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DERECHO QUE EJERCE EL TITULAR
DEL SEGURO DE VEHICULO DE CARGA
PESADA EN VENEZUELA
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTÍAS
DERECHO QUE EJERCE EL TITULAR DEL SEGURO DE VEHICUL O DE
CARGA PESADA EN VENEZUELA
INSTITUCIÓN: TRANSPORTE J.R.P.R, C.A
AUTORA: ROMERO YELY C.I.: 11.083.482
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San Diego, Septiembre de 2014
AGRADECIMIENTOS
A Dios por darme fuerza, iluminación y las ganas de seguir adelante.
A mis padres por su cariño, apoyo, dedicación y empeño en lograr esta meta.
A ti papa porque desde el cielo hoy bendices mi logro.
A mis hijos, mi mayor motivación.
A mi familia que de una u otra manera estuvieron pendientes a lo largo de este proceso, brindando su apoyo incondicional.
A mis amigos que siempre me motivaron a seguir hasta lograr la meta.
A personas que desde los primeros semestres fueron parte fundamental en mí. Entre ellos Gabriela Castellano, Silvia Michelena, Nohely Michelena y tantos otros.
A mis amigas Ysleyer Vera, Carolina Escalona, Yojana Campoy, gracias por su apoyo
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ÍNDICE GENERAL
Pp. CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN………………………………………………....iii
AGRADECIMIENTOS………………………………………………………………iv
INDICE………………………………………………………………………………..v
RESUMEN……………………………………………………….…...……...……...vii
INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………….1 I. LA INSTITUCIÓN
1.1 Nombre………………………….…….…………………………………..3
1.2 Ubicación…………………….……….…………………………………...3
1.3 Objeto….……………………..……….…….……………………………..3
1.4 Estructura……………..……..………….…………………………………3
1.5 Misión……………………………………………………………………..4
1.6 Visión………..…….……………………………...………….……………4
1.7 Valores………………………………………………………………….…4
1.8 Actividades Desarrolladas durante la Pasantía…...……………………….4 II. EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema…………………….…………….....………..5
2.2 Formulación del Problema…………………….…………..…...…..….......7
2.3 Objetivo General……………………………………..……………………7
2.4 Objetivos Específicos……………………………………..………......…...7
2.5Justificación y Alcance………………………………...…………….…….8
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2.6 Limitaciones del Estudio……………………………………….….....……8
III. MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1 Antecedentes……………………………………..…..………..…….....….9
3.2 Bases Teóricas………………………………….....………..…..………..10
3.3 Bases Legales……………………………………………………….....…13
3.4 Definición de Términos Básicos………………………………………....20
IV. MARCO METODOLÓGICO
4.1 Tipo y Nivel de Investigación………………….…………………....…...22
4.2 Diseño de la Investigación……………………….………….………..….23
4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos………………………23
4.4 Fases Metodológicas……………………………….……………….……24
V. RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Resultados, Conclusiones y Recomendaciones………………………….25
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ……………………………………….……35
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTÍAS
DERECHO QUE EJERCE EL TITULAR DEL SEGURO DE VEHICUL OS DE CARGA PESADA EN VENEZUELA
Autor: Romero Yely Tutor: Prof. Carlos Méndez Fecha: Septiembre, 2014
RESUMEN
Hoy en día se da por entendido que la concertación de una póliza con una compañía de seguros, aunque no legalmente obligatoria, es más que recomendable para el transportista. Éste tiene que asumir que es el responsable de las mercancías que transporta desde el origen a su punto de destino, con la obligación de entregarlas en el mismo estado de su recogida. Lo que no está tan claro es el tema de la responsabilidad civil del transportista, quien necesita asegurar, no sólo la mercancía que transporta, puesto que ya queda cubierta por las pólizas de seguros de mercancías, sino su propia responsabilidad civil. En el otro lado se encuentran las compañías de seguros. Éstas son, en cierta medida, un socio de la empresa transportista. Ambas comparten los mismos intereses: que la mercancía llegue a destino en buenas condiciones y en el tiempo acordado. Sin embargo, en muchas ocasiones, las aseguradoras desconocen la actividad real de su cliente, en temas como pueden ser sus datos de siniestralidad. Además, dada la presencia de una gran cantidad de agentes en la cadena logística, como pueden ser transitarios, agencias, subcontratas, les resulta complicado delimitar la función exacta de cada uno de ellos. Existen en ocasiones, por tanto, otros intermediarios además del propio asegurado. Por ello, es necesario que haya una comunicación fluida entre la aseguradora y su cliente. La presente investigación plantea como objetivo general analizar la efectividad de la aplicación del derecho en caso de incumplimiento de las empresas aseguradoras en Venezuela. En cuanto a la estructura metodológica, la investigación es de tipo y nivel documental bajo un diseño bibliográfico, que permitió cumplir con el aporte universal del trabajo de pasantía.
Descriptores: Derecho, Venezuela, Seguro de Vehículos de Carga Pesada.
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INTRODUCCIÓN
Hoy hay una tendencia a la expansión del campo de seguro esto por la
necesidad de evitar desgracias económicas que amenazan el patrimonio familiar.
Ante los riesgos eventuales o el hombre se abstiene de toda previsión o practica el
ahorro o se acoge al seguro. La primera actitud es rudimentaria, la segunda es difícil
de realizar porque se necesitaría un ahorro grandísimo. Se creó, desarrolló y
perfeccionó el seguro, que es un medio de compensación pecuniaria de los daños
ocasionados por los siniestros. Esto es posible gracias a la solidaridad entre los
asegurados quienes implícitamente aceptan que la reparación del daño de uno sea
distribuida entre todos.
