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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN ADECUADA EN EL PARAGUAY Marco Normativo e Institucional y desafíos en el ámbito jurídico

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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓNADECUADA EN EL PARAGUAY:MARCO NORMATIVO E INSTITUCIONALY DESAFÍOS EN EL ÁMBITO JURÍDICO

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la AgriculturaAsunción, 2020

PorMilena Pereira FukuokaConsultora

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Cita requerida: Pereira Fukuoka, M. 2020. El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay - Marco normativo e institucional y desafíos en el ámbito jurídico. Asunción, FAO. https://doi.org/10.4060/ca9963es

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Agradecimientos ..............................................................................................................................

Abreviaturas y siglas ......................................................................................................................

Resumen Ejecutivo .........................................................................................................................

Introducción .......................................................................................................................................

Capítulo 1 ..............................................................................................................................................Elementos conceptuales

Capítulo 2 ..............................................................................................................................................Situación Alimentaria y Nutricional en el Paraguay

Capítulo 3 ..............................................................................................................................................Marco institucional

Capítulo 4 ..............................................................................................................................................Marco jurídico

Capítulo 5 ..............................................................................................................................................Conclusiones y recomendaciones

Bibliografía y fuentes consultadas ......................................................................................

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ÍNDICE

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Cuadros1. Recomendaciones a los Estados para la integracióndel enfoque del sistema alimentario centrado en lanutrición en las políticas públicas .......................................................................................

2. Prevalencia de subalimentación e inseguridadalimentaria en América del Sur y en el Paraguay ........................................................

3. Indicadores del derecho a la alimentaciónaplicados a algunos grupos poblacionales,conforme a datos disponibles .................................................................................................

4. Marco de competencias institucionales parala garantía del DHAA en el Paraguay, conformea la legislación vigente .................................................................................................................

5. Normativas nacionales vinculadas al derechoa la alimentación adecuada en sus diferentescomponentes ......................................................................................................................................

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Figuras1. Cadenas de suministro de alimentosy entornos alimentarios .............................................................................................................

2. Esquema de sectores y mecanismos institucionalesque inciden en el derecho a la alimentación y cuyaarticulación puede ser facilitada a través de leyes marco ........................................

3. Evolución de la prevalencia (%) subalimentaciónen el Mundo, América Latina y el Caribe, subregionesy en Paraguay, 1999-01 y 2014-16 .............................................................................................

4. Evolución de la obesidad en personas adultas,prevalencias (%) ................................................................................................................................

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Figuras y cuadros

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La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) expresa su agradecimiento a todas las personas que de distintas formas hicieron posible el desarrollo de este informe. En especial, se agradece a: • Todas las personas referentes de instituciones del sector público, del ámbito académico, de organizaciones de la sociedad civil y del sector privado, que participaron en los espacios de diá-logo y en el curso semipresencial sobre Políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional y derecho a la alimentación, realizados en el marco de este proyecto. • La Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social y el Frente Parlamentario contra el Hambre – Capítulo Paraguay, por los apoyos institucionales para la implementación del proyecto y por promover avances en la aplicación práctica del derecho a la alimentación adecuada en el país.

• Milena Pereira Fukuoka, consultora nacional jurista para la coordinación y ejecución de accio-nes del proyecto Apoyo para la implementación del derecho a la alimentación adecuada y redactora de este informe.

• Jorge Meza Robayo, Representante de la FAO en Paraguay, y el equipo nacional del proyecto, in-tegrado por Fabiola Alcorta, Ana Louteiro, Benicia Almeida y Noelia Riquelme (+).

• Manuela Cuvi, Oficial Jurista del Servicio del Derecho para el Desarrollo de la FAO, por la super-visión técnica del informe y el valioso acompañamiento en la implementación del proyecto; así como a Valeria Pasarín, Consultora Jurista del Servicio del Derecho para el Desarrollo de la FAO y María Gloria Riethmuller, Consultora Jurista del Servicio del Derecho para el Desarrollo de la FAO.

AGRADECIMIENTOS

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AE Alimentación Escolar

AF Agricultura Familiar Campesina e Indígena

CONACYT Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

CRP Constitución de la República del Paraguay de 1992

DEA Dirección de Educación Agraria del Ministerio de Agricultura y Ganadería

DEAG Dirección de Extensión Agraria del Ministerio de Agricultura y Ganadería

DGEEC Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos

DHAA Derecho Humano a la Alimentación Adecuada

EBY Entidad Binacional Yacyretá

EEA Emprendimientos Estratégicos Articuladores

EPH Encuesta Permanente de Hogares

FAO Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura

FPH Frente Parlamentario contra el Hambre

HLPE Grupo de Alto Nivel de Expertos en Seguridad Alimentaria y Nutrición del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial

INAN Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición

INDERT Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra

ABREVIATURAS Y SIGLAS

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INDI Instituto Paraguayo del Indígena

INFONA Instituto Forestal Nacional

INTN Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología

IPTA Instituto Paraguayo de Tecnología Agropecuaria

MADES Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible

MAG Ministerio de Agricultura y Ganadería

MDS Ministerio de Desarrollo Social

MEC Ministerio de Educación y Ciencias

MH Ministerio de Hacienda

MIC Ministerio de Industria y Comercio

MITIC Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación

MSP y BS Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible

PAEP Programa de Alimentación Escolar del Paraguay

PANI Programa Alimentario Nutricional Integral

PDA Las pérdidas y el desperdicio de alimentos

PGN Presupuestao General de Gastos de la Nación

PLANAL Plan Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Paraguay

PLAN SANCELAC

Plan para la Seguridad Alimentaria, la Nutrición y Erradicación del Hambre de la CELAC 2025

REAF Reunión Especializada de Agricultura Familiar del Mercosur

SAN Seguridad Alimentaria y Nutricional

SEN Secretaría de Emergencia Nacional

SENACSA Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal

SENADIS Secretaría Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad

SENASA Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental

SENAVE Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas

SISVAN Sistema de Vigilancia Alimentaria Nutricional

STP Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social

TMC Transferencias Monetarias con Corresponsabilidad

UTGS Unidad Técnica del Gabinete Social de la Presidencia de la República

SEDECO Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario

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El documento constituye una síntesis del estudio de diagnóstico sobre la situación general del derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una visión del contexto institucional y jurídico, relacionado con el derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay, con vistas al fortalecimiento de las capacidades téc-nicas institucionales para su reglamentación normativa y para la coordinación intersectorial en la materia.

A continuación, se resume el contenido más relevante de cada uno de los cinco capítulos del informe:

I. Elementos conceptuales: La Observación General N.° 12 del Comité de Derechos Econó-micos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas define el derecho humano a la alimen-tación adecuada (DHAA) en los siguientes términos: «El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtener-la». El artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PI-DESC) establece el derecho humano a la alimentación como parte del derecho a un nivel de vida adecuado, con una doble vertiente. El derecho fundamental a estar protegido contra el hambre constituye el nivel mínimo del derecho a la alimentación, se encuentra íntimamen-te vinculado al derecho a la vida y es considerado una norma absoluta que debe garantizarse a todas las personas. Por ello, representa para los Estados una obligación de carácter más inmediato. El derecho a la alimentación adecuada, por su parte, abarca mucho más, ya que conlleva la necesidad de constituir un entorno económico, político y social que permita a las personas alcanzar la seguridad alimentaria por sus propios medios. Los componentes del derecho a la alimentación son la disponibilidad, la accesibilidad, la adecuación, la estabili-dad y la sostenibilidad. Por tratarse de un derecho humano, los Estados se obligan a respetar,

RESUMENEJECUTIVO

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proteger y contribuir al derecho a la alimentación adecuada del que son titulares todas las personas. En razón del carácter complejo y multisectorial de este derecho, varios países de la región han establecido las leyes marco sobre el derecho a la alimentación, que buscan ofre-cer una definición precisa del alcance y contenido de este derecho humano, establecer las obligaciones de las autoridades del Estado, así como los mecanismos institucionales necesa-rios a fin de proporcionar las bases jurídicas para la legislación subsidiaria y otras medidas necesarias que deberán adoptar las autoridades competentes.

II. Situación alimentaria y nutricional en el Paraguay: La prevalencia de la suba-limentación en el Paraguay es del 11,2%. Actualmente, alrededor de 800 000 personas no cuentan con los alimentos suficientes para llevar una vida sana y activa. A principios del 2000, la prevalencia de la subalimentación se encontraba en un 12,9% y tendió a disminuir, llegando al 11% en el trienio 2002-2004. Sin embargo, mantuvo una tendencia al alza hasta el periodo 2007-2009, llegando a los mismos niveles en que se encontraba a principios de la medición. El índice de subalimentación en el país supera la media subregional que era, en el periodo 2015-2017, del 4,9%. El sobrepeso y la obesidad han aumentado en las últimas décadas, siguiendo la tendencia exhibida por los países de la región. En 1980, el 3,6% de los hombres y el 6,5% de las mujeres padecían obesidad en el país. En 2014 las proporciones subieron, afectando al 15% de los hombres y al 22% de las mujeres. En 2016 se llegó a una prevalencia del 20,3% de la población, sufriendo de obesidad el 17% de los hombres y el 23,4% de las mujeres. En el Informe final sobre su misión en el Paraguay, la relatora espe-cial sobre el derecho a la alimentación de las Naciones Unidas consideró como grupos de la población que requieren atención especial a los pueblos indígenas, a las mujeres y a las personas mayores. Es fundamental generar datos actualizados y fidedignos que permitan conocer las condiciones de salud alimentaria nutricional de la población y sus tendencias.

III. Marco institucional: Las instituciones públicas con competencia en la garantía del derecho a la alimentación adecuada, conforme al ordenamiento jurídico paraguayo, son nu-merosas y de diverso carácter: instituciones del Estado central, departamentales y municipa-les; órganos ejecutivos, legislativos, judiciales y extrapoderes; instituciones de planificación, e instituciones ejecutivas de diferentes sectores: agrario, salud, educación, trabajo, comer-cio, desarrollo social, agua y saneamiento, ambiente, inocuidad, defensa del consumidor; debiendo mencionarse también las instituciones con competencia económica y los entes de carácter financiero. En el informe se identifican las instituciones con competencia más directa en cada una de las áreas contempladas en las Directrices voluntarias sobre el derecho a la alimentación del año 2004 y en el Plan SAN CELAC. En materia de pérdidas y desperdicio de alimentos, y en la implementación de mecanismos de participación social en las estrategias generales de SAN, no se han encontrado competencias institucionales estipuladas.

IV. Marco jurídico: Aunque la Constitución de 1992 no estipula de manera expresa el de-recho a la alimentación adecuada, lo contempla de modo implícito en otros derechos, como el derecho a la vida (art. 4), el derecho a la calidad de vida (art. 6), el derecho a la defensa de los intereses difusos (art. 38) y, en especial, en el artículo 72 que establece la obligación del Estado de controlar la calidad de los productos alimenticios en las etapas de producción, importación y comercialización. Asimismo, la CRP garantiza explícitamente el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria de los niños y las niñas (arts. 53, 54 y 75) y de las per-sonas mayores (art. 57). Desde 1989, fueron ratificados por el Paraguay los principales trata-dos de protección de derechos humanos tanto los concertados en el ámbito del sistema uni

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versal como del sistema interamericano. El derecho humano a la alimentación adecuada se encuentra reconocido por el Estado paraguayo a través de la incorporación al ordenamiento jurídico interno del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PI-DESC) y de otros tratados internacionales en los términos en los que ha sido establecido con-vencionalmente, conforme a los lineamientos desarrollados por los órganos autorizados de interpretación internacionales, como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Cultu-rales. El Paraguay aún no cuenta con una ley marco sobre el derecho a la alimentación. No obstante, disposiciones vinculadas al derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria se encuentran contenidas en diversos tipos de normas jurídicas, las cuales se mencionan en el informe, según el componente del DHAA al que aluden.

V. Conclusiones y recomendaciones: El derecho humano a la alimentación adecua-da es un derecho complejo y multisectorial, pues para su realización efectiva es necesario abordarlo desde numerosos sectores de la economía de un país y, consecuentemente, a tra-vés de variadas políticas públicas y medidas legislativas de diverso contenido y carácter. Considerando las principales áreas sectoriales y mecanismos que inciden en el derecho a la alimentación, tras el análisis del marco jurídico vigente en el Paraguay realizado en este informe, se observa que más de cuarenta instituciones públicas poseen competencias vin-culadas con la garantía del derecho a la alimentación, entre ellas los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y los tres niveles de gobierno (municipal, departamental y nacional). A su vez, más de treinta leyes de origen nacional (códigos, estatutos y leyes) con-tienen disposiciones vinculadas a los distintos componentes del derecho a la alimentación adecuada. En los últimos años, el Paraguay ha logrado importantes avances de carácter nor-mativo, institucional y político en ámbitos sectoriales vinculados al derecho a la alimen-tación. Por el número y la diversidad de instituciones con competencia en la garantía del derecho a la alimentación se torna necesario contar con un sistema institucional que posi-bilite la coordinación intersectorial en materia de SAN y el derecho a la alimentación. A su vez, la cantidad de instrumentos normativos vigentes plantea el reto de la armonización jurídica desde el enfoque del derecho a la alimentación. En materia de política pública, el país carece de una estrategia o plan nacional de SAN, el cual permitiría dotar de una pers-pectiva integral a las acciones en la materia, complementarlas y transformar en políticas de Estado los programas y proyectos existentes. En la actualidad, la principal brecha jurídica existente en el Paraguay para la aplicación del derecho a la alimentación es la inexistencia de una ley marco que establezca una institucionalidad adecuada y proporcione elementos concretos para materializar ese derecho. La aprobación de una ley marco contribuiría al avance decidido en la Agenda 2030, en especial, de las metas de los ODS 1, 2 y 3 en el ámbito nacional. Al mismo tiempo, se daría respuesta a un requerimiento de organizaciones de la sociedad civil y su adopción significaría el cumplimiento de las recomendaciones formula-das al Estado paraguayo por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (2015) y por la relatora especial sobre el derecho a la alimentación (2017).

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Desde el año 1992 se han realizado significativos avances en torno a la implementación del de-recho a la alimentación adecuada en el Paraguay. En dicho año fue ratificado el Pacto Interna-cional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por el Estado paraguayo (Ley Nº 400, 1992).

A su vez, fue sancionada y promulgada una nueva Constitución de la República, fundada en los principios centrales del derecho internacional de los derechos humanos. En 1992 se celebró la primera Conferencia Internacional sobre Nutrición, convocada por la Organización de las Na-ciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS). Como resultado de los compromisos asumidos por el país en dicho ámbito, se avanzó hacia el establecimiento de una entidad rectora en las áreas de nutrición y alimentación, con-formándose el Departamento de Nutrición, dependiente de la Dirección General de Programas de Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (2018, INAN).

En mayo de 1996, inició sus actividades el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) con el propósito de integrar y conducir las tareas relacionadas con los programas y servicios en el área alimentaria y nutricional, en el ámbito del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (2018, INAN). En el 2000 fue promulgado el Decreto N.° 10.559 que creaba la Comisión Nacional de Alimentación y Nutrición, bajo el impulso de los acuerdos emanados de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de 1996 y de los objetivos de la Cumbre del Milenio del año 2000.

Con posterioridad, en el marco de la «Estrategia Nacional de Lucha contra la Pobreza» (2006), el Gobierno paraguayo expuso la necesidad de diseñar un Plan Nacional de Seguridad Alimentaria en el país (Decreto Nº 8.152, 2006). Para el efecto, solicitó el apoyo técnico de la FAO a fin de prepa-rar el borrador de dicho Plan e instalar la seguridad alimentaria como política de Estado.

El Plan Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Paraguay (PLANAL) fue elaborado a través de un proceso participativo, desarrollado entre 2007 y mediados de 2009. Di-

INTRODUCCIÓN

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cho plan se oficializó en agosto de 2009 (Decreto Nº 2.789, 2009), encomendándose al Gabinete Social de la Presidencia de la República la promoción y coordinación de su funcionamiento.

En febrero de 2011, a través del Decreto N.° 6179, se modificó la competencia institucional res-pecto de la promoción, divulgación y coordinación de la implementación del PLANAL. La Secre-taría Técnica de Planificación fue designada como responsable de dichas funciones, con el apo-yo de los gobiernos departamentales y municipales. También se le encomendó el desarrollo del Observatorio de Seguridad y Soberanía Alimentaria y Nutricional del Paraguay y de los sistemas de monitoreo y evaluación que correspondieran (Decreto Nº 6.179, 2011).

El PLANAL se propuso como meta lograr que en el 2025 todas las personas que vivieran en el Paraguay accedieran, en todo momento, a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satis-facer sus necesidades, conforme a sus preferencias y pautas culturales, a fin de llevar una vida activa y sana. Aunque se planteaba alcanzar a toda la población, se consideraba a los pueblos originarios y a las poblaciones urbanas y rurales en condiciones de vulnerabilidad como gru-pos meta principales (2009, STP).

Entre los años 2009 y 2011 se enfatizó la implementación interinstitucional del PLANAL a nivel del territorio, a través de la metodología del enfoque territorial participativo. Los avances se dieron en cuatro departamentos: San Pedro, Caazapá, Canindeyú y Alto Paraguay. Los principales instru-mentos empleados fueron los Planes de Acción Concertados y Pactados a nivel local y los Empren-dimientos Estratégicos Articuladores (EEA). Los emprendimientos comprendían mecanismos de acción comunitaria que propiciaban el trabajo coordinado y complementario entre las institucio-nes públicas y la comunidad, dirigidos a lograr la seguridad alimentaria y nutricional, avanzar ha-cia la soberanía alimentaria, disminuir la pobreza y acabar con el hambre. Los EEA que se lograron desarrollar fueron las Escuelas integrales, ubicadas en las comunidades campesinas, las Escuelas integrales y de cultura, ubicadas en las comunidades indígenas, y los Circuitos de producción, aco-pio, comercialización y consumo, instalados en el departamento de San Pedro.

En materia de monitoreo y evaluación, se logró avanzar en el diseño de una Plataforma infor-mática de monitoreo y evaluación del PLANAL y de los Planes de acción concertados y pactados para el departamento de San Pedro.

Aunque el PLANAL careció de operatividad en los últimos años, es preciso notar que la mayoría de los instrumentos legales y programáticos en materia nutricional y de apoyo a la agricultura familiar que se han logrado implementar desde 2009 han estado inspirados en los programas contemplados en el PLANAL.

Las mayores dificultades del PLANAL se habrían encontrado en el nivel de la coordinación polí-tica. No llegó a conformarse la Comisión interministerial de seguridad y soberanía alimentaria nacional, prevista en el documento principal. Tampoco pudo avanzarse en el establecimiento del Observatorio de seguridad y soberanía alimentaria y nutricional del Paraguay.

Dicha situación ha evidenciado la necesidad de contar con una ley marco sobre el derecho a la alimentación que proporcione una perspectiva integral sobre el tema y que facilite la coordina-ción interinstitucional en materia de SAN.

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Cabe recordar que distintos órganos y procedimientos especiales de derechos humanos de las Naciones Unidas han recomendado al Estado paraguayo la sanción de una ley marco sobre el derecho a la alimentación.

En el año 2015, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas re-comendó al Estado redoblar sus esfuerzos para proteger el derecho a una alimentación adecuada y acelerar sus esfuerzos para adoptar el proyecto de ley de seguridad alimentaria y nutricional.11

A su vez, en el 2017, la relatora especial sobre el derecho a la alimentación de las Naciones Uni-das subrayó la importancia del reconocimiento explícito en la legislación nacional del derecho a una alimentación adecuada.12 A fin de satisfacer plenamente sus obligaciones con relación a los derechos humanos en materia del derecho a la alimentación, la especialista encomendó al Estado paraguayo lo siguiente:

b) Elaborar y adoptar una ley marco nacional de derecho a la alimentación basada en derechos humanos y con puntos de referencia y planes de ejecución eficaces para cada región. El marco presupuestario debería incluir también las medidas presupuestarias y fiscales necesarias, sos-tenibilidad a largo plazo, autoridades y organismos responsables de la aplicación y la adecua-da supervisión y rendición de cuentas de los mecanismos establecidos y la participación plena y activa de todos los actores interesados, incluidos los más vulnerables al hambre;

c) Promulgar legislación pendiente, incluyendo la Ley contra Todas las Formas de Discrimina-ción, la Ley de la Extensión de la Reforma Agraria Integral, la Ley de Semillas Nativas y Criollas, así como los proyectos de ley pendientes con relación al derecho a la alimentación y nutrición adecuadas, en particular acelerar el proyecto de Ley del Derecho a la Soberanía Alimentaria y la Nutrición, y asignar los recursos presupuestarios y humanos para su efectiva implementación.13

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ELEMENTOS CONCEPTUALES 5

1.1 El derecho a la alimentación adecuada

Al derecho a la alimentación adecuada, reconocido como un derecho humano en diversos ins-trumentos internacionales, se lo define, según la Observación General N.° 12 del Comité de De-rechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, en los siguientes términos: «El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación ade-cuada o a medios para obtenerla».

El artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) establece el derecho humano a la alimentación como parte del derecho a un nivel de vida ade-cuado, con una doble vertiente. El derecho fundamental a estar protegido contra el hambre constituye el nivel mínimo del derecho a la alimentación, se encuentra íntimamente vinculado al derecho a la vida y es considerado una norma absoluta que debe garantizarse a todas las per-sonas. Por ello, representa para los Estados una obligación de carácter más inmediato. El dere-cho a la alimentación adecuada, por su parte, abarca mucho más, ya que conlleva la necesidad de constituir un entorno económico, político y social que permita a las personas alcanzar la seguridad alimentaria por sus propios medios.

Los componentes del derecho a la alimentación son la disponibilidad, la accesibilidad, la ade-cuación, la estabilidad y la sostenibilidad.

• La disponibilidad se relaciona con la oferta de alimentos, comprende la posibilidad de ali-mentarse directamente de lo que produce la tierra u otros recursos naturales, o a través de un sistema eficaz de distribución, procesamiento y comercialización que permita trasladar los alimentos desde el lugar de producción hasta donde sea necesario, según la demanda.

ELEMENTOSCONCEPTUALES

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• En materia de accesibilidad, todas las personas deben tener acceso, tanto en términos eco-nómicos como físicos, a alimentos suficientes y adecuados. Ello implica que los costos aso-ciados con la adquisición de los alimentos necesarios para un régimen alimenticio adecuado deben estar a un nivel tal que no pongan en peligro la provisión y satisfacción de otras nece-sidades básicas.

• La adecuación significa que la alimentación disponible debe ser suficiente y nutritiva para satisfacer las necesidades alimentarias de las personas, sin sustancias nocivas, y aceptable para la cultura del grupo humano al que pertenece cada persona.

• Se requiere, además, una estabilidad en la oferta de alimentos, la disponibilidad de alimen-tos debe ser estable en el tiempo en cada lugar, así como debe estar asegurado el debido acceso a los alimentos de manera permanente.

• La sostenibilidad implica que la gestión de los recursos naturales debe hacerse de forma que se garantice la disponibilidad de alimentos suficientes no sólo para las generaciones presen-tes sino también para las futuras.

La realización progresiva del derecho a la alimentación implica acciones legales, políticas, eco-nómicas, sociales e institucionales basadas en los siguientes principios de derechos humanos: transparencia, rendición de cuentas, participación, no discriminación, empoderamiento, digni-dad humana y Estado de derecho.

Al ser la alimentación una realidad multidimensional, existen estrechas relaciones entre el de-recho a la alimentación y otros derechos humanos, como, por ejemplo, el derecho al agua, el derecho a la salud, el derecho al trabajo.

A su vez, el derecho a la alimentación tiene un carácter multisectorial, afecta y se ve afectado por numerosos sectores. Las directrices voluntarias en apoyo de la realización progresiva del dere-cho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional son una herramienta de gran utilidad ya que identifican las principales áreas sectoriales que pueden tener una relación directa con la realización del derecho a la alimentación.

1.2 Las obligaciones jurídicas del estado para la garantía del derecho a la alimentación

Conforme a lo dispuesto en el PIDESC, los Estados asumen obligaciones generales y obligaciones específicas para la garantía del derecho humano a la alimentación adecuada.

Son obligaciones generales de los Estados parte adoptar las medidas necesarias hasta el máxi-mo de los recursos de que dispongan para el ejercicio progresivo y pleno del derecho a la ali-mentación de toda persona bajo su jurisdicción; ampliar la protección existente del derecho a la alimentación, mientras que reducir el nivel de protección ya alcanzado equivale, en términos generales, a una violación de este derecho (el principio de «no regresión»). También constituye una obligación general la no discriminación, la cual debe entrar en vigor de forma inmediata, tal como ocurre con la obligación de garantizar la protección contra el hambre.

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ELEMENTOS CONCEPTUALES 7

En la Observación General N.° 12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas se identifican las obligaciones específicas de los Estados en materia del derecho a la alimentación.

I. La obligación de respetar exige que los Estados parte no adopten medidas –ya sea a través de las actuaciones, las políticas o la falta de acción de sus propios organismos o funcionarios públicos– que resulten en impedir o privar a las personas o grupos de la posibilidad de alimen-tarse por sus propios medios.

II. La obligación de proteger requiere la adopción de medidas específicas, tanto legislativas como de otro tipo, que regulen las actividades de terceros al objeto de asegurar que no produz-can un efecto negativo en el ejercicio del derecho de las personas a la alimentación.

III. La obligación de realizar implica que los Estados parte deben adoptar medidas positivas para facilitar y efectivizar el ejercicio de los derechos de las personas. Facilitar el ejercicio del derecho a la alimentación exige la adopción por parte del Gobierno de medidas de mayor en-vergadura en el sentido de identificar a las personas vulnerables y aplicar políticas y progra-mas que les permitan acceder más fácilmente a los alimentos y mejorar su capacidad para alimentarse. La obligación de efectivizar el derecho a la alimentación suministrando alimen-tos directamente se aplica en caso de que las personas o grupos no puedan alimentarse por sus propios medios. La obligación de suministrar también incluye la obligación de garantizar, como mínimo, que nadie padezca hambre en el país.

