Descripción de los Pliegos 2 - UCM-Universidad ...webs.ucm.es/info/odsp/informes/infm303.pdf ·...

22
© Observatorio de los Servicios Públicos Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp 1 Descripción de los Pliegos de Madrid Calle 30 S.A. (continuación) 1 Pliego de prescripciones técnicas 1.1 Introducción Cláusula 1.1 Gestión integral de las actividades. Cubriendo los aspectos descritos en esta cláusula 1 , se realizarán unas actuaciones que cambiarán la configuración de la red objeto de gestión, explotación, conservación y mantenimiento. Por ello implica dos escenarios temporales diferentes, en el primero la Sociedad Mixta deberá realizar la gestión integral de las actuaciones, ejecutar las obras, gestionar desvíos, como todo lo relacionado con el objeto del presente contrato Durante este período el responsable de todas las actuaciones, aunque sus efectos serán limitados en la conservación de infraestructuras y mantenimiento de las instalaciones. A continuación se desarrollará el segundo 1 Dirección General del Proyecto, Organización General del Proyecto en todas las áreas requeridas, Planificación y programación, gestión presupuestaria, gestión económica-financiera, control de riesgos, licitación y administración de los contratos, aseguramiento de calidad, medioambiente y seguridad, etc.

Transcript of Descripción de los Pliegos 2 - UCM-Universidad ...webs.ucm.es/info/odsp/informes/infm303.pdf ·...

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

1

Descripción de los Pliegos de Madrid Calle 30 S.A. (continuación)

1 Pliego de prescripciones técnicas

1.1 Introducción

Cláusula 1.1 Gestión integral de las actividades.

Cubriendo los aspectos descritos en esta cláusula1, se realizarán unas actuaciones que cambiarán la configuración de la red objeto de gestión, explotación, conservación y mantenimiento. Por ello implica dos escenarios temporales diferentes, en el primero la Sociedad Mixta deberá realizar la gestión integral de las actuaciones, ejecutar las obras, gestionar desvíos, como todo lo relacionado con el objeto del presente contrato Durante este período el responsable de todas las actuaciones, aunque sus efectos serán limitados en la conservación de infraestructuras y mantenimiento de las instalaciones. A continuación se desarrollará el segundo

1 Dirección General del Proyecto, Organización General del Proyecto en todas las áreas requeridas, Planificación y programación, gestión presupuestaria, gestión económica-financiera, control de riesgos, licitación y administración de los contratos, aseguramiento de calidad, medioambiente y seguridad, etc.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

2

escenario la sociedad mixta será responsable de la gestión, explotación, conservación y mantenimiento.

Cláusula 1. 2.Gestión integral de las obras.

- Obras en la Fase I, de acuerdo con los proyectos ya aprobados por el Ayuntamiento.

- Obras en la Fase II, tal y como las defina el Ayuntamiento, salvo que el Ayuntamiento disponga otra cosa.

Dentro de esta cláusula se hace referencia cuales son las competencias de la Sociedad Mixta, pero estableciendo al tiempo que se puede realizar por medios propios o por terceros.

Cláusula 1.3, Gestión, explotación, conservación y mantenimiento.

Haciendo una relación detallada y pormenorizada en que consiste cada uno de los aspectos, nosotros enumeraremos el concepto que engloba cada uno de estos aspectos:

• Conservación y mantenimiento de la funcionalidad estructural del anillo, que consistirá en el mantenimiento de todos los elementos físicos en perfecto funcionamiento.

• Gestión y explotación de la funcionalidad del tráfico viario, consistente en tener controlada la situación del tráfico viario, garantizando la máxima seguridad y fluidez de la circulación, de acuerdo con las directrices marcadas por las autoridades municipales.

• Actuación en caso de emergencias, accidentes o situaciones de afección puntual al viario, en coordinación y supervisión de las autoridades competentes en materia de seguridad y protección ciudadana, tráfico, servicios sanitarios.

• La sociedad mixta se debe anticipar a los posibles fallos, las reparaciones o reposiciones de materiales fungibles o sujetos a desgaste. Asimismo tendrá que poner en conocimiento, en el plazo más breve posible, de las deficiencias a disminuir las características habituales del tramo.

