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AGI-PLANIFICACION 1 [Fecha] DIRECTIVA Nº 002 -2015-GRC-DREC/UGEL-C/AGI/PLAN. ORIENTACIONES PARA EL PROCESO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, FORMULACION, MONITOREO, SUPERVISION Y EVALUACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION A NIVEL DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS, PRIVADAS Y POR CONVENIO DE LA JURISDICCION DE LA UGEL CUSCO, PARA EL AÑO ESCOLAR 2015. I. FINALIDAD Impartir orientaciones técnicas y pautas pertinentes para el proceso de planeamiento integral que permita la elaboración, presentación y evaluación de los documentos de gestión en las instituciones educativas públicas, privadas y por convenio de Educación Básica Regular (EBR), Educación Básica Especial (EBE), Educación Básica Alternativa (EBA) y Educación Técnico Productiva (CETPRO), comprendidas dentro del ámbito jurisdiccional de la UGEL Cusco, para el desarrollo del año escolar 2015. II. APLICACIÓN Y ALCANCES 2.1 Instituciones Educativas Públicas. 2.2 Instituciones Educativas Privadas. 2.3 Instituciones Educativas por Convenio. III. MARCOS FUNDAMENTALES. 3.1 DE CARÁCTER LEGAL Ley General de Educación Nº 28044 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-ED. Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General D. Leg. N° 882 de promoción de la Inversión privada en Educación. Ley Nº 26549 de Centro Educativos Privados y su Reglamento aprobado mediante D.S.Nº 009-2006-ED. Ley N° 30281 del Presupuesto Público para el año fiscal 2015 D.S. N° 004-98-ED Reglamento de Infracciones y Sanciones para Centros Educativos Privados y su modificatoria el D.S. N° 011-98-ED. Ley Nº 29444, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 004-2013-ED. Ley N° 29839, Ley de Protección de la Economía de los Padres de Familia. 3.2 DE CARÁCTER ESTRATEGICO Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú- Resolución Suprema N° 001-2007-ED Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Ministerio de Educación 2011-2016. Plan de Mediano Plazo (PMP) de Educación Cusco, 2012-2016. Ordenanza Regional Nº 020-2007-GRC/CR, que aprueba el Proyecto Educativo Regional de Cusco (PER-C) para el periodo 2007-2021. Resolución Directoral Nº 2172-2008-DREC, que aprueba el Proyecto Educativo Local de Cusco (PEL-C), para el periodo 2008-2021. Hoja de Ruta del sector Educación PERÚ MINISTERIO DE EDUCACIÓN GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN CUSCO UGEL CUSCO

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DIRECTIVA Nº 002 -2015-GRC-DREC/UGEL-C/AGI/PLAN.

ORIENTACIONES PARA EL PROCESO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, FORMULACION, MONITOREO, SUPERVISION Y EVALUACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION A NIVEL DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS, PRIVADAS Y POR CONVENIO DE LA JURISDICCION DE LA UGEL CUSCO, PARA EL AÑO ESCOLAR 2015. I. FINALIDAD

Impartir orientaciones técnicas y pautas pertinentes para el proceso de planeamiento integral que permita la elaboración, presentación y evaluación de los documentos de gestión en las instituciones educativas públicas, privadas y por convenio de Educación Básica Regular (EBR), Educación Básica Especial (EBE), Educación Básica Alternativa (EBA) y Educación Técnico Productiva (CETPRO), comprendidas dentro del ámbito jurisdiccional de la UGEL Cusco, para el desarrollo del año escolar 2015.

II. APLICACIÓN Y ALCANCES 2.1 Instituciones Educativas Públicas. 2.2 Instituciones Educativas Privadas. 2.3 Instituciones Educativas por Convenio.

III. MARCOS FUNDAMENTALES. 3.1 DE CARÁCTER LEGAL

Ley General de Educación Nº 28044 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-ED.

Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General

D. Leg. N° 882 de promoción de la Inversión privada en Educación.

Ley Nº 26549 de Centro Educativos Privados y su Reglamento aprobado mediante D.S.Nº 009-2006-ED.

