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Pág. 3-5 6-81 81-82 82-89 89 90-91 91-92 93-95 Pág. 96 97 97-98 98 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. TOMO Nº 360 SAN SALVADOR, LUNES 7 DE JULIO DE 2003 NUMERO 124 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 26.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto General. ..................................................................................... Contrato de préstamo suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo, por un monto de $70.000,000.00, recursos que serán destinados para financiar el “Programa de Vivienda – Fase I” y Decreto Legislativo No. 27, aprobándolo. ......................... Decreto No. 29.- Refórmase el Inc. 2º del Art. 1 de la Ley de Servicios Médicos y Hospitalaria para el Magisterio. .......... Decretos Nos. 31, 32, 33, 35, 36 y 42.- Exención de impuestos a la realización de diferentes actividades. ................ Decreto No. 34.- Reformas al Decreto Legislativo No. 817, de fecha 19 de abril de 2002. ..................................................... Decreto No. 38.- Declárase a la Doctora Matilde Elena López, “Hija Meritísima de El Salvador”. ................................ Decreto No. 41.- Disposiciones transitorias para facilitar el cumplimiento del acuerdo para la solución del conflicto de salud e inicio del proceso de reforma integral del sector. ................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Evangélica “La Venida del Espíritu Santo” y Acuerdo Ejecutivo No. 104, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. .......................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 413.- Se conceden beneficios a favor de la empresa del señor Roberto Jaime Llac Hill. .............................. MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0427 y 15-0483.- Equivalencias de estudios. ..................................................................................... Acuerdo No. 15-0685.- Se autoriza plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas, a la Universidad de Oriente. ...................................................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 212-D, 226-D, 254-D y 285-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus Ramas. ....................................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Pesquero”, Caserío El Coyolito; “Pro-mejoramiento San Martín, Santa Rosa 3ª. Zona”; “Lotificación Cristales”; “Pedrera Número 1” y “Urbanización Toscana”, Acuerdos Nos. 3, 6, 8, 10.1 y 13.2, DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

TOMO Nº 360 SAN SALVADOR, LUNES 7 DE JULIO DE 2003 NUMERO 124

ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 26.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto

General. .....................................................................................

Contrato de préstamo suscrito con el Banco Interamericano

de Desarrollo, por un monto de $70.000,000.00, recursos que

serán destinados para financiar el “Programa de Vivienda – Fase

I” y Decreto Legislativo No. 27, aprobándolo. .........................

Decreto No. 29.- Refórmase el Inc. 2º del Art. 1 de la Ley

de Servicios Médicos y Hospitalaria para el Magisterio. ..........

Decretos Nos. 31, 32, 33, 35, 36 y 42.- Exención de

impuestos a la realización de diferentes actividades. ................

Decreto No. 34.- Reformas al Decreto Legislativo No. 817,

de fecha 19 de abril de 2002. .....................................................

Decreto No. 38.- Declárase a la Doctora Matilde Elena

López, “Hija Meritísima de El Salvador”. ................................

Decreto No. 41.- Disposiciones transitorias para facilitar el

cumplimiento del acuerdo para la solución del conflicto de salud

e inicio del proceso de reforma integral del sector. ...................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Iglesia Evangélica “La Venida del Espíritu

Santo” y Acuerdo Ejecutivo No. 104, aprobándolos y

confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ..........................

MINISTERIO DE ECONOMIA

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 413.- Se conceden beneficios a favor de la

empresa del señor Roberto Jaime Llac Hill. ..............................

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0427 y 15-0483.- Equivalencias de

estudios. .....................................................................................

Acuerdo No. 15-0685.- Se autoriza plan de estudios de la

carrera de Licenciatura en Ciencias Jurídicas, a la Universidad de

Oriente. ......................................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 212-D, 226-D, 254-D y 285-D.-

Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus

Ramas. .......................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal

“Pesquero”, Caserío El Coyolito; “Pro-mejoramiento San Martín,

Santa Rosa 3ª. Zona”; “Lotificación Cristales”; “Pedrera Número

1” y “Urbanización Toscana”, Acuerdos Nos. 3, 6, 8, 10.1 y 13.2,

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

emitidos por las Alcaldías Municipales de Tejutla, Ciudad Arce,

Santa Ana y San Salvador, aprobándolos y confiriéndoles el

carácter de persona jurídica. ......................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Carteles Nos. 1122, 1123, 1124, 1125, 1126 y 1127.-

DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE ANA

VICTORIA MARAVILLA VDA. DE RIVERA Y OTRA,

ROXANA BERALI AGUILAR QUINTANILLA, ABRAHAN

NEFTALI RAMOS GONZALEZ, MARIA ESTEBANA

JURADO HERNANDEZ, JOSE LUIS RAMOS MEZA,

MARINA DEL CARMEN MUÑOZ DELGADO Y OTROS. (1

V.). ..........................................................................................

Cartel No. 1128.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR

DE MARTHA NOEMY POLIO DE CASTILLO. (3v. Alt.). ..

Cartel No. 1129.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE

CATALINA GOMEZ RAMIREZ. (3v. Alt.). ...........................

Carteles Nos. 1130, 1131, 1132 y 1133.- EDICTOS DE

EMPLAZAMIENTOS DE MARIA TERESA SALINAS DE

SEMSCH, OSCAR GONZALO MEJIA, ANGELA CHAVEZ

DELGADO, MARIA TERESA SALINAS DE SEMCH Y

OTROS. (3v. Alt.). ....................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Cartel No. 1117.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR

DE CIDA MARLENY TOMASINO JIMENEZ. (3v. Alt.). .....

Cartel No. 1118.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE

TERESA MENDOZA MENDOZA. (3v. Alt.). ........................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Carteles Nos.- 23206-1v, 23284-1v, 23289-1v, 23242-1v,

23219-1v, 23221-1v, 23123-1v, 23127-1v, 23160-1v, 23158-1v,

23362-1v, 23302-1v, 23326-1v, 23327-1v, 23328-1v, 23361-1v,

23359-1v, 23360-1v, 23266-1v, 23262-1v, 23163-1v, 23159-1v,

23235-1v, 23234-1v, 23233-1v, 23303-1v, 23132-1v, 23130-1v,

23129-1v, 23128-1v, 23259-1v, 23255-1v, 23258-1v, 23256-1v,

23254-1v, 23121-1v, 23228-1v, 23299, 23290, 23292, 23291,

23223, 23222, 23297, 23176, 23145, 23141, 23153, 23301,

23331, 23329, 23340, 23341, 23356, 23346, 23140, 23122,

23294, 23210, 23126, 23207, 23283, 23313, 23314, 23320,

23317, 23318, 23288, 23264, 23358, 23333, 23334, 23263,

23352, 23315, 23344, 23148, 23281, 23209, 23274, 23278,

23276, 23277, 23273, 23271, 23192, 23323, 23162, 23354,

23135, 23131, 23202, 23194, 23789, 23187, 23182, 23180,

23173, 23170, 23149, 23146, 23144, 23142, 23139, 23137,

23136, 23177, 23227, 23231, 23168, 23169, 23172, 23248,

23246, 23243, 23229, 23226, 23225, 23224, 23220, 23216,

23214, 23212, 23175, 23268, 23154, 23155, 23161, 23164,

23166, 23244, 23185, 23188, 23190, 21391, 23193, 23103,

23183, 23179, 23218, 23217, 23215, 23213, 23208, 23205,

23203, 23201, 23199, 23197, 23195, 23287-C, 23316-C, 23120-

C, 23124-C, 23282- 3 v. 1v. c 3/d. ............................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Carteles Nos.- 22756, 22820, 22843, 22822, 22836, 22794,

22793, 22799, 22803, 22816, 22823, 22748, 22698, 22642,

22685, 22686, 22688, 22767, 22765, 22764, 22763, 22755,

22754, 22751, 22757, 22808, 22832, 22821, 22838, 22638,

22795, 22787, 22776, 22649, 22853, 22672, 22702, 22646,

22716, 22844, 22847, 22848, 22850, 22846, 22841, 22830,

22742, 22694, 22740, 22788, 22780, 22831, 22824, 22854,

22652, 22745, 22812, 22772, 22851, 22852, 22819, 22861,

22665, 22666, 22840, 22670, 22664, 22669, 22662, 22661,

22667, 22663, 23012-C, 22919-C, 22522 (3 V. 1 V. C 3/D.) ...

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Carteles Nos.- 22355, 22384, 22386, 22404, 22402, 22405,

22407, 22425, 22397, 22364, 22444, 22403, 22400, 22344,

22348, 22350, 22352, 22415, 22338, 22396, 22393, 22394,

22391, 22389, 22388, 22845-C, 22828-C, 22775-C, 22758-C,

22825-C, 22829-C. ....................................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 235 y 583.- Reposiciones de títulos.

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DECRETO No. 26

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que, por Decreto Legislativo No. 479, de fecha 11 de julio del 2001, publicado en el Diario Oficial No. 151, Tomo No. 352 del 15 de agostodel mismo año, se ratificó en todas sus partes el Convenio de Donación denominado “Una Mejor Vida para Víctimas Seleccionadas delTerremoto”, denominada Programa de Recuperación por el Terremoto (EREP), suscrito entre el Gobierno de los Estados Unidos de Américaa través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), y el Gobierno de la República de El Salvador, por medio del cual otorga a nuestropaís una donación de DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA (US $18,718,000.00).

II. Que el referido convenio incluye recursos para financiar proyectos de Viviendas, Escuelas, Salud Pública, Micro y Pequeña Empresa, estaúltima actividad consiste en la reconstrucción de mercados municipales locales en las áreas más afectadas por los terremotos.

III. Que de acuerdo con el Anexo I (numeral VII) del referido convenio “Descripción Ampliada del Objetivo Especial”, el FISDL es la entidaddesignada para ejecutar los proyectos destinados a la reconstrucción de mercados locales, cuyo monto asignado es de UN MILLON DEDOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $1,000,000.00).

IV. Que, por Decreto Legislativo No. 829, de fecha 25 de abril del 2002, publicado en el Diario Oficial No. 90, Tomo No. 355, del 20 de mayodel mismo año, se ratificó la Enmienda No. 3 al referido Convenio, por medio de la cual se incrementó dicha donación en la partecorrespondiente a la Reconstrucción de Mercados Municipales Locales, por un monto de QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOSESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $500,000.00). Asimismo, a través de Decreto Legislativo No. 902, de fecha 5 de julio del 2002,publicado en el Diario Oficial No. 137, Tomo No. 356 del 24 del mismo mes y año, se ratificó la Enmienda No. 4, en el cual se aumentó elmonto para la ejecución de dicha subactividad por UN MILLON QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA (US $1,500,000.00).

V. Que los recursos provenientes de dicha Donación, se comenzaron a ejecutar desde el año 2002, estando pendiente de ejecutar a la fecha lacantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE AMERICA (US $2,881,620.00).

VI. Que en razón de lo antes expuesto, y con el propósito de disponer de la cobertura presupuestaria necesaria para continuar con la ejecuciónde dichos proyectos, es conveniente incorporar las reformas correspondientes en la Ley de Presupuesto.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda.

DECRETA:

Art. 1. En la Ley de Presupuesto vigente, Sección A- PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, introdúcense las modificaciones que acontinuación se indican:

A) En el apartado II INGRESOS, Rubro 22 Transferencias de Capital, cuenta 224 Transferencias de Capital del Sector Externo, increméntasela fuente específica 22403 De Gobiernos y Organismos Gubernamentales, con la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $2,881,620), correspon-diente al Convenio de Donación USAID No. 519-008 “Una Mejor Vida para Víctimas Seleccionadas del Terremoto”.

B) En el apartado III GASTOS, Gobierno Central, en la parte correspondiente al Ramo de Hacienda, Unidad Presupuestaria 11 Financiamientoal Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, créanse las Líneas de Trabajo con las cantidades que a continuación se indican:

Relación Propósitos con Recursos Asignados

C) Los recursos por valor de US $100 correspondientes al Fondo General para financiar los gastos de la Línea de Trabajo 08 ContrapartidaPrograma de Recuperación por el Terremoto que se crea en el literal que antecede se tomarán de las mismas asignaciones del Ramo deHacienda, Unidad Presupuestaria 11 Financiamiento al Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, Línea de Trabajo 01 Atenciónde Gastos Administrativos, Rubro de Agrupación 56 Transferencias Corrientes, Código 2003-0700-3-11-01-21-1.

Art. 2.- En la Ley de Presupuesto vigente, Sección B - PRESUPUESTOS ESPECIALES, en la parte correspondiente al Fondo de Inversión Socialpara el Desarrollo Local, introdúcense las modificaciones siguientes:

A) En el literal B INGRESOS, Ingresos de Capital, Rubro 22 - Transferencias de Capital, Cuenta 222 Transferencias de Capital del SectorPúblico, increméntase la fuente específica 2220700 Ramo de Hacienda, con la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTAY UN MIL SEISCIENTOS VEINTE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $2,881,620).

B) En el literal C Asignación de Recursos, Unidad Presupuestaria 03 Financiamiento a Gobiernos Municipales, créanse dos líneas de trabajocon las cantidades que a continuación se indican:

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Relación Propósitos con Recursos Asignados

C) Los recursos por valor de US $100 correspondientes al Fondo General para financiar los gastos de la Línea de Trabajo 07 ContrapartidaPrograma de Recuperación por el Terremoto que se crea en el literal que antecede se tomarán de las mismas asignaciones del FISDL, UnidadPresupuestaria 02 Apoyo al Desarrollo Local, Línea de Trabajo 01 Asistencia Técnica a Gobiernos Locales, Rubro de Agrupación 54Adquisiciones de Bienes y Servicios, Código 2003-0505-3-02-01-21-1.

Art. 3. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DECRETO No. 27

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que, por Decreto Legislativo No. 699, de fecha 19 de diciembre del 2001, publicado en el Diario Oficial No. 241, Tomo No. 353, del 20 del

mismo mes y año, esta Asamblea Legislativa facultó al Organo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su Titular o del

Representante que él designare, suscribiera ; en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador, un Contrato de Préstamo con

el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de SETENTA MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA (US $70,000,000.00), recursos que serán destinados para financiar el "Programa de Vivienda- Fase I".

II. Que en correspondencia a la autorización conferida por el Decreto Legislativo No. 699 antes relacionado, el Contrato de Préstamo fue suscrito

el 11 de enero del 2002.

III. Que procede aprobar en todas sus partes el Contrato de Préstamo suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que ha sido

sometido a esta Asamblea Legislativa, para lo cual se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 148 de la Constitución de la República.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Art. 1.- Apruébase en todas sus partes el Contrato de Préstamo suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 11 de enero del 2002,

por un monto de SETENTA MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $70,000,000.00).

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

DECRETO No. 29

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el Art. 50 de nuestra Constitución establece que la seguridad social constituye un servicio público de carácter obligatorio; así mismo,

el Art. 65 estipula que la salud de los habitantes de la República es un bien público y que el Estado y las personas están obligados a velar por

su conservación y restablecimiento.

II. Que mediante Decreto Legislativo No. 588, de fecha 22 de febrero de 1968, publicado en el Diario Oficial No. 41, Tomo No. 218, del día

28 de febrero de ese mismo año fue emitida la Ley de Servicios Médicos y Hospitalarios para el Magisterio; con el propósito de crear un

servicio de asistencia social exclusivo para este gremio, que presta sus servicios en el sector público.

III. Que en la referida Ley se estableció que a partir de 1982 obtendrían la cobertura de los beneficios indicados, el cónyuge del maestro,

excluyendo de esa manera al consorte que no estuviere unido por vínculo matrimonial.

IV. Que desde 1994 la nueva legislación en materia de familia ha establecido como institución paralela al matrimonio, la de la unión no

matrimonial, como forma de vida igualmente protectora del grupo familiar; y, además, que otros sistemas de cobertura médico hospitalarios,

reconocen al conviviente o compañero de vida, iguales derechos que al cónyuge del asegurado.

V. Que es procedente modificar el Art. 1 de la referida Ley para hacer posible el ejercicio de este derecho al conviviente del docente asegurado.

VI. Que, sobre la base del Art. 131, Ordinal 5°. de la Constitución de la República, es competencia de esta Asamblea reformar las Leyes de la

República.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Marta Lilian Coto Vda. de Cuéllar y José Ebanán Quintanilla,

DECRETA:

Art. 1. Refórmase el inc. 20. del Art. 1 de la Ley de Servicios Médicos y Hospitalarios para el Magisterio, de la siguiente manera:

"El servicio a que se refiere el inciso anterior se extenderá de conformidad a la siguiente escala: a) durante el presente año, a los hijos menores de

doce años; b) en el año de 1981 a los hijos menores de dieciocho años; y c) en el año de 1982, a los hijos menores de veintiún años y al cónyuge o, en

su caso, al conviviente del docente. La cobertura a que se refieren los literales b) y c) anteriores, sólo será aplicable a los hijos solteros."

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

ROLANDO MARIN,

MINISTRO DE EDUCACION.

DECRETO No. 31

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Asociación Benéfica de Damas Italianas, es una entidad de asistencia social y sin fines de lucro, cuyos objetivos son promover y realizar

actividades benéficas, de asistencia social y de caridad.

II. Que para el logro de sus fines introducirán al país mercadería procedente de Italia, la cual será comercializada en el evento denominado

"BAZAR ITALIANO".

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente

exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del referido donativo.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Alejandro Dagoberto Marroquín.

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DECRETA:

Art. 1. Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación

de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de mercadería procedente de Italia, así como la comercialización de la misma, en el evento

denominado "BAZAR ITALIANO", a favor de la Asociación Benéfica de Damas Italianas. La cantidad de mercadería a ser introducida es la siguiente:

CASA BIANCHI s.p.a. Gazzada, Italia. 3513 paquetes de pasta Barrilla, en 20 diferentes presentaciones; 588 botes de salsa preparada Barrilla, en 10

diferentes presentaciones; 428 paquetes de Galletas Mulino Bianco, en 8 diferentes presentaciones; 240 paquetes de Amaretti Nonna Bonomi; 84

Cantuccini Sapori Mandorle; 72 Pandorino NOI e VOI; 72 Treccina NOI e VOI; 456 botes de Mermellata Hero, en 6 diferentes sabores; 120 paquetes

de Farina Polenta Lamp o Moretti; 360 Barras de Chocolate Novi Fondente; 90 botes de Nutella Ferrero; 80 paquetes de Riso Arborio Chicco Chef; 288

botellas de 1 lt. De Olio Oliva Extravergine Mulino Rosso; 36 botes de Olio e peperoncino Rebecchi; 36 botes de Olio e fungo Rebecchi; 96 botellas

de Aceto Balsamic o "2 Madonne"; 360 paquetes de Fungí secchilusso original f; 144 botes de Pesto Tigullio; 72 tubos de Pasta acciughe Zarotti; 120

Alici Rizzoli; 60 botes de Carcio fini interi Saclá; 120 botes de Vóngole NOI e VOI; 120 tiras de Tonno Rio Mare, Naturale; 168 tiras de Tonno Rio

Mare, Olio Oliva; 1080 Pelatti San Marzano M.R., 400 gr.; 540 Pelatti San Marzano M.R., 800 gr.; 10 Formas de Queso Parmigiano Reggiano, Aprox.

500 kilos; 12 formas de Queso Grana Padano, Aprox. 600 kilos; 10 cilindros de Provolone Auricchio Dolce, Aprox. 65 kilos; 4 cilindros de Provolone

Auricchio Picante, Aprox. 30 kilos; 420 botellas Chianti Corsi 12°; 90 botellas Barbera Asti, Caldirola; 90 botellas Lambrusco amabile, Cavicchioli;

72 botellas Grignolino Asti; 84 botellas Nebiolo Scanavino; 108 botellas Verdicchio Fazi Battaglia; 36 botellas Spumante Asti Gancia; 48 botellas vino

Rosso Antico; 48 botellas Vecchia Romagna Buton; 12 botellas Fernet Branca; 12 botellas Grapa NONINO; 48 botellas Vermouth Martín rosso; 48

botellas Carpano Punt e Mes; 5 formas queso Bel Paese, aprox. 30K; 2 formas queso Taleggio, aprox. 15K; 3 formas queso Fontina, Valle Ao., aprox.

30 K; 8 formas queso Peccorino Romano, aprox. 30 K; 30 boccette Cacio - cavallo, aprox. 70K; 1000 Panettone MI, Clásico, en caja; 500 Pandoro Vr.,

clásico, en caja. CANTINE SOLDO. Chiari, Italia. 120 botellas vino blanco Trebbiano Abruzzo; 420 botellas vino blanco Pinot Grigio V.; 204 botellas

vino blanco Verdicchio Matellica; 90 botellas V.S.D.Q. Prosecco; 240 botellas vino blanco Soave; 300 botellas vino rojo Bardolino Clásico; 240 botellas

vino Valpolicella Clásico; 144 botellas vino Montepulciano A.; 180 botellas vino Chianti D.O.C.G.; 180 botellas vino Cabemet Franc.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo los

representantes de la citada organización deberán presentar a esta Asamblea, un informe sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DECRETO No. 32

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el Sindicato Gremial de Artistas Circenses de El Salvador (SGACES), es una institución apolítica y sin fines de lucro, cuyos objetivos,entre otros, son luchar por la unidad y superación del Gremio de Artistas Circenses.

II. Que para el logro de sus fines está presentando en el país el espectáculo acuático denominado “LOS DELFINES DE MIAMI”.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedenteexonerar del pago de todo tipo de impuestos, incluyendo los municipales, que pueda causar la realización del evento en mención.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Humberto Centeno Najarro.

DECRETA:

Art. 1. Exonerase del pago de todo tipo de impuestos, incluyendo los municipales, que puedan causar las presentaciones en el país del espectáculoacuático denominado “LOS DELFINES DE MIAMI”, durante 30 días a partir del 6 de junio del 2003, en el parqueo de la Feria Internacional, a beneficiodel Sindicato Gremial de Artistas Circenses de El Salvador (SGACES).

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, losrepresentantes de la mencionada organización deberán presentar a esta Asamblea una liquidación sobre los ingresos obtenidos y la distribución de losmismos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ, PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO, PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DECRETO No. 33

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Iglesia Católica, Apostólica y Romana en El Salvador, de la Arquidiócesis de San Salvador, es una institución religiosa, apolítica, sinfines de lucro.

II. Que para el logro de sus objetivos le ha sido donado un vehículo, el cual será rifado, cuyos fondos serán utilizados para la construcción dela segunda etapa de la Casa de Convivencia “Familia Nazaret para la Evangelización”, ubicada en la comprensión de Zaragoza, carretera alPuerto de La Libertad.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, y con el objetode contribuir al éxito del citado evento es procedente exonerar del pago de impuestos que pueda causar la introducción al país del mencionadoautomotor, así como la rifa del mismo.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: José Mauricio Quinteros y Gerardo Antonio Suvillaga.

DECRETA:

Art. 1. Exonerase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestaciónde Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de un vehículo, así como la rifa del mismo, a favor de la Iglesia Católica, Apostólica y Romanaen El Salvador, de la Arquidiócesis de San Salvador, el cual es de las características siguientes: marca: Toyota, modelo: NZE 120 L-AEMDK/2003, tipo:Corolla XLI, color: beige, combustible: gasolina, capacidad: 5 asientos, motor: 2-N-Z-2504583, chasis: JTBW 21 E-803016779, clase: automóvil, año:2003.

Asimismo, los representantes de la mencionada entidad deberán presentar a esta Asamblea una liquidación sobre los fondos obtenidos.

La exención concedida, es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZPRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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DECRETO No. 35

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Fundación Ayúdame a Vivir, realiza labores sin fines de lucro en pro de los niños con leucemia.

II. Que para cumplir con dicho cometido se hace necesario adquirir medicamentos y reactivos provenientes del exterior, a fin de satisfacer lasnecesidades médicas requeridas, sean éstas en forma gratuita u onerosa.

III. Que además de incurrir en gastos por la adquisición de dichos medicamentos, también le corresponde pagar los tributos respectivos por lasmencionadas importaciones.

IV. Que se hace necesario exonerar del pago de impuestos por el período de un año, la importación de medicamentos y reactivos que la citadafundación introduzca al país.

V. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedenteexonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país de los referidos medicamentos y reactivos.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Carmen Elena Calderón de Escalón, Vilma Celina García de Monterrosa,Julio Antonio Gamero Quintanilla, José Mauricio Quinteros, Juan Miguel Bolaños, José Rafael Machuca Zelaya, Noé González, Gerson Martínez yCalixto Mejía.

DECRETA:

Art. 1. Declárase exento del pago de impuestos o tasas fiscales por un año, contado a partir de esta fecha, incluyendo bodegaje, a excepción delImpuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la importación de medicamentos y reactivos quela Fundación Ayúdame a Vivir efectúe.

Dicha Fundación deberá informar trimestralmente a esta Asamblea sobre la totalidad de los bienes introducidos al país, amparados en el presenteDecreto.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DECRETO No. 36

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Congregación Mita Incorporado es una organización apolítica, no lucrativa; cuyos fines están dirigidos a fomentar el desarrollo delespíritu religioso entre sus feligreses.

II. Que para el cumplimiento de sus fines han recibido un donativo consistente en instrumentos musicales, los cuales serán utilizados enactividades culturales en beneficio de la mencionada entidad.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedenteexonerar del pago de todo tipo de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del mencionado donativo.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: René Napoleón Aguiluz Carranza, Agustín Díaz Saravia y MauricioHernández Pérez.

DECRETA:

Art. 1. Exonerase del pago de todo tipo de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y ala Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de un donativo, a favor de la Congregación Mita Incorporado, el cual consisteen: 3 Clarinetes, 3 Trompetas, 4 Saxofones, 1 Tenor, 2 Flautas, 3 Trombones, 1 Borbandino, 1 Bajo o Tuba, 1 Bombo, 1 Redoblante, 1 par de Platillosy 1 Lira.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DECRETO No. 42

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Fundación Perquinense para la Reconstrucción y el Desarrollo Económico y Social de los Sectores Populares de El Salvador,"Fundación Perquín", es una entidad de utilidad pública, apolítica y sin fines de lucro, cuyos objetivos están encaminados a realizar estudiossobre la problemática social, económica y ecológica de El Salvador.

II. Que para el logro de sus objetivos, presentarán en diferentes ciudades del país, el espectáculo denominado "CIRCO MUNDO MAGICO",con el objeto de recaudar fondos para financiar una campaña de salud en pro de las comunidades marginales del país.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedenteexonerar del pago de impuestos, incluyendo los municipales, que puedan causar dichas presentaciones.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de la Diputada Carmen Elena Calderón de Escalón.

DECRETA:

Art. 1. Exonérase del pago de impuestos, incluyendo los municipales, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a laPrestación de Servicios (IVA), que puedan causar las presentaciones del espectáculo denominado "CIRCO MUNDO MAGICO", a favor de la FundaciónPerquinense para la Reconstrucción y el Desarrollo Económico y Social de los Sectores Populares de El Salvador, "Fundación Perquín", según lacalendarización siguiente: del 30 de mayo al 17 de junio del 2003, en San Salvador, del Departamento del mismo nombre; del 19 al 24 de junio del 2003,en La Unión, del Departamento del mismo nombre y del 26 al 30 de junio del 2003, en Santa Rosa de Lima, del Departamento de La Unión.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, losrepresentantes de la mencionada organización deberán presentar a esta Asamblea, una liquidación de los ingresos obtenidos y la distribución de losmismos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DECRETO No. 34

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que, por Decreto Legislativo No. 817, de fecha 19 de abril del 2002, publicado en el Diario Oficial No. 88, Tomo No. 355 del 16 de mayodel mismo año, se exoneró del pago de impuestos que pudiese causar la presentación del evento denominado “SEÑORITA PANAMERI-CANA”, el día 25 de abril del año en mención.

II. Que por motivos de fuerza mayor el citado evento no se llevó a cabo en la fecha estipulada, el cual ha sido reprogramado para el día 12 dejunio del 2003.

III. Que de conformidad a las facultades que esta Asamblea Legislativa le confiere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedentereformar el mencionado Decreto Legislativo No. 817.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Gerardo Antonio Suvillaga.

DECRETA:

Art. 1. Refórmase el Decreto Legislativo No. 817, de fecha 19 de abril del 2002, publicado en el Diario Oficial No. 88, Tomo No. 355 del 16 demayo del mismo año, en el sentido de reprogramar para el día 12 de junio del año 2003, la realización del evento denominado “SEÑORITAPANAMERICANA”, a favor de la Liga Panamericana de El Salvador.

Asimismo, los representantes de la citada organización deberán presentar a esta Asamblea una liquidación de los fondos obtenidos y la distribuciónde los mismos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JUAN JOSE DABOUB ABDALA,

MINISTRO DE HACIENDA (AD-HONOREM).

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DECRETO No. 38

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad al Artículo 131, ordinal 22 de la Constitución, es facultad de este Órgano de Estado, conceder a personas o poblaciones,

títulos, distinciones honoríficas y gratificaciones compatibles con la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la

Patria.

II. Que, así mismo, el Art. 6, literal a), de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos, establece que se otorgará la máxima

distinción de “Hijo Meritísimo de El Salvador”, cuando se tratare de personas salvadoreñas que se dediquen o hayan dedicado, a la realización

del humanismo y del altruismo; o por sus trascendentales aportes o servicios al conocimiento humano, de un modo tal, que dicho aporte

represente un beneficio general, regional o universal.

III. Que la Doctora Matilde Elena López, en su calidad de ensayista pionera, poetisa fecunda, educadora de generaciones y académica notabilísima

ha dedicado su vida entera al desarrollo cultural de El Salvador, convirtiéndose en una de las artistas que mejor representa el aporte de la mujer

en el ámbito literario y pedagógico, así como el esfuerzo nacional por brindar solidez y calidad a la contribución cultural de nuestro país al

arte universal.

IV. Que en virtud de la destacada trayectoria humanista de la Doctora Matilde Elena López y como un justo reconocimiento a su versátil obra

literaria y a los méritos que la distinguen entre las mujeres salvadoreñas más universales, es procedente otorgarle la máxima distinción

honorífica conferida por este Órgano del Estado.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Luis Federico Hernández Aguilar, Ciro Cruz Zepeda Peña, José Manuel

Melgar Henríquez, José Francisco Merino López, Marta Lilian Coto Vda. de Cuéllar, Elizardo González Lovo, Elvia Violeta Menjivar Escalante, José

Antonio Almendáriz Rivas, Rolando Alvarenga Argueta, Irma Segunda Amaya Echeverría, José Orlando Arévalo Pineda, Miguel Francisco Bennett

Escobar, Efrén Arnoldo Bernal Chévez, Roger Alberto Blandino Nerio, Juan Miguel Bolaños Torres, Carmen Elena Calderón de Escalón, José Ernesto

Castellanos Campos, Roberto Eduardo Castillo, Humberto Centeno Najarro, Héctor David Córdova Arteaga, José Ricardo Cruz, Roberto José

d’Aubuisson Munguía, Walter Eduardo Durán Martínez, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Julio Antonio Gamero Quintanilla, Vilma Celina

García de Monterrosa, César Humberto García Aguilera, Nelson Napoleón García Rodríguez, Nicolás Antonio García Alfaro, Ricardo Bladimir

González, Santos Fernando González Gutiérrez, Jesús Grande, Manuel de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Gabino Ricardo Hernández Alvarado, Mario

Marroquín Mejía, Segundo Alejandro Dagoberto Marroquín, Hugo Roger Martínez Bonilla, Manuel Vicente Menjivar Esquivel, Miguel Ángel

Navarrete Navarrete, Rubén Orellana Mendoza, Renato Antonio Pérez, Francisco Antonio Prudencio, Zoila Beatriz Quijada Solís, Norman Noel Quijano

González, José Mauricio Quinteros Cubías, Manuel Orlando Quinteros Aguilar, Julio Humberto Rank Romero, Carlos Armando Reyes Ramos, Dolores

Alberto Rivas Echeverría, Salvador Sánchez Cerén, Juan de Jesús Sorto Espinoza, Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Donato Eugenio Vaquerano Rivas,

María Patricia Vásquez de Amaya, José Vidal Carrillo Delgado, Félix Agreda Chachagua, Juan Francisco Villatoro, Aurelia Guadalupe López de

Kleutgens, Víctor Manuel Melgar González, Salvador Rafael Morales, José William Argueta Canales, Marta Elena de Rodríguez, Adilson Henríquez,

Guillermo Antonio Olivo, Oscar Abraham Kattan Milla, Sigfredo Campos Fernández, Alex Aguirre, Manuel de Jesús Aguilar, Mercedes de Robira,

Ernesto Angulo, Olga Elizabeth Ortiz Murillo, Dora Alicia Portillo, Dina Acuña, Leopoldo Chavarría, Silvia Cartagena e Hipólito Baltazar Rodríguez.

DECRETA:

Art. 1. Declárase a la Doctora Matilde Elena López, “Hija Meritísima de El Salvador”, como un reconocimiento a su versátil obra literaria y a su

vida entera dedicada al desarrollo cultural de nuestro país.

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

CONRADO LOPEZ ANDREU,

MINISTRO DE GOBERNACION.

DECRETO Nº 41.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la seguridad social y la salud pública, constituyen un servicio público de carácter obligatorio y un bien público, respectivamente, según

lo establecen los Arts. 50 y 65 de la Constitución;

II. Que el conflicto generado en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, cuya duración superó los ocho meses y ocasionó graves perjuicios

en la población;

III. Que para poner fin al referido conflicto, se contó con la participación de una comisión mediadora y tuvo como testigos a personajes notables

de la comunidad;

IV. Que como culminación de la negociación entre la comisión nombrada por el Órgano Ejecutivo y la comisión compuesta por el gremio médico

y trabajadores del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, se suscribió el 13 de junio del 2003 el Acuerdo para la solución del conflicto de

salud e inicio del proceso de reforma integral del sector;

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

V. Que en el acuerdo relacionado, las partes suscriptoras se comprometieron al cumplimiento del mismo, las que además requieren contar con

toda certeza con las atribuciones necesarias para ese mismo fin, por lo que se considera necesario la emisión de las disposiciones legales que

las contengan.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales, y a iniciativa de los diputados Salomé Roberto Alvarado Flores, Rodolfo Antonio Parker Soto, Héctor

Ricardo Silva Arguello, Jorge Alberto Villacorta Muñoz, René Aguiluz Carranza, José Francisco Merino López, Ciro Cruz Zepeda Peña, y Mauricio

Hernández Pérez,

DECRETA: LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES TRANSITORIAS PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO PARA LA

SOLUCION DEL CONFLICTO DE SALUD E INICIO DEL PROCESO DE REFORMA INTEGRAL DEL SECTOR.

Art. 1. Facúltase a las autoridades del Instituto Salvadoreño del Seguro Social y del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a adoptar las

medidas y realizar las erogaciones necesarias tendentes a cumplir con lo prescrito en el acuerdo para la solución del conflicto de salud e inicio del proceso

de reforma integral del sector.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil tres.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, ELIZARDO GONZALEZ LOVO,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil tres.

PUBLIQUESE,

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

JOSE FRANCISCO LOPEZ BELTRAN,

MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL.

JORGE ISIDORO NIETO MENENDEZ,

MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGELICA

“LA VENIDA DEL ESPIRITU SANTO”

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en el Caserío Menjívar, Cantón Flor Amarilla

Arriba, del Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, la

Iglesia Evangélica de nacionalidad salvadoreña, que se denominará “LA

VENIDA DEL ESPIRITU SANTO”, como una Entidad de interés

particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “La

Iglesia”.

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será el Municipio de Santa Ana,

Departamento de Santa Ana, pudiendo establecer filiales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán:

a) Predicar el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo.

b) Inculcar la Adoración de Dios como supremo hacedor de las

cosas, el respeto a las Autoridades legalmente constituidas y

el acatamiento a las leyes de la República.

c) Procurar la superación espiritual, moral e intelectual de sus

miembros, para que sean útiles a Dios, a la patria y a la familia.

d) Fomentar los valores cristianos en el seno de las familias para

una mayor convivencia social.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18

años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo

soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las personas que sus-

criban el acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales de la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: todas las personas que por su

labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea

General.

Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la Iglesia.

Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-

dos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General, y

b) La Junta Directiva

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11. -La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Iglesia y estará Integrada por la totalidad de los

miembros Activos y Fundadores.

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva. Las resoluciones las tomaría la Asamblea General por

mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se

requiera una mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-

bros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que

no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confiada

a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un

Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la Iglesia.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de

la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fines de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-

blea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la

Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pu-

diendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Direc-

tiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

c) Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas a la

Iglesia.

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el Organo de comunicación de la Iglesia.

Art. 22.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de

la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la

Iglesia tenga que realizar.

Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce

literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

Ley.

Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la

Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobran después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea

General señale.

CAPlTULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada

año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de

electa la nueva Junta Directiva, una Certificación del Acta de elección de

la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier

dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no compren-

dido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la

misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por

la Asamblea General.

Art. 31.- La Iglesia Evangélica “LA VENIDA DEL ESPIRITU

SANTO” se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones

legales aplicables.

Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº. 104.

San Salvador, 10 de junio de 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA EVANGELI-

CA “LA VENIDA DEL ESPIRITU SANTO”, compuestos de TREIN-

TA Y DOS Artículos, fundada en el Caserío Menjívar, Cantón Flor

Amarilla Arriba, Jurisdicción del Departamento de Santa Ana, y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país,

de conformidad con el art. 543 del Código Civil, el Organo Ejecutivo en

el Ramo de Gobernación, ACUERDA: aprobarlos en todas sus partes

confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA.

COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República).

EL VICE MINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro Nº. 23265)

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

ACUERDO No. 413.-

San Salvador, 8 de mayo de 2003.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vista la solicitud e información complementaria presentadas a este Ministerio en fechas 20 y 25 de septiembre, y 21 de octubre de 2002, por elseñor Roberto Jaime Llach Hill, actuando en carácter de persona natural, registrado con Número de Identificación Tributaria 0614-180940-002-0, laprimera relativa a que de conformidad a la Ley de Reactivación de las Exportaciones, se le concedan los beneficios correspondientes, para aplicarlosa la actividad de venta y exportación de café molido y empacado, que será destinado fuera del Area Centroamericana; el segundo escrito con motivode presentar el proceso de comercialización del café, estados financieros y fotocopia de la factura de exportación; y el tercer escrito con el objeto depresentar el cálculo financiero del valor agregado;

CONSIDERANDO:

I. Que la solicitud e información complementaria fueron admitidas en este Ministerio en fechas 20 y 25 de septiembre, y 21 de octubre de 2002;

II. Que cumpliendo con lo que establece el artículo 2 inciso 2o. de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, se mandó a oír opinión alMinisterio de Hacienda el 6 de diciembre de 2002, relacionado con la exportación de café tradicional tostado/molido, teniendo respuesta atal petición según nota del 24 de marzo de 2003, siendo en forma favorable otorgar los beneficios de la Ley de Reactivación de lasExportaciones, por cumplir el valor agregado de transformación a la materia prima café oro;

III. Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Reactivación de las Exportaciones y su Reglamento;

IV. Que este Ministerio ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable;

POR TANTO,

De conformidad a las razones expuestas y artículos 2 y 3 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 3 y 4 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1. Conceder al señor Roberto Jaime Llach Hill, el beneficio que establece la Ley de Reactivación de las Exportaciones, en su artículo 3 literala) Devolución del 6% del valor libre a bordo o valor FOB exportado, y calificarlo como Empresa de Comercialización Internacional, beneficioque se le otorga para aplicarlo a la comercialización de café tostado/molido de origen salvadoreño, el cual será destinado fuera del AreaCentroamericana;

2. El beneficiario tendrá derecho a la devolución del 6%, por las exportaciones que realice a partir de la fecha de presentación de su solicitudde beneficios;

3. El beneficiario deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y demás Leyesde la República, así como las que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Institucionescompetentes;

4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.

BLANCA IMELDA DE MAGAÑA,

VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. 23257)

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ACUERDO No. 15-0427.

San Salvador, 21 de marzo del 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación Académicase ha presentado CINDY CAROLINA CRESPIN REYES solicitando INCORPORACION de su Diploma de Estudios Secundario, extendido por elMinisterio de Educación, Provincia de British, Columbia, Canadá el año 1993. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos losrequisitos legales, ACUERDA: Dar como Equivalente los Estudios Secundarios realizados por CINDY CAROLINA CRESPIN REYES en Canadá, conlos de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de Estudios Secundarios, al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE.(Rubricado por el Señor presidente de la República). El Ministro de Educación, R . MARIN.

(Registro No. 23134)

ACUERDO No. 15- 0483.

San Salvador, 22 de Abril de 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se hapresentado, TATIANA YAMILETH GARCIA solicitando EQUIVALENCIA de sus Estudios de Noveno Grado, realizados en Klein IndependentSchool, Houston, Texas, Estados Unidos de América en el año de 2002, con los de Noveno Grado de Educación Básica de nuestro país. Y luego deexaminar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: Dar como Equivalente los Estudios de Noveno Grado, realizadospor TATIANA YAMILETH GARCIA en Estados Unidos de América con los de Noveno Grado de Educación Básica de nuestro país. Se le autorizamatricularse en Primer Año de Bachillerato. COMUNIQUESE. (Rubricado por el Señor Presidente de la República). El Ministro de Educación,R.MARIN.

(Registro No. 23330)

ACUERDO No. 15-0685.-

San Salvador, 11 de abril de 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0734de fecha 11 de junio de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE y reconociósu personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo No. 536 de fecha 29 de febrero de 1984, se autorizó el funcionamiento a la referida Universidad, y porAcuerdo No. 15-3445 de fecha 3 de marzo de 1999 se aprobó el Plan de Estudio de la carrera de LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS; III)Que la UNIVERSIDAD DE ORIENTE ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior el Plan de Estudio actualizado de la referida carrera,solicitando la respectiva autorización. POR TANTO, con base en las consideraciones antes expresadas, facultades que la Ley confiere y oída la opinióndel Consejo de Educación Superior, ACUERDA: 1o) Autorizar el Plan de Estudio actualizado, presentado por la UNIVERSIDAD DE ORIENTE,

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

correspondiente a la carrera de LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS; 2o.) Autorizar a la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UNIVERSIDADDE ORIENTE para que imparta dicha carrera en plan regular en su Sede Central; 3o.) Aprobar el Plan de Absorción que se encuentra anexo al documentodel Plan Actualizado; 4o.) Tanto el Plan de Estudio como el respectivo Plan de Absorción deberán encontrarse a disposición de los estudiantes enbiblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 5o.) Dicho plan de Estudio deberá ser revisado en el plazo de duración de la carrera; 6o.)El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el SeñorPresidente de la República). El Señor Ministro de Educación, R MARIN.

(Registro No. 23118)

ACUERDO No. 212-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, trece de mayo de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA: Autorizara la Licenciada ELBA CAROLINA CORLETO DE MAYORGA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON.- DE BUITRAGO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- GUSTAVE T.- BERNAL SILVA.- E. CIERRA.-Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. 23138)

ACUERDO No. 226-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, trece de mayo de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA: Autorizaral Licenciado OSCAR DAGOBERTO PENUT JAIMES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G. CALDERON.- J.ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.- E. CIERRA.- M. CLARA.- GUSTAVE T.- Pronunciado por los señoresMagistrados que lo suscriben E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. 23357)

ACUERDO No. 254-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, trece de mayo de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA: Autorizara la Licenciada IDALMA JANETH MELENDEZ DE VALDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G.CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- DE BUITRAGO.- M. CLARA.- GUSTAVE T.- RENE FORTIN MAGAÑA.- BERNALSILVA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. 23300)

ACUERDO No. 285-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de junio de dos mil tres. El Tribunal ACUERDA: Autorizaral Licenciado GUILLERMO ALBERTO PALMA CAMPOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A.G. CALDERON.- J.ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- DE BUITRAGO.- GUSTAVE T.- E. CIERRA.- M. CLARA.- BERNAL SILVA.- Pronunciado por los señoresMagistrados que lo suscriben E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. 23322)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

PESQUERO DEL CS/EL COYOLITO. C/ QUITAZOL,

J/TEJUTLA DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

CAPITULO I

De la naturaleza, Denominación, Domicilio y Duración

Naturaleza

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elcódigo municipal, la ordenanza Reguladora de Asociaciones comunales,y estos Estatutos.- Será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa.

Denominación

Art. 2.- Se denominará “Asociación de Desarrollo Pesquero Case-río El Coyolito” y podrá abreviarse ADESPE.

Domicilio

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Caserío El Coyolito,Cantón Quitasol, de la Jurisdicción de Tejutla.

Duración

Art. 4.- La duración es por tiempo indefinido; sin embargo podrádisolverse por los motivos siguientes:

1o) Disminución de socios (según Código Mcpal.)

2o) No realizar los fines para los cuales fue creada.

3o) Por realizar actos ilegales.

4o) Por acuerdo de la Asamblea General, o por motivos queacuerde el concejo municipal.

CAPITULO II

De los fines

Art. 5.- Los fines de la Asociación serán: el desarrollo humano y laobra física que proyecte la Asociación. Para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad conjunta-mente con organismos públicos y privados que participen enlos correspondientes programas y proyectos.

b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y coopera-ción mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respec-tivas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-zados en la localidad afines.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-mocional de dirigentes y grupos comunales, con el fin decontribuir al mejoramiento organizacional de la comunidad,la administración de proyectos sociales y económicos.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de lacomunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partíci-pes de la responsabilidad del desarrollo local.

g) Incrementar las actividades comunitarias, a fin de obtenerrecursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento dela comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local.

CAPITULO III

De los Afiliados, calidad, derechos y deberes.

Calidad

Art. 6.- Los afiliados podrán ser:

Activos

Honorarios

Deben ser personas vecinos de la comunidad, mayores de diecio-cho años; pero cuando provengan de asociaciones juveniles, el requisitoserá de quince años.

Socios Activos

Art. 7.- Son socios activos todas las personas que reúnan losrequisitos que señala el artículo anterior.

Socios Honorarios

Art. 8.- son socios honorarios todas aquellas personas a quienes laAsamblea General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva,le concede tal calidad por sus méritos personales y relevantes serviciosprestados a la Asociación.

Deberes y Derechos

Art. 9.- Son derechos y deberes de los socios:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así losolicitare.

d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de miembros de la Asociación.

f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Generalprevia convocatoria escrita.

g) Cumplir con estos Estatutos y obedecer los acuerdos ydisposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva,siempre que estén relacionados con fines de la Asociación.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

CAPITULO IV

Del Gobierno de la Asociación

Art. 10.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-blea General y la Junta Directiva.

Asamblea General

Art. 11.- La Asamblea General la constituyen todos los asociados,y las resoluciones se acordarán con el voto de la mitad más uno de lospresentes.

Art. 12.- En las sesiones de la asamblea General, cada asociado nopodrá representar a más de una persona.

Art. 13.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos vecesal año con intervalo de seis meses; la primera en el mes de Junio y lasegunda en Diciembre.- También podrá reunirse extraordinariamentecuando sea convocada por la Junta directiva o a solicitud de diez o másmiembros de la Asociación.

Art. 14.- En Asamblea General se tratarán los asuntos comprendi-dos en la Agenda respectiva; y en la extraordinaria los asuntos compren-didos en la convocatoria.

Art. 15.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria oextraordinaria, se hará mediante aviso escrito, con ocho días de anticipa-ción la primera, y con cuarenta y ocho horas la segunda, indicándose enella la hora día y lugar en que se ha de celebrar.

Art. 16.- Si a la hora señalada, no pudiere celebrarse la sesión porfalta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después dela señalada con los asociados que concurran.- En este último caso, lasdecisiones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que noasistieren.

Art. 17.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado financierode la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causas justificadas a losmiembros de la Junta Directiva y elegir los sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembro de la Asociación, a los quehubieren renunciado, fallecido o perdido la calidad comoasociado.

e) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-niente.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la asociación, y los quesean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamentos quese dictan.

h) Aprobar el Plan anual de Trabajo y su respectivo presupuesto.

i) Otorgar la calidad de socios Honorarios.

De la Junta Directiva

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por doce miembrospropietarios y cinco suplentes electos en Asamblea General.- La nomi-nación de los cargos serán los siguientes:

1.- Presidente

2.- Vice-Presidente

3.- Secretario

4.- secretario de Actas

5.- Tesorero

6.- Pro-Tesorero

7.- Síndico y 5 Vocales

Los cargos en la Junta Directiva serán as-honoren; sin embargocuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales parala asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando por elvolumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo dela Asamblea General.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menosuna vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, previaconvocatoria que haga el Presidente.

Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis delos miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. Encaso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta directiva:

1. Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación yproponerlos ante la Asamblea.

2. Determinar juntamente con las Instituciones que colaborancon el desarrollo comunal, el Plan Anual de Trabajo, y elPresupuesto correspondiente.

3. Organizar comisiones de trabajo orientando sus acciones a sumejor desenvolvimiento.

4. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias uextraordinarias.

5. Coordinar con organismos del Estado, la Municipalidad yentidades privadas en la realización de proyectos de desarro-llo de la comunidad.

6. Participar en la investigación,. planificación, ejecución yevaluación de programas y proyectos de mejoramiento co-munal.

7. Informar periódicamente a la Asamblea General y a losorganismos que cooperan en el desarrollo local, de las activi-dades que se desarrollan.

8. Tomar todas las medidas a fin de cumplir y aplicar lasdisposiciones emanadas de la Asamblea General.

9. Autorizar y controlar los gastos que efectúe la Asociación.

10. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losmiembros de la Asociación.

11. Resolver a su prudente arbitrio aquellas situaciones no pre-vistas en estos Estatutos, y que demanden inmediata solu-ción.

12. Presentar ante la Asamblea General la memoria anual deactividades.

13. Fomentar el espíritu de servicio, solidaridad y cooperaciónmutua entre los vecinos, grupos y entidades representativasde la comunidad.

14. Llamar al miembro suplente cuando el titular esté ausente, ono concurra a tres sesiones consecutivas sin causa justificada.

15. Presentar ante la asamblea general con quince días de antici-pación de cada ejercicio administrativo, el plan anual detrabajo y el presupuesto de gasto de asociación.

CAPITULO V

Funciones y atribuciones de Junta Directiva.

Art. 21.- El presidente presidirá las sesiones de Asamblea Generaly Junta directiva; y autorizará la correspondencia que se despache.

Art. 22.- El Vice-presidente colaborará con el presidente y losustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 23.- El secretario será el órgano de comunicación con y de laAsociación; será el encargado de llevar el inventario de los bienes de lamisma.

Art. 24.- El secretario de Actas tendrá a su cargo los libros de Actasde la Asociación; será el encargado de extender las certificaciones que lesoliciten de la Asociación; y desempeñará las demás labores que leencomiende la Junta Directiva.

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Art. 25.- El Tesorero será el encargado de administrar los fondos ydemás bienes de la Asociación; llevará las cuentas de la misma, para locual llevará los libros de contabilidad necesarios. Se encargará ademásde que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación, y darácuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico.

Efectuará los pagos de las obligaciones de la Asociación.- Losdocumentos de egresos serán autorizados por el secretario y con elVISTO BUENO del presidente.

Los fondos de la Asociación serán depositados en una Instituciónbancaria, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, ypara el retiro de fondos se requerirá las firmas del Tesorero, Presidentey Síndico, previo acuerdo de la Junta Directiva.

Art. 26.- El pro-tesorero colaborará con el Tesorero y lo sustituiráen los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 27.- El Síndico tendrá la representación judicial y extrajudicialde la Asociación, otorgará y revocará poderes judiciales o administrati-vos.- En todo caso necesitará de la previa autorización de Junta Directiva.

Art. 28.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en los caosque este considere necesario.

En todo caso podrán sustituir a cualquier miembro de JuntaDirectiva que faltare.

De entre los vocales se formará un comité de vigilancia integradopor tres miembros que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones,trabajos, libros y demás documentos de la Asociación con el objeto develar por la buena administración del patrimonio de la misma, aplicandoen la consecución de sus fines.

Art. 29.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por unperíodo de 2 años, pudiendo ser reelectos para otro período si laAsamblea General así lo acordare.

CAPITULO VI

Del patrimonio

Art. 30.- El patrimonio de la Asociación estará constituida por:

a) Las contribuciones que aporten los asociados que será de doscolones mensuales.

b) Las subvenciones y aportes extraordinarios que provengan dediferentes fuentes.

c) Los ingresos que se obtengan de cualquier actividad que serealice para llegar fondos a la Asociación.

d) Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquiertítulo y las rentas que se obtengan de la administración de losmismos.

Los bienes inmuebles que forman el patrimonio de la Asociación,no podrán ser enajenados o dados en garantía sin la autorización previade la Asamblea General.

De la disolución

Art. 31.- La disolución de la Asociación será acordada en sesiónextraordinaria de la Asamblea general, por los motivos que establezca laOrdenanza Reguladora de Asociaciones Comunales, por no llenar losrequisitos que exige el Código Municipal y demás disposiciones aplica-bles.

CAPITULO VII

Disposiciones Generales

Procedimiento para remover Directivos y socios

Art. 32.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados poracuerdo de la Asamblea General, previa audiencia del interesado, porinfracciones a la ordenanza, y Estatutos.

Además, se consideran causales de retiro o expulsión las siguien-tes:

a) Mala conducta del asociado.

b) Promover actividades ajenas a la de la asociación.

c) Beneficiarse por medio fraudulentos para sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta.

Art. 33.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, enAsamblea General podrán ser suspendidos temporalmente o destituidossi el caso lo amerita.