El Ayuntamiento establecerá las siguientes condiciones:

• Director del Contrato o Inspección del contrato.

• Coordinación e intercambio de información.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

3

• Coordinación con otros servicios.

• Coordinación con otras entidades.

Para la gestión del contrato deberá tener las siguientes áreas: Servicios Generales (servicios técnicos; atención de incidencias, emergencias y accidentes; explotación del tráfico, seguridad en túneles) y Operaciones de conservación y mantenimiento (conservación de la infraestructura y mantenimiento de las instalaciones).

Las operaciones a realizar se agrupan en tres bloques: operaciones de carácter ordinario, operaciones reguladas mediante estándares de calidad, operación de renovación. A continuación se da una definición prolija y detallada de que consiste cada una de las operaciones.

1.2 Trabajos a realizar por la sociedad de economía mixta-Madrid Calle 30

Cláusula 2.1 Gestión integral de la actuación.

• 2.11. Gestión integral, por si misma o por terceros en las áreas requeridas2 y orden a conseguir los objetivos definidos3, estableciéndose una lista detallada en los que el Ayuntamiento y Madrid Calle 30 deben colaborar.

• 2.1.2. Dirección, control y vigilancia que pese a una inicial afirmación de desempeñarlo por sí misma, a continuación se dice que las funciones especificadas se podrán hacer por si misma o por terceros, en relación con la fase inicial, durante la fase de contratación y en la fase final.

Cláusula 2.2 Gestión, explotación, conservación y mantenimiento de la M-30.

2.2.1. Servicios técnico4 que opere independientemente, pero coordinado con el resto de servicios, que tendrá como tareas las siguientes:

2 Dirección, planificación, área jurídica, área económica-financiera, área de relaciones o información al usuario; área técnica, etc. Página 19 del Pliego de Prescripciones Técnicas. 3 Los objetivos que establezca el Ayuntamiento; plazos parciales y total; costos que se haga de acuerdo con el programa económico; la calidad del servicio; la seguridad durante las obras y en la circulación; el medio ambiente.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

4

• Trabajos de coordinación general.

• Estudios técnicos periódicos en relación con tráfico y seguridad5.

• Establecimiento de inventario y reconocimiento de estado.

• Información de la actuación sobre el dominio público de una manera pormenorizada (paginas 27-30).

Cláusula 2.2.2. Servicios de atención a incidentes, emergencia y accidentes6., para lo cual desarrollará una Plan de Emergencia aprobado por el Ayuntamiento, debiendo atender un Centro de Comunicaciones, para comunicar la situación al Ayuntamiento, señalando las alternativas y especificar las acciones a realizar. A continuación especifican todas los demás casos, teniendo siempre la Sociedad Mixta la iniciativa en las mismas. A continuación establecen las tareas a realizar de una manera pormenorizada:

• Operaciones reguladas mediante estándares.

• Operaciones de carácter ordinario.

• Servicio de comunicaciones.

• Servicio de vigilancia/monitorización.

• Atención a incidencias, emergencias y accidentes. Intervención general.

• Atención a incidencias, emergencias y accidentes en túneles.

• Grúas.

• Ambulancias.

• Actuación en caso de inundación.

• Viabilidad invernal.

4 Cláusula 2.2.1. 5 Merece mención especial la facultad que se le atribuye en los accidentes de tráfico de elabora r un informe de seguridad vial del lugar accidente. 6 Cláusula 2.2.2.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

5

Cláusula 2.2.3. Gestión de la explotación de la red, proveyéndose la construcción de un Centro de Control de Tráfico, con dos subcentros adicionales, en tanto que el objetivo es la gestión de los subsistemas, datos, vídeo, censores para generar una información conjunta y la posibilidad de una actuación coordinado, posibilitando el control real en cada momento. Asimismo la Sociedad Mixta la responsable de tener los equipos informáticos, comunicando al Ayuntamiento, en la mayor brevedad posible, de cualquier incidencia. A continuación detalla tanto las labores a realizar como con las derivadas de la Administración del Sistema. Seguidamente el pliego elabora una detallada de actividades, englobadazas en las más genéricas que señalamos a continuación:

o Actividades de explotación para la gestión del tráfico.

o Nivel de servicio A: tráfico fluido.

o Nivel de Servicio B: incidente susceptible de perturbar el tráfico.

o Nivel de Servicio C: tráfico perturbado por un incidente grave.

