DOCUMENTOS ESTÁNDAR DE LICITACIÓN...unidad de gerenciamiento de proyecto (ugp) servicio nacional...

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Pte. Franco c/ Ayolas Edificio AYFRA - 9º Piso Asunción-Paraguay 1 REPUBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (MSPyBS) UNIDAD DE GERENCIAMIENTO DE PROYECTO (UGP) SERVICIO NACIONAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (SENASA) BANCO DE JAPÓN PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL (JBIC) CONVENIO DE PRÉSTAMO PG – P14 PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DEL SECTOR AGRÍCOLA II SUBCOMPONENTE: SISTEMAS DE AGUA POTABLE (SAP) LPN Nº 02/2008 – JBIC “CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN 81 LOCALIDADES” PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES VOLUMEN II

Transcript of DOCUMENTOS ESTÁNDAR DE LICITACIÓN...unidad de gerenciamiento de proyecto (ugp) servicio nacional...

Pte. Franco c/ AyolasEdificio AYFRA - 9º Piso

Asunción-Paraguay

1

REPUBLICA DEL PARAGUAYMINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG) MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (MSPyBS)

UNIDAD DE GERENCIAMIENTO DE PROYECTO (UGP) SERVICIO NACIONAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL (SENASA)

BANCO DE JAPÓN PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL (JBIC)CONVENIO DE PRÉSTAMO PG – P14

PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DEL SECTOR AGRÍCOLA II

SUBCOMPONENTE: SISTEMAS DE AGUA POTABLE (SAP)

LPN Nº 02/2008 – JBIC“CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS DE

ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN 81 LOCALIDADES”

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

VOLUMEN II

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Resumen Descriptivo

Estos Documentos Estándar de Licitación Pública Nacional para la Contratación de Obras se utilizarán cuando no se haya realizado previamente un proceso de precalificación. A continuación se incluye una breve descripción del contenido de estos documentos.

Documentos Estándar de Licitación para la Contratación de Obras

PARTE 1 – PROCEDIMIENTOS DE LICITACION

Sección I: Instrucciones a los Oferentes (IAO)

Esta Sección incluye la información necesaria para que los Oferentes puedan preparar sus ofertas. Asimismo, provee información sobre la presentación, apertura, y evaluación de las ofertas, y sobre la adjudicación del Contrato. Las disposiciones de la Sección I deben utilizarse sin ninguna modificación.

Sección II. Datos de la Licitación (DDL)

Esta Sección contiene las disposiciones que son propias de cada licitación y que complementan la información o los requisitos indicados en la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.

Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación

Esta Sección contiene los criterios para determinar cuál es la oferta evaluada como la más baja, así como las calificaciones que debe tener el Oferente para ejecutar el Contrato.

Sección IV: Formularios de la Oferta

Esta Sección contiene los formularios de Presentación de Oferta, Lista de Cantidades y sus Precios, y Garantía de Mantenimiento de Oferta, que deberán ser presentados con la oferta.

PARTE 2 – OBRAS REQUERIDAS

Sección V. Alcance de las obras

Esta Sección contiene el formulario de la Lista Estimada de Cantidades y sus precios (planilla de cómputo y presupuesto), las Especificaciones Técnicas y los Planos, que describen el alcance de las obras a ser ejecutadas.

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PARTE 3 – CONTRATACION

Sección VI. Condiciones Generales del Contrato (CGC)

Esta Sección contiene las cláusulas generales que deberán utilizarse en todos los contratos. Las disposiciones de la Sección VI deben utilizarse sin ninguna modificación.

Sección VII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC)

Esta Sección contiene las cláusulas que son propias de cada contrato y que modifican y/o complementan la Sección VI, Condiciones Generales del Contrato.

Sección VIII: Formularios del Contrato

Esta Sección contiene la pro forma de Contrato que, antes de firmarse, deberá incorporar todas las correcciones o modificaciones que se hubiesen hecho a la oferta seleccionada para adjudicación. Solo podrán incluirse correcciones o addenda que estén permitidas por las Instrucciones a los Oferentes, las Condiciones Generales del Contrato y las Condiciones Especiales del Contrato. Los formularios de Garantía de Ejecución y Garantía de Anticipo, cuando estas garantías sean requeridas, deberán ser completados únicamente por el Oferente adjudicatario y con posterioridad a la notificación de adjudicación del Contrato.

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Documentos de Licitación

Índice General

Pág.

PARTE 1 – Procedimientos de Licitación...................................................5

Sección I. Instrucciones a los Oferentes......................................................7

PARTE 1 – Procedimientos de Licitación

Sección I. Instrucciones a los Oferentes

Índice de CláusulasPág.

Sección I. Instrucciones a los OferentesA.Generalidades

1. Objeto de la Licitación

1.1 La Convocante emite estos Documentos de Licitación para la contratación de obras especificados en la Sección V, Alcance de las Obras.

1.2 En la Sección II, Datos de la Licitación (DDL), están indicados:α) El nombre de la Convocante.β) La Descripción y el número del llamado a Licitación Pública

Nacional.χ) El número identificador (Id) del llamado en el Portal de

Contrataciones Públicas (www.contratacionesparaguay.gov.py).δ) El Sistema de Adjudicación de la presente contratación.

1.3 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación:

(α) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo por correo electrónico, facsímile, telex) con prueba de recibido;

(β) si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y

(χ) “día” significa día calendario.

2. Fuente de Recursos

2.1.Los fondos para la presente licitación se encuentran expresamente previstos en los rubros del Presupuesto General de la Nación individualizados en los Datos de la Licitación (DDL).

3. Fraude y Corrupción

3.1 La Convocante exige que los Oferentes que participen en los procedimientos de contratación, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. La Convocante actuará frente a cualquier hecho o reclamación que se considere fraudulento o corrupto.3.2 Si se comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el Oferente o adjudicatario propuesto en un proceso de contratación, ha incurrido en prácticas fraudulentas o corruptas, la Convocante deberá:

α) Descalificar cualquier oferta y/o rechazar cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o

β) Remitir los antecedentes del oferente directamente involucrado en las prácticas fraudulentas o corruptivas, a la Dirección General de Contrataciones Públicas, a los efectos de la aplicación de las sanciones previstas en el Título Séptimo de la Ley N° 2051/03.

χ) Presentar la denuncia penal ante las instancias correspondientes si el hecho conocido se encontrare tipificado en la legislación penal.

Fraude y corrupción comprenden actos como:

(i) ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;

(ii) cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación

de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio económico o de otra naturaleza o para evadir una obligación;

(iii) perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte;

a. colusión o acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.

b. Cualquier otro acto considerado como tal en la legislación vigente

3.3 Los Oferentes deberán declarar y garantizar:

(a)que se obligan a observar las normas pertinentes;(b)que no han incurrido en ninguna infracción que implique fraude o corrupción;(c)que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de adquisición o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;(d)que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados inelegibles para que se les adjudiquen contratos con el Estado Paraguayo, ni han sido declarados culpables de hechos punibles vinculados con fraude o corrupción;(e)que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos con el Estado Paraguayo o ha sido declarado culpable de un hecho punible vinculado con fraude o corrupción;(f)que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas declaraciones, constituye el fundamento para que la Convocante aplique cualquiera de las medidas que se describen en la Cláusula 3.2.

4. Oferentes Elegibles

4.1 Podrán participar en esta Licitación, individualmente o en forma conjunta (Consorcios), los Oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2051/03.4.2 Las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2051/03 también se aplicarán a cualquier subcontratista de cualquier parte del contrato resultante de este proceso de licitación, incluyendo servicios.4.3. Serán descalificados los Oferentes que la Dirección General de Contrataciones Públicas hubiese declarado inhabilitados a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o posteriormente, mientras se desarrolla el proceso de adquisición hasta la fecha de adjudicación del contrato. También serán descalificados los Oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar (Art. 40, Ley N° 2051/03) a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o posteriormente, mientras se desarrolla el proceso de contratación hasta la fecha de adjudicación del contrato..

5. Prohibición de negociar las bases y condiciones y la oferta (Art. 20 inciso f, Ley N° 2051/03).

5.1.Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las ofertas presentadas por los participantes podrán ser negociadas.

B.Contenido de los Documentos de Licitación

6. Secciones de los Documentos de Licitación

6.1. Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2 y 3, con sus respectivas Secciones indicadas a continuación. Los documentos comprenden, además, cualquier adenda que se emita de conformidad con la Cláusula 8 de las IAO.

PARTE 1 Procedimientos de Licitación

• Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)• Sección II. Datos de la Licitación (DDL)• Sección III. Información requerida y Criterios de

Evaluación y de Calificación• Sección IV. Formularios de la Oferta

PARTE 2 Obras requeridas

• Sección V. Alcance de las Obras (incluye los requerimientos de carácter ambiental)

PARTE 3 Contratación

• Sección VI. Condiciones Generales del Contrato (CGC)• Sección VII Condiciones Especiales del Contrato (CEC)• Sección VIII Formularios del Contrato

6.2. El Llamado a Licitación que emite la Convocante no forma parte de los Documentos de Licitación.

6.3. La Convocante no se hace responsable de que los Documentos de Licitación y sus adendas estén completos, cuando dichos documentos no fueron obtenidos directamente de éste.

6.4. Es responsabilidad del Oferente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones contenidos en los Documentos de Licitación. La falta de presentación de toda la información o documentación de carácter sustancial requerida en los Documentos de Licitación, podrá constituir causal de rechazo de la oferta.

7. Aclaración sobre los Documentos de Licitación

7.1.Todo Oferente que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación, podrá solicitarla por escrito a la Convocante, hasta la fecha y a la dirección indicadas en la Sección II, DDL. La Convocante responderá también por escrito a las solicitudes de aclaración que se reciban a más tardar 5 (cinco) días antes de la fecha límite de presentación de ofertas. La Convocante enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los Oferentes que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación.

7.2.Sin perjuicio de lo expuesto en los párrafos precedentes, la Convocante podrá prever en los datos de la licitación la celebración de una Junta de Aclaraciones, a partir de la publicación de la convocatoria y hasta cinco días hábiles previos al acto de presentación y apertura de ofertas. La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo en el lugar, fecha y hora indicados en la Sección II, Datos de la Licitación (DDL). Se levantará acta de la Junta de Aclaraciones donde se dejarán registradas las preguntas y aclaraciones. La inasistencia a la Junta de aclaraciones no será motivo de descalificación para los Oferentes.

7.3.Si como resultado de las aclaraciones, la Convocante considerase necesario modificar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula siguiente.

8. Modificación a los Documentos de Licitación

8.1.La Convocante podrá enmendar los Documentos de Licitación a través de la emisión de adenda, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el quinto día hábil previo al acto de presentación y apertura de ofertas, siempre que: a) las modificaciones a la convocatoria se pongan en conocimiento de los interesados a través de los mismos medios utilizados para su publicación; y b) en el caso de los documentos de la licitación, la notificación se haga a través de los mismos medios que se emplearon para dar a conocer la convocatoria, a fin de que los interesados concurran ante la Unidad Operativa de Contratación (UOC) o utilicen el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) para conocer, de manera específica las modificaciones respectivas.

8.2.Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución de las obras convocadas originalmente, en la adición de rubros distintos o en la variación significativa de sus características. Las adendas que se emitan formarán parte de los Documentos de Licitación y además deberán ser notificadas, por escrito, a todos los Oferentes que hayan adquirido los Documentos de Licitación directamente de la Convocante. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de las adenda.

8.3.Cuándo se hubiesen emitido adenda a los Documentos de Licitación y para dar más tiempo a los Oferentes para preparar sus ofertas con motivo de dichas adendas, la Convocante podrá prorrogar la fecha límite de presentación de ofertas.

C.Preparación de las Ofertas

9. Visita a la zona de obras

9.1. El Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, podrá visitar e inspeccionar la zona de obras y sus alrededores para obtener por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria a fin de preparar la oferta y celebrar el contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita e inspección correrán por cuenta del Oferente.

9.2.La fecha, hora y procedimiento de la visita al sitio de obras estarán especificados en la Sección II, Datos de la Licitación (DDL). Todo oferente que no efectúe esta visita deberá declarar en su oferta que conoce el sitio de los trabajos y que cuenta con la información necesaria relativa a dicha zona para preparar la oferta y celebrar el contrato.

10. Costos e Idioma de la Oferta

10.1El Oferente sufragará todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La Convocante no será responsable en ningún caso de dichos costos, independientemente de la forma en que se lleve a cabo la licitación o su resultado.

10.2La Oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y la Convocante deberán ser redactados en idioma castellano.

10.3En la Sección II, Datos de la Licitación (DDL), la Convocante podrá permitir que los catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios que formen parte de la oferta, estén escritos en otro idioma. En este caso, la Convocante deberá especificar en dicha Sección II, cuáles son los documentos que pueden presentarse en otro idioma y si se requiere o no traducción al castellano con la presentación de la oferta.

10.4Las traducciones, en todos los casos, deberán ser realizadas por Traductor Público matriculado. Para efectos de la interpretación de la oferta, prevalecerá la traducción.

11. Documentos que Componen la Oferta

11.1 La oferta deberá incluir los siguientes documentos:

(a) Formulario de la Oferta, debidamente completado y firmado; (b) Formulario de lista de cantidades y sus precios, debidamente

completado y firmado;(c) Garantía de Mantenimiento de Oferta; (d) Documentos legales indicados en la cláusula 11.2 de esta Sección I,

IAO; (e) Documentos indicados en la Sección II de los DDL que demuestren

que las obras ofertadas, cumplen con las Especificaciones del Alcance de las Obras, Sección V;

(f) Documentos indicados en la Sección II de los DDL que acrediten que el Oferente está calificado para ejecutar el Contrato en caso de que su oferta sea aceptada;

(g) Comprobante de pago del precio de los documentos de la licitación;(h) Declaración de que conoce el sitio de Obras y que cuenta con la

información necesaria para preparar su oferta y celebrar el contrato, o constancia emitida por la Convocante; y,

(i) Otros documentos especificados en la Sección II de los DDL.

11.2 Documentos legales.

(a) Oferentes Individuales. Personas Físicas.

• Declaración jurada de no hallarse comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2051, conforme con lo dispuesto en la Resolución N° 51/05 de la Dirección General de Contrataciones Públicas.

• Certificado de Cumplimiento Tributario (artículo 194 de la Ley 125• Declaración de integridad (Art. 20 inc. w de la Ley N° 2051). • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad.• Fotocopia simple de la cédula tributaria (constancia de inscripción en

el Registro Único de Contribuyentes - RUC).• En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación,

deberá acompañar poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el Poder esté inscripto en el Registro de Poderes.

(b) Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

• Declaración jurada de no hallarse comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2051, conforme con lo dispuesto en la Resolución N° 51/05 de la Dirección General de Contrataciones Públicas.

• Certificado de Cumplimiento Tributario (artículo 194 de la Ley 125• Declaración de integridad (Art. 20 inc. w de la Ley N° 2051). • Documentos que acrediten la existencia legal de la persona tales

como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos.

• Fotocopia simple de la cédula tributaria (constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC).

• Documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en:

• un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o

• los documentos societarios que justifiquen la representación del

12. Formularios de Presentación de Oferta y Lista de Cantidades con indicación de Precios

12.1El Oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario suministrado en la Sección IV, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada.

12.2 El Oferente presentará la Lista de cantidades con indicación de precios unitarios y totales, utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta.

13. Ofertas Alternativas

13.1A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se considerarán ofertas alternativas.

13.2Si fueren permitidas, el Oferente que desee presentar alternativas técnicas a los requerimientos de los documentos de licitación, podrá presentar una oferta alternativa solamente si lo hace conjuntamente con la oferta principal. Además de presentar la oferta principal, deberá presentar toda la información necesaria a fin de que la Convocante pueda hacer una evaluación integral de las ofertas alternativas, incluyendo especificaciones técnicas, detalle de precios y otros detalles pertinentes. La Convocante solo considerará las alternativas técnicas que hubiere presentado el Oferente cuya oferta principal se ajuste a las condiciones básicas y haya sido evaluada como la más baja. La oferta alternativa, para ser considerada, deberá reunir mejores condiciones de oportunidad, calidad y costo que la oferta principal. En la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación, se indicarán los criterios con los que serán evaluadas las Ofertas alternativas.

14. Precios de la Oferta

14.1.Los precios cotizados por el Oferente en la Presentación de Oferta y en la Lista de Cantidades, deberán ajustarse a los requerimientos que se especifican a continuación.

14.2. A menos que se especifique lo contrario en los documentos de licitación (DDL), el Contrato comprenderá la totalidad de las obras especificadas en la Sección V, Alcance de las Obras, sobre la base de la Lista de Cantidades y sus respectivos precios presentada por el Oferente.

14.3.El Oferente indicará los precios unitarios para cada rubro o parte de las Obras especificado en la Lista de Cantidades. El precio que se debe cotizar en la Presentación de Oferta, será el precio total de la oferta..

14.4. Los precios cotizados por el Oferente se hallan sujetos a reajustes durante la ejecución del Contrato según la fórmula indicada en el contrato.

15. Monedas de la Oferta y Monedas de Pago

15.1 Conforme lo dispone el artículo 20 inciso b) de la Ley N° 2051/03, la moneda de oferta y pago será expresada en GUARANÍES. La cotización en moneda diferente será motivo de rechazo de la oferta.

15.2 Se deberá mantener la moneda de la Oferta como moneda del Contrato.

16. Período de Validez de Ofertas

16.1 Las ofertas se deberán mantener válidas por el período determinado en la Sección II, DDL a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por la Convocante. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por la Convocante

por incumplimiento.

16.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, la Convocante podrá solicitarle a los Oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito. La Garantía de Mantenimiento de Oferta también ésta deberá prorrogarse por el período correspondiente. Un Oferente puede rehusar a tal solicitud sin que se le haga efectiva su Garantía de Mantenimiento de la Oferta. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas.

17. Garantía de Mantenimiento de Oferta

17.1 El Oferente deberá incluir como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta por un monto en Guaraníes, que no deberá ser inferior al porcentaje especificado en la Sección II, Datos de Licitación (DDL), de acuerdo al Art. 39 (a) de la Ley N° 2051/03.

17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta podrá consistir, a elección del Oferente, en alguno de los siguientes tipos:

a) Una póliza de seguros emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay; o

b) Una garantía bancaria otorgada por un banco establecido en la República del Paraguay, y con autorización para operar emitida por el Banco Central del Paraguay.

17.3 La garantía deberá ser presentada en original; no se aceptarán copias;

17.4 Deberá permanecer válida por el periodo indicado en la Sección II, DDL, y que no podrá ser inferior al periodo de validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde;

17.5 Todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en el presente pliego, serán rechazadas por la Convocante.

17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Oferente adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento.

17.7 La garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada por la Convocante:

α) si un Oferente retira su oferta durante el período de validez de ofertas indicado por dicho Oferente en la Presentación de Oferta; o

β) si no acepta la corrección del precio de su oferta, de conformidad con la Sub-Cláusula 27.3 de esta Sección I (IAO); o

χ) si el adjudicatario no procede, por causa imputable al mismo a:i. firmar el Contrato, de conformidad con la Cláusula 35 de esta

Sección (IAO); o ii. suministrar la garantía de cumplimiento de contrato, de

conformidad con la Cláusula 36 de esta Sección I (IAO).iii. presentar los certificados expedidos por las autoridades

competentes que le sean requeridos por la Convocante para comprobar que no se encuentra comprendido en las prohibiciones

o limitaciones para contratar con el Estado, conforme al artículo 40 de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y de acuerdo al artículo 47 del Decreto Reglamentario N° 21909/03.

d) cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas por el oferente adjudicado con su oferta sean falsas.

e) si el adjudicatario no presentare las legalizaciones correspondientes para la firma del contrato, cuando éstas sean requeridas.

18. Formato y Firma de la Oferta

18.1El Oferente deberá preparar un original de los documentos que constituyen su oferta, conforme a la Cláusula 11 de esta Sección I (IAO), y marcar claramente en dicho ejemplar la palabra “ORIGINAL”. Adicionalmente, el Oferente deberá presentar dos copias simples, y marcar cada una claramente con la palabra “COPIA”. En caso de cualquier discrepancia entre el original y las copias, prevalecerá el original.

18.2El original y todas las copias de la oferta deberán ser mecanografiados o escritos con tinta indeleble. El nombre y cargo de los que firmen la Oferta deberán ser mecanografiados, sellados o impresos al pie de la respectiva firma. Todas las páginas del original de la oferta, excepto las que contengan folletos o catálogos que no hayan sido modificados, deberán estar firmadas por el oferente.

18.3Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o la media firma de la persona que firma la Oferta.

D.Presentación y Apertura de Ofertas

19. Presentación e Identificación de Ofertas

19.1.El Oferente presentará el original y cada una de las copias de la oferta en sobres separados y cerrados, incluyendo las ofertas alternativas, cuando estuviesen permitidas, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 13 de esta Sección I (IAO). Cada sobre deberá estar claramente identificado con los términos “ORIGINAL” o “COPIA”, según corresponda. Los sobres que contienen el original y las copias se colocarán, a su vez, en un solo sobre cerrado.

19.2.Los sobres interiores y exteriores deberán:

(a) indicar el nombre y dirección del Oferente; (b) estar dirigidos a la Convocante, (c) indicar la identificación específica de la presente licitación mencionada

en la Sección II, DDL; y (d) contener la advertencia de que los sobres no deberán ser abiertos

antes de la hora y fecha de apertura de las ofertas.19.3.Si los sobres recibidos no estuviesen cerrados e identificados según lo

dispuesto anteriormente, la Convocante no asumirá responsabilidad alguna por el traspapelamiento o la apertura prematura de las ofertas.

20. Plazo para Presentación de Ofertas

20.1 Las ofertas deberán ser recibidas por la Convocante en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indican en la Sección II, DDL.

20.2 El Convocante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una adenda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 8 de esta Sección I, IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones dla Convocante y de

los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada.

21. Ofertas Tardías 21.1.La Convocante no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas. Toda oferta que reciba la Convocante una vez vencida la hora y fecha límite para presentación de ofertas será declarada tardía, rechazada y devuelta al Oferente sin abrir.

22. Retiro de Ofertas 22.1 Un Oferente podrá retirar su oferta en cualquier tiempo, hasta antes de que se realice el acto de apertura, mediante la presentación de una comunicación, por escrito y debidamente firmada. Las ofertas cuyo retiro hubiese sido solicitado, serán devueltas a los Oferentes sin abrir.

22.2 Ninguna oferta podrá ser retirada durante el intervalo comprendido entre la hora de apertura de ofertas y la fecha de vencimiento del período de validez de la oferta.

23. Apertura de Ofertas

23.1. En la dirección, día y hora señalados en la Sección II, DDL - o en la prorroga en su caso - se procederá a la apertura de las ofertas en un acto público y formal y en presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir.

23.2.Al momento de la apertura de las ofertas, se leerán en voz alta y se registrarán en el acto, el nombre del Oferente y el precio de la oferta, y cualquier otro detalle que la Convocante estime apropiado anunciar. En este acto, se realizará una verificación preliminar y meramente cuantitativa de la documentación presentada por los Oferentes, sin entrar al análisis detallado de su contenido, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación de las ofertas. Si en la verificación cuantitativa de los documentos presentados, se verificare la falta de presentación de algún documento formal no sustancial o sustancial, se dejará constancia en el acta. Dichas omisiones serán analizadas en oportunidad del proceso de evaluación a los efectos de las decisiones que fuesen pertinentes.

23.3.Durante el acto de apertura, solo podrán rechazarse las ofertas, solicitudes de retiro o modificaciones de oferta presentadas después de la hora y fecha límite de presentación de ofertas, las cuales serán devueltas al oferente sin abrir.

23.4.Al concluir el acto de apertura, se labrará un acta de conformidad a las disposiciones del artículo 54 del Decreto N° 21909. Se solicitará a los representantes de los Oferentes que estén presentes que firmen el acta. Los Oferentes podrán firmar, si lo desean, las ofertas de los otros Oferentes. La omisión de la firma por parte de un Oferente no invalidará el contenido y efecto del acta. Se distribuirá una copia del acta a todos los Oferentes.

23.5.El día de la apertura de ofertas, luego de haber realizado la apertura y lectura en voz alta de todas las ofertas presentadas, y antes de pasar las mismas al Comité de Evaluación, los Oferentes tendrán la oportunidad de revisar las ofertas de los demás participantes. De esto, se dejará constancia en el Acta de apertura de ofertas.

E.Evaluación y Comparación de Ofertas

24. Confidencialidad 24.1 Una vez entregadas las ofertas abiertas al Comité de Evaluación se dará inicio al proceso confidencial de evaluación. No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya sido dictado el informe de recomendación de la adjudicación.

24.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar a la Convocante en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.

25.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula precedente (24.2), si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con la Convocante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.

25. Aclaración de Ofertas

16.1.Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de ofertas, la Convocante podrá, a su discreción, solicitar de los Oferentes aclaraciones acerca de sus ofertas.

16.2.No serán consideradas las aclaraciones presentadas por los Oferentes que no sean en respuesta a aclaraciones solicitadas por la Convocante. Las solicitudes de aclaraciones de la Convocante y las respuestas de los Oferentes, deberán ser hechas por escrito.

16.3.No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos descubiertos por la Convocante en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 27 de esta Sección I, IAO.

26. Análisis de las Ofertas. Cumplimiento de las Condiciones de la Licitación.

26.1.La determinación por parte de la Convocante de si una oferta se ajusta a los Documentos de Licitación, se basará solamente en el contenido de la propia oferta.

26.2.Una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación cuando concuerda con todos los términos, condiciones y especificaciones de dichos Documentos, sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Constituye una desviación, reserva u omisión significativa aquella que:

(a) afecta de manera sustancial el alcance, la calidad o la ejecución de las obras especificadas en los Documentos de Licitación; o

(b) limita de manera sustancial, en discrepancia con lo establecido en los Documentos de Licitación, los derechos de la Convocante o las obligaciones del Oferente emanadas del Contrato; o

(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de otros Oferentes que hubiesen presentado ofertas que se ajusten sustancialmente a los Documentos de Licitación.

26.3.Toda oferta que no se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación será rechazada por la Convocante. No podrá convertirse posteriormente en una oferta que se ajuste a la Sección II, DDL mediante la corrección de las desviaciones, reservas u omisiones

significativas, que tengan por efecto que una oferta que originalmente no se ajustaba sustancialmente a los Documentos de Licitación, sí lo haga como resultado de dicha corrección.

27. Disconformi-dades, Errores y Omisiones

27.1.Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante podrá dispensar cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa.

27.2.Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y a efectos de rectificar disconformidades u omisiones insignificantes, la Convocante podrá requerir que el Oferente presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable. Las omisiones no deberán referirse a ningún aspecto del precio de la oferta. Si el Oferente no presenta lo solicitado, su oferta podrá ser rechazada.

27.3.Siempre y cuando la oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, la Convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:

(α) si existiese discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario.;

(β) si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y

(χ) si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los párrafos (a) y (b) antes mencionados.

27.4.La Convocante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no aceptase la corrección de errores, su oferta será rechazada y su garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada.

28. Método de Evaluación: Examen Preliminar de Ofertas

28.1.Antes de proceder a la evaluación detallada, la Convocante examinará las ofertas para confirmar que todos los documentos solicitados según la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados, y para determinar si cada documento suministrado está completo.

28.2.Serán eliminadas aquellas ofertas que no cumplan con el suministro de la siguiente documentación:

(a) Presentación del formulario de Oferta, debidamente completado y firmado por el Oferente o su representante;

(b) Presentación del formulario de lista de cantidades y sus precios debidamente completado y firmado por el Oferente o su representante;

(c) Presentación de los documentos que acrediten la representación suficiente del firmante de la Oferta para comprometer al Oferente, conforme con lo requerido en la cláusula 11 de esta Sección I, IAO;

(d) Garantía de mantenimiento de Oferta, extendida en la forma, por el monto y el plazo requeridos en los Documentos de Licitación

(e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar.

29. Método de evaluación: Comparación de los precios de las Ofertas.

29.1.Las Ofertas que se ajusten a los requerimientos básicos señalados en la cláusula anterior serán agrupadas en orden numérico de menor a mayor, luego de haber efectuado las correcciones aritméticas que hayan sido necesarias.

29.2.Al evaluar las ofertas, la Convocante utilizará únicamente todos los criterios y metodologías que se definen en esta Cláusula y en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. No se permitirá el uso de ningún otro criterio o metodología.

En la evaluación de una oferta, la Convocante tomará en cuenta lo siguiente:

a) el precio de la oferta; b) ajustes de precio por corrección de errores aritméticos, de

conformidad con la Sub-Cláusula 27.3. de esta Sección I, IAO;

29.3.En la evaluación de las ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de la aplicación de las disposiciones relativas al ajuste de precios estipuladas en las Condiciones Generales del Contrato y en las Condiciones Especiales del Contrato, durante el periodo de cumplimiento del Contrato.

29.4.Las Ofertas deberán evaluarse y compararse en guaraníes.

29.5.La Convocante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de ofertas no se tendrá en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requerimientos de los Documentos de Licitación, o que signifiquen beneficios no solicitados por la Convocante.

30. Evaluación detallada de la Oferta. Poscalificación.

30.1.De la tabla comparativa de precios, se tomará provisoriamente a la oferta con el precio más bajo, la que será analizada en detalle para verificar si cumple con los requisitos de calificación establecidos en los documentos de licitación y si no presenta desviaciones, reservas u omisiones significativas.

30.2.La Convocante deberá determinar, a su satisfacción, si la Oferta con el precio evaluado como el más bajo se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, y está calificado para ejecutar el Contrato en forma satisfactoria. Esta determinación se basará en el examen de la evidencia documentada presentada por el Oferente sobre sus calificaciones, y en la aplicación de los criterios de calificación que se mencionan en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. No podrán utilizarse otros factores no incluidos en la Sección III, para evaluar las calificaciones del Oferente

30.3. Una determinación afirmativa será un requisito para la adjudicación del Contrato. Una determinación negativa tendrá como resultado la descalificación de la oferta, en cuyo caso la Convocante seguirá el mismo procedimiento con la oferta evaluada como la siguiente más baja, para determinar si dicho Oferente está calificado para ejecutar el Contrato en forma satisfactoria.

31. Informe de recomendación

31.1.La Convocante deberá preparar un informe de evaluación y comparación de las ofertas, que incluya una recomendación para la adjudicación del Contrato. Dicha recomendación no creará derechos en

de adjudicación favor de ningún Oferente

31.2.Antes de elevar el informe de adjudicación, se determinarán las siguientes ofertas evaluadas como las más bajas, a los efectos previstos en el artículo 36, segundo párrafo, y 33 inciso e) de la Ley N° 2051/03 de “Contrataciones Públicas”.

32. Derecho de la Convocante de declarar desierta o cancelar la licitación

32.2.La Convocante se reserva el derecho de declarar desierta o cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, conforme con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 de la Ley Nº 2051/03 de Contrataciones Públicas, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los Oferentes.

F.Adjudicación del Contrato

33. Criterios

de Adjudicación.

33.1 La Convocante adjudicará el Contrato al Oferente:a) Cuya oferta cumpla con las condiciones legales y técnicas estipuladas en el pliego de bases y condiciones;b) Que tenga las calificaciones y la capacidad necesaria para ejecutar el contrato; y

c) Que presente el precio evaluado como el más bajo.

34. Notificación de la Adjudicación

34.1.La adjudicación será notificada en un acto público, o por nota a cada uno de los oferentes, según se indique en la Sección II, Datos de la Licitación. Deberá difundirse además en el portal de la Dirección General de Contrataciones Públicas (www.contratacionesparaguay.gov.py). A tales efectos, la Convocante remitirá a la Dirección General de Contrataciones Públicas (UCNT) el acto administrativo de adjudicación, con el informe de evaluación pertinente. La remisión de estos documentos a la UCNT deberá efectuarse inmediatamente después de la fecha de adjudicación.

34.2.Cuando la adjudicación se dé a conocer en un acto público, la fecha, hora y lugar de realización de dicho acto deberá darse a conocer por escrito a los oferentes, con por lo menos dos días hábiles de antelación a su realización, debiendo señalarse en la Sección II, DDL que dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El acto comenzará con la lectura de la resolución de adjudicación. A continuación se procederá a levantar un acta en donde conste la participación de los interesados, así como otra información pertinente. Durante el acto público y con posterioridad al mismo hasta 20 días posteriores a su realización, se pondrá a disposición de los oferentes copia de las actas de las juntas de aclaraciones, del acta de presentación y apertura de ofertas y del informe de evaluación, en el lugar y horario indicado por la Convocante en la Sección II, DDL. Los plazos para la firma del contrato y para la presentación de protestas empezarán a computarse al día siguiente de la realización del acto, siempre que el acto administrativo de adjudicación y el informe de evaluación se encuentren a disposición de los interesados en el día de celebración del acto de notificación.

34.3.Cuando la adjudicación se dé a conocer por nota, ésta deberá acompañar una copia íntegra del acto administrativo de adjudicación. Con dicha nota, la Convocante podrá acompañar una copia del informe de evaluación

34.4..Si la Convocante no acompañare con la nota de comunicación de adjudicación una copia del informe de evaluación, los oferentes podrán solicitar dicha copia a la Convocante previa solicitud por escrito que deberá ser formulada dentro del plazo de dos días de haber recibido la notificación del adjudicatario. La presentación de la solicitud de copia del informe suspenderá el plazo para interponer protestas contra la adjudicación, hasta tanto se haga entrega del informe de evaluación.

35. Firma del Contrato

35.1.Toda adjudicación obligará a la Convocante y al Oferente adjudicatario a formalizar el contrato respectivo dentro de los veinte días hábiles siguientes al de la notificación de la adjudicación.

35.2.Si el Oferente adjudicatario no firmase el contrato por causas imputables al mismo dentro del plazo señalado en el párrafo precedente, la Convocante podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al oferente que haya presentado la siguiente oferta evaluada como la más baja, de conformidad con lo asentado en el dictamen de adjudicación, y así sucesivamente, en caso de que éste último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia de precio con respecto a la oferta que inicialmente hubiese resultado ganadora, no sea superior al 10% o el oferente acepte reducir su oferta hasta el porcentaje señalado.

35.3 Para la firma del contrato, el Oferente adjudicado deberá presentar:

(a) Personas Físicas:• Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de

acreedores expedida por la Dirección General de Registros Públicos;• Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedida por la

Dirección General de Registros Públicos; • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el

Instituto de Previsión Social;• En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación,

acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

(b) Personas Jurídicas:• Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de

acreedores expedida por la Dirección General de Registros Públicos;• Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedida por la

Dirección General de Registros Públicos; • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el

Instituto de Previsión Social;• Poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones

emergentes del contrato hasta su terminación. l

(c) Consorcios:• Cada integrante del Consorcio que sea una persona jurídica no

domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los incisos (i), (ii), (iii) y (iv) del apartado b.2 precedente. Cada integrante del Consorcio que sea una persona física no domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los incisos (i), (ii), (iii) y (iv) del apartado b.1 precedente.

• Consorcio constituido, en el que se establecerán con precisión los puntos establecidos en el artículo 48 inciso 4° del Decreto Reglamentario N° 5174/05. El Consorcio debe estar formalizado por Escritura Pública.

• Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer al Consorcio.

35.4. Si la oferta adjudicada estuviera acompañada de documentos emitidos por autoridades extranjeras, el Oferente deberá acompañar los documentos debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.

35.5 Si el Oferente no presentare la documentación requerida en este artículo para la firma del contrato o si hubiere realizado declaraciones juradas falsas, se considerará que el Oferente no firma el contrato por causa imputable al mismo, y se procederá a dejar sin efecto la adjudicación y a ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta.

36. Garantía de Cumplimiento de Contrato

36.1 El Proveedor deberá garantizar el fiel cumplimiento de contrato por un porcentaje indicado en la Sección VII, Condiciones Especiales del Contrato (CEC) por la Convocante, y que se fijará entre el 5% y el 10% del valor total del contrato, de conformidad al artículo 39 inciso c) de la Ley N° 2051/03. A tal efecto, deberá presentar a la Convocante una garantía de cumplimiento del Contrato, en Guaraníes, bajo alguna de las siguientes formas:

(a) garantía bancaria emitida por un Banco establecido en la República del Paraguay;

(b) póliza de seguros emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay. Las garantías deberán ajustarse a las condiciones y al formulario estándar correspondiente establecido en la Sección VIII de los Documentos de Licitación.

36.2 La garantía de cumplimiento de contrato deberá ser presentada por el Proveedor dentro de los diez (10) días calendario siguientes a partir de la fecha de adjudicación del Contrato, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo, en cuyo caso, el plazo de entrega de la garantía estará indicado en las CEC.

36.3 La falta de constitución y entrega oportuna de las garantías será causal de rescisión del contrato por causa imputable al contratista, en cuyo caso la Convocante podrá adjudicar el contrato en la forma prevista en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley N° 2051/03.

36.4 La garantía de cumplimiento de contrato se hará efectiva si la Convocante determinare la rescisión del contrato por causa imputable al Contratista, conforme a la ley, al reglamento y al contrato.

37. Anticipo y garantía de anticipo

37.1.En caso de que en los Datos de Licitación (DDL) se dispongan la entrega de un anticipo sobre el precio del contrato, de acuerdo a lo estipulado en las Condiciones Generales del Contrato y sujeto al monto máximo especificado en los Datos de la Licitación. La garantía del anticipo deberá ser en Guaraníes y sobre el 100% del monto anticipado.

37.2.La Garantía de Anticipo podrá consistir, a elección del Oferente, en alguno de los siguientes tipos:(a)Una póliza de seguros emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay; o (b)Una garantía bancaria otorgada por un banco establecido en la República del Paraguay, y con autorización para operar emitida por el Banco Central del Paraguay.

37.3.El formato de la garantía deberá ajustarse a uno los formularios incluidos en la Sección VIII, según corresponda.

38. Protestas y Reclamaciones

38.1.Las personas interesadas podrán protestar por escrito ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, contra los actos que contravengan la legislación aplicable y las disposiciones de estos documentos de licitación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a aquel en que éste ocurra o el Oferente tenga o deba haber tenido conocimiento del acto impugnado, de acuerdo a la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas.

Sección II. Datos de la Licitación

A. Introducción

IAO 1.1 El número del Llamado a Licitación es: LPN Nº 02/2008 – Licitación Pública Nacional (LPN) “Construcción de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable en 81 Localidades”.

IAO 1.1 La Convocante es: El Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA)

IAO 1.1 El nombre de la LPN es LPN Nº 02/2008- “Construcción de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable en 81 Localidades”_________________________________________________________El número de identificación de la LPN es: LPN Nº 02/2008- Construcción de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable en 81 Localidades

IAO 2.1 El nombre del Proyecto es: Proyecto de Fortalecimiento del Sector Agrícola II Etapa – PG – P14

IAO 5.2. Visita al sitio de obras: Debe realizar el oferente bajo su responsabilidad, no será motivo de descalificación

IAO 7.1 Las consultas y aclaraciones se podrán realizar hasta las 15:00 hs del …

IAO 7.2. Dirección del Contratante: 25 de mayo Nº 825 c/Tacuary – Asunción –Paraguay

(Opcional) La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo ----No se aplica

Sección III.A.2.

Sección III.A.3.1

El promedio de volumen mínimo anual de obras de construcción ejecutado deberá ser superior a: de los tres (3) mejores años de los últimos diez años, equivalente al 60% del valor total de la oferta. Grupo I : 5.500.000.000 60%

Grupo II : 6.400.000.000; 60%

Grupo III : 6.400.000.000; 60%

Grupo IV : 5.800.000.000; 60%

Grupo V : 6.000.000.000.- 60%

Grupo VI : 6.700.000.000 60%

Grupo VII : 4.700.000.000; 60%

Grupo VIII: 5.500.000.000; 60%

de los últimos 5 años (2.003 -2.007).

Número de obras similares (mínimo 2 obras) Demostrar haber ejecutado obras en estructura de hormigón armado de 100m3 (hacer tanque de H A no tiene secreto) no es una estructura compleja

Se requerirá como experiencia mínima las siguientes cantidades de trabajos realizados en los últimos 10 años (5) cinco años (2.003 – 2.007), similares a las obras de la licitación:

Para cada uno de los grupos

a.)- Licitantes cuyo diseño básico prevé el uso de uno o varios tanques de hormigón armado suministrarán evidencia de construcción de por lo menos 100 m3 2 (dos) tanques elevados de 30 m3 de hormigón armado similares a los licitados

c.)- Pozo profundo: ejecución de por lo menos dos pozos con una profundidad mínima de 120 m cada uno; 1 (un) pozo con terminación totalmente revestida en diámetro de 6 “y 1 (un) pozo con terminación a pared desnuda en diámetro de 6 “. Al no tener esta experiencia, se aceptarán licitantes que haya sub-contratado las cantidades indicadas. En este caso, el licitante suministrará evidencia de dichas subcontrataciones a satisfacción del contra tante, debiendo corresponder a los últimos 5 años (2003-2007) Que sea aceptada la experiencia de un sub contratista

d.)-Extensión de energía eléctrica en media ó baja tensión (trifásica o monofásica): de por lo menos 1 (una) línea de energía eléctrica en media (trifásica o monofásica con puestos de distribución y transformadores.

e.)- Instalación de electrobombas para pozo profundo: por lo menos 2 (dos) instalaciones con tubería de impulsión de hierro galvanizado o Polietileno (PE).

Para las obras en etapa de ejecución, serán solo computadas cuando superen el 70 % de ejecución, debiéndose presentar Certificado de Avance firmado por el Contratante de dicha obra.

Las referencias otorgadas deberán ser verificables. En el caso que los datos contenidos en las referencias no permitan su verificación por parte del Contratante, se procederá automáticamente a anular la mencionada referencia. Contratistas que tengan un atraso en la ejecución de las con Contratos firmados con el SENASA, serán descalificados.

Todas las obras requeridas serán verificadas a través de los Certificados de Recepción Definitiva del Contratante y en caso de obras en Construcción con avances del 70 %, se verificará con Certificados de Avance de Obras del Contratante.

Sección III.A.3.2

Actividades clave en obras similares: deberá corresponder a los últimos 5 años (2003-2007). No se aplica.

Sección III.A.4 El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario serán: del 20% de valor de la adjudicación

Grupo I : 1.250.000.000

Grupo II : 1.450.000.000;

Grupo III : 1.450.000.000;

Grupo IV : 1.300.000.000;

Grupo V : 1.350.000.000.-

Grupo VI : 1.500.000.000

Grupo VII : 1.050.000.000;

Grupo VIII: 1.250.000.000;

Sección III.A.5.

Cargos clave:

A) Contar con Un Representante Legal que tendrá las funciones de administrador de la Obra o del Contrato, que deberá ser un Ingeniero Civil, o Arquitecto con cinco años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares, durante por lo menos tres de los cuales la experiencia será como director o administrador.

B) Un (1) Residente de obras por Grupos de Obras: Ing. Civil o Arquitecto con 3 años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares y haber participado como residente de obras en al menos 1 (una) obra de carácter similar.

C) Un (1) un geólogo por Grupo de Obras: con tres (3) años de experiencia en hidrogeología y una obra de carácter similar, mientras dure la construcción del componente.

D) Un electromecánico por Contrato: con tres años de experiencia y una obra de carácter similar, mientras dure la construcción del componente.

Durante todo el periodo de obras el Residente de Obras deberá contar con una camioneta cuyas características sean acordes a las exigencias de los caminos de acceso a las obras.

Sección III.A.6.

El equipo esencial que deberá tener disponible el Adjudicatario para ejecutar el contrato es: A.)- Ejecución del Tanque elevado y Red de Distribución1.)- 1 (un) camión volquete, capacidad no menor a 8 ton,2.)- 1 (un) camión de carga, capacidad no menor de 8 ton,3.)- 1 (una) camioneta de apoyo,4.)- 1 (un) monta cargas,5.)- 2 (dos ) hormigoneras de 200 lts,6.)- 5 (cinco) conos de Abrahms y 30 moldes para probetas de hormigón7.)- 1 (un) vibrador para hormigón del tipo inmersión,8.)- 1 (una) sierra circular eléctrica,9.)- Guantes de cuero, delantales para soldaduras, protectores y casco de protección al personal de obra, botiquín de primeros auxilios, y10.)- Herramientas manuales de acuerdo al tipo de obra.

B.)- Perforación del Pozo profundo y Prueba de Bombeo:

1.)- Están indicados en el ítem nº 2 “Equipos y Herramientas disponibles para el Contrato” de las Especificaciones Técnicas, Capitulo nº 2.

B. Documentos de Licitación

IAO 7.1 Para propósitos de aclaración solamente, la dirección de la Convocante es:

Atención: Ing. Genaro Cristaldo - Dirección General

Calle y No.: 25 de mayo Nº 825 c/Tacuary

Ciudad: Asunción

País: Paraguay

Teléfono: 448.408 - 444.182 Número de fax: 449.262Dirección de correo electrónico: [email protected]

C. Preparación de Ofertas

IAO 11.1 (i) El Oferente deberá presentar con su oferta los siguientes documentos adicionales:

El oferente deberá presentar tres cronogramas: (a) cronograma físico o de construcción por componentes y localidad, (b) cronograma financiero, y (c) cronograma general para todas las localidades del grupo.

El cronograma de construcción se confeccionará en forma de barras horizontales con la indicación del desarrollo en tiempo de los componentes de construcción de sistema de abastecimiento de agua potable para cada localidad según los plazos parciales indicados en el cronograma requerido por el Contratante.

El cronograma por actividades y por localidad tiene la finalidad el control de los plazos parciales.

El cronograma financiero deberá corresponder al plazo propuesto para la ejecución de las obras, a través de una curva acumulativa de inversiones, el oferente deberá mantenerse dentro de los plazos propuestos en el cronograma adjunto.

COMPONENTESPLAZO PARCIALES

1º MES2º MES3º MES4º MES5º MES6º MES

Fuente de provisión

Tanque elevado de HºAº

Caseta de operación

Suministro de energía eléctrica

Provisión de materiales para red y conexiones domiciliarias

Provissión y colocación de aductora

Equipamiento electromecánico e hidráulico de pozo

IAO 11.2 (a) Además de lo solicitado en las IAO 11.2.(a), la oferta deberá incluir los siguientes documentos:(a) Declaración jurada del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del último

mes.(b) Constancia del Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, donde

indica que los contratos en ejecución con el SENASA, tienen un porcentaje de certificación presentado de cada contrato, igual o superior al porcentaje obtenido de la relación entre el plazo del avance del contrato y el plazo del contrato.

(c) Constancia del Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, donde indica que los contratos en ejecución con el SENASA, están dentro de los plazos de contratos o de las ampliaciones aprobadas.

(d) Declaración jurada del Impuesto a la Renta del último ejercicio.(e) Constancia de no adeudar el aporte obrero-patronal expedida por el IPS

dentro de un plazo no mayor a 60 días antes de la fecha fijada para la apertura de la oferta.

(f) Certificado de no encontrarse en quiebra o convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de los Registros Públicos dentro de un plazo no mayor a 60 días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.

(g) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de los Registros Públicos dentro de un plazo no mayor a 60 días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas;

IAO 11.2 (b) Además de lo solicitado en las IAO 11.2.(b), la oferta deberá incluir los siguientes documentos:(a) Declaración jurada del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del último

mes.(b) Constancia del Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, donde

indica que los contratos en ejecución con el SENASA, tienen un porcentaje de certificación presentado de cada contrato, igual o superior al porcentaje obtenido de la relación entre el plazo del avance del contrato y el plazo del contrato. Se repite

(c) Constancia del Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, donde indica que los contratos en ejecución con el SENASA, están dentro de los plazos de contratos o de las ampliaciones aprobadas. Se repite

(d) Declaración jurada del Impuesto a la Renta del último ejercicio.(e) Constancia de no adeudar el aporte obrero-patronal expedida por el IPS

dentro de un plazo no mayor a 60 días antes de la fecha fijada para la apertura de la oferta. Se repite

(f) Certificado de no encontrarse en quiebra o convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de los Registros Públicos dentro de un plazo no mayor a 60 días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas Se repite

(g) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de los Registros Públicos dentro de un plazo no mayor a 60 días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas; Se repite

IAO 11.2 (c) Además de lo solicitado en las IAO 11.2 ( c) . punto 1. cada integrante integrante del Consorcio que sea una persona jurídica no domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los incisos (a), (b), (c), (d), ( e), (f) y (g) del apartado (b) precedente. Cada integrante del Consorcio que sea una persona física no domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los incisos (a), (b), (c), (d), ( e), (f) y (g) del apartado (a) precedente.

IAO 14.5 Los precios cotizados por el Oferente deberán ser: reajustables durante la ejecución del Contrato.

IAO 16.1 El período de validez de la oferta será de 120 días.

D. Presentación y Apertura de Ofertas

IAO 19.2 (c) La identificación del presente proceso de licitación es: LPN Nº 02/2008 –“Construcción de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable en 81 Localidades”

IAO 20.1 Para propósitos de presentación de ofertas exclusivamente, la dirección de la Convocante es:

Atención: Ing. Genaro Cristaldo Ibarra

Calle y No: 25 de mayo – Salón Nº 3 casi Tacuary

Oficina: Dpto de Licitaciones.

Ciudad: Asunción

La fecha límite para la presentación de ofertas es:

Fecha: ………………….. de 2008

Hora: 09:30

IAO 23.1 La apertura de ofertas tendrá lugar en:

Calle y No: 25 de mayo casi Tacuary

Oficina: Dpto de Licitaciones

Ciudad: Asunción

Fecha: …………………. de 2008

Hora: 09:30

E. Evaluación y Comparación de Ofertas

F. Adjudicación del Contrato

IAO 34.2 La adjudicación se realizará por cada uno de los 8 (ocho) Grupos de Obras, establecidas en las Planillas de Ofertas, la adjudicación se dará a conocer por nota a cada oferente.

IAO 37.2 El monto máximo del anticipo será de 40% 15 % del monto del contrato.

61

Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación

Esta sección contiene los criterios para determinar cuál es la oferta evaluada como la más baja y un detalle de los requisitos mínimos que los oferentes deben cumplir para ser elegibles y estar calificados.

No se admitirán mecanismos de puntos o porcentajes. Por tanto, la calificación se limitará a determinar si los oferentes cumplen o no cumplen con los requisitos mínimos especificados en esta sección. Los oferentes que no cumplan con los requisitos mínimos serán descalificados.

Se detalla además la información que los oferentes deben presentar para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos.

36

a. Criterios de evaluación:

Los criterios de evaluación de las ofertas se encuentran indicados en las cláusulas 26, 27, 28, 29 y 30 de la Sección I de las Instrucciones a los Oferentes, y en la Sección III, Criterios de evaluación y requisitos de calificación.

La convocante puede agregar criterios específicos adicionales pero deberá tener en cuenta, en todos los casos, lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N° 2051/03 que dispone:

“La evaluación de las ofertas se llevará a cabo por comités de evaluación en base a la metodología y parámetros establecidos en las bases de la licitación, en esta ley y en el reglamento.

No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas que tengan como propósito facilitar la presentación de las ofertas y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no sea sustancial o afecte la legalidad y la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los oferentes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus ofertas.

Los defectos de forma o no sustanciales y los errores de cálculo en las propuestas podrán ser subsanados en los términos que se establezcan en el reglamento, siempre y cuando no impliquen la modificación de los precios unitarios, por lo que no serán suficientes para descalificar la propuesta de un participante, siempre y cuando se deban a errores u omisiones de buena fe y no se pretenda confundir a los evaluadores.

En la evaluación de las ofertas en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.

……En la evaluación de las ofertas relativas a obras públicas, se utilizarán los criterios relativos a la materia. No se aceptará procedimiento alguno en virtud del cual se descalifiquen automáticamente las ofertas que se sitúen por encima o debajo de porcentajes del precio de referencia. Se tomará en cuenta la terminación adelantada de las obras cuando esta sea un factor crítico”.

37

b. Criterios de Calificación

A. Criterios para oferentes individuales

1. CAPACIDAD LEGAL

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

1.1. El oferente no deberá estar comprendido en las prohibiciones o limitaciones para presentar ofertas o para contratar previstas en el Artículo 40, Ley N° 2051/03, al tiempo de la presentación de la oferta.

1.2. Los oferentes individuales o integrantes de consorcios, que tienen contratos en ejecución con el SENASA, no podrán participar en la presente licitación, si el porcentaje de certificación presentado de cada contrato, es inferior al porcentaje obtenido de la relación entre el plazo del avance del contrato y el plazo del contrato. Plazo de solicitud de constancia, hasta ocho (8) días anteriores a la apertura de la oferta.

1.3. Los oferentes individuales o integrantes de consorcios que tienen contratos en ejecución con el SENASA, que están fuera de los plazos del contrato o ampliaciones aprobadas, no podrán participar en la presente licitación. Plazo de solicitud de constancia, hasta dos diez (10) días hábiles anteriores a la apertura de la oferta.

1.1 Completar formulario ELE 1.1y presentar los documentos especificados en la claúsula 11.2 de la sección I, de las IAO.

1.2.Todos los oferentes deben solicitar directamente al Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, la constancia, donde indica la situación de cada contrato.

1.3 Todos los oferentes deben solicitar directamente al Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, la constancia, donde indica que cada contrato en ejecución, están dentro de los plazos o de las ampliaciones aprobadas.

38

2. VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS

REQUISITOS MÍNIMOS

INFORMACIÓN REQUERIDA

2.1. Haber generado, durante los últimos cinco años, en promedio un volumen anual de negocios igual o superior al 60% monto a ser adjudicado señalado en los Datos de Licitación (DDL).

El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de las facturas legales correspondientes a obras en ejecución o terminadas por el oferente, dividido el número de (5) años señalado en el párrafo precedente.

El volumen anual que la Convocante señale en los DDL deberá estar comprendido como maximo hasta el 60% de la oferta entre el 70% y el 100% del flujo anual de fondos estimado del contrato (a partir de una proyección lineal del costo estimado por la Convocante, con inclusión de las reservas para imprevistos, durante todo el contrato).

Completar formulario Facturación Anual Media en Construcción.

39

3. EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN CONSTRUCCIÓN

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

3.1. Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos dos (2) contratos, durante los últimos cinco (5) años, similares a las obras propuestas

La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección V. Alcance de las Obras.

A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 70% por lo menos, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio.

Si se justificare por razones de complejidad, escala física, métodos, tecnología u otras características técnicas, la Convocante podrá aumentar estos requisitos mínimos pidiendo en los DDL:• Hasta un mínimo de tres (3) contratos

similares• un porcentaje superior de avance o la

terminación total de las obras.

La Convocante no podrá modificar el periodo de años indicado para considerar la experiencia específica.

Completar los formularios: Formulario A,Formulario B y Formulario C y presentar los documentos probatorios en anexos.

a) Referencias que confirmen un desempeño satisfactorio.

b) Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato.

3.2. Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período estipulado en 3.1, en las actividades clave indicadas en los DDL.

Completar los formularios: Formulario A,

Formulario B y Formulario C.

40

4. CAPACIDAD FINANCIERA

REQUISITOS MÍNIMOS

INFORMACIÓN REQUERIDA

4.1. Demostrar que posee o que tiene acceso a suficientes activos líquidos, activos reales libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros (independientemente de cualquier anticipo estipulado en el contrato) para cumplir los requisitos en materia de flujo de fondos para la construcción exigidos para el o los contratos en caso de suspensión, reanudación de faenas u otros retrasos en los pagos.

El mínimo de activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del adjudicatario será indicado en los DDL.

Por lo general, el mínimo será el equivalente del flujo de fondos para un periodo de tres meses cuando la obra dure más de 1 año y del 20% para obras menores a 1 año, estimado a la tasa media del avance de construcción (distribución lineal). El periodo real de referencia dependerá de la rapidez con que la Convocante pague los certificados mensuales al Contratista.

Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución.

Completar formulario Situación Financiera y presentar los siguientes documentos en anexo:

a) Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el Oferente es cliente;

b) Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito al Oferente;

c) Presentar Balances Generales de los tres últimos ejercicios, visados por la Subsecretaría de Tributación.

41

5. CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

5.1. Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los cargos clave que se indican en los Datos de la licitación (DDL), según sea necesario durante la ejecución del contrato.

A) Contar con Un Representante Legal que tendrá las funciones de administrador de la Obra o del Contrato, que deberá ser un Ingeniero Civil, o Arquitecto con cinco años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares, durante por lo menos tres de los cuales la experiencia será como director o administrador.

B) Un (1) Residente de obras por Grupos de Obras: Ing. Civil o Arquitecto con 3 años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares y haber participado como residente de obras en al menos 1 (una) obra de carácter similar.

C) Un (1) un geólogo por Grupo de Obras: con tres (3) años de experiencia en hidrogeología y una obra de carácter similar, mientras dure la construcción del componente.

D) Un electromecánico por Contrato: con tres años de experiencia y una obra de carácter similar, mientras dure la construcción del componente.

Completar de acuerdo a la Sección II. Datos de la Licitación Sección III.A.5 y presentar los siguientes documentos en anexo:

- Currículo en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las Obras a los fines del Contrato

42

6. CAPACIDAD EN MATERIA DE EQUIPOS

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

6.1. Demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad o en alquiler especificados en los Datos de la Licitación (DDL).

Se deberán enumerar únicamente las necesidades previstas de equipo esencial, ya sea en forma de una descripción de los elementos específicos o de los criterios de rendimiento, según corresponda. La lista deberá limitarse a los elementos principales que sean indispensables para la ejecución del contrato en debida forma y dentro de los plazos previstos.

Completar de acuerdo a lo establecido en la Sección II. Datos de la Licitación Sección III.A.6.y presentar los siguientes documentos en anexo:

a) Declaración jurada de que los equipos mencionados en el formulario como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados.

b) Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos

c) Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el formulario.

d) En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.

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B. Criterios para oferentes asociados en grupo o consorcios.

1. CAPACIDAD LEGAL

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

1.1. Cada parte debe acreditar no estar comprendida en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2051/03.

1.2 Los oferentes individuales o integrantes de consorcios, que tienen contratos en ejecución con el SENASA, no podrán participar en la presente licitación, si el porcentaje de certificación presentado de cada contrato, es inferior al porcentaje obtenido de la relación entre el plazo del avance del contrato y el plazo del contrato. Plazo de solicitud de constancia, hasta ocho (8) días anteriores a la apertura de la oferta.

1.3 Los oferentes individuales o integrantes de consorcios que tienen contratos en ejecución con el SENASA, están fuera de los plazos del contrato o ampliaciones aprobadas, no podrán participar en la presente licitación. Plazo de solicitud de constancia, hasta diez (10) días anteriores a la apertura de la oferta.

1.1 Completar formulario N° ELE - 1.2. 1 y presentar los documentos especificados en la claúsula 11.2 de la sección I, de las IAO.

1.2 Todos los oferentes deben solicitar directamente al Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, la constancia, donde indica la situación de cada contrato.

1.3 Todos los oferentes deben solicitar directamente al Dpto. de Administración de Contratos del SENASA, la constancia, donde indica que cada contrato en ejecución, están dentro de los plazos o de las ampliaciones aprobadas.

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2. VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS, EXPERIENCIA ESPECÍFICA, CAPACIDAD FINANCIERA,

REQUISITOS MÍNIMOS

INFORMACIÓN REQUERIDA

2.1. Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes del Consorcio se sumarán a fin de determinar si éste cumple con los requisitos mínimos de calificación especificados en los numerales 2, 3 y 4, Apartado A de esta Sección III (criterios de calificación para oferentes individuales).

Cada uno de sus integrantes debe cumplir por lo menos con el 15% de los requisitos mínimos para oferentes individuales establecidos en los numerales 2, 3 y 4, Apartado A de esta Sección III (criterios de calificación para oferentes individuales)

El integrante principal debe cumplir por lo menos el 40% de ellos.

Completar los formularios: formulario Facturación Anual Media en Construcción, Formulario A, Formulario B, Formulario C, formulario de Situación Financiera.

Acompañar los documentos especificados en el formulario.

3. CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

3.1. El Consorcio debe contar con personal debidamente calificado para desempeñar los cargos clave que se indican en los Datos de la licitación, según sea necesario durante la ejecución del contrato. Como mínimo deberá contar con un Director de Obras con tres años de experiencia en obras de naturaleza y complejidad similares.

Completar de acuerdo a la Sección II. Datos de la Licitación Sección III.A.5 y presentar los siguientes documentos en anexo:

- Currículo en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las Obras a los fines del Contrato

45

4. CAPACIDAD EN MATERIA DE EQUIPOS

REQUISITOS MÍNIMOS INFORMACIÓN REQUERIDA

4.1. El Consorcio debe demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad o en alquiler, especificados en los Datos de Licitación (DDL).

La Convocante deberá enumerar únicamente las necesidades previstas de equipo esencial, ya sea en forma de una descripción de los elementos específicos o de los criterios de rendimiento, según corresponda. La lista deberá limitarse a los elementos principales que sean indispensables para la ejecución del contrato en debida forma y dentro de los plazos previstos

.

Completar de acuerdo a lo establecido en la Sección II. Datos de la Licitación Sección III.A.6. y presentar los siguientes documentos en anexo:

a) Declaración jurada de que los equipos mencionados en el formulario como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados.

b) Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos

c) Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el formulario.

d) En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.

46

C. Requerimientos adicionales

EL Oferente deberá incluir en su oferta una descripción preliminar del método de trabajo y cronogramas, incluyendo gráficos y diseños, si así lo exigiere la Convocante en los Datos de Licitación. : No se aplica.

Observación. La Convocante, en todos los casos, se reserva el derecho de verificar la veracidad y vigencia de la información suministrada por el Oferente.

Nota: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Entidades de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.-

47

Sección IV. Formularios de la Oferta

Presentación de OfertaFecha: __________________________LPN No.: ________________________Llamado a Licitación No.: __________Alternativa No.: ___________________

Al: SERVICIO NACIONAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL – SENASA25 de Mayo Nº 825 c/TacuaryASUNCION - PARAGUAY

Nosotros, los suscritos, declaramos que:

(a) Hemos examinado y no tenemos reservas a los Documentos de Licitación, incluyendo los addenda No.: _________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________;

(b) Hemos examinado los sitios de las obras y nos hemos enterado de las condiciones allí existentes, en lo que respecta a la construcción de las obras. Hemos estudiado detenidamente los planos y demás documentos relativos a la Licitación y nos hallamos satisfecho del conocimiento adquirido con relación a la obra a realizar en caso de resultar adjudicado, renunciando en consecuencia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento del lugar o de las características del terreno donde se efectuará el trabajo;

(c) El precio total de nuestra oferta, basado en las cantidades estimadas y en los precios que se indican en el formulario de la propuesta es de: ________________________________________;

(d) Nuestra oferta se mantendrá vigente por un período de __________________________________días, contado a partir de la fecha límite fijada para la presentación de ofertas, de conformidad con los Documentos de Licitación. Esta oferta nos obliga y podrá ser aceptada en cualquier momento hasta antes del término de dicho período;

(e) Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una garantía de cumplimiento del Contrato, de conformidad con los Documentos de Licitación, por la suma de ____________ ____________________ para asegurar el fiel cumplimiento del Contrato;

(f) Nuestra firma, incluyendo todo subcontratista o Contratista relacionado con cualquier aspecto del Contrato, no está comprendido en las limitaciones o prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2051/03;

(g) Para esta licitación no somos partícipes en calidad de Oferentes en más de una oferta, excepto en el caso de ofertas alternativas, de conformidad con los Documentos de Licitación;

(h) Entendemos que esta oferta, junto con su aceptación por escrito que se encuentra incluida en la notificación de adjudicación, constituirán una obligación contractual, hasta la preparación y ejecución del Contrato formal;

(i) Entendemos que la Convocante tiene el derecho de cancelar o declarar desierta la licitación rechazar

48

todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, conforme con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 de la Ley Nº 2051/03 de Contrataciones Públicas, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los Oferentes.

