EL POSESIVO EN LA DOCUMENTACIÓN MEDIEVAL ASTURIANA

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EL POSESIVO EN LA DOCUMENTACIÓN MEDIEVAL ASTURIANA ÁNGEL VALLE CUESTA LN .B.A .D. Extensión de Gijón (Asturias) Tomando como punto de partida la documentación eclesiástica de los siglos xiii a xv, el presente trabajo pretende identificar algunas de las caracte- rísticas morfológicas y sintácticas del paradigma de los posesivos en el domi nio lingüístico asturiano . Para ello hemos analizado en un primer momento 52 documentos, vinculados al monasterio ovetense de San Vicente, fechados entre 1203 y 1299 v editados por M.a Cruz Martínez 1 y María Jesús Alonso z, cuya formación lingüística garantiza, creo, un mayor rigor filológico en sus transcripciones que las realizadas tradicionalmente por los historiadores . A partir de los textos más antiguos se observa el marco en el que se pro- duce el relevo del latín por las lenguas romances y se pueden establecer unas primeras características de esas lenguas nacientes, en este caso el asturiano, leonés o asturleonés . Estas particularidades iniciales son contrastadas más tarde con otras fuentes documentales de similar naturaleza hasta el siglo xv y con los primeros testimonios literarios del asturiano en los siglos xvil y siguien- tes . Todo ello nos ha servido para establecer un primer paradigma del posesivo asturiano y buscar una justificación a determinados rasgos que, de una parte, comportan ciertas diferencias con el que actualmente podría considerarse normativo y que, de otra, difieren del paradigma castellano medieval, a pesar de la aparente convivencia que suele admitirse ya en ese primer periodo entre las dos modalidades lingüísticas . Por la naturaleza de los primeros documentos analizados y por la necesi- dad de limitar este trabajo a las proporciones que exige esta comunicación vamos a centrarnos en las características del asturiano central, el que hoy se extiende, grosso modo, entre los ríos Sella y Nalón . No renunciaremos, no obstante, a tomar ejemplos de la zona oriental, sobre todo a partir de la docu- ' Ma CRUZ MARTÍNEZ DíEz, «Documentos del sieglu xu1 n'asturianu», Lletres Asturianes, 4, 1983, págs . 72-80; 5, 1983, págs . 53-62 ; 14, 1985, págs . 95-103 . z MARiA JESús ALONSO RODRÍGUEZ, «Documentación medieval d'Asturies», Lletres Asiurianes, 26, 1987, págs . 113-117 ; 28, 1988, págs, 111-121 ; 31, 1989, págs . 181-197 .

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EL POSESIVO EN LA DOCUMENTACIÓNMEDIEVAL ASTURIANA

ÁNGEL VALLE CUESTA

LN.B.A.D. Extensión de Gijón (Asturias)

Tomando como punto de partida la documentación eclesiástica de lossiglos xiii a xv, el presente trabajo pretende identificar algunas de las caracte-rísticas morfológicas y sintácticas del paradigma de los posesivos en el dominio lingüístico asturiano. Para ello hemos analizado en un primer momento 52documentos, vinculados al monasterio ovetense de San Vicente, fechadosentre 1203 y 1299 v editados por M.a Cruz Martínez 1 y María Jesús Alonso z,cuya formación lingüística garantiza, creo, un mayor rigor filológico en sustranscripciones que las realizadas tradicionalmente por los historiadores .

A partir de los textos más antiguos se observa el marco en el que se pro-duce el relevo del latín por las lenguas romances y se pueden establecer unasprimeras características de esas lenguas nacientes, en este caso el asturiano,leonés o asturleonés. Estas particularidades iniciales son contrastadas mástarde con otras fuentes documentales de similar naturaleza hasta el siglo xv ycon los primeros testimonios literarios del asturiano en los siglos xvil y siguien-tes . Todo ello nos ha servido para establecer un primer paradigma del posesivoasturiano y buscar unajustificación a determinados rasgos que, de una parte,comportan ciertas diferencias con el que actualmente podría considerarsenormativo y que, de otra, difieren del paradigma castellano medieval, a pesarde la aparente convivencia que suele admitirse ya en ese primer periodo entrelas dos modalidades lingüísticas .

