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#14889039#138959847#20150922075448011
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CIVIL 36
21102/1997 f.667
ARALDI JORGE OSCAR Y OTRO c/ GRIECCO MIGUEL ANGEL
s/EJECUCION
Buenos Aires, de septiembre de 2015.- KD
Autos y Vistos:
I.- Agréguese.
Por presentada y por constituido el domicilio.
Hágase saber a la letrada actuante que deberá dar
cumplimiento con lo normado por el art. 51 inc. d) de la ley 23.187,
bajo apercibimiento de comunicar su incumplimiento ante el Colegio
Público de Abogados.
Por constituido el domicilio electrónico.
En atención a lo proveído a f. 347, certifíquese teniendo
a la vista los autos allí referidos.
Certifico: Teniendo a la vista los autos “Pentimalli de Griecco
Margarita c/ Griecco Miguel Angel s/ Nulidad de Escritura-Expte. n°
83.584/97-” del mismo se desprende que por resolución del
16/12/14- cf. f. 764 y vta.-, se resolvió hacer lugar al levantamiento
de la medida cautelar oportunamente ordenada (medida de no
innovar), resolución confirmada por el Superior a f. 789 y vta.,
encontrándose firme al día de la fecha. Conste.-Buenos Aires, de
septiembre de 2015.-KD
Fecha de firma: 22/09/2015Firmado por: SEBASTIAN FRANCISCO FONT, JUEZ SUBROGANTE
#14889039#138959847#20150922075448011
Poder Judicial de la Nación
JUZGADO CIVIL 36
Buenos Aires, de septiembre de 2015.-KD
Téngase presente la certificación que antecede y, en
virtud de ello, se provee lo solicitado en la pieza a despacho:
Autos y Vistos:
I.-Decrétese la pública subasta, al contado y al mejor
postor, del bien de propiedad de propiedad de Miguel Angel
Griecco, ubicado en la calle Yerbal 4578/82, entre Juan Francisco
Olmos y Olivieri, unidad 2, PB, Nomenclatura Catastral: Circ.1,
Sec.77, Mza. 38, Parc.12, matrícula 1-8067/2 por intermedio del
martillero que se designará oportunamente y con la base que
determinará una vez cumplido lo que se dispone “Infra” al respecto.
II.-Se hace saber al ejecutante que indefectiblemente y
previo a la publicación de edictos, deberá presentar actualizados los
certificados de dominio e inhibición, si los mismos tuvieran desde la
fecha de su emisión, un plazo mayor de 60 días, conforme lo
dispuesto por el art. 576 del CPCCN.
III.-Encuéntranse cumplidos los recaudos del art. 576
CPCC: inc. 1°: AySA a fs. 304/06, Aguas Argentinas a fs. 297/99 y OSN
a fs. 301/03; inc. 2°: Expensas a f. 319: inc. 3°: cert. dom. a fs. 322/28
e inhibición a fs. 320/21; a fs. 94/102 corre glosado el título de
propiedad del inmueble. A f. 330 se glosa embargo.
IV.-Hágase saber al Sr. Juez embargante del Juzgado Civil
n° 92, la subasta decretada, previo a la fijación de la fecha de remate,
a cuyo efecto ofíciese, haciendo saber que con la acreditación en
autos de la recepción del mismo, se considerará cumplida la medida.
V.-Cumplido lo dispuesto "infra", publíquese edictos por
dos días en el Boletín Oficial y en La Ley en la forma prevista por el
art 566 CPCCN, haciendo constar en los mismos 1) las deudas que
resultaren por los conceptos del art 576 CPC.- 2) que el comprador
Fecha de firma: 22/09/2015Firmado por: SEBASTIAN FRANCISCO FONT, JUEZ SUBROGANTE
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deberá constituir domicilio en el radio de Capital Federal (art 579
CPC).- 3) que el saldo de precio deberá ser depositado dentro de los
cinco días de aprobado el remate.- 4) que en caso que el
comprador resulte ser una sociedad, deberá acreditar por ante el
martillero en el acto de la subasta su condición de representante de
la misma, exhibiendo y dejando en poder de aquel copia certificada
del contrato social y actas correspondientes de donde surja esa
calidad. Hágase saber al martillero que dicha documentación deberá
ser adjuntada con los restantes instrumentos que den cuenta de la
venta realizada, en los términos del artículo 564 del Código
Procesal. 5) Asimismo, en caso de invocar un poder, deberá anunciar
a viva voz el nombre de su poderdante.