Nombre __________________________ En calidad de ___________________________

Firma ___________________________________

Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de____________________________

49

Formulario ELE - 1.1Información sobre el Oferente

Fecha: _____________________ LPN No.: ___________________

Página _________ de _______

Nombre legal del Oferente:

En el caso de ser un Consorcio o Grupo, nombre legal de cada miembro:

Año de constitución efectivo o previsto del Oferente:

Domicilio legal del Oferente:

Información sobre el representante autorizado del Oferente

Nombre:

Dirección:

Números de teléfono y de fax:

Dirección de correo electrónico:

Se adjuntan copias de los originales de los siguientes documentos: (agregar documentos especificados en la cláusula 11.2. de la Sección I, IAO)

50

Formulario ELE - 1.2Información sobre el Oferente para cada Miembro de un

CONSORCIO Fecha: _____________________

LPN No.: ___________________ Página _________ de _______

Nombre legal del Oferente:

Nombre legal del miembro integrante del Consorcio:

Año de constitución del miembro del Consorcio:

Domicilio legal del miembro del Consorcio:

Información sobre el representante autorizado del miembro del Consorcio:

Nombre:

Dirección:

Números de teléfono y de fax:

Dirección de correo electrónico:

Se adjuntan copias de los documentos originales siguientes: (agregar documentos especificados en la cláusula 11.2. de la Sección I, IAO)

51

Formulario Situación Financiera

Nombre legal del Oferente: ____________________ Fecha: ____________________Nombre legal del integrante del Consorcio: ______________

LPN No.: __________________ Página _______ de _______

A completar por el Oferente y, en el caso de un Consorcio, por cada uno de los miembros integrantes.

Información financiera en equivalente de guaraníes

Información histórica correspondiente a los ______ (__) años anteriores (equivalente en miles de guaraníes)

Año 1 Año 2 Año 3 Año ... Año n Prome-dio

Coefi-ciente medio

Información del Balance

Total del Pasivo (TP)

Total del Activo (TA)

Patrimonio Neto (PN)

Activo a corto plazo (AC)

Pasivo a corto plazo (PC)

Información tomada del Estado de Resultados

Total del Ingreso (TI)

Utilidades antes de Impuestos (UAI)

ð Se adjuntan copias de los balances generales correspondientes a los ejercicios arriba requeridos, los cuales cumplen con las siguientes condiciones:a) Deben reflejar la situación financiera del Oferente o del miembro integrante de un Consorcio, y no

de una sociedad matriz u otra perteneciente al mismo grupo;b) Los balances generales deben estar firmados por un contador público y visados por la

Subsecretaría de Estado de Tributación;c) Los balances generales deben estar completos, incluidas todas las notas a los estados financieros;d) Los balances generales deben corresponder a períodos contables ya completados (no se

solicitarán ni aceptarán estados financieros de períodos parciales).

52

Formulario AExperiencia General en Construcción

Nombre legal del Oferente:____________________ Fecha: _____________________Nombre legal del miembro del Consorcio: _____________ LPN No.: __________________

Página _______ de _______

InicioMes/año

FinMes/año

Años Identificación del contrato Función del Oferente

______ ______Nombre del contrato:Breve descripción de las obras realizadas por el Oferente:Nombre del Contratante:Dirección:

___________

______ ______Nombre del contrato:Breve descripción de las obras realizadas por el Oferente:Nombre del Contratante:Dirección:

___________

______ ______Nombre del contrato:Breve descripción de las obras realizadas por el Oferente:Nombre del Contratante:Dirección:

___________

______ ______Nombre del contrato:Breve descripción de las obras realizadas por el Oferente:Nombre del Contratante:Dirección:

___________

______ ______Nombre del contrato:Breve descripción de las obras realizadas por el Oferente:Nombre del Contratante:Dirección:

___________

53

Formulario Facturación Anual Media en Construcción

Nombre legal del Oferente: _______________________ Fecha: _________________Nombre legal del miembro de un Consorcio: ________________ LP No.: _______________

Página _______ de _______

Datos de facturaciones anuales (sólo construcción)Año Monto y Moneda Equivalente en Guaraníes

* Facturación anual media en construcción

* Facturación anual media de ingresos en construcción calculado como el total de las facturas legales correspondientes a obras en ejecución o completadas, dividido por el número de cinco años. (Ultimos 5 años.) (Cinco mejores de los últimos diez años)

54

Formulario BExperiencia Específica en Construcción

Nombre legal del Oferente:____________________ Fecha: _________________Nombre legal del miembro de un Consorcio: _____________ IPP No.: _________________________________________________ LP No.: _______________

Página _______ de _______

Número de contrato similar: ____ de ___ requeridos.

Información

Identificación del contratoFecha de adjudicación Fecha de terminación

________________________________________________________________________________________

Función en el contrato � Contratista � Administrador de contrato

� Subcontratista

Monto total del contrato _____________________________ Gs.__________Si es miembro de un Consorcio o subcontratista, especificar la participación en el monto total del contrato.

____________% _____________ Gs.__________

Nombre del Contratante:Dirección:

Números de teléfono/fax:Correo electrónico:

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

55

Formulario CExperiencia Específica en Construcción

Nombre legal del Oferente:___________________ Página ___ de ___ Nombre legal del miembro de un Consorcio: ______________________________

Número de contrato similar: ____ de ___ requeridos.

Información

Descripción de la similitud conforme a la Sección III. A..3:

_____________________

_____________________

_____________________

_____________________

_____________________

_____________________

56

Formulario Experiencia Específica en Actividades Clave de Construcción

Nombre legal del Oferente:____________________ Fecha: __________________Nombre legal del miembro del Consorcio:______________ IPP No.: _________________

LP No.: _______________________________________________________________ Página _______ de ________

Información

Identificación del ContratoFecha de adjudicación Fecha de terminación

________________________________________________________________________________________

Función en el Contrato � Contratista � Administrador de contrato

� Subcontratista

Monto total del contrato ____________________________ Gs.__________Si es miembro de un Consorcio o subcontratista, especificar la participación en el monto total del contrato.

____________% _____________ Gs.__________

Nombre del Contratante:Dirección:

Números de teléfono/fax:Correo electrónico:

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

57

Formulario Experiencia Específica en Actividades Clave de Construcción

Nombre legal del Oferente:____________________ Página _______ de _______Nombre legal del miembro del Consorcio:___________________

Información

Descripción de las actividades clave conforme al Subfactor A.3 de la Sección III:

_______________

_______________

_______________

_______________

_______________

_______________

58

Garantía de Mantenimiento de OfertaFecha: ___________________________LPN No.: _________________________Llamado a Licitación No.: ___________

A: __________________________________________________________________________

POR CUANTO____________________________________________________________________ (en lo sucesivo denominado “el Oferente”) ha presentado su oferta de fecha ____________________ para la LPN No. ____________________________ para el suministro de_______________________ ________________________________________________(en lo sucesivo denominada “la Oferta”).

POR LA PRESENTE dejamos constancia que ___________________________________________de __________________________________________ con domicilio legal en ___________________________________________________________ (en lo sucesivo denominado “el Garante”), hemos contraído una obligación con ________________________________________________(en lo sucesivo denominado “la Convocante”) por la suma de _____________________________________, que el Garante, sus sucesores o cesionarios pagarán a la Convocante. Otorgada y firmada por el Garante el día ____________________________ de _________________ de ______.

LAS CONDICIONES de esta Garantía son las siguientes:

Si el Oferente retirase su oferta durante el período de validez indicado en el formulario de Presentación de Oferta, con excepción de lo dispuesto en la Sub-Cláusula 16.2 de las IAO; o

Si el Oferente, habiendo sido notificado de la aceptación de su oferta por la Convocante y durante el período de validez de la oferta, faltase o rehusase a:

(a) firmar el Contrato; o(b) a presentar la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO; o(c) aceptar la corrección de su oferta efectuada por la Convocante, de conformidad con la

Cláusula 27 de las IAO(d) a presentar los certificados expedidos por las autoridades competentes que le sean requeridos

por la Convocante para comprobar que no se encuentra comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar con el Estado, conforme al artículo 40 de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y de acuerdo al artículo 47 del Decreto Reglamentario N° 21909/03.

Si se comprobare que las declaraciones presentadas por el oferente adjudicado con su oferta son falsas

el Garante se obliga a pagar a la Convocante, hasta el monto arriba indicado, contra recibo de la primera solicitud por escrito por parte de la Convocante, sin que éste tenga que justificar su demanda. El pago se condiciona a que la Convocante haga constar en su solicitud la suma que le es adeudada en razón de que han ocurrido por lo menos una o más de las condiciones antes señaladas, y de que indique expresamente las condiciones que se hubiesen dado.

Esta garantía permanecerá en vigor durante los veintiocho (28) días posteriores al vencimiento del plazo de validez de la oferta, y toda reclamación pertinente deberá ser recibida por el Garante a más tardar en la fecha indicada.

59

Nombre ________________________ En calidad de____________________________

Firma __________________________________

Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de ___________________

_________________________________________________________________________

El día _______________________________ del mes de _________________ de ______.

60

PARTE 2 – Obras Requeridas

61

Sección V. Alcance de las ObrasÍndice

1. Descripción de las obras.

2. Periodo de construcción.

3. Lugar.

4. Lista de cantidades y sus precios (Planilla de cómputo y presupuesto en Anexo 1)

5. Planos

6. Especificaciones Técnicas

62

ANEXO 1

PLANILLAS DE CANTIDADES

Las planillas de cantidades por localidad serán proveídas en archivo electrónico adjunto al Pliego de Bases y Condiciones.

Mas información comunicarse al Departamento de Licitaciones del SENASA: 25 de Mayo – Salón 3 c/ Tacuary, Asunción – Paraguay Teléf.: 448.408, 444.182, 494.399, fax: 449.262 E-mail: [email protected]

61

1

8530

19Guido Almada IIJuan de MenaCordillera95A

5.400

120MGG

4.60

* 2 Unidades de estas características

■ Tanque de 10 m³-cámara rompe presión

CRP - CAMARA ROMPE PRESION

61

2. Periodo de construcción

ITEMS DESCRIPCION MESES

1.

Construcción de Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable para cada grupo de obras.

1. 2. 3. 4. 5. 6.

65

3. Lugar y otros datosLlSTADO DE LAS 81 LOCALIDADES QUE COMPRENDEN EL PROYECTO

Nº Localidad Distrito Departamento Coordenadas1 Jhuguá Duarte Horqueta Concepción 485939 74152372 Cepingo Cañada Horqueta Concepción 501294 74261613 San Luis Belén Concepción 468170 74056764 Don Bosco Loreto Concepción 468438 7425592

5Cañada Perpetuo Socorro Loreto Concepción 471993 7425468

6 Panchito López Concepción Concepción 466590 74149237 Carlos A. López Concepción Concepción 469758 74151828 Pío X Concepción Concepción 472423 74181689 Ko'e Jú 25 de Diciembre San Pedro 537754 727074910 San Isidro-Itapey San Estanislao San Pedro 544392 727252811 Cañada Santa Rosa San Estanislao San Pedro 572439 728055812 Capilla Jhuguá Itacurubi del Rosario San Pedro 521485 729001213 Ramos Cué Itacurubi del Rosario San Pedro 514383 728443914 San Roque Yrybucuá San Pedro 592530 728970815 Alemán Cué Yrybucuá San Pedro 576178 7286407

16Ybú Porá - San Isidro 3ª y 4ª Línea Yrybucuá San Pedro 598734 7289367

17 San Blas Choré San Pedro 536464 732634018 Santa Lucía Choré San Pedro 544011 732291119 Guido Almada II Juan de Mena Cordillera 545863 7227941

20 Loma Medina Itacurubi de la Cordillera Cordillera 519344 7184028

21 Galeano Cué Caazapá Caazapá 566136 7101167

22Rosario Guavirá Punta Caazapá Caazapá 567594 7115735

23 Rosario Tatuy Caazapá Caazapá 574284 710835224 Cara Caraí Maciel Caazapá 546863 709686125 Zanja Pytá Maciel Caazapá 538380 710140726 Santa Teresa Moisés Bertoni Caazapá 552934 708761927 San Rafael Fulgencio Yegros Caazapá 558328 708077428 Curupí Yute Caazapá 577965 706959129 Azame Cué Yute Caazapá 585144 7064751

30María Auxiliadora Km. 18 Abaí Caazapá 610201 7134688

31 San Luís José Fassardi Guairá 589130 712865832 San Roque Gral. Garay Guairá 576987 712402833 3ª Línea Gral. Garay Guairá 590529 713276334 Costa Pisadera Mbocayaty Guairá 561180 715036235 1ª y 2ª Línea Natalicio Talavera Guairá 570976 715893436 Santa Lucía Iturbe Guairá 560089 711770837 Capitán Brizuela Iturbe Guairá 543166 710745638 Yhaká Mí San Salvador Guairá 553143 713517339 Isla Valle San Salvador Guairá 557657 712822040 Loma Pindó Cnel. Martínez Guairá 533530 7141532

66

Nº Localidad Distrito Departamento Coordenadas41 Cerro Porteño Eusebio Ayala Cordillera 503796 7186343

42 Virgen del Carmen (San Marcos)

Mbocayaty del Yhaguay Cordillera 528310 7196829

43 María Auxiliadora Santa Elena Cordillera 518802 719257844 Ykuá Porá Santa Elena Cordillera 521933 718860945 Porarú Altos Cordillera 477476 721283846 6ª Línea Yukyry 3 de Febrero Caaguazú 628092 720788847 8 de Diciembre Vaquería Caaguazú 621610 7268029

481ª y 2ª Línea Candelaria Vaquería Caaguazú 624411 7237705

49 Chaco-í J.M. Frutos Caaguazú 621558 7185500

503ª Línea Sidepar 3000 Yhú Caaguazú 624610 7268029

511ª Línea Kaijhó Malvinas Yhú Caaguazú 615260 7241306

52Calle Línea – Ex Zapatini Yhú Caaguazú 622712 7225940

53 Serafíni San José de los Arroyos Caaguazú 523239 7170555

54San Miguel Punta Oratorio

San José de los Arroyos Caaguazú 530444 7165316

5529 de Setiembre (Ka’atumí) Cecilio Báez Caaguazú 572973 7224556

56 1º de Mayo Cecilio Báez Caaguazú 575957 7225096

57 Col. Potrero Jardín Juán León Mallorquín Alto Paraná 673405 7188522

58 Tacuaró Sur Juan E. Oleary Alto Paraná 663990 718231759 San José Cidrales Alto Paraná 733368 7153876

60San Isidro – 6º Línea Cidrales Alto Paraná 721147 7147021

61 Colonia Naranjito Ytakyry Alto Paraná 675463 7261010

62Potrero -15 de Agosto Atyrá Cordillera 484362 7205906

63 Caraunguá Yaguarón Paraguarí 470044 717341164 Barrio Triunfo Caraguatay Cordillera 514052 7205155

65Naranjo, Barrio Santa Rosa Piribebuy Cordillera 492893 7174800

66Pororó – Pirayú Calle Yaguarón Paraguarí 473783 7175363

67Tacuarendy y Guarapí Yaguarón Paraguarí 474297 7173728

68 Tacumbú Yaguarón Paraguarí 468859 717228669 Bolicho Cué Ybycuí Paraguarí 495054 7128406

70Santa Teresita Costa Ybycuí Paraguarí 507433 7108091

71Capilla Cué – Iriarte 2º

Gral. Bernardino Caballero Paraguarí 512088 7139258

72 Jhuguá Guazú Ybytimi Paraguarí 514351 714113673 Potrero Avendaño Pirayú Paraguarí 469469 7184694

67

Nº Localidad Distrito Departamento Coordenadas74 Caaguy Potí Pirayú Paraguarí 470261 717961775 Itá Cajón Quiindy Paraguarí 475818 713223276 Cerro Guy Quyquyhó Paraguarí 501864 709472577 Ñanga Pé San Ignacio Misiones 498703 702494978 San Roque Santiago Misiones 529893 701395279 Santa Teresita Santa Rosa Misiones 514262 701614680 San Pedro San Miguel Misiones 497637 704741681 Costa Poí Santa María Misiones 511553 7037524

Vi ll a Don Bosco

P er pet uo S ocor r o - Ca ñada la Paz

P io 10

C ar los A . Lopez

P anchi t o Lopez

San Lui s

Hugu a D uar te

Ceping

o Caña

da

68

CROQUIS DE LOCALIZACIÓNDEPARTAMENTO DE CONCEPCIÓN

DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO

CROQUIS DE UBICACION DE LOCALIDAD

DPTO. DE CAAZAPA

ÑUMI

A Vil larrica

Rosa rio Guavira

1 2 km.Rut a 8

15 km.

A San Francisco

Gale ano Cué

2 km.

Rosario Tatuy

15k m. 5km.

5km .

San Antonio Pirapo Costa

14km.

YEGROS

17 km.Ru ta 8

MACIEL

MOISES BERTONI

10k m.

Zanja Pyta

5 km

Ca ra Carai

Santa Teresa

2 km

2 km

10km

San Ra fa el

8 km.

CURU PI

YUTY

Ruta 82 7km.

Asame Cue1 0k m.

A 3 DE MAYO8km.1 0km.

ABAI

SAN JUAN NEPOMUCENO

18km.

Ma .Auxiliadora km 18

7k m.

CAAZAPA

2 km.

52k m.

69

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

DEPARTAMENTO DE CAAZAPÁ

70

DEPARTAMENTO DE GUAIRÁ

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

VILLARRICARuta Nº 8

2 5

7

3

1

4

6

7

10

12

3

10

66

4

2

16

10

9

13

N. TALAVERA

MBOCAYATYCNEL MARTINEZ

F. P. CARDOZO

E. A. GARAY

FASSARDI

BORJA

ITURBE

SAN SALVADOR

ÑUMI

12

17

147

3

14

7

3

2

8

2

SAN LUÍS

3ª LÍNEA

san roquesta lucia

isla valle

yhaca mi

cap.brizuela

isla pindo

costa pisadera

1ra linea3ra linea

rio tebic

uary

CROQUIS DE UBICACION

A CNEL OVIEDO

A S. JUAN NEPOMUCENO

A CAAZAPA

Sin Esca la

a troche

a col. independencia

71

DEPARTAMENTO DE CAAGUAZÚ

DEPARTAMENTO DE ALTO PARANÁ

72

229__________________________________________________________________________________

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

LOCALIDAD: NARANJO

74

DEPARTAMENTO DE MISIONES

LOCALIDAD:SANTA TERESITA

LOCALIDAD: SAN PEDRO

LOCALIDAD: SAN ROQUE

LOCALIDAD: ÑANGA PE

LOCALIDAD: COSTA POI

75

DEPARTAMENTO DE PARAGUARÍ

LOCALIDAD: CAAGUY POTI

LOCALIDAD: CAPILLA CUE - IRIARTE 2°

LOCALIDAD: TACUARENDY - GUARAPI

LOCALIDAD: TACUMBU

LOCALIDAD: CERRO GUY

LOCALIDAD: ITA CAJON

LOCALIDAD: JHUGUA GUAZU

LOCALIDAD: PIRAYU CALLE - PORORO

LOCALIDAD: POTRERO AVENDAÑO

LOCALIDAD: SANTA TERESITA COSTA

LOCALIDAD: BOLICHE CUE

76

4. Lista Estimada de Cantidades y sus precios

Las Planillas de Cantidades por localidad serán proveídas en archivo magnético adjunto al Pliego de

Bases y Condiciones.

Más información comunicarse al Departamento de Licitaciones del SENASA – 25 de Mayo - Salón Nº

3 c/ Tacuary, Asunción – Paraguay. Telef.: 448.408, 444.182,494.399, fax: 449.262 E-mail:

[email protected].

5. Planos

Los planos serán entregados en archivo magnético adjunto al Pliego de Bases y Condiciones.

Los planos de detalle de tanques elevados de hormigón se entregarán por localidad, donde se indican los volúmenes de fundaciones.

Los planos de detalles que se entregan son:

Caseta de Operaciones TIPO 3A Cas_Ejec_T3ACaseta de Operaciones TIPO 3A Cas_T3A_Inst_ElecCámara rompe presión Tipo 1 – Hº Aº CRP_T1Cámara rompe presión Tipo 2 – Hº Aº CRP_T2Detalle de cruces Det_CrucesCaseta de Operaciones TIPO 3A Dosador de cloro Det_DosaDetalle de Pararrayo Det_ParEsquema de instalación de electrobomba ElectrobTanque elevado de HºAº - Detalle de escalera y plataforma Esc_Plat_TETanque elevado de 15 m3 – Detalle de instalación hidráulica Inst_ Hid_TE_15 mcTanque elevado de 30 m3 – Detalle de instalación hidráulica Inst_ Hid_TE_30 mcTanque elevado de 40 m3 – Detalle de instalación hidráulica Inst_ Hid_TE_40 mcDetalle de registros RegistrosDetalle de Conexión Domiciliaria Det_Conex_Dom

77

6. Especificaciones Técnicas

CAPITULO I :

PROVISIÓN DE MATERIALES PARA POZOS

I.1. MATERIALES A SER PROVEÍDOS POR EL CONTRATISTA

El Contratista proveerá los siguientes materiales para terminación de los pozos profundos, que garantice las propiedades físicas según las normas DIN 53457, 53453, 53479, 53455, 53453 y 53460 y las especificaciones técnicas para las profundidades máxima de instalación de 150 mts y de resistencia al colapso en relación a la profundidad máxima de instalación especificada.

1.1. POZOS CON TERMINACIÓN EN PARED TOTALMENTE REVESTIDA:

a) Tubos de PVC aditivado, tramos de 4mts y 2mts, diámetros de 116 mm y 128 mm, para profundidades de instalación hasta 150mts (P150).

b) Tubos filtros de PVC aditivado, tramos de 4mts, diámetros de 116 mm y 128 mm, abertura de 0,75 mm, para profundidades de instalación hasta 150 mts (P150).

c) Accesorios de PVC aditivado, diámetros de 116 mm y 128 mm, consistentes en tapones superiores e inferiores, elevadores, reducciones, para profundidades de instalación hasta 150 mts (P150).

d) Centralizadores metálicos de 6 ½”x116 mm, 9 7/8”x128 mm, 9 7/8” x 174 mm y 12 1/4" x 200

mm. Además el Contratista Tapón metálico en los diámetros de 6”, 8" y 10", tubo de acero en tramo de 1,2 mts en los diámetros de 6”, 8" y 10", cemento Pórtland del tipo 1, arena lavada de río y piedra triturada nº5 para ejecución de la aislación vertical y el sello sanitario de los pozos profundos, electrodos según las especificaciones técnicas correspondientes para los trabajos de soldadura de tubo de acero ASTM-A 53, vaselina, bentonita o polímeros y grava seleccionada con granulometría entre 0,8 a 2,2 mm.

1.2. POZOS CON TERMINACIÓN SIN REVESTIMIENTO:

a) Tubos de PVC aditivado, tramos de 4 mts y 2 mts, diámetros de 116mm, 128 mm, 174 y 200 mm, para profundidades de instalación de hasta 150 mts (P150).

b) Accesorios de PVC aditivado, diámetros de 116mm, 128 mm, 174 y 200 mm, consistente en tapón superior e inferior, para profundidades de instalación de hasta 150 mts (P150).

Los restantes materiales para la terminación de los pozos, deberán ser proveídos por el Contratista, consistiendo en: Tapón metálico en los diámetros de 6”, 8" y 10", tubo de acero en tramo de 1,2 mts en los diámetros de 6”, 8" y 10", cemento Pórtland del tipo 1, arena lavada de río y piedra triturada nº5, para ejecución de la aislación vertical y el sello sanitario de los pozos profundos, electrodos según las especificaciones técnicas correspondientes para los trabajos de soldadura de tubo de acero ASTM-A 53, vaselina y bentonita o polímeros.

78

1.3 CARACTERISTICAS TECNICAS DE LOS MATARIALES PARA EL ENTUBADO

Los tubos de PVC para revestimiento y filtros de pozos a ser proveídos e instalados deberán estar garantizados por el fabricante de acuerdo con las siguientes características técnicas de resistencia mínima al colapso de los tubos de PVC:

CARACTERISTICAS UND VALOR

NORMA DE ENSAYO O SIMILAR

Resistencia a la flexión Ton/cm2 25 a 30 DIN 53457Resistencia entalladura al choque a 20ºC Kg/cm2 3 DIN 53453Peso especifico Gr/cm3 1,4 DIN 53479Resistencia a la tracción Ton/cm2 0,41 a 0,55 DIN 53455Resistencia al choque Rotura máxima 10% DIN 53453Temperatura de ablandamiento-Vicat ºC 80 DIN 53460

La unión entre las piezas de los tubos y filtros de revestimientos para pozos, serán del tipo soldable que garantice la resistencia a la tracción para sostener la columna durante el entubado.

El rango de resistencia al colapso es el más importante para los tubos y filtros de revestimientos, dado que determina la profanidad admisible de instalación. Por lo general, las cargas más elevadas de presión externa ocurren durante el engravado, limpieza y desarrollo del pozo.

Durante estos procesos, grandes cantidades de arena y grava se mueven en el espacio entre el hoyo y el tubo/filtro y este movimiento desarrolla fuerzas que poseen una gran parte de energía hidrostática.

La profundad del pozo, diámetro del hoyo, entubado y acomodo de arena del pozo en desarrollo, ejercen una gran influencia sobre la presión externa de carga sobre las uniones de los tubos.

Los valores de colapso de los tubos y filtros para profundidades de instalación de hasta 150 mts son los siguientes:

Diámetro externo

Diámetro interno

Espesor de pared

Largo tubo

Apertura filtro

Profundidad máxima

Resistencia al colapso p/filtros

Resistencia al colapso p/tubos

mm mm mm mts mm mts kg/cm2 kg/cm2116,00 101,00 7,50 6 y 4 0,75 150,00 7,00 7,00128,00 112,00 8,00 6, 4 y 2 0,75 150,00 8,00 10,00174,00 155,6 9,20 6, 4 y 2 0,75 150,00 7,00 7,00200,00 180,8 9,60 6, 4 y 2 0,75 100,00 6,00 6,00

1.4. COMPLEMENTO DE PROVISIÓN DE LOS MATERIALES.

Si durante los trabajos de terminación de los pozos profundos, las necesidades de materiales fueren mayores de lo previsto, según las “Planillas de Computo Métrico y Precios”, el Contratista proveerá el resto de los materiales previo informe técnico de la Fiscalización.

1.5. TRASLADO Y ACONDICIONAMIENTO DE MATERIALES.

Estará a cargo del Contratista, el traslado de los materiales para los pozos hasta los sitios de las perforaciones de los mismos.

El Contratista deberá trasladar todos los materiales al sitio de los trabajos de los pozos, antes de iniciar los trabajos de las perforaciones.

79

En los casos que la longitud entubada fuera mayor de la indicada en la planilla de precios de cada pozo profundo, y que fue autorizada por la fiscalización, el Contratista proveerá los materiales faltantes, previo informe técnico de la Fiscalización. El Contratista deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones, que deberán ser observadas durante el transporte y manoseo de las tuberías, para que las mismas no sufran deformaciones que puedan comprometer su utilización:

a) El Contratista y la Fiscalización inspeccionarán los materiales proveídos por el Contratante, en el Depósito del mismo, antes del transporte, rechazando los que presentaren los siguientes defectos:

• Golpes, picaduras, fisuras en la columna y en los filetes de las roscas macho y hembra.

• Deformación en el sentido del diámetro de los extremos, debido al peso excesivo de carga sobre los tubos de revestimientos y filtros durante el transporte.

• Fisuras, rupturas de los filetes entre las ranuras de los tubos filtros.

b) El Contratista, antes de transportar los tubos hasta el sitio de las Obras, deberá realizar una protección de las roscas macho, con papel con triple capa, para evitar el rozamiento directo de los filetes con otro tipo de material.

c) Durante el transporte de los tubos, deberá ser evitado el manoseo violento, grandes flechas, colocación de los tubos en voladizo, contacto de los tubos con piezas metálicas y sobresalientes.

d) En la descarga deberá ser evitado el lanzamiento de los tubos al suelo.

e) Los tubos deberán ser alzados y no arrastrados sobre el suelo, para evitar daños en las puntas.

f) Durante el transporte, los tubos deberán ser trasladados con las puntas y bolsas alternadas, sin que las bolsas estén unas sobre las otras.

La Fiscalización, en presencia del Contratista, inspeccionará en el sitio de las Obras todos los tubos de revestimientos, filtros y accesorios, que fueron proveídos por el Contratista, rechazando los que presentaren los defectos citados en el ítem a) de este apartado.

El Contratista deberá reemplazar los materiales, que fueron rechazados durante la inspección por la Fiscalización, sin cargo alguno para el Contratante. Los materiales a ser reemplazados deberán tener la mismas Especificaciones Técnicas de los materiales que fueron proveídos inicialmente.

g. El Contratista deberá proveer los materiales para completar la terminación de los pozos, según las especificaciones técnicas.

2.1. VASELINA

La vaselina no deberá contener impurezas del tipo sílice y substancias perjudiciales a los tubos, filtros y accesorios de PVC aditivado y que puedan causar contaminación al acuífero.

2.2. SILICONA

La silicona no deberá contener impurezas del tipo sílice y substancias perjudiciales a los tubos, filtros y accesorios de PVC aditivado y que puedan causar contaminación al acuífero.

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2.3. BENTONITA

La bentonita a ser utilizada no deberá estar preparada con adición de materiales orgánicos y estar ausente de materiales extraños. La calidad de la bentonita a ser proveída, deberá estar acorde con las normas API. o similar.

La bentonita deberá ser suministrada en bolsas de papel Kraft, de 3 hojas, con un peso líquido entre 40 a 50kg. No se aceptará que los embalajes estén confeccionados en ninguna parte con alambre.

2.4. GRAVA SELECCIONADA

La grava seleccionada será utilizada para el pre-filtro de los pozos tubulares profundos.

La grava seleccionada a ser utilizada, deberá estar limpia, bien lavada y estar constituida por partículas bien redondeadas y lisas; y además no deberá contener arcillas y materias orgánicas. No se aceptará grava seleccionada constituida de partículas no esféricas, del tipo prismático o anguloso.

Además, la grava seleccionada deberá estar de acuerdo con las siguientes características químicas:

• Índice de materia orgánica (Abrams Harder)- máximo 250• Residuo insoluble - mínimo 94%g%g• Pérdida de peso por ataque con HCL frío a 20 % durante 24 horas menor que 6%g%g.• Hierro(Fe)- menor que 0,1%g%g.• Mica - no debe contener.• Manganeso (Mn) - menor que 0,1%g%g.

Antes de ser iniciada la provisión de la grava seleccionada para todos los pozos, el contratista deberá presentar a la Fiscalización solamente una vez los análisis de las características químicas.

La Fiscalización no aceptará resultados químicos que no cumplan la presente especificación técnica.

El contratista deberá realizar el análisis granulométrico de la formación, donde se ubicarán los filtros, para determinar la curva granulométrica adecuada de la grava seleccionada a ser utilizada como pre-filtro.

2.5. CEMENTO

El cemento a ser utilizado deberá cumplir con las especificaciones de las normas nº47 al 55, del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización.

No se aceptará la utilización de cemento reembolsado ni proveniente de bolsas rotas o en estado fraguado o semi fraguado.

2.6. PIEDRA TRITURADA

La piedra triturada a ser utilizada deberá ser de roca basáltica, del tipo V.

2.7. ARENA LAVADA

La arena lavada a ser utilizada deberá ser cuarzosa, de origen del Río Paraguay o Río Paraná, no deberá contener materia orgánica y arcilla.

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Bajo ninguna circunstancia el Contratista podrá utilizar arena del tipo “gorda”, de arroyos o de acumulación por sedimentación por raudales en canales, calles, caminos o rutas, para realizar mezcla para el sello sanitario o aislación vertical.

2.8.- TAPÓN METÁLICO SUPERIOR.

Deberán ser fabricados en chapa metálica Nº 16 con laminación a caliente ASTM-A36, las extremidades de las chapas deberán ser cortadas perpendicularmente al eje y eventualmente rebabadas. La chapa metálica deberá llevar pintura anticorrosivo y esmalte sintético blanco.

El diámetro interno del tapón metálico deberá tener como mínimo 10 mm más que el diámetro externo de la tubería de acero donde será colocado.

La longitud del tapón metálico deberá ser dos veces el diámetro externo de la tubería donde será colocado.

Por el cuerpo cilíndrico del tapón se deberá soldar una planchuela metálica de 2" x 2" x 3/16" agujereada para colocar un candado de seguridad del tipo mediano.

En la oferta se deberá incluir 1 (un) candado por cada tapón metálico a ser proveído y una planchuela metálica de 2" x 2" x 3/16", con un lado agujereado para colocar candado por cada tapón metálico a ser proveído.

2.9.- TUBO DE ACERO PARA SOPORTE DE ELECTROBOMBA

Los tubos a ser ofertados deberán ser de acero con grado B, sin costura, para su instalación permanente en la protección de los tubos de PVC aditivado (boca del pozo), para soporte de las instalaciones de las electrobombas en los pozos.

Los tubos de aceros ofertados para los diámetros de 8” y 10”, deberán ajustarse a normas técnicas de fabricación ASTM A-53 o similar, y conforme a las características recomendadas por AWWA, correspondiente al número de "SCHEDULE 40”, en el sistema de clasificación de cañerías de la American Standard Asociation (ASA).

Tubo soporte para Electrobomba diámetro de 6”, deberá ajustarse a las normas técnicas “Tubos de acero carbono para conducción de fluidos, rosca BSP”, ABNT EB-182, clase media (M). El peso medio mínimo del revestimiento de zinc será 450 gr/cm2, de acuerdo a la norma MB-25, clase “A”.

Diámetro Nominal

pulg.

Diámetro Interno

mm.

Diámetro Externo

mm.

Espesor externo

pared mm

PesoKg/m

PresiónEnsayoKg/cm2

6 161,5 166,5 5,0 19,73 508 202,74 219,1 8,18 42,49 11010 254,46 273,0 9,27 60,32 100

Se aceptarán para el diámetro de 6” tubo de hierro galvanizado, desde que cumpla con el espesor de pared.

Los espesores de paredes no deberán estar en ningún punto, más que 12,5 % por debajo del espesor de pared nominal especificada.

El material de los tubos de acero grado B, deberá presentar las siguientes especificaciones técnicas en cuanto a su composición química y características mecánicas:

82

Composición química:

• Carbono máximo = 0,30 %• Manganeso máximo = 1,20 %• Fósforo máximo = 0,05 %• Azufre máximo = 0,06 %

Características mecánicas:

• Resistencia a la tracción mínima : 42 kg/mm2• Fluencia mínima : 25 kg/mm2• Alargamiento mínimo : 30 %

Las superficies internas y externas serán protegidas con pintura anticorrosivo y como terminación pintura con esmalte sintético blanco. La dimensión longitudinal de cada tubo será de 1,20 metros, con tolerancia de 0,10 metro.

Los extremos de los tubos deberán ser del tipo lisas y cortadas perpendicularmente a su eje eventualmente rebabadas.

No se aceptarán tubos fabricados en chapas metálicas enrolladas y con masilla taponando la línea de soldaduras; y tampoco tubos de acero cortados con disco de corte u otra herramienta que presenta corte transversal no perpendicular al eje longitudinal.

No se aceptarán rellenos con arena lavada de río, hormigón o otra mezcla en el espacio anular entre el tubo de acero soporte para electrobomba y el tubo dePVC del entubado del pozo.

83

6. Especificaciones Técnicas

CAPITULO II: PERFORACIÓN DE POZOS PROFUNDOS

I. 1. GENERALIDADES

Las presentes Especificaciones Técnicas corresponden a los detalles que deberán tenerse en cuenta para la preparación de la oferta y posteriormente en caso que sea adjudicado el contrato, para la ejecución de las perforaciones de los pozos profundos de agua potable.

El oferente deberá estar en condiciones para realizar los siguientes trabajos:

a) La perforación del hoyo, con inyección de lodo bentonítico o polímero, con bomba de lodo a pistón y a pared desnuda con martillo neumático, con equipamiento según las especificaciones técnicas solicitadas.

b) Análisis de granulometría de la formación atravesada y del material para pre-filtros.

c) Colocación de tubería de encamisado y filtros correspondientes.

d) Realización de perfilaje eléctrico y radioactivo del pozo.

e) Colocación de empaque gravilla y arena de granulometría especial.

f) Limpieza y desarrollo del pozo.

g) Prueba de bombeo y aforos correspondientes.

h) Aislación vertical y sello sanitario del pozo.

i) Realizar soldaduras en tuberías de acero.

Los trabajos enunciados bajo los ítems c y e, sólo se realizarán en caso de ser necesarios, ya que la fiscalización podrá optar por dejar la perforación del pozo profundo a pared desnuda, previo estudio y decisión que solamente el Contratante podrá tomar, con base al informe técnico de la fiscalización.

El Contratista deberá tener como representante técnico un Geólogo con experiencia en hidrogeología, en el local de la perforación y de la prueba de bombeo del pozo profundo, para la ejecución de los trabajos mencionados. El currículo del geólogo deberá ser presentado y aprobado por la fiscalización antes del inicio de la perforación.

Además el Geólogo deberá llevar al día las anotaciones correspondientes en el Libro de Obras, ser el interlocutor en el local de la perforación y prueba de bombeo del pozo profundo con la Fiscalización, y firmar todos los documentos técnicos solicitados en el ítem 16, que deberán ser presentados por el Contratista, para la solicitud de la Recepción Provisoria y Definitiva de los trabajos.

El Contratista deberá tener en la cuadrilla de perforistas, como mínimo un personal experimentado en la construcción de pozos profundos, en sus mínimos detalles.

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El Contratista deberá entregar el pozo profundo limpio (sin color y arrastre de arena) y desarrollado, de tal manera que la construcción impida:

a) Que el agua superficial entre en el pozo y lo contamine.

b) La entrada de agua de alto contenido mineral o de otras con características indeseables, provenientes de formaciones a menor y mayor profundidad.

El sitio donde se ejecutarán los trabajos deberá ser preparado para la instalación de la máquina perforadora y sus equipos de apoyo, así como para la construcción de obras temporarias, como ser reservorios de lodo, agua, etc. La disposición de los materiales y equipos debe obedecer criterios de organización y practicidad, de modo que no perjudique ninguna fase de la perforación del pozo o la prueba de bombeo.

Se deberán tomar precauciones para evitar accidentes personales en el área de servicio, adoptándose para ello medidas generales de protección personal y familiar.

II. 2. EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

A los efectos de realizar las perforaciones el Contratante realiza una clasificación de las máquinas que pueden operar en las distintas localidades del Proyecto, según características litológicas y requerimientos de caudales:

A. MÁQUINA DE GRAN PORTE ( MGG ):

Reconocida por la sigla MGG. Con equipamientos básicos de: Compresor, a tornillo, con 750 PCM y 250 PSI, martillos de fondo del tipo Dowle Hole Drill. Cabezal o mesa rotaria, capacidad de torque. Barras de perforación de 31/2”, 250 m, con capacidad para uso de barras pesadas. Torre de capacidad no menor a 11.000 kg. Bomba de lodo, a pistón, capaz de barrido de 200 m, en 12 1/4”de diámetro y 300 m, 61/2”, en el sistema de roto percusión. En condiciones de realizar perforaciones en el sistema de roto percusión, en diámetro de 10”, hasta una profundidad mínima de 200 m. Se incluye dentro de esta clasificación a máquinas perforadoras, de gran porte y suficiente potencial capaz de realizar perforaciones en el sistema de rotación, con uso de barras pesadas y rodillos tricónicos con inserto de tungsteno, en rocas duras, con posibilidades de perforación en tiempos similares al uso de martillo de fondo.

B. MÁQUINAS DE PORTE MEDIANO/GRANDE ( MG):

Reconocida por la sigla MG: con equipamiento básico como máquinas de perforación rotativas, eventualmente adaptadas con martillo de fondo, con capacidades para afrontar trabajos en áreas de sedimentos, hasta profundidades de 250 m y 12 1/4” de diámetro, debidamente garantizada. Bombas de lodo apropiadas a las profundidades citadas y barras de perforación de diámetro no inferior a 2 7/8”. La torre debe encontrarse en condiciones de soportar el peso de la sarta de herramientas de la profundidad garantizada.

El Contratista no podrá cambiar el tipo de máquina especificado para cada localidad, debido a que, implica un ajuste en los presupuestos de ofertas, teniendo en cuenta que los costos operativos de una máquina de gran porte (MGG) son superiores a las máquinas de perforación rotativas de mediano porte/grande (MG).

En la Planilla de Características Técnicas para cada localidad, están definidos los tipos de máquina mínimo, a ser requerido en las distintas perforaciones.

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El Contratante realizará un monitoreo permanente de la evolución de los trabajos de perforación y se reserva el derecho a ordenar el cambio de máquina perforadora a fin de ajustarse a los plazos contractuales.

El Contratista deberá disponer de máquinas perforadoras, equipos de apoyo y de herramientas en cantidad y capacidad suficiente para asegurar la ejecución de los trabajos de perforación de pozos profundos con terminación en pared desnuda o totalmente revestidos, sin paralizaciones prolongadas o atrasos.

Cualquier sustitución de maquinas perforadoras, equipos de apoyo o herramientas, sin variar las especificaciones técnicas contratadas, indispensable para la construcción de los pozos, correrá por cuenta y riesgo del Contratista sin dar lugar a pagos extras o prórrogas del plazo por ese motivo.

Al iniciar los trabajos de perforación del pozo profundo, la fiscalización verificará si la máquina perforadora y herramientas están de acuerdo a las especificaciones técnicas contratadas para la realización de los trabajos, caso contrario el Contratista deberá ajustarse a las mismas.

Para la realización de los pozos, el Contratista deberá disponer de máquinas perforadoras con las siguientes dimensiones técnicas garantizadas para la operación:

a) Compresor de aire con suficiente capacidad de caudal y presión para la ejecución de pozos en pared desnuda con sistema a martillo neumático, con profundidades de hasta 300 mts, siendo 150 mts en hoyo de 10" y el restante en los diámetros de 8" y 6 1/2".

b) Motocompresor con caudal de aire de 650 o 500 cfm y presión de 250 psi, para la limpieza final y desarrollo de los pozos que fueron ejecutados con terminación totalmente revestidos. Eventualmente serán aceptados equipos de menor potencial, advirtiendo que su uso puede significar incurrir en demoras punibles en la terminación de los pozos.

c) Barra de perforación con diámetro no menor de 2 7/8” y longitud apropiada de acuerdo a las especificaciones técnicas constructivas de los pozos profundos.

d) Equipo de soldadura con capacidad adecuada para las soldaduras de tubos de acero, sin costura, grado B, con caja metálica hermética para protección de los electrodos contra humedad.

e) Tuberías de acero para maniobras durante los trabajos de perforación de los pozos en pared desnuda.

f) Conductivímetro de campo para la medición de la conductividad del agua durante el avance de la perforación.

g) Embudo de Marsh, para la medición de la viscosidad del lodo bentonítico o polímero.

h) Equipo de perfilaje del tipo graficador electrónico de los parámetros de rayos gamma, resistividad y Potencial Espontáneo.

El transporte de la máquina perforadora, equipos, herramientas y los materiales para los pozos, así como del personal, hasta y desde el lugar donde se realice el trabajo, correrá por cuenta del Contratista.

La máquina perforadora deberá tener dispositivos mecánicos que garantice durante la ejecución de la perforación, una verticalidad del 100% del pozo perforado.

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2.1. PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

Recibida la Orden de inicio de los trabajos, el Contratista deberá presentar a la Fiscalización del SENASA, las planillas de datos garantizados con las siguientes informaciones, según el modelo a seguir, y no limitándose a estos:

2.1.1. Máquina perforadora

1- Declaración jurada si es propia o contratada. Si es contratada, documento que avale dicha condición:

2- Sistema de perforación:

3- Capacidad de la bomba de lodo, presión y caudal:

4- Capacidad del compresor, marca, modelo, presión y caudal:

5- Sistema de traslado y nivelación de la máquina:

6- Capacidad de la torre - kg:

7- Diámetro de las barras de perforación - pulg:

8- Torque del cabezal o mesa rotativa:

9- Potencia del motor:

Acta de verificación de equipo: La FISCALIZACION realizará la verificación de la máquina para dar la orden del inicio de los trabajos de perforación, pudiendo rechazarlo si no esta de acuerdo a la propuesta presentada por la Empresa Contratista y no se adecua a las necesidades de la oferta, y exigir el cambio por otra ajustada a la oferta.

Toda demora producida por el cambio de máquina perforadora por no ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas para pozo, será de responsabilidad del Contratista.

II. 3. MÉTODOS DE PERFORACIÓN Y DISEÑO DEL POZO

Las perforaciones de los pozos profundos deben ser realizadas en los diámetros y profundidades indicadas en las planillas de oferta de los pozos para cada localidad. Cualquier alteración en los diámetros establecidos o en las correspondientes profundidades sólo podrá ser efectuada mediante autorización del Contratante, siguiendo las recomendaciones técnicas de la Fiscalización.

Los diámetros de los hoyos de los pozos profundos, tendrán las siguientes dimensiones y métodos de perforación:

3.1. POZOS PROFUNDOS CON TERMINACIÓN EN PARED TOTALMENTE REVESTIDA:

Diámetro del hoyo: 9 7/8” a 12 1/4" en toda longitud, con el método de perforación a tricono o aletas e inyección de lodo bentonítico con bomba de lodo. Eventualmente, en los casos de areniscas arcillosas duras, serán utilizados martillos neumáticos u otros métodos de perforación a percusión, en cuyo caso los diámetros serán de 10” y la limpieza del hoyo deben ser estrictamente controlados, a fin de preservar el potencial del acuífero.

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3.2. POZOS PROFUNDOS CON TERMINACIÓN EN PARED DESNUDA:

Diámetro del hoyo correspondiente a la parte de sedimentos: 9 7/8” a 12 ¼” en toda su longitud, con el método de perforación a tricono o aletas e inyección de lodo bentonítico con bomba de lodo.

Diámetro del hoyo correspondiente a la parte de sedimentos consolidados o rocas: 10", 8", 6 1/2" y 6” en toda longitud, con el método de perforación a martillo neumático, tricono con insertos de tungsteno u otros métodos de perforación a percusión.

La fiscalización no aceptará pozos que sean perforados con lodo de arcilla común o la mezcla de arcilla común con bentonita bajo ninguna circunstancia operativa. El Contratista deberá ejecutar el control de viscosidad del lodo bentonítico anotando en la planilla de avance diario de perforación, a fin de evitar daños al acuífero y facilitar la limpieza y desarrollo del pozo. Este control deberá ser anotado en la planilla de avance diario de perforación, en columna de observación.

En los pozos totalmente revestidos, con el fin de determinar las mejores posibilidades en la columna perforada, para diseñar la terminación del pozo, el Contratista deberá realizar las interpretaciones conjuntamente con la Fiscalización de los parámetros del tiempo de avance de penetración de la herramienta de perforación por cada 1,5 metros, el control de la viscosidad del lodo bentonítico, las descripciones de las muestras perforadas y los gráficos de los parámetros de resistividad y rayos gamma.

Los datos mencionados más arriba, permitirán al Contratista conjuntamente con la Fiscalización, realizar el diseño de terminación final del pozo, cuya etapa más importante es la ubicación de los filtros coincidiendo con las zonas de mejores posibilidades.

La abertura de las ranuras de los filtros será de 0,75 mm o en casos muy especiales, y con la aprobación del Contratante se podrá adoptar otra abertura de los filtros, previo análisis granulométrico de las muestras seleccionadas de la formación y además del material del pre-filtro que el Contratista deberá utilizar en la terminación del pozo profundo.

Al terminar los trabajos de entubado del pozo profundo, antes de realizar el engravado, se deberá determinar, si las longitudes de los filtros, previamente establecidas en el diseño, quedaron realmente en los acuíferos correspondientes, caso contrario se deberá retirar toda la tubería y volver a realizar el entubado corrigiendo las longitudes de los filtros que quedaron desplazados.

La construcción de cada pozo implica la perforación hasta la captación de acuíferos que permitan obtener los caudales mínimos establecidos.

II. 4. PROFUNDIDADES Y CAUDALES A ALCANZAR

Las profundidades estimadas a ser alcanzadas durante los trabajos de perforaciones de los pozos profundos, están indicadas en las planillas de precios de cada localidad, Sección V.

El caudal mínimo que deberá ser obtenido con la prueba de bombeo para cada localidad, está indicado en la planilla de caudales mínimo, ítem n°17 del presente capítulo.

En las perforaciones de los pozos profundos con terminación en pared desnuda, donde la profundidad perforada fue alcanzada, según lo indicado en la planilla de precios, sin la obtención del caudal mínimo requerido, el Contratante podrá autorizar, previo el informe técnico de la Fiscalización, la profundización del pozo, si las condiciones hidrogeológicas posibilitan la obtención de mayor caudal, ajustando así el caudal mínimo requerido.

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En las perforaciones de los pozos profundos con terminación en paredes totalmente revestidas, con las profundidades alcanzadas indicadas en la planilla de precios, si la interpretación de las muestras de las formaciones atravesadas y del perfilaje eléctrico, indican la imposibilidad de obtención de los caudales mínimos solicitados, el Contratante podrá autorizar, previo informe técnico de la Fiscalización, la continuación de la perforación, si las condiciones hidrogeológicas posibilitan la obtención del caudal mínimo requerido.

La máxima profundización de los pozos con relación al establecido en la planilla de precios de los pozos profundos totalmente revestidos, que el Contratante podrá autorizar es de 150mts y 250mts; para los pozos previstos con la utilización de materiales de acuerdo con las condiciones técnicas para profundidades de instalación de hasta 150mts(P150) y 250mts(P300), respectivamente.

En ninguna situación será permitida la reducción del diámetro de una perforación, si no está prevista en el diseño preliminar del pozo.

Las máximas profundidades a alcanzar se fijan, en principio según la planilla de precios de cada pozo y localidad, no obstante podrá ser reducida o aumentada, en cada caso en particular con la autorización del Contratante, previo informe técnico de la Fiscalización, si las posibilidades de obtención de agua son seguras en calidad y caudales mínimos solicitados.

El Contratista deberá realizar varios aforos durante los trabajos de limpieza y desarrollo del pozo profundo, para determinar el caudal aproximado del pozo.

II. 5. CONSIDERACIONES PARA CERTIFICACIÓN Y MEDICIONES FINALES.

Consideraciones para certificaciones: Para la Certificación de los pozos, podrá adoptarse la sigte. Metodología:

Se certificará las cantidades terminadas de los rubros que constan en la lista de cantidades.

Para las certificaciones de los trabajos realizados en la ejecución de los pozos profundos, tendrán las siguientes consideraciones para las mediciones finales:

5.1. POZOS CON TERMINACIÓN EN PAREDES TOTALMENTE REVESTIDAS:

Será considerada como profundidad de perforación del hoyo en los diámetros de 12 1/4" y 9 7/8”, la profundidad que fue perforada, verificada por el perfilaje eléctrico y certificada por informe técnico de la Fiscalización. La profundidad del hoyo es independiente a la longitud de encamisado que dependerá de las condiciones litológicas del pozo.

Para la longitud del entubado, será considerada la longitud de los tubos y filtros de PVC aditivado utilizados menos el tramo de tubería saliente sobre el nivel del terreno.

En la aislación vertical o sello sanitario de los hoyos en los diámetros de 12 1/4" y 9 7/8”, será considerada la longitud entre el nivel del terreno y diez (10) mts abajo del citado nivel. Si existen méritos suficientes, como un aporte de agua con alto contenido de sales (salada), el sello se extenderá hasta cubrir las entradas de dichas aguas.

5.2. POZOS CON TERMINACIÓN SIN REVESTIMIENTO:

Para certificación de la perforación del hoyo en los diámetros de 9 7/8” a 12 ¼”, la profundidad que se considera de perforación, es la profundidad entubada menos el tramo de tubería saliente sobre el nivel del terreno.

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Para la certificación de la longitud perforada en pared desnuda, se tomará la longitud total perforada menos la longitud entubada.

Para la medición de la perforación del hoyo del pozo en pared desnuda, se procederá en presencia de la Fiscalización, a la medición exacta de la profundidad del mismo, bajando las barras de perforación o equipo de perfilaje eléctrica, para determinar la longitud total de la perforación. El Contratante se reserva la posibilidad de realizar sus propias mediciones con equipos de perfilaje eléctrica.

5.3. CAUDALES MÍNIMOS:

Todos los pozos profundos con terminación a pared desnuda o totalmente revestidos, perforados o profundizados, autorizados por el Contratante, que resultaren con suficiente caudales o no, y que fueron ejecutados según las especificaciones técnicas, serán certificados. Los pagos se harán conforme a las cantidades que consten en el Acta de Medición aprobada por la Fiscalización y a los precios unitarios de las planillas de oferta.

Será considerado que el pozo ha alcanzado el caudal mínimo requerido, cuando el caudal de la prueba de bombeo alcanza un valor mínimo de 80% del caudal mínimo. La clasificación si el pozo podrá alcanzar el caudal mínimo requerido o no, dependerá de los resultados durante la limpieza y desarrollo del pozo.

En los casos de los pozos que no alcanzaren los caudales mínimos exigidos, el Contratista deberá presentar a la Fiscalización el informe técnico, solicitando autorización para la perforación del segundo o tercer pozo. La Fiscalización deberá preparar el informe y elevar al Supervisor de Consultoría para la aprobación. La aprobación de la segunda o tercera perforación deberá ser acordada en Acta de Reunión.

Una vez perforado el segundo o tercer pozo con el resultado de la prueba de bombeo se decidirá cual de los pozos serán explotados, y dependiéndose de las necesidades de caudales podrán ser explotados todos los pozos perforados.

Si durante la ejecución de la obra, debido a que, por las exigencias de los trabajos, existieren actividades no presupuestadas, se buscará el presupuesto de un trabajo similar dentro del contrato. En el caso de que no se lograre dicha condición, el Contratista hará una propuesta económica razonable para el pago del trabajo realizado, previa conformidad de la Fiscalización y aprobación por escrito por el Contratante.

II. 6. POZOS PROFUNDOS FALLIDOS.

6.1. DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Serán considerados como pozos u Obras fallidas de responsabilidad del contratista por la Fiscalización, los pozos profundos que durante los trabajos de ejecución presenten los siguientes defectos:

1Aplastamiento o desprendimiento del material del entubado, independiente de la profundidad en que ocurrió,

2Deficiencias constructivas en la verticalidad del entubado, que impiden la instalación del equipo de bombeo para la explotación del pozo,

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3Mala ubicación de los filtros o ubicación de filtros muy superior que impiden la explotación del pozo con el caudal mínimo requerido, teniendo en cuenta que capacidad especifica del pozo, tiene capacidad para el cumplimiento del caudal mínimo requerido,

4Valores obtenidos muy superiores en los parámetros de arena, turbidez y color, después de un largo período de limpieza y desarrollo del pozo, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas, ítem n°12 “Limpieza y Desarrollo”,

5Obtención de valores superiores a los permitidos en los parámetros de arena, turbidez y color, durante la prueba de bombeo, según escala de las Especificaciones Técnicas, ítem n°13 “Prueba de Bombeo”,

6Falsedad de la toma de la muestra del agua de la prueba de bombeo, obteniendo posteriormente durante la puesta en operación, valores de los parámetros de arena, turbidez y color, superiores a la escala de las Especificaciones Técnicas, ítem n°13 “Prueba de Bombeo”,

7Valores superiores a los permitidos en los parámetros de arena, turbidez y color, según la escala de las Especificaciones Técnicas, ítem nº 13 “Prueba de bombeo”, durante la puesta en operación del sistema o durante el periodo de responsabilidad por defectos,

8Deficiencias del apoyo de la tubería y zapata sobre la roca y del sellado sobre la roca, que impida la limpieza y desarrollo del pozo,

9Falta de colocación de zapata para apoyo de la tubería sobre la roca, que impida la limpieza y desarrollo del pozo,

10desprendimiento durante el entubado de los tramos de los tubos de revestimientos o filtros debido a deficiencias soldaduras entre los empalmes,

11Intercalaciones desmoronables que no fueron entubadas en los pozos en pared desnuda, que impidan la limpieza y desarrollo del pozo,

12Imposibilidad de retirada de tuberías del entubamiento, para continuar perforando, ocasionada por intercalaciones desmoronables,

13Pozos con terminación en pared sin revestimiento (desnuda), que resultaren con paredes inestables por capas fracturadas, que impida la explotación del pozo, debido a omisión de datos del Contratista a la Fiscalización durante la perforación.

14Ruptura del tubo de PEAD o de la piola de sujeción del equipo de bombeo durante la realización de la prueba de bombeo, imposibilitando la retirada de la electrobomba del pozo, debido que se quedó atascada o que se fue al fondo, resultando el pozo improductivo,

15Ruptura del tubo de PEAD o de la piola de sujeción del equipo de bombeo durante la realización de la desinstalación del equipo de bombeo, durante el periodo de responsabilidad de por defectos, imposibilitando la retirada de la electrobomba del pozo, debido que se quedó atascada o que se fue al fondo, resultando el pozo improductivo,

16Ejecución de pozos a pared desnuda con máquina a percusión a cable, o ejecución de los pozos con máquinas que no cumplen con las especificaciones técnicas,

17Ejecución de los pozos sin autorización de aprobación de las máquinas perforadoras por la fiscalización,

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18Ejecución de los pozos sin la presencia en el sitio de la obra del geólogo residente,

19Ejecución de los pozos, donde un geólogo residente es responsable por más de un contrato,

20Obstrucción en el pozo, ocasionado por vandalismos debido a que, el pozo no se encuéntrala con el tapón metálico colocado con candado, o mala terminación del tapón metálico,

21Ruptura del entubado durante la limpieza por obstrucción del pozo debido a vandalismos, Cualquier rectificación de los pozos será considerada válida por el Contratante, previo informe técnico de la Fiscalización, si las mismas se ajustan por completo a las Especificaciones Técnicas y caudales requeridos.

El Contratista deberá ejecutar nuevamente otro pozo sin cargo alguno para el Contratante, en reemplazo de los pozos profundos que fueron considerados por la Fiscalización como Obras fallidas.

6. 2. POZOS PROFUNDOS FALLIDOS DEBIDO A LOS ESTUDIOS HIDROGEOLÓGICOS DEL CONTRATANTE

El contratante deberá tener aprobación de la fiscalización para realizar el entubamiento del pozo, posterior a la interpretación y aprobación de los responsables del perfilaje eléctrico.

En los casos en que el resultado del perfilaje eléctrico no garantice que el pozo tendrá el caudal estimado o la calidad del agua no es apta para el consumo humano, no se deberá dar continuidad a los trabajos y la fiscalización deberá consultar con la supervisión del Contratante para la acción a ser tomada al respecto.

Para la certificación de los pozos fallidos debido a los estudios hidrogeológicos realizados por el Contratante serán certificados los rubros que fueron autorizados por la fiscalización.

En el caso que la primera perforación del pozo resultara fallida debido a los estudios hidrogeológicos del Contratante, la fiscalización deberá solicitar autorización a la supervisión del Contratante para la certificación de la segunda perforación.

En el caso que la segunda perforación del pozo resulta fallida debido a los estudios hidrogeológicos del Contratante, el tercer pozo será ejecutado por el Contratante.

II.7. PERFILAJE ELECTRICO Y RADIOACTIVO

El Contratista, antes de diseñar la distribución de los tubos de revestimientos y filtros, deberá realizar el perfilaje eléctrico y radioactivo, con objeto de caracterizar los mejores tramos de la longitud perforada.

Los perfilajes a ser ejecutados deberán ser:

• Resistividad con espaciamiento entre electrodos de 16 pies y 32 pies.

• Rayos gamma

• Potencial espontáneo.

Estos perfilajes deberán posibilitar valores cuantitativos para la evaluación del acuífero, en lo que respecta a la zona de mayor permeabilidad, eventuales zonas de alteración de la calidad química del agua y definición de límites de arcillas presentes en la formación.

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El equipo de perfilaje a ser utilizado, deberá ser del tipo que los gráficos sean elaborados automáticamente durante la realización del perfilaje eléctrico y radioactivo.

No se aceptarán equipos de perfilaje eléctrico, en los que los gráficos sean realizados manualmente o realizados por computadora posteriores a la retirada de las sondas del pozo.

Para la realización del perfilaje, el Contratista deberá preparar el pozo, de manera que esté limpio y libre de recortes de arcillas y de arena en suspensión en la columna de perforación, que pueda impedir la bajada de las sondas hasta el fondo del pozo.

Los trabajos de perfilaje, deberán ser realizados en período de luz diurna y solamente podrán ser ejecutados con luz artificial con autorización de la Fiscalización.

El Contratista deberá prever que durante la realización del perfilaje eléctrico, parámetro de resistividad, el equipo de perfilaje tenga dispositivo para evitar las posibles interferencias de columnas metálicas, jabalinas y tuberías de acero enterradas, ubicadas en las cercanías del pozo en estudio.

La operación o el manejo del equipo de perfilaje eléctrica deberá ser realizada por personal con conocimientos en manejo de su equipo de perfilaje, no siendo obligatorio que deberá ser geólogo o hidrogeólogo.

Los resultados del perfilaje eléctrico deberán ser interpretados por el geólogo residente del Contratista y el geólogo de la Fiscalización.

Los gráficos del perfilaje eléctrico deberán estar firmados exclusivamente por el geólogo residente del Contratista y el geólogo de la Fiscalización.

II. 8. ENCAMISADOS Y CENTRALIZADORES

Los trabajos de encamisado del pozo, deberán ser ejecutados en su totalidad en presencia de la Fiscalización.

Las tuberías serán manipuladas cuidadosamente por el Contratista de tal forma a no ocasionar daños a las roscas y a las uniones, de las que será responsable.

Las uniones de los tubos deben quedar perfectamente herméticas al agua.

El uso del centralizador es de gran importancia, no debiendo ser desechado por el Contratista, en ningún caso. El centralizador garantizará la verticalidad de la tubería, evitando que los filtros, en la bajada del pre-filtro se encosten en la pared de la formación.

El espaciamiento ideal entre los centralizadores es de 15mts, pudiendo ser un poco mayor o menor en función a las características litológicas del pozo profundo perforado.

El centralizador debe correr libremente en el tubo en que fue colocado, teniendo su curso limitado por las bolsas del tubo y no se deberán utilizar centralizadores fijos en los tubos con abrazaderas o con soldaduras.

La introducción de los tubos ciegos y filtros en el interior del pozo, se deberá hacer con extremo cuidado para que no sufra deformaciones o roturas y se mantenga alineado después de la instalación.

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En ningún caso, la columna de tubos ciegos y filtros se apoyará sobre la superficie del fondo del hoyo perforado, ni deberá ser sometido a presiones para su descenso en el hoyo perforado. Los mismos deberán ser bajados por peso propio en la perforación realizada, libre de todo material que obstaculice dicho descenso.

Para mejor desarrollo de los trabajos de entubamiento del pozo, el primer tramo de 2mts de tubo camisa a ser colocado en el pozo deberá ser cargado con hormigón, para otorgar mayor peso a tuberías y facilitar el desplazamiento de los mismos.

El tubo camisa de lastre deberá ser cargado con hormigón 24 horas antes de realizar el entubado del pozo. No se aceptará en reemplazo del hormigón que sea cargado con grava seleccionada u otro material suelto, teniendo en cuenta la posibilidad de ruptura del tapón de fondo.

Los materiales que por el mal uso o maltrato estén averiados total o parcialmente, en el sitio de la obra, no deberán ser utilizados en el pozo y deberán ser sustituidos por cuenta exclusiva del Contratista.

II. 9. ENGRAVADO

Los trabajos de engravado del pozo deberán ser ejecutados en su totalidad en presencia de la Fiscalización. El pozo, para el efecto, debe estar perfectamente limpio y se deberá extremar cuidados en la limpieza si la perforación fue realizada en el sistema de percusión a cable.

Los pozos encamisados y con filtros deben utilizar empaque de grava seleccionada o arena, de granulometría especial, como pre-filtro, si la del subsuelo encontrado no permite un envolvimiento y desarrollo natural.

La longitud a ser engravada debe sobrepasar como mínimo 30 m de longitud sobre la solera del primer tramo de filtros.

La colocación de la grava durante el engravado del pozo, será realizada a través del método de recirculación hidráulica, utilizando agua limpia, con bomba de lodo. El proceso de engravado se realizará contra una suave circulación de agua, para permitir el llenado del hoyo desde el fondo hacia la superficie.

En la línea de conducción del agua, entre la bomba a pistón y la manguera de la torre de la máquina perforadora, deberá colocarse un manómetro para medir la presión a la que están sometidos los tubos filtros, durante el engravado.

Este manómetro deberá estar en constante observación durante el engravado, para prever posibles subidas de presión.

La longitud superior del pozo sin engravar, sobre el pre-filtro, deberá ser rellenado con arena lavada hasta 10 mts por debajo del nivel de suelo, posterior al lavado del pozo.Las actividades de engravado y el lavado del pozo deberán ser ejecutados en forma continua y sin paralizaciones, evitándose así, posibles riesgos de desmoronamiento de las paredes del pozo.

II. 10. VERTICALIDAD Y ALINEACIÓN

Los trabajos deberán ser conducidos de modo que se obtenga una perforación alineada y vertical, para evitar las operaciones correctivas.

