desgravacion-autonomo

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 ¿Qué se puede d esgrav ar un autónomo?. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala que los autónomos que trabajan en casa puedan deducirse una parte de los gastos de suministros como luz, gas, calefacción o teléfono. Discrepa, así, del criterio seguido por Hacienda que sólo admite esa posibilidad si los suministros se utilizan exclusivamente para el desarrollo de la actividad económica. Los gastos que un autónomo puede o no deducirse siempre generan polémica entre la Administración y los contribuyentes. llo es especialmente as! en el caso de los trabajadores por cuenta propia que trabajan en casa y utili"an su vivienda como o#icina. l criterio de $acienda% puesto negro sobre blanco en diversas consultas  vinculantes de la Dirección General de Tributos, seala que los autónomos podr!n deducirse los gastos derivados de la titularidad de la vivienda como son el pago de la "ipoteca, el impuesto sobre bienes inmuebles #$%$&, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad de propietarios. 'sa deducción ser! proporcional al espacio de la vivienda que se utiliza para la actividad pro(esional. Sin embargo% $acienda rec&a"a que la regla de prorrateo pueda aplicarse al gasto de suministros como agua% lu"% gas% cale#acción o telé#ono. 'ara estos servicios% la desgravación sólo se contempla cuando el consumo se vincula e(clusivamente a una labor pro#esional. Una c ondición de di#!cil cumplimiento para los autónomos que trabajan en su vivienda porque requerir!a que dispusieran de contadores y contratos independientes  para di(erenciar su actividad laboral ) privada. Hacienda, hoy , sólo permite deducir los suministros ligados exclusivamente a una actividad económica  A&ora% una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad de Madrid contradice la pr!ctica seguida "asta a"ora por la *gencia +ributaria. 'l uez de(iende que si la legislación permite -la a(ectación parcial de la vivienda a la actividad económica, no resulta lógico que la interpretación de la Dirección /eneral de +ributos exclu)a los suministros. *sí, da la razón a un contribu)ente que se "abía deducido gastos de luz, agua, gas ) telé(onos ) "abía recibido una liquidación provisional de Hacienda en la que se negaba tal posibilidad. José Mar!a Salcedo% socio del despacho Ático Jurídico, celebra la sentencia ) asegura que abre una vía para (uturas reclamaciones. *(irma que la decisión del +ribunal 0uperior de 1usticia de 2adrid no obliga a Hacienda a modi(icar su criterio, sin embargo, apunta que los autónomos cuentan a"ora con argumentos de peso para recurrir aquellas liquidaciones de la *gencia +ributaria en las que se niega la deducibilidad de los suministros. *dem!s, recomienda que los empleados por cuenta propia que trabaan en casa soliciten la recti(icación de las declaraciones )a presentadas con el obetivo de incorporar el nuevo criterio ) rebaar así la (actura (iscal. 0i bien

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Novedades en la desgravación de los autonomos

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7/17/2019 desgravacion-autonomo

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 ¿Qué se puede desgravar un autónomo?.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala que los autónomos que trabajan en casa puedan

deducirse una parte de los gastos de suministros como luz, gas, calefacción o teléfono. Discrepa, así,

del criterio seguido por Hacienda que sólo admite esa posibilidad si los suministros se utilizan

exclusivamente para el desarrollo de la actividad económica.

Los gastos que un autónomo puede o no deducirse siempre generan polémica entre la Administración y los

contribuyentes. llo es especialmente as! en el caso de los trabajadores por cuenta propia que trabajan en casa y

utili"an su vivienda como o#icina. l criterio de $acienda% puesto negro sobre blanco en diversas consultas

 vinculantes de la Dirección General de Tributos, seala que los autónomos podr!n deducirse los

gastos derivados de la titularidad de la vivienda como son el pago de la "ipoteca, el impuesto

sobre bienes inmuebles #$%$&, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad de propietarios. 'sa

deducción ser! proporcional al espacio de la vivienda que se utiliza para la actividad pro(esional.

