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S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 408 SAN SALVADOR, LUNES 6 DE JULIO DE 2015 NUMERO 121 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-6 7-16 17-18 Pág. 18-19 20-25 26-27 28 ORGANO LEGISLATIVO Acuerdos Nos. 9 y 27.- Se llama a Diputados Suplentes para que concurran a conformar asamblea................................. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL RAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL Estatutos de las Iglesias “Imperio de Jesucristo”, “Profética Jesucristo la Única Esperanza” y “Adventista de la Promesa en El Salvador” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 109, 111 y 112, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. . MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 488.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 398, de fecha 9 de abril de 2014, a favor de la señora Evelin Sabrina Rodríguez Portillo......................................................... Acuerdo No. 799.- Se autoriza a la sociedad Inversiones Lil, Sociedad Anónima de Capital Variable, la construcción de una estación de servicio denominada “ESTACION DE SERVICIO LA LOMA SAN MARTIN”, ubicada en el municipio de San Martín......................................................................................... Acuerdo No. 508.- Se concede el goce de las exenciones del pago de los impuestos sobre la renta y municipal, a la sociedad Industrial Systems, Sociedad Anónima de Capital Variable. .... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0270, 15-0271 y 15-0304.- Reconocimiento de estudios académicos. ................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 180-D, 433-D, 491-D y 500-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ................................................................................... DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 408 SAN SALVADOR, LUNES 6 DE JULIO DE 2015 NUMERO 121

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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28

ORGANO LEGISLATIVO

Acuerdos Nos. 9 y 27.- Se llama a Diputados Suplentes

para que concurran a conformar asamblea. ................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

RAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Estatutos de las Iglesias “Imperio de Jesucristo”, “Profética

Jesucristo la Única Esperanza” y “Adventista de la Promesa

en El Salvador” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 109, 111 y 112,

aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .

MINISTERIO DE ECONOMÍA

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 488.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo

No. 398, de fecha 9 de abril de 2014, a favor de la señora Evelin

Sabrina Rodríguez Portillo. ........................................................

Acuerdo No. 799.- Se autoriza a la sociedad Inversiones Lil,

Sociedad Anónima de Capital Variable, la construcción de una

estación de servicio denominada “ESTACION DE SERVICIO

LA LOMA SAN MARTIN”, ubicada en el municipio de San

Martín. ........................................................................................

Acuerdo No. 508.- Se concede el goce de las exenciones del

pago de los impuestos sobre la renta y municipal, a la sociedad

Industrial Systems, Sociedad Anónima de Capital Variable. ....

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0270, 15-0271 y 15-0304.-

Reconocimiento de estudios académicos. ................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 180-D, 433-D, 491-D y 500-D.-

Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas

sus ramas. ...................................................................................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 1, 2 y 5.- Ordenanzas Transitorias de

Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por

Tasas e Impuestos, a favor de los municipios de Guacotecti,

Agua Caliente y San Rafael. .....................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Aviso de Inscripción ........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Herencia Yacente ............................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Juicio de Ausencia ...........................................................

Cambio de Nombre .........................................................

Diseño Industrial .............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Patente de Invención .......................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

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Título de Propiedad ........................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Aviso de Cobro ................................................................

Administrador de Condominio ......................................

Título Municipal ..............................................................

Emblemas .........................................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Marca de Fábrica ............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

Resolución No. 96.- Se otorga concesión para el

establecimiento de una salinera por acción solar, a favor de los

señores Carlos Humberto López y Carlos Humberto Álvarez

López. .........................................................................................

CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

Resoluciones Nos. 365-2015 (COMIECO-LXXII),

366-2015 (COMIECO-LXXII) y 367-2015 (COMIECO-

LXXII).- emitidas por el Consejo de Ministros de Integración

Económica. ................................................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ACUERDO No. 9

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral

4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 1 de esta fecha,

así:

DIPUTADO SUPLENTE DIPUTADO PROPIETARIO

Carlos Roberto Vanegas en sustitución de Santos Adelmo Rivas

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DIPUTADO SUPLENTE DIPUTADO PROPIETARIO HORA

Dina Yamileth Argueta en sustitución de Carlos Alberto García 16:15

Iris Marisol Guerra en sustitución de Nidia Díaz 16:24

Ramón Kury González en sustitución de Mario Antonio Ponce 16:50

Ana Mercedes Larrave en sustitución de Ernesto Muyshondt García Prieto 17:45

José Vidal Carrillo en sustitución de Cristina Esmeralda López 17:45

Mártir Arnoldo Marín en sustitución de Rodolfo Antonio Parker 17:45

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Mario Antonio Ponce, Cristina Esmeralda López, Vicente Hernández Gómez, René Gustavo

Escalante, Bonner Francisco Jiménez, Valentín Arístides Corpeño, Mauricio Roberto Linares, Guillermo Antonio Gallegos, Lorenzo Rivas Echeverría,

Abilio Orestes Rodríguez y Manuel Rigoberto Soto.

DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los 19 días del Mes de Mayo del año dos mil catorce.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA

PRESIDENTA

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDA VICEPRESIDENTA

JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

SANTIAGO FLORES ALFARO

QUINTO VICEPRESIDENTE

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT DAVID ERNESTO REYES MOLINA

PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO

ORGANO LEGISLATIVO

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

JACKELINE NOEMÍ RIVERA ÁVALOS JORGE ALBERTO ESCOBAR BERNAL

QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

ABILIO ORESTES RODRÍGUEZ MENJÍVAR JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

ACUERDO No. 27

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral

4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 2 de esta fecha,

así:

DIPUTADO SUPLENTE DIPUTADO PROPIETARIO

Ramón Kury González en sustitución de Cristina Esmeralda López

Mártir Arnoldo Marín en sustitución de Rodolfo Antonio Parker

En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:

DIPUTADO SUPLENTE DIPUTADO PROPIETARIO HORA

José Alfredo Mirón en sustitución de José Antonio Almendáriz 10:09

Jorge Josué Godoy en sustitución de Carmen Elena de Escalón 10:09

Lisseth Arely Palma en sustitución de Lucía Ayala de León 10:26

Jorge Josué Godoy en sustitución de Carmen Elena de Escalón 11:25

Jesús Grande en sustitución de Guadalupe Antonio Vásquez 11:25

Damián Alegría en sustitución de Medardo González Trejo 11:44

Rolando Alvarenga en sustitución de Julio César Fabián 11:45

Noel Orlando García en sustitución de Mario Alberto Tenorio 12:13

Mártir Arnoldo Marín en sustitución de Rodolfo Antonio Parker 12:24

José Aníbal Calderón en sustitución de Donato Eugenio Vaquerano 12:24

Estela Yaneth Hernández en sustitución de Luis Batres Garay 12:33

Rosa Armida Barrera en sustitución de José Francisco Merino 12:33

José Mario Mirasol en sustitución de Bonner Francisco Jiménez 16:05

Abner Iván Torres en sustitución de Nidia Díaz 16:05

Carlos Alfonso Tejada en sustitución de Reynaldo López Cardoza 16:05

Marcos Francisco Salazar en sustitución de Vicente Hernández Gómez 16:05

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Francisco Rivera Chacón en sustitución de Silvia Alejandrina Castro 16:05

Alex Rolando Rosales en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez 16:44

Carlos Roberto Vanegas en sustitución de Juan Carlos Mendoza 16:44

Felissa Guadalupe Cristales en sustitución de René Gustavo Escalante 16:44

Víctor Hugo Suazo en sustitución de Karina Ivette Sosa 17:17

Ana Mercedes Larrave en sustitución de Mario Marroquín Mejía 17:17

José Vidal Carrillo en sustitución de Mario Antonio Ponce 17:35

Blanca Rosa Vides en sustitución de Numan Pompilio Salgado 17:35

Carlos Roberto Vanegas en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos 18:01

Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Juan Carlos Mendoza, Silvia Alejandrina Castro, Javier Palomo Nieto, Silvia Estela Ostorga,

Patricia Elena Valdivieso, Maytee Gabriela Iraheta, Carlos Armando Reyes, Alberto Armando Romero, Margarita Escobar, Francisco Zablah Safi e,

Manuel Rigoberto Soto, Lorenzo Rivas Echeverría, Rodrigo Ávila Avilés, Santos Adelmo Rivas, Rodolfo Antonio Parker, David Ernesto Reyes,

Lucía Ayala de León, Abilio Orestes Rodríguez, Mario Alberto Tenorio, Guadalupe Antonio Vásquez, Julio César Fabián, Nidia Díaz y René Gustavo

Escalante.

DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los 28 días del Mes de Mayo del año dos mil catorce.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA

PRESIDENTA

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDA VICEPRESIDENTA

JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

SANTIAGO FLORES ALFARO

QUINTO VICEPRESIDENTE

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT DAVID ERNESTO REYES MOLINA

PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

JACKELINE NOEMÍ RIVERA ÁVALOS JORGE ALBERTO ESCOBAR BERNAL

QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

ABILIO ORESTES RODRÍGUEZ MENJÍVAR JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ESTATUTOS DE LA IGLESIA IMPERIO DE JESUCRISTO

CAPÍTULO I

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO

Artículo 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, departamento de

San Salvador, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará

IGLESIA IMPERIO DE JESUCRISTO, como una Entidad de interés

particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará

"La Iglesia".

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de San Salvador,

departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPÍTULO II

FINES

Artículo 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) Predicar la Palabra de Dios conforme a lo estipulado en la

Santa Biblia.

b) La enseñanza de la Palabra de Dios a todas las personas

naturales, por medio de la Santa Biblia.

c) Contribuir por medio de la enseñanza de la Palabra de Dios a

forjar e inculcar valores y principios, a las nuevas generaciones

para que tengan una visión más humanista y solidaria.

d) Difundir la PALABRA DE DIOS a través de diferentes

medios.

e) Mantener relaciones con otras iglesias y organizaciones, sean

éstas nacionales y/o extranjeras con similares principios y

objetivos.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS

Artículo 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de

18 años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que

lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Artículo 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban el acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que

por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la

Asamblea General.

Artículo 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

ÓRGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

RAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas

siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPÍTULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Artículo 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General, y

b) La Junta Directiva.

CAPÍTULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es

la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de

los miembros Activos y Fundadores.

Artículo 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una

vez al año, y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría

absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera

una mayoría diferente.

Artículo 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados, podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia, y

que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPÍTULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará

confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y un Vocal.

Artículo 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos

para un período de dos años, pudiendo ser reelectos.

Artículo 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez

al mes, y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva

pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros, y sus acuerdos

deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Artículo 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-

nes:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia, los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Artículo 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia, y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Artículo 22.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar.

Artículo 23.- Son atribuciones del Vocal:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce,

literal a) de estos Estatutos.

CAPÍTULO VII

DEL PATRIMONIO

Artículo 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas na-

turales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Artículo 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva,

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPÍTULO VIII

DE LA DISOLUCIÓN

Artículo 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto, y con un número de votos que represente por

lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-

narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General

señale.

CAPÍTULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la nómina de los Miembros, y dentro de los

cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del

Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Artículo 31.- La IGLESIA IMPERIO DE JESUCRISTO, se regirá

por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde

el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 0109

San Salvador, 07 de mayo de 2015.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia denominada IGLE-

SIA IMPERIO DE JESUCRISTO, compuestos de TREINTA Y DOS

Artículos, fundada en la ciudad de San Salvador, departamento de San

Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día uno de septiembre

del año dos mil catorce, y no encontrando en ellos ninguna disposición

contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de

la Constitución de la República, 34 numeral 6 del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo 542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo

en el Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial, ACUERDA: a)

Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter

de PERSONA JURÍDICA; b) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMU-

NÍQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO

TERRITORIAL, RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F060330)

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ESTATUTOS DE LA IGLESIA PROFÉTICA JESUCRISTO

LA ÚNICA ESPERANZA

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo 1.- Créase en la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate, la Iglesia de Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará: IGLESIA PROFÉTICA JESUCRISTO LA ÚNICA ESPERANZA y que podrá abreviarse "IPROJESUE", como una Entidad de interés particular y religiosa la que en los presentes Estatutos se denominará "La IGLESIA PROFÉTICA JESUCRISTO LA ÚNICA ESPERANZA.

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II.

FINES DE LA IGLESIA.

Artículo 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) Difundir la predicación del evangelio de nuestro señor Jesu-cristo, apoyándose en los principios ya establecidos en las Sagradas Escrituras.

b) Promover la Educación espiritual, moral de los miembros, estableciendo templo en todo el territorio nacional, implan-tando todos los medios de comunicación que estén de acuerdo con la moral cristiana.

c) Promover la unión entre los cristianos para trabajar por el bienestar de su prójimo.

d) Mostrar .al necesitado una solución para su vida por medio de la palabra de Dios, encaminándolo para que viva una vida honesta y digna de imitar, para poder ser ejemplo en una sociedad en decadencia moral.

e) Cumplir con las leyes de la república y la constitución como lo ordena los principios establecidos en las Sagradas Escri-turas.

CAPITULO III.

DE LOS MIEMBROS.

Artículo 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de edad, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Y que acepten las normas y doctrina establecida en el reglamento Interno de la Iglesia, que crean en el poder del Espíritu Santo como único consolador entre Dios y los hombres, debiendo ser bautizados por inmersión como acto previo a su aceptación, como una demostración de obediencia de fe.

Artículo 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General.

Artículo 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Acti-vos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Artículo 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Artículo 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

d) Por muerte.

CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA.

Artículo 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General y

b) La Junta Directiva.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.

Artículo 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Comprobando el Quórum con el cincuenta por ciento más uno.

Artículo 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Artículo 15.- La Dirección y Administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Pastor General, Un Presidente, un Secretario, un Tesorero, Un Síndico, y cuatro Vocales.

Artículo 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.

Artículo 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será cinco de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-nes:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-ral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

Artículo 20.- Son atribuciones del pastor general:

a) Convocar a la Junta Directiva cuando lo crea conveniente.

b) Velar por predicación del evangelio.

c) Promover la capacitación y superación espiritual de los miembros de la iglesia.

d) Supervisar, asistir a todas las fi liales en el aspecto adminis-trativo y eclesiástico.

e) Todos los pastores de las iglesias fi liales, estarán bajo la supervisión y autoridad del Pastor General.

f) Elaborar junto con las Junta Directiva el Reglamento Inter-no de la Iglesia y plan de trabajo y el cumplimiento de los mismos.

Artículo 21.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015. c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Artículo 23.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar.

Artículo 24.- Son atribuciones del Síndico:

a) Examinar los libros y documentos de la entidad no menos una vez por mes.

b) Fiscalizar la Administración, verifi cando frecuentemente el estado de la caja y la existencia de títulos y valores de toda clase

c) Velar por cumplimiento de las leyes, estatutos y reglamento Interno, balance general y cuenta de gastos, recursos presen-tados por la junta directiva.

d) Convocar a la Asamblea General ordinaria y extraordinaria cuando omite hacerlo la Junta Directiva.

Artículo 25.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII.

DEL PATRIMONIO.

Artículo 26.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Artículo 27.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VIII.

DE LA DISOLUCIÓN.

Artículo 28.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo 29.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.

CAPITULO IX.

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 30.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo 32.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo 33.- LA IGLESIA PROFÉTICA JESUCRISTO LA ÚNICA ESPERANZA. Se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 111

San Salvador, 13 de mayo de 2015.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA PROFETICA

JESUCRISTO LA UNICA ESPERANZA, que podrá abreviarse

"IPROJESUE", compuestos de TREINTA Y CUATRO artículos,

fundada en la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate, a las

dieciocho horas del día veinte del mes de abril de dos mil catorce, y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país,

de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República,

34 numeral 6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 542 y 543

del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y

Desarrollo Territorial, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes

confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. b)

Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. EL MINISTRO

DE GOBERNACION Y DESARROLLO TERRITORIAL, RAMON

ARISTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F060247)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ESTATUTO DE LA IGLESIA ADVENTISTA DE LA

PROMESA EN EL SALVADOR

CAPITULO I

PREAMBULO Y PROPOSITO

Art. 1.- Créase en la ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, la Iglesia ADVENTISTA DE LA PROMESA EN EL SALVADOR, de Nacionalidad Salvadoreña; que se denominará La Iglesia, es una entidad religiosa sin fi nes políticos, ni lucrativos, que tiene por objeto primordial predicar el Evangelio de Salvación a todos, evangelizando territorios no evangelizados, a la vez cuidando correctamente las Iglesias que se llegasen a conformar, procurando la educación espiritual, moral, intelectual, y social de los mismos, utilizando los mayores esfuerzos necesarios para tales fi nes.

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia, será la ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y en el Extranjero.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) Adorar a Dios.

b) Discipular y capacitar miembros de la Iglesia para las misio-nes.

c) Enseñar la palabra de Dios.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Los miembros de la a Iglesia serán todos aquellos que hayan obtenido las credenciales o licencias de la Iglesia, fi rmadas por el Presidente y Secretario, y los Misioneros según se establezcan en el Reglamento respectivo. Así mismo serán personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Para determinar lo prescrito en el inciso anterior, la Iglesia establecerá de conformidad con su criterio todos los registros que fueren necesarios, entre ellos, el libro de Miembros, debidamente autorizado por el Presidente en funciones y con la fecha de autorización.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos;

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas nacidas de nuevo bautizados en agua que la Junta Directiva acepten como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y mérito a favor de la Iglesia sean así nombradas por la Asamblea General.

Art. 7.- Son derechos de los miembros fundadores y activos:

a) Tener voz y Voto en las deliberaciones de la Asamblea General;

b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Iglesia;

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Art. 8.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Iglesia;

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General;

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a Juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción;

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITLO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada en su totalidad de los miembros Activos y Fundadores.

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando lo disponga la Junta Directiva, ya sea por iniciativa de la misma o a petición de por lo menos el veinticinco por ciento de los miembros, dirigida por escrito a la Junta Directiva en la que se indicarán los puntos que deban tratarse. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales, en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de la sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados, podrá hacerse representar por escrito o por otro miembro. El límite de representantes será de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar y reformar, o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia;

b) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva para un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos;

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Iglesia;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva;

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros;

f) Decidir sobre la compra venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia, y

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no están contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva la cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, y dos Voca-les.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá en sesión ordinaria por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesa-rio.

Art. 17.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos.

Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de sus asistentes.

Art. 19.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia tanto espirituales como materiales;

b) Velar por la Administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Iglesia;

c) Elaborar la memoria anual de labores de Iglesia;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la iglesia e informar a la Asamblea Gene-ral;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva;

f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los comités o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia;

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General;

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Supervisar la obra en general de la Iglesia en cooperación con la Junta Directiva;

b) Presidir todas las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;

c) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva;

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia;

f) Presentar la memoria de labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 21.- Corresponde al Vice-presidente:

a) Sustituir en caso de ausencia por motivos de salud, muerte al Presidente;

b) Trabajar en armonía con el Presidente y hacerse cargo de todas aquellas funciones que autorice o mande al Presidente en benefi cio de la Iglesia.

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar y asentar las actas y guardar los registros de todos los negocios, libros de actas de las sesiones de Asamblea y Junta Directiva;

b) Mantener al corriente registros de todos los miembros, congre-gación y propiedades muebles e inmuebles de la Iglesia;

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Iglesia;

e) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros de las sesiones, y ser el Órgano de Comunicación de la Iglesia.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Art. 23.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Iglesia Trabajar bajo la dirección de y en plena armonía con el Presidente de la supervisión de su respectivo distrito;

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar.

Art. 24.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Que en caso de que se vayan a tomar decisiones su voto será el decisivo para la aceptación o negación del mismo;

b) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva;

c) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO DE LA IGLESIA

Art. 25.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido:

a) Por los donativos que reciba y acepte la Iglesia;

b) Por las contribuciones voluntarias de los miembros, (diezmos y Ofrendas);

c) Por legados, donaciones, herencias o contribuciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras res-pectivamente; y,

d) Por la adquisición de bienes muebles e inmuebles, y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 26.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA IGLESIA

Art. 27.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por los menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 28.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o cultural que la Asamblea General desig-ne.

b) Por cualquier causa que inequívocamente justifi que la no realización de los fi nes de la Iglesia a juicio de la Asamblea General convocada exclusivamente para conocer tal situación; y,

c) En los casos previstos por la Ley.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 29.- Para proceder a las reformas o derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una certifi cación del Acta de Elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 31.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Art. 32.- La Iglesia Adventista de la Promesa en el Salvador, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales apli-cables. Lo que no estuviere previsto en estos Estatutos será resuelto en Asamblea General.

Art. 33.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 0112

San Salvador, 14 de mayo de 2015.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA ADVENTISTA DE LA PROMESA EN EL SALVADOR, compuestos de TREINTA Y TRES Artículos, fundada en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a las diecisiete horas del día siete de septiembre del dos mil catorce, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República, 34 numeral 06 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, 542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial, Acuerda: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de Persona Jurí-dica; b) Publíquese en el Diario Ofi cial. Comuníquese. EL MINISTRO DE GOBERNACION Y DESARROLLO TERRITORIAL, RAMON ARISTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F060170)

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ACUERDO No. 488

San Salvador, 13 de abril de 2015.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:

Vista la solicitud presentada el día cuatro de marzo del presente año, por el señor LUIS EMILIO CLARÁ OLMEDO, mayor de edad, Arqui-

tecto, de este domicilio, quien actúa en su calidad de Apoderado Especial de la señora EVELIN SABRINA RODRIGUEZ PORTILLO, mayor de

edad Estudiante, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, referidas a que se autorice a su poderdante una prórroga de ciento veinte

días, a partir del día cuatro de marzo del presente año, para iniciar con el proyecto de construcción de la "ESTACIÓN DE SERVICIO ZACAMIL",

en un inmueble ubicado en Veintinueve Avenida Norte, Pasaje Balboa y Calle Universitaria, lote número un mil diez, Colonia Zacamil, municipio

de Mejicanos, departamento de San Salvador, debido a que no se ha obtenido el permiso ambiental y el permiso de construcción otorgado por el

Viceministerio de Vivienda; Y

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la personería jurídica con la que actúa el Apoderado Especial de la solicitante y la disponibilidad del inmueble

en el que se pretende realizar la construcción de la estación de servicio, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte

y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento.

II. Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 398, emitido en el ramo de Economía con fecha nueve de abril de dos mil catorce y publicado en

el Diario Ofi cial No. 111, Tomo No. 403, correspondiente al día dieciocho de junio del mismo año, se autorizó a la señora Evelin Sabrina

Rodriguez Portillo el proyecto de construcción de la estación de servicio antes referida.

III. Que debido a motivos de fuerza mayor antes mencionados, la solicitante no inició la construcción de la estación de servicio en el plazo au-

torizado, por lo que siendo justifi cadas las circunstancias antes referidas y habiendo comprobado la Dirección Reguladora de Hidrocarburos

y Minas el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de

Productos de Petróleo y su Reglamento, es procedente emitir un nuevo Acuerdo autorizando la prórroga para la construcción de la citada

estación de servicio.

POR TANTO,

Con base a las razones expuestas y lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, 59 inciso tercero, 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio.

ACUERDA:

1° Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo número 398, emitido por este Ministerio el día nueve de abril de dos mil catorce y publicado en el

Diario Ofi cial No. 111, Tomo No. 403, correspondiente al día dieciocho de junio del mismo año, mediante el cual se autorizó a la señora

EVELIN SABRINA RODRIGUEZ PORTILLO, el proyecto de construcción de la "ESTACIÓN DE SERVICIO ZACAMIL".

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

2° AUTORIZASE a la señora EVELIN SABRINA RODRIGUEZ PORTILLO, el proyecto de construcción de la "ESTACIÓN DE SERVICIO

ZACAMIL", en la que se instalarán tres tanques subterráneos de doble contención, con capacidad de diez mil galones americanos cada

uno, que se utilizarán para almacenar y comercializar Gasolina Regular, Gasolina Superior y Aceite Combustible Diésel, respectivamente,

en un inmueble ubicado en Veintinueve Avenida Norte, Pasaje Balboa y Calle Universitaria, lote número un mil diez, Colonia Zacamil,

municipio de Mejicanos, departamento de San Salvador.

3° La titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo

y su Reglamento.

b) Para la construcción deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean

aplicables.

4° Aceptar por escrito este Acuerdo y presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS

HÁBILES siguientes al de su notifi cación.

5° Iniciar la construcción de la estación de servicio el día cuatro de julio del presente año y fi nalizar en los ciento ochenta días subsiguien-

tes.

6° Comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se

realizarán las pruebas de hermeticidad al tanque y sus tuberías a efecto de que sus delegados testifi quen la calidad de los mismos y presen-

ciar las pruebas, de conformidad al Art. 10-B.- letra "d)" del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de

Productos de Petróleo.

7° Una vez fi nalizada la construcción de la estación de servicio, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

8° El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.

(Registro No. F060206)

ACUERDO No. 799

San Salvador, 29 de mayo de 2015.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:

Vistas las diligencias promovidas por el señor Luis Emilio Clara Olmedo, mayor de edad, Arquitecto, de este domicilio, quien actúa en su calidad

de Apoderado General Administrativo con Cláusula Especial de la sociedad INVERSIONES LIL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, que puede abreviarse INVERSIONES LIL, S.A. DE C. V., referidas a que se autorice a su representada la construcción de la estación de servicio

que se denominará "ESTACIÓN DE SERVICIO LA LOMA SAN MARTIN", en un inmueble ubicado en el kilómetro diecinueve de la Carretera

Panamericana, en la vía que de San Miguel conduce a San Salvador, municipio de San Martín, departamento de San Salvador, en la que proyectan

instalar tres tanques subterráneos de doble contención, con capacidad de diez mil galones cada uno y que utilizarán para almacenar y comercializar

Gasolina Superior, Gasolina Regular y Aceite Combustible Diesel; Y

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada sociedad, la personería jurídica, con la que actúa su Apoderado General

Administrativo con Cláusula Especial y la disponibilidad del inmueble en el que se construirá la estación de servicio.

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

II. Que de conformidad a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de

Productos de Petróleo, se realizó inspección previa de construcción el día once de mayo del presente año, y según acta número 1080_AV,

se obtuvo como resultado que el proyecto es apto para su desarrollo.

III. Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece

la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente

acceder a lo solicitado.

POR TANTO,

Con base a las razones expuestas y lo dispuesto en los artículos 5 inciso primero, 18 de la Constitución y 13 letras a), b) y c) de la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) AUTORIZAR a la sociedad INVERSIONES LIL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse INVER-

SIONES LIL, S. A. DE C. V., la construcción de la estación de servicio que se denominará "ESTACIÓN DE SERVICIO LA LOMA SAN

MARTIN", en un inmueble ubicado en el kilómetro diecinueve de la Carretera Panamericana, en la vía que de San Miguel conduce a San

Salvador, municipio de San Martín, departamento de San Salvador, en la que proyectan instalar tres tanques subterráneos de doble conten-

ción, con capacidad de diez mil galones cada uno y que utilizarán para almacenar y comercializar Gasolina Superior, Gasolina Regular y

Aceite Combustible Diésel.

2°) La titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo

y su Reglamento.

b) Para la construcción deberá cumplir con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean

aplicables.

c) Aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, dentro de los OCHO

DÍAS HÁBILES siguientes al de su notifi cación.

d) Iniciar la construcción de la estación de servicio ciento veinte días después de publicado el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial, y

fi nalizar en los ciento ochenta días subsiguientes.

e) Comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que

se realizarán las pruebas de hermeticidad a los tanques y sus tuberías, a efecto de que sus delegados, testifi quen la calidad de los mis-

mos y presenciar las pruebas, de conformidad al Art. 10-B, letra d) del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y

Distribución de Productos de Petróleo.

3°) Una vez construida la estación de servicio, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

4°) El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.

(Registro No. F060208)

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

(Registro No. C001131)

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ACUERDO No. 15-0270.

San Salvador, 05 de marzo de 2015.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38

numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado CARLOS ALFARO MENDOZA,

solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA EN PRIMER GRADO EN MEDICINA GENERAL INTEGRAL, obtenido

en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 07 de enero de 2010; lo anterior de conformidad a

lo dispuesto en el Art 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a

este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas

de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis,

ratifi cado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial No.

235, Tomo No. 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado

la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal de la Dirección Nacional de Educación Superior, con

fecha 18 de febrero de 2015, ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del título académico mencionado en el

romano uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación

Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA EN PRIMER GRADO

EN MEDICINA GENERAL INTEGRAL, realizados por CARLOS ALFARO MENDOZA, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporado a

CARLOS ALFARO MENDOZA, como ESPECIALISTA EN PRIMER GRADO EN MEDICINA GENERAL INTEGRAL, en nuestro país; 3°) El

presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la instancia

correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F060234)

ACUERDO No. 15-0271.

San Salvador, 05 de marzo de 2015.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38

numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado CARLOS ALFARO MENDOZA,

solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN CIRUGÍA GENERAL, obtenido en la ESCUELA

LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 28 de noviembre de 2014; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en

el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio;

II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACIÓN

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratifi cado por la

Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial No. 235, Tomo No.

253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación

presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal de la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 18 de febrero de

2015, ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del título académico mencionado en el romano uno; POR TANTO:

Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumen-

tos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN CIRUGÍA GENERAL,

realizados por CARLOS ALFARO MENDOZA, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporado a CARLOS ALFARO MENDOZA, como

ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN CIRUGÍA GENERAL, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización

alguna para el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo

entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES

MINISTRO DE EDUCACIÓN

(Registro No. F060235)

ACUERDO No. 15-0304.

San Salvador, 5 de marzo de 2015.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN: en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO:

I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ MUÑOZ, de nacionalidad ecuatoriana, solicitando

EQUIVALENCIA de sus estudios de Séptimo Grado de Educación General Básica, realizados en ISM Academy Quito, República del Ecuador en el

año 2014, con los de Séptimo Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 5 de febrero de 2015 emitida por el Departamento de Acre-

ditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada

y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales

vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Séptimo Grado de Educación General Básica obtenido por FRANCISCO JAVIER RO-

DRÍGUEZ MUÑOZ, en ISM Academy Quito, República del Ecuador. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la

Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación

de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios

de Séptimo Grado de Educación General Básica cursados en ISM Academy Quito, República del Ecuador, a FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ

MUÑOZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Octavo Grado de nuestro país. 2) Publíquese

en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F060220)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ACUERDO No. 180-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de febrero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha

diecisiete de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RAUL ENRIQUE FIGUEROA ROMERO, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON.

F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F060264)

ACUERDO No. 433-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil quince.- El Tribunal con fecha

once de noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA PAULINA PINEDA DE ORDOÑEZ, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- O. BON. F.- R. M. FORTIN

H.- DUEÑAS.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F060213)

ACUERDO No. 491-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil quince.- El Tribunal con fecha doce

de marzo de dos mil quince, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JULIO ADALBERTO MEJIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.-

Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F060258)

ACUERDO No. 500-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil quince.- El Tribunal con fecha

veinte de enero de dos mil quince, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ROSA MARIA PORTILLO DE MOREIRA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- R. M.

FORTIN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F060219)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

DECRETO NÚMERO UNO

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE GUACOTECTI, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,

CONSIDERANDO:

I. Que es facultad de los Municipios en el ejercicio de su autonomía, emitir y decretar Ordenanzas locales por medio de sus Concejos Muni-

cipales, para regular las materias de su competencia, referida concretamente al Bien Común, de conformidad con el Art. 204, Ord. 1. 5 de

la Constitución de la República y Art. 3 numerales 1, 3 y 5 del Código Municipal.-

II. Que es competencia de las municipalidades y obligación de los Concejos Municipales determinar, aplicar, verifi car, controlar y recaudar

los tributos municipales de conformidad con el Art. 30 numeral 21 del Código Municipal.-

III. Que con el objetivo de brindar facilidades a la población registrada en los libros de cuentas corrientes del municipio de Guacotecti y no

habiendo encontrado disposición legal que lo prohíba, se les eximirá de multas e intereses moratorios, ni las multas deducidas por el retardo

en el pago de las tasas municipales.

POR TANTO:

El Concejo Municipal, en uso de sus facultades que confi ere el art. 204 Ord. 1 y 5 de la Constitución de la República; Art 2, 5, 7 Incs. 2, 9, 12,

18, 36 y 72.

DECRETA:

ORDENANZA TRANSITORIA DE DISPENSA DE INTERESES Y MULTAS GENERADAS POR LAS TASAS

E IMPUESTOS MUNICIPALES, DEL MUNICIPIO DE GUACOTECTI, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS.-

TÍTULO 1

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1.- La presente ordenanza tiene por objetivo permitir a los contribuyentes de tasas o impuestos municipales, que se encuentran en mora,

regularizar su situación con la Municipalidad de Guacotecti.

Art. 2.- A partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, todo aquel contribuyente que se encuentre en mora y cancele sus impuestos

o tasas dentro del periodo que se establece en esta ordenanza, será dispensado del pago de intereses moratorios y multas generadas.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Art. 3.- Las disposiciones comprendidas dentro de la presente ordenanza son de carácter transitorio y tendrán una duración de tres meses contado

a partir de su entrada en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.-

Dado en la Alcaldía Municipal de Guacotecti, Departamento de Cabañas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil quince.

CARLOS ALBERTO ZAVALA VÁZQUEZ, JUAN FRANCISCO SORIANO SORIANO,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

NERY EFRAÍN CORTEZ CORTEZ, CARLOS PORTILLO GOMEZ,

PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

NORIO OSWALDO REYES RUIZ, JOSÉ AGUSTÍN LAÍNEZ GÓMEZ,

TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.

CARMEN YANIRA MARÍN DE LAÍNEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F060270)

DECRETO NÚMERO DOS

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA VILLA DE AGUA CALIENTE, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO,

CONSIDERANDO:

I. Que el Gobierno Municipal considera que la mora del municipio es necesaria disminuirla y así lograr incrementar sus ingresos mediante

el cobro de las Tasas por Servicios e Impuestos Municipales.

II. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor de este Municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con

carácter transitorio que estimule el pago de la deuda tributaria.

III. Que de conformidad a los artículos 203 y 204 Ordinal 5° de la Constitución de la República, Artículos 3 Numeral 1, 30 numeral 4 y 32 del

Código Municipal

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA DE EXENCIÓN TRANSITORIA DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS

POR TASAS E IMPUESTOS MUNICIPALES A FAVOR DEL MUNICIPIO DE AGUA CALIENTE,

DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

Art.1.- Se concede un plazo de dos meses, contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obligación

tributaria municipal que adeudan Tasas e Impuestos Municipales a favor del Municipio de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, puedan

efectuar el pago de los mismos, gozando del benefi cio de exención del Pago de Intereses y Multas que hayan generado y cargado a sus respectivas

cuentas.

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Art.2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior de la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se

encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Aquellos que están califi cados en el Registro de Contribuyentes del Municipio de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango y que se

encuentren en mora de las Tasas e Impuestos Municipales.

b) Las Personas Naturales o Jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el Registro de contribuyentes y que lo hagan durante el

periodo de la presente Ordenanza.

c) Los contribuyentes por Tasas e Impuestos que se encuentren en proceso de cobro extrajudicial iniciado antes de la vigencia de esta Orde-

nanza y se sometan a la forma de pago establecida en el artículo 1.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos hayan suscrito el correspondiente

convenio de pago, en cuyo caso únicamente gozarán de los benefi cios establecidos en el artículo 1.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les tenga iniciado el proceso ejecutivo de cobro por parte de la mu-

nicipalidad y se sometan a la forma de pago establecida en el artículo 1 de esta ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles dentro del Municipio de Agua Caliente, Departa-

mento de Chalatenango, que reciben uno o más servicios municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en

el Registro de Contribuyentes.

Art.3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación.

POR TANTO:

De conformidad con el artículo 30 numeral 4 del Código Municipal,

ACUERDA:

Aprobar la Ordenanza de Exención Transitoria de Intereses y Multas provenientes de deudas por Tasas e Impuestos a favor del Municipio

de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango; comprendido en el Decreto número dos, el cual entrará en vigencia ocho días después de su

publicación en el Diario Ofi cial. Comuníquese.

Dado en el Salón Azul de Sesiones del Concejo Municipal de la Villa de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, a los tres días del mes

de julio de dos mil quince.

EDWIN EDMUNDO CISNEROS GUTIÉRREZ, ISIDRO MORIS CHINCHILLA,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

ANTONIO NOÉ CHACÓN CHACÓN, JOSÉ DANIEL RIVERA HIDALGO,

PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

NORMA ARELI TEJADA TEJADA, JORGE ALBERTO CHACÓN LANDAVERDE,

TERCERA REGIDORA. CUARTO REGIDOR.

MAYRA DEL CARMEN MORENO GUTIÉRREZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F060572)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

DECRETO NUMERO CINCO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO,

CONSIDERANDO:

1. Que debido a la crisis económica que sufre actualmente la mayoría de países del mundo, de la cual nuestro país El Salvador, no está exento,

ha disminuido la capacidad de pago de algunos habitantes del municipio de San Rafael, lo que ha ocasionado que éstos se hayan convertido

en morosos en el pago de sus tributos municipales.

2. Que es necesario que el Gobierno Municipal de San Rafael tome las medidas pertinentes, a fi n de que los contribuyentes morosos solventen

el pago de sus tributos municipales mediante la concesión de exenciones en el pago de intereses y multas, generados por la falta de pago

de impuestos y tasas, con la fi nalidad de mantener la actualización de los hechos generadores, la prestación de los servicios municipales,

el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.

3. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, el Concejo Municipal otorgará incentivos tributarios

con carácter transitorio que motiven a los contribuyentes a solventar sus deudas tributarias municipales.

4. Que no existe en la Constitución ni en la legislación secundaria prohibición alguna para perdonar o dispensar el pago de intereses o accesorios

a la obligación principal, por tanto, los benefi cios de esta Ordenanza pretenden favorecer a los contribuyentes morosos y por consiguiente

que la municipalidad logre una mayor recaudación económica para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones.

5. Que de conformidad a los artículos 203 y 204, ordinal V de la Constitución de la República; art. 3,30 y 32 del Código municipal vigente,

los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y regularán las materias de su competencia por medio

de ordenanzas municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS GENERADAS EN CONCEPTO

DE IMPUESTOS Y TASAS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL

Art. 1.- Se concede un plazo de TRES MESES los cuales serán prorrogables, cuando necesario fuere, para efectuar el pago a partir de la vi-

gencia de la presente Ordenanza, a los sujetos pasivos de la obligación tributaria que adeuden el principal o accesorios al municipio de San Rafael,

exonerándolos del pago de intereses y multas generados y cargados en sus respectivas cuentas.

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las persones naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes situaciones:

a) Aquellos que estén inscritos en el registro de contribuyentes del Municipio y se encuentren en mora de los Impuestos y Tasas Municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se inscriban dentro del período de vigencia de la presente ordenanza.

c) Gozarán de este benefi cio los contribuyentes que hayan suscrito planes de pago, los cuales deberán ajustarse al plazo de esta ordenanza.

Art. 3.- Los contribuyentes que deseen acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza, deberán presentarse al departamento de Cuentas

Corrientes a pagar la deuda principal de sus tributos.

Art. 4.- La Administración Tributaria Municipal podrá acordar excepcionalmente conceder planes de pagos que no excedan de tres meses, con-

tados a partir de la fecha que se apruebe el plan de pago.

Art. 5.- En los casos excepcionales, cuando se haya aprobado el plan de pago, si el benefi ciario no cumple con las condiciones establecidas en

el mismo, perderá los benefi cios y deberá pagar el principal y los accesorios de su deuda tributaria.

Art. 6.- No gozarán de los benefi cios de la Ordenanza, aquellos sujetos pasivos que se encuentren sometidos a procesos Administrativos o Judi-

ciales, en los cuales no haya resolución o sentencia defi nitiva.

Art. 7.- No serán considerados como benefi ciarios de la presente ordenanza, las multas impuestas por otras instituciones de Estado.

Art. 8.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día diecisiete del mes de agosto de dos mil quince.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Municipio de San Rafael, departamento de Chalatenango, a los cuatro días del mes de

junio de dos mil quince.

ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA, JOSÉ ALFREDO LEMUS GUTIÉRREZ,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL DESIGNADO.

MARITHZA BEATRIZ ARDÓN RIVAS, Prof. MEDARDO ANTONIO MARTÍNEZ REINA,

PRIMERA REGIDORA. SEGUNDO REGIDOR.

MIGUEL GUEVARA ÁBREGO, RAMIRO ADALBERTO PINEDA GUARDADO,

SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE. TERCER REGIDOR SUPLENTE.

Lic. INÉS DE JESÚS ALVARENGA LÓPEZ, MANUEL DE JESÚS CHACÓN,

CUARTO REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F060179)

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

DECLARATORIA DE HERENCIA

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA,

AVISA: Que por resolución pronunciada a las nueve horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil quince, se DECLARO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a los señores: SALVADOR NIEVES RAMIREZ, de cincuenta y cinco años de edad, motorista, casado, del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número: Cero dos millones ochocientos setenta y cinco mil doscientos dieciséis- ocho y con Número de Identifi cación Tributaria: Cero quinientos once-cero ochenta mil setecientos cincuen-ta y nueve-cero cero uno- cero y REINA ISABEL GUERRERO DE RAMIREZ, de cincuenta y dos años de edad, costurera, casada, del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número: Cero dos millones ochocientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y cuatro-siete, y con Número de Identi-fi cación Tributaria: Un mil ciento dos-ciento cincuenta mil quinientos sesenta y dos-ciento dos- cinco; ambos en calidad de padres del Cau-sante, de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor EDWIN STEED RAMIREZ GUERRERO, quien fue de treinta y tres años de edad, Motociclista, soltero, con Documento Único de Identidad: Cero un millón novecientos veinte mil quinientos siete-tres, y con Número de Identifi cación Tributaria: Cero quinientos once-doscientos treinta mil novecientos ochenta-ciento uno-siete, hijo de los señores: SALVADOR NIEVES RAMIREZ y REINA ISABEL GUERRERO DE RAMIREZ, fallecido el día nueve de febrero del año dos mil catorce, siendo la Ciudad de Apopa el lugar de su último domicilio.-

Y se les confi rió a los Herederos Declarados en el carácter indicado, la Administración y Representación Defi nitiva de los bienes de la Sucesión.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y veinte minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil quince.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 565

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado, a las doce horas de este día, se han declarado herederos con benefi cio de inventa-rio, de la herencia Intestada dejada a su defunción por el causante señor CRISTIAN ARMANDO MANZANARES CENTENO, ocurrida el día veintiocho de diciembre de dos mil trece, en la ciudad de Colón, lugar

de su último domicilio, a los señores BLANCA LILIAN CENTENO SÁNCHEZ, MIGUEL MANZANARES y YAQUELIN YAMILET MARTINEZ DE MANZANARES y del menor KEVIN OMAR MAN-ZANARES MARTINEZ, los dos primeros en calidad de padres del causante, la segunda en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y el último en calidad de hijo del causante y se ha conferido a los he-rederos declarados, la representación y administración defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas con treinta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince.- Dra. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 566

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas con treinta minutos del día quince de junio de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Víctor Arnoldo Pérez Gómez, habiendo fallecido el día cuatro de mayo dos mil catorce, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores Victoriano Pérez Gómez, María Arcadia Gómez Cabrera de Pérez, conocida por María Arcadia Gómez Cabrera de Pérez, María Arcadia Gómez de Pérez y por María Arcadia Gómez Cabrera; Rosa Marlene Flores Araujo y los menores Víctor Daniel Pérez Baires y Cristian Mauricio Pérez Baires, representados legalmente por su madre María Hegla Baires Ayala y la menor Marjorie Nathalia Pérez Flores, representada legalmente por su madre Rosa Marlene Flores Araujo, los primeros dos en calidad de padres, la tercera como conviviente y los demás en calidad de hijos del causante.

Y se les ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los quince días del junio de dos mil quince.- Licda. MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETA-RIA.

