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Ministerio de Educación Pública de Costa Rica Dirección de Vida Estudiantil

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NORMATIVA FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES Leonardo Garnier Rímolo Ministro de Educación Pública Dyaláh Calderón DeLaO Viceministra Académica Ana María Arenas Romero, Directora Dirección de Vida Estudiantil Chechey González Arce Evelyn Alfaro Álvarez Melissa Ávila Méndez Melvin Gómez Quesada Equipo Festival Estudiantil de las Artes Roxana Argüello Chaverri Asesora Legal Dirección de Vida Estudiantil

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Presentación En nuestra administración hemos considerado la enseñanza de las artes como un eje crítico en la formación de las personas para saber vivir y convivir. Por eso, en ese ámbito nos hemos propuesto llegar a cuatro grandes objetivos. En primer lugar, se trata de que las y los estudiantes disfruten del arte: ¡simplemente que lo gocen! Decirlo es fácil y hasta parece obvio, pero nos hemos acostumbrado tanto a hacerlos sufrir el arte, repetir el arte, cumplir con el arte … o no hacer nada con el arte, que no siempre es fácil regresar a ese objetivo tan simple de sentir aquello que se hizo para ser sentido con intensidad. La realidad, sin embargo, es a veces descorazonadora y hasta un objetivo tan modesto como este topará con problemas, como ocurre tantas veces en nuestras Centros Educativos, donde se muestra un cuadro, se escucha una pieza musical o se hace leer un cuento solamente para preguntar luego por algún párrafo, alguna fecha o cierto detalle técnico de la obra... , sin dejar espacio siquiera para que un estudiante se permita olvidarlo todo y dejarse llevar por la pasión. En segundo lugar, habría que complementar el disfrute con la apreciación, que no es lo mismo. Apreciar incorpora además elementos de valoración, criterios de calidad y gusto que, si bien no tienen por qué ser rígidos ni únicos – y mucho menos encasillar el arte en géneros ‘mejores’ o ‘peores’ – sí tienen que permitir a cada quien valorar las cualidades de las obras de arte que tiene ante sí y distinguir, dentro de cada género, por qué considera que, respecto a esos criterios, unas puedan ser valoradas con respecto a otras: unas pueden gustarle más o menos que otras... o no gustarle del todo, aunque algún experto insista en que deberían gustarle. Incluso poder decir sí, esta obra es superior a aquella pero, a mí, me gusta más aquella... y ojalá tener argumentos que les permitan entender por qué aprecian así el arte. Aquí lo importante ya no es el mero gozo o la emoción que provoca el arte, sino los criterios con los que apreciamos y valoramos cada objeto o proceso artístico. En tercer lugar, además de disfrutar y apreciar el arte – o para disfrutarlo y apreciarlo en una forma más plena – es necesario entenderlo, comprenderlo en un doble sentido. Por un lado, esto refiere a los elementos que podríamos llamar técnicos y conceptuales de la obra de arte de que se trate: desde las técnicas de la Disciplina o Tendencias Artísticas específicas con que se ha diseñado y construido la obra de arte; hasta los aspectos científicos y tecnológicos que estarían por detrás de determinada tonalidad o brillo de los colores, de determinados movimientos del cuerpo, del balance de una escultura o los timbres de cierta tonada. Por otro, estaría aquella otra parte de la comprensión que tiene que ver con los aspectos históricos de la pieza artística – y, claro, de su autor o autora – que inevitablemente nos remiten a los determinantes individuales y sociales, políticos y culturales que rodean y explican – de nuevo, nunca de manera unívoca – la obra y que, si bien no determinan qué le dice a la obra al receptor sí enmarcan el sinnúmero de procesos sociales – colectivos e individuales – que dan identidad a la obra de arte en el momento de su creación y aquellos que pueden darle muy diversos sentidos según el momento histórico en que fue realizada y aquel en que nos enfrentemos a ella. El punto es que el arte nunca se da en un vacío: ni del lado de su creación ni del lado de su apreciación o percepción. Ambos procesos están socialmente determinados, aunque nunca de forma tan clara que nos permita una interpretación o apreciación única o estática. Es parte de la gracia que tiene la vida... y las expresiones que la vida genera. Cuarto, y como debiera resultar obvio a estas alturas, nuestra iniciativa asume que no podemos limitarnos a que nuestra juventud disfrute, aprecie y comprenda – cada quien a su manera – el arte. Aspiramos a más: queremos que todo eso le permita, a cada joven,

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expresarse artísticamente: que puedan pintarnos, cantarnos o escribirnos lo que quieran – o necesiten – decirnos o decirse. No buscamos – y esto es importante entenderlo – que cada estudiante sea “un o una artista” en el sentido tradicional del término – un virtuoso con su instrumento o su medio artístico – pero sí que cada quien se atreva y logre expresar en formas artísticas sus intereses y preocupaciones, sus pasiones y angustias, sus gustos y frustraciones, sus emociones y sus razones, de tal forma que, al hacerlo, busque conmovernos... más que convencernos, ya que si algo busca el arte es eso: conmover. Disfrutar, apreciar, comprender y expresar... cuatro retos de la educación artística que, de lograr incorporarse con más sentido y fuerza en nuestros Centros Educativos, transformarían sin duda la enseñanza y la vida de nuestros estudiantes. En esta línea, el Festival Estudiantil de las Artes, se presenta como un programa complementario a estos objetivos y retos encaminado a promover la identidad, convivencia y permanencia de los y las estudiantes en el Sistema Educativo.

Leonardo Garnier Rímolo Ministro de Educación Pública

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NORMATIVA

FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 11, 140 y 146 de la Constitución Política, los artículos 17, 59 y 113 de la Ley General de Administración Pública, y los artículos 1 y 7 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.

CONSIDERANDO:

I. Que el Ministerio de Educación Pública tiene entre sus fines primordiales incentivar la participación estudiantil promocionando derechos, profundo sentido de responsabilidad, solidaridad y respeto a la dignidad humana por medio de manifestaciones artísticas y culturales del estudiantado en concordancia con la Ley Fundamental de Educación.

II. Que el Ministerio de Educación Pública promueve espacios reales de participación estudiantil utilizando el arte como herramienta de expresión, que contribuyan al desarrollo de la personalidad, al pensamiento reflexivo, a la formación en valores éticos, estéticos y sociales, capacitando para la apreciación, creación, interpretación y proyección artística.

III. Que el Ministerio de Educación Pública promueve el Festival Estudiantil de las Artes como un programa de gran trayectoria en la apertura de espacios para niños, niñas y adolescentes en el área de las artes y que a través de él se busca seguir favoreciendo la identidad, convivencia y permanencia de las y los estudiantes en el Sistema Educativo.

IV. Que todos los proyectos y programas que promueve el Ministerio de Educación Pública deben estar en concordancia con los programas de estudio fundamentados en la Ética, la Estética y la Ciudadanía, generando espacios en donde, el disfrutar, apreciar, comprender y expresar se constituyen en cuatro retos de la educación artística.

V. Que el Ministerio de Educación Pública motiva la creación y proyección de obras artísticas estudiantiles, como condición necesaria para generar un ambiente sano, de respeto, compañerismo, tolerancia y solidaridad, promoviendo espacios artísticos y culturales que permitan desarrollar un mayor arraigo a su Centro Educativo.

VI. Que el Ministerio de Educación Pública por medio de la Dirección de Vida Estudiantil, promueve una cultura institucional sustentada en la promoción y protección de los derechos humanos, específicamente en el cumplimiento y defensa de los derechos de las y los estudiantes, respetando las diferencias en razón del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, discapacidad, estudiantes con necesidades educativas especiales, orientación sexual, condición social y etnia.

VII. Que el Ministerio de Educación Pública a efecto de cumplir con los objetivos de la Política Educativa y brindar un servicio educativo de calidad en el marco de la Ética, Estética y Ciudadanía, considera pertinente y oportuno generar una normativa integral con un enfoque de derechos, que permita fortalecer el aprecio a las artes, la creatividad, las habilidades y el talento de las y los estudiantes, mediante la participación en las artes escénicas, literarias, musicales y visuales. Se establece la siguiente Normativa para el FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES.

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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El Festival Estudiantil de las Artes es un espacio para la creación y presentación estudiantil, de obras artísticas originales e inéditas, que no hayan sido ejecutadas en algún otro concurso, y que se inspiren y relacionen con el tema general establecido para cada edición, excepto en los casos explícitamente señalados en esta Normativa. El Festival está constituido por tres etapas competitivas en las que se seleccionan las y los estudiantes ganadores a la Etapa subsiguiente las cuales son: • Etapa Inicial: etapa primera que es organizada por el Centro Educativo. • Etapa Circuital: etapa intermedia que es organizada por el Circuito Educativo con las y los estudiantes seleccionados en la etapa inicial. • Etapa Regional: etapa final que es organizada por cada Dirección Regional de Educación con las y los estudiantes seleccionados en la Etapa Circuital. El Festival concluye con un Encuentro Nacional no competitivo. El Festival abarca cuatro Áreas Artísticas: Artes Escénicas Artes Literarias Artes Musicales

Artes Visuales Artículo 2. En el Festival Estudiantil de las Artes del Ministerio de Educación Pública participan y compiten las y los estudiantes regulares de todos los Centros Educativos del Sistema Educativo Costarricense correspondientes a I, II, III Ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada Académica o Técnica y el Plan de Estudios de Educación de Adultos, así como de Centros Educativos Privados reconocidos por el Ministerio de Educación Pública. Quienes se inscriban como participantes y competidores en dicho Festival deben cumplir con las disposiciones de la presente Normativa. No se permite que compitan personas que no estén cursando la educación primaria o secundaria. Cada vez que esta Normativa haga referencia a estudiantes de primaria o de secundaria, corresponderá únicamente a las y los estudiantes indicados en este artículo. Artículo 3. Los Centros Educativos que brinden el servicio educativo de preescolar podrán organizar eventos participativos no competitivos para esta población estudiantil en cualquiera de las Etapas del Festival Estudiantil de las Artes. Artículo 4. La Normativa del Festival Estudiantil de las Artes del Ministerio de Educación Pública es de acatamiento obligatorio. Se debe garantizar la inscripción de todas las y los estudiantes interesados en participar en la Etapa Inicial y en las demás Etapas en que sean seleccionadas y seleccionados. La inscripción y la participación no pueden verse afectadas por cuestiones de género, nacionalidad, sexo, edad, creencias religiosas y espirituales, discapacidad, barreras para el aprendizaje, orientación sexual, condición social, etnia, ni podrá limitarse tampoco por razones de conducta, evaluación académica, accesibilidad ni por errores, omisiones o malos procedimientos de los organizadores. En caso de incumplimiento de esta Normativa, se debe recurrir a la Dirección Regional Educativa correspondiente.

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Artículo 5. El Director (a), el personal docente, técnico docente y administrativo del Centro Educativo garantizarán la ejecución de la Etapa Inicial del Festival Estudiantil de las Artes, promocionarán la participación estudiantil y brindarán el apoyo que requieran las y los estudiantes que muestren interés en participar y que así lo manifiesten en garantía de los derechos de los educandos a una educación integral en la que priva su interés superior. Artículo 6. Las y los estudiantes inscritos desde la Etapa Inicial y seleccionados para participar y competir en la Etapa Circuital y en la Etapa Regional del Festival Estudiantil de las Artes, tienen garantizada su participación y competencia en cada una de esas Etapas. Por ningún motivo, las y los Directores Regionales de Educación, las Jefaturas de Asesorías Pedagógicas, las Supervisiones de Circuitos Educativos, las y los Directores, personal docente, técnico docente y administrativo del Centro Educativo podrán limitar o prohibir la participación, inscripción o selección de la o el estudiante interesado en participar o que haya sido inscrito y seleccionado en cualquiera de las Etapas del Festival Estudiantil de las Artes, siendo siempre responsabilidad del Centro Educativo la realización de la Etapa Inicial. Artículo 7. Las y los estudiantes de Centros Educativos que pertenezcan a un mismo Circuito Educativo, en donde la matrícula por cada Centro Educativo de Primaria y Secundaria, sea inferior a cincuenta y un estudiantes y que deseen participar en las Disciplinas o Tendencias Artísticas que requieran la conformación de agrupaciones, podrán unirse y crear una sola representación Circuital, respetando en todo momento la presente Normativa. En este caso la participación iniciará desde la Etapa Circuital y no en la Etapa Inicial. Las y los estudiantes que sean seleccionados pasarán a la Etapa Regional representando al Circuito Educativo al que pertenecen. La o el Director de cada Centro Educativo de Primaria y Secundaria deberá garantizar la participación y competencia de dichos estudiantes. Artículo 8. Las y los estudiantes que deseen inscribirse en el Festival Estudiantil de las Artes deben tener una edad mayor a los 6 años y 3 meses cumplidos a más tardar a la fecha de inicio del curso lectivo de cada edición del Festival. Artículo 9. En el caso que se inscriban en la Etapa Inicial o sean seleccionados para la Etapa Circuital y Regional, estudiantes mayores de 22 años cumplidos al inicio del curso lectivo en cada edición del Festival, la selección se hará de la siguiente manera: 9.1. En Disciplinas y Tendencias Artísticas individuales se realizará la selección únicamente entre estudiantes mayores de 22 años. 9.2. En Disciplinas y Tendencias Artísticas grupales se permitirá que las y los estudiantes mayores de 22 años participen únicamente en el Centro Educativo en el que están matriculados. Para efectos de esta Normativa se considerarán la Sede Central del Instituto Profesional de Educación Comunitaria y la Sede Central del Centro Integrado de Educación de Adultos como Centro Educativo. Artículo 10. En todas las Etapas del Festival Estudiantil de las Artes se prohibirá la solicitud o cobro de dinero a la comunidad estudiantil participante o no participante en el Festival, en lo referente a inscripciones, uso de equipos técnicos como equipos de amplificación y sonido, equipo multimedia, materiales de trabajo, uso de instrumentos musicales, uniformes o vestuarios, entradas a eventos artísticos, alimentación, hospedaje, transporte, eventos culturales o recreativos, entre otros propios del Festival. La Dirección Regional de Educación correspondiente garantizará el cumplimiento de este artículo.