El siguiente estudio está referido a él derechos que ejercer el titular en
Venezuela por incumplimiento de las pólizas de seguro para el transporte pesado por
ser una actividad económica importante en cualquier proceso productivo que se
desarrolle en nuestro país, por esto, se estudió la Limitaciones en la cobertura de las
pólizas de seguro para vehículos de carga pesada y el derecho que ejercer el titular en
Venezuela.
Por lo que, el sector de transporte es uno de los principales componentes en la
economía de un país como sector responsable del transporte de la materia prima o
terminada de un centro de trabajo a otro, por lo que se puede considerar que todos los
accidentes de tránsito de vehículos de carga pesada reportados en el país se pueden
suponer repercusión económica para el aparato productor.
Para abordar lo anteriormente expuesto la investigación en estudio se
conformó por tres capítulos para lo cual se detallan el contenido de cada uno de la
siguiente forma:
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En el Capítulo I describe la Institución donde se realizó la pasantía, sus
objetivos misión y visión así como las actividades desarrolladas durante el periodo de
pasantía, desde enero 2014 a abril de 2014.
Seguidamente el Capítulo II . Comprende la problemática presente como
punto de partida en la investigación ya antes mencionada. En este capítulo se enfoca
el planteamiento del problema, su formulación, objetivo general y específico,
justificación y la limitación de la investigación.
Por consiguiente en el Capítulo III. Se incluye el Marco Conceptual, además
contiene algunas investigaciones que describen los antecedentes, así como también
las bases teóricas que fundamentan el tema estudiado; constituyendo la recopilación
de datos procedentes de diferentes y confiables fuentes de información, también las
bases legales donde se pueden observar los aspectos esenciales que conforman la
columna vertebral de dicha investigación. Finalmente, se presentan la definición de
algunos e importantes términos básicos asociados con el tema expuesto anteriormente
para su compresión por parte de lectores no familiarizados.
Para responder correctamente al abordaje y consecución de los objetivos en el
Capítulo IV . Se desarrolla el Marco Metodológico, utilizando los procedimientos
metodológicos para definir la modalidad de la investigación, su tipo, el diseño de la
misma y las técnicas e instrumento de recolección de datos; todos estos elementos
metodológicos son de gran utilidad y ayuda en la investigación realizada, ya que
permitieron lograr la construcción y desarrollo de los objetivos. Finalmente, el
Capítulo V se estableció los resultados obtenidos, conclusiones y recomendaciones
en la presente investigación.
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CAPÍTULO I
INSTITUCIÓN
1.1 Nombre
TRANSPORTE J.R.P.R, C.A
1.2 Ubicación
Urb. Yuma II, Avenida 69, N° 147-120. San Diego, Estado Carabobo.
1.3 Objeto
Es una empresa constituida con el fin de proporcionar servicios de transporte
de carga terrestre en Venezuela de la más alta calidad, bien sea de alimentos
perecederos o no perecederos, víveres comestibles y mercancía en general de carga
pesada o liviana. Así como también el ejercicio de toda clase de actos de comercio en
todas sus formas legales que convengan a los interesados de la Compañía a juicio de
la Junta Directiva, a los fines de contribuir con la realización de su objeto social.
1.4 Estructura Organizativa
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE J.R.P.R, C.A
RECURSOS
HUMANOS
PASANTE
ADMINISTRACIÓN CONSULTORÍA
JURÍDICA
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1.5 Misión
Ser socios estratégicos de nuestros clientes en transporte terrestre de
mercancía, que genere resultados ganar-ganar-ganar para el cliente, el colaborador y
la empresa.
1.6 Visión
Consolidarnos como empresa líder en el ramo, brindando cada día un mejor
servicio, de manera eficiente. Estableciendo alianzas estratégicas comprometidas con
las necesidades del cliente y en la búsqueda de un servicio cada vez más integral que
nos permita alcanzar un reconocido prestigio nacional e internacional. Así como ir de
la mano con el dinamismo del mundo actual y las nuevas tendencias de negocio.
1.7. Valores
• Claridad de Acción
• Ágil y Eficiente
• Comprometida, Seriedad y Responsable
• Trabajo en Equipo
• Innovación
• Comunicativa
• Trabajo en Equipo.
1.8 Actividades desarrolladas durante la pasantía
1. Revisar de las pólizas de seguros.
2. Solicitar nuevas cotizaciones a diferentes empresas aseguradoras.
3. Llamar a la empresa aseguradora para actualizar datos del transporte de carga
pesada
4. Llamar a la empresa aseguradora para renovar pólizas de seguros.
5. Atender los requerimientos de los empleados desde el punto de vista jurídico
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CAPÍTULO II
EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema A nivel mundial los trasporte de carga pesada representan la forma del
traslado de diversos productos para satisfacer la demanda comercial, muchas veces
se encargan de la distribución entre países, representando mayor importancia
económica y exponiendo esos vehículos de transporte pesado a innumerables horas
de camino, este punto de vista permite pensar en estar protegidos por seguros. El uso
de unidades de Transporte de carga pesada es elemento primordial en la cadena de
distribución del aparato productor del país.
Así que, las empresas sistematizan tanto la obtención de materia prima como
el traslado de sus productos ya terminados a través de unidades de transporte que
asumen riesgos a diario por sus constantes permanencia en vías terrestres. Tomando
en cuenta la realidad de nuestro país y el alto grado de accidentes terrestres que
suceden diariamente, donde conductores pierden bienes, cualquiera sea la forma y
proporción de afectación, comprende no solamente las pérdidas sufridas por el
patrimonio de la víctima sino también la privación de un incremento posterior de su
patrimonio.