Por la naturaleza de los primeros documentos analizados y por la necesi-dad de limitar este trabajo a las proporciones que exige esta comunicaciónvamos a centrarnos en las características del asturiano central, el que hoy seextiende, grosso modo, entre los ríos Sella y Nalón. No renunciaremos, noobstante, a tomar ejemplos de la zona oriental, sobre todo a partir de la docu-

' Ma CRUZ MARTÍNEZ DíEz, «Documentos del sieglu xu1 n'asturianu», Lletres Asturianes, 4,1983, págs . 72-80; 5, 1983, págs . 53-62; 14, 1985, págs . 95-103 .

z MARiA JESús ALONSO RODRÍGUEZ, «Documentación medieval d'Asturies», Lletres Asiurianes,26, 1987, págs . 113-117; 28, 1988, págs, 111-121 ; 31, 1989, págs . 181-197.

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mentación estudiada por Erik Staaff 3, dado que en ella se manifiestan conmayor claridad los efectos de la convivencia entre castellano y asturiano comopodremos ver enseguida.

Por lo que respecta al latín se puede afirmar que, a lo largo del primertercio del siglo XIII 4, quienes escriben la documentación que nos ocupa tienenla intención de hacerlo en la lengua de Roma. Aunque se trata de una lenguamuy deteriorada, hay preocupación por mantener, por ejemplo, la declinacióno la conjugación latinas, y ortográficamente se cuida el mantenimiento delconsonantismo final o del vocalismo tónico sin diptongar. Frente a esto, apartir de la década de los cuarenta, parece que quien escribe es consciente yade que no lo está haciendo en latín y rompe de forma sistemática con lanormativa ortográfica latina, aunque siguen apareciendo numerosos latinis-mos más o menos correctos.

Esto, y la abundancia de grafías diferentes para una misma solución, aveces en un mismo documento, no sería más que el reflejo de la situaciónlingüística de los propios redactores, perdidos en el cruce de varias lenguas:una en franca decadencia, el latín; otra, como el castellano, en plena expansióny sometida ya a unos procesos de normalización ; otra, en fin, no normalizada yen inferioridad de condiciones frente a la primacía cultural o política de lasotras dos: el asturiano, que puede considerarse, a pesar de todo, como lalengua utilizada en la mayor parte de los documentos .

Podría afirmarse por tanto, con todas las salvedades del mundo, que estecambio de proceder se da a partir de los años treinta. Al decir esto no olvida-mos la existencia de documentos anteriores redactados también en asturiano s, ni que esa supuesta generalización puede ser fruto, simplemente, decircunstancias particulares de cada uno de los notarios, de los protagonistasdel acuerdo o de situaciones que no han de suponer necesariamente la regula-ridad del comportamiento que vamos a estudiar.

En primer lugar, y a poco que se analice el cuadro general de las formasregistradas:

PARA UN SOLO POSEEDOR

SINGULAR

PLURAL

Masculino Femenino Masculino Femenino

1 .a Persona . . . . . . .

mío/mi

mía/mi

míos

mías2.a Persona . . . . . . . - - - -3.a Persona . . . . . . .so

sua

sos

suas

3 ERIK STAAFF, Etude sur lancien dialecte leonais daprès les chartes du XIIIè siècle, Upp-sala, Almqvist & Wiksell, 1907.

4 Para ERIK STAAFF, op. cit., este fenómeno se extendería a lo largo de los cuatro primerosdecenios, en tanto que a partir de 1240, «les chartes latines se font très rares» .

s Sin entrar aquí en disquisiones cronológicas, podría datarse el Fuero de Avilés, si segui-mos a RAFAEL LAPESA, Asturiano y provenzal en el Fuero de Avilés, Salamanca, Universidad,1948, incluso a mediados del siglo xil, el de Oviedo algo después y el propio ERIK STAAFF, op. cit.,estudia algún documento de finales del siglo xzi.

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PARA VARIOS POSEEDORES

SINGULAR

PLURAL

Masculino Femenino Masculino Femenino

1 .' Persona nostro . .