Of. 3 v. alt. No. 567-1

SECCIÓN CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas diecisiete minutos del día veinticuatro de junio de dos mil quince, se tuvo de parte de los señores: ELENA DOLORES TORRES GOMEZ, de veintiocho años de edad; JENNIFFER JAMILETH TORRES GOMEZ, de veintiuno años de edad; JESUS SAUL TORRES GOMEZ, de diecinueve años de edad; FATIMA GUADALUPE TORRES GOMEZ, de dieciocho años de edad y de las menores: ESTEFANY ELIZABETH TORRES GOMEZ, de catorce años de edad y JOSSELINE JULISSA TORRES GOMEZ, de doce años de edad; todos Estudiantes y del domicilio de Apopa; con Tarjetas de Identifi cación Tributaria que por su orden son los números: cero seiscientos ocho- dieciséis cero cuatro ochenta y seis -ciento tres-cero; cero seiscientos dos- diecisiete cero cinco noventa y tres -ciento uno-cero; cero seiscientos dos- cero nueve cero siete noventa y cinco -ciento cuatro-uno, cero seiscientos catorce- cero uno doce noventa y seis -ciento dieciséis-ocho; cero seiscientos cator-ce- cero dos cero dos cero cero -ciento nueve-cero; y cero seiscientos dos- cero cinco doce cero dos -ciento uno-cero; en calidad de Hijos del Causante, respectivamente; por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JESUS SAUL TORRES RAMOS, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, Motorista, soltero, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos ocho- catorce cero nueve sesenta y cuatro- cero cero uno-tres, fallecido el día treinta de enero de dos mil trece, siendo la ciudad de Apopa, lugar de su último domicilio.-

Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la ad-ministración y representación interina de los bienes de la Sucesión; con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente; Derechos que deberán ejercer las menores: ESTEFANY ELIZABETH TORRES GOMEZ y JOSSELINE JULISSA TORRES GOMEZ, a través de su Representante Legal, señora MARIA ISABEL GOMEZ.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las catorce horas treinta y dos minutos del día veinticuatro de junio de dos mil quin-ce.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 568-1

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZA DE LO CIVIL INTE-

RINA DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas diecisiete minutos del día tres de junio de dos mil quince, se tuvo de parte de la señora MERCEDES GUADALUPE PINEDA DE RODRIGUEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos nueve-cero siete cero nueve ochenta y uno-ciento tres-ocho, de treinta y tres años de edad, Casada, Ama de Casa, del domicilio de

Tonacatepeque; en calidad de Cónyuge sobreviviente del Causante; por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor DOUGLAS ALEXANDER RODRIGUEZ PAZ, quien fue de cuarenta y dos años de edad, Casado, Empleado, con Número de Identifi cación Tributaria: cero quinientos doce-veintiséis diez setenta y uno-ciento dos-nueve, fallecido el día veintiuno de mayo de dos mil catorce, siendo la Ciudad de Apopa, su último domicilio.

Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado, la adminis-tración y representación interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas treinta y nueve minutos del día tres de junio de dos mil quince.- Licda. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZA DE LO CIVIL INTERINA DE APOPA.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

Of. 3 v. alt. No. 569-1

AVISO DE INSCRIPCIÓN

LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "CACAO LOS NONUALCOS" DE RESPONSA-BILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPACAN" DE R. L., con domicilio en el municipio de San Pedro Nonualco, departamento de La Paz, obtuvo su personalidad jurídica el día veinte de mayo del año dos mil quince e inscrita en el libro ciento veintitrés de Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Tres mil cuarenta y ocho del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil quince

NOTIFÍQUESE.

Lic. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,

JEFA SECCIÓN JURÍDICA.

Of. 1 v. No. 570

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ INTERINO DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las catorce horas y quince minutos este día, se han declarado Herederas

Ab-intestato, con benefi cio de inventario del causante JUSTO RIVERA,

quien falleció a las cuatro horas y dos minutos del día veinticinco de mayo

del año dos mil cuatro, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador,

siendo su último domicilio Santiago de María, departamento de Usulután,

de parte de las señoras MARÍA ELENA PAZ DE RIVERA, antes MARÍA

ELENA PAZ, y ADELINA RIVERA, la primera en calidad de cónyuges

sobreviviente y como cesionaria de los derechos que corresponden a los

señores JUSTO DARIO RIVERA PAZ, conocido por JUSTO DARIO

PAZ RIVERA y JENNY PATRICIA RIVERA DE ANDRADE, hoy,

antes JENNY PATRICIA RIVERA o JENNY PATRICIA RIVERA PAZ,

en sus calidad de hijos del causante y la segunda en calidad de madre

del causante quien es representada por el Curador Especial Licenciado

ALEXANDER OQUELI MARTINEZ CRUZ.

Confi riéndole a la aceptante de las diligencias de Aceptación Heren-

cia, la Administración y Representación Legal Interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, con-

tados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a los cuatro días de marzo del año dos mil quince.-

LIC. ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

INTERINO.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 553-3

LA INFRASCRITA JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE ESTA CIUDAD DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

AVISA: Que por resolución de las diez horas y diez minutos de

este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio de

inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó la causante

señora ANA ORBELINA REYES, conocida por ORBELINA REYES,

en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día diecisiete de

noviembre del año dos mil doce, en la Colonia Campoamor, de esta

ciudad, siendo esta misma ciudad de Usulután, su último domicilio, de

parte de las señoras ANA JUDITH REYES, DINA MARITZA REYES

CASTILLO, ELSY CATALINA REYES, en calidad de hijas de la

causante.

Confi riéndosele a las aceptantes dichos, la Administración y Re-

presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

HERENCIA YACENTE

EL LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE

LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las ocho horas con quince minutos del día veintisiete

de abril del año dos mil quince. SE HA DECLARADO YACENTE

LA HERENCIA dejada por la causante señora GLORIA MARTÍNEZ

MOREIRA, quien falleció el día veintitrés de noviembre del año dos

mil catorce, en San Salvador, departamento de San Salvador, a la edad

de ochenta y un años de edad, soltera, ama de casa, salvadoreña, siendo

su último domicilio Santa Tecla, Departamento de La Libertad, origi-

naria de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, hija de los señores

Gertrudiz Moreira, y Enrique Martínez. Sin que persona alguna se haya

presentado alegando mejor derecho. Y se ha nombrado como curador de

la misma para que la represente al Licenciado RICARDO JOSÉ TOBAR

VALLE.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA,

a las once horas con veintinueve minutos del día diecinueve de mayo

del año dos mil quince.- Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE,

JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA. Licda. ERIKA MICHELLE

SIBRIAN RUIZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 563-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Se hace constar que se le deja a salvo el derecho que les corres-

ponde en la sucesión a los señores JULIO ALBERTO REYES, OSCAR

ROLANDO REYES, y MARIA DE JESUS REYES CASTILLO, en su

calidad de hijos de la causante, de igual forma también se les deja expe-

dito el derecho que les corresponde dentro de la sucesión a los presuntos

herederos señores MARIA TERESA REYES CASTILLO, MARIBEL

ISMENIA REYES CASTILLO, ROSA ELENA REYES, y RENE

ANTONIO REYES, quienes éstas siendo legalmente representados por

su Curadora Especial Ad-Lítem de los presuntos herederos Licenciada

BERIS YASMINA INTERIANO QUINTANILLA. Art. 1167 del Código

Civil.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

catorce días del mes de mayo del dos mil quince.- LICDA. SANDRA

ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC-

DA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 554-3

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta minutos

de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio

de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor

FREDIS EDUARDO VIGIL, al fallecer el día veintiuno de octubre de

dos mil diez, en Colonia San Carlos Segundo Pasaje Norte, frente a

vivienda nueve y diez de la Ciudad de Santa María, siendo la Ciudad de

Santa María su último domicilio, de parte de la señora FLORENTINA

DE JESUS VIGIL ZELAYA VIUDA DE GUZMAN, en calidad de

HERMANA DEL CAUSANTE.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintiocho días del mes de mayo de dos mil quince.- LICDA. SANDRA

ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.-

LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETA-

RIA.

Of. 3 v. alt. No. 555-3

ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ INTERINO DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas y cuarenta minutos este día, se han declarado Herederos

Ab-intestato, con benefi cio de inventario del causante RIGOBERTO

ANTONIO BENITEZ CASTRO , quien falleció a las once horas y treinta

minutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil catorce, en

Caserío Los Limones, Cantón Managuara, Sesori, departamento de San

Miguel, siendo su último domicilio Santiago de María, departamento de

Usulután, de parte de la señora ANGELA MARÍA RIVAS DE BENITEZ,

conocida por ANGELA MARÍA RIVAS VELASQUEZ, quien actúa en

calidad de cónyuge sobrevivientes del causante y representante legal

de su menor hijo RIGOBERTO ALEJANDRO BENITEZ RIVAS, en

calidad de hijo del causante.

Confi riéndole a los aceptante de las diligencias de Aceptación

Herencia, la Administración y Representación Legal Interina de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, con-

tados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil

quince.- LIC. ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINO.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ

GARAY, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 556-3

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,

JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante MERCEDES PÉREZ o MERCEDES

PÉREZ RODRIGUEZ, que falleció el día veinticuatro de marzo de dos

mil once, en calle a Santa María Ostuma, Departamento de La Paz,

habiendo tenido como su último domicilio en Cantón La Comunidad,

San Pedro Nonualco, por parte de ROSA ADELINA GONZALEZ DE

PEREZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Nómbrase

a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiún días de no-

viembre de dos mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO

QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- OSCAR

ERNESTO ARÉVALO ORREGO, SECRETARIO INTO.

Of. 3 v. alt. No. 557-3

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que la señora ROSA DELIA VALENCIA DE GOMEZ,

conocida por ROSA DELIA VALENCIA GOMEZ, solicita el TITULO

DE PROPIEDAD de un terreno rústico, situado en el Cantón San Juan

Nahuistepeque, jurisdicción de San Pedro Nonualco, Departamento

de La Paz, de una extensión superfi cial de UN MIL QUINIENTOS

VEINTIDOS PUNTO CERO TRES METROS CUADRADOS, cuyas

colindancias son las siguientes: AL NORTE: cincuenta y cinco setenta

punto setenta metros, colinda con terreno de Luis Carlos Valencia; AL

ORIENTE: mide sesenta y uno punto setenta metros, linda con Armando

Valencia; AL SUR: mide veintinueve punto cuarenta metros colinda con

Ana Gloria Valencia; y AL PONIENTE: mide sesenta y uno punto setenta

metros y colinda con María Teresa, Ana Maribel, Delmy, y Elizabeth,

todas de apellido Jiménez; lo valúa en Un Mil Quinientos Dólares de los

Estados Unidos de Norteamérica, los colindantes son de este domicilio,

y lo hubo por compra a Trinidad Valencia.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Pedro Nonualco, quince de

mayo de dos mil quince.- JOSE ALFREDO HERNANDEZ ROMERO,

ALCALDE MUNICIPAL.- ERNESTO SALVADOR VIDES REYES,

SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 558-3

TÍTULO SUPLETORIO

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

GERMAN ALEXANDER CHICA ARGUETA, como Agente Auxiliar

de la señora Procuradora General de la República, representando al señor

JOSE ISMAEL HERNANDEZ BENITEZ, a solicitar a favor de éste

TITULO SUPLETORIO, del siguiente inmueble según Descripción

Técnica realizada por el Ing. Noé Moisés Guevara Bernal: "Descripción

Técnica de inmueble propiedad de José Ismael Hernández Benítez,

ubicado en Caserío Los Granados, Cantón La Laguna, Municipio de

Corinto, departamento de Morazán, con una extensión superfi cial de

UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PUNTO CINCUENTA

Y OCHO METROS CUADRADOS equivalentes a UN MIL SETE-

CIENTOS SESENTA Y CINCO PUNTO CERO CUATRO VARAS

CUADRADAS. La presente descripción se inicia en el vértice noroeste.

LINDERO NORTE: está formado por siete tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Del mojón uno al mojón dos, con rumbo Sur se-

tenta y un grados treinta y cuatro minutos veintisiete segundos Este, y

una distancia de ocho punto cero cero metros; del mojón dos al mojón

tres, con rumbo Norte setenta y siete grados cincuenta minutos cero

seis segundos Este, y una distancia de diecisiete punto cincuenta y dos

metros; del mojón tres al mojón cuatro, con rumbo Norte ochenta y

siete grados cuarenta minutos cero seis segundos Este, y una distancia

de nueve punto diecisiete metros; del mojón cuatro al mojón cinco, con

rumbo Sur ochenta y cinco grados treinta y seis minutos cuarenta y siete

segundos Este, y una distancia de quince punto treinta y siete metros;

del mojón cinco al mojón seis, con rumbo Norte ochenta y ocho grados

cero tres minutos catorce segundos Este, y una distancia de diez punto

treinta y nueve metros; del mojón seis al mojón siete, con rumbo Sur

ochenta y un grados treinta y un minutos veintitrés segundos Este, y una

distancia de seis punto setenta metros; del mojón siete al mojón ocho,

con rumbo Sur ochenta grados cero seis minutos cincuenta segundos

Este, y una distancia de cinco punto noventa y uno metros; colindando en

estos tramos con inmueble propiedad de José Santos Hernández Benítez,

con lindero de cerco de púas, llegando así al vértice noreste. LINDERO

ORIENTE: está formado por un vértice en el mojón ocho. LINDERO

SUR: está formado por ocho tramos con los siguientes rumbos y dis-

tancias: Del mojón ocho al mojón nueve, con rumbo Sur sesenta grados

treinta minutos cuarenta y seis segundos Oeste, y una distancia de tres

punto cero seis metros; del mojón nueve al mojón diez, con rumbo Sur

sesenta y seis grados cero ocho minutos treinta segundos Oeste, y una

distancia de diez punto setenta y nueve metros; del mojón diez al mojón

once, con rumbo Sur sesenta y ocho grados treinta y tres minutos cero dos

segundos Oeste, y una distancia de once punto cuarenta y seis metros;

del mojón once al mojón doce, con rumbo Sur setenta y dos grados cero

seis minutos once segundos Oeste, y una distancia de diez punto treinta

y cuatro metros; del mojón doce al mojón trece, con rumbo Sur sesenta

y siete grados treinta y siete minutos cincuenta y tres segundos Oeste, y

una distancia de veinticinco punto veinticinco metros; del mojón trece al

mojón catorce, con rumbo Sur setenta y siete grados treinta y un minutos

cero cuatro segundos Oeste, y una distancia de siete punto cincuenta y

nueve metros; del mojón catorce al mojón quince, con rumbo Sur ochenta

y seis grados once minutos cero un segundos Oeste, y una distancia de

tres punto veinticinco metros; del mojón quince al mojón dieciséis, con

rumbo Norte ochenta y dos grados cero nueve minutos cuarenta y ocho

segundos Oeste, y una distancia de doce punto setenta y tres metros;

colindando en estos tramos con inmueble propiedad de José Matilde

Granados, con lindero de cerco de púas, llegando así al vértice suroeste.

LINDERO PONIENTE: está formado por un tramo del mojón dieciséis

al mojón uno con rumbo Norte diecisiete grados veintitrés minutos die-

ciséis segundos Este, y una distancia de veinticinco punto cuarenta y dos

metros; colindando en este tramo con inmueble propiedad de José de la

Cruz Granados, con servidumbre de tránsito de por medio, llegando así

al vértice noroeste, que es donde se inició la presente descripción"; existe

construida una casa de ocho metros de ancho por ocho metros de largo,

paredes de adobe, piso de tierra, techos de tejas, cuenta con servicio de

energía eléctrica. Dicho inmueble lo valora en la cantidad de Dos Mil

Quinientos Dólares de los Estados Unidos de América ($2,500.00.), y

lo adquirió por medio de compraventa que de manera verbal le hizo el

señor Santos Hernández.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán; a las nueve horas y un minutos del día veintitrés de junio

de dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 559-3

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

DECLARATORIA DE HERENCIA

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas y treinta minutos del día dieciocho de junio del presente

año, fue DECLARADA HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENE-

FICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su

defunción dejó el causante DANIEL SANTOS SERVELLÓN ALAS,

quien falleció el día nueve de junio de mil novecientos noventa y cuatro,

a la edad de veintiocho años, soltero, agricultor en pequeño, originario

y del domicilio de Chiltiupán, de Departamento de La Libertad, siendo

ese Municipio su último domicilio; a la señora NORA DEL CARMEN

LEON DE IRAHETA, con número de identifi cación tributaria 0614-

260469-107-0, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios

que como hijos del referido causante les correspondían a los señores

CLAUDIA VICENTA SERVELLON QUIJADA, GRISELDA MA-

RISOL, ERICK DANIEL, y ELVIN OTONIEL, los tres de apellidos

SERVELLON SOLIS. Lo anterior según Testimonio de Escritura Pública

Cesión de Derechos Hereditarios otorgado en la Ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, a las diez horas con treinta minutos del

día doce de febrero del dos mil catorce, ante los ofi cios de la Notaria

RHINA CECILIA LUNA LARA. Confi riéndose a la heredera declarada

la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la

referida sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los die-

ciocho días del mes de junio de dos mil quince. LICDA. DIGNA GLADIS

MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO.

JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

1 v. No. C001119

MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina ubicada en Final Calle Nueva, Número Dos, Pasaje

Número Dos, Casa uno B, Colonia Escalón, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las ocho horas del día veintidós de diciembre del año dos mil catorce, se

ha declarado a los señores DALE WILBURN TERRIL, o DALE WIL-

BURN TERRILL, o DALE TERRILL; ANAMARIE VIOLA TERRILL

RIVERA; y RAFAEL A. TERRILL o RAFAEL ARISTIDES TERRILL

RIVERA, en su carácter de cónyuge el primero y los dos últimos en su

carácter de hijos y únicos herederos de la causante en cuestión, herederos

defi nitivos con benefi cio de inventario de los derechos hereditarios de la

sucesión en cuestión de los bienes que a su fallecimiento dejó la señora

ANA LUZ RIVERA DE TERRILL, también conocida por ANA LUZ

RIVERA VASQUEZ, ANA LUZ RIVERA, ANA LUZ RIVERA DE

TERRELL, ANA LUZ RIVERA V. DE TERRILL y ANA LUZ TE-

RRILL, quien a la fecha de su fallecimiento, fue de sesenta y siete años

de edad, ama de casa; originaria de la ciudad de Santa Ana, Departamento

de Santa Ana, siendo su último domicilio, la ciudad de Livermore, Estado

de California, de Estados Unidos de América; habiéndoseles concedido

la administración y representación defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día veinte de enero del año dos mil

quince.

MARTIN SALVADOR MORALES SOMOZA,

NOTARIO.

1 v. No. C001130

JOSE GUILLERMO VALLE LOPEZ, Notario, con ofi cina y domicilio

en la ciudad de Aguilares, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución por mi proveída en esta ciudad

a las trece horas de este mismo día, ha sido declarado HEREDERO

DEFINITIVO AB-INTESTATO, con benefi cio de inventario en la su-

cesión que dejó el señor JESÚS ANTONIO SANABRIA MARTÍNEZ,

conocido por JESÚS ANTONIO SANABRIA, quien fue de cuarenta

y un años de edad, Jornalero, y con último domicilio en esta ciudad,

fallecido el día DIEZ DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, en

la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de parte del señor

JUAN ANTONIO MARTÍNEZ ECHEVERRÍA, conocido por JUAN

ANTONIO MARTÍNEZ, de sesenta y cinco años de edad, Agricultor,

del domicilio de El Paisnal; en calidad de padre del causante y Cesio-

nario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la madre del

causante: María del Carmen Sanabria, a los hijos del causante: Joselyn

del Carmen Sanabria Melgar, Josael Antonio Sanabria Melgar, Yuliana

Karina Sanabria Melgar, y a la cónyuge del causante Ana Leticia Melgar

de Sanabria; habiéndosele conferido al aceptante la administración y

representación DEFINITIVA de la sucesión.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Librado en la ciudad de Aguilares, a los veintiocho días del mes

de agosto del dos mil catorce.

JOSE GUILLERMO VALLE LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001144

MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL INTERINA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

catorce horas treinta minutos del día veinte de mayo de dos mil catorce,

se ha declarado heredera ab-intestato, y con benefi cio de inventario la

herencia intestada, dejada a su defunción por el causante señor, JUAN

JOSE PEREZ LARA, quien fue de sesenta y ocho años de edad, jornalero,

casado, originario de Agua Caliente, departamento de Chalatenango, y

del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, siendo ese

su último domicilio, fallecido el día trece de abril de dos mil doce; de

parte de la señora JUANA ALEJANDRA PEREZ, NIT, cero siete uno

cinco -uno cero cero uno cuatro nueve-uno cero uno-cero, en concepto de

hermana y cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores

SANTOS ALFREDO PEREZ y MARIA MAGDALENA LARA PEREZ,

éstos en sus calidades de hermanos del causante, tercera categoría, Art.

988 C.C., a quienes se les ha conferido la administración y representación

DEFINITIVA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce

horas treinta y cinco minutos del día veinte de mayo de dos mil catorce.

LICDA. MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL,

INTA. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRE-

TARIO.

1 v. No. C001145

CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Jueza de Primera Instancia

del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente,

AL PÚBLICO: para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que según resolución de las doce horas del día

veintitrés de febrero de dos mil quince, se ha declarado HEREDEROS

DEFINITIVOS y en consecuencia, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de inventario de manera defi nitiva, la Herencia

que a su defunción ocurrida el día diez de abril de dos mil ocho, dejó

la señora MARIA MAGDALENA PORTILLO RIVERA conocida por

MARIA MAGDALENA PORTILLO DE BARRERA, MAGDALENA

PORTILLO y MARIA ELENA PORTILLO, siendo su último domicilio

el municipio de San Sebastián, departamento de San Vicente, quien poseía

Documento Único de Identidad: 01344575-9 y tarjeta de Identifi cación

Tributaria: 1009-230741-101-6, de parte de los señores CARLOS

ARMANDO BARRERA O CARLOS ARMANDO BARRERA POR-

TILLO, quien posee Pasaporte tipo P número 482467812 y Tarjeta de

Identifi cación Tributaria: 1009-100173-101-0 y de las señoras, REINA

ISABEL BARRERA PORTILLO, quien posee Documento Único de

Identidad número: 01677367-9 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria:

1009-060162-101-8 Y MARIA CONCEPCION BARRERA PORTILLO,

quien posee Pasaporte número: 473539108 y Tarjeta de Identifi cación

Tributaria: 1009-150269-102-7 en calidad de hijos de la causante y la

señora TIMOTEA BARRERA PORTILLO, conocida por TIMOTEA

BARRERA y por TIMOTEA DE LA PAZ BARRERA, quien posee

Documento Único de Identidad número: 01347215-1 y Tarjeta de Identi-

fi cación Tributaria número: 1009-010264-001-7 en calidad de hija de la

causante y cesionaria de los derechos que corresponden al señor JOSE

DOMINGO BARRERA ALFARO, cónyuge de la causante, a través de

su Apoderada General Judicial Licenciada ELBA CORINA SERRANO

SOSA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JU-

DICIAL DE SAN SEBASTIAN, Departamento de San Vicente, a las

doce horas y treinta minutos del día veintitrés de febrero de dos mil

quince. LIC. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA. BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES,

SECRETARIA.

1 v. No. C001153

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio

de la ciudad de Cojutepeque y San Vicente, con ofi cina Notarial ubicada

en Calle José Francisco López, número Tres de la ciudad de Cojutepeque,

al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a

las nueve horas del día veintisiete de Junio de dos mil quince, se han

declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de inventario de

la Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante

RICARDA MARTINEZ conocida por RICARDA COTO y por RICAR-

DA COTO MARTINEZ, ocurrida el día dos de Octubre de dos mil nueve,

falleció en el Hospital de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de

Cuscatlán, teniendo como su último domicilio en fi nal segunda calle

poniente, número noventa y dos, Barrio El Calvario, jurisdicción de

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a la Licenciada CARIDAD

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

RIVAS DE PALACIOS y al joven NESTOR EDMUNDO PALACIOS

RIVAS, en su calidad de Cesionarios de los Derechos Hereditarios que

correspondían a los señores Guadalupe del Carmen Coto de Cerén y

Carlos Alberto Martínez, éstos en su concepto de hijos de la referida

causante. Habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración

y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los treinta días del mes de

Junio de dos mil quince.

LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C001155

LA INFRASCRITA JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA

THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes dili-

gencias, se ha declarado a los señores ANTONIO MONGEL LOBATO

MORAN conocido por MONGEL LOBATO y por MONGEL ANTONIO

LOBATO MORAN, el señor RENÉ OSWALDO LOBATO MORAN,

en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante, y herederos testa-

mentarios, representación y administración que se les concede de manera

compartida con el curador adjunto Licenciado Carlos Odir Escobar

Martínez, como curador especial de los señores CARLOS MOISÉS

LOBATO MORAN y LUCELY LOBATO MORAN DE TRENTINI,

HEREDEROS DEFINITIVOS TESTAMENTARIOS y con benefi cio

de Inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA

ANTONIA MORAN DE LOBATO conocida por ANTONIA MORAN

DE LOBATO, MARIA ANTONIA MORAN MORENO y por ANTONIA

MORAN, quien falleció en el Barrio Santa Lucía, de esta ciudad; lugar

de su último domicilio; deceso que sucedió el día veintiocho de mayo

de mil novecientos noventa y seis, a las ocho horas y cuarenta y cinco

minutos; concediéndoseles defi nitivamente la administración y repre-

sentación de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil Santa Ana,

nueve de junio del año dos mil quince. LICDA. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-

RIO.

1 v. No. C001156

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y siete

minutos del día Dieciocho de Mayo de dos mil Quince, se ha declarado

Heredero Defi nitivo con benefi cio de inventario de la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante señor Cruz Fuentes conocido por José

Cruz Fuentes y por José Cruz Fuentes Monge, quien fue de Noventa y

Dos años de Edad, Casado, Comerciante, con número de Identifi cación

tributaria 0407-140914-001-2, siendo esta ciudad su último domicilio

y quien falleció el día ocho de marzo de dos mil diez, al señor José

Mauricio Fuentes Ramírez, Salvadoreño, Mayor de Edad, Carpintero,

del Domicilio de San Francisco, Estado de California, de los Estados

Unidos de América, con Número de identifi cación Tributaria 0614-

031255-016-0; éste como hijo del causante, y quien es representado en

las presentes diligencias por el Licenciado Antonio Benjamín Rodríguez

Quinteros, como Apodero General Judicial con Cláusula Especial, con

número de identifi cación tributaria 0614-231177-105-2.

Confi riéndosele al heredero declarado la Administración y Repre-

sentación DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN, y quien es representado

por el Licenciado Antonio Benjamín Rodríguez Quinteros.

Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguientes,

publíquese el aviso de ley.

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE DELGADO,

JUEZ UNO, a las once horas y treinta minutos del día Dieciocho de Mayo

de dos mil quince. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES

FLORES, JUEZA UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO

CIVIL DE CIUDAD DELGADO. LIC. JORGE ROBERTO BURGOS

GONZALEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060160

SANDRA CAROLINA FLORES SANCHEZ, Notaria, del domicilio

Santa Tecla, departamento de La Libertad, con Despacho Notarial ubi-

cado en Residencial Valle Lourdes, senda 6, casa 15, Lourdes, Colón,

departamento de La Libertad.

HACE SABER: PARA LOS EFECTOS DE LEY: Que por resolu-

ción de la suscrita Notaria, proveída a las diecisiete horas del día dieci-

nueve de Junio del año dos mil quince, ha sido declarada HEREDERA

DEFINITIVA INTESTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO

de los bienes que a su defunción dejare la causante señora MARIA

MARINA AVELAR, quien fue de cincuenta y tres años de edad, coci-

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

nera, del domicilio de Teosinte San Francisco Morazán, departamento

de Chalatenango, y falleció en la Ciudad de Hawthorne Los Ángeles

Estado de California de los Estados Unidos de América, en el Hospital

de la Fundación Kaiser de un paro cardiorespiratorio el día diecinueve

de Marzo de dos mil uno, a la señora FELIX MERCEDES AVELAR, de

cuarenta años de edad, Abogada, del domicilio Teosinte San Francisco

Morazán, departamento de Chalatenango y también del domicilio de

Gardena, Estado de California de los Estados Unidos de América, en

concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido

la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Lourdes, Colón, departamento de La Libertad, el día

veintiséis de Junio de dos mil quince.

SANDRA CAROLINA FLORES SANCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060181

DANIEL ELOY GOMEZ, Notario Público y de este domicilio, con

Ofi cina Jurídica situada en Colonia El Refugio Avenida San Lorenzo,

Número Ciento Quince, en esta Ciudad, para los efectos de Ley al

Público en general.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas y treinta minutos del día veinticinco de los corrientes,

se ha Declarado Expresamente Heredera Abintestato con Benefi cio de

Inventario de la Herencia Abintestato que a su defunción dejó el causante

señor SANTIAGO ALFARO GUILLEN, quien fuera de ochenta años de

edad, Contador y de este domicilio, habiendo fallecido el día veintidós

de enero del año en curso, en el Hospital Divina Providencia, de esta

Ciudad su último domicilio, a la señora SONIA VILMA ALFARO DE

MATA, conocida por SONIA VILMA ALFARO MELENDEZ, en

concepto de hija del causante. Confi éresele a la Heredera Declarada la

Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

San Salvador, dos de julio del año dos mil quince.

DR. DANIEL ELOY GOMEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060194

ROBERTO ALFREDO ARANA CUELLAR, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Calle Circunvalación, número ciento ochenta y

seis, colonia Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveí-

do a los dos días del mes julio de dos mil quince, se ha declarado a la

señora MARIA IMELDA ABREGO, Heredera Defi nitiva con benefi cio

de inventario de los Bienes que a su defunción ocurrida en Nueva Con-

cepción, departamento de Chalatenango, el día tres de agosto de dos

mil catorce, dejara el señor JOSE DELGADO ALEMAN, conocido por

JOSE DELGADO, de parte de la señora MARIA IMELDA ABREGO,

en calidad de hija sobreviviente del causante. Habiéndole conferido la

administración y representación defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los dos días del mes de julio de dos

mil quince.

LIC. ROBERTO ALFREDO ARANA CUELLAR,

NOTARIO.

1 v. No. F060201

EDGARDO HERNANDEZ, Notario, del domicilio de San Salvador,

con ofi cina ubicada en Condominio Cuscatlán, Cuarta Calle Poniente,

entre Veintitrés y Veinticinco Avenida Sur, segunda planta, local número

doscientos siete. San Salvador.

AVISO: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las diez horas del día veintisiete de Junio de dos mil quince, se han

declarado herederos defi nitivos con Benefi cio de Inventario a los

señores MARIO ARNOLDO SANCHEZ ZEPEDA y YOLANDA

GUADALUPE SANCHEZ ZEPEDA, en calidad de hijos del causante,

y YOLANDA ZEPEDA DE SANCHEZ conocida por YOLANDA

ZEPEDA SEGURA DE SANCHEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente

del causante, de la herencia Testamentaria que a su defunción, ocurrida

en San Salvador el día veintiséis de Octubre del año dos mil trece, dejó

el señor SANTO ARNOLDO SANCHEZ DOMINGUEZ conocido por

MARIO ARNOLDO SANCHEZ DOMINGUEZ y MARIO ARNOLDO

SANCHEZ. Habiéndoseles conferido la Administración y Representación

Defi nitiva la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

San Salvador, uno de Julio del año dos mil quince.

LIC. EDGARDO HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060209

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y quince minutos del día quince de junio de este año, se ha declarado a LUCAS CORVERA FLORES, heredero intestado con benefi cio de inventario de los bienes dejados por el señor MANUEL DE JESUS CORVERA TOLOZA, que falleció el día veintidós de diciembre del año dos mil doce, en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, siendo Santiago Nonualco, su último domicilio, en concepto de padre del referido causante. Confi érese al heredero que se declara, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, quince de junio del año dos mil quince.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F060218

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las nueve horas quince minutos del día dieciséis de junio de dos mil quince, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario de los bienes dejados a su defunción por el causante señor JOSE REYES BARRIENTOS, quien fue de ochenta y un años de edad, agricultor, casa-do, originario de Chalatenango, y del domicilio de Aguilares, siendo esa ciudad su último domicilio, fallecido el día diecinueve de septiembre de dos mil seis; de parte del señor JOSE OVIDIO FUENTES BARRIENTOS, en calidad de hijo del causante, a quien se le ha conferido a la aceptante la administración y representación DEFINITIVA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve horas veinte minutos del día dieciséis de junio de dos mil quince.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060222

LISANDRO ERNESTO REYES GARCÍA, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, con ofi cina ubicada en Avenida Roosevelt Norte Plaza Sagitario, local Número diecinueve, de la ciudad de San Miguel, al público, para los efecto de ley.

AVISO: Al público en general que por resolución del suscrito

Notario, de las dieciocho horas treinta minutos de este mismo día, se ha

declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante MARTA ALICIA ARA-

YA BLANCO conocida por MARTA ALICIA ARAYA DE GÓMEZ,

y por MARTA ALICIA ARAYA, quien falleció en la Unidad Médica

del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de esta ciudad, el día

veintidós de abril del corriente año, siendo éste su último domicilio, a

la señora MARIA ENRIQUETA GOMEZ ARAYA, en su calidad de

hija de la causante y además como cesionaria del derecho hereditario

que le correspondía al señor EDGAR ENRIQUE GOMEZ, en calidad

de cónyuge sobreviviente de la causante; habiéndosele conferido a la

heredera declarada en el carácter antes indicado la administración y

representación defi nitivas de la sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veintiséis días del mes

de junio del año dos mil quince.

LIC. LISANDRO ERNESTO REYES GARCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F060228

JOSE MARTIN MONTENEGRO MENJIVAR, Notario, del domicilio

de la ciudad de San Miguel, con ofi cina ubicada en la Plaza Sagitario

Local Número diecinueve, Segundo Nivel, frente a Omni Liffe, de la

ciudad de San Miguel, al público para los efecto de ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día veinticuatro de junio de dos mil quince, se ha

declarado a la señora ROSA YANIRA ROMERO BERMÚDEZ, Heredera

defi nitiva con benefi cio de inventario que a su defunción ocurrida a las

veintiuna horas y quince minutos del día doce del mes de febrero del año

dos mil doce, sin asistencia médica a consecuencia de cáncer en el Hígado,

en el Barrio El Calvario, del municipio de Moncagua, departamento de

San Miguel, dejara la señora ROSA ALBA BEMUDEZ LOZA, en su

calidad de hija sobreviviente de la causante habiéndosele concedido la

representación y administración defi nitiva de la sucesión.

Por lo que se le avisa al público, para efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días del

mes de junio de dos mil quince.

JOSE MARTIN MONTENEGRO MENJIVAR,

NOTARIO.

1 v. No. F060229

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

NELSON ARRIAGA RUIZ, Notario, del Domicilio de Soyapango, con

Ofi cina situada en Cuarta Avenida Norte, casa número dieciocho, Barrio

El Santuario, San Vicente, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las diez horas del día veintidós de junio del año en curso, se ha declarado

a la señora MILCA DINA MENDOZA PEREZ, HEREDERA DEFI-

NITIVA, con Benefi cio de Inventario de los Bienes que a su defunción

ocurrida en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro

Social de la Jurisdicción de esta Ciudad, a las cinco horas y veintiséis

minutos del día treinta de Marzo del año dos mil cinco, dejara el señor

TRANSITO ANTONIO OSORIO, en su concepto la Heredera Declarada,

de cónyuge sobreviviente y como Cesionaria de los Derechos hereditarios

repudiados que en tal sucesión correspondían a la señora PATRICIA DEL

ROSARIO OSORIO DE GOMEZ, en su calidad de hija del Causante.

Habiéndosele conferido a la Heredera declarada la Administración y

Representación DEFINITIVA de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mes

junio del año dos mil quince.

LIC. NELSON ARRIAGA RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060233

VICTOR MANUEL CARCAMO GONZALEZ, Notario, de los domi-

cilios de San Salvador y esta Ciudad, con Despacho Notarial ubicado

en Segunda Avenida Sur, número uno- ocho, Condominio Arco Centro,

Segundo Nivel, Local número dieciséis, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las quince horas treinta minutos del día primero de julio de dos mil

quince, se ha declarado al señor MARVIN ALEXANDER GUARDADO

OSEGUEDA, Heredero Defi nitivo Ab- intestato, con benefi cio de inven-

tario de los Bienes que a su defunción dejó el señor FELIX GUARDADO

LLANES, conocido por FELIX GUARDADO YANES, quien falleció

el día seis de Enero de dos mil diez, en la jurisdicción de Sacacoyo,

departamento de La Libertad, lugar también de su último domicilio,

en su calidad de hijo del causante, y se le confi rió la Administración y

Representación Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a los dos días del mes de

julio del año dos mil quince.

LIC. VICTOR MANUEL CARCAMO GONZALEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060248

ORLANDO ALFONSO RIVAS PAZ, Notario, del domicilio de San

Salvador, con ofi cina ubicada en: Diecisiete Calle Poniente, número

doscientos sesenta, Centro de Gobierno, San Salvador, al público para

los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas del día veintiséis de junio del dos mil quince, se ha de-

clarado a la señora: FIDELIA CANDELARIA BOLAÑOS DE RIVERA,

Heredera Defi nitiva, con benefi cio de inventario, de los bienes que a su

defunción, dejara el señor HERNAN RAMON RIVERA, quien fue de

sesenta y siete años de edad, Jubilado, habiendo fallecido en Colonia

Atlacatl, pasaje Soyate, número veinticuatro, departamento de San

Salvador, a las veintitrés horas y treinta minutos del día veintiocho de

febrero del corriente año, siendo Apopa lugar de su último domicilio,

en su concepto de Cónyuge sobreviviente; habiéndosele concedido la

representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil

quince.

ORLANDO ALFONSO RIVAS PAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060260

GLADIS DEL CARMEN ALFARO CABEZAS, Notario, del domicilio

de San Salvador, Departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada

en CALLE DEL EGEO NUMERO 9, JARDINES DE GUADALUPE,

ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, AL PUBLICO EN GE-

NERAL.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día treinta de junio de dos mil quince, se ha decla-

rado a los señores JAIME HUMBERTO MEMBREÑO ESCAPINI y

DANIEL HUMBERTO ENRIQUE MEMBREÑO ESCAPINI, herederos

defi nitivos con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en esta la ciudad de San Salvador, departamento de San Sal-

vador, el día uno de Marzo de dos mil quince, dejó la señora SYLVIA

HELENA ESCAPINI DE MEMBREÑO, en su calidad de herederos

testamentarios de la causante, habiéndoseles conferido la administración

y representación defi nitiva de la sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina de la Notario GLADIS DEL CARMEN

ALFARO CABEZAS, a los un días del mes de julio de dos mil quin-

ce.

LICDA. GLADIS DEL CARMEN ALFARO CABEZAS,

NOTARIO.

1 v. No. F060268

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

VICTORIA ELIZABETH ARGUETA CHAVEZ, JUEZA DE LO

CIVIL SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por sentencia proveída en este Juzgado, a

las nueve horas con treinta minutos del día veinte de mayo de dos mil

quince, se declaró heredera abintestato con benefi cio de inventario a la

señora ISABEL RAMOS como CESIONARIA del derecho hereditario

que le correspondía a la señora MARCELINA RAMOS FLORES como

CONVIVIENTE del causante EDUARDO PACHECO, quien fue de

setenta y nueve años de edad, agricultor, fallecido el día veintitrés de

octubre del dos mil trece, siendo esta ciudad su último domicilio.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con

quince minutos del día veintitrés de junio del dos mil quince.- LICDA.

VICTORIA ELIZABETH ARGUETA CHAVEZ, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA,

SECRETARIA.

1 v. No. F060274

JORGE ENRIQUE BARAHONA MARTINEZ, Notario, de este domi-

cilio, con ofi cina situada en Séptima Calle Oriente, Residencial Valle del

Quetzal, Block "I", número nueve de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las dieciséis horas del día veintinueve de mayo de dos mil quince, en esta

ciudad, se ha declarado Heredera Defi nitiva Ab-intestato con benefi cio

de inventario de la señora JENNY ELIZABETH CHICAS COLOCHO,

quien falleció el día veintiocho de junio de dos mil trece, siendo su último

domicilio esta ciudad, a la señora MARIA TERESA DEL TRANSITO

COLOCHO viuda DE CHICAS, conocida por MARIA DEL TRANSITO

COLOCHO, en su concepto de Madre de la causante; y se le confi rió

a la Heredera declarada la Administración y Representación Defi nitiva

de la sucesión.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de

Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a los dos días del mes

de junio de dos mil quince.

JORGE ENRIQUE BARAHONA MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060276

JOSÉ JULIÁN BENÍTEZ MELARA, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Condominio Cuscatlán, Local trescientos veintitrés,

Tercera Planta, de esta ciudad.

HACE SABER: Que según resolución del suscrito, proveída en

esta ciudad, a las diez horas del día ocho de octubre del corriente año,

se ha declarado al señor CESAR ZETINO MARTÍNEZ, heredero defi -

nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó

la causante, señora ANGELA MARTÍNEZ viuda DE ZETINO, siendo

su último domicilio la ciudad de San José Guayabal, departamento de

Cuscatlán, quien falleció en esta ciudad el día siete de marzo del año dos

mil once, en concepto de cesionario e hijo sobreviviente de la causante,

habiéndosele conferido la administración y representación defi nitiva de

la sucesión.

Por lo que se avisa al público, para efectos de Ley.

San Salvador, nueve de octubre de dos mil catorce.

JOSÉ JULIÁN BENÍTEZ MELARA,

NOTARIO.

1 v. No. F060278

JUAN CARLOS CHEVEZ, Notario, de este domicilio, con Despacho

Profesional situado en Autopista Norte y Veintiuno Avenida Norte,

edifi cio mil doscientos siete, local once, Colonia Layco, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las trece horas del día dos de julio del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada, que a su defunción ocurrida el día ocho de junio de dos mil

trece, en la ciudad de Zacatecoluca, dejó el señor HECTOR MACA-

RIO HERNANDEZ, de parte de los señores, EDITH RODRIGUEZ

DE HERNANDEZ, ZOZIMO DELIS HERNANDEZ RODRIGUEZ,

JOEL EDGARDO HERNANDEZ RODRIGUEZ, y GLADYS ESTHER

HERNANDEZ RODRIGUEZ, en su concepto de cónyuge e hijos del

causante. Habiéndoseles conferido la administración y representación

defi nitiva de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia

yacente.

Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, a los dos días del mes

de julio del año dos mil quince.

JUAN CARLOS CHEVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060285

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado pronunciada a las ocho horas diez minutos de este día, ha sido declarada HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora DOLORES DEL CARMEN ORELLANA DE GALDAMEZ conocida por DOLORES DEL CARMEN ORELLANA y por DOLORES DEL CARMEN QUIJANO, portador de su documento Único de Identidad cero un millón novecientos tres mil seiscientos sesenta y tres -seis y Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos quince - ciento cincuenta mil novecientos cuarenta y ocho - ciento un - dos, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor CRISTOBAL DE JESUS GALDAMEZ AYALA, quien fuera de sesenta y siete años de edad, agricultor, casado y falleció el día treinta de septiembre de dos mil catorce, y falleció en Cantón Chantusnene, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, siendo este su último domicilio. En calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a las ocho horas quince minutos del día dos de junio del año dos mil quince. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO DE ACTUACIONES.

1 v. No. F060288

DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las diez horas treinta minutos de este día, se ha declarado Heredera Defi nitiva y con Benefi cio de Inventario a la señora BLENDA YAMILETH PEREZ DE NERIO, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la señora MARÍA ROSARIO LÓPEZ conocida por ROSARIO PORTILLO, quien falleció el día dieciocho de marzo del año dos mil tres, en Clínica Médico Quirúrgica Tuleños, Nueva San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio; en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ANA BESSY DEL CARMEN PORTILLO GUARDADO, ésta en concepto de hija de la causante; por medio de su apoderado el Licenciado Francisco Javier Gómez Colocho.

En consecuencia, se le confi rió a la declarada heredera en el concepto indicado la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las diez horas cuarenta minutos del día uno de junio de dos mil quince. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-TARIO.

1 v. No. F060289

JOSE MARIA LAZO VENTURA, Notario con Ofi cina Jurídica en la Cuarta Avenida Norte de esta Ciudad, al público.

AVISA: Que por resolución pronunciada ante mis Ofi cios Notaria-les a las nueve horas del dia treinta de Junio del corriente fue declarado heredero defi nitivo el señor Carlos Antonio Contreras, de la Herencia intestada que al fallecer a las cuatro horas cuarenta minutos del día cuatro de Agosto del dos mil diez, en el Cantón El Algodón de esta Jurisdic-ción, su último domicilio dejó la señora Fidelina Contreras, de parte de Carlos Antonio Contreras, en concepto de hijo y cesionario del derecho hereditario que en la misma sucesión le correspondía a Elia Contreras, como hija de la misma fallecida. Se le ha conferido la administración y representación de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en la Ciudad de Santa Rosa de Lima, uno de Julio del dos mil quince.

JOSÉ MARIA LAZO VENTURA,

NOTARIO.

