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PLIEGO DE BASES DE “REPARACIÓN DE LA TORRE BALIZA DE AS SERRALLEIRAS”

DOCUMENTO Nº3

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Artículo 1º.-OBJETO DEL PLIEGO

Los islotes Serralleiras se encuentran situados en la entrada de la bahía de Bayona, al sur de las Islas Cíes, al Oeste de Monteferro, y marcando la entrada sur de la Ría de Vigo.

El faro de los islotes Serralleiras, registrado con el Número Nacional 05230 y el Número Internacional D-1907, consiste en una Torre Baliza de forma troncocónica de 6 metros de alto, pintada de blanco y rematada de verde en su parte superior.

El faro, dependiente de la Autoridad Portuaria de Vigo, no está habitado, ni es visitable. Sus coordenadas geográficas son 42 08,80 N y 008 52,70 W. Emite destellos de luz verde cada 4 segundos, con un alcance de 5 millas náuticas. Su baliza gemela es el faro rojo del Islote Boeiro, al sur de las Cíes, marcando ambas el limite de la boca sur de la ria viguesa

ISLOTES SERRALLEIRAS

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Las condiciones meteorológicas adversas vividas en los últimos años, han provocado que en la Ría de Vigo se observase un oleaje excepcional.

El fuerte oleaje, debido a los temporales sufridos, provoco destrozos en distintas partes del cuerpo de la estructura, así como en el voladizo de la parte superior, tal y como puede apreciarse en las fotografías que se acompañan.

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Las averías alcanzaron también a la zona de acceso, plataforma y puerta, como se aprecia en la siguiente fotografía:

A la vista de estos antecedentes, se redacta el presente Pliego de Bases con el que se pretende definir los trabajos necesarios para la “Reparación de la Torre Baliza de As Serralleiras”, situada en los islotes del mismo nombre. Artículo 2º.-DISPOSICIONES LEGALES

Con carácter general y en todo aquello que no contradiga o modifique lo dispuesto en el presente Pliego, serán de aplicación, entre otras, las condiciones de las siguientes Instrucciones y disposiciones legales, así como cualquier legislación vigente, no enumerada en este aparatado, que le sea de aplicación.

1ª.- Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

2ª.- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. LCSP.

3ª.- Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. RGLCAP.

4ª.- Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado, aprobado por Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre. PCAG.

5ª.- La "Instrucción de hormigón estructural" EHE-08, aprobada por Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio.

6ª.- La “Instrucción para la recepción de cementos” RC-08, aprobada por Real Decreto 956/2008, de 6 de junio.

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7ª.- El Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes (P.G.4/88) aprobado por O.M. de 21 de enero de 1988, y sus modificaciones posteriores.

8ª.- Código Técnico de la Edificación. (CTE)

9ª.- Ley de 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 39/1997 de 17 de enero. Reglamento de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.

10ª.- Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

11ª.- Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Artículo 3º.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR

La “Reparación de la Torre Baliza de As Serralleiras” consiste en la reparación de una estructura situada en unos islotes, con la consiguiente dificultad en el acceso y transporte que ello conlleva; lo cual ha sido contemplado en los importes de las partidas de reparación a realizar.

Las partidas a ejecutar se presentan a continuación, así como los trabajos, materiales, medios auxiliares y de transporte más significativos, que comprenden cada una de ellas:

1. Preparación del acceso y formación de barandilla.

Limpieza de la superficie de roca en el actual acceso. Perforación de la roca para sujeción de barandilla. Suministro y colocación de barras de un metro de longitud y 40 mm. de diámetro de acero inox. AISI 316 L-318, con 0,30 m. de empotramiento en roca y anclaje realizado con mortero de resina epoxi o similar, resistente al agua salada.

Formación de escalera en la roca mediante corte con sierra radial, de 0,70 m. de ancho y 0,30 m. de huella.

Colocación de candelero entre las barras, para formación de barandilla. Capa de regularización del pavimento de acceso con hormigón resistente al agua del mar.

2. Retirada del voladizo existente.

3. Reparación de la estructura de la Torre, que incluye:

3.1. Suministro y colocación de encofrado de poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV) o similar, para cuerpo y voladizo.

Encofrado de PRFV en piezas o similar, distinguiendo dos colores, para la parte superior.

Puntales de apoyo. Perforación para apoyo de puntales. Helicóptero, eslingas y grilletes, y demás medios auxiliares y de transporte necesarios.

3.2. Suministro y colocación de hormigón armado con barras de PRFV o similar, para la reparación del cuerpo de la estructura y losa superior.

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Cubilote. Hormigón autocompactante. Helicóptero y demás medios auxiliares y de transporte necesarios. Lugar de carga helicóptero. Barras de armadura de PRFV o similar. Encofrado acceso hombre. Arqueta-tapa inox AISI 316 L-AISI 318.