Ley N° 30281 del Presupuesto Público para el año fiscal 2015

D.S. N° 004-98-ED Reglamento de Infracciones y Sanciones para Centros Educativos Privados y su modificatoria el D.S. N° 011-98-ED.

Ley Nº 29444, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado mediante D.S. N° 004-2013-ED.

Ley N° 29839, Ley de Protección de la Economía de los Padres de Familia.

3.2 DE CARÁCTER ESTRATEGICO

Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú- Resolución Suprema N° 001-2007-ED

Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Ministerio de Educación 2011-2016.

Plan de Mediano Plazo (PMP) de Educación Cusco, 2012-2016.

Ordenanza Regional Nº 020-2007-GRC/CR, que aprueba el Proyecto Educativo Regional de Cusco (PER-C) para el periodo 2007-2021.

Resolución Directoral Nº 2172-2008-DREC, que aprueba el Proyecto Educativo Local de Cusco (PEL-C), para el periodo 2008-2021.

Hoja de Ruta del sector Educación

PERÚ

MINISTERIO

DE EDUCACIÓN

GOBIERNO REGIONAL

CUSCO

DIRECCIÓN REGIONAL

DE EDUCACIÓN

CUSCO

UGEL

CUSCO

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La movilización nacional por la transformación de la educación, estrategia nacional con la que se relaciona el plan anual de trabajo para la mejora de los aprendizajes.

3.3. DE CARÁCTER TECNICO

R.M. N° 318-2004-ED. Aprueban la Directiva Complementaria para la Programación y Formulación del Plan y Presupuesto 2005, para los Órganos intermedios del Sector Educación (Directiva N° 002-2004-ME/SPE).

Directiva N° 01-2001-PLANMED/VMGI.

Resolución Ministerial N° 0679-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 196-SPE/ PLANMED., Directiva de Planificación Operativa del Sector Educación.

Directiva N° 001-2013-EF/50.01 Directiva para los programas presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2014.

Ordenanza Regional Nº 020-2007-GRC/CR, que aprueba el Proyecto Educativo Regional de Cusco (PER-C) para el periodo 2007-2021.

Resolución Directoral Nº 2472-2008-DREC, que aprueba el Proyecto Educativo Local de Cusco (PEL-C), para el periodo 2008-2021.

Resolución Ministerial N° 556-MINEDU. Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica.

IV. DISPOSICIONES GENERALES

4.1La presente directiva, establece las orientaciones para el proceso de planeamiento integral a nivel de instituciones educativas, la misma que se enmarca dentro del Enfoque de Modelo de Gestión de los aprendizajes y consiste en la formulación integral y articulada de los instrumentos de gestión de la institución educativa, teniendo como eje al Proyecto Curricular de la Institución (PCI), establecido en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y que a su vez, expresa el modelo didáctico de la institución educativa para un contexto de mediano y largo plazo.

4.2 El Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece en su artículo 4º que “El Proyecto Educativo Nacional (PEN) es el marco estratégico para la formulación de las políticas, los planes, programas y proyectos educativos nacionales, regionales y locales, así como de los proyectos y planes de instituciones educativas, los cuales se diseñan y articulan para aportar al logro efectivo de sus objetivos estratégicos y resultados, poniendo en práctica las políticas allí planteadas en el contexto de cada realidad…..”.

4.3 Los instrumentos fundamentales de gestión de toda institución educativa, según el Decreto Supremo Nº 011-2012-ED (artículo 137º y 139º) son los siguientes: 4.3.1. El Proyecto Educativo Institucional (PEI). 4.3.2. Proyecto Curricular Institucional (PCI). 4.3.3. Reglamento Interno (RI). 4.3.4. Plan Anual de Trabajo (PAT). 4.3.5. Informe de Gestión (IG).

4.4. Dichos instrumentos deberán ser elaborados con la participación plena de los integrantes de la institución educativa, representados por sus respectivas comisiones, aprobados por Resolución Directoral de la institución educativa, previa opinión favorable del Consejo Educativo Institucional (CONEI), lo cual

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debe acreditarse con la copia del Acta correspondiente inmerso en cada instrumento de gestión. Para el caso de instituciones educativas privadas, solo se requiere adjuntar la respectiva Resolución Directoral de aprobación.