1 v. No. F060294

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL; del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas y veinte minutos del día diez de junio de dos mil quince.- Constando en el Diario Ofi cial agregado a folios 22, publicación página 163. Que han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto respectivo, se declara heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las cinco horas del día diez de junio del año dos mil doce, en el Cantón Molino, de la jurisdicción de Concepción de Oriente, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante Fedilia Moran Bonilla, conocida por Fedilia Moran, de parte del señor Bolfano Moran, en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante, de conformidad con el artículo 988 numeral 1° del Código Civil, y en concepto de cesionario del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía a la señora Dilia Mary Sosa Moran, en su calidad de hija sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con el Artículo 1699 del código civil. Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia ya-cente. Dése el aviso de ley y oportunamente extiéndase la certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los doce días del mes de junio de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F060296

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos de este día, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor IGNACIO CRUZ, quien falleció el día veintiuno de diciembre del dos mil diez, en COLUMBUS, BARTHOLOMEW, INDIANA, de los Estados Unidos de Norte América, siendo esta ciudad de La Unión, su último domicilio; de parte de los señores ZOILA ESTELIA CRUZ VAQUIS, MARLENY CRÚZ VAQUIZ, conocida por MARLENY CRUZ VAQUIS, JUAN ANTONIO CRUZ VAQUIZ, VILMA ELIZABETH CRUZ VAQUIZ, ROXANA ALDAIR CRUZ VAQUIZ, ANA JOSEFA CRUZ DE ARIAS, DORA ERMELINDA CRUZ VAQUIS, JORGE LUIS CRUZ VAQUIZ, y ROSA MELBA CRUZ VAQUIZ, conocida por ROSA MELBA CRUZ, todos en calidad de hijos del causante. Y la señora ora ROXANA ALDAIR CRUZ VAQUIZ, ROXANA ALDAIR CRUZ VAQUIZ, en su calidad de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor IGNACIO CRUZ o IGNACIO CRUZ VAQUIZ, éste en calidad de hijo del referido causante. Y se les ha conferido a los herederos declarados, en la calidad antes mencionada, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dieciséis días del mes de marzo del dos mil quince. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060299

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cincuenta y cinco minutos, de este día se ha declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MARIA OTILIA VAQUIZ DE CRUZ, conocida por MARIA O CRUZ, MARIA OTILIA VAQUIZ y por MARIA OTILIA VAQUIS, quien falleció el día seis de junio del dos mil ocho; en Queens, Estado de Nueva York, Estados Unidos de Norte América, siendo su último domicilio esta ciudad de La Unión, de parte de los señores ZOILA ESTELIA CRUZ VAQUIS, MARLENY CRÚZ VAQUIZ, conocida por MARLENY CRUZ VA-QUIS, JUAN ANTONIO CRUZ VAQUIZ, VILMA ELIZABETH CRUZ VAQUIZ, ROXANA ALDAIR CRUZ VAQUIZ, ANA JOSEFA CRUZ DE ARIAS, DORA ERMELINDA CRUZ VAQUIS, JORGE LUIS CRUZ VAQUIZ, y ROSA MELBA CRUZ VAQUIZ, conocida por ROSA MELBA CRUZ, todos en calidad de hijos de la causante. Y la señora ROXANA ALDAIR CRUZ VAQUIZ, en su calidad de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor IGNACIO CRUZ o IGNACIO CRUZ VAQUIZ, éste en calidad de hijo de la referida causante. Y se les ha conferido a los herederos declarados, en la calidad antes mencionada, la administración y repre-sentación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes de abril del dos mil quince. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060301

LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, de este Distrito Judicial al público.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las diez

horas del día veinticinco de Junio del corriente año, consta en el Diario

Ofi cial agregado a fs, 34, publicado a la página ciento treinta y seis, que

han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto

respectivo, se declara heredero expresamente y con benefi cio de inventario

de la herencia intestada que al fallecer a las ocho horas del día dos de Junio

del año dos mil once en el Caserío Loma de Piedra, Cantón Horcones,

jurisdicción de la ciudad de Pasaquina, de este Distrito, Departamento

de La Unión, su último domicilio dejó el causante Meregildo Salvador

Velásquez o Enmenegildo Salvador o Hermenegildo Salvador, de parte

de la señora Milagro del Carmen López de Flores, o Milagro del Carmen

López Cruz, por derecho de transmisión del derecho hereditario que en la

referida sucesión le correspondía a su padre Encarnación López o Encar-

nación López Salvador, quien era hijo del causante antes mencionado de

conformidad con el Art. 963 CC. Se le confi ere a la heredera declarada

en el carácter dicho la administración y representación defi nitiva de los

bienes de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Dése el aviso de ley y oportunamente

extiéndase la certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil quince. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F060303

LUIS EDUARDO ROMERO SORIANO, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en la Cuarta Calle Poniente, entre Veintitrés y Veinticinco Avenida Sur, nivel dos local doscientos veintiséis de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador. Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, pro-veído en esta ciudad, a las nueve horas del día uno de julio de dos mil quince, la señora MARIA AURORA CANALES DE CASTILLO se le ha declarado heredera con benefi cio de inventario, en su calidad de cónyuge sobreviviente y conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión dejada por el causante SALVADOR JAVIER CASTILLO.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la Ciudad de San Salvador, a uno de julio de dos mil quince.

LIC. LUIS EDUARDO ROMERO SORIANO,

NOTARIO.

1 v. No. F060308

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.

AVISA: Que por resolución pronunciada a las nueve horas treinta y dos minutos del día nueve de abril del año dos mil quince, se DECLARO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora MARIA ORBELINA HERNANDEZ DE ROMERO, de sesenta y seis años de edad, Ama de casa, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número: Cero un millón cuatrocientos veintiocho mil cuatrocientos cuatro-ocho; y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil trescientos doce-cien mil setecientos cuarenta y ocho-ciento tres-cero; en calidad de Madre de la Causante, y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en la presente Sucesión, le correspondían al señor NOE ARNULFO ROMERO VIDES, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero seiscientos catorce-doscientos cincuenta mil ciento cuarenta y siete-cero cero tres-siete, como Padre de la De-Cujus; de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora CLAUDIA SAGRARIO ROMERO HERNANDEZ, quien fue de treinta y cinco años de edad, Secretaria, Soltera, hija de NOE ARNULFO ROMERO VIDES y de MARIA ORBELINA HERNANDEZ, fallecida el día veintidós de octubre del año dos mil ocho; siendo la Ciudad de Apopa, el lugar de su último domicilio.-

Y se le confi rió a la Heredera Declarada en el carácter indicado, la Administración y Representación Defi nitiva de los bienes de la Su-cesión.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y cuarenta minutos del día nueve de abril del año dos mil quince.- DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060309

HECTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA. Al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por auto de fecha doce horas cinco minutos de este día HA SIDO DECLARADO HEREDERO ABINTESTATO, con bene-fi cio de inventario del causante, señor JUAN PANTALEON RAMOS, quien falleció el día veinte de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, en la Hacienda San Antonio de esta ciudad, el lugar de su último domicilio, al señor PEDRO ALFREDO RAMOS CARCAMO, en su calidad de hijo del de cujus y como cesionario de los derechos hereditarios que esta sucesión les correspondería a las señoras PAULA DE JESUS CARCAMO VIUDA DE RAMOS y GLORIA AMALIA RAMOS CARCAMO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, la primera y la segunda hija del de cujus, a quien se le confi ere defi nitivamente la administración y representación de la sucesión.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas veinte minutos del día veinticinco de mayo de dos mil quince. LIC. HECTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO. LIC. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

1 v. No. F060317

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas cuarenta y tres minutos del día veintiséis de junio de dos mil quince, en las DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA INTESTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, iniciadas por la Licenciada NURY ELIZABETH MENDOZA BARRIENTOS, en calidad de Apoderada General Judicial de los señores SANDRA PATRICIA RAMOS DE VILLANUEVA, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos ochenta y siete mil ochocientos dieciséis - dos, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero doscientos dos – ciento sesenta mil doscientos sesenta y seis – ciento tres - siete; el Joven JORGE VLADIMIR VILLANUEVA RAMOS, de diecisiete años de edad, Estudiante, de este domicilio, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero doscientos diez – ciento noventa mil novecientos noventa y siete – ciento tres – siete, Representado Legalmente por su madre, señora Sandra Patricia Ramos de Villanueva; JAIME ENRIQUE VILLANUEVA RAMOS, mayor de edad, Licenciado en Contaduría Pública, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: cero tres millones quinientos noventa y tres mil noventa y nueve - siete, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero doscientos diez – doscientos mil ochocientos ochenta y seis – ciento uno - ocho; JUAN JOSÉ VILLANUEVA RAMOS, mayor de edad, Estudiante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: cero cuatro millones setecientos cincuenta mil seiscientos cuarenta y seis - uno, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero doscientos diez – cero sesenta mil ciento noventa y tres – ciento ocho – nueve; y FERMINA VILLANUEVA, mayor de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: cero cero quinientos treinta y cuatro mil doscientos setenta y tres - dos, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero doscientos diez – doscientos treinta y un mil ciento cuarenta y tres – cero cero cuatro – cuatro, se ha tenido de forma DEFINITIVA por aceptada expresamente la herencia intestada con benefi cio de inventario, por parte de los referidos solicitantes, la primera en calidad de esposa, la última en calidad de madre y los demás men-cionados en calidad de hijos sobrevivientes del causante, señor JAIME JOSÉ VILLANUEVA SANTOS, quien fuera de cuarenta y nueve años de edad al momento de su deceso, Motorista, Casado, Originario de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de la señora Fermina Villanueva y del señor Eduardo Santos, habiendo fallecido el día cinco de septiembre de dos mil catorce, siendo su último domicilio Santa Ana, Departamento de Santa Ana.

Confi riéndoseles DEFINITIVAMENTE la Administración y Re-

presentación con Benefi cio de Inventario de la sucesión relacionada.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, Santa Ana, a las once horas trece minutos del día veintiséis de

junio de dos mil quince. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE

AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA

ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ, Notario, con ofi cina en la

Cuarta Calle Poniente, Número Trece, Ciudad de Aguilares; al público

en general

HACE SABER: Que por resolución por mí proveída en esta ciudad,

a las quince horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expre-

samente con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su

defunción por la causante LUCÍA CASTILLO DE TOBAR, conocida

por LUCÍA CASTILLO, quien fue de ochenta años de edad, Doméstica,

y del domicilio de Quezaltepeque, fallecida el día ONCE DE AGOSTO

DEL AÑO DOS MIL DIEZ, en el Hospital de Nueva Concepción, de-

partamento de Chalatenango; de parte de los señores: JUAN TOBAR

CASTILLO, de cincuenta y siete años de edad, Agricultor en Pequeño;

ISABEL TOBAR DE SIBRIÁN, de sesenta y cuatro años de edad, Do-

méstica; y FRANCISCA TOBAR DE MADRID, de sesenta y dos años

de edad, de Ofi cios Domésticos; todos del domicilio de Quezaltepeque,

en calidad de HIJOS de la causante.-

Se les ha conferido a dichos aceptantes, la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.-

Aguilares, veintidós de Diciembre de dos mil catorce.

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001146

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ, Notario, con ofi cina en la

Cuarta Calle Poniente, Número Trece, Ciudad de Aguilares; al público

en general,

HACE SABER: Que por resolución por mí proveída en esta ciudad,

a las trece horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expre-

samente con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su

defunción por la causante RAFAELA FLORES DE REYES, conocida

por RAFAELA FLORES, quien fue de noventa y tres años de edad, de

Ofi cios Domésticos y del domicilio de Colón, fallecida el día DOCE DE

JUNIO DEL DOS MIL DOCE, en el Hospital Nacional San Rafael de

Santa Tecla, departamento de La Libertad; de parte de la señora: MARÍA

DEL ROSARIO AYALA DE ZELAYA, de sesenta años de edad, de

Ofi cios Domésticos, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La

Libertad, en calidad de CESIONARIA de los Derechos Hereditarios que

le correspondían a la señora TERESA DE JESÚS FLORES, de cincuenta

y ocho años de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Colón,

hija de la causante.-

Se le ha conferido a dicha aceptante, la administración y represen-

tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.-

Aguilares, veintidós de Diciembre de dos mil catorce.

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001147

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ, Notario, con domicilio y ofi cina

en la Cuarta Calle Poniente, número trece, Aguilares, al público en

general;

HACE SABER: Que por resolución por mí proveída en esta ciu-

dad, a las catorce horas, de este mismo día, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada dejada a

su defunción por la causante MARCELINA RIVERA PÉREZ DE PAZ,

conocida por MARCELINA RIVERA, fallecida en Barrio San José,

jurisdicción de Guazapa, departamento de San Salvador, el día UNO DE

JULIO DEL DOS MIL UNO; de parte de las señoras MARÍA ÁNGELA

RIVERA PAZ, de sesenta años de edad, Ama de Casa y MARÍA ILVA

RIVERA PAZ, de cincuenta y ocho años de edad, Doméstica, ambas de

este domicilio; en calidad de hijas de la causante.

Habiéndoseles conferido a las aceptantes, la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Aguilares, veintitrés de Enero del dos mil quince.-

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001148

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ, Notario, con domicilio y ofi cina

en la Cuarta Calle Poniente, número trece, Aguilares, al público en

general;

HACE SABER: Que por resolución por mí proveída en esta ciu-

dad, a las doce horas y treinta minutos de este mismo día, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la Herencia

Intestada dejada a su defunción por el causante TOMAS PAZ GAL-

DÁMEZ, conocido por TOMÁS PAZ, fallecido en Colonia San José

de esta jurisdicción, el día TRECE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL

CINCO; de parte de las señoras MARÍA ÁNGELA RIVERA PAZ, de

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

sesenta años de edad, Ama de Casa y MARÍA ILVA RIVERA PAZ, de

cincuenta y ocho años de edad, Doméstica, ambas de este domicilio; en

calidad de hijas del causante, habiéndoseles conferido a las aceptantes,

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.-

Aguilares, veintitrés de Enero del dos mil quince.-

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001149

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ, Notario, con ofi cina y domicilio

en la Avenida Central Norte, Número Veinte, Urbanización San Rafael,

ciudad de Aguilares, departamento de San Salvador, al público en general,

para los efectos de Ley;

HACE SABER: Que por resolución por mí proveída en esta ciudad,

a las trece horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresa-

mente con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria dejada a

su defunción por la causante ÁNGELA MARTÍNEZ DE GUTIÉRREZ,

conocida por ÁNGELA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ DE GUTIÉRREZ,

y por ÁNGELA GUTIÉRREZ, fallecida a las diecinueve horas y quince

minutos del día CUATRO DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE, en la

ciudad de Toronto, Provincia de Ontario, Canadá, siendo éste su último

domicilio, quien fue de ochenta y dos años de edad, de Ofi cios Domésticos,

viuda, salvadoreña por nacimiento y canadiense por naturalización; de

parte de los señores RAÚL ERNESTO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, de

cincuenta y cuatro años de edad, Periodista, del domicilio de la ciudad

de San Salvador, NILTON ENRIQUE GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, de

cuarenta y seis años de edad, Empleado, con domicilio en Canadá; y

ANA LILIAN GUTIÉRREZ, conocida por ANA LILIAN MARTÍNEZ

GUTIÉRREZ y por ANA LILIAN MARTÍNEZ DE SANTACRUZ, de

sesenta y tres años de edad, Técnico en Ingeniería Electrónica, con do-

micilio en Canadá, en concepto de HEREDEROS TESTAMENTARIOS

de la causante.

Habiéndoseles conferido a dichos aceptantes la Administración

y Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Aguilares, veintiocho de junio del dos mil quince.-

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001152

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, Notario, de este domicilio,

con ofi cina jurídica en Colonia Layco, Pasaje Palomo, Número un mil

catorce, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en acta notarial

de las diez horas del día uno de julio del corriente año, ante mis ofi cios

notariales, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de

inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida el

día treinta y uno de mayo de dos mil quince, en Barrio San Antonio,

Avenida Quince de Septiembre, casa diecisiete, jurisdicción de Santiago

de María, Usulután, siendo la ciudad de Santiago de María, departamento

de Usulután, lugar de su último domicilio, dejó el señor LUIS ANTONIO

GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, de parte de la señora SANTOS REYES

DE GUTIÉRREZ, conocida por SANTOS IRAHETA DE GUTIÉRREZ,

en su concepto de heredera testamentaria del causante.

Habiéndosele conferido la administración interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, a fi n de que si hay

personas que se crean con derecho a la herencia relacionada, se presenten

a deducirlo dentro del término de quince días, contados a partir del día

siguiente al de la última publicación de este edicto.

Librado en la ofi cina del Notario RICARDO ABRAHAM LOPEZ

RAMOS, San Salvador, dos de julio del año dos mil quince.-

RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS,

NOTARIO.

1 v. No. F060153

GERBER ULISES MÉNDEZ MOLINA, Notario, de este domicilio,

departamento de La Paz, con ofi cina ubicada en Avenida Dr. Demetrio

Hernández, Barrio El Calvario, casa número tres, de esta ciudad;

HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario, de

las quince horas del día treinta de junio del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día

diecinueve de marzo de dos mil nueve, dejó el señor LUIS ALFREDO

ZAVALA MEJÍA, a favor de la señora OLINDA PAZ MEDINA VDA.

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

DE ZAVALA, en su concepto de esposa sobreviviente del de Cujus; por

lo que se le ha conferido la Administración y Representación Interina de

la Sucesión, con las obligaciones del curador de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a mi ofi cina en

el término de quince días, contados desde el siguiente día de la última

publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario GERBER ULISES MÉNDEZ

MOLINA, en la ciudad de Olocuilta, a los dos días del mes de julio de

dos mil quince.

Lic. GERBER ULISES MÉNDEZ MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. F060169

JORGE ALBERTO HERRERA, Notario, del domicilio y Departamento

de San Salvador, con Ofi cinas en Alameda Juan Pablo II, número seis-

cientos ocho, planta Alta,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día dos de Julio del año dos mil quince, se ha teni-

do por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó José Atilio Martínez, conocido por

José Atilio Martínez López, fallecido en esta ciudad, su último domicilio,

a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del

año dos mil, sin haber formalizado testamento alguno, a los ochenta

años de edad, Jornalero, de parte de OLGA VICTORIA MARTÍNEZ

CONTRERAS, de cuarenta y siete años de edad, Vendedora, de este

domicilio, con Documento Único de Identidad cero cero tres cero

nueve cero siete ocho- siete y Tarjeta de Identifi cación Tributaria cero

seiscientos catorce - doscientos cincuenta mil doscientos sesenta y siete

- ciento once - dos, por sí en concepto de hija del causante y por dere-

cho de trasmisión en la sucesión de su madre Dora Amanda Contreras

Granillo, conocida por Dora Amanda Contreras de Martínez, cónyuge

sobreviviente del expresado causante y además como cesionaria de los

derechos hereditarios en abstracto que correspondían a Otilia Martínez

de Ramírez, hija legítima del causante José Atilio Martínez, conocido

por José Atilio Martínez López y como cesionaria de los derechos he-

reditarios en abstracto que por derecho de trasmisión le correspondían

en la sucesión de su expresada madre.

Confi érasele la Administración y representación interinas de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la He-

rencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las Ofi cinas del Notario doctor Jorge Alberto Herrera,

a las once horas del día dos de Julio del año dos mil quince.

Dr. JORGE ALBERTO HERRERA,

NOTARIO.

1 v. No. F060198

BRENDA MARISOL OLIVARES RAMOS, Notario, del domicilio

de San Salvador, departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada

en Calle Agustín Campos, número once, Santo Tomás, Departamento

San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito, proveída a las

quince horas y quince minutos del día diecisiete de mayo del año dos

mil quince, se ha tenido por aceptada expresadamente y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el

Municipio de Santo Tomás, departamento de San Salvador, el día quince

de junio de mil novecientos ochenta y dos; dejó la señora JACINTA

PÉREZ VIUDA DE MEJÍA; al señor MIGUEL ÁNGEL PÉREZ MEJÍA;

en su calidad de hijo de la difunta.

Habiéndose conferido la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia; para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, en la ciudad de Santo Tomás, a

los treinta días del mes de mayo de dos mil quince.

Licda. BRENDA MARISOL OLIVARES RAMOS,

NOTARIO.

1 v. No. F060245

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

TITO LÓPEZ ESCOBAR, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Jurí-

dica situada en Barrio El Tránsito, Calle al Lago, Contiguo a Panadería

Vilma, San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-

tario, a las once horas del día diecisiete de abril de dos mil quince, se

ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante FRANCISCO

JABIER ESPINOZA GONZÁLEZ, conocido por FRANCISCO JAVIER

ESPINOZA GONZÁLEZ, FRANCISCO JAVIER ESPINOZA y JAVIER

ESPINOZA, ocurrida a las dieciocho horas del día dieciséis de febrero

de dos mil catorce, en el Cantón Soledad Las Flores, Jurisdicción de

San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, siendo éste su último

domicilio, de parte del señor FRANCISCO HUMBERTO ESPINOZA

MELÉNDEZ, en su concepto de HIJO del causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se avisa al público para los efectos de Ley.-

Librado en la Ofi cina del Notario TITO LÓPEZ ESCOBAR, en la

Villa de San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, a los veintiséis

días del mes de junio de dos mil quince.

Lic. TITO LÓPEZ ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. F060262

JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, con Ofi cina situada en Segunda Ave-

nida Norte y Cuarta Calle Poniente, número 3, Santa Ana, al público

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas

del día treinta de junio de dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores:

IVÁN ADOLFO OROZCO PACHECO, conocido por IVÁN ADOLFO

OROZCO BURGOS, IVÁN ADOLFO BURGOS y por IVÁN ADOLFO

OROZCO, EDGAR FRANCISCO OROZCO PACHECO, conocido por

EDGAR FRANCISCO OROZCO BURGOS, ALEJANDRO OSWALDO

OROZCO PACHECO, conocido por ALEJANDRO OSWALDO

OROZCO BURGOS y por ALEJANDRO OSWALDO BURGOS y

RUBÉN OMAR OROZCO PACHECO, conocido por RUBÉN OMAR

OROZCO BURGOS y por RUBÉN OMAR BURGOS, la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida el día veinticinco de marzo de dos

mil once, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, siendo dicha

ciudad lugar su último domicilio, dejó el causante ROBERTO ANÍBAL

OROZCO PACHECO, quien fue conocido por ROBERTO ANÍBAL

OROZCO BURGOS, ROBERTO ANÍBAL PACHECO BURGOS y

por ROBERTO ANÍBAL OROZCO, todos en calidad de hermanos del

referido causante.-

Confi érasele a los aceptantes la administración y representación

Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los dos días del mes de julio

del año dos mil quince.-

Lic. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060272

JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Notario, de este domicilio, con

ofi cina en Segunda Avenida Norte y Cuarta Calle Poniente, número

TRES, Santa Ana, al público,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas

treinta minutos del día cinco de enero del año dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de

DANIA KAREN y RUTH HEITZEN, ambas de apellidos PORTILLO

CALDERÓN, la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida el

día diez de octubre de dos mil once, en la ciudad de Texistepeque, lugar

de su último domicilio, dejó la causante señora ALBERTINA MIRA

VIUDA DE PORTILLO, conocida por ALBERTINA MIRA DE JEREZ,

quien fue de noventa y cinco años de edad, de ofi cios domésticos, origi-

naria de Santa Ana, en su calidad de nietas y herederas Testamentarias

de dicha causante.-

Confi érasele a las aceptantes la administración y representación

Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los treinta días del mes de

junio del año dos mil quince.

Lic. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ

NOTARIO.

1 v. No. F060273

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ TRES, DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veintinueve

minutos del día once de mayo del presente año, se les ha conferido la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA, con benefi cio

de inventario de la HERENCIA INTESTADA, de los bienes que a su

defunción dejó el causante FRANCISCO EDUARDO LOPEZ RIVERA,

quien falleció en el Hospital Nacional del Seguro Social de San Salvador,

a las seis horas con quince minutos del día veintiséis de mayo del año

dos mil ocho, siendo su último domicilio, Colonia Escalón, Ciento Una

Avenida Norte, número Quinientos Ochenta y Seis, San Salvador, depar-

tamento de San Salvador, a la señora LUCIA BERNARDA ELISABETH

RODRIGUEZ DE LOPEZ, como cónyuge sobreviviente del de cujus.

Habiéndosele conferido la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente, Arts. 473, 480 y siguientes

C.C. Publíquese el edicto de ley por una vez en el Diario Ofi cial, y por

tres veces consecutivas en dos diarios de circulación nacional, todo de

conformidad al Art. 5 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria y otras Diligencias.

Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que

tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legi-

timando su derecho en el término de quince días, todo de conformidad

al Art. 1164 C.C.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, Juez Tres,

a las nueve horas del día diecinueve de mayo de dos mil quince. LIC.

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ 3, LICDA. JACQUE-

LINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA 3.

1 v. No. F060280

ROSA DAYSI RODRIGUEZ MORALES, Notario, de este domicilio y del

de San Salvador, con ofi cina situada en Sexta Calle Oriente, No. 9, barrio

Candelaria, Zacatecoluca, Depto. La Paz, al público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por la Suscrita

Notario, a las doce horas del día veintidós de junio del año dos mil

quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de in-

ventario, la herencia intestada de los bienes dejados a su defunción por

el causante FEDERICO ALBERTO PINEDA, quien al momento de su

fallecimiento era de cincuenta y dos años de edad, casado, Locutor, de

este origen y domicilio, de nacionalidad, quien falleció a las veintidós

horas y veinte minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dos,

en el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro

Social de la ciudad de San Salvador, de parte de la señora MARIA EVA

AREVALO DE PINEDA, representada legalmente por la Licenciada

ANA ILENIA MELENDEZ DE OSORIO, en concepto de apoderada

general judicial y especial de dicha señora; en su calidad de esposa del

referido causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en

tal sucesión les correspondía a las señoras ANA DELMY PINEDA DE

JUAREZ, LIDUVINA ARACELI PINEDA DE PAREDES y WENDY

DALILA PINEDA AREVALO, en calidad de hijas del mencionado

causante. Habiéndosele conferido en tal carácter la Administración y

Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos legales.

Zacatecoluca, a las siete horas del día veintitrés de junio de dos

mil quince.

LICDA. ROSA DAYSI RODRIGUEZ MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. F060287

NELSON GUILLERMO CRUZ RODRIGUEZ, Notario, del domicilio

de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada

en Urbanización Altos del Boulevard, block Siete, pasaje Las Orquídeas,

casa número Cuarenta, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las siete horas del día uno de julio de dos mil quince, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejara el señor MANUEL DE JESUS CARTAGENA

CARTAGENA, quien fue de sesenta años de edad, empleado, casado,

originario de Chalatenango, departamento de Chalatenango, y siendo su

último domicilio la ciudad de Guazapa, departamento de San Salvador;

con Documento Único de Identidad número cero uno cuatro seis siete

siete siete cinco-cuatro y con Número de Identifi cación Tributaria cero

cuatrocientos siete- veinte cero siete cincuenta y tres-cero cero dos-cinco;

ocurrida a las trece horas y seis minutos del día doce de marzo de dos mil

catorce, en el barrio El Calvario, en la ciudad de Guazapa, departamento

de San Salvador, de parte de la señora CANDIDA CRISTINA CALLES

DE CARTAGENA, en su concepto de HEREDERA UNIVERSAL

INTESTADA del Causante, en calidad de "ESPOSA SOBREVIVIENTE"

del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación

Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, NELSON GUILLERMO CRUZ

RODRÍGUEZ, en la ciudad de San Salvador, a los un días del mes de

julio de dos mil quince.

NELSON GUILLERMO CRUZ RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060321

OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en calle J. Francisco López, número Trece, de la ciudad

de Cojutepeque, que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las

once horas del día veintiocho de junio del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la HERENCIA

INTESTADA que a su defunción dejó el señor MANUEL DE JESUS

MORENO HERNANDEZ, ocurrida en el Hospital Nacional Nuestra

Señora de Fátima, de la ciudad de Cojutepeque, departamento de

Cuscatlán, el día treinta y uno de mayo de dos mil quince, de parte de los

señores María de los Ángeles Hernández de Moreno, Manuel Eduardo

Moreno Hernández, Deyvi Stirc Moreno Hernández, Yenyffer Lisbhet

Moreno Hernández, en concepto de cónyuge e hijos respectivamente y

sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que crean con

derecho en dicha herencia, para que se presenten a la referida ofi cina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, OSCAR ARMANDO CRUZ

JUAREZ, en la ciudad de Cojutepeque, a los veintinueve días del mes

de junio de dos mil quince.

LIC. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F060325

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y veinte mi-

nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio

de inventario la herencia intestada que dejó el señor MIGUEL ANGEL

GOMEZ, quien falleció el día veintinueve de diciembre del dos mil uno,

en el caserío El Tejar, cantón El Pastor, jurisdicción de Yayantique, de-

partamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte

de la señora EVELIN CRISTINA VENTURA GOMEZ, en calidad de

cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a las seño-

ras MARIA ROSALINA GOMEZ DE MATA y MARIA ANTONIA

HERNANDEZ GOMEZ DE MATA, en su calidad de hijas del causante.

Confi érese a dicha aceptante, en la calidad antes mencionada, la Admi-

nistración y Representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cuatro días

del mes de junio del dos mil quince. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001137-1

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

once horas nueve minutos del día nueve de febrero de dos mil quince,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia Testamentaria dejada a su defunción por el causante señor

MIGUEL ANGEL ZEPEDA ALAS, con Número de Identifi cación

Tributaria cero cuatrocientos veintitrés-cero cincuenta mil setecientos

sesenta y uno-cero cero uno-cuatro; quien fue de cincuenta y dos años

de edad, mecánico, casado, originario de San Francisco Lempa, y del

domicilio de El Paisnal, departamento de San Salvador, siendo esta ciudad

su último domicilio, fallecido el día catorce de junio de dos mil catorce,

con Documento Único de Identidad número cero dos millones seiscientos

siete mil ciento noventa-seis; de parte de la señora CRUZ JOSEFINA

GRANDE MARTINEZ, en calidad de heredera testamentaria, a quien

se le ha conferido la Administración y Representación INTERINA, de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Lo que se hace saber al público en general, para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado, a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once horas

catorce minutos del día nueve de febrero de dos mil quince. LIC. JAVIER

ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTO.

LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001150-1

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resoluciones dictadas en este Tribunal, de

las ocho horas veinte minutos del día dos de marzo de dos mil quince,

y de las ocho horas veinte minutos del día diecinueve de mayo de dos

mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante

señor LUIS REYES RECINOS HERNANDEZ, quien fue de cincuenta

y ocho años de edad, jornalero, soltero, del domicilio de Aguilares,

departamento de San Salvador, siendo Aguilares, su último domicilio,

fallecido el día uno de enero de dos mil catorce, de parte de la señora

TERESA DE JESUS RECINOS DE GUTIERREZ, NIT cero setecientos

quince-ciento veinte mil ciento cuarenta y cuatro-ciento dos-cinco; en

concepto de hermana del de Cujus y cesionaria de los derechos que le

correspondían al señor JOSE ANTONIO RECINOS HERNANDEZ,

éste en su calidad de hermano del causante, tercera categoría, Art. 988

C.C., a quien se le ha conferido la Administración y Representación

INTERINA, de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho

horas veinticinco minutos del día diecinueve de mayo de dos mil quince.

LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO

CIVIL INTO. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001151-1

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta

y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de los menores JOSE FREDIS,

MOISES FRANCISCO y DANIEL DE JESÚS, todos de apellidos

CUELLAR MARTINEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó

el señor SIFREDO ANTONIO CUELLAR MARTINEZ, quien fue de

cincuenta y un años de edad, agricultor, divorciado, originario de Santa

Clara, departamento de San Vicente, salvadoreño, falleció el día diez

de mayo del dos mil quince, en Apastepeque, de la jurisdicción del de-

partamento de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último

domicilio, en concepto de hijos del causante.

Nómbrase a los aceptantes Administradores y Representantes

interinos de la sucesión con las restricciones de los curadores de la he-

rencia yacente, la cual ejercerán por medio de su madre señora SONIA

GUADALUPE MARTINEZ ALFARO, hasta que dichos menores

alcancen su mayoría de edad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintinueve

días del mes de junio dos mil quince. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060157-1

JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL (2) DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado Diligencias

de Aceptación de Herencia Intestada, promovidas por la Licenciada

BLANCA NOHEMY MARTÍNEZ PANAMEÑO, Apoderada General

Judicial de la señora SANDRA DINORA HERNÁNDEZ DE GARCÍA

y de los menores RUBÉN ARMANDO GARCÍA HERNÁNDEZ,

JACKELIN CRISTINA GARCÍA HERNÁNDEZ y KARLA JISSEL

GARCÍA HERNÁNDEZ, representados por la primera, y que por reso-

lución de las diez horas del día ocho de junio del año dos mil quince, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

sucesión intestada que a su defunción dejó el causante RUBÉN ALONSO

GARCÍA ARÉVALO, quien fue de treinta y ocho años de edad, casado,

salvadoreño, originario de Jujutla, departamento de Ahuachapán, fallecido

el día veintiuno de enero del año dos mil trece, con último domicilio en

Hempstead, Nueva York, Estados Unidos de América, hijo de Valentín

García y Transito Arévalo; por parte de la señora SANDRA DINORA

HERNÁNDEZ DE GARCÍA, de treinta y siete años de edad, empleada,

del domicilio de Hempstead, Nueva York, Estados Unidos de América, y

temporalmente de San Julián, departamento de Sonsonate, con Documento

Único de Identidad número cero cinco cero uno cero ocho nueve cinco-

cinco, y Número de Identifi cación Tributaria cero tres uno cinco-uno

siete cero ocho siete siete-uno cero seis-cinco; por derecho propio en

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

calidad de cónyuge sobreviviente; y por parte de los menores RUBÉN ARMANDO GARCÍA HERNÁNDEZ, de siete años de edad, Estudiante, del domicilio de Hempstead, Nueva York, Estados Unidos de América, Número de Identifi cación Tributaria nueve cuatro cinco cero-dos cinco cero seis cero siete-uno cero uno-cinco, JACKELIN CRISTINA GAR-CÍA HERNÁNDEZ, de quince años de edad, estudiante, del domicilio de Hempstead, Nueva York, Estados Unidos de América, Número de Identifi cación Tributaria nueve cuatro cinco cero-dos cero uno dos nueve nueve-uno cero uno-cuatro, y KARLA JISSEL GARCÍA HERNÁNDEZ, de dieciséis años de edad, estudiante, del domicilio de Hempstead, Nueva York, Estados Unidos de América, Número de Identifi cación Tributaria nueve cuatro cinco cero-uno cero cero nueve nueve ocho-uno cero uno-cero, por derecho propio en calidad de hijos del causante, por medio de su madre SANDRA DINORA HERNÁNDEZ DE GARCÍA, como su representante legal, a quienes de conformidad al Art.1163 del Código Civil, se les confi rió la Administración y Representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así mismo en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-miento.

Se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las quince horas del día ocho de junio del año dos mil quince. LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LIC. WILLIAM BENJAMÍN MOSCOSO HERNÁNDEZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. C001157-1

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil Suplente, de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las doce horas con diecisiete minutos del día veintiuno de mayo del año dos mil quince. Se ha tenido por aceptada expresamente y con be-nefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de San Marcos, departamento de San Salvador, el día uno de marzo del año dos mil doce, dejó la causante YCSELINA VÁSQUEZ conocida por ISELINA VÁSQUEZ PALA-CIOS, por YCSELINA VÁSQUEZ DE BUSTAMANTE, por ISELINA VÁSQUEZ PALACIOS DE BUSTAMANTE, por ISELINA VÁSQUEZ DE BUSTAMANTE, y por ISELINA DE BUSTAMANTE, de parte de la señorita MARCELA YANIRA BUSTAMANTE VÁSQUEZ, en su calidad de hija de la referida causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondían a los señores JUAN ESTEFANO BUSTAMANTE, JUAN ESTEFANO BUSTAMANTE VÁSQUEZ e ISELINA EUGENIA BUSTAMANTE VÁSQUEZ, el primero como cónyuge sobreviviente y el segundo y tercera como hijos de la referida causante. Confi érase a la aceptante la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos que sean quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad San Marcos, departamento de San Salvador, a las catorce horas y veinte minuto día veintisiete de mayo de dos mil quince. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060162-1

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a los veintitrés días del mes de junio de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que dejó al fallecer el señor EFRAÍN ANTONIO MARTINEZ OLIVARES, quien fue de setenta y nueve años de edad, agricultor en pequeño, salvadoreño, casado, originario de San Miguel, departamento de San Miguel, hijo de Juan Antonio Martínez y María Ester Olivares, fallecido el día veintiocho de septiembre de dos mil catorce, siendo su último domicilio la ciudad y departamento de San Miguel; de parte de los señores MARIA JESUS CASTRO DE MARTINEZ, mayor de edad, ama de casa, de este domicilio, con documento único de identidad 01541914-1 y tarjeta de identifi cación tributaria 1217-050740-106-4; y RUFINO DE JESUS MARTINEZ CASTRO, mayor de edad, operador de máquinas, de este domicilio, con documento único de identidad 04916759-8, y tarjeta de identifi cación tributaria 1217-300177-104-0; la primera en calidad de cónyuge y el segundo en calidad de hijo del causante. Se le ha conferido a los aceptantes, en el carácter aludido, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, y se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES

DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE. LIC. CRISTIAN ALEXANDER

GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO DE

ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F060217-1

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo

Civil Suplente de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las

catorce horas con veintiocho minutos del día doce de mayo del año dos

mil quince.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad

de San Marcos, Departamento de San Salvador, siendo dicha ciudad su

último domicilio, el día veinticinco de febrero del año mil novecientos

noventa, dejó el causante JULIO GARCÍA, de parte de la señora DAYSI

GUADALUPE GARCÍA FLORES, en su calidad de hija del causante.- Se

ha Conferido a la aceptante la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención

para que transcurridos que sean quince días contados a partir de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las nueve horas con veinte minutos del día

dieciocho de Mayo de dos mil quince. LICDA. AMADA LIBERTAD

INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC.

ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060249-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las catorce horas cuarenta y dos minutos del día veintiuno de mayo

de dos mil quince, se tuvo de parte de las jóvenes: CANDIDA ESPE-

RANZA MERINO VAQUERANO, de dieciocho años de edad, Estu-

diante, del domicilio de Apopa, ESMERALDA DE JESUS MERINO

VAQUERANO, de trece años de edad, Estudiante, del domicilio de

Apopa, y JOHANA MARCELA VAQUERANO PEREZ, de veintidós

años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; con Tarjetas de

Identifi cación Tributaria que por su orden son los números: diez diez-

quince diez noventa y seis-ciento uno-dos; cero seiscientos dos-cero

tres cero seis cero uno-ciento dos-cinco; y cero seiscientos dos-treinta

cero tres noventa y tres-ciento uno-cinco; en calidad de hijas de la

Causante, respectivamente; por aceptada expresamente, con benefi cio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora

LORENA ESMERALDA VAQUERANO PEREZ, quien fue de treinta

y seis años de edad, Empleada, Soltera, con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número cero seiscientos dos-dieciocho cero siete setenta y

tres-ciento uno-seis, fallecida el día cinco de agosto de dos mil nueve,

siendo la ciudad de Apopa, lugar de su último domicilio; Juntamente

con el señor MELVIN ALEJANDRO ELIAS VAQUERANO, a quien

se le tuvo por aceptada interinamente dicha herencia, a las diez horas del

día veintinueve de abril de dos mil catorce, ante los ofi cios del Notario

Calixto Arturo Martínez Menjívar, en calidad de hijo de la Causante,

y Cesionario de los derechos que le correspondían a los señores JUAN

ANTONIO VAQUERANO CANTARERO y ALEJANDRA SUSANA

PEREZ DE VAQUERANO, padres de la Causante.-

Y se les confi rió a las aceptantes en el carácter indicado, la admi-

nistración y representación interina de los bienes de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente; dere-

chos que deberá ejercer la menor ESMERALDA DE JESUS MERINO

VAQUERANO, por medio de su Representante Legal, señor MARIO

DE JESUS MERINO ANDRADE.-

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas

treinta y dos minutos del día veintiuno de mayo de dos mil quince. DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE

LO CIVIL. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F060269-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce

horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi -

cio de inventario de parte del señor NICOLAS ERNESTO SALAZAR

MEJIA, en su calidad de hijo del causante, de la Herencia intestada dejada

a su defunción por el señor NICOLAS DE JESUS SALAZAR BAIRES,

quien fuera de cincuenta y cuatro años de edad, agricultor, acompañado

y falleció el día dieciocho de marzo de dos mil catorce, y falleció en

caserío El Nancito, Cantón Las Cruces, San Juan Opico, Departamento

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

de La Libertad, siendo éste su último domicilio. Confi érasele al aceptante

expresado en el concepto indicado la Administración y Representación

Interina de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas que se crean con

derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las catorce horas diez minutos del día veintidós de junio del año dos

mil quince. LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060286-1

ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las nueve

horas del día veintiséis de mayo del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que

al fallecer a las once horas y treinta y cinco minutos del día dos de

noviembre del año dos mil catorce, en Cantón Derrumbado, Municipio

de Lislique, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último

domicilio, dejara el causante Basilio Pérez Hernández conocido por Ba-

cilio Pérez Hernández, a favor de los señores Hilda Esperanza Hernández

de Pérez, en concepto de cónyuge sobreviviente y los menores Sandra

Verónica Pérez Hernández y José Margarito Pérez Hernández, como

hijos del causante, representados por medio de su madre la señora

Hilda Esperanza Hernández de Pérez, y además los tres son cesionarios

del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía al

señor Pedro Pérez Pérez, como padre del causante antes mencionado,

de conformidad con lo establecido en los Arts. 988 No. 1° y el 1699 del

Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-

partamento de La Unión, a los veintinueve días del mes de mayo del

año dos mil quince. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ

DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060290-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las quince

horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de los señores EVELIN YANETH

DIAZ ARGUETA, JOEL EDUARDO DIAZ ARGUETA, PEDRO

OMAR DIAZ ARGUETA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción

por el señor PEDRO ISIDORO DIAZ, quien falleció el día dieciséis de

mayo del año dos mil catorce, en Reconocimiento por Médico Forense,

Dr. Noé Ernesto Carballo Sandoval, en Calle principal del Caserío San

Miguelito, Cantón Valle Nuevo, Armenia, Sonsonate, siendo Ciudad

Arce, su último domicilio, en concepto de hijos del causante, por medio

de su Apoderado Licenciado Ramón Armando Ramos Ascencio.

Confi riéndoseles a los aceptantes expresados en el concepto indicado

la administración y representación interinas de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

quince horas diez minutos del día once de junio del año dos mil quince.

LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F060313-1

LICENCIADA MARLENE CRISTINA BONILLA ALFARO, JUEZA

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada con Benefi cio de Inventario promovidas por la Licenciada

NURY ELIZABETH MENDOZA BARRIENTOS, en su calidad de

Apoderada General Judicial de la señora GLORIA LUZ CARRANZA

MELGAR, clasifi cadas bajo el número de referencia 00340-15-CVDV,

se ha proveído resolución por este tribunal, mediante la cual se ha tenido

por ACEPTADA INTERINAMENTE LA SUCESIÓN INTESTADA

por parte de la señora GLORIA LUZ CARRANZA MELGAR, mayor

de edad, Profesora en Letras, del domicilio de Coatepeque, con Docu-

mento Único de Identidad número: cero cero cero cero cuatro mil ciento

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ochenta y nueve - cuatro y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:

cero seiscientos diecinueve - cero noventa y un mil ciento sesenta y

cuatro - ciento tres - tres; en sus concepto de cesionaria hereditarios

que les ha sido cedidos por las señoras BERTA ÁLICA MELGAR,

CÁNDIDA ROSA MELGAR DE RODRÍGUEZ y TERESA DE JESÚS

MELGAR DE RIVERA, todas en su carácter de hermanas sobrevivien-

tes en la sucesión de la causante señora MARÍA OTILIA MELGAR,

quien al momento de su fallecimiento era de ochenta y un años de edad

quien falleciera el día nueve de febrero del dos mil doce, Ama de Casa,

Originaria de Coatepeque, siendo esta ciudad su último domicilio.