4. Anclaje paneles solares.

Encofrado. Varillas anclaje de acero inox AISI 316 L-318 (5 uds, L= 1 m, D= 40 mm.).

5. Sustitución de puerta de acceso y remates.

6. Trabajos de pintura (exterior e interior), adecentamiento y limpieza interior.

7. Instalación Eléctrica, Solar y Balizamiento.

Linterna VLB36 PFVG, luz color verde de Vega o similar. Cuatro paneles fotovoltaicos de 50 W de Kyocera o similar. Instalación necesaria para el correcto funcionamiento de los servicios comentados.

8. Vigilancia ambiental y Gestión de Residuos.

9. Seguridad y Salud.

Todas las partidas relacionadas incluirán la maquinaria, medios auxiliares y de transporte necesarios para la correcta ejecución de los trabajos, así como las medidas de seguridad y medioambientales precisas para el cumplimiento de la legislación vigente.

Las obras contemplarán la adecuación y preparación del acceso, incluyendo la

formación de una escalera en la roca, para lo cual se realizarán labores de limpieza, perforación en roca, colocación de barras de acero inox., así como la instalación de una barandilla para mejorar la seguridad en el acceso a la baliza. Se retirará el voladizo existente en mal estado, y se encofrará todo el cuerpo de la estructura, para así proceder al hormigonado, distinguiendo entre el cuerpo central y el voladizo superior, incluyendo la losa superior. Para la sujeción de los paneles solares se emplearán varillas de acero inoxidable AISI 316 L-318 de 40 mm. de diámetro y de 1 m. de longitud. Asimismo, se llevará a cabo la sustitución de la puerta de acceso, así como trabajos de pintura exterior (válida para estructuras marinas) e interior, adecentamiento y limpieza del interior del faro. También se procederá a la adecuación de la instalación eléctrica y balizamiento, que además contempla la instalación de una linterna modelo VLB36 PFVG de luz color verde de VEGA o similar, y de cuatro paneles solares de 50 W de Kyocera o similar. Capítulo 3º.- CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS MATERIALES Artículo 3.1. PROCEDENCIA DE LOS MATERIALES Todos los materiales que se empleen en la obra, figuren o no en este Pliego de Prescripciones Técnicas, reunirán las condiciones de calidad exigibles en la buena práctica de la construcción.

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Cumplida esta premisa, así como las que expresamente se prescriben para cada material, queda de la total iniciativa del Contratista la elección del punto de origen de los materiales, cumpliendo las siguientes normas:

a) No se procederá al empleo de los materiales sin que antes sean examinados y aceptados en el término y forma que prescriba el Director de Obra.

b) La Dirección de Obra podrá ordenar los ensayos y pruebas que considere oportuno para comprobar la calidad de los materiales.

c) Dichos ensayos se realizarán en los laboratorios debidamente homologados que designe la Dirección de obra y de acuerdo con sus instrucciones.

d) Todos los gastos de pruebas y ensayos serán de cuenta del Contratista y se considerarán incluidos en los precios de las unidades de obra, con la limitación que establece la cláusula 38 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

e) Aun cumpliendo todos los requisitos antedichos podrá ser rechazado cualquier material que en el momento de su empleo no reuniese las condiciones exigidas, sin que el contratista tenga derecho a indemnización alguna por este concepto aun cuando los materiales hubiesen sido aceptados con anterioridad, y se hubiesen deteriorado por mal acopio o manejo. Artículo 3.2. MATERIALES QUE NO SE ESPECIFICAN EN ESTE PLIEGO Los materiales que haya necesidad de emplear en la obra, y para los cuales no se hayan detallado condiciones en este Pliego, deberán ser de primera calidad y reunir todas las condiciones indispensables, a juicio del Director de Obra, para poder ser aceptados como buenos.

Antes de colocarse en obra deberán ser reconocidos y aceptados por el Director de Obra, pudiendo éste rechazarlos si, aun reuniendo las condiciones necesarias, existieran en el mercado materiales análogos que, siendo también de primera calidad, fueren a su juicio más apropiados para las obras o de mejor calidad o condiciones que los que hubiese prestado el Contratista. Artículo 3.3. CEMENTO El cemento empleado para los hormigones y morteros, será el adecuado para la función a que se destine y, en cualquier caso, los tipos de cemento a utilizar serán fijados por la Dirección de la obra, pudiéndose utilizar en principio los indicados en la tabla A.4.3.2 del Anejo 4 de la Instrucción Española del Hormigón Estructural (EHE-08).