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Artículo 11. La calendarización de las diferentes Etapas del Festival Estudiantil de las Artes se regirá por las fechas establecidas en el Calendario Escolar y en el Cronograma General de Actividades que se facilita anualmente a las Direcciones Regionales de Educación. Artículo 12. El Ministro de Educación Pública y la Viceministra Académica en coordinación con la Dirección de Vida Estudiantil, establecerán para cada edición anual del Festival Estudiantil de las Artes un tema general. Artículo 13. El Festival Estudiantil de las Artes contará en las tres Etapas competitivas con Comisiones Institucionales en cada Centro Educativo de Primaria y Secundaria, Comisiones Circuitales en cada Circuito Educativo y Comisiones Regionales en cada Dirección Regional de Educación. Artículo 14. Las Comisiones de cada Etapa garantizarán que cada evento propio del Festival Estudiantil de las Artes se realice con condiciones idóneas técnico-artísticas y en espacios de presentación y exposición que brinden todos los implementos necesarios para la buena ejecución de las actividades propias del Festival, garantizando la accesibilidad y seguridad, de acuerdo a los requerimientos técnicos de cada Disciplina o Tendencia Artística. Asimismo, garantizarán un ambiente de respeto durante la realización de los eventos artísticos propios del Festival, de conformidad con las disposiciones que al respecto emita el Despacho Ministerial y la Dirección de Vida Estudiantil. Artículo 15. Las y los estudiantes regulares matriculados en un Centro Educativo de Primaria y Secundaria, que deseen inscribirse en la Etapa Inicial para participar en el Festival Estudiantil de las Artes, únicamente podrán presentar obras artísticas originales e inéditas, que no hayan sido ejecutadas en algún otro concurso, y que se inspiren y relacionen con el tema general establecido para cada edición. Las y los estudiantes que deseen inscribir proyectos que se realicen dentro de los Programas de Ética, Estética y Ciudadanía, podrán participar en el Festival Estudiantil de las Artes, completando el proceso de inscripción y cumpliendo con todo lo estipulado en esta Normativa con respecto a la Disciplina o Tendencia Artística en la que se inscriban. Artículo 16. Las Disciplinas y Tendencias Artísticas deben acogerse al Tema General del Festival exceptuando las siguientes: Bailes y Coreografías, Danza Folclórica Costarricense, Danza Folclórica Internacional y Grupo Instrumental con Materiales de Uso Cotidiano. Artículo 17. Las obras artísticas que no cumplan con los requisitos establecidos en esta Normativa no podrán ser inscritas en el Festival Estudiantil de las Artes, siendo responsabilidad de la Dirección de cada Centro Educativo, la revisión del cumplimiento de dichos requisitos. Artículo 18. La o el Director del Centro Educativo en donde se encuentre matriculado la o el estudiante regular que se inscriba en la Etapa Inicial para participar en el Festival Estudiantil de las Artes, al momento de la inscripción, deberá llenar, firmar y sellar la Boleta de Inscripción Oficial que será el documento oficial para ser utilizado en todas las Etapas del Festival. También deberá velar por la autenticidad de la obra artística en el caso de las Disciplinas y Tendencias Artísticas que requieran la condición de obra original e inédita y que cumpla con todos los requisitos estipulados en esta Normativa. Artículo 19. Para cada edición del Festival Estudiantil de las Artes, la Dirección de Vida Estudiantil definirá la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial, para cada una de las Disciplinas y Tendencias Artísticas, la Boleta Oficial de Resultados, Tablas de Calificación y las disposiciones operacionales.

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Artículo 20. La Dirección de los Centros Educativos deberán cumplir con las disposiciones emanadas para la salida de estudiantes que participan en los diferentes eventos de las Etapas del Festival Estudiantil de las Artes y además, designar a una o un docente, técnico docente o administrativo del Centro Educativo al que representan, para que apoye y acompañe a las y los estudiantes participantes en las actividades propias del Festival. Artículo 21. En todas las Direcciones Regionales de Educación del país, las Asesorías Pedagógicas de Artes Plásticas, Educación Musical y Español, las Asesorías Nacionales, así como las y los Supervisores de Circuitos Educativos, velarán para que los Centros Educativos tengan representación estudiantil participante en el Festival Estudiantil de las Artes. Artículo 22. En las Etapas Inicial, Circuital y Regional, un jurado seleccionará la obra artística de las y los estudiantes participantes que pasará a la siguiente Etapa, de conformidad con esta Normativa. Artículo 23. La presentación de inconformidades debe seguir el siguiente procedimiento: 23.1. Las y los estudiantes participantes en la Etapa Inicial, Circuital o Regional, inconformes por el resultado emitido por parte del Jurado una vez comunicados los resultados de la Disciplina o Tendencia Artística en la que participó, podrán solicitar al Jurado, en forma verbal o escrita, la revisión del resultado únicamente en relación con su obra artística, el mismo día del evento. El Jurado recibirá, tramitará y resolverá lo concerniente a la inconformidad presentada por los estudiantes, de forma inmediata y por escrito, con indicación de los argumentos que justifican la decisión. Una vez realizada dicha devolución por parte del Jurado la decisión es definitiva. En este procedimiento únicamente pueden intervenir como facilitadores o guías la o el Director, una o un docente, una persona del personal técnico docente y administrativo o el funcionario del Centro Educativo elegido por el Director como representante. No pueden intervenir en este proceso personas que no sean funcionarios del Ministerio de Educación Pública nombrados en el Centro Educativo. 23.2. Si la inconformidad se refiere a procedimientos y procesos realizados dentro de los eventos propios del Festival Estudiantil de las Artes, las y los estudiantes podrán solicitar por escrito a la Comisión de la Etapa respectiva, la revisión correspondiente del caso. La Comisión respectiva atenderá y responderá la solicitud dentro del plazo de tres días hábiles de presentada dicha inconformidad y por escrito. La respuesta de la Comisión no afectará las decisiones del Jurado.

CAPITULO II

DE LAS ETAPAS DEL FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES ETAPA INICIAL Artículo 24. Todos los Centros Educativos del Sistema Educativo Costarricense correspondientes a I, II y III Ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada Académica o Técnica y al Plan de Estudios de Educación de Adultos, deben organizar la Etapa Inicial del Festival Estudiantil de las Artes, tomando en cuenta a la totalidad del estudiantado que desee participar y así lo manifieste.

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Artículo 25. La Etapa Inicial es la Etapa Primera competitiva y es organizada por el Centro Educativo, en donde las y los estudiantes participantes o las obras artísticas serán seleccionadas únicamente por un Jurado. Por ningún motivo otras personas que no sean miembros del Jurado podrán participar u opinar en la selección, aunque sean funcionarias o funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Se seleccionará una obra artística de cada una de las Disciplinas y Tendencias Artísticas, para que participe en la Etapa Circuital, con las excepciones estipuladas en esta Normativa. Participan únicamente estudiantes que estén interesados en participar y así lo manifiesten, que hayan sido debidamente anotados para la Etapa Inicial en una lista de participación. Las y los estudiantes seleccionados en la Etapa Inicial serán inscritos en la Boleta de Inscripción Oficial, con las excepciones que establece esta Normativa en cuanto a inscripción. Artículo 26. En cada Centro Educativo se conformará una Comisión del Centro Educativo del Festival Estudiantil de las Artes presidida y coordinada por la Dirección del Centro Educativo e integrada por: 26.1. Cuatro Presidentes de Sección nombrados por la Asamblea de Representantes. Además de docentes de Artes Plásticas, Educación Musical y Español, nombrados por la Dirección de cada Centro Educativo. 26.2. Cuando el Centro Educativo no cuenta con alguno de los funcionarios mencionados, deberán incorporarse a la Comisión del Centro Educativo docentes con conocimientos acordes a los objetivos del Festival o que presenten afinidad e interés con las Disciplinas y Tendencias Artísticas. En los Centros Educativos en donde la matrícula sea inferior a cincuenta y un estudiantes, se conformará con al menos dos estudiantes elegidos por sus compañeros y compañeras del Centro Educativo y al menos una o un docente. 26.3. Cuando se inscriben estudiantes con barreras para el aprendizaje para participar y competir en esta Etapa, se deberá integrar a esta Comisión a una o un docente de Educación Especial, si lo hubiere. Artículo 27. La Comisión del Centro Educativo del Festival se encargará de: 27.1. Coordinar, motivar, promover, divulgar y dar seguimiento a los procesos del Festival Estudiantil de las Artes en su Centro Educativo y hasta el inicio de la Etapa Circuital, bajo los requerimientos estipulados en esta Normativa. En el momento en que se realiza la inscripción de las y los estudiantes seleccionados en su Centro Educativo para la Etapa Circuital, deberá guardar copia de recibido de las Boletas de Inscripción Oficial hasta la finalización de la edición del Festival. 27.2. Garantizar la inscripción y participación de las y los estudiantes interesados en participar y que así lo manifiesten, así como el derecho del estudiantado a escoger la o las Disciplinas o Tendencias Artísticas en las que desea participar, con todos los derechos que le concede esta Normativa. 27.3. Realizar las inscripciones durante el periodo dispuesto para la inscripción de la Etapa Inicial por medio de una lista de estudiantes interesados en participar y que así lo manifiesten. Una vez ejecutada y finalizada la Etapa Inicial, al tener a las y los estudiantes u obras artísticas seleccionadas, se debe completar y utilizar únicamente la Boleta de Inscripción Oficial de cada Disciplina o Tendencia Artística, para ser inscritos en la Etapa Circuital, de conformidad con Calendario Escolar. 27.4. Nombrar y capacitar en coordinación con la Comisión Regional a los miembros del Jurado para cada Disciplina o Tendencia Artística para la Etapa Inicial y darles a conocer lo estipulado en esta Normativa. La Comisión se responsabilizará de la permanencia del

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Jurado en las capacitaciones, procesos, eventos artísticos y durante el tiempo prudencial para que las y los estudiantes presenten las inconformidades y se brinden las respuestas solicitadas. 27.5. Remitir al Circuito Educativo de su jurisdicción, la programación de las actividades correspondientes a la Etapa Inicial, informando las fechas, lugares y horas de los eventos. 27.6. Gestionar y otorgar un reconocimiento tangible al estudiantado seleccionado por Disciplina o Tendencia Artística. 27.7. Procesar y respetar las decisiones establecidas por parte del Jurado en cuanto a la selección de las obras artísticas. 27.8. Fungir como ente organizador de la Etapa Inicial y no como órgano competente para decidir sobre la selección de estudiantes u obras artísticas para participar en la siguiente Etapa. 27.9. Responder por escrito las inconformidades que presenten las y los estudiantes con respecto a procedimientos y procesos realizados dentro de los eventos propios del Festival Estudiantil de las Artes. 27.10. Comunicar los resultados emitidos por el Jurado en forma privada a las y los estudiantes participantes con el representante de la Delegación. 27.11. Comunicar en forma pública, una vez recibidas y resueltas las inconformidades si las hubiere, los resultados oficiales definitivos. ETAPA CIRCUITAL Artículo 28. Todos los Circuitos Educativos del país deben organizar la Etapa Circuital del Festival Estudiantil de las Artes, tomando en cuenta a las y los estudiantes que fueron seleccionados en la Etapa Inicial y que serán inscritos en esta Etapa. Artículo 29. La Etapa Circuital es la Etapa competitiva Intermedia y es organizada por el Circuito Educativo, en donde las y los estudiantes participantes o las obras artísticas serán seleccionadas únicamente por un Jurado. Por ningún motivo otras personas que no sean miembros del Jurado podrán participar u opinar en la selección, aunque sean funcionarias o funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Se seleccionará una obra artística por cada Circuito Educativo, de cada una de las Disciplinas y Tendencias Artísticas para participar en la siguiente Etapa, con las excepciones estipuladas en esta Normativa. Participan únicamente estudiantes que estén interesados en participar y así lo manifiesten, que fueron seleccionados en la Etapa Inicial e inscritos debidamente en esta Etapa, por medio de la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial, de cada Disciplina o Tendencia Artística. Artículo 30. En cada Circuito Educativo se conformará una Comisión Circuital del Festival Estudiantil de las Artes presidida y coordinada por la Supervisión de Circuito e integrada por: 30.1. Docentes de Artes Plásticas, Educación Musical y Español, nombrados por la Supervisión del Circuito. 30.2. Cuando el Circuito Educativo no cuente con los docentes antes mencionados, deberán incorporarse a la Comisión Circuital docentes que preferiblemente impartan materias

