EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL
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Efectos políticos de la Reforma Electoral
Presentación Pablo Ava
Partido de la Costa 2011
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Fórmulas Presidenciales * Votos %Menem - Romero (Alianza Frente por la Lealtada-UCeDe) 4.740.907 24,45Kirchner - Scioli (Alianza Frente para la Victoriab) 4.312.517 22,24López Murphy - Gómez Diez (Alianza Movimiento Federal para Recrear el Crecimientoc) 3.173.475 16,37Rodriguez Saá - Posse (Frente Movimiento Popular-Unión y Libertadd) 2.735.829 14,11Carrió - Gutiérrez (Alianza Afirmación para una Republica Igualitariae) 2.723.574 14,05Moreau - Losada (Union Civica Radical) 453.360 2,34Walsh - Parrilli (Alianza Izquierda Unidaf) 332.863 1,72Bravo - Giustiniani (Socialista) 217.385 1,12Altamira - Salas (Obrero) 139.399 0,72Venturino - Pinto Kramer (Confederacion para que se Vayan Todos) 129.764 0,67Sullings - Ambrosio (Humanista) 105.702 0,55Arcagni - Zenof (Alianza Tiempo de Cambiosg-Unión Popular) 63.449 0,33Mazziteli - Camps (Socialista Auténtico) 50.239 0,26Zaffore - Perie (Movimiento de Integración y Desarrollo) 47.951 0,25Herrera - Cúneo (Demócrata Cristiano) 47.750 0,25Breide Obeid - Vasena (Partido de la Reconstrucción) 42.460 0,22Mussa - Suarez (Alianza Unidos o Dominadosh) 39.505 0,2Terán - Bonacci (Movimiento por la Dignidad y la Independencia) 31.766 0,16Votos Positivos 19.387.895 97,28Votos en Blanco 196.574 0,99Votos Nulos 345.642 1,73Total Votantes 19.930.111
18 FORMULAS PRESIDENCIALES
13 no llegaron a superar el 3 %
5 en Competencia real
2003
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14 FORMULAS PRESIDENCIALES
10 no llegaron a superar el 3 %
4 en Competencia real
Fórmula / Partidos y Alianzas Electorales Votos %Fernández de Kirchner - Cobos (ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIAa) 8.651.066 45,29Carrió - Giustiniani (ALIANZA CONFEDERACION COALICION CIVICAb) 4.401.981 23,04Lavagna - Morales (ALIANZA CONCERTACION UNA NACION AVANZADAc) 3.229.648 16,91Rodriguez Saá - Maya (ALIANZA FRENTE JUSTICIA, UNION Y LIBERTADd) 1.458.955 7,64Solanas - Cadelli (SOCIALISTA AUTENTICO) 301.265 1,58López Murphy - Bullrich (RECREAR PARA EL CRECIMIENTO) 273.015 1,43Sobisch - Asís 268.255 1,4Ripoll - Bidonde (MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES) 142.421 0,75Pitrola - Arroyos (OBRERO) 116.564 0,61Montes - Heberling (ALIANZA FRENTE P.T.S. - M.A.S. - IZQUIERDA SOCIALISTAe) 84.662 0,44Ammann - Deleonardi (ALIANZA FRENTE AMPLIO HACIA LA UNIDAD LATINOAMERICANAf) 69.760 0,37Castells - Pelozo (MOVIMIENTO INDEPENDIENTE DE JUBILADOS Y DESOCUPADOS) 48.786 0,26Breide Obeid - Vergara (POPULAR DE LA RECONSTRUCCION) 45.282 0,24Mussa - Nespral (CONFEDERACION LEALTAD POPULAR) 10.551 0,06VOTOS POSITIVOS 19.102.211 92,4VOTOS EN BLANCO 1.330.885 6,44VOTOS NULOS 240.074 1,16TOTAL VOTANTES 20.673.170
2007
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2007 2009
DIPUTADOS NACIONALES
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682 partidos políticos en la Argentina 33 partidos nacionales Sólo 7 cumplían todos los requisitos en 2008
659 de distrito– Ciudad de Buenos Aires 82
– Santiago del Estero 37
30% del padrón aparecía como afiliado a algún partido
2009
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DIALOGO POLITICO
“¿Qué nos proponemos? Escuchar y que nos escuchen, hacer propuestas diferentes pero sobre todo, nuestros objetivos están diseccionados a mejorar el sistema político argentino. Por eso creemos que debe ser un diálogo abierto, amplio no excluyente, sobre todo, teniendo en cuenta que estamos a más de 2 años del inicio de un próximo proceso electoral. “ (Randazzo)
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• “fortalecimiento de los partidos políticos“
1Objetivos
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• “mecanismos de selección de candidatos que permitan que esos candidatos tengan mejor representación y más legitimidad“
• “sistema de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, para que en realidad una decisión tan importante como es elegir a nuestros candidatos, aquellos que van a ser candidatos a elecciones generales no queden solamente en manos de los partidos políticos, sino que sea responsabilidad del conjunto de los argentinos.”