Además, deberán cumplir el vigente Pliego de Prescripciones Técnicas para la Recepción de Cementos (RC-08), ajustándose a las características y condiciones de suministro, transporte, almacenamiento y recepción que especifica la EHE.-08, siendo capaz de proporcionar al hormigón las condiciones exigidas en el presente Pliego.

Para el control se cumplirá lo indicado en el artículo ochenta y cinco, punto uno (85.1) de la EHE-08.

En el caso de elementos estructurales sometidos a clase de exposición IIIc (corrosión de armaduras por cloruros de origen marino) el cemento a emplear debe ser resistente al

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agua de mar (MR), según la UNE 80.303-2:2013 (tabla 1) y la EHE-08 (tabla A.4.3.2). Las recomendaciones de cementos RC-08 (BOE del 19 de junio de 2008), en la tabla A8.2.2.2, relacionan los tipos de cementos recomendados para obras portuarias y marítimas con característica adicional MR cuando sea preceptivo. En el caso específico de clase Qb, el cemento será del tipo SR.

En general todas las obras marítimas están sometidas a agresividad Qb por tanto el cemento a utilizar debe ser (SR-MR).

Para la fabricación del hormigón autocompactante están especialmente indicados cementos que contengan adiciones complementarias específicamente adecuadas para dotar al hormigón de las características de autocompactabilidad. El uso de estos cementos, especialmente adecuados para la fabricación de hormigón autocompactante, es el mejor y más controlado procedimiento para producir hormigón autocompactante de características uniformes, siempre que el control del agua, de los áridos (grava y arenas normales con limitación del tamaño máximo a 25 mm o reducido, según el uso previsto para el hormigón, a 20 mm ó a 16 mm) y del superplastificante sean correctos.

Las cantidades de cemento y la relación agua/cemento deben ser las especificadas en la Instrucción de Hormigón Estructural EHE por razones de durabilidad, si bien el cemento que contribuye directamente al volumen de finos de la pasta, puede aumentarse obteniéndose buenos resultados desde el punto de vista de la autocompactabilidad.

Los cementos con adición de cenizas volantes o de escorias son especialmente adecuados para los hormigones autocompactantes que se deben fabricar con características resistentes a los sulfatos. En el caso de hormigones de alta resistencia la adición de humo de sílice es la más adecuada, si bien en las proporciones reglamentadas —inferiores al 10% respecto al peso de cemento— no satisface por sí misma la elevada demanda de finos que precisa la autocompactabilidad y, por ello, puede requerir también de la adición complementaria de filler.

El Contratista deberá comunicar a la Dirección Facultativa la llegada de cualquiera partida de cemento para que aquella ordene la toma de muestras para la realización de los ensayos de recepción correspondientes en un Laboratorio debidamente homologado, de acuerdo con lo indicado en el Pliego RC-08, y no podrá ser empleado en obra mientras el Contratista no reciba la autorización correspondiente.

El Contratista entregará a la Dirección de Obra una copia del albarán y hoja de características del cemento, que deberán contener los datos indicados en el pliego RC-08.

Artículo 3.4. HORMIGONES Y MORTEROS Será de aplicación en su totalidad la Instrucción EHE-08. Con anterioridad al empleo de cualquier tipo de hormigón, el Contratista deberá presentar a la Dirección de Obra una propuesta de utilización de los diferentes hormigones que pretende utilizar, con indicación de la procedencia del cemento, así como las granulometrías, dosificación del conjunto y consistencia en función de su método de puesta en obra. El Contratista justificará debidamente su propuesta en base a los ensayos previos realizados, de acuerdo con el artículo 86 y 68 de la EHE.

Para cada uno de los hormigones aceptados en principio por la Dirección de Obra, el Contratista deberá presentar a ésta un programa de realización de los ensayos característicos del hormigón prescritos en el artículo 87 de la EHE (salvo que el hormigón

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sea “preparado”- según EHE - y proceda de central que no pertenezca a las instalaciones propias de obra).

Dada la clase de exposición, para ambiente marítimo y corrosivo, deberá fabricarse el hormigón considerando expresamente los Artículos correspondientes de la EHE-08 en materia de durabilidad del hormigón por presencia de sulfatos, frente al ataque de agua de mar y frente a la erosión. Artículo 3.5. MATERIALES PARA ENCOFRADOS Y MEDIOS AUXILIARES Se define como encofrado el elemento destinado al moldeo in situ de hormigones y morteros. Puede ser recuperable o perdido, entendiéndose por esto último el que queda englobado dentro del hormigón.

Los encofrados pueden ser metálicos, de madera, de productos de aglomerado, de poliéster reforzado con fibra de vidrio, etc., que, en todo caso, deberán cumplir lo prescrito en la EHE-08 y en el PG-3/75, con sus correspondientes actualizaciones, y serán aprobados por la Dirección de Obra.