Es indudable que trabajo y salud están relacionados, el trabajo es una
actividad que el individuo desarrolla para satisfacer sus necesidades, al objeto de
disfrutar de una vida digna. La problemática surge cuando ese trabajo es de alto
riesgo como es el caso de los conductores de transporte de carga pesada, es
indispensable contratar empresas de seguros para la protección de las unidades de
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Transporte, como es necesario saber las condiciones de las empresas de seguros que
tienen para los vehículos de carga pesada y si su actuación es acorde a las leyes en
Venezuela. Dicho lo anterior se hace necesario que las empresas que se encargan de
vehículos de carga pesada necesitan de una póliza de seguros para poder exigir sus
derechos y de esta manera proteger el bien.
De modo tal que con los cambios en la implementación del seguro en
Venezuela, actualmente está vigente la ley de la Actividad Aseguradora (L.A.A.)
publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.481 lo
cual en su normativa es evidente la adaptación con el sentido social de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela funcionando de enlace entre
sociedad y órganos reguladores de esta forma constatando las muchas formas que las
aseguradoras se valen para no ser responsables de infinidad de siniestro presentes.
Además, innumerables procesos judiciales para ello los asegurados debe
conocer el servicio que presta la superintendencia de la actividad aseguradora la
cual ejercer la potestad regulatoria para el control, vigilancia previa, supervisión,
autorización, inspección, verificación y fiscalización de la actividad aseguradora,
garantizado a las personas el libre acceso a los productos, bienes y servicios además
de proteger los derechos e intereses de los tomadores, asegurados, beneficiarios o
contratantes respecto de los sujetos regulados.
Por otro lado, es importante efectuar anualmente, en el curso del primer
semestre de cada año, las publicaciones que estime necesarias a fin de dar a conocer
la situación de la actividad aseguradora y de los sujetos regulados, especialmente en
lo relativo a primas, siniestros, reservas técnicas, margen de solvencia, patrimonio
propio no comprometido, condiciones patrimoniales y el número de sanciones
impuestas a los sujetos regulados, así como de las personas que se haya determinado
que han realizado operaciones reguladas por la presente Ley sin estar autorizadas para
ello.
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Es por lo antes expuesto, la problemática se puede presentar cuando en
ocasiones el titular de la póliza de seguro desconoce los derechos que puede exigir en
caso de algún incumplimiento en la póliza de seguro para vehículos de carga pesada,
por lo que se requiere de una mayor efectividad por parte de las empresas
aseguradoras para no incurrir en ningún error y de ser así, entonces poder tener
conocimiento de la vía legal Conforme a lo descrito anteriormente, y a fin de dar
cumplimiento a lo establecido en la investigación, se formuló la siguiente
interrogante:
2.2 Formulación del Problema
¿Qué derecho puede ejercer el titular en Venezuela por incumplimiento de las
pólizas de seguros para vehículos de carga pesada?
2.3 Objetivo General
Analizar el derecho que ejerce el titular del seguro de vehículo de carga
pesada en Venezuela.
2.4 Objetivos Específicos
• Definir en que consiste el seguro de vehículo de carga pesada.
• Especificar el procedimiento a seguir por el titular de las pólizas de seguro de
vehículos de carga pesada.
• Explicar las vías legales para solucionar la problemática de riesgo existente
respecto al seguro de vehículos de carga pesada.
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2.5 Justificación de la Investigación
La idea de esta investigación es una manera de tocar un tema de especial
importancia por el alto costo de los vehículos de carga pesada en el país y los
innumerables accidentes que a diario suceden en las vías venezolanas poniendo en
riesgo el patrimonio de toda una familia y hasta la vida del conductor. Desde el punto
de vista jurídico se justifica la siguiente investigación. Teniendo como base las
innumerables demandas a seguros por violación de contratos y diagnosticando el
desconocimiento del tomador de las pólizas de las cláusulas que están presente en
dichos contratos., tomando en consideración el retardo procesal existente hoy día,
considerando diversas vías a través del ordenamiento jurídico que facilite y agilice
solucionar las faltas al cumplimiento de los contratos de seguros en el país.
2.6 Limitaciones de la Investigación
Durante el desarrollo de la investigación la limitante principal encontrada está
relacionada con la escaza doctrinas actualizadas sobre el tema, pues los mismos se
limitan al marco legal en que se sustentan los contratos de seguros en Venezuela y
algunos comentarios y sentencias relacionadas al mismo
Otra limitante es el escaso tiempo para procesos investigativos por el corto
tiempo del semestre en la universidad tomando en consideración las exigencias de las
diversas cátedras sumadas al cumplimiento de pasantías.
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CAPÍTULO III
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1 Antecedentes de Investigación
Una vez definido el planteamiento del problema y precisados el objetivo
general y los específicos, que determinaron el propósito de la investigación, se
establecieron los antecedentes del estudio los cuales tienen constituidos por trabajos
de grado de nivel académico de pregrado, relacionados con el objeto de estudio. Entre
los que se encuentran los siguientes:
Contreras, León, Ortega y Prado (2005). “Implicaciones Jurídicas de las
Pólizas de Seguro de Casco de Vehículo con Prima Financiada”. Trabajo de grado
para optar al título de abogados en la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, en
Maracaibo, Estado Zulia. Dirigido a determinar la finalidad de las pólizas de seguros
de casco de vehículos con primas financiada. Los resultados reflejaron que por ser
seguros de daños, la finalidad de la póliza radica en solucionar cualquier daño que
sufra el vehículo a consecuencia de la ocurrencia de un siniestro, adquiriéndose
aquella, mediante cuotas financiadas.