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artísticas y que se encuentren nombrados dentro de la Jurisdicción del Circuito Educativo de la Dirección Regional de Educación respectiva, o bien con conocimientos acordes a los objetivos del Festival o que presenten afinidad e interés con las Disciplinas o Tendencias Artísticas, quienes serán elegidos por la o el Supervisor del Circuito. 30.3. Cuando se inscriben estudiantes con barreras para el aprendizaje para participar y competir en esta Etapa, se deberá integrar a esta Comisión a una o un docente de Educación Especial, que se encuentre nombrado dentro del Circuito Educativo de la Dirección Regional de Educación respectiva, quienes serán elegidos por la o el Supervisor del Circuito Educativo. Artículo 31. Dicha Comisión se encargará de: 31.1. Coordinar, motivar, promover, divulgar y dar seguimiento a los procesos del Festival Estudiantil de las Artes en su Circuito Educativo y hasta el inicio de la Etapa Regional, bajo los requerimientos estipulados en esta Normativa. En el momento en que se realiza la inscripción de las y los estudiantes seleccionados en su Circuito Educativo para la Etapa Regional, deberán guardar copia de recibido de las Boletas de Inscripción Oficial que se utilizan en la inscripción en la Etapa Inicial hasta la finalización de la edición del Festival. 31.2. Garantizar la inscripción y participación de las y los estudiantes seleccionados en la Etapa Inicial y que continúan interesados en participar en esta Etapa, con todos los derechos que le concede esta Normativa. 31.3. Realizar las inscripciones únicamente por medio de la Boleta de Inscripción Oficial de cada Disciplina o Tendencia Artística utilizada desde la Etapa Inicial y durante el periodo dispuesto para la inscripción a la Etapa Circuital de conformidad con Calendario Escolar. 31.4. Nombrar y capacitar en coordinación con la Comisión Regional a los miembros del Jurado para cada Disciplina o Tendencia Artística para la Etapa Circuital y darles a conocer lo estipulado en esta Normativa. La Comisión se responsabilizará de la permanencia del Jurado en las capacitaciones, procesos, eventos artísticos y durante el tiempo prudencial para que las y los estudiantes presenten las inconformidades y se brinden las respuestas solicitadas. 31.5. Remitir a la Dirección Regional de Educación de su jurisdicción, la programación de las actividades correspondientes a la Etapa Circuital, informando las fechas, lugares y horas de los eventos. 31.6. Gestionar y otorgar un reconocimiento tangible al estudiantado seleccionado por Disciplina o Tendencia Artística. 31.7. Procesar y respetar las decisiones establecidas por parte del Jurado en cuanto a la selección de las obras artísticas. 31.8. Fungir como ente organizador de la Etapa Circuital y no como órgano competente para decidir sobre la selección de estudiantes u obras artísticas para participar en la siguiente Etapa. 31.9. Responder por escrito las inconformidades que presenten las y los estudiantes con respecto a procedimientos y procesos realizados dentro de los eventos propios del Festival Estudiantil de las Artes. 31.10. Comunicar los resultados emitidos por el Jurado en forma privada a las y los estudiantes participantes con el representante de la Delegación.

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31.11. Comunicar en forma pública, una vez recibidas y resueltas las inconformidades si las hubiere, los resultados oficiales definitivos. ETAPA REGIONAL Artículo 32. Todos los Circuitos Educativos del país deben organizar la Etapa Regional del Festival Estudiantil de las Artes, tomando en cuenta a las y los estudiantes que fueron seleccionados en la Etapa Circuital y que serán inscritos en esta Etapa. Artículo 33. La Etapa Regional es la última Etapa competitiva y es organizada por cada Dirección Regional de Educación, en donde las y los estudiantes participantes o las obras artísticas serán seleccionadas únicamente por un Jurado. Por ningún motivo otras personas que no sean miembros del Jurado podrán participar u opinar en la selección, aunque sean funcionarias o funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Se seleccionará una obra artística por cada Dirección Regional Educativa de cada una de las Disciplinas y Tendencias Artísticas, con las excepciones estipuladas en esta Normativa. Participan únicamente estudiantes que estén interesados en participar y así lo manifiesten, que fueron seleccionados en la Etapa Circuital e inscritos debidamente en esta Etapa, por medio de la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial, de cada Disciplina o Tendencia Artística. Artículo 34. En cada Dirección Regional de Educación se conformará una Comisión Regional del Festival Estudiantil de las Artes presidida y coordinada por la o el Jefe de Asesorías Pedagógicas de la Dirección Regional de Educación e integrada por: 34.1. Asesorías Pedagógicas de Artes Plásticas, Educación Musical y Español. 34.2. Cuando la Dirección Regional de Educación no cuente con alguna de las Asesorías Pedagógicas antes mencionadas, deberán incorporarse a la Comisión Regional docentes que impartan materias artísticas o de Español y que se encuentren nombrados dentro de la jurisdicción de la Dirección Regional de Educación respectiva, quienes serán elegidos por la Jefatura de Asesorías Pedagógicas de Educación. 34.3. Cuando se inscriben estudiantes con barreras para el aprendizaje para participar y competir en esta Etapa del Festival Estudiantil de las Artes, se deberá integrar a esta Comisión al Asesor o Asesora Regional de Educación Especial de la Dirección Regional de Educación respectiva. En caso de que no hubiere Asesor o Asesora Regional Educación Especial se nombrarán docentes de dicha especialidad, quienes serán elegidos por la Jefatura de Asesorías Pedagógicas. Artículo 35. Dicha Comisión se encargará de: 35.1. Coordinar, motivar, promover, divulgar y dar seguimiento a los procesos del Festival Estudiantil de las Artes en su Dirección Regional de Educación y hasta la finalización de dicha Etapa. En el momento en que realiza la inscripción de las y los estudiantes seleccionados en su Dirección Regional, deberá guardar copia de recibido de las Boletas de Inscripción Oficial que se utilizan en la inscripción en la Etapa Inicial hasta la finalización de la edición del Festival. La Comisión trasladará las Boletas de Inscripción Oficial de las y los estudiantes seleccionados a la Dirección de Vida Estudiantil, si estas son requeridas. 35.2. Garantizar la inscripción y participación de las y los estudiantes seleccionados en la Etapa Circuital y que continúan interesados en participar en esta Etapa, con todos los derechos que le concede esta Normativa.

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35.3. Realizar las inscripciones únicamente por medio de la Boleta de Inscripción Oficial de cada Disciplina o Tendencia Artística utilizada desde la Etapa Inicial y durante el periodo dispuesto para la inscripción a la Etapa Regional de conformidad con Calendario Escolar. 35.4. Nombrar y capacitar a los miembros del Jurado para cada Disciplina o Tendencia Artística para la Etapa Regional y darles a conocer lo estipulado en esta Normativa, así como capacitar a los Jurados de las Etapas Inicial y Circuital. La Comisión se responsabilizará de la permanencia del Jurado en las capacitaciones, procesos, eventos artísticos y durante el tiempo prudencial para que las y los estudiantes presenten las inconformidades y se brinden las respuestas solicitadas. 35.5. Remitir a la Dirección de Vida Estudiantil, la programación de las actividades correspondientes a la Etapa Regional, informando las fechas, lugares y horas de los eventos. 35.6. Gestionar y otorgar un reconocimiento tangible al estudiantado seleccionado por Disciplina o Tendencia Artística. 35.7. Procesar y respetar las decisiones establecidas por parte del Jurado en cuanto a la selección de estudiantes y obras artísticas. 35.8. Fungir como ente organizador de la Etapa Regional y no como órgano competente para decidir sobre la selección de estudiantes y obras artísticas. 35.9. Responder por escrito las inconformidades que presenten las y los estudiantes con respecto a procedimientos y procesos realizados dentro de los eventos propios del Festival Estudiantil de las Artes. 35.10. Comunicar los resultados emitidos por el Jurado en forma privada a las y los estudiantes participantes con el representante de la Delegación. 35.11. Comunicar en forma pública, una vez recibidas y resueltas las inconformidades si las hubiere, los resultados oficiales definitivos.

CAPÍTULO III

DE LAS BOLETAS DE INSCRIPCIÓN OFICIALES

DE ESTUDIANTES PARTICIPANTES Artículo 36. Para la inscripción de las y los estudiantes interesados en participar en el Festival Estudiantil de las Artes se deben utilizar únicamente la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial emitida por la Dirección de Vida Estudiantil. Este documento deberá completarse desde la Etapa Inicial para su utilización en posteriores inscripciones en caso de ser la o el estudiante o agrupación estudiantil seleccionada como representante para las siguientes Etapas del Festival, con las excepciones estipuladas en esta Normativa. Artículo 37. Únicamente se reconocerán como válidas las inscripciones de las y los estudiantes realizadas con las Boletas de Inscripción Oficiales utilizadas desde la Etapa Inicial y que cumplan con las siguientes indicaciones:

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37.1. Las Boletas de Inscripción Oficiales serán completadas en el Centro Educativo en forma digital con toda la información de las y los estudiantes y obras artísticas seleccionadas para la siguiente Etapa, las cuales se entregarán de manera impresa a la Comisión de las siguientes Etapas. 37.2. En caso de ser presentadas con espacios en blanco o con errores al momento de la inscripción de la Etapa Circuital y Etapa Regional, serán devueltas por la Comisión respectiva a fin de que sean completadas o corregidas en el acto. 37.3. Cuando en un Centro Educativo no exista la posibilidad de completar dicha Boleta en forma digital e impresa por computadora, se permitirá que los datos en las mismas sean consignadas con lapicero con letra legible. Artículo 38. En caso de traslado a otro Centro Educativo de una o un estudiante seleccionado en la Etapa Inicial, éste podrá continuar participando en la Etapa Circuital y Regional al que pertenece el Centro Educativo en el que originalmente fue inscrito y seleccionado, con la misma obra artística y representando al Centro Educativo. Artículo 39. Si el traslado de una o un estudiante se realiza antes de la ejecución de la Etapa Inicial, se procederá con el traslado de la Boleta de Inscripción de la Etapa Inicial al nuevo Centro Educativo. Artículo 40. Únicamente se permitirá la sustitución del estudiante integrante de una agrupación seleccionada en Disciplinas o Tendencias Artísticas grupales para la Etapa Circuital o Regional por enfermedad, fuerza mayor, traslado del estudiante a otro Centro Educativo o que la o el estudiante manifieste no querer continuar con la representación de la agrupación con la que fue seleccionado. La sustitución deberá ser por estudiantes regulares del mismo Centro Educativo al que representan y ser consignada al reverso de la Boleta de Inscripción Oficial utilizada en la Etapa Inicial, anotando en forma clara, todos los datos de las o los estudiantes que se presentarán en su lugar y en casos de enfermedad deberá adjuntarse el dictamen médico de la o el estudiante a sustituir.

CAPITULO IV

DE LA PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL Y DE LA OBRA ARTÍSTICA

Artículo 41. Las y los estudiantes podrán participar en una o más Disciplinas o Tendencias Artísticas, siempre y cuando la distribución de horarios de las actividades del Festival lo permita. Artículo 42. La participación estudiantil con una o varias obras artísticas queda regulada de la siguiente manera: 42.1. Las y los estudiantes regulares matriculados en un Centro Educativo que deseen participar en el Festival Estudiantil de las Artes, deben inscribirse desde la Etapa Inicial en su Centro Educativo. 42.2. Se deben presentar obras artísticas originales e inéditas desde la Etapa Inicial. 42.3. Todas obras artísticas originales e inéditas deben estar relacionadas con el Tema General establecido para cada edición del Festival, exceptuando Bailes y Coreografías, Danza Folclórica Costarricense, Danza Folclórica Internacional y Grupo Instrumental con Materiales de Uso Cotidiano.

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42.4. Los audios o la música, ya sea pregrabada o en vivo que se empleen en las obras originales de las siguientes Disciplinas Artísticas: Bailes y Coreografías, Baile Coreográfico Temático-Conceptual, Cuentacuentos, Danza Folclórica Costarricense, Danza Folclórica Internacional, Monólogo, Poesía Coral, Teatro Callejero, Teatro de Niñas y Niños, Teatro de Sala, Títeres, Pasacalle, son de tema libre. Lo mismo aplica para las Tendencias Artísticas de Artes Visuales en donde se haga uso de música o audios. 42.5. El texto de la canción que se emplee en la Disciplina Artística Solista Vocal Canción Popular debe relacionarse con el tema del Festival. Artículo 43. No se permite la inscripción de obras artísticas en las que se haya recurrido al uso del plagio. Si durante el proceso del Festival se detecta y comprueba plagio en una obra artística participante, ésta no podrá pasar a la siguiente Etapa. Artículo 44. En la creación y composición de las obras artísticas realizadas para el Festival Estudiantil de las Artes es vital la participación activa y directa de las y los estudiantes, en donde las y los docentes cumplen el papel de facilitadoras o facilitadores. Artículo 45. Todas las obras de las siguientes Disciplinas o Tendencias Artísticas deben ser creadas únicamente por las y los estudiantes: 45.1. En el Área de Artes Literarias: Las Disciplinas Artísticas de Cuento y Poesía 45.2. En el Área de Artes Escénicas: La composición del poema para la Disciplina Artística de Poesía Coral. 45.3. Todas las Tendencias Artísticas de Artes Visuales. Las y los docentes y comunidad en general pueden fungir únicamente como facilitadoras y facilitadores en las Disciplinas y Tendencias Artísticas mencionadas en este artículo. En las demás Disciplinas Artísticas pueden apoyar el diseño y la producción de las obras, así como la elaboración de la misma, siempre y cuando se realice en conjunto con las o los estudiantes interesados. Artículo 46. En el caso de que se presenten en la Etapa Inicial, Circuital y Regional, obras artísticas ejecutadas por estudiantes indígenas o por estudiantes matriculados en Centros Educativos Indígenas siempre y cuando contengan temas indígenas o presenten elementos propios de la cosmovisión indígena en las Disciplinas Artísticas de Cuento, Poesía, Cuentacuentos, Danza Folclórica Costarricense, Danza Folclórica Internacional, Grupo Experimental, Grupo Instrumental, Monólogo, Pasacalle, Solista Vocal Canción Original, Teatro de Niñas y Niños, Teatro Sala y en las Tendencias Artísticas Dibujo, Pintura, Fotografía, Escultura, Grabado, Mural, Grafitti, Instalación, Producción Audiovisual, Body Paint, Esculturas Viviente, Performance o Happening y Diseño de Moda, la selección respectiva de la representación se hará de la siguiente manera: 46.1. Se realizará una selección únicamente entre estudiantes indígenas o estudiantes matriculados en Centros Educativos Indígenas, cuya obra correspondiente a alguna de las Disciplinas y Tendencias Artísticas mencionadas en este artículo, contenga lo siguiente: 46.1.1. Que la obra artística presente en forma general, elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas e historias autóctonas indígenas. 46.1.2. Que la obra artística de Cuento, Cuentacuentos, Grupo Experimental, Monólogo, Poesía, Pasacalle, Solista Vocal Canción Original, Teatro de Niñas y Niños y Teatro presente