En algunas de sus últimas observaciones generales, el Comité DESC consideró que la obligación de realizar también incorpora la obligación de promover. El Estado debe promover el conocimiento pleno de los derechos humanos tanto entre sus propios agentes como en el sector privado.

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1.3 Las leyes marco sobre el derecho a la alimentación

En el plano nacional existen tres niveles complementarios de medidas legislativas que se pue-den adoptar respecto del derecho a la alimentación: i) la incorporación del derecho a la Consti-tución nacional; ii) la adopción de una ley marco para el derecho a la alimentación; y iii) el exa-men global de todas las leyes sectoriales, o las más importantes, que puedan afectar al ejercicio del derecho a la alimentación, para determinar su compatibilidad con este derecho humano.

El derecho a la alimentación es un derecho complejo. En razón de su carácter complejo y multi-sectorial, varios países de la región han establecido leyes marco sobre el derecho a la alimenta-ción. Cabe señalar, además, que en la Observación General N.° 12 sobre el derecho a la alimenta-ción adecuada, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas convocó a los Estados parte a adoptar una ley marco como principal instrumento para la apli-cación del derecho a la alimentación.

Una ley marco es aquella que se utiliza para legislar sobre materias multisectoriales de una forma consistente, coordinada e integral, fijando los principios y obligaciones generales, de-jando los detalles para normas de menor rango y delegando en las autoridades competentes la definición de las medidas necesarias dentro del marco establecido por la ley.

Las leyes marco sobre el derecho a la alimentación buscan ofrecer una definición precisa del alcance y contenido de este derecho humano, establecer las obligaciones de las autoridades del Estado, así como los mecanismos institucionales necesarios y proporcionar las bases ju-rídicas para la legislación subsidiaria y otras medidas necesarias que deberán adoptar las autoridades competentes.

En diciembre de 2012, el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO) aprobó la «Ley Marco de derecho a la alimentación, seguridad y soberanía alimentaria», con el objetivo de esta-blecer un marco jurídico de referencia, que permita a cada Estado establecer políticas y estrate-gias para garantizar de manera permanente y con carácter de prioridad nacional el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional de la población.

Entre los contenidos centrales que dicha normativa recomienda contemplar en una ley marco sobre el derecho a la alimentación, se encuentran, además del objeto, finalidad, alcance, defini-ciones y principios, los siguientes:

• El principio de aplicación de la interpretación más favorable para el reconocimiento de los derechos protegidos.

• Los ámbitos específicos de protección del derecho a la alimentación: condiciones generales, grupos que deben gozar de especial protección para garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación.

• Las obligaciones del Estado para la garantía del derecho a la alimentación adecuada.

• Disposiciones sobre la autoridad nacional para el derecho a la alimentación.

• Disposiciones sobre el sistema de vigilancia (monitoreo y evaluación).

• Disposiciones sobre la representación y la participación de la sociedad civil.

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ELEMENTOS CONCEPTUALES 9

• Disposiciones en materia de recursos para la exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la alimentación.

La importancia de que las leyes marco sobre el derecho a la alimentación pongan énfasis en la arquitectura institucional que permita una mejor coordinación de actores, mandatos y progra-mas (leyes de institucionalidad) ha sido resaltada en la doctrina jurídica.

1.4 El derecho a la alimentación y los sistemas alimentarios sostenibles

La realización progresiva del derecho humano a la alimentación adecuada no puede lograrse sin sistemas alimentarios eficientes y sostenibles que garanticen la seguridad alimentaria y la nutrición para todas las personas ahora y en el futuro, que proporcionen alimentos saludables, en cantidad y de calidad suficientes, asequibles, inocuos y aceptables desde el punto de vista cultural, y que propicien la elección de este tipo de alimentos.

Un sistema alimentario es la suma de los diversos elementos, actividades y actores que, median-te sus interrelaciones, hacen posible la producción, transformación, distribución y consumo de alimentos. Engloba todos los elementos (medio ambiente, personas, insumos, procesos, in-fraestructuras, instituciones, etc.) y actividades relacionados con la producción, la elaboración, la distribución, la preparación y el consumo de alimentos, así como los productos de estas acti-vidades, incluidos los resultados socioeconómicos y ambientales.

Los sistemas alimentarios determinan las dietas de las personas, sus resultados en materia de salud y nutrición y su bienestar general. La manera en que se producen, distribuyen y consumen los alimentos también repercute en la integridad del planeta y la estabilidad de las naciones.

El Estado, siendo un actor fundamental, es la entidad responsable de normar, regular y direc-cionar la implementación de un sistema alimentario, con base en las necesidades específicas y la cultura, para que éste sea sostenible en el tiempo y sensible a la nutrición, además de involu-crarse en la regulación de la inocuidad de los alimentos, el funcionamiento de los mercados y la elaboración de estándares de agricultura y alimentación.

Se considera que un sistema alimentario es sostenible cuando garantiza la seguridad alimenta-ria y la nutrición de las personas de tal forma que no se pongan en riesgo las bases económicas, sociales y ambientales de la seguridad alimentaria de futuras generaciones. Un sistema alimen-tario es inclusivo cuando todos los miembros de la sociedad tienen la oportunidad de partici-par de él, tanto como consumidores como productores, generando una distribución equitativa de los beneficios.

Pueden distinguirse tres componentes de los sistemas alimentarios que interactúan entre sí: las cadenas de suministro de alimentos, los entornos alimentarios y el comportamiento de los consumidores. Estos influyen en la capacidad de las personas consumidoras para adoptar die-tas sostenibles.

La cadena de suministro de alimentos abarca todas las etapas que recorren los alimentos desde su producción hasta su consumo, en concreto: producción, almacenamiento, distribución, ela-boración, envasado, venta al por menor y comercialización.

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El entorno alimentario se refiere al contexto físico, económico, político y sociocultural que en-marca la interacción de los consumidores con el sistema alimentario con miras a la adquisición, la preparación y el consumo de alimentos. Los elementos centrales del entorno alimentario que influyen en las elecciones alimentarias, la aceptabilidad de los alimentos y las dietas son el acce-so físico y económico a los alimentos (proximidad y asequibilidad); la promoción y publicidad de los alimentos y la información sobre estos; y la calidad e inocuidad de los alimentos.

El comportamiento de los consumidores refleja las elecciones de los consumidores, tanto en el hogar como a título particular, sobre los alimentos que se adquieren, almacenan, preparan y consumen y sobre la distribución de los alimentos en la familia (por ejemplo, el reparto por sexo y la alimentación de los niños). En el comportamiento de los consumidores influyen las prefe-rencias personales determinadas por el sabor, la comodidad, la cultura y otros factores. Dicho comportamiento también depende del entorno alimentario existente.

Figura 1. Cadenas de suministro de alimentos y entornos alimentarios

En la actualidad, la malnutrición en todas sus formas (desnutrición, carencias de micronu-trientes, sobrepeso y obesidad) sigue afectando a todos los países del planeta y constituye un importante impedimento para lograr tanto la seguridad alimentaria mundial y una nutrición adecuada como el desarrollo sostenible. Estas diversas formas de malnutrición pueden coexis-tir dentro de un mismo país o comunidad, a veces, hasta en el mismo hogar , por lo que han de combatirse de forma conjunta.

Sistemasalimentarios

Calidad einocuidad

de losalimentos

Promoción,publicidad einformación

Almace-namiento y

distribución

Accesoeconómico

(asequibilidad)Elaboracióny envasado

Disponibilidady acceso físico

(cercanía)

Venta alpor menor ycomercia-

lización

Producción(disponibilidad)

Cadenas desuministro

de alimentosEntornos

alimentarios

Fuente: HLPE. La nutrición y los sistemas alimentarios. Un informe del Grupode Alto Nivel de Expertos en Seguridad Alimentaria y Nutrición del Comité

de Seguridad Alimentaria Mundial, Roma, 2017, p. 43.

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ELEMENTOS CONCEPTUALES 11

Todas las formas de malnutrición son el resultado de dietas deficientes, conocimientos y recur-sos inadecuados y entornos no saludables, y todos estos tienen causas subyacentes. Los sistemas alimentarios influyen en los tipos de alimentos que se producen y en la índole de su trayecto desde la explotación agrícola hasta la mesa.

Para alcanzar sistemas alimentarios sostenibles y sensibles a la nutrición, la FAO ha propuesto los siguientes principios de sostenibilidad para los sistemas alimentarios:

• Gestión y conservación de recursos naturales.

• Uso eficiente de recursos naturales para la producción.

• Protección de los medios de vida rurales.

• Mejora de la equidad y el bienestar rural.

• Aumento de la resiliencia de las personas y comunidades.

• Establecimiento de mecanismos de gobernanza responsables y eficaces, fortaleciendo la institucionalidad y la inversión.

Asimismo, el Grupo de Alto Nivel de Expertos en Seguridad Alimentaria y Nutrición del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (HLPE) ha desarrollado recomendaciones de diversa índole respecto de los sistemas alimentarios para contribuir al logro progresivo del derecho a una ali-mentación y nutrición adecuadas. Se citan, seguidamente, las propuestas generales relativas al ámbito nacional, dirigidas a los Estados, para integrar la nutrición en las políticas, los progra-mas y los presupuestos nacionales.

Cuadro 1. Recomendaciones a los Estados para la integración del enfoque del sistema alimen-tario centrado en la nutrición en las políticas públicas

Ámbito Recomendación

Diversidadde sistemasalimentarios

Reconocer la diversidad de los sistemas alimentarios (tradicional, mixto, moderno) y formular políticas y programas específicos para cada contexto, que respalden la coexistencia de diferentes sistemas alimentarios y dietas.

PlanificaciónIntegrar un enfoque del sistema alimentario centrado en la nutrición en los planes nacionales de salud, economía y desarrollo.

DiálogoFacilitar un diálogo inclusivo y elaborar estrategias de nutrición en las esferas local y nacional orientadas a mejorar los entornos alimentarios.

Coordinaciónintersectorial para la coheren-cia política

Promover la coherencia de las políticas a fin de mejorar las dietas y la nu-trición, a través de una mayor coordinación entre los diferentes sectores, en especial agricultura, medio ambiente, energía, agua, saneamiento e hi-giene, salud, educación, políticas fiscales y desarrollo económico y social.

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PresupuestoAumentar la consignación en los presupuestos nacionales para gasto en nutrición y maximizar las sinergias para mejorar los resultados nutricio-nales sin incrementar el gasto actual en sistemas agrícolas y alimentarios.

Conocimientos sobre alimenta-ción y nutrición

Mejorar los conocimientos sobre alimentación y nutrición de toda la so-ciedad mediante programas populares de educación y otros planes ade-cuados.

ProfesionalesPromover la formación de especialistas en nutrición y educarlos en esta disciplina a fin de formar una nueva clase de profesionales del sistema alimentario.

1.5 El abastecimiento de alimentos

Desde la perspectiva de los sistemas alimentarios sostenibles, se enfatiza la importancia de pro-mover centros de abastecimiento y distribución que tengan la capacidad de generar acceso físi-co y económico a alimentos saludables por parte de la población.

1.6 Las pérdidas y el desperdicio de alimentos

La problemática de las pérdidas y el desperdicio de alimentos (PDA) en el mundo ha recibido mucha atención en los últimos años. De acuerdo con la FAO, casi una tercera parte de los ali-mentos producidos para el consumo humano —aproximadamente 1 300 millones de toneladas anuales— se pierden o desperdician a escala mundial.

La distribución de las PDA a lo largo de la cadena alimentaria varía considerablemente en fun-ción de la región y del producto. En los países de ingresos medios y altos la mayor parte de las PDA tienen lugar en la distribución y el consumo, mientras que en los países de ingresos bajos se concentran en la producción y la fase postcosecha.

Se distinguen, a continuación, las definiciones empleadas por el HLPE.

Las pérdidas y el desperdicio de alimentos (PDA) hacen referencia a una disminución de la masa de alimentos destinados originalmente al consumo humano, independientemente de la causa y en todas las fases de la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el consumo.

Las pérdidas de alimentos hacen referencia a una disminución de la masa de alimentos des-tinados originalmente al consumo humano, independientemente de la causa y en todas las fases de la cadena alimentaria antes del ámbito de consumo.

Fuente: Elaboración propia, sobre la base de HLPE. La nutrición y los sistemas alimentarios.Un informe del Grupo de Alto Nivel de Expertos en Seguridad Alimentaria y Nutrición del Comité

de Seguridad Alimentaria Mundial, Roma, 2017, p. 43.

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ELEMENTOS CONCEPTUALES 13

El desperdicio de alimentos hace referencia a los alimentos apropiados para el consumo hu-mano que se descartan o se deterioran en el ámbito del consumidor, independientemente de la causa.

La pérdida o el desperdicio de la calidad de los alimentos (PDCA) se refiere a la disminución de un atributo cualitativo de los alimentos (nutrición, aspecto, etc.) debido a la degradación del producto en todas las fases de la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el consumo.

Las PDA repercuten tanto en la seguridad alimentaria y la nutrición como en la sostenibilidad de los sistemas alimentarios.

En la seguridad alimentaria y la nutrición impactan de tres maneras. En primer lugar, reducen la disponibilidad mundial y local de alimentos. En segundo lugar, ocasionan efectos negativos en el acceso a los alimentos para quienes participan en las operaciones de cosecha y poscosecha, y se enfrentan a pérdidas económicas y de ingresos relacionadas con las PDA, así como para los consumidores, debido a la contribución de las PDA a la contracción del mercado de alimentos y la subida de los precios de estos. En tercer lugar, se produce un efecto a más largo plazo en la seguridad alimentaria, debido al uso insostenible de los recursos naturales de los que depende la producción futura de alimentos.

Las PDA también afectan a la sostenibilidad de los sistemas alimentarios en las tres dimensio-nes: económica, social y ambiental. Ocasionan pérdidas económicas, reducen el rendimiento de las inversiones, obstaculizan el desarrollo y dificultan el progreso social. Tienen importantes repercusiones en el medio ambiente debido a la utilización superflua de recursos para producir los alimentos que se pierden y desperdician y a la eliminación de desperdicios de alimentos en los vertederos, lo que genera, entre otros efectos locales y mundiales, emisiones de metano, un potente gas de efecto invernadero.

El Grupo de Alto Nivel de Expertos distingue tres niveles en los cuales pueden ocurrir las pérdi-das y desperdicios de alimentos, y de acuerdo a ello es que se establecen áreas de intervención.

A nivel micro, las pérdidas y desperdicios de alimentos ocurren en toda la cadena alimentaria, asociados a la mala planificación, al transporte de los alimentos, a las condiciones de almace-namiento, a las condiciones de los puntos de venta (temperatura, humedad, entre otros), a prác-ticas de manipulación, a pérdidas a nivel de los hogares, etc.

A nivel medio se destaca la falta de equipo o de buenas prácticas, la organización, coordinación y comunicación inadecuadas entre los actores de la cadena alimentaria, la infraestructura in-suficiente y las condiciones económicas incorrectamente adaptadas a lo largo de la cadena ali-mentaria (producto no comercializable, etc.).

Una causa sistémica de nivel macro, en tanto, es la ausencia de un buen entorno propicio que respalde la coordinación entre actores, la inversión y la mejora de las prácticas.

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1.7 La Agenda 2030 y el principio «Que nadie quede atrás»

En la región de América Latina y el Caribe, las oportunidades y desafíos en términos de gober-nanza de los sistemas alimentarios podrán ser abordados a partir de la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, especialmente a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con el Fin de la pobreza (ODS1), el Hambre Cero (ODS2), la Producción y consumo responsables (ODS12) y las Alianzas para lograr los Objetivos (ODS17).El nuevo marco propuesto por los ODS requiere de un enfoque holístico que aborde los proble-mas vinculados al hambre, la seguridad alimentaria y la nutrición de manera integrada y cohe-rente con un desarrollo económico y social equitativo, inclusivo y sostenible.

En general, el rol de la reducción de la pobreza en la lucha contra el hambre se encuentra re-conocido; sin embargo, es necesario comprender mejor los vínculos y las complejas relaciones existentes entre la seguridad alimentaria y la nutrición; así como sobre los factores determi-nantes de la inseguridad alimentaria y de la malnutrición.

Uno de los aspectos más desafiantes de los Objetivos de Desarrollo Sostenible es el compromiso de garantizar que nadie se quede atrás y que ningún objetivo se considerará cumplido a menos que todo el mundo lo haya alcanzado. Se trata de un reconocimiento mundial de que todas las personas cuentan y se merecen oportunidades justas, sin importar sus ingresos, su género, edad, grupo étnico, estado migratorio, discapacidad, ubicación geográfica o cualquier otra ca-racterística relevante para los contextos nacionales.

El compromiso de no dejar a nadie atrás refuerza la importancia del principio de igualdad y no discriminación, y torna imprescindible el análisis de las brechas que impiden el disfrute del derecho a la alimentación adecuada, así como la toma de medidas correctas para superarlas.

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Tras un descenso prolongado, el número de personas subalimentadas a nivel mundial aumentó a 821 millones en 2017, en comparación con los 777 millones de 2015. Se calcula un aumento en la prevalencia de la subalimentación hasta el 10,9% en 2017. Aproximadamente, una de cada nueve personas en todo el mundo se encuentra subalimentada.

Al mismo tiempo, emergen nuevos motivos de preocupación, vinculados con la creciente preva-lencia del sobrepeso en niñas y niños, y el aumento acelerado de la obesidad en personas adul-tas. Casi todos los países del mundo están experimentando múltiples formas de malnutrición al mismo tiempo, y la inseguridad alimentaria coexiste a menudo con la obesidad.

La coexistencia de la inseguridad alimentaria y la obesidad —incluso en el mismo hogar— se considera a menudo paradójica, pero hay numerosas explicaciones para ello. A medida que es-casean los recursos para la obtención de alimentos, las personas optan a menudo por consu-mir alimentos más baratos, menos saludables y más hipercalóricos; estas opciones pueden dar lugar a que las personas padezcan sobrepeso y obesidad a medida que disminuyen sus medios para acceder a alimentos sanos.

2.1 Situación general

La prevalencia de la subalimentación en el Paraguay es del 11,2%. Actualmente son alrededor de 8 00000 personas las que no cuentan con los alimentos suficientes para llevar una vida sana y activa.

A principios del 2000 la prevalencia de la subalimentación se encontraba en 12,9% y disminuyó al 11% en el trienio de 2002-2004. Sin embargo, mantuvo una tendencia al alza hasta el periodo 2007-2009, llegando a los mismos niveles en que se encontraba a principios de la medición.

SITUACIÓNALIMENTARIAY NUTRICIONALEN EL PARAGUAY

2.

SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay16

Figura 3. Evolución de la prevalencia (%) subalimentación en el Mundo,América Latina y el Caribe, subregiones y en Paraguay, 1999-01 y 2014-16

Fuente: FAO, FIDA, UNICEF, PMA y OMS, 2017.

El índice de subalimentación en el país supera la media subregional que era en 2015-17 del 4,9%.

La Relatora Especial sobre el Derecho a la Alimentación de las Naciones Unidas ha llamado la atención sobre este aspecto, mencionando además que, de acuerdo con el Índice Global de Se-guridad Alimentaria, el Paraguay ocupaba el puesto 67 de 112 países, penúltimo en Sudamérica. Esta situación mejoró en el Índice Global de 2017, pasando el Paraguay a la ubicación 59.

Cuadro 2. Prevalencia de subalimentación e inseguridadalimentaria en América del Sur y en el Paraguay

Región/PaísPrevalencia de la subalimenta-

ción en la población totalPrevalencia de la inseguridad ali-

mentaria grave en la población total

2004-06 2015-17 2015-17

América del Sur 7,9 4,9 6,9

Paraguay 11,9 11,2

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5

10

15

20

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ALC

Mesoamérica

Paraguay

El Caribe

Sudamérica

1999-01

2000-02

2001-03

2002-04

2003-05

2004-06

2005-07

2006-08

2007-09

2008-10

2009-11

2010-12

2011-13

2012-14

2013-15

2014-16

Fuente: FAO, FIDA, UNICEF, PMA y OMS. El estado de la seguridad alimentaria y la nutriciónen el mundo. Fomentando la resiliencia climática en aras de la seguridad alimentaria

y la nutrición. FAO, Roma, 2018, p. 135.

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SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY 17

Con respecto al sobrepeso y la obesidad, los índices han presentado un alza en las últimas déca-das, siguiendo la tendencia exhibida por los países de la región.

En 1980, el 3,6% de los hombres y el 6,5% de las mujeres padecían obesidad en el país. En 2014, las proporciones habían subido y afectaban al 15% de los hombres y al 22% de las mujeres. En 2016, se llegó a una prevalencia del 20,3% de la población, el 17% de los hombres y el 23,4% de las mujeres sufrían de obesidad.

Figura 4. Evolución de la obesidad en personas adultas, prevalencias (%)

El país se encuentra en una etapa de transición epidemiológica caracterizada por un marcado aumento de los factores de riesgo de Enfermedades No Transmisibles (ENT). Esta transición se acompaña de un cambio en la nutrición de la población, con un aumento del consumo de gra-sas, azúcares y alimentos procesados y la coexistencia de deficiencias nutricionales y obesidad.

Conforme a la Primera Encuesta Nacional de Factores de Riesgo de Enfermedades No Transmi-sibles, realizada en el Paraguay, el exceso de peso en ambos sexos supera el 50%, y la obesidad el 20% en la población adulta (57,6% y 22,8% respectivamente). Conforme a estos hallazgos, prác-ticamente 1 de cada 4 paraguayos o paraguayas presenta obesidad y 2 de cada 3 presenta algún grado de sobrepeso u obesidad. La obesidad se presenta en mayor proporción en la población urbana y muestra una tendencia ascendente con el aumento de la edad: a mayor edad, mayor prevalencia de sobrepeso y obesidad.

Fuente: OMS, Global Health Observatory data repository,disponible en: http://apps.who.int/gho/data/node.home#.

TOTAL HOMBRES MUJERES

5.2 3.4 6.8

1980

20.3 17.1 23.4

2016

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay18

2.2 Grupos poblacionales especialmente afectados

En el Informe Final sobre su misión al Paraguay, la Relatora Especial sobre el derecho a la alimen-tación consideró como grupos de la población que requieren atención especial a los pueblos indí-genas, a las mujeres y a las personas mayores.

En 2015, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas solicitó al Estado paraguayo que incluya en su siguiente informe periódico datos estadísticos anuales comparativos sobre el ejercicio de cada uno de los derechos consagrados en el PIDESC, desglosa-dos por edad, sexo, origen étnico, población urbana y rural y otros criterios pertinentes. Uno de los derechos establecidos en dicho Pacto es el derecho a la alimentación adecuada.

La última encuesta alimentaria-nutricional realizada en el Paraguay data de 1962-1965. Hace más de 50 años que no se lleva a cabo una encuesta que permita identificar los hábitos alimen-tarios y el riesgo en la ingesta de energía y de nutrientes de la población del país. Por lo tanto, es fundamental generar datos actualizados y fidedignos que permitan conocer las condiciones de salud alimentaria nutricional de la población y sus tendencias.

El INAN ha diseñado la metodología e instrumentos para realizar la Encuesta Nacional de Ali-mentación y Nutrición (ENAN), con apoyo de la FAO, la cual tendrá como objetivo determinar el perfil nutricional, consumo y prácticas alimentarias de la población y factores relacionados.

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SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY 19

Se espera que la ENAN abarque siete componentes: aspectos sociodemográficos, evaluación nu-tricional por antropometría, actividad física, ingesta alimentaria, alimentación del menor de 2 años, seguridad alimentaria y evaluación de perfil bioquímico para evaluar factores de riesgo (glicemia, perfil lipídico, entre otros) y también deficiencia de micronutrientes (anemia, zinc) en poblaciones focalizadas.

Seguidamente, se efectúa un ejercicio de aplicación de algunos indicadores del derecho a la ali-mentación, conforme a los datos disponibles, comprobándose grupos poblacionales en esta-do desventajoso. Puede notarse, además, el cruce de condiciones que generan desigualdad, por ejemplo, la peor situación en materia de ingresos de las mujeres pobres que viven en el área rural. Las brechas en la garantía del derecho a la alimentación vulneran el principio de igualdad y no discriminación, y demandan acciones diferenciadas para mejorar el ejercicio de derechos de los sectores más vulnerables.

Asimismo, el Paraguay requiere de información adecuada sobre el estado alimentario y nutri-cional de la comunidad nacional y sobre los grupos más afectados por la inseguridad alimen-taria y la malnutrición. Se precisa el diseño y puesta en marcha de un sistema integrado de mo-nitoreo y evaluación en la materia, que permita medir los impactos de las políticas públicas y desarrollar las mejoras requeridas para el cumplimiento de las obligaciones jurídicas estatales relativas a este derecho humano.

©FAO

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay20

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Acce

soTa

sas

de p

arti

cipa

ción

en

el t

raba

jo

• La

s m

ujer

es p

rese

nta

ban

en

201

3 un

a m

ayor

inci

den

cia

de la

sub

ocup

ació

n q

ue lo

s h

ombr

es: 2

2,3%

fren

te a

l 15,

3%.

• La

tas

a de

sub

utili

zaci

ón t

otal

(des

empl

eo m

ás s

ubem

pleo

) en

con

dici

ones

de

po-

brez

a lle

gaba

al 3

5,2%

, pro

porc

ión

que

se

incr

emen

taba

al 4

3,4%

de

las

muj

eres

, fre

n-

te a

l 29,

9% d

e lo

s h

ombr

es.

Proc

eso/

Acce

soTa

sa p

rom

edio

de

sala

rios

• El

pro

med

io d

e in

gres

o de

las m

ujer

es e

n 2

013

era

rela

tiva

men

te b

ajo:

gua

ran

íes 1

751

74

5, su

pera

ndo

en

poc

o m

ás d

el 5

% a

l sal

ario

mín

imo

vige

nte

par

a es

e añ

o (g

uara

níe

s 1

658

232)

. El p

rom

edio

de

ingr

eso

mas

culin

o su

pera

ba e

n 4

8,7%

al s

alar

io m

ínim

o.•

El in

gres

o de

las m

ujer

es p

obre

s rep

rese

nta

ba u

n te

rcio

del

sala

rio

mín

imo

y tr

atán

-do

se d

e m

ujer

es c

ampe

sin

as a

pen

as e

l 26,

3%.

