El iva
-
Upload
residente16 -
Category
Documents
-
view
436 -
download
0
Transcript of El iva
El IVA es un impuesto indirecto, sobre el
consumo, es decir financiado por el
consumidor final. Un impuesto indirecto
es aquel que no es percibido por el
fisco directamente del tributario.
El IVA es percibido por el vendedor en
el momento de toda transaccion
comercial (transferencia de bienes o
servicios).
Los vendedores intermediarios tienen el
derecho de hacerse reembolsar el IVA
que han pagado a otros vendedores
que los preceden de la cadena de
comercialización (crédito fiscal)
El IVA tuvo su origen en España, en el siglo XIV. El Reino de castilla emprendía la reconquista de los territorios del Reino de Granada. En el año 1342, el rey Alfonso XI implantó a nivel estatal un nuevo tributo, sobre el volumen de ventas, con el fin de financiar el asedio a la ciudad de Algeciras. Gracias a los ingresos obtenidos por el IVA, el ejército del reino cristiano logró conquistar la ciudad en 1344.
Países Porcentaje (IVA)
Egipto 10%
Sudáfrica 14%
Canadá 7%
Nicaragua 15%
México 16%
Colombia 16%
Puerto Rico 7%
Venezuela 12%
Japón 5%
Países Porcentaje (IVA)
Georgia 18%
Israel 15.5%
Pakistán 16%
Tailandia 7%
Republica Popular China 17%
Indonesia 10%
Irán 3%
Paraguay 10%
Ecuador 12%
Las características del impuesto o valor agregado son:
Establecido en una ley. Llamado igualmente Principio de Reserva Legal y es que todo tributo tiene que estar establecido en una ley, de acuerdo al aforismo latino que dice: "NULLUM TRIBUTUM, SINE LEGE". Conocido por otros autores, como el Principio de Legalidad.
Es un impuesto indirecto, ya que grava
los consumos que son manifestaciones
mediatas de riquezas o exteriorización
de la capacidad contributiva.
Es un impuesto real, ya que no toma
en atención las condiciones subjetivas
del contribuyente, tales como sexo, nacionalidad, domicilio.
Se puede decir, que es un "impuesto a
la circulación" ya que grava los
movimientos de riqueza que se ponen
de manifiesto, con
el movimiento económico de los bienes.
No es un impuesto acumulativo o
piramidal.
No se incurre en una doble tributación con el gravamen del impuesto.
A través de las diversas formas que en IVA puede adoptar en cada caso (tipo renta o tipo consumo, fundamentalmente), nosolo se evita la doble imposición de los bienes de equipo que los impuestos acumulados normalmente comportan, sino que se favorece su adquisición mediante la practica de las deducciones legalmente previstas.
Deben tenerse también presentes
los riesgos de elevación de precios e
incremento de la inflación que
la introducción del IVA suele ocasionar.
Sebastian Garcia Restrepo : Presidente
Juan Camilo Galvis : Vicepresidente
Juan Esteban Garcia : Gerente
Jhon Munera : Abogado
Ricardo Saldarriaga : Contador
Windy Aguirre: Auxiliar Contable