A la aceptante supra relacionada se le confi ere INTERINAMENTE

LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DE LA SUCE-

SIÓN CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS

CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE.-

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel

que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este juzgado a

deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publi-

cación de este edicto en el Diario Ofi cial de conformidad al art. 1163

del Código Civil.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL; Santa Ana, a las nueve horas cincuenta minutos del día

veintiuno de mayo de dos mil quince. LICDA. MARLENE CRISTINA

BONILLA ALFARO, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL INTERINA, SANTA ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA

RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060315-1

HERENCIA YACENTE

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL, DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas siete minutos

del día dos de junio de dos mil quince, dictada en las Diligencias Varias

clasifi cadas en este Juzgado con el NUE: 00449-15-CVDV-1CM1-39

/15(1); se ha declarado YACENTE, la herencia que a su defunción dejó

la señora DEYSI MABEL CHICAS VÁSQUEZ, quien fue de cuarenta

y cinco años de edad, Ofi cios Domésticos, Soltera, quien tuvo su último

domicilio en Lotifi cación Santa Teresa, polígono uno, lote número diez,

Cantón Cantarrana, de esta Jurisdicción; fallecida en el Hospital San Juan

de Dios de esta ciudad, el día veintitrés de enero de dos mil quince, a las

dieciocho horas. Habiéndose nombrado como curadora de la expresada

herencia a la Licenciada Rosa Elena Morales Alarcón.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley

comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida

Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,

número Cuarenta y Uno de esta ciudad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

dos de junio de dos mil quince. LICDA. THELMA IDALIA ESPERANZA

ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL. LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060252-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

ANA GLORIA RIVAS, solicitando que se extienda a su favor, título de

propiedad de un solar urbano con su construcción, situado en el Barrio El

Calvario de esta ciudad, de OCHENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y

SIETE METROS CUADRADOS de extensión superfi cial, comprendido

dentro de las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE, formado

por un tramo con una distancia de diez punto noventa y nueve metros,

lindando con propiedad de Douglas Antonio Rivas y Claudia Lisseth

Rivas, pared de ladrillo de por medio; LINDERO ORIENTE, formado

por un tramo, con una distancia de siete punto sesenta y nueve metros,

linda con propiedad de Isabel Velásquez, pared de ladrillo de por medio;

LINDERO SUR, compuesto por un tramo, con una distancia de once

punto cuarenta y cuatro metros, linda con propiedad de Martha Lidia

Rivas, con lindero sin materializar; LINDERO PONIENTE, compuesto

por un tramo, con una distancia de siete punto noventa metros, lindando

con propiedad de Tomás Rivas Mejía, servidumbre de por medio.- Así

se llega al vértice NorPoniente que es donde se inició la descripción.-

No es dominante, ni sirviente. No tiene cargas o derechos reales ni está

en proindivisión.- Lo hubo por compra, a INGRID IVETH RIVAS,

viviente de este domicilio, y lo estima en TRES MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.- Los colindantes

son de este domicilio.-

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a los dieciséis días del mes de

Junio de dos mil quince. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, AL-

CALDE MUNICIPAL. MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001128-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE CONSTAR: Que en esta ofi cina se ha recibido escrito de

Uber Francisco Gutiérrez, mayor de edad, Abogado, de este domicilio,

con Documento Único de Identidad: Cero cero setecientos sesenta y

un mil ciento cuarenta y ocho - ocho, y con Número de Identifi cación

Tributaria: Cero doscientos doce – cero veinte mil cuatrocientos sesenta y

dos - cero cero uno - cero, quien solicita Título de Propiedad en carácter

de Apoderado Judicial con Cláusula Especial de la señora: GLORIA

AMINTA SANDOVAL DE ALVAREZ, sesenta y seis años de edad,

Doméstica, del domicilio de Santiago de la Frontera, con Documento

Único de identidad: Cero cero doscientos treinta y siete mil quinientos

noventa - seis, y con Número de Identifi cación Tributaria: Cero doscien-

tos uno - doscientos once mil doscientos cuarenta y ocho - ciento uno

- cinco; quien es dueña y actual poseedora de buena fe, quieta, pacífi ca e

ininterrumpida, de un inmueble de naturaleza Rústica, situado en Cantón

Santa Cruz, de la jurisdicción de Santiago de la Frontera, Departamento

de Santa Ana, de una extensión superfi cial de UN MIL DOS PUNTO

TRES MIL CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS, con

las colindancias especiales siguientes: AL NORTE, con Edin de Jesús

Montejo Alvarez; AL ORIENTE, con Edin de Jesús Montejo Alvarez

y con Antonio Colindres Osorio, con ambos calle de por medio; AL

SUR, con Santos Inés Barillas de Umaña, con Concepción Colindres

Osorio y con Blanca Araceliz Sandoval Molina, con todos calle de por

medio; y AL PONIENTE, con Margarita Linares de Henríquez, calle y

río Cuzmapa de por medio. Dicho inmueble lo adquirió por compra que

hizo al señor Benigno Alvarez, conocido por Benigno Alvarez Linares.

El predio no es dominante, ni sirviente, no posee cargas ni derechos

reales y no se encuentra en proindivisión con ninguna otra persona. Lo

estima en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA. Los colindantes son del domicilio de Santiago

de la Frontera.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Santiago de la Frontera, a los veintiún días del

mes de mayo del año dos mil quince. JOSE ANTONIO MARTINEZ,

ALCALDE MUNICIPAL. LIC. OSWALDO PAYES MORALES,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F060199-1

TITULO SUPLETORIO

JOSÉ GUILLERMO VALLE LÓPEZ, Notario, del domicilio de

Aguilares, con ofi cina en Cuarta Calle Poniente, número trece, Aguilares;

al público en general para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a mi ofi cina se ha presentado la señora

AMELIA LARA DE ESCOBAR, solicitando TITULO SUPLETORIO,

sobre un inmueble de naturaleza rústica de su propiedad, situado en

Cantón San Jerónimo, jurisdicción de Guazapa, departamento de San

Salvador, de la extensión superfi cial de UN MIL CIENTO SESENTA

Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: treinta y uno

punto catorce metros, linda con Felipe de Jesús Erazo, y Nicolás Erazo

hijo; AL ORIENTE, cuarenta y uno punto setenta y tres metros linda

con José Armando Cartagena Brizuela; AL SUR, treinta punto sesenta

y siete metros, linda con Jesús Rodríguez, calle de por medio; y AL

PONIENTE, cuarenta punto ochenta y nueve metros, linda Jesús Luís

Marroquín.

Dicho inmueble no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas, ni

se encuentra en proindivisión con nadie y lo hubo por compra que le

hiciera la señora Juana Marina Brizuela Quintanilla.

Librado en Aguilares, el día veintiuno de enero del dos mil quin-

ce.

LIC. JOSE GUILLERMO VALLE LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001143

RENE VITELIO CERNA SALAMANCA, Notario del domicilio de San

Salvador, con Ofi cina ubicada en Avenida España, Condominio Metro

España, Edifi cio "A" local número 1 BIS, San Salvador. Al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: I) Que ante mis Ofi cios Notariales se ha presentado

el señor MANUEL DE JESUS CORTEZ, de cincuenta y cuatro años

de edad, Comerciante, del domicilio de Soyapango, Departamento de

San Salvador, con Documento Único de Identidad número: cero dos

nueve cero uno cuatro ocho ocho - cero, y Número de Identifi cación

Tributaria: uno uno uno seis - cero uno cero uno seis uno - cero cero uno

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

- cero; solicitándome se le extienda previo los trámites de ley, TITULO

SUPLETORIO, de una porción de terreno de naturaleza Rural, situada

geográfi camente en el Cantón El Rodeo, correspondiente al Municipio

de Jocoaitique, Departamento de Morazán, con una área superfi cial de

CINCO MIL CUARENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y TRES

METROS CUADRADOS, el cual tiene las coordenadas Geodésicas,

rumbos, distancias y colindancias siguientes: X= quinientos noventa y

un mil cuatrocientos noventa y cinco punto tres mil quinientos veinte, Y=

trescientos ocho mil setecientos cincuenta y cinco punto mil trescientos

setenta. LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur-Poniente está

formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno a dos, Noreste treinta y tres grados veintitrés minutos cuarenta y ocho

segundos, con una distancia de diez punto doce metros; Tramo dos a tres,

Noreste sesenta y uno grados treinta minutos cuarenta y siete segundos,

con una distancia de dieciséis punto veinticuatro metros, colindando con

terreno del señor Crisanto Vigil, calle antigua que conduce a Perquín

de por medio; LINDERO NORTE: partiendo del vértice Nor-Poniente

está formado por cinco Tramos, con los siguientes rumbos y distancias:

Tramo tres a cuatro, Noreste setenta y tres grados cero cero minutos

cincuenta y dos segundos, con una distancia de dieciocho punto veinti-

trés metros; Tramo cuatro a cinco, Noreste ochenta y nueve grados cero

ocho minutos cero dos segundos, con una distancia de cincuenta y nueve

punto cuarenta y siete metros; Tramo cinco a seis, Sureste ochenta y uno

grados cuarenta y cinco minutos cero seis segundos, con una distancia

de quince punto veintidós metros; Tramo seis a siete, Sureste setenta

y uno grados diez minutos diecinueve segundos, con una distancia de

veintidós punto cero siete metros; Tramo siete a ocho, Sureste setenta y

siete grados cuarenta y siete minutos dieciséis segundos, con una distancia

de seis punto sesenta y cuatro metros, colindando con terreno del señor

Crisanto Vigil y terreno del señor Cristóbal Chicas, calle antigua que

conduce a Perquín de por medio; LINDERO ORIENTE: partiendo del

vértice Nor-Oriente está formado por cinco tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo ocho a nueve, Suroeste dieciocho grados

treinta y ocho minutos treinta y cuatro segundos, con una distancia de

seis punto setenta y uno metros; Tramo nueve a diez, Suroeste trece

grados once minutos treinta y siete segundos, con una distancia de siete

punto ochenta y cinco metros; Tramo diez a once, Suroeste once grados

treinta y siete minutos cincuenta y cinco segundos, con una distancia de

diez punto doce metros; Tramo once a doce, Sureste cero cero grados

cincuenta y seis minutos veintinueve segundos, con una distancia de

diecinueve punto cuarenta y ocho metros; Tramo doce a trece, Sureste

cero cero grados trece minutos veinticuatro segundos, con una distancia

de once punto cero cuatro metros, colindando con propiedad del señor

Horacio Guevara, cerco de alambre de división; LINDERO SUR:

partiendo del vértice Sur-Oriente está formado por diez tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo trece a catorce Noroeste sesenta

y cuatro grados veintisiete minutos doce segundos, con una distancia

de doce punto treinta y ocho metros; Tramo catorce a quince, Noroeste

sesenta y siete grados cincuenta y tres minutos dieciocho segundos,

con una distancia de diez punto treinta y seis metros; Tramo quince a

dieciséis, sesenta y siete grados veinte minutos diecinueve segundos, con

una distancia de cuatro punto cincuenta y ocho metros; Tramo dieciséis

a diecisiete, Noroeste sesenta y nueve grados treinta y seis minutos

veinticinco segundos, con una distancia de diecinueve punto noventa y

uno metros; Tramo diecisiete a dieciocho, Noroeste setenta y uno grados

cero nueve minutos veintiuno segundos, con una distancia de nueve

punto ochenta y siete metros; Tramo dieciocho a diecinueve, Noroeste

setenta y tres grados treinta y ocho minutos cuarenta y nueve segundos,

con una distancia de trece punto treinta y dos metros; Tramo diecinueve

a veinte, Noroeste setenta grados cuarenta y cuatro minutos treinta y

dos segundos, con una distancia de nueve punto veinticinco metros;

Tramo veinte a veintiuno, Noroeste setenta y cuatro grados cuarenta y

ocho minutos cincuenta y dos segundos, con una distancia de treinta y

cuatro punto diez metros; Tramo veintiuno a veintidós, Noroeste setenta

y siete grados cero siete minutos quince segundos, con una distancia

de veinticuatro punto treinta y ocho metros; Tramo veintidós a uno,

Noroeste ochenta grados cero cero minutos veintiuno segundos, con una

distancia de dos punto cuarenta y tres metros, colindando con terreno

del señor Enrique Amaya, cerco de alambre de división. Así se llega al

tramo número uno, que es donde inició la presente descripción técnica.

II) El terreno precedentemente descrito no es dominante, ni sirviente, y

no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y no está

en proindivisión. Manifi esta el compareciente, que adquirió el inmueble

por venta que le hiciera el anterior dueño y poseedor señor FLOREN-

CIO ARGUETA. En consecuencia, ha poseído el descrito terreno el

anterior dueño veinticinco años y el solicitante doce años, y que desde

esta fecha hasta la actualidad ha ejercido la posesión en forma pública,

quieta, pacífi ca y sin interrupción ni proindivisión con persona alguna,

ejerciendo sobre él, actos de verdadero dueño. Indicando que Valúa el

terreno en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en la ciudad de San Salvador, el uno de julio de dos mil

quince.

RENE VITELIO CERNA SALAMANCA,

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1 v. No. F060257

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

TITO LOPEZ ESCOBAR, Notario, del domicilio de San Miguel

Tepezontes, con ofi cina jurídica situada en el Barrio El Tránsito, Calle

al Lago, Contiguo a Panadería Vilma, San Miguel Tepezontes, Depar-

tamento de La Paz.

HACE SABER: Que a su despacho se ha presentado la señora

FRANCISCA CATALINA DE PAZ VIUDA DE MONTALVO, mayor

de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Martín, Departa-

mento de San Salvador, solicitando a su favor TITULO SUPLETORIO

de un terreno de naturaleza RÚSTICA situado en Cantón El Centro, sin

número, Jurisdicción de Santa Cruz Michapa, Departamento de Cuscatlán,

compuesto de UN MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO PUNTO

SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de extensión superfi cial,

con las colindancias siguientes: al NORTE: con Julio Escobar Escobar,

al ORIENTE: con José Antonio Vásquez Rosales, Alejandro Santos

Vásquez, Lucía Rosales de Martínez y Juan Ramos, calle de por medio,

al SUR: con José María Vásquez Gálvez y María Virginia Hernández

de Vásquez, y al PONIENTE: con Julio Escobar Escobar. Lo hubo por

compra que hizo al señor José Eugenio Berrios Castillo, cuya posesión

data por un espacio mayor a DIEZ AÑOS consecutivos, de forma quieta,

pacífi ca, ininterrumpida, sin proindivisión.

Lo valúa en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

Los colindantes son del domicilio de Santa Cruz Michapa, Depar-

tamento de Cuscatlán.

Lo que se hace saber al público, de conformidad con el Art. 5 y I6,

inciso 3° de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y de Otras Diligencias.

Librado en San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, a

los veintitrés días del mes de Junio de dos mil quince.

LIC. TITO LOPEZ ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. F060263

JULIO ANTONIO MARINERO SÁNCHEZ, Juez de Primera Instancia

Suplente del Distrito Judicial de Ilobasco, departamento de Cabañas,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

MARÍA NORBERTA ROSALES DE BARRIENTOS o MARÍA NOR-

BERTA ROSALES ALFARO, de sesenta y dos años de edad, ama de

casa, de este domicilio, por medio de la Apoderada General Judicial

Licenciada EMÉRITA RIVAS HERNÁNDEZ, solicitando Título Su-

pletorio a su favor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en

Caserío Minas del Cantón Azacualpa, jurisdicción de Ilobasco, depar-

tamento de Cabañas, de la extensión superfi cial de DIECIOCHO MIL

DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son las si-

guientes: AL NORTE: en doce tramos rectos, tramo uno de diez punto

setenta y siete metros con rumbo Norte cincuenta y un grados cero seis

minutos y treinta y ocho segundos Este; tramo dos de dos punto sesen-

ta y dos metros con rumbo Norte treinta y ocho grados cero un minutos

y cincuenta segundos Este; tramo tres de veintiséis punto sesenta metros

con rumbo Norte veintinueve grados cuarenta y cinco minutos y cua-

renta y siete segundos Este; tramo cuatro de siete punto once metros con

rumbo Norte veintisiete grados diecisiete minutos y cuarenta y nueve

segundos Este; tramo cinco de nueve punto cero metros con rumbo

Norte veinticinco grados cincuenta y ocho minutos y cero un segundos

Este; tramo seis de cinco punto veintitrés metros con rumbo Norte doce

grados diecisiete minutos y cincuenta y tres segundos Este; tramo siete

de ocho punto noventa y dos metros con rumbo Norte cincuenta y tres

grados diecinueve minutos y veinticinco segundos Este; tramo ocho de

veintidós punto cuarenta y cinco metros con rumbo Norte cuarenta y

cuatro grados cuarenta y tres minutos y cincuenta y cuatro segundos

Este; tramo nueve de veintidós punto noventa y ocho metros con rumbo

Norte cuarenta y tres grados cuarenta y ocho minutos y cuarenta y seis

segundos Este, colinda en todos estos tramos con propiedad de JOSÉ

MARCOS ALFARO GONZÁLEZ y DORA ALFARO DÍAZ; tramo

diez de veinte punto cuarenta y seis metros con rumbo Sur cincuenta y

cinco grados veintiún minutos y veintidós segundos Este; tramo once

de quince punto setenta y siete metros con rumbo Sur cuarenta y tres

grados cincuenta y dos minutos y veintidós segundos Este; y tramo doce

de diecinueve punto treinta y siete metros con rumbo Norte cuarenta y

tres grados cero un minutos y cuarenta y dos segundos Este, colinda en

estos últimos tres tramos con propiedad del señor BENIGNO HERNÁN-

DEZ, y según Certifi cación de la Denominación Catastral colinda en

todo este rumbo con los señores Pedrina Hernández Sánchez y José

Felipe Rosales Alfaro; AL ORIENTE: en doce tramos rectos; tramo uno

de treinta y cinco punto cincuenta y seis metros con rumbo Sur veintio-

cho grados cincuenta y tres minutos y veintinueve segundos Este; tramo

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

dos de veintiséis punto cero cuatro metros con rumbo Sur treinta y

cinco grados once minutos y cuarenta y seis segundos Este; tramo tres

de cuatro punto cero tres metros con rumbo Sur cero seis grados once

minutos y veinticinco segundos Este, colinda en estos tramos con pro-

piedad del señor JOSÉ TRÁNSITO ROSALES ALFARO; tramo cuatro

de catorce punto treinta y tres metros con rumbo Sur diecinueve grados

veintidós minutos y veintiséis segundos Oeste; tramo cinco de ocho

punto cincuenta y siete metros con rumbo Sur veinticinco grados cero

seis minutos y veintidós segundos Oeste; tramo seis de quince punto

treinta metros con rumbo Sur cero tres grados cincuenta y tres minutos

y diecisiete segundos Oeste; tramo siete de ocho punto noventa y cinco

metros con rumbo Sur cero seis grados cincuenta y seis minutos y cero

segundos Oeste; tramo ocho de catorce punto noventa y cinco metros

con rumbo Sur veintinueve grados cincuenta y seis minutos y cuarenta

y seis segundos Oeste; tramo nueve de nueve punto cincuenta y seis

metros con rumbo Sur veintiún grados veintidós minutos y veintitrés

segundos Oeste; tramo diez de cuatro punto noventa y cuatro metros

con rumbo Sur cero siete grados cincuenta y dos minutos y dieciséis

segundos Este; tramo once de trece punto sesenta y nueve metros con

rumbo Sur cuarenta y ocho grados cero un minutos y cero cuatro segun-

dos Este; y tramo doce de veintiuno punto setenta y seis metros con

rumbo Sur cuarenta grados treinta y seis minutos y cuarenta y tres se-

gundos Este, colinda en estos tramos con terreno propiedad de la seño-

ra ESPERANZA TORRES, y según Certifi cación de la Denominación

Catastral colinda en todo este rumbo con Cornelia Alfaro de Díaz;

María Urbana Alfaro de Sánchez; María Pedrina Alfaro de Flores;

Rufi no Alfaro Flores; Catalina Alfaro de Torres; Alejandro Alfaro

Flores; Juana Alfaro de Rodríguez; María Cruz Alfaro de Morales;

Atiliana Alfaro de Alfaro; Joaquina Flores viuda de Alfaro; Marcos

Alfaro Flores; y José Tránsito Rosales Alfaro; AL SUR: en ocho tramos

rectos; tramo uno de veintitrés punto sesenta y un metros con rumbo Sur

cincuenta y siete grados cero siete minutos y cero cuatro segundos

Oeste; tramo dos de catorce punto noventa y tres metros con rumbo Sur

ochenta y ocho grados cero minutos y diecinueve segundos Oeste; tramo

tres de doce punto catorce metros con rumbo Sur cincuenta y seis grados

cincuenta y tres minutos y cuarenta y siete segundos Oeste; tramo cua-

tro de cuatro punto noventa y cinco metros con rumbo Sur cincuenta y

cuatro grados treinta y nueve minutos y cero tres segundos Oeste; tramo

cinco de seis punto ochenta y siete metros con rumbo Sur setenta y ocho

grados veintiún minutos y cincuenta y tres segundos Oeste; tramo seis

de once punto ochenta y nueve metros con rumbo Sur setenta y siete

grados cero ocho minutos y treinta y seis segundos Oeste; tramo siete

de veinte punto sesenta y dos metros con rumbo Norte ochenta y nueve

grados treinta y ocho minutos y cincuenta y tres segundos Oeste; y

tramo ocho de diez punto sesenta y un metros con rumbo Norte setenta

y nueve grados cuarenta y seis minutos y diez segundos Oeste, colinda

en estos tramos con terreno propiedad de GENARO ROSALES y JOSE

GUERRA, y según Certifi cación de la Denominación Catastral colinda

con los señores Jorge Alfaro Díaz; María Clemente Alfaro Guerra;

Felicita Rosales de Alemán; José Teodoro Miguel Rosales; Nicomedes

Rosales Alfaro; José Eulalio Alfaro Rosales; Francisca Rosales Alfaro;

María Eustaquia Alfaro de López; Lidia Martínez Alfaro; y José Nico-

lás Torres Hernández; y AL PONIENTE: en ocho tramos rectos; tramo

uno de ocho punto cincuenta y siete metros con rumbo Norte quince

grados treinta y dos minutos y cuarenta y cuatro segundos Este; tramo

dos de veintidós punto veinticinco metros con rumbo Norte treinta

grados cero tres minutos y treinta y tres segundos Oeste; tramo tres de

catorce punto ochenta metros con rumbo Norte veintisiete grados die-

cinueve minutos y dieciséis segundos Oeste; tramo cuatro de siete

punto cincuenta y nueve metros con rumbo Norte veintiún grados cin-

cuenta y nueve minutos y veintidós segundos Oeste; tramo cinco de tres

punto treinta y siete metros con rumbo Norte cuarenta y seis grados

cincuenta y cinco minutos y treinta y nueve segundos Oeste; tramo seis

de veintitrés punto setenta y tres metros con rumbo Norte treinta y

cinco grados cuarenta y nueve minutos y cuarenta y cuatro segundos

Oeste; tramo siete de doce punto noventa y cinco metros con rumbo

Norte treinta y cinco grados veintinueve minutos y cincuenta y siete

segundos Oeste; y tramo ocho de veinte punto cero nueve metros con

rumbo Norte diecinueve grados cincuenta y cinco minutos y treinta y

ocho segundos Oeste, colinda en todos estos tramos con terreno propie-

dad del señor JOSÉ MARCOS ROSALES ALFARO, y según Certifi -

cación de la Denominación Catastral colinda con José Demecio Alfaro

Valladares y José Marcos Rosales Alfaro. Que en la actualidad se valo-

ra el inmueble antes descrito en la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS

OCHENTA Y CINCO DOLARES CON CUARENTA Y TRES CEN-

TAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que dicho terreno no es dominante ni sirviente, y no está en proindivisión

con ninguna otra persona y que su posesión unida a la de sus anteceso-

res ha sido quieta, pacífi ca y sin interrupción alguna, por más sesenta

años consecutivos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las catorce horas treinta minutos del día diecinueve de junio de dos

mil quince.- LIC. JULIO ANTONIO MARINERO SANCHEZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. OSCAR ARMANDO

LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que la señora ANA MARÍA CORNEJO DE MAR-

TÍNEZ, quien es de cuarenta y siete años de edad, costurera, con Docu-

mento Único de Identidad número cero dos millones trescientos ochenta

y siete mil cuatrocientos treinta y ocho-nueve y Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número un mil doce-ciento setenta mil cuatrocientos sesenta y

siete-ciento uno-seis, del domicilio de Tepetitán, de este departamento,

solicita Título Supletorio de un terreno rústico, situado en el Cantón La

Virgen, jurisdicción de Tepetitán, de este departamento, identifi cado

catastralmente como Parcela número un mil novecientos sesenta y nueve

del Mapa Catastral número uno cero cuatro siete tres dos dos cinco cero

cero, de la extensión superfi cial según levantamiento topográfi co y de-

nominación catastral de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO

CUARENTA Y CUATRO METROS, con la descripción siguiente: AL

NORTE, compuesto por un tramo recto de diez punto cuarenta metros,

colindando con propiedad de Mariana de Jesús Serrano Jovel, carretera

panamericana de por medio; AL ORIENTE, compuesto por dos tramos,

el primero de diecinueve punto cincuenta y cinco metros y el segundo

de cinco punto quince metros, colindando con propiedad de Ana María

Cornejo Martínez, cerco de alambre de por medio; AL SUR, compuesto

por un tramo recto de diez punto treinta y cuatro metros, colindando con

propiedad antes de Sebastiana López de Fuente, hoy de Amado Olivar,

cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE, compuesto por dos

tramos rectos, el primero de nueve punto trece metros y el segundo de

doce punto noventa y dos metros, colindando con resto del terreno que

le quedó a la señora Julia Corvera de Cornejo, cerco de alambre de por

medio.

El inmueble antes descrito se valúa en la suma de cinco mil dólares

de los Estados Unidos de América.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días

del mes de febrero del año dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001154-1

JULIO ANTONIO MARINERO SÁNCHEZ, Juez de Primera Instancia

Suplente del Distrito Judicial de Ilobasco, departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

JOSÉ ABELARDO RIVERA HIDALGO, de cuarenta y cuatro años

de edad, empleado, de este domicilio, por medio de su Apoderada Ge-

neral Judicial, Licenciada MARGERY YAMILETH GARCÍA LÓPEZ,

solicitando Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Maquilishuat de esta jurisdicción, de la

extensión superfi cial de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos especiales siguientes: LINDERO ORIENTE:

En diez metros de un muro de cemento, calle que de Ilobasco conduce

al Caserío El Limón de por medio, a llegar a otro mojón de cemento,

colinda con Luis Alonso Rivera, antes de Casimiro Bonilla. LINDERO

NORTE: en treinta metros, del mojón de cemento por cerco de alambre

en línea recta a llegar a otro mojón de cemento, colinda con resto de

terreno que le queda al vendedor señor Juan Alcides Castillo, del cual

se desmembra esta porción. LINDERO PONIENTE: En diez metros,

del mojón de cemento por cerco de alambre a llegar a otro mojón de

cemento, colinda con resto de terreno que le queda al vendedor señor Juan

Alcides Castillo, del cual se desmembra esta porción. LINDERO SUR:

en treinta metros, del mojón de cemento por cerco de alambre y piña a

llegar al mojón de cemento donde se comenzó la descripción, colinda

con María Romelia de Rivera, antes de Timoteo Medrano en el inmueble

se encuentra construida una casa sistema mixto. No es dominante, no

está en proindivisión con terceras personas, no tiene cargas ni derechos

reales; lo hubo por compra al señor Fermín Hidalgo Medrano, el día

veinte de febrero de dos mil quince, pero el vendedor lo poseyó desde

el diez de junio de mil novecientos noventa y cuatro, y lo estima en la

cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las catorce horas treinta minutos del día veinticuatro de junio de dos

mil quince.- LIC. JULIO ANTONIO MARINERO SANCHEZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. OSCAR ARMANDO

LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060177-1

TITULO DE DOMINIO

MILTON GUADALUPE SERRANO RAMÍREZ, Alcalde Muni-

cipal del Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de

Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado los señores

JOSE FRANCISCO ORELLANA ARTEAGA, de cuarenta y dos años de

edad, Comerciante en Pequeño, del domicilio de San Miguel de Mercedes,

Departamento de Chalatenango, a quien hoy conozco e identifi co por

medio de su Documento Único de Identidad número cero tres millones

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

seiscientos treinta y nueve mil trescientos ochenta y cinco guión cinco,

y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete guión

dos seis cero cuatro siete tres guión uno cero dos guión cinco y ANA

ALICIA AGUILAR DE ORELLANA, de cuarenta y un años de edad,

Profesora, del domicilio de San Miguel de Mercedes, Departamento de

Chalatenango, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Docu-

mento Único de Identidad número cero un millón setenta y cuatro mil

novecientos veintiocho guión dos, y Número de Identifi cación Tributaria

uno cuatro cero ocho guión cero tres cero cuatro siete cuatro guión uno

cero uno guión uno; en su concepto SOLICITAN Título de Dominio de

un inmueble de naturaleza URBANA, ubicado en el Barrio El Calvario,

Calle Principal, Número S/N, Municipio de San Miguel de Mercedes,

Departamento de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de DOSCIEN-

TOS NOVENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS, de las medidas, linderos y colindancias siguientes: AL

ORIENTE: comenzando de una esquina hasta un poste de jiote esta parte

forma el primer tiro de siete metros con ochenta y dos centímetros, luego

otro tiro hacia el Poniente de catorce metros de largo donde existe una

piedra enterrada y de aquí hacia el Norte, mide diez metros con treinta

y cinco centímetros, siendo en total veintinueve metros con veintisiete

centímetros, lindando con Francisco Javier Ramírez; AL PONIENTE:

mide dieciséis metros, colinda con María Domitila Serrano, dividido por

cerco de piedra propio de inmueble que se describe; AL NORTE: mide

dieciséis metros, parte de un árbol de irayol hacia una esquina de cerco

de piedra y linda con María Jiménez; AL SUR: mide veinte metros con

diez centímetros, en línea recta y linda con María Domitila Serrano. En

este terreno existe una casa de sistema mixto con sus respectivos servicios

de agua potable y energía eléctrica; no es dominante ni sirviente y se

encuentra libre de todo gravamen, y lo valoran en la cantidad de DIEZ

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo

adquirieron por compra que se le hizo a la conferencia Evangélica de

las Asambleas de Dios, corporación privada, según consta en escritura

pública NUMERO DIECIOCHO, otorgada en la Ciudad de Chalatenango,

a las trece horas del día cuatro de Septiembre del año dos mil catorce,

ante los ofi cios Notariales de Elmer Arturo Varela Amaya.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, a las nueve horas

del día dieciocho del mes de junio del año dos mil quince.- MILTON

GUADALUPE SERRANO RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL.-

ROSA IDALIA ALBERTO DE ORTIZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F060216-1

JUICIO DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE SANTA TECLA,

Juez Dos, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha iniciado por parte del

Licenciado César Pompilio Ramos López, en el carácter de Apoderado

de la Sociedad Administración del Fondo de Pensiones Crecer, Sociedad

Anónima, que puede abreviarse AFP CRECER, S.A., contra la Socie-

dad Promoción de Viviendas, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce-ciento cincuenta mil quinientos ochenta

y uno, cero cero uno- cuatro, siendo su último domicilio conocido el

de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad y se desconoce si

ha dejado Apoderado, Procurador o Representante Legal y deseándose

continuar con el Juicio Ejecutivo Mercantil que le ha promovido el Licen-

ciado César Pompilio Ramos López y continuado por la Licenciada Luisa

María Rivera Castellanos en su carácter de Apoderado de la Sociedad

Administración del Fondo de Pensiones Crecer, Sociedad Anónima que

se abrevia AFP CRECER, S.A., pide que previa formalidades legales se

le declare AUSENTE y se le nombre un CURADOR ESPECIAL para

que la represente en dicho juicio. En consecuencia, se previene que si la

sociedad PROMOCION DE VIVIENDAS, S.A. DE C.V., tiene Abogado,

Procurador o Representante Legal en la República se presente en este

Tribunal dentro de los quince días después de la publicación de este

AVISO POR TERCERA VEZ, a comprobar su personería conforme

a lo prescrito en el artículo cinco y veinticinco de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez Dos, Santa

Tecla, a las nueve horas y tres minutos del día veinticinco de marzo de

dos mil quince.- LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DE

LO LABORAL DE SANTA TECLA, JUEZ DOS.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

1 v. No. C001132

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

CAMBIO DE NOMBRE

JULIO CESAR CHICAS MÁRQUEZ, JUEZ DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las diez horas del día veintiséis de mayo del presente año, se admitió la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE, promovido por la señorita MICHAEL GUADALUPE POZO ZEPEDA, de veinte años de edad, Estudiante, del domicilio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, con domicilio actual en Residencial Villa Primavera, Polígono F, casa número ochenta y cuatro, jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, originaria de Ilopango, Departamento de San Salvador, hija de los señores MIGUEL ANGEL POZO APARICIO y ELENA ZEPEDA TORRES; a través de la Licenciada ANA MARIA JOMA SALES, que de conformidad al artículo 11 y 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, solicita se decrete el cambio de nombre, de MI-CHAEL GUADALUPE POZO ZEPEDA a MICHELLE GUADALUPE POZO ZEPEDA.

Razón por la cual se previene que si existe persona alguna que le afecte el cambio de nombre de la señorita MICHAEL GUADALUPE POZO ZEPEDA, se presente a este Tribunal a realizar la oposición respectiva, dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Familia de Soyapango, a las once horas cuarenta y nueve minutos del día veintiocho de mayo del año dos mil quince.- LIC. JULIO CESAR CHICAS MARQUEZ, JUEZ DE FAMILIA.- LIC. DORA ALICIA HERRERA DE SANDOVAL, SECRETARIA.

1 v. No. F060167

DISEÑO INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2015004906

No. de Presentación: 20150018027

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO(A) Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMEN-TO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Ferrari S.p.A., del domicilio de VIA EMILIA EST. 1163, 1-41100 MODENA, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando se conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL,

Denominado CARRO, por el término improrrogable de DIEZ AÑOS, con Clasifi cación Internacional CL12 08, CL21 01, y con prio-ridad de la solicitud EUROPEA No. 002513028, de fecha treinta y uno de julio del año dos mil catorce, solicitud EUROPEA No. 002513051, de fecha treinta y uno de julio del año dos mil catorce.

Se refi ere a: DISEÑO DE CARRO. La solicitud fue presentada a las quince horas y cincuenta y tres minutos del día treinta de enero del año dos mil quince.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C001123

No. de Expediente: 2015004957

No. de Presentación: 20150018389

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de JCDecaux SA, del domicilio de 17 RUE SOYER 92 200 NEUILLY-SUR-SEINE, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL,

Denominado PANEL PUBLICITARIO, por el término improrro-gable de DIEZ AÑOS, con Clasifi cación Internacional CL20 03.

Se refi ere a: DISEÑO DE PANEL PUBLICITARIO. La solicitud fue presentada a las once horas y cuarenta minutos del día veinte de abril del año dos mil quince.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060295

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2015004935

No. de Presentación: 20150018190

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

JCDecaux SA, del domicilio de 17 RUE SOYER -92 200 NEUILLY-

SUR-SEINE, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se

conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL.

Denominado POSTE PARA PARADAS, por el término improrro-

gable de DIEZ AÑOS, con Clasifi cación Internacional CL20 03, CL25

03, y con prioridad de la solicitud FRANCESA No. 2014-4225, de fecha

veinticuatro de septiembre del año dos mil catorce.

Se refi ere a: DISEÑO DE POSTE PARA PARADAS. La solicitud

fue presentada a las quince horas y ocho minutos del día dieciséis de

marzo del año dos mil quince.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintisiete días del mes

de abril del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060297

No. de Expediente: 2015004923

No. de Presentación: 20150018131

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

JCDecaux SA, del domicilio de 17 RUE SOYER -92 200 NEUILLY-

SUR-SEINE, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se

conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL.

Denominado PANEL PUBLICITARIO, por el término improrro-

gable de DIEZ AÑOS, con Clasifi cación Internacional CL20 03, y con

prioridad de la solicitud FRANCESA No. 2014-3869, de fecha tres de

septiembre del año dos mil catorce.

Se refi ere a: DISEÑO DE PANEL PUBLICITARIO. La solicitud

fue presentada a las quince horas y dos minutos del día veinticuatro de

febrero del año dos mil quince.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veinticinco días del mes

de mayo del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060298

No. de Expediente: 2015004915

No. de Presentación: 20150018093

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

JCDecaux SA, del domicilio de 17 RUE SOYER -92 200 NEUILLY-

SUR-SEINE, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se

conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL.

Denominado PANEL PUBLICITARIO, por el término improrro-

gable de DIEZ AÑOS, con Clasifi cación Internacional CL20 03.

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Se refi ere a: DISEÑO DE PANEL PUBLICITARIO. La solicitud

fue presentada a las quince horas y cuarenta y siete minutos del día

dieciséis de febrero del año dos mil quince.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los ocho días del mes de

mayo del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060300

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1966014133

No. de Presentación: 20060079612

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN

MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A), del domicilio

de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacio-

nalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Syngenta

Participations AG, del domicilio de Schwarzwaldallee 215, CH-4058

Basel, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 14133 del Libro 00036 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra MERTECT; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil quince.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001138-1

No. de Expediente: 2001013306

No. de Presentación: 20140207205

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICAR-

DO ALFREDO ROMERO BONILLA, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de VICKY FORM, SOCIEDAD ANONIMA PROMOTORA

DE INVERSION DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Recursos

Hidráulicos No. 2°, P.B. interior B, Fraccionamiento Industrial La Loma,

C.P. 54060 Tlalnepantla, Estado de México, MÉXICO, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00197 del Libro 00186 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra "NAVIGARE" y diseño; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de marzo del año dos mil quince.

MARÍA DAFNE RUÍZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001139-1

No. de Expediente: 1998000534

No. de Presentación: 20120162718

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN

MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A), del domicilio

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADA de

SVO TRADEMARK, INC., del domicilio de 8801 VISTANA CEN-

TRE DRIVE, ORLANDO, FLORIDA 32821, ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00179 del Libro 00148 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "VISTA-

NA" EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiuno días del mes de mayo del año dos mil quince.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001140-1

No. de Expediente: 2000003034

No. de Presentación: 20150214631

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN

MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de

SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de

nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

INTERNATIONAL TRUCK AND ENGINE CORPORATION, del

domicilio de 455 NORTH CITYFRONT PLAZA DRIVE, CHICAGO,

ILLINOIS 60611, ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00215 del Libro 00188 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA REPRESENTACION DE UN ROMBOI-

DE CON LINEA DELGADA NEGRA Y EN SU INTERIOR APARECE

UNA LINEA MAS GRUESA, TAMBIEN EN COLOR NEGRO, QUE

LLEVA UNA FAJA QUE CRUZA ENTRE SUS ANGULOS DERE-

CHO E IZQUIERDO SOBRE LA CUAL APARECE LA PALABRA

"INTERNATIONAL", ESCRITA CON LETRAS MAYUSCULAS

DE MOLDE COLOR NEGRO DE TRAZO GRUEZO, SIENDO MAS

GRANDE LAS DEL CENTRO QUE LA DE LOS EXTREMOS Y

SUBRAYADA DICHA PALABRA Y UNA ESPIGA TRIANGULAR

SOLIDA QUE EMERGE DEL ANGULO INFERIOR DEL ROMBO

DE LINEA GRUESA HACIA ARRIBA TERMINANDO EN EL AN-

GULO SUPERIOR DEL ROMBO DE LINEA GRUESA; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de abril del año dos mil quince.

PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001141-1

No. de Expediente: 2001014699

No. de Presentación: 20140206242

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MA-

RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de LA MER TECHNOLOGY, INC., del domicilio de

767 Fifth Avenue, New York, New York, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00155 del Libro 00186 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en Las palabras "CREME DE LA MER" en

letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 35 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

los nueve días del mes de marzo del año dos mil quince.

MARÍA DAFNE RUÍZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060187-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2015142241

No. de Presentación: 20150215112

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARÍA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de

SOCIEDAD DE AHORRO Y CREDITO CREDICOMER, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia: SAC CREDICOMER, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

TU SIGUE ADELANTE, NOSOTROS TE

ACOMPAÑAMOS

Consistente en: la expresión TU SIGUE ADELANTE, NOSOTROS

TE ACOMPAÑAMOS. El nombre comercial al que hace referencia

la presente expresión o señal de publicidad comercial es CREDICO-

MER inscrita al Número 121 del libro 9 de Nombres Comerciales, que

servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES

EN RELACIÓN CON NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS

MONETARIOS; SERVICIOS FINANCIEROS Y CREDITICIOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de marzo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060310-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad CLUB DE PEZCA JALTEPEQUE,

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador, Departa-

mento de San Salvador, por medio del suscrito Secretario de la Junta

Directiva, CONVOCA A TODOS SUS ACCIONISTAS para que con-

curran a la celebración de la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS, la cual se llevará a cabo en primera convocatoria

a las diecisiete horas del día veintiocho de julio del año dos mil quince

y en segunda convocatoria a las diecisiete horas del día veintinueve de

julio del presente año en Salón Cuscatlán del Club Campestre, ubicado

en el Paseo General Escalón No. 5423, Colonia Escalón, San Salvador,

conforme a la agenda siguiente:

1) Lectura del Acta de Junta General anterior.

2) Presentación de la Memoria de la Junta Directiva, el Balance

General, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en

el Patrimonio y el Informe del Auditor Externo, todos del

Ejercicio dos mil catorce a fi n de aprobar o improbar los cuatro

primeros y tomar las medidas que se juzgue oportunas.

3) El nombramiento del Auditor Externo y su juramentación.

4) Fijación de los emolumentos correspondientes al Auditor

Externo de la Sociedad y los de la Junta Directiva en su

caso.

5) Aplicación de Resultados del Ejercicio.

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

El quórum necesario para que pueda instalarse la Sesión de Junta

General Ordinaria de Accionistas en Primera Convocatoria y conside-

rarse válidamente reunida, será la mitad más una de todas las acciones

del Capital Social y para tomar resolución se necesitará la mayoría de

los votos presentes. En Segunda Convocatoria el quórum necesario

para celebrar sesión será el de cualquier número de acciones que se

encuentren presentes o representadas, el número de votos para tomar

resolución en estos casos será el de la mayoría de las acciones que se

encuentren presentes.

San Salvador, 3 de julio de 2015.

JOSE CASTELLA SAGARRA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA

DEL CLUB DE PEZCA JALTEPEQUE, S.C. DE R.L. DE C.V.

3 v. alt. No. C001219-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad TACA INTERNATIONAL AIRLINES,

S.A., por este medio convoca a JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS,

para tratar asuntos de carácter ordinario, a llevarse a cabo el día diez de

agosto del corriente año, a partir de las nueve horas, en las ofi cinas de la

empresa ubicadas en Avenida El Espino entre Boulevard Sur y Calle El

Almendro Urbanización Madreselva, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán.

La Agenda a desarrollar será la siguiente:

1. Lectura y aprobación del acta anterior.

2. Elección de Junta Directiva.

El quórum legal necesario para celebrar la Junta General es de al

menos la mitad más una del total de las acciones y las decisiones serán

tomadas con la mayoría de votos presentes.

Si por falta de quórum la Junta no se pudiese realizar en la fecha

indicada, se convoca por segunda vez el día once del mismo mes y año,

a la misma hora, en el mismo lugar, con la misma agenda. En este caso,

para celebrar la Junta General bastará con cualquier número de accio-

nistas presentes o representados para formar quórum y las decisiones

se tomarán por mayoría de votos presentes.

Bogotá, Colombia, veinticinco de junio del año dos mil quince.

ELISA ESTHER MURGAS DE MORENO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060259-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la SOCIEDAD UNIÓN DE COOPERATIVAS DE

CAFETALEROS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que puede abreviarse UCAFES

DE R.L., de conformidad a lo establecido en su respectivo Pacto Social,

CONVOCA: A todas las Cooperativas Socias, para que asistan a la

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIAS, que se realizará en la

Sala de Sesiones de PROCAFE, Ubicada en Avenida Manuel Gallardo

y 13 Calle Poniente, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, seña-

lándose para la primera convocatoria a las nueve horas del día martes

veintiocho de julio de dos mil quince y si no hubiese quórum en el día

y la hora señalados, se establece para la segunda convocatoria, el día

siguiente, es decir el veintinueve de julio del corriente año en el mismo

lugar y a la misma hora señalados para primera convocatoria, a fi n de

desarrollar la Agenda siguiente:

1) Establecimiento de Quórum.

2) Lectura del Acta anterior.

3) Lectura de la Memoria Anual del Ejercicio 2014.

4) Presentación de los Estados Financieros del Ejercicio

2014.

5) Informe del Auditor Externo correspondiente al Ejercicio

2014.

6) Nombramiento del Auditor Externo de la Sociedad y fi jación

de sus emolumentos.

7) Informe de la Junta de Vigilancia correspondiente al Ejercicio

2014.