La relación existente entre la investigación anteriormente citada y este
informe, tiene su punto de convergencia, ya que determina la finalidad de la póliza de
seguro de vehículos y aporta elementos que son de utilidad al momento de establecer
los efectos jurídicos del plazo de gracia del seguro de vehículo durante la ocurrencia
de un siniestro.
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González y Mujica (2001). “Posibilidad de Discusión de las Cláusulas del
Llamado Contrato de Adhesión en la Póliza de Vehículo”. Trabajo de grado para
optar al título de Abogados en la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, en
Maracaibo, Estado Zulia. El objetivo determinar el tipo de cláusula del contrato de
adhesión. Determinó que las cláusulas del llamado contrato de adhesión contenida en
la póliza de seguro.
Dicha investigación se relaciona con el informe tratado, ya que se plantea la
póliza de seguro de vehículo y sirve de soporte para el estudio en lo que respecta a los
objetivos de la investigación.
Estupiñan C (2009), en una investigación concerniente a la “Mecanismos
para Lograr que los Agentes de Carga puedan Responder por los Perjuicios que
Puedan Causar al Generador o Asegurador”. Trabajo de Grado para optar de
Abogado en la Universidad La Sabana. Bogotá, Colombia. Determinó como objetivo
general, establecer mecanismos de control con el fin de eliminar la posibilidad de que
los agentes de carga eludan su responsabilidad, en un siniestro por deficiencia en la
prestación de los diferentes servicios que prestan al generador de carga en una
operación de transporte.
La relación de ambas investigaciones, está basada en que la falta de
conocimiento en la operación de pólizas de seguros de transporte de carga por parte
de los autores puede llegar a ocasionar graves perjuicios al generador del transporte o
al asegurador.
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3.2 Bases Teóricas
Las bases teóricas constituyen el eje epistémico del trabajo de investigación,
pues es sobre este que se construye todo el contexto teórico formando la plataforma
sobre la cual se basará el análisis de los resultados en la investigación, presentando la
estructura sobre la cual se diseña el estudio.
Contratos de Seguros
Según Mármol (1999), el contrato de seguro lo define de la siguiente manera:
aquel por el cual una parte llamada asegurador, asume frente a la otra la obligación de
indemnizar total o parcialmente daños patrimoniales a futuro e inciertos previamente
determinados, o de cumplir alguna otra prestación según la duración o las
eventualidades de la vida de una persona, contra el pago de una prima calculada.
Asimismo el Southerland (1988), señala que el seguro trata de compensar los
riesgos por medio de fondos formados por una serie de personas que a su vez están
sometidas a los mismos riesgos. De lo expuesto anteriormente se entiende entonces
por contratos de seguros como, aquel convenio donde las partes contratantes
responden recíprocamente, una de ellas llamadas asegurador asume frente a la otra
llamada tomadora, la obligación de indemnizar o compensar cualquier daño futuro e
incierto que acontezca durante su vigencia, siempre que éste cumpla con la
contraprestación del pago de la prima.
Aspectos del Seguro
Para Arellano (1976), el seguro está constituido por tres aspectos:
1. El jurídico: el cual se encuentra conformado por las características del seguro,
su naturaleza, las relaciones contractuales a que da nacimiento entre otras
cosas.
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2. El económico: está relacionado con la finalidad del seguro, por cuanto se trata
de hallar una protección, una garantía, una indemnización, es decir prevenir y
compensar los daños ocasionados.
3. Aspecto Técnico: se manifiesta a través de su organización, ya que yace sobre
dos bases; primero la existencia de una mutualidad inconsciente entre los
tomadores, según lo cual los daños de unos se pagan con la prima de todos; y
el segundo el cálculo de las probabilidades de riesgo.
Principios que Rigen al Seguro
Según Esteves (1994), existen una serie de principios que rigen al seguro,
entre los cuales se destaca:
1. Principio de no lucratividad: determina que el seguro jamás puede convertirse
en fuente de provecho ni de beneficio para el tomador, puesto que la
indemnización del seguro es considerada una garantía y en consecuencia a
esto, con el seguro lo que se busca es resarcir el daño ocasionado.
2. Principio del interés asegurable: se hace referencia a la relación económica
vinculante entre una persona, con los bienes que han de ser objetos del
contrato, de manera que la conservación de dichos bienes le produzcan
provecho, y su deterioro o menos cabo le ocasione daños a su patrimonio.
3. Principio de máxima de buena fe: no basta la buena fe corriente. Se exige
también la máxima de buena fe. El proponente de un contrato de seguros, está
obligado a decirle a la compañía de seguros todas las características del bien a
asegurar o circunstancias que rodeen el acto asegurador
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Naturaleza Jurídica del Contrato de Seguros
Existen tres categorías encargadas de estudiar la naturaleza jurídica del
contrato de seguros que a continuación se describe:
1. Teoría de la Necesidad: según Mármol (1999), establece que el seguro es un
recurso donde un gran número de existencias económicas amenazadas de
peligros se organizan para atender mutuamente necesidades tasables y
fortuitas de dinero. Ahora bien el seguro, es una necesidad por cuanto se
contrata para satisfacer una necesidad tasable y fortuita en dinero, recalcando
que, si no existe la posibilidad de una necesidad económica tasable, aunque
sea eventual, no hay aseguramiento.