• La

s m

ás a

fect

adas

por

la fa

lta

de u

n in

gres

o pr

opio

era

n la

s m

ujer

es c

ampe

sin

as. E

l 37

,3%

de

ella

s se

en

con

trab

a en

est

a si

tuac

ión

, cif

ra q

ue t

ripl

icab

a la

pro

porc

ión

de

hom

bres

y s

uper

aba

la p

ropo

rció

n d

e m

ujer

es d

el s

ecto

r urb

ano

(28,

6%).

La s

itua

ción

em

peor

aba

en c

ondi

cion

es d

e po

brez

a. E

l 46,

5% d

e la

s muj

eres

cam

pesi

nas

pob

res n

o te

nía

n in

gres

os p

ropi

os.

Proc

eso/

N

utri

ción

Prev

alen

cia

de e

mba

ra-

zada

s co

n b

ajo

peso

En 2

016,

del

tota

l paí

s, el

28,

2% d

e la

s muj

eres

em

bara

zada

s pre

sen

taba

baj

o pe

so.

• Tr

atán

dose

de

emba

raza

das

adol

esce

nte

s (1

4 a

19 a

ños

), la

cif

ra a

scen

día

al 4

2,6%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ónPr

eval

enci

a de

em

bara

-za

das

con

obe

sida

d•

En 2

016,

el 2

8,8%

de

las

muj

eres

em

bara

zada

s pa

decí

a ob

esid

ad.

Proc

eso/

Nut

rici

ónPr

eval

enci

a de

an

emia

• En

201

6, e

l 22,

8% d

e la

s m

ujer

es d

e en

tre

15 y

49

años

suf

ría

anem

ia,

pres

entá

ndo

se u

n a

umen

to d

e di

cha

prop

orci

ón e

n lo

s úl

tim

os d

iez

años

.

Niñ

as, n

iños

y ad

oles

cen

tes

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de la

ctan

-ci

a m

ater

na

Excl

usiv

a en n

iños

/as

has

ta e

l sex

to

mes

de

vida

• El

31,

3% d

e n

iños

y n

iñas

de

men

os d

e 6

mes

es d

e ed

ad to

man

solo

lech

e m

ater

na.

10

Indi

ca u

na

mej

ora,

ya

que

en 2

005

el p

orce

nta

je e

ra d

e 21

,9%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

talla

baj

a

• La

des

nut

rici

ón c

rón

ica

o la

pre

vale

nci

a de

baj

a ta

lla p

ara

la e

dad

de n

iños

y n

iñas

de

men

os d

e 5

años

es

de 5

,9%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

baj

o pe

so•

La d

esn

utri

ción

glo

bal o

la p

reva

len

cia

de b

ajo

peso

par

a la

eda

d es

de

1,3%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

sob

repe

so•

La p

reva

len

cia

de s

obre

peso

de

niñ

os y

niñ

as d

e m

enos

de

5 añ

os e

s de

12,

5%.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prop

orci

ón d

e n

iños

, n

iñas

esc

olar

es y

ado

-le

scen

tes

con

sob

repe

-so

y o

besi

dad

• El

sob

repe

so a

fect

a al

20,

2% d

e n

iños

, niñ

as e

scol

ares

y a

dole

scen

tes.

• La

obe

sida

d af

ecta

al 1

0,7%

.•

Las

cifr

as in

dica

n u

n a

umen

to, e

n 2

014

el s

obre

peso

afe

ctab

a al

18,

7% y

la o

besi

dad

al 8

,5%

.

Cuad

ro 3

. In

dica

dore

s de

l der

ech

o a

la a

lim

enta

ción

apl

icad

osa

algu

nos

gru

pos

pobl

acio

nal

es, c

onfo

rme

a da

tos

disp

onib

les

Page 35: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY 21

Gru

popo

blac

ion

alIn

dica

dor

Situ

ació

n

Pobl

ació

nru

ral y

urb

ana

Proc

eso/

Acce

soTa

sa d

e po

brez

a y

po-

brez

a ex

trem

a

• En

201

3, la

pob

reza

afe

ctab

a al

37,

9% d

e la

pob

laci

ón r

ural

y a

l 21,

3% d

ela

pobl

ació

n

urba

na;

en

tan

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pob

reza

ext

rem

a al

can

zaba

al 1

0,9%

de

la p

obla

ción

rura

l y a

l 2,2

%

de la

pob

laci

ón u

rban

a.•

En 2

016,

el 3

9,7%

de

la p

obla

ción

rura

l se

enco

ntr

aba

en si

tuac

ión

de

pobr

eza,

fren

te

al 2

1,9%

de

la p

obla

ción

urb

ana.

La

pobr

eza

extr

ema

alca

nza

ba a

l 12,

2% d

e la

pob

la-

ción

rura

l y a

l 1,6

% d

e la

pob

laci

ón u

rban

a.

Muj

eres

Proc

eso/

Acc

eso

Tasa

de

pobr

eza

y po

-br

eza

extr

ema

• En

201

3, e

l 24,

5% d

e la

s m

ujer

es s

e en

con

trab

a en

sit

uaci

ón d

e po

brez

a fr

ente

al

23,2

% d

e lo

s h

ombr

es. E

n e

l áre

a ur

ban

a es

ta d

ifer

enci

a di

smin

uía,

mie

ntr

as q

ue e

n

el á

rea

rura

l se

ampl

iaba

. El 3

5,6%

de

las

muj

eres

rur

ales

se

enco

ntr

aba

en p

obre

za

fren

te a

l 32,

2% d

e lo

s h

ombr

es.

• La

pob

reza

de

los

hog

ares

rur

ales

con

muj

eres

jefa

s de

hog

ar e

ra 6

pun

tos

más

alt

a qu

e en

los

de je

fatu

ra m

ascu

lin

a –

38,5

% f

ren

te a

l 32,

3%–

. Es

deci

r, la

pro

babi

lida

d de

ser

pob

re a

umen

ta c

uan

do s

e tr

ata

de h

ogar

es li

dera

dos

por m

ujer

es c

ampe

sin

as.

Proc

eso/

Acce

soTa

sas

de p

arti

cipa

ción

en

el t

raba

jo

• La

s m

ujer

es p

rese

nta

ban

en

201

3 un

a m

ayor

inci

den

cia

de la

sub

ocup

ació

n q

ue lo

s h

ombr

es: 2

2,3%

fren

te a

l 15,

3%.

• La

tas

a de

sub

utili

zaci

ón t

otal

(des

empl

eo m

ás s

ubem

pleo

) en

con

dici

ones

de

po-

brez

a lle

gaba

al 3

5,2%

, pro

porc

ión

que

se

incr

emen

taba

al 4

3,4%

de

las

muj

eres

, fre

n-

te a

l 29,

9% d

e lo

s h

ombr

es.

Proc

eso/

Acce

soTa

sa p

rom

edio

de

sala

rios

• El

pro

med

io d

e in

gres

o de

las m

ujer

es e

n 2

013

era

rela

tiva

men

te b

ajo:

gua

ran

íes 1

751

74

5, su

pera

ndo

en

poc

o m

ás d

el 5

% a

l sal

ario

mín

imo

vige

nte

par

a es

e añ

o (g

uara

níe

s 1

658

232)

. El p

rom

edio

de

ingr

eso

mas

culin

o su

pera

ba e

n 4

8,7%

al s

alar

io m

ínim

o.•

El in

gres

o de

las m

ujer

es p

obre

s rep

rese

nta

ba u

n te

rcio

del

sala

rio

mín

imo

y tr

atán

-do

se d

e m

ujer

es c

ampe

sin

as a

pen

as e

l 26,

3%.

• La

s m

ás a

fect

adas

por

la fa

lta

de u

n in

gres

o pr

opio

era

n la

s m

ujer

es c

ampe

sin

as. E

l 37

,3%

de

ella

s se

en

con

trab

a en

est

a si

tuac

ión

, cif

ra q

ue t

ripl

icab

a la

pro

porc

ión

de

hom

bres

y s

uper

aba

la p

ropo

rció

n d

e m

ujer

es d

el s

ecto

r urb

ano

(28,

6%).

La s

itua

ción

em

peor

aba

en c

ondi

cion

es d

e po

brez

a. E

l 46,

5% d

e la

s muj

eres

cam

pesi

nas

pob

res n

o te

nía

n in

gres

os p

ropi

os.

Proc

eso/

N

utri

ción

Prev

alen

cia

de e

mba

ra-

zada

s co

n b

ajo

peso

En 2

016,

del

tota

l paí

s, el

28,

2% d

e la

s muj

eres

em

bara

zada

s pre

sen

taba

baj

o pe

so.

• Tr

atán

dose

de

emba

raza

das

adol

esce

nte

s (1

4 a

19 a

ños

), la

cif

ra a

scen

día

al 4

2,6%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ónPr

eval

enci

a de

em

bara

-za

das

con

obe

sida

d•

En 2

016,

el 2

8,8%

de

las

muj

eres

em

bara

zada

s pa

decí

a ob

esid

ad.

Proc

eso/

Nut

rici

ónPr

eval

enci

a de

an

emia

• En

201

6, e

l 22,

8% d

e la

s m

ujer

es d

e en

tre

15 y

49

años

suf

ría

anem

ia,

pres

entá

ndo

se u

n a

umen

to d

e di

cha

prop

orci

ón e

n lo

s úl

tim

os d

iez

años

.

Niñ

as, n

iños

y ad

oles

cen

tes

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de la

ctan

-ci

a m

ater

na

Excl

usiv

a en n

iños

/as

has

ta e

l sex

to

mes

de

vida

• El

31,

3% d

e n

iños

y n

iñas

de

men

os d

e 6

mes

es d

e ed

ad to

man

solo

lech

e m

ater

na.

10

Indi

ca u

na

mej

ora,

ya

que

en 2

005

el p

orce

nta

je e

ra d

e 21

,9%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

talla

baj

a

• La

des

nut

rici

ón c

rón

ica

o la

pre

vale

nci

a de

baj

a ta

lla p

ara

la e

dad

de n

iños

y n

iñas

de

men

os d

e 5

años

es

de 5

,9%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

baj

o pe

so•

La d

esn

utri

ción

glo

bal o

la p

reva

len

cia

de b

ajo

peso

par

a la

eda

d es

de

1,3%

.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

sob

repe

so•

La p

reva

len

cia

de s

obre

peso

de

niñ

os y

niñ

as d

e m

enos

de

5 añ

os e

s de

12,

5%.

Proc

eso/

Nut

rici

ón

Prop

orci

ón d

e n

iños

, n

iñas

esc

olar

es y

ado

-le

scen

tes

con

sob

repe

-so

y o

besi

dad

• El

sob

repe

so a

fect

a al

20,

2% d

e n

iños

, niñ

as e

scol

ares

y a

dole

scen

tes.

• La

obe

sida

d af

ecta

al 1

0,7%

.•

Las

cifr

as in

dica

n u

n a

umen

to, e

n 2

014

el s

obre

peso

afe

ctab

a al

18,

7% y

la o

besi

dad

al 8

,5%

.

Page 36: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay22

Pueb

los

indí

gen

as

Proc

eso/

Acce

soTa

sa d

e po

brez

a y

po-

brez

a ex

trem

a

• En

201

4, e

l 61%

de

la p

obla

ción

in

díge

na

se e

nco

ntr

aba

en s

itua

ción

de

pobr

eza,

fr

ente

a u

na

afec

taci

ón d

el 3

0% e

n la

pob

laci

ón n

o in

díge

na.

• En

201

4, e

l 36%

de

la p

obla

ción

in

díge

na

se e

nco

ntr

aba

en s

itua

ción

de

extr

ema

pobr

eza,

en

tan

to e

l 11%

de

la p

obla

ción

no

indí

gen

a se

en

con

trab

a en

indi

gen

cia.

Proc

eso/

Inoc

uida

d

Porc

enta

je d

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pob

la-

ción

que

dis

pon

e de

se

rvic

ios

de s

umin

istr

o de

agu

a po

tabl

e

• En

200

8, e

l acc

eso

al a

gua

proc

eden

te d

e ES

SAP/

SEN

ASA

llega

ba a

1,4

% d

e lo

s hog

ares

in

díge

nas

, mie

ntr

as q

ue la

Red

Com

unit

aria

pro

veía

de

agua

a 4

,5%

de

los

hog

ares

. •

El 3

7,8%

sol

o te

nía

acc

eso

a ta

jam

ar o

río

37,8

%.

Proc

eso/

nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

talla

baj

a

• En

200

8, la

des

nut

rici

ón c

rón

ica

afec

taba

al 4

1,7%

de

los n

iños

y la

s niñ

as in

díge

nas

m

enor

es d

e 5

años

.

Proc

eso/

nut

rici

ón

Prev

alen

cia

de n

iños

y

niñ

as m

enor

es d

e ci

n-

co a

ños

con

baj

o pe

so

para

la e

dad

• En

200

8, la

pre

vale

nci

a de

des

nut

rici

ón g

loba

l de

niñ

os y

niñ

as in

díge

nas

men

ores

de

5 a

ños

asc

endí

a al

9,8

%.

Fuen

te: E

labo

raci

ón p

ropi

a, s

obre

la b

ase

de d

atos

ofi

cial

es d

ispo

nib

les,

con

side

ran

do lo

s in

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dore

s es

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ecid

osen

Ofi

cin

a de

l Alt

o Co

mis

ion

ado

de la

s N

acio

nes

Un

idas

par

a lo

s D

erec

hos

Hum

anos

, Hum

an R

ight

s Ind

icat

ors.

Guid

e to

Mea

sure

men

t and

Impl

emen

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SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY 23

2.3 Factores que impactan en la seguridad alimentaria, señalados por la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación

Tras su misión al Paraguay en noviembre de 2016, Hilal Elver, relatora especial sobre el derecho a la alimentación de las Naciones Unidas, presentó un informe en el que señalaba los principales facto-res que inciden en cada una de las dimensiones del derecho humano a la alimentación en el país.

De manera general, llama la atención sobre los altos niveles de desigualdad que persisten, pese a los elevados índices de crecimiento económico y la reducción de la pobreza en la última década. a) DisponibilidadLa disponibilidad de alimentos se encuentra vinculada al sector agrícola.

• La relatora señala la contradicción entre los altísimos niveles de exportación de carne, soja y cereales, y el incremento de la importación de hortalizas, legumbres y frutas.

El Paraguay es actualmente el cuarto mayor exportador de soya del mundo, con una pro-ducción que ha aumentado desde alrededor de 6 millones de toneladas en 2007 a más de 9 millones en 2015. El Paraguay es igualmente el tercer mayor exportador de carne bovina del mundo y cuenta con alrededor de 13,6 millones de cabezas de ganado. El país exporta alrededor de 2,6 millones de toneladas arroz, 2,4 millones de toneladas de maíz y media to-nelada de trigo al año. [...]

Contradictoriamente, entre 2005 y 2015 el Paraguay incrementó el valor de la importación de hortalizas y legumbres aproximadamente en un 300%. En el mismo período el valor total de la importación de frutas tuvo un incremento de aproximadamente el 412%.

• Resalta el carácter dual del sistema de producción agrícola y la problemática de la desigual-dad en la estructura de tenencia de la tierra.

Según la FAO, el sector rural del Paraguay está definido por dos grupos de productores bien diferenciados. El sector se caracteriza por dos modos diferenciados de producción: por un lado, la agricultura familiar, y por el otro la agricultura a gran escala para la exportación. El grupo de la agricultura empresarial (productores de soya y trigo, entre otros), que representa el 9% de los productores, tiene acceso al 94% de las tierras fértiles mientras que, en contras-te, el restante 91% de productores rurales solo tienen acceso al 6% de las tierras.

• Remarca la importancia del acceso a la tierra del campesinado y de los pueblos indígenas para el logro de un nivel de vida digno, y la problemática de las familias campesinas sin tierra.

La distribución de la tierra en el Paraguay es una de las más desiguales en América Latina. Según los datos recabados durante la misión, entre el 60% y el 80% de la tierra pertenece al 2-3% de la población. Según el registro oficial de 2011 del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra, hubo alrededor de 75 000 campesinos sin acceso a la tierra, pero las organizaciones campesinas alegan que hasta 300 000 pequeños agricultores y sus familias carecen por completo de acceso a la tierra. En los datos referentes a la situación de tierra de los pueblos indígenas se identifica que 357 comunidades declararon contar con tierra propia (72,4%) y 343 comunidades poseen título de propiedad.

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay24

• Destaca la necesidad de las políticas de reforma agraria y de una distribución más equita-tiva de la tierra en beneficio de los pequeños agricultores y agricultoras.

En presencia de una distribución muy desigual de la tierra en las zonas rurales, el forta-lecimiento de la seguridad de la tenencia puede no ser suficiente. Puede ser necesaria la redistribución de la tierra. El párrafo 2, apartado a), del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce la conexión entre el derecho a la ali-mentación y el uso de los recursos naturales, por lo que los Estados deben adoptar las medi-das necesarias para “el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales”. Esto debe entenderse como un estímulo a la reforma agraria que conduce a una distribución más equitativa de la tierra en beneficio de los pequeños agricultores, debido a la relación inversa entre el tamaño de la finca y la productividad y porque la agricultura en pequeña escala (y la vinculación más cercana a la tierra) puede conducir a un uso más responsable del suelo.

b) Accesibilidad

• En materia de la accesibilidad de los alimentos adecuados, la relatora especial se centra en la necesidad de luchar contra la pobreza rural y urbana.

• Explica que la inseguridad alimentaria está estrechamente relacionada con la pobreza. Con-sidera que los programas de asistencia social han tenido una repercusión positiva en la segu-ridad alimentaria al aumentar el acceso a alimentos más variados y de mayor calidad.

c) Adecuación de los alimentosEn la dimensión de adecuación, la relatora especial sobre el derecho a la alimentación se centra en los problemas de subnutrición y obesidad, y en la necesidad de promover hábitos alimenti-cios saludables.

• Con relación a la subnutrición, destaca el problema de la desnutrición, sobre todo en niños y niñas menores de 5 años, en niños y jóvenes escolares y adolescentes, y en mujeres embarazadas.

• En materia de políticas de lucha contra la subnutrición, subraya la importancia del Progra-ma Alimentario Nutricional Integral (PANI) y de la garantía que brinda en su forma ampliada.

• Respecto del sobrepeso y la obesidad, señala que el aumento de la prevalencia de obesidad infantil en la población escolar y adolescente ha pasado a ser un problema de salud pública.

• En materia de políticas, reconoce la Estrategia nacional para la prevención y el control de la obesidad 2015-2025, que tiene como propósito reducir la prevalencia de obesidad en la pobla-ción del Paraguay.

• Con relación a la lactancia materna, la relatora especial celebra la aprobación de la Ley de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna, la cual es clave para asegurar una adecuada nutrición de los bebés, y la iniciativa «Hospitales Amigos de la Niñez», del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, que promueve diez pasos para una mejor lac-tancia materna.

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SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY 25

d) Sostenibilidad• En la dimensión de sostenibilidad del sistema alimentario, la relatora se centra en los ries-gos asociados con la producción de monocultivos en gran escala, sobre todo en la deforesta-ción y en el uso excesivo de agroquímicos.

El modelo de desarrollo del Paraguay promueve el crecimiento económico rápido a través de actividades como el monocultivo, particularmente en el caso de la expansión masiva del cultivo de la soya y de la ganadería. Esto ha resultado entre otros en altas tasas de deforesta-ción y el uso extensivo de fertilizantes químicos y pesticidas.

• La relatora especial señala la problemática del uso excesivo de plaguicidas, haciendo notar que su impacto adverso viola el derecho de acceso a alimentos adecuados y seguros, vulnera otros derechos humanos, genera contaminación del aire y el agua, afectando a largo plazo la calidad y fertilidad del suelo. En materia de políticas, insta a la eficaz implementación de la Ley N.° 123/91 “Que adoptan nuevas Normas de Protección Fitosanitaria”.

La expansión del cultivo de soya en el Paraguay se ha visto acompañada por un uso excesivo de plaguicidas. De acuerdo al Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas, la importación de herbicidas aumentó en un 500%, pesticidas en un 300% e insecticidas en casi un 1.400% entre 2009 y 2013. Solamente en octubre de 2016 el Paraguay importó 78 000 toneladas de plaguicidas.

• Otro aspecto destacado por la relatora especial sobre el derecho a la alimentación es el re-lativo al acceso a semillas y otros recursos de producción, señalando que el régimen de pro-piedad intelectual y el de las políticas de semillas deben ser compatibles con el derecho a una alimentación adecuada y propicios para su realización.

Como se señaló en el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el derecho a la alimentación requiere que los Estados participen activamente en actividades destinadas a fortalecer el acceso de las personas y la utilización de los recursos y medios para asegurar sus medios de subsistencia. Este acceso incluye ciertamente recursos de producción tales como semillas, y que los regímenes de propiedad intelectual y las políticas de semillas deben ser compatibles con el derecho a una alimentación adecuada y propicia para su realización.

2.4 Situación de la Agricultura Familiar

La relatora especial sobre el derecho a la alimentación ha resaltado la necesidad de fortalecer las políticas públicas de apoyo a la agricultura familiar.

En el Paraguay, la Agricultura Familiar es responsable de generar gran parte de los alimentos que se consumen en el país, así como materias primas para las industrias. Entre los principales rubros alimenticios se encuentran la mandioca y el poroto cuya producción es proporcionada en ambos casos en un 94%, por la AF, como también es el caso del maní (38%). Estos rubros son bá-sicamente de autoconsumo y para el mercado local. Entre los productos para la venta y la obten-ción de ingresos monetarios, denominados rubros de renta, se destacan la producción de caña de azúcar, algodón y tártago con producciones de 53%, 90% y 92%, además de sésamo (89%).

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay26

Pese a su importancia, el sector muestra cierto estancamiento durante estos últimos años debido a la fuerte expansión del agronegocio y la falta de articulación de los programas públicos. Esta situación genera una relación inversa entre la demanda y la producción de alimentos, esto es, existe un aumento progresivo de la población y a la vez una merma en la producción como con-secuencia de la disminución en la superficie cultivada y el aumento sostenido del agronegocio.

En el año 1991, la superficie cultivada por la agricultura familiar era de 2 326 673 haPara el 2008 esta superficie se redujo a 1 960 081 ha

La disminución en la cantidad ofrecida de alimentos provoca un aumento de los precios, obli-gando a la importación de productos agropecuarios de modo a cubrir la demanda interna. Este mecanismo genera elevados costos de transacción y repercute de forma directa en el bienestar de las personas consumidoras.

En los últimos años se observa una persistente disminución del aporte paraguayo en la produc-ción de alimentos fruti-hortícolas y una mayor dependencia externa. El Ministerio de Agricultu-ra y Ganadería señala que Paraguay importa de los países vecinos varios productos para cubrir la demanda interna. Entre los más destacados, durante el año 2015, se encuentran la cebolla cuya demanda se cubre en un 73% con producción del Brasil y 20% de Argentina; la papa casi en su totalidad se importa desde la Argentina; el locote se importa en un 54% del Brasil y el resto se cubre con producción local; el tomate en un 37% y la naranja en un 95% procedente de la Argen-

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SITUACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL PARAGUAY 27

©FAO/Nico Granada

tina. Estos números reflejarían la falta de capacidad de autoabastecimiento del país en rubros alimenticios básicos y los déficits en la asistencia adecuada a la agricultura campesina del país.

2.5 Pérdidas y desperdicio de alimentos

Otro aspecto que se estima necesario considerar dentro del análisis de los aspectos que inciden en la seguridad alimentaria, con vistas al fortalecimiento de sistemas alimentarios sostenibles, es el relativo a las pérdidas y desperdicio de alimentos.

De acuerdo a la FAO, en el Paraguay, solo a nivel de venta al detalle se desperdiciarían unas 495 millones de calorías, las que bastarían para satisfacer las necesidades nutricionales de 269 000 personas al año, cantidad equivalente a la población de una ciudad como San Lorenzo.

En el Mercado de Abasto se desperdiciarían al día unas 60 toneladas de alimentos, de acuerdo a datos del Banco de Alimentos.

Por su parte, conforme al Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), el 54% del almuerzo escolar proveído en la ciudad de Asunción se estaría desperdiciando. Esta pérdida ascendería a guaraníes 52 377 millones y 1 500 personas podrían alimentarse diariamente si se evitara este desperdicio.

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MARCO INSTITUCIONAL 29

Las instituciones públicas con competencia en la garantía del derecho a la alimentación, con-forme al ordenamiento jurídico paraguayo, son numerosas y de diverso carácter: instituciones del Estado central, departamentales y municipales; órganos ejecutivos, legislativos, judiciales y extrapoderes; instituciones de planificación e instituciones ejecutivas de diferentes sectores: agrario, salud, educación, trabajo, comercio, desarrollo social, agua y saneamiento, ambiente, inocuidad, defensa del consumidor; deben mencionarse también las instituciones con compe-tencia económica y los entes de carácter financiero.

MARCOINSTITUCIONAL

3.

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay30

Figura 2. Esquema de sectores y mecanismos institucionales que inciden en el derecho a la alimentación y cuya articulación puede ser facilitada a través de leyes marco

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En el siguiente cuadro, se identifican las instituciones con competencia más directa en cada una de las áreas contempladas en las «Directrices voluntarias sobre el derecho a la alimentación del año 2004» y en el Plan SAN CELAC. Con relación a las funciones municipales, se mencionan solo algunas de las más relevantes para la seguridad alimentaria y nutricional.

En materia de pérdidas y desperdicio de alimentos, y en la implementación de mecanismos de participación social en las estrategias generales de SAN, no se han encontrado competencias institucionales estipuladas.

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ne

a lo

s suj

etos

ben

efici

ario

s de

dich

a po

lític

a, e

l ré-

gim

en d

e ad

judi

caci

ón d

e ti

erra

s y e

l ord

en d

e pr

efer

enci

a pa

ra

dich

as a

djud

icac

ion

es.