-

nostra

nostros

nostrasnuestro nuestra nuestros nuestras

2.1 Persona uestro . .

-

uestra

-

-- uostra uostros -

3.1 Persona . . . . . . .

uuestro

uuestra

uuestros

uuestras- sua sos suas

se observará que unade las características másinteresantes del posesivo asturia-no en estos primeros textos puede ser, sin duda,la conservación de formas distin-taspara expresar el género en las tres personas de un solo poseedor. Aunque nofaltan excepciones, que intentaremos justificar ahora mismo, lo regular será lapervivencia de un paralelismo de formas quecontinúanla distinción genérica he-redada del latín. Podemos comprobarlo en la primera persona:

inio corpo (Oviedo, n.° 422, 1251, 4) b

púas heredades (Oviedo, n.° 404, 1299, 10)inios dias (Oviedo, n.° 436, 1270, 7)razia muller (Oviedo, n.° 417, 1283, 1)

Este comportamiento resulta, no obstante, más difícil de reconocer en lasegunda persona puesto que la cantidad de usos registrados es mucho másreducida que en losdemáscasos. La naturaleza notarial de la mayorparte de losdocumentos analizados llevan al redactor a hacer uso poco menos que exclu-sivo del matiz de cortesía que aporta el posesivo de varios poseedores ; lafórmula más habitual, por tanto, será ésta :

viendo yo. . . auos. . . et a uestra muller (Oviedo, n.° 1040, 1232, 15)

Como todo, formas como:

saca la (prinda) de to vezino (Avilés, § 16, 19) 7non quiero tua firma (Zamora, 31, 5) a

confirman la dualidad de formas también en esta persona.

6 Las referencias a los documentos del Monasterio de San Vicente que hagamos desdeahora no tendrán en cuenta la doble vía por la que llegan a nosotros (vid. nota 2). Se unificanbajo el topónimo Oviedo, al que seguirá el número de legajo conque se puede identificar en elFondo documental del Monasterio de San Vicente (Archivo Histórico Provincial), el año y lalínea del manuscrito en que aparece el ejemplo que se aduce.

1 De este modo identificaremos el Fuerode Avilés y los ejemplos quecitemos, indicando elpárrafo y la línea según la edición de Aureliano Fernández-Guerra (vid nota 18).

' Indicaremos así las referencias al Fuero de Zamora, concretamente a su manuscrito S(vid. nota 19); la numeración remite a la página y la línea del propio manuscrito .

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La tercera persona, por su parte, presenta siempre formas procedentes delposesivo latino, sin que haya ningún rastro de derivados de eorum o illorum.A su vez, se establece una distinción entre el paradigma del masculino, en elque la monoptongación es regular tanto en el singular como en el plural, y eldel femenino, que conserva el vocalismo latino :

suas almas (Oviedo, n.° 434, 1263,7)sua cabeza (Oviedo, n.° 964, 1230, 10)so marido (Oviedo, n.° 496, 1244, 2)sos fillos (Oviedo, n.° 1040, 1232, 3)

Para suplir la carencia de una forma latina que exprese la posesión devarios poseedores en esta persona, el asturiano opta por continuar utilizandolos derivados del suus latino, que aparecerá indistintamente con el valor deuno o varios poseedores; sólo en algunos casos el copista se ve en la necesidadde deshacer la posible ambigüedad explicitando el poseedor de forma redun-dante:

don Martino so padre de Johan Martiniz (Sahagún, xxviii, 1246, 3) 9que pus sua morte de mia madre (Oviedo, n.° 825, 1232, 5)

Como cierre a esta breve relación de las formas que se pueden considerarregulares, o que al menos resultan más frecuentes entre los siglos xiii y xv,vamos a prestar ahora atención a las correspondientes al posesivo de variosposeedores. En este grupo, el mayor obstáculo para su estudio resulta de sucorrecta transcripción e interpretación . A la dificultad con la que se encontra-rían los propios autores para transcribir unos sonidos que carecían aún detradición y normalización escritas hay que añadir la que nos encontramos hoyen la mayoría de los documentos examinados, donde se opta generalmentepor soluciones apocopadas para representar estos posesivos de varios posee-dores. En los únicos casos que no siguen esta práctica podemos reconocer unaparticular irregularidad entre soluciones con diptongo o sin él, sin posibilidadde establecer pautas de comportamiento, fechas o detonantes para esa dip-tongación en el siglo que alguien ha calificado como «el más engañoso yproblemático»:

por uostra heredat (Oviedo, n.° 510, 1250, 4)uuestro jur (Oviedo, n.° 504, 1248, 9)el nuestro fuero (Zamora, 61, 3)auostros fiyos (Eslonza, LXXVI, 1243, 4) '°

9 El número romano remite a la colección estudiada por ERIK STAAFF (op. cit.), con lanumeración siguiente señalamos la datación del texto y la línea del manuscrito . Dado que enesta colección de documentos se incluyen textos de distintas procedencias, hablaremos deSahagún cuando hagamos referencia al monasterio de San Benito de esta localidad.