Art. 34.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta nombraráuna comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen loshechos y oyendo el informe de la comisión y las razones que exponga ensu defensa el supuesto infractor, se resolverá lo conveniente.- En el casodel literal c) del Art. 9, será la asamblea quien acordará lo conveniente.

Si la Junta Directiva no procede dentro de los diez días de conocidala infracción, conforme ordena el inciso anterior, un número de cincomiembros podrá convocar a Asamblea General para que esta nombre lacomisión investigadora y resuelva lo procedente.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a lasinfracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitu-ción de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de losmiembros podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre lacomisión investigadora y resuelva lo procedente.

Art. 35.- De la resolución de la Junta Directiva podrá interponerseúnicamente recurso de revisión para ante la misma dentro del tercer díade la notificación. De las resoluciones de la asamblea General no seAdmitirá ningún recurso.

Art. 36.- De las utilidades netas obtenidas por la asociación seaportará el 5% como fondo de reserva para incrementar el capitalBancario a nombre de la misma, para lo cual se llevará un libro especialque registrará el aumento o disminución del mismo, sin embargo cuandosea necesario utilizarlo en proyectos de desarrollo comunal se utilizaríaen la misma comunidad.

Art. 37.- Las ganancias que se obtuvieren al final de cada ejercicioadministrativo podrán ser invertidas en proyectos que apruebe la Asam-blea General a propuesta de la Junta Directiva.

Art. 38.- En caso de disolución y pagadas que fueren todas lasobligaciones hubiere un remanente, éste lo pasará la Junta Directiva adisposición del Concejo Municipal respectivo para obras de desarrollocomunal.

Art. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al ConcejoMunicipal en los primeros quince días posteriores a la elección, lanómina de la nueva Junta Directiva.- Así mismo informará cuandoocurrieren sustituciones; Cualquier otra información que la municipali-dad le solicitare.

Dentro de los 30 días posteriores a la elección, La Junta Directivadeberá presentar al Concejo Municipal su respectivo Plan de Trabajo.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho díasdespués de la publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 3.-

Vistos los Estatutos de La Asociación de Desarrollo Pesquero delCaserío El Coyolito, de esta Jurisdicción, que consta de 40 Art. Y noencontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de laRepública, el orden público ni a las buenas costumbres, de conformidada los Art. 30 numeral 23 y 119 de Código Municipal Vigente este ConcejoAcuerda: Aprobar en todas sus partes y conferir el carácter de personaJurídica. PUBLlQUESE.

Dado en la Alcaldía Municipal y Jefatura de Distrito Tejutla, a losveintitrés días del mes de junio de dos mil tres. ROSA RIVERA DEPINEDA, ALCALDE MUNICIPAL Y JEFE DE DISTRITO. Lic. JOSEDAVID CLAVEL PERLA, SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICI-PAL.

(Registro No. 5066)

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

ESTATUTOS ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNALPRO-MEJORAMIENTO SAN MARTIN SANTA ROSA 3ª

ZONA, JURISDICCION DE CIUDAD ARCE

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION Y

DOMICILIO

Artículo 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal, Las Ordenanzas Reguladoras de las AsociacionesComunales del Municipio de Ciudad Arce, por los Estatutos, el Regla-mento Interno y demás disposiciones aplicables la Asociación; se deno-minará “Asociación de Desarrollo Comunal San Martín, Santa Rosa 3ªZona, Jurisdicción de Ciudad Arce”, que podrá abreviarse ADESCOSA,Esta Comprende toda la Delimitación de Cantón Santa Rosa 3a. Zona,En la Cede Ubicada en la Casa Comunal de esta localidad y se declaracomo una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, que en los presentesEstatutos se denominará la “Asociación”.

Artículo 2.- La duración será por tiempo indefinido, sin embargopodrá disolverse y liquidarse en cualquier de los casos en las OrdenanzasReguladoras, estos Estatutos y demás Disposiciones aplicables.

Artículo 3.- El domicilio de la Asociación será en la Casa deHabitación de el señor Jerónimo Escobar en la Colonia San Martín deCiudad Arce, Departamento de La Libertad.

FINES

Artículo 4..- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humanoy la obra física que proyecta la Asociación, para ello deberá:

1. Promover el progreso de la respectiva localidad conjunta-mente con organismos públicos y privados que participen enlos correspondientes programas ambientales, seguridad, sa-lud, educación y otros.

2. Fomentar el espíritu de la comunidad y cooperación entre losvecinos, grupos y entidades representativas.

3. Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organiza-dos en la localidad en la mayor integridad de sus miembros yen la mejor organización de sus actividades

4. Impulsar y participar en programas de capacitaciones para laadministración de proyectos sociales y económicos y laelevación de los niveles educativos.

5. Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de lacomunidad con el equipamiento y la de medios indispensa-bles para solucionar los distintos problemas que existieren enla comunidad.

6. Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partici-pes de la responsabilidad de los programas de desarrollolocal.

7. Incrementar actividades comunitarias a fin de obtener recur-sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de lacomunidad.

8. Participar en los programas de desarrollo local, regional,nacional y especialmente en la determinación de los proyec-tos para el mejoramiento de las comunidades y en cuanto a losrecursos locales que deben utilizarse.

9. Promover proyectos relacionados a medio ambiente. Y so-meterlos a propuesta a la parte interesada para su aprobaciónde un determinado proyecto y en coordinación ejecutarlos.

Artículo 5.- Los asociados podrán ser:

• Activos.

• Honorarios

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embrago,cuando las personas provengan de asociaciones juveniles, el requisito deedad mencionado será el de quince años.

• Son asociados activos, todas las personas que reúnen losrequisitos señalados en el inciso anterior residentes dentro de los límitesde la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantesinmediatas.

• Son asociados honorarios, aquellas personas a quienes enAsamblea General a su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva leconceda tal calidad en atención a sus méritos y relevantes serviciosprestados a la Asociación.

Artículo 6.- Los asociados Honorarios gozarán de los derechos quela Asamblea General les otorguen.

Artículo 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por laAsamblea General y la Junta Directiva.

Artículo 8.- La Asamblea General la integrarán todos los asociadosy se instalará con la mayoría simple de los asociados también puede haberrepresentación de asociados, pero cada asociado no podrá estar represen-tado por más de una persona, las resoluciones se acordarán por mayoríade votos de los presentes o de los representados.

Artículo 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatroveces al año con intervalos de tres meses y extraordinariamente cuandosea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud deonce miembros de la Asociación.

Artículo 10.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán losasuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados,en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán asuntos paralos cuales fue convocada la misma.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 11.- La Junta Directiva estará integrada por doce miem-bros electos en Asamblea General por votación nominal o por planilla.En todo caso la nominación de los cargos será de la siguiente manera:Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero,Protesorero, Síndico y cinco Vocales. Los cargos de la Junta Directivaserán Ad-Honorem; sin embargo cuando el asociado trabaje en activida-des particulares y eventuales para la Asociación podrá cobrar unaretribución convencional o cuando el volumen del trabajo y las circuns-tancias lo ameriten previo acuerdo de la Asamblea General.

Artículo 12.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lomenos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesarioprevia convocatoria del Presidente. Para que la sesión sea valida deberánconcurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones setomarán por mayoría de votos de los asistentes. En caso de empate elPresidente o quien haga las veces tendrá voto de calidad.

Artículo 13.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

1. Elaborar los proyectos de los Estatutos de la Asociación,proponerlos a la Asamblea General.

2. Determinar juntamente con las instituciones que colaboranen el desarrollo comunal, el plan y encausar su mejor organi-zación y desenvolvimiento.

3. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias yextraordinarias.

4. Coordinarse con los organismos del estado, las Municipali-dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar enla región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

5. Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,ejecución y evaluación de los programas y proyectos.

6. Informar periódicamente a la Asamblea General y a losorganismos que coopere con sus programas de actividadesque desarrolla.

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

7. Tomar medidas necesarias para cumplir y aplicar las dispo-siciones emanadas de la Asamblea General.

8. Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación.

9. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losmiembros de la Asociación.

10. Resolver justa y legalmente las situaciones excepcionales noprevistas en estos Estatutos y que demanden inmediata solu-ción.

11. Presentar a la consideración y aprobación de la AsambleaGeneral, en sesión ordinaria del mes de julio la memoriaanual de sus actividades.

12. Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directivacuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesionesconsecutivas por lo menos sin causa justificada.

13. Presentar a consideración de la Asamblea General con quincedías de anticipación de cada ejercicio administrativo, el PlanAnual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Artículo 14.- El Presidente de la Junta Directiva tendrá las siguien-tes atribuciones:

1. Convocar a reuniones ordinarias, extraordinarias de la JuntaDirectiva y de la Asamblea General

2. Coordinar todas las actividades de los miembros de la JuntaDirectiva.

3. Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la JuntaDirectiva y de la Asamblea General.

4. Coordinar la planificación y la realización de los proyectos ytodas aquellas actividades para el cumplimiento de lo estable-cido en el Artículo cuatro de los presentes Estatutos.

5. Firmar documentación como credenciales, correspondencia,las actas y acuerdos y de los miembros que a criterio de laJunta Directiva considere conveniente y necesario.

6. Participar con el resto de los miembros de la Junta Directivay con los vecinos del Cantón en la realización de actividadesy en la ejecución de proyectos y obras.

Artículo 15.- El Vicepresidente tendrá las siguientes atribuciones

1. Colaborar con el presidente y lo sustituirá en los casos deausencia o impedimento de éste.

2. Coordinar con los demás miembros de la Junta Directiva laorganización de las otras directivas o grupos de apoyo que senecesiten para el cumplimiento de sus planes y programas.

3. Participar con el resto de los miembros de la Junta Directivay con los vecinos de la comunidad en la realización deactividades y en la ejecución de proyectos y obras.

Artículo 16.- El secretario tendrá las siguientes atribuciones

1. Asistir regularmente a todas las sesiones ordinarias y extraor-dinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea General, salvopor causa justificada.

2. Llevar ordenadamente un registro de los miembros de laAsociación.

3. Llevar un archivo actualizado de la Junta Directiva.

4. Participar con el resto de los miembros de la Junta Directivay con los vecinos del Cantón en la realización de actividadesy en la ejecución de proyectos y obras.

5. Será el ente de comunicación entre todos los asociados.

6. Levantar las actas y consignar en ellos los acuerdos que laJunta Directiva o la Asamblea General tomen y los aspectosde mayor relevancia de las propuestas y discusiones que sesusciten en el desarrollo de las sesiones ordinarias y extraor-dinarias.

7. Leer previo al desarrollo de toda reunión para su discusión yaprobación el acta de la sesión anterior.

8. Elaborar toda correspondencia o cualquier otro documentoque la Junta Directiva le encomiende.

Artículo 17.- El Prosecretario tendrá las siguientes atribuciones:

1. Colaborar con el Secretario y lo sustituirá en casos de ausen-cia o impedimento de éste.

2. Desarrollar y cumplir lo establecido en los literales delArtículo dieciséis, haciendo las funciones del Secretario enausencia o impedimento de éste.

Artículo 18.- El Tesorero tendrá las siguientes atribuciones:

1. Mantener la custodia y llevar control sobre los bienes y elpatrimonio de la Junta Directiva y de la Asociación.

2. Depositar los fondos de la Junta Directiva y de la Asociaciónen la institución bancaria que la Junta Directiva determine.

3. Llevar la contabilidad de los ingresos y egresos de la JuntaDirectiva y de la Asociación y establecer los resultados porlos medios que estime convenientes al final de cada ejercicio.

4. Extender firmados y sellados los recibos de los contribuyen-tes y colaboradores de la Junta Directiva y de la Asociación,así como cualquier otra transacción que ejecute con autoriza-ción de la Junta Directiva.

5. Se encargara de que se hagan efectivos los créditos a favor dela Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesióndel estado económico cuando y cuando sea solicitado.

6. Hará pagos de las obligaciones de la Asociación con el vistobueno del Secretario y el Presidente de la Junta Directiva.

7. Al abrir cuenta en una institución bancaria lo hará a nombrede la Asociación; se registrará en la misma las firmas delTesorero, el Presidente y el Síndico de la Junta Directiva ypara el registro de los expresados fondos se requerirá de lasfirmas de los directivos en mención y una vez aprobados porla Junta Directiva en pleno.

Artículo 19.- El Síndico tendrá las siguientes atribuciones:

1. Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Directivay a la Asociación.

2. Vigilar por que el desempeño de la Junta Directiva seaapegado a lo establecido en los Estatutos.

3. Vigilar para que los acuerdos de la Junta Directiva y de laAsamblea General se cumplan.

4. Vigilar que los fondos de la Junta Directiva y de la Asociaciónse viertan de manera correcta en la realización de las activi-dades y ejecución de obras y proyectos en beneficio delCantón o para los fines que la Junta Directiva, a falta delSíndico fungirán los Vocales en su orden respectivamenteautorizados en reunión ordinaria.

Artículo 20.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en lamedida que esta considere necesario en todo sustituirán a los miembrosde la Junta Directiva que faltaren.

Artículo 21.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos paraun período de dos años pidiendo ser reelectos para otro período, si laAsamblea General así lo decidiese.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Artículo 22.- El patrimonio de la Asociación estará constituido dela manera siguiente:

1. Por la contribución que aporten los asociados activos la cualserá mínima de cinco colones mensuales para los sociosactivos y para los miembros de la Junta Directiva será de diezcolones como mínimo pudiendo ser mayor para ambos casossobre la base de las posibilidades y la voluntad de cada uno delos asociados.

2. Las Subvenciones o aportes extraordinarios que provengande las diferentes fuentes.

3. Los ingresos provenientes de cualquier actividad para captarlos fondos a la Asociación.

4. Sus bienes muebles, inmuebles adquiridos a cualquier títuloy las rentas que se obtengan de la administración de losmismos.

• Los bienes que formen parte de la Asociación no podrán serenajenados o dados en garantía sin autorización previa de laAsamblea General.

DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA

JUNTA DIRECTIVA

Artículo 23.- Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:

1. Ser mayor de dieciocho años.

2. Ser de reconocida Honradez y buena conducta publica yprivada.

3. Vivir en cualquier propiedad ubicada en las Colonias expre-sadas en el Artículo 1 de estos Estatutos, bien sea en carácterde Propietario, Inquilino o de Arrendatario.

4. Estar en el pleno uso de las facultades mentales y de losderechos de ciudadano.

5. Tener comprobado y manifiesto de colaboración y de espíritude servicio.

6. Ser electo en Asamblea General por votación nominal ypública.

7. Haber manifestado públicamente la aceptación del cargo parael que ha sido propuesto previo a su elección.

DE LA NO DISCRIMINACION

Artículo 24.- Ninguna persona si cumple con los requisitos delArtículo anterior podrá ser discriminado por optar a un cargo en la JuntaDirectiva, ni para participar en actividades o proyectos de la Comunidadpor razones de filiación política, su raza, sexo, creencias religiosas,condición económica, estatus social, nivel académico, profesión u oficioo por impedimento o limitaciones físicas alguna.

DE LA SUSPENSION, DESTITUCION Y SUSTITUCION

Artículo 25.- Cualquier miembro de la Junta Directiva puede sersustituido, suspendido o destituido de su cargo por acuerdo de la mayoríade los Miembros que la integran, sean las causales o la naturaleza de lasfaltas en que incurran.

Artículo 26.- La Junta Directiva puede sustituir a uno o másmiembros propietarios o suplentes por las razones siguientes:

1. Inasistencia injustificada a tres reuniones Ordinarias o Ex-traordinarias consecutivas.

2. Inasistencia injustificada a tres actividades programadas porla Junta Directiva y requiere la presencia de todos sus miem-bros.

3. Por deseo de dejar de pertenecer a la Junta Directiva manifes-tando su renuncia por escrito.

Artículo 27.- La Junta Directiva puede suspender temporalmente auno o más miembros propietarios o suplentes por las razones siguientes:

1. Por comprobada mala conducta pública o privada, que com-prometa el buen nombre de la Junta Directiva de la Asocia-ción.

2. Por presentarse a propagar rumores que comprometan elprestigio y buen nombre de la directiva de la Asociación o dealguno de sus miembros.

3. Cuando introduzca por sí o por otros en la Junta Directivaelementos disociadores que rompan su cohesión y armonía.

4. Cuando por enfermedad no le sea posible por un períodoprolongado de tiempo tanto a las reuniones ordinarias comoextraordinarias y a toda actividad de la Junta Directiva.

• En caso de los literales 1, 2, 3 y 4, la suspensión no podrá serde menos de un mes ni mayor de tres. Y en caso de reinciden-cia será la Junta Directiva que determine las causales para suexpulsión definitivamente.

Artículo 28.- La Junta Directiva puede suspender temporalmenteuno o más miembros propietarios o suplentes por las siguientes razones:

1. Por habérsele suspendido según el Artículo anterior, en másde dos oportunidades.

2. Solicitar y obtener fraudulentamente para sí o para otrosayuda económica en materiales o de cualquier naturaleza.

3. Apropiarse de los fondos que se hayan entregado para realizaractividades o para cualquier otra diligencia.

4. Falsificar o alterar documentos que pertenezcan a la JuntaDirectiva o que deberían presentarse para justificar gastos oasignación de fondos.

5. Usar para su beneficio el sello emblema o cualquier otraidentificación de la Junta Directiva.

6. Cuando por la Comisión de un delito comprobado legalmentepierda sus derechos de ciudadano.

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

Artículo 29.- Son deberes de los miembros de la Junta Directiva:

1. Cumplir con los presentes Estatutos.

2. Cumplir con los acuerdos y con los de la Asamblea General.

3. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordi-narias de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

4. Participar en la realización de toda actividad y en la ejecuciónde obras y proyectos, salvo excusa valedera para los demásmiembros de la Junta Directiva

Mantener permanentemente informados a los habitantes de lascolonias en todas las actividades, obras, proyectos, planificados y aejecutar.

Artículo 30.- Son deberes de los Miembros de la Asociación:

1. Participar con voz y voto en las reuniones ordinarias yextraordinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea Gene-ral.

2. Participar con voz y voto en la planificación del trabajo de laJunta Directiva, así como en las actividades y en las obras yproyectos que se realicen.

3. Gozar de los privilegios que le otorguen su calidad demiembro de la Junta Directiva.

4. Formar parte de las comisiones especiales que se organicenpara asistir a eventos de promoción de trabajo, captación defondos y recaudación de materiales y otros.

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

5. Proponer candidatos para su elección como miembros de laJunta Directiva o de grupos o de comités de apoyo.

DE LA ASOCIACION DE LOS MIEMBROS

Artículo 31.- Son miembros de la Asociación, todos los vecinosmayores de dieciocho años que habiten en la zona, bien sea comopropietarios, inquilino o arrendante.

Los anteriores constituyen la Asamblea General de la Asociaciónla cual se constituye con mayoría simple.

Artículo 32.- La calidad de miembros de la Asociación se pierdepor las siguientes razones:

1. Por retirarse del Cantón dejando de vivir en cualquiera de laspropiedades de la misma.

2. Por incurrir en cualquier falta señalada en el Artículo treintade los presentes Estatutos.

3. Por renunciar voluntariamente y por escrito ante la JuntaDirectiva del Cantón.

DE LOS DERECHOS

Artículo 33.- Son deberes de los miembros de la Asociación:

1. Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordina-rias de la Asamblea General que se convoque.

2. Proponer para su elección a otros miembros y a ser electoscomo miembros de la Junta Directiva.

3. Solicitar de la Junta Directiva informes sobre los planes detrabajo y de los objetivos alcanzados así como sobre susestados financieros.

DE LOS DEBERES

Artículo 34.- Son deberes de los miembros de la Asociación:

1. Cumplir con eficiencia, responsabilidad y honradez con loscargos en la Junta Directiva para los cuales fueron electos.

2. Cumplir con estos Estatutos lo mismo que con los de la JuntaDirectiva y de la Asamblea General.

3. Asistir con voz y voto a las sesiones ordinarias y extraordina-rias de Asamblea General que se convoque.

4. Dar su colaboración para la realización de actividades, Obraso proyectos que la Junta Directiva realice.

5. Participar en la realización de actividades y en la ejecución deobras o proyectos.

• En el caso de las cuotas económicas que la Junta Directivasolicite. La colaboración del miembro de la asamblea será necesariamen-te voluntaria.

Artículo 35.- Los presentes Estatutos sólo podrán ser modificadopor el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Junta Directivay a solicitud de tres o más de ellos, el acuerdo de modificación deberá serratificado por el voto de la mitad más uno de los miembros de laAsociación presentes en la Asamblea General extraordinaria convocadapara tal efecto.

DE LA DISOLUCION

Artículo 36.- La Asociación podrá ser disuelta por las siguientescausas:

1. Cuando la Junta Directiva no cumpla con los objetivos paralos cuales fue constituida.

2. Cuando el procedimiento de sus miembros no se ajuste a loestablecido por lo Estatutos o quebrante el marco legal.

3. Cuando a la Junta Directiva no le sea posible conseguir paracumplir con sus objetivos, la colaboración de ningún miem-bro de la Asociación.

Artículo 37.- El acuerdo de disolución deberá ser tomado por lomenos por el sesenta por ciento de los miembros de la Junta Directiva ensesión Extraordinaria convocada para tal efecto y a petición de por lomenos cuatro integrantes.

Artículo 38.- El acuerdo de disolución de la Junta Directiva deberáser ratificado por la mitad mas uno de los miembros de la AsambleaGeneral presentes en sesión extraordinaria convocada para tal efecto.

DE LA LIQUIDACION

Artículo 39.- Disuelta la Asociación se remitirá certificación delacta respectiva al registrador de las asociaciones comunales de laAlcaldía Municipal de Ciudad Arce. Dentro de los diez días siguientes ala fecha en que fue ratificado el acuerdo de disolución

Artículo 40.- Luego disuelta la Asociación, se formará una Comi-sión Liquidadora integrada por los representantes delegados de la Alcal-día Municipal de Ciudad Arce y dos representantes de la Junta Directiva,el Síndico y Tesorero respectivamente.

Artículo 41.- La Junta Directiva pondrá a disposición de la comi-sión liquidadora los libros y documentos y debe facilitar los informes aaclaraciones que se soliciten.

Artículo 42.- El patrimonio de la Asociación una vez liquidadaservirá para:

1. Cancelar deudas si las hubiere.

2. Trasladar los fondos a la Alcaldía para que la misma determi-ne en que obras en beneficio de la comunidad se podríanutilizar.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 43.- La Junta Directiva remitirá a la Alcaldía Municipal deesta Ciudad en un plazo de quince días de la fecha de su elección, lanómina de sus integrantes.

Artículo 44.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ochodías después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO 6.

Visto los Estatutos de Asociación de Desarrollo Comunal SanMartín, Santa Rosa 3ª Zona - ADESCOSA, fundada en esta jurisdicción,que constan de 44 Arts. y no habiendo encontrado en ellos, ningunadisposición contraria a las leyes de la República, al orden público, ni a lasbuenas costumbres, de conformidad a los Arts. 119 y 30 numeral 23 delCódigo Municipal, este Concejo, ACUERDA: aprobarlos y conferir adicha Asociación, el carácter de persona jurídica. Comuníquese.

Dado en la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, a los dos días delmes de julio del año dos mil tres.- JOSE MARDOQUEO CORDOVA,ALCALDE MUNICIPAL.- ALFREDO LANDAVERDE MEJIA, SE-CRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº. 23200)

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL “LOTIFICACION CRISTALES”.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMICACION, DURACION Y DOMICILIO.

Artículo 1. - La Asociación que se constituye estará regulada por laConstitución de la República, el Código Municipal, la ordenanza regu-ladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Municipio deSanta Ana, por estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás disposi-ciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrati-va, sino de provecho podrá participar en el campo social, económico,cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuese legaly provechoso a la comunidad. La Asociación se denominará “Asociaciónde Desarrollo Comunal Lotificación Cristales”, que podrá abreviarse:ADESCOLCRIS, que en los presentes Estatutos se denominará laAsociación.

Artículo 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi-nido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de loscasos previstos en la ordenanza reguladora, estos Estatutos y demásdisposiciones aplicables.

Artículo 3.- El domicilio de la Asociación será Lotificación Cris-tales, perteneciente al Cantón Cantarrana, del Municipio de Santa Ana,del Departamento de Santa Ana.

CAPITULO II

FINES DE LA ASOCIACION

Artículo 4. - La Asociación tendrá como fines el desarrollo humanoy la obra física que proyecta la Asociación; para ello deberá:

a) Promover el desarrollo de la respectiva comunidad conjunta-mente con instituciones públicas y organismos privados,nacionales e internacionales que participen en los correspon-dientes programas y proyectos.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutuaentre los vecinos, sus grupos y entidades respectivas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organiza-dos en el municipio, en la mayor integración de sus miembrosy la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación pro-mocional de los dirigentes y grupos comunales con el fin decontribuir al mejoramiento de la organización de la comuni-dad, la administración de proyectos sociales, económicos y elmejoramiento de los niveles educativos y de salud.

e) Trabajar en el restablecimiento y mejoras de los servicios dela comunidad con el equipamiento y los medios indispensa-bles para solucionar los distintos problemas que existieren enla comunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles haciéndoles partíci-pes de la responsabilidad de los programas de desarrollolocal.

g) Incrementar las actividades comunales a fin de obtener recur-sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de lacomunidad.

h) Participar en los planes de Desarrollo Local, regionales ymunicipales, y específicamente en la determinación de losproyectos contemplados en su plan de actividades y estable-cer los recursos locales que deben de utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.

Artículo 5.- Los asociados podrán ser:

a) Activo,

b) Honorarios.

Todos deben de ser mayores de dieciocho años, sin embargo,cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito , de edadantes mencionado será el de quince años. Son asociados activos todas laspersonas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior,residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondientes areuniones vecinales colindantes inmediatas. Son asociados honorariosaquellas personas a quienes la Asamblea General, por iniciativa o apropuesta de la Junta Directiva conceda tal calidad en atención a susméritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.

c) El miembro no activo, que desee incorporarse al o los proyec-tos, que va a realizar la Asociación, la Junta Directiva autorizará talgestión; el solicitante deberá pagar las aportaciones dadas por losasociados desde el inicio para el efecto de equidad y que estén relacio-nados para tales fines. Por lo tanto, cualquier empresa o institucióndeberá enviar al miembro para su aprobación y ésta tendrá que ser, porescrito, firmada y sellada.

Artículo 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales;

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así losolicitaren por escrito;

c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva;

d) Cooperar con todos los medios promociónales posibles alincremento del número de miembros de la Asociación;

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Genera-les y Junta Directiva, siempre que esté relacionado con losfines de la Asociación.

Artículo 7.- Los asociados honorarios, gozarán de los derechos quela Asamblea General, les otorgue.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Artículo 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: que será la máxima autoridad de laAsociación;

b) La Junta Directiva: que será el órgano ejecutivo y estaráintegrado por el número de miembros que determinen losestatutos.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo 9.- La Asamblea General la componen todos los asociadosy se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendohaber representación de los asociados; pero cada asociado no podrárepresentar a más de una persona, las resoluciones se acordarán por lamayoría de votos de los presentes o representantes.

Artículo 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente unavez al año, al cierre del ejercicio socioeconómico del treinta y uno dediciembre, la cual se celebrará en el mes de enero de cada año yextraordinaria cuantas veces sea necesario. La convocatoria la hará laJunta Directiva, si ésta no lo hiciera por cualquier motivo y estandoexpresada la necesidad, lo hará el veinticinco por ciento de los asociadoscon los requisitos establecidos en los estatutos.

Artículo 11.- En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.En las Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntoscomprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otrosaspectos será nula.

Artículo 12.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria yextraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito de forma pública,con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horaspara la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y la hora quese han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesiónpor falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora despuésde la señalada, con los asociados que concurran, en este último caso, lasdecisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellas queconvocadas en la forma prescrita en estos estatutos no concurrieren.

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Artículo 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva;

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estadofinanciero de la Asociación;

c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a losmiembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos;

d) Retirar la cantidad de miembros de la misma a los quehubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de aso-ciado;

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-tes;

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que seannecesarios;

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamen-tos que se dicten;

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto;

i) Otorgar la calidad de asociados honorarios y

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionalesno previstas en estos estatutos que demanden inmediatasolución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA REMOCION DE

ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Artículo 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retiradosde ella por acuerdo de la Asamblea General, tomando como base lamayoría de votos, previa audiencia del interesado, por infracciones a laordenanza, reglamentos y estos estatutos, se consideran además comocausales de retiro o expulsión en los siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se produzca en perjuiciograve para la Asociación;

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza quevayan en perjuicio de la Asociación;

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociaciónpara sí o para terceros; y

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

Artículo 15. - Todos o parte de los miembros de la Junta Directivaelectos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmen-te, sino ameritáre su destitución según lo grave del caso. Para procedera la suspensión temporal, la Junta Directiva, nombrará una comisión dedos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo elinforme de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en sudefensa resolverá tal destitución, nombrando a continuación los sustitu-tos. En el caso de destitución de que habla el literal “c” del ArtículoCatorce, la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior; pero eneste caso será la Asamblea General quien resolverá tal destituciónnombrando a continuación los sustitutos.

Artículo 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diezdías, conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículosanteriores un número de diez de los asociados, por lo menos, podráconvocar a Asamblea General para que ésta nombre la comisión inves-tigadora, para que sobre la base de su informe, la Asamblea Generalproceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento seseguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocer sobre lasuspensión temporal o destitución total de toda la Junta Directiva; losrestantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establezca elinciso anterior. En todos los casos de este artículo será la AsambleaGeneral la que resolverá la suspensión temporal o destitución de losmiembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos,por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivossustitutos. La Asamblea General o Junta Directiva notificará al interesa-do la suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de cuarenta yocho horas después de haber sido acordada.

Artículo 17.- De la resolución que establezca la suspensión tempo-ral decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente elrecurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de lanotificación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitiráningún recurso.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Artículo 18.- La Junta Directiva será integrada por once miembrospropietarios y dos suplentes electos en la Asamblea General, ya sea paracargos separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargosserá la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario,Tesorero, Protesorero, Síndico y cuatro Vocales. Los cargos de la JuntaDirectiva serán ad honoren; sin embargo, cuando el asociado trabaje enactividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobraruna retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y lascircunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Artículo 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lomenos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válidadeberá concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y lasresoluciones se tomarán por la mayoría de votos. En caso de empate elPresidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Artículo 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de reforma de la Asociación y propo-nerlo a la Asamblea General,

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaborancon el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuestocorrespondiente,

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar sumejor organización y desenvolvimiento,

d) Convocar a Asamblea General a reuniones ordinarias yextraordinarias,

e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipali-dades y con las entidades que tengan que trabajar en la región,en proyecto de desarrollo de la comunidad,

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento,ejecución y evaluación de los programas y proyectos demejoramiento de la localidad,

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a losorganismos que cooperan con sus programas de las activida-des que desarrollan.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y hacer cumplirlas disposiciones emanadas de la Asamblea General,

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación, hasta un máximo de ciento dieciséis dóla-res,

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losmiembro de la Asociación,

k) Presentar a la consideración y aprobación de la AsambleaGeneral en la sesión ordinaria, la memoria anual de laboresrealizadas,

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva,cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesionesconsecutivas por lo menos, sin causa justificada,

m) Presentar a consideración de la Asamblea General, con quin-ce días de anticipado de cada ejercicio administrativo, el plananual y el presupuesto de gastos de la Asociación; así comotambién un estudio y análisis de las problemáticas comunalespara el desarrollo integral de todos sus miembros proponien-do soluciones que no deberán violentar los derechos indivi-duales de cada miembro de la comunidad.

Artículo 21.- EL PRESIDENTE de la Junta Directiva presidirá lassesiones de Asamblea General y la Junta Directiva, y todos los demás quele fuere encomendado por la Asociación.

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Artículo 22. - EL VICEPRESIDENTE colaborará con el Presiden-te y lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todolo demás que le fuese encomendado por la Asociación.

Artículo 23. EL SECRETARIO será el órgano de comunicación dela Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y los librosde actas de sesiones que celebre la Asamblea General y la JuntaDirectiva; además extenderá las certificaciones que se soliciten a laAsociación, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asocia-ción.

Artículo 24. - EL PROSECRETARIO, colaborará con el Secretarioy lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lodemás que le fuere encomendado por la Asociación.

Artículo 25.- EL TESORERO será el depositario de los fondos y losbienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentasde la misma. Se encargará además, de que se hagan efectivos los créditosa favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesióndel estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asocia-ción. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con elVISTO BUENO del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serándepositados en una institución bancaria o crediticia, para la cual se abriráuna cuenta a nombre de la Asociación, y se registrarán las firmas delTesorero, el Presidente y el Síndico de la Asociación; se requerirán paratodo retiro de fondos de la concurrencia de las firmas de los expresadosdirectivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todos los demásque le fueren encomendado por la Asociación.

Artículo 26.- EL PROTESORERO tendrá las mimas funciones deltesorero, colaborará y sustituirá en caso de ausencia o impedimento deéste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Artículo 27.- EL SINDICO tendrá la responsabilidad judicial yextrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judicia-les o administrativos y necesitará de la autorización previa de la JuntaDirectiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán losVocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de JuntaDirectiva. De entre los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá uncomité de vigilancia formado por tres miembros que tendrán acceso atodas las gestiones, operaciones, trabajo, libros y demás documentos dela Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asocia-ción sea aplicado en la consecución de sus fines.

Artículo 28.- El Síndico velará por él estricto cumplimiento de lospresentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea Generaly por la Junta Directiva y todo lo demás que le fuese encomendado porla Asociación.

Artículo 29.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en lamedida que ésta lo considere necesario en todo caso sustituirán a losmiembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuereencomendado por la Asociación.

Artículo 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos porun período de dos años, pudiendo ser reelectos, para otro período, si laAsamblea General así lo decidiere.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.

Artículo 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido:

a) Por la contribución que aporten los asociados activos y queserá de un dólar, mensual, sujeta a modificación en Asambleay según necesidades,

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentesfuentes,

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizadapara hacer llegar fondos a la Asociación,

d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier títuloy las rentas que se obtengan de la administración de losmismos. Los bienes de la Asociación son inalienables oimprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de lastres cuartas partes de sus miembros acordase afectarlos.

Artículo 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación seaportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para

incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociaciónllevará un libro especial de registro de capital (libro único contable deingresos y egresos) en el que deberá expresarse todo aumento o disminu-ción del mismo. La Asociación para poder desarrollar obras con fines decarácter social, siempre que se haga uso de las operaciones canalizadasa través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por ladirectiva, siempre y cuando no exceda de mil colones o su equivalente endólares, caso contrario, lo aprobará la Asamblea General, específica-mente para el acta en que comparezca el representante de la Asociación.

Artículo 33.- Si al final de cada ejercicio administrativo se obtuvie-ra superávit, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General losproyectos a que pueden ser aplicadas tales ganancias, como también eltiempo y la forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Artículo 34.- En caso de disolución, si después de pagadas lasobligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la JuntaDirectiva, deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanen-te que hubiese quedado, después de treinta días, pagadas las obligacionesque tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondosa programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en lalocalidad del domicilio de la Asociación.

Artículo 35.- La disolución de la Asociación será acordada ensesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dosterceras partes de la Asociación, por los motivos que la ordenanzareguladora de las asociaciones comunales y demás disposiciones aplica-bles que se establezcan.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar alConcejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección,la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar alexpresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere, relativo a laAsociación. También informará en la forma expresada en el incisoanterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuandosean en forma definitiva. Dentro de los treinta días posteriores a laelección de la nueva Junta Directiva, deberá enviarse al expresadoConcejo su plan de actividades.

Artículo 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ochodías después de su publicación en el Diario Oficial.

NUMERO OCHO.- Vistos los estatutos de la Asociación de DesarrolloComunal “Lotificación Cristales”, ubicada en el Cantón Cantarrana, quepodrá abreviarse “ADESCOLCRIS” perteneciente al Cantón Cantarrana,del municipio de Santa Ana; Departamento de Santa Ana, los cualesconstan de 37 artículos y no encontrando en ellos ninguna disposicióncontra las Leyes de la República, el Orden Público ni a las buenascostumbres; de conformidad a los artículos 30 numeral 23 y Artículos119 y 121 del Código Municipal y a la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de Santa Ana, por unanimidadel Concejo, ACUERDA: 1) Otorgar la personaría jurídica a la Asocia-ción de Desarrollo Comunal “Lotificación Cristales”, que podrá abre-viarse “ADESCOLCRIS”, ubicada en el Cantón Cantarrana, del Muni-cipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana. 2) Aprobar sus estatutosque constan de 37 artículos. 3) Publíquense en el Diario Oficial losestatutos que hoy se aprueban. 4) Se instruye al Gerente Legal para quela inscriba en el Libro que para tal efecto lleva esta Alcaldía. Remítaseeste acuerdo a donde corresponda para los efectos legales consiguientes.COMUNIQUESE”.

Dado en la Alcaldía Municipal de Santa Ana, a los doce días del mesde junio del año dos mil tres. Ing. JOSE ORLANDO MENA DELGA-DO, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. VICTOR ANTONIO MEJIAPACHECO, SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 23241)

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

PEDRERA Nº. 1

DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR.

CAPITULO I

CONSTITUCION, DENOMINACION, NATURALEZA YREGIMEN LEGAL

Constitución, Denominación, Naturaleza y Régimen Legal.

Art. 1.- Se constituye la Asociación Comunal denominada PE-DRERA Nº. 1, que en lo sucesivo se llamará “La Asociación”, como unaorganización social integrada por la voluntad unánime de un grupo deciudadanos y ciudadanas de la Urbanización PEDRERA Nº. 1, decarácter democráticos, apolítica, no lucrativa ni religiosa, estará reguladapor el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de AsociacionesComunales del Municipio de San Salvador, por los presentes estatutos,el Reglamento interno y demás disposiciones aplicables.

Domicilio

Art. 2.- La Asociación tendrá como domicilio la ciudad de SanSalvador y desarrollará sus actividades en la Urbanización PEDRERANº. 1, ubicada en Avenida José Matías Delgado y 87 Avenida Norte,Colonia Escalón, San Salvador.

CAPITULO II

OBJETIVOS, ACTIVIDADES, DISTINTIVO Y PLAZO

DE LA ASOCIACION

Objetivos de la Asociación

Art. 3.- La Asociación tendrá los objetivos siguientes:

a) Promover el desarrollo humano en su dimensión social;económico, cultural, religioso, cívico, educativo y cualquierotro aspecto que fuera legal y provechoso para la comunidad.

b) Participar en forma organizada en el estudio y análisis de larealidad social y de los problemas y necesidades de lacomunidad;

c) Elaborar e impulsar soluciones y proyectos de beneficio parala comunidad y otros.

Actividades para el cumplimiento de los objetivos.

Art. 4.- Para la realización de sus objetivos, la Asociación Comunaldesarrollará las siguientes actividades:

a) Trabajar en coordinación con las autoridades municipales ynacionales en los planes de desarrollo local, distrital y zonal,así como en la ejecución de los mismos, especialmentecuando se trate de proyectos que lleven beneficio directo a loshabitantes de su comunidad.

b) Participar en la Gestión Municipal a través de los diversosmecanismos que se contienen en el Documento denominado“Política para la Participación Ciudadana en el Municipio deSan Salvador” así como a través de la formulación de inicia-tiva o recomendaciones en la planificación, ejecución, eva-luación y contraloría de los planes municipales para el desa-rrollo integral de la comunidad y/o ciudad.

c) Impulsar la búsqueda de soluciones, formulación y ejecuciónde proyectos que procuren y contribuyan al desarrolla de laComunidad

d) Motivar a los miembros de la comunidad y hacerlos participaren el estudio y análisis de los problemas y necesidades de lacomunidad.

e) Ejercer el derecho de gestión frente a organismos guberna-mentales o no gubernamentales y en general ante cualquierinstitución siempre que dicha gestión tenga como objetivobeneficiar a los miembros de la Asociación Comunal y sucomunidad.

f) Constituir Comités y/o Comisiones de apoyo a la JuntaDirectiva de la Asociación Comunal en materia administra-tiva, cultural, cívica, de gestión de riesgo prevención dedesastres, medio ambiente, género, juventud y otras; y

g) Realizar cualquier otra actividad que considere necesariapara la realización de sus objetivos.

Distintivo de la Asociación

Art. 5.- La Asociación Comunal tendrá como distintivo un sello enforma de círculo en cuyo interior se observa: una rueda engranada,pirámide base triangular, un sol y dos pinos, y alrededor se leerá lainscripción “ASOCIACION COMUNAL PEDRERA Nº. 1”, Municipiode San Salvador, al Centro del mismo se leerá “JUNTA DIRECTIVA”.

Plazo

Art. 6.- El Plazo de la Asociación será indefinido.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS DE LA ENTIDAD

Clases de Asociados

Art. 7.- Habrá dos clases de asociados: Asociados fundadores yAsociados Activos

Serán asociados fundadores, las personas que suscriban el acta deconstitución de la Asociación Comunal. Los asociados fundadoresostentarán la calidad de asociados activos.

Asociados Activos serán las personas que obtengan su ingreso a laAsociación en la forma que lo establecen los presentes estatutos y queasistan periódicamente a las asambleas que se celebren.

Requisitos para ser Asociado Activo:

Art. 8.- Para ser asociado activo se requiere llenar los requisitossiguientes:

a) Tener dieciocho años de edad;

b) Con residencia en la comunidad de al menos dos años;

c) Identificarse con los objetivos de la Asociación Comunal;

d) Responder al llamado de colaboración cuando se le pida, yasea para ejercer un cargo de elección comunal o una eventua-lidad.

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

De la solicitud de ingreso a la Asociación Comunal

Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar en la AsociaciónComunal, deberán llenar una hoja de afiliación que la Junta Directivadeberá elaborar al efecto, en donde manifiestan su voluntad de pertenecera la Asociación, debiendo cumplir con los requisitos indicados en elartículo anterior y contener los datos correctos.

Posteriormente se procederá a incorporar al interesado(a) quienserá juramentado(a) en la Asamblea General que al efecto se programe.

Del Registro de Asociados.

Art. 10.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asocia-dos en el cual en cada asiento se indicará el nombre y las generales delasociado con su edad, residencia, número de cédula de identidad perso-nal, y otro documento de identificación, fecha de ingreso y otros datosque se consideren necesarios del inscrito.

Derechos de los Asociados.

Art. 11.- Serán derechos de los asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de AsambleaGeneral sean éstas Ordinarias o Extraordinarias.

b) Presentar en las Asambleas Generales mociones encamina-das para alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de laAsociación.

c) Presentar su renuncia como miembro de la Asociación ante laJunta Directiva o Asamblea General.

d) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva y losComités que se integren.

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre elfuncionamiento y los proyectos de la Asociación.

f) Todos los demás que le confieran la Ordenanza Reguladorade Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,los presentes Estatutos y el Reglamento Interno.

De las Obligaciones de los Asociados.

Art. 12.- Son obligaciones de los asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General

c) Desempeñar con responsabilidad y eficiencia los cargos paralos que fueron electos o las comisiones que se le encomien-dan.

d) Abstenerse de las acciones y omisiones que puedan perjudi-car el cumplimiento de los objetivos de la Asociación, laarmonía y las actividades que se realice; y

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la OrdenanzaReguladora de Asociaciones Comunales del Municipio deSan Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Inter-no, así como obedecer y velar porque se respeten las disposi-ciones emanadas de la Asamblea General y la Junta Directiva.

Pérdida de la Calidad de Asociado(a)

Art. 13.- La calidad de asociado(a) se perderá por retiro voluntario,expulsión o muerte.

Del retiro Voluntario

Art. 14.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.

Será expreso cuando el asociado lo solicita por escrito a la JuntaDirectiva o la Asamblea General, y tácito cuando el asociado cambiedefinitivamente a otro lugar su residencia o cuando se ausente de lasactividades de la Asociación por un período de tres meses sin expresiónde motivo o causa.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Del Gobierno de la Asociación

Art. 15.- El gobierno de la Asociación estará a cargo de la AsambleaGeneral de asociados y la Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

De la Asamblea General

Art. 16.- La Asamblea General debidamente convocada es laautoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad delos miembros fundadores y activos.

Quórum

Art. 17.- La Asamblea General sesionará válidamente cada tresmeses con la asistencia del cincuenta por ciento de los Asociados enprimera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con losmiembros que asistan y las resoluciones se tomarán por mayoría simplede votos, excepto en los casos especiales que se requiere la asistencia delsetenta y cinco por ciento de los asociados.

De las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias

Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinariao extraordinaria.

Serán Ordinarias cuando se realicen en las fechas establecidas paraello, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en laagenda y los que propongan los asociados.

Serán Extraordinarias cuando se celebran en fechas distintas paratratar asuntos específicos y/o de urgencia para los cuales hubiera sidoconvocada. Las discusiones y decisiones que tomaren en relación a lospuntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez. Podráncelebrarse en cualquier tiempo por la Junta Directiva a iniciativa propiao cuando lo pida por escrito el cuarenta por ciento de los asociadosinscritos.

De las convocatorias

Art. 19.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en quehabrá de celebrarse la Asamblea General y deberán ser hechas al menoscon tres días de anticipación a la fecha indicada.

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

De los Delegados para Votar

Art. 20.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las

sesiones de la Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse

representar por otro asociado o por él o la cónyuge o su hijo mayor de

edad, siempre y cuando residan éstos en la misma unidad habitacional.

El límite de representaciones es un miembro, llevando la voz y voto de

su representado. La representación deberá constar por escrito.

De las Facultades de la Asamblea General

Art. 21.- Son facultades de la Asamblea General:

a) Elegir, juramentar y dar posesión a los miembros de la Junta

Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o reprobar el estado

financiero de la Asociación.

c) Destituir por causa justificada y legalmente comprobadas a

los miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmen-

te, y elegir a los sustitutos de conformidad a lo establecido en

la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del

Municipio de San Salvador vigente y los presentes Estatutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

nientes con el objeto de llevar una sana administración de la

Asociación.

e) Aprobar y reformar los presentes Estatutos, el Reglamento

Interno, el Plan de Trabajo y el Presupuesto de la Asociación.

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza

Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de

San Salvador, el Reglamento Interno de la Asociación y

demás normas que se dicten para el buen funcionamiento de

la Asociación Comunal.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos; y

h) Las demás que establezcan la Ordenanza Reguladora de las

Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

De la Junta Directiva

Art. 22.- La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y

administración de la Asociación dentro de los lineamientos generales

establecidos por la Asamblea General de Asociados. La Junta Directiva,

está integrada por UN PRESIDENTE, UN SECRETARIO, UN SINDI-

CO, UN TESORERO Y DOS VOCALES, con dos suplentes, durarán

dos años en sus funciones a partir de su elección y sus integrantes podrán

ser reelectos en forma alterna.

Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere haber residido

en la Comunidad al menos dos años y tener dieciocho años de edad, no

así el Presidente y el Secretario quienes deberán ser mayores de veintiún

años.

La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizaráquince días antes de que concluya el período de la última Junta Directivaelecta, en sesión de Asamblea General Extraordinaria, por mayoría

simple y ante la presencia de un delegado de la Municipalidad, debiendoregistrarse la nueva Junta Directiva en la Oficina de Registro de Asocia-ciones Comunales de dicha Municipalidad.

Régimen de Sesiones y Convocatoria de la Junta Directiva

Art. 23.- La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria al menosuna vez al mes y extraordinariamente cuando el Presidente o dos de susintegrantes lo consideren necesario. La convocatoria para las Sesiones dela Junta Directiva se hará personalmente. Sin embargo, la convocatoriapodrá omitirse si encontrándose reunidos todos sus miembros éstosdecidieren sesionar.

Quórum y número de votos para decidir

Art. 24.- Para que la Junta Directiva sesionara válidamente seránecesaria, en todo caso, la presencia de cuatro de sus integrantes; Lasdecisiones serán válidas con el voto favorable de tres de ellos. ElPresidente tendrá doble voto en caso de empate.

Atribuciones de la Junta Directiva

Art. 25.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, acuerdos dela Asamblea General, sus propios acuerdos y demás disposi-ciones de la Asamblea General.

b) Administrar el patrimonio de la Asociación.

c) Presentar informe de su gestión y situación patrimonial alcierre del ejercicio anual o cuando lo requieran más de lamitad de los asociados.

d) Aprobar y presentar para conocimiento y ratificación de laAsamblea General, el Reglamento Interno, el Plan de Traba-jo, el Presupuesto de la Asociación y la Memoria de Labores.

e) Constituir Comités de apoyo de la Asociación para impulsarel desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de lamisma.

f) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntarioy expulsión de los asociados, como la destitución individualde miembros de la Junta Directiva.

g) Coordinar e impulsar las actividades en beneficio para laComunidad.

h) Autorizar al representante legal de la Asociación para lacelebración de los actos o contratos necesarios para el cum-plimiento de los fines y funciones de la Asociación..

i) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de laAsamblea General de Asociados.

j) Recibir las renuncias de sus integrantes o de otros asociadosde la Asociación e informarlos a la Asamblea General.

k) Conocer y resolver sobre todos los asuntos lícitos que intere-san a la sana y ordinaria administración de la Asociación,cuyo conocimiento no corresponda a la Asamblea General.

Atribuciones del Presidente

Art. 26.- Son atribuciones del Presidente

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de Junta Directiva, orientando sus deliberacio-nes.

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación enforma conjunta o separadamente con el Síndico en asuntos deinterés para la entidad, pudiendo delegar esta representaciónen caso necesario.

c) Coordinar las actividades que realicen las diversas comisio-nes y sus respectivos Comité de apoyo.

d) Firmar junto con el Tesorero los documentos de pago detesorería y autorizar los gastos de la Asociación,

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones ypresentar los informes correspondientes que se le requieranpor la Junta Directiva y/ o la Asamblea General;

f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados enAsamblea General o en Junta Directiva.

g) Todas las demás atribuciones que le señalen la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio deSan Salvador, los presentes Estatutos, el Reglamento Internode la Asociación y demás normas relacionadas con su cargo.

Atribuciones del Secretario

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario de la Junta Directiva:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea Generaly de Junta Directiva de la Asociación para hacer los asientosrespectivos.

b) Verificar el quórum en las sesiones de Asamblea General y deJunta Directiva

c) Expedir las certificaciones, constancias o credenciales detodo tipo de los órganos administrativos de la Asociación yremitir las nóminas de los miembros electos de la JuntaDirectiva a la Oficina de Registro de Asociaciones Comuna-les de la Municipalidad.

d) Convocar a las sesiones de Junta Directiva y AsambleaGeneral en coordinación con el Presidente de la Asociación.

Atribuciones del Síndico

Art. 28.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación enforma conjunta con el Presidente de la misma.

b) Velar por el cumplimiento de la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, lospresente Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación ydemás acuerdos tomados en Asamblea General o Junta Di-rectiva.

Atribuciones del Tesorero

Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienesmuebles e inmuebles de la Asociación.

b) Llevar el control del registro de ingresos y egresos de laAsociación.

c) Custodiar el patrimonio de la Asociación con el objeto que seutilicen en forma racional de todos los recursos de la entidad.

d) Autorizar juntamente con el Presidente de la Asociación loscheques para el pago de las obligaciones que tenga queefectuar la Asociación.

e) Realizar las gestiones económicas necesarias para la Asocia-ción ante los organismos gubernamentales, del Estado o de laMunicipalidad, u organismos no gubernamentales o priva-dos, con posterior información de ello a la Junta Directiva.

f) Rendir los informes financieros que se le requieran tanto porparte de la Junta Directiva como de la Municipalidad.

g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informetrimestral y anual del estado financiero de la Asociación.

Atribuciones de los Vocales

Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con la Junta Directiva.

b) Realizar cualquier comisión o apoyo que le requiera la JuntaDirectiva.

Los suplentes tendrán la función de sustituir a cualquiera de losdirectivos, que determinará la Junta Directiva, en caso de ausenciatemporal o enfermedad u otra causa y el orden de sustitución será de lasiguiente manera: el primer suplente tendrá el derecho a ocupar laprimera vacante que surja y el segundo suplente sustituirá la segunda.

CAPITULO VII

DEL COMITE DE VIGILANCIA

Del Comité de Vigilancia:

Se constituye el Comité de Vigilancia en la Asociación que estaráintegrado por tres miembros propietarios y si la Asamblea General loestima necesario tres suplentes, quienes tendrán acceso a todas lasgestiones, operaciones, libros y otros documentos, también podráninvestigar sobre el trabajo de la Junta Directiva y de los Comités deApoyo y sus resultados si lo considera necesario a criterio del Comité, sehará saber a la Asamblea General o Municipalidad según el caso.

Los integrantes del Comité serán electos para el período de dos añosy deberán reunir los mismos requisitos que se establecen en el artículoveintidós de los presentes estatutos. Serán electos en la Misma AsambleaGeneral Extraordinaria en que se elijan a los miembros de la JuntaDirectiva.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO

Constitución del Patrimonio de la Asociación

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los aportes que provengan de organismos del Estado y/o dela Municipalidad, organismos no gubernamentales y/o priva-dos.

b) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por laAsociación para recaudar fondos.

c) Los bienes muebles, inmuebles de la Asociación, así como lasrentas que obtengan con la administración de los mismos, asícomo los que provengan de las herencias, donaciones ylegados.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Responsabilidad del Presidente y del Tesorero

Art. 32.- Tanto el Presidente como el Tesorero, responderán enforma personal y solidaria por los movimientos de las cuentas bancariasde la Asociación cuando se excedan de los límites de funciones asigna-das.