Sin embargo% $acienda rec&a"a que la regla de prorrateo pueda aplicarse al gasto de suministros como agua% lu"%

gas% cale#acción o telé#ono. 'ara estos servicios% la desgravación sólo se contempla cuando el consumo se vincula

e(clusivamente a una labor pro#esional. Una condición de di#!cil cumplimiento para los autónomos que trabajan

en su vivienda porque requerir!a que dispusieran de contadores y contratos independientes para

di(erenciar su actividad laboral ) privada.

Hacienda, hoy , sólo permite deducir los suministros ligados exclusivamente a una actividad

económica

 A&ora% una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad de Madrid contradice la

pr!ctica seguida "asta a"ora por la *gencia +ributaria. 'l uez de(iende que si la legislación

permite -la a(ectación parcial de la vivienda a la actividad económica, no resulta lógico que la

interpretación de la Dirección /eneral de +ributos exclu)a los suministros. *sí, da la razón a un

contribu)ente que se "abía deducido gastos de luz, agua, gas ) telé(onos ) "abía recibido una

liquidación provisional de Hacienda en la que se negaba tal posibilidad.

José Mar!a Salcedo% socio del despacho Ático Jurídico, celebra la sentencia ) asegura que abre

una vía para (uturas reclamaciones. *(irma que la decisión del +ribunal 0uperior de 1usticia de

2adrid no obliga a Hacienda a modi(icar su criterio, sin embargo, apunta que los autónomos

cuentan a"ora con argumentos de peso para recurrir aquellas liquidaciones de la *gencia

+ributaria en las que se niega la deducibilidad de los suministros. *dem!s, recomienda que los

empleados por cuenta propia que trabaan en casa soliciten la recti(icación de las declaraciones )a

presentadas con el obetivo de incorporar el nuevo criterio ) rebaar así la (actura (iscal. 0i bien

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Hacienda previsiblemente rec"azar! tal pretensión, cabe la posibilidad de pleitear ) con(iar en que

se imponga la tesis del +ribunal 0uperior de 1usticia de 2adrid.

 Adem)s% el socio de *tico Jur!dico de#iende que% si bien la sentencia se limita a la deducibilidad de los consumos

en el +,'-% la misma tesis resulta válida para el IVA, cu)a deducibilidad en estos casos

tampoco es aceptada por la *gencia +ributaria. 'l $3* es un impuesto armonizado a nivel europeo

), en opinión de 0alcedo, la directiva comunitaria no exige exclusividad para aplicarse la

deducción.

La tributación del empleado por cuenta propia

Los autónomos pueden tributar en el +,'-a través de dos v!as. l método de estimación objetiva o directa. l

primero de ellos es el sistema de módulos% que permite que el contribuyente% con independencia de la #acturación

 y bene#icio real% pague impuestos en #unción de variables objetivas como pueden ser los metros cuadrados del

negocio o el consumo de energ!a. n los ltimos a/os% el 0obierno &a restringido el acceso a esta v!a de

tributación por% entre otros motivos% atajar el #raude #iscal.

Los ltimos datos publicados por la Agencia Tributaria re#lejan que algo m)s de medio millón de autónomos

tributan por el método de estimación objetiva% una ci#ra que previsiblemente se ir) reduciendo. La mayor!a de

autónomos% 1%2 millones% abona el +,'-por el sistema de estimación directa. n este caso% el bene#icio se

determina restando de los ingresos los gastos derivados de la actividad económica y las aportaciones a la

Seguridad Social. n principio% todo desembolso que se utilice para el desarrollo de la actividad es susceptible de

deducirse% aunque con ciertos l!mites.

 A di#erencia de lo que sucede con la vivienda% los autónomos no pueden desgravarse una parte del gasto de un

automóvil si éste tiene un uso particular y pro#esional. Sólo aquellos ve&!culos que se destinan e(cluvisamente a

una actividad laboral pueden reducir la base liquidable de los autónomos. 'or otro lado% antes de la re#orma

#iscal% este colectivo ten!a derec&o a deducirse por gastos de di#icil justi#icación el equivalente al 23 del

rendimiento neto generado por su actividad. 4esde enero% este porcentaje se mantiene% pero con un l!mite de

5.666 euros anuales. 

(Noticia extraída de CINCO DÍAS )