'° Los cuatro ejemplos que siguen están sacados también de la colección de STAAFF (vp.cítJ, estos dosprimeros proceden del monasterio de San Pedrode Eslonza y los dos siguientesal de Santa María de Otero de las Dueñas.

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auuestra muyer (Eslonza, LXXVI, 1243, 3)de nuastro juro (Otero, LXXXIII, 1246, 6)de nuastra parte (Otero, LXXXIII, 1246, 7)

De todo lo visto hasta aquí, parece un hecho claro que el posesivo asturianoconservaba en el siglo XIII un sistema estructurado de modo similar a suprecedente latino, pero ello contrasta con la poesía de los siglos xvll y xvili,donde aparece ya un sistema diferente, conservado hasta hoy, en el que lasformas de un solo poseedor manifiestan de modo perfectamente regular suindistinción genérica :

mio padre/mio güela (Marirreguera, 1605-?)

Entre los dos extremos, los testimonios de los siglos xiv y xv confirman estatendencia a la indistinción genérica sin llegar nunca a manifestarla de formaregular. Únicamente un documento fechado en 1413 y firmado en el monasterio de San Bartolomé de Nava " reproduce esta nueva situación con excepcio-nal regularidad:

el mio quarto del prado (1. 8)la mio casa tellada (1 . 6)en mio nonbre (1 . 49)por mio alma (l . 43)

Por lo demás, en todo el corpus de estudio aparecen estas indistinciones degénero caracterizadas, como acabamos de ver, por el empleo como término nomarcado de la forma de masculino: en la primera persona se mantiene eldiptongo mientras que en la tercera se opta por la monoptongacón y la aper-tura de la vocal final. Así y todo, será frecuente la interferencia del sistemacastellano que generaliza formas monoptongadas con vocal final cerrada enlos dos casos; si aceptamos la explicación de Ramón Menéndez Pidal 11 , lasolución para las formas del castellano podría buscarse en la evolución delposesivo femenino latino .

De este modo, la distinción de formas entre castellano y asturiano podríaexplicarse aceptando la adopción como género no marcado del femenino y elmasculino, respectivamente, en los dos sistemas lingüísticos . Aunque no entraremos ahora en esta cuestión, puesto que exige una atención que alejaría estetrabajo de su intención primera, el resultado de este paralelismo será enmuchos casos un complicado cruce de paradigmas que vamos a intentar aclarar.

En un principio, y aunque son pocos los casos registrados, parece habitualla aplicación de lo que podríamos llamar «norma asturiana», es decir, la posibi-

1 1 En la edición de ISABEL TORRENTE (vid. nota 20) aparecen con el número 95.12 RAMÓN MENÉNDEZ PIDAL, Manual de gramática histórica española, Madrid, Espasa-Calpe,

15 .a ed ., 1985 (1904), págs. 257-258.

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lidad de combinar la forma regular del posesivo masculino con sustantivosfemeninos:

so madre (Zamora, 5, 2)so cabega (Zamora, 13, 3)

Luego se harán más frecuentes las construcciones que responderían a una«norma castellana» caracterizada por el empleo de la forma femenina en com-binación con sustantivos de género masculino:

su manto (Avilés, § 14, 4)su mandado (Zamora, 9, 4)

Los textos estudiados por Erik Staaff 13 o Pilar Carrasco' 4 nos permiten,además, confirmar el hecho de que este influjo castellanizador se introducepor el área oriental del dominio lingüistico asturiano '5, la zona que, era lógico,tiene un contacto más directo con aquel primer castellano . Resulta ademássignificativo que, en tanto que en esta zona oriental la indistinción de génerode los posesivos casi se regulariza en favor de las formas del femenino, estecomportamiento es mucho menos patente en el asturiano central y apenasafecta al área lingüistica occidental 16 . Del mismo modo, además, podríaincluso hablarse de una mayor vitalidad en el proceso de indistinción degénero en las formas de la tercera persona que en las de la primera, al menosen un primer momento. O lo que es lo mismo, parece que esa influenciacastellana fue más intensa o más fructífera en la tercera persona.

