, DEPARTAMENTALES Y NACIONAL. ASI TAMBIEN AVERIGUAR CUANDO SE DECLARA ZONA DE DESASTRE O ESTADO DE EMERGENCIA. Y AVERIGUAR LOS PASOS A SEGUIR Y LA NORMA CON LA QUE SE DEBE REGIR PARA SOLICITAR UNA ZONA DE DESASTRE Y/O ESTADO DE EMERGENCIA.

EMERGENCIA MUNICIPALLos municipios son la administracin pblica ms cercana a los ciudadanos. Se trata por lo tanto de las instituciones que mayor atencin deben prestar a los riesgos a los que estn expuestas las familias que residen en los ncleos urbanos y comunidades que conforman el territorio municipal. De igual forma, en caso de desastre, como los desbordes o inundaciones que cada ao afectan a decenas o cientos de familias en la cuenca baja del Rio Grande, los municipios son los primeros en socorrer y ayudar a los damnificadosPara que el apoyo del municipio sea lo ms efectivo posible en esos momentos de gran dificultad, es necesario disponer de una organizacin adecuada, tal y como tambin establece la legislacin; ley 2140 reduccin de riesgos y atencin de desastres y/o emergencias. Dicha organizacin debe estar a cargo de la difusin de alertas y recomendaciones dirigidas a la poblacin, la respuesta en los momentos posteriores al desastre (rescates, asistencia a damnificados) y la rehabilitacin de las zonas daadasPara dirigir dichas tareas, la ley designa al alcalde como mxima autoridad ejecutiva en materia de reduccin de riesgos y atencin de desastres. La ley (D.S. n 26739, Art. 3), establece la posibilidad de que se conformen de manera permanente Comits Municipales Interinstitucionales de Reduccin de Riesgos y Atencin de Desastres. En caso de emergencia, dicho comit puede activarse como Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM). En el COEM deben participar todas las instituciones y organizaciones presentes en el municipio que tengan responsabilidades relacionadas con la respuesta a emergencias; servicios de salud, polica, educacin, tcnicos municipales, ONGs, voluntarios SAR, etcLa activacin del COEM vendr dada por la declaracin de una alerta amarilla ante un riesgo de desastre en el municipio. En la Cuenca Baja del Ro Grande, las principales emergencias se relacionan con las inundaciones. La declaracin de los niveles de alerta relacionados con el riesgo de desborde del Ro Grande corresponde al Centro de Operaciones de Emergencias Departamental (COED), a partir del monitoreo de las lluvias, caudal y altura del agua del ro. Estas tareas forman parte del Sistema de Alerta Temprana (SAT) en el que colaboran diferentes instituciones como SEARPI, SENAHMI, Defensa Civil, etc.

EMERGENCIA DEPARTAMENTALEn coordinacin con la Secretara de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, se dispone la ejecucin prioritaria de los proyectos necesarios para la atencin de la emergencia departamental y los desastres; para prevenir y/o mitigar los efectos de las sequas, incendios y otros suscitados en los Municipios de El Torno, La Guardia, San Jos de Chiquitos, Robor, Pailn, San Miguel de Velasco, San Rafael de Velasco, San Matas, El Puente y Ascensin de Guarayos; as como tambin en las provincias Cordillera, Andrs Ibez, Chiquitos y Velasco.La Secretara de Hacienda queda encargada de asignar el presupuesto necesario para la atencin de la emergencia departamental y de las zonas de desastres declarado de acuerdo a las normas legales vigentes.

EMERGENCIA NACIONALA travs de un decreto supremo, el Gobierno de Bolivia declar "Situacin de emergencia nacional", debido a las intensas lluvias en el pas, en particular en los departamentos de Beni, Pando, La Paz y Cochabamba, que afectan a cerca de 10.000 familias y extensas zonas agrcolas.La medida permite a las gobernaciones y alcaldas utilizar recursos econmicos con el fin de atender desastres y emergencias, as como transferir al Ministerio de Defensa recursos econmicos necesarios para atender a los damnificados.Esto puesto una vez que se hace la evaluacin de la magnitud del dao y riesgo que pueda existir, por algn desastre o fenmeno climatolgico. El cual a su vez de afectar ms de 1 departamento y sea mayor los daos a ser considerados entonces se declarara emergencia nacional.

ZONA DE DESASTREEspacio territorial determinado en el tiempo por la declaracin formal de la autoridad competente, en virtud del desajuste que sufre en su estructura social, impidindose el cumplimiento normal de las actividades de la comunidad. Puede involucrar el ejercicio de recursos pblicos a travs del Fondo de Desastres.

ESTADO DE EMERGENCIAElestado de emergenciao de excepcin es uno de losregmenes de excepcinque puede dictar elgobiernode un pas en situaciones excepcionales.Este estado de emergencia se dicta, generalmente, en caso de perturbacin de la paz o del orden interno de unEstado, ya sea a consecuencia de catstrofes, brotes de enfermedades contagiosas, graves circunstancias polticas o civiles que afectan e impiden la vida normal de una comunidad, regin o pas.Durante este llamado rgimen de excepcin, el gobierno se reserva el poder de restringir o suspender el ejercicio de algunosderechos ciudadanos. Los derechos restringidos pueden ser los relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y lalibertad de reuniny de trnsito; en los sistemas democrticos, la Constitucin prev un papel del Parlamento en su convocatoria y en su conclusin.1Durante ese estado las fuerzas armadas de un pas pueden asumir el control de orden interno.