Ley

N.°

2.41

9/04

Que

cre

a el

Inst

itut

o N

acio

nal

de

Des

arro

llo R

ural

y d

e la

Tie

rra.

Defi

ne a

l IN

DER

T co

mo

la in

stit

ució

n co

mpe

tent

e pa

ra la

impl

e-m

enta

ción

de

la p

olít

ica

de r

efor

ma

agra

ria

y la

form

ulac

ión

e im

plem

enta

ción

de

la p

olít

ica

de c

olon

izac

ión

agra

ria

del E

s-ta

do. E

stab

lece

al I

ND

ERT

com

o la

Aut

orid

ad A

dmin

istr

ativ

a de

ap

licac

ión

del E

stat

uto

Agra

rio

(art

s. 4

y 8

).

Min

iste

rio

de A

gri-

cult

ura

y Ga

nad

ería

(M

AG)

Ley

N.°

81/9

2 Q

ue e

stab

lece

laes

truc

tura

org

ánic

a y

fun

cio-

nal

del M

inis

teri

o de

Agr

icul

tura

y Ga

nad

ería

.

Defi

ne

al M

AG c

omo

la in

stit

ució

n c

ompe

ten

te p

ara

esta

blec

er

la p

olít

ica

sect

oria

l en

el á

mbi

to a

grar

io, o

rien

tar l

as e

stra

tegi

as

de in

terv

enci

ón y

coo

rdin

ar la

eje

cuci

ón d

e la

pol

ític

a ag

rari

a (a

rt. 3

).

Prot

ecci

ón, c

on-

serv

ació

n, u

tili-

zaci

ón so

sten

ible

de

sem

illas

de

uso

trad

icio

nal

y o

tros

re

curs

os g

enét

icos

para

la a

limen

ta-

ción

y la

agr

icul

-tu

ra

Inve

stig

ació

n

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

anid

ad

Vege

tal y

de

Sem

illas

(S

ENAV

E)

Ley

N.°

2.45

9/04

Que

cre

a el

Se

rvic

io N

acio

nal

de

Calid

ad y

Sa

nid

adVe

geta

l y d

e Se

mill

as (S

ENAV

E).

Auto

rida

d de

apl

icac

ión

de

la L

ey N

.° 38

5/94

de

Sem

illas

y P

ro-

tecc

ión

de

Cult

ivar

es (a

rt. 7

).

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

alud

An

i-m

al (S

ENAC

SA)

Ley

N.°

2.42

6/04

Que

cre

a el

Se

rvic

io N

acio

nal

de

Calid

ad y

Sa

lud

Anim

al (S

ENAC

SA).

Inst

ituc

ión

com

pete

nte

par

a la

cap

acit

ació

n, d

iagn

ósti

co, s

a-n

itac

ión

y m

ejor

a ge

nét

ica

de a

nim

ales

de

cría

de

fam

ilias

pr

oduc

tora

s de

alim

ento

s, po

r ej

empl

o, p

ara

aum

enta

r la

pro

-du

cció

n le

cher

a.

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

olog

ía A

gro-

pecu

aria

(IPT

A)

Ley

N.°

3.78

8/20

10 Q

ue c

rea

el

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

o-lo

gía

Agro

pecu

aria

(IPT

A).

El I

nst

itut

o ti

ene

por

obje

tivo

gen

eral

la

gen

erac

ión

, res

cate

, ad

apta

ción

, val

idac

ión

, dif

usió

n y

tran

sfer

enci

a de

la te

cnol

o-gí

a ag

rari

a, y

el m

anej

o de

los r

ecur

sos g

enét

icos

agr

opec

uari

os

y fo

rest

ales

(art

. 5).

Inve

stig

ació

ny

tran

sfer

enci

ate

cnol

ógic

a

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

olog

ía A

gro-

pecu

aria

(IPT

A)

Ley

N.°

3.78

8/20

10 Q

ue c

rea

el

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

o-lo

gía

Agro

pecu

aria

(IPT

A).

Con

sejo

Nac

ion

al d

e Ci

enci

a y

Tecn

olog

ía

(CO

NAC

YT)

Ley

N.°

1.02

8/97

Gen

eral

de

Cien

cia

y Te

cnol

ogía

.El

CO

NAC

YT p

rom

ueve

la in

vest

igac

ión

cie

ntí

fica

y te

cnol

ógic

a,

la g

ener

ació

n, d

ifus

ión

y tr

ansf

eren

cia

del c

onoc

imie

nto

; la

in-

ven

ción

, la

inn

ovac

ión

, el d

esar

rollo

de

tecn

olog

ías n

acio

nal

es.

Le c

ompe

te t

ambi

én á

reas

vin

cula

das

al d

erec

ho a

la a

limen

-ta

ción

.

Exte

nsi

ón a

gríc

ola

MAG

, Vic

emin

iste

rio

de A

gric

ultu

ra, D

irec

-ci

ón d

eEx

ten

sión

Agr

aria

(D

EAG)

Ley

N.°

81/9

2 Q

ue e

stab

lece

la

estr

uctu

ra o

rgán

ica

y fu

nci

o-n

al d

el M

inis

teri

o de

Agr

icul

-tu

ra y

Gan

ader

ía.

La D

irec

ción

de

Exte

nsi

ón A

grar

ia ti

ene

a su

car

go la

asi

sten

cia

técn

ica

inte

gral

al p

rodu

ctor

, med

ian

te e

l des

arro

llo d

e ac

cio-

nes

con

duce

nte

s, pa

ra q

ue e

l pro

duct

or a

dopt

e lo

s m

ater

iale

s bi

ológ

icos

y l

os m

étod

os m

ás v

enta

joso

s, co

nce

rnie

nte

s a

la

prod

ucci

ón, m

anej

o y

com

erci

aliz

ació

n d

e su

s pr

oduc

tos;

así

com

o la

apl

icac

ión

de

técn

icas

de

con

serv

ació

n d

e su

s rec

urso

s pr

oduc

tivo

s y d

el m

edio

am

bien

te (a

rts.

14 y

17)

.

Com

erci

aliz

ació

n

agrí

cola

MAG

, Dir

ecci

ón d

e Co

mer

cial

izac

ión

Ley

N.°

81/9

2 Q

ue e

stab

lece

la

estr

uctu

ra o

rgán

ica

y fu

nci

o-n

al d

el M

inis

teri

o de

Agr

icul

-tu

ra y

Gan

ader

ía.

La D

irec

ción

de

Com

erci

aliz

ació

n d

ebe

estu

diar

y a

nal

izar

per

-m

anen

tem

ente

el m

erca

do n

acio

nal

e in

tern

acio

nal

, par

a lo

s pr

oduc

tos

del s

ecto

r ag

rope

cuar

io y

for

esta

l; y

elab

orar

con

la

part

icip

ació

n d

e ot

ros

orga

nis

mos

ofi

cial

es c

ompe

ten

tes

y en

-ti

dade

s pr

ivad

as, l

os e

stán

dare

s y

las

nor

mas

par

a la

com

erci

a-liz

ació

n in

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a y

exte

rna

de lo

s pro

duct

os y

sub-

prod

ucto

s del

se

ctor

agr

opec

uari

o y

fore

stal

(art

s. 6

y 10

).

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

), Vi

cem

inis

teri

ode

Mic

ro, P

eque

ñas

y

Med

ian

as E

mpr

esas

Ley

N.°

904/

63 q

ue e

stab

lece

la

s fun

cion

es d

el M

IC y

mod

i-fi

cato

rias

.

Com

pete

al M

IC p

rom

over

, reg

lar,

prot

eger

y fo

men

tar l

a ac

tivi

-da

d in

dust

rial

y e

l com

erci

o de

bie

nes

y se

rvic

ios e

n e

l ter

rito

rio

nac

ion

al, y

la in

serc

ión

de

los

mis

mos

en

el m

erca

do in

tern

a-ci

onal

(Ley

N.°

2961

/06,

art

. 1).

Page 47: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

MARCO INSTITUCIONAL 33

Serv

icio

Nac

ion

al

de S

anea

mie

nto

Am

bien

tal (

SEN

ASA)

MSP

y B

S

Ley

N.°

369/

72 Q

ue c

rea

el

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Sa

nea

-m

ien

to A

mbi

enta

l SEN

ASA

y su

s mod

ifica

tori

as.

• Ex

ten

sión

de

la p

rovi

sión

de

agua

pot

able

y s

anea

mie

nto

en

lo

calid

ades

de

hast

a 10

000

habi

tan

tes.

• Co

nst

rucc

ión

de

sist

emas

de

agua

y s

ervi

cios

bás

icos

de

sa-

nea

mie

nto

en

ase

nta

mie

nto

s in

díge

nas

, cam

pesi

nos

u o

tros

co

ngl

omer

ados

hum

anos

, co

n r

ecur

sos

pres

upue

star

ios

de

fuen

te n

acio

nal

o in

tern

acio

nal

.•

Prom

oció

n d

e Ju

nta

s de

San

eam

ien

to e

n lo

s dis

trit

os.

Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo

Sost

enib

le(M

ADES

)

Ley

N.°

3.23

9/07

De

los R

ecur

-so

sH

ídri

cos d

el P

arag

uay.

La le

y es

tabl

ece

el d

erec

ho d

e to

da p

erso

na

físi

ca a

acc

eder

a

una

can

tida

d m

ínim

a de

agu

a po

tabl

e po

r dí

a, s

ufici

ente

par

a sa

tisf

acer

sus n

eces

idad

es e

lem

enta

les (

art.

16).

Des

ign

a a

la S

ecre

tarí

a de

l Am

bien

te (a

ctua

l Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo So

sten

ible

) com

o la

Aut

orid

ad d

e Ap

licac

ión

de

la le

y, ha

sta

tan

to se

defi

na

el m

arco

inst

ituc

ion

al q

ue se

en

-ca

rgar

á de

apl

icar

toda

s la

s di

spos

icio

nes

de

la n

orm

ativ

a (a

rt.

52).

Tier

ra y

refo

rma

agra

ria

Inst

itut

o N

acio

nal

de

Des

arro

llo R

ural

y d

e la

Tie

rra

(IN

DER

T)

Ley

N.°

1.86

3/02

Que

est

able

ceel

Est

atut

o Ag

rari

o y

sus

mod

ifica

tori

as.

Defi

ne

y re

glam

enta

el

régi

men

de

la p

ropi

edad

rur

al; r

egla

-m

enta

la p

olít

ica

de r

efor

ma

agra

ria

prev

ista

con

stit

ucio

nal

-m

ente

, defi

ne

a lo

s suj

etos

ben

efici

ario

s de

dich

a po

lític

a, e

l ré-

gim

en d

e ad

judi

caci

ón d

e ti

erra

s y e

l ord

en d

e pr

efer

enci

a pa

ra

dich

as a

djud

icac

ion

es.

Ley

N.°

2.41

9/04

Que

cre

a el

Inst

itut

o N

acio

nal

de

Des

arro

llo R

ural

y d

e la

Tie

rra.

Defi

ne a

l IN

DER

T co

mo

la in

stit

ució

n co

mpe

tent

e pa

ra la

impl

e-m

enta

ción

de

la p

olít

ica

de r

efor

ma

agra

ria

y la

form

ulac

ión

e im

plem

enta

ción

de

la p

olít

ica

de c

olon

izac

ión

agra

ria

del E

s-ta

do. E

stab

lece

al I

ND

ERT

com

o la

Aut

orid

ad A

dmin

istr

ativ

a de

ap

licac

ión

del E

stat

uto

Agra

rio

(art

s. 4

y 8

).

Min

iste

rio

de A

gri-

cult

ura

y Ga

nad

ería

(M

AG)

Ley

N.°

81/9

2 Q

ue e

stab

lece

laes

truc

tura

org

ánic

a y

fun

cio-

nal

del M

inis

teri

o de

Agr

icul

tura

y Ga

nad

ería

.

Defi

ne

al M

AG c

omo

la in

stit

ució

n c

ompe

ten

te p

ara

esta

blec

er

la p

olít

ica

sect

oria

l en

el á

mbi

to a

grar

io, o

rien

tar l

as e

stra

tegi

as

de in

terv

enci

ón y

coo

rdin

ar la

eje

cuci

ón d

e la

pol

ític

a ag

rari

a (a

rt. 3

).

Prot

ecci

ón, c

on-

serv

ació

n, u

tili-

zaci

ón so

sten

ible

de

sem

illas

de

uso

trad

icio

nal

y o

tros

re

curs

os g

enét

icos

para

la a

limen

ta-

ción

y la

agr

icul

-tu

ra

Inve

stig

ació

n

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

anid

ad

Vege

tal y

de

Sem

illas

(S

ENAV

E)

Ley

N.°

2.45

9/04

Que

cre

a el

Se

rvic

io N

acio

nal

de

Calid

ad y

Sa

nid

adVe

geta

l y d

e Se

mill

as (S

ENAV

E).

Auto

rida

d de

apl

icac

ión

de

la L

ey N

.° 38

5/94

de

Sem

illas

y P

ro-

tecc

ión

de

Cult

ivar

es (a

rt. 7

).

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

alud

An

i-m

al (S

ENAC

SA)

Ley

N.°

2.42

6/04

Que

cre

a el

Se

rvic

io N

acio

nal

de

Calid

ad y

Sa

lud

Anim

al (S

ENAC

SA).

Inst

ituc

ión

com

pete

nte

par

a la

cap

acit

ació

n, d

iagn

ósti

co, s

a-n

itac

ión

y m

ejor

a ge

nét

ica

de a

nim

ales

de

cría

de

fam

ilias

pr

oduc

tora

s de

alim

ento

s, po

r ej

empl

o, p

ara

aum

enta

r la

pro

-du

cció

n le

cher

a.

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

olog

ía A

gro-

pecu

aria

(IPT

A)

Ley

N.°

3.78

8/20

10 Q

ue c

rea

el

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

o-lo

gía

Agro

pecu

aria

(IPT

A).

El I

nst

itut

o ti

ene

por

obje

tivo

gen

eral

la

gen

erac

ión

, res

cate

, ad

apta

ción

, val

idac

ión

, dif

usió

n y

tran

sfer

enci

a de

la te

cnol

o-gí

a ag

rari

a, y

el m

anej

o de

los r

ecur

sos g

enét

icos

agr

opec

uari

os

y fo

rest

ales

(art

. 5).

Inve

stig

ació

ny

tran

sfer

enci

ate

cnol

ógic

a

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

olog

ía A

gro-

pecu

aria

(IPT

A)

Ley

N.°

3.78

8/20

10 Q

ue c

rea

el

Inst

itut

o Pa

ragu

ayo

de T

ecn

o-lo

gía

Agro

pecu

aria

(IPT

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Con

sejo

Nac

ion

al d

e Ci

enci

a y

Tecn

olog

ía

(CO

NAC

YT)

Ley

N.°

1.02

8/97

Gen

eral

de

Cien

cia

y Te

cnol

ogía

.El

CO

NAC

YT p

rom

ueve

la in

vest

igac

ión

cie

ntí

fica

y te

cnol

ógic

a,

la g

ener

ació

n, d

ifus

ión

y tr

ansf

eren

cia

del c

onoc

imie

nto

; la

in-

ven

ción

, la

inn

ovac

ión

, el d

esar

rollo

de

tecn

olog

ías n

acio

nal

es.

Le c

ompe

te t

ambi

én á

reas

vin

cula

das

al d

erec

ho a

la a

limen

-ta

ción

.

Exte

nsi

ón a

gríc

ola

MAG

, Vic

emin

iste

rio

de A

gric

ultu

ra, D

irec

-ci

ón d

eEx

ten

sión

Agr

aria

(D

EAG)

Ley

N.°

81/9

2 Q

ue e

stab

lece

la

estr

uctu

ra o

rgán

ica

y fu

nci

o-n

al d

el M

inis

teri

o de

Agr

icul

-tu

ra y

Gan

ader

ía.

La D

irec

ción

de

Exte

nsi

ón A

grar

ia ti

ene

a su

car

go la

asi

sten

cia

técn

ica

inte

gral

al p

rodu

ctor

, med

ian

te e

l des

arro

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e ac

cio-

nes

con

duce

nte

s, pa

ra q

ue e

l pro

duct

or a

dopt

e lo

s m

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iale

s bi

ológ

icos

y l

os m

étod

os m

ás v

enta

joso

s, co

nce

rnie

nte

s a

la

prod

ucci

ón, m

anej

o y

com

erci

aliz

ació

n d

e su

s pr

oduc

tos;

así

com

o la

apl

icac

ión

de

técn

icas

de

con

serv

ació

n d

e su

s rec

urso

s pr

oduc

tivo

s y d

el m

edio

am

bien

te (a

rts.

14 y

17)

.

Com

erci

aliz

ació

n

agrí

cola

MAG

, Dir

ecci

ón d

e Co

mer

cial

izac

ión

Ley

N.°

81/9

2 Q

ue e

stab

lece

la

estr

uctu

ra o

rgán

ica

y fu

nci

o-n

al d

el M

inis

teri

o de

Agr

icul

-tu

ra y

Gan

ader

ía.

La D

irec

ción

de

Com

erci

aliz

ació

n d

ebe

estu

diar

y a

nal

izar

per

-m

anen

tem

ente

el m

erca

do n

acio

nal

e in

tern

acio

nal

, par

a lo

s pr

oduc

tos

del s

ecto

r ag

rope

cuar

io y

for

esta

l; y

elab

orar

con

la

part

icip

ació

n d

e ot

ros

orga

nis

mos

ofi

cial

es c

ompe

ten

tes

y en

-ti

dade

s pr

ivad

as, l

os e

stán

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s y

las

nor

mas

par

a la

com

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a-liz

ació

n in

tern

a y

exte

rna

de lo

s pro

duct

os y

sub-

prod

ucto

s del

se

ctor

agr

opec

uari

o y

fore

stal

(art

s. 6

y 10

).

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

), Vi

cem

inis

teri

ode

Mic

ro, P

eque

ñas

y

Med

ian

as E

mpr

esas

Ley

N.°

904/

63 q

ue e

stab

lece

la

s fun

cion

es d

el M

IC y

mod

i-fi

cato

rias

.

Com

pete

al M

IC p

rom

over

, reg

lar,

prot

eger

y fo

men

tar l

a ac

tivi

-da

d in

dust

rial

y e

l com

erci

o de

bie

nes

y se

rvic

ios e

n e

l ter

rito

rio

nac

ion

al, y

la in

serc

ión

de

los

mis

mos

en

el m

erca

do in

tern

a-ci

onal

(Ley

N.°

2961

/06,

art

. 1).

Page 48: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay34

Dec

reto

N.°

9261

/12

Por e

l cua

l se

cre

a el

Vic

emin

iste

rio

de

Mic

ro, P

eque

ñas

y M

edia

nas

Em

pres

as d

el M

inis

teri

o de

In

dust

ria

y Co

mer

cio.

El V

icem

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teri

o de

Mip

ymes

es

com

pete

nte

par

a ap

oyar

la

form

aliz

ació

n d

e m

icro

y p

eque

ños

em

pren

dim

ien

tos

en e

l ár

ea a

limen

tari

a.

Min

iste

rio

de O

bras

blic

as y

Com

unic

a-ci

ones

(MO

PC)

Ley

N.°

167/

93 Q

ue a

prue

ba

con

mod

ifica

cion

es e

l Dec

re-

to-L

ey N

.° 5,

de

27 d

e m

arzo

de

1991

, “Q

ue e

stab

lece

la e

stru

c-tu

ra O

rgán

ica

y Fu

nci

ones

del

M

inis

teri

o de

Obr

as P

úblic

as y

Co

mun

icac

ion

es”.

El M

OPC

es

una

inst

ituc

ión

coa

dyuv

ante

de

las

polít

icas

de

co-

mer

cial

izac

ión

de

prod

ucto

s de

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gric

ultu

ra fa

mili

ar.

Fin

anza

s rur

ales

y cr

édit

os p

ara

lapr

oduc

ción

de

alim

ento

s

Créd

ito

Agrí

cola

de

Hab

ilita

ción

(CAH

)Le

y N

.° 11

9 O

rgán

ica

del C

rédi

-to

Agr

ícol

a de

Hab

ilita

ción

y

mod

ifica

tori

as.

El C

AH ti

ene

el p

ropó

sito

de

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rece

r a

aque

llos

agri

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ores

y

agri

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oras

que

no

esté

n e

n c

ondi

cion

es d

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cibi

r un

cré

dito

co

mún

ade

cuad

o al

com

plej

o de

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eces

idad

es, p

rest

ándo

les

en fo

rma

con

ven

ien

te a

yuda

de

cará

cter

técn

ico,

eco

nóm

ico

y so

cial

(Ley

N. 3

82/5

6, a

rt. 1

).

Ban

co N

acio

nal

de

Fom

ento

(BN

F)D

ecre

to L

ey N

.° 28

1/61

Por

el

cual

se c

rea

el B

anco

Nac

ion

al

de F

omen

to.

Un

a de

las f

unci

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del

BN

F es

la d

e co

nce

der p

rést

amos

a c

or-

to y

med

ian

o pl

azo,

des

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a fi

nes

pro

duct

ivos

de

los

pe-

queñ

os a

gric

ulto

res,

gran

jero

s, ta

mbe

ros,

frut

icul

tore

s, si

lvic

ul-

tore

s y h

orti

cult

ores

, y p

ara

la p

eque

ña

indu

stri

a (a

rt. 3

).

Ord

enac

ión

sost

enib

le d

ela

pes

ca

• M

inis

teri

o de

l Am

-bi

ente

y D

esar

rollo

So

sten

ible

(MAD

ES)

• M

inis

teri

o de

Agr

i-cu

ltur

a y

Gan

ader

ía

- Vic

emin

iste

rio

de G

anad

ería

(MAG

-VM

G)

• Se

rvic

io N

acio

nal

de

Cal

idad

y S

alud

An

imal

(SEN

ACSA

)

Ley

N.°

3.55

6/08

De

Pesc

a y

Acui

cult

ura.

Se c

onst

ituy

e en

aut

orid

ad d

e ap

licac

ión

de

la L

ey d

e Pe

sca

y Ac

uicu

ltur

a la

Sec

reta

ría

del

Ambi

ente

(ac

tual

Min

iste

rio

del

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y D

esar

rollo

Sos

ten

ible

), en

los

tem

as q

ue c

onci

ern

en

a su

ám

bito

de

com

pete

nci

a y

en co

ordi

nac

ión

con

el M

inis

teri

o de

Agr

icul

tura

y G

anad

ería

(MAG

-VM

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el S

ervi

cio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

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An

imal

(SEN

ACSA

), a

fin

de

esta

blec

er p

olít

icas

n

acio

nal

es d

e co

nfo

rmid

ad a

las

cara

cter

ísti

cas

de la

s cu

enca

s, de

las

sub

cuen

cas

hidr

ográ

fica

s y

lago

s so

bre

el d

esar

rollo

, la

prod

ucci

ón, e

l com

erci

o e

indu

stri

aliz

ació

n e

n lo

s pro

duct

os d

e la

acu

icul

tura

(art

. 8).

Ord

enac

ión

sost

enib

le d

elo

s bos

ques

Inst

itut

o Fo

rest

al

Nac

ion

al (I

NFO

NA)

• Le

y N

.° 42

2/73

For

esta

l.•

Ley

N.°

536/

95 D

e fo

men

to a

la

fore

stac

ión

y re

fore

stac

ión

.•

Ley

N.°

3.46

4/08

Que

cre

a el

In

stit

uto

Fore

stal

Nac

ion

al

(INFO

NA)

.

• El

INFO

NA

es e

l órg

ano

de a

plic

ació

n d

e la

Ley

N.°

422

/73,

de

la L

ey N

.° 5

36/9

5 y

de la

s de

más

nor

mas

lega

les

rela

cion

adas

al

sec

tor

fore

stal

.•

Su co

mpe

tenc

ia e

n m

ater

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limen

tari

a se

ace

ntúa

al s

er la

ins-

titu

ción

res

pons

able

del

man

ejo

de p

rodu

ctos

no

mad

erab

les

prov

enie

ntes

del

apr

ovec

ham

ient

o de

los b

osqu

es, l

os c

uale

s in-

cluy

en re

curs

os a

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tari

os, c

omo

la m

iel y

los f

ruto

s silv

estr

es.

Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo

Sost

enib

le(M

ADES

)

Ley

N.°

3.46

4/08

Que

cre

a el

In

stit

uto

Fore

stal

Nac

ion

al

(INFO

NA)

.

La S

EAM

(act

ual M

ADES

) es

una

inst

ituc

ión

coa

dyuv

ante

de

las

polít

icas

fore

stal

es. F

orm

a pa

rte

del C

onse

jo d

el IN

FON

A.

Prev

enci

ón d

e la

con

tam

inac

ión

del a

gua

Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo

Sost

enib

le(M

ADES

), D

irec

ción

Ge

ner

al d

e Pr

otec

-ci

ón y

Con

serv

ació

n d

e lo

s Re

curs

os H

ídri

cos

Ley

N.°

3.23

9/07

De

los R

ecur

-so

s Híd

rico

s del

Par

agua

y.La

SEA

M (a

ctua

l MAD

ES) e

s la

aut

orid

ad d

e ap

licac

ión

de

la L

ey

N.°

3.23

9/07

.

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

anid

ad

Vege

tal

y de

Sem

illas

(S

ENAV

E)

Ley

N.°

3.74

2/09

De

Con

trol

de P

rodu

ctos

Fit

osan

itar

ios

de U

so A

gríc

ola.

El S

ENAV

E es

la a

utor

idad

de

aplic

ació

n d

e la

Ley

N.°

3.74

2/09

De

Con

trol

de

Prod

ucto

s Fit

osan

itar

ios d

e U

so A

gríc

ola.

Prev

enci

ón d

ela

ero

sión

de

los s

uelo

s

Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo

Sost

enib

le(M

ADES

)

Ley

N.°

970

/96

Que

apr

ueba

la

Con

ven

ción

de

las N

acio

nes

U

nid

as d

e lu

cha

con

tra

la

dese

rtifi

caci

ón, e

n lo

s paí

ses

afec

tado

s por

la se

quía

gra

ve o

de

sert

ifica

ción

.