4.5. Para su adecuada elaboración, la Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco, a través de la Oficina de Planificación del Área de Gestión Institucional, emitirá la directiva correspondiente a fin de que las instituciones educativas cuenten con el PEI, PCI, RI, PAT y el IG, antes del inicio del año escolar 2015. Dentro de la mencionada directiva y con el fin de homogenizar criterios, deberá considerarse propuestas de esquemas básicos para la formulación de los principales instrumentos de gestión, sin que estos signifiquen esquemas rígidos.

4.6. Culminado el proceso anterior, las instituciones educativas remitirán 01 ejemplar de cada instrumento de gestión, adjuntando la Resolución Directoral de aprobación por la institución educativa a la instancia inmediata superior; la Oficina de Planificación de la UGEL-Cusco, emitirá la Resolución Directoral de registro y aprobación, así como efectuara el consolidado e informe correspondiente a efectos de establecer el nivel de cumplimiento por parte de las instituciones educativas e implementar las acciones correctivas de ser necesarias.

4.7. La evaluación de los instrumentos de gestión es permanente y periódica, se deberán tomar en cuenta los aspectos, variables e indicadores de desempeño, de acuerdo a la naturaleza y el contexto de aplicación de cada instrumento. Del mismo modo, se deberá tomar en cuenta los cronogramas o plazos de presentación establecidos en el numeral 5.16 de la presente Directiva.

4.8. La autonomía de las instituciones educativas, debe ser el gran reto, el mismo que requiere fortalecer capacidades del personal directivo, jerárquico, docente, administrativo y de los órganos de participación en la gestión (CONEI, APAFA), de manera que el proceso educativo sea más eficiente, democrática, transparente y participativa; por ello, el personal directivo capacitado deberá realizar efecto multiplicador al personal de la institución educativa.

V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

5.1 Los Instrumentos de Gestión de las instituciones educativas, en todos los niveles y modalidades, deberán ser aprobados con Resolución Directoral por sus respectivos titulares, debiendo remitir mediante oficio, una copia electrónica (CD) y escrita a la UGEL Cusco (Área de Gestión Institucional). Su presentación no deberá exceder de los diez (10) días útiles después de emitido la Resolución Directoral de aprobación, bajo responsabilidad funcional y administrativa del titular de la Institución Educativa.

5.2 En el caso de las instituciones educativas que a la fecha no tienen formulados su Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Director procederá bajo responsabilidad funcional y administrativa, a implementar las acciones pertinentes que permitan el logro de tal fin, dando cuenta de lo actuado en el plazo establecido.

5.3 La formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT), en las Instituciones Educativas Públicas, no obedece únicamente a cumplimiento administrativo, sino debe darse con un nuevo sentido, expresando una planificación y gestión centrada en la mejora de los aprendizajes.

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5.4 El Plan Anual de Trabajo (PAT), engloba todos los compromisos de gestión de la Institución Educativa, incluyendo: i) la elaboración y/o revisión del diagnóstico de la institución educativa; ii) las metas y estrategias de gestión para la mejora de aprendizajes; y iii) la evaluación y medición de cumplimiento y seguimiento de las metas y estrategias, en el marco de cada uno de los ocho compromisos de gestión, involucrando a todos los integrantes de la comunidad educativa para que cada uno asuma sus responsabilidades desde el rol que les corresponde.

5.5 El Plan Anual de Trabajo (PAT), se organiza en función a los tres momentos: i) el buen inicio del año escolar, ii) la escuela que queremos, mejora de los aprendizajes: para que todos aprendan y nadie se quede atrás y iii) el balance del año escolar y rendición de cuentas.