2Objetivos
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3
• “financiamiento de los partidos políticos, como así también buscar criterios de equidad en relación a los gastos de las campañas electorales, para que todos los candidatos tengan igualdad de oportunidades y también tengan igualdad de oportunidades los ciudadanos a la hora de votar.”
Objetivos
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1. Fortalecimiento de los partidos políticos2. Más y mejor democracia interna (como el modelo
uruguayo de internas abiertas y simultáneas)3. Mayor transparencia y control del financiamiento4. Depuración de los padrones partidarios5. Reducción significativa del nivel absurdo de
fragmentación de los partidos. 6. Modernizar el sistema electoral y dar respuesta a
la crisis de representación.
Propuesta
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Reclaman una reforma política integral La oposición aprueba las internas que
quiere el Gobierno, pero exige la boleta única y cambios en el financiamiento electoral
Domingo 12 de julio de 2009 | Laura Capriata. LA NACION
![Page 17: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/17.jpg)
• "Con internas no alcanza, hay que debatir muchos más temas, como restricciones a las candidaturas testimoniales, al adelantamiento de elecciones y a los actos oficiales en campaña", sostuvo el presidente de la UCR, Gerardo Morales.
• Bullrich explicó que llevarán a la mesa de discusión la idea de que las facultades electorales del Ministerio del Interior pasen a la justicia electoral, conseguir independencia del gobierno de turno. Además propondrán una modificación estructural del sistema de financiamiento: que las campañas sean íntegramente financiadas por el Estado y se prohíban las donaciones de empresas o particulares.
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Propuestas • Autoridad electoral . La oposición pide el
traspaso de atribuciones del Ministerio del Interior a la Cámara Nacional Electoral para centralizar tareas y lograr independencia del gobierno de turno.
• Transparencia . Implementar la boleta única y el voto electrónico para evitar gastos tanto en impresión de boletas como fiscalización. Además, así se agilizarían la votación y el escrutinio.
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Propuestas • Gastos . Penar los excesos en los gastos de
campaña y el uso de recursos públicos. Reemplazar los gastos millonarios en radio y TV por espacios gratuitos cedidos por el Estado.
• Listas . Impedir las listas testimoniales y las colectoras.
• Sondeos . Auditar encuestas para impedir que se difundan trabajos con intencionalidad política.