La verticalidad del pozo será verificada cuando la profundidad del mismo alcance el 100% de lo contratado y deberá ser tal que un tubo de 12 metros de largo, con diámetro de 5 cm inferior al de la

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perforación del hoyo, pueda pasar sin obstáculos. Si tal condición no se cumpliera el contratista rectificará el pozo por su cuenta.

En todos los casos, el alineamiento del pozo profundo deberá permitir la instalación de una electrobomba sumergible, sin obstáculos de ninguna clase. Esta deberá bajar libremente en toda la extensión del pozo profundo.

La fiscalización podrá solicitar varias veces al Contratista que verifique la verticalidad y alineación del pozo profundo ejecutado, en los casos de detección de alguna anormalidad técnica durante la perforación y entubado del pozo profundo.

II. 11. CEMENTACION Y SELLADO

En caso de que existan acuíferos cuyas aguas no son aptas para el consumo humano, éstos deberán ser cementados con mezcla de cemento y agua inyectada a presión. La relación de dicha mezcla deberá consistir en una proporción de 22 a 27 litros de agua por cada bolsa de 50Kg de cemento Pórtland del tipo 1.

El agua utilizada no debe contener aceites u otros materiales orgánicos y los minerales disueltos deben tener una concentración inferior a 500 mg/l.

La mezcla debe ser introducida en forma continua y evitando el fraguado previo. Independientemente al método empleado, la mezcla debe ser introducida partiendo del fondo hacia la superficie en la zona a impermeabilizar.

Solamente después de 12 horas de haber concluido el proceso de cementado, podrá efectuarse operaciones subsiguientes en el pozo profundo, tales como proseguir la perforación o entubado del pozo profundo. No se deberá utilizar aditivo químico para acelerar el fraguado de la mezcla para cementados de acuíferos.

En la ejecución del sello sanitario, en el espacio anular entre tubería de revestimiento y la perforación deberá ser llenado con hormigón cuyo dosaje será 1:2:2, hasta la profundidad mínima de 10 metros por debajo de la superficie del terreno donde no existe peligro de contaminación por aguas superficiales e infiltraciones, con el fin de garantizar una completa impermeabilidad.

En caso en que exista peligro de contaminación por aguas superficiales e infiltradas, el sello deberá prolongarse en forma tal que elimine cualquier riesgo de contaminación.

En los pozos ejecutados en pared desnuda, con la tubería superior asentada sobre la roca, se deberá realizar el sellado del espacio anular con mezcla de arena y cemento hasta cubrir totalmente la tubería y después continuar la aislación vertical con hormigón de dosaje de 1:2:2.

Todos los trabajos de cementación de acuíferos y sellado sanitarios de los pozos profundos deberán ser ejecutados en forma continua y sin paralizaciones.

II. 12. LIMPIEZA, DESARROLLO, DESINFECCIÓN Y OBRAS DE TERMINACION

A objeto de eliminar cualquier residuo de lodo u otros materiales utilizados en el proceso de perforación y con el fin de obtener agua de buena calidad y en cantidad suficiente, el Contratista deberá realizar una limpieza completa del pozo durante el tiempo que fuere necesario.

Con el fin de incrementar la permeabilidad del acuífero y asegurar la eliminación de partículas finas que puedan dañar el equipo de bombeo o interferir el normal funcionamiento del pozo, éste deberá

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desarrollarse cuidadosamente, de acuerdo con los procedimientos recomendados por la buena práctica.

12.1. DESINFECCIÓN DEL POZO.

Antes de la culminación del proceso de limpieza y desarrollo del pozo, se deberá realizar la desinfección del pozo mediante la aplicación de una solución de cloro en cantidad tal que se inyecte al pozo 50 mg/lts de cloro libre.

En el caso de utilizar hipoclorito de sodio al 10% se debe aplicar ½ litro por cada m3 de agua en el pozo a través de tubos auxiliares o de las barras de perforación hasta el fondo y el resto ser colocada a la boca del pozo de modo a desinfectar la tubería por encima del nivel de agua.

Esta solución debe permanecer en el pozo por un período no menor de 12 horas. Por lo tanto, se recomienda que la inyección de cloro sea realizada al culminar la jornada diaria de limpieza y desarrollo del pozo, quedando así toda la noche la solución en el pozo. Posterior a este tiempo se deberá continuar la limpieza y desarrollo del pozo, caso contrario podrá ocurrir que el agua salga con color durante la prueba de bombeo, inhabilitando el inicio de la prueba de bombeo.

12.3 POZOS PROFUNDOS CON PAREDES TOTALMENTE REVESTIDAS.

Se deberá utilizar la menor cantidad posible de bentonita durante la perforación del pozo profundo para evitar que se dañe el acuífero, realizando un control estricto del lodo bentonítico con el embudo de Marsh. Si el hoyo fue construido por máquinas a percusión, a cable, se asumirán medidas de limpieza tal que permitan una total limpieza del hoyo, liberando los posibles aportes de remanentes de bentonita u otro material biodegradable, para un encamisado regular, sin contratiempos.

Al terminar el engravado del pozo, antes de iniciar la limpieza del pozo con inyección de aire, se deberá realizar un lavado prolongado de las paredes del pozo con inyección de agua limpia, con el objetivo de eliminar los posibles puentes de arena que quedó atrapada entre la grava seleccionada y la disminución de la carga del lodo bentonítico en el acuífero.

El agua una vez utilizada no debe ser recirculada dentro del pozo profundo durante el lavado de las paredes.

Posteriormente al lavado de las paredes, se deberá realizar el desarrollo del pozo profundo con la inyección de aire. El desarrollo del pozo deberá empezar de acuerdo con la profundidad que asegure que no será aplastado el entubado, con posterior desplazamiento hacia el fondo del pozo cada 6mts, cuando el agua esté libre de arena y sin color ni turbidez y así sucesivamente.

Después que el pozo se encuentre con agua sin color, turbidez y sin la presencia de arena, se deberá seguir bombeando el pozo por más de 2 horas consecutivas, con la barra de perforación en el último tramo de revestimiento, encima de los filtros.

El Contratista deberá realizar varios aforos durante los trabajos de limpieza y desarrollo del pozo profundo con la barra de perforación en varias profundidades, para determinar el caudal aproximado del mismo.

En el desarrollo y limpieza del pozo podrá ser utilizado productos químicos dispersantes de arcilla, como poli fosfatos, aprobados por la fiscalización.

El Contratista deberá realizar las anotaciones en las planillas de limpieza y desarrollo del pozo, de los trabajos realizados, teniendo en cuenta que estos datos serán utilizados para el dimensionamiento de la electrobomba a ser utilizada, en caso que no sea ejecutada la prueba de bombeo.

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Se deberá incluir en la composición del precio unitario de la perforación con terminación en diámetro de 150 mm y 200 mm, la cantidad de horas necesarias para la limpieza y desarrollo del pozo con inyección de aire con motocompresor con capacidades mínimas de presión de 250 psi y caudal de aire de 650 cfm, hasta que alcance la calidad del agua según los parámetros de arrastre de arena, turbidez y color. Si por algún motivo se recurriere a compresores de menor potencia, capaces igualmente de realizar la limpieza requerida, el Contratante no se hace responsable de la demora incurrida para lograr los parámetros exigidos, y tampoco será considerado evento compensable. El contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias durante la limpieza y desarrollo del pozo profundo con materiales de entubado de PVC aditivado, para no sobrepasar la diferencia de presión entre nivel estático y dinámico, los cuales deben estar dentro de los límites establecidos por el Fabricante para que no ocurra el colapso o aplastamiento del revestimiento del pozo profundo.

No se admitirá el uso de pistones para realizar movimientos forzados del agua en los filtros, o para acelerar la acción del desarrollo del pozo profundo.

El pozo profundo deberá ser desarrollado hasta que no haya presencia de arena o partículas finas o con valores inferiores a 20 mg/lt y con valores de turbidez y color inferiores a 10 NTU.

El Contratista deberá realizar varios aforos durante los trabajos de limpieza y desarrollo del pozo profundo, para determinar el caudal aproximado del pozo.

12.3 POZOS PROFUNDOS CON TERMINACIÓN EN PARED DESNUDA.

En las perforaciones de los pozos profundos que fueran ejecutadas con martillo neumático, al llegar la profundidad y caudal según las especificaciones técnicas, se deberá seguir desarrollando con aire, desde el fondo del pozo hasta que el agua esté sin color, turbidez y sin la presencia de arena o detritos de perforación. Igualmente, en las perforaciones a percusión se tomarán medidas para el uso de cucharas a dardo durante el tiempo que sea necesario para el logro de los requerimientos de limpieza, pudiendo concluir el operativo con compresores adecuados para acelerar el proceso.

Después que el pozo se encuentre con el agua sin color, turbidez y sin la presencia de arena o detritos de la perforación, se deberá seguir bombeando el pozo por mas de 10 horas consecutivas, con la barra de perforación a 10mts del fondo del pozo, o los tubos de descargas del compresor desde la citada profundidad.

El Contratista deberá realizar varios aforos durante los trabajos de limpieza y desarrollo del pozo profundo con la barra de perforación en varias profundidades, para determinar el caudal aproximado del mismo.

El contratista deberá realizar las anotaciones en las planillas de limpieza y desarrollo del pozo, de los trabajos realizados, teniendo en cuenta que estos datos serán utilizados para el dimensionamiento de la electrobomba a ser utilizada, en caso que no sea ejecutada la prueba de bombeo.

Se deberá incluir en la composición del precio unitario de la perforación con terminación en pared desnuda, la cantidad de horas necesarias para limpieza y desarrollo del pozo con inyección de aire con motocompresor con capacidades mínimas de presión de 250 psi y caudal de aire de 750cfm, hasta que alcance la calidad del agua según los parámetros de arrastre de arena, turbidez y color.

El pozo profundo deberá ser desarrollado hasta que no haya presencia de arena o partículas finas, con valor inferior a 20mg/lt y con valores de turbidez y color inferiores a 10 NTU.

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El Contratista deberá realizar varios aforos durante los trabajos de limpieza y desarrollo del pozo profundo, para determinar el caudal aproximado del pozo.

1.4.1OBRAS DE TERMINACION DE POZO

Una vez concluido la perforación del pozo, incluyendo la limpieza y desarrollo del pozo, se deberá ejecutar los siguientes trabajos:

a) Colocación del tubo de acero para soporte de la electrobomba con una longitud de 1,20 mts, sobresaliendo 5 cmts del tubo de PVC, con mezcla de hormigón 1.2.4 hasta la superficie del terreno. El tubo de acero de soporte deberá ser colocado con el tapón metálico y porta candado para protección del pozo.

b) Ejecución de la losa de hormigón con dosaje 1.2.4, dimensiones 1 mts x 1mts x 0,30 mts, sobresaliendo 0,15 mts del nivel del terreno natural.

II. 13. PRUEBA DE BOMBEO

Una vez limpiado y desarrollado el pozo profundo el Contratista deberá realizar la prueba de bombeo, para lo cual deberá contar con todos los equipos necesarios y en condiciones de funcionamiento, para que la prueba de bombeo no resulte afectada por deficiencias previsibles.

Las pruebas de bombeos para los pozos profundos, solamente deberán ser iniciadas previa autorización y presencia de la Fiscalización.

Los equipamientos mínimos con que el Contratista deberá contar para la realización de la prueba de bombeo son los siguientes:

a) Grupo generador con capacidad adecuada;

b) Electrobomba trifásica o monofásica, según corresponda, con caudal y altura manométrica requerida;

c) Cables NYY, tablero de mando para electrobomba y tubería de PVC roscable de 3/4" para medidor de nivel;

d) Trípodes y herramientas de plomería y eléctricas;

e) Medidor de caudal del tipo Woltmann de diámetro de 2" y 3", tubería de hierro galvanizado de diámetro de 2" y 3" o tubos de PEAD, enterizo, apropiado para el efecto;

f) Medidor de nivel con cinta graduable, del tipo Solinst o Soiltest y cronómetro.

El caudal de la prueba de bombeo deberá ser el 100% del caudal mínimo requerido, indicado en el ítem 17 del presente capítulo. El caudal mínimo corresponde al caudal que deberá ser bombeado en la boca del pozo durante la prueba de bombeo y no el caudal extrapolado a través de curvas o cálculo.

La prueba de bombeo a ser ejecutada es con caudal constante, con un período de bombeo continuo no menor de 48 horas, independiente de que el nivel dinámico éste estabilizado.

El tiempo que debe ser considerado para la prueba de bombeo, es después de la regulación del caudal a través de la válvula exclusa antes del hidrómetro Woltmann.

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Al concluir la prueba de bombeo se deberá medir el nivel de recuperación del pozo profundo, hasta alcanzar el nivel mínimo del 90% del abatimiento.

La determinación de los niveles de agua en el pozo durante la prueba de bombeo, se deberá hacer por medio de sonda eléctrica.

En los pozos totalmente revestidos, el nivel de bombeo no deberá descender por debajo del extremo superior del primer tramo de los filtros, y en caso de dos o más filtros, este requisito será aplicable al filtro superior.

El Contratista deberá evacuar las aguas del bombeo, de tal manera que éstas y los sedimentos producidos durante las diversas operaciones sean dispuestos de modo que no produzcan inconvenientes a las propiedades cercanas.

Toda indemnización que se establezca por daños y perjuicios producidos a terceros, en el desarrollo de los trabajos de la prueba de bombeo será de responsabilidad del Contratista.

La profundidad de instalación de la electrobomba en los pozos profundos con pared desnuda es de 150mts o si el pozo tiene una profundidad menor se deberá instalar a 10mts del fondo del pozo.

La profundidad de instalación de la electrobomba en los pozos profundos totalmente revestidos, dependerá de la ubicación de los filtros, siempre teniendo en cuenta que la ubicación deberá ser lo más profunda posible, sin causar daños a los filtros.

Si durante la prueba de bombeo, hubiera alguna paralización por desperfectos electromecánicos, el Contratista deberá aguardar que el 80% del abatimiento se recupere, para volver a iniciar la prueba de bombeo.

II. 14. ANALISIS FÍSICOS, QUÍMICOS Y BACTERIOLÓGICOS

Al terminar la prueba de bombeo el Contratista deberá retirar varias muestras de agua para ser realizados los análisis físicos, químicos y bacteriológicos. Los análisis podrán ser realizados en el laboratorio de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del MSP y BS, FACEN o en otra institución pública.

El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias con relación al muestreo, tiempo entre muestreo y llegada al laboratorio y el mantenimiento de la temperatura de la muestra durante el traslado hasta el laboratorio, para que las mismas no presenten cambios en la calidad original.

Los análisis que deberán ser realizados son los siguientes:

A) ANÁLISIS FÍSICOS:

Aspecto, color, olor, pH, conductividad eléctrica y turbidez. La medición del pH y de la conductividad eléctrica, deberá ser realizada durante el muestreo, en boca de pozo.

B) ANÁLISIS QUÍMICOS:

Nitratos, nitrito, amoníaco, fósforo, sulfatos, cloruros, alcalinidad (F), alcalinidad (M), calcio, Hierro (III), oxígeno consumido, dureza total, magnesio, sodio, potasio, cromo, bromo, bicarbonato, manganeso, sólidos totales, sólidos suspendidos y sólidos disueltos.

C) ANÁLISIS BACTERIOLÓGICOS:

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Coliformes totales y fecales.

Los valores de color, turbidez, coliformes totales y fecales, deberán estar de acuerdo a las Normas de Potabilidad, según la resolución Nº397 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Si los resultados de los análisis de coliformes totales y fecales no están de acuerdo con la Norma mencionada, el Contratista deberá realizar la desinfección del pozo con hipoclorito de sodio y posteriormente volver realizar otra prueba de bombeo según las especificaciones técnicas. Al concluir la segunda prueba de bombeo se deberá realizar otro análisis bacteriológico.

Es preferible la aplicación del desinfectante previo a la ejecución del ensayo de bombeo y posterior a la instalación de la electrobomba. Por lo menos 12 hs. antes del inicio del ensayo.

II. 15. COMUNICACIONES SEMANALES DEL CONTRATISTA

El Contratista deberá informar por teléfono o fax, todos los días lunes, los siguientes datos de las perforaciones y prueba de bombeo de los pozos profundos que se encuentra en ejecución, independientemente si la Supervisión de Consultoría esté en el local de los trabajos:

a) profundidad perforada, diámetro y litología atravesada,

b) longitud entubada,

c) aforo preliminar del pozo,

d) resultados preliminares de la prueba de bombeo.

e) proyección inmediata de los trabajos.

Las informaciones técnicas presentadas por el Contratista semanalmente, son independientes de la documentación técnica que el mismo deberá presentar conjuntamente con el pedido de Certificación de pagos de las Obras totalmente concluidas.

II. 16. DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADO AL CERTIFICADO

El Contratista, al terminar los trabajos de perforación y prueba de bombeo de un pozo profundo, deberá presentar los siguientes Documentos Técnicos a la Empresa Fiscalizadora para la verificación y aprobación de los mismos.

16.1. COPIA DEL ACTA DE VERIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS.

Corresponde a la verificación en el local de la perforación de si el Contratista dispone de todos los equipos solicitados en las especificaciones técnicas. El Acta deberá estar firmada por el Contratista y la Fiscalización.

16.2. INFORME TÉCNICO FINAL DE LA PERFORACIÓN.

Se deberá realizar una descripción de la geología y de la hidrogeología local, indicar las coordenadas de los pozos con GPS.

16.3. PLANILLA DE AVANCE DE PERFORACIÓN.

Se anotará el detalle de los tiempos de penetración de las herramientas y la descripción de las muestras cada 1,5 mts.

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16.4. GRÁFICOS ORIGINALES DEL PERFILAJE ELÉCTRICO DE LOS PARÁMETROS DE RESISTIVIDAD, RAYOS GAMMA Y POTENCIALES ESPONTÁNEO.

Deberá estar firmados por los geólogos residente del contratista y de la consultora de fiscalización.

16.5. PLANILLA DE ENTUBADO.

Se anotará el detalle de la orden de colocación de cada tramo de tubos y filtros, centralizadores, reducciones, etc.

16.6. PLANILLA DE ENGRAVADO.

Se anotará en detalle los tiempos y volumen de la grava seleccionada colocado en el pozo.

16.7. PLANILLA DE LIMPIEZA Y DESARROLLO DEL POZO.

Se anotará el detalle de los resultados de la limpieza y desarrollo del pozo.

16.8. PLANILLA DEL PERFIL LITOLÓGICO DEL POZO.

Se deberá dibujar el perfil constructivo del pozo y anotar la descripción de la formación geológica atravesada.

16.9. PLANILLA DE DATOS DEL POZO.

Se anotará la profundidad perforada, entubada y la estimación del caudal obtenido durante el desarrollo del pozo. Además, se deberá anotar los materiales utilizados en la construcción del pozo.

16.10. LIBROS.

El Contratista deberá presentar las hojas originales del triplicado de los siguientes Libros: Libro de Obra Diario, Libro de Órdenes y Libro de Pedidos, de las Obras concluidas, por cada localidad, firmados por la Fiscalización y el Supervisor de Consultoría del Contratante.

16.11. PLANILLA DE PRUEBA DE BOMBEO.

• Se anotará las variaciones de nivel durante el bombeo y la recuperación.• Se anotará el detalle de la instalación de la electrobomba con sus accesorios de control de caudal

y el de los resultados obtenidos durante la prueba de bombeo.• Gráfico de abatimiento y recuperación.

En el informe de la prueba de bombeo se deberá comparar los resultados obtenidos con la hidrogeología local y además un informe detallado de la máxima capacidad de explotación del pozo profundo.

16.12. RESULTADO DEL ANÁLISIS FÍSICO, QUÍMICO Y BACTERIOLÓGICO.

16.13. ACTA DE VERIFICACIÓN DE EJECUCIÓN DE PRUEBA DE BOMBEO.

Corresponde a la verificación en el local del pozo de si el Contratista dispone de todos los equipos y solicitados en las especificaciones técnicas y que los personales están capacitados para la realización de la prueba de bombeo; y evaluar el avance del desarrollo de prueba de bombeo.

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El Acta deberá estar firmada por el Contratista, Fiscalización y el Presidente de la Junta de Saneamiento o en su ausencia por algún miembro de la Junta de Saneamiento que esté acompañando la prueba de bombeo.

16.14. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS.

Todos los documentos deberán estar escritos con letra del tipo imprenta y legible. Las anotaciones o indicaciones en los gráficos y curvas deberán ser legibles.

El Contratante proveerá al Contratista un original de las planillas y formularios, para que el mismo realice fotocopias para las anotaciones en el campo durante los trabajos de perforación y de prueba de bombeo de los pozos profundos.

Todos los documentos técnicos deberán estar firmados por los geólogos representante técnico del contratista y de la consultora de fiscalización.

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II. 17. PLANILLA DE CAUDALES MÍNIMOS

Nº Localidad Distrito DepartamentoNº

Conexiones

POZOS

Tipo

Caudal (lts/h)

Profund. (m)

Tipo máquina

1 Jhuguá Duarte Horqueta Concepción 52 A 1.900 120 MG2 Cepingo Cañada Horqueta Concepción 53 A 2.000 120 MG3 San Luis Belén Concepción 84 A 3.700 120 MG4 Villa Don Bosco Loreto Concepción 56 A 1.700 120 MGG

5 Cañada Perpetuo Socorro Loreto Concepción 119 B 4.900 200 MGG

6 Panchito López Concepción Concepción 51 A 1.600 120 MGG7 Carlos A. López Concepción Concepción 55 A 1.900 130 MG8 Pío X Concepción Concepción 75 A 2.400 150 MGG9 Ko’e Jú 25 de Diciembre San Pedro 52 B 1.900 120 MGG10 San Isidro Itapey San Estanislao San Pedro 133 B 6.400 150 MGG11 Cañada Santa Rosa San Estanislao San Pedro 54 A 2.200 120 MG12 Capilla Jhuguá Itacurubi del Rosario San Pedro 141 A 3.100 80 MG13 Ramos Cué Itacurubi del Rosario San Pedro 71 B 2.200* 150* MGG*14 San Roque Yrybucuá San Pedro 53 A 1.900 120 MG15 Alemán Cué Yrybucuá San Pedro 122 A 7.200 150 MG

16 Ybu Porá-San Isidro 3ª y 4ª Línea Yrybucuá San Pedro 85 A 4.400 120 MG

17 San Blas Choré San Pedro 57 A 2.000 120 MG18 Santa Lucía Choré San Pedro 57 A 1.900 120 MG19 Guido Almada II Juan de Mena Cordillera 95 A 5.400 120 MGG

20 Loma Medina Itacurubi de la Cordillera Cordillera 54 A 1.600* 150* MGG*

21 Galeano Cué Caazapá Caazapá 100 B 3.400 200 MGG22 Rosario Guavirá Punta Caazapá Caazapá 85 B 3.200 150 MGG23 Rosario Tatuy Caazapá Caazapá 57 B 1.500 200 MGG24 Cara Caraí Maciel Caazapá 108 B 3.100 180 MGG25 Zanja Pytá Maciel Caazapá 118 B 4.600 150 MGG26 Santa Teresa Moisés Bertoni Caazapá 145 B 5.000 150 MGG27 San Rafael Fulgencio Yegros Caazapá 82 B 2.200 120 MGG28 Curupí Yute Caazapá 91 B 2.900 150 MGG29 Azamé Cué Yute Caazapá 94 B 3.600 150 MGG

30 María Auxiliadora Km. 18 Abaí Caazapá 89 B 4.600 150 MGG

31 San Luis José Fassardi Guairá 63 A 2.100 100 MGG32 San Roque Gral. Garay Guairá 53 A 1.400 150 MGG33 3ª Línea Gral. Garay Guairá 67 B 2.400 120 MGG34 Costa Pisadera Mbocayaty Guairá 69 B 1.800 120 MGG35 1ª y 2ª Línea Natalicio Talavera Guairá 88 A 3.300 150 MGG36 Santa Lucía Iturbe Guairá 77 A 2.300 150 MGG37 Capitán Brizuela Iturbe Guairá 74 A 2.700 120 MGG38 Yhaká Mí San Salvador Guairá 68 A 2.100 150 MGG39 Isla Valle San Salvador Guairá 56 A 1.500 120 MGG40 Loma Pindó Coronel Martínez Guairá 73 A 2.500 120 MGG41 Cerro Porteño Eusebio Ayala Cordillera 85 A 2.900 150 MGG

42 Virgen del Carmen (San Marco) Mbocayaty del Yhaguay Cordillera 63 A 2.500 70 MGG

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43 María Auxiliadora Santa Elena Cordillera 72 A 2.400 120 MGG44 Ykuá Porá Santa Elena Cordillera 49 A 2.600 150 MGG45 Porarú Altos Cordillera 68 A 2.100 150 MGG46 6º Línea 3 de Febrero Caaguazú 143 A 7.100 150 MGG47 8 de Diciembre Vaquería Caaguazú 108 A 5.900 150 MGG48 1º y 2º Línea Vaquería Vaquería Caaguazú 74 A 2.800 120 MGG49 Chaco-í J.M. Frutos Caaguazú 92 A 3.700 150 MGG50 3º Línea Sidepar 3000 Yhú Caaguazú 132 A 7.800 150 MGG

51 1º Línea Caijhó Malvinas Yhú Caaguazú 89 A 5.700 150 MGG

52 Comp. Línea – Ex Zapatini Yhú Caaguazú 56 A 2.900 150 MGG

53 Serafíni San José de los Arroyos Caaguazú 45 A 2.700 150 MGG54 San Miguel San José de los Arroyos Caaguazú 94 A 3.500 150 MGG

55 29 de Setiembre (Ka’atumí) Cecilio Báez Caaguazú 58 A 3.000 150 MGG

56 1º de Mayo Cecilio Báez Caaguazú 74 A 2.500 150 MGG57 Col. Potrero Jardín Juán León Mallorquín Alto Paraná 133 A 9.700 150 MGG58 Tacuaró Sur Juan E. Oleary Alto Paraná 147 A 11.600 150 MGG59 San José Cedrales Alto Paraná 79 B 3.800 230 MGG60 San Isidro – 6º Línea Cedrales Alto Paraná 52 B 3.000 150 MGG61 Colonia Naranjito Ytakyry Alto Paraná 54 A 2.900 150 MGG62 Potrero -15 de Agosto Atyrá Cordillera63 Caraunguá Yaguarón Paraguarí64 Barrio Triunfo Caraguatay Cordillera

65 Naranjo, Barrio Santa Rosa Piribebuy Cordillera 51 A 1.500 150 MGG

66 Pororó – Pirayú Calle Yaguarón Paraguarí 118 A 4.900 150 MG67 Tacuarendy y Guarapí Yaguarón Paraguarí 100 A 3.800 120 MG68 Tacumbú Yaguarón Paraguarí 71 A 1.800 120 MGG69 Bolicho Cué Ybycuí Paraguarí 59 A 1.700 150 MGG70 Santa Teresita Costa Ybycuí Paraguarí 60 A 1.600 150 MGG

71 Capilla Cué – Iriarte 2º Gral. Bernardino Caballero Paraguarí 71 A 1.400 120 MGG

72 Juguá Guazú Ybytimí Paraguarí 79 A 2.600 150 MGG73 Potrero Avendaño Pirayú Paraguarí 134 A 3.800 120 MGG74 Caagyu Potí Pirayú Paraguarí 81 A 2.100 120 MGG75 Itá Cajón Quiindy Paraguarí 105 A 4.000 150 MGG76 Cerro Guy Quyquyhó Paraguarí 56 A 1.600 120 MGG77 Ñanga Pé San Ignacio Misiones 56 A 1.800 150 MGG78 San Roque Santiago Misiones 61 A 2.000 120 MG79 Santa Teresita Santa Rosa Misiones 125 A 4.900 150 MG80 San Pedro San Miguel Misiones 85 A 4.200 120 MG81 Costa Poí Santa María Misiones 97 A 4.800 150 MG

6. Especificaciones Técnicas

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CAPITULO III:

TUBERIAS, ACCESORIOS, CONEXIONES DOMICILIARIAS DE PVC/PE Y VALVULAS

III.1. TUBERIAS Y ACCESORIOS PARA RED DE DISTRIBUCION Y ADUCTORA

El oferente deberá ofertar tuberías y accesorios de PVC, para Redes de Distribución y Aductoras.

La presente especificación establece las condiciones mínimas de dimensionamiento, ensayos (normas) para la provisión de:

1.1. TUBOS PARA CONDUCCIÓN DE AGUA POTABLE CON UNA PRESIÓN DE SERVICIO MÍNIMA DE 6KG/CM2. Y DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES EN PLANILLA DE PRECIOS.

Tubos de PVC rígido, extremos a espiga y campana, con juntas elásticas (con anillos de goma) para diámetros de 110mm y 160mm y juntas rígidas soldables para diámetros inferiores a 110 mm.

1.2. ACCESORIOS.

Accesorios de PVC rígido, destinados a empalmes de los tubos ofertados, con junta soldable, resistencia a la presión de servicio y prueba de rupturas especificadas para las tuberías.

Adaptadores de PVC, con junta soldable en una punta y rosca en otra, para conexión de accesorios roscables de material diferente como: válvulas exclusas, etc., a tuberías de PVC.

Las válvulas exclusas hasta diámetro de 3” serán de bronce con rosca interna y las de mayor diámetro deberán ser de hierro fundido con bridas. Por cada válvula de hierro fundido con bridas ofertadas, se deberá ofertar las correspondientes bridas de PVC, pernos y tuercas.

III. 2. CARACTERISTICAS DE LA PROVISIÓN

Los tubos de PVC deberán ajustarse a los requisitos de la siguiente norma:

NORMA PARAGUAYA-NP N° 64, o Normas equivalentes en uso en los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil y Uruguay.

Si el Oferente utilizase otra Norma de reconocida eficacia internacional (ISO, etc.), que no sea la indicada más arriba, deberá ser mencionada específicamente en su Oferta.

También se aceptarán los equipos, materiales o mano de obra que se ajusten a otras normas técnicas que garanticen una calidad igual o superior a las de las normas mencionadas.

El Oferente deberá incluir en sus precios, todos los elementos necesarios para realizar una perfecta unión (accesorios, pasta lubricante, adhesivos, solución limpiadora, etc.) en cantidad suficiente para su completa instalación en cada caso.

Los adaptadores de PVC deberán corresponder, en todas sus dimensiones, a las tuberías, válvulas exclusas u otros accesorios que conectarán, ya sean terminales a rosca hembra o juntas soldables.

La descarga de las cañerías debe efectuarse de tal manera que las mismas no sufran deformaciones. Serán depositadas en lugares planos, sin desniveles y libres de piedras, raíces, partes de obra, etc.

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Se admitirá un apilamiento de caños de hasta 2mts de altura y deberá dejarse en la parte superior de la pila un espacio de 0.80mts que permita la circulación de aire.

Los caños deberán ser almacenados con puntas y bolsas alternadas, sin que las bolsas estén unas sobre las otras.

2.1. GENERALIDADES.

1. TUBOS DE PVC

Deberán satisfacer las siguientes condiciones:

a) La sección transversal debe ser circular y uniforme.

b) El espesor de la pared debe ser uniforme.

c) Las superficies interna y externa de los tubos de PVC rígido, serán suficientemente lisas y no se observarán las siguientes imperfecciones:

• fisuras• porosidad• ondulaciones• rebabas• perforaciones• estrías• fracturas• señales de reparación• cuerpos extraños

d) Los tubos deberán designarse por (i) su denominación, (ii) su diámetro exterior y espesor en mm y (iii) su presión nominal, en kilogramos fuerza por centímetro cuadrado.

2. VALVULAS

Deberán cumplir con las siguientes especificaciones:

a) Los extremos de empalmes deberán poseer las secciones transversales circulares y uniformes.

b) Los planos de los extremos, deberán ser paralelos entre sí y perpendiculares al eje de la válvula.

c) Las superficies serán suficientemente lisas y no presentarán los siguientes defectos:

• fallas y porosidad• incrustaciones• burbujas• escamas• rebabas• señales de reparación

d) Cada válvula presentará en la fundición los siguientes datos:

• marca de fábrica• clase (presión de servicio)

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• diámetro

No se aceptarán válvulas que no estén con relieve fundido en el cuerpo la marca, clase y el diámetro.

e) Los extremos de las válvulas, ya sean rosca interna o a bridas, serán perfectamente ajustables a los adaptadores, de modo que permita un perfecto montaje y ofrezcan estanqueidad.

f) Las válvulas exclusas serán adecuadas a las tuberías y adaptadores ofrecidos, presentando las mismas características, dimensiones y presión de servicio exigido.

III. 3. CONEXIONES DOMICILIARIAS (Los contratistas deben realizar la provisión de los materiales para las conexiones domiciliarias que se describen, de acuerdo a la Planilla de Red de Distribución y Conexiones Domiciliarias).

Se prevé Conexiones Domiciliarias con tuberías de ½” y 1”.

Para viviendas ubicadas a distancias mayores a 80 mts de la red de distribución, se prevé conexiones domiciliarias con cañerías de PEAD de 1”.

Las tuberías de 20 mm para conexiones domiciliarias de ½”, serán de PVC soldable con presión de servicio de 7,5 kg/cm2, cumpliendo además con todas las características especificadas para los tubos de PVC para red de distribución.

Las tuberías de 1” para conexiones domiciliarias de 1” serán de PEAD (Polietileno de alta densidad), para una presión de servicio de 10 Kg/cm2.

3.1. JUEGO DE ACCESORIOS PARA CONEXIONES DOMICILIARIAS DE ½”:

Los accesorios para conexiones domiciliarias se definirán por “juegos” de conexión.

Un (1) juego de conexión domiciliaria de ½” deberá incluir:

• Un (1) adaptador PVC LR de 20 mm x ½”.• Una (1) llave de paso de PVC soldable de 20 mm. En caso que el contratista desea

proveer con extremo roscable, se deberá proveer con los dos adaptadores PVC LR colocados por la llave de paso, sin costo al Contratante.

• Una (1) tee de PVC soldable de 20 mm.• Un (1) tapón de PVC soldable de 20 mm.• Un (1) codo liso rosca de 20 mm.• Una (1) canilla de bronce con pico largo para manguera de ½”. El contratista deberá

presentar una muestra a la Fiscalización para la aprobación de la provisión.

3.2. JUEGO DE ACCESORIOS PARA CONEXIONES DOMICILIARIAS DE 1”:

Los accesorios para conexiones domiciliarias se definirán por “juegos” de conexión.Un (1) juego de conexión domiciliaria de 1” deberá incluir:

• Un (1) adaptador PVC LR - 20mm x ½”.• Una (1) llave de paso de PVC soldable - 20mm. En caso que el contratista desea

proveer con extremo roscable, se deberá proveer con los dos adaptadores PVC LR colocados por la llave de paso, sin costo al Contratante.

• Una (1) tee de PVC soldable - 20mm.• Un (1) tapón de PVC soldable - 20mm.• Un (1) codo LR - 20mm.

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• Una (1) canilla de bronce con pico largo para manguera - ½”. El contratista deberá presentar una muestra a la Fiscalización para la aprobación de la provisión

• Un (1) buje de reducción PVC roscable - ¾” x ½”• Una (1) unión de reducción PVC roscable - 1” x ¾”• Una (1) unión doble PVC roscable - 1”• Un (1) buje de reducción PVC roscable - 1” x ½”• Un (1) alma doble PVC roscable - 1/2”

3.3. COLLARES DE TOMADA.

Los collares de tomada serán de PVC con presión de servicio mínimo de 7,5 kg/cm2.

Los diámetros internos de los collares deberán ser tales, que garanticen un perfecto acople con los tubos del mismo diámetro ofertado.

Todos los collares tendrán salida de 20 mm, en rosca interna.

III. 4. CONTROL DE CALIDAD.

Los tubos y accesorios de PVC, así como las válvulas deberán cumplir las dimensiones y presiones de servicio con sus tolerancias, de acuerdo a la Norma de fabricación especificada.

El Contratista, para la aprobación de la provisión de los tubos y accesorios de PVC, deberá presentar a la Fiscalización una planilla de datos garantizados de los materiales, firmados por el provedor o fabricante.

III. 5. DOCUMENTOS A SER ANEXADO AL CERTIFICADO.

Se deberá labrar Acta de Entrega de los materiales para la Red de Distribución y Conexiones Domiciliarias y Aductora, entre el Presiente de la Junta de Saneamiento, residente del contratista y el ingeniero fiscal del grupo, una vez realizada la totalidad de la provisión de los materiales en cada localidad.

El contratista deberá anexar al certificado una copia de la nota de remisión del proveedor de cada localidad y el Acta de Entrega de los Materiales de cada localidad.

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6. Especificaciones Técnicas

CAPITULO IV: ELECTROBOMBAS SUMERGIBLES, BOMBAS DOSADORAS DE PRODUCTOS QUIMICOS Y MATERIALES ELECTRICOS

IV. 1. ELECTROBOMBAS SUMERGIBLES (TRIFÁSICAS y MONOFÁSICAS)

1. ASPECTOS GENERALES

Estos equipos son componentes de un sistema de agua corriente y deberán ceñirse a las condiciones hidráulicas establecidas por el Contratante.

El agua a ser bombeada será del tipo tratada, que esté de acuerdo a las normas internacionales de calidad de agua potable, adoptadas por el Contratante.

Las bombas y motores, en general, deberán ser de marcas reconocidas, de amplia experiencia y uso en diferentes circunstancias y condiciones. Su fabricación se debe ceñir a normas de calidad vigentes en el país de origen.

El almacenamiento de los materiales a ser proveídos será de responsabilidad del Contratista.

2. CONDICIONES GENERALES

Toda unidad de bombeo deberá ser de fabricación ya probada y ser producto de fábrica que haya construido equipos similares en tipo, tamaño y capacidad, durante por lo menos 5 años. Toda unidad de bombeo deberá haber sido proyectada y construida para operación continua, sin presentar problemas de funcionamiento, debiendo preverse solamente mantenimientos preventivos normales del equipo.

Deberán ser aptas para bombear aguas con un contenido de arena de hasta 20 mg/lts.

Todas las partes componentes de las unidades de bombeo de un mismo tipo, deberán ser proyectadas y construidas de tal manera que exista intercambiabilidad sin necesidad de ajuste o retoque adicional, durante todo el período de su vida útil.

El dimensionamiento de las electrobombas será de entera responsabilidad del Oferente y deberá llevar incorporada una válvula de retención vertical.

El contratista deberá ofertar con los equipos de electrobombas todos los accesorios eléctricos e hidráulicos para la completa instalación de los mismos, entiéndase: tableros de comando, cables de conexión, tuberías de impulsión y accesorios de salida del pozo.

Para el suministro del equipo eléctrico de comando y control de los motores, se deberán tener en cuenta las siguientes condiciones y datos:

a) Corresponder a las características de la bomba que debe ser trifásica o monofásica de modo que garantice su funcionamiento.

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b) La tensión disponible es de 380/220 V (trifásico) y 220 V entre fase y neutro, (monofásico) y frecuencia de 50 Hz.

c) Para la instalación rigen los reglamentos para instalación eléctrica de baja y media tensión de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).

d) El tablero de mando y control deberá tener protección contra la intemperie y además de los elementos que exija la ANDE, contendrá:

d1: Seccionador de entrada y deberá estar equipado con fusibles para protección contra cortocircuitos.

d2: Dispositivos de arranque con autotransformador, con protección térmica; o cualquier otro sistema, siempre que no altere la cantidad y/o sección de los conductores de alimentación al pozo, para potencia mayor o igual a 5,5 HP trifásicos.

Para los motores con potencias menores y mayores a 5,5 HP (monofásica), el arranque deberá ser con relee de arranque y capacitores proveídos por fábrica. No se aceptarán capacitares instalados en paralelo.

Los motores de Potencia menor a 5,5 HP (trifásico), podrán arrancar a plena tensión y desde 5,5 HP en adelante, deberán utilizar arranque a tensión reducida con auto transformador.

Además de los componentes proveídos en el tablero de mando, se debe proveer como repuesto un contactor de guarda nivel rebobinable y un juego de capacitores del sistema de arranque de los motores monofásicos y del sistema de automatización con boyas por llenado del tanque, se deberá proveer como repuesto, relee de baja tensión de 24 volts y borneras con fusibles para entrada y salida y un juego adicional de fusibles.

d3: Voltímetro con llave de transferencia a las 3 fases y punto neutro, según corresponda.

d4: Amperímetro con llave de transferencia a las 3 fases a punto neutro, según corresponda. Podrá ser sustituido por 3 unidades de amperímetros en los casos que se oferte sin llave de transferencia, según corresponda.

d5: Botonera marcha - parada.

d6: Protección por inversión de fase (trifásicos)

d7: Protección por falta de fase (trifásicos).

d8: Lámpara de señalización de posición del seccionador de salida de barra (ojo de buey, presencia de tensión).

d9: Llave de desconexión de protección de nivel de napa freática (Guarda nivel).El relee guarda nivel electrónico, deberá ser del tipo reparable y de preferencia que no contenga circuitos impresos.

d10: Lámpara indicadora (de desconexión relee térmico).

d11: Lámpara indicadora (motor funcionando en las tres fases, o en una fase, según corresponda).

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d.12: La bomba dosadora deberá tener su protección térmica independiente de la protección térmica de la electrobomba sumergible.

El contratista deberá realizar la automatización de la bomba dosadora con el tablero de mando del equipo de bombeo del pozo.

d13: El tablero de mando deberá tener un dispositivo para la automatización con el tanque elevado, consistiendo en lo siguiente:

d13.A)-Tablero de mando monofásico y trifásico.

El tablero deberá tener los siguientes dispositivos: un relee temporizador de hasta 60 seg.; un relee de baja tensión de 24 volts y de 2 Amp. para líneas de mando con longitudes de 100 mts.; de 5 Amp para longitudes de hasta 1000 mts.; de 7 Amp para longitudes de hasta 2000 mts y de 10 Amp para longitudes superiores a 2000 mts.; un transformador de 220 volts/24 volts; cuatro borneras de conexión con fusibles (dos para salida de cable y dos alimentación de transformador).

El tablero de mando deberá ser proveído con un sistema de protección por baja tensión para evitar el retorno a través de los electrodos del pozo, debido a descargas atmosféricas.

Se deberá tener en cuenta para el montaje de los tableros las siguientes consideraciones:

Que los contactores de fuerza sean de marcas conocidas y con representación comercial en plaza. Preferentemente de procedencias Europeas, Norteamericanas y/o Brasileras.

a) En los montajes de los contactores de fuerza (carga) y cables sean observados una tolerancia de 30% más del consumo nominal de la carga a ser utilizada.

b) Los bornes de conexiones de red (entrada) y carga (salida) deberán ser dimensionados de acuerdo a la potencia de la electrobomba a ser utilizada con respecto a sección de alimentación de la misma.

c) No serán aceptados bornes o terminales de conexiones con dimensiones inferiores a la sección de los cables de entrada y salida, resultando con corte de la sección de los mencionados cables.

d) Los terminales deberán ser presionados con pinzas para terminales y no pinzas universales.

e) No se aceptarán tableros de mando que no observen espacios suficientes para ventilación de acuerdos a las normas vigentes.

Que los componentes electrónicos (guarda niveles, temporizadores, falta de fases y relee térmicos), sean de marcas conocidas y con representación comercial en plaza. Preferentemente de procedencias Europeas, Norteamericanas y/o Brasileras.

f) El relee térmico deberá tener un rango de regulación de trabajo de acuerdo al consumo nominal del equipo de bombeo, en un nivel aproximado del 75% de escala de regulación del relee térmico.

Los gabinetes de los tableros de mando deberán ser fabricados con chapa nº 18, y estar pintado con anticorrosivo y esmalte sintético, y con tapa, para ser instalados en la caseta de operación. La caja del tablero de mando deberá tener doble base para insertar los componentes (una base por el fondo de la caja y la otra por la tapa). Todo el sistema de cableado de mando debe ir montado en canaletas.

Las dimensiones mínimas de los tableros de mando a ser fabricados y proveídos son las siguientes:

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1.)-TABLEROS DE MANDO MONOFASICO.

a) Potencia de 2 HP, 3 HP, 4 HP, 5 HP: Ancho mínimo de 480 mm, alto mínimo de 600 mm y profundidad mínima de 220 mm

2.)-TABLEROS DE MANDO TRIFASICO.

a) Potencia de 2 HP, 3 HP, 4 HP: Ancho mínimo de 480 mm, alto mínimo de 600 mm y profundidad mínima de 220 mm

b) Potencia de 5,5 HP y 7,5 HP: Ancho mínimo de 600 mm, alto mínimo de 760 mm y profundidad mínima de 220 mm.

El equipo de comando deberá estar equipado con un dispositivo guarda nivel, con sonda superior, de referencia; e inferior, aptas para ser colocadas en el pozo o fuente de agua, posibilitando un funcionamiento automático. Deberá preverse un dispositivo de accionamiento manual que permita anular el control de nivel de la napa, del tipo llave termomagnética de 5 a 10 Amp. Con capacidad de ruptura de 6 KAmp, instalada dentro de la caja del tablero.

No se aceptará dispositivo con perilla con contactor para anular el dispositivo de los electrodos de niveles.

El esquema unifilar deberá ser adosado por la contratapa del tablero de mando y la tabla del listado de componentes con indicación de marca, procedencia, modelo, deberá ser adosado por un lado del tablero de mando. Esta tabla debe estar plastificada.

El contratista deberá presentar para la aprobación de la fiscalización para la provisión del tablero de mando los siguientes elementos:

a) El personal técnico que montará los componentes del tablero de mando.

b) Las condiciones del local del montaje de los componentes del tablero de mando

c) Las condiciones de la fabricación de la caja del tablero de mando

d) Las especificaciones técnicas de la caja del tablero de mando

e) El esquema unifilar

f) El listado de los componentes, marca, procedencia, características técnicas, cantidades, diámetros de los cables, etc.

El contratista deberá presentar a la fiscalización antes de su montaje, para su aprobación, todos los componentes del tablero de mando. Cualquier componente y/o tablero de mando que fuese instalado sin la aprobación deberá ser cambiado sin costo alguno para el contratante, si así lo dispusiere la fiscalización.

El contratista deberá adosar por la pared de la caseta sobre el tablero de mando, un cartel en acrílico de dimensiones de 0,80 mts x 0,60 mts, con las siguientes frases en rojo:

α) Cuando no funciona la electrobomba no intente varias veces con la botonera. Vuelva intentar en las horas de menor consumo eléctrico de la compañía.

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β) No realice “puentes” entre componentes del tablero.

χ) Indicar el teléfono del técnico electricista del contratista habilitado por la consultora fiscalización.

El contratista durante el montaje del equipo de bombeo y del tablero de mando deberá realizar una capacitación a dos (2) operadores indicado por la Junta de Saneamiento.

1. LINEA DE AUTOMATIZACION ENTRE TABLERO DE MANDO Y TANQUE ELEVADO

Para cada conexión de automatización se deberá proveer a la Junta de Saneamiento los siguientes repuestos: cuatro borneras de conexión con fusibles y dos relee de baja tensión de 24 volts.

El trabajo de automatización entre tablero de mando y el tanque elevado consiste en lo siguiente:

3.1.)-CASETA Y TANQUE ELEVADO EN EL MISMO TERRENO:

1) Se deberá conectar desde el Tablero de Mando hasta el soporte tipo para cable de COPACO por la escalera del tanque elevado de HºAº, con cable tipo telefónico con sección de 2 x 0,8 mm2.

2) El primer tramo de la conexión entre el tablero de mando y la salida en la caja de conexión en la pared bajo losa del alero de la caseta, deberá estar dentro del ducto de ducto de 5/8”. A partir de la caja de conexión el cable deberá estar sostenido por un soporte del tipo para cable de COPACO, que está enganchado por un tornillo hojal con tarugo de plástico por la losa.

3) En la escalera el cable de sección 2x0,8 mm2, deberá empalmar con el cable NYY de 2x1 mm2. El tipo de empalme entre ambos debe ser con cinta autovulcanizable y debe estar posterior al soporte tipo COPACO. A continuación se deberá atar por la escalera con zuncho de plástico cada 1 mts el cable de sección 2x1 mm2. En la losa tapa cerca de la tapa de inspección se deberá colocar un tubo de PVC para desagüe de 100 mm, atravesando el espesor de la losa de hormigón, sobresaliendo 0,15 mts. En el extremo superior del tubo debe realizar un corte vertical con un ancho de 2 cmts por 3 cmts de largo, para introducir el cable de 2x1mm2, para la conexión con el cable de la boya en la cuba. La boya debe ser instalada en la cuba a través del tubo de PVC de 100 mm. Una vez instalada la boya se deberá colocar un tapón hembra en el tubo con las mismas dimensiones del corte del tubo.

4) El tapón deberá estar colocado sin líquido adhesivo.

5) En el tanque elevado se instalará una boya, ubicado para la posición de señal de arranque a la mitad de la altura de la cuba. El tipo de capsula de la boya, debe ser para instalaciones de agua para consumo humano. No se deberá utilizar boya con líquido de mercurio.

3.2.)-CASETA Y TANQUE ELEVADO EN TERRENOS DIFERENTES:

1) Se deberá conectar desde el Tablero de Mando hasta el soporte tipo para cable de COPACO hasta el poste de HºAº del puesto de distribución, con cable tipo telefónico con sección de 2 x 0,8 mm2.

2) El primer tramo de la conexión entre el tablero de mando y la salida en la caja de conexión en la pared bajo losa del alero de la caseta, deberá estar dentro del ducto de ducto de 5/8”. A partir de la caja de conexión el cable deberá estar sostenido por un soporte del tipo para cable de COPACO, que está enganchado por un tornillo hojal con tarugo de plástico por la losa.

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3) El tendido entre la caseta y el tanque elevado, será realizará con cable telefónico 2 x 0,8 mm2, cuyo tendido se hará por los postes existentes del tendido eléctrico de la calle, hasta la escalera del tanque elevado. El cable telefónico debe estar sostenido a través de soporte del tipo para cable de COPACO, por los postes de la Ande y COPACO. En cado que, de no existir tendido de Ande, se deberá proveer y colocar postes de palma cada 40 mts. Los postes de palma de 7 mts de alturas, deberán estar plantados a una profundidad de 1 mts, con mortero de hormigón ciclópeo.

4) En la escalera el cable de sección 2 x 0,8 mm2, deberá empalmar con el cable NYY de 2x1 mm2. El tipo de empalme entre ambos debe ser con cinta autovulcanizable y debe estar posterior al soporte tipo COPACO. A continuación se deberá atar por la escalera con zuncho de plástico cada 1 mts el cable de sección 2x1 mm2. En la losa tapa cerca de la tapa de inspección se deberá colocar un tubo de PVC para desagüe de 100 mm, atravesando el espesor de la losa de hormigón, sobresaliendo 0,15 mts. En el extremo superior del tubo debe realizar un corte vertical con un ancho de 2 cmts por 3 cmts de largo, para introducir el cable de 2x1mm2, para la conexión con el cable de la boya en la cuba. La boya debe ser instalada en la cuba a través del tubo de PVC de 100 mm. Una vez instalada la boya se deberá colocar un tapón hembra en el tubo con las mismas dimensiones del corte del tubo.

5) El tapón deberá estar colocado sin líquido adhesivo.

6) En el tanque elevado se instalará una boya, ubicado para la posición de señal de arranque a la mitad de la altura de la cuba. El tipo de capsula de la boya, debe ser para instalaciones de agua para consumo humano. No se deberá utilizar boya con líquido de mercurio.

3.3 DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA APROBACION

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para aprobación, cuando el pozo y el tanque elevado están en terrenos diferentes, el proyecto de la línea de mando de automatización entre el tablero de mando y el tanque elevado. En el proyecto ejecutivo deberá indicar los siguientes datos:

a) Longitud entre postes existentes y a ser colocados,b) Pertenencia de los postes existentes (Ande o Copaco),c) Tipo de sujeción de los cables por los postes y cantidades,d) Cantidades de postes a ser colocados,e) Longitud del cable a ser instalado,

El proyecto deberá estar firmado por el Ing. Electromecánico o Electricista del Contratista.

3.4 DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADO AL CERTIFICADO.

El Contratista deberá anexar al Acta de Medición del rubro certificado, los siguientes documentos técnicos:

3.4.1. CASETA Y TANQUE ELEVADO EN EL MISMO TERRENO

a) Esquema con longitudes de los tramos del trazado del cable entre el tablero de mando de la caseta de operación y el tanque elevado hasta la conexión con la boya en la cuba,

3.4.2. CASETA Y TANQUE ELEVADO EN TERRENOS DIFERENTES

a) Indicar en el plano del proyecto de la línea de automatización:• Longitud entre postes existentes y colocados,• Pertenencia de los postes existentes (Ande o Copaco),• Tipo de sujeción de los cables por los postes y cantidades,

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• Cantidades de postes colocados y ubicación,• Longitud del cable instalado en la calle,

b) Esquema con longitudes de los tramos del trazado del cable entre el tablero de mando de la caseta de operación y la salida en la calle hacia al tanque elevado,

c) Esquema con longitudes de los tramos del trazado del cable dentro del predio del tanque elevado hasta la conexión con la boya en la cuba,

El proyecto o esquema del trazado deberá estar firmado por el Ing. Electromecánico o Electricista del Contratista y por el Ing. Electromecánico de la Fiscalización.

4. ELECTROBOMBAS SUMERGIBLES

4.1. CUERPO DE LA BOMBA

La bomba de motor sumergible será centrífuga, especialmente diseñada para trabajar dentro del entubamiento del pozo del diámetro especificado, debiendo ser accionada por motor eléctrico sumergible a través de un acoplamiento directo.

El cuerpo de la bomba será de tubo de acero o de fundición gris, de calidad no inferior a la clase A, normas ASTM A-12642 GG20. En el caso de que el cuerpo sea de fundición, los difusores podrán ser de ese mismo material, siempre que el conjunto forme una sola pieza.

El material de los impulsores podrá ser de Noryl, Bronce, Hierro fundido o Acero Inoxidable.

La velocidad de la bomba será del orden de 2900 R.P.M. El eje de la bomba no deberá ser de calidad inferior al del acero inoxidable ASTM A-276-55, AISI 420 o similar. Las restantes partes de la bomba deberán ser de materiales adecuados, de acuerdo a las normas internacionales ASTM, DIN o similares, permitiendo el fácil reemplazo de las piezas que se hallen sujetas a desgastes.

El Contratista deberá presentar a la fiscalización, para su aprobación las curvas características de la bombas para su posterior adquisición, indicando tres puntos de funcionamiento, uno para el valor de la altura total especificada y los otros dos, para dicha altura +/- 10%.

La electrobomba deberá terminar, en el extremo de salida, con pieza roscada interiormente, la rosca será cilíndrica de características similares a las que se indican en la norma IRAN 5063, BSP o similar, aptas para empalmar con la cañería de elevación.

Por el cuerpo de la bomba deberán estar adosada las condiciones de operación de la bomba original de fabrica, en lo referente caudal nominal y altura manométrica y caudal mínimo requerido para sistema de refrigeración del motor. No se aceptarán cuerpos de bomba que llevan como leyenda la marca del proveedor del contratista. No se aceptarán calcomanías.

El encamisado para la refrigeración del motor debe ser de acero inoxidable, AISI 316 y el diseño según la recomendación del fabricante.

No se aceptarán extremidades de cuerpos de bomba para conexión con la línea de impulsión, que se desgastan con el manoseo de las herramientas para el aprieto.

4.2. MOTOR ELECTRICO

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El motor eléctrico será de eje vertical, del tipo sumergido con rotor en cortocircuito inundado (trifásico, asincrónico para tensión de servicio de 3 x 380 voltios (trifásico) y 220 voltios entre fase y neutro (monofásico), C/A 50 Hz ).

El motor deberá ser del tipo reparable, lubricados con liquido atóxico (aceite, vaselina, etc) para potencias inferiores o igual a 5 HP. Para los motores con potencias mayores a 5 HP deberá ser del tipo reparable, lubricados con agua o aceite atóxico.

En cuanto al bobinado del estator, deberá ser del tipo mojado de material resistente a aguas agresivas.

El bobinado del estator tendrá aislamiento impermeable de alta resistencia, convenientemente reforzado. El bobinado del estator deberá tener de aislación como mínimo 400 MOhms.

La Fiscalización autorizará el traslado de la electrobomba para el montaje después que sea verificada la medición de la aislación del motor de la electrombomba y que resulte con valores igual o superior a 400 Mohms.

La clase de aislación del motor deberá ser igual o superior a la “clase B”.

Por el cuerpo del motor deberán estar adosadas las condiciones de operación del motor original de fábrica.

No se aceptarán cuerpos de motor que llevan como leyenda la marca del proveedor del contratista.

El cuerpo del motor será de tubo de acero trefilado, sin costura, según normas DIN 2393. El eje será de acero inoxidable con sus muñones rectificados y pulidos.

La electrobomba estará protegida exteriormente, mediante dos manos de pintura anticorrosivo, a base de cromato de zinc o similar.

El contratista deberá acompañar la provisión con folletos de especificaciones o catálogos. Los catálogos técnicos deberán estar en idioma español.

4.3.1 TUBO INDUCTOR DE FLUJO

Las electrobombas con motores de 4” y con caudales de operación menor a 5.600 litros/hora, que deban ser instaladas en pozos perforados de diámetro interno igual o mayor a 6”, deberán proveerse e instalarse con un Tubo Inductor de Flujo, de 5” de diámetro, con una longitud que sobrepase el motor en 300 mm.

El Tubo Inductor de Flujo tiene la función de mantener una velocidad de escurrimiento en las paredes del motor, que permita mantener al mismo, a una temperatura de funcionamiento dentro de los parámetros requeridos.

El Tubo Inductor de flujo deberá ser fabricado en chapa de acero inoxidable de 1 mm de espesor como mínimo, y ser colocado por encima de la aspiración de la electrobomba, con abrazadera, bulones y tuercas en acero inoxidable; y superar en por lo menos 300 mm la longitud de motor.

Deberán ser instalados con centralizadores fabricados en chapa de acero inoxidable de 1 mm de espesor como mínimo; que garanticen la ubicación concéntrica del motor y mantener así, una sección anular uniforme alrededor del motor, para la circulación del agua.

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5. MATERIALES ELECTRICOS

5.1. CABLE SUMERGIDO PARA CONEXION DEL MOTOR

Será flexible, de alimentación tripolar, preferentemente NEOPRENO o PVC, apto para trabajar bajo severas condiciones de funcionamiento, para tensión de servicio de 750Volts y temperatura de servicio entre -5°C a +70°C.

El cable para la conexión de la alimentación del motor de la electrobomba sumergible, deberá cumplir con la norma NBR 6880 y NBR 7288 o similar.

Aplicación: Para conexión entre cable de electrobomba sumergible y tablero de mando

Conductor: Constituidos de hilo de cobre desnudo, reunido en formación flexibles, formado por hilos de cobre electrolico blando.

Aislación: Aislación con compuesto de cloreto de polivinilo para clase de tensión 750 volt. Para operación en régimen continuo a 70°C.

Capa Externa: Constituido por cloreto de polivinilo de color negro, flexible y no higroscópico, adecuado para instalación sumergida en agua y ambiente saturado de humedad.

El sistema de empalme entre cable de alimentación y electrobombas, deberá permitir una aislación del conjunto instalado (motor y cables), mayor a 200 MOhms y consiste en la aislación con cintas autovulcanízantes y sellado con vainas termocontraíbles.

Estos empalmes se deben realizar con manguitos de empalmes de cobre, prensado y soldado, colocados como mínimo a 10 cm. unos de otros.

Para los cálculos de sección de los cables debe considerarse el consumo de la bomba, la profundidad de la instalación más 30 metros; y la caída de tensión no deberá ser mayor a 2%.

Para evitar que las electrobombas sumergibles trabajen a vacío, deberá protegerse la misma adecuadamente a través del siguiente dispositivo: 3 (tres) electrodos, uno para posición superior, el segundo para referencia y el tercero para la posición inferior; con cable flexible con aislación de PVC.

Los electrodos (guarda niveles) serán instalados dentro de tubo de PVC, soldable, diámetro nominal de 20 mm, tramos de 6 mts.

Los cables para las sondas serán de sección de 1 mm2 y deberán cumplir con la norma NBR 6880 y NBR 7288 o similar.

6. DOCUMENTOS TECNICOS PARA LA APROBACIÓN.

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para la aprobación de la verificación del diseño del equipamiento electromecánico, los siguientes documentos técnicos por localidad, descritos a continuación, y no limitándose a los mismos.

Una vez revisado la Fiscalización, se deberá presentar a la Supervisión de Consultoría los documentos técnicos, para que sea realizado el control del diseño del equipo de bombeo. La Supervisión de Consultoría tendrá un plazo no mayor de tres (3) para expedirse al respecto.

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Los documentos técnicos deberán ser legibles en idioma español.

6.1. ELECTROBOMBA SUMERGIBLE

LOCALIDAD:

CUERPO DE LA BOMBA:

• Catalogo con el desglose de las piezas• Marca: (Nombre del fabricante. País donde se fabrica)• Modelo:• Velocidad de rotación: • Caudal, rendimiento y potencia absorbida para:

H + l0%= m; Q = m3/h; P= HP H = m; Q = m3/h; P= HP H – 10%= m; Q = m3/h; P= HP

• H = Altura Manométrica• Q = Caudal• P = Potencia en HP• Número de etapas:• Material de impulsores y difusores; bujes, tazones:• Material del eje de la bomba: • Una copia de las curvas de la bomba, indicando:• Altura manométrica Vs. Caudal• Potencia absorbida Vs. Caudal• Rendimiento Vs. Caudal

CUERPO DEL MOTOR

• Catalogo con el desglose de las piezas• Marca: (Nombre del fabricante. País donde se fabrica)• Modelo:• Características:• Clase de aislación del motor con indicación explicita en el catalago:• Variación de temperatura máxima del motor durante la operación:• Velocidad de rotación:• Tipo de bobinado del estator:• Tipo y material de aislamiento:• Tipo y material de cable sumergido:• Material del cuerpo del motor:• Material de los cojinetes:• Material de la zapata de empuje:• Caudal mínimo para la refrigeración del motor:

6.2. TABLERO DE MANDO

• Esquema unificar• Listado, marca, procedencia, características técnicas de los componentes del tablero• Dimensiones del gabinete y espesor de la chapa del tablero

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6.3 CABLES DE ALIMENTACIÓN Y DE SONDAS

• Catalogo• Marca y procedencia• Área de aplicación de los cables• Características eléctricas y mecánicas de los cables.

7. DOCUMENTOS QUE DEBERÁN ANEXAR EN EL CERTIFICADO.

• GARANTÍA: este documento deberá acompañar el Acta de Medición del certificado básico.

La garantía deberá ser emitida por el proveedor al contratista, indicando la marca, modelo, número de serie del cuerpo de la bomba y del cuerpo del motor, el caudal y la altura manométrica nominal, y el plazo de garantía de operación.

• Copia de la verificación del diseño del equipamiento electromecánico• Orden de Servicio de la Fiscalización al contratista de la aprobación del equipo de bombeo para su

instalación.

8. INSTALACIONES HIDRÁULICAS PARA ELECTROBOMBAS

8. 1. TUBERÍAS Y ACCESORIOS

Las especificaciones técnicas para los materiales de este apartado, siguen las Normas ABNT, DIN, NP, IRAM o cualquier otra exigencia similar, en cuanto a calidad de material, fabricación, transporte, ensayos, pruebas. También se aceptarán los materiales o mano de obra que se ajusten a otras normas técnicas que garanticen una calidad igual o superior a las de las normas mencionadas.

Las condiciones básicas adicionales a las que deben ajustarse las tuberías a instalarse en los pozos tubulares para las electrobombas sumergibles, son las siguientes:

Las electrobombas monofásicas y trifásicas hasta 5,5 HP, podrán instalarse con tubos de Polietileno de Alta Densidad y suspendidas a través de una piola marina de seda de 12 mm.

La cañería de polietileno PE, deberá ser fabricada por extrusión, con materia prima virgen, con superficies perfectamente lisas, en lo externo como en lo interno. El color del tubo de PE a ser proveído será el “AZUL”.

No serán aceptados, para las instalaciones de las electrobombas, cañerías de PE fabricados de material reciclado.

Los tubos de PE deberán contener las impresiones de las denominaciones exigidas por las normas de fabricación, y como mínimo las designaciones: (i) su denominación, (ii) su diámetro y espesor en mm y (iii) su presión nominal, en kilogramos fuerza por centímetro cuadrado.

No serán aceptados tubos de PE que no tengan las impresiones exigidas por las normas de fabricación.