CAPITULO IX

DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

Régimen Disciplinario

Art. 33.- Los miembros de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral responderán y serán sancionados por las acciones y omisionesen contravención a estos Estatutos, a los reglamentos, acuerdos oresoluciones tomadas por la misma Asamblea General o la Junta Direc-tiva.

De las faltas Leves y Faltas Graves

Art. 34.- Son faltas leves aquellas que sin causar un grave perjuicioa la Asociación, entorpecen su normal funcionamiento, tales como:

a) La inasistencia injustificada a sesiones de cualquiera de losórganos de gobierno.

b) Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la JuntaDirectiva o de la Asamblea General.

c) La negligencia inexcusable en el incumplimiento de lascomisiones que sean asignadas.

Art. 35.- Son faltas graves aquellas que afectan la marcha normalde la Asociación; tales como:

a) La malversación de fondos, o cualquier acción u omisiónvoluntaria que afecte el patrimonio de la Asociación.

b) Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre dela Asociación.

c) Hacer uso del nombre de la Asociación en beneficio propio.

d) El haberse hecho acreedor a tres o más amonestaciones.

Sanciones

Art. 36.- Los miembros de administradores que incurran en cual-quiera de las faltas señaladas en los dos artículos precedentes, seránsancionados así: en caso de faltas leves, con amonestación y en caso defaltas graves, con destitución o expulsión si el caso lo amerita.

Procedimiento en casos de Faltas Leves

Art. 37.- Al tener conocimiento la Junta Directiva de una falta levecometida por uno de los miembros de la Asociación, deberá convocarloinmediatamente a la próxima sesión, en la que en forma conjunta serevisará la falta cometida y resolverá lo que corresponda.

Procedimiento en casos de Faltas Graves

Art. 38.- La Junta Directiva conocerá de las Faltas graves cometi-

das por los miembros de la Asociación de acuerdo con el procedimiento

siguiente:

a) Conocida la falta se comunicará al interesado(a) para que

dentro de los cinco días hábiles siguientes presente prueba en

su defensa.

b) Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva decidirá si pro-

cede sancionarlo(a).

c) Impuesta la sanción el interesado(a) tendrá derecho a apelar

ante la Asamblea General dentro de las cuarenta y ocho horas

siguientes a su notificación.

d) Interpuesta la apelación deberá convocarse a la Asamblea

General para que conozca del asunto; en la sesión deberá oírse

al sancionado y resolver dentro de los mismos. Si el infractor

es un integrante de la Junta Directiva, será competente para

conocer la Asamblea General, quien seguirá el mismo proce-

dimiento señalado en el artículo anterior, declarándose en

sesión permanente durante el procedimiento; en este caso, el

infractor podrá hacer uso del recurso de revisión para ante el

mismo organismo. Las obligaciones y derechos así como la

pérdida de calidad de administrador será regulada en el

Reglamento Interno de la Entidad.

CAPITULO X

DEL CONTROL DE FISCALIZACION

INTERNA Y EXTERNA

Obligaciones del Secretario, Síndico y Tesorero

Art. 39.- El Secretario de la Junta Directiva, el Síndico y el Tesorero

tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres

meses a la Asamblea General.

Facultad de la Municipalidad de Auditar

Art. 40.- La Municipalidad de San Salvador tendrá la facultad de

auditar de oficio o a petición de parte las operaciones de la Asociación,

en base a la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del

Municipio de San Salvador, con él para ejercer el control de uso indebido

de cualquiera de los privilegios y exenciones de que goce, tomando las

medidas administrativas que considere conveniente.

CAPITULO XI

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Modificación de los Estatutos

Art. 41.- Los presentes Estatutos podrán ser modificados mediante

acuerdo tomado en sesión extraordinaria de la Asamblea General y de

conformidad al Artículo veintiuno, literal e) de los presentes Estatutos.

La modificación de los Estatutos podrá ser solicitada por tres de los

asociados de la Asociación o por la Junta Directiva. En todo caso, la JuntaDirectiva encargará a una Comisión integrada por tres miembros presi-dida por el Síndico de la Asociación, la elaboración de un proyecto demodificación, a efecto de presentarlo para la aprobación de la Asamblea

General. La modificación o reforma de los Estatutos se consignará en el

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

acta respectiva para ser presentada al Concejo Municipal para su apro-bación acompañando toda la documentación que corresponde y poste-riormente presentarla a la Oficina de Registro de Asociaciones Comuna-les de la Municipalidad, donde deberá inscribirse.

CAPITULO XII

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Disolución de la Asociación

Art. 42.- La Asociación Comunal podrá disolverse mediante elacuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria con la asistencia y

aprobación de las dos terceras partes de sus asociados. Serán causalespara disolver la Asociación:

a) Por disminución del número de sus asociados en un cincuentapor ciento del mínimo establecido para su constitución por laOrdenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales delMunicipio de San Salvador y el Código Municipal.

b) Por imposibilidad de realizar los fines para los cuales fueconstituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los objetivos esta-blecidos en sus Estatutos y/o realicen actos ilícitos y contralas leyes de la República.

Envío de la Certificación del Acuerdo de Disolución

Art. 43.- La certificación del acuerdo de disolución deberá enviarsepor el Secretario de la Junta Directiva al Registrador (a) de AsociacionesComunales de la Municipal, dentro de los diez días siguientes a la fechaen que fue tomado, para efectos de cancelación, de la entidad.

Procedimiento para la Liquidación

Art. 44.- Una vez inscrito el acuerdo de disolución en el Registrocorrespondiente, se nombrará una Comisión Liquidadora que estaráintegrada por tres miembros de la Asociación electos en la últimaAsamblea General Extraordinaria que fue convocada para la disolución.Si no fueren elegidos la liquidación se efectuará con dos delegados de laMunicipalidad, en ambos casos tendrán el plazo de noventa días para

presentar un informe detallado de su gestión al Concejo Municipal parasu aprobación.

Para los efectos de la liquidación de la Asociación, se deberá

atender a lo que al respecto dispone la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

Si una vez realizado el activo y cancelado el pasivo hubiere un

remanente, la Municipalidad, a través de la Delegación Distrital Muni-cipal, lo destinará a financiar proyectos de desarrollo comunal a realizar-se ,en la comunidad donde tenía su domicilio la Asociación liquidada.Mientras no se realice la inversión del remanente, éste quedará bajocustodia de la Municipalidad.

CAPITULO XIII

DISPOSICIONES GENERALES

Obligación de llevar los Libros para hacer constar Actuaciones

Art. 45.- La Asociación Comunal llevará los libros necesarios parahacer constar sus actuaciones, foliados y sellados con una razón deapertura que contendrá el objeto del libro, número, folio, dicha razóndeberá estar firmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.

Terminado el libro o libros, se pondrá una razón de cierre quefirmará y sellará, el mismo Secretario.

Libertad de formar parte del Consejo Asesor

Art. 46.- Todo miembro de una Junta Directiva saliente, podráformar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que seelija.

Rendición de Cuentas Circunstanciada a la Junta Directiva Entrante

Art. 47.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuenta circuns-tanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las activida-des realizadas y pendientes durante su gestión administrativa. El informea que se refiere este inciso, deberá ser rendido por escrito en el primer mesde funciones de la nueva Junta Directiva.

Vigencia de los Presente Estatutos

Art. 48.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Urbanización La Pedrera I del Municipio de SanSalvador, a los siete días del mes de Noviembre de dos mil dos.

Junio 18, de 2003.

Con instrucciones del Señor Alcalde Municipal, atentamente transcriboel acuerdo tomado en la Sesión Extraordinaria celebrada el día diez deJunio del presente año, que dice:

“10.1) Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal “PEDRERAnúmero 1”, constituida el día 7 de Noviembre de 2002, en esta ciudad;compuestos por cuarenta y ocho artículos y no encontrando en ellosninguna disposición contraria a la Ordenanza Reguladora de las Asocia-ciones Comunales en la Ciudad de San Salvador, demás Leyes de laRepública, al orden público, ni a las buenas costumbres, el ConcejoMunicipal de San Salvador ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes,confiriendo a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica y autorizara su vez la inscripción de la misma en el Registro de las AsociacionesComunales de esta Municipalidad. Comuníquese”.

Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales consi-guientes.

Lic. IRMA AIDA ZELEDON DE BARBA,

SECRETARIA DEL CONCEJO.

(Registro Nº. 23156)

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL DE LA

“URBANIZACION TOSCANA”

DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR

CAPITULO I

CONSTITUCION, DENOMINACION, NATURALEZA YREGIMEN LEGAL

Constitución, Denominación, Naturaleza y Régimen Legal.

Art. 1.- Se constituye la Asociación Comunal “URBANIZACIONTOSCANA”, que en lo sucesivo se llamará “La Asociación”, como unaorganización social integrada por la voluntad unánime de un grupo deciudadanos y ciudadanas de la Urbanización Toscana, la cual será decarácter democrático, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; estará reguladapor el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de AsociacionesComunales del Municipio de San Salvador, por los presentes Estatutos,el Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables.

Domicilio

Art. 2.- La Asociación tendrá como domicilio la ciudad de SanSalvador y desarrollará sus actividades en la Urbanización Toscana,ubicada en Kilómetro Tres, Carretera Troncal del Norte San Salvador.

CAPITULO II

OBJETIVOS, ACTIVIDADES, DISTINTIVO Y PLAZO

DE LA ASOCIACION

Objetivos de la Asociación

Art. 3.- La Asociación tendrá los objetivos siguientes:

a) Promover el desarrollo humano en su dimensión social,económica, cultural, religiosa, cívico, educativa y cualquierotro aspecto legal y provechoso para la Urbanización Toscana.

b) Participar en forma organizada en el estudio y análisis de larealidad social, y de los problemas y necesidades de laUrbanización Toscana.

c) Elaborar e impulsar soluciones y proyectos de beneficio parala Urbanización Toscana.

Actividades para el cumplimiento de los objetivos

Art. 4.- Para la realización de sus objetivos, la Asociación desarro-llará las siguientes actividades:

a) Trabajar en coordinación con las autoridades Municipales yNacionales en los planes desarrollo local, distrital y zonal, asícomo en la ejecución de los mismos, especialmente cuando setrate de proyectos que lleven beneficio directo a los habitan-tes de la Urbanización Toscana;

b) Participar en la gestión Municipal, a través de los diversosmecanismos que se contienen en el Documento denominado“Política para la Participación Ciudadana en el Municipio de

San Salvador”, así como a través de la formulación deiniciativas o recomendaciones en la planificación, ejecución,y contraloría de los planes Municipales para el desarrollointegral de la Urbanización Toscana;

c) Impulsar la búsqueda de soluciones, formulación y ejecuciónde proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de laUrbanización Toscana;

d) Motivar a los miembros de la Asociación y hacerlos partici-par en el estudio y análisis de los problemas y necesidades dela Urbanización Toscana;

e) Ejercer el derecho de gestión frente a Organismos Guberna-mentales o no Gubernamentales y en general, ante cualquierinstitución, siempre que dicha gestión tenga como objetivobeneficiar a los miembros de la Asociación y la UrbanizaciónToscana;

f) Constituir Comités y/o Comisiones de Apoyo a la JuntaDirectiva de la Asociación en materia administrativa, cultu-ral, cívica, de gestión, de seguridad, de riesgo y prevención dedesastres, medio ambiente, género, juventud y otras y;

g) Realizar cualquier otra actividad que considere necesariapara la realización de sus objetivos, siempre que ésta sealícita.

Distintivo de la Asociación

Art. 5.- La Asociación Comunal tendrá como distintivo un sello enforma de círculo en cuyo interior se observa, una casa la cual representala unidad de todos los habitantes de la Urbanización, y alrededor se leerála inscripción “ASOCIACION COMUNAL DE LA URBANIZACIONTOSCANA”, del municipio de San Salvador, al centro del mismo seleerá “JUNTA DIRECTIVA”.

Plazo

Art. 6.- El plazo de la Asociación será indefinido.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS DE LA ENTIDAD

Clases de asociados

Art. 7.- Habrá dos clases de asociados: Asociados Fundadores yAsociados Activos:

Serán asociados Fundadores, las personas que suscriban el acta deConstitución de la Asociación Comunal y ostentarán la calidad deasociados activos.

Asociados Activos, serán las personas que obtengan su ingreso a laAsociación en la forma que lo establecen los presente estatutos y queasistan periódicamente a las Asambleas que se celebren.

Requisitos para ser asociado activo

Art. 8.- Para ser asociado activo, se requiere llenar las requisitossiguientes:

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

a) Tener como mínimo dieciocho años de edad;

b) Con residencia en la Urbanización Toscana de al menos dosaños;

c) Identificarse con los objetivos de la Asociación Comunal; y

d) Responder al llamado de colaboración cuando se le pida, yasea para ejercer un cargo de elección comunal o una eventua-lidad.

De la solicitud de ingreso a la Asociación Comunal

Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar en la AsociaciónComunal, deberán llenar una hoja de afiliación que la Junta Directivadeberá elaborar al efecto, en donde manifiestan su voluntad de pertenecera la Asociación, deberán cumplir con los requisitos indicados en elartículo anterior y contener los datos correctos.

Posteriormente se procederá a incorporar al interesado(a) quienserá juramentado(a) en la Asamblea General que al efecto se programe.

Del Registro de Asociados

Art. 10.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asocia-dos en el cual, en cada asiento se indicará el nombre y las generales delasociado como su edad, residencia, número de Documento Unico deIdentidad (DUI), u otro documento de identificación, fecha de ingreso yotros datos que se consideren necesarios del inscrito.

Derechos de los Asociados

Art. 11.- Serán derechos de los asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de la AsambleaGeneral, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias;

b) Presentar en las Asambleas Generales mociones encamina-das para alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de laAsociación;

c) Presentar su renuncia como miembro de la Asociación ante laJunta Directiva o Asamblea General;

d) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva y loscomités que se integren;

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre elfuncionamiento y los proyectos de la Asociación; y

f) Todos los demás que le confieran la Ordenanza Reguladorade Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,los presentes estatutos y el Reglamento Interno.

De las obligaciones de los asociados

Art. 12.- Son obligaciones de los asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados;

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de las AsambleasGenerales;

c) Desempeñar con responsabilidad y eficiencia los cargos paralos que fueron electos, lo mismo que las comisiones que se leencomienden;

d) Abstenerse de las acciones u omisiones que puedan perjudi-car el cumplimiento de los objetivos de la Asociación, laarmonía y las actividades que se realicen; y

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la Ordenanza Regu-ladora de Asociaciones Comunales del Municipio de SanSalvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno, asícomo obedecer y velar porque se respeten las disposicionesemanadas de Asamblea General y la Junta Directiva.

Perdida de Calidad de asociado (a)

Art. 13.- La calidad de asociado(a) se perderá por retiro voluntario,expulsión o muerte.

Del Retiro Voluntario

Art. 14.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.

Será expreso, cuando el asociado lo solicite por escrito a la JuntaDirectiva o a la Asamblea General, y tácito cuando el asociado cambiedefinitivamente a otro lugar su residencia o cuando se ausente de lasactividades de la Asociación por un período de tres meses sin expresiónde motivo o causa.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Del Gobierno de la Asociación

Art. 15.- El Gobierno de la Asociación estará a cargo de laAsamblea General de asociados, la Junta Directiva y el Comité deVigilancia.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

De la Asamblea General

Art. 16.- La Asamblea General debidamente convocada, es laautoridad máxima de la Asociación y estará integrada par la totalidad delos miembros asociados Fundadores y Activos.

Quórum

Art. 17.- La Asamblea General sesionará en forma ordinaria cadatres meses con la asistencia del cincuenta por ciento de los asociados ala hora indicada, en primera convocatoria y en segunda convocatoria, unahora después, con los miembros que asistan, y las resoluciones setomarán por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales quese requiere la asistencia del setenta y cinco por ciento de los asociados.

De las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias

Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar de forma ordinariao extraordinaria.

Serán ordinarias cuando se realicen en las fechas establecidas paraello, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en laagenda y los que propongan los asociados.

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Serán Extraordinarias cuando se celebran en fechas distintas paratratar asuntos específicos y/o de urgencia para los cuales hubiere sidoconvocada. Las discusiones y decisiones que tomaren en relación con lospuntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez. Las reunionesde Asamblea General Extraordinaria podrán celebrarse en cualquiertiempo, convocada por la Junta Directiva a iniciativa propia o cuando lopida por escrito el cuarenta por ciento de los asociados inscritos.

De las Convocatorias

Art. 19.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en quehabrá de celebrarse la Asamblea General y deberán ser hechas por lomenos con diez días de anticipación a la fecha indicada.

De los Delegados para Votar

Art. 20.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de lassesiones de la Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerserepresentar por otro miembro o por el o la cónyuge o su hijo mayor deedad, siempre y cuando residan éstos en la misma unidad habitacional;el límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto delrepresentado. La representación deberá hacerse por escrito.

De las facultades de la Asamblea General

Art. 21.- Son facultades de la Asamblea General:

a) Elegir, juramentar y dar posesión a los miembros de la JuntaDirectiva y Comité de Vigilancia.

b) Recibir, los informes de trabajo, aprobar o reprobar el estadofinanciero de la Asociación;

c) Destituir por causas justificadas y legalmente comprobada alos miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmen-te, y elegir a los sustitutos de conformidad a lo establecido enla Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales delMunicipio de San Salvador los presentes Estatutos; el Regla-mento Interno;

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crean conve-niente, con el objeto de llevar una sana administración de laAsociación;

e) Aprobar y reformar los presentes Estatutos el ReglamentoInterno; plan de trabajo y el presupuesto de la Asociación;

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio deSan Salvador vigente, el Reglamento Interno de la Asocia-ción y demás normas que se dicten para el buen desarrollo dela Urbanización Toscana;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociacióny que no estén contemplados en los presentes Estatutos; y

h) Las demás que establezcan la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

De la Junta Directiva

Art. 22.- La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección yadministración de la Asociación dentro de los lineamientos generalesestablecidos por la Asamblea General de Asociados. La Junta Directiva,

estará integrada por un Presidente, un Secretario, un Síndico, un Tesore-ro, y dos Vocales, con dos suplentes; durarán dos años en sus funcionesa partir de la fecha en que resultaren electos y podrán ser reelectos enforma alterna.

Para ser miembro de Junta Directiva se requiere haber residido enla Urbanización al menos dos años y tener dieciocho años de edad, no asíel Presidente y el Síndico quienes deberán ser mayores de veintiún años.

La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizaráquince días antes de que concluya el período de la última Junta Directivaelecta, en sesión de Asamblea General Extraordinaria, por mayoríasimple y ante la presencia de un delegado de la municipalidad, debiendoregistrarse la nueva Junta Directiva en la Oficina de Registro de Asocia-ciones Comunales de dicha municipalidad.

Régimen de Sesiones y convocatoria de la Junta Directiva

Art. 23.- La Junta Directiva sesionará en forma ordinaria al menosuna vez al mes y extraordinariamente cuando el Presidente o dos de susintegrantes lo consideren necesario. La convocatoria para las sesiones dela Junta Directiva se hará personalmente. Sin embargo, la convocatoriapodrá omitirse si encontrándose reunidos la mayoría de sus miembroséstos decidieran sancionar.

Quórum y número de votos para decidir

Art. 24.- Para que la Junta Directiva sesione válidamente, seránecesaria en todo caso, la presencia de al menos cuatro de sus integrantes;las decisiones serán válidas con el voto favorable de tres de ellos. ElPresidente tendrá el doble voto en caso de empate.

Atribuciones de la Junta Directiva

Art. 25.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, acuerdos dela Asamblea General, sus propios acuerdos y demás disposi-ciones de la Asamblea General;

b) Administrar el Patrimonio de la Asociación;

c) Presentar informe de su gestión y situación patrimonial alcierre del ejercicio anual o cuando lo requieran más de lamitad de los Asociados;

d) Aprobar y presentar para conocimiento y ratificación de laAsamblea General, el Reglamento Interno, el Plan de Traba-jo, el Presupuesto de la Asociación y la Memoria de Labores;

e) Constituir Comités de Apoyo de la Asociación para impulsarel desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de lamisma;

f) Hacer la calificación previa en los casos de retiro voluntarioy expulsión de los asociados, como la destitución individualde miembros de la Junta Directiva;

g) Coordinar e impulsar las actividades en beneficios para laUrbanización Toscana;

h) Autorizar al representante legal de la Asociación para lacelebración de los actos o contratos necesarios para el cum-plimiento de los fines y funciones de la Asociación;

i) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de lasAsambleas Generales de Asociados;

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

j) Recibir las renuncias de sus integrantes o de otros asociadosde la Asociación e informarlo a la Asamblea General; y

k) Conocer y resolver sobre todos los asuntos lícitos que intere-sen a la sana y ordinaria administración de la Asociación,cuyo conocimiento no corresponda a la Asamblea General.

Atribuciones del Presidente

Art. 26.- Son atribuciones del Presidente de la Junta Directiva:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de Junta Directiva, orientando sus deliberacio-nes;

b) Representar judicial y extrajudicial a la Asociación en formaconjunta o separada con el Síndico, en asuntos de interés parala entidad; pudiendo delegar esta representación en casonecesario;

c) Coordinar las actividades que realicen las diversas comisio-nes y sus respectivos comités de apoyo;

d) Firmar junto con el Tesorero los documentos de pago deTesorería y autorizar los gastos de la asociación;

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones ypresentar los informes correspondientes que se le requieranpor la Junta Directiva y/o la Asamblea General;

f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados enAsamblea General o en Junta Directiva; y

g) Todas las demás atribuciones que le señalen la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio deSan Salvador, los presentes Estatutos, el Reglamento Internode la Asociación y demás normas relacionadas con su cargo.

Atribuciones del Secretario

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario de la Junta Directiva:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de AsambleaGeneral, de Junta Directiva y de Registro de Asociados, asícomo otros que fueren necesarios en la asociación para hacerlos asientos respectivos;

b) Verificar el quórum en las sesiones de la Asamblea Generaly de Junta Directiva;

c) Expedir y/o tramitar en su caso, las certificaciones, constan-cias o credenciales de todo tipo de los órganos administrati-vos de la Asociación y remitir las nóminas de los miembroselectos de la Junta Directiva a la Oficina de Registro deAsociaciones Comunales; y

d) Convocar a las sesiones de Junta Directiva y AsambleaGeneral en coordinación con el Presidente de la Asociación.

Atribuciones del Síndico

Art. 28.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la asociación enforma conjunta con el Presidente de la misma; y

b) Velar por el cumplimiento de la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, lospresentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociacióny demás acuerdos tomados en la Asamblea General o JuntaDirectiva.

Atribuciones del Tesorero

Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes

muebles e inmuebles de la Asociación;

b) Llevar el control de registro de ingresos y egresos de la

Asociación;

c) Custodiar el patrimonio de la asociación con el objeto que se

utilicen en forma racional de todos los recursos de la entidad;

d) Autorizar juntamente con el Presidente de la Asociación los

documentos para el pago de las obligaciones que tenga queefectuar la Asociación;

e) Realizar las gestiones económicas necesarias para la Asocia-ción ante los Organismos Gubernamentales, del Estado o laMunicipalidad, u Organismos no Gubernamentales o priva-dos con posterior información de ello a Junta Directiva;

f) Rendir los informes financieros que se le requieran tanto porla parte de la Junta Directiva como de la Municipalidad; y

g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informetrimestral y anual del estado financiero de la Asociación.

Atribuciones de los Vocales

Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con la Junta Directiva; y

b) Realizar cualquier comisión o apoyo que le requiera la JuntaDirectiva.

Atribuciones de los Suplentes

Art. 31.- Los suplentes tendrán como función sustituir a cualquierde los Directivos, en caso de ausencia temporal por enfermedad u otracausa, y el orden de sustitución será de la siguiente manera: el primersuplente tendrá la facultad de ocupar la primera vacancia que surja y el

segundo suplente sustituirá la segunda vacante que surja.

CAPITULO VII

DEL COMITE DE VIGILANCIA

Del Comité de Vigilancia

Art. 32.- Se constituye el Comité de Vigilancia en la Asociación,que estará integrado por tres miembros propietarios y un suplente,quienes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y otrosdocumentos; podrán investigar sobre el trabajo de la Junta Directiva y losComités de Apoyo, el resultado de las gestiones de estos. El Comité deVigilancia tendrá la obligación de informar a la Asamblea General o

Municipalidad según el caso sobre el resultado de sus investigaciones.

Los integrantes del Comité, serán electos para el período de dosaños y deberán reunir los mismos requisitos que se establecen en el inciso

2 del Art. 22 de los presentes Estatutos en cuanto a la edad. Serán electosen Asamblea General.

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO

Constitución del Patrimonio de la Asociación

Art. 33.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los aportes que provengan de Asociados, Organismos delEstado y/o de la Municipalidad, Organismos no Guberna-mentales y/o privados;

b) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por laAsociación para recaudar fondos; y

c) Los bienes muebles y/o inmuebles de la Asociación, así comolas rentas que obtengan con la administración de los mismos,así también las que provengan de las herencias, donaciones ylegados.

Responsabilidad del Presidente y del Tesorero

Art. 34.- Tanto el Presidente como el Tesorero, responderán enforma personal y solidaria por los movimientos de las cuentas bancariasde la Asociación cuando se excedan de los límites autorizados por elReglamento Interno o la Asamblea General.

CAPITULO IX

DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

Régimen Disciplinario

Art. 35.- Los miembros de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral responderán y serán sancionados por las acciones u omisionesen contravención a estos Estatutos, a los reglamentos, acuerdos oresoluciones tomadas por la misma Asamblea General o Junta Directiva.

De las Faltas Leves

Art. 36.- Son faltas leves aquellas que sin causar un grave perjuicioa la Asociación, entorpecen su normal funcionamiento; tales como:

a) La inasistencia injustificada a sesiones de cualquiera de losOrganos de Gobierno;

b) Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la JuntaDirectiva o de la Asamblea General;

c) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comi-siones que les sean asignadas;

d) La falta de pago de las cuotas de cualquier clase que previa-mente haya aprobado la Asamblea General; y

e) La inobservancia de las obligaciones y prohibiciones im-puestas por estos Estatutos, el Reglamento Interno y laAsamblea General.

De las faltas graves

Art. 37.- Son faltas graves aquellas que afectan seriamente lamarcha normal de la Asociación, tales como:

a) La malversación de fondos, o cualquier acción u omisiónvoluntaria que afecte el patrimonio de la Asociación;

b) Las conductas que pongan en entre dicho el buen nombre dela Asociación;

c) Hacer uso del nombre de la Asociación en beneficio propio;y

d) El haberse hecho acreedor a tres o más amonestaciones.

Sanciones

Art. 38.- Cuando los Asociados o miembros directivos incurran encualquiera de las faltas señaladas en los dos artículos precedentes, parala imposición de la respectiva sanción, se estará a lo dispuesto en elReglamento Interno de la Asociación.

Procedimientos en caso de Faltas

Art. 39.- La Junta Directiva conocerá de las faltas cometidas por losmiembros de la Asociación de acuerdo con el procedimiento que para talefecto se establecerá en el Reglamento Interno de la Asociación.

CAPITULO X

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Obligación del Secretario, Síndico y Tesorero

Art. 40.- El Secretario de la Junta Directiva, el Síndico y elTesorero, tendrán la obligación de rendir informes de sus actuacionescada tres meses a la Asamblea General.

Facultad de la Municipalidad de Auditar

Art. 41.- La Municipalidad de San Salvador, tendrá la facultad deauditar las operaciones de la Asociación, con base a la OrdenanzaReguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de SanSalvador, con el fin de ejercer el control por usos indebidos de cualquierade los privilegios y exenciones de que goce, tomando las medidasadministrativas que considere convenientes, para subsanar las observa-ciones que surjan de la auditoría.

CAPITULO XI

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Modificación de los Estatutos

Art. 42.- Los presentes Estatutos podrán ser modificados medianteacuerdo tomado en sesión extraordinaria de la Asamblea General y deconformidad al artículo veintiuno, literal “e” de los presentes Estatutos.La modificación de los Estatutos podrá ser solicitada por tres de losasociados o por la Junta Directiva.

En todo caso, la Junta Directiva encargará a una comisión integradapor tres miembros, presidida por el Síndico de la Asociación, la elabora-ción de un proyecto de modificación, a efecto de presentarlo para laaprobación de la Asamblea General.

La modificación o reforma de los Estatutos, se consignará en el actarespectiva para ser presentada al Concejo Municipal para su aprobación,acompañando toda la documentación que corresponde y posteriormentepresentará a la Oficina de Registro de Asociaciones Comunales, dondedeberá inscribirse.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

CAPITULO XII

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Disolución de la Asociación

Art. 43.- La Asociación podrá disolverse mediante el acuerdotomado en Asamblea General Extraordinaria, con la asistencia y aproba-ción de las dos terceras partes de sus Asociados.

Serán causales para disolución de la Asociación:

a) Por disminución del número de sus Asociados en un cincuen-ta por ciento del mínimo establecido para su constitución porel Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales del Municipio de San Salvador;

b) Por imposibilidad de realizar los fines para los cuales fueconstituida; y

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los objetivos esta-blecidos en sus Estatutos y/o realicen actos ilícitos o quecontravengan las Leyes de la República.

Envío de la Certificación del Acuerdo de Disolución

Art. 44.- La certificación del acuerdo de disolución deberá serenviado por el Secretario de la Junta Directiva al Encargado de la Oficinade Registro de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado, paraefectos de cancelación de la inscripción de la Asociación.

Procedimiento para la liquidación

Art. 45.- Una vez inscrito el acuerdo de disolución en la Oficina deRegistro de Asociaciones Comunales, se nombrará una comisiónliquidadora que estará integrada por tres miembros de la Asociaciónelectos en la última Asamblea General Extraordinaria que fue convocadapara la disolución. Si no fueren elegidos, la liquidación se efectuará condos Delegados de la Municipalidad, en ambos casos tendrán el plazo denoventa días para presentar un informe detallado de su gestión al ConsejoMunicipal para su aprobación.

Para efectos de la liquidación de la Asociación, se deberá atendera lo que al respecto dispone la Ordenanza Reguladora de las Asociacio-nes Comunales del Municipio de San Salvador.

Si una vez realizado el activo y cancelado el pasivo hubiere unremanente, la Municipalidad, a través de la Delegación Distrital Muni-cipal correspondiente lo destinará para financiar proyectos de desarrollocomunal a realizarse en la Urbanización Toscana. Mientras no se realicela inversión del remanente, éste quedará bajo custodia de la Municipali-dad.

CAPITULO XIII

DISPOSICIONES GENERALES

Obligación de llevar libros para hacer constar actuaciones

Art. 46.- La Asociación Comunal, llevará los libros necesarios parahacer constar sus actuaciones, foliados y sellados con una razón deapertura que contendrá el objeto del libro, número, folio, dicha razóndeberá estar firmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.

Terminado el libro o libros, se pondrán una razón de cierre quefirmará y sellará el mismo Secretario.

Libertad de formar parte del Consejo Asesor

Art. 47.- Todo miembro de una Junta Directiva saliente, podráformar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que seelija.

Rendición de Cuenta Circunstanciada a la Junta Directiva Entrante

Art. 48.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuentas circuns-tanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las activida-des realizadas y pendientes durante su gestión administrativa. El informea que se refiere este inciso, deberá ser rendido por escrito y firmado portodos los miembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar en elprimer mes de funciones de la nueva Junta Directiva.

Vigencia de los presentes Estatutos

Art. 49.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

Dados en la Asociación Comunal “Urbanización Toscana” delMunicipio de San Salvador, a los veintiséis días del mes de Abril de dosmil tres.

Con instrucciones del Señor Alcalde Municipal, atentamente transcriboel acuerdo tomado en la Sesión Extraordinaria celebrada el día veintisietede Mayo del presente año, que dice:

“13.2) Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal “URBANI-ZACION TOSCANA”, constituida el día 26 de abril de 2003, en estaciudad; compuestos por cuarenta y nueve Artículos y no encontrando enellos ninguna disposición contraria a la Ordenanza Reguladora de lasAsociaciones Comunales en la Ciudad de San Salvador, demás Leyes dela República, al orden público, ni a las buenas costumbres, el ConcejoMunicipal de San Salvador ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes,confiriendo a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica y autorizara su vez la inscripción de la misma en el Registro de las AsociacionesComunales de esta Municipalidad”. Comuníquese.

Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales consi-guientes.

Lic. IRMA AIDA ZELEDON DE BARBA,

SECRETARIA DEL CONCEJO.

(Registro Nº. 23351)

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

El infrascrito Juez de lo Civil: al público para los efectos de ley,HACE SABER: que por resolución de las diez horas y veinte

minutos de este día, se han declarado herederas definitivas, con beneficiode inventario a las señoras ANA VICTORIA MARAVILLA VIUDA DERIVERA y MARIA INES MARAVILLA, en calidad de cónyuge sobre-viviente la primera y la segunda como hija del causante señor MANUELDE JESUS RIVERA, en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer eldía siete de agosto de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón ElPorvenir de la Jurisdicción de Concepción Batres, siendo esa mismaciudad su último domicilio. Confiriéndosele a las herederas declaradasla administración y representación definitiva de dicha sucesión con lasfacultades de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticuatro díasdel mes de junio del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZDE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1122

El infrascrito Juez de lo Civil: al público para los efectos de ley,HACE SABER: que por resolución de las diez horas y quince

minutos de este día, se han declarado herederos definitivos a los señoresROXANA BERALI AGUILAR QUINTANILLA, ESPERANZA DELCARMEN AGUILAR QUINTANILLA, ANA YANET AGUILARQUINTANILLA, ELSA ADELAIDA AGUILAR QUINTANILLA,ELEAZAR LEONEL AGUILAR QUINTANILLA, JULIO ANTONIOAGUILAR QUINTANILLA, CARLOS BOANERGES AGUILARQUINTANILLA, por derecho de representación de su padre señorCARLOS CESAR AGUILAR, como hijo de la causante señora MARIAARGELIA AGUILAR, en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecerel día diez de diciembre del año dos mil dos, en el Cantón Buena Vistade esta Jurisdicción, siendo esta misma ciudad su último domicilio.Confiriéndole a los herederos la administración y representación defini-tiva de dicha sucesión con las facultades de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, veinticuatro de juniodel dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.Br, MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1123

El infrascrito Juez de lo Civil de este distrito Judicial, al público para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas veinticua-tro minutos de este día ha sido declarado heredero definitivo y conbeneficio de inventario, en la herencia intestada que a su defunción dejóel señor ABRAHAM GONZALEZ, el día dieciséis de agosto del año dosmil dos, en el Cantón El Palmital de la Jurisdicción de Ozatlán, siendola ciudad de Ozatlán, lugar que tuvo como su último domicilio, de partedel señor ABRAHAM NEFTALI RAMOS GONZALEZ, en calidad dehijo del causante. Confiéresele al aceptante antes dicho la administracióny representación definitiva de la sucesión, con las facultades de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días delmes de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZDE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1124

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de PrimeraInstancia del Distrito Judicial de CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasnueve horas del día veintitrés de junio del año dos mil tres; se declararonherederos definitivos y con beneficio de inventario la herencia intestada

que al fallecer dejó el causante señor PEDRO ANTONIO JURADO,fallecido a las diecinueve horas del día treinta de marzo de mil novecien-tos noventa y siete, en el Cantón El Nancito, jurisdicción de Lolotique,de este distrito, departamento de San Miguel, siendo su último domicilioLa Ciudad de Lolotique antes mencionado; a la señorita MARIAESTEBANA JURADO HERNANDEZ, y los menores PAZ, MIGUELANGEL, ANGELE MERECI, todos de apellidos JURADO HERNAN-DEZ, y en su concepto de hijos del causante, representados Legalmentelos menores por su madre señora TOMASA HERNANDEZ PERDOMOconfiérese a los herederos declarados la Admistración y representantedefinitiva de la sucesión de que se trata, publíquese el edicto de ley,oportunamente extiendase certificación correspondiente lo que se poneen conocimiento del público para los efectos legales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las docehoras del día veintitrés de junio del año dos mil tres. Licda. DINORADEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 1 v. No 1125

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de PrimeraInstancia del Distrito Judicial de CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasnueve horas del día veintitrés de junio del corriente año; se declararonherederos definitivos y con beneficio de inventario la herencia intestadaque al fallecer dejó el causante señor FRANCISCO ALEXANDERMORATAYA, fallecido a las diez horas del día veinticinco de junio delaño dos mil uno, en el Kilómetro 143 de la Ruta Militar, Carretera a SantaRosa de Lima, San Miguel, siendo su último domicilio la Ciudad deLilotique, de este distrito, departamento de San Miguel; a los señoresJOSE LUIS RAMOS MEZA, MARIA DEL CARMEN MORATAYACASTRO, y el menor WILDER ALEXANDER MORATAYA MEN-DEZ, representado legalmente dicho menor por su madre señoraISMELDA MENDEZ GARCIA, los dos primeros en concepto depadres, y el último hijo del causante antes mencionado confiérese a losherederos declarados la administración y representación definitiva de lasucesión de que se trata, publíquese el edicto de ley lo que se pone enconocimiento del público para los efectos legales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a lasquince horas del día veintitrés de junio del año dos mil tres. Licda.DINORA DEL CARMEN ANDRADEDE LAZO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1126

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, Juez de Prime-ra Instancia de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

AVISA: que por resolución de las doce horas del día veinticuatrode junio del corriente año, y habiendo transcurrido más de quince díasdesde la última publicación en el Diario Oficial, sin que persona algunase haya presentado a alegar igual o mejor derecho hereditario que lapeticionaria, se declara heredera definitiva ab-intestato con beneficio deinventario, de los bienes que a su defunción dejó la causante CARMENDELGADO DE MUÑOZ, conocida por CARMEN DELGADO VIU-DA DE MUÑOZ; quien falleció a las cuatro horas del día veinticinco denoviembre de mil novecientos ochenta y cinco, en el Barrio San José deesta Ciudad su último domicilio; a MARINA DEL CARMEN MUÑOZDELGADO, en calidad de hija legítima de la causante, a quien se leconfiere la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito: Berlín, alas trece horas del día veinticuatro de junio del año dos mil tres. Licda.MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DEHENRIQUEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1127

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de PrimeraInstancia del Distrito Judicial de CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasdoce horas del día veinte de junio del corriente año; se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que alfallecer dejó el causante señor ROGELIO CASTILLO, fallecido a lasonce horas con veinte minutos del día catorce de abril de mil novecientosnoventa y seis, en la Colonia El Bosque de la Ciudad de Nueva Guadalupede este distrito, departamento de San Miguel, siendo su último domiciliola ciudad de Nueva Guadalupe, de parte de la señora MARTHA NOEMYPOLIO DE CASTILLO, en su concepto de cónyuge sobreviviente delcausante. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho administradora yrepresentante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades yrestricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquen-se los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectoslegales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a lasquince horas del día veinte de junio del año dos mil tres. Licda. DINORADEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1128-1

LA SUSCRITA JUEZ,HACE SABER: que con fecha veintisiete de marzo del corriente

año, se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTEDE ZAPATA, Abogado y Notario, del domicilio de San Miguel y de estaciudad, de cincuenta y tres años, con Documento Unico de Identidadnúmero cero cero seiscientos setenta y ocho mil cuatrocientos noventa ytres-siete, en concepto de procurador auxiliar del señor ProcuradorGeneral de la República y en representación de la señora CATALINAGOMEZ RAMIREZ, de sesenta y un años de edad, de oficios domésti-cos, del domicilio del Cantón La Morita, Jurisdicción de Chinameca,Departamento de San Miguel, con Documento Unico de Identidadnúmero cero cero seiscientos setenta y ocho mil cuatrocientos noventa ytres-siete, solicitando a su favor TITULO SUPLETORIO de un terrenode naturaleza rústica, situado en el Cantón La Morita, Jurisdicción deChinameca, Departamento de San Miguel, de una capacidad superficialde UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES METROS SESEN-TA Y DOS DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUA-DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, veinti-cuatro metros cincuenta centímetros en dos tramos el primero de oncemetros cincuenta centímetro y el segundo de doce metros sesentacentímetros, con ROBERTO QUINTANILLA, AL NORTE: sesenta ynueve metros, linda con MILAGRO ULLOA, AL PONIENTE, veinti-trés metros sesenta centímetros, calle de por medio, con sucesión deANGEL SANTOS, Representada por ANA MARIBEL GOMEZ, y ALSUR; setenta y seis metros con el señor JUAN BAUTISTA QUINTA-NILLA, en el inmueble anteriormente descrito existe construída una casade teja y lámina, de cinco metros de largo por cuatro metros de ancho.Que su representada es dueña y actual poseedora de dicho inmueble porcompraventa de posesión material que le hiciere a la señora AMALIAMOREIRA ULLOA, el cinco de junio de mil novecientos setenta y seisy nueve de febrero de mil novecientos setenta y siete, en documentosprivados, la posesión que ha ejercido su mandante durante el tiempo quetiene de poseer dicho terreno ha consistido en cultivarlo, recoger suscosechas, mejorarlo y habitarlo, todo esto sin pedirle consentimiento anadie o sea que durante todo este tiempo, ha ejercido actos de verdaderadueña y estima el terreno en mención en la suma de DIEZ MILCOLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, alas once horas del día tres de abril del dos mil tres. Licda. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1129-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascrito Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 63 de la LeyOrgánica de esta Institución EMPLAZAN: a la señora MARIA TERESASALINAS DE SEMSH, o a su representante, para que dentro de los cincodías siguientes al de la tercera y última publicación de este edicto,comparezca a manifestar su defensa en el Juicio de cuentas que se leinstruye en concepto de CONSUL, ENCARGADA DE LA PAGADU-RIA DEL CONSULADO EN SAN PEDRO SULA, HONDURAS,durante el período comprendido del uno de julio al treinta y uno dediciembre de mil novecientos ochenta y dos.

Dicho Juicio tiene por base el pliego de reparo No. II-EA-16-2001,por la cantidad de ONCE MIL CUATROCIENTOS TRECE DOLARESCON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ( $11,413.64 ), o su equiva-lente a colones que son VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTAY CUATRO COLONES CON DIEZ CENTAVOS ( ¢28,534.10 ) segúntipo de cambio vigente en esa época, de ¢2.50 colones por dólares.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República; San Salvador, a las once horas del día diecisietede junio el año de dos mil tres.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJICA,JUEZ PRIMERO.

Lic. ERIC ALEXANDER ALVAYERO CHAVEZ,JUEZ SEGUNDO.

Licda. ANA IMELDA MARQUEZ DE DEL CID,SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1130-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 63 de la LeyOrgánica de esta institución, EMPLAZAN: A los señores OSCARGONZALO MEJIA MEJIA, ARELY JEANETH FLORES DE MA-RROQUIN y GUILLERMO SANTOS, o a sus representantes para quedentro de los cinco días siguientes a la tercera y última publicación de esteedicto comparezcan a manifestar su defensa en el Juicio de Cuentas, quese sigue en su contra, por sus actuaciones como Jefe de Oficina en SantaRosa de Lima, Departamento de La Unión, Cajera Colectora del EdificioVINSAR, y el último como Telefonista en San Marcos, San Salvador,todos de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL),durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno dediciembre de mil novecientos noventa y cinco. Juicio que tiene comobase el pliego de reparos No. 49 por la cantidad de UN MILLONCIENTO TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO COLO-NES CON DIECISEIS CENTAVOS (¢1,137,604.16), equivalente aCIENTO TREINTA MIL ONCE DOLARES CON NOVENTA CEN-TAVOS ($130,011.90).

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República: San Salvador, a las nueve horas con veinteminutos del día nueve de junio del dos mil tres.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJICA,JUEZ.

Lic. ERIC ALEXANDER ALVAYERO CHAVEZ,JUEZ.

Licda. ANA IMELDA MARQUEZ DE DEL CID,SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1131-1

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 63 de la LeyOrgánica de esta Institución, EMPLAZAN: a los señores ANGELACHAVEZ DELGADO c/p MARIA ANGELA CHAVEZ DE CHICAS,RICARDO RIVAS, JEREMIAS GOMEZ c/p FULGENCIO JERE-MIAS GOMEZ ALVARENGA, AMANDA GRANADOS DE ARIASc/p MARIA AMANDA GRANADOS, ALBERTO ESTRADA yHERIBERTO SANTOS c/p HERIBERTO SANTOS MELARA, quie-nes fungieron como Segundo Regidor, Alcalde, Síndicos y Secretario,respectivamente en la Municipalidad de San José Villanueva, departa-mento de La Libertad, durante el período comprendido del uno de enerode mil novecientos ochenta al cuatro de noviembre de mil novecientosochenta y dos; para que dentro del plazo de cinco días contados a partirdel día siguiente a la tercera publicación de este edicto, comparezcan amanifestar su defensa en el Juicio de Cuentas respectivo. Dicho juiciotiene por base el Pliego de Reparos No. 36, por la cantidad de CINCOMIL DOSCIENTOS SEIS COLONES CON CINCUENTA Y OCHOCENTAVOS (¢ 5,206.58) equivalente a QUINIENTOS NOVENTA YCINCO DOLARES CON CUATRO CENTAVOS ($595.04).

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República; San Salvador, a las nueve horas con veinteminutos del día diez de junio del dos mil tres.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJICA,JUEZ.

Lic. ERIC ALEXANDER ALVAYERO CHAVEZ,JUEZ.

Licda. ANA IMELDA MARQUEZ DE DEL CID,SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1132-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de laCorte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 63 de la LeyOrgánica de esta Institución EMPLAZAN: a la señora MARIA TERESASALINAS DE SEMSCH, o a su representante, para que dentro de loscinco días siguientes al de la tercera y última publicación de este edicto,comparezca a manifestar su defensa en el Juicio de Cuentas que se leinstruye en concepto de CONSUL y ENCARGADA DE LA PAGADU-RIA DEL CONSULADO EN SAN PEDRO SULA, HONDURAS,durante el período comprendido del uno de enero al treinta de junio de milnovecientos ochenta y tres.

Dicho Juicio tiene por base el pliego de reparo No. II-EA-26-2001,por la cantidad de CUATRO MIL NOVECIENTOS TRES DOLARESCON CINCO CENTAVOS DE DOLAR ($ 4,903.05) equivalentes aDOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE COLONES CONSESENTA Y TRES CENTAVOS (¢12,257.63) según el tipo de cambiovigente en esa época, de ¢ 2.50 colones por dólar.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte deCuentas de la República; San Salvador, a las nueve horas treinta minutosdel día once de junio de dos mil tres.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJICA,JUEZ PRIMERO.

Lic. ERIC ALEXANDER ALVAYERO CHAVEZ,JUEZ SEGUNDO.

Licda. ANA IMELDA MARQUEZ DE DEL CID,SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1133-1

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de las once horas de esta fecha,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario departe de CIDA MARLENY TOMASINO JIMENEZ, la herencia intestadaque a su defunción dejó el señor FIDEL DE JESUS CRUZ, quien fue detreinta y tres años de edad, empleado, fallecido a las quince horas y treintaminutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil, en Santa Ana,siendo su último domicilio la población del Refugio de este Distrito; enconcepto de representante legal de las menores CINDY GRISELDA,ANA RAQUEL y KATERIN SOLEDAD, todas de apellidos, CRUZTOMASINO, éstas como hijas del causante; se le ha conferido alaceptante en el carácter dicho la administración y representación interi-nas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores dela herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las oncehoras y quince minutos del día veinte de junio del año dos mil tres.- Lic.JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CARCAMO R., SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1117-2

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el LicenciadoJOSE ALIRIO BELTRAN GARCIA, en su carácter de ProcuradorAuxiliar del señor Procurador General de la República en nombre yrepresentación de la señora TERESA MENDOZA MENDOZA, solici-tando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturalezarústica situado en Cantón Tecomatepe, jurisdicción de San PedroPerulapán, de este Departamento de la extensión superficial de UN MILCUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS,de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintiséismetros con DIONICIA BELTRAN HERNANDEZ; AL NORTE, cua-renta y cinco metros y linda con JULIAN MENDOZA BAUTISTA; ypor este rumbo goza de un camino vecinal de dos metros de ancho portreinta de largo, que va de Norte a Sur; AL PONIENTE, treinta metrosy linda con MIGUEL MENDOZA; y AL SUR, cincuenta y ocho metrosde ancho por treinta metros y linda con MARIA JOSEFINA MENDOZADE ORELLANA. Dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo alseñor PANTALEON MENDOZA, el día trece de enero de mil novecien-tos ochenta y nueve, por lo que datan más de diez años de poseerlo enforma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, no está en proindivisión,y lo valúa por la cantidad de TRES MIL COLONES; no es dominante,ni sirviente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a los dieciséis díasdel mes de enero del año dos mil tres.- Licda. ILMA CONSUELO GILDE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDOBELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1118-2

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria, de este domi-cilio con oficina ubicada en Av. Olímpica y 57 Av. Sur, EdificioAgrinsa primer nivel local 1-B, San Salvador,

HACE SABER: que de conformidad con la Ley del EjercicioNotarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, porresolución proveída por la suscrita Notaria a las nueve horas del díacuatro de julio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamen-te y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunciónocurrida en esta ciudad, el día diecinueve de marzo de dos mil tres, dejóel señor RAMON RODRIGUEZ c/p RAMON RODRIGUEZ PINEDA,de parte de la señora MARIA CORALIA SALAZAR DE RODRIGUEZ,en concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndosele confe-rido la administración y Representación DEFINITIVA de la Sucesióncon las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el despacho profesional de la suscrita Notaria, SanSalvador, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil tres.-

VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,

NOTARIA.

1 v. No. 23206

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas treintaminutos del día seis de mayo del corriente año, se han declaradoherederos abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a sudefunción dejó el señor JEREMIAS LAINEZ o JEREMIAS LAINEZUMAÑA, quien fue de setenta y dos años de edad, casado, agricultor enpequeño, fallecido el día veintiséis de octubre de mil novecientosnoventa y siete, en el Cantón San Jacinto, jurisdicción de Apastepeque,lugar de su último domicilio, a los señores ADAIAS LAINEZ represen-tado por su Curador Especial Licenciado ORLANDO RAFAEL CA-ÑAS CUBIAS y HERCULANA CARINA UMAÑA DE LAINEZconocida por HERCULIANA CARINA UMAÑA VIUDA DE LAINEZy por HERCULANA CARINA UMAÑA VIUDA DE LAINEZ, elprimero en concepto de hijo del causante y la segunda en concepto decónyuge sobreviviente del causante y se ha conferido a los herederosdeclarados la administración y representación definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días delmes de mayo del año dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIA.

1 v. No. 23284

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, de estedistrito Judicial. Al Público para los efectos de ley;

HACE SABER: que en las diligencias de Aceptación de Herenciapromovidas por el señor ISIDRO SIBIRIAN RUBIO, en bienes delcausante ELEUTERIO SIBIRIAN, conocido por ELEUTERIO SI-

BRIAN, por resolución de este Tribunal, SE HA DECLARADO HERE-DERO DEFINITIVO con beneficio de inventario, al señor ISIDROSIBIRIAN RUBIO, de la herencia que en forma intestada a su defuncióndejó el causante ELEUTERIO SIBIRIAN conocido por ELEUTERIOSIBRIAN, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, soltero, originariode Corinto, hijo de PILAR SIBIRIAN y CAYETANA ESCOBAR, denacionalidad Salvadoreña, y FALLECIO el día treinta de abril de milnovecientos cuarenta y cuatro, en el Cantón San Felipe de la Jurisdicciónde Corinto, siendo éste su último domicilio, el heredero en concepto dehijo del causante.

Se le confirió al aceptante mencionado, y en la forma establecida,la Administración y Representación Definitivas de la sucesión.

A Publicarse el edicto respectivo en el Diario Oficial, de conformi-dad a lo estipulado en el Artículo 1,165 del Código Civil.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las diez horas del día veinticinco de junio de dos mil tres.-Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETA-RIA.

1 v. No. 23289

ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL.

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a lascatorce horas y treinta minutos del día veintidós de abril de dos mil tres,se ha declarado heredera definitiva abintestato con beneficio de inventa-rio de los bienes dejados a su defunción por el señor LUCIO MARTI-NEZ QUEZADA, quien fue de cuarenta y dos años de edad, agricultoren pequeño, fallecido el día cinco de julio de mil novecientos ochenta enEl Paisnal, siendo ese su último domicilio, a la señora MARIA ELENAMARROQUIN en el concepto de cónyuge sobreviviente del causante, aquien se le ha conferido la administración y representación DEFI-NITIVA de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las oncehoras del día veinticuatro de abril de dos mil tres.- Lic. ERNESTO CEA,JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA,SECRETARIO.

1 v. No. 23242

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO.

AVISA: que por resolución de las diez horas cuarenta y cincominutos del día cuatro de junio del año dos mil tres. Ha sido declaradaheredera abintestato con beneficio de inventario de la herencia del señorFELICIANO HERNANDEZ MAYE, quien fue conocido porFELICIANO HERNANDEZ, fallecido el día veintiuno de mayo del año

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

dos mil uno, en el Cantón Sabana Grande Jurisdicción de Nahuizalco suúltimo domicilio, a la señora PAULA PEREZ VIUDA DE HERNAN-DEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente y además como cesionariade los Derechos Hereditarios que en la referida herencia les correspon-dían a los señores LEONOR HERNANDEZ, EVARISTO HERNAN-DEZ PEREZ, DAMAEL HERNANDEZ PEREZ, NOEMY HERNAN-DEZ DE GARCIA y FELICIANO HERNANDEZ PEREZ, en conceptode hijos del causante.

Se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-sentación definitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas día diecinueve dejunio del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DELO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,SECRETARIA.