Desde el punto de vista sintáctico, la anteposición del posesivo asturianocon respecto al sustantivo parece fijarse con relativa rapidez, a pesar de lapreferencia inicial latina a la posposición que se trueca más tarde en indiferencia. En 1186, un documento de San Beníto de Sahagún ", redactado enlatín y romance, presenta un signicativo doblete:

uxor tua domna Taresa (1 . 1)sua mulier donn aTeresa (sic, 1 . 4)

El propio latín que se utiliza en la documentación asturiana presenta yauna proporción más o menos equilibrada entre anteposición o posposición del

11 Documentación de San Benito de Sahagún y, en menor medida, de otros monasteriosleoneses .

'4 Los tres manuscritos conservados del Fuero de Zamora son estudiados por la autora,por nuestra parte, prestaremos una atención particular al manuscrito S puesto que parece elmenos castellanizado .

'$ Staaff justifica de este modo la diptongación en el asturiano y la misma idea de influjolingüístico está presente en todo su estudio.

fe ERIK STAAFF, op. cú_, págs. 273-280-17 Staaff lo identifica con el número ni en su colección .

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posesivo . Cuando empieza a imponerse el empleo de la lengua romance, laaparición de sintagmas nominales con el posesivo pospuesto prácticamentedesaparece: en el Fuero de Avilés as el posesivo aparece siempre antepuesto, enel manuscrito S del de Zamora '9 no se da más que un caso, las calicatasrealizadas en la documentación de San Bartolomé de Nava 20 y de los monas-terios leoneses estudiados por Staaff zi confirman este comportamiento . Unestudio exhaustivo, en definitiva, de los documentos de San Vicente no lleva laproporción de posesivos pospuestos más allá del 2 % de los casos analizados .

Por lo que respecta a la combinación del posesivo con otras unidades ora-cionales, vamos a detenernos en primer lugaren el artículo . Dos pueden ser lasideas al final del estudio realizado: por una parte, el comportamiento sintácticodel posesivo, al que acabamos de hacer mención, impide estudiar construccio-nes del tipo «artículo +sustantivo + posesivo»; por otra, el empleo del artículoante posesivo va generalizándose progresivamente . A lo largo del siglo xllt, laaparición del artículo precediendo a un posesivo en función de adyacenteantepuesto será muy esporádica . En los documentos del Monasterios de SanVicente, el porcentaje de aparición del artículo se sitúa en torno a un 5 % parala mayoría de las personas. En algunos casos particulares, la ausencia dearticulo coincide con las excepciones que se admiten en la actualidad, gene-ralmente cuando acompañan a sustantivos de familiaridad :

anniuersaria por mio padre (Oviedo, n.° 433, 1256, 3)a mio hermanu (Oviedo, n.° 464, 1255, 6)con otorgamiento de so marido (Oviedo, n.° 496, 1244, 2)

Pero de la inmensa mayoría de los casos no parece que pueda extraerse nin-gún tipo de justificación a este comportamiento . Frente a esta tónica general,no falta algún documento aislado como el que se fecha en Nava en 1227 22 y

que presenta una excepcional regularidad en este uso del artículo :

ela meytad de la nuestra villa (1 . 3)que ovy del uuestro derecho (1 . 9)renúnçíollos todo el mio sennorío (1 . 24)

En el mismo período de tiempo se puede observar un ligero aumento en lafrecuencia de aparición del artículo acompañando al posesivo cuando éste

18 AURELIANO FERNÁNDEZ-GUERRA y ORBE, Fuero de Avilés descifrado; y su correspondenciacon otros, discurso leído en la RAE para solemnizar el aniversario de su fundación, Madrid,1865. (Entre las páginas 111- 135 reproduce la transcripción de los Fueros de Avilés y Oviedo .)