Los encofrados deberán ser lo suficientemente resistentes como para resistir las cargas y pesos para los que se ha previsto.

Las maderas para encofrados, apeos, cimbras, etc., deberán cumplir las condiciones siguientes: - Proceder de troncos sanos apeados en sazón. - No presentar signo alguno de putrefacción, atronaduras, carcomas o ataques de hongos. - Estar exentas de grietas, lupias y verrugas, manchas o cualquier otro defecto que perjudique su solidez y resistencia. En particular, contendrá el menor número posible de nudos, los cuales, en todo caso, tendrán un espesor inferior a la séptima parte de la menor dimensión de la pieza. - Tener fibras rectas y no reviradas o entrelazadas, y paralelas a la mayor dimensión de la pieza. - Dar sonido claro por percusión.

La madera llegará a la obra perfectamente escuadrada y sin alabeos.

La madera será de tabla, tablón o larguero, cepillada o sin cepillar, machihembra o no.

El espesor mínimo de las tablas de encofrado será de 25 mm. y en las caras planas serán de un ancho mínimo de 100 mm.

Las tolerancias en espesor en tablas machihembras y cepilladas será de 1 mm. En el ancho serán de +1 cm no permitiéndose flechas en las aristas ni en las caras superiores a 5 mm/m.

Las chapas metálicas para encofrado deberán ser perfectamente lisas y estancas, y provistas de elementos de anclaje y unión que faciliten su montaje y, sobre todo, el desencofrado, sin golpes bruscos o tracciones excesivas.

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Artículo 3.6. ACEROS EN BARRAS, PERFILES Y CHAPAS Cualquier material y operación especificados haciendo referencia a una norma determinada o catálogo de fabricante, cumplirá con todas y cada una de las exigencias que se indican en la última edición en vigor.

Los aceros para armaduras pasivas serán corrugados, con límite elástico quinientos (500) N/mm2, y de dureza natural, correspondiéndole la designación B 500 S de la EHE-08.

Todos los aceros de armaduras cumplirán lo establecido en el artículo treinta y dos (32), treinta y tres (33), treinta y cuatro (34) y treinta y cinco (35) de la EHE-08 así como los comentarios al respecto recogidos en el mismo articulado.

El nivel de Control de calidad se considerará normal y a estos efectos se cumplirá lo especificado en el artículo ochenta y ocho (88) de la EHE-08.

Los aceros inoxidables empleados, serán aceros inoxidables AISI 316 L ó AISI 318, aptos para ambientes marinos y corrosivos.

Los aceros inoxidables austeníticos del grupo Cr-Ni-Mo contienen Mo para incrementar la resistencia a la corrosión por picaduras. Los del tipo L (bajo contenido en C) tienen, además, menor susceptibilidad a la corrosión intergranular, porque se evita la precipitación de carburos de Cr en aplicaciones que impliquen su uso a temperaturas de sensibilización, como soldaduras.

Los aceros inoxidables austeníticos del grupo Cr-Ni-Mo están incluidos en las principales normas internacionales. Pueden ser suministrados de acuerdo a los requerimientos de las normas EN, ASTM, ASME, AMS, QQS, MILS.

Los inoxidables del grupo Cr-Ni-Mo están homologados según:

- PED (Pressure Equipment Directive), DGRL 97/23/EG de acuerdo con EN 10028-7 y AD2000 Merkblatt W2 y W10.

- Lloyd ́s Register of Shipping. Artículo 3.7. PINTURA DE PARAMENTOS DE HORMIGÓN

Se realizará una preparación de la superficie de hormigón. Esta preparación consistirá en un chorreado para eliminar lechada, abrir poro y crear rugosidad de anclaje. La superficie preparada resultante debe quedar uniforme, sin cavidades, imperfecciones y sin incrustaciones ni adherencias de materias extrañas.

Sobre la superficie tratada se aplicará un paquete inicial o equivalente, una capa de imprimación selladora cementosa de setenta y cinco a cien (75 a 100) micras, un revestimiento epoxi reforzado con fibra de vidrio de trescientas (300) micras de espesor, y finalmente una capa de poliuretano alifático de ciento veinticinco (125) micras de espesor.

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Capítulo 4º.-EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Artículo 4.1. CONDICIONES GENERALES Las obras en su conjunto y en cada una de sus partes, se ejecutarán con estricta sujeción al presente Pliego y a la Normativa y legislación aplicable vigente.

Además de a la normalización técnica, las obras estarán sometidas a la legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo.