La cañería de un solo tramo para la profundidad de instalación requerida y llevará en sus extremos terminales de bronce del “tipo E”, con nervaduras cónicas (estrías) para empalmar el caño de PE con la rosca de la electrobomba y con la rosca del caballete de salida del pozo.

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En caso de no coincidir el diámetro del caño PE con el diámetro de salida de la electrobomba, se utilizará además de la terminal de bronce, accesorios de H°G° para la reducción requerida. Para alturas manométricas hasta 150 mts, se utilizarán caños de 15 kg/cm2.

Para alturas manométricas hasta 200 mts de profundidad, se utilizarán caños de 20 kg/cm2.

La provisión deberá estar acompañada por certificación del fabricante sobre la calidad y resistencia del material, no exonerando al contratista de la reparación sin costo para el contratante, de todo daño producido por la utilización de materiales que no cumplan las especificaciones técnicas requeridas.

Las electrobombas irán suspendidas por medio de un piola de seda, conocida como piola marina o hilo de seda, de diámetro12 mm y con una resistencia a la tracción mínima de 1500 kg/m para instalaciones hasta 200 m de profundidad.

La piola irá sujeta a la electrobomba y al punto de sujeción en la tapa del pozo, a través de abrazaderas y prensa cabos de metal. La piola sobrante debe llegar hasta el registro eléctrico interno de la caseta , a través de un electroducto de 1 ½” colocada para el efecto y atada por un perfil “L” de ½” x ½” galvanizada de 1.50 mts. Con una argolla en el extremo, anclado dentro del registro.

Las electrobombas de potencias superiores a 5,5 HP, o alturas manométricas mayores a 200 mts, se deberán instalar con tubos y accesorios de hierro galvanizado.

Los tubos y accesorios de hierro galvanizado deberán ser aptos para la conducción de agua potable.

Los tubos y accesorios de hierro galvanizado deberán resistir una presión máxima de servicio de 16 Kg/cm2 y una presión máxima de ensayo de 25 kg/cm2.

Los tubos deberán ser sin costura, y con un peso medio mínimo de revestimiento de zinc de 600g/m2.

No serán aceptados, para las instalaciones de las electrobombas, tubos de hierro galvanizado del tipo con costura, costura escondida o costura borrada”.

Los espesores mínimos de los tubos galvanizados deberán ser los siguientes:

a) Diámetros de 2" - 3,91mm normas DIN 2441b) Diámetros de 3" - 5,49mm normas DIN 2441c) Diámetros de 4" - 6,02mm normas DIN 2441

La longitud de los tubos deberá ser de 3.00mts. Las roscas deberán estar exentas de todo tipo de imperfecciones, rebabas interiores y exteriores y aceite.

Los tubos galvanizados deberán presentar sus superficies, interior y exterior, uniformemente zincadas, debiendo evitarse todo tipo de rayaduras, golpes, manchas que se producen en el manipuleo y transporte de los tubos.

Los tubos deberán ser de sección circular, dentro de los límites de tolerancia prescritos y restar a simple vista. Deben estar libres de defectos de fabricación e imperfecciones del metal. Cuando la profundidad de una falla eventual alcance un 10% del espesor del tubo, éste será rechazado.

Los accesorios de hierro galvanizado deberán ser compatibles con los tubos de hierro galvanizado, en cuanto a los diámetros, presión de servicio y roscas. Los accesorios de hierro galvanizado deberán permitir cuando estén instalados y bajo presión de funcionamiento de las electrobombas, una perfecta estanqueidad.

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Los tubos y accesorios de hierro galvanizado deben ser suministrados con rosca BSP.

El Oferente deberá ofertar una tapa sanitaria o tapa de superficie que, servirá de apoyo para las instalaciones de las electrobombas y tuberías, para el pozo en chapa de acero SAE 1010 o 1020, con un peso medio mínimo de revestimiento de zinc de 490g/m2, según las siguientes dimensiones mínimas:

• Pozo con soporte para electrobomba de 6": Tapa de chapa metálica de diámetro igual a 10"• Pozo con soporte para electrobomba de 8": Tapa de chapa metálica de diámetro igual a 12"• Pozo con soporte para electrobomba de 10": Tapa de chapa metálica de diámetro igual a 14"

El espesor de las chapas metálicas para los pozos con soportes para electrobomba de 6”, 8” y 10”, deberán ser de 3/16”.

La chapa metálica de protección, deberá tener cinco orificios de 32mm c/u espaciadas a lo largo de una circunferencia intermedia, para el pasaje del cable eléctrico de alimentación, los cables del guarda nivel, el electrodo de referencia y para la piola de sujeción; y un orificio central para el caño de HºGº y/o cañerías de PE.

En el codo de hierro galvanizado superior del caballete de la salida del pozo, se deberá soldar una unión sencilla de hierro galvanizado de ½” e instalar por la misma un alma doble de hierro galvanizado de ½” y una llave de paso de bronce del tipo media vuelta de ½”.Esta conexión será utilizada para verificación del valor de la altura manométrica durante la puesta en funcionamiento de la electrobomba, con la instalación de manómetro.

8.2. VALVULAS DE BRONCE Y ACCESORIOS.

8.2.1. Especificaciones Generales.

Las válvulas y accesorios a ser proveídas e instaladas deberán cumplir con las especificaciones técnicas básicas que son:

a) Los extremos de empalmes con las secciones transversales y circulares deberán ser uniformes.

b) Los planos de los extremos deberán ser paralelos entre sí y perpendiculares al eje de la pieza.

c) Las superficies deberán ser suficientemente lisas y no presentarán los siguientes defectos:

1. Fallas y porosidades 2. Incrustaciones de arena3. Burbujas4. Escamas5. Rebabas6. Señales de reparación

d) Cada válvula deberá presentar en la fundición los siguientes datos:

1. Marca de Fábrica2. Clase (presión de servicio)3. Diámetro o medida

e) Los extremos de las válvulas y de los accesorios, ya sean con rosca interna o a bridas, serán perfectamente ajustables a los adaptadores y bridas, de modo a permitir un perfecto montaje y ofrecer estanqueidad.

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f) El Oferente deberá presentar catálogos de las válvulas, con los siguientes datos:

1Cara a cara2Altura total3Detalle de los extremos

Características constructivas:

1. Superficie de asentamiento de la cuña2. Vástago3. Cabezal de cierre4. Cuerpo y tapa5. Presión de servicio6. Otros datos útiles

El contratista deberá someter a consideración de la fiscalización, para su aprobación, cada válvula antes de su colocación. De ocurrir fallas en la misma durante las pruebas la fiscalización solicitará al contratista el cambio de las válvulas, sin costos adicionales al Contratante.

Las válvulas exclusas de bronce roscables, deberán obedecer los siguientes requisitos de fabricación:

• Cuerpo de cabeza en bronce ASTM B62 Y B124.• Cuña y asta de latón o bronce.• Otros componentes en material de latón ASTM.• Presión mínima de servicio; 10 kg/cm2.• Eje del tipo no ascendente.• Volante de latón, bronce u otro material similar.

Las válvulas de retención horizontal de bronce roscables, deberán obedecer los siguientes requisitos de fabricación:

• Deberán ser del tipo portiñola.• Cuerpo, tapa, portiñola y eje: de bronce B 62.• Presión mínima de servicio: 10 kg/cm2.• Rosca BSP.

8.3. DOCUMENTOS TECNICOS PARA LA APROBACIÓN

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para la aprobación del equipamiento electromecánico e hidráulico del pozo para cada localidad o contrato, si todos los materiales y accesorios hidráulicos son iguales, los siguientes documentos técnicos, no limitándose a los mismos:

8.3.1 TUBOS DE PE

a)Planilla de datos garantizados, firmado por el fabricante si es de procedencia nacional o del proveedor si de procedencia importada.

1.Marca y procedencia2.Norma de fabricación3.Diámetro externo, diámetro interno, espesor de pared4.Presión de servicio5.Otros datos de interés

8.3.2 ACCESORIOS DE HºGº Y VALVULAS DE BRONCE

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a)Marca y procedenciab)Catálogos técnicos, donde indica las características físicas y mecánicas de los accesorios de HºGº y de bronce, y de las válvulas de bronce.

8.3.3 PIOLA DE SUJECCION

a) Catálogos técnicos, donde indica las características físicas y mecánicas del tipo de piola

Los documentos técnicos deberán ser legibles en idioma español.

8.4. DOCUMENTOS TECNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

La Fiscalización deberá al anexar al certificado del contratista los mismos listados de documentos que fueron aprobados para el inicio del montaje hidráulico del pozo.

Los documentos técnicos deberán ser legibles.

IV.2. EQUIPO DOSADOR DE PRODUCTOS QUIMICOS

2. 1. BOMBA DOSIFICADORA DE PRODUCTOS QUIMICOS

El producto a ser utilizado en la desinfección será el Hipoclorito de Sodio (8%) del cual se preparara una solución para la dosificación máxima 0,5 % (500 mg/l) de cloro activo.

Las bombas dosadoras deben ceñirse a las normas de conocida solvencia aprobadas por países fabricantes de la misma, tales como las IRAM, ASTM o similares.

Para localidades con caudales de bombeo (Q) igual o mayor a 10 m3/hora, las bombas dosadoras deberán ser del tipo diafragma con simple cabezal, con accionamiento del diafragma a través de transmisión mecánica. Las bombas dosadoras deberán tener capacidad de inyección máxima de 10 lts/hora a una presión de descarga de 7,5 kg/cm2.

Para localidades con caudales de bombeo (Q) menores a 10 m3/hora, se aceptarán bombas dosadoras del tipo electromagnética o eléctrica (accionamiento del diafragma a través de mecanismos de transmisión electromagnético o eléctrico) con caudal máximo de inyección de 5 l/hora a una presión de descarga de 5 kg/cm2.

El contratista deberá evitar la provisión y colocación de bombas dosadoras que de acuerdo con su experiencia del Contratante en otros contratos similares tuvieron problemas durante la puesta en operación del sistema de abastecimiento de agua potable, con la rotura de la caja del diafagrama, rotura del diafagrama, dificultades en la succiona y capacidad de presión de inyección en la línea de impulsión o la falta de respuesta inmediata del representante de la marca a los reclamos del Contratante o del Contratista.

Q: caudal de bombeo requerido para 16 horas de bombeo por día; está indicado en la planilla de equipamiento electromecánico e hidráulico de cada localidad.

La manguera para la conducción de los productos químicos, deberá ser del tipo semi-rígida, transparente, de material de PVC y según diámetro especificado por el fabricante de las bombas dosadoras.

2. 2. ALCANCE DE LOS SUMINISTROS:

Se deberá proveer por pozo tubular los siguientes accesorios, para las bombas dosificadoras:

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• 1 (un) tanque de fibra de vidrio, con tapa, con capacidad útil de 250 litros, para reservorio de la solución de hipoclorito sodio, con espesor de paredes de 5 mm y deberá tener las siguientes dimensiones: altura de 0,75mts, diámetro mayor de 0,78mts y diámetro menor de 0,66mts. El tanque a ser proveído deberá tener las dimensiones, que permita pasar, por una puerta de 0,90mts. No deberán ser utilizados tanques de fabricación estándar para almacenamiento de agua, por tener las paredes de menor espesor al solicitado.

• 1 (un) conjunto de accesorios necesarios para la fijación de la bomba dosadora.

• Provisión de treinta (30) litros de solución de hipoclorito de sodio, para reserva a la Junta de Saneamiento.

• Realizar capacitación de dos (2) operadores indicados por la Junta de Saneamiento durante la desinfección y puesta en operación del sistema de abastecimiento de agua potable.

Se deberá proveer por cada bomba dosificadora, los siguientes accesorios:

• 1 (un) conjuntos de válvula de pie• 1 (un) conjuntos de válvula de aspiración• 1 (un) conjuntos de válvula de descarga• 1 (un) conjuntos de válvula de inyección• 1 (un) conjuntos de válvula anti-sifón• 3 (tres) metros de manguera semi rígida en PVC transparente de diámetro de acuerdo al tipo de

bomba dosificadora.

Para bombas dosadoras se deberá proveer además de todo lo anterior, 1 (un) guarda motor constituido por un contactor con su relee térmico, según la potencia de la bomba dosadora. El contactor deberá estar dentro de una caja.

La bomba dosadora deberá tener su protección térmica independiente de la protección térmica de la electrobomba sumergible.

El contratista deberá realizar la automatización de la bomba dosadora con el tablero de mando del equipo de bombeo del pozo.

2. 3. DOCUMENTOS TECNICOS PARA LA APROBACIÓN

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para la aprobación de la verificación del diseño de la bomba dosadora, los siguientes documentos técnicos por localidad, descritos a continuación, y no limitándose a los mismos.

Una vez revisado la Fiscalización, se deberá presentar a la Supervisión de Consultoría los documentos técnicos, para que sea realizado el control del diseño del equipo de bombeo. La Supervisión de Consultoría tendrá un plazo no mayor de tres (3) para expedirse al respecto.

Los documentos técnicos deberán ser legibles en idioma español.

1Catálogos técnicos que contienen las siguientes informaciones:a)Marca:b)Modelo:c)Procedencia:d)Descripción del principio de funcionamiento de la bomba dosadora e)Curvas características de las bombas dosadoras

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f)Caudal máximo de inyección:g)Presión de inyección:h)Tipo de alimentación eléctrica:i)Materiales del desglose de piezas de la bomba dosadora:j)Sistema de accionamiento del diafragma:

IV.3. REPARACIONES DURANTE EL PERIODO DE RESPONSABILIDAD DE DEFECTOS.

Durante la operación de la electrobomba y de la bomba dosadora por la Junta de Saneamiento correspondiente al período de responsabilidad de defectos, el contratista deberá reemplazar el cuerpo de la bomba y del motor y de la bomba dosadora, cuando ocurrieran los siguientes desperfectos:

a) Cuerpo de la bomba:1. Desgaste de eje, retenes, bujes, rotores e impulsores y otras partes, debido al arrastre de sólidos

(el agua bombeada no cumple con los parámetros de turbidez y color).

b) Cuerpo del motor:1) Quema del motor, 2) Pérdida de aislación

χ) Bomba dosadora1. Desgaste de las partes internas de la bomba dosadora debido a la concentración de hipoclorito de

sodio.2. Rotura del difagrama o de la caja del diafagrama.3. La bomba dosadora no succiona.

No se aceptarán rebobinados de motores que tuvieron daños por quema o pérdida de aislación.

No se aceptarán componentes del tablero de mando, cuerpo de la bomba y motores de electrobomba y bomba dosadoras, reparados, debiendo ser nuevos y sin uso.

Cuando ocurriera un desperfecto de una electrobomba el contratista deberá presentar por escrito al Senasa las causas y las recomendaciones, y además, la garantía emitida por el proveedor al contratista, indicando la marca, modelo, número de serie del cuerpo de la bomba y del cuerpo del motor, el caudal y la altura manométrica nominal, y el plazo de garantía de operación.

Durante la instalación de una nueva electrobomba, debido al desperfecto de la bomba o del motor, el contratista deberá ejecutar el montaje de la electrobomba con la presencia de un técnico del Senasa.

Los gastos de combustible y viáticos para la presencia del técnico del Senasa y/o la fiscalización en la localidad quedarán a cargo del contratista.

El contratista deberá reemplazar los componentes que presentar fallas, dañados debido a un deficiente montaje o una mala calidad

El contratista deberá realizar el cambio de una electrobomba o de los componentes del tablero de mando con desperfecto en un plazo máximo de 10 días, después que el mismo fuera comunicado vía fax por la Junta de Saneamiento de la localidad afectada o por el SENASA, a través de la Dirección de obras de Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (DOSAPAS)

El contratista no podrá retirar el tablero de mando para reparaciones y colocar en operación la electrobomba con conexión directa.

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Si durante el periodo de responsabilidad de defectos la electrobomba viniera a soltarse de la piola o de la línea de impulsión cayendo al fondo del pozo, el contratista deberá volver a instalar un nuevo equipo de bombeo de las mismas características.

Todo el cambio de electrobomba realizado por el contratista sin la comunicación y la aprobación por escrito del SENASA, a través de la Dirección de Obras de Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado, no tendrá validez y será descontado el valor de la electrobomba según oferta del fondo de reparos.

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6. Especificaciones Técnicas

CAPITULO V: INSTALACIONES ELECTROMECANICAS Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE.

V. 1. INTRODUCCION

Las instalaciones electromecánicas consisten en la instalación de la electrobomba sumergible en el pozo, instalación del tablero de mando de la electrobomba sumergible y de la bomba dosadora en la caseta de operación.

El Contratista deberá considerar las siguientes informaciones, para desarrollar las actividades de las instalaciones electromecánicas:

• Los datos constructivos y de las pruebas de bombeo de los pozos profundos,

• Capacidad de los tanques elevados,

• Listado de los materiales para las líneas de impulsión,

• Necesidad de caudales para el consumo máximo diario, a los 10 años,

El Contratista deberá realizar las gestiones ante las Juntas de Saneamiento, para que sea designado un representante y/o el operador del sistema, para acompañar y familiarizarse con todos los trabajos a realizarse de las instalaciones electromecánicas.

El Contratista deberá verificar si los planos de relevamiento planialtimétrico de la línea de impulsión corresponden al trazado diseñado por el Contratante. Si hubo variaciones de ubicación de los sitios de los pozos perforados y/o del tanque elevado, el Contratista deberá volver a realizar el relevamiento planialtimétrico de la línea de impulsión y revisar el cálculo hidráulico de la línea de impulsión a ser construida.

Posteriormente, con los datos revisados de las cotas de los sitios de los pozos y tanques elevados, pérdidas de carga de las líneas de impulsión, datos de las pruebas de los pozos y las necesidades de caudales máximo diario para los 10 años, el Contratista deberá definir el tipo (Características Técnicas) de electrobomba sumergible más adecuada a ser instalada.

El Contratista presentará a la Fiscalización, para su aprobación, un informe técnico recomendando el tipo de electrobomba sumergible a ser instalado por cada Pozo, que pondrá a consideración de la Supervisión de Consultoría. Una vez aprobado se emitirá una Orden de Servicio a la Fiscalización recomendando su instalación.

El informe técnico, deberá está compuesto con las siguientes informaciones y no limitándose a los mismos:

• Datos de la prueba de bombeo y perfil litológico del pozo,

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• Planos del relevamiento planialtimétrico de la línea de impulsión entre pozo y tanque en esc.1:2500.

• Revisión y/o calculo del diseño hidráulico de la línea de impulsión,

• Informe de justificación debido al cambio de capacidad de electrobomba a ser utilizada con relación a la ofertada para cada pozo,

• Datos técnicos de las instalaciones de las electrobombas:

Se deberá indicar la profundidad de instalación, sección de los cables de alimentación y longitud, diámetro de la tubería de y longitud, caudal de bombeo, profundidad de instalación de los electrodos de nivel superior e inferior y nivel dinámico para el caudal de explotación.

• Datos técnicos de las instalaciones de las bombas dosadoras:

• Especificaciones técnicas de las electrobombas y bombas dosadoras:

Se deberá presentar las planillas de datos garantizados; catálogos; manuales de operación y mantenimiento, y curvas características (caudal x altura manométrica, caudal x rendimiento, caudal x potencia del motor).

• Especificaciones técnicas del tablero de mando:

Se deberá indicar los tipos de componentes utilizados, marcas y procedencia. Se deberá presentar el plano del esquema unifilar del tablero. El Contratista deberá realizar las instalaciones electromecánicas, para lo cual deberá contar con todos los equipos necesarios y en condiciones de funcionamiento, para que no resulte afectada por deficiencias previsibles.

Los equipamientos mínimos que el Contratista deberá contar para la realización de las instalaciones electromecánicas son los siguientes:

a) Camión con capacidad mínima de 2 ton. y camioneta de apoyo,

b) Trípodes y herramientas de plomería y eléctricas,

c) Equipo de pH y reactivo para la determinación del cloro residual.

d) Medidor de nivel con cinta graduable, del tipo Solinst o Soiltest

δ) Cronómetro

ε) Equipo de medición de aislación (megómetro digital) con escala mayor de 500 Mohms

El contratista antes de ejecutar el montaje de la electrobomba en el pozo, deberá realizar en presencia de la fiscalización las siguientes verificaciones:

a) Medir la aislación del motor sin conectar con el cable de alimentación. En caso que resulte un valor inferior a 400 MOhms, se deberá reemplazar por otro motor.

b) Medir la aislación del conjunto motor empalme cable de alimentación. En caso que resulte un valor inferior a 200 Mohms, se deberá volver a verificar el empalme.

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c) Medir la asilación del conjunto motor empalme cable de alimentación. En caso que resulte un valor inferior a 200 Mohms, se deberá identificar las causas, pudiéndose ser el empalme, motor o el cable de alimentación esté con fisuras debido a un deficiente manoseo durante la instalación o transporte. El contratista deberá retirar el equipo de bombeo e identificar las causas y volver a realizar nuevamente las mediciones indicadas en los ítems (a), (b) y ( c ). El contratista no podrá colocar en operación equipos de bombeo con aislación del conjunto motor y cable de alimentación con valores inferiores a 200 Mohms.

Después que la instalación de la electrobomba esté aprobada por la Fiscalización, el Contratista deberá colocar en funcionamiento el equipo de bombeo. Primeramente se deberá llenar el tanque elevado y luego abrir la válvula de la línea de bajada para la red de distribución.

Durante la puesta en funcionamiento del equipo de bombeo, con el tanque elevado lleno el Contratista deberá regular el Amperaje de la electrobomba y la válvula exclusa en la salida del pozo, para ajustar el caudal recomendado de explotación del pozo, para que no ocurra sobre-explotación del mismo.

Para la regulación del caudal se deberá instalar un manómetro en la salida del pozo y regular la válvula exclusa en el caballete, hasta ajustar la curva del equipo de bombeo. La instalación del manómetro es solamente para la regulación del caudal.

Se deberá dejar escrito con pintura sintética por el tubo de acero soporte de la electrobomba la cantidad de vueltas de apertura de válvula exclusa para la regulación del caudal.

Paralelamente el Contratista deberá iniciar los trabajos de dosificación del hipoclorito de sodio a ser inyectado al agua de suministro.

Los trabajos de cloración consisten en poner en marcha el equipo dosificador con un dosaje predeterminado de hipoclorito de sodio, según la calidad del agua, que resulte en un valor de cloro residual mínimo en la salida del tanque elevado de 0,2 mg/lts, y que el valor máximo de dicha concentración no supere los 0,5mg/lts.

Deberán estar bajo responsabilidad de un licenciado en química, ingeniero químico o ingeniero civil con especialización en salud pública, los trabajos de la puesta en funcionamiento del dosificador con su correspondiente regulación de la perilla de apertura de pasaje de la solución de hipoclorito de sodio, capacitación del operador y de dos miembros de la Junta de Saneamiento.

No se aceptarán que los trabajos de desinfección de línea de impulsión, tanque elevado y red de distribución sean realizados por técnico electricista, ingenieros civiles, ingenieros hidráulicos, geólogos u otro profesional que no esté habilitado en la presente especificaciones técnicas.

El Contratista deberá capacitar el operador del sistema, sobre la relación de la cantidad de litros de hipoclorito de sodio que deberá ser diluido en el tanque que contendrá la solución, que se encuentra instalado en la caseta de operación.

Durante la puesta en funcionamiento del equipo dosificador el Contratista deberá verificar el caudal de la solución que se está inyectando en la línea de impulsión, controlando la regulación de la apertura de pasaje a través de la perilla micrométrica del dosificador, con el apoyo de la curva característica del dosador. En el punto de inyección ubicado en la caseta de operación, el contratista deberá proveer e instalar los accesorios según plano, que consiste en: una te de PVC roscable de ½”, una alma doble de PVC de ½”, una llave de paso de PVC roscable de 1/2” y un manómetro para presión de 10 kg/cm2.

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El Contratista deberá realizar los trabajos de conexión hidráulica para la inyección de la solución de hipoclorito de sodio, entre caseta de operación y la línea de impulsión.

Antes de empezar la distribución de agua al sistema, se deberá realizar el lavado de la cuba del tanque elevado con el agua clorada.

La puesta en funcionamiento en definitiva del sistema por el Contratista será a partir del momento que sea determinado que se hayan obtenido en la salida del tanque elevado los valores de concentración de cloro residual indicados anteriormente. El período mínimo de funcionamiento de los equipos electromecánicos instalados por el Contratista no deberá ser menor que 12 horas.

Cumplido el período mínimo de funcionamiento, el Contratista deberá retirar una muestra de agua de la red de distribución, y de preferencia en la vivienda de algún miembro de la Junta de Saneamiento, para ser realizados los análisis físicos, químicos y bacteriológicos.

Se deberá tomar las precauciones necesarias con relación al muestreo, tiempo entre muestreo y llegada al laboratorio y el mantenimiento de la temperatura de la muestra durante el traslado hasta el laboratorio, para que las mismas no presenten cambios en la calidad original.

Los laboratorios habilitados son los siguientes: Dirección General de Salud Ambiental-DIGESA, INTN y FACEN. No se aceptarán resultados de laboratorios particulares

Los análisis que deberán ser realizados son los siguientes:

1) Análisis físicos:

Aspecto, color, olor, pH, conductividad eléctrica y turbidez. La medición del pH y de la conductividad eléctrica, deberá ser realizada durante el muestreo.

2) Análisis químicos:

Nitratos, nitrito, amoníaco, fósforo, sulfatos, cloruros, alcalinidad (F), alcalinidad (M), calcio, Hierro (III), oxígeno consumido, dureza total, magnesio, sodio, potasio, cromo, bromo, bicarbonato, manganeso, cloro residual, sólidos totales, sólidos suspendidos, sólidos sedimentables y sólidos disueltos.

3) Análisis bacteriológicos:

Serán realizadas los análisis de coliformes totales y fecales.

Los resultados de los análisis físicos, químicos y bacteriológicos, deberán estar de acuerdo a las Normas de Potabilidad, según la resolución Nº 397 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Los parámetros de los análisis físicos, químicos y bacteriológicos que no estuvieren de acuerdo con las Normas de Potabilidad, según la resolución Nº 397 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, deberán ser realizados por la segunda vez para corroborar los resultados.

En caso que hubiere parámetros físicos y químicos (excepto color, turbidez y sólidos en suspensión y sedimentables ), que no estén de acuerdo con las Normas de Potabilidad, según la resolución Nº 397 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, después del segundo análisis, debido a las condiciones hidrogeoquímica de la unidad hidrogeológica, el contratista deberá presentar un informe técnico a respecto, elaborado por el Geólogo que estuvo asistiendo el desarrollo de la perforación del pozo.

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En el caso de los análisis bacteriológicos se deberá realizar una nueva desinfección de la línea de impulsión y del tanque elevado para la toma de muestra para laboratorio. Estos análisis quedarán a cargo del contratista.

Todos los resultados de los análisis físico, químico y bacteriológico, emitidos por el laboratorio, deben estar acompañados de un informe donde indica cuales son los parámetros que no cumplen con las normas de calidad de agua para el consumo humano.

La Recepción Provisoria de los trabajos ejecutados en cada localidad será realizada después que todos los equipos electromecánicos estén en funcionamiento en perfectas condiciones, por un período mínimo de 12 horas consecutivas.

V. 2. DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS Y A SER ANEXADOS EN EL CERTIFICADO.

El Contratista al concluir los trabajos de instalación de la electrobomba, bomba dosadora y la puesta en marcha del sistema de abastecimiento de agua potable, deberá presentar a la Fiscalización los informes técnicos finales, para la aprobación final de los trabajos.

Los documentos técnicos qu deberán ser anexados en el Acta de Medición del certificado, son los mismos que componen los informes técnicos finales que fueron presentados a la Fiscalización para la aprobación de los trabajos.

El informe técnico final, deberá estar compuesto con las siguientes informaciones y no limitándose a los mismos:

• Resultados de los análisis físicos, químicos y bacteriológicos, acompañado de un informe técnico de la calidad del agua del laboratorio.

• Informe de desinfección de la red del sistema de abastecimiento de agua potable. Deberá estar firmado por el profesional que realizó la desinfección y dosificación.

• Acta de capacitación del operador. El Acta deberá está firmada por el personal capacitado, Presidente de la Junta de Saneamiento, Ing. Electromecánico de la Fiscalización, profesional que realizó la desinfección y por el Residente del Contratista.

• Informe sobre la regulación de la válvula exclusa en el caballete de salida del pozo. Deberá estar firmado por el Ing. Electromecánico de la fiscalización y por el Residente del contratista.

• Planilla de datos técnicos de instalación electromecánica, según modelo a ser proveído por el Contratante a la Fiscalización. Esta planilla deberá estar firmada por el Ing. Electromecánico de la Fiscalización y por el Residente del contratista.

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6. Especificaciones Técnicas

CAPITULO VI :

TANQUES DE HORMIGON ARMADO, CASETAS, CAMARAS ROMPE-PRESION Y EXTENSIÓN DE LÍNEA ELÉCTRICA

GENERALIDADES

La estructura de los tanques en todos los casos es de Hormigón Armado, los mismos son de 15 m3, 30 m3 y 40 m3. Los diseños de la estructura y de la fundación prevista se encuentran en archivo magnético, entregados en adjunto.

VI. 1. TRABAJOS PRELIMINARES

1.1. LIMPIEZA Y DESTRONQUE Las áreas destinadas para las obras serán sometidas a una limpieza general que consistirá en destronque y remoción de desperdicios y materiales sueltos, los que deberán ser eliminados del lugar.

Concluidos dichos trabajos, el sitio deberá presentar condiciones satisfactorias de limpieza, que deberán ser aprobadas por la Fiscalización.

VI. 2. DEPÓSITOS Y OBRADORES - REPLANTEO DE LAS OBRAS CIVILES

2.1. DEPÓSITOS Y OBRADORES

El Contratista deberá disponer de los depósitos y obradores necesarios, que podrán ser alquilados o construidos como obras provisorias.

2.2. REPLANTEO DE LAS OBRAS CIVILES

El replanteo estará a cargo del Contratista y consistirá en fijar las obras en el terreno, de acuerdo a los planos de ubicación. El proceso a ser adoptado para la ubicación deberá ser, preferentemente, por medio de instrumentos topográficos.

La ubicación se hará por los ejes de las unidades a ser replanteadas, y para el caso de edificios, por los ejes de las caras de los pilares. Deberán regirse por los niveles indicados en los planos y referidos a un mismo punto fijo, que será cuidadosamente implantado y conservado hasta la terminación completa de las obras.

Para la implantación del punto fijo, se deberá hacer transporte de cotas, a partir de un punto fijo oficial. La información adicional que pudiera requerirse para el replanteo, será suministrada por el Ingeniero Fiscalizador y el replanteo será sometido a su aprobación.

El nivel de la primera riostra debe ser tal que su cara inferior esté como mínimo a 15 cm sobre el nivel del terreno natural en el lugar replanteado para la ubicación del tanque y al menos 5 cm sobre el punto destinado para la boca de descarga de la tubería de desagote en la vía pública.

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El contratista deberá prever el relleno de compactación del volumen determinado por el perímetro de la primera riostra con un talud externo al mismo perímetro.

VI. 3. EXCAVACIÓN, REMOCIÓN Y RECOLECCIÓN DE MATERIALES

3.1. GENERALIDADES

Este ítem se refiere a la excavación, remoción y recolección satisfactoria de todos los materiales dentro de los límites de trabajo.

3.2. MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN

3.2.1. EXCAVACIÓN NO CALIFICADA - GENERAL

La excavación preliminar se llevará hasta una profundidad tal que quede suficiente material por encima de la cota indicada, a fin de alcanzar, posteriormente, la elevación correcta, por medio de la compactación.

Si el Contratista, por negligencia u otra causa excavare debajo de las líneas o cotas indicadas, reemplazará dicha diferencia con material adecuado, en forma y condiciones satisfactorias.

El Fiscalizador tendrá completo control sobre la excavación, movimiento, colocación y disposición de todo el material, y determinará la adaptabilidad del material usado en los terraplenes. Todo el material considerado inadaptable, se arrojará en el área de terreno que se destine para este objeto o se eliminará según se ordene.

En general, la tierra vegetal no deberá usarse en relleno ni en sub-rasantes, sino que se manejará y colocará según se ordenare.

El contratista debe estar informado de la naturaleza, cantidad y distribución de todo el material por excavarse. Todas las áreas destinadas para depósito de desechos, se nivelarán hasta darles, líneas y sección uniformes, debiendo presentar un aspecto aseado antes de la aceptación final de la obra.

La superficie de las zonas destinadas a desechos no deberá ser más alta que la superficie de los terrenos utilizables adyacentes o contiguos a la obra.

3.2.2. LUGARES DE EXCAVACIÓN

Las excavaciones se harán en los sitios indicados en los planos del Contrato, dándoles las dimensiones, pendientes y cotas de elevación indicados o como lo ordene el Fiscalizador. Se quitarán todos los materiales cualquier clase que fuere, que se encontraren dentro de los límites de la excavación, y se dispondrá de ellos, según se haya ordenado.

Durante el proceso de excavación, se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones tales que faciliten su drenaje permanente.

Cuando se ordenare, se instalarán drenajes y zanjas temporales para interceptar o desviar el agua que pueda afectar la prosecución o las condiciones de trabajo.

3.2.3. EXCAVACIÓN NO CLASIFICADA - ESTRUCTURAS

a) Las zanjas y excavaciones para estructuras se harán según el perfil y la pendiente indicados en los planos.

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La excavación deberá ser de suficiente dimensión para permitir la instalación, en todo su ancho y largo, de la estructura o fundaciones indicadas. La elevación del fondo de las fundaciones, tal como se indica en los planos, deberá considerarse solamente como aproximada, pudiendo el Fiscalizador modificarla, para asegurar una fundación satisfactoria.

El Fiscalizador ordenará por escrito los cambios de tamaño y elevación requeridos.

b) De la excavación, se sacarán las piedras, troncos y cualquier otro material objetable. Se removerán las materias sueltas de los suelos rocosos o de material duro, de modo que tales suelos queden planos según ordene el Fiscalizador.

c) El Contratista colocará todos los puntales, riostras, tablestacas y ataguías, y ejecutará elbombeo necesario para la ejecución y protección de la excavación y de la estructura, tal como lo requiera la seguridad, y para cumplir con las Ordenanzas Municipales.

d) Si no se especificare de otra manera, el Contratista quitará los puntales, riostras o tablestacas, después de terminada la estructura. La remoción se hará sin que se mueva o dañe la misma.

e) Después de haberse completado cada excavación, el Contratista deberá notificar de ello al Fiscalizador, para que este apruebe la naturaleza del terreno y la profundidad de la excavación, antes de proceder a instalar el refuerzo y cargar la estructura.

3.2.4. USO DE EXPLOSIVOS

Cuando sea necesario el uso de explosivos, el contratista deberá presentar el plan de la utilización a la fiscalización para la aprobación el cual se le permitirá utilizarlos siempre y cuando se hayan tomado las precauciones necesarias para proteger a las personas, la obra y la propiedad. Cualquier daño ocasionado por el uso de explosivos será reparado a expensas del Contratista. Todas las operaciones que el Contratista tenga que hacer, en relación con el transporte, almacenamiento y uso de explosivos, deberá ajustarse al artículo correspondiente a las condiciones generales, sean de orden material, o a terceras personas.

No serán consideradas como trabajos adicionales las excavaciones con el uso de explosivos y tampoco como eventos compensables el tiempo utilizado en la definición del uso de los explosivos por parte del contratista, la aprobación por parte de la fiscalización y la utilización en obra.

3.3. ESTUDIOS DE SUELOS Y FUNDACIONES

El SENASA, ha contratado los estudios de suelos para cada tanque elevado en la fase de proyecto, pero independientemente a ello, atendiendo a que puedan ocurrir ajustes de proyecto, en la etapa constructiva, podrá ordenar al contratista la ejecución de estudios de suelos.

La Fiscalización, con autorización de la Supervisión del SENASA, podrá ordenar al contratista la realización de los estudios de suelos de acuerdo al siguiente alcance:

Alcance de los Estudios de Suelos:

El Contratista deberá realizar el estudio de suelo para cada tanque elevado, al recibir la entrega del terreno por parte de la Fiscalización para cada localidad. La cantidad mínima de sondeos que deberán ser realizados por cada tanque elevado es dos (2).

Los estudios de suelos deberán ser realizados por profesionales con amplia experiencia en el área. El contratista deberá presentar para cada localidad el informe técnico de los estudios de suelos a la fiscalización para su aprobación, incluyendo los siguientes datos:

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• Ensayo de SPT, perfil estratigráfico y nivel del agua,

• Indicación de los puntos de sondeos en un plano en escala, con relación al terreno y la ubicación del tanque elevado,

• Definición del valor de la resistencia del suelo,

• Recomendaciones sobre el tipo de fundación a utilizarse,

• Informe de la verificación del cálculo de la fundación prevista según oferta con la fundación diseñada según los estudios de suelo, incluyendo los planos estructurales. Ante cualquier variación de las condiciones de presión admisible y profundidad de asiento, establecidas en los planos para las fundaciones o en las especificaciones técnicas, el contratista deberá realizar nuevo diseño de las mismas y someter a la aprobación de la fiscalización. Los gastos de los nuevos diseños de fundaciones correrán a cuenta del Contratista.

• Presentación de la planilla de computo métrico y de precios de la nueva fundación diseñada, caso los estudios de suelos lo requieran,

La fiscalización solamente autorizará el inicio de la excavación para la fundación, después de la aprobación de los informes técnicos de los estudios de suelos y de las verificaciones de cálculo de las fundaciones.

Las excavaciones y los rellenos de las fundaciones, serán certificados a través de las mediciones en volumen (m3) realizadas por la fiscalización siempre que sean menores o iguales a los volúmenes de la planilla oferta. Serán certificadas solamente las excavaciones y los rellenos, que fueron realizadas con autorización de la fiscalización.

Volúmenes de excavación y relleno, superiores a las cantidades de las planillas oferta, se requerirá, autorización para su ejecución, de la fiscalización y de la Supervisión del SENASA, y aprobación por la Fiscalización y la Supervisión para su Certificación posterior.

No serán considerados eventos de fuerza mayor al contratista el tiempo utilizado por el mismo para la realización del estudio de suelo de campo, elaboración y presentación a la fiscalización del informe técnico de la verificación de la fundación prevista para su aprobación y la obtención de la aprobación de la fiscalización y del SENASA de los documentos técnicos presentados.

VI. 4. TANQUES DE HORMIGON ARMADO

HORMIGON DE CEMENTO PORTLAND Y SUS COMPONENTES

4.1. GENERALIDADES.

Estas especificaciones se refieren al hormigón de cemento Pórtland simple o armado, para estructuras en general.

El hormigón estará compuesto de agregado grueso, agregado fino, cemento Pórtland y agua.Todos los materiales requeridos para el hormigón podrán estar sujetos a inspecciones y pruebas en cualquier momento por la Fiscalización. Los materiales se manejarán y almacenarán en sitios donde conserven sus características de trabajo, no se deterioren y puedan inspeccionarse con rapidez.

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Los equipos para manejo y transporte de los materiales de hormigón, deben limpiarse antes de su uso, a los efectos de preservar la calidad de los componentes y del hormigón.

Las pruebas y obtención de muestras se efectuarán de acuerdo a las especificaciones de las Normas ASTM.

4.2. CEMENTO

El cemento a utilizarse deberá cumplir con las especificaciones de las Normas Nº47 al 55, del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización.

Los tipos de cemento a ser utilizado para el hormigón, puede ser del tipo CP IV 32 o CP II F-32, desde que el Contratista, garantice la tensión solicitada admisible indicadas en los planos estructuras de los tanques elevados de HºAº.

El Contratista podrá utilizar cemento de origen nacional o importado. En el caso importado, el Contratista deberá solicitar autorización a la Fiscalización con la presentación de los resultados de los ensayos realizados en el INTN.

El cemento permanecerá depositado, el menor tiempo posible, y en perfecto abrigo de humedad y viento.

No se permitirá el uso de cemento reembolsado ni proveniente de bolsas rotas. No se aceptará cemento en estado fraguado o semi-fraguado en la preparación de hormigón para estructuras, ni en la mezcla para revoque impermeable.

No se aceptará cemento con aplicación exclusiva de albañilería en la preparación de hormigón para estructuras, ni en la mezcla para revoque impermeable.

Los tiempos originados por el cambio de cemento utilizado que no cumpla con las especificaciones técnicas, serán de responsabilidad del Contratista.

Es de responsabilidad del Contratista la planificación para la compra en cantidades suficientes de cemento, debido a las contingencias de stock en el mercado, precios en el mercado, transporte fluvial y terrestre, para la evitar la paralización de las obras de los tanques elevados de HºAº.

4.3. AGREGADO FINO

Se considera como agregado fino, el material retenido por la criba Nº 100 (100 mallas por pulgadas lineales), de acuerdo con la designación de la ASTM. El mismo, deberá cumplir con las Normas C-33 de la ASTM.

4.4. AGREGADO GRUESO

Se usará como agregado grueso piedra triturada basáltica. Se considerará como agregado grueso el material retenido en la criba Nº 4. El tamaño máximo del agregado grueso no será mayor que 1/5 de la menor dimensión de la estructura, ni mayor que las 3/4 partes de la menor distancia entre las varillas de acero. El tamaño máximo no podrá exceder los 5cm.

El agregado grueso debe tener la graduación adecuada de grueso a fino, para obtener hormigón de densidad, plasticidad y resistencia requeridas, sin el empleo de mayor cantidad de arena, agua o cemento. El agregado grueso deberá cumplir con la Norma C-33 de la ASTM.

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El Fiscalizador podrá autorizar por escrito el uso de materiales que no cumplan los requisitos, siempre y cuando se compruebe que los hormigones preparados con ellos, llenen las condiciones de resistencia y trabajabilidad exigidas.

4.5. AGUA

El agua a emplearse en el hormigón no deberá provenir de desagües, ni contener aceites, ácidos, álcalis fuertes, materias vegetales, arcillas o lodos.

En caso de haber duda por parte de la Fiscalización, sobre la calidad del agua, se deberá probarse siguiendo las normas de la AASHO, método T-26. Los análisis del agua, estará a cargo del Contratista, y serán realizados en el laboratorio indicado por la Fiscalización.

4.6. VARILLAS DE ACERO PARA ARMADURAS

Las varillas utilizadas cumplirán con las Normas ABNT - NBR 7480, y corresponderán a barras de acero sin alear laminadas en caliente, rectas, de sección circular y nervuradas.

Las propiedades mecánicas deben cumplir con las siguientes características: Límite de Fluencia 500MPa, límite de rotura 550MPa, alargamiento mínimo 8%, ensayo de doblado 180°.

La fiscalización podrá exigir al Contratista, antes y durante la ejecución de las obras, que realice el ensayo de verificación de las propiedades mecánicas de los hierros a ser utilizados, rechazando los que no cumplan con las especificaciones técnicas No se aceptará el suministro de varillas, pintadas, oxidadas y de sección no uniforme debido a la corrosión, para la utilización en obra.

Los tiempos originados por el cambio de hierros que no cumplen las especificaciones técnicas, no serán considerados en el Cronograma de ejecución de obras.

4.7. DOSIFICACION DE LOS HORMIGONES

Las dosificaciones a utilizar para el hormigón, en cualquier estructura de los tanques elevados metálicos y de hormigón armado, deberán ser tales que la resistencia a la rotura a los 28 días sea igual o mayor a según los valores indicados en las especificaciones de 200 kg/cm2.

4.8. MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN

4.8.1. MANO DE OBRA-MAESTROS DE OBRAS

Teniendo en cuenta que el contrato de construcción de sistemas de abastecimiento de agua potable, corresponden a obras civiles, y el SENASA, a través de la presente licitación pública nacional, ha contratado empresas con experiencias y capacidades técnicas en obras de hormigón armado, por lo tanto, las ejecuciones de las obras deberán responder a las expectativas de las experiencias y capacidades técnicas presentadas como antecedentes en la presentación de las ofertas y evaluados para la adjudicación del contrato.

El contratista antes de iniciar la construcción de los tanques elevados, deberá presentar a la Fiscalización para la aprobación el currículo de los maestros de obras que estarán encargados de los trabajos en el campo de la ejecución de los tanques elevados de hormigón armado.

En el currículo de los maestros de obras, deberán constar los siguientes datos:

(h) Años de experiencia en obras de hormigón armado,

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(ii) En el referente a las obras ejecutadas: indicar año de ejecución, tipo de obra, ubicación de la obra, volumen de hormigón de cada obra, la obra ejecutada a cual contrato o contratista principal corresponde y fotografías de las obras si hubieren.

Serán rechazados los currículos de los maestros de obras que ejecutaron obras de tanques elevados de hormigón armado para los contratistas del SENASA en licitaciones anteriores, que presentaron deficiencias constructivas en el replanteo de la alineación de la verticalidad de los pilares y longitudes entre tramos de pilares, deformación de la cuba, mala calidad del encofrado, cargado deficiente con resultado de estructura con armaduras a la vistas o hormigón con “cocueras”, resultados de probetas de resistencia del hormigón a los 28 días, con resultados inferiores a los valores contratados.

Será de responsabilidad del contratista los atrasos en el inicio de las obras de los tanques elevados de HºAº, por la presentación tardía de los antecedentes de los maestros de obras o el rechazo de los maestros de obras por la Fiscalización.

La Fiscalización ordenará al contratista de forma inmediata, el retiro de los maestros de obras o cualquiera otro personal, del local de las obras, que no cumpla con las especificaciones técnicas constructivas de los tanques elevados de HºAº, sin perjuicio al Contratante.

El contratista podrá cambiar los maestros de obras de las localidades, una vez aprobados los currículos por la Fiscalización.

4.8.2. ENCOFRADO

La Fiscalización deberá aprobar la madera a ser utilizada por el Contratista para la preparación del encofrado.

El encofrado deberá ser de material adecuado, así como también del tipo, tamaño, forma, calidad y resistencia necesarios para construir la estructura diseñada en los planos.

El encofrado deberá estar provisto de aberturas de inspección, a indicación de la Fiscalización, en sentido vertical. Deberá ser impermeable al mortero y lo suficientemente rígido para evitar desplazamiento y flexión entre los soportes verticales y laterales.

El Contratista es responsable que la construcción y el estado del encofrado sean los apropiados. Las superficies del encofrado deberán ser lisas y no tener irregularidades, abolladuras, combas u orificios.

La estructura del encofrado para la cuba deberá ser del tipo enchapado con terciadas apropiadas para la obtención del hormigón con textura lisa y uniforme.

El Contratista deberá adoptar las providencias apropiadas, con la utilización de productos químicos para el desencofrado, para evitar que, no se produzca adherencia de la mezcla del hormigón por el encofrado, resultando con áreas descascaradas en las estructuras.

Minutos antes de colocar el hormigón, el encofrado se mojará con agua o con aceite mineral que no manche.

En el hormigonado de columnas, los tablones inferiores del encofrado quedarán sueltos para permitir la remoción del hormigón.

El encofrado se ejecutará con las dimensiones exactas indicadas en los planos y deberá tener la resistencia y rigidez suficientes para soportar con seguridad las cargas estáticas que actúen sobre el mismo, durante la ejecución y terminación del hormigonado.

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El Contratista deberá someter a la aprobación de la Fiscalización el sistema que adopte para la construcción de los encofrados; pero esta aprobación no lo exime de la responsabilidad que le corresponda por la buena ejecución y terminación de los trabajos, ni de los accidentes que puedan sobrevenir.

Las caras de los moldes y encofrados que deban quedar en contacto con el hormigón en cuya superficie no se haya previsto revoque, deberán ser lisas, libres de astilladuras y remiendos que puedan introducirse en la masa de hormigón. Se colocarán en todos los casos, los puntales, arriostramientos y demás elementos resistentes, necesarios para conseguir las curvas donde el diseño lo requiera.

Después de haberse utilizado los elementos del encofrado en una operación de hormigonado y antes de volverlos a usar, el Contratista deberá limpiarlos perfectamente y reparar prolijamente las fallas que hubieran aparecido.

Cuando, por las condiciones en que se hallan los encofrados metálicos o de madera, sea necesario arreglarlos, cepillarlos, ajustarlos, reforzarlos o cambiarlos, la Fiscalización impartirá las órdenes respectivas, que el Contratista acatará inmediatamente, retirándolos de la obra, y no podrá utilizarlos nuevamente, hasta una vez efectuadas las reparaciones necesarias y lo autorice la Fiscalización.

El hormigón no se colocará, sin que la Fiscalización, haya aprobado la calidad de la madera utilizada para el encofrado y el tipo de estructura de soporte del encofrado, verificado las dimensiones y controlado el replanteo horizontal y vertical de los tramos encofrados en relación al eje del cruce de la diagonal del cuadrilátero a nivel de piso (primera riostra) o si las distancias son iguales de la proyección de los pilares encofrados en relación a las cuatro tramos de la primera riostra.

La Fiscalización en presencia del Residente de Obra, anotará en el Libro Diario de Obras, las verificaciones de calidad del encofrado y numéricas de dimensiones y replanteo, anteriormente descritas.

4.8.3. DOBLADO DE BARRAS

El Contratista presentará a la Fiscalización para su aprobación con la debida anticipación, el banco de trabajo para doblado de armaduras.

Las barras de diámetro reducido podrán ser dobladas a mano, empleando herramientas adecuadas, con previa aprobación de la Fiscalización.

Cuando los diámetros lo exijan, se emplearán doblados mecánicos y, en tal caso, el Contratista someterá a la aprobación de la Fiscalización el procedimiento que proyecte adoptar, para conservar estrictamente las dimensiones de las diferentes partes de las barras que se hayan establecido.

4.8.4. EMPALME DE BARRAS

Donde sea necesario efectuar empalme de barras, este se hará siguiendo las instrucciones de diseño, si no se indicara en los Planos, se efectuará de la siguiente manera:

Empalme por superposición de longitud igual a 40 veces el diámetro de la armadura, atando el conjunto con alambre de hierro de 1.5 mm de diámetro.

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4.8.5. COLOCACION DE ARMADURAS

El doblado de todas las barras y confección de las armaduras, deberá realizarse en el sitio de obra, bien sea en obradores especiales o en la misma obra; sin embargo, a pedido del Contratista, la Fiscalización podrá autorizar que dichos trabajos se hagan fuera de aquella, mediando la Fiscalización correspondiente.

Algunas armaduras podrán prepararse fuera de los sitios en que deban colocarse y luego ser transportadas y colocadas en ellos, previa comprobación por la Fiscalización de que los elementos que la constituyen respondan a los detalles aprobados, que no hayan barras torcidas y que las armaduras sean perfectamente rígidas.

En todos los casos, se adoptarán los procedimientos apropiados para garantizar los recubrimientos establecidos en los diseños. Condición esencial a observarse será también que las armaduras, una vez colocadas, formen un conjunto rígido y que los hierros no puedan moverse ni deformarse con el vertido de hormigón.

Se adoptarán, igualmente, las medidas necesarias para evitar deformaciones originadas por el transitar de los operarios sobre la armadura.

Las armaduras irán sostenidas por dados de argamasa con dosaje 1:3 (cemento - arena), de 5cm x 5cm de base y altura igual al recubrimiento requerido. Al preparar los dados, se colocarán pedazos de alambre que servirán para atarlo a la armadura. Ningún elemento metálico deberá estar en contacto con el encofrado. El Contratista no podrá disponer el hormigonado de estructuras cuya armadura no haya sido previamente aprobada por la Fiscalización y a cuyo efecto deberá solicitar dicha aprobación con la debida anticipación y acatará, de inmediato, cualquier orden que le imparta la Fiscalización, en el sentido de modificar, arreglar, limpiar, perfeccionar o rehacer la armadura que no corresponda a las especificaciones y a los planos de detalles.

El hormigón colocado en contravención a esta disposición podrá ser rechazado por la Fiscalización, que podrá disponer la remoción del mismo.

4.8.6. VARIACIONES DE LOS DIAMETROS DE LAS BARRAS

Los diámetros de las barras que se coloquen en las obras deberán ajustarse a los valores establecidos en los planos de proyectos, exactamente o por exceso, en este último caso, el Contratista no tendrá derecho a reclamar pago alguno.

Si el Contratista no dispusiera de barras de diámetros que figuran en los planos del proyecto, deberá emplear otras medidas que más se le acerquen por exceso, previa aprobación de la Fiscalización, pudiéndose autorizar, en algunos casos muy especiales, la permuta de barras en diámetro y cantidad, siempre que se conserve la sección transversal necesaria en cada parte, y que la distancia entre barras se mantenga dentro de los límites que para cada caso, indique la Fiscalización.

4.8.7. PROPORCIONES DEL HORMIGON

El hormigón debe consistir en una mezcla de agregado grueso, agregado fino, cemento Pórtland y agua.

Los agregados y el cemento a granel, se medirán en peso o volumen. Al efectuarse la proporción de agregados y agua para la mezcla, se deberá tener en cuenta el porcentaje de humedad de los agregados, humedad que debe determinarse periódicamente.

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Las cantidades exigidas de agua y cemento se controlarán, debiendo variarse los pesos de los agregados, hasta obtener la resistencia exigida indicada en los diseños para cada caso.

4.8.8. ADITIVOS QUIMICOS

El uso de aditivos químicos para el hormigón, se efectuará con previa aprobación de la Fiscalización.

Al hormigón a ser utilizado en reservorios, se le adicionará un plastificante del tipo SIKA o similar, para mejorar su trabajabilidad.

Solamente se emplearán aditivos de marcas y resultados conocidos, en dosis adecuadas y con una medición precisa de los productos.

El empleo de aditivos no exime de la necesidad de adoptar precauciones normales y corrientes a la adecuada selección y control de los materiales componentes del hormigón.

4.8.9. MODO DE MEDIR LAS PROPORCIONES

Cuando se empleare cemento envasado, las cantidades para cada jornada se medirán por bolsas completas de cemento. Los agregados se medirán separadamente, por peso o por volumen. Si los agregados se llevaren a la mezcladora en camiones hormigoneras, la cantidad exacta de cada carga mezcladora se colocará en cada compartimiento del camión mezclador.

Las cajas de pesar o medir (tolvas) que deberá aprobar la Fiscalización, tendrán dispositivos para regular el flujo de los agregados a la caja de mezclado, a fin de obtener fácilmente el peso exacto requerido de los agregados.

Deberán disponer de un método adecuado para pesar o medir y controlar las cantidades requeridas de agregados.

4.8.10. MEZCLA

Todo el equipo necesario para mezclar y colocar el concreto deberá tener la aprobación de la Fiscalización, antes de comenzar las operaciones de vaciado del hormigón. No se admite la mezcla manual para la preparación del Hormigón en ningún caso.

El hormigón se mezclará homogéneamente en una mezcladora, cuyo tamaño y diseño aprobados aseguren una distribución uniforme de los materiales de la mezcla.

El hormigón se deberá mezclar por un periodo no menor de un minuto y medio después de haber colocado los materiales en la mezcladora, incluso el agua, más medio minuto por cada metro cúbico de la mezcla.

Antes de colocar los materiales de la siguiente hornada deberá retirarse todo el contenido del tambor de la mezcladora. No se permitirá reemplazar el concreto añadiendo agua u otro material.

El volumen de los materiales mezclados por hornadas no deberá sobrepasar la cantidad del tambor, dada por el fabricante.

4.8.11. CONDICIONES PARA MEZCLAR

Se mezclará solamente la cantidad de concreto que se usará inmediatamente. Sin autorización de la Fiscalización no se mezclará concreto cuando la temperatura sea inferior a 4,5ºC.

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Si se autorizare mezclar concreto en estas condiciones, los agregados o el agua, o ambos, deberán calentarse y el hormigón colocarse a temperatura entre 10ºC y 38ºC.

El transporte del concreto a la obra, se hará de tal manera que las hornadas de concreto se vayan depositando sin interrupción a intervalos regulares.

4.8.12. CONSISTENCIA

La consistencia del hormigón será comprobada a través de la prueba de asentamiento, según el método T-119 de la AASHO, de "Prueba de Asentamiento para la Consistencia del Concreto de Cemento Pórtland". Se utilizará un cono standard de asentamiento, para medir la consistencia y éste variará entre 5 y 9 cm.

La Fiscalización en presencia del Residente de Obra, anotará en el Libro Diario de Obras, los valores de asentamiento obtenidos.

4.8.13. ENSAYOS

Los ensayos requeridos del hormigón se realizarán de la siguiente manera:

La Fiscalización requerirá que se efectúen pruebas por cada etapa del hormigonado, durante el cargado:

a) Tanque elevado de hormigón armado:

1. En la fundación.2. Fuste y primera riostra.3. Tramo de la segunda riostra.4. Tramo de la tercera riostra.5. Tramo de la cuarta riostra y losa de fondo.6. Pared de la cuba.7. Losa tapa

Las muestras, no menos de cuatro (4), deberán ser tomadas y curadas de acuerdo al Método Standard para la toma y curado de muestras de concreto en el campo, en compresión y flexión (ASTM C-31); y de acuerdo a las Especificaciones ASTM C-39 para medir la resistencia a la compresión de los cilindros de concreto.

No se aceptará cuerpos de prueba, cargados con hormigón elaborados separadamente de la carga del hormigón de la estructura. Cuando ocurrir esta situación la Fiscalización ordenará la paralización del cargado de la estructura y la demolición de la misma, el retiro del local de obra de los personales encargados de los trabajos y el reemplazo del Ing. Residente.

La prueba standard de tiempo deberá efectuarse a los veintiocho (28) días. Si embargo para la carga del hormigón de la etapa siguiente el contratista deberá presentar los resultados de las pruebas a los siete (7) días. Las pruebas a los siete (7) días, deben indicar que el concreto tiene, por lo menos el 65% de la resistencia de diseño. Si la resistencia promedio de los cilindros de prueba de hormigón, resulta menor que el valor del esfuerzo de compresión requerido por el diseño a los siete (7) días, se deberá en el plazo máximo de tres (3) días, romperse la segunda muestra, y no cumpliendo nuevamente, por lo menos el 65%, la Fiscalización ordenará el cambio del hormigón deficiente en la zona de la estructura afectada.

Los ensayos de rotura deberán ser realizados en el laboratorio del INTN (Instituto Nacional de Tecnología y Normalización) o en el Centro de Tecnología de la UCA.

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Cuando los resultados de las pruebas de resistencia de hormigón de los siete (7) días o de veinte ocho (28) días, entre tramos de las estructuras de hormigón de los tanque elevado, presentan resultados diferentes, no cumpliendo con el mínimo requerido en el diseño, la Fiscalización ordenará el cambio de los personales encargados de la construcción del tanque elevado, demolición de la estructura afectada y el reemplazo del Ing. Residente.

La Fiscalización podrá ordenar la verificación de la resistencia del hormigón de cualquier parte de la estructura del tanque elevado, a través del método esclorimétrico, a cargo del contratista. Si los resultados obtenidos de resistencia obtenida a través del método esclorimétrico, no ajustan a los valores requeridos en el diseño de la estructura, la Fiscalización ordenará la demolición de la estructura afectada.

El contratista deberá disponer de mano de obra calificada para la ejecución de las estructuras de hormigón de los tanques elevados, para que el control de la calidad a través de los resultados de la pruebas de rotura a los siete (7) días y veinte ocho (28) días, pueda cumplir con la resistencia especificada en el diseño de los tanque elevados de HºAº.

4.8.14. PRECAUCIONES ANTERIORES AL HORMIGONADO

Antes de hormigonar la estructura, la Fiscalización controlará los encofrados, verificando la estanqueidad de sus piezas, y debiendo estar aquellos limpios y mojados.

4.8.15. PRECAUCIONES A ADOPTARSE DURANTE EL HORMIGONADO

El hormigón a verterse en los encofrados deberá tener todos sus componentes íntimamente ligados, tal como hayan salido de la hormigonera.

Si como consecuencia del transporte, el hormigón se hubiese separado en partes de diferente plasticidad, se lo volcará en bateas antes de usarlo, donde se procederá a un nuevo amasado sin agregarle más agua.

Antes de comenzar el hormigonado, se limpiarán los equipos para mezclar, transportar y colocar el hormigón, y se removerán las basuras, tierras, fragmentos y materias extrañas del espacio en que se lo realizará.

Se limpiará y mojará bien todo el interior del encofrado. A la armadura se le quitará el oxido o cualquier otra capa extraña que tuviere. Si se permitiere hormigonar a temperatura fría, el encofrado se pintará con aceite mineral que no manche.

4.8.16. PROGRAMA DE HORMIGONADO

Por lo menos 3 (tres) días hábiles antes de iniciar el hormigonado de la estructura, el Contratista someterá a consideración de la Fiscalización su programa de hormigonado, debiendo el Contratista disponer de los materiales y equipos, en perfectas condiciones de uso, en el lugar de la obra.

Dicho programa abarcará la estructura completa, e indicará detalladamente la secuencia en que el Contratista planea hormigonar, los límites de cada sección a ser hormigonada en cada jornada (Junta de construcción), así como la distribución del sistema eléctrico y suministro de agua.

4.8.17. VERTIDO DE HORMIGON EN ENCOFRADOS

El hormigón podrá verterse directamente desde las carretillas o vehículos transportadores, con la ayuda de palas, embudos o canaletas, de manera que no se disgreguen los componentes.

Se permitirá el hormigonado a inyección neumática cuando la naturaleza de la estructura permita el empleo de este sistema.

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Simultáneamente con el vertido de hormigón en los moldes, se tratará de apisonar y eliminar los espacios vacíos de la masa, a fin de conseguir el perfecto relleno de los moldes y el revestimiento de las armaduras, para lo cual la Fiscalización exigirá el empleo de útiles de forma conveniente, vibradores, masas, etc.

Cualquiera sea el método de vibración que se emplee, deberá producir percusiones moderadas y de cortos intervalos sobre los encofrados, sin que afecte la rigidez y resistencia de los mismos.

4.8.18. CARGADO DE HORMIGON

El hormigón debe colocarse durante el periodo de luz natural, a no ser que se autorice lo contrario.

El hormigón no podrá colocarse sino hasta tanto, la eficiencia del encofrado de la obra y de la colocación de las armaduras de acero haya sido aprobada.

El hormigonado se realizará después de preparada la mezcla hasta un tiempo máximo de 15 (quince) minutos después de haberse agregado agua a la mezcla. Se cargará evitando la segregación de sus componentes y el desplazamiento de la armadura de refuerzo. Como medio auxiliar se emplearán en la colocación del hormigón, artesas, tubos y canales de caída.

No se permitirá el vertido del hormigón de una altura mayor de 1.5 mts (un metro y medio), ni depositar una cantidad excesiva en un mismo punto. La descarga deberá ejecutarse por medio de tubos de chapa metálica u otro material, debidamente aprobados por la Fiscalización.

El hormigón deberá colocarse sobre superficies donde no haya agua, que estén limpias, por las cuales no corra agua o sobre tierra porosa. El hormigón se cargará en capas parciales, casi horizontales, no mayores de 25 (veinticinco) centímetros, tan aproximado a su definitiva como sea posible.

El hormigón, durante e inmediatamente después de ser cargado deberá ser bien compactado. Esta compactación se efectuará por vibración mecánica. Los vibradores a utilizarse en esta operación, deberán ser del tipo aprobado por la Fiscalización, y de una capacidad tal que pueda afectar visiblemente una mezcla correctamente dosificada y de 2.5 cm de asentamiento (slump), desde una distancia de por lo menos 45 (cuarenta y cinco) cm del vibrador. Deberá proveerse suficiente cantidad de vibradores para consolidar adecuadamente el hormigón aplicado, dentro de los 15 (quince) minutos luego de su colocación.

Para obtener una superficie lisa y uniforme se deberá efectuar, a lo largo de todas las caras, un apisonado adicional con el empleo de suficiente cantidad de varillas, azadones y pisones.

4.8.19. JUNTAS DE CONSTRUCCION

Las Juntas de Construcción serán ubicadas solamente en los lugares señalados en el programa de hormigonado, salvo que la Fiscalización indique otra cosa. Para unir una sección nueva de hormigón con otra cuya construcción se haya suspendido, deberán tomarse las medidas del caso antes que el hormigón comience a fraguar.

Para lograr una unión apropiada de la nueva sección con la existente, deberán proveerse escalones, muescas, juntas de cola de milano, barras de refuerzo y otros dispositivos según se indiquen.

El trabajo se ejecutará de tal manera que toda sección comenzada cualquier día, concluya antes del anochecer.

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Antes de colocar sobre o contra un hormigón endurecido otro nuevo, se limpiará la superficie del primero con escobillas de acero para dejarlo ligeramente áspero. Enseguida se mojará y se cubrirá con una capa de pasta o lechada de cemento o de mortero delgado.

Para zonas que estarán en contacto con agua, se utilizará aditivos especiales, aprobados por la Fiscalización, a fin de posibilitar la perfecta unión entre el hormigón nuevo y el preexistente.