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elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas o historias autóctonas indígenas en lengua indígena. 46.1.3. Que la obra artística de Danza Folclórica Costarricense y Danza Folclórica Internacional constituya una danza autóctona indígena o de proyección indígena. 46.1.4. Que en la obra artística de Grupo Experimental y Grupo Instrumental predominen instrumentos autóctonos de una región indígena, como caja, caracoles, instrumentos aerófonos o de viento autóctonos, kebek, ocarinas, quijongo, sabak, tali, tön, yusá, entre otros. 46.1.5. Que en las Tendencias Artísticas se presenten elementos propios de la cosmovisión indígena. 46.2. Las obras artísticas de estudiantes indígenas o estudiantes matriculados en Centros Educativos Indígenas que no correspondan a las Disciplinas de Cuento, Poesía, Cuentacuentos, Danza Folclórica Costarricense, Danza Folclórica Internacional, Grupo Experimental, Grupo Instrumental, Monólogo, Solista Vocal Canción Original, Teatro de Niñas y Niños, Teatro Sala, o que corresponda a Dibujo Manga de la Tendencia Contemporánea de Artes Visuales, deberán cumplir con el proceso de selección con los participantes de los Centros Educativos con los que le corresponde competir en cualquiera de las Etapas del Festival y en igualdad de condiciones. 46.3. Participarán en las Etapas competitivas en equidad de condiciones con respecto a las y los estudiantes de los Centros Educativos no Indígenas, las y los estudiantes indígenas o estudiantes que estén matriculados en un Centro Educativo Indígena, cuya obra artística: 46.3.1. No presente en forma general elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas o historias autóctonas indígenas aunque sea en lengua indígena, en las Disciplinas Artísticas de Cuento, Poesía, Cuentacuentos, Grupo Experimental, Monólogo, Solista Vocal Canción Original, Teatro de Niñas y Niños y Teatro de Sala. 46.3.2. No constituya la Danza Folclórica Costarricense o la Danza Folclórica Internacional una danza autóctona indígena. 46.3.3. No predominen instrumentos autóctonos de regiones indígenas o se ejecuten ritmos populares, en la Disciplina Artística de Grupo Experimental o Grupo Instrumental. 46.3.4. No presenten elementos propios de la cosmovisión indígena en las Tendencias Artísticas. 46.3.5. Pertenezca a cualquiera de las siguientes Disciplinas Artísticas: Bailes y Coreografías, Baile Coreográfico Temático-Conceptual, Poesía Coral, Teatro Callejero, Títeres, Banda de Garaje, Cimarrona, Ensamble Vocal, Ensamble de Flautas Dulces, Estudiantina, Marimba, Solista Vocal Canción Popular. 46.4. Si la o el estudiante es indígena y manifiesta por decisión propia querer participar competitivamente con su obra artística con estudiantes de otros Centros Educativos no Indígenas, participará en las Etapas competitivas en las que haya sido inscrito o seleccionado, en equidad de condiciones, con respecto a las y los estudiantes de los Centros Educativos no Indígenas que pertenezcan al Circuito Educativo o Dirección Regional de Educación de la jurisdicción donde se ubique el Centro Educativo que representa. Artículo 47. Las y los estudiantes participantes y las agrupaciones estudiantiles cuya obra artística es seleccionada para representar al Centro Educativo en las siguientes Etapas deben tomar en cuenta que:

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47.1. El número de estudiantes participantes no debe superar la cantidad máxima que se indica para cada Disciplina o Tendencia Artística y en cada Etapa debe participar la misma cantidad de estudiantes que se anotaron en la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial. 47.2. Las obras artísticas cuya ejecución requiere tiempo definido, deben cumplir con el lapso estipulado en esta Normativa según la Disciplina o Tendencia Artística y deben cumplir con el tiempo que se indicó en la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial. 47.3. En las Disciplinas y Tendencias Artísticas en las que se debe presentar obras artísticas originales e inéditas desde la Etapa Inicial, la obra artística debe ser la misma que se presente en las siguientes Etapas del Festival en cuyo caso, durante el proceso podrán mejorar la obra artística pero no cambiarla. Artículo 48. Las obras artísticas que requieran de elementos de escenografía o ambientación deben considerar lo siguiente: 48.1. Únicamente se podrán portar aquellos implementos o accesorios que sean manipulados por la o el estudiante participante dentro de la presentación, tanto para colocarlos como para sacarlos de escena, que sean removibles con facilidad y que no afecten la presentación de las participaciones siguientes ni la animación del evento, exceptuando la escenografía y utilería que por razón de discapacidad de las y los estudiantes participantes, deba ser colocada y retirada por otra persona. La escenografía y utilería son un complemento a la presentación de la obra artística pero no son parte esencial de la misma. Debe tener como característica la simplicidad, economía y brevedad del tiempo de instalación y desinstalación, el cual no debe exceder los dos minutos respectivamente. 48.2. En el caso de emplear música pregrabada, esta debe presentarse por medio de discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato, en el orden a utilizarse durante la ejecución de la obra artística. Artículo 49. En las Disciplinas Artísticas de Artes Musicales, la ejecución de la obra artística debe hacerse en vivo: no se permite la utilización de karaokes, pistas musicales o secuencias musicales producidas mediante computadores, sintetizadores, controladores, teclados electrónicos, baterías electrónicas, secuenciadores, órganos, organetas y dispositivos musicales electrónicos similares, la utilización de acompañamiento automático, ni la reproducción de ficheros MIDI, archivos KAR, locuciones “off”, efectos de sonido o músicas, en soportes de distribución analógicos como casete, VHS, disco de vinilo, cinta magnetofónica y similares, o digitales como disquete, CD, DVD, VCD, minidisk, USB, discos duros extraíbles, tarjetas de memoria y similares, de audio, o con formatos de publicación con pérdida de calidad o sin ella, tales como MP3, WMA, OGG, AAC, WAV o WAVE, AIFF, DTS, ADX, PAC, MLP y similares, así como la utilización de audios contenidos en cualquier formato de video. Se exceptúa de lo anterior el caso de la Disciplina Artística de Solista Vocal Canción Popular, en donde la o el estudiante puede cantar con el acompañamiento musical en vivo o con el uso de pistas o secuencias. Artículo 50. El día de la ejecución de la obra se debe presentar a cada integrante del Jurado una copia escrita o impresa de: 50.1. La letra de la canción en el caso de Banda de Garaje, Ensamble Vocal, Estudiantina, Grupo Experimental, Solista Vocal Canción Original, Solista Vocal Canción Popular. 50.2. El texto en el caso de Cuento.

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50.3. El poema en caso de Poesía y Poesía Coral. 50.4. Argumento o sinopsis del cuento en el caso de Cuentacuentos. 50.5. Argumento o sinopsis de la puesta en escena en la cual se sustente la presentación que realizan en el caso de Baile Coreográfico Temático-Conceptual, Monólogo, Teatro de Niños y Niñas y Teatro Sala. 50.6. Sinopsis de la investigación en Danza Folclórica Costarricense y Danza Folclórica Internacional. Artículo 51. En caso de traslado a otro Centro Educativo de una o un estudiante que participe en una Disciplina Artística individual, se permitirá que dicho estudiante continúe participando dentro del Festival Estudiantil de las Artes de la siguiente manera: 51.1. Si la o el estudiante ha sido inscrito para la Etapa Inicial y se traslada a otro Centro Educativo sin haberse realizado la selección correspondiente a esa Etapa, podrá incorporarse en la ejecución de los eventos para selección en el Centro Educativo al que se trasladó, siempre y cuando sea para la ejecución de la Etapa Inicial. 51.2. Si la o el estudiante ha sido seleccionado en cualquier Etapa del Festival y se traslada a otro Centro Educativo, podrá incorporarse en el proceso de inscripción y participación en el Centro Educativo, Circuito Educativo o Dirección Regional de Educación en la Etapa que corresponda. 51.3. Si la o el estudiante ha sido seleccionado e inscrito para la Etapa siguiente y se traslada a otro Centro Educativo sin haberse realizado la selección correspondiente a esa Etapa, podrá incorporarse en la ejecución de los eventos para la selección ya sea en el Circuito Educativo o Dirección Regional de Educación a la que se trasladó. 51.4. La participación, inscripción y selección en caso de traslado de una o un estudiante podrá realizarse siempre y cuando se respete el orden de las Etapas y el traslado se realice dentro de las fechas estipuladas, de acuerdo al Calendario Escolar y a las fechas propuestas por el Centro Educativo, Circuito Educativo o Dirección Regional de Educación al que se traslada. Artículo 52. Todas las obras artísticas que se presenten en el Festival Estudiantil de las Artes deben fomentar acciones y actitudes que respeten la imagen de las personas, integridad física y psíquica, en garantía de los derechos de las y los estudiantes, independientemente de las diferencias en razón de género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, discapacidad, necesidades educativas especiales, orientación sexual, condición social, etnia, evaluación académica o de conducta. No se deben presentar manifestaciones misóginas, homofóbicas o xenofóbicas por parte de las y los estudiantes ni en las obras artísticas. Artículo 53. Durante los procesos, acciones, presentación de obras artísticas y eventos que se presenten y susciten en o a través del Festival Estudiantil de las Artes, todas las personas, estudiantes, docentes, administrativos, Jurados, directores artísticos de grupos estudiantiles y público en general, deben mantener una actitud de respeto y cordialidad en todo momento. Artículo 54. Todas las obras artísticas con las que participan las y los estudiantes regulares de cada Centro Educativo, podrán ser utilizadas por el Ministerio de Educación Pública, siempre que no medien intereses lucrativos y que se respeten los derechos intelectuales de las y los autores y las y los compositores participantes.

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Artículo 55. Para garantizar la participación estudiantil, la distribución y divulgación de la presente Normativa, será coordinada por la Dirección de Vida Estudiantil.

CAPÍTULO V

DE LAS FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN

DEL JURADO CALIFICADOR Artículo 56. Las Comisiones encargadas de coordinar y dar seguimiento en cada una de las tres Etapas del Festival Estudiantil de las Artes, serán las responsables de elegir a las o los integrantes del Jurado, con al menos una semana de anticipación al evento artístico de cada Etapa. Artículo 57. Durante el proceso, se podrá realizar intercambios de docentes entre Centros Educativos, Circuitos Educativos y Direcciones Regionales de Educación con el fin de que participen en calidad de Jurado de los eventos, de manera que se tenga siempre la posibilidad de contar con un Jurado Calificador requerido en todos los eventos propios de las Etapas Inicial, Circuital y Regional. Artículo 58. Las Comisiones encargadas de coordinar y dar seguimiento en cada Etapa del Festival, en coordinación con las Comisiones Regionales, serán las responsables de asesorar al Jurado y convocarlo a una reunión con anticipación al evento, en la que le entregarán a cada uno de las y los integrantes del Jurado, copia de esta Normativa, la cual deberá conocer previo a las presentaciones artísticas de cada una de las Etapas. Artículo 59. En las Etapas Inicial, Circuital y Regional, el Jurado estará integrado siempre por un número impar, para cada Disciplina o Tendencia Artística a calificar. El Jurado tendrá un mínimo de tres personas. Las y los integrantes de las Comisiones no podrán fungir como Jurados en los eventos de la Etapa que les corresponde organizar. Las y los Asesores Pedagógicos Regionales no pueden fungir como Jurado en las Direcciones Regionales de Educación donde laboran. Los Asesores Nacionales no pueden fungir como Jurado en ninguna de las Etapas del Festival. Artículo 60. Las o los integrantes del Jurado deberán cumplir con los siguientes requisitos: 60.1. Tener conocimiento técnico o experiencia en la Disciplina o Tendencia Artística a calificar. 60.2. No tener parentesco en primero y segundo grado con las y los estudiantes participantes en la Disciplina o Tendencia Artística a calificar. 60.3. No tener relación alguna con la obra artística de las y los estudiantes participantes, incluyendo creación, composición, arreglos, dirección, ejecución y presentación de obra artística en la Disciplina o Tendencia Artística a calificar. 60.4. Preferiblemente no ser docente de las o los estudiantes que presentan una obra artística, ni del Centro Educativo que se representa. Artículo 61. Las y los integrantes del Jurado no podrán externar abierta y públicamente durante la realización de los eventos del Festival Estudiantil de las Artes, comentarios técnicos-artísticos o personales referentes a: las obras o interpretaciones artísticas de las y los estudiantes participantes, las y los docentes, las y los otros integrantes del Jurado.