VI.-Hágase saber al martillero designado que
oportunamente deberá: 1º) indicar lugar y fecha de la subasta (art.
577 CPC) previo cumplimiento de lo dispuesto en el punto IX 2º)
cumplir con la resolución 24/2000, solicitando el correspondiente
oficio y 3º) dar estricto cumplimiento de lo dispuesto en el
Reglamento para la Oficina de Subastas Judiciales, aprobada por la
Resolución 60/05 del Consejo de La Magistratura. 4º) en la
oportunidad de rendir cuentas, deberá acompañar copia del boleto
de compraventa a los fines de su certificación.
VII.-Facultase al martillero a percibir: a) el 3% en
concepto de comisión; b) el 30% de seña; c) el 0,25% en concepto de
arancel; d) en caso de ser necesario, requerir el auxilio de la fuerza
pública a fin de preservar el normal desarrollo de la subasta.
VIII. A fin de sortear martillero, desígnese la audiencia
del día 14 de octubre de 2015, a las 8:00 hs. Déjese constancia en
la tablilla del Juzgado.
Fecha de firma: 22/09/2015Firmado por: SEBASTIAN FRANCISCO FONT, JUEZ SUBROGANTE
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JUZGADO CIVIL 36
Oportunamente, hágasele saber al martillero que
dentro del tercer día de notificado deberá aceptar el cargo en forma
personal ante la Actuaria, bajo apercibimiento de remoción.
Asimismo deberá estimar el valor de mercado del inmueble, con
una descripción del mismo y características que puedan influir
positiva o negativamente en su valor a fin de resolver en relación a
la aplicación del art. 578 in fine del Código Procesal. Notifíquese.
Asimismo, hágase saber que para la publicación de los
edictos –respecto del Boletín Oficial - se realizará de la siguiente
manera:
a) el martillero deberá confeccionar y enviar el edicto vía
mail al correo electrónico del Juzgado ([email protected]) en
formato Word para Windows XP o versión anterior, a los fines de su
confronte y el juzgado enviará por medio de correo electrónico a la
dependencia correspondiente.
b) Una vez recepcionado en dicho organismo, el
profesional y/o quien éste designe deberá concurrir a abonar el
arancel por la publicación respectiva, para lo cual cuenta con
CUATRO sedes de Boletín Oficial en esta Ciudad (Av. Corrientes 1441
(10 a 15:45 hs), Libertad 469 (8:30 a 14:30 hs), Suipacha 767 (11:30 a
16 hs) y Viamonte 1549 P.B. (12 a 17hs).
PREVIAMENTE, deberá el profesional corroborar en la
sede elegida la exactitud de los datos pertinentes y realizar el
efectivo pago haciéndole saber que deberá tener en cuenta los días
hábiles previos señalados por la entidad.
Hágase saber al Martillero que habrá de intervenir en el
remate aquí ordenado, que en caso de, peticionar mandamiento de
exhibición deberá ser presentado en un plazo no inferior a los diez
días hábiles en la Oficina respectiva, conforme fuera requerido
Fecha de firma: 22/09/2015Firmado por: SEBASTIAN FRANCISCO FONT, JUEZ SUBROGANTE
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mediante Resolución nº 289/04 del 12 del Agosto de 2004 y fijar los
días de exhibición del inmueble a subastar en horario vespertino. y
que en caso de resultar adquirente en la subasta la ejecutante se
encontrará eximida del pago de la seña.
Asimismo, en el acto de subasta el martillero
interviniente deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante
en caso que se compre invocando un poder. Déjese constancia en
los edictos a librarse.
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a
los fines que tome razón de la subasta decretada en autos.
Asimismo, hágase saber que al momento de confección
de edictos deberá actualizar el informe de expensas, puesto que el
último glosado en autos es de fecha 27/03/14 (cf. f. 319).
Fecha de firma: 22/09/2015Firmado por: SEBASTIAN FRANCISCO FONT, JUEZ SUBROGANTE