Efectos de la Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y León Efectos de la Ley de Suelo...
-
Upload
adora-rojas -
Category
Documents
-
view
110 -
download
4
Transcript of Efectos de la Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y León Efectos de la Ley de Suelo...
Efectos de la Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y LeónEfectos de la Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y León
DE 1956 A 2007
50 años de legislación del Estado
La legislación autonómica, de 1990 a 2007
EFECTOS DE LA NUEVA LEY EN CASTILLA Y LEÓN
Régimen del suelo según su clasificación
Intervención en el uso y en el mercado del suelo
El Derecho Urbanístico de Castilla y León
Ordenación del territorio y planeamiento urbanístico
Gestión urbanística
Información urbanística y participación social
LA LEY DE 1956 El urbanismo como FUNCIÓN PÚBLICA: 2 principios Respeto de la propiedad privada del suelo Decisión pública sobre el uso del suelo para que responda al interés general
EL T.R. DE 1976 Y LOS REGLAMENTOS DE 1978
LA LEY 8/1990 Y EL T.R. DE 1992
LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 61/1997
Ley 6/1998, sobre Régimen del Suelo y ValoracionesModificaciones 2000-03
2004-07: Nueva Ley “de” Suelo
De 1956 a 200750 años de legislación del EstadoDe 1956 a 200750 años de legislación del Estado
Objeto y Principios Generales
1. Estatuto de los ciudadanosDerechos y deberes de todos los ciudadanosDerecho de iniciativa privada, en ejercicio de la libre empresaDerechos y deberes de los propietarios de suelo
5. Función social de la propiedad y gestión de sueloVenta y sustitución forzosaPatrimonios públicos de sueloDerecho de superficie
2. Bases del régimen del sueloCriterios de utilización del suelo, y procedimientos para ello
3. Valoraciones
4. Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial
De 1956 a 2007Estructura de la nueva Ley de SueloDe 1956 a 2007Estructura de la nueva Ley de Suelo
1. Estatuto de los ciudadanos Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes constitucionales
de los ciudadanos en materia de urbanismo y vivienda
2. Cesiones al AyuntamientoCesión al Ayuntamiento de terrenos urbanizados para materializar del 5 al 15 % del aprovechamiento (se puede reducir, y ampliar hasta el 20 %)
3. Reserva para viviendas protegidasReserva para construir viviendas protegidas del 30% de la edificabilidad (se puede ampliar, y en supuestos concretos reducir o distribuir)
4. Concepto de suelo urbanizableSe vuelve al carácter residual del suelo rústico: solo pueden clasificarse como suelo urbanizable los terrenos donde existan demandas que lo justifiquen
De 1956 a 2007Principales novedades de la nueva Ley de SueloDe 1956 a 2007Principales novedades de la nueva Ley de Suelo
5. ValoracionesEn función de la situación real de los terrenos: suelo urbanizado / suelo rural
6. Garantías procedimentalesEn materia de publicidad, evaluación ambiental, informes sectoriales…
De 1956 a 2007La legislación autonómica, de 1990 a 2007De 1956 a 2007La legislación autonómica, de 1990 a 2007
1ª GENERACIÓN, 1990-97 (normas derogadas) Texto Refundido de Cataluña ’90 y Ley de Galicia ‘97 Leyes de Navarra ’94 y Madrid ‘95 Ley de Valencia ‘94
2ª GENERACIÓN, 1998-99 Ley de Castilla-La Mancha ’98 Leyes de La Rioja ’98, Aragón ’99 y Castilla y León ’99 Ley de Canarias ’99 y su T.R. ‘2000