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Artículo 62. El Jurado deberá elegir una obra artística por cada una de las Disciplinas y Tendencias Artísticas que le corresponda calificar, con las excepciones que establece esta Normativa y proceder de la siguiente manera: 62.1. Estar presente y atento en todo momento durante las presentaciones artísticas estudiantiles que le corresponde calificar. 62.2. Una vez finalizado el evento artístico en el que le corresponde calificar, deliberar para emitir los resultados. 62.3. Comunicar en forma privada a la Comisión respectiva los resultados de la selección, los cuales a su vez serán comunicados por la Comisión respectiva solamente a las y los estudiantes participantes en la ejecución de las obras artísticas en presencia de una o un representante de cada Centro Educativo que sea funcionario del Ministerio de Educación Pública. 62.4. Una vez entregados los resultados a la Comisión respectiva, el Jurado debe permanecer en el lugar del evento para conocer si existen manifestaciones de inconformidad. 62.5. Si no existiera manifestación de inconformidad por parte de estudiantes, el resultado queda en firme y la Comisión respectiva procederá a comunicarlo públicamente. 62.6. Si se presentara alguna disconformidad el Jurado deberá recibir, tramitar en privado y resolver en forma inmediata y por escrito, con indicación de los argumentos que justifican la decisión, las manifestaciones de inconformidad presentadas en forma verbal o escrita por parte de algún estudiante participante, con respecto a la valoración de su obra artística. 62.7. Una vez resuelto lo que respecta a las manifestaciones de inconformidad por parte del Jurado, este debe anotar en la Boleta Oficial de Resultados la decisión final. 62.8. La decisión del resultado final respecto a la selección no puede ser alterada ni cambiada a partir de su entrega a la Comisión respectiva. Una vez realizada dicha entrega final a la Comisión la decisión es definitiva. 62.9. La Boleta Oficial de Resultados constituirá el único documento oficial público para establecer la decisión del Jurado y debe contar con la firma de las y los integrantes del Jurado. 62.10. Por ningún motivo los resultados deben ser notificados en días posteriores a la realización del evento. 62.11. El Jurado debe reservarse las Tablas de Calificación dado que no constituyen un documento oficial para la emisión de los resultados. Las mismas no deberán ser mostradas ni en el acto ni posteriormente a personas que no sean integrantes del Jurado. Artículo 63. En caso de que el Jurado detecte y compruebe plagio en una obra artística participante, ésta no podrá pasar a la siguiente Etapa. Artículo 64. El Jurado no podrá detener la presentación ni el desarrollo de la obra artística mientras esté calificando, excepto si se presentaran condiciones de fuerza mayor o situaciones que puedan provocar lesiones físicas al estudiantado. Artículo 65. El Jurado tiene la responsabilidad de atender únicamente a las y los estudiantes participantes, a una o un docente o administrativo nombrado en el Centro

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Educativo que funge como representante de los estudiantes participantes y a los integrantes de las Comisión que organiza la Etapa. Artículo 66. En el caso en que se presenten obras artísticas que contengan letra o guion en lengua indígena, dialecto u otro idioma diferente al español, en la que el Jurado deba calificar la pronunciación o traducción, la Comisión encargada de la Etapa deberá coordinar la presencia de una persona en el Jurado que emita un criterio técnico con respecto a la pronunciación y traducción de la obra artística. Artículo 67. En caso de que la obra artística haya sido seleccionada y el Jurado considere necesario dar sugerencias sobre la obra artística, con el objetivo de mejorarla o adecuarla a la totalidad de los requerimientos que establece la Normativa, éstas deberán darse a conocer en privado, en forma positiva y en presencia únicamente de las o los estudiantes participantes, el o la encargada de la obra artística y un representante del Ministerio de Educación Pública. Artículo 68. En todas las Etapas del Festival, el Jurado no podrá declarar como desierta ninguna Disciplina o Tendencia Artística en donde se presenten obras artísticas. Tanto en la Etapa Inicial como en la Etapa Circuital, cuando en una Disciplina o Tendencia Artística participe únicamente una obra artística, dado que el Jurado no puede declararla desierta, deberá remitirse la obra artística para que participe en la Etapa siguiente hasta la Etapa Regional, con las excepciones que establece esta Normativa. En caso de que se produzca un empate con respecto a la selección entre dos o más obras artísticas, el Jurado debe deliberar en el acto y resolver en forma definitiva. Artículo 69. Realizados todos los procedimientos estipulados por parte del Jurado en esta Normativa, se puede retirar del evento y se da por finalizada su participación en todo el proceso del Festival, excepto si la Comisión o Comisiones de las Etapas siguientes requieran de su participación voluntaria nuevamente en calidad de Jurado.

CAPÍTULO VI

DE LA ESTRUCTURA DEL FESTIVAL Artículo 70. El Festival Estudiantil de las Artes estará constituido por cuatro Áreas: Artes Escénicas, Artes Literarias, Artes Musicales y Artes Visuales que a su vez se subdividen en Disciplinas o Tendencias Artísticas, las cuales para efectos de esta Normativa se definen y describen en los siguientes artículos: ÁREA DE ARTES ESCÉNICAS Las Disciplinas Artísticas del Área de Artes Escénicas comprenden lo siguiente: Artículo 71. BAILES Y COREOGRAFÍAS. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que realizan movimientos corporales, en los que pueden utilizar bailes, danzas, pasos, niveles, figuras, formas, vestuarios y elementos escénicos con la utilización de música o temas musicales. La música a utilizar en la puesta en escena es libre. En caso de presentarse música pregrabada, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse.

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71.1. Participación: a. Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

71.2. Tema: Libre. La coreografía debe ser original. 71.3. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos y el tiempo máximo es de seis minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. Artículo 72. BAILE COREOGRÁFICO TEMÁTICO-CONCEPTUAL. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que realizan movimientos corporales, basados en diferentes estímulos, los cuales pueden ser: música, historias, conceptos o referentes artísticos, entre otros. La coreografía puede tener un hilo conductor, personajes, basarse en una canción, una historia, una obra de arte, un poema, cuento, entre otros. Se trata de una composición coreográfica en la que pueden utilizar bailes, danzas, pasos, figuras, niveles, formas, cuyos movimientos, vestuarios y elementos escénicos deben estar relacionados con un concepto o temática a expresar en escena, o bien, con la música que se está interpretando, en donde la totalidad de los elementos que se utilizan deben ser acordes a lo establecido en esta Normativa. La música a utilizar en la puesta en escena es libre. En caso de presentarse música pregrabada, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse. 72.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

72.2. Tema: Libre. La coreografía debe ser original. 72.3. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos y el tiempo máximo es de ocho minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. Artículo73. CUENTACUENTOS. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una o un narrador que a partir de un cuento y utilizando la palabra, la voz y los gestos, tiene la capacidad de convertir las palabras en imágenes, en el cual puede interpretar los personajes del cuento si la propuesta así lo requiere. Debe contener todos los elementos literarios que están presentes en un cuento, tales como la descripción de las circunstancias dadas, el conflicto y el desenlace.

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73.1. Participación: a. Un máximo de dos estudiantes cuentistas dentro del relato de una misma obra artística. b. Pueden ser apoyados además por dos estudiantes que funjan ya sea como asistente técnico, músico, director artístico, técnico de sonido, luces u otra función técnica similar. c. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como cuentista. d. Una persona docente o encargada, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no deberá permanecer en el escenario durante la presentación de la obra artística ni dirigir de ninguna forma al estudiante durante de la presentación. e. El cuento no debe ser leído, sino contado e interpretado. f. Queda a criterio del participante el uso o no del micrófono.

73.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 73.3. Duración: El tiempo de presentación de la obra artística es: mínimo es de 4 minutos y máximo es de ocho minutos.

Artículo 74. DANZA FOLCLÓRICA COSTARRICENSE. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que baila una canción musical folclórica o típica costarricense, basándose en los pasos básicos de las danzas tradicionales, movimientos, vestuarios, trajes típicos, alegóricos o relacionados con la época, la zona geográfica, tradición y música que se está bailando. Se debe tomar en cuenta que:

a. La música a utilizar en la puesta en escena es libre. En caso de presentarse música pregrabada, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse. b. La música puede ser ejecutada en vivo por estudiantes y docentes. c. Las entradas y salidas con o sin música, usualmente utilizadas para colocarse y retirarse del escenario no son requeridas y no serán tomadas en cuenta por el Jurado para la valoración del puntaje. d. En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las entradas y salidas en el siguiente orden: música de la entrada, la música de la coreografía principal y la música de salida. e. Las agrupaciones de estudiantes que se inscriban en esta Disciplina Artística deben adjuntar en la Boleta de Inscripción Oficial utilizada desde la Etapa Inicial una breve descripción que constituya una sinopsis de la investigación realizada, la cual incluya una justificación de la puesta en escena, con un máximo de 150 palabras. f. La Comisión del Festival Estudiantil de las Artes respectiva, debe presentar la sinopsis al Jurado con suficiente antelación a las presentaciones.

74.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. d. Se podrá utilizar un popurrí musical, que consiste una composición musical formada por fragmentos de dos o más obras artísticas diversas que se encadenan formando un solo tema. En este caso, si la música es pregrabada, se podrá utilizar un popurrí siempre

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y cuando éste sea un tema musical que ha sido previamente planeado y grabado por los músicos, arreglistas o compositores con los arreglos musicales elaborados con ese fin. El Popurrí a utilizar debe ser un tema musical con arreglos originales del compositor, músico o arreglista y no una mezcla de distintos temas cortados y unidos en forma digital, por medios tecnológicos o manuales. e. Se podrá utilizar un popurrí musical si la música es ejecutada en vivo.

74.2. Tema: Libre. La coreografía debe ser original. 74.3. Duración: El tiempo máximo de presentación de la obra artística es de ocho minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. Artículo 75. DANZA FOLCLÓRICA INTERNACIONAL. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que baila un tema musical folclórico o típico que no sea costarricense, basándose en los pasos básicos de las danzas tradicionales, movimientos, vestuarios, trajes típicos, alegóricos o relacionados con la época, la zona geográfica, tradición del país de donde proviene la música que se está bailando. Se debe tomar en cuenta que:

a. La música a utilizar en la puesta en escena es libre. En caso de presentarse música pregrabada, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse. b. La música puede ser ejecutada en vivo por estudiantes y docentes. c. Las entradas y salidas con o sin música, usualmente utilizadas para colocarse y retirarse del escenario no son requeridas y no serán tomadas en cuenta por el Jurado para la valoración del puntaje. d. En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las entradas y salidas en el siguiente orden: música de la entrada, la música de la coreografía principal y la música de salida. e. Las agrupaciones de estudiantes que se inscriban en esta Disciplina Artística deben adjuntar en la Boleta de Inscripción Oficial utilizada en la Etapa Inicial una breve descripción que constituya una sinopsis de la investigación realizada, la cual incluya una justificación de la puesta en escena, con un máximo de 150 palabras. f. La Comisión del Festival Estudiantil de las Artes respectiva, debe presentar la sinopsis al Jurado con suficiente antelación a las presentaciones.

75.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante de la presentación. d. Se podrá utilizar un popurrí musical, que consiste una composición musical formada por fragmentos de dos o más obras artísticas diversas que se encadenan formando un solo tema. En este caso, si la música es pregrabada, se podrá utilizar un popurrí siempre y cuando éste sea un tema musical que ha sido previamente planeado y grabado por los músicos, arreglistas o compositores con los arreglos musicales elaborados con ese fin. El Popurrí a utilizar debe ser un tema musical con arreglos originales del compositor, músico o arreglista y no una mezcla de distintos temas cortados y unidos en forma digital, por medios tecnológicos o manuales.

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e. Se podrá utilizar un popurrí musical si la música es ejecutada en vivo. 75.2. Tema: Libre 75.3. Duración: El tiempo máximo de presentación de la obra artística es de ocho minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario. Artículo 76. MONÓLOGO: Participan únicamente estudiantes de Secundaria. Se refiere a una obra de teatro original en donde actúa una o un solo estudiante que puede interpretar uno o varios personajes. El monólogo debe contener elementos dramatúrgicos tales como inicio desarrollo y desenlace, conflicto y acciones dramáticas, todas unidas por un hilo conductor. Se debe tomar en cuenta que para el monólogo no se aceptarán: narraciones de temas sin ninguna relación entre sí, secuencias de chistes, historias aisladas o de anécdotas personales expresadas en forma de chiste, stand up comedy. 76.1. Participación:

a. Cada monólogo debe tener únicamente una o un estudiante como actor o actriz. Puede estar acompañada o acompañado por una o un estudiante asistente quien deberá estar inscrito en la Boleta de Inscripción Oficial utilizada en la Etapa Inicial, que no podrá participar del monólogo propiamente y que tendrá las funciones de técnico de sonido, de iluminación, encargado de escenografía, director artístico, entre otros. b. La actriz o el actor podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. En caso que se utilicen música o sonidos pregrabados deben de presentarse en discos compactos o dispositivos de reproducción. d. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir la dirección artística, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma al estudiante durante la presentación. e. Queda a criterio del participante el uso o no del micrófono.