• Cláusula 2.2.3.1. Mantenimiento del sistema de gestión de tráfico.

o Mantenimiento preventivo-predictivo.

o Mantenimiento correctivo.

• Cláusula 2.2.3.2. Informes de gestión.

o Análisis de la movilidad.

o Evolución del tráfico.

o Análisis de las velocidades.

Se deberá tener un libro en papel e informatizado en el que se anotarán los incidentes y las soluciones aportadas, en que se especificarán, como mínimo la fecha, notificación del aviso, hora de la actuación, clase de incidente, trabajos efectuados, deficiencias encontradas, estado de las instalaciones.

• Cláusula 2.2.3.3. Otras obligaciones de Madrid Calle 30

o Plan de explotación para todo el período del contrato.

o Planes mensuales del contrato.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

6

o Se tendrán en cuenta las condiciones de las vías, para que las operaciones a realizar causen las molestias menores.

o Establecer un Centro de Comunicaciones para recibir y transmitir información de las incidencias.

o Realizar los estudios mensuales de los trabajos realizados.

o Partes diarios de los planes de actuación.

o Se cumplirán las normas e instrucciones vigentes en materia de carreteras y especialmente de la señalización de la obra.

o Elaborar un inventario de todos los elementos del sistema, manteniendo actualizado.

Cláusula 2.2.4. Gestión de la Seguridad en túneles

• Cláusula 2.2.4.1. Organización General.

o Autoridad administrativa7.

o Gestor del Túnel.

o Responsable de seguridad, aceptado por la Autoridad Administrativa.

• Cláusula 2.2.4.2 Actuación del servicio de seguridad en el túnel

o Control de circulación.

o Supervisión del túnel y sus instalaciones.

o Control manual de las instalaciones.

o Supervisión de actuaciones automáticas.

o Identificación de ocurrencia de incidentes.

7 “El Ayuntamiento de Madrid o Madrid Calles asumirán las funciones o designarán “la Autoridad Administrativa” que asumirá las responsabilidad de garantizar el respeto de todos los aspectos relacionados con la seguridad en los túneles.” Pagina 52 del Pliego

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

7

o Atención de llamadas de postes SOS.

o Supervisión del registro de eventos y cumplimentación de partes de servicio.

• Cláusula 2.2.4.3. Actuaciones al Apoyo al mantenimiento.

o Apoyo al mantenimiento: ventilación, iluminación, suministro eléctrico, sistemas contra incendios, señalización, circuito cerrado de televisión, radiocomunicaciones, postes SOS, aforos de tráfico.

• Cláusula 2 .2..4.4.Gestión de incidentes (planes de actuación)

• Cláusula 2 .2..4.5 Implantación y seguimiento de la explotación

• Cláusula 2 .2.4.6. Informes de gestión: registro de incidentes, evaluación de los niveles de seguridad y calidad conseguidos, medición y valoración de los trabajos de explotación, supervisión del cumplimiento de las obligaciones contractuales, informes de explotación8.

• Cláusula 2.2.4.7. Ejercicios periódicos y simulacros9, que se detallarán en un documento con los siguientes contenidos:

o Consideraciones generales del plan de simulacros10.

o Consideraciones particulares de cada prueba11.

Posterior a su realización el encargado de seguridad un informe, que deberá tener el siguiente contenido:

o Tiempo de acceso de los servicios de emergencia.

o Deficiencias de coordinación entre colectivos.

o Disfunciones detectadas en las comunicaciones o instalaciones.