2. Teoría de la Previsión: según Mármol (1999), la predeterminación del
remedio antes del que daño ocurra y su eficaz preparación son también
formas de prevenir. Por otro lado Rangel (2001), sostiene lo siguiente: el acto
de la previsión de la mente humana como una anticipación, puramente
representativa, de un hecho eventual que de suceder, causaría un daño que a
su vez generaría una necesidad económica d reparación, tasable en dinero.
3. Teoría de la Indemnización: según Mármol (1999) sostiene: el seguro sería
una institución económica prevista para reparar las consecuencias de un daño
patrimonial eventual. A su vez la teoría de la indemnización, considera la
contratación de un seguro para la reparación de un daño.
3.3 Bases Legales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000)
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como carta magna
y base fundamental del ordenamiento jurídico venezolano, consagra expresamente
como debe estar dirigida la actuación del Estado y todos sus órganos además
garantizar y proteger los derechos de todos los ciudadanos.
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Artículo 7 . La Constitución es la norma suprema y el fundamento del
ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público
están sujetos a esta Constitución.
Ley de la Actividad Aseguradora (2010)
Artículo 2 La actividad aseguradora es toda relación u operación relativas al
contrato de seguro y al de reaseguro, en los términos establecidos en la ley especial
que regula la materia. De igual manera, forman parte de la actividad aseguradora la
intermediación, la inspección de riesgos, el peritaje evaluador, el ajuste de pérdidas,
los servicios de medicina prepagada, las fianzas y el financiamiento de primas.
Artículo 136. Se consideran seguros obligatorios los que se establezcan en la
presente ley y en las Normas que rigen el Sistema Financiero Nacional. Los sujetos
regulados en la presente Ley, no podrán negarse a la suscripción de contratos que
amparen los mencionados riesgos.
La Superintendencia de la Actividad Aseguradora establecerá pólizas, tarifas y
demás documentos con carácter general y uniforme para la comercialización de estos
seguros o cuando existan razones que en procura del interés general tutelado por la
presente Ley, así lo justifiquen.
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, será sancionado
conforme a lo previsto en esta Ley.
3.4 Definición de Términos Básicos
Asegurado: persona natural o jurídica propietaria del vehículo asegurado, que
en sus bienes o en sus intereses económicos está expuesta a los riesgos amparados en
la póliza.
Empresa de Seguros: persona jurídica que asume los riesgos amparados en la
póliza.
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Incumplimiento de Contrato: Violación de cualquiera de los términos o
condiciones de un contrato sin excusa legal; por ejemplo, la falta de pago cuando es
debido se considera un incumplimiento de contrato.
Ocupante: persona transportada en el vehículo asegurado o que esté subiendo
o bajando del mismo.
Persona Jurídica: es un sujeto de derechos y obligaciones que existe, pero no
como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas
física para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin ánimo de lucro.
Póliza: documento escrito donde constan las condiciones del contrato de
seguro.
Prima: es la contraprestación indicada en el cuadro-recibo que debe pagar el
tomador a la empresa de seguros.
Tomador: persona natural o jurídica que obrando por cuenta propia o ajena
traslada los riesgos y se obliga al pago de la prima.
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CAPÍTULO IV
MARCO METODOLÓGICO
El marco metodológico constituye un espacio en el que se prevé los
procedimientos lógicos, técnicos operacionales que envuelven al proceso de
investigación con el propósito de descubrir y analizar los hallazgos de la
investigación. En este mismo orden de ideas, Tamayo y Tamayo (2007), sostienen
que la metodología constituye la medula del plan, se refiere a la descripción de
unidades de análisis y la recolección de datos, los instrumentos, los procedimientos y
las técnicas de análisis (p.113).
4.1 Tipo y Nivel de Investigación
La presente investigación está enmarcada dentro de la modalidad de
investigación documental. La misma permite obtener, entre otros aspectos, los
antecedentes, conformados por aquellos trabajos de investigación realizados por otros
autores, donde destacan aspectos que conforman el objeto de la presente
investigación. Así mismo, las bases teóricas y legales que aportaron información
sobre el derecho que ejercer el titular en Venezuela por incumplimiento de las
pólizas de seguro para vehículos de carga pesada
En cuanto a la investigación documental la Universidad Pedagógica
Experimental Libertador (2006), establece que éstas se consideran como: el estudio
de problema con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su
naturaleza, con apoyo, principalmente, en trabajos previos, información y datos
divulgados por medios impresos, audiovisuales o electrónicos, la originalidad del
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estudio se refleja en el enfoque, criterios, conceptualización, reflexiones,
conclusiones, recomendaciones y, en general, en el pensamiento del autor.
Por su parte la Universidad Santa María (2007), define la investigación
documental como aquella que: se ocupa del estudio de problemas planteados en el
ámbito teórico; la información requerida para aprobarlos se encuentra básicamente en
materiales impresos, audiovisuales y/o electrónicos.
En este sentido, se considera que en el trabajo desarrollado, la investigación
documental contribuye a ampliar y profundizar el conocimiento el derecho que puede
ejercer el titular en Venezuela por incumplimiento de las pólizas de seguro para
vehículos de carga pesada
4.2 Diseño de la Investigación
En cuanto al diseño de la investigación, Palella S y Martín F (2004), exponen
que éste se define como: el plan global de investigación que integra de un modo
coherente y adecuadamente correcto, técnicas de recogida de datos a utilizar. El
diseño de una investigación intenta dar de una manera clara y no ambigua respuesta a
las preguntas planteadas.