76.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 76.3. Duración: El tiempo máximo de presentación de la obra artística es de diez minutos. Artículo 77. POESÍA CORAL: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación constituida por estudiantes que declaman e interpretan escénicamente un poema, a partir de la expresión oral, la expresión corporal y la interpretación del texto poético o escenificación, alternando en forma grupal la participación de coro y de solista, en la que se mantiene el formato de poesía coral y no de una obra de teatro. Se debe tomar en cuenta que:

a. La letra del poema debe ser realizada únicamente por estudiantes. b. En caso de utilizar música en vivo, ésta debe ser interpretada únicamente por estudiantes. c. En caso que se utilicen música o sonidos pregrabados deben de presentarse en discos compactos o dispositivos de reproducción en el momento de cada presentación. d. Las y los estudiantes que acompañan la declamación de la poesía con instrumentos musicales lo pueden hacer únicamente con música instrumental y voces armónicas, sin

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que el tema musical contenga letra con palabras definidas. La música a interpretar no necesariamente debe ser original. e. La poesía puede ser dramatizada y no debe ser cantada. f. Se deben tomar en cuenta elementos técnicos como la expresión oral: dicción, volumen, ritmo, tono y musicalidad. g. Se deben tomar en cuenta elementos de la expresión corporal: distribución en el espacio, secuencias de movimientos, posiciones y desplazamientos.

77.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de tres estudiantes que declaman una poesía. En caso de que decidan utilizar música en vivo, se permitirá la incorporación de cinco estudiantes como máximo para que ejecuten los instrumentos musicales. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir la dirección artística únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

77.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 77.3. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos y el tiempo máximo es de ocho minutos. Artículo 78. TEATRO CALLEJERO: Participan únicamente estudiantes de Secundaria. Se refiere a una puesta en escena de una obra teatral creada para desarrollarse en espacios públicos exteriores. No es una obra de teatro de sala puesta en la calle. Las y los estudiantes que representan a personajes basan su actuación en la expresión corporal y no en la palabra dialogada, en donde los gestos son exagerados y vistosos, excediéndose en cuanto a los límites del sentido común. Se emplean frases cortas y se pueden utilizar extensiones del cuerpo para complementar y enriquecer las imágenes e interpretaciones. Se debe tomar en cuenta que:

a. En caso de utilizar música esta debe ser interpretada únicamente en vivo, con instrumentos ejecutados sólo por estudiantes participantes en la obra artística. b. El vestuario y maquillaje deben ser llamativos pero sencillos, para ser utilizado en grandes espacios. Se podrán usar extensiones del cuerpo como zancos, banderas, coturnos, máscaras, sombreros, penachos, cintas, antifaces y objetos de malabarismo, entre otros. c. No se utiliza sistema de luces y de amplificación de sonido. No se permite el uso de música pregrabada. d. No se permite el uso de efectos sonoros pregrabados, uso de dispositivos electrónicos de sonido, tales como: equipos de sonido, micrófonos, parlantes, plantas, altavoces, el uso de discos compactos o dispositivos de reproducción de sonido o video. El único dispositivo de sonido que se permite es el megáfono. e. Se prohíbe el uso de pólvora, fuego o cualquier producto inflamable. f. La escenografía y elementos de ambientación a utilizar son totalmente portátiles y sencillos. g. La obra artística debe tener los siguientes componentes: Prólogo o gran llamamiento: Con el objetivo de presentar la obra artística de Teatro Callejero, la agrupación artística inicia su actuación en la calle, convocando a las personas a presenciar la obra artística.

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Parte inicial: Presentación de las circunstancias dadas. Se refiere al tiempo, lugar en donde se desarrollan los hechos y estatus de las o los personajes, así como presentación del conflicto principal. Parte intermedia: Acontecimientos que surgieron a partir del conflicto, que aceleran el ritmo de la obra artística y que modifican las condiciones de las o los personajes, en especial de la o el protagonista. Parte final: Momento en que las o los personajes tienen su máxima confrontación de modo que se da la resolución del conflicto presentado en la parte inicial. Éxodo: La agrupación abandona el escenario, saliendo del espacio escénico de manera artística.

78.1. Participación: a. Agrupaciones con un mínimo de seis estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir la dirección artística únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. d. Los Centros Educativos a los que pertenecen las agrupaciones debe ofrecer toda la seguridad necesaria para la presentación de la agrupación artística. Una delegación conformada por un mínimo de cinco personas entre docentes, madres, padres de familia, encargadas o encargados, deben acompañar a la agrupación a las presentaciones, debido a que el espectáculo se realiza en lugares públicos abiertos. e. Las y los estudiantes pueden utilizar elementos de otras disciplinas como danza, mimo, títeres, máscaras, mascaradas, retahílas o bombas, músicos, zanqueros, malabaristas, entre otros.

78.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 78.3. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de ocho minutos y el tiempo máximo es de quince minutos. Artículo 79. TEATRO DE NIÑAS Y NIÑOS Y TEATRO DE SALA: Participan estudiantes de Primaria en Teatro de Niñas y Niños y estudiantes de Secundaria en Teatro de Sala. Se refiere a una puesta en escena de obras dramáticas basadas en un hecho cotidiano o imaginario que tiene como finalidad ser representadas y actuadas en un escenario. Se debe tomar en cuenta que la obra artística debe tener los siguientes componentes: Parte inicial: Presentación de la historia y conflicto principal: tiempo, lugar donde se desarrollan los hechos y relación entre personajes. Parte intermedia: acontecimientos que surgieron a partir del conflicto y desarrollo del mismo, que aceleran el ritmo de la obra artística y modifican las condiciones de las o los personajes, en especial de la o el protagonista. Parte final: Clímax en que las o los personajes tienen su máxima confrontación de modo que se da la resolución del conflicto presentado en la parte inicial. 79.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes y un máximo de quince estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el

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escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación. d. Las y los estudiantes participantes en la obra artística deben colaborar en la elaboración y escogencia del guión y realizar la puesta en escena, guiados por una o un docente. e. Las obras de teatro deben crearse tomando en cuenta las características frecuentes y espacios tradicionales para el teatro que generalmente se presentan en el Festival Estudiantil de las Artes en todas su Etapas.

79.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 79.3. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de cinco minutos y el tiempo máximo es de diez minutos. Artículo 80. PASACALLES. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a un espectáculo callejero interactivo e interdisciplinario que se realiza con un desplazamiento constante de un punto inicial a un punto final, en donde se desarrolla la temática acorde al tema del Festival. Se trata de un desfile interpretado por estudiantes, en donde se pueden representar situaciones dramáticas de diferentes personajes, utilizando de forma integral diferentes técnicas. Se debe tomar en cuenta que:

a. Debe presentarse en vivo y debe ser realizada en exteriores. b. La obra debe realizarse por medio de un desplazamiento constante. c. Pueden presentarse diversas técnicas de manera integrada, tales d. como bandas, body art, malabaristas, mascaradas, monigotes, e. performance – happening, ready made, zanqueros, caracterizaciones, entre otros. f. El vestuario y el maquillaje a utilizar debe ser vistoso, llamativo y acorde a la propuesta escénica. g. La música debe ser en vivo y no pregrabada. h. Los Centros Educativos a los que pertenecen las agrupaciones debe ofrecer toda la seguridad necesaria para la presentación de la agrupación artística. Una delegación conformada por un mínimo de cinco personas entre docentes, madres, padres de familia, encargadas o encargados, deben acompañar a la agrupación a las presentaciones, debido a que el espectáculo se realiza en lugares públicos abiertos.

80.1. Participación: Grupal con un mínimo de 10 estudiantes 80.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 80.3. Duración: 10 minutos en un recorrido continuo al aire libre. Artículo 81. TÍTERES: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere al montaje de una obra teatral interpretada por títeres confeccionados y manipulados únicamente por estudiantes llamados titiriteros o manipuladores, dependiendo del elemento que se vaya a utilizar, ya sea este un títere o un objeto inanimado, con el que se representa una historia con personajes fantasiosos o reales. Se debe tomar en cuenta que:

a. Los títeres deben ser elaborados por las y los estudiantes, con la ayuda de la o el docente. Se pueden utilizar títeres de mano y marotes, títeres sostenidos por una o dos varillas, entre otros. La confección de los títeres se puede realizar utilizando cualquier material convencional o de reciclaje b. Las y los estudiantes pueden manipular varios títeres o personajes a la vez. La interpretación vocal de la o el estudiante que haga de titiritero o manipulador será en vivo y no en forma pregrabada. c. Las obras artísticas deben tener los siguientes componentes:

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Parte inicial: Presentación de la historia y conflicto principal: tiempo, lugar donde se desarrollan los hechos y relación entre personajes. Parte intermedia: acontecimientos que surgieron a partir del conflicto y desarrollo del mismo, que aceleran el ritmo de la obra artística y modifican las condiciones de las o los personajes, en especial de la o el protagonista. Parte final: Clímax en que las o los personajes tienen su máxima confrontación de modo que se da la resolución del conflicto presentado en la parte inicial. d. Se permite el uso de objetos escenográficos en la parte interna y externa del escenario. Únicamente se podrán portar aquellos implementos o accesorios, que sean manipulados y removibles con facilidad a la hora de colocarlos y sacarlos de escena de manera que no afecten la presentación de las y los participaciones siguientes ni la animación del evento. La escenografía y utilería son un complemento a la presentación de la obra artística y no son la parte esencial. Deben tener como características la simplicidad, economía y brevedad del tiempo de instalación y desinstalación, el cual no debe exceder los dos minutos respectivamente. e. El uso del teatrino así como su forma, diseño, tamaño, decorado quedará sujeto a las características y necesidades del espectáculo que se vaya a presentar, siempre y cuando la agrupación así lo requiera. f. La Comisión de cada Etapa deberá proporcionar el teatrino adecuado para la participación de las y los estudiantes que así lo requieran. g. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

81.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de dos participantes y un máximo de cinco estudiantes titiriteras o titiriteros o manipuladores o manipuladoras. En caso de que la agrupación decida utilizar música en vivo, se permite la incorporación de un sexto estudiante participante que únicamente interpretará la música o realizará efectos de sonido en vivo con instrumentos musicales o con otros materiales. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

81.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 81.3. Duración:

a. Para estudiantes de Primaria, el tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de cinco minutos y el tiempo máximo es de diez minutos. b. Para estudiantes de Secundaria el tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de siete minutos y el tiempo máximo es de diez minutos.

81.4. Técnicas de manipulación permitidas:

a. Títeres de guante: Son aquellos títeres que se manipulan colocando su mano en el interior del títere. Se puede utilizar un teatrino en donde el manipulador queda oculto y solo queda expuesto el títere al público.

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b. Títeres de varilla: Son aquellos en donde su movimiento se consigue utilizando varillas. Se puede utilizar un teatrino en donde el manipulador queda oculto y solo queda expuesto el títere al público. c. Títeres de paleta. Son títeres que se confeccionan con paletas u otro material similar a las utilizadas en los helados, en donde su manipulación se realiza directamente con este objeto. Se puede utilizar un teatrino en donde el manipulador queda oculto y solo queda expuesto el títere al público. d. Títeres de Manipulación a la vista. Los títeres se animan a través de técnicas de manipulación directa con la variante que el manipulador trabaja a la vista directa del público. Se pueden utilizar objetos inanimados o títeres de guante, varilla o paleta. e. Títeres de Hilo o Marionetas. Son aquellos títeres que son manipulados a través de hilos colocados en puntos específicos del títere, cuya ubicación va a depender del movimiento que se desee que realice el títere. Su manipulador puede o no estar visible al público y normalmente el títere se encuentra a nivel del piso.

AREA DE ARTES LITERARIAS Las Disciplinas Artísticas del Área de Artes Literarias comprenden lo siguiente: Artículo 82. CUENTO: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una narración breve de hechos que pueden ser imaginarios o reales, caracterizada por estar protagonizada por un grupo reducido de personajes y que consta de un argumento sencillo siguiendo una sola línea de acción. Se debe tomar en cuenta que: Las obras artísticas deben tener los siguientes componentes: Introducción Clímax Desenlace 82.1. Participación: La o el estudiante participará con un único cuento de su autoría, el cual debe estar inédito a la hora de inscribirlo en la Etapa Inicial. 82.2. Tema: El establecido para cada edición del Festival.

82.3. Extensión: La extensión del texto no deberá exceder las siete páginas, en hoja tamaño carta. Artículo 83. POESÍA: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere al género literario en el que se recurre a la esteticidad lírica del lenguaje por medio del verso. Se debe tomar en cuenta que: La o el estudiante participante debe conocer que esta Disciplina Artística no consiste en la lectura o declamación voluntaria del poema por parte del estudiante, sino en la presentación de un poema escrito. 83.1. Participación:

a. La o el estudiante participará con un único poema de su autoría, el cual debe estar inédito a la hora de inscribirlo en la Etapa Inicial. b. Con respecto a la lectura o declamación del poema, se debe tomar en cuenta lo siguiente: En caso de que en forma voluntaria la o el estudiante desee leer el poema, se debe dar por entendido que esta acción no forma parte de la calificación para la selección de los representantes a la siguiente Etapa del Festival. En caso de que las o los estudiantes inscritos decidan voluntariamente hacer lectura de su poema, podrán hacerlo una vez que haya finalizado la calificación de dicha Disciplina Artística.

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83.2. Tema: el establecido para cada edición del Festival. 83.3 Extensión: La extensión del poema es libre.