8 Informes detallados de todos los incidentes graves, informe periódico de seguimiento. 9 Formar personal, evaluación de la capacitación personal, evaluación de la eficacia de las infraestructuras, así como de los procedimientos de explotación, de la coordinación de los colectivos implicados 10 Evaluación previa de recursos de explotación, desvío de tráfico, avisos y consideraciones, condiciones de seguridad para las pruebas, programa y calendario de pruebas. 11 Incidente, objetivo específico, recursos implicados, guión de la prueba, protocolos de la prueba, procedimiento de seguimiento y evaluación de la prueba, criterios de evaluación, resultados esperados.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

8

o Necesidades de medidas y medidas de autoprotección.

o Necesidad de revisión del plan de operación.

o Propuesta de mejora de explotación con medidas concretas.

Cláusula 2.2.5 Conservación de las infraestructuras

• Cláusula 2.2.5.1. Operaciones de limpieza.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.2 Operaciones de conservación del drenaje.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.3. Operaciones de conservación en taludes.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.4. Operaciones de conservación en cerramientos.

o Auscultación e inspección.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

9

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.5. Operaciones de conservación en jardinería, plantación y vegetación.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.5. Operaciones de conservación en firmes.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.6. Operaciones de conservación en estructura, obras de fábrica y muros.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.7. Operaciones de conservación en señalización horizontal.

o Auscultación e inspección.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

10

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.7. Operaciones de conservación en señalización vertical.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.8 Operaciones de conservación en balizamiento, isleta y bordillos.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.5.9. Operaciones de conservación de sistema de contención.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

Cláusula 2.2.6. Conservación de equipos e instalaciones

• Cláusula 2.2.6.1. Operaciones de conservación de las instalaciones del sistema de gestión de tráfico.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

11

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.6.2. Operaciones de conservación en instalaciones eléctricas.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

• Cláusula 2.2.6.3. Operaciones de mantenimiento de las instalaciones en túneles.

o Auscultación e inspección.

o Operaciones reguladas mediante estándares.

o Operaciones de conservación ordinaria.

o Operaciones de renovación.

Cláusula 2.3 Ejecución de las obras.

• Plazos.

En los plazos previstos y encomendados por el Ayuntamiento, que servirán de base para los contratos que realice Madrid Calle 30.

• Calidad12.

12 Análisis del proyecto, control de documentación, materiales y productos de la obra, criterios de ejecución, inspecciones y ensayos, controles y pruebas finales, medios de medida, tratamiento de no

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

12

Se deberá planificar un control de calidad y los planes de puntos de inspección.

• Seguridad y salud.

Los requisitos y disposiciones vigentes de la ley de Prevención de Riesgos Laborales de 8 noviembre de 1995 y el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre.

• Medioambiente: empleo de materiales, gestión de residuos, control de la contaminación atmosférica, protección del medio hidrológico, protección de vegetación, gestión de sobrantes de obra, otras prácticas medioambientales y planes de emergencia, todos estos aspectos figuran en un plan de gestión medioambiental efectuado en virtud en plan de gestión medioambiental.

• Servicios afectados.

• Desvíos de tráfico.

• Señalización de la obra.

1.3 Organización de Madrid Calle 30

Cláusula 3.1 Organigrama.

Según el organigrama general Madrid Calle 30 depende del Ayuntamiento de Madrid

Cláusula 3.2 Personal.

Los órganos directivos están compuestos por el Consejo de Administración, el Consejero Apoderado, y el Director Gerente con las siguientes áreas

• Cláusula 3.2.1.Área Económico-Financiera.

o Responsable del Departamento Financiero.

conformidades, acciones correctoras, identificación y trazabilidad, auditoria de calidad, informes a la dirección.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

13

o Responsable del Departamento Jurídico.

• Cláusula 3.2.2.Área de Construcción, compuesta por la Dirección de la Obra, Coordinación en materia de Seguridad y Salud, Vigilancia Medioambiental, así como los elementos necesarios para el control de calidad.

• Cláusula 3.2.3.Área de Gestión, Explotación, Conservación y Mantenimiento de la M-30.

o Director responsable del Contrato, con siete años de experiencia y titulado superior.

o Jefe de Oficina Técnica, con cinco años de experiencia y titulado superior.

o Jefe de Explotación y Conservación, con cinco años de experiencia y titulado superior.

o Jefe de Mantenimiento, con tres años de experiencia y titulado superior.

o Responsable de Seguridad, con tres años de experiencia y titulado superior.