En caso de contradicción o duda, el Contratista se atendrá a las instrucciones que, por escrito, le sean dadas por la Dirección de Obra. Artículo 4.2. REPLANTEO Dentro del mes siguiente a la fecha de la firma del Contrato, la Dirección de Obra realizará la comprobación del replanteo, debiendo presenciar estas operaciones el Contratista, el cual se hará cargo de las marcas, señales, estacas y referencias tomadas. Del resultado de estas operaciones se levantará acta que firmarán la Dirección de la obra y el Contratista.

La Dirección de obra sistematizará normas para la comprobación de los replanteos y podrá supeditar el progreso de los trabajos a los resultados de estas comprobaciones, lo cual, en ningún caso, inhibirá la total responsabilidad del Contratista, ni en cuanto a la correcta configuración y nivelación de las obras, ni en cuanto al cumplimiento de plazos parciales.

Los gastos ocasionados por todas las operaciones de comprobación del replanteo general y los de las operaciones de replanteo y levantamiento serán por cuenta del Contratista.

Artículo 4.3. ACCESO A LAS OBRAS Dadas las características de las obras a ejecutar en una torre baliza situada en unos islotes, el acceso será por vía aérea (helicóptero) y/o por vía marítima.

El Contratista propondrá, en su caso, a la Dirección de Obra rutas alternativas de acceso a las obras, para así facilitar las operaciones y trabajos a realizar, de forma que se minimicen los riesgos en la ejecución de los trabajos.

El Contratista suministrará, instalará y mantendrá en perfecto estado todas las balizas, boyas y otras marcas necesarias para delimitar la zona de trabajo a satisfacción de la Dirección de Obra. Artículo 4.4. PROTECCIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Protección contra lluvias

Durante las diversas etapas de la reparación, las obras se mantendrán en todo momento en perfectas condiciones de drenaje. Los desagües se conservarán y mantendrán de modo que no se produzcan daños.

Protección contra incendios

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El Contratista deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios y a las instrucciones complementarias que se dicten por la Dirección de Obra.

En todo caso, adoptará las medidas necesarias para evitar que se enciendan fuegos innecesarios, y será responsable de evitar la propagación de los que se requieran para la ejecución de las obras, así como de los daños y perjuicios que se puedan producir.

Evitación de contaminaciones

El Contratista está obligado a cumplir las órdenes de la Dirección cuyo objeto sea evitar la contaminación del aire y el mar, dentro de los límites impuestos en las disposiciones vigentes sobre conservación del medio ambiente y de la naturaleza.

En particular el Contratista pondrá especial cuidado en las labores de transporte de los materiales hasta las zonas de vertido para evitar la contaminación de las aguas.

La Dirección de Obra ordenará la paralización de los trabajos con gastos por cuenta del Contratista, en el caso de que se produzcan contaminaciones o fugas, hasta que hayan sido subsanadas, sin que ello afecte al plazo para la ejecución de la obra. Artículo 4.5. PRECAUCIONES EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS MARÍTIMOS Durante la ejecución de los trabajos marítimos el Contratista estará obligado a dar paso libre a los barcos, no entorpeciendo las maniobras de los mismos, estando obligado a cumplir cuantas instrucciones reciba de la Dirección de Obra en relación con ello, no pudiendo reclamar el Contratista indemnización alguna por los perjuicios que le ocasione el cumplimiento de lo anterior.

El Contratista realizará los vertidos y operaciones auxiliares con arreglo a las normas de seguridad que para estas clases de trabajos se señalan en la legislación vigente, poniendo especial cuidado en el correcto balizamiento de las embarcaciones e instalaciones auxiliares tanto de día como de noche.

En cualquier caso el Contratista deberá aportar por su cuenta los equipos y técnicas adecuadas para lograr el mejor resultado, cumpliendo la legislación vigente para estos casos.

El Director de Obra, de acuerdo con las Autoridades de Marina y Portuarias, designará, en su caso, en cada momento, los lugares convenientes de fondeo y atraque de los equipos, artefactos flotantes destinados a la ejecución de los trabajos. Artículo 4.6. LIMPIEZA DE LAS OBRAS Es obligación del Contratista mantener siempre la obra en buenas condiciones de limpieza, así como sus alrededores, atendiendo cuantas indicaciones y órdenes se le den por la Dirección en cuanto a escombros y materiales sobrantes. Asimismo, finalizada la obra, hará desaparecer todas las instalaciones provisionales. Artículo 4.7. FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN El Contratista proporcionará a la Dirección de Obra y a sus subalternos, toda clase de facilidades para poder practicar replanteos, reconocimientos y pruebas de materiales y su preparación, y para llevar a cabo la vigilancia e inspección de la obra, con objeto de

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comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Pliego, permitiendo el acceso a todas las partes de la obra.