19 PILAR CARRASCO CANTOS, Fuero de Zamora Estudio Lingüístico, Málaga, Universidad,1987.

2° ISABEL TORRENTE FERNÁNDEZ, El dominio del Monasterio de San Bartolomé de Nava (siglosXIII-XVI), Oviedo, Universidad, Departamento de Historia Medieval, 1982 .

21 ERIK STAAFF, Op. Cit.22 Lleva el número 5 en la colección transcrita por ISABEL TORRENTE (op. Cit.).

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desempeña una función nominal, pero en modo alguno puede hablarse tam-poco de una regularidad en su empleo:

los gafe heredarent enno mio (Oviedo, n .° 432, 1254, 10)

Para llegar al comportamiento actual, en el que el artículo acompaña siem-pre, salvo excepciones, al posesivo antepuesto a un sustantivo, observaremosun aumento progresivo de su empleo en los textos analizados . En el siglo xv, ladocumentación de San Bartolomé de Nava ofrece ya una mayor proporción,pero ni siquiera los textos literarios de,, los siglos xvii y xvin ofrecen aúnregularidad:

el mió sobrin

de mió vidade la lo casa

to suegrala so fía

so pelleyu

Coma en la mayor parte de los casos, este análisis no puede olvidar elcontacto lingüístico entre el asturiano y el castellano. Interpretando los datosdentro de este marco podríamos entender, quizá, que la falta de regularidaddel artículo asturiano estaría condicionado, de una parte, por la novedad de unfenómeno que tardaría en generalizarse y, de otra, por un hábito lingüísticocastellano en el que el morfema artículo es asurnido por el propio posesivo . Dela mezcla de los dos sistemas o hábitos lingüísticos pueden dar idea ejemploscomo éstos:

la su partida (Nava, n.° 99, 1416, 27) 23

los sus regnos (Nava, n.° 108, 1443, 4)la mi faca (Nava, n.° 109, 1448, 31)las mis carnes (Nava, n.° 109, 1448, 13)

en los que formas posiblemente castellanas de posesivo y artículo, al menos elfemenino plural, se emplean paradójicamente de acuerdo con la norma sintác-tica del asturiano que acabamos de ver.

Otro aspecto del estudio sintáctico será la capacidad combinatoria deeste posesivo con otros determinantes dentro de un mismo sintagma nominal.En este sentido, podríamos hablar ya desde un principio de un comportamiento similar al de las unidades que Alarcos Llorach 24 define como «adjetivosde tipo 2» . Por lo general, el posesivo antecede inmediatamente al sustantivo,con lo que el resto de los adyacentes se situarán antes del posesivo o despuésdel sustantivo :

11 En el caso de los documentos pertenecientes al monasterio de San Bartolomé de Navacitamos el número que les corresponde en la edición de ISABEL TORRENTE (op. cil.), la fecha deldocumento y la línea según la edición.

Z4 EMILlo ALARcos LLORACH, Estudios de gramática funcional del español, Madrid, Gredos,1980 (3 .a ed.), pág . 297 .

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esta postra vendicion (Oviedo, n.° 1040, 1232, 19)atoda uestra generacion (Oviedo, n.° 1040, 1232, 18)yo dielle sos plaços aquellos (Sahagún, LXXI, 1291, 9)mio derecto todo nos lu do (Oviedo, n .° 422, 1251, 7)rnia mullier legittima (Oviedo, n .° 430, 1245, 5)con so ropa cotidiana (Zamora, 40, 3)

Cuando ese segundo adyacente pertenece también al «tipo 2» de los adjeti-vos, las formas más frecuentes serán las de los cuantificadores todo y uno, y eldemostrativo que hace referencia al primer grado de deíxis (los derivados deiste) :

metat de todo mio auer (Oviedo, n,° 404, 1299, 9)una nuestra heredat (Oviedo, n.° 466, 1256, 5)esti mio fecho (Nava, n.° 3, 1222, 19)