Cláusula 3. 3 Recursos externos.

• Protección Civil de la Comunidad de Madrid.

• Centro de emergencias de la Comunidad de Madrid (112)

• Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

• Samur.

• Guardia Civil de Tráfico

• Policía Municipal

• Policía Nacional.

Para la coordinación y colaboración se deben realizar protocolos y compromisos establecidos por el Ayuntamiento de Madrid.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

14

Para los colaboradores externos deberán realizarse contratos externos para dar cumplimiento del contrato.

1.4 Control de calidad

Cláusula 4.1 Sistemas de control de calidad interno de la sociedad de economía mixta- Madrid Calle 30.

La Sociedad Mixta elaborará su propio sistema de controles internos, que incluirán un plan de auto-evaluación de las actividades del contrato.

• Cláusula 4.12. Plazo de mejora continúa.

Perfeccionamiento de las prestaciones y desarrollo del plan de mejor continúa.

• Cláusula 4.1.3. Gestión Integral.

• 4.14. Informes sobre ejecución las obras, con un informe previo, informe inicial y la documentación generada en al fase final de la obra.

• Cláusula 4.1.5. Informes sobre indicadores del estado de conservación de la M-30.

o Estudio de deterioros superficiales del pavimento.

o Estado de taludes con problemas.

o Estado de cunetas.

o Estado de drenaje profundo.

o Estado de caños, tajeas y alcantarillas.

o Estado de pontones.

o Estado de puentes.

o Estado de muros.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

15

o Estado de la señalización vertical.

o Estado de marcas viales longitudinales.

o Estado de marcas bailes transversales, flechas, inscripciones y cebreados.

o Estado de balizamiento.

o Estado de la barrera.

Cláusula 4.2 Control de calidad externo. Inspecciones y evolución de estándares.

El Ayuntamiento o una auditoría de calidad externa efectuarán las inspecciones de comprobación, que se reflejarán en actas de inspección y en libro de órdenes

• Cláusula 4.2.2. Evaluaciones programadas para efectos del pago en orden a verificar el cumplimiento de los estándares, objetivos funcionales y grados de deterioro fijados, que deberá ser comunicada a la Sociedad Mixta, relatando a continuación su procedimiento e incidencias que pudieran ocurrir.

• Cláusula 4.2.3. Inspecciones no programadas para localizar defectos, el cumplimiento del servicio, objetos funcionales, grado de deterioro no realizados en otras evaluaciones, incluyendo el recorrido de vigilancia o práctica de trabajo inseguras.

• Cláusula 4.2.4. Inspecciones programadas de seguimiento de incidencias.

• 4.2.5. Evaluaciones exhaustivas con equipo de medición.

• Cláusula 4.2.6. Evaluación programada a efectos de la terminación del contrato, que se realizará seis meses antes de la finalización del plazo contractual.

• Cláusula 4.2.7. Plazo de garantía para las obras y renovación, como las asociadas a las gestión, explotación y mantenimiento tendrá un plazo de un año desde la recepción de la obra. La sociedad mixta responderá por los vicios ocultos durante un término de quince años. El Director del Contrato, quince días antes anteriores a la finalización de la garantía, redactará un informe del estado de obras.

• Cláusula 4.2.8. Otras consideraciones: variaciones en el régimen de muestreo, localización de los testigos, verificación de trabajos incompletos, calibración de los equipos de muestreo, ensayos de contraste, actas de inspección.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

16

Cláusula 4.3. Control de calidad de materiales y unidades de obra.

Se deberán hacer uso de la normativa oficial existente y en particular la del Ayuntamiento de Madrid.

1.5 Gestión y administración de la conservación, explotación y mantenimiento

En este apartado se describen la documentación a realizar por la Sociedad Mixta.

Cláusula 5.1 Inventario de elementos

El inventario irá reflejando las puestas al día sucesivas que sean necesarias, para reflejar los cambios realizados en la M-30 y su entorno, para lo que será necesaria a elaboración de una aplicación informática por cuenta de la Sociedad Mixta.

Cláusula 5.2 Procedimientos generales relativos a la conservación, explotación, operación y mantenimiento.