4.8.20. CURADO Y PROTECCION

El Contratista debe curar y proteger toda la construcción de hormigón contra la intemperie, corrientes de agua y deterioros de cualquier naturaleza, durante la ejecución del trabajo.

La construcción de hormigón se protegerá tan pronto como este haya endurecido lo suficiente, cubriéndola con esteras de arpillera, algodón o yute con arena limpia, aserrín que no manche, láminas de papel o con materiales similares aprobados.

Las cubiertas que absorban agua se colocarán y mantendrán en estado de saturación, por un período mínimo de 3 (tres) días, sobre las cubiertas y esteras se colocarán pesas para mantener tapada la superficie y evitar la circulación de aire sobre ella. Donde se use encofrado de madera, este se mantendrá siempre mojado hasta cuando se lo retire, para impedir fisuras en las uniones y secado del hormigón.

4.8.21. PLAZOS PARA DESENCOFRADO

No se permitirá retirar los encofrados hasta tanto el hormigón moldeado presente un endurecimiento como para no deformarse o agrietarse a criterio de la Fiscalización, o bien alcanzar 60% de la resistencia requerida.

En tiempo favorable (temperatura superior a 5ºC) podrá efectuarse el desencofrado, de acuerdo a los siguientes plazos:

- Columna y losa paredes : 10 días como mínimo- Vigas y losas : 21 días como mínimo

En tiempo frío (temperatura a menor a 5ºC) se practicará una inspección previa del estado del fraguado del hormigón, por sí fuera necesario aumentar el plazo de desencofrado.Las partes de hormigón dañadas por heladas deberán ser demolidas y reconstruidas por cuenta del Contratista.

Si sobreviniese una helada durante el fraguado, los plazos indicados para las estructuras al aire libre, se aumentarán en, por lo menos, el número de días que dure la helada. Al efectuar el desarme de molde y encofrado se procederá con precaución, evitando choques, vibraciones o sacudidas.

Las especificaciones que preceden se aplicarán donde se emplee cemento Pórtland artificial normal. Si se empleare cemento de alta resistencia inicial a solicitud del Contratista, la Fiscalización podrá modificar los plazos para realizar los desencofrados.

4.8.22. TRABAJOS DEFECTUOSOS Inmediatamente después de remover el encofrado se eliminarán y corregirán los defectos. Si ocurrieran errores en dimensiones o alineaciones de la superficie, o aparecieran cavidades o protuberancias en ella, que no puedan repararse en forma adecuada, y de acuerdo con el criterio de la Fiscalización, afectará la resistencia o calidad de la estructura, el Contratista deberá demoler todo el tramo de la pieza afectada.

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4.8.23. ELEMENTOS EMPOTRADOS EN EL HORMIGON

Antes de colocar el hormigón, se fijarán firmemente en su debida posición todos los elementos que quedarán empotrados en el mismo.

Las tuberías de HºGº a ser empotrados, llevarán un anillo de diámetro circular igual a 450 mm. El material del anillo deberá ser en chapa metálica con espesor de 3/16” y deberá estar soldado por la tubería de HºGº en todo su perímetro y ambos lados, también debe soldarse por el anillo orejitas de anclaje.

Estos elementos deben estar bien limpios, libres de óxido, adherencias, aceite o materias extrañas.

Debe evitarse empotrar elementos de madera. El hormigón deberá compactarse con una paleta y apisonarse alrededor y contra los elementos empotrados que se instalen.

Para el empotramiento de elementos que estarán en contacto con agua se exigirá el uso de aditivos, aprobados por la Fiscalización, a fin de asegurar un empotramiento impermeable.

4.8.24. REVESTIMIENTO IMPERMEABLE

Consiste en un revoque a tres capas compuesto de una azotada 1:3 de 0,5cm de espesor, una segunda capa con mezcla 1:3 de 1,5 cm de espesor y una tercera capa que consiste en un llaneado con mezcla 1:1.

Las capas llevarán un aditivo impermeabilizante previo tratamiento de “coqueras” con producto químico del tipo DESCAL (2 componentes) o similar. Este revoque se ejecutará en todo el interior de la cuba y se pondrá especial cuidado de efectuar un curado a efectos de evitar fisuras en el revoque.

Después del secado de la superficie a impermeabilizar y aprobado la prueba de estanqueidad del tanque, deberá recibir tres manos de pintura impermeable, consistente en un revestimiento semiflexible, DESCAL (1 componente) o similar, el mismo deberá ser tal que no reaccione con el hipoclorito de sodio.

4.8.25. ANDAMIAJE Y ENCOFRADO PARA LA EJECUCION DE TANQUES ELEVADOS

El Contratista deberá someter a la aprobación de la fiscalización los andamiajes a utilizar, en la construcción de los tanques elevados.

El arriostramiento que soportan los encofrados internos y externos, serán convenientemente reforzados para asegurar la correcta separación entre sus caras.

4.8.26. PIEZAS QUE ATRAVIESAN ESTRUCTURAS DE HORMIGON ARMADO

Todos los caños o piezas que deban quedar empotrados en la estructura de hormigón, deberán llevar un anillo de empotramiento que se ajustarán a lo especificado en el punto 4.8.22. Estos caños y piezas deberán colocarse en su posición antes de realizar el hormigón correspondiente y deberán estar bien aseguradas, para que durante el hormigonado no se mueva de la posición aplomada verticalmente.

4.8.27. PRUEBA DE ESTANQUEIDAD DE LAS CUBAS DE LOS RESERVORIOS

Luego de terminado el revoque impermeable, no pudiendo pasar más de 24 horas, se someterá la cuba a la prueba de estanqueidad. Este ensayo consistirá en llenar la cuba con agua hasta el nivel de desborde

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cerrando todas las tuberías instaladas, y se la mantendrá en estas condiciones durante 5 (cinco) días, al término de los cuales se comprobará el descenso del nivel de agua.

Si el nivel de descenso experimentado excediera los 0.20 mts, aparecieran manchas de humedad o pérdidas en la estructura de hormigón de la cuba y en las conexiones hidráulicas, el Contratista deberá efectuar las reparaciones necesarias para subsanar dichas anomalías, según indicaciones de la Fiscalización.

La prueba de estanqueidad se repetirá cuantas veces fuera necesaria, hasta obtener el resultado que no haya manchas de humedad o pérdidas en la estructura de hormigón de la cuba y en las conexiones hidráulicas.

Para la realización de la Recepción Definitiva, es necesario que las cubas de los reservorios se mantengan llenas por un periodo mínimo de 5 (cinco) días después de la última corrección de la prueba de estanqueidad.

Una vez finalizada la prueba de estanqueidad realizada por el Contratista y aceptada por la Fiscalización, se deberá dejar la cuba llena con agua.

El funcionamiento de las válvulas de maniobra en las tuberías de subida y bajada deberán ser verificadas por la fiscalización y la contratista una vez que termine la prueba de estanqueidad, de verificarse fallas tanto de la estanqueidad como en el funcionamiento de las válvulas, se deberá realizar las reparaciones necesarias y repetir el procedimiento y el llenado del tanque tantas veces sea necesario.

Aprobada por la fiscalización la estanqueidad del tanque y el funcionamiento de las válvulas el tanque permanecerá lleno de agua.

4.8.28. COSTOS DE LOS ENSAYOS Y PRUEBAS

El Costo de todos los ensayos que se deban realizar en las estructuras de hormigón, como así también, el de extracción de muestras, embalaje, transporte y el de los útiles necesarios para su realización, serán por cuenta del Contratista.

En el caso, que hubiere necesidades de nuevas verificaciones de la resistencia del hormigón de la estructura de los tanques elevados de HºAº para corroborar resultados de rotura de probetas de los 7 o 28 días, la Fiscalización solicitará al Contratista, ensayos no destructivos, a través del método esclorimétrico, sin costos al Contratante.

4.8.29. DOCUMENTOS TECNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

El Contratista deberá anexar a las Actas de Medición correspondiente a los rubros certificados de la estructura del tanque elevado de HºAº, con unidades de “mts”, “und”, “m2” y “m3”, las siguientes documentaciones:

a)Plano del corte y planta de la estructura del tanque elevado para cada localidad en tamaño de hoja A4 elaborado en CAD, con indicaciones de las medidas en manuscrito obtenidas en el campo,b)Desglose del cálculo de las dimensiones certificadas,c)Copia del Libro Diario de Obra, de las anotaciones de la Fiscalización al respecto del control previo para la autorización de la carga del hormigón y de los resultados de consistencia del hormigón,d)Foto de la excavación terminada y de carga de cada fundación,e)Foto de las estructuras del tanque elevado, con el encofrado retirado,f)Foto de la pared y losa de la cuba, una vez realizada la prueba de estanqueidad,g)Listado de aditivo químico utilizado en la preparación del hormigón, revoque impermeable y copia de las características técnicas de los aditivos,

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h)Aprobación de la Fiscalización del Maestro de Obra para la construcción del tanque elevado, de cada localidad. Este documento deberá ser presentado solamente durante la certificación de la fundación o cuando hubiere cambio de personal habilitado.

VI. 5. TUBERIAS, ACCESORIOS Y VALVULAS

5.1. TUBERIAS Y ACCESORIOS

Las especificaciones técnicas para los materiales de este apartado, siguen las Normas ABNT EB-182 “Tubos de acero carbono para conducción de fuidos-clase media M”, o cualquier otra exigencia similar, en cuanto a calidad de material, fabricación, transporte, ensayos, pruebas.

Las condiciones básicas adicionales a las que deben ajustarse las tuberías y accesorios de hierro galvanizado, son las siguientes:

• Los tubos y accesorios de hierro galvanizado deberán ser aptos para la conducción de agua potable.

• Los tubos y accesorios de hierro galvanizado deberán resistir como una presión hidrostática máxima de ensayo de 50 kg/cm2.

• Los tubos deberán tener un peso medio mínimo de revestimiento de zinc de 450 g/m2, según la Norma MB-25, clase A.

• Los espesores mínimos de los tubos galvanizados deberán ser los siguientes, según las normas de fabricación y utilización:

1. 1. Tanques elevados de H° A°

a) Diámetro de 2"- 3,75 mm – norma ABNT-EB-182-clase Media; 5,219 kg/mtsb) Diámetro de 2 1/2"- 3,75 mm – norma ABNT-EB-182-clase Media; 6,669 kg/mtsc) diámetro de 3"- 4,25 mm - norma ABNT-EB-182-clase Media; 8,846 kg/mtsd) diámetro de 4"- 4,5 mm – norma ABNT-EB-182-clase Media; 12,143 kg/mts Si durante la ejecución de los trabajos, en el mercado no se disponer de los tubos de HºGº con los espesores requeridos, existiendo con espesores menores, será autorizado la provisión y colocación, previo el descuento del precio unitario en relación al peso kg/mts.

La longitud de los tubos podrá ser de 6 metros, y los extremos de los mismos deberán ser proveídos con cubre-roscas para la protección de las roscas externas. Las roscas deberán estar exentas de todo tipo de imperfecciones, rebabas interiores y exteriores y aceite.

Los tubos galvanizados deberán presentar sus superficies, interior y exterior, uniformemente zincadas, debiendo evitarse todo tipo de rayaduras, golpes, manchas que se producen en el manipuleo y transporte de los tubos.

Los tubos deberán ser de sección circular, dentro de los límites de tolerancia prescritos y restar a simple vista. Deben estar libres de defectos de fabricación e imperfecciones del metal. Cuando la profundidad de una falla eventual alcance un 10% del espesor del tubo, este último será rechazado.

Los accesorios de hierro galvanizado deberán ser compatibles con los tubos de hierro galvanizado, en cuanto a los diámetros, presión de servicio y roscas.

No serán aceptados en las instalaciones hidráulicas accesorios de hierro galvanizado que sea fabricado de cortes de tubos.

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Los tubos y accesorios de hierro galvanizado deben ser suministrados con rosca BSP.

Las bridas deberán ser proveídas en material de acero carbono, según Norma ASTM A181 GR1, forjadas y mecanizadas desde que cumplan con una presión de servicio mínimo de 10 kg/cm2.

Las dimensiones y el molde de perforación deberán ser compatibles con las bridas y accesorios (codos, tes y válvulas) de hierro fundido.

Las bridas deberán estar perforadas y deberán ser del tipo soldable, es decir, no deberá instalar bridas roscables para ser utilizadas como soldables.

5.2. VALVULAS DE BRONCE Y ACCESORIOS.

5.2.1. Especificaciones Generales.

Las válvulas y accesorios a ser proveídas e instaladas deberán cumplir con las especificaciones técnicas básicas que son:

a) Los extremos de empalmes con las secciones transversales y circulares deberán ser uniformes.

b) Los planos de los extremos deberán ser paralelos entre sí y perpendiculares al eje de la pieza.

c) Las superficies deberán ser suficientemente lisas y no presentarán los siguientes defectos:

• Fallas y porosidades • Incrustaciones de arena• Burbujas• Escamas• Rebabas• Señales de reparación

d) Cada válvula deberá presentar en la fundición los siguientes datos:

• Marca de Fábrica• Clase (presión de servicio)• Diámetro o medida

e) Los extremos de las válvulas y de los accesorios, ya sean con rosca interna o a bridas, serán perfectamente ajustables a los adaptadores y bridas, de modo a permitir un perfecto montaje y ofrecer estanqueidad.

f) El Oferente deberá presentar catálogos de las válvulas, con los siguientes datos:

• Cara a cara• Altura total• Detalle de los extremos

Características constructivas:

• Superficie de asentamiento de la cuña• Vástago• Cabezal de cierre

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• Cuerpo y tapa• Presión de servicio• Otros datos útiles

El contratista deberá someter a consideración de la fiscalización, para su aprobación, cada válvula antes de su colocación. De ocurrir fallas en la misma durante las pruebas la fiscalización solicitará al contratista el cambio de las válvulas, sin costos adicionales al Contratante.

5.2.2. Las válvulas exclusas de bronce roscables, deberán obedecer los siguientes requisitos de fabricación:

• Cuerpo de cabeza en bronce ASTM B62 Y B124.• Cuña y asta de latón o bronce.• Otros componentes en material de latón ASTM.• Presión mínima de servicio; 10 kg/cm2.• Eje del tipo no ascendente.• Volante de latón, bronce u otro material similar.

5.2.3. Las válvulas de retención horizontal de bronce roscables, deberán obedecer los siguientes requisitos de fabricación:

• Deberán ser del tipo portiñola. • Cuerpo, tapa, portiñola y eje: de bronce B 62.• Presión mínima de servicio: 10 kg/cm2.• Rosca BSP.

5.3. DOCUMENTOS TECNICOS PARA LA APROBACIÓN

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para la aprobación del montaje de la instalación hidráulica del tanque elevado para cada localidad o contrato, si todos los materiales y accesorios hidráulicos son iguales, los siguientes documentos técnicos, no limitándose a los mismos:

5.3.1 TUBOS DE Hº Gº, ACCESORIOS DE HºGº Y VALVULAS DE BRONCE

a)Marca y procedenciab)Norma de fabricación,c)Diámetro externo, diámetro interno, espesor de paredd)Presión de servicio,e)Catálogos técnicos, donde indica las características físicas y mecánicas de los tubos y accesorios de HºGº, y de las válvulas de bronce.

Los documentos técnicos deberán ser legibles en idioma español.

5.4. DOCUMENTOS TECNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

La Fiscalización deberá al anexar al Acta de Medición del certificado del contratista los mismos listados de documentos que fueron aprobados para el inicio del montaje de la instalación hidráulica de los tanques elevados.Además, la Fiscalización deberá incluir el informe que los tubos de acero colocados en las instalaciones hidráulicas de los tanques elevados de HºAº, corresponden a las especificaciones técnicas o son de diámetros inferiores.

Los documentos técnicos deberán ser legibles.

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VI. 6. INSTALACIONES HIDRÁULICAS DE LOS TANQUES ELEVADOS DE HORMIGÓN

El alcance de los trabajos de las instalaciones hidráulicas de los tanques, consiste en Provisión y colocación del conjunto de cañerías, válvulas y accesorios correspondientes al tanque, de acuerdo a los esquemas hidráulicos de los mismos, hasta la provisión y colocación de la válvula exclusa en la bajada y de la válvula de retención horizontal en la subida.

Los diámetros de las tuberías de HºGº para los tanques elevados de H°A° son los siguientes:

UBICACIÓN Cap. 15m3 Cap. 30m3 Cap. 40m3Tubería de subida 2 pulg. 3 pulg. 3 pulg.Tubería de bajada 3 pulg. 4 pulg. 4 pulg.Tubería de desborde 2 pulg. 3 pulg. 3 pulg.Tubería de limpieza 2 pulg. 3 pulg. 3 pulg.

De acuerdo a las capacidades de los reservorios, se adoptaran los siguientes tipos de esquemas de diseños para las instalaciones hidráulicas, para los tanques elevados de hormigón armado: 6. ESQUEMA DE INSTALACION HIDRAULICA

Cuando las tuberías de subida, bajada, limpieza y desborde sean de diámetros menores o iguales a 4", se utilizará el diseño tipo B, es decir, accesorios roscables de hierro galvanizado y válvulas de bronce.

Para la unión de los accesorios roscables con tuberías de PVC se utilizarán adaptadores lisos en un extremo y roscables en el otro extremo.

Los accesorios a ser utilizado para este tipo de instalaciones son los siguientes:

• Un adaptador PVC LR, para la conexión entre la válvula exclusa de bronce de la bajada del tanque.

• Un adaptador PVC LR, para la conexión entre la válvula de retención horizontal de bronce de la subida del tanque.

• Una reducción de PVC soldable para la conexión entre la salida de la tubería del pozo con la línea de impulsión, en caso que los diámetros de la tubería de H°G° de salida del pozo sean diferentes de la línea de impulsión.

• Una reducción de PVC soldable, para la conexión entre el adaptador de la válvula exclusa de la bajada del tanque con la red de distribución, en caso que los diámetros de la válvula exclusa sean diferentes de la red de distribución.

• Una reducción de PVC soldable, para la conexión entre el adaptador de la válvula de retención horizontal de la subida del tanque con la línea de impulsión, en caso que los diámetros de la válvula de retención horizontal sean diferentes de la línea de impulsión.

VI. 7. ESQUEMAS DE INSTALACIONES DE DESAGUE PARA LOS TANQUES ELEVADOS

DE HORMIGÓN.

La cañería de desborde y limpieza se empalmará con una curva de 90º de hierro galvanizado, seguido de un adaptador de PVC liso rosca el cual se conectará con la tubería de PVC, clase 12, hasta la línea del cordón de la calle. En el extremo de la tubería se deberá ejecutar un muro de mampostería para protección. Las dimensiones del muro son: ancho: 0,45mts, largo: 0,60mts, altura: 0,60mts con 0,30mts bajo el nivel del terreno. El muro de mampostería deberá ser revocado con mezcla dosaje 1.3. También el extremo de la tubería debe estar protegido con una malla de plástico de tal forma a evitar ingresos de roedores dentro del tubo.

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VI. 8. CARTEL DE OBRA

El Contratista deberá fabricar e instalar un cartel indicador, a los diez días de la entrega del terreno para la construcción del tanque elevado, por la Fiscalización.

El cartel indicador deberá tener las siguientes características:

• Tendrá una dimensión de 2m x 1.5m, deberá estar construido en chapa de zinc No 20, sobre bastidores de madera ybyrapytá, cuadriculados cada 30 cm, con listones internos de 1/2" x 2", y listones perimetrales de 2" x 2".

• La base inferior del cartel deberá estar a 1,50 m. del suelo, sobre soportes de madera ybyrapytá de 3" x 3", que deberá cubrir además el alto del cartel y penetrar un mínimo de 50 cm en el terreno. Deberá preverse además, tensores de madera para evitar el vuelco por viento.

• El cartel deberá estar pintado con fondo blanco uniforme, y las letras del texto de color negro brillante. Los soportes deberán estar pintados de negro mate. El cartel estará abulonado por los soportes.

VI. 9. PARARRAYOS

9.1. GENERALIDADES

El contratista deberá proveer e instalar un pararrayos en el punto más alto de la estructura del tanque elevado de hormigón armado, tanque elevado metálico, tanque elevado de fºvº con estructura soporte.

Las condiciones mínimas para la provisión de materiales para pararrayos son las que se ajustan a las Normas ABNT, NP, IRAM, NEC o cualquier otra de exigencia similar, en cuanto a calidad del material, fabricación, instalación, pruebas, etc.

Cuando el tanque elevado y el puesto de distribución están el mismo terreno, la malla de puesta a tierra del pararrayo del tanque elevado y del puesto de distribución, se utilizará un esquema PEN (Punto Equipotencial Neutro), o sea, una malla común para el pararrayos y para el puesto de distribución.

El listado de materiales necesarios para un pararrayos es el siguiente y no limitándose a los mismos:

a) Pararrayos: 1 unid.b) Jabalina de cobre de 2,40 m., diámetro 5/8" tipo copperweld, cantidad mínima según planilla de

cómputo. c) Cable de cobre desnudo de 35 mm2 de sección, para bajada y en algunos casos para mallado,

cantidad mínima según planilla.d) Cable de cobre desnudo de 50 mm2 de sección, para mallado de tierra, según cantidad mínima

según planilla.e) Abrazadera con aislante en cada punto de sujeción (riostras): 4 unid.f) Abrazadera para caño PVC de 1 ¼”: 2 unid.g) Aislador entre captador y asta: 1 unid.h) Aisladores de bajada: 4 unid.i) Tubos y accesorios de Hº Gº de 1”:1 unidj) Caño PVC rígido de 1 ¼” diámetro x 6 mts: 1 unid.k) Tapón Hembra de 1" de PVC: 1 unid.l) Tapón hembra de 1 ¼” de PVC: 2 unid.

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9.2. CARACTERÍSTICAS GENERALES

La provisión y colocación del pararrayos se deberá ajustar al plano de detalle proveído por el Contratante.

El pararrayos estará conformado por un captador y tres puntas direccionales.

Todos los materiales empleados en la instalación deberán ser resistentes a la corrosión.

Serán rechazados los materiales cuya unión forme par electrolítico.

Los conductores deberán ser: cobre con conductividad mínima de 98 %.

En las interconexiones entre captadores, bajadas, masas metálicas y electrodos de tierra, deberán ser usados conductores con sección mínima de 35 mm2.

Los captadores de punta deberán ser macizos y tendrán, por lo menos, la resistencia mecánica equivalente a la de un tubo de acero zincado, con diámetro (interno) nominal de 20 mm y pared con espesor de 2.65 mm;

Las uniones entre las bajadas y las terminales aéreas deberán estar constituidas por medio de conectores de presión o de juntas amoldables, que aseguren una sólida unión mecánica-eléctrica;

Los conductores de las bajadas deberán ser de una sola pieza y no deberán tener remiendos.

Los soportes en general, podrán ser de dos tipos: soporte de fijación o guía;

Los soportes de fijación deberán ser del mismo material, o de otro material que no forme par electrolítico;

Los soportes de guías deberán tener forma y acabado que protejan los conductores contra la oxidación y el desgaste, y que no formen par electrolítico;

Los electrodos de tierra deberán estar de acuerdo a la siguiente tabla:

• Forma: tubo• Material: cobre• Dimensiones: diámetro de 5/8” x 2,40 mts.• Posición: vertical

Las uniones entre bajadas y jabalinas, jabalinas y cable de cobre desnudo de 50 mm2, y entre cruces de cables desnudos de 50 mm2, se harán por medio de soldaduras isotérmicas de tal forma que forme par electrolítico.

El pararrayos deberá ser instalado en el lado opuesto a la escalera, independientemente del tipo de tanque elevado.

Para los soportes aisladores del cable de bajada deberá preverse durante la construcción, planchuelas soldadas por las riostras del tanque, y para el caso de estructuras de hierros soldar los soportes de aisladores por la estructura cada 3 m.

Se deberá colocar un caño PVC rígido de 1 ¼ “ x 6 mts. a nivel del suelo, según plano, para proteger de posibles daños el conductor de bajada del pararrayo.

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El cable de sección 50 mm2 y las jabalinas deberán estar instalados a una profundidad mínima de 0,80 mts, para evitar el robo y para mejorar la lectura de resistividad de la malla construida. Por lo tanto, al utilizar la fórmula de “Sverak”, se deberá tener en cuenta la profundidad de 0,80 mts para el valor “h” profundidad del conductor en el suelo.

9.3. DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA APROBACIÓN

El Contratista deberá realizar la medición de la resistividad del suelo con una jabalina de prueba, y presentar a la Fiscalización la planilla de las mediciones de campo, memoria de cálculo y esquema tentativa de la malla de puesta a tierra para su aprobación, con las cantidades especificadas en las planillas de precios, o nueva cantidades.

El contratista solamente podrá iniciar la construcción de la malla puesta a tierra una vez aprobado el proyecto por la Fiscalización.

La certificación de la malla a puesta a tierra será según medición ejecutada, de acuerdo con los precios unitarios de la planilla de precios de los tanques elevados.

El valor máximo admitido de la resistencia de la malla de puesta a tierra construida (PEN) será de 10 Ohms x mts.

El Contratista deberá indicar con claridad, las normas, los accesorios y conexiones, así como los tipos de materiales a la Fiscalización para su aprobación, antes de la construcción de la malla.

Todos los documentos deberán estar firmados por el Ing. Electromecánico o electricista del contratista.

9.4. DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

El Contratista deberá anexar al Acta de medición del certificado para cada localidad los siguientes documentos:

a) Planilla de medición de resistividad del terreno con una jabalina de prueba,b) Memoria de cálculo, c) Tipo de equipo utilizado,d) Esquema de la malla de puesta a tierra construida, indicando las ubicaciones con distancias de las

obras de caseta, tanque elevado, puesto de distribución y pozo, dimensiones del terreno, dimensiones de los cuadros de la malla, cantidades de jabalinas, puntos de soldaduras isotérmicas entre cable y jabalina, y entre cables y cables, planillas de cantidades de jabalinas y cables,

e) Medición de resistividad de la malla puesta a tierra construida,f) Orden de servicio de la fiscalización aprobando el proyecto y para el inicio de la construcción.

Todos los documentos deberán estar firmados por el Ing. Electromecánico o electricista del contratista.

VI. 10. PROVISION Y COLOCACION DE ESCALERA, PLATAFORMA Y TAPA METALICA

El Contratista deberá construir una escalera metálica del tipo marinera y una plataforma, según el diseño del Contratante, para los tanques de hormigón armado.

Durante la construcción del reservorio, el Contratista ejecutará esta escalera, la que deberá presentar seguridad para la inspección en el transcurso de la preparación del encofrado, durante el cargado, ajustada a los planos de detalle de escalera metálica proporcionado por el Contratante.

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No se permitirá, para la colocación de la escalera el picado de la estructura de hormigón, debiéndose prever, durante el hormigonado de la estructura los arranques de los perfiles “L”, para posterior soldadura con las planchuelas verticales.

Para la preparación de la Planilla de Precios, tanto para la escalera como para la plataforma, el Contratista deberá verificar los materiales y las cantidades en los planos de detalle y la altura de los tanques.

Se deberá proveer y colocar una tapa metálica de inspección realizada en chapa de hierro de 3/16", accionada con bisagras tipo portón y provista de un candado tipo Yale de seguridad. Para presupuestarla se deberá seguir lo indicado en el plano: detalle tapa de tanque.

VI. 11. CONSTRUCCION DE REGISTROS

Para las válvulas de retención horizontal y esclusa se deberán construir registros de mampostería de 0,15, y el asentamiento de los ladrillos se realizará con argamasa con dosaje 1:4:16. Internamente llevará revoque a una sola capa en dosaje 1:4:16. Las dimensiones y detalles constructivos se hallan indicados en el plano registro para válvulas para los tanques elevados de hormigón armado.

VI. 12. PINTURA O TRATAMIENTO FINAL DE SUPERFICIE EXTERIOR DEL TANQUE ELEVADO DE HORMIGÓN ARMADO

Antes de realizarse el tratamiento, la superficie a ser tratada, deberá estar totalmente limpia de material suelto y reparadas las coqueras o irregularidades.

Deberá realizarse un tratamiento final de hormigón visto que consiste en la pintura al látex para exterior de color cemento.

Se aplicarán la cantidad necesarias de pintura de tal forma a cubrir los poros y pequeñas imperfecciones de la superficie.

El Contratista deberá presentar la marca de la pintura a látex a ser utilizada para la aprobación de la Fiscalización.

1. DOCUMENTOS A SER ANEXADO AL CERTIFICADO

Se deberá anexar al Acta de Medición la foto de la estructura de hormigón pintada, de los cuatros de lados.

VI. 13. PINTURA DEL LETRERO DE LA CUBA

El Contratista deberá escribir en la cuba del tanque elevado de hormigón armado, las siguientes frases en letras mayúsculas:

M.S.P y B.S – SENASA – PG-P14-MAG/JBIC (COLOR ROJO)

JUNTA DE SANEAMIENTO (COLOR AZUL)

NOMBRE DE LA LOCALIDAD (COLOR ROJO)

Los guiones entre las palabras PG y P14, y entre P14 y MAG/JBIC, deberán ser de tamaño menores con relación a los guiones entre las palabras MSP y BS y SENASA.

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Para los tanques elevados de H° A° el color del área de fondo de las frases deberá ser de color blanco, al esmalte sintético para exterior.

Las frases deberán ser pintadas con esmalte sintético especificado para exteriores, resistente al deterioro debido a la acción de los rayos solares y de lluvias.

El fondo donde será pintado con color blanco, deberá ser previamente limpiado y lijado para la eliminación de impurezas, residuos y grasas, dejados por el desmolde del encofrado y terminación de la textura del hormigón de la cuba.

Las frases a ser pintadas por las cubas de los tanques elevados deberán quedarse ubicadas con vista la calle, con un ángulo de 180° o 90° con relación a la escalera, pararrayo para los tanques de hormigón armado y tanque elevado metálico.

El contratista deberá presentar a la Fiscalización, una muestra de las frases, para su aceptación.

Las frases deberán ocupar un espacio correspondiente al 70% de la altura de la cuba.

Los dos espacios libres: entre el borde superior de la cuba y la primera; y entre la tercera frase y el borde inferior de la cuba, deberán ocupar un espacio del 30% de la altura de la cuba.

La longitud de las frases deberá ocupar un espacio no mayor del 40% de la longitud de la circunferencia de la cuba.

El tipo de letra a se utilizado para las frases será del tipo ARIAL.

1. DOCUMENTOS A SER ANEXADO AL CERTIFICADO

Se deberá anexar a la Acta de Medición la foto del letrero de la cuba.

VI. 14. PINTURA TUBERÍAS, ESCALERA Y PLATAFORMA Y TAPA METÁLICA

Las tuberías de H°G° y acero, escaleras, plataformas y tapa metálica, que estarán a la intemperie y bajo cobertura, llevarán primeramente una mano de pintura anticorrosivo y posteriormente tres manos de pintura al esmalte sintético. El color a ser utilizado es el verde musgo, previa presentación de la muestra a la fiscalización para la aprobación.

Las tuberías de H°. G° y de acero que estarán submersos dentro de los reservorios, llevarán tres (3) manos de pintura del tipo Epoxi.

VI. 15. TRANSPORTE DE MATERIALES SOBRANTES Y LIMPIEZA FINAL

El Contratista deberá dejar el área de obras totalmente limpia, deberá retirar todo material residuo de las excavaciones, residuo del hormigón o de otras obras.La limpieza final consistirá en el destronque, desobstrucción y remoción de desperdicios y materiales sueltos, los que deberán ser eliminados del lugar, quemándolos o empleando cualquier otro método de eliminación.

El contratista deberá rellenar y nivelar con suelo natural, todos los pozos que fueron utilizados para realizar mezclas, apoyo de tirantes u de uso para otras obras auxiliares, durante la construcción.

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VI. 16. RELLENO Y COMPACTACION HASTA LA PRIMERA RIOSTRA, Y TALUD PERIMETRAL

16.1. TANQUE ELEVADO DE HORMIGÓN.

El nivel de la primera riostra debe ser tal que su cara inferior este como mínimo 30 cm sobre el nivel del terreno natural en el lugar replanteado para la ubicación del tanque y al menos 5 cm sobre el punto destinado para la boca de descarga de la tubería de desagote en la vía pública.

El contratista deberá prever el relleno y compactación del volumen determinado por el perímetro de la primera riostra con un talud externo al mismo perímetro. Como terminación se debe colocar 10 cm. de espesor de piedra triturada. El alcance de los trabajos de las instalaciones hidráulicas de los tanques, consiste en Provisión y colocación del conjunto de cañerías, válvulas y accesorios correspondientes al tanque, de acuerdo a los esquemas hidráulicos de los mismos, hasta la colocación de un caño de PVC x 6mts - 6 Kg/cm2, conforme al diámetro de la red de distribución según proyecto de cada localidad, para evitar que la Junta de Saneamiento rompe la pared del registro de la válvula exclusa de bajada del tanque elevado.

El tubo de PVC será proveído por la Junta de Saneamiento.

VI. 19. TRABAJOS DE ALBAÑILERIA Y TERMINACION

19.1. CIMIENTOS

Para la construcción se utilizarán piedras areniscas blancas en bruto, asentándose en las fosas, bloque por bloque.Se usará como aglomerante argamasa de cemento, cal y arena lavada, con dosaje 1:2:10. El asentamiento de los bloques se realizará en forma tal a no permitir la existencia de vacíos entre los mismos.

Las zanjas se abrirán con las dimensiones requeridas para permitir la cómoda ejecución de la cimentación, debiendo las mismas quedar libres de materiales en descomposición, sedimentos vegetales, etc. La argamasa destinada a este rubro no tendrá en ningún caso edad mayor de 12 horas, contadas a partir de su preparación.

La parte de cimentación construida deberá quedar perfectamente nivelada en toda su extensión.

El nivel de piso terminado de la caseta deberá ser de modo que permita el desagüe pluvial de la caseta a la calle, con pendiente mínima de 2%

19.2. PAREDES DE NIVELACION

Deberán ser construidas con ladrillos macizos, de primera calidad. El asentamiento se realizará con argamasa de cemento, cal y arena lavada, con dosaje 1:2:10, estarán perfectamente aplomadas y niveladas.

Las juntas no presentarán rebabas de argamasa en sus fases laterales.

Los ladrillos destinados a la realización de este rubro serán abundantemente embebidos en agua, no aceptándose los que hayan sido remojados o humedecidos en condiciones precarias. En ningún caso, la argamasa destinada a este rubro tendrá edad mayor de 12 horas, contadas a partir de su preparación.No se aceptarán paredes de nivelación construidas con piedra bruta y/o ladrillo hueco.

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19.3. AISLACION HORIZONTAL

Sobre todo el ancho o espesor de los muros y a 0.12mts del nivel del suelo, se realizará la camada de aislación.La camada de aislación estará formada por una capa de argamasa de cemento y arena, con dosaje 1:3, alisada al fratás, nivelada y en forma de "U" invertida. Las caras laterales tendrán un ancho mínimo de 0.10mts Sobre esta camada se aplicará una capa de asfalto diluido en caliente, de un espesor no inferior a 0,002mts, sin permitir grietas, grumos o claros.

Para la aplicación del asfalto no se deberá adicionar al mismo ninguna clase de disolvente.

19.4. AISLACION DE LOSA TECHO DE HORMIGON.

Las losas de techo llevaran el siguiente tratamiento:

Se aplicara una capa de argamasa con dosaje 1:2:10 (cemento: cal: arena), dándole una pendiente que permita el escurrimiento del agua. Luego de un periodo de dos días, se aplicará una capa de asfalto diluido en caliente sin adicionar ningún tipo de disolvente, de un espesor no inferior a 2 mm., sin permitir grietas grumos o claros, inmediatamente después se colocará sobre la misma una membrana asfáltica de 4 mm de espesor teniendo especial cuidado en las juntas y terminaciones de tal forma a no permitir filtraciones debajo de la membrana. Finalmente se asentará sobre la membrana asfáltica un piso de tejuelitas cerámicas prensadas con argamasa de dosaje 1:2:10 (cemento: cal: arena).

19.5. PAREDES DE 0.15

Los paramentos se realizarán a soga y tizón, en hiladas alternadas, con ladrillos comunes de la mejor calidad.

El asentamiento de los ladrillos se realizará con argamasa con dosaje 1:4:16 (cemento: cal: arena lavada), y rendija de 1.5 cm. de espesor como máximo.

El aplomo y la nivelación serán perfectos en todos los muros, exigiéndose la verificación de los mismos en lo mínimo cada cuatro hiladas de ladrillos asentados.

Todos los ladrillos para su asentamiento, serán previamente remojados abundantemente, no admitiéndose el humedecimiento precario. La argamasa no tendrá edad mayor de 12 horas, contadas a partir de su preparación. Ver las especificaciones de Hormigón Armado.

Todos los encuentros de paredes formando ángulo serán a 90º y se exigirá trabazón de ladrillos entre hiladas de cada pared, en todo lo alto del encuentro. En ningún caso se admitirá el aplomo por medio del revestimiento.

Para la ventilación de la caseta de operación, se colocará ladrillo convocó cerámico artístico, de dimensiones de 0,15 mts x 0,15 mts.

19.6. REVOQUE DE MAMPOSTERIA

Será ejecutado con argamasa de dosaje 1:4:16 (cemento: cal: arena).

Este revestimiento se realizará en fajas no mayores a 1.00 mts de ancho, y con espesor nunca mayor a 0.015mts debiendo presentar una superficie lisa, sin deformaciones, aplomada y en condiciones de recibir sucesivas manos de pintura. Para su ejecución se mojarán suficientemente los ladrillos de las paredes, no admitiéndose el remojado precario (salpicado).

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Debe contemplarse el revoque de mampostería de nivelación por encima del terreno.

19.7. CONTRAPISO La base para el contrapiso debe estar rellenada con suelo del arenoso arcilloso, sin materiales orgánicos, compactado y nivelado. El contrapiso para el piso de hormigón de la caseta de operación y para el paseo perimetral, deberá ser ejecutado en hormigón dosaje 1.3.6., espesor 7 cmts.

19.7.1. MURO PERIMETRAL

Para el contorno del caminero perimetral se deberá ejecutar un muro perimetral de mampostería de 0,15 mts., dosaje 1.3 (arena y cemento), con una altura mínima de 0,20 mts, sobresaliendo sobre el nivel del terreno natural, dependiendo de la topografía del terreno, y con 0,15 mts enterrada.

19.8. PISO DE LA CASETA Y PASEO PERIMETRAL

El piso de la caseta y el caminero perimetral deberá ser de hormigón armado, espesor de 8 cmts, con armadura de 6 mm, parilla con separación cada 20 cmts. La terminación del piso de hormigón debe ser lisa, sin imperfecciones, sin ondulaciones y bien nivelada.

La cota de piso terminado de la caseta corresponde a más 0,30 mts sobre el nivel del terreno natural y el del paseo perimetral menos 0,05 mts del piso de la caseta de operación.

En el área de instalación del tanque el piso tendrá un desnivel de - 3 cm con relación al piso de la caseta, y se instalará una cañería de desagüe de 40 mm con el fin de permitir el desagüe de eventuales filtraciones de solución de cloro o pérdidas de agua.

19.9. PUERTA, MARCO METALICO

La caseta tendrá como cerramiento una estructura metálica compuesta por marco en chapa doblada n° 18 y puerta en chapa doblada nº18, lisa a ambos lados, con bastidor y refuerzo interno. En la parte superior tendrá una abertura tipo persiana de 0.30m de altura y separación entre persianas de 0.05mts. Ver plano de la caseta de operación.

No se aceptarán puertas metálicas fabricadas con remaches y con retazos de chapas.

19.10. PINTURA

19.10.1. PINTURA DE MAMPOSTERIA

Los revoques externos e internos serán pintados con pintura al látex en color blanco, debiendo recibir previamente los tratamientos de base correspondientes.

19.10.2. PINTURA DE ABERTURAS

La puerta metálica recibirá, previo lijado, dos manos de pintura antióxido y luego pintura al esmalte color gris perla.

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19.11. ALIMENTACION DE AGUA Y LINEA DE INYECCIÓN

El contratista deberá ejecutar para la inyección de la solución de hipoclorito de sodio, una conexión hidráulica entre la línea de impulsión hasta cerca de la mesada de la bomba dosadora para la conexión con la válvula de inyección. La conexión hidráulica será en tubería de PVC soldable, diámetro de 20 mm, según el detalle del plano.

Además, se deberá ejecutar una conexión hidráulica entre la línea de distribución hasta la caseta, para la instalación de una canilla de ½”, que servirá de alimentación para el tanque de dilución de cloro. La canilla deberá estar ubicada en la pared paralela a la caseta. La conexión hidráulica será en tubería de PVC soldable, diámetro de 20 mm, según el detalle del plano.

Al nivel de piso se colocará un tubo de PVC de 40 mm, para eventual desagüe de filtraciones del tanque.

19.12. HERRAJES

La abertura metálica llevará cerradura de embutir del tipo YALE

19.13. BASE PARA BOMBA DOSADORA

La base de bomba dosadora estará asentada sobre una losa de hormigón armado de 1.00 x 0.40 y espesor de 5 cmts, con armadura de 6 mm, parilla cada 10 cmts. La losa debe estar sobre el tanque de dilución a fin de permitir una mejor succión. La losa deberá tener orificios de diámetro de 50 mm, a fin de permitir el paso de la manguera de plástico y accesorios de succión hasta el fondo del tanque de solución de cloro.

19.14. INSTALACION ELECTRICA

19.14.1. GENERALIDADES

El presupuesto deberá comprender el suministro de los materiales de primera línea en el mercado y la mano de obra necesarios para realizar los trabajos detallados a continuación:

• medidor de entrada• línea alimentadora del tablero principal• montaje y conexión del tablero principal• línea de alimentación al tablero de la electrobomba.• línea de alimentación de la bomba dosadora • circuito de luces y toma corriente• línea de alimentación para el equipo de bombeo• artefactos de iluminación• prueba del circuito eléctrico • registros para pasaje de los cables.• automatización de la bomba dosadora con el tablero de mando de la electrobomba.

Para la elaboración del presupuesto se deberá tener en cuenta:

Capacidades y tipo de energía de los equipos de bombeo a ser instalados en las localidades en donde se ejecutarán las casetas de acuerdo al Tipo y Potencia de la Electrobomba a ser instalada.

Además de las cargas de las potencias de los equipos de bombeo, se deberá considerar las potencias de dos motores eléctricos trifásicos o monofásicos (de acuerdo al tipo de energía de cada localidad) de 1/2HP cada uno.

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19.14.2. DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS

Con relación a la instalación eléctrica, quedan comprendidos dentro de las obligaciones del Contratista los trabajos y provisiones siguientes:

a) Apertura de canaletas en muros, cubiertas de techo, entrepiso y cualquier otra estructura, como también la ejecución de nichos para el alojamiento de la caja que contendrá el tablero principal y demás accesorios, comprendiendo además el empotramiento de grampas, tacos y cualquier otra tarea inherente a estos trabajos:

b) Tendido de cañerías con sus cajas, conectadores y, en general, todos los elementos integrantes de las canalizaciones eléctricas, cualquiera sea su destino y características:

c) Tendido de conductores, elementos de conexión, interruptores, toma corriente, tablero principal y en general, todos los elementos que se indican en los planos, como también los que resulten necesarios para la correcta terminación y el perfecto funcionamiento de todas las instalaciones comprendidas por la presente Sección del Pliego.

d) Toda provisión de cualquier otro trabajo conexo con las obras incluidas en la presente Sección del Pliego, necesario para entregar la instalación, concluida en su totalidad, bajo tensión y en perfecto estado de funcionamiento;

e) Reparación de la parte afectada por los trabajos que ejecute el Contratista, hasta dejarla en sus primitivas condiciones de solidez, aspecto y utilización, así como también la limpieza de escombros y residuos originados por los trabajos ejecutados.

19.14.3. NORMAS GENERALES

a) El Contratista tendrá a su cargo la preparación de los planos de las instalaciones eléctricas, basándose en los requerimientos formulados por el Contratante, en el plano del proyecto;

b) El Contratante podrá disponer en la obra los cambios que estime conveniente, con el objeto de salvar obstáculos o modificaciones posteriores, trabajos, que cuando no afecten los cómputos métricos del presupuesto, deberán ser ejecutados sin dar derecho a pago de adicionales o remuneración alguna.

19.14.4. DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS

a) Además de cumplir con lo establecido en la presente documentación, las instalaciones deberán ser ejecutadas en un todo de acuerdo a los planos y normas generales de la ANDE; en baja y media tensión.

b) Queda, por lo tanto, establecido que para presentar la propuesta, los oferentes están obligados a documentarse fehacientemente sobre las referidas disposiciones o reglamentos vigentes;

c) Si dichas exigencias fueran distintas a las estipuladas en las documentaciones de este Pliego, los oferentes deberán hacer la consulta pertinente al Contratante, previo al acto de apertura de los sobres, pués con posterioridad a su celebración no podrán ser consideradas como presupuesto adicional las originadas por las aludidas diferencias.

19.14.5. ENSAYOS Y PRUEBAS

a) El Contratista deberá ejecutar oportunamente las pruebas de funcionamiento y calidad que la fiscalización considere indispensables para la recepción de la instalación;

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b) Los ensayos antes dicho no eximirán al Contratista de su responsabilidad por los defectos que se produjeran durante el funcionamiento de la instalación eléctrica, debiendo comprometerse a efectuar cualquier reparación o modificación de los trabajos realizados, si se comprobasen deficiencias derivadas de la utilización de material impropio o en malas condiciones, así como también del empleo de mano de obra deficiente. En cualquiera de los casos, el Contratista está obligado a efectuar todas las modificaciones o reparaciones que le indicase la fiscalización, para dejar los trabajos en perfectas condiciones de funcionamiento, sin derecho a indemnizaciones o pago alguno por este concepto.

19.14.6. MEDIDOR

a) El Contratista gestionará ante la ANDE la conexión del medidor correspondiente.

b) Los gastos que se originan en concepto de conexión, correrán a cuenta del Contratista.

19.14.7. ELECTRODUCTOS

a) Todas las cañerías serán de colocación embutida en las losas de hormigón, en las mamposterías o engrampadas a las estructuras de sostén del techo, de acuerdo a la distribución proyectada en los planos o por las indicaciones de la fiscalización;

b) Los caños de colocación embutida o exterior serán de plástico liso, semi-rígido. La cañería será de reconocida calidad;

c) Las canalizaciones de luz y fuerza motriz se ejecutarán siempre en cañerías independientes unas de otras, constituyendo instalaciones completamente separadas;

d) Los caños que deben colocarse embutidos en los pisos en contacto directo con la tierra o en los casos que la cañería forme el sifón, será de material plástico (PVC) semi-rígido;

e) En los electroductos se dejarán cabos de acero de tal forma a facilitar un cableado posterior a la terminación de la obra.

f) Todos los electroductos subterráneos deberán llevar encima una capa de 10 cm. de arena lavada y como protección mecánica una hilada de ladrillos.

19.14.8. CONDUCTORES

a) Serán de cobre electrolítico con un coeficiente de conductividad de 98%, sin fallas de forma cilíndrica y aislación formada por policroruro de vinilo PVC. Los conductores serán para tensión de 750 voltios como mínimo;

b) Las uniones o empalmes de las líneas nunca deberán quedar dentro de las cañerías, sino que deberán ser practicadas en las cajas de salida, de pase o de derivación;

c) A los efectos de su mejor individualización y permitir una rápida inspección o control de la instalación, los conductores alojados dentro de una misma cañería serán de diferentes colores.

d) Las conexiones entre el transformador y el medidor, el puesto de medición y el tablero

principal, y entre el tablero principal con el tablero de mando de la electrobomba, deberán ser con conductores del tipo NYY.

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19.14.9.- CAJAS

a) Las cajas destinadas a centros, tomas de corriente, llaves de efecto, derivaciones, paso o inspecciones, serán de acero estampado de una sola pieza, esmaltadas interior y exteriormente, o bien galvanizadas;

b) Las cajas para elementos de efecto se colocarán en posición vertical, ubicándose a 10cm del marco de la abertura y 110cm desde el nivel del piso hasta la parte inferior de las cajas. Las cajas para tomas de corriente se colocarán en posición horizontal y a 20cm sobre el nivel del piso terminado en su parte inferior. Estas indicaciones están supeditadas a confirmación de la fiscalización, en cada caso;

19.14.10.-TABLERO DE DISTRIBUCION

a) Se ubicará en el lugar indicado en el plano y a una altura sobre el piso terminado tal que su parte superior se encuentre a una altura no mayor de 2mts;

b) El gabinete para este tablero será del tipo de colocación embutida, construida en plástico, con visor transparente. El marco formará cubre-junta entre pared y gabinete, asegurándose, sobre dicho marco la puerta mediante bisagras desmontables. Tendrá rieles para el montaje de llaves TM y barra de neutro de cobre que deberá estar aterrado con una jabalina de cobre de 5/8” x 2.40 mts., colocado en el registro abajo del tablero principal. Los conductores de tierra y neutro deberán estar colocados por la barra de neutro con terminales y perno con tuerca.

c) La cantidad de llaves termomagnéticas a ser instaladas en los tableros son las siguientes: (i) tablero principal trifásico: tres llaves termomagnéticas trifásicas, una monofásica y espacio libre lateral de cada lado de las llaves termomagnéticas de 6 cmts, como mínimo, para buena ventilación; (ii) tablero principal monofásico: cuatro llaves termomagnéticas monofásicas y espacio libre lateral de cada lado de las llaves termomagnéticas de 6 cmts, como mínimo, para buena ventilación.

19.14.11. ARTEFACTO DE ILUMINACION

a) Los artefactos de iluminación incandescentes serán del tipo de aplicar a la pared o del tipo

plafond, con pantalla difusora y con lámpara a la vista de 60W.

b) Los artefactos de iluminación fluorescentes serán del tipo de adosar, con lámpara a la vista de 40W.

c) Deberán tener condensador para la corrección del factor de potencia y la reactancia de funcionamiento silencioso.

19.14.12.-LLAVES TERMOMAGNETICAS

Todas las llaves termo magnéticas (TM) deberán ser colocadas sobre rieles y ser de procedencia Europeas, con capacidad de ruptura como mínimo de 6 KAmp.

19.14.13.-REGISTROS ELECTRICOS

Serán ejecutados registros para la instalación eléctrica de caseta de operación, ubicados de forma siguiente: 1. Registro R1 – dimensión: 0,60 x 0,60 x 0,60 mts, cantidad: una unidad; ubicación: dentro de la

caseta, debajo del tablero de mando de la electrobomba, este registro tiene la función de recibir los cables del tablero de mando de la electrobomba y además guardar en forma de rollo el cable sobrante

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de la instalación del mismo. También estará anclado en este registro un perfil “L” de ½” x ½” x 1/8” galvanizada de 1.5 mts. De longitud, con un gancho para atar la piola marinera de sujeción de la Electrobomba.

2. Registro R2– dimensiones: ancho: 0,50 x 0,50 x 0,50 mts, cantidad: una unidad. Ubicación: dentro de la caseta, debajo del tablero de distribución.

3. Registro R3 – dimensiones: 0,50 x 0,50 x 0,50 mts, cantidad: tres unidades. Ubicación: una unidad, fuera de la caseta, para las llaves de paso de PVC soldable en las líneas de alimentación de agua para el tanque de dilución y para la línea de inyección de hipoclorito de sodio. El segundo registro, está ubicado abajo del tablero principal, dentro de la caseta, para conectar con la acometida que viene del tercer registro. El tercero registro, fuera de la caseta, al lado de la vereda perimetral y que se conecta directamente con la línea de alimentación desde el registro del puesto de distribución y con el registro interno debajo del tablero general de distribución.

4. Registro R4 – dimensión: 0,60 x 0,60 x 0,60 mts, cantidad: una unidad; ubicación: debajo del puesto de distribución.

Los registros serán construidos en mampostería de 0,15 mts, dosaje 1.3 y revocados internamente con mezcla 1:3. El fondo de los registros que estarán dentro de la caseta deberá ser ejecutado en mampostería de 0,15 mts, dosaje 1:3. Los que están fuera de la caseta tendrán como fondo 10 cm. de piedra triturada.

Además se podrá ejecutar otros registros, caso fuere necesario, debido a los cambios de dirección en los circuitos de alimentación de fuerza, cruces de calles y en los circuitos en donde la distancia supere los 15 mts.

La tapa de los registros R3, fuera de caseta, deberá estar en el mismo nivel de la vereda perimetral y los registros R1 y R3, deberán estar en el mismo del piso de la caseta, y tener bulón en la tapa para que se pueda alzar la misma.

Las tapas de los registros serán de Hormigón Armado de 6 cm. de espesor.

Los registros que no que cumplen con las dimensiones internas, deberán ser demolidos y ajustados a los planos correspondientes.

19.15-DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADO AL CERTIFICADO.

El Contratista deberá anexar a las Actas de Medición correspondiente a los rubros certificados de la caseta de operación, con unidades de “mts”, “m2” y “m3”, las siguientes documentaciones:

1) Plano del corte y planta de la caseta de operación en tamaño de hoja A4 elaborado en CAD, con indicaciones de las medidas en manuscrito obtenidas en el campo,

2) Desglose del cálculo de las dimensiones certificadas,3) Copia del Libro Diario de Obra, de la anotación de la Fiscalización del resultado de

consistencia del hormigón para la carga de la losa techo,4) Foto de la losa techo con el encofrado retirado,5) Foto de los cuatros lados de la caseta revocada y pintada,

VI. 20. CÁMARAS ROMPE-PRESIÓN TIPO 1 Y TIPO2:

En el costo de la cámara rompe- presión se debe incluir la provisión de materiales y mano de obra para la construcción de la cámara y la provisión e instalación de los componentes hidráulicos para su correcto funcionamiento, según plano.

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Las Cámaras rompe-presión, serán de hormigón armado, revocado externa e internamente llevará un revestimiento impermeable. Las cámaras rompe-presión serán construidas en los sitios previstos en los planos de red de distribución y de acuerdo a los planos de detalles de la misma.

Para el replanteo de las mismas se deberá utilizar equipos topográficos de nivelación y cinta métrica.

Se deberá realizar una nivelación topográfica desde la mencionada cámara y el tanque elevado u otra cámara de alimentación y realizar un cálculo hidráulico a fin de verificar la presión estática en el sitio de ubicación de la cámara rompe-presión y asegurar un buen funcionamiento del sistema de abastecimiento de agua.

La tapa de la cámara rompe-presión deberá ser fabricada en chapa 3/16”, del tipo basculante, montada sobre un marco en planchuela de 1”x 3/16” con dos bisagras de ¾” x 0,10mts y candado del tipo Papaiz del tamaño de 2” de ancho.

La tapa y los marcos en planchuela del lado interior de la cámara, deberá ser pintada con pintura al Epoxi y del lado para el exterior con pintura al anticorrosivo y al esmalte sintético de color celeste.

También en los costos de los registros contiguos a las cámaras rompe-presión, se debe incluir la provisión de materiales y mano de obra para la construcción del registro y la provisión e instalación los componentes hidráulicos necesarios para su conexión a la red, según plano.

Serán ejecutados dos registros por cada cámara-rompe presión para la instalación hidráulica.Las llaves exclusas deberán ser instaladas dentro de registros independientes.

La válvula de entrada a la cámara debe tener un sistema de apertura con un flotador o boya, tipo bebedero de animales, de tal forma que se produzca la apertura de la válvula para el ingreso de agua a la cámara cuando el nivel dentro de esta descienda. Los componentes del sistema de cierre deben estar confeccionados bronce, caucho, resinas fenólicas u otro tipo de material que posean alta resistencia al desgaste y roturas y además resista la acción de las bajas y altas temperaturas y permanezca inalterable a través del tiempo. La válvula debe ser de marca de reconocida calidad y probada eficiencia, deberá ser aprobada por la fiscalización. El diámetro nominal de la válvula es de 2”, y su instalación se realizará según los planos de detalles que se adjuntan.

El registro de desagüe contará con dimensiones internas de: ancho, largo y profundidad de 0,50 x 0,50 x 0,40 mts respectivamente, internamente contará con revoque hidrófugo (1:3) y el fondo deberá ejecutarse con mampostería de 5cm de espesor, aplicando una azotada impermeable (1:3) sobre la base de mampostería con la pendiente indicada en los planos. También se deberá prever una malla metálica en el extremo de la tubería de desagüe para evitar la entrada de roedores al mismo.

El registro de entrada a la cámara contará con dimensiones internas de: ancho, largo y profundidad de 0,40 x 0,40 x 0,50 mts. Además, deberá ser revocado internamente con un dosaje de 1:4.16 y el fondo debe quedar libre, con una capa de 0,10mts de espesor de piedra triturada n° 5.

Las tapas de los registros deben quedar niveladas con la cámara rompe presión, sobresalir 0,10 mts. sobre el nivel del terreno natural y deberán ser de H°A° de 0.06 mts. de espesor.

La construcción de la Cámara Rompe Presión deberá incluir todo lo indicado en los planos de detalle.

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20.1. REVESTIMIENTO IMPERMEABLE

Consiste en un revoque a tres capas compuesto de una azotada 1:3 de 0,5cm de espesor, una segunda capa con mezcla 1:3 de 1,5 cm de espesor y una tercera capa que consiste en un llaneado con mezcla 1:1. Las capas llevarán un aditivo impermeabilizante previo tratamiento de “coqueras” con producto químico del tipo DESCAL (2 componentes) o similar. Este revoque se ejecutará en todo el interior de la cuba y se pondrá especial cuidado de efectuar un curado a efectos de evitar fisuras en el revoque.

Después del secado de la superficie a impermeabilizar y aprobado la prueba de estanqueidad del tanque, deberá recibir tres manos de pintura impermeable, consistente en un revestimiento semiflexible, DESCAL (1 componente) o similar, el mismo deberá ser tal que no reaccione con el hipoclorito de sodio.

20.2. PIEZAS QUE ATRAVIESAN ESTRUCTURAS DE HORMIGON ARMADO

Todos los caños o piezas que deban quedar empotrados en la estructura de hormigón, deberán llevar un anillo de empotramiento soldado por el caño. Estos caños y piezas deberán colocarse en su posición antes de realizar el hormigonado correspondiente y estar bien aseguradas, para que durante el hormigonado no se mueva de la posición requerida.

20.3. PRUEBA DE ESTANQUEIDAD DE LAS CAMARAS ROMPE-PRESIÓN

Luego de terminado el revoque impermeable, no pudiendo pasar más de 24 horas, se someterá la cámara a la prueba de estanqueidad. Este ensayo consistirá en llenar la cámara con agua hasta el nivel de desborde cerrando todas las tuberías instaladas, y se la mantendrá en estas condiciones durante 5 (cinco) días, al término de los cuales se comprobará el descenso del nivel de agua.

Si el nivel de descenso experimentado excediera los 0.20 mts, aparecieran manchas de humedad o pérdidas en la estructura de hormigón de la cuba y en las conexiones hidráulicas, el Contratista deberá efectuar las reparaciones necesarias para subsanar dichas anomalías, según indicaciones de la Fiscalización.

La prueba de estanqueidad se repetirá cuantas veces fuera necesaria, hasta obtener el resultado que no haya manchas de humedad o pérdidas en la estructura de hormigón de la cuba y en las conexiones hidráulicas.

Para la realización de la Recepción Definitiva, es necesario que las cámaras rompe-presión se mantengan llenas por un periodo mínimo de 5 (cinco) días después de la última corrección de la prueba de estanqueidad.

Una vez finalizada la prueba de estanqueidad por el Contratista y aceptada por la Fiscalización, se deberá dejar la cámara rompe-presión llena con agua.

El funcionamiento de las válvulas de maniobra en las tuberías de entrega y salida deberán ser verificadas por la fiscalización y la contratista una vez que termine la prueba de estanqueidad, de verificarse fallas tanto de la estanqueidad como en el funcionamiento de las válvulas, se deberá realizar las reparaciones necesarias y repetir el procedimiento y el llenado del tanque tantas veces sea necesario.

Aprobada por la fiscalización la estanqueidad de la cámara rompe-presión y el funcionamiento de las válvulas, la misma permanecerá lleno de agua.

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VI. 21. TANQUE SUPERFICIAL 10 m3 FIBRA DE VIDRIO ROMPE-PRESIÓN:

En el costo del tanque superficial de10 m3 rompe-presión se debe incluir la provisión de materiales y mano de obra para la construcción de dicho tanque y la provisión e instalación de los componentes hidráulicos para su correcto funcionamiento, según plano.

El tanque superficial de 10 m3 estará confeccionado en fibra de vidrio. Las superficies en contacto con el agua deben estar libres de rajaduras, y poseer un acabado liso. La superficie externa debe ser lisa, sin ninguna fibra porosa.

Debe ser pigmentado de color opaco o blanco, para no permitir el paso de rayos solares que facilitarían la formación de algas y microorganismos.

La superficie externa deberá ser fabricada con resinas, conteniendo sustancias protectoras contra rayos U.V. (ultra violeta).

El fondo debe ser capaz, sin sufrir deformaciones, de recibir un volumen de 10.000 lts.

Los tanques deben ser fabricados con cuerpos cilíndricos, y el diámetro máximo del fondo debe ser de 2mts.

Deben poseer una entrada de inspección en la región central superior, de diámetro igual a 600mm.

En cuanto al transporte, los tanques son dimensionados para trabajar con agua en posición vertical, sin embargo se tiene que considerar que los mismos son transportados vacíos, en posición horizontal.

Los tanques deben ser rigidizados en las uniones del fondo con las paredes y en los anillos centrales. El espesor de las paredes de los tanques lo mismo que el fondo y la tapa deben ser como mínimo de 5mm. El tanque debe estar pintado con dos manos pintura al látex de color blanco, con franjas 0.30 mts. de color verde en el anillo central en la base y en la tapa.

Los reservorios deben poseer una entrada de 2" con conexión roscable hacia un lado, una salida de 2" con conexión roscable al lado diametralmente opuesto y otra salida de 2” y un desborde de 2" alineados verticalmente en una línea a 90 ° de los anteriores. El esquema de conexiones de tuberías de entrada, salida, limpieza y desborde se realizará según los planos de detalles hidráulicos.

El tanque dispondrá de tres registros cuyas características se detallan a continuación:

Los registros de entrada y salida del tanque contarán con dimensiones internas de: ancho, largo y profundidad de 0,40 x 0,40 x 0,50 mts respectivamente. Además, deberán ser revocados internamente con un dosaje de 1:4.16 y el fondo debe quedar libre, con una capa de 0,10mts de espesor de piedra triturada n° 5.

Las tapas de ambos registros deben quedar niveladas con la base de H°A° del tanque, sobresalir al menos 0,07 mts. sobre el nivel del terreno natural y deberán ser de H°A° de 0.06 mts. de espesor.

El registro de desagüe contará con dimensiones internas de: ancho, largo y profundidad de 0,50 x 0,50 x 0,40 mts respectivamente, internamente contará con revoque hidrófugo (1:3) y el fondo deberá ejecutarse con mampostería de 5cm de espesor, aplicando una azotada impermeable (1:3) sobre la base de mampostería con la pendiente indicada en los planos. La válvula de entrada al tanque superficial debe tener un sistema de apertura con un flotador o boya, de tal forma que se produzca la apertura de la válvula para el ingreso de agua al tanque cuando el nivel dentro de este descienda. Los componentes del sistema de cierre deben estar confeccionados

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bronce, caucho, resinas fenólicas u otro tipo de material que posean alta resistencia al desgaste y roturas y además resista la acción de las bajas y altas temperaturas y permanezca inalterable a través del tiempo. La válvula debe ser de marca de reconocida calidad y probada eficiencia, deberá ser aprobada por la fiscalización. El diámetro nominal de la válvula es de 2”, y su instalación se realizará según los planos de detalles que se adjuntan.

También se deberá prever una malla metálica en el extremo de la tubería de desagüe para evitar la entrada de roedores al mismo. Para la tapa del registro se deberá realizar una rejilla metálica de 0,55 x 0,55 mts. confeccionada con varillas de 6 mm de diámetro, con una separación de 0.02mts y soldadas a un perfil L de 3/4”x 3/4” x 3/16” . La tapa del registro debe quedar nivelado con la base de H°A° del tanque y sobresalir al menos 0,07 mts. sobre el nivel del terreno natural.