3ª GENERACIÓN, 2001-04 Leyes de Murcia, Cantabria, Extremadura, Andalucía y Asturias Nuevas leyes en Galicia, Navarra, Cataluña, Madrid y Castilla-La Mancha Reglamentos en Castilla y León y Cataluña
4ª GENERACIÓN, 2006-07 Ley del País Vasco, nuevas leyes en Valencia y La Rioja Requerimientos de la U.E. sobre la legislación valenciana Reglamentos en Valencia, Extremadura, Asturias…
LEY 5/1999, DE URBANISMO
LEY 10/1998, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
De 1956 a 2007El Derecho Urbanístico de Castilla y LeónDe 1956 a 2007El Derecho Urbanístico de Castilla y León
REGLAMENTO DE URBANISMO (Decreto 22/2004)Modificaciones: Decretos 99/2005 y 68/2006
Modificaciones de las Leyes de Urbanismo y O.T. Ley 10/2002: introducción de la reserva para vivienda protegida Ley 21/2002 Ley 13/2003 Ley 9/2004 Ley 13/2005 Ley 14/2006
Nueva Ley de Suelo
Proceso de adaptación en 2007-2008
EstructuraEstructuraEL DERECHO URBANÍSTICO de Castilla y LeónEL DERECHO URBANÍSTICO de Castilla y León
Ley de Suelo
TÍTULO I. Régimen del SueloDerechos y Deberes de los Propietarios según la Clasificación
TÍTULOS IV y ssOtras formas deintervención
Intervención en el uso del suelo: licencias y otros instrumentosMercado de sueloOrganizaciónInformación Participación
Ley 10/1998, de ORDENACIÓN
del TERRITORIO
TÍTULO IIIGestiónurbanística
ModalidadesActuación aisladaActuación integradaProyecto de actuaciónSistema de actuación
TÍTULO IIPlaneamientourbanístico
Sistema de planesPlanes generalesPlanes de desarrolloProcedimientosEfectos
LÍMITE COMPETENCIAL
LEY 5/1999 + RUCyL
Efectos de la nueva Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y LeónEfectos de la nueva Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y León
A medio plazo: …2008?
Proceso de adaptación de la Ley de Urbanismo y de su Reglamento
A corto plazo: 1 de julio de 2007
Efectos inmediatos Los 3 efectos más relevantes: vivienda protegida, cesión
de aprovechamiento y concepto de suelo urbanizable Exigencias añadidas o complementarias: en materia de
procedimiento, en materia de documentación y en materia de gestión de suelo
Ajustes o matices respecto de la interpretación ordinaria del Derecho Urbanístico de Castilla y León
Equivalencias terminológicas para los preceptos de aplicación directa
En el centro de las Leyes de O.T. y Urbanismo de Castilla y León, y
ahora de la Ley del Suelo: PRINCIPO DE DESARROLLO
SOSTENIBLEEL TERRITORIO ES UN
PATRIMONIO COLECTIVO QUE HA DE SER UTILIZADO DE FORMA EQUILIBRADA Y SOSTENIBLE
PARA LEGARLO A LAS GENERACIONES FUTURAS
VALORES SOCIALES, OBJETIVOS DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA:
COHESIÓN SOCIAL DERECHO A LA INFORMACIÓN DEFENSA DEL PATRIMONIO
CULTURAL PROTECCIÓN DEL MA
Sin efectos graves
Los principios, criterios y objetivos se confirman
Incluso se refuerzan: centralidad del principio de desarrollo sostenible
Se incorpora la igualdad de género como un objetivo
Título Preliminar Principios, criterios, objetivos
Título Preliminar Principios, criterios, objetivos
Colaboración administrativa
Sujeción a la normativa
Dirección y control público
Derecho a la información urbanística
Derecho a la iniciativa privada
Fomento de la participación social
RÉGIMEN DEL SUELO 1. Disposiciones Generales