1 v. No. 23219

OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, Juez de lo Laboral deeste Departamento con Jurisdicción en Materia Civil,

AVISA: que por resolución de este Tribunal de las diez horas yveinticinco minutos del día diez de marzo del corriente año, han sidodeclarados herederos con beneficio de inventario de la herencia intestadaque a su defunción dejó la señora MARIA INES RIVAS DE CEA, quienfalleció el día veinticuatro de julio de mil novecientos noventa, en elHospital del Seguro Social de esta ciudad, habiendo sido la población deSan Antonio del Monte de este Departamento, el lugar de su últimodomicilio a los señores JOSE RICARDO CEA o JOSE RICARDOCERNA CEA; CLAUDIA MARIA CEA RIVAS o CLAUDIA MARIACEA y ELSA CANDELARIA CEA RIVAS o ELSA CANDELARIACEA, en su concepto de cónyuge sobreviviente el primero, y las demáscomo hijas de la citada causante. Confiriéndoseles a los herederosdeclarados la administración y representación definitivas de la indicadasucesión.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

JUZGADO DE LO LABORAL: Sonsonate, a las doce horas ycinco minutos del día diecinueve de junio del año dos mil tres.- Dr. OTTOSALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, JUEZ DE LO LABORAL.Lic. JOSE RENE GUZMAN ROCHAC, SECRETARIO.

1 v. No. 23221

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución proveída este día, a las once horas, elseñor MARIANO DEL TRANSITO FLORES, conocido por MARIANOSALAMANCA, ha sido declarado heredero definitivo, con beneficio deinventario en la herencia intestada que dejó la señora ANA FRANCIS-CA SOSA SOSA, conocida por FRANCISCA SOSA, y por ANAFRANCISCA SOSA, quien falleció el día ocho de enero del corrienteaño, en el Barrio El Calvario de la ciudad de Intipucá, su último

domicilio, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que lecorrespondían a la señora REINA ISABEL SOSA DE ARIAS, enconcepto de hija de la causante, y se le ha conferido al herederodeclarado la administración y representación definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve díasdel mes de junio de dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOSALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,SECRETARIO.

1 v. No. 23123

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución de las ocho horas y cincuenta minutosde este día, ha sido declarado heredero definitivo, con beneficio deinventario, en la herencia intestada que dejó el señor BERNARDOGONZALEZ, quien falleció el día veintinueve de marzo de dos mil uno,en El Caserío El Tejar, Cantón El Pastor, Jurisdicción de Yayantique, suúltimo domicilio, al señor BERNARDINO GONZALEZ GARCIA, enconcepto de hijo del causante, a dicha persona se le ha conferido laadministración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintinueve díasdel mes de mayo de dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOSALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,SECRETARIO.

1 v. No. 23127

SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, Notario, de este domicilio,con despacho notarial ubicado en Primera Avenida Norte, casa númerocuatro, Soyapango,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario proveída alas ocho horas del día veintidós de junio del año dos mil tres, se hadeclarado a la señora MARIA ESTELA LARIOS DE CABEZAS, hoyMARIA ESTELA LARIOS DE TORRES, heredera definitiva conbeneficio de inventario, de los bienes que a su defunción en la ciudad deApopa, Departamento de San Salvador, el día treinta de julio de milnovecientos noventa y siete, y siendo la ciudad de Apopa su últimodomicilio, dejara el señor PABLO CABEZAS LOPEZ conocido porPABLO LOPEZ CABEZAS, en su concepto de Cónyuge sobreviviente,del causante; habiéndole concedido la representación y administracióndefinitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para losefectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintiséis de junio dedos mil tres.-

SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. 23160

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

CARLOS MAURICIO IRAHETA, Notario, de este domicilio, condespacho notarial ubicado en Primera Avenida Norte, casa númerocuatro, Soyapango,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveídaa las ocho horas del día veinte de mayo del año dos mil tres, se hadeclarado al señor JOSE DE LA CRUZ GARCIA TEZE, herederodefinitivo con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunciónen esta ciudad, el día nueve de octubre de mil novecientos noventa ycuatro, y siendo esta ciudad, su último domicilio, dejara el señorBELISARIO GARCIA, conocido por BELISARIO GARCIA MENA,conocido por BELIZARIO GARCIA MENA, en su concepto de hijosobreviviente, del causante; habiéndole concedido la representación yadministración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintidós de junio deldos mil tres.

CARLOS MAURICIO IRAHETA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. Nº. 23158

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL, SAN MIGUEL,

AVISA: que por resolución de las ocho horas cuarenta y dosminutos del día seis de junio del dos mil tres. Se ha declarado herederaexpresamente con beneficio de inventario de la herencia intestada que asu defunción dejó el señor JUAN ADALBERTO ZELAYA RIVAS,quien falleció a las diecinueve horas con diez minutos del día dieciséisde mayo del dos mil dos, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de estaciudad, siendo su último domicilio el Cantón El Papalón, jurisdicción deSan Miguel, a la señora MARIA ANA CEDILLOS CORDERO, encalidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos queles corresponden a los señores HERMINIA RIVAS PORTILLO oHERMINIA MARGARITA RIVAS y FELIX ZELAYA COCA o FE-LIX ZELAYA, en calidad de padres del causante y se le ha conferido ala heredera declarada en el carácter antes indicado la administración yrepresentación definitiva de la sucesión.

Lo que se pone del conocimiento del público par los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ochohoras cuarenta y seis minutos del día seis de junio del dos mil tres.- Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1 v. Nº. 23362

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

AVISA: que por resolución de las nueve horas treinta y cincominutos del día dos de los corrientes, se han declarado herederosexpresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada

dejada por el causante señor ARTURO LEMUS o ARTURO LEMUSCAÑAS, quien falleció a las seis horas cuarenta minutos del día dos demayo de mil novecientos noventa y cuatro, en el Barrio La Merced de estaciudad, siendo ésta su último domicilio; a los señores OSCAR ARTUROLEMUS, conocido por OSCAR ARTURO GONZALEZ LEMUS y porOSCAR ARTURO LEMUS GONZALEZ; EIDIS ELIZABETHLEMUS, conocida por EIDIS ELIZABETH LEMUS GONZALEZ;ROSA MAGALI LEMUS, conocida por ROSA MAGALI LEMUSGONZALEZ; EVELIN ESMERALDA LEMUS, conocida por EVE-LIN ESMERALDA LEMUS GONZALEZ; MARILYN CANDELA-RIA LEMUS, conocida por MARLYN CANDELARIA LEMUS GON-ZALEZ; y AZUCENA DEL CARMEN LEMUS, conocida por AZUCE-NA DEL CARMEN LEMUS GONZALEZ, todos en calidad de hijos delcausante.- Y se les ha conferido a los herederos declarados en el carácterantes indicado, conjuntamente la administración y representación defi-nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nuevehoras cuarenta y tres minutos del día dos de junio del dos mil tres.- Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-RIA.

1 v. Nº. 23302

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

AVISA: que por resolución de este Tribunal de las nueve horascincuenta minutos de este día, se han declarado herederos abintestato ycon beneficio de inventario de la causante señora AMBROSIA LINA-RES o AMBROSIA LINARES DE MARTINEZ, fallecida el día diez deagosto de mil novecientos setenta y cinco, en el Barrio Santa Bárbara deesta ciudad, el lugar de su último domicilio; a los señores BENJAMINANTONIO y MIGUEL ANTONIO, ambos de apellido MARTINEZLINARES, en su concepto de hijos de la referida causante, a quienes seles confiere definitivamente la administración y representación de lasucesión, con las facultades de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas del díadiez de junio del año dos mil tres.- Lic. FRANCISCO ALBERTOALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. CAR-MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

1 v. Nº. 23326

JOSE MARIO DENIS MOLINA, Notario de este domicilio, con oficinasituada en 25 Calle Poniente Nº. 1220, de esta ciudad,

AVISA: que por resolución dictada a las nueve horas del día dos delos corrientes, se ha declarado heredera intestada con beneficio deinventario del señor RICARDO GUILLERMO MARIO CASTROARAGON, conocido por RICARDO CASTRO ARAGON, fallecido enesta ciudad, el seis de noviembre del año dos mil dos, a la señora OFELIAAMERICA RAMIREZ DE CASTRO, conocida por OFELIA AMERI-CA RAMIREZ IRAHETA DE CASTRO, en concepto de cónyugesobreviviente del causante, a quien se le ha conferido la administraciónlegal de la sucesión en forma definitiva.

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Lo que se avisa para los fines legales consiguientes.

San Salvador, tres de julio del año dos mil tres.

JOSE MARIO DENIS MOLINA,

NOTARIO.

1 v. Nº. 23327

EDGARDO GUERRA HINDS hijo, Notario de este domicilio, conoficina situada en Veinticinco Calle Poniente número mil doscientosveinte, de esta ciudad,

AVISA: que por resolución dictada a las nueve horas del día sietede los corrientes, se ha declarado heredera intestada con beneficio deinventario de la señora MARIA LIDIA MENDEZ REYES, conocida porMARIA LIDIA MENDEZ, fallecida en esta ciudad, su último domicilio,el día diez de julio del año dos mil dos, a la señorita ALEXANDRAMARIA MAYER MENDEZ, en concepto de hija de la causante y comocesionaria de los derechos que correspondían a los señores ALEJAN-DRO ANTONIO MAYER MENDEZ, IVAN ALEJANDRO MAYERMENDEZ y KATYA MARIA ALEJANDRA MAYER DE RECINOS,también hijos de la causante, a quienes se les ha conferido la administra-ción legal de la sucesión en forma definitiva.

Lo que se avisa para los fines legales consiguientes.

San Salvador, siete de junio del año dos mil tres.

EDGARDO GUERRA HINDS h.,

NOTARIO.

1 v. Nº. 23328

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

AVISA: que por resolución de las catorce horas y treinta minutosdel día cinco de mayo del corriente año se han DECLARADO HEREDE-ROS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, del cau-sante JOSE MARIO CARCAMO ESCOBAR, fallecido el día uno demarzo de mil novecientos noventa y seis, en El Congo, lugar de su últimodomicilio, a la señora OLIVE CLARIBEL VALENCIA y a los menoresSANDRA CAROLINA VALENCIA CARCAMO, JIMMY EDUAR-DO CARCAMO VALENCIA y GEIMMY JOSE CARCAMO VA-LENCIA, la primera en su calidad de conviviente y los demás en sucalidad de hijos del referido causante, a quienes se les confiere definiti-vamente la administración y representación de la sucesión, conjunta-mente con el otro heredero declarado JOSE ROBERTO CARCAMOGIRON; representación que ejercerán los menores antes mencionados através de la señora OLIVE CLARIBEL VALENCIA, por ser su repre-sentante legal, en su calidad de madre de los mismos.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas del díaveinte de junio del año dos mil tres.- Lic. FRANCISCO ALBERTOALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. CAR-MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

1 v. Nº. 23361

HELMAR ROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL INTERINO, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANMIGUEL,

AVISA: que por resolución de las diez horas y diez minutos del díadieciséis de junio del presente año, se ha declarado heredera conbeneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejóel señor GONZALO FLORES, conocido por GONZALO FLORESAYALA, quien falleció el día diecinueve de julio del año dos mil uno, enla ciudad de Texas, Estados Unidos de Norte América, siendo su últimodomicilio esta ciudad, a la señora MARIA ALEJANDRA MARTINEZ,en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesiónle correspondían al señor PEDRO FLORES, éste en calidad de hermanodel causante; y se ha conferido a la heredera declarada en el carácterindicado, la administración y representación definitivas de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las oncehoras y quince minutos del día dieciséis de junio de dos mil tres.- Lic.HELMAR ROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL INTERINO.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SE-CRETARIO.

1 v. Nº. 23359

HELMAR ROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANMIGUEL,

AVISA: que por resolución de las diez horas y cuarenta minutos deldía dieciséis de junio del presente año, se ha declarado heredera conbeneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejóel señor LUIS APOLINARIO FLORES HERNANDEZ, conocido porLUIS APOLINARIO FLORES o APOLINARIO FLORES, quien falle-ció a las ocho horas del día ocho de septiembre del año dos mil dos, enla Colonia Los Olivos Avenida Los Félix número siete de esta ciudad,siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, a la señora MARIAISABEL VASQUEZ DE FLORES, en su calidad de cónyuge sobrevi-viente del causante; y se ha conferido a la heredera declarada en elcarácter indicado, la administración y representación definitivas de lasucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las oncehoras del día dieciséis de junio de dos mil tres.- Lic. HELMAR ROLANDOBENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO.-Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

1 v. Nº. 23360

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

TITO SANCHEZ VALENCIA, Notario, de este domicilio, con oficinajurídica, situada en Final Séptima Avenida Norte, Edificio dos-C, localsiete, Centro de Gobierno, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del quince de abril de este año,se ha declarado al señor ELIO NICOLAS GONZALEZ GARCIA,heredero definitivo con beneficio de inventario de los bienes que a sudefunción dejara la señora EMILIA GARCIA DE GONZALEZ, falleci-da el veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, en estaciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Cuscatancingo; habién-dole concedido la representación y administración definitiva de lareferida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

San Salvador, a los doce días del mes de junio de dos mil tres.

Dr. TITO SANCHEZ VALENCIA,

NOTARIO.

1 v. No. 23266

SONY ULISES TORRES VILLATORO, Notario, de este domicilio,con Despacho Notarial en la Tercera Calle Poniente Número Cuatro-Ocho, Barrio San Carlos, Frente a los Juzgados de esta ciudad.

HACE SABER: que por Resolución del Suscrito Notario, proveídaa las dieciséis horas del día veinticinco de marzo del año en curso, se hadeclarado a la joven ESMENIA GRISELDA OCHOA MENDEZ, Here-dera Definitiva con Beneficio de Inventario de los bienes que a sudefunción dejara el señor ANACLETO MENDEZ MEJIA conocido porANACLETO MENDEZ, quien fue de treinta y tres años de edad,Agricultor en Pequeño, de este domicilio, quien falleció en el Centro deSalud de esta ciudad, a las once horas del día veintiséis de junio de milnovecientos noventa y cinco; en concepto de Hija sobreviviente, habién-dole conferido la Representación y Administración Definitiva de lareferida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de La Unión, a los veinte días del mes de juniodel año dos mil tres.

Lic. SONY ULISES TORRES VILATORO,

NOTARIO.

1 v. No. 23262

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las nueve horas y quince minutos deeste día, se han declarado herederos definitivos con beneficio de inven-tario a los señores: DINORAH ELIZABETH FERRUFINO CASTRO,conocida por DINORAH ELIZABETH FERRUFINO DE GUEVARA,por derecho de representación de su padre señor SALVADOR ALFON-SO CASTRO, en calidad de hermano de la causante, HECTOR DAVIDCASTRO RODRIGUEZ conocido por HECTOR DAVID CASTRO yFRANCISCO ANTONIO CASTRO RODRIGUEZ conocido por FRAN-CISCO ANTONIO CASTRO, también en calidad de hermanos de lamisma causante señora BERTA MARINA CASTRO RODRIGUEZ,conocida por BERTA MARINA CASTRO, en la sucesión intestada queésta dejó al fallecer el día veintiocho de febrero del corriente año, en laColonia Rodríguez de esta ciudad, lugar que tuvo como último domicilio,confiriéndosele a los herederos declarados la administración y represen-tación definitiva de dicha sucesión, con las facultades de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticuatro díasdel mes de junio del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZDE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,SECRETARIA.

1 v. No. 23163

CARLOS MAURICIO IRAHETA, Notario de este domicilio, conoficina ubicada en Primera Avenida Norte, Casa#4, Soyapango,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas del día treinta de junio del dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HERENCIAINTESTADA que a su defunción ocurrida en esta ciudad, a las oncehoras quince minutos, del día veintitrés de abril del dos mil tres, dejó elseñor JOSE DOMINGO LARIOS GUILLEN, de parte de la señora ANADEISY LARIOS SANDOVAL, en concepto de hija sobreviviente delcausante, habiéndose conferido la Administración y Representación dela Sucesión Interina, con las facultades y restricciones de los curadoresde la Herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos lo que se crean conderecho a la mencionada herencia, para que se presenten a la referidaoficina por el término de quince días, contados desde el siguiente día, ala última publicación del presente Edicto.

Librado en la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador,a un día del mes de julio del dos mil tres.

CARLOS MAURICIO IRAHETA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. 23159

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Oficina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, tres- siete, en

esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-

rio, a las nueve horas del día veintiuno de junio de dos mil tres, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

Herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Loma Larga,

de la Jurisdicción de Tacuba, Departamento de Ahuachapán, su último

domicilio, a las veinte horas y cuarenta y cinco minutos del día diecinue-

ve de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, dejó la señora

ZOILA LUISA MORAN NUÑEZ, quien fue conocida como ZOILA

LUISA NUÑEZ y solo por ZOILA MORAN, de parte de la señora ANA

MARIA MONZON AREVALO, en su calidad de CESIONARIA, de los

Derechos Hereditarios que en la misma sucesión les correspondía a los

señores NELLY ESTER MORAN DE SANCHEZ, MARIO CESAR

MORAN, DEISI CARMELINA MORAN DE MADRID y ANAHAN

ANTONIO NUÑEZ CALLEJAS, todos como hijos de la causante;

habiéndosele nombrado administradora y representante interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en la Oficina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los veintiún días del mes de junio de dos mil

tres.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. 23235

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Oficina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, tres- siete, en

esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el Suscrito

Notario, a las ocho horas treinta minutos del día veintiuno de junio de dos

mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la Herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón

Suntecumat, de la Jurisdicción de Ahuachapán, su último domicilio, a las

diez horas treinta minutos del día primero de junio de mil novecientos

ochenta y ocho, dejó el señor BAUDILIO MENDOZA, de parte del señor

RICARDO PINEDA MENDEZ, en su calidad de CESIONARIO, de los

Derechas Hereditarios que en la misma sucesión le correspondía al señor

SANTOS ATILIO CHACHAGUA MENDOZA, como hijo del causan-

te; habiéndosele nombrado administrador y representante interino de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en la Oficina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los veintiún días del mes de junio de dos mil

tres.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. 23234

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con

Oficina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, tres- siete, en

esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-

rio, a las ocho horas del día veintiuno de junio de dos mil tres, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia

intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón El Junquillo, de esta

Jurisdicción, su último domicilio, a las diecisiete horas del día siete de

enero de dos mil tres, dejó la señora MARIA ANGELICA RUIZ

HENRIQUEZ, conocida por MARIA ANGELICA HENRIQUEZ,

MARIA ANGELICA HENRIQUEZ DE VEGA, ANGELICA HENRI-

QUEZ y por MARIA ANGELICA RUIZ VIUDA DE VEGA, de parte

del señor RUBEN DE JESUS VEGA HENRIQUEZ, en su calidad de

HIJO de la causante; habiéndosele nombrado administrador y represen-

tante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en la Oficina de Notariado del Doctor Hernán Alberto

López Silva: Ahuachapán, a los veintiún días del mes de junio de dos mil

tres.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. 23233

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

MARIA ESTHER FERUFINO v.DE PARADA: JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL. SAN MIGUEL,

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el

Licenciado JUAN ANTONIO LOPEZ, como Apoderado General Judi-

cial del señor ISMAEL GUEVARA, contra los señores JOSE DAVID

PORTILLO CARBALLO, de treinta y un años de edad, agricultor y

ROXANA ABIGAIL HERNANDEZ, de treinta años de edad, de oficios

del hogar, ambos de este domicilio, se ha presentado el mencionado

Apoderado manifestando que los ejecutados se han ausentado de su

domicilio, ignorando su paradero como si han dejado Procurador o

Abogado que los represente, se previene que si lo han dejado se presente

a este Juzgado a hacer uso de su derecho dentro de los quince días

siguientes de la publicación de este edicto comprobando tal circunstan-

cia,

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley,

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil. San Miguel, a las nueve

horas cuarenta y cinco minutos del día veintidós de mayo del dos mil tres.

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1 v. No. 23303

OSCAR RENE REYES, Notario, de este domicilio, con Oficina Profe-

sional situada en Cuarta Calle Poniente, número ocho, de esa ciudad. AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a mi oficina Jurídica se ha presentado el

Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, de cincuenta y tres años

de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado Espe-

cial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución

de Crédito, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador; EXPO-

NIENDO: que su representada es Acreedora Hipotecaria del señor

CRUZ ARMANDO ACEVEDO, conocido por CRUZ ARMANDO

TORRES ACEVEDO, mayor de edad, Estudiante, de domicilio ignora-

do; y que ya se inició en el Juzgado Tercero de lo Civil de esta ciudad,

Juicio Civil Ejecutivo contra el mencionado señor, habiéndose ordenado

en autos notificar el decreto de embargo y emplazamiento lo cual no se

pudo realizar pues se ignora su domicilio, y no se sabe si ha dejado en el

país Procurador o Representante Legal que lo represente en el Juicio; por

lo que PIDE: que previos los trámites legales se le nombre a dicho señor

un Curador Especial para que lo represente en el referido Juicio.-

En consecuencia se previene que si el señor CRUZ ARMANDO

ACEVEDO, conocido por CRUZ ARMANDO TORRES ACEVEDO,

tuviere Procurador o Representante Legal, se presente a mi Despacho

Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días

siguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en la Oficina del Licenciado OSCAR RENE REYES,

Santa Ana, a los tres días del mes de julio del año dos mil tres.

OSCAR RENE REYES,

NOTARIO.

1 v. No. 23132

OSCAR RENE REYES, Notario, de este domicilio, con Oficina Profe-

sional situada en la Cuarta Calle Poniente, número ocho, de esta ciudad.

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a mi oficina Jurídica se ha presentado el

Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, de cincuenta y tres años

de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado Espe-

cial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA. Institución

de Crédito, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador; EXPO-

NIENDO: que su representada es Acreedora Hipotecaria del señor

RICARDO FRANCISCO TREJO RODRIGUEZ, mayor de edad, Estu-

diante, de domicilio ignorado; y por el hecho que se desea entablar Juicio

Civil Ejecutivo, se le necesita para que comparezca ante el Juzgado Civil

competente; pero es el caso que al señor RICARDO FRANCISCO

TREJO RODRIGUEZ, se le ignora su domicilio, y no se sabe si ha dejado

en el país procurador o representante legal que lo represente en el Juicio;

por lo que solicita, que previos los trámites legales y una vez vertida la

prueba pertinente, se envién las diligencias de ausencia al Juez compe-

tente para que se le nombre un Curador Especial a fin de que represente

a dicho señor en el Juicio Ejecutivo Civil.

En consecuencia por este medio se previene que si el señor

RICARDO FRANCISCO TREJO RODRIGUEZ, tuviere Procurador o

representante legal en el país, se presente a esta oficina profesional a

comprobar tal circunstancia dentro de los quince días posteriores a la

última publicación de este aviso.

Santa Ana, tres de julio del año dos mil tres.

OSCAR RENE REYES,

NOTARIO.

1 v. No. 23130

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

OSCAR RENE REYES, Notario, de este domicilio, con Oficina situada

en Cuarta Calle Poniente número ocho, de esta ciudad. AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a mi oficina Jurídica se ha presentado el

Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, de cincuenta y tres años

de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado Espe-

cial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA Institución de

Crédito, de Derecho Público del domicilio de San Salvador; EXPO-

NIENDO: Que su representada es Acreedora Hipotecaria del señor

RAUL ERNESTO SAGASTUME VILLA conocido por RAUL ER-

NESTO VILLA SAGASTUME, mayor de edad, Empleado, de domici-

lio ignorado; y que ya se inició en el Juzgado Tercero de lo civil de esta

ciudad, Juicio Civil Ejecutivo contra el mencionado señor, habiéndose

ordenado en autos notificar el decreto de embargo y emplazamiento lo

cual no se pudo realizar pues se ignora su domicilio y no se sabe si ha

dejado en el país procurador o representante legal que lo represente en el

Juicio; por lo que PIDE: que previos los trámites legales se le nombre a

dicho señor un Curador Especial para que lo represente en el referido

Juicio.

En consecuencia se previene que si el señor RAUL ERNESTO

SAGASTUME VILLA conocido por RAUL ERNESTO VILLA

SAGASTUME, tuviere Procurador u otro representante legal, se presen-

te a mi Despacho Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro de los

quince días siguientes a la última publicación de este aviso.-

Librado en la oficina del Licenciado OSCAR RENE REYES,

Santa Ana, a los tres días del mes de julio del año dos mil tres.

OSCAR RENE REYES,

NOTARIO.

1 v. No. 23129

OSCAR RENE REYES, Notario, de este domicilio, con Oficina situada

en Cuarta Calle Poniente número ocho, de esta ciudad. AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a mi oficina Jurídica se ha presentado el

Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, de cincuenta y tres años

de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado Espe-

cial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución

de Crédito, de Derecho Público del domicilio de San Salvador EXPO-

NIENDO: que su representada es Acreedora Hipotecaria del señor

HECTOR RENE SANDOVAL, mayor de edad, Empleado, de domicilio

ignorado; y que ya se inició en el Juzgado Tercero de lo Civil de esta

ciudad, Juicio Civil Ejecutivo contra el mencionado señor, habiéndose

ordenado en autos notificar el decreto de embargo y emplazamiento lo

cual no se pudo realizar pues se ignora su domicilio y no se sabe si ha

dejado en el país Procurador o Representante legal que lo represente en

el Juicio; por lo que PIDE: que previos los trámites legales se le nombre

a dicho señor un Curador Especial para que lo represente en el referido

Juicio.

En consecuencia se previene que si el señor HECTOR RENE

SANDOVAL, tuviere Procurador u otro representante legal, se presente

a mi Despacho Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro de los

quince días siguientes a la última publicación de este aviso.-

Librado en la oficina del Licenciado OSCAR RENE REYES,

Santa Ana, a los tres días del mes de julio del año dos mil tres.

OSCAR RENE REYES,

NOTARIO.

1 v. No. 23128

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS, Notario, del domicilio

de la Ciudad de Santa Ana al público,

HACE SABER: Que a su oficina de Notario, situada en Primera

Avenida Sur entre Primera y Tercera Calle Oriente, número cinco-A, de

la ciudad de Santa Ana, se ha presentado el día veinticuatro de Junio del

corriente año, el Licenciado JUAN CARLOS JUAREZ CORNEJO,

quien es de cincuenta años de edad, Abogado, del domicilio de Santa

Ana, actuando Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de Derecho Público, del

domicilio de San Salvador, EXPONIENDO: Que su representada es

Acreedora Hipotecaria de los señores RIGOBERTO CANTON VANE-

GAS conocido por RIGOBERTO VANEGAS CANTON, albañil, y

MARIA DE LOS ANGELES GARCIA CHAVEZ DE CANTON,

Bachiller en Comercio, ambos mayores de edad y de domicilio ignorado,

y que ya se inició en el Juzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de Santa

Ana, Juicio Civil Ejecutivo contra los mencionados señores, el cual se

clasifica con el número 131-EC-0l, del control de proceso de dicho

Juzgado, habiéndose ordenado en autos notificarles el decreto de embar-

go y emplazamiento lo cual no se pudo realizar, pues se ignora su

domicilio y no se sabe si han dejado en el país Procurador o Represen-

tante legal que los represente en el Juicio; por lo que PIDE: que previos

los trámites legales y una vez vertida la prueba pertinente se remitan las

diligencias de ausencia al Juzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de

Santa Ana, para que se les nombre a dichos señores un Curador Especial

para que los represente en el referido Juicio.

En consecuencia se previene que si los señores RIGOBERTO

CANTON VANEGAS conocido por RlGOBERTO VANEGAS CAN-

TON y MARIA DE LOS ANGELES GARCIA CHAVEZ DE CAN-

TON, tuvieren Procurador u otro representante legal, se presente a mi

Despacho Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince

días siguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en la oficina del Licenciado WALDEMAR DE JESUS

JUAREZ SALINAS, Santa Ana, a los veinticuatro días del mes de junio

del dos mil tres.

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS,

NOTARIO.

1 v. No. 23259

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS, Notario, del domicilio

de la ciudad de Santa Ana, al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en PrimeraAvenida Sur entre Primera y Tercera Calle Oriente, número cinco-A, dela ciudad de Santa Ana, se ha presentado el día veinte de junio delcorriente año, el Licenciado JUAN CARLOS JUAREZ CORNEJO,quien es de cincuenta años de edad, Abogado, del domicilio de SantaAna, actuando como Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIALPARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de Derecho Público, deldomicilio de San Salvador, EXPONIENDO: Que su representada esAcreedora Hipotecaria del señor RICARDO ERNESTO FLORES HER-NANDEZ, mayor de edad, Estudiante, de domicilio ignorado, y que yase inició en el Juzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de Santa Ana,Juicio Civil Ejecutivo contra el mencionado señor, el cual se clasifica conel número 130-EC-0l, del control de proceso de dicho Juzgado, habién-dose ordenado en autos notificarle el decreto de embargo y emplaza-miento lo cual no se pudo realizar, pues se ignora su domicilio y no sesabe si ha dejado en el país Procurador o Representante legal que lorepresente en el Juicio; por lo que PIDE: que previos los trámites legalesy una vez vertida la prueba pertinente se remitan las diligencias deausencia al Juzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de Santa Ana, paraque se le nombre a dicho señor un Curador Especial para que lorepresente en el referido Juicio.

En consecuencia se previene que si el señor RICARDO ERNESTOFLORES HERNANDEZ, tuviere Procurador u otro representante legal,se presente a mi Despacho Notarial, a comprobar dicha circunstanciadentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en la oficina del Licenciado WALDEMAR DE JESUSJUAREZ SALINAS, Santa Ana, a los veinte días del mes de junio del dosmil tres.

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS,

NOTARIO.

1 v. No. 23255

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS, Notario, del domiciliode la ciudad de Santa Ana, al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en PrimeraAvenida Sur entre Primera y Tercera Calle Oriente, número cinco-A, dela ciudad de Santa Ana, se ha presentado el día dieciocho de junio delcorriente año, el Licenciado JUAN CARLOS JUAREZ CORNEJO,quien es de cincuenta años de edad, Abogado, del domicilio de SantaAna, actuando como Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIALPARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de Derecho Público, deldomicilio de San Salvador, EXPONIENDO: Que su representada esAcreedora Hipotecaria del señor JORGE ALBERTO LAINEZ HER-NANDEZ, mayor de edad, Estudiante, de domicilio ignorado, y que yase inició en el Juzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de Santa Ana,Juicio Civil Ejecutivo contra el mencionado señor, el cual se clasificacon el número 253- EC-0l, del control de proceso de dicho Juzgado,habiéndose ordenado en autos notificarle el decreto de embargo yemplazamiento lo cual no se pudo realizar, pues se ignora su domicilioy no se sabe si ha dejado en el país Procurador o Representante legal quelo represente en el Juicio; por lo que PIDE: que previos los trámiteslegales y una vez vertida la prueba pertinente se remitan las diligencias

de ausencia al Juzgado Segundo de lo Civil de la Ciudad de Santa Ana,para que se le nombre a dicho señor un Curador Especial para que lorepresente en el referido Juicio.

En consecuencia se previene que si el señor JORGE ALBERTOLAINEZ HERNANDEZ, tuviere Procurador u otro representante legal,se presente a mi Despacho Notarial, a comprobar dicha circunstanciadentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en la oficina del Licenciado WALDEMAR DE JESUSJUAREZ SALINAS, Santa Ana, a los dieciocho días del mes de Junio deldos mil tres.

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS,

NOTARIO.

1 v. No. 23258

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS, Notario, del domiciliode la ciudad de Santa Ana, al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en PrimeraAvenida Sur entre Primera y Tercera Calle Oriente, número cinco-A, dela Ciudad de Santa Ana, se ha presentado el día diecisiete de junio delcorriente año el Licenciado JUAN CARLOS JUAREZ CORNEJO,quien es de cincuenta años de edad, Abogado, del domicilio de SantaAna, actuando como Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIALPARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de Derecho público, deldomicilio de San Salvador, EXPONIENDO: Que su representada esAcreedora Hipotecaria del señor OSCAR ARMANDO REYES, mayorde edad, Empleado, de domicilio ignorado, y que ya se inició en elJuzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de Santa Ana, Juicio CivilEjecutivo contra el mencionado señor, el cual se clasifica con el número254-EC-0l, del control de proceso de dicho Juzgado, habiéndose ordena-do en autos notificarle el decreto de embargo y emplazamiento lo cualno se pudo realizar, pues se ignora su domicilio y no se sabe si ha dejadaen el país Procurador o Representante legal que lo represente en el Juicio;por lo que PIDE: que previos los trámites legales y una vez vertida laprueba pertinente se remitan las diligencias de ausencia al JuzgadoSegundo de lo Civil de la ciudad de Santa Ana, para que se le nombre adicho señor un Curador Especial para que lo represente en el referidoJuicio.

En consecuencia se previene que si el señor OSCAR ARMANDOREYES, tuviere Procurador u otro representante legal, se presente a miDespacho Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro de los quincedías siguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en la oficina del Licenciado WALDEMAR DE JESUSJUAREZ SALINAS, Santa Ana, a los diecisiete días del mes de junio deldos mil tres.

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS,

NOTARIO.

1 v. No. 23256

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS, Notario, del domicilio

de la ciudad de Santa Ana, al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en Primera

Avenida Sur entre Primera y Tercera Calle Oriente, número cinco-A, de

la ciudad de Santa Ana, se ha presentado el día veintitrés de junio del

corriente año, el Licenciado JUAN CARLOS JUAREZ CORNEJO,

quien es de cincuenta años de edad, Abogado, del domicilio de Santa

Ana, actuando como Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de Derecho Público, del

domicilio de San Salvador , EXPONIENDO: que su representada es

Acreedora Hipotecaria de la señora ANA ELIZABETH RUIZ DE

LOPEZ conocida por ANA ELIZABETH MONTERROZA RUIZ DE

LOPEZ, mayor de edad, Secretaria Comercial, de domicilio ignorado, y

que ya se inició en el Juzgado Segundo de lo Civil de la ciudad de Santa

Ana, Juicio Civil Ejecutivo contra la mencionada señora, el cual se

clasifica con el número 261-EC-0l, del control de proceso de dicho

Juzgado, habiéndose ordenado en autos notificarle el decreto de embar-

go y emplazamiento lo cual no se pudo realizar, pues se ignora su

domicilio y no se sabe si ha dejado en el país Procurador o Representante

legal que lo represente en el Juicio lo que PIDE: que previos los trámites

legales y una vez vertida la prueba pertinente se remitan las diligencias

de ausencia al Juzgado Segundo de lo Civil de la Ciudad de Santa Ana,

para que se le nombre a dicha señora un Curador Especial para que la

represente en el referido Juicio.

En consecuencia se previene que si la señora ANA ELIZABETH

RUIZ DE LOPEZ conocida por ANA ELIZABETH MONTERROZA

RUIZ DE LOPEZ, tuviere Procurador u otro Representante legal, se

presente a mi Despacho Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro

de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en la oficina del Licenciado WALDEMAR DE JESUS

JUAREZ SALINAS, Santa Ana, a los veintitrés días del mes de Junio del

dos mil tres.-

WALDEMAR DE JESUS JUAREZ SALINAS,

NOTARIO.

1 v. No. 23254

PEDRO DE JESUS ESCOBAR GONZALEZ, Notario del domicilio de

Cojutepeque y San Vicente, con Oficina situada en Calle José Francisco

López Número Cinco-A de Cojutepeque,

HACE SABER: que a mi Oficina se ha presentado el señor JUAN

RUPERTO AMAYA GUERRA, mayor de edad, Empleado, del domi-

cilio de San Martín, solicitando TITULO SUPLETORIO de un terreno

RUSTICO, situado en el Cantón EL CARMEN, Jurisdicción de SAN

PEDRO PERULAPAN, Departamento de Cuscatlán, de la extensión

superficial de SEISCIENTOS TREINTA V NUEVE METROS CON

CINCUENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS, que linda: AL

ORIENTE, con terreno de EFRAIN NIETO LOPEZ, mediando brotones

de varias clases de por medio; AL NORTE, con terreno de VICTOR

ROQUE ,camino vecinal de por medio; AL PONIENTE, con terreno de

MANUEL ANTONIO RUIZ, mediando brotones de izote de por medio,

propios del terreno que se describe; Y AL SUR, con terreno de MANUEL

ANTONIO RUIZ, brotones de izote de por medio. Todos los colindantes

son del domicilio de San Pedro Perulapán, no es dominante ni sirviente,

no está en proindivisión con ninguna otra persona, no tiene cargas ni

derechos reales de ajena pertenencia. Lo hubo por compra que hizo a

MARIA PETRONA ALFARO, el cinco de marzo del presente año. Que

uniendo su posesión con la de sus tradentes hacen una posesión por más

de diez años continuos. Dicho inmueble lo valúa en la suma de CIN-

CUENTA MIL COLONES.

Librado en la Oficina Notarial del Doctor PEDRO DE JESUS

ESCOBAR GONZALEZ. Cojutepeque, a tres días del mes de julio del

año dos mil tres.

PEDRO DE JESUS ESCOBAR GONZALEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 23121

No. de Expediente: 1993003591

No. de Presentación: 20000003156

EL(LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIE-

DAD INTELECTUAL:

HACE SABER: que CARLOS PAIZ ANDRADE, del domicilio de

CIUDAD DE GUATEMALA, propietaria(o)(s) del NOMBRE CO-

MERCIAL, consistente en LA PALABRA Paiz ESCRITA EN LE-

TRAS DE CARTA ESTILIZADAS, DE LAS CUALES LA LETRA.

"P" ES MAYUSCULA y LAS DEMAS SON MINUSCULAS. ARRI-

BA DE LA LETRA. "z", COMIENZA UNA LINEA QUE DIBUJA

UNA CURVA A LA DERECHA DELGADA EN SU INICIO PERO

ANCHA AL FINAL, LA CUAL TERMINA APUNTANDO HACIA

LA IZQUIERDA; DICHA LINEA SUBRAYA A LAS LETRAS "a" "i"

"z" LA PALABRA ANTES DESCRITA SE ENCUENTRA DENTRO

DE UN OVALO, cuyo País de Origen es GUATEMALA, inscrito al

número 00077 del Libro 00007 de INSCRIPCION DE NOMBRES

COMERCIALES, QUIEN CEDE Y TRANSFIERE A CRATO

PROPERTIES, S.A., del domicilio de 50 SHIRLEY ST. 2DO, PISO,

NASSAU, BAHAMAS, de nacionalidad BAHAMENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00129 del Libro

00056 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil

tres.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR..

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. 23228

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia, de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,promovidas por el Licenciado JUAN ANTONIO LOPEZ, como Apode-rado Judicial del señor JOSE ADAN ARGUETA ARGUETA, porresolución de este Tribunal, se ha tenido por Aceptada expresamente, ycon beneficio de inventario, la Herencia que en forma intestada a sudefunción dejó el causante RAMON ARGUETA ARGUETA, quien fuede ochenta y cuatro años de edad, casado, Jornalero, originario deOsicala, salvadoreño, hijo de APOLINARIO ARGUETA y JESUSARGUETA, y FALLECIO el día 25 de abril de 1984, en el Caserío LlanoAlegre, Cantón Cerro Coyol, de la jurisdicción de Osicala, siendo éste suúltimo domicilio, de parte del señor JOSE ADAN ARGUETAARGUETA, de generales antes expresadas, por Derecho de Representa-ción en los bienes que le correspondían a su madre TRANSITOARGUETA, ésta en calidad de única hija del causante y como nieto delmismo.

Se le confirió al aceptante mencionado y en la calidad expresada,la Administración y Representación Interinas de la sucesión, con lasfacultades y restricciones para los curadores de la Herencia Yacente.

A publicarse los edictos respectivos, en el Diario Oficial, deconformidad a lo establecido en el Artículo 1,165 del Código Civil, y secitan a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presentena deducirlo, en el término de quince días contados desde el siguiente apartir de la publicación del último edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las diez horas del día veintitrés de junio del dos mil tres.- Lic.MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 23299-1

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado,a las nueve horas y veinte minutos de este día; se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de parte del señor FRAN-CISCO BERNARDO HERNANDEZ, la herencia que en forma intestadadejó el señor CARLOS ANTONIO HERNANDEZ, quien fue de cin-cuenta años de edad, soltero, Agricultor, originario de Jocoro, hijo deANA ROGELIA HERNANDEZ; quien falleció a las diecinueve horasy treinta minutos del día dieciocho de marzo de mil novecientos noventay ocho; en el Barrio San Felipe de la jurisdicción de Jocoro, siendo eselugar su último domicilio; en concepto de cesionario del derecho here-ditario que le correspondía al señor CARLOS ANTONIO HERNAN-DEZ HERNANDEZ, hijo del referido causante. A quien se le haconferido en la calidad expresada, la administración y representaciónINTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Y cita a las partes que se crean con derecho a la herencia, para quese presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasnueve horas y treinta minutos del día diez de junio de dos mil tres.- Lic.JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 23290-1

LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA, Notario, de este domicilio, alpúblico para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las Diligencias que se han promovido antela suscrita, aceptando la herencia intestada de los bienes que a sudefunción dejara la señora MARIA DEL ROSARIO MORALES DEPRUDENCIO, se ha pronunciado la resolución que DICE: oficinanotarial, Quince Calle Oriente, número Ochocientos Dos Bis, CostadoSur del Centro de Gobierno, de esta ciudad, a las once horas y quinceminutos del día nueve de junio del año dos mil tres. Agréguese a suantecedente la Nota número CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTAY NUEVE, de la Honorable Corte Suprema de Justicia. Tiénese poraceptada expresamente con beneficio de inventario al señor JUANANTONIO PRUDENCIO RODRIGUEZ, en su concepto de cónyuge dela causante señora MARIA DEL ROSARIO MORALES DEPRUDENCIO, quien falleció intestada aproximadamente a las diecio-cho horas del día tres de abril del año dos mil dos, en la morgue delHospital Nacional de San Miguel, su último domicilio esta ciudad, quiena su muerte era de cincuenta y nueve años de edad, de Oficios Domés-ticos, del domicilio de esta ciudad; confiérese al aceptante la administra-ción interina de la sucesión, con todas las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente. Publíquese los edictos de ley, yexpídase la certificación solicitada. “Luz L. Gutiérrez”.- “Sellada yRubricada”.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los cuatro días del mes dejulio del año dos mil tres.

Licda. LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 23292-1

LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA, Notario, de este domicilio, alpúblico para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las Diligencias que se han promovido antela suscrita, aceptando la herencia intestada de los bienes que a sudefunción dejara el señor JOSE PAZ ARGUETA CASTRO, se hapronunciado la resolución que DICE: oficina notarial, Quince CalleOriente, número Ochocientos Dos Bis, Costado Sur del Centro deGobierno, de esta ciudad, a las diez horas y quince minutos del día nuevede mayo del año dos mil tres. Agréguese a su antecedente la Nota númeroCERO QUINIENTOS DIECIOCHO, de la Honorable Corte Suprema deJusticia. Tiénese por aceptada expresamente con beneficio de inventarioa la señora MARIA EUFEMIA REYES VIUDA DE ARGUETA, en suconcepto de cónyuge del causante señor JOSE PAZ ARGUETA CAS-TRO, quien falleció intestado a las dieciséis horas y treinta minutos deldía dieciocho de abril del año dos mil, en el Cantón La Canoa, de lajurisdicción de San Miguel, su último domicilio, quien a su muerte era desesenta años de edad, Empleado, del domicilio del Cantón La Canoa,confiérese a la aceptante la administración interina de la sucesión, contodas las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente. Publíquese los edictos de ley, y expídase la certificaciónsolicitada. “Luz L. Gutiérrez”.- “Sellada y Rubricada”.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los cuatro días del mes dejulio del año dos mil tres.

Licda. LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 23291-1

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasdiez horas del día treinta de agosto de mil novecientos ochenta y nueve,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario departe de los señores OTILIA CAÑAS, conocida por OTILIA CAÑASDE DUBON, DINA PAZ DUBON, conocida por DINA PAZ DUBONCAÑAS y JAIME ENRIQUE DUBON CAÑAS, de la herencia intestadadejada a su defunción por el señor INOCENTE DUBON, conocido porNAZARIO INOCENTE DUBON CERNA, fallecido en el HospitalRosales de la ciudad de San Salvador, el día dos de octubre del año de milnovecientos noventa y ocho; siendo esta ciudad su último domicilio, enconcepto la primera de cónyuge sobreviviente y los demás como hijoslegítimos del causante; confiriéndosele a los declarados herederos, en elconcepto indicado la administración y representación interinas de laindicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela herencia yacente; cítense a las personas que se crean con derecho enla herencia, para que se presenten a este Tribunal a deducirla dentro delos quince días subsiguientes a la publicación del edicto respectivo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lasonce horas del día primero de septiembre de mil novecientos ochenta ynueve.- Enmendado-CAÑAS-PRIMERA-edicto. Vale. Más Enmenda-do-primera-Vale. Más Enmendado-año-Vale. Entrelíneas-De Agosto-Vale.-O.R.Rodríguez. Dr. Otto Salvador Cárcamo Rodríguez. Juez dePrimera Instancia. J. Angel Gil. José Angel Gil. secretario Rubricadas.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lascatorce horas veinte minutos del día diecinueve de junio del año dos miltres. Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23223-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas treintaminutos del día dieciséis de junio del año dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestadadejada por la señora ANDREA PATRIZ, fallecida el día dieciséis deoctubre de mil novecientos cincuenta y siete, en el Cantón El Carrizal,jurisdicción de Nahuizalco su último domicilio, de parte de la señoraERLINDA PATRIZ DE PEREZ, como cesionaria de los derechoshereditarios que en la referida herencia le correspondía al señorGERARDO PATRIZ PAREDES, en concepto de nieto de la causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representacióninterinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cuarenta y cincominutos del día uno de julio del año dos mil tres.- Dr. MARIO MOISAMARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMENCEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23222-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las catorcehoras y veintidós minutos del día veinticuatro de junio del corriente año,se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que al fallecer a las cinco horas del día doce de octubrede mil novecientos noventa y seis, en el Cantón El Molino, de la

jurisdicción de Concepción de Oriente, siendo dicho lugar su últimodomicilio, dejara el señor SANTIAGO YANES RODRIGUEZ, conoci-do por SANTIAGO YANES, a la heredera LUZ VELINDAVELASQUEZ YANES, en concepto de hijo del causante, de conformi-dad con lo establecido en el Art. 988 Nº. 1º. del Código Civil, se leconfirió a la aceptante en tal carácter la administración y representacióninterina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las oncehoras y cincuenta minutos del día treinta de junio del dos mil tres. Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 23297-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este MunicipioJudicial,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasdoce horas y cuarenta y cinco minutos del día tres de julio del dos mil dos.Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de SanSalvador, el día ocho de mayo del año en curso, siendo esta ciudad de SanMarcos, su último domicilio, dejó el señor JOSE GUADALUPE RO-DRIGUEZ, de parte de la señora SONIA GUADALUPE RODRIGUEZALVAREZ, conocida por SONIA GUADALUPE CASTILLO, en sucalidad de hija del causante. Se ha conferido a la solicitante la represen-tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente, no así la administración por constar enla solicitud de fs. 1 f. y v., que también tienen derecho a la presentesucesión la señora MARIA ANTONIA ALVAREZ DE RODRIGUEZ,en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención paraque transcurridos el término de quince días contados a partir desde elsiguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunala hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las once horas del día veintisiete de junio delaño dos mil tres.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LOCIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23176-1

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída a las once horas y diezminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elcausante SAMUEL GUILLEN, quien falleció el veintinueve de junio demil novecientos cincuenta y dos, a la edad de ochenta años, siendo suúltimo domicilio esta ciudad; por parte del señor PEDRO SAMUELGUILLEN, en su concepto de hijo del causante. Confiriéndosele alaceptante en el concepto antes expresado, la Administración y Represen-tación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-to de Sonsonate, a los veintiséis días del mes de junio del año dos miltres.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23145-1

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICO

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del día tresde los corrientes, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventariola herencia intestada que a su defunción dejó el señor FELICIANOGUEVARA, quien falleció el día diez de marzo de mil novecientossesenta y seis, en el Cantón Loma de Ramos de la jurisdicción deGuazapa, siendo ese su último domicilio, de parte de la señora CLARAGUEVARA DE TORRES, como hija del causante; habiéndosele confe-rido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edictoen el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a lasocho horas y diez minutos del día nueve de junio de dos mil tres. Lic.MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23141-1

PEDRO CARBALLO ALVAREZ, Notario, de este domicilio, conoficina ubicada en Boulevard Universitario un mil novecientos noventay seis, Urbanización Padilla Cuéllar, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día uno de julio del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente, en forma interina y con beneficio de inventariola herencia intestada del señor SAMUEL DE JESUS PORTAL que a sudefunción dejara, ocurrida el día veintiuno de marzo del presente año, enel Cantón Galera Quemada; jurisdicción de Nejapa, Departamento deSan Salvador, por parte de la señora ANA ELVIRA MANCIA DEPORTAL en concepto de esposa del causante habiéndosele conferido laAdministración y Representación Interina de la Sucesión con las facul-tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En conse-cuencia por este medio se cita a todos los que se sientan con derecho a lareferida herencia para que se presenten a la oficina dentro del término deley a reclamar dicho derecho.

Librado en la oficina del suscrito Notario en la ciudad de SanSalvador, a los cuatro días del mes julio del año dos mil tres.

Dr. PEDRO CARBALLO ALVAREZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 23153-1

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las ochohoras y veinte minutos del día once de junio del dos mil tres; se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HerenciaIntestada que a su defunción dejó la señora ROSELIA RAMOS SAENZDE VIGIL, conocida por ROSA ELIA RAMOS SAENZ, quien a la fechade su fallecimiento fue de sesenta años de edad, de oficios domésticos,casada, originaria y del domicilio de Perquín, de Nacionalidad Salvado-reña, hija de RAFAEL SAENZ y de ALEJANDRA RAMOS, quienfalleció intestada a las veintitrés horas y treinta minutos del día siete defebrero del dos mil, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Socialde la ciudad de San Salvador, siendo la población de Perquín, Departa-mento de Morazán, lugar de su último domicilio; de parte del señorMARIO ORLANDO RAMOS VIGIL, éste por derecho propio que lecorresponde como hijo de la causante, y como cesionario de los derechosHereditarios que les correspondían a los señores BLANCA LIDIAVIGIL RAMOS DE CARCAMO, ROSA DELMY RAMOS SAENZVIGIL, CLAUDIO ASAEL VIGIL RAMOS, TERESA DE JESUSRAMOS VIGIL, MARIA LILIAN RAMOS DE MARTINEZ, EVALUZ SAENZ RAMOS VIGIL, MIRIAN DEL CARMEN RAMOSVIGIL y CLAUDIO VIGIL GOMEZ. Confiérese al aceptante mencio-nado y en la forma establecida, la Administración y RepresentaciónInterina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curado-res de la Herencia Yacente.-

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las once horas y quince minutos del día veintitrés de juniodel dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a.INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SRIA.

3 v. alt. No. 23301-1

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del díaveinte de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario de parte de la señora SANTOS AMADAVILLALOBOS ORTIZ, la herencia intestada que a su defunción dejó laseñora FRANCISCA OFELIA ORTIZ, quien fue de treinta y siete añosde edad, de oficios domésticos, soltera, fallecida el día diecisiete deoctubre de mil novecientos ochenta y siete, en el Cantón Candelaria dela jurisdicción de San Cayetano Istepeque, de este Departamento, lugarde su último domicilio, en concepto de hija de la causante y se hanombrado a la aceptante Administradora y Representante Interina de laSucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinte días delmes de junio del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA,JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23331-1

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día dehoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario de parte del señor ANDRES ABELINO VELASCO ALVARA-DO, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor SANTOSRUFINO VELASCO PALACIOS conocido por RUFINO VELASCO,quien fue de ochenta años de edad, agricultor en pequeño, casado,salvadoreño, falleció el día dos de noviembre de mil novecientos noventay cinco, en Santa Clara en este Distrito Judicial, lugar de su últimodomicilio, en concepto de hijo del causante, y se ha nombrado alaceptante en el carácter y forma expresados, Administrador y Represen-tante Interino de la Sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas con cuarentaminutos del día veinticinco de junio del dos mil tres. Dra. ANA FELICI-TA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DESALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23329-1

OSCAR RENE REYES, Notario, del domicilio de Santa Ana, conoficina situada en Cuarta Calle Poniente, número ocho, Santa Ana, alpúblico,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunciónocurrida en el Hospital San Juan de Dios de esta Ciudad, el día veintiséisde julio del año dos mil uno, dejó el señor SALVADOR DE JESUSMONTENEGRO, de parte del señor SALVADOR ALEXANDERMONTENEGRO MARTINEZ, en concepto de heredero testamentariodel causante nominado, habiéndosele conferido la Administración yRepresentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todas las personas que secrean con derecho a dicha herencia, para que se presenten a la referidaoficina en el término de ley.