5.6 De acuerdo a la Resolución Directoral 556-2014 MINEDU, todas las actividades contenidas en el Plan Anual de Trabajo (PAT) como: actividades de monitoreo y asesoramiento pedagógico, actividades para el fomento de la lectura y escritura, actividades de tutoría y orientación educativa, actividades de prevención de riesgos y simulacros, actividades de promoción de la cultura y el deporte, actividades relacionadas con aprende saludable y otras; serán monitoreadas, supervisadas y evaluadas por el titular de la Institución Educativa, determinando el nivel de avance, efectuando las debidas correcciones y dando cuenta a la autoridad educativa competente.

5.7 En la Educación Básica Alternativa (EBA), el Director informa al Consejo de Participación Estudiantil (COPAE) las características de los documentos de gestión y deberán estar formulados antes del periodo promocional.

5.8 El Monitoreo consiste en el seguimiento y acompañamiento técnico a los ejecutores de las actividades planteadas en el Plan Anual de Trabajo (PAT) y demás instrumentos de Gestión, lo cual garantizará su cumplimiento en los términos y plazos previstos. El monitoreo permite contar con información sobre el grado de cumplimiento de las metas previstas, las dificultades encontradas y las desviaciones ocurridas en el Plan, haciendo posible la inmediata ejecución de medidas correctivas y de retroalimentación.

5.9 La Evaluación constituye una de las fases más importantes del proceso de planeamiento, a través de ella se debe saber en qué medida se están cumpliendo los objetivos institucionales sobre las cuales descansa el Plan Anual de Trabajo (PAT) y demás instrumentos de Gestión. Aquí es fundamental el carácter continuo y dinámico de la evaluación, su perspectiva y los indicadores deben permitir evaluar el cumplimiento de los resultados, acorde con la visión, misión y objetivos estratégicos planteados. Los resultados de la evaluación se constituyen en insumos determinantes para replantear las acciones y reprogramar las actividades del Plan Anual de Trabajo (PAT) del año correspondiente y sentar las bases para la programación del próximo año. Al igual que el Plan Anual de Trabajo (PAT), el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Reglamento Interno (RI) y demás instrumentos de gestión, también son materia de evaluación a efectos de determinar su viabilidad y pertinencia, siendo necesaria efectuar dicha acción para la retroalimentación correspondiente.

5.10 El Proyecto Educativo Institucional (PEI), es un instrumento de gestión de la institución educativa, cuya función es articular el trabajo pedagógico e institucional, orientándolos ambos, de manera complementaria, autónoma y participativa, en el mediano y largo plazo, hacia el logro de aprendizajes de

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calidad en todos los niveles y modalidades de la institución educativa. En ese sentido, en coherencia con los lineamientos actualizados del Sector, el PEI representa ante todo, en su elaboración, ejecución y evaluación, un proceso permanente de participación real de la comunidad educativa; según lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 348-2010-ED, su vigencia es por 05 años.

En las instituciones educativas públicas y por convenio, se aprueba por Resolución Directoral, después de recibir la opinión favorable del CONEI; en las instituciones educativas privadas la aprobación se hará de acuerdo con su reglamento interno. La remisión del PEI a la UGEL Cusco (Área de Gestión Institucional), se realizará mediante oficio, sólo la primera vez o cuando se modifique, teniendo en cuenta el esquema del Anexo Nº01 y demás componentes técnicos y estratégicos establecidos a nivel del Ministerio de Educación (MED, el Gobierno Regional de Cusco, la Dirección Regional de Educación de Cusco y la UGEL Cusco). En caso de haber cumplido con su presentación, deberá remitirse un oficio simple, comunicando el cumplimiento y vigencia de dicho documento, adjuntando la fotocopia del cargo que acredite haberlo remitido.