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Ley 26.571Modifícase la Ley Nº 23.298.Sancionada: Diciembre 2 de 2009Promulgada Parcialmente: Diciembre 11 de 2009
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley
LEY DE DEMOCRATIZACION DE LA REPRESENTACION POLITICA, LA
TRANSPARENCIA Y LA EQUIDAD ELECTORAL
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Ley de democratización de la Representación Política, la Transparencia y
la Equidad ElectoralA. Reforma a la Ley de Partidos Políticos (23298)
B. Sistema PASO
C. Ley de Financiamiento de las campañas electorales (26215)
D. Modernización del Código Electoral
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Ley de democratización de la Representación Política, la Transparencia y
la Equidad Electoral A. Reforma a la Ley de Partidos Políticos
(23298)
1. 4%o adhesión del distrito2. 150 días para afiliar Partido
Nacional 5 distritos con estos requisitos
3. Control Anual cada Febrero
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3. Renuncia por telegrama4. Confederación-Fusiones de
partidos5. Prohibiciones para ser
candidato (caso Patti)6. Alianzas 60 días ANTES DE LAS
ELECCIONES PRIMARIAS (art. 10)7. Caducidad 4 años sin internas
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ARTICULO 2º — Modifícase el artículo 7º de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, 23.298, el que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 7º: Para que a una agrupación política se le pueda reconocer su personería jurídico-política, en forma provisoria, debe solicitarlo ante el juez competente, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Acta de fundación y constitución, acompañada de constancias, que acrediten la adhesión de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4‰) del total de los inscritos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón (1.000.000). Este acuerdo de voluntades se complementará con un documento en el que conste nombre, domicilio y matrícula de los firmantes;
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b) Nombre adoptado por la asamblea de fundación y constitución;c) Declaración de principios y programa o bases de acción política,
sancionados por la asamblea de fundación y constitución;d) Carta orgánica sancionada por la asamblea de fundación y
constitución;e) Acta de designación de las autoridades promotoras;f) Domicilio partidario y acta de designación de los apoderados.Durante la vigencia del reconocimiento provisorio, los partidos
políticos serán considerados en formación. No pueden presentar candidaturas a cargos electivos en elecciones primarias ni en elecciones nacionales, ni tienen derecho a aportes públicos ordinarios ni extraordinarios.
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ARTICULO 3º — Incorpórase como artículo 7º bis de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, 23.298, el siguiente:
Artículo 7º bis: Para obtener la personería jurídico-política definitiva, los partidos en formación, deben acreditar:
a) Dentro de los ciento cincuenta (150) días, la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4‰) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón (1.000.000), acompañadas de copia de los documentos cívicos de los afiliados donde conste la identidad y el domicilio, certificadas por autoridad partidaria;
![Page 28: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/28.jpg)
b) Dentro de los ciento ochenta (180) días, haber realizado las elecciones internas, para constituir las autoridades definitivas del partido;
c) Dentro de los sesenta (60) días de obtenido el reconocimiento, haber presentado los libros a que se refiere el artículo 37, a los fines de su rúbrica.
Todos los trámites ante la justicia federal con competencia electoral hasta la constitución definitiva de las autoridades partidarias serán efectuados por las autoridades promotoras, o los apoderados, quienes serán solidariamente responsables de la veracidad de lo expuesto en las respectivas documentaciones y presentaciones.
![Page 29: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/29.jpg)
Artículo 7º ter: Para conservar la personería jurídico-política, los partidos políticos deben mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados. El Ministerio Público Fiscal, de oficio, o a instancia del juzgado federal con competencia electoral, verificará el cumplimiento del presente requisito, en el segundo mes de cada año, e impulsará la declaración de caducidad de la personería jurídico-política cuando corresponda.
![Page 30: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/30.jpg)
Previo a la declaración de caducidad el juez competente intimará el cumplimiento del requisito indicado, por el plazo improrrogable de noventa (90) días, bajo apercibimiento de dar de baja al partido del Registro así como también su nombre y sigla.
La Cámara Nacional Electoral publicará antes del 15 de febrero del año siguiente al cierre anual, el número mínimo de afiliados requerido para el mantenimiento de la personería jurídico-política de los partidos de distrito.