ÁREA DE ARTES MUSICALES Las Disciplinas Artísticas del Área de Artes Musicales comprenden lo siguiente: Artículo 84. BANDA DE GARAJE: Participan únicamente estudiantes de Secundaria. Se refiere a una agrupación musical estudiantil que interpreta el género musical Rock y todas sus variaciones. 84.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de tres estudiantes y un máximo de ocho estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y además participar como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamente durante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación.

84.2. Instrumentos Musicales:

a. Para la ejecución de la obra artística, cada agrupación debe tener como ensamble base lo siguiente: una batería, un bajo que puede ser eléctrico, electro acústico o acústico, una guitarra que puede ser eléctrica, electro acústica o acústica y una o un cantante. En el caso de ser solo tres participantes por agrupación, la o el cantante puede ser cualquiera de los instrumentistas. b. Podrán utilizar además instrumentos de viento, cuerdas, teclados y de percusión, coros, sin exceder el número de participantes estipulado.

84.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 84.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 85. CIMARRONA: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación de estudiantes que ejecutan instrumentos de viento y percusión, utilizando música con patrones musicales folclóricos, típicos y tradicionales costarricenses. Se debe tomar en cuenta que:

a. Cada Cimarrona participante debe interpretar una obra artística original con uno o varios de los siguientes ritmos: parrandera o son suelto, jota, pasillo, vals, contradanza, tambito, corrido y danza. b. La ejecución de los temas musicales debe iniciar con la particular introducción de las cimarronas costarricenses en donde con instrumentos de percusión se simula el sonido de las bombetas.

85.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de cinco estudiantes y un máximo de quince estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y además participar como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos. No podrá: dirigir de ninguna forma a los estudiantes

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durante de la presentación, participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística. d. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos. No podrá dirigir a los estudiantes durante la presentación, ni participar como intérprete.

85.2. Instrumentos Musicales: Para la ejecución de la obra artística, cada agrupación debe utilizar los siguientes instrumentos de percusión: un bombo, un redoblante y un par de platillos, junto con alguno de los siguientes instrumentos de viento: trompetas, cornetas, bugles, saxofones, clarinetes, flautas traversas, altos, barítonos, bajos, sousáfonos, trombones o tubas. Únicamente se permitirá la utilización de los instrumentos musicales estipulados en este artículo para esta Disciplina Artística. 85.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 85.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 86. ENSAMBLE DE FLAUTAS DULCES: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación musical integrada por estudiantes que interpretan obras musicales con flautas dulces, también llamadas flautas de pico. Se debe tomar en cuenta que:

a. Los arreglos para los Ensambles de Flautas deben tener un mínimo de dos voces armónicas. b. No se permite el uso de acompañamientos con otros instrumentos musicales. c. No se permite el uso de flauta traversa.

86.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. No podrá participar como intérprete.

86.2. Instrumentos Musicales: Los instrumentos por utilizar en el ensamble son los que pertenecen a la familia de la flauta dulce o flauta de pico. 86.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 86.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 87. ENSAMBLE VOCAL: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere al conjunto de estudiantes que ejecutan una misma obra musical a varias voces armónicas. Se debe tomar en cuenta que:

a. Los arreglos para los ensambles vocales deben tener un mínimo de dos voces armónicas. b. El único instrumento musical permitido puede ser ejecutado por una o un estudiante, docente o integrante de la comunidad. c. Solamente se permiten movimientos corporales leves sin desplazamiento.

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87.1. Participación: a. Agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística.

87.2. Instrumentos Musicales: La ejecución puede ser a capella o con el acompañamiento discreto de un instrumento musical armónico como la guitarra acústica, o electroacústica, acordeón, teclado, entre otros. 87.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 87.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos.

Artículo 88. ESTUDIANTINA: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación que canta obras musicales a una o varias voces, se acompañan con instrumentos musicales y utiliza ritmos del folclor iberoamericano, manteniendo el formato tradicional de las Estudiantinas, Rondallas o Tunas. Se debe tomar en cuenta que:

a. Pueden realizar coreografías. b. Pueden utilizar el uniforme del Centro Educativo, la capa tradicional u otro atuendo característico de este tipo de agrupación musical. c. La mayoría de las y los estudiantes preferiblemente deben ejecutar instrumentos musicales en la interpretación de la canción y participar cantando el tema musical. d. La agrupación podrá hacer uso de solistas vocales únicamente en algunas partes de la interpretación de la canción. e. No se permite el uso de batería ni instrumentos eléctricos excepto el bajo eléctrico. f. Deben incorporar instrumentos armónicos como las guitarras.

88.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de diez estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. Podrá participar como intérprete con algún instrumento musical de los permitidos para esta Disciplina Artística.

88.2. Instrumentos Musicales:

a. Guitarras acústicas o electro-acústicas. b. Podrán utilizarse además algunos de los siguientes instrumentos: bajo o contrabajo de cuerdas preferiblemente acústico, bajo de cajón o quijongo, banjo, cavaquiño, charango, cuatro venezolano, guitarrón, laúd, mandolina, requinto; acordeón, bandoneón, melódica, pianica; armónica, flauta de pan o zampoña, flauta dulce o traversa, quena; viola, violín, violoncelo; lira y marimba. c. Podrán utilizarse también algunos de los siguientes instrumentos de percusión: bombo legüero, bongoes, caja china, cajón peruano, castañuelas, cencerro, claves, maracas o similares, palo de lluvia, pandereta, toc toc, triángulo y tumbas o congas.

88.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 88.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos.

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Artículo 89. GRUPO EXPERIMENTAL: Participan únicamente estudiantes de Secundaria. Se refiere a una agrupación musical que ejecuta temas musicales de las tendencias nueva canción, trova, nueva trova y música protesta, que pueden emplear ritmos típicos o populares latinoamericanos, ritmos de otras culturas, rock latino, jazz u otros géneros, modos, estilos musicales y en los que se evidencia el uso de textos con denuncia social y análisis crítico de la realidad. Se debe tomar en cuenta que: Las letras deben expresar denuncia social y análisis críticos de la realidad. 89.1. Participación:

a. Agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes y un máximo de quince estudiantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director únicamente durante los ensayos. No podrá: dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante la presentación, participar como intérprete, estar en el escenario en donde se presentará la obra artística.

89.2. Instrumentos Musicales:

a. Se permite la ejecución de cualquier tipo de instrumento musical y de diferentes culturas. b. Preferiblemente la base instrumental estará integrada por bajo, batería, guitarra acústica, percusión latina y teclado. c. Se permite el uso de cualquier tipo de instrumento musical. d. Esta Disciplina Artística permite la utilización de instrumentos musicales tradicionales de otras culturas. e. Se permite el uso de instrumentos creados con materiales de desecho y de uso cotidiano siempre y cuando estos no sean los instrumentos que predominen en la agrupación.

89.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 89.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 90. GRUPO INSTRUMENTAL: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación musical que ejecuta obras musicales instrumentales. Se debe tomar en cuenta que:

a. No se utiliza el recurso de la voz humana. b. Se deben utilizar todos los elementos constitutivos de la música: melodía, armonía y ritmo. c. La ejecución de la obra artística debe realizarse únicamente en vivo, sin utilizar secuencias, pistas o similares. d. En su interpretación la agrupación podrá utilizar todas las familias instrumentales a la vez, dos de ellas o únicamente una. Cuando la agrupación esté conformada por una sola familia instrumental estas no deben constituir Bandas de Percusión de desfiles o marchas, Cuerpos de Tambores, Ensambles de Flautas o Cimarronas.

90.1. Participación:

a. Podrán participar agrupaciones con un mínimo de tres estudiantes y un máximo de quince estudiantes.

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b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. No podrá participar como intérprete.

90.2. Instrumentos musicales: Se permite la ejecución de instrumentos musicales de viento, cuerda y de percusión, los cuales pueden ser acústicos, electro acústicos o electrónicos. 90.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 90.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 91. ENSAMBLE INSTRUMENTAL CON MATERIALES DE USO COTIDIANO. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una agrupación que ejecuta obras musicales solamente con instrumentos originales de materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados. 91.1. Participación:

a. Podrán participar agrupaciones con un mínimo de cuatro estudiantes. No se requiere máximo de estudiantes participantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director en los ensayos. No podrá: dirigir a los estudiantes durante la presentación, ni participar como intérprete.

91.2. Instrumentos musicales:

a. Únicamente se permite la ejecución, utilizando materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados que conformen instrumentos musicales. b. Los instrumentos musicales pueden haber sido intervenidos o construidos con uno o varios materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados, en cuyo caso deben ser elaborados únicamente por estudiantes. c. Los instrumentos musicales pueden ser materiales de uso cotidiano, de desecho o reciclados, utilizados en su forma original. d. Los instrumentos pueden ser de viento, cuerda y de percusión.

91.3. Tema: Libre 91.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 92. MARIMBA: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a la participación musical con temas musicales ejecutados con la marimba como instrumento principal. Se debe tomar en cuenta que:

a. La o las marimbas son los instrumentos principales en cualquier formato de ejecución. b. La ejecución de la obra artística debe realizarse únicamente en vivo, sin utilizar secuencias, pistas o similares. c. Pueden participar con un estudiante como solista instrumental o con un estudiante como solista con la marimba, en ensambles o agrupaciones musicales en cualquier formato de ensamble.

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d. Se ejecutarán únicamente obras artísticas musicales originales, compuestas con ritmos considerados tradicionales, folclóricos o típicos costarricenses: pasillo, tambito, jota, parrandera, contradanza, danza, vals criollo, calipso, entre otros. e. Se pueden utilizar marimba sola, marimba escuadra, marimba tiple, marimba tenor y marimba orquesta, entre otros.

92.1. Participación:

a. No se requiere un mínimo ni un máximo de estudiantes participantes. Las y los estudiantes que conforman la agrupación deben participar únicamente como músicos ejecutantes. b. Una o un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete. c. Una o un docente, funcionario del Centro Educativo, madre o padre de familia o encargado o integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director en los ensayos. Podrá estar en el escenario dirigiendo la obra artística. No podrá participar como músico intérprete.

92.2. Instrumentos musicales: Además de la o las marimbas se pueden utilizar cualquier tipo de instrumentos musicales, siempre y cuando la marimba se destaque como instrumento principal. No se permite el uso de la voz humana. 92.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 92.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 93. SOLISTA VOCAL CANCIÓN ORIGINAL. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a la o el estudiante que canta una canción original e inédita con el acompañamiento discreto de instrumentos o a capella. Se debe tomar en cuenta que: Es una Disciplina Artística en la que solamente se calificará la interpretación de la o el cantante solista. 93.1. Participación:

a. La o el estudiante podrá ser acompañado por un máximo de cinco personas que ejecuten instrumentos musicales. Estos instrumentos pueden ser interpretados por el estudiante, otros estudiantes, docentes o miembros de la comunidad. b. Las personas que ejecutan los instrumentos musicales como acompañamiento no podrán cantar. c. En el caso de que participe una o un estudiante indígena con una canción original, puede basarse en cualquiera de las siguientes opciones:

en el Tema General del Festival en temáticas autóctonas de la región a la que pertenecen en elementos propios de la cosmovisión indígena.

93.2. Instrumentos Musicales: Se pueden utilizar únicamente instrumentos musicales que cumplen básicamente la función de acompañamiento, los cuales deben ser ejecutados totalmente en vivo. En el caso de teclados, no se utilizarán acompañamientos automáticos. 93.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival. 93.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos. Artículo 94. SOLISTA VOCAL CANCIÓN POPULAR. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a una o un estudiante que canta una canción que no es inédita ni original y se acompaña con música en vivo o pista.

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Se debe tomar en cuenta que: Es una Disciplina Artística en la que solamente se calificará la interpretación de la o el cantante solista. 94.1. Participación:

a. La o el participante podrá ser acompañado por un máximo de cinco personas que ejecuten instrumentos musicales. Estos instrumentos pueden ser interpretados por el estudiante, otros estudiantes, docentes o miembros de la comunidad. b. La o las personas que ejecutan los instrumentos musicales no podrá cantar. c. En caso de que un estudiante indígena decida participar con una canción popular, participará en las Etapas competitivas en equidad de condiciones con respecto a los Centros Educativos no Indígenas cuyos estudiantes participen con canción popular.

94.2. Instrumentos Musicales: Se puede utilizar cualquier tipo de instrumento musical. 94.3. Tema: El establecido para cada edición del Festival.

a. El texto de las canciones debe ser respetuoso de los derechos humanos, de la imagen, de la integridad física y psíquica de las personas, en garantía de los derechos de las y los estudiantes y no hacer discriminación alguna en razón de las diferencias del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, discapacidad, de necesidades educativas especiales, orientación sexual, condición social y etnia. b. Además, debe propiciar la identificación de los y las estudiantes con su Centro Educativo, las buenas relaciones dentro de la comunidad educativa, la convivencia y la cultura de paz. c. El mensaje debe ser consecuente con la práctica de valores, apropiado al nivel de desarrollo del estudiantado, acorde con la edad de las y los participantes y relacionado con el enfoque de ética, estética y ciudadanía. d. No se deben presentar manifestaciones misóginas, homofóbicas o xenofóbicas en las canciones escogidas por la o el estudiante. e. En caso de que el Jurado le indique que la letra de la canción no se ajusta con lo estipulado en esta Normativa, la o el estudiante seleccionado debe cambiar la canción con que se presentará en la siguiente Etapa del Festival.

