EGIS y PSAT

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EGIS y PSAT Para solicitar un subsidio habitacional es necesario contar con asesoría de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) o de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT), según el programa al cual se postulará. EGIS y PSATno pueden cobrar por la asesoría prestada, ya que el Estado les paga honorarios por prestar este servicio a postulantes y beneficiarios de los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Lista de EGIS y PSAT habilitadas para proyectos de Programa Regular y de Reconstrucción Requisitos para trabajar como EGIS y PSAT Las EGIS y los PSAT son entidades que apoyan a las familias durante todo el proceso de postulación a las distintas modalidades del Fondo Solidario de Vivienda y del Subsidio Habitacional Rural respectivamente. Esto abarca, desde la organización de los postulantes y la preparación de los proyectos, hasta la entrega de las viviendas a los beneficiarios del subsidio. El D.S. N° 174, (V. y U.), de 2005, que regula el Fondo Solidario de Vivienda establece que las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social o EGIS son personas jurídicas, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, que prestan los servicios de asistencia técnica requeridos para el buen desarrollo de los proyectos del Fondo Solidario de Vivienda, a que se refiere la Resolución N° 533, (V. y U.), de 1997. Funciones Para los proyectos de construcción las principales funciones que deben asumir la EGIS o el PSAT son: Organización de la demanda habitacional. Diseño y elaboración de proyectos de arquitectura e ingeniería. Diseño y Ejecución del Plan de Habilitación Social. Contratación de las Obras. Inscripción de las viviendas en el Conservador de Bienes Raíces y entrega a los beneficiarios. Para operar como EGIS o PSAT las entidades interesadas deben suscribir un Convenio Marco con el MINVU, en el que se establecen las acciones, condiciones, compromisos y obligaciones que asumirán para la preparación, desarrollo y ejecución de los proyectos, y cualquier otra estipulación que se estime conveniente a los intereses de las partes. Quienes pueden ser EGIS o PSAT Pueden ser EGIS: municipios, fundaciones, corporaciones, cooperativas, consultoras y constructoras, entre otras personas jurídicas; siempre que firmen previamente un convenio con la SEREMI de Vivienda en la región en que operen, para prestar los servicios de Asistencia Técnica y Social en el programa Fondo Solidario de Vivienda y D.S. N°40. Pueden ser PSAT: además de las entidades indicadas anteriormente, las personas naturales siempre que firmen previamente un convenio con la SEREMI de Vivienda en la región en que operen, para prestar los servicios de Asistencia Técnica y Social en el programa Protección del Patrimonio Familiar y Subsidio Habitacional Rural. Qué es una EGIS y un PSAT

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EGIS y PSATPara solicitar un subsidio habitacional es necesario contar con asesoría de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) o de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT), según el programa al cual se postulará. EGIS y PSATno pueden cobrar por la asesoría prestada, ya que el Estado les paga honorarios por prestar este servicio a  postulantes y beneficiarios de los programas habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.Lista de EGIS y PSAT habilitadas para proyectos de Programa Regular y de ReconstrucciónRequisitos para trabajar como EGIS y PSAT

Las EGIS y los PSAT son entidades que apoyan a las familias durante todo el proceso de postulación a las distintas modalidades del Fondo Solidario de Vivienda y del Subsidio Habitacional Rural respectivamente. Esto abarca, desde la organización de los postulantes y la preparación de los proyectos, hasta la entrega de las viviendas a los beneficiarios del subsidio.

El D.S. N° 174, (V. y U.), de 2005, que regula el Fondo Solidario de Vivienda establece que las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social o EGIS son personas jurídicas, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, que prestan los servicios de asistencia técnica requeridos para el buen desarrollo de los proyectos del Fondo Solidario de Vivienda, a que se refiere la Resolución N° 533, (V. y U.), de 1997.

Funciones

Para los proyectos de construcción las principales funciones que deben asumir la EGIS o el PSAT son:

Organización de la demanda habitacional. Diseño y elaboración de proyectos de arquitectura e ingeniería. Diseño y Ejecución del Plan de Habilitación Social. Contratación de las Obras. Inscripción de las viviendas en el Conservador de Bienes Raíces y entrega a los beneficiarios.

Para operar como EGIS o PSAT las entidades interesadas deben suscribir un Convenio Marco con el MINVU, en el que se establecen las acciones, condiciones, compromisos y obligaciones que asumirán para la preparación, desarrollo y ejecución de los proyectos, y cualquier otra estipulación que se estime conveniente a los intereses de las partes.