![Page 31: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/31.jpg)
Artículo 8º: Los partidos de distrito reconocidos en cinco (5) o más
distritos con el mismo nombre, declaración de principios, programa o bases de acción política, carta orgánica, pueden solicitar su reconocimiento como partidos de orden nacional ante el juzgado federal con competencia electoral del distrito de su fundación. Obtenido el reconocimiento, el partido deberá inscribirse en el registro correspondiente, ante los jueces federales con competencia electoral de los distritos donde decidiere actuar, a cuyo efecto, además de lo preceptuado en el artículo 7º y 7º bis deberá cumplir con los siguientes requisitos:
![Page 32: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/32.jpg)
Ley de democratización de la Representación Política, la Transparencia y
la Equidad Electoral
B. Primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO)
1. Cargos electivos nacionales2. Candidato por una sola agrupación y un solo cargo.(22)3. Fecha Fija. 2do Domingo de Agosto del año de la
elección (90 días antes de la elección) 4to domingo de octubre.
4. 2%o de avales o 2% de afiliados Senadores Diputados cada distrito
![Page 33: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/33.jpg)
5. 1%o del padrón 5 distritos o 1% del padrón de afiliados para presidente
6. Voto obligatorio7. Un solo voto por categoría de cargos, pudiendo
optar por distintas listas de diferentes agrupaciones políticas. (24)
8. Las agrupaciones políticas no podrán intervenir en los comicios generales bajo otra modalidad que postulando a los que resultaron electos y por las respectivas categorías, en la elección primaria...(44 y 10) 60 dias de las PASO
![Page 34: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/34.jpg)
Campaña Electoral – Primarias 30 días (audiovisual 20)– Prohibición de contratar publicidad
audiovisual– Distribución de la Pauta por la DNE– Rendición de cuentas– Boleta de Sufragio (colores por
partidos)
![Page 35: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/35.jpg)
Ley de democratización de la Representación Política, la Transparencia y
la Equidad ElectoralC. Financiamiento de las campañas electorales
1. Financiamiento estatal (Ley 26215)50% igualitaria50% por cantidad de electores por
distritos50% proporcional 50 % Proporcional
al voto anterior
![Page 36: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/36.jpg)
2. Pago de boletas 1.5 boletas por elector en el distrito
3. Limitación de aportes de privados 1000$ no pueden las personas ideales
4. Modificación Ley 19945 Espacios Audiovisuales
25 días campañas15 días actos de gobierno
5. Encuestas
![Page 37: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/37.jpg)
CARTICULO 56. — Modifícase el artículo 43 de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, 26.215, el que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 43: Espacios en emisoras de radiodifusión televisiva y sonora abierta o por suscripción. Los espacios de publicidad electoral en las emisoras de radiodifusión sonora, televisiva abierta o por suscripción, serán distribuidos exclusivamente por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, para todas las agrupaciones políticas que oficialicen candidaturas para cargos públicos electivos, para la difusión de sus mensajes de campaña.
![Page 38: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/38.jpg)
Las agrupaciones políticas, así como los candidatos oficializados por éstas, en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceros espacios en cualquier modalidad de radio o televisión, para promoción con fines electorales.
Asimismo, las emisoras de radiodifusión sonora, televisiva abierta o por suscripción, no podrán emitir publicidad electoral que no sea la distribuida y autorizada por el Ministerio del Interior.
En el caso de segunda vuelta se asignará a cada una de las fórmulas el cincuenta por ciento (50%) de los espacios asignados al que más espacios hubiera recibido en la primera vuelta.
![Page 39: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/39.jpg)
Artículo 44 ter: La Cámara Nacional Electoral creará un Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión. Aquellas empresas que deseen hacer públicas por cualquier medio encuestas de opinión, o prestar servicios a las agrupaciones políticas, o a terceros, durante la campaña electoral por cualquier medio de comunicación, deberán inscribirse en el mismo.
El registro deberá abrirse con una anterioridad no menor a los treinta (30) días antes de la fecha de oficialización de las listas de candidatos. Dicha inscripción deberá renovarse ante cada acto eleccionario.