8) Elección de los Miembros Propietarios y Suplentes del Con-

sejo de Administración y Junta de Vigilancia para el periodo

2015-2017.

9) Puntos varios.

El quórum necesario en primera convocatoria es la mitad más uno

de los representantes de las cooperativas socias y sus resoluciones serán

válidas cuando se tomen por la mayoría de votos; en segunda convocatoria

se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de

representantes de las cooperativas socias presentes y sus resoluciones

se tomarán por simple mayoría de votos presentes.

Santa Tecla, 30 de junio de 2015.

LIC. KARLOS DORATT,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060523-1

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

SUBASTA PUBLICA

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL Promovido por el Doctor

EDMUNDO ALFREDO CASTILLO como Apoderado General Judicial

de la ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA, SOCIEDAD

ANONIMA que puede abreviarse "ASESUI, S.A.", contra la sociedades

"EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES DE EL SALVADOR S.A DE

C.V." que puede abreviarse "EQCO DE EL SALVADOR S.A DE C.V,

MAQUINAS Y SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE" que puede abreviarse MAQUINAS Y SERVICIOS, S.A

DE C.V, reclamándole cantidad de dólares y accesorios de Ley, se

venderá en pública subasta en este Juzgado en fecha que oportunamen-

te se determinará, los bienes inmuebles embargados siguientes: EL

PRIMERO: una porción de terreno en urbanización o LOTE NUMERO

SIETE DEL POLIGONO "L", situado en Jurisdicción de antiguo

Cuscatlán, departamento de La Libertad en la URBANIZACION "JAR-

DINES DE GUADALUPE", de un área de DOSCIENTOS TRECE

METROS CUADRADOS TREINTA Y TRES DECÍMETROS CUA-

DRADOS equivalentes a TRESCIENTAS CINCO VARAS CUADRA-

DAS VEINTICUATRO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA.

partiendo sobre el eje de la Avenida Río Lempa con rumbo sur quince

grados veintinueve punto cuatro minutos oeste, en la estación cero más

doscientos cuarenta y ocho punto cincuenta, con defl exión izquierda de

noventa grados, rumbo sur setenta y cuatro grados treinta punto seis

minutos este y distancia de ocho metros cincuenta centímetros se llega

al mojón número uno donde comienza la descripción: NORTE: partien-

do del mojón número uno con rumbo Sur setenta y cuatro grados

treinta punto seis minutos Este y distancia de dieciséis metros se llega

al mojón número dos linda con lote seis del polígono "L"; ORIENTE:

del mojón número dos, con rumbo Sur quince grados veintinueve pun-

to cuatro minutos Oeste y distancia de trece metros treinta y tres centí-

metros se llega al mojón número tres, linda con lotes veinticuatro y

veinticinco del mismo polígono; SUR: del mojón número tres, con

rumbo Norte setenta y cuatro grados treinta punto seis minutos Oeste y

distancia de dieciséis metros se llega al mojón número cuatro, linda con

lote ocho del mismo polígono y PONIENTE: del mojón número cuatro

con rumbo Norte quince grados veintinueve punto cuatro minutos Este

y distancia de trece metros treinta y tres centímetros se llega al mojón

número uno donde comienza la descripción, linda con lote cincuenta y

dos del polígono "H", Avenida Río Lempa de por medio. Todos los

colindantes del lote descrito pertenecen o han pertenecido a la misma

urbanización Jardines de Guadalupe, propiedad de Jardines de Guada-

lupe, S.A. El inmueble anteriormente descrito es propiedad de la socie-

dad MAQUINAS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE que puede abreviarse MAQUINAS Y SERVICIOS,

S.A. DE C.V, por estar inscrito a su favor bajo la Matrícula TRES CERO

CERO CUATRO SEIS DOS UNO OCHO - CERO CERO CERO CERO

CERO del registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la cuarta sección

del centro La Libertad. EL SEGUNDO: un lote de terreno rústico con

cultivos, identifi cado en el plano respectivo con lote número UNO-D,

que forma parte de la PARCELACIÓN AGRICOLA RIO DE JANEIRO,

ubicado en kilómetro cuarenta y seis de la carretera del Litoral que de

Comalapa conduce al puerto de La Libertad, Jurisdicción y Departa-

mento de La Libertad y que antes formaron parte del lote "D" de la

hacienda Tlacuztly, siendo su localización y colindancias las siguientes:

partiendo del punto de intersección, formado por la Calle al Río y la

Avenida Copacabana, se mide sobre el eje de esta última Avenida con

rumbo sur cero ocho grados cincuenta minutos siete décimas de minutos

Oeste, una distancia de ochenta y cuatro punto noventa y siete metros.

En este punto hacemos una defl exión de noventa grados hacia la izquier-

da y con una distancia de ciento quince punto setenta y tres metros,

llegamos al esquinero Nor-Oeste del lote que se describe así: LINDERO

NORTE: línea recta de cuarenta y cuatro punto dieciséis metros, con

rumbo Sur ochenta y un grados cero nueve punto tres minutos Este,

lindando con lote número dos de la misma lotifi cación; LINDERO

ORIENTE: tramo con rumbo Sur cero ocho grados cincuenta punto

siete minutos Oeste y con una distancia de ciento cuarenta y ocho pun-

to cincuenta y tres metros, lindando con lote número uno del polígono

"E"; LINDERO SUR: formado por tres tramos. Primer tramo de vein-

tiocho punto ochenta y dos metros, con rumbo Sur cuarenta y nueve

grados once punto cinco minutos Oeste; segundo tramo de tres punto

noventa y seis metros, con rumbo Norte ochenta y seis grados veintisie-

te punto cero minutos Oeste, y tercer tramo de veintitrés punto sesenta

y cuatro metros con rumbo Sur ochenta y un grados dieciocho punto

ocho minutos Oeste, lindando con carretera del Litoral, calle Brasilia de

por medio y LINDERO PONIENTE: tramo con rumbo Norte cero ocho

grados cincuenta minutos siete décimas de minutos Este y con una

distancia de ciento setenta y ocho punto setenta y ocho metros, lindan-

do con lote uno del polígono "C", llegando así al punto de inicio de la

presente descripción. El terreno así descrito posee una extensión super-

fi cial de SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO

NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a DIEZ

MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y

NUEVE VARAS CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

es propiedad de la sociedad MAQUINAS Y SERVICIOS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MAQUI-

NAS Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.; por estar inscrito a su favor bajo

la Matrícula TRES CERO CERO CUATRO TRES CERO TRES OCHO

- CERO CERO CERO CERO CERO del registro de la Propiedad Raíz

e Hipoteca de la Cuarta Sección del Centro La Libertad. EL TERCERO:

un lote de terreno rústico con cultivos, identifi cado en el plano respec-

tivo como lote número UNO-E, que forma parte de la PARCELACIÓN

AGRICOLA RIO DE JANEIRO, ubicado en kilómetro cuarenta y seis

de la carretera del Litoral que de Comalapa conduce al Puerto de La

Libertad, Jurisdicción de Departamento de La Libertad y que antes

formaron parte del lote "D" de la hacienda Tlacuztly, siendo su locali-

zación y colindancias las siguientes: partiendo del punto de intersección,

formado por la Calle al Río y la Avenida Copacabana, se mide sobre el

eje de esta última Avenida con rumbo sur cero ocho grados cincuenta

minutos siete décimas de minutos Oeste, una distancia de ochenta y

cuatro punto noventa y siete metros. En este punto hacemos una defl exión

de noventa grados hacia la izquierda y con una distancia de ciento

cincuenta y nueve punto ochenta y nueve metros, llegamos al esquinero

Nor-Oeste del lote que se describe así: LINDERO NORTE: línea recta

de treinta y tres punto setenta y tres metros, con rumbo Sur ochenta y

un grados cero nueve punto tres minutos Este, lindando con lote núme-

ro dos de la misma lotifi cación; LINDERO ORIENTE: formado por seis

tramos cuyos rumbos, distancias y colindancias son las siguientes:

primer tramo con rumbo Sur cero ocho grados cuarenta y cinco punto

cero minutos Este y con una distancia de dos punto once metros; segun-

do tramo, con rumbo sur treinta y seis grados cuarenta y siete punto

cuatro minutos Este y con una distancia de diecisiete punto veintitrés

metros, tercer tramo con rumbo sur catorce grados veinte punto nueve

minutos Este y con una distancia de treinta y cuatro punto sesenta y seis

metros; cuarto tramo, con rumbo Sur dieciocho grados treinta y dos

punto cuatro minutos Oeste y con una distancia de treinta y cuatro

punto cuarenta y un metros, quinto tramo con rumbo sur treinta y dos

grados dieciséis punto seis minutos Oeste y con una distancia de veinte

punto trece metros y sexto tramo, con rumbo sur cuarenta y tres grados

dieciséis punto un minuto Oeste y con una distancia de sesenta y siete

punto seis metros lindando con terreno del Instituto Nacional de Trans-

formación Agraria (ISTA), LINDERO SUR: tramo con rumbo Norte

cincuenta grados treinta y siete punto dos minutos Oeste y con una

distancia de diez metros, lindando con calle Brasilia de por medio y

LINDERO PONIENTE: tramo con rumbo norte cero ocho grados cin-

cuenta minutos siete décimas de minutos Este, y con una distancia de

ciento cuarenta y ocho punto cincuenta y tres metros, lindando con lote

uno del polígono "D", llegando así al punto de inicio de la presente

descripción, el terreno así descrito posee una extensión superfi cial de

SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA

Y DOS METROS CUADRADOS, equivalentes a NUEVE MIL QUI-

NIENTOS ONCE PUNTO OCHENTA Y CUATRO VARAS CUA-

DRADAS. El inmueble anterior descrito es propiedad de la sociedad

MAQUINAS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse MAQUINAS Y SERVICIOS, S.A.

DE C.V.; por estar inscrito a su favor bajo la Matrícula TRES CERO

CERO CUATRO TRES CERO SEIS DOS - CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Cuarta Sec-

ción del Centro, La Libertad. CUARTO INMUEBLE: un lote de terre-

no rústico, innominado, sin accesorios, segregado de la Hacienda Santa

Bárbara Cacapa, situada en jurisdicción de Olocuilta, Departamento de

La Paz, de la superfi cie de NUEVE MANZANAS, equivalentes a SEIS-

CIENTAS TREINTA ÁREAS lindante: NORTE: predio de Santana

Ventura, que perteneció al terreno general de donde se desmembró éste,

de propiedad de Carmen Araujo de Rivas Vides; SUR: resto del terreno

general de la señora Carmen Araujo de Rivas Vides, ahora de Francisco

Reyes: ORIENTE: calle de por medio, con predio de Pedro López y

Angelina Cobar, antes de María Concepción Cobar y PONIENTE:

quebrada de por medio con terreno que fue de Seferina viuda de Hernández,

de Carmen Araujo de Rivas, hoy del Doctor Carlos Hayem hijo este

terreno es inculto y la calle indicada queda de por medio por el rumbo

oriente, conduce de la Hacienda Miramar a Olocuilta. El inmueble an-

terior descrito es propiedad de la sociedad MAQUINAS Y SERVICIOS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede

abreviarse MAQUINAS Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.; por estar ins-

crito a su favor bajo la Matrícula CINCO CINCO CERO CINCO SEIS

TRES SIETE CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO del Re-

gistro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Tercera Sección del Centro,

La Paz.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las nueve horas del día siete de abril de dos mil catorce.

MSC. MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ PRI-

MERO DE LO MERCANTIL. LICDA. SANDRA AMPARO RIVAS

JOYA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001133-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

PATENTE DE INVENCIÓN

No. de Expediente: 2015004960

No. de Presentación: 20150018436

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-

TO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y NOTARIO(A),

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PFIZER, INC., del domicilio de 235

EAST 42ND STREET NEW YORK, NEW YORK 10017, ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase

nacional de una solicitud internacional PCT No PCT/IB2013/059846

denominada INHIBIDORES DE LA TIROSINA-QUINASA DE BRU-

TON, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional

A61K 31/4155, A61K 31/454, A61P 29/00, A61P 35/00, C07D 401/04,

y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/721,920,

de fecha dos de noviembre del año dos mil doce, solicitud ESTADO-

UNIDENSE No. 61/772,028, de fecha cuatro de marzo del año dos mil

trece.

Se refi ere a: SE DESCRIBEN EN LA PRESENTE COMPUES-

TOS QUE FORMAN ENLACES COVALENTES CON TIROSINA

QUINASA DE BRUTON (BTK). SE DESCRIBEN LOS MÉTODOS

PARA LA PREPARACIÓN DE LOS COMPUESTOS. SE DESCRIBEN

TAMBIÉN COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE INCLUYEN

LOS COMPUESTOS. SE DESCRIBEN LOS MÉTODOS DE USO DE

LOS INHIBIDORES DE BTK, SOLOS O EN COMBINACIÓN CON

OTROS AGENTES TERAPÉUTICOS, PARA EL TRATAMIENTO

DE ENFERMEDADES O CONDICIONES AUTOINMUNES, EN-

FERMEDADES O CONDICIONES HETEROINMUNES, CÁNCER,

QUE INCLUYE LINFOMA Y ENFERMEDADES O CONDICIONES

INFLAMATORIAS. La solicitud fue presentada internacionalmente el

día primero de noviembre del año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintisiete días del mes

de mayo del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C001120

No. de Expediente: 2015004988

No. de Presentación: 20150018619

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PFIZER, INC.,

del domicilio de 235 EAST 42ND STREET, NEW YORK, NEW

YORK 10017, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT

No PCT/IB2013/060682 denominada LACTAMAS FUSIONADAS

DE ARILO Y HETEROARILO, por el término de VEINTE AÑOS,

con Clasifi cación Internacional C07D 401/06, C07D 401/14, C07D

403/14, C07D 407/14, C07D 413/06, C07D 413/14, C07D 471/04, y

con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/740,596, de

fecha veintiuno de diciembre del año dos mil doce.

Se refi ere a: ESTA INVENCIÓN SE REFIERE A COMPUES-

TOS DE LA FÓRMULA GENERAL EN LA CUAL R1, R2, U, V, L,

M, R5, M, X, Y Y Z SON COMO AQUI SE DEFINIERON, Y LAS

SALES FARMACÉUTICAMENTE ACEPTABLES DEL MISMO,

A COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN

DICHOS COMPUESTOS Y SALES, Y A MÉTODOS PARA UTILI-

ZAR ESOS COMPUESTOS, SALES Y COMPOSICIONES PARA EL

TRATAMIENTO DE CRECIMIENTO CELULAR ANORMAL QUE

INCLUYE CÁNCER. La solicitud fue presentada internacionalmente

el día cinco de diciembre del año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-

TO DE PATENTES. San Salvador, a los tres días del mes de junio del

año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C001121

No. de Expediente: 2015004897

No. de Presentación: 20150017997

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO

DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de PHENEX PHARMACEUTICALS AG, del domicilio

de DONNERSBERGWEG 1, 67059 LUDWIGSHAFEN, ALEMANIA,

de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda Registro de la

PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud inter-

nacional PCT/EP2013/001594 denominada HETEROCICLOS DE 5

MIEMBROS QUE CONTIENEN NITRÓGENO SUSTITUIDOS POR

CARBOXAMIDA O SULFONAMIDA COMO MODULADORES

PARA EL RECEPTOR NUCLEAR HUÉRFANO ROR GAMMA, por el

término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional A61K 31/40,

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

A61P 29/00, C07D 207/34, C07D 231/14, C07D 249/10, C07D 401/04,

C07D 405/04, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.

61/681,296, de fecha nueve de agosto del año dos mil doce, solicitud

EUROPEA No. 12005789.8, de fecha nueve de agosto del año dos mil

doce.

Se refi ere a: LA INVENCIÓN PROVEE MODULADORES

PARA EL RECEPTOR NUCLEAR HUÉRFANO ROR GAMMA Y

MÉTODOS PARA TRATAR ENFERMEDADES MEDIADAS POR

ROR GAMMA MEDIANTE LA ADMINISTRACIÓN DE ESTOS

NUEVOS MODULADORES DE ROR GAMMA A UN HUMANO

O MAMÍFERO QUE LOS NECESITA. ESPECÍFICAMENTE, LA

PRESENTE INVENCIÓN PROVEE COMPUESTOS CÍCLICOS QUE

CONTIENEN CARBOXAMIDA DE FÓRMULA (1) A FÓRMULA

(5): (VER FORMULAS); Y LOS ENANTIÓMEROS, DIASTEREÓ-

MEROS, TAUTÓMEROS, N-ÓXIDOS, SOLVATOS Y SALES

FARMACÉUTICAMENTE ACEPTABLES DE LOS MISMOS. La

solicitud fue presentada internacionalmente el día veintinueve de mayo

del año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-

TO DE PATENTES. San Salvador, a los nueve días del mes de marzo

del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C001122

No. de Expediente: 2015004951

No. de Presentación: 20150018341

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de CENTRE

NATIONAL DE LA RECHERCHE SCIENTIFIQUE (CNRS), del

domicilio de 3 RUE MICHEL-ANGE F-75794 PARIS CEDEX 16,

FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA; y IDENIX PHARMA-

CEUTICALS, INC., del domicilio de 320 BENT STREET, FLOOR 4

CAMBRIDGE, MASSACHUSETTS 02141, ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE; UNIVERSITÉ

MONTPELLIER 2 SCIENCES ET TECHNIQUES, del domicilio de 2

PLACE EUGÉNE BATAILLON F-34095 MONTPELLIER CEDEX 5,

FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro

de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud

internacional PCT No PCT/US2013/063731 denominada ANÁLOGOS

DE 2'-CLORO NUCLEOSIDO PARA INFECCIÓN POR VHC, por

el término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional A61K

31/7068, A61K 31/7072, A61K 31/7076, A61K 31/708, A61P 31/04,

C07H 19/00, C07H 19/06, C07H 19/16, C07H 19/20, y con prioridad

de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/711,131, de fecha ocho

de octubre del año dos mil doce, solicitud ESTADOUNIDENSE No.

61/807,249, de fecha primero de abril del año dos mil trece.

Se refi ere a: EN EL PRESENTE DOCUMENTO SE PROPOR-

CIONAN COMPUESTOS, COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA

EL TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR FLAVIVIRIDAE,

INCLUYENDO INFECCIONES POR VHC. EN CIERTAS REALI-

ZACIONES, SE DESVELAN COMPUESTOS Y COMPOSICIONES

DE DERIVADOS DE NUCLEOSIDOS, QUE SE PUEDEN ADMI-

NISTRAR SOLOS O EN COMBINACIÓN CON OTROS AGENTES

ANTIVIRALES. EN CIERTAS REALIZACIONES, LOS COM-

PUESTOS SON 2'-CLORO NUCLEOSIDOS DE ACUERDO CON

LA FÓRMULA 2001: (VER FORMULA); O UNA SAL, SOLVATO,

FORMA ESTEREOISOMÉRICA, FORMA TAUTOMÉRICA O

FORMA POLIMÓRFICA FARMACÉUTICAMENTE ACEPTABLE

DE LOS MISMOS, CARACTERIZADOS POR QUE B, Z Y PD SON

TAL COMO SE DESCRIBEN EN EL PRESENTE DOCUMENTO.

La solicitud fue presentada internacionalmente el día siete de octubre

del año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes

de abril del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060291

No. de Expediente: 2014004884

No. de Presentación: 20140017851

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de AMARIN PHARMA-

CEUTICALS IRELAND LIMITED, del domicilio de 2 PEMBROKE

HOUSE, UPPER, PEMBROKE STREET 28 32, DUBLIN, 2, IRLANDA,

de nacionalidad IRLANDESA, solicitando se conceda Registro de la

PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud interna-

cional PCT No PCT/US2013/048559 denominada MÉTODOS PARA

REDUCIR EL RIESGO DE UN EVENTO CARDIOVASCULAR EN

UN SUJETO CON TERAPIA CON ESTATINA, por el término de

VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional A61K 31/202, y con

prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/666,447, de fecha

veintinueve de junio del año dos mil doce.

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Se refi ere a: LA PRESENTE INVENCIÓN PROPORCIONA

MÉTODOS PARA REDUCIR EL RIESGO DE UN EVENTO CAR-

DIOVASCULAR EN UN SUJETO EN TERAPIA CON ESTATINA Y,

EN PARTICULAR, UN MÉTODO PARA REDUCIR EL RIESGO DE

UN EVENTO CARDIOVASCULAR EN UN SUJETO EN TERAPIA

CON ESTATINA QUE TIENE UN NIVEL DE TRIGLICÉRIDOS

DE VALOR BASAL EN AYUNAS DE APROXIMADAMENTE 135

MG/DL A APROXIMADAMENTE 500 MG/DL, Y ADMINISTRAR

AL SUJETO UNA COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA QUE COM-

PRENDE APROXIMADAMENTE 1 G A APROXIMADAMENTE 4

G DE ÉSTER ETILICO DEL ACIDO EICOSAPENTAENOICO O UN

DERIVADO DEL MISMO. La solicitud fue presentada internacional-

mente el día veintiocho de junio del año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciocho días del mes

de abril del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060292

No. de Expediente: 2014004830

No. de Presentación: 20140017538

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

HELSINN HEALTHCARE SA, del domicilio de P.O. BOX 357, 6915

PAMBIO-NORANCO, LUGANO, SUIZA, de nacionalidad SUIZA,

solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en

fase nacional de una solicitud internacional PCT No PCT/US2013/037159

denominada MÉTODOS PARA PRODUCIR CLORHIDRATO DE

ANAMORELINA QUE TIENE CONTENIDO CONTROLADO DE

CLORURO, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasifi cación

Internacional A61K 31/454, A61P 3/04, C07D 401/06, y con prioridad

de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/636,108, de fecha veinte

de abril del año dos mil doce.

Se refi ere a: LA PRESENTE INVENCIÓN SE REFIERE A

FORMAS PARTICULADAS DE MONOCLORHIDRATO DE ANA-

MORELINA O UNA COMPOSICIÓN DE MONOCLORHIDRATO

DE ANAMORELINA QUE TIENEN CONTENIDO CONTROLADO

DE CLORURO, PREFERIBLEMENTE AISLADO EN UN ESTADO

AMORFO Y/O PARTICULADO FINO, A PROCESOS PARA PRE-

PARAR LAS FORMAS PARTICULADAS, Y A COMPOSICIONES

FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN LAS FORMAS PARTICU-

LADAS. La solicitud fue presentada internacionalmente el día dieciocho

de abril del año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecisiete días del mes

de abril del año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060293

No. de Expediente: 2015004934

No. de Presentación: 20150018189

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BIND THERA-

PEUTICS, INC., del domicilio de 325 VASSAR STREET CAMBRID-

GE, MA 02139, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT

No PCT/US2013/059949 denominada NANOPARTÍCULAS TERA-

PÉUTICAS QUE COMPRENDEN UN AGENTE TERAPÉUTICO Y

MÉTODOS PARA REALIZARLAS Y USARLAS, por el término de

VEINTE AÑOS, con Clasifi cación Internacional A61K 47/48, A61K

9/00, A61K 9/51, A61P 35/00, A61P 35/02, y con prioridad de la so-

licitud ESTADOUNIDENSE No. 61/702,014, de fecha diecisiete de

septiembre del año dos mil doce, solicitud ESTADOUNIDENSE No.

61/732,510, de fecha tres de diciembre del año dos mil doce, solicitud

ESTADOUNIDENSE No. 61/733,627, de fecha cinco de diciembre del

año dos mil doce.

Se refi ere a: LA PRESENTE DESCRIPCIÓN SE REFIERE

GENERALMENTE A NANOPARTÍCULAS QUE COMPRENDEN

UN ACIDO SUSTANCIALMENTE HIDROFÓBICO, UN AGENTE

TERAPÉUTICO BÁSICO QUE TIENE UN NITRÓGENO PROTONA-

BLE Y UN POLÍMERO. OTROS ASPECTOS INCLUYEN MÉTODOS

PARA HACER Y USAR TALES NANOPARTÍCULAS. La solicitud

fue presentada internacionalmente el día dieciseis de septiembre del

año dos mil trece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-

TO DE PATENTES. San Salvador, a los dos días del mes de junio del

año dos mil quince.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. F060302

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LIC. ROSA ANGÉLICA HERNÁNDEZ EUCEDA, JUEZ DOS INTE-

RINA DEL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA, DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: A los señores RITA ELIZABETH AMAYA DE

GALDAMEZ, mayor de edad, Secretaria, del domicilio de Santa Te-

cla, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad

número cero dos cuatro cero tres uno uno siete- cero y del Número de

Identifi cación Tributaria uno cero uno cero- cero uno cero cuatro siete

dos- uno cero dos- cero, y CARLOS RIGOBERTO GALDAMEZ ORTIZ,

mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero

dos cuatro cero cuatro uno nueve siete- uno y del Número de Iden-

tificación Tributaria cero cinco uno uno- cero cuatro uno cero seis

ocho- uno cero uno- uno; que han sido demandados en Proceso

Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número de referencia 12690-

13-MCEM-1MC2(2) promovido en esta sede judicial por la Sociedad

ACCIONES INTEGRADAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se abrevia ACCIONES INTEGRADAS, S. A. DE C.

V., con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos once-uno

cinco uno dos cero cero- ciento dos- cero, por medio de su Apoderado

RODRIGO JOSÉ RENDEROS LARA quien puede ser localizado en

AGENCIA PRESTAFACIL ESCALÓN ubicada en: OCHENTA Y UN

AVENIDA NORTE Y ONCEAVA CALLE PONIENTE, NUMERO

SEISCIENTOS VEINTE, COLONIA ESCALÓN, SAN SALVADOR,

o en el telefax 2252-9380, reclamándoles en calidad de deudores la can-

tidad de UN MIL TRESCIENTOS DOS DÓLARES CON SESENTA

Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA ($1,302.62), más los intereses convencionales y moratorios

respectivamente siguientes: del CUATRO por ciento (4%) mensual,

más el impuesto a la Transferencia de bienes muebles y a la prestación

de servicios (IVA), sobre saldos desde el día cinco de abril del dos mil

trece en adelante; e interés moratorio del DOS por ciento (2%) mensual,

más el impuesto a la Transferencia de bienes muebles y a la prestación

de servicios (IVA), desde el día veintitrés de abril del dos mil trece en

adelante, más las costas procesales; con fundamento en un Documento

Privado Autenticado de Préstamo Mercantil, otorgado el día veintidós de

diciembre del dos mil once en la ciudad de San Salvador, y por no haber

sido posible determinar el paradero de la señores RITA ELIZABETH

AMAYA DE GALDAMEZ y CARLOS RIGOBERTO GALDAMEZ

ORTIZ, se les emplaza por este medio, previniéndoseles a los mismos para

que dentro del plazo de DIEZ DÍAS contados a partir del día siguiente

de la última publicación de este edicto en un periódico de circulación

diaria y nacional, o la del Diario Ofi cial en su caso, se presente a este

Tribunal ubicado en: Centro Judicial Integrado de Derecho Privado y

Social, ubicado en Diagonal Universitaria y 17 Calle Poniente, Centro de

Gobierno, San Salvador, a contestar la demanda y a ejercer sus derechos.

Si no lo hicieren el proceso continuará sin su presencia y se procederá a

nombrarle un curador ad litem, para que los represente en el mismo, de

conformidad al Art. 186 CPCM. Se advierte a los demandados que de

conformidad al Art. 67 CPCM, todas las actuaciones deberán realizarse

por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos económicos

sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría General de la

República, tal como lo estipula el Art. 75 del mismo cuerpo legal.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTIÁ,

JUEZ DOS, a las diez horas con veinte minutos del día diez de junio del

dos mil quince. LICDA. ROSA ANGÉLICA HERNÁNDEZ EUCEDA,

JUEZ 2 INTERINA PRIMERO DE MENOR CUANTÍA. LIC. JAIRO

ERNERSTO BENITEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001126

LA INFRASCRITA JUEZA DOS, DEL JUZGADO CUARTO DE

MENOR CUANTIA DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MORENA

GUADALUPE MONTOYA POLANCO, a la demandada señora MAR-

TA ELENA GALDAMEZ, mayor de edad, Empleada, con Documento

Único de Identidad Número cero dos cinco dos uno tres seis tres -seis,

y Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro – cero cinco

uno dos siete siete – uno cero cinco – ocho.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

quince horas del día uno de abril de dos mil catorce, se resolvió admitir

la demanda de PROCESO EJECUTIVO MERCANTIL, clasifi cado con

el Número Único de Expediente 03432-14- MCEM-4MC2, en contra

del mismo, por estar en deberle a la Sociedad ACCIONES INTEGRA-

DAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede

abreviarse ACCIONES INTEGRADAS, S.A. de C.V., representado por

el Licenciado RODRIGO JOSE RENDEROS LARA, Apoderado General

Judicial; y a solicitud de la parte demandante por desconocer el domicilio

actual de la demandada señora MARTA ELENA GALDAMEZ se procede

a NOTIFICARSELE en legal forma el decreto de embargo y demanda

que lo motiva, de conformidad al Art.186 CPCM, en consecuencia se

le previene a la demandada MARTA ELENA GALDAMEZ, que se

presente a este Juzgado, debidamente identifi cada dentro del término

de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente de la

última publicación de ley, a efecto de contestar la demanda incoada en

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

su contra o mostrar oposición de la misma por medio de procurador, el

presente edicto será publicado mediante Tablero Judicial; por una sola

vez en el Diario Ofi cial, y fi nalmente en tres ocasiones en un periódico

de circulación diaria nacional; y de hacer caso omiso a dicho llamado

se procederá a nombrarle un curador ad litem para que la represente en

el proceso, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos

de ley correspondientes, y para que le sirva de legal emplazamiento a la

demandada señora MARTA ELENA GALDAMEZ, se libra el presente

edicto en el Juzgado Cuarto de Menor Cuantía Jueza Dos.

San Salvador, a las ocho horas con nueve minutos del día dieciocho

de mayo de dos mil quince. LICDA. MORENA GUADALUPE MON-

TOYA POLANCO, JUEZA DOS. JUZGADO CUARTO DE MENOR

CUANTIA SAN SALVADOR. LICDA. SANDRA DINORA GIRON

GIRON, SECRETARIA DOS JUZGADO CUARTO DE MENOR

CUANTIA SAN SALVADOR.

1 v. No. C001127

EL SUSCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, LICENCIADO CRISTIAN

ALEXANDER GUTIÉRREZ, a la señora BLANCA NELIS JOVEL,

mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento

Unico de Identidad número 03051613-8 y con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número 1217-290485-101-3.

HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo civil, clasificado

con número único de expediente: 05578-14-MRPE-2CM1/PE-

209-2014/R4; promovido por la abogada MARIELA GUADALUPE

ALVAREZ MEJÍA, en calidad de apoderada general judicial del señor

VICTOR MANUEL ANDRADE ARIAS, mayor de edad, motorista,

del domicilio de Intipucá, departamento de La Unión, con Documento

Unico de Identidad número 02842231-5 y con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número 1407-160750-001-2; se ha incoado demanda en su

contra, presentando los siguientes documentos: a) fotocopia certifi cada de

poder general judicial con cláusula especial otorgado por el señor VICTOR

MANUEL ANDRADE ARIAS, a favor de la abogada MARIELA

GUADALUPE ALVAREZ MEJÍA; b) testimonio de escritura pública

de mutuo con garantía hipotecaria otorgado por la señora BLANCA

NELIS JOVEL, a favor del señor VICTOR MANUEL ANDRADE

ARIAS, por la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y c) copia simple de carné

de abogado y tarjeta de identifi cación tributaria a nombre de la Abogada

MARIELA GUADALUPE ALVAREZ MEJÍA; documentación que

juntamente con las demás actuaciones pertinentes les serán entregadas

a la demandada al apersonarse a esta sede judicial ubicada en Plaza New

York, Av. Roosevelt Sur, Pasaje Bou, No. 508, San Miguel.

En razón de desconocerse su domicilio y paradero, se le comunica a

la demandada antes mencionada, que cuenta con DIEZ DIAS HÁBILES

contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto,

para comparecer a este Juzgado y poder ejercer su derecho de defensa,

de lo contrario, el proceso continuará y, tal como lo establece el artículo

186 Inciso 4° del Código Procesal Civil y Mercantil, se procederá a

nombrarle un Curador Ad Litem para que lo represente en el proceso. Y

para que sirva de legal emplazamiento a la demandada, señora BLANCA

NELIS JOVEL.

Se libra el presente edicto en el Juzgado Segundo de lo Civil y

Mercantil de la ciudad de San Miguel, a los quince días del mes de junio

de dos mil quince.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS

HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO DE ACTUACIONES.

1 v. No. C001158

VICTORIA ELIZABETH ARGUETA CHAVEZ, JUEZA SUPLENTE

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la Licenciada

RILMA ISOLINA DERAS MERLOS, mayor de edad, Abogado, de este

domicilio, actuando como Procuradora del señor ISMAEL PERAZA,

de cincuenta y dos años de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, de

este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero cero

cuatrocientos cincuenta mil doscientos trece- cinco, planteando demanda

en PROCESO EJECUTIVO, que fue clasifi cado en este Juzgado al

número TREINTA DEL AÑO DOS MIL CATORCE (PE-30/14), en

contra del señor MANUEL VICENTE PERAZA LOPEZ, de cuarenta

y nueve años, Empleado, cuyo último domicilio conocido fue el de la

ciudad de Metapán, ignorándose cuál sea su lugar de residencia actual;

y por este medio se EMPLAZA a dicho demandado a efecto que haga

uso de su derecho de defensa dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES

después de la publicación por una sola vez en el DIARIO OFICIAL,

y la tercera publicación de este edicto que se haga en un periódico de

circulación diaria y nacional; de no hacerlo se le nombrará un curador

ad litem para que la represente en el proceso.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del día

nueve de Junio del dos mil quince.- LICDA. VICTORIA ELIZABETH

ARGUETA CHAVEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

1 v. No. F060164

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

ALEXANDER VLADIMIR RIVAS GUEVARA, iniciando PROCESO

DECLARATIVO COMUN DE PARTICION JUDICIAL, en calidad de

Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora ERIBER-

TA ZÚNIGA conocida por HERIBERTA SÚNIGA, en contra de la señora

MARIA COLOMBA ZÚNIGA CASTRO, mayor de edad, de ofi cios

domésticos y del domicilio de Estanzuelas, departamento de Usulután,

residente en el punto llamado Puerta del Potrero, Cantón Escarbadero,

Jurisdicción de Estanzuelas, departamento de Usulután; desconociendo si

se encuentra en territorio nacional o fuera de él; ignorándose si ha dejado

Procurador o Representante Legal; de conformidad con el ARTÍCULO

CIENTO OCHENTA Y SEIS DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y

MERCANTIL: PIDE SE LE EMPLACE POR MEDIO DE EDICTO

Y EN CASO DE QUE NO COMPAREZCA EN EL PLAZO DE DIEZ

DIAS SE PROCEDA A NOMBRARLE CURADOR AD-LITEM, para

que la represente en dicho Proceso.

Se previene si alguna persona es Procurador o Representante Legal

de la referida persona, se presente a este Tribunal a comprobar tal cir-

cunstancia dentro de los diez días siguientes al de la tercera publicación

de este edicto.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce

horas con quince minutos del día nueve de marzo de dos mil quince.-

LIC. OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE. LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO,

SECRETARIO.

1 v. No. F060191

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: A los señores Carlo José Lozano Carías y Sandra

Catalina Cortez de Lozano conocida por Sandra Catalina Cortez Méndez,

de generales y documentación desconocida con último domicilio la

población de San Antonio del Monte, jurisdicción del Departamento

de Sonsonate, ahora de domicilio ignorado, se le hace saber que en este

Tribunal se ha iniciado Proceso Ejecutivo promovido por Scotiabank

El Salvador S.A., marcado con el número 278/Proceso Ejecutivo/14(2),

por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado Rafael Ernesto

Andrade Peñate.

Indicándole a los señores Carlo José Lozano Carías y Sandra Catalina

Cortez de Lozano conocida por Sandra Catalina Cortez Méndez, que tiene

el plazo de CINCO DIAS, para interponer recurso de la sentencia.

El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad al

Art. 186 rel. con el Art. 182 establecidos en el Código de Procedimientos

Civiles y Mercantiles y deberá publicarse en el Tablero de este Tribunal,

por una sola vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un periódico de

circulación diaria y nacional.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta minutos

del día veintidós de mayo del dos mil quince.- LIC. LUIS ANTONIO

BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F060271

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2015140701

No. de Presentación: 20150211663

CLASE: 39.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERVASIO

SAUL ABARCA CASTELLON, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS:

Consistente en: las letras GSA y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE GRÚAS. Clase: 39.

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de enero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060161-1

No. de Expediente: 2014140443

No. de Presentación: 20140211074

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado ROXANA

MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Aso-

ciación Voces Vitales El Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: las palabras CRECE MUJER y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE FOROS DE

MUJERES CORPORATIVAS DESTACADAS PROFESIONALMEN-

TE CON EL FIN DE COMPARTIR EXPERIENCIAS Y LOGROS,

ESTABLECIENDO REDES DE TRABAJO Y APOYO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de mayo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060165-1

No. de Expediente: 2015141372

No. de Presentación: 20150213281

CLASE: 41, 43.

El INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA ELISA

TERESA FORTIN DE MAZZINI, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS:

Consistente en: las palabras El club de la PIZZA y diseño, que

servirá para: AMPARAR FORMACIÓN Y EDUCACIÓN. Clase: 41.

Para: AMPARAR PREPARACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.

Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060189-1

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2015141132 No. de Presentación: 20150212763 CLASE: 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ANA ELISA TERESA FORTÍN DE MAZZINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SAG, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: SAG, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras U REC PRODUCCIONES y diseño, que servirá para: AMPARAR ANUNCIOS COMERCIALES POR RADIO. Clase: 35. Para: AMPARAR GRABACIÓN DE SONIDOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060190-1

No. de Expediente: 2015141135 No. de Presentación: 20150212766 CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA ELISA TERESA FORTÍN DE MAZZINI, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras THE SALES FACTORY y diseño; que se traducen al castellano como LA FÁBRICA DE VENTAS, que servirá para: AMPARAR ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE NEGOCIOS O EMPRESAS COMERCIALES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060192-1

No. de Expediente: 2015141134

No. de Presentación: 20150212765

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NADIA MIREYA ÁVALOS CAÑAS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MATTE BOX, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MATTE BOX, S. A. DE C. V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Tangente Films y diseño, que servirá para: AMPARAR PRODUCCIÓN Y DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE GRABACIÓN DE AUDIO Y VIDEO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060193-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

No. de Expediente: 2015141133

No. de Presentación: 20150212764

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA ELISA TERESA FORTÍN DE MAZZINI, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras My Sales Factory y diseño, que servirá para: AMPARAR ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE NEGOCIOS O EMPRESAS COMERCIALES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060195-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014140444

No. de Presentación: 20140211075

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROXANA MARÍA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de LOUR-DES MARÍA MENA DE GUERRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras LULa MENA y diseño, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS O CHAPADOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, ARTÍCULOS DE BISUTERÍA INCLUYENDO COLLARES (BISU-

TERÍA), ANILLOS (BISUTERÍA), BRAZALETES (BISUTERÍA), MEDALLONES (BISUTERÍA), PIEDRAS PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001124-1

No. de Expediente: 2014140488

No. de Presentación: 20140211145

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROXANA MARÍA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de MARÍA EUGENIA FLORES GARCÍA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Marujatz y diseño, que servirá para: AMPARAR: SOMBREROS, INCLUYENDO: SOMBREROS DE PAPEL (PRENDAS DE VESTIR); ARMADURAS DE SOMBREROS, Y SOMBREROS DE COPA; VISERAS DE PAPEL (PRENDAS DE VESTIR); CUELLOS POSTIZOS; TOCADOS; TRAJES DE DISFRA-CES; VESTIDOS DE PAPEL. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001125-1

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2014138417

No. de Presentación: 20140207456

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CHI- CHAN WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MAXXIZA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras A A A AMERICAN APPLE ACCE-SORIES y diseño, traducidas al castellano como Accesorios Americanos Manzana, que servirá para: AMPARAR: AURICULARES PARA CE-LULAR; USB (PARA REPRODUCIR Y ALMACENAR TODO TIPO DE DATOS), KITS DE CARGADOR PARA TELÉFONO CELULAR, MANOS LIBRES PARA TELÉFONO CELULAR, CARCASAS PARA TELÉFONO CELULAR, CARGADOR PARA TELÉFONO CELULAR. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001134-1

No. de Expediente: 2015143215

No. de Presentación: 20150216895

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CHI CHAN WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MAXXIZA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

YCD

Consistente en: Las letras YCD, que servirá para: AMPARAR: RAQUETA MATA MOSQUITO RECARGABLE Y DE BATERÍA. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil quince.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001135-1

No. de Expediente: 2015143216

No. de Presentación: 20150216896

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CHI- CHAN WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MAXXIZA, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BFW

Consistente en: las letras BFW, que servirá para: AMPARAR: RAQUETA MATA MOSQUITO RECARGABLE Y DE BATERÍA. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001136-1

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

No. de Expediente: 2014136916

No. de Presentación: 20140204324

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de Zino Davidoff SA, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras NIGHT DIVE y diseño, que se traducen al castellano como Noche Inmersión, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA EL LAVADO; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, RASPAR Y ABRASIVAS; JABONES; ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS: AGUAS PERFUMADAS; EAU FRAICHE (AGUAS REFRESCANTES); AGUA DE COLONIA; AGUA DE TOCADOR; AGUA DE PERFUME; PER-FUME; ARTÍCULOS DE TOCADOR; CHAMPÚS; LÍQUIDOS DE BAÑO PARA USO COSMÉTICO; GEL DE BAÑO ESPUMANTE; GEL DE DUCHA ESPUMANTE; LÍQUIDOS DE BAÑO ESPU-MANTES; LÍQUIDOS DE DUCHA ESPUMANTES; SALES DE BAÑO; LOCIONES COSMÉTICAS PARA LA PIEL; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA EL CUIDADO DEL CUERPO; PRODUCTOS DE BRONCEADO CON PANTALLA SOLAR; CREMAS BRONCEA-DORAS; PRODUCTOS ESTIMULANTES PARA EL CUIDADO DEL CUERPO; LOCIONES PARA EL CUERPO DE USO COSMÉTICO; CONCENTRADOS HUMECTANTES PARA EL CUERPO; CREMA PREVIAS AL AFEITADO; JABÓN PARA RASURAR: GEL PARA RASURAR; BÁLSAMOS PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, COLO-NIA PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, ACEITES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; CREMAS PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; GEL PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, POLVO PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; ROCÍOS DESODORANTES PARA USO PERSONAL; BARRAS DES-ODORANTES PARA USO PERSONAL; ANTI-TRANSPIRANTES NO MEDICADOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060183-1

No. de Expediente: 2015141192

No. de Presentación: 20150212914

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras KIRKLAND Signature y diseño, la palabra Signature se traduce al castellano como Firma, que servirá para: AMPARAR: CORBATAS, CINTURONES, PRENDAS DE VESTIR PARA YOGA, PRENDAS DE VESTIR DEPORTIVAS Y ATLÉTICAS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día tres de febrero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060185-1

No. de Expediente: 2012122060

No. de Presentación: 20120175310

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JACQUE-LINE NOEMI CAMPOS PEÑA, en su calidad de APODERADO de Qingdao Yellowsea Rubber Co. Ltd., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ELLOWSEA y diseño, que servirá para: AMPARAR: CUBIERTAS DE NEUMÁTICOS PARA VEHÍCULOS; NEUMÁTICOS PARA VEHÍCULOS; CUBIERTAS DE NEUMÁTI-

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

COS PARA AUTOMÓVILES; CÁMARAS DE AIRE PARA NEUMÁ-TICOS; NEUMÁTICOS MACIZOS; ORUGAS PARA VEHÍCULOS; CLAVOS PARA NEUMÁTICOS; CARCASAS DE NEUMÁTICOS; NEUMÁTICOS; CUBIERTAS [NEUMÁTICOS] DE BICICLETA. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de junio del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060267-1

No. de Expediente: 2012123034

No. de Presentación: 20120176847

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de INVISTA Technologies S.à r.l., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

COOLMAX

Consistente en: la palabra COOLMAX, que servirá para: AMPA-RAR: TEXTILES Y ARTICULOS TEXTILES NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; TEJIDOS; CUBRECAMAS; MANTELES PARA MESA. Clase: 24.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060305-1

No. de Expediente: 2015142078

No. de Presentación: 20150214708

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Colombina S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Colombina 100% y diseño, que servirá para: AMPARAR: CONFITES, CHOCOLATES, GALLETAS, PAS-TELES, BARRAS DE CEREAL, CHICLES, HELADOS, SALSAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060306-1

No. de Expediente: 2015142783

No. de Presentación: 20150216150

CLASE: 08, 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LHAURA VET S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LHAURA Consistente en: la palabra LHAURA, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS MANUALES PARA USO EN AGRICULTURA, A SA-

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

BER: BOMBAS MANUALES PARA ASPERSION DE FUNGICIDAS,

PESTICIDAS, ABONOS, PRODUCTOS DE JARDINERIA. Clase: 08.