La S

EAM

(act

ual M

ADES

) es

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utor

idad

de

aplic

ació

n d

e la

Ley

N

.° 97

0/96

.

MAG

– S

ecto

r Púb

lico

Agra

rio

Con

stit

ució

n d

e la

Rep

úblic

a de

l Par

agua

y, ar

t. 7.

El M

AG y

toda

s las

inst

ituc

ion

es q

ue co

mpo

nen

el s

ecto

r púb

lico

agra

rio

son

coa

dyuv

ante

s en

la p

reve

nci

ón d

e la

ero

sión

de

los

suel

os.

Page 49: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

MARCO INSTITUCIONAL 35

Dec

reto

N.°

9261

/12

Por e

l cua

l se

cre

a el

Vic

emin

iste

rio

de

Mic

ro, P

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ñas

y M

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nas

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teri

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El V

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aliz

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PC)

Ley

N.°

167/

93 Q

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27 d

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y Fu

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M

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Obr

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El M

OPC

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una

inst

ituc

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coa

dyuv

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las

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cial

izac

ión

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prod

ucto

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anza

s rur

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édit

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ción

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alim

ento

s

Créd

ito

Agrí

cola

de

Hab

ilita

ción

(CAH

)Le

y N

.° 11

9 O

rgán

ica

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Agr

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Hab

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mod

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as.

El C

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el p

ropó

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r a

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llos

agri

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ores

y

agri

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oras

que

no

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n e

n c

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cion

es d

e re

cibi

r un

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cuad

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ven

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yuda

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cará

cter

técn

ico,

eco

nóm

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(Ley

N. 3

82/5

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Ban

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acio

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Fom

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(BN

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.° 28

1/61

Por

el

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ion

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Un

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, y p

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ña

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imal

(SEN

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Ley

N.°

3.55

6/08

De

Pesc

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Se c

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olít

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. 8).

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Ley

N.°

536/

95 D

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N.°

3.46

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.

• El

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Ley

N.°

422

/73,

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la L

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36/9

5 y

de la

s de

más

nor

mas

lega

les

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cion

adas

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.•

Su co

mpe

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La S

EAM

(act

ual M

ADES

) es

una

inst

ituc

ión

coa

dyuv

ante

de

las

polít

icas

fore

stal

es. F

orm

a pa

rte

del C

onse

jo d

el IN

FON

A.

Prev

enci

ón d

e la

con

tam

inac

ión

del a

gua

Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo

Sost

enib

le(M

ADES

), D

irec

ción

Ge

ner

al d

e Pr

otec

-ci

ón y

Con

serv

ació

n d

e lo

s Re

curs

os H

ídri

cos

Ley

N.°

3.23

9/07

De

los R

ecur

-so

s Híd

rico

s del

Par

agua

y.La

SEA

M (a

ctua

l MAD

ES) e

s la

aut

orid

ad d

e ap

licac

ión

de

la L

ey

N.°

3.23

9/07

.

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

anid

ad

Vege

tal

y de

Sem

illas

(S

ENAV

E)

Ley

N.°

3.74

2/09

De

Con

trol

de P

rodu

ctos

Fit

osan

itar

ios

de U

so A

gríc

ola.

El S

ENAV

E es

la a

utor

idad

de

aplic

ació

n d

e la

Ley

N.°

3.74

2/09

De

Con

trol

de

Prod

ucto

s Fit

osan

itar

ios d

e U

so A

gríc

ola.

Prev

enci

ón d

ela

ero

sión

de

los s

uelo

s

Min

iste

rio

del A

m-

bien

te y

Des

arro

llo

Sost

enib

le(M

ADES

)

Ley

N.°

970

/96

Que

apr

ueba

la

Con

ven

ción

de

las N

acio

nes

U

nid

as d

e lu

cha

con

tra

la

dese

rtifi

caci

ón, e

n lo

s paí

ses

afec

tado

s por

la se

quía

gra

ve o

de

sert

ifica

ción

.

La S

EAM

(act

ual M

ADES

) es

la a

utor

idad

de

aplic

ació

n d

e la

Ley

N

.° 97

0/96

.

MAG

– S

ecto

r Púb

lico

Agra

rio

Con

stit

ució

n d

e la

Rep

úblic

a de

l Par

agua

y, ar

t. 7.

El M

AG y

toda

s las

inst

ituc

ion

es q

ue co

mpo

nen

el s

ecto

r púb

lico

agra

rio

son

coa

dyuv

ante

s en

la p

reve

nci

ón d

e la

ero

sión

de

los

suel

os.

Page 50: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay36

Sist

ema

de m

er-

cado

Def

ensa

de

laco

mpe

ten

cia

Com

isió

n N

acio

nal

de

laCo

mpe

ten

cia

(CO

NA-

COM

)

Ley

N.°

4956

/13

Def

ensa

de

la

Com

pete

nci

a.La

apl

icac

ión

de m

ecan

ism

os a

ntim

onop

olio

y d

e de

fens

a de

la

com

pete

ncia

inci

de e

n m

ater

ia a

limen

tari

a, p

or e

jem

plo,

al p

re-

veni

r y sa

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nar e

l alz

a o

baja

art

ifici

ales

de

prec

ios d

e pr

oduc

-to

s alim

enti

cios

.

Abas

teci

mie

nto

Min

iste

rio

de A

gri-

cult

ura

y Ga

nad

ería

(M

AG)

Ley

N.°

81/9

2 qu

e es

tabl

ece

la

estr

uctu

ra o

rgán

ica

y fu

nci

o-n

al d

el M

AG.

La D

irec

ción

de

Com

erci

aliz

ació

n d

ebe

estu

diar

y a

nal

izar

per

-m

anen

tem

ente

el m

erca

do n

acio

nal

e i

nte

rnac

ion

al, p

ara

los

prod

ucto

s de

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tor

agro

pecu

ario

y f

ores

tal;

y el

abor

ar c

on la

pa

rtic

ipac

ión

de

otro

s or

gan

ism

os o

fici

ales

com

pete

nte

s y

en-

tida

des

priv

adas

, los

est

ánda

res

y la

s n

orm

as p

ara

la c

omer

cia-

lizac

ión

inte

rna

y ex

tern

a de

los

prod

ucto

s y

sub-

prod

ucto

s de

l se

ctor

agr

opec

uari

o y

fore

stal

(art

. 10)

.

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

)Le

y N

.° 90

4/63

que

est

able

ce

las f

unci

ones

del

MIC

, mod

ifi-

cada

por

Ley

N.°

2961

/06.

• El

MIC

deb

e ad

opta

r, en

coo

rdin

ació

n c

on o

tros

org

anis

mos

ofi

cial

es, l

a po

lític

a ec

onóm

ica

nac

ion

al m

ás c

onve

nie

nte

, rel

a-ci

onad

a co

n la

s fue

nte

s de

abas

teci

mie

nto

de

bien

es y

serv

icio

s, co

n e

l vol

umen

de

la d

eman

da a

ctua

l de

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ism

os y

en

pre

vi-

sión

de

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ro, c

on la

com

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aliz

ació

n d

e di

chos

bie

nes

, y c

on

los p

robl

emas

rela

cion

ados

con

los t

ran

spor

tes (

art.

2 in

c. a)

.•

Pon

er e

n e

jecu

ción

, en

cas

os d

e em

erge

nci

a de

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por

el

Pode

r Ej

ecut

ivo,

las

med

idas

nec

esar

ias

para

el n

orm

al a

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e-ci

mie

nto

de

mat

eria

s pr

imas

, pro

duct

os in

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edio

s y

artí

cu-

los t

erm

inad

os, d

e pr

oduc

ción

nac

ion

al o

ext

ran

jera

, con

el o

b-je

to d

e ev

itar

com

bin

acio

nes

que

tien

dan

a s

u ac

apar

amie

nto

, a

la e

spec

ulac

ión

inde

bida

sobr

e su

s pre

cios

, a su

prim

ir la

libr

e co

ncu

rren

cia,

y p

ara

hace

r fr

ente

a e

ven

tual

es s

itua

cion

es d

e es

case

z de

los

mis

mos

, y r

egul

ando

su

prod

ucci

ón y

su

com

er-

cial

izac

ión

inte

rnas

su

impo

rtac

ión

, y/o

exp

orta

ción

(art

. 2 in

c.

j).

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

(MSP

y B

S)

Códi

go S

anit

ario

Ley

N.°

83

6/80

.El

MSP

y B

S de

be su

min

istr

ar a

los o

rgan

ism

os d

e pl

anifi

caci

ón

nac

ion

al, p

auta

s re

fere

nte

s a

la p

rodu

cció

n n

eces

aria

en

mat

e-ri

a al

imen

tari

a co

n in

dica

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de

los

prob

lem

as n

utri

cion

ales

y

alim

enta

rios

exi

sten

tes (

art.

151)

.

Mun

icip

alid

ades

Ley

N.°

3.96

6/10

Org

ánic

a M

unic

ipal

.Es

func

ión

de la

s M

unic

ipal

idad

es la

reg

ulac

ión,

así

com

o la

or-

gani

zaci

ón y

adm

inis

trac

ión

de lo

s cen

tros

de

abas

to, m

erca

dos,

mat

ader

os y

fer

ias

mun

icip

ales

, y s

imila

res

(art

. 12,

num

eral

2,

inc.

g).

Com

erci

aliz

ació

n

de a

limen

tos

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

)Le

y N

.° 90

4/63

que

est

able

ce

las f

unci

ones

del

MIC

, mod

ifi-

cada

por

Ley

N.°

2961

/06.

El M

IC d

ebe

prom

over

, reg

lar,

prot

eger

y fo

men

tar

el c

omer

cio

de b

ien

es y

serv

icio

s en

el t

erri

tori

o n

acio

nal

(art

. 2, i

nc.

c).

Apoy

o a

grup

osen

situ

ació

n d

evu

lner

abil

idad

Apoy

o a

pers

onas

en

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ació

n d

e po

brez

a

Min

iste

rio

de D

esa-

rrol

lo S

ocia

l (M

DS)

• Le

y N

.° 61

37/1

8 Q

ue e

leva

al

ran

go d

e M

inis

teri

o a

la S

ecre

-ta

ría

de A

cció

n S

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asa

a de

nom

inar

se M

inis

teri

o de

D

esar

rollo

Soc

ial.

• D

ecre

to N

.° 36

7/18

Por

el c

ual

se re

glam

enta

la L

ey N

.° 61

37.

• D

ecre

to N

.° 10

20/1

8 Po

r el

cual

se e

nco

mie

nda

al M

inis

-te

rio

de D

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Soc

ial a

in

stru

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tar p

lan

es so

bre

la

redu

cció

n d

e la

pob

reza

.

Es o

bjet

ivo

del

MD

S el

dis

eño

y la

im

plem

enta

ción

de

polít

i-ca

s, pl

anes

, pro

gram

as y

pro

yect

os e

n m

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ia d

e de

sarr

ollo

y

equi

dad

soci

al, m

edia

nte

la c

oord

inac

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inte

rin

stit

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de

acci

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ten

dien

tes

a re

duci

r la

s de

sigu

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des

y a

mej

orar

la

calid

ad d

e vi

da d

e la

pob

laci

ón e

n s

itua

ción

de

pobr

eza

y vu

l-n

erab

ilida

d.

Tam

bién

la im

plem

enta

ción

de

plan

es r

elat

ivos

a la

red

ucci

ón

de la

pob

reza

.

Min

iste

rio

de U

rba-

nis

mo,

Viv

ien

da y

H

ábit

at (M

UVH

)

Ley

N.°

6152

/18

Que

cre

a el

M

inis

teri

o de

Urb

anis

mo,

Vi

vien

da y

Háb

itat

(MU

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es

tabl

ece

su c

arta

org

ánic

a.

Las

con

dici

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ade

cuad

as d

e vi

vien

da f

avor

ecen

el

ejer

cici

o de

l der

echo

a la

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enta

ción

ade

cuad

a.

Entr

e la

s co

mpe

ten

cias

del

MU

VH (q

ue s

usti

tuye

a la

SEN

AVI-

TAT)

se

encu

entr

a el

dis

eño,

eje

cuci

ón y

sup

ervi

sión

de

la im

-pl

emen

taci

ón d

e pr

ogra

mas

esp

ecífi

cos

para

sec

tore

s de

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pobl

ació

n e

n s

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ción

de

pobr

eza,

ext

rem

a po

brez

a y

vuln

e-ra

bilid

ad.

Apoy

o a

muj

eres

Min

iste

rio

de la

M

ujer

• Le

y N

.° 46

75/1

2 Q

ue e

leva

al

ran

go d

e M

inis

teri

o a

la S

ecre

-ta

ría

de la

Muj

er.

• D

ecre

to N

.° 63

0/13

Por

el c

ual

se re

glam

enta

la L

ey N

.° 46

75.

El M

inis

teri

o de

la M

ujer

es l

a in

stan

cia

rect

ora,

nor

mat

iva

y ar

-ti

cula

dora

de

las

polít

icas

del

Gob

iern

o ce

ntr

al, d

irig

idas

a p

ro-

mov

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igua

ldad

de

dere

chos

y o

port

unid

ades

en

tre

muj

eres

y

hom

bres

y a

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enta

r la

ple

na

part

icip

ació

n d

e la

s m

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es

en c

ondi

cion

es d

e ig

uald

ad e

n e

l ám

bito

pol

ític

o, e

con

ómic

o,

soci

al, c

ultu

ral y

civ

il, o

en

cua

lqui

er o

tro

ámbi

to.

Page 51: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

MARCO INSTITUCIONAL 37

Sist

ema

de m

er-

cado

Def

ensa

de

laco

mpe

ten

cia

Com

isió

n N

acio

nal

de

laCo

mpe

ten

cia

(CO

NA-

COM

)

Ley

N.°

4956

/13

Def

ensa

de

la

Com

pete

nci

a.La

apl

icac

ión

de m

ecan

ism

os a

ntim

onop

olio

y d

e de

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a de

la

com

pete

ncia

inci

de e

n m

ater

ia a

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tari

a, p

or e

jem

plo,

al p

re-

veni

r y sa

ncio

nar e

l alz

a o

baja

art

ifici

ales

de

prec

ios d

e pr

oduc

-to

s alim

enti

cios

.

Abas

teci

mie

nto

Min

iste

rio

de A

gri-

cult

ura

y Ga

nad

ería

(M

AG)

Ley

N.°

81/9

2 qu

e es

tabl

ece

la

estr

uctu

ra o

rgán

ica

y fu

nci

o-n

al d

el M

AG.

La D

irec

ción

de

Com

erci

aliz

ació

n d

ebe

estu

diar

y a

nal

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-m

anen

tem

ente

el m

erca

do n

acio

nal

e i

nte

rnac

ion

al, p

ara

los

prod

ucto

s de

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tor

agro

pecu

ario

y f

ores

tal;

y el

abor

ar c

on la

pa

rtic

ipac

ión

de

otro

s or

gan

ism

os o

fici

ales

com

pete

nte

s y

en-

tida

des

priv

adas

, los

est

ánda

res

y la

s n

orm

as p

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la c

omer

cia-

lizac

ión

inte

rna

y ex

tern

a de

los

prod

ucto

s y

sub-

prod

ucto

s de

l se

ctor

agr

opec

uari

o y

fore

stal

(art

. 10)

.

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

)Le

y N

.° 90

4/63

que

est

able

ce

las f

unci

ones

del

MIC

, mod

ifi-

cada

por

Ley

N.°

2961

/06.

• El

MIC

deb

e ad

opta

r, en

coo

rdin

ació

n c

on o

tros

org

anis

mos

ofi

cial

es, l

a po

lític

a ec

onóm

ica

nac

ion

al m

ás c

onve

nie

nte

, rel

a-ci

onad

a co

n la

s fue

nte

s de

abas

teci

mie

nto

de

bien

es y

serv

icio

s, co

n e

l vol

umen

de

la d

eman

da a

ctua

l de

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ism

os y

en

pre

vi-

sión

de

futu

ro, c

on la

com

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aliz

ació

n d

e di

chos

bie

nes

, y c

on

los p

robl

emas

rela

cion

ados

con

los t

ran

spor

tes (

art.

2 in

c. a)

.•

Pon

er e

n e

jecu

ción

, en

cas

os d

e em

erge

nci

a de

clar

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por

el

Pode

r Ej

ecut

ivo,

las

med

idas

nec

esar

ias

para

el n

orm

al a

bast

e-ci

mie

nto

de

mat

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imas

, pro

duct

os in

term

edio

s y

artí

cu-

los t

erm

inad

os, d

e pr

oduc

ción

nac

ion

al o

ext

ran

jera

, con

el o

b-je

to d

e ev

itar

com

bin

acio

nes

que

tien

dan

a s

u ac

apar

amie

nto

, a

la e

spec

ulac

ión

inde

bida

sobr

e su

s pre

cios

, a su

prim

ir la

libr

e co

ncu

rren

cia,

y p

ara

hace

r fr

ente

a e

ven

tual

es s

itua

cion

es d

e es

case

z de

los

mis

mos

, y r

egul

ando

su

prod

ucci

ón y

su

com

er-

cial

izac

ión

inte

rnas

su

impo

rtac

ión

, y/o

exp

orta

ción

(art

. 2 in

c.

j).

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

(MSP

y B

S)

Códi

go S

anit

ario

Ley

N.°

83

6/80

.El

MSP

y B

S de

be su

min

istr

ar a

los o

rgan

ism

os d

e pl

anifi

caci

ón

nac

ion

al, p

auta

s re

fere

nte

s a

la p

rodu

cció

n n

eces

aria

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mat

e-ri

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dica

ción

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los

prob

lem

as n

utri

cion

ales

y

alim

enta

rios

exi

sten

tes (

art.

151)

.

Mun

icip

alid

ades

Ley

N.°

3.96

6/10

Org

ánic

a M

unic

ipal

.Es

func

ión

de la

s M

unic

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idad

es la

reg

ulac

ión,

así

com

o la

or-

gani

zaci

ón y

adm

inis

trac

ión

de lo

s cen

tros

de

abas

to, m

erca

dos,

mat

ader

os y

fer

ias

mun

icip

ales

, y s

imila

res

(art

. 12,

num

eral

2,

inc.

g).

Com

erci

aliz

ació

n

de a

limen

tos

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

)Le

y N

.° 90

4/63

que

est

able

ce

las f

unci

ones

del

MIC

, mod

ifi-

cada

por

Ley

N.°

2961

/06.

El M

IC d

ebe

prom

over

, reg

lar,

prot

eger

y fo

men

tar

el c

omer

cio

de b

ien

es y

serv

icio

s en

el t

erri

tori

o n

acio

nal

(art

. 2, i

nc.

c).

Apoy

o a

grup

osen

situ

ació

n d

evu

lner

abil

idad

Apoy

o a

pers

onas

en

situ

ació

n d

e po

brez

a

Min

iste

rio

de D

esa-

rrol

lo S

ocia

l (M

DS)

• Le

y N

.° 61

37/1

8 Q

ue e

leva

al

ran

go d

e M

inis

teri

o a

la S

ecre

-ta

ría

de A

cció

n S

ocia

l y p

asa

a de

nom

inar

se M

inis

teri

o de

D

esar

rollo

Soc

ial.

• D

ecre

to N

.° 36

7/18

Por

el c

ual

se re

glam

enta

la L

ey N

.° 61

37.

• D

ecre

to N

.° 10

20/1

8 Po

r el

cual

se e

nco

mie

nda

al M

inis

-te

rio

de D

esar

rollo

Soc

ial a

in

stru

men

tar p

lan

es so

bre

la

redu

cció

n d

e la

pob

reza

.

Es o

bjet

ivo

del

MD

S el

dis

eño

y la

im

plem

enta

ción

de

polít

i-ca

s, pl

anes

, pro

gram

as y

pro

yect

os e

n m

ater

ia d

e de

sarr

ollo

y

equi

dad

soci

al, m

edia

nte

la c

oord

inac

ión

inte

rin

stit

ucio

nal

de

acci

ones

ten

dien

tes

a re

duci

r la

s de

sigu

alda

des

y a

mej

orar

la

calid

ad d

e vi

da d

e la

pob

laci

ón e

n s

itua

ción

de

pobr

eza

y vu

l-n

erab

ilida

d.

Tam

bién

la im

plem

enta

ción

de

plan

es r

elat

ivos

a la

red

ucci

ón

de la

pob

reza

.

Min

iste

rio

de U

rba-

nis

mo,

Viv

ien

da y

H

ábit

at (M

UVH

)

Ley

N.°

6152

/18

Que

cre

a el

M

inis

teri

o de

Urb

anis

mo,

Vi

vien

da y

Háb

itat

(MU

VH) y

es

tabl

ece

su c

arta

org

ánic

a.

Las

con

dici

ones

ade

cuad

as d

e vi

vien

da f

avor

ecen

el

ejer

cici

o de

l der

echo

a la

alim

enta

ción

ade

cuad

a.

Entr

e la

s co

mpe

ten

cias

del

MU

VH (q

ue s

usti

tuye

a la

SEN

AVI-

TAT)

se

encu

entr

a el

dis

eño,

eje

cuci

ón y

sup

ervi

sión

de

la im

-pl

emen

taci

ón d

e pr

ogra

mas

esp

ecífi

cos

para

sec

tore

s de

la

pobl

ació

n e

n s

itua

ción

de

pobr

eza,

ext

rem

a po

brez

a y

vuln

e-ra

bilid

ad.

Apoy

o a

muj

eres

Min

iste

rio

de la

M

ujer

• Le

y N

.° 46

75/1

2 Q

ue e

leva

al

ran

go d

e M

inis

teri

o a

la S

ecre

-ta

ría

de la

Muj

er.

• D

ecre

to N

.° 63

0/13

Por

el c

ual

se re

glam

enta

la L

ey N

.° 46

75.

El M

inis

teri

o de

la M

ujer

es l

a in

stan

cia

rect

ora,

nor

mat

iva

y ar

-ti

cula

dora

de

las

polít

icas

del

Gob

iern

o ce

ntr

al, d

irig

idas

a p

ro-

mov

er la

igua

ldad

de

dere

chos

y o

port

unid

ades

en

tre

muj

eres

y

hom

bres

y a

fom

enta

r la

ple

na

part

icip

ació

n d

e la

s m

ujer

es

en c

ondi

cion

es d

e ig

uald

ad e

n e

l ám

bito

pol

ític

o, e

con

ómic

o,

soci

al, c

ultu

ral y

civ

il, o

en

cua

lqui

er o

tro

ámbi

to.

Page 52: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay38

Apoy

o a

niñ

os, n

i-ñ

as y

ado

lesc

ente

sM

inis

teri

o de

la N

i-ñ

ez y

la A

dole

scen

cia

(MN

NA)

• Le

y N

.° 1.

680/

01 C

ódig

o de

la

Niñ

ez y

la A

dole

scen

cia.

• Le

y N

.° 61

74/1

8 Q

ue e

leva

al

ran

go d

e M

inis

teri

o a

la S

ecre

-ta

ría

Nac

ion

al d

e la

Niñ

ez y

la

Ado

lesc

enci

a (S

NN

A) y

pas

a a

den

omin

arse

Min

iste

rio

de la

Niñ

ez y

la A

dole

scen

cia

(MN

NA)

.

El M

NN

A es

la in

stit

ució

n e

nca

rgad

a de

cum

plir

y h

acer

cum

-pl

ir la

s po

lític

as e

labo

rada

s po

r el

Sis

tem

a N

acio

nal

de

Prot

ec-

ción

y P

rom

oció

n In

tegr

al a

la N

iñez

y A

dole

scen

cia,

así

com

o co

oper

ar c

on lo

s go

bier

nos

dep

arta

men

tale

s y

mun

icip

ales

en

m

ater

ia d

e n

iñez

y a

dole

scen

cia,

con

form

e a

lo d

ispu

esto

en

el

Códi

go d

e la

Niñ

ez y

la A

dole

scen

cia

(art

. 1 d

e la

Ley

N. 6

.174

/18)

.

Apoy

o a

pers

onas

con

dis

capa

cida

dSe

cret

aría

Nac

ion

al

por l

os D

erec

hos

Hum

anos

de

las

Pers

onas

con

Dis

ca-

paci

dad

(SEN

ADIS

)

Ley

N.°

4720

/12

Que

cre

a la

Se

cret

aría

Nac

ion

al p

or lo

s D

erec

hos H

uman

os d

e la

s Per

-so

nas

con

Dis

capa

cida

d.

Es fu

nci

ón d

e la

SEN

ADIS

form

ular

las

polít

icas

nac

ion

ales

re-

laci

onad

as c

on la

s dis

capa

cida

des a

cord

e a

las o

blig

acio

nes

de-

riva

das

de lo

s tr

atad

os in

tern

acio

nal

es d

e de

rech

os h

uman

os

en m

ater

ia d

e pe

rson

as co

n d

isca

paci

dad,

y la

s acc

ion

es n

eces

a-ri

as p

ara

dar c

umpl

imie

nto

a lo

s pro

gram

as n

acio

nal

es.

Apoy

o a

pueb

los

indí

gen

asIn

stit

uto

Para

guay

o de

l In

díge

na

(IND

I)Le

y N

.° 90

4/81

Que

est

able

ce e

l Es

tatu

to d

e la

s Com

unid

ades

In

díge

nas

.

El IN

DI e

s la

inst

ituc

ión

rect

ora

de la

pol

ític

a in

díge

na

y au

tori

-da

d de

apl

icac

ión

del

Con

ven

io 1

69 y

del

Est

atut

o de

las

Com

u-n

idad

es In

díge

nas

.

Apoy

o a

pers

onas

m

ayor

esM

inis

teri

o de

Sal

ud

Públ

ica

y Bi

enes

tar

Soci

al, I

nst

itut

o de

Bi

enes

tar S

ocia

l, D

irec

ción

de

Adul

tos

May

ores

• Le

y N

.° 1.