RÉGIMEN DEL SUELO 1. Disposiciones Generales
FACULTADES URBANÍSTICAS del Derecho de Propiedad
Silencio administrativo Supuestos indemnizatorios
DEBERES GENERALESindependentes de la clasificación del suelo
Deber de uso Deber de dotación de servicios Deber de adaptación al entorno Deber de prevención de riesgos Deber de conservación
Estatuto de los ciudadanosAntes de los derechos y deberes de los propietarios están los derechos y deberes de todos los ciudadanos, así como el derecho de libre empresa
Art. 7.2: la patrimonialización de la edificabilidad se produce solo tras su realización, previo cumplimiento de los deberes urbanísticos
En vez de clasificación, situaciones básicas + actuaciones previstas
Suelo Urbanizado (sin actuación) SUELO URBANO CONSOLIDADO
Suelo Urbanizado SUELO URBANO CONSOLIDADO + actuación de dotación + actuación aislada / + edificabilidad
Suelo Urbanizado SUELO URBANO NO CONSOLIDADO
+ actuación de reforma o renovación
Suelo Rural SUELO URBANIZABLE + actuación de urbanización
Suelo Rural (sin actuación) SUELO RÚSTICO
RÉGIMEN DEL SUELO 2. Clasificación: Clases y Categorías de suelo
RÉGIMEN DEL SUELO 2. Clasificación: Clases y Categorías de suelo
SUELO URBANO Categorías: Consolidado SUC y No Consolidado SUNC
SUELO URBANIZABLE Categorías: Delimitado SUD y No Delimitado SUND
SUELO RÚSTICO 8 Categorías: Común SRC + 7 “con protección” SRP
RÉGIMEN DEL SUELO 2. Clasificación: Clases y Categorías de suelo
RÉGIMEN DEL SUELO 2. Clasificación: Clases y Categorías de suelo
SUELO URBANO Criterios de clasificación: dotación de servicios e inserción en malla urbana
SUELO URBANIZABLE Criterios de clasificación: el que no sea urbano ni rústico
SUELO RÚSTICO Criterios de clasificación: circunstancias objetivas que justifiquen su protección
Clasificación de Suelo Urbano: reglada, sin cambios
Clasificación de Suelo Urbanizable y Rústico: Las Administraciones deberán atribuir un destino que comporte o posibilite el paso de suelo rural a urbanizado al suelo preciso para satisfacer las necesidades que lo justifiquen y preservar el resto del suelo rural
Suelo Urbanizable: la clasificación debe justificarse en necesidades existentes (ambigüedad, indeterminación)
Suelo Rústico: vuelve a ser la clase residualLos terrenos que según el RUCyL se podrían clasificar como suelo urbanizable y no lo sean, se incluirán en suelo rústico común
Derechos a Urbanizar y a Edificar Deberes de Urbanización, Cesión, Equidistribución y Edificación
Participación municipal en el aprovechamiento (“cesión”)Art. 16: del 5 % al 15 %, pero la legislación urbanística puede reducirla ¿incluso eliminarla? o ampliarla hasta el 20 %
En CyL desde 1/07/2007 hasta adaptación (o 1/07/2008)SUD + SUND: 10 %SUNC con PGOU: 10 % salvo en CH, donde 0 % amparado en excepción legalSUNC con NUM: 0 % amparado en excepción legalSUC: 5 % (el mínimo) pero: - Sólo para actuaciones de dotación (edificabilidad)- Sólo se calcula sobre el +, no sobre el aprovechamiento preexistente- No se aplica a planes con aprobación inicial
RÉGIMEN DEL SUELO 3. Régimen del suelo urbano y
urbanizable
RÉGIMEN DEL SUELO 3. Régimen del suelo urbano y
urbanizable
¡LIMITACIONES A LA “MONETARIZACIÓN” DEL APROVECHAMIENTO! ¡Sólo es admisible si NO se puede ceder suelo para vivienda protegida!