Se puede acotar que el diseño de la investigación es el que orienta la selección
de las formas y maneras en que se recogió la información para el posterior análisis,
con el propósito de dar respuesta a los objetivos específicos planteados.
En tal sentido, en la presente investigación se elige como diseño de
investigación; el diseño bibliográfico.
Para Hernández R (2003), el diseño bibliográfico se pone de manifiesto
cuando los datos se obtienen a partir de la técnica documental en los informes de otra
investigación donde se recolecta datos a través de las diversas fuentes documentales.
4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
Para Méndez C. (1993) citado por Arias (2006). “La información es la materia
prima por lo cual puede llegarse a explorar, describir y explicar hechos o fenómenos
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que definen un problema de investigación”. Es por ello, que se hace necesario
estructurar técnicas de recolección de datos para así construir los instrumentos que
permitan obtener tales datos de la realidad.
Tomando en consideración la modalidad de la investigación, se utilizó
principalmente la técnica de revisión bibliográfica, análisis y síntesis de la
información contenida en textos ubicados en bibliotecas, hemerotecas y archivos. Por
otra parte, los instrumentos de la recolección vienen a ser aquellos que utiliza el
investigador para armar su base de datos, utilizando las fichas técnicas, resumen y
subrayado donde la investigadora recogió situaciones similares o diferentes de las
normas que rigen la materia que constituye el objeto del análisis.
4.4Fases Metodológicas
Las fases metodológicas se definen como un procedimiento reflexivo,
sistemático, controlado, metódico y crítico que conduce hacia el descubrimiento en
cualquier campo del conocimiento. Muñoz, C. (1998), citado por Arias (2006) explica
que “procedimiento es el modo ordenado de actuar con el propósito de alcanzar un fin
definido.” (p. 202).
Fase I. Definir en que consiste el seguro de vehículo de carga pesada.
Fase II. Especificar el procedimiento a seguir por el titular de las pólizas de
seguro de vehículos de carga pesada.
Fase III. Explicar las vías legales para solucionar la problemática de riesgo
existente respecto al seguro de vehículos de carga pesada.
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CAPÍTULO V
RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIOONES
5.1 Resultados, Conclusiones y Recomendaciones
Fase I. Definir en que consiste el seguro de vehículo de carga pesada.
Resultado.
El vehículo de carga pesada, es el sustento del negocio, lo cual no puede
permanecer inactivo. Por lo que es necesario mantener a la empresa en
funcionamiento, ya sea que transporta alimentos perecederos o no perecederos,
víveres comestibles y mercancía en general de carga pesada o liviana por toda
Venezuela.
Según, Villegas (1999), dice que seguro es: “…un contrato por medio del cual
una empresa se obliga a pagar determinada suma cuando ocurra un evento fortuito,
mediante una prima, calculada según las posibilidades de que el evento suceda”. De
la definición citada se infiere que se trata de un contrato consensual, que obliga al
asegurado a pagar una prima y que, a cambio de esto, el asegurador pagará una suma
si ocurre el riesgo pactado.
Conclusión
Se puede concluir que, el seguro del automóvil (carga pesada), es un contrato
de seguro que cubre los riesgos creados por la conducción de automóviles en caso de
causar un accidente. Además es importante tener un seguro que ampare al vehículo y
a su propietario o conductor, pues tener un seguro es la manera más sencilla de
proteger su patrimonio.
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Así que, para poder transitar en el territorio nacional todos los vehículos
deben estar amparados por un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, se regirá
por las normas actualmente vigentes o aquellas que la modifiquen o sustituyan;
siempre que se cumplan las condiciones de la Póliza, las compañías de seguros
pagarán los daños y las pérdidas causados por los riesgos amparados, por lo que es
conveniente que escuche con atención las explicaciones que le dé el intermediario
(corredor o agente), y lea cuidadosamente las cláusulas de la Póliza y los anexos.
Recomendación
Capacitar los empleados de las empresas aseguradoras para que conozcan la
importancia del valor de los clientes como tomador de pólizas de seguros, para
emprender el valor a las relaciones para que las estrategias de ventas sean presentadas
de acuerdo a la ley y sean más efectivas.
Fase II. Especificar el procedimiento a seguir por el titular de las pólizas
de seguro de vehículos de carga pesada.
Resultado.
Principalmente se debe decir, que la solicitud de seguro no obligará al
solicitante. La proposición de seguro obliga a la empresa de seguro a mantener la
proposición durante un plazo de diez (10) días hábiles, siempre y cuando el
reasegurador mantenga las condiciones y no se hayan modificado las condiciones del
riesgo ni se haya evidenciado reticencia o declaraciones falsas del solicitante.
Por acuerdo expreso de las partes, los efectos del seguro podrán retrotraerse al
momento en que se presentó la solicitud o se formuló la proposición.
Se reputan aceptadas las solicitudes escritas de prorrogar o modificar un
contrato o de rehabilitar un contrato suspendido, si la empresa de seguro no rechaza la
solicitud dentro de los diez (10) días hábiles de haberla recibido. Este plazo será de
veinte (20) días hábiles cuando la prórroga, modificación o rehabilitación conforme a
las condiciones generales del contrato, hagan necesario un reconocimiento médico. El
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requerimiento de la empresa de seguros de que el asegurado se realice el examen
médico, no implica aceptación.
La modificación de la suma asegurada requerirá aceptación expresa de la otra
parte. En caso contrario; se presumirá aceptada por la empresa de seguros con la
emisión del recibo de prima, en el que se modifique la suma asegurada, y por parte
del tomador mediante comunicación escrita o por el pago de la diferencia de prima
correspondiente, si la hubiere.