![Page 40: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/40.jpg)
Durante la duración de la campaña electoral, y ante cada trabajo realizado para una agrupación política, o para terceros, las empresas deberán presentar ante el registro del distrito correspondiente, un informe donde se individualice el trabajo realizado, quién realizó la contratación, el monto facturado por trabajo realizado, un detalle técnico sobre la metodología científica utilizada, el tipo de encuesta realizada, el tamaño y características de la muestra utilizada, procedimiento de selección de los entrevistados, el error estadístico aplicable y la fecha del trabajo de campo.
![Page 41: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/41.jpg)
Dicho informe será publicado en el sitio web oficial de la justicia nacional electoral para su público acceso por la ciudadanía.
Aquellas empresas que no se encuentran durante el período inscritas en el Registro, no podrán difundir por ningún medio, trabajos de sondeo o encuestas de opinión, durante el período de campaña electoral.
![Page 42: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/42.jpg)
Artículo 44 quáter: Ocho (8) días antes de las elecciones generales, ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, Internet, u otros, podrá publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión, o pronósticos electorales, ni referirse a sus datos.
Dentro del plazo que la presente ley autoriza para la realización de trabajos de sondeos y encuestas de opinión, los medios masivos de comunicación deberán citar la fuente de información, dando a conocer el detalle técnico del trabajo realizado.
![Page 43: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/43.jpg)
Ley de democratización de la Representación Política, la Transparencia y
la Equidad ElectoralD. Modernización del Código Electoral
1. Registro Nacional de Electores2. Limitación del Número de electores 350
por mesa de carácter mixto3. Redefinición de circuitos
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Y tuvo algún efecto?
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Oficialism
oO
posición
Izquierda Derecha
Kirchner
Scioli
CobosBinner
Carrió
Reut
Solá
Macri
PJ- disidente
UCR-PS
Juez
Stol
FdN
Bust
Gioj
Schi
Colo
DNev
Cap
Urt
Briz
Cba.UCR
Per
Rios
30 %
9 %
17.8 %
30 %5.6%
Escenario2009
Duh
2009
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Oficialism
oO
posición
Izquierda Derecha
Kirchner
Scioli
CobosBinner
Carrió
Reut
Solá
Macri
PJ
UCR-PS
Juez
Stol
FdN
BustGioj
Schi
DNev
Cap
Urt
Cba.UCR
Per
Rios
El escenario teórico de las PASO
Escenario PASOFPV
Duha
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2 Grandes Internas
Cómo tendría que haber quedado
? en Competencia real
COBOS
SANZ
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FORMULAS PRESIDENCIALES
2011
![Page 49: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/49.jpg)
Oficialism
oO
posición
Izquierda Derecha
Kirchner
Scioli
CobosBinner
Carrió
Reut
Macri
PJ
Juez
Stol
FdN
Busti
Gioj Schi
DNev
Cap
Urt
Rios
FPV
Uri
La situación actual para las primarias
![Page 50: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/50.jpg)
Oficialism
oO
posición
Izquierda Derecha
Kirchner
Scioli
CobosBinner
Carrió
Reut
Macri
PJ
Juez
FdN
Busti
Gioj Schi
DNev
Cap
Urt
Rios
FPV
Uri
Un escenario para el 23 de Octubre
![Page 51: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/51.jpg)
Oficialism
oO
posición
Izquierda Derecha
Kirchner
Scioli
Binner
ReutPJ
Juez
Busti
Gioj Schi
Cap
Urt
Rios
FPV
Uri
¿Segunda Vuelta?
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Algunos efectos políticos de las PASO
• Efecto disciplinador– Forzaron a los partidos a decidir sus
candidaturas antes de las internas.– Quien tenía mas poder en el partido
controló el proceso.
![Page 53: EFECTOS POLITICOS DE LA REFORMA ELECTORAL](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062405/5586e361d8b42a96538b46e4/html5/thumbnails/53.jpg)
• Efecto concentrador– No disminuyeron la oferta en la
primaria, pero probablemente lo haga para la general
– Imposibilidad de cerrar alianzas antes
• Fortalecimiento de los partidos (si, manon tropo)– Los partidos grandes estarán en mejores
condiciones para las abiertas.