Librado en la oficina del syccrito Notario, SANTA ANA, a lostreinta días del mes de diciembre del año dos mil dos.-

OSCAR RENE REYES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 23340-1

JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas diez minutosdel día ocho de abril de mil novecientos ochenta y uno, se ha tenido poraceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestadaque a su defunción ocurrida a las dieciocho horas del día veintiuno dediciembre de mil novecientos setenta y cuatro en el Cantón La Puerta,jurisdicción de la Villa de Tacuba, su último domicilio, dejó la señoraERCILIA AREVALO o HERCILIA AREVALO; de parte de los señoresJOSE ISMAEL PACHECO DAVILA y LUCAS EVANGELISTARAMOS, en su calidad de cesionarios de los derechos hereditarios queles correspondían como hijos de la causante a los señores VICTORMANUEL ALVAREZ AREVALO y FELIPE ALFREDO ALVAREZAREVALO; y se han nombrado interinamente a los aceptantes represen-tantes y administradores de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las ocho horas veinte minutosdel día cuatro de julio del año dos mil tres. Dr. JULIO CESAR FLORES,JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. 23341-1

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. de PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y cincominutos del día dieciocho de junio del dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada que a su defunción dejó JOSE DE JESUS GRANADOS, quienfalleció el día nueve de diciembre de mil novecientos ochenta, en elCantón Cercas de Piedra de la jurisdicción de Chapeltique, Departamen-to de San Miguel, siendo éste lugar su último domicilio, de parte de laseñora MARIA ESPERANZA ORELLANA GRANADOS, en calidadde hija del causante, y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antesindicado la Administración y Representación Interinas de la Sucesióncon las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN MI-GUEL, a las diez horas y quince minutos del día dieciocho de junio deldos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA,JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES CO-REAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23356-1

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por ejecución promovida por el Licenciado

NELSON RODOLFO MENA ROSALES, en su concepto de Apoderado

Judicial con Cláusula Especial, de los señores KARIN USKO AVELLIS

DE BECKMANN y HANS PETER USKO AVELLIS, contra la señora

NORA EUGENIA CHAVEZ ROLDAN, reclamándole la cantidad de

NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL COLONES, más inte-

reses legales a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento señalada

en el documento base de la acción, el cual es el día primero de febrero del

dos mil uno y costas procesales, se venderán por este Juzgado en

PUBLICA SUBASTA, Un terreno de naturaleza urbana, situado en la

Colonia Lomas de San Francisco, jurisdicción de San Salvador, Depar-

tamento de San Salvador, Lote marcado con el número nueve de la

Subparcelación del Lote número cuatro del Block “H”, de la Urbaniza-

ción Lomas de San Francisco, el cual se localiza y describe así: partiendo

de la intersección de los ejes de la Calle número cinco senda abierta en

la subparcelación, se mide con rumbo Norte cuarenta y siete grados,

quince punto cero minutos Este, y se llega a un punto donde se hace una

deflexión izquierda de noventa grados y se mide una distancia de tres

punto cincuenta metros y se localiza el vértice Sur oriente del lote, que

mide y linda, AL ORIENTE, línea recta de veintiuno punto doce metros,

con rumbo Norte cuarenta y dos grados, cuarenta y cinco punto cero

minutos Oeste lindando con lote número once de la misma Subparcelación

propiedad de Viviendas y Proyectos S.A. de C.V.; AL NORTE, línea

recta de seis metros con rumbo Sur cuarenta y siete grados, quince punto

cero minuto Oeste, linda con lote número cinco del Block “H”, de la

Urbanización Lomas de San Francisco propiedad de Sol Millet e Hijos

S.A. de C.V.; AL PONIENTE, línea recta de veintiuno punto doce

metros, con rumbo Sur cuarenta y dos grados cuarenta y cinco punto cero

minutos Este, lindando con lote número Uno, dos y tres, de la misma

Subparcelación propiedad de Viviendas y Proyectos S.A. de C.V.; y AL

SUR, línea recta de seis metros, con rumbo Norte cuarenta y siete grados,

quince punto cero minutos Este, linda con lote número diez de la misma

subparcelación, propiedad de Viviendas y Proyectos S.A. de C.V.,

mediando derecho de vía de siete metros de Senda abierta en la

subparcelación. El lote así descrito tiene un área de CIENTO VEINTI-

SEIS PUNTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS, equivalen-

tes a CIENTO OCHENTA Y UN PUNTO TREINTA Y UNA VARA

CUADRADA. En el inmueble segregado se encuentra construida una

casa de sistema mixto completamente nueva con todos sus servicios,

cuya área de construcción es de CIENTO SIETE PUNTO NOVENTA

METROS CUADRADOS, siendo el valor de la construcción de CIEN-

TO TRECE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS COLONES CON

NOVENTA Y TRES CENTAVOS. El inmueble así relacionado se

encuentra inscrito a favor de la señora NORA EUGENIA CHAVEZ

ROLDAN, a la matrícula del folio real número CERO UNO-CINCUEN-

TA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES-CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento

de San Salvador.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel

que tuviere interés en la venta en PUBLICA SUBASTA del terreno

descrito, comparezca a este Tribunal a hacer posturas en la hora y fecha

que oportunamente se señalará.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

catorce horas del día veintisiete de mayo del dos mil tres. Lic. MORENA

CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA. Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETARIA INTO.

3 v. alt. No. 23346-1

Distintivo: AZIBAT.

Clase: 05

Exp.: 012001015952

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el Abogado

ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Markatrade Inc., de nacionalidad Británica, solicitando el

registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

AZIBAT

Consistente en la palabra AZIBAT.

La solicitud fue presentada el día once de julio de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los

dieciséis días del mes de julio de dos mil uno.

Dr. ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 25059-1

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA SOCIEDADANONIMA, que puede abreviarse BANCO AGRICOLA COMER-CIAL DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, contra JOSERENE CLAROS, reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley,se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que oportuna-mente se señalará los bienes inmuebles embargados siguientes: enReparto o Colonia La Ermita, Pasaje Santa Mónica, block “I” casanúmero veintiséis de la ciudad de Apopa de este departamento, que sedescribe así: “Lote número veintiséis, partiendo de la intersección de losejes del pasaje Santa Mónica y Calle Fray Martín de Porras, en la estacióncero más cero cero cero igual cero más ciento veintiséis punto cincuentacon una distancia de cincuenta y nueve metros cincuenta centímetrossobre el eje del Pasaje Santa Mónica y con rumbo Sur siete grados treintaminutos cinco décimos de minuto Oeste, se llega a la estación unadistancia de cinco metros cincuenta centímetros con rumbo Norteochenta y dos grados veintinueve minutos cinco décimos de minutosOeste, se llega al punto “A” del terreno que se describe a continuacióncon los rumbos y linderos siguientes: AL SUR: línea recta (A-B) quemide veinticinco metros exactos con rumbo Norte ochenta y dos gradosveintinueve minutos cinco décimos de minutos Oeste, lindando con esterumbo con lote número veintisiete del mismo block propiedad del señorCIRIACO ARIAS. AL PONIENTE: línea recta (B-C) que mide sietemetros exactos con rumbo Norte siete grados treinta minutos cincodécimas de minuto Este lindando por este rumbo con lote número quincedel mismo block, propiedad del señor CIRIACO ARIAS. AL NORTE:línea recta (C-D) que mide veinticinco metros exactos con rumbo Surochenta y dos grados veintinueve minutos cinco décimas de minutosEste, lindando por este rumbo con el lote número veinticinco del mismoblock, propiedad del señor CIRIACO ARIAS. AL ORIENTE: línea recta(D-A) que mide siete metros exactos con rumbo Sur siete grados treintaminutos cinco décimas de minutos Oeste lindando con este rumbo con elPasaje Santa Mónica. En dicho lote se encuentra construida una casa desistema mixto con sus servicios y demás accesorios y él goza deservidumbre de tránsito sobre todas las calles de la lotificación mencio-nada, el lote así descrito tiene una extensión superficial de CIENTOSETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a DOS-CIENTOS CINCUENTA VARAS CUADRADAS CON TREINTA YNUEVE CENTESIMAS DE VARA CUADRADA.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a lasnueve horas del dieciséis nueve de junio de dos mil tres. Lic. MARIAFLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LOMERCANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 23140-1

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público,

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo, clasificado con elNo. 66-EC-02, promovido por el señor MAURICIO EDGARDO AL-VARADO ELENA, por medio de su Apoderado General Judicial Licen-ciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, en contra del señor JUAN

ORLANDO AXUME SANDOVAL, se venderá en pública subasta eneste Tribunal, en fecha oportuna, el bien inmueble embargado en estejuicio, cuya descripción es la siguiente: “Un lote de terreno antes rústico,sito en el Cantón Cutumay de esta jurisdicción, ahora urbano, inculto,conteniendo una casa de sistema mixto, techo de duralita, en un área deveintiséis metros cuadrados, teniendo lo construido un valor de cuarentamil colones, el cual conforme antecedente se describe así: lote númeroCUATRO, DEL POLIGONO número uno de la Lotificación El Milagro,de una extensión superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y TRESMETROS CUADRADOS, equivalentes a cuatrocientas setenta y seispunto cuarenta y seis varas cuadradas, el cual se localiza así: partiendode la intersección de las líneas centrales del pasaje número uno y PrimeraCalle, se parte al Oriente, sobre la línea central de la última en unadistancia de veintitrés metros, luego en este punto se hace una deflexiónderecha de noventa grados y con una distancia de tres metros, se llega almojón esquinero Nor-Poniente, describiendo a continuación cada linde-ro: AL NORTE, en línea recta de diez metros, linda con lote número trecedel polígono dos y Primera Calle de por medio; AL ORIENTE, en línearecta de treinta y tres punto treinta metros linda con lotes número tres, dosy uno del mismo polígono uno; AL SUR, en línea recta de diez metroslinda con propiedad privada; y AL PONIENTE, en línea recta de treintay tres punto treinta metros, linda con lotes cinco, seis y siete del mismopolígono uno. El inmueble antes descrito es propiedad del ejecutadoseñor JUAN ORLANDO AXUME SANDOVAL, inscrito al númeroVEINTIDOS del libro DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO depropiedad de este departamento”.

Quien quiera hacer posturas, que ocurra que se le admitirán siendolegales.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las diezhoras y quince minutos del día tres de junio de dos mil tres. Dr.RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23122-1

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por elLicenciado JUAN ANTONIO LOPEZ, como Apoderado General Judi-cial del señor JUAN VENTURA ALVARENGA, conocido por JUANANTONIO VENTURA, contra la Sociedad Robles Velásquez, SociedadAnónima de Capital Variable, representada por el señor JOSE MARIOVELASQUEZ y el Administrador Unico Suplente señor JUAN PABLOROBLES, reclamándole cantidad de colones, intereses y costas, sevenderá en pública subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: “Unterreno de naturaleza urbano situado en el lugar denominado “Lotifica-ción Malié” de la ciudad de La Unión, distrito y departamento de LaUnión, marcado con el número diez del block “C” de la capacidadsuperficial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS equivalentes aDOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO DIECISEIS VARASCUADRADAS el cual mide y linda AL NORTE, línea recta condistancia de veinte metros de longitud lindando en este tramo con el lote

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

once del block “C” de la misma lotificación; AL ORIENTE, línea rectacon distancia de diez metros de longitud lindando en este tramo con lotetrece del block “C” de la misma lotificación; AL SUR, línea con distanciade veinte metros de longitud en este tramo con lote nueve del block “C”de la misma lotificación que fue de VICTORIA ALVAREZ; y ALPONIENTE, línea rec1ta con distancia de diez metros de longitud,lindando en este tramo con el lote treinta y dos del block “A” AvenidaMolina de por medio de siete metros de ancho, inscrito a favor de lasociedad antes mencionada en el Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el número CUAREN-TA Y UNO del Tomo SEISCIENTOS OCHENTA de Propiedad deldepartamento de La Unión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nuevehoras veintidós de agosto de dos mil dos. Dra. MARIA ESTHERFERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic.MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23294-1

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor JOSEMIGUEL VASQUEZ MEJIA, c/p JOSE MIGUEL VASQUEZ, solici-tando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturalezarústico, situado en el Cantón El Espinal, jurisdicción de San RafaelCedros, departamento de Cuscatlán, sin nombre conocido, de la exten-sión superficial de SESENTA Y SEIS AREAS, CINCUENTA CEN-TIAREAS, de los linderos siguientes: ORIENTE con terreno de JULIOLOPEZ y JOAQUIN SANCHEZ, quebrada de invierno de por medio;NORTE, con terreno de TRINIDAD CASTRO, mediando cerco dealambre y piña propio de la colindante; AL PONIENTE, antes conterreno que fue de TIMOTEO ABARCA, ahora con sucesión de ANTO-NIO SANCHEZ, mediando cerco propio de forma triangular. Dichoterreno está gravado con una servidumbre de tránsito a favor de losseñores JOSE LUIS y CAMILO ambos de apellido ABARCA, paraentrar con carreta. Dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo alseñor RAFAEL CORNEJO, el día veinte de diciembre de mil novecien-tos noventa y seis y éste obtuvo la posesión el día diez de enero del añode mil novecientos noventa. Por lo que datan de más de diez años deposeer en forma quieta, pacífica y no se encuentra en proindivisión, y lovalúa por la cantidad de NOVENTA Y CINCO MIL COLONES.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horasdel día dieciocho de julio del año dos mil dos. Licda. ILMA CONSUELOGIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDOBELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23210-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la señora

MAURA HERRERA DE PEREZ, mayor de edad, de oficios domésticos

del domicilio de El Carmen, solicitando se le extienda TITULO SUPLE-

TORIO, de dos solares de naturaleza rústica situados en el Cantón El

Carmen, jurisdicción de Yucuayquín, departamento de La Unión. EL

PRIMERO: de la capacidad superficial de SIETE MIL SETENTA Y UN

METROS CUADRADOS, que mide y linda al NORTE: ciento ochenta

y cinco metros con el señor HERMINIO PEREZ ALVAREZ, callejón de

por medio, SAMUEL PEREZ, SAUL MENDOZA MENDOZA; AL

ORIENTE: cuarenta y cinco metros con el señor TERESO PEREZ

GUEVARA; AL SUR: doscientos treinta y seis metros con LUIS

ARNOLDO PEREZ GUEVARA, callejón de por medio, MARIA LINA

PEREZ DE SOSA; y AL PONIENTE: veintisiete metros con HERMI-

NIO PEREZ ALVAREZ, callejón de por medio; EL SEGUNDO: de la

capacidad superficial de MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE

PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL

NORTE: veintisiete metros con el señor TERESO PEREZ GUEVARA;

AL ORIENTE: cuarenta y cinco metros con la señora JOSEFINA

PEREZ DE FLORES; AL SUR: treinta y nueve metros con la señora

MARIA LINA PEREZ DE SOSA; AL PONIENTE: treinta y ocho

metros con el señor LUIS ARNOLDO PEREZ GUEVARA, y los

adquirió por compraventa verbal la que le hizo la señora ESTEBANA

PEREZ GUEVARA, en el año de mil novecientos setenta y tres, y los

valúa en la suma de OCHO MIL COLONES, cada uno.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, quince de mayo de dos

mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO

CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23126-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-

BAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Doctor

JOSE LUIS NAVARRO CARCAMO, como Apoderado General Judi-

cial, en nombre y representación de la señora MARTA GLORIA DEL

CARMEN ECHEVERRIA HERNANDEZ, de cincuenta y seis años de

edad, de oficios del hogar, del domicilio de San Isidro, departamento de

Cabañas, solicitando se extienda Título Supletorio a favor de la expresa-

da señora ECHEVERRIA HERNANDEZ, de un inmueble de naturaleza

rústica ubicado en el Cantón Izcatal, de la jurisdicción de San Isidro,

departamento de Cabañas, de una extensión superficial de DOS MIL

SETECIENTOS METROS CUADRADOS, lindando al NORTE: con

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

terreno de SANTOS CANDELARIO ALDANA, limitado por cerco de

piña medianero y brotones de pitarrillo, tempate y maquilishuat; AL

ORIENTE: con terreno de SANTOS CANDELARIO ALDANA, sepa-

rado por cerco de piña medianero; AL SUR: con terreno de BRUNO

PLATERO, dividido por cerco de piña medianero; AL PONIENTE: con

terreno del Ministerio de Educación donde está construida la escuela

rural del Cantón y también con terreno de MARIA BARBARA

CORVERA DE BAUTISTA, camino vecinal de por medio. El cual

obtuvo por herencia que a su defunción le dejó el señor CARLOS

VELASCO, en el año de dos mil tres, desde cuando lo posee de forma

quieta, pacífica e ininterrumpida. Inmueble que valora en la cantidad de

DOCE MIL COLONES, por lo consiguiente la posesión de la señora

ECHEVERRIA HERNANDEZ, data desde hace más de diez años con

la de su antecesor.

Juzgado de Primera Instancia: Sensuntepeque, a las doce horas con

cuarenta minutos del día dieciséis de junio de dos mil tres. Lic. CARLOS

WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23207-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA ESTER HILARIA TICAS, de cincuenta y cuatro años de edad,

de oficios domésticos, de este domicilio, solicitando por sí y por escrito

Título de Propiedad de un solar urbano, situado en el Barrio El Carmen

de esta villa, de la extensión superficial de NOVENTA Y NUEVE

CENTIAREAS, equivalentes a NOVENTA Y NUEVE METROS CUA-

DRADOS, según ficha catastral, pero según sus medidas lineales es de

CIENTO DIECISEIS METROS SESENTA Y UN DECIMETROS

NOVENTA Y TRES CENTIMETROS SETENTA MILIMETROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes. AL NORTE: mide

siete metros ochenta y nueve centímetros, linda con propiedad de la

señora MARINA CECILIA MANZANARES DE ORANTES, AL

ORIENTE: mide trece metros setenta y cinco centímetros y linda con

propiedad de la señora AGUSTINA DEL CARMEN TICAS GONZA-

LEZ, AL PONIENTE: mide catorce metros y linda con propiedad de

RICARDO ANTONIO ORANTES NAVARRETE y AGUSTIN

ORANTES, avenida pública de por medio, y AL SUR: mide ocho metros

noventa y dos centímetros y linda con propiedad de SILVIA DE JESUS

AGUILAR VIUDA DE SANCHEZ, Calle La Ronda de por medio. Este

inmueble lo estima en la cantidad de DOCE MIL COLONES exactos. Y

lo adquirió por herencia de su madre LAURA ORANTES, quien fue

mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, quien es ya

fallecida. Los colindantes son de este domicilio y se avisa al público para

efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina, tres de julio de dos mil.

JESUS OTONIEL CARRILLO, ALCALDE MUNICIPAL. FRANCIS-

CO RUTILIO PABLO BARAHONA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 23283-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que JUSTO ARMANDO COBAR LOPEZ, ma-

yor de edad, Abogado y Notario de este domicilio, actuando en nombre

y representación de MARIA ANGELA LOPEZ DE LANDAVERDE,

según Poder General Judicial con Cláusula Especial, solicita título de un

inmueble urbano, de forma triangular, situado en la Colonia Las Brisas,

de esta ciudad, de una extensión superficial de ciento treinta metros

cuadrados ochenta y un decímetros cuadrados cuarenta y seis centíme-

tros cuadrados que mide y linda: AL ORIENTE: un solo punto por formar

ángulo agudo los rumbos Norte y Sur; AL NORTE: veintiséis metros,

línea curva, muro de cemento propio del que se describe y calle pública

de división de cinco metros de ancho en una parte con inmueble de

SANTOS ZAVALA y en otra parte con inmueble de FRANCISCO

ZAVALA; PONIENTE: trece punto setenta metros, línea recta, muro de

piedra de la colindante de división, con inmueble de MARCELINA

MORALES DE LOPEZ; AL SUR: diecinueve punto cincuenta metros,

línea recta, pared de división, en una parte con inmueble de TERESA DE

JESUS GONZALEZ y en otra parte con inmueble de MARIO ROBER-

TO RODRIGUEZ. En dicho inmueble se encuentra construida una casa

paredes de sistema mixto, techo de tejas y piso de ladrillo de cemento. El

predio no es dominante ni sirviente, ni posee derechos o cargas reales a

favor de otras personas, ni está en proindivisión, lo hubo por compra que

hizo al señor JOSE BENJAMIN MORALES, mayor de edad hoy del

domicilio ignorado, con quien no es pariente y lo estima en cien mil

colones, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, departamento de Cabañas,

a veintitrés de junio del año dos mil tres. Dr. RENE OSWALDO

RODRIGUEZ VELASCO, ALCALDE MUNICIPAL. SALVADOR

CABEZAS RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 23313-1

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que los señores: MARIA MARCELINA MORA-

LES DE LOPEZ, conocida por MARCELINA MORALES DE LOPEZ

mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, y PRUDENCIO

LOPEZ GONZALEZ, mayor de edad, Agricultor en pequeño, de este

domicilio, solicitan Título de un Inmueble Urbano, situado en Colonia

Las Brisas Barrio Los Remedios de esta ciudad, de una extensión

superficial de CIENTO SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS

TREINTA DECIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL

ORIENTE: trece punto setenta metros línea recta por muro de piedra

propio del que se describe de división, con inmueble de María Angela

López de Landaverde; AL NORTE: diez metros, calle pública de cinco

metros de ancho, con inmueble de marco Tulio Sánchez; AL PONIEN-

TE, diecinueve punto cincuenta y seis metros, pared propia del que se

describe de división, con inmueble de Teódula Ayala Del Cid; y AL

SUR: diez metros, en una parte pared de ladrillo de división, con

inmueble de Miguel Angel Bonilla Andrade; y en otra parte, muro de

piedra del colindante, con inmueble de Teresa González de Gámez. En

dicho inmueble se encuentra construida una casa de habitación techo de

tejas, paredes de adobe y piso de ladrillo de cemento. No es dominante

ni sirviente, ni posee derechos o cargas reales a favor de otras personas,

ni está en proindivisión con terceras personas, lo hubieron por compra

que hicieron a la señora Amanda Sinforosa Larreynaga de Bonilla,

mayor de edad, del domicilio ignorado y lo estiman en CINCUENTA

MIL COLONES EXACTOS o su equivalente en Dólares de los Estados

Unidos de Norte América, todos los colindantes son de este domicilio. Se

Avisa al Público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

a quince de mayo del año dos mil tres.- Dr. RENE OSWALDO RODRI-

GUEZ VELASCO, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. SALVADOR CA-

BEZAS RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 23314-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: que a esta oficina se presentó la señora EVILA

LISSETH CABRERA CENTENO de veinticinco años de edad, de

Oficios Domésticos, de este domicilio, solicitando a su favor Título de

Dominio de un solar de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro

de la Paz, Calle Cárdenas, Avenida El Volcán de esta Ciudad, Distrito y

Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de UN MIL

NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS

OCHENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS SETENTA Y CIN-

CO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguien-

tes: AL PONIENTE, de treinta y siete punto cuarenta metros, lindando

con propiedad de la señora Rosa Orbelina Ramos, calle de por medio; y

AL SUR, de tres tramos: EL PRIMERO, de oriente a poniente de treinta

y dos punto treinta metros, lindado con el señor Marcos Moreira; EL

SEGUNDO, con deflexión de norte a sur de trece punto cuarenta metros;

lindando con el señor Marcos Moreira; y EL TERCERO, con deflexión

de oriente a poniente de veinticuatro punto ochenta metros, lindando con

propiedad de ROSA GIRON; AL ORIENTE, veintisiete punto cincuen-

ta metros, lindado con el señor Francisco Flores; AL NORTE, mide

cincuenta y nueve punto cuarenta metros, lindando con la señora TERE-

SA DE JESÚS CHAVARRIA, Calle de por medio. En el inmueble antes

descrito existen construcciones de sistema mixto, no es dominante ni

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está

en proindivisión con nadie, y lo adquirió por posesión que ejerzo desde

la muerte de mi padre, el señor JOSE ROGELIO CABRERA, quien

falleció a las cinco horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de

agosto del año dos mil, posesión material la cual ha sido quieta, pública,

pacífica e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de DIEZ MIL

COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal; San Miguel, a los veinte días del mes de

noviembre del año dos mil dos.- Sr. JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 23320-1

El INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: que a esta oficina se presentó MARTA LIDIA

HERNANDEZ ALVAREZ, de cincuenta y un años de edad, Costurera,

de este domicilio, solicitando a su favor Título de Dominio de un solar

de naturaleza urbana situado en Colonia Villa Satélite de esta ciudad, de

la capacidad superficial de UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y

NUEVE METROS CUADRADOS CON CIENTO OCHENTA Y SIE-

TE DECIMETROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguien-

tes: AL ORIENTE, veintidós metros, linda con terreno de Medardo

Moreno, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE, treinta y cinco

metros con ochenta y cinco centímetros, linda con terreno de Jorge

MANZANO, Calle Las Rosas de por medio; AL NORTE, cincuenta y

tres metros, linda con terreno de Medardo Moreno, cerco de Alambre de

piedra de por medio; y AL SUR, cuarenta y seis metros cincuenta

centímetros, linda con terreno de Leonidas Solórzano. En el inmueble

antes descrito no existen ningún tipo construcciones, no es dominante ni

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está

en proindivisión con nadie, y lo adquirió por Compraventa de posesión

Material que en Escritura Pública le hizo a JUAN JOSE BLANCO, de

cincuenta y dos años de edad, Jornalero, de domicilio desconocido, el día

veinte de julio de mil novecientos noventa y tres, ante los oficios del

notario EDGAR AMILCAR CRUZ BENITEZ, posesión que ha durado

por más de diez años, la cual ha sido quieta, pública, pacífica e ininte-

rrumpida, lo estima en la cantidad de TREINTA MIL COLONES

EXACTOS, los colindantes son de este domicilio,

Lo que se avisa al público para las efectos de ley.

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ALCALDIA MUNICIPAL; San Miguel, a los seis días del mes de

marzo del año dos mil tres. Prof. LIZANDRO NAVARRETE CABA-

LLERO, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES. Lic. JOSE AN-

GEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 23317-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: que a esta Alcaldía se presentó la señora SONIA

HAYDEE RIVERA CACERES conocida también por SONIA HAYDEE

RIVERA DE GUERRERO, solicitando a su favor Título de Dominio de

un inmueble de naturaleza urbana situada en: Colonia Milagro de La Paz,

Pasaje Sánchez, casa Número tres, de esta ciudad de la capacidad

superficial de: DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUA-

RENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUARADOS de las medidas

y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veintisiete metros sesenta

centímetros linda con propiedad de Concepción CRUZ; AL PONIEN-

TE: mide veintiséis metros, linda con propiedad de JUAN MARIA

RIVERA GUEVARA; AL NORTE: mide once metros, colinda con

propiedad RICARDO SANCHEZ LEMUS, AL SUR: mide diez metros

sesenta centímetros colinda con propiedad de RICARDO SANCHEZ

LEMUS , pasaje de por medio; el inmueble antes descrito no es dominan-

te ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni

está en proindivisión con nadie y lo adquirió por medio de una compra

informal que hizo al señor JOSE ELEAZAR RAMOS, en el mes de mayo

de mil novecientos noventa y siete; posesión que unida a la de su anterior

dueño ha sido por más de diez años, la que ha sido en forma quieta,

pacífica, pública e ininterrumpida, el inmueble descrito la valúa en la

cantidad de: QUINCE MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son

de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los diecinueve días del

mes de febrero del año dos mil tres. LIZANDRO NAVARRETE CABA-

LLERO, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES. Lic. JOSE AN-

GEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 23318-1

El infrascrito Presidente de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria

de Accionistas de la Sociedad IMPORTACIONES GEDEON, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, departamento de La Libertad.

CERTIFICA: PRIMERO. Que en acta sesión número TRES JE de

la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el treinta y uno

de julio de mil novecientos noventa y ocho, que en lo pertinente

literalmente dice: “Se toman los acuerdos siguientes; se acordó Aumen-

tar el Capital Social en UN MILLÓN DE COLONES por medio de la

emisión de diez mil acciones con un valor nominal de cien colones cada

una, por lo que el Capital Social Mínimo de la Sociedad ascendió a UN

MILLÓN SEISCIENTOS Veinte Mil colones, representado en dieciséis

mil doscientas acciones comunes de nominal cien colones cada una.

SEGUNDO. Que en acta de sesión número CINCO JE de la Junta

General Extraordinaria de Accionistas celebrada el treinta y uno de

octubre del año dos mil, se acordó: “Aumentar el Capital Social Mínimo

en DOS MILLONES DE COLONES por medio de la emisión de veinte

mil acciones de un valor nominal de cien colones cada una, en consecuen-

cia el Capital Social Mínimo actual se fija en la cantidad de TRES

MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL COLONES representado y

dividido en TREINTA Y SEIS MIL doscientas acciones comunes de

nominal CIEN COLONES cada una y equivalente en dólares de Estados

Unidos de Norte América a CUATROCIENTOS TRECE MIL SETE-

CIENTOS CATORCE DÓLARES con veintinueve centavos. El Capital

está totalmente pagados.

Es conforme a su original con el cual fue confrontado, extiendo y

firmo la presente en la ciudad de San Salvador el día doce de mayo de dos

mil tres.

PABLO ANTONIO CAMPOS PAZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 23288-1

AVISO

La infrascrita secretaria de la Sociedad HENRIQUEZ Y ASOCIADOS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, al público

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas, celebrada en esta Ciudad, el día trece de septiembre de dos mil dos,

se acordó por unanimidad Aumentar el Capital Social Mínimo de

OCHENTA MIL COLONES a la cantidad de CIEN MIL COLONES.

Para los efectos legales consiguientes expido la presente en la

Ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil

tres.

Licda. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ,

HENASA.

3 v. alt. No. 23264-1

AVISO

En la ciudad de San Miguel, reunidos en local de las oficinas de

VILLATORO GAVIDIA, SOCIEDAD ANONIMA de CAPITAL

VARIABLE, situada en el Cantón Jaguey, Conchagua, Departamento de

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

La Unión, el día dieciséis de mayo de dos mil uno, para celebrar sesión

de Junta General Extraordinaria de Accionistas, con la asistencia de los

socios, señores EPIDIO VILLATORO MARTINEZ y MARIA ALI-

CIA GAVIDIA DE VILLATORO, y se da inicio con la siguiente agenda:

1- Comprobación del Quórum

Con la asistencia del cien por ciento.

2- Modificación del Capital Social

3- Punto de Acta a Tratarse

Se acuerda por unanimidad Aumentar el Capital Social en la cantidad de

OCHENTA MIL COLONES EXACTOS, mediante la emisión de ochenta

nuevas acciones, con un valor nominal de UN MIL COLONES cada una,

de las cuales el señor EPIDIO VILLATORO MARTÍNEZ suscribe

cuarenta de las nuevas acciones y la señora MARIA ALICIA GAVIDIA

DE VILLATORO suscribe cuarenta de las nuevas acciones quedando

conformado el Capital Social en la suma de CIEN MIL COLONES, y no

habiendo más que tratarse, se da por finalizada la presente sesión

firmando los accionistas presentes a las once horas del día catorce de

enero de dos mil tres.

MARIA ALICIA GAVIDIA DE VILLATORO,

ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE.

3 v. alt. No. 23358-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

Los administradores de la Sociedad CIVIL TECH INGENIEROS, S.A.

DE C.V.,

HACE SABER: que según consta en Acta No. 9 de Junta General

de Accionistas, celebrada a las 8 horas del día 21 de abril de 2003, los

concurrentes ACORDARON Aumentar el Capital Mínimo de la Socie-

dad en NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE PUNTO VEINTI-

NUEVE DOLARES de los Estados Unidos de América, pasando parte

del Capital Variable a Capital Mínimo, que sumado al actual Capital

Mínimo de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO

SETENTA Y UNO DOLARES, equivalentes a VEINTE MIL COLO-

NES, resulta un Capital Mínimo de DOCE MIL DOLARES representa-

do y dividido en CIENTO VEINTE acciones comunes y nominativas de

un valor nominal de CIEN DÓLARES cada una. Las acciones en que está

dividido el Capital Social, se encuentran totalmente suscritas y pagadas.

Lo que se hace del conocimiento público de acuerdo a lo dispuesto

en el Art. 179 del Código de Comercio.

San Salvador, 4 de julio de 2003.

ROBERTO ALVERGUE,

ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE.

3 v. alt. No. 23333-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

Los administradores de la Sociedad INVERSIONES IBIZA, S.A. DE

C.V.,

HACEN SABER: que según consta en Acta No. 9 de Junta General

de Accionistas, celebrada a las 10 horas del día 19 de mayo de 2003, los

concurrentes ACORDARON Aumentar el Capital Mínimo de la Socie-

dad en NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE PUNTO VEINTI-

NUEVE DOLARES de los Estados Unidos de América, pasando parte

del Capital Variable a Capital Mínimo, que sumado al actual Capital

Mínimo de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO

SETENTA Y UNO DOLARES, equivalentes a VEINTE MIL COLO-

NES, resulta un Capital Mínimo de DOCE MIL DOLARES representa-

do y dividido en CIENTO VEINTE acciones comunes y nominativas de

un valor nominal de CIEN dólares cada una. Las acciones en que está

dividido el Capital Social, se encuentran totalmente suscritas y pagadas.

Lo que se hace del conocimiento público de acuerdo a lo dispuesto

en el Art. 179 del Código de Comercio.

San Salvador, 4 de julio de 2003.

ROBERTO ALVERGUE,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. 23334-1

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en

Km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de

CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número

005PLA000009427, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO

por UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 86/100 DLS. (US$1,142.86)

UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 86/100 DLS.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en

general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, 2 de julio de 2003.

BANCO CUSCATLAN S.A.,

AGENCIA 5a. AVENIDA.

3 v. alt. No. 23263-1

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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA UNICA PROPIETARIADE LA SOCIEDAD TEXMA EL SALVADOR, S.A. DE C.V. de estedomicilio por este medio.

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General deAccionistas, se encuentra asentada el acta número CINCO, de JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas de fecha veintitrés de junio delpresente año, estando presentes el cien por ciento de las accionesrepresentadas, se encuentra la resolución de su Punto Unico que DICE:"Se acuerda por unanimidad la Disolución y Liquidación de la SociedadTEXMA EL SALVADOR, S.A. DE C.V. de conformidad a la CláusulaLIV, contemplada en la Escritura Pública de Constitución de la Socie-dad, inscrita al numero CINCUENTA Y SEIS del Libro MIL QUINIEN-TOS CUARENTA Y SEIS del Registro de Sociedades, nombrándosecomo liquidador a SUSANA FRANCISCA RIVAS DE ANGEL, quienpodrá actuar para darle cumplimiento a este acuerdo y cumplir con losrequisitos legales, siendo mayor de edad, salvadoreña y de este domici-lio". Se autoriza al Apoderado Administrativo y Judicial realizar todoslos actos legales y administrativos y comparecer ante Notario paraotorgar la escritura de Disolución respectiva.”

Para los efectos legales consiguientes se extiende la presentecertificación, en San Salvador a los veintisiete días del mes de junio dedos mil tres.

ELLEN LEE,

ADMINISTRADORA UNICA.

3 v. alt. No. 23352-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003018047

ESTABLECIMIENTO 2003018047- 001, 002

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JIMENEZAGUILERA, JOSE ERNESTO en su calidad de Representante Legal dela Sociedad PULLMANTUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que puede abreviarse PULLMANTUR, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 842 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio, con número deIdentificación Tributaria: 0614-030392-101-8, ha presentado solicitud alas diez horas y quince minutos del día diecinueve de marzo de mil dos.Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002018047 yEstablecimiento No. 2003018047- 001,002; a favor de la Empresadenominada PULLMANTUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, la cual se dedica al SERVICIO DE TURISMO INTERNOY EXTERNO, con dirección en FINAL AVENIDA LA REVOLU-CION HOTEL MARRIOT EX-PRESIDENTE, LOCALES 9 y 10, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a NOVECIEN-TOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA DOLARESCON 84/100 $ 987,630.84 y que tiene DOS establecimiento (s): 001-)PULLMANTUR, S.A. DE C.V. ubicado en AVENIDA LA REVOLU-CION HOTEL MARRIOT EX-PRESIDENTE, LOCALES 9 y 10, deldomicilio de SAN SALVADOR, 002-) STAR BUS ubicado en AUTO-PISTA SUR 200 METROS AL ORIENTE DE LA BASILICA DEGUADALUPE, LOCAL DEL HOTEL SIESTA, del domicilio de SANSALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinte de junio de dos mil tres.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 23315-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003048442

ESTABLECIMIENTO 2003048442-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MENDEZRUGAMAS, JOSE ROBERTO en su calidad de Representante Legal dela Sociedad INVERSIONES MENDEZ RUGAMAS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIO-NES MENDEZ RUGAMAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura socialestá inscrita bajo el número 12 del libro 1587 del Registro de Sociedadesdel Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:0614-080101-101-0, ha presentado solicitud a las quince horas y cin-cuenta y ocho minutos del día ocho de mayo de dos mil tres. Con la cualse otorgaron los Asientos de Empresa No. 2003048442 y Establecimien-to No. 2003048442- 001; a favor de la Empresa denominada INVER-SIONES MENDEZ RUGAMAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE la cual se dedica a VENTA DE COMBUSTIBLES YLUBRICANTES, con dirección en KM. 60 CARRETERA A SONSO-NATE del domicilio de Izalco, Sonsonate cuyo activo asciende a CIENMIL colones con 00/100 ¢100,000.00 y que tiene el (los)establecimiento(s) siguiente(s): 001-) INVERSIONES MENDEZRUGAMAS, S.A. DE C.V. ubicado en KM. 60 CARRETERA ASONSONATE, del domicilio de IZALCO, SONSONATE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de junio de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 23344-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001036334

ESTABLECIMIENTO 2001036334- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado AGUILARCROKER, CAMILO EDUARDO en su calidad de Representante Legalde la Sociedad GLENN SAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que puede abreviarse GLENN SAL, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 1496 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número deIdentificación Tributaria: 0614-070100-101-8, ha presentado solicitud alas quince horas y cincuenta y ocho minutos del día veintiocho de febrerodel año dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No.2001036334 y Establecimiento No. 2001036334- 001; a favor de laEmpresa denominada GLENN SAL, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION, REPRE-SENTACION Y DISTRIBUCION DE MATERIALES ELECTRI-COS, con dirección en 45a AVENIDA NORTE Y PROLONGACIONCALLE ARCE, No. 2414, 20 NIVEL del domicilio de SAN SALVA-DOR, cuyo activo asciende a TREINTA Y NUEVE MIL SETECIEN-TOS SESENTA Y NUEVE DOLARES CON 46/100 $ 39, 769.46 y quetiene el(los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) GLENN SAL, S.A.

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DE C.V. ubicado en 45a AVENIDA NORTE Y PROLONGACIONCALLE ARCE, No. 2414, 2º NIVEL, del domicilio de SAN SALVA-DOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, cuatro de noviembre de dos mil dos

LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 23148-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003049839

ESTABLECIMIENTO 2003049839- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARMONALARA GILDA LUCERO en su calidad de Representante Legal de laSociedad PALACIOS & LARA INVERSIONES, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse P & L INVER-SIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domi-cilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo elnúmero 39 del libro 1798 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-200303-105-6, ha presentado solicitud a las once horas y seis minutos del día tres dejunio de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de EmpresaNo. 2003049839 y Establecimiento No. 2003049839- 001; a favor de laEmpresa denominada PALACIOS & LARA INVERSIONES, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica aALQUILERES DE LOCALES COMERCIALES, con dirección en 7A.CALLE PONIENTE # 4247 COLONIA ESCALON, del domicilio deSAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $11,428.57 y quetiene el(los) establecimiento(s) siguiente (s) : 001-) P & L INVERSIO-NES, S. A. DE C. V., ubicado en 7A. CALLE PONIENTE # 4247COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, nueve de junio de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 23281-1

Clase: 12

No. de Exp.: 1978002461

No. de Pres.: 19990009305

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUANFRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido porJUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABO-GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como APODERADO de OLIVER RUBBERCOMPANY, del domicilio de 701 Lima Avenue, Findlay, Ohio 45840,ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la Inscripción Número 00043del Libro 00081 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabraOLIVER.; que ampara productos comprendidos en la Clase 12 de laClasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de junio del año dos miltres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23209-1

Clase: 05

No. de Exp.: 2002024581

No de Pres.: 20020024581

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSEFRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADOESPECIAL de CLAUDIA LISETTE VIDES MAGAÑA DE MA-CHON, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NERVISAN

Consistente en: la expresión "NERVISAN", en letras mayúsculasde color negro.

La solicitud fue presenta el día veinticinco de abril del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintitrés de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23274-1

Clase.: 29

No. de Exp.: 2003031469

No. de Pres.: 20030035957

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSEFRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

de DAVID ANTONIO MENDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MR. CHANG

Consistente en: la palabra MR. CHANG.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23278-1

No. de Exp.: 2003030562

No. de Pres.: 20030034289

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSEFRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADOde VIPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: VIPA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra ETIQUETAS, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL Y COMERCIAL,UBICADO EN CALLE NUEVA A SAN ANTONIO ABAD, PASAJEVALDIVIESO, NUMERO NUEVE, SAN SALVADOR, EL SALVA-DOR, DEDICADO A LA IMPRESION Y DISTRIBUCION DEVIÑETAS.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintitrés de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23276-1

No. de Exp.: 2003030564

No. de Pres.: 20030034291

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSEFRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADOde VIPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia. VIPA, S.A. DE C.V.,, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión PRINT TAPES, que traducido signi-fica ETIQUETAS, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECI-MIENTO INDUSTRIAL Y COMERCIAL, UBICADO EN CALLENUEVA A SAN ANTONIO ABAD, PASAJE VALDIVIESO, NUME-RO NUEVE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, DEDICADO A LAIMPRESION Y DISTRIBUCION DE VIÑETAS.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintitrés de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23277-1

Clase: 05

No. de Exp.: 2002024582

No. de Pres.: 20020024582

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSEFRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADOESPECIAL de CLAUDIA LISETTE VIDES MAGAÑA DE MA-CHON, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FORTISTAN

Consistente en: la palabra "FORTISTAN'', en letras mayúsculas decolor negro.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintitrés de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23273-1

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 05.

Nº. de Exp.: 2002024512.

Nº. de Pres.: 20020024512.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSEFRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADOESPECIAL de CLAUDIA LISETTE VIDES MAGAÑA DE MA-CHON, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DOLOSTOP

Consistente en: la palabra DOLOSTOP, en letras mayúsculas decolor negro.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23271-1

Nº. de Exp.: 2003032218.

Nº. de Pres.: 20030037265.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MIRIAMELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO deVILLALOBOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque se abrevia: VILLALOBOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DEPUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión “Rosvill DALE UNA MORDIDA YDiseño”, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO

CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS QUE COMERCIALIZAMI REPRESENTADA TALES COMO PAN, BISCOCHOS, TORTAS,PASTELERIA, GALLETAS, Y PANADERIA EN GENERAL.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23192-1

Nº. de Exp.: 2002028758.

Nº. de Pres.: 20020031034.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSFONSECA ESERSKI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL YADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de TECNOLOGIA ENAQUACULTURA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, que se abrevia: TECNOAQUA, S.A. DE C.V., de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL,

Consistente en: la palabra Sr. PEZ y diseño, que servirá para:IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICA-DO A SERVICIOS DE: CONSULTORIA EN AQUACULTURA, ELCULTIVO Y EXPLOTACION DE TODO TIPO DE FAUNA DEAGUAS DULCES Y SALADAS Y LA VENTA Y DISTRIBUCIONDE PRODUCTOS Y EQUIPOS RELACIONADOS CON DICHAACTIVIDAD, UBICADO EN SEGUNDA PLANTA DE UN EDIFI-CIO SITUADO EN ALAMEDA ROOSEVELT, NUMERO TRES MILVEINTIDOS, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mildos.

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticinco de junto del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23323-1

Clase: 35.

Nº. de Exp.: 2003032255.

Nº. de Pres.: 20030037340.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANA SOFIAMOGOLLON SIERRA DE CALDERON, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIOde ASESORES LEGALES Y FISCALES CENTROAMERICANOS,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abreviaALFISCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

C.A. MULTISERVICES

Consistente en: la palabra C.A. MULTISERVICES, que se traduceal castellano en: C.A. MULTISERVICIOS.

La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23162-1

Nº. de Exp.: 2003032478.

Nº. de Pres.: 20030037640.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado BENJAMINARTURO ARCE ZABLAH, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: la expresión LAS PUERTAS y diseño, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A PRESTAR SERVICIOS DE BAR Y RESTAURANTE,UBICADO EN CALLE PADRES AGUILAR NUMERO VEINTICIN-CO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23354-1

Clase: 05.

Nº. de Exp.: 2002025829.

Nº. de Pres.: 20020026311.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de ARLA FOODSAMBA, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA,

Consistente en una etiqueta de forma rectangular horizontal, defondo color azul, conteniendo en la parte central superior una letra “M”mayúscula en tamaño grande, de trazo grueso en color blanco con finoborde azul, estilizada y con sombra también azul proyectada hacia laderecha; a la par de esta letra, en el lado derecho inferior, se encuentra un

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

número “2” presentando las mismas características, pero en menortamaño, ambos están sobre un fondo blanco que al seguir fielmente sucontorno, se transforma en celeste resplandeciente. Arriba de la letra,hacia la izquierda, aparece la palabra “Baby” que es en letras de tamañopequeño, en color blanco, minúsculas excepto la “B” inicial que sí esmayúscula, y su letra “y” toca con el extremo inferior a la letra “M”. Bajola “M” y número “2” mencionados, se encuentra la expresión “6-12meses/6-12 months” en letras y números de tamaño muy pequeño, encolor blanco, y las letras son minúsculas; bajo esta expresión, se observauna franja corta y no muy ancha, con extremos redondeados en colorverde con fino borde amarillo; y hacia la esquina inferior derecha de laetiqueta se observa la palabra “Milex” en letras blancas, pequeñas,estilizadas minúsculas excepto la “M” que sí es mayúscula, y la “i” enlugar del punto lleva una corona, y en la esquina inferior izquierda de lamisma, se encuentra un pequeño óvalo verde conteniendo la palabra“Arla” en letras blancas minúsculas, excepto la “A” que sí es mayúsculay hacia la derecha de esta palabra aparece una flor amarilla de tallo largosiendo este óvalo en posición inclinada hacia la derecha.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23135-1

Clase: 32.

Nº. de Exp.: 2002022418.

Nº. de Pres.: 20020022418.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de KRAFT FOODSHOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: tres esferas formando un triángulo invertido, uni-das entre sí por una línea. Las dos esferas de arriba son de menor tamañoque la de abajo y la de la izquierda es más pequeña que todas. Elmencionado triángulo en enlazado horizontalmente por una franja enforma de listón, sin tocar las esferas de arriba sino sólo una pequeñaporción de la de abajo. Todo el conjunto es semejante al diseño de unamolécula y presenta un contorno resplandeciente, y está colocada alcentro de una viñeta sólida de forma rectangular horizontal.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad, Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23131-1

Clase: 36.

Nº. de Exp.: 2001010887.

Nº. de Pres.: 20010010887.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deINTERVIA SEGUR-E, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitandoel registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras clarem.com, sobre .com no se concedeexclusividad.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23202-1

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151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 30.

Nº. de Exp.: 2002023855.

Nº. de Pres.: 20020023855.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO dePERFETTI VAN MELLE S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

CENTER SHOCK

Consistente en: las palabras “CENTER SHOCK” en letras mayús-culas de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 23194-1

Clase: 10.

Nº. de Exp.: 2002024917.

Nº. de Pres.: 20020024917.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deLINAS GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA,

CENTERPULSE

Consistente en: la palabra CENTERPULSE en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 23789-1

Clase: 35.

Nº. de Exp.: 2001016306.

Nº. de Pres.: 20010016306.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deBUMERAN PARTICIPACIONES, S.R.L., de nacionalidad ESPAÑO-LA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra “bumeran” en letras todas minúsculas yde trazo grueso, y a su izquierda la figura de un bumeran dirigido haciaarriba de las letras, el cual a la vez aparece dentro de una elipse de colorgris, colocada en posición inclinada siguiendo la dirección del mismo.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, quince de enero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 23187-1

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 05

No. de Exp.: 2001019599

No. de Pres. 20010019599

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de ELANPHARMA INTERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad IRLANDE-SA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

ANTEGREN

Consistente en: la palabra "ANTEGREN" en letras mayúsculas,tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23186-1

Clase: 35

No. de Exp. : 2002021187

No. de Pres.: 20020021187

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO deNATIONAL GEOGRAPHIC SOCIETY, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la expresión "al & YBD w/ADVENTUREONE& BB" las letras "a" y "1" minúsculas, escrita en estilo cubista, negras,

que a la izquierda llevan un rectángulo perpendicular amarillo siendo lostres elementos de una misma altura. Abajo la palabra"ADVENTUREONE" en letras mayúsculas de molde, siendo sus últi-mas tres letras de trazo grueso. Dicha expresión aparece entre corchetes.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23180-1

Clase: 30

No. de Exp. : 2002023853

No. de Pres.: 20020023853

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO dePERFETTI VAN MELLE S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA:

BIG BABOL

Consistente en: las palabras "BIG BABOL" en letras mayúsculasde tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23173-1

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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 41

No. de Exp. : 2001019906

No. de Pres.: 20010019906

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO deADECCO SA, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS:

ADECCO

Consistente en: la palabra "ADECCO" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador nueve de diciembre, del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23170-1

Clase:01

No. de Exp.: 2001012803

No. de Pres.: 20010012803

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deSHARP KABUSHIKI KAISHA comerciando como SHARPCORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registrode la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: la palabra SHARP en letras mayúsculas de trazogrueso.

La solicitad fue presentada el día tres de abril del año dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23149-1

CLASE: 38

No. de Exp.: 2001012805

No. de Pres.: 20010012805

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deSHARP KABUSHIKI KAISHA comerciando también como SHARPCORPORATlON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registrode la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra SHARP en letras mayúsculas de trazogrueso.

La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23146-1

CLASE: 42

No. de Exp.: 2001012806

No. de Pres.: 20010012806

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

SHARP KABUSHIKI KAISHA comerciando como SHARPCORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registrode la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra SHARP en letras mayúsculas de trazogrueso.

La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23144-1

Clase: 01

No. de Exp.: 2002022267

No. de Pres.: 20020022267

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISESSALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de CASTROLLIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

Consistente en: un fondo cuadrangular horizontal sólido que encie-rra trazos huecos en forma de cápsulas horizontales que se desplazanhacia la izquierda en series de dos y tres, alternadas, variando su tamañode pequeñas a grandes; y continuando ya fuera del fondo negro, en formade cápsulas sólidas, igualmente en series, pero disminuyendo su tamaño;de manera que, la serie de mayor tamaño queda al centro, y cada cápsulade esta serie sufre un corte diagonal aproximadamente por la mitad, porlo que una mitad aparece como hueco dentro del fondo negro, mientrasque la otra mitad se solidifica fuera del mismo.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23142-1

Clase: 37

No. de Exp.: 2001018175

No. de Pres.: 20010018175

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de PUMAENERGY INTERNATIONAL S.A., de nacionalidad BAHAMIENSE,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: una etiqueta rectangular horizontal de color negro,conteniendo en su interior la palabra "Trafigura" siendo la letra "T"mayúscula y las demás minúsculas de tipo corriente, todas de colorblanco a excepción de la letra "g" que es de color negro y apareceencerrada en un pequeño rectángulo vertical de color blanco.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23139-1

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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 19

No. de Exp.: 2002026410

No. de Pres.: 20020027350

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO deVilleroy & Boch AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

Villeroy & Boch

Consistente en: las palabras "Villeroy & Boch" en letras minúscu-las de molde, excepto las letras "V" y "B" que son mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23137-1

Clase: 05

No. de Exp.: 2002024035

No. de Pres.: 20020024035

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de AstraZenecaAB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

VIZELDA

Consistente en: la palabra "VIZELDA" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23136-1

CLASE: 32

No. de Exp.: 2002028699

No. de Pres: 20020030960

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO deCOMPANHIA BRASILEIRA DE BEBIDAS, de nacionalidad BRASI-LEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: la palabra BRAHVA y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23177-1

DIARIO

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 10.

No. de Exp.: 2001020808.

No. de Pres.: 20010020808.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Z-SHARP

Consistente en: la palabra Z-SHARP en letras mayúsculas tipocorriente la letra “Z” está separada por un guión de las otras letras.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23227-1

Clase: 42.

No. de Exp.: 2001020810.

No. de Pres.: 20010020810.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Z-SHARP

Consistente en: la palabra Z-SHARP en letras mayúsculas tipocorriente la letra “Z” está separada con las otras letras.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año

dos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23231-1

Clase: 10.

No. de Exp.: 2001017306.

No. de Pres.: 20010017306.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de BRACCO

S.P.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra “BRACCO” de color verde sombreadas

en letras de molde mayúsculas, que interrumpen a la izquierda y derecha

y al centro los lados de un hexágono de color azul a excepción de su lado

derecho superior que es de trazo doble y colores verde y azul; y debajo

de este hexágono las palabras “THE IMAGE OF INNOVATION” de

color azul en letras de molde mayúsculas siendo de mayor tamaño la letra

“I” iniciales.

DIARIO

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157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos

mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23168-1

Clase: 32.

No. de Exp.: 2002027184.

No. de Pres.: 20020028480.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-

QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

COMPANHIA BRASILEIRA DE BEBIDAS, de nacionalidad BRASI-

LEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

Consistente en: la palabra “BRAHVA y Diseño”.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23169-1

Clase: 16.

No. de Exp.: 2001016137.

No. de Pres.: 20010016137.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-

BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

KABUSHIKI KAISHA HITACHI SEISAKUSHO (comerciando como

Hitachi, Ltd.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

Consistente en: una circunferencia que presenta cuatro picos, uno

en cada punto cardinal, y al centro de ésta, otra circunferencia de menor

tamaño con un punto grande en medio, la cual es sujetada arriba y abajo

por una línea horizontal que va de lado al lado de la primera circunferen-

cia y una línea muy corta vertical que baja del Pico Norte de la misma.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos mil

uno.