5.11 El Proyecto Curricular Institucional (PCI), es un instrumento de gestión que define el modelo pedagógico de la institución educativa, se formula en el marco del Diseño Curricular Básico (DCB) y Rutas de Aprendizaje y su vigencia es por 01 año. Se elabora a través de un proceso de diversificación curricular a partir de los resultados de un diagnóstico de las características de los estudiantes y las necesidades específicas de aprendizaje; forma parte de la propuesta pedagógica del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y se aprueba mediante Resolución Directoral, previa opinión favorable del CONEI. La presentación del PCI a la UGEL Cusco (Área de Gestión Pedagógica), se realiza mediante oficio; el Área de Gestión Pedagógica, a su vez, remitirá el reporte de presentación al Área de Gestión Institucional-Planificación, para el registro correspondiente en el cuadro consolidado de presentación de documentos de gestión del año fiscal vigente. En caso de haber efectuado su presentación, deberá remitirse un oficio simple comunicando el cumplimiento y vigencia de dicho documento, adjuntando la fotocopia del cargo que acredite haberlo remitido.

5.12 El Reglamento Interno (RI), es un instrumento técnico administrativo de gestión de naturaleza normativa que regula el funcionamiento organizativo, administrativo y pedagógico de la institución educativa y de los distintos actores, en el marco del PEI y de las normas oficiales; se aprueba mediante Resolución Directoral de la Institución Educativa; en las instituciones educativas públicas y por convenio, se deberá tener en consideración la opinión favorable del CONEI, teniendo en cuenta el esquema del Anexo Nº02, de la presente Directiva, su vigencia es por un periodo no mayor de dos (02) años. La remisión del Reglamento Interno (RI), se realizará mediante oficio ante la UGEL Cusco (Área de Gestión Institucional); en caso de que la institución educativa haya cumplido con su presentación deberá remitirse un oficio simple comunicando el cumplimiento y vigencia de dicho documento, adjuntando la fotocopia del cargo que acredite haberlo remitido.

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5.13 El Plan Anual de Trabajo (PAT), es un instrumento de gestión operativa que concreta cada año los objetivos estratégicos del PEI, las actividades del Plan Operativo Anual (POA) de la APAFA, deberán articularse con el PAT y el PEI de la institución educativa; es aprobado antes del inicio del año lectivo, mediante Resolución Directoral después de recibir la opinión favorable del CONEI; su elaboración y formulación se realizan teniendo en cuenta los componentes establecidos en el Anexo Nº03-A, de la presente Directiva, del mismo modo su respectiva evaluación es de carácter anual, de acuerdo al Anexo Nº03-B. El Plan Anual de Trabajo (PAT) como documento de gestión debe especificar, a partir del diagnóstico situacional, los problemas identificados y su priorización, los objetivos y las estrategias orientadas a su cumplimiento, para lo cual se debe correlacionar con las prioridades institucionales, los que se instrumentaran con el conjunto de actividades operativas, administrativas, de gestión, asistenciales y/o inversiones, ajustadas a los objetivos y los lineamientos de Política establecidos por el Ministerio de Educación, Gobierno Regional de Cusco, Dirección Regional de Educación de Cusco y la UGEL Cusco, la programación de estas actividades y recursos a ser requeridos deberán estar contenidos en las respectivas fichas y formatos correspondientes. Su entrega se realizará mediante oficio dirigido a la UGEL Cusco (Área de Gestión Institucional) para su registro y aprobación correspondiente.

5.14 El Informe de Gestión (IG), es el resultado del proceso de auto evaluación de la gestión en la institución educativa, con participación de los actores educativos en base a lo establecido en el PEI y los indicadores de desempeño establecidos colectivamente; el Director evalúa y registra logros y avances en los procesos pedagógicos y en el uso de recursos, las dificultades y recomendaciones del período; del mismo modo también debe realizarse la Rendición de Cuentas así como el Balance general económico, es decir el uso de los fondos económicos provenientes de cualquier fuente de financiamiento, se elabora por lo menos una vez al año, fundamentalmente al finalizar el período escolar; en las instituciones educativas públicas deberá recibir opinión favorable del CONEI y luego ser aprobado por Resolución Directoral de la institución educativa de acuerdo a los lineamientos y componentes técnicos establecidos en el Anexo Nº04 de la presente Directiva. Su entrega se realiza mediante oficio dirigido a la UGEL Cusco (Área de Gestión Institucional).