Quienes pueden ser EGIS o PSAT Pueden ser EGIS: municipios, fundaciones, corporaciones, cooperativas, consultoras y constructoras, entre otras

personas jurídicas; siempre que firmen previamente un convenio con la SEREMI de Vivienda en la región en que operen, para prestar los servicios de Asistencia Técnica y Social en el programa Fondo Solidario de Vivienda y D.S. N°40.

Pueden ser PSAT: además de las entidades indicadas anteriormente, las personas naturales siempre que   firmen previamente un convenio con la SEREMI de Vivienda en la región en que operen, para prestar los servicios de Asistencia Técnica y Social en el programa Protección del Patrimonio Familiar y Subsidio Habitacional Rural.

Qué es una EGIS y un PSAT

Las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) y los Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT) son personas naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro, que han sido autorizadas por la Seremi respectiva para asesorar a las familias en todos los aspectos necesarios (técnicos y sociales) que les permitan acceder y aplicar un subsidio habitacional.

Qué rol cumplen EGIS y PSAT en la postulación a un subsidio habitacional

Las EGIS y los PSAT tienen como principal labor prestar gratuitamente asesoría y realizar las acciones necesarias para que las familias a las cuales proporcionan Asistencia Técnica, logren acceder y aplicar un subsidio habitacional.

Las EGIS deben asesorar a los interesados en el Fondo Solidario de Vivienda (FSV), y a quienes quieran construir en forma colectiva con los Subsidios para Sectores Medios.

Los PSAT apoyan a quienes opten por el Subsidio para construcción individual en zonas rurales (Capítulo III del Fondo Solidario de Vivienda) y al Programa de Protección del Patrimonio Familiar (PPPF).

Algunos de los deberes de EGIS y PSAT son: Organizar a los interesados en postular a un subsidio y representarlos ante el SERVIU.

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Apoyar el trabajo del comité o de la familia, verificando que se cumplan los requisitos de postulación y ahorro. Diseñar y ejecutar un Plan de Habilitación Social que abarque un conjunto de actividades para que la familia

tome decisiones sobre las características y calidad de su vivienda, se responsabilice de su mantención y cuidado, y se integre a su red social.

Entregar un listado con las instituciones que prestan servicios a familias vulnerables, en el sector donde se encuentre la vivienda (colegios, centros de atención de salud, locomoción colectiva, lugares de pago de agua, luz y otros servicios).

Diseñar el proyecto de loteo (cuando corresponda), de arquitectura y estructura, y de urbanización del conjunto habitacional para presentarlo al SERVIU, previa aprobación de las familias.

Realizar los trámites legales e inscripciones de la vivienda en el Conservador de Bienes Raíces. Cuando corresponda, gestionar un crédito en bancos u otras instituciones financieras que tengan convenio con el

MINVU, a fin de completar el valor de la vivienda.

En proyectos de construcción deben, además: Asesorar a las familias en la búsqueda de un terreno. Diseñar junto a las familias el proyecto de construcción. Contratar a la empresa constructora en conjunto con la familia. Obtener permisos de construcción. Guiar la ejecución del proyecto, velar por su calidad y visar la contratación de las obras. Gestionar la recepción definitiva de las obras.

Para ampliar o mejorar la vivienda deben, además: Evaluar si la vivienda cumple los requisitos para postular al PPPF. Tasar la vivienda si no se ha podido obtener un certificado de vivienda social o de vivienda SERVIU. Diseñar y desarrollar un Plan de Habilitación Social, que permita que las familias participen en la elaboración de

su proyecto de mejoramiento o ampliación, y que se preparen para su correcto uso, cuidado y mantención. Asesorar a los postulantes en la elección de un contratista. Visitar la obra, al menos, una vez por semana. Gestionar créditos, cuando sea necesario. Gestionar y participar en la recepción definitiva de las obras

*Recuerde: todas estas asesorías son gratuitas para los postulantes y beneficiarios de subsidios habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

EGIS y PSAT no pueden cobrar por asesorar a postulantes y beneficiarios

El convenio marco que EGIS y PSAT firman con las SEREMI de Vivienda establece las actividades y servicios que deben prestar a postulantes y beneficiarios de los subsidios, por los cuales el SERVIU les paga honorarios. Asimismo, establece que las EGIS y PSAT no pueden realizar cobros por las asesorías a postulantes y beneficiarios de cualquier subsidio del MINVU.