• Catalogo de operaciones de conservación y mantenimiento.

• Normas de ejecución de operaciones de conservación y mantenimiento.

• Programación de la conservación y mantenimiento, a partir de los datos existentes en la base de datos elaborará los programas de mantenimiento, que serán anuales, semestrales, mensuales, semanales y diarios13, que para ser aprobados serán validados por la Dirección del Contrato, estableciéndose unos plazos desde su recepción por el Ayuntamiento.

• Bases de datos de conservación y mantenimiento, que deberán contener los programas de trabajos, las ordenes de ejecución, los partes diarios, las actas de inspección y el libro de órdenes.

13 Los anuales y semestrales serán presentados cuatro semanas antes de su inicio, los mensuales una semana hábil; los semanales tres días hábiles y los diarios lo antes posible.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

17

• Elaborar un manual de mantenimiento.

• Accesibilidad a la información del sistema de mantenimiento por parte del Ayuntamiento.

Cláusula 5.3 Planes de acción.

Para evitar riesgos de incidentes requerirán la realización de protocolos en los siguientes aspectos, al menos: informes técnicos periódicos; gestión de inventarios; gestión de dominio público; servicio de comunicación; servicio de vigilancia; atención de incidentes, emergencia y accidentes; atención a inundaciones; viabilidad invernal.

Cláusula 5.4. Plan de explotación de los túneles.

Relación de documentos que debe tener el Plan de Explotación, bien asociados a la normativa, organización, reglas y responsabilidades14, o bien relativos a los planes y procedimientos15.

Procedimientos, que deberán contemplar los procedimientos asociados a la operación habitual sin incidencias y los de emergencia., para lo cual deberán tener tres documentos de referencia: manual de mantenimiento, programa de acciones, libro y registro de mantenimiento. Para registrar la totalidad de incidencias las acciones tomadas y los resultados obtenidos se requerirá la formación continua del personal, el correcto mantenimiento de las instalaciones, adaptación progresiva de la operación y de las herramientas de control.

Cláusula 5.5. Comprobación por el Ayuntamiento del cumplimiento de condiciones.

Las comprobaciones contemplarán los siguientes puntos:

• Grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos por Madrid Calle 30.

• Formulación de trabajos para obtener las condiciones normales viabilidad y seguridad.

• Cumplimiento de la programación de operaciones programadas.

• Empleo del personal y medios adscritos a los diferentes grupos de las tareas propios de los mismos.

• Ejecución de operaciones y unidades de obra con las condiciones de ejecución.

14 Libro de competencias, definición de escenarios, normas de circulación, documentos de referencia 15 Planes de control, procedimientos, registros, revisiones y actualizaciones

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

18

• Disposición de los medios necesarios para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

• Formulación puntual y correcta de toda la documentación básica de seguimiento prescrita.

• Grado de consecución de los niveles de calidad.

• Grado de eficacia conseguido en las tareas de apoyo al la explotación.

Las órdenes de trabajo, que vienen como consecuencia del sistema de gestión planteada, que deberá comunicarse oportunamente a Madrid Calle 30, o través de la Dirección del Contrato. Los trabajos a realizar, aprobados por el Director, obligará a preverlos a la Sociedad Mixta con un día de antelación, la orden subsiguiente deberá ser accesible antes de las doce horas del día anterior. Una vez realizada total o parcialmente dará lugar a un informe, que se volcará a la base de datos general.

En el libro de órdenes se consignan las tareas no programadas o las incumplidas, con su nivel de prioridad, comunicando el Director dichas labores, debiendo comunicarlo por escrito con la máxima antelación al Ayuntamiento, para que éste adopte las medidas oportunas.

Cláusula 5.6 Informes a suministrar por la sociedad de economía mixta Madrid Calle 30.

Deberá elaborar los siguientes informes:

Registros diarios, basado en la orden de trabajo correspondiente y dando cuenta de los trabajos realizados en la jornada, siendo accesibles antes de las nueve de la mañana del día siguiente.

Informes mensuales, bajo forma gráfica o de manera resumida los principales parámetros que rindan cuenta de los resultados obtenidos en la prestación del servicio., que incluirán la auto-evaluación.