Los tanques están asentados sobre bases niveladas de H° A° de 10 cm de espesor con un emparrillado de armaduras de 8 mm de diámetro distanciadas 15 cm entre ejes. Dicha base, a su vez, estará construida sobre un sello de hormigón pobre de dosaje 1:3:6 (cemento: arena lavada : piedra triturada)

Se construirá además un sistema de sujeción para evitar el vuelco del tanque de fibra de vidrio por acción de viento. Este consistirá en una planchuela metálica de 2” x 1/8” que abraza al tanque de 10 m3 en su punto medio, y a esta irán soldadas cuatro varillas lisas de 8 mm de diámetro con una separación angular en planta de 90° sobre la circunferencia media del tanque. Las varillas lisas estarán ancladas en la losa de hormigón que sirve de asiento al tanque según se muestra en el plano de detalles.

Los tanques superficiales rompe-presión serán construidas en los sitios previstos en los planos de red de distribución y de acuerdo a los planos de detalles de la misma.

Para el replanteo de las mismas se deberá utilizar equipos topográficos de nivelación y cinta métrica.La construcción de la base del tanque de fibra de vidrio y el montaje del tanque de fibra de vidrio debe seguir todo lo indicado en los planos de detalle.

Se deberá realizar una nivelación topográfica desde el mencionado tanque superficial y el tanque elevado y realizar un cálculo hidráulico a fin de verificar la presión estática en el sitio de ubicación del tanque superficial rompe-presión y asegurar un buen funcionamiento del sistema de abastecimiento de agua.

VI 22: CRUCES:

En los puntos de la red de distribución donde existan cruces de rutas, alcantarillas o puentes se efectuarán según los detalles que se especifican en los planos.

La clasificación de los cruces es la siguiente:

a) Cruce de ruta asfaltada: Este tipo se refiere al cruce perpendicular de una ruta con pavimento asfáltico. El proceso constructivo que se seguirá para este tipo de cruce es la perforación horizontal con pala barreno de un orificio que quede a una distancia mínima de 1 metro de la carpeta asfáltica, a través de este orificio se hará pasar dos tramos de caños de H°G° de 6 m de longitud cada uno, unidos por medio de una unión sencilla, cuyo diámetro será función del diámetro del caño de PVC soldable que se especifica en los planos ejecutivos de red de distribución. Dicho caño de PVC irá colocado dentro el caño de H°G°, quedando este último como camisa para resistir los esfuerzos que puedan originarse por transmisiones de cargas producidas por el trafico sobre la carpeta de rodadura. En los extremos del cruce se dispondrá de registros de mampostería de 50 x 50 con tapa de hormigón y fondo de piedra triturada, los accesorios que se deben disponer dentro del registro son una unión doble con adaptadores liso – rosca, a los efectos de poder extraer el caño de PVC en caso de ser necesario.

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b) Cruce de ruta de terraplén: Este tipo se refiere al cruce perpendicular de una ruta con terraplén. El proceso constructivo que se seguirá para este tipo de cruce es la excavación de una zanja de 20 cm de ancho y profundidad de 1.0 m. En donde se dispondrá de un tubo de PEAD de 10 kg/cm2 cuyo diámetro será función del diámetro del caño de PVC soldable que se especifica en los planos ejecutivos de red de distribución, la unión del caño de PEAD con los caños de PVC se realizará por medio de uniones tipo E de bronce y adaptadores de PVC liso – rosca. Una vez dispuesta la cañería de cruce y realizadas las uniones a la red de distribución, se procederá al relleno de la zanja y compactación en camadas de 20 cm.

c) Cruce de ruta por alcantarilla: Este tipo se refiere al cruce perpendicular de un camino, haciendo pasar el caño de cruce por una alcantarilla tubular. Para este tipo de cruce se prevé el paso de una cañería de PEAD de 10 kg/cm2 cuyo diámetro será función del diámetro del caño de PVC soldable que se especifica en los planos ejecutivos de red de distribución, la unión del caño de PEAD con los caños de PVC se realizará por medio de uniones tipo E de bronce y adaptadores de PVC liso – rosca. El tubo de cruce de PEAD quedará expuesto dentro de la alcantarilla o puente.

d) Cruce a través alcantarilla: Este tipo se refiere al cruce longitudinal de cañerías paralela al camino en puntos donde existen alcantarillas tubulares. Para este tipo de cruce se prevé el paso de una cañería de PEAD de 10 kg/cm2 cuyo diámetro será función del diámetro del caño de PVC soldable que se especifica en los planos ejecutivos de red de distribución, la unión del caño de PEAD con los caños de PVC se realizará por medio de uniones tipo E de bronce y adaptadores de PVC liso – rosca. El tubo de cruce de PEAD quedará enterrado en las zanjas de red a 0.80 m de profundidad, y la longitud mínima de este será de 6 m.

e) Cruce a través de puentes: Este tipo se refiere al cruce longitudinal de cañerías paralela al camino en puntos donde existen puentes. Para este tipo de cruce se prevé el paso de una cañería de PEAD de 10 kg/cm2 cuyo diámetro será función del diámetro del caño de PVC soldable que se especifica en los planos ejecutivos de red de distribución, la unión del caño de PEAD con los caños de PVC se realizará por medio de uniones tipo E de bronce y adaptadores de PVC liso – rosca. El tubo de cruce de PEAD quedará enterrado en las zanjas de red a 0.80 m de profundidad, y la longitud mínima de este será de 12 m.

VI. 23. EXTENSION DE LINEA ELECTRICA

23.1. GENERALIDADES

El presente apartado tiene por objeto establecer las modalidades de los trabajos a ser realizados por el Contratista en el suministro de energía eléctrica para las casetas de bombeo de los sistemas de agua potable.

El sistema de suministro eléctrico será en media tensión según los requerimientos de la obra.

Los parámetros a ser tenidos en cuenta serán los siguientes:

Para casetas con equipos de bombeo monofásico y trifásico que requieran de una acometida en media tensión monofásica o trifásica, el Puesto de Distribución será dimensionado de acuerdo al siguiente ítem.

23.2. PUESTO DE DISTRIBUCION

23.2.1. GENERALIDADES

Para el dimensionamiento del PD se tendrá prevista una reserva de carga para futuras ampliaciones, restringiendo la carga, con su respectiva llave limitadora. La capacidad de la llave limitadora de carga

169

debe ser de acuerdo con la capacidad del equipo de bombeo diseñado, en base al cuadro de capacidades indicado en los planos de instalaciones eléctricas monofásicos y trifásicos de las casetas de operación.

Además, de las cargas de las potencias de los equipos de bombeo, se deberá considerar las potencias de los motores eléctricos de ½ H.P. cada uno y la carga de la caseta de 600 W.

Las reservas previstas serán, de acuerdo a las Potencias estimadas de bombas a ser instaladas, es como sigue:

30HP < Potencia 25 % de reserva15HP < Potencia < 30HP 50 % de reservaPotencia hasta 15HP 100 % de reserva

El Oferente deberá considerar en su propuesta, las gestiones para la obtención del proyecto ejecutivo, la provisión de materiales, mano de obra calificada, pago de derecho de conexión, pago de consumo de energía eléctrica, gestiones pertinentes en ANDE, elaboración de planos de acuerdo a normas y especificaciones de la ANDE.

Los transformadores a ser proveídos e instalados deberán ser producidos por fábricas que tienen las Normas ISO 9.001. Los transformadores de empresas que están en gestiones para tener las Normas ISO 9.001, no serán aceptados en las obras.

Los transformadores deberán ser nuevos y no tener más de un año de fabricación en relación a la fecha de la firma del contrato entre el oferente y el SENASA, para la construcción del sistema de abastecimiento de agua potable. Los transformadores a ser proveídos e instalados deberán tener tres regulaciones para el TAP. Para las instalaciones de los transformadores, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) Serán proveídos por el Contratistab) Se ajustarán a las normas y reglamentos de la ANDEc) Contarán con las planillas de datos y ensayos garantizados aprobados por la ANDE.d) Deberá presentarse a la fiscalización para su aprobación y posterior montaje

23.2.2. DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA APROBACIÓN

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para aprobación del puesto de transfomador los siguientes documentos:

a) Garantía del transformador b) Planilla y datos de los ensayo de aprobación del transformador por la Andec) Catalogo técnico con las indicaciones de las especificaciones técnicas de los descargadores y

fusibles.

23.2.3. DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

Para la certificación se deberá anexar al Acta de Medición los siguientes documentos técnicos y legibles:

a) Transferencia del transformador a la Junta de Saneamientob) Garantía del transformador c) Planilla y datos de los ensayo de aprobación del transformador por la Anded) Catalogo técnico con las indicaciones de las especificaciones técnicas de los descargadores y

fusibles.

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e) Copia del pago de derecho de conexión.f) Orden de Servicio de la Fiscalización al contratista aprobando los elementos para el montaje del

puesto de transformador.g) Informe indicando el valor de regulación del TAP

23.2.4. SISTEMA DE PUESTA A TIERRA DEL PUESTO DE DISTRIBUCIÓN.

Los conductores deberán ser de cobre con conductividad mínima de 98 %.

En las interconexiones entre transformador, bajada y electrodos de tierra, deberán ser usados conductores de cobre desnudo con sección mínima de 35 mm2. Para los casos de que el pozo este en el mismo lugar que el tanque, como bajada se usaran conductores de 35 mm2, tanto del PD como del pararrayo, pero como malla de tierra común se usaran conductores de cobre desnudo de 50 mm2., que serán conectadas con soldaduras isotérmicas a las jabalinas de cobre de 5/8” x 2.40 mts.

Las uniones entre las bajadas y las terminales aéreas deberán estar constituidas por medio de conectores de presión o de juntas amoldables, que aseguren una sólida unión mecánica-eléctrica;

Los conductores de las bajadas deberán ser de una sola pieza y no deberán tener remiendos o empalmes.

El conductor de bajada del descargador de sobre tensión y el conductor de bajada de la carcaza del transformador tienen que ser independientes y empalmarse en el registro de 0,60x0,60x0,6 por la malla de tierra con soldadura isotérmica.

Los soportes en general, podrán ser de dos tipos: soporte de fijación o guía;

Los soportes de fijación deberán ser del mismo material, o de otro material que no forme par electrolítico;

Los soportes de guías deberán tener forma y acabado que protejan los conductores contra la oxidación y el desgaste, y que no formen par electrolítico;

Los electrodos de tierra deberán estar de acuerdo a la siguiente tabla:

• Forma: tubo• Material: cobre• Dimensiones: diámetro de 5/8” x 2,40 mts.• Posición: vertical

Las uniones entre cables de bajadas y jabalinas, cables desnudos de 50 mm2 con jabalinas, y entre cruces de cables desnudos de 50 mm2, se harán por medio de soldaduras isotérmicas de tal forma que forme par electrolítico.

Se deberá colocar caño PVC rígido de 1 ¼ “ x 6 mts, a nivel del suelo, para proteger de posibles daños el conductor de bajada de la puesta a tierra.

El cable de sección 50 mm2 y las jabalinas deberán estar instalados a una profundidad mínima de 0,80 mts, para evitar el robo y para mejorar la lectura de resistividad de la malla construida. Por lo tanto, al utilizar la fórmula de “Sverak”, se deberá tener en cuenta la profundidad de 0,80 mts para el valor “h” profundidad del conductor en el suelo.

23.2.4.1. DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA APROBACIÓN

171

El Contratista deberá realizar la medición de la resistividad del suelo con una jabalina de prueba, y presentar a la Fiscalización la planilla de las mediciones de campo, memoria de cálculo y esquema tentativa de la malla de puesta a tierra para su aprobación, con las cantidades especificadas en las planillas de precios, o nueva cantidades.

El contratista solamente podrá iniciar la construcción de la malla puesta a tierra una vez aprobado el proyecto por la Fiscalización.

La certificación de la malla a puesta a tierra será según medición ejecutada, de acuerdo con los precios unitarios de la planilla de precios de extensión de energía eléctrica en media tensión.

El valor máximo admitido de la resistividad de la malla de puesta a tierra construida (PEN) será de 10 Ohms x mts y de 5 Ohms x mts, para las mallas cuando el puesto de transformador está en terrenos diferente del tanque elevado.

El Contratista deberá indicar con claridad, las normas, los accesorios y conexiones, así como los tipos de materiales a la Fiscalización para su aprobación, antes de la construcción de la malla.

Todos los documentos deberán estar firmados por el Ing. Electromecánico o electricista del contratista.

23.2.4.2. DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

El Contratista deberá anexar al Acta de medición del certificado para cada localidad los siguientes documentos:

a) Planilla de medición de resistividad del terreno con una jabalina de prueba,b) Memoria de cálculo, c) Tipo de equipo utilizado,d) Esquema de la malla de puesta a tierra construida, indicando las ubicaciones con distancias de las

obras de caseta, tanque elevado, puesto de distribución y pozo, dimensiones del terreno, dimensiones de los cuadros de la malla, cantidades de jabalinas, puntos de soldaduras isotérmicas entre cable y jabalina, y entre cables y cables, planillas de cantidades de jabalinas y cables,

e) Medición de resistividad de la malla puesta a tierra construida,f) Orden de servicio de la fiscalización aprobando el proyecto y para el inicio de la construcción.

Todos los documentos deberán estar firmados por el Ing. Electromecánico o electricista del contratista.

23.3. EXTENSON EN MEDIA TENSION

23.3.1. GENERALIDADES

En todos los casos que se requieran de extensiones de líneas en Media Tensión, el contratista deberá elaborar un proyecto ejecutivo de extensión de línea, de acuerdo a las normas y especificaciones de la ANDE.

Para presupuestar la extensión de energía eléctrica se deberá tener en cuenta los siguientes criterios:

• Los planos de extensión de línea y montajes del P.D.deben estar aprobados por la A.N.D.E. antes del inicio de los trabajos. En los costos se debe prever todas las adecuaciones posibles que pueden solicitar la A.N.D.E. en su proyecto.

• No se tendrán en cuenta extensiones eléctricas en baja tensión.

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23.3.2. PROYECTO EJECUTIVO

El contratista deberá entregar a la Fiscalización los planos de obra, antes del inicio de la ejecución.

Los planos entregados serán en tamaños y escalas previstos en los reglamentos de la ANDE, todos con la aprobación de la ANDE, para cada pozo de cada localidad.

23.3.3. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO

Terminada la construcción e instalada la máxima carga que será alimentada, se requerirán de todas las pruebas y ensayos de funcionamiento prescriptos por la ANDE.

Todas las gestiones y costos para las pruebas, certificaciones de funcionamiento, derecho de conexión y las cuentas de consumo de energía eléctrica del último mes en que fueron ejecutadas las correcciones indicadas en el Acta de Recepción Provisoria, quedarán a cargo del Contratista.

El Contratista deberá presentar al Contratante, conjuntamente con la solicitud de Retención Caucional, las copias de las boletas de pagos del consumo mensual de energía eléctrica correspondiente a la finalización del mes en que fue aprobada por la Fiscalización las correcciones de los defectos según el Acta de Recepción Provisoria.

En el caso que resulta imposible la presentación de parte del Contratista de las copias de la boleta de pago de consumo de energía eléctrica correspondiente al mes de la aprobación de las correcciones de los defectos enumerados en el Acta de Recepción Provisoria, se aceptará el duplicado de recibo de dinero entre el contratista y el Presidente de la Junta de Saneamiento, por el monto equivalente de 120% del consumo del último mes que fue pagado por el Contratista.

23.3.4. DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA APROBACIÓN

El Contratista deberá presentar a la Fiscalización para aprobación de la extensión de energía ecléctica en media tensión monofasico o trifásica los siguientes documentos:

a) Copia del plano de extensión aprobado por la ANDE,

23.2.3. DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER ANEXADOS AL CERTIFICADO

Para la certificación se deberá anexar al Acta de Medición los siguientes documentos técnicos y legibles:

a) Copia del plano de extensión aprobado por la Ande, con indicaciones de las longitudes entre postes ejecutadas en el campo,

b) Orden de Servicio de la Fiscalización al contratista aprobando los elementos para la construcción de la extensión de energía eléctrica.

23.4. REPARACIONES

Durante el período de correcciones defectos entre la Recepción Provisoria y el Informe de Terminación de Obras y durante el período de responsabilidad de defectos, todos los transformadores que tuvieron defectos que impiden el normal funcionamiento del sistema de abastecimiento de agua potable, deberán ser reemplazados, sin variar las especificaciones técnicas.

Durante el período entre la Recepción Provisoria y el Informe de Terminación de Obras, todos los transformadores que tuvieron defectos que impiden el normal funcionamiento del sistema de abastecimiento de agua potable, deberán ser reemplazados, sin variar las especificaciones técnicas. El

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contratista deberá presentar todas las documentaciones según las especificaciones técnicas al Senasa para su aprobación del nuevo transformador.

Durante el período de responsabilidad de defectos el plazo entre el reclamo para el cambio del transformador y el cambio del transformador dañado es de 10 días calendarios, a partir de la fecha que el Senasa a través de la Dirección de Sistemas de Obras de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, comunicara por nota al contratista.

En caso el contratista no de cumplimiento en el tiempo establecido de diez días calendarios, el Senasa a través de la Dirección de Sistemas de Obras de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, podrá autorizar la ejecución de los trabajos a través de terceros y descontar el monto de la retención caucional.

174

CAPITULO VII: CONTINGENCIAS.

Debido a la naturaleza de las obras, pueden producirse situaciones como las que se citan a continuación:

o El diseño se basa en un estudio hidrogeológico que indica la posibilidad de encontrar agua, ni cantidad y calidad de agua por lo que puede ocurrir que finalmente el lugar destinado al pozo se traslade del lugar original.

o El predio a ser obtenido por la Junta de saneamiento esté ubicado en un sitio diferente al propuesto.

El oferente deberá anexar a la oferta las siguientes planillas para fuente de provisión de “COSTOS REFERENCIALES”, para la obtención de precios unitarios para posibles contingencias físicas constructivas del proyecto:

• Electrobombas trifásicas para potencias de 1.5, 2, 3, 4, 5 y 5.5 HP • Tablero de mando trifásicas para potencias de: 1.5, 2, 3, 4, 5 y 5.5 HP• Cable de alimentación: 3x2,5 mm2; 3x4 mm2; 3x6 mm2; 3x10 mm2; 3x16 mm2 y 3x25 mm2• Electrobombas monofásicas para potencias de: 1.5, 2, 3, 4 ,5 y 5.5 HP • Tablero de mando monofásicas para potencias de: 1.5, 2, 3, 4 , 5 y 5.5 HP• Tubo de HºGº de 2”: tramos de 3 mts con uniones sencillas• Te de HºGº 2”x2”• Codo HºGº 90ºx2”• Unión doble HºGº 2” con asiento de bronce• Alma doble HºGº 2”• Tubo de HºGº de 3”: tramos de 3 mts con uniones sencillas• Te de HºGº 3”x3”• Codo HºGº 90ºx3”• Unión doble HºGº 3” con asiento de bronce• Alma doble HºGº 3”• Válvula exclusa de bronce de 3”• Válvula de retención horizontal de bronce de 3”• Puesto de distribución con transformador monofásico, incluyendo los accesorios: 10, 15 y 25

Kva • Derecho de conexión monofásico• Extensión de energía eléctrica en media tensión monofásica• Puesto de distribución con transformador trifásico, incluyendo los accesorios: 10, 15 y 25 Kva • Derecho de conexión trifásico• Extensión de energía eléctrica en media tensión trifásico• Tapa para pozo galvanizada, diâmetro espesor 3/16”• Tapa para pozo galvanizada, diámetro 12”, espesor 3/16”• Tapa para pozo galvanizada diámetro 14”, espesor 3/16”• Eductor de flujo de 5”; longitud de 1,5 mts, para electrobomba sumergible• Tubos de PVC 6 kg/cm2, diámetro de 110mm, 85 mm y 75 mm• Tubos de PVC 10 kg/cm2, diámetro de 110 mm, 85 mm y 75 mm• Codo 90° de PVC, diámetro de 110 mm, 85 mm y 75 mm• Adaptador PVC LR, diámetro 110 mm 4”, 85 mm x 3” y 2 ½”x 75 mm• Provisión y colocación de bentonita en las jabalinas para mejorar la malla puesta a tierra del

puesto de distribución y tanque elevado: Gs/kg de bentonita

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PLANILLA Nº “A”:

N° Descripción Cant. Unid. Precio Unitario (Gs)

1 Provisión de tubería de PVC - DN 128 mm, p/150 mts, tramos de 4 m 88,00 m.

2 Provisión tubería filtro PVC abertura de 0,75 mm - DN 128 mm, p/150 mts, tramos de 4 m. 32,00 m.

3 Perforación del hoyo, con inyección de lodo bentonítico, diámetro 9 7/8" 120,00 m.

4 Entubado, engravado, limpieza, desarrollo del pozo y desinfección del pozo. 120,00 m.

5 Provisión de grava seleccionada de 0,8 a 2,2 mm. 5,00 m3 6 Tubo de hierro para soporte de electrobomba, diám.:6" 1,20 m. 7 Tapón inferior de PVC de 128 mm 1,00 Un. 8 Centralizadores metálicos 9 7/8”x 128 mm 5,00 Un.

9 Tapón metálico diámetro 6" c/ candado 1,00 Un.

PLANILLA Nº “B”:

N° Descripción Cant. Unid. Precio Unitario (Gs)

1 Provisión de tubería de PVC - DN 116 mm, p/150 mts, tramos de 4 m 88,00 m.

2 Provisión tubería filtro PVC abertura de 0,75 mm - DN 116 mm, p/150 mts, tramos de 4 m. 32,00 m.

3 Perforación del hoyo, con inyección de lodo bentonítico, diámetro 7 7/8" 120,00 m.

4 Ensanchamiento del hoyo, con inyección de lodo bentonitico, diámetro de 7 7/8” a 9 7/8” 120,00 m.

5 Entubado, engravado, limpieza, desarrollo del pozo y desinfección del pozo. 120,00 m.

6 Tubo de hierro para soporte de electrobomba, diám.:6" 1,20 m. 7 Tapón inferior de PVC de 116 mm 1,00 Un. 8 Centralizadores metálicos 7 7/8”x 116 mm 5,00 Un.

9 Tapón metálico diámetro 6" c/ candado 1,00 Un.

PLANILLA Nº “C”:

N° Descripción Cant. Unid. Precio Unitario (Gs)

1 Provisión de tubería de PVC - DN 200 mm, p/150 mts, tramos de 4 m 20,00 m.

2 Perforación del hoyo, con inyección de lodo bentonítico, diámetro 12 ¼", con zapata de apoyo y entubado

20,00 m. 3 Perforación del hoyo, con martillo neumático y broca a

botones - diámetro 6", limpieza, desarrollo y desinfección del pozo 180,00 m.

4 Tubo de hierro para soporte de electrobomba, diám.: 10" 1,20 m. 5 Centralizadores metálicos de 12 ¼" x 200 mm 3,00 un. 6 Tapón metálico diámetro 10" c/ candado 1,00 un.

PLANILLA Nº “D”:

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N° Descripción Cant. Unid. Precio Unitario (Gs)

1 Provisión de tubería de PVC - DN 174 mm, p/150 mts, tramos de 4 m 20,00 m.

2 Perforación del hoyo, con inyección de lodo bentonítico, diámetro 9 7/8”, con zapata de apoyo y entubado

20,00 m. 3 Perforación del hoyo, con martillo neumático y broca a

botones - diámetro 6", limpieza, desarrollo y desinfección del pozo 180,00 m.

4 Tubo de hierro para soporte de electrobomba, diám.: 10" 1,20 m. 5 Centralizadores metálicos de 9 7/8” x 174 mm 3,00 un. 6 Tapón metálico diámetro 10" c/ candado 1,00 un.

PLANILLA Nº “E”:

1 Perforación del hoyo, con martillo neumático y broca a botones - diámetro 6 1/2" 120,00 m.

2 Entubado en diámetro de 116mm, engravado, limpieza, desarrollo del pozo y desinfección del pozo. 120,00 m.

3 Centralizadores metálicos 116 mm x 8” 2,00 un. 4 Centralizadores metálicos 116 mm x 6 ½" 6,00 un.

PLANILLA Nº “F”:

1 Ensanchamiento con martillo neumático y broca a botones - diámetro 6" a 8” o de 6 ½”a 8” 120,00 m.

2 Entubado en diámetro de 128mm, engravado, limpieza, desarrollo del pozo y desinfección del pozo. 120,00 m.

3 Centralizadores metálicos 128 mm x 8" 6,00 un.

Los precios unitarios de los rubros que se repiten en las planillas de “COSTOS REFERENCIALES”, deberán tener los mismos precios unitarios de la oferta. Las cantidades indicadas en las planillas de “COSTOS REFERENCIALES”, son indicativas para la preparación de las mismas.

En caso de producirse contingencias y no se dispone de precios unitarios en las planillas de COSTOS REFERENCIALES, serán utilizados los rubros con menores precios unitarios de referencias de otros contratos de la misma licitación.

Las ofertas de las planillas de “ COSTOS REFERENCIALES” no serán tenidas en cuenta para la adjudicación.

La falta de presentación de las planillas de “COSTOS REFERENCIALES”, será motivo de descalificación durante la etapa de evaluación de las ofertas.

En el caso de producirse contingencias, el Contratante se reserva el derecho de rechazar los precios referenciales presentados por el contratista, en el caso de que dichos precios unitarios se aparten sustancialmente de los precios de mercado y de la oferta de los grupos licitados. En esta situación será aplicado a los rubros los precios unitarios menores de referencias de otros contratos de la misma licitación.

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Sección VI. Condiciones Generales del

Contrato (CGC)

Lista de Cláusulas

Pág.A. Aspectos generales

1. Definiciones e interpretación..........................................................................................2. Aplicación.......................................................................................................................3. Partes del Contrato.........................................................................................................4. Documentos contractuales..............................................................................................5. Obligaciones generales...................................................................................................6. Garantías de cumplimiento y anticipo. Retención de garantía.

Seguros...........................................................................................................................7. Cálculo de plazos. Formas de notificación.....................................................................8. Propiedad industrial o comercial....................................................................................9. Protección de la mano de obra y condiciones de trabajo................................................

B. Precios y liquidación de cuentas

10. Contenido y características de los precios......................................................................11. Remuneración al Contratista..........................................................................................12. Verificación y constancia...............................................................................................13 Liquidación de cuentas. Pago de las

certificaciones.......................................................14. Obras o trabajos no previstos.........................................................................................15. Aumento del alcance de las obras..................................................................................16. Disminución del alcance de las obras............................................................................17. Cambio de la importancia de las diversas clases de obras.............................................18. Pérdidas y averías. Casos de Fuerza Mayor...................................................................

C. Plazos

19. Plazos de ejecución.........................................................................................................20. Penalidades, bonificaciones y retenciones.....................................................................

D. Ejecución de los trabajos

21. Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos....................22. Lugares de extracción u obtención de los materiales de préstamo.................................23. Calidad de los materiales y productos. Aplicación de normas.......................................

Pág.24. Control de calidad de materiales y productos. Pruebas y ensayos.................................25. Verificación cuantitativa de los materiales y productos.................................................26. Recibo, movimiento y conservación por el Contratista de los materiales y productos

Suministrados por el Contratante en virtud del Contrato...............................................27. Ubicación física de las obras..........................................................................................28. Preparación de los trabajos.............................................................................................29. Planos de ejecución. Notas de cálculos. Diseños detallados..........................................30. Modificaciones efectuadas en las disposiciones técnicas...............................................31. Instalación, organización, seguridad e higiene de las obras...........................................32. Artefactos bélicos explosivos.........................................................................................

178

33. Materiales, objetos y vestigios encontrados en los lugares de trabajo...........................34. Deterioro causados en vías públicas...............................................................................35. Daños diversos ocasionados por la realización de los trabajos o las modalidades de

su ejecución....................................................................................................................36. Seguridad y protección del medio ambiente..................................................................37. Retiro de los equipos y materiales no utilizados............................................................38. Pruebas y verificación de las obras................................................................................39. Defectos de construcción................................................................................................40. Documentos que deberán entregarse después de la ejecución de los trabajos...............

E. Recepción de las obras y garantías

41. Recepción provisional de las obras................................................................................42. Recepción definitiva.......................................................................................................43. Disposición anticipada de ciertas obras o partes de obras..............................................44. Garantías contractuales...................................................................................................45. Garantía decenal.............................................................................................................

F. Suspensión de las obras

46. Suspensión de la obra. .......................................................................

G. Medidas coercitivas.

47. Medidas coercitivas.

H. Rescisión del contrato

48. Rescisión del contrato por causa imputable al Contratista.49. Rescisión del contrato por causa imputable al Contratante50. Liquidación del contrato en caso de rescisión.51. Muerte. Incapacidad. Quiebra judicial del

Contratista.......................................................................................................................

I. . Solución de controversias y litigios. Entrada en vigor delContrato

Pág.52. Solución de controversias. Ley aplicable. Cambios en la reglamentación.....................53. Ley aplicable. Cambios en la reglamentación 54. Cambios en la reglamentación55. Entrada en vigor del Contrato.........................................................................................56. Prácticas corruptivas.......................................................................................................

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CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

A. Aspectos Generales

1. Definiciones e interpretación

1.1 Para efectos del presente documento:“Contrato” es el conjunto de derechos y obligaciones suscritos por las partes para la ejecución de obras estipulados en el conjunto de documentos que se describen con mayor amplitud en la Cláusula 4.2.

“Precio del contrato” es la suma de los precios de los conceptos de obra que resultan de multiplicar los precios unitarios de cada concepto por el volumen de los trabajos planeados, más los precios globales, si los hubiere.

“Contratante” es el organismo, entidad o municipalidad que suscriben el contrato y por cuenta de la cual se ejecutarán las obras y cuya identificación completa figurará en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

“Director de obras” es la persona designada para representar al Contratante en sus relaciones contractuales con el Contratista.

“Gerente de obras” es la persona física o jurídica que, por su competencia técnica, ha sido designada por el Contratante para supervisar la ejecución de las obras, y administrar el Contrato.

“Fiscal de Obras” es la persona física o jurídica designada por la Contratante, responsable de velar por la correcta ejecución de la obra.

“Contratista” es la persona física o jurídica cuya oferta ha sido aceptada por el Contratante y que realizará los trabajos objeto del Contrato de acuerdo con las características y especificaciones suministradas por el Contratante.

“Zona de Obras” es el conjunto de terrenos donde se realizarán los trabajos y las obras y donde se ubicarán las instalaciones necesarias para la ejecución de los trabajos y que comprenderá las vías de acceso especiales y todos los demás lugares específicamente señalados en el Contrato.

“Condiciones Especiales del Contrato (CEC)” es el documento del Contratante, que forma parte de los Documentos de Licitación y que incluye:

a) las modificaciones a las presentes Condiciones Generales del Contrato; y

b) las cláusulas contractuales específicas para cada Contrato.

“Orden de ejecución” es toda instrucción escrita entregada por el Contratante al Contratista, concerniente a la ejecución del Contrato.

“Subcontratista(s)” es(son) la(s) persona(s) física(s) o jurídica(s) encargada(s) por el Contratista para realizar una parte de las obras materia del Contrato.

Jefe de Obra: es el representante residente del Contratista, en la obra.

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1.2 Títulos y notas al margen

1.2.1. Los títulos y notas al margen de las presentes Condiciones no deberán considerarse como parte de las mismas ni tenerse en cuenta para la interpretación de ésta ni del Contrato.

1.2.2. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto y las palabras en género femenino se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.

2. Aplicación 2.1 Las presentes Condiciones Generales se aplican sin modificaciones, a todos los contratos de obras regidos por la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”.

2.2 Sus disposiciones no podrán ser modificadas sino en forma excepcional y a condición de que las cláusulas y subcláusulas sujetas a modificación o eliminación se indiquen expresamente en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

3. Partes del Contrato

3.1 Nombramiento de las partes

En las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) se identifican al Contratante y al Gerente de Obra. La propuesta presentada por el Contratista incluirá las indicaciones necesarias para identificar al Contratista y a sus representantes legales.

3.2 Consorcio

Si el Contratista es un Consorcio, todas las partes que lo conforman deberán ser solidariamente responsables frente a la Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato y deberán designar a una de ellas para que actúe como representante con autoridad para comprometer al Consorcio, de conformidad al Artículo 25 de la Ley 2051/03. La composición o constitución del Consorcio, no podrá ser alterada sin el previo consentimiento de la Contratante.

3.3 Cesión y subcontratación

3.3.1. El Contratista no podrá en ningún caso ceder la totalidad o parte del Contrato, excepto si la cesión se refiere a los derechos de cobro sobre las cuentas de trabajos ejecutados que amparan al Contrato; para lo cual, sin embargo, el Contratista deberá contar con la autorización previa y por escrito del Contratante.

3.3.2 El Contratista no podrá subcontratar la totalidad del contrato. Podrá, en cambio, subcontratar la ejecución de algunas partes de su Contrato, siempre que haya obtenido el acuerdo previo del Contratante y de las autoridades cuya aprobación sea necesaria para la entrada en vigor del Contrato, y que el monto de las obras subcontratadas no supere el 60% del total del monto del contrato. El Contratista seguirá siendo totalmente responsable de los actos, deficiencias y negligencias de todo subcontratista, sus representantes, empleados o trabajadores, en la misma medida que si se tratara de sus propios actos, deficiencias o negligencias o de las de sus propios representantes, empleados o trabajadores.

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El Subcontratista no podrá ser aceptado si previamente no justificara que ha contratado seguros que garanticen plenamente su responsabilidad.

Una vez obtenidas la aceptación y aprobación, el Contratista informará al Gerente de la Obra el nombre de la persona física autorizada para representar al Subcontratista y el domicilio elegido por este último en la proximidad de las obras.

3.4 Representación del Contratista

A partir de la entrada en vigor del Contrato, el Contratista designará un representante ante el Contratante, con poderes suficientes para tomar, sin demora, las decisiones necesarias en todo lo relativo a la ejecución del Contrato.

En ausencia de tal designación, se considerará que el Contratista, si es una persona física, o su representante legal, si es una persona jurídica, se encargará directamente de la ejecución de las obras.

3.5 Domicilio del Contratista

El domicilio del Contratista será el establecido en su oferta. Mientras el Contratista no señale otro distinto y notifique el cambio por escrito al Contratante, el manifestado en la oferta se tendrá como domicilio convencional para comunicar toda clase de notificaciones.

3.6 Modificaciones que realice el Contratista

El Contratista deberá notificar inmediatamente al Contratante todas las modificaciones ocurridas durante la ejecución del Contrato referentes a:

(a) las personas con facultades para obligar al Contratista o a sus representantes ante el Gerente de Obra y ante el Contratante;

(b) la forma de la empresa:(c) el domicilio legal de la sede del Contratista;(d) la razón social o el capital social; y(e) cualquier otro cambio que pudiera afectar el funcionamiento del

Contratista y la ejecución del Contrato.

4. DocumentosContractuales

4.1 IdiomaTodos los documentos contractuales deberán redactarse en idioma español. Asimismo, toda la correspondencia y Órdenes de Ejecución deberán estar redactadas en español. El Contratante podrá aceptar documentos o catálogos técnicos redactados en otros idiomas, siempre y cuando vengan acompañados por una traducción al español efectuada por un traductor público matriculado, la cual prevalecerá para los efectos de la interpretación de los documentos.

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4.2 Documentos Constitutivos del Contrato

Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:

(a) Contrato firmado;(b) La Oferta;(c) Condiciones especiales del Contrato;(d) Documentación técnica que contiene la descripción de las obras y las

Especificaciones Técnicas.(e) Cuando se citen como documentos contractuales en las CEC: Planos,

memorias de cálculo, especificaciones de perforaciones necesarias, o resultados de perforaciones ejecutadas y documentación geotécnica;

(f) Listas de Cantidades, incluyendo los precios unitarios y totales, conforme a lo cotizado por el Contratista en su oferta;

(g) Cuando se citen como documentos contractuales en las CEC el desglose y los análisis de los precios unitarios;

(h) Las Condiciones Generales del Contrato; y (i) Reglamentos o normas técnicas generales aplicables a los tipos de

trabajos objeto del Contrato y otros documentos similares referidos en las CEC.

Los documentos que forman parte del Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o diferencia entre los documentos que forman parte integral del Contrato, la prioridad de los mismos será en el orden enunciado anteriormente.

4.3 Documentos contractuales posteriores a la formalización del Contrato

El Contrato, una vez formalizado, podrá modificarse mediante enmiendas escritas sometidos al mismo procedimiento de aprobación que el Contrato. Estas modificaciones deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley N° 2051/03.

4.4 Planos

4.4.1 Salvo indicación diferente en las CEC, se entregará al Contratista en forma gratuita, dos (2) ejemplares de los planos preparados por el Contratante y el Gerente de Obra. El Contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El Contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del Contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por el Contratante o el Director de Obra, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del Contrato.

4.4.2 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras tres (3) ejemplares de todos los planos y demás documentos cuya realización sea de su responsabilidad en virtud del Contrato, así como un ejemplar reproducible de todo documento cuya reproducción no permita obtener fotocopia de la misma calidad que el original.

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4.4.3 El Contratista deberá tener en la Zona de Obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en las Subcláusulas 4.4.1 y 4.4.2 o recibidos del Contratante o del Director de Obra para que pueda ser verificado y utilizado por el Gerente de Obra. La Contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra, que se encuentre en la zona de obras, en cualquier horario razonable.

4.4.4 El Contratista deberá notificar al Gerente de Obra por escrito, con copia al Contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el Gerente de Obra o el Contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al Contratista conforme al Contrato. La notificación del Contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.

4.4.5 Si los retrasos del Contratante o del Gerente de Obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del Contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio, salvo en los casos en que estos retrasos se deban a que el Contratista no ha enviado al Contratante las informaciones, planos o documentos que está obligado a presentar en virtud del Contrato.

5. Obligaciones generales 5.1 Idoneidad de la Oferta

5.1.1 Se considerará que el Contratista ha tomado conocimiento en forma suficiente y completa sobre el carácter exacto y adecuado de su oferta y del nivel de los precios unitarios enumerados en las Listas de Cantidades. Se considerará que, salvo indicación contraria en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), estos precios cubren todas sus obligaciones en virtud del Contrato y todos los insumos necesarios para la ejecución cabal y completa de las obras y para subsanar sus posibles defectos, tal como se describe con mayor detalle en la Cláusula 10.1.

5.1.2 Se considerará que el Contratista ha inspeccionado y examinado la Zona de Obras y sus alrededores y tiene conocimientos de los datos disponibles que puedan tener incidencia en la ejecución del Contrato. Así mismo, que ha interpretado adecuadamente esa información antes de presentar su oferta, en especial en lo que se refiere a los siguientes aspectos:

(a) topografía del lugar y carácter de la obra.(b) condiciones hidrológicas y climáticas;(c) alcance y naturaleza de la obra y de los materiales necesarios para

realizarla y para subsanar sus posibles defectos; y(d) medios de acceso a la Zona de Obras e instalaciones que pudiera

necesitar para la ejecución de la obra.

5.1.3. Como regla general, se considerará que el Contratista ha obtenido toda la información necesaria sobre los riesgos y posibles contratiempos y factores que pudieran afectar o influir en su oferta.

5.2 Ejecución de conformidad con el Contrato

El Contratista deberá encargarse, con el esmero y diligencia apropiados, de ejecutar completamente las obras y subsanar sus posibles defectos, en conformidad con las disposiciones del Contrato. El

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Contratista deberá dirigir las obras, suministrar la mano de obra, las instalaciones, el material, el equipo y todo los demás elementos, provisionales o permanentes, necesarios para la realización completa de las obras y la subsanación de los posibles defectos.

5.3 Acatamiento de las leyes y reglamentos

El Contratista deberá actuar de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos de la República del Paraguay que pueda tener incidencia en la ejecución de las obras y su reparación;

5.4 Carácter confidencial

El Contratista está obligado a respetar el carácter confidencial del Contrato y de todos los documentos contractuales relacionados con éste. Esta misma obligación se aplicará a toda información relacionada con el Contrato, cualquiera que sea su naturaleza, que no se hubiera hecho todavía pública y que tanto él como su personal y sus Subcontratistas hubieran podido conocer como consecuencia de la ejecución del Contrato.

El Contratista en ningún caso podrá publicar ni revelar a nadie tales informaciones, excepto con la autorización escrita previa del Director de Obra y sólo dentro de los límites estrictamente necesarios para la buena realización del contrato.

5.5 Procedimientos y métodos de construcción

El Contratista será totalmente responsable de la idoneidad, estabilidad y seguridad de todos los procedimientos y métodos de construcción que se empleen para la realización de la obra

5.6 Comparecencia del Contratista en la Zona de Obras

El Contratista, o su representante, deberán presentarse en las oficinas del Director de Obra o en la Zona de Obras todas las veces que se requiera, acompañado, de ser el caso, de sus Subcontratistas.

En el caso de un Grupo, Asociación en Participación o Consorcio, la obligación prevista en el inciso precedente corresponderá al representante común del Grupo, Asociación o Consorcio, acompañado, si fuera necesario, de sus Subcontratistas.

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5.7 Ordenes de Ejecución

5.7.1 Las Órdenes de Ejecución se darán por escrito y estarán fechadas y numeradas y serán firmadas por el Director de Obra. Se enviarán dos ejemplares al Contratista; éste devolverá inmediatamente al Director de Obra una copia con su firma y la fecha de recepción. La primera orden de ejecución se transmitirá al Contratista el día de entrada en vigor del Contrato.

5.7.2 Los comentarios o reservas del Contratista a dichas órdenes sólo tendrán validez si se presentan por escrito, en un plazo no superior a quince (15) días calendario, conforme a las estipulaciones de la Cláusula 7.Excepto en los casos previstos en las Subcláusulas 14.1 y 15.22 de estas CGC y excepto si el Director de Obra debe obtener por sí mismo la autorización de las autoridades para pagar al Contratista los montos suplementarios que pudieran resultar del cumplimiento de la instrucción de ejecución por el Contratista, éste acatará estrictamente las Ordenes de Ejecución que le son notificadas, aún cuando hubiese expresado reservas sobre ellas.

5.7.3 Las Órdenes de Ejecución relativas a obras subcontratadas deberán enviarse al Contratista, que es el único autorizado a presentar reservas.

5.7.4 En caso de contratación con un Grupo, Asociación en Participación o Consorcio, las Órdenes de Ejecución deberán enviarse al representante común, que es el único autorizado a presentar reservas.

5.8 Estimación de las obligaciones financieras del Contratante

El Contratista deberá presentar al Director de Obra, en el plazo estipulado en las CEC, una estimación detallando las obligaciones de pago del Contratante, con indicación de todos los pagos a que el Contratista tendrá derecho en virtud del Contrato, en base al programa de trabajo aprobado previamente. Además, el Contratista se compromete a entregar al Director de Obra, cuando éste lo solicite, estimaciones actualizadas de esos compromisos.

5.9 Personal del Contratista

El Contratista deberá emplear en la Zona de Obras, para la ejecución completa de las obras y la reparación de sus defectos:

5.9.1 Únicamente técnicos competentes y experimentados en sus especialidades respectivas, así como personal y jefes de equipo capaces para garantizar la debida ejecución y supervisión de las obras,

5.9.2 Mano de obra especializada, semi-especializada y sin especializar que permita el cabal cumplimiento de todas sus obligaciones en virtud del Contrato con estricto cumplimiento de los plazos de ejecución.

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5.10 Seguridad de las personas, los bienes y protección del medio ambiente

El Contratista deberá, durante la realización completa de las obras y la reparación de defectos:

5.10.1 Garantizar la seguridad de las personas autorizadas a estar presentes en la Zona de Obras y mantener ésta y las obras mismas (mientras no hayan sido aceptadas u ocupadas por el Contratante) en buen estado con el fin de evitar todo riesgo para las personas.

5.10.2 Suministrar y mantener, por su cuenta, todos los dispositivos de iluminación, protección, cierre, señales de alarma y vigilancia en los momentos y lugares necesarios o exigidos por el Director de Obra, por cualquier otra autoridad debidamente constituida y por la reglamentación vigente, para la protección de las obras y para la seguridad y comodidad del público en general.

5.10.3 Adoptar todas las medidas necesarias para proteger el medio ambiente en base al estudio previo de impacto ambiental realizado por el Contratante en el caso de que dicho estudio fuere pertinente, tanto dentro como fuera de la Zona de Obras, evitando con ello todo perjuicio o daño a las personas o bienes públicos o de otra índole resultantes de la contaminación, el ruido, manejo de residuos peligrosos u otros inconvenientes producidos por los métodos utilizados para la realización de las obras.

5.11 Facilidades e instalaciones ofrecidas a otros Contratistas

5.11.1 El Contratista deberá ofrecer todas las facilidades dentro de límites razonables, para la ejecución de sus actividades a:

(a) los otros Contratistas empleados por el Contratante en la Zona de Obras y su personal;

(b) el personal del Contratante; y (c) el personal de cualquier otra autoridad debidamente constituida

que pueda ser empleado para la ejecución, en la Zona de Obras o en sus proximidades, de cualquier actividad no incluida en el Contrato o de cualquier contrato que el Contratante realice en relación a, o como complemento a las obras.

5.11.2 En los casos provistos en la Subcláusula 5.10.1 el Contratante ordenará al Contratista mediante una Orden de Ejecución:

(a) poner a disposición de cualquier otro Contratista, del Contratante o de cualquier otra autoridad, caminos o vías de acceso cuyo mantenimiento sea incumbencia del Contratista;

(b) permitir, en la medida posible, la utilización de las obras provisionales; y

(c) suministrar todo otro servicio a estas personas de cualquier naturaleza que sea.

Tales prestaciones se consideran como obra no prevista y se regirán por las disposiciones del Artículo 14.

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6. Garantías de Cumplimiento y Anticipo. Retención de Garantía. Seguros.

6.1 Garantía de Cumplimiento del Contrato

6.1.1. El Contratista deberá garantizar el fiel cumplimiento de contrato por un monto en Guaraníes determinado por el Contratante, dentro de los porcentajes establecidos en el artículo 39 inciso c) de la Ley N° 2051/03. A tal efecto, deberá presentar al Contratante, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a partir de la fecha de adjudicación del Contrato, una garantía de cumplimiento del Contrato bajo alguna de las siguientes formas: (a) garantía bancaria emitida por un Banco establecido en la República del Paraguay; (b) póliza de seguros emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay. Las garantías deberán ajustarse a las condiciones y al formulario estándar correspondiente establecido en la Sección VIII de los documentos de licitación. El periodo de validez de la garantía será establecido en las CEC. Salvo indicación contraria en las CEC, la garantía de cumplimiento será liberada por el Contratante y devuelta al Contratista a más tardar treinta (30) días contados a partir de la fecha en que el Contratista haya cumplido con todas sus obligaciones contractuales.

6.1.2. La garantía de cumplimiento de contrato se hará efectiva si la Contratante determinare la rescisión del contrato por causa imputable al Contratista, conforme a la ley al contrato. La notificación de la resolución de rescisión servirá de suficiente intimación de pago del monto de la garantía de cumplimiento de contrato, que deberá ser efectiva dentro del plazo de tres días calendario.

6.1.3. La falta de constitución y entrega oportuna de las garantías será causal de rescisión del contrato por causa imputable al contratista, en cuyo caso el Contratante podrá adjudicar el contrato en la forma prevista en el segundo párrafo del artículo 36 de la Ley N° 2051/03.

6.1.4 El Contratista entregará además, una garantía por el 100 % del importe del anticipo. Esta garantía podrá adoptar cualquiera de las formas establecidas en la subcláusula 6.1.1 precedente. El monto de esta garantía se reducirá automáticamente en la misma proporción con que se amortice el anticipo en las estimaciones mensuales de cuentas presentadas por el Contratista. La garantía caducará el día que se amortice la última parte del anticipo.

6.2 Fondo de reparos

6.2.1 Además de la Garantía de Cumplimiento del Contrato sobre todos los montos pagaderos al Contratista se deducirá un 5% en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta dentro de los plazos establecidos en el artículo 39 de la Ley N° 2051/03.

6.2.2 Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción del Contratante emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir pólizas.

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6.3 Responsabilidad. Seguros.

6.3.1 No obstante las obligaciones que aquí se establecen de contratar pólizas de seguros, el Contratista será en todo momento el único responsable y protegerá al Contratante y al Gerente de Obra frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente Contrato por el Contratista, sus Subcontratistas y su respectivo personal.

El Contratista contratará los seguros que se estipulen en las CEC. Incluirá, como mínimo, los seguros que figuran en las Subcláusulas 6.3.2 a 6.3.4. de estas CGC

6.3.2 Seguro contra daños a terceros

El Contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía.

La póliza de seguros debe especificar que el personal del contratante, el Director de Obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la Zona de Obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

6.3.3 Seguro contra accidentes de trabajo

El Contratista suscribirá todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente. El Contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El Contratista mantendrá indemne al contratante y al Director de Obra frente a todos los recursos que el personal del Contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido.

6.3.4 Seguro contra los riesgos en la Zona de Obras

El Contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la Zona de Obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el Contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción, del material de construcción o de la realización. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales.

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6.3.5 Suscripción y presentación de pólizas

Los seguros obligatorios y, como mínimo los seguros que figuran en las Subcláusulas 6.3.2, 6.3.3 y 6.3.4 de la presente cláusula, deberán ser presentados por el Contratista para la aprobación del Gerente de Obra y ser suscritos antes de iniciar cualquier trabajo y con vigencia desde la fecha de inicio de las Obras.

Los seguros contra daños a terceros y accidentes de trabajo deberán permanecer vigentes hasta la recepción provisional de las obras objeto del contrato. El seguro contra riesgos en la Zona de Obras deberá permanecer vigente por un período de doce (12) meses después de la recepción provisional de las mismas.

Todas estas pólizas contendrán una disposición que subordina su cancelación a un aviso previo de la compañía de seguros al Contratante.

7. Cálculo de plazos. Formas de notificación.

7.1 Todo plazo que el Contrato especifique al Contratante, al Director de Obra o al Contratista comenzará a contar a partir del día posterior a la fecha en que se produzca el hecho que sirva de punto de partida para dicho plazo.

7.2 Cuando el plazo se haya fijado en días, se entenderá en días calendario y expirará al terminar el último día de la duración prevista. Cuando el plazo se haya fijado en meses, se contará desde el día del mes fijado para su inicio hasta el mismo día del mes fijado como terminación. Si no se especifica el día del mes en el cual se termina el plazo, éste expirará al final del último día de dicho mes.

Cuando el último día de un plazo coincida con un sábado, un domingo o día feriado o de descanso obligatorio, el plazo se prorrogará hasta el final del primer día laborable siguiente.

7.3 Cuando, de acuerdo con las disposiciones del Contrato, el Contratista deba enviar un documento en un plazo fijo al Director de Obra o al Contratante, o viceversa, o cuando la entrega de un documento represente el comienzo de un plazo, el documento deberá entregarse al destinatario con acuse de recibo o ser enviado por telegrama colacionado o por correo certificado con acuse de recibo postal. Se considerará que la fecha de entrega del documento es la fecha del acuse de recibo o del aviso de recibo postal o del telegrama colacionado.

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8. Propiedad industrial o comercial

8.1 El Contratante liberará al Contratista de cualquier responsabilidad frente a reivindicaciones de terceros en relación con las patentes, licencias, diseños y modelos, marcas de fábrica o de comercio cuyo empleo le sea impuesto por el Contrato. Será responsabilidad del Contratante obtener en este caso, por su cuenta, las cesiones, licencias o autorizaciones necesarias.

8.2 Fuera del caso previsto en la Subcláusula 8.1 precedente, el Contratista liberará al Contratante de cualquier responsabilidad frente a reivindicaciones de terceros referentes a las patentes, licencias, diseños y modelos, marcas de fábrica o de comercio y cualquier otro derecho protegido en relación con el equipo del Contratista o de sus Subcontratistas, a la metodología de trabajo, documentos o materiales utilizados para o en relación con las obras o incorporados a éstas, así como frente a todos los daños y perjuicios, costos, cargos y gastos de toda naturaleza relacionados con ella.

8.3 Será responsabilidad del Contratista obtener en este caso, por su cuenta, las cesiones, licencias o autorizaciones necesarias, sin perjuicio del derecho del Contratante de proceder posteriormente, o encargar a quien considere oportuno, a efectuar todas las reparaciones necesarias.

9. Protección de la mano de obra y condiciones de trabajo

9.1 El Contratista deberá, salvo disposición contraria en el Contrato, encargarse de la contratación de todo el personal y de toda la mano de obra, de origen local o de otra procedencia, así como de su remuneración, ateniéndose estrictamente a la reglamentación vigente y respetando en particular, la reglamentación laboral (sobre todo en lo que respecta a los horarios de trabajo y días de descanso), a la reglamentación social y al conjunto de reglamentos aplicables en materia de higiene y seguridad.

9.2 Independientemente de las obligaciones establecidas por las leyes y reglamentos referentes a la mano de obra, el Contratista deberá comunicar al Director de Obra, a petición de éste, la lista actualizada de personal contratado para la ejecución de los trabajos y sus respectivas calificaciones.

9.4 El Director de Obra podrá exigir al Contratista en todo momento la comprobación de que está aplicando a su personal empleado en la ejecución de las obras, la legislación social vigente en Paraguay, sobre todo en materia de salarios, higiene y seguridad.

9.5 El Contratante previa consulta al Director de Obra, podrá exigir al Contratista el despido de cualquier empleado que evidencie incompetencia o sea culpable de negligencia, imprudencias repetidas, o la falta de probidad y, en general, cuya actuación sea contraria a la buena ejecución de las obras.

9.6 El Contratista será el único responsable de las consecuencias perjudiciales de los fraudes o defectos de construcción cometidos por su personal en la ejecución de las obras.

Cuando el Contratista esté autorizado a subcontratar parte de las obras, el Contratista será responsable de que estas mismas obligaciones sean acatadas por sus Subcontratistas.

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10. Contenido y características de los precios

B. Precios y liquidación de cuentas

10.1 Contenido y características de los precios

10.1.1 Salvo disposición contraria en las CEC, se considerará que los precios comprenden todos los gastos resultantes de la ejecución de las obras, incluidos los gastos generales y todos los impuestos, derechos y gravámenes de toda índole por cuyo pago sean responsables el Contratista y/o sus empleados y subcontratistas con motivo de la ejecución de las obras objeto del Contrato. El alcance de los impuestos, derechos y gravámenes comprendidos en los precios y las consecuencias de las modificaciones hechas se describen en la Subcláusula 10.5 de esta Cláusula.

10.1.2 Los precios se expresarán íntegramente en guaraníes.

10.1.4 A excepción de las partes que el Contrato expresamente señale que están incluidas en los precios, se considerará que los precios cotizados permiten al Contratista obtener beneficios y un margen de ganancias frente a riesgos, y que tiene en cuenta todas las condiciones de ejecución de la obra, normalmente previsibles por un contratista diligente y competente, en las condiciones de tiempo y lugar en que se ejecuten estas obras, y especialmente como resultado de:

(a) fenómenos naturales(b) la utilización del dominio público y del funcionamiento de los servicios

públicos;(c) la presencia de canalizaciones, conductores y cables de toda naturaleza, así

como las obras necesarias para el desplazamiento o la transformación de estas instalaciones;

(d) realización simultánea de otras obras debido a la presencia de otros Contratistas;

(e) la aplicación de los reglamentos fiscales y aduaneros; y

10.1.5 Se considerará que los precios del Contrato incluyen los gastos adicionales en que debe incurrir el Contratista para la coordinación y control de sus Subcontratistas, así como las consecuencias de sus posibles defectos.

10.2 Distinción entre precios unitarios y globales

Los precios podrán ser unitarios o globales, conforme a lo especificado en las Listas de Cantidades y Actividades.

10.2.1 Será precio unitario todo precio que no sea global, según éste se define en la subcláusula siguiente. Los precios unitarios se aplican a una obra o un elemento de obra cuyas cantidades se indican en las Listas de Cantidades y Actividades.

10.2.2 Será precio global todo precio que remunera al Contratista por una obra completa, o parte de una obra, o un conjunto determinado de prestaciones definidas en el Contrato, o que se menciona explícitamente en éste como precio global, o bien que se aplica en el Contrato solamente a un conjunto de prestaciones que no se repiten.

10.3 Descomposición y desglose de los precios

En caso de que se solicitara el contratista deberá presentar la descomposición y desglose de precios.

Los precios se especifican detalladamente mediante la descomposición

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10.5 Impuesto, derechos, gravámenes y cotizaciones

10.5.1 El precio del Contrato incluirá los impuestos, derechos, gravámenes y otros tributos y cotizaciones de toda índole, en relación con la realización de los trabajos objeto del Contrato, en particular los correspondientes a fabricación, venta y transporte de suministros y equipos que vayan o no a ser incorporados en las obras, así como los correspondientes a todos los servicios suministrados, cualquiera sea su naturaleza.

10.5.2 Salvo disposición contraria en las presentes CGC y en las CEC, el Precio

del Contrato comprenderá igualmente todos los impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones de toda índole exigibles en la República del Paraguay, los cuales se calcularán teniendo en cuenta las modalidades de base tributaria y de tasas fiscales vigentes 15 días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas.

10.5.3 Los precios comprenderán también los impuestos, derechos y

gravámenes exigibles en el momento de la importación, tanto definitiva como temporal, de los suministros, materiales y equipos necesarios para la realización de las obras. Comprenderán igualmente el conjunto de impuesto, derechos y gravámenes exigibles al personal del Contratista y a sus proveedores, abastecedores o Subcontratistas.

10.5.4 Cuando la legislación nacional lo establezca, el Contratista pagará las cotizaciones, impuestos, derechos y gravámenes que adeude, directamente a los organismos competentes y presentará a éste, en caso de que así se requiera, la evidencia de los pagos correspondientes.

10.5.5 Cuando la legislación nacional lo establezca, el Contratante efectuará las retenciones de los impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones y las pagará a los organismos competentes en los plazos previstos por la reglamentación vigente.

10.5.6 Cuando la legislación nacional establezca retenciones aplicables a los pagos al Contratista, el Contratante deducirá los montos correspondientes de las sumas adeudadas al Contratista y las pagará en nombre del Contratista al organismo competente. En tal caso, el Contratante enviará al Contratista un comprobante de pago de dichas sumas dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha en que se haya realizado el pago.

10.5.7 Las CEC describen con mayor amplitud los principales impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones en la República del Paraguay vigentes quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, a cargo del Contratista, sus proveedores, abastecedores y subcontratistas.

10.5.8 En caso de que el Contratante obtenga de la autoridad aduanera un régimen de exoneración o de suspensión no previsto originalmente para los impuestos, derechos y gravámenes exigibles en el momento del ingreso definitivo o temporal de los suministros, materiales y equipos, se efectuará una disminución correspondiente del precio y dicha disminución se hará constar en un Addendum al Contrato. En el caso de que para obtener tal ventaja, deba presentarse a la autoridad fiscal y aduanera una fianza o garantía, el costo de la misma será por cuenta del Contratante.

10.5.9 En caso de modificación en la legislación fiscal, aduanera o social con respecto a la legislación aplicable quince (15) días antes del límite para la presentación de las ofertas, cuyo efecto sea un aumento de los costos del Contratista, este último tendrá derecho a un aumento

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11. Remuneración al Contratista

11.1 Pago de cuentas

Los pagos del Contratante al Contratista en virtud del Contrato se efectuarán contra certificaciones mensuales de las cantidades de trabajo y obra ejecutada, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Cláusula 13.

11.2 Pago de los trabajos originales

11.2.1 Los trabajos originales corresponden al conjunto de trabajos ejecutados por el Contratista en virtud del Contrato, bajo su responsabilidad, con excepción de los trabajos por día definidos en la Subcláusula 11.3.

Los trabajos originales se pagan en conformidad con las estipulaciones del Contrato, ya sea sobre la base de precios unitarios, o precios globales, o una fórmula mixta que incluya ambos tipos de precios.

11.2.2 En el caso de aplicar un precio unitario, el precio adeudado se determina multiplicando el precio unitario cotizado en las Listas de Cantidades y Actividades por la cantidad del tipo (concepto) de obra ejecutado, o por el número de elementos de obra que se hubieran completado.

11.2.3 En el caso de aplicación de un precio global, el precio se adeuda al momento de completarse la obra o parte de obra o las prestaciones a las que el precio global se aplica. Las diferencias que pudieran detectarse para cada tipo de obra o cada elemento de obra entre las cantidades realmente ejecutadas y las cantidades indicadas en la descomposición de este precio, establecida en conformidad con la Subcláusula 10.3.2, aún cuando tenga valor contractual, no podrá conducir a una modificación de dicho precio, y lo mismo ocurrirá con los errores que pudiera evidenciar esta descomposición.

11.3 Pago de trabajos por día

El Contratista deberá poner a disposición del Director de Obra, cuando éste lo solicite, el personal, los suministros y materiales que se le pidan para ejecutar trabajos accesorios, a los incluidos en el Contrato.

Para estos “trabajos por día”, el Contratista tendrá derecho a compensación por:

(a) los salarios y las cargas que ellos originan, que hubiera pagado a los obreros, incrementadas en conformidad con lo indicado en las CEC para cubrir las cargas salariales, los gastos generales, impuestos, gravámenes y beneficios; y

(b) las sumas gastadas en las otras prestaciones suministradas; a saber, las cargas pagadas a los obreros y que no sean cargas salariales, los suministros y los materiales, debidamente incrementadas en conformidad con lo indicado en las CEC para cubrir los gastos generales, impuestos, gravámenes y beneficios.

El Contratista no estará obligado a continuar ejecutando trabajos por día cuando el monto total realizado de dichos trabajos alcance el porcentaje del monto total del Precio del Contrato especificado en las CEC.

En todo caso, si el pago de los trabajos por día requiere aprobación especial de las autoridades que han aprobado el Contrato, el Contratista no ejecutará ningún trabajo por administración a menos que el Contratante notifique dicha aprobación mediante una Orden de Ejecución.

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11.4 Pago por acopio de materiales

Cada certificación recibida en conformidad con la Subcláusula 11.1 de estas CGC, podrá incluir una parte correspondiente a acopio de materiales efectuados para los trabajos, según se especifica en las CEC.

El monto correspondiente se determina aplicando a las cantidades los precios que aparecen en la lista de precios incluida en el Contrato y que corresponden a los materiales o componentes por ejecutar.

Los materiales, productos o componentes de construcción que hayan sido pagados como acopio, serán de propiedad del Contratista. Sin embargo, ellos no podrán sacarse de la Zona de Obras sin la autorización escrita del Director de Obra.

11.5 Anticipo

El Contratista recibirá un anticipo en los términos y condiciones estipulados en las CEC. La amortización de dicho anticipo a través de las certificaciones se hará en base a lo especificado en las CEC. En éstas, también se establecerán las condiciones y el monto de la garantía que, por dicho anticipo, deberá constituir el Contratista.

11.6 Ajuste o modificación de precios

Cuando de acuerdo a la Cláusula 10.4 de estas CGC los precios sean ajustables o revisables, el coeficiente de actualización o revisión se aplicará a:

(a) los trabajos originales ejecutados durante un (1) mes;

(b) las indemnizaciones, penalidades, retenciones, del mes respectivo; y

(c) la variación positiva o negativa a fin del mes, con respecto al mes anterior, de las sumas anticipadas para acopio y a los anticipos al fin de ese mes.

El coeficiente de ajuste se redondea al milésimo superior.

11.7 Intereses por mora

En caso de retrasos en los pagos por el Contratante, el Contratista tendrá derecho a percibir intereses por mora equivalentes al promedio de las tasas máximas activas nominales, anuales, percibidas en los bancos por los préstamos de consumo en moneda nacional al plazo de ciento ochenta días, determinada por el Banco Central del Paraguay para el mes anterior de la constitución de la obligación y publicado en diarios de difusión nacional. Si el Contratante, en virtud de causas establecidas en el Contrato, está facultado para suspender la tramitación de un pago, las sumas correspondientes durante los atrasos resultantes no devengarán intereses por mora.

11.8 Remuneración de un Consorcio

11.8.1 En el caso de un contrato celebrado con un consorcio, el pago de las obras ejecutadas será abonado por el Contratante a la Empresa designada como Líder del Consorcio.

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12. Verificación y constancia

12.1 Para los efectos de la presente Cláusula, por verificación se entenderá la comprobación física de la cantidad y la correcta ejecución de los trabajos; Acta de Constancia será el documento en que se deja constancia de una verificación.

12.2 Las verificaciones se harán a petición del Contratista o del Director de Obra, y cubrirán los trabajos ejecutados o las circunstancias de su ejecución.

Las verificaciones referentes a los trabajos ejecutados tendrán como objeto determinar la cantidad y el monto de los trabajos ejecutados a efectos de proceder a la certificación. Cuando se trata de obras pagaderas en base a precios unitarios, las verificaciones se referirán a los elementos necesarios para el cálculo de las cantidades que deberán tenerse en cuenta, así como los resultados de las mediciones, arqueos, pesajes y recuentos.