RÉGIMEN DEL SUELO 4+5. Régimen del suelo rústico / Mpos. sin plan
RÉGIMEN DEL SUELO 4+5. Régimen del suelo rústico / Mpos. sin plan
Municipios sin Planeamiento Criterios de clasificaciónCriterios de régimen del suelo
Vigencia de los P.D.S.U.Vigencia de las Normas Provinciales Sin efectos
Suelo Rústico Deberes y derechos ordinariosUsos excepcionalesPermitidosAutorizablesProhibidos
Arts. 17.2: + claridad en la exigencia de que las divisiones / segregaciones / enajenación de pro indivisos respeten la normativa urbanística
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Europa / España / Castilla y León
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Europa / España / Castilla y León
1. EUROPAESTRATEGIA TERRITORIAL EUROPEA 1999 / AGENDA EUROPEA DE O.T. 2007
Instrumentos de política regional Instrumentos de cooperación interregional /transnacional /transfronteriza…Directivas Comunitarias con incidencia en la O.T. (p.ej. ambientales)
2. ESPAÑASIN COMPETENCIAS EN ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
AMPLIAS COMPETENCIAS SECTORIALES:Autopistas, Ferrocarriles, Aeropuertos, Energía, Telecomunicaciones…
3. COMUNIDAD AUTÓNOMALEGISLACIÓN DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
SISTEMA DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIOPlanes o Directrices Regionales / Subregionales / de intervención específica
SISTEMA DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICOPlaneamiento general / Planeamiento de desarrollo / Gestión urbanística
Sin efectos
Ley de Ordenación del Territorio de 1998
LOTCyL
Directrices de Ordenación Territorial de Castilla y León
(DOTCyL)
Planes de Recursos Naturales
(PORN)
Planes y Proyectos Regionales
(PR)
Directrices de Ordenación de ámbito subregional
(DOas)
Grado de vinculaciónAplicación plenaAplicación básicaAplicación orientativa
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Instrumentos en Castilla y LeónORDENACIÓN DEL TERRITORIO Instrumentos en Castilla y León
Sin efectos
OBJETO
2. ORDENACIÓN DETALLADA OBLIGATORIA EN SUELO URBANO
CONSOLIDADO
FIGURAS PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANANORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES
1. ORDENACIÓN GENERAL TODO EL TÉRMINO MUNICIPAL
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOPlaneamiento General
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOPlaneamiento General
POTESTATIVA EN SECTORES DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO Y SUELO URBANIZABLE DELIMITADO
3. ORDENACIÓN DETALLADA
ÁMBITO TÉRMINO MUNICIPALSin efectos
OBJETO
ORDENACIÓN DETALLADA ya establecida por el planeamiento general
ÁMBITO SECTOR
ORDENACIÓN GENERAL No puede modificarla
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOPlaneamiento de Desarrollo
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOPlaneamiento de Desarrollo
Puede modificarla justificadamente en S.U.C. (Estudio de Detalle)S.U.D. (Plan Parcial) en ambos (Plan Especial)
ORDENACIÓN DETALLADA no establecida por el planeamiento general
Puede establecerla en S.U.N.C. (Estudio de Detalle), S.U.D. (Plan Parcial)S.U.N.D. (Plan Parcial)
FIGURAS ESTUDIO DE DETALLE (suelo urbano)PLAN PARCIAL (suelo urbanizable)PLAN ESPECIAL (cualquier clase de suelo)
Sin efectos
CLASIFICACIÓN DE SUELOTodas o algunas de las clases y categorías previstas en el Título I
DOTACIONES URBANÍSTICAS (S.G.)Vías públicasEspacios libres públicosServicios urbanosEquipamientos
CATALOGACIÓNGrado de protecciónRemisión a Plan Especial