5.15 Para efectos de asegurar el cumplimiento de las actividades señaladas en el Plan Anual de Trabajo (PAT), a nivel de cada institución educativa, se elaborara el Plan de Monitoreo y Acompañamiento, que deberá ser aprobado mediante Resolución Directoral de la institución educativa; en dicho documento deberá precisarse, entre otros componentes, los métodos, procedimientos y técnicas a aplicarse, así como las áreas, aspectos, variables e indicadores a verificarse y los procedimientos y acciones de retroalimentación a ejecutarse (reforzamientos, medidas correctivas, entre otros).

5.16 Los plazos para la presentación de los instrumentos de gestión (PEI, PCI, RI, PAT, IG), son de estricto cumplimiento para todas las instituciones educativas de gestión pública, privada y por convenio; su incumplimiento, presentación extemporánea u omisión, ocasionará la emisión de un Oficio de

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Amonestación de la Sede de la UGEL Cusco hacia el Director (a) de la Institución Educativa, con cargo a registrar en su Ficha Escalonaría.

Nro. INSTRUMENTO DE GESTION PLAZOS

01 Proyecto Educativo Institucional (PEI) 31 de Marzo del 2015

02 Proyecto Curricular Institucional (PCI) 31 de Marzo del 2015

03 Reglamento Interno (RI) 31 de Marzo del 2015

04 Plan Anual de Trabajo (PAT) 31 de Marzo del 2015

05 Informe de Gestión 2015 (IG), Balance y Rendición de Cuentas

28 de Diciembre del 2015

06 Evaluación Anual PAT 2015 15 de Enero del 2016

VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

6.1 Los aspectos no contemplados en la presente Directiva, serán resueltos por la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Cusco, a través del Área de Gestión Institucional.

6.2 El incumplimiento de la presentación de los instrumentos de gestión, en las fechas previstas, dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en las normas vigentes.

6.3 La vigencia de la presente Directiva es solo para el año 2015, pudiendo ser modificada o dejada sin efecto de acuerdo a las necesidades y disposiciones administrativas o técnicas emanadas por las instancias superiores; entra en vigencia al día siguiente de su aprobación mediante Resolución Directoral emitido por la UGEL Cusco.

6.4 La presente Directiva es de aplicación obligatoria para las Instituciones y Programas Educativos de nuestro ámbito jurisdiccional, tanto público como privado y por convenio, su inobservancia y aplicación deviene en falta de carácter administrativa y funcional de quienes resulten responsables, a nivel de los Programas e Instituciones Educativas Públicas; y para el caso de las Instituciones Educativas de Gestión Privada su incumplimiento deviene en acción administrativa del órgano correspondiente de la UGEL Cusco, configurándose el tipo de falta y MULTA SEGÚN EL CUADRO DE TASAS de la entidad o sanción correspondiente, en función a las escalas y parámetros establecidos en el Reglamento de Infracciones para Instituciones Educativas Privadas actualmente vigente.

Cusco, Marzo del 2015.

Dr. José Villavicencio Quispe Director de Programa Sectorial III

Unidad de Gestión Educativa Local del Cusco NAA/DUGEL-C MJPO/DAGI. VCM/PLAN.

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ANEXO Nº 01

ESQUEMA DEL PEI A NIVEL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA (PROPUESTA)

RESOLUCION DIRECTORAL PRESENTACION DATOS GENERALES I. IDENTIDAD

1.1 VISION 1.2 MISION 1.3 VALORES

II. DIAGNOSTICO – MATRIZ FODA. 2.1 FORTALEZAS. 2.2 OPORTUNIDADES. 2.3 DEBILIDADES. 2.4 AMENAZAS.

III. OBJETIVOS ESTRATEGICOS (TEMPORALIZACION SEGÚN EL PERIODO ESTRATEGICO MATERIA DEL PLANEAMIENTO).

IV. DEFINICION DE POLITICAS, PROGRAMAS, PROYECTOS Y ESTRATEGIAS GLOBALES.

V. PROPUESTA PEDAGOGICA. 5.1 PERFILES. 5.2 LINEAMIENTOS CURRICULARES. 5.3 SISTEMAS DE EVALUACION. 5.4 OTROS COMPONENTES.

VI. PROPUESTA DE GESTION. 6.1 MODELO ORGANIZACIONAL. 6.2 PROCEDIMIENTOS. 6.3 CLIMA INSTITUCIONAL. 6.4 PRINCIPIOS DE GESTION. 6.5 INSTRUMENTOS DE GESTION. 6.6 SISTEMAS O MECANISMOS DE PARTICIPACION Y FISCALIZACION:

6.6.1 DIRECTIVOS. 6.6.2 DOCENTES. 6.6.3 PADRES DE FAMILIA 6.6.4 ESTUDIANTES. 6.6.5 OTROS COMPONENTES

VII. PROYECTOS DE IMPLEMENTACION DEL PEI. VIII. SISTEMA DE MONITOREO, EVALUACION Y RETROALIMENTACION

DEL PEI. IX. ANEXOS (Marco Lógico, Series Estadísticas, Cuadros y documentos

complementarios).

MJPO/DAGI. VCM/PLAN.

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AGI-PLANIFICACION 9 [Fecha]

ANEXO Nº 02

ESQUEMA DE REGLAMENTO INTERNO (PROPUESTA) RESOLUCION DIRECTORAL. PRESENTACION. CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES. 1.1 Concepto. 1.2 Línea Axiológica. 1.3 Alcance. 1.4 Base Legal. CAPITULO II: DE LA INSTITUCION EDUCATIVA. 2.1 Del Funcionamiento. 2.2 Ubicación. 2.3 Ámbito Geográfico. 2.4 Objetivos: a. Generales. b. Específicos. CAPITULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGANICA. 3.1 Diseño Organizacional. 3.2 Funciones Generales. 3.3 Funciones Específicas. CAPITULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN. 4.1 Académica.

a. Planificación. b. Programación. c. Calendarización. d. Periodos Vacacionales. e. Supervisión educativa.

4.2 Administrativa. a. Régimen Interno. b. Régimen Económico. c. Régimen de Seguridad Social de los trabajadores.

CAPITULO V: DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACION, PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACION

5.1 Matricula (Proceso). 5.2 Evaluación (Etapas). 5.3 Promoción – Repitencia (Especificar). 5.4 Certificación (Especificar en qué casos). CAPITULO VI: DEL REGISTRO ESCALAFONARIO. 6.1 Organización del Escalafón Docente, Administrativo. 6.2 Su uso y Obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la

I.E. Privada. CAPITULO VII: DERECHOS, DEBERES, FALTAS (LEVES Y GRAVES), ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL. Desarrollar cada término. CAPITULO VIII: DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS, ESTIMULOS Y

SANCIONES A LOS EDUCANDOS. Desarrollar cada término. CAPITULO IX: RELACIONES Y COORDINACIONES. CAPITULO X: DISPOSICIONES FINALES. OBSERVACION: Para las Instituciones Educativas Privadas, se agregara un

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capitulo adicional: DEL REGIMEN LABORAL conteniendo expresamente lo siguiente: Formalidades de contratos laborales: Bajo modalidad a tiempo completa, a

tiempo parcial, otras formas. Sistemas de Becas y rebaja de pensiones de enseñanza. Especificar en qué casos se otorgaran becas de estudios integrales o

parciales.

MJPO/DAGI. VCM/PLAN.

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ANEXO Nº 03-A

ESQUEMA DEL PLAN ANUAL DE TRABAJO (PROPUESTA)

RESOLUCION DIRECTORAL INTRODUCCION I DIAGNOSTICO SITUACIONAL (EN RELACION A LOS INDICADORES DE GESTION). 1.1 IDENTIFICACION DE PROBLEMAS 1.2 ANALISIS FODA 1.3 PROBLEMÁTICA PRIORIZADA. II OBJETIVOS Y METAS POR CADA COMPROMISO DE GESTION ESCOLAR COMO RESULTADO DEL DIAGNOSTICO. III ACTIVIDADES: 3.1 BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR:

Actividades para asegurar la matrícula oportuna y sin condicionamientos.