Todos los gastos que se originen por estos conceptos serán por cuenta del Contratista. Artículo 4.8. OBRAS DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES Si existieran obras que fueran defectuosas, pero aceptables a juicio de la Dirección de Obra, ésta determinará el precio o partida de abono que pueda asignarse, después de oír al Contratista. Este podrá optar por aceptar la resolución o rehacerlas con arreglo a las condiciones de este Pliego, sin que el plazo de ejecución exceda del fijado. Todo ello conforme a la cláusula 44 de PCAG. Artículo 4.9. MEDIOS PARA LOS TRABAJOS MARÍTIMOS Para la ejecución de los trabajos marítimos empleará el Contratista los equipos y medios auxiliares que juzgue más convenientes de acuerdo con la Dirección de Obra, para conseguir con ellos los rendimientos necesarios para el cumplimiento del programa de trabajo y para evitar la contaminación de las aguas. Deberá balizar en forma reglamentaria las obras para advertir del peligro a la navegación.

Para ello, antes de comenzar las obras, presentará el Contratista a la Dirección de Obra una relación completa del material que se propone emplear, que se encontrará en perfectas condiciones, quedando desde ese instante afecto exclusivamente a estas obras, durante los períodos de tiempo necesarios para la ejecución de los distintos tajos que en el programa de trabajos le hayan sido asignados.

No obstante, si durante la ejecución de los trabajos y a juicio de la Dirección de Obra, a la vista de los rendimientos obtenidos y de la contaminación producida, no se estiman adecuados los medios de trabajo empleados por el Contratista, podrá exigirse al mismo la inmediata sustitución parcial o total de dichos equipos, sin que por ello pueda reclamar modificación alguna en el precio ni en el plazo de ejecución, quedando los nuevos medios que sustituyan a los iniciales afectos a la obra bajo las mismas condiciones que los sustituidos.

Se procederá en la misma forma, si por avería u otra causa cualquiera fuera necesario dar de baja alguno de los artefactos que estuviesen utilizándose en las obras. Artículo 4.10. OBRAS NO ESPECIFICADAS EN ESTE PLIEGO Además de las obras descritas, el Contratista está obligado a ejecutar todas las obras necesarias o de detalle que se deduzcan del Presupuesto o que se le ordenen por el Director de Obra y a observar las precauciones para que resulten cumplidas las condiciones de solidez, resistencia, duración y buen aspecto, buscando una armonía con el conjunto de la construcción.

Para ello, las obras no especificadas en el presente Pliego se ejecutarán con arreglo a lo que la costumbre ha sancionado como buenas prácticas de la construcción, siguiendo cuantas indicaciones de detalle fije la Dirección de Obra.

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Artículo 4.11. HORMIGONES EN GENERAL En todo lo referente a hormigones el Contratista deberá cumplir, además de las prescripciones de este Pliego, lo especificado en la Instrucción EHE-08, para la ejecución de obras de hormigón en masa o armado. Artículo 4.12. PUESTA EN OBRA Y COMPACTACIÓN DEL HORMIGÓN Puesta en obra del hormigón:

Como norma general establecida en este Pliego, no deberá transcurrir más de tres cuartos de hora (3/4 h) entre la fabricación del hormigón y su puesta en obra y compactación. No obstante, podrá prolongarse este período de tiempo hasta un máximo de hora y media, de acuerdo con el artículo 69.2.7 de la EHE. En ningún caso se tolerará la colocación en obra de amasadas que acusen un principio de fraguado, segregación o desecación.

No se permitirá el vertido libre del hormigón desde alturas superiores a dos metros (2 m) quedando prohibido el arrojarlo con palas a gran distancia, distribuirlo con rastrillos, o hacerlo avanzar más de un metro (1 m) dentro de los encofrados. La Dirección de la Obra podrá autorizar la colocación neumática del hormigón, siempre que el extremo de la manguera no esté situado a más de un metro (1 m) del punto de aplicación, que el volumen de hormigón lanzado en cada descarga sea superior a doscientos litros (200 l), que se elimine todo excesivo rebote de material y que el chorro no se dirija directamente sobre las armaduras.

Al verter el hormigón se removerá enérgica y eficazmente, para que las armaduras queden perfectamente envueltas, cuidando especialmente los sitios en que se reúne gran cantidad de acero y procurando que se mantengan los recubrimientos y separaciones de las armaduras.

En losas, el extendido del hormigón se ejecutará de modo que el avance se realice con todo su espesor.

En todo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 70 de la EHE. Compactación del hormigón:

La compactación de los hormigones colocados se ejecutará con igual o mayor intensidad que la empleada en la fabricación de las probetas de ensayo.