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23172-1

Clase: 99.

No. de Exp.: 2001018796.

No. de Pres.: 20010018796.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO

CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de Cooperativa

de Productores de Leche Dos Pinos, R.L., de nacionalidad COSTARRI-

CENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE

PROPAGANDA,

Consistente en: la representación cómica de una vaca sonriente,

con su parte derecha extendida hacia arriba y la parte izquierda doblada

hacia atrás, con la cola hacia arriba curveada sus cascos de color negro

y la vaca color blanco con pequeñas partes negras en sus mejillas, brazos

y espalda. Bajo el dibujo aparece la expresión “Lula Dos Pinos”, escrita

con letras tipo carta en color negro, en donde las letras “L”, “D” y “P” son

mayúsculas, trazo delgado.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos

mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23248-1

Clase: 07.

No. de Exp.: 2002026142.

No. de Pres.: 20020026790.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deMARTIN ENGINEERING COMPANY, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra “MARTIN” en letras blancas de moldeminúsculas sobre una letra “M” de mayor tamaño de molde minúsculacolor negro.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23246-1

DIARIO

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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 25.

No. de Exp.: 2001014643.

No. de Pres.: 20010014643.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de KufnerTextilwerke GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el regis-tro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: UNA ETIQUETA DE FORMA CUADRADA ENCOLOR ROSADO, CONTENIENDO EN SU PARTE INFERIOR LAPALABRA “KUFNER” EN LETRAS DE COLOR BLANCO, MA-YUSCULAS DE TRAZO GRUESO Y TAMAÑO GRANDE; Y SO-BRE ESTA, LA FIGURA ESQUEMATICA EN COLOR BLANCO DECABEZA Y CUELLO DE UN CABALLO COLOCADO DE PERFIL,VIENDO HACIA LA IZQUIERDA.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23243-1

Clase: 24.

No. de Exp.: 2001014641.

No. de Pres.: 20010014641.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Kufner

Textilwerke GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el regis-tro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: UNA ETIQUETA DE FORMA CUADRADA ENCOLOR ROSADO, CONTENIENDO EN SU PARTE INFERIOR LAPALABRA “KUFNER” EN LETRAS DE COLOR BLANCO, MA-YUSCULAS DE TRAZO GRUESO Y TAMAÑO GRANDE; Y SO-BRE ESTA, LA FIGURA ESQUEMATICA EN COLOR BLANCO DELA CABEZA Y CUELLO DE UN CABALLO COLOCADO DEPERFIL, VIENDO HACIA LA IZQUIERDA.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil dos.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23229-1

Clase: 29.

No. de Exp.: 2001014706.

No. de Pres.: 20010014706.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de KNORRNAEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad SUI-ZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

KNORR CUP A SOUP

Consistente en: las palabras “KNORR CUP A SOUP” en letrasmayúsculas tipo corriente.

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Page 160:  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003. 1 Pág. 3-5 6-81 81-82 82-89 89 90-91 91-92 93-95 Pág. 96 97 97-98 98 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23226-1

Clase: 36.

No. de Exp.: 2002022351.

No. de Pres.: 20020022351.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de HeathLambert Limited, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro dela MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las letras “HLA” mayúsculas y de trazo grueso,colocadas hacia el extremo derecho dentro de una figura sólida cuadran-gular cuyo lado izquierdo se alarga hacia abajo más que el lado derecho,ocasionando que el ángulo inferior izquierdo sobresalga al nivel delángulo inferior derecho. Y hacia la derecha de esta figura aparece lapalabra “global” en letras minúsculas de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23225-1

Clase: 42.

No. de Exp.: 2001011328.

No. de Pres.: 20010011328.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de BP AMOCOP.L.C., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCADE SERVICIOS,

Consistente en: la figura de una flor circular sin tallo ni hojas consus pétalo en forma puntiaguda semejantes a los del girasol; siendo elcentro de color blanco, con pétalos amarillos, que a la vez se rodean depétalos verdes en tono claro y estos últimos se bordean de pétalos en colorverde de tono más oscuro.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23224-1

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161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 09

No. de Exp.: 2001018899

No. de Pres.: 20010018899

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de AVXCORPORATION

., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: una figura triangular en posición vertical, colornegro que asemeja la cabeza de una flecha.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23220-1

Clase: 35

No. de Exp.: 2001018967

No. de Pres.: 20010018967

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SPEEDBAR,INC, de nacionalidad BAHAMEÑA, solicitando el registro de la MAR-CA DE SERVICIOS,

GET IN THE ZONEConsistente en: las palabras “GET IN THE ZONE” en letras

mayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de noviembre del año dos mil dos.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23216-1

Clase: 41

No. de Exp.: 2002024198

No. de Pres.: 20020024198

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deTERRA LYCOS INTANGIBLES, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra “Gamesville” en color ciclámen y letrasde molde minúsculas a excepción de la “G”. Esta palabra está dentro deuna figura color amarillo mostaza, de forma caprichosa parecida a unamancha y a su alrededor aparecen otras figuras de menor tamaño ytambién de forma irregular, dos del mismo color amarillo mostaza ycuatro verde claro, habiendo otras cuatro de este color dentro de la figuracomo mancha.

La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23214-1

Clase: 25

No. de Exp.: 2002025248

No. de Pres.: 20020025457

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO deA.M.C. TEXTIL E COMUNICAÇÕES LTDA., de nacionalidad BRA-SILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra “colcci” en letras minúsculas de colornegro, trazo grueso y estilo especial, siendo la “i” con su extremo inferiorprolongado en pico hacia la derecha. Y arriba de esta palabra aparece unamancha de color café claro, con unas áreas más claras que otras, y que essemejante a un trazo con altos y bajos de un sismógrafo o un electrocar-diograma.

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23212-1

Clase: 25

No. de Exp.: 2001016673

No. de Pres.: 20010016673

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deFOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

DOCKMATESConsistente en: la palabra “DOCKMATES”, en letras mayúsculas

de tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23175-1

Clase: 21

No. de Exp.: 2002023194

No. de Pres.: 20020023194

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de HansSchwarzkopf GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Schwarzkopf y diseño.

La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23268-1

Clase: 39

No. de Exp.: 2002023431

No. de Pres.: 20020023431

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de ABB AseaBrown Boveni Ltd. de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las letras ABB mayúsculas de trazo grueso, sólidas,de color negro, sin cavidades y seccionadas cada una de ellas en cuatropartes por una fina línea vertical y una horizontal que forman una cruzexactamente al centro de cado letra.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23154-1

Clase: 40

No. de Exp.: 2002021484

No. de Pres.: 20020021484

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TheAES Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE SERVICIOS,

AESConsistente en: las letras “AES” en mayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23155-1

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163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.Clase: 05

No. de Exp.: 2001017964

No. de Pres.: 20010017964

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficia se ha presentado MARIA ELENACUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de LOHMANNANIMAL HEALTH GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AviProConsistente en: la palabra AviPro en letras minúsculas tipo corrien-

te excepto las letras “A” y “P” -son mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil dos.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

ANABELLIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23161-1

Clase: 36

No. de Exp.: 2002022264

No. de Pres.: 20020022264

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISESSALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de GREYPANTHERS, LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando elregistro de la MARCA DE SERVICIOS,

AVIVA

Consistente en: la palabra “AVIVA” en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23164-1

Clase: 32

No. de Exp.: 2001018758

No. de Pres.: 20010018758

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

CIDRERIES DU CALVADOS-LA FERMIERE, de nacionalidad FRAN-CESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras “BON APPLE TITE"” en letras demolde y van en forma arqueada; y abajo del dibujo de una manzana contres hojas.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil dos,

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23166-1

Clase: 11

No. de Exp.: 2000006968

No. de Pres.: 20000006968

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de MAYTAGINTERNATIONAL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MAYTAG

Consistente en: la palabra “MAYTAG” en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del añodos mil.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23244-1

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 05.

No. de Exp.: 2001011318.

No. de Pres.: 20010011318.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras Johnson & Johnson, escritas en letrasde carta separadas por el símbolo ampersand de tamaño pequeño de colornegro, bajo éstas aparece la expresión compuesta por las palabras FirstAid, escritas con letras minúsculas de molde en color negro de trazogrueso, donde las letras “F” y “A” son mayúsculas, en la parte izquierdade todo lo anteriormente descrito aparece, la silueta de una casa de colornegro llevando en la parte frontal una cruz con bordes redondeados decolor blanco.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23185-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2002023159.

No. de Pres.: 20020023159.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

SUNSORB E

Consistente en: la palabra “SUNSORB E“ en letras mayúsculastipo corriente. La letra “E” está separada de las otras letras.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23188-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002022421.

No. de Pres.: 20020022421.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de KRAFT FOODS

HOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: una etiqueta sólida de forma rectangular horizontalque es atravesada de izquierda a derecha por dos líneas paralelas que

forman una franja ondeada semejante a una bandera. Dentro de estafranja se encuentra la palabra “TANG” colocada con una leve inclinaciónen letras grandes, de trazo grueso, mayúsculas, unidas entre sí, siendo la“T” de mayor tamaño. Bajo la letra “G”, interrumpiendo la línea inferiorque conforma la franja, aparece la palabra “PLUS” que es en letraspequeñas de trazo más delgado y colocadas también con una leve

inclinación.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dosmil dos.

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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23190-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002022417.

No. de Pres.: 20020022417.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de KRAFT FOODSHOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: tres esferas formando un triángulo invertido, uni-das entre sí por una línea, las dos esferas de arriba son de menor tamañoque la de abajo y la de la izquierda es más pequeña que todas. Elmencionado triángulo es enlazado horizontalmente por una franja enforma de listón, sin tocar las esferas de arriba sino solo una pequeñaporción de la de abajo. Todo el conjunto es semejante al diseño de unamolécula y presenta un contorno resplandeciente, y está colocada alcentro de una viñeta sólida de forma rectangular horizontal.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23191-1

Clase: 32.

No. de Exp.: 2002022423.

No. de Pres.: 20020022423.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de KRAFT FOODSHOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: una etiqueta sólida de forma rectangular horizontalque es atravesada de izquierda a derecha por dos líneas paralelas queforman una franja ondeada semejante a una bandera. Dentro de estafranja se encuentra la palabra “TANG” colocada con una leve inclina-ción, en letras grandes, de trazo grueso, mayúsculas, unidas entre sí,siendo la “T” de mayor tamaño. Bajo la letra “G”, interrumpiendo la líneainferior que conforman la franja, aparece la palabra “Plus” que es enletras pequeñas de trazo más delgado y colocadas también con una leveinclinación.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23193-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 1990001835.

No. de Pres.: 20020030316.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de B Y K GULDEN LOMBERGCHEMISCHE FABRIK GMBH, del domicilio de 7750 KONSTANZ,REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, de nacionalidad ALEMA-

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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00116 delLibro 00013 de INSCRIPCION DE MARCAS, Consistente en B Y KDEVICE PERO EN VERDAD CONSISTE EN LA REPRESENTA-CION DE LA PALABRA BYK QUE VA DENTRO DE UN DISCOBLANCO Y DICHO DISCO APARECE DENTRO DE UN RECTAN-GULO DE FONDO NEGRO Y EN POSICION HORIZONTAL; queampara productos comprendidos en la Clase 05 de la ClasificaciónInternacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deLey.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de octubre del año dosmil dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23103-1

Clase: 04.

No. de Exp.: 2001011334.

No. de Pres.: 20010011334.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de BP AMOCOP.L.C., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCADE FABRICA,

Consistente en: LA FIGURA DE UNA FLOR CIRCULAR, SINTALLO NI HOJAS, CON SUS PETALOS DE FORMA PUNTIAGU-DA SEMEJANTES A LOS DEL GIRASOL; SIENDO EL CENTRODE COLOR BLANCO CON PETALOS DEL MISMO COLOR YESTOS SE VEN RODEADOS DE PETALOS AMARILLOS, QUE ALA VEZ SE RODEAN DE PETALOS VERDES EN TONO CLARO,Y ESTOS ULTIMOS SE BORDEAN DE PETALOS EN COLORVERDE DE TONO MAS OSCURO.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23183-1

Clase: 12.

No. de Exp.: 2002023311.

No. de Pres.: 20020023311.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deHYUNDAI MOTOR COMPANY, de nacionalidad KOREANA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

GETZ

Consistente en: la palabra GETZ en letras mayúsculas tipo corrien-te.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23179-1

Clase: 42.

No. de Exp.: 2001020807.

No. de Pres.: 20010020807.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Z-11

Consistente en: la letra y número Z-11 la letra “Z” y el número “11”están separados por un guión en tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23218-1

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167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 10.

No. de Exp.: 2001020806.

No. de Pres.: 20010020806.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Z-11

Consistente en: la letra y número Z-11 la letra “Z” y el número “11”están separados por un guión en tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23217-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2001020562.

No. de Pres.: 20010020562.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AstraZenecaAB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

XORDIA

Consistente en: la palabra “XORDIA” en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23215-1

Clase: 11.

No. de Exp.: 2002022208.

No. de Pres.: 20020022208.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JULIO CESARFERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Viking RangeCorporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA,

VIKING

Consistente en: la palabra “VIKING” en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23213-1

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 07.

No. de Exp.: 2002022207.

No. de Pres.: 20020022207.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JULIO CESARFERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Viking RangeCorporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA,

VIKING

Consistente en: la palabra “VIKING” en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23208-1

Clase: 42.

No. de Exp.: 2002021230.

No. de Pres.: 20020021230.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JULIO CESARFERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de VIATRIS GmbH &Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS,

VIATRIS

Consistente en: la palabra “VIATRIS” en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23205-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002021229.

No. de Pres.: 20020021229.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JULIO CESARFERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de VIATRIS GmbH &Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

VIATRIS

Consistente en: la palabra “VIATRIS” en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23203-1

Clase: 35.

No. de Exp.: 2001020693.

No. de Pres.: 20010020693.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO deTIENDAS CARRION, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TIENDAS CARRION

Consistente en: las palabras “TIENDAS CARRION” en letrasmayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23201-1

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169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 05.

No. de Exp.: 2001015354.

No. de Pres.: 20010015354.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de E.R.SQUIBB & SONS, L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TERAGRAN M ADVANCED

Consistente en: las palabras “TERAGRAN M ADVANCED” enletras mayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23199-1

Clase: 10.

No. de Exp.: 2001020803.

No. de Pres.: 20010020803.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TECNIS

Consistente en: la palabra TECNIS en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 23197-1

Clase: 32.

No. de Exp.: 2002022424.

No. de Pres.: 20020022424.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de KRAFT FOODSHOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra “TANG” en letras de trazo gruesomayúsculas, unidas entre sí, siendo la letra “T” de mayor tamaño. Estapalabra aparece colocada con una leve inclinación dentro de una franjahorizontal sólida en forma de bandera ondeada con un borde delgadointerno a lo largo de su lado superior e inferior.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 23195-1

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, conoficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, número trescientos vein-ticinco, Edificio Mossi Portillo, tercera planta, Centro de Gobierno,Ciudad; al público,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveídaa las diecisiete horas del día cuatro de junio de dos mil tres, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herenciaintestada que a su defunción ocurrida a las ocho horas y treinta minutosdel día ocho de julio de dos mil uno, en el Cantón La Lucha, de lajurisdicción de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, dejó el señorPABLO DIAZ, de parte de la señora MARGARITA ARIAS VIUDA DEDIAZ, de cincuenta y nueve años de edad, de Oficios Domésticos, deldomicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, en concepto deesposa del causante; habiéndose conferido la ADMINISTRACION YREPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En conse-cuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a lareferida herencia, para que se presenten a la referida oficina, en el términode quince días, contados desde el siguiente a la última publicación delpresente edicto.-

Librado en la oficina de la Notaria MARIA LETICIA RIVASAGUILAR, en San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos deldía tres de julio de dos mil tres.

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIO.

3 v. c. No. 23287-1

TANIA BEATRIZ MONTOYA REYES, Notario, del domicilio de SanMiguel, con su oficina profesional situada en la Séptima Calle Orientenúmero ciento tres, San Miguel, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de la suscrito Notario, pronun-ciada a las nueve horas del día veintiocho de junio del año dos mil tres,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción dejó la señora LUCIA MARTI-NEZ DE SEGOVIA, fallecida en la ciudad de San Miguel, a las veintiunahoras con treinta minutos del día treinta de octubre del año dos mil dos,siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel, de parte del señorNEMECIO ERNESTO GAMEZ, como cesionario de los derechoshereditarios que le correspondían a la señora LUCIA OTILIA SEGOVIAMARTINEZ, en su calidad de hija de la causante. Confiérese al aceptanteen el carácter indicado la administración y representación interina de losbienes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadoresde la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en esta oficina, San Miguel, a los treinta días del mes dejunio del año dos mil tres.

TANIA BEATRIZ MONTOYA REYES,

NOTARIO.

3 v. c. No. 23316-1

DAVID CONTRERAS MARIONA, Notario, de este domicilio, con

oficina situada en Colonia Bello San Juan, Polígono Siete, Calle Pamplona,

Número Dos, San Salvador, al público:

HACE SABER: que el señor FIDEL ROJAS CAMPOS, de sesenta

y ocho años de edad, jornalero, del domicilio de Olocuilta, Departamento

de La Paz, de conformidad a lo establecido con la Ley del Ejercicio de

la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, SOLICITA previo

trámite de ley extienda título supletorio de terreno rústico, situado en el

Cantón La Esperanza, jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La

Paz, de un área de DOS HECTAREAS NOVENTA Y UN AREAS

SETENTA Y TRES CENTIAREAS, de las medidas y linderos siguien-

tes: AL NORTE, línea recta, mojones uno y dos desde un árbol de jiote

esquinero hasta un talpetate con cruz gravada, mide doscientos treinta

metros, con MARIA DEL CARMEN RAMOS DE FERRUFINO; AL

ORIENTE, seis tramos, el primero en veintiocho metros, mojones dos y

tres desde una cruz gravada hasta una piedra grande Río Comalapa de por

medio; segundo tramo en cien metros, línea recta, mojones tres y cuatro

desde piedra grande con cruz gravada hasta mojón esquinero, camino

vecinal de por medio, tercer tramo, línea recta mide cincuenta y cinco

metros, desde mojón esquinero hasta caño de hierro, calle vecinal de por

medio, terreno de PEDRO LOPEZ GARCIA; cuarto tramo, mojones

cinco y seis, mide cien metros desde el caño de hierro hasta mojón

esquinero camino vecinal de por medio, linda en estos tramos con

PEDRO LOPEZ GARCIA; quinto tramo, mojones seis y siete mide

sesenta y cinco metros, calle vecinal de por medio; sexto tramo, mojones

siete y ocho, mide treinta y cinco metros, calle vecinal de por medio, linda

en ambos tramos con MARIA DEL CARMEN RAMOS DE FERRUFI-

NO; AL SUR, formado por tres tramos rectos, el primero mojones ocho

y nueve de Norte a Sur mide ciento cinco metros, enfrente terrenos de

FELIX RENDEROS PLATERO; segundo tramo mojones nueve y diez,

mide cuarenta metros, camino vecinal de por medio; tercer tramo

mojones diez y once de Oriente a Poniente mide cincuenta y cinco

metros, camino vecinal, linda en ambos tramos con terreno de MARIA

DEL CARMEN RAMOS DE FERRUFINO; AL PONIENTE, línea

recta doscientos metros, mojones once y uno desde la piedra sembrada

a orilla de camino hasta el árbol de jiote, mojón esquinero enfrente

terreno de MANUEL DE JESUS CAMPOS y otros, carece de construc-

ciones. Lo hubo por compra que hizo a la señora CRUZ CAMPOS, quien

fue mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Olocuilta, en

mayo de mil novecientos ochenta. No está en proindivisión con nadie, ni

tiene nombre especial, no es dominante ni sirviente, y lo valúa en

CINCUENTA MIL COLONES.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario DAVID CONTRERAS

MARIONA, a las trece horas del día veintisiete de junio del año dos mil

tres.

Lic. DAVID CONTRERAS MARIONA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 23120-1

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171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

SONY ULISES TORRES VILLATORO, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial en la Tercera Calle Poniente número cuatro-ocho,

de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución provista a las diez horas del día

veinte de mayo del presente año, se siguen las Diligencias de Título

Supletorio a favor del señor ROBERTO ARIAS, a fin de obtener Título

de dominio del inmueble, sobre dos terrenos de naturaleza rústica,

ubicados en el lugar denominado Cantón El Coyolito de la Jurisdicción

de La Unión, que se describen así: EL PRIMERO. Tiene una capacidad

superficial de OCHENTA Y OCHO MIL NOVENTA PUNTO CUA-

RENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE, doscientos quince metros, en tres tiros, el

primero de cincuenta y seis metros, el segundo tiro de cincuenta metros,

y el tercer tiro de ciento nueve metros, colinda con la propiedad de

MIGUEL ANGEL GARCIA SORTO, EUSEBIO ARGUETA MORE-

NO, AGUSTINA GARCIA SORTO, camino vecinal de por medio; AL

ORIENTE, trescientos treinta y un metros con treinta centímetros, en dos

tiros el primero de ciento setenta y un metros con treinta centímetros, y

el segundo tiro de ciento sesenta metros, colinda con la propiedad de

JOSE ANTONIO RUBIO CASTRO, JULIA FLORES VIUDA DE

RUBIO, JAIME JABIEL RUBIO FLORES, JOSE AVELINO ME-

DRANO FLORES; AL SUR, doscientos cuarenta y nueve metros

colinda con la propiedad de MOISES GUZMAN GUZMAN; y AL

PONIENTE, cuatrocientos veintiocho metros con diez centímetros, en

cuatro tiros, el primero de ciento sesenta y siete metros ochenta centíme-

tros, el segundo tiro de ciento veintisiete metros treinta centímetros, el

tercer tiro de treinta y seis metros cincuenta centímetros, y el cuarto tiro

de noventa y seis metros cincuenta centímetros colinda con la propiedad

de MARIA SANTIAGO ALVAREZ MEDRANO. Sin cultivos perma-

nentes, ni construcción alguna. EL SEGUNDO: Tiene una capacidad

superficial de CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE

PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, que tiene las medi-

das y colindancias siguientes: AL NORTE, ciento veinticuatro metros

colinda con ROSA MOLINA AVALOS, MARIA OTILIA SANTOS

BARAHONA, TIMOTEO AMAYA UMANZOR, ROSA ZELAYA

DE ESCOBAR, camino vecinal de por medio; AL ORIENTE, cincuenta

y dos metros cuarenta centímetros colinda con AMBROSIO CASTRO

ARRIAZA; AL SUR, tiene tres tiros, el primero de cincuenta y cuatro

metros, el segundo de treinta y dos metros, y el tercero de cincuenta y

seis metros, colinda con JOSEFINA RIOS DE UMANZOR, camino de

vecinal de por medio, SIMON UMANZOR ZELAYA; y AL PONIEN-

TE, quince metros colinda con ONECIFORO REYES FERMAN, cami-

no vecinal de por medio, En su interior existe una casa de sistema mixto

con todos sus accesorios, que valúa cada una de las propiedades en DIEZ

MIL COLONES. El terreno antes descrito no es dominante, ni sirviente,

y ni está en proindivisión con ninguna otra persona, y no tiene cargas o

derechos que pertenezcan a terceras personas, ha poseído el referido

terreno en forma quieta, pacífica, y no interrumpida por más de diez años

consecutivos, por lo que el suscrito notario a efecto de darle cumplimien-

to a lo ordenado en el artículo cinco y dieciséis de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, se ordena la

publicación del presente edicto.

LIBRADO EN LA CIUDAD DE LA UNION, a los veintitrés días

del mes de junio del año dos mil tres.

Lic. SONY ULISES TORRES VILLATORO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 23124-1

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Departamento se ha presentado la

señora CATALINA DEL CARMEN MARTINEZ JAIMES DE GUTIE-

RREZ HOY VIUDA DE GUTIERREZ, conocida por CATALINA DEL

CARMEN MARTINEZ JAIMES DE GUTIERREZ y por CATALINA

DEL CARMEN MARTINEZ JAIMES, en calidad de cónyuge sobrevi-

viente, solicitando se le autorice firmar los documentos respectivos para

que se le haga efectiva la devolución que quedó pendiente de cobro, por

la cantidad de CIENTO SETENTA Y DOS 00/100 DOLARES ($172.00),

en concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2001,

según cheque número 29386 colectivo 06-58, que dejó pendiente de

cobro, su extinto esposo, señor JOSE ROBERTO GUTIERREZ CHAVEZ

conocido también como JOSE ROBERTO GUTIERREZ y por JOSE

ROBERTO CHAVEZ GUTIERREZ, por haber fallecido el día 9 de

marzo de 2003.

Lo anterior, se hace de conocimiento del Público para que toda

persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este

Departamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes,

contados a partir del día siguiente al de la tercera y última publicación

del presente aviso, a fin de ejercer su derecho.

MINISTERIO DE HACIENDA, San Salvador, a los treinta días

del mes de junio de dos mil tres.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SubJefe Departamento Jurídico,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. 23282-1

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del día

catorce de febrero del año recién pasado, se ha declarado yacente la

herencia que a su de función dejó la señora ANGELINA CORTEZ

conocida por EVANGELINA CORTEZ, quien fue de ochenta y nueve

años de edad, de oficios domésticos y del domicilio de Apastepeque de

este Departamento, habiendo fallecido el día catorce de febrero de mil

novecientos noventa y cinco, en el Barrio El Calvario de la Ciudad de

Apastepeque, lugar de su último domicilio; y se ha nombrado curador de

la misma al Bachiller HUGO ALEXANDER MARTINEZ, de veintidós

años de edad, Estudiante y del domicilio de Cojutepeque.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cinco días del mes de febrero

del año dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO

CIVIL.- Br. TATIANA ARMIDA MEJIA HENRIQUEZ. SECRETA-

RIO INTERINO.

3 v. alt. No. 22756-2

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas treinta

minutos del día veintiséis de noviembre del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de las

señoras GUMERCINDA MARROQUIN DE PLATERO, MARIA

ODILIA MARROQUIN DOMINGUEZ y BERTA ALICIA MARRO-

QUIN DE GOMEZ PLATERO la herencia intestada que a su defunción

dejó la señora CLARA DOMINGUEZ DE MARROQUIN, quien fue de

sesenta y un años de edad, casada, de oficios domésticos, fallecida el día

veintitrés de febrero de mil novecientos ochenta y tres, en el Cantón San

Emigdio de la jurisdicción de Guadalupe, de este Departamento, lugar de

su último domicilio, en concepto de hijas de la causante y se han

nombrado a las aceptantes administradoras y representantes interinas de

la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis días

del mes de noviembre del año dos mil dos.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22820-2

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas del día

dieciséis de junio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante señor SEBASTIAN DAVID CAMPOS,

quien fue de cincuenta y dos años de edad, soltero, albañil, y falleció el

día veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y ocho siendo

Ciudad Delgado el lugar de su último domicilio, de parte del señor

MANUEL CAMPOS como primo hermano del causante, representado

por la Licenciada Blanca Estela Rivas Molina. Confiriéndosele al acep-

tante la administración y representación Interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, a las catorce horas

del día dieciséis de junio del año dos mil tres.- Licda. CONCEPCION

ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGA-

DO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. 22843-2

THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al

público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución dictada a las diez horas con

veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida

el día trece de agosto de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón

Portezuelo de esta jurisdicción siendo el mismo el lugar de su último

domicilio, dejó el señor JOSE TOMAS LOPEZ GALDAMEZ, de parte

de LUCIA CALIDONIO VIUDA DE LOPEZ en su calidad de Cónyuge

sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que les

correspondían en la presente sucesión a GRISELDA CARMINA, TO-

MAS ALEXANDER y JOSE GUILLERMO todos de apellidos LOPEZ

CALIDONIO y GABINA HORTENSIA GALDAMEZ VIUDA DE

LOPEZ conocida por HORTENSIA GALDAMEZ; los tres primeros en

su calidad de hijos y la última en su calidad de madre del causante,

confiriéndosele INTERINAMENTE la administración y representación

de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la presente sucesión, para

que se presenten a este Tribunal a manifestar su derecho dentro del

término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a

las once horas del día tres de junio del dos mil tres.- Licda. THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL SUPLENTE.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMA-

YA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22822-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, al público para los efectos de

ley,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y treinta y

cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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173DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

beneficio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer la señora

MARIA ELIA CONTRERAS conocida por ELIA CONTRERAS, el día

ocho de enero del año en curso, en el Hospital Nacional San Pedro de esta

ciudad, siendo la ciudad de Ereguayquín su último domicilio, de parte

del señor ARISTIDES CONTRERAS JIMENEZ, en calidad de hijo de

la causante.- Confiriéndole al aceptante dicho la administración y repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, diez de junio del dos

mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br.

MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22836-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las quince

horas y cuarenta minutos del día doce de junio del corriente año, se tuvo

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que al fallecer a las dieciséis horas con cuarenta y cinco

minutos del día veintiuno de enero de mil novecientos noventa y nueve,

en el Cantón Talpetate, Jurisdicción de El Sauce, siendo dicho lugar su

último domicilio, dejara el señor JOSE ISAAC SANTOS, a las herederas

BERTA LIDIA SANTOS DE UMANZOR conocida por BERTA LI-

DIA SANTOS VELASQUEZ y JUANA FRANCISCA SANTOS DE

UMANZOR la primera en calidad de hija del causante y la segunda como

Cesionaria del Derecho hereditario en abstracto que le corresponde a la

señora MAURA ALBERTINA SANTOS DE MARTINEZ conocida

por MAURA ALBERTINA SANTOS VELASQUEZ como hija, de

conformidad con lo establecido en el Art. 988 No 1º y el Art. 1699 del

Código Civil. Se le confirió a las aceptantes en tal carácter la administra-

ción y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a las ocho

horas y cuarenta minutos del día dieciséis de junio del dos mil tres,- Lic.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-

RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22794-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las once

horas y dieciocho minutos del día veinte de junio del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que al fallecer a las cinco horas y cincuenta minutos del día

veintiséis de mayo del año dos mil, en el Cantón Cerro Pelón de la

Jurisdicción de Pasaquina, siendo la Ciudad de Pasaquina su último

domicilio, dejara el señor JOSE OCTAVIO VAQUIZ conocido por

OCTAVIO VAQUIZ, a la heredera MARTA JULIA VAQUIZ en

concepto de hija del causante, de conformidad con lo establecido en el

Art. 988 No. 1º del Código Civil. Se le confirió a la aceptante en tal

carácter la Administración y Representación interina de los bienes de la

indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de

la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a las doce

horas del día veinticuatro de junio del dos mil tres. Lic. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. 22793-2

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a

las nueve horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, de parte del señor MARTIR HERNANDEZ

DEL CID, la herencia que en forma intestada dejó la señora CATALINA

HERNANDEZ, quien fue de setenta y un años de edad, de oficios del

hogar, soltera, originaria de Jocoro, Departamento de Morazán hija de

FELICITA CABRERA y de ANTONIO HERNANDEZ, fallecida a las

siete horas y cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre de mil

novecientos noventa y cuatro, en Cantón Llano de Santiago de la

jurisdicción de El Divisadero, Departamento de Morazán, siendo ese

lugar su último domicilio, en concepto de hijo de la referida causante, y

como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la

señora CLEOTILDE HERNANDEZ AMAYA, conocida por

CLEOTILDE HERNANDEZ DE SALMERON, hija también de la

referida causante. A quien se le ha conferido la Administración y

Representación interina de dicha sucesión con las facultades y restriccio-

nes de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince

días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA: San Fran-

cisco Gotera, a las nueve horas y treinta minutos del día diez de junio de

dos mil tres. Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIME-

RO DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22799-2

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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, proveída a lasdiez horas de este día, tiénese por aceptada expresamente y con beneficiode inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señorANTONIO GUARDADO, quien fue de setenta y cinco años de edad,agricultor en pequeño, casado, y su último domicilio fue Nueva Concep-ción, falleció a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséisde septiembre del año dos mil uno, por parte del señor Miguel AntonioGuardado Gálvez en su calidad de hijo del causante. Confiérese alaceptante la Administración y Representación Interina de la Sucesión,con las facultades y restricciones legales que le corresponden a loscuradores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos deLey.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tejutla, Depar-tamento de Chalatenango a los veinte días del mes de junio del dos mil~tres. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIME-NEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22803-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas de este día,se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laHerencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ISABELRAMIREZ DE CHAVARRIA, conocida por MARIA ISABEL RAMI-REZ, al fallecer el día diez de enero del corriente año en el Cantón ElRebalse de la jurisdicción de Santa Elena, Departamento de Usulután,siendo la Ciudad de Santa Elena, lugar que tuvo como su últimodomicilio, de parte de la señora Deisy del Carmen Chavarría Ramírez,conocida por Deisy del Carmen Chavarría, en su calidad de hija de lacausante y como Cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondíaal señor José Efraín Chavarría Castillo, en calidad de cónyuge sobrevi-viente de la causante. Confiérasele a la aceptante antes dicha la Adminis-tración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y Publí-quense los edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho ala Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quincedías después de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticuatro díasdel mes de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRE-TARIA.

3 v. alt. No. 22816-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nuevehoras y diez minutos del día veintiocho de mayo del corriente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejara la causante, señora BERTAALICIA MORAN PINTO DE RIVAS, quien falleció el día veintisiete demarzo de dos mil dos, en esta ciudad, habiendo sido la misma, el lugarde su último domicilio; de parte de los señores EDGARDO DE JESUSy ANA MARIA, ambos de apellidos RIVAS PINTO, en sus conceptosde Cesionarios del señor DIGNO DE JESUS RIVAS, cónyuge sobrevi-viente de la referida causante y como hijos sobrevivientes de la mismacausante ya mencionada; a quienes se les ha declarado interinamenteAdministradores y Representantes de la Sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas y veinteminutos del día veintiocho de mayo de dos mil tres. Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 22823-2

DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución dictada en este Juzgado a lasnueve horas veinte minutos del día diecinueve de marzo del dos mil tres.Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada dejada a su defunción por el señor PEDRO TOBAR,quien falleció el día veintinueve de enero del corriente año, en el CantónEl Barahona de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, departe del señor ANTONIO TOBAR LARA en concepto de hijo delcausante. Confiéresele al aceptante la Administración y RepresentaciónInterina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Ma-sahuat, a las catorce horas diez minutos del día diecinueve de junio deldos mil tres. Lic. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA. Licda. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 22748-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las once horasdel día dieciséis de junio de dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario de parte de los señoresROSA EDITH HERNANDEZ DE CASTILLO, AMADA ROSA HER-NANDEZ MARTELL conocida por AMADA ROSA MARTELL DEAMAYA, ILSEN NOAC CASTILLO DE ANAYA y GIOVANNYALEXIS HERNANDEZ MARTELL, la herencia Intestada que a sudefunción ocurrida el día diecisiete de octubre de dos mil dos, en estaciudad, su último domicilio, dejó el causante RAFAEL INOCENTECASTILLO MARTELL, conocido por RAFAEL CASTILLOMARTELL, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente delcausante, y los restantes como hijos del de cujus. Confiérese a losaceptantes la Administración y Representación Interina de los bienes dela Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Y, CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia,para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contadosa partir del siguiente al de la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de junio de dos miltres. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LOCIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22698-2

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175DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

El suscrito Notario, RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO, conOficina Profesional situada en Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Rome-ro número Ciento Veintinueve, Edificio Banco Salvadoreño, TercerNivel número Trescientos Diecinueve, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución proveída, a las diez horas yquince minutos del día veintiséis de junio de este año, el Suscrito hatenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario de partedel señor RENE MARROQUIN ESCALANTE, la herencia en carácterde heredero testamentario de los bienes que a su defunción dejó lacausante ENRIQUETA DEL CARMEN ESCALANTE, antes de CA-ÑAS, conocida par CARMEN CAMPOS, quien fue de setenta y ochoaños de edad, de oficios del hogar, fallecida en Montreal, Provincia deQuébec, Canadá, a las veinte horas veinticinco minutos del día treinta dediciembre de mil novecientos noventa y seis, siendo su último domiciliola ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate, habiéndosele confe-rido al aceptante, la Administración y Representación Interina de laSucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.- En tal virtud el Suscrito CITA por este medio a las personas quese crean con derecho en la expresada herencia, para que comparezcan ala oficina del Suscrito en el término de quince días a partir del siguienteen que aparezca publicado por tercera vez el presente edicto, con el objetode que la comparecencia surta los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los nueve horas del día veintisiete dejunio de dos mil tres.

RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 22642-2

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO ENGENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE, Apodera-da General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO,SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, contra la señora ANAADELINA CORTEZ DE ALFARO, se venderá en Pública Subasta eneste Tribunal, un lote de terreno urbano, situado en el kilómetro sesentay tres punto cinco, jurisdicción de Sonzacate, Departamento de Sonso-nate, marcado como LOTE NUMERO VEINTISIETE del ProyectoResidencial VILLAS DEL VALLE, el cual se localiza y se describe así:Partiendo de la intersección del eje proyectado del Boulevard LasPalmeras y del eje de la Senda Villas del Valle y sobre el eje de esta últimacon rumbo Norte setenta y seis grados cero siete minutos treinta y tressegundos Oeste y distancia de cincuenta y dos punto ochenta metros sellega a un punto donde con deflexión derecha de noventa grados ydistancia de cuatro punto cincuenta metros se llega al esquinero Sur-oeste del lote número Veintisiete el cual mide y linda: AL PONIENTE:tramo recto de rumbo Norte veintisiete grados treinta y nueve minutostreinta y tres segundos Este y distancia de veinte punto cincuenta y seismetros, lindando por este lado con lote número veintiséis del Block “B”;AL NORTE: tramo recto de rumbo Sur setenta y seis grados cero sieteminutos treinta y tres segundos Este y distancia de siete metros, lindandopor este lado tramo con terreno de propiedad de Francisco Javier Moreno,Séptima y Novena Calle Oriente, proyectada de por medio; AL ORIEN-TE: tramo recto de rumbo Sur veintisiete grados treinta y nueve minutos

treinta y tres segundos Oeste y distancia de veinte punto cuarenta y seismetros, lindando por este lado con lote número veintiocho del Block “B”;y AL SUR: tramo recto de rumbo Norte setenta y seis grados cero sieteminutos treinta y tres segundos Oeste y distancia de siete metros, se llegaasí al esquinero Suroeste donde se inicia la presente descripción lindandopor este lado con lote número cuatro del Block “A”, Senda Villa del Vallede por medio.- El inmueble así descrito tiene una extensión superficial deCIENTO TREINTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA METROSCUADRADOS equivalentes a CIENTO NOVENTA Y NUEVE PUN-TO SESENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Dicho inmueblese encuentra inscrito a favor de la señora ANA ADELINA CORTEZ DEALFARO, bajo el Sistema de Folio Real Automatizado Matrículanúmero DIEZ MILLONES QUINCE MIL TRESCIENTOS CUAREN-TA Y TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la TerceraSección de Occidente, Departamento de Sonsonate.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a lasnueve horas y treinta minutos del día treinta de mayo de dos mil tres. Lic.EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL. Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLANA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22685-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil que en esteTribunal promueve la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCA-LANTE, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRI-COLA S. A., contra los demandados señores ROBERTO ANTONIOMARQUEZ y CRISTINA EUNICE REQUENO ALVARADO, se ven-derá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante seseñalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe, ASI:“Un lote de terreno de naturaleza antes rústica, hoy urbano, situado en elCantón El Zamorán, jurisdicción de San Miguel, Distrito y Departamen-to de San Miguel, que se identifica como Lote número Cinco, delPolígono Uno, de la Colonia La Esmeralda, Segunda Etapa, que mide, AlNORTE: Veinticuatro punto cero cero metros; AL ORIENTE: Seispunto cincuenta metros; AL SUR: Veinticuatro punto cero cero metros;y AL PONIENTE: Seis punto cincuenta metros; de un área de CIENTOCINCUENTA Y SEIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRA-DOS.- En dicho inmueble se encuentra construida una casa de sistemamixto con todos sus servicios.- El inmueble antes descrito se encuentraInscrito a favor del señor ROBERTO MARQUEZ conocido por RO-BERTO ANTONIO MARQUEZ, e Inscrito en el Registro Social delInmuebles del Departamento de San Miguel, bajo la Matrícula M CEROCUATRO CERO CINCO TRES CERO SIETE UNO, de Propiedad deese Departamento.”

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,San Salvador, a las doce horas y once minutos del día dieciséis de juniodel año dos mil tres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZTERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROADE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22686-2

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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y veinte

minutos de este día, se ha ordenado la VENTA EN PUBLICA SUBAS-

TA, en el Juicio Mercantil, promovido por la Licenciada Ana Dolly

Valiente Escalante, de cuarenta años de edad, Abogado, del domicilio

de la ciudad de San Salvador, Apoderada General Judicial del Banco

Agrícola, Sociedad Anónima, contra el señor OSCAR ORLANDO

MOREIRA, en aquel entonces de cuarenta y nueve años de edad,

Motorista, de este domicilio, reclamándole cantidad de colones, del

siguiente inmueble; “Un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el

Barrio La Merced de esta ciudad, Distrito y Departamento de Usulután,

de las medidas y linderos siguientes: rumbo SUR: de la estación M-

Uno, a la estación M-Dos, con rumbo Sur, ochenta y seis grados treinta

y dos minutos, cero cero segundos Este, con una distancia de veintinueve

metros, cuarenta centímetros, con solares de Rina Esmeralda Portillo de

Vigil y Miguel Angel Vigil, pared de ladrillos de por medio propia,

rumbo PONIENTE: de la estación M-DOS a la estación M-TRES, con

rumbo Sur, dos grados veintitrés minutos cero cero segundos Oeste, con

una distancia de diecinueve metros treinta y cinco centímetros, lindando

con solar de Joel Antonio Rivas, paredes de ladrillos de por medio

propiedad del inmueble que se describe, rumbo NORTE: de la estación

M-TRES a la estación M-CUATRO, con rumbo Sur, ochenta y cuatro

grados dos minutos cero-cero segundos Oeste, con una distancia de dos

metros sesenta centímetros, de la estación M-CUATRO a la estación M-

CINCO, con rumbo Norte, un grado diez minutos cero cero segundos

Este, con una distancia de dos metros cincuenta centímetros, de la

estación M-CINCO a la estación M-SEIS con rumbo Norte ochenta y seis

grados tres minutos cero cero segundos Oeste con una distancia de

veintiséis metros, lindando a este rumbo con solar de Elizabeth Soriano

de Hernández, pared de por medio propia, y rumbo ORIENTE: de la

estación M-SEIS a la estación M-SIETE UNO, con rumbo NORTE, tres

grados cuarenta y dos minutos cero cero segundos Este, con una distancia

de dieciséis metros setenta centímetros, lindando a este rumbo con Eva

Alemán Penado, Avenida Guandique de por medio y así llegamos con

este rumbo al punto de partida de la presente descripción. “ El terreno

antes descrito tiene una extensión superficial de QUINIENTOS DIECI-

NUEVE METROS CUADRADOS SESENTA DECIMETROS CUA-

DRADOS Y VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS el

inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor OSCAR

ORLANDO MOREIRA, bajo el NUMERO: CINCUENTA Y CUA-

TRO, DEL LIBRO MIL CINCUENTA Y UNO, DEL REGISTRO DE

LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECA DE LA SEGUNDA SECCION

DE ORIENTE DEPARTAMENTO DE USULUTAN. Quien quiera

hacer posturas que ocurra que se le admitirán siendo legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciséis días del

mes de mayo del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22688-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo promovido el Licenciado GILBERTO ALAS MENENDEZ

como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contrael señor HECTOR ENRIQUE SURIA CHACON conocido por HEC-TOR ENRIQUE SURIA, se venderá en pública subasta el inmueblesiguiente. “Un apartamento de sistema mixto, completamente nuevo ycon todos sus servicios y tiene la localización, medidas y linderossiguientes: “Descripción técnica del Apartamento “C” del Edificio

número DIEZ DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL EL BAMBUNUMERO DOS, situado en la Jurisdicción de Ayutuxtepeque.- Esteinmueble está situado en la Primera Planta o piso y consta de unasuperficie de CUARENTA PUNTO DIECISEIS METROS CUADRA-DOS, equivalentes a CINCUENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA YSEIS VARAS CUADRADAS, y el volumen de la porción construida es

de NOVENTA Y SEIS PUNTO TRESCIENTOS OCHENTA Y CUA-TRO METROS CUBICOS. El área antes mencionada está ubicada a unaaltura de SETECIENTOS DIECISIETE PUNTO CERO METROS,medido sobre el nivel medio del mar, razón por la cual será una soladescripción que es la siguiente: Partiendo del punto de intersecciónformado por los ejes del Pasaje El Gramal y Pasaje Nogal, ambos

abiertos en el inmueble general del proyecto total Residencial El Bambúcon rumbo Sur cuarenta y siete grados cuarenta y dos punto cincominutos Oeste se mide sobre este último eje una distancia de trece puntoochenta metros, en este punto se hace una deflexión izquierda de noventagrados con rumbo Sur cuarenta y dos grados diecisiete punto cincominutos Este y con distancia de tres punto sesenta metros se localiza el

esquinero Noroeste del apartamento “C” del Edificio número diez delCondominio Residencial El Bambú Número Dos que se describe así: ALNORTE: Línea quebrada compuesta de tres tramos rectos así: el primerode dos puntos cuarenta metros con rumbo Norte cuarenta y siete gradoscuarenta y dos punto cinco minutos Este; el segundo, de cero puntosesenta metros con rumbo Norte y cuarenta y dos grados diecisiete grados

punto cinco minutos Oeste, y el tercero, de tres punto seiscientosveinticinco metros con rumbo Norte cuarenta y siete grados cuarenta ydos punto cinco minutos Este, lindando con apartamiento “B” delEdificio número Doce del Condominio Residencial El Bambú númeroDos, Pasaje Nogal de cinco punto cero cero metros de ancho de pormedio, AL ESTE: Línea recta de ocho punto cero cero metros con rumbo

Sur cuarenta y dos grados diecisiete punto cinco minutos Este, lindandocon Apartamiento “D” del Edificio número diez del Condominio Resi-dencial El Bambú Número Dos pared medianera común a ambosapartamientos de por medio y también linda con parte del pasillo decirculación del mismo edificio: AL SUR: Línea quebrada compuesta detres tramos rectos así: el primero de dos puntos setecientos veinticinco

metros con rumbo Sur cuarenta y siete grados cuarenta y dos punto cincominutos Oeste lindando con apartamiento “B” del Edificio número diezdel Condominio Residencial El Bambú Numero Dos pared medianeracomún a ambos apartamientos de por medio, el segundo, de dos puntocero cero metros con rumbo Norte cuarenta y dos grados diecisiete puntocinco minutos Oeste, lindando con zona verde del Condominio Residen-

cial El Bambú Número Dos y el tercero de tres punto treinta metros conrumbo Sur cuarenta y siete grados cuarenta y dos punto cinco minutosOeste, lindando con apartamiento “B” del Edificio número diez delCondominio Residencial El Bambú Número Dos, zona verde cuatropunto cero cero metros de ancho de por medio AL OESTE: Línea recta

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177DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

de cinco punto cuarenta metros con rumbo Norte cuarenta y dos gradosdiecisiete punto cinco minutos Oeste lindando con apartamiento “A” delEdificio número once del Condominio Residencial El Bambú NúmeroDos, zona verde cuatro punto cero cero metros de ancho de por medio,este apartamiento en su área construida linda en su parte inferior o piso

con el bien raíz del inmueble y por la parte superior o cielo linda con elapartamiento “G” del Edificio número diez del Condominio ResidencialEl Bambú Número Dos obra gruesa o loza de cero punto veinte metrosde espesor de por medio. “Dicho inmueble se encuentra inscrito a favordel señor HECTOR ENRIQUE SURIA CHACON conocido por HEC-TOR ENRIQUE SURIA según Inscripción Número CUARENTA Y

SEIS del Libro TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA del Registrode la Propiedad del Departamento de San Salvador.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las diezhoras cincuenta y siete minutos del día cinco de mayo de dos mil tres. Dr.DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22767-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL: AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-do por el Abogado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, comoApoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra elseñor EDUARDO NAJARRO AGUILAR, reclamándole cumplimientode obligaciones y demás accesorios se venderá en pública subasta en este

Tribunal, el inmueble siguiente: “Un lote de terreno urbano y construc-ciones que contiene marcado con el número CIENTO SESENTA YUNO del Block “D” de la urbanización denominada VALLE DEL SOL,situada en Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción deApopa, de este Departamento, extensión superficial de CINCUENTAMETROS CUADRADOS, con un área construida de VEINTISEIS

METROS CUADRADOS, valorada en TREINTA Y TRES MIL SEIS-CIENTOS CINCUENTA Y SIETE COLONES CUARENTA CENTA-VOS, el cual se describe así: LOTE NUMERO CIENTO SESENTA YUNO DEL BLOCK “D”, PASAJE OCHO PONIENTE: Es urbano, estáubicado en la Urbanización VALLE DEL SOL, Cantones San Nicólas yLas Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, en este Departamento, cuya

cabida es de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes aSETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUA-DRADAS, y cuya descripción se inicia: Partiendo de la intersección delos ejes de la Avenida Santa Catarina y el Pasaje número Ocho Ponientede la Urbanización VALLE DEL SOL, y midiendo una distancia desesenta y uno punto cincuenta metros, sobre el eje del Pasaje, con rumbo

Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundosOeste, se llega a un punto en el cual se hace una deflexión positiva denoventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros,se llega al esquinero SURESTE del lote que se describe, el cual mide ylinda: AL SUR: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Surochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos

Oeste, linda con el lote número ciento cuarenta y seis, de este mismoBlock, Pasaje número Ocho Poniente de cinco punto cero cero metros,de ancho de por medio; AL PONIENTE: Recta de diez punto cero cero

metros, rumbo Norte nueve grados cero dos minutos cero cinco segundosOeste, linda con el lote número ciento sesenta, de este mismo Block. ALNORTE: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Norte ochentagrados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, lindacon el lote número doscientos cuarenta y dos, de este mismo Block. AL

ORIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Sur nuevegrados cero dos minutos cero cinco segundos Este, linda con el lotenúmero ciento sesenta y dos de este mismo Block. Los lotes que semencionan en las colindancias son o han sido de propiedad de CONS-TRUCTORA TENZE, S.A. DE C.V.”. El inmueble antes descrito seencuentra inscrito a favor del demando señor EDUARDO NAJARRO

AGUILAR, al NUMERO TRES de la MATRICULA NUMERO CEROUNO-CIENTO VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA YCUATRO-CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las ochohoras y cuarenta minutos, del día cinco de junio del año dos mil tres.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA Inta.

3 v. alt. No. 22765-2

DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecuciónpromovida en este Juzgado por el LICENCIADO GILBERTO ENRI-QUE ALAS MENENDEZ, Apoderado del FONDO SOCIAL PARALA VIVIENDA, contra los señores ANA CECILIA AGUIRRE DE

PACHECO conocida por ANA CECILIA AGUIRRE VASQUEZ DEPACHECO y MANUEL PACHECO CUBIAS, se venderá en públicasubasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamen-te se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terrenourbano y construcciones de mixto que contiene marcado con el númeroCIENTO SEIS, del Polígono “G”, de la Urbanización “Las Margaritas”,

situado en jurisdicción de Soyapango de este Departamento, con un áreaconstruida de CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, el cualse describe así. “Partiendo de la intersección de los ejes de Pasaje A Nortey Pasaje Seis Oriente, abiertos en la Urbanización, se mide sobre el ejede este último con rumbo Norte ochenta y cuatro grados veinticincopunto tres minutos Oeste una distancia de cincuenta y dos metros

cincuenta centímetros, de este punto haciendo una deflexión derecha conrumbo Norte, cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Este ydistancia de dos metros cincuenta centímetros, se llega al mojón númerouno, esquina Suroriente, del lote que se describe así: AL SUR: Partiendodel mojón número uno con rumbo Norte, ochenta y cuatro gradosveinticinco punto tres minutos Oeste, y distancia de cinco metros se llega

al mojón número dos, lindando por este lado con lote número ochenta ysiete, polígono “G”, de la misma Urbanización, pasaje Seis Oriente decinco metros de ancho de por medio, AL PONIENTE: Del mojón númerodos con rumbo Norte cinco grados treinta y cuatro punto siete minutosEste y distancia de doce metros se llega al mojón número tres, lindandopor este lado con lote número ciento siete polígono “G”, de la misma

Urbanización, AL NORTE: Del mojón número tres con rumbo Surochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Este, y distanciade cinco metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado

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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

con lote número ciento treinta y cinco, polígono “G”, de la mismaurbanización, AL ORIENTE: Del mojón número cuatro con rumbo Surcinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste y distancia dedoce metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presentedescripción, lindando por este lado con lote número ciento cinco polígo-

no “G”, de la misma Urbanización. El lote así descrito tiene un área deSESENTA METROS CUADRADOS; equivalentes a OCHENTA YCINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS”. Elinmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de los demandadosbajo el Asiento Número 002, de la Matrícula M01079041, del RegistroSocial de Inmuebles de esta Ciudad.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SECUNDO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las nueve horas del día veintidós de mayo de dos mil tres. Lic.DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA Inta.