PASOS A SEGUIR PARA SOLICITAR ZONA DE DESASTRE Y/O ESTADO DE EMERGENCIA.

Para la solicitud de estos existe un conjunto orgnico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, mtodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector pblico entre s, con las organizaciones de los diversos grupos voluntarios, sociales, privados y con las autoridades de los estados, el Distrito Federal y los municipios, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la proteccin de la poblacin, contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre. El Sistema Nacional se encuentra integrado por el Presidente de la Repblica, el Consejo Nacional, las Dependencias, Organismos e Instituciones de la Administracin Pblica Federal, el Centro Nacional de Prevencin de Desastres, los grupos voluntarios, vecinales y no gubernamentales, y por los sistemas de proteccin civil de las entidades federativas, del Distrito Federal y de los municipios. La coordinacin ejecutiva del Sistema Nacional recae en la Secretara de Gobernacin.Donde basado en los siguientes artculos en los que claramente indican los siguientes puntos:

Que, los incisos a) y c) del Artculo 3 de la Ley N 2140, Reduccin de Riesgos y Atencin de Desastres, de 25 de octubre de 2000, establecen, entre otros, el principio de obligatoriedad e inters colectivo en virtud del cual la reduccin de riesgos y atencin de desastres y/o emergencias, son de inters colectivo y las medidas establecidas para este fin, son de cumplimiento obligatorio. Asimismo, el principio de responsabilidad, por parte de instituciones pblicas, privadas o personas individuales, que conlleva necesariamente la responsabilidad que corresponda, como consecuencia de la generacin de riesgos vinculados con los desastres y/o emergencias.

Que, el inciso a) del artculo 49 del Decreto Supremo N 26739, de 5 de agosto de 2002, Reglamento General de Reduccin de Riesgos y Atencin de Desastres y/o Emergencias, determina que la Declaratoria de Emergencia en los diferentes niveles territoriales, implica la declaratoria de un rgimen especial para la aplicacin de un rgimen normativo de excepcin. Que, de conformidad a lo sealado por el artculo 67 del Decreto Supremo N 0181, de 28 de junio de 2009, define la modalidad de contratacin por desastres y/o emergencias; permitiendo a las entidades pblicas contratar bienes y servicios, nica y exclusivamente para enfrentar los desastres y/o emergencias nacionales, departamentales y municipales, declaradas conforme a la Ley 2140.

Adems tambin basados en lo que dice el numeral 11 del Artculo 108 de la Constitucin Poltica del Estado, donde establece que son deberes de las bolivianas y los bolivianos, entre otros, socorrer con todo el apoyo necesario, en casos de desastres naturales y otras contingencias. Es que por medio de este artculo, nos vemos en la posibilidad de poder solicitar cualquier clase de ayuda y cooperacin en situaciones de estado de emergencia y en el caso de presentarse zonas de desastre.

El Trmite para la Declaratoria de Estado de Emergencia y/o la Situacin de Emergencia, debe existir como condicin indispensable una situacin de peligro inminente u ocurrencia de una situacin catastrfica, que ponga en riesgo o afecte la vida humana y/o la defensa nacional.

CONCLUSIONES:

Como conclusin se puede llegar a las siguientes determinaciones. Que debe analizarse bajo qu situacin estamos lidiando, si es y ser el caso de emergencias municipales (esto si se encuentra en las posibilidades de manejarse dentro del mismo municipio solamente) , departamentales ( esto en el caso de que se vean afectados 2 O ms municipios y puedan ser tratados a nivel departamental) o en ultimo caso una emergencia nacional en la que se vean afectados los intereses y riesgo en ms de 2 y 3 departamentos).Otra consideracin que se puede recalcar es que al solicitar una zona de desastre es cuando se necesita de una ayuda inmediata y para apresurar la llegada de esta, tanto como el desembolso para poder cubrir gastos en las actividades necesarias para lidiar con dicha situacin, sea ya por inundaciones, terremoto o cualquier otro motivo de causa mayor.

BIBLIOGRAFIA:

http://www.datos-bo.com/Bolivia/Actualidad/Las-lluvias-y-la-declaracion-de-emergencia http://app1.semarnat.gob.mx/dgeia/estadisticas_2000/compendio_2000/01dim_social/01_08_Desastres/data_desastres/GlosarioI.8.htm http://www.desaprender.org/fileSendAction/fcType/5/fcOid/356517693532351184/fodoid/356517693532351183/Funciones%20del%20Centro%20de%20Operaciones%20de%20Emergencias%20Municipal%20COEM.pdf http://www.ine.gob.bo/indicadoresddhh/archivos/alimentacion/nal/Decreto%20Supremo%20N%C2%B0%201145.pdf https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_emergencia http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-N1878.xhtml

BOLETAS Y POLIZAS DE GARANTIA:

6