885/

02 D

e la

s Per

so-

nas

Adu

ltas

May

ores

.•

Dec

reto

N.°1

0.06

8/07

Por

el

cua

l se

esta

blec

e la

re-

glam

enta

ción

de

la L

ey N

1.88

5/02

 “De

las P

erso

nas

Ad

ulta

s May

ores

” y c

rea

la D

i-re

cció

n d

e Ad

ulto

s May

ores

y

esta

blec

e su

est

ruct

ura

bási

ca.

Es c

ompe

ten

cia

de l

a D

irec

ción

de

Adul

tos

May

ores

ela

bora

r n

orm

as y

eje

cuta

r la

s ac

cion

es d

esti

nad

as a

l cu

mpl

imie

nto

de

la L

ey N

.° 1.

885/

02, c

on v

ista

s a

prom

over

la a

ten

ción

y p

ro-

tecc

ión

inte

gral

de

la P

erso

na

Adul

ta M

ayor

vel

ando

por

que

se

resp

eten

sus d

erec

hos,

se p

rom

ueva

n su

s val

ores

y se

mej

ore

su

calid

ad d

e vi

da.

Min

iste

rio

de H

acie

n-

da (M

H)

Ley

N.°

3.72

8/09

Que

est

able

-ce

el d

erec

ho a

la P

ensi

ón

Alim

enta

ria

para

las p

erso

nas

ad

ulta

s may

ores

en

situ

ació

n

de p

obre

za, r

egla

men

tada

a

trav

és d

el D

ecre

to N

.° 4.

542/

10.

El M

inis

teri

o de

Hac

ien

da, a

tra

vés

de la

Dir

ecci

ón d

e Pe

nsi

o-n

es N

o Co

ntr

ibut

ivas

, es e

l res

pon

sabl

e de

adm

inis

trar

el f

ondo

cu

yo o

bjet

ivo

es fi

nan

ciar

el p

ago

de la

pen

sión

par

a la

s pe

rso-

nas

adu

ltas

may

ores

en

sit

uaci

ón d

e po

brez

a, o

torg

ada

en c

a-rá

cter

de

subs

idio

alim

enta

rio.

Apoy

o a

pers

o-n

as p

riva

das d

e lib

erta

d

Min

iste

rio

de Ju

stic

ia

(MJ),

Dir

ecci

ón G

ene-

ral d

eEs

tabl

ecim

ien

tos

Pen

iten

ciar

ios

Ley

N.°

15/4

8 Q

ue c

rea

el M

inis

-te

rio

de Ju

stic

ia y

Tra

bajo

. D

esde

el 1

de

ener

o de

l 201

4, e

l M

inis

teri

o de

Just

icia

que

sepa

rado

de

la c

arte

ra d

e Tr

abaj

o.

Es r

espo

nsa

bilid

ad d

el M

J la

adm

inis

trac

ión

del

Sis

tem

a Pe

ni-

ten

ciar

io N

acio

nal

ase

gura

ndo

y p

rom

ovie

ndo

la

aten

ción

y

el t

rata

mie

nto

ade

cuad

o de

las

pers

onas

pri

vada

s de

libe

rtad

pa

ra u

na

efec

tiva

rei

nse

rció

n s

ocia

l. El

lo in

cluy

e el

sum

inis

tro

de u

na

alim

enta

ción

sufi

cien

te y

ade

cuad

a a

las

pers

onas

pri

-va

das d

e lib

erta

d en

cen

tros

pen

iten

ciar

ios.

Emer

gen

cias

y d

esas

tres

Secr

etar

ía d

e Em

er-

gen

cia

Nac

ion

al (S

EN)

Ley

N.°

2.61

5/05

Que

cre

ala

Sec

reta

ría

de E

mer

gen

cia

Nac

ion

al.

La S

EN e

s la

inst

ituc

ión

en

carg

ada

de p

reve

nir

y c

ontr

arre

star

lo

s ef

ecto

s de

las

em

erge

nci

as y

los

des

astr

es o

rigi

nad

os p

or

los

agen

tes

de la

nat

ural

eza

o de

cua

lqui

er o

tro

orig

en, c

omo

asim

ism

o pr

omov

er, c

oord

inar

y o

rien

tar l

as a

ctiv

idad

es d

e la

s in

stit

ucio

nes

púb

licas

, dep

arta

men

tale

s, m

unic

ipal

es y

pri

va-

das

dest

inad

as a

la p

reve

nci

ón, m

itig

ació

n, r

espu

esta

, reh

abi-

litac

ión

y r

econ

stru

cció

n d

e la

s co

mun

idad

es a

fect

adas

por

si

tuac

ion

es d

e em

erge

nci

a o

desa

stre

(art

. 2).

Inoc

uida

dM

inis

teri

o de

Sal

ud

Públ

ica

y Bi

enes

tar

Soci

al, I

nst

itut

oN

acio

nal

de

Alim

en-

taci

ón y

Nut

rici

ón

(INAN

), D

irec

ción

de In

ocui

dad

y Co

n-

trol

de

Alim

ento

s

Reso

luci

ón S

. G. N

. 246

/ 96 

Por

la c

ual s

e cr

ea e

l In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

taci

ón y

N

utri

ción

(IN

AN),

depe

ndi

ente

de

l Min

iste

rio

de S

alud

Púb

lica

y Bi

enes

tar S

ocia

l.

Entr

e la

s res

pon

sabi

lidad

es y

fun

cion

es b

ásic

as d

el IN

AN se

en

-cu

entr

an:

• Fo

rmul

ar la

pol

ític

a sa

nit

aria

del

Gob

iern

o n

acio

nal

y su

pla

n

corr

espo

ndi

ente

en

mat

eria

de

alim

enta

ción

y n

utri

ción

.•

Plan

ifica

r y d

esar

rolla

r pro

gram

as y

act

ivid

ades

rela

cion

ados

co

n e

l con

trol

y la

pro

tecc

ión

de

alim

ento

s.

Inst

itut

o N

acio

nal

de

Tecn

olog

ía, N

orm

ali-

zaci

óny

Met

rolo

gía

(INTN

)

Ley

N.°

2.57

5/05

De

refo

rma

de

la C

arta

Org

ánic

a de

l In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Te

cnol

ogía

y N

or-

mal

izac

ión

(IN

TN).

Entr

e la

s fun

cion

es d

el IN

TN se

en

cuen

tran

:•

La e

labo

raci

ón y

arm

oniz

ació

n d

e n

orm

as té

cnic

as.

• La

coo

rdin

ació

n d

e to

das

las

acti

vida

des

pert

inen

tes

del C

o-de

x Al

imen

tari

us.

• La

cer

tifi

caci

ón d

e pr

oduc

tos,

sist

emas

, ser

vici

os y

per

son

al;

basa

dos e

n lo

s lin

eam

ien

tos i

nte

rnac

ion

ales

ace

ptad

os.

Page 53: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

MARCO INSTITUCIONAL 39

Apoy

o a

niñ

os, n

i-ñ

as y

ado

lesc

ente

sM

inis

teri

o de

la N

i-ñ

ez y

la A

dole

scen

cia

(MN

NA)

• Le

y N

.° 1.

680/

01 C

ódig

o de

la

Niñ

ez y

la A

dole

scen

cia.

• Le

y N

.° 61

74/1

8 Q

ue e

leva

al

ran

go d

e M

inis

teri

o a

la S

ecre

-ta

ría

Nac

ion

al d

e la

Niñ

ez y

la

Ado

lesc

enci

a (S

NN

A) y

pas

a a

den

omin

arse

Min

iste

rio

de la

Niñ

ez y

la A

dole

scen

cia

(MN

NA)

.

El M

NN

A es

la in

stit

ució

n e

nca

rgad

a de

cum

plir

y h

acer

cum

-pl

ir la

s po

lític

as e

labo

rada

s po

r el

Sis

tem

a N

acio

nal

de

Prot

ec-

ción

y P

rom

oció

n In

tegr

al a

la N

iñez

y A

dole

scen

cia,

así

com

o co

oper

ar c

on lo

s go

bier

nos

dep

arta

men

tale

s y

mun

icip

ales

en

m

ater

ia d

e n

iñez

y a

dole

scen

cia,

con

form

e a

lo d

ispu

esto

en

el

Códi

go d

e la

Niñ

ez y

la A

dole

scen

cia

(art

. 1 d

e la

Ley

N. 6

.174

/18)

.

Apoy

o a

pers

onas

con

dis

capa

cida

dSe

cret

aría

Nac

ion

al

por l

os D

erec

hos

Hum

anos

de

las

Pers

onas

con

Dis

ca-

paci

dad

(SEN

ADIS

)

Ley

N.°

4720

/12

Que

cre

a la

Se

cret

aría

Nac

ion

al p

or lo

s D

erec

hos H

uman

os d

e la

s Per

-so

nas

con

Dis

capa

cida

d.

Es fu

nci

ón d

e la

SEN

ADIS

form

ular

las

polít

icas

nac

ion

ales

re-

laci

onad

as c

on la

s dis

capa

cida

des a

cord

e a

las o

blig

acio

nes

de-

riva

das

de lo

s tr

atad

os in

tern

acio

nal

es d

e de

rech

os h

uman

os

en m

ater

ia d

e pe

rson

as co

n d

isca

paci

dad,

y la

s acc

ion

es n

eces

a-ri

as p

ara

dar c

umpl

imie

nto

a lo

s pro

gram

as n

acio

nal

es.

Apoy

o a

pueb

los

indí

gen

asIn

stit

uto

Para

guay

o de

l In

díge

na

(IND

I)Le

y N

.° 90

4/81

Que

est

able

ce e

l Es

tatu

to d

e la

s Com

unid

ades

In

díge

nas

.

El IN

DI e

s la

inst

ituc

ión

rect

ora

de la

pol

ític

a in

díge

na

y au

tori

-da

d de

apl

icac

ión

del

Con

ven

io 1

69 y

del

Est

atut

o de

las

Com

u-n

idad

es In

díge

nas

.

Apoy

o a

pers

onas

m

ayor

esM

inis

teri

o de

Sal

ud

Públ

ica

y Bi

enes

tar

Soci

al, I

nst

itut

o de

Bi

enes

tar S

ocia

l, D

irec

ción

de

Adul

tos

May

ores

• Le

y N

.° 1.

885/

02 D

e la

s Per

so-

nas

Adu

ltas

May

ores

.•

Dec

reto

N.°1

0.06

8/07

Por

el

cua

l se

esta

blec

e la

re-

glam

enta

ción

de

la L

ey N

1.88

5/02

 “De

las P

erso

nas

Ad

ulta

s May

ores

” y c

rea

la D

i-re

cció

n d

e Ad

ulto

s May

ores

y

esta

blec

e su

est

ruct

ura

bási

ca.

Es c

ompe

ten

cia

de l

a D

irec

ción

de

Adul

tos

May

ores

ela

bora

r n

orm

as y

eje

cuta

r la

s ac

cion

es d

esti

nad

as a

l cu

mpl

imie

nto

de

la L

ey N

.° 1.

885/

02, c

on v

ista

s a

prom

over

la a

ten

ción

y p

ro-

tecc

ión

inte

gral

de

la P

erso

na

Adul

ta M

ayor

vel

ando

por

que

se

resp

eten

sus d

erec

hos,

se p

rom

ueva

n su

s val

ores

y se

mej

ore

su

calid

ad d

e vi

da.

Min

iste

rio

de H

acie

n-

da (M

H)

Ley

N.°

3.72

8/09

Que

est

able

-ce

el d

erec

ho a

la P

ensi

ón

Alim

enta

ria

para

las p

erso

nas

ad

ulta

s may

ores

en

situ

ació

n

de p

obre

za, r

egla

men

tada

a

trav

és d

el D

ecre

to N

.° 4.

542/

10.

El M

inis

teri

o de

Hac

ien

da, a

tra

vés

de la

Dir

ecci

ón d

e Pe

nsi

o-n

es N

o Co

ntr

ibut

ivas

, es e

l res

pon

sabl

e de

adm

inis

trar

el f

ondo

cu

yo o

bjet

ivo

es fi

nan

ciar

el p

ago

de la

pen

sión

par

a la

s pe

rso-

nas

adu

ltas

may

ores

en

sit

uaci

ón d

e po

brez

a, o

torg

ada

en c

a-rá

cter

de

subs

idio

alim

enta

rio.

Apoy

o a

pers

o-n

as p

riva

das d

e lib

erta

d

Min

iste

rio

de Ju

stic

ia

(MJ),

Dir

ecci

ón G

ene-

ral d

eEs

tabl

ecim

ien

tos

Pen

iten

ciar

ios

Ley

N.°

15/4

8 Q

ue c

rea

el M

inis

-te

rio

de Ju

stic

ia y

Tra

bajo

. D

esde

el 1

de

ener

o de

l 201

4, e

l M

inis

teri

o de

Just

icia

que

sepa

rado

de

la c

arte

ra d

e Tr

abaj

o.

Es r

espo

nsa

bilid

ad d

el M

J la

adm

inis

trac

ión

del

Sis

tem

a Pe

ni-

ten

ciar

io N

acio

nal

ase

gura

ndo

y p

rom

ovie

ndo

la

aten

ción

y

el t

rata

mie

nto

ade

cuad

o de

las

pers

onas

pri

vada

s de

libe

rtad

pa

ra u

na

efec

tiva

rei

nse

rció

n s

ocia

l. El

lo in

cluy

e el

sum

inis

tro

de u

na

alim

enta

ción

sufi

cien

te y

ade

cuad

a a

las

pers

onas

pri

-va

das d

e lib

erta

d en

cen

tros

pen

iten

ciar

ios.

Emer

gen

cias

y d

esas

tres

Secr

etar

ía d

e Em

er-

gen

cia

Nac

ion

al (S

EN)

Ley

N.°

2.61

5/05

Que

cre

ala

Sec

reta

ría

de E

mer

gen

cia

Nac

ion

al.

La S

EN e

s la

inst

ituc

ión

en

carg

ada

de p

reve

nir

y c

ontr

arre

star

lo

s ef

ecto

s de

las

em

erge

nci

as y

los

des

astr

es o

rigi

nad

os p

or

los

agen

tes

de la

nat

ural

eza

o de

cua

lqui

er o

tro

orig

en, c

omo

asim

ism

o pr

omov

er, c

oord

inar

y o

rien

tar l

as a

ctiv

idad

es d

e la

s in

stit

ucio

nes

púb

licas

, dep

arta

men

tale

s, m

unic

ipal

es y

pri

va-

das

dest

inad

as a

la p

reve

nci

ón, m

itig

ació

n, r

espu

esta

, reh

abi-

litac

ión

y r

econ

stru

cció

n d

e la

s co

mun

idad

es a

fect

adas

por

si

tuac

ion

es d

e em

erge

nci

a o

desa

stre

(art

. 2).

Inoc

uida

dM

inis

teri

o de

Sal

ud

Públ

ica

y Bi

enes

tar

Soci

al, I

nst

itut

oN

acio

nal

de

Alim

en-

taci

ón y

Nut

rici

ón

(INAN

), D

irec

ción

de In

ocui

dad

y Co

n-

trol

de

Alim

ento

s

Reso

luci

ón S

. G. N

. 246

/ 96 

Por

la c

ual s

e cr

ea e

l In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

taci

ón y

N

utri

ción

(IN

AN),

depe

ndi

ente

de

l Min

iste

rio

de S

alud

Púb

lica

y Bi

enes

tar S

ocia

l.

Entr

e la

s res

pon

sabi

lidad

es y

fun

cion

es b

ásic

as d

el IN

AN se

en

-cu

entr

an:

• Fo

rmul

ar la

pol

ític

a sa

nit

aria

del

Gob

iern

o n

acio

nal

y su

pla

n

corr

espo

ndi

ente

en

mat

eria

de

alim

enta

ción

y n

utri

ción

.•

Plan

ifica

r y d

esar

rolla

r pro

gram

as y

act

ivid

ades

rela

cion

ados

co

n e

l con

trol

y la

pro

tecc

ión

de

alim

ento

s.

Inst

itut

o N

acio

nal

de

Tecn

olog

ía, N

orm

ali-

zaci

óny

Met

rolo

gía

(INTN

)

Ley

N.°

2.57

5/05

De

refo

rma

de

la C

arta

Org

ánic

a de

l In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Te

cnol

ogía

y N

or-

mal

izac

ión

(IN

TN).

Entr

e la

s fun

cion

es d

el IN

TN se

en

cuen

tran

:•

La e

labo

raci

ón y

arm

oniz

ació

n d

e n

orm

as té

cnic

as.

• La

coo

rdin

ació

n d

e to

das

las

acti

vida

des

pert

inen

tes

del C

o-de

x Al

imen

tari

us.

• La

cer

tifi

caci

ón d

e pr

oduc

tos,

sist

emas

, ser

vici

os y

per

son

al;

basa

dos e

n lo

s lin

eam

ien

tos i

nte

rnac

ion

ales

ace

ptad

os.

Page 54: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay40

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

anid

ad

Vege

tal y

de

Sem

illas

(S

ENAV

E)

Ley

N.°

2.45

9/04

Que

cre

a el

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y Sa

nid

ad V

eget

al y

de

Sem

i-lla

s (SE

NAV

E).

El S

ENAV

E es

la a

utor

idad

de

aplic

ació

n d

e la

Ley

N.°

123/

91 Q

ue

Adop

ta N

ueva

s N

orm

as d

e Pr

otec

ción

Fit

osan

itar

ia y

de

la L

ey

N.°

3.74

2/09

De

Con

trol

de

Prod

ucto

s Fit

osan

itar

ios d

e U

so A

grí-

cola

(art

. 7).

Auto

riza

los

prod

ucto

s fi

tosa

nit

ario

s qu

e po

drán

em

plea

rse,

es

resp

onsa

ble

de c

ontr

olar

el c

umpl

imie

nto

de

las

nor

mas

sob

re b

arre

ras

viva

s y

fran

jas

de p

rote

cció

n e

n c

aso

de

uso

de a

groq

uím

icos

, y d

e co

ntr

olar

el n

ivel

de

resi

duos

de

agro

-qu

ímic

os e

n h

orta

lizas

y fr

utas

des

tin

adas

al c

onsu

mo

hum

a-n

o.

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

alud

An

i-m

al (S

ENAC

SA)

Ley

N.°

2.42

6/04

Que

cre

a el

Se

rvic

io N

acio

nal

de

Calid

ad y

Sa

lud

Anim

al (S

ENAC

SA).

Entr

e la

s fu

nci

ones

del

SEN

ACSA

se

encu

entr

a la

de

elab

orar

, co

ordi

nar

, eje

cuta

r y

fisc

aliz

ar la

pol

ític

a n

acio

nal

de

san

idad

an

imal

, cal

idad

e in

ocui

dad

de lo

s pro

duct

os y

subp

rodu

ctos

de

orig

en a

nim

al (a

rt. 7

).

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

)Le

y N

.° 90

4/63

que

est

able

ce

las

fun

cion

es d

el M

IC, m

odifi

cada

por L

ey N

.° 29

61/0

6.

El M

IC e

xpid

e la

s lic

enci

as p

ara

la im

port

ació

n d

e pr

oduc

tos,

entr

e es

tos,

los p

rodu

ctos

cár

nic

os y

adm

inis

tra

los r

egis

tros

de

impo

rtad

ores

.

Dir

ecci

ón N

acio

nal

de

Adu

anas

• Le

y N

.° 2.

422/

04 d

el C

ódig

oAd

uan

ero.

Dec

reto

4.6

72/0

5 qu

e re

gla-

men

ta e

l Cód

igo

Adua

ner

o y

esta

blec

e la

est

ruct

ura

de la

D

irec

ción

Nac

ion

al d

e Ad

ua-

nas

– D

NA.

La D

NA

es re

spon

sabl

e de

l con

trol

del

ingr

eso

de p

rodu

ctos

ali-

men

tici

os a

l paí

s y d

e co

mba

tir l

as p

ráct

icas

de

con

trab

ando

, ya

que

en m

ater

ia d

e in

ocui

dad

dich

as p

ráct

icas

gen

eran

rie

sgos

pa

ra la

salu

d de

las p

erso

nas

con

sum

idor

as.

Mun

icip

alid

ades

Ley

N.°

3.96

6/10

Org

ánic

a M

unic

ipal

.En

mat

eria

de

salu

d, h

igie

ne

y sa

lubr

idad

es

fun

ción

de

las

Mu-

nic

ipal

idad

es (a

rt. 1

2, n

umer

al 7

): •

La re

glam

enta

ción

y c

ontr

ol d

e la

s co

ndi

cion

es h

igié

nic

as d

e m

anip

ulac

ión

, pro

ducc

ión

, tra

slad

o y

com

erci

aliz

ació

n d

e co

-m

esti

bles

y b

ebid

as.

• La

regl

amen

taci

ón y

con

trol

de

las

con

dici

ones

hig

ién

icas

de

los

loca

les

don

de s

e fa

briq

uen

, gua

rden

o e

xpen

dan

com

esti

-bl

es o

beb

idas

de

cual

quie

r nat

ural

eza.

• La

org

aniz

ació

n d

e la

pol

icía

mun

icip

al p

ara

[…] e

l con

trol

de

la sa

lubr

idad

e h

igie

ne

de lo

s alim

ento

s y lo

s com

erci

os.

Prot

ecci

ón a

l con

sum

idor

Mun

icip

alid

ades

Ley

N.°

3.96

6/10

Org

ánic

a M

unic

ipal

.En

mat

eria

de

salu

d, h

igie

ne

y sa

lubr

idad

es f

unci

ón d

e la

s Mu-

nic

ipal

idad

es (a

rt. 1

2, n

umer

al 7

, in

c. e)

: •

La p

rote

cció

n d

e lo

s der

echo

s de

los c

onsu

mid

ores

.

Secr

etar

ía d

e D

efen

sa

del C

onsu

mid

or y

el

Usu

ario

(SED

ECO

)

• Le

y N

. 1.3

34/9

8 de

Def

ensa

de

l Con

sum

idor

y d

el U

suar

io.

• Le

y N

. 497

4/13

De

la S

ecre

tarí

a de

Def

ensa

del

Con

sum

idor

y

del U

suar

io.

La S

EDEC

O e

s la

auto

rida

d de

apl

icac

ión

de

la L

ey N

.° 1.

334/

98 d

e D

efen

sa d

el C

onsu

mid

or y

del

Usu

ario

.

Bien

esta

r nut

rici

onal

y ed

ucac

ión

nut

rici

onal

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

, In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

-ta

ción

y N

utri

ción

(IN

AN),

Dir

ecci

ón D

e N

utri

ción

y P

rogr

a-m

as A

limen

tari

os

Reso

luci

ón S

. G. N

. 246

/ 96 

Por

la c

ual s

e cr

ea e

l In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

taci

ón y

N

utri

ción

(IN

AN),

depe

ndi

ente

de

l Min

iste

rio

de S

alud

Púb

lica

y Bi

enes

tar S

ocia

l.

El IN

AN e

s el

en

te r

ecto

r en

nut

rici

ón h

uman

a e

inoc

uida

d de

lo

s alim

ento

s.

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

, Dir

ecci

ónde

Vig

ilan

cia

de

Enfe

rmed

ades

No

Tran

smis

ible

s, U

ni-

dad

de P

reve

nci

ón y

Co

ntr

ol d

e la

Obe

si-

dad

Reso

luci

ón N

. 887

/16

por l

a qu

e se

apr

ueba

la E

stra

tegi

a N

acio

nal

par

a la

Pre

ven

ción

y

el C

ontr

ol d

e la

Obe

sida

d 20

15-2

025.

La E

stra

tegi

a N

acio

nal

par

a la

Pre

ven

ción

y e

l Con

trol

de

la O

be-

sida

d se

ha

elab

orad

o en

el m

arco

del

Pla

n d

e Ac

ción

par

a la

Pr

even

ción

y e

l Con

trol

de

las

Enfe

rmed

ades

No

Tran

smis

ible

s 20

14-2

024.

La

Un

idad

de

Prev

enci

ón y

Con

trol

de

la O

besi

dad

y la

Dir

ecci

ón d

e Vi

gila

nci

a de

En

ferm

edad

es N

o Tr

ansm

isib

les

prom

ueve

n su

impl

emen

taci

ón.

Min

iste

rio

de E

duca

-ci

ón y

Cie

nci

as (M

EC)

• Le

y N

. 521

0/14

De

alim

enta

-ci

ón e

scol

ar y

con

trol

san

ita-

rio.

• Le

y N

. 547

9/17

Que

est

able

ce

la C

arta

Org

ánic

a de

l Min

iste

-ri

o de

Edu

caci

ón y

Cie

nci

as.

El M

EC e

s la

aut

orid

ad d

e ap

licac

ión

de

la L

ey N

. 521

0/14

De

ali-

men

taci

ón e

scol

ar y

con

trol

san

itar

io.

Gobe

rnac

ion

esLe

y N

. 521

0/14

De

alim

enta

-ci

ónes

cola

r y c

ontr

ol sa

nit

ario

.

Los

Gobi

erno

s de

part

amen

tale

s so

n re

spon

sabl

es d

e la

org

ani-

zaci

ón, p

lani

fica

ción

y fi

scal

izac

ión

de lo

s pr

ogra

mas

de

alim

en-

taci

ón e

scol

ar y

con

trol

san

itar

io; p

ara

ello

deb

en c

oord

inar

sus

ta

reas

con

las M

unic

ipal

idad

es, e

l MEC

y e

l MSP

y B

S.

Page 55: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

MARCO INSTITUCIONAL 41

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

anid

ad

Vege

tal y

de

Sem

illas

(S

ENAV

E)

Ley

N.°

2.45

9/04

Que

cre

a el

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y Sa

nid

ad V

eget

al y

de

Sem

i-lla

s (SE

NAV

E).

El S

ENAV

E es

la a

utor

idad

de

aplic

ació

n d

e la

Ley

N.°

123/

91 Q

ue

Adop

ta N

ueva

s N

orm

as d

e Pr

otec

ción

Fit

osan

itar

ia y

de

la L

ey

N.°

3.74

2/09

De

Con

trol

de

Prod

ucto

s Fit

osan

itar

ios d

e U

so A

grí-

cola

(art

. 7).