3 v. alt. No. 22764-2

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público en general, que en el Juicio CivilEjecutivo promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALASMENENDEZ, actuando en su carácter de Apoderado Especial Judicialdel FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra el señor VICTORMANUEL ORTEZ GARCIA, se venderá en pública subasta en fechaque posteriormente se proporcionará, en este Juzgado, el inmueble

embargado siguiente: Un lote urbano y construcciones que contienemarcado en el plano respectivo con el número CINCUENTA Y TRESPASAJE TREINTA Y TRES ORIENTE DEL POLIGONO CUATROdel proyecto de vivienda denominado “URBANIZACION LAS MAR-GARITAS” V ETAPA , Ubicado en el Cantón El Limón jurisdicción deSoyapango, de este Departamento , cuyas medidas perimetrales son : AL

NORTE, cinco metros; AL SUR, cinco metros; AL ORIENTE nuevemetros y al PONIENTE; nueve metros. Dicho lote tiene una extensiónsuperficial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, conun área construida de VEINTISIETE METROS CUADRADOS. Y seencuentra inscrita a favor del ejecutado señor VICTOR MANUELORTEZ GARCIA, según FOLIO REAL matrícula número M CERO UN

MILLON CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUEN-TA Y SEIS - CERO CERO UNO el Registro Social de InmueblesInstituto Libertad y Progreso de este departamento.

Se admitirán posturas que se verifiquen siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las quince

horas treinta minutos del día dieciséis mayo del año dos mil tres. Lic.CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. 22763-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de esteDistrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido eneste Tribunal por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ,mayor de edad, Abogada, y de este domicilio como Apoderada GeneralJudicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD

ANONIMA EN LIQUIDACION de este domicilio, en contra del señorCARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER mayor de edad, Abogado,de este domicilio, se venderá en pública subasta en este Tribunal, enfecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación sedescribe: un inmueble de naturaleza Urbana, y construcciones quecontiene, marcado con el número VEINTIDOS del Polígono DIECI-

SEIS, de la urbanización FLORENCIA DE SAN MARCOS, situada enla CARRETERA SAN SALVADOR- SAN MARCOS, KILOMETROCUATRO Y MEDIO FRENTE A COLONIA EL MILAGRO, JURIS-DICCION DE SAN MARCOS DE ESTE DEPARTAMENTO, inscritoen el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección delCentro, Departamento de San Salvador, bajo la Matrícula de Folio Real

CERO UNO-CIENTO DIECISIETE MIL SIETE-CERO CERO CEROInscripción CUATRO, el cual se describe así: partiendo de la intersec-ción de los ejes de la Avenida Florencia Norte y Pasaje Número CuatroPoniente, se mide sobre el eje de este último con rumbo Sur cincuenta ycinco grados catorce minutos siete segundos Oeste una distancia decincuenta y seis punto cincuenta metros de longitud, llegando a un punto

donde con una deflexión izquierda de noventa grados y midiendo unadistancia de dos punto cero metros, se localiza el vértice Noreste del loteque mide y linda; AL ORIENTE: línea recta con rumbo Sur treinta ycuatro grados cuarenta y cinco minutos cincuenta y tres segundos Este ydistancia de diez punto cero diez metros de longitud, lindando en estetramo con lote número veinte del mismo Block; AL SUR: línea recta con

rumbo Sur cincuenta y cinco grados catorce minutos siete segundosOeste y distancia de cinco punto cero metros de longitud, lindando en estetramo con lote número veintiuno del mismo Block; AL PONIENTE:línea recta con rumbo Norte treinta y cuatro grados cuarenta y cincominutos, cincuenta y tres segundos Oeste y distancia de diez punto cerometros de longitud, lindando en este tramo con lote número veinticuatro

del mismo Block; AL NORTE: línea recta con rumbo Norte cincuenta ycinco grados catorce minutos siete segundos Este y distancia de cincopunto cero metros de longitud lindando en este tramo con lote númerodiecinueve del Block quince, Pasaje Cuatro Poniente de por medio decuatro punto cero metros de ancho. El terreno antes descrito tiene unaExtensión Superficial de CINCUENTA PUNTO CERO METROS

CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO CINCUEN-TA Y CUATRO VARAS CUADRADAS y se encuentra inscrito a favordel señor CARLOS HUMBERTO MENCIA PAULER.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, alas nueve horas quince minutos del día veintinueve de mayo de dos miltres. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LOMERCANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SE-CRETARIO.

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179DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO ENGENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada MILAGRO ELVECIA ARGUETA DE RAMOS,Apoderada General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIA-RIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION y continuado por elLicenciado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en el mismocarácter que la primera, contra la señora SANDRA CECILIA LOPEZDE AGUILAR, se venderá en pública subasta en este Tribunal, uninmueble de naturaleza urbana, situado antes en jurisdicción de el BarrioEl Rosario, jurisdicción de Cuscatancingo y al Sur de la misma, pero queen la actualidad corresponde a la jurisdicción de San Salvador, marcadocomo APARTAMENTO NUMERO CIENTO CINCUENTA DELPOLIGONO “B"”, del “CONDOMINIO LOMAS DE LA CAMPIÑA”,el cual se describe así: este apartamento esta ubicado en la segunda plantao piso del Edificio y consta de una porción construida de veinticincopunto veinte metros cuadrados, equivalentes a treinta y seis punto ceroseis varas cuadradas, la cual tiene una medida de sesenta y dos metroscúbicos. Posee además un jardín interior en la primera planta situado enel vértice Noroeste de la construcción, el cual tiene una superficie de sietepunto ochenta metros cuadrados equivalentes a once punto dieciséisvaras cuadradas. La construcción está ubicada en la elevación seiscientoscuarenta punto quince metros, y al jardín interior en la elevación deseiscientos treinta y siete punto cincuenta metros, ambas medidas sobreel nivel medio del mar, razón por la que se hará una descripciónindividual por cada porción de la siguiente manera: comenzando por laconstruida: partiendo de la intersección de los ejes del pasaje número unoy del pasaje “C”, se mide sobre el eje del último con rumbo Sur un gradodos puntos un minutos Oeste, una distancia de veinte punto seiscientossetenta y cinco metros. En este punto se hace una deflexión derecha denoventa grados y se mide una distancia de dos metros, localizándose elnivel del piso de la primera planta del edificio. Desde este punto se mideverticalmente hacia arriba una altura de dos punto sesenta y cinco metroslocalizando el nivel del piso y esquinero Noreste, del inmueble cuyoslinderos son los siguientes: LADO ESTE: tramo recto de rumbo Sur ungrado dos puntos un minuto Oeste y distancia de cinco punto ceroveinticinco metros, llegando al esquinero Sureste y lindando con elapartamento ciento cuarenta y ocho del polígono A, estando de por medioel espacio aéreo del pasaje C, de cuatro metros de ancho. LADO SUR:tramo recto de rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y sietepunto nueve minutos Oeste y distancia de cuatro punto diez metros,llegando al esquinero Suroeste y lindando con área verde número siete.LADO OESTE: línea quebrada compuesta de cinco tramos: uno) RumboNorte un grado dos puntos un minutos Este, y distancia de uno puntosetenta y cinco metros; Dos) Rumbo Norte ochenta y ocho gradoscincuenta y siete punto nueve minutos Oeste, y distancia de uno puntosesenta metros; Tres) Rumbo Norte un grado dos puntos un minuto Este,y distancia de uno punto cuarenta metros; cuatro) Rumbo Sur ochenta yocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este y distancia decero punto sesenta y cinco metros; cinco) Rumbo Sur un grado dos puntoun minuto Oeste y distancia de dos punto cincuenta y cinco metros,llegando al esquinero Noroeste y lindando con los espacios aéreos de losjardines interiores de los apartamentos números ciento cuarenta y nuevey ciento cincuenta del polígono B. LADO NORTE: tramo recto de rumboSur ochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este ydistancia de cinco metros, llegando al esquinero Noreste y lindando conel apartamento ciento cuarenta y cuatro, estando de por medio el espacioaéreo de un acceso de uno punto ochenta metros de ancho el cual escomún a los apartamentos ciento cuarenta y tres, ciento cuarenta y cuatro,ciento cuarenta y nueve y ciento cincuenta del polígono B; Este inmueblelinda también por el lado inferior o piso con el apartamento cientocuarenta y nueve del polígono B, losa de concreto reforzado de por medioy por el lado superior o cielo a dos punto cuarenta y seis metros de alturapromedio de la construcción, linda con el espacio aéreo del condominio.Los apartamentos, pasajes y área verdes colindantes forman parte de estecondominio. La descripción del jardín interior se inicia en el esquineroNoroeste de la porción que se acaba de describir, en donde se mideverticalmente hacia abajo una altura de dos puntos sesenta y cinco metroslocalizando el nivel del piso del inmueble a describir. Desde este puntose mide con rumbo Norte un grado dos punto un minuto Este unadistancia de cero punto noventa metros localizando el esquinero Norestedel inmueble cuyos linderos son: LADO ESTE: tramo recto de rumboSur un grados dos punto un minutos Oeste y distancia de dos puntosesenta metros, lindando con el apartamento número ciento cuarenta ynueve y con el acceso común a los apartamentos ciento cuarenta y tres,ciento cuarenta y cuatro, ciento cuarenta y nueve, y ciento cincuentatodos de este polígono. LADO SUR: tramo recto de rumbo Norte ochentay ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Oeste y distanciade tres metros lindando con el jardín interior del apartamento cientocuarenta y nueve de este polígono. LADO OESTE: tramo recto de rumboNorte un grados dos puntos un minuto Este y distancia de dos puntossesenta metros, lindando con el jardín interior del apartamento cientocincuenta y dos de este polígono. LADO NORTE: tramo recto de rumbo

Sur ochenta y ocho grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este ydistancia de tres metros lindando con el jardín interior del apartamentociento cuarenta y cuatro de este polígono. Este inmueble linda tambiénpor el lado inferior o piso con el bien raíz del Condominio. Y por el ladosuperior o cielo con el espacio aéreo del Condominio. Los apartamentoscolindantes forman de este condominio propiedad de Conceptos Arqui-tectónicos, S.A. de C.V.. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor dela señora SANDRA CECILIA LOPEZ DE AGUILAR, bajo el sistemade folio real bajo el número CERO UNO-CERO SIETE OCHO NUEVECUATRO TRES-CERO CERO CERO, inscripción DOS del Registro dela Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas once horas y treinta minutos del día seis de mayo de dos mil tres. - Lic.EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL. - Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLANA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22754-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en esteTribunal promueve la Lic. MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, encalidad de Apoderada General Judicial del BANCO DE CREDITOINMOBILIARIO SOCIEDAD ANONIMA, en liquidación, contra elseñor JUAN ALBERTO CASTELLANOS ESPAÑA, se venderá enpública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará,el bien inmueble que a continuación se localiza y describe, ASI: “ElCantón Primavera, Jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de LaLibertad”. “Un inmueble de naturaleza rústica, hoy urbanizado, situadoen el Cantón Primavera, lote marcado con el número NUEVE del Block“F” de la Urbanización Primavera ubicado en la Calle La Arenera,Cantón Primavera, Jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de LaLibertad, de un área de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CEROCERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y SIETEPUNTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS.- Dicho lote se describeASI: partiendo del punto de intersección de los ejes formados por la calleprincipal y pasaje número cinco Norte ambos ejes abiertos en la Urbani-zación, se mide sobre el eje de pasaje número cinco Norte, con rumboNorte dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este unadistancia de veintiuno punto veinticinco metros, en donde con unadeflexión derecha de noventa grados y una distancia de dos puntoveinticinco metros se llega al esquinero Nor-oeste, o mojón número unodel lote que se describe, mide y linda así:. AL NORTE: partiendo delmojón número uno, con rumbo Sur setenta y tres grados, veinticincopunto cinco minutos Este y distancia de nueve punto cero cero metros,se llega al mojón número dos lindando por este tramo con lote númeroocho del Block “F” de la misma Urbanización. AL ORIENTE: partiendodel mojón número dos con rumbo Sur dieciséis grados treinta y cuatropunto cinco minutos Oeste y distancia de seis punto cero cero metros, sellega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número trecedel Block “F” de la misma Urbanización; AL SUR: partiendo del mojónnúmero tres, con rumbo Norte setenta y tres grados veinticinco puntocinco minutos Oeste y distancia de nueve punto cero cero metros, se llegaal mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número oncey lote número diez del Block “F” de la misma Urbanización; ALPONIENTE: partiendo del mojón número cuatro con rumbo Nortedieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este y distancia deseis punto cero cero metros, se llega al mojón uno de donde se inició lapresente descripción, lindando por este tramo con lote número trece delBlock “E”, de la misma Urbanización, pasaje número cinco Norte decuatro punto cincuenta metros de ancho de por medio.- Dicho inmueblese encuentra inscrito al número DOS del Libro DOS MIL CIENTONOVENTA Y SIETE, del registro de La Propiedad Raíz e Hipotecas deldepartamento de La Libertad, a favor del señor Juan Alberto CastellanosEspaña”.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las once horas y dos minutos del día tres de abril del añodos mil tres Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCE-RO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DEBARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22751-2

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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Licenciado RICARDO ALFREDO MARTINEZ RIVAS, Apode-rado General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO,SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, continuado por el Licen-ciado ROBERTO EFRAIN PORTILLO MEZA, en el mismo carácterque el primero, contra DOUGLAS FRANCISCO RIVERA ALARCONy OLGA MARINA MENENDEZ DE RIVERA, se venderá en públicasubasta en este Tribunal, un inmueble urbano en Residencial Buenavista,de la jurisdicción de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad,marcado como LOTE NUMERO DIECISEIS del Polígono “U”, el cualse describe: de una extensión superficial de CIENTO SESENTA ME-TROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTOS VEINTIOCHOPUNTO NOVENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, se localiza de lamanera siguiente: partiendo de la intersección del eje de Avenida PaseoPoniente y eje de pasaje doce, se mide sobre este mismo con rumbo Surochenta y dos grados cero cero punto cero minutos Este una distancia decincuenta y siete punto novecientos setenta y tres metros; desde estepunto, con deflexión izquierda de noventa y siete punto treinta y tresgrados de distancia de cinco punto ochenta metros, se define el esquineroSuroriente del lote que se describe y a partir del cual mide y linda: ALSUR, línea recta de ocho punto cero sesenta y seis metros y rumbo Norteochenta y dos grados cero cero punto cero minutos Oeste linda con lotenúmero veintiséis del polígono “V”, pasaje número doce de por medio,con un ancho de derecho de vía de once punto cincuenta metros. ALPONIENTE, línea recta de veinte punto cero cero metros y rumbo Nortecero cero grados cuarenta punto dos minutos Este, linda con lote númerodiecisiete del polígono “U". AL NORTE, línea recta de ocho punto cerosesenta y seis metros y rumbo Sur ochenta y dos grados cero cero puntocero minutos Este, linda con lote veintisiete del polígono “U”. AlORIENTE, línea recta de veinte punto cero cero metros y rumbo Sur cerogrados cuarenta punto dos minutos Oeste linda con lote número quincedel polígono “U”. Llegando al vértice Suroriente, donde se inicia ytermina la presente descripción, todos los lotes colindantes son o han sidopropiedad de Constructora Orión, Constructora Atlacatl, ConstructoraAlfa, todas S.A. de C.V.. En dicha propiedad hay construida una casa desistema mixto, con un área de construcción de SETENTA Y CINCOPUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, El inmuebledescrito es propiedad de los señores DOUGLAS FRANCISCO RIVE-RA ALARCON y OLGA MARINA MENENDEZ DE RIVERA, porestar inscrito a su favor en proindivisión y por partes iguales, equivalenteal cincuenta por ciento cada uno, al número TREINTA del Libro MILNOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS del Registro de la Propiedad delDepartamento de La Libertad.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas ocho horas cincuenta minutos del día once de febrero de dos mil tres.Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE. - Licda. ELENA ELIZABETH AYALAORELLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22757-2

THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA TER-CERO DE LO CIVIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL expedienteNo. 466/001 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-DA por medio da su Apoderado Licenciado ELIAS HUMBERTOPERAZA HERNANDEZ, en contra de GIOVANNI FRANCISCOANDALUZ FLORES, reclamándole cantidad de dinero, intereses ycostas procesales, se venderá por este Juzgado en subasta pública, enfecha y por el precio que oportunamente se indicará el inmueble siguien-te. Inmueble de naturaleza urbana, situado en la ciudad y departamentode Santa Ana, denominado Residencial Altos de Santa Lucía II, marcadoen el plano respectivo como lote número dieciocho del polígono DIEZdel pasaje Santa Mónica, el cual se localiza y describe así: AL NORTE,cinco punto cero cero metros: AL ESTE, trece punto cero cero metros:AL SUR, cinco punto cero cero metros: AL OESTE, trece punto cerocero metros. El lote así descrito tiene una extensión superficial deSESENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRA-DOS, en el lote antes descrito se encuentra construida una vivienda desistema mixto con todos sus servicios. Inscrito a favor del demandadobajo la Matrícula M CERO TRES MILLONES DIECISEIS MIL SE-TENTA Y SEIS, asiento CERO CERO CUATRO del Registro Social deInmuebles de esta ciudad.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las diez horas del día diecinueve de junio de dos mil tres.- Licda.TELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA TER-CERO DE LO CIVIL SUPLENTE. - BLANCA ALICIA GRANADOSDE AMAYA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22808-2

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en elEjecutivo Mercantil promovido por BANCO PROMERICA, SOCIE-DAD ANONIMA contra el señor OSCAR ALBERTO RAMIREZSMITH y la señora CARLA BEATRIZ RAMIREZ PANZZACHIconocida por CARLA BEATRIZ RAMIREZ, reclamándole cantidad decolones y accesorio de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunalen fecha que oportunamente se determinará, las acciones embargadassiguientes: “CERTIFICADO SESENTA Y DOS: 500 acciones, CERTI-FICADO SESENTA Y TRES: 1500 acciones; CERTIFICADO SESEN-TA Y CUATRO, 760 acciones; CERTIFICADO SESENTA Y CINCO:2500 acciones, CERTIFICADO SESENTA Y SEIS: 250 acciones,CERTIFICADO SESENTA Y SIETE: treinta y ocho acciones, CERTI-FICADO SESENTA Y OCHO: 516 acciones, CERTIFICADO SESEN-TA Y NUEVE: 2000 acciones, CERTIFICADO SETENTA: 930 accio-nes, CERTIFICADO SETENTA Y UNO: 1457 acciones, CERTIFICA-DO SETENTA Y DOS: 1000 acciones, CERTIFICADO SETENTA YTRES: 11,267 acciones, CERTIFICADO SETENTA Y CUATRO:4,493 acciones, las cuales hacen un total de VEINTISIETE MIL DOS-CIENTAS VEINTE ACCIONES, a nombre de la señora CARLABEATRIZ RAMIREZ PANZZACHI conocida por CARLA BEATRIZRAMIREZ.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a lasonce horas del día veintiocho de marzo de dos mil tres. - Lic. MARIAFLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LOMERCANTIL. - Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETA-RIO.

3 v. No. 22832-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída par este Tribunal, alas quince horas y quince minutos del día veintiocho de marzo delpresente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licen-ciado José Angel Gómez Larios, en calidad de Apoderado del BancoPromérica, Sociedad Anónima, contra los señores José Ricardo SansiviriniValle, Rosa Virginia Sansivirini Magaña hoy de Sánchez, Darío ErnestoSánchez Córdova y las Sociedades DESARROLLOS HABITACIONA-LES CORPORATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE; DISEÑO, SUPERVISION, CONSTRUCCION, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DCS, S.A. DEC.V., SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO,Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA LOS SI-GUIENTES INMUEBLES: 1) “Inmueble de naturaleza urbana con unaextensión superficial de doscientos diez punto cuarenta y siete metroscuadrados, marcado como lote número uno, del Block C-CUATRO, dela Urbanización “Residencial La Gloria”, ubicado en el Cantón SanRoque, del municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, yque se encuentra inscrito en el Registro Social de Inmuebles de la Secciónde San Salvador, en el sistema de Folio Real computarizado número seiscero cero cero cuatro tres uno dos-cero cero cero cero cero, en el asientonúmero cuatro. y 2) Inmueble de naturaleza urbana, con una extensiónsuperficial de ciento noventa y uno punto cero tres metros cuadrados,marcado como lote número dos, del Block C-CUATRO de la Urbaniza-ción “Residencial La Gloria”, ubicado en el Cantón San Roque, delMunicipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, y que seencuentra inscrito en el Registro Social de Inmuebles de la Sección deSan Salvador, en el sistema de Folio Real computarizado número seiscero cero cero cuatro tres uno tres-cero cero cero cero cero, en el asientonúmero cuatro. “Ambas inscripciones se encuentran a favor del señorJosé Ricardo Sansivirini Valle.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a lascatorce horas y veinte minutos del día tres de abril de dos mil tres. - Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22821-2

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181DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas de este día

se ha ordenado la venta en pública subasta, en los juicios civiles

ejecutivos, promovidos el primero por el señor ISABEL ANTONIO

DURAN PORTILLO, de sesenta y cinco años de edad, Agricultor en

pequeño, del domicilio de Puerto El Triunfo, contra la señora MIRIAN

ESTER GARCIA DE GRIJALVA, de cuarenta y cinco años de edad, de

oficios domésticos, del domicilio de Puerto El Triunfo; y el segundo

promovido por el Doctor JOSE GREGORIO ASCENCIO, de sesenta y

cinco años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, como

Apoderado General Judicial del señor FRANCISCO AGUILAR, de

sesenta y cuatro años de edad, Comerciante, de este domicilio, en contra

de la señora MIRIAN ESTER GARCIA DE GRIJALVA, de las genera-

les antes relacionadas, reclamándole cantidad de colones, sobre el

siguiente inmueble: "Un solar de naturaleza urbano, situado en el pueblo

de Puerto El Triunfo, Distrito y Departamento de Usulután, de la

extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS,

NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias especiales siguientes: ORIENTE, catorce metros cin-

cuenta centímetros, linda con JUANA MACHUCA VIUDA DE ROME-

RO y MARTIN DURAN, Avenida Francisco Osegueda de por medio;

NORTE, diez metros ochenta centímetros, con OSCAR ARMANDO

GRANADOS, JUANA FRANCISCA FUNES y FERMIN GRANDE

ZELAYA; PONIENTE, cincuenta metros cuarenta centímetros, con

porción vendida a NERIS NOEL FLORES; y SUR, diez metros ochenta

centímetros, con NERIS NOEL FLORES PINEDA, actualmente; el

resto descrito tiene una construcción de sistema mixto que cubre todo el

área. Inscrito a favor de la ejecutada en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, bajo el número TREINTA

Y OCHO del Libro MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES de la

propiedad de este Departamento.

Quien quiera hacer posturas que ocurra al Tribunal que se le

admitirán siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días del

mes de diciembre del dos mil dos.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNAN-

DEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22838-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA

CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las

quince horas veinte minutos del día cuatro de junio del presente año, en

el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado JOSE AN-

GEL GOMEZ LARIOS, en calidad de Apoderado del BANCO CUSCA-

TLAN, SOCIEDAD ANONIMA, contra la Sociedad "INVERSIONES

LA VENTANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE", y el señor CARLOS DAMIAN ARFOS, conocido por CARLOS

DAMIAN ARFOSS, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN

ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SE-

ÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: "Inmueble de naturaleza

rústica, parcela de catorce manzanas, más o menos, o sea nueve hectáreas

ochenta áreas, lindante; AL PONIENTE: con la parcela descrita bajo la

letra B), mediando una línea marcada con izotes y que se describe bajo

el lindero oriental de la parcela B) ya aludida, con una extensión

aproximada de quinientas varas castellanas; AL NORTE: con finca de

JOAQUIN RODEZNO, antes de ANTONIO YAÑES, mediando el

camino construido en terreno de la Finca "El Porvenir" y conduce de la

casa de ella a la ciudad de Berlín y con Finca de DANIEL HERNANDEZ

VALLE, hasta llegar al costado Poniente de una casa pajiza, construida

en la Finca "El Porvenir" y donde está sembrado un árbol de jiote que

servirá de mojón esquinero y la separa de la Finca de HERNANDEZ

BAIRES, un brotonal vivo, y mide esta línea en toda su extensión más o

menos trescientas varas castellanas; AL ORIENTE: con resto de la Finca

"El Porvenir" y el lindero se desmarca por una línea que partiendo del

árbol de jiote le sirve de mojón esquinero mencionado, sigue hacia el Sur,

pasa por un terreno inculto y llega al cafetal en que están sembrados

juntos en izotes y jiotes y continuando en línea recta siempre hacia el Sur,

determinada en cada cien varas castellanas, por izotes se llega a una

quebrada seca que sirve de lindero en Finca "La Méndez", de Meardy

Hermanos, midiendo toda la línea más o menos quinientas varas caste-

llanas; AL SUR: con la misma Finca de Meardy Hermanos, mediando

una quebrada seca en trescientas varas castellanas. Dicho inmueble está

inscrito a favor de la Sociedad Inversiones La Ventana, Sociedad

Anónima de Capital Variable al número VEINTISEIS del Libro NOVE-

CIENTOS VEINTISIETE de Propiedad en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas del Departamento de Usulután.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las

quince horas y veinte minutos del día once de junio de dos mil tres.- Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-

DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22638-2

PEDRO ANTONIO TURCIOS MORENO, Abogado, del domicilio de

La Unión, con oficina jurídica en la Cuarta Avenida Norte de Santa Rosa

de Lima, al público,

HACE SABER: que ante mis oficios de Notario se ha presentado

SERAPIO FUENTES, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de

Nueva Esparta, solicitando título supletorio de un terreno rústico, situado

en el Cantón Talpetate, jurisdicción de Nueva Esparta, Distrito de Santa

Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad de cuatro

hectáreas cincuenta y cinco áreas, cincuenta centiáreas que linda: NOR-

TE, con MAURA FUENTES GUZMAN; ORIENTE, con BLANCA

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182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

NOHEMY CANALES LAZO, camino vecinal de por medio y con

JUAN ANTONIO MELENDEZ FLORES; SUR, con JUAN ANTONIO

CANALES LAZO, Río de por medio; PONIENTE, con CAMILA

MELENDEZ GARCIA, Río de por medio, lo valora en TREINTA MIL

COLONES, lo adquirió por posesión material desde el mes de enero de

mil novecientos setenta y cinco.

Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, a los veinte días del

mes de junio del año dos mil tres.

Lic. PEDRO ANTONIO TURCIOS MORENO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 22795-2

RUTILIO ALFONSO CORTEZ GRANDE, Notario, de este domicilio,

con oficina en 2a. C. Pte. Bo. Analco, al público,

HACE SABER: que el señor MANUEL SERVELLON GUZ-

MAN, de 73 años de edad, Comerciante y del domicilio de San Juan

Nonualco, en base al Art. 16 de la Ley del Ejercicio Notarial de la

Jurisdicción Voluntaria y de otras diligencias, viene ante mí a iniciar

DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO a su favor sobre un terreno

rústico, situado en el Cantón Las Piedronas de San Juan Nonualco de una

superficie de 1,292 metros cuadrados con 95 decímetros cuadrados, el

que mide y linda así: AL NORTE: mide 22 metros y linda con otra

propiedad del titulante; AL ORIENTE, mide 57 metros 68 centímetros

y linda con terreno de Salazar Romero S. A. de C. V.; AL SUR, mide y

linda lo mismo que al Norte existiendo en este rumbo callejón de por

medio; y AL PONIENTE, mide lo mismo que al Oriente y linda con otra

propiedad del titulante. Dice el señor SERVELLON GUZMAN, que el

terreno descrito lo compró al señor SALVADOR CORDOVA, el día 19

de agosto de 1952, ante los oficios del Notario MARIANO SOSA

MOLINA, que el terreno no está en proindivisión con nadie y lo valúa en

la cantidad de 5,000 colones.

Lo que se avisa al público para que en caso de existir personas con

derecho, se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a

la tercera publicación del presente.

Librado en mi despacho, Zacatecoluca, uno de julio del año dos mil

tres.

Lic. RUTILIO ALFONSO CORTEZ GRANDE,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 22787-2

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Tribunal se presentó el Licenciado

RAMIRO ALEXANDER GARCIA SALINAS, en el concepto de Apo-

derado General Judicial con Cláusula Especial del señor JUAN FRAN-

CISCO BONILLA PEREZ; solicitando el referido profesional, quien es

de este domicilio y del de Armenia, mayor de edad, Abogado y Notario;

promover diligencias de Título Supletorio de un inmueble de naturaleza

urbana, situado en la Colonia El Barquito, Avenida Pedro de Alvarado,

de esta ciudad, con los siguientes linderos: AL NORTE dieciséis punto

cincuenta metros y linda con quebrada; AL ORIENTE quince punto

veinte metros linda con JESUS OLMEDO y pared propia; AL SUR

dieciocho punto noventa metros linda con Asociación Cooperativa de

Producción de Pescadores, pared propia y cerco ajeno; y AL PONIENTE

seis metros linda con quebrada, Tiene una extensión superficial de

DOSCIENTOS DIECINUEVE PUNTO NOVENTA Y CINCO ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS CATORCE

PUNTO SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, y que se valúa

por el precio de VEINTE MIL COLONES EXACTOS; dicho inmueble

se identifica como parcela número DOSCIENTOS VEINTE del Sector

número CERO TRES CERO UNO U CERO NUEVE. Que la posesión

del inmueble descrito, la adquirió materialmente, por encontrarse resi-

diendo en él, desde hace más de treinta y cinco años continuos y sucesivos

hasta la fecha, y no teniendo ningún documento que acredite el dominio

sobre el mismo, viene a promover diligencias de título supletorio. No

existen poseedores proindivisos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince

horas treinta minutos del día dieciséis de junio del año dos mil tres.-

Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22776-2

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: que ante este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado CESAR ERNESTO SALAZAR GRANDE, mayor de edad, Abo-

gado, del domicilio de Mejicanos, en su concepto de Apoderado General

Judicial de la señora BLANCA ROSA ORELLANA PALACIOS, quien

es de cuarenta y tres años de edad, Comerciante, del domicilio de San

Salvador, solicitando se extienda a favor de su Poderdante, TITULO

SUPLETORIO, de una porción de terreno de naturaleza rústica, situada

en los suburbios del Barrio Las Animas, jurisdicción de Chalchuapa,

Departamento de Santa Ana, de doscientas ochenta áreas de extensión

superficial, lindante, al ORIENTE, camino de por medio con terreno de

VICENTE SALAZAR, AL NORTE, con terreno de VICENTE HUR-

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183DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

TADO y antes de WENCESLAO ORELLANA, AL PONIENTE, con

Finca que fue de DIEGO MENDOZA, después de don RAFAEL

ANTONIO ORELLANA, y AL SUR, camino de por medio, con Finca

que fue de JUAN CASTANEDA y de la Sucesión de éste; Inmueble que

lo valúa en la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA MIL SETE-

CIENTOS CINCUENTA COLONES equivalentes a SESENTA Y DOS

MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas veinticinco

minutos del día tres de junio de dos mil tres.- Lic. HENRY EDMUNDO

MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22649-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado el

señor INOCENCIO CALDERON, socialmente conocido por JOSE

CALDERON, mayor de edad, Jornalero, de este domicilio, solicitando

por sí y por escrito Título de Propiedad de un terreno urbano situado en

el Barrio El Carmen de esta Villa, de la extensión superficial de

CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE, once punto ochenta metros aproximadamente, linda con

RUTILIO LEONEL CARRILLO, cerco de alambre propio de por

medio; AL ORIENTE, treinta y tres punto veinte metros linda con IRMA

INES MEJIA CARRILLO, postes de madera relanciados de por medio;

AL SUR, quince punto ochenta metros, linda con ROSALINA CORNE-

JO MARTINEZ, ALCIDES MARAVILLA RODRIGUEZ y Cuarta

Calle Oriente de por medio; y AL PONIENTE, treinta y uno punto

ochenta metros, linda con OLINDA ANTONIETA CARRILLO, postes

de madera relanciados de por medio. En el inmueble descrito hay

construida una champa de lámina, no es sirviente ni dominante, no tiene

cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión

con nadie. Lo estima en la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS

OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTA-

VOS DE DOLAR. Lo adquirió por compra que hizo a la señora MARIA

CALDERON, en mil novecientos noventa. Todos los colindantes son de

este domicilio y se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina, a veintiuno de mayo de

dos mil tres.- ARCENIO OLMES CARRILLO, ALCALDE MUNICI-

PAL.- INDIRA ORELLANA LIEVANO, SECRETARIA MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. 22853-2

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, S.A.,

Comunica: que a nuestras oficinas se ha presentado la propietaria

del certificado No 230364 Cta. No. 16-03497526 A/N. CANDIDA

ROSA UMANZOR DE CANALES O CARLOS DARIO CANALES

emitido en Santa Rosa de Lima, el día 24 de JUNIO de 1998 a 180 días

solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del

público en general para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la (tercera o sexta, dependien-

do de la clase de título) publicación de este AVISO y si no hubiere

ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

Santa Rosa de Lima, a los 01 días del mes de julio del 2003.

RAFAEL ALVARENGA RUIZ,

GERENTE.

SANTA ROSA DE LIMA.

3 v. alt. No. 22672-2

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, Sociedad Anónima,

Comunica: que ha recibido notificación de extravío de los certifi-

cados de acciones detallados a continuación:

Certificados No. 1404 por 827, No. 2790 por 207, No. 2791 por 13, No.

4510 por 209, No. 5703 por 251 y No. 5609 por 381 acciones.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos

legales.

Transcurridos treinta días de la tercera publicación de este aviso, se

procederá a reponerlo, si no hubiera oposición,

San Salvador, dos de julio del año dos mil tres.

Lic. MARIA ELENA DE JAEN,

UNIDAD DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. No. 22702-2

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184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A.,

COMUNICA: que a sus oficinas se han presentado los propietariosdel Certificado de depósito a plazo número 077766, emitido en agenciaSonsonate, el día 03 de marzo de 1993, por un valor de veintinueve milquinientos veintiséis 73/100 colones exactos (¢29,526.73), a un plazo de180 días a nombre de los señores HECTOR RODRIGUEZ RAMIREZo HECTOR ANTONIO GUIDOS RODRIGUEZ, solicitando la reposi-ción de dicho certificado, por habérsele extraviado

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteaviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elcertificado en referencia.

San Salvador, 25 de junio del 2003.

VLADIMIR RIVERA,

JEFE DE OPERACIONES, AG. LA FUENTE.

BAN CO.

3 v. alt. Nº. 22646-2

AVISO

BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su oficina de la Gerencia de Operaciones, situadaen Boulevard Constitución Nº. 100 de esta ciudad, se ha presentado parteinteresada manifestando el extravío del Certificado de acciones Nº.17090 por 300 acciones emitido por Banco Agrícola, S.A. por lo que hacedel conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código deComercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del certificado arriba mencionado.

San Salvador, 2 de julio de 2003.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

OSCAR ARMANDO RODRIGUEZ,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. Nº. 22716-2

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL.

EL INFRASCRITO DIRECTOR UNICO PROPIETARIO DE LA SO-CIEDAD BIENES AGROURBANOS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, inscrita en El Registro de Comercio bajo elnúmero TREINTA Y NUEVE del Libro MIL NOVENTA Y DOS,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General que llevadicha Sociedad, se encuentra asentada el acta número TREINTA YTRES, de la sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de esa

Sociedad, celebrada en sus oficinas ubicadas en el Cantón Huiscoyolate,Kilómetro Sesenta y Dos y Medio, Carretera a Sonsonate, en jurisdicciónde Izalco, a las diez horas del día treinta y uno de enero del presente año,y en su punto SEGUNDO se acordó lo siguiente: Modificación del pactosocial de dicha Sociedad en su cláusula quinta: Aumentar su capitalmínimo de veinte mil colones a cien mil colones.

Y para los efectos legales de publicación, extiendo la presente enel Cantón Huiscoyolate, a los veintiséis días del mes de mayo del año dosmil tres.

Lic. MARCO ANTONIO REGALADO NOTTEBOHM.

DIRECTOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº. 22844-2

AUMENTO DE CAPITAL

EL INFRASCRITO DIRECTOR UNICO PROPIETARIO DE LA SO-CIEDAD MAYAGUEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, inscrita en el Registro de Comercio bajo el número VEINTIO-CHO del Libro SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO del Registro deSociedades,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General que llevadicha Sociedad se encuentra asentada el acta número VEINTIDOS, de lasesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de esa Sociedad,celebrada en sus oficinas ubicadas en el Cantón Huiscoyalate, kilómetrosesenta y dos y medio, carretera a Sonsonate, en jurisdicción de Izalco alas diez horas del día treinta y uno de enero del presente año, y en su puntoSEGUNDO, se acordó lo siguiente: Modificación del pacto social dedicha Sociedad en su cláusula quinta: Aumentar su capital mínimo deveinte mil colones a cien mil colones.

Y para los efectos legales de publicación extiendo la presente enel Cantón Huiscoyalate, a los veintiséis días del mes de mayo del año dosmil tres.

Lic. MIGUEL MATHIAS REGALADO NOTTEBOHN.

DIRECTOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº. 22847-2

AUMENTO DE CAPITAL.

EL INFRASCRITO DIRECTOR UNICO PROPIETARIO DE LA SO-CIEDAD PUERTO RICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, inscrita en el Registro Comercio bajo el número NUEVEdel Libro SETECIENTOS SESENTA Y TRES del Registro de Socieda-des,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General que llevadicha sociedad, se encuentra asentada el acta número DIECISEIS, de lasesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de esa sociedad,celebrada en sus oficinas ubicadas en el Cantón Huiscoyolate, KilómetroSesenta y Dos y Medio, Carretera a Sonsonate, en jurisdicción de Izalco,a las once horas del día treinta y uno de enero del presente año, y en supunto SEGUNDO se acordó lo siguiente: Modificación del pacto socialde dicha sociedad en su cláusula quinta: Aumentar su capital mínimo deveinte mil colones a cien mil colones.

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185DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Y para los efectos legales de publicación, extiendo la presente enel Cantón Huiscoyolate, a los veintiséis días del mes de mayo del año dosmil tres.

Ing. RICARDO RAFAEL LIMA MENA.

DIRECTOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº. 22848-2

AUMENTO DE CAPITAL.

EL INFRASCRITO DIRECTOR UNICO PROPIETARIO DE LA SO-CIEDAD HUISCOYOLATE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, inscrita en el Registro de Comercio bajo el número CIN-CUENTA del Libro SETECIENTOS SESENTA Y OCHO del Registrode Sociedades,

CERTIFICA: que en el libro de actas de Junta General que llevadicha sociedad, se encuentra asentada el acta número DIECISEIS, de lasesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de esa sociedad,celebrada en sus oficinas ubicadas en el Cantón Huiscoyolate, KilómetroSesenta y Dos y Medio, Carretera a Sonsonate, en jurisdicción de Izalco,a las nueve horas del día treinta y uno de enero del presente año, y en supunto SEGUNDO se acordó lo siguiente: modificación del pacto socialde dicha sociedad en su cláusula quinta: aumentar su capital mínimo deveinte mil colones a cien mil colones.

Y para los efectos legales de publicación, extiendo la presente enel Cantón Huiscoyolate, a los veintiséis días del mes de mayo del año dosmil tres.

TOMAS REGALADO DUEÑAS.

DIRECTOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº. 22850-2

EL INFRASCRITO DIRECTOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD“DISTRIBUIDORA PINTURAS MORALES, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “DIPIMO, S.A.DE C.V.” del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salva-dor.

Que Por Acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas Nº. 30,celebrada a las 15 horas con 30 minutos del día 5 de octubre del año 2002;se acordó por unanimidad de votos de todos los accionistas presentesaumentar el Capital Social Mínimo y de fundación de ¢ 30,000.00colones equivalentes ha $ 3,428.57; por lo tanto se procede a trasladar elmonto de ¢ 870,000.00 colones equivalentes ha $ 99,428.57 del CapitalVariable al Capital Mínimo. El Capital Social Fijo vigente, está represen-tado por 300 acciones con un valor de ¢ 100.00 colones equivalentes ha$11.43 cada una.

Con el presente aumento la Sociedad girará con un Capital SocialMínimo de ¢ 900,000.00 colones equivalentes ha $102,857.14 dólaresrepresentado y dividido en nueve mil Acciones Comunes y Nominativasde ¢ 100.00 colones equivalentes ha $ 11.43 de dólar cada una, totalmentesuscritas y pagadas.

San Salvador, 02 de julio del año 2003.

ROBERTO ANTONIO MORALES H.

REPRESENTANTE LEGAL

DIPIMO, S.A. DE C.V.

3 v. alt. Nº. 22846-2

AVISO

El Infrascrito Presidente de la Sociedad AMATE TRAVEL, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistasde la Sociedad, celebrada con las formalidades legales a las diez horas delveintiséis de diciembre del año dos mil dos, se acordó por unanimidadaumentar el capital social mínimo, que en la actualidad es de QUINIEN-TOS MIL COLONES en la suma de TRESCIENTOS NOVENTA YDOS MIL COLONES por medio del traslado del Capital Variable alCapital Mínimo, el cual a la fecha está totalmente suscrito y pagado. Porlo que el nuevo Capital Mínimo de la sociedad es de OCHOCIENTOSNOVENTA Y DOS MIL COLONES.

Y para los efectos legales pertinentes, extiendo la presente en SanSalvador, a los dos días del mes de julio del dos mil tres.

CARLOS ENRIQUE ORTIZ NOVOA.

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 22841-2

AVISO

El Infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la SociedadRACAPAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIARLE,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas celebrada en esta ciudad a las ocho horas del dieciocho de junio deldos mil tres, se acordó por unanimidad Aumentar el Capital SocialMínimo de Veinte Mil Colones en Ochenta Mil Colones, por lo que elCapital Social Mínimo quedará en Cien Mil Colones. Para efectos delpago de este incremento se acuerda cancelarlo en Cheque Certificado. Elaumento del capital está dividido y representado por ochocientas accio-nes, de un valor nominal de Cien Colones cada una. El nuevo CapitalSocial Mínimo de Cien Mil Colones, estará representado por un milacciones, de un valor nominal de cien Colones cada una. Todos losaccionistas acordaron suscribir las acciones en el porcentaje de laparticipación de cada uno de ellos.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

San Salvador, dos de julio del dos mil tres.

JOSE RUTILIO AGUILERA CARRERAS.

DIRECTOR PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. Nº. 22830-2

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186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

ASIENTO DE EMPRESA 2001010752

ESTABLECIMIENTO 2001010752- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado BUSTILLO

FUENTES, JUAN FRANCISCO en su calidad de Representante Legal

de la Sociedad PROYECTOS ELECTRONICOS E INDUSTRIALES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abre-

viarse PREI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 46 del libro 438 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identificación Tributaria 0614-300884-004-

0, ha presentado solicitud a las once horas, y un minuto del día veintiséis

de julio de dos mil uno. Con la cual se otorgaron las Asientos de Empresa

No. 2001010752 y Establecimiento No. 2001010752- 001; a favor de la

Empresa denominada PROYECTOS ELECTRONICOS E INDUS-

TRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la

cual se dedica a ENSAMBLAJE Y MANTENIMIENTO, con dirección

en CALLE A SAN ANTONIO ABAD # 2123, PASAJE Y COLONIA

EL PRADO, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende

a UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUA-

TROCIENTOS SESENTA Y UN COLONES CON 02/100,

¢1,498,461.02 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) PROYEC-

TOS ELECTRONICOS E INDUSTRIALES, S. A. DE C. V. ubicado en

CALLE A SAN ANTONIO ABAD #2123 PASAJE Y COLONIA EL

PRADO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintisiete de mayo de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22742-2

ASIENTO DE EMPRESA 2003045423

ESTABLECIMIENTO 2003045423- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GARCIA

CARRILLO, VICTOR MANUEL en su calidad de Representante Legal

de la Sociedad PRECISION AUTOMOTRIZ, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PRECISION AUTO-

MOTRIZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domi-

cilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el

número 16 del libro 1784 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-200203-101-

0, ha presentado solicitud a las quince horas y veinticuatro minutos del

día diez de marzo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos

de Empresa No. 2003045423 y Establecimiento No. 2003045423- 001;

a favor de la Empresa denominada PRECISION AUTOMOTRIZ, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

SERVICIOS DE MECANICA EN GENERAL Y SERVICIOS DE

TRANSPORTE, con dirección en CALLE FRANCISCO MENENDEZ

# 223, BARRIO CANDELARIA del domicilio de SAN SALVADOR,

cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIO-

CHO DOLARES CON 57/100, $11,428.57 y que tiene el establecimien-

to siguiente: 001-) PRECISION AUTOMOTRIZ, S.A. DE C.V, ubicado

en CALLE FRANCISCO MENENDEZ # 223, BARRIO CANDELA-

RIA, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de junio de dos mil tres .

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22694-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002039883

ESTABLECIMIENTO 2002039883- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GUTIERREZ

PORTILLO, HOWARD CRISTOBAL en su calidad de Representante

Legal de la Sociedad CORPORACION GUTIERREZ PORTILLO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abre-

viarse CORPORACION G. P., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 40 del libro 1523 del Registro de Sociedades

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187DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:

1217-140400-101-3, ha presentado solicitud a las diez horas y treinta y

cuatro minutos del día once de septiembre de dos mil dos. Con la cual se

otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002039883, y Establecimiento

No. 2002039883- 001; a favor de la Empresa denominada CORPORA-

CION GUTIERREZ PORTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, la cual se dedica a REPARACION DE EQUIPO DE

TELEFONIA CELULAR, con dirección en Ave. ROOSEVELT NOR-

TE, # 401, LOCAL 3, del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo

asciende a TREINTA Y TRES MIL CUARENTA Y SIETE DOLARES

CON 50/100, $ 33,047.50 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-

) CORPORACION GUTIERREZ PORTILLO, S.A. DE C.V., ubicada

en Ave. ROOSEVELT NORTE, # 401, LOCAL 3, del domicilio de SAN

MIGUEL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil dos.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22740-2

ASIENTO DE EMPRESA 2003033039

ESTABLECIMIENTO 2003033039- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN NEL-

SON CHAVEZ CACERES en su calidad de Representante Legal de la

Sociedad MANUFACTURERA MEXICANA DE PARTES DE AUTO-

MOVILES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

SUCURSAL EL SALVADOR, que puede abreviarse MANUFACTU-

RERA MEXICANA DE PARTES DE AUTOMOVILES, de nacionali-

dad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 22 del libro 1412 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación

Tributaria: 0614-091198-102-3, ha presentado solicitud a las catorce

horas y cuarenta y seis minutos del día veintiocho de febrero del dos mil

tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2003033039

y Establecimiento No. 2003033039- 001; a favor de la Empresa denomi-

nada MANUFACTURERA MEXICANA DE PARTES DE AUTOMO-

VILES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SU-

CURSAL EL SALVADOR, la cual se dedica a FABRICACION, EN-

SAMBLE Y VENTA DE PARTES DE AUTOMOVILES, con direc-

ción en CALLE ANTIGUA A SAN ANTONIO ABAD, PASAJE "B",

BODEGA # 2, COMPLEJO INDUSTRIAL SAN JORGE, del domicilio

de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOS MILLONES CIEN-

TO UN MIL QUINIENTOS TRES DOLARES CON 48/100,

$2,101,503.48 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) MANU-

FACTURERA MEXICANA DE PARTES DE AUTOMOVILES, S. A.

DE C.V. SUCURSAL EL SALVADOR, ubicado en CALLE ANTI-

GUA A SAN ANTONIO ABAD, PASAJE "B", BODEGA # 2, COM-

PLEJO INDUSTRIAL SAN JORGE, del domicilio de SAN SALVA-

DOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiocho de mayo de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22788-2

ASIENTO DE EMPRESA 2003021560

ESTABLECIMIENTO 2003021560- 001

EL INFRASCRTTO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIME

ENRIQUE SALOME CHAHIN en su calidad de Representante Legal de

la Sociedad PRODUCTOS DE MARMOL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PRODUCTOS DE

MARMOL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el Número 23 del libro 849 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio Número de Identificación Tributaria: 0614-150292-103-1, ha

presentado solicitud a las once horas y doce minutos del día quince de

mayo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa

No. 2003021560 y Establecimiento No. 2003021560- 001; a favor de la

Empresa denominada PRODUCTOS DE MARMOL, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la

MARMOLERIA, con dirección en BOULEVARD PYNSA, CALLE L1

Y L2, CIUDAD MERLIOT del domicilio de ANTIGUO CUSCAT-

LAN, cuyo activo asciende a DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL

NOVENTA Y NUEVE DOLARES CON 04/100, ($ 262, 099.04) , y que

tiene el establecimiento siguiente: 001-) PRODUCTOS DE MARMOL,

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188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

S.A. DE C.V. ubicado en BOULEVARD PYNSA, CALLE L1 Y L2,

CIUDAD MERLIOT, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, cuatro de junio de dos mil tres.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22780-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002019855

ESTABLECIMIENTO 2002019855- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FRANKLIN

ROMAN AREVALO ROMERO, en su calidad de Representante Legal

de la Sociedad L.C.J., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que puede abreviarse L.C.J., S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 4 del libro 853 del Registro de

Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación

Tributaria: 0614-240492-102-0, ha presentado solicitud a las once horas

y veinte minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil dos. Con la cual

se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002019855 y Establecimien-

to No. 2002019855-001; a favor de la Empresa denominada L.C.J.,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES, con dirección en 33a CALLE

ORIENTE No. 427, ENTRE 6a Y 8a AVENIDA NORTE, SAN SALVA-

DOR, cuyo activo asciende a OCHENTA MIL CUATROCIENTOS

CUARENTA Y OCHO DOLARES CON 06/100, $80,448.00 y que

tiene el establecimiento siguiente: 001-) L.C.J., S.A. DE C.V. ubicado en

33a. CALLE ORIENTE N° 427, ENTRE 6a. y 8a. AVENIDA NORTE,

SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, uno de abril de dos mil tres.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22831-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002034662

ESTABLECIMIENTO 2002034662- 001, 002, 003, 004, y 005

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado BONILLA DE

CASTILLO, PATRICIA GUADALUPE en su calidad de Representante

Legal de la Sociedad FARMACIAS CAMILA, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse FARCAMILA,

S.A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 58

del libro 1539 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identificación Tributaria: 0614-270600-101-9, ha presenta-

do solicitud a las quince horas y catorce minutos del día veinticinco de

junio de das mil dos. Con la cual se otorgaran los Asientos de Empresa

No. 2002034662 y Establecimiento No. 2002034662- 001, 002, 003,

004, y 005; a favor de la Empresa denominada FARMACIAS CAMILA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS , con

dirección en BOULEVARD ORDEN DE MALTA, CENTRO COMER-

CIAL ARCOS DE SANTA ELENA, LOCAL 1-2, URBANIZACION

SANTA ELENA del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo

activo asciende a UN MILLON CIENTO ONCE MIL, SETECIENTOS

SETENTA DOLARES CON 55/100, $1,111,770.55 y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) FARMACIAS CAMILA- SUCUR-

SAL SANTA ELENA ubicado en BOULEVARD ORDEN DE MAL-

TA, CENTRO COMERCIAL ARCOS DE SANTA ELENA, LOCAL 1-

2, URBANIZACION SANTA ELENA, del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLAN, 002-) FARMACIAS CAMILA, SUCURSAL SAN

JACINTO ubicado en 10° AVENIDA SUR Y CALLE MEXICO, CEN-

TRO COMERCIAL PLAZA SAN JACINTO, LOCAL # 1, BARRIO

SAN JACINTO, del domicilio de SAN SALVADOR, 003-) FARMA-

CIAS CAMILA- SUCURSAL LA MASCOTA ubicado en KM 4 1/2

CARRETERA A SANTA TECLA, CALLE, COLONIA Y CENTRO

COMERCIAL LA MASCOTA, LOCAL # 14, del domicilio de SAN

SALVADOR, 004-) FARMACIAS CAMILA- SUCURSAL CENTRO

ubicada en 10° AVENIDA NORTE Y 1a. CALLE ORIENTE, LOCAL

# 2, del domicilio de SAN SALVADOR, 005-) FARMACIAS CAMILA-

SUCURSAL MEDICA ubicado en COLONIA MEDICA, CALLE

DOCTORA MARTA GLADIS URBINA # 144, del domicilio de SAN

SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecinueve de julio de dos mil dos.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 22824-2

DIARIO

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189DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ASIENTO DE EMPRESA 2003035148

ESTABLECIMIENTOS 2003035148- 001, 002, 003, 004, 005

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ALEGRIAVEGA, CARLOS GONZALO en su calidad de Representante Legal dela Sociedad SILUETA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que puede abreviarse SILUETA, S.A. DE C.V., de nacionali-dad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyaEscritura Social está inscrita bajo el número 17 del Libro 1540 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número deIdentificación Tributaria: 0614-190600-102-5, ha presentado solicitud alas quince horas y trece minutos del día veinte de mayo de dos mil tres.Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2003035148 yEstablecimiento No. 2003035148- 001, 002, 003, 004, 005; a favor de laEmpresa denominada SILUETA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE, la cual se dedica a COMERCIO EN GENERAL, condirección en AVE. QUIRINO CHAVEZ, # 8 APOPA del domicilio deAPOPA, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUATRO MILLO-NES SEISCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SETENTA YTRES COLONES CON 51/100 ¢ 4,690,773.51 y que tiene el(los)establecimiento(s) siguiente(s): 001-) LIBRERIA SILUETA, ubicadoen AVE. QUIRINO CHAVEZ # 8, del domicilio de APOPA, 002-)LIBRERIA SILUETA, ubicado en 1 CALLE PTE. Y AVE. 3 DE MAYO#15, del domicilio de QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD, 003-)LIBRERIA SILUETA, ubicado en CENTRO COMERCIALPERICENTRO APOPA, LOCAL # 24-B, del, domicilio de APOPA,004-) LIBRERIA SILUETA, ubicado en 4 AVE. NTE. # 1 ENTRECALLE LIBERTAD Y 2 CALLE PTE., del domicilio de SANTA ANA,005-) LIBRERIA SILUETA, ubicado en CALLE JOSE MARIANOMENDEZ # 1 ENTRE 8 Y 10 AVE SUR, del domicilio de SANTAANA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, doce de junio de dos mil tres.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. Nº. 22854-2

Nº. de Exp.: 2003032787.