12.3 Las verificaciones que se efectúen para proteger los posibles derechos de las partes del Contrato no prejuzgan la existencia de tales derechos ni podrán identificar o determinar responsabilidades.

12.4 El Director de Obra fijará la fecha de las verificaciones; si el Contratista hubiera presentado la petición, dicha fecha no podrá ser más allá de seis (6) días posteriores a la de la petición. En las verificaciones se preparará un Acta de Constancia, redactada por el director de Obra en el terreno al momento de la verificación, previa consulta con el Contratista.

Si el Contratista se negara a firmar el Acta de Constancia, o lo firmara con reservas, deberá, dentro de los siete (7) días siguientes, precisar por escrito sus observaciones o reservas al Director de Obra.

Si el Contratista, requerido en la forma y tiempo oportunos, no estuviera presente o representado en las verificaciones, se considerará que acepta sin reserva el Acta de Constancia.

El contratista deberá solicitar oportunamente que se verifiquen los trabajos que no pudieran ser objeto de verificaciones ulteriores, en particular cuando las obras puedan quedar ocultas o inaccesibles. En su defecto y salvo prueba en contrario presentada por el Contratista a su costo, el Contratista no podrá objetar la decisión del Director de Obra relativa a dichos trabajos.

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13. Liquidación de cuentas. Pago de las certificaciones

13.1 Certificaciones mensuales

13.1.1 Las partes convienen que los trabajos objeto del presente Contrato, se paguen mediante la formulación de certificaciones mensuales, que abarcarán un mes calendario.

Cada mes el Contratista presentará al Director de Obra, dentro de los seis (6) días siguientes a la terminación del mes inmediato anterior, una certificación mensual que indique el monto total de las sumas correspondiente a las obras ejecutadas, como consecuencia de la ejecución del Contrato.

Ese monto se establecerá a partir de los “precios unitarios base”, es decir, de los precios que figuran en el Contrato, incluidos los descuentos o aumentos que pudieran indicarse en él, pero sin ajuste, ni revisión de los precios.

Si se hubieran ejecutado trabajos u obras no previstos originalmente, se aplicarán los precios provisionales mencionados en la Subcláusula 14.3, hasta que se determinen los precios definitivos.

13.1.2 La certificación mensual, incluirá, en la medida necesaria, las partidas siguientes:

(a) trabajos originales, ejecutados y pagaderos por cantidades y precios unitarios;

(b) trabajos ejecutados por día; (c) suministros;(d) anticipos;(e) indemnizaciones, sanciones, primas y retenciones distintas de la

retención de garantía;(f) reembolso de gastos incurridos por el Contratista, pero que son a

cargo del Contratante;(g) monto a ser deducido, igual al excedente de los gastos incurridos

por el Contratante por prestaciones que el mismo hubiera ejecutado de oficio, debido al incumplimiento del Contratista. Dicho excedente se calcula tomando en cuenta las sumas que se hubieran pagado al Contratista si este último hubiera ejecutado esas prestaciones; e

(h) intereses por mora.

El monto de los acopios se establecerá en base a los que se han constituido y no han sido aún utilizados.

13.1.3 El monto de los trabajos originales ejecutados y pagaderos por precios unitarios se establecerá de la manera siguiente:

- La certificación mensual incluirá la relación de las obras ejecutadas en conformidad con las verificaciones realizadas por ambas partes o, en su defecto, con las evaluaciones del Director de Obra. No se fraccionarán precios unitarios en sus componentes, para cubrir trabajos parciales ejecutados.

- En el caso de algunos trabajos específicos, pagaderos por precios globales, esos precios podrán fraccionarse si no se ha terminado la obra o parte de obra a que se refiere ese precio. En tal caso se aplicará una fracción del precio igual al porcentaje ejecutado de la obra o de la parte de obra. Para determinar ese porcentaje, se

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13.2 Pago de cuotas mensuales

13.2.1 El monto del pago mensual que deberá abonarse al Contratista se hará contra el certificado mensual de obra hecha que deberá ser realizado por el Contratista y aprobado por el Director de Obra; este último preparará para este fin una relación en la que se incluirán los siguientes elementos:

(a) el monto del pago establecido a partir de los precios unitarios de base, correspondiente a la obra hecha. Como en las cuentas mensuales, se distinguirán los diferentes elementos sujetos a diversas modalidades de actualización o de revisión de los precios aplicables a las liquidaciones efectuadas por el Contratante al Contratista;

(b) el efecto de la actualización y/o la revisión de los precios, de conformidad con las disposiciones de las Cláusulas 10 y 11.6 anteriores;

(c) el monto total que deberá pagarse al Contratista es la suma de los incisos (a) y (b) precedentes, menos la retención de garantía si está prevista en el Contrato; y

(d) el monto total de la certificación por pagar será el resultado del inciso (c) precedente, menos las deducciones que se establezcan en las CEC.

13.2.2 El Director de Obra notificará al Contratista por escrito sobre el estado de los pagos y enviará copia de la cuenta en que estén basados, si se hubiera modificado el certificado mensual suministrado por el Contratista.

13.2.3 El pago de los certificados deberá efectuarse, a más tardar, dentro de los treinta (30) días de la su aprobación..

13.2.4 Los montos que figuren en los certificados mensuales no tendrán carácter

definitivo ni comprometen a las partes contratantes, salvo en lo relacionado al efecto de actualización o a la revisión de los precios mencionados en el inciso (b) de la Subcláusula 13.2.1 de estas CGC, cuando el Contratista no haya formulado reservas en este sentido a la recepción de la notificación mencionada en la Subcláusula 13.2.2 de estas CGC.

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13.3 Cuenta final

13.3.1 Una vez concluidas las obras, el Contratista preparará, además de la certificación mensual referente al último mes de su ejecución, si correspondiere, la estimación de la cuenta final en la cual se indicará el monto total acumulado de las sumas a que reclama tener derecho por concepto de ejecución del Contrato en su conjunto; el cálculo de estas sumas se basará en los trabajos y prestaciones realmente ejecutados.

Esta estimación de cuenta final se preparará en la misma forma y se basará en los mismos precios unitarios de base que se usan en las certificaciones mensuales y contendrá las mismas partes que éstas y los formularios estipulados en la Subcláusula 13.1 de estas CGC, con excepción de los acopios y los anticipos. Irá acompañada de los elementos y documentos mencionados en la Subcláusula 13.1.7, si no han sido entregados anteriormente de estas CGC.

13.3.2 La estimación de cuenta final se enviará al Director de Obra dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de notificación de la Recepción Provisional de las obras, tal como se prevé en la Subcláusula 41.3 de estas CGC, salvo que las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) establezcan un plazo mayor.

No obstante, si se aplican las disposiciones de la Subcláusula 41.5, la fecha del acta en que consten las prestaciones complementarias sustituirá a la fecha de notificación de la recepción provisional de las obras como punto de partida del plazo antes señalado.

La cuenta podrá ser preparada de oficio por el Director de Obra por cuenta del Contratista, en caso de que la solicitud del Director de Obra, de presentarla, no resulte efecto. Esta cuenta se notificará al Contratista junto con la cuenta general prevista en la Cláusula 13.4.

13.3.3 La estimación de cuenta final compromete al Contratista por las indicaciones que en ella figuran, excepto en los puntos que hayan sido objeto de reservas anteriores por su parte, así como en relación con el monto definitivo de los intereses por mora.

13.3.4 La estimación de cuenta final del Contratista será aceptada o corregida por el Director de Obra, convirtiéndose entonces en la cuenta final.

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13.4Cuenta general, finiquito

13.4.1 El Director de Obra preparará la cuenta general, que incluirá los siguientes elementos:

(a) la cuenta final, tal como se define en la Subcláusula 13.3.4 de estas CGC;

(b) el saldo establecido, a partir de la cuenta final y de la última certificación mensual, en las mismas condiciones definidas en la Subcláusula 13.2.1 de estas CGC; y

(c) la recapitulación de las certificaciones mensuales y del saldo.

El monto de la cuenta general será igual al resultado de esta última recapitulación.

13.4.2 La cuenta general, firmada por el Contratante, deberá ser comunicada por escrito al Contratista dieciocho (18) días después de la fecha de entrega de la estimación de cuenta final, salvo indicación en contrario en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

13.4.3 El pago del saldo deberá efectuarse antes de transcurrido un (1) mes a partir de la notificación de la cuenta general.

13.4.4 El Contratista deberá, en un plazo de veintiún (21) días contados a partir de la notificación de la cuenta general, devolverla firmada al Director de Obra, con o sin reservas, o manifestar las razones por las que se niega a firmarla.

Si el Contratista devuelve la cuenta general firmada y sin reservas, dicha aceptación obligará definitivamente a las partes, salvo en lo que concierne al monto de los intereses por mora; dicha cuenta se convertirá así en la cuenta general definitiva del Contrato.

Si el Contratista se niega a firmar la cuenta general, o la firma con reservas, el Contratista deberá exponer en un memorando de reclamación los motivos de su negativa o de sus reservas, precisando el monto de las sumas cuyo pago solicita, adjuntando los comprobantes necesarios, y volviendo a presentar, bajo pena de caducidad, las reclamaciones ya formuladas anteriormente, que no hayan sido objeto de una liquidación definitiva. Dicho memorando deberá enviarse al Director de Obra en el plazo indicado en el primer párrafo de la Subcláusula 13.4.4 de estas CGC. El arreglo de diferencias se efectuará de acuerdo con las modalidades indicadas en la Ley y en la Cláusula 52 de estas CGC.

Si las reservas son parciales, el Contratista acepta implícitamente los elementos de la cuenta no afectados por dichas reservas.

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13.4.5 Si el Contratista no hubiera devuelto al director de obra la cuenta general firmada en el plazo de cuarenta y cinco (45) días fijado en la Subcláusula 13.4.4 de estas CGC o si, aún habiéndola enviado puntualmente, no hubiera justificado su negativa o expuesto detalladamente los motivos de sus reservas precisando el monto de sus reclamaciones, se considerará que dicha cuenta general ha sido aceptada por el Contratista, convirtiéndose en cuenta general y definitiva del Contrato.

14. Obras o trabajos no previstos

14.1 La presente Cláusula se refiere a obras o trabajos cuya ejecución ha sido decidida por el Contratante y ordenada al Contratista mediante Orden de Ejecución y para los cuales no hay precios aplicables especificados en el Contrato. El Contratante podrá ordenar estos trabajos y el Contratista tendrá la obligación de ejecutarlos siempre y cuando ellos no sobrepasen el veinte (20) por ciento del monto del Contrato.

14.2 Los precios que se apliquen podrán ser unitarios o globales.

A menos que las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) establezcan otra cosa, los precios que se utilizarán se determinarán sobre las mismas bases que los precios del Contrato, en particular en cuanto a la fecha de referencia de dichos precios.

Si existiera desglose de precios o descomposición de precios globales, sus elementos, en particular los precios de unidades contenidos en el desglose, se utilizarán para determinar los precios aplicables a estos trabajos.

14.3 La Orden de Ejecución de los trabajos mencionada en la Subcláusula 14.1 de estas CGC, u otra emitida a más tardar quince (15) días después de la misma, notificará al Contratista los precios provisionales para el pago de los trabajos. Estos precios provisionales son determinados por el Director de Obra en consulta con el Contratista.

Estos precios no implicarán la aceptación final del Contratante ni del Contratista; se usarán solamente para presentar las cuentas hasta la fijación de los precios definitivos.

14.4 Se considerará que el contratista ha aceptado los precios provisionales si, en el plazo de un (1) mes después del aviso en que el Contratante le notifica los precios provisionales para la ejecución de los trabajos extraordinarios, el Contratista no ha presentado al Director de Obra sus observaciones sobre los precios provisionales propuestos, con una contra propuesta en que indique con todos los comprobantes pertinentes, los precios que él propone.

14.5 Los nuevos precios, una vez acordados entre el Contratista y el director de Obra, se oficializarán e incorporarán en el Contrato a través de una enmienda.

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14.6 Si no fuere posible acordar los nuevos precios definitivos dentro del plazo de sesenta (60) días después de la Orden de Ejecución, el caso se resolverá mediante la aplicación de las disposiciones de la Cláusula 52 de estas CGC.

15. Aumento del alcance de las obras

15.1 A los efectos de la aplicación de la presente Cláusula y de la Cláusula 16, por “alcance de las obras” se entenderá el monto de las obras contratadas, calculadas en base a los precios unitarios definidos en la Subcláusula 13.1.1 de estas CGC, tomando en cuenta si es el caso, los precios nuevos, definitivos o provisionales, fijados para trabajos no previstos, en conformidad con la Cláusula 14 de estas CGC.

El alcance inicial de los trabajos es el que resulta de aplicar las estipulaciones del Contrato original, posteriormente enmendado o modificado por convenios posteriores.

15.2 Obligación de ejecutar la totalidad de las obras

15.2.1 Salvo en el caso de aplicar las disposiciones de la Subcláusula 15.4 de estas CGC, el Contratista deberá llevar a cabo y terminar todas las obras objeto de este Contrato, cualquiera que sea la importancia de un aumento del alcance de las obras que pueda resultar como consecuencia de dificultades técnicas o de la insuficiencia de las cantidades previstas en el Contrato.

15.3 Si el aumento del alcance de las obras es superior al veinte (20) por ciento, el Contratista podrá tener derecho a indemnización en caso de que haya podido sufrir perjuicio, como consecuencia de este aumento superior al veinte(20) por ciento. El pago de dicha indemnización, si hay lugar, se incluirá en la cuenta final.

15.4 Cuando el alcance de las obras ejecutadas llegue al alcance pactado inicialmente, el Contratista deberá parar las obras, si no ha recibido una orden de ejecución en que el Contratante le notifica su decisión de continuarlas. El Contratante deberá, en todos estos casos, indicar el monto máximo hasta el cual se podrán continuar las obras. En el caso de sobrepasarse dicho monto máximo, se aplicará el mismo procedimiento y se implicarán las mismas consecuencias, conforme a lo especificado a continuación, en relación con el aumento del alcance inicial.

El Contratista deberá notificar al Director de Obra al menos un (1) mes antes de la fecha probable en la cual el alcance de las obras llegue al alcance pactado inicialmente. La orden para continuar las obras por encima del alcance pactado inicialmente, si se diera, deberá comunicarse al Contratista al menos diez (10) días antes de dicha fecha..

En ausencia de una orden de continuar, los trabajos que han sido ejecutados por encima del alcance pactado inicialmente no serán pagaderos. Las medidas de protección al respecto, que el Director de Obra decida que deben tomarse, serán de cargo del Director de Obra, salvo en caso que el Contratista no hubiera enviado al Director de Obra la notificación necesaria, tal como se estipula en esta subcláusula.

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15.5 Dentro de los quince (15) días siguientes a una Orden de Ejecución que autoriza una modificación del alcance de las obras, el Director de Obras comunicará al Contratista la cuenta provisional correspondiente a esta modificación. Si en la Orden de Ejecución se prescriben obras de naturaleza como la definida en el primer inciso de la Subcláusula 15.2.2 de estas CGC, esta cuenta indicará la parte correspondiente a dichas obras.

16. Disminución del alcance de las obras

16.1 Si la disminución del alcance de las obras es superior al veinte (20) por ciento, el Contratista tendrá derecho a ser indemnizado en la cuenta final por el perjuicio que haya podido sufrir como consecuencia de esta disminución superior al veinte (20) por ciento.

17. Cambio de la importancia de las diversas clases de obras

17.1 En caso de obras pagaderas en base a precios unitarios, cuando debido a órdenes de modificación o a circunstancias que no sean imputables al Contratista, la importancia de algunas clases de obras se modifique de tal manera que las cantidades ejecutadas sean en exceso o en defecto de determinados porcentajes, con respecto a las cantidades indicadas en las Listas de Cantidades y Actividades del Contrato, el Contratista deberá presentar los análisis que demuestren si ha habido aumento o diminución en los precios correspondientes, los cuales se saldarán en la cuenta final.

La indemnización que se deberá otorgar, si procede, se calculará tomando en cuenta la diferencia entre las cantidades realmente ejecutadas y las cantidades originalmente previstas, agregando el porcentaje máximo de aumento o deduciendo el porcentaje máximo de disminución que se indiquen en las CEC.

Las estipulaciones precedentes no se aplicarán a las obras para las cuales tanto los montos especificados en las Listas de Cantidades y Actividades del Contrato como los contenidos en la cuenta final de las obras sean inferiores a un porcentaje límite, con respecto al Precio del Contrato, que se especifica en las CEC.

18. Pérdidas y Averías. Casos de Fuerza Mayor

18.1 No se concederá al Contratista ninguna indemnización por concepto de pérdidas, averías o daños causados por su negligencia, su imprevisión, su carencia de medios o sus errores

18.2 El Contratista deberá adoptar, por su cuenta y riesgo, las medidas necesarias para resguardar y proteger los suministros, los equipos e instalaciones en el lugar de la obra, así como las obras en construcción, en caso de tempestades, inundaciones, marejadas o cualquier otro fenómeno natural normalmente previsible en las condiciones de tiempo y lugar en que se ejecutan las obras.

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18.3 Para efectos del presente Contrato, se considerarán como causas de Fuerza Mayor todo acto o acontecimiento imprevisible, irresistible y fuera del control de las partes. Las situaciones que se considerarán como causa de Fuerza Mayor pueden incluir, sin estar restringidas a, catástrofes naturales, incendios, explosiones, guerra, insurrección, movilización huelgas, temblores de tierra y decisiones gubernamentales.

Por consiguiente, para los efectos del presente Contrato, no se considerarán como casos de Fuerza Mayor, los actos o acontecimientos cuya ocurrencia podría preverse y cuyas consecuencias podrían evitarse actuando con diligencia razonable. De la misma manera, no se considerarán casos de Fuerza Mayor los actos o acontecimientos que hagan el cumplimiento de una obligación únicamente más difícil o más oneroso para la parte correspondiente.

Si se produjera un acontecimiento de Fuerza Mayor, el Contratista tendrá derecho a una indemnización por el perjuicio sufrido y a una ampliación razonable de los plazos de ejecución, debiendo quedar claro, no obstante, que no podrá concederse ninguna indemnización al Contratista por pérdida total o parcial de su material acopiado en obra, cuyos gastos de seguro se consideran incluidos en el Precio del Contrato.

La parte que invoque el caso de Fuerza Mayor deberá enviar una notificación sobre el caso a la otra, inmediatamente después que el acontecimiento sucedió y dentro de plazo máximo de siete (7) días. La notificación se enviará por nota o carta certificada con acuse de recibido, o telegrama colacionado estableciendo los elementos constitutivos de la Fuerza Mayor y sus consecuencias probables para la ejecución del Contrato.

En todo caso, la parte afectada deberá tomar todas las medidas necesarias para conseguir, en el menor plazo posible, la reanudación normal de la ejecución de las obligaciones afectadas por el caso de Fuerza Mayor.

Si a raíz de un caso de Fuerza Mayor, el Contratante o el Contratista no pudieran ejecutar sus prestaciones, tal como están previstos en el Contrato, en un período de un (1) mes, las partes se reunirán en el menor plazo posible para examinar las repercusiones contractuales de dichos acontecimientos sobre la ejecución del Contrato y, en particular, sobre el precio y /o los plazos y/o las obligaciones respectivas de cada una de las partes.

Cuando una situación de Fuerza Mayor ha existido durante un período de más de seis (6) meses, cada parte tendrá derecho a rescindir o terminar anticipadamente el Contrato.

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19. Plazos de ejecución

C. Plazos

19.1 El plazo de ejecución de las obras fijado por el Contrato se aplicará a la terminación de las obras previstas que son de responsabilidad del Contratista incluyendo, salvo disposición contraria, el retiro de las instalaciones del sitio de la obra y el restablecimiento de los terrenos y lugares. Este plazo tendrá en cuenta todas las condiciones resultantes, en su caso, de las obras realizadas por subcontratistas y/o por cualquier otra empresa en el lugar de las obras.

Dicho plazo se comenzará a contar a partir de la fecha estipulada en el Contrato para el inicio de las obras o la fecha de la orden de Ejecución, de comenzar las obras.

Salvo disposición contraria en las CEC, el plazo de ejecución comprenderá el periodo de movilización definido en la Subcláusula 28.1 de estas CGC.

19.2 Prórroga de los plazos de ejecución

19.2.1 Cuando haya un cambio en el alcance de las obras, una modificación de cierta importancia en la naturaleza de las obras, una sustitución de obras inicialmente previstas como diferentes, la aparición de dificultades imprevistas durante la ejecución de las obras, la justificación de una prórroga de las obras o de un aplazamiento de algunas de las partes de ellas, una actualización de las obras decididas por el Contratante, el retraso en la ejecución de operaciones preliminares que sean de competencia del Contratante o de obras previas que forman parte de otro Contrato, el alcance de la prórroga o del aplazamiento serán discutidos entre el Director de Obras y el Contratista. Este alcance de la prolongación o aplazamiento se someterá a la aprobación del Contratante, quien notificará su decisión al Contratista mediante Orden de Ejecución. En caso de inclemencia climática cuya gravedad supere el límite previsto en las CEC y que ocasionen una detención de los trabajos en el sitio de las obras, los plazos de ejecución de las obras se prorrogarán. Esta prórroga se comunicará al Contratista mediante una Orden de Ejecución, en la que se precisará la duración, que será igual al número de días durante los cuales se comprobó que las actividades estuvieron realmente detenidas debido a las inclemencias climáticas, deduciendo, de ser aplicable, el número de días de inclemencia previsibles indicado en las CEC.

19.2.2 Fuera de los casos previstos en las Subcláusulas 19.2.1 y las 19.2.2 de estas CGC, el Contratista no podrá tener derecho a una prórroga de los plazos de ejecución si no es en los casos siguientes:

(a) aplicación de las disposiciones de la Cláusula 18 de estas CGC;

(b) incumplimiento por el Contratante de sus propias obligaciones;

(c) aprobación de una modificación al Contrato, ya sea mediante enmienda o convenio adicional.

19.2.3 Cuando la prórroga de los plazos de ejecución notificado al Contratista por Orden de Ejecución sobrepasen el plazo total especificado en las CEC, el Contratista tendrá la facultad dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación, de pedir la terminación anticipada del Contrato.

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20. Penalidades, bonificaciones y retenciones

20.1 En caso de retraso en la ejecución de las obras, se aplicará una penalidad diaria, especificada en las CEC y que será igual a un cierto número de milésimos del Precio del Contrato. Este monto será el que resulte de las previsiones del Contrato inicial y las posibles modificaciones o enmiendas o cláusulas adicionales incorporadas; tal monto se determinará a partir de los precios de base definidos en la Subcláusula 13.1.1 de estas CGC.

La penalidad se aplicará una vez que el Director de Obra haya establecido el retraso y el Contratante podrá deducir el monto de dichas penalidades de las sumas que adeude al Contratista, sin perjuicio de aplicar cualquier otro método de recuperación. El pago de esas penalidades, cuyo monto representa una suma global como compensación al Contratante debido a los daños y perjuicios por el retraso en la ejecución de las obras, no exonerará al Contratista del conjunto de las demás obligaciones y responsabilidades que haya suscrito en virtud del Contrato.

En caso de rescisión, las penalidades se aplicarán hasta el día de notificación de la rescisión inclusive, o hasta el día de la suspensión de actividades por liquidación de la empresa del Contratista, si la rescisión resultará de uno de los casos previstos en la Cláusula 47 de estas CGC.

Las disposiciones de los dos incisos precedentes son aplicables a las penalidades previstas en las CEC, de ser el caso, por concepto de retraso en la realización de ciertas obras o conjuntos de prestaciones que estén sujetos a plazos especiales o a fechas límites estipuladas en el Contrato.

20.2 Si en las CEC se prevén bonificaciones por avance, el Contratante las otorgará sin necesidad de que el Contratista las solicite.

20.3 Los sábados, los domingos y los días feriados o de paro se deducirán en el cálculo de penalidades y de las bonificaciones.

20.4 El monto de las penalidades y de las bonificaciones tendrán como límite el nivel fijado en las CEC.

D. Ejecución de los trabajos

21. Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos

21.1 Salvo que las CEC establezcan lo contrario, el Contratista podrá elegir libremente la procedencia especifica de los materiales, productos o componentes de construcción, a condición que pueda justificar que todos ellos satisfacen las condiciones estipuladas en el Contrato y en los documentos de licitación.

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22. Lugares de extracción u obtención de los materiales de préstamo

22.1 En el caso en que el Contrato especifique los lugares de extracción u obtención de los materiales de préstamo, si en el curso de los trabajos los yacimientos resultan ser insuficientes en calidad o en cantidad, el Contratista deberá notificar de ello oportunamente al Contratista, el cual designará entonces, con base en la propuesta que le presente el Contratista, nuevos lugares de extracción o de préstamo. Tal sustitución puede dar lugar a la aplicación de un nuevo precio establecido, según las disposiciones previstas en la Cláusula 14 de estas CGC.

22.2 Si el Contrato dispone que el Contratante pondrá a disposición del Contratista lugares de extracción o de obtención de los materiales de préstamo, los costos de ocupación y, en caso necesario, los gastos de toda clase relacionados con la obtención correrán a cargo del Contratante; el Contratista no podrá entonces, sin autorización escrita del Director de Obra, utilizar los materiales que haya obtenido de dichos lugares de extracción o de préstamo para ejecutar trabajos que no formen parte del Contrato.

22.3 Salvo en el caso previsto en la Subcláusula 22.2 precedente, el Contratista estará obligado a obtener, en cuanto sea necesario, las autorizaciones administrativas que se requieran para la extracción o préstamo de los materiales. Si no está previsto que el Contratante pondrá a disposición del Contratista dichos lugares de extracción, el Contratista correrá con todos los gastos, incluyendo los de ocupación. Sin embargo, el Contratante y el Director de Obra prestarán su asistencia al Contratista, si éste se la solicita, para facilitar la obtención de todas las autorizaciones administrativas a que haya lugar para las extracciones o préstamos de materiales.

22.4 En todos los casos, el Contratista sufragará los costos de explotación de los lugares de extracción o de préstamo y, cuando fuere el caso, los gastos de apertura y restablecimiento de los terrenos.

El Contratista sufragará igualmente, sin que haya recurso en contra del Contratante, los costos de los daños ocasionados por la extracción de los materiales, la construcción de las vías de acceso y, de manera general, los trabajos de preparación necesarios para la explotación de los lugares de extracción o de préstamo. También indemnizará al Contratante en caso de que éste tuviera que hacerse cargo de la reparación de tales daños.

23. Calidad de los materiales y productos.Aplicación de normas

23.1 Los materiales, productos y componentes de construcción deberán cumplir con las estipulaciones del Contrato y las prescripciones de normas reconocidas a nivel internacional y estar de acuerdo con la reglamentación vigente. Las normas aplicables serán las que estén en vigor quince (15) días antes de la fecha establecida para la presentación y apertura de las ofertas. Las excepciones que puedan hacerse con respecto a las normas, si no son resultado expreso de especificaciones técnicas del Contrato, se indicarán o recapitularán como tales en las CEC.

23.2 El Contratista no podrá utilizar materiales, productos o componentes de construcción de calidad diferente a la que se haya especificado en el contrato, salvo cuando el Director de Obra así se lo autorice por escrito. Los correspondientes precios solo serán modificados cuando la autorización concedida requiera que la sustitución dé lugar a la aplicación de precios nuevos y el aumento resultante de los nuevos precios haya sido aceptado por el Contratante. Tales precios se establecerán conforme a las disposiciones previstas en la Cláusula 14, y el Director de Obra

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deberá notificar, mediante Orden de Ejecución, los precios provisionales dentro de los quince (15) días siguientes a la autorización dada.

24. Control de calidad de materiales y productos. Pruebas y ensayos

24.1 Los materiales, productos y componentes de construcción serán sometidos, a los fines de su verificación cualitativa, a pruebas y ensayos, de conformidad con las estipulaciones del Contrato, las prescripciones de las normas internacionalmente aceptadas y según la reglamentación en vigor, las disposiciones de la Subcláusula 23.1 relativas a la definición de las normas aplicables y a las posibles excepciones a dichas normas se mantendrán en virtud de la presente Cláusula.

En el caso que en el Contrato o en las normas no se especifiquen los métodos de verificación que se utilizarán, el Contratista deberá proponerlos para la aceptación del Director de Obra.

24.2 El Contratista almacenará los materiales, productos y componentes de construcción en forma que se faciliten las verificaciones previstas. Tomará todas las medidas convenientes con el fin de que ellos puedan ser fácilmente identificados, los que estén pendientes de verificación, o hayan sido aceptados o rechazados; los materiales, productos y componentes rechazados deberán ser retirados prontamente del sitio de la obra, y se aplicarán, si hubiera lugar, las disposiciones de la Cláusula 37 de estas CGC.

24.3 Las verificaciones se harán conforme a las indicaciones del Contrato o, en su defecto, conforme a las decisiones del Director de Obra, ya sea en el lugar de la obra, en las fábricas, almacenes o canteras del Contratista, de los subcontratistas o proveedores. Serán efectuadas por el Director de Obra o bien, si así lo prevé el Contrato en las CEC, por un laboratorio u organismo de inspección.

Si el Director de Obra, o quien éste designe, efectúa las pruebas, el Contratista pondrá a su disposición el equipo necesario y proporcionará su asistencia, mano de obra, electricidad, combustibles, almacenes y aparatos e instrumentos que normalmente sean necesarios para examinar, medir y probar todos los equipos y materiales. El contratista, sin embargo, no tendrá a su cargo remuneración alguna del Director de Obra ni de quien éste designe.

Las verificaciones a ser efectuadas por un laboratorio u organismo de inspección, serán a cargo del Contratista, quien se encargará de ordenarlas y de enviar al Director de Obra los certificados en los que consten los resultados de las verificaciones realizadas. Sobre la base de dichos certificados, el Director de Obra decidirá si los materiales, productos o componentes de construcción pueden o no ser aceptados.

En todos los casos, el Contratista, el proveedor o el subcontratista autorizará el acceso a sus instalaciones del Director de Obra o del organismo de inspección a fin de que puedan realizar todas las verificaciones, de conformidad con las disposiciones del Contrato.

24.4 El Contratista deberá convenir con el Director de Obra las fechas y

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los lugares para la ejecución de las inspecciones o pruebas de los materiales y equipos, conforme a las disposiciones del Contrato. El Director de Obra deberá notificar al Contratista, por lo menos con 24 horas de anticipación su intención de efectuar la inspección o de estar presente en las pruebas; si el Director de Obra no estuviera presente en la fecha convenida, el Contratista podrá, salvo instrucción contraria del Director de Obra, proceder a las pruebas, las que se considerarán como hechas en presencia del Director de Obra.

El Contratista deberá hacer llegar inmediatamente al Director de Obra copia debidamente certificada de los resultados de las pruebas. Si el Director de Obra no ha estado presente en las pruebas, no podrá objetar los resultados de las mismas.

24.5 El Contratista estará obligado a proporcionar, por su cuenta, las muestras necesarias para las verificaciones.

El Contratista proporcionará, si fuere necesario, los materiales para la fabricación de los dispositivos que permitan obtener muestras de los materiales en los diferentes estados de elaboración de los productos fabricados.

24.6 Si los resultados de verificaciones previstas en el Contrato o en virtud de las normas, correspondientes a un suministro de materiales, productos o componentes de construcción no permiten la aceptación de tal suministro, el Director de Obra podrá ordenar, de común acuerdo con el Contratista, verificaciones suplementarias para que sea posible aceptar la totalidad o parte de los suministros, ya sea con o sin reducción de los precios; los gastos correspondientes a estas últimas verificaciones serán por cuenta del Contratista.

24.7 Serán por cuenta del Contratante:

(a) las pruebas y ensayos que el Director de Obra ejecute o haga ejecutar y que no estén previstos en el contrato, o en las normas aplicables;

(b) las verificaciones que pueda solicitar o prescribir el Director de Obra en los materiales, productos y componentes de construcción que hayan sido previamente inspeccionados, o hayan sido objetos de un acuerdo administrativo y que solo tengan por fin asegurarse de la observancia de las calidades inherentes a la marca específica o a las exigidas en virtud del Contrato.

24.8 El Contratante sufragará los gastos de viaje o de permanencia que las verificaciones originen para el Contratante, el Director de Obra o quienes actúen en sus nombres.

25. Verificación cuantitativa de

los materiales y productos.

25.1 La verificación de las cantidades de materiales y productos se efectuará en común acuerdo entre el Contratante y el Contratista.

Para los materiales y productos que sean objeto de facturas de transporte,

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se presumirán exactos los pesos expresados en ellas. Sin embargo, el Director de Obra tendrá siempre derecho a hacer que se realice, para cada entrega, una verificación mediante báscula en presencia de las partes. Los gastos relacionados con esta verificación serán:

(a) por cuenta del Contratista si el pesaje revela que existe una diferencia de peso, en perjuicio del Contratante, superior a las pérdidas normales de transporte; y

(b) por cuenta del Contratante si la diferencia de peso no excede las pérdidas normales de transporte.

25.2 Cuando los gastos de transporte de materiales no sean objeto de una liquidación separada, los precios de las obras que comprenden la remuneración de dicho transporte estarán sujetos a un reembolso fijado mediante una Orden de Ejecución, que haga referencia, si corresponde, a los detalles de los precios unitarios.

26. Recibo, movimiento y conservación por el Contratista de los materiales y productos suministrados por el Contratante en virtud del Contrato

26.1 Cuando en el Contrato se prevea el suministro de determinados materiales, productos o componentes de construcción por el Contratante, éste dará aviso oportuno al Contratista, quien los recibirá a su llegada a la Zona de las Obras.

26.2 Si el recibo tiene lugar en presencia de un representante del Contratante, los interesados prepararán un informe que certifique las cantidades recibidas.

26.3 Si el recibo tiene lugar en ausencia del Contratante, se considerará que las cantidades recibidas y certificadas por el Contratista son las que el Contratante haya ordenado por escrito al transportista o al proveedor para entregar al Contratista.

En este último caso, el Contratista deberá verificar que, de acuerdo con las indicaciones en la factura de transporte o en el aviso de entrega puesto en su conocimiento, no haya omisión, error, daño o defecto normalmente detectables. Si detectara alguna omisión, error, daño o defecto, deberá presentar por escrito al transportista o al proveedor las reservas del caso e informar de ello inmediatamente al Director de Obra.

26.4 Cualquiera que sea el método de transporte y entrega de los materiales, productos o componentes y también en el caso de entrega en bodega, el Contratista deberá proceder a las operaciones necesarias de descarga, desembarque, movimiento, recarga y transporte, hasta el almacén o el lugar de la obra, de los materiales, productos o componentes, en conformidad con las condiciones y los plazos estipulados en las CEC.

El Contratista pagará todos los gastos de alquiler, demoras o exceso en los plazos, todos los gastos relacionados con retrasos en los plazos aduaneros para la descarga y, en general, todas las penalidades y gastos que sean consecuencia de reglamentos, derechos homologados o contratos, pero en definitiva sólo tendrá responsabilidad por tales gastos y recargos en la

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medida en que el retraso sea resultado de sus acciones.

26.5 Si el Contrato estipula que la conservación de la calidad o cantidad de ciertos materiales, productos o componentes requiere su almacenamiento especial, el Contratista deberá construir u obtener los almacenes necesarios, inclusive fuera de lugar de las obras, en las condiciones y límites territoriales que se estipulen en las CEC.

El Contratista sufragará los gastos de almacenamiento, movimiento, estiba, conservación y transporte entre los almacenes y el lugar de las obras.

26.6 En todos los casos el Contratista tendrá la custodia de los materiales, productos o componentes desde el momento de su recepción. Asumirá la responsabilidad legal de depositario, tomando en cuenta las condiciones especiales sobre conservación que puedan imponerse en el Contrato.

26.7 El Contratista estará encargado de recibir, en todo o en parte, los materiales, productos o componentes proporcionados por el Contratante, solamente si el Contrato especifica:

(a) el alcance de la responsabilidad correspondiente;

(b) la naturaleza, procedencia y características de tales materiales, productos o componentes:

(c) las verificaciones que deban efectuarse; y

(d) los medios de control que deban utilizarse, los cuales deberán ser puestos a la disposición del Contrato por el Director de Obra.

26.8 En ausencia de estipulaciones específicas del Contrato, se considerará que los gastos resultantes de las prestaciones previas en la presente Cláusula están incluidas en los precios.

27. Ubicación Física de las obras

27.1 Plano general para la ubicación física de las obras

El plano general de la ubicación física de las obras es un plano orientado que precisa la posición de las obras tanto en planimetría como en altimetría, en relación con puntos de referencia fijos. Dicho plano será notificado al Contratista, mediante una Orden de Ejecución, dentro de los ocho (8) días siguientes a la entrada en vigor del Contrato o bien, si la fecha de la orden de inicio de la ejecución de las obras fuese posterior a la fecha de entrada en vigor, a más tardar en la misma fecha de la orden de inicio.

27.2 Responsabilidad del Contratista

El Contratista será responsable de:

(a) el replanteo de las obras y de la ejecución exactamente de acuerdo con los puntos, líneas y niveles de referencia proporcionados por el

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Director de Obra;

(b) la exactitud en cuanto a la ubicación, cotas y niveles, dimensiones y alineación de todas las partes de las obras; y

(c) el suministro de todos los instrumentos, accesorios y personal relacionados con las responsabilidades precedentes.

27.3 Si en cualquier momento durante la ejecución de los trabajos se presenta un error en la ubicación, cotas, dimensiones o alineación de las obras o en cualquier parte de ellas, el Contratista deberá informar al Director de Obra y rectificar tal error por su cuenta y a satisfacción del Director de Obra, a menos que el error se deba a datos incorrectos proporcionados por el Contratante, en cuyo caso el costo de la rectificación incumbirá al Contratante.

27.4 La verificación de todos los trazados, alineaciones o niveles por el Director de Obra no liberará en forma alguna al Contratista de su responsabilidad en cuanto a la exactitud de tales operaciones; el Contratista deberá proteger y conservar adecuadamente todos los puntos de referencia, jalones de señal fija, estacas y otras señales empleadas en el replanteo de las obras.

28. Preparación de los trabajos

28.1. Período de movilización

Durante el período de movilización, que se inicia con la entrada en vigor del Contrato, el Contratante y el Contratista deberán adoptar ciertas disposiciones preparatorias y elaborar ciertos documentos necesarios para la realización de las obras. La duración del período de movilización se especifica en las CEC y está incluido en el plazo total de ejecución del Proyecto.

28.2 Programa de ejecución

Dentro de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del Contrato, o en el plazo que se especifique en las CEC, el Contratista presentará a la aprobación del Contratante un programa de ejecución de los trabajos, que sea compatible con la correcta ejecución del Contrato tomando en cuenta especialmente, si fuere el caso, la presencia de subcontratistas o de otros contratistas en el lugar de las obras. Dentro del mismo plazo, el Contratista deberá entregar al Director de Obra una descripción general de las disposiciones y métodos que se propone adoptar para la realización de los trabajos.

En el programa de ejecución de los trabajos se especificarán especialmente los materiales y métodos que se emplearán y el calendario de ejecución de los trabajos. A dicho programa se anexará el proyecto de las instalaciones y de las obras provisionales en la Zona de Obras. En el informe correspondiente se identificarán los materiales y equipos que deban importarse en forma temporal para ser utilizados exclusivamente en la realización de los trabajos.

El programa de ejecución de los trabajos será sometido a la aprobación del Director de Obra por lo menos diez (10) días antes de expirar el

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período de movilización. Dicho visto bueno no liberará al Contratista de su responsabilidad de realizar los trabajos dentro de los plazos y según un programa compatible con la correcta ejecución del Contrato.

En todo caso, salvo que las CEC especifiquen lo contrario, la ausencia de la aprobación por el Director de Obra no será obstáculo para la ejecución de los trabajos.

Si en cualquier momento el Director de Obra considera que el avance de los trabajos es menor que el correspondiente al programa de ejecución aprobado, el contratista suministrará, a instancias del Director de Obra, un programa revisado en el que presentará las modificaciones necesarias para asegurar la terminación de los trabajos dentro del plazo especificado en el Contrato.

28.3 Plan de seguridad e higiene

Si así lo prevén las CEC, el Contratista presentará dentro del mismo plazo especificado en la Subcláusula 28.2, un plan de seguridad e higiene para cumplir con las medidas y disposiciones enumeradas en la Sub cláusula 31.4.

29. Planos de ejecución. Notas de cálculos. Diseños detallados

29.1 Documentos suministrados por el Contratista

29.1.1 Salvo disposiciones contrarias del Contrato, el Contratista preparará los documentos que sean necesarios para la realización de los trabajos, tales como programas y métodos de ejecución, notas de cálculos estructurales, cantidades, etc. y diseños detallados.

A tal efecto, el Contratista establecerá las instalaciones y personal necesarios para preparar en la Zona de Obras todos los informes necesarios. Según sea el caso, deberá poder preparar, verificar y/o completar los cálculos especialmente en lo relacionado con la estabilidad y resistencia de las obras.

Si el Contratista detectara un error en los documentos básicos suministrados por el Contratante, deberá comunicarlo por escrito inmediatamente al Director de Obra.

29.1.2 Los programas y métodos de ejecución deberán numerarse correlativamente y cada uno de ellos deberá especificar claramente la naturaleza de los diversos trabajos y las cantidades de materiales que habrán de utilizarse.

Los programas deberán definir completamente, de conformidad con las especificaciones técnicas que aparecen en el Contrato, las características de las obras, naturaleza de los parámetros, la descripción de las partes componentes de todos los elementos y conjuntos, las estructuras, incluyendo sus armaduras, y su disposición.

29.1.3 Los planos, pliegos de cálculos, estudios de detalle y demás documentos preparados por el Contratista, serán sometidos a la aprobación del Director de Obra, quien podrá exigir la presentación de los estimativos de

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cantidades correspondientes.

Sin embargo, si se prevé en el Contrato, la totalidad o parte de los documentos antes enumerados serán sometidos solamente a la aprobación del Director de Obra.

29.1.4 El contratista no podrá empezar la ejecución de una obra, si no ha recibido la aprobación de los documentos necesarios para dicha ejecución por el Director de Obra.

Tales documentos serán suministrados en base a las condiciones estipuladas en las Subcláusulas 4.4 y 29.1.3.

29.2 Documentos suministrados por el Director de Obra

Si el Contrato estipula que el Contratante o el Director de Obra suministrará al Contratista los documentos necesarios para la realización de los trabajos, el Contratista no tendrá responsabilidad sobre el contenido de tales documentos. Sin embargo, el Contratista estará obligado a verificar, antes de toda ejecución, que los documentos no contengan errores, omisiones o contradicciones que puedan ser normalmente detectados por un especialista; si descubre errores, omisiones o contradicciones, deberá señalarla inmediatamente por escrito al Director de Obra.

30. Modificaciones efectuadas en las disposiciones técnicas

30.1 El Contratista no podrá, por sí mismo, efectuar ningún cambio en las disposiciones técnicas estipuladas en el Contrato.

Según se lo exija el Director de Obra mediante instrucción por escrito y en el plazo indicado en tal instrucción, estará obligado a reconstruir, por su cuenta, los trabajos que no estén conformes con las disposiciones contractuales.

Sin embargo, el Director de Obra podrá aceptar los cambios hechos por el Contratista y las disposiciones siguientes se aplicarán entonces para la liquidación de cuentas:

(a) si las dimensiones o características de las obras fueran superiores a las previstas en el Contrato, la medición del trabajo ejecutado se basará siempre en las dimensiones y características prescritas en el Contrato y el Contratista no tendrá derecho a aumento alguno de los precios;

(b) si fueran inferiores, la medición del trabajo ejecutado se basará en las dimensiones constatadas en las obras y los precios serán objeto de una nueva determinación conforme a las disposiciones de la Cláusula 14.

31. Instalación, organización, seguridad e higiene

31.1 Instalación de los lugares de trabajo

31.1.1 El Contratista obtendrá, por su cuenta y riesgo, los terrenos que pueda

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de las obras necesitar para la instalación de sus lugares de trabajo, en la medida en que los que el Contratante haya puesto a su disposición, no le resulten suficientes.

31.1.2 Salvo disposiciones en contrario, el Contratista sufragará todos los costos relacionados con el establecimiento y el mantenimiento de las instalaciones de trabajo en la Zona de Obras, incluidos los caminos de acceso y de servicio de las obras, que no estén abiertos al tránsito público.

31.1.3 El Contratista deberá fijar en los lugares de trabajo y talleres, un aviso que indique: el nombre del Contratante, por cuenta de la cual se ejecutan los trabajos, el nombre, título y dirección del Director de Obra, así como el nombre y dirección del inspector del trabajo encargado de la obra.

31.1.4 Todos los equipos del Contratista y de los subcontratistas, las obras provisionales y los materiales suministrados por el Contratista y sus subcontratistas se considerarán, una vez que estén en el lugar de las obras, como destinados exclusivamente a la ejecución de los trabajos. El Contratista no deberá retirarlos, ni total ni parcialmente, excepto con el fin de trasladarlos de una parte a otra de dicho lugar, sin la aprobación del Contratante. Queda entendido que tal aprobación no es necesaria para los vehículos destinados a transportar los funcionarios, la mano de obra y los suministros, equipos o materiales del Contratista desde o hasta el sitio de la obra.

31.2 Lugares de depósito de los escombros excedentes

El Contratista obtendrá, por su cuenta y riesgo, los terrenos que pueda necesitar a fin de depositar los escombros excedentes, además de los lugares que el Contratante pueda eventualmente poner a su disposición, como lugares definitivos o provisionales de depósito. El Contratista deberá someter la ubicación de tales terrenos a la aprobación previa del director de Obra, quien podrá negar su autorización o subordinarla a disposiciones especiales que deban tomarse, particularmente para el acondicionamiento de los depósitos que vayan a constituirse, si ello se justifica por motivos de interés general, tales como la preservación del medio ambiente.

31.3 Autorizaciones administrativas

El Contratante se encargará de obtener todas las autorizaciones administrativas que requiera el Contratista, tales como las relativas a la ocupación temporal de propiedades públicas o privadas, los permisos sobre vías públicas y las licencias de construcción, necesarios para la realización de las obras objeto del Contrato.

El Contratante y el Director de Obra prestarán su asistencia al Contratista, si éste la solicita, a fin de facilitar la obtención de las demás autorizaciones administrativas que sean necesarias, especialmente para importar y luego reexportar, de ser el caso, según los regímenes aduaneros y fiscales especiales, todo el material y los equipos destinados exclusivamente a la ejecución de los trabajos y para disponer de los

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terrenos necesarios para depositar los escombros.

31.4 Seguridad e higiene de los lugares de trabajo

31.4.1 El Contratista deberá tomar en sus lugares de trabajo todas las medidas de orden y seguridad convenientes para evitar accidentes, tanto en lo que hace al personal como en relación con terceros. Estará obligado a observar todos los reglamentos e instrucciones de las autoridades competentes.

En especial asegurará que exista suficiente iluminación y vigilancia de los lugares de trabajo, así como la adecuada señalización interior y exterior. Proveerá, igualmente cuando fuere necesario, el cierre de los lugares de trabajo.

Deberá tomar también todas las precauciones necesarias para evitar que los trabajos sean causa de peligro para terrenos, especialmente para el tránsito público, si éste no ha sido desviado.

Los lugares de paso peligrosos a lo largo y a través de las vías de comunicación deberán estar protegidos por barandillas provisionales u otro dispositivo apropiado; deberán estar iluminados y, en caso necesario, vigilados.

31.4.2 El Contratista deberá tomar las precauciones del caso para garantizar la higiene de las instalaciones en los lugares de trabajo, si la importancia de éstos lo justifica, especialmente mediante el establecimiento de redes viales, el suministro de agua potable y de saneamiento.

31.4.3 Salvo disposiciones en contrario del Contrato, todas las medidas de orden, seguridad e higiene antes mencionadas serán por cuenta del Contratista.

31.4.4 En caso de inobservancia por el Contratista de las disposiciones antes mencionadas, y sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes, el Director de Obra podrá tomar, por cuenta del Contratista, las medidas necesarias una vez que su requerimiento no haya tenido efecto.

En caso de urgencia o peligro, el Director de Obra podrá tomar estas medidas sin necesidad de requerimiento previo.

La intervención de las autoridades competentes o del Director de Obra no elimina la responsabilidad correspondiente del Contratista.

31.5 Señalización de los lugares de trabajo con respecto al tránsito público.

Cuando los trabajos afecten al tránsito público, la señalización para uso

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del público deberá realizarse conforme a las reglamentaciones locales en la materia, se efectuará bajo el control de los servicios competentes del Contratista y éste tendrá a su cargo el suministro y colocación de los tableros y dispositivos de señalización, salvo disposiciones contrarias del Contrato y sin perjuicio de la aplicación de la Subcláusula 31.4.4.

Si el contrato prevé un desvío de la circulación, el Contratista tendrá a su cargo, en las mismas condiciones la señalización en los extremos de los trechos en que la circulación esté desviada, así como la indicación de las vías alternativas.

La vigilancia de la circulación en los accesos a los lugares de trabajo o en las extremidades de las secciones en las cuales la circulación se haya interrumpido y a lo largo de las vías desviadas, estará a cargo de las autoridades competentes.

El Contratista deberá informar por escrito a las autoridades competentes, por lo menos con anticipación de tres días laborables, de la fecha de iniciación de los trabajos, así como del carácter móvil del lugar de trabajo.

31.6 Mantenimiento de las comunicaciones y del paso de las aguas

31.6.1 El Contratista deberá dirigir los trabajos de manera que se mantengan en condiciones adecuadas las comunicaciones y servicios públicos de todo tipo que atraviesen la zona de los trabajos, especialmente el tránsito de personas y el paso de aguas. En las CEC se especificarán las circunstancias en que puedan producirse restricciones en tales comunicaciones, servicios públicos y paso de aguas.

31.6.2 En caso de que el Contratista no observe lo antes señalado, y sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes, el Director de Obra podrá tomar, por cuenta del Contratista, las medidas necesarias cuando su requerimiento no haya tenido efecto.

En caso de urgencia o de peligro, el Director de Obra podrá tomar estas medidas sin requerimiento previo.

31.7 Disposiciones especiales para trabajos ejecutados en la proximidad de sitios habitados, frecuentados o protegidos

Sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor, cuando los trabajos sean ejecutados en la proximidad de lugares habitados o frecuentados, o que requieran protección para la preservación del medio ambiente, el Contratista deberá adoptar, por su cuenta y riesgo, las disposiciones necesarias para reducir en la medida de lo posible, las molestias impuestas a los usuarios y vecinos y especialmente las que puedan ser causadas por las dificultades de acceso, el ruido de las máquinas, las vibraciones, los humos y los polvos.

31.8 Disposiciones especiales para trabajos ejecutados en la proximidad de cable u obras subterráneas

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Cuando durante la ejecución de los trabajos el Contratista encuentre señales que indiquen la existencia de cables, tuberías u obras subterráneas, mantendrá tales señales en su lugar o las colocará de nuevo en su sitio si la ejecución de los trabajos ha hecho necesario su retiro temporal. Tales operaciones requerirán la autorización previa del Director de Obra y de la autoridad competente.

El Contratista será responsable de la conservación, el desplazamiento y la nueva colocación en su lugar, según fuere el caso, de los cables, tuberías y trabajos especificados por el Contratante en el Contrato y tendrá a su cargo los gastos correspondientes.

Cuando la presencia de cables, tuberías o instalaciones no haya sido mencionada en el Contrato, pero esté identificada por señales o indicaciones, el Contratista tomará las mismas precauciones y tendrá obligaciones análogas a las antes estipuladas en cuanto se refiere a la conservación, el desplazamiento y la nueva colocación en su lugar. En este caso, el Contratante le indemnizará en cuanto a los gastos correspondientes a esos trabajos, en la medida en que los mismos sean necesarios para la ejecución del Contrato.

31.9 Demolición de construcciones

31.9.1 El Contratista no podrá demoler construcciones situadas en los terrenos donde se sitúen los lugares de trabajo, sin haberlo solicitado al Director de Obra con quince (15) días de anticipación; la ausencia de respuesta dentro de este plazo equivaldrá a la autorización.

31.9.2 Salvo que el Contrato especifique lo contrario, el contratista no tendrá obligación, en cuanto se refiere a los materiales y productos provenientes de la demolición o el desmontaje, a observar ninguna precaución particular para su depósito, ni obligación alguna en cuanto a tener en cuenta la posible reutilización de ellos.

31.10 Empleo de explosivos

31.10.1 Sin perjuicio de las restricciones o prohibiciones que puedan estipularse en el Contrato, el Contratista deberá asumir la responsabilidad de cumplir con la reglamentación vigente en la materia y tomar todas las precauciones necesarias para que el empleo de explosivos no represente ningún peligro para el personal ni para terceros, ni cause daño alguno a las propiedades y obras vecinas, ni a las obras objeto del Contrato.

31.10.2 Durante toda la duración de los trabajos y especialmente después de hacer estallar los explosivos, el Contratista, sin que por ello cese su responsabilidad prevista en el punto anterior de la presente cláusula, deberá visitar con frecuencia los taludes de escombros y los terrenos superiores a fin de hacer derribar y/o estabilizar las rocas u otras masas que puedan haber sido movidas o desestabilizadas, directa o indirectamente, por el uso y detonación de explosivos.

32. Artefactos bélicos explosivos

32.1 Si el Contrato indica que la Zonas de obras puede contener artefactos bélicos explosivos no detonados, el Contratista aplicará las medidas especiales de prospección y de

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seguridad emanada de la autoridad competente.

En cualquier caso, si se descubre o presume la presencia de un artefacto bélico no detonado, el Contratista debe:

(a) suspender los trabajos en la vecindad del sitio en cuestión y prohibir toda circulación mediante barreras, letreros de señalización, balizas etc.;

(b) informar inmediatamente al Director de Obra y a la autoridad encargada del retiro de artefactos bélicos no detonados; y

(c) no reiniciar los trabajos hasta haber recibido la autorización para ello mediante Orden de Ejecución.

32.2En caso de explosión fortuita de un artefacto bélico, el Contratista debe informar inmediatamente al Director de Obra, así como a las autoridades administrativas competentes y tomar las medidas en los incisos (b) y (c) de la Subcláusula 32.1

32.3Los gastos justificados que ocasione la presente cláusula no serán a cargo del Contratista.

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33. Materiales, objetos y vestigios encontrados en lugares de trabajo

33.1 El Contratista renuncia a todo derecho sobre los materiales y objetos de cualquier naturaleza que se encuentren en los lugares de trabajo en el curso de las operaciones, particularmente en las excavaciones o demoliciones, pero tendrá derecho a recibir indemnización si el Director de Obra le exige extraerlos o conservarlos con cuidados especiales no especificados en el Contrato.

33.2 Cuando en los trabajos se descubran objetos o vestigios que puedan ser de carácter artístico, arqueológico o histórico, así como restos humanos, el Contratista notificará de ello inmediatamente al Director de Obra y a la autoridad competente de la localidad en la que haya ocurrido tal descubrimiento y hará todas las declaraciones previstas por la legislación en vigor.

33.3 Sin perjuicio de las disposiciones legales o reglamentarias en vigor, el contratista no deberá desplazar tales objetos o vestigios sin la autorización expresa del Contratante. Deberá colocar en lugar seguro los que accidentalmente hubieran sido sacados del terreno.

33.4 En los casos mencionados en las Cláusulas 33.2 y 33.3, el Contratista tendrá derecho a recibir indemnizaciones por los gastos justificados ocasionados por dichos descubrimientos.

34. Deterioros causados en vías públicas

34.1 El Contratista deberá emplear todos los medios razonables para evitar que los caminos o puentes de comunicación que existan o se encuentren en los trayectos que conducen a la zona de Obras sufran daño o deterioro por la circulación de los vehículos o máquinas del Contratista o de cualquiera de los subcontratistas; deberá, en particular, elegir trayectos y vehículos apropiados y limitar y distribuir el tráfico de manera que se limite al mínimo posible toda circulación excepcional que sea resultado del desplazamiento de los vehículos, suministros, equipos y materiales del Contratista y de sus subcontratistas hacia o desde la zona de los trabajos y que tales caminos o puentes no sufran ningún daño ni deterioro innecesario.

34.2 Salvo que el Contrato especifique lo contrario, el Contratista será responsable de ejecutar por su cuenta, todo refuerzo de los puentes o modificación o mejora de las vías que comuniquen con, o se encuentren en, los trayectos conducentes a la zona de las obras y sean necesarias para facilitar el transporte de los equipos, suministros, enseres y materiales del Contratista y de sus subcontratistas. El Contratista deberá indemnizar al Contratante por los gastos que resulten de toda reclamación relativa a desgastes o daños ocasionados en tales vías o puentes por dicho transporte, incluidas las reclamaciones presentadas al Contratante directamente.

34.3 En todos los casos, si dichos transportes o circulaciones se hacen en infracción de lo establecido en la reglamentación vial o en los decretos o decisiones adoptados por las autoridades competentes en lo relativo a la conservación de las vías públicas, el Contratista será único responsable del costo de las contribuciones o reparaciones.

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35. Daños diversos ocasionados por la realización de los trabajos o las modalidades de su ejecución.

35.1 El Contratista tendrá, con respecto al Contratante, la responsabilidad pecuniaria en cuanto a los daños a las personas ocasionados por los trabajos o las modalidades de su ejecución, excepto si el Contratista demuestra que tal ejecución o sus modalidades son el resultado necesario de las disposiciones del Contrato o de prescripciones de ordenes de ejecución, o salvo si el Contratante, demandado por terceros, víctimas de tales daños, ha sido condenado sin haber recurrido al Contratista como garante ante la jurisdicción competente.

Las disposiciones del precedente inciso no serán obstáculo para la aplicación de las disposiciones de la Cláusula 34.

36. Seguridad y protección del medio ambiente

36. 1 El Contratista, a lo largo de la ejecución y la terminación de las obras y la reparación de posibles defectos de las mismas, deberá tomar todas las medidas necesarias para proteger el medio ambiente, dentro y fuera de la Zona de Obras, para evitar daños a las personas y propiedades públicas o de otras personas como consecuencia de la contaminación, el ruido u otras causas derivadas de sus métodos de trabajo.

37. Retiro de los equipos y materiales no utilizados

37.1 A medida que avancen los trabajos, el Contratista procederá al despeje, limpieza y al debido arreglo de la Zona de Obras puesta a su disposición por el Contratante para la ejecución de los trabajos. Deberá adoptar todas las disposiciones del caso para no ocupar excesivamente la Zona de Obras y, en particular, para retirar todos sus equipos, suministros, enseres y materiales que ya no sean necesarios.

37.2 En el caso de que el Contratista no haya cumplido con todos o parte de estos requerimientos, después de una Orden de Ejecución, emitida por el Contratante, los equipos, instalaciones, materiales, escombros y desperdicios que no hayan sido retirados podrán, una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de la Orden de Ejecución, ser transportados “de oficio”, según su naturaleza, por el Contratante, ya sea a un depósito o a un almacén publico, por cuenta y riesgo del Contratista, o ser vendidos en subasta pública.

37.3 Las medidas descritas en la subcláusula anterior se aplicarán sin perjuicio de las sanciones al Contratista que puedan haberse estipulado en el Contrato y que sean aplicables en tales casos.

38. Pruebas y verificaciones de las obras

38.1 Las pruebas y verificaciones de las obras que estén definidas en el Contrato, correrán por cuenta del Contratista. Si el Director de Obra prescribe otras pruebas y verificaciones para las obras, ellas correrán a cargo del Contratante.

39. Defectos de Construcción 39.1 Cuando el Director de Obra considere que existe algún

defecto de construcción en una obra, podrá instruir, previo a la terminación del período de garantía y mediante orden escrita, las medidas que convengan a fin de poner dicho defecto en evidencia. Tales medidas pueden comprender, llegado el caso, la demolición parcial o total de esa obra.

El Director de Obra podrá igualmente llevar a cabo esas medidas por si mismos u ordenar que las ejecute un tercero. Sin embargo, las medidas deben ser tomadas en la presencia del Contratista, luego de habérsele notificado debidamente.

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39.2 Si se comprueba que existía un defecto de construcción los gastos correspondientes a la corrección de la obra, de conformidad con prácticas técnicas establecidas y las estipulaciones del contrato, así como también los gastos resultantes de las operaciones que hayan sido necesarias para poner el defecto en evidencia, correrán por cuenta del Contratista, sin perjuicio de la indemnización que el Contratante pueda reclamar en tal caso.

Si se comprueba que no existía un defecto de construcción, se reembolsarán al Contratista los gastos definidos en el inciso anterior, que él hubiera sufragado.

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40. Documentos que deberán entregarse después de la ejecución de los trabajos

40.1Salvo otras disposiciones del Contrato, e independientemente de los documentos que está obligado a suministrar antes o durante la ejecución de los trabajos en virtud de lo dispuesto en la Cláusula 29, el Contratista entregará al Director de Obra en tres (3) ejemplares lo siguiente:

(a) a más tardar cuando el Director de Obra exija la recepción: los manuales de operación y mantenimiento de las obras, consistentes con las especificaciones y recomendaciones de las normas internacionales en vigor y conforme con la reglamentación aplicable;

(b) dentro de los dos (2) meses siguientes a la recepción, los planos definitivos de la obra realizada y los demás documentos de ejecución;

(c) planos de detalle de las instalaciones ejecutadas

(d) cantidades de obra, a nivel de conceptos ejecutados; y

(e) informe final sobre el costo total del Contrato, detallando los ajustes de precios y, de ser el caso, convenios adicionales y gastos financieros recibidos por concepto de retrasos en los pagos.

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41. Recepción provisional de las obras

E. Recepción de las obras y garantías

41.1 La recepción provisional tiene por objeto controlar la conformidad de las obras con el conjunto de obligaciones establecidas en el Contrato, en particular con las condiciones técnicas particulares y los anexos técnicos.

La recepción podrá efectuarse por etapas si así lo establecen las CEC, en cuyo caso, la recepción de la última etapa constituirá la recepción provisional de las obras.

El Contratista notificará, por escrito, simultáneamente al Contratante y al Director de Obra sobre la fecha en la cual considera que los trabajos fueron o van a estar terminados.

El Director de Obra, luego de haber convocado al Contratista, procederá a las operaciones previas a la recepción de las obras dentro de un plazo que, salvo que las CEC establezcan otra cosa, será de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación antes mencionada, o de la fecha indicada en ella para la terminación de los trabajos, si esta última fecha fuese posterior.

El Contratante, habiendo sido notificado por el Director de Obra de la fecha de tales operaciones, podrá asistir a ellas o hacerse representar a tal efecto. En el acta prevista en la Subcláusula 41.2 se mencionará, ya sea la presencia del Contratante o de su representante, o su ausencia, confirmando que el Director de Obra le dio el aviso oportunamente.

Si el Contratista no asiste, se dejará constancia de su ausencia en el acta y se le enviará copia de la misma.

41.2Las operaciones previas a la recepción provisional de las obras comprenderán:

(a) la inspección física de las obras ejecutadas;

(b) la ejecución de las pruebas especificadas en las CEC;

(c) la constatación de posibles omisiones en algunas de las prestaciones previstas en el Contrato;

(d) la constatación de posibles imperfecciones o defectos de construcción;

(e) salvo que las CEC establezcan otra cosa, la constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal; y

(f) las constataciones relacionadas con la terminación de los trabajos que estuvieron incompletos.

Los resultados de las operaciones previas se registraran en un acta redactada en el sitio de las obras por el Director de Obra, que será firmada por el mismo y por el Contratista; si este ultimo se negara a firmar, se hará mención de ello.

En el plazo de quince (15) días siguientes a la fecha del acta, el Director de Obra informará al Contratista si ha propuesto o no al Contratante que declare la recepción provisional de las obras y, en caso afirmativo, la fecha límite fijada para la terminación de los trabajos incompletos que propone no aceptar, así como las reservas que pudiere tener a la fecha de la recepción provisional de las obras.

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42. Recepción definitiva

42.1 La recepción definitiva tendrá lugar un año después del acta de recepción provisional, sin perjuicio de lo estipulado en la Subcláusula 42.2. Durante el período de garantía, el Contratista tendrá las obligaciones contractuales descritas más ampliamente en la cláusula 44.

Por otra parte, a más tardar diez (10) meses después de la recepción provisional, el Director de Obra enviará al Contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos, con excepción de los daños resultantes del uso normal, del uso impropio de las obras, o de daños causados por terceros.

El Contratista dispondrá de un plazo de dos (2) meses para efectuar las reparaciones del caso, en conformidad con las condiciones del contrato.

El Contratista devolverá al Director de Obra las listas de defectos de ejecución junto con el de detalle de los trabajos efectuados para corregirlos.