La compactación se continuará, especialmente junto a los paramentos y rincones del encofrado, hasta eliminar las posibles coqueras, y conseguir que la pasta refluya a la superficie.

La compactación de hormigones se realizará siempre por vibración.

Los vibradores se aplicarán siempre de modo que su efecto se extienda a toda la masa, sin que se produzcan segregaciones locales.

La distancia entre dos puntos sucesivos de inmersión no será superior a setenta y cinco centímetros (75 cm), y será la adecuada para producir en toda la superficie de la masa vibrada una humectación brillante, siendo preferible vibrar en muchos puntos poco tiempo, que vibrar en pocos puntos prolongadamente. No se introducirá el vibrador a menos de diez centímetros (10 cm) de la pared del encofrado.

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En el caso de emplear hormigón autocompactante, señalar que, la puesta en obra del hormigón autocompactante es análoga a la del hormigón convencional, siendo especialmente adecuado para ser bombeado. Se debe limitar la altura máxima de vertido por caída libre a 5 m y elegir los puntos de vertido considerando que el desplazamiento horizontal del hormigón que ofrece la autocompactabilidad es de 10 m. El empuje del hormigón autocompactante sobre los encofrados equivale a una ley hidrostática, considerando una densidad de 2’4 T/m3 (24 KN/m3). La fluidez y cohesión de los hormigones autocompactantes permiten inyectarlos en los encofrados para que llenen estos desde abajo hacia arriba. Este procedimiento, en elementos de altura importante, evita la formación de burbujas de aire aprisionadas entre la pared del encofrado, y la propia masa de hormigón. En todo caso la formación de estas burbujas, utilizando el desencofrante adecuado, es inferior a los que se presentarían utilizando hormigón convencional. Artículo 4.13. OTRAS UNIDADES DE OBRA

Para la ejecución de todas las demás unidades de obra de las que no se hace mención específica en los artículos anteriores, que forman parte integrante de los trabajos de reparación y sean necesarias, se ajustará el Contratista a los buenos principios de construcción aplicables en cada caso, a las disposiciones legales aplicables vigentes y a las instrucciones del Director de Obra. Capítulo 5º.-MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS Artículo 5.1. ABONO DE LOS TRABAJOS

Los precios de abono serán los establecidos en el presupuesto, y corresponden a unidades terminadas, con todos los materiales, instalaciones y mano de obra necesaria para ellos. No se admitirá descomposición de estos precios y por lo tanto no se abonarán los trabajos incompletos.

El abono de las obras ejecutadas se realizará por valoraciones mensuales de las correspondientes a cada unidad que resulten de abono, con arreglo a las condiciones estipuladas. Artículo 5.2. ABONO DE LAS OBRAS DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES

Si alguno de los trabajos no se ha ejecutado con arreglo a las condiciones del contrato y fuese, sin embargo, admisible, podrán ser recibidos provisionalmente y definitivamente en su caso, pero el Contratista queda obligado a conformarse sin derecho a reclamación de ningún género, con la rebaja que la Administración apruebe, salvo en el caso que prefiera demolerlos y reconstruirlos a su costa, con arreglo a las condiciones del contrato. Capítulo 6º.-DISPOSICIONES GENERALES Artículo 6.1. PLAZO DE EJECUCIÓN

La ejecución de los trabajos estará condicionada, en todo caso, a las condiciones climatológicas y a lo que disponga al efecto la Autoridad Portuaria. Se estima como plazo total de ejecución CUATRO (4) MESES.

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Artículo 6.2. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Es obligación del Contratista ejecutar cuanto sea necesario para la buena ejecución de las obras, aunque no esté especificado en este Pliego, siempre que así lo disponga por escrito la Dirección Facultativa. El Contratista tendrá derecho a reclamar ante la Autoridad Portuaria de Vigo estas modificaciones, dentro del término de diez (10) días a que haya recibido la orden.

El Contratista queda obligado al cumplimiento de todas las leyes promulgadas, o en lo sucesivo se promulguen y le sean aplicables en relación con la materia de seguridad física y social del trabajador, y de protección a la Industria Nacional. Serán de cuenta del Contratista el pago de las Tasas en vigor por estos conceptos, así como el de los jornales que con motivo de la vigilancia de las obras pudieran producirse.

El Contratista estará obligado al cumplimiento, a su costa y riesgo, de todas las prescripciones que se deriven de su carácter legal de patrono respecto a las disposiciones de tipo laboral vigentes o que puedan dictarse durante la vigencia del Contrato.

Artículo 6.3. ORGANIZACIÓN Y POLICÍA DE OBRA

El Contratista será responsable del orden, limpieza y condiciones sanitarias de las obras. Deberá adoptar a este respecto las medidas que le sean señaladas por la Dirección de Obra.