Nº. de Pres.: 20030038164.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARCELINOHERIBERTO RIVERA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro delNOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras BETO’S VIDEO y diseño, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-DICADO A SERVICIOS DE PRODUCCION, DISTRIBUCION YEXHIBICION DE FILMES Y VIDEOCINTAS, UBICADO EN AVE-NIDA BERNAL Y CALLE SAN ANTONIO ABAD, EDIFICIO EMLOCAL #1 COLONIA SERRAMONTE II, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22652-2

Nº. de Exp.: 2002028365.

Nº. de Pres.: 20020030412.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SARA DELCARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de DROGUERIA GUARDADO, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión GRIFOLS y diseño, que servirá para:IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICA-DO A LA COMPRA VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS,UBICADO EN PRIMERA AVENIDA NORTE Y PASAJE MARTI-NEZ, NUMERO CUATROCIENTOS DOCE, COLONIA MILITAR,SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22745-2

DIARIO

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190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 20.

Nº. de Exp.: 2002026995.

Nº. de Pres.: 20020028194.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANA PATRICIAVEGA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deMADERAS TROPICALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que se abrevia: MADERAS TROPICALES, S.A. DE C.V.,de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR-CA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Logo Maderas Tropicales.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22812-2

Clase: 05.

Nº. de Exp.: 2002029524.

Nº. de Pres.: 20020032348.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RONALDEDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS FINLAY, S.A., de nacio-nalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

LITODEX

Consistente en: la palabra LITODEX.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 22772-2

Clase: 30.

Nº. de Exp.: 2003032936.

Nº. de Pres.: 20030038381.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUANSERAROLS HIJO, en su calidad de APODERADO de RUTHMISHAAN PINTO DE PICCIOTTO, de nacionalidad GUATEMAL-TECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: la palabra DAPI.

La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22851-2

DIARIO

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191DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 30.

Nº. de Exp.: 2003032515.

Nº. de Pres.: 20030037697.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUANSERAROLS HIJO, en su calidad de APODERADO de RUTH MISHAANPINTO DE PICCIOTTO, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión TUANIS y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22852-2

Clase: 05.

Nº. de Exp.: 2003032713.

Nº. de Pres.: 20030038026.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIACELINA CASTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidadde PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

Gastrofor

Consistente en: la palabra Gastrofor.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22819-2

Clase: 43.

Nº. de Exp.: 2003033127.

Nº. de Pres.: 20030038868.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CLAUDIACAROLINA TRIGUEROS ALFARO, en su calidad de APODERADOde CARLOS RODRIGO HIRLEMANN RECINOS, de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: las palabras Pueblo Viejo y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticinco de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 22861-2

DIARIO

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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Clase: 33

No. de Exp.: 2003032678

No. de Pres.: 20030037954

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLANOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de FINCA LACELIA S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro dela MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

LA CONSULTA

Consistente en: la palabra LA CONSULTA.

La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22665-2

Clase: 44

No. de Exp.: 2002029586

No. de Pres.: 20020032435

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLANOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de F.HOFFMANN-LA ROCHE AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando elregistro de la MARCA DE SERVICIOS,

PEGASSIST

Consistente en: la palabra PEGASSIST.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departarnento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22666-2

Clase: 32

No. de Exp.: 2003029836

No. de Pres.: 20030033005

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado WILFREDOANTONIO SALINAS, en su calidad de APODERADO de EL CASTA-ÑO, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA COLECTIVA,

Consistente en: las palabras Powenat con el poder de la naturalezacastaño y diseño.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

ALVARO ERNETO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22840-2

No. de Exp.: 2003032337

No. de Pres.: 20030037451

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUDINAROXANA FLORES DE NAVAS, en su calidad de APODERADO deASOCIACION SALVADOREÑA DE LA INDUSTRIA DEL PLASTI-CO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laEXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras eco amigos DEL PLASTICO y diseño,sobre el símbolo de reciclable no se le concede exclusividad, que servirápara: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDORSOBRE LOS SERVICIOS QUE EL ESTABLECIMIENTO O EMPRE-SA REALIZA, PARA LA EDUCACION, CONSCIENTIZACION YSENSIBILIZACION, QUE SE DEBE TENER PARA EL TRATA-MIENTO DE LOS DESECHOS PLASTICOS O RECICLAJE DE LOSMISMOS.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos miltres.

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193DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22670-2

Clase: 42

No. de Exp.: 2003029859

No. de Pres.: 20030033042

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado

MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE-

RADO de GENERAL RE CORPORATION, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE. solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Gen Re

Consistente en: la palabra Gen Re.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22664-2

Clase: 25

No. de Exp.: 2002024330

No. de Pres.: 20020024330

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA

NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA NOVOA H., en

su calidad de APODERADO de CRYSALIS SEMPRE MIO INDÚSTRIA

E COMÉRCIO DE CALCADOS LTDA., de nacionalidad BRASILE-

ÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-

CA,

CRYSALIS

Consistente en: la palabra CRYSALIS en letras mayúsculas de

molde.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ.,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22669-2

Clase: 36

No de Exp.: 2003029860

No. de Pres.: 20030033043

EL INFRSCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA

NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de GENERAL

RE CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE; solici-

tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Gen Re

Consistente en: la palabra Gen Re.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos miltres.

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194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22662-2

Clase: 44

No. de Exp.: 200331785

No. de Pres.: 20030036533

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLANOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA NOVOA, en sucalidad de APODERADO de F. HOFFMANN-LA ROCHE AG., denacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: Caballo Alado Estilizado.

La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22661-2

Clase 05

No. de Exp.: 1998007999

No. de Pres.: 19980007999

EL INFRSCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLANOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de

COMPAGNIE GERVAIS DANONE, de nacionalidad FRANCESA,solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ACTIMEL

Consistente en: LA PALABRA ACTIMEL EN LETRAS MA-YUSCULAS DE MOLDE.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del añomil novecientos noventa y ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de lapropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22667-2

Clase: 36

No. de Exp.: 2003029861

No. de Pres.: 20030033044

EL INFRSCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLANOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de GENERALRE CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Gen Re y diseño.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de lapropiedad Industrial, Departamento de marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22663-2

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195DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ROSENDO MANZANO ZAMORA, Notario del domicilio de esta

ciudad, con oficina establecida en el Condominio Monte María, Edificio

"C", Tercera Planta , Apartamento Número Uno, Primera Calle Poniente,

Número dos mil novecientos cuatro, en esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída

a las ocho horas del día veintidós de marzo del presente año, se ha tenido

por aceptada y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día veintiséis de

octubre de mil novecientos noventa y seis, dejó la señora MARIA

ISABEL CONTRERAS CUELLAR conocida por ISABEL CONTRE-

RAS CUELLAR, de parte del señor JORGE ALBERTO CONTRERAS

CUELLAR, en su carácter de hijo de la causante, habiéndole conferido

la administración y representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia , por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la mencionada herencia, para que se presenten a la oficina

antes mencionada en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en las oficinas del Notario ROSENDO MANZANO

ZAMORA. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día

veinticuatro de marzo de dos mil tres.

ROSENDO MANZANO ZAMORA,

NOTARIO.

3 v. c. No. 23012-2

LILIAN GUADRON, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en

Centro de Gobierno, Urbanización Santa Adela, pasaje tres casa número

cinco de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución la Suscrita Notario, proveída a

las nueve horas del día catorce de mayo del dos mil tres, se ha tenido por

ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-

RIO, LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó el señor

CECILIO CASCO conocido por CECILIO CASCO ROJAS, ocurrida en

la ciudad de San Pedro Masahuat, departamento de La Paz, el día catorce

de agosto de mil novecientos noventa y tres; de parte de la señora

AMPARO ROSALES VIUDA DE CASCO cónyuge sobreviviente en la

mencionada secesión; habiéndose conferido la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las faculta-

des y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la referida Herencia para que se presenten a la mencionada

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente día a la

última publicación del presente Edicto.

Librado en la oficina de la Notario LILIAN GUADRON, en la

ciudad de San Salvador a las nueve horas del día quince de mayo de dos

mil tres.

Dra. LILIAN GUADRON,

NOTARIO.

3 v. c. No. 22919-2

AVISO

La infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Departamento se ha presentado el señor

FELIX RODRIGUEZ NAVAS, en su calidad de padre sobreviviente,

solicitando se le autorice firmar los documentos respectivos para que se

le haga efectiva la devolución por la cantidad de TRESCIENTOS OCHO

00/100 DOLARES ($308.00), en concepto de excedente del Impuesto

sobre la Renta del ejercicio 2002, según devolución número 57098, que

su extinto hijo, señor JOSE ANTONIO RODRIGUEZ MINA, dejó

pendiente de cobro por haber fallecido el día 17 de noviembre de 2002.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público para que toda

persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este

Departamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes,

contados a partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del

presente aviso, a fin de ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los veintiséis días del mes

de junio de dos mil tres.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. 22522-2

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196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

DE TERCERA PUBLICACIÓN

VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA, Notario, con Direc-ción en Edificio Niza número doscientos ocho, sobre diecinueve CallePoniente, de esta Ciudad, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución, proveída en esta ciudad, a las diezhoras del día seis de junio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, quedejó al morir el señor LUIS SALVADOR VELIS SARAVIA, falleció enel Hospital de Antel de esta ciudad, su último domicilio, a las dieciséishoras treinta minutos del día diecinueve de mayo de mil novecientosnoventa y seis, quien a la fecha de su muerte era de setenta y nueve añosde edad, Jubilado, y del domicilio de esta Ciudad, su último domicilio,a la señora MIRIAN CONSUELO VENUS VELIS SORIANO, en suconcepto de hija del causante. Y se le ha conferido al aceptante laAdministración y representación interina de la sucesión.

Librado en la Ciudad de San Salvador a los trece días del mes dejunio del año dos mil tres.- Lic. VLADIMIR REYNALDO AGUILARMIRANDA, NOTARIO.

3 v. alt. No. 22355-3

LA INFRASCRITA JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL INTA, DE ESTEMUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resoluciónde las once horas del día treinta de mayo del presente año, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte delseñor CARLOS ALFREDO MENJIVAR la herencia intestada que a sudefunción dejó la causante MARIA EVANGELINA MENJIVAR CUE-LLAR conocida por MARIA EVANGELINA MENJIVAR, quienfalleció en esta ciudad el día siete de diciembre de dos mil dos, lugar desu último domicilio aceptación que hace el señor anteriormente mencio-nado en su calidad de hijo de la referida causante. Y se ha conferido alaceptante la administración y representación interina de la sucesión conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación delpresente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las once horas del día diez de junio del dos mil tres.- Lic.DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL. INTA. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DEALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22384 -3

VICTOR RENE GUZMAN, Notario Público y de este domicilio, conOficina Jurídica situada en Colonia Médica Pasaje Doctor GuillermoRodríguez Pacas, Número Cincuenta y Ocho en esta Ciudad, para losefectos de Ley al público en general,

HACE SABER: que por resolución de esta Oficina de las diezhoras y veinte minutos del día veinte de los corrientes, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Abin-testato que a su defunción dejó el señor JULIO ANTONIO ESCOBAR,quien fue conocido por JULIO ANTONIO ESCOBAR PAREDES,fallecido el día veintiséis de febrero del año en curso, en el Hospital deEspecialidades del Seguro Social en esta Ciudad su último domicilio, departe de los señores TANIA VERONICA ESCOBAR DE RIVERA;ISELA MARIA ESCOBAR CONTRERAS y JULIO ANTONIO ES-COBAR CONTRERAS en su calidad de hijos del causante. A quienesse les confiere la Administración y Representación Interina de la Suce-sión con las facultades y restricciones de los Curadores de la HerenciaYacente. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectoslegales consiguientes.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del díaveintitrés de junio del año dos mil tres.-

Dr. VICTOR RENE GUZMAN,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 22386-3

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial. Al Público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las diezhoras y veinticinco minutos del día catorce de Marzo del corriente año;se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENE-FICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA, que a sudefunción dejó la señora GLORIA FUENTES, quien a la fecha de sufallecimiento fue de cincuenta y dos años de edad, soltera, de oficiosdomésticos, originaria y del domicilio de Cacaopera, salvadoreña, sien-do hija de MARIA PILAR FUENTES y falleció a las seis horas del díaveintiséis de Marzo de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio ElCalvario de la misma jurisdicción de Cacaopera, siendo la ciudad deCacaopera lugar de su último domicilio de parte del señor JUANCARLOS FUENTES, por derecho propio en los bienes que le correspon-den y como hijo de la mencionada causante. Confiérese al aceptante antesmencionado y en la forma establecida la Administración y Representa-ción interina de la sucesión con las facultades y restricciones para loscuradores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francis-co Gotera, a las nueve horas y veinticinco minutos del día veintiséis deJunio del dos mil tres.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUN-DO DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIE-RREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22404 -3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA de este distrito Judicial. Al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las diligencias de Aceptación de Herencia,promovidas por el Licenciado ELIO ISAI PONCE AMAYA, se hatenido por Aceptada Expresamente, y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora GUADA-LUPE GUEVARA, conocida por MARIA GUADALUPE GUEVARA,quien fue de setenta años de edad, viuda, de oficios domésticos, denacionalidad Salvadoreña, originaria de Jocoaitique, hija de MARIAINOCENTE GUEVARA, y falleció a las quince horas del día veintiunode Abril del año dos mil, en la Colonia Vista Hermosa de esta Ciudad, departe del señor RUTILIO ANGEL ROMERO GUEVARA, en su calidadde único hijo.

Se le confirió al Heredero Declarado, y en la forma establecida, laAdministración y Representación Interinas de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores para la Herencia Yacente.

A publicarse los edictos respectivos, en el Diario Oficial, y se citaa los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten adeducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a laúltima publicación del edicto en el mencionado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las diez horas del día cinco de Junio del dos mil tres.- Lic.MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. 22402-3

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197DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del díaveinticinco de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expre-samente y con beneficio de inventario de parte del señor SANTOSHERIBERTO CLIMACO MIRANDA, la herencia intestada que a sudefunción dejó el señor VALENTIN DE JESUS MIRANDA conocidopor VALENTIN MIRANDA, quien fue de ochenta y tres años de edad,soltero, jornalero, fallecido el día veintisiete de Marzo de dos mil uno, enel Cantón San Diego de esta ciudad, lugar de su último domicilio, enconcepto de hijo del causante y se ha nombrado al aceptante administra-dor y representante interino de la sucesión con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticincodías del mes de Junio del año dos mil tres.- Dra. ANA FELICITAESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DESALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22405-3

GUILLERMO ANTONIO AQUINO ALVARADO, Notario, del domi-cilio de la ciudad de Santa Ana, con oficina Jurídica situada en OnceAvenida Norte entre segunda y Cuarta Calle Oriente número diez Ch,Barrio Santa Bárbara de la ciudad de Santa Ana, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las ocho horas del día doce de abril del año dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada que a su defunción dejara el señor: JOSE DOLORES HENRIQUEZ,conocido por JOSE DOLORES HENRIQUEZ BONILLA, ocurrida enel Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, el día diez de febrero de milnovecientos noventa y nueve, quien fue de setenta y siete años de edad,Empleado, originario del Cantón Las Flores, Departamento de Chalate-nango de parte de la señora: MARIA AMALIA HENRIQUEZ HER-NANDEZ, en su concepto de hija sobreviviente del causante, habiéndoseconferido la Administración y representación interina de la sucesión conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia yacente.- En consecuencia por este mediose cita para que se presente a la referida oficina en el término de quincedías contados desde el día siguiente a la última publicación del presenteedicto.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los trece días del mes de juniodel año dos mil tres.-

Lic. GUILLERMO ANTONIO AQUINO ALVARADO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 22407-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las oncehoras treinta minutos del día veinticinco de junio del año dos mil tres, seha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario laherencia intestada de la señora EULALIA TRINIDAD DE LINARESconocida por EULALIA TRINIDAD ORDOÑEZ y por EULALIATRINIDAD, fallecida en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, eldía veintisiete de septiembre del año dos mil dos, habiendo sido Santiagode la Frontera, en este Departamento, lugar de su último domicilio; departe de la señora OLIVIA DE MARIA SANDOVAL RAMOS, comocesionaria de los derechos que le correspondían al señor LORENZOLINARES, como esposo de la referida causante, a quien se ha nombradointerinamente administradora y representante de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa, a las once horas treinta minutosdel día veinticinco de junio del año dos mil tres.- Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 22425-3

HELMAR ROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DELO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por ejecución promovida inicialmente por elLicenciado CARLOS MAURICIO HERRERA GONZALEZ, continua-do por el Licenciado FREDY WILLIAN MONTES, mayor de edad,Abogado, de este domicilio, como Apoderado General Judicial del señorMIGUEL ANGEL SANDOVAL EVANGELISTA, mayor de edad,maestro de obra del domicilio de San Salvador, contra el señor JOSEROLANDO AMAYA, mayor de edad, carpintero, de este domicilio,actualmente de domicilio ignorado, representado por medio de suCurador Especial nombrado Licenciado JIMMY ROBERT CASTILLOCAMPOS, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, se venderá enpública subasta en este Juzgado, el siguiente inmueble: "Un lote deterreno urbano, situado en la urbanización "COLONIA RIO GRANDE",de la jurisdicción de la ciudad de San Miguel, marcado con el númeroCIENTO TREINTA Y CUATRO-A, del Block número ONCE, con lasconstrucciones que contiene de una extensión superficial de CIENTONOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CUARENTA YCUATRO DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIEN-TAS OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS TREINTA YSEIS CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, y que se localiza así:partiendo de la intersección de los ejes existentes para la Doce AvenidaNorte y la Calle número Uno se mide sobre el eje de la Calle número Unocon rumbo Norte setenta y tres grados veintidós minutos cero décimos deminutos Este una distancia de ciento veinticuatro metros sesenta centí-metros. Haciendo estación en este punto y vistando en el sentido Norestese hace una deflexión positiva de noventa grados y con una distancia deseis metros cincuenta centímetros se llega al mojón Noroeste del lote quese describe cuyos rumbos, medidas y colindancias son los siguientes: ALNORTE: a partir del mojón Noroeste comprende una línea formada pordos tramos cuyos rumbos y medidas son: para el primer tramo se midecon rumbo Norte setenta y tres grados veintidós minutos cero décimos deminuto Este una distancia de ocho metros cincuenta centímetros. Para elsegundo tramo, se mide con un radio de cuatro metros una longitud curvade siete metros ochenta centímetros y se llega al mojón Noreste. Lindaen este costado con lotes número ciento quince-A, ciento dieciséis-A,ciento diecisiete-A y ciento dieciocho-A derecho de vía de la Callenúmero Uno de por medio; AL ORIENTE: a partir del mojón Noreste semide con rumbo Sur doce grados veintiséis minutos nueve décimos deminuto Oeste una distancia de dieciséis metros y se llega al mojónSureste. Linda en este costado con terreno de Sixto Maltez, derecho devía de la Calle paso al tiangue de por medio; AL SUR: a partir del mojónSureste se mide con rumbo Sur setenta y tres grados veintidós minutoscero décimos de minuto Oeste una distancia de cinco metros y se llegaal mojón Suroeste. Linda en este costado con lote número Cientocuarenta y ocho-A del mismo block número once, y AL PONIENTE: apartir del mojón Suroeste se mide con rumbo Norte dieciséis gradostreinta y ocho minutos Oeste una distancia de veinte metros y se llega almojón Noroeste; donde se inició esta descripción. Linda en este costadocon lote número Ciento treinta y tres-A del mismo Block número Once.Todos los lotes colindantes forman o formaron parte del inmueblegeneral del cual se segregó el que se describe propiedad de "Parcelacio-nes y Construcciones, S.A de C.V.", a excepción del rumbo Oriente. Elinmueble descrito contiene una casa de sistema mixto, con todos susservicios. Inmueble que se encuentra inscrito a favor del ejecutado señorJOSE ROLANDO AMAYA, en el Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el número CINCUEN-TA Y CUATRO, del Libro UN MIL DOSCIENTOS TRECE, dePropiedad del departamento de San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a lasquince horas del día diecinueve de junio de dos mil tres. Lic. HELMARROLANDO BENITEZ PAREDES, JUEZ PRIMERO DE LO CIVILInto. Lic. RODOLFO ANTONIO MORENO PERLA, SECRETARIOInto.

3 v. alt. No. 22397-3

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198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA, DEESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO;

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Licenciado MAURICIO ANTONIO ALVAREZ GALVEZ, ma-yor de edad, Abogado, de este domicilio, actuando en calidad deApoderado General Judicial de la Sociedad GENERAL AUTOMO-TRIZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contradel señor HUMBERTO BERNAL HIJO, quien es mayor de edad,Abogado, de este domicilio, se venderá en Pública Subasta en esteTribunal, en fecha que más adelante se señalará, el inmueble que acontinuación se describe: Inmueble de Naturaleza Rústico, situado en ellugar llamado Hacienda San Diego, jurisdicción de San Salvador, hoyUrbanización, desmembrado de la Hacienda llamada San Diego, situadoen la jurisdicción de la ciudad de San Salvador, de forma rectangularirregular, comprendido el Block Número cuarenta y seis del plano delotificación respectivo, con una extensión de UN MIL CUARENTA YOCHO METROS OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRA-DOS, equivalentes a UN MIL QUINIENTAS VARAS SETENTA YDOS DECIMETROS DE VARA CUADRADA, que mide y linda:Empezando por el vértice NOROESTE, con rumbo Sur, setenta y seisgrados, cuarenta y un minutos treinta segundos Este, diecinueve metrosveintinueve centímetros, con Terreno de JOAQUIN MELENDEZ, ha-biendo la Calle Nueva Número Uno, de por medio de diecisiete metrosde ancho; AL ORIENTE, rumbo Sur, un grado, veinte minutos Este,cincuenta y tres metros setenta y ocho centímetros, con terreno deYOLANDA CASTILLO; AL SUR, con rumbo Sur, ochenta y ochogrados cuarenta minutos Oeste, dieciocho metros setenta y seis centíme-tros, con terreno de la misma Hacienda San Diego de la Sociedad ConchaViuda de Escalón e Hija, Compañía; y AL PONIENTE, con rumboNorte, un grado, veinte minutos Oeste, cincuenta y ocho metros sesentay cinco centímetros, con terreno de ANGELICA VIUDA DE CASTI-LLO; el lote descrito empezando por el vértice Noreste, rumbo Sur, distade la Setenta y Tres Avenida Sur, setenta y dos metros sesenta y nuevecentímetros. El inmueble anteriormente descrito así como sus mejoraspresentes y futuras pertenecen al señor HUMBERTO BERNAL HIJO,inscrito al NUMERO: SETENTA Y SEIS, del LIBRO OCHOCIENTOSSESENTA Y NUEVE, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas dela Primera Sección del Centro.

Se admitirán posturas legales.

Librado en el Juzgado Primero de Menor Cuantía: San Salvador,siete de abril del año dos mil tres.- Lic. ALEJANDRO GARCIAGARAY, JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA. Lic. MAGDALE-NA BOLAÑOS DE AGUILAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22364 -3

EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICOEN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Licenciado JOSE LUIS ARIAS PORTILLO, actuando comoApoderado General Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SAL-VADOR, SOCIEDAD ANONIMA; contra el señor RENE OSWALDOMENENDEZ DIAZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal enfecha y hora que será señalada posteriormente el inmueble que acontinuación se describe: “UN INMUEBLE que corresponde a un solarurbano y construcciones que contiene identificado como vivienda C-OCHO, DEL MODULO “C” del Condominio Residencial Las Violetas,el cual está situado en la Avenida El Cocal número: un mil quinientos tresentre Calle Alberto Sánchez y Calle México, del Barrio San Jacinto deesta ciudad y Departamento, el cual según antecedente se describe así:Módulo “C”, vivienda C-OCHO. Con un área de: TREINTA Y DOSPUNTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalen-tes a CUARENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA Y SEIS VARASCUADRADAS, que se describe así: Partiendo de la intersección de losejes de la Calle México con el Pasaje Mary, medimos sobre el eje de esteúltimo una distancia de sesenta y uno punto cincuenta metros con rumboSur, cero grados once punto seis minutos Oeste y en ese punto hacemosuna deflexión de rumbo Sur ochenta y dos grados treinta punto cerominutos Este y una distancia de seis punto cuarenta metros, se llega al

vértice Norponiente del lote que se describe así: LADO NORTE: Tramorecto que partiendo del vértice Norponiente con rumbo Sur ochenta y dosgrados treinta punto cero minutos Este, distancia de cuatro punto cerotres metros se llega al vértice Nororiente, lindando a este lado convivienda D-NUEVE, pasillo de circulación Oriente de por medio; LADOORIENTE: tramo recto que partiendo del vértice Nororiente con rumboSur cero ocho grados cero punto tres minutos Oeste y distancia de ochopunto ochenta metros se llega al vértice Suroriente, lindando a este ladocon inmueble propiedad de ELENA PRAFF, pared de carga de ceropunto quince metros de espesor de por medio propiedad del condominante;LADO SUR: tramo recto que partiendo del vértice Suroriente, conrumbo Norte setenta y tres grados dieciocho punto cuatro minutos Oestey distancia de cuatro punto cero sesenta y cinco metros se llega al vérticeSurponiente, lindando por este lado con inmueble propiedad de CAR-LOS ESPINOZA, pared de carga de cero punto quince metros de espesorde por medio propiedad del condominante; LADO PONIENTE: tramorecto que partiendo del vértice Surponiente con rumbo Norte cero ochogrados cero punto tres minutos Oeste y distancia de siete punto setentametros se llega al vértice Norponiente donde se inició la presentedescripción, lindando por este lado con vivienda C-SIETE; paredmedianera de carga de cero punto quince metros de espesor de por medio.El lote así descrito contiene un área construida de CINCUENTA YSIETE PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, distri-buidos entre los espacios siguientes: Sala, comedor, baño, patio, tende-dero en la primera planta y tres dormitorios en la segunda planta,conformando un volumen de construcción de DOSCIENTOS NOVEN-TA Y UNO PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUBICOS.Inscrito a favor del demandado señor RENE OSWALDO MENENDEZDIAZ en el Registro Social de Inmuebles con la Matrícula M CERO UNMILLON SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA YSIETE Asiento CERO CERO DOS del Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas del Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Mercantil: San Salvador, alas once horas y tres minutos del día ocho de mayo de dos mil tres.- Lic.JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ SEGUNDO DE LO MER-CANTIL SUPLENTE. Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VAS-QUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22444 -3

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia; de esteDistrito Judicial. Al Público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el LicenciadoELIO ISAI PONCE AMAYA, como Apoderado General Judicial delseñor JOSE MIGUEL ANGEL SANCHEZ CLAROS, a solicitar a favorde éste, TITULO SUPLETORIO; sobre: Un terreno de naturalezarústica, situado en el Caserío Calishuate, Cantón Sunsulaca, jurisdicciónde Cacaopera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial deDIECISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROSCUADRADOS, que mide y linda; AL ORIENTE, doscientos metros,calle y cerco de alambre de por medio; con ARNULFO HERRERA yHABRAAN SAENZ; AL NORTE, ciento tres metros, cerco de alambrede por medio, con JOSE SANTOS PEREZ y ERNESTINA PEREZ, ALPONIENTE, ciento setenta y un metros con SANTOS ARCENIOCLAROS, aguas arriba; AL SUR, setenta y siete metros, cerco dealambre de por medio; con MARIA JOYA; se estima el inmuebledescrito en el precio de DIEZ MIL COLONES; que dicho inmueble loadquirió el señor antes mencionado SANCHEZ CLAROS, por compra-venta de Posesión Matrial que hizo al señor JOSE FRANCISCO CLA-ROS AMAYA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francis-co Gotera, a las once horas del día ocho de mayo de dos mil tres.- Lic.MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. 22403-3

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199DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: que se presentó el señor ELIO ISAI PONCEAMAYA, Abogado, en concepto de Apoderado General Judicial delseñor WILLIAM OMAR MOLINA CHICAS, solicitando Título dePropiedad y Dominio de una porción de terreno de naturaleza urbana,situado en el Barrio San José, de la Ciudad de Cacaopera, Distrito deOsicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial deTRESCIENTOS DOCE METROS, QUINCE CENTIMETROS CUA-DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes; ORIENTE, 22metros 80 centímetros, con ELIAS NOLASCO, NORTE, 5 metros 30centímetros con terreno de PEDRO REYES, PONIENTE, 19 metros, 10centímetros con Iglesia Misión Centro Americana y SUR, 24 metros, 50centímetros calle pública de por medio y terreno de PASTORA CO-REAS y ANGELINA MAJANO VIUDA DE MOLINA. Lo valora enDIEZ MIL COLONES (¢10,000.00). Lo compró MARIANO MOLINALINAREZ.

Alcaldía Municipal; Cacaopera, veintiuno de mayo de dos miltres.- JOSE GELVI ARGUETA CANALES, ALCALDE MUNICIPAL.DAYSI ARMIDA PEREZ DE CHAVEZ, SECRETARIA MUNICI-PAL.

3 v. alt. No. 22400-3

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN RO-DOLFO COLINDRES, mayor de edad, Empleado, de este domicilio,con Documento Unico de Identidad Número cero un millón trescientostreinta y siete mil ciento ochenta - cero, solicitando se le extienda Títulode Propiedad de un Terreno Rústico, ejidal, sin cultivos permanentes niconstrucciones, del área catastral de NUEVE MIL OCHOCIENTOSOCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, situado en el Cantón LasAnimas de esta jurisdicción; que linda con terrenos: AL NORTE: deALVARO ABELINO; AL ORIENTE: de ALVARO ABELINO; ALSUR: CARMEN ROSALES MURCIA, calle de por medio; y ALPONIENTE: de MARIA ZULMA HERNANDEZ CASTRO, FELIPEABELINO CAMPOS, MIGUEL ANGEL ABELINO CAMPOS y NI-COLAS PAULINO CAMPOS, con todos camino vecinal de por medio.Los colindantes son todos de este domicilio. El terreno lo adquirió porcompraventa informal que hizo a JOSE MERCEDES GARCIA GAR-CIA, sobreviviente, el año mil novecientos noventa y seis. Valora dichoinmueble en DIEZ MIL COLONES. Lo posee de manera quieta, pacíficae ininterrumpida por más de diez años consecutivos, al unir su posesiónmaterial a la del antecesor. No es sirviente ni dominante y no tiene cargasni derechos reales de ajena pertenencia. Se hace saber para efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Santiago Nonualco, diecisiete de junio de dosmil tres.- MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES, ALCAL-DESA MUNICIPAL. ELIAS BARAHONA LOVO, SECRETARIOMUNICIPAL.

3 v. alt. No. 22344 -3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que la señora ANGELA ELIZABETH BARILLASTOBIAS DE MAJANO, mayor de edad, Profesora, de este domicilio,con Documento Unico de Identidad Número cero dos cinco cuatro sietecinco ocho tres-cero, solicita a su favor Título de Propiedad Municipalde un inmueble de naturaleza urbana, que en forma quieta, pacífica eininterrumpida posee en Primera Avenida Sur Nº 4 Barrio La Trinidad,de esta ciudad de una extensión superficial: de CIENTO QUINCEPUNTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS, de los linderos si-guientes: AL NORTE, con propiedad de MERCEDES TOBIAS DEGUILLEN; AL ORIENTE, MARIA ROSA VICTORIA AYALA VIU-DA DE LOPEZ, Primera Avenida Sur de por medio; AL SUR, conpropiedad de ANGELA ESCOBAR y LUCIA ESCOBAR BARILLAS;y AL PONIENTE, con propiedad de ROSA LUZ CACERES DENAJARRO. Lo hubo por Escritura Pública de Compraventa otorgada

por la señora ANGELA DE DOLORES TOBIAS DE BARILLAS, elterreno en mención contiene una construcción de sistema mixto, y loestimo en la cantidad de VEINTE MIL COLONES, los colindantes sontodos de este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, veintiocho de mayo de dosmil tres.- Ing. ROMEO JOSE BARILLAS, ALCALDE MUNICIPAL.SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 22348-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que la señora MERCEDES TOBIAS DEGUILLEN, mayor de edad, Ama de Casa, de este domicilio, conDocumento Unico de Identidad Número cero cero uno ocho tres cuatrocuatro cero-dos, solicita a su favor Título de Propiedad Municipal de uninmueble de naturaleza urbana, que posee en forma quieta, pacífica eininterrumpida en Primera Avenida Sur Nº 4 Barrio La Trinidad, de estaciudad de una extensión superficial de: CIENTO VEINTE PUNTOSESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de los linderos siguien-tes: AL NORTE, con propiedad de JULIO ALBERTO LEMUS SAN-CHEZ, ANSELMA CORALIA AVELAR DE CEREN, GONZALOVALLE RIVERA y GUILLERMO GUARDADO ORTEGA; ALORIENTE, MARIA ROSA VICTORIA AYALA VIUDA DE LOPEZ,Primera Avenida Sur de por medio; AL SUR, ANGELA ESCOBAR yLUCIA ESCOBAR BARILLAS; y AL PONIENTE, con propiedad deROSA LUZ CACERES DE NAJARRO. Lo hubo por Escritura Públicade Compraventa otorgada por la señora ANGELA DE DOLORESTOBIAS DE BARILLAS, el terreno en mención contiene una construc-ción de sistema mixto, y lo estimo en la cantidad de VEINTE MILCOLONES, los colindantes son todos de este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, veintisiete de mayo de dosmil tres.- Ing. ROMEO JOSE BARILLAS, ALCALDE MUNICIPAL.SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 22350-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que los señores, JORGE MILTO PEÑA, mayor deedad, empleado, del domicilio de Los Angeles, FRANCISCO EDUAR-DO PEÑA, mayor de edad, empleado, de este domicilio, NORASURPINA RIVERA PEÑA, mayor de edad, de oficios domésticos, deeste domicilio, LIDIA ONEYDA PEÑA GUARDADO, mayor de edad,cosmetóloga, de este domicilio, y MARTA SILVIA BARAHONAAVILA, mayor de edad, secretaria, del domicilio de Ciudad Delgado.Solicitan a su favor Título de Propiedad Municipal de un inmueble denaturaleza urbana, que poseen en forma quieta, pacífica e ininterrumpiday por más de diez años, en Barrio El Centro, Segunda Calle PonienteNúmero Dos, de esta Ciudad, de una extensión superficial de: CIENTOVEINTICUATRO METROS CUADRADOS, de los linderos siguien-tes: AL NORTE, con propiedad de JOSE LUIS NAJARRO CARDOZA;AL ORIENTE, MANUEL ALONSO PEÑA AVILA; AL SUR, conPropiedad de los señores LUIS VICENTE AGUIRRE y otros, ANSELMACORALIA AVELAR DE CEREN y calle de por medio; y AL PONIEN-TE, con propiedad de la Sucesión de ARTURO ORLANDO AVILAPEÑA. El terreno en mención no es sirviente ni dominante, y loadquirieron por Escritura Pública de Compraventa otorgada por la señoraMARIA FLORINDA PEÑA AVILA, lo valoran en la cantidad deCINCUENTA MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todosde este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, dieciséis de mayo de dos miltres.- Ing. ROMEO JOSE BARILLAS, ALCALDE MUNICIPAL.SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 22352-3

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200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: que a esta Alcaldía se ha presentado el Licen-ciado GUILLERMO AQUINO FLORES, Apoderado General Judicialdel señor JAIME ALBERTO CHAVEZ REYES, mayor de edad, Estu-diante, de este domicilio, con documento Unico de Identidad cero cerodoscientos setenta y ocho mil cuatrocientos doce- uno, solicitando a sufavor Título Municipal de un inmueble de Naturaleza Urbana, situado enel Barrio La Cruz de esta Villa, de una extensión superficial de doscientossesenta y seis metros cuadrados, de las medidas y colindancias siguien-tes; AL ORIENTE: mide catorce metros cuarenta y dos centímetros,linda con JULIA ORTIZ CORTEZ; AL NORTE: mide veintidós metrostres centímetros, linda con SEBASTIANA REYES JORGE; AL PO-NIENTE: mide diez metros seis centímetros, linda con MANUEL DEJESUS VALLE CASTRO; y AL SUR: mide veintiún metros veinticua-tro centímetros, linda con ROSENDA REYES FLORES, todos loscolindantes son de este domicilio, no es predio dominante ni sirviente, notiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otra persona con quienhubiere proindivisión, y lo valúa en VEINTE MIL COLONES.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos legales.-

DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA VILLA DESAN JUAN TALPA, a los doce días de noviembre del año dos mil dos.-Cnel. OTTO EFRAIN VARELA CISNEROS, ALCALDE MUNICI-PAL.- Br. CARLOS ERNESTO OLMEDO FIGUEROA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 22415-3

AVISO

EL INFRASCRITO PRESIDENTE DE LA COOPERATIVA DE CON-SUMO Y PREVISION SOCIAL DE AVIADORES YAEROTECNICOS, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSA-BILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE DE ESTA PLAZADENOMINADA "COPAS S. C DE R. L. DE C. V.", PARA LOSEFECTOS LEGALES,

HACE SABER: que en Asamblea General Extraordinaria deSocios de esta Cooperativa, celebrada el día veinticinco de abril del añodos mil tres, se acordó aumentar el Capital Social Mínimo de la Coope-rativa a la suma de DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOSUNIDOS DE NORTE AMERICA. Procediendo en consecuencia amodificar la Escritura de Constitución.

Y para efectos legales consiguientes, se hace la presente publica-ción en la Ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del mes de juniodel año dos mil tres.

PRESIDENTE

3 v. alt. No. 22338-3

AVISO

El infrascrito Apoderado Administrativo Especial de la SociedadCOLUMBUS LATINAMERICANA DE CONSTRUCCIONES, SO-CIEDAD ANONIMA, de nacionalidad Panameña, al publico en general,

HACE SABER: que en Junta General de Accionistas, celebrada enla Ciudad de Panamá, a las ocho horas y treinta minutos del día dos deabril de dos mil tres, estando presente y representadas la totalidad deacciones en que se divide el Capital Social de la misma se RESOLVIOproceder a cerrar la sucursal de la Sociedad COLUMBUS LATINAME-RICANA DE CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA - SU-CURSAL EL SALVADOR. Y para tal efecto se autorizó al Presidentede la referida Sociedad señor LUIS CARLOS ZARAK DE LA GUAR-DIA, nombrar al Licenciado ALBERTO ANTONIO IMBERTONIRAHETA, Abogado y Notario, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, denacionalidad salvadoreña, para que en nombre y representación de laSociedad realice los trámites necesarios para proceder al cierre de lasucursal de la Sociedad en El Salvador.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

En la ciudad de San Salvador, a los diez días del mes de junio de dosmil tres.

ALBERTO ANTONIO IMBERTON IRAHETA,

APODERADO ADMINISTRATIVO ESPECIAL.

3 v. alt. No. 22396-3

Clase: 05

No. de Exp.: 1992000825

No. de Pres.: 20030036274

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de GRUPOOMEGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: GRUPO OMEGA S.A. DE C. V., del domicilio de Nueva SanSalvador, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00006del Libro 00020 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en lapalabra "MEGAFAMOT"; que ampara productos comprendidos en laClase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de junio del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22393-3

Clase: 05

No. de Exp.: 1991001467

No. de Pres.: 20030036272

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de GRUPOOMEGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, deldomicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00187 delLibro 00021 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAPALABRA "MEGASOLONA"; que ampara productos comprendidosen la Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de junio del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22394-3

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201DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

Clase: 05

No. de Exp.: 1992000826

No. de Pres.: 20030036273

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de GRUPOOMEGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: GRUPO OMEGA S.A. DE C.V., del domicilio de NUEVASAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitandoRENOVACION, para la inscripción Número 00009 del Libro 00020 deINSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA"MEGATENOL"; que ampara productos comprendidos en la Clase 05de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los once días del mes de junio del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 22391-3

Clase: 01

No. de Exp.: 2003032661

No. de Pres.: 20030037912

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OMAR IVANSALVADOR MARTINEZ BONILLA, en su calidad de APODERADOde CERTIQUIMIA DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, denacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCAINDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra IMPAC y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22389-3

Clase: 02

No. de Exp.: 2003032660

No. de Pres.: 20030037911

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OMAR IVANSALVADOR MARTINEZ BONILLA, en su calidad de APODERADOde CERTIQUIMIA DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, denacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCAINDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra IMPAC y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 22388-3

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202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

Ana Guadalupe Alvarez, Notaria, de este domicilio, con oficina ubicadaen la Colonia San Francisco, Avenida Las Buganvillas, Pasaje LosEucaliptos No.7 de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria proveídaa las once horas del veintiséis de mayo de dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testa-mentaria que a su defunción ocurrida en Mejicanos, Departamento deSan Salvador, el veinte de junio de dos mil dos, dejó la señora MaríaAntonia Peña viuda de Mejía, conocida por María Antonia Peña de Mejíay por María Antonia Peña, de parte de José Napoleón Mejía, conocidopor José Napoleón Mejía Peña, María Julia Mejía, conocida por MaríaJulia Mejía Peña, Gloria Alicia Mejía, conocida por Gloria Alicia MejíaPeña, después Gloria Alicia Mejía Peña de Orellana, ahora Gloria AliciaOrellana y María Araceli Mejía, conocida por María Araceli Mejía Peña,ahora María Araceli Mejía de Zaror, en su concepto de herederostestamentarios de la causante, habiéndose conferido la administración yrepresentación interinas de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este mediose cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, paraque se presenten a la referida oficina en el término de quince días,contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notaria Ana Guadalupe Alvarez.

En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del dos de junio dedos mil tres.

ANA GUADALUPE ALVAREZ,

NOTARIA.

3 v. c. No. 22845-3

ROBERTO ANTONIO RAMIREZ CARBALLO, Notario, del domici-lio de San Salvador con oficina notarial situada en Colonia Jardines deGuadalupe, Calle Caribe, número Diecisiete, Antiguo Cuscatlán, Depar-tamento de La Libertad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída,a las once horas del día primero de julio del corriente año, se ha tenidopor aceptada expresamente y en forma interina y con beneficio deinventario la sucesión intestada de la señora ANA MARIA RIVASGIULIANI VIUDA DE VALDIVIESO, conocida por ANA MARIARIVAS GIULLIANI, ANA MARIA RIVAS GUILIANI DEVALDIVIESO, ANA RIVAS DE VALDIVIESO, ANA RIVASGUILIANI y ANA DE VALDIVIESO que a su defunción dejara yocurrida el día veinte de octubre del dos mil dos, en la ciudad de SanSalvador, por parte de los señores JULIO EXCIPION VALDIVIESORIVAS, ANA RINA VALDIVIESO RIVAS DE QUIÑONEZ y DOLO-RES DEL CARMEN VALDIVIESO RIVAS DE VILLAVICENCIO enconcepto de hijos, habiéndosele conferido la administración y represen-tación interina de la sucesión con las restricciones y facultades de loscuradores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se citaa todos los que se sientan con derecho de la referida herencia para que sepresenten a la oficina dentro del término de ley a reclamar sus derechos.

Librado en la oficina del suscrito notario, en la ciudad de AntiguoCuscatlán, a los diez días del mes de julio del año dos mil tres.

LIC. ROBERTO ANTONIO RAMIREZ CARBALLO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 22828-3

MARTA CAROLINA AVILES GONZALEZ, Notario, de este domici-lio, con Despacho Profesional ubicado en la Tercera Planta, del Edificio“DON MANUEL”, situado sobre la Once Calle Poniente, NúmeroDoscientos Diecinueve, en esta Ciudad,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del día unode julio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente ycon Beneficio de Inventario la HERENCIA INTESTADA que a sudefunción ocurrida en El Barrio El Calvario, de la Ciudad de Anamorós,Departamento de La Unión, a las cuatro horas cuarenta minutos del díatres de noviembre del año dos mil dos; dejó el Causante CATALINOORTIZ, quien también fue conocido socialmente por CATALINOORTIZ BONILLA, siendo al fallecer de ochenta y seis años de edad,Casado, Agricultor en Pequeño, originario de Anamorós, Departamentode La Unión, habiendo sido esa Ciudad su último domicilio; hijo de laseñora JUANA ORTIZ, ya fallecida y del señor DOROTEO BONI-LLA, ya fallecido; de parte de la señora JACINTA PEÑA VIUDA DEORTIZ, EN SU CALIDAD DE CONYUGE SOBREVIVIENTE DELCAUSANTE; y de los señores JOSE DAVID ORTIZ PEÑA, conocidopor JOSEPH DAVID ORTIZ y por JOSE DAVID PEÑA ORTIZ,TERESA DE JESUS ORTIZ PEÑA, conocida por TERESA DE JESUSPEÑA ORTIZ, NELSON ORTIZ PEÑA, conocido por NELSON PEÑAORTIZ y JUAN CARLOS ORTIZ PEÑA, conocido por JUAN CAR-LOS PEÑA y por JUAN CARLOS PEÑA ORTIZ, EN SU CALIDADDE HIJOS DEL CAUSANTE. Y SE HA CONFERIDO A LOSACEPTANTES LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACIONINTERINAS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones delos Curadores de la Herencia Yacente; y cita a los que se crean conderecho a la Herencia deferida para que se presenten a deducirlo, en suDespacho Profesional ubicado en la dirección antes relacionada, dentrode los quince días siguientes, contados a partir de la última publicacióndel presente edicto.

San Salvador, al primer día del mes de julio del año dos mil tres.

Lic. MARTA CAROLINA AVILES GONZALEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. 22775-3

EVORA VANEGAS FLAMENCO, Notario, de este domicilio, conoficina ubicada en Colonia Escalón, Tercera Calle Poniente númerocuatro mil doscientos veinte, Condominio La Hacienda, local uno- C, deesta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día dieciocho de junio de dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Chalchuapa, Departa-mento de Santa Ana, siendo dicha ciudad, su último domicilio, a lasveinte horas cuarenta minutos del día dieciséis de diciembre de dos mildos, dejo el señor BENEDICTO TORRES MELGAR conocido porBENEDICTO TORRES, de parte de los señores BLANCA NIEVESORTIZ DE TORRES, JOSE EDMUNDO TORRES conocido por JOSEEDMUNDO TORRES ORTIZ, LUIS ALONSO TORRES conocido porLUIS ALONSO TORRES ORTIZ y MARIO ERNESTO TORRESconocido por MARIO ERNESTO TORRES ORTIZ, en sus conceptos deherederos intestados del causante, habiéndose conferido la administra-ción y representación interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.

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203DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 7 de Julio de 2003.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia, para que se presenten a la dirección antesmencionada en el término de quince días, contados desde el siguiente alde la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario EVORA VANEGAS FLA-MENCO, en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del díadiecinueve de junio de dos mil tres.

Lic. EVORA VANEGAS FLAMENCO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 22758-3

REINA ESPERANZA HUEZO CORNEJO, Notario, de este domicilio,con oficina en Edificio Niza, local número ciento catorce, sito en PrimeraAvenida Norte y Diecinueve Calle Poniente de esta ciudad.

HACE SABER: que a su Despacho se ha presentado la señoraELBA DEL CARMEN QUEVEDO COLOCHO, solicitando TITULODE PROPIEDAD de DOS SOLARES de naturaleza Urbano, situados enel Barrio Santa Isabel, del Municipio de Teotepeque, departamento de LaLibertad, que tienen las descripciones y medidas siguientes: PRIMER.SOLAR; AL NORTE, mide diez metros dieciséis centímetros, con solary casa que antes fue de Ursulo Colocho y ahora de Carlos Torres, callepública de por medio; AL PONIENTE, quince metros trescientos setentacentímetros, con solar de la sucesión Pioquinta Díaz, y solar de SimonaColocho; AL ORIENTE, dieciséis metros seiscientos centímetros consolar y casa que antes fue de don Julián Nuila Gil hoy de Patricio Garcíay solar de la misma Simona Colocho, calle ronda de por medio; y ALSUR, once metros trescientos centímetros con solar y casa de la mismaSimona Colocho. Hay una casa de bahareque, de seis metros de ancho pornueve de largo. SECUNDO SOLAR, AL NORTE, mide once metrostrescientos setenta y cuatro centímetros y linda con solar de HerculanoGonzález; AL PONIENTE, mide siete metros ochocientos setenta y doscentímetros y linda con solar y casa de Pioquinta Díaz viuda de Mora;AL ORIENTE, diez metros ochocientos sesenta y tres centímetros ylinda con solar y casa de don Julián Nuila Gil, calle de por medio; ALSUR, doce metros doscientos setenta y ocho centímetros y linda con solarde la sucesión de Valentina Campos, separados por un cimiento depiedras de por medio, teniendo como mojones esquineros por los cuatroextremos piedras sembradas. Hay una casa de bahareque, de siete varasde largo por seis de ancho. II- Me continúa diciendo la otorgante quedichos inmuebles lo adquirió por donación verbal que le hizo su madre,señora ROSA MELIDA COLOCHO DE QUEVEDO, quien fue deoficios domésticos, del domicilio de Teotepeque, en el mes de noviembrede mil novecientos sesenta, por lo que carecen de título de dominio, quelos referidos solares no son dominantes ni sirvientes y no están enproindivisión con persona alguna. III) Que los colindantes son de estedomicilio, y los valúa en la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOSCOLONES cada solar.

Lo que se hace del conocimiento del público, de conformidad conel Art. 3° de la Ley Sobre Títulos de Predios Urbanos, en relación conel Art. 16-A, literal b) de la Ley del Ejercicio Notarial de la JurisdicciónVoluntaria y de Otras Diligencias.

Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de marzo del añodos mil tres.

REINA ESPERANZA HUEZO CORNEJO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 22825-3

RENE EDUARDO DOMINGUEZ CALDERON, VICEMINISTRODE SEGURIDAD CIUDADANA,

HACE SABER: que a esta Secretaría de Estado se ha presentado laseñora ROSA MARIA ESTRADA DE ZOMETA, solicitando que se lereconozca la calidad de Salvadoreña por NATURALIZACION por serde origen y nacionalidad PERUANA y tener domicilio fijo en ElSalvador. La peticionaria en su solicitud manifiesta ser de cuarenta añosde edad, de sexo Femenino, casada, de profesión Médico, del domiciliode San Salvador, originaria del Departamento de Cusco, República dePerú, lugar donde nació el día diecisiete de febrero de mil novecientoscincuenta y nueve, portadora de su Carnét de Identificación de Extran-jero Residente número 25242, inscrito en el Registro de ExtranjerosResidentes que lleva la Dirección General de Migración, el día veintitrésde agosto de mil novecientos noventa y tres, su cónyuge responde alnombre de Francisco Sigfrido Zometa Merino, de cuarenta y cinco añosde edad, Ingeniero Civil, originario de Santa Tecla, Departamento de LaLibertad y de nacionalidad Salvadoreña. Siendo hija de los señoresZenovio Estrada Cruz y de Rosa Alejandrina Paredes de Estrada, elprimero de setenta y un años de edad, profesión u oficio profesor,originario de Cusco, República de Perú y la segunda de sesenta y nueveaños de edad, y oficios del Hogar, originaria de Cusco República de Perú;ambos sobrevivientes.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto de Comalapa,en el año de mil novecientos noventa y dos. En su país de origenperteneció al Colegio Médico del Perú y en El Salvador al ColegioMédico de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplazaa toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que enel término de quince días contados desde la última publicación de esteedicto en el Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional, sepresente a este Ministerio justificando la oposición con la pruebapertinente.

MINISTERIO DE GOBERNACION: San Salvador, a los veinti-cinco días del mes de junio de dos mil tres.

Lic. RENE EDUARDO DOMINGUEZ CALDERON,

VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

3 v. c. No. 22829-3

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204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCION 235/2002.

Unidad de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil dos.

Vista la documentación recibida de la División de Acreditación de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, la cual traslada

a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido

en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 28 de febrero de 1977. Habiendo

sido revisada y verificada la documentación por la División de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO, con base al

Acuerdo N°. 15-0187, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el diecisiete de enero del año dos mil,

SE RESUELVE: repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, a ANA DEL ROSARIO QUINTANA. PUBLIQUESE la presente

Resolución en el Diario Oficial. NOTIFIQUESE.

Lic. MARIO ANTONIO REYES RIVERA,

JEFE DE UNIDAD DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro Nº. 23311)

RESOLUCION 583/2002.

Unidad de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil dos.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, la cual traslada

a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller General, obtenido en el Centro

Educativo INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Mejicanos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de

Noviembre de 1999. Habiendo sido revisada y verificada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución,

POR TANTO, con base al Acuerdo N°. 15-0187, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el diecisiete

de enero del año dos mil, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller General a CESAR ANDRES GUARDADO JIMENEZ. PUBLIQUESE la

presente Resolución en el Diario Oficial. NOTIFIQUESE.

Lic. MARIO ANTONIO REYES RIVERA,

JEFE DE UNIDAD DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro Nº. 23310)

Imprenta Nacional - Tiraje 550 Ejemplares.

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