PARÁMETROS DE O.G. para cada ámbitoDelimitación de sectores (SUNC y SUD), áreas (SUND) o unidades urbanas (SUC)Usos: predominante, compatibles, prohibidosDensidades: de edificación (máxima) y de población (máxima y mínima)Índices: de variedad de uso, de variedad tipológica, de integración socialPlazos para establecer la ordenación detallada
OBJETIVOS Y PROPUESTAS GENERALES
Determinaciones potestativas
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOLa Ordenación General
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOLa Ordenación General
Efectos puntuales:
ClasificaciónReserva de viviendas protegidas
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOLa Ordenación Detallada
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOLa Ordenación Detallada
CALIFICACIÓN URBANÍSTICAContenido y criterios:Variaciones según la categoría
DOTACIONES URBANÍSTICAS (S.L.)ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS (e)EQUIPAMIENTOS (e)VÍAS PÚBLICASSERVICIOS URBANOS
Ámbitos de desarrollo
Plazos para los deberes
Usos fuera de ordenación
Unidades de normalización / actuación
Áreas de tanteo y retracto
Aprovechamiento medio
Efectos puntuales:Reserva de viviendas protegidas
Hasta 30 dic. 2005: SUNC SUD SUND
Todos los Municipios 0 % 10 - 50 % 30 %
Desde 1 ene. 2006: SUNC SUD SUND
Municipios con P.G.O.U. 10 % 20 % 30 %
Municipios sin P.G.O.U. > 1.000 habs. 0 % 10 % 30 %
Municipios sin P.G.O.U. < 1.000 habs. 0 % 0 % 0 %
Ley del Suelo (planes sin aprob. inicial a 1/07/2007)
Act. de Reforma / Mejora(SUNC)
Act. de Urbanización(SUD + SUND)
Situación normal 30 % 30 %
D.T. 1ª: hasta 1/07/2008 RUCyL 0 - 10 % RUCyL 0 – 30 %
Ley de Adaptación 30 % (se puede reducir en determinados Municipios o ámbitos, con el requisito de que sea “excepcional”)
30 % (el planeamiento general lo puede distribuir entre sectores, si cumple en el conjunto del término)
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOReserva para viviendas protegidas
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOReserva para viviendas protegidas
DOCUMENTACIÓN
ELABORACIÓN
APROBACIÓN INICIAL
INFORMACIÓN PÚBLICA Reglas generales / Iniciativa privada
SUSPENSIÓN DE LICENCIAS
TRÁMITE AMBIENTAL
2ª INFORMACIÓN PÚBLICA
APROBACIÓN PROVISIONAL
APROBACIÓN DEFINITIVA Reglas para planeamiento general Reglas para planeamiento de desarrollo
REVISIÓN / MODIFICACIÓN
Resumen ejecutivo
Información pública en todo caso
Art. 15.6 LS: ya previsto en RUCyL
Informes sectoriales
Informe de sostenibilidad económica
Evaluación ambiental
Informe de sostenibilidad ambiental
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOProcedimientos
PLANEAMIENTO URBANÍSTICOProcedimientos
Mapa de riesgos naturales
Identificación de propietarios
FORMAS DE GESTIÓN
ACTUACIONES AISLADAS Propias del SUELO URBANO CONSOLIDADOLas Adm. en cualquier tipo de suelo- Para ejecutar sistemas generales y otras
dotaciones- Para ampliar los patrimonios públicos de suelo
ACTUACIONES INTEGRADAS Propias del SUELO URBANO NO CONSOLIDADO y del SUELO URBANIZABLE
Ámbito: UNIDAD DE ACTUACIÓNInstrumento: PROYECTO DE ACTUACIÓN5 SISTEMAS DE ACTUACIÓN
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE Gestión Urbanística
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE Gestión Urbanística
DEFINICIÓN DE GESTIÓN
Conjunto de procedimientos para la transformación del uso del suelo y en especial para su urbanización y edificación, en ejecución de las determinaciones del planeamiento urbanístico
Sin efectos
OBJETO- Completar la urbanización de las parcelas de suelo urbano consolidado para que