Adoptará asimismo las medidas necesarias para evitar la contaminación de las aguas o de la atmósfera, de acuerdo con la normativa vigente y con las instrucciones del Director de Obra. Artículo 6.4. INSPECCIÓN Y DIRECCIÓN DE LAS OBRAS

La inspección de las obras se realizará por el Director de Obra, durante el plazo de ejecución de las mismas.

Todo el personal que intervenga en la ejecución de la obra, se considerará a todos los efectos como dependientes del Contratista.

El Director de las Obras podrá disponer la suspensión de las mismas cuando observara alguna anomalía o considerara que no se realiza con arreglo a lo proyectado, pudiendo la Dirección Facultativa ordenar la demolición de la obra ejecutada, siendo todos los gastos que se originen por cuenta del Contratista.

El Contratista tendrá en la obra un libro de órdenes convenientemente conservado, donde la Dirección Facultativa consignará por escrito las órdenes que hayan de formularse, debiendo firmar el enterado a continuación de cada orden inserta en el citado libro.

El Contratista deberá facilitar los medios y el personal auxiliar necesario para la inspección de las obras, sin derecho a abono alguno, si lo solicitase la Dirección de la Obra.

El Contratista queda obligado a facilitar al encargado de la inspección la entrada libre en la obra y en cualquier taller o establecimiento donde se construyan o acopien piezas o materiales destinados a la ejecución de las obras, pudiendo exigir, si así lo estimase conveniente el encargado de la inspección, que en su presencia se sometan los

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materiales y piezas que designe a las pruebas usuales, para cerciorarse de su buena calidad y desechar aquellas que no sean admisibles.

Con objeto de facilitar la inspección de las obras, el Contratista no programará ninguno de sus trabajos sin informar de ello al Director de Obra con antelación suficiente al comienzo de los mismos.

Artículo 6.5. SEÑALIZACIÓN DE OBRAS

El Contratista colocará a su cargo la señalización que corresponda y en particular la señalización marítima que indique la Autoridad competente. Artículo 6.6. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO

Serán por cuenta del contratista adjudicatario los gastos especificados en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

Artículo 6.7. CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS Y PERIODO DE GARANTÍA

El Contratista adjudicatario queda obligado a conservar a su costa, y hasta que sean recibidas provisionalmente, todas las obras que integran el presente Pliego.

Asimismo queda obligado a la conservación de las obras durante el plazo de UN (1) AÑO, a partir de la fecha de recepción. Durante este plazo de garantía deberá realizar cuantos trabajos sean precisos para mantener las obras ejecutadas en perfecto estado, reparando averías, reponiendo elementos robados, etc.

En Vigo, a 25 de mayo de 2015

EL JEFE DE DIVISIÓN DE LA RESPONSABLE DE

DE PROYECTOS INFRAESTRUCTURAS

Fdo.: José Enrique Escolar Piedras Fdo.: Irene Ruiz Barbeito

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DOCUMENTO Nº4

RESUMEN DE PRESUPUESTO

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REPARACIÓN DE LA TORRE BALIZA DE AS SERRALLEIRAS Pág.: 1

RESUMEN DE CAPÍTULOS Ref.: prores1

Fec.:

Nº Orden Descripción de los capítulos Importe %

01 PREPARACIÓN DEL ACCESO Y BARANDILLA 60.000,00 30,08 %02 RETIRADA DE VOLADIZO EXISTENTE 8.500,00 4,26 %03 REPARACIÓN ESTRUCTURA DE LA TORRE 105.000,00 52,63 %04 ANCLAJE PANELES SOLARES 4.000,00 2,01 %05 SUSTITUCIÓN DE PUERTA DE ACCESO Y REMATES 2.500,00 1,25 %06 TRABAJOS DE PINTURA, ADECENTAMEINTO Y LIMPIEZA INTERIOR 3.500,00 1,75 %07 INSTALACIÓN ELÉCTRICA, SOLAR Y BALIZAMIENTO 5.000,00 2,51 %08 VIGILANCIA AMBIENTAL Y GESTIÓN DE RESIDUOS 4.000,00 2,01 %09 SEGURIDAD Y SALUD 7.000,00 3,51 %

......................................................................................................TOTAL PRESUPUESTO INVERSIÓN 199.500,00 €

.................................................................................................................................................21 % I.V.A. 41.895,00 €.................................................................................................................TOTAL PRESUPUESTO C/IVA 241.395,00 €

Asciende el presupuesto proyectado, a la expresada cantidad de:DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS

Mayo de 2015

EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE PROYECTOS LA RESPONSABLE DE INFRAESTRUCTURAS

Fdo.: José Enrique Escolar Piedras Fdo.: Irene Ruiz Barbeito