Auto

riza

los

prod

ucto

s fi

tosa

nit

ario

s qu

e po

drán

em

plea

rse,

es

resp

onsa

ble

de c

ontr

olar

el c

umpl

imie

nto

de

las

nor

mas

sob

re b

arre

ras

viva

s y

fran

jas

de p

rote

cció

n e

n c

aso

de

uso

de a

groq

uím

icos

, y d

e co

ntr

olar

el n

ivel

de

resi

duos

de

agro

-qu

ímic

os e

n h

orta

lizas

y fr

utas

des

tin

adas

al c

onsu

mo

hum

a-n

o.

Serv

icio

Nac

ion

al d

e Ca

lidad

y S

alud

An

i-m

al (S

ENAC

SA)

Ley

N.°

2.42

6/04

Que

cre

a el

Se

rvic

io N

acio

nal

de

Calid

ad y

Sa

lud

Anim

al (S

ENAC

SA).

Entr

e la

s fu

nci

ones

del

SEN

ACSA

se

encu

entr

a la

de

elab

orar

, co

ordi

nar

, eje

cuta

r y

fisc

aliz

ar la

pol

ític

a n

acio

nal

de

san

idad

an

imal

, cal

idad

e in

ocui

dad

de lo

s pro

duct

os y

subp

rodu

ctos

de

orig

en a

nim

al (a

rt. 7

).

Min

iste

rio

de In

dus-

tria

y C

omer

cio

(MIC

)Le

y N

.° 90

4/63

que

est

able

ce

las

fun

cion

es d

el M

IC, m

odifi

cada

por L

ey N

.° 29

61/0

6.

El M

IC e

xpid

e la

s lic

enci

as p

ara

la im

port

ació

n d

e pr

oduc

tos,

entr

e es

tos,

los p

rodu

ctos

cár

nic

os y

adm

inis

tra

los r

egis

tros

de

impo

rtad

ores

.

Dir

ecci

ón N

acio

nal

de

Adu

anas

• Le

y N

.° 2.

422/

04 d

el C

ódig

oAd

uan

ero.

Dec

reto

4.6

72/0

5 qu

e re

gla-

men

ta e

l Cód

igo

Adua

ner

o y

esta

blec

e la

est

ruct

ura

de la

D

irec

ción

Nac

ion

al d

e Ad

ua-

nas

– D

NA.

La D

NA

es re

spon

sabl

e de

l con

trol

del

ingr

eso

de p

rodu

ctos

ali-

men

tici

os a

l paí

s y d

e co

mba

tir l

as p

ráct

icas

de

con

trab

ando

, ya

que

en m

ater

ia d

e in

ocui

dad

dich

as p

ráct

icas

gen

eran

rie

sgos

pa

ra la

salu

d de

las p

erso

nas

con

sum

idor

as.

Mun

icip

alid

ades

Ley

N.°

3.96

6/10

Org

ánic

a M

unic

ipal

.En

mat

eria

de

salu

d, h

igie

ne

y sa

lubr

idad

es

fun

ción

de

las

Mu-

nic

ipal

idad

es (a

rt. 1

2, n

umer

al 7

): •

La re

glam

enta

ción

y c

ontr

ol d

e la

s co

ndi

cion

es h

igié

nic

as d

e m

anip

ulac

ión

, pro

ducc

ión

, tra

slad

o y

com

erci

aliz

ació

n d

e co

-m

esti

bles

y b

ebid

as.

• La

regl

amen

taci

ón y

con

trol

de

las

con

dici

ones

hig

ién

icas

de

los

loca

les

don

de s

e fa

briq

uen

, gua

rden

o e

xpen

dan

com

esti

-bl

es o

beb

idas

de

cual

quie

r nat

ural

eza.

• La

org

aniz

ació

n d

e la

pol

icía

mun

icip

al p

ara

[…] e

l con

trol

de

la sa

lubr

idad

e h

igie

ne

de lo

s alim

ento

s y lo

s com

erci

os.

Prot

ecci

ón a

l con

sum

idor

Mun

icip

alid

ades

Ley

N.°

3.96

6/10

Org

ánic

a M

unic

ipal

.En

mat

eria

de

salu

d, h

igie

ne

y sa

lubr

idad

es f

unci

ón d

e la

s Mu-

nic

ipal

idad

es (a

rt. 1

2, n

umer

al 7

, in

c. e)

: •

La p

rote

cció

n d

e lo

s der

echo

s de

los c

onsu

mid

ores

.

Secr

etar

ía d

e D

efen

sa

del C

onsu

mid

or y

el

Usu

ario

(SED

ECO

)

• Le

y N

. 1.3

34/9

8 de

Def

ensa

de

l Con

sum

idor

y d

el U

suar

io.

• Le

y N

. 497

4/13

De

la S

ecre

tarí

a de

Def

ensa

del

Con

sum

idor

y

del U

suar

io.

La S

EDEC

O e

s la

auto

rida

d de

apl

icac

ión

de

la L

ey N

.° 1.

334/

98 d

e D

efen

sa d

el C

onsu

mid

or y

del

Usu

ario

.

Bien

esta

r nut

rici

onal

y ed

ucac

ión

nut

rici

onal

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

, In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

-ta

ción

y N

utri

ción

(IN

AN),

Dir

ecci

ón D

e N

utri

ción

y P

rogr

a-m

as A

limen

tari

os

Reso

luci

ón S

. G. N

. 246

/ 96 

Por

la c

ual s

e cr

ea e

l In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

taci

ón y

N

utri

ción

(IN

AN),

depe

ndi

ente

de

l Min

iste

rio

de S

alud

Púb

lica

y Bi

enes

tar S

ocia

l.

El IN

AN e

s el

en

te r

ecto

r en

nut

rici

ón h

uman

a e

inoc

uida

d de

lo

s alim

ento

s.

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

, Dir

ecci

ónde

Vig

ilan

cia

de

Enfe

rmed

ades

No

Tran

smis

ible

s, U

ni-

dad

de P

reve

nci

ón y

Co

ntr

ol d

e la

Obe

si-

dad

Reso

luci

ón N

. 887

/16

por l

a qu

e se

apr

ueba

la E

stra

tegi

a N

acio

nal

par

a la

Pre

ven

ción

y

el C

ontr

ol d

e la

Obe

sida

d 20

15-2

025.

La E

stra

tegi

a N

acio

nal

par

a la

Pre

ven

ción

y e

l Con

trol

de

la O

be-

sida

d se

ha

elab

orad

o en

el m

arco

del

Pla

n d

e Ac

ción

par

a la

Pr

even

ción

y e

l Con

trol

de

las

Enfe

rmed

ades

No

Tran

smis

ible

s 20

14-2

024.

La

Un

idad

de

Prev

enci

ón y

Con

trol

de

la O

besi

dad

y la

Dir

ecci

ón d

e Vi

gila

nci

a de

En

ferm

edad

es N

o Tr

ansm

isib

les

prom

ueve

n su

impl

emen

taci

ón.

Min

iste

rio

de E

duca

-ci

ón y

Cie

nci

as (M

EC)

• Le

y N

. 521

0/14

De

alim

enta

-ci

ón e

scol

ar y

con

trol

san

ita-

rio.

• Le

y N

. 547

9/17

Que

est

able

ce

la C

arta

Org

ánic

a de

l Min

iste

-ri

o de

Edu

caci

ón y

Cie

nci

as.

El M

EC e

s la

aut

orid

ad d

e ap

licac

ión

de

la L

ey N

. 521

0/14

De

ali-

men

taci

ón e

scol

ar y

con

trol

san

itar

io.

Gobe

rnac

ion

esLe

y N

. 521

0/14

De

alim

enta

-ci

ónes

cola

r y c

ontr

ol sa

nit

ario

.

Los

Gobi

erno

s de

part

amen

tale

s so

n re

spon

sabl

es d

e la

org

ani-

zaci

ón, p

lani

fica

ción

y fi

scal

izac

ión

de lo

s pr

ogra

mas

de

alim

en-

taci

ón e

scol

ar y

con

trol

san

itar

io; p

ara

ello

deb

en c

oord

inar

sus

ta

reas

con

las M

unic

ipal

idad

es, e

l MEC

y e

l MSP

y B

S.

Page 56: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay42

Min

iste

rio

de T

ecn

o-lo

gías

de

la In

form

a-ci

ón y

Com

unic

ació

n

(MIT

IC),

Vice

min

iste

-ri

o de

Com

unic

ació

n

Ley

N. 6

207/

18 Q

ue c

rea

el M

i-n

iste

rio

de T

ecn

olog

ías d

e la

In

form

ació

n y

Com

unic

ació

n

y es

tabl

ece

su C

arta

Org

ánic

a.

El M

ITIC

es l

a en

tida

d té

cnic

a e

inst

anci

a re

ctor

a, n

orm

ativ

a, e

s-tr

atég

ica

y de

ges

tión

esp

ecia

lizad

a pa

ra la

form

ulac

ión

de

po-

lític

as e

impl

emen

taci

ón d

e pl

anes

y p

roye

ctos

en

el á

mbi

to d

e la

s Te

cnol

ogía

s de

la In

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ació

n y

Com

unic

ació

n e

n e

l sec

tor

públ

ico,

y d

e la

com

unic

ació

n d

el P

oder

Eje

cuti

vo.

En s

u ám

bito

de

com

pete

nci

a ca

be l

a di

men

sión

téc

nic

a en

m

ater

ia c

omun

icac

ion

al d

e ca

mpa

ñas

mas

ivas

ori

enta

das a

la

educ

ació

n n

utri

cion

al d

e la

pob

laci

ón.

Recu

rsos

fin

anci

eros

Min

iste

rio

de H

acie

n-

da (M

H)

Ley

N. 1

09/9

1 Q

ue a

prue

ba c

on

mod

ifica

cion

es e

l Dec

reto

- Le

y N

.° 15

, de

fech

a 8

de m

arzo

de

1990

«Que

est

able

ce la

s fun

cio-

nes

y e

stru

ctur

a or

gán

ica

del

Min

iste

rio

de H

acie

nda

» y su

m

odifi

cato

ria.

• El

Min

iste

rio

de H

acie

nda

es l

a Se

cret

aría

Est

atal

que

se e

nca

r-ga

de

adm

inis

trar

el p

atri

mon

io y

el p

roce

so p

resu

pues

tari

o de

l Es

tado

Par

agua

yo.

• Rea

liza

la p

rogr

amac

ión

, for

mul

ació

n, e

jecu

ción

, con

trol

y e

va-

luac

ión

del

pro

ceso

pre

supu

esta

rio

del s

ecto

r púb

lico.

Con

gres

o N

acio

nal

Con

stit

ució

n d

e la

Rep

úblic

a de

l Par

agua

y.Ar

tícu

los 2

02, i

nc.

5, 2

16, 2

17.

Estr

ateg

ias i

nte

gral

esFr

ente

s Par

lam

enta

-ri

os c

ontr

a el

Ham

-br

e (F

PH)

• D

ecla

raci

ón N

. 150

/11

de la

H

onor

able

Cám

ara

de D

iput

a-do

s “Q

ue se

adh

iere

a la

cre

a-ci

ón d

el F

ren

te P

arla

men

tari

o co

ntr

a el

Ham

bre”

.•

Reso

luci

ón N

. 101

6/11

de

la

Hon

orab

le C

ámar

a de

Dip

uta-

dos “

Que

cre

a el

Fre

nte

Par

la-

men

tari

o co

ntr

a el

Ham

bre”

.•

Reso

luci

ones

N. 6

58/1

5 y

N.°

65

9/15

de

la H

onor

able

Cám

a-ra

de

Sen

ador

es p

or la

s cua

les

se c

rea

e in

tegr

a el

Fre

nte

Par

-la

men

tari

o co

ntr

a el

Ham

bre.

Dad

o qu

e en

el P

arla

men

to re

side

la re

spon

sabi

lidad

de

san

cio-

nar

leye

s pa

ra e

nfr

enta

r el

ham

bre

y ga

ran

tiza

r el

der

echo

a la

al

imen

taci

ón a

decu

ada,

ade

más

de

la a

sign

ació

n p

resu

pues

ta-

ria

y la

fisc

aliz

ació

n d

e su

uso

, los

FPH

de

la C

ámar

a de

Sen

ado-

res

y de

la C

ámar

a de

Dip

utad

os s

e co

nfo

rman

par

a la

pro

mo-

ción

de

la s

egur

idad

alim

enta

ria

y la

luch

a co

ntr

a el

ham

bre,

as

í com

o pa

ra g

aran

tiza

r el e

jerc

icio

del

der

echo

a la

alim

enta

-ci

ón a

decu

ada

en e

l paí

s.

Secr

etar

ía T

écn

ica

de P

lan

ifica

ción

del

D

esar

rollo

Econ

ómic

o y

Soci

al

(STP

)

• D

ecre

to N

. 2.7

89/0

9 Po

r el

cual

se a

dopt

a el

Pla

n N

acio

-n

al d

e So

bera

nía

y S

egur

idad

Al

imen

tari

a y

Nut

rici

onal

(P

LAN

AL).

• D

ecre

to N

. 617

9/11

Por

el

cual

se m

odifi

ca e

l art

ícul

o 2.

de

l Dec

reto

N. 2

.789

, del

26

de

agos

to d

e 20

09.

Corr

espo

nde

a la

STP

la p

rom

oció

n, d

ivul

gaci

ón y

coor

din

ació

n

del f

unci

onam

ien

to d

el P

LAN

AL, c

on e

l apo

yo d

e lo

s go

bier

nos

de

part

amen

tale

s y m

unic

ipal

es.

Vigi

lan

cia,

mon

itor

eo y

eva

luac

ión

Secr

etar

ía T

écn

ica

de P

lan

ifica

ción

del

D

esar

rollo

Econ

ómic

o y

Soci

al

(STP

)

Es fu

nci

ón d

e la

STP

el d

esar

rollo

del

Obs

erva

tori

o de

Seg

urid

ad

y So

bera

nía

Alim

enta

ria

y N

utri

cion

al d

el P

arag

uay

y de

los s

is-

tem

as d

e m

onit

oreo

y e

valu

ació

n q

ue c

orre

spon

dan

.

Secr

etar

ía T

écn

ica

de

Plan

ifica

ción

del

De-

sarr

ollo

Eco

nóm

ico

y So

cial

, Dir

ecci

ón G

e-n

eral

de

Esta

díst

ica,

En

cues

tas y

Cen

sos

(DGE

EC)

Dec

reto

N. 3

087/

15 P

or e

l cua

l se

reor

gan

iza,

se e

stab

lece

n

las f

unci

ones

, los

obj

etiv

os y

el

ámbi

to d

e co

mpe

ten

cia

de la

D

irec

ción

Gen

eral

de

Esta

dís-

tica

, En

cues

tas y

Cen

sos d

e la

Se

cret

aría

Téc

nic

a de

Pla

nifi

-ca

ción

del

Des

arro

llo E

con

ó-m

ico

y So

cial

, dep

endi

ente

de

la P

resi

den

cia

de la

Rep

úblic

a.

La D

irec

ción

Gen

eral

de

Esta

díst

ica,

En

cues

tas y

Cen

sos (

DGE

EC)

es la

inst

ituc

ión

del

Est

ado

enca

rgad

a de

gen

erar

, sis

tem

atiz

ar,

anal

izar

y d

ifun

dir

la i

nfo

rmac

ión

est

adís

tica

del

paí

s. En

tre

sus

resp

onsa

bilid

ades

se

encu

entr

a la

dir

ecci

ón t

écn

ica

sobr

e to

do tr

abaj

o es

tadí

stic

o, cu

alqu

iera

sea

su fo

rma,

fin

es y

dep

en-

den

cia

gube

rnat

iva

ejec

utor

a.

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

, In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

-ta

ción

y N

utri

ción

(IN

AN)

Reso

luci

ón S

. G. N

.° 24

6/ 9

6 Po

r la

cua

l se

crea

el I

nst

itut

o N

acio

nal

de

Alim

enta

ción

y

Nut

rici

ón (I

NAN

), de

pen

dien

te

del M

inis

teri

o de

Sal

ud P

úblic

a y

Bien

esta

r Soc

ial.

Entr

e la

s fun

cion

es d

el IN

AN se

en

cuen

tran

:•

Impl

emen

tar

un s

iste

ma

de in

form

ació

n e

n e

l áre

a al

imen

-ta

ria

y n

utri

cion

al a

niv

el n

acio

nal

, que

con

stit

uya

la b

ase

de

dato

s sob

re la

mat

eria

.•

Impl

emen

tar

un s

iste

ma

de v

igila

nci

a ep

idem

ioló

gica

en

co

ordi

nac

ión

con

las d

epen

den

cias

del

áre

a m

inis

teri

al re

spon

-sa

bles

del

con

trol

de

enfe

rmed

ades

alim

enta

rias

nut

rici

onal

es.

• Pl

anifi

car

y de

sarr

olla

r el

pro

gram

a N

acio

nal

de

Vigi

lan

cia

Alim

enta

ria

y N

utri

cion

al (a

rt. 3

).

Un

idad

Téc

nic

a de

lGa

bin

ete

Soci

alD

ecre

to N

.° 75

1/13

Por

el c

ual

se re

estr

uctu

ra e

l Gab

inet

e So

cial

de

la P

resi

den

cia

de la

Re

públ

ica

y se

est

able

cen

sus

fun

cion

es y

atr

ibuc

ion

es.

El G

abin

ete

Soci

al e

s el

órg

ano

enca

rgad

o de

pro

mov

er, c

oord

i-n

ar y

dir

igir

la g

esti

ón d

e lo

s pro

gram

as y

las p

olít

icas

púb

licas

de

l gob

iern

o n

acio

nal

en

el á

rea

soci

al (a

rt 1

. °).

La U

nid

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écn

ica

del G

abin

ete

Soci

al se

con

stit

uye

com

o ór

ga-

no

técn

ico

y op

erat

ivo

resp

onsa

ble

de la

dir

ecci

ón, a

dmin

istr

a-ci

ón, e

jecu

ción

, coo

rdin

ació

n y

sup

ervi

sión

de

las

acti

vida

des

del E

quip

o Ej

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del G

abin

ete

Soci

al (a

rt. 1

1)

Def

enso

ría

del P

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blo

Ley

N. 6

31/9

5 O

rgán

ica

de la

Def

enso

ría

del P

uebl

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com

pete

nci

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sorí

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l Pue

blo

la e

labo

raci

ón y

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vulg

ació

n d

e in

form

es s

obre

la

situ

ació

n d

e lo

s de

rech

os

hum

anos

(art

. 10,

inc.

5).

Page 57: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

MARCO INSTITUCIONAL 43

Min

iste

rio

de T

ecn

o-lo

gías

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la In

form

a-ci

ón y

Com

unic

ació

n

(MIT

IC),

Vice

min

iste

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Com

unic

ació

n

Ley

N. 6

207/

18 Q

ue c

rea

el M

i-n

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rio

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olog

ías d

e la

In

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ació

n y

Com

unic

ació

n

y es

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Org

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a.

El M

ITIC

es l

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tida

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cnic

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inst

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ctor

a, n

orm

ativ

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s-tr

atég

ica

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ges

tión

esp

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lizad

a pa

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ulac

ión

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lític

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impl

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anes

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roye

ctos

en

el á

mbi

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s Te

cnol

ogía

s de

la In

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ació

n y

Com

unic

ació

n e

n e

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tor

públ

ico,

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com

unic

ació

n d

el P

oder

Eje

cuti

vo.

En s

u ám

bito

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pete

nci

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be l

a di

men

sión

téc

nic

a en

m

ater

ia c

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ion

al d

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mpa

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mas

ivas

ori

enta

das a

la

educ

ació

n n

utri

cion

al d

e la

pob

laci

ón.

Recu

rsos

fin

anci

eros

Min

iste

rio

de H

acie

n-

da (M

H)

Ley

N. 1

09/9

1 Q

ue a

prue

ba c

on

mod

ifica

cion

es e

l Dec

reto

- Le

y N

.° 15

, de

fech

a 8

de m

arzo

de

1990

«Que

est

able

ce la

s fun

cio-

nes

y e

stru

ctur

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gán

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Min

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rio

de H

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m

odifi

cato

ria.

• El

Min

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nda

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Est

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que

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atri

mon

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resu

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tari

o de

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tado

Par

agua

yo.

• Rea

liza

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rogr

amac

ión

, for

mul

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n, e

jecu

ción

, con

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pro

ceso

pre

supu

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ecto

r púb

lico.

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gres

o N

acio

nal

Con

stit

ució

n d

e la

Rep

úblic

a de

l Par

agua

y.Ar

tícu

los 2

02, i

nc.

5, 2

16, 2

17.

Estr

ateg

ias i

nte

gral

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ente

s Par

lam

enta

-ri

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a el

Ham

-br

e (F

PH)

• D

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. 150

/11

de la

H

onor

able

Cám

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iput

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s “Q

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adh

iere

a la

cre

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el F

ren

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o co

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a el

Ham

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.•

Reso

luci

ón N

. 101

6/11

de

la

Hon

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le C

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a de

Dip

uta-

dos “

Que

cre

a el

Fre

nte

Par

la-

men

tari

o co

ntr

a el

Ham

bre”

.•

Reso

luci

ones

N. 6

58/1

5 y

N.°

65

9/15

de

la H

onor

able

Cám

a-ra

de

Sen

ador

es p

or la

s cua

les

se c

rea

e in

tegr

a el

Fre

nte

Par

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men

tari

o co

ntr

a el

Ham

bre.

Dad

o qu

e en

el P

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la re

spon

sabi

lidad

de

san

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nar

leye

s pa

ra e

nfr

enta

r el

ham

bre

y ga

ran

tiza

r el

der

echo

a la

al

imen

taci

ón a

decu

ada,

ade

más

de

la a

sign

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n p

resu

pues

ta-

ria

y la

fisc

aliz

ació

n d

e su

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, los

FPH

de

la C

ámar

a de

Sen

ado-

res

y de

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ámar

a de

Dip

utad

os s

e co

nfo

rman

par

a la

pro

mo-

ción

de

la s

egur

idad

alim

enta

ria

y la

luch

a co

ntr

a el

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bre,

as

í com

o pa

ra g

aran

tiza

r el e

jerc

icio

del

der

echo

a la

alim

enta

-ci

ón a

decu

ada

en e

l paí

s.

Secr

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del

D

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Econ

ómic

o y

Soci

al

(STP

)

• D

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to N

. 2.7

89/0

9 Po

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Pla

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acio

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y S

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idad

Al

imen

tari

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Nut

rici

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(P

LAN

AL).

• D

ecre

to N

. 617

9/11

Por

el

cual

se m

odifi

ca e

l art

ícul

o 2.

de

l Dec

reto

N. 2

.789

, del

26

de

agos

to d

e 20

09.

Corr

espo

nde

a la

STP

la p

rom

oció

n, d

ivul

gaci

ón y

coor

din

ació

n

del f

unci

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ien

to d

el P

LAN

AL, c

on e

l apo

yo d

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s go

bier

nos

de

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tale

s y m

unic

ipal

es.

Vigi

lan

cia,

mon

itor

eo y

eva

luac

ión

Secr

etar

ía T

écn

ica

de P

lan

ifica

ción

del

D

esar

rollo

Econ

ómic

o y

Soci

al

(STP

)

Es fu

nci

ón d

e la

STP

el d

esar

rollo

del

Obs

erva

tori

o de

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nía

Alim

enta

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y N

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cion

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y de

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is-

tem

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oreo

y e

valu

ació

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orre

spon

dan

.

Secr

etar

ía T

écn

ica

de

Plan

ifica

ción

del

De-

sarr

ollo

Eco

nóm

ico

y So

cial

, Dir

ecci

ón G

e-n

eral

de

Esta

díst

ica,

En

cues

tas y

Cen

sos

(DGE

EC)

Dec

reto

N. 3

087/

15 P

or e

l cua

l se

reor

gan

iza,

se e

stab

lece

n

las f

unci

ones

, los

obj

etiv

os y

el

ámbi

to d

e co

mpe

ten

cia

de la

D

irec

ción

Gen

eral

de

Esta

dís-

tica

, En

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tas y

Cen

sos d

e la

Se

cret

aría

Téc

nic

a de

Pla

nifi

-ca

ción

del

Des

arro

llo E

con

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ico

y So

cial

, dep

endi

ente

de

la P

resi

den

cia

de la

Rep

úblic

a.

La D

irec

ción

Gen

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de

Esta

díst

ica,

En

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tas y

Cen

sos (

DGE

EC)

es la

inst

ituc

ión

del

Est

ado

enca

rgad

a de

gen

erar

, sis

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atiz

ar,

anal

izar

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ifun

dir

la i

nfo

rmac

ión

est

adís

tica

del

paí

s. En

tre

sus

resp

onsa

bilid

ades

se

encu

entr

a la

dir

ecci

ón t

écn

ica

sobr

e to

do tr

abaj

o es

tadí

stic

o, cu

alqu

iera

sea

su fo

rma,

fin

es y

dep

en-

den

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gube

rnat

iva

ejec

utor

a.

Min

iste

rio

de S

alud

blic

a y

Bien

esta

r So

cial

, In

stit

uto

Nac

ion

al d

e Al

imen

-ta

ción

y N

utri

ción

(IN

AN)

Reso

luci

ón S

. G. N

.° 24

6/ 9

6 Po

r la

cua

l se

crea

el I

nst

itut

o N

acio

nal

de

Alim

enta

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Nut

rici

ón (I

NAN

), de

pen

dien

te

del M

inis

teri

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Sal

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úblic

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Bien

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N. 6

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situ

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n d

e lo

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rech

os

hum

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(art

. 10,

inc.

5).

Page 58: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay44

Exig

ibil

idad

y ju

stic

iabi

lida

dM

ecan

ism

oscu

asi j

udic

iale

sD

efen

sorí

a de

l Pue

-bl

oLe

y N

. 631

/95

Org

ánic

a de

laD

efen

sorí

a de

l Pue

blo.

En l

a Le

y N

. 631

/95

se e

ncu

entr

a re

glam

enta

do e

l Re

curs

o de

Q

ueja

por

act

os d

e au

tori

dad

que

viol

en d

erec

hos

hum

anos

(a

rts.