Lo habitual en estos casos será que el segundo adyacente introduzca elsintagma, pero es posible que se posponga al sustantivo ; en cualquier caso, elposesivo no modifica su ubicación. Cuando, además, aparece el artículo, éstese situará inmediatamente delante del posesivo, entre los dos adyacentes :

toda la mia raíz (Oviedo, n .° 422, 1251, 2)toda la nuestra heredat (Oviedo, n.° 443, 1292, 4)

a menos que el adyacente que anteceda al posesivo sea dicho, en cuyo caso elartículo se antepone a los dos elementos secundarios del grupo nominal:

el dicho mio padre (Nava, n .° 3, 1222, 18)

Por último, cuando el posesivo se coloca detrás del sustantivo, el artículoaparecerá delante del mismo sustantivo, haya o no más adyacentes:

son todas las casas nuestras (Oviedo, n.° 436, 1270, 4)

Por lo que respecta a los llamados «adjetivos de tipo 1» no se apreciancomportamientos particulares puesto que aparecerá siempre pospuesto alnúcleo del sintagma nominal en tanto que el posesivo, en esos casos, ocuparáuna posición prenuclear semejante a la que acabamos de ver:

de todo mio auer inohle (Oviedo, n.° 404, 1299, 9)con rujo ssiello colgado (Sahagún, LXIX, 1289, 38)en nuestro entendimienlo cornplido (Oviedo, n.° 437, 1276, 1)

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En caso de que la función de adyacente sea desempeñada por otros sin-tagmas nominales o subordinadas de relativo el comportamiento sintácticodel posesivo no se modifica en absoluto :

ela nuestra heredat de Mont negro que dio anos el rey (Sahagún, xi .iii,1254,9)

Para finalizar, otras dos construcciones merecen una atención especial queya no podemos dedicarles aunque permitirían comprobar nuevamente laestrecha relación que existe entre el paradigma de los posesivos y el de losllamados pronombres personales . La primera de ellas consiste en el empleoredundante del pronombre formando parte de un sintagma preposicional queespecifica la referencia imprecisa del posesivo de tercera persona:

sos días dela (Oviedo, n.° 433, 1256, 13)

La segunda resulta más difícil de constatar en los textos más antiguosanalizados pero aparece luego con cierta frecuencia; se trata de una construc-ción latina analítica paralela al paradigma de los posesivos. La escasez deejemplos en nuestro corpus de estudio no condiciona, a pesar de todo, ni laantigüedad ni el interés de la fórmula que puede considerarse derivación deuna construcción excepcional latina en la que el genitivo del pronombre per-sonal, acompañado de preposición, puede sustituir al posesivo'-':

depus mía morte de mi (Oviedo, n.° 443, 1292, 12)tierra de mio (Nava, n.° 95, 1413, 10)por nonbre de mi e de mío madre (Nava, n.° 95, 1413, 20)

Este fenómeno es fácil de reconocer en el habla actual, pues sigue gozandode gran vitalidad en el asturiano, tal y como se puede comprobar en ejemplosde este tipo 26 :

este ye de miotenía un coche de sodelantre nueso taba xustamente la llunatres so venía '1 to primu

Al mismo tiempo, se aprecia también hoy el fenómeno contrario, es decir, el dela sustitución del posesivo por el correspondiente pronombre personal, sobretodo en la tercera persona:

25 MARIANO BASSOLS DE CLIMENT, Sintaxis latina, Madrid, CSIC, 1983, pág. 190.2e Los ejemplos que siguen están tomados de Alfaya, gramática recientemente elaborada

para alumnos de Enseñanzas Medias por Xuan Bello y Berta Piñán.

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el llibru delliestes Tintes son d ella

Como conclusión, estos apuntes acerca de un paradigma tan concreto delsistema lingüístico asturiano no tienen otra intención que la de ofrecer unavisión diacrónica del posesivo asturiano desde sus primeras manifestacionesmedievales en las que ya se manifiestan unos rasgos sintácticos y morfológicosque lo diferencian de otras lenguas romances. Desde esta perspectiva diacró-nica, esa individualidad parece haber pervivido hasta nuestros días interpre-tando de forma particular el legado latino, asimilando y superando influenciasde lenguas vecinas, hasta llegar a la regularización de fenómenos ya apunta-dos desde los textos iniciales . En cualquier caso, el seguimiento de alguno deestos rasgos queda condicionado por la ausencia de textos en un período deindiscutible importancia que va desde finales del siglo xv hasta la mayor partedel xvn.

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