Además el tomador de la póliza de seguro debe realizar un pago, la cual es
denominada prima, la cual es debida desde la celebración del contrato, pero no es
exigible sino contra la entrega de la póliza, del cuadro recibo o recibo de prima o de
la nota de cobertura provisional. La entrega de la póliza, del cuadro recibo o recibo de
prima o de la nota de cobertura provisional, debidamente firmada por la empresa de
seguros hace presumir el pago de la prima con excepción de los contratos celebrados
con los entes públicos.
Ahora bien, si se tiene un accidente, el Procedimiento previsto por la Ley, es
el siguiente: Se hacen presentes las autoridades competentes (tránsito, Policía, Vial),
quienes tienen el carácter de Policía Judicial y desarrollan funciones tales como:
- Propiciar el traslado de los heridos al centro de asistencia más cercano.
- Detener al conductor o conductores involucrados y retener el(los) vehículo(s). El
conductor es trasladado a la Unidad Judicial de Tránsito, quedando a disposición del
funcionario correspondiente. Su situación puede ser definida en esta instancia,
dependiendo del dictamen de Medicina Legal sobre la incapacidad de los heridos.
- Informar a Medicina Legal sobre la(s) persona(s) que resulta (aron) herida(s) como
consecuencia del accidente, a fin de que un médico legista los visite y determine la
incapacidad a que haya lugar. Esta diligencia se realiza usualmente al día siguiente
del accidente.
-. Levantar el croquis del accidente (solicíteles una copia del mismo).
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- Comuníquese con su abogado para que le asista en el proceso penal. Es posible que
en el sitio del accidente o en la Unidad Judicial, como diligencia preliminar, se le
solicite una declaración.
- No califique su responsabilidad y limítese a presentar los hechos y las circunstancias
en las que, según usted, ocurrió el accidente. Jamás firme ninguna declaración sin
consultar con su abogado.
- Proporcione su nombre, dirección, número de licencia de conducción y registro del
vehículo a los funcionarios competentes u otros conductores involucrados en el
accidente. Anote el número de placa y estación a la que pertenecen los policías que
estén presentes.
- Solicite los nombres, direcciones, número de licencia de conducción, número de
placa, número de cédula, tanto de los automovilistas involucrados como de los
testigos.
- Determinación de la incapacidad de los heridos: Si la incapacidad médica es menor
a treinta (30) días, en la unidad jurídica de tránsito deben resolverle su situación
judicial, para lo cual debe ser llamado a indagatoria dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes a la fecha en que es puesto a disposición de la autoridad competente. En
total puede demorar ocho (8) días hábiles el resolver el caso.
- Si la incapacidad médica es superior a treinta (30) días o hay secuelas como
consecuencia del accidente, (desfiguraciones) la autoridad que conoció el caso debe
darle traslado a un juzgado municipal. En caso de muerte debe ser enviado a un
juzgado de instrucción
Conclusión
Se concluyó que, la actividad aseguradora en Venezuela debe ser ejercida por
una empresa formalmente constituida, además dicha actividad ha sido considerada
por diversas legislaciones y gradualmente han venido adoptando aspectos
característicos de las sociedades mercantiles.
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Asimismo, las operaciones de las empresas de seguros deben estar regidas por
la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguro (2001) así como su función
fundamental, prohibiciones para evitar distorsiones en el mercado con actividades que
no sean cónsonas con su naturaleza, en pro de la defensa de los intereses de los
asegurados y usuarios.
Recomendación
Se recomienda a los legisladores atender a posibles cambios de los
instrumentos legales que regulan a las empresas aseguradoras, con el fin de adaptarlas
a la realidad y a las necesidades en pro de la protección y el bienestar de la empresa
aseguradora y del tomador de la póliza de seguro.
Fase III. Explicar las vías legales para solucionar la problemática de
riesgo existente respecto al seguro de vehículos de carga pesada.
Primero se debe definir lo que es riesgo y no es más que el suceso futuro e
incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o
del beneficiario, y cuya materialización da origen a la obligación de la empresa de
seguros. Los hechos ciertos, salvo la muerte, y los físicamente imposibles, no
constituyen riesgo y son inasegurables. Tampoco constituye riesgo la incertidumbre
subjetiva respecto a determinado hecho que se haya cumplido o no.
El Articulo 31 de la Ley de Contratos de Seguros (2001) establece lo
siguiente: A falta de indicación en la póliza, el riesgo comienza a correr por cuenta de
la empresa de seguros a las doce (12) del día de la fecha de inicio del contrato y
terminará a la misma hora del último día de duración del contrato.
Además el tomador, el asegurado o el beneficiario deberán, durante la
vigencia del contrato, comunicar a la empresa de seguros todas las circunstancias que
agraven el riesgo y sean de tal naturaleza que, si hubieran sido conocidas por ésta en
el momento de la celebración del contrato, no lo habría celebrado o lo habría hecho
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en otras condiciones. Tal notificación deberá hacerla dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes a la fecha en que hubiera tenido conocimiento. Las empresas de
seguros deberán indicar en sus pólizas aquellos hechos que por su naturaleza
constituyan agravaciones de riesgos que deban ser notificados.
Conocido por la empresa de seguros que el riesgo se ha agravado, ésta dispone
de un plazo de quince (15) días continuos para proponer la modificación del contrato
o para notificar su rescisión. Notificada la modificación al tomador éste deberá dar
cumplimiento a las condiciones exigidas en un plazo que no exceda de quince (15)
días continuos, en caso contrario se entenderá que el contrato ha quedado sin efecto a
partir del vencimiento del plazo.