alcancen la condición de solar - Por iniciativa pública, ejecutar dotaciones y ampliar patrimonios públicos de suelo
MODALIDADES1. Actuaciones exclusivas del suelo urbano consolidado, y de gestión tanto pública
como privada ACTUACIONES DE URBANIZACIÓN ACTUACIONES DE NORMALIZACIÓN ACTUACIONES DE URBANIZACIÓN Y NORMALIZACIÓN
2. Actuaciones de gestión pública en cualquier clase de suelo: OBRAS PÚBLICAS ORDINARIAS EXPROPIACIÓN OCUPACIÓN DIRECTA
ACTUACIONES AISLADAS
ACTUACIONES AISLADAS
Efectos puntuales: Información pública para los Proyectos de Normalización
DETERMINACIONES GENERALES -Sistema de Actuación + Urbanizador propuesto-Documentos de información + Identificación de las fincas + Relación de propietarios -Plazos de ejecución + Compromisos del Urbanizador + Garantía
Determinaciones sobre REPARCELACIÓNDefinición de derechosValoración y adjudicación de parcelas resultantesCompensaciones e indemnizaciones
Determinaciones COMPLETAS de URBANIZACIÓNDefinición técnica y económica de las obras de urbanización Distribución de su coste en proporción al aprovechamiento
Instrumento: PROYECTO DE ACTUACIÓN
Opción: BASES + PROYECTO de REPARCELACIÓN
ACTUACIONES INTEGRADAS
Normas Comunes
ACTUACIONES INTEGRADAS
Normas Comunes
Opción: BASES + PROYECTO de URBANIZACIÓN
EFECTOS DEL PROYECTO DE ACTUACIÓNElección del sistema y adjudicación de la condición de URBANIZADOR Afección real de los terrenos de la unidad a la ejecución del planeamientoSi incluye determinaciones completas sobre reparcelación:Transmisión al Aytº de los terrenos que deban ser objeto de cesiónSubrogación, con plena eficacia real, de las antiguas fincas por las nuevasAfectación real de las parcelas adjudicadas al cumplimiento de las cargas y al pago de los gastosSi incluye determinaciones completas sobre urbanización:Habilitación para el inicio de las obras
Sin efectos
¿QUIÉN ESTÁ HABILITADO PARA SER URBANIZADOR? CONCIERTO EL CONJUNTO DE LOS PROPIETARIOS (100
%)
COMPENSACIÓN LOS PROPIETARIOS MAYORITARIOS (>50 %)
COOPERACIÓN EL AYUNTAMIENTO (por sí o a propuesta 25 % props.)
CONCURRENCIA UNA PERSONA SELECCIONADA POR CONCURSO
EXPROPIACIÓN UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
5 Sistemas, pero más allá de las diferencias…¡UNIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN INTEGRADA!…entonces, ¿Por qué existen varios “sistemas de actuación”?
ACTUACIONES INTEGRADAS Sistemas de Actuación
ACTUACIONES INTEGRADAS Sistemas de Actuación
¿Sin efectos? La prioridad al “agente urbanizador” (art. 6.a) altera el sistemaArt. 8.1.c: prioridad a los propietarios, que disponen al menos de 1 mes para ejercer sus facultad de participar en la ejecución de las act. urbanísticas
TÍTULO IV LUCyL + RUCyL Intervención en el uso del sueloTÍTULO IV LUCyL + RUCyL Intervención en el uso del suelo
OTROS INSTRUMENTOS INSPECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES ORDENES DE EJECUCIÓN DECLARACIÓN DE RUINA RÉGIMEN DE VENTA FORZOSA
LICENCIA URBANÍSTICA MUNICIPAL ACTOS SUJETOS COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO EFECTOS Y EFICACIA TEMPORAL AUTORIZACION DE USOS EXCEPCIONALES LICENCIA DE PARCELACIÓN / OTROS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD INSPECCIÓN URBANÍSTICA MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN INFRACCIONES Y SANCIONES
Arts. 31+32: la venta y la sustitución forzosa son competencia exclusiva del Estado, pero solo se añaden trámites ante el Registro de la Propiedad
Sin efectos