Para: AMPARAR: JERINGAS Y AGUJAS PARA USO VETERINARIO,

INSTRUMENTAL PARA CIRUGIA DE ANIMALES. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de mayo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060307-1

No. de Expediente: 2015142412

No. de Presentación: 20150215504

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

FEEL&CO

Consistente en: la palabra FEEL&CO donde la palabra Feel

por separado se traduce al castellano como Sentir, que servirá para:

AMPARAR: PERFUMES, COLONIAS, AGUAS DE TOCADOR Y

FRAGANCIAS PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES NO

MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; ARTÍCULOS DE

TOCADOR NO MEDICADOS PARA USO PERSONAL; JABONES

CORPORALES, JABONES DE BARRA Y LIMPIADORES; JABONES

DE BAÑO EN FORMA LÍQUIDA, SÓLIDA O GEL; PREPARACIO-

NES PARA PROTECCIÓN SOLAR; ACEITES ESENCIALES PARA

USO PERSONAL; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL

CABELLO; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de abril del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060311-1

No. de Expediente: 2012116556

No. de Presentación: 20120165167

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA MAR-GARITA DEL CARMEN LOPEZ DE CUELLAR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras GUPI Designs y diseño que se traduce al castellano como DISEÑOS GUPI, que servirá para: AMPARAR ARTICULOS DE PAPEL, CAJAS DE PAPEL O DE CARTON PARA REGALOS; BOLSAS (ENVOLTURAS) DE PAPEL O CARTON, TARJETAS/POSTALES PARA REGALO, TARJETAS DE FELICI-TACION Y DE INVITACION. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060332-1

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ACEPTACION DE HERENCIA

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cuarenta

minutos del día veintisiete de enero del año dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LEONARDO NAVA-

RRO, quien falleció el día veintitrés de julio del año dos mil catorce, de

ochenta y cinco años de edad, de nacionalidad salvadoreño, Jornalero,

originario de Ilobasco, Departamento de Cabañas, también lugar de

su último domicilio, de parte de la señora GUILLERMA ANGEL DE

NAVARRO, en calidad de cónyuge del causante.

Y se le ha conferido al aceptante, la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, a las nueve

horas cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de enero del año

dos mil quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MIRIAN CONCEPCION

ORELLANA ARCE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001060-2

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas quince

minutos del día cinco de enero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor JOSÉ AVILIO GUARDADO o JOSÉ ABILIO

GUARDADO, quien falleció el día dos de marzo de dos mil trece, en

la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último

domicilio, de parte de las señoras MARÍA BALBINA GUARDADO

MIRANDA, BALVINA GUARDADO o BALBINA GUARDADO y

ANA REBECA MONGE ALAS, la primera en concepto de madre del

causante; y la segunda como cesionaria del derecho hereditario que le

corresponde a cada uno de los señores Ana Cecilia Guardado Monge,

José Abilio Monge Guardado, como hijos del referido causante.

Y se les ha conferido conjuntamente a los aceptantes, la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las catorce horas veinticinco minutos del día cinco de enero de dos mil

quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA DE PRI-

MERA INSTANCIA.- LIC. OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. C001061-2

JULIO ANTONIO MARINERO SÁNCHEZ, Juez de Primera Instancia

Suplente de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince

minutos del día quince de junio de dos mil quince, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor JOSÉ MÓNICO ESCOBAR REYES o

MÓNICO ESCOBAR o MÓNICO ESCOBAR REYES, quien falleció

el día quince de agosto de dos mil tres, en la ciudad de Ilobasco, depar-

tamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de la señora

JUANA ESCOBAR VIUDA DE AGUIÑADA, en concepto de hijo

del causante; y cesionaria del derecho hereditario que le corresponde a

la señora Estebana Pineda viuda de Escobar o Estebana Pineda, como

cónyuge sobreviviente del referido causante.

Y se le ha conferido a la aceptante, la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las diez horas veinticinco minutos del día quince de junio de dos mil

quince.- LIC. JULIO ANTONIO MARINERO SANCHEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. ANGELA VERONICA

GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001063-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las

quince horas y cincuenta minutos del día veinticinco de junio del dos mil

quince, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que

a su defunción dejó el causante SALVADOR HERNANDEZ, de parte

de la señora MEYBELL MIRTALA BLANCO viuda DE CHAVEZ,

conocida por MEYBEL MIRTALA BLANCO HERNANDEZ, de cua-

renta y cuatro años de edad, profesora, del domicilio de Ayutuxtepeque,

Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad

Número cero cero dos uno cinco cero ocho tres - cinco, y Número de

Identifi cación Tributaria un mil trescientos once-doscientos cincuenta mil

ciento setenta - ciento uno - nueve; por derecho propio que le corresponde,

y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a

la señora MERCEDES CLARIBEL BLANCO HERNANDEZ, ambas

en calidad de hijas del causante; quien a la fecha de su fallecimiento era

de treinta años de edad, soltero, empleado del Ministerio de Agricultura

y Ganadería, originario y del domicilio del Municipio de Jocoaitique,

Morazán; hijo de la señora BASILIA HERNANDEZ; falleció, en horas

ignoradas el día veintiséis de Julio de Mil Novecientos Ochenta, en el

Lugar Tejera, Cantón Pueblo Viejo, Jurisdicción de Arambala, Morazán;

siendo en Jocoaitique, Departamento de Morazán; lugar de su último

domicilia.- Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma

establecida, la administración y representación interina de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Ya-

cente.- Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el expresado

periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, a los veintiséis días del mes de junio

del dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001066-2

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-

TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA

LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las quince horas con treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

TESTAMENTARIA de los bienes que a su defunción acaecida, el día

treinta de diciembre de dos mil doce, en Sensuntepeque, Departamento de

Cabañas, siendo el mismo lugar, su último domicilio; dejó la señora LIDIA

ORBELIA ALVARADO conocida por LIDIA ORBELIA MARTINEZ,

quien fue de noventa y ocho años de edad, soltera, profesora, hija de

Micaela Alvarado, originaria de Sensuntepeque, Cabañas; de parte de la

CURIA DIOCESANA DE SAN VICENTE, representada por Monseñor

JOSE ELIAS RAUDA GUTIERREZ, como heredera testamentaria,

este último, representado por la Licenciada ROSA MARIA SANCHEZ

CORDOVA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial.

Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

catorce días del mes de mayo de dos mil quince. Enmendado.treinta.

de.diciembre.doce.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA

HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059916-2

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las quince horas

y veintidós minutos del día once de junio de este año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la causante señora ZOILA AURELIA RAMIREZ,

quien falleció el día veinte de Julio del año dos mil trece, a la edad de

setenta y cinco años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte

del señor MANUEL ANTONIO RAMIREZ LINARES, en calidad de

hijo de la causante.- Confi érese al aceptante en el concepto antes expre-

sado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para que puedan presentarse a

este Juzgado las personas que se crean con derecho a la herencia que a

su defunción dejara el referido causante.

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los quince días del mes de junio del año dos

mil quince.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059931-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta mi-

nutos del día doce de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada

por la señora MARIA JULIA MORALES, fallecida el día diecisiete de

octubre del dos mil doce, en esta ciudad , siendo esta ciudad el lugar

de su último domicilio, de parte de la señora JULIETA HERNANDEZ

CARDONA, como heredera testamentaria de la mencionada causante.

Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta

minutos del día dieciocho de mayo del dos mil quince.- LIC. LUIS ANTO-

NIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059953-2

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las nueve horas treinta y un minutos del día dieciocho de diciembre de

dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el quince

de septiembre del año dos mil catorce, en la Ciudad de San Salvador,

por el causante señor MANUEL DE JESÚS ROMERO MENDOZA,

siendo su último domicilio la Ciudad de Soyapango, de parte de la señora

MARÍA ANA MARIBEL ROMERO BONILLA, en su calidad de hija

sobreviviente del causante.

Y se le confi rió a la aceptante la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA a los que se crea con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, San Salvador,

a las quince horas cuarenta y seis minutos del día cinco de febrero de

dos mil quince.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO,

JUEZA DE LO CIVIL(2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS

GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059964-2

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte

minutos del día veintiséis de junio de dos mil quince, se tuvo por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores

ROSA PLATERO DE LOPEZ, CRUZ DAVID LOPEZ PLATERO,

RICARDO ISMAEL LOPEZ SOSA y RENE GILBERTO MEJIA

LOPEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor

CRUZ LOPEZ MIRANDA o CRUZ LOPEZ, quien fue de setenta años

de edad, agricultor en pequeño, fallecido a las veintitrés horas del día

nueve de agosto de dos mil catorce, en el Cantón San Emigdio El Tablón,

del municipio de Guadalupe, departamento de San Vicente, lugar de su

último domicilio, la primera, en calidad de cónyuge sobreviviente del

causante, y tres restantes, en concepto de hijos de la referida causante. Y

se ha nombrado a los aceptantes administradores y representante interinos

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas

veinticinco minutos del día veintiséis de junio del año dos mil quince.-

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059970-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio

de inventario la herencia intestada que dejó la señora María Susana Mejía

Granados, o María Susana Mejía, quien falleció el día doce de agosto

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de dos mil ocho, en el Cantón Maquigue, Jurisdicción de Conchagua,

Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte

del señor MOISES MEJIA, conocido por MOISES MEJIA MELGAR,

en calidad de hijo de la causante.

Y se le ha conferido a dicho aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los nueve días del mes

de abril de dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059972-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

MEJICANOS.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas

del día veinticinco de mayo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor MAURICIO

AUGUSTO RODRIGUEZ SUAREZ, la herencia intestada que a su

defunción defi rió la causante señora MERCEDES MERINO viuda DE

SUAREZ conocida por ANA MERCEDES MERINO, quien falleció

en San Salvador, el día veinticinco de enero de mil novecientos setenta

y seis, siendo Mejicanos último domicilio, en concepto de nieto de la

causante.

Confi érase al aceptante la administración y representación interina

de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales.

Y CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referida

para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos

en la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas

veinte minutos del día veinticinco de mayo de dos mil quince.- DR. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJICANOS.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059991-2

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a

las doce horas quince minutos del día uno de junio del año dos mil quince,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción ocurrida el día dieciocho de agosto

de dos mil catorce, en la ciudad de Soyapango, Departamento de San

Salvador dejó el causante señor MANUEL ANTONIO GUARDADO,

siendo su último domicilio el de esta ciudad, de parte de la señora TERESA

DE JESUS RODRIGUEZ DE GUARDADO, en su calidad de esposa del

de cujus, y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a

los señores MILTON OMAR GUARDADO RODRIGUEZ, IRIS IVETH

GUARDADO RODRIGUEZ, y MANUEL ANTONIO GUARDADO

RODRIGUEZ, en su calidad de hijos sobrevivientes del causante.

Y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a

las doce horas cincuenta minutos del día uno de junio de dos mil quin-

ce.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE

LO CIVIL(2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059999-2

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

once horas y cuarenta minutos del día quince de junio de dos mil quince,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora ROSABEL

CABALLERO DE VASQUEZ, quien fue de cuarenta y nueve años de

edad, de ofi cios domésticos, fallecida el día veinticuatro de diciembre

de dos mil doce, en Hospital Nacional Rosales de San Salvador, siendo

El Paisnal, su último domicilio, con Documento de Identidad Número

02125211-7, y Número de Identifi cación Tributaria ignorado, de parte

de los señores RIGOBERTO VASQUEZ JOVEL, NURYS NOHEMI

VASQUEZ CABALLERO, y MIGLAN NEFTALI VASQUEZ CABA-

LLERO, de cincuenta y tres, veinte y veintinueve años de edad, en su

orden, agricultor en pequeño, estudiante y jornalero, respectivamente, los

tres del domicilio de El Paisnal, con Documentos Únicos de Identidad

números 02062333-1, 04996309-1 y 02440216-9, en su orden y con

Tarjetas de Identifi cación Tributaria números 0605-201061-101-8, 0605-

190594-101-7 y 0605-281184-101-5, respectivamente, en el concepto

de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y

representación INTERINA, de la sucesión, con las facultades y restric-

ciones de los curadores de la herencia yacente.

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once

horas cincuenta minutos del día quince de junio de dos mil quince.-

LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO

CIVIL INTO.- LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060001-2

HERENCIA YACENTE

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, LICENCIADO

RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Declaratoria de Herencia

Yacente y Nombramiento de Curador, clasifi cados en este Juzgado bajo la

referencia 01774-14-CVDV-2CM1, promovidas por el Licenciado FIDEL

ISAÍ ZEPEDA RAMÍREZ, en calidad de Apoderado General Judicial

de la señora LUCILA DEL CARMEN MEJÍA, quien es de setenta y dos

años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de El Porvenir, con

Número de Identifi cación Tributaria 0614-250642-004-8, se ha tenido

por aceptado en el cargo como Curador de la sucesión del causante

señor JOSÉ ERNESTO PÉREZ, conocido por JOSÉ ERNESTO PÉREZ

MÉNDEZ, de ochenta y cuatro años de edad al momento de fallecer el

día uno de octubre del año dos mil catorce, Jornalero, de este domicilio,

soltero, al Licenciado JOSÉ FERNANDO LARA BERGANZA, para

que represente la sucesión de conformidad con el art. 481 del Código

Civil, y quien deberá actuar respetando las prohibiciones a que hace

referencia los Arts. 486 y siguientes del mismo cuerpo legal.

Se cita a los que se tengan derecho a la sucesión para que se pre-

senten a ejercer su derecho a este Tribunal, en el plazo de quince días

hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

a las quince horas del día veinticinco de mayo de dos mil quince.- LI-

CENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC.

CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059874-2

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que se ha presentado a esta Alcaldía por sí y

por escrito el Licenciado ABEL GIOVANY MARTINEZ ZELAYA,

conocido por ABEL JIOVANY MARTINEZ ZELAYA, mayor de edad,

abogado y notario, del domicilio Usulután, con Tarjeta de Abogado

número quince mil sesenta y tres, y Número de Identifi cación Tributaria

Número mil doscientos siete guión veintidós mil setecientos setenta y

cuatro guión ciento dos guión tres; quien actúa como apoderado del señor

ROLDAN ARCIDES AMAYA, de cincuenta y siete años de edad, de

este origen y domicilio, mecánico, con Número de Documento Único

de Identidad, cero cinco millones doscientos noventa y un novecientos

ochenta y dos-tres, y Número de Identifi cación Tributaria, mil doscien-

tos siete guión cero mil ocho cientos cincuenta y ocho guión cero cero

dos guión tres, solicitando TITULO DE PROPIEDAD, a favor de este

último, de una porción de terreno o solar de naturaleza urbana, situado

en el Barrio La Cruz, de El Tránsito, del Departamento de San Miguel,

de una superfi cie de CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS

Y SESENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, que mide al

NORTE Y AL SUR, doce metros trece centímetros, y al ORIENTE Y

PONIENTE, treinta y seis metros y linda: al norte, calle pública de por

medio, con parte del solar de Lucio Quintanilla; al SUR, con parte del

solar de Blanca Rubia Pineda; al ORIENTE; con solar de Hortensia

Colato, que hoy es de Antonio López y al PONIENTE: con resto de solar

que le quedó a la señora Colato, el terreno antes detallado no soporta

cargas o derechos reales, ni está en proindivisión con nadie, manifi esta

el solicitante que el señor ROLDAN ARCIDES AMAYA. Adquirió el

inmueble por compra que le hiciere el señor JOSE ANGEL AMAYA,

quien para en ese entonces era de, cuarenta y tres años de edad, de este

domicilio, por lo que unida a la posesión de éste, es por más de veintidós

años sin interrupción, y lo valúa en la suma de mil dólares de los Estados

Unidos de América.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal, El Tránsito, a los veintiocho días del mes de

mayo de dos mil quince.- ROEL WERNER MARTINEZ ROMERO,

ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. ANGEL ANTONIO QUINTANILLA

RIVAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059861-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta Ofi cina se ha presentado la señora CRISTIAN

ALEJANDRA RAMÍREZ CASTRO, de veintidós años de edad, Estu-

diante, del domicilio de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz,

y actualmente del domicilio de Santa Cruz Michapa, Departamento de

Cuscatlán, solicitando TITULO DE PROPIEDAD MUNICIPAL de

un solar urbano, SITUADO EN BARRIO EL CENTRO, AVENIDA

SIMON BOLIVAR, NUMERO S/N, MUNICIPIO DE SANTA CRUZ

MICHAPA, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, DE CIENTO

VEINTICINCO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUA-

DRADOS de superfi cie, que mide y linda: AL NORTE, doce metros,

con Segundo Alfredo Ruano Paredes y Sandra Margarita Meléndez

Ruano; AL ORIENTE, doce punto cincuenta y cuatro metros, con José

Antonio Quezada Aguilar y Daniel Henríquez Cantarero; AL SUR, doce

metros, con María Antonia Castillo de Juárez, calle de por medio; y AL

PONIENTE, doce metros, con Segundo Alfredo Ruano Paredes y Sandra

Margarita Meléndez Ruano. Lo hubo por compra que hizo a don PIO

ANTONIO NAVARRO LOPEZ conocido por ANTONIO NAVARRO

LOPEZ por escritura pública, otorgada en Cojutepeque, a las doce horas

del día trece de abril del año dos mil once, ante los Ofi cios del Notario

José Balmore García, quien a la vez lo adquirió por escritura pública,

otorgada en dicha ciudad, el día diecisiete de abril de mil novecientos

setenta y ocho, ante los Ofi cios del Notario Juan Alfredo Pineda por

compra que le hizo al señor Camilo Henríquez; que sumando la posesión

de sus antecesores dueños más la propia suma TREINTA Y SIETE

AÑOS consecutivos de poseerlo en forma continua, quieta, pacífi ca e

ininterrumpida, sin que nadie se lo haya estorbado reclamando mejor

derecho; no es predio dominante ni sirviente, no está en proindivisión,

lo estima en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA; todos los colindantes son de este domicilio.

En la Alcaldía municipal de Santa Cruz Michapa, Departamento

de Cuscatlán, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil quince.

ANDRES SANTOS VALLE, ALCALDE MUNICIPAL. FRANCISCO

ERNESTO CARPIO ACOSTA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059891-2

ROBERTO ANDRÉS LEMUS FLORES, Alcalde Municipal del Mu-

nicipio de La Reina, Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Señor LUIS

AMADO ALAS, de sesenta años de edad, agricultor, del domicilio de

La Reina, Departamento de Chalatenango, portador de mí Documento

Único número cero cero trescientos setenta y cinco mil novecientos

noventa y dos - cinco, y Número de Identifi cación Tributaria cero

cuatrocientos trece - doscientos cincuenta mil doscientos cincuenta y

cinco - cero cero uno - dos; actuando como Representante Legal del

Señor CARLOS ANDRÉS DÍAZ ALAS, según consta en Testimonio

de Escritura Pública de Poder General Administrativo, otorgado en la

Villa de La Reina, departamento de Chalatenango, a las nueve horas del

día siete de marzo del año dos mil quince, ante los ofi cios Notariales

de José Salvador Jiménez Hernández, por el señor CARLOS ANDRÉS

DÍAZ ALAS, de cuarenta años de edad, Empleado, del domicilio de

la ciudad de Brentwood, Estado de Nueva York, Estados Unidos de

América, portador de su Pasaporte Salvadoreño número A siete cero uno

siete ocho ocho cuatro cuatro, y con Número de Identifi cación Tributaria

cero cuatrocientos trece - cero treinta mil ciento setenta y cuatro - ciento

uno - cero, solicitando a favor de su representado TITULO DE PRO-

PIEDAD Y DOMINIO A FAVOR DE SU REPRESENTADO señor

CARLOS ANDRÉS DÍAZ ALAS, de un inmueble urbano, situado en

la Avenida Central Sur, Barrio La Primavera, de la Villa de La Reina,

Departamento de Chalatenango, del cual es dueño y actual poseedor de

buena fe por más de diez años consecutivos, de forma quieta, pacífi ca e

ininterrumpida, de una extensión superfi cial de QUINIENTOS SETENTA

Y OCHO PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de

las medidas, linderos y colindancias siguientes: LINDERO NORTE:

partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur sesenta y nueve grados

veinticinco minutos cincuenta y seis punto cincuenta segundos Este con

una distancia de cuarenta punto sesenta y seis metros; colindando con

terrenos de Raymundo Alberto Deras, con lindero de pared de ladrillo.

LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur

veinte grados cero ocho minutos cero cinco punto cincuenta y cuatro

segundos Oeste con una distancia de catorce punto quince metros;

colindando con terrenos de Elsa Alas, con lindero de pared de ladrillo.

LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está formado por un

tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte sesenta

y nueve grados cuarenta y tres minutos cero cuatro punto noventa y dos

segundos Oeste con una distancia de cuarenta punto cincuenta y tres

metros; colindando con terrenos de Catalina Huezo, con lindero de pared

de ladrillo. LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente

está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Norte diecinueve grados treinta y siete minutos cero siete punto trece

segundos Este con una distancia de catorce punto treinta y cinco metros;

colindando con terrenos de DONA REINA MÉNDEZ PORTILLO y

MARIO CHÁVEZ, con calle de por medio. Así se llega al vértice Nor

Poniente, que es donde se inició la descripción. El cual obtuvo por venta

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

que le hizo su madre señora SONIA MARGARITA ALAS VIUDA DE

DÍAZ. Todos los colindantes son del domicilio de La Reina, residentes

en el Barrio La Primavera esta Villa. Dicho inmueble lo obtuvo por venta

que le hizo su madre señora SONIA MARGARITA ALAS VIUDA DE

DÍAZ, en Escritura Pública de Compraventa, otorgada en la Villa de La

Reina, departamento de Chalatenango, a las nueve horas del día once

de marzo del año dos mil quince, ante los ofi cios del Notario Oscar

Roberto Villarán Nochez. Dicho inmueble no es sirviente ni dominante

y no está en proindivisión con ninguna persona, y se valora en la can-

tidad de QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA.

LO QUE SE HACE SABER AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

Librado en la Alcaldía Municipal de La Reina, departamento de

Chalatenango; a los dieciséis días del mes de junio de dos mil quince.-

ROBERTO ANDRES LEMUS FLORES, ALCALDE MUNICIPAL.

LIC. MIGUEL ANGEL TEJADA PONCE, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F059925-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL VILLA DE ARCATAO,

DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor RA-

FAEL MARTINEZ HERCULES, mayor de edad, Agricultor en pequeño,

del domicilio de esta villa de Arcatao, Departamento de Chalatenango,

con Documento Único de Identidad número cero dos millones cuatro-

cientos cuarenta y tres mil trescientos ochenta y nueve guión tres, y

con número de Tarjeta de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos

dos – cero sesenta mil trescientos cuarenta y cuatro – ciento uno -cin-

co; en su calidad de propietario, MANIFESTANDO: Que es dueño y

actual y poseedor por más de veinte años consecutivos en forma quieta,

pacífi ca, de buena fe, continua e ininterrumpida de un inmueble, el

cual está solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, dicho

inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio El Centro, Final

Avenida Julio Pineda y Final Avenida Silvio Franco, Municipio de

Arcatao Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial

de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y SIETE

METROS CUADRADOS; equivalentes a TRESCIENTOS NOVENTA

Y CUATRO PUNTO SETENTA Y UNO VARAS CUADRADAS, de

las medidas y colindancias siguientes rumbos y distancias: LINDERO

NORTE: está formado por dos Tramos, con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, con rumbo Sur setenta y un grados cuarenta

minutos diecinueve segundos Este con una distancia de once punto cua-

renta y siete metros, colindando este tramo con propiedad de Abel López

Escalante, calle por medio, Tramo dos, con rumbo Sur setenta grados

treinta minutos cero nueve segundos Este con una distancia de cinco

punto cuarenta y cuatro metros, colindando con propiedad de Alcaldía

Municipal de Arcatao, calle por medio, LINDERO ORIENTE: está

formado por un Tramo, con rumbos Sur cero nueve grados veinticinco

minutos treinta y cinco segundos Oeste con una distancia de quince punto

diecinueve metros, colindando con propiedad de Teodocio Ramírez y

Carmelina Monge, Calle de por medio; LINDERO SUR: está formado

por un Tramo, con rumbo Norte setenta y tres grados treinta y cinco

minutos dieciséis segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto

setenta y uno, colindando con propiedad de Venancio Antonio Jiménez,

LINDERO PONIENTE: está formado por tres Tramos, con los siguien-

tes rumbos y distancias: Tramo uno, con rumbo Norte dieciséis grados

cincuenta y tres minutos cero cero segundos Este con una distancia de

seis punto treinta y ocho metros, Tramo dos, con rumbo Norte setenta

y cinco grados veinte minutos cuarenta y ocho segundos Oeste con una

distancia de cero punto treinta y cinco metros, Tramo tres, con rumbo

Norte dieciocho grados cero dos minutos treinta y un segundos Este

con una distancia de nueve punto treinta y nueve metros, colinda con

propiedad de Rogelio Navarro Orellana, pared de por medio llegando

así al vértice noroeste que es donde se inició la presente descripción. El

inmueble descrito posee una construcción consistente en una vivienda

de ladrillo y teja, cuenta con agua potable y energía eléctrica. No tiene

cargas o derechos reales ajenos pertenecientes a otras personas que

deban respetarse ni está en proindivisión con nadie y lo adquirió por

medio de compraventa que le hiciera el señor LEOPOLDO DUBON

LOPEZ. Presentando la fi cha catastral respectiva, todos los colindantes

son de este domicilio, el inmueble lo valúa en la suma de CINCO MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los

demás efectos de Ley correspondientes.

ALCALDÍA MUNICIPAL: Villa de Arcatao, Departamento

de Chalatenango, diecinueve de junio del año dos mil quince. JOSE

ALBERTO AVELAR AVELAR, ALCALDE MUNICIPAL. LICDA.

MARIA INES VALLES PEREZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado por sí y por escrito el señor JOSE JAIME MERINO HERNANDEZ, de cuarenta y seis años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Nueva Granada, Departamento de Usulután; de nacionalidad Salvadoreña, con Documento Único de Identidad Número cero uno cero cinco siete seis ocho siete guión cinco; y con Número de Identifi cación Tributaria: uno uno uno dos-dos tres cero cinco seis ocho-uno cero uno-seis; solicitando se le extienda a su favor Título de Dominio de Propiedad, de un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio de esta Villa de Nueva Granada, Departamento de Usulután; de la capacidad superfi cial de CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO NOVEN-TA Y TRES METROS CUADRADOS; de las medidas y colindantes siguientes: AL ORIENTE: sesenta y cuatro metros, con terreno de la señora Carmen Rivera Viuda de Alvarado; AL NORTE: setenta y tres punto diez metros, con terreno de Carmen Rivera Viuda de Alvarado; AL PONIENTE: cuarenta y seis punto cuarenta metros, con terreno de José Guevara Almendarez y Rosa Felipa Coréas, calle de por medio; AL SUR: tres tramos: el primero de cuarenta y seis punto cincuenta metros; el segundo, de veintiséis punto treinta metros; y el tercero, de treinta punto cincuenta metros, con terreno de Julia Rivera de Mejía y Numan Alfredo Rivera Orellana. Que el solar descrito no es predio dominante ni sirviente, no tiene cargas reales de ajenas pertenencias, que respetarse, ni está en proindivisión con ninguna persona, y estima dicho inmueble en la cantidad de: UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; los colindantes son todos de este domicilio.

Alcaldía Municipal de la Villa de Nueva Granada, a los quince días del mes de mayo del año dos mil quince.- JOAQUIN AQUILINO RENDON RIVERA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. MARIA CON-CEPCION CAMPOS DE COREAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059965-2

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2001019413

No. de Presentación: 20150214655

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA REBECA ATANACIO CADER, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PAYMARK, SOCIEDAD ANONIMA, del domici-lio de ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00024 del Libro 00190 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BONAPRESS, escrita en letras mayúsculas de izquierda a derecha, corrientes y de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de abril del año dos mil quince.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001067-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2015140782

No. de Presentación: 20150211934

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL ANTONIO FRANCISCO RODRIGUEZ HARRISON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de FARMACEUTICA RODIM, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra RODIM y diseño, que servirá para: IDEN-TIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICA A LA FABRICACION, VENTA Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA USO HUMANO, EN LAS FORMAS FARMACEUTICAS DE LIQUIDOS, TABLETAS, COMPRIMIDOS, PILDORAS, SUPOSI-TORIOS, GRAGEAS, CAPSULAS, AMPOLLAS, SALES, EMUL-SIONES, POLVOS, POMADAS, GOTAS Y CREMAS PARA USO EXTERNO.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001038-2

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2015143548

No. de Presentación: 20150217573

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL,

Consistente en: la palabra BOLPROS y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN EMPRESA DEDICADA A ACTIVIDADES BUR-SATILES.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de mayo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059841-2

No. de Expediente: 2015143760

No. de Presentación: 20150217919

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO ENRIQUE FLORES GUARDADO, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de PROMOTUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras COSMOS TRAVEL y diseño y se tra-duce al castellano cosmos viajar, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE BOLETOS AEREOS, PAQUETES TURISTICOS Y TODO LO RELACIONADO CON EL TURISMO.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059859-2

No. de Expediente: 2015141410

No. de Presentación: 20150213343

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GRISELDA DE LOS ANGELES ALVARADO HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras La Octava Maravilla Restaurante & Bar y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil quince.

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059903-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Sociedad Cooperativa de Cafetaleros Los Ausoles de R.L. convoca a sus Socios a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que se celebrará en el Área Social de la Cooperativa, situadas en el Km. 101 ½ Carretera a Las Chinamas, Ahuachapán, a las 08:00 horas del día veinticinco de Julio del corriente año, en la que se tratará la siguiente Agenda:

1- VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

2- LECTURA DEL ACTA ANTERIOR.

3- APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO COSECHA 2015/2016.

4- ELECCIÓN DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y JUNTA DE VIGILANCIA CUYOS PERIODOS VEN-CEN.

Para celebrar esta Junta deberán estar presentes personalmente por lo menos la mitad más uno de los Socios de la Cooperativa.

De no haber quórum en la primera convocatoria, por este mismo medio se convoca para celebrar esta ASAMBLEA GENERAL ORDI-NARIA para el día veintiséis de julio a las 10:00 horas en el mismo local, con el número de Socios presentes, siempre que no sea inferior a diez de acuerdo al Pacto Social.

San Salvador, 30 de junio de 2015.

MARIO ENRIQUE CALDERON MENENDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001064-2

CONVOCATORIA

La Liquidadora de VALORES CORPORATIVOS, S.A. DE C.V., por este medio convoca a Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad a celebrarse en Primera Convocatoria el viernes veinticuatro de julio de dos mil quince, a partir de las quince

horas, en el Salón de sesiones de la sociedad ESCUDO, S.A. DE C.V., de esta ciudad. Caso no hubiere quórum a la hora y fecha señaladas, se cita en Segunda Convocatoria en el mismo lugar y hora del veinticinco de julio de dos mil quince.

AGENDA

Asuntos de Carácter Ordinario

1. Nombramiento de Presidente y Secretario de la Junta.

2. Lectura del Acta anterior.

3. Lectura del Balance General, Estado de Resultados e Informe de los Auditores, correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014.

4. Nombramiento de auditores externos y fi jación de emolu-mentos.

5. Cualquier otro punto que se considere necesario.

Asuntos de Carácter Extraordinario

1. Discusión y Aprobación de Balance Final de Liquidación.

2. Designar al depositario de los documentos, libros y demás papeles sociales.

3. Cancelación en el Libro de Registro de Accionistas de los Certifi cados de Acciones de los accionistas.

4. Autorización de Accionistas para compensar saldos a favor contra pérdida acumulable.

5. Cualquier otro punto que se considere necesario.

Para celebrar Junta en Primera Convocatoria se requiere respecto de los Asuntos Ordinarios, la presencia o representación de por lo menos la mitad más una de las acciones que componen el Capital Social y se tomará decisión con por lo menos la mayoría de votos de las acciones presentes y representadas; y respecto de los Asuntos Extraordinarios, se requiere la presencia o representación de las tres cuartas partes de las acciones que componen el Capital Social e igual proporción para tomar decisión. Caso no hubiere quórum a la hora y fecha expresadas, se cita en Segunda Convocatoria, en el mismo lugar y hora del veinticinco de julio dos mil quince, requiriéndose en este caso tratar los Asuntos Ordinarios, de cualquier número de acciones presentes y representadas, y se tomará resolución con la mayoría de votos de tales acciones, y para tratar los Asuntos Extraordinarios, se requerirá la mitad más una de las acciones que componen el Capital Social y se tomará resolución con las tres cuartas partes de las acciones presentes y representadas.

San Salvador, 02 de julio de 2015.

ANA CECILIA SOTO DE PADILLA,

LIQUIDADORA,

VALORES CORPORATIVOS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F060204-2

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

CONVOCATORIA

La Liquidadora de CORPORACIÓN DE FOMENTO, S.A. DE C.V.,

por este medio convoca a Junta General Ordinaria y Extraordinaria de

Accionistas de la sociedad a celebrarse en Primera Convocatoria el

viernes veinticuatro de julio de dos mil quince, a partir de las dieciséis

horas, en el Salón de sesiones de la sociedad ESCUDO, S.A. DE C.V.,

de esta ciudad. Caso no hubiere quórum a la hora y fecha señaladas, se

cita en Segunda Convocatoria en el mismo lugar y hora del veinticinco

de julio de dos mil quince.

AGENDA

Asuntos de Carácter Ordinario

1. Nombramiento de Presidente y Secretario de la Junta.

2. Lectura del Acta anterior.

3. Lectura del Balance General, Estado de Resultados e Informe

de los Auditores, correspondientes al ejercicio terminado el

31 de diciembre de 2014.

4. Nombramiento de auditores externos y fi jación de emolu-

mentos.

5. Cualquier otro punto que se considere necesario.

Asuntos de Carácter Extraordinario

1. Discusión y Aprobación de Balance Final de Liquidación.

2. Designar al depositario de los documentos, libros y demás

papeles sociales.

3. Cancelación en el Libro de Registro de Accionistas de los

Certifi cados de Acciones de los accionistas.

4. Autorización de Accionistas para compensar saldos a favor

contra pérdida acumulable.

5. Cualquier otro punto que se considere necesario.

Para celebrar Junta en Primera Convocatoria se requiere respecto

de los Asuntos Ordinarios, la presencia o representación de por lo menos

la mitad más una de las acciones que componen el Capital Social y se

tomará decisión con por lo menos la mayoría de votos de las acciones

presentes y representadas; y respecto de los Asuntos Extraordinarios,

se requiere la presencia o representación de las tres cuartas partes de las

acciones que componen el Capital Social e igual proporción para tomar

decisión. Caso no hubiere quórum a la hora y fecha expresadas, se cita

en Segunda Convocatoria, en el mismo lugar y hora del veinticinco

de julio dos mil quince, requiriéndose en este caso tratar los Asuntos

Ordinarios, de cualquier número de acciones presentes y representadas,

y se tomará resolución con la mayoría de votos de tales acciones, y para

tratar los Asuntos Extraordinarios, se requerirá la mitad más una de las

acciones que componen el Capital Social y se tomará resolución con las

tres cuartas partes de las acciones presentes y representadas.

San Salvador, 02 de julio de 2015.

ANA CECILIA SOTO DE PADILLA,

LIQUIDADORA,

CORPORACIÓN DE FOMENTO, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F060205-2

SUBASTA PÚBLICA

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, Promovido por el BANCO HSBC

SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCO SALVADO-

REÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCOSAL, SOCIEDAD ANÓ-

NIMA, anteriormente BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD

ANÓNIMA a través de su Apoderada General Judicial Doctora ANA

CAMILA DE LEÓN DE CASTRO GARAY, contra la Sociedad CREA-

CIONES POPEYE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, que se abrevia CREACIONES POPEYE, S.A. DE C.V., y el señor

JOSÉ EMILIO MARCOS KALIL GHATTAS DAHBURA conocido

por EMILIO GHATTAS y por JOSÉ EMILIO KHALIL GHATTAS y

por JOSÉ EMILIO MARCOS KALIL GHATTAS, reclamándole can-

tidad de dólares y accesorios de Ley, se venderán en pública subasta en

fecha que oportunamente se determinará en este Juzgado, los bienes

inmuebles embargados siguientes: "A) Situado en Urbanización Monte

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Alto, sobre Calle y Cantón El Carmen, Final Avenida Masferrer, en el

punto Las Colmenas, Colonia Escalón, jurisdicción de San Salvador,

según antecedentes consiste en una porción de terreno urbano de TRES

MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y TRES

METROS CUADRADOS equivalentes a CUATRO MIL OCHOCIEN-

TOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA VARAS CUA-

DRADAS, inscrito como reunión de inmuebles en el sistema de folio

real, bajo la matrícula número CERO UNO - CIENTO VEINTICUATRO

MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO - CERO CERO CERO del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro; porción que tiene la descripción particular siguiente: LOTE

NÚMERO UNO, de la Urbanización MONTE ALTO. Partiendo de la

intersección de los ejes de la calle que conduce a El Carmen con la

calle número uno de la urbanización Monte Alto, se mide sobre el eje

de esta última una distancia de ochenta y nueve punto setenta y dos

metros con rumbo norte sesenta grados cincuenta y nueve minutos

cincuenta y seis segundos oeste, luego de este punto se hace una defl exión

normal izquierda de nueve metros llegando así al esquinero antes men-

cionado. Partiendo de este punto se comienza la descripción del lote de

la siguiente forma: AL SUR, ocho tramos rectos con los siguientes

rumbos y distancia: tramo número uno, con rumbo sur veintinueve

grados cero cero minutos cero cuatro segundos oeste, distancia de vein-

titrés metros, tramo número dos, con rumbo sur sesenta grados cincuen-

ta y nueve minutos cincuenta y seis segundo este, distancia de diecinue-

ve punto setenta y nueve metros; tramo número tres, con rumbo sur

treinta y seis grados treinta y dos minutos cero cero segundos este,

distancia de siete punto noventa metros; tramo número cuatro, con

rumbo sur treinta y ocho grados catorce minutos once segundos oeste,

distancia de uno punto doce metros, tramo número cinco, con rumbo

sur cincuenta y cuatro grados cero cinco minutos cero un segundo

oeste, distancia de diez punto cincuenta metros aunque, tramo número

seis, con rumbo sur cincuenta y dos grados cincuenta y cuatro minutos

cincuenta y dos segundos oeste, distancia de catorce punto setenta

metros; tramo número siete con rumbo sur cincuenta y dos grados cin-

cuenta minutos cero ocho segundos oeste, distancia de ocho punto no-

venta y nueve metros; tramo número ocho, con rumbo sur cincuenta y

tres grados cero cinco minutos treinta y tres segundos oeste, distancia

de catorce punto ochenta y dos metros, colindando en los primeros tres

tramos con terrenos de propiedad de O. M. N. I. S. A. DE C.V., y en los

cincos restantes con terrenos propiedad de Cruz Evangelista. AL PO-

NIENTE, tres tramos rectos con los siguientes rumbos y distancias:

tramo número nueve, con rumbo norte cuarenta y un grados cero cero

minutos treinta y nueve segundos oeste, distancia de catorce punto se-

senta y un metros, tramo número diez, con rumbo norte treinta y nueve

grados cuarenta y tres minutos treinta y nueve segundos oeste, distancia

de veintiuno punto cero un metros; tramo número once, con rumbo

norte cuarenta grados treinta y cuatro minutos treinta segundos oeste,

distancia de ocho punto sesenta y seis metros; y tramo número doce,

con rumbo norte cincuenta y un grados veintidós minutos treinta y

nueve segundos este, distancia de siete punto cero nueve metros, colin-

dando en todos estos tramos con terreno propiedad de Santiago Contre-

ras. AL NORTE, seis tramos descritos así: el primero, tramo recto con

rumbo norte cincuenta y un grados veintidós minutos treinta y nueve

segundos este con distancia de dos punto setenta y dos metros; el segun-

do, tramo curvo de radio de veinte metros y curva izquierda de veintio-

cho punto cincuenta y ocho metros de longitud; el tercero, tramo recto

con rumbo norte veintiocho grados cuarenta minutos dieciocho segundos

este y distancia de dos punto noventa y siete metros; el cuarto, curva

izquierda de veintiocho metros de radio de longitud de treinta y seis

punto treinta y un metros; el quinto, tramo recto con rumbo norte cin-

cuenta y cuatro grados treinta y tres minutos catorce segundos oeste y

distancia de veintiséis punto cincuenta y ocho metros; y el sexto, curva

derecha de catorce metros de radio y longitud de cincuenta punto no-

venta y ocho metros, colindando en todos los tramos con zona verde de

la Urbanización Monte Alto, con calle número uno de dicha urbanización

de trece metros de derecho de vía de por medio. AL ORIENTE, tres

tramos, el primero, tramo recto con rumbo sur veinticinco grados cin-

cuenta y tres minutos doce segundos este y distancia de veintitrés

punto veintisiete metros, el segundo, curva izquierda de cuarenta y seis

punto cincuenta metros y longitud de veintiocho punto cincuenta metros

y el tercero recto con rumbo sur sesenta grados cincuenta y nueve mi-

nutos cincuenta y seis segundos este y distancia de nueve punto setenta

y siete metros, colindando en ambos tramos con terreno propiedad de

Bonifacio Cañenguez, calle número uno de la Urbanización Monte Alto

de ancho variable de por medio; llegando así al esquinero donde comen-

zó la presente descripción. Se aclara que el inmueble general actualmen-

te mide TREINTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO

SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, inscrito a favor de la

sociedad VIVIENDA INMOBILIARIA Y TENENCIA AGRARIA

LOCAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia V.I.T.A.L., S.A. DE C.V., la cual fue absorbida por la sociedad

CREACIONES POPEYE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se abrevia CREACIONES POPEYE, S.A. DE C.V.,

correspondiéndole el CIEN POR CIENTO DE LA TOTALIDAD, del

inmueble según la matrícula número CERO UNO - CERO UNO DOS

CUATRO DOS CINCO UNO - HPI trasladada posteriormente a la

matrícula M CERO CINCO CERO CUATRO CINCO TRES DOS UNO

hoy trasladado a la matrícula SEIS CERO CERO CUATRO UNO UNO

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

TRES OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departa-

mento de San Salvador; y B) "Un inmueble de naturaleza urbana, que

está ubicado en la Zona Comercial Z. C-Diez de la Urbanización Jardi-

nes del Volcán, en jurisdicción de Nueva San Salvador, departamento

de La Libertad; y el esquinero Sur-Oriente se ubica así: Partiendo de la

intersección de los ejes del Boulevard Merliot con la calle Chiltiupán,

se mide sobre el eje del primero un tramo con rumbo norte cero dos

grados catorce minutos doce segundos oeste y una distancia de ciento

veintidós metros para hacer una defl exión normal izquierda y medir un

segundo tramo con rumbo sur ochenta y siete grados cuarenta y cinco

minutos cuarenta y dos segundos oeste y una distancia de veintitrés

punto cincuenta metros, llegando así al esquinero antes mencionado y

comenzando la descripción que dice así: AL SUR: un tramo recto con

rumbo sur ochenta y siete grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y

dos segundo oeste y una distancia de sesenta y cuatro punto cero nueve

metros, colindando por este tramo con el lote número cuatro de la mis-

ma Zona Comercial Z.C-Diez; AL PONIENTE: un tramo recto con

rumbo norte cero dos grados quince minutos cuarenta y ocho segundos

oeste y una distancia de cuarenta metros, colindando con pasaje ocho

oriente y con lotes del polígono D-Diez de la Urbanización Jardines del

Volcán, Avenida Jayaque de trece metros de ancho, de por medio; AL

NORTE: un tramo recto con rumbo norte ochenta y siete grados cua-

renta y cinco minutos cuarenta y dos segundos este y una distancia de

sesenta y cuatro punto diez metros, colindando por este tramo con el

lote número siete de la misma Zona Comercial Z.C-Diez; AL ORIENTE:

un tramo recto con rumbo sur cero dos grados catorce minutos doce

segundos este y una distancia de cuarenta metros, colindando por este

tramo con lotes de la Zona Comercial Z.C-Dos de la Urbanización

Jardines de la Hacienda, Boulevard Merliot de cuarenta y siete metros

de ancho por medio, llegando así al esquinero donde comenzó la pre-

sente descripción, El inmueble así descrito tiene una extensión superfi -

cial de DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO SETEN-

TA METROS CUADRADOS equivalente a TRES MIL SEISCIENTOS

SESENTA Y OCHO PUNTO CATORCE VARAS CUADRADAS,

inscrito a favor de la sociedad CREACIONES POPEYE, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CREACIONES

POPEYE, S.A. DE C.V., correspondiéndole el CIEN POR CIENTO DE

LA TOTALIDAD DEL INMUEBLE, según la matrícula número M

CERO UNO DOS DOS SEIS NUEVE SIETE CINCO hoy trasladado

a la matrícula TRES CERO CERO UNO OCHO CINCO SIETE NUE-

VE - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro departamento de La

Libertad.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.,

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a las

nueve horas y quince minutos del día veinte de abril de dos mil quince.-

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060003-2

AVISO DE COBRO

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio

de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la se-

ñora CLAUDIA OLIMPIA VEGA DE CASTAÑEDA, hoy viuda de

Castañeda, conocida por CLAUDIA OLIMPIA VEGA, en calidad de

Cónyuge sobreviviente del JORGE ANTONIO CASTAÑEDA, para

que se le devuelva la cantidad de $377.14, en concepto de excedente de

Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio fi scal 2013, que le

correspondía a su extinto Cónyuge y que dejó pendiente de cobro por

haber fallecido el 8 de noviembre de 2014.