En el caso de que el tomador o el asegurado no hayan efectuado la declaración
y sobreviniere un siniestro, el deber de indemnización de la empresa de seguros se
reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se
hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo, salvo que el
tomador o el asegurado hayan actuado con dolo o culpa grave, en cuyo caso la
empresa de seguros quedará liberada de responsabilidad.
Cuando el contrato se refiera a varias cosas o intereses, y el riesgo se hubiese
agravado respecto de uno o algunos de ellos, el contrato subsistirá con todos sus
efectos respecto de las restantes, en este caso el tomador deberá pagar, al primer
requerimiento, el exceso de prima eventualmente debida. Caso contrario el contrato
quedará sin efecto solamente con respecto al riesgo agravado.
Sin embargo, existe la agravación del riesgo que no afecta el contrato que lo
establece el artículo 33 de la Ley de Contratos de Seguros (2001):
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Así que cuando la agravación del riesgo dependa de un acto del tomador, del
asegurado o del beneficiario y que sea indicada en la póliza, debe ser notificada a la
empresa de seguros antes de que se produzca.
Por otro lado, el tomador, el asegurado o el beneficiario podrán, durante la
vigencia del contrato, poner en conocimiento de la empresa de seguros todas las
circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido
conocidas por ésta en el momento del perfeccionamiento del contrato, lo habría
celebrado en condiciones más favorables para el tomador. La empresa de seguros
deberá devolver la prima cobrada en exceso por el período que falte por transcurrir,
en un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación, deducida
la comisión pagada al intermediario de seguros.
Conclusión.
Se puede concluir que el servicio de seguros es muy particular, hoy en día el
cliente en principio percibe el beneficio de un seguro como una inversión, ya que hoy
en lo que respectan en la actualidad y a la situación es preferible contar con un seguro
que les garantice lo acordado en el contrato para cubrir así su patrimonio, por lo que
el cliente lo que desea es prevenir un riego y un siniestro como consecuencia.
Recomendación.
Se recomienda a los particulares y dueños de transportistas de vehículos de
carga pesada, conocer las limitaciones existentes para cubrir de manera eficiente las
necesidades de la vida diaria, sobre todo porque son vehículos que contantemente se
encuentran en las vías, calles y autopista, por lo que es necesario documentarse acerca
de lo que se presenta en la actualidad con lo que respecta el mercado asegurador en
Venezuela, con el fin de lograr de disminuir los riesgos producidos por la celebración
de contratos de seguros con empresas que no cuenten con el respaldo suficiente para
responder a las obligaciones derivadas de esos contratos
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
TEXTOS
• Arellano A (1976). Doctrina y Legislación sobre Seguros Mercantiles.
Editorial Jurídica de Chile. Santiago de Chile, Chile.
• Arias F (2006). El Proyecto de Investigación. Inducción a la metodología
científica. Editorial Episteme. Caracas, Venezuela.
• Esteves J (1994). Temas de Banca y Seguros. Editorial Panapo. Caracas,
Venezuela.
• Hernández R (2003). Metodología de la Investigación. Editorial Mc Graw-
Hill. México.
• Mármol H (1999). Fundamentos del Terrestre Seguro. Editorial Liber.
Caracas Venezuela.
• Palella S y Martín F (2004). Metodología de la Investigación Cuantitativa.
Editorial FEDEUPEL. Caracas, Venezuela.
• Rangel J (2001). Visión y Revisión del Contrato de Seguro. Editorial
Jurídica Alva. Caracas, Venezuela.
• Southerland J (1988). Temas de Derecho Mercantil II. Universidad
Católica del Táchira. San Cristóbal, Venezuela.
• Tamayo y Tamayo (2007). El proceso de investigación científica. Editorial
Limusa. Ciudad de México.
33
• Tinoco A (2000). Anotaciones Esquemáticas de Derecho Mercantil : actos
de comercio, obligaciones mercantiles, contratos mercantiles, título de
crédito, sociedades. Editorial la Torre. Caracas, Venezuela.
• Universidad Pedagógica Experimental Libertador (2006). Manual de
Trabajos de Grado. Editorial FEDEUPEL. Caracas, Venezuela.
• Universidad Santa María (2007). Normas para la Elaboración,
Presentación y Evaluación de los Trabajos de Grado. Caracas, Venezuela.
• Villegas Arturo (1999). Derecho Mercantil. Editorial Universitaria, 1999.
LEYES
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.433 extraordinario, del
24 de marzo de 2000.
• Ley del Contrato de Seguro (2001). Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 5.553, del 12 de noviembre de 2001.
• Ley de la Actividad Aseguradora .Gaceta Oficial 5.990, del 29 de julio del
2010.
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TRABAJOS DE GRADO
• Contreras, León, Ortega y Prado (2005). “Implicaciones Jurídicas de las
Pólizas de Seguro de Casco de Vehículo con Prima Financiada”.
Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, en Maracaibo, Estado Zulia.
Venezuela.
• Estupiñan C (2009), “Mecanismos para Lograr que los Agentes de Carga
puedan Responder por los Perjuicios que Puedan Causar al Generador o
Asegurador”. Universidad La Sabana. Bogotá, Colombia.
• González y Mujica (2001). “Posibilidad de Discusión de las Cláusulas del
Llamado Contrato de Adhesión en la Póliza de Vehículo”. Universidad Dr.
Rafael Belloso Chacín, en Maracaibo, Estado Zulia. Venezuela.