*Estas entidades, eventualmente, pueden solicitar dineros los que sólo podrán ser destinados al pago de algunos derechos y aranceles (gastos operacionales), claramente establecidos en el convenio. Si su EGIS o PSAT le pide dineros para realizar gastos operacionales, deberá rendirle cuenta a usted del del uso de estos fondos, la que podrá aprobar o rechazar.

Gastos operacionales de postulación a un subsidio habitacional

El siguiente cuadro muestra los únicos derechos y aranceles (gastos operacionales) por los cuales EGIS y PSAT pueden solicitar dineros a los postulantes y beneficiarios de un subsidio.

VALORES FINANCIABLES CON FONDOS A RENDIR

Aranceles y Derechos Municipales

Certificados: Copropiedad, Recepción Municipal, Inhabitabilidad, Deuda de Derechos de Aseo, No Expropiación Municipal y de DFL 2.

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Derechos: Aprobación de Loteo (incluye Anteproyecto), Alteración, Edificación (incluye Anteproyecto), Demolición, Subdivisión, o Fusión, Recepción de Obras de Urbanización y de Obras de Edificación.

Aranceles y Derechos Servicio de Salud

Cerificado: Instalación de Agua Potable y Alcantarillado, sólo en caso del Subsidio Habitacional Rural.

Aranceles y Derechos Notariales

Escrituras/ Protocolizaciones:

Reducción Escritura Pública Permiso de Edificación (DFL 2), Adjudicación o Compraventa, Cesión de Derechos, Derecho Real de Uso, Servidumbres, Reglamento de Copropiedad y Alzamiento de Prohibiciones.

Autorizaciones: Firma Notarial del Contrato de Construcción, Giro de Ahorros y Declaración Jurada de No Parentesco.

Aranceles y Derechos Conservador Bienes Raíces

Inscripciones: Plano Loteo, Prohibición de Gravar y Enajenar a favor de SERVIU, Compraventa (Adquisición de Vivienda y/o Terreno), Derecho Real de Uso, Cesión de Derechos, Reglamento Copropiedad, Alzamiento de Prohibición y Servidumbres.

Certificados: De Hipotecas, de Gravámenes, Prohibiciones y Embargos y de Dominio Vigente.

Otros: Copia de cualquiera de las Inscripciones señaladas previamente.

Aranceles y Derechos Archivero Judicial

Obtención Copia de Escrituras Públicas.

Recuerde: si su EGIS o PSAT le solicita dinero para realizar estos trámites, deberá rendirle cuenta sobre el uso de los fondos requeridos. La rendición de gastos deberá respaldarse con documentos, pudiendo ser aprobada o rechazada por usted.

Quién fiscaliza el trabajo de EGIS y PSAT

La SEREMI de Vivienda de su región es el organismo encargado de velar por el buen trabajo de las EGIS y PSAT. 

¿Qué sanciones se pueden aplicar a EGIS y PSAT?

Frente al incumplimiento de las obligaciones suscritas en el convenio marco, la SEREMI respectiva podrá sancionar a las EGIS y PSAT. Las sanciones podrán ir desde la suspensión de sus funciones como asesores técnicos de postulantes y beneficiarios de subsidios, hasta el término administrativo del convenio con las SEREMI.

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*Si existe un delito en el actuar de las EGIS o PSAT, la SEREMI respectiva lo denunciará a la Justicia.

Cómo puedo elegir una EGIS o un PSAT

Antes de elegir con qué EGIS o PSAT trabajar, es importante contar con el listado completo de las entidades que operan en la región donde se desea postular.

Previo a optar por una, es conveniente tomar contacto con varias entidades, para conocer su forma de trabajo y la calidad de los proyectos que han realizado, además de la capacidad de atención que tienen (categoría).

Recuerde: si quien lo asesora no aparece en el Listado de EGIS y PSAT a la Fecha, es porque no está habilitada para gestionar su postulación al subsidio. ¡Denúncielo a la SEREMI de su región!

Dónde puedo denunciar o reclamar por el actuar de una EGIS o PSAT

Si un usuario de EGIS o PSAT no está conforme con la asesoría prestada, puede acercarse a las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS ) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o del Serviu, para dar a conocer su caso. Su reclamo o sugerencia será acogida por nuestros funcionarios en el Servicio de Opiniones Ciudadanas (SERSUF). También puede expresar su opinión a través de nuestro Servicio de Atención Virtual (Contáctenos ).

*Su denuncia o reclamo podrá dar origen a que la SEREMI respectiva sancione a la EGIS o PSAT que haya cometido una irregularidad.