Lo anterior se hace del conocimiento del público en general, a fi n

de que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a

este Ministerio, en el término de 3 días contados a partir del día siguiente

en que haya salido a la venta la tercera y última publicación del presente

aviso.

San Salvador, 23 de junio de 2015.

Licda. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F059697-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL

DE PROPIETARIOS DEL "CONDOMINIO COSTA PARAISO".

CERTIFICA: Que el Acta número Tres de Asambleas de Pro-

pietarios del "Condominio Costa Paraíso", la cual se celebró en San

Salvador, departamento de San Salvador, a las catorce horas con

treinta minutos en segunda convocatoria, el día sábado treinta y uno de

enero de dos mil quince, se eligió en su punto número cuatro, la Junta

Directiva del Condominio, quienes tienen facultades de Administrador,

el cual literalmente DICE: "4.- Elección de nueva Junta Directiva del

Condominio: Después de varios análisis y propuestas, el pleno de la

Asamblea de Propietarios decidió nombrar a la Junta Directiva de

Condominio por el periodo de dos años contados desde esta fecha, la

cual quedó integrada de la siguiente manera: Presidenta: Doctora Gilda

Yanet Salazar de Rico. Suplente: Arquitecta Priscila Panamá de Coto.

Secretaria: Licenciada Luisa Ana de Chinchilla. Suplente: Señora Marta

Gloria Guandique González. Tesorero: Licenciado Jaime Salvador Ochoa

Martínez. Suplente: Arquitecto Manuel Edgardo Barrera Flamenco. Los

miembros de la Junta Directiva nombrada aceptaron los cargos en que

les fueron nombrados y se comprometieron a trabajar por el bienestar y

prosperidad del Condominio, a partir de la fecha de su elección. La Junta

Directiva tendrá las facultades que el Reglamento de Administración y

la Ley le da al Administrador. El Presidente de la Junta Directiva podrá

representar, previo acuerdo de Junta Directiva, en toda diligencia Judicial

o Extrajudicial al Condominio".

Y para los efectos legales consiguientes se extiende la presente

certifi cación en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro del mes

de junio de dos mil quince.

LICENCIADA LUISA ANA DE CHINCHILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059924-2

TITULO MUNICIPAL

La Infrascrita Alcaldesa Municipal de Santiago Nonualco, Departamento

de La Paz.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

GUADALUPE NAVARRO, de cincuenta y tres años de edad, domés-

tica, del domicilio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, con

Documento Único de Identidad número cero cero tres cuatro cinco cero

dos seis-dos y Número de Identifi cación Tributaria cero ochocientos

diecinueve-ciento veinte mil doscientos sesenta y dos-ciento dos-dos,

solicitando se extienda a su nombre TITULO MUNICIPAL SOBRE UN

PREDIO URBANO, situado en Barrio El Ángel, Avenida Anastacio

Aquino, y Calle José Matías Delgado, número S/N, de la ciudad de

Santiago Nonualco, Departamento La Paz; del Mapa cero ochocientos

diecinueve U once, Parcela cuatro; sin antecedente inscrito y de una ex-

tensión superfi cial de QUINIENTOS OCHENTA PUNTO TREINTA Y

DOS METROS CUADRADOS, con las medidas y colindantes siguientes:

AL NORTE, veintinueve punto diez metros, con Rosa Alicia Sánchez

de Cortez, Jesús Escobar Martínez de Ceballos, Pedro Cerón Sánchez,

Pedro Edwin Cerón Crespín y Rosa Alicia Sánchez; AL ORIENTE, dos

tramos, el primero de veintidós metros y el segundo de dos metros, con

Antonio De La Cruz Savallo y José Daniel Cerón Gálvez, con ambos

calle de por medio; AL SUR, veintiséis punto ochenta metros, con Celia

Dinora Vásquez de Ramírez, calle de por medio que según nomenclatura

actual se denomina Calle Doctor José Matías Delgado; y AL PONIENTE,

dieciséis punto cuarenta metros, con Juan Pablo Rivera Ramírez. Todos

los Colindantes son del Domicilio de Santiago Nonualco. El predio no

es sirviente, ni dominante y no tiene cargas o derechos reales de ajena

pertenencia. El titulante lo ha poseído por más de diez años consecutivos,

sumando la posesión de su antecesor el señor José Napoleón Bonilla;

del cual carece de documento no inscrito ni inscribible por carecer de

antecedentes registrados de dominio; no obstante su posesión es de

buena fe, quieta, pacífi ca, no interrumpida y sin proindivisión alguna. Lo

valora en cinco mil Dólares Estadounidenses. Se avisa para los efectos

de ley.

Alcaldía Municipal: Santiago Nonualco, veintinueve de junio de

dos mil quince.- MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES,

ALCALDESA MUNICIPAL.- EZEQUIEL CORDOVA MEJIA, SE-

CRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059892-2

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2015141993

No. de Presentación: 20150214509

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SALVADOR ANDRES RODRIGUEZ ALVAREZ, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de TECH CORP., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: TECH CORP., S. A. DE C. V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: un diseño identifi cado como Mi Guía, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PUBLICI-DAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRA-CIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA, GUIA ONLINE DE RESTAURANTES, CAFÉS, BARES, HOTELES, CENTROS COMERCIALES, BANCOS, DESPACHOS LEGALES, DESPACHOS CONTABLES; GUIA DE ENTENDIMIENTO.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil quince.

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001040-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente : 2015142990

No. de Presentación: 20150216507

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SALVA-DOR ANDRES RODRIGUEZ ALVAREZ, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de TECH CORP., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: TECH CORP., S. A. DE C. V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MI GUIA

Consistente en: las palabras MI GUIA, que servirá para: AMPA-RAR: PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMINISTRACIÓN COMERCIAL, TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil quince.

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001041-2

No. de Expediente: 2015141545

No. de Presentación: 20150213712

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS GIAN-CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras IN TEN TSO y diseño, que servirá para: AMPARAR: RESTAURANTES, CAFÉS-RESTAURANTE, CA-FETERÍAS, RESTAURANTES DE AUTOSERVICIO Y SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN Y BEBIDAS, BARES DE COMIDA RÁPIDAS. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos mil quince.

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001047-2

No. de Expediente: 2015140959

No. de Presentación: 20150212403

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CE-SAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de Al-Furat for Tobacco and Cigarettes Industry Co., de nacionalidad JORDANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS;

ELEGANCE

Consistente en: la palabra ELEGANCE que se traduce al caste-llano como Elegancia, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN RAMA Y MANUFACTURADO; PRODUCTOS DE TABACO, IN-CLUYENDO: CIGARRILLOS, QUE CONTENGAN SUCEDÁNEOS DEL TABACO (QUE NO SEAN CON PROPÓSITOS PARA USO MÉDICO), ELECTRÓNICOS; PUROS, PURITOS; TABACO PARA LIAR CIGARRILLOS, PARA PIPAS, DE MASCAR, SABORIZA-DO; MELAZAS (TABACO PARA USO EN NARGUILES); RAPÉ (TABACO EN POLVO); KRETEK (CIGARRILLOS); NARGUILES ELECTRÓNICOS; CABEZAS DE NARGUILES ELECTRÓNICOS; NARGUILES; ENCENDEDORES; ARTÍCULOS PARA FUMADO-RES INCLUYENDO: PAPEL ABSORBENTE PARA PIPAS, PURE-RAS, CORTAPUROS, BOQUILLAS PARA PUROS, DEPÓSITOS DE GAS PARA ENCENDEDORES; FILTROS PARA CIGARRILLOS, BOQUILLAS, EMBOCADURAS DE BOQUILLAS PARA CIGARRI-LLOS, MÁQUINAS DE BOLSILLO PARA LIAR CIGARRILLOS; PAPEL DE FUMAR, PIEDRAS DE ENCENDEDORES DE BOLSILLO, CAJAS CON HUMIDIFICADORES PARA PUROS, LIMPIAPIPAS, PORTAPIPAS, PETACAS PARA TABACO, TABAQUERAS (CA-JAS PARA RAPÉ), ESCUPIDERAS PARA CONSUMIDORES DE TABACO, EMBOCADURAS DE BOQUILLAS DE ÁMBAR AMA-RILLO PARA PUROS Y CIGARRILLOS, BOTES PARA TABACO, CENICEROS PARA FUMADORES, TUBOS PARA CIGARRILLOS; HIERBAS PARA FUMAR; FÓSFOROS; CAJAS PARA FÓSFOROS; FOSFORERAS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001051-2

No. de Expediente: 2014139699

No. de Presentación: 20140209739

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de TERENCIO JOSE GARCIA MONTENEGRO, de nacionalidad NICA-RAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras GARCIA & BODAN y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS JURIDICOS. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil quince.

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001052-2

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2015143326

No. de Presentación: 20150217160

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA RENEE SOMOZA DE IANNUZZELLI, de nacionalidad SALVADOREÑA; en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Panzerotti y diseño traducida al castellano EMPANADAS ITALIANAS, sobre el uso del elemento denominativo Panzerotti, aisladamente no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PREPARACION Y SUMINISTRO DE COMIDAS Y BEBIDAS PARA CONSUMIR IN SITU O PARA LLEVAR. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001065-2

No. de Expediente: 2014138397

No. de Presentación: 20140207428

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de AGUA Y ENERGIA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión MAKBI y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIA-LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001071-2

No. de Expediente: 2014138398

No. de Presentación: 20140207429

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO de AGUA Y ENERGIA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE SER-VICIOS,

Consistente en: la palabra MAKBI y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA, DIS-TRIBUCIÓN DE AGUA. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001072-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

No. de Expediente: 2014137505 No. de Presentación: 20140205465 CLASE: 35, 36, 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE EDUARDO ALVAREZ CONTRERAS, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de TRANSFER AND BUSINESS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Tabsa express y diseño donde la palabra Express se traduce al castellano como Prisa, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIO DE CONTRATACIÓN. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIO DE REMESA, SERVICIO DE TRANSFERENCIAS. Clase: 36. Para: AMPARAR: SERVICIO DE MENSAJERIA. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059863-2

No. de Expediente: 2015141408 No. de Presentación: 20150213341 CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GRISELDA DE LOS ANGELES ALVARADO HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras LA OCTAVA MARAVILLA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN). Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059904-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014137694

No. de Presentación: 20140205882

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SHARON ANDREA PONCE ACOSTA, en su calidad de APODERADO de DROGUERIA AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras HARRIS PHARMA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS, PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001039-2

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2015143873

No. de Presentación: 20150218170

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DIEGO

JOSUE RUIZ LEMUS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de UNE INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: UNE INVERSIONES, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Products 4 Home y diseño, que se

traducen al castellano como productos para el hogar, que servirá para:

AMPARAR: MUEBLES DE MADERA. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de junio del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001045-2

No. de Expediente: 2013123943

No. de Presentación: 20130178687

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de IN-

DUSTRIAS HACEB S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ASSENTO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CALENTADORES DE AGUA, APARATOS DE CALE-

FACCIÓN, ENFRIADORES, UNIDADES DE AIRE ACONDICIONA-

DO, LAMPARAS, FRIGORÍFICOS, ASADORES, ARMAZONES DE

HORNO, APARATOS PARA ENFRIAR, CAFETERAS ELÉCTRICAS,

CAMPANAS EXTRACTORAS, APARATOS DE COCCIÓN, ESTU-

FAS, FOGONES, FREIDORAS, ACCESORIOS DE REGULACIÓN

DE GAS, HELADERAS, HORNOS DOMÉSTICOS, HORNOS DE

PANADERÍA, NEVERAS, PARRILLAS DE FOGONES, QUEMADO-

RES DE GAS, RADIADORES DE CALEFACCIÓN, SECADORAS

DE ROPA ELÉCTRICAS, TOSTADORAS DE PAN, VENTILADO-

RES ELÉCTRICOS, VITRINAS FRIGORÍFICAS, YOGURTERAS

ELÉCTRICAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de mayo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001049-2

No. de Expediente: 2013123944

No. de Presentación: 20130178688

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de IN-

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

DUSTRIAS HACEB S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras AREZZO y diseño, que servirá para: AMPARAR: CALENTADORES DE AGUA, APARATOS DE CALEFACCIÓN, ENFRIADORES, UNIDADES DE AIRE ACON-DICIONADO, LAMPARAS, FRIGORÍFICOS, ASADORES, ARMA-ZONES DE HORNO, APARATOS PARA ENFRIAR, CAFETERAS ELÉCTRICAS, CAMPANAS EXTRACTORAS, APARATOS DE COCCIÓN, ESTUFAS, FOGONES, FREIDORAS, ACCESORIOS DE REGULACIÓN DE GAS, HELADERAS, HORNOS DOMÉSTICOS, HORNOS DE PANADERÍA, NEVERAS, PARRILLAS DE FOGONES, QUEMADORES DE GAS, RADIADORES DE CALEFACCIÓN, SECADORAS DE ROPA ELÉCTRICAS, TOSTADORAS DE PAN, VENTILADORES ELÉCTRICOS, VITRINAS FRIGORÍFICAS, YOGURTERAS ELÉCTRICAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001050-2

No. de Expediente: 2015141289

No. de Presentación: 20150213140

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO de DAKOTA ZONA LIBRE, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BLUGE

Consistente en: la palabra BLUGE, que servirá para: AMPARAR: CAMISAS, CAMISETAS, CHAQUETAS, SUDADERAS, ABRIGOS, SACOS, BLUSAS, CHOMPAS, PANTALONES LARGOS Y CORTOS,

BERMUDAS, CALZONCILLOS, FALDAS, MINI FALDAS, TRAJES,

VESTIDOS, CALCETINES, MEDIAS, PANTIMEDIAS, SOSTENES,

CALZÓN, ENAGUAS, CORSÉS, FAJAS, LIGUEROS, CAMISONES

Y BATAS DE DORMIR PARA DAMAS, LARGOS Y CORTOS;

ZAPATILLAS, BOTAS, BOTINES, SANDALIAS, PANTUFLAS,

SUECOS, ALPARGATAS, CHANCLETAS, GORRAS, SOMBREROS,

VISERAS, BOINAS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001069-2

No. de Expediente: 2015141290

No. de Presentación: 20150213141

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

de DAKOTA ZONA LIBRE, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

CLAUX

Consistente en: la palabra CLAUX, que servirá para: AMPARAR:

CAMISAS, CAMISETAS, CHAQUETAS, SUDADERAS, ABRIGOS,

SACOS, BLUSAS, CHOMPAS, PANTALONES LARGOS Y CORTOS,

BERMUDAS, CALZONCILLOS, FALDAS, MINI FALDAS, TRAJES,

VESTIDOS, CALCETINES, MEDIAS, PANTIMEDIAS, SOSTENES,

CALZON, ENAGUES, CORSES, FAJAS, LIGUEROS, CAMISONES

Y BATAS DE DORMIR PARA DAMAS, LARGOS Y CORTOS;

ZAPATILLAS, BOTAS, BOTINES, SANDALIAS, PANTUFLAS,

SUECOS, ALPARGATAS, CHANCLETAS, GORRAS, SOMBREROS,

VISERAS, BOINAS. Clase: 25.

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001070-2

No. de Expediente: 2015143995

No. de Presentación: 20150218473

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LAURA

GERALDINA GOMEZ REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras La Geraldina y diseño, que servirá

para: AMPARAR CAFE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día nueve de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de junio del año dos mil quince.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059847-2

No. de Expediente: 2014140577

No. de Presentación: 20140211413

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

SALVADOR DURAN HERNANDEZ, en su calidad de APODE-

RADO de JOANNE YAEL PICCIOTTO MENDEZ, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: las palabras PAÑALES Pequeñines y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS HIGIENICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de mayo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059973-2

No. de Expediente: 2014140574

No. de Presentación: 20140211410

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

SALVADOR DURAN HERNANDEZ, en su calidad de APODE-

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

RADO de JOANNE YAEL PICCIOTTO MENDEZ, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: la palabra Totitos y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS HIGIENICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059974-2

No. de Expediente: 2015143788

No. de Presentación: 20150217968

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

SALVADOR DURAN HERNANDEZ, en su calidad de APODE-

RADO de JOANNE YAEL PICCIOTTO MENDEZ, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: Las palabras Magic diapers y diseño traducida

al castellano como: Panales Megicos, que servirá para: AMPARAR:

PAÑALES DESECHABLES PARA BEBE. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de junio del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059976-2

No. de Expediente: 2014139346

No. de Presentación: 20140209184

CLASE: 13.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HEBER

REMBERTO TRUJILLO DIAZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de INDUSTRIAS EL TAURO, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS EL TAURO S.

A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra EL TAURO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: ARTICULOS PIROTECNICOS. Clase: 13.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de junio del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060000-2

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

ACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZÁN AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las diez horas y cincuenta minutos del día dieciocho de junio del dos mil quince, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante JOSE ANGEL CANALES, conocido por MIGUEL ANGEL CANALES, de parte del señor CECILIO CANALES RAMIREZ, de sesenta y un años de edad, empleado, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones ochocientos noventa mil noventa y uno-cinco; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno tres cero tres-cero uno cero dos cinco tres-uno cero uno-cuatro; y, la señora MARIA HILARIA CANALES RAMIREZ, de cincuenta años de edad, de ofi cios domésticos, con Documento Único de Identidad Número cero un millón doscientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro-tres, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno tres cero tres-dos cero cero uno seis cuatro-uno cero uno-seis; ambos del domicilio de San Miguel; por derecho propio que les corresponde en calidad de hijos del causante; quien a la fecha de su fallecimiento era de cincuenta y cinco años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de Corinto, De-partamento de Morazán; hijo de TELESFORO CANALES y FIDELIA CANALES; falleció el día diecisiete de noviembre de mil novecientos setenta y cinco; en Corinto, Departamento de Morazán; siendo en ese lugar su último domicilio. Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los veintidós días del mes de junio del dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000987-3

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas con diecisiete minutos del día veintiuno de mayo del año dos mil quince, en las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria, clasifi cadas

DE TERCERA PUBLICACIÓN

con el NUE: 01542-15-CVDV-1CM1-115-1; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de-jada por la causante, señora MARIA MERCEDES BENAVIDES DE AGUILAR, quien fue de setenta y nueve años de edad, ama de casa, viuda, Salvadoreña, originaria y de este domicilio, quien falleció a las dieciocho horas y cuarenta minutos del día seis de enero del año dos mil quince, en el Cantón San Andrés, Municipio de San Miguel; de parte de los señores JOSE JORGE BENAVIDES, de setenta y dos años de edad, sacerdote católico, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero cuatro cinco siete seis cero seis seis-uno (04576066-1); con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos diecisiete-diecinueve cero dos cuatro dos-cero cero uno-seis (1217-190242-001-6); WILBER ALEXANDER MIRANDA GARCÍA, de diecinueve años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero cinco dos cero seis ocho cinco cuatro-uno (05206854-1); con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos diecisiete -dos cinco cero dos nueve cinco-ciento diez-siete (1217-250295-110-7); LOURDES DEL ROSARIO MIRANDA DE BERMUDES, de veintitrés años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero cuatro cuatro nueve cuatro cero cuatro cero – cuatro (04494040-4); y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos diecisiete-dos siete cero ocho nueve uno-ciento dos-cero (1217-270891-102-0); y ANA LUISA MIRANDA GARCÍA, de cuarenta años de edad, empleada, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero cinco cuatro siete cero cuatro seis cinco-seis(05470465-6); con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos diecisiete-uno tres cero nueve siete cuatro-ciento nueve -tres (1217-130974-109-3) esta última actuando por sí y en nombre y representación de su hijo EDWIN FERNANDO MIRANDA GARCÍA, de diecisiete años de edad, estudiante, de este domicilio; todos en sus calidades de Herederos designados por la causante; y se les ha conferido a los aceptantes, en el concepto antes mencionado, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la Herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las ocho horas con cincuenta y siete minutos del día veintiuno de mayo de dos mil quince.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000989-3

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

de inventario de parte del señor AUGUSTO MAURICIO CORTEZ AYALA, en concepto de hijo, la Herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARIA GRACIELA CORTEZ SIBRIAN o GRACIELA CORTEZ quien fuera de ochenta y dos años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, y que falleció el día trece de febrero del año dos mil ocho, en San Juan Opico, originario de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, siendo éste su último domicilio. Confi érasele al aceptante expresado en el concepto indicado la Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las nueve horas diez minutos del día veintitrés de junio del año dos

mil quince.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000995-3

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamen-

te y con benefi cio de inventario de parte del señor JOSE ALFREDO

ORELLANA DIAZ, en su calidad de cesionario de los derechos heredi-

tarios que le correspondían a las señoras Zoila de Jesús Díaz de Reyes y

Cruz del Carmen Díaz de Ventura, en concepto de hijas sobrevivientes,

de la Herencia intestada dejada a su defunción por la señora ANTONIA

DE JESUS MARTINEZ DE DIAZ c/p ANTONIA MARTINEZ y por

ANTONIA DE JESUS MARTINEZ,quien fuera de ochenta y cinco

años de edad, casada, de ofi cios domésticos, y que falleció el día tres de

febrero del año dos mil ocho, en San Juan Opico. Originario de San Juan

Opico, Departamento de La Libertad siendo éste su último domicilio.

Confi érasele al aceptante expresado en el concepto indicado la

Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

catorce horas treinta y cinco minutos del día veintidós de junio del año

dos mil quince.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000996-3

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora JUSTINA VALLE DE MIRANDA o JUSTINA VALLE, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor JOSE DAVID MIRANDA VALLE, quien falleció el día catorce de abril del año dos mil tres, en Cantón San Nicolás Los Encuentros, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio; en concepto de madre del causante, por medio de su Apoderada Licenciada María Elena Noemy Ramírez Ayala.

Confi riéndosele a la aceptante expresada en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las quince horas diez minutos del día diecinueve de junio del año dos mil quince.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000997-3

JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas con cincuenta y cinco minutos del día uno de junio del año dos mil quince, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con el NUE: 05576-14-CVDV-1CM1/468-03; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de JACQUELINE PATRICIA CHICAS MEJIA, de treinta y un años de edad, Estudiante, del domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número: Cero un millón cuatrocientos trece mil ciento sesenta y tres- cinco, y con Número de Identifi cación Tributaria Mil doscientos diecisiete-Ciento ochenta mil setecientos ochenta y tres- Ciento cinco- nueve; en calidad de hija sobreviviente del causante LUIS ALONSO CHICAS a su defunción ocurrida el día doce de abril de dos mil catorce, a la edad de cincuenta y ocho años, Comerciante, divorciado, originario de Comacarán, departamento de San Miguel, y del domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Leticia Chicas; siendo esta jurisdicción su último domicilio; y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las doce horas del día uno de junio del año dos mil quince.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C000998-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las doce horas y cincuenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó LORENZO FUENTES VELASQUEZ, quien falleció el día veinte de noviembre del dos mil catorce, en el Cantón Huisquil, Jurisdicción de Conchagua, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte de la señora HERMELINDA CHAVEZ DE FUENTES, o HER-MELINDA CHAVEZ, en calidad de cónyuge del causante. Confi érese a dicha aceptante, en la calidad antes mencionada, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los nueve días del mes de junio del dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO RO-SALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001003-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JULIO CESAR ZELAYA, conocido por JULIO CESAR ZELAYA DIAZ; quien falleció el día veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y tres; en el Seguro Social de esta ciudad, siendo este lugar su último domicilio; de parte de la señora MARIA DEL CARMEN GUEVARA ZELAYA, en calidad de hija y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor BALBINO ANTONIO GUEVARA ZELAYA, éste en calidad de hijo del causante.

Confi érese a dicha aceptante, en la calidad antes mencionada, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los ocho días del mes de mayo del dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001004-3

LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de junio de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día 12 de abril de 2015, en el Hospital Médico Quirúrgico de la ciudad de San Salvador, dejó el causante señor AMADEO NAVARRO CABRE-RA, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de parte de la señora BRENDA EVELYN NAVARRO RIVAS, en su calidad de hija sobreviviente del causante.

Y se le confi rió a la aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas treinta minutos del día veintidós de junio de dos mil quince.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2) DE SOYAPANGO.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001007-3

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta minutos del día doce de junio de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada dejada por el causante señor TOMAS FLORES GUTIÉRREZ, quien fue de sesenta y dos años de edad, agricultor, casado, originario y del último domicilio de San Miguel, Salvadoreño, con Documento Único de Identidad número: cero cero cero cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y ocho-cinco; con número de Tarjeta de Identifi cación Tributaria: un mil doscientos diecisiete-doscientos un mil doscientos cincuenta y uno-cero cero dos -uno; falleció en las instalaciones del Hospital Nacional San Juan de Dios del municipio de San Miguel, departamento de San Miguel, a las veintiún horas y veinte minutos del día veintinueve de agosto del año dos mil catorce, con asistencia médica, a causa de Síndrome Convulsi-vo; de parte de la señora EDIS YOLANDA VANEGAS DE FLORES, de cincuenta años de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de San Miguel departamento de San Miguel, con Documento Único de

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Identidad numero: cero uno cinco cero tres uno cinco siete-nueve; con número de Identifi cación Tributaria: un mil cuatrocientos ocho-cero sesenta mil setecientos sesenta y cuatro-ciento uno-cero; en concepto de esposa y cesionaria del derecho hereditario que les correspondía a las señoras AZUCENA YAMILETH FLORES VANEGAS y RUBI YASMIN FLORES VANEGAS, en concepto de hijas sobrevivientes del causante antes expresado, y se le ha conferido a la aceptante en el concepto antes mencionado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciudad de San Miguel, a las doce horas con treinta y tres minutos del día doce de junio del año dos mil quince.- LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LIC. HECTOR ANTONIO VILLATORO JOYA, SECRETARIO DE ACTUACIONES INTERINO.

3 v. alt. No. F059493-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las nueve horas y cincuenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresa-mente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor BERNARDO VARGAS, quien falleció el día quince de septiembre del dos mil catorce, en Unidad Médica de San Miguel ISSS, siendo su último domicilio esta ciudad de La Unión, de parte de la señora MARIA DO-LORES ESCOBAR DE VARGAS o MARIA DOLORES ESCOBAR., en calidad de cónyuge del causante.

Confi riéndole a dicha aceptante, en la calidad antes mencionada, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del mes de febrero del dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059496-3

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas del día veintinueve de mayo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor BALERIO GUEVARA LIZAMA CONOCIDO POR VALERIO GUEVARA LIZAMA Y POR VALERIO GUEVARA habiendo fallecido el día diecinueve de agosto de dos mil diez, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del señor JUAN CARLOS GUEVARA LANDAVERDE, en calidad de hijo del causante, y se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario

Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil quince.- LICDA.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059506-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas cinco minutos

del día doce de junio del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores JORGE

ANTONIO AGUILAR RIVAS, MARIO CRISTIAN AGUILAR RIVAS,

LUIS ALFREDO AGUILAR RIVAS, JUAN CARLOS AGUILAR

RIVAS, REBECA CAROLINA AGUILAR RIVAS, MARIA DOLORES

AGUILAR RIVAS y ANA ROSARIO AGUILAR RIVAS la herencia

testamentaria que a su defunción dejó el señor CARLOS ANTONIO

AGUILAR, quien fue de setenta y un años de edad, agricultor en pequeño,

viudo, Salvadoreño con Documento Único de Identidad número cero uno

tres cinco ocho ocho uno cinco -seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número uno cero uno tres-dos cuatro cero siete cuatro tres -cero cero

uno -siete; fallecido el día veinticuatro de febrero de dos mil quince,

siendo Verapaz, departamento de San Vicente, el lugar de su último

domicilio, en concepto de herederos testamentarios de la causante y se

ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del

mes de Junio del año dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059538-3

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y veinte minutos del día diez de junio de dos mil quince. Con el

mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a la solicitud

de folios 1 al 3, con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la

Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 21. Se declara heredero

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer a las seis horas y veinte minutos del día trece de diciembre

del año dos mil doce, en el Hospital Nacional de esta ciudad, siendo

su último domicilio el cantón San Eduardo, de la jurisdicción de la

ciudad de Pasaquina, de este distrito, departamento de La Unión, dejó

la causante María Luisa Vásquez de Canales, conocida por María Luisa

Vásquez, de parte del señor Francisco Canales, en concepto de cónyuge

sobreviviente de la referida causante, de conformidad con el Artículo

988 numeral 1° del Código Civil. Se le confi ere al heredero declarado

en el carácter dicho la Administración y Representación INTERINA de

los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los doce

días del mes de junio de dos mil quince. LIC. ANGEL ALBINO AL-

VARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059555-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince

horas y quince minutos del día veinticinco de mayo de dos mil quince. Con

el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios

uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias,

y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema

de Justicia, agregado a folios 22. Se le declaró heredero expresamente

y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a

las cinco horas y quince minutos del día veinte de septiembre del año

dos mil once, en la ciudad de Anamorós, de este distrito, departamento

de La Unión, su último domicilio dejó la causante Sofía Cruz Viuda de

Meléndez, conocida por Sofía Cruz de Meléndez, Sofía Cruz Molina, y

por Sofía Cruz, de parte del señor Mártir Meléndez Cruz, en concepto de

hijo sobreviviente de la referida causante, de conformidad con el Artículo

988 numeral 1° del Código Civil. Y en concepto de cesionario de los

derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los

señores Fidelia del Carmen Meléndez de Villatoro, conocida por Fidelia

del Carmen Meléndez Cruz, y por Fidelia del Carmen Meléndez; María

Fidelina Meléndez de Villatoro, conocida por María Fidelina Meléndez

Cruz, y por María Fidelina Meléndez; María Ascención Meléndez de

González, conocida por María Ascención Meléndez Cruz y por María

Ascención Meléndez; Eustolio Meléndez Cruz, conocido por Eustolio

Meléndez; y Wenceslao Meléndez Cruz, conocido por Wenceslao

Meléndez, en concepto de hijos sobreviviente de la referida causante,

de conformidad con el artículo 1699 del Código Civil. Se les confi ere

a las herederas declaradas en el carácter dicho la Administración y

Representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veinticuatro días del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059557-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince

horas y veinte minutos del día veinte de mayo de dos mil quince. Con el

mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios

uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias,

y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema

de Justicia, agregado a folios 15. Se le declara heredero expresamente

y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a

la una hora y treinta minutos del día quince de mayo del año dos mil

trece, en el barrio El Calvario, de la ciudad de Anamorós, de este distrito,

departamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante Catalina

Ríos de Villatoro, conocida por Catalina Ríos, de parte del señor Orlando

Villatoro Ríos, en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante,

de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del Código Civil. Se le

confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la Administración y

Representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veinticuatro días del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059558-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y veinte minutos del día veintiséis de mayo de dos mil quince.

Con el mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a

la solicitud de folios 1 al 3, con el informe procedente de la Ofi cialía

Mayor de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 14. Se declara

heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer a las veintiún horas y quince minutos del día

veinticinco de marzo del año dos mil quince, en el caserío El Papalón,

del cantón Tulima, de la jurisdicción de la ciudad de Anamorós, de este

distrito, departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante

Pedro Escobar Sorto, conocido por Pedro Escobar, y por Pedro Rega-

lado Escobar, de parte de la señora Berza Esperanza Escobar Sorto, en

concepto de hija sobreviviente del referido causante, de conformidad

con el Artículo 988 numeral 1° C.c., y en concepto de cesionaria de los

derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a

los señores Evangelina Sorto, conocida por Evangelina Sorto Alfaro,

y por Evangelina Sorto de Escobar y José Amílcar Escobar, conocido

por José Amílcar Escobar Sorto, la primera en concepto de cónyuge

y el segundo en concepto de hijos, ambos sobrevivientes del referido

causante, de conformidad con el Artículo 1699 del Código Civil. Se le

confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la Administración

y Representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veintiocho días del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059559-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince

horas y veinte minutos del día doce de mayo de dos mil quince. Con el

mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios

uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias,

y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema

de Justicia, agregado a folios 21. Se le declara heredero expresamente

y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a

las quince horas del día cinco de abril del año dos mil once, en el cantón

Tizate, de la jurisdicción de Anamorós, de este distrito, departamento de

La Unión, su último domicilio dejó la causante Leonila Acosta Caseres,

de parte del señor Juan Ángel Acosta Gutiérrez, en concepto de cesionario

del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía al

señor Prudencio Acosta Contreras, en su calidad de hijo sobreviviente,

de conformidad con el Artículo 1699 del código civil.

Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la Ad-

ministración y Representación INTERINA de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los quince

días del mes de mayo de dos mil quince. LIC. ANGEL ALBINO AL-

VARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059589-3

VICTORIA ELIZABETH ARGUETA CHAVEZ, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las nueve horas del día nueve de los corrientes, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada

por el causante EXAR ALBERTO MARTINEZ FLORES, quien fue

de treinta y dos años de edad, comerciante, fallecido el día cinco de

febrero de dos mil quince, siendo el municipio de Masahuat, su último

domicilio; por parte de la señora YESENIA MARLENE ARRIOLA

DE MARTINEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del mencionado

causante. En consecuencia, se le confi rió a dicha aceptante la Adminis-

tración y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia

se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

cincuenta minutos del día dieciocho de junio de dos mil quince. LICDA.

VICTORIA ELIZABETH ARGUETA CHAVEZ, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059637-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las nueve horas con treinta minutos del día dieciséis de junio de dos

mil quince. SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia Intestada que al fallecer

dejó la causante señora MARIA ERLINDA MARAVILLA, conocida por

ERLINDA LAINEZ, fallecida a las veinte horas del día veintinueve de

mayo de dos mil catorce, en el cantón El Boquerón, de la Jurisdicción de

Chinameca, departamento de San Miguel, siendo dicho lugar su último

domicilio, de parte de la señora ROSA ERLINDA LAINEZ LORENZO,

de treinta y un años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Chinameca, departamento de San Miguel, con su Documento Único de

Identidad Personal número cero un millón ochocientos cuarenta y cuatro

mil setenta guión uno y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número mil

doscientos cinco guión doscientos sesenta mil novecientos ochenta y

tres guión ciento dos guión ocho, en su concepto de Cesionaria de los

derechos hereditarios que le correspondían al señor CARMELO DE

JESUS LAINEZ MARAVILLA, de cuarenta y cinco años de edad,

jornalero, originario y del domicilio de Chinameca, departamento de

San Miguel, con su Documento Único de Identidad Personal número

cero cero ciento ochenta y nueve mil novecientos noventa y seis guión

cinco y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número mil doscientos

cinco guión ciento sesenta mil ciento setenta guión ciento tres guión

cero, en su concepto de hijo de la causante. Nómbrase a la aceptante en

el carácter dicho, Administradora y Representante Interina de la sucesión

de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los

curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

LIBRADO: En el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

diez horas del día dieciséis de junio de dos mil quince. LIC. DINORA

DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA. LIC. INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F059644-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y veinte minutos del día veinticinco de mayo de dos mil quince.-

Con el mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a la

solicitud de folios 1 y 2, con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor

de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 14. Se declara heredera

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada

que al fallecer el día diecinueve de marzo del año dos mil quince, en el

cantón San Eduardo, de la jurisdicción de la ciudad de Pasaquina, de este

distrito, departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante

José Ramón Reyes, de parte de la señora Rufi na Sánchez de Reyes, en

concepto de cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad

con el Artículo 988 Numeral 1° C.c. Se le confi ere a la heredera declarada

en el carácter dicho la Administración y Representación INTERINA de

los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veintisiete días del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ANGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA

CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059656-3

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince

horas y veinte minutos del día dieciocho de mayo de dos mil quince. Con

el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios

uno y dos, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias,

y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema

de Justicia, agregado a folios 17. Se le declara heredero expresamente y

con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer el día

nueve de septiembre del año dos mil catorce, en el cantón Piedras Blancas,

de la jurisdicción de la ciudad Pasaquina, de este distrito, departamento

de La Unión, su último domicilio dejó el causante Silvestre Canales, de

parte del señor Rosendo de La Paz Canales Díaz, en concepto de hijo

sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 988

numeral 1° del código civil.

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la Adminis-

tración y Representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los veinte

días del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ANGEL ALBINO AL-

VARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059658-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

VILMA URIAS ECHEVERRIA, solicitando que se extienda a su favor,

título de propiedad de un solar urbano con su construcción, situado en el

barrio San Miguel, de esta ciudad, de CIENTO CINCUENTA PUNTO

NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS de extensión superfi cial,

comprendido dentro de las medidas y linderos siguientes: LINDERO

NORTE, está formado por un solo tramo, con una distancia de diecinueve

punto ochenta y cuatro metros, linda con propiedad de Napoleón Mejía;

LINDERO ORIENTE, formado por un tramo, con una distancia de nueve

punto diez metros, lindando con propiedad de la señora Julia Echeverría

Córdova de Urías; LINDERO SUR, compuesto por un tramo, con una

distancia de once punto noventa metros, linda con propiedad de Julia

Echeverría Córdova de Urías; y LINDERO PONIENTE, formado por

dos tramos: tramo uno, con una distancia de diez punto doce metros,

tramo dos, con una distancia de dos punto veinte metros, lindando con

Zona Verde de la Lotifi cación Loma Linda, no es predio dominante ni

sirviente, no tiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión.

Lo hubo por compra a JULIA ECHEVERRIA DE URIAS, viviente

de este domicilio, y lo estima en VEINTE MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, los colindantes son de

este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a diecinueve de junio de

dos mil quince. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE

MUNICIPAL. MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001016-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado LOYDA MARGARITA

AREVALO PORTILLO, de cuarenta y ocho años de edad, Abogada

de la República, del domicilio de Zacatecoluca, departamento de La

Paz, con Documento Único de Identidad número: cero dos cinco cero

seis ocho ocho tres-siete, comisionada por la Procuraduría General de

la República en carácter de Defensora Pública de Derechos Reales y

Personales, actuando en calidad de Representante legal del señor JUAN

CHAVEZ CARBALLO, de sesenta y nueve años de edad, jornalero,

de este domicilio, quien solicita Título de Propiedad Municipal, de un

terreno rústico situado en el cantón La Laguneta, de esta jurisdicción,

departamento de La Paz, el cual tiene un área de DOSCIENTOS UNO

PUNTO TRES METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,

mide una longitud de diecisiete metros, quince centímetros y colinda

con terreno de la señora Daisy Anabella Espinoza de Henríquez y Ma-

ría Isabel Peña Viuda de Espinoza; AL ORIENTE; mide una longitud

de doce metros, treinta y cinco centímetros y colinda con terreno de

Mercedes Carballo de Chávez, antes hoy con Mario Chávez; AL SUR;

mide en dos tramos, en el primero tiene una longitud de doce metros

con veinte centímetros, y en la segunda tiene un camino externo de por

medio con una longitud de catorce metros de largo, y colinda con María

Alicia Escaffi ni de Llort; AL PONIENTE, mide una longitud de dieciséis

metros y colinda con Simón Carballo Ayala y José Francisco Carballo

Ayala, se hace constar que dicha propiedad goza de una servidumbre al

sur-oriente de dos metros de ancho. No tiene cargas ni derechos reales

que pertenezcan a terceras personas, ni está en proindivisión con nadie,

y es ejidal por estar comprendido dentro de los límites jurisdiccionales

de este municipio, lo hubo por compra que hizo a la señora MERCEDES

CARBALLO, por medio de documento que no fue inscribible por no

estarlo su antecedente, el día uno de enero de mil novecientos setenta y

cinco, que la posesión suma más de diez años consecutivos de poseerlo

en forma continua, quieta, pacífi ca e ininterrumpida, lo estima en la

suma de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON

CUARENTA Y UN CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se encuentra una observación en la certifi cación de fi cha catastral

que dice: "La parcela goza de servidumbre de tránsito para salir a la calle

principal pasando por su rumbo sur de parcela número 44 de Mercedes

Carballo".

En la Alcaldía Municipal de la ciudad de San Juan Nonualco,

departamento de La Paz, a los nueve días de junio de dos mil quince.

JOSE GUILLERMO RODAS RAMOS, ALCALDE MUNICIPAL.

DAVID SALVADOR MANCIA ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059165-3

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

TITULO SUPLETORIO

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor MARLON ALEX SANCHEZ CENTENO, solicitando

Diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica,

ubicado en el Caserío El Guarumal, del Cantón El Limón, de la juris-

dicción de Sensembra, Departamento de Morazán, con una extensión

superfi cial de VEINTICUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS

PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS; de la me-

didas y colindancias siguientes: AL PONIENTE: Doscientos Cuarenta

y cinco metros cero dos centímetros, con terreno de Antonio Centeno;

AL NORTE: Noventa y nueve metros veinte centímetros, con terreno

de Sinforosa Vásquez; AL ORIENTE: Doscientos cincuenta y siete

metros noventa y seis centímetros, con terrenos de Amadeo Henríquez

y Sabina Henríquez y AL SUR: Ciento sesenta y un metros treinta y un

centímetros, con terrenos de Antonio Centeno y Abel Argueta, calle de

por medio que del Cantón El Limón conduce al Caserío Las Isletas.-

Valuando el inmueble en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Inmueble que lo adquirió

por compra venta de la posesión Material que le hizo al señor ROMAN

SANCHEZ CHICAS.

Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, a las catorce horas y cinco minutos del día

veintitrés de junio de dos mil quince.- Lic. ISIDRO ENRIQUE MO-

RENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000983-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

JAVIER DE JESUS JUAREZ GONZALEZ, en su calidad de Apode-

rado General Judicial de la señora ERMELINDA VELASQUEZ DE

GAYTAN, conocida por ERMELINDA VELASQUEZ VIUDA DE

SEGOVIA, de sesenta y cinco años de edad, ama de casa, salvadore-

ña, del domicilio de Nueva Granada, Departamento de Usulután, con

Documento Único de Identidad número: cero un millón ciento sesenta

y tres mil trescientos cuarenta y seis guión ocho, y con Número de

Identifi cación Tributaria Un mil ciento doce - doscientos cincuenta mil

quinientos cuarenta y nueve - ciento dos - cinco, solicitando se le extienda

TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica situado en

Cantón San José, jurisdicción de Nueva Granada, Distrito de Jucuapa,

Departamento de Usulután, de una extensión superfi cial de CUATRO

MIL SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las

colindancias siguientes: AL NORTE: Con resto del terreno propiedad

de la señora Blanca Olivia Velásquez, setenta y seis metros, cerco de

por medio ajeno; AL ORIENTE: Con terreno de Reyes Turcios, treinta

y cinco metros y con terreno de don Gonzalo Cortez Cortez, treinta y

seis metros, quebradita de por medio; AL PONIENTE: Calle pública de

por medio y con terreno de Elena Coreas, cincuenta y siete metros y AL

SUR: Cincuenta y ocho metros, con terreno de don Cecilio Meléndez,

cerco de piña ajeno y cerco de alambre propio.- El inmueble antes

referido lo adquirió por venta que le hizo la señora BLANCA OLIVIA

VELASQUEZ, por medio de documento privado y lo valúa en la suma

de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.-

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS Y CINCUENTA Y CINCO

MINUTOS DEL DIA DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL QUIN-

CE.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000999-3

LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPAR-

TAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

Sandra Evelyn Villanueva de Castro, en su calidad Apoderada General

Judicial del señor Pedro Manuel Valdivieso Portillo, solicitando Título

Supletorio en dos inmuebles los cuales se describen: EL PRIMERO

situado en el Cantón San Lorenzo, jurisdicción de Citalá, lugar El

Plumajillo de este Departamento de Chalatenango, de una extensión

superfi cial de diez manzanas de capacidad o sea siete hectáreas, que

linda AL ORIENTE: con Emma Valdivieso viuda de Pinto, cerco de

alambre propio del terreno AL NORTE: Linda con Porfi rio Valdivieso

cerco de madera muerta y zanjo: AL PONIENTE: con Porfi rio Valdi-

vieso, cerco de madera muerta y parte de alambre y al SUR: Linda con

Octavio Umaña y Josefi na Valdivieso de Pinto, calle de por medio del

cantón San Ramón conduce a San Lorenzo y que comunica al camino

vecinal y EL SEGUNDO inmueble situado en el Cantón San Lorenzo,

jurisdicción de Citalá de este Departamento de Chalatenango, con una

extensión superfi cial de veintidós mil trescientos cincuenta y dos punto

sesenta y seis metros cuadrados, de las medidas y linderos especiales

siguientes: AL NORTE: Mide doscientos setenta y un metros dieciocho

centímetros, colinda con terreno del señor Pedro Manuel Valdivieso

Portillo, AL ORIENTE: Mide siete metros veinte centímetros, colinda

con el resto del inmueble general propiedad de Jorge Orlando Pinto

Valdivieso, camino de por medio; AL SUR: mide trescientos diecio-

cho metros sesenta centímetros, colinda con terreno de Jorge Orlando

Valdivieso, servidumbre de acceso, para el resto del inmueble general

de dos metros veinticinco centímetros de ancho de por medio y AL

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

PONIENTE: Mide ciento cuarenta y cuatro metros cuarenta centímetros

colinda con el resto del inmueble general, propiedad de la señora Rosa

Marcela Pinto Valdivieso. Para que el resto del inmueble general tenga

acceso a un camino vecinal, que a la vez accesa a la calle pública que

conduce al Cantón Llano de la Virgen, constituyen servidumbre de

tránsito y se ubica entre el inmueble que se describe y el inmueble de

Jorge Orlando Pinto Valdivieso, de dos metros veinticinco centímetros

de ancho de oriente a poniente, los cuales fueron adquiridos el primer

inmueble por medio de herencia dejada por el señor Porfi rio Valdivieso

Villanueva y el segundo por compraventa efectuada a María Enma

Valdivieso Villanueva viuda de Pinto, Jorge Orlando Pinto Valdivieso,

Rafael Antonio Pinto Valdivieso y Rosa Marcela Pinto Valdivieso.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango a los ocho días del mes de abril del dos

mil quince.- Lic. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059520-3

TÍTULO DE DOMINIO

JOSE FELIPE TOBAR ARCE, Alcalde Municipal del Municipio de

San José Las Flores, Departamento de Chalatenango,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

CARMEN ISABEL MENJIVAR GUARDADO, mayor de edad, del do-

micilio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, con Documento

Unico de Identidad número cero dos cero uno nueve tres dos tres-nueve;

en calidad de representante legal del señor JOSE ISRAEL ALVARADO

BRIZUELA, de veintiocho años de edad, Estudiante, del domicilio de

San José Las Flores, Departamento de Chalatenango, portador de su

Documento Unico de Identidad número cero tres siete dos cuatro dos

cero uno- cinco y número de Identifi cación Tributaria cero cuatro dos

ocho- uno uno uno cero ocho seis-uno cero uno-tres; quien solicita Título

de Dominio de un inmueble Urbano, situado en el "Barrio El Centro"

de esta ciudad, de la extensión superfi cial de TRESCIENTOS OCHO

PUNTO SETENTA Y DOS METROS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE, hay un tramo de norte a sur mide trece punto

setenta metros, colinda con la señora Concepción de Jesús Brizuela viuda

de Alvarado; AL NORTE, está compuesta por tres tramos el primero

de poniente a oriente mide dos punto cincuenta metros, colinda en este

tramo con propiedad de Catalina Pérez Segura, segundo tramo de norte

a sur con una distancia de veintiuno punto cincuenta metros y el tramo

tres de poniente a oriente mide once punto diez metros, colindando con

estos dos tramos con la propiedad de la señora Concepción de Jesús

Brizuela viuda de Alvarado; AL PONIENTE, está compuesto por un

tramo de sur a norte con una distancia de treinta y ocho punto setenta

metros colinda la propiedad de la familia Calderón y la del señor Medardo

Menjívar y calle de por medio; y AL SUR, existe un tramo de oriente a

poniente y mide doce punto cincuenta metros, colinda con Juan Alberto

y calle de por medio, llegando hasta el punto donde se inició la presente

descripción. El inmueble descrito no tiene construcción alguna, no es

dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que deben

respetarse, ni está en proindivisión con otra persona.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San José Las Flores del departamento de

Chalatenango, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil quince.-

JOSE FELIPE TOBAR ARCE, ALCALDE MUNICIPAL.- DARWIN

DAVID SERRANO GUARDADO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059530-3

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1998003495

No. de Presentación: 20090126549

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de TRESMONTES LUCCHETTI S. A.,

del domicilio de Ciudad de Santiago, Chile, de nacionalidad CHILENA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00150 del Li-

bro 00097 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

"TEAFRUT", escrita en letras de molde mayúsculas de color negro;

que ampara productos comprendidos en la Clase 32 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de febrero del año dos mil once.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059464-3

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2001018910

No. de Presentación: 20130192185

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado NADYA SUSANA LEON RETANA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EMERSON ELECTRIC CO., del domicilio de 8000 West Florissant Avenue, St. Louis, Missouri 63136, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00047 del Libro 00179 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "EMERSON" y diseño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 17 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil trece.

PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059465-3

No. de Expediente: 1988000905

No. de Presentación: 20150212502

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GUCCIO GUCCI, S.p.A., del domicilio de TORNABUONI, 73/R 50123 FLORENCE, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00133 del Libro 00188 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra GUCCI; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil quince.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059478-3

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2012119346

No. de Presentación: 20120169769

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ MANUEL ARGÜELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LIVSMART GLAD, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

Consistente en: las palabras Glad Miko-shake y diseño. Se traduce al castellano las palabras glad shake como: contento agitar, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS, SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS, BEBIDAS DE LECHE DE ALMENDRA, BEBIDAS A BASE DE SUERO DE LECHE, POLVOS PARA BEBIDAS, BEBIDAS ISOTONICAS, NECTARES Y JUGOS DE FRUTAS, ZUMOS DE FRUTAS, BEBIDAS Y ZUMOS DE VEGETALES Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059486-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2015141996

No. de Presentación: 20150214523

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAVIER ERNESTO GUERRERO HENRIQUEZ, de nacionalidad SALVA-

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras HAPPY PUNK PANDA y diseño, donde HAPPY se traduce al castellano como FELIZ, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICARA A PRESTAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de abril del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000976-3

No. de Expediente: 2003030030

No. de Presentación: 20030033370

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CON-CEPCIÓN MARTINEZ SANDOVAL, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

ROBLE

Consistente en: la palabra ROBLE, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y SUS ESTABLECIMIENTOS, DEDICADOS A ACTIVIDADES DE DESARROLLO DE BIENES RAICES, LA CONS-TRUCCIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES Y CENTROS COMERCIALES, ASÍ COMO TAMBIÉN LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE DIFERENTES ACTIVIDADES COMPLEMEN-TARIAS QUE SE RELACIONAN CON DICHOS GIROS, CUYAS OFICINAS PRINCIPALES SE ENCUENTRAN UBICADAS SOBRE

EL BOULEVARD TUTUNICHAPA, EDIFICIO GRUPO ROBLE, COSTADO NORTE DE METROCENTRO.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil tres.

JOSÉ RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ÁLVARO ERNESTO FRANCO DÍAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059913-3

CONVOCATORIAS

El Gerente General de BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANÓNIMA,

Institución Bancaria, de este domicilio, por este medio CONVOCA a sus

accionistas para que concurran a la JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS, la cual se celebrará a las nueve horas del día vein-

ticuatro de julio del año dos mil quince, en las ofi cinas de la Sociedad,

situadas en Boulevard Constitución y Primera Calle Poniente, número

tres mil quinientos treinta y ocho, Colonia Escalón, de esta ciudad. En

caso no hubiere quórum para instalarla, se convoca por segunda vez para

celebrarla, el día veinticinco del mismo mes y año recién citados, en el

mismo lugar y hora antes mencionados.

La agenda a desarrollar será Punto Único:

ASUNTO DE CARÁCTER ORDINARIO

I. Aplicación de resultados

Para que la Junta ordinaria se considere legalmente reunida en la

primera fecha de convocatoria, deberá estar representada, por lo menos,

la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las

resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los

votos presentes; y, en segunda convocatoria, se considerará válidamente

constituida, cualquiera que sea el número de acciones representadas, y

sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.

A partir de la publicación de esta Convocatoria, los libros y docu-

mentos relacionados con los fi nes de la Junta estarán a disposición de

los accionistas en la ofi cina de la entidad o en otros medios que faciliten

su consulta, para que puedan enterarse de ellos.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil

quince.

MEIK PROESCHER,

GERENTE GENERAL.

3 v. alt .No. C000941-3

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

SUBASTA PÚBLICA

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en virtud de la Ejecución promovida en este

Tribunal por el Licenciado JOSÉ ISMAEL ALEMÁN NAVAS, en

su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del

CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra el

demandado JOSÉ ARCENIO CARRANZA ROMERO, reclamándole

cantidad de dinero y costas procesales en este Tribunal, se ha ordenado

la venta en pública subasta del Inmueble inscrito a favor del demandado

JOSÉ ARCENIO CARRANZA ROMERO, en el sistema de folio real, a

la matrícula SEIS CERO CERO DOS TRES CINCO DOS CERO - CERO

CERO CERO CERO CERO, ubicado en: LOTIFICACIÓN SANTA

RITA VII, LOTE # 77, POL. N, correspondiente a la ubicación Geo-

gráfi ca Ayutuxtepeque, de una extensión superfi cial de ciento cuarenta

punto cero cero cero cero metros cuadrados.

Dicho Inmueble anteriormente descrito se encuentra hipotecado a

favor del CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

bajo la Matrícula SEIS CERO CERO DOS TRES CINCO DOS CERO -

CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO CUATRO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro,

Departamento de San Salvador.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás

efectos legales y se subastará en base al valuo pericial que resultare.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las nueve horas

con treinta minutos del día diecinueve de febrero del dos mil quince.-

LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059563-3

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, Promovido por el BANCO CITI-

BANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, antes BANCO

CUSCATLÁN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra

los señores SILVIA ROXANA POSADA BOLAÑOS y JOSÉ JULIO

CASTELLANOS POSADA, reclamándole cantidad de dólares y acce-

sorios de Ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente

se determinará en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente:

"Un inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, ubi-

cado en Urbanización Villa Lourdes, registralmente parque Residencial

Villa Lourdes, situada según antecedente en el lugar que forma parte

de la fi nca conocida con el nombre de Amparo, el cual forma parte del

inmueble conocido como Hacienda Agua fría, ubicado en Cantón El

Capulín, jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, marcado

como lote número ocho de la Calle cuatro del polígono "I" de un área de

setenta y cinco punto sesenta metros cuadrados, equivalentes a ciento

ocho punto diecisiete varas cuadradas, que mide y linda: AL NORTE:

nueve punto cero cero metros. AL ORIENTE: ocho punto cuarenta

metros. AL SUR: nueve punto cero cero metros. Y AL PONIENTE:

ocho punto cuarenta metros. Inmueble inscrito a favor de los deman-

dados SILVIA ROXANA POSADA y JOSÉ JULIO CASTELLANOS

POSADA, bajo la matrícula TRES CERO CERO NUEVE CUATRO

OCHO DOS UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro

de la Propiedad Raíz e hipotecas del Departamento de La Libertad.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT,

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil; San Salvador, a las

diez horas y quince minutos del día siete de enero de dos mil quince.-

MASTER. MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059565-3

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

El infrascrito Presidente de la Junta Directiva de "TELECOMUNICA-

CIONES DE AMÉRICA, S.A. DE C.V.",

Hace del conocimiento público: Que a las ofi cinas de esta Sociedad,

se ha presentado el Doctor Juan Antonio Carrillo Estrada, solicitando la

reposición por haber extraviado los certifi cados emitidos por "TELECAM,

S.A. DE C.V.", identifi cados con número NUEVE y número SESENTA

Y TRES que amparan TRES y TREINTA acciones nominativas, respec-

tivamente, que le fueron traspasados por CARRILLO ALAMANNI, S.A.

DE C.V.", el día quince de diciembre de 2003; dichos certifi cados están

inscritos en el Libro de Registro de Accionistas, al folio número DIEZ,

Libro número UNO, así: TRES acciones nominativas numeradas de la

CIENTO CUARENTA Y NUEVE a la CIENTO CINCUENTA Y UNO

(149 a la 151), contenidas en el certifi cado número NUEVE; TREINTA

acciones nominativas numeradas de la CIENTO SESENTA Y SEIS MIL

CIENTO NOVENTA Y CUATRO a la CIENTO SESENTA Y SEIS

MIL DOSCIENTAS VEINTITRÉS (166194 a la 166223), contenidas en

el certifi cado número SESENTA Y TRES. Y solicitando la reposición

por haber extraviado los certifi cados emitidos por "TELECAM, S.A. DE

C.V." identifi cados con número DOS y numero SESENTA Y CUATRO

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

que amparan UNA y DIEZ acciones nominativas, respectivamente, dichos

certifi cados están inscritos en el Libro de Registro de Accionistas, al

folio número TRES, Libro número UNO, así: UNA acción nominativa

numerada como DOSCIENTAS(No.200), contenida en el certifi cado

número DOS; DIEZ acciones nominativas numeradas de la CIENTO

SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTAS VEINTICUATRO a la CIENTO

SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTAS TREINTA Y TRES (166224 a

la 166233), contenidas en el certifi cado número SESENTA Y CUATRO.

La reposición que se tramita, se hace constar con base en lo dispuesto

en el Art.932 del Código de Comercio.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere ninguna

oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, veinticinco de junio de dos mil quince.-

EDGAR JOSÉ CHAMORRO RASKOSKY,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C001009-3

El infrascrito Presidente de la Junta Directiva de "TELECAM CIENTO CUARENTA, S.A. DE C.V.", hace del conocimiento público, que a las ofi cinas de esta Sociedad, se ha presentado el Doctor Juan Antonio Carrillo Estrada, solicitando la reposición por haber extraviado el certifi cado emitido por "TELECAM CIENTO CUARENTA, S.A. DE C.V. ", identifi cado con número NUEVE que ampara DIEZ acciones nominativas, que le fueron traspasadas por CARRILLO ALAMANNI, S.A. DE C.V.", el día quince de diciembre de 2003; dicho certifi cado está inscrito en el Libro de Registro de Accionistas, al folio número NUEVE, Libro número UNO, así: DIEZ acciones nominativas numeradas de la CINCO MIL CUATROCIENTAS CUARENTA Y NUEVE a la CINCO MIL CUATROCIENTAS CINCUENTA Y OCHO (5449 a la 5458), contenidas en el certifi cado número NUEVE. Y solicitando la reposición por haber extraviado el certifi cado emitido por "TELECAM CIENTO CUARENTA, S.A. DE C.V.", identifi cado con número DIEZ que ampara TRES acciones nominativas, dicho certifi cado está inscrito en el Libro de Registro de Accionistas, al folio número DIEZ, Libro número UNO, así: TRES acciones nominativas numeradas de la CINCO MIL CUATROCIENTAS CINCUENTA Y NUEVE a la CINCO MIL CUATROCIENTAS SESENTA Y UNO (5459 a la 5461). La reposición que se tramita, se hace constar con base en lo dispuesto en el Art.932 del Código de Comercio.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, veinticinco de junio de dos mil quince.

EDGAR JOSE CHAMORRO RASKOSKY,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C001010-3

AVISO DE REPOSICIÓN

El infrascrito Director Ejecutivo de BANCO CITIBANK DE EL SAL-

VADOR, S.A. (antes Banco Cuscatlán, S.A.),

HACE SABER: Que se ha presentado a estas ofi cinas el PROPIETA-

RIO de los certifi cados de acciones emitidos en su momento por el Banco

Cuscatlán, S.A., números 21,877, 23,158, 23,225, 29,298 y 30,688,

por 16, 1, 77, 70 y 82 acciones respectivamente, con valor nominal de

¢100.00 (US$11.43), cada una; manifestando haber extraviado dichos

certifi cados, solicitando la reposición de los mismos, lo cual hacemos

del conocimiento público, para que si alguna persona considerase que

tiene algún derecho sobre los mismos, se presente a estas ofi cinas con

la documentación correspondiente para hacer valer sus derechos, den-

tro de los treinta días siguientes a la última publicación de este aviso,

transcurrido el término indicado sin que se hubiere presentad posición,

se procederá a su reposición.

Santa Tecla, 14 de mayo de 2015.

JUAN ANTONIO MIRÓ LLORT,

DIRECTOR EJECUTIVO.

3 v. alt. No. F059593-3

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S.A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del certifi cado de depósito a plazo No. 027601102110 (315868) emitido

en Suc. Ciudad Barrios, el 17 de abril de 2002, por valor original de

$5,634.29, a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 2.625% de interés,

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extravia-

do.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintiséis días de junio de dos mil quince.

ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F059602-3

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015. MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2015141414

No. de Presentación: 20150213384

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Aprendizaje líquido y diseño, que servirá

para: AMPARAR: MANUALES DE ENSEÑANZA Y DIDÁCTICOS,

MATERIAL EDUCATIVO, PUBLICACIONES EDUCATIVAS,

TARJETAS DIDÁCTICAS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000977-3

No. de Expediente: 2015141415

No. de Presentación: 20150213385

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Aprendizaje líquido y diseño, que

servirá para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000978-3

No. de Expediente: 2015141417

No. de Presentación: 20150213387

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras A2O Aprendizaje líquido y diseño,

que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVI-

CIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y

CULTURALES. Clase: 41.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000979-3

No. de Expediente: 2015143661

No. de Presentación: 20150217744

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FLOR

MARIA RIVERA FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de TECNISERVICIOS H DOS MIL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TECNISERVICIOS H DOS

MIL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras TECNISERVICIOS H DOS MIL

S.A DE C.V., y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS

DE REFRIGERACION, AIRES ACONDICIONADOS, SISTEMAS DE

ILUMINACION Y SISTEMAS DE VENTILACION. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de mayo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000986-3

No. de Expediente: 2015141898

No. de Presentación: 20150214340

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de Asurion, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ASURION Consistente en: la palabra ASURION, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE PROTECCIÓN REMOTA PARA TELÉFONOS

MÓVILES, DISPOSITIVOS INFORMÁTICOS MÓVILES Y DISPO-

SITIVOS DE COMUNICACIÓN MÓVILES, ESPECIALMENTE,

PROPORCIONAR SERVICIOS DE PROTECCIÓN CONTRA VIRUS

INFORMÁTICOS EN ESTOS DISPOSITIVOS, LA SUPRESIÓN

DE DATOS, COPIAS DE SEGURIDAD DE DATOS Y RESTAU-

RACIÓN DE DATOS, EL MONITOREO DE LOS SISTEMAS DE

PROTECCIÓN VIRAL PARA FINES DE SEGURIDAD EN ESTOS

DISPOSITIVOS Y PROPORCIONAR BLOQUEO DEL DISPOSITI-

VO, ACTIVACIÓN DE LA ALARMA DEL DISPOSITIVO, Y EL

SUMINISTRO DE INFORMACIÓN DE UBICACIÓN MEDIANTE

GPS; SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ASISTENCIA AL

CLIENTE, ESPECIALMENTE, LA SOLUCIÓN DE PROBLEMAS DE

LA INDOLE DE DIAGNOSTICAR Y RESOLVER PROBLEMAS EN

EL HARDWARE Y SOFTWARE EN LOS TELÉFONOS MÓVILES,

DISPOSITIVOS INFORMÁTICOS MÓVILES Y DISPOSITIVOS DE

COMUNICACIÓN MÓVILES; EL SOFTWARE COMO UN SERVI-

CIO PARA EL DIAGNÓSTICO DE PROBLEMAS TÉCNICOS EN

LOS TELÉFONOS MÓVILES, DISPOSITIVOS INFORMÁTICOS

MÓVILES Y DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN MÓVILES.

Clase: 42.

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de marzo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059466-3

No. de Expediente: 2014139353

No. de Presentación: 20140209204

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de Publicidad y Contenido Editorial, S.A. de C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CINEMA MUCHO y diseño, que

servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de noviembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059469-3

No. de Expediente: 2015140664

No. de Presentación: 20150211576

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE MANUEL ARGÜELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Converus, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra converus y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE DETECCION DE ENGAÑOS, EN ESPECIAL ANALISIS DE RESULTADOS DE PRUEBAS PARA CREDIBILIDAD. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059475-3

No. de Expediente: 2015140663

No. de Presentación: 20150211574

CLASE: 45.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE MANUEL ARGÜELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO de Converus, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión EyeDetect y diseño, que se traduce

al castellano como Detencción Ocular, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE DETECCIÓN DE ENGAÑOS, EN ESPECIAL ANÁ-

LISIS DE RESULTADOS DE PRUEBAS PARA CREDIBILIDAD.

Clase: 45.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de enero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059477-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2015141416

No. de Presentación: 20150213386

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO BERNAL RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de EDITORIAL SANTILLANA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EDITORIAL SANTILLANA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Aprendizaje Líquido y diseño, que

servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS DE

ENSEÑANZA; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN

O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE

REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS COM-

PACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES;

PROGRAMAS INFORMÁTICOS [SOFTWARE DESCARGABLE];

PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES. Clase:

09.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de febrero del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000980-3

No. de Expediente: 2015143358

No. de Presentación: 20150217212

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CLAUDIA

JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de BIOTEFAR S.A.S., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PARAMINOFEN

Consistente en: la palabra PARAMINOFEN, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTOS ANALGÉSICOS Y ANTIPIRÉTICOS

PARA USO INTRAVENOSO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de mayo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000990-3

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

No. de Expediente: 2015141256

No. de Presentación: 20150213078

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

GESTAR OV

Consistente en: la expresión GESTAR OV, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000991-3

No. de Expediente: 2015144132

No. de Presentación: 20150218710

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de GA-MMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

V-Clean

Consistente en: la expresión V-CLEAN; que se traduce al caste-llano como V-LIMPIO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de junio del año dos mil quince.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000992-3

No. de Expediente: 2015144103

No. de Presentación: 20150218677

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PATRICIO

RODRIGO NOLASCO CUEVAS, en su calidad de APODERADO

de CADEJO BREWING COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: La palabra La Jefa y diseño, que se traduce al

castellano como LA JEFA LEVADURA DE TRIGO ALEMANA, que

servirá para: AMPARAR: CERVEZAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de junio del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059460-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

No. de Expediente: 2015144100

No. de Presentación: 20150218674

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PATRICIO

RODRIGO NOLASCO CUEVAS, en su calidad de APODERADO de

CADEJO BREWING COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE que se abrevia: CADEJO BREWING COMPANY,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras la calabaza pumkin ale, se traducida

al castellano como: La calabaza ale de calabaza, que servirá para: AM-

PARAR: CERVEZAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de junio del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059461-3

No. de Expediente: 2015144107

No. de Presentación: 20150218681

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PATRICIO

RODRIGO NOLASCO CUEVAS, en su calidad de APODERADO

de CADEJO BREWING COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: La palabra IPA y diseño, que se traduce al castellano

como IPA INDIA PALE = AIP: ALE INDIA PALIDA, que servirá para:

AMPARAR: CERVEZAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de junio del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059462-3

No. de Expediente: 2015141067

No. de Presentación: 20150212647

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de PROVEEDORES DE LA INDUSTRIA DEL PAN, S.A. (PROVIPAN,

S.A.) que se abrevia: PROVIPAN, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

RICOPAC

Consistente en: la palabra RICOPAC, que servirá para: AMPARAR:

BOQUITAS TIPO SNACKS, ASÍ COMO TODO TIPO DE HARINAS, Y

PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, PAN, BIZCOCHOS,

TORTAS, PASTELERÍA Y CONFITERÍA. Clase: 30.

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de mayo del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059467-3

No. de Expediente: 2015140902

No. de Presentación: 20150212320

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de REFRIMUNDO SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Refrimundo y diseño, que servirá para:

AMPARAR: EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO Y REFRI-

GERACIÓN, ASÍ COMO MATERIALES Y REPUESTOS DE AIRE

ACONDICIONADO Y REFRIGERACIÓN. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de enero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059470-3

No. de Expediente: 2015140745

No. de Presentación: 20150211789

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO

de THE TESALIA SPRINGS HOLDING CORP., de nacionalidad PA-

NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra force V y diseño, donde la palabra force se

traduce al idioma castellano como Fuerza, que servirá para: AMPARAR:

AGUAS MINERALES, INCLUYENDO CON SABOR A FRUTAS;

AGUAS CON GAS; AGUAS GASEOSAS; BEBIDAS A BASE DE

MALTA; JUGOS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS, OTRAS

BEBIDAS SIN ALCOHOL; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES

PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de enero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059480-3

No. de Expediente: 2014134559

No. de Presentación: 20140199132

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERA-

DO de PURIFICADOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: la palabra ECOPURA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: AGUA PURIFICADA PARA CONSUMO HUMANO.

Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059481-3

No. de Expediente: 2015141651

No. de Presentación: 20150213888

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO

ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO

de COMPAÑIA DE JARABES Y BEBIDAS GASEOSAS LA MARI-

POSA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un DISEÑO, que servirá para: AMPARAR: AGUA

PURA, AGUAS MINERALES, INCLUYENDO CON SABOR A FRU-

TAS, AGUAS CON GAS;AGUAS GASEOSAS; BEBIDAS A BASE

DE MALTA; JUGOS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS, OTRAS

BEBIDAS SIN ALCOHÓL; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES

PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de febrero del año dos mil quince.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059482-3

No. de Expediente: 2015141424

No. de Presentación: 20150213410

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado YENNI

LISSETH ECHEVERRIA, en su calidad de APODERADO de ASGHAR

ADAM ALI IBRAHIM, de nacionalidad YEMEN, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras CHRIS ADAMS y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, AGUA DE

TOCADOR, AGUA DE COLONIA, AGUA DE PERFUMADA; ACEI-

TES DE PERFUMERÍA; COSMÉTICOS, A SABER AEROSOLES,

CREMAS, POLVOS, GELES, FLUIDOS, EMULSIONES; COSMÉ-

TICOS EN FORMA DE POLVOS, CREMAS, LECHES, ACEITES,

EMULSIONES, FLUIDOS, LOCIONES; JABONES, JABONES EN

FORMA LÍQUIDA, GEL PERFUMADA DE DUCHA, SALES DE

BAÑO, ESPUMA DE BAÑO, PERLAS DE BAÑO (SALES DE BAÑO

GRANULADAS); CREMAS PERFUMADAS, LECHES LIMPIADO-

RAS DE TOCADOR, POMADAS LABIALES, DESODORANTES

PERFUMADO PARA EL CUERPO, EN AEROSOL O DE RODILLO;

BÁLSAMO PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; ACEITES PARA

MASAJE; PRODUCTOS PARA PERFUMAR EL HOGAR EXCEP-

TO VAPORIZADORES; AMBIENTADORES A SABER PIEDRAS

AROMÁTICAS, MADERA AROMÁTICAS, POPURRÍ (MEZCLAS

AROMÁTICAS) INCIENSO, BOLSITAS PERFUMADAS; BOLSITAS

PARA PERFUMAR LA ROPA; ACEITES ESENCIALES, EXTRAC-

TOS DE FLORES; [PRODUCTOS DE PERFUMERÍA]; BASES PARA

PERFUMES DE FLORES; FRAGANCIAS PARA HABITACIONES

EN FORMA DE AEROSOL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

quince.

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Julio de 2015.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de mayo del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059595-3

No. de Expediente: 2014139909

No. de Presentación: 20140210057

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado YENNI

LISSETH ECHEVERRIA, en su calidad de APODERADO de BARRA-

ZA Y COMPAÑIA, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra SIP y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: JABONES EN GENERAL, DETERGENTES LIQUIDOS, EN

CREMA, SOLIDOS O EN POLVO Y BLANQUEADORES. Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de junio del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059599-3

No. de Expediente: 2014139174

No. de Presentación: 20140208918

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JACQUE-LINE NOEMI CAMPOS PEÑA, en su calidad de APODERADO de ROCHER PARTICIPATIONS, de nacionalidad FRANCESA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

KIOTIS

Consistente en: la palabra KIOTIS, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS COSMÉTICOS DE TODAS LAS FORMAS GALÉ-NICAS. PRODUCTOS DE PERFUMERIA, A SABER: PERFUMES, AGUA DE PERFUME, AGUA DE COLONIA, AGUA DE TOCADOR, PRODUCTOS PERFUMADOS PARA EL CUIDADO DEL CUERPO; FRAGANCIAS PARA EL HOGAR, DESODORANTES PERSONA-LES, JABÓN DE AFEITAR, CREMA DE AFEITAR, ESPUMA DE AFEITAR, LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, BÁLSA-MO PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, PRODUCTOS DE BELLEZA, A SABER: COLORETE, SOMBRA DE OJOS, BASE LIQUIDA, MÁSCARAS FACIALES, MASCARILLAS DE BELLEZA, LÁPIZ DE LABIOS, LACA DE UÑAS, QUITAESMALTES DE UÑAS, ACEITES ESENCIALES PARA USO PERSONAL, PRODUCTOS DE MAQUI-LLAJE REMOVEDOR, A SABER: LÍQUIDOS PARA LIMPIEZA, GEL ESPUMOSO PARA LIMPIEZA, MAQUILLAJE REMOVEDOR EN FORMA DE CREMA, LOCIONES DESMAQUILLANTES PARA LOS OJOS, MÁSCARAS FACIALES PARA PEELING (DESCAMACIÓN), MASCARILLAS DE BELLEZA, PRODUCTOS DE TOCADOR, A SABER: CHAMPÚ, SALES DE BAÑO, GELES PARA EL BAÑO Y LA DUCHA, ESPUMAS PARA EL BAÑO, JABÓN PARA LA PIEL PARA USO PERSONAL, LOCIONES Y CREMAS PARA EL CABELLO; PRODUCTOS COSMÉTICOS, A SABER: CREMA ANTI-ARRUGAS, BÁLSAMOS, LOCIONES Y CREMAS, CREMAS PARA EL DÍA, CREMAS PARA LA NOCHE, CREMAS COLOREADAS, ACEITE PARA EL CUIDADO DE LA CARA, PRODUCTOS FACIALES PARA MASAJES, CREMA Y BÁLSAMO PARA EL CUIDADO DE LOS OJOS, CREMAS Y BÁLSAMOS PARA EL CUIDADO DE LOS LABIOS, MÁSCARAS FACIALES HIDRATANTES, MASCARAS FACIALES ANTI-ARRUGAS, LOCIONES CORPORALES, CRE-MAS CORPORALES, LECHES CORPORALES, PRODUCTOS NO MÉDICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL Y PREPARACIONES NO MÉDICAS PARA LA LIMPIEZA, TALES COMO, CREMAS, LECHES, LOCIONES, SUEROS, GELES, LÍQUIDOS Y ACEITE PARA LA HIDRATACIÓN DEL CUERPO, LA CARA, OJOS, LA-BIOS, CUELLO, ESCOTE, MANOS, PIERNAS, PIES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059600-3

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 408

RESOLUCION No. 96

San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil quince.

Vista la solicitud presentada por los señores CARLOS HUMBERTO LÓPEZ, quien es de sesenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño,

del domicilio de Conchagua, departamento de La Unión, portador de su Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos sesenta

y nueve mil doscientos setenta y ocho guión ocho y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno cuatro uno dos guión uno cinco cero siete cuatro

cinco guión uno cero dos guión cinco y CARLOS HUMBERTO ÁLVAREZ LÓPEZ, quien es de treinta y siete años de edad, Comerciante, del

domicilio de Conchagua, departamento de La Unión, portador de su Documento Único de Identidad número cero un millón trescientos quince mil

novecientos dieciocho guión cinco y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno cuatro cero ocho guión dos ocho cero seis siete siete guión uno

cero dos guión dos, titulares de la actividad denominada "SALINERA EL MACULÍS", referida a que se les otorgue Concesión por un plazo de DIEZ

AÑOS, para desarrollar la actividad de producción de sal en un área de bosque salado, de la extensión superfi cial de DIEZ PUNTO CUARENTA Y

OCHO HECTÁREAS (10.48 Ha), que es propiedad del Estado, ubicada en el caserío Maculís, cantón Playas Negras, del municipio de Conchagua,

en el departamento de La Unión. Dicha actividad consiste en la producción de sal bajo el modelo de acción solar, donde la totalidad de la producción,

se obtiene a partir del agua de mar que ingresa a los esteros, la cual es concentrada y cristalizada de manera fraccional, por la acción de la radiación

solar, en una batería de playas de evaporación. EL ÓRGANO EJECUTIVO, en el Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales,

CONSIDERANDO:

I. Que según el artículo 1, de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, es necesario, conservar la diversidad biológica, asegurar el funcionamiento

de los procesos ecológicos esenciales y garantizar la perpetuidad de los sistemas naturales, a través de un manejo sostenible de dichas áreas

naturales, para benefi cio de los habitantes del país;

II. Que de conformidad al artículo 5, de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, este Ministerio, es la autoridad competente para conocer y

resolver sobre toda actividad relacionada con las Áreas Naturales Protegidas y los recursos que éstas contienen;

III. Que de acuerdo a los artículos 4 y 9, de la precitada Ley, los bosques salados son ecosistemas formados por la vegetación, el suelo, los

canales y la vida silvestre asociada que habita en el área que el agua de mar, en sus más altas mareas, ocupa y desocupa alternativamente por

causas naturales, incluyendo los terrenos que se encuentren dentro del área amojonada por la autoridad competente y son bienes nacionales

que forman parte del patrimonio natural del Estado, constituyendo parte del Sistema de Áreas Naturales Protegidas;

IV. Que de conformidad al artículo 38, de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, las Concesiones para el establecimiento de salineras, proyectos

de acuicultura y cualquier otra actividad, obra o proyecto, serán otorgadas por este Ministerio, siempre que éstas no contraríen las medidas

de conservación y al respectivo plan de manejo o que no se hayan establecido vedas en la zona solicitada, previo pago de los derechos

correspondientes, sujetándose a dicha ley, su reglamento y demás legislación relacionada con la materia;

V. Que conforme al Dictamen Técnico Favorable para el Permiso Ambiental a través del Diagnóstico Ambiental para el Proyecto "SALINERA

EL MACULÍS", elaborado por Personal Técnico de la Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental, de este Ministerio,

en fecha nueve de junio del año dos mil catorce, en el que consta la extensión superfi cial y la ubicación del área del proyecto, verifi cada

por el referido personal, según "Informe de Inspección de Campo", elaborado en la misma fecha y debido a que con el desarrollo de dicha

actividad no se contrarían las medidas de conservación, ni el respectivo Plan de Manejo del sitio, que no se han establecido vedas en la zona

solicitada para la ejecución de la actividad; y que el Titular ha efectuado el pago del Derecho de Concesión correspondiente, es procedente

otorgar la Concesión solicitada;

VI. Que el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, a solicitud de este Ministerio, de conformidad a los Artículos 37 y 38, de la Ley de

Áreas Naturales Protegidas, autorizó mediante el Acuerdo No. 817, de fecha 10 de agosto del año 2011, publicado en el Diario Ofi cial No.

150, Tomo No. 392, de fecha 16 del mismo mes y año, las tarifas y derechos para la ejecución de actividades, obras o proyectos en bosques

salados, disponiendo que para establecimiento de salinera, se pagará por año de derecho de Concesión, cinco dólares de los Estados Unidos

de América, ($5.00) por hectárea o fracción;

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

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VII. Que el área total de propiedad del Estado, solicitada en Concesión por los titulares de la mencionada actividad, es de la extensión superfi cial de DIEZ PUNTO CUARENTA Y OCHO HECTÁREAS (10.48 Ha), consecuentemente y de conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo mencionado en el Considerando VI, de esta resolución, los titulares de la referida actividad, pagaron en fecha treinta de julio del año dos mil catorce, en el Departamento Colecturía Central, de la Dirección General de Tesorería, del Ministerio de Hacienda, la cantidad de QUI-NIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($550.00), en concepto de Derecho de Concesión, según consta en el Recibo Mandamiento de Pago número 0142, de fecha veinticuatro de julio del año dos mil catorce, emitido por este Ministerio;

VIII. Que por Acuerdo Ministerial No. 83, de fecha dieciséis de abril de dos mil quince, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales, delegó en el Arquitecto Ricardo Francisco Vásquez González, Director General de Ecosistemas y Vida Silvestre, la facultad de otorgar las concesiones de las que habla el artículo 38, de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, así como la facultad de suspenderlas o cancelarlas de conformidad a los procedimientos establecidos en dicha ley.

POR TANTO:

Con base en los Considerandos anteriores y de conformidad a las facultades conferidas en los artículos 65 y 66, de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, este Ministerio,

RESUELVE:

1. Otorgar CONCESIÓN por un plazo de DIEZ AÑOS, a los señores CARLOS HUMBERTO LÓPEZ Y CARLOS HUMBERTO ÁLVAREZ LÓPEZ, ambos de las generales expresadas, titulares de la actividad denominada "SALINERA EL MACULÍS", para el desarrollo de la mencionada actividad, que consiste en la producción de sal bajo el modelo de acción solar, donde la totalidad de la producción se obtiene a partir del agua de mar que ingresa a los esteros, la cual es concentrada y cristalizada de manera fraccional por la acción de la radiación solar, en una batería de playas de evaporación, en un área de bosque salado, propiedad del Estado, ubicada en el caserío Maculís, cantón Playas Negras, del municipio de Conchagua, en el departamento de La Unión, de la extensión superfi cial de DIEZ PUNTO CUARENTA Y OCHO HECTÁREAS (10.48 Ha), con un espejo de agua de NUEVE PUNTO NOVENTA Y SIETE HECTÁREAS (9.97 Ha), dividido en un (01) estanque alimentador; diecisiete (17) estanques calentadores y cincuenta y un (51) cristalizadores plásticos, según se describe en el Dictamen Técnico Favorable para el Permiso Ambiental a través de Diagnóstico Ambiental, emitido por la Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental, en fecha nueve de junio del año dos mil catorce.

2. Que la presente Concesión da derecho a sus titulares, solamente al uso y goce del área indicada, de acuerdo a la fi nalidad de la misma, y no da derecho de propiedad conforme al artículo 583, del Código Civil, ya que es un Bien Nacional que forma parte del Patrimonio Natural del Estado, de conformidad al artículo 9, de la Ley de Areas Naturales Protegidas.

3. Que los concesionarios deberán dar estricto cumplimiento a las disposiciones siguientes:

a) Acatar las normas legales y técnicas, así como planes y demás lineamientos que este Ministerio disponga con fi nes conservacionistas, mediante actividades de reforestación del área o para la conservación del agua de los esteros, el suelo, la fl ora y la fauna silvestre, tanto acuática, terrestre o aérea, asociada al bosque salado.

b) Cumplir con todo lo establecido en el Programa de Adecuación Ambiental aprobado, según el Diagnóstico Ambiental presentado y colaborar con el monitoreo y ejecución de dicho Programa, cuando así lo requiera este Ministerio.

c) Realizar funciones de vigilancia con el objeto de evitar la tala del bosque salado y bosque dulce de transición, aledaños al área de la actividad concesionada.

d) Proporcionar los datos e informes que personeros del Ministerio le requieran.

e) Permitir a personal Técnico de este Ministerio, la entrada al proyecto para efectos de inspección, monitoreo o auditoría ambiental.

f) Garantizar el manejo apropiado de los desechos sólidos y de los vertidos de cualquier naturaleza, generados por la actividad para evitar la contaminación del área.

g) Evitar los derrames o arrastres por escorrentía de combustibles y otros derivados de hidrocarburos, al estero y a los estanques en donde se produzca la sal, para evitar la contaminación, tanto de la sal como de las personas y del ecosistema.

h) Construir letrinas aboneras para uso del personal que trabaje en el proyecto, para evitar la contaminación de los esteros por heces fecales.

i) No extraer suelo del bosque salado, sea en forma de tepes o de cualquier otra forma para mantenimiento de bordas.

j) Que el suelo a utilizar para mantenimiento de bordas procedente de otros sitios, deberá estar libre de contaminantes agropecuarios no degradables, como pesticidas, herbicidas e insecticidas.

k) No ampliar el área concesionada sin previa autorización de este Ministerio.

l) No utilizar la infraestructura del área concesionada para fi nes distintos para los cuales fue autorizada; y

m) No ceder el Derecho de Concesión, ni otros derechos derivados de la misma, a ninguna persona natural o jurídica, sin previa autori-zación de este Ministerio.

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4. Que la presente resolución no exime a los concesionarios, de obtener los correspondientes permisos tanto de este Ministerio, como de otras

autoridades que tengan competencia en este tipo de actividades, obras o proyectos, ni del cumplimiento de las normas técnicas y legales

de otras autoridades competentes.

5. Que forman parte de la presente Resolución y son de obligatorio cumplimiento de los titulares, las disposiciones mencionadas en el Diag-

nóstico Ambiental de la actividad denominada "SALINERA EL MACULÍS", en el Dictamen Técnico Favorable para el Permiso Ambiental,

de fecha nueve de junio del año dos mil catorce, que sirvieron de base para su elaboración.

6. Que el plazo de vigencia del Derecho de Concesión otorgado, es por un período de DIEZ AÑOS, el cual podrá renovarse por menores o

iguales períodos, siempre que se haya cumplido con todas las condiciones establecidas en esta resolución.

7. Que la concesión otorgada se constituye, sin perjuicio de derechos u obligaciones preexistentes, celebrados entre el concesionario y terceras

personas cuyo objeto sea la unidad productiva denominada SALINERA EL MACULÍS.

La inobservancia de tales derechos u obligaciones será atribuible a los concesionarios, de conformidad al debido proceso y al cumplimiento

de las leyes aplicables para el caso.

Cualquier persona que invoque interés legítimo y sufi ciente, podrá denunciar ante este Ministerio o ante la autoridad competente, el agravio

que pudiere producirle esta resolución, dentro del plazo de un año, contado a partir de la fecha de publicación de la misma en el Diario

Ofi cial.

8. El incumplimiento de las presentes disposiciones, así como el suministrar datos falsos para la obtención o continuidad del derecho de

concesión, dará lugar a la suspensión y según sea el caso, a la cancelación de la presente Concesión, de conformidad a los artículos 34, 35,

y 36 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas.

9. Los concesionarios, deberán presentar ante este Ministerio, a más tardar dentro de los quince días hábiles, posteriores a la fecha de publi-

cación en el Diario Ofi cial, un ejemplar de éste, donde aparezca publicada la presente Resolución.

10. Los Concesionarios, deberán presentar ante este Ministerio, a más tardar dentro de los ciento ochenta días posteriores a la fecha de pu-

blicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial, el plano de levantamiento topográfi co y la descripción técnica del área de la concesión,

elaborado por profesional autorizado.

11. Para asegurar el cumplimiento de las disposiciones, durante la ejecución de la actividad y por el plazo de la concesión otorgada por medio de

esta Resolución, el Ministerio, realizará periódica o aleatoriamente, inspecciones técnicas de verifi cación del cumplimiento de la misma.

El Informe Técnico de dichas inspecciones, será la base para establecer otras obligaciones que en caso necesario los Titulares deberán

cumplir, con relación a la concesión otorgada.

Además, el Informe Técnico arriba relacionado, constituirá la base para el cumplimiento de los fi nes del Artículo 38, de la Ley de Áreas

Naturales Protegidas.

12. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial, de conformidad a lo establecido en

el número 3, del Acuerdo No. 817, de fecha diez de agosto de dos mil once, publicado en Diario Ofi cial No. 150, Tomo No. 392, de fecha

dieciséis del mismo mes y año,

13. Extiéndase certifi cación de esta resolución para que sea publicada en el Diario Ofi cial.

NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. EL DIRECTOR GENERAL DE ECOSISTEMAS Y VIDA SILVESTRE, ARQ. RICARDO FRANCISCO

VÁSQUEZ GONZÁLEZ.

(Registro No. F060159)

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CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

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Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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