Actividades de preparación y acogida a los estudiantes, con el objetivo de generar las condiciones para un clima escolar favorable a los aprendizajes.

Actividades para la distribución de los materiales educativos.

Actividades para el mantenimiento del local escolar. 3.2 APRENDIZAJES FUNDAMENTALES Y LA ESCUELA QUE QUEREMOS

Primera Jornada de reflexión pedagógica que implica el ajuste y/o actualización del propio PAT y el establecimiento de metas de aprendizaje, estrategias (uso de las rutas de aprendizaje en los procesos pedagógicos y compromisos de los diferentes actores de la comunidad educativa.

Evaluación de estudiantes (primer semestre).

Primer día del logro (primer semestre)

Segunda jornada de reflexión con el objetivo de realizar un balance de los compromisos e indicadores de gestión (durante las vacaciones de medio año)

Evaluación Censal (Segundo semestre).

Actividades sobre monitoreo y asesoramiento pedagógico.

Actividades para el fomento de la lectura y escritura como el Plan Lector.

Actividades de tutoría y orientación educativa.

Actividades de cuidado ambiental prevención de riesgos y simulacros.

Actividades de promoción de la cultura y el deporte.

Semana de la democracia.

Actividades relacionadas con Aprender Saludable. 3.3 BALANCE DEL AÑO ESCOLAR Y RENDICION DE CUENTAS.

IV CALENDARIZACION DEL AÑO ACADEMICO- INICIO, TERMINO Y PERIODO VACACIONAL (40 SEMANAS). V PROGRAMACION DE ACTIVIDADES Y/O INVERSION – REQUERIMIENTOS FINANCIEROS.

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VI PRESUPUESTO VII PROCESO DE EVALUACION Y MONITOREO VIII ANEXOS. MJPO/DAGI VCM/PLAN.

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ANEXO N° 03-B

ESQUEMA DE EVALUACION ANUAL DEL PLAN ANUAL DE TRABAJO (PROPUESTA)

PRESENTACION. I VISION GLOBAL II BASE LEGAL III ANALISIS DE LOGROS OBTENIDOS Y/O SITUACIONES DE

APRENDIZAJES ALCANZADOS POR NIVELES DE GESTION SEGÚN OBJETIVOS Y METAS PLANTEADOS (INSTITUCIONAL, PEDAGOGICA Y ADMINISTRATIVA).

IV INFORME DE LA CALENDARIZACION DEL AÑO ACADEMICO. V PUNTOS CRITICOS VI PROBLEMAS DETECTADOS Y SU INCIDENCIA EN EL SERVICIO

EDUCATIVO. VII MEDIDAS CORRECTIVAS VIII CONCLUSIONES IX RECOMENDACIONES X CUADROS ANEXOS

MJPO/DAGI. VCM/PLAN.

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ANEXO Nº 04

ESQUEMA DEL INFORME DE GESTION ANUAL (PROPUESTA)

RESOLUCION DIRECTORAL. INDICE. INTRODUCCION. I. DATOS GENERALES. II. OBJETIVOS. III. ORGANIZACIÓN. IV. ACTIVIDADES DESARROLLADAS.

a.- BASICAS (consignadas en el RI). b.- DE APOYO (Programadas en el PAT). c.- COMPLEMENTARIAS (No programadas e imprevistas pero contempladas en el Plan de Contingencia).

V. FINANCIAMIENTO (Según Fuentes). a.- RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS. b.- DONACIONES. c.- TRANSFERENCIAS. d.- OTROS.

VI. CONCLUSIONES FUNDAMENTALES. 1. A nivel de logros. 2. A nivel de dificultades. 3. Otros.

VII. PROPUESTAS PARA EL SIGUIENTE PERIODO ESCOLAR. VIII. ANEXOS.

(*) El Informe de Gestión Anual, es sobre los logros de los objetivos, metas, y

las actividades, estableciendo como se han desarrollado, quienes han intervenido, que resultados se han obtenido, y las recomendaciones y/o sugerencias.

MJPO/PLAN. VCM/PLAN.

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