El Derecho de Autor para el desarrollo
-
Upload
german-lynch-navarro -
Category
Business
-
view
150 -
download
0
Transcript of El Derecho de Autor para el desarrollo
SUBDIRECCIÓN REGIONAL IEPI –
GUAYAQUIL
DERECHO DE AUTOR PARA EL
DESARROLLO
Ana Sofía Moreno
21 de agosto de 2013
09h30 a 13h00
PROPIEDAD INTELECTUAL
Constitución de la República del Ecuador
• El Art. 322 señala que: “Se reconoce la propiedad intelectual de
acuerdo con las condiciones que señale la ley (…)”
• El Art. 22 de la misma Constitución establece el derecho a los
autores a beneficiarse de la protección de los derechos morales
y patrimoniales que les correspondan por las producciones
científicas, literarias o artísticas de su autoría.
2
3
Normativa
Internacional
ADPIC
DECISIÓN
351
PCT
TRATADO DE LA
OMPI SOBRE
INTERPRETACIÓN
O EJECUCIÓN DE
FONOGRAMAS
TRATADO
OMPI SOBRE
DERECHO
DE AUTOR
PARÍS
BERNA
ROMA
DECISIÓN
486
DERECHO DE AUTOR
PROGRAMAS
DE
ORDENADOR
BASES
DE
DATOS
PUBLICACIONES
PERIÓDICAS
PROGRAMAS
DE RADIO Y
TV
Clases de Signos Distintivos
•Marcas (bs y servicios)
•Lemas Comerciales
•Nombres Comerciales
•Denominaciones de Origen
Clases de Marcas
• Figurativas
• Denominativas
• Mixtas
• Tridimensionales
NIKE calzado,
ropa
Clases de Marcas
• Sonoras
• Olfativas
• Marcas táctiles o de textura
• Marcas colectivas
• Marcas de certificación
Lema comercial
Pilsener (orgullosamente ecuatoriana)
Frase publicitaria que acompaña
a una marca.
Nombre Comercial
• Rótulo o enseña comercial que identifica un local
comercial y sus actividades - No es una razón social.
Denominaciones de Origen
• Indicación geográfica constituida por la denominación de un
país, de una región o de un lugar determinado ó haga
referencia a una zona geográfica determinada, utilizada para
designar un producto originario de ellos y cuya calidad,
reputación u otras características se deben exclusiva o
esencialmente al medio geográfico en el cual se produce,
incluidos los factores naturales y humanos
Enseñas Comerciales
• La enseña comercial es un signo que siendo perceptible
por el sentido de la vista sirve para identificar a un
establecimiento de comercio.
Derecho de Autor
El Derecho de Autor tiene categoría de Derecho Humano
El eje del Derecho de Autor es el ser humano; sin el ser
humano no existe el D.A.
Definiciones
• Autor.- es la persona natural el ser humano que
realiza la creación intelectual, nunca una persona
jurídica.
NO SON AUTORES
- Los meros asistentes o colaboradores técnicos(Director de Tesis).
- Los intérpretes (tienen otro derecho llamado derechoCONEXO o DERIVADO).
- Los productores fonográficos (tienen otro derechollamado derecho CONEXO o DERIVADO).
Definiciones
Titulares.- personas naturales ó jurídicas; si son
personas jurídicas debe existir un documento que pruebe
la cesión de derechos patrimoniales sobre la obra.
Definiciones
Obra.- es toda creación intelectual original de naturaleza
artística, científica o literaria, susceptible de ser divulgada
o reproducida en cualquier forma ( pictóricas, fonogramas,
audiovisuales)
Derechos Morales
• Paternidad
• Divulgar la obra ó mantenerla inédita
• Integridad
• Acceso a la obraLeonardo
Da Vinci
Derechos Patrimoniales
• Reproducción
• Comunicación Pública
• Distribución
• Importación
• Traducción, adaptación u otra transformación de la obra.
OBRAS DERIVADAS
• Deben ser originales
• Gozan de Protección
• Se requiere autorización (excepto las que se encuentran
en el dominio público)
• Ej. Traducciones, adaptaciones, actualizaciones, etc.
INCLUSIÓN DE OBRAS
Inclusión de obras protegidas en obras propias
requieren AUTORIZACIÓN salvo las que se encuentren
en el dominio público.
En cualquier obra se debe tener cuidado al introducir en
la misma obras protegidas por Derecho de Autor ó que
sean parte del patrimonio cultural de una nación