El Contratante emitirá al final de dicho período de dos (2) meses el acta de recepción definitiva, luego de haber verificado que los trabajos fueron correctamente realizados.

42.2 Si el Contratista no remedia los defectos de ejecución dentro de los plazos acordados, la recepción definitiva será declarada solamente después de la realización completa de los trabajos correspondientes. En caso de que tales trabajos no hayan sido realizados dentro de dos (2) meses inmediatamente siguientes al término del período de garantía contractual, el Contratante declarará de todos modos, la recepción definitiva de las obras al final de dicho período. En tal caso, el Contratante hará realizar los trabajos pendientes por empresas de su elección, por cuenta y riesgo del Contratista. En este caso la garantía de cumplimiento, a que se refiere la Subcláusula 6.11 continuará en vigor durante el período necesario para asegurar la completa satisfacción del Contratante por el Contratista.

42.3 La recepción definitiva significará el final de la ejecución del Contrato presente y liberará a las partes contratantes de sus obligaciones.

43. Disposición anticipada de ciertas obras o partes de obras

43.1 La presente Cláusula se aplicará cuando el Contrato, o una Orden de Ejecución, exija que el Contratista ponga a disposición del Contratante, durante un período determinado, ciertas obras o parte de obras aún no terminadas y sin que el Contratante tome posesión de ellas, con el fin de que pueda ejecutar, o hacer ejecutar por otros contratistas, trabajos distintos de los que son el objeto del Contrato.

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43.2Antes de la puesta a disposición de ciertas obras o de partes de obras, se preparará un informe acerca de la situación en que ellas se encuentran, en el cual participarán el Director de Obra y el Contratista.

El Contratista tendrá el derecho de continuar los trabajos no comprendidos en su Contrato que interesen a las obras o partes de obras puestas a la disposición del Contratante. El Contratista podrá expresar reservas si estima que las características de las obras no permiten ejecutar estos trabajos o que tales trabajos arriesgan a deteriorarlas. Estas reservas deberán expresarse por escrito y ser dirigidas al Director de Obra.

Una vez terminado el período de puesta a disposición, se preparará un nuevo informe sobre el estado de las obras con la participación de las partes.

43.3 A excepción de las consecuencias de los defectos de ejecución que le sean imputables, el Contratista no será responsable de la custodia de las obras o de partes de las obras durante todo el tiempo que ellas hubieran estado a la disposición del Contratante.

44. Garantías contractuales

44.1 Período de garantía

Salvo disposición en contrario en el Contrato, el período de garantía será igual al período comprendido entre la recepción provisional y la recepción definitiva.

Durante el período de garantía, el Contratista tendrá, independientemente de las obligaciones que puedan resultar de la aplicación de la Cláusula 42, la “Obligación de completa terminación” en virtud de la cual deberá por su cuenta:

c) ejecutar los trabajos o prestaciones eventuales de acabado o de reparación previstos en las Subcláusulas 41.4 y 41.5 precedentes;

c) remediar todas las imperfecciones señaladas por el Contratante o el Director de Obra de tal manera que la obra se mantenga en conformidad con el estado en que se encontraba en el momento de la recepción provisional o después de corregidos los defectos detectados durante ella;

c) ejecutar, si fuere el caso, los trabajos de refuerzo o modificación que el Director de Obra juzgue necesarios y le exija realizar durante el periodo de garantía; y

(d) entregar al Director de Obra los planos de las obras actualizados, conforme a la ejecución final de las obras en condiciones previstas en la Cláusula 40.

Los gastos correspondientes a los trabajos complementarios exigidos por el Contratante o el Director de Obra y que tenga por objeto remediar las deficiencias estipuladas en los incisos (b) y (c) anteriores, sólo serán por cuenta del Contratista si la causa de tales deficiencias le es imputable.

La obligación del contratista de realizar los trabajos de completa terminación por su cuenta, no es extensiva a los trabajos necesarios para corregir los efectos del uso o desgaste ordinarios, quedando entendido que la limpieza y conservación corrientes durante el período de garantía corresponden al Contratante.

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45. Garantía decenal

A la expiración del periodo de garantía, el Contratista quedará libre de sus obligaciones contractuales y la garantía de cumplimiento prevista en la Subcláusula 6.1.1 cesará de derecho, excepto en el caso previsto en la Subcláusula 44.2 a continuación.

44.2 Garantías particulares Las estipulaciones precedentes se aplicaran sin perjuicio de que las CEC definan, para ciertas obras o categorías de trabajos, garantías particulares que pueden extenderse más allá del período de garantía fijado en la Subcláusula 44.1 precedente.

45.1 El Contratista es responsable de pleno derecho y por un periodo de diez (10) años a contar desde la fecha de la recepción provisional, de los daños resultantes de cualquier vicio de construcción que comprometa la solidez de las obras o que afecten alguno de sus elementos constitutivos, si la legislación en vigor así lo establece. Para exonerarse de esta responsabilidad el Contratista deberá probar que los daños provienen de una causa ajena.

F. Suspensión de los trabajos.

46. Suspensión de los trabajos

46.1 El Contratante podrá tomar la decisión de suspender el avance de los trabajos. En tal caso, se procederá siguiendo las modalidades indicadas en la Cláusula 12, a la constatación de las obras o partes de obras ejecutadas y de los materiales suministrados

El Contratista, quien conservará la custodia de la Zona de Obras, tendrá derecho a indemnización por los gastos que le ocasione esta custodia y por los perjuicios que pueda sufrir a causa de la suspensión.

Una indemnización por espera para la continuación de los trabajos podrá fijarse en las mismas condiciones que para la fijación de nuevos precios, siguiendo las modalidades previstas en la Cláusula 14.

46.2. Si debido a una suspensión, o varias suspensiones sucesivas, los trabajos han estado interrumpidos durante más de sesenta días calendario sin que medie fuerza mayor o caso fortuito, el Contratista tendrá derecho a dar por terminado el contrato, siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 49.2 de estas Condiciones Generales del Contrato.

46.3. En caso de que el Contratante incurra en una mora en el pago superior a sesenta días, el Contratista, el Contratista podrá notificar, mediante telegrama colacionado o carta certificada con orden de acuse de recibo dirigida al Contratante, de su intención de suspender los trabajos al término de un plazo de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de dicha notificación.

En el caso en que el Contratista haya suspendido en forma regular los trabajos en virtud de las estipulaciones combinadas de los dos (2) primeros incisos de la presente subcláusula, los plazos de ejecución se prolongarán de pleno derecho por un periodo igual al número de días calendario comprendido entre la fecha de suspensión y la de la realización del pago de las primeras dos (2) órdenes de pago en mora.

G. Medidas coercitivas.

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47. Medidas coercitivas

47.1 Con excepción de los casos previstos en la Subcláusula 15.2 y en la Subcláusula 50.6, cuándo el Contratista no actúe de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante podrá decidir continuar las obras por administración, por cuenta y riesgo del contratista. Para ejercer esta potestad, deberá requerir al Contratista el cumplimiento del contrato, dentro de un plazo determinado, mediante una comunicación por escrito. Dicho plazo, excepto en caso de urgencia, no será inferior a quince (15) días contados a partir de la fecha de notificación del requerimiento.

47.2 La ejecución de las obras por administración podrá ser sólo parcial y procederá, en presencia del Contratista o en su ausencia si habiéndosele citado debidamente no se hubiere presentado, a la constatación de los trabajos ejecutados y de los suministros existentes, así como del inventario descriptivo del equipo del Contratista y a la entrega a éste, de la parte de dichos equipos que no sea utilizable para la terminación de los trabajos que se continúen bajo administración.

47.3 El ejercicio de la potestad establecida en la cláusula 47.1 será sin perjuicio del derecho de rescindir el contrato o imponer multas, conforme con el contrato y con el artículo 55 de la Ley N° 2051/03.

47.4 En caso que el Contratante hubiera decidido continuar los trabajos por administración, el Contratista no estará autorizado a continuar su ejecución.

47.5 Los excesos de gastos que resultaran de la ejecución de los trabajos por administración o mediante un nuevo contrato correrán a cargo del Contratista. Dichos gastos se descontarán de las sumas que le puedan ser adeudadas o, en su defecto, de las garantías vigentes, sin perjuicio de los derechos que el Contratante pueda ejercer contra el Contratista en caso de insuficiencia de fondos.

El Contratista no podrá beneficiarse de una eventual disminución de los gastos, ni siquiera en forma parcial.

H. Rescisión del contrato.

48. Rescisión del contrato por causa imputable al Contratista.

48.1.El Contratante podrá rescindir administrativamente el contrato, por causa imputable al Contratista, en los siguientes casos: a) Por incumplimiento del Contratista;b) Por quiebra declarada judicialmente;c) Por pedido de convocatoria de acreedores del Contratista; d) Cuando el valor de las multas supere el monto de la garantía de

cumplimiento de contrato; e) Por suspensión de los trabajos, imputable al contratista, por más de

sesenta días calendario, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; f) Por fraude, colusión u otras prácticas corruptivas del contratista,

debidamente comprobadas, desde la adjudicación hasta la finalización del contrato;

g) Por haberse celebrado un contrato contra expresa prohibición de la Ley N° 2051/03;

h) En los demás casos estipulados en el contrato.

48.2.En estos casos, se deberá seguir el procedimiento indicado en el artículo 59 de la Ley N° 2051. Las medidas tomadas en virtud de la Subcláusula 50.3 son a cargo del Contratista.

48.3. Como excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 13.4.2, las cuentas

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detalladas del Contrato rescindido sólo serán notificadas al Contratista después de la liquidación definitiva del (de los) contrato(s) separado(s) adjudicado(s) para la terminación de los trabajos.

48.4.En caso que el Contratante hubiera decidido rescindir el contrato y adjudicar un nuevo contrato para la terminación de obras por cuenta y riesgo del Contratista, éste no estará autorizado a continuar su ejecución.

48.5.Los excesos de gastos que resultaran de la ejecución de los trabajos mediante un nuevo contrato correrán a cargo del Contratista. Dichos gastos se descontarán de las sumas que le puedan ser adeudadas o, en su defecto, de las garantías vigentes, sin perjuicio de los derechos que el Contratante pueda ejercer contra el Contratista en caso de insuficiencia de fondos.

El Contratista no podrá beneficiarse de una eventual disminución de los gastos, ni siquiera en forma parcial.

49. Rescisión del contrato por causa imputable a la contratante.

49.1. El Contratista podrá dar por terminado el contrato, por causa imputable al Contratante, en los casos establecidos en el artículo 60 de la Ley N° 2051/03.

49.2. Si el Contratista quiere optar por dar por terminado el contrato por dichas causales, deberá intimar al Contratante para que ejecute su obligación dentro de un plazo no inferior a quince días, vencido el cual, podrá demandar su cumplimiento, o dar por rescindido el contrato, con la sola comunicación fehaciente hecha al moroso de haber optado por la rescisión. No será necesario el otorgamiento del plazo cuando el Contratante hubiere manifestado por escrito su decisión de no cumplir el contrato.

50. Liquidación del contrato en caso de rescisión.

50.1 La liquidación del Contrato en caso de rescisión se hará entonces según las disposiciones de las Subclaúsulas 13.3 y 13.4, a reserva de las demás estipulaciones de la presente Cláusula.

En caso de rescisión del contrato por razones de interés público o por causas imputables al Contratante, el Contratista tendrá derecho a indemnización, si procede, por los daños y perjuicios que sufra, como resultado de la rescisión. A tal efecto, deberá presentar una petición por escrito, debidamente justificada, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la fecha de la notificación de la cuenta general conforme a la Subcláusula 13.4.

50.2. En caso de rescisión se procederá, habiendo sido convocados el Contratista o sus derechohabientes, tutor, curador o síndico, a las constataciones relativas a las obras y partes de obras ejecutadas, al inventario de los materiales suministrados, así como al inventario descriptivo de los equipos e instalaciones de la Zona de Obras. Se registrará en un acta el resultado de estas operaciones.

El levantamiento de dicha acta implicará la recepción provisional de las obras y partes de obras ejecutadas, con vigor a partir de la fecha en que tenga efecto la rescisión, tanto para el comienzo del plazo de garantía definido en la Cláusula 44 como para el comienzo del plazo previsto para la liquidación final del Contrato, según la Subcláusula 13.3.2. Además, serán aplicables las disposiciones de la Subcláusula 41.8.

50.3. Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha del acta, el Contratante determinará las medidas que debe tomar el Contratista en la Zona de

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Obras a fin de asegurar la conservación y la seguridad de las obras o partes de las obras ejecutadas durante el período posterior a la rescisión. Tales medidas podrían implicar la demolición de ciertas partes de obras.

De no ejecutar el Contratista estas medidas en el plazo fijado por el Contratante, el Director de Obras las hará ejecutar de oficio.

Salvo en los casos de rescisión previstos en las Cláusulas 48, tales medidas no serán por cuenta del Contratista.

50.4. El Contratante tendrá el derecho de recomprar, en todo o en parte:

()a las obras provisionales útiles para la ejecución del Contrato; y

()b los materiales en existencia en el lugar de las obras, o adquiridos y pagados por el Contratista, pero aún no entregados, en la medida que sea necesario para las obras.

Dispondrá, además, para la prosecución de los trabajos, del derecho de recomprar o de conservar a su disposición las instalaciones especialmente establecidas para la ejecución del Contrato.

En caso de aplicarse los incisos precedentes de esta Subcláusula, el precio de recompra de las obras provisionales y de los equipos será igual al valor residual de su costo de reposición. En el caso de equipos que deben quedarse a la disposición del Contratante, el precio del alquiler se determinará en función del valor residual de su costo.

Los materiales suministrados serán comprados a los precios del Contrato o, en su defecto, a los que resulten de la aplicación de la Cláusula 14.

50.6.El Contratista estará obligado a despejar la zona de las obras en el plazo que le sea fijado por el Director de Obra.

51. Muerte. Incapacidad. Decisión judicial o Quiebra del Contratista

51.1 En caso de muerte o incapacidad civil del Contratista, el Contratante rescindirá el Contrato, excepto si acepta la continuación del Contrato por los derechohabientes o el curador.

En caso de que el Contratante declare la rescisión, ésta tendrá efecto en la fecha de la muerte o de la incapacidad civil. Tal rescisión no dará derecho a indemnización alguna para el Contratista ni sus derechohabientes.

51.2. En caso de incapacidad física manifiesta y duradera del Contratista, el Contratante podrá rescindir el Contrato sin que el Contratista tenga derecho a indemnización alguna.

51.3 En caso de quiebra del Contratista, la rescisión tendrá efecto en la fecha de expiración del plazo de un mes siguiente al pronunciamiento judicial.

51.4 En los casos de rescisión previstos en la presente Cláusula los derechohabientes, el tutor o el curador o síndico, sustituirán al Contratista, para la aplicación de las estipulaciones de las Subcláusulas 50.3. y 50.4 precedentes.

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52. Solución de controversias.

52.1 Decisiones adoptadas por el Contratante en ejercicio de las prerrogativas establecidas en el artículo 55 de la Ley N° 2051/03.

Las decisiones adoptadas por el Contratante en el ejercicio de las prerrogativas establecidas en el artículo 55 de la Ley N° 2051/03 podrán ser recurridas ante la jurisdicción contenciosa administrativa dentro de los plazos establecidos en la legislación respectiva.

Sin perjuicio de ello, el Contratista podrá optar por:

a) Plantear la reconsideración administrativa de la decisión ante la Contratante, dentro de plazo de diez días corridos, recurso que deberá se resuelto dentro de dicho plazo. Si la Contratante no se expidiere en dicho plazo, se considerará denegada la petición.

b) Solicitar la intervención de la Dirección General de Contrataciones Públicas del Ministerio de Hacienda, dentro del mismo plazo, para que ésta convoque a una audiencia de avenimiento, conforme con el procedimiento establecido en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley N° 2051/03.

La interposición del recurso de reconsideración ante la Contratante o de la solicitud de avenimiento ante la Dirección General de Contrataciones Públicas suspende el plazo para interponer la demanda contenciosa administrativa hasta que la petición sea resuelta.

52.2. Controversias que se susciten por motivos que no impliquen en el ejercicio de las prerrogativas establecidas en el artículo 55 de la Ley N° 2051/03.

Las controversias que se susciten entre el Contratante y Contratista por motivos que no impliquen el ejercicio de las prerrogativas establecidas en el artículo 55 de la Ley N° 2051/03 podrán ser resueltas por el procedimiento de avenimiento contemplado en el Título Octavo, Capítulo Segundo de la Ley.

Las partes podrán someter sus diferencias al arbitraje siempre que la materia sea arbitrable conforme con las normas de la Ley N° 1879/2002 de mediación y arbitraje.

La vía del arbitraje será obligatoria para las partes si el compromiso consta en una cláusula compromisoria inserta en el contrato o en un convenio independiente, y que conste el compromiso en una cláusula compromisoria inserta en el contrato o en un convenio independiente.

53.Legislación aplicable

53.1. La ley aplicable para la interpretación o ejecución del presente Contrato será la ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y su Decreto Reglamentario.

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54. Cambios en la legislación.

54.1 A excepción de los cambios en las leyes o reglamentos que pudieran alterar fundamentalmente la equidad del Contrato y ocasionar una pérdida manifiesta para el Contratista, imprevisible en la fecha de envío de la oferta, solamente los cambios en la legislación nacional podrán tomarse en cuenta para modificar las condiciones financieras del Contrato.

54.2 Se tomarán en cuenta casos de modificaciones de cualquier ley, decreto, reglamento (exceptuadas las modificaciones a las leyes fiscales o similares que se rigen por la Subcláusula 10.5), y que causen para el Contratista un aumento o una reducción del costo de ejecución de los trabajos no tomados en cuenta en las demás disposiciones del Contrato, que sea igual por lo menos al uno (1) por ciento del valor del Contrato. En tales casos, se convendrá un anexo entre las partes, a fin de formalizar el aumento o disminución, según fuere el caso, del valor del Contrato. En caso de que las partes no puedan ponerse de acuerdo acerca de los términos del anexo en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la propuesta de anexo enviada por una de las partes a la otra, se aplicarán las disposiciones sobre solución de controversias conforme con la cláusula 52.

55. Entrada en vigor del Contrato

55.1. Salvo disposición en contrario en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), la entrada en vigor del Contrato estará subordinada al cumplimiento de todas las condiciones siguientes:

(a) la firma del Contrato y de sus documentos anexos;

(b) la aprobación de autoridades competentes del Contratante.;

(c) la constitución de las garantías financieras que deberá suministrar el Contratista;

(d) la entrega por el Contratante del anticipo; y

(e) la entrega de la Zona de Obras por el Contratante al Contratista, salvo disposiciones contrarias en las CEC.

Se levantará y se firmará por las partes un acta en cuanto se hayan cumplido las condiciones antes mencionadas. La fecha de entrada en vigor del Contrato será la misma de la firma de tal acta.

56. Prácticas corruptivas

56.1. La Contratante exige que los Contratistas observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. La Contratante actuará frente a cualquier hecho o reclamación que se considere fraudulento o corrupto.

56.2 Si se comprueba que el Proveedor, sus representantes o empleados han incurrido en prácticas fraudulentas o corruptas, la Contratante deberá, sin perjuicio de otras medidas que pueda adoptar en virtud a la Ley N° 2051/03 y al Contrato:

• Remitir los antecedentes del Proveedor directamente involucrado en las prácticas fraudulentas o corruptivas, a la Dirección General de Contrataciones Públicas, a los efectos de la aplicación de las sanciones previstas en el Título Séptimo de la Ley N° 2051/03.

• Presentar la denuncia penal ante las instancias correspondientes si el

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hecho conocido se encontrare tipificado en la legislación penal..

Fraude y corrupción comprenden actos como:

(i) ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de otra parte;

(ii) cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio económico o de otra naturaleza o para evadir una obligación;

(iii) perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar las acciones de una parte;

c. colusión o acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte.

d. Cualquier otro acto considerado como tal en la legislación vigente

Los pagos estarán expresamente condicionados a que la participación de los Contratistas en el proceso de contratación se haya llevado de acuerdo con la Legislación vigente aplicable en materia de fraude y corrupción

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Sección VII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC)

Lista de Cláusulas

1. Descripción de las Obras..................................................................................................................2. Identificación de las partes (Cláusula 3.1 de las CGC)...................................................................3. Notificaciones (Cláusula 3.5 de las CGC)........................................................................................4. Documentos contractuales específicos (Cláusula 4 de las GC).....................................................5. Estimación de las Obligaciones Financieras del Contratante (Cláusula 5.8 de las CGC)................6. Garantía de Cumplimiento (Cláusula 6.1.1 y 6.1.4 de las CGC)......................................................7. Retención de garantía (Cláusula 6.2 Y 6.3 de las CGC)....................................................................8. Protección de la mano de obra y condiciones de trabajo (Sub. Clausula 9.2 y 9.5 de las CGC)…9. Precio del Contrato (Cláusulas 10, 15 y 10.3.4 de las CGC)............................................................10. Ajuste de precios (Cláusula 10.4.1 y 10.4.2 de las CGC)................................................................11. Impuestos, derechos y tasas (Cláusulas 10.5 y 10.5.7 de las CGC)................................................12. Pago de trabajos por día (Cláusula 11.3 de las CGC)......................................................................13. Porcentaje máximo de trabajos por día en relación con el Precio del Contrato (Cláusula 11.3 de

las CGC)………………14. Pago por inventario de materiales (Cláusula 11.4 de las CGC).......................................................15. Anticipo (Cláusula 11.5 de las CGC)...............................................................................................16. Intereses moratorios (Cláusula 11.7 de las CGC)............................................................................17. Verificación y Constancia (Clausula 12, 12.1 y 12.4 de las CGC)…………………….18. Forma de Pago de los certificados mensuales (Cláusula 13.1.1, 13.1.3 y 13.1.6 de las CGC).........19. Pago de Cuotas Mensuales (Cláusula 13.2 .3 de las GCC)….20. Obligación de Ejecutar la Totalidad de las Obras (Cláusula 15.2.4 de las CGC)……………..21. Fuerza mayor (Cláusula 18.3 de las CGC)……………………………………………………22. Plazo de ejecución (Cláusula 19.1 de las CGC)...............................................................................23. Prolongación de los plazos de ejecución (Cláusula 19.2 y 19.2.1 de las CGC)...............................24. Penalidades diarias por retraso en la ejecución de los trabajos, bonificaciones por entrega

anticipada de las Obras y forma de cálculo (Cláusula 20.1 de las CGC)……………………......25. Condiciones y plazos (Cláusulas 26.4 y 26.5 de las CGC)..............................................................26. Preparación de los trabajos (Cláusula 28 de las CGC).....................................................................27. Restricciones en las comunicaciones, servicios públicos y paso de aguas

(Cláusula 31.6.1 de las CGC)...........................................................................................................28. Pruebas y verificaciones de las obras (Cláusula 38.1 de las CGC)..................................................29. Documentos que deberán entregarse después de la ejecución de los trabajos (Cláusula 40.1 de las

CGC)…………………. 30. Recepción provisional de las Obras (Cláusula 41 de las CGC).......................................................31. Recepción Definitiva de las Obras (Cláusula 42 de las CGC)………………………………….32. Garantías contractuales (Cláusula 44.2 de las CGC)........................................................................33. Solución de controversias (Cláusula 50 de las CGC).......................................................................34. Entrada en vigor del Contrato (Cláusula 51 de las CGC).................................................................

234

SECCIÓN VII

CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC)

Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC). El número de la cláusula correspondiente de las CGC está indicado entre paréntesis.

1. Cláusula 1.1 de las CGC: Se amplía con las siguientes definiciones:

Cronograma Contractual de Obras: es el Cronograma de obras entregado por el Contratista en su oferta.

Componentes de Obras: Son las planillas que conforman el paquete de obras a realizar.

2- Identificación de las Partes (Cláusula 3.1 de las CGC)

El Contratante es:Nombre: Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental, SENASADirección: 25 de mayo, Nº 825, c/. Tacuary, AsunciónNombre del Representante autorizado: Ing. Genaro Cristaldo Ibarra

El Director de Obra es: La empresa Consultora contratada para prestar los servicios de fiscalización de la ejecución de las obras.Nombre: NIPPON KOEI CO LTD. y la consultora subcontratada SAMMAR S.A.Dirección: Edificio Ayfra, 9° Piso, Pdte. Franco y Ayolas

El Contratista es:Nombre: Dirección:

El representante Legal del Contratista es:

Representante Legal del Contratista: (administrador de la obra): Ingeniero Civil, Hidráulico, Sanitario o Arquitecto con cinco años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares, durante por lo menos tres de los cuales la experiencia será como director o administrador.

El Representante para los aspectos contractuales. Nombre: ___________________________Dirección: __________________________

El Residente de obras por Grupo de obras del Contratista: Ingeniero Civil o Arquitecto con experiencia mínima de 3 años en obras de naturaleza y magnitud similares y haber participado como residente de obras en al menos 1 (una) obra de carácter similar.

Nombre: _____________________Dirección: ____________________

El profesional geólogo por Grupo de Obras del Contratista: con tres (3) años de experiencia en hidrogeología y una obra de carácter similar, mientras dure la construcción del componente.

Nombre: _____________________

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Dirección: ____________________

El profesional electromecánico por Grupo de obras del Contratista: con tres años de experiencia y una obra carácter similar, mientras dure la construcción del componente.

Nombre: _____________________Dirección: ____________________

Identificación del crédito presupuestario (artículo 37 inciso a, Ley N° 2051).Entidad 12 8 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIALTipo de presupuesto 3

PROGRAMAS DE INVERSION

Programa 2 ABASTECIMIENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO AMBIENTAL

Proyecto 2SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN COMUNIDADES RURALES (JBIC PG P14)

Procedimiento conforme al cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato (artículo 37 inciso b, Ley N° 2051)

LPN Nº 02/2008 – JBIC - CONSTRUCCION DE SISTEMAS DE AGUA POTABLE EN 81 LOCALIDADES

Las obras consisten en: Perforación de pozos profundos - Construcción de tanques de hormigón armado, Casetas de operación, Extensión de tendido de energía eléctrica, Provisión de tuberías y accesorios para redes de distribución y conexiones domiciliarias, Provisión e instalación de aductoras, electrobombas y bombas dosadoras y Puesta en funcionamiento del sistema de agua.

3) Notificaciones (Cláusula 3.5 de las CGC)

Para efectos de toda notificación, las direcciones del Contratante y del Contratista serán las siguientes: El Contratante es:

Nombre: Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental, SENASA Dirección: 25 de mayo Nº 825, c/. Tacuary, Asunción

El Contratista es:Nombre:Dirección:

4) Documentos Contractuales Específicos (Cláusula 4 de las CGC)

Documentos Constitutivos del Contrato (Cláusula 4.2 de las CGC)

Los siguientes documentos específicos mencionados en las Subcláusulas siguientes también forman parte del Contrato.

El Contratista deberá presentar dos cronogramas a la Fiscalización: (a) cronograma físico o de construcción por componentes y localidades y (b) cronograma financiero.

El cronograma de construcción se confeccionará de acuerdo con los plazos parciales del cronograma según IAO 11.1 (i).

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El cronograma por componentes y por localidad tiene la finalidad el control de los plazos parciales, y la aplicación de los eventos para establecer la fecha límite de la prórroga máxima del contrato, y además las recomendaciones de eventuales ajustes en el desarrollo de las actividades para dar cumplimiento del plazo contractual.

El cronograma financiero deberá corresponder al plazo propuesto para la ejecución de las obras, a través de una curva acumulativa de inversiones.

El cronograma financiero tiene la finalidad para la previsión de los recursos financieros del Contratante, de acuerdo con el plazo contractual, y además para evaluar el porcentaje de atrasos en las obras, para determinar las recomendaciones de eventuales ajustes en el desarrollo de las actividades para dar cumplimiento del plazo contractual. Se amplia la Cláusula 4.4.5 realizando la siguiente aclaración: Si los retrasos del Contratante o del Director de Obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del Contratista, este último tendrá derecho a solicitar eventos por Fuerza Mayor, salvo en los casos en que estos retrasos se deban a que el Contratista no ha enviado al Contratante las informaciones, planos o documentos que está obligado a presentar en virtud del Contrato

5) Estimación de las Obligaciones Financieras del Contratante (Cláusula 5.8 de las CGC)

Además se aclara lo siguiente: El Contratista deberá presentar al Director de Obra, en el plazo de 10 días de la Orden de Inicio, coincidente con el Acta de Inicio de Obra, una estimación detallando las obligaciones de pago del Contratante, con indicación de todos los pagos a que el Contratista tendrá derecho en virtud del Contrato, en base al programa de trabajo aprobado previamente.Las actualizaciones de estas estimaciones, asi como la actualización de Programa del Trabajo será entregado por el Contratista al Director de Obras, mensualmente o cada vez que el Contratante o el Director de Obra lo solicite. El presente informe contendrá además una evaluación de los avances y retrasos de los trabajos y las medidas que serán implementadas para cumplir con los plazos contractuales.

6) Garantía de Cumplimiento de Contrato (Cláusula 6.1.1 de las CGC)

El porcentaje mínimo de la garantía de cumplimiento como porcentaje del precio del Contrato ascenderá al 10 %y tendrá vigencia hasta la recepción definitiva de la Obra.

En garantía del buen y fiel cumplimiento de todas las condiciones del presente Contrato y de la ejecución satisfactoria al Contratante y en el plazo acordado, de todos los trabajos hasta su conclusión y aceptación final, el Contratista ha proveído una Garantía de Cumplimiento de Contrato hasta la suma de (Gs.___________) Guaraníes _______________________________, aceptada por el Contratante, suministrada por _______________, según ___________ y fechada el ____ de ____________ de 2.00__.

(Clausula 6.1.4 de las CGC): Se aclara lo siguiente: El Contratista entregará además, una garantía por el 100 % del importe del anticipo. Esta garantía podrá adoptar cualquiera de las formas establecidas en la subcláusula 6.1.1. El monto de esta garantía se reducirá automáticamente en la misma proporción con que se amortice el anticipo en las certificaciones mensuales presentadas por el Contratista y aprobadas por el Contratante. La garantía caducará el día que se amortice la última parte del anticipo.

7) Responsabilidad Fondos de reparos (subclausula 6.2 de las CGC)– Seguros (subcláusula 6.3. de las CGC)

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El fondo de reparos será devuelto sesenta (60) días a partir de la fecha de recepción definitiva del contrato, contra la presentación de una Póliza de seguros por el mismo valor, correspondiente al período de responsabilidad de defectos en un plazo de un año a partir de la fecha de recepción definitiva del contrato. Cuando una o más localidades presente inconvenientes técnicos de Fuente de Provisión de agua, por más de 60 días, a partir de la fecha de culminación de la segunda perforación fallida, podrá realizarse devoluciones del Fondo de Reparos de las demás localidades no afectadas siempre y cuando las misma cuenten con el Acta de Recepción Definitiva por localidad.

Se descontarán del pago del Fondo de Reparos, las reparaciones o cambios ejecutados por la Junta de Saneamiento, según las facturas presentadas al SENASA, correspondiente a revoque impermeable de tanque elevado de HºAº, transformadores y accesorios del puesto de distribución, electrobomba, tablero de mando, bomba dosadora, cables de alimentación de la electrobomba y de guarda niveles, línea de impulsión interna del pozo e instalación hidráulica del caballete. El contratista deberá realizar el cambio de la electrobomba o de los componentes del tablero de mando con desperfecto en un plazo máximo de 10 días, después que el mismo fuera comunicado por vía telefónica por la Junta de Saneamiento de la localidad afectada o por vía fax del Senasa, a través de la Dirección de Obras y Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. En este caso no se aceptarán artefactos ni electrobombas reparadas, debiendo ser equipos nuevos.

El Contratista deberá presentar al Contratante, conjuntamente con la solicitud de Retención Caucional, las copias de las boletas de pagos del consumo mensual de energía eléctrica correspondiente a la finalización del mes en que fue aprobada por la Fiscalización las correcciones de los defectos según el Acta de Recepción Provisoria.

En el caso que resulta imposible la presentación de parte del Contratista de las copias de la boleta de pago de consumo de energía eléctrica, se aceptará el duplicado de recibo de dinero entre el contratista y el Presidente de la Junta de Saneamiento, por el monto equivalente de 120% del consumo del último mes que fue pagado por el Contratista, para el descuento de la Retención Caucional.

Período de Responsabilidad por Defectos: Corresponde a los defectos ocurridos en las obras en un plazo de 365 días a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva del Contrato.

Para los efectos del presente Contrato se requieren las siguientes pólizas de seguros por los montos mínimos que se indican a continuación:

a) Pérdidas y daños de las obras (pozos, tanques elevados y casetas) por un monto de Gs. 20.000.000 (veinte millones de guaraníes)

(b) Pérdidas y daños a los equipos (electrobombas sumergibles de los pozos, bombas dosadoras, tableros de mando y accesorios de puesto de transformadores y transformadores) por un monto de Gs. 20.000.000 (veinte millones de guaraníes) (c) Lesiones personales o muertes por un monto de Gs. 10.000.000 (diez millones de guaraníes)

8) Protección de la mano de obra y condiciones de trabajo (Sub. Clausula 9.2 y 9.5 de CGC):

9.2 Independientemente de las obligaciones establecidas por las leyes y reglamentos referentes a la mano de obra, el Contratista deberá comunicar al Director de Obra, antes del inicio de las diferentes actividades, la lista actualizada de personal contratado para la ejecución de los trabajos y sus respectivas calificaciones.

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9.5 El Director de Obra o el Contratante, previa comunicación al Director de Obras, podrá exigir al Contratista el despido de cualquier empleado que evidencie incompetencia o sea culpable de negligencia, imprudencias repetidas, o la falta de probidad y, en general, cuya actuación sea contraria a la buena ejecución de las obras.

9) Precio del Contrato (Cláusulas 10 y 15 de las CGC)

El Precio del Contrato IVA incluido, que resulta de sumar los precios globales y los precios estimados calculados conforme a los precios unitarios y cantidades establecidas en la Oferta del contratista es: (Gs. _________) Guaraníes _______________.

Sub Clausula 10.3.4 de las CGC, se aclara lo siguiente: Si no se presentara la descomposición de un precio global o el análisis de un precio unitario, cuando tal análisis deba presentarse en un plazo determinado, no se pagarán los certificados mensuales correspondientes que presente el Contratista hasta que ellos contengan los precios detallados en la forma requerida por el Contratante. Sin que esta demora le de derecho al Contratista solicitar intereses o eventos de Fuerza Mayor.

10) Ajuste de Precios ( Cláusula 10.4.1 y 10.4.2 de las CGC)

Los ajustes de precios se pagarán exclusivamente en guaraníes.

El Contrato está sujeto a ajustes de precios y se aplica la siguiente información:

Los insumos que están sujetos a variaciones de precios según el Decreto Nº 1045/83 del poder ejecutivo y son: (S) salario, (C) cemento y (G) gasoil.

Los coeficientes (Sm) (Cm) y (Gm), corresponde a los valores y precios de los insumos de salario, cemento tipo I y gasoil, vigentes veinte ocho (28) días anteriores del periodo de certificación correspondiente al certificado a reajustar.

Los coeficientes (So) (Co) y (Go), corresponde a los valores y precios de los insumos de salario, cemento tipo I y gasoil, vigentes veinte ocho (28) días anteriores de la apertura de la oferta.

Las variables no incluidas en la formula de reajuste, deberán ser consideradas en la estructura de precios de la Oferta.

No se aplicará reajuste sobre el anticipo.

P = A x ( B((Sm-So)-1) + C((Cm-Co)-1) + D((Gm-Go)-1)

El reajuste será aplicado a las certificaciones correspondientes al plazo del cronograma inicial del contrato, sin las ampliaciones por eventos por Fuerza Mayor.

Los valores A, B, C, D, según el tipo de obras son los siguientes:

a) Caseta de Operación y Tanque Elevado de HormigónA: 0.65 B: 0,4 C: 0.10 D: 0,15

b) Fuente de Provisión: A: 0.60 B: 0.30 C: 0.00 D: 0.30

A = Indica la parte ajustable del contrato sujeto a reajuste. La fórmula no considera el Anticipo, el cual deberá descontarse del monto certificado, para la aplicación del factor de reajuste.

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El coeficiente del reajuste se aplica sobre los valores certificados incluyendo el IVA descontando el anticipo, según los tipos obras que tendrán reajustes, en los componentes ejecutados durante el plazo original de contrato.

Los certificados de reajustes deberán ser presentados conjuntamente con los certificados básicos, caso contrario no serán considerados.

11) Impuestos, Derechos y Tasas (Cláusula 10.5 y 10.5.7 de las CGC)

Los precios del presente Contrato comprenderá todos los impuestos, derechos y gravámenes que se puedan exigir para el desarrollo del Contrato.

12) Trabajos por Día (Cláusula 11.3 de las CGC)

No se aplica

13) Porcentaje máximo de trabajos por día en relación con el Precio del Contrato (subcláusula 11.3 de las CGC)

No se aplica

14) Pago por Inventario de Materiales (Cláusula 11.4 de las CGC)

No se aplica

15) Anticipo (Cláusula 11.5 de las CGC)a. El método de cálculo del anticipo es el siguiente: 15 % del precio del contrato. El Anticipo será por el monto de quince por ciento, 15% del monto total del Contrato.

El Contratista tendrá 20 días a partir de la firma de Contrato para presentar las garantías requeridas para la solicitud del Anticipo, caso contrario se considera como renuncia automática al cobro de Anticipo. El plazo del pago del Anticipo será de sesenta (60) días calendario contados a partir de la presentación de la factura al Contratante.

b. El anticipo de los pagos incluidos en el Contrato se reembolsará de la siguiente manera: De cada pago se retiene el monto del anticipo y del fondo de reparos.

Remuneración al Contratista (Cláusula 11 de las CGC), se aclara en la Sub Cláusula 11.2.3: En el caso de aplicación de un precio global, el precio se adeuda al momento de completarse la obra o parte de obra o las prestaciones a las que el precio global se aplica. Las diferencias que pudieran detectarse para cada tipo de obra o cada elemento de obra entre las cantidades realmente ejecutadas y las cantidades indicadas en la descomposición de este precio, establecida en conformidad con la Subcláusula 10.3.2, aún cuando tenga valor contractual, no podrá conducir a una modificación de dicho precio, y lo mismo ocurrirá con los errores que pudiera evidenciar esta descomposición. No se podrán certificar avances parciales en los rubros con precios globales.

16) Cláusula 11 de las CGC, Sub Cláusula 11.7 Intereses por mora El Contratante pagará al Contratista un interés por atraso en el pago de los certificados. Se considerará atraso en el pago, a partir de los sesenta (60) días, corridos desde la fecha de registro de la obligación de pago en el Sistema Integrado de Contabilidad (SICO)

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17) Verificación y Constancia (Clausula 12 de las CGC), Sub Clausula 12.1 de las CGC Para los efectos de la presente Cláusula, por verificación se entenderá la comprobación física de la cantidad, calidad y la correcta ejecución de los trabajos; Acta de Constancia (Acta de Medición) será el documento en que se deja constancia de una verificación.

Sub Clausula 12.4 de las CGC: El Director de Obra fijará la fecha de las verificaciones; cuando el Contratista haya presentado la petición, dicha fecha no podrá ser más allá de seis (6) días posteriores a la de la petición. En las verificaciones se preparará un Acta de Constancia, redactada por el director de Obra en el terreno al momento de la verificación, previa consulta con el Contratista.

18) Formas de Pago de los certificados Mensuales

Sub Cláusula 13.1.1 de las CGC: se considerará el mes calendario al período entre el día diez (10) del mes anterior y el día diez (10) del mes siguiente. El Director de Obra, deberá presentar los certificados básicos conjuntamente con los certificados de ajustes de precios, al Contratante hasta cinco (5) días posteriores al cierre del mes calendario del mes que certifica. Los certificados básicos del componente de “Fuente de Provisión”, deberán ser presentados independiente de los restantes de los otros componentes. El Contratista deberá presentar certificados todos los meses y no podrá saltar los periodos de certificación.

Los certificados básicos y ajustes de precios, deberán ser preparados de acuerdo con los modelos proveídos por el Contratante al Director de Obra. La cantidad de originales de certificados básicos y ajustes de precios a ser presentados al Director de Obras es de seis (6) juegos originales, de los cuales tres (3) juegos originales deberán ser presentados al Contratante por el Director de Obra.

Sub Cláusula 13.1.3 de las CGC: El monto de los trabajos originales ejecutados y pagaderos por precios unitarios se establecerá de la manera siguiente:

• La certificación mensual incluirá la relación de los ítems o rubros ejecutados totalmente según las planillas de precios de cada componente, en conformidad con las verificaciones y mediciones realizadas por ambas partes o, en su defecto, con las evaluaciones del Director de Obra. Los ítems o rubros inconclusos o que no ajustan a las especificaciones técnicas no serán incluidos en las certificaciones mensuales.

• No se fraccionarán precios unitarios de los rubros de los componentes o precios globales, para cubrir trabajos parciales ejecutados.

(Cláusula 13.1.6 de las CGC)

Los pagos se realizarán en base a medición de los ítems o rubros ejecutados totalmente de las planillas de precios de cada componente del sistema de abastecimiento de agua potable, excepto para Fuente de Provisión.

La metodología de presentación del Contratista de los certificados de fuente de provisión al Director de Obra, para aprobación es la siguiente:

Primera etapa de certificación:

Corresponden a la medición de los ítems o rubros ejecutados hasta la terminación del pozo con la presentación del informe técnico conteniendo los documentos requeridos en la sección 6-Especificaciones Técnicas, Capitulo II-Perforación de pozos profundos, ítem II-16 “Documentos Técnicos a ser anexados al Certificado”, correspondientes a los ítems nº 16.1 al 16.10.

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Segunda etapa de certificación.

Corresponden a la medición de los ítems de la prueba de bombeo y los análisis físico, químico y bacteriológico, con la presentación del informe técnico conteniendo los documentos requeridos en la sección 6-Especificaciones Técnicas, Capitulo II-Perforación de pozos profundos, ítem II-16 “Documentos Técnicos a ser anexados al Certificado”, correspondientes a los ítems nº 16.11 al 16.13.

La cantidad final a pagar al contratista en cada rubro de cada componente de la construcción del sistema de abastecimiento de agua potable para cada localidad, es la que surge de la medición final, y debe cumplir todo lo indicado en las especificaciones técnicas.

19) Cláusula 13.2.3 de las CGC, Pago de Cuotas Mensuales, Sub Cláusula 13.2 .3 de las GCC:El pago de los certificados deberá efectuarse, a más tardar, dentro de los sesenta (60) días calendarios a partir de la aprobación de la Certificación, emitida por la Supervisión de Consultoría.

20) Cláusula 15.2 de las CGC, Obligación de Ejecutar la Totalidad de las Obras, Sub Cláusula 15.2.4 de las CGC:

Se considerará una variación constructiva de un o más rubros de las planillas de precios de la oferta, cuando será necesario incrementar las cantidades, modificar o cambiar los rubros previstos, para dar cumplimiento con el alcance de las especificaciones técnicas y que el sistema sea puesto en operación, afectando así mayores cantidades de ejecución de los rubros de la planilla de precios de los componentes para construcción de sistema de abastecimiento de agua potable.

Los precios unitarios a ser adoptados para los rubros con variaciones constructivas, serán los precios unitarios de los rubros de la planilla de precios de la oferta o de la planilla de “Costos Referenciales”.

Para esto, el contratista deberá presentar al Director de Obra el pedido de las variaciones constructivas con los informes técnicos de respaldo, para que sea analizado y aprobado.

Una vez que el Director de Obra esté conforme con la propuesta del contratista, se deberá proponer al Supervisor de Consultoría a través de Nota de Pedido, recomendando su aprobación.

Para ser implementado en obra la propuesta, se deberá elaborar un Acta de Acuerdo entre contratista, Director de Obra, Supervisón de Consultoría y el Jefe del Dpto. de Construcciones, indicando el alcance de las variaciones constructivas.

Las mayores cantidades ejecutadas en obras difieren de las variaciones constructivas, debido a que, corresponden a los rubros certificados según medición en obra, originados de ajustes de los replanteos de las etapas de las obras durante la construcción, y no depende de la elaboración de Acta de Acuerdo.

Los rubros que están sujetos a variaciones constructivas son los siguientes: a) Fuente de Provisión:

Los rubros correspondientes a las longitudes de perforaciones de los hoyo con inyección de lodo bentontico, martillo neumático y ensanchamiento, en base a los diferentes diámetros de las planillas de precios.

El rubro correspondiente a las longitudes de entubado, engravado, limpieza, desarrollo y desinfección del pozo, en base a los diferentes diámetros de las planillas de precios.

Provisión de tubos y filtros, en base a los diferentes diámetros de las planillas de precios.

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b) Equipamiento electromecánico e hidráulico de pozo

Provisión de electrobomba sumergible y tablero de mando trifásica o monofásica.

Sección de los cables de alimentación de las electrobombas.

Longitudes del tubo de impulsión interno del pozo, tubos y cables de alimentación de las sondas.

c) Tanque elevado de HºAº

Los rubros que afectan la ejecución de la malla de puesta a tierra del pararrayo

d) Extensión de energía eléctrica Los rubros que afectan la ejecución de la malla de puesta a tierra del puesto del transformador.

Longitud de extensión eléctrica en media tensión monofasica o trifásica

Longitud de acometida en media tensión trifásica o monofásica

Cambio de potencia del transformador

El monto de las variaciones constructivas así como mayores cantidades de obras ejecutadas según medición, no deberán sobrepasar el 20% del monto del contrato, según la Ley Nº 2051.

21) Fuerza mayor (subcláusula 18.3 de las CGC)

No se considerará como evento de fuerza mayor cuando el Contratante efectivice el pago de una Certificación de Obra en fecha posterior al Plazo de Pago Previsto.

El Plazo de Pago Previsto es sesenta (60) días calendarios contados a partir de la fecha de la aprobación de la Certificación emitida por la Supervisión de Consultoría.

No se considerará como evento de fuerza mayor las decisiones gubernamentales.

Para la consideración del desplazamiento del cronograma de ejecución del contrato, sólo se considerará la situación de Fuerza Mayor y los eventos según la subcláusla 19.2.1 y 19.2.2.

22) Plazo de Ejecución (Cláusula 19.1 de las CGC)

El plazo para la ejecución de las obras es de 6 meses El origen de los plazos lo determina el Acta de Inicio de Obra que se emitirá a los diez días de la fecha de la Orden Inicio del Contrato, emanada por el contratante, para todas las localidades del contrato.

La Orden de Inicio del Contrato o Entrada en Vigor del Contrato se dará dentro de los diez días siguientes a la aprobación del Contrato por parte del JBIC.

23) Prórroga de los Plazos de Ejecución (Cláusula 19.2 de las CGC y SubCláusula 19.2.1 de las CGC).

El contrato tendrá una sola prórroga. El máximo de días que puede causar los eventos, para la prórroga del plazo del contrato es de treinta (30) días.

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Los eventos ocurridos deben ser aplicados por componentes y localidades, a partir de la fecha de terminación indicada en el cronograma físico o de construcción parciales por localidades.

La localidad del contrato que tuviera la mayor incidencia de eventos, determinará el límite de la prórroga del plazo para la terminación del contrato.

Se amplia la subcláusula 19.2.1 de las CGC: Prórroga de los plazos de ejecución: Serán consideradas las lluvias mayores a 10 mm acumulado en 24 horas ocurridas y documentada a través de la estación pluviométrica más cercana a la zona de obra de cada localidad. Si en el contrato tuviera localidades que están en el área de influencia de estaciones pluviomética diferentes, será considerado la localidad que tuvo mayor intensidad pluviometrica como evento.

Se amplia la sub cláusula 19.2.2 de las CGC: Desconocimiento del Contratista de las Condiciones y accesibilidad al terreno: Se considera que el Contratista está en Conocimiento del estado y condiciones de las vías de acceso al sitio de obras y no podrá aludir atrasos o causal de eventos de fuerza mayor por las condiciones de accesibilidad.

24) Penalidades Diarias por Retrasos en la Ejecución de los Trabajos, bonificaciones por entrega anticipada de las Obras y Forma de Cálculo (Cláusula 20.1 de las CGC)

• El método de cálculo de la multa diaria por retraso en la ejecución del cronograma contractual es el siguiente: 0,1 % del valor del contrato por cada día calendario de mora.

• El método de cálculo de la bonificación diaria por ejecución anticipada y el método de cálculo del tope de dichas bonificaciones es el siguiente: No se aplica.

• El monto máximo de las multas es de: 10 % (diez %) del monto final del contrato.• El monto máximo de las bonificaciones es de No se aplica

25) Control de calidad de los materiales y productos. Pruebas y Ensayos (Cláusula 24.3 de las CGC)

Las actividades que el Contratista no podrá iniciar sin aprobación del Director de Obra, son las siguientes:

a.)- Pozos con paredes revestidas y sin revestimientos:

• Iniciar perforaciones del segundo o tercer pozo, en terrenos que no se dispone de documentos de autorización de las Juntas de Saneamiento.

• Perfilaje eléctrico vertical del pozo,• Profundización del pozo,• Entubado del pozo,• Prueba de bombeo del pozo.

b.)- Caseta de operación - Tipo 3 A:• Iniciar las gestiones en la Ande, y la construcción de las casetas, sin la aprobación del Director

de Obra de los Documentos Técnicos de los pozos perforados, enumerados en el ítem N°16 de las Especificaciones Técnicas del Capitulo N° 2,

• Carga del cimiento• Carga de hormigón de losa techo

c.)- Tanques de hormigón armado:• Carga de la fundación.• Carga de hormigón en cualquier parte de la estructura.• Malla puesta a tierra del pararrayos

d.)- Extensión del tendido de línea eléctrica:

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• Iniciar las gestiones en la ANDE, sin la aprobación del Director de Obra de los Documentos Técnicos de los pozos perforados, enumerados en el ítem Nº16 de las Especificaciones Técnicas del Capítulo Nº 2.

• Malla puesta a tierra del puesto de transformador

e.)- Provisión de tubería para la línea de Impulsión (Aductora):• Iniciar la provisión y colocación de las tuberías para cada línea de impulsión, sin la aprobación

del Director de Obra del dimensionamiento hidráulico de la línea, según ítem 1 de las Especificaciones Técnicas del Capítulo N° 3.

f.)- Instalaciones Electromecánicas:• Iniciar la provisión e instalación de las electrobombas en los pozos perforados, sin la aprobación del

Supervisor de Consultoría de las características técnicas operativas de las mismas.• Aprobación de los componentes del tablero para el traslado al sitio de la obra.

g.)- Desinfección del sistema:• Instalación de la bomba dosadora, sin la aprobación del Director de Obra de las características

técnicas operativa de la misma.• Aprobación de la desinfección de cuba del tanque elevado.

26) Condiciones y Plazos (Cláusulas 26.4 y 26.5 de las CGC)

El plazo para la terminación de las obras es seis meses.

27) Preparación de los Trabajos (Cláusula 28 de las CGC)

- Duración del periodo de movilización: está incluido en el plazo de obras de seis meses.- Plazo para la entrega del programa de ejecución: El Contratista deberá presentar el Programa actualizado dentro de los (5) días siguientes de la Orden de Inicio del Contrato.

El Contratista deberá presentar el Programa actualizado de las Obras dentro de los cinco (5) días siguientes a de la Orden de Inicio del contrato.

El programa de obras debe actualizarse cada treinta (30) días.

La presentación atrasada de la actualización del programa es motivo de retención del certificado mensual correspondiente por parte del Director de Obra y no será considerado como evento compensable. La presentación será autorizada, una vez cumplida con la presentación de la actualización del programa.

Período de demora para iniciar o continuar una Obra que puede ser ordenado por el Contratante es de diez (10) días.

Cada 15 (quince) días deberá realizarse una reunión de trabajo entre Contratista, Director de Obras y Supervisión de Consultoría, en el local de la Supervisión, para evaluar el desarrollo del cronograma físico y financiero del contrato. La no comparecencia del Contratista a la misma dará prerrogativa al Director de Obra a la Retención de la presentación del Certificado por quince (15) días.

- Plan de seguridad e higiene: No se aplica

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28) Cláusula 31 de las CGC, Empleo de Explosivos: Sub cláusula 31.10 de las CGC, se amplía en lo siguiente:

El Contratista comunicará al Director de Obras con 5 (cinco) días de anticipación la utilización de explosivos y no podrá proceder a su utilización sin la autorización por escrito del Director de Obras.

El Contratista será el responsable de la obtención de todos los permisos y habilitaciones necesarias para la utilización de explosivos.

29) Cláusula 40 de las CGC, Documentos que deberán entregarse después de la ejecución de los trabajos, Sub Cláusula 40.1 se aclara lo siguiente: Salvo otras disposiciones del Contrato, e independientemente de los documentos que está obligado a suministrar antes o durante la ejecución de los trabajos en virtud de lo dispuesto en la Cláusula 29, el Contratista entregará, al Director de Obra, para la Recepción Provisoria de las Obras, lo siguiente:

(a) Los manuales de operación y mantenimiento de la marca del equipo de bombeo (cuerpo de bomba y motor) y bomba dosadora, instalada en el contrato, consistentes con las especificaciones y recomendaciones de las normas internacionales en vigor y conforme con la reglamentación aplicable (dos ejemplares);

(b) Los planos en CAD de replanteo de las obras construidas en el terreno de cada localidad, en tamaño de hoja A3 (dos ejemplares);

c) Los documentos de las comunicaciones entre el Contratista y la Fiscalización, consistiendo en (i) Libro diario de Obras por localidad, (ii) Libro de Nota de Pedido, entre Contratista y Fiscalización, (iii) copias de notas con sus anexos entre Contratista y Fiscalización, y (iv) copias de notas con sus anexos entre Fiscalización y Contratista.

30) Recepción Provisional de las Obras (Cláusula 41 de las CGC): Se aclara y complementa con lo siguiente, en donde se interpone con lo especificado en la Clausula 41 de las CGC, es reemplazada por lo siguiente:

Al finalizar los trabajos y dentro del plazo contractual y las prórrogas si las hubieren, el Contratista solicitará a la Fiscalizadora la realización de la Recepción Provisoria de las obras, el Director de Obra dentro de los (8) días siguientes procederá a la verificación de las mismas, la elaboración del listado de correcciones si las hubieran y el Acta de Recepción Provisoria.

El plazo para la corrección de las obras es de 30 días a partir de la fecha del Acta de Recepción.

Dentro de los 30 días y una vez corregidos los defectos, el contratista presentará al Director de Obra su pedido de Recepción Definitiva de las obras, la fiscalizadora dentro de los 5 días después de transcurrido el período de corrección de las obras de 30 días, procederá a la verificación de las obras, si no se ha completado la corrección de la totalidad de los defectos de acuerdo a las especificaciones técnicas, se dará un plazo adicional de 15 días; si en ese período el contratista no cumple con lo comprometido, se le aplicará una multa 1/2000 sobre el valor del Contrato. Si las obras están conforme a las especificaciones técnicas y el contrato, se procederá a emitir el informe de Recepción Definitiva de la Obras expedido por el Director de Obra, dentro de los 20 días posteriores al Informe de Recepción Definitiva, el SENASA expedirá el acta de Recepción Definitiva de las Obras, que marca el fin el Contrato.

Lo establecido en la sub Cláusula 41.6 de las CGC, No se aplica.

246

Modificación del plazo para el inicio de las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: No corresponde.

Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: Todas las pruebas y ensayos requeridos en las especificaciones técnicas.

31) Recepción Definitiva de las Obras (Cláusula 42 de las CGC): La Clausula 42 es complementada por lo siguiente en donde se interpone con lo especificado en la Clausula 41 de las CGC, es reemplazada por lo siguiente:

Se realizará la Recepción Definitiva de las obras por cada localidad del grupo, después que todos los defectos enumerados por la fiscalización en el Acta de Recepción Provisoria, fueran corregidos de acuerdo a las especificaciones técnicas en un plazo indicado en la Clausula anterior.

Si las obras están conforme a las especificaciones técnicas y contrato, y la aprobación de los documentos requeridos en el ítem 25 de las Condiciones Especiales de Contrato (CEC), se procederá a emitir el informe de Recepción Definitiva de la Obras expedido por la Empresa Fiscalizadora.

Los documentos enumerados en el ítem 25 de las Condiciones Especiales de Contrato (CEC) deberán ser remitidos al Contratante conjutamente con el Informe de Recepción Definitiva de cada localidad. A partir de la recepción del Informe de Recepción Definitiva, el SENASA expedirá dentro de los veinte (20) días el Acta de Recepción Definitiva de las Obras, que marca el fin el Contrato.

32) Garantías Contractuales (Cláusula 44.2 de las CGC)

No se aplica

33) Solución de Controversias (Cláusula 52 de las CGC)

El arbitraje tendrá lugar de acuerdo con: Tribunales de la Capital de la República del Paraguay.

34) Entrada en Vigor del Contrato (Cláusula 55.1 de las CGC)

El pago del anticipo no es condición para la entrada en vigor del Contrato.

35) Protocolización del Contrato

La protocolización del Contrato ante una Escribanía Pública quedará a cargo y cuenta del Contratista.

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Sección VIII. Formularios del Contrato

Modelo de Contrato

Entre__________________________________________, domiciliada en ____________________, República del Paraguay, representada para este acto por________________________, con Cédula de Identidad N° ________, denominada en adelante el CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en _______________________, ____________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, según Poder Especial otorgado por __________________________, denominada en adelante el CONTRATISTA, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONTRATO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRA”, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: 1. OBJETO.

(Especificar el objeto del contrato)

2. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO.

Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:

• Contrato firmado;• Oferta;• Condiciones especiales del Contrato;• Documentación técnica que contiene la descripción de las obras y las Especificaciones Técnicas.• Cuando se citen como documentos contractuales en las CEC: Planos, memorias de cálculo,

especificaciones de perforaciones necesarias, o resultados de perforaciones ejecutadas y documentación geotécnica;

• Listas de Cantidades, incluyendo los precios unitarios y totales, conforme a lo cotizado por el Contratista en su oferta;

• Cuando se citen como documentos contractuales en las CEC el desglose y los análisis de los precios unitarios;

• Las Condiciones Generales del Contrato; y • Reglamentos o normas técnicas generales aplicables a los tipos de trabajos objeto del Contrato y otros

documentos similares referidos en las CEC.

Los documentos que forman parte del Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o diferencia entre los documentos que forman parte integral del Contrato, la prioridad de los mismos será en el orden enunciado anteriormente.

3. IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO (Art. 37, a de la Ley N° 2051).

3.1. El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto en el Subgrupo _______________, objeto del gasto específico _______________________________, incluidos en el Presupuesto General de la Nación, hasta la suma de _____________guaraníes (Gs. ________________).

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3.2. Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el Código Nº _________________.

4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN (Art. 37, b de la Ley N° 2051)

El presente contrato es el resultado del procedimiento de licitación pública nacional N° ___________, convocado por ____________________, según resolución N°_____________. La adjudicación fue realizada por Resolución N°_______

5. VIGENCIA DEL CONTRATO 5.1. El plazo de vigencia de este Contrato desde ____________________hasta _________.

5.2. (Incluir una cláusula si el plazo excede el ejercicio presupuestario, indicando el número y fecha de la resolución del Ministerio de Hacienda. Además, deberá aclararse que la validez de la contratación quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente). Artículo 14 de la Ley N° 2051/03.

6. PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LAS OBRAS (Art. 37 c de la Ley N° 2051)

(Indicar el precio unitario y el importe total a pagar por las obras, conforme a la oferta adjudicada y a la Resolución de Adjudicación.)

El Banco y Número de cuenta, del Contratista/Proveedor, en el que se realizará el pago, vía acreditación en cuenta Bancaria es ______________

7. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA OBRA (Art. 37 d de la Ley N° 2051).

(Indicar el plazo, lugar y condiciones de las obras, detallados en la Oferta Adjudicada, en la Resolución de Adjudicación y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato).

8. PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (Art. 37 e de la Ley N° 2051).

El Programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la Oferta conforme con las Condiciones Generales y Especiales del Contrato.

9. PORCENTAJE, NÚMERO Y FECHAS DE ENTREGA DE ANTICIPOS Y AMORTIZACIONES (Art. 37 f, Ley N° 2051).

(Incluir esta cláusula en caso que se otorguen anticipos).

El porcentaje, número y fechas de entrega de anticipos y amortizaciones son los determinados en las Condiciones Especiales y Generales del Contrato.

10. FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (Art. 37 g, Ley N° 2051).

(Indicar la forma y los términos para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato conforme con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato). .

249

11. MULTAS (Art. 37 i, Ley N° 2051)..Las multas por atraso serán aplicadas conforme con las Condiciones Especiales y Generales del Contrato.

12. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS (Art. 37 j, Ley N° 2051).

(Describir las obras del contrato conforme a la Resolución de Adjudicación). .

14. CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO (Art. 37 k, Ley N° 2051).

Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/03 y en las Condiciones Generales del Contrato.

15. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (Art. 37 l, Ley N° 2051)

Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los contratos regulados por esta ley se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la Ley N° 2051 y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato

(Si se acuerda el arbitraje puede agregarse la siguiente cláusula

Para el caso que las Partes no resuelvan las controversias mediante negociación directa o avenimiento, éstas se obligan a someter sus diferencias a arbitraje conforme a las disposiciones de la Ley N° 1879/02 de Arbitraje y Mediación y de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, siempre que la materia sea arbitrable. A tales efectos, las Partes someterán el arbitraje ante un tribunal arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista del Cuerpo Arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo vinculante para las Partes. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regule dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las Partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. “

Para la ejecución del laudo arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay.

En prueba de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ________________, República del Paraguay, a los _________ días del mes de ___________ de 200___.

250

Garantía de Cumplimiento de ContratoFecha: ___________________________LPN No.:

_________________________Llamado a Licitación No.: ___________

A: ____________________________________________________________________________________________

POR CUANTO _____________________________________________ (en lo sucesivo denominado “el Contratista”) se ha obligado, en virtud del Contrato Nº ________________ de fecha _________________________________ de ____________________ de _______ a suministrar ______________________________________________ (en lo sucesivo denominado “el Contrato”).

Y POR CUANTO se ha convenido en dicho Contrato que el Contratista le suministrará una garantía ____________________ emitida a su favor por un garante de prestigio por la suma ahí establecida con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento por parte del Contratista de todas las obligaciones que le competen en virtud del Contrato.

Y POR CUANTO los suscritos _____________________________________________________ de ______________________, con domicilio legal en _____________________________________ _________________________________________, (en lo sucesivo denominados “el Garante”), hemos convenido en proporcionar al Contratista una garantía en beneficio del Contratante.

DECLARAMOS mediante la presente nuestra calidad de Garantes a nombre del Contratista y a favor del Contratante, por un monto máximo de _______________________________________ __________________________________________________ y nos obligamos a pagar al Contratante, contra su primera solicitud escrita, en que se afirme que el Contratista no ha cumplido con alguna obligación establecida en el Contrato, sin argumentaciones ni objeciones, cualquier suma o sumas dentro de los límites de __________________________, sin necesidad de que el Contratante pruebe o acredite la causa o razones que sustentan la reclamación de la suma o sumas indicadas.

Esta garantía es válida hasta el _______________________del mes de ________________ de_____.

Nombre ________________________________ En calidad de ____________________________

Firma __________________________________

Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de ___________________________________________________________________________________________________________

El día _______________________________ del mes de __________________________ de ______.

251

Garantía de AnticipoFecha: ___________________________LPN No.: ________________________Llamado a Licitación No.: ___________

A: _____________________________________________________________________________

De acuerdo con lo establecido en el Contrato, en relación con pagos de anticipos, _____________________________________________________ (en lo sucesivo denominado “el Contratista”) suministrará al Contratante una garantía _________________________, para asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato, por la suma de ______________________ _________________________________________________________.

Nosotros los suscritos ____________________________________________________________, de ________________________________________, con domicilio legal en ____________________ __________________________________________________ (en lo sucesivo denominado “el Garante”), en cumplimiento de instrucciones recibidas del Contratista, nos obligamos incondicional e irrevocablemente a garantizar, en calidad de obligados principales y no como simple fiadores, a pagar al Contratante, contra su primera solicitud y sin derecho a objeción alguna de nuestras partes y sin que el Contratante tenga que presentar primero una reclamación ante el Contratista, una suma que no excederá de ________________________________________________________.

Esta garantía permanecerá válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Contratista reciba el anticipo en virtud del Contrato hasta el día _____________ de _________________ de ________.

Nombre ________________________________ En calidad de____________________________

Firma __________________________________

Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de ____________________________________________________________________________________________________________

El día _______________________________ del mes de __________________________ de ______.