Informes anuales, a presentar dentro del mes siguiente a cada período del contrato, que resumirá los informes mensuales correspondientes.

Cláusula 5.7. Formato de presentación de documentación.

La que le indique el Ayuntamiento en cada caso.

Cláusula 5.8 Propuesta de medidas correctora por parte de la sociedad de economía mixta- Madrid Calle 30.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

19

Si estas medidas suponen una renovación o tiene carácter extraordinario no puede proceder a su ejecución, salvo encargo expreso y justificado del Ayuntamiento

1.6 Seguridad y salud laboral

La Sociedad Mixta esta obligada a presentar en el plazo de dos meses un Plan de Seguridad y Salud Laboral, sin que puedan iniciarse los trabajos sin la previa aprobación de dicho plan.

2 Índice resumen de los anexos

Anexo 1.

Relación de contratos de obra ya licitados y adjudicados por Madrid Calle 30, SA

Anexo II.

Ámbito espacial de la prestación del servicio público (soporte informático)

Anexo III.

Contrato relativo a ciertos servicios de conservación y explotación de la M-30 entre MADRID CALLE 30, S.A. y [la SOCIEDAD ADJUDICATARIA], S.A.

- Anexo A

Cláusulas técnicas relativas al contrato de ciertos servicios de conservación y explotación de la M-30

- Anexo B.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

20

Cuadro de correlación entre las deducciones aplicadas por el Ayuntamiento a la Sociedad Mixta y las aplicables por ésta al Socio Privado.

- Anexo C.

Seguros

Anexo IV.

Documentación relativa a las obras licitadas y adjudicadas, incluyendo el proyecto, los pliegos y la oferta del licitador adjudicatario (soporte informático)

Anexo V.

Contrato relativo a los servicios de gestión integral de la M30 entre el Ayuntamiento de Madrid y MADRID CALLE 30, S.A.

- Anexo 1.

Coincidente con el Anexo I del PCAP.

- Anexo 2.

Coincidente con el Anexo II del PCAP.

- Anexo 3.

Coincidente con el Anexo IV del PCAP.

- Anexo 4.

Coincidente con el Anexo XIV del PCAP.

- Anexo 5.

Coincidente con el Anexo XVI del PCAP.

- Anexo 6.

Coincidente con el Anexo XIII del PCAP,

- Anexo 7.

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

21

Coincidente con el Anexo XV del PCAP.

- Anexo 8.

Coincidente con el Anexo XVII del PCAP.

- Anexo 9.

Coincidente con el Anexo XIX del PCAP.

- Anexo 10.

Coincidente con el Anexo XVIII del PCAP.

Anexo VI.

Modelo de los Estatutos Sociales de la empresa mixta.

Anexo VII

Modelo de los Acuerdos Extraestatutarios a suscribir entre el Ayuntamiento de Madrid y [la SOCIEDAD ADJUDICATARIA], S.A.

Anexo VIII

Modelo de declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrid.

Anexo IX

Modelos de Garantías.

Anexo X

Declaración responsable de vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Madrid.

Anexo XI

Modelo económico-financiero e Instrucciones (soporte informático).

© Observatorio de los Servicios Públicos

Escuela de Relaciones Laborales de la U.C.M. C/ San Bernardo 49. 28015-Madrid. Teléfono: 913946623 http://www.ucm.es/info/odsp

22

Anexo XII

Términos y condiciones del Préstamo Subordinado.

Anexo XIII.

Reestablecimiento del equilibrio económico-financiero.

Anexo XIV.

Presupuesto de Inversión de las obras adjudicadas.

Anexo XV.

Evolución de pagos básicos incluyendo la incorporación de pagos variables c función de la terminación de las obras.

Anexo XVI.

Descripción de las obras correspondientes a la Fase II (soporte informático).

Anexo XVII

Canon a abonar por MADRID CALLE 30, S.A. al Ayuntamiento Madrid.

Anexo XVIII.

Organigrama indicativo de MADRID CALLE 30, SA.

Anexo XIX.

Descripción de las pólizas de seguros requeridas para el proyecto.