12 a

l 27)

.

Mec

anis

mos

judi

cial

esPo

der J

udic

ial

Cort

e Su

prem

a de

Ju

stic

ia

Dir

ecci

ón d

e D

ere-

chos

Hum

anos

de la

Cor

te S

upre

ma

de Ju

stic

ia

Con

stit

ució

n d

e la

Rep

úblic

ade

l Par

agua

y.La

Con

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n N

acio

nal

est

able

ce l

as g

aran

tías

del

am

paro

y

de la

inco

nst

ituc

ion

alid

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ara

hace

r ef

ecti

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dere

chos

co

nsa

grad

os c

onst

ituc

ion

alm

ente

(art

s. 13

1, 1

32, 1

34, 1

36, 2

47).

La C

arta

Mag

na

defi

ne

las f

unci

ones

del

Pod

er Ju

dici

al, y

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e-be

res

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ribu

cion

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Cor

te S

upre

ma

de Ju

stic

ia y

de

la S

ala

Con

stit

ucio

nal

de

la C

SJ (a

rts.

247,

259

y 2

60).

Pérd

idas

y d

espe

rdic

io d

e al

imen

tos

No

iden

tifi

cada

Part

icip

ació

n so

cial

No

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tifi

cada

Fuen

te: E

labo

raci

ón p

ropi

a, s

obre

la b

ase

de n

orm

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cas

vige

nte

s de

l Est

ado

para

guay

o.

Page 59: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

45

4.1 El derecho a la alimentación en el marco jurídico nacional

Desde la sanción de la Constitución de 1992 (CRP), el Paraguay adoptó un nuevo paradigma ju-rídico, fundado en los principios centrales del derecho internacional de los derechos humanos.

Aunque la carta magna no estipula de manera expresa el derecho a la alimentación adecuada, lo contempla de modo implícito en otros derechos, como el derecho a la vida (art. 4), el derecho a la calidad de vida (art. 6), el derecho a la defensa de los intereses difusos (art. 38) y, en especial, en el artículo 72 que establece la obligación del Estado de controlar la calidad de los productos alimenticios tanto en las etapas de producción como de importación y comercialización. Asi-mismo, garantiza explícitamente el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria de los niños y las niñas (arts. 53, 54 y 75) y de las personas mayores (art. 57).

Otras disposiciones constitucionales muy vinculadas al DHAA son las relativas a la reforma agraria y el desarrollo rural (arts. 114, 115 y 116); las que establecen el derecho al trabajo en con-diciones dignas y justas (art. 86) y el derecho a la seguridad social (art. 95). Asimismo, el derecho a la igualdad y no discriminación obliga al Estado a atender las brechas existentes para el ejer-cicio de derechos, removiendo los obstáculos que propicien discriminaciones (arts. 46, 47 y 48).

Con relación a las normas jurídicas de origen internacional, la CRP regla el orden de prelación normativa en el artículo 137. De acuerdo a esa disposición, la ley suprema de la República es la Constitución y luego vienen los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados que se encuentran en un nivel superior al de todas las demás normas jurídicas de origen nacional de inferior jerarquía.

MARCOJURÍDICO

4.

MARCO JURÍDICO

Page 60: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay46

Desde el año 1989, fueron ratificados por el Paraguay los principales tratados de protección de los derechos humanos tanto los concertados en el ámbito del sistema universal como del siste-ma interamericano.

El derecho humano a la alimentación adecuada (DHAA) fue reconocido en el art. 25 de la Decla-ración Universal de Derechos Humanos, reafirmado posteriormente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, art. 11) y, mediante el derecho a la vida, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 6). Fue incluido también en otros convenios internacionales vinculantes del sistema universal de protección, relativos a pobla-ciones específicas: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y la Con-vención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

A su vez, el derecho a la alimentación adecuada ha sido reconocido en instrumentos regionales, como el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (art. 12).

©FAO

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MARCO JURÍDICO 47

En el año 1999, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (Comité DESC) interpretó el artículo 11 del PIDESC, a través de la Observación General N.° 12 sobre el derecho a una alimentación adecuada. En dicha observación, el comité especificó el contenido del DHAA y las obligaciones para los Estados parte emergentes del mencionado derecho.

El derecho humano a la alimentación adecuada se encuentra reconocido por el Estado paragua-yo a través de la incorporación al ordenamiento jurídico interno del PIDESC y de otros tratados internacionales, en los términos en los que ha sido establecido convencionalmente, conforme a los lineamientos desarrollados por los órganos autorizados de interpretación internacionales, como el Comité DESC.

4.2 Normas jurídicas nacionales vinculadas al derecho a la alimentación

El Paraguay aún no cuenta con una ley marco sobre el derecho a la alimentación. No obstante, las disposiciones vinculadas al derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria se en-cuentran contenidas en diversos tipos de normas jurídicas, las cuales se citan a continuación, según el componente del DHAA al que aluden.

Cuadro 5. Normativas nacionales vinculadas al derecho ala alimentación adecuada en sus diferentes componentes

Normativas nacionales vinculadas al derecho a la alimentación adecuada

Disponibilidad

• Ley N.° 385/94 De Semillas y Protección de Cultivares.• Ley N.° 1.863/02 Estatuto Agrario, modificado por las Leyes N.° 2531/04 y N.° 5881/17.• Ley N.° 6286/19 De Defensa, Restauración y Promoción de la Agricultura Familiar Campesina.• Decreto N.° 4565/15 Por el cual se reglamenta la aplicación de las leyes agrarias y demás normas atinentes a la agricultura familiar.• Decreto N.° 3000/15 Por el cual se establece la modalidad complementaria de contratación denominada proceso simplificado para la adquisición de productos agropecuarios de la agricultura familiar y se fijan cri-terios para la realización de los procesos de contratación y selección aplicadas para estas adquisiciones.• Resolución N.° 2915/15 de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas Por la cual se aprueba el reglamento que establece el mecanismo para la aplicación de los requisitos de calificación de la compra a los productores de la agricultura familiar registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería establecido en el artículo 17 inciso a) del Decreto N° 3000 de fecha 27 de enero de 2015 “Por el cual se establece la modalidad complementaria de contratación denominada proceso simplificado para la adquisición de productos agro-pecuarios de la agricultura familiar y se fijan criterios para la realización de los procesos de contratación y selección aplicadas para estas adquisiciones”.

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay48

Accesibilidad

• Ley N.° 1183/86 Código Civil.• Ley N.° 213/93 Código del Trabajo.• Ley N.° 1.680/01 Código de la Niñez y la Adolescencia.• Ley N.° 1.885/02 De las Personas Adultas Mayores.• Ley N.° 3.728/09 Que establece el derecho a la pensión alimentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza.• Ley N.° 4087/11 De regulación de transferencias monetarias condicionadas.• Ley N.° 4698/12 De garantía nutricional en la primera infancia.• Ley N.° 5281/14 Que modifica los artículos 1. ° y 3. ° de la Ley N.° 4698/12 De garantía nutricional en la primera infancia.• Ley N.° 5407/15 Del Trabajo Doméstico.• Decreto N.° 4.542/10 Por el cual se reglamenta la Ley N.° 3.728/09 Que establece el derecho a la pensión ali-mentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza.• Decreto N.° 4.876/10 Por el cual se modifican los artículos 7. ° y 11. ° y se deroga el artículo 8. ° del Decreto N.° 4.542/2010 Por el cual se reglamenta la Ley N.° 3.728/09 Que establece el derecho a la pensión alimentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza.• Decreto N.° 291/13 Por el cual se declara como prioridad nacional del Gobierno la meta de «Reducción de la pobreza» y se encarga a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) la elaboración e implementación del “Programa Nacional de Reducción de la Pobreza” (decreto derogado por el decreto Nº 1020/18).• Decreto N.° 1020/18 Por el cual se encomienda al Ministerio de Desarrollo Social a instrumentar planes sobre la reducción de la pobreza.

Adecuación – Bienestar nutricional

• Ley N.° 1.478/99 De comercialización de sucedáneos de la leche materna.• Ley N.° 3.481/08 De fomento y control de la producción orgánica.• Ley N.° 4949/12 Para la prevención y tratamiento de trastornos de la alimentación y sus efectos dañinos a la salud.• Ley N.° 5372/14 De prevención y atención integral a la diabetes.• Ley N.° 5210/14 De alimentación escolar y control sanitario.• Ley N.° 5598/15 Promoción protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna.• Decreto N.° 2.0830/98 Que declara obligatorio el enriquecimiento de la harina de trigo (industrializada, importada, fraccionada o comercializada en el país), con hierro y vitaminas. • Decreto N.° 3.597/99 Por el cual se reglamenta el artículo 182 del Código Sanitario relativo a la yodización de la sal común destinada al consumo humano y animal.• Decreto N.° 2366/14 Por el cual se reglamenta la Ley N.° 5210/14 De alimentación escolar y control sanitario.• Resolución N.° 02/2003 Por la cual se reglamenta la prestación de servicio de cantinas escolares en las ins-tituciones educativas. Ministerio de Educación y Cultura, 28 de octubre de 2003.• Resolución N.° 270/2003. Por la cual se aprueban las “Guías Alimentarias del Paraguay”, las “Guías Alimen-tarias para las Niñas y Niños Menores de 2 años del Paraguay” y los documentos técnicos N.° 1, N.° 2 y N.° 3 que fundamentan dichas guías, así como los materiales de apoyo (cartilla, tríptico y afiche) y se los declara de interés para la salud pública. MSPyBS, 24 de abril de 2003.• Resolución S. G. N.° 128/2015 Por la cual se establecen requisitos y condiciones generales para la provisión del almuerzo escolar.• Resolución S. G. N.° 792/2015 Por la cual se reglamenta el contenido de sal (cloruro de sodio) en productos panificados de consumo masivo.• Resolución N.° 15866/15 del MEC que aprueba el Programa de Alimentación Escolar del Paraguay y los lineamientos técnicos y administrativos estándares para la implementación del PAEP. • Resolución N.° 887/16 Por la que se aprueba la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control de la Obesidad 2015-2025.• Resolución S. G. N.° 452/2017. Por la cual se amplía la Resolución S. G. N.° 128, de fecha 24 de Marzo de 2015, por la cual se establecen requisitos y condiciones generales para la provisión de almuerzo escolar.

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MARCO JURÍDICO 49

Adecuación - Inocuidad

• Ley N. ° 836/80 Código Sanitario.• Ley N.° 123/91 Que adoptan nuevas Normas de Protección Fitosanitaria. • Ley N.° 808/96 Que declara obligatorio el Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el terri-torio nacional, modificada por Ley N.° 2044/02 y por Ley N.° 2655/05.• Ley N.° 1.160/97 Código Penal (arts. 208 y 212).• Ley N.° 1.334/98 De defensa del consumidor y del usuario.• Ley N.° 3.742/09 De Control de Productos Fitosanitarios de Uso Agrícola.• Decreto N.° 1.635/99 Por el cual se reglamenta el artículo 175 del Código Sanitario relativo al registro de fabricantes, representantes e importadores de productos alimenticios o bebidas.• Decreto N.° 16.611/02 Por el cual se faculta a los Ministerios de Salud Pública y Bienestar Social y de Agri-cultura y Ganadería a otorgar Habilitación y Registro de Establecimientos, Bebidas y Aditivos destinados al consumo humano.• Decreto N.° 21.004/03 Por el cual se establece el procedimiento administrativo único para la sustanciación de los procesos sumariales en materia de Defensa del Consumidor que se tramiten dentro del Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor.• Decreto N.° 6115/2011 Por el cual se crea el Registro Nacional de Envases en contacto con alimentos y se lo declara obligatorio en todo el territorio de la República.• Resolución S. G. N.° 559/2008 Por la cual  se aprueba el Manual de Calidad, conforme a la Norma NP-ISO/IEC 17020 “Criterios Generales para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos de inspección” a ser aplicado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición -INAN; se asigna al INAN la gerencia de calidad, y se establecen normas generales para su implementación.• Resolución S. G. N.° 361/2011 Por la cual se deroga la Resolución S. G. N.° 141 del 31 de marzo de 2008 “Por la cual se disponen los requisitos para el registro de establecimiento de productos alimenticios y aditivos ali-mentarios, aprueba el formulario para la solicitud de habilitación y renovación de dicho registro”; y dispone requisitos para el registro de establecimiento de alimentos, su renovación, normas generales, y aprueba los formularios e instructivo para su presentación. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.• Resolución S. G. N.° 398/2011 Por la cual se aprueba el Programa de Vigilancia de Alimentos a ser imple-mentado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición – INAN, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en el año 2011. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.• Resolución S. G. N.° 154/2015. Por la cual se establece un régimen especial, destinado a las Micro Empresas (MIE) elaboradoras o fraccionadoras de alimentos para la obtención del registro de establecimiento y registro sanitario de productos alimenticios y aditivos alimentarios para el consumo humano. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.• Resolución S. G. N.° 0666/2017. Por la cual se establece que el Registro Sanitario de Productos Alimenticios de temporada y otros, que por su naturaleza o por necesidad pública. requieran de una respuesta rápida de la autori-dad de aplicación, se tramitará por un procedimiento abreviado. Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.• Resolución S. G. N.° 0252/2018. Por la cual se abroga la Resolución N.° 634 de fecha 31 de Octubre de 2017, y se establecen requisitos para la obtención, renovación, actualización, transferencia, suspensión y cancelación de registros sanitarios de productos alimenticios, bebidas y aditivos destinados al consumo humano. Minis-terio de Salud Pública y Bienestar Social.

Adecuación cultural

• Ley N.° 904/81 Que establece el Estatuto de las Comunidades Indígenas.• Ley N.° 43/89 Por la cual se modifican disposiciones de la Ley N.° 1372/88 Que establece un régimen para la regularización de los asentamientos de las comunidades indígenas.• Ley N.° 3231/07 Que crea la Dirección General de Educación Escolar Indígena.• Ley N.° 5469/15 De salud indígena.• Decreto N.° 1039/18 Por el cual se aprueba el “Protocolo para el Proceso de Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado con los Pueblos Indígenas que habitan en el Paraguay”.

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay50

Fuente: Elaboración propia.

Estabilidad

• Ley N.° 2.615/05 Que crea la Secretaría de Emergencia Nacional.• Decreto N.° 11632/13 Por el cual se reglamenta la Ley N.° 2.615/05.• Resolución N.° 433/06 Que crea el Sistema de Información y Soporte para la Toma de Decisiones (SISTD), cuya unidad ejecutora es la Unidad de Gestión de Riesgos (UGR). Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Sostenibilidad

• Ley N.° 42/73 Forestal.• Ley N.° 294/93 Evaluación de impacto ambiental, y sus leyes modificatorias.• Ley N.° 536/95 De fomento a la forestación y reforestación.• Ley N.° 716/96 Que sanciona delitos contra el medioambiente.• Ley N.° 1.561/00 Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente.• Ley N.° 3.239/07 De los recursos hídricos del Paraguay.• Ley N.° 3.556/08 De pesca y acuicultura.• Ley N.° 6123/18 Que eleva al rango de Ministerio a la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Minis-terio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.

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El derecho humano a la alimentación adecuada es un derecho complejo y multisectorial. Para su realización efectiva, es necesario abordarlo desde numerosos sectores de la economía de un país y, consecuentemente, a través de variadas políticas públicas y medidas legislativas de diver-so contenido y carácter.

Considerando las principales áreas sectoriales y mecanismos que inciden en el derecho a la ali-mentación, tras el análisis del marco jurídico vigente en el Paraguay realizado en este informe, se observa que más de cuarenta instituciones públicas poseen competencias vinculadas con la garantía del derecho a la alimentación, comprendiendo a los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y a los tres niveles de gobierno (municipal, departamental y nacional).

A su vez, más de treinta leyes de origen nacional (códigos, estatutos y leyes) contienen disposi-ciones vinculadas a los distintos componentes del derecho a la alimentación adecuada.

En los últimos años, el Paraguay ha logrado importantes avances de carácter normativo, institu-cional y político en ámbitos sectoriales vinculados al derecho a la alimentación. Entre los más significativos pueden mencionarse:

• la Ley de Garantía Nutricional en la Primera Infancia del año 2012, ampliada en el 2014, y el Programa Alimentario Nutricional Integral;

• la Ley de Alimentación Escolar y Control Sanitario del 2014 y el Programa de Alimentación Escolar del Paraguay;

• la Ley de Políticas Públicas para Mujeres Rurales del 2015;

• el Decreto N.° 3000/15 que establece la modalidad complementaria para compras públicas de productos de la agricultura familiar; y

CONCLUSIONES YRECOMENDACIONES

5.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

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El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay52

• la Ley de Defensa, Restauración y Promoción de la Agricultura Familiar Campesina del año 2019.

Los Frentes Parlamentarios contra el Hambre han desempeñado un rol de central importancia en la consecución de estos avances normativos.

Cabe mencionar también la implementación del Programa Conjunto de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PC SAN), entre los años 2015 y 2018, que involucró a varias instituciones estata-les y organismos internacionales de cooperación, y constituye una experiencia relevante en la promoción del derecho a la alimentación de personas campesinas e indígenas en situación de extrema pobreza, con enfoque intercultural.

En materia de coordinación interinstitucional, se han conformado la Mesa Técnica Interinsti-tucional de Compras Públicas de la Agricultura Familiar, el Equipo Técnico Interinstitucional de Alimentación Escolar y la Comisión Interinstitucional de Aplicación de la Ley de Políticas Públicas para Mujeres Rurales. Asimismo, se ha creado la Comisión Interinstitucional de coor-dinación, implementación, seguimiento y monitoreo de los compromisos internacionales en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.

Por el número y la diversidad de instituciones con competencia en la garantía del derecho a la alimentación se torna necesario contar con un sistema institucional que posibilite la coordi-nación intersectorial en materia de SAN y derecho a la alimentación. A su vez, la cantidad de instrumentos normativos vigentes plantea el reto de la armonización jurídica desde el enfoque del derecho a la alimentación.

En materia de política pública, el país carece de una estrategia o plan nacional de SAN, el cual permitiría dotar de una perspectiva integral a las acciones en la materia, complementarlas y transformar en políticas de Estado los programas y proyectos existentes.

En la actualidad, la principal brecha jurídica existente en el Paraguay para la aplicación del derecho a la alimentación es la inexistencia de una ley marco que establezca una instituciona-lidad adecuada y proporcione elementos concretos para efectivizar ese derecho.

Las leyes marco sobre el derecho a la alimentación se encargan de lo complejo y multisectorial que es el DHAA, legislando de forma consistente.

Una ley marco sobre el derecho a la alimentación en Paraguay permitiría: 1. La definición precisa del alcance y contenido del derecho a la alimentación adecuada.

2. La adopción de la base normativa para establecer la política de Estado de seguridad alimen-taria y derecho a la alimentación.

3. La dotación de una perspectiva integral y consistente a las diferentes materias sectoriales involucradas en la garantía del derecho a la alimentación.

4. La definición de las prioridades en materia de SAN y el mandato de diseñar e implementar un plan o estrategia nacional de carácter integral.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 53

5. El establecimiento del sistema SAN, esto es, de la autoridad nacional para el derecho a la ali-mentación, encargada de la definición, coordinación y ejecución de la política de seguridad alimentaria y derecho a la alimentación, considerando los tres niveles de gobierno.

6. La institución de un sistema integrado de información, monitoreo y evaluación en materia de SAN.

7. La creación de los mecanismos de participación social.

8. La explicitación de los recursos para la exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la ali-mentación.

Asimismo, en la ley marco podrían establecerse directrices relativas a temas claves que aún no se encuentran explícitamente contempladas ni en el ámbito jurídico ni en el programático, como son las acciones para disminuir las pérdidas y el desperdicio de alimentos en el Paraguay.

Podrían incluirse también garantías normativas que aseguren las asignaciones presupuesta-rias requeridas para la realización periódica de la Encuesta Nacional de Alimentación y Nutri-ción (ENAN) y para la implementación de programas alimentarios y nutricionales prioritarios.

La aprobación de una ley marco contribuiría al avance decidido en la Agenda 2030, en especial, de las metas de los ODS 1, 2 y 3 en el ámbito nacional. Al mismo tiempo, se daría respuesta a un requerimiento de numerosas organizaciones de la sociedad civil y su adopción significaría el cumplimiento de las recomendaciones remitidas al Estado paraguayo por el Comité de Dere-chos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (2015) y por la relatora especial sobre el derecho a la alimentación (2017).

La FAO saluda las iniciativas que se han dado en el Congreso nacional para avanzar en esta ma-teria y queda a disposición de los organismos del Estado para dar su acompañamiento técnico en conseguir que el derecho humano a la alimentación adecuada sea plenamente reconocido en el ordenamiento interno de Paraguay.

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BIBLIOGRAFÍAY FUENTESCONSULTADAS

AECID & FAO. 2011. Estrategia Regional contra el hambre y la desnutrición crónica infantil. Proyecto GCP/RLA/169/SPA Componente Nacional 3 – SAN Paraguay. Manual de Monitoreo y Evaluación. Asunción.

Benítez, G. 2016. Agricultura Familiar: ODM y Gasto Público. Asunción, CADEP.

CELAC. 2016. Plan para la Seguridad Alimentaria, Nutrición y Erradicación del Hambre CELAC 2025: elementos para el debate y la cooperación regionales. Santiago de Chile; CELAC, FAO, CEPAL & ALADI.

CEPAL. 2016. La matriz de la desigualdad social en América Latina. Santiago de Chile, CEPAL.

CESCR. 1999. Observación General Nº 12. El derecho a una alimentación adecuada. Ginebra (Suiza).

CESCR. 2015. Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico del Paraguay. Paraguay.

Decreto de Ley N.º 8.152. Congreso de la Nación Paraguaya, Asunción, Paraguay, 08 de setiembre de 2006.

Decreto de Ley N.º 2.789. Congreso de la Nación Paraguaya, Asunción, Paraguay, 26 de agosto de 2009.

Decreto de Ley N.º 6.179. Congreso de la Nación Paraguaya, Asunción, Paraguay, 11 de febrero de 2011.

Dirección de Enfermedades Crónicas No Transmisibles del Ministerio de Salud Pública y Bienes-tar Social. 2015; Estrategia Nacional para la Prevención y Control de la Obesidad 2015-2025. Asunción (Paraguay).

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay

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FAO, FIDA, OMS, PMA & UNICEF. 2017. El estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo. Fomentando la resiliencia en aras de la paz y la seguridad alimentaria. Roma.

FAO, FIDA, UNICEF, PMA & OMS. 2018. El estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo. Fomentando la resiliencia climática en aras de la seguridad alimentaria y la nutrición. Roma.

FAO & OPS. 2017. Panorama de la Seguridad Alimentaria y Nutricional en América Latina y el Caribe. Santiago de Chile.

HLPE. 2014. Las pérdidas y el desperdicio de alimentos en el contexto de sistemas alimentarios sosteni-bles. Un informe del Grupo de Alto Nivel de Expertos en seguridad alimentaria y nutrición del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial. Roma.

HLPE. 2017. La nutrición y los sistemas alimentarios. Un informe del Grupo de Alto Nivel de Expertos en seguridad alimentaria y nutrición del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial. Roma.

INAN. Disponible en: http://www.inan.gov.py/site/?page_id=24#mision, último acceso: 5 de junio de 2018.

ONU. 2015. Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación acerca de su misión al Paraguay. Paraguay.

FAO. 2010. Guía para legislar sobre el derecho a la alimentación. Roma.

FAO. 2011. La Seguridad Alimentaria: información para la toma de decisiones. Guía práctica. Roma.

FAO, Parlatino. 2013. Ley Marco Derecho a la Alimentación, Seguridad y Soberanía Alimentaria. Panamá.

FAO. 2013. Cuadernos de trabajo sobre el derecho a la alimentación Nº1. El derecho a la alimentación en el marco internacional de los derechos humanos y en las constituciones. Roma.

FAO. 2013. Cuadernos de trabajo sobre el derecho a la alimentación Nº2. Desarrollo de leyes específicas sobre el derecho a la alimentación. Roma.

FAO. 2013. Cuadernos de trabajo sobre el derecho a la alimentación Nº3. Revisión de la compatibilidad de leyes sectoriales con el derecho a la alimentación. Roma.

FAO. 2013. Cuadernos de trabajo sobre el derecho a la alimentación Nº7. Evaluación del derecho a la alimentación. Roma.

FAO. 2014. Diagnóstico y propuestas para el desarrollo de una política pública de seguridad alimentaria y nutricional de los pueblos indígenas en Paraguay. Asunción (Paraguay).

FAO. 2017. Reflexiones sobre el sistema alimentario y perspectivas para alcanzar su sostenibilidad en América Latina y el Caribe. Santiago de Chile.

Ley N.º 400. Congreso de la Nación Paraguaya, Asunción, Paraguay, 19 de marzo de 1992.

Page 70: El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay ...derecho a la alimentación adecuada y su grado de aplicación en el Paraguay. El propósito de este material es brindar una

El derecho a la alimentación adecuada en el Paraguay56

PNUD & ONU Mujeres. 2015. Documento de Trabajo. Pobreza y oportunidades económicas desiguales y género. Hipótesis para la discusión. Asunción (Paraguay).

STP. 2009. Plan Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Paraguay PLANAL. Asunción, STP & FAO. Volumen 1.

STP & FAO. 2013. Enfoque Territorial Participativo. Metodología válida para el diseño de emprendimien-tos estratégicos articuladores vinculados a la Soberanía y Seguridad Alimentaria. Asunción, STP & FAO.

Vivero Pol, J.C. 2010. El enfoque legal contra el hambre; el derecho a la alimentación y las leyes de segu-ridad alimentaria. Exigibilidad y realización de derechos sociales. Impacto en la política pública. Erazo, X.; Pautassi, L.; Santos, A. (eds); Editorial LOM.

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Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura Representación de la FAO en ParaguayAlberdi 226 entre Pte. Franco y Palma

Asunción, ParaguayTel.: +595 21 3286247 / 3298686

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ISBN 978-92-5-133010-4

9 7 8 9 2 5 1 3 3 0 1 0 4