Arts. 17.2: + claridad en la exigencia de que las divisiones / segregaciones / enajenación de pro indivisos respeten la normativa urbanística
TÍTULO V LUCyL + RUCyL
Intervención en el mercado de sueloTÍTULO V LUCyL + RUCyL
Intervención en el mercado de suelo
OTROS INSTRUMENTOS
ÁREA DE TANTEO Y RETRACTO DERECHO DE SUPERFICIE PROGRAMAS DE SUELO
PATRIMONIOS PÚBLICOS DE SUELO
BIENES INTEGRANTES DESTINOS POSIBLES REGLAS DE TRANSMISIÓN RESERVAS PARA SU AMPLICACIÓN
Los arts. 33-34 LS mantienen las reglas básicas vigentes con 4 salvedades:
- Afectan a todos los patrimonios públicos de suelo, no solo al municipal
- Eliminación de la incoherencia arts. 276.1 y 280 TR 1992: tanto los bienes como los ingresos pueden destinarse a usos de interés social
- Los terrenos obtenidos por cesión y calificados para vivienda protegida no pueden enajenarse a precio superior al valor máximo de repercusión
- Reglas ante el Registro de la Propiedad
ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ÓRGANOS QUE PUEDEN GESTIONAR COMPETENCIAS URBANÍSTICAS
Mancomunidades, Consorcios, Gerencias, Sociedades mercantiles ÓRGANOS DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
Consejo de Urbanismo y O.T. / Comisiones Territoriales de Urbanismo y Valoración
INFORMACIÓN PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
Garantía de acceso a la información urbanística (LS 3.2c + 4d)
Informe anual sobre ejercicio de competencias urbanísticas (LS 15.5)
Carácter público de los instrumentos de planeamiento y gestión (LS 4c)
Reglas para la información pública (LS 11)
Reglas / limitaciones para los convenios (LS 11.1+16.1b+16.3):Trámite de información públicaProhibición de deberes adicionales o + gravosos que los legalesLimitaciones a la “monetarización” de la cesión de aprovechamiento
TÍTULOS VI+VII LUCyL + RUCyL
Coordinación y ParticipaciónTÍTULOS VI+VII LUCyL + RUCyL
Coordinación y Participación
FIN
Efectos de la nueva Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y LeónEfectos de la nueva Ley de Suelo en el Derecho Urbanístico de Castilla y León
Equivalencias terminológicasSuelo preservado … de su transformación mediante la urbanización = suelo rústicoSuelo para el que … permitan su paso a la situación de suelo urbanizado = suelo urbanizableSuelo integrado de forma legal y efectiva en la red de dotaciones y servicios = suelo urbanoActuaciones de nueva urbanización = actuaciones integradas en suelo urbanizableActuaciones que tengan por objeto reformar o renovar la urbanización de un ámbito de suelo urbanizado = actuaciones integradas en SUNCActuaciones de dotación = actuaciones aisladas en SUC, así como a ámbitos de SUC en los que se incremente la edificabilidad o la densidad, o se cambien los usos del sueloSituación de fuera de ordenación = Fuera de ordenación + disconformidad con el planeamientoProyecto de expropiación = Proyecto de Actuación, cuando se aplique el sistema de expropiaciónProcedimiento de declaración de incumplimiento a efectos de venta o sustitución forzosa = Procedimiento de inscripción en el Registro de Inmuebles en Venta ForzosaEdificabilidad media = aprovechamiento medio Uso mayoritario de las edificaciones existentes en el ámbito … = uso predominante del sectorFacultad de participar en la ejecución de una actuación de nueva urbanización = derecho de los propietarios de suelo urbanizable a promover la urbanizaciónSuelo urbanizable incluido en ámbitos delimitados para los que el planeamiento haya establecido las condiciones para su desarrollo = suelo urbanizable delimitado