94.4. Duración: El tiempo máximo es de siete minutos.

ÁREA ARTES VISUALES

Artículo 95. En el Área de Artes Visuales se presentan las siguientes Tendencias Artísticas:

a. Tendencia por Manifestación Tradicional

b. Tendencia por Intervención Espacial

c. Tendencia por Arte Digital

d. Tendencia Contemporánea.

Artículo 96. Se debe tomar en cuenta que: 96.1. Las y los estudiantes que se inscriban en las Tendencias de Artes Visuales deberán presentarse con su obra artística desde la Etapa Inicial y en cada una de las Etapas en que sea seleccionado. 96.2. No se considerará participación de la o el estudiante el sólo envió de la obra artística, sino que la o el estudiante debe estar presente en el sitio y en el momento en donde se está calificando su obra, para que pueda brindar información acerca de la misma, si el Jurado lo requiere.

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96.3. La Comisión respectiva para cada Etapa del Festival facilitará espacios que posibiliten a las y los estudiantes participantes el incorporarse a actividades artísticas durante el transcurso del evento. 97. TENDENCIA POR MANIFESTACIÓN TRADICIONAL. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a procedimientos y formas de utilizar los diferentes elementos plásticos para poder producir una obra artística de dibujo, dibujo manga, escultura, fotografía, grabado y pintura. Se debe tomar en cuenta que todas las obras bidimensionales de pintura, dibujo, manga, grabado y fotografía deberán traer tres soportes desde la Etapa Inicial, ubicados en el lado superior de la obra: uno en el extremo izquierdo, uno en el extremo derecho y uno en el centro.

97.1. DIBUJO: Se refiere a toda obra artística dirigida a representar gráficamente objetos del mundo real o de la imaginación, en la cual predomina la línea y el trazo.

a. Formato: Puede ser horizontal o vertical. El tamaño debe ser de 30 cm x 50 cm, hasta 40 cm x 60 cm. No deben tener marco.

b. Materiales: Se pueden utilizar lápices de dibujo, de grafito o sepia, sanguina, lápiz de color, marcadores, plumilla, tiza pastel, papel blanco o de color, entre otros. c. Participación: Individual. d. Tema: El establecido para cada edición del Festival.

97.2. PINTURA: Se refiere a toda obra artística dirigida a la expresión visual de objetos del mundo real o de la imaginación, en la cual predomina el color.

a. Formato: Se puede utilizar técnica mixta. Puede ser horizontal o vertical. El tamaño debe ser de 30 cm x 50cm hasta 40cm x 60cm No debe tener marco.

b. Materiales: Se pueden utilizar los siguientes: tintas, témpera, acrílico, acuarela, óleo, pintura en aerosol, lápices de color, recortes de revistas, fotografías impresas. c. Participación: Individual. d. Tema: El establecido para cada edición del Festival.

ANTIL DE LA S ARTESNORMAT3

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97.3. FOTOGRAFÍA: Se refiere a un proceso de obtención de una imagen, capturada por una cámara fotográfica o algún dispositivo electrónico.

a. Formato: La expresión artística debe ser elaborada a través de la técnica de fotografía y el fotomontaje.

La fotografía puede ser horizontal o vertical. El tamaño debe ser de 30 cm x 50cm hasta 40 cm x60 cm Preferiblemente debe ser impreso en papel fotográfico

b. Dispositivos electrónicos: Se pueden utilizar los siguientes dispositivos electrónicos: cámara fotográfica, teléfono celular, Ipod, ordenador, tableta, entre otros. c. Participación: Individual o grupal: Puede participar un máximo de dos estudiantes. d. Tema: El establecido para cada edición del Festival.

97.4. ESCULTURA: Se refiere a toda obra artística realizada con las tres dimensiones espaciales: alto, largo y ancho, y con los elementos fundamentales: volumen, espacio, planos, proporción y materia. Las propuestas artísticas pueden realizarse a través de modelado, talla ensamble, ready made. Se debe tomar en cuenta que:

a. Formato: Puede ser horizontal o vertical. Las dimensiones de la pieza escultórica no debe exceder desde 20 cm hasta 40

cm de alto x 20 cm de ancho. La dimensión de la base es de 60 cm de alto. El ancho de la base debe ser

proporcional a las medidas de la escultura para la obra artística. Se puede utilizar la técnica mixta.

b. Técnica: Puede ser a través de la técnica modelado, ensamble, ready made, entre otros. c. Materiales: Se pueden utilizar los siguientes materiales: papel maché, pasta cerámica, arcilla, piedra, madera, resina, papel, alambre, textil, fibra de vidrio, cera y yeso, entre otros. d. Participación: Individual o grupal: Puede participar un máximo de dos estudiantes. e. Tema: El establecido para cada edición del Festival. Ver Ilustración:

Entre 20 cm y 40 cm de alto Base

La pieza 60 cm escultórica Base máximo 20 cm ancho

Entre 20 cm hasta 40 cm de ancho

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97.5. GRABADO: Se refiere a la acción de marcar, trazar un dibujo y dejar huella sobre una superficie que puede ser madera, metal u otros, para reproducirlo después por impresión.

a. Formato: Puede ser horizontal o vertical. El tamaño debe ser de 30 cm x 50cm hasta 40 cm x 60 cm Las obras no deben tener marco.

b. Técnica: Se puede utilizar la técnica de xilografía, agua fuertes, punta seca, entre otros. c. Materiales: Se puede utilizar cualquier sustancia, pigmento o material para marcar, dejar huella o imprimir, entre otros. d. Participación: Individual e. Tema: El establecido para cada edición del Festival

97.6. DIBUJO MANGA: Se refiere a una representación gráfica de figuras y objetos sobre una superficie de dos dimensiones mediante el uso del dibujo japonés manga. No se permitirán obras artísticas con contenidos de violencia ni con inclusión de contenido sexual implícito.

a. Formato: Puede ser horizontal o vertical. El tamaño debe ser de 30 cm x 50 cm hasta 40 cm x 60 cm No deben tener marco.

b. Técnica: Se puede utilizar la técnica mixta. c. Materiales: Se pueden utilizar los siguientes materiales: tinta china, plumillas, aerógrafos, tintas, témpera, acrílico, acuarela, óleo, pintura en aerosol, lápices de color, recortes de revistas, fotografías impresas, entre otros. d. Participación: Individual e. Tema: El establecido para cada edición del Festival.

98. TENDENCIA POR INTERVENCION ESPACIAL. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a la intervención de un espacio físico, arquitectónico o paisajístico, con el fin de representar ideas estéticas de contenido crítico y reflexivo. Se debe tomar en cuenta que: 98.1. MURAL Y GRAFITTI: 98.1.1. Mural: Se entiende como mural el uso de soporte un muro o pared para representar una imagen. 98.1.2. Grafitti: Son las inscripciones y dibujos trazados sobre las paredes de manera informal. Es un lenguaje tipo mural, efímero, urbano, prohibido.

a. Formato: Puede ser horizontal o vertical. Elaborados en paneles o paredes con espacios de 1½ metro x 2metros. En el caso

de los paneles se debe elaborar una base que soporte el panel para la exposición de la obra, es decir un soporte que permita la estabilidad y el traslado de la obra.

Desde la Etapa Inicial y en cada una de las Etapas se debe acompañar la obra artística con un registro fotográfico impreso, constituido por un mínimo de cinco fotografías y un máximo de diez fotografías que representen los diferentes procesos de la elaboración.

No deben tener marco.

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b. Materiales: Se pueden utilizar los siguientes materiales: tinta china, plumillas, aerógrafos, tintas, témpera, acrílico, acuarela, óleo, pintura en aerosol, lápices de color, recortes de revistas, fotografías impresas, entre otros. c. Técnica: Se puede utilizar la técnica mixta d. Participación: Individual o grupal. Pueden participar un máximo de cinco estudiantes. e. Tema: el general establecido para cada edición del Festival.

98.2. INSTALACIÓN: Expresión artística contemporánea que utiliza diversos objetos, elementos o materiales orgánicos e inorgánicos para modificar la manera en la que se experimenta un espacio en particular. En la instalación, el objetivo principal de la obra es el impacto que el espectador obtiene al observar la obra.

a. Formato y dimensiones: Libres. Debe permitir el traslado de la obra artística en caso de ser seleccionada para la siguiente Etapa. b. Técnica: libre c. Participación: Individual o grupal máximo quince estudiantes. d. Tema: el general establecido para cada edición del Festival.

99. TENDENCIA POR ARTE DIGITAL: Participan estudiantes de Primaria y Secundaria Es la expresión artística producto de la acción digital con el uso de la tecnología informática. 99.1. PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL: Se refiere a la realización de una producción audiovisual corta a través de la filmación o la fotográfica que constituye una pieza de comunicación en donde intervienen imágenes y sonidos grabados por medio de un dispositivo de grabación de audio y video para ser reproducida en cine, televisión, teatro, multimedia u otro.

a. Formato: La producción debe contener la totalidad de los créditos al final de la misma. La producción debe ser presentada en CD o DVD o en formato MP4.

b. Dispositivos: La obra artística podrá ser realizada con cualquier dispositivo que pueda captar video como cámaras de video, celulares, cámara fotográfica, pocket pc, Ipod, tableta entre otros. c. Participación: Individual o grupal: Puede participar un máximo de seis estudiantes. d. Tema: El establecido para cada edición del Festival. e. Debe tomarse en cuenta que:

Debe entregarse a las Comisiones de cada Etapa una breve sinopsis de la propuesta para ser entregada al Jurado.

Las propuestas artísticas deben de tener los siguientes componentes: Introducción, Clímax, Conclusión o Cierre.

e. Duración: máximo 5 minutos. 100. TENDENCIA CONTEMPORÁNEA. Participan estudiantes de Primaria y Secundaria. Se refiere a la realización de toda manifestación artística visual que refleja los estilos del arte actual. 100.1. BODY PAINT: Son los diseños realizados con pintura hechos en el cuerpo humano. Debe tomarse en cuenta que:

La ejecución de la obra artística debe hacerse en vivo. Se pueden usar las siguientes categorías: Maquillaje, pintura en el cuerpo y

mimetismo. La propuesta artística deberá ser realizada en el sitio donde se va a calificar la

obra y durante la ejecución de las respectivas Etapas.

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a. Materiales: Pintura para el cuerpo, óxido de zinc, témpera o cualquier pigmento que no dañe la piel. b. Participación: Individual o grupal. c. Tema: libre.

100.2. ESCULTURAS VIVIENTES: Las esculturas vivientes o estatuas vivientes son fenómenos artísticos del llamado arte urbano conocido como arte de la calle, en donde las y los estudiantes participantes ponen en su cuerpo todo tipo de materiales como maquillaje, vestuario o accesorios y permanecen la mayor parte del tiempo en forma estática simulando ser esculturas o estatuas. La propuesta artística deberá ser expuesta en vivo durante la ejecución de las respectivas Etapas.

a. Materiales: Libre, pudiendo utilizar todo tipo de materiales como maquillaje, vestuario y accesorios. b. Técnica: Es libre; sin embargo debe de tomarse en consideración que la propuesta es unitaria, es decir en forma integral, por lo tanto incluye tocado, vestuario, accesorios y maquillaje. En caso de utilizarse música pregrabada durante la presentación, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse. c. Participación: Individual o grupal: Puede participar un máximo de cinco estudiantes. d. Tema: El establecido para cada edición del Festival. e. Duración: máximo 8 minutos.

100.3. PERFORMANCE O HAPPENING: Es una acción artística preferiblemente interdisciplinaria, en la que la improvisación juega un papel importante y en la que las y los estudiantes participantes pueden incorporar espontáneamente a los espectadores, pensado para realizarse en espacios abiertos. La propuesta artística deberá ser expuesta en vivo durante la ejecución de las respectivas Etapas.

a. Formato: En caso de utilizarse música pregrabada durante la presentación, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse. Puede utilizar audio música pre grabada o en vivo, siempre que se integre con la puesta en escena. b. Técnica: La técnica es libre; sin embargo debe de tomarse en consideración que la propuesta es unitaria, por lo tanto integra tocado, vestuario, accesorios y maquillaje. c. Participación: Individual o grupal: Puede participar un máximo de cinco estudiantes. d. Tema: El establecido para cada edición del Festival. e. Duración: máximo 5 minutos.

100.4. DISEÑO DE MODA: Participan estudiantes de Secundaria. Para los efectos de esta Normativa se entiende por Diseño de Moda a la elaboración y diseño de ropa y accesorios que representan diferentes épocas y modas de la sociedad, en donde la o el estudiante diseñador crea y elabora la obra artística. El docente junto con el estudiante, establecerá una propuesta integrada de exhibición.

a. Formato: La obra artística debe ser considerada como un todo, desde el proceso inicial del

concepto que se desea proponer hasta la puesta en escena, puede ser en escaparate de exhibición, maniquíes, vitrinas, pasarelas u otra forma creativa en que se desarrolle la propuesta en la ejecución de la Etapa Inicial y de las siguientes Etapas en que haya sido seleccionada la obra artística.

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En caso de utilizarse música pregrabada durante la presentación, deben ser grabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato en las participaciones en cada una de las Etapas a las que les corresponda presentarse.

b. Materiales: Libre. c. Técnica: La técnica es libre; sin embargo debe de tomarse en consideración que la propuesta es unitaria, por lo tanto integra, vestuario, accesorios, escenografía en los escaparates o maniquíes en el momento de la exhibición de la obra artística. d. Participación: Individual o grupal: Puede participar un máximo de diez estudiantes. e. Tema: libre f. Duración: máximo 10 minutos.

Ver ilustración: